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LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 228-3791 / 222-7344 Tiraje:850 Ejemplares 32 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas AÑO CXIII No. 75 Managua, Viernes 24 de Abril de 2009 2285 SUMARIO Pág. ASAMBLEA NACIONAL Ley No. 675 Ley del Lenguaje de Señas Nicaraguense ...................2286 MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos Asociación de Pobladores de las Comunidades de El Coyolar, Pochotillo y San Diego (APCOPSAND) ...................2287 Estatutos Asociación Integral de Colegios y Estudiantes; Raquel Kontorosky Artola (ACIERKA) .......................................2290 MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio ........................................2292 MINISTERIO DE EDUCACION Licitación por Registro No. 21-2009 ..............................................2302 Licitación por Registro No. 22-2009 ..............................................2303 MINISTERIO DE SALUD Resolución Ministerial No. 45-2009 .............................................2304 Resolución Ministerial No. 133-2009 ............................................2304 INSTITUTO NICARAGUENSE DE FOMENTO COOPERATIVO Resolución No. 416-2009 ..............................................................2306 Resolución No. 417-2009 ..............................................................2306 Resolución No. 418-2009 ..............................................................2306 Resolución No. 153-2009 ..............................................................2307 Resolución No. 154-2009 ..............................................................2307 EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES Declaración Desierta de Licitaciones .. ............................................2307 Suspensión de Licitación ................................................................2309 ALCALDIAS Alcaldía Municipal de Matiguás Resolución Administrativa No. 30-2009 ........................................2310 UNIVERSIDADES Títulos Profesionales ......................................................................2310 SECCION JUDICIAL Declaratoria de Heredero ................................................................2316

Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 75 del 24 de abril 2009 · 2014-03-03 · LA GACETA - DIARIO OFICIAL 2287 24-04-09 75 13. Revisar la documentación curricular existente

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LA GACETADIARIO OFICIAL

Teléfonos: 228-3791 / 222-7344

Tiraje:850 Ejemplares32 Páginas

Valor C$ 45.00Córdobas

AÑO CXIII No. 75Managua, Viernes 24 de Abril de 2009

2285

SUMARIOPág.

ASAMBLEA NACIONAL

Ley No. 675 Ley del Lenguaje de Señas Nicaraguense ...................2286

MINISTERIO DE GOBERNACION

Estatutos Asociación de Pobladores de las Comunidades deEl Coyolar, Pochotillo y San Diego (APCOPSAND) ...................2287Estatutos Asociación Integral de Colegios y Estudiantes;Raquel Kontorosky Artola (ACIERKA) .......................................2290

MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO

Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio ........................................2292

MINISTERIO DE EDUCACION

Licitación por Registro No. 21-2009 ..............................................2302Licitación por Registro No. 22-2009 ..............................................2303

MINISTERIO DE SALUD

Resolución Ministerial No. 45-2009 .............................................2304Resolución Ministerial No. 133-2009 ............................................2304

INSTITUTO NICARAGUENSE DEFOMENTO COOPERATIVO

Resolución No. 416-2009 ..............................................................2306Resolución No. 417-2009 ..............................................................2306Resolución No. 418-2009 ..............................................................2306Resolución No. 153-2009 ..............................................................2307Resolución No. 154-2009 ..............................................................2307

EMPRESA ADMINISTRADORA DEAEROPUERTOS INTERNACIONALES

Declaración Desierta de Licitaciones .. ............................................2307Suspensión de Licitación ................................................................2309

ALCALDIAS

Alcaldía Municipal de MatiguásResolución Administrativa No. 30-2009 ........................................2310

UNIVERSIDADES

Títulos Profesionales ......................................................................2310

SECCION JUDICIAL

Declaratoria de Heredero ................................................................2316

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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24-04-09 75

ASAMBLEA NACIONAL

LEY No. 675

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, Sabed:

Que,LA ASAMBLEA NACIONAL

Ha ordenado la siguiente:

LEY DEL LENGUAJE DE SEÑAS NICARAGÜENSE

Artículo 1 Objeto de la LeyLa presente Ley tiene por objeto reconocer y regular el Lenguaje de SeñasNicaragüense, como lengua de las personas con discapacidad auditiva enNicaragua, que libremente decidan utilizarla.

Art. 2 DefinicionesPara los fines de la presente Ley se entiende por:

a) Lenguaje de Señas Nicaragüense. Lenguaje o sistema lingüístico decarácter especial, visual, gestual y manual, creado por las personas condiscapacidad auditiva en Nicaragua, en cuya conformación intervienenfactores históricos, culturales y sociales, utilizados para comunicarse,expresarse y comprender ideas, pensamientos, sentimientos,conocimientos y actividades en relación a su entorno social.

b) Lengua Oral: Es la lengua o sistema lingüístico correspondiente a laslenguas reconocidas como oficiales en la Constitución Política de laRepública de Nicaragua.

c) Personas con Discapacidad Auditiva: Son aquellas personas queexperimentan pérdida de audición en algún grado, que altera su capacidadpara la recepción, asociación y comprensión de los sonidos, encontrandopor este motivo, barreras de comunicación en su vida cotidiana ydiscriminación. Se comprenden dentro del término "personas condiscapacidad auditiva" a las personas sordas y a las hipoacúsicas.

Art. 3 Reconocimiento OficialSe reconoce al Lenguaje de Señas Nicaragüense como medio decomunicación oficial de las personas con discapacidad auditiva en elterritorio nacional.

Art. 4 Promoción EstatalEl Estado mediante sus instituciones y órganos de administración, entesdescentralizados, los Consejos Regionales de la Costa Atlántica y lasmunicipalidades, deberán promover políticas y estrategias y dictarnormas para la aplicación de la presente ley.

Art. 5 Utilización de Intérpretes en Instituciones del Estado y ActosOficialesEn todas las instituciones del Estado y en los actos oficiales públicos, decarácter nacional o local, que presidan el Presidente de la República, losPresidentes de los demás Poderes del Estado y Ministros de Estado, segarantizará por el Estado, la participación de intérpretes de lenguaje deseñas para las personas con discapacidad auditiva.

Art. 6 Utilización de intérpretes en medios de comunicaciónaudiovisualesLos propietarios de los medios de comunicación audiovisuales, deberánutilizar intérpretes de lenguaje de señas para comunicar e informar a las

personas con discapacidad auditiva.

Art. 7 Derecho a la educación del Lenguaje de Señas NicaragüenseEl Estado de Nicaragua a través del Sistema Educativo Nacional, garantizaráa los estudiantes con discapacidad auditiva, el pleno derecho a la educacióndel lenguaje de señas nicaragüense como uno de los instrumentos en elproceso de enseñanza-aprendizaje.

Art. 8 Consejo Nacional del Lenguaje de Señas NicaragüenseCréase el Consejo Nacional del Lenguaje de Señas Nicaragüense comoinstancia de definición, promoción, investigación y divulgación dellenguaje de señas Nicaragüense.

Art. 9 Integración del Consejo Nacional del Lenguaje de SeñasNicaragüenseEl Consejo Nacional del Lenguaje de Señas Nicaragüense estará integradopor un delegado de las siguientes entidades y órganos:1. Ministerio de Educación;2. Presidencia de la República;3. Instituto Nacional Tecnológico;4. Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de ComunicaciónSocial de la Asamblea Nacional;5. Consejo Nacional de Rehabilitación;6. Policía Nacional7. Asociación Nacional de Sordos de Nicaragua;8. Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos;9. Asociación Nacional de Intérpretes para Sordos de Nicaragua;10. Subsistema de Educación Autonómica Regional de las RegionesAutónomas de la Costa Atlántica; y11. Escuelas y/o Institutos que se dedican exclusivamente a implementarel Lenguaje de Señas Nicaragüense.

El Ministerio de Educación convocará y presidirá el Consejo Nacional delLenguaje de Señas Nicaragüenses.

Art.10 Funciones del Consejo Nacional del Lenguaje de SeñasNicaragüenseEl Consejo Nacional del Lenguaje de Señas Nicaragüense, tendrá lassiguientes funciones:

1. Aprobar su Reglamento Interno;2. Aprobar el Lenguaje de Señas Nicaragüense;3. Aprobar e incorporar los nuevos signos del Lenguaje de SeñasNicaragüense;4. Divulgar el Lenguaje de Señas Nicaragüense aprobado conforme losnumerales anteriores;5. Proponer, aprobar e implementar la Política de Atención a las Personascon Discapacidad Auditiva;6. Desarrollar programas especiales que garanticen el acceso de laspersonas con discapacidad auditiva en los diferentes subsistemas deEducación;7. Crear en conjunto con el Consejo Nacional de Universidades, un programaespecial para garantizar el acceso de las personas con discapacidad auditivaa los Centros de Educación Superior.8. Elaborar en colaboración con la Asociación de Municipios de Nicaragua,un programa para crear una Política de Atención a las Personas conDiscapacidad Auditiva en cada Municipio;9. Coordinar con las escuelas e institutos que implementan el Lenguaje deSeñas Nicaragüense, la correcta aplicación del mismo;10. Designar e incorporar un representante de las Escuelas e Institutospúblicos que se dedican exclusivamente a implementar el Lenguaje de SeñasNicaragüense;11. Coordinar con el Ente Regulador de las telecomunicaciones, la aplicaciónde lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley; y12. Elaborar el Registro de las Personas con Discapacidad Auditiva.

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13. Revisar la documentación curricular existente para unificar un soloLenguaje de Señas en Nicaragua.

Art. 11 Órgano rectorEl Ministerio de Educación será el órgano rector para la aplicación de la Leydel Lenguaje de Señas Nicaragüense.

Art. 12 Formación de InterpretesEl Estado de Nicaragua, reconocerá la titulación y formación docente deintérpretes para personas con discapacidad auditiva de Nicaragua efectuadaspor instituciones acreditadas a nivel nacional y por las extranjeras acreditadaspor convenios internacionales que cumplan con los requisitos establecidospor el Consejo Nacional del Lenguaje de Señas Nicaragüense.

Art.13 Señalamiento de prioridadesEl Estado deberá priorizar la implementación de la participación deintérpretes de lenguaje de señas para las personas con discapacidad auditiva,a las Instituciones y organismos que brindan servicios públicos y de asistenciasocial.

Art. 14 Asignación presupuestaria al Ministerio de EducaciónLa Asamblea Nacional incluirá en la Ley Anual del Presupuesto General dela República 2009, una partida presupuestaria de Doscientos Cincuenta MilCórdobas (C$ 250.000.00), que se entregará en cuotas mensuales al Ministeriode Educación, para financiar el entrenamiento, formación y capacitaciónde los intérpretes que establece esta Ley.

Art. 15 VigenciaLa presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquiermedio escrito de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicaciónen La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los docedías del mes de febrero del año dos mil nueve. Ing. René Núñez TéllezPresidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira,Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto. Téngase como Ley de la República . Publíquese y Ejecútese.Managua, dos de Abril del año dos mil nueve. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA,Presidente de la República de Nicaragua.

MINISTERIO DE GOBERNACION

Reg. No. 4482 – M. 8046287 - Valor C$ 1,545.00

ESTATUTOS ASOCIACION DE POBLADORES DE LASCOMUNIDADES DE EL COYOLAR, POCHOTILLO Y SAN

DIEGO (APCOPSAND)

CONSTANCIA DE INSCRIPCION

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República de Nicaragua.HACE CONSTAR. Que bajo el número Perpetuo cuatro mil doscientossesenta y dos (4262), del folio número siete mil ochocientos setenta ysiete al folio número siete mil ochocientos ochenta y siete (7877-7887),Tomo V, Libro: DECIMO (10º), que este Departamento lleva a su cargo,se inscribió la entidad nacional denominada: “ASOCIACION DEPOBLADORES DE LAS COMUNIDADES DE EL COYOLARPOCHOTILLO Y SAN DIEGO” (APCOPSAND) Conformeautorización de Resolución del doce de Diciembre del año dos mil ocho.Dado en la ciudad de Managua, el día quince de Diciembre del año dosmil ocho. Deberán Publicar en La Gaceta, Diario Oficial los estatutosinsertos en la escritura número OCHENTA (80), Autenticado por elLicenciado Alcides Muñoz Alemán, el día siete de octubre del año dosmil ocho y Escritura de Aclaración número NOVENTA Y CINCO (95).

Protocolizada por el Licenciado Israel Cortez Lazo el día veinte denoviembre del año dos mil ocho. Dr. Gustavo A. Sirias Q, Director

(Aprobación de estatutos) La presente Asociación se regirá por losestatutos que han sido aprobados en asamblea general y que a continuaciónse describen; CAPITULO PRIMERO: (Denominación, Domicilio,Naturaleza y Duración): Artículo 1. Denominación: La Asociación sedenominará “Asociación de Pobladores de las Comunidades de ElCoyolar, Pochotillo y San Diego”, la que podrá ser designadasimplemente como APCOPSAND. Artículo 2. Domicilio: El domiciliode la Asociación es el municipio de Diriomo, departamento de Granada,República de Nicaragua. Artículo. 3 Naturaleza Legal: La Asociación esde carácter Civil, sin fines de lucro y rige sus actividades por los preceptosconstitucionales, la ley de la materia, los Estatutos de la Asociación, elActa constitutiva y las Leyes de la República que le sean aplicables.Artículo 4. Duración de la Asociación. Plazo: de conformidad con estaEscritura de constitución y estatutos, la Asociación tiene un plazo deduración de noventa y nueve años, prorrogables por decisión de losasociados, plazo que comienza a contarse desde la fecha que entre envigencia el Decreto de la Asamblea Nacional reconociendo la PersoneríaJurídica de la Asociación de Pobladores de las Comunidades de ElCoyolar, Pochotillo y San Diego”.CAPITULO SEGUNDO: (Finesy Objetivos) Artículo 5. La Asociación tiene como objetivo las siguientesfinalidades: La Asociación tiene como objetivo las siguientes finalidades:a) Promover la organización y participación de los ciudadanos en todotipo de actividad de Desarrollo Comunitario. b)Gestionar cualquier tipode cooperación, ante las diferentes instancias Municipales y Nacionalesde Gobierno y de la Sociedad Civil, así como de instituciones y/o gobiernosextranjeros, con la finalidad de lograr que las comunidades con las que laAsociación trabaje alcancen un Desarrollo Comunitario Integral. c)Respaldar y apoyar las gestiones, inquietudes y necesidades que tenganlos pobladores de las comunidades en lo que respecta al desarrollo integralde sus comunidades. d) Brindar el servicio de agua potable a las comunidadesbeneficiarias, e) Cuidar el medio ambiente para preservar las fuentes deagua de forma permanente. f) promover la salud ambiental de lospobladores de las comunidades. g) Desarrollar programas de alfabetizacióny otras actividades educativas y de capacitación técnica que contribuyaa elevar el desarrollo de las comunidades, respaldando y coordinando conlos centros educativos existentes en las comunidades. h) Impulsarproyectos dirigidos a los jóvenes mediante actividades de formaciónsexual, deportivas, culturales, recreativas y de formación laboral. i) Cuidarla flora y fauna existente en las comunidades. f) promover proyectos dereforestación de todas las áreas con cauces y pendientes dentro de lascomunidades con el objetivo de hacer de las tres comunidades el bosqueverde del municipio, g) Implementar una Biblioteca, procurar títulos(libros) de formación integral en todas las áreas, sociales, científicas ytécnicas, lo anterior con el objetivo de ayudar a crecer a las personas ycomunidades en el desarrollo de cualidades y capacidades. h) Impulsaractividades económicas para recaudar fondos que permitan elfuncionamiento de la Asociación y poder así impulsar la ejecución deproyectos que se proponga la asociación. m) Apoyar y cooperar connuestra experiencia a todos aquellos ciudadanos extranjeros que de formaparticular y especial lleguen a acompañar y participar en el trabajo de laAsociación, con el objetivo de acercar a nuestros pueblos en el principiode solidaridad en busca de mantener viva la llama de la justicia, la libertady la paz. CAPITULO TERCERO: (De los Miembros, Derechos yDeberes. Artículo 6. Miembros: La Asociación se integra por: 1.Miembros, que pueden ser personas naturales o jurídicas; 2. MiembrosHonoríficos; Artículo 7. Los Miembros Fundadores: Son las personasque suscriben la presente Escritura de Constitución y que se consignanen la parte primera de esta escritura. Artículo 8. Los Miembros de NuevoIngreso: son las personas naturales o jurídicas que con posterioridad alacto constitutivo de la Asociación y de conformidad a los requisitos seanadmitidos por la Junta Directiva y la Asamblea General; Los Miembros

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Honorarios: Artículo 9. Son miembros Honorarios de la Asociación,aquellas personas naturales o jurídicas, Nacionales o Extranjeras, que seidentifiquen con los fines y objetivos de la Asociación y que apoyenactivamente la realización de los mismos. Serán nombrados por laAsamblea General en virtud de un mérito especial. Tendrán derecho arecibir un diploma o certificado que lo acredite como tal y tendrán derechoa voz pero no a voto. En este acto la asamblea por unanimidad determinay nombran en calidad de Miembros Fundadores de esta Asociación paralo cual se confirman en este acto, a) la asociación Ayudantes de laCartonera de Alemania, la Asociación Amistad Frankfurt-Granada y laAsociación Granada entre Amigos, quienes han ayudadodesinteresadamente en el financiamiento, ejecución y acompañamientodel proyecto de agua potable para beneficio de nuestras comunidades.Artículo 10. Deberes de los Miembros: Todo miembro, tendrá losderechos que le corresponden conforme a la Escritura de Constitución dela Asociación, la Ley y los presentes Estatutos. Todos observarán lasdistintas disposiciones establecidas por la Escritura de Constitución, lopreceptuado por la Ley, los presentes Estatutos y las resolucionestomadas por la Asamblea General y la Junta directiva de la Asociación,dentro de sus respectivas facultades. Todos los miembros tendránderecho de voz y voto, a elegir y ser elegidos para cargos de Dirección.La calidad de miembro se pierde por: 1) renuncia propia; 2) por muerte:3) por actuar en contra de los principios y objetivos de la Asociación; 4)cuando se ausente por más de tres sesiones consecutivas sin justificación;5) cuando demuestre una notoria mala conducta, ésta circunstancia serádeterminada por la Asamblea General con mayoría absoluta de dos terciosde votos de los miembros presentes en la Asamblea; 6) por sentencia firmedictada por los tribunales de justicia en donde expresamente se lesuspendan los derechos ciudadanos. Artículo 11. Derechos de losMiembros: a) Presentar iniciativas relacionadas con los fines y objetivosde la asociación; b) elegir y ser elegidos en cargos dentro de la JuntaDirectiva, siempre y cuando no tenga parentesco de hasta el segundo gradode consanguinidad y primero de afinidad con otro miembro activo de laJunta Directiva; c) presentar propuestas de actividades ante la JuntaDirectiva y la Asamblea General, así como proponer reformas a losEstatutos de la Asociación; d) respetar e impulsar el cumplimiento de lasresoluciones de la Junta Directiva y la Asamblea General y todas lasdisposiciones y acuerdos que con arreglo a los estatutos de la Asociaciónhayan sido acordadas; e) enterar al tesorero de la Asociación lacorrespondiente cuota de afiliación que sea determinada en AsambleaGeneral; f) es obligación de los miembros, asistir puntualmente a lassesiones para las cuales sean convocados. CAPITULO CUARTO: (Delos Órganos de la Asociación): Artículo 12.-Son órganos de la Asociación:1. La Junta Directiva. 2. La Asamblea General de Miembros. De la JuntaDirectiva: Integración: La Junta Directiva estará integrada por sietemiembros con los cargos de: Presidente, Vice-Presidente, Secretario,Tesorero, Fiscal y dos Vocales electos como atribución especial por laAsamblea General de Miembros por la mayoría simple de votos delquórum en que sean electos, para un período de dos años. Es permitidala reelección para un segundo período siempre que medie otro período depor medio para poder optar al mismo cargo. De producirse vacantes encualquiera de estos cargos en receso de la Asamblea, la Junta Directiva,podrá hacer los nombramientos respectivos que serán válidos hasta elpronunciamiento de la Asamblea General. Un miembro de la JuntaDirectiva puede ser removido de su cargo por las mismas causas yprocedimientos contemplados para los miembros, además del abandonomanifiesto de sus atribuciones. De la Asamblea General de Miembros.Artículo 13. La Asamblea General en todo se sujetará a su Acta deConstitución, a los presentes Estatutos y las Leyes de la República quele sean aplicables. Artículo 14. Integración: La Asamblea General, estaráintegrada por los Miembros y Miembros Honoríficos. Para ingresar a laAsociación se requiere llevar por lo menos un año en las actividades ytareas que convoca y desarrolla la Asociación, ser mayor de 16 años,aceptar el Acta Constitutiva y los presentes Estatutos, tener prestigio en

la comunidad donde vive, hacer la solicitud por escrito y ser evaluado yaceptado por Junta Directiva y la Asamblea General. Todos los Miembrostendrán iguales derechos con voz y voto en las decisiones de la Asamblea.La aceptación de nuevos Miembros se hará mediante voto, con unamayoría absoluta de dos tercios de los asistentes a la Asamblea, apropuesta de la Junta Directiva. Artículo 15. Tipos de Sesiones: LaAsamblea tendrá dos tipos de sesiones: Ordinaria y Extraordinaria.Artículo 16. Son Sesiones Ordinarias; La Asamblea General de Miembrosse reunirá en sesión ordinaria cada seis meses, mediante convocatoria queformulará la Junta Directiva, con siete días de anticipación. La convocatoriase hará por cualquier medio disponible. Artículo 17. SesionesExtraordinarias: La Asamblea General de Miembros, se reunirá en sesiónextraordinaria cuando sea convocada por la Junta Directiva. La convocatoriapara estas sesiones será en la misma forma que lo prescrito para lasordinarias pero en la citación se incluirá la Agenda correspondienteindicando local, día y hora de inicio. Artículo 18. Quórum: El Quórum seconstituirá tanto en las sesiones ordinarias como extraordinarias con elcincuenta por ciento más uno de los miembros. Si no se logra el quórumsuficiente en la primera convocatoria, se hará una segunda convocatoriacon 72 horas de anticipación. Si una hora después no se ha logrado elquórum en esta segunda convocatoria, la Asamblea General se podrárealizar con los miembros presentes dejando constancia en el acta que alefecto se levante. Artículo 19. Votos: El voto será público y directo enla elección de los miembros de la Junta Directiva. Para que las decisionessean válidas, es necesario que concurra el voto afirmativo de la mitad másuno de los miembros que constituyen el quórum, exceptuando los casosen que específicamente se señale necesario una mayoría absoluta de dostercios de votos. En caso de empate, el Presidente o Coordinador que parael efecto al inicio de la sesión se nombre o quien este sustituyéndolesolicitará un tiempo no mayor de media hora de receso para la reflexión.Vencido al tiempo, se entrará de nuevo a votación. Si por segunda vez nose produjera el número de votos necesarios, el Presidente o quien haga susveces aplicará el sistema de doble voto emitido por él. Artículo 20.CAPITULO QUINTO: (De las Funciones de los Órganos de de laAsociación). Artículo 21. Funciones de la Junta Directiva: La representaciónde la Asociación estará a cargo de la Junta Directiva y sus funciones seránlas siguientes: 1. Velar y salvaguardar los bienes que conformen elpatrimonio material, moral y cultural de la Asociación, 2. Convocar a laAsamblea General Ordinaria de Miembros, 3. Proponer a la AsambleaGeneral la Admisión de nuevos miembros, 4. Conferir reconocimientosy distinciones a personas y/o entidades que por su ejecutoría lo merezcan,5. Nombrar al personal necesario de cualquier proyecto que impulse laAsociación en el futuro. 6. Elaborar el proyecto global de la Asociación,el presupuesto, el informe financiero y la evaluación anual de actividadespara la toma de decisiones de la Asamblea General. 7. Reunirseordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando el presidenteo la mayoría simple de sus miembros lo soliciten, 8. Tomar las decisionescon la mayoría calificada de sus miembros. 9. Conformar comisionesespecíficas con los miembros de la Asociación y personal técnico deapoyo para los proyectos y/o actividades en la consecución de los finesy objetivos de la Asociación. 10. Presentar propuestas de aportación delos miembros a la Asamblea General para su aprobación como parte delpatrimonio de la Asociación. 11. presentar un informe anual a la AsambleaGeneral. Funciones de la Asamblea General: Artículo 22. a) Ser la máximaautoridad de la Asociación, nombrar cuantos comités o equipos seannecesarios para la ejecución de los planes de la Asociación en laimplementación de las resoluciones y acuerdos que hayan sido tomadosoportunamente b) Ejecutar las políticas y normativas necesarias quegaranticen el cumplimiento de los fines y objetivos de la Asociación, c)Hacer cumplir los estatutos y hacer reformas a los mismos, d) Aprobarel presupuesto y financiamiento anual de la Asociación e) aprobar odenegar la incorporación a la Asociación a otros organismos homólogos,f) aprobar o denegar afiliaciones de nuevos Miembros, g) con el quórumde los dos tercios presentes autorizar al presidente de la Junta Directiva

