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Guía de Información y Publicidad 2007-2013 Subdirección de Formación Servicio Canario de Empleo

Guía de Información y Publicidad 2007-2013 · ocupan de la protección y mejora del medio ambiente. b) Informar a la opinión pública sobre el papel que desempeña la Unión Europea

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Guía de Información y Publicidad 2007-2013 Subdirección de Formación Servicio Canario de Empleo

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Dada la necesidad de que la ciudadanía de la Unión Europea esté suficien-temente informada del papel que desempeña la Comisión en los programas de financiación destinados a reforzar la competitividad económica, a crear puestos de trabajo y a fortalecer la cohesión interna, se elabora este plan de comunicación que establece las medidas en materia de infor-mación y publicidad. REGLAMENTO (CE) Nº 1828/2006 DE LA COMISIÓN EUROPEA

SERVICIO CANARIO DE EMPLEO

Versión 20120507

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Índice: Pág.

1. INTRODUCCIÓN. 4

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETIVOS. 5

A. Programa Operativo Fondo Social Europeo Canarias 2007-2013. 6

B. Programa Operativo Plurirregional Adaptabilidad y Empleo 2007-2013. 7

3. DESCRIPCIÓN Y NORMAS GENERALES DE USO DE LOS IMAGOTIPOS. 9

El logotipo de la Unión Europea. 9

Configuración y características. 9

Reproducciones. 11

La imagen corporativa del Gobierno de Canarias. 13

La imagen corporativa del Servicio Público de Empleo Estatal 16

4. NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LOS DISTINTOS INSTRUMEN-TOS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD EN LAS ACTIVIDADES CON FONDOS DE LA UNIÓN EUROPEA.

17

A. Aspectos generales. 18

B. Cartel informativo instalaciones. 20

C. Medios de comunicación. 25

Prensa. 25

Radio y Televisión. 28

Folletos. 28

D. Materiales didácticos. 29

E. Publicidad en las acciones. 30

F. Documentación en papel. 30

G. Información electrónica y audiovisual. 31

Web. 31

Material audiovisual. 31

I. Otros: 34

Diplomas y certificados. 34

Documentos para el desarrollo de actuaciones. 39

Documentos para los participantes. 39

Publicidad en pequeño material. 40

Otros materiales. 40

J. Plan de comunicación obligatorio. 41

k. Información y publicidad en otras actuaciones del SCE. 41

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1 INTRODUCCIÓN: “UNA IMAGEN COHESIONADA PARA EL PROYECTO DE UN ARCHIPIELAGO EUROPEO: Canarias – Fondo Social Europeo 2007-2013”

El Servicio Canario de Empleo es el organismo autónomo creado para fomentar,

mejorar y promover la formación y el acceso al empleo de las personas residentes en Ca-narias. Para alcanzar estos objetivos, se gestionan fondos de distintas procedencias que posibilitan la puesta en marcha de los distintos programas.

PROCEDENCIA

DE LOS FONDOS

FONDOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CANARIA.

FONDOS DEL ESTADO. Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC)

PROGRAMA OPERATIVO FONDO SOCIAL EUROPEO CANARIAS 2007 – 2013 (POFSE CANARIAS 2007 – 2013). LEMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN: “Canarias objetivo de progreso”

PROGRAMA OPERATIVO PLURIRREGIONAL ADAPTABILIDAD Y EM-PLEO 2007 – 2013 (cofinanciado por el FSE en un 80 % y por El Estado en un 20 %). LEMA DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN: “El FSE invierte en tu futuro”

La financiación procedente de la Unión Europea es parte importante en la materiali-zación del desarrollo de las políticas de empleo y formación de la Comunidad Autónoma de Canarias. La construcción de una Europa más solidaria e igualitaria también pasa porque todos seamos conscientes del esfuerzo realizado y del proyecto construido día a día. Esto supone, por tanto, informar acerca de la importancia de estos Fondos para nuestra Comu-nidad Autónoma y del uso que se hace de ellos, haciendo palpable a la ciudadanía hasta qué punto las instituciones europeas están presentes en nuestra vida cotidiana y transmi-tiendo el papel de la Unión Europea en el progreso de los países y las regiones que la in-tegran.

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En el presente Manual, se establecen las pautas para garantizar la difusión de una imagen homogénea y clara en las acciones de información y publicidad, partiendo de la premisa de que aquellas actuaciones en las que existe financiación del Fondo Social Europeo deben llevar aparejada la adecuada difusión de la participación de la Unión Eu-ropea. Este documento hace referencia a las actuaciones más destacadas de la Subdirec-ción de Formación del Servicio Canario de Empleo y a su correcta difusión en las acciones de formación con carácter prioritario, tanto para personas desempleadas como para per-sonas con ocupación laboral; de esta manera, el incumplimiento del apartado de informa-ción y publicidad implicaría la pérdida del derecho al cobro de la subvención o, en el caso de haberse recibido la financiación, el reintegro de la misma.

2 ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETIVOS DE LAS ACCIONES RELACIONADAS CON LA INFORMACIÓN Y LA PUBLICIDAD.

Cualquier acción financiada por el Servicio Canario de Empleo que conlleve informa-

ción y publicidad debe hacer referencia al programa del que provengan los fondos, así como a la participación del Servicio Canario de Empleo y del Gobierno de Canarias. Las pautas a seguir son las que a continuación se detallan y en ellas se especifican todos los elementos relacionados: lemas, logotipos, leyendas relativos a los porcentajes de financia-ción y a la gratuidad de algunas actividades, documentos, así como las pautas pertinentes para la difusión en los distintos canales de comunicación.

