6
Para comprender mejor las normas de seguridad vial, agregamos un glosario, que facilitará el aprendizaje sobre el desempeño adecuado en la vía pública como peatones, conductores o pasajeros. Glosario de términos de Seguridad Vial Tomado del Reglamento Nacional de Tránsito 2009 - MTC Accidente: Evento que cause daño a personas o cosas, que se produce como consecuencia directa de la circulación de vehículos. Acera: Parte de la vía, destinada al uso de peatones (Vereda). Adelantar: Maniobra mediante la cual un vehículo se sitúa delante de otro que lo antecede, utilizando el carril de la izquierda a su posición, salvo excepciones. Alcoholemia: Examen o prueba para detectar presencia de alcohol en la sangre de una persona. (Dosaje etílico). Área de estacionamiento: Lugar destinado para el estacionamiento de vehículos. Autopista: Carretera de tránsito rápido sin intersecciones y con control total de accesos. Berma: Parte de una carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulación de vehículos y destinada eventualmente a la detención de vehículos en emergencia y circulación de peatones (Banquina).

Glosario de Términos de Seguridad Vial

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Normas para el Uso y Conducción de MontacargasPOR EDGAR CABALLERO MONTES ·Montacargassafetyphoto.co.ukModelo Para Normas con Montacargas1.Los montacargas utilizados en las instalaciones de la empresa, deberán ser operados exclusivamente por personal debidamente autorizado, certificado como operador de montacargas y con licencia para conducir de 5to. Grado.2.Todo montacargas deberá poseer protección para la cabeza del operador. Esta protección será construida de acuerdo con el peso y el tipo de material con que se trabaja.3.Todos los montacargas deberán tener marcado en un lugar visible, la carga máxima permisible en kilogramos. Queda prohibido utilizar estos equipos para levantar cargas superiores a las máximas permisibles.4.Antes de usar el equipo, el conductor deberá revisar los frenos, la dirección, la corneta, los cauchos y el mecanismos de levantamiento. En los montacargas de combustión interna deberá revisar el aceite, combustible y el nivel del agua. Esta revisión quedara asentado en el formato de inspección diaria de montacargas.5.No se permitirán pasajeros en los montacargas, ni el levantamiento de personas sobre las horquillas.6.No se deberá usar montacargas de combustión a gasolina o gasoil en lugares cerrados sin la ventilación adecuada, debido a la posible generación de monóxido de carbono, el cual es altamente venenoso.7.Se deberá estacionar el montacargas donde no interfiera con el paso de otros vehículos o personas. No dejar el montacargas con el motor funcionando y cuando abandone el vehículo asegurarse que tiene puesto el freno de estacionamiento.8.No deberá abandonar el montacargas antes de que esté completamente detenido y debidamente estacionado.9.En todo momento se respetara la velocidad máxima reglamentada para la conducción de montacargas. (10 km/h)10. Cuando conduzca sobre pisos irregulares, tome precauciones, vaya despacio, manteniéndose alerta en los sitios que produzcan brincos y/o donde existan baches.11. Aproxímese despacio a las esquinas “ciegas”, manteniéndose en su derecha y sonando la corneta.12. Manténgase alerta con las personas que pueden atravesarse al frente o con otros vehículos que se aproximen. Cuando se acerque por detrás de cualquier persona, Siempre dé aviso a una distancia de aproximadamente 5 mts.13. Evite hacer virajes en pasillos congestionados. Cuando sea necesario virar en un pasillo, tenga precaución.14. Mantenga siempre las manos y los pies dentro del montacargas, excepto cuando tiene que hacer alguna señal.15. No permita que personas caminen delante de usted, cuando baje por rampas o pendientes y pruebe los frenos antes de empezar a descender.16. Nunca corra aparejando a otro montacargas. Cuando siga detrás de otro montacargas, mantenga una distancia mínima de 4 mts. Aproximadamente entre los dos vehículos.17. Evite las paradas y arranques bruscos. Esto puede causarle un patinaje o el volcamiento de la carga.18. Nunca retroceda sin mirar y asegúrese de que la vía este libre hacia atrás. No utilice el retroceso como freno.19. Transporte siempre la carga a 10 ó 15 centímetros aproximadamente sobre el nivel de piso. El transporte de carga cerca del piso reduce la posibilidad de voltear el montacargas o dejar caer la carga.20. Nunca lleve una carga con un tamaño que no le permita ver hacia delante. Si es necesario hágalo en retroceso.21. Evite llevar material suelto en las horquillas. Siempre que sea posible use una paleta para el movimiento del material. Los objetos cilíndricos, como tubos y los tambores, deben calzarse o sujetarse con eslingas.22. Nunca permita que personas se coloquen debajo de las cargas elevadas.23. La carga deberán bajarse despacio por que una bajada brusca hará que la máquina se incline hacia delante y posiblemente se voltee o despida al operador.24. La carga deberá inclinarse contra la rejilla estibadora antes de mover el montacargas25. Se deberá verificar la altura disponible antes de elevar

