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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León. Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2019

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2019

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2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

CONTENIDO

I. Dictamen del Auditor 1

II. Presentación 3

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada

5

IV. Entidad objeto de la revisión 12

V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

13

VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

16

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 16

B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

44

C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados

44

VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

46

VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

89

IX. Resultados de la revisión de situación excepcional 90

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

90

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1

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

I. Dictamen del Auditor

Opinión

Hemos auditado los estados de situación financiera y de actividades que integran la Cuenta Pública del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera del Ente Público al 31 de diciembre de 2019, así como el resultado de sus actividades por el año terminado en esa fecha de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), así como, con las Normas de Información Financiera aplicables.

Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León

La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma, la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizada en base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos de juicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes, que están preparados de acuerdo a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el CONAC.

La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, por lo tanto, de manera independiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control y auditoría.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Responsabilidades del Ente Público

Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas, así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la información financiera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contables emitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevan la eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados e información financiera que conforman la Cuenta Pública.

Monterrey, Nuevo León, a 10 de diciembre de 2020.

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3

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

II. Presentación

La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos.

En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2019 del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León recibida el 3 de abril de 2020, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera, así como los planes de desarrollo.

En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2019 del referido Ente Público, al H. Congreso del Estado.

El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al 10 de diciembre de 2020, que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador, como parte de la revisión al manejo y aplicación de los recursos públicos y al cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como, las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac).

En el apartado V de este Informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como en su caso al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados.

En el apartado VI se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de:

La evaluación de la gestión financiera y del gasto público; Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de

las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes; La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

En el apartado VII del presente Informe, se detallan las observaciones no solventadas derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones presentadas por los funcionarios responsables, los análisis de las mismas preparados por este Órgano de Fiscalización, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada

A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública del Colegio de Educación Profesional Técnicadel Estado de Nuevo León, nos permitimos enviar el presente resumen ejecutivo con cifras en pesos con los comentarios que consideramos más importantes, siendo los siguientes:

ACTIVO

Efectivo y equivalentes $25,412,373

Corresponde a valores propiedad del Ente Público integrado principalmente por 57 cuentas bancarias.

Almacenes $3,392,833

Corresponde principalmente a la donación de herramientas recibidas por el plantel Adrián Sada Treviño otorgadas por la empresa Herramental Monterrey, S.A.

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso $772,157,630

Durante el ejercicio se registró principalmente la construcción de aulas, caseta de vigilancia y el suministro e instalación de techo en taller de autotrónica en los planteles del Ente Público.

Bienes muebles $250,509,634

Durante el ejercicio se registró principalmente la adquisición de equipos de cómputo de escritorio, proyectores, máquinas de soldar, montacargas, transformadores, entre otros; así como donativos tales como: computadoras, un centro de maquinado vertical, máquinas de soldar, kit de motores, equipo de entrenamiento, entre otros.

PASIVO

Cuentas por pagar a corto plazo $13,480,764

Corresponde principalmente a las obligaciones por pagar de cuotas y aportaciones de seguridad social por $5,296,572, retenciones del Impuesto Sobre la Renta por $3,760,959 y cuentas por pagar derivado de la prestación de bienes y servicios al Ente Público por $3,830,379.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

Ingresos por venta de bienes y servicios $133,320,953

Corresponde principalmente a los ingresos por colegiaturas, venta de material didáctico, servicios de capacitación, cursos de especialización, cursos de actualización y especialización y protocolo de titulación, entre otros.

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas $318,374,041

Corresponde principalmente a los subsidios provenientes del Ramo 33 del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (Faeta) para aplicarse en servicios personales, así como las transferencias estatales recibidas de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León para los gastos de operación del Ente Público.

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Servicios personales $305,731,174

Corresponde principalmente a los sueldos, seguridad social, prestaciones (aguinaldo, prima quinquenal, vales de despensa navideños, compensación garantizada, entre otros) y honorarios asimilados.

Materiales y suministros $34,352,273

Corresponde principalmente a la adquisición de material didáctico, mobiliario y equipo de oficina menor, material para prácticas en talleres y laboratorios, material de oficina, material de impresión, material para aulas, entre otros.

Servicios generales $113,964,192

Se integra principalmente por los servicios consultaría administrativa y sistemas, servicios de vigilancia y limpieza, reparaciones y adaptaciones, así como los servicios de energía eléctrica y agua, de los planteles, Dirección General y el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST).

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

B. Resultados generales de la revisión practicada

Observaciones Preliminares

Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2019, y de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

A continuación se presenta el resumen de las observaciones preliminares detectadas durante la revisión, clasificadas por tipo de auditoría.

GRÁFICA: Observaciones preliminares detectadas en la revisión por tipo de auditoría

Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones

Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no solventadas.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

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En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría

Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública, en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.

Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de la cual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderante con el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperacionesoperadas3 $

No. deobservaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probablesrecuperaciones5 $

GESTIÓN FINANCIERANormativaA 4 0 2 0 0 2 0 0

EconómicaC 3 3,044,607 3 3,044,607 0 0 0 0ControlInternoE

1 0 0 0 0 1 0 0

Subtotal 8 3,044,607 5 3,044,607 0 3 0 0OBRA PÚBLICA

NormativaA 36 0 15 0 0 21 0 0

EconómicaC 4 1,276,226 1 79,544 0 3 1,196,682 1,196,682Subtotal 40 1,276,226 16 79,544 0 24 1,196,682 1,196,682

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperacionesoperadas3 $

No. deobservaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probablesrecuperaciones5 $

Total 48 4,320,833 21 3,124,151 0 27 1,196,682 1,196,682

CUADRO: Resultados Generales de la revisión (Cifras en pesos)

A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

C Económica: Los actos u omisiones observados hacen presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicos para salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la Cuenta Pública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos.

Notas:

1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagados no ejecutados, entre otros).

2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente público o por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibido la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.

3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren a procesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondo federal respectivo, tratándose de recursos federalizados.

4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegro a la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspecto económico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competente a la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.

En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observaciones indicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando además las acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas por esta Auditoría Superior del Estado.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA

1 Normativa 0 VAI3 Normativa 0 VAI2 Control Interno 0 RG

Subtotal

0

OBRA PÚBLICA4 Normativa 0 VAI, RG5 Normativa 0 VAI, RG6 Normativa 0 VAI, RG7 Normativa 0 VAI, RG8 Normativa 0 VAI, RG9 Normativa 0 VAI, RG

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1

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones10 Normativa 0 VAI, RG11 Normativa 0 VAI, RG12 Normativa 0 VAI, RG14 Normativa 0 VAI, RG15 Normativa 0 VAI, RG16 Normativa 0 VAI, RG17 Normativa 0 VAI, RG18 Normativa 0 VAI, RG19 Normativa 0 VAI, RG20 Normativa 0 VAI, RG21 Normativa 0 VAI, RG22 Normativa 0 VAI, RG23 Normativa 0 VAI, RG24 Normativa 0 VAI, RG13 Normativa 0 VAI, RG25 Económica 647,628 VAI, RG26 Económica 10,232 VAI, RG27 Económica 27,943 VAI, RG

Subtotal 685,803Total 685,803

CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (Cifras en pesos)

Acciones

PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal IDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación

VAI.- Vista a la Autoridad Investigadora

Recomendaciones

RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño

Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades.

Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar las observaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dicho efecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observaciones por Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos de lo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en el siguiente CUADRO:

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1

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Tipo deauditoría

Obs. Acciones Recomendaciones Totalacciones

Monto nosolventado

$PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6

GESTIÓNFINANCIERA

3 2 1 3 0

OBRA PÚBLICA 24 24

24

48 685,803

Total 27 26

25

51 685,803

Monto no

solventado por tipo de acción $

0 0 0 685,803 685,803 0

CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada

Acciones1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una

posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que conste la determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.

2 Interposición de Denuncias Penales: Acción por la que se interpone ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, denuncia sobre hechos que la Auditoría Superior del Estado conoció durante su labor de fiscalización, o en las diligencias realizadas por su Autoridad Investigadora, que pueden implicar la comisión de un delito; con el propósito de que dicha Fiscalía inicie la investigación correspondiente, y en su caso ejercite acción penal en contra del posible autor o participe de los hechos denunciados.

3 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que en observancia de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, se emite para dar a conocer a la Auditoría Superior de la Federación, irregularidades relacionadas con la aplicación y destino de los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, a fines diversos a los establecidos en la referida ley.

4 Vista a la Autoridad Investigadora: Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.

Recomendaciones5 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para

fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

6 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto de fortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buen gobierno.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

IV. Entidad objeto de la revisión

El Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado, creado según Decreto número 136 por elH. Congreso del Estado, y publicado en el Periódico Oficial del 30 de diciembre de 1998, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Educación, para que contribuya en el marco del Sistema Educativo del Estado y Sistema Nacional de Colegios de Educación Profesional Técnica, a la prestación de servicios educativos de nivel medio superior en el área técnica.

Para el cumplimiento de su objetivo, opera a través de diecisiete planteles distribuidos en diferentes municipios del Estado, un Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) y una Dirección General.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Auditorías programadas

Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica, utilizados en la integración del Programa Anual de Auditoría 2020 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2019, presentado ante ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, se determinó practicar al Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, las siguientes auditorías:

Ente Público

Auditorías determinadas en el Programa Anual de Auditoría 2020

Auditoría Financiera1

Auditoría Técnica a la

Obra Pública2

Auditoría en Desarrollo

Urbano3

Laboratorio de Obra Pública4

Auditoría de Evaluación al Desempeño5

Solicitudes delH. Congreso

del Estado / Revisiones de

situaciónexcepcional6

Total

Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado

de Nuevo León1 1 - - - - 2

CUADRO. AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA

1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en las Leyes de Ingresos y Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable.2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obras públicas,a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos.3Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso de suelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos.4Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratorio dedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas.5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas.6Solicitudes del H. Congreso del Estado / Revisiones de situación excepcional. Auditorías incorporadas al Programa Anual de Auditoría, con motivo de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado a esta entidad de fiscalización superior, o derivado de las denuncias recibidas respectode conceptos o situaciones relativas al ejercicio fiscal en curso, o ejercicios anteriores, según corresponda, en los términos previstos en el antepenúltimo párrafo del artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.

Objetivos y alcances de la revisión practicada

En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2020 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2019, entre las cuales se

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

encuentra el Ente Público auditado en cuestión, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría.

En ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y acorde en cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:

I. Para evaluar los resultados de la gestión financiera, se verificó:

a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y

b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.

II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:

a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el presupuesto; y

c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

III. Se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera, así como de los planes de desarrollo y los programas operativos anuales.

IV. De conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del Ente

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Fiscalizado, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

V. Para verificar que la obra pública se realizó conforme con lo establecido en la ley de la materia, lo preceptuado en los artículos 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, así como de otras disposiciones aplicables y a los programas y presupuestos autorizados, se realizó lo siguiente:

a) La práctica de las auditorías, visitas e inspecciones para verificar el exacto cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas de obra pública, y obtener los datos técnicos y demás elementos relacionados con la revisión.

Criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Las auditorías practicadas se seleccionaron con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2020 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2019, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al Ente Público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión.

La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión.

Con base en lo anterior, en forma específica en el Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público

Para tal efecto se consideraron los Estados Financieros adjuntos, y su presupuesto por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019, que el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

Para el desarrollo de la revisión de la información antes mencionada, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, además que su presentación y registro estuvo conforme a las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y a los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), considerando las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), asimismo que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.

Los Estados Financieros presentados en pesos del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León al 31 de diciembre de 2019, que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Cuenta Pública 2019 Estado de Situación Financiera

Al 31 de diciembre de 2019 y 2018 (Pesos)

Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo LeónConcepto 2019 2018 Concepto 2019 2018

ACTIVO PASIVOACTIVO CIRCULANTE PASIVO CIRCULANTEEfectivo y equivalentes $ 25,412,373 $ 42,877,736 Cuentas por pagar a corto plazo $ 13,480,764 $ 9,131,900Derechos a recibir efectivo y 1,956,207 2,793,984 Documentos por pagar a corto plazo - -equivalentesDerechos a recibir bienes y servicios

221,964 24,284Porción a corto plazo de la deuda pública - - a largo plazo

Títulos y valores a corto plazo - -Inventarios - - Pasivos diferidos a corto plazo - 2,250Almacenes 3,392,833 3,907,478 Fondos y bienes de terceros en garantía a 93,447 62,163Estimación para cuentas incobrables por derechos a recibir efectivo

(571,409) (571,409) corto plazoProvisiones a corto plazo - -Otros pasivos a corto plazo - -

Otros activos circulantes - - Total de pasivos circulantes 13,574,210 9,196,313

Total de activos circulantes 30,411,968 49,032,073 PASIVO NO CIRCULANTECuentas por pagar a largo plazo - -Documentos por pagar a largo plazo - -Deuda pública a largo plazo - -Pasivos diferidos a largo plazo - -

ACTIVO NO CIRCULANTEInversiones financieras a largo plazoDerechos a recibir efectivo o equivalentes a largo plazo

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso

Fondos y bienes de terceros en garantía a - - largo plazo

- - Provisiones a largo plazo 14,931,761 1,545,429

Total de pasivos no circulantes 14,931,761 1,545,429- -

Total del pasivo $ 28,505,971 $ 10,741,742

772,157,630 764,912,994

HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIOBienes muebles 250,509,634 217,462,192 Hacienda Pública/ patrimonio

contribuido$ 455,565,235 $ 455,565,235

Activos intangibles - - Aportaciones 136,143,676 136,143,676Depreciación, deterioro y (485,616,549) (449,806,718) Donaciones de capital 253,416,923 253,416,923amortización acumulada de bienesActivos diferidos - -

Actualización de la hacienda pública / patrimonio

66,004,637 66,004,637

Estimación por pérdida o - - Hacienda pública/patrimonio generado 270,383,775 302,285,863deterioro de activos no circulantes

Resultado del ejercicio (ahorro / desahorro)

(21,642,762) 15,823,295

Otros activos no circulantes 186,992,300 186,992,300 Resultados de ejercicios anteriores 19,752,801 14,188,832 Revalúos 276,664,617 276,664,617

Total de activos no circulantes

724,043,014 719,560,767 ReservasRectificaciones de resultados de ejercicios anteriores

- (4,390,882)

- (4,390,882)

Exceso o insuficiencia en la actualización de la hacienda pública / patrimonioResultado por posición monetaria

-

-

-

-Resultado por tenencia de activos no monetarios

- -

Total hacienda pública / patrimonio $ 725,949,010 $ 757,851,098

Total del activo $ 754,454,982 $ 768,592,841 Total del pasivo y hacienda pública / patrimonio

$ 754,454,982 $ 768,592,841

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Cuenta Pública 2019Estado de Actividades

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 y 2018(Pesos)

Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo LeónConcepto 2019 2018 Concepto 2019 2018

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Gastos de funcionamiento $ 454,047,639 $ 410,249,473Ingresos de la gestión $ 133,320,953 $ 139,251,785 Servicios personales 305,731,175 297,390,398Impuestos - - Materiales y suministros 34,352,273 24,950,454Cuotas y aportaciones de seguridad social

- - Servicios generales 113,964,192 87,908,621

Contribuciones de mejoras - - Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

- -Derechos - -Productos de tipo corriente - - Transferencias internas y

asignaciones al sector público- -

Aprovechamientos de tipo corriente - -Ingresos por ventas de bienes y servicios

133,320,953 139,251,785 Transferencias al resto del sector público

- -

Ingresos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes deliquidación o pago

- - Subsidios y subvenciones - -Ayudas sociales - -Pensiones y jubilaciones - -Transferencias a fideicomisos,mandatos y contratos análogos

- -

Transferencias a la seguridad social - -Donativos - -Transferencias al exterior - -

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

318,374,041 305,259,742 Participaciones y aportaciones - -Participaciones - -Aportaciones - -

Participaciones y aportaciones - - Convenios - -Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

318,374,041 305,259,742Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública

- -

Intereses de deuda pública - -Comisiones de deuda pública - -

Otros ingresos y beneficios 16,471,731 10,440,786 Costo por coberturas - -Ingresos financieros 783,842 1,341,261 Apoyos financieros - -Incremento por variación de inventarios

