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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACET/& DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono 3771 _AA_o_L_x_xn_ ... l ___ M,.,.,..an=a=-gu=a=, =D=.=·N_ .• _L_u_n_e"".""s_1_1_d_e _J_u_n_io_d_e_1_oo_s_· __ I No. 135 SUMARIO PODER LEGISLATIVO CONGRESO NACIONAL Da su Garantla el Gob. de Nic. Para Empréstito de Quince Millones de Dó· lares a ENALUF. . . . . . . . . C'.AMARA DE OIPUfADOS Segunda y illtima Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados . . . . PODER EJECUTIVO llE RF.l.ACllJNES F..XTERIORES Nómbrase Colaborador Inspector en Ae- Pág. 1841 1842 MINISTERIO DEL TRABAJO Acta y Estatutos de Cooperativa de Aho- rro y Crédito de Empleados Rolter Ll· mitada ............... . TRIBUNAL DE CUENTAS Finiquitos a Favor de Señores Juan E. Gómez h., César Núfiez M. ·y Salvador Morales A. . , . . . . . . . . . . . . MINl!oo"l'ERIO UE ECONOMIA, INDUSTRIA Y OOMERCIO Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica ....... . SECCION JUDICIAL Remate ................ · Pdo. 1846 1848 1852 ropuerto "Las Mercedes" . . . . · 1845 Títulos Supletorios . . . . ·. . . . . . 1854 1854 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBUCO Ampliase en Presupuesto General de Gas- tos Partida de Planificación y Regula- ción Urbana . . . . . . . . . . . . . . . . . . Bonificación a Compañía Licorera de Nicaragua por Pérdida de Alcohol .. 1845 1845 Venta de Terrenos Ejidales .... ·.. 1855 Donaciones de Terrenos Municipales Donación de Solar Municipal . . . . . . Citación a Accionistas de CompaJUa Na- cional Productora de Cemento, S.A ... Declaratorias de Herederos .. Citaciones de Procesados .. 1855 1855 1855 1855 1856 PODER LEGISLATIVO Congreso Nacional Da su Garantía el Gob. de Nic. Para Empréstito de Quince Millones de Dólares a ENALUF El Presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: Decreto N<1 1453. La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República· de Nicaragua, Decretan: Arto. l<1-Autorízase al Poder Ejecuti- vo para que, por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o el funcio- nario en quien éste delegue, a nombre del Gobierno de Nicaragua, dé la garantia re- querida para un préstamo que por la su- ma equivalente a US$15.250,000.00 (Quin- ce Millones Doscientos Cincuenta Mil Dó- lares de los Estados Unidos de América), ha concedido el Banco Internacional de Re- construcción y Fomento, a la Empresa Na- cional de Luz y Fuerza, Entidad Autónoma del dominio comercial del Estado, para la ampliación de los servicios de la misma. El referido préstamo se pagará en un plazo de 20 años, de los cuales será de gra- cia el período comprendido entre la feclía de suscripción del Contrato de Préstamo y el 1 9 de Junio de 1973. El interés anual que devengará dicho empréstito será del % y sobre los saldos pendientes de re- tiro, habrá un cargo por compromiso del % del 1 %_ anual.

Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 17 de ...1842 LA GACETA-DIARIO OFICIAL Arto. 21·-La presente autorización com prende la facultad de firmar todos los do cumentos

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Page 1: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 17 de ...1842 LA GACETA-DIARIO OFICIAL Arto. 21·-La presente autorización com prende la facultad de firmar todos los do cumentos

REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL

LA GACET/& DIARIO OFICIAL

Director: ENRIQUE MARIN UBAGO

Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES

Teléfono 3771 lmp~

_AA_o_L_x_xn_ ... l ___ M,.,.,..an=a=-gu=a=, =D=.=·N_ .• _L_u_n_e"".""s_1_1_d_e _J_u_n_io_d_e_1_oo_s_· __ I No. 135

SUMARIO

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO NACIONAL

Da su Garantla el Gob. de Nic. Para Empréstito de Quince Millones de Dó· lares a ENALUF. . . . . . . . .

C'.AMARA DE OIPUfADOS

Segunda y illtima Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados . . . .

PODER EJECUTIVO

~UNISTERIO llE RF.l.ACllJNES F..XTERIORES

Nómbrase Colaborador Inspector en Ae-

Pág.

1841

1842

MINISTERIO DEL TRABAJO

Acta y Estatutos de Cooperativa de Aho­rro y Crédito de Empleados Rolter Ll· mitada ............... .

TRIBUNAL DE CUENTAS

Finiquitos a Favor de Señores Juan E. Gómez h., César Núfiez M. ·y Salvador Morales A. . , . . . . . . . . . . . .

MINl!oo"l'ERIO UE ECONOMIA, INDUSTRIA Y OOMERCIO

Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica ....... .

SECCION JUDICIAL Remate ................ ·

Pdo.

1846

1848

1852

ropuerto "Las Mercedes" . . . . · 1845 Títulos Supletorios . . . . ·. . . . . . 1854

1854

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBUCO

Ampliase en Presupuesto General de Gas­tos Partida de Planificación y Regula-ción Urbana . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Bonificación a Compañía Licorera de Nicaragua por Pérdida de Alcohol ..

1845

1845

Venta de Terrenos Ejidales .... ·.. 1855

Donaciones de Terrenos Municipales

Donación de Solar Municipal . . . . . .

Citación a Accionistas de CompaJUa Na-cional Productora de Cemento, S.A ...

Declaratorias de Herederos ..

Citaciones de Procesados ..

1855

1855

1855

1855

1856

PODER LEGISLATIVO

Congreso Nacional

Da su Garantía el Gob. de Nic. Para Empréstito de Quince

Millones de Dólares a ENALUF El Presidente de la República,

a sus habitantes, Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: Decreto N<1 1453.

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República· de Nicaragua,

Decretan: Arto. l<1-Autorízase al Poder Ejecuti­

vo para que, por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o el funcio­nario en quien éste delegue, a nombre del Gobierno de Nicaragua, dé la garantia re-

querida para un préstamo que por la su­ma equivalente a US$15.250,000.00 (Quin­ce Millones Doscientos Cincuenta Mil Dó­lares de los Estados Unidos de América), ha concedido el Banco Internacional de Re­construcción y Fomento, a la Empresa Na­cional de Luz y Fuerza, Entidad Autónoma del dominio comercial del Estado, para la ampliación de los servicios de la misma.

El referido préstamo se pagará en un plazo de 20 años, de los cuales será de gra­cia el período comprendido entre la feclía de suscripción del Contrato de Préstamo y el 19 de Junio de 1973. El interés anual que devengará dicho empréstito será del 6~ % y sobre los saldos pendientes de re­tiro, habrá un cargo por compromiso del % del 1 %_ anual.

Page 2: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 17 de ...1842 LA GACETA-DIARIO OFICIAL Arto. 21·-La presente autorización com prende la facultad de firmar todos los do cumentos

1842 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Arto. 21·-La presente autorización com­prende la facultad de firmar todos los do­cumentos que fueren necesarios en la tra­mitación del Contrato de Garantía en re­ferencia y aceptar las cláusulas y condi­cio~s pa'ta ello requeridas.

Arto. 3"1-El presente Decreto empezará ;;i. regir desde la fecha de su publicación

., en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cá­mara de Diputados. -Managua, D.N., 12 de Junio de 1968. -(f) Orlando Montene­gro Medrano, D. Presidente. -(f) Fran­cisco Urbina Romero, D. Secretario. -{f) Irma Guerrero Chavarría, D. Secretario.

Al Poder Ejecutivo. -Cámara del Se­nado, Managua, D.N., 13 de Junio de 1968. (f) Mariano Argüello, S. P .. -{f) Pablo Rener, S. S. -(f) Ernesto Chamorro Pa­sos, s. s.

Por Tanto : Ejecútese. -Casa Presiden­cial, Managua, D. N., catorce de Junio de mil novecientos sesenta y ocho. -(f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. (f) Gustavo Montiel, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Pú­blico".

Cámara de Diputados

SEGUNDA Y ULTIMA JUNTA PREPA­RA TO RIA de la Cámara de Diputados, previa a la solemne instalación del Con­greso Nacional en su Décimo Octavo Pe­riodo Constitucional, celebrada en la ciu­dad de Managua, Distrito Nacional, a las diez de la mañana del día diecinueve de Abril de mil novecientos sesenta y .ocho.

Preside el Honorable Diputado, Doctor Orlando Montenegro Medrano, asistido de los Honorables Diputados, Doctor Francis­co Urbina Romero y Srita. Irma Guerre­ro Chavarría, como Primero y Segundo Se­cretario respectivamente.

Concurren además los Diputados siguien­tes:

·Dr. Alejandro Romero Castillo, Don Alfredo Brantome, Dr. Orlando Trejos So­marriba, Don Armando Guido, Don Luis Felipe Hidalgo, Sra. Carmen Lara de Bor­gen, Dr. Fernando ·zelaya_ Rojas, Dr. José Ortega Chamorro, Dr. Orlando Robleto Ga­llo, Don Arnulfo Rivas Solórzano, Dra. 01-ga Núñez de Saballos, Dr. Pedro J. Quin­tanilla, Dr. René Sandino Argüello, Dr. Juan Manuel Gutiérrez, Dr. Juan José Lu­go Marenco, Don Ralph Moody, Lic. Hurn­perto Guerrero Zapata, Dr. Arsenio Alva·

I rez Corrales, Dr. J. David Zamora, Don Ca­milo López Núñez, Dr. Eduardo Paladino. Cabrera, Dr. Ramiro Granera Padilla, Dr. Raúl Valle Molina, Don Jorge Urcuyo Ba­lladares, Don Arnoldo Lacayo Maison, Don Napoleón Tapia Pérez, Dr. Orlando Mora­les Ocón, Don José María Borgen, Dr. Adolfo Martínez Talavera, Don César Ace­vedo Quiroz, Dr. Carlos Arroyo Buitrago, Dr. Alejandro Fajardo Rivas, Don Francis­co Salinas, Don Alfonso Talavera Ocón y Sra. Alba Rivera de Vallejos.

