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DE ¡ A . ' .. . , - - . 7� ie" LA GACETA DIARIO OFICIAL Telénos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje: 560 Ejemplares 48 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas AÑO CXVIII Managua, Lunes 21 de Julio de 2014 No. 135 SUMARIO Pág. MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Estatutos Asociación Club Hípico de Somotillo................................5931 Constancia de I nscripción.....................................................................5934 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Contadores Públicos Autorizados.......................................................5934 MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio............................................. 5935 Fe de Erratas............................................................................................5940 MINISTERIO DE ECONOMÍA FAMILIAR, COMUNITARIA, COOPERATIVA Y ASOCIATIVA Resoluciones............................................................................................5940 PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Notificación.............................................................................................5943 EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD Aviso ......................................................................................................... 5944 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aviso........................................................................................................5944 BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Aviso........................................................................................................5945 SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y DE OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS Resolución CD-SI BOIF-838-1-JUN 11-2014 .......................................5945 COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS Resolución N° CD-CONAMI-008-01JUN30-2014........................... 5947 Resolución Nº CD-CONAMI-007-04MA Y26-2014......................... 5948 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Resolución Administrativa Nº 064-2014 .......................................... 5949 Resolución Administrativa Nº 074-2014 ...........................................5951 SECCIÓN MERCANTIL Certificaciones........................................................................................5953 SECCIÓN JUDICIAL Edicto .......................................................................................................5956 UNIVERSIDADES Títulos Prosionales ..............................................................................5956 5930

Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 21 de ... · LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje: 560 Ejemplares 48 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas

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LA GACETA DIARIO OFICIAL

Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344

Tiraje: 560 Ejemplares 48 Páginas

Valor C$ 45.00 Córdobas

AÑO CXVIII Managua, Lunes 21 de Julio de 2014 No. 135

SUMARIO Pág.

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Estatutos Asociación Club Hípico de Somotillo ................................ 5931 Constancia de I nscripción ..................................................................... 5934

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Contadores Públicos Autorizados ....................................................... 5934

MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO

Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio ............................................. 5935 Fe de Erratas ............................................................................................ 5940

MINISTERIO DE ECONOMÍA FAMILIAR, COMUNITARIA, COOPERATIVA Y ASOCIATIVA

Resoluciones ............................................................................................ 5940

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Notificación ............................................................................................. 5943

EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD

Aviso ......................................................................................................... 5944

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Aviso ........................................................................................................ 5944

BANCO CENTRAL DE NICARAGUA

Aviso ........................................................................................................ 5945

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y DE OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

Resolución CD-SI BOIF-838-1-JUN 11-2014 ...................................... .5945

COMISIÓN NACIONAL DE MICROF INANZAS

Resolución N° CD-CONAMI-008-01JUN30-2014 ........................... 5947 Resolución Nº CD-CONAMI-007-04MA Y26-2014 ......................... 5948

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

Resolución Administrativa Nº 064-2014 .......................................... 5949 Resolución Administrativa Nº 074-2014 ........................................... 5951

SECCIÓN MERCANTIL

Certificaciones ....................................................................................... .5953

SECCIÓN JUDICIAL

Edicto ...................................................................................................... .5956

UNIVERSIDADES

Títulos Profesionales .............................................................................. 5956

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21-07-14 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 135

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Reg. I4Il3-M. 79174-Valor C$ l , 400.00

"ASOCIACION CLUB HIPICO DE SOMOTILLO" CERTIFICADO PARA PUBLICAR ESTATUTOS

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República de Nicaragua. CERTIFICA. Que bajo el número Perpetuo cuatro mil ochocientos cincuenta y tres ( 4853 }, del folio número ochocientos sesenta y siete al folio número ochocientos setenta y seis (867-876), Tomo: I, Libro: DOCEAV O (12°}, ante el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, siendo inscrita el día diecinueve de Enero del año dos mil once, la entidad denominada: "ASOCIACION CLUB HIPICO DE SOMOTILLO". Este documento es exclusivo para publicar los estatutos en La Gaceta, Diario Oficial, Jos que se encuentran en Escritura Pública número veinticuatro (24), debidamente Autenticado por el Licenciado José Benito Suazo Montenegro el día nueve de junio del año dos mil catorce, y debidamente sellados y rubricados por el Director del Departamento de Registro y Control de Asociaciones. Dado en la ciudad de Managua, a los el día primero de julio del año dos mil catorce. Dr. Gustavo A. Sirias Quiroz, Director.

CLAUSULA NOVENA: APROBACION DEL ESTATUTO: En este estado los comparecientes deciden constituirse en Asamblea General de asociados, para conocer, discutir y aprobar el presente Estatuto que por unanimidad ha sido aprobado en los siguientes términos y los que se leerán así: "ESTATUTO DE LA ASOCIACION CLUB HÍPICO DE SOMOTILLO.-CAPITULO UNO: DENOMINACIÓN Y NATUR ALEZA: Arto 1 .­DENOMINACIÓN: Se denominará ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DE SOMOT ILLO, Es una organización de carácter gremial, apolítica, amplia democrática, pluralista, autónoma e independiente, que responde únicamente a los intereses de sus afiliados de manera primordial, en su interior solo se tratarán asuntos relacionados con el alcance y cumplimiento de sus objetivos, podrá ejercer derechos, contraer obligaciones, actuar judicial y extrajudicial, por si misma o por medio de apoderados, que se regirán por el presente estatuto y el reglamento interno.­CAPITULO DOS: DURACION Y DOMICILIO: Arto.2: DURACIÓN: La duración de la Asociación es de carácter indefinido conforme la ley y comenzará su vigencia en la fecha en que sea publicada en Ja Gaceta Diario Oficial. El decreto de otorgamiento de Personalidad Jurídica por la Asamblea Nacional no obstante podrá disolverse y/o liquidarse en los casos y por los medios expresamente determinados en este estatuto y la ley ciento cuarenta y siete (147).- Arto. 3: DOMICILIO: El domicilio de la "ASOCIACION CLUB HIPICO DE SOMOTILLO ",tendrá: su sede principal en El Municipio de Somotillo, Jurisdicción del Departamento de Chinandega, pero podrá establecer sucursales, sedes secundarias u oficinas en cualquier otro lugar de la República de Nicaragua o fuera de ella, cuando así lo resolviesen sus autoridades pertinentes.- C A P ITULO TRES: FINES Y OBJETIVOS: Arto. 4: Dentro de los fines que persigue la ASOCIACION CLUB HÍPICO DE SOMOTILLO, es "Contribuir a la consolidación de la actividad hípica y cultural del municipio y de esta manera contribuir al desarrollo productivo y social del país, a la promoción y fortalecimiento de la cría, cuido y entrenamiento caballar, de los deportes y actividades de equitación,

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así como la búsqueda e investigación de alternativas económicas que contribuyan a Ja promoción, organización y desarrollo de tal objeto; para Jo cual podrá: a) Fomentar Ja actividad del hipismo en la zona; b) Promover actividades locales, regionales o extrarregionales, conjuntamente con el desarrollo social; e} Impulsar y participar en diferentes instancias oficiales y/o no gubernamentales, en la formulación de planes, programas y proyectos que de manera integral fomenten Ja actividad y el gremio del hipismo en Nicaragua.- Arto. 5: Los Objetivos fundamentales son Jos siguientes: 1 ) Fomentar Ja actividad del hipismo en la zona; 2) Promover actividades locales, regionales o extraregionales, conjuntamente con el desarrollo social; 3) Impulsar y participar en diferentes instancias oficiales y/o no gubernamentales, en la formulación de planes, programas y proyectos que de manera integral fomenten Ja actividad y el gremio del hipismo en Nicaragua; 4) Contribuir al desarrollo apoyando con asistencia técnica, para agricultura, micro empresas, artesanos, salud, nutrición, seguridad alimentaría, educación, medio ambiente, juventud, cultura, deportes y todas aquellas áreás de desarrollo que permitan un despegue integral de la economía urbana y rural. 5) Destacar el desempeño de la actividad hípica como factor fundamental en el proceso de integración a nivel nacional.-Para el logro de sus fines y objetivos la Asociación realizará todo tipo de actividades que Je conduzcan a la realización efectiva de sus fines y objetivos, entre las que de manera enunciativa pueden señalarse: a} El intercambio de información y experiencia con sectores agropecuarios a nivel nacional e internacional, que permitan superar el atraso tecnológico y mejorar Ja organización productiva del país; b) La Organización, dirección y ejecución de eventos nacionales e internacionales como: Seminarios, charlas, talleres, foros, convenciones, ferias, desfiles, carnavales, ferias gastronómicas y demás actividades que fortalezcan y desarrollen el conocimiento y los niveles de organización del hipismo, en nuestro país.- e} Implementar y ejecutar proyectos de viviendas, escuelas, centros de salud, que beneficien a las comunidades de manera integral.- En el Ejercicio de sus facultades podrá sin limitación alguna: otorgar garantías, adquirir bienes ya sean muebles o inmuebles o de cualquier naturaleza, celebrar toda clase de contratos, y en fin ejecutar o celebrar todos los actos y contratos civiles, y administrativos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines y objetivos.­Arto. 6: A fin de cumplir la Asociación podrá establecer convenios de cooperación con organismos Nacionales o Internacionales en las áreas de desarrollo, siempre y cuando estos no contravengan los principios y fines de la Asociación y las leyes de la República en la materia todo los planes y programa de la Asociación estarán orientado al fortalecimiento del desarrollo por lo cual se regirán sobre las políticas que cada institución Estatal implemente según su área. Todos los objetos y fines aquí establecidos son meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.-CAPITULO CUATRO.- ORGANIZACION DE LOS MIEMBROS.- Arto.7: La Asociación tendrá tres categorías de Miembros a saber: a} Miembros Fundadores, las personas cuyos nombres, apellidos y demás cualidades han quedado enunciados en la introducción de la presente escritura y aquellos otros que se integrarán; b) Miembros Activos, compuesta por los Miembros Fundadores y los que ingresen posteriormente a la fecha de constitución de Ja Asociación, permanezcan en la misma y paguen sus cuotas de afiliación y mantenimiento y c) Miembros honorarios, las personas naturales o Jurídicas que por su conducta y servicios hayan contribuido al desarrollo, fortalecimiento y promoción del ganado y esa designación se la haya otorgado por esos motivos la Junta Directiva de la Asociación con una votación de por lo menos las dos terceras partes de sus miembros y sea ratificada por la Asamblea General.

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Arto.8 .- Para ser Miembro Activo d e J a Asociación s e requiere: a) Ser de reconocida solvencia Moral; b) Comprometerse a cumplir este Estatuto y disposiciones de la Asociación; c) Pagar la cuota de afiliación y mantenimiento. Arto.9.- La Solicitud de ingreso a Ja Asociación deberá ser aprobada por la Junta Directiva. Para esta aprobación se tomarán en cuenta los requisitos del artículo anterior Arto. nº. 8.- Solos los Miembros Activos tendrán voz y voto en todos los asuntos de la Asociación. CAPITULO C INCO: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.- Arto. 1 0.­Son Deberes de Jos Miembros: a) Conocer Jo preceptuado en el presente estatuto; b) Respetar y cumplir Jos acuerdos y disposiciones dictadas por Ja asamblea general y Ja Junta Directiva; c) Comunicar a Ja Junta Directiva todas las deficiencias que observen en el funcionamiento de Ja Asociación; d) Cooperar con interés en el engrandecimiento de la Asociación, prestando para ello todo el apoyo que sea posible; e) Asistir puntualmente a las reuniones o asambleas para las que sean citados; f) Pagar cumplidamente las cuotas o contribuciones que se establezcan, El incumplimiento del pago de la cuota, causa la pérdida temporal de sus derechos en tanto no se actualice en las mismas; g) Aceptar y desempeñar con puntualidad, lealtad y eficiencia los cargos de dirección de trabajo de comisiones o delegaciones que le fueren confiados; h) Mantener una conducta respetable; i) Cumplir con los objetivos de la Asociación.- Arto. l l .- Son Derechos de los Miembros: a) Reclamar el cumplimiento del estatuto y demás acuerdos de la Asociación; b) Participar con voz y voto en las Asambleas generales; c) Ser electo miembro de Ja Junta Directiva por votación secreta y desempeñar Jos demás cargos de Ja Asociación y Representarla cuando fuere designado; d) Solicitar la celebración de asamblea general extraordinaria.- Tal solicitud deberá ser dirigida al Presidente de Ja Junta directiva, expresando en ella el objeto o asunto que se vaya a tratar y firmada por Jo menos por los dos tercios de los Miembros activos que tengan derecho a voz y voto; e) Hacer uso de los servicios de Ja Asociación, de acuerdo al presente Estatuto; f) Recibir el más amplio apoyo de la Asociación en Ja protección y defensa de sus intereses dentro del radio de acción de Ja misma y disfrutar los beneficios que la Asociación en Jo colectivo lograré; g) Obtener su credencial de asociado.­CAPITULO SEIS: DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES: Arto. 1 2.- Son Infracciones los actos realizados por los Asociados que quebranten Jo preceptuado en el presente Estatuto.- Dichas infracciones serán penadas y se dividen en Graves y Leves.­Arto. 1 3 .- Son In fracciones Graves : a ) Actuar d i recta o indirectamente contra Ja existencia de la Asociación; b) Atacar a la Asociación colocándose como un extraño y contraparte; c) Faltar a Ja lealtad de un cargo o delegación; d) Observar conducta irresponsable o verificar un acto que transcendiendo a la Asociación o contrariando notoriamente sus objetivos perjudique gravemente su reputación.- Arto. 1 4.- No se entenderá faltar a los preceptuado en el inciso "a" del artículo anterior, cuando la actuación sea una mera opinión para transformar o sustituir por otra entidad la Asociación y siempre que sea sometida a la consideración de la misma Asociación.- Arto. 1 5 .- Constituyen faltas leves, todas aquellas acciones u omisiones que perjudiquen a la Asociación y que no revistan la gravedad de las primeras.­Arto. 1 6.- Las Infracciones Graves se castigarán con destitución del cargo que se ocupe o expulsión de la Asociación. las infracciones Leves con, amonestaciones y suspensión temporal de sus derechos como Asociado.- Arto. 1 7.- El miembro que dejare de pagar las cuotas correspondientes a seis meses quedará excluido de la Asociación, sin más trámite que la Constancia de la mora extendida por el tesorero.- Arto. 1 8.- La Exclusión de que habla el artículo anterior se dejará sin efecto cuando el Asociado pague todas las

cuotas debidas, siempre que éstas no excedan de un año, pues en este caso deberá presentar nueva solicitud de admisión y pagar además de las cuotas pendientes, la de nuevo ingreso.- CAPITULO S I ETE; D E L GOBIERNO.- Arto. 1 9 .- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y por la Junta Directiva.- DE LA ASAM BLEA GENERAL.- Arto.20.- La Asamblea General es la suprema autoridad de la Asociación y a ella corresponde la conducción superior de los asuntos de Ja misma y la orientación general de su política de acción para la realización de sus objetivos.- La que se reunirá ordinariamente una vez cada tres meses y extraordinariamente, cuando la Junta Directiva lo considere necesario o lo soliciten al menos dos tercios de sus miembros.- Arto.2 1 .- En las Sesiones extraordinarias de la Asamblea General únicamente serán tratados los asuntos para los cuales haya sido convocados.- Arto. 22.- Todas las Resoluciones de la asamblea General se adoptarán por la mayoría de los miembros asociados activos, salvo para aquellos casos preceptuados en este Estatuto que requiera una mayoría especial. Arto. 23.- En toda reunión de la asamblea general y antes de declarar abierta la sesión, el secretario deberá dar lectura a la lista de los Miembros que pueden participar en ella, la cual será suministrada por el tesorero, que indicará aquellos que estén al día con sus cuotas, quince días antes de verificarse la Asamblea.- Arto.24.- Los Acuerdos y Resoluciones de las Asambleas Generales, quedarán firmes en l a misma Sesión en que fueren adoptados, sin necesidad d e ser aprobados en la siguiente reunión. Arto. 25.- Las Citaciones para las reuniones de la Asamblea General se harán por escrito o por cualquier medio de comunicación colectiva de reconocida y amplia circulación nacional por Jo menos con quince días de anticipación. Arto .26.- Son Atribuciones de la Asamblea General, además de las anteriores, las siguientes: a) Elegir los miembros de la Junta directiva, quienes tomarán posesión inmediata a su elección y juramentación; b) Determinar los aportes con que deben contribuir los Miembros de la Asociación y determinar el monto de la cuota de ingreso; c) Aprobar el presente Estatuto; d) Sancionar a los miembros de la Asociación cuando éstos hayan cometido alguna falta grave; e) Conocer y resolver sobre las renuncias de los miembros directivos o de los Asociados cuando la presentaren. Arto. 27.- Para que haya Quórum en la asamblea general, se necesita de la asistencia de la mitad más uno de los miembros de la Asociación, con derecho a voz y voto.- CAPITULO OCHO.­DE LA JUNTA DIRECTIVA.- Arto. 28.- La Administración de la Asociación estará a cargo de la Junta Directiva que integrada por ocho (08) miembros que desempeñarán los Cargos de: PRESIDENTE, VICE- PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, FISCAL Y TRES VOCALES.- Arto.29.- La Junta Directiva será electa en Asamblea General, siendo el período para sus funciones el de DOS años y se reunirá cada ocho días o cuando menos una vez al mes. Los miembros de Ja Junta Directiva pueden ser reelectos las v e c es que la asamb l e a General así lo d e termine.­ATRI BUCIONES DE LA JUNTA D I RECTIVA.- Arto.30.- La Junta Directiva tendrá las atribuciones siguientes: a) Convocar y presidir a través de su Presidente las asambleas Generales ordinarias y extraordinarias en su caso; b) Aceptar o rechazar solicitudes de admisión de miembros y también aceptar o rechazar renuncias de los asociados y someterlas a la Asamblea general; c) Dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones Generales; d) Dictar reglamentos y disposiciones y en general dirigir, administrar, ejecutar y verificar todos aquellos actos necesarios para la existencia y objetivos de la Asociación; e) Conferir a cualquiera de sus integrantes o a terceros, Poderes de toda clase para representar a la Asociación, con las facultades que tenga a bien otorgarles; f) Designar a las personas que habrán de representar

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a la Asociación en cualquier evento que se realice dentro o fuera del País; g) Establecer l a periodicidad d e sus sesiones; h) Elaborar el presupuesto de ingresos y egresos de la Asociación; i) Presentar a la Asamblea General en cada sesión ordinaria, un informe detallado de todas sus actividades durante el período inmediato anterior; j) Realizar cualquier otra actividad permitida por las leyes, que conduzcan a l a realización de los objetivos que persigue la Asociación en Pro del mejoramiento y desarrollo de la actividad Hípica de la región. Arto. 31.- En las Sesiones de la Junta Directiva habrá quórum con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y las resoluciones se adoptarán por consenso.­ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE.- Arto.32. - El Presidente de la Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Será el representante legal de la Asociación con facultades de un apoderado generalísimo, pero no podrá enajenar o gravar los bienes inmuebles de la Asociación sin la previa autorización de la Asamblea General; b) Presidir los actos de la Asociación; c) Autorizar los egresos y firmar junto con e l tesorero el retiro de los fondos en cantidades que designe la Junta Directiva en pleno; d) Firmar junto con el Secretario, las credenciales y los documentos oficiales de la Asociación; e) Convocar a sesiones de Asambleas generales en caso de urgencia, cuando no le sea posible reunir a la Junta Directiva; f) Cualquier otra facultad que l e confiera la Junta Directiva y este Estatuto.- ATRIBUCIONES DEL VICE­PRESIDENTE.-Arto . 3 3 .- Las Atribuciones del Vice-Presidente son las siguientes: a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento, teniendo en este caso las mismas atribuciones de aquél; b) Colaborar con e l Presidente para lograr el cumplimiento de los objetivos de la Asociación.- DELSECRETARIO. - Arto. 34.­El Secretario es el órgano de comunicación de la Asociación y llevará los libros de actas de asambleas Generales y de Junta Directiva; de registro de Asociados y los demás que a jui c i o de la Junta Directiva se consideren necesarios: Arto . 3 5 .- El Secretario tendrá además las sigui entes atribuciones: a) Custodiar los l ibros y documentos que estuvieren a su cargo, levantando actas y autorizándolas en cada reunión de Junta Directiva y de la Asamblea Ge neral, ya sean ordinarias o e xtraordinar ias; b) Librar certificaciones de documentos de la Asociación; c) Coordinar las diferentes actividades de la Asociación; d) Firmar junto con el Presidente toda clase de credenciales y documentos formales de la Asociación; e) Convocar cuando se lo ordene la Junta Directiva o el Presidente, a sesiones de la Junta Directiva y Asamb l ea General; t) Citar para reuniones, comunicar las decisiones, recibir y contestar la correspondencia; g) Levantar las Actas de las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva por orden cronológico, en los l ibros correspondientes; h) Las demás que le confiera la Junta Directiva.- DEL FISCAL : Arto . 3 6 : El Fiscal será e l encargado de velar por l a fiel observación y estricto cumplimiento del Estatuto, así como de los acuerdos de la Asamblea General y la Junta Directiva y dependerá exclusivamente de la asamblea General (que será la encargada de d irimir cualquier conflicto entre él y la Junta Directiva). Podrá revisar las c uentas de la tesorería por iniciativa propia o cuando así se lo solicitare algún Asociado. Deberá además cumplir otra función propia de su cargo o la que le imponga l a ley o el presente Estatuto. - DEL T ESORERO.­Arto.37.- El tesorero es el Guardador de todos los B ienes de la Asociación y responder personalmente por e llos ante l a Junta Directiva y la Asamblea general.- El Tesorero tiene las siguientes atribuciones: a) Llevar los libros que le ordene la Junta Directiva; b) Ser depositario y custodio de l os bienes de la Asociac ión, debiendo mantener el celo y actividad necesarios para la buena conservación de dichos bienes; c) Efectuar todos los pagos que haya de realizarse, con autorización del Presidente.- Todo cheque

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o retiro debe de l l evar l a firma del Presidente y del Tesorero de quienes quieren delegar la Junta Directiva; d) Recaudar y c onservar bajo su responsabil idad los fondos que ingresen a la Asociación. Depositar en las instituciones bancarias y en las instituciones de ahorro y préstamo que designe la Junta Directiva, a nombre de la Asociación, el dinero y los valores que recibiere; e) Velar que los miembros de la Asociación paguen cumpl idamente sus cuotas y pasar informe mensual al Secretario, de los m iembros que estén en mora; f) Llevar el control de los egresos e ingresos, presentados estos a la consideración de la Junta Directiva cada tres meses o cuando esta lo requiera y presentar en la Asamblea General ordinaria el estado financiero de la Asociación; g) Levantar y mantener e l inventario de l o s bienes de la Asociación.-D E LOS VOCALES: Arto . 3 8 . - Al Vocal le corresponderá ayudar en todas las tareas que les sean encomendadas y sustituir en las funciones por ausencias temporales o definitivas a los otros miembros de la Junta Directiva.­El Vocal deberá asistir con regularidad y puntualidad a todas las sesiones a las que sea convocado.- CAPITULO NUEVE.-DEL PATRIMONIO.- Arto . 3 9 .-El Patrimonio de la A SOCIACION CLUB HIPICO DE SOMOTILLO lo constituirá además de las cuotas a cargo de sus miembros; los bienes que hayan sido adquiridos por la Asociación; los bienes que aportasen sus miembros; los ingresos derivados de servicios prestados; las donaciones, contribuciones o cualquier clase de aportes que reciba de particulares, personas j urídicas, instituciones nacionales e internac i onales, públicas o privadas. - CAPITULO DIEZ: INVENTARIO Y BALANCES.- Arto.40. - Cada año fiscal se practicará inventario y balance enviándose c on original a l Departamento d e Registro y Control de Asociaciones d e l M inisterio de Gobernación. La Contabil idad se llevará medi ante libros debidamente sellados con su nota de apertura firmada por el tesorero y el Presidente y se l levará conforme al sistema de partida doble y por cualquier otro sistema que autoricen las leyes que fueren aprobados por la Junta Directiva.-Arto.4 1 : Los excedentes que resultaren a final de cada ejerc icio anual serán incorporados al ejercicio del año siguiente, todo en beneficio de la Asociación.­CAPITULO ONCE.- REFORMA DEL ESTATUTO.-Arto.42.­Para modificar parcial o totalmente e l presente Estatuto, serán requisitos indispensables los siguientes: a) Convocar a reunión extraordinaria de Asamblea general, expresando en la convocatoria el objeto de la misma; b) Distribuir en impresos a los mi embros, el proyecto de reformas que vaya a discutirse, con quince días de anticipación a la reunión de la asamblea; c) Que las reformas sean aprobadas con el voto de las dos terceras partes de los miembros conderecho avozyvoto. CAPITULODOCE:ARBITRAMIENTO, Arto.43 : L a Asociación no podrá ser llevada a los Tribunales de Justicia por motivo de liquidació o disolución, ni por desavenencias que surgieren entre los miembros de la Asociación con respecto a la administración de la Asociación, o por la interpretación y aplicación de la escritura de Constitución o e l Estatuto. Arto.44: Todas las desavenenc ias que surjan entre los miembros de la Asociación, con respecto a la administración de la misma o por la interpretac ión y apl icación de la escritura de la Asociación, del estatuto o con motivo de la disolución y liquidación de la Asociación, será dirimido y resuelto sin recursos alguno por una comisión de tres miembros imparciales que nombre la Junta Directiva en reunión ordinaria o extraordinaria y quienes por simple mayoría de votos resolverán el conflicto planteado; arbitraje al cual están obligados a someterse todos los miembros de la Asociac ión. Arto. 4 5: Los tres m iembros imparciales darán su fallo en un término de quince días fatales. De no darse e l fallo en ese término, el Presidente o la Junta Directiva convocará a la Asamblea General de miembros en sesión extraordinaria para que esta decida

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por mayoría de votos el problema planteado.- CAPITULO TREC E.- D I S O I.UCION Y LIOUIDACION.- Arto.46.- La duración de la Asociación es por tiempo indefinido y podrá disolverse: a) En los casos previstos en la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro; b) Por acuerdo tomado en Asamblea General en sesión extraordinaria convocada para tal efecto previa solicitud de los dos tercios de los miembros de la Asociación, la convocatoria debe hacerse por anuncios en un periódico o emisora de radio local mediante tres avisos que deberán publicar con intervalo de diez días.- Arto.47: Para la información de la Junta Directiva de la Asociación que conozca la disolución, la resolución deberá constar con la presencia de las tres cuartas partes de los miembros plenos y contar con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los asistentes.- De no alcanzarse acuerdo de disolución, la asociación continuará operando y no podrá realizarse nueva reunión con este mismo propósito, hasta después de transcurrido un año de la sesión.- Arto.48: Resuelta la disolución de la asociación por las causas antes señaladas, la Asamblea procederá a elegir de entre su seno un liquidador, el cual actuará de acuerdo a las resoluciones establecidas en Asamblea General convocada para este fin.- Arto.49: La liquidación se l levará a efecto cancelando todas las obligaciones que tenga pendiente la Asociación.- Arto.50: Acordada la Disolución de la Asociación, se cumplirán en primer término sus compromisos con terceros y e l sobrante si lo hubiera será donado a una organización a fines a los principios y fines del sector Hípico de Nicaragua.- CAPITULO CATORCE.- D I SPOSICIONES GENERALES Y FINALES.­Arto.51.- Las situaciones no previstas en este Estatuto serán objeto de reglamentos especiales, aprobados por la Junta Directiva de la Asociación.- Arto.52.- El presente estatuto, estará vinculado a cualquier ley que reglamente el funcionamiento de las Asociaciones civiles sin fines de lucro.- Asi queda aprobado el Estatuto de la "ASOC IACION C LUB HÍPICO DE SOMOTILLO".- En este estado los otorgantes eligen por unanimidad de votos a la Junta Directiva que fungirá en el primer período, compuesta de la siguiente manera: PRESI D ENTE: Kenny Alberto Espinoza G a i t á n; V I C E - P R E S I D E N T E : K a l é M o r a l e s S i l v a; SECRETARIO: José Ernesto Dávila Quintanilla; T ESORERO: Jeannette Mondragón Rivera; FISCAL: Carlos Al berto Dávila Canales; PRI M E R VOCAL: Raú l Amador; S EGUNDO VOCAL: Marcos Tulio Sánchez; TERCER VOCAL: Lilliana Edith Rivera Paz.- Se faculta al Licenciado José Benito Suazo Montenegro, Asesor Legal de ésta Asociación; para que realice las gestiones pertinentes ante la Asamblea Nacional para que de conformidad con la Ley General sobre Personas Jurídicas publicada en "La Gaceta" Diario Oficial del Diecinueve de Marzo de Mil Novecientos Noventidós, obtenga la Personalidad Jurídica de la Asociación.­Así se expresaron los comparecientes a quienes, yo la Notario, instruí acerca del objeto, valor y trascendencias legales de este acto, de las cláusulas generales que aseguran su validez, el de las especiales que envuelven renuncias y estipulaciones implícitas y explícitas y las que en concreto han hecho. Doy fe de haber leído íntegramente la presente escritura a los otorgantes, quienes la encontraron conforme y sin hacer modificación alguna.- Firman conmigo que doy fe de todo lo relacionado.- (F) Kenny A. Espinoza G. (F) Kalé Morales S. (F) J. Ernesto Dávi la Q. (F) Jeannette Mondragón R. (F) Raúl Amador. (F) Marcos T. Sánchez.(F) Carlos A. Dávila C. (F) Lill iana E. Rivera P. (F) J. B. Suazo M. (Notario)***PA SÓANTE MÍ: Del frente del Folio número setenta

y tres (73), Al reverso del folio número setenta y ocho (78), de mi protocolo número tres, que llevo en el corriente año y a solicitud del señor Kenny Alberto Esp inoza Gaitán; Presidente de la "ASOCIACION C L U B HÍPICO DE SOMOT I LLO", l ibro este

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PRIMER T ESTIMONIO compuesto de seis folios útiles de papel sellado de ley, que firmo, sello y rubrico en el municipio de S omotillo, j urisdicción del Departamento de Chinandega, a las nueve y veinte minutos de la mañana del día treinta de Junio del año dos mil diez.-(t) José Benito S u azo Montenegro, Notario Público.