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la enajenación de bienes muebles del patrimonio de la Asociación siempreque los mismos ya no cumplan el objetivo para el que fueron adquiridos,h) Resolver sobre la liquidación y disolución de la Asociación. CAPITULOSEXTO: (De las funciones de los Miembros de la Junta Directiva)Artículo 23. El Presidente; presidir las reuniones de la Junta Directiva,tener la representación oficial de la Asociación, judicial y extrajudicialmente,con carácter y facultades de Apoderado General de Administración,pudiendo a su vez conferir poderes especiales de todas o algunas de susfacultades. Mantener estrechas relaciones con los directivos de losproyectos que impulse la Asociación en el futuro, convocar a reunionesde la Junta Directiva. En caso de que haya empate al momento de lasvotaciones de las reuniones que presida tendrá doble voto para llegar aresoluciones satisfactorias; Firmar cheques junto con el Tesorero una vezque haya cuentas bancarias a favor de la Asociación y refrendar con sufirma las actas de las sesiones de la Junta Directiva y de la AsambleaGeneral. Artículo 24. El Vice-Presidente; asumir las atribuciones delPresidente en ausencia o por delegación de éste, elaborar conjuntamentecon el Tesorero el Balance Financiero para ser presentado a la AsambleaGeneral y cualquier otra designación acordada en la Junta Directiva.Artículo 25. El Secretario; llevar los Libros de Actas de las reuniones dela Junta Directiva y de la Asamblea General, Citar a sesiones de laAsamblea General y de la Junta Directiva por indicaciones de ésta últimao del Presidente de la misma, llevar un archivo de la correspondencia dela asociación, mantener al día la lista completa de los miembros de laAsociación. Llevará un control de los acuerdos tomados por la AsambleaGeneral y de la Junta Directiva, resguardar el sello de la Asociación.Artículo 26. El Tesorero; Administrar y llevar el registro contable de laAsociación. Firmar junto con el presidente los cheques e informesfinancieros de la Asociación. Llevar control de los ingresos y egresos dela Asociación. Tener un control del inventario de los bienes muebles einmuebles de la Asociación. Elaborar y presentar a la Junta Directiva elBalance Financiero trimestral, semestral y anual. Artículo 27. El Fiscal:supervisar que las funciones de la Junta Directiva se rijan por loestablecido en el Acta Constitutiva y los estatutos aprobados. Presentarinforme anual de sus actividades a la Asamblea General. Artículo 28.Primer y Segundo Vocal; tendrán las funciones de poder sustituir en casode ausencia a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva a excepcióndel Presidente, así como realizar trabajos que el presidente le delegue olas que le asigne la Junta Directiva. Artículo 29. Por unanimidad de votosse elige la siguiente Junta Directiva: Presidente: Francisco SócratesSandoval, Vice-Presidente: Mario José Osorio Cano, Secretario: JackieRobinson Muñoz Mora, Tesorero: Digna del Carmen Osorio Vásquez,Fiscal: Andrea Sandoval, Vocal I: Vilma del Rosario Canda, Vocal II:Álvaro Meneses Echaverry, los que serán sometidos a elección oratificación un mes después de haber sido publicada la personalidadjurídica en la Gaceta diario oficial. CAPITULO SEPTIMO: (DelPatrimonio de la Asociación) Artículo 30. Inicialmente se constituyecomo patrimonio de la Asociación, la cantidad de MIL SETECIENTOSCORDOBAS NETOS (C$ 1,700.00) como aporte inicial de los miembrosfundadores que suscriben la presente. Asimismo conforma el patrimoniode la Asociación: Todos los fondos bancarios, valores, bienes muebles einmuebles que a titulo gratuito u oneroso, o por cualquier ingreso lícitocomo las aportaciones de sus miembros adquiera en el futuro la Asociación.También es parte inicial y principal del patrimonio de la asociación loslotes de terrenos que la Cooperativa de Servicios de Agua potable de lascomunidades le ha donado a la asociación, dichos lotes de terrenos sondonde se encuentra el pozo de agua en la comarca el Coyolar, y los doslotes de terreno donde se encuentra el tanque de almacenamiento de aguay la llave de pase en la comarca el Pochotillo. 31. Balance: Se practicaranestados financieros cada año ordinario de conformidad y en las fechas decierre fiscal, por parte de la Junta Directiva y se someterán al conocimientoy aprobación de la Asamblea General, enviándose copia de los mismosal Ministerio de Gobernación de la Republica de Nicaragua, todo deconformidad con la ley de la materia. CAPITULO SEPTIMO: (Disolución

de la Asociación) Artículo 32. La Asociación podrá dar por terminadasus operaciones por las siguientes circunstancias: 1. Por pérdida de supersonería jurídica, al darse cualquiera de los hechos que la Ley contemplapara tal efecto; 2. Por decisión voluntaria tomada en Asamblea General,con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los Miembros de laAsamblea General. Artículo 33. Una vez acordada la disolución senombrara una junta liquidadora la que actuará de conformidad con la leyy en caso de quedar saldos positivos del patrimonio de la Asociación éstosserán entregados en carácter de donación a la organización comunitaria delas comunidades que forman la presente asociación, puede ser una escuela,otra asociación, fundación, etc.), y los mismos deberán ser utilizados conobjetivos sociales propios de la referida asociación. CAPITULOOCTAVO: (Disposiciones Finales) Artículo 34. Quórum y Voto: Entodo lo pertinente a decisiones se aplicará lo establecido en cuanto alquórum y votos de la Asamblea General y las sesiones de la JuntaDirectiva. Artículo 35. Interpretación: La interpretación de estos Estatutos,así como los casos o situaciones no previstos por los mismos, seránresueltos por la Junta Directiva de la Asociación. Artículo 36. Reformaso Enmiendas: se podrán hacer reformas o enmiendas a estos Estatutos,cumpliendo los siguientes requisitos; a) deberán ser aprobados por laJunta Directiva de la Asociación con el voto afirmativo de dos tercios desus miembros y ratificados por la Asamblea General en su sesión máspróxima por una mayoría de los dos tercios de sus miembros; b) elproyecto de reformas deberá ser enviado por la Junta Directiva a losmiembros de la Asociación, antes de la Asamblea Ordinaria y/oextraordinaria. Así se expresaron los comparecientes debidamenteinstruidos por mí el Notario, acerca del valor, de los alcances y trascendenciade este acto, de su objeto, de lo que importan las cláusulas generales queaseguran su validez, de las especiales que contiene de las que envuelvenrenuncias y estipulaciones explícitas e implícitas y de las que en concretose hacen, así como de la responsabilidad de presentar la presente escrituraante las autoridades correspondientes e inscribir la Personería Jurídica quese obtenga de la Asamblea Nacional, en el Registro de Asociaciones delMinisterio de Gobernación. Doy fe de que tuve a la vista el proyecto deestatutos aprobado por los comparecientes constituidos en AsambleaGeneral y que se encuentran insertos íntegramente en esta escritura. Yleída que fue por mí el Notario íntegramente esta escritura a todos loscomparecientes, éstos la encuentran conforme aprobándola y ratificándolaen todas sus partes sin hacerle modificación, firman junto conmigo. Doyfe de todo lo relacionado. Entrelineado- Mario José Osorio Cano, cédulaNo. 2032001720001Q- Vale. (f) Vilma C. (f) Sixto José Rugama (f) huelladigital (f) Ilegible (f) Saturnino T. (f) Digna O. (f) Lilliana Castillo (f) FSS(f) Ilegible (f) Violeta C. (f) huella digital (f) Ilegible (f) J Salvador V. S.(f) F.G.P (f) Ilegible. (f) Ilegible (f) MVL (f) Ilegible. (f) Israelazo. Notario.Paso ante mi del reverso de folio ochenta y cuatro al reverso del folioochenta y nueve de mi Protocolo Once que llevo en el presente año y asolicitud del señor FRANCISCO SOCRATES SANDOVAL enrepresentación de APCOPSAND, extiendo este primer Testimonio enseis hojas útiles de papel sellado de ley, las que firmo, rubrico y sello enla ciudad de Granada a las once de la mañana del día veinte de julio del añodos mil seis. Entrelineado.- Mario José Osorio Cano, Cédula 203-200172-0001Q-Vale. ISRAEL CORTEZ LAZO. NOTARIO PÚBLICOY ABOGADO.

TESTIMONIO ESCRITURA NOVENTA Y CINCO (95).PROTOCOLO TRECE. Aclaración de Escritura de Constitución yAprobación de Estatutos de la Asociación de Pobladores de lasComunidades de El Coyolar, Pochotillo y San Diego. En la comunidadde El Coyolar municipio de Diriomo, departamento de Granada, a las dosy treinta minutos de la tarde del día veinte de noviembre del año dos milocho. Ante mí: ISRAEL CORTEZ LAZO, Notario Público y Abogadode la República de Nicaragua, con domicilio y residencia en la ciudad deGranada de transito por esta localidad, debidamente autorizado por laExcelentísima Corte Suprema de Justicia para cartular durante un quinquenio

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que vence el día quince de junio del año dos mil diez, comparecen losseñores: Vilma del Rosario Canda, con Cédula No. 203-120879-0002G,Sixto José Rugama Vega, con Cédula No. 203-060849-0000A, AndreaSandoval (único nombre y apellido), con Cédula No. 203-121148-0000S,José Antonio Cárdenas Flores, con Cédula No. 203-130661-0004V,Mario José Osorio Cano, cédula No. 203-200172-0001Q, Digna delCarmen Osorio Vásquez, con Cédula No. 203-110668-0000A, LilianaAuxiliadora Castillo Mora, con Cédula No. 202-150673-0006U, FranciscoSócrates Sandoval, con Cédula No. 203-220249-0001B, Jackie RobinsonMuñoz Mora, con Cédula No. 203-011283-0000K, Violeta del SocorroVásquez Canda, con Cédula No. 203-120879-0002G, Lázaro DemesioAmpie, con Cédula No. 203-211240-0000M, José Álvaro MenesesEchaverry, con Cédula No. 203-300155-0000D, José Salvador VásquezSuazo, con Cédula No. 203-271257-0000H, Carlos Francisco PérezMartínez, con Cédula No. 081-021083-0011P, José Alejandro Centeno,con Cédula No. 203-290368-0003W, María Auxiliadora Vado López, conCédula No. 044-131173-0002V, todos mayores de edad, entre solterosy casados, agricultores y amas de casa, y del domicilio de las comunidadesde El Coyolar, Pochotillo y San Diego respectivamente, de la jurisdiccióndel municipio de Diriomo departamento de Granada, doy fe de que tienenplena capacidad civil legal y necesaria para obligarse y contratar, enespecial para el otorgamiento de este acto en el que todos accionan en supropios nombres e interés y en la calidad de miembros de la Asociacióndenominada APCOPSAND, la que se encuentra debidamente aprobadapor la Asamblea Nacional mediante Decreto No. AN-5405 del 5 de Juniodel presente año 2008; y en el carácter en que comparecen conjuntamentedicen: PRIMERA: Que mediante escritura Ochenta de las seis y treintaminutos de la tarde del día dieciocho de julio de dos mil seis, autorizadapor el suscrito Notario Público, constituyeron y aprobaron la AsociaciónCivil de Carácter Social, sin Fines de Lucro denominada “Asociación dePobladores de las Comunidades de El Coyolar, Pochotillo y SanDiego”, (designada simplemente como APCOPSAND). SEGUNDA:(Aclaración) Que en la referida escritura de constitución y aprobaciónde los estatutos de La Asociación (APCOPSAND), en su cláusulaOCTAVA referida a la administración y Junta Directiva de la Asociación,erróneamente se dejo dicho “que la Junta Directiva se constituye desdeya como máxima autoridad en la toma de decisiones”… cuando lo correctoes y así debe ser tenido como cierto, es que la Junta Directiva ejecuta lasactividades, tareas, programas y proyectos para el cumplimiento de losobjetivos de la Asociación. Y en consonancia del Artículo 22. inciso a)debe tenerse como cierto y valido “que la Asamblea General es la máximaautoridad de la Asociación”, con lo anterior debe tenerse como aclaradola referida cláusula Octava de la escritura ya dicha. TERCERA: todos concomparecientes conjuntamente siguen diciendo y expresan que piden a lasautoridades del Ministerio de Gobernación que la presente escritura deaclaración se tenga como parte integrante de la escritura 80 de constitucióny aprobación de los estatutos de la Asociación APCOPSAND y seproceda a otorgársele el Número Perpetuo y publicar sus estatutos parapoder iniciar las operaciones que den cumplimiento a los objetivos paralo cual se constituyo la misma. Así se expresaron los comparecientesdebidamente instruidos por mí el Notario, acerca del valor, de los alcancesy trascendencia de este acto, de su objeto, de lo que importan las cláusulasgenerales que aseguran su validez, de las especiales que contiene de las queenvuelven renuncias y estipulaciones explícitas e implícitas y de las queen concreto se hacen, así como de la responsabilidad de presentar lapresente escritura ante las autoridades correspondientes en el Registro deAsociaciones del Ministerio de Gobernación. Doy fe de que tuve a la vistala escritura 80 a que se hace referencia y de la certificación de la AsambleaNacional donde se prueba el decreto de Personería Jurídica. Y leída quefue por mí el Notario íntegramente esta escritura a todos los comparecientes,éstos la encuentran conforme aprobándola y ratificándola en todas suspartes sin hacerle modificación, firman junto conmigo. Doy fe de todo lorelacionado. (f) Vilma C. (f) Sixto José Rugama (f) huella digital (f) Ilegible(f) Mario José Osorio Cano (f) Digna O. (f) Lilliana Castillo (f) FSS (f)

Ilegible (f) Violeta C. (f) Ilegible (f) J Salvador V. S. (f) F.G.P (f) Ilegible.(f) Ilegible (f) MVL (f) Israelazo. Notario. Paso ante mi del reverso defolio noventa y uno al reverso del folio noventa y dos de mi ProtocoloTrece que llevo en el presente año y a solicitud del señor FRANCISCOSOCRATES SANDOVAL en representación de APCOPSAND,extiendo este primer Testimonio en dos hojas útiles de papel sellado deley, las que firmo, rubrico y sello en la ciudad de Granada a las cinco dela tarde del día veinte y cuatro de noviembre del año dos mil ocho. ISRAELCORTEZ LAZO, NOTARIO PÚBLICO Y ABOGADO.

------------Reg. No. 4562 – M. 8046395 - Valor C$ 1,110.00

ESTATUTOS ASOCIACION INTEGRAL DE COLEGIOS YESTUDIANTES; RAQUEL KONTOROSKY ARTOLA

(ACIERKA)

CONSTANCIA DE INSCRIPCION

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República de Nicaragua.HACE CONSTAR. Que bajo el número Perpetuo cuatro mil trescientosdieciséis (4316), del folio número doscientos setenta y cuatro al folionúmero doscientos ochenta y uno (274-281), Tomo I, Libro: ONCEAVO(11º), que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió la entidadnacional denominada: “ASOCIACION INTEGRAL DE COLEGIOSY ESTUDIANTES; RAQUEL KONTOROSKY ARTOLA”(ACIERKA) Conforme autorización de Resolución del dieciséis deMarzo del año dos mil nueve. Dado en la ciudad de Managua, el díadiecisiete de Marzo del año dos mil nueve. Deberán Publicar en La Gaceta,Diario Oficial los estatutos insertos en la escritura número Sesenta y Tres(63), Autenticado por la Licenciada Hilda Alicia Pavón Barrantes, el díaseis de marzo del año dos mil nueve, Dr. Gustavo A. Sirias Q, Director.

(APROBACION DE ESTATUTOS). Los comparecientes reunidos enAsamblea General y de común acuerdo discuten y aprueban unanimementeen este acto, los ESTATUTOS DE LA ASOCIACION, que se redactany forman parte integrante de esta Escritura, quedando en los siguientestérminos. CAPITULO PRIMERO.- NATURALEZA, FINES YOBJETIVOS .-Articulo.1. La Asociación se denominará“ASOCIACION INTEGRAL DE COLEGIOS Y ESTUDIANTES,RAQUEL KONTOROSKY” y que abreviadamente se denominará(ACIERKA), nombre con que realizará sus programas y proyectos decarácter civil sin fines de lucro y de duración indefinida, con domicilio enel Municipio de ESTELI, Departamento de ESTELI, y que para eldesarrollo de sus objetivos podrá establecer filiales en toda o parte delterritorionacional y fuera de sus fronteras, en cuanto a su régimen internoesta asociación es autonoma y se regirá por las disposiciones queestablecen sus estatutos, acuerdos y resoluciones emanados de la AsambleaGeneral y la Junta Directiva Nacional. Articulo.2. La Asociación tienecomo objetivos: 1. Construir PRE-ESCOLARES, escuelas primarias ysecundarias,2) Ayudar a la formación de los estudiantes tanto en el ámbitosecular como en el ámbito espiritual desarrollando valores éticos ymorales. 3)Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para elbeneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, tales como clínicasmedicas, centros de rehabilitación social, comedores infantiles. 4) Establecervinculos de hermanamiento con ministerios y organizaciones afines,hompologos, nacionales e internacionales que ayuden a consolidar losobjetivos de la Asociación. 5) Gestionar ante organizaciones internacionalesayudas médicas como brigadas medicas y medicamentos, útiles escolares(libros, cuadernos, etc.) igual que la construcción de viviendas de interéssocial. 6)Propagar y difundir los valores éticos, morales y espirituales dela asociación a traves de los diferentes medios de comunicación (escritos,radiales y televisivos, etc.). 7) Construir un centro de informaciónpedagógica especializado para estudiantes con vocación de docencia.

