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Guía País Colombia Elaborada por la Oficina Económica y Comercial de España en Bogotá Actualizada a Septiembre de 2.006

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1. INTRODUCCIÓN 4 1.1. Situación, superficie y clima 4 1.2. Demografía y sociedad 4 1.3. Breve referencia histórica 5

2. ESTRUCTURA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA 6 2.1. Sistema político 6

2.1.1. Gobierno 6 2.1.2. Partidos políticos y actividad parlamentaria 6

2.2. Sector Público 7 2.2.1. La organización administrativa del Estado 7 2.2.2. La Administración Económica y Comercial 8 2.2.3. El Banco Central 8 2.2.4. Empresas Públicas 9

3. ESTRUCTURA ECONÓMICA 9 3.1. Sector Primario 10 3.2. Sector Secundario 11 3.3. Sector Terciario 13 3.4. Estructura empresaria 15 3.5. Sistema Financiero 21 3.6. Sector Exterior 21 Cuadro 3: BALANZA DE PAGOS 23 PRINCIPALES PRODUCTOS IMPORTADOS 25 PRINCIPALES PRODUCTOS EXPORTADOS 25 Cuadro 10: INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA (POR PAÍSES) 26 INVERSIÓN DIRECTA ESPAÑOLA: BRUTA Y NETA 27

4. MARCO PARA LA ACTIVIDAD COMERCIAL 27 4.1. Régimen de comercio exterior. Importaciones y Exportaciones 27 4.2. Regulación de Cobros y Pagos con el exterior 30 4.3. Legislación sobre contratación pública. Criterios de Adjudicación de Contratos

Públicos 31 4.4. La Distribución Comercial: Estructura y marco legal 32

5. MARCO PARA LA INVERSIÓN 33 5.1. Legislación sobre Inversiones Extranjeras 33 5.2. Legislación mercantil 35 5.3. Legislación fiscal 40 5.4. Legislación laboral 47 5.5. Legislación sobre propiedad intelectual 51 5.6. Costes de establecimiento: de personal, alquileres, suministros y otros 58

6. INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRÁCTICO 61 6.1. Formalidades de entrada y salida 61

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6.2. Horario local y días festivos 61 6.3. Condiciones climáticas 62 6.4. Hoteles en las principales ciudades del país 63 6.5. Comunicaciones 65

6.5.1. Telecomunicaciones 65 6.5.2. Comunicaciones por vía aérea 66 6.5.3. Comunicaciones por carretera 66 6.5.4. Comunicaciones por vía férrea 67 6.5.5. Comunicaciones por vía marítima 67

6.6. Taxis y otros transportes internos 67 6.7. Otros datos de interés 68

6.7.1. Moneda 68 6.7.2. Precauciones sanitarias 69 6.7.3. Seguridad ciudadana 69

6.8. Direcciones de utilidad 69 6.8.1. Embajada y Consulado de España 69 6.8.2. Oficina Económica y Comercial 69 6.8.3. Cámara de Comercio Española 70 6.8.4. Principales Organismos oficiales en el país 70 6.8.5. Direcciones de los principales Organismos del país en España 70

7. GUÍA DE DIRECCIONES DE INTERÉS DEL PAÍS EN INTERNET 71 8. ANEXOS 73 Instituciones y Organizaciones Internacionales de las que el País es miembro 73

Organigrama de la Administración Económica y Comercial 74 Cuadro 1: DATOS BÁSICOS 76 Cuadro 2: INDICADORES ECONÓMICOS 76 Cuadro 3: BALANZA DE PAGOS 77 Cuadro 4: PIB (POR SECTORES DE ORIGEN) 78

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1. INTRODUCCIÓN El presente informe ha sido realizado por la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Colombia e intenta ser una presentación general del país y más concretamente, mostrar el plano económico y comercial durante el pasado año 2005. Los datos se han obtenido de diversas entidades públicas como el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), DNP (Departamento Nacional de Planeación) y Banco de la República, así como de la Guía de Negocios de Colombia elaborada por los principales bufetes de abogados en Colombia, en colaboración con la Oficina Comercial de la Embajada de España en Colombia y la Cámara de Comercio Hispano-Colombiana.

1.1. Situación, superficie y clima Colombia es el cuarto país más extenso de Sudamérica, con un área de 1.147.748 km². Sus costas (2,900 km) están bañadas por dos océanos; en el norte por el Mar Caribe y en el Oeste por el Océano Pacífico. Limita con Panamá en el noroeste, al este con Venezuela y Brasil y al sur con Perú y Ecuador. Pertenecen a Colombia tres islas del caribe: San Andrés, Providencia y Santa Catalina. También en el Pacífico las islas de Gorgona, Gorgonilla y Malpelo. Al penetrar en Colombia, el sistema montañoso de Los Andes se divide en tres cordilleras que atraviesan el país de norte a sur en su mitad oriental. El área montañosa cubre más de la tercera parte de la superficie del país, definiendo las cuatro regiones naturales del mismo: Andina, Caribe, Pacífico y Orinoquia-Amazonia. La principal vía de tráfico fluvial es el Magdalena, que conecta el centro del país con los puertos del Caribe. Colombia disfruta de una gran variedad climatológica y topográfica. Hay dos estaciones muy marcadas: lluviosa y seca. Las estaciones se alternan cada tres meses de forma no uniforme en todo el país.

1.2. Demografía y sociedad Colombia es un país urbano. Según el censo realizado por el DANE en el 2005, la cifra total de personas que residen habitualmente en Colombia es de 41.242.948. Adicionalmente, la cifra de colombianos que residen en el exterior es de 3.331.107 habitantes. Del total de la población de Colombia el 48,6% son hombres y el 51,4% mujeres. Bogotá, la capital, es la principal ciudad de Colombia, con 6.776 millones de habitantes. Le siguen Cali (2.068.386 habitantes), Medellín (2.223.078 habitantes) y Barranquilla (1.112.837 habitantes). La población urbana representa el 75% del total y la densidad de población es de 35,9 habitantes por km2. La distribución étnica es la siguiente: mestizos 58%, blancos 20%, mulatos 14%, negros 4%, zambos 3%, amerindios 1%.

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Los principales datos sociales se presentan en la siguiente tabla:

ESTADÍSTICAS DEMOGRÁFICAS COLOMBIA AÑO 2005 Esperanza de vida al nacer (años) 71,99 Hombres 68,15 Mujeres 75,96 (est. 2006) Tasa natalidad (x 1.000 hab.) 20,48 (est.2006) Tasa mortalidad (x 1.000 hab.) 5,58 (est. 2006) Edad mediana (años) 29,4 Tasa neta migración (x 1.000 hab.) -0,3 (est. 2006) Población desplazada por violencia 3% Población analfabeta 10,1% Población bajo línea de pobreza 49,2% Índice de desarrollo Humano (IDH) (Año 2.003) 0,785 Gasto Público en Salud (como % PIB) (Año 2.003) 7,6 Médicos (x 10.000 hab.) (Año 2.004) 13,5

Fuente: DANE, OMS y CIA

1.3. Breve referencia histórica Originariamente habitaban Colombia cuatro grandes grupos de poblaciones pre-colombinas: las tribus costeñas del Pacífico y el Atlántico, las tribus quitchues, entre las cuales sobresalían los quimbayas, las tribus de los llanos orientales, y las tribus de cultura chibcha, situadas en el altiplano. A principios del siglo XVI llegaron los primeros europeos que instauraron las fundaciones de Santa Marta, Cartagena, y Santafé de Bogotá (1538). La creación del virreinato en 1717 del Reino de Nueva Granada coincidió con un período de gran prosperidad y crecimiento tanto económico como cultural. A finales del siglo XVIII, Antonio Nariño introdujo el espíritu revolucionario francés dentro de los sectores criollos, acabando en lucha que llevaría a la proclamación de la independencia total de las Provincias Unidas de Nueva Granada. Bolívar vencería a los españoles el año 1819 en Boyacá, y sería proclamado el presidente de la República de Gran Colombia. Pero a su muerte el país entraría en un periodo difícil, con guerras civiles, secesiones y crisis económicas. A principios del siglo XX se independiza Panamá. A mediados de siglo se inician las sucesiones en la Presidencia entre liberales y conservadores, pero la situación política del país no mejoró. Aumenta la abstención electoral, el malestar social y aparecen las guerrillas de inspiración marxista. Existen actualmente dos grandes grupos guerrilleros en Colombia. Las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia) nacieron en los años 50 derivados de grupos de autodefensas comunistas. Es una guerrilla de inspiración marxista que cuenta en la actualidad con unos 15.000 guerrilleros. El Ejército de Liberación Nacional (ELN) es el segundo grupo guerrillero en importancia. Inició su actividad en los años 60, siguiendo el modelo cubano. En la actualidad se estima que cuenta con más de 5.000 guerrilleros. Ambos grupos guerrilleros hoy cuentan con escaso apoyo popular. En los años 90, y como reacción a la violencia guerrillera, se conformaron grupos paramilitares, que cuentan en la actualidad con entre 5.000 y 10.000 miembros. Tanto la guerrilla como los paramilitares están relacionados con el tráfico de drogas. En la actualidad Colombia es el primer productor mundial de coca.

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2. ESTRUCTURA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA

2.1. Sistema político

2.1.1. GobiernoComposición del Gabinete Ministerial: - Presidente de la República: Álvaro Uribe Vélez - Vicepresidente: Francisco Santos Calderón - Ministro de Comercio, Industria y Turismo: Jorge Humberto Botero - Ministro de Hacienda y Crédito Público: Alberto Carrasquilla - Ministro de Defensa Nacional: Juan Manuel Santos - Ministro de Transportes: Andrés Uriel Gallego - Ministro de Minas y Energía: Luis Ernesto Mejía - Ministro de Protección Social: Diego Palacio Betancourt - Ministra de Educación Nacional: Cecilia María Vélez - Ministra de Comunicaciones: María del Rosario Guerra - Ministra de Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial: Juan Lozano - Ministro del Interior y Justicia: Carlos Holguín Sardi - Ministra de Relaciones Exteriores: Maria Consuelo Araujo - Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural: Andrés Felipe Arias Leyva - Ministra de Cultura: Elvira Cuervo de Jaramillo - Director Departamento Nacional de Planeación (rango de ministro): Carolina Rentaría Otros departamentos e instituciones de interés: - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN: Oscar Franco Charry (Director) - Proexport: Luis Guillermo Plata (Presidente)

2.1.2. Partidos políticos y actividad parlamentaria

El Parlamento es bicameral: Cámara Alta o Senado, con 102 senadores, y Cámara baja o Congreso, con 166 diputados, elegidos por sufragio directo cada 4 años. Tradicionalmente, han existido dos grandes partidos políticos en Colombia: el Partido Liberal, y el Partido Conservador. Ambos partidos están presentes a nivel municipal, departamental y nacional. El Partido Liberal ha jugado un papel importante en la política del país en épocas pasadas, con el gobierno de Cesar Gaviria (1990-94) y el de Ernesto Samper (1994-1998). Es un partido socialdemócrata, miembro de la Internacional Socialista, que presentó como candidato a Horacio Serpa en las dos últimas elecciones presidenciales.

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En principio, el Partido Conservados representaría la opción de centro derecha, aunque existen pocas diferencias ideológicas entre ambos partidos. Álvaro Uribe, actual presidente de la República, aunque de procedencia liberal, acudió a las elecciones de 2002 de forma independiente, por no identificarse con las líneas oficiales del partido. Además, en los últimos años han surgido nuevos partidos y movimientos políticos, como el Polo Democrático, liderado por el sindicalista Luis Eduardo Garzón, actual alcalde de Bogotá, y por Carlos Gaviria, y que representa una ideología de izquierdas.

2.2. Sector Público

2.2.1. La organización administrativa del Estado Colombia es un país con un sistema democrático regulado por la Constitución de 1991. La constitución colombiana establece un régimen descentralizado con 32 departamentos, 1024 municipios, un distrito capital (Bogotá) y los territorios indígenas. Existen tres ramas del poder público que son autónomas e independientes entre sí. La rama ejecutiva está representada por el Presidente de la República, figura que agrupa las funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y la primera autoridad administrativa. Es elegido por voto popular del pueblo colombiano para un período de cuatro años no renovable. El gabinete de ministros es nombrado por el Presidente de la República. Los Gobernadores son representantes del Poder Ejecutivo en los Departamentos y son elegidos por voto popular para un período de cuatro años. Los alcaldes son elegidos por voto popular para un período de tres años. En Marzo de 2004 se celebraron las últimas elecciones departamentales y municipales. La rama legislativa es la encargada de elaborar las leyes y ejercer el control político sobre el Gobierno y la Administración. Su órgano exclusivo es el Congreso, integrado por el Senado y la Cámara de Representantes. Los congresistas son elegidos por voto popular por un período de cuatro años. En los Departamentos existen las llamadas Asambleas Departamentales y en los Municipios los Consejos Municipales. La rama judicial es la encargada de administrar justicia. Tres son los órganos que la encabezan: la Corte Suprema de Justicia (máximo tribunal de la justicia ordinaria), la Corte Constitucional (que vela por el cumplimiento de la Constitución) y el Consejo de Estado (máximo tribunal de la jurisdicción contencioso - administrativa). Tanto la justicia ordinaria como la contencioso - administrativa tienen una organización jerárquica según la jurisdicción y la competencia de cada uno de los jueces. El poder judicial tiene autonomía administrativa y presupuestaria, para lo cual se constituyó el Consejo Superior de la Judicatura, órgano compuesto por dos salas. La sala disciplinaria se ocupa de velar por la administración de justicia y el desempeño profesional de los abogados. La sala administrativa está encargada de nombrar a los funcionarios de la rama judicial y del presupuesto.

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Además de los tres poderes, existen los llamados órganos autónomos e independientes, que son el Ministerio Público (integrado por la Procuraduría General de la Nación, el Defensor del Pueblo y los Personeros Municipales) y la Contraloría General de la República. Al Ministerio Público le corresponde la salvaguarda de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la función pública. La Contraloría General de la Nación tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de la administración.

2.2.2. La Administración Económica y Comercial Las directrices en materia económica y comercial están marcadas por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, y por el Departamento Nacional de Planeación. Alberto Carrasquilla, joven economista ortodoxo, es Ministro de Hacienda desde la dimisión de Roberto Junguito en 2003. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo está en manos de Jorge Humberto Botero, cuya prioridad se centra en la armonización de las tareas de las tres carteras, incluyendo las negociaciones comerciales, la definición del Arancel Exterior Común anivel de la Comunidad Andina de Naciones y las competencias en temas industriales y turísticos. La reestructuración del Estado, que supone la fusión de ministerios, eliminación de algunas embajadas y de superintendencias, queda en manos del Departamento Nacional de Planeación, DNP, cuya directora, Carolina Rentería, deberá reducir la nómina estatal y los gastos de la Administración. Deberá además trabajar de la mano con el Ministro de Hacienda para buscar aumentar los ingresos del Estado, reducir la tasa de desempleo y lograr un mayor crecimiento de la economía.

2.2.3. El Banco Central La Constitución Política de Colombia establece que el Banco Central del país, el Banco de la República, sea un órgano independiente de las demás ramas del poder público, goce de autonomía administrativa, patrimonial y técnica y esté sujeto a un régimen legal propio. La Junta Directiva es la autoridad monetaria, cambiaría y crediticia del país. La Junta Directiva del Banco de la República está conformada por siete miembros con un voto cada uno: el Ministro de Hacienda y Crédito Público (Alberto Carrasquilla), cinco miembros de dedicación exclusiva (Leonardo Villar, Juan Mario Laserna, Juan José Echavarría, Carlos Gustavo Cano y Fernando Tenjo) y el Gerente General del Banco (Jose Dario Uribe) nombrado por los anteriores. Los miembros de dedicación exclusiva y el Gerente General tienen períodos fijos de cuatro años, prorrogables dos veces, con lo cual pueden permanecer hasta doce (12) años en el cargo. Dos de los cinco miembros de dedicación exclusiva son reemplazados por el Presidente de la República cada cuatro años, una vez transcurrida la mitad del período presidencial. El manejo de la política monetaria en los últimos dos años ha buscado el mayor crecimiento posible de la economía colombiana, manteniendo su compromiso con el cumplimiento de la meta de inflación, y puede catalogarse como contra–cíclico y expansivo.

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2.2.4. Empresas Públicas

Las principales empresas públicas del país se concentran en el sector servicios, especialmente infraestructuras de telecomunicaciones, agua y energía eléctrica. Entre las empresas públicas colombianas destacan las Empresas Públicas de Medellín (EPPM), modelo de servicios públicos por su eficiencia administrativa y empleo de sistemas tecnológicos avanzados, la Empresa de Teléfonos de Bogotá (ETB), la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), la empresa de transporte urbano de la capital Transmilenio y la Empresa Municipal de Cali (EMCALI).

