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BASES CONSTITUCIONALES DE LA REGULACIÓN DEL CAMBIO DEL USO DEL SUELO EN LOS TERRENOS FORESTALES Y EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL. ¿Qué es y qué hace la profepa? Antecedentes SEDUE (Secretaría de desarrollo urbano y ecología) creada en marzo de 1983 Se crean las figuras de evaluación de impacto ambiental y del ordenamiento ecológico como instrumentos de política ecológica Se incluye en la evaluación de impacto ambiental a la obra pública federal Se distribuyen competencias entre la Federación y los estados SEDESOL (Secretaría de Desarrollo Social) creada en mayo de 1992 Concertación para agilización de trámites con los sectores turismo, energía y comunicaciones Incremento de proyectos sometido a evaluación por la creación de PROFEPA SEMARNAP (Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca) creada en diciembre de 1994 Creación de la Subprocuraduría de Recursos Naturales con facultades para verificar el impacto ambiental SEMARNAT (Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales) creada en diciembre de 2000 Al retirarse PROFEPA del ámbito pesquero, se fortalecen las atribuciones restantes PROFEPA: Es un órgano desconcentrado, con autonomía técnica y operativa, dependiente de la semarnat. Se crea en junio de 1992, fecha en que fue publicado en el Dof el reglamento interior de la entonces SEDESOL.

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BASES CONSTITUCIONALES DE LA REGULACIÓN DEL CAMBIO DEL USO DEL SUELO EN LOS TERRENOS FORESTALES Y EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL.

¿Qué es y qué hace la profepa?

Antecedentes

SEDUE (Secretaría de desarrollo urbano y ecología) creada en marzo de 1983

Se crean las figuras de evaluación de impacto ambiental y del ordenamiento ecológico como instrumentos de política ecológica

Se incluye en la evaluación de impacto ambiental a la obra pública federal Se distribuyen competencias entre la Federación y los estados

SEDESOL (Secretaría de Desarrollo Social) creada en mayo de 1992

Concertación para agilización de trámites con los sectores turismo, energía y comunicaciones Incremento de proyectos sometido a evaluación por la creación de PROFEPA

SEMARNAP (Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca) creada en diciembre de 1994

Creación de la Subprocuraduría de Recursos Naturales con facultades para verificar el impacto ambiental

SEMARNAT (Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales) creada en diciembre de 2000

Al retirarse PROFEPA del ámbito pesquero, se fortalecen las atribuciones restantes

PROFEPA:

Es un órgano desconcentrado, con autonomía técnica y operativa, dependiente de la semarnat. Se crea en junio de 1992, fecha en que fue publicado en el Dof el reglamento interior de la

entonces SEDESOL. Su misión es procurar la justicia ambiental a través del estricto cumplimiento de la ley, a fin de

desterrar impunidad, corrupción, indolencia y vacíos de autoridad

Atribuciones

Entre otras, PROFEPA tiene las siguientes atribuciones:

Vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la prevención y control de la contaminación

Investigar y determinar las infracciones a la normatividad ambiental

Objetivos estratégicos

Contener la destrucción de nuestros recursos naturales y revertir el deterioro ambiental. Lograr la participación decidida, informada y responsable de los ciudadanos en la vigilancia e

inducción del cumplimiento de la ley ambiental

Page 2: Guía de Estudio

Garantizar el pleno acceso de la sociedad a la impartición de una justicia ambiental pronta y expedita

Ambiente: Es el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre, que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados

El impacto ambiental es la modificación del ambiente, ocasionada por el hombre o la naturaleza. Este puede ser: relevante, residual, acumulativo y sinérgico.

Es relevante cuando provoca alteraciones en los ecosistemas, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales

Se llama residual cuando el impacto persiste despues de la aplicación de medidas de mitigación

El impacto de acumulativo cuando resulta del incremento de los impactos de acciones particulares ocasionado por la interacción con otros que se efectuaron en el pasado o que están ocurriendo en el presente

El sinérgico se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultanea de varias acciones supone

Daño ambiental: El que ocurre sobre algun elemento ambiental a consecuencia de un impacto ambiental adverso

Ecosistema: La unidad funcional básic ade interacción de los organismos vivos entre sí, y de estos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados

Daño a los ecosistemas: Es el resultado de uno o más impactos ambientales sobre uno o varios elementos ambientales o procesis del ecosistema qu edesencadenan un desequilibrio ecologico

Desequilibrio ecológico: La alteracion de las relaciones de interdependencia enre los elementos naturales que conforman al ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos.

Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de culaquier combinación de ello que cause desequilibrio ecologico

Contaminante: Toda materia o energía en cualesquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural

Residuos peligrosos: Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus caracteristicas corrosivas, reactias, explosivas, tóxicas, inflamables o biológicoinfecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecologico o el ambiente

Equilibrio ecológico: La relación de interdependencia entre los elementos que conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos

Aprovechamiento sustentable: La utilización de los recursos anturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte de dichos recursos, por periodos indefinidos

Page 3: Guía de Estudio

Evaluación del impacto ambiental: Es un procediminto de carácter preventivo, a través del cual se establecen las condiciones a que se sujetará la realización de Obras o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico a fin de evitar o reducir al minimo sus efectos negativos sobre el ambiente

Procedimiento de evaluación

1º. Presentada la MIA, la Secretaría inicia el procedimiento de evaluacion

2º. Se integra el expediente en un plazo no mayor de 10 días

3º Se evaluan los posibles efectos del proyecto en el ecosistema considerando para ello todos sus elementos

4ª Evaluada la MIA se emmite el oficio resolutivo en el que se autoriza o niega el desarrollo del proyecto

Autoridad de inspeccion y vigilancia

Page 4: Guía de Estudio

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE (LGEEPA)

EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL

(Art. 28) Señala las obras o actividades, que requerirán previamente de la autorización en materia de impacto ambiental.

Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos;

Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica;

Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la Federación en los términos de las Leyes Minera y Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear;

Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así como residuos radiactivos;

Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración; Plantaciones forestales; Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas; Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente riesgosas; Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros; Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados

con el mar, así como en sus litorales o zonas federales; Obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación; Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que puedan poner en peligro la preservación

de una o más especies o causar daños a los ecosistemas; y Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia federal, que puedan causar

desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente.

REGLAMENTO LGEEPA EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL

Obras o actividades que requieren autorización en materia de impacto ambiental, y las excepciones

ARTICULO 5.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental

HIDRAULICAS

Entre otras: presas de almacenamiento, muelles, canales, bordos, malecones, diques, varaderos y muros de contención de aguas nacionales; obras de abastecimiento de agua, plantas de tratamiento y obras de dragado.