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CAPITULO SEGUNDO.- LOS MIEMBROS.- Artículo 3. LaAsociación tendrá miembros fundadores, miembros activos y miembroshonorarios. Articulo 4. (MIEMBROS FUNDADORES) serán miembrosfundadores aquellos miembros que suscriban la Escritura de Constituciónde la Asociación. Artículo 5: (MIEMBROS ACTIVOS) son miembrosactivos de la Asociación todas aquellas personas naturales, que a títuloindividual ingresen a la Asociación y participen por lo menos en unnoventa por ciento de las actividades y programas desarrollados por laAsociación; los Miembros Activos podrán hacer uso de su derecho alvoto, tres meses después al ingreso a la Asociación. Artículo 6:(MIEMBROS HONORARIOS) Son miembros honorarios de laAsociación aquellas personas Naturales, Nacional o Extranjera, que seidentifiquen con los fines y objetivos de la Asociación y apoyenactivamente la realización de sus objetivos. Serán nombrados por laAsamblea General en virtud de un mérito especial. Tendrán Derecho arecibir un diploma que los acredite como tal y tendrán derecho a voz, perono a voto. Artículo 7: La calidad de miembro de la Asociación se pierdepor las siguientes causas : 1) Por causa de muerte (natural o jurídica). 2)Por destino desconocido por más de un año. 3)Por actuar contra losobjetivos y fines de la Asociación. 4)Por renuncia escrita a la misma. 5)Por sentencia firme que conlleve pena de interdicción civil.- Artículo 8:Los miembros de la Asociación tienen los siguientes derechos: 1)Participarcon voz y voto de las reuniones y actividades de la Asociación. Losmiembros colectivos independientemente del número de sus miembrosrepresentan unicamente un voto. 2)Presentar iniciativas relacionadas conlos fines y objetivos de la Asociación. 3)A elegir y ser elegido para loscargos de Junta Directiva. 4)Presentar propuestas a la Asamblea Generalde reforma a los estatutos.5)A retirarse voluntariamente de la Asociación.CAPITULO TERCERO. DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO YADMINISTRACION. La toma de decisiones a lo interno de la Asociaciónse hará con la más amplia participación democrática de los asociados. Laasociación para su conducción y funcionamiento administrativo contarácon los siguientes organismos : Artículo 9: La máximas autoridades dela Asociación son : 1) La Asamblea General. 2) La Junta DirectivaNacional. Artículo 10: La Asamblea General estará integrada por losmiembros fundadores y los miembros activos. Los miembros activostendrán igual derechos que los miembros fundadores a participar con vozy voto en las decisiones de la Asamblea, siempre y cuando hayancumplido tres meses de ingreso a la Asociación. La Asamblea General esel maximo organo de dirección de la Asociación y sesionará ordinariamentecada año y extraordinariamente cuando lo convoque la junta directivanacional o un tercio de sus miembros activos. El quórum se constituirácon la mitad más uno de la totalidad de los miembros. Artículo 11. LaAsamblea General tiene las siguientes atribuciones: a)Aprobación delinforme anual, b) Aprobación del informe financiero anual de la Asociación,c)Reformar el estatuto, d)Presentación y aprobación de los planeseconómicos y de trabajo anual de la Asociación, e)Elegir a los miembrosde la Junta Directiva Nacional, f) Cualquier otra que esta AsambleaGeneral determine. Artículo 12. La convocatoria a las sesiones ordinariasse realizará con siete días de anticipación la cual contará con la agenda adesarrollar, local, dia y hora de inicio. Artículo 13. La sesión extraordinariaserá convocada con tres días de anticipación. Artículo 14. La AsambleaGeneral tomará sus resoluciones por la simple mayoría de los presentesuna vez constatado el quórum mediante votación pública o secreta segúnresuelva el máximo organismo. Artículo 15. La deliberación, resolucióny acuerdos tomados en la Asamblea General serán anotados en el libro deactas de la Asociación enumerados sucesivamente y por sesiones.CAPITULO CUARTO: DE LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL.Artículo 16.El órgano ejecutivo de la Asociación será la Junta DirectivaNacional integrada de la siguiente manera: 1)Un Presidente, 2) UnVicepresidente, 3)Un Secretario, 4)Un Tesorero, 5)Un primer vocal, 6)Un segundo vocal que se elegirán por mayoría simple de votos y ejerceránel cargo por un período de cinco años a partir de su elección y podrán serreelectos si la Asamblea General asi lo decide.Artículo 17. La Junta

Directiva Nacional se reunirá ordinariamente cada treinta días yextraordinariamente cuando el Presidente o la mayoria simple de susmiembros lo solicite. Artículo 18. El Quórum legal para las reuniones dela Junta Directiva Nacional será la mitad más uno de sus miembros quela integran. Artículo 19. La Junta Directiva Nacional tendrá las siguientesfunciones : 1)Cumplir con los fines y objetivos de la Asociación,2)Cumplir con los acuerdos y resoluciones emanados de la AsambleaGeneral, 3)Cumplir y hacer cumplir los estatutos de la Asociación,4)Elaborar el proyecto de presupuesto anual y presentarlo ante laAsamblea General asi como el informe y balance anual de actividades yestados financieros, 5)Proteger los bienes que conforman el patrimoniode la Asociación, 6)Establecer las oficinas y filiales en el resto del país,7)Elaborar propuesta de Reglamento de la Asociación para su aprobaciónpor la Asamblea General, 8) Conformar comisiones especiales con losmiembros de la Asociación y personal técnico de apoyo, 9) Tramitaradministrativamente la admisión de nuevos miembros, 10) Fijar cuota deaportación ordinaria y extraordinaria a los asociados de la Asociación,11)Presentar el informe anual en la Asamblea General. Artículo 20.ElPresidente de la Junta Directiva Nacional, lo será también de la AsambleaGeneral y tendrá las siguientes funciones : 1)Representar legalmente a laAsociación con facultades de apoderado generalísimo, 2)Dirigir lassesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva Nacional,3)Refrendar con su firma las actas de las sesiones de la Junta DirectivaNacional y de la Asamblea General; 4)Convocar a las sesiones de la JuntaDirectiva Nacional y presentar agenda.5)Tener derecho a doble voto encaso de empate de votación de la Junta Directiva Nacional, 6)Firmarcheques junto con el Tesorero o el Director Ejecutivo de la Asociación.Artículo 21. El Presidente de la Asociación solo podrá enajenar bienesde la misma con la autorización de la Asamblea General previo acuerdode la Junta Directiva Nacional.Artículo 22. Son funciones delVicepresidente de la Junta Directiva Nacional las siguientes : 1)Sustituiral Presidente en su ausencia temporal o definitiva, 2)Representar a laAsociación en aquellas actividades para las que fuese delegado por elPresidente, 3)Elaborar con el tesorero el balance financiero de la Asociación,4)Administrar y supervisar el trabajo del personal administrativo de laAsociación, y 5)Otras designaciones acordadas en Junta Directiva Nacional.Artículo 23. Son funciones del Secretario de la Junta Directiva Nacionallas siguientes : 1)Elaborar y firmar las actas de las sesiones de la AsambleaGeneral y de Junta Directiva Nacional, llevando el control de acuerdos.2)Convocar a sesiones de la Asamblea General y de la Junta DirectivaNacional. 3)Llevar control del archivo y sello de la Asociación. 4)Darseguimiento a los acuerdos tomados en la Asamblea General y la JuntaDirectiva Nacional. Artículo 24. Son funciones del Tesorero de la JuntaDirectiva Nacional las siguientes : 1)Administrar y llevar el registrocontable de la Asociación. 2)Firmar junto con el Presidente o el DirectorEjecutivo los cheques e informes financieros de la Asociación. 3)Llevarcontrol de los ingresos y egresos de la Asociación. 4)Tener un control deinventario de los bienes muebles e inmuebles de la Asociacion. 5)Elaborary presentar a la Junta Directiva Nacional y a la Asamblea General elbalance financiero trimestral, semestral y anual. Artículo 26. Son funcionesdel vocal de la Junta Directiva Nacional: 1) Sustituir a cualquiera de losmiembros de la Junta Directiva Nacional en ausencia o delegaciónespecífica, 2)Coordinar las comisiones especiales de trabajo organizadaspor lJunta Directiva Nacional de la Asociación, y 3)Representar a laAsociación cuando la Asamblea General o la Junta Directiva Nacional lodelegue. Artículo 27. La Junta Directiva Nacional nombrará un DirectorEjecutivo que ejecutará las decisiones de la Junta Directiva sus atribucionesson: 1)Representar administrativamente a la Asociación. 2) Elaborar conel Tesorero el Balance Financiero de la Asociación. 3) Proponer laintegración de comisiones y delegaciones. 4) Nombrar en consulta con laJunta Directiva Nacional el personal administrativo y ejecutivo de laAsociación. 5)Administrar y supervisar el trabajo del personaladministrativo de la Asociación. 6)Firmar cheques junto con el Presidenteo el Tesorero y 7) Otras designaciones acordadas en la Junta Directiva

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Nacional. Artículo 28. CAPITULO QUINTO: DEL PATRIMONIO YRECURSOS FINANCIEROS: La Asociación es un proyecto humanitarioque integra el desarrollo comunal y social basado en los principios de lasolidaridad cristiana por lo que su patrimonio será el producto del aportede cada asociado y de organizaciones hermanas nacionales y/o extranjeras.Su patrimonio funcionará fundamentalmente con fondos revolventes queautofinancien los proyectos de la Asociación. El patrimonio de laAsociación se constituye por: 1)Con la aportación de cada uno de losasociados tal como lo establecen los estatutos, reglamento y el pactoconstitutivo. 2)Por la aportación de Donaciones, Herencias, Legados ydemás bienes que la asociación adquiera a cualquier título sean nacionaleso extranjeras. 3)Bienes muebles e inmuebles que la Asociación adquieraen el desarrollo de sus actividades de organismos nacionales einternacionales. 4)El ahorrro producido por el trabajo de los asociados encada uno de los proyectos impulsados y por el aporte inicial de losmiembros fundadores consistente en Dos mil córdobas. Artículo29.También son parte del patrimonio de la Asociación el acervocultural y tecnológico y cualquiera que sean los bienes acumuladosdurante su existencia. Artículo 30. La Junta Directiva Nacional esresponsable de cuidar, proteger y mantener en buen estado el patrimoniode la Asociación. CAPITULO VI. DISOLUCION Y LIQUIDACION.-Artículo.31. Son causas de disolución de la Asociación: La decisiónvoluntaria de tres cuartas partes de los miembros activos reunidos enAsamblea General convocada para tal efecto. 2)Las causas que contemplala Ley. Artículo 32. En el caso de acordarse la disolución de laAsociación la Asamblea General nombrará una comisión integrada portres miembros activos de la misma para que procedan a su liquidacióncon las bases siguientes: Cumpliendo los compromisos pendientes,pagando las deudas, haciendo efectivo los créditos y practicandoseuna auditoria general. Los bienes resultantes de la liquidación serántransferidos a una institución similar o de beneficencia según seadecidido por la Asamblea General a propuesta de la Comisiónliquidadora. CAPITULO VII. DISPOSICIONES FINALES.Artículo 33. Los presentes estatutos son obligatorios desde el día dehoy en el ámbito interno pero en cuanto a relaciones y actividadesrespecto a tercero tendrán vigencia desde la fecha de su aprobación,promulgación y publicación en La Gaceta Diario oficial. Artículo 34.En todo lo no previsto en estos estatutos se aplicarán las disposicionesde nuestra legislación civil, las leyes generales y especiales que rigen lamateria. Asi se expresaron los comparecientes bien instruidos por mi, elNotario, acerca del objeto, valor, alcance, y trascendencias legales de esteacto, de las cláusulas generales que aseguran su validez y eficacia el de lasespeciales que contiene así como de las que envuelven renuncias yestipulaciones explícitas e implícitas y de las que en concreto han hechode forma especial los instruí que a la presentación de esta escritura antela Asamblea Nacional, las autoridades de esta asociación deben mantenerfluida comunicación con los funcionarios de la Comisión de Defensa yGobernación a los efectos de facilitar los trámites y gestiones que seanrequeridos por el asesor o cualquier autoridad de la misma comisión. Yleída que fue por mí el Notario, toda esta escritura a los otorgantes laencontraron conforme la aprueban, ratifican en todas y cada una de suspartes y firman junto conmigo el suscrito Notario quien doy fe de todolo relacionado.-(f)RAQUEL KONTOROSKY, (f)WANDAKONTOROSVKY,(f)JAQUELINE GARCIA, (f) DORAKONTOROSVKY, (f)RAMIRO KONTOROSVKY, (f) OLGAKONTOROSVKY; MIGUEL ANGEL MARTINEZ; NOTARIO.-PASOANTE MI: Del reverso del folio número setenta y tres al frente del foliosetenta y ocho del PROTOCOLO NUMERO DOS que llevo durante elcorriente año y a solicitud del Señora RAQUEL KONTOROSKY ARTOLAen Cinco hojas útiles de papel de ley, las cuales rubrico, firmo y sello en laciudad de Matagalpa a las tres de la tarde del día diez de Noviembre del añodos mil siete. SOBREESCRITO: KRISTINA, DEL CARMEN, SOBREBORRADO: VS.- VALEN TODAS MIGUEL ANGEL MARTINEZABOGADO Y NOTARIO

MINISTERIO DE FOMENTO,INDUSTRIA Y COMERCIO

Reg. 4445 - M 8046094 - Valor C$ 775.00

Licda. Darliss Marcela Gordon Arana, Apoderado de GLOBALCOMMODITIES, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República deNicaragua, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

tu masa Maíz Alimenticio

Descripción y Clasificación de Viena: 050702 y270502Logotipo formado por la figura de una mazorca de maíz de color verde,en la parte superior de la mazorca se observan las letras "tu" escritasen minúsculas de color verde. Sobre el centro de la figura de la mazorcase lee la palabra "masa" escrita en letras minúsculas de color rojo. Enla parte inferior izquierda de la palabra "masa" y en menor tamaño selee la frase "Maíz Alimenticio", las letras "M" y "A" escritas enmayúsculas y el resto de la frase en letras minúsculas de color rojo.

Para proteger:Clase: 31PRODUCTOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS, FORESTALES YGRANOS, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;ANIMALES VIVOS; FRUTAS Y LEGUMBRES FRESCAS;SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES; ALIMENTOSPARA LOS ANIMALES, MALTA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00164, veintitrés de enero, del añodos mil nueve. Managua, veintiseis de enero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4490 - M 8046247 - Valor C$ 775.00

Jaffa Snow Felber, Apoderado de JAFFANA JAFFANA S.A., deRepública de Nicaragua, solicita Registro de Emblema:

EL FIERRO

Descripción y Clasificación de Viena: 270502, 030101 y 010101Rótulo en papel pergamino color crema antiguo con el lema “ELFIERRO” en letras de metal resaltadas en tono bronce. Se observa defondo un escudo de armas grabado que contiene dos estrellas y un león.

Para proteger:ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A:PROMOCIÓN Y VENTA DE MUEBLES Y ACCESORIOS DELHOGAR.

Fecha de Primer Uso: uno de febrero, del año dos mil nueve.Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00507, veinticinco de febrero, del

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año dos mil nueve. Managua, veintiséis de febrero, del año dos milnueve. Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4491 - M 1962846 - Valor C$ 825.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de SIGMA ALIMENTOS,S.A. DE C.V., de México, solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

San Rafael

Descripción y Clasificación de Viena: 240103, 240115, 260207,260402 y 270525Diseño en el que se observa un rectángulo horizontal, con ángulosredondeados cuyo extremo interior esta unido a un semicírculo, ambosforman una sola figura de color azul con contorno de color dorado,dentro del rectángulo pueden leerse las palabra San Rafael las cualesestén unidas, son de color blanco, cuya particularidad es que la líneadiagonal que forma parte de la letra R forma a su vez una gasa quetermina de bajo de la letra n, en el semicírculo siguiendo la forma deeste se obsrva la palabra DELICATESSEN en letras de color blanco,el extremo central y superior del rectángulo es cortado por un escudode color dorado, dentro de este en su extremo superior tiene una bandade color azul con cinco pequeñas cruces de color blanco, debajo de labanda siempre dentro del escudo se observan las letras SR en mayúsculasy de color blanco, en la parte exterior y detrás del escudo se apreciauna banda de color rojo con borde blanco cuyos extremos izquierdoy derecho terminan con dos puntas.

Para proteger:Clase: 29CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE;FRUTAS Y VEGETALES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS;COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS;ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. ESPECIALMENTE TODACLASE DE CARNES FRÍAS Y EMBUTIDOS TALES COMO:JAMONES, SALCHICHAS, CHORIZOS, MORTADELAS,BOLOGNAS, PASTEL DE CARNE, SALCHICHÓN, SALCHICHAPARA ASAR, SALAMI, TOCINO, QUESO DE PUERCO,PASTRAMI, TODO TIPO DE QUESOS, CARNE DE AVES,CARNE DE RES, CARNE DE CERDO, CARNE DE BORREGO YCARNE DE CABRITO, MARISCOS TALES COMO:CAMARONES, LANGOSTINOS, LANGOSTA, OSTIONES,PULPO, CALAMAR, JAIBA, ALMEJAS Y CARACOL, FRUTASDESHIDRATADAS, SOPAS, PAPAS FRITAS, FRITURAS DEPAPA, CACAHUATES PROCESADOS, NUECES PREPARADAS,ACEITUNAS EN CONSERVA, CHILES PROCESADOS,VERDURAS, FRIJOLES EN CONSERVA, PASTAS PARA SOPA,YOGHOURT, INCLUYENDO COMIDA PREPARADA A BASEDE CARNE DE AVES, CARNE DE RES, CARNE DE CERDO,CARNE DE BORREGO Y CARNE DE CABRITO, ASÍ COMO ABASE DE PESCADOS Y MARISCOS.

Clase: 30CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ,SUSTITUTOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONESHECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA,HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOPARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS(CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. ESPECIALMENTE

ARROZ CON LECHE, CHONGOS ZAMORANOS, PALETAS,DULCES, DULCES DE TAMARINDO, CARAMELOS, FLANES,PASTELES, PAYS (TARTAS), NIEVES, SÁNDWICHES, HOTDOGS, TAQUITOS, FRITURAS DE HARINA, FRITURAS DEHARINA DE TRIGO, FRITURAS DE HARINA DE PAPA,FRITURAS DE HARINA DE MAÍZ, ALIMENTOS A BASE DEHARINA, PRODUCTOS DE HARINA, FRITURAS DE MAÍZ,ALIMENTOS A BASE DE MAÍZ, PRODUCTOS DE MAÍZ,PALOMITAS DE MAÍZ, HOJUELAS DE MAÍZ, BOTANAS(PRODUCTO DE CEREAL), PRETZELS, NUEZ MOSCADA,MAYONESA, ADEREZOS, CHOCOLATE EN BARRA YSOLUBLE, BEBIDAS A BASE DE CAFÉ, DE CACAO, DECHOCOLATE, DE TE Y BEBIDAS DE CAFÉ CON LECHE,BEBIDAS DE COCOA CON LECHE Y BEBIDAS DE CHOCOLATECON LECHE, NATILLAS, TORTILLAS DE MAÍZ Y DE HARINA,PAN BLANCO, Y PAN DULCE,. GALLETAS, TOSTADAS,PASTA DE ACHIOTE, MOLE Y MOLE EN PASTA INCLUYENDOCOMIDA PREPARADA A BASE DE HARINAS O CEREALES,TALES COMO: ESPAGUETI, RAVIOLES, TALLARINES,LASSAGNA, WAFLES, HOT CAKES Y PIZZAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00533, veintisiete de febrero, del añodos mil nueve. Managua, cuatro de marzo, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4492 - M 1962845 - Valor C$ 775.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Gestor Oficioso de de ARMANA,SOCIEDAD ANÓNIMA, de Guatemala, solicita Registro de Marcade Servicios:

PideloRapido.com

Descripción y Clasificación de Viena: 020123SE OBSERVA LA FRASE PIDELO RAPIDO.COM, LA PALABRAPIDELO ES DE COLOR GRIS, LA PALABRA RAPIDO ES DECOLOR ROJO, Y EL PUNTO MÁS LAS LETRAS SON DE COLORGRIS, EN EL EXTREMO IZQUIERDO DE LA PALABRA PIDELOSE OBSERVAN CUATRO LÍNEAS FORMADAS POR PEQUEÑOSPUNTOS ROJOS COLOCADOS EN FORMA HORIZONTAL, ENEL EXTREMO SUPERIOR DE LAS LETRAS IDO DE LAPALABRA RAPIDO SE OBSERVA UN HOMBRE ESTILIZADOQUE APARENTA ESTAR CORRIENDO HACIA LA DERECHA,LAS PIERNAS DEL HOMBRE SON DE COLOR GRIS Y ELRESTO DEL CUERPO ES DE COLOR ROJO.

Para proteger:Clase: 38TRANSMISIÓN, ENTREGA DE CONTENIDO DE AUDIO,VIDEO Y MULTIMEDIA POR MEDIO DEL INTERNET, REDESDE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Y REDES DECOMPUTACIÓN; PROVISIÓN DE ACCESO A MÚLTIPLESUSUARIOS A REDES DE COMPUTACIÓN, TRANSMISIÓNELECTRÓNICA DE DATOS, PROVISIÓN DE SERVICIOS DECOMUNICACIÓN VÍA TERMINALES Y REDES DECOMUNICACIÓN PROVISIÓN DE ENLACES DECOMUNICACIÓN EN LÍNEA, EL CUAL TRANSFIERE ALUSUARIO DEL SITO WEB A OTRAS PÁGINAS WEB LOCALESY GLOBALES, SERVICIOS PRESTADOS A TRAVÉS DELINTERNET.

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Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00448, veintitrés de febrero, del añodos mil nueve. Managua, dos de marzo, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4493 - M 1962849 - Valor C$ 775.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Gestor Oficioso de Noe OrlandoGonzález Reyes y Javier Antonio Revelo Olmedo, de El Salvador,solicita Registro de Marca de Servicios:

Transpublic

Descripción y Clasificación de Viena: 261108 y 270511Se observa la palabra Transpublic en letras de color anaranjado, dondela línea superior de la letra T sobresale hasta el extremo superior dela letra I, por otra parte, en el extremo izquierdo de la letra T seobservan cinco líneas colocadas en forma horizontal, también son decolor anaranjado, debajo de la palabra Transpublic se observan doslíneas de color anaranjado y azul.

Para proteger:Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES;ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00581, cuatro de marzo, del año dosmil nueve. Managua, dieciséis de marzo, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4577 - M 2058225 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Marca de Servicios:

zambra bar

Descripción y Clasificación de Viena: 270515, 270517 y 270508Consiste en la expresión zambra bar y diseño, zambra en letra azul yla primera dentro de un círculo celeste y la palabra “bar” a continuaciónen letras color celeste.

Para proteger:Clase: 43SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN);HOSPEDAJE TEMPORAL.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03335, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4578 - M 2058224 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Emblema:

zambra bar

Descripción y Clasificación de Viena: 270515, 270517 y 270508Consiste en la expresión zambra bar y diseño, zambra en letra azul yla primera dentro de un círculo celeste y la palabra “bar” a continuaciónen letras color celeste.

Para proteger:Un establecimiento comercial y de servicios destinado a realizar todotipo de actividades mercantiles permitidas por la ley, especialmentela creación y operación de hoteles, moteles, sitios de turismo nacionalesy extranjeros y todo lo relacionado a los servicios que ordinariamenteofrecen una cafetería o restaurante.

Fecha de Primer Uso: diez de marzo, del año dos mil seis.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03336, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4579 - M 2058219 - Valor C$ 775.00

Dra. Minerva Adriana Bellorín Rodríguez, Apoderado de ARGOMHOLDINGS, INSC., de Islas Vírgenes Británicas, solicita Registro deMarca de Fábrica y Comercio:

ARGOM TECH

Descripción y Clasificación de Viena: 270502Consiste en una etiqueta de forma rectangular en la que en primer planose puede observar la palabra ARGOMTECH escrita en letra de molde,mayuscula, color negro. La palabra ARGOM tiene un punto de coloramarillo en el centro de la letra A, la palabra TECH se observa máspequeña y delgada. Toda la denominación tiene en la parte inferior unasombra de color gris que simula su propio reflejo.