- -Otros gastos y pérdidas extraordinarias

35,761,848 28,879,545Disminución del exceso de estimaciones por pérdida o deterioro u obsolescencia

- -Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y provisiones

35,761,848 28,879,545

Disminución del exceso de provisiones

- -

Otros ingresos y beneficios varios 15,687,889 9,099,525 Disminución de inventarios - -Aumento por insuficiencia de estimaciones por pérdida o deterioro

- -

Aumento por insuficiencia de provisiones

- -Total de ingresos y otros beneficios

$ 468,166,725 $ 454,952,313Otros gastos - -

Inversión pública - -Inversión pública no capitalizable - -

Total de gastos y otras pérdidas $ 489,809,487 $ 439,129,018

Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro)

$ (21,642,762) $ 15,823,295

Nota. - Las cuentas que presentaron diferencias de $1 no fueron señaladas como error.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Los datos sobresalientes de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2019, son los que se indican a continuación y están presentados en pesos:

Concepto Importe

a) Activo $ 754,454,982b) Pasivo 28,505,972c) Hacienda pública / patrimonio 725,949,010d) Ingresos y otros beneficios 468,166,725e) Gastos y otras pérdidas 489,809,487

RESULTADOS DE LA REVISIÓN

Para evaluar la razonabilidad de los rubros que integran los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2019 presentados como Cuenta Pública, se eligieron en nuestro examen partidas en forma selectiva con base al análisis de la información proporcionada por el Ente Público.

a) ACTIVO $754,454,982

Se integra como sigue:

Concepto ImporteActivo circulante $ 30,411,968Activo no circulante 724,043,014

Total $ 754,454,982

ACTIVO CIRCULANTE $30,411,968

Se integra como sigue:

Concepto ImporteEfectivo y equivalentes $ 25,412,373Derechos a recibir efectivo y equivalentes 1,956,207Derechos a recibir bienes y servicios 221,964Almacenes 3,392,833Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes (571,409)

Total $ 30,411,968

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Efectivo y equivalentes $25,412,373

Se integra como sigue:

Concepto ImporteEfectivo $ 2,000Bancos / tesorería 21,392,839Inversiones temporales (hasta 3 meses) 4,017,534

Total $ 25,412,373

Bancos / tesorería $21,392,839

Representa los valores propiedad del Ente Público, los cuales se integran por 57 cuentas bancarias a cargo de la Dirección General, el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) y los planteles. Para su revisión se verificaron conciliaciones y estados de cuenta bancarios y se enviaron confirmaciones de saldos a las instituciones financieras, obteniendo resultados satisfactorios.

Inversiones temporales (hasta 3 meses) $4,017,534

Corresponde a las inversiones temporales en mesa de dinero depositadas en dos cuentas bancarias propiedad del Ente Público, las cuales generan intereses a tasa de mercado. Para su revisión se verificaron pólizas de egresos, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable.

Derechos a recibir efectivo y equivalentes $1,956,207

Se integra como sigue:

Concepto ImporteCuentas por cobrar a corto plazo $ 1,329,910Deudores diversos por cobrar a corto plazo 626,297

Total $ 1,956,207

Cuentas por cobrar a corto plazo $1,329,910

Corresponde a los cursos de capacitación impartidos a empresas en el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) y planteles. Para su revisión se verificaron pólizas de diario e ingresos, recibos, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable.

A marzo de 2020 se recuperó $1,275,410 que representa el 96% del saldo.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Deudores diversos por cobrar a corto plazo $626,297

Corresponde principalmente a las cuentas por cobrar por concepto de anticipos de sueldo, gastos por comprobar a cargo de empleados y por cursos de capacitación. Para su revisión se verificaron pólizas de diario e ingresos, recibos, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable.

A marzo de 2020 se recuperó $13,579 que representa el 2% del saldo.

Derechos a recibir bienes y servicios $221,964

Se integra como sigue:

Concepto ImporteAnticipo proveedores de bienes y servicios corto plazo $ 213,264Anticipo proveedores bienes muebles e inmuebles corto plazo 8,700

Total $ 221,964

Anticipo proveedores de bienes y servicios corto plazo $213,264

Corresponde a los anticipos entregados a proveedores al 31 de diciembre de 2019 y se integra como sigue:

Proveedor Concepto del anticipo Importe

Chubb Seguros México, S.A. Servicio de seguro de daños personales para alumnos.

$ 155,702

Instituto Municipal para el Desarrollo Cultural de San Nicolás

Renta de inmueble para concurso de catrines y catrinas.

24,360

Otros menores a $7,000 33,202

Total $ 213,264

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, requisiciones, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

A marzo de 2020 se verificaron amortizaciones por $155,702 que representa el 73% del saldo.

Almacenes $3,392,833

Corresponde principalmente a la donación de herramientas recibidas por el plantel Adrián Sada Treviño otorgadas por la empresa Herramental Monterrey, S.A. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, facturas, relación de material donado y su adecuado registro contable.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

ACTIVO NO CIRCULANTE $724,043,014

Se integra como sigue:

ConceptoSaldo al 31/dic/18 Cargos Abonos

Saldo al 31/dic/19

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso

$ 764,912,994 $ 18,711,385 $ 11,466,749 $ 772,157,630

Terrenos 412,538,202 - - 412,538,202Edificios no habitacionales 348,152,679 11,466,749 - 359,619,428Construcciones en proceso en bienes propios 4,222,113 7,244,636 11,466,749 -

Bienes muebles 217,462,192 33,274,027 226,585 250,509,634Mobiliario y equipo de administración 56,273,925 19,062,028 57,234 75,278,719Mobiliario y equipo educacional y recreativo 151,470,424 8,677,102 169,351 159,978,175Vehículos y equipo de transporte 6,369,516 - - 6,369,516Equipo de seguridad 805,410 104,748 - 910,158Maquinaria, otros equipos y herramientas 1,305,167 5,430,149 - 6,735,316Colecciones, obras de arte y objetos valiosos 1,237,750 - - 1,237,750

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes

(449,806,719) 128,605 35,938,436 (485,616,550)

Otros activos no circulantes 186,992,300 - - 186,992,300Revaluación de equipo 185,840,622 - - 185,840,622Software 1,151,678 - - 1,151,678

Total $ 719,560,767 $ 52,114,017 $ 47,631,770 $ 724,043,014

Edificios no habitacionales $359,619,428

Los cargos por $11,466,749 corresponden a la capitalización de la cuenta construcciones en proceso en bienes propios. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, actas de entrega- recepción y su adecuado registro contable.

Construcciones en proceso en bienes propios $-

Los cargos por $7,244,636 se integran como sigue:

Concepto ImporteConstrucción de aulas y área administrativa del edificio “A” del plantel Ciénega de Flores “Don Joel Rocha Barocio”

$ 2,945,977

Construcción de dos aulas en el plantel Apodaca “Dr. Carlos Canseco González”

2,655,325

Construcción de caseta de vigilancia y primer nivel del edificio “A” del plantel Guadalupe II “Don Víctor Gómez Garza”

554,875

Suministro e instalación de techo en el taller de autotrónica del plantel Apodaca “Dr. Carlos Canseco González”

388,175

Construcción de caseta de vigilancia del plantel Guadalupe I “Lic. Raúl Rangel Frías”

388,076

Ampliación de recepción del área de capacitación del plantel Monterrey II “Dr. Eduardo Macías Santos”

312,208

Total $ 7,244,636

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2

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Los abonos por $11,466,749 corresponden al traspaso a la cuenta edificios no habitacionales por capitalización de bienes.

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, contratos, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, actas entrega-recepción, comprobantes de transferencias bancarias, el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y su adecuado registro contable.

Mobiliario y equipo de administración $75,278,719

Los cargos por $19,062,028 se integran como sigue:

Cantidad Concepto ImporteAdquisiciones del ejercicio 2019:

371 Equipos de cómputo de escritorio $ 7,449,20060 Minisplits 1,370,3751 Unidad de aire acondicionado 650,000

22 Computadoras portátiles 514,7737 Escritorios 64,026

Otros menores a $50,000 710,331 Subtotal $ 10,758,705

Donativos:407 Computadoras de escritorio $ 7,205,97444 Minisplits 1,097,349

Subtotal $ 8,303,323

Total $ 19,062,028

Los abonos por $57,234 corresponden a la baja de bienes dañados, inservibles u obsoletos.

Para su revisión se verificaron pólizas diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias, contratos, actas administrativas, resguardos, salidas de almacén de bienes donados del Instituto Constructor de Infraestructura Física Educativa y Deportiva (Icifed), relación de bienes donados, el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y su adecuado registro contable.

Mobiliario y equipo educacional y recreativo $159,978,175

Los cargos por $8,677,102 se integran como sigue:

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2

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Cantidad Concepto ImporteAdquisiciones del ejercicio 2019:

145 Proyectores $ 1,426,1321 Equipo de entrenamiento en neumática 285,5651 Equipo de sonido 172,5781 Equipo de audio y video 72,579

Otros menores a $50,000 439,841 Subtotal $ 2,396,695

Donativos:1 Centro de maquinado vertical $ 1,985,000

14 Máquinas de soldar 959,7841 Kit de motores e inducción trifásico y sicronos 759,4441 Equipo de entrenamiento en instalaciones eléctricas 659,8281 Entrenador en sistemas hidráulicos y electrohidráulicos 372,8241 Sistema de entrenamiento en hidráulica 286,4421 Sistema de entrenamiento en neumática 222,7201 Sistema de entrenamiento en electroneumática 216,9281 Equipo de capacitación 179,0002 Juegos de tableros basquetbol 151,050

10 Proyectores 117,1601 Kit de componentes eléctricos y electrónicos 111,3302 Sistemas de PLC 108,228

Otros menores a $70,000 150,669 Subtotal $ 6,280,407

Total $ 8,677,102

Los abonos por $169,351 corresponden a la baja de bienes inservibles u obsoletos, así como las bajas derivadas de no sobrepasar las cuotas establecidas para considerarse como activo no circulante los bienes muebles e intangibles.

Para su revisión se verificaron pólizas diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias, contratos, actas administrativas, resguardos, salidas de almacén de bienes donados del Instituto Constructor de Infraestructura Física Educativa y Deportiva (Icifed), relación de bienes donados, el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y su adecuado registro contable.

Equipo de seguridad $910,158

Los cargos por $104,748 corresponden a la adquisición de un arco detector de metal, cuatro detectores scanner y una barrera de acceso vehicular. Para su revisión se verificaron pólizas diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

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2

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Maquinaria, otros equipos y herramientas $6,735,316

Los cargos por $5,430,149 se integran como sigue:

Cantidad Concepto ImporteAdquisiciones del ejercicio 2019:

12 Máquinas de soldar $ 2,942,4382 Montacargas 1,106,6052 Transformadores 860,2586 Desbrozadoras 168,486

Otros menores a $50,000 21,043 Subtotal $ 5,098,830

Donativos1 Equipo de actualización de

neumática$ 199,900

1 Enfriador 131,419 Subtotal $ 331,319

Total $ 5,430,149

Para su revisión se verificaron pólizas diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias, resguardos, salidas de almacén de bienes donados del Instituto Constructor de Infraestructura Física Educativa y Deportiva (Icifed), relación de bienes donados, el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y su adecuado registro contable.

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes $(485,616,550)

Corresponde a la depreciación de los bienes muebles propiedad del Ente Público, considerando el costo de adquisición del activo depreciable menos su valor de desecho, entre los años correspondientes a su vida útil o su vida económica determinada por el Ente Público.

Para su revisión se verificaron pólizas de diario, cálculos de la depreciación al 31 de diciembre de 2019, dictamen técnico, peritaje obtenido o estudio realizado para la autorización de la vida útil estimada de los bienes muebles durante el ejercicio 2019 y su adecuado registro contable.

b) PASIVO $28,505,972

Se integra como sigue:

Concepto ImportePasivo circulante $ 13,574,211Pasivo no circulante 14,931,761

Total $ 28,505,972

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2

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

PASIVO CIRCULANTE $13,574,211

Se integra como sigue:

Concepto ImporteCuentas por pagar a corto plazo $ 13,480,764Fondos y bienes de terceros en garantía a corto plazo 93,447

Total $ 13,574,211

Cuentas por pagar a corto plazo $13,480,764

Se integra como sigue:

Concepto ImporteRetenciones y contribuciones por pagar a corto plazo $ 9,650,385Proveedores por pagar a corto plazo 3,830,379

Total $ 13,480,764

Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo $9,650,385

Se integra como sigue:

Concepto ImporteRetenciones sistema de seguridad social por pagar a corto plazo $ 5,296,572Retenciones de impuestos por pagar a corto plazo 3,760,959Otras retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo 592,854

Total $ 9,650,385

Retenciones sistema de seguridad social por pagar a corto plazo $5,296,572

Representa las obligaciones por pagar por concepto de cuotas y aportaciones de seguridad social al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste). Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, listados físicos y digitales de nóminas autorizadas, recibos de nómina, recibos de pago Issste, formato de pago Issste, comprobantes de transferencias bancarias, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable.

A enero de 2020 se verificó su pago.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Retenciones de impuestos por pagar a corto plazo $3,760,959

Representa principalmente las retenciones del Impuesto Sobre la Renta por sueldos y salarios, honorarios profesionales y asimilados a salarios. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, acuse de recibo de declaración, cálculos, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

A enero de 2020 se verificó su pago.

Otras retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo $592,854

Corresponde a las cuentas por pagar por concepto de becas. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, relación de alumnos beneficiados con beca, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

A marzo de 2020 se verificaron pagos por $515,540 que representa el 87% del saldo.

Proveedores por pagar a corto plazo $3,830,379

Corresponde al adeudo al 31 de diciembre de 2019 con proveedores de bienes y servicios como sigue:

Proveedor Concepto ImporteComercializadora Dimas, S.A. de C.V. Sillas tubulares. $ 1,071,736Productos y Servicios GM, S.A. de C.V. Pupitres. 886,704Rosa Lila González Garza Uniformes secretariales. 754,116Comisión Federal de Electricidad Servicio de electricidad. 339,494Visión Conservación y Mantenimiento,S. de R.L. de C.V.

Servicio de limpieza. 257,329

Compumark, S.A. de C.V. Compra de material para computadoras. 181,958Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D.

Servicio de agua y drenaje. 96,437

Si Vale México, S.A. de C.V. Vales de despensa. 75,261Regia Solución, S.A. de C.V. Material para la banda de guerra. 36,111Juan Gabriel Rodríguez Lara Renta mensual del inmueble plantel

Cadereyta.34,281

Vagón Internacional, S.A. de C.V. Suministro e instalación de tres escritorios y un archivero.

33,720

Otros menores a $15,000 63,232

Total $ 3,830,379

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias, contratos y su adecuado registro contable.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

A febrero de 2020 se verificaron pagos por $2,574,578 que representa el 67% del saldo.

