51
Glosario de Términos de la GESTIÓN MIGRATORIA LABORAL

GESTIÓN MIGRATORIA · 2020. 3. 10. · Apostilla de la Haya 13 Asilo Diplomático 14 Asilo Territorial 14 Asistencia Internacional 14 ... 2 Decreto Supremo Nº 004-2010-PCM A. 13

  • Upload
    others

  • View
    4

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

  • Dirección de Migración LaboralAv. Salaverry 655 - Piso 6, Jesús María

    Central Telefónica: 630-6000 Anexo: 6005www.mintra.gob.pe/PERUINFOMIGRA

    Glosario de Términos de laGESTIÓN MIGRATORIA LABORAL

    Glo

    sario

    de T

    érm

    inos

    sobr

    e GES

    TIÓ

    N M

    IGRA

    TORI

    A L

    ABO

    RAL

  • Glosario de Términos sobreGESTIÓN MIGRATORIA LABORAL

  • 4

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo DRA. MANUELA GARCÍA COCHAGNE

    Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral DR. JAVIER BARREDA JARA

    Director (e) General de Promoción del EmpleoECON. ELIZABETH CORNEJO MALDONADO

    Director de la Dirección de Migración Laboral DR. CARLOS ZAMATA TORRES

    Sub Director de la Dirección de Migración Laboral SR. ENRIQUE MALDONADO GOLD

    http://www.mintra.gob.pe/PERUINFOMIGRA/

    Elaborado por:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

    Lima, Perú 2011

  • 5

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    ÍNDICE

    Acción de Durban 12 Acuerdo Schengen 12 Acompañamiento y asistencia técnica 12 Administración de Fronteras 12 Admisión 13 Amparo 13 Apátrida 13 Apostilla de la Haya 13 Asilo Diplomático 14 Asilo Territorial 14 Asistencia Internacional 14

    Bilateral 15 Buenas prácticas 15 Búsqueda de trabajo 15

    Calidad migratoria 16 Cambio de clase de visa 16 Cambio de calidad migratoria 16 Capacitación 16 Carné de extranjería 16 Certificado de identidad 16 Certificación de competencias laborales 17 Certificado de movimiento migratorio 17 Clase de visa 17 Codesarrollo 17 Colonos permanentes 17 Cohesión social 18 Competencia 18 Competencias laborales 18 Contingente de migrantes 18 Consulado 18 Contrato de trabajo 19 Contratos sujetos a modalidad 19

    A

    B

    C

  • 6

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    Convenios de delegación 19 Convenios de gestión 19 Cooperación técnica 20 Constancia del Trabajador Migrante Andino 20 Corriente migratoria 20

    Decisión 545 21 Decisión 548 21 Deportación 21 Derecho a salir 21 Derecho al retorno 21 Derecho internacional de la migración 22 Determinación del status de refugiado 22 Desarrollo de capacidades 22 Desplazados externos 22 Desplazamiento 22 Diálogo social 22 Diásporas 22 Dirección de Migración Laboral 23 Dirección General de Migraciones y Naturalización 23 Documentos de viaje 23

    Embajada 24 Emigración 24 Emprendedurismo 24 Entrada ilegal 24 Empleo 24 Equidad de género 24 Estado 24 Estado de empleo 25 Estado de la nacionalidad 25 Estado de origen 25 Experiencia laboral 25 Explotación 25 Expulsión 25 Extranjero 25

    D

    E

  • 7

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    Feminización de la migración 26 Flujos mezclados 26 Fondo de población de las naciones unidas (Unfpa) 26 Fortalecimiento institucional 26 Frontera 26 Fuga de cerebros 26 Funciones consulares 26 Funcionarios públicos 27

    Ganancia de cerebros 28 Gestión migratoria 28 Gestión migratoria laboral 28 Gobierno central 28 Gobierno local 28 Gobierno regional 28 Grupos vulnerables 29

    Inmigración 30 Inmigrante 30 Instrumento 30 Integración 30 Intermediación laboral 30 Instituciones privadas 30 Instituciones públicas 30

    Migración 31 Migración asistida 31 Migración circular y temporal 31 Migración clandestina 31 Migración de retorno 32 Migración espontánea 32 Migración facilitada 32 Migración forzosa 32 Migración interna 32

    F

    G

    I

    M

  • 8

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    Migración internacional 32 Migración irregular 32 Migración laboral 33 Migración masiva 33 Migración neta 33 Migración ordenada 33 Migración regular 33 Migración total 33 Migrante 33 Migrante calificado 34 Migrante de corto plazo 34 Migrante de largo plazo 34 Migrante documentado 34 Migrante económico 34 Migrante irregular 34 Migrante por pobreza 35 Migrante rural-rural 35 Migrante rural-urbano 35 Migrante urbano-rural 35 Migrante urbano-urbano 35 Monitoreo (seguimiento) 35 Movimiento migratorio 35

    Naturalización 36 Normas internacionales mínimas 36

    Organización Internacional del Trabajo (OIT) 37 Organización Internacional para las Migraciones (OIM) 37 Orientación al ciudadano 37 Orientación a los resultados 37

    N

    O

  • 9

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    País receptor 38 Pasaporte 38 Permiso de trabajo 38 Persona desplazada 38 Perú Infomigra 38 Política 38 Política de empleo 38 Política nacional 39 Políticas sociales 39 Procesos consultivos regionales 39 Protección consular 39 Protocolo de palermo 39

    Re-emigración 40 Refugiado 40 Refugiados en tránsito 40 Refugiados en el sitio 40 Refugiados itinerantes 41 Relación de dependencia 41 Relaciones de trabajo 41 Remesa 41 Retorno 41 Retorno forzoso 41 Retorno voluntario 42 Retorno voluntario asistido 42 Reunificación familiar 42

    Salvoconducto de viaje para extranjeros 43 Sistema Virtual del trabajador Migrante Andino (SIVITMA) 43 Solicitante de asilo 43

    P

    R

    S

  • 10

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    Tarjeta andina de migración (TAM) 44 Trabajador con desplazamiento individual 44 Trabajador de empresa 44 Trabajador de temporada 44 Trabajador fronterizo 44 Trabajador itinerante 44 Trabajador migrante 44 Trabajador migrante andino 45 Trabajo forzoso 45 Tráfico ilícito de migrantes 45 Trata de personas 45 Tratado internacional (convenio internacional 46

    Visa o visado 47

    T

    V

  • 11

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    Glosario de Terminos sobre la GESTIÓN MIGRATORIA LABORAL

    El Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral, tiene como propósito ser un instrumento

    que sirva de referencia a los funcionarios del Gobierno Central, Regional y Local; así como para las

    personas que trabajen o sientan interés sobre la migración laboral en su conjunto, brindando infor-

    mación que sirva de base para el conocimiento y utilización de términos y definiciones de común

    acuerdo sobre la temática de migración laboral.

    El Glosario es una compilación de conceptos que ha sido elaborado por la Dirección de Migración

    Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del

    Empleo, sobre la base de términos y definiciones que han sido elaborados y son empleados por Or-

    ganismos e Instituciones Nacionales e Internacionales, así también se ha tomado como referencia

    los términos incorporados en Instrumentos Legales (Resoluciones y Directivas); de ese modo, se han

    incluido alrededor de 160 términos ordenados alfabéticamente, que han sido incorporados luego

    de una larga y minuciosa revisión, considerándolos de suma importancia para el conocimiento de

    la Gestión Migratoria Laboral.

  • 12

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    ACCIÓN DE DURBAN: La Declaración y el Programa de Acción de Durban, son el resul-

    tado de los estudios y debates presentados antes y durante la Conferencia Mundial contra

    el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia,

    llevada a cabo en la ciudad de Durban, Sudáfrica, entre el 31 de agosto y el 8 de sep-

    tiembre de 2011. En tal sentido, la Declaración y el Programa de Acción de Durban, se

    orientan a la adopción de medadas que respondan a las especialidades de los diferentes

    grupos o poblaciones que se ven afectadas por la discriminación e intolerancia, como

    lo son las comunidades indígenas y afro descendientes, los migrantes, los refugiados y los

    desplazados internos, las mujeres y los niños, así como otros grupos vulnerables a este tipo

    de agresiones. 1

    ACUERDO SCHENGEN: Acuerdo intergubernamental firmado en 1985, mediante el cual

    se crea una zona de libre circulación en Europa, sin controles en su espacio territorial y en

    los puestos fronterizos aéreos, terrestres y marítimos de los distintos países signatarios. Para

    mantener la seguridad interna se ha tomado una serie de medidas como la coordinación

    de los controles de visados y de las fronteras externas de los Estados Miembros. Aunque el

    Acuerdo Schengen fue concluido fuera del contexto de la Unión Europea (UE), fue incor-

    porado al ámbito de la Unión Europea, bajo el Tratado de Ámsterdam, de 1997.

    ACOMPAÑAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA: Se entiende el acompañamiento y asistencia

    técnica como una modalidad de formación que tiene como finalidad brindar un soporte

    a los temas desarrollados en los procesos de capacitación de funcionarios o personal téc-

    nico de las instancias sub nacionales, permitiendo su aplicación pertinente a la realidad

    cotidiana de su gestión. Se espera con ello asegurar que los participantes en los procesos

    de formación mejoren efectivamente en el desempeño de sus roles en sus respectivas

    instituciones. 2

    ADMINISTRACIÓN DE FRONTERAS: Gestión de los flujos autorizados de hombres de negocios,

    turistas, migrantes y refugiados y de la detección y prevención de la entrada ilegal de extran-

    jeros en un Estado determinado. Las medidas para la administración de las fronteras incluyen

    la imposición, por parte de los Estados, de requisitos de visado; sanciones contra las compañías

    de transporte que traen extranjeros en forma irregular a un Estado y la intercepción en alta mar.

