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GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO UBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON PERIODI~O OFIClill Se publica los dlas Lunes, Mikcoles y Viernes, las Leyes, Decretos y dem&s Disposiciones Superiores son Obligatorias por el solo Hecho de ser Publicadas en este Peri6dico. RESPONSABLE: LA SECRETAIZIA GENERAL, DE GOBIERNO Registrado coma Artfculo de Segunda Clase el 18 de Septlembre.de 1903 TOM0 CXLII Monterrey, Nuevo Le6n, Mi&coles 11 de Mayo de 2005 NOM. 56 SUMARIO H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEdN ACUERDO NOM. 198.- POR EL WE SE APRUEBA LA CUENTA PUBLICA DEL PATRIMONIO ESTATAL FERIA MONTERREY, A.C., CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2003... . . . ACUERDO NOM. 199.- POR EL WE SE APRUEBA LA CUENTA PljBLlCA DEL R. AYUNTAMIENTO DE DR. ARROYO, NUEVO LE6N, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2003.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . OFlClALiA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEdN CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL.- CONCURS0 No. 48090001-022-05 D.A.S.G. 22/05 REFERENTE A LA ADQUlSlCl6N DE VEHiCULOS PARA EL CONSEJO DE SEGURIDAD PljBLICA. SECRETARiA DE OBRAS PirBLlCAS DEL ESTADO DE NUEVO LEdN 3-4 5-6 7-9 CONVOCATORIA: OlO.- LICITACl6N No. 48093001-022-05.- REFERENTE A CONSTRUCCl6N DE PUENTE VEHICULAR A BASE DE ESTRUCTURAS DE CONCRETO SOBRE RIO SANTA CATARINA EN EJIDO LAS ESCOBAS ( FRACCIONAMIENTO LAS AGUILAS ) DE JUAREZ,... IO-I I CONVOCATORIA: Oil.- LICITACI6N No. 48093001-023-05.- REFERENTE A CONSTRUCCI6N DE CARRILES ADICIONALES EN PASO A DESNIVEL UBICADO EN CARRETERA A MIGUEL ALEMAN EN SU CRUCE CON AVENIDA ACAPULCO EN SAN NlCOtiS DE LOS GARZA, NUEVO LE6N... .._ 12-13 R. AYUNTAMIENTO DE APODACA, N.L. REGLAMENTO PARA LA APERTURA, FUNCIONAMIENTO DE MOLINOS DE NIXTAMAL TORTILLERIAS Y SUS DERIVADOS, COMERCIALIZACI6N EN LA V/A PUBLICA DE Ei PRODUCT0 QUE ELABORAN... . . . . . . . . . . . . 14-23 FE DE ERRATAS A LAS REFORMAS AL REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACldN PUBLICA, PUBLICADAS EN EL PERldDlCO OFICIAL DEL ESTADO NUMERO 17, DE FECHA 9 DE FEBRERO DE 2005... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ._. _. 24-25 REFORMAS AL REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACl6N PljBLICA... . . . . . . . . . . .._ .., 26 SERVICIOS DE SALUD DE NUEVO LEbN CONVOCATORIA 007.- LICITACl6N No. 48063002-007/2005.- REFERENTE A MATERIAL DE OFICINA... . . . . . . . . . Visite la Pagina del PERldDlCO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mxlPortalTransparencia/ListadoPeriodicoGeneral/ 27

GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO UBRE Y SOBERANO … · 2015-06-22 · GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO UBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON PERIODI~O OFIClill Se publica los dlas Lunes,

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GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADOUBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON

PERIODI~O OFIClillSe publica los dlas Lunes, Mikcoles y Viernes, las Leyes, Decretos y dem&s Disposiciones

Superiores son Obligatorias por el solo Hecho de ser Publicadas en este Peri6dico.RESPONSABLE: LA SECRETAIZIA GENERAL, DE GOBIERNO

Registrado coma Artfculo de Segunda Clase el 18 de Septlembre.de 1903

TOM0 CXLII Monterrey, Nuevo Le6n, Mi&coles 11 de Mayo de 2005 NOM. 56

SUMARIO

H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEdN

ACUERDO NOM. 198.- POR EL WE SE APRUEBA LA CUENTA PUBLICA DEL PATRIMONIOESTATAL FERIA MONTERREY, A.C., CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2003... . . .

ACUERDO NOM. 199.- POR EL WE SE APRUEBA LA CUENTA PljBLlCA DEL R.AYUNTAMIENTO DE DR. ARROYO, NUEVO LE6N, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL2003.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

OFlClALiA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEdN

CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL.- CONCURS0 No. 48090001-022-05 D.A.S.G. 22/05REFERENTE A LA ADQUlSlCl6N DE VEHiCULOS PARA EL CONSEJO DE SEGURIDAD PljBLICA.

SECRETARiA DE OBRAS PirBLlCAS DEL ESTADO DE NUEVO LEdN

3-4

5-6

7-9

CONVOCATORIA: OlO.- LICITACl6N No. 48093001-022-05.- REFERENTE A CONSTRUCCl6N DEPUENTE VEHICULAR A BASE DE ESTRUCTURAS DE CONCRETO SOBRE RIO SANTAC A T A R I N A EN E J I D O LAS ESCOBAS (FRACCIONAMIENTO LAS AGUILAS) D E JUAREZ,... IO-I I

CONVOCATORIA: Oil.- LICITACI6N No. 48093001-023-05.- REFERENTE A CONSTRUCCI6N DECARRILES ADICIONALES EN PASO A DESNIVEL UBICADO EN CARRETERA A MIGUEL ALEMANEN SU CRUCE CON AVENIDA ACAPULCO EN SAN NlCOtiS DE LOS GARZA, NUEVO LE6N... .._ 12-13

R. AYUNTAMIENTO DE APODACA, N.L.

REGLAMENTO PARA LA APERTURA, FUNCIONAMIENTO DE MOLINOS DE NIXTAMALTORTILLERIAS Y S U S D E R I V A D O S , COMERCIALIZACI6N EN LA V /A PUBLICA D E EiPRODUCT0 QUE ELABORAN... . . . . . . . . . . . . 14-23

FE DE ERRATAS A LAS REFORMAS AL REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACldNPUBLICA, PUBLICADAS EN EL PERldDlCO OFICIAL DEL ESTADO NUMERO 17, DE FECHA 9 DEFEBRERO DE 2005... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ._. _. 24-25

REFORMAS AL REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACl6N PljBLICA... . . . . . . . . . . .._ .., 2 6

SERVICIOS DE SALUD DE NUEVO LEbN

CONVOCATORIA 007.- LICITACl6N No. 48063002-007/2005.- REFERENTE A MATERIAL DEOFICINA... . . . . . . . . .

Visite la Pagina del PERldDlCO OFICIAL DEL ESTADO:http://general.nl.gob.mxlPortalTransparencia/ListadoPeriodicoGeneral/

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PAGINA 2 Monterrey, N.L., Mibrcoles- 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

AVISOS JUDICIALES Y GENERALES .,..............................................................................,... 28-56

AVIS0 NOTARiAL.- NOTARiA PUBLICA No. 68 MONTEMORELOS, N.L., JUICIO HEREDITARIOADMINISTRATIVO A BIENES DE LA SEbJORA MARIA LUISA LANDEROS RENTER/A... . . . . . . . . . . . . . 2 8

AVIS0 NOTARIAL.- NOTARiA PUBLICA No. 68 MONTEMORELOS, N.L., JUICIO HEREDITARIOADMINISTRATIVO A BIENES DEL SEAOR EDELMIRO G6MEZ FLORES... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 9

RESOLUTIVO.- SE OTORGA RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL Y APROBACl6N AL PLANY PROGRAMAS DE ESTUDIOS DE LA LICENCIATURA EN COMPUTACdN ADMINISTRATIVA A

LA ASOCIACl6N CIVIL INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES MtXICO NORTE, A.C... . . . . . . . . . . . . . 30-37

RESOLUTIVO.- SE OTORGA RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL Y APROBACl6N AL PLANY PROGRAMAS DE ESTUDIOS DE LA LlCENClATURi EN GESTl6N EMPRESARIAL A LAASOCIACl6N CIVIL INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES MtiXlCO NORTE, A.C... . . . . . . . . . . . . . . . 38-45

CONVOCATORIA.- SE CONVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS DE HOSPITAL SANTA ENGRACIA, S.A. DE C.V... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4 6

JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL DliCIMO DISTRITO JUDICIAL MONTEMORELOS,N.L.. EDICT0 NliMERO DE EXPEDIENTE 260/2005... .._...... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 7

JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL DfiCIMO DISTRITO JUDICIAL MONTEMORELOS,

N.L., EDICT0 EXPEDIENTE NljMERO 342/2005... _.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . __. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,. . . . . . . . . . . . . . . .

JUZGADO MIXTO DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL LINARES, N.L., EDICT0 EXPEDIENTENljMERO 374/2005... . . . _.. . . . . . . . . . . . . . . . ._. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 8

4 9

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL CERRALVO, N.L.,EDICT0 NljMERO DE EXPEDIENTE 43/2005... . . . . . . . . . . . . . . . .._ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

JUZGADO MIXTO DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL LINARES, N.L., JUlCiO SUCESORIO DE

INTESTADO A BIENES DE LA C. FRANCISCA GALARZA IBARRA DE ESCALANTE... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5 0

51

EDICT0 DE LA TESORERIA MUNICIPAL DE SAN NlCOtiS DE LOS GARZA, N.L., 1’.PUBLICACl6N DE 2 SOLICITADAS... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL D&IMO DISTRITO

JUDICIAL MONTEMORELOS, N.L., 1 ER. EDICT0 EXPEDIENTE NlhdERO 31/2005... . . . . . . .__ .,. . . . . . . . .