Para proteger:Clase: 9COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DE ESCRITORIO YACCESORIOS PARA COMPUTADORAS INCLUYENDO PERONO ESTANDO LIMITADOS A TECLADOS, MOUSE.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03904, veintiocho de octubre, delaño dos mil ocho. Managua, cuatro de diciembre, del año dos mil ocho.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4580 - M 2058215 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Emblema:

nau bar

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Descripción y Clasificación de Viena: 260118Consiste en la expresión “nau bar y diseño”.

Para proteger:Un Establecimiento comercial y de servicios destinado a realizar todotipo de actividades mercantiles permitidas por la ley, especialmentela creación y operación de hoteles, moteles, sitios de turismo, nacionalesy extranjeros y todo lo relacionado a los servicios que ordinariamenteofrece una cafetería o restaurante.

Fecha de Primer Uso: dieciséis de agosto, del año dos mil seis.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03331, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4581 - M 2058218 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Marca de Servicios:

nau bar

Descripción y Clasificación de Viena: 260118Consiste en la expresión nau bar y diseño.

Para proteger:Clase: 43SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN);HOSPEDAJE TEMPORAL.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03332, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4582 - M 2058217 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Marca de Servicios:

Factory

Descripción y Clasificación de Viena: 260418Consiste en la expresión Factory Steak & Lobster, expresión escritaen idioma inglés y que en castellano significa “Fabrica filete ylangosta”.

Para proteger:Clase: 43SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN);HOSPEDAJE TEMPORAL.

Opóngase.

Presentada: Expediente N° 2008-03329, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4583 - M 2058214 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Emblema:

Factory Steak & Lobster

Descripción y Clasificación de Viena: 260418Consiste en la expresión “Factory Steak & Lobster y diseño”,expresión escrita en idioma inglés y que en castellano significa“Fabrica filete y langosta”.

Para proteger:Un Establecimiento comercial y de servicios destinado a realizar todotipo de actividades mercantiles permitidas por la ley, especialmentela creación y operación de hoteles, moteles, sitios de turismo, nacionalesy extranjeros y todo lo relacionado a los servicios que ordinariamenteofrece una cafetería o restaurante.

Fecha de Primer Uso: diecinueve de junio, del año dos mil seis.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03330, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4585 - M 8046409 - Valor C$ 775.00

Angélica María Centeno Martínez, de República de Nicaragua, en suCarácter Personal, solicita Registro de Marca de Servicios:

Pique´s RESTAURANTE Antojitos Mexicanos

Descripción y Clasificación de Viena: 040501, 040505, 050923 y270502Un indito con sombrero tipo chile con una botella de tequila en mano.(en letras Pique´s como nombre comercial) Restaurante de antojitosmexicanos.

Para proteger:Clase: 43SERVICIOS DE RESTAURANTE.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-04438, dieciocho de diciembre, delaño dos mil ocho. Managua, ocho de enero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4586 - M 1807501 - Valor C$ 825.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Gestor Oficioso de <<JOINT STOCK

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COMPANY RUSSIAN RAILWAYS>>, de Russia, solicita Registrode Marca de Servicios:

Descripción y Clasificación de Viena: 261106Consiste en dos figuras fantasiosas separadas por un grueso segmentoinclinado, de extremos cortados horizontalmente y ascendente deizquierda a derecha; la figura de la izquierda posee un trazo verticalgrueso y otro horizontal más delgado, el cual se prolonga hacia laderecha y hacia abajo, aumentando su ancho en su tramo final que correparalelo al grueso segmento central descrito; la figura de la derechaarranca desde la izquierda con tramo inicial que corre paralelo al gruesosegmento central descrito, luego corre horizontal, asciendeverticalmente y regresa hacia la izquierda, por encima del tramo inicialde la misma; se reivindica el conjunto descrito menos lo genérico, todoel diseño en color rojo.

Para proteger:Clase: 39ALQUILER DE PLAZAS, DE ESTACIONAMIENTO; RESERVASDE PLAZAS PARA LOS VIAJES; RESERVAS PARA LOS VIAJES;RESERVA PARA EL TRANSPORTE; REPARTO DE PAQUETES;DISTRIBUCIÓN DE MERCANCÍAS; REPARTO DEMERCANCÍA SOLICITADA POR CORRESPONDENCIA;INFORMACIÓN DE CIRCULACIÓN; INFORMACIONES ENMATERIA DE TRANSPORTE; INFORMACIÓN SOBREALMACENAJE; ORGANIZACIÓN DE CRUCEROS;ORGANIZACIÓN DE VIAJES; REMOLQUE; TRANSPORTE DEVIAJEROS; TRANSPORTE BLINDADO; TRANSPORTE DEVALORES; TRANSPORTE POR FERROCARRIL; TRANSPORTEDE PASAJEROS; CORRETAJE DE TRANSPORTE; ALQUILERDE CAMIONES; ALQUILER DE CONTENEDORES DEALMACENAJE; ALQUILER DE FRIGORÍFICOS; ALQUILERDE REFRIGERADORES; ALQUILER DE VEHÍCULOS; ESTIBA;DESCARGA; ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS;TRANSPORTE; SERVICIOS DE NAVEGACIÓN; DEPÓSITO DEMERCANCÍAS; ALMACENAJE; DEPÓSITO; VISITASTURÍSTICAS; SERVICIOS DE TRÁNSITO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00632, diez de marzo, del año dosmil nueve. Managua, dieciocho de marzo, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4587 - M 8040319 - Valor C$ 775.00

Rafaela Lee Mairena Aráuz, de República de Nicaragua, en su CarácterPersonal, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Panadería y Repostería ARAÚZ sabor y Tradición

Descripción y Clasificación de Viena: 260114, 020111, 270502 y080111La marca ARAÚZ (en letras mayúsculas) arriba de la misma la figurade un panadero horneando pan, este gráfico esta encerrado en un óvalo;encima de este el nombre de Panadería y Repostería.

Para proteger:Clase: 30PAN SIMPLE (MOLDE).

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-04322, diez de diciembre, del añodos mil ocho. Managua, quince de enero, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4732 - M 1960164 - Valor C$ 775.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de MEPERSA,SOCIEDAD ANÓNIMA, de Guatemala, solicita Registro de Marcade Fábrica y Comercio:

Maxidays

Descripción y Clasificación de Viena: 051114, 260506, 261102 y270501La palabra MAXIDAYS escrita en letras de color blanco y borde azulestilizadas en minúsculas con excepción de la letra inicial M escrita enmayúscula. Al extremo Superior derecho se ve un círculo verde con unborde ancho de color blanco, en la parte verde se observa una figurairregular blanca con borde de color plomo, de la cual sale una flor dealgodón; en el borde blanco se lee la frase “mas suave mas absorbente”escrita en letras minúsculas de color celeste, la frase la separan dospunto color rojo. Debajo de la palabra MAXIDAYS esta escrita lafrase “Maximize your comfort” en letras blancas estilizadas,minúsculas con excepción de la letra inicial M escrita en mayúscula.Al lado inferior derecho de la palabra MAXIDAYS se ve la figura deuna toalla sanitaria con alas de color blanco y azul; y en la parte inferiorderecho e izquierdo de lo anterior se observan frases y figurasirregulares conteniendo frases alusivas a las propiedades del producto.La figura descrita se ve repetida en la parte inferior y superior. Loanterior se encuentra en el centro de una figura irregular de color fucsiala cual se ve dentro de un rectángulo vertical, cuyos extremos superiore inferior se ven líneas verticales de colores celeste tierno y celesteintenso y líneas delgadas de color fucsia.

Para proteger:Clase: 5TOALLAS SANITARIAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00563, tres de marzo, del año dos milnueve. Managua, cuatro de marzo, del año dos mil nueve. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 4733 - M 1960168 - Valor C$ 825.00

Licda. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Gestor Oficioso de RHODIABRASIL LTDA., de Brasil, solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

nitya

Descripción y Clasificación de Viena: 260103, 270501, 290101.290102 y 290106

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La palabra nitya escrita en letras minúsculas de color negro siendo elpunto de la letra i de forma cuadrada y en rojo, las letras i, t, y, semejanestar uniéndose entre sí, todo lo anterior se encuentra al centro de unrectángulo de color amarillo con un punto blanco en el centro de la partesuperior del mismo.

Para proteger:Clase: 22CUERDAS, BRAMANTES, REDES, TIENDAS DE CAMPAÑA,TOLDOS, LONAS, VELAS, SACOS Y BOLSAS (NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES); MATERIAL PARAFORRO Y RELLENO (CON EXCEPCIÓN DEL CAUCHO OMATERIAS PLÁSTICAS); MATERIAS TEXTILES DE FIBRAEN BRUTO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00001, cinco de enero, del año dosmil nueve. Managua, diez de marzo, del año dos mil nueve. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 4734 - M 1960166 - Valor C$ 825.00

Licda. Mayra Azucena Navarrete Crovetto, Apoderado de ACEITERAEL REAL SOCIEDAD ANÓNIMA (ACEREAL), de República deNicaragua, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Jabón Real Máxima Limpieza y Aroma

Descripción y Clasificación de Viena: 010110, 010112, 240924 y270501La palabra distintiva Real escrita en letras minúsculas estilizadas conexcepción de la letra inicial R escrita en mayúsculas, de colores azulen la parte superior y azul oscuro en la parte inferior, con doble borde,el primero de color blanco y el segundo de color verde. Sobre la letraR se lee la palabra Jabón de color azul y escrita en letras minúsculasestilizadas con excepción de la letra inicial J escrita en mayúscula;sobre las letras “e” y “a” se observa la figura de una corona con piedrasy una estrella que semeja el brillo de la corona, la corona es de coloramarillo con borde negro, las piedras son de colores verde, azul yceleste y la estrella es de color blanco con azul; debajo de la palabraReal se lee la frase Máxima Limpieza y Aroma escrita toda en letrasminúsculas con excepción de las letras “M” de Máxima, “L” deLimpieza y “A” de Aroma, de color azul con borde blanco, la frase estaescrita en forma ondulada; todo lo anterior (con excepción de la palabraJabón), esta dentro de una figura irregular de colores azul, celeste yblanco, dentro de la figura irregular también se aprecian cuatro estrellasde color blanco con azul que semejan ser destellos luminosos.

Para proteger:Clase: 3JABONES PARA LAVAR ROPA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00660, doce de marzo, del año dosmil nueve. Managua, dieciocho de marzo, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4735 - M 1960165 - Valor C$ 825.00

Licda. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de THE CLOROX

COMPANY, de EE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

Mas amor. Menos enfermedades. CLOROX

Descripción y Clasificación de Viena: 020710, 260403, 270517 y270523La palabra distintiva CLOROX escrita en letras mayúsculas de colorblanco, se encuentra ligeramente inclinada hacia la derecha sobre unrombo color azul con doble bordes, una blanco y delgado y el otra rojoy grueso. A la extrema izquierda de la palabra CLOROX, se encuentraun diseño de corazón de color azul que al ser observado de cerca semejaser la figura de una mujer y de un niño que están tomados de la mano.Al lado derecho se puede leer la frase Más amor. Menos enfermedades.,las palabras Mas amor están escritas en color rojo y en letrasminúsculas todas con excepción de la letra inicial M que esta escritaen mayúscula; las palabra Menos enfermedades están escritas en coloraqua y en letras minúsculas todas con excepción de la letra inicial Mque esta escrita en mayúscula.

Para proteger:Clase: 3PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIASPARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR,DESENGRASAR Y RASPAR; PREPARACIONES ABRASIVAS,JABONES Y SUSTANCIAS PREPARADAS O ELABORADAS,PARA LAVAR, LIMPIAR, DESPERCUDIR, DECOLORAR YQUITAR MANCHAS; DETERGENTES, SALES, LEJÍAS, POLVOSY LÍQUIDOS PARA LIMPIAR METALES, MÁRMOLES, LOZAS,VIDRIOS, Y OBJETOS DIVERSOS, PRODUCTOS HIGIÉNICOSQUE SEAN PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA;DENTÍFRICOS; JABONES DESODORANTES, JABONESDESINFECTANTES; LIMPIADORES LÍQUIDOSMULTIPROPÓSITOS DE USO DOMÉSTICO.

Clase: 5SUSTANCIAS SANITARIAS EN GENERAL, PRODUCTOSDESINFECTANTES, DESODORANTES (NO DE USOPERSONAL); DESODORANTES DE AMBIENTE EN AEROSOL;INSECTICIDAS; ANTI-MOHO; DESINFECTANTES PARABAÑOS QUÍMICOS; PESTICIDAS; HERBICIDAS;LIMPIADORES LÍQUIDOS DE USO DOMÉSTICO CONPROPIEDADES DESINFECTANTES; TOALLASDESINFECTANTES DE USO PERSONAL.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00543, veintisiete de febrero, del añodos mil nueve. Managua, doce de marzo, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4736 - M 8046447 - Valor C$ 775.00

Licda. Darliss Marcela Gordon Arana, Apoderado de MONOLIT,S.A., de Guatemala, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercioy Marca de Servicios:

MONOLIT

Descripción y Clasificación de Viena: 270502 y 261503Logotipo formado por la palabra MONOLIT, escrita en letras

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mayúsculas con los bordes negros y rellenas de color amarillo, a laderecha de la palabra se observa un rombo de color gris al Centro deeste se aprecia la figura de tres columnas en forma de cilindro de colorgris.

Para proteger:Clase: 9MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS; TUBOSRÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN;ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONESTRANSPORTABLES NO METÁLICAS; MONUMENTOS NOMETÁLICOS.

Clase: 37SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN EINSTALACIÓN, SERVICIOS DE ASESORÍA TÉCNICA YSOPORTE TÉCNICO PARA LA INDUSTRIA DE LACONSTRUCCIÓN, PRODUCCIÓN DE MATERIALES PARA LACONSTRUCCIÓN.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00409, dieciocho de febrero, del añodos mil nueve. Managua, diecinueve de febrero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4737 - M 8046448 - Valor C$ 825.00

Licda. Darliss Marcela Gordon Arana, Apoderado de KOWACOMPANY, LTD., de Japón, solicita Registro de Marca de Fábricay Comercio:

Kowa

Descripción y Clasificación de Viena: 260103 y 270502Logotipo formado por la palabra “Kowa”, la letra “K” escrita enmayúscula y el resto de las letras en minúsculas de color rojo. Lapalabra “Kowa”, se encuentra inserta en una elipse con los bordes decolor rojo.

Para proteger:Clase: 5PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS PARAEL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES DEL SISTEMANERVIOSO CENTRAL, SISTEMA NERVIOSO PERIFÉRICO,ÓRGANOS SENSORIALES, EL SISTEMA CIRCULATORIO,SISTEMA RESPIRATORIO Y EL SISTEMA DIGESTIVO.HORMONAS PARA USO MÉDICOS, SUSTANCIASFARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DEENFERMEDADES DERMATOLÓGICAS, ALERGIAS YCONDICIONES UROGENITALES O ANALES;PREPARACIONES DE VITAMINAS, PREPARACIONES DEAMINOÁCIDOS, SUPLEMENTOS NUTRICIONALES,AGENTES HEMOTRÓPICOS, AGENTES METABÓLICOS,AGENTES ACTIVADORES DE LA FUNCIÓN CELULAR,ANTIBIÓTICOS TÓPICOS Y ORALES. PREPARACIONESFARMACÉUTICAS PARA TRATAMIENTO DE LESIONESPROVOCADAS POR FACTORES FÍSICOS; PREPARACIONESFARMACÉUTICAS PARA USO EN QUIMIOTERAPIA.AGENTES PARA ADMINISTRAR EL USO, A SABER,CÁPSULAS, SOLVENTES O GELES UTILIZADAS COMOPORTADORES DE FÁRMACOS. PREPARACIONES DEDIAGNÓSTICO, A SABER, MEDIOS DE CONTRASTE PARA

RAYOS X. REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO, ESPECIALMENTEREACTIVOS DE DIAGNÓSTICOS PARA EMBARAZO YMEDIOS DE DIAGNÓSTICO; AGENTES DE DIAGNÓSTICOPOR IMÁGENES, AGENTES QUIMIOTERAPÉUTICOS QUETIENEN ACTIVIDAD ANTINEOPLÁSICA. DROGAS ENBRUTO, A SABER, MEDICINAS HECHAS DE RIZOMA,CORTEZA, HOJAS, FRUTAS, SEMILLAS, CUERNO DERINOCERONTE, BILIS DE ALMIZCLE U OSO, UTILIZADO ENEL TRATAMIENTO PARA EL DOLOR, RESFRIADO, FIEBRE,ANEMIA O PARA DIURÉTICOS, ASTRINGENTES.PREPARACIONES ANTIBIÓTICAS PARA USO HUMANO.AGENTES ANTIPARASITARIOS, REPELENTES DE INSECTOS,VENENO PARA RATAS DE USO DOMÉSTICO O INDUSTRIAL.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00487, veinticuatro de febrero, delaño dos mil nueve. Managua, veintisiete de febrero, del año dos milnueve. Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4883 - M 8046617 - Valor C$ 775.00

Lic. Luis Zelaya Guzmán, Apoderado de COMERCIALIZADORADE EQUIPOS Y ACCESORIOS DE AYRE ACONDICIONADO,AYRE SOCIEDAD ANÓNIMA O “AYRE, S.A.”, de República deNicaragua, solicita Registro de Marca de Servicios:

CHEFF SOLUTIONS

Descripción y Clasificación de Viena: 020111 y 270502SE APRECIA LA FIGURA DE UN CHEFF Y DE MANERACIRCULAR SE LEE: CHEFF SOLUTIONS.

Para proteger:Clase: 35PUBLICIDAD; SERVICIOS DE VENTAS DE EQUIPOSGASTRONÓMICOS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00686, dieciséis de marzo, del añodos mil nueve. Managua, diecinueve de marzo, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4881 - M 2058216 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Marca de Servicios:

The Broiler Room Steak & Lobster

Descripción y Clasificación de Viena: 260418The Broiler Room y diseño, expresión escrita en idioma inglés y encastellano significa “El cuarto de Parrilla”, la marca se encuentraacompañada de las expresión escrita en idioma inglés “Steak &Lobster”, cuya traducción al castellano es “Filete y langosta”

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Para proteger:Clase: 43SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN);HOSPEDAJE TEMPORAL.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03333, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4882 - M 2058213 - Valor C$ 775.00

Lic. Johannes Benedictus Scholte, Apoderado de HOTEL PLAZAREAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicitaRegistro de Emblema:

The Broiler Room Steak & Lobster

Descripción y Clasificación de Viena: 260418The Broiler Room y diseño, expresión escrita en idioma inglés y encastellano significa “El cuarto de Parrilla”, la marca se encuentraacompañada de las expresión escrita en idioma inglés “Steak &Lobster”, cuya traducción al castellano es “Filete y langosta”

Para proteger:UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y DE SERVICIOSDESTINADO A REALIZAR TODO TIPO DE ACTIVIDADESMERCANTILES PERMITIDAS POR LA LEY, ESPECIALMENTELA CREACIÓN Y OPERACIÓN DE HOTELES, MOTELES, SITIOSDE TURISMO NACIONALES Y EXTRANJEROS Y TODO LORELACIONADO A LOS SERVICIOS QUE ORDINARIAMENTEOFRECEN UNA CAFETERÍA O RESTAURANTE.

Fecha de Primer Uso: veintiséis de septiembre, del año dos mil seis.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-03334, veintidós de septiembre, delaño dos mil ocho. Managua, siete de octubre, del año dos mil ocho.Ivania Cortes, Directora/Registradora.

—————————Reg. 4829 - M 1938938 - Valor C$ 775.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado de KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC., de EE.UU., solicita Registro de Marcade Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 030108 y 200525Diseño perrito y rollo papel.

Para proteger:Clase: 16PAÑUELOS FACIALES, PAPEL HIGIÉNICO, TOALLAS DEPAPEL Y SERVILLETAS DE PAPEL PARA LA MESA.

Opóngase.

Presentada: Expediente N° 2009-00456, veinticuatro de febrero, delaño dos mil nueve. Managua, veintiséis de febrero, del año dos milnueve. Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4830 - M 1938946 - Valor C$ 775.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Gestor Oficioso de The Universityof West Alabama, de EE.UU., solicita Registro de Marca de Servicios:

UWA THE UNIVERSITY OF WEST ALABAMA

Descripción y Clasificación de Viena: 260301 y 270511UWA THE UNIVERSITY OF WEST ALABAMA y diseño triángulo.

Para proteger:Clase: 41EDUCACIÓN, FORMACIÓN, ESPARCIMIENTO,ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00503, veinticinco de febrero, delaño dos mil nueve. Managua, tres de marzo, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4831 - M 1938946 - Valor C$ 775.00

Dr. Julián José Bendaña Aragón, Apoderado de HARALDINDUSTRIA E COMERCIO DE ALIMENTOS LTDA., de Brasil,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Harald

Descripción y Clasificación de Viena: 260402, 250325 y 270502Harald y diseño rectángulo.

Para proteger:Clase: 30CHOCOLATES Y COBERTURAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00536, veintisiete de febrero, del añodos mil nueve. Managua, tres de marzo, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4832 - M 1938924 - Valor C$ 775.00

Dr. Max Francisco López López, Apoderado de THE COCA-COLACOMPANY, de EE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

Coca-Cola zero

Descripción y Clasificación de Viena: 260402, 261113 y 270513Coca-Cola zero y diseño rectángulo.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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24-04-09 75

Para proteger:Clase: 32CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRASBEBIDAS NO ALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y JUGOS DE FRUTAS;SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00202, veintiocho de enero, del añodos mil nueve. Managua, seis de febrero, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4833 - M 1938924 - Valor C$ 775.00

Dra. María Elisa Flores Barreto, Apoderado de UNILEVER N.V., deHolanda, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 010320 y 010703Diseño sol y luna.

