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Manual de cumplimiento normativo y eficiencia ambiental para actividades portuarias Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón

Guía Práctica · 2017-01-20 · Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 5 Introducción 1.3 ÁMBITO DE APLICACIÓN ¿A QUIÉN SE DIRIGE? Los destinatarios

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 1

Manual de cumplimiento normativo y eficiencia ambiental para actividades portuarias

Guía Prácticapara la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón2

OFICINAS CENTRALES:ZONA PORTUARIA:Edificio de Servicios MúltiplesEl Musel, s/n33212 Gijón

Teléfono: 985 17 96 00e-mail: [email protected]

Principado de Asturias. España.

AUTORIDAD PORTUARIA DE GIJÓN

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 3

06

12

28

36

40

46

Emisiones

Legislación ambiental de referencia

Residuos

Vertidos

Ruido

Consumos

Contingenciasambientales

Introducción

anexo

01

Manual de cumplimiento normativo y eficiencia ambiental para actividades portuarias

52

04

Guía Prácticapara la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón4

Introducción

1.1 SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y POLÍTICA AMBIENTAL

1.2 OBJETO DE LA GUÍA ¿QUÉ SE PRETENDE CON ESTA GUÍA?

Desde hace años la Autoridad Portuaria de Gijón (APG), mantiene su compromiso ambiental, con el fin de reducir los impactos de la actividad portuaria sobre el medio natural. En su trayectoria por alcanzar este compromiso, desde el año 2007 la APG se sirve de un Sistema de Gestión Ambiental implantado de acuerdo al estándar ISO 14001, para así mejorar progresivamente y promover la mejora en el comportamiento ambiental de los usuarios que desarrollan su trabajo en el Puerto de Gijón.

Esta Guía Práctica para la Mejora Ambiental, se elabora con el propósito de complementar las Normas Ambientales de la APG, y como una herramienta de información y promoción de la eficiencia ambiental dirigida a las empresas, profesionales y organizaciones que llevan a cabo sus actividades en el entorno portuario.

Por ello, esta guía se centra en la definición de conceptos básicos, la aclaración de dudas frecuentes y la información útil sobre las obligaciones que se reglamentan a través de las ordenanzas ambientales del Puerto de Gijón.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 5

Introducción

1.3 ÁMBITO DE APLICACIÓN ¿A QUIÉN SE DIRIGE?

Los destinatarios de esta guía son las personas y/o empresas que desarrollan una actividad industrial, comercial o empresarial en el Puerto de Gijón1, con el objeto de promover entre ellos la implantación de prácticas de mejora ambiental en las actividades que desarrollan, teniendo en cuenta que están obligados a cumplir con la normativa vigente:

• Ordenanzas y Normas Ambientales del Puerto de Gijón.

• Legislación ambiental de ámbito europeo, nacional, autonómico o municipal de aplicación a las actividades realizadas dentro del espacio portuario.

Definiciones basadas en el RDL 2/2011, 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Prestador de un servicio

Autorizado

Concesionario

Titular autorizado para la realización de actividades de prestación necesarias para la realización de operaciones asociadas con el tráfico marítimo.

Titular de una autorización de ocupación del dominio público portuario, sin instalaciones fijas y en un plazo no superior a tres años.

Titular de una concesión para la ocupación del dominio público portuario con obras, instalaciones fijas o usos, por un plazo superior a tres años.

Definiciones

1. Titulares de licencias de servicios portuarios o servicios comerciales, titulares de derechos de ocupación del Dominio Público Portuario (concesiones y/o autorizaciones), etc.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón6

Emisiones

2.1 DEFINICIONES Y CLASIFICACIÓN

Contaminación atmosféricaPresencia en la atmósfera de materias, sustancias o formas de energía que impliquen molestia grave, riesgo o daño para las personas o el medio ambiente.

La contaminación atmosférica se produce por la emisión de sustancias contaminantes, y es la responsable principal de los grandes problemas ambientales con repercusiones globales como el cambio climático, el agujero de la capa de ozono o la lluvia ácida.

EmisionesDescarga a la atmósfera de materias, sustancias o formas de energía procedentes de cualquier fuente susceptible de producir contaminación atmosférica, tanto si se hace de forma continua como discontinua.

Emisiones canalizadas: aquellas que se descargan a la atmósfera a través de un foco puntual, como una chimenea, un tubo de escape, etc.

Emisiones difusas: las que no se realizan a través de un foco canalizado, como la emisión de partículas por el manejo de graneles, o las emisiones de gases no capturadas que se liberan a la atmósfera por ventanas, puertas o directamente por obras, trabajos o actuaciones al aire libre.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 7

Emisiones

La legislación vigente establece niveles máximos de concentración de contaminantes que pueden ser emitidos

por los focos canalizados, así como objetivos de calidad del aire para las mediciones realizadas sobre la inmisión.

Inmisión o Calidad del Aire

La concentración de uno o varios contaminantes, medida a nivel del suelo, en un punto más o menos lejano de la fuente de emisión.

Inmisión

Emisión

Emisión canalizadaEmisión difusa

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón8

Emisiones

Las empresas del ámbito portuario deben conocer si la actividad que realizan está contenida en el Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera, determinado por la legislación ambiental vigente.

Este catálogo clasifica a las actividades generadoras de emisiones en tres categorías: A, B y C, en función de su naturaleza y capacidad productiva, considerando las actividades clasificadas “A” como las de mayor potencial contaminante. Para cada una de estas categorías se establecen distintas obligaciones.

ACTIVIDAD CAPACIDAD

DISTANCIA A UN NÚCLEO DE POBLACIÓN

Almacenamiento u operaciones de manipulación, mezclado, separación, clasificación, transporte o reducción de tamaño de minerales u otros materiales pulverulentos en instalaciones industriales, puertos o centros logísticos, con capacidad de manipulación:

Almacenamiento u operaciones de manipulación, mezclado, separación, clasificación, transporte o reducción de tamaño de materiales sólidos pulverulentos en parques de carbón o coque, en instalaciones industriales, puertos o centros logísticos

Terminales marítimas de manipulación o almacenamiento de combustibles líquidos

Almacenamientos y depósitos logísticos de combustibles líquidos

Plantas de hormigón

200 a 1000 t/día

> 1000 t/día

< 200 t/día —

> 500 m < 500 m

Ejemplo de clasificación de actividades comunes en el ámbito portuario. (Extraído del Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmosfera publicado en el RD 100/2011)

2.2 OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA GENERACIÓN DE EMISIONES

B

B

BB

BB

BB

BB

C

C

A

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 9

Calidad del AireServicios y Trámites Medio Ambiente

En función de la categoría en la que se clasifiquen, los titulares de estas actividades están obligados, como paso previo al inicio de la actividad, a obtener una AUTORIZACIÓN, cuando se trate de categorías “A” y “B”, o bien a realizar una NOTIFICACIÓN, en el caso de la categoría “C”.

En la autorización que se otorga se fijan, entre otras obligaciones, los valores límite de emisiones o inmisión de la actividad, el tipo de controles y la periodicidad de las mediciones que debe realizar en sus instalaciones.

Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera (APCA)

DEBE OBTENER AUTORIZACIÓNGRUPOS

GRUPO DEBE REALIZAR NOTIFICACIÓN

La solicitud puede hacerse a través de la página web del Principado (www.asturias.es) o presencialmente habiendo descargado previamente los modelos de la misma página. En ambos casos será tramitada por la Consejería con competencias en materia del medio ambiente del Principado de Asturias.

Asturias.es Sede electrónica

A B

C

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE APCAGRUPOS

GRUPO COMUNICACIÓN DE APCA

Emisiones

A B

C

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón10

Emisiones

2.3 BUENAS PRÁCTICAS EN EL CONTROL DE EMISIONES

5 Mantener limpios los viales de circulación e instalar lavaruedas en las salidas de zonas no pavimentadas hacia estos viales.

6 Limpiar con frecuencia las zonas de carga y descarga de material pulverulento y los equipos que intervienen, y hacerlo de forma inmediata al finalizar las maniobras.

7 Realizar inspecciones, mantenimiento y limpieza frecuente de todos los equipos que generen emisiones canalizadas.

8 Cumplir con las inspecciones legales de aplicación (ITV, marcado CE, Conformidad RD 1215) de todos los vehículos y maquinaria empleados.

