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GUÍA DE SEGUROS Y BENEFICIOS MÉDICOS CCU CHILE SEPTIEMBRE 2018 1

GUÍA DE SEGUROS Y BENEFICIOS MÉDICOS CCU CHILE · 18 20 20 21 3. 4. En una constante preocupación de CCU Chile por el bienestar de los trabajadores y sus familias, hemos desarrollado

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GUÍA DE SEGUROS Y BENEFICIOS MÉDICOS CCU CHILE

SEPTIEMBRE 20181

Nos apasiona crear experienciaspara compartir juntos

un mejor vivir

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1 I CONCEPTOS GENERALES

2 I PROTECCIÓN ADICIONAL FINANCIADA TOTAL O

PARCIALMENTE POR CCU CHILE

• Fondos de Bienestar Social.

• Seguro Complementario de la compañía de seguros

Euroamerica.

• Seguro de Vida con coberturas de salud para trabajador y

familia de la compañía de seguros Chilena Consolidada.

3 I CONVENIOS CCU PARA DESCUENTO POR PLANILLA

• Seguro de Vida Mutual de seguros, con coberturas en salud.

• Seguros contratados con las Cajas de Compensación (CCAF).

• Convenio oncológico Fondo Solidario Fundación Arturo Lopez

Perez (FALP) convenido por los Fondos de Bienestar Social.

4 I SEGUROS DIRECTAMENTE CONTRATADOS Y PAGADOS POR

EL TRABAJADOR:

• Seguros de atención y cobertura preferente en Clínicas,

• Operaciones comerciales con coberturas en salud.

5 I SUGERENCIAS GENERALES DE USO DE COBERTURAS

ADICIONALES

Indice 6

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En una constante preocupación de CCU Chile por el bienestar de los trabajadores y sus familias, hemos desarrollado para ti la siguiente Guía de Seguros y Beneficios Médicos para que conozcas junto a los tuyos sobre la protecciones en materia de salud, (adicionales a las legales) que la Compañía contrata para brindarte seguridad financiera y para que conozcas también el funcionamiento general de las protecciones de salud que puedes contratar y usar como particular.

Dentro de estas protecciones adicionales en salud, podrás encontrar en forma detallada el Seguro de vida para el trabajador; la cobertura oncológica y catastrófica para trabajador y familia; el seguro complementario de salud para trabajador, hijos y cónyuge carga, y los distintos Fondos de Bienestar Social.

También encontrarás información de otras protecciones que pueden ser contratadas por el trabajador en forma particular, y descontadas de la remuneración o pagadas independientemente.

Cualquiera sea el origen y administración de la protección, este manual te servirá para que conozcas sus coberturas, ventajas y limitantes, para que ante un problema de salud que genere un alto costo, puedas usar de mejor manera los beneficios contratados en cuanto a presentación de gastos, retención de originales, cascadas de pagos y otros aspectos asociados.

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Para facilitar la comprensión de la información contenida en este documento, hemos desarrollado un listado de términos y su correspondiente definición.

PLAN DE SALUD

Son las condiciones particulares de cobertura a las distintas prestaciones de salud establecidas en el contrato con una Isapre, expresado en porcentaje y/o montos tope.

En el caso de cotizantes del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) corresponde a un plan único solidario, equivalente al 7% de la remuneración imponible.

Nota: Ante un gasto de salud y para el uso de coberturas adicionales contratadas, siempre debemos bonificar primero por el plan de salud Isapre o Fonasa, requisito de toda cobertura adicional de salud.

COBERTURA ADICIONAL CONTRATADA

Ante un gasto de salud, corresponde al financiamiento adicional al de la Isapre o Fonasa contratado voluntariamente por CCU Chile o por cada trabajador como cotizante.

COPAGO

Corresponde a la parte del gasto médico no cubierto por el plan de salud de la Isapre o Fonasa, reflejado en documentos contables tales como boletas, bonos y pagos con excedentes Isapre.