19-Se declara abierta la sesión. 29-Se da lectura al acta de la sesión an­

terior y al ser sometida a discusión, el Di­putado Luis Felipe Hidalgo pide que se in­cluyan en ésta, sus frases de elogio y re­conocimiento a los méditos de los Diputa­dos, Dr. Orlando Montenegro Medrana, Dr. Adolfo Martínez Talavera, Srita. lrma Guerrero Chavarría y Dr. Alejandro Fajar­do Rivas. Asimismo el Diputado Robleto Gallo pide que en el acta conste su crite­rio en relación a la elección del segundo Secretario de la Cámara.

El Honorable Diputado Presidente ma­nifiesta que estas omisiones se incluirán en el acta correspondiente.

Suficientemente discutida el acta, se aprueba. . 3<:>-El Diputado Presidente expresa a la Honorable Representación, que si no exis­te criterio en contra, se aproveche esta se­gunda sesión Preparatoria, para elegir en definitiva la Junta Directiva de esta Cá­mara, lo que es aceptado.

Para proponer candidatos al cargo de Presidente de la Junta Directivá intervie­nen los siguientes Diputados:

Don Luis Felipe Hidalgo proponiedo al Dr. Orlando Montenegro Medrano, en re­conocimiento a su magnífica labor desarro-. liada en el período anterior y por la for­ma acertada para dirigir los debates; el Doctor Juan Manuel Gutiérrez propone al Dr. Adolfo Martínez, por su excelente ac­tuación durante las veces que desempeñó el cargo de Presidente, en el periodo an­terior; el Dr. Orlando Robleto Gallo pro­pone al Dr. Juan Manuel Gutiérrez, por su franqueza al exponer argumentos serios en las sesiones y el Licenciado Humberto Gue­rrero Zapata a Don Arnoldo Lacayo Mal­son, por su actuación parlamentaria, can­didaturas que son puestas a c<;msideración.

Pide la palabra el Diputado Martínez Talavera, y en uso de ella agradece al Di­putado Juan Manuel Gutiérrez, la nomi­nación que ha hecho de su nombre como candidato a Presidente de la Junta Direc­tiva, pero dado que él votará por la can-

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1843

didatura del Doctor Montenegro Medrano, l 'tos por los Diputados Don Luis Felipe Hi­a quien no propuso por habérsele adelan- dalgo, Dr. Orlando Robleto Gallo y Don tado el Diputado Hidalgo, retira su candi- Arnulfo Rivas Solórzano respectivamente, datura. para desempeñar el cargo de Primer Vi-

El Diputado Presidente expresa que las cesecretario de la Junta Directiva. No ha­candidaturas solamente pueden ser retira- hiendo más candidatos se procede a la vo­das por los proponentes, por lo que· con ti- tación, la que arroja el cómputo siguiente: núa a consideración la candidatura del Doc- Dr. Carlos Arroyo Buitrago, 5 votos a su tor Martínez Talavera. , favor; Lic. Humberto Guerrero Zapata, 7

No habiendo más candidatos se procede· votos a su favor Y con 26 votos a su fa­a la votación, la que arroja el cómputo si- vor queda electo Primer Vicesecretario el guiente: Doctor Juan Manuel Gutiérrez, 4 Dr. Alejandr~ Romero Castillo. votos a su favor; Don Arnoldo Lacayo Mai- Al procederse a la elección del Segundo son, 6 votos a su favor; Dr. Adolfo Mar- Vicesecretario de la Junta Directiva, el Di­tínez Talavera, 3 votos a su favor; y con putado Robleto Gallo propone como candi-26 votos a su favor queda electo Pre- dato para este cargo al Dr. Carlos Arro­sidente de la Junta Directiva, el Doctor yo Buitrago; el Lic. Humberto Guerrero Orlando Montenegro Medrano. Zapata propone al Dr. René Sandino Ar-

Para desempeñar el cargo de Vicepresi- güello Y Don Arnulfo Rivas Solórzano al dente de la Junta Directiva, son propues- Dr. José Ortega Chamorro, candidaturas tos los siguientes Diputados: Doctor Ale- que son puestas a consideración. jandro Fajardo Rivas, por el Doctor Adol- Hace uso de la palabra el Diputado San­fo Martínez Talavera; Doctor Juan Manuer dino Argüello, pára declinar su candidatu­Gutiérrez, por el Doctor Orlando Robleto · ra y pedir a 'los que pensaban votar por Gallo; y Don Arnulfo Rivas Solórzano, él,' lo hagan por el Dr. José Ortega Cha-por el Licenciado Humberto Guerrero Za- morro. / pata; no habiendo más candidatos se pro- Pide la palabra el Diputado Don Luis cede a la votación, arrojando ésta el cóm- Felipe Hidalgo, y al hacer uso de ella ins­puto siguiente: Doctor Juan Manuel Gutié- ta al Dr. Carlos Arroyo Buitrago para que rrez, 3 votos a su favor; Don Arnulfo Ri- . al ser electo segundo Vicesecretario, sea vas Solórzano, 8 votos a su favor; y Doc- más consecuente con los Liberales Nacio­tor Alejandro. Fajardo con 26 votos a su nalist~ que lo van a elegir, ya que él con­favor, queda electo Vicepresidente. sidera al Partido Liberal Independiente, al

·eomo candidatos para el cargo de Pri- que pertenece el Dr. Arroyo Buitrago, co­mer Secretario, surgen los siguientes Dipu- mo una rama desprendida del viejo tronco tados: Dr. Francisco Urbina Romero, pro- del Partido Liberal Nacionalista. Pide al puesto por Don César Acevedo Quiroz; Dr. Dr. Arroyo Buitrago que ponga oídos sor­José Ortega Chamorro, por Don Arnulfo dos a los cantos de sirena de la Oposición Rivas Solórzano; y Dr. René Sandino Ar- Conservadora y que se solidarice con sus güello por el Dr. Carlos Arroyo Buitrago. viejos compañeros Liberales. Esto provocó No habiendo más candidatos se procede a un acalorado debate en el que intervinie­la votación, resultando ésta de la siguien- ron los Diputados siguientes: te manera: Dr. José Ortega Chamorro, El Diputado Zelaya Rojas manifiesta con 4 votos a su favor; Dr. René Sandino que lo tenía un poco pensativo la actitud Argüello, con 9 votos a su favor; Y Dr. del Partido Liberal en lo que se refiere al Francisco Urbina Romero con 27 votos a nombramiento de Segundo Vicesecretario su favor, queda electo Primer Secretario del Doctor Carlos Arroyo Buitrago, pero de la Junta Directiva. ' que las palabras expresadas por el Diputa-

Para candidatos al cargo de Segundo do Luis Felipe Hidalgo, lo han dejado ver Secretario, surgen los Diputados siguien- claramente que en dicho nombramiento tes: Srita. Irma Guerrero Chavarría, pro- existe una maniobra oficialista, que en puesta por doña Alba Rivera de Vallejos cierto modo significa una oferta de com­y Dr. José Ortega Chamorro, por el Di- pra para un -miembro del Partido Liberal putado Lacayo Maison. No habiendo más Independiente, y como él cree todavía en la candidatos, de inmediato se procede a la honestidad de los que integran el Partido votación, resultando con 11 votos a favor Liberal Independiente, sugiere al Doctor el Dr. José Ortega Chamorro y con 25 vo- Arroyo Buitrago que decline su postula­tos a su favor queda electa Segundo Secre- ción y al Doctor Robleto Gallo que retire tario de la Junta Directiva, la Srita. Irma ésta, para que presentando un solo frente Guerrero Chavarría. unido, voten todos los opositores por el Di-

Los Diputados Dr. Alejandro Romero Cas- putado Ortega Chamorro para Segundo Vi­tillo, Dr. Carlos Arroyo Buitrago y el Lic. cesecretario. Humberto Guerrero Zapata son propues- Hace uso de la palabra el Diputadg

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1844 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Francisco Urbina Romero, quien reconoce la habilidad del Diputado Zelaya Rojas, cuando con su intervención trata de llevar agua a su molino y a su partido, pues re­cuerda que en la legislatura pasada acogió con entusiasmo el apoyo que el Ala Libe­ral le brindó para llevarlo a la Segunda Vicesecretaria. Continúa el Diputado Ur­bina Romero, para manifestar que la opi­nión que tiene el Ala Liberal es que todos y cada uno de los del Ala izquierda son representantes de la Oposición en esta Cá­mara, y que si un malhadado pacto polí­tico los colocó en la posición en que hoy se encuentran, eso es un asunto privado. Por las razones anteriores, expresa que el Partido Liberal dará su voto al Diputado Arroyo Buitrago, porque además de consi­derarlo un hombre honesto y capacitado, es Liberal.

Interviene el Diputado Carlos Arroyo Buitrago y después de agradecer su nomi­nación para el cargo de Segundo Vicese­cretario, expresa, que parece que ésta ha traído nuevamente la discusión de quiénes son los que integran la Minoría en esta Cámara, a pesar de que a los Honorables Representantes del Partido Conservador les consta que la Minoría está representa­da por dos o tres Conservadores y dos o tres que no pertenecen a ese Partido, pe­ro que han luchado unidamente para hacer frente a todos los problemas.

Continúa el Diputado Arroyo Buitrago manifestando que no es la integridad de su persona lo que se está discutiendo aquí, sino la nominación para aceptar el cargo, y sien­do éste un honor desempeñarlo no renun­cia a él y deja a la Honorable Represen­tación que decida quién debe ser el Repre­sentante de la Minoría que desempeñará tal cargo. Dirigiéndose al Diputado Roble­to Gallo deja al criterio de él, retirar su candidatura y afirma que no renunciará, como anteriormente lo dijo a un honor por­que sabe lo que es éste.

En este momento deja la Secretaria la Srita. Guerrero Chavarría y la asume el Diputado Arroyo Buitrago. ·

El Diputado Robleto Gallo manifies­ta que propuso la candidatura del Diputa­do Arroyo Buitrago para Segundo Vice­secretario, por los méritos que le honran y porque ha demostrado que es un parla­mentario luchador y su rectilínea labor en la Oposición es especialmente indiscuti­ble. Considera además que el Diputado Arroyo Buitrago está por sobre toda du­da en su calidad de Legislador y demó­crata y que jamás.declinará la bandera de la democracia que siempre ha enarbolado. En vista que se ha tratado de dar un ca- · riz político a esta nominación, y para no

! dejar ninguna duda en cuanto a la actua­ción de la oposición en esta Cámara, expre- · ~ que el Diputado Arroyo Buitrago debe declinar la candidatura, dada la situación que se ha planteado i ya que la unidad opo­sitora debe estar sobre todo y prefiere una renuncia altiva y honorable del Diputado Arroyo Buitrago, antes que se diga, siquie­ra, que fue elegido por la mayoría Liberal. En base a las razones antes expuestas, re­tira la candidatura del Diputado Arroyo Buitrago.