Reg. 14192 - M 79455 - Valor C$ 95. 00

CONSTANCIA D E I NS C R I PCIÓN

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del M inisterio de Gobernación de la República de Nicaragua. HACE CONSTAR. Que bajo el Número Perpetuo c inco mi l novecientos ocho (5908), del folio número un mil novecientos setenta y seis al folio número dos mil veinticuatro (1976-2024), Tomo: II, Libro: CARTOCEAVO (14º), que este Departamento l leva a su cargo, se inscribió la entidad extranjera originaria de ESTADOS UNIDOS denominada: "GRID ALTERNATIVES". Conforme autorización de Resolución del primero de Julio del año dos mi l catorce. Dado en la Ciudad de Managua, el día diez de Julio del año dos mil catorce. Este documento es exclusivo para su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. (t) Dr. Gustavo A. Sirias Quiroz, Director.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

CONTADORES PÚBLICOS A U TOR I ZADOS

Reg. 14194 - M. 79407 - Valor C$ 95.00

Acuerdo C . P.A.No. 1 2 1 -2014

EL M I N I STERIO DE ED UCACIÓN D E LA REPÚBLICA DE N ICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 3 de la Ley para el Ej ercicio de Contador Públ ico, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 del treinta de abril del año 1959 y los artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y 29 del Reglamento de la Profesión de Contador Público y su Ejercicio, el Acuerdo Ministerial No. 371-2010 del cinco del agosto del año dos mil diez, para autorizar e l ejercicio de la Profesión de Contador Público, previo cumplimiento de la Ley y pleno goce de sus derechos.

CONSI D ERAN DO

Que e l L i c e n c i ado A R M A N D O A N T O N I O C E R D A V I LLARREAL, identificado con cédula de identidad ciudadana número: 561-1 50769-0000F, através de su Apoderada Especial, Flor Maria Morales Álva rez, Identificada con cédula de identidad ciudadana número: 561 - 260489-0006M, acreditado con Testimonio de Escritura Pública número Cuarenta y Cuatro (44) Pode Especial del veintiséis de mayo del dos mil catorce, presentó ante esta División de Asesoría Legal solicitud de autorización para el ejercicio de la profesión de Contador Público, adjuntando para tales efectos la siguiente documentación: T ítulo de Licenciado

en Contaduría Pública y Finanzas, extendido por la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, a los once días del mes de

mayo del año dos mil cuatro, registrado con el Número: 1 O;

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2 1-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Página: 5; Tomo: V I I I ; del Libro de Registro de Títulos de esa Universidad, ejemplar de La Gaceta N o .1 1 1 del ocho de junio del año dos mil cuatro, en e l que publicó certificación de su titulo; Garantía de Contador Público GDC-800002, extendida por el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros INISER, a los veintiún días del mes de mayo del dos mil catorce y Constancia del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, emitida a los s iete días del mes de abril del año dos mil catorce.

11

Que conforme constancia emitida por e l Licenciado Geovani Rodríguez Orozco, en su calidad de Secretario de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, demuestra ser afiliado activo de ese colegio, inscrito bajo e l número perpetuo 3384 siendo una depositario de Fe que se ajusta a los preceptos legales, solvencia moral, capacidad académica y práctica profesional correspondiente.

POR TANTO

En base a las disposiciones legales establecidas en el presente Acuerdo y habiendo cumplido e l solicitante los requisitos de Ley;

ACUERDA

PRIMERO : Autorizar al Licenciado ARMANDO ANTON IO CERDA VILLARREAL, para el ejercicio de la Profesión de Contador Público durante u n quinquenio que inicia el veintiocho de mayo del año dos mil catorce y finalizará e l día veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve.

SEGUNDO : Envíese el original de la póliza de fidelidad al Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.

TERCERO: El Contador Público autorizado deberá publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.

C UARTO: Cópiese, notifíquese y archívese.

Dado en la c iudad de Managua, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. (f) Héctor M a rio Serrano Guillén, Director de Asesoria Legal.

Reg. 1 4 1 1 5 - M. 79080 - Valor C$ 95.00

Acuerdo C.P.A.No.1 70-201 4

E L MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DE N I CARAGUA

En uso de las facultades que le confiere e l artículo 3 de la Ley para el Ejercicio de Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 del treinta de abril del año 1 959 y los artículos 3, 5 , 6 , 1 9, 22, 2 5 , 2 8 y 2 9 d e l Reglamento de l a Profesión de Contador Público y su Ejercicio, el Acuerdo Ministerial No. 37 1 -20 1 0 del cinco del agosto del año dos mil diez, para autorizar e l ejercicio de la Profesión d e Contador Público, previo cumplimiento de la Ley y p leno goce de sus derechos.

CONSIDERANDO 1

5935

Que el Licenciado MARIO JOSE FUERTES BARAHONA, identificado con cédula de identidad ciudadana número: 561-2 1 0 1 78-0004P, presentó ante esta División de Asesoría Legal solicitud de autorización para el ejercicio de la profesión de Contador Público, adjuntando para tales efectos la siguiente documentación: Título de Licenciado en Contaduría Pública y Finanzas, extendido por La Universidad de Ciencias Comerciales el día veintiuno de diciembre del año dos mil doce, registrado con el No.2383.2; Página: 0001; Tomo: 08; del Libro de Registro de Títulos de esa Universidad, ejemplar de La Gaceta No. 19 del treinta y uno de enero del año dos mil trece, en el que publicó certificación de su titulo; Garantía de Contador Público GDC-800052 extendida por el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros INISER, a los treinta días del mes de junio del año dos mil catorce y Constancia del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, emitida a los nueve días del mes de mayo del año dos mil catorce.

11

Que conforme constancia emitida por el Licenciado Geovani Rodríguez Orozco, en su calidad de Secretario de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, demuestra ser afiliado activo de ese colegio, inscrito bajo el número perpetuo 3372 siendo un depositario de Fe que se ajusta a los preceptos legales, solvencia moral, capacidad académica y práctica profesional correspondiente.

POR TANTO

En base a las disposiciones legales establecidas en el presente Acuerdo y habiendo cumplido el solicitante los requisitos de Ley;

ACUERDA

PRIMERO: Autorizar al Licenciado MARIO JOSE FUERTES BARAHONA, para el ejercicio de la Profesión de Contador Público durante un quinquenio que inicia el siete de julio del año dos mil catorce y finalizará el seis de julio del año dos mil diecinueve.

SEGUNDO: Envíese el original de la póliza de fidelidad al Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.

TERCERO: El Contador Público autorizado deberá publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.

CUARTO: Cópiese, notifiquese y archívese.

Dado en la c iudad de Managua, a los siete días del mes de jul io del año dos mil catorce. (f) H éctor M a rio Serrano G uil lén, Director de Asesoría Lega l .

MINISTERIO D E FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO

MARCAS DE FÁBRICA, COM ERCIO Y S ERVICIO

Reg. 1 4395 - M . 30997 1 3 - Valor C$ 95 .00

De Conformidad con e l artículo 1 9 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Duraflex, c lase 22 Internacional, Exp. 20 1 2-002633, a favor de Mega Plast, S.A., de

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21-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

República de México, bajo el No. 2014 1 02386 Folio 1 73 , Tomo 324 de Inscripciones del afio 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua veintisiete de Febrero, del 2 0 1 4 . Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 1 4396 - M. 1 605324 - Valor C$ 435.00

JULI AN JOSE BENDAÑA ARAGON, A poderado (a) de CANTATA, SOC IEDAD ANÓNIMA de Guatemala, solicita registro de Marca de Servicios:

Lend:t� CAF�

Descripción y Clasificación de Viena: 1 1 0304 y 270502 Para proteger: Clase: 43 , SERVICIOS DE BANQUETES; BARES DE COMIDA RAPIDA; SERVICIOS DE BEB IDAS Y COMIDAS PREPARADAS; CAFÉS RESTAURANTES; RESTAURACIÓN; SERVICIOS DE RESTAURANTES; SERVICIOS DE RESTAURACIÓN.

Presentada: doce de junio, del afio dos mil catorce. Expediente. Nº 201 4-002 1 3 l. Managua, veinticinco de junio, del afio dos mil catorce. Opóngase. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 1 4397 - M. 1 605324 - Valor C$ 435.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de Colgate-Palmolive Company de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

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�\ Descripción y Clasificación de Viena: 0 1 1 52 1 , 260 1 1 7 y 260 1 1 8 Para proteger: Clase: 3 ENJUAGUE BUCAL.

Presentada: dieciséis de junio, del afio dos mil catorce. Expediente. Nº 2014-002 1 66. Managua, uno de julio, del año dos mil catorce. Opóngase. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 1 4398 - M. 1 605324 - Valor C$ 435.00

MARIO GUTI ERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de Colgate-Palmolive Company de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

5936

Descripción y Clasificación de Viena: 0705 1 5 y 270507 Para proteger: Clase: 3 ENJUAGUE BUCAL.

Presentada: diecinueve de j unio, del afio dos mil catorce. Expediente. Nº 201 4-002242. Managua, dos de julio, del afio dos mil catorce. Opóngase. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 1 4399 - M. 79828 - Valor C$ 530.00

MARIA EUGENIA GARCIA FONSECA, Apoderado (a) de BKB Global, LLC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio y Marca de Servicios:

• Descripción y Clasificación de Viena: 260 1 1 7, 260 1 2 1 , 250 1 05 y 27050 1 Para proteger: Clase: 9 Software de juegos de computadora; DVDs pregrabados con contenido de programas de televisión deportivos; programas de televisión deportivos descargables; software informático descargable para operar aparatos de telecomunicaciones del tipo de videograbadoras digitales y decodificadores (set­top boxes); software descargable del tipo de una aplicación móvil para operar aparatos de telecomunicaciones del tipo de videograbadoras digitales y decodificadores (set-top boxes); software informático para uso en el acceso y visión de guías interactivas de programas de televisión en redes informáticas mundiales, redes inalámbricas y redes de comunicación electrónica; software informático para programación remota de aparatos de audio y video en redes informáticas mundiales, redes inalámbricas y redes de comunicación electrónica; software informático para la reproducción, procesamiento y transmisión en tiempo real (streaming) de contenido audio, video y multimedia; productos de telecomunicaciones, a saber, software informático para la recepción, conversión, transmisión, transmisión en tiempo real (streaming) y revisión de audio, video, gráficos, imágenes, datos e información grabada en videograbadoras digitales.

Clase: 3 8 Emisión d e televisión por satélite; serv1c1os d e transmisión satelital; emisión de programas en redes informáticas mundiales; servicios de transmisión televisiva de vídeo a la carta; emisión en tiempo real (streaming) de contenido audio y video por Internet, otras redes informáticas, redes inalámbricas y redes de comunicación electrónica.

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21-07-14 LA GACETA - DIARlO OFICIAL 135

Clase: 41 Servicios de entretenimiento del tipo de eventos deportivos en vivo; servicios de producción, a saber, producción de programas de televisión en el ámbito deportivo; organización de eventos deportivos en vivo y competiciones en el ámbito deportivo; presentación de eventos deportivos vía series de televisión en curso; entretenimiento en la forma de programas de televisión en curso en el ámbito deportivo; distribución para otros de programas de televisión en el ámbito deportivo; programas de televisión en el ámbito deportivo; programas en el ámbito deportivo en una red informática mundial; programas de televisión de pago (pay-per­view) en el ámbito deportivo; programas de televisión de video a la carta en el ámbito deportivo; producción y distribución de programas de televisión en el ámbito deportivo; provisión de bases de datos informáticas interactivas en línea que contienen listas y horarios de programas de televisión en el ámbito deportivo; provisión de bases de datos informáticas interactivas en línea que contienen información sobre shows de televisión, películas y otras imágenes digitales, audio, video y otro contenido multimedia, todo en el ámbito del entretenimiento deportivo; provisión de una página web que contiene información sobre programas de televisión en el ámbito deportivo.

Presentada: veintitrés de junio, del año dos mil catorce. Expediente. Nº 2014-002282. Managua, diez de julio, del año dos mil catorce. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14481 -M. 2906173 - Valor C$ 95.00

Conforme al artículo 136 inc. e, Ley 380 y artículos 130 y 131 Ley 312, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos se informa: En esta fecha se inscribió la obra:

Número de Registro: OL-294-2014 Tipo: LITERARIA Número de Expediente: 2014-0000096 Libro II de Inscripciones de Obras Literarias Tomo: X, Folio: 94 Autor: Selser Eduardo Tapia Casco Titulo: "EL DIGESTO JURÍDICO NICARAGÜENSE, UNA HERRAMIENTA DE SIMPLIFICACIÓN LEGISLATIVA QUE PRETENDE ORDENAR LA LEGISLACION DEL PAIS"

Fecha de Presentado: 9 de Junio, del 2014 A Nombre de Particularidad Selser Eduardo Tapia Casco Selser Eduardo Tapia Casco

Descripción:

Solicitante Titular Derechos Patrimoniales

Consiste en una Obra Literaria que contiene una investigación jurídica. Publíquese por una sola vez en La Gaceta, Diario Oficial.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Managua, doce de Junio del dos mil catorce. Erwin Ramírez C. Registrador Suplente.

Reg. 14481 - M. 2906173 - Valor C$ 95 .00

De Conformidad con el articulo 19 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio EDGE OF GLORY,

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clase 8 Internacional, Exp.2011-003513, a favor de Telebrands Corp.-, de Estados Unidos de América, bajo el No.2014101661 Folio 230 , Tomo 321 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua seis de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14482 - M. 2906175 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio STIVARGO, clase 5 Internacional, Exp.2011-003516, a favor de Bayer Aktiengesellschaft.-, de Alemania, bajo el No. 2014101663 Folio 232, Tomo 321 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua seis de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14483 -M. 2906181 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio SOCERTAS, clase 5 Internacional, Exp.2011-003517, a favor de Bayer Aktiengesellschaft.-, de Alemania, bajo el No. 2014101664 Folio 233, Tomo 321 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua seis de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14484 - M. 2906185 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el articulo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio SOCENTUM, clase 5 Internacional, Exp.2011-003518, a favor de Bayer Aktiengesellschaft.-, de Alemania, bajo el No. 2014101665 Folio 234, Tomo 321 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua seis de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14485 - M. 2906189-Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio ATELIETTE, clase 5 Internacional, Exp.2012-003010, a favor de BAY ER AKTIENGESELLSCHAFT, de Alemania, bajo el No.2014102484 Folio 14 , Tomo 325 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

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21-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua trés

de Marzo, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14486 - M. 2906193 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio RAWLINGS MOMENTUM, clase 25 Internacional, Exp. 2012-003304, a favor de Rawlings Sporting Goods Company, Inc., de Estados Unidos de América, bajo el No.2014102490 Folio 20, Tomo 325 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua trés de Marzo, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14487 - M. 2906197 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio ROVELOX, clase 31 Internacional, Exp. 2011-000749, a favor de Lanxess Distribution GmbH., de Alemania, bajo el No.2014101986 Folio 43 , Tomo 323 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua catorce de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14488 - M. 2906202 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio EVERLAST, clase 28 Internacional, Exp. 2011-000811, a favor de Everlast World's Boxing Headquarters Corporation.-, de Estados Unidos de América, bajo el No.2014101990 Folio 47 , Tomo 323 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua catorce de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14488 - M. 2906208 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio HEROLON, clase 5 Internacional, Exp. 2011-003309, a favor de LABORATORIOS RARPE, S.A., de República de Nicaragua, bajo el No.2014101652 Folio 221 , Tomo 321 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua seis de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14490 - M. 2906212 - Valor C$ 95.00

5938

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Y URELAX, clase 5 Internacional, Exp.2011-0033 l O, a favor de LABORATORIOS GROSSMAN S.A.-, de México, bajo el No.2014101653 Folio 222, Tomo 32 l de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua seis de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14491 - M. 2906213 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio ZHANG GU, clase 7 Internacional, Exp. 2011-003204, a favor de SHANDONG ZHAN GQ IU B LOWER CO., L TD ., de República Popular de China, bajo el No.2014101547 Folio 121, Tomo 321 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua cinco de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14492 - M. 2906217 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Yamamay, clase 25 Internacional, Exp. 2012-003303, a favor de INTICOM S.p.A., de Italia, bajo el No.2014102489 Folio 19 , Tomo 325 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

YamamoY

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua tres de Marzo, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14493 - M. 2906238 - Valor C$ 435.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se

inscribió la Marca de Fábrica y Comercio FiberHome, clase 9 Internacional, Exp. 2011-000819, a favor de FIBERHOME TELECOMMUNICATION TECHNOLOGIES CO., LTD., de República Popular de China, bajo el No.2014101993 Folio 50, Tomo 323 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

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2 1-07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

@ Fiberííiiñ? REGISTRO DE LA PROPI EDAD INTEL ECTUAL, Managua catorce de Febrero, del 20 1 4. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14494 - M. 2906247 - Valor C$ 435 .00

De Conformidad con el artículo 1 9 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha s e inscribió l a Marca d e Fábrica y Comercio Tiumsun, clase 1 2 Internac ional, Exp. 2011-000683, a favor de T IUMSUN RUBBER TIRE (W E IHAI) CO., LTD., de República Popular de China, bajo el No.2 014 1 O1984 Folio 41 , Tomo 3 2 3 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

'1f' Tiu111sun

REGI STRO DE LA PROPI EDAD INT E L ECTUAL, Managua catorce de Febrero, del 2 0 1 4. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 1 4495 - M. 2906222 - Valor C$ 4 3 5 . 00

De Conformidad con el artículo 1 9 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios DI S EÑO, clase 37 Internacional, Exp. 2011-000787, a favor de Great Wall Motor Company Limited., de República Popular de China, bajo el N o .201410 1 987 Folio 44 , Tomo 3 2 3 de Inscripciones del año 2 014, vigente hasta el año 2024.

REG I STRO DE LA PROPI EDAD INTEL ECTUAL, Managua catorce de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 1 4496 - M. 29062 5 0 - Valor C$ 435 .00

De Conformidad c on el artículo 19 de la L e y 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio DISEÑO, clase 12 Internacional, Exp.2011-000788, a favor de Great Wall Motor Company Limited ., de República Popular de China, baj o el No. 2014102177 Folio 2 2 6 , Tomo 3 2 3 de Inscripciones del año 2 014, vigente hasta e l año 2024.

5939

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua veinte de Febrero, del 2 0 1 4. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 1 4497 - M . 2906224 - Valor C$ 43 5 . 00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 3 8 0, Ley de M arcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio D I S EÑO, clase 12 Internacional, Exp.20 1 1 -000790, a favor de Great Wall Motor Company Limited., de República Popular de China, baj o e l N o . 20141019 8 9 Folio 46 , Tomo 3 2 3 de Inscripciones d e l año 2014, vigente hasta el año 2024.

REG I STRO DE LA PRO PI EDAD INTELECTUAL, M anagua catorce de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. 14498 - M. 2906236 - Valor C$ 43 5 . 00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios DISEÑO, clase 37 Internacional, Exp.20 11-000789, a favor de Great Wall Motor Company Limited. , de República Popular d e China, bajo e l No.20 1 4 l O 1 9 8 8 Folio 45 , Tomo 323 de Inscripciones del año 20 1 4, vigente hasta el año 2024.

REGI STRO DE LA PRO P IEDAD INTELECT UAL, Managua catorce de Febrero, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

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2 1-07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

FE DE ERRATAS

Por error involuntario en Marcas de fábrica, Comercio y Servicio, publicadas en las Gacetas detalladas a continuación, se hacen las siguientes correcciones:

Número de fecha de la Número de Número de Corrección en: Incorrecto Correcto

Gaceta Publicación Registro Expediente

1 1 2 1 3 2014-001460 Nombre de la Compañía Torrecom Partners LIC. Torrecom Partners LLC.

1 1 2 1 2 201 4-00 1 457 Nombre de la Compañía Torrecom Partners LIC. Torrecom Partners LLC.

! 05-20 1 4 09/06/20 1 4 Presentada: catorce de Presentada: catorce de mayo,

1 1 208 201 4-00 1 69 1 fecha d e Presentada del año dos mil catares.

mayo, del año dos mil catorce.

Nº de Expediente. Expediente. Nº 201 4-003945 Expediente. Nº 2013-

1 02-20 1 4 04/06/20 1 4 ! 0803 201 3-003945 003945

243-20 1 2 1 9/ 1 2/20 1 2 1 9838 20 1 1 -000207

87-201 2 1 1 /05/20 1 2 4574 201 2-000787

MINISTERIO DE ECONOMÍA FAMILIAR, COMUNITARIA, COOPERATIVA Y ASOCIATIVA

Reg. 1 3488

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones que l leva la Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 457 se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 1 06-20 14 PJMEFCCA, la que integra y l iteralmente dice: RESOLUCIÓN Nº. 1 06-20 1 4 PJM EFCCA, Managua once de Junio del año dos mil catorce, las diez y cincuenta minutos de la mañana, en fecha cuatro de Abril del año dos mil Catorce, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA "AGROPECUARIA Y PRODUCCION DE LOS HORCONC ITOS D E RIVAS" R.L. Con domicilio social en el municipio de Rivas, departamento de Rivas. Se constituye a las diez de la mañana del día veintiocho de Febrero del año dos mil Catorce. Se inicia con quince ( 1 5) asociados, cinco (5) hombres, diez ( 1 0) mujeres, con un capital suscrito de C$3,000.00 (Tres mil córdobas netos)y un capital pagado de C$3,000.00 (Tres mil córdobas netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5 , 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA "AGROPECUARIA Y PRODUCCION DE LOS HORCONCITOS DE RIVAS" R.L. Con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): ANGELA MARIA DURAN PADI LLA; Vicepresidente (a): EVIS PALMA VICTOR; Secretario (a): YOLENY MAGALY GUZMAN LO PEZ; Tesorero(a): RONNY FRANCI SCO SOLANO MORAGA; Vocal : FRANCISCO ALBERTO MORAGA ULLOA. Certifíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) I legible perteneciente a Lic. Arlen Chávez Arguello, Directora de Registro y Control. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotej ado a los once días del mes de Junio del año dos mil catorce. (f) Lic. Arlen Ch ávez Arguello, Directora de Registro y Control.

Reg. 1 3489

Clase: 23 Clase: 37 Clase: 23

señalización, control de señalización, de control Clase: 9

(inspección), (inspección),

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones que lleva l a Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Famil iar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 458 se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 1 07-201 4 PJMEFCCA, la que integra y l iteralmente dice: RESOLUCIÓN Nº. 1 07-2 0 1 4 PJM E FCCA, Managua doce de Junio del año dos mil catorce, la una y treinta minutos de la Tarde, en fecha veintinueve de Mayo del año dos m i l Catorce, presentó solicitud de inscripción d e Personalidad Jurídica la COOPERATIVA "AGROINDUSTRIAL 2 1 DE MAY O R.L". <COOPAGMA R L.l Consti tuida en la Comunidad de Bi lwi , en el municipio de Puerto Cabezas, departamento de La Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN). Se constituye a las dos de la Tarde del día veintiocho de Marzo del año dos mil Catorce. Se inicia con Diez ( l O) asociados, tres (3) hombres, siete (7) mujeres, con un capital suscrito de C $ 1 0,000.00 (Diez mil córdobas netos) y un capital pagado de C$2,500.00 (Dos mil quinientos Córdobas Netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA "AGROINDUSTRIAL 21 DE MAYO.R.L". íCOOPAGMA R.L.l Con el siguiente Consejo de Administración Provisional : Presidente (a): BIANCA WILSON ZAMORA; Vicepresidente (a): BETSAB E CAROLINA SI LVA B E LL; Secretario (a) : ARLEN Y YAOSKA ROCHA M ITCHELL; Tesorero (a) : LUISA ARGENTINA SANTANA LOAISIGA; Vocal: DERENO BANS PARI STA. Certifíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. Arlen Chávez Arguello, Directora de Registro y Control. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotej ado a los doce días del mes de Junio del año dos mil catorce. (f) Lic. Arlen Chávez Arguello, Directora de Registro y Control.

Reg. 1 3490

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones que l leva la Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunita�ia, Cooperativa y Asociativa en el folio 459 se encuentra la RESOLUCION

5940

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21-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Nº. 1 08-2 0 1 4 PJ M E FCCA, la que integra y literalmente dice : RESOLUCIÓN N º . 1 08-20 1 4 PJM EFCCA, Managua diecisiete de Junio del año dos mil catorce, las nueve de la mañana, en fecha Cinco de Mayo del año dos m il Catorce, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPE RAT I VA TAX I S UNI DOS SOMOS TODOS LA A L E G R I A D E V I V I R E N PAZ. R.L. <COTASUSAV PAZ. R.L.l Con domicilio social en el munic ipio de Rivas, departamento de Rivas. Se constituye a las diez de la Mañana del día veintisiete de Marzo del año dos mil Catorce. Se inicia con Veintiuno (21) a sociados, dieciocho ( 18) hombres, tres (3) mujeres, con un capital suscrito de C$2 l ,OOO.OO (Veintiún mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 1 0,010.00 (Diez mil diez Córdobas Netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la m isma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERAT I VA TAX I S U N I DOS SOMOS TODOS LA A L E G R I A D E V I V I R E N PAZ. R.L. CCOTASUSAVPAZ. R.L.lCon el s iguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a) : E RN E S TO J O S E B A LTODANO C E RD A ; Vicepresidente (a) : ROSA L I A M A R I B E L SO L I S MADRIG AL; Secretario (a): ROSA ELENA CASTRO M E RCA DO; Tesorero (a): H E Y N E R D E J E S U S S O L I S N AVA RRO; Vocal: L E STHE R U RI E L OBANDO Q U I ROZ. Certifíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta ofic ina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. ( F) Ilegible perteneciente a Lic. Arlen Ch ávez Arguello, D i recto ra de Registro y Control. (Hay u n sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los diecisiete días del mes de Junio del año dos m il catorce. ( f) Lic. Arlen Ch ávez A rguello, D i rectora d e Registro y Con trol.

Reg. 1 349 1

Que en el Tom o 1 del Libro de Resoluciones que lleva la Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 460

se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 1 09-2 0 1 4 PJ M E FCCA, la que integra y literalmente dice : RESOLUCIÓN Nº. 1 09-20 1 4

PJ M EFCCA, Managua dieciocho de Junio del año dos mil catorce, las nueve y treinta minutos de la mañana, en fecha tres de Junio del año dos mil Catorce, presentó solic itud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPE RATI VA AGROPECUA RIA D E S E RVI CIOS " U N I DOS POR L A RECONCI LIACION". R.L. (4•CASUR". R.L.l Constituida en la comunidad de Lomas de Cafen, en el municipio de Boaco, departamento de Boaco. Se constituye a las nueve de la Mañana del día veintidós de Mayo del año dos mil Catorce. Se inicia con Veinte (20) asociados, once (11) hombres, nueve (9) mujeres, con un capital suscrito de C$20,000.00 (Veinte mil córdobas netos) y un capital pagado de C$5,000.00 (Cinco mil Córdobas Netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica

a la COO P E RATI VA A G R OP E C U A R I A D E S E RV I C I O S ··U N I DOS P O R LA R E C ON C I L I A C I ON". R.L. e·cASU R''. R . L.l Con el siguiente Consejo de Administrac ión Provisional:

Presidente (a): F RA N C I S C O J O S E M E N DOZA G A I TA N ; Vicepresidente (a) : A N G E L A N TO NI O J A R Q U I N ; Secretario (a) : A R L E M A U R I C I O P E R E Z A M A D O R ; Tesorero (a) : R E Y NALDO J O S E M E N D E Z U R B I N A ; Vocal: I D E L I TA DEL

5941

SOCOR RO BLAN CO. Certi fíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. Arlen Ch ávez A rguello, D i rectora de Registro y Control. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil c atorce. (f) Lic. A rlen Chávez A rguello, D irectora de Registro y Control.