    Las normas internacionales exigen un equilibrio entre la facilitación del ingreso de verdaderos 1 Declaración y Programas de Acción de Durban, Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia.2 Decreto Supremo Nº 004-2010-PCM

    A

  • 13

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    viajeros y la prevención de Ingreso de viajeros,

    por razones inapropiadas o con una document-

    ación falsa o no válida.

    ADMISIÓN: Permiso para ingresar en un Estado.

    Un extranjero es “admitido” si atraviesa un puesto

    de control fronterizo (por aire, tierra o mar), con

    la autorización de las autoridades de frontera.

    Un extranjero que ha entrado clandestinamente

    no es considerado como una persona que ha

    sido “admitida”.

    AMPARO: Protección legal. Recurso para ser tramitado ante un alto tribunal de justicia,

    cuando los derechos garantizados por la Constitución no son respetados por otros tribu-

    nales o autoridades. Procedimiento constitucional de impugnación mediante el que se

    protege a una persona contra actos que lesionen o violen sus derechos y libertades funda-

    mentales (entre otros, derechos relativos a la igualdad ante la ley, a la vida, a la integridad

    física y moral; a la libertad de expresión, de religión y de culto; inviolabilidad del domicilio,

    intimidad personal

    APÁTRIDA: Persona que ningún Estado considera como nacional suyo, conforme a su legis-

    lación. (Art. 1 de la Convención sobre el estatuto de los apátridas, de 1954). Como tal, un

    apátrida no tiene aquellos derechos atribuibles a la nacionalidad, como por ejemplo, en

    el contexto de la protección diplomática de un Estado en que el principio aplicable es que

    un Estado solamente puede ejercer la protección diplomática en favor de sus nacionales.

    Por tanto, el apátrida sólo podrá disfrutar de la protección diplomática “en el momento del

    perjuicio y en la fecha de la presentación oficial de la reclamación, tenga residencia legal

    y habitual en ese Estado.” (Art. 8 del proyecto de artículos sobre la protección diplomática,

    adoptado por la CDI, en 2004). No tiene, además, los derechos inherentes a la condición de

    residente legal y habitual en el Estado de residencia temporal, ni el derecho al retorno, en el

    caso de que viaje.

    APOSTILLA DE LA HAYA: A través de la denominada Apostilla de la Haya un país firmante

    del Convenio de la Haya reconoce la eficacia jurídica de un documento público emitido

    en otro país firmante de dicho Convenio.

  • 14

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en colocar sobre el propio doc-

    umento público una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de los documentos

    públicos expedidos en otro país. Los países firmantes del XII Convenio de la Conferencia de La

    Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de octubre de 1961 reconocen por consiguiente

    la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros países y llevan la apostilla.

    La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los docu-

    mentos públicos que se originen en un país del Convenio y que se pretendan utilizar en otro. Los

    documentos emitidos en un país del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla

    deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de

    autenticación.

    ASILO DIPLOMÁTICO: Refugio que los Estados pueden otorgar fuera de sus fronteras o de

    su territorio, en lugares que gozan de inmunidad, a personas que solicitan protección de

    la autoridad que las persigue o solicita. El asilo diplomático puede ser acordado en la

    sede de la misión diplomática o en la residencia privada del Jefe de misión, en naves o en

    aeronaves de combate, pero no en la sede de las organizaciones internacionales, ni de las

    oficinas consulares. Todo Estado tiene derecho a conceder asilo, pero no está obligado a

    otorgarlo ni a declarar por qué lo niega.3

    ASILO TERRITORIAL: Protección garantizada por un Estado a un extranjero en su territorio,

    contra el ejercicio de la jurisdicción del Estado de origen, basada en el principio de non

    refoulement, que conlleva el ejercicio de determinados derechos reconocidos internacio-

    nalmente.

    ASISTENCIA INTERNACIONAL: Apoyo que brinda la comunidad internacional, a saber, la

    ayuda benéfica, contribuciones financieras y servicios de personal calificado.

    3 www.parainmigrantes.info/apostilla-de-la-haya-legalizacion-documentos/

  • 15

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    BILATERAL: Implica a dos Estados o a dos partes.

    BUENAS PRÁCTICAS (Mejores Prácticas): Significa promover la aplicación de normas

    y principios existentes, tanto en el ámbito nacional como internacional. Mejores prácti-

    cas pueden ser traducidas como directrices operacionales, código de conducta u otras

    manifestaciones del soft law; pero no deben conllevar a un debilitamiento o erosión del

    derecho positivo. Se caracterizan por ser novedosas; por mostrar un impacto positivo a

    nivel de implementación de los derechos de los migrantes; por tener efectos sostenibles,

    especialmente al involucrar a los mismos migrantes; y por tener un efecto multiplicador.

    BÚSQUEDA DE TRABAJO: Acciones que realizaron los no ocupados para tratar de obtener

    un empleo o iniciar un trabajo independiente.4

    4 www.stps.gob.mx/DGIET/web/Glosario/glosario.htm

    B

  • 16

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    CALIDAD MIGRATORIA: Es la facultad que se le otorga a un extranjero para ejercer deter-

    minada actividad en el territorial nacional. 5

    CAMBIO DE CLASE DE VISA: Es la variación de la autorización otorgada al extranjero, modi-

    ficándola de temporal a residente o viceversa, manteniendo su calidad migratoria. 6

    CAMBIO DE CALIDAD MIGRATORIA: Es la autorización que se otorga al extranjero para el

    ejercicio de actividades establecidas en calidad migratoria diferente. 7

    CAPACITACIÓN: Se entiende la capacitación como una modalidad para que las personas y

    organizaciones incrementen los conocimientos, desarrollen habilidades y destrezas que les per-

    mitan un manejo eficiente y eficaz de los recursos a su disposición, con la finalidad de mejorar

    las condiciones de vida de la población. 8

    CARNÉ DE EXTRANJERÍA: Es el documento emitido por

    la Dirección General de Migraciones y Naturalización

    para acreditar la identidad y la calidad migratoria del

    extranjero residente en el Perú.

    CERTIFICADO DE IDENTIDAD: Un documento (dis-

    tinto al pasaporte) expedido por un Gobierno a

    un individuo para facilitarle el ingreso o la salida

    del país. 9

    CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES:

    Es el proceso formal que reconoce las competencias y capacidades que una persona

    posee para su desarrollo en el mercado laboral. La certificación privilegia la demostración

    de su desempeño laboral, y podrá realizarse de manera total respecto al perfil ocupacio-

    nal o progresivamente de acuerdo a las unidades de competencia que lo conforman.

    Esta demostración del desempeño es un proceso voluntario de comprobación de los

    desempeños, conocimientos, habilidades y actitudes de una persona obtenidas a lo largo

    5 www.digemin.gob.pe/transparencia/Planeamiento_y_organizacion/Instrumentos_Gestion/MAPRO/Maprodigemin.pdf6 Íbid. www.digemin.gob.pe7 Íbid. www.digemin.gob.pe8 Decreto Supremo Nº 004-2010-PCM9 www.digemin.gob.pe/transparencia/Planeamiento_y_organizacion/Instrumentos_Gestion/MAPRO/Maprodigemin.pdf

    C

    Consulado General del Perú

  • 17

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    de la experiencia laboral, de acuerdo a un perfil ocupacional determinado. 10

    CERTIFICADO DE MOVIMIENTO MIGRATORIO: Es el documento que extiende la Dirección

    General de Migraciones y Naturalización, donde acredita todos los movimientos migrato-

    rios (entradas y salidas) de un ciudadano peruano o extranjero. 11

    CLASE DE VISA: Está relacionada con el tiempo autorizado por la autoridad migratoria para

    el ingreso al país y ésta puede ser temporal (por un plazo menor de un año) y residente (por

    un plazo mayor de un año). 12

    CODESARROLLO: La noción de codesarrollo nace en un coloquio internacional en Fran-

    cia en la década de los ochenta, refiriéndose a la necesidad de un mutuo intercambio

    de recursos y responsabilidades en la cooperación norte sur para favorecer el desarrollo,

    es decir, que en sus orígenes la noción de codesarrollo no se vinculaba con el fenómeno

    migratorio.

    Posteriormente, en el año 1997, la aplicación del término “codesarrollo” a la vinculación

    entre la migración y la cooperación para el desarrollo, surge con la propuesta del francés

    Sami Nair, encargado de la Misión Interministerial Migración y Codesarrollo dependiente

    del Ministerio de Asuntos Exteriores de Francia; definiéndolo como, una estrategia para

    integrar migración y desarrollo de forma que ambos países, el emisor y el receptor, puedan

    beneficiarse de los flujos migratorios, es decir, es una forma de relación consensuada entre

    dos países de forma que el aporte de los inmigrantes al país de acogida no se traduzca en

    una pérdida para el país de envío. Así mismo, uno de los elementos importantes de esta

    concepción es la corresponsabilidad que parte del reconocimiento de que la migración

    no es responsabilidad exclusiva del país de origen, tránsito o llegada, sino que vincula a

    todos los actores involucrados en el proceso. 13 14

    COLONOS PERMANENTES: Inmigrantes legalmente admitidos para asentarse en el país re-

    ceptor, incluyendo personas aceptadas a los fines de la reunificación familiar.