El Diputado Romero Castillo expresa -que en la sesión anterior él propuso la can­didatura del Dr. Arroyo Buitrago, y que en esta sesión únicamente por cuestión de tiempo se le adelantó el Diputado Robleto Gallo, pero dado que éste la ha retirado, la hace propia y propone nuevamente al Diputado Arroyo Buitrago para el cargo de Segundo Vicesecretario, no sin antes advertir que lejos de su mente está el que al Dr. Arroyo Buitrago pueda comprárse­le con esa posición.

Continúa a consideración la candidatura del Diputado Arroyo Buitrago.

Hace uso de la palabra el Diputado Gu­tiérrez manifestando, que por un puesto en la Junta Directiva, que él no considera. im­portante, se ha suscitado un debate en el cual un Representante del Partido Conser-

I vador, aunque lo niegue, en forma velada ¡ ha dicho que el Partido Liberal Indepen-

1

diente con el Dr. Carlos Arroyo Buitrago de candidato, ha entrado en juego para imponer la candidatura de éste; nada más

¡ absurdo, ya que su oposición definida a este régimen durante el tiempo que ha lu-chado brazo a brazo con los Opositores de Nicaragua, no puede ser puesta en duda por nadie; además, no es posible que un Representante del Partido Conservador venga a lanzar lodo a un Partido que está muy encima de la honestidad de ellos ..

Interviene el Diputado Guerrero Zapata para en atención al llamado de unión hecho por el Diputado Robleto Gallo, retirar la candidatura del Diputado Sandino Argüe­llo y que todos voten por el Diputado José Ortega Chamorro.

Nuevamente asume la Secretaría la Srita. Guerrero.

Los Diputados Napoleón Tapia y Aceve­do Quiroz hacen uso de la palabra para apoyar la candidatura del Diputado Arr~­yo Buitrago.

No habiendo más oradores inscritos, se somete a votación la candidatura del Di­putado Ortega Chamorro, resultando ésta con ocho votos a su favor y con veintisie­te votos a favor queda electo Segundo Vi­~esecretario el Diputado Arroyo Buitrago.

.

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1845

49-El Diputado Don Luis Felipe Hidal­go hace moción para que se dispense al acta de esta sesión, el trámite de lectura, la que suficientemente discutida, se aprue­ba.

59-El Diputado Presidente levanta la sesión.

Orlando Montenegro Medrano, D.P.

Francisco Urbina Rometo, D.S.

lrma Guerrero Chavarría, D.S.

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

N ómbrase Colaborador Inspector en Aeropuerto "Las Mercedes"

"N9 28 El Presidente de la República,

Acuerda: Primero: Nombrar al señor Gustavo

Rodríguez Hernández, Colaborador Ins­pector del Aeropuerto Internacional "Las Mercedes", con el sueldo mensual de Nove­cientos Córdobas Solamente, que asigna el Presupuesto General de Gastos Vigente-05-13-02-00 -P. Control de Migración In­ciso N9 051302000111035.

Segundo: El Presente Acuerdo Ejecu­tivo surte sus efectos a partir del prime­ro de Mayo del año en curso.

Comuníquese : Casa Presidencial, Mana­gua, D. N., catorce de Mayo de mil nove­cientos sesenta y ocho. -El Presidente de la República, A. SOMOZA D. -El Minis­tro de Estado en el Despacho de Relacio­nes Exteriores, Lorenzo Guerrero Gutié­rrez".

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Ampliase en Presupuesto General de Gastos Partida de Planificación

y Regulación Urbana "No. 87

El Presidente de la República, En uso de sus facultades, Atendiendo solicitud del Señor Vicemi­

nistro de Obras Públicas, Doctor Luis Va-llé Olivares, contenida en su Oficio ...... . No. 134-5 de 13 de Mayo recién pasado,

Considerando: Que el Artículo 56 de las Regulaciones

Presupuestarias vigentes, dispone que, "Las dependencias Gubernamentales qu~ por razón de sus operaciones tengan que preparar especies fiscales, vender objetos o prestar servicios, podrán solicitar am­pliación de las Partidas asignadas para cu­brir los gastos o trabajos indispensables, cuando aquéllas resultaren insuficientes en relación al producto o ingreso logrado o por lograrse ...... "

Considerando: Que en tal caso se encuentra la venta de

copias de planos de la ciudad de Managua, realizada a través de la Oficina Nacional de Urbanismo,

Considerando: Que al tenor de los artículos 8 y 9 de las

Regulaciones Presupuestarias vigentes, los fondos obtenidos con la venta del mencio· nado producto, han ingresado al Fondo Ge· neral del Gobierno, depositándose del 16 de Enero al 8 de Mayo de 1968, la suma de TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CORDOBAS NETOS, ( ~ 3.262.00).

Acuerda: Unico: Amplíase en el Presupuesto Ge­

neral de Gastos vigente, la siguiente Par­tida:

1 08-2~2-00 Planificación y Regulación

1 Urbana 03 MATERIALES Y

SUMINISTROS Asignación Colectiva

036 Productos Químicos y Conexos Cf 3.262.00

Comuníquese. Casa Presidencial. Ma­nagua, D. N., 3 de Junio de 1968. - (f) A. · SOMOZA D., Presidente de la República. -(f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacien­da y Crédito Público".

Bonificación a Compañía Licorera de Niearagua por Pérdida de Alcohol_

"N° 11 El Presidente de la República,

en uso de sus facultades, Considerando:

Que con fecha 14 de Mayo del corrien­te año el Señor Director General dé Ingre­sos solicitó se bonifique a la Compañía Li­corera de Nicaragua, S. A. la cantidad de 52.160 litros de alcohol para rones de va­rios ángulos, equivalentes a 103.559 litros grados de Ley.

Considerando: Que se perdieron por derrumbe ocurrido

en la Bodega Número 3 situada en la Com-

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1846 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

pañía Licorera de Nicaragua, S. A., en la ciudad de Chichigalpa, Departamento de Chinandega.

Considerando: Que dicha pérdida fue debidamente com­

probada por Delegados de la Dirección Ge­neral de Ingresos quienes practicaron in­vestigación, todo lo cual se encuentra en las Actas correspondientes.

Por Tanto: Decreta:

Unico: Bonificar a la. Compañia Lico­rera de Nicaragua, S. A., la cantidad de 52.160 litros de alcohol para rones de va­rios ángulos equivalentes a 103.559 litros grados de Ley que corresponde a la pérdi­da sufrida en el derrumbe y a la que se refieren los Considerandos del presente Acuerdo ..

Comuníquese: Casa Presidencial. Mana­gua, D.N., a los seis días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y ·ocho. -A. SOMOZA, Presidente de la República. -Gustavo Montiel, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público".

Ministerio del Traba jo

Acta y Estatutos de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Empleados

Rolter Limitada CERTIFICACION

Julio César Morales Vflchez, Jefe del De­p~rtamento de Asociaciones de la Inspec­c1on General del Trabajo, en cumplimiento de los Artos. 199 y 216 del Código del Tra­bajo, Certifica un extracto del Acta Consti­tutiva y Estatutos de la Sociedad Coopera­tiva ~e ~horro y Crédito Empleados Rol­ter L1m1tada, como sigue: 1 CONSTITU­CION, DOMICILIO, DURACION, OBJE­TO: Por Escritura Pública Número Ocho que autorizó en Managua, el Notario 0oc: tor René Isabá Rodríguez, a las seis de la t~rde del día siete de Mayo de mil nove­cientos sesenta y ocho, comparecieron los señores: José Marcial Ríos Galeas, casado, zapatero; Leo Augusto Andrade Hernán­dez, soltero, contador; Melba Cajina Moli­na, soltera, costurera; Aura Lila Argüe­llo López, soltera, costurera; Gustavo Cas­tillo Sobalvarro, casado, bodeguero· Au­gusto Sandino Obregón, casado, vulc~iza­

. dor; María Elena Largaespada Rodrígtiez, soltera, costurera; Alberto Espinoza Me-

. lén~~z, casado, contador; Manuel Córdoba Guberrez, casado, vulcanizador~ Alfonso Sánchez Pérez, soltero, contado~· Juana Gómez Solís, soltera, costurera·

1

Victoria María Reyes Rivas, soltera, ¿osturera;

1 Marlene Guevara Romero, soltera, costure­ra; Enrique López Martínez, casado, zapa­tero; Pablo Jirón Morales, soltero, mecáni­co; José Cerda Garcia, soltero, vulcaniza­dor; Luis Membreño Díaz, soltero, vul­canizador; M a r í a F é 1 i x García solte­ra, costurera; Miguel Duarte Zanabria, casado, zapatero; Julio Molina Escorcia, soltero, zapaterct; Leopoldo Areas Rojas, soltero, calandrero; Pedro Blandón Mejía, casado, zapatero; Aurora Briones Benaví­dez, casada, empacadora; Maria Antonia Reyes Torres, soltera, empacadora; Luis C~nteno Chavarría, soltero, zapatero; Jo­se Mercado C~rda, soltero, jardinero; Alba Rabassa Osorio, casada, empacadora, todos mayores de edad, del domicilio de Mana­gua, exponiendo su deseo de unirse para formar una Sociedad que se denominará : "Cooperativa de Ahorro y Crédito Em¡plea­dos Rolter Ltda.", de responsabilidad limi­tada, duración indefinida, domiciliada en Managua, de capital y asociados variables e ilimitados. Tiene por objeto: 1) Estimu­lar un sistema cómodo y sencillo de aho­rro entre sus asociados; 2) Facilitar a sus miembros préstamos a un interés razona­ble, no mayor .del uno' por ciento mensual sobre el saldo deudor; 3) Educar a los aso­ci~dos, dentro del espíritu cooperativista, onentandolos a hacer buen uso del dinero y de~ crédito. La Cooperativa regulará sus

: activi~a~e~ de conf o~idad con los siguien­tes prmc1p1os: a) universalidad: Libre ad­hesión y retiro voluntario; b) Control de­mocrático: Una persona un voto· c) Dis· tribución de excedentes en pro¡x;rción a

1 los intereses pagados por los préstamos re­cibidos; d) Interés Limitado al capital y e) Fomento de la educación coopef'.8,tivis­ta. 11 De los Asociados: Podrán ser asocia­dos de €sta. ~operativa todos los emplea­dos de la Fabrica Rolter, S. A., quienes de­berán c?~ocer estos Estatutos, presentar una sohc1tud de ingreso, pagar una cuota d~ admisión de <$: 5.00 y una aportación ini­c~al de. ~ 10.00. Deberes: Cumplir con las d1spos1c1ones de los Estatutos· Concurrir a las sesiones; Desempeñar l~ cargos que les fueren a.:iignados por elección; Cumplir con sus o~hgaciones pecuniarias; Acatar las resoluciones de los cuerpos directivos y de la Asamblea. Derechos: Elegir y ser electos para cargos directivos· Hacer uso de los servicios y gozar de los ~neficios de la Cooperativa; Participar de los exceden­tes; Participar en las Asambleas que la Cooperativa celebre con derecho a voz y-vo­to; Hacer recorrtendaciones para mejorar los servicios de la Cooperativa. La calidad de asociado se pierde: Por renuncia volun­taria:; Por fallecimiento; Por pérdida de la capacidad civil; Por expulsión acordada en Asamblea de acuerdo con los Estatutos.