La misión del Fondo Social Europeo (FSE) es la de contribuir al desarrollo del em-

pleo impulsando la empleabilidad, el espíritu de empresa, la adaptabilidad, la igualdad de oportunidades y la inversión en recursos humanos; lo que implica que las medidas de in-formación y publicidad en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales bus-quen dar mayor notoriedad y transparencia a la actuación de la Unión Europea, además de ofrecer en todos los Estados Miembros una imagen homogénea de las intervenciones. Los objetivos que se persiguen con las medidas de información y publicidad son las si-guientes: a) Informar de las posibilidades que ofrece la intervención conjunta de la Unión Europea

para garantizar la transparencia de su ejecución a los/las beneficiarios/as potenciales y finales, así como a:

Las autoridades regionales y locales y demás autoridades públicas competentes. Las organizaciones profesionales y los agentes económicos o los promotores de los

proyectos. Los interlocutores económicos y sociales. Las organizaciones no gubernamentales, sobre todo a aquellos organismos de pro-

moción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como los organismos que se ocupan de la protección y mejora del medio ambiente.

b) Informar a la opinión pública sobre el papel que desempeña la Unión Europea en su

colaboración con los Estados Miembros en favor del desarrollo de la formación profe-

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sional para el empleo y de los resultados de la misma, consistiendo esta tarea en las siguientes medidas:

Informar a las personas beneficiarias de las actividades de formación sobre su par-

ticipación en una medida financiada por la Unión Europea. Realizar campañas de sensibilización respecto al papel desempeñado por la Unión

Europea en relación con las medidas que tengan que ver con la formación profesio-nal, el empleo y el desarrollo de los recursos humanos.

El ámbito de aplicación de este documento es dar cumplimiento a lo establecido en

el Reglamento (CE) 1828/2006 de La Comisión, de 8 de diciembre de 2006, sobre las ac-ciones de información y publicidad que deben llevar a cabo los beneficiarios de las ayudas en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, estableciendo las medi-das de publicidad a realizar para las distintas actuaciones cofinanciadas por el FSE para el periodo 2007-2013. Cada una con un lema propio dependiendo de la autoridad de gestión competente en cada caso y que en nuestra Comunidad Autónoma son las siguientes: A. Programa Operativo Fondo Social Europeo Canarias 2007-2013. Actuaciones:

DENOMINACION SERVICIO GESTOR Tutores de Empleo (Subconceptos: 131.00 / 131.01 / 131.05 / 141.07) Admon. Gral. Cuotas Sociales Programas Operativos 2007 - 2013 (Subconceptos: 160.22 / 160.13) Admon. Gral./Subd. Empleo Gastos Corrientes Fondos Europeos Programas Operativos 2007 - 2013 (229.36) Admon. Gral./Subd. Empleo Acciones para la mejora empleabilidad personas jóvenes Admon. Gral./Subd. Formac. Acciones para la mejora empleabilidad personas desempleadas Admon. Gral./Subd. Formac. Gastos corrientes Fondos Europeos Programas Operativos 2007 - 2013 (229.36) Admon. Gral. Acciones para promover espíritu empresarial y adaptabilidad Subd. Econ. Soc. Acciones para fomentar el apoyo al trabajo por cuenta propia y creación de empresas Subd. Econ. Soc. Subvenciones de Capital para fomentar la creación de empresas de Economía Social Subd. Econ. Soc. Gastos Corrientes Fondos Europeos Programas Operativos 2007 - 2013 (Subconcepto: 229.36) Admon. Gral.

Acciones para proponer oportunidades de integración personas con discapacidad Admon. Gral. Acciones integración social y laboral personas emigrantes e integración personas riesgo exclusión Admon. Gral.

Acciones para la adecuación de Organizaciones a las Necesidades del Mercado de Trabajo Subd. Empleo

En este caso, la autoridad de gestión es la Consejería de economía y Hacienda del

Gobierno Autónomo y el lema seleccionado por la Autoridad de Gestión y que debe acom-pañar al emblema del Fondo Social Europeo es:

“Canarias objetivo de progreso” Algunas de sus representaciones gráficas serían:

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Algunas opciones gráficas para este lema serían:

GRÁFICAS DEL LEMA DESCRIPCIÓN

LOGO HORIZONTAL CARTELERÍA NEGATIVO

LOGO HORIZONTAL CARTELERÍA POSITIVO

LOGO HORIZONTAL PA-PELERÍA NEGATIVO

LOGO HORIZONTAL PA-PELERÍA POSITIVO

LOGO VERTICAL PAPE-LERÍA NEGATIVO

LOGO VERTICAL PAPE-LERÍA POSITIVO

B. Programa Operativo Plurirregional Adaptabilidad y Empleo 2007-2013 Actuaciones:

DENOMINACION SERVICIO GESTOR Formación prioritaria desempleados Subd. Formación Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional Subd. Formación Formacion prioritariamente Ocupados Subd. Formación Convenios con Corporaciones Locales Subd. Empleo Contratación desempleados organismos Subd. Empleo Escuelas-Taller Casas de Oficio y Talleres de Empleo Subd. Empleo PIEC - Escuelas-Taller Casas de Oficio y Talleres de Empleo Subd. Empleo Suvención Cuotas SS – Capitalización Subd. Empleo Promoción del Empleo Autónomo Subd. Empleo IOBE - Inform. y Orientación Prof. para el Empleo. Búsqueda Activa de Empleo. Subd. Empleo Agentes de Empleo y Desarrollo Local Subd. Empleo

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Centros Especiales de Empleo y Trabajo Autónomo Subd. Empleo Empresas calificadas como I+E Subd. Empleo Transferencia de capital a Centros Especiales de Empleo Subd. Empleo Contratación Indefinida Discapacitados Subd. Empleo Adaptación Laboral Sector del Mueble Subd. Empleo Planes Experimentales de Empleo Subd. Empleo Fomento igualdad oportunidades empleo Subd. Empleo Funcatra Promotores empleo RD.Ley 13/2010 Subd. Empleo PIEC - Fomento Empleabilidad de los Residente Subd. Empleo Funcatra – Contratación de Orientadores - Plan de orientación FPE Subd. Empleo/FormaciónFomento movilidad geográfica y funcional Subd. Empleo/FormaciónFlexibilidad Subd. Empleo/FormaciónPromoción Cooperativas y Sociedades Laborales Subd. Economía Social

