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GOBIERNO NACIONAL Paraguny deugente Scerctaria NACIONAL DE DEPORTES Asunción, 15 de setiembre de 2020 INFORME DE PRECIoS UOC 012/2020 La Unidad Operativa de Contrataciones de la Secretaria Nacional de Deportes, en Cumplimiento a la Resolución DNCP N°1890/2020, POR LA CUAL SE REGULA LA ESTIMACIÓN DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PRoCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PUBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03..., de conformidad al ANEXO "Guia para elaboración de precios de referencia..." emite el siguienteinforme en relación al llamado a LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL 05/2020 CONSTRUCCION - READECUACION DE PLAZAS DEPORTIVAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA - CONTRATO ABIERTO, ID 379.139, a fin de explicar el mecanismo adoptado para la obtención de los precios referenciales, del llamado en cuestión. En primer término, debemos señalar la normativa en virtud a la cual se elabora el presente informe, y tal como se señala en el acápite, nos referimos a la Resolución SND 1890/2020, la que en su parte pertinente señala: "Método para la Elaboración de Precios Referenciales: Las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las siguientes opciones: 1. Precios ofrecidos por empresas al público en general para el bien, obra o servicio requerido por la Convocante, ya sea que tales ofertas hayan sido realizadas en un portal público de internet, o a través de publicaciones periodísticas, revistas u otro medio comprobatorio idóneo. 2. Precios publicados por cámaras, organizaciones, instituciones, organismos del sector público o privado, nacional o internacional, que puedan ser verificados en revistas, páginas web, catálogos, u otros documentos, respecto de bienes, servicios u obras similares o idénticos a lo solicitado. 3. Precios adjudicados por la propia Convocante, o por otros Organismos, Entidades o Municipalidades, conforme a los datos publicados en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas. 4. Precios de potenciales oferentes, requeridos a través de cualquier mecanismo que permita contar con la evidencia de la solicitud y su respuesta, tales como fax, correo electrónico, nota u otro medio comprobatorio idóneo. Excepcionalmente, si por la complejidad, especialidad o particularidad de la contratación no resultare posible alcanzar la cantidad de 3 (tres) fuentes requeridas para la obtención de los precios, la convocante podrá adoptar el mecanismo que considere apropiado para obtener los Precios de Referencia, en cuyo caso tal situación deberá ser suficientemente fundada en el Dictamen firmado por el Encargado de la UOC en el que se detalle la metodología utilizada para la obtención de los Precios de Referencia. A partir de la información obtenida, la Convocante fijará los Precios de Referencia, atendiendo a los Principios de Economía y Eficiencia, y al criterio de Razonabilidad. En el correspondiente dictamen firmado por el Encargado de la UOC se deberá detallar la metodologia utilizada para la obtención de los Precios de Referencia (promedio, precio más bajo, u otro mecanismo pertinente) y demás datos e informaciones relacionados. Cualquier proceso de contratación que no observe los parámetros mencionados para la obtención del precio de referencia podrá ser anulado por la DNCP, a través de cualquiera de los mecanismos establecidos en el Título Octavo de la Ley 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS" DE DE REPUS Con el marco legal referido, pasamos a revisar lo expuesto por el área requirente, en oportunidad de realizar el pedido de la contratación, en la que además, acompañó la estinaci del costo del contrato en cuestión. CIONAL Unjesd 00 perativa Co www.snd.gov.py/[email protected]/ [email protected] AbosJorPaiva ocholl NOR DE A UOC SECRAIUACIONL DEDEPORTES enci n la Pepúlics

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GOBIERNO NACIONAL

Paraguny deugente

Scerctaria NACIONAL DE DEPORTES

Asunción, 15 de setiembre de 2020

INFORME DE PRECIoS UOC N° 012/2020

La Unidad Operativa de Contrataciones de la Secretaria Nacional de Deportes, en Cumplimiento a la Resolución DNCP N°1890/2020, POR LA CUAL SE REGULA LA ESTIMACIÓN DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PRoCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PUBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY N° 2051/03..., de conformidad al ANEXO "Guia para elaboración de precios de referencia..." emite el siguienteinforme en relación al llamado a LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL N° 05/2020 CONSTRUCCION -READECUACION DE PLAZAS DEPORTIVAS EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA -CONTRATO ABIERTO, ID N° 379.139, a fin de explicar el mecanismo adoptado para la obtención de los precios referenciales, del llamado en cuestión.

