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  • 7/26/2019 Grupo 2 Modificado

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    Cambiar la redaccin y aumentar 5 preguntas sobre cualquiera de los siguientes

    temas:

    Transferencias que no son objetos del IVA,

    Sujeto actio y sujeto pasio,!s decir eniar "# preguntas en total$

    "%&S! C'()*A C'S!C+A'*AS C'- .ACT/*AS 0

    )'ST!*I'*(!-T! S! V!-!- A )!*S'-AS -AT/*A1!S C'-

    2'1!TA ! V!-TA

    Si constituye crdito tributario

    2ase legal1ey de r3gimen Tributario Interno

    Art$ 44$ Cr3dito tributario$ El uso del crdito tributario se sujetar a las siguientesnormas:

    1.- Los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado IV! "ue se dedi"uen a: la

    producci#n o comerciali$aci#n de bienes para el mercado interno gravados con tari%a

    doce por ciento &1'()! a la prestaci#n de servicios gravados con tari%a doce por ciento

    &1'()! a la comerciali$aci#n de pa"uetes de turismo receptivo! %acturados dentro o %uera

    del pa*s! brindados a personas naturales no residentes en el Ecuador! a la venta directa

    de bienes y servicios gravados con tari%a cero por ciento de IV a e+portadores! o a lae+portaci#n de bienes y servicios! tendrn derec,o al crdito tributario por la totalidad

    del IV! pagado en las ad"uisiciones locales o importaciones de los bienes "ue pasen a

    %ormar parte de su activo %ijo o de los bienes! de las materias primas o insumos y de los

    servicios necesarios para la producci#n y comerciali$aci#n de dic,os bienes y servicios

    emitir y entregar al ad"uirente del bien o al bene%iciario del servicio %acturas! boletas o

    notas de venta! segn el caso! por las operaciones "ue e%ecte! en con%ormidad con el

    reglamento. Esta obligaci#n regir aun cuando la venta o prestaci#n de servicios no se

    encuentren gravados o tengan tari%a cero. En las %acturas! notas o boletas de venta

    deber ,acerse constar por separado el valor de las mercader*as trans%eridas o el precio

    de los servicios prestados y la tari%a del impuesto y el IV cobrado.

    El no otorgamiento de %acturas! boletas! notas o comprobantes de venta constituir uncaso especial de de%raudaci#n "ue ser sancionado de con%ormidad con el /#digo

    0ributario.

    "6& CA-C!1ACI7- ! )1A-I11A C'- "#8 ! IVA A 1A I()*!-TA

    TI9!T!*A )'* C'-.!CCI'- ! !TI/!TAS )A*A 1ATAS !

    C!*V!;A )A*A !

  • 7/26/2019 Grupo 2 Modificado

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    ase legal

    *eglamento de la ley de r3gimen Tributario Interno

    Art$ "5%$ Cr3dito tributario$2ara ejercer el derec,o al crdito tributario por las

    importaciones o ad"uisiciones locales de bienes! materias primas! insumos o servicios!

    establecidos en la Ley de 3gimen 0ributario Interno y cumplidos los dems re"uisitos

    establecidos en la misma ley! sern vlidos e+clusivamente los documentos aduaneros

    de importaci#n y dems comprobantes de venta recibidos en las operaciones de

    importaci#n con su respectivo comprobante de pago del impuesto y a"uellos

    comprobantes de venta e+presamente autori$ados para el e%ecto por el 3eglamento de

    /omprobantes de Venta y de 3etenci#n! en los cuales conste por separado el valor del

    Impuesto al Valor gregado pagado y "ue se re%ieran a costos y gastos "ue de acuerdo

    con la Ley de 3gimen 0ributario Interno son deducibles ,asta por los l*mites

    establecidos para el e%ecto en dic,a ley.

    a) 4arn derec,o a crdito tributario total:

    El IV pagado en la ad"uisici#n local o importaci#n de: bienes! materias primas!

    insumos o servicios y bienes "ue pasen a %ormar parte del activo %ijo! cuando

    nicamente:

    1. Se trans%iera bienes o preste servicios! en su totalidad gravados con tari%a

    doce por ciento.