Para este programa, cuya Autoridad de Gestión es el Ministerio de Economía y Hacienda, el lema seleccionado que debe acompañar al emblema del Fondo Social Euro-peo es:

“El FSE invierte en tu futuro” Algunas opciones gráficas para este lema serían:

Finalmente, para ambos programas operativos quedaría de la siguiente forma:

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3 DESCRIPCIÓN Y NORMAS GENERALES DE USO DE LOS IMAGOTIPOS Y LOGOTIPOS DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO A UTILIZAR EN LAS ACCIONES DE INFORMACIÓN Y PUBLICI-DAD.

A tenor de la normativa de aplicación expuesta, se desprende que los emblemas

del Servicio Canario de Empleo (regulados por el Decreto 184/2004, de 21 de diciembre y la Orden de 24 de noviembre de 2005), así como el emblema de la Unión Europea van a ser de obligatoria utilización en cada una de las acciones sujetas a información y publici-dad, tanto en la publicación de actos normativos, como en anuncios de acciones formati-vas en prensa, televisión, Internet, papelería, etc. Así pues, veamos el uso de cada uno por separado, para después valorar su utilización conjunta y así evitar errores de forma: 1. El logotipo1 de la Unión Europea:

CONFIGURACIÓN Y CARACTERÍSTICAS:

Está compuesto por el imagotipo de la Unión Europea y el nombre del Fondo So-cial Europeo como interviniente. En este caso, la posición del nombre del fondo podrá co-locarse de dos maneras:

1 El Emblema europeo es la bandera de la unión cuya descripción y características graficas se puede encontrar en el

Manual Gráfico que la alta institución europea ha editado y que se encuentra alojado en la siguiente dirección de la WEB http://europa.eu/abc/symbols/emblem/download_es.htm

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• A la derecha del imagotipo, justificado a la izquierda y cuya altura nunca supere la altura del imagotipo, en una tipografía legible y estándar, como por ejemplo la Arial o la Times New Roman.

• En la parte inferior del imagotipo, centrado y sin que las proporciones del texto su-

peren el ancho del imagotipo, en una tipografía legible y estándar como por ejem-plo la Arial o la Times New Roman. Hay que tener en cuenta que el nombre del Fondo Social Europeo nunca deberá co-locarse en el interior del imagotipo de la Unión Europea, así como que el tamaño del logotipo de la Unión Europea nunca será menor que el mayor del resto de los logotipos que aparezcan. De conformidad con las pautas marcadas por el ordenamiento comunitario, pode-

mos decir que el emblema o imagotipo es la bandera europea y ésta se puede describir con arreglo a tres criterios complementarios:

• Descripción simbólica: Sobre un fondo de cielo azul, doce estrellas doradas forman

un círculo que representan la unidad de los pueblos de Europa. Las estrellas son in-variablemente doce, sin que su número tenga que ver con el de estados miembros.

• Descripción heráldica: Sobre un fondo azul, un círculo formado por doce estrellas doradas, cuyas puntas no se tocan entre sí.

• Descripción geométrica: El emblema consiste en una bandera rectangular de color

azul, cuya longitud equivale a tres medios de su anchura.

Por lo tanto, nos encontramos con doce estrellas doradas equidistantes que forman un círculo imaginario cuyo centro se sitúa en el punto de intersección de las diagonales del rectángulo. El radio del círculo equivale a un tercio de la altura de la bandera. Cada una de las estrellas de cinco puntas se inscribe en un círculo imaginario cuyo radio equivale a dieciochavo de la anchura de la bandera. Todas las estrellas están en posición vertical, esto es, con una punta dirigida hacia arriba y otras dos sobre una línea imaginaria, perpendicular al asta de la bandera, correspondiéndose la disposición de las estrellas con la de las horas en la esfera de un reloj y siendo su número es invariable.

Ejemplos de mala reproducción: 1. El emblema se reproduce invertido. 2. Mala orientación de las estrellas. 3. Mala disposición de las estrellas en el círculo: las estrellas deben estar dispuestas

como las horas en la esfera de un reloj

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Respecto a los colores reglamentarios, son los siguientes:

• El PANTONE REFLEX BLUE para la superficie del rectángulo • El PANTONE YELLOW para las estrellas.

REPRODUCCIONES:

A) Reproducción en cuatricromía: Cuando se imprime cuatricromía, no se dispone

de los dos colores normalizados, por lo que es preciso obtenerlos a partir de los cuatro colores de la cuatricromía.

• El PANTONE YELLOW se obtiene utilizando un 100% de “Process Yellow”. • La mezcla de un 100% de “Process Cyan” y un 80% de “Process Magenta”

permite obtener un color muy próximo al PANTONE REFLEX BLUE.

B) Reproducción en monocromía. Si el negro es el único color disponible deberá delimitarse la superficie del rectángulo con un borde negro y estampar las estrellas, tam-bién en negro sobre un fondo blanco.

• En caso de que el único color disponible sea el azul (es imprescindible que sea

Reflex Blue), se utilizará éste como color de fondo al 100% y se reproducirán las estrellas en negativo blanco.

c) La reproducción en Internet:

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• En la paleta WEB, EL PANTONE REFLEX BLUE corresponde al color RGB: 0/0/153 (hexadecimal: 000099)

• El PANTONE YELLOW, al color RGB: 255/204/0 (hexadecimal: FFCC00).