Fondos y bienes de terceros en garantía a corto plazo $93,447

Corresponde principalmente a los depósitos en garantía por la concesión de los servicios de cafetería en los planteles del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario e ingresos, recibos, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

PASIVO NO CIRCULANTE $14,931,761

Corresponde al rubro de provisiones a largo plazo y representa la valuación de los planes de beneficios por terminación y retiro conforme a la Norma de Información Financiera D-3 “Beneficios a los empleados” emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. correspondiente al ejercicio 2019. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, estudio actuarial y su adecuado registro contable.

c) HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO $725,949,010

Se integra como sigue:

ConceptoSaldo al 31/dic/18 Cargos Abonos

Saldo al 31/dic/19

Hacienda pública / patrimonio contribuido

$ 455,565,236 $ - $ - $ 455,565,236

Aportaciones 136,143,676 - - 136,143,676Donación de capital 253,416,923 - - 253,416,923Actualizaciones de la hacienda pública / patrimonio

66,004,637 - - 66,004,637

Hacienda pública / patrimonio generado

302,285,862 32,044,675 142,587 270,383,774

Resultado del ejercicio ahorro/desahorro

- 21,642,762 - (21,642,762)

Resultados de ejercicios anteriores

30,012,127 10,401,913 142,587 19,752,801

Revalúos 276,664,617 - - 276,664,617Rectificación de resultados de ejercicios anteriores

(4,390,882) - - (4,390,882)

Total $ 757,851,098 $ 32,044,675 $ 142,587 $ 725,949,010

Resultados de ejercicios anteriores $19,752,801

Los cargos por $10,401,913 corresponden principalmente al registro de la valuación de los planes de beneficios por terminación y retiro conforme a la Norma de Información Financiera D-3 “Beneficios a los empleados” emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información

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2

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Financiera, A.C. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, cálculo actuarial y su adecuado registro contable.

d) INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS $468,166,725

Se integra como sigue:

Concepto ImporteIngresos de la gestión $ 133,320,953Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

318,374,041

Otros ingresos y beneficios 16,471,731

Total $ 468,166,725

Para su revisión se verificó en forma selectiva la documentación de las pólizas de ingresos y diario, recibos de ingresos y estados de cuenta bancarios, con el objeto de comprobar su razonabilidad en la presentación de la Cuenta Pública, es de mencionar que la revisión de los recursos federales se llevó a cabo a través de Auditorías Directas de la Auditoría Superior de la Federación y los resultados de la misma se incorporarán al Informe del Resultado de la Revisión que presentará la instancia fiscalizadora federal a la Cámara de Diputados.

INGRESOS DE LA GESTIÓN $133,320,953

Corresponde al rubro de ingresos por ventas de bienes y servicios y se integra como sigue:

Concepto Importe

Colegiaturas $ 70,318,640Venta de material didáctico 19,198,150Servicios de capacitación 11,877,589Curso de especialización 6,101,760Cursos actualización y especialización

4,176,704

Protocolo de titulación 3,914,683Cuota de recuperación para mantenimiento

3,406,945

Software de control 2,794,837Renta de cafetería 2,219,656Examen de admisión 2,052,423Asesorías complementarias 1,823,441Curso propedéutico 968,870Reposición de credencial 960,098Servicios tecnológicos 935,370Otros menores a $550,000 2,571,787

Total $ 133,320,953

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Colegiaturas $70,318,640

En esta cuenta se registraron los ingresos por colegiaturas de los alumnos del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas diario, archivo electrónico de concentrado de ingresos, depósitos en estados de cuenta bancarios, listados de alumnos y su adecuado registro contable.

Venta de material didáctico $19,198,150

En esta cuenta se registraron los ingresos por venta de material didáctico para alumnos del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, archivo electrónico de concentrado de ingresos, depósitos en estados de cuenta bancarios, listados de alumnos y su adecuado registro contable.

Servicios de capacitación $11,877,589

En esta cuenta se registraron los ingresos por el servicio de capacitación a empresas. Para su revisión se verificaron pólizas diario e ingresos, recibos, depósitos en estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable.

Curso de especialización $6,101,760

En esta cuenta se registraron los ingresos por los cursos de especialización para título. Para su revisión se verificaron pólizas diario e ingresos, fichas de depósito, comprobantes de pago en caja y su adecuado registro contable.

Cursos de actualización y especialización $4,176,704

En esta cuenta se registraron los ingresos por los cursos de actualización y especialización a alumnos. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, archivo electrónico de concentrado de ingresos, depósitos en estados de cuenta bancarios, listados de alumnos y su adecuado registro contable.

Protocolo de titulación $3,914,683

En esta cuenta se registraron los ingresos por el servicio de protocolo para título. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, fichas de depósito, comprobantes de pago en caja y su adecuado registro contable.

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3

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Cuota de recuperación para mantenimiento $3,406,945

En esta cuenta se registraron los ingresos por cuotas de recuperación para mantenimiento. Para su revisión se verificaron pólizas diario, archivo electrónico de concentrado de ingresos, depósitos en estados de cuenta bancarios, listados de alumnos y su adecuado registro contable.

Software de control $2,794,837

En esta cuenta se registraron los ingresos por el servicio del software utilizado para proporcionar información de los alumnos a los padres de familia. Para su revisión se verificaron pólizas diario, archivo electrónico de concentrado de ingresos, depósitos en estados de cuenta bancarios, listados de alumnos y su adecuado registro contable.

PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

$318,374,041

Corresponde al rubro de transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, se integra como sigue:

Ingreso Concepto Importe

Ingresos por subsidio federal Faeta

Subsidios provenientes del ramo 33 del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (Faeta) para aplicarse en servicios personales.

$ 250,071,264

Ingresos por subsidio estatal Transferencias estatales para los gastos de operación y nómina que el Ente Público recibió dela Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado.

63,345,000

Ingresos por subsidio extranjero Transferencias para gastos del Programa “Equip Youth” etapa IV.

3,969,779

Ingresos por subsidio Fundaciónpara Unir y Dar, A.C.

Aportación para el Programa “Bécalos”. 660,000

Ingresos por becas de particulares

Para el financiamiento de ayudas de Programa “Aprendizajes”.

203,000

Ingresos por subsidio federal (Fondo de Autogestión)

Para fortalecer la autonomía de gestión en planteles de Educación Media Superior.

124,998

Total $ 318,374,041

Para su revisión se verificaron pólizas de ingresos y diario, recibos, solicitudes de recursos, convenio, estados de cuenta bancarios, conciliación con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y su adecuado registro contable.

OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS $16,471,731

Se integra como sigue:

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Concepto ImporteIngresos financieros $ 783,842Otros ingresos y beneficios varios 15,687,889

Total $ 16,471,731

Ingresos financieros $783,842

Corresponde principalmente a los rendimientos de los recursos excedentes del Ente Público invertidos en mesa de dinero. Para su revisión se verificaron pólizas de ingresos y diario, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable.

Otros ingresos y beneficios varios $15,687,889

Corresponde principalmente al donativo del Instituto Constructor de Infraestructura Física Educativa y Deportiva, S.A. de C.V., para el Programa Escuelas al Cien de 407 computadoras de escritorio por $7,205,974 y un centro de maquinado vertical por $1,985,000, 44 minisplits por $1,097,349. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, salidas de almacén, relación de bienes donados y su adecuado registro contable.

e) GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS $489,809,487

Se integra como sigue:

Concepto ImporteGastos de funcionamiento $ 454,047,639Otros gastos y pérdidas extraordinarias 35,761,848

Total $ 489,809,487

Para su revisión se verificaron en forma selectiva las pólizas de diario y egresos, facturas, contratos o pedidos, nóminas, así como el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, con el objeto de comprobar su razonabilidad en la Cuenta Pública, con un alcance del 25%.

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $454,047,639

Se integra como sigue:

Concepto ImporteServicios personales $ 305,731,174Materiales y suministros 34,352,273Servicios generales 113,964,192

Total $ 454,047,639

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Servicios personales $305,731,174

Se integra como sigue:

Concepto Importe

Remuneraciones al personal de carácter permanente $ 169,243,757Remuneraciones adicionales y especiales 55,846,934Seguridad social 30,614,597Otras prestaciones sociales y económicas 21,749,005Remuneraciones al personal de carácter transitorio 19,599,721Pago de estímulos a servidores públicos 8,677,160

Total $ 305,731,174

Remuneraciones al personal de carácter permanente $169,243,757

Corresponde a los pagos de la nómina quincenal a los empleados del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, nóminas, recibos, comprobantes de dispersión bancaria y su adecuado registro contable.

Remuneraciones adicionales y especiales $55,846,934

Corresponde principalmente a las prestaciones otorgadas al personal docente, administrativo, sindicalizados y de asimilados a salarios acorde al manual de prestaciones del Ente Público, se integra como sigue:

Concepto ImporteGratificación docente $ 10,746,191Prima quinquenal 10,621,140Gratificación administrativa 9,118,957Vales de despensa navideños 6,885,720Compensación garantizada 5,228,560Gratificación administrativa estatal 3,467,241Prima vacacional 2,887,098Gratificación administrativa honorarios asimilados 1,897,666Prima vacacional estatal 1,856,362Gratificación administrativa Isssteleon 1,041,444Vales de despensa navideños ingresos propios 966,320Prima vacacional honorarios asimilados 703,874Prima vacacional Isssteleon 426,361

Total $ 55,846,934

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, nóminas, recibos, comprobantes de dispersión bancaria, cálculos y su adecuado registro contable.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Seguridad social $30,614,597

Corresponde principalmente a las aportaciones patronales por concepto de seguridad social para los empleados del Ente Público proporcionado por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León (Isssteleon). Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, nóminas, recibos, comprobantes de dispersión bancaria y su adecuado registro contable.

Otras prestaciones sociales y económicas $21,749,005

Corresponde principalmente a las prestaciones otorgadas al personal docente, administrativo, sindicalizados y asimilados a salarios acorde al manual de prestaciones del Ente Público, se integra como sigue:

Concepto ImporteDesarrollo y capacitación $ 5,416,250Prestaciones sindicales 5,302,807Despensa 3,652,544Prestaciones anualizadas 1,768,350Prestaciones sindicales estatales 1,417,637Previsión social múltiple 956,409Seguro de vida institucional 931,711Prestaciones Isssteleon 657,125Prestaciones a honorarios asimilados administrativos

619,081

Seguro de retiro 289,374Día económico sind docente 212,332Lentes personal académico 161,240Guardería 138,444Compensación económica docente certificado

124,500

Otros menores a $70,000 101,201

Total $ 21,749,005

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, nóminas, recibos, comprobantes de dispersión bancaria y su adecuado registro contable.

Remuneraciones al personal de carácter transitorio $19,599,721

Se integra como sigue:

Concepto ImporteHonorarios asimilados administrativos $ 19,540,621Honorarios asimilados docentes 59,100

Total $ 19,599,721

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Honorarios asimilados administrativos $19,540,621

Corresponde al pago de honorarios asimilados a salarios del personal administrativo, los cuales al 31 de diciembre de 2019 se integraban por 92 empleados. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, nóminas, recibos, comprobantes de dispersión bancaria y su adecuado registro contable.

Materiales y suministros $34,352,273

Se integra como sigue:

Concepto ImporteMateriales de administración y artículos oficiales $ 22,301,070Herramientas, refacciones y accesorios 3,376,775Materiales de construcción y reparación 2,780,453Vestuario, prendas y artículos deportivos 2,246,245Combustibles, lubricantes y aditivos 1,883,250Alimentos y utensilios 1,759,775Productos químicos y farmacéuticos 4,705

Total $ 34,352,273

Materiales de administración y artículos oficiales $22,301,070

Se integra como sigue:

Concepto ImporteMaterial didáctico $ 7,797,184Mobiliario y equipo de oficina menor 2,564,585Material para prácticas en talleres y laboratorios 2,372,574Material de oficina 2,313,070Material de impresión 2,205,912Material para aulas 1,919,841Libros y revistas 1,006,028Material de limpieza 880,865Material curso de capacitación 465,420Material de informática 443,411Material curso de titulación 195,749Cuotas y suscripciones 135,531Material de oficina proyecto Equipo Youth 900

Total $ 22,301,070

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Material didáctico $7,797,184

Corresponde a las impresiones digitales de libros de texto para los alumnos de los planteles. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contrato, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Mobiliario y equipo de oficina menor $2,564,585

Corresponde principalmente a la adquisición de sillas de vinil y estructura metálica para los planteles del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contrato, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Material para prácticas en talleres y laboratorios $2,372,574

Corresponde principalmente al consumo de material para las prácticas de los alumnos de los planteles las cuales son realizadas en los talleres y laboratorios según el plan de estudios de cada carrera. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Material de oficina $2,313,070

Se registró la compra de papelería, artículos de oficina y útiles para los planteles, Dirección General y el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST), principalmente papel bond, marcadores, encuadernaciones, bolígrafos, lápices y folders, entre otros. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Material de impresión $2,205,912

Corresponde principalmente a la impresión digital de certificados. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Material para aulas $1,919,841

Corresponde principalmente a la adquisición de pupitres para uso en las aulas de los planteles del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contrato, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Libros y revistas $1,006,028

Corresponde principalmente a la impresión de la revista Conalep. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Herramientas, refacciones y accesorios $3,376,775

Se integra como sigue:

Concepto ImporteMaterial de informática $ 2,539,438Refacciones y accesorios menores de edificios 635,038Herramienta para talleres 130,929Otros menores a $60,000 71,370

Total $ 3,376,775

Material de informática $2,539,438

Corresponde principalmente a la adquisición de material para el área de informática tales como: kits de teclado y mouse, bocinas, cables de impresión, adaptadores de red inalámbrica para proyectores, entre otros. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Materiales de construcción y reparación $2,780,453

Se integra como sigue:

Concepto Importe

Otros materiales y artículos de construcción y reparación

$ 2,325,878

Material eléctrico y electrónico (mtto edificios) 387,449Artículos metálicos para la construcción 41,696Otros menores a $10,000 25,430

Total $ 2,780,453

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Otros materiales y artículos de construcción y reparación $2,325,878

Corresponde principalmente a la adquisición de pintura para el mantenimiento de los planteles del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Vestuario, prendas y artículos deportivos $2,246,245

Se integra como sigue:

Concepto ImporteVestuario y equipo $ 2,111,529Material deportivo 133,695Vestuario y equipo proyecto Equip Youth 1,021

Total $ 2,246,245

Vestuario y equipo $2,111,529

Corresponde principalmente a la adquisición de uniformes secretariales para el personal del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, listados de entrega de uniformes, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Servicios generales $113,964,192

Se integra como sigue:

Concepto ImporteServicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios $ 52,038,119Servicios de reparación y mantenimiento 29,247,602Servicios básicos 11,230,682Servicios oficiales 6,372,608Servicios de arrendamiento 6,121,509Servicios financieros y comerciales 4,683,399Servicios de traslado y viáticos 2,673,971Servicios de comunicación y publicidad 1,080,736Otros servicios generales 515,566

Total $ 113,964,192

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios $52,038,119

Se integra como sigue:

Concepto ImporteServicios de consultoría administrativa y sistemas $ 27,879,694Servicio de vigilancia 9,453,033Capacitación por actividad empresarial 2,716,896Capacitación por honorarios profesionales 2,189,255Gastos proyecto Equip Youth 1,801,650Capacitación por honorarios asimilados 1,657,695Gastos por servicios de capacitación 1,278,451Gastos por cursos de titulación 1,063,680Sistema de monitoreo y vigilancia 861,161Estudios y proyectos 715,913Servicio médico 637,518Otros menores a $500,000 1,783,173

Total $ 52,038,119

Servicios de consultoría administrativa y sistemas $27,879,694

Se integra como sigue:

Proveedor Concepto Importe

Tecnología y Consultoría para la Educación, S.A. de C.V.

Certificaciones Microsoft Office, Adobe y Conocer.

$ 13,534,230

PLM del Norte, S.A. de C.V. Capacitación y certificación Solid Edge. 7,828,840Territorium Life Sapi, S.A. de C.V. Licencias para uso del sistema Territorium

Life.1,347,920

Teach 4 all México, A.C. Donativo para el desarrollo del programa “Enseña por México”.

1,200,000

Territorium Life Sapi, S.A. de C.V. Certificados en cursos EDX a través de la plataforma Territorium Life.

975,154

Territorium Life Sapi, S.A. de C.V. Mantenimiento anual del sistema Territorium Life.

777,200

Otros menores a $500,000 2,216,350

Total $ 27,879,694

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contratos, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Servicio de vigilancia $9,453,033

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Corresponde al pago por servicio de seguridad y vigilancia en los planteles, el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) y las instalaciones de la Dirección General. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contratos, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Servicios de reparación y mantenimiento $29,247,602

Se integra como sigue:

Concepto ImporteReparaciones y adaptaciones $ 13,865,479Servicio de limpieza 9,025,183Mantenimiento equipo de cómputo 3,884,339Mantenimiento de equipo y maquinaria 1,846,296Mantenimiento equipo de transporte 270,509Servicio de recolección de basura y desechos 161,511Servicio de jardinería y fumigación 153,230Otros menores a $50,000 41,055

Total $ 29,247,602

Reparaciones y adaptaciones $13,865,479

Corresponde principalmente a los pagos por trabajos de remodelación del taller de soldadura, mantenimiento y reparación de registros eléctricos, suministro e instalación de piso de concreto, suministro de protectores, reflectores y mesas, mantenimiento a subestación e instalación de transformador, reparaciones de instalaciones eléctricas en los planteles, el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) y la Dirección General.