    10 Resolución Ministerial N° 161-2010-TR, Lima 09 de Julio 201011 www.digemin.gob.pe/transparencia/Planeamiento_y_organizacion/Instrumentos_Gestion/MAPRO/Maprodigemin.pdf12 Íbid. www.digemin.gob.pe/13 Marco Nuñez – Melgar Maguiña Las Migraciones Internacionales ¿Problema o Posibilidad?, 2010, Pág. 78-7914 Nair, S. Informe de balance y orientación de la Política de codesarrollo en relación a los flujos migratorios, Paris, 1997.

  • 18

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    COHESIÓN SOCIAL: La cohesión social es un estado en el que existe una visión compartida

    entre los ciudadanos y el gobierno acerca de un modelo de sociedad basado en la justi-

    cia social, la primacía del estado de derecho y la solidaridad.

    Esta visión compartida permite el establecimiento de consensos sobre la canalización del gasto

    público entre distintos sectores, generaciones y territorios, la recaudación impositiva, la financia-

    ción de los servicios sociales, la seguridad, las políticas de inclusión y protección social y la gen-

    eración de empleo. Los sistemas de protección e inclusión que caracterizan una situación de

    cohesión social hacen que sea posible atacar con mayores posibilidades de éxito los problemas

    de pobreza y desigualdad en la distribución de los ingresos. 15

    COMPETENCIA: Aptitud de un órgano del Estado o de un tribunal para conocer un asunto

    determinado. La competencia se determina en función de la persona, de la materia, del

    tiempo y del lugar.

    COMPETENCIAS LABORALES: Son el conjunto de capacidades integradas (conocimientos,

    habilidades, actitudes y valores) adaptadas a un contexto laboral específico, que se evi-

    dencian en el desempeño y logro de resultados esperados. 16

    CONTINGENTE DE MIGRANTES: Cantidad de migrantes que vive en un sitio y en un momento

    determinado.

    CONSULADO: Representación de la administración pública de un país en otro distinto, colabo-

    rando con sus propios nacionales en las funciones siguientes: - Establecimiento y renovación

    de documentos oficiales (por ejemplo, pasaportes). - Emisión de partidas de nacimiento, de-

    funciones, matrimonios. 17

    - Cuidado de sus nacionales detenidos y control de la legitimidad de los procedimientos

    judiciales.

    - Establecimiento de visados a extranjeros e información sobre los permisos de residencia

    o de trabajo.

    15 http://eurosocialsalud.eu/proyecto/p1_1_1_116 Resolución Ministerial N° 161-2010-TR, Lima 09 de Julio 201017 www.conpapeles.com/termino-Consulado_17.php

  • 19

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    CONTRATO DE TRABAJO: Aquél que tiene por objeto la prestación continuada de servicios

    privados y con carácter económico; por el cual una de las partes da una remuneración o

    recompensa a cambio de disfrutar o servirse de la actividad profesional de otro, bajo su

    dependencia o dirección. 18

    CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD: Contratos que se dan por un período determinado

    y que se celebran en razón de las necesidades del mercado o a la mayor producción de

    la empresa, así como cuando lo exija la naturaleza temporal o accidental del servicio que

    se va prestar o de la obra que se ha de ejecutar. 19

    CONSTANCIA DEL TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO: Documento que otorga certeza y

    seguridad del registro del contrato del Trabajador Migrante Andino, emitido a través del

    Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino (SIVITMA), con el que se gestionará la habil-

    itación de la calidad migratoria ante la Dirección General de Migraciones y Naturalización

    (DIGEMIN).

    CONVENIOS DE DELEGACIÓN: Convenios por los cuales, los ministerios delegan funciones

    a los gobiernos regionales o locales por un periodo de tiempo definido y acordado por

    ambas partes. La delegación tiene como objetivo evaluar la experiencia en el ejercicio de

    estas funciones antes de proceder a la transferencia definitiva. 20

    CONVENIOS DE GESTIÓN: Establecidos entre los sectores que han transferido funciones y cada

    gobierno regional. En estos convenios se definen los términos del acompañamiento para el

    ejercicio de las funciones transferidas, así como los indicadores de logro. 21

    Los Convenios de Gestión de las entidades de la Administración Pública Central que no consti-

    tuyan Ministerios, tendrán como contraparte a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Minis-

    terio de Economía y Finanzas y el Ministerio titular del sector al que se encuentra adscrita dicha

    entidad.

    El objeto del convenio de gestión es el establecimiento de resultados tangibles (metas) y

    verificables por parte de la entidad involucrada, los cuales deben estar vinculados a la

    mejora de los servicios prestados a la persona, la obtención de mayores niveles de eficien-

    cia y la optimización del uso de los recursos públicos.

    El cumplimiento de los términos del convenio de gestión puede generar a la entidad invo-18 Guillermo Cabanellas. Tratado de Derecho Laboral . Tomo II pág. 4119 Decreto Supremo N° 003-97-TR TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.20 DECRETO SUPREMO Nº 004-2010-PCM21 Íbid.

  • 20

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    lucrada, beneficios de tipo administrativo-gerencial, presupuestal y económico. Los ben-

    eficios de carácter presupuestal en ningún caso, involucran la modificación de las asigna-

    ciones presupuestarias preestablecidas para la entidad. Los beneficios indicados tienen la

    finalidad de establecer incentivos que permitan mejorar los niveles de gestión y de servicio

    de las entidades de la Administración Pública Central. 22

    COOPERACIÓN TÉCNICA: Acción de intercambio de información y conocimientos sobre

    determinadas materias, especialmente enfocada hacia las funciones del sector público.

    Por ejemplo, desarrollo de legislaciones y procedimientos; asistencia en el diseño y en la

    ejecución de infraestructuras o fortalecimiento del desarrollo tecnológico.

    CORRIENTE MIGRATORIA (Flujo Migratorio): Cantidad de migrantes que se mueve o está au-

    torizada a moverse desde o hacia un país para tener acceso al empleo o establecerse por

    un período de tiempo determinado.

    22 Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM

  • 21

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    DECISIÓN 545: Instrumento Andino de Migración Laboral, de la Comunidad Andina (CAN),

    tiene como objetivo el establecimiento de normas que permitan de manera progresiva y

    gradual la libre circulación y permanencia de los nacionales andinos en la Subregión con

    fines laborales bajo relación de depen¬dencia.

    DECISIÓN 548: Mecanismo Andino de Cooperación en materia de Asistencia y Protec¬ción

    Consular y Asuntos Migratorios, cuyo objetivo es establecer un mecanismo de cooperación

    en materia de asistencia y protección consular, y asuntos migratorios, en beneficio de las

    personas naturales nacionales de cualquiera de los Países Miembros de la Comunidad

    Andina que por diverso motivo se encuentren fuera de su país de origen. 23

    DEPORTACIÓN: Acto del Estado en el ejercicio de su soberanía mediante el cual envía

    a un extranjero fuera de su territorio, a otro lugar, después de rechazar su admisión o de

    habérsele terminado el permiso de permanecer en dicho Estado.

    DERECHO A SALIR: Toda persona tiene el derecho a salir de cualquier país, incluso del pro-

    pio. (Art. 13 (2), de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948). Ese derecho

    se consagra en otros instrumentos internacionales como, por ejemplo, en el Artículo 12 (2)

    del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966, en el cual se señala que

    “toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio.” Este

    es un aspecto de la libertad de circulación que se aplica a todas las personas sin distinción.

    Sin embargo, en derecho internacional este derecho no tiene como corolario el derecho

    de ingresar en el territorio de un país.

    DERECHO AL RETORNO: Otro aspecto del derecho a la libertad de circulación. De acuerdo

    con el Artículo 13 (2) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, “toda

    persona tiene derecho a (...) regresar a su país”. Artículo 12 (4) del Pacto Internacional de

    Derechos Civiles y Políticos de 1966, “Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho

    a entrar en su propio país”. Sin embargo, el párrafo 3 del mismo artículo prevé ciertas re-

    stricciones: “Los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de restricciones salvo

    cuando éstas se hallen provistas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad na-

    cional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros

    y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto”.

    23 www.comunidadandina.org/normativa/dec/D548.htm

    D

  • 22

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    DERECHO INTERNACIONAL DE LA MIGRACIÓN: Conjunto de normas y principios aplicables

    a la migración y a las personas involucradas en la migración.

    DETERMINACIÓN DEL STATUS DE REFUGIADO: Proceso (conducido por el ACNUR y/o Esta-

    dos) para determinar si una persona puede ser reconocida como refugiado, de acuerdo

    al derecho nacional e internacional.

    DESARROLLO DE CAPACIDADES: La habilidad que tienen los individuos, grupos, instituciones y

    sistemas en general para identificar y resolver sus problemas; para desarrollar e implementar

    estrategias que les permitan conseguir sus objetivos de desarrollo de una manera sostenible. 24

    DESPLAZADOS EXTERNOS: Personas que han tenido que abandonar su país debido a perse-

    cución, violencia generalizada, violación masiva de derechos humanos, conflictos arma-

    dos u otras situaciones de esta naturaleza. Estos individuos huyen, a menudo, en masa. A

    veces también se les denomina “refugiados de facto”.

    DESPLAZAMIENTO: Traslado forzoso de una persona de su hog-

    ar o país debido, por lo general, a conflictos armados o desas-

    tres naturales.

    DIÁLOGO SOCIAL: El dialogo social comprende todo tipo de

    negociaciones y consultas o, simplemente, el intercambio de información entre los repre-

    sentantes de los gobiernos, de los empleadores y de los trabajadores, sobre cuestiones de

    interés común relativas a las políticas económicas y sociales.

