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Fundamentos Del Racionalismo Juridico Politico

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FUNDAMENTOS DEL RACIONALISMO JURÍDICO POLÍTICO.

EL METODO DE LA RAZON JURIDICA.

César Edmundo Manrique Zegarra

Sumilla. I.Racionalidad Jurídica.- II. Los racionalismos.- III. Igualdad.- IV. Desigualdad.- V.

Libertad.- VI. Postulados del racionalismo.- VII. Razón.- VIII. Verdad y Justicia. VIII.

Conocimiento.- X. Universalidad.- XI. Actitud Racionalista.

“lo justo y lo injusto, como lo piadoso y lo impío…no tienen

por naturaleza una realidad propia sino que la opinión de una

comunidad se hace verdadera en el momento en que ésta se

lo parece y durante el tiempo que se lo parece… lo que a cada

ciudad le parece justo y recto lo es, en efecto, para ella, en

tanto lo juzgue así... en estos asuntos no hay individuo que

sea más sabio que otro, ni ciudad más sabia que otra…”

Protágoras.

I. RACIONALIDAD JURIDICA.

La Jurisprudencia constituye un ejercicio teórico en cuanto proporciona una

explicación de los actos y hechos humanos a la luz de los criterios de justicia y es asimismo

un ejercicio práctico en cuanto establece las normas y procedimientos para la producción

de nuevos actos y hechos ajustados a esos mismos criterios.

La razón jurídica (el razonamiento jurídico) vincula el orden humano –el orden al

cual se ajusta la realización de los actos y la comprensión de los hechos- al valor lógico de

justicia de manera similar a cómo la razón científica vincula el orden natural –el orden de

la ocurrencia de los sucesos o acontecimientos- al valor lógico de verdad.

La concreción de la Jurisprudencia, -como expresión teórica o como ejercicio

práctico-, requiere la construcción de un lenguaje que permita describir mediante

enunciados de manera rigurosa las relaciones del orden en que se inscribe la producción

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de los hechos y establecer también de manera rigurosa las normas o directivas que

señalan el orden a que deben sujetarse las acciones.

Es correcto asegurar que la Jurisprudencia es una construcción racional y,por eso

mismo, es necesario saber en qué consiste la racionalidad jurídica o en qué radica la

racionalidad de esa construcción teórica que es,por otra parte,resultado de la actividad

jurídica práctica. Para alcanzar ese objetivo conviene inquirir respecto a las peculiaridades,

extensión, límites, fundamentos, creencias, que están en la base del ejercicio jurídico

racional (que deben ser similares aunque distintos de los que sustentan el pensamiento y

actividad científica racional). Se entiende que el ejercicio de la razón jurídica es una

actividad -intelectual, volitiva, afectiva- aplicada a la comprensión del orden jurídico

social o del orden humano y a la elaboración de mecanismos que conduzcan a su

modificación, transformación, alteración, re ordenación, perfeccionamiento, actividad a

cuya teoría y práctica metódica habría que denominar “racionalismo jurídico”, que sería

en consecuencia el “método de la razón jurídica”.

La creencia que fundamentaremos aquí asegura que el racionalismo para ser tal

ha de ser necesariamente racionalismo jurídico-político: jurídico porque se sustenta en la

creencia en la igual capacidad de todos los seres humanos para distinguir entre lo

verdadero y lo falso lo justo y lo injusto, y político porque tal ejercicio solo es posible

sobre la base del reconocimiento de la libertad de todos los seres humanos para hacerlo.

Al margen de esas creencias se encuentra la irracionalidad. Si no se cree en que todos los

seres humanos tienen igual capacidad para distinguir lo verdadero de lo falso y lo justo de

lo injusto, se sustenta entonces que la razón es privilegio de unos pocos y esa afirmación

discriminadora es el argumento que requiere el autoritarismo para justificar la opresión y

negar la libertad de los otros no importa si bajo el manto paternalista i. Si la razón es

universal, como en efecto es, entonces el conocimiento también es universal, si es

universal, entonces debe ser accesible a todos.

II. LOS RACIONALISMO.

El racionalismo clásico, griego, de la ilustración ateniense, es la expresión

primigenia y a su vez más clara del sentimiento democrático. Sustenta la afirmación de

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que la razón, es decir la capacidad para distinguir lo verdadero de lo falso y lo justo de lo

injusto, pertenece íntegramente a cada uno de los individuos del género humano.

En esa creencia encuentra fundamento la democracia ateniense, que alcanzo su

apogeo bajo el influjo de Pericles, durante el Siglo V a.c. En el ambiente intelectual

recreado sobre ella se desarrollan los diálogos entre Sócrates y los sofistas, en su mayoría

relacionados a las múltiples y contradictorias consecuencias que se derivan de la

afirmación de la igual capacidad de todos los hombres para distinguir la verdadero de lo

falso y lo justo de lo injusto, precisamente porque esa creencia hace posible la afirmación

de la opinión individual así como la oposición a la contraria; propicia la confrontación

entre puntos de vista diversos, promueve la elaboración de argumentos de una y otra

parte y sobre todo ello se abre el diálogo, la conversación racional como práctica ordinaria

y cotidiana de todo lo cual hacen vivo relato Platon, Jenofonte o Aristófanes entre otros

desde diversos puntos de vista. Es asimismo el fermento propicio para el surgimiento del

imperialismo ateniense que desembocó en la Guerra del Peloponeso, según el relato que

de ella hace Tucidides. Pero es sobre todo el siglo del esplendor de la cultura griega. El

siglo en el cual tragedia, comedia, arte, la historia y la filosofía encontraron sus más

elevadas expresiones, no igualadas desde entonces.