3. ESTRUCTURA ECONÓMICALa estructura de la economía colombiana durante los últimos tres años ha sido la siguiente: PIB 2003 2004 2005Agropecuario, silvicultura, caza y pesca 3,14 4,19 2,12Explotación de minas y canteras 13,26 3,03 3,04Electricidad, gas y agua 2,73 2,72 3,20Industria manufacturera 4,23 6,97 3,95Construcción 13,44 10,59 12,57Comercio, reparación, restaurantes y hoteles 5,75 6,08 9,21Transporte, almacenamiento y comunicación 4,32 5,39 5,08Establecimientos financieros, seguros, inmuebles y servicios a las empresas 4,58 4,51 3,53Servicios sociales, comunales y personales 0,77 2,74 4,04Servicios de intermediación financiera medidos indirectamente 13,82 11,89 8,52Subtotal Valor agregado 4,00 4,59 4,54Impuestos excepto IVA 1,45 -0,35 4,27Subvenciones 14,86 12,59 8,16IVA no deducible 7,61 9,13 12,95Derechos e impuestos sobre las importaciones 12,52 17,35 24,80PRODUCTO INTERNO BRUTO 4,12 4,78 5,13 CONTRIBUCIONES AL PIB POR RAMAS DE ACTIVIDAD ECONÓMICA. Al descomponer el resultado del PIB de 2005 (5,13%) por ramas de actividad económica, se observa que todos los sectores aportan crecimientos positivos al mismo, de la siguiente forma: Agropecuario, silvicultura, caza y pesca aporta 0,30 puntos porcentuales sobre el PIB; explotación de minas y canteras 0,15 puntos; electricidad, gas y agua 0,09 puntos porcentuales; industria manufacturera 0,59 puntos porcentuales; construcción 0,65 puntos porcentuales; comercio, servicios de reparación, restaurantes y hoteles 1,02 puntos; transporte, almacenamiento y comunicaciones 0,41 puntos; establecimientos financieros, seguros, inmuebles y servicios a las empresas 0,63 puntos y servicios sociales, comunales y personales 0,76 puntos porcentuales El total de impuestos a la producción e importaciones netos de subvenciones contribuyó con 0,89 puntos. Al descomponer el resultado del PIB de 2005 por ramas de actividad, se presentaron las siguientes variaciones:

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agropecuario, silvicultura, caza y pesca 2,12%; explotación de minas y canteras 3,04%; electricidad, gas y agua 3,20%; industria manufacturera 3,95%; construcción 12,57%; comercio, servicios de reparación, restaurantes y hoteles 9,21%; transporte, almacenamiento y comunicaciones 5,08%;establecimientos financieros, seguros, inmuebles y servicios a las empresas 3,53%; servicios sociales, comunales y personales 4,04%, todas comparadas con el total del año 2004. DISTRIBUCIÓN Y CRECIMIENTO DEL EMPLEO POR RAMAS DE ACTIVIDAD ECONÓMICA. En el cuarto trimestre de 2005, las actividades de servicios, comercio, agricultura e industria, del ámbito nacional, emplearon 17.675,7 miles de personas, cifra equivalente al 94% del total de ocupados, cuyo nivel fue de 18 804,8 miles de personas. Otras actividades como la electricidad, gas y agua, minas y construcción ocuparon 1.129,8 mil personas, el 6% del empleo total. En el nivel urbano, el empleo por rama de actividad se concentró en las actividades de servicios, comercio e industria, ocupando en conjunto, el 88% del total de empleados y secundariamente en construcción (5,4%) y agricultura (5,5%); mientras que en el sector rural, en contraste, las actividades agrícola, de servicios y comercio ocuparon, en conjunto, el mayor número de personas, 4.272,3 miles, equivalente al 88,6% del total, siendo la de mayor peso la relacionada con la agricultura (63,6%). En el año 2005, respecto a lo registrado en el mismo período del 2004, cabe destacar cómo esta rama bajó en 1,4 puntos su participación en la ocupación nacional y en dentro del mismo sector en 0,6 puntos. Lo anterior, como resultado del escaso crecimiento de la ocupación agrícola en el último trimestre de 2005. En el total nacional las ramas que mostraron un descenso de su participación dentro de la ocupación total del período, fueron agricultura con 1,4 puntos y minas e industria cada una con 0,2 puntos. Sin embargo, en el caso de agricultura y minas la caída en la participación se debió a la disminución en los niveles de ocupación, mientras que en el caso de industria el descenso obedeció a que sectores como comercio y servicios ganaron más participación desplazando ligeramente la participación de la rama industrial. Se recalca que agricultura y minas fueron las únicas ramas que registraron reducción en la generación de plazas de trabajo.

3.1. Sector Primario

SECTOR AGROPECUARIO, SILVICULTURA, CAZA Y PESCA. Durante el año 2005 el resultado acumulado del sector agropecuario, silvicultura, caza y pesca (enero a diciembre) respecto a 2004, presentó una variación de 2,63%, explicada por el incremento en café 2,19%, otros productos agrícolas en 3,19%, animales vivos en 2,14%, silvicultura en 1,33% y pesca en 4,01%1. A lo largo del año 2005, se observaron variaciones de3,24% en el primer trimestre, 3,08% en el segundo,3,69% en el tercero y 0,51% en el cuarto, todas comparadas con el mismo trimestre del año anterior. El crecimiento del valor agregado del café en 2,19%, se explica por el aumento de la producción de café trillado en 2,47% y el servicio de la trilla en 2,38% (ver Gráfico).

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El incremento del valor agregado del sector agrícola sin café en 3,19%, se debió al aumento en la producción de hortalizas en 2,28%, yuca 9,37%, otras frutas 4,52%, palma africana en 4,35% y flores en 14,42%. Por el contrario disminuyeron arroz en 5,19%, papa en 7,52%, cebada 11,35% y caña de azúcar en 2,03%. El comportamiento favorable del sector pecuario en 2,14%, se debió al aumento de aves de corral en 6,89%, leche en 2,22% y huevos en 9,38% .Por el contrario disminuyeron ganado bovino y porcino en 0,99% y 5,01% respectivamente. La silvicultura aumentó en 1,33% y la pesca en 4,01% si se les compara con el año anterior.

3.2. Sector Secundario

SECTOR EXPLOTACIÓN DE MINAS Y CANTERAS. Durante el año 2005 el valor agregado del sector minero colombiano registró un crecimiento de 3,04%, explicado por el aumento en la producción de carbón en 7,46% y otros minerales no metálicos en 11,89%; así mismo, por la caída en la producción de petróleo crudo, gas natural y minerales den uranio y torio en 0,08% y de minerales metálicos en 2,94%. Al observar el comportamiento de estos grupos, presentaron crecimiento carbón de tajo 6,99% y carbón de socavón 14,89%, gas natural 7,01%, hierro 4,30%, níquel 7,94%, minerales utilizados en la construcción 11,84%, evaporitas 21,94% y minerales no metálicos para usos industriales 28,90%. Por el contrario, disminuyó la producción de petróleo crudo 0,65%, servicios relacionados con la extracción de petróleo 0,66%, oro 7,77%, platino 7,83%, plata 12,46% y esmeraldas 1,48%. SECTOR ELECTRICIDAD, GAS DE CIUDAD Y AGUA. Durante el año 2005 el resultado acumulado del sector (enero a diciembre) respecto a 2004 presentó una variación positiva de 3,20%, explicada por el incremento en electricidad y gas en 4,25% y una disminución en la producción de agua en 1,12%. A lo largo del año 2005, se observaron variaciones de 0,50% en el primer trimestre, 4,23% en el segundo, 4,63% en el tercero y 3,44% en el cuarto, todas comparadas con el mismo trimestre del año anterior. Base 1999

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SECTOR INDUSTRIA MANUFACTURERA. Durante el año 2005 el resultado acumulado (enero a diciembre) respecto a 2004 de la industria manufacturera presentó una variación de 3,95%, mientras que en los años anteriores se registraron crecimientos de 6,97% en el año 2004 y 4,50 en 2003.

Al analizar el comportamiento de la industria manufacturera durante el año 2005, se observan las siguientes variaciones trimestrales: -1,72% en el primero, 6,23% en el segundo, -0,93% en el tercero y -1,11% en el cuarto. Frente al mismo trimestre del año 2004, las variaciones fueron de 2,24% en el primero, 6,71% para el segundo, 4,58% en el tercero y 2,29% en el cuarto trimestre Base 1994 = 100 . SECTOR CONSTRUCCIÓN. El valor agregado del sector de construcción presentó un crecimiento de 12,57% en el año 2005, respecto al año 2004. Este comportamiento se explica por el aumento en el valor agregado de las obras de ingeniería civil en 27,87% y edificaciones en 5,43%, A lo largo del año 2005 se presentó el siguiente comportamiento en el sector: el primer trimestre registró un crecimiento de 8,23%, el segundo de 9,13%, el tercero de 19,90% y el cuarto de 12,49%, todos frente al mismo trimestre del año 2004. Para el año 2005, los indicadores asociados con este sector que registraron crecimiento fueron: préstamos entregados y aprobados por la banca hipotecaria especializada, producción de cemento y área aprobada bajo licencias de construcción. Los préstamos entregados por la banca hipotecaria especializada registraron un incremento de 41,47% durante el año. Por su parte, los préstamos aprobados crecieron en 27,38%, frente al año 2004. Según los resultados obtenidos para las licencias de construcción, durante el año 2005 el área aprobada presentó un crecimiento de 5,91% respecto al año 2004.

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3.3. Sector Terciario

SECTOR COMERCIO, REPARACIÓN, RESTAURANTES Y HOTELES. Durante el año 2005 (enero a diciembre), el resultado de la actividad comercio, reparaciones, restaurantes y hoteles presentó una variación de 9,21% respecto a 2004. Este comportamiento se explica por el incremento de los servicios de comercio en 11,06 %, de los servicios de reparación en 4,28% y de los servicios de hotelería y restaurante en 5,15% (ver Gráfico).

12 SECTOR TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES. Durante el año 2005 el resultado acumulado del sector (enero a diciembre) respecto a 2004 presentó una variación de 5,08% respecto al año anterior. Este comportamiento se explica por un crecimiento de 5,40% en los servicios de transporte terrestre, de 3,51% en los servicios de transporte aéreo, de 8,96% en los servicios de transporte complementarios y auxiliares y de 3,86% en los servicios de correos y telecomunicaciones. Por su parte, los servicios de transporte por agua descendieron en 0,99%. A lo largo del año, el sector registró variaciones de 4,19% en el primer trimestre, 5,50% en el segundo, 6,97% en el tercero y 3,71% en el cuarto, todas comparadas con el mismo trimestre del año anterior. 135

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155 175 19 ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS, SEGUROS, INMUEBLES Y SERVICIOS A LAS EMPRESAS Como se aprecia en el siguiente cuadro, el valor agregado para el año 2005 presentó una variación de 3,53% frente a 4,51% de 2004. Este comportamiento se explica por un aumento de los servicios de intermediación financiera en 6,66%, de los servicios inmobiliarios y alquiler de vivienda de 1,17% y de los servicios a las empresas en 5,03%.

10 12 14 16 Respecto al cuarto trimestre de 2004, el valor agregado de los servicios de intermediación financiera y servicios conexos aumentó en 2,71%. Esta variación es el resultado de los aumentos de los servicios de intermediación financiera en 0,28%, de los servicios de seguros y fondos de pensiones en 6,74% y de los servicios auxiliares de intermediación financiera en 15,84%.

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A lo largo del año 2005, se observaron variaciones de -9,10% en el primer trimestre, 27,21% en el segundo, 10,46% en el tercero y 2,71% en el cuarto, todas comparadas con el mismo trimestre del año anterior. En general, las condiciones macroeconómicas favorecieron la sólida expansión del sistema financiero durante 2005; por su parte, las perspectivas económicas, tanto internas como externas, son propicias para continuar esa expansión. A diciembre de 2005, los establecimientos de crédito experimentaron crecimientos reales favorables en sus dos principales activos; por un lado, la cartera presentó un crecimiento de 11,3% anual, caracterizado por un aumento de la participación del crédito de consumo; por otro lado, las inversiones experimentaron un crecimiento de 13%. Esta expansión de las actividades financieras ha sido consistente con niveles adecuados de solvencia. Con relación a las fuentes de financiamiento de los establecimientos, se presentó una desaceleración en el crecimiento de las captaciones. Esta caída fue contrarrestada con un mayor fondeo a través del mercado interbancario y de operaciones Repo; adicionalmente, las entidades financieras continuaron el proceso de recomposición de sus pasivos hacia fuentes menos costosas. Este hecho puede evidenciarse en una menor participación de los certificados de depósito a término (CDT), acompañada por una mayor dinámica de las cuentas corrientes. Los hogares, hacia los cuales se dirige el 26,7% de la exposición total de los establecimientos de crédito, presentaron resultados muy favorables. El consumo de los hogares sigue creciendo de manera destacada, respaldado en mejoras importantes en el mercado laboral, tales como la caída en la tasa de desempleo y la estabilidad en el salario real. La buena situación del sector privado, acompañada de un mayor cubrimiento de la cartera y una buena situación patrimonial por parte de las entidades financieras, sugiere que el riesgo de crédito no representa una amenaza para el sistema financiero en la actualidad; sin embargo, es importante hacer un seguimiento a la dinámica de la cartera de consumo, la cual experimentó un crecimiento de 32% real anual durante el año 2005. Un crecimiento prolongado de esta cartera podría alcanzar a deudores de menor calidad. Adicionalmente, el mayor endeudamiento de los hogares los hace más sensibles a cambios en la situación económica. Por lo anterior, se resalta la necesidad de continuar, en el marco del Sistema para la administración del riesgo crediticio (SARC) de la Superintendencia Financiera de Colombia, con el diseño de mecanismos de medición, monitoreo y evaluación del riesgo de crédito que la cartera de consumo representa. La creciente participación de las inversiones en el activo del balance del sistema financiero ha llevado a que su valorización represente una porción creciente de sus ingresos. Este hecho genera una mayor sensibilidad por parte de las instituciones financieras a cambios en las tasas de interés; por esto, los avances en la medición, regulación y monitoreo del riesgo de mercado son de vital importancia para la estabilidad del sistema financiero.

Respecto al sector servicios, genera el 59% del PIB y el 59,7% del empleo del país. El sector financiero ha sido el que mayor crecimiento ha experimentado en los últimos años, prácticamente duplicando los beneficios anualmente. En el sector de las telecomunicaciones, el crecimiento durante el año 2003 fue cercano al 8%, y se caracterizó por un incremento importante en la competencia con la entrada de nuevas compañías en el sector.

3.4. Estructura empresaria

Según Confecamaras, Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio, que es la institución que agrupa a todas las cámaras del país y que tiene el registro de las empresas colombianas, en Colombia hay 768.438 empresas censadas.

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Desde el punto de vista regional, de las 10.000 principales empresas del país, el 55,5% se encuentran ubicadas en Bogotá D.C., mientras que en Medellín se encuentran el 12,7%, en Cali el 10,8% y en Barranquilla el 5,8%. Los principales grupos empresariales de Colombia son el Grupo Santo Domingo (telefonía móvil, larga distancia nacional e internacional, medios de comunicación), Sarmiento Angulo (principal grupo bancario del país), Grupo Ardila Lúlle (textil, azúcar, medios de comunicación, refrescos, cerveza) y el Sindicato Antioqueño (intermediarios financieros, cementeras, textileras, cadenas de distribución en Colombia, etc.). Las 10 empresas más grandes del país son ECOPETROL, Bavaria, Exxon Movil, Almacenes Éxito, Organización Terpel, Empresa Pública de Medellín, Inversiones Nacional de Chocolates, Colombia Telecomunicaciones, BP Colombia, SaludCoop. Las pequeñas y medianas empresas tuvieron un comportamiento similar al de la gran industria. Según los datos de la Encuesta Anual Manufacturera, en Colombia el 94% de los establecimientos incluidos en la misma son pymes, que representan el 57% del empleo y el 45% de la producción manufacturera. El peso de las pymes como porcentaje del total de la industria es especialmente importante en los sectores de plásticos, confecciones y papel, mientras que en bebidas, textiles, y químicos el peso de las pymes es menor.

A continuación, hacemos un análisis breve de los sectores más importantes de la economía y de los últimos movimientos que se han producido en el año 2004 y 2005.

Alimentos Grupo Empresarial Antioqueño es el holding con mayor presencia en el sector de la alimentación, tiene 33 firmas relacionadas con la alimentación, entre ellas Inversiones Nacional de Chocolates. Por primera vez, en 2004, empresas colombianas de alimentación empezaron a producir y a invertir fuera del país. Noel y Nacional de Chocolates fueron las responsables y los destinos fueron principalmente Panamá y otros países de centro américa. Otras empresas importantes son Colombina, Manuelita (fabricante de azúcar), Alpina (productos lacteos), Meals de Colombia y Nestlé. El sector experimentó un buen comportamiento en sus resultados debido principalmente a la fortaleza de las exportaciones. Respecto al año anterior, en 2004 las exportaciones a Venezuela llegaron a crecer hasta el 69%. Almacenes de cadena Después de las grandes inversiones realizadas por las cadenas más importantes -Almacenes Éxito, Carrefour, Carulla, Almacenes Ley- en los últimos 5 años, éstas han empezado a dar los resultados esperados en forma de beneficios. La cadena que más aumentó su facturación fue Carrefour, un 30%, aunque todas consiguieron importantes beneficios. La clave para este aumento ha sido el llegar a acuerdos de distribución y promoción con los proveedores, la creación de marcas propias y la lucha en costes, especialmente los logísticos. También han crecido mucho las ventas por internet. En cuanto al futuro, los planes de inversión siguen siendo prioritarios en la estrategia de todas las cadenas de almacenes. Los almacenes especializados y las tiendas por departamentos han ganado mucho terreno a los almacenes de cadena en los últimos años, ejemplo de ello es la cadena farmacéutica Farmacity.