9 Sustituir los equipos de refrigeración que contienen gases fluorados por otros con productos menos contaminantes.

10 En operaciones de limpieza y mantenimiento de piezas, equipos, etc., sustituir el uso de disolvente por otros productos que no generen emisiones de compuestos orgánicos volátiles.

1 Dotar a los equipos que intervienen en la manipulación de material pulverulento con sistemas de reducción de emisiones como:

• Tolvas con aspiración forzada• Filtros• Faldones• Trompas telescópicas• Nebulizadores en puntos de

transferencia

2 Utilizar sistemas que impidan la dispersión de partículas durante la manipulación de material pulverulento como:

• Barreras y muros móviles• Pantallas cortavientos• Cañones de atomización o

nebulización de agua

3 Sellar las pilas de material pulverulento almacenadas a la intemperie con productos tensoactivos.

4 Sellar con productos tensoactivos las superficies de tránsito de maquinaria en torno a las pilas de material.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 11

Emisiones

2.4 PREGUNTAS FRECUENTES

La norma que establece esta exigencia ya está en vigor, por lo que las actividades existentes ya están obligadas a obtener la autorización o bien a realizar la notificación. Para el caso de nuevas actividades afectadas, el trámite de autorización o notificación debe estar concluido siempre antes de la fecha de inicio de la actividad. Esto ocurre con todas las autorizaciones ambientales, ya sean referidas a vertidos, residuos, etc.

Según el Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera, si la caldera de calefacción supera los 2,3 MWt de potencia térmica nominal está clasificada como categoría C y es necesario realizar la notificación indicada en la normativa.

Para el resto de calderas se deberán consultar las respectivas ordenanzas municipales. Por ejemplo, en Gijón, todas aquellas que superen los 35 kW de potencia deben contar con licencia municipal y cumplir con los límites de emisión establecidos en la ordenanza.

Para conocer el impacto sobre el medio ambiente del gas refrigerante se debe conocer su fórmula química. Los gases refrigerantes que afectan a la capa de ozono son hidrocarburos clorados o bromados. En la actualidad, está prohibido el uso de la mayoría de estos gases y ya se han sustituido, aunque aún está vigente la utilización del R-22 (clorodifluorometano) regenerado o recuperado.

Los gases refrigerantes que producen efecto invernadero son hidrocarburos fluorados. Los gases de este tipo más comúnmente utilizados son el R-134A y las mezclas R-407C, el R-410A, R404A y el R507.

¿Cuándo debo solicitar la autorización o realizar la notificación de Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera?

Las únicas emisiones de mi actividad proceden de la caldera de calefacción. ¿Tengo alguna obligación legal al respecto?

¿Cómo puedo conocer si el gas refrigerante de mis instalaciones afecta a la capa de ozono o produce efecto invernadero?

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón12

RESIDUOS

Residuos

ResiduoSi atendemos a su origen, encontramos que tanto los residuos no peligrosos como los peligrosos pueden ser además:

ResiduosPELIGROSOS

ResiduosNO PELIGROSOS

ResiduosDOMÉSTICOS

ResiduosCOMERCIALES

ResiduosINDUSTRIALES

Son aquellos residuos que contienen sustancias que

presentan un riesgo para la salud humana, los recursos

naturales o el medio ambiente.

Los generados en los hogares por actividades domésticas, y los que generándose en al ámbito empresarial o industrial son asimilables a estos.

Los generados en actividades de comercio, mercados, restauración, oficinas y resto del sector servicios.

Los generados en procesos de fabricación, transformación, mantenimiento, limpieza, etc., de la actividad industrial.

Son el resto de residuos que no presentan

ninguna característica de peligrosidad.

3.1 DEFINICIÓN DE RESIDUO Y CLASIFICACIÓN

ResiduoCualquier sustancia u objeto que se deseche.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 13

3

Residuos

¿Cómo identifico mis residuos?

El primer paso es determinar de manera diferenciada cada uno de los procesos que conforman las distintas actividades que se llevan a cabo, entendiendo como “proceso” las tareas que se realizan como parte de una actividad. (Ejemplo: “cambio de aceite”, “engrasado” “cambio de filtros”

“sustitución de piezas”, son procesos dentro de la actividad “mantenimiento de maquinaria”)

Una vez hecho, hay que identificar los residuos que genera cada uno de los procesos, y clasificarlos de acuerdo a su naturaleza.

ACTIVIDADMantenimiento de grúa

PROCESOCambio de aceite

RESIDUOSAceite usadoEnvase para aceite usadoCotones impregnadosEnvase aceite nuevo

NATURALEZAPeligrosoPeligrosoPeligrosoNo peligroso

21

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón14

Siempre se debe tener en cuenta que si un residuo es peligroso también lo es el envase que lo contiene. La forma más sencilla y directa para saber si un residuo es o no peligroso es consultarlo con el fabricante del producto que da origen al residuo, o bien con un gestor de residuos peligrosos, que además nos informará sobre las opciones de gestión y los costes asociados.

Otras fuentes de información a las que podemos acudir para saber si un residuo es o no peligroso son:

LISTA EUROPEA DE RESIDUOS

Donde se inventarían y codifican todos los residuos según el proceso que los genera. Los residuos peligrosos en la LER se identifican con un asterisco*.

Residuos PELIGROSOS

1

Residuos

DECISIONES

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 18 de diciembre de 2014

por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2014/955/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) En la Decisión 94/904/CE del Consejo (2) se estableció una lista de residuos peligrosos a nivel de la Unión (en lo sucesivo denominada «la lista de residuos»), y esa Decisión fue sustituida por la Decisión 2000/532/CE de la Comisión (3).

(2) La Directiva 2008/98/CE dispone que las características de peligrosidad H 4, H 5, H 6, H 7, H 8, H 10, H 11 y H 14 deben asignarse con arreglo a los criterios establecidos en el anexo VI de la Directiva 67/548/CEE del Consejo (4).

(3) La Directiva 67/548/CEE se sustituyó por el Reglamento (CE) no 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), con efectos a partir del 1 de junio de 2015, para tener en cuenta los avances científicos y técnicos. No obstante, la Directiva 67/548/CEE puede aplicarse hasta el 1 de junio de 2017 a ciertas mezclas, en caso de que se hayan clasificado, etiquetado y envasado de acuerdo con la Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (6) y ya se hayan comercializado antes del 1 de junio de 2015.

(4) Los requisitos de la Decisión 2000/532/CE aplicables a la clasificación de residuos como peligrosos en relación con las características de peligrosidad H 3 a H 8, H 10 y H 11 tienen que adaptarse al progreso científico y técnico y a la nueva legislación sobre productos químicos, cuando proceda. Esos requisitos se han incluido en el anexo III de la Directiva 2008/98/CE.

(5) El anexo de la Decisión 2000/532/CE, en el que se establece la lista de residuos, debe modificarse para adaptarlo a la terminología utilizada en el Reglamento (CE) no 1272/2008. Cuando la asignación de características de peli­grosidad se base en la realización de un ensayo, procede remitirse al Reglamento (CE) no 440/2008 de la Comi­sión (7) o a otras directrices y métodos de ensayo reconocidos a nivel internacional.

30.12.2014 L 370/44 Diario Oficial de la Unión Europea ES

(1) DO L 312 de 22.11.2008, p. 3. (2) Decisión 94/904/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, por la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del aparta­

do 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa a los residuos peligrosos (DO L 356 de 31.12.1994, p. 14). (3) Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, que sustituye a la Decisión 94/3/CE por la que se establece una lista de

residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos y a la Decisión 94/904/CE del Consejo por la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa a los residuos peligrosos (DO L 226 de 6.9.2000, p. 3).

(4) Directiva 67/548/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1967, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y admi­nistrativas en materia de clasificación, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas (DO 196 de 16.8.1967, p. 1).

(5) Reglamento (CE) no 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Regla­mento (CE) no 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008, p. 1).

(6) Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 1999, sobre la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la clasificación, el envasado y el etiquetado de preparados peligrosos (DO L 200 de 30.7.1999, p. 1).

(7) Reglamento (CE) no 440/2008 de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, por el que se establecen métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) (DO L 142 de 31.5.2008, p. 1).