5 2

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL VILLALDAMA,N.L., 1 ER. EDICT0 NirMERO DE EXPEDIENTE 143/2005... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

JUZGADO SEXTO DE JURISDICCl6N CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL

5 3

5 4

MONTERREY, N.L.. 1ER. EDICT0 EXPEDIENTE JUDICIAL NirMERO 63/2002... . . . . . . . . . . . 55-56

.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mibrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 3

EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LE6N, LXXLEGISLATURA, EN US0 DE LAS FACULTADES QUE LE CONCEDE ELARTiCULO 6 3 , D E L A CONSTlTUCldN POLiTICA L O C A L , EXPIDE ELSIGUIENTE:

--m

I.

ACUERDO

NOM...... 198

Articulo Primero.- Se tiene por recibido en tiempo y forma et lnforme Definitivo de la

Cuenta Publica correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003 del Patronato Estatal Feria Monterrey, A.&.

Articulo Segundo.- En cumplimiento de lo establecido en el Articulo 63, fraction XIII, de la

Constitution Politica del Estado y demas disposiciones legales relativas, es de aprobarse y se

aprueba la Cuenta Publica del organism0 en mention.

Articulo Tercero.- La aprobacion de la Cuenta Publica, no exime de responsabil idad a 10s

Servidores Publicos respect0 de las irregularidades en que puedan haber incurrido, en 10s terminos

del Articulo 17 de la Ley de la Contaduria Mayor de Hacienda y de las demas disposiciones

vigentes en la materia.

Articulo Cuarto.- Girese copia del dictamen al Patronato Estatal Feria Monterrey, A.C. y a

la Contaduria Mayor de Hacienda para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

PAGINA 4 Monterrev. N.L.. Miercoles 11 de Mavo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

Por lo tanto enviese al Ejecutivo del Estado y publiquese en el Peribdico Oficial del Estado.

Dado en el Sal6n de Sesiones del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo

Le6n, en Monterrey, su capital, a 10s nueve dias del mes de mayo de dos mil cinco..

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey. N.L., Mibrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 5

EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEdN, LXXLEGISLATURA, EN US0 DE LAS FACULTADES WE LE CONCEDE ELARTiCULO 6 3 , D E L A CONSTlTUCldN POLiTICA L O C A L , EXPIDE ELSIGUIENTE:

ACUERDO

NOM...... 199

Articulo Primero.- Se tienen por recibidos en tiempo y forma 10s lnformes Previo y

Definitivo de la Cuenta Publica del Municipio de Dr. Arroyo, Nuevo Leon, por el Ejercicio Fiscal

2003, elaborados por la Contaduria Mayor de .Hacienda del Estado de Nuevo Leon, segirn lo

dispue’sg por el Articulo 15 de la Ley de la materia.

Artfculo Segundo.- La Cuenta Publica del Municipio objet0 del dictamen, cumple

razonablemente con las disposiciones contempladas en la fraction I del Articulo 4O de la Ley de la

Contaduria Mayor de Hacienda del Estado de Nuevo Leon.

Articulo Tercero.- En cumplimiento de lo preceptuado en el Articulo 63 fraction Xltl de la

Constitution Politica del Estado de Nuevo Leon, y demas disposiciones aplicables, es de aprobarse

y se aprueba para su finiquito la Cuenta Publica correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003, del

Municipio de Dr. Arroyo, Nuevo Leon, con las recomendaciones a que se hate referencia dentro del

cuerpo del dictamen, atendiendo a que las observaciones realizadas por la Contaduria Mayor de

Hacienda son referentes a fallas de carkter administrativo que no afectan el patrimbnio del

Municipio. <’

Articulo Cuarto.- La aprobacion de la Cuenta Publica no exime la responsabilidad de 10s

servidores publicos respect0 de las irregularidades en que hayan incurrido, en 10s terminos del

Articulo 17 de la Ley de la Contaduria Mayor de Hacienda del Estado de Nuevo Leon y de las demas

disposiciones vigentes en la materia

Articulo Quinto.- En relation con las observaciones o recomendaciones a que se hate

referencia en el cuerpo del dictamen, la Contaduria Mayor de Hacienda debera comunicar el

seguimiento correspondiente en el siguiente lnforme Definitivo de Cuenta Publica del Municipio de

,Dr. Arroyo, Nuevo Leon.

PAGINA 6 Monterrey, N.L., Mibrcoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

Articulo Sexto.- Girese copia de la resolution que al efecto se pronuncia por este Poder

Legislativo, en relation con el dictamen que se presenta, a la Contaduria Mayor de Hacienda y al R.

Ayuntamiento de Dr. Arroyo, Nuevo Leon para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar

Por lo tanto enviese al Ejecutivo del Estado y publiquese en el Periodic0 Oficial del Estado.

Dado en el Salon de Sesiones del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo

Leon, en Monterrey, su capi!al, a 10s nueve dias del mes de mayo de dos mil cinco.

DIP. ROGELIO

R O

DIP. SECRETAR

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Miercoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 7

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEONOFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO

DIRECCION DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES

CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL

El Gobierno del Estado de Nuevo Le6n, a travks de la Oficialia Mayor deGobierno, en cumplimiento con lo dispuesto por el articulo 29 fracciones II, II] y IVy octave transitorio de la Ley Orgsnica de la Administracibn Publica para el Estadode Nuevo Lebn, con fundamento en 10s articulos 5, 21, 23, 25 y 26 y dem&relativos a la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestaci6nde Servicios para la Administracibn Pirblica de Nuevo Le6n, de conformidad con loestablecido en el articulo 5 y 15 fraccibn VI del Reglamento Interior de la OficialiaMayor de Gobierno, en debida concordancia con el articulo 8O incise d) de la Leyde Egresos para el ario 2005, CONVOCA a participar en el siguiente concurso:

No. De Concutio Conceptos Requeridos Capital Contable FechaMinim0 L/mite de

Reque r i do lnscripcibn

48090001-022-05 Adquisicibn de Vehiculos $ 3’300,OOO.OO 24lMayol05para el Consejo de a

D.A.S.G. 22305 Seguridad Ptibiica. ias i 300 hrs.

Fecha y flora Fe&a y tiara Costo delasde Junta de Presentacibn y BasesAclaraciones Apertura de

Propuesias261Mayol05 27Mayol05 $2,800.00

aias i i :OO hrs. ias ii& hrs. 1 $z;Xet 1

Nota: La descripcibn de 10s bienes y las demk especificaciones ycondiciones se sefialan dentro de las Bases del Concur-so.

I. INSCRIPCION DE PARTICIPANTES:

Los interesados debersn acudir a solicitar su inscripcibn en las oficinas de laDirecckn de Adquisiciones y Servicios Generales ubicadas en el 4to. Piso de laBiblioteca Central (Fray Servando Teresa de Mier) sita en la calle Gral. ZuazuaNo. 655 Sur zona centro en Monterrey, Nuevo Lebn, a partir de la fecha depublicackn de la presente Convocatoria, de Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00horas 6 en su case podran insc r ib i rse v ia electrbnica en la paginawww.compranet.gob.mx. en este mismo domicilio tendri verificativo el desahogode 10s eventos de esta licitacibn.

r

PAGINA 8 Monterrey, N.L., Mi&coles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

AL MOMENT0 DE LA INSCRIPCION LOS INTERESADOS DEBERANENTREGAR LA SIGUIENTE DOCUMENtACION:

a) Registro vigente en el Padron de Proveedores de Gobierno del Estado..

b) Escritura Publica Constitutiva y/o Poder ratificado ante Notario (para actosde Administration), con que acredite la personalidad que ostenta elrepresentante de la empresa para participar en el concurso e identificationoficial con fotografia.

c) Documentation que compruebe el capital contable minimo requerido,debera acreditarse con la declaration correspondiente al ejercicio fiscal del2004, o con estados financieros auditados y/o dictaminados por contadorpublic0 externo autorizado por la Secretaria de Hacienda y Credit0 Pljblico,correspondientes al ejercicio fiscal del 2004, asi mismo deberan depresentar carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representantelegal, en donde manifiesten que la documentation entregada, referente aeste requisito, contiene las cantidades correctas, asi mismo que el capitalcontable no tiene alteration alguna.

d) Declaration bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en 10ssupuestos dei articuio 34 de ia Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,Arrendamientos y Prestacion de Servicios para la Administration Pljblicadel Estado de Nuevo Leon.

e) Los interesados en participar en el concurso de referencia, deberanacreditar a m&s tardar en el evento de Junta de Aclaraciones, contar coninfraestructura suficiente p’ara cumplir con el suministro de 10s bienesconvocados, dicha infraestructura, debera estar ubicada en el areametropolitana de Monterrey, N.L.

La Convocante, con base en la information presentada por 10s interesados,procedera a la inscription de aquellos que cumplan con 10s requisitos sefialados,previo pago del costo de las Bases, reservandose el derecho de verificar lainformation proporcionada por 10s participantes en cualquier etapa del proceso.

La Convocante, con base en el analisis comparative de las proposicionesadmitidas y en sus propios presupuestos y programa base, previa opinion del

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mi&coles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 9

Comitk para el Control de Operaciones Patrimoniales emitirti un dictamen queservirti coma fundamento para el fallo mediante el cual se adjudicar5 el suministrode 10s bienes requeridos al participante que retina las condiciones legales,tknicas y ecohmicas requeridas por la Convocante y que garanticesatisfactoriamente el suministro de 10s bienes objet0 de la presente Convocatoria.