La creencia en que la capacidad para distinguir lo verdadero de lo falso y lo justo de lo

injusto, es patrimonio común de los humanos sirve asimismo de fundamento a las

prácticas democráticas de las colonias de ingleses, asentadas en la costa este de Norte

América, de cuyos usos, vigentes en el Siglo XIX, hace una cuenta detallada Tocqueville,

entre los anglo americanos, dice: “Cada individuo es considerado como igualmente

ilustrado, igualmente virtuoso e igualmente fuerte que cualquiera otro de sus

semejantes…” y por eso mismo en lo que atañe a las decisiones que lo afectan

personalmente, rige a plenitud la máxima según la cual “el individuo es el mejor, el único

juez de su interés particular; la sociedad no tiene derecho a dirigir sus acciones sino cuando

se siete lesionada por un hecho suyo, o cuando tiene necesidad de reclamar su ayuda” ,

“En las naciones en las que prima el dogma de la soberanía del pueblo, cada individuo

constituye una parte igual de esa soberanía y participa igualmente en el gobierno del

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Estado...” Y son esos concretamente los fundamentos de la democracia norteamericana. 1

LOGOS, RAZÓN, ORDEN. El significado del vocablo “razón” o logos en la filosofía griega

puede asociarse al vocablo “orden” en cuanto percibe el sentido “cósmico” del universo

(cosmético. estructurado, ordenado, compuesto); percibe un orden en la naturaleza; un

orden en el gobierno de la ciudad, la polis, político; un orden en el discurso o en el

diálogo, orden “dialéctico”; un orden pensamiento que es precisamente “lógico” y un

orden en el lenguaje a través del cual todo lo anterior se expresa.2 El racionalismo

Europeo-Occidental del Siglo XVII hacia delante, el de la modernidad, en cambio, concibe

la “razón” como un don, entidad, capacidad, facultad humana por medio de la cual

puede alcanzarse la verdad o el conocimiento. La razón es concebida como un atributo

distribuido por igual entre todos los hombres, según Descartes. Es, además, un don

extraordinario, pues, como diría Kant, en el célebre prefacio a la Critica de la Razón Pura,

“la razón solo descubre lo que ella ha producido según sus propios planes; debe marchar

por delante con los principios de sus juicios determinados según leyes constantes y obligar

a la naturaleza a que responsa a lo que la propone, en vez de ser esta última quien la dirija

y maneje.” El giro es considerable pues la “razón” o “logos” u “orden” que para los griegos

es un atributo universal (cósmico), cuyo conocimiento es accesible al hombre, para la

civilización occidental o si quiere para la modernidad, es un atributo, capacidad o facultad

de los seres humanos; y la “racionalidad” de ser entendida por los griegos como la

capacidad para comprender o identificar las distintas clases orden, para la modernidad, la

racionalidad consiste en hacer uso correcto de la facultad racional, para establecer el

orden. ii

Las fuentes del pensamiento Europeo son griegas, por cierto, pero también judaicas.

Sostienen concepciones incompatibles en muchos aspectos3. Politeísta y democrática la

1 Alexis de Tocqueville. “La democracia en América”. Traductor: Luis R. Cuellar. Fondo de Cultura Económica. Mexico. 8va reimpresión 1996. pag, 81.2 Sobre los usos y significados del vocablo “logos” en la Grecia antigua, puede verse: Guthrie. Historia de la Filosofía Griega. Tomo I, pag 396-400, identifica 11 usos del vocablo logos 3 Sobre este tema L. Strauss (1899-1973) anota lo siguiente “… la vitalidad y la gloria de nuestra tradición occidental son inseparables de su carácter problemático, puesto que esa tradición tiene dos raíces, consistente en dos elementos heterogéneos, dos elementos que, en última instancia, son incompatibles entre si: el elemento hebreo y el elemento griego…” en: El renacimiento del racionalismo político clásico.

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primera, monoteísta y autoritaria la última. La cultura griega tiene una concepción

cosmogónica del universo en tanto que la judaica una concepción creacionista. La cultura

griega se desarrolla en un tiempo cíclico, cerrado sin principio ni fin, en tanto que la

judaica en un tiempo lineal, tiene un punto de partida y uno de llegada. Tal vez allí se

encuentren las razones de las diferencias entre el racionalismo griego y el occidental.

En lo sucesivo nos referimos al racionalismo griego clásico y al concepto de razón

como capacidad para identificar el orden cósmico o cosmético que comprende todo lo

existente. Tomaremos como referencia el racionalismo ateniense. El propósito de

identificar la manera cómo se ordenan o cuáles son las relaciones de orden entre los

elementos de cualquier conjunto, parece menos dificultoso que el propósito de identificar

las condiciones, procedimientos, medios o instrumentos a disposición de la facultad

racional para hacer lo mismo.4

Nuestra preferencia por el criterio griego de razón tiene, además, una justificación en

cierta manera circunstancial o local. Consiste en el hecho de que las creencias pre-

hispánicas se asemejan y están más cerca de las concepciones de la civilización griega que

de la civilización occidental. Hay algunos aspectos fundamentales comunes a las dos

civilizaciones, griega y pre-hispánica, que marcan una diferencia con la civilización

occidental: Tanto la griega como la pre-hispánica son politeístas y por eso mismo admiten

la diversidad de credos, doctrinas, ritos, conocimientos; no hay un orden único. El

politeísmo abre las perspectivas a la comprensión de diversas clases de orden. El

monoteísmo las cierra al reducirlas a uno solo. Tanto para la civilización griega como para

la pre-hispánica el universo comprende hombres y dioses que comparten las vicisitudes de

lo que hay en el mundo. En ambas el tiempo es cíclico y no tiene principio ni fin. Ambas

conciben un universo cerrado y ordenado en el cuál hay un mundo de arriba y un mundo