Reg. 13492

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones que lleva la Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 4 6 1 se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 1 1 0-20 1 4 PJM E FCCA, la que integra y literalmente dice: RESOLUCIÓN Nº. 1 1 0-20 1 4 PJ M E FCCA, Managua dieciocho de Junio del año dos mil catorce, la una y veinte minutos de la tarde, en fecha trece de Marzo del año dos mil Catorce, presentó solic i tud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPE RAT I VA M U LTI SECTORIAL D E M UJ E R E S D E L B O N O "SUEÑO DE CHAV EZ" R.L. <COM U BOSCH R.L.lCon domicilio social en el municipio de Waslala, departamento de la Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN). Se constituye a las ocho de la Mañana del día tres de Mayo del afio dos mil Trece. Se inicia con Cincuenta y siete (57) asociados, cero (O) hombres, c incuenta y siete (57) mujeres, con un capital suscrito de C$28,500.00 (Veinte y ocho mil quinientos córdobas netos) y un capital pagado de C$ l 9, 740.00 (diecinueve mil setecientos cuarenta Córdobas Netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Le .y 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COO PE RATIVA M U L TIS E CTORIAL D E M UJ ERES DEL B ONO "SUEÑO D E CHAVEZ". R.L. <COM U BOSCH R.L .lCon el s iguiente Consejo de Administración Provi sional: Presidente (a): ROSAA D E LAY D A S U A R EZ L I RA; Vicepresidente (a): A N G E LA ROSA M UÑOZ Q U I N T E RO; Secretario (a): M A R I A ESTH E R NAVA R R E T E OROZCO; Tesorero (a): M A R I A LEONOR O RTEGA A N G U L O ; Vocal: A U D E L I FLORES P E REZ. Certifíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. Arlen Chávez Arguello, Directora d e Registro y Control. (Hay u n sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil catorce. (f) Lic. A rlen Chávez Arguello, Directora de Registro y C o ntrol.

Reg. 13493

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones que lleva la Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 462 se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 1 1 1 - 2 0 1 4 PJM E FCCA, la que integra y literalmente dice: R E SOLUCIÓN Nº. 1 1 1 -2 0 1 4 P J M E FCCA, Managua dieciocho de Junio del año dos mil catorce, la una y treinta minutos de la tarde, en fecha siete de Marzo del año dos m il Catorce, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPE RAT I VA D E AHO RRO Y CRE D I TO WASLALA E M PREN DEDORA WASLALA R-L <CO OWASE M . R.Ll Con domicilio social en el municipio de Waslala , departamento de la Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN). Se constituye a las ocho de la Mañana del día treinta de Noviembre del año dos m il doce. Se

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2 1-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

inicia con Cincuenta (50) asociados, trece ( 1 3 ) hombres, treinta y siete (37) mujeres, con un capital suscrito de C$ l 5 ,000.00 (Quince mil córdobas netos) y un capital pagado de C$3,750.00 (Tres mil setecientos cincuenta Córdobas Netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA D E AHORRO Y CREDITO WASLALA EMPRENDEDORA WASLALA R-L <COOWASEM. R.L>Con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a) : JAS M I NA D E L C A R M E N B L A N D O N G R A N ADO; Vicepresidente (a) : MARIA LUZ GUTIERREZ CHAVARRIA; Secretario (a): ANA BELL MATUZ RAYO; Tesorero (a): JOSE WILFREDO ARAUZ MONTES; Vocal: FREDIS ALBERTO ZELEDON SALINAS. Certifiquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. A rlen Chávez Arguello, Directora de Registro y Control. (Hay u n sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotej ado a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil catorce. (f) Lic. Arlen Chávez A rguello, Directora de Registro y Control.

Reg. 1 3494

Que en el Tomo 1 del L ibro de Resoluciones que l leva la Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 463 se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 1 12-2 0 1 4 PJM E FCCA, la que integra y literalmente dice: RESOLUCIÓN Nº. 11 2-20 14 PJMEFCCA, Managua dieciocho de Junio del año dos mil catorce, !as dos de la tarde, en fecha seis de Mayo del año dos mil Catorce, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTI PLES DE LOS TRABAJADORES DEL HOTEL C ROWNE PLAZA. R.L. CCOOTRABCROWNE. R.L,lCon domicilio social en el municipio de Managua, departamento de Managua. Se constituye a las seis de la Tarde del día seis de Febrero del año dos mil Catorce. Se inicia con Ciento sesenta y tres ( 1 63) asociados, ciento ocho ( 1 08) hombres, cincuenta y cinco (55) mujeres, con un capital suscrito de C$9,780.00 (Nueve mil setecientos ochenta córdobas netos) y un capital pagado de C$9,780.00 (Nueve mil setecientos ochenta córdobas netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5 , 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE SERVICIOS MU LTI PLES DE LOS TRABAJADORES DEL HOTEL C ROWNE P LAZA. R.L. CCOOTRA B C ROWNE. R.L.lCon el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): ALFREDO XAVIER ALEGRIA GONZALEZ; Vicepresidente (a): M ARIA RAQU EL DUARTE AGUERO; S ecretario (a): ALEJANDRO JOSE C U B I LL O AGUI LAR; Tesorero (a): JAIRO RAFAEL N UÑEZALEMAN; Primer Vocal: MARTHA CELIA M ERCADO; Segundo Vocal : J O HAN A DEL SOCORRO SOTELO LUQUEZ; Tercer Vocal: CRISTIAN E N MANUEL M UÑOZ ESPINOZA. Certifíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. Arlen Chávez Arguello, Directora de Registro y Control. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente

5942

fue cotejado a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mi l catorce. (f) Lic. Arlen Ch ávez Arguello, Directora de Registro y Control.

Reg. 1 3495

Que en el Tomo l del Libro de Resoluciones que lleva la D irección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 464 se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 1 1 3-201 4 PJMEFCCA, la que integra y literalmente dice: RESOLUCIÓN Nº. 1 1 3-2014 PJME FCCA, Managua diecinueve de Junio del año dos mil catorce, las ocho de la mañana, en fecha veintinueve de Mayo del año dos mil Catorce, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA MULTI SECTORIAL "BENDICION D E L DIOS VIVIENTE". R.L. <COM BEDIOS. R.L.lConstituida en la Comunidad El Limón, en el municipio de Siuna, departamento de La Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN). Se constituye a las ocho de la mañana del día primero de Abril del año dos mil Catorce. Se inicia con Treinta y cuatro (34) asociados, d iecinueve ( 1 9) hombres, quince ( 1 5) mujeres, con un capital suscrito de C$6,800.00 (Seis mil Ochocientos córdobas netos) y un capital pagado de C$ l ,700.00 (Un mil setecientos córdobas netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA M ULTI SECTORIAL "BEN DICION DEL DIOS VIVIENTE". R.L. CCO MBEDIOS R.L.lCon el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): FRANCISCO ANTONIO BEN AVIDEZ GARCIA; Vicepresidente (a): LUIS ORLANDO CASTRO M EN DEZ; Secretario (a): CORINA GARCIA TINOCO; Tesorero (a): C R I S TO B A L P E R E Z M O R A L E S ; Vo c a l : Z A C A R I A S BLANDON OLIVAS. Certifíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. A rlen Chávez Arguello, Directora de Registro y Control. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los diec inueve días del mes de Junio del año dos mil catorce. (f) Lic. Arlen Chávez Arguello, Directora de Registro y Control.

Reg. 1 3496

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones que lleva l a Dirección de Registro y Control d e l Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 465 se encuentra la RESOLUCIÓN Nº. 114-20 1 4 PJME FCCA, l a que integra y li teralmente dice: RESOLUCIÓN N º . 1 1 4-201 4 PJM E FCCA, Managua veintiséis de Junio d e l año d o s mi l catorce, l as nueve de la mañana, en fecha veintitrés de Abril del año dos mil Catorce, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE SERVICIOS DE CARRETILLEROS "BERNARDO ANTONI O CARDENAS" R.L. lCOOSERBAC R.L.>Con domicilio social en el municipio de Masaya, departamento de Masaya. Se constituye a las nueve y diez minutos de la mañana del día dieciséis de Octubre del año dos mil Trece. Se inicia con setenta y siete (77) asociados, setenta y siete (77) hombres, cero (O) muj eres, con un capital suscrito de C$7, 700.00 (Siete mil setecientos córdobas netos) y u n capital pagado de C$ l ,925 .00 (Un mil novecientos veinticinco córdobas netos) Esta Dirección, previo estudio lo declaro procedente por

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2 1-07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

lo que fundado en los Artículos 2, 23 inc iso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERAT I VA D E S E RVICIOS DE CARRET I L L E ROS ''B E RNARDO ANTONIO CARDENAS'', R.L. < COOSE RBAC. R . L.>Con el siguiente Consejo de Administrac ión Provisional: Presidente (a): W I L L I Al\1 A L F R E D O G A I TA N ; V icepresidente (a): CA R L O S J O S E ROM ERO CAST I LLO; Secretario (a): J ULIO CESAR FLORES H ER N A N D E Z ; Tesorero (a): RAY M UN DO AV IL EZ; Vocal: JOSE MARTIN SANC H E Z A RIAS. Certifíquese la presente Resolución, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. A rlen C hávez A rguello, D i recto ra de Registro y Control. ( H ay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil catorce. (f) Lic. Arlen C h ávez A rguello, Directora de Registro y Control .

Reg. 1 3497

Que en el Tom o 1 del Libro de Resoluciones que lleva la Dirección de Registro y Control del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en el folio 467

se encuentra la R E SOLUCIÓN Nº. 1 1 6-20 1 4 PJM EFCCA, la que integra y literalmente dice: RESOLUCIÓN Nº. 1 1 6-20 1 4

PJ M EFCCA, Managua veintiséis de Junio del año dos mil catorce, las diez de la mañana, en fecha veintisiete de Marzo del año dos mil Catorce, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la C O O P E RATI VA AG R I CO L A M lJ l.TI SECTO R I A L D E EX-M I L I TA R E S R E Y N A L D O L A G U N A M AY R E N A R.L. <"COOPA G RO E X M I L I R.L.l\1. R.L."lConstituida en la Comunidad Las Vueltas, Finca las Vegas, en el municipio del Jícaro, Departamento de Nueva Segovia. Se constituye a las nueve de la mañana del día primero de Febrero del año dos mil Catorce. Se inicia con Ciento Quince ( 115) asociados, Noventa y seis (96) hombres, Diecinueve ( 19) mujeres, con un capital suscrito de C$ l 1,500.00 (Once mil quinientos córdobas netos) y un capital pagado de C$ l l ,500.00 (Once mil quinientos córdobas netos) Esta Direcc ión, previo estudio lo declaro procedente por lo que fundado en los Artículos 2, 23 inciso d) y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma, RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPER AT I VAAG RICOLA M U LTISECTORIAL DE E X- M I LITA R E S REYNALDO LAG UNA M AY RE N A R . L . <"COOPAG ROEXl\1 1 1.1 R.L.l\1. R .L."lCon el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): D AV I D ISA G U I R R E S M O N T E N EGRO; Vicepresidente (a) : A G U S T I N E S P I NOZA E S P I NOZA ; Secretario (a) : J UAN B A U T ISTA A G U I R R E A G U I R R E ; Tesorero (a): J U A N B A U T I S TA R A M I R E Z MORENO; Vocal: J A I RO FE RNANDO M E R LO C A S TA Ñ E DA. Certifíquese la presente Resoluc ión, razónese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) Ilegible perteneciente a Lic. Arlen C hávez Arguello, D i rectora d e Registro y Con trol. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil catorce. (f) Lic. Arlen C h ávez Arguello, Directora d e Registro y Control.

5943

Reg. 14315 - M. 79962 - Valor C$ 95.00

L I CI TACION S E LECTIVA No 05-07-20 1 4

"CONTRATAC ION DE S E RVI CIO DE V I G I LA N C I A PARA EL PAROJIE NACIONAL D E FE RIAS D E L M I N I STE RIO

DE ECONOMI A FAMI L I A R C O M U N I TA R I A. COOPERATI VA Y ASOCI ATIVA PERIODO D E U N A ÑO"

l. Esta Licitación Select iva es ejecutada con Fondos del Gobierno de Nicaragua. A través del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, invita a todos los interesados en brindar servicios de vigilancia Licitación Selectiva No. LS-SC-05-07-2014 "CONT RATA C I O N D E S E RVICIO DE VIGILANCIA PA RA EL PARQUE NACIONAL D E FE RIAS DEL M I N I STERIO D E E C O N O M I A FAM I LIAR COMUN I TARIA COOPERAT I VA Y ASOCIAT I VA PERIODO DE UN AÑO

2. Para todos los interesados se les comunica que el Pliego de Base y Condiciones deberá de ser retirado en la División de Adquisiciones del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa situada en Kilometro 8 'h carretera a Masaya frente al MAGFOR, se les entregara recibo a favor del contratante el cual será condición para presentar oferta, dicho documento también estará disponible a manera de información en el Portal Único de Contratación www.nicaraguacompra.gob.ni.

Para efectos de aclaración al Documento de Licitación, avocarse con el Sr. Ernesto Pichardo, Responsable de Servicios Generales, fec h a tone el 24 de julio del 2 0 1 4, dichas aclaraciones serán respondidas el 25 de j u lio del 2 0 1 4 las consultas deberán de ser por escrito al correo:[email protected],smonjarrez@ economiafamiliar.gob.ni;[email protected].

3. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado original y dos copias indicando en el mismo: Nombre del proceso, indicar, dirigido al Responsable de la División de Adquisiciones situada en Kilometro 8 Y:i carretera a Masaya frente al MAGFOR, a más tardar 29 de julio d e l 2 0 1 4 hora tope 1 0.00 am. Se realizara apertura de oferta ese mismo día 29 de j u lio del 2 0 1 4 a las 10. 1 5

!U!!, e n dicha apertura podrán estar presentes los interesados y que están partic ipando en dicho proceso.

(f) Signuey Julissa Monjarrez, Responsable de la División de Adquisición.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Reg. 14195 - M. 79305 - Valor C$ 95.00

NOTI FICACIÓN

Procuraduria General de l a República

N otaría del Estado.

En cumplimiento a l Arto. 14 de la Ley Nº 2 78, Ley Sobre P ropiedad Reformada Urbana y Agraria; la suscrita N ota rio

XV del Estado,

NOTIFICA:

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2 1-07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

A la señora CON SUELO PEÑA DE ROSSEL, le hago saber que DEL INMUEBLE URBANO: Nº 35947, Tomo: 486, Folio: 238, Asientos: 4º, con un á rea de 253.8 Mts2• I nscrito en la Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Pú blico del Departamento d e Managua, tiene a la orden en la Tesorería General de la República, la cantidad en Bonos de Pago por Indemnización hasta por la suma de C$ 1 14,200.00 (CI ENTO CATORCE M I L DOSCIENTOS CÓRDOBAS N ETOS).

Managua, diez de Julio del año dos mil catorce. (f) Jennifer Tuckler Lara. Notario XV del Estado - PGR

EM PRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD

Reg. 14425 - M. 80 1 32 - Valores 95.00

AVISO DE LICITACIÓN

La Empresa Nicaragüense de Electricidad - ENEL, comunica a todos los proveedores del Estado, que a partir del 24 de Julio 20 1 4 estará disponible en Ja página web del SISCAE: www.nicaraguacompra.gob.ni, y pagina web de ENEL: www.enel.gob.ni, el proceso de licitación siguiente:

CALENDARIO DE CONTRATACIONES

PERIODO DE RECEPCION

Nº DESCRIPCION Nº LICITACION VENTA D E PBC ACLARACION

Y APERTURA OFERTA

1 "ADQUISICION DE UNIFORMES

No. 0 1 7/LS- 1 4/ENEL-20 1 4/BJENES Del 24 de Julio al 04 25 y 28 de Agosto/ 1 4 04 Agosto 20 1 4

Y EQUIPOS DEPORTIVOS" de Agostoll 4 Hora: I O:OOAM

(f) Lic. Azucena Obando, Directora de Adquisiciones. ENEL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Reg. 14424 - M. 801 1 9 - Valor C$ 95.00

AVISO

La Corte Suprema de Justicia en cumplimiento del artículo 33 y 91 de la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público (Ley No.737) y Arto. 98 y 1 46 del Reglamento de la misma, invita a posibles oferentes a participar en los procesos que se describen a continuación, cuya invitación o convocatoria estará publicada en la página www.nicaraguacompragob.ni, a partir del día 21 de Julio del año en curso y de los procesos adjudicados que detallo:

Fecha y Modalidad y Número de Licitación Denominada/objeto Número de Tipo de documento publicado

Resolución

Contratación simplificada No. 06/20 1 4 Arriendo de local para albergar Juzgado Local 35/20 1 4 Invitación

Único del Crucero, Managua 1 3/06120 1 4

Arriendo de local para albergar al Juzgado de 43/201 4

Contratación simplificada No. 071201 4 Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria 0 1 /07/201 4

I nvitación de Boaco, San Carlos Santo Tomas, San Carlos

Licitación Selectiva No. 1 1120 1 4 Suministro d e planta e interruptor d e planta de 36/20 1 4

Publicación de Pliego d e Bases y Convocatoria Emergencia, Puerto Cabezas 1 3/061201 4

Licitación Selectiva No. 1 2/20 1 4 Equipos y accesorios para e l Complejo Judicial 371201 4 Publicación d e Pliego de Bases y Convocatoria

de Somoto 1 6106/201 4

Licitación Selectiva No. 1 3/20 1 4 Equipos de Comunicación para e l Complejo 4 1 /20 1 4 Publicación de Pliego d e Bases y Convocatoria

Judicial de Jinotega 30/0612014

Arriendo de local para albergar al Juzgado Distrito

Contratación Simplificada No. 03120 1 4 d e l o Laboral y Seguridad social, Juzgado Distrito 40/200 1 4 Oferente Adjudicado: Especializado en Violencia y Habitación del Juez, 24/061201 4 DINA LIZETH SOZA ROQUE

en la Ciudad de Siuna

Arriendo de local para albergar a la Defensoría 3 8/201 4 Oferente Adjudicado: Contratación Simplificada No. 04/20 1 4 Publica y la Delegación Administrativa en

Tipitapa 20/06/2014 MARIA VERONICA SERRANO REYES

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2 1 -07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

Contratación Simplificada No. 05/2014 Arriendo de local para albergar al Juzgado local 39/2014 Oferente Adjudicado: Juana Maria Lagos

Penal y Clínica forense de El Rama 20/2014 Zamora

Licitación Selectiva No. 04/201 4 Construcción de línea primaria e n Media tensión 44/2014 Oferente Adjudicado: Sunline Internacional S.

en Somoto 01/07/2014 A o SINTER. S.A

Licitación Selectiva No. 05/2014 Elaboración de Estantes 4812014 Oferente adjudicado: Donald Agustín Payan

08/07/2014 Montenegro

49/2014 Oferentes Adjudicados: Baterías d e Nicaragua,

Licitación Selectiva No. 06/20 1 4 Batería para e l Poder Judicial 08/07/2014

(BATNICSA, S.A) CASA PELLAS, S. A Y

MAQUINARIA H.F. CROSS

46/2014 Oferente Adjudicado: Cooperativa de

Licitación Selectiva No. 07/2014 Recorrido d e Personal Tra nsporte de servicios Múltiplos Andrés 0212014

Castro R .1

Materiales para Instalación de cableado de Red 50/201 4 Oferentes adjudicados: Sistemas

Licitación Selectiva No. 08/2014 comunicaciones y Energía S . A , E-BUSINESS, Lan para el complejo Judicial de Jinotega 08/07/2014

DISTRIBUTION DE N ICARAGUA, S.A

Licitación Selectiva No. 09/2014 Alquiler de Vehículos, 45/2014

Proceso declarado desierto 0 1/2014

Licitación Selectiva No. 1 0/201 4 Construcción d e muro perimetral en Jinotepe 5 1/201 4 Oferente Adjudicado: GEOVANNY

1 0/07/2014 VLADIMIR LOPEZ CASTELLON

Managua, Nicaragua, Julio de 20 14.

(F) KAREN GONZALEZ MURILLO, División de Adquisiciones CSJ

BANCO CENTRAL DE NICARAGUA

Reg. 14426 - M. 80 1 34 - Valor C$ 95.00

Unidad de Adqu isiciones Aviso Ga ceta

El Banco Central de Nicaragua (BCN) avisa a los Proveedores del Estado y público en general, que se dará inicio al Proceso de Licitación Pública No. BC N-05- 1 88 - 1 4, cuyo o bj eto es la Contratación de: Cambio de Cubierta de Techo del Ed ificio B ancario .. Francisco J. Laínez M ", M anagua; E laboración de A n d a miaje y Construcción de Caseta d e M áquina - 11 Convocat oria". Se ha designado para la correcta ejecución del proceso a la Unidad de Adquisiciones y para la evaluación de las ofertas al Comité de Evaluación, conforme Resolución de Inicio No. UAD-05-07-1 4-BCN emitida el 10 de Julio del año 2 0 1 4.

La Convocatoria y el Pliego de Bases y Condiciones, podrán adquirirlo a un costo total de C$ I 00.00 (Cien córdobas netos), pago no reembolsable durante el período del 24 de J u lio d el año 2 0 1 4 hasta u n (1) d ía antes de la Recepción d e las Ofertas y deberán realizar un depósito en BANPRO al número de cuenta 1 0023306008277,

posterior presentarse a la Unidad de Adquisiciones del Banco Central de Nicaragua en horario de 8 : 3 0 a 3 :00 p.m. con la minuta

original del depósito con el fin de retirar el documento de l icitación;

adicionalmente lo podrán obtener en la página WEB del BCN: www.

bcn.gob.ni . Y en el Sistema de Contrataciones Administrativas

Electrónicas (SISCAE) www.nicaraguacompra.gob.ni .

(f) Guadalupe de la Soledad M ejía, J efe Unidad de Adquisiciones.

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y DE OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

Reg. 1 3057 - M. 75950 - Valor C$ 475 .00

Resolución Nº CD-S IBOI F-838-1 -J UN l l -20 1 4 D e fecha 1 1 d e j unio d e 20 1 4

NORMA DE R E FORMA D E LOS ARTÍCU LOS 5 , 1 4 , 23 Y 27 DE LA NORMA SOBRE G E STIÓN DE R I ESGO

CREDITICIO

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, después de las del iberaciones al respecto,

CONSI D E RANDO

Que el artículo 1 0, numeral 7) de la Ley No. 3 1 6, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones F inancieras, y sus reformas; faculta al Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras a dictar normas generales que tengan por obj eto el establecimiento de los criterios generales de evaluación y clasificación de activos y las pautas para la constitución de reservas y provisiones.

1 1

Que resulta necesario reformar los artículos 5, 14 , 23 y 27 d e l a Norma sobre Gestión d e Riesgo Crediticio, por cuanto s e requiere adecuarlos a las disposiciones contenidas en la Ley No. 865, Ley de Reforma a la Ley No. 677, Ley Especial para el Fomento de la Construcción de Vivienda y de Acceso a la Vivienda de Interés Social, y sus reformas, publ icada en La Gaceta, Diario Oficial No.

5945

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2 1 -07-1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

90, del 19 de mayo de 2014, particularmente en l o que corresponde a: 1) ampliar la definición de crédito hipotecario para la vivienda, incorporando la definición de vivienda nueva y la de contratos de arrendamiento con opción a compra, para los fines establecidos en la precitada Ley; y 2) aumentar el monto de referencia de los créditos para viviendas de interés social, otorgados en moneda nacional o moneda extranjera, de treinta mil dólares a treinta y dos mil dólares, para fines de constitución de provisiones, avalúos de la garantía hipotecaria y periodicidad de estos avalúos.

1 1 1

Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base a la facultad que le otorga el artículo 3, numerales 3 y 13, de la Ley 316 antes referida, y sus reformas.

En uso de sus facultades,

HA D ICTADO

La siguiente,

Resolución C D-SIBOI F-838- 1 -J U N l l -2 0 1 4

NORMA D E REFORMA D E LOS ARTÍCULOS 5 , 1 4, 23 Y 27 D E LA NORMA SOBRE GESTIÓN DE RIESGO

C R ED ITICIO

PRIM E RO : Refórmense los artículos 5, 14, 23 y 27 de la Norma sobre Gestión de Riesgo Crediticio, contenida en Resolución Nº CD-SIBOIF-547- l -AGOST20-2008, del 20 de agosto de 2008, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 176 y 178, del 11 y 17 de septiembre de 2008, los cuales deberán leerse así:

"Arto. 5 Agrupaciones.- Para evaluar la cartera de créditos se conformarán cuatro agrupaciones, que deberán ser tratadas separadamente conforme a los criterios que a continuación se señalan:

a) C réditos d e Consu mo.- Son todos los créditos otorgados a personas naturales destinados a financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de obligaciones y servicios personales, cuya fuente principal de ingresos provenga de salarios, remuneraciones por consultorías, rentas, alquileres, intereses por depósitos, rendimiento de inversiones, jubilaciones, entre otros. También, se imputarán a este grupo los créditos desembolsados por medio de tarjetas de crédito, así como los contratos de arrendamiento financiero, siempre y cuando la fuente de pago sea igual a la antes señalada.

b) C réditos Hipotec arios para Vivienda - Son los créditos otorgados a personas naturales para la adquisición, construcción, reparación, remodelación, ampliación, mejoramiento de viviendas, o adquisición de lotes con servicios, siempre que se encuentren amparados con garantía hipotecaria. También se imputarán a este grupo, los créditos otorgados para compra o construcción de vivienda nueva, entendiéndose como tal, aquella efectuada a partir de la primera venta realizada una vez concluidas las obras de construcción del inmueble, o bien que haya sido previamente sujeta de arriendo por el usuario final como parte de un programa de arrendamiento con opción a compra, por un período no mayor de dos afios, conforme a los términos establecidos en la Ley No. 865, Ley de Reforma a la Ley No. 677, Ley Especial para el

5946

Fomento de la Construcción de Vivienda y de Acceso a la Vivienda de Interés Social y sus reformas, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 90, del 19 de mayo de 2014.

La anterior enumeración debe entenderse taxativa, por lo que no comprende otros tipos de créditos, aún cuando éstos se encuentren amparados con garantía hipotecaria, los que deberán clasificarse como créditos comerciales.

e) Microcrédito.- Los créditos otorgados en todo el S i stema Financiero, en moneda nacional o extranjera hasta por el equivalente de diez mi l dólares (US$10,000.00), a personas con negocio propio establecido de pequefia escala y que será devuelto con el producto de las ventas de bienes y servicios del mismo. Estos créditos son otorgados masivamente utilizando metodologías crediticias especializadas en microcrédito para evaluar y determinar la voluntad y capacidad de pago del potencial cliente. También, se i mputarán a este grupo las créditos desembolsados por m edio de tarjetas de crédito, siempre y cuando la fuente de pago sea igual a la antes sefialada.

d) Créditos Comerciales - Son créditos otorgados en moneda nacional o extranj era por montos mayores al equivalente de diez mil dólares (US$10,000.00) a personas naturales o j urídicas, orientados a financiar los sectores de la economía, tales como: industriales, agropecuarios, turismo, comercio, exportación, minería, construcción, comunicaciones, servicios y todas aquellas otras obligaciones de naturaleza comercial del deudor.

También se i mputarán a este grupo, los deudores de la Pequefia y Mediana Empresa (PYME), conforme la definición dada a este sector por la ley de la materia, así como todos los contratos de arrendamiento financiero suscritos con personas jurídicas o naturales sobre bienes de capital, entendiendo por tales aquellos que se destinen a la producción o a la prestación de algún servicio, cualquiera sea su valor.

La cartera comercial estará integrada, entre otras, por las siguientes operaciones:

l ) Préstamos 2) Descuentos 3) Intereses y comisiones por cobrar 4) Aceptaciones 5) Sobregiros autorizados 6) Garantías bancarias 7) Cartas de crédito emitidas y confirmadas 8) Antic ipo sobre documentos de exportación 9) Letras de cambio l O) Operaciones de factoraje (Factoring) 11) Arrendamiento financiero (Leasing) 12) Deudores por ventas de bienes a plazo 13) Todas aquellas otras obligaciones de naturaleza comercial del deudor.