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Con excepción de aquellas que se ubiquen fuera de ecosistemas frágiles, Áreas Naturales Protegidas y regiones consideradas prioritarias por su biodiversidad.

Y no impliquen la inundación o remoción de vegetación arbórea o de asentamientos humanos, la afectación del hábitat de especies incluidas en alguna categoría de protección, el desabasto de agua a las comunidades aledañas, o la limitación al libre tránsito de poblaciones naturales, locales o migratorias.

VIAS GENERALES DE COMUNICACIÓN:

Construcción de carreteras, autopistas, puentes o túneles federales vehiculares o ferroviarios; puertos, vías férreas, aeropuertos, helipuertos, aeródromos e infraestructura mayor para telecomunicaciones.

Con excepción de:

a) La instalación de hilos, cables o fibra óptica para la transmisión de señales electrónicas sobre la franja que corresponde al derecho de vía, siempre que se aproveche la infraestructura existente, y

b) Las obras de mantenimiento y rehabilitación cuando se realicen en la franja del derecho de vía correspondiente.

OLEODUCTOS, GASODUCTOS, CARBODUCTOS Y POLIDUCTOS:

Excepto los que se realicen en derechos de vía existentes en zonas agrícolas, ganaderas o eriales.

INDUSTRIA PETROLERA:

Perforación de pozos para la exploración y producción petrolera

Excepto:

a) Las que se realicen en zonas agrícolas, ganaderas o de eriales, siempre que éstas se localicen fuera de áreas naturales protegidas, y

b) Las actividades de limpieza de sitios contaminados que se lleven a cabo con equipos móviles encargados de la correcta disposición de los residuos peligrosos, y que no impliquen la construcción de obra civil o hidráulica adicional a la existente.

INDUSTRIA PETROQUÍMICA

Construcción y operación de plantas y complejos de producción petroquímica.

INDUSTRIA QUIMICA:

Construcción de parques o plantas industriales para la fabricación de sustancias químicas.

Con excepción de:

a) Procesos para la obtención de oxígeno, nitrógeno y argón atmosféricos;

b) Producción de pinturas vinílicas y adhesivos de base agua;

c) Producción de perfumes, cosméticos y similares;

d) Producción de tintas para impresión;

Page 6: Guía de Estudio

e) Producción de artículos de plástico y hule en plantas que no estén integradas a las instalaciones de producción de las materias primas de dichos productos, y

f) Almacenamiento, distribución y envasado de productos químicos.

INDUSTRIA SIDERÚRGICA:

Plantas para la fabricación, fundición, aleación, laminado y desbaste de hierro y acero, excepto cuando el proceso de fundición no esté integrado al de siderúrgica básica.

INDUSTRIA PAPELERA:

Construcción de plantas para la fabricación de papel y otros productos a base de pasta de celulosa primaria o secundaria, con excepción de la fabricación de productos de papel, cartón y sus derivados cuando ésta no esté integrada a la producción de materias primas.

INDUSTRIA AZUCARERA:

Construcción de plantas para la producción de azúcares y productos residuales de la caña, con excepción de las plantas que no estén integradas al proceso de producción de la materia prima.

INDUSTRIA DEL CEMENTO:

Construcción de plantas para la fabricación de cemento, así como la producción de cal y yeso, cuando el proceso de producción este integrado al de la fabricación de cemento.

INDUSTRIA ELÉCTRICA:

I.Construcción de plantas convencionales, de ciclo combinado o de unidad turbogás,

Con excepción de las plantas de generación con una capacidad menor o igual a medio MW, utilizadas para respaldo en residencias, oficinas y unidades habitacionales;

II. Construcción de estaciones o subestaciones eléctricas de potencia o distribución;

III. Obras de transmisión y subtransmisión eléctrica, y

IV. Plantas de cogeneración y autoabastecimiento de energía eléctrica mayores a 3 MW.

EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO DE MINERALES Y SUSTANCIAS RESERVADAS A LA FEDERACIÓN:

Obras para la explotación de minerales y sustancias reservadas a la federación, así como su infraestructura de apoyo;

Beneficio de minerales y disposición final de sus residuos en presas de jales, excluyendo las plantas de beneficio que no utilicen sustancias consideradas como peligrosas y el relleno hidráulico de obras mineras subterráneas.

INSTALACIONES DE TRATAMIENTO, CONFINAMIENTO O ELIMINACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS, ASÍ COMO RESIDUOS RADIOACTIVOS:

Page 7: Guía de Estudio

Construcción y operación de plantas e instalaciones para el tratamiento o eliminación de residuos biológico infecciosos, con excepción de aquellas en las que la eliminación se realice a través de los métodos de desinfección o esterilización y sin que se generen emisiones a la atmósfera y aguas residuales que rebasen los límites establecidos.

Construcción y operación de plantas para el confinamiento, tratamiento, reuso, reciclaje o eliminación de residuos peligrosos.

Con excepción de aquellas en las que la eliminación de dichos residuos se realice dentro de las instalaciones del generador, en las que las aguas residuales del proceso de separación se destinen a La planta de tratamiento del generador y en las que los lodos producto del tratamiento sean dispuestos de acuerdo con las normas jurídicas aplicables.

APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN SELVAS TROPICALES Y ESPECIES DE DIFÍCIL REGENERACIÓN:

I. Aprovechamiento de especies sujetas a protección;

II. Aprovechamiento en selvas tropicales, con excepción del que realicen las comunidades y tenga como propósito el autoconsumo familiar.

PLANTACIONES FORESTALES:

I. Plantaciones forestales con superficie mayor a 20 hectáreas, las de especies exóticas y las que tengan como objetivo la producción de celulosa, con excepción de la forestación con especies nativas del ecosistema en terrenos preferentemente forestales, y

II. Reforestación o instalación de viveros con especies exóticas, híbridos o variedades transgénicas.

CAMBIOS DE USO DEL SUELO DE ÁREAS FORESTALES, ASÍ COMO EN SELVAS Y ZONAS ÁRIDAS:

Con excepción de la construcción de vivienda, instalaciones comerciales o de servicios cuando su construcción no implique el derribo de arbolado o la fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial

PARQUES INDUSTRIALES DONDE SE PREVEA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ALTAMENTE RIESGOSAS:

De acuerdo con el listado o clasificación establecida en el reglamento o instrumento normativo correspondiente

DESARROLLOS INMOBILIARIOS QUE AFECTEN LOS ECOSISTEMAS COSTEROS:

Construcción y operación de INSTALACIONES que afecten a los ecosistemas costeros, con excepción de:

a) Las que tengan como propósito la protección, embellecimiento y ornato, mediante la utilización de especies nativas;

b) Las actividades recreativas cuando no requieran de algún tipo de obra civil, y

Page 8: Guía de Estudio

c) La construcción de viviendas unifamiliares para las comunidades asentadas en los ecosistemas costeros.