D) Reproducción sobre fondos de color: El emblema debe reproducirse preferente-mente sobre fondo blanco, evitándose los fondos de varios colores, especialmente los que no combinen bien con el azul. Cuando no sea posible evitar un fondo de color, se rodeará el rectángulo del emblema con un borde blanco de grosor equivalente a 1/25 de la altura del rectángulo.

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2. Imagen corporativa del Gobierno de Canarias:

El logotipo que se utilizará será el de este Organismo Autónomo que viene definido en la Orden de 8 de marzo de 2010, por la que se aprueba la actualización del Manual de Identidad Corporativa Gráfica del Gobierno de Canarias (BOC nº 58 de 23 de marzo de 2010) Como norma general, los Institutos y Organismos autónomos utilizarán el color es-pecial Pantone 7538. (RGB 163, 173, 153 para el gris y RGB 0, 0, 0 para el negro).

Las reproducciones se ajustarán a las siguientes reglas generales:

• Las reducciones del imagotipo, marca o emblema no excederán de 8 milímetros.

Colores corporativos:

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Usos incorrectos de la imagen corporativa:

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3. Imagen corporativa del Servicio Público de Empleo Estatal:

En virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Orden TIN/687/2010, de 12 de marzo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2010, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (BOE nº 69 de 20 de marzo de 2010), en la documentación relacionada con las acciones financiadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal deben incluir la identificación del mismo.

1. Composición horizontal:

2. Composición Vertical

Se optará por la más adecuada teniendo en cuenta los documentos o soportes en los que vaya a insertarse.

3. Los colores a utilizar serán los siguientes:

a) En el escudo: - Negro Pantone. - Rojo Pantone 186. - Plata Pantone 877. - Oro Pantone 872. - Verde Pantone 3415. - Azul Pantone 2935. - Púrpura Pantone 218. - Granada Pantone 1345.

b) En el fondo:

- Negro Pantone. - Amarillo Pantone 116. - Azul Pantone 286. - Gris Pantone 824 (al 18 %).

La tipografía a utilizar será Gill Sans en mayúsculas.

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4 NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LOS DISTINTOS INS-TRUMENTOS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD EN LAS ACTIVIDADES CON FONDOS DE LA UNIÓN EUROPEA.

Los beneficiarios/as deberán llevar a cabo un conjunto de actividades de publicidad que serán objeto de comprobación en las diferentes actuaciones de seguimiento, evalua-ción y control que se puedan realizar. Estas acciones de información y publicidad a llevar a cabo para dar cumplimiento a la normativa son:

A. Aspectos generales. B. Cartelería. C. Medios de comunicación (prensa, radio, televisión, etc.). D. Materiales didácticos y otras publicaciones (cuadernillos, guías, trípticos,

folletos, notas informativas, documentos del beneficiario, etc.). E. Página Web, Internet, etc. F. Material audiovisual (materiales proyectados, grabaciones, etc.). G. Otros. H. Plan de comunicación del beneficiario.

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A. Aspectos generales a contemplar por los beneficiarios en todas las actua-ciones de información y publicidad.

El tamaño de todos los logotipos e imagotipos, emblemas o marcas de los diferen-tes Organismos deberán guardar la misma proporción. En caso de que conforme a esta guía se permita incorporar logos o imágenes de la Entidad colaboradora deberán guardar la misma proporción o ser ligeramente inferiores al resto.

Los beneficiarios de las ayudas, con el objeto de informar a los destinatarios sobre el papel que desempeñan la Unión Europea y el SCE, deberán hacer constar en TODAS las actividades de publicidad e información, en las que sea posible, lo siguiente: 1. En todas las actuaciones donde sea posible se pondrá siempre la siguiente referencia (según corresponda): “EL FSE INVIERTE EN TU FUTURO”:

Acciones cofinanciadas con Fondos Comunitarios del Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo Plurirregional de Adaptabilidad y Empleo 2007ES05UPO001, para el período 2007-2013, con un porcentaje de cofinanciación del 80%.

“CANARIAS OBJETIVO DE PROGRESO”:

Acciones cofinanciadas con fondos Comunitarios del Fondo Social Europeo, a tra-vés del Programa Operativo FSE de Canarias, para el período 2007-2013, con un porcentaje de cofinanciación del 85%.

Cuando las circunstancias lo requieran, este texto se podrá reducir de las siguientes

formas (con variación del % de financiación según corresponda):

Acciones cofinanciadas en un 80 % por el Fondo Social Europeo en el marco del Pro-grama Operativo Plurirregional 2007 – 2013.

Acciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 80 %.

2. La participación del SCE, el FSE y la entidad beneficiaria en las acciones mediante la inserción de:

Logotipo de la Unión Europea con la mención a la izquierda, derecha, o debajo, de la frase: “UNION EUROPEA - FONDO SOCIAL EUROPEO”.

El lema: “El FSE invierte en tu futuro” / “Canarias objetivo de progreso”, elegidos por la Autoridad de Gestión.

El logo o marca del SCE o Gobierno de Canarias según proceda. El logo o marca del beneficiario, en su caso.

Por otra parte y en lo que respecta al logo o marca de la entidad beneficiaria, éste

deberá guardar una proporción equivalente a los otros logotipos, no pudiendo en ningún caso ser superior al emblema del FSE ni al del SCE o Gobierno de Canarias (según proce-da). Además, sólo podrán incluirse menciones y/o referencias relativas a las entidades in-dicadas en el párrafo anterior, no pudiendo hacerse otras menciones que lleven a equívo-co.