Selección de ensayos y conferencias e Introducción de Thomas L. Prangle. Traducción Amelia Aguado. 1º edic. Bs As. Amrrortu Editores. 2007.4Kant, aseguraba que la razón se rige de acuerdo a “leyes inmutables y eternas” e intentaba la crítica “de la propia facultad de la razón en general, considerada en todos los conocimientos que puede alcanzar sin valerse de la experiencia” “simplemente me limito a ocuparme de la razón misma y de su puro pensar, para cuyo amplio conocimiento no tengo necesidad de ir muy lejos de mis, pues en mi lo encuentro... Toda la cuestión se reduce aquí a saber hasta donde puedo llegar con la razón, desde el instante en que me fueran sustraídas toda la materia de la experiencia y su concurso”.(Critica de la Razón Pura. Traducción José del Perojo. Ediciones Orbis S.A. Hyspamerica. Bs As. 1984. p,82-83

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de abajo. En ambas, los elementos naturales son un fin en sí mismos, no se transforman

en otros, sino que se perfeccionan. Y, por último, similares son asimismo sus concepciones

respecto a la trascendencia individual, de allí el culto a los muertos tan arraigadas en

ambos casos. Estas afinidades deben crear empatía en el proceso de comprensión de la

filosofía griega y del racionalismo allí cultivado, puesto que los supuestos fundamentales

son similares en los aspectos trascendentes que se encuentran en la base de los

razonamientos y determinaciones de voluntad. Por otra parte los procedimientos

democráticos de consulta y decisión que se utilizan en los pueblos y comunidades que

conservan los usos y costumbres ancestrales, se asemejan mucho a las prácticas de las

ciudades griegas. Se puede ver esas coincidencias al comparar las descripciones de

Tucídides en su “Historia de la Guerra del Peloponeso” o las de Eurípides, por ejemplo en

“Las Bacantes”, que describen las ocurrencias en un mundo en el cual coinciden las

fuerzas y efluvios que confunden lo mítico, lo divino, natural y humano –imaginación,

razón, instinto y emoción- sin solución de continuidad en el discurrir cotidiano guiando las

acciones y destino de los hombres indesligablemente ligados al suceder natural y las que

hace José María Arguedas en sus novelas, por ejemplo, en “Todas las Sangres” o en su

célebre cuento “La agonía de Rasu Ñiti” que no es otra cosa que la descripción de las

fiestas y celebraciones populares que convocan de una y otra manera la participación y

concurrencia de todos, aunque sea a través de la pantalla de un televisor.

Independientemente de nuestras preferencias, cierto es que la afirmación de que la

razón, es decir la capacidad para distinguir lo verdadero de lo falso y lo justo de lo injusto,

pertenece íntegramente a cada uno de los individuos del género humano, conserva plena

vigencia y está implícita en los postulados científicos y jurídicos. Porque ¿Cabe acaso

imaginar que alguien -sin estar loco- no tenga la capacidad para distinguir lo verdadero de

lo falso y lo justo de lo injusto?. Y si se hace una referencia específica a la capacidad de

discernir lo justo de lo injusto, ¿Se pena, acaso, a quien esta privado de discernimiento e

incapacitado para distinguir entre lo justo y lo injusto?, ¿merece castigo o

responsabilidad?, y respecto a la capacidad de distinguir entre lo verdadero y lo falso, ¿La

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ciencia –entendida como una colección de verdades- no está al alcance de todos?

Ciertamente es así, y en ello radica su universalidad.

III. IGUALDAD.

Si la capacidad de distinguir entre lo verdadero y lo falso, y entre lo justo y lo injusto,

pertenece íntegramente a cada uno de los individuos del género humano, entonces, todos

los hombres son iguales. Si esto es cierto, entonces, esa es la única igualdad que cabe

invocar. El ejercicio de esa capacidad engendra la discrepancia, precisamente porque

pertenece íntegramente a todas las personas y en cada una de ellas está la aptitud de

discernir lo verdadero de lo falso y lo justo y lo injusto. A partir de esa igual capacidad

todo lo demás es diferencia y diversidad entre los seres humanos de modo tal que no cabe

la afirmación de una igualdad distinta. Cualquier otro predicado de igualdad conduce a

contradicción.

IV. DESIGUALDAD.

La generalización según la cual “todos los seres humanos somos iguales”, además de

evidentemente falsa, es necia, como dice AmartyaSen5. En efecto. Ninguna conclusión

puede sacarse de esa afirmación, excepto la tautológica que dice que “todos los seres

humanos somos iguales”. Es una afirmación inútil, esteril y esterilizante. Lo que interesa

de las personas, colectividades, pueblos, culturas, civilizaciones no son aquellas

propiedades comunes determinadas por aquello en que no difieren y solo sirven para

mencionar lo que no puede distinguirse, sino aquellas peculiaridades por las cuales las

personas, pueblos, culturas, civilizaciones son diferentes, diversas, distintas y únicas,

gracias a lo cual podemos ampliar nuestro entendimiento y aprender otras maneras de

ver, entender y obrar en el mundo, liberándonos de la ignorancia a que nos reducen los

estrechos límites propios de nuestras naturales limitaciones (biológicas, geográficas,

históricas, culturales, profesionales, etc), y de nuestros sistemas de conocimientos y

creencias, necesariamente parciales y limitados.

5 (AmartyaSen. “Identidad y Violencia. La ilusión del destino” Traducción de Verónica Inés Weinstabl y Servando María. Katz Editores. Bs.As. 2007).

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Similar consideración merece la afirmación que indica que “todos los hombres tienen

los mismos derechos”. Esa afirmación no solamente sería falsa, sino también anacrónica.