OBRAS Y ACTIVIDADES EN HUMEDALES, MANGLARES, LAGUNAS, RÍOS, LAGOS Y ESTEROS CONECTADOS CON EL MAR:

I. Cualquier tipo de obra civil, con excepción de la construcción de viviendas para las comunidades.

II. Cualquier actividad que tenga fines u objetivos comerciales, con excepción de las actividades pesqueras de navegación, autoconsumo o subsistencia de las comunidades asentadas en estos ecosistemas.

OBRAS EN ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS:

Cualquier tipo de obra o instalación dentro de las áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, con excepción de:

a) Las actividades de autoconsumo.

b) Las que sean indispensables para la conservación, el mantenimiento y la vigilancia.

c) Las obras de infraestructura urbana y desarrollo en las zonas urbanizadas que se encuentren dentro de áreas naturales protegidas, y

d) Construcciones para casa habitación en terrenos que se ubiquen en comunidades rurales.

ACTIVIDADES PESQUERAS QUE PUEDAN PONER EN PELIGRO LA PRESERVACIÓN DE UNA O MÁS ESPECIES O CAUSAR DAÑOS A LOS ECOSISTEMAS:

I. Actividades pesqueras con fines comerciales y que utilicen artes de pesca fijas o que impliquen la captura, extracción o colecta de especies amenazadas o sujetas a protección especial

II. Captura, extracción o colecta de especies que hayan sido declaradas por la Secretaría en peligro de extinción o en veda permanente.

ACTIVIDADES ACUÍCOLAS QUE PUEDAN PONER EN PELIGRO LA PRESERVACIÓN DE UNA O MÁS ESPECIES O CAUSAR DAÑOS A LOS ECOSISTEMAS:

I. Construcción y operación de granjas, estanques o parques de producción acuícola.

Con excepción de la rehabilitación de infraestructura, cuando no implique la generación de residuos peligrosos, el relleno de cuerpos de agua o la remoción de manglar, popal y otra vegetación propia de humedales, así como la vegetación riparia o marginal;

REGLAMENTO LGEEPA EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS

ARTICULO 5o.- Serán responsables del cumplimiento de las disposiciones del Reglamento y de las normas técnicas ecológicas que de él se deriven, el generador de residuos peligrosos, así como las personas físicas o morales, públicas o privadas que manejen, importen o exporten dichos residuos.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL

Page 9: Guía de Estudio

En General, las normas contienen:

Especificaciones para la preparación del sitio y durante la construcción

Especificaciones para la etapa de operación y mantenimiento.

Especificaciones para el abandono del sitio

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Actividades tecnológicas y peligrosas

Artículo 414

Delito Quien ilícitamente o sin aplicar las medidas de prevención realice:

Actividades con sustancias consideradas peligrosas. Conductas con sustancias consideradas peligrosas o sustancias agotadoras de la capa de ozono.

Sanción

1 a 9 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Incremento de hasta 3 años y 1,000 dsmgvdf cuando se realicen actividades con sustancias peligrosas en ANP's.

Actividades con aceites gastados o sustancias agotadoras de ozono en zonas urbanas en cantidades que no exceda de 200 litros o con residuos peligrosos se aplicará hasta la mitad de la pena prevista (repetición).

Artículo 415

Delito Quien ilícitamente o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad realice:

Emita, despida o descargue a la atmósfera gases, humos polvos o contaminantes, siempre que provengan de fuentes fijas de competencia federal.

Genere ruido, vibraciones, energía térmica o lumínica provenientes de fuentes emisoras de competencia federal.

Sanción

1 a 9 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Incremento de hasta 3 años y 1,000 dsmgvdf cuando se realicen estas actividades en ANP's.

Artículo 416

Delito Quien ilícitamente:

Page 10: Guía de Estudio

Descargue, deposite o infiltre aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes al suelo, aguas marinas, ríos, cuencas, vasos o demás depósitos o corrientes federales.

Sanción

1 a 9 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Incremento de hasta 3 años y 1,000 dsmgvdf cuando se trate de aguas que se encuentren depositadas, fluyan en o hacia una ANP.

De la Biodiversidad

Artículo 417

Delito Quien:

Introduzca o trafique recursos forestales, flora y fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten, padezcan o hayan padecido alguna enfermedad contagiosa que pueda diseminarse.

Sanción

1 a 9 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Artículo 418

Delito Quien realice, fuera de zonas urbanas, de manera ilícita las siguientes actividades:

Desmonte o destruya la vegetación natural. Corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles. Cambie el uso del suelo forestal.

Sanción

6 meses a 9 años 100 a 3,000 dsmgvdf

Incremento de hasta 3 años y 1,000 dsmgvdf cuando dichas acciones se efectúen en ANP's

Artículo 419

Delito Quien ilícitamente:

Transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal o cualquier otro recurso forestal o tierra proveniente de suelos forestales en cantidades mayores a 4m3 o, en su caso, a su equivalente en madera aserrada.

Page 11: Guía de Estudio

Sanción

1 a 9 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Incremento de hasta 3 años y 1,000 dsmgvdf cuando los recursos maderables provengan de un ANP.

Artículo 420

Delito Quien:

Dañe, capture o prive de la vida a tortugas o mamíferos marinos, o se recolecten o almacenen sus productos o subproductos.

Acopie, transforme o dañe especies acuáticas declaradas en veda. Realice caza, pesca o captura con un medio no prohibido de algún ejemplar de fauna silvestre o

ponga en riesgo la viabilidad biológica de una especie. Dañe o realice actividades con fines de tráfico, capture, transporte, introduzca al país, algún

ejemplar, sus productos o subproductos de flora y fauna silvestre en veda con bajo algún estatus de protección o regulación internacional.

Sanción

1 a 9 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Incremento de hasta 3 años y 1,000 dsmgvdf cuando estas actividades se realicen en ANP's.

Artículo 420 Bis

Delito Quien:

Dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos. Dañe arrecifes. Introduzca o libere al medio natural flora y fauna exótica que perjudique a un ecosistema, o que

afecte especies nativas o migratorias. Provoque un incendio en bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales.

Sanción

2 a 10 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Incremento de hasta 2 años y 1,000 dsmgvdf cuando estas actividades se realicen en ANP's.

De la bioseguridad

Artículo 420 Terc.

Delito Quien:

Introduzca al país o extraiga, comercie, transporte, almacene o libere algunos organismos genéticamente modificado que pueda alterar los ecosistemas.