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3. En el caso de las actividades formativas, se deberá incluir en las actuaciones publicita-rias la gratuidad de las mismas, mediante la inserción de la frase: “ACCIONES GRATUITAS dirigidas a _______________, en el nuevo marco del Subsistema de Formación Profesio-nal para el Empleo”. Por ejemplo:

ACCIONES GRATUITAS dirigidas a personas desempleadas y ocupadas. 4. Subvenciones gestionadas por la Comunidad Autónoma conforme a la distribución te-

rritorial para el ejercicio económico 2010: Cuando se traten de programas orientados a mejorar la ocupabilidad de demandantes de empleo conforme a la Orden TIN/687/2010, de 12 de marzo (BOE nº 69 de 20 de marzo de 2010) además de los logos/marcas especificados anteriormente, se deben incluir los del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), guardando la misma proporción que el del SCE o Gobierno de Canarias (según proceda) y del FSE.

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B. CARTEL INFORMATIVO DE INSTALACIONES.

Se colocarán carteles visibles en el lugar donde se desarrollen todas las acciones (fachada, acceso a las aulas, lugares donde se impartan seminarios, eventos, etc.), indi-cando que la actuación o proyecto es cofinanciado por el FSE en el marco del Programa Operativo correspondiente, así como el porcentaje de cofinanciación.

La Subdirección de Formación pondrá a disposición de las entidades beneficiarias la cartelería en el enlace web correspondiente dentro del aplicativo informático SISPECAN FORMACIÓN y/o del portal web del SCE, una vez notificada la asignación de la correspon-diente programación. Asimismo, se remitirá a aquellos nuevos beneficiarios que resulten de futuras actuaciones sobre la lista de reserva. La cartelería deberá ubicarse en los luga-res de referencia en los términos descritos en la convocatoria y permanecer colocada du-rante el desarrollo de las acciones y, además, durante los doce meses posteriores a su finalización; así como ser conservados una vez retirados, junto al resto de la documenta-ción, durante el periodo indicado en las convocatorias.

La cartelería se mantendrá además mientras el beneficiario imparta acciones forma-tivas correspondientes al periodo de programación 2007-2013. Se deben retirar, después del plazo indicado, cuando ya no sea beneficiario, cuando haya acabado el periodo de programación o se haya perdido la condición de “colaborador del SCE” o la inscrip-ción/acreditación de una instalación.

El incumplimiento de estas obligaciones será tratado como incumplimiento de las condiciones de información y publicidad que todos los beneficiarios han de cumplir.

• La relación de carteles que deberán disponerse en el centro son:

1. Cartel exterior de la entidad o centro de formación. El cartel deberá ser reprodu-cido entre las escalas DIN A4 (210x297mm) y DIN A0 (841x1189mm) (sin márge-nes). Se recomienda utilizar los tamaños DIN A2 (420x594mm) y DIN A3 (297x420mm), preferentemente, en función del tamaño de la fachada.

UBICACIÓN:

El cartel será instalado en lugar visible de la fachada del edificio o recinto exterior donde se ubique cada una de las sedes de la entidad. En el caso de que se produz-ca alguna circunstancia que no permita esta ubicación deberá ser debidamente acreditada por escrito adjuntando el documento que impida dicha instalación. En este caso se comunicará al SCE la ubicación alternativa que propone el centro cola-borador al efecto de que quede lo más visible posible.

SOPORTE:

La cartelería de fachada deberá realizarse con materiales acrílicos, rígidos o medio rígidos como el metacrilato ,forex, dm, con un espesor mínimo de 1,5 mm, en so-porte que permitan su fácil sustitución y sean duraderos. No está permitida su colo-cación únicamente en papel.

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CARTEL

CENTRO COLABORADOR ACCIONES PREFERENTEMENTE PARA DESEMPLEADOS/AS

FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

CARTEL ENTIDAD COLABORADORA

PLANES PREFERENTEMENTE PARA OCUPADOS/AS

Modelo referencia: cartel01

Modelo referencia: cartel02

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CARTEL ENTIDAD COLABORADORA

PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO COMPROMISO DE CONTRATACIÓN 25%

Modelo referencia: cartel03

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2. Cartel para las empresas con las que se ha suscrito convenio para la realización de

prácticas profesionales no laborales. Se deberá ubicar en un lugar visible, preferiblemente el acceso a la empresa o el área de administración, donde pueda ser legible por el público en general.

Modelo referencia: cartel04

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3. Carteles para colocar en el exterior de cada una de las instalaciones (aula, ta-

ller, aula taller y campo de prácticas) donde se realice formación profesional para el empleo o se desarrollen proyectos, y que se ubicará en el exterior de cada una de las instalaciones. Si contase con nº de instalación homologada, inscrita o acreditada deberá especificarse su nº de instalación:

ACCIONES PREFERENTEMENTE PARA DESEMPLEADOS/AS

PLANES PREFERENTEMENTE PARA OCUPADOS/AS FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL

FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO COMPRO-MISO DE CONTRATACIÓN 25%

El beneficiario podrá encargar carteles como los indicados de superior tamaño res-petando los modelos originales. Los costes derivados de la impresión e instalación del car-tel son imputables a la justificación de gastos de la subvención obtenida.

Para evitar la acumulación de cartelería en las fachadas e interiores por ser benefi-ciario de varias actuaciones se podrá solicitar, con cargo al beneficiario, la unificación de los mismos en un único o en varios carteles. NOTA: Los carteles facilitados por la Subdirección de Formación pa-ra las programaciones 2009 podrán seguir utilizándose, añadiendo solo el logotipo del Servicio Público de Empleo Estatal superpuesto en lugar visible así como la marca/logo del Servicio Canario de Em-pleo.

Modelo referencia: cartel05 Modelo referencia: cartel06

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C. MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

Con objeto de dar publicidad a su oferta formativa, el beneficiario podrá anunciar las acciones subvencionadas bajo el formato y condiciones que se establecen a continua-ción en medios de comunicación descritos. Prensa. Se podrán realizar anuncios en prensa en los términos previstos en las convoca-torias.

El espacio reservado para incluir la oferta formativa está predeterminado con la única limitación de que el contenido sea legible y que no exista saturación de información, a la vez que se respete la proporcionalidad de los logotipos y la legibilidad de los mismos.