TITULAR

Generalmente es el contratante del beneficio de cobertura adicional y quien se hace cargo de la tramitación de éste. Para el caso de los seguros contratados por CCU Chile, el titular es el propio trabajador.

DEPENDIENTES

Son aquellas personas, generalmente nuestra familia, que también gozan de las coberturas contratadas.

1Conceptos Generales

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DEDUCIBLE

El deducible es la parte del copago que siempre es de cargo del titular.

PREEXISTENCIA

Corresponde a cualquier enfermedad o condición de salud que haya sido conocida por el afiliado y diagnosticada con anterioridad a la suscripción de un plan de salud o a una cobertura adicional.

Nota: Es necesario conocer la situación de cobertura que tiene cada preexistencia y las restricciones que se puedan aplicar. Ej: Si queda excluida de la cobertura de nuestro plan de salud o cobertura adicional contratada o si queda castigada por un periodo de tiempo.

CARENCIA

Es el periodo de tiempo durante el cual el asegurado paga por una cobertura de salud, pero no la recibe. Esta restricción se aplica al ingreso de la cobertura y existe generalmente para evitar posibles fraudes.

PRESTADOR

Institución o profesional de la salud que entrega la atención médica.

Según las condiciones de cada plan de salud y las condiciones particulares de las coberturas adicionales contratadas, éstos se pueden dividir en:

1) Prestador de libre elección: Con cualquier prestador que se elija, se aplican las coberturas convenidas en el contrato.

2) Prestador preferente: Al atenderse con un prestador definido como tal, el asegurado obtiene mejores coberturas frente a un prestador no preferente.

3) Prestador designado: Otorga el beneficio de cobertura sólo si el asegurado se atiende con un prestador definido por el plan de salud o por las condiciones de la cobertura adicional.

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COBERTURA EN CASCADAS DEL COPAGO

Condición que se aplica a la gran mayoría de las coberturas adicionales de salud, que restringe la cobertura del copago sólo por la parte que no ha sido cubierta por otro seguro o beneficio de salud.

PAGO POR EVENTO DE SALUD

Corresponde a un pago asociado a un diagnóstico o a un evento médico definido en el contrato, independiente al valor del copago y en el que no opera la condición de cobertura en cascada.

AUGE-GES

Sus siglas significan “Acceso Universal a Garantías Explícitas en Salud” y es un programa integral que prioriza un grupo de patologías o problemas de salud (actualmente 80), garantizando en todas ellas el acceso a tratamientos oportunos, de calidad y con protección financiera.

Ante un diagnóstico o sospecha certera por parte del médico de una de las patologías definidas en el programa, él tiene la obligación legal de notificar por escrito a través de una Constancia de Información al Paciente, con esto se debe tomar la decisión de atenderse en el prestador designado por Fonasa o Isapre, pagando solo una parte del tratamiento como deducible, o atenderse en un prestador de libre elección, en cuyo caso el copago corresponderá al definido en tu plan de salud.

Cualquiera sea la decisión, ambos copagos pueden ser cubiertos por las prestaciones adicionales que se tengan contratadas.

CAEC

Su sigla significa “Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas” y tiene por finalidad aumentar la cobertura del Plan de Salud para las prestaciones hospitalarias y algunas ambulatorias, siempre y cuando se use alguno de los prestadores designados por la Isapre o Fonasa y se supere el monto de un deducible anual calculado a treinta veces la cotización pactada del plan de salud.

SOAP

Es la sigla para el “Seguro Obligatorio de Accidentes Personales”, y otorga cobertura en caso de muerte y gastos médicos que sean consecuencia directa de accidentes de tránsito en los cuales intervenga un vehículo asegurado. En dicho caso, el SOAP debe ser el primero en operar.

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A continuación detallaremos las coberturas de salud que CCU Chile ha contratado y administra para la protección adicional en salud a las mínimas legales, para sus trabajadores y su familia directa.