Falsa porque las leyes antes que asignar “los mismos derechos a todos los hombres”,

asignan distintos derechos a los diversos grupos de hombres. Las leyes, en efecto, hacen

distinciones legislando la desigualdad. Sobre las diferencias y singularidades -naturales,

necesarias, inevitables, y seguramente beneficiosas- de los diversos grupos, colectividades

o comunidades, establecen derechos, es decir, facultades, potestades a su favor de esos

conjuntos de personas, acorde con las necesidades de justicia correspondientes a cada

grupo, comunidad o colectividad, gremio, clase. Asignan, por ejemplo a los abogados

ciertas potestades y facultades; a los servidores públicos algunas otras específicas

relacionadas con la función que les corresponde; a los empresarios aquellas que se

requiere para organizar la producción; a los trabajadores las que aseguran el pago del

salario, la seguridad social, etc. No lo hacen porque esos conjuntos de personas sean

iguales al resto, sino precisamente porque son diferentes y por consiguiente distintas las

exigencias y necesidades de justicia respecto a las demás. Las leyes sirven precisamente

para eso para sancionar lo que es justo en lo que es asimismo diverso. Si no hubiere

diversidad, no habría necesidad de sancionar nuevas leyes. Las leyes generales (como las

legislativas) hacen especificaciones de las hipótesis universales contenidas en las leyes

constitucionales, y lo mismo ocurre, respecto a estas últimas, con las leyes reglamentarias

o simplemente reglamentos. Pero las leyes universales, generales o reglamentarias, que

prescriben sobre lo general son necesariamente incompletas, vastas, al estar referidas a

condiciones y calidades de los grupos más o menos amplios. Su vigencia requiere un

desarrollo más fino cuando se trata de su aplicación a un caso singular, porque no hay dos

situaciones iguales, no hay dos hombres iguales y eso es lo que es lo que hacen los jueces

a través de sus sentencias. Si todos los casos fuesen iguales no habría necesidad de jueces.

Si se requiere de la intervención de los jueces para decidir lo justo en cada caso singular es

precisamente porque cada caso es singular, no idéntico a ningún otro. Es falsa pues y

contradictoria la afirmación que indica que “todos los hombres tienen los mismo

derechos”. Lo cierto es que a cada individuo corresponden un conjunto de facultades,

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potestades o “derechos” que solo a él pertenecen. La generalidad de las leyes son

correlativas a exigencias meramente prácticas relacionadas a la división del trabajo y

diversificación o especialización en las actividades y por supuesto a lo cómodo que resulta

clasificarlos de acuerdo a los poderes o facultades correlativas a las actividades y ámbito

dentro del cual se mueven.iii

Esa afirmación, además, es anacrónica, porque la “igualdad de derechos” de lo cual

fueron abanderados los juristas y filósofos de la “ilustración” fue concebida como un lema

para fundamentar el reclamo de los habitantes de los Burgos o ciudades de la Europa del

Siglo XVII y XVIII, y sostener la exigencia de alcanzar los mismos privilegios, potestades,

facultades, es decir, “derechos” concedidos a los nobles por los reyes de las monarquías

absolutistas que gobernaban entonces. Los “derechos” son precisamente eso daciones de

privilegios o concesiones de los reyes a sus súbditos, que gracias a las luchas y

revoluciones sociales fueron paulatinamente hechos extensivos a todas las clases sociales.

[Sobre el vocablo Derecho, el diccionario de Corominas anota lo siguiente: Derecho. 1056.

Del latín. DIRECTUS (latin vulgar DIRECTUS) ´recto`, ´directo`, participio de DIRIGERE

(derivado de REGERE, ´conducir, guiar`). Regir. 1350. Tomado del latín ´regere`,

´gobernar`, de la misma raíz que ´rex`, rey. Rey, 983. Del latin REX, REGIS.].

V. LIBERTAD.

La creencia de la igualdad en el uso de la razón es rica en consecuencias porque a

partir de ella se explican la diversidad y diferencia que surge como resultado de su

ejercicio, ejercicio en el cual radica la libertad de hombres y colectividades para construir

la propia existencia. Solo a partir del entendimiento de esa única igualdad –en el uso de la

razón-, encuentran cabal explicación las necesarias diferencias que nacen de la libertad

que el uso de la razón propicia, y hacen la diversidad de los individuos y la identidad de

cada uno de ellos, precisamente por su diferencia respecto a los otros. Y, solo a partir del

reconocimiento de que la capacidad de distinguir la verdadero y lo falso y lo justo de lo

injusto pertenece íntegramente a cada uno de los individuos del género humano

encuentran explicación las no menos obvias diferencias que el ejercicio de la libertad

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produce, y arroja como resultado la diversidad de los sistemas de conocimientos y de las

culturas, gracias a lo cual cada una de ellas adquiere identidad propia y distinta a las

demás.

No se puede atribuir el error en la escogencia de lo justo y verdadero al género

humano, a las civilizaciones, las culturas, los pueblos o las colectividades, pues en el

ejercicio de la opción –de creer, errar, equivocarse o en creer en la verdad del error-

consiste la libertad. [Sócrates cree que se alcanza la libertad al liberarse del error, y por

eso la refutación purifica, purifica significa que limpia del error, pero para errar hay que

creer que se posee la verdad, solo yerran los sabios]. Tal como lo diría Protágoras hace 24

siglos: lo que las ciudades creen que es justo y verdadero, es efectivamente justo y

verdadero en aquello que les concierne. Pero ese ejercicio de la libertad no es ni gratuito

ni arbitrario para los hombres y colectividades, porque sobre ese ejercicio cabe

responsabilidad. En efecto. Sobre las creencias respecto a lo justo y verdadero, los

hombres se integran bien o mal en las colectividades, las colectividades se integran bien o

mal en los pueblos; los pueblos se integran bien o mal en las culturas y las culturas en las

civilizaciones que hacen la humanidad toda. Entonces cada hombre es responsable ante si

mismo, y es, además, responsable de si mismo ante su colectividad; cada colectividad es

responsable de si misma ante el pueblo que la comprende; cada pueblo ante la cultura a

que se integra; cada cultura ante la civilización de la que forma parte; y cada civilización es

responsable de si misma ante la humanidad.