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contratos, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Servicio de limpieza $9,025,183

Corresponde al pago por servicio de limpieza en los planteles, el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) y la Dirección General. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contratos, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Servicios básicos $11,230,682

Corresponde al pago de los servicios del Ente Público, se integra como sigue:

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Concepto ImporteEnergía eléctrica $ 7,398,037Servicio de agua y drenaje 1,708,945Servicio telefónico 1,479,268Servicio de telefonía celular y red 642,169Servicio de gas 2,263

Total $ 11,230,682

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Servicios oficiales $6,372,608

Se integra como sigue:

Concepto ImporteGastos de orden social y cultural $ 6,223,764Congresos y convenciones 148,844

Total $ 6,372,608

Gastos de orden social y cultural $6,223,764

Se integra principalmente por las siguientes erogaciones:

Proveedor Concepto Importe

Impulsora de Renta y Servicios, S.A. de C.V.

Renta de equipo y audio tales como: pantallas, consolas, protectores, micrófonos, sillas, planta deluz, entre otros para ceremonias de entrega de certificados y títulos.

$ 1,033,345

Impulsora de Eventos Culturales, S.A. de C.V.

Renta de salón para el evento navideño para empleados del Ente Público.

520,608

María del Rocío Martínez Díaz Renta de equipo y audio tales como: pantalla led, tarima, consola, micrófonos, sillas, mesas, planta deluz, entre otros para evento de graduación Conalep 2019.

314,812

María del Rocío Martínez Díaz Suministro de botellines de agua, refrescos en lata, hielo y hieleras, frituras para ceremonia entrega de certificados y títulos.

292,320

Total $ 2,161,085

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, contratos, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

Servicios de arrendamiento $6,121,509

Corresponde principalmente al servicio de arrendamiento de copiadoras para los planteles, el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) y la Dirección General. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, facturas, órdenes de compra, requisiciones, formatos de recepción de bienes o servicios, comprobantes de transferencias bancarias y su adecuado registro contable.

OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS $35,761,848

Corresponde al rubro de estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y provisiones y representa la depreciación de los bienes muebles propiedad del Ente Público, considerando el costo de adquisición del activo depreciable menos su valor de desecho, entre los años correspondientes a su vida útil o su vida económica determinada por el Ente Público.

Para su revisión se verificaron pólizas de diario, cálculos de la depreciación al 31 de diciembre de 2019, dictamen técnico, peritaje obtenido o estudio realizado para la autorización de la vida útil estimada de los bienes muebles durante el ejercicio 2019 y su adecuado registro contable.

A continuación se presenta el cuadro comparativo proporcionado por el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León del presupuesto de ingresos y egresos, lo presupuestado contra lo real, con sus respectivas variaciones:

Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo LeónPresupuesto contra real

Al 31 de diciembre de 2019

Concepto Presupuesto Real Variación %Ingresos y otros beneficiosIngresos por ventas de bienes y servicios

$ 141,124,405 $ 133,320,953 $ (7,803,452) (6) (a)

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

317,449,095 318,374,041 924,946 - (b)

Ingresos financieros - 783,842 783,842 - (c)Otros ingresos y beneficios varios - 15,687,889 15,687,889 - (d)

Total $ 458,573,500 $ 468,166,725 $ 9,593,225 2

Gastos y otras pérdidasServicios personales $ 304,216,036 $ 305,731,174 $ (1,515,138) - (e)Materiales y suministros 19,357,024 34,352,273 (14,995,249) (77) (f)Servicios generales 98,312,560 113,964,192 (15,651,632) (16) (g)Bienes muebles, inmuebles e intangibles

25,553,940 18,358,978 7,194,962 28 (h)

Inversión Pública 11,133,940 7,244,636 3,889,304 35 (i)Total $ 458,573,500 $ 479,651,253 $ (21,077,753) (5)

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Para el análisis del presupuesto no se consideraron las estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y provisiones.

Al cierre del ejercicio se determinaron variaciones al presupuesto, de las cuales el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León proporcionó las explicaciones siguientes:

Ingresos y otros beneficios

(a) “Disminución de un 4% en captación de ingresos por servicios educativos, y de un 17% en captación de ingresos por servicios de capacitación. Es importante mencionar que el ingreso devengado durante el ejercicio 2019, y cuya recaudación se capta de manera importante durante el mes de enero 2020, es mayor al recaudado durante el mes de enero de 2019, que corresponde al devengado durante el ejercicio 2018 por un importe de $4,582,116 pesos.”

(b) “Consiste en aportaciones por Fundaciones, tales como UNIR Y DAR A.C. y TELEVISA. Así como apoyos económicos para el programa de aprendizajes técnicos, por Transportes Tamaulipas y Servicio Industrial Regiomontano, S.A. de C.V.”

(c) “Concepto no presupuestado para el Ejercicio Fiscal 2019.”(d) “Concepto no presupuestado para el Ejercicio Fiscal 2019. Consiste principalmente en donaciones de equipo

para talleres y laboratorios en planteles. (Programa de Escuelas al 100).”

Gastos y otras pérdidas

(e) “Correspondiente a vales de despensa navideños.”

(f) “Correspondiente a material didáctico, mobiliario y equipo de oficina menor, material de informática y artículos para la implementación de aulas multimedia o de aprendizaje interactivo en planteles.Notas: a) En éste análisis no se está considerando el presupuesto modificado autorizado por Junta Directiva por $10,000,000 millones de pesos.

b) La cifra según Cuenta Pública Real contiene un importe de $657,534 que corresponde al consumo de herramientas por donativo, Plantel Conalep Monterrey I, es decir un gasto contable no presupuestal.”

(g) “Correspondiente a Servicios de Consultoría Administrativa y Sistemas (Licenciamientos y certificaciones en habilidades digitales y estándares).Notas: a) En éste análisis no se está considerando el presupuesto modificado autorizado por Junta Directiva por $10,000,000 millones de pesos.

b) La cifra según Cuenta Pública Real contiene un importe de $3,251,317 que corresponde al Costo Financiero y Laboral NIF-D3, es decir un gasto contable no presupuestal.”

(h) “Correspondiente a economías en ejecución del programa, no subejercicios.”(i) “Correspondiente a economías en ejecución del programa, no subejercicios.”

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

Con posterioridad a la verificación realizada por esta Auditoría Superior del Estado, con relación a los Estados Financieros que se incluyen en la Cuenta Pública, se concluye que su presentación, está de acuerdo con las Normas de Información Financiera, normatividad aplicable a este tipo de Ente Público y que se apegó al cumplimiento de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019 y demás ordenamientos aplicables en la materia, excepto en su caso por lo mencionado en el apartado VII de este informe.

C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados

Los indicadores de gestión determinados por la administración del Ente Público son los siguientes:

Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo LeónIndicadores de Gestión

Al cierre del ejercicio 2019

Tipo Nombre Período Unidad de medida

Estratégico Eficiencia terminal Anual 2019 Alumnos egresados / alumnos inscritos

Variables de cálculo Algoritmo Indicador Interpretación del resultado

Eg = Alumnos egresados de la generación

N-3 / Alumnos inscritos en la generación

Ef T------------ X 100

N

55.88 %

5,025 / 9,082

Mide la proporción de personas que egresan respecto de las que se

inscriben

Meta 2019 Comportamiento (Indicador / Meta)

Resultados últimos 3 años Gráfico

55.00% 102%2018 – 53.24%2017 – 49.15%2016 – 49.03%

*Este indicador se actualiza en el mes de noviembre

Tipo Nombre Período Unidad de medida

Estratégico Porcentaje de eficacia de titulación Anual 2019 Porcentaje

Variables de cálculo Algoritmo Indicador Interpretación del resultado

ET = Número de personas que se titulan en el período

N = Total de personas que egresaron en el período

ET--------- X 100

N

100.00%

5,025 / 5,025

Mide la proporción de personas que se titulan respecto de las que

egresan

Meta 2019 Comportamiento (Indicador / Meta)

Resultados últimos 3 años Gráfico

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo LeónIndicadores de Gestión

Al cierre del ejercicio 2019

100.00% 100%2018 – 88.59%2017 – 88.45%2016 – 86.83%

*Este indicador se actualiza en el mes de Noviembre

Tipo Nombre Período Unidad de medida

Estratégico Tasa de Crecimiento de la Matrícula Anual 2019 Porcentaje

Variables de cálculo Algoritmo Indicador Interpretación del resultado

TCM = Número de alumnos matriculados en el período N

TCMA = Número de alumnos matriculados en el período N-1

TCM---------- X 100 TCMA

4.40%

22,276 / 21,326

Es el incremento proporcional de la matrícula de un período a otro

Meta 2019 Comportamiento (Indicador / Meta)

Resultados últimos 3 años Gráfico

6.30% 70%2018 – (-0.12)%2017 – 6.39%2016 – 7.50%

*Este indicador se actualiza en el mes de Noviembre

Tipo Nombre Período Unidad de medida

Estratégico Porcentaje de Absorción Anual 2019 Porcentaje

Variables de cálculo Algoritmo Indicador Interpretación del resultado

IA = Número de alumnos matriculados en el sistema en el período N

ES = Total de egresados de secundaria en el período N

IA---------- X 100

ES

9.91%

8,832 / 89,100

Es la proporción de alumnos que se matriculan en el Sistema Conalep, respecto del total de

alumnos egresados desecundaria (Agosto del año

anterior)

Meta 2019 Comportamiento (Indicador / meta)

Resultados últimos 3 años Gráfico

11.00% 90%2018 – 9.152017 – 9.262016 – 9.87

*Este indicador se actualiza en el mes de Noviembre

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

GESTIÓN FINANCIERA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Gestión Financiera, fueroncomunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEGE-AP04-AF003/2021-TE al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado.

Presupuesto

1. El Ente Público mediante Acta de la LXXV sesión ordinaria de la H. Junta Directiva del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León del 14 de febrero de 2019, se aprueba el presupuesto de ingresos y egresos para el ejercicio fiscal 2019 por$453,579,815, como sigue:

Presupuesto de Ingresos 2019

FUENTE Monto

FAETA [Federal] $ 245,110,410Ingresos Propios 141,124,405SFTGENL [Estatal] 63,345,000Aportación de Fundaciones 4,000,000

Total $ 453,579,815

Presupuesto de Egresos 2019

CAPÍTULO Monto

1000 Servicios Personales $ 299,222,3512000 Materiales y Suministros 19,357,0243000 Servicios Generales 98,312,560

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

47/94

CAPÍTULO Monto5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 25,553,9406000 Inversión Pública 11,133,940Total $ 453,579,815

Además durante el ejercicio 2019 la Secretaria de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Secretaria de Educación Pública Federal autorizó incrementos por $4,993,685 como sigue:

Fecha de oficio ó

Convenio

Número de oficio ó Convenio Concepto Importe

10/07/18 Convenio Autonomía de Gestión Fondo para Fortalecer la Autonomía de Gestión en Planteles de Educación Media Superior

$ 124,998

05/08/19 D.G./227/2019 Incremento al Programa Estímulos al Desempeño Docente 2019

200,712

02/09/19 D.G./256/2019 Incremento salarial 2019 para personal ATM y H/S/M adscrito al FAETA

3,631,322

03/09/19 D.G./259/2019 Incremento a prestaciones 2019 para personal ATM adscrito al FAETA

608,258

17/12/19 SPDI/DPP/570/2019 Incremento a Despensa 2019 para personal de MMyS adscrito al FAETA

34,800

20/12/19 SPD/DPP/569/2019 Incremento 2019 CODECA para personal ATM adscrito al FAETA

393,595

Total $ 4,993,685

Asimismo, el Ente Público registró gastos en el ejercicio 2019, como sigue:

Gastos y otras pérdidas

Concepto Según Cuenta Pública

Servicios personales $ 305,731,175Materiales y suministros 34,352,273Servicios generales 113,964,192

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

48/94

Concepto SegúnCuenta Pública

Bienes muebles, inmuebles e intangibles 17,964,903

Inversión Pública 7,244,636Total $ 479,257,179

Derivado de lo anterior se concluye que el presupuesto aprobado aplicable para el ejercicio 2019 es el siguiente:

Concepto Presupuesto Aprobado

Ampliaciones Total Presupuesto 2019

Gasto según Cuenta Pública

Variación

Gastos y otras pérdidasServicios personales $ 299,222,351 $ 4,993,685 $ 304,216,036 $ 305,731,175 $ (1,515,139)Materiales y suministros

19,357,024 - 19,357,024 34,352,273 (14,995,249)

Servicios generales 98,312,560 - 98,312,560 113,964,192 (15,651,632)

Bienes muebles, inmuebles e intangibles

25,553,940 - 25,553,940 17,964,903 7,589,037

Inversión Pública 11,133,940 - 11,133,940 7,244,636 3,889,304

453,579,815 4,993,685 458,573,500 479,257,179 (20,683,679)

De la tabla que antecede, se observó que el monto de $20,683,679 se utilizó en exceso del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2019, en consecuencia, el titular del Ente Público utilizó ingresos excedentes, indebidamente, en contravención a lo establecido en los artículos 52, 59 y 81 de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2019, 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 16, 35, 38 y 154 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León y 13 fracciones II, IV y V de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

Adicionalmente, es de mencionar que cualquier ingreso excedente derivados de ingresos de libre disposición debe cumplir con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en consecuencia, dado que acorde al resultado del sistema de alertas emitido por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, la Entidad Federativa para el ejercicio fiscal 2019 se encontró dentro de un nivel de endeudamiento en observación, no puede utilizarse ningún ingreso excedente derivados de ingresos de libre disposición para gasto corriente e inversión, acorde a lo señalado por el

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

segundo y tercer párrafo del citado artículo en concordancia con el primer y segundo párrafo del artículo cuarto transitorio de la mencionada Ley.

Normativa

RespuestaDel Ente Público

"Se observó que el monto de $20,683,679 se utilizó en exceso del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2019, en consecuencia, el titular del Ente Público utilizó ingresos excedentes, indebidamente, en contravención a lo establecido en los artículos 52, 59 y 81 de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2019, 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 16, 35, 38 y 154 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León y 13 fracciones II, IV y V de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

En atención a su observación, se adjunta copia de los acuerdos debidamente firmados, los cuales fueron establecidos durante la Sesión Ordinaria No. LXXVIII de la H. Junta Directiva del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, celebrada el día 28 de noviembre del año 2019, donde, específicamente en el acuerdo No. 26.ORD.LXXVIII.19 se aprueba la modificación o ampliación por $ 10´000,000.00 (Diez Millones de Pesos 00/100 m.n) al Presupuesto de Egresos Autorizado del Conalep Nuevo León.