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 15

FRASES DE RIESGO

Si las fichas de seguridad de los productos o sustancias que se han convertido en residuo incluyen alguna de las “Frases H o EUH” (que reemplazan a las antiguas frases R), este residuo se clasificará como peligroso.

PICTOGRAMAS DE PELIGROSIDAD

Si los envases de los productos o sustancias que se han convertido en residuo tienen alguno de los 9 pictogramas de peligro, este residuo se clasificará como peligroso.

CARACTERIZACIÓN ANALÍTICA

Si desconocemos su composición, debemos encargar una caracterización en laboratorio que nos indique si se trata de un residuo peligroso.

Puede irritar las vías respiratorias.Puede provocar somnolencia o vértigo.Puede provocar defectos genéticos.Se sospecha que provoca defectos genéticos.Puede provocar cáncer.

H335H336H340H341H350

3

2

4

Envases (plásticos y metálicos) contaminados

Restos de pintura en base de disolvente

Trapos y cotones contaminados con aceites o grasas

Tierras contaminadas con hidrocarburos

Baterías y acumuladores

Aerosoles

Aceites usados

Lodos de separadores de aceites y grasas

Disolventes

Material absorbente contaminado

RESIDUOS PELIGROSOS MÁS COMUNES EN LAS ACTIVIDADES

PORTUARIAS

Residuos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón16

Son todos aquellos residuos generados por una embarcación, incluyendo tanto los residuos líquidos como sólidos. En esta denominación se incluyen los residuos procedentes de

sentinas y aguas residuales, así como el resto de los que se producen durante el servicio del buque, tanto en operaciones ordinarias como en tareas de mantenimiento y reparación.

Se consideran residuos MARPOL todos los residuos generados en cualquier tipo de embarcación, tanto en buques comerciales como los procedentes de embarcaciones pesqueras, recreativas, deportivas, etc.

Todos los usuarios del Puerto de Gijón, tanto particulares como empresas, instituciones, administraciones públicas, etc., que generen residuos MARPOL procedentes de cualquier tipo de embarcación están obligados a entregarlos a una entidad autorizada por la Autoridad Portuaria de Gijón para la recogida de residuos MARPOL.

La recogida y gestión de estos residuos en el Puerto de Gijón se efectúa siguiendo las directrices del “Plan MARPOL”, cuya edición vigente puede consultarse en la página web www.puertogijon.es.

Residuos MARPOL

Los residuos generados en las actividades portuarias, que no contienen sustancias peligrosas, o que no han sido contaminados por estas sustancias, tienen la consideración de residuos no peligrosos.

Residuos NO PELIGROSOS

Residuos domésticos

Papel y cartón

Envases no contaminados

Maderas

Metales

Restos de pintura en base de agua

RESIDUOS NO PELIGROSOS MÁS COMUNES EN LAS ACTIVIDADES

PORTUARIAS

Residuos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 17

Estos residuos son Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano (SANDACH), entre los que se incluyen los residuos de origen animal procedentes de

la venta, manipulación o envasado de pescados y mariscos.

El Puerto de Gijón no cuenta con ningún punto para la recogida de residuos SANDACH, y no está permitido el depósito de este tipo de residuos en los contenedores destinados a residuos domésticos no peligrosos instalados en la zona de servicio del puerto.

Las empresas del ámbito portuario que en su actividad generen residuos SANDACH deberán contar con un sistema de almacenamiento, recogida y gestión de este tipo de residuos que cumpla con la normativa vigente en la materia.

Residuos SANDACH

3.2 OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA GENERACIÓN DE RESIDUOS

Todas las empresas del ámbito portuario tienen la condición de productor de los residuos que generen en el marco de sus actividades, y por tanto deben cumplir con las obligaciones que la legislación otorga a los productores de residuos.

Hay unas obligaciones principales que afectan a cualquier productor de residuos tanto si se trata de residuos peligrosos como de residuos no peligrosos:

El resto de obligaciones que se detallan a continuación son específicas por un lado para los productores de residuos peligrosos y por otro para los productores de residuos no peligrosos.

1. Identificar los residuos generados

2. Almacenar los residuos de manera adecuada

3. Entregar los residuos a un gestor autorizado1

1. En el caso de residuos domésticos, su depósito en contenedores de recogida adecuados da cumplimiento a esta obligación.

Los productores de CUALQUIER TIPO DE RESIDUO están obligados a:

Residuos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón18

¿Cómo almaceno mis residuos peligrosos?

No se pueden mezclar los distintos tipos de residuos: cada tipo de residuo peligroso debe depositarse en un contenedor individual que estará debidamente identificado con la etiqueta establecida en la normativa vigente.

Los contenedores deberán ser estancos y de un material y capacidad adecuados al tipo de residuo que van a contener.

El almacén de residuos peligrosos se instalará en una zona cubierta y pavimentada, donde sea posible retener, contener, y recoger los goteos, derrames o vertidos accidentales en caso de producirse.

Si se trata de un punto de almacenamiento provisional, deberá estar alejado de zonas de tránsito de vehículos o maquinaria, y todos los contenedores deberán ubicarse en suelo pavimentado y contar con sistemas de cierre que eviten la entrada de agua de lluvia.

Los residuos peligrosos no pueden almacenarse más de 6 meses antes de su entrega a gestor autorizado.

Nombre del ResiduoCódigo de identificación del residuo

// // //// // //

Datos del titular del residuo

T

TÓXICO

LER:

Nombre:

Dirección:

Teléfono:

Fecha de envasado:

Nombre del residuoSegún la lista Europea de Residuos

Codificación del residuoInformación que aparece en el documento de aceptación

Titular del residuo Indicar los datos completos del titular o productor del Residuo

Fecha de envasadoSe anota la fecha de inicio del envasado del Residuo

Pictograma de peligroSe incluye la letra que define el riesgo y la palabra de riesgo

Naturaleza de los riesgos que presentan los residuosEn el recuadro deberá aparecer el pictograma que presenta la naturaleza del riesgo indicado por el código H de la tabla 5. En el caso de haber más de un código (ejemplo H3b/5) o bien se ponen los dos pictogramas, o se pone el de mayor peligrosidad.

A E

FB

C

D

A

B

C

D

E

F

Residuos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 19

Los residuosen Asturias

Gestores y transportistas autorizados en Asturias

Residuos

¿Qué necesito para gestionar mis residuos peligrosos?

CONTRATAR UN GESTOR AUTORIZADO

Los residuos peligrosos generados en las distintas actividades deben entregarse a un gestor autorizado. El paso inicial será por lo tanto buscar una empresa autorizada como gestor para la gestión de los residuos peligrosos que vamos a generar y formalizar con esta empresa el denominado “Contrato de Tratamiento de Residuos” (antiguo Documento de Aceptación), un contrato o acuerdo estandarizado en el que las partes se comprometen a entregar y gestionar respectivamente los residuos peligrosos y cantidades anuales que se especifiquen.

Este paso podemos hacerlo directamente, como productores del residuo, o bien a través de terceros:

1.

Lista de Transportistas autorizados de Residuos Peligrosos

Lista de Gestores autorizados de Residuos Peligrosos

Red Ambiental de Asturias

Temasambientales

Portal Ambiental del Principado:

¿Dónde encontrar a transportistas y gestores2 autorizados para mis residuos peligrosos?

2 . Transportista autorizado: Empresa que cuenta con autorización para la recogida de residuos y su entrega al gestor. Los transportistas no suelen asumir la titularidad del residuo durante el transporte.

Gestor Autorizado: Empresa que cuenta con autorización para la gestión de residuos. En muchos casos también están autorizados a la recogida y transporte de residuos. La entrega del residuo a un gestor siempre conlleva la cesión de la titularidad del residuo.

Residuos

Agente de residuo. Persona física o jurídica que hace la tramitación de los residuos en nombre de otro.

Negociante de residuos. Persona física o jurídica que realiza la compra-venta de residuos.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón20

SOLICITAR EL ALTA COMO PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS

Todos los productores de residuos peligrosos deben estar inscritos en el Registro de Productores de Residuos Peligrosos del Principado de Asturias, para lo que es necesario realizar una comunicación.

Se contemplan 2 categorías en función de la cantidad anual de residuos peligrosos que la actividad genera:

Aquellos que producen más de 10 t/año de residuos peligrosos, tienen otras obligaciones periódicas:

• Presentar cada año la denominada: Declaración Anual de Residuos.