Porque, de no ser así, entonces habría hombres que llevan vidas falsas, injustas e

irresponsables de principio a fin; colectividades erradas, pueblos equivocados, culturas

descaminadas y civilizaciones perdidas… y hombres, pueblos, culturas, civilizaciones que

viven en la lucidez de la verdad y la justicia, son titulares de la libertad y paradigmas de la

responsabilidad. Y si tal fuere el caso: ¿Cuál es la libre y responsable parte de la

humanidad que alcanza a comprender en la medida adecuada lo justo y lo verdadero, y

cuál obscurecida por el error, privada de discernimiento, voluntad y responsabilidad?,

¿Cuál es la civilización que tiene bajo su administración y dominio la verdad y la justicia y

cual el error y la injusticia?, ¿Cuál la cultura que mejor expresa y recrea los valores de

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verdad y de justicia?, ¿Cuál el pueblo que hace la más libre y responsable práctica de lo

justo y verdadero?, ¿Cuál la colectividad que vive cotidianamente la verdad y la justicia?,

¿Cuál recrea al hombre más libre, justo y verdadero y responsable?.

La respuesta unívoca a todas esas preguntas es una sola desde siempre y en todos

los lugares: ¡La nuestra, por supuesto, la que nos toca vivir hoy día mismo¡ ¡Todas las otras

civilizaciones, culturas, pueblos, colectividades, distintas a la nuestra viven equivocados¡,

¡Las que nos precedieron solo preparaban el camino¡, ¡Todos los hombres y vidas

anteriores se consumieron en el error¡, ¡La verdad es lo que hoy proclamamos verdadero¡,

¡Lo justo es lo que creemos justo hoy, acá¡

Y, eso es así y es muy cierto. Muy cierto para todos los hombres de todas las

épocas de todas las civilizaciones, culturas, colectividades y para todos y cada uno de los

hombres. Y en saber que esto es así es el supuesto sobre el cual se encamina el ejercicio

de la razón ajustado a los criterios de lo que es el único racionalismo posible, ese al cual

cabría denominar para identificarlo, “racionalismo jurídico político”. En esa percepción o

creencia común y equivocada por cierto está la génesis y allí radica la igualdad entre los

individuos del género humano, sobre esa igualdad se erige la libertad para actuar, y sobre

ambas la responsabilidad de las que nadie puede liberarse. Estas creencias son muy

antiguas. Están en las discusiones de Sócrates con los Sofistas de las cuales hace vivo

relato Platón en sus diálogos.

VI. POSTULADOS RACIONALISTAS.

Guthrie anota que la aparición de la filosofía racional solo fue posible cuando la

creencia en que la fuerza de la naturaleza obedece a incomprensibles designios de la

divinidad en la que había que tener fe, fue sustituida por “la fe en que el mundo visible

esconde un orden inteligible, en que las causas del mundo natural tienen que buscarse

dentro de sus propios límites y en que la razón humana autónoma es nuestro único y

suficiente instrumento para la investigación”.6

6Guthrie W.K.C. “Historia de la Filosofía Griega. Editorial Gredos S.A.. Madrid 1984. Traducción Alberto Medina Gonzales. T I, pag 40.

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El racionalismo se sustenta en algunas pocas creencias cuya verdad no suele

ponerse en duda, creencias que, por otra parte, ordinariamente se admiten como ciertas y

están, además, implícitas en los razonamientos teóricos y prácticos, tanto científicos como

jurídicos.

Las creencias en que se fundamenta el racionalismo son las siguientes: (i) la creencia en

que hay un orden, cósmico, natural, mental, formal, lingüístico, matemático etc; (ii) la

creencia en que es posible aprender intelectualmente ese orden, (iii) la creencia en que

todo ello puede comunicarse a través del lenguaje, consecuentemente, puede

compartirse, y por último (iv) la creencia en que todo lo anterior es común a todos los

hombres, sin excepción. Estos son los postulados o axiomas del credo racionalista. iv A

partir de esos axiomas cabe deducir algunas afirmaciones.

VII. RAZON. (teorema)

En armonía con esas creencias o, dicho de otro modo, una consecuencia lógica de

esas postulaciones, es decir, un teorema del racionalismo indica que la razón, -de la cual

participarían todos los hombres, es la capacidad intelectual de identificar las distintas

clases de orden y, saber, entonces, cómo se ordena el cosmos, cómo se ordena la

naturaleza, cómo se ordena la sociedad, etc. La razón, entonces, es la capacidad de

describir el orden que se percibe, intuye o entiende. Lo contrario de lo racional es lo

caótico o desordenado, lo ininteligible. Al razonar muchas veces incurrimos en error o nos

equivocamos, ya sea porque la percepción es defectuosa o porque es limitada la

capacidad para entender la manera como se ordenan las cosas, y resulta que es distinta o

más compleja de lo que se percibe, intuye o entiende. El error, sin embargo, no descalifica

a la razón. Una parte muy importante del ejercicio racional consiste en mejorar la

percepción, hacer más fina la intuición y más amplio el entendimiento.

VIII. VERDAD Y JUSTICIA.

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Cuando la identificación de la manera cómo se ordenan las cosas conduce a una

conclusión que se estima correcta, (evidentes para Descartes7), (correspondientes,

Russell8) se dice entonces que la proposición que lo declara, es verdadera, en caso

contrario es falsa. Esto concuerda con la definición de verdad de Aristóteles “Decir que lo

que es, es o que lo que no es, no es, es verdadero; decir que lo que es, no es o que lo que

no es, es, es falso”9

Similar consideración merece el uso del vocablo “justicia”. Cuando la identificación de la

manera como se ordenan las relaciones sociales es correcta, entonces, cabe decir que la

proposición que lo declara en justa, en caso contrato es injusta.