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL - 1847

1 rán en la siguiente forma: Anualmente se separará un cuarto del uno por ciento para fomento de educación cooperativista, to-

III. Régimen Administrativo: La Direc­ción y administración de la Cooperativa es­tará a cargo de: a) La Asamblea General de asociados; b) Del Consejo de Adminis· tración; c) De la Junta de Vigilancia; d) Del Comité de Crédito; y e) Del Tesorero­Gerente. De la Asamblea General. La Asamblea General es la suprema autoridad compuesta por todos los asociados, _sesio­nará ordinariamente una vez al año. Las Asambleas extraordinarias se verificarán cuando sea necesario a solicitud del Conse­jo de Administración, de la Junta de Vigi­lancia o cuando el veinte por ciento de los asociados lo soliciten. Si el Consejo de Ad­ministración no convoca a la Asamblea Ge· neral Extraordinaria, cuando así lo solici­ten la Junta de Vigilancia o el veinte por ciento de los asociados, éstos en cada caso, podrán hacerlo ellos mismos o recurrir al organismo estatal correspondiente, quien si lo estima conveniente podrá hacer la convocatoria. Tanto para la Asamblea or­dinaria, como para la Extraordinaria, de­berá convocarse coh quince días de antici­pación, por lo menos. Del Consejo de Ad­ministradón. Estará integrado ·por cinco miembros: Un Presidente; un Vice Presi· dente; Un Secretario; un Tesorero, y un vo­cal. Del Tesorero-Gerente: Lo nombrará el Consejo de Administración y no podrá ejercer su cargo mientras no haya rendido la fianza respectiva. Tendrá las siguientes atribuciones: a) Organizar y dirigir la ad­ministración de la Cooperativa. b) Velar porque la contabilidad sea llevada aI día v con claridad; c) Ejecutar los acuerdos del Consejo y de la Asamblea; d) Cobrar las sumas adeudadas a la Cooperativa; e) Fir­mar junto con el Presidente todos los docu­mentos relacionados con la Cooperativa. De la Junta de Vigilancia: Estará consti­tuida por tres miembros, electos por la Asamblea, tendrán a su cargo el C9ntrol de las operaciones de la Cooperativa. Del Co· mité de Crédito: Estará integrado por cin­co miembros designados anualmente por el Consejo de Administración, quienes deben desarrollar propaganda de educación coo­perativista. IV Régimen Económico: Del · Capital Social, Fondos Sociales y Distribu­ción de Excedentes: El capital social de esta Cooperativa será variable e ilimitado y se formará así: a) con la aportación de los asociados, siendo cada certificado de aportación nominativo, indivisible y con un valor de diez córdobas cada uno. El capital de cada asociado estará limitado al diez por ciento del capital social; b) con los dona­tivos que se reciban; c) con los porcenta­jes de excedentes que se destinen para in­crementarlos. La cooperativa iniciará sus operaciones con un capital pagado de .... <$'.~.OO. Los fondos sodales se constitui-

mándose como base el total de préstamos concedidos durante el ejercicio social, el que se cerrará el día 30 de Mayo, de cada año. Los excedentes se distribuirán así: a) el diez por ciento para reserva legal; b) pagar un interés no mayor del seis por cien­to anual sobre el valor nominal de las apor­taciones ingresadas y no retiradas a la fe­cha del cierre económico; d) el balance res­tante se distribuirá a los asociados de la cooperativa. El interés de los préstamos no será mayor del uno por ciento mensual sobre el balance adeudado. Capítulo V. De la Fusión o Afiliación. La Cooperativa

· podrá afiliarse a la Federación de Coope­rativas de Ahorro y Crédito, así como a cualquier otro organismo central de este tipo de asociación o a la Confederación de Cooperativas del país, sin cambiar de nom­bre ni de personalidad jurídica. La Coópe­rativa podrá fusionarse con otras Coopera­tivas del mismo tipo, o sea tomar en co· mún un nombre distinto del usado por ca­da una de ellas, constituyendo una nueva entidad jurídica. -VI Disolución y Liquida­ción: Esta Cooperativa podrá disolverse: a) Por voluntad de las dos terceras partes de los asociados; b) Por disminución del número de asociados a menos de veinticin­co; e) Porque el estado económico de la asociación no permita continuar sus opera· ciones; d) Por cancelación; e) Por fusión. Para la liquidación de la Cooperativa se nombrará un liquidador o comisión liqui­dadora quienes deberán ser designados por el organismo que acuerde la disolución. La primera Asamblea General Constituyente se celebró a las siete de la noche del día sie­te de Mayo de mil novecientos sesenta y ocho, en el local de la Embotelladora Mil­ca, en dicha asamblea se aprobaron los Es­tatutos que regirán esta Sociedad y se eli­gió en forma definitiva a las autoridades de la CoQPerativa, quedando electos en la siguiente forma: Por el Consejo de Admi ... nistración: Presidente: José Marcial Ríos Galea; Vice Presidente: Melba Cajina Ma­lina; Secretario: Aura· Lyla Argüello Ló-pei:; Tesorero: Leo Augusto Andrade Her­nández; Vocal: Gustavo Castrillo Sobalva­rro. Por el Comité de Crédito: Presiden­te: Alberto Espinoza Meléndez; Secretario: Maria Elena Largaespada Rodríguez; Vo­cal: César Augusto Obregón. Por la Jun­ta de Vigilancia: Presidente: Manuel Cór­doba Gutiérrez; Secretario: Luis Al~onso Sánchez Pérez; Vocal: Juana Gómez Solís. A esta asamblea asistieron el número de ¡personas requerido por la Ley, según cons-ta en la Certificación extendida por el Se­cretario de dicha Cooperativa. Esta Coo·

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. 1848 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

perativa fue aprobada en Resolución de las nueve y cincuenta y cinco minutos de la ma­ñana del día cuatro de Junio de mil nove­cientos sesenta y ocho; e inscrita bajo el número Treinta y seis folios 171, 172 Tomo X del Libro de Inscripción de Cooperati­vas.

Es conforme, Managua, Distrito Nacio­nal, siete de Junio de mil novecientos se­senta y ocho.

Julio O. Moraks Vilchez, Jefe del Departamento de Asociaciones

de la Inspección General del Trabajo.

Tribunal de Cuentas

Finiquitos a Favor de Señores Juan E. Gómez h., César Núñez M., y Salvador Morales A.

Expediente No. 123.

Contraloría Especial de Cuentas Locales. Sala del Tribunal de Cuentas. Managua, D.N., veintidós de Julio de mil novecien­tos sesenta y seis. Las 11ueve de la mañana. Examinada que fue por el Contador de Glo­sa de esta Sala, la cuenta de la Tesoreria Municipal de Telica, departamento de León, que el señor Juan E. Gómez h., mayor de edad, casado, agricultor y de aquef domici­lio, llevó durante el período de Enero a Ju­nio de mil novecientos sesenta y cinco;

Resulta: Que según Carta-Cuenta que corre al fo­

lio 9, hubo un movimiento de Ingresos y Egresos de Cuarenta y Tres Mil Seiscien­tos Noventa y Cinco Córdobas con Noven­ta y Cuatro Centavos ( <i 43.695.94) in­cluyendo los términos de apertlira y cie­rre; y

Considerando: Que estando terminada la Glosa Admi­

nistrativa de esta cuenta a cargo del Con­tador de Glosa don Elifa F. Bonilla H., és­te dio en traslado el expediente respectivo al Jefe de esta Sala, en providencia de las diez de la mañana del día .nueve de Julio de mil novecientos sesenta y seis, según fo­lio 6, sin reparos pendientes, en tal virtud, esta superioridad, proveyó ordenando que las presentes diligencias pasaran a conoci­miento del suscrito, para los fines del trá­mite Judicial y Fallo, según auto de las diez y quince minutos de la mañana del mismo día, mes, año y folio, habiendo pues­to el cúmplase a las once de la mañana del mismo día, mes y año, según consta al re­verso del folio 6; y

Considerando : Que en escrito del dieciocho de Julio de

mil novecientos sesenta y seis, folio 8 el

Defensor de Oficio, don Ramiro Catón C., ostentando el Poder correspondiente, pidió se le tuviese por personado como apodera­do del Cuentadante, don Juan E. Gómez h., en cuya virtud el suscrito lo tuvo como tal por auto de las nueve y quince minutos de la mañana del mismo día, mes, año y folio, mandando tomar razón del Poder y a co­rrer los traslados de Ley a las partes; y

Considerando: Que en escrito del diecinueve de Julio de

mil novecientos sesenta y seis, folio 10, el Defensor de Oficio, don Ramiro Catón C., devolvió el traslado e:x:presándose así: "Los seis reparos formulados a esta cuenta fue­ron desvanecidos en la Glosa Administra­tiva por el Contador que intervino, como lo expresan las razones firmadas al margen de cada uno de ellos. Por tanto, no tenien­do mi representado .ninguna otra respon­sabilidad por lo que hace a este juicio, re­nuncio al resto del término del traslado y le pido llamar a autos, para dictar senten­cia de Ley". Y oída la opinión del señor Fiscal General de Hacienda, está de acuer­do con dicho pedimento, ver folio 10; y

Considerando : Que siendo cierto lo dicho por las partes

pues todos los reparos formulados fueron desvanecidos en la Glosa Administrativa, según razones que constan al margen de ca-· dá uno de ellos y documentos anexos a es­te expediente, se llamó a autos en provi­dencia de las nueve de la mañana del día veintiuno de Julio de mil novecientos se­senta y seis;

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

Fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo del Art. 151 de la Ley Reglamen­taria del Tribunal de Cuentas de 15 de Di­ciembre de 1899, segunda Edición Oficial y Deereto Ejecutivo de 30 de Marzo de 1936, el suscrito Contador Tramitador Judicial en nombre de la República de Nicaragua, definitivamente;

Falla: Que esta cuenta tal como se deja relacio­

nada es buena y por consiguiente se aprue­ba, quedando el señor don Juan E. Gómez h., de calidades conocidas en autos, junto con su fiador solidario, libres y solventes con los fondos de la Tesorería Municipal de Telica, departamento de León, durante el período de Enero a Junio de mil nove­cientos sesenta y cinco, QUINTO de su ac­tuación en tal cargo. Líbrese copia de es­ta resolución al interesado, para que le sir­va de suficiente finiquito, debiendo pre­sentar por escrito la solicitud en la Secre­taría del Tribunal de Cuentas. Cópiese, no­tifíquese, publíquese en "La Gaceta" y ar-

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1849

chívese. - Testado - de est, corridos los trámites de Derecho, No Valen. - Entre líneas - del señor - Valen.