FONDOS DE BIENESTAR SOCIAL (FBS)

Son organizaciones sin fines de lucro externas a CCU, formadas por los trabajadores y que tienen el objetivo de prestar auxilio médico a sus socios en forma de reembolso de gastos según una tabla de cobertura con prestadores de libre elección, convenios con instituciones y en ocasiones la entrega de préstamos médicos, algunos de éstos cuentan con atención médica y dental institucional.

La incorporación a estos FBS es voluntaria, y va asociada a un aporte mensual calculado en base al sueldo base del trabajador, que es descontada de la remuneración y por el que CCU también aporta una parte.

Los FBS también otorgan protección a las cargas del trabajador debidamente acreditadas ante la Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) respectiva, no aumentando ni modificando mayormente el aporte que debe hacer cada trabajador a la institución. La permanencia como beneficiario del FBS dependerá de la vigencia como carga acreditada.

No tiene limitaciones a las preexistencias ni tampoco deducibles, pero sí tiene periodos de carencias por tipo de prestación y fechas de incorporación a la institución.

Generalmente se recomienda que esta cobertura sea la última en operar, dada su flexibilidad en la presentación de antecedentes para rembolsos y que no tiene restricciones en cuanto al lugar que participan sus rembolsos en la cascada de beneficios.

2Protección adicional financiada total o parcialmente por CCU Chile

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Fondo Bienestar Social Contacto Correo eletronico Ubicación

Fondo Bienestar Social Trabajadores CCU Jorge Godoy [email protected] Bandera 84 of. 110

entrepiso, Santiago

Fondo Bienestar Social Trabajadores EmboViña Lucy Contreras [email protected] 9 norte 761, of. 502,

Viña del Mar

Servicio Bienestar Sindicato N°2 Cachantún Mauricio Torres [email protected] Ureta 1140,

Planta Coinco

Servicio Bienestar Sindicato N° 1 Cachantun Edgardo Roblero [email protected] Ureta 1140,

Planta Coinco

Servicio Bienestar Personal Cerv. Santiago EE.

Fernando Parra - Marcela Gonzalez [email protected]

Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 8.000, Planta Quilicura

Servicio Bienestar Personal ECUSA Elsa Valenzuela [email protected] Veinte Norte 1160,

Independencia.

Servicio Bienestar Personal Embo-Modelo EE.

Alejandra Farías Freite [email protected] José Santiago Aldunate

2690 Renca.

Servicio Bienestar Personal Embo-Sur Natalia Mella [email protected] Las Golondrinas 1400,

Deposito Talcahuano.

Servicio Bienestar Personal Modelo OO. Patricio Candia [email protected]

Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 1.500, Planta Renca.

Servicio Bienestar Trabajadores CCU Osorno OO Jaime Navarro [email protected] German Huber # 1403,

Depósito Osorno.

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SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD

Este es un seguro complementario contratado por CCU para los trabajadores que voluntariamente se hayan adherido a través del área de Relaciones Laborales.

El seguro, actualmente Euroamérica, otorga reembolsos de los copagos de gastos médicos y dentales según una tabla de coberturas con prestadores de libre elección, que incluye además la ventaja de reembolsar algunos gastos no cubiertos por el plan de salud.

El valor de la prima mensual depende del grupo familiar que tenga cada trabajador; CCU Chile otorga el financiamiento del 50% del valor de la prima con un tope del 2% al 4% del sueldo base, dependiendo la estructura de la remuneración y de la empresa de origen. La parte de la prima que debe pagar el trabajador de forma mensual es descontada de la remuneración.

Pueden ser dependientes de esta cobertura, aun cuando no sean cargas, los hijos hasta los 18 años y 24 años mientras sigan estudiando, y el o la cónyuge del trabajador. La edad de ingreso y permanencia en este seguro es de 65 años para trabajadores y cónyuges.

Tiene limitaciones a las preexistencias, las cuales no serán cubiertas, deducible anual según grupo familiar y periodos de carencia solo para algunas prestaciones dentales.

En algunos casos, es más alto el valor de la prima mensual en comparación a los FBS, pero las coberturas para rembolsos son mayores en este seguro.