Para proteger:Clase: 3DENTÍFRICOS, ENJUAGUES BUCALES NO MEDICADOS,PULIDORES DENTALES, POLVO PARA LOS DIENTES.

Clase: 21CEPILLOS DE DIENTES, UTENSILIOS Y ARTÍCULOS PARALIMPIEZA Y CUIDADO DE LOS DIENTES, LENGUA, ENCÍAS,MONDADIENTES, PORTA CEPILLOS Y PORTAMONDADIENTES, NO SIENDO DE METALES PRECIOSOS,HILO DENTALES, UTENSILIOS DE TOCADOR.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00329, nueve de febrero, del año dosmil nueve. Managua, once de febrero, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4834 - M 1938924 - Valor C$ 775.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado de KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC., de EE.UU., solicita Registro de Marcade Fábrica y Comercio:

KOTEX 28 días contigo

Descripción y Clasificación de Viena: 241513Kotex 28 días contigo y diseño circular formado por una flecha dentrode un cuadrado.

Para proteger:Clase: 5PAÑOS, TOALLAS, ALMOHADILLAS, PROTECTORES PARAROPA INTERIOR Y TAMPONES PARA USO FEMENINO.

Opóngase.

Presentada: Expediente N° 2009-00342, diez de febrero, del año dosmil nueve. Managua, diecisiete de febrero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4835 - M 1938924 - Valor C$ 775.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado de KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC., de EE.UU., solicita Registro de Marcade Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 241513, 260110, 260116 y26018Diseño circular formado por una flecha.

Para proteger:Clase: 5PAÑOS, TOALLAS, ALMOHADILLAS, PROTECTORES PARAROPA INTERIOR Y TAPONES PARA USO FEMENINO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00343, diez de febrero, del año dosmil nueve. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4836 - M 1938924 - Valor C$ 775.00

Dr. Max Francisco López López, Apoderado de FÁBRICA DEBEBIDAS GASEOSAS SALVAVIDAS, SOCIEDAD ANÓNIMA,de Guatemala, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Carnaval Té Frío Con Soda

Descripción y Clasificación de Viena: 011521, 261301, 270509 y270510Carnaval Té Frío con soda y diseño burbujas y manchas.

Para proteger:Clase: 30CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ,SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONESHECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA,HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA;LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA;VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.

Clase: 32AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NOALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES YOTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00345, diez de febrero, del año dosmil nueve. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Reg. 4837 - M 1938908 - Valor C$ 775.00

Dr. Julián José Bendaña Aragón, Apoderado de PUBLICARSOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Colombia, solicita Registrode Marca de Fábrica y Comercio y Marca de Servicios:

Descripción y Clasificación de Viena: 270521Diseño de una letra P.

Para proteger:Clase: 16PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DEIMPRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN;FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS)PARA LA PAPELERÍA O LA CASA; MATERIAL PARAARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR YARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIALDE INSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTOAPARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NOCOMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); NAIPES; CARACTERESDE IMPRENTA; CLICHÉS.

Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES.

Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Clase: 42SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS ASÍ COMOSERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO RELATIVOS AELLOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS Y DE INVESTIGACIÓNINDUSTRIAL; DISEÑO Y DESARROLLO DE ORDENADORESY SOFTWARE; SERVICIOS JURÍDICOS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00187, veintisiete de enero, del añodos mil nueve. Managua, veintiocho de enero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4838 - M 1938908 - Valor C$ 775.00

Dr. Julián José Bendaña Aragón, Apoderado de PUBLICARSOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Colombia, solicita Registrode Marca de Servicios:

PUBLICAR Línea amarilla

Descripción y Clasificación de Viena: 270509 y 270510PUBLICAR línea amarilla y diseño de una letra P.

Para proteger:Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00188, veintisiete de enero, del añodos mil nueve. Managua, veintiocho de enero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4839 - M 1938913 - Valor C$ 825.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado de Societe de Conseilsde Recherches et d´Applications Scientifiques (S.C.R.A.S.), de Francia,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 260207 y 260402Diseño rectángulo y semicírculo.

Para proteger:Clase: 5Preparaciones farmacéuticas, a saber, preparaciones farmacéuticaspara el uso en el tratamiento de enfermedades gastrointestinales;agentes laxantes y purgantes; preparaciones farmacéuticas para usoen el tratamiento de trastornos de sangrado gastrointestinal;preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento de enfermedadescardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para uso en le tratamientode trastornos circulatorios; preparaciones farmacéuticas para uso enel tratamiento de cáncer; preparaciones farmacéuticas para uso en letratamiento de trastornos vasculares y neurológicos; preparacionesfarmacéuticos para uso en le tratamiento de trastornos relacionadoscon la edad; preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamientode impedimento cognoscitivo relacionado con la edad; deficienciaspato-fisiológicas; trastornos cochleovestibulares y trastornos de laretina; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornosneurodegenerativos; preparaciones farmacéuticas para uso en eltratamiento de trastornos ortopédicos; preparaciones farmacéuticaspara uso en el tratamiento de trastornos urológicos y hormonales;preparaciones farmacéuticas que comprenden péptidos para eltratamiento hormonal y el tratamiento de tumores; preparacionesfarmacéuticas para uso en el tratamiento de trastornos endocrinos;preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento de acromegaliay tumores carcinoides; preparaciones farmacéuticas para uso en eltratamiento de enfermedades de la sangre y trastornos en los músculos;preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento de diabetes ytrastornos relacionados con la diabetes; preparaciones farmacéuticaspara uso en el tratamiento de trastornos respiratorios y oftalmológicos;preparaciones farmacéuticas en contra de la tos; preparacionesfarmacéuticas para uso en el tratamiento del vértigo, náusea, vómitoy migraña; preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento detrastornos y enfermedades del sistema reproductivo; preparacionesfarmacéuticas para uso en el tratamiento de líneas glabelares, arrugasfaciales, asimetrías y defectos y afecciones de la piel humana.Preparaciones veterinarias, a saber, preparaciones veterinarias parauso en le tratamiento de enfermedades gastrointestinales, agenteslaxantes y purgantes; preparaciones veterinarias para uso en eltratamiento de enfermedades cardiovasculares, trastornos circulatoriosveterinarios y enfermedades neurológicas; preparaciones veterinariaspara uso en el tratamiento de enfermedades urológicas, trastornoshormonales; preparaciones veterinarias para uso en el tratamiento deenfermedades de la sangre, preparaciones veterinarias para uso en eltratamiento de trastornos en los músculos, todo para uso en animalesdomésticos o de granja. Preparaciones sanitarias para usos médicos.

Opóngase.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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24-04-09 75

Presentada: Expediente N° 2008-00242, veintidós de enero, del añodos mil nueve. Managua, veintiocho de enero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4840 - M 1938913 - Valor C$ 825.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado de Societe de Conseilsde Recherches et d´Applications Scientifiques (S.C.R.A.S.), de Francia,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

smecta

Descripción y Clasificación de Viena: 260207 y 260402Smecta diseño rectángulo y semicírculo.

Para proteger:Clase: 5Preparaciones farmacéuticas, a saber, preparaciones farmacéuticaspara el uso en el tratamiento de enfermedades gastrointestinales;agentes laxantes y purgantes; preparaciones farmacéuticas para usoen el tratamiento de trastornos de sangrado gastrointestinal;preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento de enfermedadescardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para uso en le tratamientode trastornos circulatorios; preparaciones farmacéuticas para uso enel tratamiento de cáncer; preparaciones farmacéuticas para uso en letratamiento de trastornos vasculares y neurológicos; preparacionesfarmacéuticos para uso en le tratamiento de trastornos relacionadoscon la edad; preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamientode impedimento cognoscitivo relacionado con la edad; deficienciaspato-fisiológicas; trastornos cochleovestibulares y trastornos de laretina; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornosneurodegenerativos; preparaciones farmacéuticas para uso en eltratamiento de trastornos ortopédicos; preparaciones farmacéuticaspara uso en el tratamiento de trastornos urológicos y hormonales;preparaciones farmacéuticas que comprenden péptidos para eltratamiento hormonal y el tratamiento de tumores; preparacionesfarmacéuticas para uso en el tratamiento de trastornos endocrinos;preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento de acromegaliay tumores carcinoides; preparaciones farmacéuticas para uso en eltratamiento de enfermedades de la sangre y trastornos en los músculos;preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento de diabetes ytrastornos relacionados con la diabetes; preparaciones farmacéuticaspara uso en el tratamiento de trastornos respiratorios y oftalmológicos;preparaciones farmacéuticas en contra de la tos; preparacionesfarmacéuticas para uso en el tratamiento del vértigo, náusea, vómitoy migraña; preparaciones farmacéuticas para uso en el tratamiento detrastornos y enfermedades del sistema reproductivo; preparacionesfarmacéuticas para uso en el tratamiento de líneas glabelares, arrugasfaciales, asimetrías y defectos y afecciones de la piel humana.Preparaciones veterinarias, a saber, preparaciones veterinarias parauso en le tratamiento de enfermedades gastrointestinales, agenteslaxantes y purgantes; preparaciones veterinarias para uso en eltratamiento de enfermedades cardiovasculares, trastornos circulatoriosveterinarios y enfermedades neurológicas; preparaciones veterinariaspara uso en el tratamiento de enfermedades urológicas, trastornoshormonales; preparaciones veterinarias para uso en el tratamiento deenfermedades de la sangre, preparaciones veterinarias para uso en eltratamiento de trastornos en los músculos, todo para uso en animalesdomésticos o de granja. Preparaciones sanitarias para usos médicos.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2008-00243, veintidós de enero, del añodos mil nueve. Managua, veintiocho de enero, del año dos mil nueve.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 4963 - M 0179531 - Valor C$ 775.00

Dr. Álvaro Molina Vaca, Apoderado de COMPAÑÍA DE SEGUROSAMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua,solicita Registro de Marca de Servicios:

SEGUROS AMERICA SEGUROS EXPRESS

Descripción y Clasificación de Viena: 180105, 030102 y 270502El signo distintivo consiste de trazos de color rojo que simbolizan elperfil de una motocicleta en movimiento, debajo de los trazos quesimbolizan el tanque de gas y el asiento de la motocicleta se ubica elconjunto de color rojo compuesto del perfil del León Seguros Américacon las iniciales “SA”, y a la derecha de dicho conjunto las palabrasen rojo y en mayúscula “SEGUROS AMÉRICA”; por debajo deambos conjuntos, también en color rojo las palabra “SegurosEXPRESS”.

Para proteger:Clase: 36SERVICIOS DE SEGUROS Y FINANZAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2009-00580, cuatro de marzo, del año dosmil nueve. Managua, dieciséis de marzo, del año dos mil nueve. MarioRuiz Castillo, Subdirector.

MINISTERIO DE EDUCACION

Reg. 5944 - M. 8047870 - Valor C$ 190.00

Convocatoria PúblicaLicitación por Registro No. 21-2009

"Reemplazo en Centros Escolares del Municipio de Muelle de losBueyes, Región Autónoma del Atlántico Sur, RAAS".

La Unidad Central de Adquisiciones del Ministerio de Educación(MINED), entidad adjudicadora a cargo de realizar el procedimiento deLicitación por Registro No. 21-2009, invita a las personas naturales yjurídicas autorizados en Nicaragua e Inscritos en el Registro Central deProveedores del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, interesadosen presentar ofertas.

1. Objeto de la obra: Proyecto: "Reemplazo en Centros Escolares delMunicipio de Muelle de los Bueyes, Región Autónoma del Atlántico Sur,RAAS".

2. Lugar de ejecución de la obra: La obra se desarrollara en los CentrosEscolares: El Progreso y El Avance, los que se encuentran ubicados enel Municipio de Muelle de los Bueyes, Región Autónoma del AtlánticoSur, RAAS.

3. Plazo de Ejecución de la Obra: El tiempo máximo de ejecución de la obrano deberá ser mayor a setenta y cinco (75) días calendario y se contabilizarátres (3) días después que el contratista reciba el respectivo adelanto,previa firma del contrato y entrega del sitio. La adjudicación del proyectoserá total.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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4. Origen de los Fondos de esta Licitación: Proyecto "Rehabilitación deEstablecimientos Escolares de la RAAS", Código Programa 002, Subprograma 000, Proyecto 017, Actividad 000, Obra 003 y 004, Renglón422, Fuente 18, Recursos del Tesoro Nacional correspondientes alPresupuesto General de la República del año dos mil nueve.

5. Los oferentes elegibles podrán obtener la versión electrónica del Pliegode Bases y Condiciones de la presente Licitación, Alcances de obras,Especificaciones técnicas y Planos, en idioma Español, en la UnidadCentral de Adquisiciones del MINED, ubicada en el Centro Cívico,Módulo "T", planta alta, Managua, a partir del 29 de Abril 2009, enhorario de 8:30 a.m.- 4:30 p.m. hasta un día hábil antes de la fecha derecepción y apertura de oferta.

6. Los oferentes interesados podrán bajar del portal electrónicowww.nicaraguacompra.com.ni el archivo electrónico del PBC, sin ningúncosto. Correspondiendo al proveedor asumir las responsabilidades decumplimiento derivadas del documento.

7. Para los oferentes que retiren el documento en la Unidad Central deAdquisiciones el costo del Pliego de Bases y Condiciones en formatoelectrónico (CD) es de quince córdobas netos (C$15.00) no reembolsables,pagaderos en efectivo a favor del MINED, en las oficinas de Tesoreríaubicadas en el Centro Cívico Camilo Ortega, módulo "P", planta baja, apartir del día 29 de Abril 2009, en horario de atención de las 8:30 a.m. ala 4:30 p.m. hasta un día hábil antes de la fecha de recepción y aperturade oferta.

8. Los oferentes que adquieran y retiren el PBC de la licitación, anotaránen la copia del Recibo Oficial de Caja, los datos siguientes: Nombrecompleto del oferente: dirección exacta y actualización para efecto de oírnotificaciones en Managua: números telefónicos, celular, convencional;fax, correo electrónico, si no tiene correo electrónico o fax, deberá indicarloen el recibo oficial de caja. El MINED, no se hace responsable por laomisión de cualquiera de los datos anteriormente descritos, para efectosde oír notificación.

9. La visita al sitio de las obras a ejecutarse, correrá por cuenta de loscontratistas interesados en presentar oferta, el MINED asumirá que losmismos asistieron al lugar donde se ejecutará el proyecto antes de lapresentación y apertura de ofertas.

10. Presentación de ofertas: La oferta deberá entregarse en idioma españoly en moneda nacional.

11. Las disposiciones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones dela Licitación se basan sobre la Ley No. 323, "Ley de Contrataciones delEstado", sus Reformas, el Decreto No. 21-2000, "Reglamento General dela Ley de Contrataciones" y Decreto No. 67-2006 "Reformas y adicionesal Decreto No. 21-2000, Reglamento General de la Ley de Contrataciones".

12. Lugar y Plazo para la presentación de las ofertas: Sala de ConferenciaUnidad Central de Adquisiciones, recepción de las ofertas únicamenteentre las 9:00 a.m. y 9:30 a.m. del día 13 de Mayo del 2009. Posteriormentea las 9:40 a.m. Apertura de las ofertas, en presencia de los representantesde los licitantes que deseen asistir ha dicho acto.

Juan Ramón Salgado Borge, Director Unidad Central de Adquisiciones.----------

Reg. 5947 - M. 8124024 - Valor C$ 190.00

Convocatoria Pública Licitación por Registro No. 22-2009"Reemplazo en Centros Escolares del Municipio de Jinotega,Departamento de Jinotega".

La Unidad Central de Adquisiciones del Ministerio de Educación(MINED), entidad adjudicadora a cargo de realizar el procedimiento deLicitación por Registro No.22-2009, invita a las personas naturales yjurídicas autorizados en Nicaragua e Inscritos en el Registro Central deProveedores del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, interesadosen presentar ofertas.

1. Objeto de la obra: "Reemplazo en Centros Escolares del Municipio deJinotega, Departamento de Jinotega".

2. Lugar de ejecución de la obra: La obra se desarrollara en los CentrosEscolares: Simón Bolívar y Salomón Ibarra, los que se encuentranubicados en el Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega.

3. Plazo de Ejecución de la Obra: El tiempo máximo de ejecución de la obrano deberá ser mayor a setenta y cinco (75) días calendario y se contabilizarátres (3) días después que el Contratista reciba el respectivo adelanto,previa firma del contrato y entrega del sitio. La adjudicación del proyectoserá total.

4. Origen de los Fondos: Proyecto de Rehabilitación de EstablecimientosEscolares del Departamento de Jinotega correspondientes al PresupuestoGeneral de la República del año dos mil nueve.

5. Lugar y fecha de entrega del PBC: Los oferentes elegibles podránobtener la versión electrónica (CD) y en idioma español el Pliego de Basesy Condiciones, Alcances de obras, Especificaciones Técnicas y Planos,en la oficina de la Unidad Central de Adquisiciones del MINED, ubicadaen el Centro Cívico, Módulo "T", planta alta, Managua, en horario de 8:30a.m.- 4:30 p.m., a partir del día 29 de Abril del 2009, hasta un día antesde la fecha de la presentación y apertura de ofertas.

6. Los oferentes interesados podrán bajar del portal electrónicowww.nicaraguacompra.com.ni el archivo electrónico del PBC, sin ningúncosto. Correspondiendo al proveedor asumir las responsabilidades decumplimiento derivadas del documento.

7. Costo y lugar de pago del PBC: Para los oferentes que retiren eldocumento en la Unidad Central de Adquisiciones el costo del Pliego deBases y Condiciones en formato electrónico (CD) es de quince córdobasnetos (C$15.00) no reembolsables, pagaderos en efectivo a favor delMINED, en las oficinas de Tesorería ubicadas en el Centro Cívico CamiloOrtega, módulo "P", planta baja, a partir del día 29 de Abril del 2009, enhorario de atención de las 8:30 a.m. a la 4:30 p.m. hasta un día hábil antesde la fecha de recepción y apertura de ofertas.

8. Los oferentes que adquieran y retiren el Pliego de Bases y Condicionesen la Unidad Central de Adquisiciones, anotarán en la copia del ReciboOficial de Caja, los datos siguientes: Nombre completo del oferente:dirección exacta y actualización para efecto de oír notificaciones enManagua: números telefónicos, celular, convencional; fax, correoelectrónico, si no tiene correo electrónico o fax, deberá indicarlo en elrecibo oficial de caja. El MINED, no se hace responsable por la omisiónde cualquiera de los datos anteriormente descritos, para efectos de oírnotificación.

9.Visita al Sitio: La visita al sitio donde se ejecutará la obra, correrá porcuenta de los contratistas interesados en presentar oferta, el MINEDasumir ue los mismos asistieron al lugar donde se ejecutará el proyectoantes de la presentación y apertura de ofertas.

10. Presentación de ofertas: La oferta deberá entregarse en idioma españoly en moneda nacional.

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11. Legislación Aplicable: Las disposiciones contenidas en el Pliego deBases y Condiciones de la Licitación se basan sobre la Ley 323, "Ley deContrataciones del Estado", sus Reformas, el Decreto No. 21-2000,"Reglamento General de la Ley de Contrataciones" y Decreto No. 67-2006 "Reformas y adiciones al Decreto No. 21-2000, Reglamento Generalde la Ley de Contrataciones".

12. Lugar y Plazo para la presentación de las ofertas: Sala de ConferenciaUnidad Central de Adquisiciones, recepción de las ofertas únicamenteentre las 09:00 a.m. y 09:30 a.m. del día 15 de Mayo del 2009.Posteriormente a las 09:40 a.m. apertura de las ofertas, en presencia delos representantes de los licitantes que deseen asistir ha dicho acto.

Juan Ramón Salgado Borge, Director Unidad Central de Adquisiciones.

2-1

MINISTERIO DE SALUD

Reg. 5840 - M. 8047941 - Valor C$ 570.00

RESOLUCION MINISTERIALNo. 45 - 2009

GUILLERMO JOSE GONZALEZ GONZALEZ, Ministro de Salud, enuso de las Facultades que me confiere la Ley No. 290 "Ley de Organización,Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicada en "LaGaceta", Diario Oficial, Número 102 del Tres de Junio de Mil NovecientosNoventa y Ocho, Decreto No. 25-2006 "Reformas y Adiciones al DecretoNo. 71-98, Reglamento de la Ley No. 290, "Ley de Organización,Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicado en "LaGaceta", Diario Oficial, Nos. 91 y 92 del once y doce de Mayo del añodos mil seis, respectivamente, Ley No. 323 "Ley de Contrataciones delEstado", publicada en "La Gaceta", Diario Oficial, Nos. 001 y 002 del tresy cuatro de Enero respectivamente del año dos mil, Decreto 21-2000"Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado"; publicadoen "La Gaceta" Diario Oficial, número 46, del seis de marzo del año dosmil, Ley No. 349, "Ley de Reforma a la Ley No. 323 "Ley de Contratacionesdel Estado", publicada en "La Gaceta", Diario Oficial, Número 109, delnueve de Junio del año dos mil y Ley No. 427 "Ley de Reforma a la LeyNo. 323, "Ley de Contrataciones del Estado", publicada en "La Gaceta",Diario Oficial No. 110 del trece de Junio del año dos mil dos.

CONSIDERANDO:

IQue es deber de toda Administración Pública, garantizar la transparenciade todos los procedimientos administrativos tendientes a escoger a loscontratistas privados encargados de proveer al Estado los bienes yservicios que éste necesite con el propósito de obtener el precio y calidadmás conveniente para el Ente Público.

IIQue es tarea del Ministerio de Salud, proveer y regular el abastecimientode los Insumos Médicos y No Médicos, así como de los Bienes, Obrasy Servicios necesarios, para el desarrollo correcto de las actividades quede ésta Administración Pública dependen.

IIIQue es función del Ministerio de Salud, fortalecer su Red deEstablecimientos, dotando a las unidades de Salud de los insumos yequipos necesarios para dar una mejor atención en los servicios de saluda la población en general.

IV

Que mediante Resolución Ministerial No. 351-2008, de fecha diecinuevede Septiembre del año dos mil ocho, se constituyó el Comité de LicitaciónPública Nacional No. LPN-BID-35-09-2008 "Equipos de Computo (30Computadoras, 30 Impresoras) para la Implementación del SIAFI ySIGFA".