    '. Se empleen en la %abricaci#n o comerciali$aci#n de bienes "ue se

    e+porten.

    5. Se e%ecten trans%erencias directas a e+portadores gravadas con tari%a cero

    por ciento.

    6. Se comercialicen pa"uetes de turismo receptivo! %acturados dentro o %uera

    del pa*s! brindados a personas naturales no residentes en el Ecuador.

    0ambin tienen derec,o a crdito tributario los %abricantes! por el IV

    pagado en la ad"uisici#n local de materias primas! insumos y servicios!

    destinados a la producci#n de bienes para la e+portaci#n! "ue se agregan a

    las materias primas internadas en el pa*s bajo reg*menes aduaneros

    especiales! aun"ue dic,os contribuyentes no e+porten directamente el

    producto terminado! siempre "ue estos bienes sean ad"uiridos e%ectivamente

    por los e+portadores! de con%ormidad con lo establecido en el tercer inciso

    del rt. 78 de la Ley de 3gimen 0ributario Interno.

  • 7/26/2019 Grupo 2 Modificado

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    "5& S! CA-C!1A C/'TA ! A**!-A(I!-T' 1!ASI-> S'2*!

    /-A (A/I-A*IA I-STA1AA !- /-A )1A-TA I-/ST*IA1

    ! /-A !()*!SA !ICAA A 1A I()'*TACI7- ! 1!C+!

    !- )'1V', )A*A )*!)A*A* 1!C+! I!T?TICA

    9o constituye crdito tributario

    C'-T!STA* 1AS SI>/I!-T!S )*!>/-TAS

    "4& !- 1A I()'*TACI7- ! 2I!-!S 2A@' *!>(!-T!S

    !S)!CIA1!S )A*A *!!

  • 7/26/2019 Grupo 2 Modificado

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    declaraci#n mensual! deber considerar el Impuesto al Valor gregado pagado en sus

    compras y el Impuesto al Valor gregado retenido por 2E03/;E3/IL o la

    comerciali$adora. Los agentes de retenci#n presentarn mensualmente las declaraciones

    de las retenciones! en la %orma! condiciones y con el detalle "ue determine el Servicio

    de 3entas Internas.

    Las comerciali$adoras declararn el Impuesto al Valor gregado causado en sus ventas

    menos el IV pagado en sus compras. dems! declararn y pagarn sin deducci#n

    alguna el IV presuntivo retenido a los distribuidores. Los agentes de retenci#n! se

    abstendrn de retener el Impuesto al Valor gregado a los consumos de combustibles

    derivados del petr#leo reali$ados en centros de distribuci#n! distribuidores %inales o

    estaciones de servicio toda ve$ "ue el mismo es objeto de retenci#n con el carcter de

    Impuesto al Valor gregado presuntivo por ventas al detal! por parte de las

    comerciali$adoras.

    El Servicio de 3entas Internas! mediante 3esoluci#n de carcter general! podr

    establecer este tipo de retenci#n presuntiva para otras clases de bienes y servicios! segn

    creyera conveniente para e%ectos de un mejor control del impuesto.

    "G&1'S .'*(/1A*I'S ! !C1A*ACI'- !1 IVA S! !2!-

    C'-S!*VA* )'* !1 C'-T*I2/0!-T!$ BSI& B-'&

    /? TI!()' B% AH'S& B4 AH'S& B" AH'&

    2AS! 1!>A1

    4urante < a=os! mientras estn vigentes los pla$os de prescripci#n! de

    con%ormidad a lo dispuesto en el rt*culo '>> del /#digo 0ributario! salvo en los

    casos "ue deba conservarse por un pla$o mayor! como ocurre cuando las

    anotaciones y antecedentes contables puedan servir de base para la

    determinaci#n de impuestos correspondientes a periodos tributarios cuya

    revisi#n no se encuentre prescrita

    "& J!- !1 CAS' /! !1 C'-T*I2/0!-T! A**AST*A*! )'* (AS

    ! 4 (!S!S C*?IT' T*I2/TA*I' SI- C'()!-SA*1', )'*=

    S'1ICITA* A1 S*I C'()!-SACI7- C'- 'T*'S T*I2/T'SK

    BSI& B-'&2AS! 1!>A1

    http://www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/legislacion/basica/basica.htmhttp://www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/legislacion/basica/basica.htm
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    Estatuto 0ributario 9acional