    El diálogo y la concertación social pude ser un proceso formal e institucionalizado o infor-

    mal y ad hoc; de carácter permanente o transitorio u ocasional: en niveles centralizados

    (nacionales, regionales, intersectoriales, interprofesionales sectoriales, profesionales) o de-

    scentralizados (de empresa); monotemático o pluritemático; bipartito, tripartito o multipar-

    tito. Estas modalidades no son excluyentes entre sí. 25

    DIÁSPORAS: Personas y poblaciones étnicas que han abandonado su lugar de origen, in-

    dividualmente o como miembros de redes organizadas y asociaciones, y mantienen lazos

    con su lugar de origen.

    24 Decreto Supremo Nº 004-2010-PCM25 www.cepal.org/de/agenda/1/38211/Martinez.pdf

  • 23

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    DIRECCIÓN DE MIGRACIÓN LABORAL: Dirección que forma parte de la estructura orgáni-

    ca del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), creada mediante la publi-

    cación del Decreto Supremo Nº 004 -2010-TR del 10 de Abril de 2010, a través de la cual se

    aprueba el ROF del MTPE, y en el artículo 670 se formaliza la creación de la Dirección de

    Migración Laboral como un órgano dependiente de la Dirección General de Promoción

    del Empleo. Entre sus principales funciones se encuentran:

    a. Proponer y ejecutar las políticas nacionales y sectoriales en materia de migración laboral,

    en coordinación con los otros niveles de gobierno y con aquellos sectores que se vinculen.

    b. Proponer las normas nacionales y sectoriales, lineamientos técnicos, directivas, mecanis-

    mos y procedimientos en materia de migración laboral (incluyendo intermediación laboral

    extranjera, formación en origen o aquellas que permitan o promuevan capacitación y

    experiencia laboral en el Extranjero, entre otras), con el fin de garantizar el cumplimiento

    de los derechos laborales de los actores de la migración laboral (potenciales migrantes,

    migrantes y sus familiares, retornantes, migrante andino, inmigrantes).

    c. Diseñar, proponer, promover, mejorar e implementar Marcos Bilaterales o Multilaterales, mecan-

    ismos de coordinación, convenios internacionales de migración calificada o seguridad social, así

    como acuerdos bilaterales para la gestión pública de la migración laboral, entre otras. 26

    DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES Y NATURALIZACIÓN: La Dirección General de Migra-

    ciones y Naturalización, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones del Ministe-

    rio del Interior, está encargada de administrar, coordinar y controlar el movimiento migratorio

    de nacionales y extranjeros, expedir y revalidar pasaportes salvoconductos y otros documen-

    tos de viaje; otorgar cartas de naturalización, autorizar visas, prórrogas de permanencia y

    residencia, inscribir extranjeros en concordancia con las disposiciones y normas vigentes. Asi-

    mismo, participar en la definición de políticas de población vinculadas a las migraciones; y,

    autorizar el ingreso al Perú como parte de la labor de control migratorio. 27

    DOCUMENTOS DE VIAJE: Término genérico que abarca todos los documentos aceptables

    como prueba de identidad de una persona cuando ella entra a un país distinto al suyo.

    Pasaporte y visado son los documentos de viaje más utilizados. En algunos casos, las auto-

    ridades de un Estado aceptan, como documento de viaje para ingresar al país, la cédula

    de identidad nacional de la persona u otros documentos.26 Decreto Supremo N° 004-2010-Tr- Mtpe. 21 de Abril del 201027 www.digemin.gob.pe/estructura_m.asp

  • 24

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    EMBAJADA: Representación diplomática del gobierno de un país ante el gobierno de otro

    país distinto, como un medio de comunicación entre ambos. 28

    EMIGRACIÓN: Acto de salir de un Estado con el propósito de asentarse en otro. Las normas

    internacionales de derechos humanos establecen el derecho de toda persona de salir

    de cualquier país, incluido el suyo. Sólo en determinadas circunstancias, el Estado puede

    imponer restricciones a este derecho. Las prohibiciones de salida del país reposan, por lo

    general, en mandatos judiciales.

    EMPLEO: Circunstancia que otorga a una persona la condición de ocupado, en virtud de

    una relación laboral que mantiene con una instancia superior, sea ésta una persona o un

    cuerpo colegiado, lo que le permite ocupar una plaza o puesto de trabajo.

    ENTRADA ILEGAL: El paso de fronteras sin haber cumplido los requisitos necesarios para

    entrar legalmente en el Estado receptor. 29

    EMPRENDEDURISMO: Son los procesos que llevan a las personas a desarrollar y/o potenciar

    sistemáticamente sus capacidades emprendedoras, que constituyan su fortaleza para con-

    vertir las ideas innovadoras en oportunidades de negocio y éstas en empresas exitosas.

    EQUIDAD DE GÉNERO: El término equidad alude a una cuestión de justicia: es la distribución

    justa de los recursos y del poder social en la sociedad; se refiere a la justicia en el tratamiento

    de hombres y mujeres, según sus necesidades respectivas. En el ámbito laboral el objetivo de

    equidad de género suele incorporar medidas diseñadas para compensar las desventajas de

    las mujeres. 30

    ESTADO: Entidad política con jurisdicción legal y control efectivo sobre un territorio defini-

    do, con la autoridad para adoptar decisiones colectivas en relación con una población

    permanente, con el monopolio del uso legítimo de la fuerza y con un Gobierno internacio-

    nalmente reconocido que interactúa o tiene la capacidad de interactuar en relaciones

    formales con otras entidades. Los criterios que confieren la calidad de Estado, según el

    28 www.conpapeles.com/termino-Embajada_10.php29 www.mseg.gba.gov.ar/mjysseg/Trata/Glosario.pdf30 Glosario de términos relacionados con la transversalidad de género, Proyecto Equal “En Clave de Cultu-ras”, 2007

    E

  • 25

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    derecho internacional, son una población permanente, un territorio determinado, un go-

    bierno y la capacidad para actuar en relaciones con los demás Estados. (Art. 1 de la Con-

    vención sobre Derechos y Deberes de los Estados, de 1933).

    ESTADO DE EMPLEO: Estado en donde el trabajador migrante vaya a realizar, realice o haya real-

    izado una actividad remunerada, según el caso. (Art. 6 (b) de la Convención internacional sobre la

    protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, 1990).

    ESTADO DE LA NACIONALIDAD: El Estado cuya nacionalidad ha adquirido la persona ob-

    jeto de protección en razón del lugar de nacimiento, la filiación, la sucesión de Estados,

    la naturalización o de cualquier otro modo que no esté en contradicción con el derecho

    internacional. (Art. 4 del proyecto de artículos sobre la protección diplomática, CDI 2004).

    ESTADO DE ORIGEN: Estado del que sea nacional la persona de que se trate. (Art. 6 (a) de

    la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores

    migratorios y de sus familiares, 1990).

    EXPERIENCIA LABORAL: Conocimiento o habilidad adquirida mediante la práctica de una

    actividad económica. 31

    EXPLOTACIÓN: Acto de aprovecharse de algo o de alguien. En particular, el acto de aprovechar-

    se injustamente de otro para su propio beneficio. (Por ejemplo, explotación sexual, servicios o tra-

    bajos forzosos, esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, servidumbre, venta de órganos).

    EXPULSIÓN: Acto de una autoridad del Estado con la intención y el efecto de asegurar la

    salida del territorio de ese Estado de una o varias personas (extranjeros), contra su voluntad.

    EXTRANJERO: Persona que no es nacional de un Estado determinado. El término abarcaría

    el apátrida, el asilado, el refugiado y el trabajador migrante.

    31 www.stps.gob.mx/DGIET/web/Glosario/glosario.htm

  • 26

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    FEMINIZACIÓN DE LA MIGRACIÓN: Creciente participación de la mujer en los movimientos

    migratorios. Las mujeres se desplazan hoy con mayor independencia y ya no en relación

    con su posición familiar o bajo la autoridad del hombre (el 48 por ciento de los migrantes son

    mujeres).

    FLUJOS MEZCLADOS: Movimientos de población complejos que comprenden solicitantes

    de asilo, refugiados, migrantes económicos y otros migrantes.

    FONDO DE POBLACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (UNFPA): El UNFPA, Fondo de Población

    de las Naciones Unidas, es la mayor fuente internacional de financiación para programas

    de población y salud reproductiva en todo el mundo. Desde el comienzo de sus opera-

    ciones en 1969, el UNFPA ha proporcionado casi 6.000 millones de dólares para prestar

    asistencia a los países en desarrollo.

    El UNFPA colabora con gobiernos y organizaciones no gubernamentales en más de 150

    países, a solicitud de estos, y con el apoyo de la comunidad internacional. 32

    FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL (Asistencia Técnica): Fortalecimiento institucional o de

    las capacidades de un Gobierno y de la sociedad civil, mediante el mejoramiento de sus

    conocimientos, destrezas y aptitudes. Ello puede consistir en un proyecto sustantivo con

    un Gobierno asociado o, en otras circunstancias, puede llevarse a cabo a través de una

    agenda multilateral/bilateral de cooperación que desarrollarán las autoridades compe-

    tentes. En todo caso, con la creación o el fortalecimiento de las capacidades, se busca

    mejorar las capacidades administrativas de los países.

    FRONTERA: Zona que separa dos Estados.

    FUGA DE CEREBROS: Emigración de personas capacitadas o talentosas de su país de ori-

    gen a otro país, motivada por conflictos o falta de oportunidades.