Este seguro no otorga préstamos médicos, por lo que el copago se debe pagar al prestador y luego rembolsar en un periodo no mayor a 60 días de efectuado el gasto. Para ello, se debe contar con la documentación que acredite el mismo, más un formulario de Solicitud de Rembolso de Gastos que debe completar también el médico tratante.

Hay algunas prestaciones que son rembolsadas en línea, disminuyendo en el momento el copago y no debiendo luego presentar la documentación recién mencionada.

Nota: Este seguro no tiene restricción del lugar de participación en la cascada de rembolsos.

Nota: Solo es posible adherirse a uno solo de los beneficios, a cualquiera de los Fondos de Bienestar Social o al seguro complementario Euroamerica.

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SEGURO DE VIDA CON COBERTURAS DE SALUD PARA TRABAJADOR Y FAMILIA DE LA COMPAÑÍA CHILENA CONSOLIDADA

Este es un seguro de vida e invalidez contratado para todos los trabajadores a plazo indefinido de CCU Chile, es de cargo de la Compañía e indemniza en el caso de muerte natural, muerte accidental, invalidez accidental o invalidez 2/3 a los beneficiarios que el trabajador defina en su calidad de titular o a los herederos legales en el caso de que no se hayan designado beneficiarios.

Se puede definir o actualizar los beneficiarios del seguro de vida en cualquier momento; ya sea en la página internet de la aseguradora o en la oficina de Relaciones Laborales con el formulario definido para ello.

Este seguro de vida otorga adicionalmente al trabajador dos coberturas en salud que se extienden a cónyuge o pareja e hijos hasta los 24 años y 364 días.

Los familiares deben haber sido designados previamente como dependientes del trabajador en el proceso de incorporación y declaración de salud vía formulario de ingreso al seguro de vida, o posteriormente cuando el grupo familiar cambie, por ejemplo cuando nacen hijos.

La prima mensual correspondiente a las coberturas de salud del trabajador y cónyuge o pareja son pagadas por la Compañía.

En el caso de los hijos, la prima mensual es financiada por CCU Chile en un 40%-. El valor actual por cada hijo con cargo al trabajador es de 0.065UF mensual, la que se descuenta de la remuneración.

Las dos coberturas de salud de este seguro son:

1) Cobertura Oncológica IRAM: Otorga tratamiento en el Instituto de Radiomedicina de Chile (IRAM) como prestador designado o en el prestador que éste designe, al asegurado o dependiente que haya sido diagnosticado de cáncer.

Tiene una cobertura de liberación de copago del 100% en el tratamiento, excepto para las prestaciones definidas con tope especificadas en la póliza (tope de 4UF por cada hospitalización para medicamentos, insumos, banco de sangre y materiales clínicos, además de un tope de 100 UF por gastos por concepto de drogas antineoplásicas por cada tratamiento de quimioterapia)

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No tienen cobertura los gastos no cubiertos por el plan de salud Isapre y Fonasa, los cuales pueden ser rembolsados por cascada con otras coberturas que otorguen el beneficio.

No tiene deducible, pero tiene un periodo de carencia de 3 meses desde la incorporación. No tienen la cobertura quienes hayan sido diagnosticados con cualquier tipo de cáncer con una fecha anterior al inicio de la cobertura.

Nota: Para iniciar el tratamiento bajo esta cobertura, se debe activar en Relaciones Laborales antes de que transcurran 30 días desde el diagnostico, con una copia de biopsia y un informe histopatológico, luego la institución contactará al trabajador directamente.

Nota: Una vez activada la cobertura por Relaciones Laborales e iniciado el tratamiento en IRAM, se tendrá la cobertura hasta el término del tratamiento; aun cuando el titular deje de ser trabajador CCU Chile.

2) Cobertura catastrófica o gastos mayores de Salud: Otorga el rembolso de hasta el 100% del copago por un siniestro médico con prestador de libre elección, según una tabla de coberturas definida, tiene un deducible anual de 50 UF y un tope de hasta 2.000 UF anuales, por evento denunciado.