En el caso de los planes y de las acciones de formación, la publicidad se ajustará a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias y/o resoluciones de concesión. A su vez, la información sobre la oferta formativa sólo podrá hacer referencia a la denomina-ción de las cursos/acciones formativas y/o el compromiso de prácticas o de inserción ad-quirido.

A elección de la entidad se podrá optar por utilizar publicidad en color o en escala

de grises.

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Modelo general de anuncio en prensa.

ACCIONES PREFERENTEMENTE PARA DESEMPLEADOS/AS FORMATO VERTICAL FORMATO HORIZONTAL

PLANES DE FORMACIÓN PREFERENTEMENTE PARA OCUPADOS/AS

FORMATO VERTICAL FORMATO HORIZONTAL

Modelo referencia: anuncio02

Modelo referencia: anuncio01

Modelo referencia: anuncio04

Modelo referencia: anuncio03

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FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

FORMATO VERTICAL FORMATO HORIZONTAL

PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO COMPROMISO DE

CONTRATACIÓN 25% FORMATO VERTICAL FORMATO HORIZONTAL

Cualquier modificación sobre lo indicado debe ser autorizada por el SCE.

Modelo referencia: anuncio05

Modelo referencia: anuncio06

Modelo referencia: anuncio07

Modelo referencia: anuncio08

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Radio y televisión:

Se solicitará permiso por escrito a la Subdirección de Formación, y aportando el tex-to de la cuña radiofónica o del anuncio televisivo, presupuesto y alcance previsto entre la población. En todos los casos, se deberá hacer referencia a la cofinanciación del FSE y al Gobierno de Canarias. Folletos para el buzoneo o reparto:

Deben cumplir los requisitos indicados en este apartado, además de que se deberá solicitar permiso por escrito a la Subdirección de Formación, aportando borrador del folle-to, presupuesto y alcance previsto entre la población.

En todo caso se deberán seguir las pautas establecidas en el apartado 4.9.00 de la

Orden de 8 de marzo de 2010, por la que se aprueba la actualización del Manual de Iden-tidad Corporativa Gráfica del Gobierno de Canarias (BOC nº 58 de 23 de marzo de 2010). Cualquier otro medio no previsto en este manual deberá ser autorizado previamente por la Subdirección de Formación, presentando propuesta gráfica, presupuesto y alcance previsto entre la población.

No serán considerados gastos subvencionables los que no estén directa-mente relacionados con la edición, emisión y/o publicación de estos mate-riales, los que no estén relacionados directamente con el beneficiario y los que no estén autorizados.

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D. MATERIALES DIDÁCTICOS.

En relación a los materiales didácticos y a los cuadernillos que se entregan a los participantes, éstos deberán contener las referencias indicadas de información y publici-dad, además de que, cuando el material sea elaborado por el centro, estas referencias anteriormente descritas deberán venir impresas y en el caso de que los materiales se ad-quieran elaborados deberán contener preferiblemente una pegatina de suficiente calidad, adherida en la portada y contraportada del documento. En este último caso, el formato de la pegatina es el siguiente:

ACCIONES PREFERENTEMENTE PARA DESEMPLEADOS/AS

PLANES PREFERENTEMENTE PARA OCUPADOS/AS FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL

FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO COMPROMISO DE CONTRATACIÓN 25%

También, cuando el tipo de soporte lo permita, se podrá sustituir la pegatina por

un sello de las siguientes características:

ACCIONES PREFERENTEMENTE PARA DESEMPLEADOS/AS PLANES PREFERENTEMENTE PARA OCUPADOS/AS

FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL

FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO COMPROMISO DE CONTRATACIÓN 25%

En la página web del SCE están disponibles los archivos necesarios.

Modelo referencia: material_didactico_01

Modelo referencia: material_didactico_02

Modelo referencia: material_didactico_03 Modelo referencia: material_didactico_04

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E. PUBLICIDAD EN LAS ACCIONES CON PRESENCIA DE PARTICIPANTES O PÚBLICO EN GENERAL.

En cualquier tipo de actividad, el beneficiario debe

incluir, además de en la documentación entregada a los asistentes, de la documentación técnica general y de cualquier otro material utilizado (carteles de ponentes, transparencias, carteles publicitarios, etc.), la declaración señalada inicialmente en la que se indica que la actua-ción o proyecto está cofinanciado por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo correspon-diente y el porcentaje de cofinanciación. Además, en la charla inicial impartida a las personas participantes, así como durante las jornadas, charlas, etc. relacionadas con las acciones cofinanciadas por el FSE, el beneficiario de-berá disponer de un juego de banderas –dispuestas tal cual se muestra a la derecha-, las cuales deberán estar visibles por las personas asistentes. La charla inicial se realizará en los primeros días del inicio de la actuación. F. DOCUMENTACIÓN EN PAPEL.

Cualquier material en papel que se entregue a las personas asistentes deberá incluir los logotipos señalados anteriormente e indicar que la actuación o proyecto es cofinancia-do por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo correspondiente, así como especificar el porcentaje de cofinanciación.

En el caso de escritos dirigidos al Servicio Canario de Empleo u otras administracio-

nes en relación a actuaciones cofinanciadas la distribución de los logotipos debe ser la si-guiente:

Deberá hacerse mención también al Programa Operativo correspondiente, así como

el porcentaje de cofinanciación tal y como se muestra anteriormente.

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G. INFORMACIÓN ELECTRÓNICA O AUDIOVISUAL.

Publicidad en la página Web del beneficiario.

Si el beneficiario dispone de sitio Web, debe aparecer el logotipo del FSE indicado anteriormente con el lema “El FSE invierte en tu futuro” o “Canarias Objetivo de Progreso”, según el programa operativo correspondiente y el del SCE. De igual forma, desde ambas imágenes deben estar habilitados los enlaces a las páginas Web oficiales.