Los interesados que se inscriban por Compranet deberh enviar a la Convocantecopia del comprobante del pago, antes del evento de Junta de Aclaraciones,adem& deberh de setialar el nombre del Representante Legal.

A T E N T A M E N T EMonterrey, Nuevo Leh, a 11

DIRECTOR DE ADQUIS VICIOS GENERALESDE LA OFICIA

C.P. ALB U GONZALEZ

PAGINA 10 Monterrev. N.L., Mi&coles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

SECRETARIA DE OBRAS PirBLlCASDEL ESTADO DE NUWO LE6N

Coordinacih de Concursos y ContratosLicitacih Pirblica Estatal

Convocatoria: 010E l Gob iemo de l Es tado de Nuevo Leon , a traves de su SECRETARIA DE OBFiAS PUBLICAS DEL ESTADO DE NUEVO LEON, encumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Obras Publicas para el Estado y Municipios de Nuevo Leon, convoca a las personas fisicas ymorales que deseen participar en la licitacion para la adjudicaci6n de la obra que enseguida se indica:

concrete y pavimentos

ANTIC IPOS:En el contrato de la obra mencionada se pactara la entrega de dos anticipos: uno equivalente al I O % , para el inido de obra, y otro del2 0 % para l a compra y production de ma te r i a les de construccibn, a d q u i s i c i o n d e e q u i p o s d e instalacion permanente y demas i n s u m o snecesarios, del valor del contrato.

A). - REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR L O S INTERESADOSPrevio a la adquisicion de las bases, para quienes adquieran las bases en las oficinas de la convocante, o el dia y hora senalada paral a presentation de las p ropues tas tecnicas, dent ro o fuera de l sobre tecnico, para qu ienes adqu ie ran las b a s e s m e d i a n t e e l s i s t e m aCompraNet 10s interesados deberan presentar la siguiente documentation y otorgaran, en su case, las facilidades necesarias a laconvocan te para comprobar su ve rac idad :

1.2.

3.

4.5.

6.7.

8.

9.

Solicitud escrita, firmada Dar EL CONCURSANTE. su representante leaal o. en su case, el rewesentante comh.Estado Financier0 Auditado por Contador Plblico lndependiente o Declaration Fiscal Anual ambos del ejercicio inmediatoante r io r (Enero -D ic iembre 2004) que demues t re a l menos e l cap i ta l contable minim0 requerido.,En las b a s e s s e i n d i c a comadebe presentarse el Estado Financier0 Auditado y la inforfnacion complementaria a la Declaration Fiscal en formulario 22Testimonio del acta constitutiva y sus modificaciones, en el case de persona moral, o identification con fotografia, en case de serp e r s o n a f i s i c a .Copia de la CMula de ldentificacih Fiscal.Poder notariado a favor de quien frrmara las propuestas y, en su momento, el contrato.En luga r de es te document0 e l rep resen tan te l ega l para ac red i ta r su caracter podra presentar el document0 a que se refiere e lAcuerdo que crea e l S i s tema de Compras Electronico CompraNet Nuevo Leon , emi t ido por e l C . Gobemador Constitutional d e lEstado e16 de julio de 1999 y publicado en el Periklico Qficial del Estado el21 de julio del mismo atio.En su case, registro actualizado en la Camara que le corresponda.Copia de contrato, incluyendo cat&go de conceptos, y acta de entrega-reception, correspondiente al mismo contrato, de laempresa y curricula del personal tecnico a su servicio que comprueben su capacidad tecnica y experiencia en las obrasrequer idas en es ta convoca to r i a .Declaration escrita y bajo protesta de decir verdad, firmada Dar el concursante o su rewesentante lesal, de no encontrarseen alguno de 10s supuestos serialados en el articulo 44 de la Ley de Obras Publicas para el Estado y Municipios de Nuevo Leon.E n s u case, e l acuerdo p re l im ina r de asociacion, en es ta situation las empresas asoc i adas deberh p resen ta r i nd i v i dua lmen te10s requisitos 2 a 8. En las bases se indican 10s reauisitos minimos aue debe contener el Convenio de Asociacih.

B).- CONSULTA Y VENTA DE BASES

Las bases de la licitacion se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://vnvw.compranet.gob.mx, o bien en: Ave.Churubusco No. 495 Nte . , Co lon ia F ie r ro , C .P . 64590, Monte r rey , Nuevo Leon , tekfono 2020-7133, de lunes a v i e r n e s ; c o n e lsiguiente horario: 9:00 a 14:00 horas.

La forma de pago es : En convocan te : Med ian te cheque g i rado con ca rgo a una Institution National de Credito, e x p e d i d o a f a v o r d e l aSecretaria de Finanzas y Tesoreria General del Estado. En CompraNet mediante 10s recibos que genera el sistema.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mibrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 11

C).- PHESENTACICN, VISITA, IDIOMA, RECURSOS, MONEDA, CONDICIONES D E P A G O Y SUBCONTRATOSl E l Acto de presentation de p ropues tas t&cnicas y economicas , de ape r tu ra economica y j un ta de ac la rac iones seran el d ia y ho rai n d i c a d o s e n e s t a c o n v o c a t o r i a y s e Ilevaran a cabo en l a Sala de Jun tas de l a Direrzion de Cos tos y Con t ra tos , ub i cada en : Ave .Churubusco NCmero 495 N te . , Co lon ia F ie r ro , C .P . 64590 Monter rey , Nuevo Leon.l La visita al lugar de 10s trabajos se realizam partiendo de las oficinas de la Direccion de Ejecucion de Obras, sito en Ave.Churubusco No. 495 Nte., Colonia Fierro, Monterey, Nuevo Leon el dia y hora indicados en esta convocatoria.l E l idioma en que deberan presentarse las p r o p o s i c i o n e s sera: Espafiol.* La procedencia de 10s recursos es: Estatal.l Las monedas en que deberan co t i za rse las p r o p o s i c i o n e s sera: P e s o Mexicano.l L a s c o n d i c i o n e s d e pago son : Por un idades de obra terminada, med ian te es t imac iones que aba rquen pe r iodos no mayores de 39d ias na tu ra les , las que se pagaran dent ro de 10s 1 0 d i a s habiles s i g u i e n t e s a su reception po r l a Sec re ta r i a de F inanzas y TesoreriaGenera l de l Es tado .* Se podra subcontratar parfes de la obra.l Ninguna de las c o n d i c i o n e s e s t a b l e c i d a s e n las bases de licitacion, asi coma las p ropos i c iones p resen tadas po r tos licitantes, podranser negoc iadas .

D).- CRITERIOS GENERALES DE ADJUDlCACldNLos criterios generales para la adjudication del contrato seran: La convocante, con base en el analisis comparative de laspropos i c i ones admi t i das y en su p rop io p resupues to de l a ob ra , em i t i r a un dictamen que servira coma fundamento para el fallo. Enjunta publica o por notification escrita se dara a conocer el fallo mediante el cual se adjudicara el contrato a la persona que, de entre10s p roponentes :a).- Retina las condiciones legales, trknicas y economicas requeridas, b).- Garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato yc).- Cuente con la experienda requerida para la ejecucion de 10s trabajos.S i u n a v e z c o n s i d e r a d o s 10s criterios an te r io res resu l ta re que dos o mas p r o p u e s t a s s o n s o l v e n t e s y s a t i s f a c e n l a t o t a l i d a d d e Iosrequerimientos de la Dependencia, el contrato se adjudicara a quien presente la proposition cuyo precio sea mi bajo.

ARQ. ABEL GUERRA GARZASECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

PAGINA 12 Monterrey, N.L., Mi&coles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

AMPLIACl6N DE LA AVENIDA MIGUEL ALEMAN

SECRETARiA DE OBRAS PljBLlCASDEL ESTADO DE NUEVO LE6N

Coordinacih de Concursos y ContratosLicitacibn Ptiblica Estatal

Convocatoria: 011E l Gob iemo de l Es tado de Nuevo Le6n, a trav& de su SECRETARiA DE OBRAS PljBLlCAS DEL ESTADO DE NUEVO LEON, encumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Obras Pljblicas para el Estado y Municipios de Nuevo L&n, convoca a las personas fisicas ymorales que deseen participar en la licitacidn para la adjudicacibn de la obra que enseguida se indica:

. ‘- No; de i. Cost0 de las‘ _ j licki& ,. bas&

Fecha limite .,$nta d e Visita al lugar deklaiaciones

Presenta@& d e Act? de aperturade inscripcidn iila obra o 10s proposiciones y econbmica

t raba jos a p e r t u r a tkcnica48093001- $2,000 2310512005 23105/2005 2310512005 3010512005 0610612005

023-05 Cost0 e n 12:00 horas 09:OO horas 1 I:00 horas 13 :00 horascompraNET:

$1,500Clave FSC 1 Descripcibn genera l de la okra.(CCAOP) ‘.- -‘*

Expe r i enc ia r eque r i da F e c h a d e P l a z o d e Cap i t a l Contable:i ,.i -- inicio, : _ I ejecuci6n : Requer ido :.‘-

1020502 Construcci6n de carriles adicionales En construcci6n de 2210612005 150 dias $ 15,000,000.00en Paso a Desnivel ubicado en pavimentos asfilticos na tu ra lescarretera a Miguel Aleman en sutruce c o n A v e n i d a A c a p u l c o e n S a nNicok de /OS Garza, Nuevo Ltin

ANTIC IPOS:En el contrato de la obra mencionada se pactara la entrega de dos anticipos: uno equivalente al I O % , para el inicio de obra, y otro del2 0 % para la compra y p roducc ibn de ma te r i a l es de construccibn, adquisick de equ ipos de i ns ta lac ibn pe rmanen te y demk i n s u m o snecesarios, del valor del contrato.

A). - REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR L O S INTERESADOSPrevio a la adquisicibn de las bases, para quienes adquieran las bases en las oficinas de la convocante, o el dia y hora setialada paral a presentacibn de las p ropues tas tknicas, dent ro o fuera de l sobre tkcnico, para qu ienes adqu ie ran las bases med ian te el s i s t e m aCompraNet 10s interesados deberan presentar la siguiente documentacibn y otorgarhn, en su case, las facilidades necesarias a laconvocan te para comprobar su ve rac idad :

1 .2.

3.

4.5.

Solicitud escrita, firmada par EL CONCURSANTE, su representante leaal o, en su case, el representante comh.Estado Financier0 Auditado por Contador Pirblico lndependiente o Declaracibn Fiscal Anual ambos del ejercicio inmediatoante r io r (Enero -D ic iembre 2004) que demues t re a l menos e l cap i ta l contable minim0 requer ido . En las b a s e s s e i n d i c a comadebe presentarse el Estado Financier0 Auditado y la informacibn complementaria a la Declaracibn Fiscal en formulario 22Testimonio del acta constitutiva y sus modificaciones, en el case de persona moral, o identificacibn con fotografia, en case de serpersona fisica.Copia de la Cedula de Identificackm Fiscal.

6.7.

8.

9.

Poder notariado a favor de quien firmara las propuestas y, en su momento, el contrato.En luga r de es te document0 e l rep resen tan te l ega l para ac red i ta r su carkter podra presen ta r e l document0 a que se re f ie re e lAcuerdo que crea e l S i s tema de Compras Electrbnico CompraNet Nuevo L&n, emi t i do po r el C. Gobernador Constitutional d e lEstado el 6 de julio de 1999 y publicado en el Peri6dico Oficial del Estado el21 de julio del mismo afio.En su case, registro actualizado en la Chmara que le corresponda.Copia de contrato, incluyendo cat&go de conceptos, y acta de entrega-recepcibn, correspondiente al mismo contrato, de laempresa y curricula del personal kcnico a su servicio que comprueben su capacidad tkcnica y experiencia en las obrasrequer idas en es ta convoca to r i a .Declaracibn escrita y bajo protesta de decir verdad, firmada por el concursante o su reoresentante leoal, de no encontrarseen alguno de 10s supuestos seiialados en el articulo 44 de la Ley de Obras Pliblicas para el Estado y Municipios de Nuevo Lebn.E n s u case, e l acuerdo p re l im ina r de asociacibn, e n e s t a s i t u a c i b n las empresas asoc i adas deberan p resen ta r i nd i v i dua lmen te10s requisitos 2 a 8. En las bases se indican 10s reauisitos minimos aue debe contener el Convenio de Asociacih.

4. C O N S U L T A Y V E N T A D E B A S E S

L a s b a s e s d e l a licitaci6n se encuen t ran d i spon ib l es para consulta y venta en In te rne t : http://wwv.compranet.gob.mx, o b ien en : Ave .Churubusco No. 495 Nte . , Co lon ia F ie r ro , C .P . 64590, Monte r rey , Nuevo Lebn, tekfono 2020 -7133 , de l unes a v i emes ; con e lsiguiente horario: 9:00 a 14:00 horas.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L.. Mibrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 13

La forma de pago es: En convocante: Mediante cheque girado con cargo a una Institution National de Crkdito, expmxfido a favor de laSecretaria de Finanzas y Tesorerfa General del Estado. En CompraNet mediante los recibos que genera el sistema.

C).- PRESENTACIGN, VISITA, IDIOMA, RECURSOS, MONEDA, CONDICIONES DE PAGO Y SUBCONTRATOSl El Acto de presentaci6n de propuestas tecrkas y econrkkas, de apertura economica y junta de adaraciones seran el dla y horaindicados en esta convocatoria y se Ilevaran a cabo en la Sala de Juntas de la Direccibn de Costos y Contratos, ubicada en: Ave.Churubusco Nr3rtero 495 Nte., Colonia Fierro, C.P. 64590 Monterrey, Nuevo Leon.l La visita al lugar de 10s trabajos se realizara partiendo de las oficinas de la DirecciiKl de Ejecucibn de Obras, sito en Ave.Churubusco No. 495 Nte., Cdonia Fierro, Monterrey, Nuevo Leon el dia y hora indicados en esta convccatoria.’ El idioma en que deberan presentarse las proposiciones se& Espahol.l La procedencia de los recursos es: Estatal.l Las monedas en que deberan cotizarse las proposiciones sera: Peso Mexicano.l Las condiciones de pago son: Por unidades de obra terminada, mediante estimaciones que abarquen perirxfos no mayores de 30dias naturales, las que se pagaran dentro de 10s 10 dias habiles siguientes a su reception por la Secretarla de Finanzas y TesoreriaGeneral del Estado.l Se podra subcontratar parks de la obra.l Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitacion, asi coma las proposiciones presentadas por los licltantes, pcdranser negociadas.

D).- CRITERIOS GENERALES DE ADJUDICACIGNLos after& gene&s para la adjudiczion del contrato seran: La convocante, con base en el analisis comparative de lasproposiciones admftidas y en su propio presupuesto de la obra, emitir?r un dictamen que servira como fundamento para el fallo. Enjunta publica o por notificaciixl escrita se dara a conocer el fall0 mediante el cual se adjudicara el contrato a la persona que, de entreIrks proponentes:a).- Reuna las condiciortes legales, trknicas y economicas requerldas, b).- Garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato yc).- Cuente con la experiencia requedda para la ejecucion de los trabajos.Si una vez considerados 10s afterlos antetiores resultare que dos o mL propuestas son solver&s y satisfacen la totalidad de losrequerfmientos de la Dependencia, el conbato se adjudicara a quien presente la proposition cuyo precio sea m& bajo.

Monterrey, Nuevo Leon 11 da Mayo de 2005

ARQ ABEL GUERRA G/WA ISECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS E OBRAS PUBLICAS Nl

KNiJlXHCXiF.EI~

r

PAGINA 14 Monterrey, N.L., Mihrcoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

El Ciudadano Conk&r Ptiblico, Jose Antonio Elizondo Garza , Presidente Municipal de Apodaca, Nuevo Leon, a tcdos 10shabitantes de este Municipio, hate saber:

Que el Republican0 Ayuntamiento de Apodaca, Nuevo Leon, en Sesi6n Publica Qrdinaria, celebrada el dia 27-veintisietedel mes de Abril del aAo 2005-&s mil dnco, con fundamento en lo dispuesto par los articulos 115 fraction II da la Constitucbh Pollticade los Estados Unidos Mexicanos, 130 de la Constituci6n Politica del Estado de Nuevo Leon, 26 incise a) fracci6n VII, incise c)fracct6n VI, 27 fraccibn IV, 29 fraccl6n IV, 30 fraction VI, 31 fracct6n VI, 160, 161, 166 y 167 de la Ley Org&nica de la Administraci6nPirblica Municipal del Estado de Nuevo Leon, aprob6 por UNANIMIDAD de votos, el acuerdo de expedir el REGLAMENTO PARA IAAPERTURA, FUNCIONAMIENTO DE MOLINOS DE NIXTAMAL, TORTlLLERiAS Y SUS DERIVADOS, COMERClALlZAClbN EN LAVIA PUBLICA DEL PRODUCT0 QUE ELABORAN DE LA CIUDAD APODACA, NUEVO LE6N, quedando su contenido de la siguientemanera:

REGLAMENTO PARA LA APERTURA, FUNCIONAMIENTO DE MOLINOS DE NIXTAMAL,TORTlLLERiAS Y SUS DERIVADOS, COMERCfALfZAClQN EN LA Vk PUBLICA DEL PRODUCT0 WE ELABORAN

DE LA CIUDAD APODACA, NUEVO LE6N..

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1 ,- El presente Reglamento tiene por objet0 establecer las normas para el ejercicio del comercio para molinos de nixtamalexpendios de masa y tortillerias que se realicen dentro del municipio de Apodaca, Nuevo Leon. Se expide con fundamento en elArticulo 115 Fraccibn I, Ill de la Constituci6n Politica de 10s Estados Unidos Mexicanos, 131 Fracci6n I y II inclso 14 de la ConstitutionPolitica del Estado de Nuevo Leon, asi coma 160, 161 y 162 de la Ley Organica de la Administration Publica Municipal del Estado deNuevo Leon.

Articulo 2.- Las normas contenidas en el presente Reglamento son de orden publico, de inter& social y de observancia general entodo el territorio del Municipio de Apodaca, Nuevo Leon.

Articulo 3.- Para 10s fines y efectos de este Reglamento se consideran:

I.- Permiso Tipo ‘a’ 10s otorgados a comercio establecido.

II.- Permiso tipo “b’ 10s otorgados al comercio en la via publica.

II.- Molinos de nixtamal: Los establecimientos donde se prepare y/o procese masa de nixtamal, con fines comerciales.

Ill.- Tortillerias: Los establecimientos donde se elaboran, con fines comerciales las tortillas de maiz, de harina de trigo y sus derivados,por procedimientos mecanicos o manuales y utllizando coma materia, harina de maiz, harina de trlgo o masa de malz nixtamal izado.