Para activar el beneficio y obtener este rembolso, se deben presentar en Relaciones Laborales todos los documentos que acrediten el pago del siniestro como boletas, bonos emitidos y los documentos asociados al tratamiento como epicrisis, declaración medica etc.

La presentación de estos documentos debe hacerse antes de 60 días desde la emisión. Una vez presentados los antecedentes, la compañía de seguros Chilena Consolidada evaluará los gastos y emitirá a nombre del asegurado titular la liquidación de pago y un cheque por hasta el 100% del copago o del monto no cubierto por otro seguro, descontando por cada diagnóstico el valor del deducible de 50UF antes mencionado, el que es de cargo del titular.

Nota: Este seguro no tiene restricción del lugar de participación en la cascada de rembolsos.

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3Convenios CCU para el descuento por planilla

CCU Chile ha otorgado las facilidades para que los valores mensuales de pago de protección social que el trabajador haya contratado directamente con una institución en convenio, sean descontados de la remuneración mensual, simplificando de esta manera el proceso de mantención y pago del beneficio.

SEGURO DE VIDA MUTUAL DE SEGUROS, CON COBERTURAS EN SALUD

Este es un seguro de vida, invalidez y desmembramiento contratado directamente por el trabajador con la institución ligada a la Armada de Chile, Mutual de seguros, y con la que CCU tiene convenio para descontar mensualmente el valor de la prima de la remuneración.

Según cada plan de seguro de vida contratado, existen beneficios gratuitos adicionales en forma de aporte a los copagos médicos por intervención quirúrgica y quirúrgica dental, como un rembolso.

Para recibir el aporte de la mutual de seguros, es necesario presentar directamente en la institución, copia del pago del copago junto con exhibir el original del gasto en los plazos especificados para cada prestación médica,

Este beneficio debe ser presentado en primer lugar en la cascada ya que otros beneficios retienen el comprobante original del gasto.

Nota: Además de este beneficio es posible contratar adicionalmente la cobertura oncológica IRAM para otros familiares no acogidos al seguro oncológico CCU Chile, como padres y hermanos por ejemplo.

SEGUROS CONTRATADOS CON CAJAS DE COMPENSACIÓN.

Dentro de la ayuda social de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF), existe la oferta de distintos seguros de vida que tienen asociadas prestaciones de salud en forma de pagos por evento y en algunos casos rembolsos de gastos médicos, a continuación detallamos algunos de los beneficios vigentes más recurrentes.

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CCAF LOS ANDES, SEGUROS DE VIDA CON COBERTURAS DE SALUD POR ACCIDENTE.

Seguro de vida contratado directamente por el trabajador, que otorga protección al titular en caso de accidente con consecuencia de desmembramiento y hospitalización con un pago por evento, también otorga cobertura de rembolso de gastos médicos por accidente.

Para el cobro de las coberturas de salud, se debe acudir directamente a cualquier sucursal de CCAF Los Andes, en un plazo no superior a 180 días de ocurrido el accidente, con los antecedentes que respalden el siniestro como informes médicos, parte policial etc., además de los antecedentes de pago, como bonos, boletas y otros.

Nota: El rembolso de gastos médicos por accidente exige la presentación de documentos originales, por lo que debe ser la primera en operar.

CCAF LOS HÉROES, SEGURO DE VIDA CON COBERTURAS DE SALUD POR ENFERMEDAD GRAVE

Seguro de vida contratado directamente por el trabajador, que otorga un pago por evento de 40 UF en caso de diagnóstico del trabajador o alguno de sus dependientes de alguna de las enfermedades graves definidas en la póliza (Cáncer, infarto cardíaco, parálisis, insuficiencia renal y derrame o infarto cerebral, Además de cubrir cirugía artero-coronaria a corazón abierto y trasplante de corazón, riñón, pulmón, páncreas, hígado y médula).

No existe un deducible ni carencia para este seguro, pero las preexistencias no tienen cobertura.