Se deberá hacer referencia a que estas actuaciones son cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 80 % y el carácter de gratuidad de las mismas.

El centro, además, deberá tener actualizada la página Web en relación a la oferta formativa de la que es beneficiario con indicación de cada uno de los cursos, así como la duración, nivel de acceso requerido y fecha prevista de inicio y finalización de cada uno de ellos, además de la especificación del compromiso para la realización de prácticas profe-sionales no laborales o compromiso de inserción, en el caso de que así sucediera.

Deberá también habilitar una dirección de correo donde los interesados puedan formularle cualquier pregunta relacionada con su oferta formativa.

Aparecerá una referencia sobre el proceso de inscripción. En el caso de Acciones formativas dirigidas prioritariamente a desempleados deberá mencionarse que se realizará a través del 012 o las Oficinas de Empleo. URL del FSE: http://ec.europa.eu/employment_social/esf/index_es.htm URL del SCE: http://www.gobiernodecanarias.org/empleo

Material audiovisual (materiales proyectados, grabaciones, flash, Power-Point, etc.).

En la documentación audiovisual que se emplee para la realización de las acciones,

también se utilizarán las medidas de información y publicidad. Así, por ejemplo, en los materiales que se proyecten se deberán colocar los logotipos del Fondo Social Europeo y del Servicio Canario de Empleo, así como el lema “El FSE invierte en tu futuro” o “Ca-narias Objetivo de Progreso”.

Inicio y cierre de presentación multimedia (apartado 4.7.03 Manual Identidad Cor-

porativa Gráfica citado):

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Interior de las presentaciones multimedia:

ACCIONES PREFERENTEMENTE PARA DESEMPLEADOS/AS PLANES PREFERENTEMENTE PARA OCUPADOS/AS

FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

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FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO COMPROMISO DE CONTRATACIÓN 25%

Cuando se elaboren videos o cualquier otro tipo de material audiovisual, se citará

de igual forma la participación del FSE (con porcentaje de cofinanciación), SPEE (si proce-diese) y del Gobierno de Canarias en el cierre (apartado 4.7.02 Manual Identidad Corpora-tiva Gráfica citado). La secuencia debe seguir el siguiente orden:

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CONTENIDOS UNIÓN EUROPEA (FSE o CANARIAS OBJ. PROGRESO) SERVICIO PÚBLICO EMPLEO ESTATAL (SI PROCEDE) GOBIERNO DE CANA-RIAS Cierre:

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I. OTROS. DIPLOMAS y CERTIFICADOS.

Acciones de formación para desempleados y Formación con compromiso de contratación:

Cursos no asociados a Certificados de Profesionalidad

En las acciones de formación prioritarias para trabajadores desempleados, el mode-lo de diploma es el siguiente:

ANVERSO REVERSO

En el reverso, debe reservarse un espacio donde aparezcan los módulos formativos recibidos y la descripción que se indica. Estos diplomas se entregarán desde el SCE al alumnado a través de los beneficiarios de las acciones. Aquí se distinguirá entre diploma (que conlleva aprovechamiento) o bien Acreditación de asistencia (alumnos finales no ap-tos).

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Cursos asociados a Certificados de Profesionalidad Hasta tanto se tramite y emita el correspondiente Certificado de Profesionalidad, se emite por parte del SCE acreditación de la formación recibida utilizando los siguientes mo-delos: ALUMNOS FINALES CON TODOS O ALGÚN MÓDULO/UNIDAD FORMATIVA COMO APTO:

ANVERSO REVERSO

En el anverso se describen detalles genéricos (Nombre y Apellidos, fecha de inicio, finali-zación, horas, nivel Certificado de Profesionalidad, etc.) En el dorso (reverso) se describen datos concretos de la acción formativa, así como resultado final conforme al Acta de Eva-luación verificada por Técnicos/as del SCE. ALUMNOS FINALES CON TODOS LOS MÓDULOS/UNIDADES FORMATIVAS COMO NO APTO:

ANVERSO REVERSO

En el anverso se detallan detalles genéricos (Nombre y Apellidos, fecha de inicio, finaliza-ción, horas del curso, nivel Certificado de Profesionalidad, etc.) quedando patente que es una acreditación de asistencia (sin aprovechamiento). En el dorso (reverso) se especifica solo el Registro así como la cofinanciación del FSE.

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Planes de formación para ocupados. En las acciones de formación de los planes con carácter prioritario para trabajadores ocu-pados, se expedirán dos tipos de documentos: diplomas acreditativos (alumnos finalizados aptos) y certificados de asistencia (alumnos finalizados no aptos) que serán expedidos por el beneficiario. Los modelos para los beneficiarios son los siguientes:

ANVERSO

REVERSO

En el reverso se indicarán también los módulos formativos superados así como la

leyenda correspondiente del Programa Operativo, la línea y el porcentaje de cofinancia-ción.

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Certificado Planes de Formación Ocupados

(Alumnos finales no aptos)

Cuando el alumno es final no apto no corresponde la emisión de acreditación de aprovechamiento, por tanto no es necesario especificar en el dorso los contenidos o mó-dulos impartidos. Debe incluirse también, tal y como se especifica, la leyenda correspon-diente del Programa Operativo, la línea y el porcentaje de cofinanciación.

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En el caso de otras iniciativas de formación de oferta como los programas específi-cos para la formación de personas con necesidades formativas especiales o que tengan dificultades para su inserción o recualificación profesional y las acciones de formación con compromiso de contratación, los diplomas y certificados que se emitan serán similares.

DIPLOMA PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL

FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO CON COMPROMISO DE CONTRATA-CIÓN 25% (Alumnos finales Aptos) O CUALQUIER OTRO TIPO DE PROYECTOS

ANVERSO:

REVERSO:

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CERTIFICADO PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL FORMACIÓN NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

25% (Alumnos finales no aptos) O CUALQUIER OTRO TIPO DE PROYECTOS

A los alumnos finales no aptos (acreditación sin aprovechamiento) no se especifican conteni-dos en el dorso.