Sanción

Page 12: Guía de Estudio

1 a 9 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Delitos contra la gestión ambiental

Artículo 420 Cuarto

Delito Quien:

Transporte, autorice u ordene que se transporten residuos peligrosos a un destino para el que no se tenga autorización para recibirlo, almacenarlo, desecharlo o abandonarlo.

Asentar datos falsos en los registros o bitácoras. Alterar, destruir u ocultar información, registro, etc. Prestando sus servicios de auditor técnico, especialista en IA, forestal, vida silvestre, pesca u

otra materia, faltare a la verdad provocando daños ambientales. No realice o cumpla las medidas técnicas correctivas o de seguridad necesarias para evitar un

daño o riesgo ambiental, ordenadas por la autoridad administrativa o judicial.

Sanción

1 a 4 años 300 a 3,000 dsmgvdf

Disposiciones comunes a los delitos contra el ambiente.

Artículo 421: Penas o medidas de seguridad que podrán imponerse

Realizar acciones para restablecer las condiciones originales de los elementos ambientales afectados.

Suspender, modificar o demoler construcciones, obras o actividades. Reincorporación de elementos naturales de ejemplares de flora y fauna silvestre a los hábitats

de que fueron sustraídos. Retorno de materiales o residuos peligrosos o ejemplares de flora y fauna silvestre amenazadas

o en peligro de extinción al país de origen. Inhabilitación, cuando el autor o partícipe del delito tenga calidad de servidor público, hasta por

un tiempo igual al que hubiere fijado como pena privativa de libertad.

El MP podrá solicitar los dictámenes técnicos o periciales necesarios para la averiguación previa.

Artículo 423: No se aplicará pena alguna en los casos de:

desmonte de vegetación natural transportación de leña o madera muerta

Cuando el sujeto sea un campesino y realice la actividad con fines de consumo doméstico dentro de su comunidad.

HIGIENE INDUSTRIAL

Introducción:

Page 13: Guía de Estudio

La utilización de productos químicos en todo ambito de la producción, entraña una serie de riesgos que podríamos considerar fundamentalmente, desde dos puntos de vista:

1.- La peligrosidad inherente al producto químico en cuestión.

2.- El riesgo derivado de su manipulación

• Como consecuencia de la evolución de la tecnología y de los métodos, se utilizan un mayor número de sustancias químicas de las que se desconocen los efectos sobre la salud que puede producir la exposición a las mismas.

Conceptos:

• CONTAMINANTE QUIMICO

Cualquier sustancia que puede incorporarse al ambiente en cantidades que potencialmente pueden lesionar la salud de las personas.

• TOXICIDAD

Capacidad del compuesto de ocasionar daño en organismos vivos.

Dentro de los “polvos” existen polvos neumoconeógenos que producen una alteración del pulmón conocido como “silicosis”

En los aerosoles líquidos tenemos los rocíos, por ejemplo la pintura con pistola y las nieblas corresponden a una condensación de vapor (ej.partículas de ácido sulfúrico liquido)

CLASIFICACION DE LOS CONTAMINANTES QUIMICOS POR SUS EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO

• IRRITANTES (amoniaco, formaldehído, cloro)

Page 14: Guía de Estudio

• NEUMOCONIOTICOS

• TOXICOS SISTEMICOS (benceno)

• ANESTESICOS Y NARCOTICOS (Cloroformo)

• CANCERIGENOS, MUTÁGENOS Y TERATÓGENOS

• ALERGICOS (reacción del sistema inmunológico)

• ASFIXIANTES(monóxido de carbono)

• PRODUCTORES DE DERMATOSIS

VIAS DE INGRESO DE TOXICOS AL ORGANISMO

INGESTION

ABSORCION CUTANEA

INHALACION

LIMITES PERMISIBLES

• Es la concentración de una sustancia en el ambiente de trabajo, por debajo de la cual existe una razonable seguridad de que un trabajador adulto y sano podrá desempeñar sus labores indefinidamente, cumpliendo una jornada de ocho horas diarias- 48 horas semanales, durante toda su vida de trabajo.

CONTROL EN EL TRABAJADOR. METODOS DE CONTROL

A) EXAMENES:

Pre - ocupacionales.

Seguimiento ocupacional.

B) INSTRUCCIONES SOBRE RIESGOS.

C) PROTECCION PERSONAL.

CONTROL AMBIENTAL. METODOS DE CONTROL

ORIGEN

• SUSTITUCION DEL CONTAMINANTE.

• CAMBIO DE PROCESO.

• MANTENCION, ORDEN Y LIMPIEZA.

DISPERSIÓN

• SEGREGACION.

• ENCERRAMIENTO.

Page 15: Guía de Estudio

• HUMECTACION.

• VENTILACION / EXTRACCION.

RUIDO Sonido no deseado, molesto y dañino al oído humano.

Efecto Biológico

Efectos auditivos.

• Agudos: Ruptura timpánica, distorsión de los huesecillos, daño en el órgano de Corti.

• Crónicos: Hipoacusia sensorio-neural.

Efectos generales no auditivos.

• Neurovegetativos: Respiratorios, Endocrinos, Circulatorios, Nerviosos.

• Psicológicos: Molestia, irritabilidad, alteraciones del sueño, menor rendimiento, neurosis, alteración del sueño, menor rendimiento.

Prevención y Control

Actuar sobre la fuente generadora del ruido.

– Reducir los impactos

Page 16: Guía de Estudio

– Evitar las fricciones

– Utilizar aisladores y amortiguadores

– Utilizar lubricación adecuada

Actuar sobre las vías de propagación

• Aislar (encerrar) los equipos o maquinas ruidosas.

• Instalar pantallas absorbentes alrededor de máquina.

• Montar el equipo sobre aisladores de vibración.

• Recubrir paredes, techo y suelo con material absorbente.

• Concentrar las tareas ruidosas en lugares aislados.

Actuar sobre el receptor

• Elementos de Protección Personal.

– Tapones

– Orejera o auricular

– Cascos

Riesgos Físicos: Vibraciones

Una vibración intensa puede ser transmitida al trabajador que opera vehículos, equipos y herramientas portátiles.

• La características principales de una vibración son su frecuencia (Hz) y su intensidad (medida como amplitud, velocidad o aceleración)

• Una vibración puede ser una vibración corporal total (globalizada) o una vibración localizada

Efectos Clínicos

• Los efectos de las vibraciones en las manos son varios sintomas inespecíficos. Las pertubaciones principales son las que afectan al sistema vascular y al sistema musculoesquelético.

• El fenómeno de Raynaud (dedos blancos)

• Trastornos Oseos, articulares y musculares.