Eduardo Núñ(:Jz v:, Tramitador Judicial.

Maria Auxiliadora Pérez U., Sri a.

EXP. N 11 124. Contraloría Especial de Cuentas Loca­

les. Sala del Tribunal de Cuentas. Mana­gua, D. N., doce de Agosto de mil nove­cientos sesenta y seis. Las doce meridia­nas. Examinada que fue por el Contador de Glosa de esta Sala, don Elifa F. Bonilla H., la cuenta de la Tesorería Municipal de Telica, Departamento de León, que el se­ñor don Juan E. Gómez h., mayor de edad, casado, agricultor y de aquel domicilio, lle­vó durante el período de Julio a Diciem­bre de mil novecientos sesenta y cinco ;

Resulta: Que según Carta-Cuenta que corre al

folio 11, hubo un movimiento de Ingresos y Egresos de Cincuenta y Cuatro Mil Cua­trocientos Cuarenta y Seis Córdobas Ne­tos ( <$.'. 54,446.00), incluyendo los términos de apertura y cierre; y

Considerando: Que estando terminada la Glosa Admi­

nistrativa de esta cuenta a cargo del Con­tador de Glosa de esta Sala don Elifa F. Bonilla H., éste dio en traslado el expe­diente respectivo al Jefe de esta Sala, en providencia de las ocho de la mañana del día veintidós de Julio de mil novecientos sesenta y seis, según folio 8, i;¡in reparos pendientes; en tal virtud esta Superioridad proveyó ordenando que las presentes dili­gencias pasaran a conocimiento del suscri­to para los fines del trámite judicial y fallo, según auto de las ocho y quince mi­nutos de la mañana del mismo día, mes, año y folio, habiendo puesto el "Cúmpla­se" a las nueve de la mañana del mismo día, mes y año según consta al reverso del folio 8; y

Considerando: Que en escrito del dos de Agosto de mil

novecientos sesenta y seis, folio 10, el De­fensor de Oficio don Ramiro Catón C., os­tentando el Poder correspondiente, pidió se le tuviese por personado como Apodera­do del Cuentadante don Juan E. Gómez h., en cuya virtud el suscrito lo tuvo como tal, por auto de las doce y quince minutos pa­sados del meridiano del mismo día, mes, año y folio, mandando tomar razón del Poder y a correr los traslados de Ley a las partes; y

Considerando: Que en escrito del ocho de Agosto de

mil novecientos sesenta y seis, folio 12, el Defensor de Oficio don Ramiro Catón C., devolvió el traslado expresándose asi: "Los seis reparos formulados a esta cuenta fue­ron desvanecidos en la Glosa Administrati­va por el contador que intervino, como lo expresan las razones firmadas al margen de cada uno de ellos. Por tanto, no tenien­do mi representado ninguna otra responsa­bilidad por lo que hace a este juicio, renun­cio al resto del término del traslado y le pido llamar a autos para dictar sentencia de Ley". Y oída la opinión del señor Fis­cal General de Hacienda, está de acuerdo con dicho pedimento, ver folio 12; y

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por las par­

tes, pues todos los reparos formulados fue­ron desvanecidos en la Glosa Administrati­va, según razones que constan al margen de cada uno de ello y documentos anexos a este expediente, se llamó a autos en pro­videncia de las doce meridianas del día on­ce de Agosto de mil novecientos sesenta y seis;

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

Fiscal, corridos los trámites de derecho con apoyo dél Art. 151 de la Ley Regla­

! mentarla del Tribunal de Cuentas de 15 de

1

Diciembre de 1899, segunda edición Ofi­cial y Decreto Ejecutivo de 30 de Marzo de 1936, el suscrito Contador,Tramitador Judicial en nombre da le Rpública de Ni-caragua, definitivamente,

Falla: Que esta cuenta tal como se deja relacio­

nada, es buena, y por consiguiente se aprue­ba, quedando el señor do9 Juan E. Gómez h., de calidades conocidas en autos, junto con su fiador solidario, libres y solventes con los fondos de la Tesorería Municipal de Telica, Departamento de León, por lo que hace al período de Julio a Diciembre de mil novecientos sesenta y cinco, Sexto de su actuación en tal cargo. Líbrese copia de esta resolución al interesado para que le sirva de suficiente finiquito, debiendo presentar por escrito la solicitud en la Se­cretaría del Tribunal de Cuentas. Cópiese, notifíquese, publíquese en "La Gaceta", y archívese.- Testado- ( <$'. %$. $$), que se le mandó a correr -No Valen. .

Eduardo Núñez v., Tramitador Judicial.

Maria Auxil~adora Pérez U., Sria.

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1851} LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Expediente No. 41 Contraloría Especial de Cuentas Locales.

Sala del Tribunal de Cuentas. Managua, D. N .. doce de Agosto de mil novecientos sesenta. y seis. Las nueve de la mañana. Examinada que fue por el Contador de Glo­sa de esta Sala, don Carlos H. Muñoz T., la cuenta de la Tesorería Municipal de Somo­tillo, departamento de Chinandega, que el señor César Núñez M., mayor de edad, ca­sado, agricultor y de aquel domicilio, llevó durante el periodo de Julio a Diciembre de mil novecientos sesenta y tres;

·Resulta:

Que según Carta-Cuenta que corre al fo­lio 13, hubo un movimiento de Ingresos y Egresos de Cinco Mil Quinientos Quince Córdobas con Ochenta y Nueve Centavos

. ( CS: 5.515.89) incluyendo los términos de apertura y cierre; y

Considerando: Que estando terminada la Glosa Admi­

nistrativa de esta cuenta a cargo del Con­tador de Glosa don Carlos H. Muñoz T., és­te dio en traslado el expediente respectvio al Jefe de esta Sala, en providencia de las ocho de la mañana del día nueve de Julio de mil novecientos sesenta y seis, según fo­lio 10, sin reparos pendientes, en tal vir­tud, esta superioridad, proveyó ordenando que las presentes diligencias pasaran a co­nocimiento del suscrito para los fines del trámite Judicial y Fallo, según auto de las ocho y quince minutos de la mañana del mismo día, mes, año y folio, habiendo pues­to el cúmplase a las nueve de la mañana del mismo día, mes y año, según consta al reverso del folio 10; y

Considerando: Que en escrit9 del dos de Agosto de mil

novecientos sesenta y seis, folio 12, el De­fensor de Oficip, don Ramiro Catón C., os­tentando el Poder correspondiente, pidió se le tuviese por personado como apoderado del Cuentadante, don César Núñez M., en cuya virtud el suscrito lo tuvo como tal, por auto de las nueve y quince minutos de la mañana del mismo día, mes, año y folio, mandando tomar razón del Poder y a co­rrer los traslados de ley a las partes; y

Considerando: Que en escrito del ocho de Agosto de mil

novecientos sesenta y seis, folio 14, el De­fensor de Oficio, don Ramiro Catón C., de­volvió el traslado expresándose así: "Los catorce r~paros formulados a esta cuenta fueron desvanecidos en la Glosa Adminis­trativa por el Contador que intervino, co­mo lo expresan las razones firmadas al margen de cada uno de ellos. Por tanto, no teniendo mi representado ninguna otra responsabilidad por lo que hace a este jui-

cío, renuncio al resto del término del tras­lado y le pido llamar a autos para dictar sentencia de Ley". Y oída la opinión del señor Fiscal General de Hacienda, está de acuerdo con dicho pedimento, ver folio 14; y

Considerando:

Que siendo cierto lo dicho por las partes pues todos los rE!lparos formulados fueron desvanecidos en la Glosa Administrtiva, según razones que constan al margen de cada uno de ellos y documentos anexos a este expediente, se llamó a autos en provi­dencia de las nueve de la mañana del día once de Agosto de mil novecientos sesen­ta y seis;

Por Tanto:

Con. tales antecedentes, oída la opinión Fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo del Art. 151 ·de la Ley Reglamenta· ria del Tribunal de Cuentas de 15 de Di­ciembre de 1899, segunda edición Oficial y Decreto Ejecutivo de 30 de Marzo de 1936, el suscrito Contador Tramitador Judicial en nombre de la República de Nicaragua, definitivamente;

Falla: Que esta cuenta tal como se deja rela­

cionada es buena y por consiguiente se aprueba, quedando el señor don César Nú­ñez M., de calidades conocidas en autos, junto con su fiador solidario, libres y sol­ventes con los fondos de la Tesorería Mu­nicipal de Somotillo, departamento de Chi­nandega, por lo que hace al periodo de Ju· lio a Diciembre de mil novecientos sesenta y tres; PRIMERO de su actuación en tal cargo. Líbrese copia de esta resolución al interesado, para que le· sirva de suficiente finiquito, debiendo presentar por escrito la solicitud en la secretaría del Tribunal de Cuentas. Cópiese, notifíquese, publíquese en "La Gaceta" y archívese.

Eduardo Núñez V., Tramitador Judicial.

María Auxiliadora Pérez U., Sri a.

Expediente No. 42 Contraloría E.qpecial de Cuentas Locales.