IV.- Molinos-Tortillerias: Los establecimientos dondd se prepare y/o procese el nixtamal para obtener masa, con fines comerciales ydonde ademas se elaboren con 10s mismos fines las tortillas de maiz, de harina de trigo y sus derivados, por procedimientosmecanicos y manuales y utilizando coma materia prima la propia masa de nixtamal, harina de trigo, en todas sus presentaciones yderivados.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Miercoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 15

V.- Expendedo r ambu lan te : L a s p e r s o n a s f i s i c a s o m o r a l e s q u e s e d e d i c a n a l c o m e r c i o y distribuct6n de masa , t o r t i l l a s de ma i z , dehartna de trtgo y sus derivados, en la via publica.

Articulo 4.- El R. Ayuntamiento a traves de la DireuMn de Comercio, o cualquier 6rgano auxiliar que bte designe, elaborad unregistro de establecimientos, comercios, distribuidores y vendedores ambulantes, que se dediquen a la venta en la via publica a fin deexpedir y otorgar permisos a quien lo solicite y reirna 10s requisitos establecidos.

Los establecimientos existentes de conformidad con el Articulo 13 de este ordenamiento.

A r t i c u l o 5.- Los pe rm isos deberan ser re f rendados cada ario. cuando se t r a te de negoc ios es tab lec i dos y de manera mensua l cuandose trate de comercio en la via publica

A r t i c u l o 6.- No es ta ran su je tos a l p resen te Reg lamen to es tab lec tm ien tos cuyo g i ro comercial requ ie ra la utilizacibn de masa de har inade maiz, hartna de trtgo y sus derivados, corn0 materia prima dentro de su producto principal, tales wmo restaurantes, centrosbotaneros , taquer ia y fondas.

CAPITULO II.DE LAS AUTORIDADES C O M P E T E N T E S

Articulo 7.- Las autoridades competentes para la aptiiaci6n vigilancia y cumplimiento del presente Reglamento son:

I.- E l R . Ayun tam ien to ;

II.- El Presidente Municipal;

Ill.- E t Sec re ta r to de l R . Ayun tamien to ;

IV.- El Tesorero Municipal;

V.- Direcci6n de Comerc io ;

VI.- Los Inspectores de Comerdo;

VII.. Direo%n de Salud Municipal; y

VIII.- Direcci6n de Protecci6n Civil.

Articulo 8.- Son facultades del R. Ayuntamiento a traves de la Direcci6n de Comercio o la autoridad que este designe:

I.- Au to r i za r 10s pe rm isos que se sefiatan en el p resen te o rdenamien to .

II.- lnstrumentar a&ones de coordinaci6n y concertaci6n para et control de la comercializaci6r-r y distribuci6n de la masa de nixtamat,harina de trigo y sus derivados, con autoridades federales, estatales, municipales, asi coma con 10s sectores sociales y prtvado.

III.- lnstrumentar las condiciones generales de aplicacibn, inspecci6n y vigilancia del Reglamento.

IV.- Revisar, confirmar, mcditicar, revocar o nulificar, en su case, la autorizacidn y resoluci6n que en el ejercicio de sus atrtbucionesdicten las areas administrativas a su cargo.

V.- Establecer las condiciones particulares para el funcionamiento de 10s establecimientos, tos mecanismos de aplicaci6n deiReglamento y las sanciones.

VI . - Reformar , ad ic ionar y derogar las d i s p o s i c i o n e s ccntenidas en es te Reg lamento

VII.- Todas aquetlas que le confieran las leyes y reglamentos aplicables a las actividades aqui reguladas.

V I I I . - O to rga r e l camb io de domic i l i o , t r aspaso y e l r e f rendo de l pe rm iso o nega r l o cuando no se cump la con l o es tab lec ldo en es teReg lamento .

IX.- Firmar 10s permisos en aarerdo con el Presidente Municipal y el Director de Comercio.

X.- Recibir las solicitudes de permisos y turnartas a la Direccibn de Comercio para su estudio y dictamen.

PAGINA 16 Monterrey, N.L., Mihrcoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

XI.- Formular el procedimiento para garantizar el cumplimiento de las sanciones en case de que no se haya cumplido con las mismas.

XI I . - Otorgar permisos p re fe ren temente a 10s hab i tan tes que res idan en l a c iudad de Apodaca , Nuevo Leon

Articulo 9.- Son Facultades del Presidente Municipal:

a) Autorizar permisos provisionales no mayores de treinta dias

b) Revocar 10s p e r m i s o s p r o v i s i o n a l e s

A r t i c u l o IO.- Son facu l t ades de l Sec re ta r i o de l R . Ayun tam ien to :

a) Recibir las solicitudes y turnartas a la comisi6n correspondiente para su estudio, quienes la presentaran al cabildo para suaprobac ion o rechazo .

b) Notificar a 10s solicitantes la aprobacion o negacibn del permiso requerido

c ) Conocer de l recurso de incon fo rm idad

Articulo ll,- Son facultades del Tesorero Municipal:

lmponer las s a n c i o n e s a q u e s e haga acreedor et t i t u l a r de l pe rm iso o qu ien l o prkwea, po r con t raven i r es te Reg lamen to y l a Ley deHacienda para 10s Municipios y hacerlas efectivas.

A r t i c u l o 12.- Son facu l tades de l D i rec to r de Comerc io

a ) V ig i l a r l a correcta aplicacion de es te Reg lamento y p roponer las med idas necesa r i as t end ien tes a l me jo ram ien to de l a ac t i v i dadregu lada por es te o rdenamien to .

b) Coordinar, controlar y vigilar el padron de comerciantes

c) Expedir el gafete o credential de identidad con fotografia al titular del permiso, una vez aprobado

A r t i c u l o 13.- Son f acu l t ades de 10s Inspec to res de Comerc io :

a) Efectuar en coordination con otras dependencias Municipales y/o Estatales, visitas de inspection a 10s comercios a 10s que serefiere el presente reglamento, a fin de verificar las condiciones de seguridad e higiene, asi coma 10s permisos correspondientes.

b) Realizar las investigaciones de las solicitudes para 10s permisos

c) Llevar a cabo las indicaciones de la Direction de Comercio

d) E laborar las actas co r respond ien tes en las que consten las i r regu la r idades que se detecten y en genera l , las demas a t r i buc i onesp rev i s tas en es te Reg lamen to .

Artlculo 14.- Se otorgaran permisos para 10s siguientes tipos:

a) Fabrication y venta de masa de nixtamal, de tortilla de maiz, de harina de trigo y sus derivados, en establecimiento comercial, y

b) Venta de tortillas de maiz, de harina de trigo empaquetadas y sus derivados, en la via publica

Articulo 15.- Los permisos que otorgue el R. Ayuntamiento o en su case la dependencia que este designe, podran ser objet0 detraspaso cuando Bsta se va a explotar en el mismo negccio y cumpla el nuevo titular con 10s requisitos, asimismo se autorizarancambios de domicilio en el permiso, ~610 cuando correspondan al mismo titular, previo el pago de visto bueno de no adeudos, ante laT e s o r e r l a M u n i c i p a l .

A r t i c u l o 16.- Las Au to r i dades Mun ic i pa les de te rm ina ran e l numero d e p e r m i s o s q u e c o r r e s p o n d a n a l e j e r c i c i o d e e s t a s a c t i v i d a d e s yestara sujeta a las areas que la propia autoridad determine, salvaguardando aquellos lugares que afecten el inter& ptkrlico, la vial&do la imagen urbana.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mibrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 17

CAPITULO Ill.DEL TRAMITE DE SOLICITUD DE PERMISOS

Articulo 17.- Las personas fisicas 0 rnorates podran tramitar cualquiera de los pemkos sefiaiados en et articulo 14 det presenteReglamanto, debkndo presentar la sotidtud y el pago del vista bueno respeotivo ante la dependenota que corresponda, qukn deberatumada at C. Director de Comercio, para su dictamen.

I.- DEL COMERCIO ESTABLECIDO

Articulo 18.- Los interesados en obtener permisos para comercio establecido deberfin cumplir con los siguientes requisitce:

I.- Deberan solicitar par escrito donde conste nombre det solttte, nacionalidad, giro det negocio o comercio, domicilio dd local olocdesparaelquesesoliciteydomiciliofiscalendonderedbirnotificadones. Enetcasodepersonarnoratadem&deberaacredkirsu persodll con acta constitutiva de la ampresa 0 so&d&, que contenga tos datce de inscrtpcion, ante el Fkgistro Priblii de laPropledad y del Come& y poder general notarial, otorgado conforme a la tegisla&n civil de la Entidad Faderativa de que se trate.

II.- Copta da rectbo de pago de visto bueno ante la Tesoreria Municipal.

Ill.- AutorkacitHl de uso de suelo otorgada por la autoridad municipal, correspondiite.

IV.- Certification de la Direction de ProtecxMn Civil, sobre seguridad en instalacfones de gas (en el case de soltcitudes de parrniso tipoA), o en su defecto par la Unldad Estatal de Pro&&n Civil.

V.- Estudio de impact0 ambiental realizado por la Dir&&n de Ecologia Municipal (en el case de solicitudes de pemrisos tipo B).

VI.- Copia de credential de elector.

VII.- Copia de C.U.R.P.

VIII.- Copia de alta de personas morales ante la S.H.C.P.

IX.- Copia de la crktula de identiii&n fiscal otorgada por la S.H.C.P. para personas morales.

X.- Autorizact6n correspondiente de la Secretaria de Salud del E&do.

XI.- Plano de ubicacton del inmueble.

XII.- Se ton& en cuenta la densidad geografka y demograftca que existe en la zona que se pretende establecer el giro.

XIII.- Para la instalacion de un establecimiento de nueva crea&n, tendra que contar con una distancia de seiscientos metros lineales,de otro negocio similar, de acuerdo al giro que sa pretenda estabtecer.