Así mismo, le informo que del análisis efectuado por ese Ente Auditor, consideraron gastos contables no presupuestales en su comparativo informativo por la cantidad de $ 3´908,851.00, como son el Costo Financiero y Laboral NIF-D3 y el Consumo de Herramientas por Donaciones Efectuadas al Colegio. Se anexa a la presente Póliza de Diario No. 1131 del 31 de Octubre 2019, así como Póliza de Diario 288 del 13 de Marzo 2019. Considerando lo antes expuesto, la variación que se menciona en su Informe de Observaciones Cuenta Pública 2019 por la cantidad de ($20,683,679) se reduciría a la cantidad de ($ 6´774,828.00) como se muestra a continuación:"

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, la cual solventa parcialmente, dado que derivado de su respuesta se considera disminuir los gastos registrados por el Ente Público que no implican una salida de efectivo por $3,908,851, además se rectifica el importe señalado como adquisiciones en bienes muebles adicionando

$394,075, mismo que inicialmente no se consideró en la observación, por lo que persiste un importe en exceso al presupuesto autorizado de $17,168,903 como sigue:

Concepto

Presupuesto Aprobado

Ampliaciones Total Presupuesto 209

Gasto según Cuenta Pública

Variación

Gastos y otras pérdidasServicios personales $ 299,222,351 $ 4,993,685 $ 304,216,036 $ 305,731,175 $ (1,515,139)Materiales y suministros

19,357,024 19,357,024 33,694,739 (14,337,715)

Servicios generales 98,312,560 98,312,560 110,712,875 (12,400,315)

Anexo 1

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

ACTIVO

Activo circulante

Derechos a recibir efectivo o equivalentes

Cuentas por cobrar a corto plazo

94,962

89,304

8,903)

2. Se observó que existen cuentas por cobrar (a cargo de empleados) no recuperadas oportunamente al 31 de diciembre de 2019 por un total de $40,188, y en su caso no han sido rebajados al personal vía nómina, así mismo, no exhibió evidencia de las gestiones para su cobro, se integra como sigue:

Concepto Presupuesto Ampliaciones Total Gasto según VariaciónAprobado Presupuesto 209 Cuenta Pública

Bienes muebles, 25,553,940 25,553,940 18,358,978 7,1inmuebles e intangibles

Inversión Pública 11,133,940 11,133,940 7,244,636 3,8

453,579,815 4,993,685 458,573,500 475,742,403 (17,16

Así mismo el Ente Público señaló "En atención a su observación, se adjunta copia de los acuerdos debidamente firmados, los cuales fueron establecidos durante la Sesión Ordinaria No. LXXVIII de la H. Junta Directiva del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, celebrada el día 28 de noviembre del año 2019, donde, específicamente en el acuerdo No. 26.ORD.LXXVIII.19 se aprueba la modificación o ampliación por $ 10´000,000.00 (Diez Millones de Pesos 00/100 m.n) al Presupuesto de Egresos Autorizado del Conalep Nuevo León.", sin embargo, el importe señalado se encuentra en una hoja independiente sin firmas la cual no se puede vincular a la sesión ordinaria No. LXXVIII y derivado de dicha situación no se considera para el análisis en mención.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Plantel Cuenta contable Deudor Fecha de Tipo y Concepto Importeregistro número

de póliza

Dirección General 1.1.2.3.9.030 Seguro de vehículos 10/01/2018 PD-499 Registro de cuenta por $ 35,938empleados cobrar a empleados

Monterrey I 1.1.2.3.9.884 Luis Ángel de Jesús 26/02/2018 PD-743 Anticipo de sueldo 4,250Castillo

Total $ 40,188

Esta observación fue incluida en el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2018.

Control Interno

RespuestaDel Ente Público

"Se observó que existen cuentas por cobrar (a cargo de empleados) no recuperadas oportunamente al 31 de diciembre de 2019 por un total de $40,188, y en su caso no han sido rebajados al personal vía nómina, así mismo, no exhibió evidencia de las gestiones para su cobro.

Cuenta 1.1.2.3.9.030 Seguro de vehículos

empleados Importe: $35,938

Se anexa Acta Administrativa elaborada por el Area de Contabilidad de ésta Dirección General Conalep, la cual menciona que "Como parte del proceso de depuración de las cuentas contables, principalmente por lo que respecta a la antigüedad de saldos de las mismas, la cuales integran la contabilidad e información financiera del Conalep Nuevo León, y toda vez que el área de servicios administrativos, tanto de Dirección General como de planteles y el C.AS.T. Guadalupe, tienen entre sus funciones principales el controlar los ingresos, egresos, activos y pasivos del Conalep Nuevo León, y en apego al Artículo 7, fracción VI de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León que dice, "Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, transparencia, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público, y que para la efectiva aplicación de dichos principios, dichos Servidores Públicos observarán las siguientes directrices: Administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados" se procede a analizar la cuenta 11239-030 "Seguro de Vehículos Empleados"

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

que a la fecha del presente, arroja un saldo contable por un importe de $35,937.53 (Treinta y cinco mil, novecientos treinta y siete pesos, 53/100 M.N.) y al revisar dicha cuenta, y verificando las retenciones quincenales vía nómina por éste concepto, contra el pago a las distintas compañías aseguradoras, denota una falta de conciliación entre los avisos de cobro contenidos en las pólizas de pago por seguro de autos de los empleados, con cada una de las unidades administrativas, quienes validaban las nóminas correspondientes, y cuyo entero lo realizaba la Dirección Administrativa del Colegio.

Aunado a lo anterior, se tenía como método de pago, el enterar o pagar con antelación (inicio del período) la póliza de seguro de autos, con respecto a las retenciones por devengar de nómina quincenales subsecuentes que amparan dicho pago, principalmente con la compañía ABA Seguros".

Es importante mencionar que se revisaron los períodos Enero-Diciembre por los ejercicios fiscales 2011,2012, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017 y que al haber agotado las revisiones a los auxiliares contables correspondientes, que pudiera denotar o señalar algún error de registro, se puede deducir que los cargos o débitos contenidos corresponden efectivamente a egresos de recursos económicos, y los abonos a retenciones quincenales de trabajadores, tanto administrativos como docentes del Colegio.

Con la única y expresa finalidad y objetivo de resarcir el saldo pendiente por cobrar, para poder subsanar nuestra presunta falta de conciliación y con pleno acuerdo de voluntades por parte del personal adscrito y responsable del área administrativa del Colegio, vigente en el último período analizado, se procederá a cubrir lo antes expuesto conforme al planteamiento contenido en el Acta Administrativa que se adjunta. No omito comentar que a la fecha del presente se tiene el 80% del consentimiento del personal, estimando iniciar los descuentos a partir de la segunda quincena de febrero 2021.

Cuenta 1.1.2.3.9.884 Luis Angel de Jesús Castillo

Importe: $4,250

Este adeudo (Saldo) corresponde a la prestación de anticipo de sueldo otorgado en la quincena 04/2018 al C. Luis Angel de Jesús Castillo, administrativo encargado del Departamento de Informática del Plantel Ing. José Antonio Padilla Segura, hasta el momento sigue vigente la Demanda Laboral.

En un inicio se presenta dicha demanda (Se adjunta a la presente) en contra del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo león, promovida inicialmente, y según Expediente No. 08512/i/10/2018 en la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.

Posteriormente, éste expediente se radicó por declararse incompetente la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado hacia el Tribunal de Arbitraje,

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

bajo el expediente Número P-(1/245/18).(Se adjunta Instructivo), estando aún vigente elproceso de demanda laboral en contra del Colegio.

El C. Luis Angel de Jesús Castillo, fue puesto a disposición de la Dirección General del Colegio por la Directora del Plantel José Antonio Padilla Segura, por conducta indebida y deficiencias en la prestación del servicio según oficio Ref.-40-/LD02/2018 del 21 de mayo del 2018."

Anexo 4

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, la cual solventa parcialmente, de acuerdo a lo siguiente:

Respecto a la cuenta 1.1.2.3.9.030, solventa parcialmente dado que el Ente Público emprendió acciones mediante Acta Administrativa del 3 de febrero de 2021, en la que establece que se deducirá vía nómina a los empleados una cantidad de $35,938 del periodo de febrero a junio de 2021, sin embargo a la fecha de la respuesta aún no ha sido recuperada la cifra en mención.

Respecto a la cuenta 1.1.2.3.9.884, no solventa, aún y cuando señaló que dicho monto corresponde a anticipo de sueldo y que al exempleado que se le otorgo presentó demanda laboral en contra del Ente Público, y que se encuentra en proceso, sin embargo, no ha sido recuperado el importe de $4,250.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Dar seguimiento a los descuentos quincenales por nómina de la cuenta 1.1.2.3.9.030 para la recuperación del monto por $35,938.Continuar con el seguimiento de la demanda laboral y en su caso la aplicación del monto de $4,250 al concluir la sentencia correspondiente.

Activo no circulante

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes e intangibles

3. En el ejercicio 2019 el Ente Público proporcionó cálculo de la depreciación al 31 de diciembre de 2019, el cual lo divide en dos tipos de bienes:

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1) Bienes totalmente depreciados, a los cuales les asigno un valor de revaluación y éste valor lo depreció durante el ejercicio 2019 acorde a una vida útil distinta a los bienes que no están totalmente depreciados.

2) Bienes que no están totalmente depreciados, a los cuales le asignó la vida útil acorde a los parámetros de estimación de vida útil

De lo anterior se observó lo siguiente:

a) No existe justificación de mantener distintos tipos de vida útil para bienes que son similares, además no justifica incrementar el valor de los bienes por concepto de "revaluación" dado que el Acuerdo por el que se emiten las principales reglas de registro y valoración del patrimonio (elementos generales), establece en el apartado V valor inicial y posterior del activo, pasivo y hacienda pública / patrimonio (No circulante - inmuebles y muebles): que en su reconocimiento inicial estos activos deben valuarse a su costo de adquisición, valor razonable o su equivalente en concordancia con el postulado básico de valuación; y en momentos posteriores su valor será el mismo valor original menos la depreciación acumulada y/o las pérdidas por deterioro acumuladas.

b) No realizó una estimación adecuada para la vida útil de los activos, dado que mantiene en el inventario al 31 de diciembre de 2019 bienes que sobrepasan los años de utilidad que se espera de los activos.

c) No consideró una estimación del valor que tendrá el activo en la fecha en que dejará de ser útil para el Ente Público (valor de desecho).

d) El Ente Público utilizó los Parámetros de estimación de vida útil (publicados el 15 de agosto de 2012), sin embargo, éstos se crearon con la finalidad de apoyar en la transición para la aplicación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y se emitó a manera de "recomendación", cuando el Ente Público no cuente con los elementos para estimar la vida útil, de conformidad con las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales) y Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, sin embargo para el caso específico del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León que fue creado el 30 de diciembre de 1998, por lo que al tener más de 20 años de experiencia, tiene los elementos para estimar una vida útil acorde al mismo y determinar sus costos de operación correctamente.

Lo anterior en contravención de lo establecido por el Consejo Nacional de Armonización Contable en el Acuerdo por el que se emiten las reglas específicas del registro y valoración del patrimonio (inciso B - punto 6-Depreciación, deterioro y amortización, del ejercicio y

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acumulada de bienes), estableciendo su observancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Normativa

RespuestaDel Ente Público

"En el ejercicio 2019 el Ente Público proporcionó cálculo de la depreciación al 31 de diciembre de 2019, el cual lo divide en dos tipos de bienes:

1) Bienes totalmente depreciados, a los cuales les asigno un valor de revaluación y éste valor lo depreció durante el ejercicio 2019 acorde a una vida útil distinta a los bienes que no están totalmente depreciados.

2) Bienes que no están totalmente depreciados, a los cuales le asignó la vida útil acorde a los parámetros de estimación de vida útil

De lo anterior se observó lo siguiente:

a) No existe justificación de mantener distintos tipos de vida útil para bienesque son similares, además no justifica incrementar el valor de los bienes por concepto de "revaluación" dado que el Acuerdo por el que se emiten las principales reglas de registro y valoración del patrimonio (elementos generales), establece en el apartado V valor inicial y posterior del activo, pasivo y hacienda pública / patrimonio (No circulante - inmuebles y muebles): que en su reconocimiento inicial estos activos deben valuarse a su costo de adquisición, valor razonable o su equivalente en concordancia con el postulado básico de valuación; y en momentos posteriores su valor será el mismo valor original menos la depreciación acumulada y/o las pérdidas por deterioro acumuladas.

Respuesta:

En atención a su observación, fracción a) le informo que la aplicación de la Depreciación año 2019 se llevó a cabo en concordancia al Acuerdo por el que se Reforman las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de diciembre del 2011, con última reforma publicada en el DOF-27-12-2017. ( Se adjunta al presente).

En la página 05 de dicho acuerdo, donde se explica el Postulado Básico de Valuación dice:

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b) "La información reflejada en los estados financieros deberá ser revaluada aplicando los métodos y lineamientos que para efecto emita el CONAC."

Adicionalmente, de no existir alguna justificación para incrementar el valor de los bienes por "revaluación", simplemente no aparecería éste concepto en los instructivos de Manejo de Cuentas, normativa emitida por CONAC. Se adjunta a la presente instructivo para el manejo de las siguientes cuentas:

Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas

Mobiliario y Equipo Educacional y Recreativo

Donde claramente, en los cargos de éstas cuentas, aparece: "Por el Incremento del valor de los bienes derivado de la actualización por revaluación".

Sin embargo, y tomando en consideración su observación, se llevará a cabo la cancelación de la Póliza de Diario 1336 del 31 de Diciembre de 2017, la cual se adjunta a la presente. En ésta póliza, el valor de Revaluación no es más que el valor de Desecho, y éste valor no es más que el componente de la fórmula.

b) No realizó una estimación adecuada para la vida útil de los activos, dado que mantiene en el inventario al 31 de diciembre de 2019 bienes que sobrepasan los años de utilidad que se espera de los activos.

Respuesta:

Con su observación, denota que no resulto factible el Estudio o Dictamen realizado para determinar la vida útil de los activos, y el cual fue proporcionado al personal de auditoría.

c) No consideró una estimación del valor que tendrá el activo en la fecha en que dejará de ser útil para el Ente Público (valor de desecho).

Respuesta:

Si se consideró, ver documentación soporte de la Póliza de Diario 1336 del 31 de Diciembre de 2017, antes mencionada en la fracción a). También aparece el valor de desecho en el estudio proporcionado al personal de auditoría.

Adicionalmente, en base al Acuerdo por el que se Reforman las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, el valor de desecho es la mejor estimación del valor que tendrá el activo en la fecha en la que dejará de ser útil para el ente público. Esta fecha es el fin de su vida útil, o la del fin de su vida económica y si no se puede determinar es igual a cero. Ver punto 6 página 9.

d) El Ente Público utilizó los Parámetros de estimación de vida útil (publicados el 15 de agosto de 2012), sin embargo, éstos se crearon con la finalidad de

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apoyar en la transición para la aplicación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y se emitó a manera de "recomendación", cuando el Ente Público no cuente con los elementos para estimar la vida útil, de conformidad con las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales), sin embargo para el caso específico del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León que fue creado el 30 de diciembre de 1998, por lo que al tener más de 20 años de experiencia, tiene los elementos para estimar una vida útil acorde al mismo y determinar sus costos de operación correctamente.

Respuesta:

Se anexa documento denominado Parámetros de Estimación de Vida Util, normativa vigente, según Portal CONAC www.conac.gob.mx publicada el 31 de julio del 2012, en donde se proporciona la "Guía de Vida Util Estimada y Porcentajes de Depreciación" considerando un uso normal y adecuado a las características del bien.

Si bien se hace mención a que esta Guía se emite a manera de recomendación, el hecho de que esté disponible en el portal y se encuentre vigente es precisamente para su uso, ya que funciona como aspecto técnico para el cálculo en cuestión y no es como hace mención en su observación, que Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo Leon fue creado el 30 de Diciembre de 1998, y que se tiene 20 años de experiencia. Le informo que en el cálculo de estos datos nada tiene que ver la creación de la Institución, ya que dicho conceptos no son aplicados por la misma, si no por el personal adscrito a la misma, el cual no es cualificado ni competente para estimar una vida útil a los activos del Colegio, caso contrario a un perito valuador, y de ésta manera determinar los costos de operación correctamente. Es importante mencionar que en el Acuerdo por el que se Reforman las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio antes mencionado, claramente dice que la autoridad competente que autorice la vida útil estimada de un bien deberá contar con un dictamen técnico, peritaje obtenido o estudio realizado.

Por lo tanto, si existe una Guía de Vida Util Estimada, debidamente publicada y vigente, y se trata de normativa expedida por el CONAC, no se encuentra impedimento alguno en apegarnos a su contenido. Por lo cual, se considera no ir en contra de lo emitido por la CONAC en el Acuerdo antes mencionado.

Adicionalmente, se le solicita observar los principios rectores constitucionales de la fiscalización a la cuenta pública, de conformidad con el artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y el artículo 18 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN

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TITULO X

DE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO

Artículo 136.- La Auditoría Superior del Estado es un órgano auxiliar del Congreso en la facultad de fiscalización sobre las cuentas públicas presentadas por los sujetos de fiscalización a los que se refiere el Artículo 63 fracción XIII de esta Constitución. Asimismo, deberá fiscalizar los hechos, actos u omisiones de las entidades del Estado y los Municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública.