Citation preview

Para comprender mejor las normas de seguridad vial, agregamos un glosario, que facilitar el aprendizaje sobre el desempeo adecuado en la va pblica como peatones, conductores o pasajeros.

Glosario de trminos de Seguridad VialTomado del Reglamento Nacional deTrnsito 2009 - MTC

Accidente:Evento que cause dao a personas o cosas, que se produce como consecuencia directa de la circulacin de vehculos.Acera:Parte de la va, destinada al uso de peatones (Vereda).

Adelantar: Maniobra mediante la cual un vehculo se sita delante de otro que lo antecede, utilizando el carril de la izquierda a su posicin, salvo excepciones.Alcoholemia: Examen o prueba para detectar presencia de alcohol en la sangre de una persona. (Dosaje etlico).rea de estacionamiento: Lugar destinado para el estacionamiento de vehculos.Autopista: Carretera de trnsito rpido sin intersecciones y con control total de accesos.Berma:Parte de una carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulacin de vehculos y destinada eventualmente a la detencin de vehculos en emergencia y circulacin de peatones (Banquina).Calzada:Parte de la va destinada a la circulacin de vehculos y eventualmente al cruce de peatones y animales.Camino: Va rural destinada a la circulacin de vehculos, peatones, y animales.Caravana: Conjunto de vehculos que circulan en fila por la calzada (Convoy).Carretera: Va fuera del mbito urbano, destinada a la circulacin de vehculos y eventualmente de peatones y animales.Carril: Parte de la calzada destinada al trnsito de una fila de vehculos.Ciclomotor: Vehculo de dos ruedas que tiene motor y traccin propia.

Conductor: Persona habilitada para conducir un vehculo por una va.Cruce a nivel: rea comn de interseccin entre una va y una lnea de ferrocarril (Paso a nivel).Cuneta: Zanja al lado del camino o carretera destinada a recibir aguas pluviales.Demarcacin: Smbolo, palabra o marca, de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para gua del trnsito de vehculos y peatones.

Depsito Municipal de Vehculos (DMV): Local autorizado para el internamiento de vehculos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes.Derecho de paso:Prerrogativa de un peatn o conductor de un vehculo para proseguir su marcha en precedencia a otro peatn o vehculo.Detencin: Inmovilizacin del vehculo por emergencia, por impedimento de circulacin o para cumplir una disposicin reglamentaria.Detenerse: Paralizacin breve de un vehculo para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, slo mientras dure la maniobra.Estacionar: Paralizar un vehculo en la va pblica, con o sin el conductor, por un perodo mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas.Internamiento: Ingreso de un vehculo al DMV, dispuesto por la Autoridad competente.Interseccin: rea comn de calzadas que se cruzan o convergen.