A rto. 1 4 Alcance y criterios para clasificación.- La institución financiera deberá clasificar su cartera de créditos hipotecarios para vivienda permanentemente con base en los criterios establecidos en el artículo 6 y e l literal a) del artículo 1 1 de la presente norma y constituir las correspondientes provisiones mínimas de acuerdo al cuadro siguiente:

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 3 5

Calificación Días de atraso Provisión

A Riesgo normal Hasta 60 l "/o

B Riesgo potencial De 61 hasta 90 5"/o

e Riesgo real De 91 hasta 120 200/o

D Dudosa

De 121 hasta 1 80 SOo/o recuperación

E Irrecuperables Más de 180 100"/o

Los créditos para vivienda otorgados en moneda nacional o moneda extranjera por montos iguales o menores al equivalente a treinta y dos mil dólares (US$32,000.00) y clasificados en categoría "A", tendrán una provisión del cero por ciento (0%). Las demás categorías de clasificación deberán provisionarse de conformidad con lo establecido en la tabla que antecede.

Dichas provisiones mínimas son sin perjuicio de que cada institución pueda aumentar su monto, si considera que el riesgo de pérdida asumido es mayor a lo determinado conforme al procedimiento señalado.

El porcentaj e de provisión deberá aplicarse sobre el saldo neto no cubierto por garantías liquidas elegibles como mitigantes de riesgo, conforme lo establecido en el capítulo XII I de la presente norma.

Adicionalmente, para los deudores que tengan constituidas garantías reales elegibles como mitigantes de riesgo referidas en el numeral 1 ), l iteral b) del artículo 30 de la presente norma, cuyo valor de realización tasado, sea igual o superior al cien por ciento ( 1 00%) del saldo adeudado, la institución podrá aplicar el porcentaje de provisión que corresponda a la clasificación de menor riesgo inmediata anterior a la asignada al deudor, sin cambiar la clasificación que le corresponda.

Arto. 23 Requisitos de las garantías.- Todas las garantías elegibles como mitigantes de riesgo deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ejecutable, es decir que estén debidamente constituidas.

b) Enajenable, es decir que existe un mercado que facil ite su rápida realización.

c) Valuable, es decir susceptible de medición y tasación. Dicha valuación debe ser realizada conforme lo establecido en la normativa que regula la materia de peritos valuadores que prestan servicios a las instituciones del Sistema Financiero.

Para el caso de garantías hipotecarias de créditos para vivienda otorgados en moneda nacional o moneda extranjera por montos iguales o menores al equivalente a treinta y dos mil dólares (US$32,000.00) que se encuentren ubicadas en una misma urbanización o reparto y cuenten con modelos de casas de características físicas iguales (diseño, estructura física, área construida, calidad de materiales, entre otras), se podrá aceptar como avalúo inicial para todas las viviendas, el realizado a la casa modelo. Para las subsiguientes valoraciones que deban realizarse conforme a la periodicidad establecida en el artículo 27 de la presente norma, no aplicará el avalúo antes referido, sino que se deberá realizar un nuevo avalúo por cada vivienda.

d) Transferible con costos razonables.

5947

e) Estable en su valor, es decir que se mantenga en el tiempo el valor mínimo de la garantía, y

f) Aseguradas en caso de que por su propia naturaleza así lo requieran.

Arto. 27 Periodicidad de las valoraciones.- La institución financiera deberá realizar valoraciones de sus garantías líquidas por lo menos una vez al mes. Se mantendrán a disposición del Superintendente los antecedentes como valoraciones y tasaciones, además de las evaluaciones de la institución financiera que respaldan los importes registrados o contabilizados.

En el caso de garantías hipotecarias, las valorizaciones deberán realizarse por lo menos cada tres (3) años, exceptuando las garantías hipotecarias de créditos de viviendas otorgados en moneda nacional o moneda extranjera por montos iguales o menores al equivalente a treinta y dos mil dólares (US$ 32,000.00) que se encuentren ubicadas en una misma urbanización o reparto y cuenten con modelos de casas de características físicas iguales (diseño, estructura física, área construida, calidad de materiales, entre otras), las que deberán realizarse al menos cada cinco (5) años.

No se requerirá una nueva valoración cuando el crédito garantizado esté clasificado en las categorías "A" o "B", siempre y cuando el saldo de principal más intereses de dicho crédito se haya reducido en un porcentaje igual o mayor al cincuenta por ciento (50%), o el valor de realización en el mercado del bien constituido en garantía cubra tres (3) o más veces el monto adeudado.

No obstante lo anterior, la institución financiera deberá realizar nuevas valoraciones cuando se den las siguientes situaciones:

a) Condiciones adversas de mercado y/o caída de precios;

b) Desastres naturales que afecten los bienes en garantía; o

c) El crédito amparado con garantía hipotecaria sobre bienes inmuebles sea objeto de reestructuración."

SEGUNDO: La presente norma entrará en vigencia a partir de su notificación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. (f) Sara Rosales (f) V. Urcuyo V. (f) Gabriel Pasos Lacayo (f) Fausto Reyes (f) ilegible (Freddy B landón Argeñal) (f) U. Cerna B. Secretario.

(F) U RIEL C ERNA BARQUERO, Secretario Consejo Directivo SIBOIF

COMISIÓN NACIONAL DE M ICROFINANZAS

Reg. 1 3604 - M. 77686 - Valor C$ 1 90.00

REFORMA DEL ARTÍCULO 12 DE LA NORMA DE AUDITORÍA INTERNA PARA INSTITUCIONES D E

MICROFINANZAS

RESOLUCIÓN No. CD-CONAMI-008-01 J U N30-2014 De fecha 30 de Junio de 2014

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2 1-07-1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

EL CONSEJO D I RECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE M ICROFINANZAS

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con el artículo 12 numeral 4 de la Ley No. 769: "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas " establece que es atribución del Consej o Directivo de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI), aprobar las normas prudenciales aplicables a las Instituciones de Microfinanzas.

En uso de sus facultades

RESUELVE

Dictar la siguiente:

REFORMA DEL A RTÍCULO 12 DE LA NORMA DE AUDITORÍA I NTERNA PARA INSTITUCIONES

DE MICROFINANZAS

Artículo 1 .- Reforma

Refórmese el artículo 1 2 de la Norma de Auditoría Interna para Instituciones de Microfinanzas, Resolución Nº CD-CONAMI-007-0 1 ABR l 5-20 1 3 , publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Número 1 04 con fecha seis de junio del afio dos mil trece, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

"Artículo 1 2.- Nombra miento

La UAI estará a cargo del Auditor Interno, funcionario a tiempo completo y dedicación exclusiva, cuyo nombramiento corresponde a la máxima autoridad de la IMF por un período de tres (3) afios, pudiendo ser confirmado para períodos sucesivos, de acuerdo con lo establecido en el articulo 48 de la Ley.

La Junta Directiva informará al Presidente el nombramiento del Auditor Interno dentro de las setenta y dos (72) horas de dicha decisión, remitiendo además la información establecida en el Artículo 14 de la presente Norma. El Presidente dentro de los treinta (30) días de recibida la información, mediante resolución razonada, podrá objetar el nombramiento.

Con el fin de evitar posibles conflictos de interés, las IMF no podrán nombrar como Auditor Interno a personas que en los últimos doce ( 1 2) meses, hayan ocupado cargos gerenciales en áreas operativas o en unidades de negocios, en la misma IMF o en empresas con las que se tenga vinculación directa o indirecta, así mismo no se podrá contratar a un auditor o funcionario activo de otra IMF.

El Auditor Interno deberá de ser nombrado o ratificado en su cargo sesenta (60) días calendario, a partir de la entrada en vigencia de la presente norma.

Artículo 2.- Vigencia

La presente norma, entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

(f) Jim del Socorro Madriz López, Presidente, (f) Rosa Pasos Arguello, Miembro Propietario, (f) Freddy José Cruz Cortez, Miembro Propietario, (t) A lejandra Leonor Corea Bradford,

5948

M iembro Propietario, (f) Flavio José Chiong Arauz, Miembro Suplente, (f) Guillermo Enrique Gaitán José, Miembro Suplente, (t) Álvaro José Contreras, ( Secretario). (f) Álvaro José Contreras Secretario Consejo Directivo.

Reg. 1 3600 - M. 77535 - Valor C$ 1 90.00

C E R T I F I C A C I O N

E l Suscrito, Álvaro José Contreras, en calidad de Secretario del Consej o Directivo de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI), CERTIFICO la Resolución CD-CONAMI-007-04MAY26-20 1 4 aprobada en sesión ordinaria No. 06-20 1 4 de fecha veintiséis de Mayo del año dos mil catorce.

RESOLUCION No. CD-CONAMl-007-04MAY26-2014

De fecha 26 de Mayo de 2014

CONSEJO DIRECTIVO D E LA COMISION NACIONAL DE MICROFINANZAS.

MANAGUA, VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS M I L CATORCE, LAS ONCE Y TREINTA MINUTOS D E LA

MAÑANA

A UTORIZACION PARA INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL D E IFIM

CONSIDERANDO

Que la Sefiora Lucie Victorine Felicie Morreo, en su cal idad de Representante Legal de BANCAHORA, SOCI EDAD ANONIMA, la que podrá abreviarse como BANCAHORA, presentó con fecha catorce de mayo del afio dos mil catorce, solicitud de inscripción de su representada en el Registro Nacional de IFIM, adscrito a l a Comisión Nacional d e Microfinanzas (CON AMI), d e conformidad con la Ley No. 769, "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas" publicada en La Gaceta Diario Oficial Numero 1 28 de fecha once de julio del afio dos mil once y la Resolución No. CD-CONAMI-002-0 l -SEPT25-201 2, "Norma sobre los Requisitos para el Registro de Instituciones Financieras Intermediarias de M icrofinanzas, en el Registro Nacional de Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas (IFIM)", publ icada en La Gaceta Diario Oficial, Número 2 1 1 de fecha cinco de noviembre del año dos mil doce.

11

Que la solicitud presentada por la Señora Lucie Victorine Felicie Morreo, en su calidad de Representante Legal de BANCAHORA, SOCIEDAD ANONIMA, ( BANCAH O RA), cumple con los requisitos establecidos en e l artículo 20 de la Ley No. 769, "Ley de Fomento y Regulación de l as Microfinanzas", y en los artículos 5 , 6, 9, 1 1 , 1 2 y 1 3 de la Resolución No. CD-CONAMI-002-0 1 -SEPT25-20 1 2, "Norma sobre los Requisitos para e l Registro de Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas, en e l Registro Nacional d e Instituciones Financieras Intermediarias d e M icrofinanzas (IFIM)".

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2 1-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 12 numeral 1 , 20, 2 1 y 78 de la Ley 769, "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas" y los artículos 5, 6, 9, 1 1 , 1 2 y 1 3 de la "Norma sobre los Requisitos para el Registro de Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas, en el Registro Nacional de Instituciones Financieras Intermediarias de M icrofinanzas (IFIM)".

RESUELVE:

PRIMERO: Autorícese el Registro de la Sociedad BANCAHORA, SOCI EDAD ANONIMA, (BANCAHORA), en el Registro Nacional de IFIM, como Institución Financiera Intermediaria de Microfinanzas ( IFIM), para que efectué todas las operaciones y goce de los privi legios establecidos en la Ley No. 769: "Ley de Fomento y Regulación de las M icrofinanzas", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 1 28 , del 1 1 de Julio del año 201 1 . La entidad deberá de cumplir con las disposiciones del Consejo Directivo sobre el Registro de Bancahora, Sociedad Anónima, para la inscripción en el Registro Nacional de IFIM, adscrito a la CONAMI.

SEGUNDO: Notifíquese y publíquese en La Gaceta, Diario Oficial por cuenta de la IFIM autorizada. (t) Dra. Jim Madriz López, Presidente, (f) Rosa Pasos Arguello, Miembro Propietario, (f) Freddy José Cruz Cortez, M iembro Propietario, (f) Dr. Flavio José Chiong Arauz, Miembro Suplente, (f) Alejandra Leonor Corea Bradford, M iembro Suplente (f) Álvaro José Contreras, Secretario. (t) Álvaro José Contreras. Secretario - Consejo Directivo. CONAMI.

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

Reg. 1 34 1 7 - M . 76 1 14 - Valor C$ 5 80.00

AUTORIDA D NACIONAL D E L AGUA Resolu ción Administrativa No. 064 - 2014

CONCESIÓN PARA A PROVECHAMIENTO DE AGUA S U BTE RRANEA E INSCRIPCIÓN D E UN (01) POZO DE VIEJA DATA A NOMBRE DE INDUSTRIA CERÁMICA

CENTROAMERICANA S.A.

El suscrito Director de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), en base a los artículos 24; 26 inciso j); 41 inciso a); 46, 48, 49, 59, 60, 1 00 y 1 37 de la Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 1 69 del 04 de septiembre del 2007; Resolución A.N. No. 002-20 1 O, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 1 60 del 23 de agosto del 20 1 0; artículos 1 6, 1 7, 52, 87 y 9 1 del Decreto No. 44-20 1 O, Reglamento de La Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nos. 1 50 y 1 5 1 del 9 y 1 O de agosto del 20 1 0, respectivamente; artículo 40 del Decreto No. 33-20 1 1 , Reglamento del Registro Público Nacional de Derechos de Agua, publ icado en La Gaceta, Diario Oficial No. 1 24 del 05 de julio del 20 1 1 ; Dictamen Técnico-Jurídico emitido por los funcionarios de la Dirección General de Concesiones de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

CONSI D ERANDO 1

Con fecha del siete (07) de febrero del año dos mil catorce (20 1 4), el señor Carlos Castro, en su calidad de Apoderado Generalísimo de Industria Cerámica Centroamericana S.A. ; remitió ante la Autoridad Nacional del Agua, solicitud de inscripción de un (0 1 ) pozo de vieja data y concesión para aprovechamiento de agua subterránea para uso industrial; dicho pozo se encuentra localizado en el k ilómetro 5 .5 carretera norte, municipio de Managua, departamento de Managua, dentro de la Sub-Cuenca Sur del Lago de Managua, perteneciente a la Cuenca No. 69, denominada Río San Juan; específicamente en las coordenadas geográficas s iguientes: 584653 E y 1343459 N; y con un volumen máximo de extracción anual de 49,464 m3• A la mencionada solicitud se acompañó la documentación siguiente: a) Carta de Solicitud dirigida al Ministro Director Luis Ángel Montenegro Padilla, Ministro-Director de la Autoridad Nacional del Agua b) Formulario de solic itud- ANA; e) Fotocopia de cédula de identidad No. 001 -0 1 1 048-0000Y a nombre de Carlos Iván Castro Moneada; e) Fotocopia de cédula RUC No. J03 I 00000032 1 1 Persona Jurídica a nombre de Ind. Cerámica Centroamericana Sociedad Anónima; d) Fotocopia certificada de Escritura Pública número veintiséis (26), Poder Generalísimo, autorizada el seis de julio de mil novecientos noventa y dos, ante los oficios notariales de Francisco Ortega González; e) Fotocopia certificada de Estatutos de la Compañía Industria Cerámica Centroamericana S.A. (INCESA), aprobados en la Junta General de Accionistas del veintiséis de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro, ante los oficios notariales de Alejandro Baca Muñoz; /) Fotocopia certificada de Escritura Pública número diecinueve ( 1 9) Protocolización, autorizada el primero de junio del año mil novecientos setenta y dos, ante los oficios notariales de Alej andro Carrión Montoya; g) Fotocopia certificada de Escritura Pública número veintinueve (29) Protocolización de Reforma Social, autorizada el cuatro de julio del año mil novecientos setenta y ocho, ante los oficios notariales de Alejandro Carrión Montoya; h) Fotocopia certificada de Escritura Pública número treinta y dos (32) Protocolización de Reforma Social, autorizada el dieciséis de agosto del año mil novecientos setenta y ocho, ante los oficios notariales de Alejandro Carrión Montoya; i) Fotocopia certificada de Escritura Pública número trece ( 13 ) Protocolización de Reforma Social, autorizada el cinco de febrero de mil novecientos noventa y siete, ante los oficios notariales de Fráncico Ortega González; j) Fotocopia certificada de Escritura Pública número setenta y seis (76) Protocolización de Reforma Social, autorizada el cuatro de agosto de mil novecientos noventa y siete, ante los oficios notariales de Fráncico Ortega González; k) Fotocopia certificada de Escritura Pública número trece ( 1 3 ) Protocolización de Reforma Social, autorizada el cinco de febrero de mil novecientos noventa y siete, ante los oficios notariales de Fráncico Ortega González; /) Fotocopia de certificación de asiento de inscripción de la propiedad, autorizada el cinco de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro; m) Carta de No Objeción de la Alcaldía Municipal de Managua, emitida el veinticuatro de enero del año dos mil catorce; n)

Resultados originales de anál isis fisicoquímico, bacteriológico e hidrocarburo del pozo de INCESA STANDARD; y o) Estudio Hidrogeológico en físico y digital; p) cédula de identidad número 40 1 - 1 20558-000 1 T a nombre Marvin Orlando Cabrera Villagra; q) Escritura número quince de Poder General de Administración a favor del señor Marvin Orlando Cabrera Villalta ante los oficios notariales de Eduardo José Gutiérrez Rueda.

11 Que con fecha del diez ( l O) de j unio del año dos mil catorce (20 14), ésta Autoridad, emitió Dictamen Técnico-Jurídico en el cual se concluyó que de acuerdo al tipo de acuífero, a la calidad

5949

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 3 5

d e agua del mismo y por e l uso solicitado, así como la información contenida en el Estudio Hidrogeológico, técnica y jurídicamente se determinó que la solicitud de Concesión de Aprovechamiento de Agua Subterránea e Inscripción de pozo de vieja data es procedente.

III Que tanto las aguas superficiales como subterráneas que se encuentran en el territorio nacional y los elementos naturales que integran las cuencas hidrográficas, cualquiera que sea su estado, calidad y situación, pertenecen a la Nación, ejerciendo el Estado sobre éstos el dominio eminente conforme a lo establecido en la Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales y su Reglamento, Decreto No. 44-20 1 0, competiéndole a la Autoridad Nacional del Agua (ANA), ejercer la gestión, manejo y administración de los recursos hídricos en el ámbito nacional.

I V Que e l artículo 26 , literal j) de la Ley No. 620, establece que " • • • Son funciones técnicas-normativas de la ANA, entre otras, las siguientes: . . • j) Otorgar, modificar, prorrogar, suspender o extinguir los títulos de concesión y licencia para el uso o

aprovechamiento del agua y de sus bienes . . . "; por lo que, el uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, sólo podrá realizarse previa expedición del Título de Concesión otorgado por ésta Autoridad.

V Que el artículo 45, literal h) de la Ley No. 620, establece que: " • • •

la A utoridad Nacional del Agua (ANA), . . • para e l otorgamiento de concesiones, . . . deberá tomar en cuenta: " . . . h) Los estudios

hidrogeológicos que se soliciten • . • ". Por su parte, el artículo 87 del Decreto No. 44-20 1 0, Reglamento de La Ley 620, establece que: " Toda fuente de agua, sea subterránea o superficial, debe ser objeto de estudios hidrológicos o hidrogeológicos y análisis para determinar la calidad de sus aguas, todo cumpliendo con las

normas de calidad correspondientes emitidas por las autoridades competentes ".

VI Que el artículo 137 de la Ley No. 620, establece que: "Las personas naturales o jurídicas que cuenten con inversiones

en infraestructura hídrica con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, deberán proceder en un plazo no mayor de seis

meses a partir de la vigencia de esta Ley, a legalizar su situación y ajustarse a las condiciones y términos establecidos por la

misma . • • ''. Por su parte, el artículo 40 del Decreto No. 33-20 1 1 , Reglamento del Registro Público Nacional de Derechos de Agua, establece que: "Las personas naturales y jurídicas que mantengan sus propios sistemas de extracción de agua, ya sea a través de pozos o cualquier otro sistema rústico o de tecnología avanzada,

confines comerciales o industriales, están obligados a concurrir

ante el Registro Público Nacional de Derechos de Agua a solicitar

la inscripción de sus derechos u obras hidráulicas en un plazo de seis meses de la entrada en vigencia del presente reglamento ".

VII Que la Autoridad Nacional del Agua (ANA), está consciente de la importancia que reviste la actividad industrial para la economía nacional y de la generación de beneficios que ésta representa para el Estado de Nicaragua, mediante la generación de empleo y divisas, por lo que, una vez verificada la información proporcionada y cumplidas las formalidades de Ley, ÉSTA AUTORIDAD;

POR TANTO, RESUELVE:

PRIMERO: OTORGAR Título de Concesión paraAprovechamiento de Agua Subterránea para USO INDUSTRIAL, a la I N DUSTRIA CERÁMICA CENTROAMERI CANA S.A., representada por el señor M arvin Orlando Cabrera Villagra en su calidad de Apoderado General de Administración.

El presente Título de Concesión será válido, solamente, en las coordenadas y con los volúmenes siguientes:

CUENCA/ Coordenadas SUBCUENCA/ Volumen máximo de MUNICIPIO/ Uso

extrucl6n m3 al mes DEPARTAMENTO

E N

Enero 4 1 22

Febrero 4 1 22

Marzo 4 1 22

Abril 4 1 22

Mayo 4 1 22 Cuenca 69/ Sub-

cuenca sur del lago de Junio 4122

Managua/Managua/ 584653 1 343459 Industrial

Julio 4122 Managua

Agosto 4 1 22

Septiembre 4 1 22

Octubre 4 1 22

Noviembre 4 122

Diciembre 4 1 22

TOTAL ANUAL 49.464

SEGUNDO: INFORMAR a la empresa INDUSTRIA CERÁMI CA CENTROAM ERICANA S.A. representada por el señor Marvin Orlando Cabrera Villagra, que el presente Título de Concesión tendrá una vigencia de CINCO (OS) AÑOS, pudiendo ser modificado, suspendido o cancelado, por incumplimiento a lo establecido en la presente resolución administrativa o en base a la Ley No. 620 y su Reglamento, Decreto No. 44-20 1 0. Una vez vencida la vigencia de la presente concesión, se deja a salvo el derecho del solicitante de tramitar las prórrogas que considere pertinente, según los términos establecidos por Ley.

5950

TERCERO: INFORMAR a la empresa INDUSTRIACERAMICA CENTROAMERI CANA S.A. que la presente concesión queda sujeta a:

a) Instalación un medidor de flujo en la tubería de descarga del pozo, que permita registrar una bitácora de extracción de volumen de agua. b) Instalar un tubo piezómetro para medir los niveles de agua y el monitoreo del mismo

CUARTO: INFORMAR a la empresa INDUSTRIA CERÁMICA CENTROAMERICANA S.A., que deberá cumplir con todas las obligaciones establecidas en la Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales y su Reglamento, Decreto No. 44-20 1 0, debiendo cumplir, además, con todas las normativas ambientales vigentes; quedando sujeto al cumplimiento de lo dispuesto por la Ley que en el futuro apruebe la Asamblea Nacional en el que se establezca y regule el pago de Cánones y Tarifas por Uso y/o Aprovechamiento del Agua.

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2 1 -07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

QUINTO: Esta resolución entrará en vigencia treinta (30) días después de publicada en un (01 ) diario de mayor circulación nacional, la cual correrá a cargo del solicitante, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Si las publicaciones no se realizarán en un plazo máximo de diez ( I O) días después de su notificación, la resolución perderá todo valor legal. Notifiquese.-

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a las dos y veinte minutos de la tarde del dieciséis de junio del año dos mil catorce. (f) C ro. Luis Ángel Montenegro Padilla, MSc. Ministro-Director, Autoridad Nacional del Agua.

Reg. 1 3506 - M. 77426 - Valor C$ 725.00

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

Resolución Administrativa No. 074 - 2014

OTORGAMIENTO DE LICENCIA ESPECIAL PARA APROVECHAMIENTO DE AGUA S SUPERFICIALES

PARA LA GEN ERACIÓN DE l 7MW, A NOM BRE DE LA EMPRESA N I CARAGÜE�SE D E ELECTRICIDA D (ENEL)

(PLANTA H IDROELECTRICA "LARREYNAGA")

El suscrito Director de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), en base a los artículos 24, 26 inciso j); 4 1 inciso b), 46, 48, 49, 77, ?8, 79, 80, 8 1 y 1 35 de la Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 1 69 del 04 de septiembre del 2007; Resolución No. 002-2 01 0, emitida por la Asamblea Nacional y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 1 60 del 23 de agosto del 20 1 0; artículos 1 6, 1 7, 23 , S2 y78 del Decreto No. 44-20 l O, Reglamento de la Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales, publicado en Las Gacetas, Diario Oficial Nos. l SO y l S l del 9 y 1 0 de agosto del 2 0 1 0, respectivamente.

CONSIDERANDO

Que con fecha del diez ( l O) de junio del afio dos mil catorce(20 l 4). e l compañero Ernesto José Martinez Tiffer, en su calidad de Presidente Ejecutivo d e la E M PRESA NICARAGÜENSE D E ELECTRI CIDAD (ENEL), presentó ante la Autoridad Nacional del Agua (ANA), solicitud de Ratificación de Acuerdo Ministerial No. OO I -AGUAS/200 1 y Licencia Especial para Aprovechamiento de Aguas Superficiales para la Generación de l 7M� de Energía H idroeléctrica en la Sub-cuenca de Apanás, perteneciente a la Cuenca No. SS , denominada Río Grande de Mata�alpa, Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega; espec1ficamente en las coordenadas geográficas siguientes: 600598.20E - 1446024.53N A Ja mencionada solicitud se acompafió Ja documentación siguiente: a)Formulario de Ent�ada para Personas Jurídicas; b) Fotocopia certificada de cedula de identidad número 04 1 -2S0246-0000F, a nombre de Ernesto José Martínez Tíffer; c) Fotocopia certificada de Certificación Notarial de Nombramiento Presidencial otorgado a favor del c om pañero Ernesto José Martfnez Tíffer; d)Fotocopia de Acuerdo Presidencial No. 0 1 -20 1 2, Nombramiento de Miembros del Gabinete de Gobierno, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 23 del 06 de febrero del 20 1 2; e)Fotocopi a de Decreto Ejecutivo No. 46-94, Creación de Ja Empresa Nicaragüense de Electricidad ( EN EL), publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 204 del

595 1

0 1 de noviembre de 1 994; ./)Fotocopia de Ley No. 746, Ley de R�forma al Decreto Ejecutivo No. 46-94, Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL), a la Ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica y a l a Ley No. 554, Ley de Estabi lidad Energética, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 1 7 del 27 de enero del 20 1 1 ; g)Fotocopia certificada de cedula RUC número J.1 �30000004840, a nombre de la Empresa Nicaragüense de Electnc1dad (ENEL); h)Fotocopia de Acuerdo Ministerial No. 00 1 -AGUAS/2001 , Concesión de Explotación de Aguas en las Cuencas Asturias, Apanás y Río Viejo, para la Generación de Energía Hidroeléctrica, emitido por e l Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC), con fecha del siete de septiembr; del afio dos mil uno y publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 07 de febrero del 2002; i)Carta con Referencia No. DM-ALA-036 1 -03-07 del 20 de marzo del 2007, emitida por la Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales, Compañera Amanda Lorío Arana, otorgando Resolución Administrativa No. 03-2007 de Permiso Ambiental para la Ejecución del Proyecto Central Hidroeléctrica Larreynaga; j)Fotocopia certificada de Escritura Pública No. 433, Desmembración y Asignación e� Administración de Bien Inmueble a favor de la Empresa N�caragüense de Electricidad (ENEL), otorgada a las dos y diez mmutos de la tarde del diez de septiembre del año dos mil nueve, ante los oficios notariales de Rafael Oswaldo Mena Calero; y k) Perfil del Proyecto.

1 1

Que tanto las aguas superficiales como subterráneas que se �ncuentran en e l territorio nacional y los elementos naturales que mt�gran la� cue�cas hidrográficas, cualquiera que sea su estado, cahdad y s1tuac1ón, pertenecen a la Nación, ejerciendo el Estado sobre éstos el dominio eminente conforme a lo establecido en la Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales y su Reglamento, Decreto No. 44-20 1 O, competiéndole a la Autoridad Nacional del Agua (ANA), ejercer la gestión, manejo y administración de los recursos hídricos en el ámbito nacional.

I V

Que e l artículo 26de la Ley No. 620, literal j), establece que " •••

Son funciones técnicas-normativas de la ANA, entre otras, las siguientes: . • • j) Otorgar, modificar, prorrogar, suspender o extinguir los títulos de • . • licencia para el uso o aprovechamiento del agua y de sus bienes • • • ;por lo que, el aprovechamiento de las aguas nacionales para la generación de energía, en todos aquellos proyectos cuyas obras de construcción de las centrales hidroeléctrica no tenga una capacidad instalada mayor a treinta(30) megavatios o su embalse en su nivel máximo de operación no tenga un área mayor a veinticinco(2S) kilómetros cuadrados de extensión, sólo podrá realizarse previa expedición de una "Licencia Especial" otorgada por ésta Autoridad.