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Carbón 2004 fue un año excepcional para este producto, fue la segunda partida más exportada desde Colombia. Los ingresos crecieron en promedio un 42%. Los precios, al igual que los de otros productos energéticos, se dispararon de 30$ en 2003 a 50$ en 2004. La empresa Drummond con el yacimiento “La Loma” en el Cesar y el Consorcio (BHP Billiton, Anglo American Coal y Glencor) con el Cerrejón, Guajira, han convertido a Colombia en el primer exportador de carbón en Latinoamérica y el tercero en el mundo, después de la China y Estados Unidos. En total las reservas probadas del país alcanzan cerca de 7000 millones de toneladas. La previsión es que el precio de carbón seguirá caro en los próximos años debido al incesante crecimiento de China y su necesidad de abastecimiento de energía. La minería ha sido uno de los sectores más favorecidos por la llegada de capitales externos. En la última década, la inversión en minas y canteras se triplicó y entre 2004 y 2005 aumentó 73% al pasar de 1.246 millones de dólares a 2.165. En los próximos dos años, Drummond y Glencore invertirán en carbón más de 2.000 millones de dólares. Cauchos y derivados Aunque Icollantas y Goodyear han sido los tradicionales dueños del mercado de las llantas, porque controlan el 70% del mercado nacional, han venido enfrentando una competencia creciente por parte de protagonistas mundiales como Firestone y Pirelli. En otros productos de caucho sobresalen Eterna y Escobar y Martínez que tienen la mayor participación mientras que las empresas más pequeñas pierden espacio. Confecciones El mercado tiene altísimos niveles de competencia tanto en marcas con prestigio como Jeans & Jackets, Tenis, Azucar, Armi, Pronto, New Planet, nueva marca para productos de consumo masivo de Jeans & Jackets, Arturo Calle que ofrece productos de calidad a mercados de mediano y bajo poder adquisitivo. En esta gama de mercado la variedad de marcas, diseños, calidades y precios conforman el mercado de competencia perfecta. Gran número de compradores y gran número de vendedores que ofrecen para todos los gustos y capacidades adquisitivas. La recesión ha golpeado el sector y ha acudido a promociones y precios bajos aún a costa de la rentabilidad. Explotación y exploración petrolífera ECOPETROL, empresa pública, es la más importante de Colombia en el negocio de exploración, explotación y refinamiento, pero, a pesar del buen momento de los precios internacionales del crudo, su futuro inmediato está medido por la incertidumbre. Colombia se convertirá en un importador neto de petróleo para el 2010 si no encuentran pronto nuevas reservas. 2004 fue un año de ganancias récord para la empresa, los precios mundiales subieron escandalosamente y la economía internacional aumentó su demanda al mayor ritmo en tres décadas. Sin embargo, la petrolera tiene problemas para mantener su ritmo de producción de petróleo. Sus niveles de extracción están sufriendo crónicas caídas. ECOPETROL gasto en 2004 unos 100 millones de dólares tratando de encontrar nuevos yacimientos. Para ECOPETROL el tratarse de una empresa estatal está suponiendo una limitación en cuanto al uso de recursos que puede invertir en la búsqueda de nuevos yacimientos, la empresa transfiere al estado el 70% de sus beneficios. Colombia firmó 21 contratos con empresas multinacionales extranjeras para la explotación de hidrocarburos en 2004. Gaseosas, cerveza y bebidas alcohólicas Tres empresas colombianas destacan por encima de las demás: Grupo Empresarial Bavaria, Postobón y Panamco. También compite en el mercado la multinacional Coca-cola.

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A pesar de ello, el mercado ofrece jugosas oportunidades a las pequeñas empresas regional, que compitiendo en precios consiguen robar importantes cuotas de mercado. El 2002 fue un año histórico para el Grupo Empresarial Bavaria GEB por la expansión a lo largo el continente americano. Después de incursionar en Ecuador y Panamá, entró al Perú con la compra de Cervecería Backus, 25% más de cervezas naturales del Ecuador y elevó su participación accionaria en la colombiana Leona hasta 53%. Se coloca entre los 11 primeros grupos cerveceros del mundo; ahora cuenta con una capacidad de producción de 47 millones de hectolitros al año y un mercado regional de 86 millones de consumidores. En el año 2004 consiguió unos resultados récord, vendiendo 34 millones de hectolitros, 50% en Colombia, 27% en Perú, 8% en Ecuador y 7% en Panamá. En el 2005 la Inglesa SABMiller ha comprado el 78% de las acciones de Bavaria por un valor de 7800 millones de dólares, transacción económica más importante del año, convirtiéndose ahora en el número 2 de América del Sur después de Inveb. Generación y distribución de energía Gas Natural, la multinacional española, es la empresa más importante del sector gasístico en Colombia. Ecogás es la segunda y se encuentra actualmente en un proceso de privatización, a la espera de un comprador. En conjunto, son 11 las empresas que conforman el sector eléctrico y sus resultados en 2004 se multiplicaron prácticamente por cinco. Por actividades, las empresas más grandes son ISAGEN, EPM y EMGESA en generación. ISA, que es una de las empresas más grandes de Sudamérica lo es en la transmisión de la energía. El año pasado ganó licitaciones a la canadiense Hydro y a la española REE. En la actividad de distribución y comercialización, la más grande es la filial de Endesa, Codensa. Otras empresas importantes son las también filiales de la española Unión FENOSA, Electricaribe y Electrocosta. La producción de energía eléctrica sobrepasa a la demanda en un 40%, por lo que las necesidades actuales están cubiertas. Esa brecha, sin embargo, se irá cerrando a medida que la economía crezca Construcción y Siderurgia Argos es el holding más importante del sector con la mitad del mercado, agrupa, entre otras, a la empresa DIACO, la siderúrgica más importante del país, y al Grupo Empresarial Antioqueño. La segunda empresa más importante es la mexicana Cemex. Ambas están entre las 100 más grandes del país. Las siguientes, distanciada de estas dos, son Cementos Andinos y Holcim, multinacional suiza dueña de Cementos Boyacá. Las empresas siderurgias más grandes son DIACO, Acerías Paz del Río y Acerías de Colombia (ACESCO). DIACO anunció hace poco que el Grupo Brasileño Gerdau iba a adquirir el control de la empresa. La industria del cemento sufrió una importante caída de precios, mientras que las cotizaciones del acero se dispararon hacia precios históricos. Petroquímica Las tres compañías líderes son del Grupo Sanford (en compañía con el grupo Santodomingo) Petco, Propilco y Biofilm dominan ampliamente con una participación que siempre se ha acercado al 80%. En el mercado de los productos plásticos, PAVCO conserva el liderazgo, pero su participación ha tendido a caer frente a las de sus seguidores Carpak, Ajover y Multidimensionales. Se observan pocos cambios en las participaciones del mercado entre las empresas medianas y las más pequeñas. Químicos y derivados

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Las empresas que participan en este mercado son pocas por lo tanto es un mercado que tiende a caracterizarse como oligopólico. Cuatro de las principales empresas controlan el 45% de las ventas, esto respecto a productos químicos básicos. En químicos industriales diversos las características del mercado son similares al anterior y las más importantes empresas son: Enka de Colombia S.A., Sucromiles S.A. y Carboquímica S.A.. En abonos y plaguicidas son también tres grandes empresas las que participan en el mercado: Siba Geigy Col. S.A., Dupont de Colombia S.A. y Dowelanco de Colombia S.A., también con una estructura de corte oligopólico. Medios de comunicación RCN, Caracol y Casa Editorial El Tiempo son las empresas de medios de comunicación más grandes. El tiempo afianzó los buenos resultados que venía reportando desde 2002, cuando empezó la recuperación del sector. La inversión en publicidad incremento un 11% en todos los medios de comunicación. La televisión siguió siendo el negocio más suculento, Caracol registró un aumento del 36% y se llevó el 56,6% de la cuota publicitaria. Según el EGM, la prensa escrita perdió terreno en 2004. El número de lectores de periódicos cayó un 5,1% y el de lectores de El Tiempo un 7%. Respecto a los movimientos corporativos el más importante fue la compra de CityTV por parte de Editorial El Tiempo. Servicios personales Hace 11 años se modificó el sistema de prestación de servicios para dar cabida a las EPS privadas. El nuevo sistema ha permitido la llegada de nuevas empresas, pero no se ha logrado el objetivo de prestación o cobertura universal. Los ingresos operacionales de las mayores empresas crecieron en 2004 hasta el 43%. Las más grandes son SALUDCOOP, Salud Total y la española SANITAS. Telecomunicaciones Las noticias más importantes en el 2004 dentro de este sector fueron la entrada de Telefónica Móviles y los rumores de fusión entre las tres empresas estatales más grandes del mercado. Telefónica Móviles asumió el control de las operaciones de BellSouth en Latinoamérica y marcó el comienzo de una nueva fase de la competencia en el mercado de la telefonía móvil, necesitan lograr el mayor número de clientes en el menor tiempo posible. Actualmente cuentan con 3,7 millones de abonados lo que supone una tercera parte del mercado. Comcell es su principal competidor en telefonía móvil con 7 millones de abonados y el 58% del mercado. El tercer lugar es para Colombia Móvil, OLA, que inició operaciones en Noviembre de 2003. OLA cuenta con 1,37 millones de clientes, el 11% del mercado. Las perspectivas del mercado es que aún le queda mucho por crecer, según algunas estimaciones, la penetración de celulares se duplicará en los próximos tres años, pasando del actual 14% al 30%. En el 2006 la noticia más importante ha sido que Telefónica se quedó con la mitad más una de las acciones de la estatal colombiana Telecom tras ofrecer 853.577 millones de pesos (368 millones de dólares al cambio actual), en una subasta en la que superó a la venezolana CANTV. Con la compra, Telefónica incursiona en el mercado de telefonía fija y de larga distancia en Colombia, en donde es el segundo más importante operador del móviles a través de su filial Movistar, que tiene 6 millones de usuarios, superada por Comcel que tiene 13 millones.

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Además de dominar el mercado local de larga distancia, Colombia Telecomunicaciones (Telecom) tiene importante participación en la telefonía fija e Internet, así como la más extensa red de fibra óptica y microondas del país.

En 2005 registró ingresos por 882 millones de dólares y utilidades por 396.4 millones, pero también tiene una deuda de 3 mil 324 millones de dólares, que corresponde en su mayor parte a previsión para las jubilaciones de antiguos empleados. Transporte terrestre de pasajeros Sobresalen ENVIA, Colvanes, Transport Services WLC y Transmilenio Bogotá. La liberación de las tarifas del transporte ha llevado a una competencia por el mercado, considerando conseguir mayores participaciones con precios bajos. El sistema urbano de transporte de pasajeros en Bogotá, Tansmilenio, moviliza 750 mil pasajeros diariamente con 478 buses y ha presentado un ahorro del 30% en el tiempo de movilización, la contaminación se ha reducido considerablemente y las zonas cercanas a su recorrido se han revalorizado. Textil, confecciones y calzado La industria textilera es la más importante del país y la que mayor participación supone en el PIB, es un sector que supone 216.000 empleos directos y 647.000 indirectos. El núcleo duro de este sector se encuentra en Medellín y sus máximos representantes son Fabricato-Tejicondor, Coltejer, Enka. La entrada masiva de productos chinos en 2004 amenaza seriamente el sector y no sólo por las ventas en el país, la industria colombiana está muy orientada a la exportación y la producción china se ha dirigido hasta los que ahora eran los principales mercados colombianos: Estados Unidos y Europa. Desde Enero de 2005 los productos textiles chinos tienen libre acceso a los 148 países que compone la OMC. Además de éste, en 2004 las empresas colombianas sufrieron otros problemas, como el aumento del precio del algodón, que representa el 40% de los costos de la industria y la caída del precio del dólar que perjudicó a las exportaciones. Por otro lado, en la parte positiva, EEUU impulsó el ATPDEA, una ley de preferencias arancelarias que el país norteamericano concedió a Colombia. Vehículos 2004 fue fantástico para este sector: el mercado local creció, las exportaciones a Venezuela se reactivaron y el dólar, al que están asociados los costes, se desplomó. Estas circunstancias hicieron que las principales empresas, GM Colmotores (37% del mercado), Sofasa (21% de cuota, es la marca Renault) y la compañía Colombiana Automotriz (Mazda) se situasen en la lista de las que más crecieron el año pasado. Aunque no todo es positivo, las ensambladoras venían de sufrir un fuerte bajonazo en las ventas a Venezuela durante el 2003, por lo que parte de la mejoría fue efecto rebote. Las ensambladoras controlan cerca del 70% del mercado de vehículos en Colombia por encima del 50% de hace unos años. En el mercado interno se vendieron 115.000 vehículos, 22% más que el año anterior. Aunque uno de cada dos coches que se venden es fabricado en el exterior. La compañía que más luchó por ganar una parte importante de la cuota de mercado y finalmente lo consiguió fue la coreana Hyundai, que en los últimos 4 años ha triplicado sus ventas y paso de tener el 6% del mercado al 12% actual, lo que supone ser tercera en el mercado. Una de las amenazas en el sector colombiano es la abolición de las medidas arancelarias tan protectoras que disfrutan y que algún tendrán que desaparecer.

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3.5. Sistema Financiero

El sector financiero se recuperó en 2004 definitivamente de la crisis financiera de finales de 1990 como prueban las múltiples fusiones que se realizaron. La más importante fue la que realizaron Bancolombia (el banco más grande del país, 22% de mercado), Corfinsura y CONAVI, tres de las instituciones nacionales con más poder. Otras fusiones fueron la de Colmena y Caja Social; Aliadas con Banco de Occidente; Tequendama y Sudameris; Davivienda y Banco Superior; y la compra de Lloyd’s por parte del panameño Banistmo. De los bancos españoles, BBVA y Banco Santander, se espera que en los próximos años vuelvan a invertir en el país para expandir sus operaciones, debido a los buenos resultados en sus cuentas, que han sido superiores a la media nacional. Las condiciones macroeconómicas favorecieron la sólida expansión del sistema financiero durante 2005; por su parte, las perspectivas económicas, tanto internas como externas, son propicias para continuar esa expansión. A diciembre de 2005, los establecimientos de crédito experimentaron crecimientos reales favorables en sus dos principales activos; por un lado, la cartera presentó un crecimiento de 11,3% anual, caracterizado por un aumento de la participación del crédito de consumo; por otro lado, las inversiones experimentaron un crecimiento de 13%. Esta expansión de las actividades financieras ha sido consistente con niveles adecuados de solvencia. Con relación a las fuentes de financiamiento de los establecimientos, se presentó una desaceleración en el crecimiento de las captaciones. Esta caída fue contrarrestada con un mayor fondeo a través del mercado interbancario y de operaciones Repo; adicionalmente, las entidades financieras continuaron el proceso de recomposición de sus pasivos hacia fuentes menos costosas. Este hecho puede evidenciarseen una menor participación de los certificados de depósito a término (CDT), acompañada por una mayor dinámica de las cuentas corrientes. Los hogares, hacia los cuales se dirige el 26,7% de la exposición total de los establecimientos de crédito, presentaron resultados muy favorables. El consumo de los hogares sigue creciendo de manera destacada, respaldado en mejoras importantes en el mercado laboral, tales como la caída en la tasa de desempleo y la estabilidad en el salario real. La buena situación del sector privado, acompañada de un mayor cubrimiento de la cartera y una buena situación patrimonial por parte de las entidades financieras, sugiere que el riesgo de crédito no representa una amenaza para el sistema financiero en la actualidad; sin embargo, es importante hacer un seguimiento a la dinámica de la cartera de consumo, la cual experimentó un crecimiento de 32% real anual durante el año 2005. Un crecimiento prolongado de esta cartera podría alcanzar a deudores de menor calidad. Adicionalmente, el mayor endeudamiento de los hogares los hace más sensibles a cambios en la situación económica. Por lo anterior, se resalta la necesidad de continuar, en el marco del Sistema para la administración del riesgo crediticio (SARC) de la Superintendencia Financiera de Colombia, con el diseño de mecanismos de medición, monitoreo y evaluación del riesgo de crédito que la cartera de consumo representa. La creciente participación de las inversiones en el activo del balance del sistema financiero ha llevado a que su valorización represente una porción creciente de sus ingresos. Este hecho genera una mayor sensibilidad por parte de las instituciones financieras a cambios en las tasas de interés; por esto, los avances en la medición, regulación y monitoreo del riesgo de mercado son de vital importancia para la estabilidad del sistema financiero. (Fuente Banco de la República)

3.6. Sector Exterior

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Tradicionalmente, la estructura de Balanza de Pagos de Colombia ha registrado un superávit en la Balanza Comercial y de Transferencias que no contrarrestan los déficit en las Balanzas de Servicios y Rentas, resultando una Balanza por Cuenta Corriente históricamente deficitaria. La Cuenta de capital y Financiera, por su parte, ha visto recortado el superávit en los últimos años, mientras que el saldo de reservas internacionales tiende a aumentar. La balanza de pagos de Colombia en 2005 arrojó un déficit en cuenta corriente de US$1,930 millones (m), 1,6% del PIB, un superávit en cuenta de capital de US$3,334 m, 2.7% del PIB, y una acumulación de reservas internacionales brutas de US$ 1,729 m1. Teniendo en cuenta el incremento de reservas, el déficit corriente y el superávit financiero, se estiman errores y omisiones por US$325 m. Frente a igual período de 2004, la cuenta corriente presentó un mayor déficit de US$992 m y las entradas de capital fueron mayores en US$142 m. El saldo de las reservas internacionales brutas a diciembre de 2005 se ubicó en US$14,957 m, equivalente a 2.5 veces el saldo de la deuda externa de corto plazo según el vencimiento original, y a 1.5 veces las amortizaciones de deuda externa con vencimiento residual inferior o igual a un año.

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Fuente: Banco de la República Los principales proveedores en el año 2005: EE.UU. (46,5%), México (8,3%), China (7,6%) Brasil (6,5%), Venezuela (5,7%), Alemania (3,6%), Japón(3,3%)…España, 16º proveedor con 1,6% (según cifras del DANE). España se ha visto superada en el ranking por países como China, Perú, Francia, Canadá, Corea del Sur o Italia.

Cuadro 3: BALANZA DE PAGOS (Datos en millones de dólares) (Euros para la U.E.)