    FUNCIONES CONSULARES: Las funciones consulares consisten en: proteger, en el Estado re-

    ceptor, los intereses del Estado que envía y de sus nacionales, sean personas naturales o

    jurídicas, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional; extender pasaportes

    32 www.unfpa.org.pe/acerca/acercadelunfpa.htm

    F

  • 27

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    y documentos de viaje a los nacionales del Estado que envía y visados o documentos ad-

    ecuados a las personas que deseen viajar a dicho Estado; prestar ayuda y asistencia a los

    nacionales del Estado de envío, sean personas naturales o jurídicas; velar, de acuerdo con

    las leyes y reglamentos del Estado receptor, por los intereses de los nacionales del Estado que

    envía, sean personas naturales o jurídicas, en los casos de sucesión por causa de muerte que

    se produzcan en el territorio del Estado receptor; representar a los nacionales del Estado que

    envía. (Art. 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963).

    FUNCIONARIOS PÚBLICOS: Se entiende como todo empleado del sector público, en todos

    los niveles de Gobierno, Nacional, Regional y Locales.

  • 28

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    GANANCIA DE CEREBROS: Inmigración de personas capacitadas o talentosas de otro país.

    GESTIÓN MIGRATORIA: Término que se utiliza para designar las diversas funciones guberna-

    mentales relacionadas con la cuestión migratoria y el sistema nacional que se encarga,

    en forma ordenada, del ingreso y la presencia de extranjeros dentro de los límites de un

    Estado y de la protección de los refugiados y otras personas que requieren protección.

    GESTIÓN MIGRATORIA LABORAL: Conjunto de principios, normas, directivas, planes, instru-

    mentos, estrategias y procesos, que tienen por objetivo promover la empleabilidad y tutela

    de los derechos laborales de los migrantes, potenciales migrantes, retornados, migrantes

    andinos, familiares de migrantes y extranjeros en el Perú.33

    GOBIERNO CENTRAL: Conjunto de entidades constituidas por los Ministerios, Oficinas y otros

    organismos bajo el ámbito del Poder Ejecutivo. Se incluye las dependencias del Gobierno

    Central que pueden operar en el ámbito regional o local.

    Para los efectos de la aprobación de los ingresos y gastos del Presupuesto Anual del Sec-

    tor Público, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 77º de la Constitución Política del

    Perú se considera Gobierno Central a los Pliegos Presupuestarios representativos de los

    Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como al Ministerio Público, Jurado Nacional de

    Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación

    y Estado Civil, Consejo Nacional de la Magistratura, Defensoría del Pueblo, Contraloría

    General de la República y Tribunal Constitucional. 34

    GOBIERNO LOCAL: Son las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas conforme

    a Ley, las que constituyen -de acuerdo a la Constitución Política del Perú- los órganos de

    Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de

    su competencia. 35

    GOBIERNO REGIONAL: Son los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR De-

    partamentales, de acuerdo a la Ley Nº 26922) Constituyen instancias de Gobierno con

    autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

    33 Decreto Supremo Nº 002-2010-TR,10 de abril del 201034 Resolución Directoral Nº 007-99-EF/76.01, Glosario de Términos de Gestión Presupuestaria del Estado, publicada el 23 de febrero de 1999.35 Íbid. Resolución Directoral Nº 007-99-EF/76.01

    G

  • 29

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    Les corresponden, dentro de su jurisdicción, la coordinación y ejecución de los planes y

    programas socio-económicos regionales, así como la gestión de actividades y servicios

    inherentes al Estado, conforme a Ley. Sus bienes y rentas propias se establecen en la ley.

    Las regiones apoyan a los Gobiernos Locales. No los sustituyen ni duplican su acción ni su

    competencia. 36

    GRUPOS VULNERABLES: Grupos o sectores de la sociedad con mayores posibilidades que

    otros grupos dentro del Estado de ser sometidos a prácticas discriminatorias, violencia,

    desastres naturales o ambientales o penuria económica. Cualquier grupo o sector de la

    sociedad (mujeres, niños, ancianos) más vulnerables en período de conflicto o de crisis.

    36 Íbid. Resolución Directoral Nº 007-99-EF/76.01

  • 30

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    INMIGRACIÓN: Proceso por el cual personas no nacionales ingresan a un país con el fin de

    establecerse en él.

    INMIGRANTE: Persona que llega a un país distinto del propio para establecerse en él.

    INSTRUMENTO: Documento formal o jurídico escrito, como un contrato o un tratado. En

    el caso de la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión a un tratado, se trata del

    documento en el cual se establece el consentimiento de ese Estado para obligarse por el

    tratado.

    INTEGRACIÓN: Proceso por el cual los inmigrantes, tanto individualmente como en grupo,

    son aceptados en una sociedad. Los requisitos particulares exigidos para su aceptación

    por una sociedad varían de un país a otro. La responsabilidad de la integración recae no

    solamente en los inmigrantes sino también en el gobierno receptor, las instituciones y las

    comunidades.

    INTERMEDIACIÓN LABORAL: Es la prestación ilícita de servicios a través de terceros (empresas

    de servicios o cooperativas de trabajo), en la que intervienen trabajadores destacados a la

    empresa usuaria para desarrollar labores temporales, complementarias, o altamente espe-

    cializadas. 37

    INSTITUCIONES PRIVADAS: Unidades económicas dedicadas a la prestación de servicios,

    educativos, asistenciales y de salud. Incluye además a cualquier otra institución que opere

    bajo la denominación de asociación civil. 38

    INSTITUCIONES PÚBLICAS: Unidades económicas dedicadas a la prestación de servicios por parte de

    los diferentes niveles de gobierno (federal, estatal o municipal). Incluye poder judicial, poder legisla-

    tivo, instituciones autónomas de educación superior, así como otras de interés público y de carácter

    no educativo, y cualquier otra institución que opere con fondos y/o patrimonio públicos.39

    37 Decreto Supremo Nº 002-2010-TR. 10 de abril del 2010.38 www.stps.gob.mx/DGIET/web/Glosario/glosario.htm39 Íbid. www.stps.gob.mx

    I

  • 31

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    MIGRACIÓN: Movimiento de población hacia el territorio de otro Estado o dentro del mismo

    que abarca todo movimiento de personas sea cual fuere su tamaño, su composición o sus

    causas; incluye migración de refugiados, personas desplazadas, personas desarraigadas,

    migrantes económicos.

    MIGRACIÓN ASISTIDA: Movimiento de migrantes realizado con la asistencia de uno o varios go-

    biernos o de una organización internacional, distinta a la migración espontánea y sin ayuda.

    MIGRACIÓN CIRCULAR Y TEMPORAL: El término “circular” aparece en 1982 cuando Graeme

    Hugo, lo usa para describir la migración interna en Indonesia, pero lo utiliza para referirse

    a una migración que se lleva a cabo dentro de un mismo país. En la actualidad, la no-

    ción de circularidad, aplicada a la migración temporal, es ampliamente, debatida en el

    ámbito académico, sin que exista una definición única en la literatura, sin embargo, se

    podría decir que se denomina “circulación” al hecho de que los migrantes regresen por

    un período de tiempo para volverse a ir después. 40

    La migración circular, consiste en la emigración y retorno continuo de las personas ya sea

    por motivos laborales, educativos u otros. Según Bieckmann y Muskens, 41 en el contexto

    global la migración circular implica desde un discurso prometedor una triple ganancia:

    para los países de origen, destino y los migrantes. Además, remesas, salarios relativamente

    altos y adquisición de conocimientos en el círculo migratorio.

    El término migración temporal puede ser utilizado respecto a la migración espontánea que

    planifica su estadía para cierta temporalidad o estacionalidad y que no necesariamente in-

    volucra un programa circular de retorno y que impacte hacia beneficios al país emisor. 42

    MIGRACIÓN CLANDESTINA: Migración secreta, oculta o disimulada en violación de los req-

    uisitos de inmigración. Ocurre cuando un extranjero viola las regulaciones de ingreso a un

    país; o cuando habiendo ingresado al país legalmente prolonga su estadía en violación

    de las normas de inmigración.

    40 Marco Nuñez / Melgar Maguiña Las Migraciones Internacionales ¿Problema o Posibilidad?, 2010, Pág.8641 Bieckmann, Frans and Muskens, Roeland (2007). “Circular Migration, creating, a virtuous circle”, in The Broker, issue 1, April 2007.42 Marco Nuñez – Melgar Maguiña Las Migraciones Internacionales ¿Problema o Posibilidad?, 2010, Pág. 87

    M

  • 32

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    MIGRACIÓN DE RETORNO: Movimiento de personas que regresan a su país de origen o a su

    residencia habitual, generalmente después de haber pasado por lo menos un año en otro

    país. Este regreso puede ser voluntario o no. Incluye la repatriación voluntaria.

    MIGRACIÓN ESPONTÁNEA: Movimiento de personas o grupo de personas que inician y

    realizan sus planes de migración, sin asistencia. Por lo general, esta migración es causada

    por factores negativos en el país de origen y por factores atractivos en el país de acogida;

    se caracteriza por la ausencia de asistencia del Estado o de cualquiera otro tipo de asis-

    tencia nacional o internacional.

    MIGRACIÓN FACILITADA: Migración regular alentada o estimulada, haciendo que el viaje

    de las personas sea más fácil y conveniente. Ello puede comprender distintas medidas,

    entre las cuales, por ejemplo, la modernización del sistema de visado o procedimientos y

    personal más eficiente en la inspección de los pasajeros.