V

Que el artículo 7 8 de la Ley No. 620, claramente establece que " . • • Para el uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales o del subsuelo para la generación de energía eléctrica, se requiere de una Licencia exclusiva otorgada por la A utoridad Nacional del Agua (ANA) . . •. Esta licencia es independiente a la que otorga la autoridad competente en materia de generación de energía eléctrica ... ".

VI

Que Ja Autoridad Nacional del Agua (ANA), de conformidad con lo establecido en el artículo 1 3 5 de la Ley No. 620, el cual establece que " • . . Las concesiones o autorizaciones de uso o

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

aprovechamiento de agua, expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán vigentes hasta la/echa de su vencimiento, pero si se requiere de su renovación o cambio se ajustarán a lo que dispone esta Ley para nuevas concesiones o autorizaciones "; previo análisis a la solicitud presentada por el compañero Martínez Tíffer, así como su documentación adjunta, considera indispensable ratificar el Acuerdo Ministerial No. 001-AGUAS/200 1 , emitido por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), mediante el cual se otorgó Concesión de Explotación de Aguas en las Cuencas Asturias, Apanás y Río Viejo, a la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL), debiendo modificarse, únicamente, lo relacionado con el plazo de aprovechamiento de agua otorgado.

VII

Que el Estado, a través de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y demás instituciones competentes, teniendo conocimiento de la importancia que reviste el cambio de matriz energética, principalmente la derivada de fuentes renovables y tecnologías limpias, deberá dar prioridad al establecimiento de plantas generadoras de energía eléctrica a base de la utilización racional, sostenible y productiva de los recursos hídricos, garantizando la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales y su entorno, y respetando los derechos constitucionales de las poblaciones directamente afectadas; por lo que, una vez analizada la documentación presentada; ésta Autoridad considera que la solicitud, así como su documentación adjunta, cumplen con los requerimientos establecidos por Ley;

POR TANTO,RESUELVE:

PRIME RO: OTORGAR Licencia Especial para Aprovechamiento de Aguas Superficiales para la Generación de l 7MW, a la EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL), representada por e l compañero Ernesto José Martínez Tíffer, en su calidad de Presidente Ejecutivo.

La presente Licencia Especial será válida, solamente, en las coordenadas y con las especificaciones siguientes:

SITIO DE REPRESA (TOMA DE AGUA)

COORDENADAS

CUENCA/ E 1 N MUNICIPIO / uso MES

DEPARTAMENTO 600598.20 1 1446024.53

Aprovechamiento Máximo Autorizado (m'IMES)

Enero 49,003,63 1 .60

Febrero 43,979,857.40

Marzo 38,736, 1 99.60

Abril 20,207 ,860.60

Mayo 22,685,493.60

No. 55, Río Grande de Generación Junio 24,998,272.00 Matagalpa /J inotega, de Energía

Julio Jinotega Hidroeléctrica 26,003,967.90

Agosto 24,269,857.40

Septiembre 36,446, l l l .OO

Octubre 34,987,026.30

Noviembre 40,639,534.00

Diciembre 4 1 ,490,289.00

SEGUNDO: RATIFICAR e l Acuerdo Ministerial No. 00 1 -AGUAS/2001 , emitido por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), con fecha del siete de septiembre del año dos mil uno, con excepción al plazo de aprovechamiento de agua otorgado.

TERCERO: INFORMAR a la E MPRESA NICARAGÜENSE D E ELECTRICIDAD (EN EL), representada por el compañero Ernesto José Martínez Tíffer, que la presente Licencia Especial tendrá una vigencia de TREINTA (30) AÑOS, contados a partir de la publicación de la presente resolución administrativa; pudiendo ser modificada, suspendida o cancelada, por incumplimiento a lo establecido en la Ley No. 620 y su Reglamento, Decreto No. 44-20 1 0. Una vez vencida la vigencia de la presente licencia, se deja a salvo el derecho del solicitante de tramitar las prórrogas que considere pertinente, según los términos establecidos por Ley.

C UARTO: I NFORMAR a la E MPRESA N ICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL), representada por el compañero Ernesto José Martínez Tíffer, que deberá cumplir con todas las obligaciones establecidas en la Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales y su Reglamento, Decreto No. 44-201 0, debiendo cumplir, además, con todas las normativas ambientales vigentes.

QUINTO: INFORMAR a la EMPRESA NICARAGÜENSE D E ELECTRICIDAD (ENEL), representada por el compañero Ernesto José Martínez Tíffer, que la presente licencia queda sujeta a:

a) La realización de un continuo monitoreo al comportamiento de los caudales del río, para lo cual deberá instalarse un limnígrafo que permita la medición periódica de las fluctuaciones del mismo;

b) Mantener un flujo constante del agua en el curso del río, al menos de un diez por ciento ( 1 0%) del caudal promedio anual, correspondiente al caudal ecológico mínimo recomendado para mantener el ecosistema;

c) Evitar toda contaminación a los cuerpos de agua, ya sea durante el mantenimiento y funcionamiento de la represa, así como durante la construcción de los caminos de acceso, los campamentos, la instalación de líneas de transmisión de energía y otros que se necesiten;

d) Implementar un plan de medidas para el manejo y disposición de los sedimentos que ingresen a la presa;

e) Implementar medidas de reducción de la eros1on del suelo en las diferentes etapas del proyecto, en aras de evitar, tanto la degradación del mismo como la contaminación del recurso hídrico;

f) Reducir al mínimo el movimiento de tierra y la maniobra en la utilización de maquinaria en paredes y lechos del río;

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g) Garantizar las condiciones y el buen funcionamiento de los equipos empleados en la central hidroeléctrica de manera que permita garantizar la seguridad en los procesos de operación y mantenimiento de la misma;

h) En aras prevenir las inundaciones, el operador de la central hidroeléctrica deberá bajar el nivel del reservorio para disponer del volumen máximo para la retención de las inundaciones al inicio de la temporada de l luvia;

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i) Continuar con el monitoreo del comportamiento de la calidad de agua por lo menos cada seis (06) meses, preferiblemente antes de la entrada del invierno y del verano, debiendo remitir los resultados a la Autoridad Nacional del Agua (ANA); y

j) Permitir las visítas de control y seguimiento que realicen los funcionarios de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

SEXTO: Esta resolución entrará en vigencia cinco (05) días después de publicada en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a las once y cincuenta y cinco minutos de la mañana del treinta de junio del año dos mil catorce. (f) C ro. Luis Ángel Montenegro Padilla, MSc. Director Autoridad Nacional del Agua.

SECCIÓN MERCANTIL

Reg. 13240 - M . 76571 - Valor C$ 580.00

C ERTI FI C A C I O N H E Y D Y M A R I E T E L L E Z Z E LE D O N Abogada y Notario Púb lico de la República d e Nicaragua debidamente autorizada por la Excelentísima Corte Suprema de J usticia para ejercer la profesión del notariado durante un quinquenio que e xpira e l día veintitrés de Febrero del año dos Mil quince, con domicilio en l a ciudad de Niquinohomo CERTIFICO Y DOY FE que he tenido a la vista y leído el Libro de actas que lleva la entidad denominada .. PEQUEÑOS Y M E D IANOS AVICU LTORES SOCIEDAD ANONI M A" (PYMASA) sociedad mercantil con domicilio en la ciudad de Jinotepe, constituida mediante escritura Publica número Cincuenta y cuatro, otorgada en la ciudad de M anagua a las ocho de la mañana del día diez de mayo del afio dos Mil Nueve, ante el Notario Reynaldo José Cruz Cardoza y que en dicho libro de actas en las páginas que corren del folio número quince folio número dieciocho al folio número veintiuno se encuentra el acta número NUEV E la que integra y literalmente dice: "ACTA NUMERO NUEV E (09).­S E S ION EXTRAORDINARIA DE J UNTA G E N ER A L DE ACCIONI STAS DE PEQUEÑOS Y M EDIANOS AV ICULTORES SOCI EDADANONIMA(PYMASA).-En la ciudad de Niquinohomo Departamento de Masaya en Avícola Valerio, ubicada del Restaurante la Bandeja 700 mts al Oeste, a las ocho de la mañana del día jueves veinte de Diciembre del año dos Mil doce, reunidos los miembros de la Junta General de Accionista de la Sociedad Anónima PEQUEÑOS Y M EDIANOSAV ICULTORES SOCIEDAD ANON IMA con el objetivo de celebrar Junta Extraordinaria de Accionista, de c onformidad a los Estatutos, al e fecto nos encontramos reunidos los siguientes socios: ALFONSO ENRIQUE VA LERIO M UÑ I Z propietario de ciento cuarenta y Tres (143) acciones equivalente a 14.3 % del Capital Social S uscrito, E LV I S AARON A L VARADO BANAVIDES propietario de ciento cuarenta y Tres acciones (143) acciones equivalente a 14.3 %, CESAR A L FONSO Z E PEDA LEON propietario de ciento cuarenta y Tres ( 143) acciones equivalente a 14.3 % del Capital Social Suscrito y H E RMOGENES ANTONIO PÉREZ UR I A RT E propietario de ciento cuarenta y tres acciones equivalente a 14. 3 % del capital social suscrito, lo que hace un 5 7. 2 % del capital social suscrito. Preside la sesión el Licenciado Alfonso Enrique Valerio M uñiz asistido por el secretario sei'ior Cesar Alfonso Zepeda León. El señor Alfonso Enrique Valerio pide que se constate el quórum e ncontrándose presente o representado el 5 7. 2 % de las acciones que componen el capital social, de acuerdo a los Estatutos existen

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quórum suficiente para celebrar esta Junta y por lo tanto se declara abierta la sesión y expone sometiendo a consideración de los presentes como puntos de agenda los siguientes: PRIMERO: Aprobación de Balance y estados de Resultados: Habiéndose cumplido con la fechas para la presentación del Balance General y el estado de Resultados de la sociedad, en el ejercicio del periodo correspondiente al mes de J unio del año dos Mil Once se ha convocado a esta Asamblea General con la finalidad de analizar a dichos resultados por lo que se le entrega una copia a cada uno de los presente y se inserta íntegramente en esta acta: INSERCION: PEQUENOS Y M EDIANOS AV I C U LTORES S.A. Balanza de Comprobación Balance General de Comprobación B alance General Correspondiente al mes de Junio del 20 l l Activos: Activos circulantes 2,974.93 Fondo en caja General 5 ,000.00 Fondo en caja chica 29,43 7 .89 Documentos por cobrar 0 . 00 CXC empleados 0 . 00 Deudores diversos: 2,505 .15 Inventario de Mercadería: 0.00 Impuestos Pagados x anticipado 0.00 gastos por ade lantado 5 9,44 8 . 75 Total Activos Circulante: 99,366. 72 Activo fijo : Mobiliario y Equipo 3 8 , 148.36 Depreciación acumulada 14,220.54 Total Activos fijos: 52,368 .90 Activos Diferidos Gastos pagados por anticipados Gastos Amortizales Otros activos diferidos Total activos diferidos: 0.00 Total de Activos: 151, 73 5 .62. P asivos Pasivo Circulante 0.00 Proveedores 0.00 Anticipo de clientes 0.00 Impuestos x pagar 0.00 Retenciones por pagar 0.00 Gastos acumulados por pagar 391.851.68 Otras c uentas por pagar 112, 772 . IO Total Pasivo Circulante: 5 04,623. 78 Pasivo Diferido Préstamo por pagar LP 0.00 Total Pasivo diferido: 0.00 TOTAL PASIVOS: 504,623 .78. CA P ITAL: Capital Inicial: 372 ,445. 5 3 Utilidad o pérdida acumulada periodos anterior - 857 ,925 .16 Utilidad o pérdida del Periodo: 13 2 , 5 91.47 Total Capital: -352,888 .16. Total Pasivos + capital: 151,735 .62 E laborado por Lic. Ornar Mayorga Contador Una firma I legible Un sello revisado por Lic. Francisco Sánchez Contador Autorizado una firma I legible. A utorizado por Lic. Alfonso Valerio Apoderado Una firma Ilegible Un sello. Analizados y discutidos dichos resultados del balance General de Comprobación correspondiente al mes de Junio del 2011 son aprobados por unanimidad. SEGUNDA: Aprobación d e Disolución y Liquidación d e l a Sociedad A n ó n i m a Pymasa. Los accionistas después del estudio de contabilidad y por ser negativos los resultados contables antes relacionados y a la fecha por no haber opciones inmediatas para restablecer o recuperar el aspecto financiero a una situación positiva y aceptablemente económica, así como de no tener alternativas de reinversión o coinversión que auxilien financieramente a la sociedad con capital fresco, situación económica considerada insolvente e irrecuperable ante los socios y ante terceros, se propone a esta asamblea: A) la disolución de la sociedad pues ya tiene aproximadamente seis meses de estar inactiva por tanto no se genera ningún tipo de beneficio. B) Cumplir con lo estipulado en la cláusula Décima Sexta de Constitución de la Sociedad, la cual reza; "Disolución y Liquidación: son causas de disolución de esta sociedad a) el acuerdo tomado en sentido por la Junta General de accionistas. b) los demás casos que señala la ley- Es pues necesaria la Disolución de la Sociedad pues se cumple con los requisitos establecidos en la legislación vigente.- C) Nombramiento de la Comisión Liquidadora, según lo estipulado en la claúsula Décima Sexta, que reza lo siguiente: "Disuelta la Sociedad, la liquidación se practicara por la misma sociedad y a estos efectos la junta General de accionistas una vez tomado el acuerdo de disolución designara con el voto conforme de accionistas propietarios de acciones que representen el cincuenta y uno por ciento del capital social. una junta de dos personas para que lleven a efecto las operaciones necesarias para la realización de los bienes y su

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conversión a efectivo o valores negociables ".- D) En cuanto a la liquidación de los bienes o activos, cabe seiíalar que lo único que quedaron fueron cuentas por pagar lo que se puede verificar con el estado de financiero, por tanto no quedan o no existen bienes o activo que liquidar, E) En caso de ser necesario otorgar poderes amplios y suficientes al Presidente de la Junta Directiva, con la finalidad que pueda otorgar Poder Especial de Representación Judicial, para llevar adelante la Disolución y Liquidación judicial de la sociedad.- F) Reportar a D.G.I . , por futuro cierre de operaciones.- Para ello la asamblea extraordinaria de accionista después de analizar y discutir la propuesta de cada uno de los incisos de punto dos de agenta, se somete a votación y se acuerda aprobada por unanimidad la disolución de la sociedad estando todos entendidos que no se puede liquidar bienes por no existir activos de ninguna naturaleza. La Junta General de Accionista, acuerda por unanimidad la disolución de la sociedad y siendo que no hay bienes para liquidar puesto que no hay activos, n i inventarios no hay distribución de b ienes. Se acordó así mismo que los libros legales, papeles y documentos de la sociedad queden depositados por el término de ley en la persona del Presidente señor Alfonso Enrique Valerio Mufiiz quien con facultades amplias y suficientes: 1 ) Presente a la Gaceta Diario Oficial certificación de la presente acta, para su publicación, de conformidad con lo establecido en e l Código de Comercio. 2) Comparezca ante Notario Público de su escogencia a solicitar y obtener la protocolización de esta misma acta. Y Otorgue Escritura Pública de Disolución de sociedad para su inscripción en el Registro Público Mercantil y 3) Solicite y obtenga la inscripción del testimonio Escritura d e disolución y acta de protocolización en el Registro Público Mercantil de este Departamento de Managua de conformidad con el artículo doscientos ochenta y cuatro del Código de Comercio. La Asamblea General de accionista ha procedido sin dolo ni malicia y ha autorizado por unanimidad los puntos abordados en la sesión. No habiendo otro asunto que tratar se levanta la sesión Extraordinaria de Junta General de accionistas a las diez de la mañana del día jueves veinte de Diciembre del año Dos Mil doce, la que por leída y aprobada que fue la misma firmamos todos. (f) Alfonso Enrique Valerio Muñiz (f) Cesar Alfonso Zepeda León (f) Hermógenes Pérez Uriarte (f) Elvis Alvarado Benavides." Es conforme con su original, que tuve a la vista y he cotejado la presente acta para los fines de ley extiendo la presente certificación que consta de dos fol ios útiles de papel sellado de ley, en la ciudad de Niquinohomo las ocho de la mañana del día catorce de Junio del año dos Mil Catorce - (F) H EYDY M A R I E T E L L EZ ZELEDON, Abogado y Notario Público.-

Reg. 1 3241 - M. 76503 - Valor C$ 870.00

C E RTI FICACION El infrascrito Notario Público, autorizado para cartular por la Corte Suprema de Justicia, durante e l quinquenio que vence e l trece de enero de l año dos mil diecinueve, C E R T 1 F 1 C A : que de la página número catorce a la diecisiete del Libro de Actas que actualmente l leva la entidad del domicilio d e M a n agua d e n o m i n a d a " I N V E R S I O N E S FA ST D E N I C A R AGUA. S O C I E DA D A N Ó N I M A O N FAN ISA)'', se encuentra el Acta Número quince ( 1 5), correspondiente a S ESIÓN E X T R A O R D I N A R I A D E J U N TA G E N E R A L D E ACCIONISTAS l levada a cabo en esta ciudad, a las nueve y treinta minutos de l a mañana del día veintitrés de j unio del año Dos mi l catorce, la que íntegra y literalmente dice: "ACTA NÚM ERO OUINCE 0 5>.- S ESIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNTA G E N E RAL D E A C C I ON ISTAS". En la Ciudad de

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Managua a las nueve y treinta minutos de la mañana del día veintitrés de junio del año Dos mil catorce, Nos encontramos reunidos todos los socios fundadores y nuevo socio de la entidad mercantil denominada sociedad "INVERSIONES FAST DE N ICARAGUA SOCI EDAD ANÓNIMA <INFANISAl" en el local de su oficina en esta ciudad de Managua previa citación realizada por medio de carta enviada a todos los socios, siendo los Puntos de Agenda: l ) Acordar la disolución anticipada de la Sociedad; 2) Aprobar o desaprobar e l informe de la gestión de la Junta Directiva; 3) Aprobar o desaprobar los Estados Financieros; 4) Nombrar al Liquidador o Liquidadores; 5) Establecer el plazo de la Liquidación. Nos encontramos presente El señor JOSE MARTI CARRERAS GUTIERREZ con CIENTO DIEZ (110) ACCIONES; ALEJANDRO VALENTIN DELGADO CASTILLO con OCHENTA Y SIETE (87) ACCIONES; El señor AGUSTIN ASUNCION CANALES TELL EZ con DOS (02) ACCIONES; e l señor FRANCISCO JAVIER ARTURO JAENZ con UNA (0 1 )

ACCION; previa convocatoria d e los accionistas, y siendo estos el lugar, día y hora señalados, constatando que está presente la totalidad del capital social, el señor JOSE MARTI CARRERAS GUTIERREZ quien por decisión de los accionistas presidirá la reunión, la declara abierta y se procede de la siguiente manera: PRIMERA: DISOLUCIÓN: Que "INVERSIONES FA ST D E N ICARAGUA. SOCI EDAD ANÓNIMA <INFANISAl'' ha dejado de realizar actividades económicas, por lo que se hace necesario disolverla, de conformidad con los artos. 262 inc. l y 269 inc. 6

del Código de Comercio de Nicaragua. En vista de lo anterior, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, por unanimidad de los votos presentes que representan el l 00% del capital social, RESUELVE: l.- DISUÉLVASE la sociedad "INVERSI ONES FAST DE NICARAGUA SOCIEDAD ANÓNIMACINFANISA)", que se constituyó en escritura pública número catorce ( 1 4) de Constitución de Sociedad Anónima y Estatutos, autorizada en esta c iudad por el Notario Luis Hermes Rivera Rivera, a las ocho de la mañana del día diez de junio del año dos mil doce; inscrita bajo el Número el número Cuarenta y tres mil trescientos cuarenta guion B5 ( 43,340-85); páginas doscientos diecisiete a doscientos treinta y cuatro (2 1 7 /234 ); tomo un mil ciento ochenta y seis guion 85 ( l , 1 86-85), Libro Segundo de sociedades del Registro Público Mercantil de Managua. 11.- DEBERÁ IDENTIFICARSE la Sociedad desde la inscripción de la respectiva Escritura Pública de Disolución hasta la conclusión de las operaciones de liquidación como "INVERSIONES FAST D E N I CARAGUA. SOCI EDAD ANÓNIMA <IN FANI SA)'' en liquidación". I11.- SE AUTORIZA especialmente al Licenciado EDUARDO MARTIN SERRANO GUTIERREZ, mayor de edad, soltero, Licenciado en Informática, con cedula de identidad número 00 l -08 l l 64-0032T y de este domicilio, para que Presente a la Gaceta, Diario Oficial certificación de la presente acta, para su publicación, de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio y a la vez para comparecer ante Notario Público de la Repúbl ica de Nicaragua a otorgar la Escritura Pública de Disolución, y solicitar al señor Registrador Público de Managua su debida inscripción. SEGUNDO: INFORME FINAL DE LA JUNTA DIRECTIVA: La Junta Directiva de la Sociedad compuesta por Presidente: el señor JOSE MARTI CARRERAS GUTIERREZ, Presidente; el señor ALEJANDRO VAL ENTIN D ELGADO CA STILLO, Secretario; el señor FRANCISCO JAVIER ARTURO JAENZ, Tesorero, ha preparado el Informe Final de su Gestión, en el cual se han detallado las diversas acciones que en benefic io de los intereses de la S ociedad y de sus accionistas los Directores llevaron a cabo durante el término de gestión. Los accionistas manifiestan haber leído dicho Informe Final, haber comprobado sus extremos y estar plenamente

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satisfechos con l a gestión d e l a Junta Directiva y los resultados de la misma, por lo que esta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, por unanimidad de votos RESUELVE: APRU ÉBASE el I n forme F inal y la Gestión de la Junta D i rectiva de "INVERSIONES FAST D E NICARAGUA. SOCIEDAD ANÓNIMA <INFANISAl", otorgándose en este acto a cada Director el debido FINIQUITO. A partir de esta fecha, la Junta Directiva cesará en sus funciones, debiendo entregar dentro de tercero día al Liquidador que más adelante se designará, los documentos, libros, papeles, fondos y haberes de la Sociedad, para el inicio de las actividades de liquidación. La Asamblea General Extraordinaria de Accionistas reconoce y agradece a los Directores por sus valiosos servicios. TERCERO: BALANCE GENERAL ESTADO DE RESULTADOS Y ANEXOS DE GASTOS: Que habiendo tenido a la vista el Balance General y Estado de Resultados, así como Anexo al Balance General al 3 1 de Mayo de 20 1 4, en este acto, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas , por unanimidad de votos, R ES U ELVE : APRUÉBESE e l Balance General, e l Estado d e Resultados y Anexo al Balance General al 3 1 de Mayo de 2 0 1 4, los cuales íntegra y literalmente dicen: A) INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. - INFANISA. R U C No. J03 1 -0000-0946 1 6. Managua, Nicaragua BALANCE GENERAL AL 3 1 DE MAYO DE 20 14 . ACTIVOS: Activo Circulante: Efectivo en caja y bancos C$ 3052,445 .80. Fondos por depositar C$ 3 1 1 ,575 . 76 . Fondos Fij os - . Caja Chica 0.00. Bancos - 1 0,224.26. Inventarios 2524,795.03. Cuentas por cobrar 226,299 .27 . Activos fijos : 1 37 ,346.66. Mobiliario y Equipo Oficina 50,648.86. Menos: Depreciación acumulada 0.00. I nversiones 86,697.80. Activos Diferidos: 2005 ,543.99. Gastos por Amortizar 0.00. Menos: Amortización acumulada 0.00. Anticipos a justificar 408,983.50. Gastos pre­operativos 1 592,636.0 1 . Impuestos pagados por antic. 3 ,924.48. TOTAL ACTIVOS C$ 5 1 95,336.45. PAS IVOS: Pasivo Circulante: Cuentas I Prestamos por pagar C$ 1468, 703 . 72. Otras cuentas por pagar 0.00. Impuestos por pagar 36,743.77. Total pasivos C$ 1 505,44 7.49. Capital. Capital Social. Aportación Inicial 20,000.00. Aportación adicional 5390,0 1 7.89. Util idad I Pérdida acumulada -393,894.92. Util idad / Perdida del periodo - 1 326,234.0 l . 3689,888.96. TOTAL CAPITAL 3689,888.96. TOTAL PASIVO MAS CAPITAL C$ 5 1 95,336.45. Elaborado por: Horacio Alberto Pérez. Contador. (f) I legible de Horacio Alberto Pérez. Revisado por: Eduardo Serrano Gutiérrez. Gerente General. (f) Eduardo Serrano Gutiérrez. Sello en tinta: INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. - INFANISA. Rúbrica y Sello en tinta: Lic. Rodolfo José Montenegro Correa. Contador Público Autorizado. República de Nicaragua. América Central. B) INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. INFANISA. R U C No. J03 l -0000-0946 l 6. Managua, Nicaragua. ESTADO DE RESULTADOS. AL 31 DE MAYO DEL 20 1 4. Movimiento de l 0 1 de Enero al 30 de Abril de 2014. INGRESOS. Ingresos por Ventas 222,448.32. Ingresos por prestación de Servicios 0.00. Otros Ingresos 1 7,560.52. Total Ingresos (a) 240,008.84. EGRESOS. Costos de Servicios 0.00. Gastos de Ventas 1 566,208.82. Gastos de Administración 0.00. Total Egresos (b) 1 566,208.82. Resultado Obtenido: Utilidad I Pérdida Neta (a-b) - 1 326, 1 99.98. Movimiento del 0 1 al 3 1 Mayo 2 0 1 4 . INGRESOS. I ngresos por Ventas 0 .00. I ngresos por prestación de Servicios 0.00. Otros Ingresos 1 ,3 1 6.37. Total Ingresos (a) 1 ,3 1 6.37. EGRESOS. Costos de Servicios 0.00. Gastos de Ventas 1 ,350.40. Gastos de Administración 0.00. Total Egresos (b) 1 ,350.40. Resultado Obtenido: Utilidad I Pérdida Neta (a-b) -34.03. Acumulado del 0 1 Enero al 3 1 Mayo 2014 . INGRESOS. Ingresos por Ventas 222,448.32. Ingresos por prestación de Servicios 0.00. Otros Ingresos 1 8,876.89. Total Ingresos (a)