AÑO 2.003 AÑO 2.004 AÑO 2.005

I. CUENTA CORRIENTE -1.417 -938 -1930

A. Bienes 265 1368 1368

1 Comercio general -40 1.191 1.384

i. Exportaciones 12.752 16.464 20.815

ii Importaciones FOB 12.792 15.324 19.431

2 Operaciones especiales de comercio exterior 305 227 210

i. Exportaciones 771 781 912

ii. Importaciones 466 554 702

B. Servicios -1.499 -1.773 -2.099

a. Exportaciones 1.792 2.236 2.666

b. Importaciones 3.292 4.009 4.755

C. Renta de los Factores -3.361 -4.332 -5.525

D. Transferencias corrientes 3.178 3.727 4.089

II. CUENTA DE CAPITAL Y FINANCIERA 833 3.198 3.334

A. Cuenta Financiera 833 3.198 3.334

1. Flujos financieros de largo plazo 1.062 2.044 3.737

a. Activos 920 136 4.620

b. Pasivos 2.011 2.232 8.405

c. Otros mov. financieros de largo plazo -30 -51 48

2. Flujos financieros de corto plazo -229 724 402

a. Activos 174 1.017 1.597

b. Pasivos -54 1.740 1.195

B. Flujos especiales de capital 0 0 0

III. ERRORES Y OMISIONES NETOS 400 295 325

IV. VARIACION RESERVAS INTERNACIONALES BRUTAS -184 2.541 1.729

V. SALDO DE RESERVAS INTERNACIONALES BRUTAS 10.921 13.540 14.957

VI. SALDO DE RESERVAS INTERNACIONALES NETAS 10.916 13.536 --

VII. VARIACION DE RESERVAS INTERNACIONALES NETAS -186 2.543 2.543

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Importaciones Colombianas según países de origen Total nacional 2005

Países CIF Dólares Participación (%)

Total 21.204.163.578 100,0 Estados Unidos 6.005.625.335 28,3 México 1.757.067.552 8,3 China 1.616.821.229 7,6 Brasil 1.383.387.275 6,5 Venezuela 1.219.123.631 5,7 Alemania 773.661.099 3,6 Japón 705.314.547 3,3 Corea, República de 593.716.029 2,8 Ecuador 529.000.841 2,5 Argentina 411.711.411 1,9 Colombia 410.383.029 1,9 Canadá 389.315.000 1,8 Francia 384.062.849 1,8 Chile 377.144.145 1,8 Perú 350.106.499 1,7 España 333.314.067 1,6 Italia 331.535.004 1,6 Finlandia 273.784.069 1,3 Demás países 3.359.089.969 15,8 Fuente: DIAN

Mientras que los principales clientes en 2005: EE.UU. (40,7%), Venezuela (9,9%),Ecuador (6,3%) , Perú (3,4%), México (2,9%) ,etc. España, 11º cliente con una cuota del 1,6%.

Exportaciones Colombianas según países de destino Total nacional 2005

Países Dólares FOB 2005 Participación (%)

Total 21.190.438.735 100,0 Estados Unidos 8.479.657.338 40,0 Venezuela 2.097.590.758 9,9 Ecuador 1.324.407.501 6,3 Perú 710.088.721 3,4 México 610.934.196 2,9 Dominicana, Republica 583.268.942 2,8 Países Bajos 439.704.180 2,1 Italia 439.007.562 2,1 Puerto Rico 371.915.517 1,8 Bélgica 368.175.714 1,7 España 348.620.143 1,6 Alemania 339.201.596 1,6 Japón 330.180.584 1,6 Demás países 4.747.685.984 22,4 Fuente: DANE - DIAN

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Los principales capítulos arancelarios importados en 2005 fueron: máquinas y aparatos mecánicos, máquinas y aparatos eléctricos, vehículos y repuestos, químicos orgánicos, fundición de hierro y acero, plástico y sus manufacturas, cereales, aeronaves y sus partes, productos farmacéuticos e instrumentos de control, médicos, etc.

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo Los principales productos exportados en 2005 fueron combustibles minerales, café, plásticos y manufacturas.

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo Según cifras del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de España, las exportaciones españolas a Colombia en 2005 fueron de 285,5 millones de euros lo que supuso un aumento respecto al año anterior de 3,6% y el 1,6% de las importaciones totales colombianas. Según los datos del Ministerio de Comercio de Colombia, las exportaciones españolas al país en 2005, fueron de 333 M USD (1,6 de cuota). Las principales exportaciones españolas son productos manufacturados y, en particular, máquinas y aparatos y material eléctrico (43,8 millones de Dólares en 2005),reactores nucleares y calderas (39,2 M) fundición de hierro y acero (21,1 M), taninos, materias colorantes y pinturas (22M), libros, publicaciones y artes gráficas (18,1 M), vehículos automóviles, tractores y partes (12,2 M), ),

PRINCIPALES PRODUCTOS IMPORTADOS 2003 2004 2005 (Datos en dólares) % % MÁQUINAS Y APARATOS MECÁNICOS (84) 2.121.070.763 27,64 2.351.546.219 10,87 2.916.670.433 MÁQUINAS Y APARATOS ELÉCTRICOS (85) 1.372.980.700 10,80 1.771.496.747 29,03 2.826.609.544 VEHÍCULOS Y REPUESTOS (87) 1.030.706.624 13,13 1.426.070.368 38,36 1.971.600.582 PRODUCTOS QUÍMICOS ORGÁNICOS (29) 1.002.815.355 14,20 1.321.655.644 31,79 1.521.154.158 FUNDICIÓN DE HIERRO Y ACERO (72) 437.468.144 29,25 739.599.053 69,06 933.272.564 PLÁSTICOS Y SUS MANUFACTURAS (39) 606.221.066 7,01 723.869.578 19,41 956.701.297 CEREALES (10) 543.405.697 7,08 646.166.463 18,91 626.272.971 AERONAVES Y SUS PARTES (88) 704.772.807 -11,83 619.114.924 -12,15 709.111.669 PRODUCTOR FARMACÉUTICOS (30) 438.394.774 -1,87 467.357.576 6,61 546.315.41757 INSTRUMENTOS DE CONTROL, MÉDICOS (90) 373.875.581 4,63 436.212.763 16,67 571.993.246

PRINCIPALES PRODUCTOS EXPORTADOS 2003 2004 2005 (Datos en dólares) % % COMBUSTIBLES MINERALES (27) 4.818.790.634 6.111.974.135 26,84 8.316.330.228 36,1 CAFÉ (9) 817.650.070 968.795.326 18,49 1.497.877.595 5,1 PLÁSTICOS Y SUS MANUFACTURAS (39) 525.532.473 759.051.140 44,43 904.121.552 - FUNDICIÓN DE HIERRO Y ACERO (72) 445.289.521 727.391.229 63,35 888.062.259 - FLORES (6) 683.644.412 705.792.864 3,24 909.639.154 - JOYERÍA (71) 712.228.019 684.811.068 -3,85 749.803.493 - PRENDAS Y COMPLEMENTOS DE VESTIR, EXC. PUNTO (62) 402.830.808 519.337.753 28,92 571.559.648 - FRUTAS Y FRUTOS COMESTIBLES (8) 440.466.228 455.928.737 3,51 545.020.648 - VEHÍCULOS Y REPUESTOS (87) 127.302.698 423.257.443 232,4 674.797.602 - AZÚCARES Y CONFITERÍA (17) 351.974.884 369.004.596 4,84 456.004.621 -

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materias plásticas y sus manufacturas 3,38 M), productos químicos orgánicos (20,3 M), papel, cartón y sus manufacturas (11,9 M) . . Según los datos colombianos, las importaciones españolas de Colombia fueron de 329,40 M USD en 2005, lo que supone una variación de 37% con respecto a 2004. Los principales sectores de importación española procedente del país, para el 2005 , fueron combustibles y aceites minerales (104,13 M USD), fundición de hierro y acero (88,57 M), café, té y especias (30,8 M), materias plásticas y sus manufacturas (11,91 M), pescados, crustáceos y moluscos (31,97 M), plantas vivas y floricultura (13,51 M), grasas y aceites animales o vegetales (4,7M), prendas de vestir de punto (1,76M).

Cuadro 10: INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA (POR PAÍSES) 2003 2004 2005

(Datos en millones de dólares ) % % REINO UNIDO 35 16,5 0,8 3758,5 46,1 USA 273,8 874 43,0 1398,8 17,2 MÉXICO 19 16,4 0,8 1062,8 13,0 ESPAÑA 154,7 135,6 6,7 598,8 7,3 HOLANDA 77,7 7,0 0,3 318,9 3,9 PANAMA 172,0 78,5 3,9 223,1 2,7 URUGUAY 2,8 1,0 0,0 36,8 0,5 SUIZA 46,9 13,2 0,7 33,2 0,4 FRANCIA 131,5 4,1 0,2 18,2 0,2 VENEZUELA 6 62,3 3,1 16,3 0,2

Fuente: Departamento Nacional de Plantación (no incluye inversión en petróleo)

De acuerdo con los flujos de inversión extranjera directa, según información del Banco de la República sobre la balanza de pagos, durante el período 2002 – 2005, los países con mayor inversión en Colombia fueron Reino Unido (46,1%), EEUU (17,2%), México (13%), España (7,3%), Holanda (3,9%), Panamá (2,7%), países que agrupan el 90,2% de la Inversión Extranjera Directa en el año 2005, la cual ascendió a 10.377,8 M US$. Según los datos de los registros de inversión del Banco de la República, en 2005 la inversión extranjera neta fue de 5.569 M US$, lo que supone un crecimiento de 85% respecto al año anterior. Frente a 2004, los ingresos por IED en Colombia ascendieron a US$10,192 m, con un crecimiento anual de US$7,075 m, constituyéndose en el mayor monto recibido por el país hasta la fecha. Los recursos externos se canalizaron principalmente hacia el sector manufacturero, petrolero, minero y de comunicaciones, que enconjunto absorbieron el 84% del total de inversiones extranjeras directas en el país. La industria manufacturera recibió US$5,433 m, concentrados en el sector de alimentos, bebidas y tabaco,donde se presentaron tres grandes operaciones, a saber: i) la realizada entre la cervecera nacional Bavaria y la cervecera internacional SABMiller, ii) la correspondiente a la venta de las acciones de la Compañía Colombiana de Tabaco S.A a la multinacional Phillip Morris, y iii) la venta de acciones de empresas productoras de materiales para la construcción a inversionistas extranjeros. Estas tres operaciones totalizaron US$3,897 m, el 72% de lo recibido por la actividad industrial.

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Los sectores petrolero y minero recibieron recursos de IED por US$3,219 m. En el caso del sector petrolero gran parte de los recursos ingresaron en divisas y se destinaron principalmente a la reactivación de la actividad exploratoria iniciada desde 2004 y que se refleja en el aumento en el número de contratos firmados, la perforación de pozos y los kilómetros de sísmica desarrollados. Los recursos obtenidos por la actividad carbonífera se utilizaron fundamentalmente en la ampliación de la capacidad instalada del sector. Por ultimo, se destaca el monto de IED recibido por el sector de comunicaciones, US$1,106 m. En 2005, por región de origen, Europa se constituyó en la principal fuente de flujos por IED, con el 58.6% del total, seguida en orden de importancia por América del Norte, 30%, y América Central, 2.3%.

INVERSIÓN DIRECTA ESPAÑOLA: BRUTA Y NETA 2003 2004 2005 (Datos en millones de euros ) % %

Bruta 139,49 118,07 -15,36 11,97 -89,86 Neta 7,03 101,3 1.341,8 -1,23 ---

Fuente: Ministerio de comercio de España Según los datos del Ministerio de Economía, la inversión bruta española en Colombia en 2003 fue de 118 millones de euros, lo que supone una disminución de 15,36% respecto al año anterior y el 0,39% de la inversión total española. En 2004 la inversión española se había reducido considerablemente, y se cuantificaba en 11,97 millones de euros (-89,8%). El acumulado desde 1995 es de 3.541,6 M de euros en inversión bruta. Según los datos del Registro de Inversiones del Banco de la República, la inversión española en 2005 en Colombia ascendió a 598,8 M USD, pasando a ocupar el tercer puesto como pais inversor extranjero en Colombia en ese año y el cuarto en cuanto a IED. Esta inversión española se dirigió fundamentalmente a los sectores de energía, comunicaciones y establecimientos financieros. Las cifras acumuladas entre 1995 y 2005 reflejan a España como el tercer inversor en Colombia, con 3963,9 M US$.

4. MARCO PARA LA ACTIVIDAD COMERCIAL

4.1. Régimen de comercio exterior. Importaciones y Exportaciones Desde el año 1991, Colombia inició un proceso de apertura económica, ampliando al 98% del universo arancelario el régimen de libre importación, rebajó aranceles e implantó una serie de normas y reglamentos con el fin de colocar a Colombia, desde el punto de vista económico, legal y técnico al mismo nivel que los países desarrollados. El objetivo era la internacionalización de la economía, permitiendo mayores transacciones e intercambios entre países. A tal efecto, se pusieron en marcha una serie de acciones entre las que cabe destacar las siguientes:

• Liderar los acuerdos comerciales en los que Colombia ya participa y desarrollar nuevos acuerdos de libre comercio.

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• Atracción de inversión extranjera. Se promulga la Ley Marco de inversión extranjera y cambios internacionales que permite una libertad controlada a la tenencia y manejo de divisas, permitiendo a los residentes nacionales mantener libremente divisas en su poder y el manejo de cuentas corrientes en el exterior. Les asigna responsabilidades en el manejo cambiario a las instituciones financieras y plenas responsabilidades a los usuarios mediante un régimen sancionador por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN. Con el cambio de la Constitución política en 1991, el Banco de la República modifica su estructura y crea una nueva autoridad monetaria, cambiando a la junta monetaria por la junta directiva del Banco de la República, con mayor autonomía fijando de manera definitiva el funcionamiento y los objetivos que debe cumplir la banca central. Por otra parte, para que Colombia diera cumplimiento al Acuerdo sobre el GATT, en materia de valoración aduanera, implementa un formulario para la declaración de valor, requisito exigido para operaciones iguales o mayores a 5.000 dólares. En lo que respecta a acuerdos comerciales, Colombia es miembro del GATT desde mediados de los años 80 y actualmente pertenece a la OMC. Además, Colombia forma parte de la Comunidad Andina, unión aduanera formada por Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia. Así mismo, los países andinos tienen un Arancel Externo Común, para darle mayor vigor al bloque comercial andino, especialmente de cara a las negociaciones del ALCA, que se pretendía realizar en bloque. Actualmente Colombia y la Comunidad Andina están muy avanzados en la negociación de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, que trata de reducir progresivamente los aranceles para los diferentes sectores en función de la sensibilidad de los mismos, hasta llegar a un escenario de libre comercio entre ambas partes en un futuro. Concretamente Colombia ya ha firmado el TLC con Estados Unidos y su entrada en vigor se estima para principios del 2007. Tiene firmado también un Acuerdo de Complementación Económica con Chile que liberaliza totalmente el comercio de aproximadamente el 95% del universo arancelario. Existen acuerdos de desarme arancelario de menor importancia con México (Grupo de los Tres, con Venezuela) y con el Mercado Común del Caribe (CARICOM). Asimismo, se han iniciado negociaciones con MERCOSUR. Colombia es beneficiaria del Sistema General de Preferencias, vigente hasta el año 2008, revisado y prorrogado por 3 años a mediados del 2005, por el que la Unuión Europea concede preferencias arancelarias a cerca de 7.200 productos que podrán entrar sin aranceles a la UE. Dentro del SPG, los países andinos gozan de un régimen especial de carácter temporal y excepcional, que se denomina SPG PLUS, y contempla la exención total del pago de los derechos

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arancelarios para la mayor parte de productos del universo arancelario. Dentro de este acuerdo, los sectores más beneficiados son para los productos agrícolas, agroindustriales, textiles, confecciones, cuero, calzado y productos plásticos, que cuentan con niveles arancelarios altos y pasan a obtener arancel cero. El régimen general del SPG contempla un procedimiento llamado de “Graduación”, por el cual se retiran las concesiones otorgadas a determinados sectores y países, por haber alcanzado un nivel de exportación en esos sectores que amenace con eliminar las preferencias a otros Países en Vías de Desarrollo respecto del mercado comunitario. El ATPA (Andean Trade Preference Act) permite la exención de aranceles a una parte importante de las exportaciones colombianas a EE.UU desde 1992 hasta el 2001. La renovación por parte de EEUU del ATPA se alcanzó a lo largo del 2002, prorrogadolo hasta el 2006, bajo la denominación ATPDEA (Andean Trade Preference and Drugs Erradication Act). Con esta nueva ley se amplian las preferencias del ATPA incluyendo, además de los articulos anteriormente cobijados, otros productos de confeccion, petroleos y sus derivados, calzado y manufacturas de cuero, y atún entre otros. Colombia sigue la Nomenclatura Arancelaria de la Comunidad Andina (Nandina), menos extensa y precisa que la europea (TARIC). Existen cuatro tipos arancelarios: el 5% para bienes de equipo, el 10 y 15% para productos intermedios y el 20% para bienes de consumo elaborados. Existe también un arancel superior para automóviles (35%).

Las importaciones están sujetas, además, al pago del IVA (tipo general 16%). En general, los animales y sus derivados, productos vegetales, alimentos elaborados, plásticos y caucho, textiles y calzado y armas y municiones soportan un arancel superior a la media (11,67%), mientras que la maquinaria, los equipos eléctricos e instrumentos de precisión tienen un gravamen inferior al promedio. El régimen aduanero colombiano soporta una media arancelaria nominal del 11,67%. Este resultado se obtiene al sumar todos los tipos arancelarios generales del código, sin tener en cuenta los regímenes con respecto a los países con los que Colombia tiene suscritos acuerdos preferenciales, como los países pertenecientes a la Comunidad Andina o el ALADI.