Sala del Tribunal de Cuentas. Managua, D. N., doce de Agosto de mil novecientos sesenta y seis. I:-as diez de la mañana. Exa­minada que fue por· el Contador de Gfosa de esta Sala, don Carlos H. Muñoz T., la cuenta de la ·Tesorería Municipal de Somo­tillo, departamento de Chinandega, que el señor César Núñez M., mayor de edad, ca­sado, Agricultor y de aquel domic~lio, llevó

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1851

durante el período de Enero a Junio de mil novecientos sesenta y cuatro;

Resulta: Que según Carta-Cuenta que corre al fo­

lio 11, hubo un movimiento de Ingresos y Egresos de Once Mil Doce Córdobas con Noventa y Nueve Centavos ( C$: 11.012.99) incluyendo los términos de apertura y cie­rre; y

Considerando: Que estando terminada la Glosa Admi­

nistrativa de esta cuenta a cargo del Con­tador de Glosa, don Carlos H. Muñoz T., és­te dio en traslado el expediente respectivo al Jefe de esta Sala, en providencia de las nueve de la mañana del día nueve de Julio de mil novecientos sesenta y seis, según fo­lio 8, sin reparos pendientes, en tal virtud, esta superioridad, proveyó ordenando que las presentes diligencias pasaran a conoci­miento del suscrito para los fines del trámi­te Judicial y Fallo, según auto de las nueve y quince minutos de la mañana del mismo día, mes, año y folio, habiendo puesto el cúmplase a las diez de la mañana del mis­mo día, mes, y año según consta al reverso del folio 8; y

Considerando: Que en escrito del dos de Agosto de mil

novecientos sesenta y seis; folio 10, el De­fensor de Oficio, don Ramiro Catón C., os­tentando el Poder correspondiente, pidió se le tuviese por personado como apoderado del Cuentadante, don· César Núñez M., en cuya virtud el suscrito lo tuvo como tal por auto de las diez y quince minutos de la ma­ñana del mismo día, mes, año y folio, man­dando tomar razón del Poder y a correr los traslados de Ley a las partes•; y

Considerando: · - . Que en escrito del ocho de Agosto de mil novecientos sesenta y seis, folio ~2, el De­fensor de Oficio, don Ramiro Catón C., de­volvió el traslado, expresándose así: "Los ocho reparos formulados a esta cuenta, fue­ron desvanecidos en la Glosa Administra-

. tiva por el Contador que intervino, como lo expresan las razones firmadas al mar­gen de cada uno de ellos. Por tanto, no te­niendo mi representado ninguna otra res­ponsabilidad por lo que hace a este juicio, renuncio al resto del término del traslado y le pido llamar a autos, para dictar senten· cia de Ley". Y oída la opinión del señor Fiscal General de Hacienda, está de acuer­do con dicho pedimento, ver folio 12; y

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por las partes

pues todos los reparos formulados fueron desvanecidos en la Glosa Administrativa, según razones que constan al margen de ca­da uno de ellos y documentos anexos a es-

te expediente, se llamó a autos en providen· cia de las diez de la mañana del día once de Agosto de mil novecientos sesenta y seis;

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

Fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo del Art. 151 de la Ley Reglamen­taria del Tribunal de Cuentas de 15 de Di­Ciembre de 1899, segunda Edición Oficial y Decreto Ejecutivo de 30 de Marzo de ... 1936, el suscrito Contador Tramitador Ju­dicial en nombre de la República de Nica· ragua, definitivamente;

Falla: Que esta cuenta tal como se deja rela·

cionada es buena y por consiguiente se aprueba, quedando el señor don César Nú· ñez M., de calidades conocidas en autos junto con su fiador solidario, libres y sol­ventes con los fondos de la Tesorería Mu­nicipal de Somotilfo, departamento de Chi· nandega, por lo que hace al período de Ene­ro a Junio de_ mil novecientos sesenta y cuatro; SEGUNDO de su actuación en tal cargo. Líbrese copia de esta resolución al interesado para que le sirva de suficiente finiquito, debiendo presentar por escrito la solicitud en la secretaría del Tribunal de Cuentas. Cópiese, notifíquese, publíquese en "La Gaceta" y archívese. - Testado -y folio - No Vale.

Eduardo Núñez V., Tramitador Judicial.

Ma:ría Auxiliadora Pérez U., Sri a.

Expediente No. 62 . Contraloría F..special de Cuentas Locales.

Sala del Tribunal de Cuentas. Managua, D. N., siete de Julio de mil novecientos se­senta y seis. Las nueve de la mañana. Exa· minada que fue por el Contador de Glosa don Juan J. Lezcano, la cuenta de la Teso­rería Municipal de Santo Domingo, depar­tamento de Chontales, que el señor Salva­dor Morales A., m.ayor de edad, soltero, ne­gociante, y de aquel domicilio, llevó duran· te el período de Enero a Junio de mil nove­cientos sesenta y cuatro;

Resulta: Que según Carta-Cuenta que corre al fo·

lío 19, hubo un movimiento de Ingresos y Egresos de Once Mil Trescientos Sesenta y Siete Córdobas con Treinta Cep.tavos ..... . ( CS: 11.367.30) ·incluyendo los términos de apertura y cierre; y ·

Considerando: Que estando terminada la Glosa Admi·

nistrativa de esta cuenta a cargo del Con­tador de Glosa don Juan J. Lezcano, éste

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1852 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

dio en traslado el expediente respectivo al Jefe de esta Sala, en providencia de las ocho y cuarenticinco minutos de la maña­na del día veintiuno de Junio de mil nove­cientos sesenta y seis, según folio 16, sin reparos pendientes, en tal virtud, esta su­perioridad, proveyó ordenando que las pre­sentes diligencias pasaran a conocimiento del suscrito para los fines del trámite Ju­dicial y fallo, según auto de las ocho y cin­cuenta y cinco minutos de la mañana del mismo día, mes, año y folio, habiendo pues~ to el cúmplase a las nueve de la mañana del mismo día, mes, y año, según consta al reverso del folio 16; y

Considerando: Que en escrito del dos de Julio de mil no­

vecientos sesenta y seis, folio 18, el Defen­sor de Oficio, don J. Manuel Arosteguí F., ostentando el Poder correspondiente, pidió se le tuviese por personado como apodera­do del Cuentadante, don Salvador Morales A., en cuya virtud el suscrito lo tuvo como tal por auto de las nueve y quince minutos de la mañana del mismo día, mes, año y fo­lio, mandando tomar razón del Poder y a correr los traslados de Ley a las partes; y

Considerando : Que en escrito del cuatro de Julio de mil

novecientos sesenta y seis, folio 20 el De­fensor de Oficio, don J. Manuel Arosteguí F., devolvió el traslado expresándose así: "Los catorce reparos formulados a esta cuenta fueron desvanecidos en la Glosa Ad­ministrativa por el Contador que intervi­no, como lo expresan las razones firmadas al margen de cada uno de ellos. Por tan­to, no teniendo mi representado ninguna otra responsabilidad por lo que hace a es­te juicio, renuncio al resto del término del traslado y le pido llamar a autos para dic­tar sentencia de Ley". ·Y oída la opinión del señor Fiscal de Hacienda, está Q.e acuer­do con dicho pedimento, ver folio 20; y

Considerando : Que siendo cierto lo dicho por las partes

· pues todos los reparos formulados fueron desvanecidos en la Glosa Administrativa según razones que constan al margen de ca­da uno de ellos y documentos anexos a este expediente, se llamó a autos en providen­cia de las nueve de la mañana del día seis de Julio de mil novecientos sesenta y seis;

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

Fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo del Art. 151 de la Ley Reglamen­taria del Tribunal de Cuentas de 15 de Di­ciembre de 1899, segunda edición Oficial y Decreto Ejecutivo de 30 de Marzo de 1936, el suscrito Contador Tramitador Judicial en nombre de la República de Nicaragua, definitivmaente; ·

Falla: Que esta cuenta tal como se deja relacio­

nada es buena y por consiguiente se aprue­ba, quedando el señor don Salvador Mora­les A., de calidades conocidas en autos, junto con su fiador solidario, libres y sol­ventes con los fondos de la Tesorería Muni­cipal de Santo Domingo, departamento de Chontales, durante el periodo de Enero a Junio de mil novecientos sesenta y cuatro, TERCERO de su actuación en tal cargo. Líbrese copia de esta resolución al intere­sado, para que le sirva de suficiente fini­quito, debiendo 1presentar por escrito la so­licitud en la Secretaría del Tribunal de Cuentas. Cópiese, notifiquese, publíquese en "La Gaceta" y archívese. - Testado -estando terminada la, por el Contador -No valen.

Eduardo Núñez V., Tramitador Judicial.

María Auriliadora Pérez U., Sri a.

Ministerio de Economf a, Industria y Comercio

SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA

Marcas de Fábrica 1 Reg. No. 1290 - B/U 891950 - Valor f$: 180.00

Haydeé Berrlos, solicita registro de la Marca :

Para: Clase 9. .Oyense oposiciones. Oficina de Registro.- Managua, cuatro de Mayo

mil novecientos sesenta y ocho . ..:....:; Roberto Sán­chez C., .Registrador. - José Villanueva, Secre• tario. 3 3

Reg. 1633 - B/U 913066 - Valor: lf90.00 Mima M. de Robleto, del domicilio de Granada,

solicita registro Marca:

'·' 1

( ' (.-..'.r-:" ,. ¡ . \ r

¡ W' X;"lf-... CALZ.Áoiµ_ lkcth '

Para: Clase 42,- Oyense oposiciones, Regis­tro de la Propiedad Industrial, Managua, Uno .Ju­nio mil -novecientos sesentiocho. - Roberto Sán­chez Cordero, Registrador. - José A. Villanueva, Secretario.

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LA GACETA-DIARIO Olt"'ICIAL 1853

Reg. 1634 - B/U 909622 - Vali>r: <;45.00 Laboratorios Rarpe Sociedad Anónima, Mana·

gua, solicita registro marca:. "SUAN"

Para Clase 9 (PrÓductos medicinales - fárina­céuticos).

Opónganse. Registro Propiedad Industrial. Managua, uno

Junio mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sán· chez Cordero, Registrador. - José A. Villanueva, Secretario.