Lo verdadero o falso y lo justo o lo injusto, no se dan en el orden cósmico, natural, social,

etc, y tampoco los procesos intelectuales a través de los cuales se identifican las diversas

clases o tipos de orden, sino en las proposiciones a través de las cuales se proclaman. El

cosmos, la naturaleza, la sociedad, el hombre, los procesos intelectuales y el orden que los

guía no son ni verdaderos ni falsos, ocurren o transcurren y son lo que son y como son.

Verdaderas o falsas, justas o injustas, son las declaraciones respecto a la clase tipo o

manera como las cosas se ordenan y allí mismo está la falsedad o la injusticia. La verdad y

la falsedad como la justicia o injusticia, están en el lenguaje y tiene una doble vertiente: a)

son verdaderas y justas o falsas e injustas las proposiciones que declaran el orden en que

se encuentran o a que se sujetan las cosas de acuerdo a si la identificación es correcta o

no. b) son verdaderas y justas o falsas e injustas las proposiciones que expresan las

consecuencias que de las anteriores se derivan, conforme a las reglas del orden lógico.

IX. CONOCIMIENTO.

El conjunto de las proposiciones que se estiman verdaderas o justas constituyen el

conocimiento. Esta es una definición restringida del conocimiento. Forman parte del

7 Descartes. Meditaciones Metafísicas. Traducción García Morente. Anota que: “las cosas que concebimos clara y distintamente, son verdaderas” “el error…. Descartes encuentra que tanto la verdad como el error dependen del ejercicio de la voluntad para dirigir nuestros pensamientos y encontrar aquello que aparece a nuestro espíritu “claro y distinto”, p. 85. 8 Russell, Bertrand. “El conocimiento humano”.9Tarski, Alfred. Verdad y Prueba. En Piscoya Hermosa, Luis. Tópicos en Epistemología. Universidd San martín de Porras.

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conocimiento asimismo las proposiciones falsas o injustas, que luego serán corregidas en

la medida en que los razonamientos se afinan y el cuerpo de los conocimientos se depura

y hace menos tosco.10 Podría agregarse que forman parte de los conocimientos asimismo

el conjunto de las proposiciones que se estiman claras, justas, útiles, beneficiosas, puesto

que todos esos predicados admiten las proposiciones que proporcionan una descripción

correcta de las relaciones de orden (cósmico, natural, social, matemático, jurídico) de que

tratan. Podríamos decir entonces que el conocimiento está constituido por un conjunto

conclusiones (proposiciones que se estiman verdaderas, justas, útiles, beneficiosas, etc).

Ese conjunto es muy grande.

X. UNIVERSALIDAD.

La universalidad del conocimiento (individual o colectivo) radicaría en que

entendiéndose que la capacidad de comprender el orden –cósmico, natural, social,

lingüístico, matemático, etc.-, es común a todos los individuos del género humano y

común es a todos los hombres el dominio del lenguaje a través del cual se expresan las

conclusiones, entonces: el conocimiento (el conjunto de conclusiones verdaderas) está al

alcance y disposición de todos los hombres. En el famoso diálogo “Menón”, Sócrates, en

su charla con Menón, el joven aristócrata, aducirá en pro de este hipótesis lo siguiente:

“Estando, pues, toda la naturaleza toda emparentada consigo misma, y habiendo el alma

aprendido todo, nada impide que quien recuerde una sola cosa –eso que los hombres

llaman aprender-, encuentre él mismo todas las demás, si es valeroso e infatigable. Pues,

en efecto, el buscar y el aprender no son otra cosa, en suma, que una reminiscencia” 11. En

esa misma línea de pensamiento, entiende Descartes que: “la facultad de juzgar y

distinguir lo verdadero de lo falso, que es propiamente lo que llamamos buen sentido o

razón, es naturalmente igual en todos los hombres, y por lo tanto, la diversidad de

opiniones no proviene de que unos sean mas razonables que otros, sino tan solo que

10 Mario Bunge sobre el particular anota lo siguiente: “Un campo de conocimientos puede caracterizarse como un sector de la actividad humana cuya finalidad es obtener, difundir o utilizar conocimiento de alguna clase, ya sea verdadero, ya sea falso” Mario Bunge. “CRISIS Y RECONSTRUCCIÓN DE LA FILOSOFÍA”. 8.3 Campos del conocimiento. Traducción Rafael Gonzales del Solar. Editorial Gedisa S.A. Barcelona 2002. 11Platon. Diálogos. “Menon”. Traducción F.J. Olivieri. Editorial Gredos S.A. Madrid 1999., pag. 284

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dirigimos nuestros pensamientos por derroteros diferentes y no consideramos las mismas

cosas”12

XI. ACTITUD RACIONALISTA.

El racionalismo no es natural, ni general, ni común sino extraordinario. Lo natural,

general, común y ordinario es suponer que la razón pertenece de manera íntegra y

exclusiva a quien razona. Y como cada cual piensa que es así respecto a sí mismo y “no es

verosímil que todos se engañen”, esto último demuestra que “la razón es igual en todos

los hombres” (Descarte. Discurso del Método. Primera Parte). La actitud racionalista

consiste en reconocer que la razón que se sabe propia, exclusiva e íntegra en cada uno de

los individuos, es por sobre toda otra consideración un patrimonio común del genero

humano que todos, sin excepción, poseen íntegramente, hacen uso y participan.

Hay tantas afirmaciones verdaderas como hombres convencidos de que lo que afirman

respecto a las ocurrencias que perciben, es en efecto verdadero, cada vez que lo hacen.