Producto Número de posiciones

Arancel promedio simple

BIENES DE CONSUMO (A + B) 1690 18,07 A. Bienes de consumo no duraderos 12004 18,63 B. Bienes de consumo durables 486 16,67 MATERIAS PRIMAS Y BIENES INTERMEDIOS (C+D+E) 3595 9,93 C. Combustibles y lubricantes 53 8,40 D. Materias primas y bienes intermedios para la agricultura 146 8,46 E. Materias primas y bienes intermedios para la industria 3396 10,01 BIENES DE CAPITAL (F+G+H+I) 1645 8,89 F. Materiales de construcción 246 13,13 G. Bienes de Capital para la agricultura 66 8,64

H. Bienes de capital para la industria 1100 7,54

I. Material y equipo de transporte 233 10,88

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J. No clasificados TOTAL UNIVERSO ARANCELARIO 6930 11,67 Fuente: Departamento Nacional de Planeación. Subdirección de Política Comercial e Industrial El Arancel Armonizado de Colombia sigue la estructura de la Nomenclatura Arancelaria de la Comunidad Andina (Nandina), algo menos extensa que la estructura del TARIC (Tarifa Integrada Comunitaria) y por consiguiente menos precisa. En todo caso, las cuatro primeras cifras de las partidas arancelarias del Arancel Armonizado de Colombia coinciden con el TARIC, por lo que existe un grado de conexión bastante afín entre ambos aranceles.

4.2. Regulación de Cobros y Pagos con el exterior Las normas básicas en materia cambiaria quedan recogidas en el Decreto 1735 de 1993: Importación de bienes: Los pagos para cancelar el valor de las importaciones efectuadas deben realizarse con divisas del mercado cambiario colombiano. Las divisas requeridas para tal efecto deben ser adquiridas a los intermediarios del mercado cambiario o bien generadas por cuentas de compensación. La financiación de importaciones a un plazo superior a seis meses se considera como una operación de crédito externo, por lo cual deberá registrarse como tal en el Banco de la República. Inversiones de capital del exterior: Las divisas destinadas a realizar inversiones de capital del exterior en Colombia se canalizan a través del mercado cambiario. Para beneficiarse de los derechos cambiarios, los inversionistas de capital del exterior deben registrar su inversión en el Banco de la República dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se haya realizado la inversión. Sin embargo, puede solicitarse una prórroga hasta de seis meses para el registro. Si vencidos estos términos el inversionista extranjero no lo realiza, la suma invertida y las utilidades que genere carecerán del derecho a ser giradas al exterior. Créditos desde y hacia el exterior: Los residentes en el país pueden obtener crédito en moneda extranjera de entidades financieras del sector. También podrán conceder crédito en moneda extranjera a residentes en el exterior, independientemente del plazo y destino de las divisas. Todo ingreso y salida de divisas por concepto de crédito en moneda extranjera otorgado u obtenido por los residentes en el país, se canaliza a través del mercado cambiario. Si el plazo otorgado es mayor a doce meses, el contrato respectivo se registra en el Banco de la República. Transacciones en Euros: La legislación colombiana impide a los residentes abrir cuentas en divisas (euros o dólares) en los bancos del país, aunque existen ciertas excepciones a esta norma ( misiones diplomáticas no residentes, zonas francas, aeronáutica civil). No hay limitaciones para abrir cuentas en euros en el extranjero. No existen restricciones ni discriminación a las transacciones en euros. Se permiten giros y negociaciones en esta moneda. El importador colombiano tendría su cuenta en pesos colombianos y realizaría el giro, carta de crédito, etc, en euros, al tipo de cambio del mercado. Bancoldex cuenta con una línea exclusiva en euros y emite cartas de crédito en esta moneda.

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4.3. Legislación sobre contratación pública. Criterios de Adjudicación de Contratos Públicos

La principal legislación sobre contratación pública está recogida en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993) y en los Decretos Reglamentarios que la desarrollan: 2681 de 1993, 2251 de 1993, 0094 de 1994, 313 de 1994, 679 de 1994, 855 de 1994, 856 de 1994, 1584 de 1994, 1898 de 1994, 1985 de 1994, 2245 de 1994, 92 de 1998 1436 de 1998 y 222 de 1993. La Ley 80 de 1993 dispone las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales, considerándose como tales a la nación, regiones, departamentos, provincias, distrito capital, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga una participación superior al 50% y las demás personas jurídicas en las que exista una participación pública mayoritaria y los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos. Pueden celebrar contratos con las entidades estatales las personas consideradas legalmente capaces en las disposiciones vigentes. También podrán celebrar contratos con las entidades estatales, los consorcios y uniones temporales. Los contratos financiados con fondos de los organismos multilaterales de crédito o celebrados con personas extranjeras de derecho público u organismos de cooperación, asistencia o ayuda internacionales, podrán someterse a los reglamentos de tales entidades en todo lo relacionado con procedimientos de formación y adjudicación y cláusulas especiales de ejecución, cumplimiento, pago y ajustes. Las personas naturales o jurídicas que aspiren a celebrar con las entidades estatales contratos de obra, consultoría, suministro y compraventa de bienes muebles, se inscribirán en la cámara de comercio de su jurisdicción y deberán estar clasificadas y calificadas de conformidad con lo previsto en la Ley. Sin embargo, cuando se trate de personas físicas extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, que pretendan presentar propuestas o celebrar contratos para los cuales se requiera presentar el registro previsto en esta ley, se les exigirá el documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en donde tiene su domicilio principal, así como los documentos que acrediten su existencia y su representación legal, cuando esto último hubiere lugar. Adicionalmente, deberán acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarlas judicial y extrajudicialmente.

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El extranjero y el nacional tienen el mismo tratamiento en los procesos de contratación de las administraciones públicas, con la siguiente excepción: en igualdad de condiciones para contratar, se preferirá la oferta de bienes y servicios de origen nacional. Para los oferentes extranjeros que se encuentren en igualdad de condiciones, se preferirá aquel que contenga mayor incorporación de recursos humanos nacionales, mayor componente nacional y mejores condiciones para la trasferencia de tecnológica.

4.4. La Distribución Comercial: Estructura y marco legal Colombia ha tenido tradicionalmente un comercio minorista altamente competitivo, resultado en gran parte de la segmentación geográfica que se presenta en el interior del país. Mantiene sin embargo la característica distintiva de que, aún cuando el avance de los supermercados e hipermercados ha sido muy importante en los últimos años, el canal tradicional de distribución (tiendas de barrio) captura todavía el 50% del mercado. Esta situación puede modificarse en el futuro, en la medida en que se incremente la presencia de cadenas multinacionales en el país y vayan ganado cuota de mercado. En este sentido, el sector podría tender a una concentración en la propiedad que no existe actualmente. Respecto a la estructura general del sector comercial, se pueden deducir tres grandes características: en primer lugar, está altamente concentrada en el comercio minorista; en segundo lugar, la conforman unidades de negocios de pequeño tamaño con predominio de la actividad unipersonal; y, finalmente, existe una alta rotación y la estabilidad de los negocios es reducida. Por volumen de ventas, el comercio al por mayor es el más representativo del gran comercio, con el 52,30% de las ventas y el 51,37% del valor agregado, para lo cual empleó al 35,49% del personal. Por el contrario, el comercio al por menor contribuye menos en ventas (35,12%), lo cual quiere decir que esa es una actividad donde predominan los pequeños negocios, empleando al 55,34% del personal con una productividad inferior al promedio. La diferencia de resultados obedece al volumen de negocios que se transa en uno y otro sector, donde los minoristas deben vender a múltiples usuarios la cantidad que el mayorista vende en una sola oportunidad. El comercio de vehículos completa el panorama con el 12,58% de las ventas y 9,18% del personal ocupado, en una actividad que se asimila más a la del comercio mayorista por las cantidades involucradas en cada operación. Por tamaño, el 37,12% de las empresas tienen menos de 20 personas ocupadas, y generan el 54,12% del empleo y el 58,74% del valor agregado. En el otro extremo encontramos a las grandes empresas, con establecimientos de mayor tamaño, más de 500 personas ocupadas, que representan el 0,05% de las empresas, el 12,30% del empleo y el 15,53% del valor agregado. El salario integral más elevado lo pagan las empresas que poseen entre 100 y 199 empleados, mientras que la mayor frecuencia se encuentra en empresas que tienen entre 20 y 49 personas ocupadas. La persona natural es el tipo de figura jurídica más frecuente (60,28%), representa el 26,73% de empleo, el 13,32% del valor agregado y una productividad muy baja. La sociedad limitada, con la segunda frecuencia (31,03%), contribuye con el 39,63% del empleo, el 36,81% del valor agregado y

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una productividad inferior al promedio, mientras que la sociedad anónima, tercera en la escala de frecuencia (4,43%), emplea al 28,09% del personal, genera el 43,81% del valor agregado y presenta una productividad más alta que el promedio. Las productividades más elevadas, no obstante, las obtienen tipos de organización menos frecuentes, sociedades colectivas y en comandita por acciones, propias de organizaciones familiares que tienen escaso peso tanto en los volúmenes de ventas como en el valor agregado.

Las tres formas de organización más frecuentes revelan resultados divergentes; las tradicionales, individual y limitada, tienen salarios integrales y productividades inferiores al promedio, mientras que la sociedad anónima remunera mejor y obtiene mejores resultados, seguramente ligada al comercio de la gran distribución y organización de las grandes superficies

5. MARCO PARA LA INVERSIÓN

5.1. Legislación sobre Inversiones Extranjeras La inversión de capital del exterior en Colombia está reglamentada por el Decreto 2080 de 2000, modificado por el Decreto 1844 de 2003, Decreto 4210 de 2004 y Decreto 1866 de 2005. El Régimen Cambiario en esta materia ha propendido por dar claridad a los inversionistas y otorgarles garantía sobre sus capitales y rendimientos. Tratándose de inversiones de capital del exterior en Colombia, el mencionado régimen se rige por tres importantes principios: igualdad, universalidad y automaticidad. Igualdad en el tratamiento: La inversión de capital del exterior es tratada para todos los efectos de igual forma que la inversión de los nacionales residentes. Esto implica que, salvo lo establecido en regímenes especiales, no se pueden establecer condiciones o tratamientos discriminatorios frente a los inversionistas residentes nacionales ni otorgar a los inversionistas de capital del exterior tratamientos más favorables a los establecidos para los inversionistas residentes nacionales. Universalidad: La inversión de capital del exterior es permitida en todas las actividades de la economía, salvo en actividades de defensa y seguridad nacionales, y en actividades de procesamiento, disposición y desecho de basuras tóxicas peligrosas o radiactivas no producidas en el país. Igualmente, salvo algunas actividades económicas como se verá más adelante, no existen límites a la participación extranjera en la propiedad accionaria de las empresas. Automaticidad: La realización de inversiones de capital del exterior en Colombia es autónoma pues, salvo por las que se efectúen en el sector financiero, las cuales requieren la autorización de la Superintendencia Bancaria, las demás no necesitan permisos o aprobaciones previas, concomitantes o posteriores. El Régimen Cambiario establece en materia de inversiones en Colombia dos tipos de inversión de capital del exterior, a saber: Inversión extranjera directa, e Inversión de portafolios. Inversión Extranjera Directa. Se considera inversión extranjera directa: i) La adquisición de participaciones, acciones, cuotas sociales, aportes representativos del capital de una empresa o bonos obligatoriamente convertibles en acciones. ii) La adquisición de derechos en patrimonios autónomos constituidos mediante contrato de fiducia mercantil bien sea como medio para desarrollar una empresa o para la compra, venta y administración de participaciones en empresas que no estén registradas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.

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iii) La adquisición de inmuebles, así como títulos de participación emitidos como resultado de un proceso de titularización inmobiliaria de un inmueble o de proyectos de construcción o a través de fondos inmobiliarios previstos en las normas legales pertinentes, ya sea por medio de oferta pública o privada. iv) Los aportes que realice el inversionista mediante actos o contratos, tales como los de colaboración, concesión, servicios de administración, licencia o aquellos que impliquen transferencia de tecnología, cuando ello no represente una participación en una sociedad y las rentas que genere la inversión para su titular dependan de las utilidades de la empresa. v) Inversiones suplementarias al capital asignado de las sucursales. Inversión de Portafolios. Se considera inversión de portafolios la inversión en acciones, bonos obligatoriamente convertibles en acciones y otros valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios. Las inversiones de capital del exterior pueden tener las siguientes modalidades: a) Importación de divisas libremente convertibles en inversiones en moneda nacional; b) Importación de bienes tangibles tales como maquinaria, equipos u otros bienes físicos, aportados al capital de una empresa como importaciones no reembolsables. Igualmente, los bienes internados a zona franca y que se aportan al capital de una empresa localizada en dicha zona; c) Aportes en especie al capital de una empresa consistente en intangibles, tales como contribuciones tecnológicas, marcas y patentes en los términos que dispone el Código de Comercio; d) Recursos en moneda nacional con derecho a ser remitidos al exterior tales como principal e intereses de créditos externos, sumas debidas por concepto de importaciones reembolsables, utilidades con derecho a giro y regalías derivadas de contratos debidamente registrados que se destinen a inversiones directas o de portafolio. Las inversiones de capital del exterior en Colombia deben ser registradas ante el Banco de la República. El mencionado registro es condición para que puedan ejercerse los derechos cambiarios consagrados en las normas legales para las inversiones realizadas en el país. Esta obligación de registro se extiende no sólo a las inversiones iniciales sino también a (i) las inversiones adicionales, cualquiera que sea la modalidad y (ii) la sustitución de la inversión, bien sea por el cambio de titular de la misma, cambio de su destinación o cambio de la empresa receptora. El registro de las inversiones ante el Banco de la República es en algunos casos automático, como sucede con la modalidad de inversión en divisas (su registro queda perfeccionado al momento de canalizarse la operación de cambio a través de un intermediario del mercado cambiario), mientras que en otros eventos se requiere la presentación de una solicitud ante el Banco de la República dentro de los plazos previamente señalados por dicha entidad. En este último caso son responsables de solicitar el Registro el inversionista, su apoderado o quien represente sus intereses (v.g. la empresa receptora de la inversión del exterior). No sobra mencionar que la ley colombiana exige a los inversionistas de capital del exterior designar un apoderado en Colombia. Hay determinados sectores que presentan regímenes especiales, a saber: Sector Financiero, Telecomunicaciones, Hidrocarburos y Minería. Colombia es parte de los siguientes tratados internacionales multilaterales para la protección de la inversión extranjera: Corporación de Inversiones Privadas en el Extranjero –OPIC: Colombia firmó con la OPIC, en 1985, un convenio contra riesgos de inconvertibilidad de divisas, expropiación y violencia política, para compañías de los Estados Unidos que inviertan en nuestro país. Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones -MIGA: Colombia es miembro de la Agencia

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Multilateral de Garantía de Inversiones MIGA, de las Nacionales Unidas, que otorga garantías contra riesgos no comerciales, como inconvertibilidad de divisas, expropiación discriminatoria, guerra y disturbios. Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones - ICSID. Este tratado permite acceder a un mecanismo de conciliación y arbitramento internacional.

5.2. Legislación mercantil La actividad mercantil en Colombia se encuentra regulada por el Código de Comercio de Colombia, expedido mediante el Decreto 837 de 1971, el cual ha tenido múltiples modificaciones dentro de las cuales vale la pena resaltar la Ley 222 de 1995 (relativa a temas societarios en general, la empresa unipersonal de responsabilidad limitada, la responsabilidad de los administradores y los procesos de liquidación obligatoria de sociedades) y la Ley 550 de 1999 (relativa a los acuerdos de reestructuración). Así mismo, este régimen se complementa con la Decisión Andina 292 de 1991 que crea las Empresas Multinacionales Andinas. La legislación colombiana establece cinco tipos de sociedades comerciales, a saber:

• Sociedad Anónima • Sociedad de Responsabilidad Limitada • Sociedad en Comandita Simple • Sociedad en Comandita por Acciones • Sociedad Colectiva

La capacidad de la sociedad se circunscribe al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto social, el cual debe ser establecido expresamente en los estatutos. Se entienden incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y que tengan como finalidad ejercer los derechos y obligaciones derivados de la existencia de la sociedad. SOCIEDAD ANÓNIMA: La sociedad anónima es una sociedad eminentemente de capital, caracterizada por (i) la condición impersonal de sus accionistas; (ii) la limitación del riesgo que asumen los mismos, y (iii) la absoluta separación de la gestión entre los negocios sociales de los accionistas y la sociedad. La denominación o razón social de la sociedad anónima deberá ser seguida de la abreviatura "S.A.". La sociedad anónima requiere, para su constitución y funcionamiento, por lo menos cinco (5) accionistas, ninguno de los cuales puede ser dueño del 95% o más del total de acciones en las que se encuentra dividido el capital de la sociedad. La legislación colombiana no establece un límite máximo de accionistas. Las sociedades anónimas pueden cotizar sus acciones en la bolsa de valores. El capital de la sociedad anónima está dividido en acciones nominativas de igual valor nominal, las cuales pueden ser de libre negociabilidad o estar sujetas a un derecho de preferencia en favor de los demás accionistas. La responsabilidad de los accionistas de una sociedad anónima está limitada al monto de sus aportes. Sin embargo, esta regla presenta las siguientes excepciones: (i) La responsabilidad de los accionistas podrá extenderse en aquellos casos en que los activos de la sociedad filial no sean suficientes para cubrir el pasivo de la sociedad, y (ii) Los accionistas de una sociedad anónima tendrán una responsabilidad subsidiaria en los casos de la liquidación obligatoria de la sociedad. La Asamblea General de Accionistas es el máximo órgano social. En ella reside la supervisión de las actividades sociales. Dentro de las principales facultades que tiene la Asamblea se encuentran las siguientes: (i) fijar el monto del dividendo y la forma y plazos en que se pagará; (ii) ordenar las acciones legales contra los administradores, funcionarios, directivos o el revisor fiscal; (iii) elegir y

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remover libremente a los funcionarios cuya designación le corresponda; (iv) adoptar todas las medidas que exija el interés de la sociedad y cuyas facultades no hayan sido otorgadas a otro órgano, y (v) en general, tomar todas las medidas necesarias en ejercicio de las demás facultades que le impongan la ley y los estatutos. La administración de la sociedad está en cabeza de la Junta Directiva, la cual debe estar integrada por lo menos por tres miembros principales y sus respectivos suplentes. Las facultades de la Junta Directiva deben establecerse en los estatutos de la sociedad. La Junta Directiva designa al Gerente de la sociedad, el cual tendrá las facultades que se le otorguen en los estatutos y aquellas que le otorgue la Junta Directiva. La disolución de una Socieda Anónima se produce por el vencimiento de su término de duración, por la ocurrencia de alguna causal de disolución establecida en la ley o en los estatutos, o por decisión de los accionistas. La sociedad anónima entrará en estado de disolución particularmente en los siguientes casos:

• Cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito.