Las observaciones y recomendaciones que, respectivamente, la Auditoría Superior del Estado emita, sólo podrán referirse al ejercicio de los recursos públicos de la Cuenta Pública en revisión.

Adicional, Para la economía clásica, estos recursos deben tener un propósito fiscal, que es ser utilizados como un medio exclusivo para costear los gastos que el Estado debe efectuar con el fin de cumplir con sus funciones primordiales.

LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

Título Tercero DE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR

Capítulo Primero

De la Fiscalización de la Cuenta Pública.

Artículo 18.- La fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, que incluyen, entre otras cosas, subsidios, transferencias, donativos, fondos, los gastos fiscales y los pagos y amortización de la deuda pública; así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que los Entes Públicos deban incluir en dicho documento; conforme a las disposiciones aplicables. Asimismo, comprende el manejo, la custodia y la aplicación de dichos ingresos y egresos, y de los recursos transferidos. La fiscalización de la Cuenta Pública tiene por objeto evaluar los resultados de la gestión de los Entes Públicos; comprobar si se observó lo dispuesto en los presupuestos, la Ley de Ingresos del Estado, Ley de Ingresos de los Municipios, y demás disposiciones legales aplicables, así como la práctica de auditorías sobre el desempeño para verificar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los planes de desarrollo Compilación Legislativa del Estado de Nuevo León Secretaría General de Gobierno, Coordinación de Asuntos Jurídicos Página 16 de 65 estatal o municipales, conforme a las normas y principios constitucionales rectores de la fiscalización de la Cuenta Pública."

Anexo 5

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la respuesta y documentación proporcionada por el Ente Público, la cual solventa parcialmente, de acuerdo a lo siguiente:

Respecto al inciso a) de lo observado, no solventa, el Ente Público señaló entre otras cosas " tomando en consideración su observación, se llevará a cabo la cancelación de la Póliza de Diario 1336 del 31 de Diciembre de 2017, la cual se adjunta a la presente. En ésta póliza, el valor de Revaluación no es más que el valor de Desecho, y éste valor no es más que el componente de la fórmula.", sin embargo, el valor de desecho forma parte del costo de adquisición del bien y el conocer el mismo mediante un avalúo, no justifica incrementar el valor de los bienes; por lo que contraviene lo establecido en las Reglas específicas del registro y valoración del patrimonio (punto 6 - Depreciación, Deterioro y Amortización, del Ejercicio y Acumulada de Bienes), dado que el concepto de "Costo de adquisición": Es el monto pagado de efectivo o equivalentes por un activo o servicio al momento de su adquisición y es este el que debe mantenerse hasta en tanto no sea objeto de alguna afectación el bien; además, el Acuerdo por el que se emiten las principales reglas de registro y valoración del patrimonio (elementos generales), establece en el apartado V valor inicial y posterior del activo, pasivo y hacienda pública / patrimonio (No circulante - inmuebles y muebles): que en su reconocimiento inicial estos activos deben valuarse a su costo de adquisición, valor razonable o su equivalente en concordancia con el postulado básico de valuación; y en momentos posteriores su valor será el mismo valor original menos la depreciación acumulada y/o las pérdidas por deterioro acumuladas; por lo anterior la observación persiste en los términos comunicados.

Respecto al inciso b) de lo observado, no solventa, dado que aún y que proporcionó un estudio o dictamen realizado para determinar la vida útil de los activos, en este, no realizó una estimación adecuada para la vida útil de los activos, dado que existe bienes que sobrepasan los años de utilidad que se espera de los activos, es decir, existen bienes (en uso) con una vida muy superior a la que se tiene estimada actualmente.

Respecto al inciso c) de los observado, solventa parcialmente, dado que presentó, el Estudio o dictamen realizado para determinar el valor de deshecho de los activos, sin embargo, no lo está aplicando en el cálculo proporcionado para la totalidad de los bienes, así mismo es de mencionar que no proporcionó documentación para en su caso determinar un valor de desecho de cero.

Respecto al inciso d) de lo observado, no solventa de acuerdo a lo siguiente:

Si bien es cierto que los Parámetros de estimación de vida útil (publicados el 15 de agosto de 2012), se encuentra vigentes y es factible su uso, también lo es que dichos parámetros se crearon con la finalidad de apoyar en la transición para la aplicación

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de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y se emitieron a manera de"recomendación", cuando el Ente Público no cuente con los elementos para estimar la vida útil, sin embargo, el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León que fue creado el 30 de diciembre de 1998, por lo que al tener más de 20 años de experiencia, tiene los elementos para estimar una vida útil acorde al mismo y determinar sus costos de operación correctamente, lo anterior mencionado es una referencia para analizar retrospectivamente la situación de los tipos de bienes con los que cuenta el Ente Público y poder determinar cuanto tiempo de uso les da a los mismos, para lo cual no sería aplicable utilizar dichos parámetros dado que difiere en mucho la vida útil de los bienes en uso contra los mencionados parámetros.

Así mismo y como referencia a lo señalado en la respuesta del Ente Público se describe párrafo del apartado B. en su punto 6 de las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio que a la letra dice: "La autoridad competente que autorice la vida útil estimada del bien o grupo de bienes deberá contar con un dictamen técnico, peritaje obtenido o estudio realizado que considere según corresponda, los elementos anteriormente enunciados.", por lo que da referencia a que debe existir una autoridad del Ente Público que autorizará la vida útil, misma que deberá contar con "dictamen técnico", "peritaje obtenido" o "estudio realizado", y este no da pie a que necesariamente sea realizado por un perito valuador, dado que puede existir personal del Ente Público con la capacidad técnica y poder realizar dicho estudio o dictamen.

Cabe mencionar que aún y cuando el Ente Público señala en la parte final de su respuesta, observar los principios rectores constitucionales en la fiscalización, lo es que esta Auditoria Superior del Estado aplica los mismos, y dado que la situación observada se encuentra plasmada en la Cuenta Pública del ejercicio en cuestión en su Estado de Situación Financiera, parte del activo no circulante con las cifras presentadas en los rubros de Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes en correlación con el rubro de Bienes muebles, se encuentra obligada por la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León a realizar la fiscalización correspondiente y emitir opinión de los mismos, además, con los párrafos que anteceden da valor probatorio de que carece o no cumple en cada concepto observado, así mismo resulta imperante que el Ente Público cumpla con la totalidad de las disposiciones señaladas en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la normativa emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

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OBRA PÚBLICA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Obra Pública, fueron comunicadasmediante el oficio ASENL-OPR-AEGE-AP04-AOP019/2020-TE, al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentaran las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose la respuesta conducente dentro del plazo otorgado.

De un importe registrado para obras o servicios por contrato y en su caso, obras por administracióndirecta, por valor de $10,555,150, se seleccionaron $8,027,132.38, que representan un 76%, revisando la gestión financiera de los recursos públicos asignados a proyectos de obra pública a fin de verificar si se programaron, planearon, adjudicaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable a saber: Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León (en adelante LOPEMNL); que se emplearon correctamente los precios unitarios autorizados; que los conceptos pagados se hayan ejecutado; y que su puesta en operación y posterior funcionamiento se efectuó acorde con lo contratado o especificado.

De la citada revisión se detectaron observaciones en las obras, mismas que referenciadas con ladenominación del contrato, la descripción y su importe expresado en pesos que se registró durante el ejercicio, se detallan a continuación:

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registradoen el 2019

1 002/2018 Construcción de aulas y ampliación de área $ 2,769,809administrativa en edificio "A" para plantel Joel Rocha Barocio, ubicado en Camino a Tierra Blanca km. 1.5, congregación Anastacia de Treviño, Ciénega de Flores, Nuevo León

2 289/017/2019 Edificación de aulas para plantel Dr. Carlos Canseco González, ubicado en calle Gaspar Castaño y Rodesia del Norte S/N fracción Villa San Carlos, 2° Sector, Apodaca, Nuevo León

$ 2,655,325

3 CAST/056/2019 Reparaciones y adaptaciones en $ 647,628instalaciones(Adecuación en auditorio, sala de juntas, baños, dirección y acceso a plantel), CONALEP CAST Guadalupe

4 123/014/2019 Ampliación y remodelación en área de capacitación en el Plantel Eduardo Macías Santos, ubicado en calle Mariano Arista 3301 Vidriera Monterrey, Nuevo León

$ 312,208

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5 213/007/2019 Barda para pluvial del plantel Don José María $ 203,934 Hernández, ubicado en calle avenida Arroyo S/N,fraccionamiento Unidad Laboral, San Nicolás de los Garza, Nuevo León

Las observaciones aludidas se mencionan a continuación:

OBRA PÚBLICA

PROVEEDORES POR PAGAR

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2019

1 002/2018 Construcción de aulas y ampliación de áreaadministrativa en edificio "A" para plantel Joel Rocha Barocio, ubicado en Camino a Tierra Blanca km. 1.5, congregación Anastacia de Treviño, Ciénega de Flores, Nuevo León

$ 2,769,809

4. De la revisión del expediente técnico se detectó, que la obra se terminó el 19 de julio de 2019según acta de entrega de recepción y de acuerdo, al contrato de obra se debió terminar el 7 de diciembre de 2018, es decir con 224 días de atraso, lo cual representa un 243% de variación con respecto al plazo de ejecución contratado originalmente de 92 días naturales, lo cual hace evidente que los estudios de preinversión, las investigaciones, asesorías, consultorías y estudios que se realizaron, incluyendo los proyectos arquitectónicos y de ingeniería, no fueron suficientes para garantizar la ejecución de los trabajos contratados con los mínimos riesgos de modificaciones y situaciones imprevistas, incumpliendo con las obligaciones establecidas en el artículo 19, fracción I, en relación al artículo 26, párrafo tercero de la LOPEMNL. (Obs. 1.1)

Normativa

Respuesta"Al 1.1.- Se adjunta la documental de solicitud de prórroga de fecha 26-veintiseis de Noviembre del 2018-dos mil dieciocho, así como el convenio modificatorio al contrato de obra a precios unitarios y tiempo determinado celebrado el 01-primero de septiembre de 2018-dos mil dieciocho, que justifican los tiempos de ejecución de obra, referente a la construcción de aulas y ampliación de área administrativa en edificio "A" para el plantel Joel Rocha Barocio. Ahora bien, Si bien es cierto que acorde al acta de entrega de recepción los trabajos se concluyeron el 19 de julio de 2019. También lo es, que esto fue debido a las causas imprevistas por sucesos naturales, como lo son las condiciones de lluvia,

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mismas que son mencionadas por el contratista en su solicitud de prórroga. En sentido de que el art. 76 de la LOPEMNL permite las modificaciones a los contratos a través de convenios, estableciendo el parámetro del 25% de modificación para distinguir los convenios modificatorios del convenio adicional único, pero sin limitar el porcentaje de variación, siempre y cuando no se afecte la naturaleza y las características esenciales de la obra

Por lo anterior, no debe determinarse que esta Institución incumplió en las obligaciones del artículo 19 fracción I y 26 párrafo tercero de la LOPEMNL, en el sentido no prever la ampliación del plazo de la obra, cuando dicha ampliación es consecuencia de hechos derivados de casos fortuitos o fuerza mayor, como lo son los sucesos de la naturaleza, mismos que por su naturaleza no pueden ser previstos, ya que se encuentran fuera del dominio de la voluntad, se robustece lo anterior con la siguiente tesis:

Novena Época

Núm. de Registro: 197162

Instancia:Tribunales Colegiados de Circuito

Fuente:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo VII, Enero de 1998Materia(s): Civil

Tesis:II.1o.C.158

Página:1069

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. CUANDO EL ACTO O HECHO EN QUE SESUSTENTA ES UN ACTO DE AUTORIDAD. La doctrina jurídica es unánime al admitir que existen ocasiones en que el incumplimiento de una obligación no puede ser imputable al deudor, porque éste se ve impedido a cumplir por causa de un acontecimiento que está fuera del dominio de su voluntad, que no ha podido prever o que aun previéndolo no ha podido evitar. A un acontecimiento de esa naturaleza se le llama caso fortuito o fuerza mayor. Los diversos tratadistas como Bonnecase, García Goyena, Henri León Mazeaud y André Tunc también son acordes al distinguir tres categorías de acontecimientos constitutivos del caso fortuito o de fuerza mayor, según provengan de sucesos de la naturaleza, de hechos del hombre o de actos de la autoridad; sea que el acontecimiento proceda de cualquiera de esas fuentes y, por ello, provoque la imposibilidad física del deudor para cumplir la obligación, lo que traerá como lógica consecuencia que no incurra en mora y no pueda considerársele culpable de la falta de cumplimiento con la correspondiente responsabilidad de índole civil, dado que a lo imposible nadie está obligado. Las características principales de esta causa de inimputabilidad para el deudor son la

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imprevisibilidad y la generalidad, puesto que cuando el hecho puede ser previsto el deudordebe tomar las prevenciones correspondientes para evitarlo y si no lo hace así, no hay caso fortuito o fuerza mayor; el carácter de generalidad implica que la ejecución del hecho sea imposible de realizar para cualquier persona, no basta, pues, con que la ejecución sea más difícil, más onerosa o de desequilibrio en las prestaciones recíprocas. Así, cuando se trata de actos de autoridad, que algunos autores como Manuel Borja Soriano catalogan dentro de la categoría de hechos provenientes del hombre, el hecho del príncipe, se da a entender a todos aquellos impedimentos que resultan de una orden o de una prohibición que emana de la autoridad pública.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO

Amparo directo 487/97. U.S.A. English Institute, A.C. 9 de octubre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Romero Vázquez. Secretaria: Elizabeth Serrato Guisa.

De lo anteriormente expuesto se justifica mediante las documentales adjuntas al presente".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, ya que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de solicitud de prórroga de 170 días, de fecha 26 de noviembre de 2018, así como el convenio modificatorio celebrado el 31 de julio de 2019, que justifica los tiempos de ejecución de la obra, confirman que la obra sufrió las modificaciones señaladas, por lo tanto persiste la observación.

Es de mencionar que si bien es cierto que la modificación al plazo señalada está amparada mediante convenio modificatorio, también lo es que se incumplió con la normatividad señalada respecto a los estudios de planeación solicitados por la LOPEMNL, ya que estos no fueron suficientes para garantizar que la obra sufra los mínimos riesgos de modificaciones y situaciones imprevistas, acorde a lo señalado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, realizar los estudios de preinversión necesarios previo a la licitación de las obras, para garantizar que su construcción se apegue a lo establecido en el proyecto original.

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Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2019

2 289/017/2019 Edificación de aulas para plantel Dr. Carlos Canseco $ 2,655,325 González, ubicado en calle Gaspar Castaño yRodesia del Norte S/N fracción Villa San Carlos, 2° Sector, Apodaca, Nuevo León

5. De la revisión del expediente técnico se detectó, que la obra se terminó el 28 denoviembre de 2019 según acta de entrega de recepción y de acuerdo al contrato de obra se debió terminar el 8 de septiembre de 2019, es decir con 81 días de atraso, lo cual representa un 116% de variación con respecto al plazo de ejecución contratado originalmente de 70 días naturales, lo cual hace evidente que los estudios de preinversión, las investigaciones, asesorías, consultorías y estudios que se realizaron, incluyendo los proyectos arquitectónicos y de ingeniería, no fueron suficientes para garantizar la ejecución de los trabajos contratados con los mínimos riesgos de modificaciones y situaciones imprevistas, incumpliendo con las obligaciones establecidas en el artículo 19, fracción I, en relación al artículo 26, párrafo tercero de la LOPEMNL. (Obs. 2.1)

Normativa

Respuesta"Se adjunta la documental de solicitud de prórroga de fecha 02-dos de septiembre del 2019- dos mil diecinueve, así como el convenio único al contrato de obra a precios unitarios y tiempo determinado celebrado el día 09-nueve de diciembre de 2019, que justifican los tiempos de la ejecución de obra referente a "Edificación de Aulas en el Plantel Apodaca Dr. Carlos Canseco González". Ahora bien, Si bien es cierto que acorde al acta de entrega de recepción los trabajos se concluyeron el 28 de Noviembre de 2019. También lo es, que esto fue debido a las causas imprevistas por sucesos naturales, como lo son las condiciones de lluvia, mismas que son mencionadas por el contratista en su solicitud de prórroga. En sentido de que el art. 76 de la LOPEMNL permite las modificaciones a los contratos a través de convenios, estableciendo el parámetro del 25% de modificación para distinguir los convenios modificatorios del convenio adicional único, pero sin limitar el porcentaje de variación, siempre y cuando no se afecte la naturaleza y las características esenciales de la obra.