• Presentar cada cuatro años un Plan de Minimización de Residuos.

2.

Pequeño Productor de Residuos Peligrosos

Productor de Residuos Peligrosos

Menos 10 t/año Más 10 t/año

Para formalizar la comunicación como productor de residuos peligrosos se deben presentar, al menos, los siguientes documentos:

• Inventario previo de todos los residuos peligrosos que nuestra actividad va a generar, con su código LER (Lista Europa de Residuos)

• Documentos de aceptación para cada tipo de residuo

Comunicación como productor de residuos peligrosos

Servicios y TrámitesAutorizaciones, Licencias y Concesiones

La inscripción puede hacerse a través de la página web del Principado (www.asturias.es) o presencialmente habiendo descargado previamente la solicitud de la misma página. En ambos casos será tramitada por la Consejería con competencias en materia del medio ambiente del Principado de Asturias.

Asturias.es Sede electrónica

Residuos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 21

CUBRIR LOS DOCUMENTOS DE TRAZABILIDAD OBLIGATORIOS EN CADA ENTREGA AL GESTOR

Cada cesión de nuestros residuos al gestor necesita de la formalización de documentos:

• Notificación previa del traslado, a la Consejería con competencias en medio ambiente del Principado de Asturias.

• Documento de Identificación (antiguo Documento de Control y Seguimiento), que acompaña a los residuos hasta su llegada al gestor.

3.

Documentos necesarios y pasos a seguir si genero residuos

Identificar con su código LER todos los residuos peligrosos que genera mi actividad.

Buscar transportista y/o gestor AUTORIZADOS para mis residuos.

Formalizar el CONTRATO DE TRATAMIENTO con el gestor.

Inscribirme en el Registro del Principado como PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS.

Antes de hacer la retirada, enviar, con al menos 10 días de antelación, la NOTIFICACIÓN DE TRASLADO.

En cada retirada, cubrir el DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN que acompaña al residuo.

Después de entregarlo al Gestor solicitar la copia firmada del Documento de Control y Seguimiento y archivarla durante 5 años.

Llevar al día un LIBRO-REGISTRO de los residuos peligrosos generados y de los datos de su gestión.

Residuos

1.

2.

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5.

6.

7.

8.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón22

¿Cómo almaceno mis residuos no peligrosos y qué necesito para gestionarlos?

RESIDUOS DOMÉSTICOS

En el Puerto de Gijón hay instalados varios puntos con contenedores de recogida segregada de residuos domésticos no peligrosos a disposición de los usuarios del Puerto donde se puede depositar:

• Papel y cartón• Envases• Vidrio• Resto de residuos domésticos

Al depositar los residuos en estos contenedores estamos realizando tanto su correcto almacenamiento como su entrega a un gestor autorizado.

El mapa con la ubicación de estos puntos de recogida puede consultarse en la página web: www.puertogijion.es

¿Qué va al contenedor amarillo?

Recuerda que el contenedor amarillo es para depositar ENVASES LIGEROS de cualquier material

excepto los ENVASES DE VIDRIO, que van al contenedor de vidrio,

y los ENVASES DE CARTÓN que van al contenedor de papel y cartón.

Residuos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 23

Los residuos peligrosos no pueden almacenarse más de 2 años antes de su entrega a gestor autorizado.

RESTO DE RESIDUOS NO PELIGROSOS

El resto de residuos no peligrosos se debe almacenar en contenedores estancos y cerrados, con identificación que permita la segregación en distintas categorías: madera, metal, neumáticos, material eléctrico y electrónico, etc.

Residuos

Los residuosen Asturias

Gestores y transportistas autorizados en Asturias

Residuos

Lista de Transportistas autorizados de Residuos No Peligrosos

Lista de Gestores autorizados de Residuos No Peligrosos

Red Ambiental de Asturias

Temasambientales

Portal Ambiental del Principado:

Cada fracción segregada debe entregarse a un gestor autorizado para ese tipo de residuo, para lo que debemos contar con la documentación justificativa que acredite la correcta gestión de los mismos:

Si el destino final de los residuos no peligrosos es: • Eliminación en vertedero, o bien,• valorización por incineración, o bien,• valorización de residuos domésticos mezclados,

la gestión documental incluirá:NOTIFICACIÓN PREVIA DE TRASLADO Y DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN

Para el resto de residuos no peligrosos, la gestión documental incluirá: ALBARÁN DE ENTREGA A GESTOR AUTORIZADO

¿Qué necesito para gestionar los residuos no peligrosos?

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón24

Residuos

3.3 BUENAS PRÁCTICAS EN LA PRODUCCIÓN DE RESIDUOS

Se puede lograr la minimización de residuos de una manera eficiente, centrándose en la estrategia de las “tres erres”; reducir, reutilizar y reciclar.

La iniciativa 3R logra su objetivo si se entiende como pasos de una secuencia en la que lo prioritario es Reducir, seguido de Reutilizar, y finalmente Reciclar.

REDUCIR. El mejor residuo es el que no se produce. Elegir los productos y materiales que usaremos entre aquellos que generen menos residuos o residuos menos peligrosos, y controlar su consumo, ayudándonos a reducir los residuos generados.

REUTILIZAR. Alargar la vida de los materiales y productos que utilizamos, desde su adquisición hasta que se conviertan en un residuo, y buscarles otras funciones una vez agotado su uso original.

REDUCIR REUTILIZAR RECICLAR

RECICLAR. Transformar los residuos para generar nuevos materiales, ya sea dentro de la propia actividad, o bien entregándolos de forma segregada a un gestor que los destine al reciclado.

Las buenas prácticas son medidas sencillas que persiguen la eficiencia en el uso de los productos que generan residuos. Estas prácticas son aplicables de manera previa en la fase de compra de suministros y directamente sobre la producción y gestión de residuos.

A REALIZARCOMO PRODUCTOR

A EXIGIRAL GESTOR

R R R

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 25

Residuos

6 Siempre que sea posible descartar las materias que contengan sustancias peligrosas y elegir otras que no las contengan.

7 Estudiar la manera de adoptar nuevos cambios en los procesos productivos que disminuyan la cantidad o peligrosidad de las materias primas utilizadas y así, evitar que finalmente se conviertan en residuos.

8 Mejorar la eficiencia del equipamiento, bien a partir de inversiones en nueva maquinaria o mejoras en la existente, evitando fugas o consumos innecesarios.

9 Establecer planes de mantenimiento que alarguen la vida útil de los equipamientos y mejoren su consumo de agua y/o energía.

10 Identificar y diferenciar los subproductos y materias primas secundarias resultantes de los procesos de producción para favorecer su reutilización.

11 Priorizar la redución, reutilización y el reciclaje sobre otras opciones de gestión, escogiendo aquellos gestores que nos garanticen una gestión mas sostenible de nuestro residuo.

1 Reapilar regularmente los acopios de graneles sólidos depositados en muelles para minimizar los residuos de limpieza una vez finalizada la operación de carga o descarga.

2 Adquirir solo lo necesario, llevar un control logístico en almacenes, evitando la caducidad de productos.

3 Implantar criterios de compra verde de materias primas, suministros de material de oficina y equipos.

4 Al realizar las compras solicitar productos que tengan el menor embalaje posible, productos a granel, y envases reutilizables o con sustancias menos tóxicas o fácilmente reciclables.

5 Reutilizar envases de gran volumen, estancos y resistentes como contenedores de residuos.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón26

No. Ni los residuos peligrosos ni los no peligrosos. Como productores estamos obligados a entregar nuestros residuos a un gestor autorizado. Quemar, enterrar, abandonar o verter residuos por nuestra cuenta es una práctica ilegal. La única opción para gestionar los residuos por nosotros mismos es obtener una autorización como gestor de residuos.

Los puntos limpios municipales están concebidos para su uso por parte de los ciudadanos, pero en algunos casos pueden admitir también residuos procedentes de comercios o pequeñas industrias. Para saber qué tipo de residuos admite y la forma en la que puede ser usado por las empresas lo mejor es contactar directamente con cada punto limpio. En la página web del Ayuntamiento de Gijón www.cuidadoambiental.gijon.es puedes encontrar la información sobre ubicación y horarios de los puntos limpios municipales.