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24 1 ,325.2 1 . EGRESOS. Costos de Servicios 0.00. Gastos de Ventas 1 567,559.22. Gastos de Administración 0.00. Total Egresos (b) 1 567,559.22. Resultado Obtenido: Utilidad I Pérdida Neta (a-b) - 1 326,234.0 l . Elaborado por: Horacio Alberto Pérez. Contador. (f) Ilegible de Horacio Alberto Pérez. Revisado por: Eduardo Serrano Gutiérrez. Gerente General. (f) Eduardo Serrano Gutiérrez. Sello en tinta: INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. -INFANISA. Rúbrica y Sello en tinta: Lic. Rodolfo José Montenegro Correa. Contador Público Autorizado. República de Nicaragua. América Central. C) INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. - INFANISA. R U C No. J03 1 -0000-0946 1 6. Managua, Nicaragua. ANEXOS AL BALANCE GENERAL. AL 3 1 DE MAYO DE 20 1 4. ACTIVOS. Efectivo en Caja y Bancos C$ 527,650.77. Fondos por Depositar - Moneda Nacional C$ 3 1 1 ,575. 76. Fondo Fijo - Caja Chica 0.00. Banco - Moneda Nacional - 1 0,224.26. Cuentas por Cobrar 226,299.27. Mobiliario y Equipos 50,648.86. Equipos y Accesorios 50,648 .86. 261 1 ,492 .83. INVENTARIOS C$ 2524, 795.03. Inversiones C$ 86,697 .80. 0.00. Activos Diferidos 2005 ,543.99. Gastos por amortizar 0.00. Capacitación 0.00. Reparaciones y Mantenimiento 0.00. Anticipos a Justificar 408,983.50. Gastos pre-operativos 1 592,636.0 l . Impuestos pagados por anticipados 3 ,924.48. Total de Activos C$ 5 1 95,336.45. PASIVOS. Cuentas I Prestamos por Pagar C$ 1 468,703 .72. C$ 1 468,703.72. Retenciones por pagar. Administración de Rentas. Impuestos por pagar 36,743 .77. 0.00. 36,743 .77. CAPITAL. Utilidad o Perdida del Ejercicio. Resultado del Ejercicio al 3 1 de Diciembre 20 1 3 -393,894.92. Resultado del Ejercicio al 31 de Mayo 20 1 4 - 1 326,234.0 l . - 1 720, 1 28.93. Aporte de Capital Inicial 20,000.00. Aporte Adicional 5390,0 1 7.89. 5 4 1 0,0 1 7.89. Total de Pasivos . . . C$ 5 1 95,336.45. Elaborado por: Horacio Alberto Pérez. Contador. (f) Ilegible de Horacio Alberto Pérez. Revisado por: Eduardo Serrano Gutiérrez. Gerente General. (f) Eduardo Serrano Gutiérrez. Sello en tinta: INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. - INFANISA. Rúbrica y Sello en tinta: Lic. Rodolfo José Montenegro Correa. Contador Público Autorizado. República de Nicaragua. América Central. D) Rodolfo José Montenegro Corea. Jardines de Veracruz B- 1 4. (Planta Enitel 1 c. arriba 1 75 vrs. Al sur). Teléf. (505) 2253-6062. Cell (505) 896 1 -0758. rojomoco57@ yahoo.com. [email protected]. rojomoco57@gmail. com. CERTIFICACIÓN. En mi condición de Contador Público Autorizado para ejercer la profesión durante el quinquenio vigente del 1 7 de enero de 201 1 al 1 6 de enero del 20 1 6, según Resolución Ministerial No . 0 1 7-20 1 1 C E RTIFICO QUE: Los Estados Financieros adjuntos, Balance General al 3 1 de Mayo de 20 1 4 y Estado de Resultados del O l de Enero de 20 1 4 al 3 1 de Mayo de 20 1 4 y el aporte de Capital social de la Sociedad suscrito y pagado, de la Empresa INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. -INFANISA -, RUC No. J03 1 -0000-0946 1 6 están conformes las cifras que presentan sus registros contables. Para emitir esta Certificación han sido cotejadas las cifras que presentan sus Libros Legales (Diario, Mayor y Registro de Acciones) a esa misma fecha, con las presentadas en el Estado Financiero y el Estado del Aporte de Capital Suscrito y Pagado de la empresa INVERSIONES FAST DE NICARAGUA, S. A. - INFANISA.-. Dado a los veintitrés días del mes de j unio del año dos mil catorce. Firma y Sello en tinta: Lic . Rodolfo José Montenegro Correa. Contador Público Autorizado. República de Nicaragua. América Central. Miembro No. 2797. Ce: Archivo. Servicios de Auditoria I Consultoría -C ontab i l i dad y g e s t i ó n fis c a l I M u n i c i p a l . C U A RTO : NOMBRAMIENTO DEL LIOUIDADOR. FACULTADES DEL LIOUIDADOR Y PLAZO DE LA LIOUIDACIÓN: Habiéndose aprobado la D ISOLUCIÓN ANTICIPADA de la Sociedad, corresponde ahora nombrar al Liquidador, la determinación de

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sus facultades y el Plazo de Liquidación, por lo que esta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, por unanimidad de votos RESUELVE: l . -NÓMBRASEcomo Liquidador de "INVERSIONES FAST DE N ICARAGUA. SOCIEDAD ANÓNIMA HNFANISA)" al Licenciado EDUARDO MARTIN SERRANO GUTIERREZ, mayor de edad, soltero, Licenciado en Informática, con cedula de identidad número 00 l -08 l l 64-0032T y de este domicilio; quien estando presente ACEPTA el nombramiento de Liquidador. 11.- Sin perjuicio de que competen al Liquidador todas las facultades de administración y representación que según el Pacto Social y Estatutos correspondían a la Junta Directiva, de conformidad con los artos. 276 y 277 del Código de Comercio de Nicaragua, CONFIÉRANSE al Liquidador las facultades especiales siguientes: l ) Representar a la Sociedad en juicio y fuera de él; 2) Promover y realizar el cobro de las deudas de la Sociedad; 3) Pactar con los deudores o acreedores, en juicio o fuera de él, sobre el modo de realizar el pago de sus respectivas deudas, pudiendo con este objeto librar, endosar y aceptar letras de cambio o títulos de cambio; 4) Dividir los haberes líquidos de la Sociedad; 5) Proseguir hasta su conclusión las operaciones pendientes; 6) Enajenar los bienes muebles e inmuebles de la Sociedad y transigir sobre ellos; 7) Desistir de cualquier pleito en que la Sociedad sea parte ; 8) Otorgar poder especiales; 9) Abrir, cerrar, administrar y girar en contra de cuentas y depósitos bancarios de la Sociedad, pudiendo designar las firmas autorizadas que estime convenientes; l O) En fin, llevar a cabo todas las acciones necesarias para la l iquidación de la Sociedad, incluyendo cobro de créditos, pago de deudas, l iquidación de b ienes y d iv is ión d e l haber soc ia l . 1 1 1 . ­ESTABLÉZCASE como Plazo de Liquidación el término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de inscripción de la Escritura de Disolución en el Registro Público de Managua. Si vencido dicho término, no se hubieren concluido las actividades de liquidación, el mismo se tendrá por prorrogado de forma automática por un término igual. QUINTO: CERTIFICACIONES: Se autoriza al Secretario de la Junta Directiva o a cualquier Notario Público para librar Certificación de esta Acta, la cual servirá de suficiente documento habilitante para que el Autorizado Especial y e l Liquidador puedan actuar de conformidad. No habiendo otro asunto que tratar se levanta la sesión y leída que fue la presente acta se encuentra conforme, se aprueba, ratifica y firmamos.- (f) Ilegible de José Marti Carreras Gutiérrez. (f) Ilegible de A lejandro Valentín Delgado Castillo. (f) Ilegible de Agustín Asunción Canales Téllez. (f) I legible Francisco Javier Arturo Jaenz. Enmendado: veintitrés - Vale.- Todo es conforme con su original con el cual se cotejo y para que conste, extiendo la presente certificación en la ciudad de Managua a las once y cincuenta minutos de la mañana del día veintitrés de junio del año Dos mil catorce. (F) SERGIO N I COLAS PICADO GARCIA, Notario Público.

SECCIÓN JUDICIAL

Reg. 1 3857 - M. 781 62 - Valor C$ 285.00

EDICTO

El señor William de Jesús Castaño Calero, compareció a solicitar que se le declare heredero universal de los bienes, derechos y acciones que al morir dejara su señora madre BLANCA CALERO JIMENEZ (Q.E.P.D) y en especial del bien inmueble inscrito bajo el Numero 23414, Tomo D:XXVIII Folios 1 5 111 52, Asiento 1 6º, Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de Managua.- Quien se crea con igual o mejor derecho que los haga valer

dentro del término de Ley. Dado en la ciudad de Managua, a las once y dieciocho minutos de la mañana del veintitrés de junio de dos mil catorce.

(F) JUEZA EVELYNG DE JESÚS GONZALEZ BETANCOURT. JUZGADO NOVENO DISTRITO CIVILDEMANAGUA. (F) Secretario. Asunto No. 007093-0RM4-2014-CV

UNIVERSIDADES

TÍTULOS PROFESIONALES

Reg. 1 3002- M. 75697 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

3-3

La Suscrita Directora de Registro Académico de la Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense, certifica que bajo el No. 1 84, Página 1 84, Tomo XVII del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: REPUBLICA DE NICARAGUA,AMERICA CENTRAL. POR CUANTO:

ISABEL DE JESÚS GRANADOS SEVILLA, natural de Rosita, Municipio de Rosita, RAAN, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos en la Carrera: Ciencias de la Educación, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos Universitarios vigentes le extiende el Título de: Profesora de Educación Media con mención en Pedagogía, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, República de Nicaragua, a los veintitrés día del mes de junio del año dos mil catorce.­La Rectora de la Universidad. Alta Hooker Blandford.- El Secretario General, Cyril Omeir.

Es conforme. Bilwi, Puerto Cabezas, a los veintitrés día del mes de junio del año dos mil catorce.- Msc. Marcia Watler Reyes, Directora­Registro URACCAN.

Reg. 0 1 7 1 7 - M.- 3680 1 - Valor C$ 1 90.00

CERTI FICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro y Control Académico de la Universidad American College, Certifica: que baj o el Tomo Nº. 1, Folio Nº. 0 1 1 , Número Perpetuo 059 , del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad American College, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribió e l Título que: Dice la UNIVERSIDAD AMERICAN COLLEGE POR CUANTO:

ALBERTO JOSÉ QUINTANI LLA TIJERINO. Natural de Rivas, Departamento de Rivas, Republica de N icaragua ha aprobado en la Facultad de: .Ingeniería. Todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondientes y POR TANTO: le extiende el Título De: Ingeniero I ndustrial, para que goce de las prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del ramo le conceden.

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2 1 -07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Dado en la c iudad de Managua, República de Nicaragua, a los t 8 dias del mes de diciembre de dos mil doce. El Rector de La Universidad: Dr. Mauricio Herdocia Sacasa, El Secretario General: Arq. Eduardo Chamorro Coronel, El Decano De La Facultad: lng. Guillermo Jacoby Salazar.

Es conforme, Managua a los dieciocho días del diciembre de dos mil doce. (f) Lic. Edwin Calero Velásquez. Director de Registro y Control Académico.

C E RT IFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro y Control Académico de la Universidad American College, Certifica: que bajo el Tomo Nº. 1, Folio Nº. 030, Número Perpetuo 07, del Libro de Registro de Títulos de Post Grados en la Universidad American College, que esta oficina lleva a su cargo, inscribió el Título que: Dice la UNIVERSIDAD AMERICAN COLLEGE POR C UANTO:

ALBERTO JOSÉ Q UINTANILLA TIJERINO. Ha aprobado en la Dirección de: Continuación de Estudios. Todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondientes y POR TANTO: Le extiende el Título De: Post Grado en Innovación y E strategia s d e Negocios para que goce d e las prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 1 8 días del mes de diciembre de dos mil doce. El Rector De La Unh¡ersidad: Dr. Mauricio Herdocia Sacasa, El Secretario General : Arq. Eduardo Chamorro Coronel, El Decano De La Facultad: lng. Guillermo Jacoby Salazar.

Es conforme, Managua a los dieciocho días de diciembre de dos mil doce. (f) Lic. Edwin Calero Velásquez. Director de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3428 - M. 76977 - Valor CS 9 5.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro Académico Central de la Universidad Paulo Freire, certifica que bajo la Partida 1 3, Folio 068, Tomo 1, del Libro de Registro de Títulos Técnico Superior en Ciencias de la Educación, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: UNI VERSIDAD PA ULO FREIRE, POR C UANTO:

D AN I E L TRIN I DAD CALERO LARIOS. Natural de Masatepe, Departamento de Masaya, República de Nicaragua, ha cursado y aprobado Satisfactoriamente al Plan de Estudios correspondientes al Programa de Formación para Profesores en Educación Media (PEM), POR TANTO se le extiende el título de: Profesor en Educación M edia con mención en Matemáticas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los qu ince d ías del mes de junio del año 20 1 4.

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Firman: El R ector de la Universidad: Dr. Adrián M eza Soza. La Secretaria General: Msc. Susy Duriez González. (f) Lic. Emma del Carmen Juárez Vallejos. Directora Registro Académico Central.

Reg. 1 3429 - M. 76974 - Valor C$ 95 .00

C E RTIFICACJON

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 206, tomo 1 1, del Libro de Registro de Título del Escuela Regional de enfermería La Trinidad, Estelí, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONALAUTÓNOMA DE N I CARAGUA, MANAGUA - POR C UANTO:

MARBELY DEL CARMEN TÓRREZ MARTÍNEZ. Natural de Nicaragua, cédula de identidad 447-2 8 1 287-000 1 R, ha cumplido con todos los requisitos por la Escuela Regional de Enfermería La Trinidad, Estelí . POR TANTO: Le extiende el Título de: E n fermera Profesional . Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días del mes de j unio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 1 3 de junio del 20 14 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3430 -M. 7697 1 - Valor C$ 95 .00

C ERTIFJCACION

La suscrita Directora de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 233 , tomo III, del Libro de Registro de Título de la Facultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONALAUTÓNOMA DE N I CARAGUA - POR CUANTO:

YAD E R JONATHAN CASTILLO DUARTE, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Matagalpa. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en Ciencias de la Educación con mención en I nglés. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro días del mes de j ulio del dos mil doce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 24 de julio del 20 1 2. (f) Directora.

Reg. 1 343 1 - M. 77 1 50 - Valor C$ 95 .00

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C E RT I F ICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro Académico Central d e la Universidad Paulo Freire, certifica que bajo la Partida 3 3 , Folio 070, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos Técnico Superior en Ciencias de la Educación, y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: UNIVERSI DAD PAULO FREI RE, POR CUANTO :

S O RYI U R I E L L Ó P E Z A G U I LAR. Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cursado y aprobado Satisfactoriamente al Plan de Estudios correspondientes al Programa de Formación para Profesores en Educación Media (PEM), POR TANTO se le extiende e l título de: Profesor en E du cación Media con mención en Matemáticas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los quince días del mes de junio del afio 2014 .

Firman: El Rector de la Universidad: Dr. Adrián Meza Soza. La Secretaria General: Msc. Susy Duriez González. (f) Lic . Emma del Carmen Juárez Val lejos. Directora Registro Académico Central.

Reg. 1 3432 - M. 771 1 9 - Valor C$ 95.00

C E RT IFICACIÓN

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 426, tomo V, del l ibro de Registro de Título de la Facultad Ciencias Médicas, que ésta Dirección l leva a su cargo, se inscribió e l Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACI ONAL A UTÓNOMA DE NICARAGUA, MANAGUA- POR CUANTO :

GERMAN ENRIQUE M ONTANO REY ES. Natural de Nicaragua con cédula de identidad 0 8 1 -050582-00 1 4W, ha cumplido con todos los requisitos por la Facultad de Ciencias Médicas. POR TANTO : Le extiende el Título de: Especialista en Ginecología y Obstetricia. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de N icaragua, a los nueve días del mes de abril del dos mil catorce. El Rector de la Universidad Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 09 de abril del 2 0 1 4. (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3433 - M . 77 1 82 - Valor C$ 95.00

C E RTIFICACIÓN

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 4 1 1 , tomo I I, del l ibro de Registro de Título de la Facultad Humanidades y Ciencias Jurídicas, que ésta Dirección l leva a su cargo, se inscribió e l Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL A UTÓNOMA DE NICARAGUA, M ANAGUA -POR CUANTO:

M A R L I ET H I VONNE M O N T I E L CAM POS. Natural de Nicaragua con cédula de identidad 00 1 - 1 7 1 09 l -0028F, ha cumplido con todos los requisitos por la Facultad de Humanidades y Ciencias Jurídicas. POR TA NTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Trabajo Social. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil catorce. El Rector de la Universidad Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 1 6 de mayo del 2 0 1 4. (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3 434 - M. 770 1 6 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro d e l a Universidad Pol itécnica de Nicaragua, Certifica que en el folio 370, tomo XII, partida l 07 1 4, del l ibro de Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA U N I V ERSIDAD POLITÉCNICA D E N I CARAGUA: P O R CUANTO

SUGEY N O H EMÍ QUINTA N ILLA SOLÍS. Natural de Buenos A ires, Departamento de Rivas, República de N icaragua, ha cumplido todos los requisitos exigidos por e l plan de estudios c orre spondiente, así como las d ispos ic iones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnica de Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Admin istración Turística y Hotelera. Para que goce de los derechos y prerrogativas que la ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil trece." El Rector de la Universidad: Ing. Emerson Pérez Sandoval. El Secretario General Adjunto: Dr. Osear Casti llo Guido. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.

Es conforme, Managua once días del mes de octubre del afio dos mil trece. (f) Lic. Laura Cantarero, Directora.

Reg. 1 3435 - M. 77025 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo el Folio 77, Partida 3, 708, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió el Título que dice: . . LA UNIVERSIDAD D E OCCIDENTE - POR CUANTO:

DARWIN F I D E L MUÑOZ LAIN EZ, ha cumpl ido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciado en Tecn ología M édica". Para que goce de los derechos y prerrogativas que l egalmente

se le conceden.

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2 1 -07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a Jos veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, Msc. Jose Esteban Sequeira. E l Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jiron.

E s conforme a su original con el que es debidamente cotej ado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector de la Universidad.

Reg. 1 3436 - M. 770 1 3 - Valor C$ 9 5 .00

C E RT I FICAC IÓN

El Suscrito Director de Registro Nacional de la Universidad Popular de N icaragua: Certifica que baj o el Nº 646, Página 0 1 4, Tomo 1-20 1 1 , Libro de Registro de T ítulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió el título que dice: UNIVERSI DAD POPULAR DE N I CARAGUA POR CUANTO:

Y E ISON A N I B A L SARRIA GONZÁ L E Z. Natural de Corinto, Departamento de Chinandega , Repúb l i c a de N i caragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del p lan de estudio de s u carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: se le extiende e l título de: Licenciado e n Contabilidad P ública y Finanzas, para que goce d e los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la c iudad de Managua, República de N icaragua, a los diez días del mes de marzo del año dos mil catorce. Rectora de la Universidad: Dra. Oiga María del Socorro Soza Bravo. Secretaria General: Lic. Oiga Asunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: Lic. Julio Jacinto V ílchez Guerrero. (f) Lic. Maelia Celest e Divo González. Directora de Registro Nacional. UPONIC.

Reg. 1 3 437 - M. 77009 - Valor C$ 9 5 .00

C E RTI FICACIÓN

El Suscrito Director de Registro Nacional de la Universidad Popular de Nicaragua: Certifica que baj o e l Nº 203, Página 005 , Tomo 1-20 1 1 , L ibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Informática, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice: UNIVERSIDAD P O P ULAR DE N ICARAGUA POR C UANTO:

M I U R E L L L I S BE T H M É N D E Z E S Q U I V E L . Natural de C h inandega, Departamento d e C hinandega, República d e N icaragua, h a cumplido con todos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: se l e extiende el título de: I n ge niera e n Computación y Sistemas, para que goce de Jos derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país l e conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los v e intiséis días del mes de mayo del año dos mil catorce. Rectora de la Universidad: Dra. Oiga M aría del Socorro Soza Bravo. S ecretaria General : Lic. Oiga Asunción Meza Soza. Decano de la Carrera: Ing. Naima M ez a Dávila. (f) Lic. Raúl Enrique Castillo C aj ina. Director de Registro Académico Nacional. UPONI C .

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Reg. 1 3438 - M . 1 89097 - Valor C$ 9 5 .00

C E RT I F I CACIÓN

La Suscrita Directora de l a Oficina de Registro de Universidad de las Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo e l No. 5 0 1 4, Acta No. 29, Tomo X I , L ibro de Registro de T ítulos de Graduados que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió e l T ítulo que dice: LA U N I V E RSIDAD D E LAS A M É R I CAS POR C UANTO :

E LÍAS DANIEL L Ó P E Z ÁLVAREZ. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de: Ciencias Económicas y Administrativas. POR TANTO: L e extiende el presente Título de: Licenciado en Mercadotec n i a . Para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la Ciudad de M anagua, República de Nicaragua a los 27 días del mes de abril del 20 1 4. Rector G eneral : (F) Evenor Estrada G . , Secretario General : (F) Ariel Otero C .

Es conforme al original, Managua 2 7 de abril d e l 2 0 1 4. ( f) Lic. Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

Reg. 1 3 439 - M. 77666 - Valor C$ 95 .00

C E RT I F I CACIÓN

E l Suscrito Director de Registro Nacional de la Universidad Popular de Nicaragua: Certifica que bajo el Nº 627, Página 0 1 3, Tomo 1-20 1 1 , Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de C i encias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió e l título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE N ICARAGUA POR CUANTO:

VERÓNICA D E L CARM EN GUTIÉRREZ SÁNCHEZ. Natural de Granada, Departamento de Granada, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: se le extiende el título de: Licenciada e n Contabilidad Pública y F i n a n za s , para que goce d e l o s derechos y prerrogativas que l as leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil catorce. Rectora de Ja Universidad: Dra. Oiga María del Socorro Soza Bravo. S ecretaria General: Lic. Oiga Asunc ión Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: (f) L ic . Julio Jacinto Vílchez Guerrero (f) Lic. Maelia C e leste Divo González Directora de Registro Académico Nacional. UPONI C .

Reg. 1 3440 - M . 77 1 2 1 - Valor C $ 9 5 .00

C E RT I F I CA CIÓN

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 368, tomo V, del Libro de Registro de Título de la Facultad C iencias Médicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el T ítulo que dice: "LA UNIVERSID A D NACIONAL AUTÓNOMA DE N IC A RAGUA - POR C U ANTO:

Page 31: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 21 de ... · LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje: 560 Ejemplares 48 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas

21-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

LA DOCTORA ANA ESTELA B ERRÍOS G U ERRERO, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por Ja Facultad de Ciencias Médicas. P O R TANTO: Le extiende el Título de: Especialista en Pediatría. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días del mes de junio del dos mil trece . El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 04 de junio del 2014 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 344 1 - M . 7 7 1 1 2 - Valor C$ 95.00

CERT I FICACIÓN

La Dirección de Registro y Control Académico de la U niversidad Católica "Redemptoris Máter", certifica que bajo el número 59,

Página 30, tomo I , del Libro de Registro de Títulos que esta oficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA U N I V E RS I D A D CATÓL I C A "REDEM PTORIS M ÁTER" POR C UANTO:

ALEJANDRO JOSÉ YRIGOYEN MACHADO, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ingeniería y Arquitectura. POR TANTO: le extiende el Título de Arquitecto. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce del mes de noviembre de dos mil cinco. Presidente Fundador, Cardenal Miguel Obando Bravo. Rectora, Michelle Rivas Reyes. Secretario General, Felipe Sánchez Sánchez.

Conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua, catorce del mes de noviembre de dos mil cinco. (f) Ing. Carla Salamanca Madriz, D irección de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3442 - M. 77084 - Valor C$ 95.00

C E RTIFICAC IÓN

El suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica que a la página 305, tomo III , del Libro de Registro de Título del Instituto Politécnico de la Salud, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVE RSIDAD NACION A L AUTÓNOMA DE NICARAGUA- POR CUANTO:

EVELING DEL CARM EN AMADOR SEQU E I RA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por el Instituto Politécnico de la Salud. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en E n fermeria M a terno I n fa ntil. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil doce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 1 8 de abril del 20 1 2 . (f) Director.

Reg. 1 3443 - M . 77070 - Valor C$ 95.00

C E RT I F I CACIÓN

E l suscrito Director de l a Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 1 06, tomo IV, del Libro de Registro de Título de la Facultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que ésta D irección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONALAUTÓNOMA D E N ICA R A GUA, M ANAGUA - POR C UANTO:

D U L C E M A RÍ A RODR Í G U E Z GONZÁL EZ, Natura l de N icaragua con cédula de identidad 44 l -270591-0007Y, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Matagalpa. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Contadu ría Pública y F i n a nzas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se l e conceden.

D ado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días del mes de junio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 1 3 de junio del 20 1 4 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3444 - M. 77062 - Valor C$ 95 .00

CERT I F I CA CIÓN

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 3 1 1 , tomo 111, del Libro de Registro de Título de la Facultad Regional Multidisciplinaria de Chontales, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió e l Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONA L A UTÓNOMA DE N I C A RA GUA, M ANAGUA - POR CUANTO:

B R EN S K Y M A N U E LA A RG Ü E L L O R I VA S , Natural de Nicaragua con cédula de identidad l 2 l - l 40387-0002J, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de R egional Multidisciplinaria de Chontales. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Conta d u ria P ú blica y Finanz as. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le

conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil catorce. El Rector de Ja Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario G eneral, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 24 de marzo del 20 14 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

5960

Reg. 1 3445 - M. 77050 - Valor C$ 95.00

CE RT I F ICACIÓN

E l suscrito Director de la Dirección de Registro A cadémico

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21-07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 467, tomo XI, del Libro de Registro de Título de la Facultad Ciencias Económicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVE RSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA D E N I CARAGUA,- POR C UANTO:

JOSÉ M I G U E L M ÉNDEZ M A RTÍ N EZ, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en Contadu rfa Pública y Finanzas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días del mes de noviembre del dos mil trece. El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 13 de noviembre del 20 1 3 . (t) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3446 - M. 77032 - Valor C$ 95 .00

CERTI FICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo el Folio 74, Partida 3,70 1 , Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió e l Título que dice: "LA UNIVERSIDAD DE OCC I D ENTE - POR CUANTO:

REBECA D E J ESUS TORREZ LEON, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciada en Qufmica y Farmacia". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, Msc. Jose Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jirón.

Es conforme a su original con el que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (t) Msc. Gregorio Fel ipe Aguirre Téllez, Vice-Rector de la Universidad.

Reg. 1 3447 - M. 77046 - Valor C$ 95 .00

CE RTI FICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica de Nicaragua, Certifica que en el folio 4 74, tomo XI, partida 9527, del libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD POLITÉCN I CA DE N ICARAGUA: POR C UANTO

DARLING I SABEL ROCHA .Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todos los requisitos exigidos por el plan de estudios correspondiente, así como las disposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnica de Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de:

596 1

Licenciada en Banca y Fianzas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que la ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua a los quince días del mes de noviembre del año dos mil doce." El Rector de la Universidad: Ing. Emerson Pérez Sandoval . El Secretario General: Dr. Norberto Herrera Zúniga. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.

Es conforme, Managua catorce días del mes de enero del año dos mil trece. (t) Lic. Laura Cantarero, Directora.

Reg. 1 3448 - M. 77034 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro Académico Central de la Universidad Paulo Freire, certifica que bajo la Partida 303, Folio 028, Tomo 1, del Libro de Registro de Técnico correspondiente al Programa de Formación para Profesores en Educación Media (PEM), y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: UNIVE RSIDAD PAULO FREIRE, POR CUANTO:

ERICK FAB RICIO H E RNÁNDEZ REYES. Natural de San Juan de Limay, Departamento de Estell, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de su Carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes, POR TANTO se le extiende el título de: Profesor en Ed ucación Media con mención en Español. Para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días del mes de octubre del año 20 1 0. Firman: El Rector de la Universidad: Dr. Adrián Meza Soza. La Secretaria General: Msc. Susy Duriez González.

Se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Managua a los un día del mes de julio del año 2 0 1 4 (t) Lic. Emma del Carmen Juárez Vallejos. Directora Registro Académico Central.

Reg. 1 3449 - M. 77036 - Valor C$ 95 .00

CERTI FICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro Académico Central de la Universidad Paulo Freire, certifica que bajo la Partida 306, Folio 028, Tomo 1 , del Libro de Registro de Técnico correspondiente al Programa de Formación para Profesores en Educación Media (PEM), y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD PA ULO FREIRE, POR C UANTO:

FLORA MARÍA M ENDOZA IRÍAS. Natural de San Juan de Limay, Departamento de Estelí, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de su Carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes, POR TANTO se le extiende el título de: Profesor en E d ucación M edia con mención en Español. Para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

Dado en la c iudad de M anagua, República de Nicaragua, a los treinta días del mes de octubre del afio 20 1 0. F irman: E l Rector de la Universidad: Dr. Adrián Meza Soza. La Secretaria General: Msc. Susy Duriez González.

Se extiende la presente Certificación, en l a c i udad de Managua a los un día del mes de julio del afio 20 1 4 (f) Lic. Emma del Carmen Juárez Vallejos. Directora Registro Académico Central.

Reg. 1 3450 - M . 77080 - Valor C$ 9 5 .00

C E RT I F I CACIÓN

La Suscrita D i rectora de Registro Académico Central de la Universidad Paulo Freire, certifica que bajo l a Partida 3 09, Folio 028, Tomo 1, del L ibro de Registro de Técnico correspondiente al Programa de Formación para Profesores en Educación Media ( PEM), y que esta instanci a l l eva a su cargo, se inscribió el Título que dice: UN I V E RSIDAD PAULO FREIRE, POR C UANTO:

EDERLINDA PARRALES QUINT ERO. Natural de San Juan de Limay, Departamento de Estelí, República de N i caragua, ha cumpl ido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de su Carrera y las pruebas establecidas en l as disposiciones v igentes, POR TANTO se le extiende e l título de: Profesor en E d u c ación Media con mención en Español. Para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la c i udad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días del mes de octubre del afio 20 l O. Firman: El Rector de la Universidad: Dr. Adrián M eza Soza. La Secretaria General: Msc . Susy Duriez González.

Se extiende la presente Certificación, en la c iudad de Managua a los un día del mes de j u l i o del año 20 1 4 (f) Lic. Emma del Carmen Juárez Val l ejos. Directora Registro Académico Central.