Herramientas Vibratorias Frecuentes

• Taladradoras, cinceles vibratorios, dispositivos de trituración, martillos neumáticos.

Métodos de Control

Mantener las herramientas y equipos en buenas condiciones

Page 17: Guía de Estudio

Establecer pausas de trabajo

Guantes antivibratorios

Riesgos Físicos: Radiaciones No Ionizantes

Tiene la característica de aumentar la temperatura de los materiales con los que interactúa. Estas radiaciones incluyen:

Radiación Ultravioleta

Radiación Láser

Riesgos Físicos: Radiaciones Ionizantes

Posee las mismas características que las anteriores, con la diferencia que tienen la capacidad de ionizar, provocando daño en el material genético.

La radiación ionizante es utilizada para una variedad de procedimientos diagnósticos y de tratamiento en el área hospitalaria y como instrumento de análisis e indicador en el área industrial principalmente.

Riesgo Radiológico

Características

• Es imperceptible para el trabajador

• Es acumulativo en el organismo

• No posee umbral (Efectos estocásticos)

• Es cancerígeno

• Trasciende al personal expuesto (Es hereditario)

• Efectos Estocásticos: son aquellos cuya probabilidad de presentación está en función de la dosis recibida; en esos casos se supone que la dosis carece de umbral.

• Los efectos genéticos y carcinogénicos son estocásticos.

Poder de penetración de las radiaciones ionizantes

Efectos sobre la salud

• Efectos crónicos

– Efectos hereditarios.

– Cáncer.

– Disminución de la fertilidad.

– Abortos espontáneos.

• Efectos agudos

Page 18: Guía de Estudio

– Náuseas, vómitos, hemorragias, diarrea, alteraciones sanguíneas, quemaduras de piel, muerte.

– Alteraciones al sistema cardiovascular, nervioso, urinario, etc.

Riesgos Físicos: Radiaciones Ionizantes

Métodos de Control

• Tiempo: directamente proporcional.

• Distancia: inversamente proporcional.

• Blindaje: en caso que los otros dos sean insuficientes, es necesario colocar material para evitar acción radiactiva entre la fuente emisora y el trabajador.

Control y protección

 Limitar el tiempo de exposición.

Aumentar la distancia al foco de emisión.

Utilizar pantallas y blindajes (medida complementaria a la protección individual).

Utilizar Protección individual en caso de exposición directa de la radiación (delantales, guantes y gafas especiales de plomo). Los cuales se deben verificar anualmente si el revestimiento de plomo está libre de fisuras.

Utilizar dosímetros.

Formación del personal.

Iluminación

LUZ VISIBLE

• Luz continua

– Es aquella que consta de toda la radiación electromagnética visible.

• Luz discontinua

– Es aquella que consta sólo de algunas ondas de radiación electromagnética visible.

Page 19: Guía de Estudio

Efectos sobre la salud

• Fatiga visual Accidentes

– Molestias oculares

– Trastornos visuales

– Trastornos extraoculares

• Fatiga mental o psicológica

– Trastornos neurovegetativos

– Perturbaciones psíquicas

– Trastornos del sueño

• Irritación y enrojecimiento de los ojos.• Vista nublada o desdoblada.• Lacrimación excesiva.• Parpadeo.• Pesadez.• Cansancio al leer.

Vigilancia ambiental

• Iluminación local• Iluminación general• Relación Iluminación local/general• Luminancia• Relación de luminancia tarea/fondo

Page 20: Guía de Estudio

Control ambiental

• Control general

– Aumentar la iluminación deficiente

– Reducir la iluminación excesiva

– Pintar paredes con colores claros y opacos

• Control de encandilamiento

– Reducir la brillantez de la fuente de luz

– Reducir el área de brillantez

– Aumentar el entre la fuente y la línea de visión

Calor Sensación que experimenta el cuerpo cuando su temperatura es Inferior a la del medio transmisor

Efectos:

Calambres Fatiga Desmayos Estrés Deshidratación Aceleración del pulso Agotamiento

Medidas Preventivas

• Controlar los focos radiantes (apantallamiento).

• Limitar carga física de trabajo.

• Realizar aclimatación correcta y establecer periodos de descanso en recintos aclimatizados.

• Asegurar la ventilación y renovación del aire.

• Aislar los procesos, equipos o piezas calientes.

• Eliminar aire caliente (extracción localizada).

• Beber bastante líquidos (no alcohólicos).

• Realizar programas de formación al personal de reconocimiento y primeros auxilios por sobrecarga térmica.

• Realizar reconocimientos médicos.

• Mantener la piel limpia para facilitar la transpiración, y usar ropa especial de protección contra calor.

Page 21: Guía de Estudio

Toxicología

Mundo químico

• 5.000.000 de sustancias químicas naturales y sintéticas

• 60.000 de uso cotidiano

• 1000 nuevas aparecen en el mercado por año

• Miles de nombres comerciales cambian cada año

• Formulaciones y presentaciones en constante renovación

Qué consideramos contaminante químico?

• toda materia inerte, natural o sintética, que durante su fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso puede incorporarse al ambiente en forma de polvo, humo, gas o vapor, y provocar efectos negativos en la salud del trabajador.

Toxicología Industrial

• Área de la Toxicología que estudia las sustancias químicas utilizadas en la industria.

• Identifica, cuantifica, evalúa los riesgos para la salud de los trabajadores, con el objetivo de prevenir danos a la salud de los trabajadores.

Cómo clasificamos a las sustancias químicas?

• Según sus forma físicas.

• Según su toxicidad.

• Según su sitio de lesión.

• Según el tipo de efecto en el ser humano.

Clasificación según la forma física

• Clásica : GAS- VAPOR- LIQUIDO- SÓLIDO

• Naturaleza y origen de los aerosoles :

polvo: partículas sólidas ( respirable/ no respirable)

niebla /neblina: gotas formadas por condensaciones gases o dispersión de líquidos

humo : partículas resultantes de combustión incompleta o sublimación con oxidación (hollín, humos metálicos)

Page 22: Guía de Estudio

Clasificación según el tipo de efecto sobre el organismo.

Clasificación según tipo de efecto en el cuerpo Humano.

Cáncer ocupacional

• Una gran proporción de carcinógenos conocidos se encuentran en ambientes de trabajo.

• En principio, las exposiciones ocupacionales pueden ser controladas, minimizadas o eliminadas.

• En términos de salud pública, los carcinógenos ocupacionales son muy importantes por el potencial de prevención.

• La prevención debe tender a la disminución o eliminación de los riesgos.

Agencia Internacional de Investigación del Cáncer IARC

Clasifica las sustancias en 4 grupos:.

Grupo 1 : Procesos industriales, compuestos químicos o grupos de los mismos que son cancerígenos para el hombre.