Por lo tanto, ésta Autoridad

RESUELVE:

PRIMERO: Se ratifican todas y cada una de las recomendacionesemitidas por el Comité de Licitación correspondiente a Licitación PúblicaNacional No. LPN-BID-35-09-2008 "Equipos de Computo (30Computadoras, 30 Impresoras) para la Implementación del SIAFI ySIGFA", contenidas en Acta de Recomendación de Adjudicación de fechaveintiocho de Enero del año dos mil nueve y Fe de Errata al Acta deRecomendación de Adjudicación, con fecha cuatro de Febrero del año dosmil nueve.

SEGUNDO: Se adjudica la Licitación en mención a las Empresasparticipantes y seleccionadas según se describe a continuación:

Ítem 1: Instalación de Red LocalSe adjudica a la Empresa C.M. DATATEX, S.A. el Ítem 1: Instalación deRed Local, la cantidad de diez (10) Instalaciones de Redes Locales, conun precio unitario de U$ 9,510.00, sin impuesto incluido, siendo el montototal de U$ 95,100.00 (Noventa y Cinco Mil Cien Dólares Netos), sinimpuesto incluido, dado que el fondo con que se está financiando estaadquisición es con fondos del Préstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52).Este monto incluye los Servicios Conexos de Instalación y Configuraciónde Equipos y Redes en las Oficinas de las Unidades de Salud beneficiadas,así como capacitación al usuario en formas básicas de recuperación yrespaldo de información.El plazo para las Instalaciones de las Redes Locales es de un máximo de45 días calendarios.

La División General Administrativa Financiera deberá tramitar a favor deloferente la correspondiente carta de exoneración del IVA, por el montode U$ 14,265.00 o su equivalente en Córdobas, por ser la presenteadquisición con fondos provenientes del Préstamo BID 1607/SF-NI(Fuente 52).

Ítem 2: Computadoras PersonalesSe adjudica a la Empresa TELECOMUNICACIONES Y SISTEMAS,S,.A. (TELSA), el Ítem 2: Computadoras Personales (Incluye USP), lacantidad de treinta (30) Computadoras Personales, marca HP, modelo Dc7800 con su respectiva UPS marca Eaton Power Ware mod. 5110, con unprecio unitario de C$30,909.43, sin impuesto incluido, siendo el montototal de C$927,282.90 (Novecientos Veintisiete Mil Doscientos Ochentay Dos Córdobas con 90/100), sin impuesto incluido, dado que el fondocon que se está financiando esta adquisición es con fondos del PréstamoBID 1607/SF-NI (Fuente 52). Este monto incluye los Servicios Conexosde Transporte e Instalación de los equipos en las diferentes Unidadesde Salud beneficiadas. El plazo de entrega de los bienes es de un máximode 45 días calendarios.

La División General Administrativa Financiera deberá tramitar a favordel oferente la correspondiente carta de exoneración del IVA, por el montode C$139,092.44 (Ciento Treinta y Nueve Mil Noventa y Dos Córdobascon 44/100 Córdobas), por ser la presente adquisición con fondosprovenientes del Préstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52).

Ítem 3: Impresoras MatricialesSe adjudica a la Empresa C.M. DATATEX, S.A. el Ítem 3: Impresoras

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Matriciales, la cantidad de treinta (30) Impresoras Matriciales marcaEPSON, modelo LQ-590, con un precio unitario de U$ 285.00, sinimpuesto incluido, siendo el monto total de U$ 8,550.00 (Ocho MilQuinientos Cincuenta Dólares Netos), sin impuesto incluido, dado queel fondo con que se está financiando esta adquisición es con fondos delPréstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52). Este monto incluye los ServiciosConexos de Transporte e Instalación de los Equipos en las diferentesUnidades de Salud beneficiadas.El plazo de Entrega de los Bienes es de un máximo de 45 días calendarios.

La División General Administrativa Financiera deberá tramitar a favordel oferente la correspondiente carta de exoneración del IVA, por el montode U$ 1,282.50 o su equivalente en Córdobas, por ser la presenteadquisición con fondos provenientes del Préstamo BID 1607/SF-NI(Fuente 52).

Ítem 4: Actualización de Computadoras (Memorias RAM de 1GB)

Se adjudica a la Empresa C.M. DATATEX, S.A. el Ítem 4: Actualizaciónde Computadoras (Memorias RAM de 1GB), la cantidad de treinta (30)Memorias RAM de 1GB (10 Módulos de Memorias marcaSUPERLATENT DIMM DDR-SDRAM compatibles con PC 2700 a333 MHz y 20 Módulos de Memorias, marca SUPERLATENT DIMMDDR-SDRAM compatibles con PC3200 de 400 MHz), con un preciounitario de U$ 27.75, sin impuesto incluido, siendo el monto total de U$832.50 (Ochocientos Treinta y Dos con 50/100 Dólares), sin impuestoincluido, dado que el fondo con que se está financiando esta adquisiciónes con fondos del Préstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52). Este montoincluye los Servicios Conexos de Instalación de las en los Equipos de lasdiferentes Unidades de Salud beneficiadas.El plazo de Entrega de los Bienes es de un máximo de 45 días calendarios.

La División General Administrativa Financiera deberá tramitar a favordel oferente la correspondiente carta de exoneración del IVA, por el montode U$124.87 o su equivalente en Córdobas, por ser la presente adquisicióncon fondos provenientes del Préstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52)..Ítem 5: Software para Gestión de Base de Datos

Se adjudica la compra a la Empresa ROBERTO TERAN G, S.A. el Ítem5: Software para Gestión de Base de Datos, la cantidad de diez (10)Licencias del Software SQL Server Estándar Edition 2008 con funcionalidadde downgrade a 2005, con un precio unitario de C$ 16,856.84, sinimpuesto incluido, más el valor de C$ 20,000.00 en concepto de ServiciosConexos de Instalación del Software en los Equipos de las diferentesUnidades de Salud beneficiadas, siendo el monto total de C$ 188,568.40(Ciento Ochenta y Ocho Mil Quinientos Sesenta y Ocho con 40/100Córdobas), sin impuesto incluido, dado que el fondo con que se estáfinanciando esta adquisición es con fondos del Préstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52). El plazo de Entrega de los Bienes es de un máximo de45 días calendarios.

La División General Administrativa Financiera deberá tramitar a favor deloferente la correspondiente carta de exoneración del IVA, por el montode C$ 28,285.26 (Veintiocho Mil Doscientos Ochenta y Cinco con 26/100 Córdobas), por ser la presente adquisición con fondos provenientesdel Préstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52).

Ítem 6: Antivirus Corporativo

Se adjudica la compra a la Empresa ROBERTO TERAN G, S.A. el Ítem6: Antivirus Corporativo, la cantidad de ciento diez (110) Licencias delAntivirus Corporativo Symantec EndPoint Protection 11.0, con unprecio unitario de C$ 444.40, sin impuesto incluido, más el valor de C$

20,000.00 en concepto de Servicios Conexos de Instalación del Antivirusen los Equipos, de las diferentes Unidades de Salud beneficiadas, siendoel monto total de C$ 68,884.00(Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Ochentay Cuatro Córdobas Netos), sin impuesto incluido, dado que el fondo conque se está financiando esta adquisición es con fondos del Préstamo BID1607/SF-NI (Fuente 52). El plazo de Entrega de los Bienes es de unmáximo de 45 días calendarios.

La División General Administrativa Financiera deberá tramitar a favordel oferente la correspondiente carta de exoneración del IVA, por el montode C$ 10,332.60 (Diez Mil Trescientos Treinta y Dos con 60/100Córdobas), por ser la presente adquisición con fondos provenientes delPréstamo BID 1607/SF-NI (Fuente 52).

Comuníquese la presente, a cuantos corresponda conocer de la misma.

Dado en la Ciudad de Managua, a los diez días del mes de Febrerodel año dos mil nueve. GUILLERMO JOSE GONZALEZ GONZALEZMINISTRO DE SALUD.

-------------RESOLUCION MINISTERIAL

No. 133 - 2009

GUILLERMO JOSE GONZALEZ GONZALEZ, Ministro de Salud, enuso de las facultades que me confiere la Ley No. 290 "Ley de Organización,Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicada en LaGaceta Diario Oficial No. 102 del tres de junio de Mil NovecientosNoventa y Ocho; Decreto No. 25-2006 "Reformas y Adiciones al DecretoNo. 71-98; Reglamento de la Ley No. 290, "Ley de Organización,Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicado en LaGaceta Diario Oficial No. 91 y 92 del Once y Doce de Mayorespectivamente, del año Dos Mil Seis; Ley No. 323 "Ley de Contratacionesdel Estado", publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 01 y 02 del tresy cuatro de Enero respectivamente, de año Dos Mil; Decreto No. 21-2000"Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado", publicadoen La Gaceta Diario Oficial, número 46, del seis de Marzo del Año DosMil, Ley No. 349 "Ley de Reforma a la Ley No. 323 "Ley de Contratacionesdel Estado", publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 109, del nueve deJunio del año Dos Mil y Ley No. 427 "Ley de Reforma a la Ley No. 323Ley de Contrataciones del Estado", publicada en La Gaceta Diario OficialNo. 110, del trece de Junio del año Dos Mil Dos.

CONSIDERANDO:

IQue es deber de toda Administración Publica, garantizar la transparenciade todos los procedimientos administrativos tendientes a escoger a loscontratistas privados encargados de proveer al Estado los bienes yservicios que este necesite con el propósito de obtener el precio y calidadmás conveniente para el Ente Público.

IIQue es tarea del Ministerio de Salud, proveer y regular el abastecimientode los Insumos Médicos y No Médicos, así como de los Bienes, Obrasy Servicios necesarios, para el desarrollo correcto de las actividades quede esta Administración Publica dependen.

IIIQue es función del Ministerio de Salud, fortalecer su Red deEstablecimientos, dotando a las unidades de Salud de los insumos yequipos necesarios para dar una mejor atención en los servicios de saluda la población en general.

IVQue mediante Resolución Ministerial No. 48-2009, de fecha diecinueve

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de Febrero del año dos mil nueve, se autoriza dar inicio al procesoadministrativo a través de Licitación por Registro No. LXR 07-02-2009"Reparación de Techos Hospital Humberto Alvarado de Masaya", y seconstituye el Comité de Licitación.

Por tanto, ésta Autoridad;

RESUELVE:

PRIMERA: Se ratifican todas y cada una de las recomendacionesemitidas por el Comité de Licitación, correspondiente al Procesode Licitación por Registro No. LXR 07-02-2009 "Reparación de TechosHospital Humberto Alvarado de Masaya", contenidas en Acta deRecomendación de Adjudicación, de fecha treinta de Marzo del año dosmil nueve.

SEGUNDA: Se adjudica el proceso de Licitación por RegistroNo. LXR 07-02-2009 "Reparación de Techos Hospital HumbertoAlvarado de Masaya", a favor del Oferente CLIFFORD MONTALVAN,por un monto total de Dos Millones Ochocientos Ochenta y SieteMil Novecientos Noventa y Ocho Córdobas con 49/100 (C$2,887,998.49),impuestos incluidos, cumple con los criterios de elegibilidad, el plazo deejecución de la obra, especificaciones técnicas, así como oferta financiera,siendo la oferta de menor precio, plazo de ejecución de noventa (90) díascalendarios.

Comuníquese la presente, a cuantos correspondan conocer de la misma.

Dado en la Ciudad de Managua, a los tres días del Mes de Abril del añoDos Mil Nueve. Guillermo José González González, Ministro deSalud.

INSTITUTO NICARAGUENSE DEFOMENTO COOPERATIVO

Reg. 4188

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 104, seencuentra la Resolución No. 416-2009, que integra y literalmente dice:RESOLUCIÓN. No.416-2009, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaSeis de Marzo del Dos Mil Nueve, a las Nueve de la Mañana, en fechadel Seis de Marzo del año dos mil Nueve, presentó solicitud de inscripciónde la personalidad Jurídica a LA COOPERATIVA MULTISECTORIALAJONJOLICEROS DEL SUR" R.L (COMULTIAJONSUR) Constituidaen el Municipio de Jinotepe, del Departamento de Carazo, el día Diez deFebrero del Año Dos Mil Nueve. Se inicia con Treinta y Seis (36)asociados, Veintinueve (29) Hombres, Siete (07) mujer. Con un capitalsocial Suscrito de C$ 3,600.00 (TRES MIL SEISCIENTOS CÓRDOBASNETOS) y un capital pagado de C$ 3,600.00 (TRES MIL SEISCIENTOSCÓRDOBAS NETOS) Este Registro Nacional previo estudio lo declaróprocedente, por lo que fundado en los artículos 2, 23 inciso d), y 25 dela Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8, 9 y 91 delReglamento de la misma RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguesela Personalidad Jurídica a LA COOPERATIVA MULTISECTORIALAJONJOLICEROS DEL SUR" R.L (COMULTIAJONSUR) Con elsiguiente Consejo de Administración Provisional. Presidente: RománAlbino Paniagua Gonzalez. Vicepresidente: Pedro Joaquín Vado Narváez.Secretario: Nelson Antonio Mendieta Mendieta. Tesorero: Juan ManuelMojica Palacios. Primer Vocal: Vicente Heliodoro Carmona Umaña.Segundo Vocal: Orlando Delgado Tercero. Tercer Vocal: Pedro Agustín

Selva López. Certifíquese la presente Resolución, razónense losdocumentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose eloriginal en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) LIC.NINOSKA DEL S. TURCIOS CHAVARRIA, DIRECTORA DELREGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVAS DEL INSTITUTONICARAGÜENSE DE FOMENTO COOPERATIVO. Es conforme asu original con el que debidamente fue cotejado a los Seis Días del mes deMarzo del año dos mil Nueve. Lic. Ninoska del S. Turcios Chavarría.

------------Reg. 4189

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 105, seencuentra la Resolución No. 417-2009, que integra y literalmente dice:RESOLUCIÓN. No.417-2009, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaSeis de Marzo del Dos Mil Nueve, a las Diez de la Mañana, en fecha delSeis de Marzo del año dos mil Nueve, presentó solicitud de inscripciónde la personalidad Jurídica a LA COOPERATIVA DE SERVICIOSMULTIPLES NUEVA LIBIA" R.L Constituida en el Municipio deManagua, del Departamento de Managua, el día Dieciocho de Noviembredel Año Dos Mil Siete. Se inicia con Sesenta y Cuatro (64) asociados,Cinco (05) Hombres, Cincuenta y nueve (59) mujer. Con un capital socialSuscrito de C$ 12,800.00 (DOCE MIL OCHOCIENTOS CÓRDOBASNETOS) y un capital pagado de C$ 3,200.00 (TRES MIL DOSCIENTOSCÓRDOBAS NETOS) Este Registro Nacional previo estudio lo claróprocedente, por lo que fundado en los artículos 2, 23 inciso d), y 25 dela Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8, 9 y 91 delReglamento de la misma RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguesela Personalidad Jurídica a LA COOPERATIVA DE SERVICIOSMULTIPLES NUEVA LIBIA" R.L Con el siguiente Consejo deAdministración Provisional. Presidente: Hilda Maria Polanco.Vicepresidente: Ivana del Carmen Cabrera Castañeda. Secretario: Evelynde la Concepción Echegoyen Vásquez. Tesorero: Maria Teresa PáramoMartínez. Vocal: Ivett del Carmen Aquino Mojica. Certifíquese lapresente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copiasa los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese enel Diario Oficial La Gaceta. (F) LIC. NINOSKA DEL S. TURCIOSCHAVARRIA, DIRECTORA DEL REGISTRO NACIONAL DECOOPERATIVAS DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DEFOMENTO COOPERATIVO. Es conforme a su original con el quedebidamente fue cotejado a los Seis Días del mes de Marzo del año dosmil Nueve. Lic. Ninoska del S. Turcios Chavarría.

------------Reg. 4190

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 105, seencuentra la Resolución No. 418-2009, que integra y literalmente dice:RESOLUCIÓN. No.418-2009, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaSeis de Marzo del Dos Mil Nueve, a las Once de la Mañana, en fecha delSeis de Marzo del año dos mil Nueve, presentó solicitud de inscripciónde la personalidad Jurídica a LA COOPERATIVA FINANCIERA DEAHORRO Y CREDITO "LA ALTERNATIVA" R.L Constituida en elMunicipio de Moyogalpa, del Departamento de Rivas, el día Veintiochode Junio del Dos Mil Ocho. Se inicia con Veintiuno (21) asociados,Dieciséis (16) Hombres, Cinco (5) mujer. Con un capital social Suscritode C$ 20,000.00 (VEINTE MIL CÓRDOBAS NETOS) y un capitalpagado de C$ 11,550.00 (ONCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA

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CÓRDOBAS NETOS) Este Registro Nacional previo estudio lo declaróprocedente, por lo que fundado en los artículos 2, 23 inciso d), y 25 dela Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8, 9 y 91 delReglamento de la misma RESUELVE: Apruébese la inscripción y otórguesela Personalidad Jurídica a LA COOPERATIVA FINANCIERA DEAHORRO Y CREDITO "LA ALTERNATIVA" R.L Con el siguienteConsejo de Administración Provisional. Presidente: Alfredo EncarnaciónAburto Tamariz. Vicepresidente: Marianet Caldera Barrios. Secretario:Ruvida del Rosario Saballo Sandoval. Tesorero: Rosa Argentina CruzAviles. Vocal: Nelson Mayorga Cruz. Certifíquese la presente Resolución,razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados,archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial LaGaceta. (F) LIC. NINOSKA DEL S. TURCIOS CHAVARRIA,DIRECTORA DEL REGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVASDEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE FOMENTOCOOPERATIVO. Es conforme a su original con el que debidamente fuecotejado a los Seis Días del mes de Marzo del año dos mil Nueve. Lic.Ninoska del S. Turcios Chavarría.

------------Reg. 4192

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones de Reforma Parcial/Total de Estatutos,Modificación/Cambio de Actividad, que lleva el Registro Nacional deCooperativas, del Instituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo(INFOCOOP), en el Folio 39 se encuentra la RESOLUCIÓN N0. 153-2009, que integra y literalmente dice: RESOLUCIÓN N0. 153-2009,REGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVAS, INSTITUTONICARAGÜENSE DE FOMENTO COOPERATIVO. (INFOCOOP.Managua Dieciséis de Febrero del año Dos Mil Nueve, las Dos de la Tarde.Con fecha del Dieciséis de Febrero del Dos Mil Nueve, presentó solicitudde Aprobación e Inscripción de Reforma Total de Estatutos de LACOOPERATIVA DE PRODUCCION CAMPESINA "GERMANPOMARES ORDÓÑEZ" R.L (COOPROCAGEP) Siendo su domicilioSocial El Municipio de Bluefilds, de la Región Autónoma del AtlánticoSur(RAAS). cuya Aprobación e Inscripción de Reforma Total deEstatuto, se encuentra registrada en Acta No.08, del folio 015 al folio 025de Asamblea General Extraordinaria, que fue celebrada el Cuatro de JunioDel Dos Mil Siete. Este Registro Nacional previo estudio declaróprocedente la Aprobación e Inscripción de Reforma Total de Estatuto deActividad. Por lo que fundado en los Artículos 25, 65 inc. b) 66 inc. a)de la Ley General de Cooperativas Ley (499). RESUELVE: Apruébesela Inscripción de Reforma Total de LA COOPERATIVA DEPRODUCCION CAMPESINA "GERMAN POMARES ORDOÑEZ"R.L (COOPROCAGEP) Certifíquese la presente Resolución razónenselos documentos devuélvanse las copias a los interesados, archivándoseel original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- (f)LIC. NINOSKA DEL S. TURCIOS CHAVARRIA, DIRECTORA DELREGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVAS DEL INSTITUTONICARAGÜENSE DE FOMENTO COOPERATIVO. Es conforme asu original con el que debidamente fue cotejado a los Dieciséis días del mesde Febrero del año dos mil Nueve. Lic. Ninoska del S. Turcios Chavarría.

------------Reg. 4193

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones de Reforma Parcial/Total de Estatutos,Modificación/Cambio de Actividad, que lleva el Registro Nacional deCooperativas, del Instituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo(INFOCOOP), en el Folio 39 se encuentra la RESOLUCIÓN N0. 154-2009, que integra y literalmente dice: RESOLUCIÓN N0. 154-2009,REGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVAS, INSTITUTO

NICARAGÜENSE DE FOMENTO COOPERATIVO. (INFOCOOP.Managua Diecisiete de Febrero del año Dos Mil Nueve, las Nueve de laMañana. Con fecha del Diecisiete de Febrero del Dos Mil Nueve, presentósolicitud de Aprobación e Inscripción de Reforma Parcial de Estatutosde LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE EXPRESO DE MASAYA"R.L (COTREXMA) Siendo su domicilio Social El Municipio de Masaya,del Departamento de Masaya. cuya Aprobación e Inscripción de ReformaParcial de Estatuto, se encuentra registrada en Acta No.18, del folio 041al 42 de Asamblea General Extraordinaria, que fue celebrada el Veintiséisde Octubre Del Dos Mil Ocho. Este Registro Nacional previo estudiodeclaró procedente la Aprobación e Inscripción de Reforma Parcial deEstatuto de Actividad. Por lo que fundado en los Artículos 25, 65 inc.b) 66 inc. a) de la Ley General de Cooperativas Ley (499). RESUELVE:Apruébese la Inscripción de Reforma Total de LA COOPERATIVA DETRANSPORTE EXPRESO DE MASAYA" R.L (COTREXMA)Certifíquese la presente Resolución razónense los documentos devuélvanselas copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina.Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- (f) LIC. NINOSKA DEL S.TURCIOS CHAVARRIA, DIRECTORA DEL REGISTRONACIONAL DE COOPERATIVAS DEL INSTITUTONICARAGÜENSE DE FOMENTO COOPERATIVO. Es conforme asu original con el que debidamente fue cotejado a los Diecisiete días delmes de Febrero del año dos mil Nueve. Lic. Ninoska del S. TurciosChavarría.