Reg. 1 3 45 1 - M . 77040 - Valor C $ 95.00

C E RTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro Académico Central de la Universidad Paulo Freire, certifica que baj o l a Partida 29 8, Folio 028, Tomo I , del Libro de Registro de Técnico correspondiente al Programa de Formación para Profesores en Educación Media ( PEM), y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió e l Título que dice: UNIVE RSIDAD PAULO FREIRE, P O R CUANTO :

ANA M A R Í A CALDERÓN C RUZ. Natural de San Juan de Limay, Departamento de Estelí, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de su Carrera y las pruebas establecidas en las d isposiciones vigentes, P O R TANTO se l e extiende e l título de: Profesor en Educación Media con mención e n Español. Para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo l e conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de N icaragua, a los treinta días del mes de octubre del año 20 l O. F irman: El Rector de la Universidad: Dr. Adrián Meza Soza. La Secretaría General: Msc . Susy Durie z González.

Se extiende la presente Certificación, en la c iudad de M anagua a los un día del mes de j u l io del año 20 1 4 ( f) L i c . Emma del Carmen Juárez Vallejos. Directora Registro Académico Central.

Reg. 1 3452 - M . 77042 - Valor C$ 9 5 . 0 0

CERTIFICACIÓN

L a Suscrita Directora de Registro Académic o Central de l a Universidad Paulo Freire, certifica q u e baj o la Partida 3 0 5 , Folio 028 , Tomo I , del L ibro de Registro de Técnico correspondiente al Programa de Formación para Profesores en Educación Media (PEM), y que esta instancia l l eva a su cargo, se inscribió e l Título que dice: UNIVE RSIDAD PAULO FREIRE, POR CUANTO:

A D E LA DEL CARMEN M EN DOZA CASTELLÓN. Natural de San Juan de L imay, Departamento de Estelí , República de N icaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de su Carrera y las pruebas establecidas en las d isposiciones vigentes, POR TANTO se le extiende el título de: Profesor en E d ucación M edia con mención e n E spañol. Para que goce de los derechos y prerrogativas que l as leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la c i udad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días del mes de octubre del afio 20 1 0. Firman: El Rector de la Universidad: Dr. Adrián Meza Soza. La Secretaria General: Msc. Susy Duriez González.

Se extiende la presente Certificac ión, en la c iudad de M anagua a los un día del mes de j ulio del año 20 1 4 ( f) Lic. Emma del Carmen Juárez Vallejos. Directora Registro Académico Central.

5962

Reg. 1 3453 - M . 77029 - Valor C $ 9 5 . 00

CERTIFICACIÓN

E l suscrito Vice-Rector de l a Universidad de Occidente U DO CERTIFICA que bajo e l Folio 3 7, Partida 3,628, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina lleva a su cargo se inscribió e l Título que dice: "LA UNIVERSIDAD DE OCCIDENTE - POR CUANTO:

KENY ALEXANDER VARELA RAMOS, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ingeniería le extiende e l Título de Ingeniero Civil". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la c iudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorc e . El Rector de l a Universidad, Armando Ramón Gutiérrez Cruz. E l Decano de l a Facultad, Msc. Raúl Cortez Lara. El Secretario Genera l , Msc. Antonio Sarria Jirón.

Es conforme a su original con el que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del afio dos mil c atorce. ( f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Té llez, Vice-Rector d e la Universidad.

Reg. 1 3 454 - M. 77027 - Valor C $ 9 5 . 00

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

CERT I FICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo el Folio 38, Partida 3 ,629, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió e l Título que d ice: "LA U N I V E R S I D A D D E OCCIDENTE - P O R CUANTO:

H E N RY S A M U E L S ILVA O BANDO, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ingeniería le extiende el Título de Ingeniero Civil". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente s e l e conceden.

Dado en la c iudad de León, Repúbl ica de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, M sc . Raúl Cortez Lara. El S ecretario General, M sc . Antonio Sarria Jirón.

Es conforme a su original con el que e s debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. ( f) Msc . Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector de la Universidad.

Reg. 1 3455 - M. 77 1 70 - Valor C$ 95 .00

C E RTI FICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 94, tomo VI, del Libro de Registro de Títulos de la Facul tad Odontología, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA U N I V E R S I D A D N A C I O N A L A U T Ó N O M A DE N I CARAGUA P O R CUANTO:

K A R E L I A B E AT R I Z ESPI NOZA TÓRREZ, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Odontología, POR TANT O : Le extiende el Títu lo de Ciruj a n o D e n tista, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, O. Gue. El Secretario General, Sonia Ruiz S ."

E s conforme. León, 25 de abril de 20 1 4 . (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN .

Reg. 1 3456 - M . 77 1 64 - Valor C$ 95.00

C E RTI FICAC I Ó N

E l Suscrito Director (a) de la Dirección de Registro y Control A cadémico de la Universidad Hispanoamericana, Cert i fica: que bajo e l Registro con el Número de Part ida 26 1 4, Folio 774, Tomo No. 11, del Libro de Registro de Títulos de Graduados de la Universidad Hispanoamericana, Inscribe el Título que dice: LA U N I V E RS I DA D H I S PANOAME RICANA P O R C UANTO:

B E TZAIDA M E RC E D ES OSORIO N A RVÁEZ. Natural de J inotepe, Departamento de Carazo, República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de : C ienc ias Económicas y Administrativas. Todos los requisitos académicos del Plan de

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Estudios correspondiente y P O R TANTO: le extiende e l Título de: Licenciada e n Contaduría Pública y F i n a nzas Para que goce de las prerrogativas que las leyes le confieren.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil doce. Rector de la Universidad, Leonardo Torres Céspedes. Secretario General , Carlos Bermúdez Blandino.

Es conforme, Managua, cinco de enero del 20 1 3 . (f) Lic. Yadira Bermúdez García, Dirección de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3457 - M. 77 1 55 - Valor C$ 95 .00

C E RT I F I CACION

El suscrito Director de la Dirección de Regi stro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 388 , tomo V, del Libro de Registro de Título de la Facultad Ciencias Médicas, que ésta Dirección l leva a su cargo, se inscribió e l Título que dice: "LA UNIVERSI DAD NACIONAL AUTÓNOMA D E N ICARAGUA, MANAGUA - POR CUANTO:

LA DOCTORA ROSA NATALIA FONSECA LAT INO, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Especialista en M edicina I nterna. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días del mes de julio del dos mil trece. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El S ecretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 30 de julio del 20 1 3 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3458 M . 77 1 43 Valor C$ 9 5 .00

C E RT I F I CACION

El suscrito Director de l a Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certi fica que en la página l 08, tomo IV, del Libro de Registro de Título de la Facultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que ésta Dirección l l eva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA U N I V E RS I DAD NACIONALA UTÓNOMA D E NICARAG UA, MANAGUA - POR C UANTO:

GE I V Y J U D I TH LARIOS M E RLO, Natural de Nicaragua con cédula de identidad 32 1 -03 1 090-0000Q, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Matagalpa. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada e n Contaduría P ú blica y Finanzas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días del mes de junio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El S ecretario General, Jaime López Lowery.

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21-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Es conforme, Managua, 1 3 de junio del 2 0 1 4. ( f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3459 M . 7 7 1 30 Valor C$ 95.00

C E RTIFICACION

El suscrito Director de l a Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 3 5 3 , tomo I I I , del Libro de Registro de Título de la Facultad Regional Multidisciplinaria de Chontales, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: " LA UNIVERSIDAD NACIONAL A UTÓNOMA DE N ICARAGUA, MANAGUA - POR C UANTO:

RONA LD JAV I E R FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Natural de Nicaragua con cédula de identidad l 2 l -290490-0007M ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisc iplinaria de Chontales. POR TANTO: Le extiende el Título de: L icenci ado en Ciencias A m b ientales. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los seis días del mes de junio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 6 de junio del 2 0 1 4 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3460 M. 7 7 1 2 8 Valor C$ 95.00

C E RTI FICACION

El suscrito Director de l a Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 3 3 6, tomo 1 1 1 , del Libro de Registro de Título de la Facultad Regional Multidisciplinaria de Chontales, que ésta Direcc ión l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N ICARAGUA, MANAGUA - POR C UANTO:

LOM B A R D O J O S É M O RA L E S C U C A L Ó N , N atural de Nicaragua con cédula de identidad 1 2 1 - 1 20890-000V, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Chontales. POR TANTO: Le extiende el Título de: L icenciado en Ciencias Am b ientales. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los seis días del mes de mayo del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. E l Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 6 de mayo del 2 0 1 4. (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 346 1 - M . 7 7 1 26 - Valor C$ 9 5 . 00

C E RTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 20 l tomo V, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad Ciencias Económicas y Empresariales, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA POR C UANTO:

A D RIANA VANESKA RAMÍ REZ PA LMA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, POR TANTO: Le extiende el Título de L icenciada en Conta d u ría Pública y Fianzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinte d ías del mes de mayo del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, O. Gue. El Secretario General, Sonia Ruíz S ."

Es conforme. León, 20 de mayo de 2 0 1 4 . (t) Lic . Teresa Rivas P ineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN .

Reg. 1 3462 - M. 7 7 1 24 - Valor C $ 95.00

CERTI FICACIÓN

E l Suscrito Director de la Ofic ina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 386 tomo III, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad Ciencias Económicas y Empresariales, que esta Oficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA D E NICARAGUA POR C UANTO:

Y ESENIA DEL CARMEN PAN IAGUA BRENES, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de C iencias Económicas y Empresariales, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la c iudad de León, República de N icaragua, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil doce. El Rector de la Universidad, Rog. Gurdián. El Secretario General, Sonia Ruíz S ."

Es conforme. León, 2 4 de febrero de 20 1 2. (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3507 - M. 77247 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de I ngeniería, certifica que, bajo el Nº 305 1 , Página 3 85, Tomo IV, del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnología de la Industria.- Y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió él Título que dice: R E P Ú B LICA DE NICARAGUA, AMÉRICA C ENTRAL POR CUANTO:

C RISTÓBAL EZEQ U I E L URBINA CORNAVACA. Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnología de la Industria, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las

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2 1-07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes l e extiende él Título d e : I ngen iero M ecánico. Para que goce d e las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo l e conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de N icaragua, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil trece. Rector de la Universidad: Arq. V íctor Arcia Gómez. Secretario General: Ing. D i ego M iñoz Latino. Decano de l a Facultad: lng. Daniel Cuadra Horney.

Es conforme, Managua, veintitrés de octubre de 2013 . (f) Ing María Mercedes García Bucardo. Directora de Registro U.N.I

Reg. 1 3 5 0 8 M. 7725 0 Valor C$ 95 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 378, tomo XI, del Libro de Registro de Título de l a Facultad Ciencias Económicas, que ésta Dirección l l eva a s u cargo, se inscribió el Título que dice: "LA U N I V ERSI DAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N ICARAGUA - POR CUANTO:

JOSÉ LINO DÁVILA M ARTÍNEZ, ha cumpl ido con todos los requisitos establecidos por la Facultad d e Ciencias Económicas. P O R TA N T O : Le e xti ende el T ítul o de: L i c e n c i a d o e n Administración d e E m p resas. Para que goce d e los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la c iudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro días del mes de septiembre del dos mil trece. El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. E l Secretario General, Jaime López Lowery.

E s conforme, M anagua, 24 de septiembre del 2013. (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 13 5 09 - M. 77213 - Valor C$ 95 .00

C E RTI FICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERT I F ICA que bajo e l Folio 03 , Partida 3 ,758, Tomo XX, del L ibro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió e l Título que dice: "LA U N I VE RSIDAD DE OCCIDENTE - POR C UANTO:

MARÍA DE LOS ANGELES C R U Z ESQUIVEL, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciada e n E n fermería". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, Repúbl ic a de Nicaragua a los veintiséis días del mes d e abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. E l Decano de la Facultad, Msc. José Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jirón.

5965

Es conforme a su original con el que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector Académico.

Reg. 1 3510 - M. 77222 - Valor C$ 95 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

E l suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 4 1 , tomo XII, del Libro de Registro de Título de la Facultad Ciencias Económicas, que ésta Dirección l leva a su c argo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, MANAG U A - POR C UANTO:

JORGE LUIS VI LLEGAS G Ó M EZ. Natural de Nicaragua , con cédula de identidad 001-05 1 180-0107G ha cumpl ido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas. POR TANTO: Le extiende e l Título de: Licenciado en Contaduría Pública y Fina nzas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que l egalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Repúbl ica de Nicaragua, a los veinte días del mes de j unio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, E lmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 20 de junio del 2014. (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 13 51 l - M . 77216 - Valor C$ 95 .00

C E RT IFICACIÓN

E l suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTI FICA que bajo el Folio 02, Partida 3,75 5 , Tomo XX, del Libro de Registro de Títulos, que esta ofic ina l leva a su cargo se inscribió e l Título que dice: "LA UNIVERSIDAD DE OCCIDENTE - POR C UANTO:

JAHAIRA CAROLINA LINDO MUNG UIA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas l e extiende e l Título de Licenciada en E n fermería". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce . El Rector de l a Universidad, Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, Msc. José Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jirón

Es conforme a su original con el que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril de l año dos mil catorce. (f) M sc. Gregorio Felipe Aguirre T é l lez, Vice-Rector Académico.

Reg. 13512 - M. 77245 - Valor C$ 95 .00

C E RT I FICACIÓN

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 3 5

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 3 3 3 , tomo IV, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de C i encias Económicas y Empresariales, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N I CA RAGUA POR CUANTO:

MARISELA D E J E SÚS M EZA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de C i encias Económicas y Empresariales, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Contaduría Publica y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que l e galmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticuatro días del mes de abril del dos mil trece. E l Rector de l a Universidad, O . Gue . E l Secretario General, Sonia Ruiz S."

E s conforme. León, 24 d e Abril de 20 1 3 . (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3 5 1 3 - M. 7724 3 - Valor C$ 95.00

C E RT I FI CACIÓN

E l Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 4 1 0, tomo IV, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de C i encias Económicas y Empresariales, que esta Oficina lleva a su cargo, s e inscribió el Título que dice: "LA UNIVERS I DAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N I C A RAGUA POR CUANTO:

DAREYSI DEL SOCORRO ORTEZ REYES, ha cumplido con todos los requi sitos establecido s por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Contaduría Pública y Fina nzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la c iudad de León, República de N i caragua, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil trece. E l Rector de la Universidad, O . Gue. E l Secretario General, Sonia Ruiz S."

Es conforme. León, 2 4 de Julio de 20 1 3. ( f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3 5 1 4 - M. 77252 - Valor C $ 95 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería, certifica que, bajo el Nº 1 283, Página 243, Tomo 11, del L ibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Arquitectura. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió él Título que dice: REPÚBLICA DE N I C A RAGUA, AMÉ RICA C ENTRAL POR CUANTO:

JUAN CARLOS LÓP E Z SÁNCHEZ. Natural d e Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, h a cumplido con todos los requi s itos académicos exigidos por l a Facultad de Arquitectura, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito e n las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes le exti ende él Título de:

5966

Arquitecto. Para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado e n la c iudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece. Rector de la Universidad: Arq. Víctor Arcia Gómez. Secretario General : Ing. Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad: Arq. Luis Alberto Chávez Quintero.

E s conforme, Managua, doce de noviembre del 2 0 1 3 . (t) lng María Mercedes García Bucardo. D irectora de Registro U.N.I

Reg. 1 3 5 1 5 - M . 77255 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

E l suscrito Director de la D irección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 290, tomo V, del Libro de Registro de Título de la Facultad Educación e Idiomas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N ICARAGUA, MANAGUA- PO R CUANTO:

M A RÍA EUGENIA BRAVO OCÓN. Natural de Nicaragua, con cédula de identidad 00 l - l 2 l l 67-0078L ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Educación e Id iomas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en C iencias d e la E ducac ión con mención en I n formática E d ucativa. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado e n la c iudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil catorce. E l Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

E s conforme, Managua, 24 de marzo del 2 0 1 4 . (t) César Rodríguez Lara, D irector.

Reg. 1 3 5 1 6 - M. 7726 1 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACI ÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 306, tomo V del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias y Tecnología, que esta O ficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDA D NACIONAL AUTÓNOMA D E NICARAGUA POR CUANTO:

C E S A R F R E D E RICK RUIZ C HÁV E Z, ha cumplido c o n todos l o s requis i tos establecidos por la Facultad de Ciencias y Tecnología, P O R TANTO: Le extiende el Título de Licenciado e n Matemática, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente s e le conceden.

Dado en la c iudad de León, República de Nicaragua, a los catorce días del mes de octubre del dos mil trece. El Rector de la Universidad, O. Gue. E l Secretario General, Sonia Ruiz S."

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2 1-07-14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Es conforme. León, 1 4 de Octubre de 20 1 3 . (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 35 1 7 - M. 77264 - Valor C$ 95.00

CERTI FICACIÓN

El Suscrito Director de Registro Nacional de la Universidad Popular de Nicaragua: Certifica que bajo el Nº497, PáginaO l I , Tomo I-20 1 1 , Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Ciencias Agrarias, y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió el título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE N I CARAGUA POR CUANTO:

SANTOS CRISTOBAL CHAVARRÍA MALDONADO. Natural de La Concordia, Departamento de J inotega, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en las d isposiciones vigentes. POR TANTO: se le extiende el título de: I ngeniero en Ciencias Agrarias, para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diez días del mes de mayo del año dos mil catorce. Rectora de la Universidad: Dra. Oiga María del S . Soza Bravo. Secretaria General : Lic. Oiga Asunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: lng. Maykol Ortega Salazar. (f) Lic. Raúl Enrique Castillo Cajina. Director de Registro Académico Nacional. UPONIC.

Reg. 1 3 5 1 8 - M. 77252 - Valor C$ 95.00

CERTI FICACIÓN

El Suscrito Responsable del Departamento de Registro Académico de l a Universidad de Tecnología y Comercio - UNITEC - (Autorizada por el Consejo Nacional de Universidades en Resolución 005-2005) Certifica que al folio No. 020 Partida: 0259 Tomo: 1 del l ibro de Registro de Títulos de la Facultad de : Administración, que éste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA U N I VE RS I DAD DE TECNOLOGÍA Y COMERCIO - U N I TEC - POR CUANTO :

KAREN RAQUEL MACIAS VELASQUEZ, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de: Administración, para obtener el grado de: Licenciada, POR TANTO: en virtud de lo prescrito en las disposiciones legales y el Reglamento General de UNITEC, le extiende el TÍTULO de: Licenciada en Contabilidad Publica y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente la Ley le concede.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 09 días del mes de mayo de 2 0 1 4. El Rector de la Universidad: José Mojica Mej ía. El Secretario General: Alma Alicia Gutiérrez García.

Es conforme, Managua, nueve de mayo de 20 1 4 . Responsable de Registro Académico UNITEC - NICARAGUA

Reg. 1 3 5 1 9- M. 77267 - Valor C$ 95 .00

5967

CERTI FICACIÓN

El Suscrito Director de Registro Nacional de la Universidad Popular de Nicaragua: Certifica que bajo el Nº 8 1 6 , Página O 1 7, Tomo 1-20 1 1 , Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, y

que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice: UNIVE RSIDAD POPULAR DE NICARAGUA POR CUANTO:

VICTOR AZARÍAS ORTIZ. Natural de Corinto, Departamento de C hinandega, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: se le extiende el título de: Licenciado en Derecho, para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil trece. Rectora de la Universidad: Dra. Oiga María del S. Soza Bravo. Secretaria General: Lic. Oiga Asunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: Lic. Juan Roger Bordas Cruz. (f) Lic. Maelia Celeste Divo González. Director de Registro Nacional. UPONIC.

Reg. 1 3 520 - M. 77287 - Valor C$ 95 .00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director (a) de la Dirección de Registro y Control Académico de la Universidad Hispanoamericana, Certifica: que bajo el Registro con el Número de Partida 320 1 , Folio 969, Tomo No. 11, del Libro de Registro de Títulos de Graduados de la Universidad Hispanoamericana, Inscribe el Título que dice: LA UNIVE RSIDA D H I S PANOAMERICANA POR CUANTO:

LA K I A TAN G N I D R E P PA S UAZO. Natural d e Waspan, Departamento de Rio Coco, República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Económicas y Administrativas. Todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y POR TANTO: le extiende el Título de: Licenciada en Contaduría Publica y Fin anzas. Para que goce de las prerrogativas que las leyes le confieren.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los quince días del mes de diciembre del dos mil diez. Rector de la Universidad, Leonardo Torres Céspedes. Secretario General, Leonel Herrera Campos.

Es conforme, Managua, tres de julio del 2 0 1 4. (t) Lic. Yadira Bermúdez García, Dirección de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3 5 6 1 - M. 77278 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 3 6 1 , tomo V, del Libro de Registro de Título de la Facultad Educación e Idiomas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVE RSI DAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NI CARAGUA, MANAGUA- POR CUANTO:

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

ERVIN LEONARDO ROM ERO LARIOS. Natural de Nicaragua, con cédula de identidad 2 87-03 1 282-00031 ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Educación e Idiomas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en C iencias

de l a Educación con mención en Inglés. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 1 6 de mayo del 20 1 4 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3522 - M. 77272 - Valor C$ 95.00

C E RT I FICACIÓN

La Suscrita Secretaria General de la Escuela Internacional de Agricultura y Ganadería de Rivas, Certifica que bajo número 008, página 008, Tomo 1 del Libro de Registro de Títulos de graduados en Veterinaria y Zootecnia, que esta Oficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA E SCUELA I NTE RNACIONAL D E AGRICULTURA Y GANADERÍA DE

RIVAS, N ICARAGUA." POR C UANTO:

EDGARD AL EXA N D E R RUIZ S ILVA. Natural de Rivas Departamento de Rivas Republica de Nicaragua ha aprobado en la escuela Internacional de Agricultura y Ganadería de Rivas, todos los requisitos académicos del plan de Estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Medicina Veterinaria y

Zootecnia. Para que goce de las prerrogativas que las Leyes y reglamento del ramo l e conceden .

Dado en la ciudad de Rivas, República de Nicaragua, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil catorce. El Director de la EIAG - Rivas, Fray Carlos Enrique Irías Amaya y El Secretario General Lic. Claudia Lucía Barahona Chávez.

Dado en la ciudad de Rivas a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil catorce. Claudia Lucía Barahona Ch., Secretaria General .

Reg. 1 3523 M. 77282 Valor C$ 95 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 1 6, tomo I I I , del Libro de Registro de Título de la Facultad Regional Multidiscip linaria de Estelí, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA - POR CUANTO:

I N D I RA L UV IA N K A RUGAMA S OZA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Estelí . POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Admi n istración de Empresas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dos días del mes de septiembre del dos mil trece. El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. E l Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 2 de septiembre del 20 1 3. (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3524 - M. 77298 - Valor C$ 95 .00

C E RT I FICACIÓN

El Director de Registro y Control Académico de la Universidad del Norte de Nicaragua, (UNN) Certifica: Que bajo la Página Número 252, Asiento, 543, Tomo 1, del Libro de Registro de Títulos de Graduados que l leva ésta Universidad se encuentra e l acta que l iteralmente dice: LA UNI V E RS IDAD D E L NORTE DE N I CARAGUA, POR C UANTO:

ZOBEYDA NAVETH CASTRO PASTRÁN . Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Empresariales y Económicas. POR TANTO Le extiende e l Títul o d e : Licenciada en Contadu ría P ub lica. Para que goce d e los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Estel í , República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. Ing. Everth Rivas Bejarano, Rector. Ing. Manuel Alemán González, S ecretario General. Lic. Sergio Calero Jaime, Director de Registro y Control Académico.

Dado en la ciudad de Estelí, República de N icaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. (f) Lic. Sergio Calero Jaime. Director de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3525 - M. 77293 - Valor C$ 9 5 .00

CERT IF I CA C IÓN

El Director de Registro y Control Académico de l a Universidad del Norte de N icaragua, (UNN) Certifica: Que bajo la Página No 252, Asiento, 543, Tomo I , del Libro de Registro de Títulos de Graduados que lleva ésta Universidad se encuentra el acta que literalmente dice: LA UNIV ERSI DAD DEL NORTE DE N ICARAGUA, POR C UANTO:

ITSSELL VIC ENTA H E RRERA VALLE. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Empresariales y Económicas. POR TANTO Le extiende el Títu lo de: Licenciada en Contaduria Publica. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

5968

Dado en la Ciudad de Estel í, República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. Ing. Everth Rivas Bej arano, Rector. l ng. Manuel Alemán González, Secretario General . Lic. Sergio Calero Jaime, Director de Registro y Control Académico.

Dado en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. (f) Lic. Sergio Calero Jaime. Director de Registro y Control Académico.

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2 1 -07- 1 4 L A GACETA - DIARIO OFICIAL 1 3 5

R eg . 1 3 526 - M . 77296 - Valor C $ 95.00

C E RT I F I CACI ÓN

El Director de Registro y Control Académico de la Universidad

del Norte de N icaragua, (UNN) Certi fica: Que bajo la Página

Número 252, Asiento, 543, Tomo I, del Li bro de Regi stro de

Títulos de Graduados que l leva ésta Universidad se encuentra el

acta que l iteralmente dice: LA UNIVERSID A D DEL NORTE

D E N ICARAG UA, POR CUANTO:

A N A ALICIA SÁENZ. Ha cumplido con todos los requisitos

estab lecidos por la Facultad de C i e n c i a s Empresar i a l e s y

Económicas. POR TANTO Le extiende e l Títul o de: Licenciada e n

Contaduría P ublica. Para q ue goce de los derechos y prerrogativas

que legalmente se l e conceden.

Dado en la Ciudad d e Estelí, República de N icaragua, a los doce

días del mes de febrero del año dos mil catorce. Ing. Everth Rivas

Bejarano, Rector. lng. Manuel A lemán González, Secretario

General. Lic. Sergio Calero Jaime, Director de Registro y Control

Académico.

Dado en la ciudad d e Este l í , República de Nicaragua, a los doce

días del mes d e febrero del año dos mil catorce. (f) Lic. Sergio

Calero Jaime. D irector de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3527 - M . 77285/77300 - Val or C$ 1 90.00

C E R T I F I C A C I Ó N

La suscrita D irectora de la Dirección de Registro de la UNAN,

certifica que a la página 35, tomo II, del Libro de Regi stro de Título

d e l a Facultad de Educación e Idiomas, que ésta D irección l leva

a su cargo, s e inscribió el Título que dice: "LA UNIVERS I D A D

NACIONAL AUTÓNOMA DE NICA RAGUA- POR CUANTO:

T I L M A DEL SOCORRO M A I RENA ZAMBRANA, ha cumplido

con todos los requisitos establecidos por la Facultad Educación e Idiomas. POR TAN TO: Le extiende el Título de: Licenc i a d a

en Ciencias d e la Educación e n l a Especialidad de Español,

para que goce d e los derechos y prerrogativas que legalmente se

le c onceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los

quince días del mes de mayo del dos mil ocho. E l Rector de la

Universidad, Franc isco Guzman P. El Secretario Genera l , N.

González R".

Es conforme, Managua, 1 5 de Mayo del 2008. (f) Directora.

C E R T I F I C A C I Ó N

La suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN,

certifica que a la página 35, tomo 11, del Libro de Registro de Título

de l a Facultad d e Educación e Idiomas, que ésta Dirección l leva

a su cargo, s e inscribió el Título que dice: "LA U N I V E RS I D A D

NACIONAL AUTÓNOM A D E N ICARAGUA - P O R CUANTO:

T I LM A DEL SOCO RRO MAi RENA ZAMBRA NA, ha cumplido

con todos los requisitos establecido s por la Facultad Educación e

5969

Idiomas. POR TANTO: L e extiende e l Título de: Profesora de

Educación Med i a en l a Especialidad de Español, para que goce

de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a l os

quince días del mes de mayo del dos mil ocho. El Rector de la

Universidad, Francisco Guzman P. E l Secretario General, N.

Gonzalez R".

Es conforme, Managua, 1 5 de Mayo del 2008. (f) Directora.

Reg. 1 3 528 - M. 77306 - Valor C$ 95.00

C E RTI F I CACI ÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Pol itécnica de Nicaragua, Certifica que en el folio 256, tomo XII , partida 1 03 7 1 , del

libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección l leva

a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD

POLITÉCNICA D E N I CA RA G U A : POR CUANTO

M E ILING D E L CARMEN M ORENO S ILVA. Natural de Quilali,

Departamento de Nueva Segovia, República de Nicaragua, ha cumplido todos los requisitos exigidos por e l plan de estudios

correspondiente, así como las disposiciones pertinentes establecidas

por la Universidad Pol itécnica de Nicaragua. POR TANTO: Le exti ende el Título de: Licenciada en Cont a d u ría P ublica y

F i n anzas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que la

ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua a los diecisiete días del mes de

marzo del año dos mil trece." El Rector de la Uni versidad: Ing.