• Cuando el noventa y cinco por ciento (95%) o más de las acciones suscritas llegue a pertenecer a un solo accionista.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. La sociedad de responsabilidad limitada es uno de los tipos de sociedades más utilizadas por los inversionistas extranjeros al momento de establecer negocios en Colombia, debido a la simplicidad de su estructura. La denominación o razón social de la sociedad de responsabilidad limitada deberá ser seguida de la expresión "limitada" o de su abreviatura "Ltda.". Esta sociedad se caracteriza por ser un híbrido entre las sociedades de capital (v.gr. la sociedad anónima), y las sociedades de personas (v.gr. la sociedad colectiva). La sociedad de responsabilidad limitada debe tener en todo momento, por lo menos, dos socios, mientras que su máximo de socios es de veinticinco. Si este límite es excedido, la sociedad se verá incursa en una causal de disolución. El capital de este tipo de sociedad se encuentra dividido en cuotas de igual valor. Las cuotas sociales adquiridas por cada asociado deben pagarse íntegramente al momento en que se constituya la compañía, o al momento en que se aumente el capital de la sociedad (lo cual debe hacerse a través de una reforma de los estatutos de la sociedad). Por regla general, los socios de la sociedad de responsabilidad limitada responden únicamente hasta por el monto de sus aportes. Sin embargo, responderán subsidiaria, solidaria e ilimitadamente por las obligaciones laborales y tributarias que no hayan podido pagarse con los activos de la sociedad. Adicionalmente, el Código de Comercio autoriza a los socios para establecer en los estatutos de la sociedad limitada un grado de responsabilidad para todos o algunos de los socios, mayor al anteriormente mencionado. La representación de la sociedad y la administración de sus negocios sociales corresponde a todos y cada uno de los socios a través de la Junta de Socios. Las facultades de la Junta de Socios son, entre otras, las siguientes: (i) resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas, así como la admisión de nuevos socios; (ii) decidir sobre el retiro y exclusión de socios; (iii) exigir de los socios las prestaciones complementarias o accesorias si a ello hubiere lugar; (iv) ordenar las acciones que correspondan contra los administradores, el representante legal, el revisor fiscal y contra cualquier persona que hubiera incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a la sociedad, y (v) elegir y remover libremente los funcionarios cuya designación le corresponda. Es común que la Junta de Socios delegue la representación y la administración de la sociedad en un gerente, estableciendo de manera clara y precisa sus atribuciones. La disolución de este tipo de sociedad se produce por el vencimiento de su término, por ocurrencia de alguna causal de disolución legal o estatutaria, o por decisión de los asociados.

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SOCIEDAD COLECTIVA. La sociedad colectiva es la forma asociativa típica del régimen personalista. En ella, los vínculos de confianza y las características personales de los asociados juegan un papel importante. La razón social de las sociedad colectiva está conformada por el nombre completo o el solo apellido de todos, algunos o alguno de los socios seguido de las expresiones "y compañía", "hermanos" "e hijos", u otra expresión análoga. La sociedad colectiva requiere un mínimo de dos socios para su funcionamiento. La ley colombiana no establece un número máximo de socios. Los socios de la sociedad colectiva deben entregar sus aportes en el lugar, forma y tiempo estipulados. El aporte entregado por cada socio es su contribución para la integración del capital social. Aun cuando la constitución de esta sociedad crea un patrimonio independiente del de sus socios, la prenda general de los acreedores de la sociedad está constituida tanto por el patrimonio de la compañía como el de todos y cada uno de sus socios. Los socios de una sociedad colectiva responden solidaria, subsidiaria e ilimitadamente por las obligaciones de la sociedad. Esta apreciación no admite pacto en contrario. La importancia que tiene el aspecto personal de los socios en esta sociedad hace que sean ellos mismos los encargados de administrar y representar a la sociedad. Lo anterior, sin perjuicio de que, por decisión unánime de los socios, se delegue dicha administración a un consorcio o a un tercero. Vale la pena anotar que los asociados tienen el derecho de veto sobre cualquier operación que pretenda celebrar la compañía. La sociedad colectiva se disuelve por el vencimiento del término, por ocurrencia de alguna causal de disolución establecida en la ley o en sus estatutos, o por decisión de los asociados. Particularmente, la sociedad colectiva se disolverá por las siguientes causales:

• Por muerte de alguno de los socios, si no se hubiere estipulado su continuación con un heredero supérstite; • Por incapacidad sobreviniente de alguno de los socios, a menos que se convenga que

la sociedad continúe con los demás, o que acepten que los derechos del incapaz sean ejercidos por su representante;

• Por apertura del trámite de liquidación obligatoria de alguno de los socios, si los demás no adquieren su interés social o no aceptan la cesión a un extraño, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que sean requeridos por el liquidador;

• Por enajenación forzada del interés a favor de un extraño, si los demás asociados no se avienen dentro de los treinta días siguientes a continuar la sociedad con el adquiriente,

• Por renuncia o retiro justificado de alguno de los socios, si los demás no adquieren su interés en la sociedad o no aceptan su cesión a un tercero.

SOCIEDADES EN COMANDITA. Las sociedades en comandita son sociedades que cuentan con características de las sociedades de personas y las sociedades de capital, por cuanto tienen dos tipos de socios sujetos a dos regímenes legales distintos, a saber: (i) Los socios gestores, quienes comprometen solidaria e ilimitadamente su patrimonio por las operaciones sociales. Su grado de responsabilidad es igual al grado de responsabilidad de los socios de una sociedad colectiva. (ii) Los socios comanditarios, quienes limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Su grado de responsabilidad equivale al grado de responsabilidad establecido para los socios de responsabilidad limitada o de sociedades anónimas, según se trate de sociedad en comandita simple o la sociedad en comandita por acciones, respectivamente. Mientras que en las sociedades en comandita simple los aportes de los socios están representados en cuotas sociales, en las sociedades en comandita por acciones los aportes de los socios están representados en acciones. La razón social de las sociedades comanditarias se formará con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios gestores, adicionándose la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía.", seguida, en todo caso, de la indicación abreviada "S. en C." (para el caso de la sociedad en comandita), o de la abreviatura "S.C.A." (para el caso de la sociedad en comandita por acciones).

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El Código de Comercio establece que en lo no previsto de manera expresa para las sociedades en comandita simple, se dará aplicación de las normas de la sociedad colectiva para los socios gestores, y de la sociedad de responsabilidad limitada o de la sociedad anónima para los socios comanditarios (en el caso de la S. en C. y de la S.C.A., respectivamente). Este tipo de sociedades es utilizada mayoritariamente para pequeñas y medianas sociedades de familia, en la que ciertos miembros de la familia habrán de tener la representación y manejo de la misma, mientras los demás sólo serán socios capitalistas. Las reglas sobre capital social de las sociedades en comandita simple y por acciones, se ajustarán a lo establecido para las sociedades de responsabilidad limitada y sociedad anónima, respectivamente. Mientras que los socios gestores son solidaria e ilimitada responsables por las obligaciones de la sociedad, los socios comanditarios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes (al igual que los socios de la sociedad limitada y los accionistas de anónima, según sea el caso). Los socios gestores tienen a su cargo la administración y representación de la sociedad. Los órganos de dirección y administración de la sociedad en comandita simple se asimilan a los de la sociedad de responsabilidad limitada. Así mismo, los de la sociedad en comandita por acciones se asimilan a los de la sociedad anónima. Las sociedades en comandita simple y por acciones se disuelven por el vencimiento de su término, por la ocurrencia de alguna causal de disolución establecida en la ley o en los estatutos, o por decisión de los asociados. La legislación colombiana establece métodos alternativos de inversión al de las sociedades, como es el caso de la empresa unipersonal de responsabilidad limitada, la sucursal de sociedad extranjera y la empresa multinacional andina. EMPRESA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. En términos generales, la empresa unipersonal es una empresa con personería jurídica, constituida por y de propiedad de una sola persona. A través de una empresa unipersonal, una persona natural o jurídica que reúna las calidades para ejercer el comercio, que se denomina empresario, podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. Una vez la empresa unipersonal haya sido inscrita en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de su domicilio social, se crea una persona jurídica. En consecuencia, la empresa unipersonal tiene capacidad para ser titular de derechos y contraer obligaciones, independiente del empresario. La capacidad de la empresa unipersonal se circunscribirá al desarrollo de la actividad prevista en su objeto, el cual puede ser indeterminado. El titular de la empresa unipersonal no puede contratar con ésta, como tampoco podrán hacerlo entre sí empresas unipersonales constituidas por el mismo empresario. Tales actos no tendrán valor jurídico alguno. La denominación o razón social de la empresa unipersonal deberá estar seguida de la expresión "Empresa Unipersonal" o de la sigla "E.U.", so pena de que el empresario responda solidaria e ilimitadamente por las obligaciones de la empresa. La ley exige que al momento de la constitución de la empresa unipersonal, se establezca el monto del capital y el número de cuotas en que va a ser dividido, el cual debe ser enteramente pagado en ese momento. El constituyente de la empresa unipersonal limita su responsabilidad al monto de sus aportes, salvo para el caso de obligaciones laborales y tributarias de la empresa. En este caso, el empresario responderá subsidiaria, solidaria e ilimitadamente por dichas obligaciones. Sin embargo, en los casos en los que se utilice la empresa unipersonal en fraude a la ley o en perjuicio de terceros, un juez puede establecer que el empresario que hubiere realizado, participado o facilitado los actos defraudatorios, responderá solidariamente por las obligaciones nacidas de tales actos y por los perjuicios causados. Los administradores responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios que ocasionen, por dolo o culpa, a la sociedad, al empresario o a terceras personas.

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El empresario puede establecer, a su discreción, la forma y las personas que van a realizar la administración de la empresa unipersonal. Una vez delegada la administración, y mientras se mantenga dicha delegación, el empresario no podrá realizar actos y contratos a nombre de la empresa unipersonal. La empresa unipersonal se disuelve por el vencimiento de su término de duración (en caso de que éste no sea indefinido), por ocurrencia de alguna causal de disolución establecida en la ley o en los estatutos, o por decisión del empresario. SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA. La figura de la sucursal es otro de los métodos más comunes que utilizan los inversionistas extranjeros para establecer negocios permanentemente en Colombia. La legislación colombiana define la sucursal como un establecimiento de comercio abierto por una sociedad, dentro o fuera de su domicilio, para el desarrollo de los negocios sociales o de parte de ellos. La sucursal no es una persona jurídica distinta a la sociedad, sino un conjunto de bienes organizados para lograr los fines de la empresa. Sin embargo, vale anotar que la sucursal posee un tratamiento tributario independiente del de la matriz. Así mismo, la sucursal cuenta con un tratamiento cambiario específico. Por ende, cuando el administrador de la sucursal celebra un contrato o realiza un acto dentro de los límites de sus facultades, es la sociedad la que está realizando dicho acto o celebrando dicho contrato y obligándose frente a terceros. Debe resaltarse que las sucursales extranjeras deben tener un revisor fiscal, independientemente del monto de sus activos o ingresos. El concepto de sucursal supone dependencia económica y jurídica de la matriz. Ello implica que ostenta el mismo nombre , mantiene la unidad de empresa, no tiene capital propio ni responsabilidad separada, aunque dentro de las relaciones internas esté investida de cierta autonomía administrativa. El capital de la sucursal será entonces el capital que le asigne la matriz. Dado el hecho que la sucursal es una extensión de la sociedad matriz, será ésta la responsable de las actividades que desarrolle la sucursal. Los administradores responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios que ocasionen, por dolo o culpa, a la sucursal, a la matriz, a sus socios, o a terceras personas. Teniendo en cuenta que la sucursal es una extensión de la sociedad matriz, generalmente el máximo órgano de dirección de las sucursales es la junta directiva de su matriz. Así, los órganos de dirección y administración serán aquellos establecidos para la matriz, dependiendo del tipo social que ésta sea. La sucursal se disuelve por decisión de la matriz, por el vencimiento de su término de duración, por el vencimiento del término de duración de la matriz, por ocurrencia de alguna causal de disolución legal o estatutaria respecto de la matriz, o por decisión de los socios de disolver la matriz. EMPRESA MULTINACIONAL ANDINA. La Decisión 292 de 1991 de la Comunidad Andina creó la Empresa Multinacional Andina. Las Empresa Multinacional Andina son aquellas cumplen las siguientes condiciones: (i) Su domicilio principal se encuentra situado en el territorio de uno de los países miembros de la Comunidad Andina; (ii) Se constituyó como sociedad anónima con sujeción al procedimiento previsto en la legislación nacional correspondiente, y (iii) Su denominación social debe estar seguida de las palabras "Empresa Multinacional Andina" o la sigla "EMA". El capital de la Empresa Multinacional Andina está dividido en acciones nominativas y de igual valor, que confieren a los accionistas iguales derechos e imponen las mismas obligaciones. Las acciones pueden ser de libre negociabilidad o estar sujetas a un derecho de preferencia en favor de los demás accionistas. Toda Empresa Multinacional Andina constituida en Colombia se sujeta a las mismas reglas y procedimientos establecidos para las sociedades anónimas en Colombia. Teniendo en cuenta que la Empresa Multinacional Andina se rige por las disposiciones de la sociedad anónima, la responsabilidad de sus accionistas está limitada hasta el monto de sus aportes. Lo anterior, sin perjuicio de las excepciones que pueda llegar a tener la legislación de los distintos países miembros. Los administradores responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios que por dolo o

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culpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceras personas. Por ser una sociedad anónima, el máximo órgano social es la Asamblea General de Accionistas. En el mismo sentido, la administración de la Empresa Multinacional Andina recae en cabeza de la Junta Directiva. Las facultades de la Junta Directiva están determinadas por la Asamblea General de Accionistas dentro de los límites estatutarios y legales. La Empresa Multinacional Andina se disuelve por el vencimiento de su término, por la ocurrencia de alguna causal de disolución legal o estatutaria, o por decisión de sus accionistas. Toda sociedad debe constituirse por medio de una escritura pública en la cual debe expresarse lo siguiente:

• Nombre y domicilio de los socios. • Nombre y tipo de sociedad que se constituye. • Domicilio de la sociedad. • Objeto social (enunciación clara y completa de sus actividades principales). El objeto

socialdebe ser determinado. • Capital social. • Forma de administración y atribuciones de los órganos sociales. • Fechas en que deben hacerse inventarios y forma en que se debe hacer la distribución

de utilidades. • Duración precisa de la sociedad y causales de disolución. • Forma de liquidación de la sociedad. • El nombre del representante legal, administradores y el revisor fiscal, cuando sea el

caso, y las facultades de los mismos. Los costos relacionados con la constitución de una sociedad son los siguientes: (i) Derechos notariales: Entre el 0,27% y el 0,29% del monto del capital de la sociedad, más el impuesto al valor agregado (IVA) equivalente a un 16%. (ii) Derechos de registro: Alrededor del 0,7% del monto del capital. Una vez hechos los trámites notariales es necesario realizar el registro de la escritura pública respectiva ante la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad, de manera que lo contenido en la escritura pública sea oponible a terceros. Posteriormente la sociedad debe obtener un Número de Identificación Tributaria (NIT) expedido por el Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En el caso de que la sociedad tenga inversión extranjera, ésta deberá registrarse y actualizarse periódicamente ante el Banco Central (Banco de la República). La legislación colombiana establece un régimen especial de constitución respecto de las sucursales y las empresas unipersonales.