Los certificados de profesionalidad regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de

enero (BOE nº 27 de 31 de enero de 2008) serán expedidos por la Administración. DOCUMENTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES.

Los documentos utilizados para el desarrollo de las actuaciones (listados, fichas de inscripción, modelos de evaluación y encuesta, etcétera) que sean utilizados por las enti-dades deberán incluir una mención que indique que la actuación o proyecto está cofinan-ciado por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo correspondiente para lo cual se pondrá, si se estima oportuno, una portada a tal efecto. En el resto de hojas, en caso de que no quepa tal información, deberá ponerse al menos el logotipo del FSE y el del SCE. DOCUMENTOS PARA LOS PARTICIPANTES.

Todos los trabajadores que inicien una acción formativa deberán recibir algún tipo de comunicación o de información de la empresa a tal efecto, donde se haga constar que la correspondiente actuación formativa está financiada por el Fondo Social Europeo (el documento deberá reflejar el emblema e inscripciones correspondientes).

Todos los/las trabajadores/as que finalizan una acción formativa deberán recibir un diploma según un modelo establecido, donde se acredite que el trabajador en cuestión ha

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recibido una acción formativa financiada por el FSE (1 copia permanecerá en el archivo de la entidad beneficiaria). PUBLICIDAD EN PEQUEÑO MATERIAL.

Cuando por las dimensiones reducidas del material a entregar a los participantes no sea posible incluir los logotipos obligatorios, esto no se requerirá; pero en el caso de que sea posible se pondrá, al menos, uno de los siguientes:

O el Emblema de La Unión Europea con la referencia UNIÓN EUROPEA:

O sólo el Emblema de la Unión Europea cuando el material sea muy pequeño:

Cuando no sea posible por lo limitado de la superficie, por el número de elementos a realizar o porque la impresión represente sobrecoste no será necesario hacer ninguna referencia. OTROS MATERIALES.

Cualquier otro material producido y entregado a los participantes (carpetas, bolígra-fos, pegatinas, fotografías, etc.) deberá indicar que la actuación o proyecto está cofinan-ciada por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo correspondiente o, como mínimo, deberá incluir siempre el logotipo del FSE y el del SCE (en el caso de que no quepa más información).

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J. PLAN DE COMUNICACIÓN OBLIGATORIO.

Todas las entidades beneficiarias de subvenciones provenientes de convocatorias del Servicio Canario de Empleo tendrán que elaborar un dossier que explique las medidas de información y publicidad que se hayan desarrollado, en el cual se describirán TODAS las actuaciones realizadas para difundir la participación del FSE en la cofinanciación de las actuaciones de las que haya sido beneficiaria, además de la participación del SCE.

Este dossier se presentará en soporte CD o DVD con una memoria descriptiva de todas las actuaciones, así como de las imágenes con la ubicación del conjunto de carteles y de copia del material publicitario utilizado con la indicación del medio, permaneciendo la copia del soporte custodiada por el beneficiario.

El Dossier será único y contendrá todas las actuaciones realizadas respecto a la pro-

gramación de la que haya sido beneficiario entregándose junto a la última justificación. Respecto a este punto, es conveniente poner en conocimiento de las entidades interesa-das que la valoración de las acciones de información y publicidad realizadas y comunica-das a través del plan de comunicación, podrán ser objeto de valoración en futuras convo-catorias. K. Información y publicidad en otras actuaciones del Servicio Canario de Em-pleo. Con objeto de mantener la uniformidad en todas las actuaciones del Servicio Canario de Empleo, el resto de las unidades utilizará esta guía como referente en materia de informa-ción y publicidad sobre las actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo. Cuando se requiera de cartelería se utilizarán los mismos criterios expuestos en este do-cumento adaptando los mismos a las líneas de actuación correspondientes.

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Esta es la bandera europea. Es el símbolo no sólo de la Unión Europea sino también de la unidad e identidad de Europa en un senti-do más amplio. El círculo de estrellas dora-das representa la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa.

El número de estrellas no tiene nada que ver con el número de Estados miembros. Hay doce estrellas porque el número doce es tradicionalmente el símbolo de la perfección, lo completo y la unidad. Por lo tanto la ban-dera no cambia con las ampliaciones de la UE.

Historia de la bandera.

La historia de la bandera se remonta a 1955. En aquella época la Unión Europea existía solamente bajo la forma de Comunidad Eu-ropea del Carbón y del Acero y estaba for-mada por seis Estados miembros. Pero un organismo distinto con mayor número de miembros - El Consejo de Europa se había creado varios años antes para defender los derechos humanos y promover la cultura europea.

El Consejo de Europa estaba buscando un símbolo para su propio uso. Después de muchas discusiones se adoptó el actual di-seño (círculo de doce estrellas doradas so-bre fondo azul). En distintas tradiciones doce es un número simbólico que representa la integridad aunque también es, por supuesto, el número de meses del año y el número de horas que aparecen en la cara del reloj. El círculo es, entre otras cosas, un símbolo de unidad.

El Consejo de Europa animó a otras institu-ciones europeas a adoptar la misma bandera y el Parlamento Europeo la aceptó en 1983. Finalmente, en 1985, la bandera fue adopta-da por los Jefes de Estado y Gobierno de la UE como emblema oficial de la Unión Euro-pea (que en ese momento se llamaba Co-munidades Europeas).

Todas las instituciones europeas la utilizan desde 1986.

La bandera europea es el único emblema de la Comisión Europea, el órgano ejecutivo de la UE. Otras instituciones y organismos de la UE utilizan, además, un emblema propio. http://europa.eu/abc/symbols/emblem/index_es.htm

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