No. Los productores de residuos peligrosos del Puerto de Gijón deben contratar el servicio de gestión de residuos peligrosos por cuenta propia. Es importante recordar que el vertido incontrolado o el abandono de cualquier tipo de residuos es una práctica ilegal y por lo tanto sujeta a sanción.

En los puntos de recogida habilitados por la Autoridad Portuaria solo se pueden depositar residuos no peligrosos de las fracciones: papel y cartón, envases, vidrio y resto de residuos domésticos. Al depositar los residuos en estos contenedores estamos realizando tanto su correcto almacenamiento como su entrega a un gestor autorizado.

¿Puedo gestionar yo mismo mis residuos?

¿Puedo llevar mis residuos a un punto limpio municipal siendo una empresa?

¿La Autoridad Porturia tiene a disposición de los usuario del Puerto de Gijón algún punto para el depósito y la retirada de residuos peligrosos?

¿Qué tipo de residuos puedo depositar en los contenedores que la Autoriadad Portuaria tiene habilitados para los usuarios del Puerto de Gijón?

3.4 PREGUNTAS FRECUENTES

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 27

Cada gestor está autorizado para gestionar uno o varios tipos de residuos concretos, identificados por el código LER. Antes de entregarle nuestros residuos debemos asegurarnos de que su autorización cubre los tipos de residuos que le vamos a entregar.

Sí, y por lo tanto no pueden depositarse en los contenedores destinados a residuos domésticos no peligrosos instalados en la zona de servicio del puerto. Las empresas del ámbito portuario que en su actividad generen residuos SANDACH deberán contar con un sistema de almacenamiento, recogida y gestión de este tipo de residuos que cumpla con la normativa vigente en la materia.

Sí. Y por lo tanto sus productores están obligados a entregarlos a una entidad autorizada por la Autoridad Portuaria de Gijón para la recogida de residuos MARPOL y cumplir con el resto de especificaciones del “Plan MARPOL”, cuya edición vigente puede consultarse en la página web www.puertogijon.es.

La chatarra es un residuo no peligroso por lo que como productores de este residuo, estamos obligados a entregarlo a un gestor autorizado. Por ello debemos estar seguros de que la empresa a la que le vendemos la chatarra tiene autorización para la gestión de este residuo. Entregar la chatarra a un gestor no autorizado es una práctica ilegal de la que es responsable el productor del residuo y está penada con sanciones administrativas.

Las empresas del ámbito portuario que vayan a realizar obras en sus instalaciones o infraestructuras en la zona de servicio de Puerto de Gijón, deben cumplir con la normativa vigente en materia de Residuos de Construcción y Demolición (RCD). Esta normativa obliga al promotor, entre otras cosas, a elaborar un Estudio de RCD como parte del proyecto de obra. Por su parte el contratista deberá elaborar un Plan de Gestión de RCD en el que se detallará la forma en la que se llevarán a cabo las prescripciones del Estudio de RCD.

¿Puedo entregar mis residuos a cualquier gestor de residuos?

¿Los restos de pescado son residuos SANDACH?

¿Los residuos de barcos pesqueros y embarcaciones deporivas son MARPOL?

¿Qué debo hacer con la chatarra?

¿Qué debo hacer con los residuos procedentes de una obra?

Residuos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón28

ILUSTRACIÓN VERTIDOS

Vertidos

Vertido sanitario: el que se genera en baños y duchas.

Vertido de proceso: el que se genera como consecuencia de una actividad o un proceso productivo, incluyendo refrigeración y lavado.

Vertido pluvial: el que se genera por la lluvia caída sobre una instalación o una actividad. Si puede arrastrar sustancias contaminantes es asimilable al vertido

de proceso.

Vertido accidental: los generados de manera accidental, para los

que se debe disponer de medidas preventivas y

correctivas.

4.1 DEFINICIÓN DE VERTIDO Y CLASIFICACIÓN

VertidoIntroducción de sustancias líquidas o sólidas en las aguas continentales, el mar, o el terreno, de forma directa, o bien de forma indirecta a través de redes de saneamiento.

Dependiendo de su origen podemos clasificar los vertidos en:

Aguas de procesoAguas sanitariasAguas pluvialesColectorVertido autorizadoVertido accidental

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 29

Vertidos

A LA RED

AL MAR

VERTIDOS

CONSEJERÍA COMPETENTEDEL PRINCIPADO

AYUNTAMIENTO

Todas las empresas del ámbito portuario que realicen cualquier tipo de vertido procedente de las actividades que llevan a cabo dentro de la zona de servicio del Puerto de Gijón, ya sean aguas de proceso, sanitarias, o pluviales, deberán contar con una AUTORIZACIÓN DE VERTIDO.

Dependiendo de a dónde se vierta, la autorización será emitida por las distintas administraciones.

Como condición para otorgar la autorización las administraciones competentes podrán exigir, en caso de que sea necesario por la carga contaminante del vertido, que la empresa establezca medios de tratamiento previo de las aguas (separación de grasas, decantación, depuración, etc.) para cumplir con los límites de concentración de parámetros químicos establecidos en la autorización.

4.2 OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA GENERACIÓN DE VERTIDOS

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón30

Vertidos

¿Qué debo cumplir para verter aguas sanitarias a la Red del Ayuntamiento?

Las actividades del Puerto de Gijón que realicen algún vertido de aguas sanitarias a la red de saneamiento deberán:

• Cumplir con las ordenanzas sobre Saneamiento y Alcantarillado del Ayuntamiento.

• Solicitar y obtener la acometida de alcantarillado.

Información que se debe aportar para solicitar la acometida al alcantarillado en el municipio de Gijón

Plano de situación.

Plano de planta de la instalación.

Caudal de vertido.

1.

2.

3.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 31

Vertidos

¿Qué debo cumplir para verter aguas de proceso a la Red de Saneamiento del Ayuntamiento?

Las actividades del Puerto de Gijón que viertan sus aguas de proceso a la red de saneamiento deberán:

• Cumplir con las ordenanzas sobre vertidos no domésticos a la red de saneamiento.

• Contar con Autorización de Vertido otorgada por el Ayuntamiento.

• Cumplir con el condicionado que establezca la autorización, que incluirá los límites de concentración de contaminantes, así como la periodicidad y características de los muestreos a realizar.

Documentación a incluir en el proyecto técnico para solicitar autorización de vertido al Ayuntamiento de Gijón

Identificación de la empresa y CNAE.

Volumen de agua consumida y procedencia de la misma.

Características del caudal de las aguas residuales.

Constituyentes y características de las aguas residuales.

Planos de situación.

Descripción de la actividad, instalaciones y procesos que se desarrollen.

1.

2.

3.

4.

5.

6.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón32

Vertidos

¿Qué debo cumplir para verter al mar?

No se realizará ningún tipo de vertido al mar sin la correspondiente autorización de vertido de aguas residuales al mar, la cual será resuelta por la Consejería con competencias en medio ambiente del Principado de Asturias.

¿Dónde se tramita la autorización?

¿Qué necesito?

¿Qué me interesa saber?

Puede realizarse a través de la página del Principado o presencialmente habiendo descargado previamente la solicitud de la misma página.

Proyecto técnico que describa las instalaciones de recogida, tratamiento y vertido de las aguas, y diferente documentación de carácter acreditativo.

Una vez otorgada la autorización en donde se detallarán los condicionantes del vertido, las empresas deberán realizar análisis periódicos con el fin de cumplir dichos requisitos, además de seguir las especificaciones en la toma de muestras y analítica a realizar.

Autorizaciones de Aguas Residuales al Mar

Servicios y Trámites

Autorizaciones, Licencias y Concesiones

Asturias.es Sede electrónica

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 33

Vertidos

4.3 BUENAS PRÁCTICAS EN EL CONTROL DE VERTIDOS

6 Proteger las alcantarillas, sumideros, y otras entradas de la red de saneamiento y la red de recogida de pluviales con bayetas o rollos absorbentes siempre que se vayan a manipular sustancias contaminantes.

7 Mantener limpias las superficies a la intemperie, como aparcamientos, campas, zonas de almacenamiento, viales, etc., con el fin de evitar la llegada de contaminantes a la red por arrastre de pluviales.