Por lo anterior, no debe determinarse que esta Institución incumplió en las obligaciones del artículo 19 fracción I y 26 párrafo tercero de la LOPEMNL, en el sentido no prever la ampliación del plazo de la obra, cuando dicha ampliación es consecuencia de hechos derivados de casos fortuitos o fuerza mayor, como lo son los sucesos de la naturaleza,

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mismos que por su naturaleza no pueden ser previstos, ya que se encuentran fuera del dominio de la voluntad, se robustece lo anterior con la siguiente tesis:

Novena Época

Núm. de Registro: 197162

Instancia:Tribunales Colegiados de Circuito

Fuente:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo VII, Enero de 1998Materia(s): Civil

Tesis:II.1o.C.158 C

Página:1069

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. CUANDO EL ACTO O HECHO EN QUE SESUSTENTA ES UN ACTO DE AUTORIDAD. La doctrina jurídica es unánime al admitir que existen ocasiones en que el incumplimiento de una obligación no puede ser imputable al deudor, porque éste se ve impedido a cumplir por causa de un acontecimiento que está fuera del dominio de su voluntad, que no ha podido prever o que aun previéndolo no ha podido evitar. A un acontecimiento de esa naturaleza se le llama caso fortuito o fuerza mayor. Los diversos tratadistas como Bonnecase, García Goyena, Henri León Mazeaud y André Tunc también son acordes al distinguir tres categorías de acontecimientos constitutivos del caso fortuito o de fuerza mayor, según provengan de sucesos de la naturaleza, de hechos del hombre o de actos de la autoridad; sea que el acontecimiento proceda de cualquiera de esas fuentes y, por ello, provoque la imposibilidad física del deudor para cumplir la obligación, lo que traerá como lógica consecuencia que no incurra en mora y no pueda considerársele culpable de la falta de cumplimiento con la correspondiente responsabilidad de índole civil, dado que a lo imposible nadie está obligado. Las características principales de esta causa de inimputabilidad para el deudor son la imprevisibilidad y la generalidad, puesto que cuando el hecho puede ser previsto el deudor debe tomar las prevenciones correspondientes para evitarlo y si no lo hace así, no hay caso fortuito o fuerza mayor; el carácter de generalidad implica que la ejecución del hecho sea imposible de realizar para cualquier persona, no basta, pues, con que la ejecución sea más difícil, más onerosa o de desequilibrio en las prestaciones recíprocas. Así, cuando se trata de actos de autoridad, que algunos autores como Manuel Borja Soriano catalogan dentro de la categoría de hechos provenientes del hombre, el hecho del príncipe, se da a entender a todos aquellos impedimentos que resultan de una orden o de una prohibición que emana de la autoridad pública.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Amparo directo 487/97. U.S.A. English Institute, A.C. 9 de octubre de 1997. Unanimidad devotos. Ponente: Ricardo Romero Vázquez. Secretaria: Elizabeth Serrato Guisa".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, ya que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de solicitud de prórroga de 84 días, de fecha 2 de septiembre de 2019, convenio modificatorio y convenio adicional celebrados el 18 de octubre de 2019 y 9 de diciembre de 2019, respectivamente, que justifica los tiempos de ejecución de la obra, confirman que la obra sufrió las modificaciones señaladas, por lo tanto persiste la observación.

Es de mencionar que si bien es cierto que la modificación al plazo señalada está amparada mediante convenio modificatorio, también lo es que se incumplió con la normatividad señalada respecto a los estudios de planeación solicitados por la LOPEMNL, ya que estos no fueron suficientes para garantizar que la obra sufra los mínimos riesgos de modificaciones y situaciones imprevistas, acorde a lo señalado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, realizar los estudios de preinversión necesarios previo a la licitación de las obras, para garantizar que su construcción se apegue a lo establecido en el proyecto original.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2019

3 CAST/056/2019 Reparaciones y adaptaciones eninstalaciones(Adecuación en auditorio, sala de juntas, baños, dirección y acceso a plantel), CONALEP CAST Guadalupe

$ 647,628

6. En la revisión del expediente, se detectó que los trabajos se adjudicaron bajo la modalidadde asignación directa por tres cotizaciones mediante la ley de adquisiciones, siendo que acorde a los trabajos realizados, estos entran dentro de la categoría de conservación indicados en la LOPEMNL y acorde al importe pagado de $647,628 se debió asignar bajo la modalidad de invitación a cuando menos cinco contratistas, como se indica en el artículo 3, fracción I, en relación al artículo 92, de la LOPEMNL. (Obs. 3.1)

Normativa

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Respuesta"De acuerdo a lo observado en este punto, se desprende que del expediente CAST/056/2019, se efectuó la contratación de servicios bajo la hipótesis de adjudicación directa, realizándose el procedimiento correspondiente en términos del Artículos 25 Fracción III y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, que a la letra dicen:

"Artículo 25. Tipos de procedimientos

Los entes gubernamentales seleccionarán de entre los procedimientos que a continuación se señalan, aquél que de acuerdo con la naturaleza de la contratación asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes:

...

III. Adjudicación directa; y""Artículo 43. Procedimiento de adjudicación directa"

"En los casos previstos por el Artículo 42, fracción I, para contratar adjudicacionesdirectas cuyo monto sea igual o superior a la cantidad señalada en la Ley deEgresos del Estado, se deberá contar con al menos tres cotizaciones con las mismascondiciones, que se hayan obtenido en los treinta días naturales previos al de laadjudicación y consten en un documento en el cual los proveedores oferentes se identifiquen indubitablemente. Se exceptuará de lo dispuesto en el presente párrafo cuando no existan al menos tres proveedores de los bienes o servicios materia de la contratación."

Lo anterior en correlación con el artículo 64 Fracción II de la Ley de Egresos del Estado, se cita lo siguiente:

"Artículo 64. Para los efectos previstos por los artículos 25, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, se observará lo siguiente:

...

II. Se contratará directamente mediante cotización por escrito de cuando menos tres proveedores, cuando su monto sea superior al señalado en la fracción I, pero noexceda de 14,400 cuotas."

Bajo esos contextos legales, nuestro Ente Público celebró el contrato de servicios con el Proveedor Regio Conductores S.A. de C.V., por la cantidad de $647,628.00, además

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

atendiendo la naturaleza del servicio prestado y en la época que se formalizo la contrataciónsegún el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, siendo el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización fue de $84.49 publicado en el Diario Oficial. Por lo tanto al no haberse excedido dicha cantidad de las 14, 4000 cuotas acorde a la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio Fiscal 2019, estuvimos en aptitud de haber realizado el Procedimiento de Adjudicación directa en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

Ahora bien, al encontrarse deterioro en áreas de baños, piso, sala de juntas, dirección y acceso al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), se tuvo lanecesidad de hacer la contratación del servicio debido a que el piso contaba con alfombrasintética por más de 20 años con hongos, desnivelación de la alfombra entre otros daños,

en tales circunstancias se llevó acabo el procedimiento de adjudicación directa en términos

del numeral 8 fracción IV (La contratación de los servicios relativos a bienes muebles

que se encuentren incorporados o adheridos a inmuebles, cuyo mantenimiento noimplique modificación alguna al propio inmueble;) de LAACSENL, ello en atención de

coadyuvar al sano desarrollo de los docentes y conservar la calidad de la infraestructura

educativa se realizó el mantenimiento correspondiente a dicho Centro, con fundamento en el

artículo 5 del Estatuto Orgánico y Reglamento Interior del Colegio de Educación Profesional

Técnica del Estado de Nuevo León, y 3 de la Constitución Política del Estado de NuevoLeón. En lo anteriormente expuesto y fundado, se demuestra con las fotografías

siguientes:

...

De las evidencias fotográficas anexadas, es notorio que no se realizó modificación alguna al inmueble, sino más bien se realizaron trabajos de mantenimiento, de ahí que al acreditar fehacientemente con evidencia fotográfica que los trabajos se encuentra dentro del marco competencial de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, cualquier señalamiento en contrario, también deberá acreditarse mediante evidencia y no criterios o interpretaciones legislativas".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de evidencia fotográfica de los trabajos realizados, así como tabla de cuotas de la ley de adquisiciones y arrendamientos, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que acorde a

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los trabajos realizados, estos contienen las características de una obra pública, por lo tanto,

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

el Ente Público debió apegarse a la normatividad indicada en la LOPEMNL, por lo que enrelación a ello, persiste la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, realizar la adjudicación de los servicios por medio de los procedimientos establecidos en la legislación aplicable, acorde al tipo de trabajos a ejecutar.

7. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue programada e incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2019, acorde con lo dispuesto en los artículos 18, fracción IV, 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 3.2)

Normativa

Respuesta"En relación a la observación auditada sobre "la documentación que permita verificar que la obra fue programada e incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2019, que como se manifestó en la respuesta a la observación 3.1, los trabajos se realizaron al amparo de la LAACNL, tal y como se justifica mediante el Acta de la LXXV Sesión Ordinaria de la H. Junta Directiva del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, de fecha 14 de Febrero del año 2019, misma que se acompaña al presente".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de Acta de la LXXV Sesión Ordinaria de la H. Junta Directiva del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León (CONALEPNL), no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de en el desglose de las obras indicadas en dicha Acta, no se localizó la obra en comento, por lo que no es posible precisar que la misma se haya incluido en el presupuesto del ejercicio 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en éste se recoja el monto de los recursos

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económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuaráno iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

8. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el presupuesto elaborado por el entepúblico para la obra, ni los análisis de precios unitarios que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración, obligación establecida en el artículo 19, fracción XIII, de la LOPEMNL. (Obs. 3.3)

Normativa

Respuesta"En el mismo punto se contesta que la contratación realizada para la reparación y mantenimiento del CAST Guadalupe, fue bajo la modalidad de contratación de adjudicación directa, al amparo de la LAACNL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

9. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque se invitó a cuando menos cinco contratistas al proceso de adjudicación, obligación establecida en los artículos 24, fracción II, inciso A, y 94, fracción III, de la LOPEMNL. (Obs. 3.4)

Normativa

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Respuesta"Se exhibe tres cotizaciones de proveedores, del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, con el fin de asegurar las mejores condiciones disponibles, cotizaciones con diferentes proveedores que brindan el mismo tipo de servicio, eligiendo el de mayor calidad y con los precios más bajos, pues como se demuestra mediante la documentación donde se exhibe la cotizaciones de proveedores para haber efectuándose el servicio de reparaciones y mantenimiento en las áreas mencionadas con antelación , cumpliéndose acorde al artículo 64 (Para los efectos previstos por los artículos 25, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, se observará lo siguiente: II. Se contratará directamente mediante cotización por escrito de cuando menos tres proveedores, cuando su monto sea superior al señalado en la fracción I, pero no exceda de 14,400 cuotas.) De la Ley de Egresosdel Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019. De lo anterior se adjuntan las cotizaciones al presente ocurso".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de tres cotizaciones a diferentes proveedores, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

10. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque el contratista contaba con el capital contable mínimo requerido, obligación establecida en el artículo 31 fracción V, de la LOPEMNL. (Obs. 3.6)

Normativa

Respuesta"En el mismo punto se contesta que la contratación realizada para la reparación y mantenimiento del CAST Guadalupe, fue bajo la modalidad de contratación de adjudicación directa, al amparo de la LAACNL. De tal forma que se pueda evidenciar que no se modificó

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el inmueble, por lo que se optó por desarrollar la contratación y ejecución de los serviciosbajo las disposiciones de la ley de adquisiciones".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

11. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque al momento de la inscripción el contratista contaba con la declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos del artículo 44, obligación establecida en el artículo 31 fracción IX, de la LOPEMNL. (Obs. 3.8)

Normativa

Respuesta"En relación a estos puntos acorde a la observación, se manifiesta se atendió a los dispuesto por el art. 37 de la ley de adquisiciones, que es el equivalente al 44 de la LOPEMNL que no nos encontramos en el supuesto que establece el artículo 44 de la LOPEMNL, siendo que se realizó la contratación de servicio de mantenimiento mediante el procedimiento de adjudicación directa en términos de lo establecido en el artículo 8 fracción IV (La contratación de los servicios relativos a bienes muebles que seencuentren incorporados o adheridos a inmuebles, cuyo mantenimiento no impliquemodificación alguna al propio inmueble;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

12. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las bases emitidas para lalicitación, obligación establecida en el artículo 32, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 3.9)

Normativa

Respuesta"En relación a estos puntos acorde a la observación, se manifiesta se atendió a los dispuesto por el art. 37 de la ley de adquisiciones, que es el equivalente al 44 de la LOPEMNL que no nos encontramos en el supuesto que establece el artículo 44 de la LOPEMNL, siendo que se realizó la contratación de servicio de mantenimiento mediante el procedimiento de adjudicación directa en términos de lo establecido en el artículo 8 fracción IV (La contratación de los servicios relativos a bienes muebles que seencuentren incorporados o adheridos a inmuebles, cuyo mantenimiento no impliquemodificación alguna al propio inmueble;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

13. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la constancia de visita al sitio derealización de los trabajos, obligación establecida en el artículo 32, fracción XVI, de laLOPEMNL. (Obs. 3.10)

Normativa

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Respuesta"En relación a estos puntos acorde a la observación, se manifiesta se atendió a los dispuesto por el art. 37 de la ley de adquisiciones, que es el equivalente al 44 de la LOPEMNL que no nos encontramos en el supuesto que establece el artículo 44 de la LOPEMNL, siendo que se realizó la contratación de servicio de mantenimiento mediante el procedimiento de adjudicación directa en términos de lo establecido en el artículo 8 fracción IV (La contratación de los servicios relativos a bienes muebles que seencuentren incorporados o adheridos a inmuebles, cuyo mantenimiento no impliquemodificación alguna al propio inmueble;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

14. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la propuesta técnica y sus anexospresentada por cada uno de los contratistas que participaron en el proceso de adjudicación de la obra, obligación establecida en el artículo 51, fracciones de la I a la V, de la LOPEMNL. (Obs. 3.12)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II (Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este

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método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitaciónpública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

15. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta de apertura de la propuesta técnica,obligación establecida en el artículo 53, de la LOPEMNL. (Obs. 3.13)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

16. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la propuesta económica y sus anexospresentada por cada uno de los contratistas que participaron en proceso de adjudicación de la obra, .obligación establecida en el artículo 55, fracciones I, y de la III a la VI de la LOPEMNL. (Obs. 3.14)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

17. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta de apertura de la propuesta económica, obligación establecida en el artículo 56, párrafo tercero, de la LOPEMNL. (Obs. 3.15)

Normativa

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

18. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría los costos indirectos, obligaciónestablecida en el artículo 57, fracción II, de la LOPEMNL. (Obs. 3.16)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

19. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría el costo por financiamiento, obligaciónestablecida en el artículo 57, fracción III, de la LOPEMNL. (Obs. 3.17)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a lanormatividad señalada.

20. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría el cargo por utilidad, obligación establecidaen el artículo 57, fracción III, de la LOPEMNL. (Obs. 3.18)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

21. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el dictamen que sirvió como fundamentopara el fallo, obligación establecida en el artículo 58, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 3.19)

Normativa

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

22. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta de fallo, obligación establecida enel artículo 59, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 3.20)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

23. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra, obligación establecidaen el artículo 67, fracción I, de la LOPEMNL. (Obs. 3.21)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren lasincidencias más relevantes de la obra.

24. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos de obra terminada,obligación establecida en el artículo 67, fracción IV, de la LOPEMNL. (Obs. 3.22)

Normativa

Respuesta"En base a las observaciones señaladas en estos puntos, es nuestro deseo manifestar que se determinó realizar el procedimiento bajo la modalidad de adjudicación directa por la naturaleza del servicio contratado es decir el mantenimiento al Centro de Capacitación Asesoría y Servicios Tecnológicos (CAST), en términos del artículo 4 Fracción II(Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: (II. Adjudicación directa: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato. Por la naturaleza de la negociación que conlleva, para este método no es necesario cumplir con los plazos y requisitos establecidos para la licitación pública o la invitación restringida establecidos en la presente Ley;) LAACSENL".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que aseguren dar cumplimiento a la normatividad señalada.

25. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación (carátula de estimación,números generadores, croquis de ubicación, informes fotográficos u otros elementos que haya tenido en cuenta el ente público) que acredite la procedencia del pago de la factura número 279 por valor de $647,628 y que permita verificar físicamente los conceptos incluidos en dicho pago, obligación establecida en el artículo 70, párrafos primero y segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 3.25)

Económica - Monto no solventado $647,628

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Respuesta"En cuanto este punto observado del cual fue determinado por la Auditoria Superior del Estado, en relación a la Ley de Ley de Obras Públicas Para el Estado y Municipios de Nuevo León. Es de nuestra intención reiterar que, se determinó realizar la contratación del servicio brindado bajo la modalidad de adjudicación directa, con el fin de cubrir las necesidades del personal y docente a consecuencia de los deterioros en las áreas internas del Centro, sin que se haya realizado alguna construcción, reconstrucción o modificación al inmueble, sin embargo como ha quedado evidenciado en elexpediente, se realizó el mantenimiento correspondiente por parte del prestador deservicios en términos del numeral 8 Fracción IV (La contratación de los serviciosrelativos a bienes muebles que se encuentren incorporados o adheridos a inmuebles,cuyo mantenimiento no implique modificación alguna al propio inmueble;) de la Leyde Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de NuevoLeón".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta, no aclaran la observación o comprueban el reintegro del importe observado ante la Hacienda Pública Estatal.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, autorizar el pago de estimaciones que se formulen, hasta que éstas cuenten con toda la documentación que acredite la procedencia del pago de los conceptos en ella incluidos y con las firmas de autorización correspondientes.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2019

4 123/014/2019 Ampliación y remodelación en área de capacitaciónen el Plantel Eduardo Macías Santos, ubicado en calle Mariano Arista 3301 Vidriera Monterrey, Nuevo León

$ 312,208

26. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las pruebas de laboratorio que comprueben el cumplimiento de la resistencia en los conceptos 2.2 "dala de desplante de0.30x0.30x21.5 de concreto premezclado f´c=250 kg/cm2 armado con 4 varillas #3 y estribos #2 @15cm", y 2.3 "Zapata aislada de 1.00x 1.00x2.00m peralte promedio de

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

concreto hecho

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

en obra f´c=250 kg/cm2", pagados mediante la estimación 1 normal, por cantidades de17.80 ml y 4.00 piezas equivalentes a importes de $10,447 y $10,232 respectivamente, mismas que permitan acreditar su ejecución acorde con lo especificado por el Ente Público, incumpliendo con lo solicitado en el artículo 70 párrafos primero y segundo en relación al artículo 110, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 5.3)

Económica - Monto no solventado $10,232

Respuesta"Respecto a la observación de que: "No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las pruebas de laboratorio que comprueben el cumplimiento de la resistencia en los conceptos 2.2 "dala de desplante de 0.30 x 0.30 x 21.5 de concreto premezclado f'c=250 kg/cm2 armado con 4 varillas #3 y estribos #2 @ 15 cm", y 2.3 "Zapata aislada de 1.00x1.00 x 2 .00 m peralte promedio de concreto hecho en obra f'c=250 kg/cm". De lo anterior permito exhibir las pruebas de laboratorio, que se adjuntan al presente:"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn cuanto a las pruebas de laboratorio que comprueben el cumplimiento de la resistencia en el concepto 2.2 "dala de desplante de 0.30 x 0.30 x 21.5 de concreto premezclado f'c=250 kg/ cm2 armado con 4 varillas #3 y estribos #2 @ 15 cm", se recibió copia fotostática certificada de dicho documento, que acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, por lo cual se solventa lo correspondiente a la misma, sin embargo, referente al concepto 2.3 "Zapata aislada de 1.00x 1.00 x 2 .00 m peralte promedio de concreto hecho en obra f'c=250 kg/ cm", no solventa la observación, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que corresponda, por lo que en relación a ello, no se acredita el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, autorizar el pago de estimaciones que se formulen, hasta que éstas cuenten con toda la documentación que acredite la procedencia del pago de los conceptos en ella incluidos y con las firmas de autorización correspondientes.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2019

5 213/007/2019 Barda para pluvial del plantel Don José MaríaHernández, ubicado en calle avenida Arroyo S/N, $ 203,934

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

fraccionamiento Unidad Laboral, San Nicolás de losGarza, Nuevo León

27. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las pruebas de laboratorio quecomprueben el cumplimiento de la resistencia en los conceptos 2.00 "Dala de desplantede concreto f´c=200 kg/cm2 sección 20 x 15 cm armado con 4 varillas de 3/8" y estribos de 1/8" @20cm", y 8.00 "Construcción de piso de 18 cm acabado estriado para rampavehicular, de concreto f´c=150 kg/cm2" armado con varilla número 4 @ 20 cm en ambos sentidos, pagados mediante la estimación 1, normal, por cantidades de 79.00 ml y 34.00m3 equivalentes a importes de $69,097 y $27,943 respectivamente, mismas que permitan acreditar su ejecución acorde con lo especificado por el Ente Público, incumpliendo con lo solicitado en el artículo 70 párrafos primero y segundo en relación al artículo 110, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 6.2)

Económica - Monto no solventado $27,943

Respuesta"Se exhibe las pruebas de control de calidad realizadas por un laboratorio respecto los materiales, lo que permite comprobar las especificaciones, tales como: resistencia de los materiales, compactación de rellenos, composición, etc. Cabe mencionar que el concepto (2.00 "Dala de desplante de concreto f'c=200 kg/cm2 sección 20x15 cm armado con 4 varillas de 3/8" y estribos de 1/8" @20cm", y 8.00 "Construcción de piso de 18 cm acabado estriado para rampa vehicular, de concreto f' c=150 kg/cm2" armado con varilla número 4@ 20 cm en ambos sentidos, pagados mediante la estimación 1, normal, por cantidades de79.00 ml y 34.00 m3) fue hecho en obra prestado por la asistencia y supervisión técnica del contratista, verificando la calidad del proyecto y la normativa aplicable".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn cuanto a las pruebas de laboratorio que comprueben el cumplimiento de la resistencia en el concepto 2.00 "Dala de desplante de concreto f´c=200 kg/cm2 sección 20 x 15 cm armado con 4 varillas de 3/8" y estribos de 1/8" @20cm", se recibió copia fotostática certificada de dicho documento, que acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, por lo cual se solventa lo correspondiente a la misma, sin embargo, referente al concepto 8.00 "Construcción de piso de 18 cm acabado estriado para rampa vehicular, de concreto f´c=150 kg/cm2" armado con varilla número 4 @ 20 cm en ambos sentidos, no solventa la observación, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que corresponda, por lo que en relación a ello, no se acredita el cumplimiento de la normatividad señalada.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, autorizar el pago de estimaciones que se formulen, hasta que éstas cuenten con toda la documentación que acredite la procedencia del pago de los conceptos en ella incluidos y con las firmas de autorización correspondientes.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

Solicitud. -

Contenida en el acuerdo Legislativo, tomado por el Pleno, en la sesión del 6 de septiembre de 2017, remitida a esta Auditoría Superior del Estado, en fecha 7 de Septiembre de 2017 mediante oficio número C. V. 386/2017, emitido por los CC. Presidente y Secretario de la Comisión de Vigilancia del H. Congreso del Estado, en virtud del cual se instruye a este Órgano Superior de Fiscalización, para que en el ámbito de sus atribuciones de fiscalización solicite los acuerdos de reserva a los organismos descentralizados y desconcentrados del Gobierno del Estado para su análisis y revisión en las Cuentas Públicas.

Objetivo de la revisión. –

Para cumplir con lo solicitado, esta Auditoría Superior del Estado, programó el envío de Oficio al Ente Público solicitando informara si cuenta con acuerdos de reserva.

Procedimiento de auditoría realizado. -

Para efectuar lo anterior, esta Auditoría Superior del Estado, solicito al Ente Público que proporcionara la información siguiente:

1. Escrito firmado por el Titular del Ente Público que incluya una relación de los acuerdos de reserva y/o si existe alguna información que por su naturaleza deba considerarse como reservada, confidencial, o bien, que deba mantenerse en secrecía, a fin de mantener la misma en tales condiciones.

2. Anexar el Índice de los expedientes clasificados como reservados, y en su caso el (los) acuerdo(s) de clasificación correspondiente(s) en los que se establezca, según los dispuesto en los artículos 102 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 127 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León la siguiente información:

Área que generó la información. Nombre del Documento. Si se trata de reservada completa o parcial. Fecha en que inició y finalizó la reserva. Su justificación. Plazo de reserva, y en su caso, Partes del documento que se reservan y si se encuentra en prórroga.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

Resultados obtenidos. –

En respuesta a nuestro Oficio No. AEGE-D3-AP04-03/2020 del 28 de agosto de 2020, el Ente Público nos informa en su Oficio No. DGCNL.623/09/20 del 1 de septiembre de 2020, lo siguiente: “en relación a los acuerdos de reserva, no se cuenta con ninguno por el momento, únicamente se consideraron en el año 2018 la reserva de 3 expedientes por parte del Comité de Transparencia”.

IX. Resultados de la revisión de situación excepcional

En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

Como resultado de los procesos de fiscalización de las cuentas públicas, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 53 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 9 fracción III, 11, 98 y 99 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, promueve las acciones y recomendaciones, con el propósito de que las mismas sean atendidas por las autoridades competentes.

En el presente Informe del Resultado, se expone en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, conforme a los registros de las Unidades Administrativas competentes de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León con corte al 23 de diciembre de 2020, la situación que guardan las acciones y recomendaciones derivadas de procesos de fiscalización de ejercicios anteriores del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León, resultante de una actividad analítica y evaluativa de los documentos que en su caso hubiesen exhibido las propias entidades fiscalizadas o autoridades competentes para su atención.

I. SEGUIMIENTO DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES ANUNCIADAS EN LOS INFORMES DEL RESULTADO DE LAS CUENTAS PÚBLICAS 2017 y 2018.

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2017 Vista a la Autoridad Investigadora (VAI) 29

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 29*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 58

2018

Vista a la Autoridad Investigadora (VAI) 10

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 3

Total de acciones y recomendaciones emitidas 13* Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2018, presentado al

H. Congreso del Estado el día 29 de octubre de 2019.

DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS

VAI Vista a la Autoridad Investigadora

Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.

Cuenta Pública

Estado(Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017

VAI – Órgano Interno de Control del Ente Público 25

VAI – Unidad de Investigación de la ASENL 4

Total 29

2018

VAI – Órgano Interno de Control del Ente Público 9

VAI – Unidad de Investigación de la ASENL 1

Total 10

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A. Vista a la Autoridad Investigadora (Órgano Interno de Control del Ente Público fiscalizado)

Irregularidades que en términos de lo dispuesto en el artículo 11, segundo párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se hacen del conocimiento de la Autoridad Investigadora del Órgano Interno de Control del Ente Público, a efecto de que continúe con las investigaciones respectivas y promueva en su caso las acciones que procedan.

CU

EN

TA

BLI

CA

OFICIO DE PROMOCIÓN

ME

RO

DE

O

BS

ER

VA

CIO

NE

S

AUTORIDAD ANTE LA QUE SE PROMUEVE

INFORME DE LA AUTORIDAD SOBRE EL

ESTADO DE LA PROMOCIÓN

RESULTADOS DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

SERVIDOR(ES) PÚBLICO(S)

SANCIONADO(S)SANCIÓN IMPUESTA INDEMNIZACIÓN

2017

ASENL-VAI- CP2017-AP04-

04/2018

25

Director General del Colegio de

Educación Profesional Técnica

del Estado deNuevo León

Escrito de fecha 15 de octubre de 2020

El Titular del área de quejas del Órgano Interno de Control emite acuerdos de fecha 15 de octubre de 2020 con los que refiere falta administrativa no grave las observaciones 1, fracción II, 2, 3, 4, 5, 6.

ASENL-VAI- CP2017-PE01-

74/2018

Encargado del Despacho de la

Contraloría yTransparencia Gubernamental

CTG-DJ-929/2020

El C. Director Jurídico de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, remite formato FO-INFAI en el que refiere que las observacionesfueron remitidas al Titular del Órgano Interno de Control del Ente Público.

TOTAL DE OBSERVACIONES 25

2018

ASENL-VAI- CP2018-AP04-

002/2019

9

Director General del Colegio de

Educación Profesional Técnica

del Estado de Nuevo León

CTG-DJ-0136/2020Refiere Incompetencia, turna el Asunto a la Unidad Anticorrupción de la Contraloría del Estado

ASENL-VAI- CP2018-PE01-

77/2019

Contraloría y Transparencia Gubernamental

CTG-DJ-919/2020

El C. Director Jurídico de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, remite formato FO-INFAI en el que refiere que lasobservaciones fueron remitidas al Titular del Órgano Interno de Control del Ente Público

TOTAL DE OBSERVACIONES 9

Cuenta Pública

Estado(Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017En trámite 25Concluido 0

Total 25

2018En trámite 9Concluido 0

Total 9

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2019 Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Nuevo León.

B. Vista a la Autoridad Investigadora (ASENL)

Observaciones que en términos de lo dispuesto en el artículo 11, primer párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se hacen del conocimiento de la Autoridad Investigadora de la propia Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, a efecto de que realice las investigaciones respectivas y promueva en su caso las acciones que procedan.

CU

EN

TA

BLI

CA

OFICIO DE PROMOCIÓN

FECHA DE PRESENTACIÓN

ANTE AUTORIDAD

INVESTIGADORA NÚ

ME

RO

DE

O

BS

ER

VA

CIO

NE

S

TIPO DE AUDITORÍA

DETERMINACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

ADMISIÓN DE IPRA

RESULTADOS DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES

ADMINISTRATIVASRemisión de expediente al

Tribunal de Justicia Administrativa del

Estado

Notificación de Recepción de Expediente

2017ASENL-AEGE-DUI-

VAIGF001/2018.CP20 17-AP04

30-oct-18

1Gestión

Financiera

En análisis de documentales y diligencias

de investigación No aplica

3Concluidas: hechos

competen a Autoridad diversa

TOTAL DE OBSERVACIONES 4

2018ASENL-AEGE-UI-VAI- GF001/2019.CP2018-

AP0412-nov-19 1 Gestión

FinancieraEn análisis de documentales y

diligencias de investigación No aplica

TOTAL DE OBSERVACIONES 1

RGSugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

CUENTA PÚBLICA OFICIO DE RECOMENDACIONES FECHA DE NOTIFICACIÓN FECHA DE RESPUESTA POR EL ENTE PÚBLICO

2018 ASENL-RG-CP2018-AP04- 002/2019 11-nov-19 11-dic-19

Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones:

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno

Cuenta Pública

Estado(Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017En trámite 1Concluido 3

Total 4

2018En trámite 1Concluido 0

Total 1

Cuenta Pública Estado(En la ASENL)

Total Observaciones

2018En trámite 0Concluido 3

Total 3

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C.P. EDUARDO GONZÁLEZ JASSOAuditor Especial de Gobierno del Estado y Organismos Públicos Autónomos

ING. CARLOS JUAN PÉREZ SÁNCHEZDirector de Auditoría de Obra Pública y Desarrollo Urbano

Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuado en los artículos 20, fracción XXXI, 82, fracciones XV y XXXII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; y 8, fracción XVIII, 15, fracciones XIII y XVIII, 17, fracciones I, III y XVII y 18, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ Auditor General del Estado de Nuevo León

C.P. HÉCTOR DAVID RIVERA ALEMÁNDirector General de Auditoría

C.P. NOÉ LORENZO RÍOS RIVERADirector de Auditoría (Gestión Financiera)