3 2

Reg. 1635 - B/U 909621 - Valor: lf 45.00 Farbenfabriken Bayer Aktlengesellschaft, Ale­

mania, solicita registro marcas: CATOSAL-'- BALUDON-TARDOMYOCEL

Clase 9. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. Managua, trein­

tiuno Mayo mil novecientos sesentiocho. - Ro­berto Sánchez Cordero, Registrador. José A. Villanueva, Secretario.

3 2

Reg. No. 1530 - B/U 901294 - Valor ~ 45.00 Eutectic Welding Alloys Corporation, solicita

registro Ma'1Cas : "EUTECTIC-CASTOLIN", "EUTECTIC",

"CASTOLIN" Para: Clases 17, 26. Oyense oposiciones.

' Oficina Patentes. Managua, siete Noviembre mil novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez, Co­misionado Patentes. - José Villanueva, Secreta-rio.

3 2

Reg. N9 1180. - B/U 883328 - Valor C$90.00 V¡m Leer's Vatenfabrieken N.

1V. Holanda, soli­

cita registro marca :

Para: Clase 2 (Receptáculos). Opónganse. Registro Propiedad Industrial. Managua, Veinti­

cuatro Abril mil novecientos sesentiocho. -Ro­berto Sánchez Cordero, Registrador .. -José A. Vi­llanueva, Secretarlo.

Reg. No. 1536 - B/U 901300 - Valor <J 45.00 American Cyanamid Company, mediante apode­

rado, solicita registro Marca: "TYCRON"-

Para: Clase 47. Oyense oposiciones. Oficina Patentes, Managua, nueve Septiembre

mil novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez C., Comisi-onado de Patentes. - José A. Villa.nue­va, Secretario.

8 8

Reg. No. 1537 - B/U 901300 - Valor lf 45.00 Sterling Products International, Incorporated,

mediante apoderado, solicita registro Marca: "SOLUPRIN"

Para: Clase 9. , _ Oyense oposJciones. .

Oficina de Patentes. Managua, cinco Septiembre mil novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez C., Comisionado de Patentes. - José A. Villanue­va, Secretario.

3 3

Reg. No. 1538 - B/U 901300 - Valor Cf 45.00 Unión Carbide Corporation, mediante apodera­

do solicita registro Marca: "GRAMIZID"

Para: Clase 8. Oyense oposiciones Oficina de Patentes Mane.gua,. cuatro de Agos­

to de mil novecientos sesenta y siete. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado Patentes.

3 3

Reg. No. 1539 - B/U 901300 - Valor lf 45.00 Monsanto Company, Estados Unidos, mediante

apoderado, solicita registro de Marca: ''SANTOPHYLL''

Para: Clase 8. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, quince de Agosto

de mil novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez C., Comisionado Patentes. - José Villanueva, Se­cretario.

3 3

Reg. No. 1519 - B/U 901298 - Valor ~ 45.00 Kimberly-Clark Corporation, mediante apodera­

do, solicita regi!!tro Marca: "CRUZ BLANCA (WHITE CROSS)"

Para: Clase 40. Oyense oposiciones. Oficina Patentes Managua, catorce Agosto mil

novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez C., Comisionado de Patentes. ~ José A. Villanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 1520 - B/U 901298 - Valor lf 45.00 American Cyanamld Company, mediante apo­

derado, solicita registro Marca: "AUREO S-P"

Para: Clases 9 y 49. Oyense oposi<!lones. Oficina Patentes, Managua, cinco Septiembre

mU novecientos sesentlslete. - Roberto Sánchez C., Comisionado Patentes. - José A. Villanue­va, Secretario.

3 3 -

Reg. No. 1521 - B/U 901298 - Valor ~ 45.00 Kimberly-Clark Corporation, de Estados Uni­

dos, mediante apoderado solicita registro Marca: "BALLET"

Para: Clase 40. Oyense oposiciones. Oficina Patente. Managua, cuatro Agosto de mil

novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez Cor­dero, Comisionado de Patentes. - José Villanue­va, Secretario.

3 3

Reg. No. 1522 - B/U 901298 - Valor ~ 45.00 Charles E. Frosst & Co., del Canadá, mediante

Gestor Oficioso solicita registro Marca: "HEMOCYTON"

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, cuatro Agosto mil

novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez Cor­dero, Comisionado Patentes. - José Villanueva, Secretario.

.3 3 -- ~.-· ~ -· -

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1854 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Reg. No. 1515 - B/U 901299 - Valor C$: 45.00 Monsanto Company, mediante apoderado, soli·

cita registro Marca: "VI TAS O Y''

Para Clases: 48 y 49. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinte Noviembre

mil novecientos sesentisiete. - Pablo Antonio Ló­pez, Comisionado de Patentes. ~ José A. Villa­nueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 1516 - B/U 901299 - Valor e¡: 45.00 Winthrop Products Inc . .- mediante apoderado, so­licita registro Marca:

-? "ONOTON" Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina de Patentes.- Managua, cinco Septiem­

bre de mil novecientos sesentislete. - Roberto Sán· chez C., Comisionado de Patentes. - José A. Vi· Uanueva, Secretario.

3 3 .

Reg. No. 1517 - B/U 901299 - Valor ($: 45.00 Tostaduria de Café Quetzal S. A., mediante Ges­

tor Oficioso solicita registro Marca: "CAFE QUETZAL"

Para: Clase 49. Oyense oposiciones .. Oficina Patentes. Managua, veintitrés Noviem­

bre mil novecientos sesentisiete. - Pablo Anto­nio López, Comisionado Patentes. - José Villa­nueva, Secretario.

3 3 -

Reg. No. 1518 - B/U 901299 -- Valor (f 45.00 Vick Chemical lnc., mediante apoderado solicl·

ta registro Marca: "VITAPYRENA"

Para: Clases : 9, 48. Oyense oposiciones. Oficina de Patentes. Managua, dos Enero mil

novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cor­dero, Comisionado de Patentes. - José A. Villa· nueva G., Secretario.

3 3

Reg. No. 1548 - B/U 901297 - Valor e¡: 45.00 Miles LabOratories, Inc., mediante apoderado,

solicita registro Marcas: ''BIOGASTRONE'' ''DUOGASTRONE''

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, doce Diciembre

mil novecientos sesentisiete. - Roberto Sánchez C., Comisionado de Patentes. - José A. Villanue­va, Secretario.

3 3

SECCION JUDICIAL

Remate Reg. 1725 - B/U 906811 - Valor: C$90.00 Once maftana tres Julio próximo, rematarase lo·

cal este Juzgado lote terreno tres cuartos manza­nas, con casa y mediagua, jurisdicción Condega: Oriente, Río Esteli; Occidente, Juan Guillén; Nor­te, Rio Esteli y otro; Sur, Tránsito Barreda.

Base: diez mil córdobas. Oyense posturas. Ejecuta: Sebastlán Rivera Alaniz a Dr. Jaime

González Almendárez.

Juzgado Civil Distrito. Esteli, ocho Junio mil novecientos sesentiocho. - G. Gutiérrez. - Hu­go ·rercero, Srio.

3 2

Títulos Supletorios Reg. 1617 - B/U 889394 - Valor: ~90.00 Dorotea Herrera de Medina, solicita titulo su­

pleti:irio lote terreno situado esta jurisdicción, for­ma irregular de un cuadrado y mide cuarenta va­ras de frente Oeste, cincuentiocho varas lado Norte, och.ealtiséis varas Sur, cuarentidós Este, lindante: Norte, Cristóbal Torres; Sur, ferroca­rril del Pacifico; Este, Playas estero Paso Caba­llos; Oeste, linea férrea, terrenos Ferrocarril.

Interesados opónganse.- Juzgado Civil Distri­to Chinandega, mayo veintinueve mil novecientos sesentiocho. Concepción de Rodriguez, Secre-taria. -

3 2

Reg. 1676 - B/U 828151 - Valor: Cf 45.00 Nemesio Pérez, solici.ta titulo supletorio cua­

renta manzanas, S(mchez. Linderos: Norte, Orien­te, Ernesto Urcuyo; Sur, Julio Valoy; Poniente Rosa Sequeira. '

Oposición legiµ. / Juzgado Local Civil. Tola, Mayo dieciocho mil

novecientos sesentiocho. - Vic.ente !barra, Srio. 3 2

Reg. 1616 - B/U 595515 - Valor: ~45.00 · León Ortiz Gómez, solicita supletorio urbano, Moyogalpa, Oriente, Tomasa Narváez; Poniente, calle: Norte, hermanos Urbina; Sur, calle.

Opónganse. Secretarla· Juzgado Local Civil, Moyogalpa,

veintiseis de Marzo, mil novecientos sesentlocho. - Francisco Rodrlguez p,, Srio.

3 2

Reg. 1612 - B;/U 879154 - Valor: Cf 90.00 Juan Pozo, solicita supletorio cuarentlcinco

manzanas El Sauce; lindante: Oriente, Quebrada San Miguelito; Poniente, Quebrada La Camacha· Norte, Loma del Muerto; Sur, Rio Teco111apa. '

Interesados opónganse. Juzgado Distrito Civil. León, veintitrés Mayo

mil novecientos sesentiocho. - S. Arg11ello V., Sri o.

3 2

-Reg. 1608 - B/U 862913 - Valor: ~45.00 Pablo Murillo, solicita titulo diez manzanas si­

tio Santa Teresa, Guasuyuca esta jurisdicción, Oriente, Antonio Bellorin; Occidente, camino, Norte, Julián Lira, Sur, Trinidad Bellorin.

Juzgado Local Pueblo Nuevo, mayo veinticua­tro mil novecientos sesentiocho. - Rubén apelli­do ilegible.

3 2

Reg. 1606 - B/U 828263 - Valor: C$: 45.00 Norma Hemández, solicita supletorio urbana,

Los Cerros, contiene casa, limitada: Oriente Po­niente y Sur, Carmen Requene, Norte, Carr~tera.

Oponerse legalmente. Juzgado Civil Distrito. Rivas, veintitrés Mayo

mil novecientos sesentiocho. - Gladys de Torres, Sria.

3 2

Reg. 1591 - B/U 884814 - Valor: cr 45.00 Mariana Téllez Rosales, sóiicita titulo, Rústl·

ca, esta jurisdicción, Oriente, Antonio Téllez, Po· ":,. ..

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1855

niente, Maria Alejos. Norte, Pedro López. Sur, Secundino Galán.