    MIGRACIÓN FORZOSA: Término genérico que se utiliza para describir un movimiento de

    personas en el que se observa la coacción, incluyendo la amenaza a la vida y su subsisten-

    cia, bien sea por causas naturales o humanas. (Por ejemplo, movimientos de refugiados y

    de desplazados internos, así como personas desplazadas por desastres naturales o ambi-

    entales, desastres nucleares o químicos, hambruna o proyectos de desarrollo).

    MIGRACIÓN INTERNA: Movimiento de personas de una región a otra en un mismo país con

    el propósito de establecer una nueva residencia. Esta migración puede ser temporal o

    permanente. Los migrantes internos se desplazan en el país pero permanecen en él. (Por

    ejemplo, movimientos rurales hacia zonas urbanas).

    MIGRACIÓN INTERNACIONAL: Movimiento de personas que dejan su país de origen o en el

    que tienen residencia habitual, para establecerse temporal o permanentemente en otro

    país distinto al suyo. Estas personas para ello han debido atravesar una frontera. Si no es el

    caso, serían migrantes internos.

    MIGRACIÓN IRREGULAR: Personas que se desplazan al margen de las normas de los Es-

    tados de envío, de tránsito o receptor. No hay una definición universalmente aceptada

    y suficientemente clara de migración irregular. Desde el punto de vista de los países de

    destino significa que es ilegal el ingreso, la estadía o el trabajo, es decir, que el migrante

    no tiene la autorización necesaria ni los documentos requeridos por las autoridades de in-

  • 33

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    migración para ingresar, residir o trabajar en un determinado país. Desde el punto de vista

    de los países de envío la irregularidad se observa en los casos en que la persona atraviesa

    una frontera internacional sin documentos de viaje o pasaporte válido o no cumple con

    los requisitos administrativos exigidos para salir del país. Hay sin embargo una tendencia

    a restringir cada vez más el uso del término de migración ilegal a los casos de tráfico de

    migrantes y trata de personas.

    MIGRACIÓN LABORAL: Proceso por el cual, buscadores de empleo o trabajadores, se

    trasladan de su lugar de origen a otros países, ciudades o regiones, asumiendo con ello

    el cambio de residencia, una estadía temporal (o permanente) fuera y la expectativa o

    certeza de un nuevo puesto de trabajo. 43

    MIGRACIÓN MASIVA: Movimiento de un gran número de personas.

    MIGRACIÓN NETA: La migración neta o balance de la migración resulta de la diferen-

    cia entre ingresos y salidas. A este balance se le denomina inmigración neta cuando los

    ingresos exceden las salidas, y emigración neta cuando las salidas son mayores que los

    ingresos.

    MIGRACIÓN ORDENADA: Movimiento de personas de su lugar de residencia a otro, re-

    spetando la legislación que regula la salida y el viaje del país de origen, el tránsito y el

    ingreso en el territorio del país de tránsito o receptor.

    MIGRACIÓN REGULAR: Migración que se produce a través de canales regulares y legales.

    MIGRACIÓN TOTAL: La suma de entradas o ingresos de inmigrantes a un país y de salidas

    de emigrantes totaliza el volumen de migración y se denomina migración total.

    MIGRANTE: A nivel internacional no hay una definición universalmente aceptada del té-

    rmino “migrante.” Este término abarca usualmente todos los casos en los que la decisión

    de migrar es tomada libremente por la persona concernida por “razones de conveniencia

    personal” y sin intervención de factores externos que le obliguen a ello. Así, este término se

    aplica a las personas y a sus familiares que van a otro país o región con miras a mejorar sus

    condiciones sociales y materiales y sus perspectivas y las de sus familias.

    43 Decreto Supremo Nº 002-2010-TR. 10 de abril del 2010.

  • 34

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    MIGRANTE CALIFICADO: Trabajador migrante que por sus competencias recibe un

    tratamiento preferencial en cuanto a su admisión en un país distinto al suyo. Por esas ra-

    zones, está sujeto a menos restricciones en lo que respecta a la duración de su estadía en

    el país receptor, al cambio de empleo y a la reunificación familiar.

    MIGRANTE DE CORTO PLAZO: Persona que se desplaza a un país distinto al suyo o de su

    usual residencia por un período de por lo menos tres meses pero no superior a un año;

    excepto en casos cuando el desplazamiento a ese país se hace con fines de recreación,

    vacaciones, visitas a familiares y amigos, negocios o tratamiento médico. A los fines de las

    estadísticas migratorias internacionales, se considera el país de residencia usual de estos

    migrantes, el país de destino durante el tiempo que permanezcan en él.

    MIGRANTE DE LARGO PLAZO: Persona que va a otro país, distinto al suyo o de su usual

    residencia, por un período de por lo menos un año, siendo el país de destino el lugar de

    su nueva residencia. En la perspectiva del país de salida esta persona es un emigrante de

    largo plazo y desde la perspectiva del país de llegada un inmigrante de largo plazo.

    MIGRANTE DOCUMENTADO: Migrante que ingresa legalmente a un país y permanece en

    él, de acuerdo al criterio de admisión.

    MIGRANTE ECONÓMICO: Persona que habiendo dejado su lugar de residencia o domicilio

    habitual busca mejorar su nivel de vida, en un país distinto al de origen. Este término se dis-

    tingue del de “refugiado” que huye por persecución o del refugiado de facto que huye por

    violencia generalizada o violación masiva de los derechos humanos. También se usa para

    hacer referencia a personas que intentan ingresar en un país sin permiso legal y/o utilizando

    procedimientos de asilo de mala fe. Asimismo, se aplica a las personas que se establecen

    fuera de su país de origen por la duración de un trabajo de temporada (cosechas agrícolas),

    llamados “trabajadores de temporada” o temporeros.

    MIGRANTE IRREGULAR: Persona que habiendo ingresado ilegalmente o tras vencimiento

    de su visado, deja de tener status legal en el país receptor o de tránsito. El término se apli-

    ca a los migrantes que infringen las normas de admisión del país o cualquier otra persona

    no autorizada a permanecer en el país receptor (también llamado clandestino/ ilegal/

    migrante indocumentado o migrante en situación irregular).

  • 35

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    MIGRANTE POR POBREZA: Individuo forzado a migrar por necesidades económicas.

    MIGRANTE RURAL-RURAL: Migrante interno que se desplaza de una zona rural a otra zona rural.

    MIGRANTE RURAL-URBANO: Migrante interno que se desplaza de una zona rural a una zona urbana.

    MIGRANTE URBANO-RURAL: Migrante interno que se desplaza de una zona urbana a una

    zona rural a los fines de un “nuevo asentamiento” o como migración de regreso para

    aquellos que fueron migrantes rural-urbano.

    MIGRANTE URBANO-URBANO: Migrante interno que se desplaza de una zona urbana a

    otra, generalmente por razones de trabajo.

    MONITOREO (SEGUIMIENTO): Es un proceso organizado de verificación de que una deter-

    minada situación o proceso transcurren como se había previsto12. Está basado en la plani-

    ficación y definición de una secuencia de acciones a lo largo de un período de tiempo. El

    monitoreo se realiza durante la ejecución del proyecto. 44

    MOVIMIENTO MIGRATORIO: Es el ingreso o salida del país de un ciudadano peruano o ex-

    tranjero por un lugar autorizado para el control migratorio. 45

    44 Decreto Supremo Nº 004-2010-PCM45 www.digemin.gob.pe/transparencia/Planeamiento_y_organizacion/Instrumentos_Gestion/MAPRO/Maprodigemin.pdf

  • 36

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    NATURALIZACIÓN: Concesión de la nacionalidad por un Es-

    tado a un extranjero mediante un acto formal individual. El

    derecho internacional no prevé normas detalladas relativas

    a la naturalización, pero reconoce la competencia de cada

    Estado de naturalizar a personas que no son sus nacionales y

    que solicitan ser nacionales de ese Estado.

    NORMAS INTERNACIONALES MÍNIMAS: Los Estados están ob-

    ligados a observar normas mínimas establecidas por el derecho internacional relativas al

    tratamiento de extranjeros en su territorio (o de la propiedad de estas personas). Así, por

    ejemplo, el Estado violaría el derecho internacional y estas normas mínimas si incurriera en

    denegación de justicia, en el retraso injustificado de un procedimiento judicial o de ac-

    ceso a los tribunales.

    N

  • 37

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT): La OIT es la institución mundial re-

    sponsable de la elaboración y supervisión de las Normas Internacionales del Trabajo. Es la

    única agencia de las Naciones Unidas de carácter “tripartito” ya que representantes de

    gobiernos, empleadores y trabajadores participan en conjunto en la elaboración de sus

    políticas y programas así como la promoción del trabajo decente para todos. Esta forma

    singular de alcanzar acuerdos da una ventaja a la OIT, al incorporar el conocimiento “del

    mundo real” sobre empleo y trabajo. 46

    ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM): La Organización Internacion-

    al para las Migraciones (OIM) nace consagrada al principio de que la migración tiene el poten-

    cial para beneficiar tanto a los migrantes como al conjunto de las sociedades. Así, desde 1951,

    es la principal organización intergubernamental que trabaja en el ámbito de las migraciones

    con la misión de “promover la migración ordenada y humana en beneficio de todos”, en co-

    laboración con aliados gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales. 47

    ORIENTACIÓN AL CIUDADANO: Entendiéndose que las entidades

    del Estado están al servicio de las personas y de la sociedad, sien-

    do el ciudadano el centro de los servicios públicos.

    ORIENTACIÓN A LOS RESULTADOS: Implica una administración de

    los recursos públicos centrada en el Cumplimiento oportuno de

    los objetivos y metas en los plazos establecidos, para satisfacer las

    demandas de la sociedad.