Page 23: Guía de Estudio

Grupo 2 : Este grupo se subdivide en dos:

2A  probablemente cancerígenos 2B  posiblemente cancerígenos

Grupo 3: Productos que no pueden clasificarse como cancerígenos para el hombre.

Grupo 4: Probablemente no cancerígenos para los humanos.

• Convenio 139 de OIT sobre cáncer ocupacional :

• Establece principios fundamentales para la prevención y control del cáncer ocupacional.

• Plantea estrategias de prevención primaria (por ej. sustitución de las sustancias cancerígenas por sustancias no cancerígenas o menos peligrosas).

• Establece la necesidad de elaborar una lista de cancerígenos prohibidos y controlados por parte del Estado.

• Prioriza el establecimiento de un sistema nacional de registro de canceres ocupacionales.

• Establece la necesidad de la vigilancia de la salud en las empresas.

• Medidas de prevención y de protección.

• Acceso a la información y formación de los trabajadores para que conozcan los riesgos a los que están expuestos.

• Esto complementado con los convenios 155 y 161.

Tumores que han sido asociados más frecuentemente con un origen ocupacional (mayoritariamente industrial):

• Pulmón Leucemia

• Vejiga Linfomas

• Cavidad nasal

• Hígado (angiosarcoma)

• Mesotelioma

• Canceres de piel

Agentes clasificados por la IARC

Grupo 1 Carcinogenico en humanos 108 agentes

Grupo 2A Probablemente carcinogénico en humanos -----   64

Group 2B  Possiblemente carcinogénico en humanos ----- 271

Group 3 No clasificable como carcinogénico en humanos -----  508

Group 4Probablemente no carcinogénico para los humanos  ----   1

Page 24: Guía de Estudio

Cancerígenos del Grupo 1

Ejemplos:

• Asbestos Radiaciones Ionizantes

• Arsénico

• Benceno Radiaciones Solares

• Cadmio Sílice cristalina

• Cromo IV

• Níquel Polvo de madera

• Oxido de Etileno Formaldehido

• Virus Hepatitis B (infección crónica) Cloruro de vinilo

• Virus Hepatitis C (infección crónica)

Según sitio de lesión.

• Hepatotóxicos.

• Nefrotóxicos.

• Neumotóxicos.

• Neurotóxicos.

• Mielotóxicos.

Cómo pueden ingresar al organismo?

Por las siguientes vías:

Respiratoria Dérmica Digestiva Parenteral

Es importante aclarar que las sustancias pueden causar daño sólo por contacto.

Vía respiratoria

La nariz es nuestra primera puerta de entrada y defensa en el tracto respiratorio.

A través de los bellos de la nariz se captan las partículas de polvos evitando su entrada al pulmón.

Depende del tamaño de la partícula ya que las más pequeñas llegan a los alvéolos (partículas respirables)

Page 25: Guía de Estudio

Los gases y vapores que alcanzan el alvéolo también entrarán a la sangre. Algunas partículas que alcanzan el alvéolo se acumulan y con el tiempo dañan el pulmón.

Como se pueden identificar los agentes:

• En el Proceso y Puesto de Trabajo es necesario reconocer las…

• Materias primas

• Productos intermedios del proceso o productos secundarios

• Etiqueta

• Fichas de Seguridad Química

Exposición

Concentración, cantidad o intensidad de un agente que alcanza la población, o al organismo,

Para caracterizar la exposición se necesita conocer:

RIESGO # PELIGRO

• RIESGO: es la probabilidad de que ocurra un daño a la salud del trabajador.

• PELIGRO: Término general para cualquier cosa que tenga la capacidad o potencial de causar daño.

El peligro asociado con una sustancia potencialmente tóxica depende de: su toxicidad y del potencial de exposición a la misma.

Peligrosidad (hazard):

• conjunto de propiedades de un contaminante o proceso que lo involucra en su producción, uso o disposición final, que lo hace capaz de afectar al organismo y/o al ambiente.

• Propiedad intrínseca

Factores que influyen en el riesgo

• Toxicidad de las Sustancias químicas• Contaminantes presentes en el ambiente• Concentración de las sustancias en el aire• Proceso de trabajo, forma de uso• Medidas de protección individual y colectivas• Características de la exposición

Page 26: Guía de Estudio

• Antecedentes personales (mayor vulnerabilidad)•

Algunos principios básicos:• “la dosis hace al veneno”• Puede producirse hipersensibilidad• Predomina la exposición respiratoria y cutánea.• Es habitual la exposición a múltiples sustancias químicas y otros factores de riesgo.• Posibilidad de efectos aditivos o sinérgicos.

Toxicología IndustrialEvaluación de la exposición y de sus efectos

• La monitorización Ambiental

Cuantificación de los contaminantes en el medio ambiente: AIRE, agua, suelo, alimentos.

• La monitorización biológica, análisis de parámetros adecuados en medios biológicos

- monitorización biológica de exposición

- monitorización biológica de efectos

• Estudia los riesgos y daños causados por los contaminantes químicos presentes en el lugar de trabajo, sus interacciones y medidas de control.

• Integra conocimientos: química, toxico cinética, toxico dinamia, clínica, epidemiologia, investigación, laboratorio, higiene, salud ocupacional…

Vía dérmica, factores que influyen en la absorción del contaminante

• Hidro y liposubilidad de la sustancia química• Estado de la piel• Zona de la piel • Temperatura ambiental• Forma de uso• Protección e higiene personal

Page 27: Guía de Estudio

Vía respiratoria, factores que influyen en la absorción del contaminante:

• Tamaño de las partículas• Facilidad de pasar a la sangre en los alveolos pulmonares (absorción)• Concentración ambiental• Tiempo de exposición• Protección personal y colectiva

Efecto Agudo o Crónico

• Agudo : es el que ocurre por una exposición de corta duración a dosis elevadas

Ejemplos:

▫ cefaleas y mareos por vapores de solventes

▫ inflamación de la piel por contacto con irritante

• Crónico: es el que ocurre por la exposición repetida, prolongada a dosis mas bajas pero aun peligrosas

Efectos a largo plazo

• Cancerígenos

• Mutagénicos

• Genotóxicos

• Dano Reproductivo

Page 28: Guía de Estudio

Criterios diagnósticos:

• Exposición y circunstancias• Sustancias químicas, potenciales efectos• Clínica relacionada• Cronología: exposición---- inicio de los síntomas• Paraclínica (específica e inespecífica)• Control clínico y para clínico (indicadores biológicos)• Antecedentes laborales• Otros trabajadores afectados

Toxicología Industrial

Herramientas fundamentales:• Caracterización de la exposición• Caracterización de los efectos biológicos relacionados con la exposición• Cuantificación de la Relación dosis – efecto

Medidas preventivas para el control del riesgo:• Sustitución por sustancias de menor toxicidad• Diseño de procedimientos de trabajo que minimicen la emisión y el contacto con las SQ• Medidas de ingeniería, sistemas de ventilación (eliminación, dilución)• Información, entrenamiento, capacitación. • Disponibilidad de equipos de protección individual adecuados al riesgo.• Vigilancia de la salud

Vigilancia de la salud

• Clínica

• Control biológico

• Información para orientar acciones de corrección

Page 29: Guía de Estudio

Indicador Biológico (IB)

• Un parámetro apropiado en un medio biológico del trabajador, que se mide en un momento determinado, y está asociado, con la exposición global, es decir, por todas las vías de entrada, a un agente químico.