8 Limpiar periódicamente las canalizaciones, arquetas y desagües.

9 En operaciones de limpieza y mantenimiento de piezas, equipos, etc., sustituir el uso de disolvente por otros productos que no generen emisiones de compuestos orgánicos volátiles.

1 Utilizar cubetos de retención o bandejas de recogida para evitar vertidos accidentales siempre que se trabaje con productos que puedan generar derrames contaminantes como hidrocarburos, aceites, pinturas, disolventes u otras sustancias peligrosas.

2 Utilizar, siempre que sea posible, los productos menos contaminantes del mercado.

3 Seguir siempre las recomendaciones de almacenamiento y manipulación de los productos que se detallan en sus fichas de seguridad.

4 Procurar que la manipulación de sustancias contaminantes no se haga cerca del cantil del muelle.

5 En operaciones de transferencia de mercancía entre el barco y el muelle, disponer de lonas u otros sistemas preventivos que eviten el vertido de sustancias contaminantes al mar.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón34

Sí. Las aguas pluviales de cualquier instalación industrial pueden llevar carga contaminante, ya sea por su acción de “lavado de superficies” o bien por arrastre de sólidos, por lo que es necesario solicitar autorización para este vertido, ya sea su destino la red de saneamiento o el mar.

Sí. El vertido de aguas sanitarias (baños, vestuarios, duchas, etc.) debe estar autorizado sea cual sea su destino (red de saneamiento o mar) e independientemente de su caudal. Por lo tanto necesitaremos autorización aunque sólo tengamos un único baño.

Depende. Si se trata de un depósito estanco e impermable no, pero la mayor parte de las fosas sépticas retienen los lodos decantados, y el resto se infiltra al terreno. En este caso sí será necesaria una autorización de vertido que debe solicitarse a la misma Consejería del Principado que autoriza los vertidos al mar.

Porque los vertidos al terreno son vertidos indirectos susceptibles de contaminar las aguas subterráneas.

No, en ningún caso y bajo ningún pretexto. Esta práctica está específicamente prohibida por la legislación vigente.

¿Necesito una autorización para verter las aguas pluviales de mi instalación?

El único vertido de mi instalación es el procedente del baño de las oficinas ¿Necesito una autorización para verter estas aguas?

¿Necesito autorización para verter a una fosa séptica?

¿Por qué un vertido sobre el terreno necesita autorización de vertido?

¿Puedo diluir mi vertido antes de verterlo para conseguir los límites de concentración exigidos?

4.4 PREGUNTAS FRECUENTES

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 35

Cualquier superación de los limites de una autorización de vertido, ya sea a mar, red de saneamiento o terreno, debe ser notificada de forma inmediata al órgano responsable de la emisión de dicha autorización.

No. No está permitido el vertido de agua de mar a la red de saneamiento. Las aguas marinas deben verterse al mar, previa autorización del órgano competente.

Los Organismos de Control Autorizados, conocidos como OCA, son entidades autorizadas por la administración para la verificación de las condiciones obligatorias que deben cumplir las empresas. En el caso de las autorizaciones de vertido, las empresas autorizadas deben contratar con un OCA ambiental el control del cumplimiento de los limites establecidos. Este OCA será el encargado de tomar las muestras y realizar las analíticas correspondientes, emitiendo finalmente un informe de verificación.

La analítica de mi vertido supera alguno de los límites establecidos en mi autorización ¿Qué debo hacer?

¿Se puede verter agua de mar a la red de saneamiento?

¿Qué es una OCA y qué papel juega en la autorización de vertidos?

Vertidos

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón36

Ruido

La definición de ruido es claramente subjetiva por eso, cuando hablamos de controlar el ruido, en realidad se trata de establecer límites en la intensidad del sonido emitido.

5.1 DEFINICIÓN DE RUIDO

RuidoEl ruido no es más que una combinación de sonidos de distinta intensidad y frecuencia que resulta molesta para quien la percibe.

200 dBBomba atómica

140 dBUmbral del dolor

130 dBAvióndespegando

100 dBPerforadoraeléctrica

Ejemplo de valores del ruido (decibelios dB)

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 37

Ruido

Para medir el ruido ambiental, es decir, el producido por focos exteriores o que se propagan hacia el exterior como el transporte, la industria y el medio urbano, se utiliza el decibelio A “dB(A)”, una unidad basada en una escala logarítmica que responde adecuadamente a la diferencia de intensidad de dos o más sonidos diferentes.

Las empresas del ámbito portuario deberán garantizar que la emisión de ruido de todos los elementos de sus operaciones y/o instalaciones se encuentra por debajo de los límites definidos por la normativa vigente.

5.2 OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA EMISIÓN DE RUIDOS

100 dBPerforadoraeléctrica

80 dBTren

40 dBConversación

0 dBUmbral de audición

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón38

5.3 BUENAS PRÁCTICAS EN EL CONTROL DE EMISIONES

5 Evitar la realización simultánea de tareas ruidosas, conforme a una planificación previa de las actividades que evite dichos solapamientos.

6 Evitar golpear la cuchara contra la estructura del buque o la tolva durante las operaciones de carga y descarga.

7 Minimizar la altura de caída de la mercancía sobre la tolva o sobre el acopio.

8 Cumplir con los límites de velocidad establecidos en los distintos viales del puerto.

1 Programar las actividades para realizar las que puedan producir más ruido durante el día.

2 Mantener puertas y ventanas cerradas durante las actividades especialmente ruidosas que se desarrollen en el interior de tinglados, naves u otros edificios.

3 Ejecutar un plan de mantenimiento riguroso de los equipos más ruidosos.

4 Cumplir con las inspecciones legales de aplicación (ITV, marcado CE, Conformidad RD 1215) de todos los vehículos y maquinaria empleados.

Ruido

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 39

Para combatir el ruido ambiental hay tres vías de actuación: sobre la fuente del ruido, sobre su propagación, o bien sobre los receptores. Las actuaciones deben seguir este mismo orden de jerarquía, para que puedean resultar efectivas.

• La actuación en la emisión es preferente ya que incidimos sobre el proceso que genera el ruido. Las medidas dependerán del tipo de foco emisor: máquinas menos ruidosas, encapsulamientos silenciosos, reducción de velocidad en vehículos, uso de pavimentos de baja emisión sonora, etc.

• La actuación en la propagación se refiere en general a la colocación de barreras o pantallas acústicas que dificulten la propagación del ruido en la dirección de los receptores.

• Por último, las medidas que actúan sobre el receptor son las menos eficaces, y consisten normalmente en el aumento del aislamiento de los edificios afectados.

Para medir el ruido ambiental utilizamos un sonómetro programado de antemano para medir el ruido durante una fracción de tiempo establecida, ya que la unidad de medida utilizada para los niveles sonoros ambientales es el “Nivel Sonoro Continuo Equivalente” (Leq), que tiene en cuenta la variación del ruido en un período de tiempo determinado. De esta medida se obtiene un dato en dB(A) representativo de dicho período.

¿Qué medidas debo tomar para reducir el ruido ambiental?

¿Cómo se mide el ruido ambiental?

Ruido

5.4 PREGUNTAS FRECUENTES

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón40

Consumos

Decimos que un producto o servicio es ecoeficiente cuando es capaz de desarrollar la utilidad para la que ha sido creado utilizando menos recursos naturales, como agua y energía, y generando menos residuos y contaminación.

Optimizar el consumo de recursos naturales y materias primas, adquirir productos con etiquetado ecológico, y contratar servicios de empresas que certifican su gestión ambiental, es la base principal para lograr la ecoeficiencia en nuestras actividades.

6.1 REPERCUSIÓN AMBIENTAL Y DEFINICIONES 6.2 ECOEFICIENCIA

Para su funcionamiento, las actividades del ámbito portuario necesitan consumir energía y materias primas. Este consumo genera impactos sobre los recursos naturales: consumo de agua que puede generar escasez de este recurso, consumo de electricidad procedente de fuentes de generación no renovables, consumo de productos cuya fabricación genera contaminación, consumo de madera o papel que afecta a la deforestación, etc.

Para tratar de minimizar estos impactos estas actividades pueden implantar medidas de consumo responsable como la ecoeficiencia o la ambientalización de los procesos de compra, conocida como Compra Verde.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 41

Consumos

6.3 COMPRA VERDE

La Compra Verde es la compra o contratación de bienes y servicios considerando no sólo los criterios económicos o técnicos de los productos, servicios u obras a contratar, sino también el comportamiento ambiental de los mismos.