    46 www.ilo.org/global/about-the-ilo/lang--es/index.htm47 www.oimlima.org.pe/?pag=s-mision.htm

    O

  • 38

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    PAÍS RECEPTOR: País de destino o tercer país que recibe a una persona. en el caso del retorno o

    repatriación, también se considera país receptor al país de origen. país que, por decisión ejecu-

    tiva, ministerial o parlamentaria, ha aceptado recibir anualmente un cupo de refugiados o de

    migrantes.

    PASAPORTE: Documento oficial que identifica a la per-

    sona como un nacional del Estado que lo emite. Es una

    prueba del derecho del poseedor, para regresar a ese

    Estado. En las prácticas occidentales, los pasaportes

    han sido utilizados para los viajes al extranjero, no como

    documento de identidad nacional. El pasaporte es el

    documento aceptado internacionalmente como certi-

    ficado y prueba de la identidad y de la nacionalidad

    de una persona. Su valor probatorio es solamente prima

    fase.

    PERMISO DE TRABAJO: Documento legal expedido por las autoridades competentes de un

    Estado, necesario para el empleo del trabajador migrante en el país huésped.

    PERSONA DESPLAZADA: Persona que huye de su Estado o comunidad por temor o peligros

    distintos a los que originan el status de refugiado. Una persona desplazada generalmente

    se ve obligada a huir por un conflicto interno o por desastres naturales u otros.

    PERÚ INFOMIGRA: Servicio que brinda la Dirección de Migración Laboral del Ministerio de

    Trabajo y Promoción del Empleo, que tiene como objetivo ofrecer información y orient-

    ación, veraz y confiable, sobre el proceso de migración laboral y retorno, que facilite una

    decisión consciente informada. 48

    POLÍTICA: Principios generales por los cuales se guía un gobierno en el manejo de los asun-

    tos públicos.

    POLÍTICA DE EMPLEO: Medidas e instrumentos de distinta naturaleza en el ámbito económi-

    co, social e institucional que afectan el nivel y la calidad del empleo.

    48 www.mintra.gob.pe/PERUINFOMIGRA/infomigra.php

    P

  • 39

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    POLÍTICA NACIONAL: Define los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenido princi-

    pales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de

    servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de

    las actividades públicas y privadas. 49

    POLÍTICAS SOCIALES: Conjunto de directrices, orientaciones, criterios y lineamientos condu-

    centes a la preservación y elevación del bienestar social, procurando que los beneficios

    del desarrollo alcancen a todas las capas de la sociedad con la mayor equidad.

    PROCESOS CONSULTIVOS REGIONALES: Foros consultivos no vinculantes constituidos a nivel re-

    gional, en los cuales los representantes de los Estados, de la sociedad civil (ONG) y de los organis-

    mos internacionales examinan los temas migratorios en un espíritu de cooperación. (Por ejemplo,

    Procesos de Budapest, Puebla, Manila y Diálogo para la Migración para el África Meridional).

    PROTECCIÓN CONSULAR: Función consular referida a la protección, amparo y defensa

    de los intereses de los nacionales de cualquiera de los Países Miembros de la Comunidad

    Andina, en los casos en que éstos carezcan de agentes diplomáticos y consulares en la

    localidad en que se encuentre la persona. 50

    PROTOCOLO DE PALERMO: Los protocolos que complementan la Convención de las Na-

    ciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2000; es decir, el Proto-

    colo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de personas, especialmente mujeres y

    niños; el protocolo contra el contrabando de Migrantes por tierra, mar y aire; y el Protocolo

    contra la Producción y el tráfico ilícito de Armas de Fuego, sus piezas, componentes y mu-

    niciones.

    49 Decreto Supremo Nº 002-2010-TR. 10 de abril del 2010.50 www.comunidadandina.org/normativa/dec/D548.htm

  • 40

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    RE-EMIGRACIÓN: Movimiento de una persona que, después de haber regresado al país de

    salida u origen, emigra nuevamente.

    REFUGIADO: A la persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de

    raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas,

    se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no

    quiera acogerse a la protección de tal país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose,

    a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia

    habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él.

    A la persona que se ha visto obligada a huir de su país de nacionalidad o de residencia

    habitual por causa de la violación masiva de los derechos humanos, agresión extranjera,

    conflicto interno, ocupación o dominación extranjera; o en razón de acontecimientos que

    perturben gravemente el orden público.

    A la persona que encontrándose legalmente en el territorio de la República, debido a

    causas sobrevinientes surgidas en su país de nacionalidad o de residencia, no puede o no

    quiere volver a dicho país debido al temor de sufrir persecución de acuerdo al inciso a)

    del presente artículo. 51

    REFUGIADOS EN TRÁNSITO: Refugiados que son admitidos temporalmente en el territorio de

    un Estado, en el entendido de que esas personas serán reubicadas en otro.

    REFUGIADOS EN EL SITIO: Personas que no son refugiados cuando dejan su país de origen

    pero que se convierten en refugiados en fecha posterior al surgir un temor fundado de

    persecución. Los refugiados en el sitio pueden temer la persecución debida a un golpe de

    Estado o al inicio o intensificación de políticas de represión y de persecución en su país de

    origen, después de haber salido de éste. Una petición en esta categoría puede basarse

    también en las actividades políticas lícitas que éstas llevan a cabo en el país de residencia

    o de refugio.

    51 Ley del Refugiado N° 27891, Capitulo II.

    R

  • 41

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    REFUGIADOS ITINERANTES (ÓRBITA): Refugiados que sin ser regresados directamente al Es-

    tado en el cual puedan ser perseguidos, se les niega asilo o no encuentran un Estado que

    examine su solicitud y, por tanto, son llevados de un país a otro en búsqueda de asilo.

    RELACIÓN DE DEPENDENCIA: Indicador que expresa la relación existente entre la población

    supuestamente dependiente menores de 16 años, mayores de 65 y la población en edad

    potencialmente productiva de 16 a 65 años. 52

    RELACIONES DE TRABAJO: Es la interacción entre empleadores y trabajadores en una rel-

    ación laboral en un contexto económico determinado; originando derechos y deberes

    entre ambos, que son reguladas por el Estado o por la autonomía privada, a través del

    contrato de trabajo o convenio colectivo. 53

    REMESA: Suma de dinero ganada o adquirida por no nacionales, trasferida a su país de

    origen.

    Las remesas constituyen flujos monetarios generados como consecuencia de la migración, son

    transferencias que se registran en la balanza de pagos, son flujos privados de hogar a hogar, por

    tanto ingresan directamente en la economía sin tasas, regulaciones o prohibiciones. 54

    RETORNO: En sentido amplio, acto o proceso de regresar. El retorno puede ser dentro de

    los límites Territoriales de un país como, por ejemplo, los desplazados internos que regresan

    y los combatientes desmovilizados; o, desde el país receptor (tránsito o destino) al país de

    origen, como por ejemplo los refugiados, los solicitantes de asilo y nacionales calificados.

    Hay subcategorías de retorno que describen la forma en que se organiza: voluntario, for-

    zoso, asistido y espontáneo; y otras subcategorías que describen las personas objeto del

    retorno como, por ejemplo, repatriación (de refugiados).

    RETORNO FORZOSO: Regreso obligado de una persona al país de origen, de tránsito o un

    tercer país, fundado en una decisión administrativa o judicial.

    52 Glosario de términos relacionados con la transversalidad de género, Proyecto Equal “En Clave de Culturas”, 2007.53 Decreto Supremo Nº 002-2010-TR.10 de abril del 2010.54 Sánchez Aníbal, Peruanos migrantes en la ruta de “el quijote”, Migración Peruana y remesas, 2008.

  • 42

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    RETORNO VOLUNTARIO: El regreso independiente o asistido al país de origen, de tránsito u

    a un tercer país basado en la libre voluntad de la persona que regresa.

    RETORNO VOLUNTARIO ASISTIDO: Regreso, con apoyo logístico y financiero, de los solici-

    tantes de asilo rechazados, migrantes objeto de trata, estudiantes desamparados, nacio-

    nales calificados y otros migrantes que no pueden o no quieren permanecer en el país

    receptor y que voluntariamente quieren regresar a su país de origen.

    REUNIFICACIÓN FAMILIAR: Proceso por el cual los miembros de un grupo familiar, separados

    forzosamente o por migración voluntaria, se reagrupan en un país distinto al del origen.

  • 43

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    SSALVOCONDUCTO DE VIAJE PARA EXTRANJEROS: Documento de viaje internacional que

    expide la DIGEMIN para aquellos extranjeros residentes en el país en la condición de apátri-

    das o a los que no tengan representación diplomática en el Perú. 55

    SISTEMA VIRTUAL DEL TRBAJADOR MIGRANTE ANDINO (SIVITMA): El Sistema Virtual del Trabaja-

    dor Migrante Andino, es un registro que permite la emisión automática vía web de la expe-

    dición de la constancia del Trabajador Migrante Andino así como la aprobación

    automática del contrato. Con ello, se está logrando un ahorro de tiempo y elimi-

    nación de desplazamiento por parte de los empleadores hacia el Ministerio de

    Trabajo y Promoción del Empleo.

    El presente registro entra en vigencia de acuerdo a lo establecido por R.M. Nº 318-2010-TR de

    fecha 21 de diciembre de 2010, que aprueba la Directiva General Nº 001-2010-MTPE/3/17.3

    y regula el SIVITMA, en aplicación de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración

    Laboral.