XIV.- El horarto para llevar a cabo cualquier giro sera de 6:OCt a las 18:00 horas.

II.- DE LA ViA PUBLICA.

Articulo 19.- Todo productor de masa de ktamal, de harina de trigo, tortillas y sus derivados, que comercialice en kste municipio,para la distrtbuci6n de su producto en la via pirblica estara sujeto al presente reglamento, quien podra obtener el permiso de laAutoridad municipal para ejercerto, mismo que debera solicitar en la Direccibn de Comercio.

Articulo 20.- Para obtener el permiso debera de cumpiir con Ios siguientes requisitos:

I.- Anexar el croquis del area en la que va ha comercializar su producto elaborando las rutas determinadas, trayectos, colonias yhorarios en que realiza dicha actividad.

PAGINA 18 Monterrey, N.L. , Miercoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

II.- En case de realiw la tividad en vehkulo de motor, trkiclo, 0 cualquier otro tip0 que se u&e coma banspo&, deber&r contarconlarazdnsocialalaquepertenece,yaseapersonafisicaomorddondeseindique,nom&edelatortilleria,asianw,eldaniciliodonde se etabora el producto.

Ill.- Todo vehkulo de motor, que se utilice para la distribuckn de las tortillas debera contar con seguro de responsabiliiad civil, aslcoma tamblen el conductor de la unidad debera contar con la licencia de chafer v*kente, a fin da saivaguardar bs intemses de tercerosen case de accidente.

IV.- Al realizar la venta de la tortilla en la via pWica, debera cumptir con las nonnas establecidas par la Secretada de Salud deiE&do, asi coma el Reglamento Municipal Conespondiente.

V.- No debed transgredir el Area de influencia de negocios establecidos que se dedkan a la venta de tortillas, molino nixtamalizado omotinos-tortillerias en un radii de 300 tresckntos metros radlales.

VI.- En case de que tenga necesidad de anunciarse, par medio del perifoneodebera solicltar el permiso ante la Autoridadconespcndiente d cual debera anexar al solicitar el permiso.

VII.- Podran ejercer un horario de las 900 a las 16:oO how, para el efecto de llevar a cabo esta actividad

VIII.- Queda estrictamente prohibido comercializar la venta de tortillas y sus de&ados, si no se cumplen 10s lineamientos que semencionan en et presente articulo.

IX.- Las demas que obliguen Bste reglamento.

Articulo 21.- La solicitud que se presente de manera incompleta, a falta de un document0 se le conceder4 al solicitante un plazomaxim0 de 30 dias naturales para que cumpla con los mquisitos establecidos en el artkulo 20 del presente reglamento. Transcurridodkho termino sin que hub& subsanado la defkiencta, se tendra por desechada la solicitud.

Artkulo 22.- El promovente que no hubiera prosperado en los tramites requeridos para la obtencion de su permiso, tendra el derechode formular nueva solkitud para poder obtener el mismo.

CAPITULO IV.DE LAS OBLIGACIONES

Articulo 23- Son obligaciones de los propietarios, administradores o encargados de 10s establecimientos:

I.- Contar con permiso de funcionamiento, legalmente expedido en l& t$rminos de este Reglamento.

IL- Conservar en el domicilio donde fue debidamente registrado ei negocio y en un lugar visible al publko, el document0 original delpermiso o certificacir5n del mismo.

Ill.- Facilitar las inspecciones al personal autorizado por el R. Ayuntamiento, asi coma par la Direccidn de Comercio u otra que pudieradesignarse, proporcionWole libre acceso, 10s dates, informackn y element06 que les soliciten, con el objet0 de que constaten elcumptlmlento de las dlsposkknes contenidas en este Reglamento.

IV.- Sujetarse estrictamente al giro que se establece el pemtiso y utilizar el establectmiento para ese mismo fin.

V.- Comunicar por escrito a la Direction de Comercio, la suspensidn o terminackn de actividades, traspasos, cambio de domicilio,dentro de 10s diez dtas h&riles siguientes despu4rs que se presente cualquiera de los supuestos.

VI.- Mantener limpia la acera del establecimiento, asi coma su interior.

VII.- Las demas que les senalen otras Leyes y Reglamentos.

CAPITULO V.DE LAS VISITAS DE INSPECCI6N

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mibcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 19

Articulo 24.- Las inspecciones de verification o inspecci6n, pcdran ser ordinarias y extraordinarias, las primeras se efectuar&t en diasy horas habiles y las segundas en cualquier tiempo.

Articuto 25.- Los inspectores de Comercio, para realizar visitas de verificacitKl o inspection deben% estar provistos de las actasrespectivas, debidamente foliadas para llevar a cabo sus funciones, ademL del oficio de comisi6n expedido pot et Secretado del R.Ayuntamiento.

Articulo 26.- Al iniciar la visita, el inspector de Comercio debera exhibir el oficio de comision, asi coma su credential vfgente confotografia, expedida por el R. Ayuntamiento, que lo acredite para desernpefiar diia funcion

Articulo 27.- De toda visita de inspection o verificaciorr que se practique, se levantara acta de inspection en presencia de dos te$pspropuestos por la persona con quien se entienda la diligencia o quien la practique, si aquella se hubiera negado a pro@nedos.

Articulo 28.- De toda acta se dejara copia a la persona con quien se entendi6 la diligencia, aunque se hubiere negado a fimrar, to queno afectara la validez de la misma, ni el documento de que se trate, siempre y cuando el inspector o verificador haga constar estacircunstancia en la propia acta.

Articulo 29- En las actas se hara constar:

I.- Nombre, denomination o razon social del visitado.

II,- Hora, dia, mes y aiio en que se inicie y/o concluya la diligencia.

Ill.- Calle, numero, poblacion o colonia, municipio, &dig0 postal y entidad federativa en que se encuentre ubicado el lugar en que sepractique la diligencia.

IV.- Numero y fecha del oficio de comision que lo motive, asi coma nombre y cargo de la persona que lo expidih

V.- Nombre y cargo de la persona con quien se entendio la diligencia.

VI.- Nombre y firma de personas que fungieron coma testigos.

VII.- Datos relativos a la actuation.

VIII.- Dectaracion del visitado, si quisiera hacerla, y

IX.- Nombre y firma ae quienes intervinieron en la diligencia, incluyendo 10s de quienes la hubieran llevado a cabo.

CAPITULO VI.DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

Articulo 30.- Todos 10s elementos que constituyen la instalacion de un molino tales coma bielas, manivelas, cigkftales, vdantes,flechas de transmision, poleas, bandas, cadenas, cables, engranes, embargue, contrapesos, cuftas y todos aquelfos efementasutilizados en la transmision de energia me&mica, quedaran sujetos a lo prevenido en Ios articulos 153, 164, 166, 156 y dem&relativos del Reglamento de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y por ningirn motivo tendra acceso el p&ffko aI lugerdonde se encuentre instalada la maquinaria.

CAPITULO VII.DEL TRASPASO Y CAMBIO DE DOMICILIO

Articulo 31.- Los molinos de nixtamal y tortillerias podran traspasarse o hater cambio de domicilio distinto al que tiene, previaautorizacibn del R. Ayuntamiento a traves de la Dkeccf6n de Comercio, debtendo cumplir con los siguientes requisftos:

I.- Se debera anexar el pemriso en original a la sokitud.

II.- Cumdir con 10s reouisitos estabkcidos en el articulo 20 del presente reglamento.

PAGINA 20 Monterrey, N.L., Mihrcoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

Ill.- Identificaci6n oficial de las personas que lo van a realizar

Articulos 32.- Para realizar el cambio de domicilio del molino de nixtamal y tortillerias deberan presentarlo por escrito ante la Direcci6nde Comercio indicando el numero de permiso, asi coma el domicilii del nuevo local en donde se pretende instalar el negoch

Articulo 33.- Una vez instalado el establecimiento de nuevo locaj y cumpliendo todos 10s requisitos del articulo 20, el permiso anteriorquedara automaticamente cencelado.

Articulo 34.- En case de traspaso del establecimiento debera solicitarse la modificacibn del peniso al R. Ayuntamiento a traves de laDireccibn de Comercio, mediante escrito formulado por el cedente y el cesionario, acompaftando identificacibn oficial, original delpermiso respective asi coma el comprobante del domicilio en el cual se encuentra el establecimiento.

Articulo 35.- Una vez que se otorgue al cesionario el permiso respective quedara automaticamente cancelado el permiso del cedente.

Articulo 36.- Hasta en tanto el R. Ayuntamiento expida el nuevo permiso, podra seguir funcionando el establecimiento al amparo de lacopia de solicitud, traspaso o cambio de domicilio en que conste el sello de la recepci6n de la dependencia correspondiente.

Articulo 37.- En cuanto al articulo anterior el solicitante tendra un termino de treinta dias naturales, para agilizar 10s tramites de susolicitud, traspaso o cambio de domicilio, en case contrario se cancelara el tramite que corresponda.

CAPITULO VIII.DE LAS SANCIONES

Articulo 38.- El incumplimiento a lo dispuesto en este Reglamento serb sancionado administrativamente con base a las actuaciones deinspecci6n o verificaci6n levantadas, en 10s resultados de la comprobaci6n y verificacibn, o con base en cualquier otro element0 ocircunstancia que acredlte en forma fehaclente la Infraccl6n.