Se deben presentar ante CCAF Los Héroes los antecedentes que acrediten el diagnóstico y la fecha de éste en un plazo inferior a 90 días.

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SEGUROS Y CONVENIOS CONTRATADOS POR LOS FONDOS DE BIENESTAR SOCIAL

a) Convenio oncológico Fondo Solidario Fundación Arturo Lopez Pérez (FALP)

Convenio contratado directamente por el trabajador a través de algunos de los Fondos de Bienestar social que tienen suscrito el convenio para sus socios, consistente en la liberación del 100% del copago y/o rembolso total por la atención por tratamiento de cáncer del titular o de algunos de los dependientes inscritos al convenio, excluyendo a todos quienes hayan tenido un diagnóstico oncológico previo.

Los dependientes inscritos pueden ser hijos e hijastros sin importar la edad, cónyuges, pareja y/o padres.

Este convenio no tiene cobertura para los costos no cubiertos por el plan de salud, los que podrán ser cubiertos por cascada con otro seguro o beneficio que acoja este tipo de gastos.

Esta cobertura no tiene tope ni deducible, y tiene una carencia de 30 días desde el pago del primer aporte para nuevos ingresos.

La cobertura sólo opera en modalidad prestador designado con la clínica Fundación Arturo Lopez Perez, a excepción de los diagnósticos y tratamiento para menores de 15 años y para las los tratamientos que sean derivados por la institución a otro prestador, en cuyo caso la cobertura opera como rembolso de gastos por el copago.

La liberación del copago opera en complemento a otras coberturas contratadas, por lo que tiene restricción en que esta cobertura sea la última en operar, debiendo declarar al momento de suscribir el contrato que otros seguros o coberturas de salud se tiene de forma adicional a Fonasa o Isapre.

Para la activación del beneficio ante un diagnóstico o sospecha se debe agendar una visita médica en FALP para evaluación y es la propia institución quien activa la cobertura y realiza el programa de tratamiento.

Nota: Es recomendable que ante cualquier procedimiento que implique la práctica de una biopsia, se envíe por escrito una notificación a las casillas del convenio FALP individualizando nombre, RUT paciente y procedimiento a notificar.

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Como ejemplo de estas coberturas podemos mencionar las más recurrentes:

SEGUROS DE ATENCIÓN Y COBERTURA PREFERENTE EN INSTITUCIONES DE SALUD

Estos son seguros generalmente anuales contratados directamente con algunas clínicas o prestadores, que otorgan liberación del copago o cobertura mejorada del plan de salud para atenciones que se hagan en la misma institución.

Nota: Para la contratación y uso de estos seguros recomendamos conocer cuáles son las atenciones cubiertas, los deducibles, los topes y la participación en el orden de la cascada.

OPERACIONES COMERCIALES CON COBERTURAS DE SALUD

Hay operaciones comerciales como créditos, ahorros, seguros de vida etc., que tienen contempladas prestaciones de salud para hacer más atractiva la decisión de compra.

Nota: Es recomendable revisar si los compromisos comerciales que se mantienen como créditos hipotecarios o APV por ejemplo, tienen algún beneficio de salud.

4Seguros directamente contratados y pagados por el trabajador.

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Ante cualquier diagnóstico siempre es recomendable conservar los documentos de gastos, órdenes de exámenes y sus resultados, epicrisis, informes médicos, prefacturas, detalles clínicos y en general cualquier antecedente que pueda aportar a la evaluación de un gasto médico por parte de las instituciones de cobertura adicional. Asimismo, es recomendable guardar copias de estos antecedentes una vez se hayan entregado originales en una institución para el curse de un beneficio, ya que para usar la cobertura en cascadas, siempre a partir del segundo beneficio invocado es necesario presentar copias y los documentos de liquidación de los beneficios cobrados anteriormente.

Para el caso de coberturas de salud por gastos por accidentes, es necesario acreditar que el gasto no corresponde a accidentes de tránsito, caso en el que primero debe operar la cobertura SOAP, incluso antes que la cobertura de Isapre o Fonasa, esto se acredita mediante informes del prestador de salud o ficha urgencia, entre otros.