Hay tantas afirmaciones falsas como afirmaciones verdaderas, en efecto, basta con negar

una afirmación verdadera para obtener una falsa y basta con negar una falsa para obtener

una verdadera. Esto es válido tanto para la lógica silogística de Aristóteles13 y para la lógica

simbólica o lógica matemática tal como la conciben lógicos tan modernos como Quine.14

Lo mismo cabe asegurar respecto los criterios de justicia. “justas” son las declaraciones de

los hombres respecto al orden que estiman justo. Hay, en consecuencia, tantas

afirmaciones justas como hombres convencidos de que lo que afirman es justo, y tantas

afirmaciones justas cuantas veces lo hacen. Y cierto es asimismo que hay tantas

12 René Descartes. Discurso del Método. Primera parte. Editorial Boreal 1998. Madrid. Traducción Manuel García Morente. p. 1313 Aristóteles dice: “Ahora bien, como quiera que es posible, tanto aseverar que no se da lo que se da, como aseverar que se da lo que no se da y de igual modo respecto a los tiempos distintos del presente, cabría negar todo lo que una afirma y afirmar todo lo que negara; así que es evidente que a toda afirmación se le opone una negación y, a toda afirmación una negación” Aristóteles ORGANON. Tratados de Lógica. Sobre la Interpretación. 30. Introducciones, traducciones y notas de Miguel Candel Sanmartín. Editorial Gredos. S.A. Madrid 1995. p.43-44 14 W. O. Quine. “La lógica como cualquier ciencia, posee como objetivo la búsqueda de la verdad. Lo que ews verdadero son los enunciados; y la búsqueda de la verdad consiste en el empeño por separar los enunciado verdaderos de los restantes, los que son falsos. Las verdades son tan numerosas como las falsedades, puesto que cada verdad es susceptible de negación, la cual es falsa.” (Los métodos de la lógica. Traductores: Juan José Acero. NieesGuasch. Editorial Planeta-De agostini S. A. Barcelona 1993, pag)

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afirmaciones justas como afirmaciones injustas, puesto que en efecto, basta con negar

una afirmación justa para obtener una injusta y viceversa.

Verdad y justicia, son valores lingüísticos. No hay ningún misterio en ello. No hay nada,

ninguna entidad, a la que pueda llamarse “la verdad” y nada, ninguna entidad a la que

pueda denominarse “la justicia”. Una y otra están en la mente de los hombres, y como

están en la mente de los hombres, “verdad” y “justicia” son entonces criterios: criterios de

verdad y criterios de justicia, de los cuales podemos dar razón, y como siempre ocurre, al

dar razón, acertamos una veces y nos equivocamos otras, porque ello está en nuestra

naturaleza, puesto que somos parte de ella. Esto no significa afirmar la imposibilidad de

alcanzar a constituir un cuerpo de conocimientos que correctamente declaren lo

verdadero y justo, sino que tal conocimiento no es eterno, ni absoluto, ni definitivo, sino

que se da dentro de los humanos límites que fijan los estrechos alcances de la percepción,

aquellos otros determinados por intereses que atraen atención y voluntad hacia ellos y,

finalmente, por las limitaciones del lenguaje, que resulta vago cuando es universal y

comprensivo, y estrecho y cuando alcanza a ser riguroso, resulta estrecho y limitado.

Si adherimos a esas creencias, adherimos, entonces, al pensamiento racional, consensual,

sencillo, ordenado, accesible y exitoso, según bien se sabe. Nada obliga a reconocer que

esto es así y muy bien podemos pasarnos la vida pensando que la razón es íntegra y

exclusivamente nuestra, de nuestros amigos y de nadie más. Pero esa actitud no es

racional. Ni justificable.

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iUn Congresista convencido de las bondades dela economía de libre mercado y de la necesidad de suscribir un Tratado de Libre Comercio a fin de ampliar nuestros vínculos económicos, diversificar las propias actividades y recibir el beneficioso impulso económico de la globalización, argumentaba que los pobladores de la región andina del sur del Perú se oponían tenazmente a la apertura económica y a la promoción de una economía de libre mercado, porque “las llamas y vicuñas no saben del Tratado de Libre Comercio”. El diálogo con un periodista es relatado en los siguientes términos:

¿Y usted cree, congresista, que debe aprobarse el referéndum sobre el TLC? - Noooo, ¿le vas a preguntar a las llamas y vicuñas sobre el TLC?- ¿Cómo? ¿A quién se refiere con “llamas” y “vicuñas”? Eso es insultante.- Te parecerá insultante, pues, pero…- ¿Cómo se puede referir como “llamas y vicuñas” a la gente?? Es insultante.- Bueno, es tu opinión, si no te gusta, me voy. Esa es mi opinión. Un tema técnico no les puedes preguntar. Es una barbaridad. No les puedes preguntar a toda la ciudadanía. Al que no sabe leer y escribir, no le vas a preguntar eso…- No los puede llamar “llamas y vicuñas”, señor.- No lo estoy haciendo en el micro.