Monitoreo Biológico

• BIOMARCADOR: Medida de la interacción entre el sistema biológico y un agente del ambiente

• Índice biológico de exposición

• Índice biológico de efecto

• Integra todas las vías de entrada de los contaminantes: respiratoria, digestiva y cutánea.

• Criterios de valoración, ambiental y biológico, no son excluyentes sino complementarios.

• La implementación del monitoreo biológico se realiza en el contexto de las estrategias de vigilancia a la salud de los trabajadores, formando parte de la evaluación medico laboral y evaluación ambiental

Indicadores de exposición

• Indicadores biológicos, ya sea la misma sustancia química sin biotransformarse o sus metabolitos, para evaluar el riesgo de daño para la salud de los trabajadores, a partir de la medición, principalmente, en la sangre o en la orina, de la dosis interna y relacionarla con los Valores Normales o establecidos, que constituyen los valores de referencia.

Indicadores de efecto:

• Bioquímico, una alteración de parámetros bioquímicos (como la actividad enzimática)

• Fisiológico ,variaciones fisiológicas inducidas por un tóxico (generalmente del sistema nervioso o respiratorio).

• En cuanto a la toma de la muestra :

• Se deberá seguir métodos estándares a fin de evitar errores en la interpretación.

• La toma dependerá de la toxicocinética del químico en estudio.(si la vida media es corta el tiempo de recolección es crítico)

El Monitoreo Biológico, aspectos éticos, legales y científicos

• Las pruebas biológicas deben seleccionarse en función de proteger la salud del trabajador

• Preferentemente no invasivas y sin riesgos para el trabajador

• Debe existir consentimiento informado, cumpliendo las normas profesionales en forma estrictas

• Derecho al conocimiento

Page 30: Guía de Estudio

PRINCIPIOS BIOETICOS Consideraciones generales derivadas del código de ética para profesionales de la salud ocupacional relacionadas con el monitoreo biológico

Monitoreo biológico

• Ordenanza 145, MSP Fija periodicidad, valor de referencia, momento de la toma.

• Ley 16.074.Artículo   43 -Serán obligatorios los exámenes preventivos de acuerdo al riesgo laboral: los pre-ocupacionales clínicos y paraclínicos específicos, los periódicos para los ya ingresados al trabajo, así como cualesquiera otro que determine el Poder Ejecutivo por vía de reglamentación de las leyes sobre prevención de enfermedades profesionales.

• Decreto 406/88 Titulo IV-cap.I, art.3.”controles médicos …de acuerdo a las normas establecidas por la autoridad competente”

Introducción al SUBSISTEMA DE ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL con enfoque de procesos y su Estrategia Institucional de Implantación.

NUESTRO OBJETIVO:

SER FACILITADORES EN LA IMPLANTACION DEL NIVEL 1 DEL SAA (CREANDO CONCIENCIA) REFORZAR LA CAPACITACION DEL SUBSISTEMA DE ADMINISTRACION

AMBIENTAL . IMPLANTACION DE MANERA OPERATIVA LOS TRES PRIMEROS ELEMENTOS DEL

SAA (MATRIZ DE ASPECTOS AMBIENTALES Y LLENADO DE FORMATOS) REFORZAR LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS IDENTIFICANDO SUS ASPECTOS

E IMPACTOS AMBIENTALES Y SUS CONTROLES DE OPERACIÓN DE TODAS LAS ACTIVIDADES

REVISION DEL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS PLANTEADO.

Sistema de Administración PEMEX-SSPA: Es un conjunto de elementos interrelacionados e interdependientes entre sí, que toma las 12 Mejores Practicas Internacionales como base del Sistema y organiza los Elementos restantes en tres Subsistemas que atienden la seguridad de los procesos, la salud en el trabajo y la protección ambiental, el cual incluye y define, las actividades de planificación, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, y los recursos necesarios para dar cumplimiento a la política, los principios y los objetivos de Petróleos Mexicanos en la materia y está alineado y enfocado en el proceso homologado definido para el mismo fin.

Page 31: Guía de Estudio

La razón de esta estructura sistémica es dar un orden lógico y secuenciado a los Elementos de cada Subsistema, de manera que permita lograr los resultados esperados del Sistema de una forma más eficiente.

Subsistema de Administración de Salud en el Trabajo (SAST) Subsistema de Administración de la Seguridad de los Procesos (SASP) Subsistema de Administración Ambiental (SAA)

Implantar sistema ASP: Es necesario identificar las brechas entre el estado actual de la organización y el deseado en ASP.

Se enfoca en tres recursos:

Personal. Instalaciones. Tecnología.

Page 32: Guía de Estudio
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La parte del Sistema de Administración PEMEX-SSPA que incluye la estructura organizacional, actividades de planeación, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para desarrollar, implantar, lograr, revisar y mantener la política en materia ambiental.

Identificar los aspectos ambientales y controlar el impacto ambiental significativo de cada una de sus actividades, productos y servicios.

El mejoramiento continuo de su desempeño ambiental.

La aplicación de un enfoque sistemático en la fijación de sus objetivos y metas ambientales, para garantizar su cumplimiento, y para demostrar que se han logrado.ç

MEDIO AMBIENTE: Entorno en el cual una organización opera, incluyendo aire, agua, tierra, recursos naturales, flora, fauna, seres humanos y sus interrelaciones.

ASPECTO AMBIENTAL (Causa): Elemento de las actividades, productos y servicios de la organización que puede interactuar con el medio ambiente.

IMPACTO AMBIENTAL (Efecto): Cualquier cambio al ambiente, ya sea adverso o benéfico, que resulte total o parcialmente de las actividades, productos o servicios de una organización.

Todas las actividades, productos, procesos y servicios de una organización generan impactos al ambiente: El éxito en la implantación de un SAA se fundamenta en la mejor manera de identificar y medir los aspectos e impactos ambientales.