Emerson Pérez Sandoval. El Secretario General (ai): M Sc. Tomas

Handel Téllez Ruiz. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.

Es conforme, Managua ocho días del mes de mayo del año dos

mil trece. (f) Lic. Laura Cantarero, Directora.

Reg. 1 3529 - M. 772 9 1 - Valor C $ 95.00

C E RT I F I CACI ÓN

El Director de Registro y Control Académico de la U niversidad

del Norte de Nicaragua (UNN) certifica: Que bajo la Página Nº

252, Asiento Nº 543 , Tomo 1, del Libro d e Registro de Títulos

de Graduados que l leva ésta Universidad se encuentra el acta

que literalmente dice: L A UNIVERS I D A D D E L N O RT E D E

N I CA RAGUA, P O R CUANTO:

UBEN MI ZAEL O BANDO PERA LTA. Ha cumplido con todos los

requisitos establecidos por la Facultad de Cienc ias Empresariales y

Económicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en

Contaduría Pública. Para que goce de los derechos y prerrogativas

que legalmente se le conceden.

Dado en l a ciudad de Estel í , República de Nicaragua, a los doce

días del mes de febrero del año dos mil catorce. Ing. Everth Rivas

B ej arano, Rector. Ing. M anuel Alemán González, S ecretario

Genera l . Sergio Calero Jaime, Director de Registro y Control

Académico.

Page 41: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 21 de ... · LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje: 560 Ejemplares 48 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas

2 1 -07- 1 4 L A GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

Dado en la ciudad de Estelí , República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. (f) Lic. S ergio Calero Jaime, Director de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3530 - M. 7734 1 - Valor C$ 95 .00

C E RTIFICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de l a Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo el Folio 72, Partida 3 ,697, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina lleva a su cargo se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSI DA D D E OCCIDENTE - P O R C UANTO :

M E RC E D E S G UA D A L U P E Q U I NTERO D E LGADO, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciada en Química y Farmaci a". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, Msc. Jose Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jirón.

Es conforme a su original con e l que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector Académico.

Reg. 1 353 1 - M. 773 1 2 - Valor C$ 95.00

C E RTI FICACIÓN

El Director de Registro y Control Académico de la Universidad del Norte de Nicaragua (UNN) certifica: Que bajo la Página Nº 252, Asiento Nº 543, Tomo 1, del Libro de Registro de Títulos de Graduados que l leva ésta Universidad se encuentra e l acta que l iteralmente dice: LA UNIVERSIDAD D E L NORTE DE N I CARAGUA, POR CUANTO:

JARITZA DOLOR E S M UÑOZ GUTI ERREZ. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Empresariales y Económicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Contadurfa Pub lica. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Estelí , República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del afio dos mil catorce. Ing. Everth Rivas Bejarano, Rector. Ing. Manuel Alemán González, Secretario General. Lic. Sergio Calero Jaime, Director de Registro y Control Académico.

Dado en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. (f) Lic. Sergio Calero Jaime, D irector de Registro y Control Académico .

Reg. 1 3532 - M. 773 1 0 - Valor C$ 95.00

C E RTIFICACIÓN

El Director de Registro y Control Académico de la Universidad del Norte de Nicaragua (UNN) certifica: Que bajo la Página Nº 252, Asiento Nº 543, Tomo I , del Libro de Registro de Títulos de Graduados que l leva ésta Universidad se encuentra e l acta que l i teralmente dice: LA UNIVE RSIDAD DEL NORT E DE N I CARAGUA, POR CUANTO:

WALKI RIA ARÁUZ CASTRO Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Empresariales y Económicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Contaduría Publica. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Estelí , República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. Ing. Everth Rivas B ej arano, Rector. Ing. Manuel Alemán González, Secretario General. Lic. Sergio Calero Jaime, Director de Registro y Control Académico.

Dado en la c iudad de Estelí, República de Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce. (f) Lic. Sergio Calero Jaime, Director de Registro y Control Académico.

Reg. 1 3 533 - M. 77320 - Valor C$ 95.00

CERT I FICACIÓN

El Suscrito Director del Departamento de Registro de U.C.A.N., Certifica que la página 1 33, Tomo I , del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de FF.CC. TT, que este Departamento l leva a su cargo, s e Inscribió el Título que dice "LA UNIVE RSIDAD CRISTIANAAUTÓNOMA D E NICARAGUA". POR CUANTO:

ANGEL A D RIAN FLORES E S PINOZA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias y Tecnología. POR TANTO: Le extiendo el Título de I n geniero e n Sistemas d e Computación, para que goce de los derechos y prerrogativas que Legalmente se l e conceden.

Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidós días del mes de julio del afio dos mil nueve. El Rector de la Universidad, Msc. Jeannette Bonilla de García. El Secretario General, Lic. Manelly Bonilla M iranda.

Es conforme. León, 22 de julio del 2009. (f) Director de Registro U.C.A.N.

Reg. 1 3534 - M. 773 1 5 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

5970

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 230, tomo V, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Químicas, que esta Oficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA D E N ICARAGUA POR C UANTO:

VIOLETA ESTEFANIA GONZÁ LEZ ARDILA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de C iencias

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

Químicas, P O R TANTO: Le extiende el Título de Licenciada Químico F a r m acéutico, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la c iudad de León, República de Nicaragua, a los trece días del mes de junio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, O. Gue. El S ecretario General , S onia Ruiz S."

Es conforme. León, 13 de Junio de 20 1 4. (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3535 - M. 77322 - Valor C$ 95.00

C E RTIFICADO

En relación a l a solicitud de Incorporación de Título de Doctora en Estudios d e Población, presentada por L I D I A LORENA LEGALL TORRES, cédula de identidad N o 001-141 1 59-0000Y, de nacionalidad nicaragüense, mismo que fue otorgado por El Colegio de M éxico, México, Distrito Federal, 30 de noviembre 20 1 1 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 1 O y 1 5 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua, UNAN­Managua.

CERT I FICA

Que en sesión ordinaria número cinco, del veintinueve de abril del año dos mil catorce, e l Consej o Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua, UNAN-Managua, examinó la sol icitud de Incorporación de Título de. Doctora en E studios d e Población de L I D I A LORENA LEGALL TORRES. Habiendo dictaminado favorablemente la Facultad de Educación e Idiomas y no habiendo observaciones, el Consejo Universitario decidió aceptarlo, declarando en consecuencia dicho Título legalmente válido e Incorporado en Nicaragua.

Managua, a los c inco días del mes de mayo del año dos mil catorce. Jaime López Lowery. S ecretario General.

C E RTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua (UNAN-Managua), certifica que: El título de Doctora en Estudios d e población d e L I D I A LORENA LEGALL TORRES, cédula de identidad No. 00 1-1 4 1 1 59-0000Y y el certificado de Incorporación fueron Registrado en el Libro de Incorporaciones de la UNAN-Managua, Inscripción No. 442, Folio 443 , Tomo, VI, Managua 28 de Mayo del 20 1 4 .

Dado e n la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes d e mayo del dos m i l catorce. César Rodríguez Lara. Director.

Reg. 1 3536 - M. 77324 - Valor C$ 95.00

C E RTI FICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 25, tomo X, del Libro de Registro de

597 1

Títulos de la Facultad de C iencias Jurídicas y Sociales, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N I CARAGUA POR C UANTO:

MARÍA JOSÉ A RROYO SARANTES, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Derecho, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los treinta días del mes de Agosto del dos mil trece. El Rector de la Universidad, O. Gue. El Secretario General, Sonia Ruiz S."

E s conforme. León, 30 de Agosto de 20 1 3 . ( f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN .

Reg. 1 3537 - M. 77333 - Valor C $ 95 .00

C E RTI FICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 1 1 9, tomo I l l , del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA U N I V E RSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N I CA RAGUA POR CUANTO:

FELIX ANTONI O MORALES SAMBOLA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Economfa, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los diez días del mes de junio del dos mil once. El Rector de la Universidad, Rog. Gurdian. El Secretario General, Sonia Ruiz S."

Es conforme. León, 02 de Julio de 20 14 . (f) Lic. Teresa Rívas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN .

Reg. 1 3538 - M . 77355 - Valor C$ 95.00

C E RT I FICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica de Nicaragua, Certifica que en el folio 1 73 , tomo XIII, partida 1 1 623, del l ibro de Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA U N I V E R S I D A D P O L I T É C N I CA D E N I CA RAGUA: P O R C U A N T O

LUCELIA M E RC E D ES PÉREZ TÓRRES. Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todos los requisitos exigidos por el plan de estudios correspondiente, así como las disposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnica de Nicaragua. P O R TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Banca y Finanza s. Para que goce de los derechos y prerrogativas que la ley le concede.

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 3 5

Dado en l a ciudad de Managua a los ocho días del mes de marzo del año dos mil catorce." El Rector de la Universidad: Dra. Lidia Ruth Zamora. El Secretario General Adjunto : Dr. Osear Castillo Guido. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.

Es conforme, Managua catorce días del mes de mayo del año dos mil catorce. (f) Lic. Laura Cantarero, Directora.

Reg. 1 3539 - M. 77544 - Valor C$ 95 .00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo el Folio 72, Partida 3 ,698, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD DE OCCIDENTE - POR CUANTO:

AGNES LOURDES VAN EGAS ELVIR, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciada en Química y Farmacia". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc, Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, Msc. José Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jirón.

Es conforme a su original con el que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector de la Universidad.

Reg. 1 3 540 - M. 77375 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 7 1 , tomo V, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, que esta Oficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVE RSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA POR CUANTO:

KRISMARIA JOSÉ UBÉDA CRUZ, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Contaduría Publica y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinte días del mes de febrero del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, O. Gue. E l Secretario General, Sonia Ruiz S."

Es conforme. León, 20 de Febrero de 2014. (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3541 M. 774 1 3 Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

E l suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a la página 238, tomo IV, del Libro de Registro de Título de la Facultad Ciencias Médicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA D E NICARAGUA - POR CUANTO:

CARLOS ENRIQUE SCHNEEGANS MORAGA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Doctor en Medicina y Cirugía. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días del mes de diciembre del dos mil trece. El Rector de la Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 3 de diciembre del 2013 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3542- M. 77380- Valor C$ 95 .00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director del Departamento de Registro de U.C.A.N., Certifica que la página 09 1 , Tomo 1 , del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de FF.CC.MM., que este Departamento l leva a su cargo, se Inscribió el Título que dice "LA UNIVE RSIDAD CRISTIANAAUTÓNOMAD E NICARAGUA". POR CUANTO:

ZUNIGA GARCIA SAYRA JEANNETTE, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiendo el Título de Licenciada en Farmacia, para que goce de los derechos y prerrogativas que Legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los once días del mes de julio del año dos mil trece. El Rector de la Universidad, Msc. Jeannette Bonilla de García. El Secretario General, Lic. Manelly Bonil la Miranda.

Es conforme. León, 1 1 de julio del 2 0 1 3 . (f) Director de Registro U.C.A.N.

Reg. 1 3543 - M. 774 1 0 - Valor C$ 95 .00

CERTIFICACIÓN

5972

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 1 63 , tomo IV, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Odontología, que esta Oficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N ICARAGUA POR CUANTO:

ANGELES TATIANA JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Odontología, POR TANTO: Le extiende el Título de Ciruj ano Dentista, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

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2 1 -07- 1 4 L A GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

Dado en la c iudad de León, República de Nicaragua, a los veintidós días del mes de mayo del dos mil uno. El Rector de la Universidad, Ernesto Medina S . El Secretario General, Luis Hernández León."

Es conforme. León, 22 de mayo de 200 1 . (f) Lic. Sonia Ruíz de León, Director de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3544- M . 77558 - Valor C$ 95.00

C E RTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certifica que a la página 1 87, tomo V, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Químicas, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACI ON A L A UTÓNOMA D E N ICARAGUA POR CUANTO:

KATYA M E RCE D ES RUIZ M I RANDA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Químicas, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciado Químic o Farmacéutico, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinte días del mes de marzo del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, O. Gue. El Secretario General, Sonia Ruiz S."

E s conforme. León, 2 0 de Marzo de 2 0 1 4. (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3545 - M. 773 85 - Valor C$ 95 .00

C E RT IF I CACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo el Folio 56, Partida 3 ,665, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió el Título que dice: " LA UNIVERSIDAD DE OCC I DENTE - POR CUANTO:

ANA MARIA E L I ZABETH P R I ETO P I N E DA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciada en Quím ica y

Farmacia". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abrí! del afio dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc . Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, José Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jiron.

Es conforme a su original con el que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del afio dos mil catorce. (f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector de la Universidad.

Reg. 1 3546 - M . 77382 - Valor C$ 95 .00

5973

C E RT IFICACIÓN

E l Suscrito Director de la Oficina de Registro de l a UNAN-León, Certifica que a la página 207, tomo V, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales , que esta Oficina l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA U N IV E R S I DAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N I CA RAGUA POR C UANTO :

M EYSELYN E L I ZABETH ARAUJO ALVAREZ, h a cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de C iencias Económicas y Empresariales, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenci ada en Economía, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinte días del mes de mayo del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, O. Gue. El Secretario General, Sonia Ruiz S."

Es conforme. León, 20 de Mayo de 20 1 4 . (f) Lic. Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN .

Reg. 1 3548 - M . 77362 - Valor C$ 1 90.00

C E RT I FICADO

En relación a la solicitud de Incorporación de Título de Licenciada e n E n fermería, presentada por CLAUDIA LEONOR ORTEGA MEJÍA, cédula de identidad No 001-130482-0035P, de nacionalidad nicaragüense, mismo que fue otorgado por La Universidad de Ciencias Médicas de Sancti Spirtus, Sancti Spiritus Cuba, 23 de Julio 20 1 1 y para los efectos contemplados en los artículos 7, l O y 1 5 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua, UNAN-Managua.

C E RTI FICA

Que en sesión ordinaria número tres, del siete de marzo del afio dos mil catorce, el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua, UNAN-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Licenciada e n Enfermería, de CLAU D I A LEONOR O RTEGA MEJÍA. Habiendo dictaminado favorablemente e l Instituto Politécnico de la Salud Luis Felipe Moneada" (POLISAL /UNAN- Managua) y al no haber observaciones, el Consejo Universitario decidió aceptarlo, declarando en consecuencia dicho Título legalmente válido e Incorporado en Nicaragua.

Managua, ocho de marzo del afio dos mil catorce. Jaime López Lowery. Secretario General .

C E RT I FICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua (UNAN-Managua), certifica que: E l título de Licenciada e n E n fermería, d e CLAUDIA LEONOR O RTEGA M EJÍA, cédula de identidad No. 0 0 1 - 1 30482-0035P y el certificado de Incorporación fueron Registrado en el Libro

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2 1-07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

de I ncorporaciones de la UNAN-Managua, I nscripción No. 400, Folio 40 1 , Tomo, VI, Managua 03 de Mayo del 2 0 1 4.

Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de mayo del dos m i l catorce. César Rodríguez Lara. D i rector.

Reg. 1 3 54 9 - M. 77434 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

E l suscrito Director de l a D irección de Registro de la UNAN, certifica que a la página 3 1 4, tomo I, del Libro de Registro de Título del Centro Universitario Regional de Carazo, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERS IDAD NACI ONAL AUTÓNOMA DE N ICARAGUA - POR C UANTO :

LUBI S U L E M A M EDRANO MOJICA, h a cumplido c o n todos los requisitos establecidos por el Centro Universitario Regional de Carazo. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Administración de E mp resas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en l a ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte días del mes de octubre del dos mil siete. El Rector de la Universidad, Francisco Guzman P .. El Secretario General, Nívea González".

Es conforme, Managua, 20 de octubre del 2007. (t) Director.

Reg. 1 3 5 50 - M . 77356 - Valor C $ 95 .00

C E RT I F I CACIÓN

E l Suscrito D irector de Registro Nacional de la Universidad Popular de Nicaragua: Certifica que baj o el Nº 624, Página 0 1 3, Tomo 1-20 1 1 , L ibro de Registro de Títulos de l a Universidad, correspondiente a l a Facultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió el título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA POR CUANTO:

M I RIAM YAH O S KA JÁCAMO UGA RTE. Natural de Rivas, Departamento de Rivas, Repúb lica de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: se le extiende e l título de: Licenciada e n Contabilidad Pública y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dieciocho días del mes de febrero del afio dos mil catorce. Rectora de la Universidad: Dra. Oiga María del Socorro Soza Bravo. Secretaria Genera l : Lic. Olga Asunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: Lic. Julio Jacinto V í lchez Guerrero. (f) Lic. Maelia Celeste Divo González. Directora de Registro Nacional. UPON IC.

Reg. 1 3 5 5 1 - M. 77436 - Valor C $ 9 5 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

E l suscrito D i rector de la Dirección de Registro Académico 'Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 87, tomo I I I , del Libro de Registro de Título de la Facultad

R egional Multidisciplinaria de Carazo, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVER S I DAD N ACIONAL A UTÓNOMA DE NICARAGUA, MANAGUA -POR C UANTO:

CARLOS ALBERTHO RODRIGUEZ MOJ ICA. Natural de N icaragua , con cédula de identidad 042-2 6 1 290-0000N ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Carazo. POR TANTO: L e extiende el Título de: Licenciado en Contaduría Pública y Finanzas. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días del mes de junio del dos mil catorce. El Rector de la Un iversidad, E lmer Cisneros Moreira. El Secretario G eneral, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 1 3 de j unio del 20 1 4 . (t) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 35 52 - M. 77459 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

L a Suscrita Directora de Registro de l a Universidad Nacional de Ingeniería, certifica que, bajo el Nº 1 27 5 , Página 267, Tomo 11, del L i bro de Registro de Títulos de la Un iversidad, correspondiente a la Facultad de Electrotecnia y Computación. Y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió é l Título que dice: REPÚBLICA DE N I CARAGUA, AMÉRICA C E NTRAL POR CUANTO:

MALT H U S JOSÉ OCON O R DÍAZ. Natural de Chi nandega, D epartamento de Chí nandega, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Electrotecnia y Computación, para obtener e l grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes l e extiende él Título de: I ngeniero Eléctrico. Para que goce d e las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado e n la c iudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiséis días del mes de enero del afio dos mil cuatro. Rector de la Universidad: lng. Aldo Urbina Vi llalta . Secretario General: Diego Mufioz Latino. Decano de la Facultad: I ng. Ariel Roldan Paredes.

E s conforme, Managua, veintidós de mayo del 2 0 1 4 . (t) Ing. María Mercedes García Bucardo. Directora de Registro U . N . l

E l Suscrito Secretario General d e la Universidad Nacional d e Ingeniería. Certifica que l a firma que aparece a l p i e d e l presente corresponde a l a usa la I n g . María Mercedes García Bucardo quien a esta fecha desempefia el cargo de Directora de Registro Académico a los veintidós días del mes de mayo del afio dos m i catorce. l n g . Diego Muñoz Latino Secretario General UNL

5974

Reg. 1 3553 - M. 77447 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

La Suscrita D i rectora de Registro de l a Universidad Nac ional de Ingeniería, certifica que, bajo el Nº 1 262, Página 23 1 , Tom o I I , del L ibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente

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2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

a la Facultad de Ciencias y S istemas. Y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió él Título que dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL POR CUANTO:

WILFREDO FRANCISCO ROCHA GARCÍA. Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Ciencias y Sistemas, para obtener e l grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes le extiende él Título de: 1 ngeniero de Sistemas. Para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la c iudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días del mes de junio del afio dos mil catorce. Rector de la Universidad: Arq. Víctor Arcia Gómez. Secretario General: Ing. Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad: Lic. Carlos Sánchez Hernández.

Es conforme, Managua, once de junio del 2 0 1 4. (f) MSc. María Mercedes García Bucardo. Directora de Registro U.N.I

Reg. 1 3554 - M. 77444 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería, certifica que, bajo e l Nº 1 2 6 1 , Página 23 l , Tomo 1 1 , del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Ciencias y S istemas.- Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió é l Título que dice: REPÚBLICA D E N ICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL P O R CUANTO:

CARLOS ROBERTO TIJERINO RODRIGUEZ. Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Ciencias y Sistemas, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes le extiende él Título de: Ingeniero de Sistemas. Para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días del mes de junio del afio dos mil catorce. Rector de la Universidad: Arq. Víctor Arcia Gómez. Secretario General : Ing. Diego Mufioz Latino. Decano de la Facultad: Lic. Carlos Sánchez Hernández.

Es conforme, Managua, once de junio del 20 14 . (f) MSc .. María M ercedes García Bucardo. Directora de Registro U.N.I

Reg. 1 3555 - M. 77439 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería, certifica que, bajo e l Nº 307, Página 1 54, Tomo 1, del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, Y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió él Título que dice: REPÚBLICA D E NI CARAGUA, AMÉRICA CENTRAL POR CUANTO:

L I C. M ELVIN MORTHON JAMES OLEGARIOS. Natural de Bluefields, Región Autónoma del Atlántíco Sur, República

5975

de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por la Dirección de Postgrado, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes le extiende él Título de: Especialista en Gestión Universitaria. Para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los once días del mes de diciembre del año dos mil trece. Rector de la Universídad: Arq. Víctor Emíl io Arcia Gómez. Secretario General: I ng. Diego Mufioz Latino.

Es conforme, Managua, quince días del mes de enero del afio dos mil catorce. (t) MSc .. María Mercedes García Bucardo. Directora de Registro U.N.I

Reg. 1 3556 - M . 77454 - Valor C$ 95 .00

C E RTIFICACIÓN

El Suscrito Director de Registro Nacional de la Universidad Popular de Nicaragua: Certifica que bajo el Nº 1 64, Página 004, Tomo 1-20 1 1 , Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Ingeniería Especifica , y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA POR CUANTO:

L U I S CARLOS ROQUE V I LC H EZ . Natural de Jalapa, Departamento de Nueva Segovia, República de Nicaragua, ha cumplido con todos Jos requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: se le extiende el título de: I ngeniero- Arquitecto, para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país Je conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a Jos diecisiete días del mes de diciembre del afio dos mil doce. Rectora de la Universidad: Dra. O iga María del Socorro Soza Bravo. Secretaria General: Lic. Oiga Asunción Meza S oza. Jefe Nacional de Carrera: Arq . Jorge Israel Galicia Cruz. (t) Ing. Manuel López Miranda. Director de Registro Nacional. UPONIC.

Reg. 1 3557 - M .77462 - Valor C$ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

E l suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 1 O l , tomo IV , del Libro de Registro de Título de Ja Facultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Titulo que dice: . . LA U NIVERSIDAD NACIONALAUTÓNOMA DE N I CARAGUA, M ANAGUA - POR CUANTO:

B E S S I C A BENIGNA D ÍAZ RUIZ. N atural de N icaragua, con cédula de identidad 44 1 - 1 50489-0004 Y ha cumpl ido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Matagalpa. POR TANTO: Le extiende e l Título de: Licenciada en E n fermería con Orientación en M aterno I nfantil . Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden .

Page 47: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 21 de ... · LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje: 560 Ejemplares 48 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas

2 1-07- 14 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 135

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días del mes de junio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 1 3 de junio del 20 1 4 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 35 58- M . 77464 - Valor C$ 95 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 457, tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultad Ciencias Económicas, que ésta Dirección l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, MANAGUA- POR CUANTO:

ROBERTO CHAMORRO GUZMÁN. Natural de Nicaragua, con cédula de identidad 001 -201 1 62-00058 ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Master en Contabilidad con Énfasis en Auditoria . Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dos días del mes de abril del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 02 de abril del 20 1 4 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3559 - M . 77473 - Valor C$ 95 .00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo e l Folio 75, Partida 3 , 703, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD DE OCCI D ENTE - POR CUANTO:

SCARLETH PAT R I C I A MORENO ALTA M I RANO, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciada en Tecnología M édica". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, Msc. Jose Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jiron.

Es conforme a su original con e l que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (f) Msc . Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector de la Universidad.

Reg. 1 3560 - M. 774 7 1 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

E l suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo e l Folio 76, Partida 3 ,705, Tom o XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD D E OCCI D ENTE - POR CUANTO:

RECTOR JOSE GARCIA M EDINA, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciado en Tec nología M édica". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, Repúbl ica de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, José Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jirón.

Es conforme a su original con el que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (t) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector Académico.

Reg. 1 356 1 - M. 77475 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, ·certifica que a la página 2 1 6, tomo XII, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Médicas, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UN IVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE N ICARAGUA POR CUANTO:

L I E SY CAROLINA OVIEDO DÍAZ, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas, POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Bionalisis Clínico, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinte días del mes de octubre del dos mil once. El Rector de la Universidad, Rog. Gurdian. El Secretario General, Sonia Ruiz S."

Es conforme. León, 20 de Octubre de 2 0 1 1 . (f) Lic . Teresa Rivas Pineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

Reg. 1 3562 - M . 77468 - Valor C $ 95.00

C E R T I F I C A C I Ó N

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 5 1 , tomo XII, del Libro de Registro de Título de la Facultad Ciencias Económicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, MANAGUA- POR C UANTO:

5976

Page 48: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 135 del 21 de ... · LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje: 560 Ejemplares 48 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas

2 1 -07- 1 4 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 1 35

M A R Í A J O S É D Í AZ O L I VA R E S . N atural d e N i caragua, con cédula de identidad 001 -07 1 287-0029U ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Mercadotecnia. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la c iudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte días del mes de junio del dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery.

Es conforme, Managua, 20 de junio del 20 1 4. (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3563 - M . 7797 1 - Valor C$ 95 .00

CERTI FICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo e l Folio 82, Partida 3,7 1 8, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió el Título que dice: "LA UNI VE RSIDAD DE OCCI DENTE - POR C UANTO:

MARCELA VA LESKA CHAVEZ BONILLA, ha c umplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende e l Título de Licenciada en Tecnologfa M édica". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la c iudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, M sc, . El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jirón.

Es conforme a su original con el que es debidamente cotej ado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos mil catorce. (f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Tél lez, Vice-Rector de la Universidad.

Reg. 1 3 564 - M. 77479 - Valor C$ 95.00

C E RTIFICACIÓN

El suscrito Vice-Rector de la Universidad de Occidente UDO CERTIFICA que bajo el Folio 76, Partida 3 ,706, Tomo XIX, del Libro de Registro de Títulos, que esta oficina l leva a su cargo se inscribió el Título que dice: "LA UNIVERSIDAD D E OCCIDENTE - POR C UA NTO:

H EYDI DE LOS A N G E L E S TERCERO CASTILLO, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas le extiende el Título de Licenciada en Tecnologia Médica". Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua a los veintiséis d ías del mes de abril del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Msc. Armando Ramón Gutiérrez Cruz. El Decano de la Facultad, Msc. Jose Esteban Sequeira. El Secretario General, Msc. Antonio Sarria Jiron.

5977

Es conforme a su original con e l que es debidamente cotejado. León, veintiséis días del mes de abril del año dos m i l catorce . (f) Msc. Gregorio Felipe Aguirre Téllez, Vice-Rector de l a U niversidad.

Reg. 13 565 - M. 7748 1 - Valor C$ 95 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

El suscrito Director de la Dirección de Registro Académico Estudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que en la página 220, tomo II , del Libro de Registro de Título del Escuela de Enfermería Jinotepe Carazo, que ésta Dirección l leva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "LA USIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, MANAGUA - POR CUANTO:

NELDACLEMENTINAFARIÑAS PÉREZ. Natural de Nicaragua, con cédula de identidad 566- 1 8 1 292-000 lM, ha cumplido con todos los requisitos por la Escuela de Enfermería J inotepe, Carazo. POR TANTO: Le extiende el Título de: E n fermera Profesional. Para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de N icaragua, a los veinte días del mes de junio del dos mil catorce . E l Rector de la Universidad, Elmer Cisneros Moreira. El Secretario General, Jaim: López Lowery.

Es conforme, Managua, 20 de junio del 20 1 4 . (f) César Rodríguez Lara, Director.

Reg. 1 3566 - M . 77466 - Va1or C$ 95 .00

C E R T I F I C A C I Ó N

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería, certifica que, bajo el Nº 3222, Página 0 7 1 , Tomo V, del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnología de la Industria.- Y que esta instancia l leva a su cargo, se inscribió él Título que dice: REPÚBLICA DE N I CARAGUA, A M É RICA CENTRAL POR C UANTO:

M AYKELIN ALICIA AGUILAR MORA. Natural de Managua, Departamento de Managua, República de N icaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por esta Facultad de Tecnología de la Industria, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios v igentes le extiende él Título de: I ngeniero Mecánico. Para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil catorce. Rector de la Universidad: Arq. Vícto r Arcia Gómez. Secretario General : Ing. Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad: Ing . Daniel Cuadra Horney.

Es conforme, Managua, once de j unio de 20 1 4 (f) MSc . María M ercedes García Bucardo. Directora de Registro U.N.I