5.3. Legislación fiscal Los principales impuestos vigentes a la fecha que deben ser tenidos en cuenta para efectos de determinar la carga tributaria que afecta los resultados económicos de los negocios o actividades en Colombia son los siguientes: IMPUESTOS NACIONALES • Impuesto de Renta y sus Complementarios de Remesas y Ganancias Ocasionales • Impuesto al Patrimonio • Impuesto Sobre las Ventas (IVA) • Impuesto de Timbre • Gravamen a los Movimientos Financieros

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IMPUESTOS TERRITORIALES • Impuesto de Industria y Comercio • Impuesto Predial • Impuesto de Registro Es preciso tener en cuenta que las entidades territoriales gozan de cierta autonomía, lo que en la práctica significa que en determinados departamentos o municipios se pueden encontrar gravámenes adicionales. Las normas relativas a los impuestos nacionales descritos a continuación, así como las relativas al procedimiento aplicable en la determinación y discusión de dichos impuestos, incluido el régimen sancionatorio, se encuentran recopiladas en el Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). Por su parte, las normas correspondientes a los impuestos territoriales tienen origen en diferentes normas legales, y también se encuentran desarrolladas por ordenanzas de las Asambleas departamentales y Acuerdos de los Concejos municipales, según correspondan. IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS. La estructura básica del impuesto sobre la renta no es diferente a la que opera en las jurisdicciones que tienen un impuesto sobre la renta o los ingresos. En efecto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del Estatuto Tributario, en principio, la renta líquida gravable, a la cual se le aplica la tarifa correspondiente, se obtiene restando de los ingresos obtenidos dentro del período gravable (anual del 1º de enero al 31 de diciembre), el valor de los costos y deducciones imputables a tales ingresos. Cuando el 6% del patrimonio líquido (activos menos pasivos) del contribuyente sea superior a la renta líquida determinada en la forma descrita en el párrafo anterior, se tomará como renta líquida gravable, y se le aplicará la tarifa correspondiente (Artículo 188 del Estatuto Tributario -ET-); la renta determinada bajo este sistema se denomina renta presuntiva. Es importante destacar que el valor patrimonial correspondiente, entre otros, a las acciones o cuotas sociales poseídas en sociedades nacionales, así como el valor de los bienes vinculados a empresas vinculadas en período improductivo, se excluyen de la base para determinar la determinación de la renta presuntiva (artículo 189 del ET). A continuación se presentan algunas particularidades del impuesto sobre la renta: Ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional y rentas exentas: • Utilidades provenientes de la enajenación de acciones inscritas en una bolsa de valores colombiana, cuando dicha enajenación no supere el 10% de las acciones en circulación de la respectiva sociedad (inciso segundo del artículo 36-1 del ET). • Distribución de utilidades en acciones provenientes de la capitalización de la cuenta de revalorización del patrimonio y de la prima en colocación de acciones (artículo 36-3 del ET). • Los dividendos y participaciones, siempre que se trate de dividendos o participaciones que hayan tributado en cabeza de la sociedad que los distribuye. Para estos efectos, los artículos 48 y 49 del ET establecen la fórmula que debe aplicarse para establecer los dividendos que son susceptibles de ser distribuidos en cabeza de los socios o accionistas como no ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional. Para estos efectos se tiene en cuenta el valor de los dividendos recibidos de otras sociedades, de tal manera que no se pierda el beneficio respecto de este tipo de ingresos. • La parte correspondiente al daño emergente en los pagos que se reciban por concepto de indemnizaciones por seguros de daño (artículo 45 del ET). • Las empresas editoriales dedicadas a la edición de libros, revistas, folletos o coleccionables seriados de carácter científico o cultural están exentas del impuesto de renta y complementarios por 20 años contados a partir de 1993 (Ley 98 de 1993, conocida también como Ley del Libro). • Venta de energía eléctrica generada con base en recursos eólicos, biomasa o residuos agrícolas, realizada únicamente por las empresas generadoras, por un término de quince años contados a partir del año 2003 (numeral 1 del artículo 207-2 del ET).

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• La prestación del servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado (numeral 2 del artículo 207-2 del ET). • Servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles que se construyan dentro de los quince años siguientes a partir de la vigencia de la Ley 788 de 2002, por un término de treinta años (numeral 3 del artículo 207-2 del ET). • Servicios hoteleros prestados en hoteles que remodelen y/o amplíen dentro de los quince años siguientes a la vigencia de la ley 788 de 2002, por un término de treinta años (numeral 4 del artículo 207-2 del ET). • Servicio de ecoturismo (numeral 5 del artículo 207-2 del ET). • Los nuevos contratos de arrendamiento financiero con opción de compra (leasing), de inmuebles construidos para vivienda (numeral 7 del artículo 207-2 del ET). • Los nuevos productos medicinales y de software, elaborados en Colombia y amparados con nuevas patentes registradas ante la autoridad competente, siempre y cuando tengan un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional (numeral 8 del artículo 207-2 del ET). • La prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos (numeral 10 del artículo 207-2 del ET). • El 25% sobre el valor de los pagos laborales sin que exceda de Col$4'769.000 mensuales (límite para el año 2006). (Numeral 10 del artículo 206 del ET). • En el caso de fusiones y escisiones no se considera que existe enajenación para efectos tributarios (artículo 14-1 del ET). Los costos y gastos que pueden ser deducidos de los ingresos, son aquellos que tengan relación de causalidad con las rentas del período gravable, y que sean necesarios y proporcionales de acuerdo con la actividad (artículo 107 del ET). • Los intereses girados al exterior con motivo de operaciones de endeudamiento externo con entidades financieras extranjeras, y correspondientes a créditos obtenidos por empresas consideradas de interés para el desarrollo económico y social del país, son deducibles en Colombia y no constituyen renta de fuente colombiana para su beneficiario, de tal forma que no hay lugar a practicar retención en la fuente (artículo 25 del ET). Por su parte, los intereses causados en favor de entidades financieras locales también son deducibles del impuesto sobre la renta (artículo 117 del ET), y en el caso de los intereses originados por deudas con otro tipo de entidades, los intereses deducibles no pueden exceder la tasa más alta autorizada a los establecimientos de crédito. • En el mismo sentido, los cánones por concepto de contratos de leasing internacional obtenidos por el mismo tipo de empresas señaladas en el párrafo anterior, no constituyen rentas de fuente colombiana para el arrendador del exterior, y como tales no son objeto de retención en la fuente (artículo 25 del ET). • En cuanto al tratamiento de los pagos por concepto de leasing internacional, será necesario determinar si se trata de un leasing operativo o de un leasing financiero, de acuerdo con lo definido para estos efectos por las normas tributarias (artículo 127-1 del Estatuto Tributario). En el primer caso (operativo), el 100% del valor del canon constituye un gasto deducible, mientras que en el segundo (financiero), solamente el componente financiero es deducible, pero como el bien se incluye dentro de los activos también hay lugar a un gasto por depreciación. En este último caso resulta necesario considerar los efectos relacionados con el ajuste por la diferencia en cambio del pasivo en moneda extranjera, así como los ajustes por inflación. La definición de leasing operativo o financiero también es aplicable para determinar el tratamiento dado a los pagos realizados por este tipo de contratos dentro del país. • Las provisiones por deudas de dudoso o difícil recaudo, al igual que las manifiestamente perdidas o sin valor, incluyendo una reglamentación especial para las provisiones de las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria (artículos 145 y 146 del ET). • Las sociedades pueden compensar las pérdidas fiscales con las rentas obtenidas dentro de los ocho períodos siguientes, con un límite del 25% para cada año. Las pérdidas registradas a 31 de

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diciembre de 2002, mantendrán el tratamiento previsto anteriormente, respecto del límite de tiempo -5 años- y sin restricciones respecto del porcentaje a utilizar (artículo 147 del Estatuto Tributario). En el caso de las fusiones se han establecido limitaciones para la utilización de las pérdidas de las sociedades partícipes en el proceso de fusión, teniendo en cuenta la identidad del objeto social así como una proporcionalidad en el patrimonio de la empresa resultante. • La inversión nueva realizada en reforestación, en plantaciones de olivo, cacao, coco, palmas de aceites, caucho, frutales, en obras de riego y drenaje, en pozos profundos y silos. La deducción está limitada al 10% de la renta líquida del contribuyente. • La inversión en control o mejoramiento del medio ambiente puede deducirse por un valor que no exceda el 20% de la renta líquida del contribuyente. Las inversiones realizadas por mandato de la autoridad ambiental, para mitigar el impacto ambiental no serán deducibles. • Los costos y deducciones imputables a ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional, o a rentas exentas no son deducibles. • Los activos fijos son depreciados por el sistema de línea recta, reducción de saldos, o cualquiera otro de reconocido valor técnico autorizado por las autoridades tributarias, teniendo en cuenta la vida útil del bien, y con base en el costo de adquisición ajustado por inflación. Se encuentra permitida la depreciación acelerada en el caso de los bienes que son utilizados en turnos adicionales. • La amortización de inversiones es deducible, en principio en un término mínimo de cinco años. Corresponden a esta categoría los estudios de factibilidad, instalación y organización; los de desarrollo e investigación; así como los de las primas de cesión de negocios y los de compra de intangibles, entre otros. • Los pagos salariales solamente son deducibles en la medida en que se haya practicado la retención en la fuente correspondiente, y antes de la presentación de la declaración de renta se hayan cancelado los aportes a la seguridad social y los demás aportes parafiscales. • En materia de pago de impuestos solamente es deducible el 80% de los pagos efectivamente realizados, por concepto de impuesto de industria y comercio y predial. • Las provisiones por deudas de dudoso o difícil recaudo, al igual que las manifiestamente perdidas o sin valor. • Las donaciones efectuadas, siempre que cumplan con los requisitos señalados en los artículos 125 y 126 del Estatuto Tributario. • A partir del año gravable 2004 se empiezan a aplicar normas relativas a precios de transferencia en Colombia, respecto de las operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior. • Los pagos efectuados a paraísos fiscales se encuentran sometidos a tarifas de retención en la fuente especiales, para que proceda la retención en la fuente. • Para los años gravables 2004 a 2007, el 30% del valor de las inversiones efectuadas en activos fijos reales productivos podrá ser tratado como deducción. La tarifa del impuesto de renta aplicable a las sociedades es del 35%, mientras que para el caso de las personas naturales varía de acuerdo con la tabla vigente, en donde la renta líquida superior a Col$96'000.000 también está gravada a la tarifa del 35%. Desde el año 2003 y por los años 2004 a 2006, se aplica una sobretasa equivalente al 10% del impuesto neto de renta a cargo. Para el caso de los dividendos que reciban extranjeros sin residencia ni domicilio en Colombia, existe una tarifa especial del 7%, que puede ser evitada cuando las utilidades se reinviertan en el país por un término mínimo de cinco (5) años. Este 7% es aplicable siempre que se trate de dividendos que de ser distribuidos a inversionistas nacionales, físicos o jurídicos, hubieren sido tratados como ingresos no constitutivos de renta. De lo contrario, además del 7%, se genera el impuesto del 35%. Los descuentos tributarios se restan directamente del impuesto de renta determinado en la liquidación privada del contribuyente. Los más importantes son:

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• Los impuestos pagados en el exterior por contribuyentes nacionales que perciban rentas de fuente extranjera, siempre y cuando el descuento no exceda el monto del impuesto de renta que se deba pagar en Colombia por esas mismas rentas. • El 20% de la inversión en reforestación certificada por el Ministerio del Medio Ambiente, por institutos o corporaciones especializadas en reforestación. • El IVA pagado en la importación de maquinaria pesada para industrias básicas. En ningún caso los descuentos tributarios pueden afectar el impuesto de renta en un porcentaje superior al 75% del impuesto cuando la renta líquida resulte de aplicar el sistema de renta presuntiva. IMPUESTO DE REMESAS. El impuesto de remesas se causa por la transferencia al exterior de rentas y ganancias ocasionales percibidas en Colombia. En el caso de las sucursales de sociedades extranjeras, el impuesto se causa por la simple obtención de utilidades, las cuales se presumen transferidas al exterior. La base gravable está constituida por el monto de las utilidades comerciales obtenidas durante el respectivo año gravable, cuando se trate de sucursales de sociedades extranjeras. Con respecto a los demás pagos al exterior que originan el impuesto de remesas, la base gravable es el resultado de restar del pago o abono en cuenta del impuesto de renta; tal es el caso de comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensación por servicios personales, explotación de propiedad industrial o "know how", beneficios o regalías provenientes de propiedad literaria, artística o científica. Existen bases gravables especiales para la explotación de películas cinematográficas, programas de computador y contratos "llave en mano". En el caso de los servicios técnicos y de asistencia técnica prestados por no residentes en el país, existe una tarifa única de retención del 10%, que cobija tanto el impuesto de renta como el de remesas. Existen diferentes tarifas para el impuesto de remesas, dependiendo del concepto que origine el giro al exterior. La tarifa que más aplicación tiene es la del 7%. Se encuentran exceptuadas del impuesto de remesas los dividendos y participaciones (el giro de los dividendos y participaciones al exterior tiene una tarifa adicional de renta del 7%), los intereses de créditos obtenidos en el exterior por ciertas empresas, así como los pagos por concepto de leasing internacional. IMPUESTO DE GANANCIAS OCASIONALES. El impuesto a las ganancias ocasionales se aplica respecto de los ingresos expresamente definidos en la ley, advirtiendo que para el caso de las sociedades o entidades nacionales obligadas a aplicar los ajustes por inflación, tendrán el tratamiento de ingreso para efectos de renta. De esta forma, se trata de un impuesto que tiene mayor incidencia en cabeza de las personas naturales, y son aplicables las mismas tarifas vigentes para el impuesto de renta. Los ingresos constitutivos de ganancia ocasional son: • Las utilidades obtenidas en la venta de activos fijos poseídos por más de dos años. • Las utilidades originadas en la liquidación de sociedades. • Las ganancias provenientes de herencias, legados y donaciones. • Las ganancias por loterías, rifas, apuestas y similares. En este caso la tarifa aplicable es del 20%. IMPUESTO AL PATRIMONIO. El impuesto al patrimonio actualmente vigente fue creado por la Ley 863 del 2003, y es aplicable a partir del 1º de enero de 2004, y por los años 2004, 2005 y 2006. Este impuesto grava aquellas personas o entidades con un patrimonio líquido (activos menos pasivos), superior a Tres Mil Millones de Pesos (Col$3.000’000.000), para el año 2004. Para estos efectos también se excluye el valor patrimonial de las acciones o cuotas poseídas en sociedades nacionales. La tarifa aplicable es del 0,3%. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS (IVA). El impuesto sobre las ventas se encuentra estructurado en general bajo la modalidad de impuesto al valor agregado, de tal forma que para efectos de

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determinar las sumas a cargo de los responsables es posible descontar el IVA pagado por el responsable. El impuesto sobre las ventas se aplica sobre: • Venta de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente. • Prestación de servicios en el territorio nacional, y excepcionalmente fuera del mismo pero en favor de residentes en el país. • La importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente. • Circulación, venta u operación de juegos de suerte o de azar con excepción de las loterías. La tarifa general del impuesto es del 16%. Adicionalmente existen bienes y servicios excluidos del impuesto, bienes y servicios exentos (tarifa 0%, con derecho a solicitar devolución), y tarifas diferenciales del 2%, 7%, 10%, 11%, 20% y 35%. La regla general para la determinación de la base gravable es el valor total de la operación. IMPUESTO DE TIMBRE. El impuesto de timbre es un impuesto de carácter nacional que se causa por la suscripción de documentos en Colombia, o que vayan a ejecutarse en Colombia, y que superen la cuantía señalada anualmente por el Gobierno Nacional. Para el año gravable de 2004 dicha suma es de Col$63'191.000 (aproximadamente US$25.276. tomando Col$2.500 como tasa de referencia). La tarifa general es del 1,5% sobre el valor total del contrato. Sin embargo, se establecen algunas tarifas especiales, así como algunas exenciones. GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS. Mediante la Ley 633 de 2000 se incluyó como impuesto de carácter permanente el gravamen a los movimientos financieros equivalente en la actualidad al cuatro por mil (0,4%) del valor de la transacción. Este impuesto se genera por la realización de transacciones financieras, mediante las cuales se dispone de recursos depositados en cuentas corrientes, de depósito o de ahorros, así como en el giro de cheques de gerencia. IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. El impuesto de industria y comercio es un impuesto municipal que grava las actividades industriales, comerciales o de servicios realizadas dentro del territorio del municipio. Las exportaciones no causan este impuesto. La base gravable del impuesto de industria y comercio es el valor de los ingresos. Para el caso de las actividades industriales, los ingresos por concepto de comercialización de la producción se entienden percibidos en el municipio en donde se encuentra ubicada la planta. La base gravable solamente puede ser reducida en algunos casos expresamente previstos tales como el valor de las devoluciones, exportaciones, e ingresos por ventas de activos fijos, entre otros. La tarifa es fijada por cada municipio dentro de los siguientes límites establecidos por la ley: • Actividades industriales: 2 a 7 por mil mensual • Actividades comerciales y de servicios: 2 a 10 por mil mensual IMPUESTO PREDIAL. El impuesto predial es un impuesto municipal que grava los bienes inmuebles ubicados dentro del territorio del municipio respectivo. El marco legal lo constituyen la Ley 44 de 1990 y los acuerdos expedidos por los Concejos municipales. La tarifa es fijada por cada municipio y puede oscilar entre el uno por mil y el 16 por mil del avalúo catastral del respectivo inmueble. IMPUESTO DE REGISTRO. El impuesto de registro es un impuesto que se causa por la inscripción de actos, contratos o negocios jurídicos documentales en los cuales sean parte o beneficiarios los particulares y que, de conformidad con las disposiciones legales, deben registrarse en las oficinas de registro de instrumentos públicos o en las cámaras de comercio. Cuando el documento esté sujeto al impuesto de registro, no se causará impuesto de timbre nacional. Las Asambleas departamentales fijarán las tarifas dentro de los siguientes rangos: • Actos, contratos o negocios jurídicos con cuantía, sujetos a registro en las oficinas de registro de instrumentos públicos: la tarifa oscila entre el 0,5% y el 1%.