5Sugerencias generales de uso de coberturas adicionales.

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PROTECCIÓN ADICIONAL FINANCIADA POR CCU

Gastos menores de salud Seguro de Vida Chileno Consolidada con coberturas de Salud

Beneficio FBS Seguro Complementario Euroamerica Cobertura Catastrófica Cobertura Oncológica IRAM

Prestador Libre elección Libre elección Libre elección Clínica IRAM

Asegurados Trabajador y cargas Trabajador, cónyuge hijos 24a Trabajador, cónyuge o pareja e hijos hasta 24 años

Trabajador, cónyuge o pareja e hijos hasta 24 años

Tipo de Cobertura Rembolso Copago Rembolso Copago Rembolso Copago Liberación Copago

Cobertura acotada N/A N/A N/A N/A

Restricción lugar Liquidación NO NO NO NO

Cobertura $ Tabla de cobertura según FBS Consultar en Intranet Consultar en Intranet 100% Copago, con tope

Carencia Según FBS 3 meses prestaciones dentales específicas No 3 meses

Deducible 0 Anual, según grupo familiar 50 UF por siniestro 0

Tope Anual, por grupo familiar según institución 1900 UF por asegurado 2000 UF anuales por siniestro

4UF medicamentos, insumos, bco sangre / 100UF T drogas anti neoplásicas

Documentos para la Activación Gastos Gastos - Declaración Médica Gastos - Declaración Médica - otros Biopsia- Inf Histopatológico

Plazo Activación Según Institución 60 días gasto 60 días gasto 30 días diagnóstico

Vigente Trabajador Si No Si No Si No Si No

Vigente Familia Si No Si No Si No Si No

Cuadro resumen y lista de verificación Protección adicional en salud (para trabajadores)

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PROTECCIÓN ADICIONAL FINANCIADA POR CCU

Gastos menores de salud Seguro de Vida Chileno Consolidada con coberturas de Salud

Beneficio FBS Seguro Complementario Euroamerica Cobertura Catastrófica Cobertura Oncológica IRAM

Prestador Libre elección Libre elección Libre elección Clínica IRAM

Asegurados Trabajador y cargas Trabajador, cónyuge hijos 24a Trabajador, cónyuge o pareja e hijos hasta 24 años

Trabajador, cónyuge o pareja e hijos hasta 24 años

Tipo de Cobertura Rembolso Copago Rembolso Copago Rembolso Copago Liberación Copago

Cobertura acotada N/A N/A N/A N/A

Restricción lugar Liquidación NO NO NO NO

Cobertura $ Tabla de cobertura según FBS Consultar en Intranet Consultar en Intranet 100% Copago, con tope

Carencia Según FBS 3 meses prestaciones dentales específicas No 3 meses

Deducible 0 Anual, según grupo familiar 50 UF por siniestro 0

Tope Anual, por grupo familiar según institución 1900 UF por asegurado 2000 UF anuales por siniestro

4UF medicamentos, insumos, bco sangre / 100UF T drogas anti neoplásicas

Documentos para la Activación Gastos Gastos - Declaración Médica Gastos - Declaración Médica - otros Biopsia- Inf Histopatológico

Plazo Activación Según Institución 60 días gasto 60 días gasto 30 días diagnóstico

Vigente Trabajador Si No Si No Si No Si No

Vigente Familia Si No Si No Si No Si No

COMPLETA LA INFORMACIÓN SOBRE TU SITUACIÓN PARTICULAR Y CONOCE TU REALIDAD DE PROTECCIÓN DE SALUD

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DIRECTO TRABAJADOR

Beneficio Seguros con clínicas Seguros asociados a operaciones comerciales Otros

Prestador Misma Institución Libre elecciónAseguradosTipo de Cobertura Liberación Copago Según condicionesCobertura acotada

Restricción lugar Liquidación n/a

Cobertura $ Copago Según póliza, indemnizaciónCarenciaDeducibleTope Activación AtenciónPlazo Activación

Vigente Si ¿Cuál? Si ¿Cuál? Si ¿Cuál?