Articulo 39.- Las sanciones aplicables seran las siguientes:

a) Para comercio establecido:

I,- Amonestaci6n con apercibimiento;

II.- Multa equivalente al monto de diez a cincuenta dias de salario minima vigente en el Estado;

Ill.-Clausura temporal, hasta en tanto no se subsane la irregularidad omitida;

IV.- Clausura definitiva; y

V.- Revocaci6n o cancelaci6n del permiso.

b) Para venta en la via publica:

I,- Amonestaci6n con apercibimiento;

!I.- Multa equivalente al monto de diez a cincuenta dias de salario minim0 vigente en el Estado;

lil.- Aseguramiento provisional de vehlculos e implementos de trabajo, asi coma decomiso de mercancia; y

iv.- Revocaci6n o cancelaci6n del permiso

Articulo 40.- En case de reincidencia, se duplicara la sanci6n impuesta por la infracci6n anterior, sin que exceda del mkimo.

Articulo 41.- Son causas de clausura temporal las siguientes:

I.- Cuando tenga mas de dos multas consecutivas en un lapso de treinta dias naturales por la misma infracci6n.

II.- Al realizar la venta del producto en la via publica, no cuente con el certificado medico que otorga la Secretaria de Salud Municipal,asi coma incumpla con las condiciones de salubridad e higiene.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mkrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 21

Ill.- Identificaci6n ofcial de las personas que lo van a realizar.

Articulos 32,- Para realizar el cambio de domicilio del molino de nixtamal y tortillerias deberan presentado par es&o ante la Direcci6nde Comerdo indicando et nlirnero de permiso, asi coma et domicilio del nuevo bcat en donde se pretende instdar d negocio.

Articulo 33.- Una vez instalado el estabkcimiento de nuevo local y cumptiendo todos 10s requisites del artlcuto 20, el permiso anteriorquedara autom&camente cancelado~

Articulo 34.- En case de traspaso del establecimiento debera sdicitarse la modificaci6n del permiso al R Ayuntamiento a travks de laDirecci6n de Comercio, mediante escrito formulado par el cedente y el cesionario, acompa&ando identigcaci6n oficial, orfginal delpermiso respecttvo asi coma el comprobante del domicilio en el cual se encuentra el establecimiento.

Articulo 35 Una vez que se otorgue al cesionario el permiso respective quedara automaticamente cancelado et permiso del cedente.

Articulo 36.- Hasta en tanto el R. Ayuntamiento expida el nuevo permiso, podra seguir funcionando el establecimiento al amparo de lacopia de solicitud, traspaso o cambio de domicilio en que conste el sello de la recep&n de la dependenda conespondfente.

Articulo 37.- En cuanto al articulo anterior el solicitante tendra un termino de treinta dias naturales, para agilizar los tramites de susolicitud, traspaso o cambio de domicilio, en case contrario se cancelara el tr&mite que corresponda.

CAPITULO VIIIDE LAS SANCIONES

Articulo 38.- El incumplimiento a lo dispuesto en este Reglamento sera sancionado administrativamente con base a las actuaciones deinspecci6n o verificacibn levantadas, en 10s resultados de la comprobaci6n y verificaci6n, o con base en cualquier otro elemento ocircunstancia que acredite en forma fehactente la infracci6n.

Articulo 39.- Las sanciones aplicables seran las siguientes:

a) Para comercio establecido:

I.- Amonestaci6n con apercibimiento;

II.- Multa equivalente al monto de diez a crncuenta dias de salarto minim0 vigente en el Es&do;

IIL-Clausura temporal, hasta en tanto no se subsane la irregularidad omitida;

IV.- Clausura definitiva; y

V.- Revocacibn o cancelaci6n del permiso.

b) Para venta en la via publica:

I.- Amonestaci6n con apercibimiento;

!I.- Multa equivalente al monto de diez a cincuenta dias de salario minim0 vigente en el Estado;

IiL- Aseguramiento provisional de vehiculos e implementos de trabajo, asi coma decorniso de mercancia; y

iv.- Revocaci6n o cancelaci6n del permiso

Articulo 40.- En case de reincidencia, se duplicara la sanci6n impuesta por la infracci6n anterior, sin que exceda del maxima.

Articulo 41.- Son causas de clausura temporal las siguientes:

I.- Cuando tenga m&s de dos multas consecutivas en un lapso de treinta dias naturales por la misma infracci6n.

II.- Al realizar la venta del producto en la via publica, no cuente con el certificado medico que otorga la Secretaria de Salud Municipal,asi coma incumpla con las condiciones de salubrldad e higiene.

PAGINA 22 Monterrey, N.L., Mihcoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

Miculo 42.. A 10s que realicen la actividad de comerciakar en la via pbblica y al sdiithele el perrniso correspondiente, no cuentecon este, se pro&era al aseguramiento provisional de su vehtcuto e irnpW&os de trabajo y en case necewfo, se decor&& sumercancla, aden@ se le apticara la sancion correspondiente y se le con&era un tkmino de seis mews a fin de que gestione ladevoluct6n de los articutos no perecederos, si transcumdo dicho ptazo no se reclama, se constderaran abandonados y se procederade acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento Municipal correspondiinte.

I.- Cuando al realizar su actividad en la via publica, no.muestre el permiso correspondlente, se procedera at aseguramlento provisionalde su vehkulo e implementos de trabajo, en tanto no sea liiidada la sanc%n correspondients,encasonecesario,se~aldecomiso de la mercancia.

II.- Cuando al anunciarse por perifoneo en la via publica no muestre el permiso para realizar dicha acttvidad.

Ill.- Al realizar la venta detproducto en la via pWca, no cuente con el certificado rnkfico que otorga la Direction de Satud Municipal,asi coma lncumpla con las condicicnes de salubridad e higiene.

Articulo 4% Son causas de clausura definitiva del establecimiento, asi coma de revoca&n o car&a&n del permiso las siguientes:

I,- Transferir o vender el permiso sin la autorizaci6n de la Autoridad Municipal.

II.- No cumplir con las disposiciones sanitarias vigentes aplicables.

Ill.- Reincidir en faltas graves tales coma salubridad, seguridad, salud e higiene, del establecimiento comercial, ast coma de supersonal, reglamentadas por la Autoridad Municipal, y

IV.- Proporcionar informacibn falsa en 10s tramites de la solicitud del permiso.

Articulo 44.- El cumplimiento de las sanciones no exime a 10s infractores de corregir las irregularidades que dieron lugar a &as.

CAPITULO IX.DEL RECURS0 DE INCONFORMIDAD

Articulo 45 Las resoluciones y actos administrativos que dicte la Autoridad Municipal con motivo del presente reglamento, pod& serimpugnadas por 10s interesados, mediante la interposici6n del Recurso de inconfomtidad.

Articulo 46.- El recurso de lnconformidad debera formularse por escrito, debidamente firmado por el recurrente o por su legitimorepresentante acreditado. El escrito podra contener:

I.- Nombre y Domicilio del inconforme.

II.- El inter& legitimo y especifico que asiente el recurrente.

lil.- La autoridad que ditto el acto recurrido.

IV.- La menci6n precisa del acto de autoridad que motiva la interposition del recurso.

V.- Los conceptos de violation;

VI.- Las pruebas que ofrezcan, y

VII.- Lugar y fecha de la promotion.

Articulo 47.- El recurso de inconformidad se interpondra por escrito ante la Secretaria del Ayuntamiento, dentro del Urmino de quincedias habiles siguientes a la fecha de que se notifique la resoluci6n o act0 administrativo que se impugna.

Articulo 48.- Admitido el recurso se citara a una audiencia de pruebas y alegatos que se celebrara dentro de 10s cinco dias hhbilessiguientes.

.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mikrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 23

Articulo 49.- Celebrada la audiencia de pruebas y alegatos, dentro%e 10s 15 quince dias habiles siguientes, la autoridad, confirmar8,modiicar~ 0 revocara el act0 recunido

Articulo 50.- La admisi6n del recurso suspendera la ejecuci6n de la sanci6n econ(xnica, hasta en tanto no se tenga la resoluci6n delmismo.

Articulo 51.- Para tcdo lo no previsto en este reglamento se observarhn de manera supletoria las disposiciones del Wig0 Proa?salCivil Vigente en d Estado.

ARTICULO TRANSITORIO

PRIMERO.- El presente reglamento entrara en vigor al dia siguiente de su pubiicaci6n en el PeriMico Oficial en el Estado de Nuevo~&N-I, 6rgano Oficial del Gobiemo del Estado.

Apodaca, Nuevo Lebn, 27 de Abrli de12005

C. P. JOSE ANT0

PRESIDENCIA MUNICIPALAPODACA, N. L.

LIC. GAf?zAienlo

PAGINA 24 Monterrey, N.L., Mibrcoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL *,.-.

FE DE ERRATAS

Al Reglamento de Acceso a la Informaci6r-r Publica del Municipio de Apodaca, Nuevo Leon, en el articulo 6, impreso en Iipagina 33 del Periodic0 Oficial publicado el9 de Febrero del presente ario, el cual:

PAGINA 33 DEL PERIdDICO OFICIAL, ARTiCULO 6II

A LA LETRA DICE:

REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORhWl6N PljBLlCADEL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LEON

ARTkULO 6. La Autoridad negara la information, en 10s siguientes cases:

XVII

XVIII

XIX

xx

XXI

XXII

XXIII

XXIV

XXV

XXVI

XXVII

XXVIII

XXIX

Derogada.

Derogada.

,,.,.,,.,,*,,.,.,..,,,,....,,,,..,.,.,.....,,,..,....,,..... * ,,.... . ,,,,,... * . . . . . *.....*.*.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Derogada.