En primer término, debemos señalar la normativa en virtud a la cual se elabora el presente informe, y tal como se señala en el acápite, nos referimos a la Resolución SND 1890/2020, la que en su parte pertinente señala:

"Método para la Elaboración de Precios Referenciales: Las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las siguientes opciones: 1. Precios ofrecidos por empresas al público en general para el bien, obra o servicio requerido por la Convocante, ya sea que tales ofertas hayan sido realizadas en un portal público de internet, o a través de publicaciones periodísticas, revistas u otro medio comprobatorio idóneo. 2. Precios publicados por cámaras, organizaciones, instituciones, organismos del sector público o privado, nacional o internacional, que puedan ser verificados en revistas, páginas web, catálogos, u otros documentos, respecto de bienes, servicios u obras similares o idénticos a lo solicitado. 3. Precios adjudicados por la propia Convocante, o por otros Organismos, Entidades o Municipalidades, conforme a los datos publicados en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas. 4. Precios de potenciales oferentes, requeridos a través de cualquier mecanismo que permita contar con la evidencia de la solicitud y su

respuesta, tales como fax, correo electrónico, nota u otro medio comprobatorio idóneo. Excepcionalmente, si por la complejidad, especialidad o particularidad de la contratación no resultare posible alcanzar la cantidad de 3 (tres) fuentes requeridas para la obtención de los precios, la convocante podrá adoptar el mecanismo que considere apropiado para obtener los Precios de Referencia, en cuyo caso tal situación deberá ser suficientemente fundada en el Dictamen firmado por el Encargado de la UOC en el que se detalle la metodología utilizada para la obtención de los Precios de Referencia. A partir de la información obtenida, la Convocante fijará los Precios de Referencia, atendiendo a los Principios de Economía y Eficiencia, y al criterio de Razonabilidad. En el correspondiente dictamen firmado por el Encargado de la UOC se deberá detallar la metodologia utilizada para la obtención de los Precios de Referencia (promedio, precio más bajo, u otro mecanismo pertinente) y demás datos e informaciones relacionados. Cualquier proceso de contratación que no observe los parámetros mencionados para la obtención del precio de referencia podrá ser anulado por la DNCP, a través de cualquiera de los mecanismos establecidos en el Título Octavo de la Ley N° 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS"

DE DE REPUS

Con el marco legal referido, pasamos a revisar lo expuesto por el área requirente, en oportunidad de realizar el pedido de la contratación, en la que además, acompañó la estinaci del costo del contrato en cuestión. CIONAL

Unjesd 00 perativa Co www.snd.gov.py/[email protected]/ [email protected] AbosJorPaiva ocholl NOR DE A UOC

SECRAIUACIONL DEDEPORTES

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Panu Scerctira NACIONAL DE DEPORTES

GOBIERNO NACIONAL dewgenle

Conforme lo expuso el área requirente, se han requerido precios estimados a varias empresas, remitiendo la planilla de cantidades y rubros requeridos en la presente contratación, la que fuera respondida ünicamente por una empresa, razón por la cual, se ha recurrido a la búsqueda de precios en el Portal de Contrataciones Públicas, en Clasipar, y finalmente, a la Direción de Infraestructura de esta Secretaria Nacional; de todas estas fuentes, se ha

obtenido información de la cual se ha promediado un precio para cada uno de los componentes de la planilla de cantidades.

De los datos recabados, proveidos a esta UOC por la requirente,, resultan los precioOS que constan en la planilla adjunta, y que forma pate de este informe, e promedio se ajusta no solo a la disponibilidad presupuestaria Institucional, sinoa los preciosgu se cotizan en el

mercad0.

nr.NCA CiON, AL

Abg. Jorge Paiva/ Rocholl Responsable de laUO

Secretaria Naciona Deg9nes

Presidencia de laRp

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