Una serie continua y repetible de actividades relacionadas que a través del uso de recursos convierte una o más entradas en una o más salidas, creando valor para el Cliente.

Subsistema de Administración

Ambiental

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Verificación y seguimiento

Page 34: Guía de Estudio

Los aspectos ambientales del Centro de Trabajo se identifican considerando; los proyectos, actividades, productos y servicios nuevos o modificados.

Además se determinan aquellos aspectos que tienen o pueden tener impactos significativos sobre el medio ambiente y se asegura que se tengan en cuenta en el establecimiento, implementación y mantenimiento del SAA.

Page 35: Guía de Estudio

Los requisitos legales ambientales y otros requisitos a los que la organización se suscribe relacionados con sus aspectos ambientales, se identifican, acceden, explican y comunican a todos los empleados y prestadores de servicios. El objetivo fundamental de esta acción es el de asegurar la operación del Centro de Trabajo dentro de marco legal en materia ambiental; que conozcan y tengan acceso a las obligaciones legales relacionadas con las actividades, productos y servicios de las instalaciones.

Los objetivos y metas de protección ambiental se formulan en los diferentes niveles y funciones de la organización sobre la base de la política ambiental, los aspectos ambientales significativos, los requisitos legales y otros requisitos, la mejora continua del SAA y deben ser congruentes de un año a otro.

Con base en los objetivos y metas se elaboran los programas, los cuales incluyen tiempos, frecuencia, responsables y recursos. Además se definen los indicadores necesarios para evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos.

Elemento 4. Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad: El Equipo de Liderazgo asegura la disponibilidad de recursos humanos, recursos financieros y tecnológicos para establecer, implementar, mantener y mejorar el SAA.

Elemento 5. Competencia, Formación y Toma de Conciencia : Todos los trabajadores y contratistas que realicen actividades que puedan causar impactos ambientales significativos deben ser competentes tomando como base la formación y experiencia, además se identifican y se atienden las necesidades de formación del personal relacionadas con los aspectos ambientales y el SAA.

Elemento 6. Comunicación Interna y Externa: La organización asegura la comunicación entre los diversos niveles y funciones de la misma en relación con sus aspectos ambientales y su SAA; además define y documenta el alcance de la comunicación del SAA a partes interesadas. Recibe, documenta y responde a las comunicaciones pertinentes de las partes interesadas.

Elemento 7. Control de Documentos y Registros: Los documentos que integran el SAA se controlan conforme a procedimientos que incluyen su emisión, identificación, cambios y manejo de obsoletos, disponibilidad en las áreas de trabajo así como el control de documentos de origen externo.

Elemento 8. Control Operacional Ambiental: Conjunto de acciones que permitan asegurar que las operaciones y actividades asociadas a los aspectos ambientales significativos se realizan bajo condiciones específicas, para mantener un control orientado a la prevención y reducción de la contaminación.

Elemento 9. Plan de Respuesta a Emergencias: El Centro de Trabajo identifica las situaciones potenciales de emergencia y accidentes potenciales que pueden tener impactos en el medio ambiente y en su Plan de Respuesta a Emergencias establece las acciones de respuesta ante estas situaciones, la prevención o mitigación de los impactos ambientales adversos asociados, los recursos humanos, materiales y equipos para responder ante estas situaciones.

Elemento 10. Seguimiento y Medición de las Operaciones: El Centro de Trabajo debe dar seguimiento y medir de forma regular las características fundamentales de sus operaciones que tienen o pueden tener un impacto significativo en el medio ambiente, considerando la información del desempeño, los controles operacionales aplicables y la conformidad con los objetivos y metas ambientales.

Page 36: Guía de Estudio

Elemento 11. Evaluación del Cumplimiento Legal: Los requisitos legales ambientales y otros requisitos que la organización adopte, se evalúan periódicamente para determinar si se cumple con ellos, manteniendo los registros correspondientes.

Elemento 12. No conformidad, Acción Correctiva y Acción Preventiva: El Centro de Trabajo debe identificar y corregir las no conformidades reales y emprender acciones para mitigar sus impactos ambientales, así como prevenir las no conformidades potenciales. Los incidentes ambientales son considerados como una no conformidad dentro del sistema.

Elemento 13. Auditorias Ambientales: La auditoría es un proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias y evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar el grado en que se cumplen los estándares y requisitos establecidos. La auditoría debe revelar las fortalezas y debilidades de los procesos y sistemas SSPA e identificar hallazgos relacionados con el cumplimiento de los requisitos y aportar información confiable que sirva de base para la mejora y para la eliminación efectiva de las causas raíz de las no conformidades.

Elemento 14. Mejores Prácticas Ambientales: Las buenas prácticas en materia ambiental derivadas de los análisis causa raíz, de las recomendaciones de auditorías, de la investigación de nuevas tecnologías y de las experiencias propias, en los procesos de diseño, construcción, operación, mantenimiento y en su caso desmantelamiento, son identificadas, seleccionadas, difundidas e implantadas por el Centro de Trabajo para apoyar al proceso de mejora continua del sistema.

Elemento 15. Revisión por la Dirección: La Máxima Autoridad del Centro de Trabajo revisa el SAA, a intervalos planificados, para asegurarse de su funcionamiento, adecuación, eficacia y efectividad continúa.

Page 37: Guía de Estudio

PASOS DE APLICACIÓN DEL SUBSISTEMA DE ADMINISTRACION AMBIENTAL.

1.- CAPACITAR AL PERSONAL (CONOCER EL SAA Y CREAR CONCIENCIA AMBIENTAL)

2.- IDENTIFICACION DE ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN EL CENTRO DE PROCESO PARA DETECTAR LOS ASPECTOS AMBIENTALES QUE SE GENERAN EN CADA UNA DE ELLAS (USO DE PROCEDIMIENTOS DE CADA CENTRO DE TRABAJO) RESPONSABLE LINEA DE MANDO OPERATIVA.

3.- Identificación y jerarquización de aspectos e impactos ambientales por instalación.(Formatos SAA-F-006 Y SAA-F-007).

4.-Definir o determinar los requisitos legales y otro requisitos (formato SAA-F-008) aplicables a los aspectos e impactos ambientales significativos determinados en el formato SAA-F-007.

5.- Del resultado de priorizar los aspectos ambientales establecer un objetivo ambiental para cada uno de ellos, así como definir una meta ambiental para cumplir cada uno de los objetivos ambientales establecidos y determinar los recursos financiero, tecnológicos y humanos necesarios para poder cumplir las acciones del programa ambiental. (formato SAA-F-009 y SAA-F-010).

6.- Dar seguimiento al cumplimiento del SAA.