CONVENIOS CCU DESCUENTO PLANILLA

Beneficio Mutual de seguros Seguros Caja de Compensación Los Andes Seguros Caja de Compensación Los Héroes FALP

Prestador Libre elección Libre elección Libre elección Libre elección Libre elección Libre elección Clínica FALP

Asegurados Según plan contratado Trabajador Trabajador Trabajador Trabajador Trabajador y cargas Trabajador y dependientes

Tipo de Cobertura Según plan contratado Pago por evento Pago por evento Rembolso Copago Pago por evento Pago por evento Liberación Copago

Cobertura acotada Según plan contratado Desmembramiento accidente Hospitalización accidente Rembolso gastos

médicos Accidente Enfermedad grave Enfermedad grave

Restricción lugar Liquidación

Primero (requiere exhibir documentos originales)

n/a n/a Primero (retiene documentos) n/a n/a Libera último

Cobertura $ Según plan contratado 1000 - 1500 UF 0.5 - 1 UF 10-20 UF 20-120 UF 40 UF 100% Copago, 0 gastos sin cobertura Plan de salud

Carencia No No No No No No 30 días desde el primer aporte

Deducible 0 0 0 0 0 0 0

Tope N/A n/a n/a n/a n/a n/a n/a

Activación Gastos Operacionales Gastos-Parte policial Parte policial-decl medica- otros Gastos-Parte policial Declaración médica-

otros Declaración médica-otros Biopsia-correo e-Consulta médica FALP

Plazo Activación Según prestación 180 días accidente 180 días accidente 180 días accidente 180 días accidente 90 días diagnóstico 1 día diagnóstico

Vigente Trabajador Si No Si No Si No Si No Si No Si No

Vigente Familia Si No Si No Si No Si No Si No Si No

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CONVENIOS CCU DESCUENTO PLANILLA

Beneficio Mutual de seguros Seguros Caja de Compensación Los Andes Seguros Caja de Compensación Los Héroes FALP

Prestador Libre elección Libre elección Libre elección Libre elección Libre elección Libre elección Clínica FALP

Asegurados Según plan contratado Trabajador Trabajador Trabajador Trabajador Trabajador y cargas Trabajador y dependientes

Tipo de Cobertura Según plan contratado Pago por evento Pago por evento Rembolso Copago Pago por evento Pago por evento Liberación Copago

Cobertura acotada Según plan contratado Desmembramiento accidente Hospitalización accidente Rembolso gastos

médicos Accidente Enfermedad grave Enfermedad grave

Restricción lugar Liquidación

Primero (requiere exhibir documentos originales)

n/a n/a Primero (retiene documentos) n/a n/a Libera último

Cobertura $ Según plan contratado 1000 - 1500 UF 0.5 - 1 UF 10-20 UF 20-120 UF 40 UF 100% Copago, 0 gastos sin cobertura Plan de salud

Carencia No No No No No No 30 días desde el primer aporte

Deducible 0 0 0 0 0 0 0

Tope N/A n/a n/a n/a n/a n/a n/a

Activación Gastos Operacionales Gastos-Parte policial Parte policial-decl medica- otros Gastos-Parte policial Declaración médica-

otros Declaración médica-otros Biopsia-correo e-Consulta médica FALP

Plazo Activación Según prestación 180 días accidente 180 días accidente 180 días accidente 180 días accidente 90 días diagnóstico 1 día diagnóstico

Vigente Trabajador Si No Si No Si No Si No Si No Si No

Vigente Familia Si No Si No Si No Si No Si No Si No

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¿Cómo uso los seguros ccu chile frente a un diagnóstico?

Frente a una atención médica, tener presente que siempre se debe obtener primero el aporte de Isapre o Fonasa.

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Documento realizado por el área de Calidad de vida de CCU Chile, solo como guía informativa del uso general de

coberturas de Salud. 28