El congresista niega la capacidad racional de los pobladores del sur andino, (”las llamas y vicuñas), es decir la capacidad de juzgar la verdad o falsedad o la justicia o injusticia de sus puntos de vista, les niega la “ciudadanía”, la posibilidad de oponer otros puntos de vista, hacer valer otros intereses, confrontarlos con los suyos y niega la posibilidad del diálogo y de eventualmente ser refutado. Lo animan tres certezas que hilvana una a una: La creencia en que la mayor o menor capacidad racional está relacionada a la raza, los blancos serían los mejor dotados, lo cual justificaría la discriminación de los de otras razas a quienes atribuye una condición inferior ( llamas y vicuñas, es decir animales); la segunda certeza del Congresista es que el ejercicio de la razón está vinculado a la mayor o menor adquisición de conocimiento que se adquiere gracias a la instrucción (no saben leer ni escribir, por consiguiente, carecen de capacidad de entendimiento, opinión, de juicio, son ignorantes no saben lo que les conviene, no entienden) no son parte de la “ciudadanía”, no se les puede pedir opinión sobre un tema “técnico” ( no merecen ser escuchados no se les puede consultar), y por último aduce que su apreciación no es público, sino privado con alguien que forma parte de los que entienden y se puede dialogar porque comparten cultura o sabiduría, conocimiento y saber.Con esos tres argumentos se fundamenta una pretensión cognoscitiva sustentada en la superioridad racial y cultural, y vinculada al ejercicio del poder y obviamente al uso de la fuerza puesto que negada la capacidad racional no hay otra opción. El congresista poco después fue elegido Presidente del Congreso y luego fue designado Ministro de Defensa, lo cual significa que había de ser un hombre con inteligencia y capacidad, apreciado por sus colegas y seguramente poseedor de muchas otras virtudes. Y estas ocurrencias en el Siglo XXI.La conducta asumida por la clase política, gobernante muestra aceptación, tolerancia, complicidad con los criterios torpes y brutales del congresista que deberían quedar proscritos porque merecen rechazo y sanción antes que reconocimiento. iiEl racionalismo clásico, primigenio, el que servía de supuesto a las conversaciones de Sócrates y los Sofistas. Es esa creencia en la igualdad de los hombres en el uso de la razón y en la capacidad de distinguir lo verdadero de lo falso y lo justo de lo injusto lo que conduce a Sócrates a su permanente inquisición callejera en la búsqueda del conocimiento, que ha de encontrarse en las respuestas de sus interlocutores, al menos en lo que ellos creen saber o saben, en esa creencia se sustenta su afirmación de que conocer en recordar, y eso es posible porque el orden o “logos” , es decir, el orden, es universal y a ese universo pertenece y de ese universo es parte el hombre y al él mismo pertenecen los dioses. iiiLEVIATAN O LA MATERIA, FORMA Y PODER DE UNA REPÚBLICA ECLESIÁSTICA Y CIVIL.SARPE 1984, Madrid.1ra Parte. Del Hombre. 2da Parte Del Estado. 3era. Parte: De un estado cristiano. 4ta Parte: El reino de las tinieblas.Hobbes tiene una concepción organicista del Estado "Gracias al arte se crea este gran Leviatan que llamamos república o Estado (en latin: CIVITAS) que no es sino un hombre artificial... en el cuál la soberanía es el alma... los magistrado y otros funcionarios el cuerpo..., el castigo y la recompensa nervios... la riqueza y abundancia, potencia; salud, negocios; los consejeros, memoria, la equidad  y  leyes, razón y voluntad; concordia, salud; sedición, enfermedad; guerra civil, muerte, los convenios, fiat, hagamos al hombre (Introducción p. 25)El origen del conflicto está en la igualdad entre las personas siendo esa igualdad la que origina el estado de permanente disputa por la posesión de los bienes y su disfrute: "La naturaleza ha hecho iguales a los hombres en las facultades del cuerpo y del espíritu... (p.133)"la... igualdad de esperanzas....de deseos de los mismo bienes... escasos... enemistad... un agresor no teme otra cosa que el poder del otro... la desconfianza conduce a la guerra " (p. 134)El estado es necesario para poner fin a un estado de guerra y establecer un orden justo cuya transgresión determina lo injusto "Fuera del Estado Civil siempre hay guerra de uno contra todos.... (p 136)... en semejante guerra nada es injusto...

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las nociones de derecho y legalidad, justicia e injusticia están fuera de lugar. Donde no hay poder común, la ley no existe: donde no hay ley, no hay justicia... " (p. 138)"iusnaturale, es la libeertad de cada hombre de usar su propio poder como quiera, para la conservación de su propia naturaleza, es decir de su propia vida... p, 139 "La libertad es.... la ausencia de impedimentos... poder hacer lo que quiere..."El Derecho consiste en la libertad de hacer u omitir....la ley determina y obliga a alguna de esas dos cosas... (p, 139)"... precepto o regla general de la razón... cada hombre debe esforzarse por la paz, mientras tiene la esperanza de lograrla; y cuando no puede obtenerla debe buscar y utilizar todas las ayudas y ventajas en la guerra..."(p, 140)"segunda ley: que uno acceda, si los demás consienten también, y mientras se considere necesario para la paz y defensa de si mismo, a renunciar a este derecho a todas las cosas y a satisfacerse con la misma libertad, frente a los demás hombres... que les sea concedida a los demas con respecto a el mismo." (pag 140)"Renunciar a un derecho a ciertas cosas es despojarse a si mismo de la libertad de impedir a otro... o abandonar el derecho... ""transferir.... obligado a no impedir...""si el impedimento sobreviene se produce INJUSTICIA O IN JURIA...ya que el derecho fue abandonado o se transfirió anteriormente... p 141)"la mutua transferencia de derechos es lo que los hombres llaman contrato..." 142"tercera ley... que los hombres cumplan los pactos que han celebrado" p, 153"la definición de injusticia no es otra sino esta: el incumplimiento de un pacto. En consecuencia lo que no es injusto, es justo" pag 153"justicia, equidad, modestia, piedad y en suma la de haz a otros lo que quieras que los otros hagan por ti, son por si mismas, cuando no existe temor a un determinado poder que mantiene su observancia, contrarias a nuestras pasiones naturales, las cuales nos inducen a la parcialidad, el orgullo, la venganza y otras cosas semejantes. Los pactos que no descansan en la espada no son más que palabras sin fuerza..." p 175"aquel gran leviatan, o más bien... aquel dios mortal, al cual debemos, bajo el Dios inmortal, nuestra paz y mutua defensa..."  (p,179)"... un Estado ha sido constituido cuando una multitud de hombres convienen y pactan... que a un cierto hombre o asamblea de hombres, se les otorgará por mayoría, el derecho a representar a las persona de todos..." p, 181)Soberano:1. Los súbditos no pueden cambiar de forma de gobierno. 2. El poder soberano no puede ser enajenado. 3. Nadie puede protestar por la institución del soberano. 4. Nadie puede acusar la injusticia de los actos de soberano. 5. Nadie puede castigar al soberano. 6 el soberano es juez de la paz y de la guerra. 7. Establece normas. 8. Derecho de judicatura... oir y decidir controversias... 9. concede recompensas e impone castigos, ( p 181-191)

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