Juzgado Civil Disttito. Masaya. véintinueve Mayo mil novecientos sesentlocho. - Carlos Mar-tinez L. ·

3 2

Reg. 1590 - B/U 884734 - Valor: IS' 45.00 Yolanda López, solicita supletorio urbana ciu­

dad, Oriente, Ignacia Ortiz, Poniente, Eusebio Garcla, Norte, Pastora Pérez; Sur, Luis Flores.

Oponer!!e. . Juzgado Civil Distrito. Masaya, veintiuno Ma-

yo mil novecientos sesentiocho. Juan Román Robleto, Srio.

3 2

Reg. 1625 -:- B/U 828181 - Valor: IS' 45.00 Haydeé Cortez de Tablada, solicita Supletorio ur­

bana, Tola, contiene casa: limita: Norte y Orien­te, Calle, Poniente, Eusebio Pérez, Sur, Feliciano Bustos. '

Oponerse legalmente. Juzgado Civil Distrito. Rivas, veintinueve Ma­

yo mil novecientos sesentiocho - Gladys de To­rres.

3 2

Ventas de Terrenos Ejidales Reg. 1638 - B/U 913229 - Valor: C$135.00 Rita Garcia de Cárcamo, solicita venta terreno

ejidal con una superficie de 19.680.41 Mts.2 y lin­da : Occidente y Oriente, terrenos que fueron de Julio Balcke. y otros; Norte, lote mlmero cuatro de Clotilde Garcla de Cárcamo; y Sur, lote núme­ro seis de Nelly Garcia Pérez.

Opóngase quien tuviere derecho. Dado en el Palacio del Ayuntamiento. Mnna­

guá, Disctrito Nacional, uno de Junio de mil no­vecientos sesenta y ocho. - Artu.ro Cruz Porras, Ministro del Distrito Nacional. - Gustavo Man­zafUlres Enriquez, Secretario.

3 2

Reg. 1637 - B/U 913230 - Valor: C$135.00 Clotilde Garcia de Cárcamo, solicita venta te­

rreno ejidal que mide 19.680.41 Mts.2 y linda: Oriente, Julio Balcke y otros;. Occidente, terrenos que fueron de Julio Balcke y otros; Norte, lote de Nubia Garcia Pérez; y Sur, Rita Garcia de Cár­camo.

Opóngase quien tuviere derecho. Dado en el Palacio del Ayuntamiento. Mana­

gua, Distrito Nacional, uno de Junio de mil nove­cientos sesenta y ocho. - Arturo Cruz Porras, Ministro del Distrito Nacional. - Gustavo Man­zanares Enriquez, Secretario.

3 2

Donaciones de Terrenos Municipales Reg. 1610 - B/U 836931 - Valor: IS' 90.00 Juan Maria Pérez, solicita donación solar Mu­

nicipal esta ciudad, lindando 011ente, Casa de Ma.iia Talavera de Rugama; Occidente, Casa de Aparicio Inestroza; Norte, casa de Angélica Avi­la; Sur, casa de Jenara de Morales, calle enmedio. Contiene Casa.

Estima 'doscientos córdobas. Opóngase. Alcaldia Municipal, Condega, veintitrés de Ma­

yo de mil novecientos sesenta y ocho. - Juan Ji­ménez B., Alcalde Municipal.

s s

Reg. 1611 - B/U 836932 - Valor: (f90.00 Etelvina Pérez de Castillo, solicita donación so­

lar Municipal esta ciudad, linda: Oriente, casa An­tonio López, Occidente; casa Alejo Ruiz, calle en­medio; Norte, casa Juan Falcón, calle enmedlo, Sur, Casa Antonio Zavala.

Contiene casa, estima doscientos córdobas. Opóngase. ' Alcaldia Municipal, Condega, veintit1·és Maya

mil novecientos sesentiocho. - Juan Jiménez B., Alcalde Municipal.

3 3

Reg. 1609 - WU 836930 - Valor: Cf45.00 Alicia de Pastrán solicita donación solar, lin­

dante: Oriente, Susana V. de Moneada; Norte, Marcelina Rugama; Occidente, Justina Quintero, Sur, Gregorio Quintero.

Opónganse._, - Alcaldla Municipal, Condega, veintidós Mayo mil novecientos sesentlocho. -Juan Jlménez - Rosa ~eralta, Sria.

3 3

Donación de Solar Municipal Reg. 1646 - B/U 831271 - Valor: C$45.00 Julián Rodriguez, solicita donación solar, Nor­

te y Oriente, Franctsco Herná.ndez; Sur: Merce­des de Rodriguez; Occidente: Evenor Ramlrez.

Opónganse. . Alcaldia Municipal Somoto, 25 Mayo 1968. -Osear Peila R., Alcalde Municipal. - B. Valeria­no G., Srio. Into.

3 2

CITACION A ACCIONISTAS DE COMPA~IA NACIONAL .

PRODUCTORA DE CEMENTO, S. A.

Reg. 1736 - B/U 922510 - Valor: C$45.00 Por la presente citase a los accionistas de la

Compañia Nacional Productora de Cemento, So­ciedad Anónima, para reunión ordinaria de la Junta General de Accionistas, que se verificará en la Ciudad de Managua, en las Oficinas de la Compañia, a las cuatro de la tarde del dlá cinco de Julio de mil novecientos sesenta y ocho.

Managua, D. N., trece de Junio de mil novecien­tos sesenta y ocho.-· J. J. Lugo Marenco, Secre­tario.

Declaratorias de Herederos Reg. 1726 - B/U 905842 - C$: 15.00

1

Cándida y Concepción Barbaza, piden decláreseles herederas de bienes sus her­manas Ana y Sebastiana Barbaza, consis­ten en solar esta ciudad.

Juzgado Distrito Civil Jinotepe, veinti­nueve Mayo mil novecientos sesentiocho. Leónidas Sánchez, Srio.

1

Reg. 1728 - B/U 896854 - ~ 15.00 Eduardo, Pedro José, Alfredo, Mariano,

María Marín, solocitan decláreseles here­deros de. Julio César Marin. Bienes: rús­ticos y urbano en Ometepe. -Opónganse.

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lSM LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Juzgado Distrito. Rivas, veintisiete Ma­yo mil novecientos sesenta y ocho. -Fran­cisco Castillo, Secretario.

Citaciones de Procesados Reg. 175

1

Por primera vez cito y emplazo a Noe Roa Reyes, para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Juzgado a defenderse en la causa que se le sigue por homicidio y lesiones por l. T. cometido en las personas de Luis Ernesto Jiménez, Rolando Cuadra Zapata, Rafael

. Urbina Castro, Pompilio Cortés Juárez Y Ramón Juárez Centeno, quien falleció, ba­jo apercibimiento de declararlo rebelde, elevar la causa a plenario y nombrarle de­fensor de oficio si no comparece.

Se recuerda a las autoridades la obliga­ción que tienen de capturar al antes dicho procesado y a los particulares la de denun­ciar el lugar donde se oculta.

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Cri­minal de León, a los veintiocho días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y ocho. Adán Zapata. 1

Reg. 177 Pt>r primera vez cito_y emplazo al pro­

cesado Ramón Martínez, de generales ig­noradas, para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Juzgado a defenderse en la cau~a que se le sigue por ser el autor del dehto de h~­micidio cometido en la persona de Herm1-nia Membreño Icabalceta, quien fue de die- _ ciocho años de edad, soltera, de oficios do­mésticos y del domicilio de Sab.ana Gr~d~, jurisdicción de El Sauce baJo aperc1b1-miento de declararlo rebelde, elevar la cau­sa a plenario y nombrarle defensor de ofi-cio si no comparece. ·

Se recuerda a las autoridades la obliga­ción que tienen de capturar al antes dicho procesado y a los particulares la de denun­ciar el lugar donde se oculta.

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Cri­minal de León, a los quince días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y ocho. -Adán Zapata M. -R. Rocha Z., Srio. · Es conforme con su original. -León,

dieciséis de Mayo de mil novecientos se­senta y ocho. - Lineado -Homici~o -Vale -Rimann Rocha Z., Secretano. . 1

Reg. 178 Por primera vez cito y emplazo al pro­

cesado Magdaleno Rojas Martínez, de ~e­nerales ignoradas, para que dentro del tér­mino de quince días comparezca al local de

este Juzgado a defenderse en la causa que se le sigue por el delito de homicidio, co­metido en la persona de Catarino Torres Rojas, bajo apercibimiento de declararlo rebelde, elevar la, causa a plenario y nom­brarle defensor de oficio si no comparece.

Se recuerda a las autoridades la obliga­ción que tienen de capturar al antes dicho procesado y a los particulares la de denun­ciar el lugar donde se oculta.

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Cri­minal de León, a los un días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y ocho. Adán Zapata M. - 1

Reg. 179 Por primera vez cito y emplazo al pro­

cesado Pedro Mora, de generales ignora­das, para que dentro del término de quin­ce días comparezca al local de este Juzga­do a defenderse en la causa que se le si­gue por el delito de asesinato cometido en la persona de Pedro Morán, quien fue ma­yor de edad, casado, del domicilio de Chi­chigalpa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde, elevar la causa a plenario y nom­brarle defensor de oficio si no comparece.

Se recuerda a las autoridades la obliga­ción que tienen de capturar al antes dicho procesado y a los particulares la de denun­ciar el lugar donde se oculta.

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Cri­minal de Chinandega, a los cinco días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y ocho. -Dr. Alcides Amador Durán, Juez para lo Criminal del Distrito. -Ante mi: A. Reyes Ríos, Srio. 1

Reg. 180 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Francisco Amador Ri­vas, de calidades ignoradas en autos, para que dentro del término de quince días com­parezca a este Despacho a defenderse en la causa que se le sigue por el delito de ho­micidio en la persona de Eugenio Gonzá­lez Aragón, de calidades conocidas en au­tos, bajo los apercibimiento de declararlo rebelde para todos los efectos legales, ele­var la causa a plenario y nombrarle defen­sor de oficio si no comparece.

Se recuerda a los funcionarios públicos la obligación en que están de capturar al delincuente y a los particulares la de de­nunciar el lugar donde se oculte.

Dado en el Juzgado para lo Criminal del Distrito. -Juigalpa, siete de Junio de mil novecientos sesenta y ocho. -C. Augusto Báez S. -Fulg. Miranda M., Srio.

Es conforme. -Juigalpa, siete de Junio de mil novecientos sesenta y ocho. -Ful­gencio Miranda Martínez, Secretario.

1