,,.,....,,,....,,,.,..,.,,....,.. * .,....,,,,.,.,,,.,...,.,,,....,.,,,..,..,,,,. .*.*.....*.* .,,. .*.*.*. ..,.. *...*..* . . . . . .a

. ...,,,... .**. . . . . . . . . . . . . ..** ,,,..,,,.,.,. . ..*.......* . . . . . . .,,.,.....,.,...,,,....,,,,,., * .,..,.,. * . ,,.,.. *.*......a.*..

Derogada.

Derogada.

Derogada.

La que por Ley sea considerada confidential, reservada, comercial reservada o gubernamental confidential;

La que de hacerse del conocimiento public0 podria menoscabar, alterar 0 poner en peligro el orden social ola integridad fisica de cualquier individuo;

X X X La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que forman parte del procesodeliberative de 10s funcionarios publicos, hasta en tanto no sea adoptada la decisi6n defmittva, la cual debera estardocumentada.

XXXI La que de hacerse publica afecte la seguridad del Municipio.

XXXII Cuando se trate de particulares relativa a datos personales y sea recibida por la Autoridad bajo condition dereserva de conformidad con alguna disposicibn legal, o este relacionada con la propiedad intelectual, patentes o marcas enpoder de las autoridades, en la forma prevista por alguna ley;

DEBE DECIR

REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORhlACl6N PUBLICADEL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LE6N

ARTiCULO 6 . La Autoridad negara la informaci6n en 10s siguientes cases:

I. Derogada.

II. Derogada.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mikrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 25

Ill.

I V .

V.

V I .

VII.

VIII.

I X .

X.

X I .

XII.

XIII.

XIV.

XV.

XVI.

Estado.

Derogada.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..I.......

Derogada.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,......... . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . *...* . . . . . . . . . . . . . . . . . ...*... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Derogada.

Derogada.

Derogada.

La que por Ley sea considerada confidential, reset-&a, comercial reservada o gubemamental conftdencial;

La que de hacerse del conocimiento public0 podria menoscabar, alterar o poner en peligro el orden social ola integridad fisica de cualquier individuo;

La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que forman parte del prow0deliberativo de 10s functonarios pirbticos, hasta en tanto no sea adoptada la decision definitiva, la cual debera estardocumentada.

La que de hacerse publica afecte la seguridad del Municipio.

Cuando se trate de particulares relativa a datos personales y sea recibida por la Autoridad bajo condition dereset-va de conformidad con alguna disposition legal, o este relacionada con la propiedad intelectual, pekntes o marcas enpoder de las autondades, en la forma prevista por alguna ley;

Lo anterior se publica &on fundamento en lo establecido por 10s articulos 18,19,20 y 21 de la Ley del Pen&o Dfkial del

Apodaca, Nuevo Leon, a 3 de Mayo de 2005

PAGINA 2 6 Monterrey, N.L., Mikrcoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

El Ciudadano Contador Publico, Jose Antonio Elizondo Garza , Presidente Municipal de Apodaca, Nuevo Le6n, a todos 10shabitantes de este Municipio, hate saber:

Que el Republicano Ayuntamiento de Apodaca, Nuevo Lebn, en Se&n POblica Ordinarla, celebrada el dla 134rece delmes de Abril del at70 2005dos mil cinco, con fundamento en lo dispuesto por los articulos 115 fraccib II de la Constitucih Polka de10s Estados Unidos Mexicanos, 130 de la Constttuckn Polltica del Estado de Nuevo Le6n, 26 in&o a) fraccib Vll, inch c) fraccbnVI, 27 fracci6n IV, 29 fracci6n IV, 30 fracci6n VI, 31 fraccl6n VI, 169,161,166 y 167 de la Ley Org&ica de la Administraci6n PQblicaMunicipal del Estado de Nuevo Le6n, aprob6 por UNANIMIDAD de votes, el acuerdo de modikar el segundo p&r&o del artfculo 15del REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACl6N PUBLICA DEL MUNICIPIO DE AFQDACA, NUEVO LE6N cuyo objet0 e sregular el ejercicio de derecho al acceso a la informaci6n oub!isa, quedando su contenido de la siguiente manera:

REGLAMENTO DE ACCESO A LA INFORMACldN PirBLlCADEL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LEbN

ARTiCULO 15.- Los FUNCIONARIOS PUBLICOS Municipales, que reciban, solicitudes de Informaci6n Publica, invariablementedeberan canalizartas al dia siguiente habil, a la SECRETARIA DE TRANSPARENCIA, quien en forma conjunta con eltos, haran elanalisis del contenido de lo solicitado y determinaran su procedencia o negativa.. De ser procedente, la dependencia correspondientedara inicio al proceso de dicha solicitud y proporcionara la informaci6n requerlda a la SECRETARIA DE TRANSPARENCIA, quien esla resprksable de redactar y fundamentar la respuesta al SOLICITANTE.

En la lnteligencia de que la LAIPNL, otorga diez dias habiles para investigar y redactar la respuesta en ttempo y forma, 10sFUNCIONARIOS PUBLICOS Municipales seran 10s responsables solidarios, de canalizar a tiempo las solicitudes de informaci6n a laSECRETARIA DE TRANSPARENCIA, asi coma proporcionar la informaci6n completa para su respuesta, case contrario se haranacreedores a las sanciones previstas en la mencionada Ley.

A RTiCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO. La Secretaria del Republican0 Ayuntamiento debera de turnar, para su publicaci6n el presente REGLAMENTO alPerWco-Oficial del Estado. De conformidad con lo establecido en el Articulo 27 Fracci6n IV y 167 de la Ley Organica de laAdministraci6n Publica Municipal, y 76 Fraccibn VI del Reglamento Interior del Republican0 Ayuntamiento de la ciudad de Apodaca,Nuevo Le6n

SEGUNDO. El presente REGLAMENTO entrara en vigor al dia siguiente de su publicaci6n en el Peri6dico Oficial del Estado.

TERCERO. Lo no establecido en el presente REGLAMENTO, se atendera a lo previsto en la LEY DE ACCESO A LA INFORMACICNPUBLICA DE NUEVO LEON.

ril de12005

C.P. J DoGAwRESIDENCIA MUNICIPALAPCDACA, ti. L.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mikrcoles 11 de Mayo de 2005 PAGINA 27

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Sl.MxlNota:iadesapddndebsbienes.aslamolas~espedficacianesycaracterlsticasse~~de~asbases

~debases:E~asu~parasuventa.enefectivoomedantecheqoecertificadoodecajaaknrade~deSaluddeNuevoLe6n.O.P.D..o~sucon~hasta~diashabilescon$dosapartidesu~.enelsiguientehaario:9:00a1430 trs.. yen Internet [email protected], me&Me bs recibos que genera este sistema.

I I . hlsaipci6ndepartidpantes:LosinteresadosdeberBnacudrasoCcitarsui~enlaoficinadelDepartamentodeAdquisidones. tbicado en MatamorosNo. 520 Ok 1s. Pi. Cenko de Monterrey, Nuevo Le6n. C.P. 64000. a park de la fecha de public&i de la pesenteconvocataria,enunhorariodeLunesaV~de9:00a14:00tus..oparasolicitarinformesalos~81 307OOOext7147.81 30 70 47.

Ill. Al mom&o de regisbu e insaipcibn de los interesados debe6n entregar la siguiente documentacibn:Regis~ovigenteenelPadr6ndeProveeQresdeGobiemoddEstadodeNuevoLe6n.-Infanw%n s&e la awqailia, Anexo @A) de tas bases.-1lathbse de Pefsonas Yorales: Los repesentantes de las empsas park&antes cpe asistan. deber&n acreditx denbu detperbdo da insapci6n. la personal&d juridica que o&&n, aa-editacidn que se h& mediante Esaitwa P&Iii debidamenteinsaita en el Registm Piblico de la Pmpiedad y del Comer& y/o Podw ratScado ante No&o PirMico. En el case de queanparezcaalosacbsdepresentac&nyapertuadeppoWows t&niiyea&mii,asfaxnodefSb,personadislintaabquehmaiasproposiciones.~acredtarsupersonalidadm~nte~podersbnple.otorgadaanbdwtestigos,enlaquesejusWiquequeelRepresen$nbLegalbenefacultadesparaotorgarlepoderyloau~paracomparecer a dichos a&s..asimkmodebe&presen$ridentificaci6noliciaiconfotogafia.-1lawabse da Persam nsicas:~acredi~arsupersonalidada~(sde:ConstanciadealtaenhSeaetariadelWiendayMbPe*idantihcaci6nofidalconb~fia.

IV. Lugardon&sere0tiitoseventos:Todoslosewntr~~se-entaSatadeJuntasdelaS-deR-Mater&s. hka& en Matamaus NC. 520Ok. ler.Piso,Cenb~detaCktd~IdeMu~terrey. N.L.C.P.64000.

PAGINA 28 Monterrey, N.L., Miercoles 11 de Mayo de 2005 PERIODIC0 OFICIAL

AVIS0 N O T A R I A L

Se ha denunciado con esta fecha (11) once de Marzo de (2005) dos mil cinco en la Notaria a micargo, el JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO a bienes de la setiora MARIA LUISA

LANDEROS RENTERIA.

Se convoca a todas las personas que se consideren con derecho a la herencia, para quecomparezcan a deducirlo dentro de 10s treinta dias a partir de la publication de este Aviso.

Se publica este aviso en cumplimiento a lo preceptuado por el Articulo 783 del Codigo deprocedimientos Civiles vigente en el Estado.

&lontemorelos, N. L., a 11 de Marzo de 2005.__ - -. _

LIC. FRANCISCO GONZALEZ SALAZAR.NOTARIO PrjBLlCO NljMERO 68.

GOSF380705KAO.-Orden No. 633.- 11