    Art$ G"4$ T3rmino para solicitar la compensacin$

    Inciso modificado La solicitud de compensaci#n de impuestos deber

    presentarse a ms tardar dos a=os despus de la %ec,a de vencimiento del

    trmino para declarar.

    #& 1a determinacin del impuesto a la renta se efectuarF por declaracin

    del:

    Sujeto 2asivo

    Sujeto ctivo

    Servicio de 3entas internas

    Superintendencias

    2AS! 1!>A1

    Ley de 3gimen 0ributario Interno rt. ''.- Sistemas de determinaci#n.- La

    determinaci#n del impuesto a la renta se e%ectuar por declaraci#n del sujeto pasivo! por

    actuaci#n del sujeto activo! o de modo mi+to.

    #"& Son sujetos pasios del IVA en calidad de contribuyentes las personas

    naturales y las sociedades que Labitualmente efectMen transferencias de

    bienes graados o presten sericios graados con una tarifa$

    SI& ) -' B < &

    2ase 1egal:

    Segn la Ley de 3gimen 0ributario Interno! en su rt.

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    b) En calidad de agentes de percepci#n:

    1. Las personas naturales y las sociedades "ue ,abitualmente e%ecten

    trans%erencias de bienes gravados con una tari%a

    '. Las personas naturales y las sociedades "ue ,abitualmente presten servicios

    gravados con una

    tari%a.

    c) En calidad de agentes de retenci#n:

    1. Las entidades y organismos del sector pblico y las empresas pblicas y las

    sociedades! sucesiones indivisas y personas naturales consideradas como

    contribuyentes especiales por el Servicio de 3entas Internas por el IV "ue

    deben pagar por sus ad"uisiciones a sus proveedores de bienes y servicios

    cuya trans%erencia o prestaci#n se encuentra gravada! de con%ormidad con lo

    "ue estable$ca el reglamento

    '. Las empresas emisoras de tarjetas de crdito por los pagos "ue e%ecten por

    concepto del IV a sus establecimientos a%iliados! en las mismas condiciones

    en "ue se reali$an las retenciones en la %uente a proveedores

    5. Las empresas de seguros y reaseguros por los pagos "ue realicen por

    compras y servicios gravados con IV! en las mismas condiciones se=aladas

    en el numeral anterior y!

    6. Los e+portadores! sean personas naturales o sociedades! por la totalidad del

    IV pagado en las ad"uisiciones locales o importaciones de bienes "ue se

    e+porten! as* como a"uellos bienes! materias primas! insumos! servicios y

    activos %ijos empleados en la %abricaci#n y comerciali$aci#n de bienes "ue se

    e+porten.

    7. Los peradores de 0urismo "ue %acturen pa"uetes de turismo receptivo

    dentro o %uera del pa*s! por la totalidad del IV pagado en las ad"uisiciones

    locales de los bienes "ue pasen a %ormar parte de su activo %ijo o de los

    bienes o insumos y de los servicios necesarios para la producci#n y

    comerciali$aci#n de los servicios "ue integren el pa"uete de turismo

    receptivo %acturado

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    '. djudicaciones por ,erencia o por li"uidaci#n de sociedades! inclusive de la

    sociedad conyugal

    5. Ventas de negocios en las "ue se trans%iera el activo y el pasivo

    6. @usiones! escisiones y trans%ormaciones de sociedades

    7. 4onaciones a entidades y organismos del sector pblico! inclusive empresas

    pblicas y! a instituciones de carcter privado sin %ines de lucro legalmente

    constituidas! de%inidas como tales en el 3eglamento