Isla: rea de seguridad situada entre carriles destinada a encauzar el movimiento de vehculos o como refugio de peatones.Licencia de conducir: Documento otorgado por la Autoridad competente a una persona autorizndola para conducir un tipo de vehculo.Lnea de parada: Lnea transversal marcada en la calzada antes de la interseccin que indica al conductor el lmite para detener el vehculo acatando la seal correspondiente (Lnea de detencin).Maquinaria especial: Vehculo automotor cuya finalidad no es el transporte de personas o carga y que utiliza ocasionalmente la va pblica.

Marca: Seal colocada o pintada sobre el pavimento o en elementos adyacentes al mismo, consistente en lneas, dibujos, colores, palabras o smbolos (Seal horizontal).Motocicleta: Vehculo de dos ruedas, con o sin sidecar, provisto de un motor de propulsin.Paso a nivel: rea comn de interseccin entre una va y una lnea de ferrocarril (Cruce a nivel).Paso peatonal: Parte de la calzada destinada para el cruce de peatones. (Crucero peatonal).

Peatn: Persona que circula caminando por una va pblica.Peso Bruto: Peso propio del vehculo ms la carga y ocupantes.Preferencia de paso: Prerrogativa de un peatn o conductor de vehculo para proseguir su marcha.Remocin:Cambio de ubicacin de un vehculo, dispuesto por la Autoridad competente.Remolcador: Vehculo automotor diseado para remolcar un semirremolque mediante un sistema de acople, no transportando carga por s, a excepcin del peso transmitido por el semirremolque (Tracto camin).

Remolque: Vehculo sin motor diseado para ser lado por un camin u otro vehculo motorizado, de tal forma que ninguna parte de su peso descanse sobre el vehculo remolcador.Retencin: Inmovilizacin de un vehculo, dispuesto por la Autoridad competente.Semforo: Dispositivo operado elctricamente mediante el cual se regula la circulacin de vehculos y peatones por medio de luces de color rojo, mbar o amarilla y verde.Seal de Trnsito: Dispositivo, signo o demarcacin, tocado por la Autoridad competente con el objeto de regular, advertir o encauzar el trnsito.

Sobrepasar: Maniobra mediante la cual un vehculo adelanta a otro que transita por distinto carril.Trnsito: Conjunto de desplazamientos de personas, vehculos y animales por las vas terrestres de uso pblico (Circulacin).Vehculo: Artefacto de libre operacin que sirve para transportar personas o bienes por una va.

Vehculo automotor: Vehculo de ms de dos ruedas que tiene motor y traccin propia.Vehculo automotor menor: Vehculo de dos o tres ruedas, provisto de montura o asiento para el uso de su conductor y pasajeros, segn sea el caso (bicimoto, motoneta, motocicleta, mototaxi, triciclo motorizado y similares).

Vehculo combinado: Combinacin de dos o ms vehculos, siendo el primero un vehculo automotor y los dems remolcados.Vehculo de Bomberos: Vehculo de emergencia perteneciente al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per.

Vehculo de emergencia: Vehculo utilizado para prestar servicio de auxilio en forma inmediata conforme a ley.

Vehculo oficial: Vehculo asignado a autoridades, los de su comitiva y los encargados de su proteccin y seguridad, conforme a Ley.Vehculo Policial: Vehculo de emergencia perteneciente a la Polica Nacional del Per.Va: Carretera, va urbana o camino rural abierto a la circulacin pblica de vehculos y/o peatones, y tambin de animales.

Va de acceso restringido: Va en que los vehculos y las personas slo tienen oportunidad a ingresar o salir de ella, por los lugares y bajo las condiciones fijadas por la Autoridad competente.Va Privada: Va destinada al uso particular.Va Pblica: Va de uso pblico, sobre la cual la Autoridad competente impone restricciones y otorga concesiones, permisos y autorizaciones.Va urbana: Va dentro del mbito urbano, destinada a la circulacin de vehculos y peatones y eventualmente de animales (Calle).Zona comercial: Parte de la ciudad calificada por Autoridad municipal competente, destinada para la ubicacin de inmuebles para fines comerciales.