    SOLICITANTE DE ASILO: Persona que solicita su admisión en un país como refugiado y en

    espera de una decisión para obtener dicho status, de acuerdo con los instrumentos nacio-

    nales e internacionales aplicables. En caso de que la decisión sea negativa, debe aban-

    donar el país; puede ser expulsada, como cualquier otro extranjero en situación irregular, a

    menos que se le permita permanecer en base a consideraciones de carácter humanitario

    o por otras razones.

    55 www.digemin.gob.pe/transparencia/Planeamiento_y_organizacion/Instrumentos_Gestion/MAPRO/Maprodigemin.pdf

  • 44

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    TARJETA ANDINA DE MIGRACIÓN (TAM): Documento administrativo establecido en la nor-

    mativa comunitaria que sirve a los países tanto para efectuar un control migratorio como

    para la elaboración de estadísticas. 56

    TRABAJADOR CON DESPLAZAMIENTO INDIVIDUAL: Es aquél que se traslada a otro país con

    fines laborales, por: Haber suscrito un contrato de trabajo bajo relación de dependencia,

    tener o responder a una oferta de empleo desde el país de inmigración, bajo relación de

    dependencia.57

    TRABAJADOR DE EMPRESA: Aquél que se traslada a otro país miembro por un período

    superior a ciento ochenta (180) días y por disposición de la empresa para la cual trabaja

    bajo relación de dependencia, sea que la misma ya esté instalada en el otro país , tenga

    un curso legal, un proyecto para establecerse o realice un proyecto especial allí. 58

    TRABAJADOR DE TEMPORADA: Aquél que se traslada a otro país para realizar labores cícli-

    cas o estacionales. En este caso se requerirá la existencia de un contrato que ampare a

    uno o varios trabajadores y determine con precisión la labor y el tiempo en que se desar-

    rolla. Asimismo, se le deberá garantizar el alojamiento y pagos de traslado. 59

    TRABAJADOR FRONTERIZO: Todo trabajador migrante que conserve su residencia habitual

    en un Estado vecino al que normalmente regrese cada día o al menos una vez por se-

    mana. (Art. 2 (2) (a) de la Convención internacional sobre la protección de los derechos

    de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, de 1990).

    TRABAJADOR ITINERANTE: Todo trabajador migrante que, aún teniendo su residencia ha-

    bitual en un Estado, tenga que viajar a otro Estado u otros Estados por períodos breves,

    debido a su ocupación. (Art. 2 (2) (e) de la Convención internacional sobre la protección

    de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, de 1990).

    TRABAJADOR MIGRANTE: Toda persona que vaya a realizar, realice o haya (realizado una activi-

    dad remunerada en un Estado del que no sea nacional. (Art. 2 (1) de la Convención sobre la pro-

    tección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y los miembros de su familia, 1990).

    56 Comunidad Andina de Naciones (CAN). Boletín Derecho a viajar libremente: Sin Visa ni Pasaporte. Pág. 657 Trabajador Migrante Andino, Decisión N°545, de la Comunidad Andina de Naciones.. 58 Trabajador Migrante Andino, Decisión N°545, de la Comunidad Andina de Naciones.59 Íbid.

    T

  • 45

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO: El nacional de un País Miembro que se traslada a otro

    País Miembro con fines laborales bajo relación de dependencia, sea en forma temporal

    o permanente. 60

    TRABAJO FORZOSO: Servicio prestado por un trabajador bajo condición de servidumbre

    por razones económicas, especialmente endeudamiento por un préstamo o un adelanto

    del salario. Cuando la deuda es la razón de la servidumbre se deduce que el trabajador

    (dependiente o heredero) está atado a un acreedor por un período de tiempo especifi-

    cado o no, hasta que el préstamo sea cancelado. Todo trabajo o servicio obtenido por

    la fuerza de una persona bajo amenaza de castigo y para el cual esa persona no se ha

    ofrecido voluntariamente. (Art. 2 (1), de la Convención de la OIT, Nº. 29 sobre trabajo

    forzado, 1930).

    TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES: La facilitación de la entrada ilegal de una persona en un

    Estado; parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin

    de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiera u otro beneficio de orden

    material.

    El tráfico ilícito de migrantes, se diferencia de la trata de personas en: Primero, migrantes

    traficados han consentido el tráfico, mientras que las víctimas de la trata no han consen-

    tido o si lo han hecho inicialmente, este consentimiento será irrelevante por la coacción,

    el engaño o actos similares perpetrados por el tratante. En segundo lugar, el tráfico ilícito

    de migrantes termina con la llegada del migrante a su destino, mientras que la trata de

    personas involucra la explotación prolongada. El tráfico ilícito de migrantes, es siempre

    transnacional, mientras que la trata de personas puede ocurrir también si una persona es

    conducida de un lugar a o0tro dentro del mismo Estado. 61

    TRATA DE PERSONAS: La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción

    de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción,

    al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la conc-

    esión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona

    que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. (Art. 3 (a) del Protocolo para

    prevenir, suprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que

    complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada

    Transnacional, 2000).60 www.comunidadandina.org/normativa/dec/D545.htm61 La Trata de Personas en el Perú Manual para conocer el problema, Lima Enero 2010, Pág. 6

  • 46

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    TRATADO INTERNACIONAL (Convenio Internacional): Un acuerdo internacional celebrado

    por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instru-

    mento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación

    particular. (Art. (2) (1) (a) de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, de

    1969).

  • 47

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    VISA (Visado): Sello colocado por una oficina consular en el pasaporte o certifi-

    cado de identidad que indica que el oficial en el momento de la

    expedición considera que el titular está en la categoría de no na-

    cionales del Estado emisor y que puede ser admitido en su ter-

    ritorio, de acuerdo con las normas legales. El visado establece

    los criterios de admisión en un Estado. La práctica internacio-

    nal evoluciona hacia sistemas automatizados de lectura de

    visados impresos en etiquetas o rótulos con dispositivos de

    seguridad, de conformidad con las normas de la OACI (Or-

    ganización de la Aviación Civil Internacional).

    V

  • 48

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    FUENTES:

    BIBLIOGRÁFICAS

    CAPITAL HUMANO Y SOCIAL ALTERNATIVO, La percepción de la Trata de Personas

    en el Perú, 1° edición, Lima CHS Alternativo, 2010

    DECISIÓN 545: Instrumento Andino de Migración Laboral.

    DECLARACAIÓN Y PROGRAMAS DE ACCIÓN DE DURBAN, Conferencia

    Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las

    Formas Conexas de la Intolerancia, Oficina en Colombia del Alto Comisionado

    de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos.

    DECRETO SUPREMO Nº 004-2010-PCM que aprueba el “Plan Nacional de Desarrollo

    de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno de los Gobiernos

    Regionales y Locales”

    DECRETO SUPREMO N° 002-2010-TR-MTPE Que aprueba la matriz de delimitación de

    Competencias y Asignación de Funciones de los sectores Trabajo y Promoción del

    Empleo en los tres niveles de Gobierno.

    DECRETO SUPREMO N° 030-2002-PCM Que aprueba Reglamento de la Ley Marco

    de Modernización de la Gestión del Estado, publicada el 03 de mayo de 2002.

    GLOSARIO SOBRE MIGRACIONES, N° 7 Derecho Internacional sobre Migraciones,

    Organización Internacional para las Migraciones (OIM), 2006.

    GLOSARIO DE TÉRMINOS RELACIONADOS CON LA TRANSVERSALIDAD DE GÉNERO,

    Proyecto Equal “En Clave de Culturas”, 2007.

    LAS MIGRACIONES INTERNACIONALES ¿Problema o Posibilidad?, Marco Nuñez –

    Melgar Maguiña, Noviembre 2010.

  • 49

    Glosario de Términos sobre Gestión Migratoria Laboral

    LA TRATA DE PERSONAS EN EL PERÚ: Manual para conocer el Problema, Capital

    Humano y Social Alternativo, Enero 2010.

    PERUANOS MIGRANTES EN LA RUTA DE “EL QUIJOTE”, Migración peruana y remesas,

    Aníbal Sánchez, 2008.

    RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-99-EF/76.01, Glosario de Términos de Gestión

    Presupuestaria del Estado, publicada el 23 de febrero de 1999.

    TRATADO DE DERECHO LABORAL, Guillermo Cabanellas, Tomo II Pág. 41.

    ELECTRÓNICAS

    www.mintra.gob.pe/PERUINFOMIGRA/infomigra.php

    www.oimlima.org.pe/?pag=s-mision.htm

    www.ilo.org/global/about-the-ilo/lang--es/index.htm

    www.comunidadandina.org/normativa/dec/D548.htm

    www.digemin.gob.pe/estructura_m.asp

    www.digemin.gob.pe/transparencia/Planeamiento_y_organizacion

    /Instrumentos_Gestion/MAPRO/Maprodigemin.pdf

    http:// eurosocialsalud.eu/proyecto/p1_1_1_1

    www.cepal.org/de/agenda/1/38211/Martinez.pdf

    www.parainmigrantes.info/apostilla-de-la-haya-legalizacion-documentos/

    www.mseg.gba.gov.ar/mjysseg/Trata/Glosario.pdf

    www.stps.gob.mx/DGIET/web/Glosario/glosario.htm

  • Dirección de Migración LaboralAv. Salaverry 655 - Piso 6, Jesús María

    Central Telefónica: 630-6000 Anexo: 6005www.mintra.gob.pe/PERUINFOMIGRA

    Glosario de Términos de laGESTIÓN MIGRATORIA LABORAL

    Glos

    ario

    de T

    érm

    inos

    sobr

    e GES

    TIÓ

    N M

    IGRA

    TORI

    A L

    ABO

    RAL