EMPRESA ADMINISTRADORA DEAEROPUERTOS INTERNACIONALES

Reg. 5945 - M. 8124026 - Valor C$ 570.00

DECLARACION DESIERTA DE LICITACIÓN RESTRINGIDANo. 01-2009

La Unidad de Adquisiciones de la Empresa Administradora de AeropuertosInternacionales (EAAI), entidad adjudicadora a cargo de realizar elprocedimiento de contratación bajo la modalidad de Licitación RestringidaNo. 01-2009 según Resolución 007-2009, ACLARA a los proveedoresautorizados en Nicaragua e inscritos en el Registro Central de Proveedoresdel Ministerio de Hacienda y Crédito Público: para efectos de leypublicamos la resolución 016-2009, donde se declara desierta dichoproceso:

"SUMINISTRO DE REPUESTOS Y PUESTA ENFUNCIONAMIENTO DEL PUENTE DE ABORDAJE Nº 6"

CERTIFICACIÓN

MARTHA LORENA CHAVARRIA RIVAS, Abogado y Notario Públicode la República de Nicaragua, con domicilio y residencia en esta ciudad,debidamente autorizada para cartular por la Excelentísima Corte Supremade Justicia durante el quinquenio que finaliza el diecisiete de Mayo delaño dos mil nueve, y Secretaria de Actas de la Junta Directiva de laEMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOSINTERNACIONALES, CERTIFICA: Que del frente del folio diecinueve(19) al reverso del folio diecinueve (19) del LIBRO DE RESOLUCIONESNUMERO CINCO de la Gerencia General de la EMPRESAADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES,se encuentra la Resolución No.016-2009, del día diecisiete de marzo delaño dos mil nueve, la que íntegra y literalmente dice:

RESOLUCION No.016-2009

ORLANDO JOSE CASTILLO GUERRERO, Gerente General de laEMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS

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INTERNACIONALES (EAAI), en uso de las facultades que le otorga elDecreto No. 1292 del 11 de Agosto de 1983, publicado en "La Gaceta",Diario Oficial No.186 del 16 de Agosto de 1983, reformado por DecretoNo. 49-91 del 22 de Diciembre de 1991, publicado en "La Gaceta", DiarioOficial No. 6 del 13 de Enero de 1992, por Decreto No. 58-98 del 8 deSeptiembre de 1998, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 171 del10 de Septiembre de 1988 y por Decreto No. 95-2002, publicado en "LaGaceta, Diario Oficial No. 207 del 31 de Octubre del 2002 y ResoluciónJD-001-I-02-2007, acordada por la Junta Directiva de la Empresa enReunión Ordinaria Número uno (1) del día diecinueve de Enero del dosmil siete y en uso de las facultades que le confiere la Ley de Contratacionesdel Estado (Ley No. 323), publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No.001 del 3 de Enero del 2000 y su Reglamento General (Decreto 21-2000del 2 de Marzo del año 2000), publicado en "La Gaceta", Diario OficialNo. 46 del 6 de Marzo del 2000.

CONSIDERANDOI

Que el Comité de Licitación constituido mediante Resolución NúmeroSiete (007) del Dos de Febrero del año dos mil nueve, para la contrataciónde la Licitación Restringida No. 01-2009 denominada "SUMINISTRODE REPUESTOS Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PUENTEDE ABORDAJE No. 6", recomendó a esta Autoridad DECLARARDESIERTA la Licitación Restringida No. 01-2009 denominada"SUMINISTRO DE REPUESTOS Y PUESTA ENFUNCIONAMIENTO DEL PUENTE DE ABORDAJE No. 6" en vistade que no se presentó ninguna oferta.

IIQue esta Autoridad está plenamente de acuerdo con dicha Recomendaciónya que considera que se ha cumplido con el procedimiento y los tiemposestablecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.

IIIQue de conformidad con el Arto.42 inciso a) de la Ley de Contratacionesdel Estado, y Arto.52 del Reglamento General a la Ley de Contratacionesdel Estado, esta Autoridad puede declarar desierta una Licitación, medianteResolución cuando no se presente oferta alguna, por lo que;

POR TANTOEn uso de las facultades que le confiere Ley de Contrataciones del Estado(Ley 323), publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No.001 y 002, defecha tres y cuatro de enero del año dos mil, respectivamente y suReglamento General.

RESUELVE

a) Ratificar las recomendaciones del Comité de Licitación correspondientesa la Licitación Restringida No. 01-2009 denominada "SUMINISTRO DEREPUESTOS Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PUENTEDE ABORDAJE No. 6", contenidas en Acta Número Uno del Dieciochode Febrero del año dos mil nueve.

b) Se declara Desierta la Licitación Restringida No. 01-2009 denominada"SUMINISTRO DE REPUESTOS Y PUESTA ENFUNCIONAMIENTO DEL PUENTE DE ABORDAJE No. 6" en vistade las razones expuestas en el Considerando I y II de la presenteResolución y por así haberlo recomendado el Comité de Licitación.

c) Comuníquese la presente Resolución a cuantos corresponda conocerde la misma y publíquese por una vez en el mismo medio empleado parala convocatoria de la Licitación.

CUARTO: Póngase en conocimiento la presente Resolución a losMiembros del Comité.

Dado en la ciudad de Managua, a las cuatro y treinta minutos de la tardedel día diecisiete de Marzo del año dos mil nueve.

Y a solicitud de la Licenciada DANELIA ALVARADO ZAMORA,Supervisora de la Unidad de Adquisiciones de la EAAI, libro la presenteCERTIFICACIÓN, en la ciudad de Managua a las cinco y cinco minutosde la tarde del día diecisiete de Marzo del año dos mil nueve. Lic. DaneliaAlvarado Zamora, Supervisora de la Unidad de Adquisición.

-----------DECLARACION DESIERTA DE LICITACIÓN POR REGISTRO

No. 04-2009

La Unidad de Adquisiciones de la Empresa Administradora de AeropuertosInternacionales (EAAI), entidad adjudicadora a cargo de realizar elprocedimiento de contratación bajo la modalidad de Licitación PorRegistro No. 04-2008 según Resolución No. 010-2009 , ACLARA a losproveedores autorizados en Nicaragua e inscritos en el Registro Centralde Proveedores del Ministerio de Hacienda y Crédito Público: paraefectos de ley publicamos la resolución 017-2009, donde se declaradesierta dicho proceso:

"ADQUISICION DE REPUESTOS PARA LA SUBESTACIONELECTRICA PRINICPAL DE LA EAAI"

CERTIFICACIÓN

MARTHA LORENA CHAVARRIA RIVAS, Abogado y Notario Públicode la República de Nicaragua, con domicilio y residencia en esta ciudad,debidamente autorizada para cartular por la Excelentísima Corte Supremade Justicia durante el quinquenio que finaliza el diecisiete de Mayo delaño dos mil nueve, y Secretaria de Actas de la Junta Directiva de laEMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOSINTERNACIONALES, CERTIFICA: Que del reverso del folio diecinueve(19) al reverso del folio veinte (20) del LIBRO DE RESOLUCIONESNUMERO CINCO de la Gerencia General de la EMPRESAADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES,se encuentra la Resolución No.017-2009, del día veintiséis de marzo delaño dos mil nueve, la que íntegra y literalmente dice:

RESOLUCION No.017-2009

ORLANDO JOSE CASTILLO GUERRERO, Gerente General de laEMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOSINTERNACIONALES (EAAI), en uso de las facultades que le otorga elDecreto No. 1292 del 11 de Agosto de 1983, publicado en "La Gaceta",Diario Oficial No.186 del 16 de Agosto de 1983, reformado por DecretoNo. 49-91 del 22 de Diciembre de 1991, publicado en "La Gaceta", DiarioOficial No. 6 del 13 de Enero de 1992, por Decreto No. 58-98 del 8 deSeptiembre de 1998, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 171 del10 de Septiembre de 1988 y por Decreto No. 95-2002, publicado en "LaGaceta, Diario Oficial No. 207 del 31 de Octubre del 2002 y ResoluciónJD-001-I-02-2007, acordada por la Junta Directiva de la Empresa enReunión Ordinaria Número uno (1) del día diecinueve de Enero del dosmil siete y en uso de las facultades que le confiere la Ley de Contratacionesdel Estado (Ley No. 323), publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No.001 del 3 de Enero del 2000 y su Reglamento General (Decreto 21-2000del 2 de Marzo del año 2000), publicado en "La Gaceta", Diario OficialNo. 46 del 6 de Marzo del 2000.

CONSIDERANDOI

Que el Comité de Licitación constituido mediante Resolución NúmeroCinco (005) del Veintiocho de Enero del año dos mil nueve, para lacontratación de la Licitación por Registro No. 04-2008 denominada

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"ADQUISICION DE REPUESTOS PARA LA SUBESTACIONELECTRICA PRINICPAL DE LA EAAI", recomendó a esta AutoridadDECLARAR DESIERTA la Licitación por Registro No. 04-2008denominada "ADQUISICION DE REPUESTOS PARA LASUBESTACION ELECTRICA PRINICPAL DE LA EAAI" en vista deque solo se recibió únicamente una oferta, que si viene es cierto cumplecon la cantidad de quince ítem de los treinta y ocho solicitados en la SecciónV, Especificaciones Técnicas de los Bienes, no así con el montopresupuestado para esta Adquisición.

IIQue esta Autoridad está plenamente de acuerdo con dicha Recomendaciónya que considera que se ha cumplido con el procedimiento y los tiemposestablecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.

IIIQue de conformidad con el Arto.42 inciso b) de la Ley de Contratacionesdel Estado, y Arto.52 del Reglamento General a la Ley de Contratacionesdel Estado, esta Autoridad puede declarar desierta una Licitación, medianteResolución cuando no se presente oferta alguna, por lo que;

POR TANTOEn uso de las facultades que le confiere Ley de Contrataciones del Estado(Ley 323), publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No.001 y 002, defecha tres y cuatro de enero del año dos mil, respectivamente y suReglamento General.

RESUELVE

a) Ratificar las recomendaciones del Comité de Licitación correspondientesa la Licitación por Registro No. 04-2008 denominada "ADQUISICIONDE REPUESTOS PARA LA SUBESTACION ELECTRICAPRINICPAL DE LA EAAI", contenidas en Acta Número Dos del Trecede Marzo del año dos mil nueve.

b) Se declara Desierta la Licitación por Registro No. 04-2008 denominada"ADQUISICION DE REPUESTOS PARA LA SUBESTACIONELECTRICA PRINICPAL DE LA EAAI" en vista de las razonesexpuestas en el Considerando I y II de la presente Resolución y por asíhaberlo recomendado el Comité de Licitación.

c) Comuníquese la presente Resolución a cuantos corresponda conocerde la misma y publíquese por una vez en el mismo medio empleado parala convocatoria de la Licitación.

CUARTO: Póngase en conocimiento la presente Resolución a losMiembros del Comité.

Dado en la ciudad de Managua, a las las nueve y treinta minutos de lamañana del día Jueves Veintiséis de Marzo del año dos mil nueve.

Y a solicitud de la Licenciada DANELIA ALVARADO ZAMORA,Supervisora de la Unidad de Adquisiciones de la EAAI, libro la presenteCERTIFICACIÓN, en la ciudad de Managua a las diez y cinco minutosde la mañana del día Veintiséis de Marzo del año dos mil nueve. Lic.Danelia Alvarado Zamora, Supervisora de Unidad de Adquisiciones.

----------------SUSPENSION DE LICITACIÓN RESTRINGIDA No. 05-2009

La Unidad de Adquisiciones de la Empresa Administradora de AeropuertosInternacionales (EAAI), entidad adjudicadora a cargo de realizar elprocedimiento de contratación bajo la modalidad de Licitación RestringidaNo. 05-2009 según Resolución No. 010-2009 , ACLARA a los proveedoresautorizados en Nicaragua e inscritos en el Registro Central de Proveedoresdel Ministerio de Hacienda y Crédito Público: La cancelación del proceso

en referencia, para tal efecto publicamos la resolución 018-2009 dondese suspende dicho proceso:

"REPARACION DE COMBO BOX PERTENECIENTE AL EQUIPODE RAYOS X"

"CERTIFICACIÓN"

MARTHA LORENA CHAVARRIA RIVAS, Abogado y NotarioPúblico de la República de Nicaragua, con domicilio y residencia en estaciudad, debidamente autorizada para cartular por la Excelentísima CorteSuprema de Justicia durante el quinquenio que finaliza el diecisiete deMayo del año dos mil nueve, Jefe del Departamento Legal de la EMPRESAADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES,CERTIFICA: Que del reverso del folio veinte y al frente del folioveintiuno (20/21) del LIBRO DE RESOLUCIONES NUMERO CINCOde la Gerencia General de la EMPRESA ADMINISTRADORA DEAEROPUERTOS INTERNACIONALES, se encuentra la ResoluciónNo.018-2009, del día tres de abril del año dos mil nueve, la que íntegra yliteralmente dice:

RESOLUCION DE SUSPENCION No. 018-2009

ORLANDO JOSE CASTILLO GUERRERO, Gerente General de laEMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOSINTERNACIONALES (EAAI), en uso de las facultades que le otorga elDecreto Creador de la Empresa, Decreto No. 1292 del 11 de Agosto de1983, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No.186 del 16 de Agostode 1983, reformado por Decreto N° 49-91 del 22 de Diciembre de 1991,publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 6 del 13 de Enero de 1992,por Decreto N° 58-98 del 8 de Septiembre de 1998, publicado en "LaGaceta", Diario Oficial N° 171 del 10 de Septiembre de 1988 y porDecreto N° 95-2002, publicado en "La Gaceta, Diario Oficial No. 207 del31 de Octubre del 2002 y Resolución JD- 001-I-02-2007, acordada porla Junta Directiva de la Empresa en Reunión Ordinaria Número uno (1)del día diecinueve de Enero del dos mil siete y en uso de las facultades quele confiere la Ley de Contrataciones del Estado (Ley No. 323), publicadaen "La Gaceta", Diario Oficial No. 001 del 3 de Enero del 2000 y suReglamento General (Decreto 21-2000 del 2 de Marzo del año 2000),publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 46 del 6 de Marzo del 2000.

CONSIDERANDO

IQue mediante Resolución N°010-2009 de fecha 05 de Febrero del año dosmil nueve, el Suscrito en su carácter de Máxima Autoridad de la EAAI enmateria de licitaciones, dio inicio al procedimiento de la LicitaciónRestringida N°05-2009, denominada: "REPARACION DE COMBOBOX PERTENECIENTE AL EQUIPO DE RAYOS X", constituyéndoseasí mismo en dicha Resolución el respectivo Comité de Licitación paraintervenir en todas las etapas del procedimiento de licitación, desde laelaboración y aprobación del Pliego de Bases y Condiciones hasta larecomendación de la adjudicación.-

IIQue en acta de las nueve y treinta minutos de la mañana del día veinticuatrode marzo del año dos mil nueve, el Comité de Licitaciones a cargoRecomendó Suspender la Licitación Restringida Nº. 05-2009, "Reparaciónde Combo Box Perteneciente al Equipo de Rayos X".-

IIIQue según informe del área técnica de la EAAI, el Combo Box Pertenecienteal Equipo de Rayos "X" ha sido reparado por lo que dictamino no ameritaser remitido a la fábrica.-

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IVQue en Memorando de fecha 30 de Marzo del 2009, el Supervisor deUnidad y Adquisiciones de la Empresa, en base a lo dispuesto en al Arto.43 de la Ley de Contrataciones del Estado y Arto. 53 del ReglamentoGeneral de la Ley de Contrataciones del Estado solicita a esta autoridadla Suspensión del Procedimiento de la Licitación Publica No. 05-2009denominada "REPARACION DE COMBO BOX PERTENECIENTEAL EQUIPO DE RAYOS X".-

POR TANTODe conformidad con lo establecido en el Arto. 43 de la Ley de Contratacionesdel Estado y Arto. 53 del Reglamento de la Ley de Contrataciones delEstado, ACUERDA:

PRIMERO: SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO DE LALICITACION RESTRINGIDA No. 05-2009, denominada:"REPARACION DE COMBO BOX PERTENECIENTE AL EQUIPODE RAYOS X",

SEGUNDO: Comuníquese la presente resolución a cuantos correspondaconocer, para continuar con el debido proceso.-

Dado en la ciudad de Managua, a las cinco y diez minutos de la tarde deldía tres de Abril del año dos mil nueve.- (F) O CASTILLO G.-ORLANDO JOSE CASTILLO GUERRERO, Gerente General de laEMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOSINTERNACIONALES.

Y a solicitud del Licenciado ORLANDO JOSE CASTILLO GUERRERO,Gerente General de la EMPRESA ADMINISTRADORA DEAEROPUERTOS INTERNACIONALES, libro la presenteCERTIFICACIÓN, en la ciudad de Managua a la una y cincuenta y tresminutos de la tarde del día quince de abril del año dos mil Nueve.- Lic.Danelia Alvarado Zamora, Supervisora de Unidad de Adquisiciones.

ALCALDIAS

Reg. 5946 - M. 8047786 - Valor C$ 95.00

ALCALDÍA MUNICIPAL DE MATIGUÁS

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. 30-2009

El Suscrito Alcalde del Municipio de Matiguás, en uso de las facultadesque le confiere la Ley 40, "Ley de Municipios", su Reglamento yReformas, y la Ley 622 "Ley de Contrataciones Municipales" y suReglamento,

CONSIDERANDO:I

Que el Comité de Licitación constituido mediante Resolución Nº 17-2009del trece de marzo del año 2009, conforme el artículo 43 de la Ley Nº 622,emitió las recomendaciones para la adjudicación de la Licitación porRegistro No.01-2009, "Construcción Plan Techo Diversas ComunidadesUrbana y Rural, Matiguás", informe que fue recibido por esta autoridadcon fecha 7 de abril de 2009; el que ha sido estudiado y analizado.

IIQue esta Autoridad está plenamente de acuerdo con dichasrecomendaciones ya que considera que la oferta recomendada correspondeefectivamente a la más conveniente, observando que se cumplió en elproceso evaluativo con los factores y valores de ponderación establecidosen el Pliego de Bases y Condiciones, seleccionando de esta manera la mejorpropuesta.

III

Que de conformidad con el artículo 44 de la Ley Nº 622, esta Autoridaddebe adjudicar la Licitación en referencia, mediante Resolución motivadaen el término de cinco días contados a partir de recibidas las recomendacionesdel Comité de Licitación, por lo que;

ACUERDA:

a) Ratificar la recomendación del Comité de Licitación, correspondientesa la Licitación por Registro No. 01-2009, "Construcción Plan TechoDiversas Comunidades Urbana y Rural, Matiguás", contenidas endocumento de Recomendación de adjudicación del siete de abril del año2009.

b) Se adjudica la Licitación por Registro No. 01-2009, "Construcción PlanTecho Diversas Comunidades Urbana y Rural, Matiguás" al oferenteOlden Escander Blandón hasta por la suma de C$ 1, 282,476.80 (unmillón doscientos ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y seiscórdobas con 80/100).

c) Comuníquese la presente Resolución a cuantos corresponda conocerde la misma y publíquese por una vez en el mismo medio empleado parala Convocatoria.

Dada en la Ciudad de Matiguás, a los trece días del mes de abril del añodos mil nueve. Juan Napoleón Zeledón Zeledón, Alcalde Municipalde Matiguás.

UNIVERSIDADES

TITULOS PROFESIONALES

Reg. 3949 – M. 7947378 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora del Departamento de Admisión y Registro de laU.C.C. Certifica que en Folio No. 155 Tomo No. 07 del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Carrera de Marketing y Publicidad, que esteDepartamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LAUNIVERSIDAD DE CIENCIAS COMERCIALES”. POR CUANTO:

IVIS RAQUEL SALINAS RIVERA, natural de Granada, Departamentode Granada, República de Nicaragua, ha cumplido todos los requisitosacadémicos del plan de estudios correspondiente y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciada en Marketing y Publicidad, para que goce de las prerrogativasque las leyes y reglamentos del ramo le conceden, y su publicación en laGaceta Diario Oficial para todos los efectos de ley.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua a los nueve días del mes dediciembre del dos mil siete. El Rector de la Universidad, Dr. GilbertoBergman Padilla. El Secretario General, Dr. Jorge Quintana García.

Es conforme, Managua, Nicaragua, a los cinco días del mes de febrero deldos mil nueve. Lic. Adela Oporta López, Directora de Registro Académico.

————————Reg. 3950 – M. 7947327 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora del Departamento de Admisión y Registro de laU.C.C. Certifica que en Folio No. 395 Tomo No. 05 del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Carrera de Administración de Empresas, queeste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LA

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UNIVERSIDAD DE CIENCIAS COMERCIALES”. POR CUANTO:

MILAGRO DEL SOCORRO REYES BARRETO, natural deLarreynaga, Departamento de León, República de Nicaragua, ha cumplidotodos los requisitos académicos del plan de estudios correspondiente ylas pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas, paraque goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden, y su publicación en la Gaceta Diario Oficial para todos losefectos de ley.

Dado en la ciudad de León, Nicaragua a los trece días del mes de diciembredel dos mil ocho. El Rector de la Universidad, Dr. Gilberto BergmanPadilla. El Secretario General, Dr. Jorge Quintana García.

Es conforme, León, Nicaragua, a los treinta días del mes de enero del dosmil nueve. Lic. Adela Oporta López, Directora de Registro Académico.

————————Reg. 3951 – M. 7947323 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora del Departamento de Admisión y Registro de laU.C.C. Certifica que en Folio No. 383 Tomo No. 05 del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Carrera de Administración de Empresas, queeste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LAUNIVERSIDAD DE CIENCIAS COMERCIALES”. POR CUANTO:

ANIBAL JOSÉ CARMONA MEDINA, natural de León, Departamentode León, República de Nicaragua, ha cumplido todos los requisitosacadémicos del plan de estudios correspondiente y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciado en Administración de Empresas, para que goce de lasprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden, y supublicación en la Gaceta Diario Oficial para todos los efectos de ley.

Dado en la ciudad de León, Nicaragua a los trece días del mes de diciembredel dos mil ocho. El Rector de la Universidad, Dr. Gilberto BergmanPadilla. El Secretario General, Dr. Jorge Quintana García.

Es conforme, León, Nicaragua, a los treinta días del mes de enero del dosmil nueve. Lic. Adela Oporta López, Directora de Registro Académico.