Si queremos implantar la Compra Verde en la adquisición de los materiales y equipamientos con los que desarrollar nuestra actividad, la mejor herramienta disponible es el Ecoetiquetado.

Una etiqueta ambiental o ecoetiqueta es un sistema voluntario de calificación ambiental que identifica y certifica que ciertos productos o servicios tienen una menor afección sobre el medio ambiente basándose en su análisis de ciclo de vida.

Los productos ecotiquetados satisfacen exigentes criterios ambientales que se definen por “Categorías de Producto”. Existen diferentes tipos de ecoetiquetas y distintos tipos de productos ecoetiquetados dependiendo del país y del organismo que las otorga. Pero a la hora de implantar un sistema de Compra Verde en nuestra actividad, cualquiera de ellas supone una garantía de producto ambientalmente excelente.

• Productos de limpieza• Pavimentos• Papel para impresoras• Calzado

Algunas categorías de producto para los que existe etiquetado ambiental:

• Material aislante• Pinturas• Bombillas• Lubricantes

• Frigoríficos• Ordenadores

ANÁLISIS DE CICLO DE VIDAEs el estudio que permite conocer, en términos cuantitativos, en qué medida un

determinado producto genera impactos ambientales en todas las etapas, desde la obtención de las materias primas, pasando por el proceso de fabricación y su

fase de utilización, hasta que se convierta en un residuo.

Varias categorías de producto

Unión Europea

Francia

EspañaAlemania

HolandaPaíses Nórdicos

Madera, papel y productos forestales

Equiposofimáticos

Ejemplo de etiquetas ambientales

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón42

6.4 BUENAS PRÁCTICAS EN EL CONTROL DE CONSUMOS

Optimizar el consumo de energía:

Consumos

5 Establecer límites en la temperatura de climatización de edificios. Por ejemplo no permitir climatizar por debajo de los 25ºC en el verano o que la calefacción supere los 21ºC en invierno.

6 Implantar medidas globales de ahorro energético como la realización de auditorías energéticas con empresas especializadas o la contratación del suministro a un gestor energético.

7 Consumir energía procedente de fuentes renovables.

1 Apagar ordenadores, equipos y maquinaria cuando no se utilizan.

2 Sustituir luminarias antiguas por elementos de iluminación de bajo consumo, como las luces LED, bombillas fluorescentes compactas, etc...

3 Programar actividades para aprovechar al máximo la luz natural.

4 Incluir en el programa de mantenimiento de equipos e instalaciones revisiones de la eficiencia de motores en el consumo de energía.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 43

Optimizar el consumo de agua:

4 Instalar sistemas de recuperación de agua de proceso y/o refrigeración en las plantas de producción.

5 Utilizar equipos de lavado automatizado de vehículos con sistemas de recirculación de agua.

1 Instalar sistemas de consumo de agua reducido para la humectación de materiales pulverulentos, como nebulizadores.

2 Instalar difusores y limitadores de presión en los grifos.

3 Instalar dispositivos de descarga de cisterna en dos tiempos, cisternas de bajo consumo o con capacidad limitada.

Consumos

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Consumos

Implantar políticas de compra verde:

1 Adquirir consumibles con etiqueta ecológica: Material de oficina (papel, archivadores, carpetas, bolígrafos, rotuladores, etc.), productos de limpieza, etc.

2 Utilizar criterios ambientales en las ofertas de compra de equipamiento: mobiliario de oficina, equipos ofimáticos, equipos de climatización, vehículos, etc.

3 Utilizar criterios ambientales en las ofertas de contratación de servicios, valorando el uso de productos con etiqueta ecológica y la aplicación de sistemas de gestión ambiental.

4 Utilizar criterios ambientales en las ofertas de contratación de obras, valorando la aplicación de medidas de ecodiseño en la fase de proyecto y el uso de productos con etiqueta ecológica y la aplicación de sistemas de gestión ambiental durante la ejecución.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 45

Puedes solicitar a tu compañía eléctrica que te emita un certificado oficial que así lo acredite emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia –CNMC.

Sí. El etiquetado ambiental de producto viene avalado por el cumplmiento de las normas ISO 14020 que rigen la forma en la que se establecen los criterios y la acreditación necesaria para su otorgamiento. Hay distintos tipos de etiquetas dependiendo de los organismos acreditados para otorgarlas, pero en todos los casos se requiere que los organismos certificadores sean independientes y sin intervención en el mercado del producto etiquetado. (Más información sobre la Etiqueta Ecológica Europea, y otras etiquetas en la página web del Ministerio con competencias en medio ambiente: www.magrama.es)

Las bombillas de bajo consumo consumen 5 veces menos, duran 8 veces más y permiten dividir por 4 nuestro gasto en iluminación.

Si lo hacemos para evitar el consumo de energía que se produce en cada encendido, la respuesta es no. Se calcula que los modelos actuales sólo consumen en el encendido la energía equivalente a 10 segundos de uso. Sin embargo, es cierto que un número elevado de encendidos y apagados puede acortar la vida útil de una lámpara, especialmente si es de mala calidad. Por eso, antes de optar por dejar la luz encendida, conviene elegir un modelo de lámpara adecuado.

Se estima que por cada grado que subimos el termostato en el verano, ahorramos un 7% del consumo de energía, y por cada grado que bajamos en invierno, el ahorro llega al 8%.

Habitualmente sí. De hecho, en la actualidad, muchos modelos requieren caudales mínimos para la entrada en funcionamiento de la caldera inferiores a los 2 litros por minuto (un rociador de ducha de bajo consumo produce caudales de 6-7 litros por minuto). Sin embargo, en algunos modelos de calderas individuales de tipo instantáneo, no se activan cuando los caudales son bajos.

¿Cómo me aseguro de que la energía que consumo es de fuentes renovables?

¿Son fiables las etiquetas ambientales? ¿Quién las otorga?

¿Compensa utilizar iluminación de bajo consumo?

¿Es mejor dejar encendidas las lámparas de bajo consumo?

¿Cuánto puedo ahorrar controlando la temperatura de climatación del edificio?

Si instalamos sistemas ahorradores en los grifos o en la ducha, ¿se encenderá la caldera al abrir el agua caliente?

Consumos

6.5 PREGUNTAS FRECUENTES

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón46

Contingenciasambientales

7.1 RESPONSABILIDAD POR RIESGO DE DAÑOS

AL MEDIO AMBIENTE

La actual normativa sobre responsabilidad medioambiental establece que los operadores de actividades que ocasionen daños al medio ambiente, o riesgo de que estos daños se produzcan, deberán asumir las medidas de reparación del daño, o de prevención del mismo, hasta devolver los recursos naturales dañados al estado original.

Principios básicos de la normativa de responsabilidad medioambiental

Sin límite económico

PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN

QUIEN CONTAMINA PAGA

12

Prevenir Evitar Reparar

Medidas de prevenciónMedidas de evitaciónMedidas de reparación

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 47

Contingenciasambientales

La entrada en vigor de esta normativa específica sobre la responsabilidad medioambiental es un complemento al marco de “infracciones de legislación ambiental” que ya existía, y que tenía carencias claras en relación a la necesidad de prevenir el riesgo ambiental, y de reparar el daño causado.

Las empresas del ámbito portuario pueden cometer infracciones ambientales siempre que no cumplan con la legislación ambiental que sea de aplicación a la actividad que realizan. Del incumplimiento de estos requisitos legales pueden derivarse responsabilidades administrativas (multas, cierres parciales, etc.), civiles (indemnizaciones a terceros) o incluso penales.

En este último caso hablamos de “Delito Ecológico” que puede entrañar penas de carcel para los responsables de actividades cuyas infracciones provoquen daños medioambientales graves.

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7.2 ACTUACIONES ANTE CONTINGENCIAS AMBIENTALES

Por contingencia ambiental se entiende cualquier situación anómala de avería, incidente, accidente o emergencia, que puede ocasionar un impacto ambiental.