————————Reg. 3952 – M. 7947312 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora del Departamento de Admisión y Registro de laU.C.C. Certifica que en Folio No. 438 Tomo No. 03 del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Carrera de Arquitectura, que esteDepartamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LAUNIVERSIDAD DE CIENCIAS COMERCIALES”. POR CUANTO:

RODOLFO GAMALIEL CASTELLÓN HERNÁNDEZ, natural deLarreynaga, Departamento de León, República de Nicaragua, ha cumplidotodos los requisitos académicos del plan de estudios correspondiente ylas pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Arquitecto, para que goce de las prerrogativas quelas leyes y reglamentos del ramo le conceden, y su publicación en la GacetaDiario Oficial para todos los efectos de ley.

Dado en la ciudad de León, Nicaragua a los trece días del mes de diciembredel dos mil ocho. El Rector de la Universidad, Dr. Gilberto BergmanPadilla. El Secretario General, Dr. Jorge Quintana García.

Es conforme, León, Nicaragua, a los treinta días del mes de enero del dosmil nueve. Lic. Adela Oporta López, Directora de Registro Académico.

————————Reg. 3953 – M. 7947324– Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora del Departamento de Admisión y Registro de laU.C.C. Certifica que en Folio No. 394 Tomo No. 05 del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Carrera de Administración de Empresas, queeste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LAUNIVERSIDAD DE CIENCIAS COMERCIALES”. POR CUANTO:

ENRIQUE ALBERTO REYES BARRETO, natural de Larreynaga,Departamento de León, República de Nicaragua, ha cumplido todos losrequisitos académicos del plan de estudios correspondiente y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciado en Administración de Empresas, para que gocede las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden, ysu publicación en la Gaceta Diario Oficial para todos los efectos de ley.

Dado en la ciudad de León, Nicaragua a los trece días del mes de diciembredel dos mil ocho. El Rector de la Universidad, Dr. Gilberto BergmanPadilla. El Secretario General, Dr. Jorge Quintana García.

Es conforme, León, Nicaragua, a los treinta días del mes de enero del dosmil nueve. Lic. Adela Oporta López, Directora de Registro Académico.

—————————Reg. 3954 – M. 7947314 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El subscrito Vice-Rector Académico de la Universidad EvangélicaNicaragüense, Martín Luther King, Recinto de Managua, certifica que enla Página 428, Tomo III del Libro de Registro de Títulos Universitariosde la Escuela de Ciencias Administrativas que esta dirección tiene bajo suresponsabilidad, se inscribió el Título que literalmente dice: LaUniversidad Evangélica Nicaragüense, Martín Luther King Jr,.POR CUANTO:

CARLOS ALBERTO GODOY CRUZ, ha cumplido con todos losrequisitos académicos establecidos en el plan de estudios de su carrera yen las normativas de culminación de estudios vigentes. POR TANTO:Le otorga el Título de Licenciado en Contabilidad Pública y Finanzas,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintinuevedías del mes de febrero del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Benjamín Cortés Marchena. El Presidente de la Junta Directiva, EduvigesPineda Llanes. La Secretaria General, Mabel Leiva Miranda.

Es conforme a nuestros Libros de Registros, que extendemos la presenteen la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de julio del añodos mil ocho. Lic. Omar Antonio Castro, Vice-Rector Académico.

—————————Reg. 3955 – M. 7947339 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El subscrito Vice-Rector Académico de la Universidad EvangélicaNicaragüense, Martín Luther King, Recinto de Managua, certifica que enla Página 303, Tomo IV del Libro de Registro de Títulos Universitariosde la Escuela de Ciencias Administrativas que esta dirección tiene bajo su

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responsabilidad, se inscribió el Título que literalmente dice: LaUniversidad Evangélica Nicaragüense, Martín Luther King Jr,.POR CUANTO:

KEYLY FANELA UMAÑA TERCERO, ha cumplido con todos losrequisitos académicos establecidos en el plan de estudios de su carrera yen las normativas de culminación de estudios vigentes. POR TANTO:Le otorga el Título de Licenciada en Administración Turística yHotelera, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmentese le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte y sietedías del mes de febrero del año dos mil nueve. El Rector de la Universidad,Benjamín Cortés Marchena. El Presidente de la Junta Directiva, EduvigesPineda Llanes. La Secretaria General, Mabel Leiva Miranda.

Es conforme a nuestros Libros de Registros, que extendemos la presenteen la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de marzo del año dosmil nueve. Lic. Omar Antonio Castro, Vice-Rector Académico.

—————————Reg. 3956 – M. 7947337 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El subscrito Vice-Rector Académico de la Universidad EvangélicaNicaragüense, Martín Luther King, Recinto de Managua, certifica que enla Página 342, Tomo IV del Libro de Registro de Títulos Universitariosde la Escuela de Ciencias de la Computación que esta dirección tiene bajosu responsabilidad, se inscribió el Título que literalmente dice: LaUniversidad Evangélica Nicaragüense, Martín Luther King Jr,.POR CUANTO:

ELMER DE JESÚS VILLALTA SELVA, ha cumplido con todos losrequisitos académicos establecidos en el plan de estudios de su carrera yen las normativas de culminación de estudios vigentes. POR TANTO:Le otorga el Título de Ingeniero en Sistemas de InformaciónAutomatizada, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte y sietedías del mes de febrero del año dos mil nueve. El Rector de la Universidad,Benjamín Cortés Marchena. El Presidente de la Junta Directiva, EduvigesPineda Llanes. La Secretaria General, Mabel del Socorro Leiva Miranda.

Es conforme a nuestros Libros de Registros, Managua, a los once díasdel mes de marzo del año dos mil nueve. Lic. Omar Antonio Castro, Vice-Rector Académico.

————————Reg. 3957 – M. 7947399 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Responsable, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 06, Página 299, Tomo X,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ingeniería Específica, y que esta instancia lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

JULIO BLADIMIR RODRÍGUEZ MENA, natural de Tola,Departamento de Rivas, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO se le extiendeel Título de: Ingeniero Electromecánico, para que goce de los derechos

y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días delmes de abril del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra. OlgaMaría del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska Meza Dávila.Decano de la Facultad, Ing. Manuel López Miranda. Lic. Ricardo LaraSilva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 3958 – M. 7947366 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 13, Página 284 , Tomo I,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Informática, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. PORCUANTO:

WILBER AGUSTIN GONZÁLEZ RIVAS, natural de Matagalpa,Departamento de Matagalpa, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO se leextiende el Título de: Ingeniero en Computación y Sistemas, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del paísle conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece díasdel mes de junio del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra. OlgaMaría del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska Meza Dávila.Decano de la Facultad, Ing. Hulasko Antonio Meza Soza. Lic. RicardoLara Silva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 3959 – M. 7947329– Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Responsable, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 02, Página 132, Tomo I,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Informática, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. PORCUANTO:

JOSÉ ALBERTO ALANIZ MENDEZ, natural de Boaco, Departamentode Boaco, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO se le extiende el Título de:Ingeniero en Computación Sistemas, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiún díasdel mes de febrero del año dos mil cuatro. Rector Fundador de laUniversidad, Dr. Adrián Meza Castellanos. Secretaria General, Dra. OlgaMaría del Socorro Soza Bravo. Decano de la Facultad, Ing. HulaskoAntonio Meza Soza. Ing. Noel Obando Ruiz, Resp. Registro AcadémicoCentral, UPONIC.

————————Reg. 3960 – M. 7947357 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 11, Página 057, Tomo XI,

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

JACKSON JOSÉ VELÁZQUEZ CASTELLÓN, natural de Matagalpa,Departamento de Matagalpa, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO se leextiende el Título de: Licenciado en Administración de Empresas, paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delpaís le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de enero del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra.Olga María del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska MezaDávila. Decano de la Facultad, Lic. Max Montenegro Ortiz. Lic. RicardoLara Silva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 3961 – M. 7947349 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 04, Página 081, Tomo XIII,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

GEMA ETZAMARA ZELEDÓN SILES, natural de Jinotega,Departamento de Jinotega, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO se leextiende el Título de: Licenciada en Contabilidad Pública y Finanzas,para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosdel país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diecisietedías del mes de febrero del año dos mil nueve. Rector de la Universidad,Dra. Olga María del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska MezaDávila. Decano de la Facultad, Lic. Max Montenegro Ortiz. Lic. RicardoLara Silva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 3962 – M. 7947348 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 02, Página 081, Tomo XIII,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

IRAIDA ISABEL MOLINARES, natural de Jinotega, Departamento deJinotega, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO se le extiende el Título de:Licenciada en Contabilidad Pública y Finanzas, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diecisietedías del mes de febrero del año dos mil nueve. Rector de la Universidad,

Dra. Olga María del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska MezaDávila. Decano de la Facultad, Lic. Max Montenegro Ortiz. Lic. RicardoLara Silva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

—————Reg. 3963. - M 7947382. - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Responsable de Registro Académico de la Universidad“Martín Lutero”, (UML), Por este medio certifica: Que bajo el Folio 16,No. 73, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos de Graduados que llevaesta Oficina a su cargo, se encuentra debidamente inscrito el título queintegra y literalmente dice: La Universidad Martín Lutero, PORCUANTO:

LEOBALDO OROZCO CORONADO, ha cumplido con los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación. POR TANTO,le extiende el título de Licenciado en Pedagogía. Para que goce de losDerechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua a los catorce días del mes dediciembre del 2007. Lic. Abel de Jesús Meléndez M, Secretaría General.Lic. Jiselda Cruz Aguirres, Resp. de Registro Académico.

—————Reg. 3964. - M 7947353. - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Responsable de Registro Académico de la Universidad“Martín Lutero”, (UML), Por este medio certifica: Que bajo el Folio 23,No. 34, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos de Graduados que llevaesta Oficina a su cargo, se encuentra debidamente inscrito el título queintegra y literalmente dice: La Universidad Martín Lutero, PORCUANTO:

ORFA ELIZABETH CERRATO TORREZ, ha cumplido con losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación. PORTANTO, le extiende el título de Licenciado en Psicología Clínica. Paraque goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua a los tres días del mes de octubredel 2008. Lic. Abel de Jesús Meléndez M, Secretaría General. Lic. JiseldaCruz Aguirres, Resp. de Registro Académico.

—————Reg. 39635. - M 7947393. - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Responsable de Registro Académico de la Universidad“Martín Lutero”, (UML), debidamente Autorizada por el CNU segúnResolución 30-2002 del 15/Nov/02. Por este medio certifica: Que bajo elFolio 23, No. 53, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos de Graduadosque lleva esta Oficina a su cargo, se encuentra debidamente inscrito el títuloque integra y literalmente dice: La Universidad Martín Lutero, PORCUANTO:

MARGARITA CAJINA ESQUIVEL, ha cumplido con los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias Teológicas. POR TANTO, leextiende el título de Licenciada en Teología. Para que goce de losDerechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua a los veinte días del mes de enerodel 2009.Lic. Abel de Jesús Meléndez M, Secretaría General. Lic. JiseldaCruz Aguirres, Resp. de Registro Académico.

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Reg. 3966 – M. 79473888 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 779, Página 391 Tomo I del Libro de Registro deTítulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Arquitectura.Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL. PORCUANTO:

CARMEN ISABEL BENAVENTE GONZÁLEZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Arquitectura,para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de loprescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitariosvigentes le extiende el Título de Arquitecto, para que goce de lasprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiseisdías del mes de noviembre del año dos mil ocho. Rector de la Universidad,Ing. Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino.Decano de la Facultad, Arq. Eduardo Rodríguez Vasquez.

Es conforme, Managua, dieciocho de diciembre del 2008. Ing. MaríaMercedes García Bucardo. Directora de Registro

———————————Reg. 3967 – M. 7947344 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 1759, Página 100 Tomo III del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnologíade la Construcción. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICACENTRAL. POR CUANTO:

FRANCISCO JAVIER CUADRA VANEGAS, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnologíade la Construcción, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO:En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Civil, para quegoce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintinuevedías del mes de abril del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Ing.Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino.Decano de la Facultad, Ing., Oscar Gutiérrez Somarriba.

Es conforme, Managua, dos de junio del 2008. Ing. María MercedesGarcía Bucardo. Directora de Registro

——————Reg. 3968 – M. 7947391 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad de lasAméricas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el Número 2534 TomoVI Libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: La Universidad de las Américas.POR CUANTO:

DANELIA NATIVIDAD CENTENO RAMOS, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Título deLicenciada en Mercadotecnia, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 27 días delmes de abril del 2008. Rector General: (F) Evenor Estrada G., SecretarioGeneral: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 27 de abril del 2008. Lic. Jolieth CastilloUgarte, Dir. Registro y Control Académico.

————Reg. 3969 – M. 7947374– Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad de lasAméricas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el Número 2725 TomoVI Libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: La Universidad de las Américas.POR CUANTO:

JACQUELINE DEL CARMEN LOZANO SÁNCHEZ, ha cumplidocon todos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasEconómicas y Administrativas. POR TANTO: Le extiende el presenteTítulo de Licenciada en Contabilidad Pública y Auditoria, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramole conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 27 días delmes de abril del 2008. Rector General: (F) Evenor Estrada G., SecretarioGeneral: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 27 de abril del 2008. Lic. Jolieth CastilloUgarte, Dir. Registro y Control Académico.

————————Reg. 3970 – M.7947330 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 453, Tomo IX, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Ciencias Económicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua- POR CUANTO:

LIGIA ALTAGRACIA PÉREZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias Económicas. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Economía, para que goce de losderechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los once díasdel mes de marzo del dos mil nueve. El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, N. González R.”

Es conforme, Managua, 11 de marzo del 2009. Rosario Gutiérrez,Directora.

————————Reg. 3971 – M. 7947386 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Dirección de Registro Académico de la UTC,

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Certifica que a la Página 023, Tomo I, del libro de Registro de Títulos deesta Universidad que esta dependencia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Técnica de Comercio – PORCUANTO:

MEYLIN CAROLINA DÁVILA NOVOA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, quien ha cumplidocon los requisitos establecidos por la carrera de Licenciatura enAdministración de Empresas. POR TANTO: Le extiende el título deLicenciada en Administración de Empresas, para que goce de losderechos y prerrogativas que la ley le confiere. Dado en la ciudad deManagua, República de Nicaragua, a los veintitrés días del mes denoviembre del año dos mil siete.

La Rectora de la Universidad, Lic. Gladys Bonilla Muñoz. El SecretarioGeneral, Lic. Hulda Bonilla Muñoz.” Es conforme, Managua, 10 de Enerodel 2008. Lic. Janeth Flores Herrera, Directora de Registro Académico.

————————Reg. No. 3972 – M. 7947220 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 142, Tomo IX, Partida 5550 del Librode Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua.POR CUANTO:

JEANNETTE AUXILIADORA DÍAZ BLANCO, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todoslos requisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, así comolas disposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnicade Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enEnfermería, para que goce de los derechos y prerrogativas que la Ley leconcede.

Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de febrero del dosmil nueve”. El Rector de la Universidad, Ing. Emerson Pérez Sandoval.El Secretario General Dr. Norberto Herrera Zúniga.

Es conforme. Managua, cinco de marzo del dos mil nueve. Lic. LauraCantarero, Directora.

—————————Reg. 3983 – M. 7947436 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

Suscrito Director (a) de la Dirección de Registro y Control Académico dela Universidad Hispanoamericana, certifica que bajo el Registro con elNúmero de Partida 1285, Folio 329, Tomo No. II del Libro de Registrode Títulos de Graduados de la Universidad Hispanoamericana, inscribeel Título que dice: LA UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA.POR CUANTO:

AARON JOSÉ RUIZ LUGO, natural de Granada, Departamento deGranada, República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de Ingenieríay Computación, todos los requisitos académicos del Plan de Estudioscorrespondiente y, POR TANTO: Le extiende el Título de Ingenierode Sistemas, para que goce de las prerrogativas que las leyes le confieren.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 13 días delmes de diciembre del dos mil ocho. Rector de la Universidad, LeonardoTorres Céspedes. - Secretario General, Leonel Herrera Campos.

Es conforme. Managua, veinte de diciembre del 2008.- Lic. YadiraBermúdez García, Dirección de Registro y Control Académico.

—————————Reg. 3984 – M. 7947434 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director (a) de la Dirección de Registro y Control Académicode la Universidad Hispanoamericana, certifica que bajo el Registro con elNúmero de Partida Folio 1287, Tomo No. 330, Tomo No. II del Librode Registro de Títulos de Graduados de la Universidad Hispanoamericana,inscribe el Título que dice: LA UNIVERSIDADHISPANOAMERICANA. POR CUANTO:

ANTHONY ENRIQUE LARGAESPADA SOMARRIBA, natural deGranada, Departamento de Granada, República de Nicaragua, ha aprobadoen la Facultad de Ingeniería y Computación, todos los requisitos académicosdel Plan de Estudios correspondiente y, POR TANTO: Le extiende elTítulo de Ingeniero de Sistemas, para que goce de las prerrogativas quelas leyes le confieren.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 13 días delmes de diciembre del dos mil ocho. Rector de la Universidad, LeonardoTorres Céspedes. - Secretario General, Leonel Herrera Campos.

Es conforme. Managua, veinte de diciembre del 2008.- Lic. YadiraBermúdez García, Dirección de Registro y Control Académico.

————————Reg. No. 3985 – M. 7947428 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 130, Tomo IX, Partida 5514 del Librode Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua.POR CUANTO:

WENDY GEOCONDA TOBIE COREA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todoslos requisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, así comolas disposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnicade Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enBanca y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que laLey le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de febrero del dosmil nueve”. El Rector de la Universidad, Ing. Emerson Pérez Sandoval.El Secretario General Dr. Norberto Herrera Zúniga.

Es conforme. Managua, cinco de marzo del dos mil nueve. Lic. LauraCantarero, Directora.

————————Reg. No. 3986 – M. 7947499 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 016, Tomo IX, Partida 5172 del Librode Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua.POR CUANTO:

GISSELLE ALEJANDRA GAITAN GUTIÉRREZ, natural de Managua,

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SECCION JUDICIAL

Reg. 4446 - M 8046109 - Valor C$ 285.00

DECLARATORIA DE HEREDERO

El Lic. BYRON MANUEL CHAVEZ ABEA, en calida de ApoderadoGeneral Judicial de la señora. ARGENTINA DEL SOCORRO CALERO,solicita se le declare Heredero Universal de todos los bienes, derechos yacciones que al morir su difunta Madre la Señora: ROSA ANGELICACALERO (Q.E.P.D.), que por derecho le corresponde. OPONERSE.-

Juzgado del Distrito Civil de Masaya, dado a los trece días del mes deMarzo del dos mil nueve. (f) Ilegible, DR. DANILO JIMÉNEZ CAJINA,Juez del Distrito Civil Masaya. (f) Ilegible, Sria.-

3-2

Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todoslos requisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, así comolas disposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnicade Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enEconomía Gerencial, para que goce de los derechos y prerrogativas quela Ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de noviembre deldos mil ocho”. El Rector de la Universidad, Ing. Emerson Pérez Sandoval.El Secretario General Dr. Norberto Herrera Zúniga.

Es conforme. Managua, seis de diciembre del dos mil ocho. Lic. LauraCantarero, Directora.

—————Reg. 3987 – M. 7947470 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 2119, Página 319 Tomo III del Libro de Registro deTítulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnología de laIndustria. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL. POR CUANTO:

GABRIEL ARMANDO BALTODANO SOLÓRZANO, natural deChichigalpa, Departamento de Chinandega, República de Nicaragua, hacumplido con todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad deTecnología de la Industria, para obtener el grado correspondiente. PORTANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Mecánico, paraque goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días delmes de enero del año dos mil nueve. Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano de laFacultad, Ing. Daniel Cuadra Horney.

Es conforme, Managua, diecinueve de febrero del 2009. Ing. María MercedesGarcía Bucardo. Directora de Registro

————Reg. 3988 – M. 7947439 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 1758, Página 100 Tomo III del Libro de Registro deTítulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnología de laConstrucción. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título quedice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL. PORCUANTO:

ROLANDO BENITO CASTILLO, natural de León, Departamento deLeón, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicosexigidos por la Facultad de Tecnología de la Construcción, para obtener elgrado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en lasdisposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes le extiende elTítulo de Ingeniero Civil, para que goce de las prerrogativas que las leyesy reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintinueve díasdel mes de abril del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano de laFacultad, Ing. Oscar Gutiérrez Somarriba.

Es conforme, Managua, dos de junio del 2008. Ing. María Mercedes GarcíaBucardo. Directora de Registro

Reg. 3989 – M. 7947448 – Valor C$ 190.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académico de laUniversidad de Managua, certifica que bajo el Folio No. 29 Partida No. 56,Tomo No. II del Libro de Registro de Diplomas de Postgrados en laUniversidad de Managua, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió elDiploma que dice: LA UNIVERSIDAD DE MANAGUA, POR CUANTO:

TANIA LEDIYIN GARCÍA BONILLA, ha cumplido con todos losrequisitos académicos establecidos por esta universidad para los programasde postgrados. POR TANTO: Le extiende el Diploma de Postgrado enPostgrado en Contabilidad Avanzada, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrés díasdel mes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad, Ing. DoraMaria Meza Cornavaca. Director de Postgrado y Educación Continua, Msc.Silvio Moisés Casco Marenco, El Secretario General, Msc. María LeticiaValle Dávila. El Director de Registro, Margarita Cuadra Ferrey.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, a los veintitrés días del mesde agosto del 2008. Margarita Cuadra Ferrey, Director de Registro.

———————CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académico dela Universidad de Managua, certifica que bajo el Folio No. 62 Partida No.122, Tomo No. II del Libro de Registro de Títulos de Graduados en laUniversidad de Managua, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: LA UNIVERSIDAD DE MANAGUA, POR CUANTO:

TANIA LEDIYIN GARCÍA BONILLA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Contaduría Pública, para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Ing. Dora María Meza Cornavaca. El Secretario General, Msc. MaríaLeticia Valle Dávila. El Director de Registro, Margarita Cuadra Ferrey.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, a los veintitrés días delmes de agosto del año dos mil ocho. Margarita Cuadra Ferrey, Directorde Registro.