En la Zona de Servicio del puerto de Gijón los impactos más comunes que pueden darse por contingencias ambientales son:

Vertidos directos desde equipamientos conectados a la red de saneamiento: averías en sistemas de depuración de aguas, averías en sistemas de separación de hidrocarburos, fugas en tuberías, etc. Vertidos indirectos por llegada de derrames superficiales a alcantarillas o arquetas: derrame de hidrocarburos desde vehículos, maquinaria móvil, o depósitos, derrames de sustancias peligrosas desde almacenes o contenedores, etc.

Vertidos directos procedentes de averías o emergencias en embarcaciones, operaciones de trasiego de hidrocarburos de muelle a buque, etc. Vertidos indirectos por llegada de derrames al mar procedentes de vertidos accidentales ocurridos en el muelle.

Vertidos directos procedentes de derrames o emergencias en vehículos o maquinaria móvil que circule sobre suelo no pavimentado, acopio temporal de productos peligrosos, etc. Vertidos indirectos por llegada al suelo no pavimentado, procedentes de derrames ocurridos sobre el pavimento.

En este caso el pavimento no se vería afectado por la contaminación, pero el vertido puede llegar alcanzar la red de saneamiento, el mar o bien el terreno no pavimentado, ya sea de forma directa o por arrastre de la lluvia.

Contingenciasambientales

Vertidos contaminantes a la RED DE ALCANTARILLADO

Vertidos contaminantes al MAR

Vertidos contaminantes al terreno (suelo no pavimentado)

Vertidos contaminantes al SUELO PAVIMENTADO

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 49

• Detener la operación• Cerrar las válvulas• Evitar que el derrame se extienda, etc.Detener1• Lugar del incidente• Características• Medios disponiblesAvisar2• En el mar: Evitar que la mancha

superficial se extienda.

• En la tierra: Evitar que el derrame llegue a arquetas o alcantarillas o al suelo no pavimentado.

Confinar3• Skimmers• Paños• Sepiolita• Alfombrillas, etc

Recoger4• Todo el material recogido: producto

derramado y elementos de absorción son residuos peligrosos y deberán de entregarse a un gestor autorizado.

• Hasta su entrega debe almacenarse y etiquetarse de acuerdo a la ley.

Gestionar5

ACTUACIÓN ANTE UNA CONTINGENCIA AMBIENTAL

RED DE ALCANTARILLADO

Vertidos

MARVertidos

SUELOSVertidos

CONTINGENCIASAMBIENTALES

Contingenciasambientales

902 32 32 00TELÉFONO DE EMERGENCIA

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón50

Contingenciasambientales

7.3 BUENAS PRÁCTICAS PARA PREVENIR CONTINGENCIAS AMBIENTALES

6 Seguir siempre las recomendaciones de almacenamiento y manipulación de los productos que se detallan en sus fichas de seguridad.

7 Evitar el almacenamiento de sustancias contaminantes cerca de viales o zonas de tránsito de vehículos.

8 Procurar que la manipulación de sustancias contaminantes no se haga cerca del cantil del muelle.

10 Desarrollar un programa de formación y entrenamiento que incluya específicamente las actuaciones a realizar en caso de accidente o derrames, tanto en puerto como en agua. Revisar periódicamente el equipo necesario para actuar en caso de derrame.

9 Disponer de material de contención (barreras, mantas y rollos absorbentes, sepiolita, etc.) para detener y recoger los posibles vertidos acaecidos.

1 Instalar métodos de control eficaces en los equipos utilizados en maniobras de mantenimiento, repostaje, suministro y/o trasvase (operaciones desde depósitos a vehículos o maquinaria, trasiego de graneles líquidos, etc.) para evitar el vertido de combustible: sondas de nivel, dispositivos de parada automática, sistemas antirebose y antigoteo, etc.

2 Revisar con frecuencia los sistemas de detección de sobrellenado y rebosamiento de los tanques de almacenamiento.

3 Utilización de bandejas en áreas de válvulas y conexiones para la recogida de goteos y derrames.

5 Utilizar cubetos de retención o bandejas de recogida para evitar vertidos accidentales siempre que se trabaje con productos que puedan generar derrames contaminantes como hidrocarburos, aceites, pinturas, disolventes u otras sustancias peligrosas.

4 Una vez finalizadas las operaciones de mantenimiento, repostaje y suministro y antes de su desconexión, comprobar que las mangueras y las conexiones están vacías.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 51

No, bajo ningún pretexto. Al baldear un derrame de una sustancia contaminante generamos un vertido contaminante que puede llegar a la red de sanemiento o al mar. Los derrames deben recogerse siempre con sustancias absorbentes.

No es aconsejable utilizar serrín para la recogida de sustancias inflamables, ya que generamos un material con alto riesgo de incendio. La recogida de este tipo de derrames debe hacerse con sustancias minerales absorbentes e inertes como la sepiolita u otras arcillas.

¿Puedo baldear o lavar con agua un derrame de hidrocarburo sobre suelo pavimentado?

¿Puedo utilizar serrín para recoger un derrame de hidrocarburo?

7.4 PREGUNTAS FRECUENTES

Contingenciasambientales

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Anexo

ATMÓSFERA GENERAL

• LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

• REAL DECRETO 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación

• REAL DECRETO 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

• REAL DECRETO 455/2012, de 5 de marzo, por el que se establecen las medidas destinadas a reducir la cantidad de vapores de gasolina emitidos a la atmósfera durante el repostaje de los vehículos de motor en las estaciones de servicio.

• REAL DECRETO 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.

• AYUNTAMIENTO DE GIJON. ORDENANZA de protección del medio ambiente atmosférico.

Legislación ambiental de referenciaListado no exhaustivo de las principales normas ambientales en vigor. La ausencia de alguna norma en este listado en el que, por ejemplo no se incluyen las normas de mercancías y sustancias peligrosas, emergencia y accidentes, reglamentación industrial o patrimonio y biodiversidad, no exime en ningún caso de su cumplimiento.

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón 53

AGUAS

• REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

• REAL DECRETO 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental.

• LEY 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sitemas públicos de saneamiento.

• AYUNTAMIENTO DE GIJON. ORDENANZA sobre protección del medio acuático frente a la contaminación por vertidos no domésticos.

COSTAS

• LEY 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino.

• REAL DECRETO 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.

• REAL DECRETO 258/1989, de 10 de marzo, por el que se establece la normativa general sobre vertidos de sustancias peligrosas desde tierra al mar

• LEY 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

RESIDUOS

• LEY 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

• REAL DECRETO 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

• Decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE sobre la lista de residuos de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

• REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

• LEY 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

• REAL DECRETO 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y posteriores modificaciones.

• REAL DECRETO 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.

• REAL DECRETO 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

• REAL DECRETO 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados.

• REAL DECRETO 228/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan.

• REAL DECRETO 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan.

• REAL DECRETO 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.

• REAL DECRETO 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.

• REAL DECRETO 108/1991 de 1 de febrero, sobre prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto.

Anexo

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Guía Práctica para la Mejora Ambiental del Puerto de Gijón54

• REGLAMENTO 1069/2009 de 21 de octubre, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1774/2002.

• REAL DECRETO 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.

SUELOS

• REAL DECRETO 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

• RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2014, de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se establecen los Niveles Genéricos de Referencia para metales pesados en Suelos del Principado de Asturias.

CONTAMINACIÓN MARINA

• REAL DECRETO 1695/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina.

• REAL DECRETO 1084/2009, de 3 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1381/2002, de 20 de diciembre, de instalaciones portuarias de recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga.

• REAL DECRETO 1381/2002, de 20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga.

• INSTRUMENTO de Adhesión de España al Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, (Convenio MARPOL) modificado por el Protocolo de 1978, hecho en Londres el 26 de septiembre de 1997.

• ENMIENDAS AL CONVENIO MARPOL publicadas desde la fecha de adhesión de España.

RUIDO AMBIENTAL

• LEY 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.

• REAL DECRETO 1038/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

• REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Anexo

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PREVENCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

• LEY 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, y posteriores modificaciones.

• REAL DECRETO 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

• DECRETO 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL

• LEY 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, y posteriores modificaciones.

• REAL DECRETO 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, y posteriores modificaciones.

IMPACTO AMBIENTAL

• LEY 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

• DECRETO 38/1994, de 19 de mayo, de la Consejería Medio Ambiente y Urbanismo por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias.

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