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• Actos, contratos o negocios jurídicos con cuantía, sujetos a registro en las cámaras de comercio: la tarifa oscila entre el 0,3% y el 0,7%. • Actos, contratos o negocios jurídicos sin cuantía, sujetos a registro en las oficinas de registro de instrumentos públicos o en las cámaras de comercio, tales como el nombramiento de representante legal, revisor fiscal, reformas estatutarias que no impliquen cesión de derechos ni aumentos de capital y escrituras aclaratorias: la tarifa oscila entre dos y cuatro salarios mínimos diarios legales. En los actos, contratos o negocios jurídicos sujetos a este impuesto en los cuales participen entidades públicas y particulares, la base gravable corresponde al 50% del valor incorporado en el documento que contiene el acto, o la proporción del capital suscrito o social que corresponda a los particulares. A continuación presentamos un breve resumen de los aspectos generales de procedimiento aplicables respecto de los impuestos nacionales, advirtiendo que por mandato de la ley los entes territoriales deben adoptar este mismo procedimiento a sus propios impuestos. Como principio general, una declaración queda en firme si dentro de los dos años siguientes a su presentación, las autoridades tributarias no han notificado al contribuyente un acto de Requerimiento Especial proponiendo modificaciones a la liquidación privada del impuesto. Las excepciones se dan en materia de las declaraciones de IVA (que se presentan cada dos meses) y retención en la fuente (presentación cada mes), cuyo término de firmeza es el mismo que el de la declaración de renta del año gravable correspondiente, de tal forma que, en la práctica, se extiende el término de firmeza. En este orden de ideas, las autoridades tributarias tienen dos años contados desde el vencimiento del plazo para declarar, para expedir y notificar el correspondiente Requerimiento Especial. En aquellos casos en que la auditoría se comienza oportunamente y las autoridades de impuestos cuentan con el tiempo suficiente, es común la expedición de un acto previo al Requerimiento Especial conocido como el Emplazamiento para Corregir. El Emplazamiento para Corregir es una invitación al contribuyente para que corrija voluntariamente su declaración atendiendo las glosas propuestas por las autoridades tributarias, beneficiándose de una sanción reducida. Un proceso de auditoría fiscal comienza generalmente con una solicitud de información relacionada al objeto de la auditoría, cuya respuesta puede dar lugar al archivo del expediente o la expedición del Emplazamiento para Corregir o directamente el Requerimiento Especial. La expedición del Emplazamiento para Corregir no es un requisito de validez y debido proceso de la auditoría y por lo tanto la Dirección de Impuestos puede pasar directamente a la expedición del Requerimiento Especial. Como se mencionó anteriormente el Requerimiento Especial debe ser expedido y notificado dentro del término de dos años de firmeza de la declaración privada. Si no se expide dentro de este tiempo el requerimiento es extemporáneo y la declaración queda en firme y no puede ser modificada. El contribuyente cuenta con un término de tres meses para dar respuesta al requerimiento especial, bien sea aceptando las modificaciones propuestas y pagando el impuesto adicional liquidado por la Dirección más la correspondiente sanción reducida, o por el contrario exponiendo la totalidad de sus argumentos en contra de la modificación propuesta. En el Requerimiento Especial se deben exponer y fundamentar la totalidad de las modificaciones que se proponen a la liquidación privada del impuesto hecha por el contribuyente en su declaración. Si no se incluye alguna de las modificaciones que pretende hacer, la modificación no podrá ser adoptada al finalizar el proceso de auditoría y de adoptarse lo más seguro es que las Cortes rechacen dicha modificación. En todo caso, el Requerimiento Especial puede ser ampliado por una sola vez. Una vez contestado el Requerimiento Especial, o si es del caso la Ampliación al Requerimiento Especial, el término de firmeza de la declaración se renueva pero esta vez sólo corre por seis meses

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más. Dentro de estos seis meses la Dirección deberá expedir un acto conocido como la Liquidación Oficial. Si no lo hace dentro de este término la declaración del contribuyente queda en firme y la administración deberá archivar el proceso de auditoría adelantado. A través de la práctica de una diligencia de inspección tributaria, las autoridades tienen la facultad de suspender por tres meses este nuevo término de seis meses de firmeza de la declaración. La suspensión opera con la sola notificación al contribuyente de la providencia que ordena la Inspección, independientemente de que la Inspección sea practicada o no. Adicionalmente, este término de firmeza también se suspende si el contribuyente solicita voluntariamente la práctica de una Inspección a su contabilidad; sólo en este caso la suspensión opera por un término igual a la duración de la inspección. Tal y como se mencionó anteriormente, las modificaciones adoptadas por las autoridades deben corresponder a aquellas que fueron propuestas en el Requerimiento Especial o en su Ampliación. En la Liquidación Oficial se liquida el impuesto adicional que considera debe ser pagado por el contribuyente, así como las sanciones a que haya lugar, después de haber considerado las respuestas dadas por el contribuyente al Requerimiento Especial y en su Ampliación. Notificada la Liquidación Oficial, el contribuyente cuenta con un plazo de dos meses desde la notificación de la Liquidación Oficial para interponer el llamado Recurso de Reconsideración contra la Liquidación Oficial, a través del cual manifiesta su inconformidad con la Liquidación Oficial, exponiendo y aportando los argumentos y pruebas en contra de la misma. A su turno, las autoridades cuentan con un plazo de un año para resolver este recurso expidiendo una resolución favorable total o parcialmente al contribuyente, o por el contrario en contra del contribuyente y confirmando la Liquidación Oficial. Este término de un año también se suspende con la práctica de inspecciones en los mismos términos expuestos anteriormente en el caso de la suspensión del término para expedir la Liquidación Oficial. Si la Administración no le notifica al contribuyente la resolución que resuelve el recurso de reposición dentro de este término de un año, la presunción de silencio administrativo positivo opera a favor del contribuyente y el recurso se entiende resuelto a su favor. Notificada la resolución que resuelve el recurso de Reconsideración, si ésta es desfavorable al contribuyente, se cuenta con un plazo de cuatro meses para adelantar la correspondiente demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante las Cortes colombianas, la cual busca la declaratoria de nulidad total o parcial de los actos de las autoridades de impuestos y que en su lugar se dé la razón al contribuyente dejando en firme su declaración privada del impuesto. Este es un proceso de dos instancias. En el caso de no haberse presentado declaración tributaria, existiendo la obligación de hacerlo, las autoridades tienen un plazo de cinco años para proferir una liquidación de aforo, previa la invitación a declarar mediante un Emplazamiento para Declarar. La Liquidación de Aforo también es susceptible del recurso de Reconsideración, en los mismos términos que para la Liquidación Oficial de Revisión.

5.4. Legislación laboral En el sistema legal colombiano se parte de la base de que toda relación, en donde una persona natural presta un servicio remunerado, bajo subordinación, constituye una relación laboral y está sujeta a la normatividad legal del trabajo y de la seguridad social. Dicha regulación se encuentra compendiada en cuatro conjuntos de normas legales que son las siguientes: a) El Código Sustantivo del Trabajo;

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b) El Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social; c) El Sistema de Seguridad Social Integral; d) El Sistema de Subsidio Familiar y Protección Social. Mecanismos alternativos para vincular trabajadores dependientes no sujetos a las normas imperativas del trabajo los constituyen las Empresas de Trabajo Temporal y las Cooperativas de Trabajo Asociado, en donde la relación se establece entre dos personas jurídicas. La vigilancia del cumplimiento de los deberes patronales para con los trabajadores se realiza a través del Ministerio de la Protección Social. La normatividad laboral desarrolla unos principios, en torno a los cuales se interpretan las leyes y regulaciones de carácter general para su aplicación a los casos concretos: 1. La presunción desvirtuable de que toda relación de trabajo con una persona natural está regida por un contrato de trabajo; 2. La igualdad de los trabajadores, según la cual no existe diferencia de régimen por razón del carácter material o intelectual de la labor y se proscribe la discriminación; 3. El mínimo de derechos y garantías contenido en las normas, de manera que son irrenunciables por el trabajador y no resulta válido pacto alguno que las desmejore; 4. La favorabilidad, por la cual, en caso de dificultad en la aplicación de una norma legal del trabajo, ella se interpretará a favor del trabajador; 5. Toda relación laboral obliga al empleador a contribuir mensualmente con los aportes al Sistema de Seguridad Social para el trabajador; 6. A trabajo igual, salario igual, que prescribe que en una misma organización particular, una idéntica labor desempeñada por dos personas distintas debe tener la misma remuneración. La ley colombiana supone que toda vinculación de carácter laboral de una persona natural se realiza a través de un contrato laboral, que se sujeta al mínimo de derechos y garantías contenido en las normas. Para su celebración se requiere ser mayor de 18 años y el trabajo de menores de esta edad debe ser previamente autorizado por sus padres y el Ministerio de la Protección Social. Las modalidades que puede revestir la contratación son principalmente las siguientes: a) El Contrato a Término Indefinido, que configura la regla general y que aplica siempre que las partes no hayan expresado su voluntad en contrario o han guardado silencio sobre su duración; b) El Contrato a Término Definido, en donde su duración debe pactarse expresamente; no obstante su plazo, para darlo por terminado, debe notificarse la decisión en tal sentido con 30 días de antelación a su vencimiento, so pena de que se considere prorrogado por el plazo original; c) El Contrato por Obra o Labor Determinada, para cuyos efectos debe señalarse con claridad el preciso objeto del mismo, so pena de que se considere como de término indefinido; d) El Contrato de Aprendizaje, cuya máxima duración es de dos años y en donde la remuneración no se considera salario, de manera que no genera prestaciones sociales. Toda empresa comercial con más de 5 trabajadores o industrial con más de 10 o agrícola, ganadera o forestal con más de 20 tiene la obligación de adoptar un Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por el Ministerio de la Protección Social, dentro del cual se determinan las condiciones a que deben sujetarse empleador y trabajadores en la prestación del servicio y cuyas regulaciones se refieren básicamente a las condiciones de admisión, trabajo accidental o transitorio, horarios, orden jerárquico, régimen de prohibiciones y sanciones, duración de la jornada, horas extras y prestaciones sociales adicionales a las legales.

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Las estipulaciones del Reglamento se entienden incorporadas automáticamente a todos los contratos de trabajo de la organización. Todo contrato laboral puede someterse a un período de prueba, durante el cual cada una de las partes puede darlo por terminado unilateralmente, sin que haya lugar a sanciones o indemnizaciones. El pacto debe constar expresamente de manera escrita y su plazo máximo es de dos meses. La jornada ordinaria es de 48 horas semanales y es éste el máximo legal posible, por encima del cual, se entiende trabajo suplementario, con recargo salarial del 25% si es diurno. El trabajo ordinario es el que se desarrolla entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m., horario éste, por fuera del cual, se entiende trabajo nocturno, con recargo salarial del 35%. El trabajo extra nocturno tiene un recargo salarial del 75%. Escapan a estas limitaciones los trabajadores que desempeñen cargos de dirección, de confianza o de manejo, los que desarrollen actividades discontinuas y el personal de vigilancia. Es obligatorio el descanso remunerado en días domingos y en 18 días festivos en el año; el trabajo en estas oportunidades origina a cargo del empleador, un recargo salarial y el deber de conceder un descanso compensatorio. Todo trabajador tiene derecho a vacaciones anuales remuneradas de quince días hábiles. Por regla general, el salario puede pactarse libremente y en la forma en que las partes lo deseen con dos limitaciones básicas: a) Siempre debe respetarse el salario mínimo legal mensual, cuyo valor para el año 2006 es de $408.000 colombianos; b) Solamente si el salario es 10 veces superior al mínimo legal, puede pactarse que dentro del mismo se encuentran incluidas las prestaciones sociales, todo recargo por trabajo suplementario y nocturno, las primas, etc.; Por regla general, todo contrato de trabajo entraña la obligación del empleador, de pagar las siguientes prestaciones sociales: a) Auxilio de Transporte, que para el año 2006 es de $47.700, para aquellos trabajadores que devenguen hasta dos veces el salario mínimo legal mensual; b) Tres dotaciones anuales de calzado y vestido de labor para aquellos trabajadores que devenguen hasta dos veces el salario mínimo legal mensual; c) Cesantía equivalente a un salario por cada año de servicios; d) Intereses sobre la cesantía equivalentes al 12% anual; e) Prima de Servicios por el equivalente a 15 días de salario en el mes de junio y 15 días de salario en el mes de diciembre; f) Vacaciones remuneradas de 15 días hábiles por cada año de servicios; g) Subsidio familiar del 4% mensual sobre el valor del salario; Toda trabajadora tiene derecho a una licencia remunerada de 12 semanas en la época del parto el padre tiene derecho, después del nacimiento, de hasta 8 días de licencia. Los mecanismos de terminación del contrato de trabajo son los siguientes: a) La muerte del trabajador; b) El mutuo acuerdo; c) El vencimiento del plazo pactado; d) La finalización de la obra o labor contratada;

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e) Por suspensión de actividades de más de 120 días, previa autorización del Ministerio de la Protección Social; f) Por la liquidación o clausura definitiva de la empresa, previa autorización del Ministerio la Protección Social; g) Por decisión unilateral del trabajador con justa causa, explicando en detalle la motivación o sin justa causa, dando aviso con 30 días de antelación; h) Por decisión unilateral del empleador con justa causa que deberá comunicarse con 30 días de antelación, explicando en detalle la motivación; i) Por decisión unilateral del empleador sin justa causa, procediendo a indemnizar al trabajador de la siguiente manera y sin que haya lugar reintegro:

1. El equivalente a 30 días de salario por el primer año de servicios y 20 días adicionales por cada año subsiguiente, devenga menos de 10 salarios mínimos legales mensuales; 2. El equivalente 20 días de salario por elprimer año de servicios y 15 días adicionales por cada año subsiguiente, devenga más de 10 salarios mínimos legales mensuales.

La ley colombiana prevé básicamente dos mecanismos para tener personal al servicio del empleador, sin que se causen en su cabeza las obligaciones de pago de salarios, prestaciones sociales, seguridad social, etc.: a) Contratando la prestación del servicio con una Empresa Asociativa de Trabajo, que son personas jurídicas constituidas y aprobadas como organizaciones económicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral por tiempo indefinido a la misma; b) Contratando la prestación del servicio con una Empresa de Servicios Temporales, únicamente para atender trabajo ocasional, reemplazo de personal en vacaciones, licencias o enfermedad e incrementos temporales de la producción. Los trabajadores tienen derecho a asociarse en Sindicatos de Empresa, de Industria, Gremiales o de Oficios Varios, siempre y cuando se logre un mínimo de 25 afiliados. Solamente puede procederse a la huelga cuando se haya agotado el mecanismo y los trámites legales inherentes al arreglo directo y se haya definido no someter las diferencias a la decisión de un tribunal de arbitramento. Los fundadores del sindicato y sus directivos gozan temporalmente, durante el ejercicio de sus cargos sindicales, del beneficio denominado "fuero sindical", consistente en que cualquier decisión de desmejora, traslado o despido, debe ser previamente calificada por autoridad competente. Las relaciones colectivas relativas a las condiciones del trabajo se regulan fundamentalmente a través de los siguientes mecanismos: a) Convención colectiva de trabajo celebrada entre un sindicato y el empleador; b) Pacto colectivo de trabajo celebrado entre un grupo de trabajadores no sindicalizados y el empleador; c) Laudos arbitrales cuando no haya sido posible el arreglo directo. Desde el punto decisorio, los trabajadores no tienen injerencia alguna, ni posibilidad legal de oposición a la enajenación de la empresa en marcha, ni a su fusión con otra u otras, ni a su escisión. En todos estos casos se opera el fenómeno de la sustitución patronal, por el cual todos los derechos de los trabajadores quedan incólumes y no se ven afectados ni desmejorados, surgiendo la responsabilidad solidaria para estos efectos, de parte del enajenante y del adquirente, frente a los trabajadores.

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Para laborar en Colombia, el trabajador extranjero requiere la expedición de la denominada "Visa Temporal de Trabajador" por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores. Para ejercer la profesión o actividad autorizada en la visa, el extranjero debe cumplir con los mismos requisitos exigidos para los nacionales colombianos y aportar los documentos que le permitan el ejercicio de la profesión respectiva. Vigente a partir de 1993, el Sistema de Seguridad Social Integral cobija a toda persona, dependiente o independiente, que tenga la capacidad de contribuir con los aportes reglamentarios y se fundamenta en los siguientes principios generales: a) El empleador queda liberado de toda prestación inherente a la seguridad social, tales como pensión de vejez, de invalidez, etc., cuando su trabajador se encuentre debidamente afiliado al sistema y aquél efectúe los aportes mensuales previstos en la ley; b) La Seguridad Social debe amparar a toda la población sin discriminaciones, durante todas las etapas de la vida y contra todo tipo de riesgos o contingencias que menoscaben la salud o los ingresos; c) Los beneficiarios son los afiliados directos y los familiares que vivan bajo su dependencia económica. La Seguridad Social abarca fundamentalmente los siguientes tres elementos: 1. El Sistema General de Pensiones, a cargo de un Fondo de Pensiones Público o Privado, según la libre elección del trabajador, obliga al aporte mensual del 14,5% por el año 2004 del salario, del cual, el 75% está a cargo del empleador y el 25% a cargo del trabajador y garantiza las siguientes prestaciones económicas:

a) Pensión de vejez b) Pensión de invalidez; c) Pensión de sobrevivientes; y, d) Auxilio funerario

2. El Sistema General de Salud, a cargo de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), según libre elección del trabajador y a través del Plan Obligatorio de Salud (POS), obliga al aporte mensual de hasta el 12% del salario, del cual, 2/3 son a cargo del empleador y 1/3 a cargo del trabajador y garantiza las siguientes atenciones:

a) Enfermedad general; b) Maternidad.

3. El Sistema General de Riesgos Profesionales, cargo de las Entidades Administradoras del Sistema General de Riesgos Profesionales (ARP), según la libre elección del empleador, obliga al aporte mensual íntegramente a cargo de éste, de entre el 0,348% y el 8,7% del salario, y garantiza las siguientes atenciones necesarias con ocasión de Enfermedad Profesional y de Accidentes de Trabajo:

a) Atención médico asistencial; b) Subsidio por incapacidad temporal; c) Indemnización por incapacidad permanente parcial; d) Pensión de invalidez; e) Pensión de sobrevivientes; y,

f)Auxiliofunerario.

5.5. Legislación sobre propiedad intelectual La protección de la propiedad industrial en Colombia incluye las marcas de fábrica y de servicios, las marcas colectivas, marcas de certificación, lemas comerciales, patentes,

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esquemas de trazado de circuitos integrados, modelos y diseños industriales, modelos de utilidad, secretos empresariales, variedades vegetales, nombres y enseñas comerciales y denominaciones de origen. En el campo de la propiedad intelectual se protegen los derechos de autor los cuales incluyen obras artísticas, literarias, científicas y los programas de ordenador (software). Las entidades que regulan estos campos son la Superintendencia de Industria y Comercio para los temas de propiedad industrial y la Dirección Nacional del Derecho de Autor para aquellos relacionados con la propiedad intelectual. Adicionalmente el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo se encarga de aprobar y registrar aquellos contratos que involucran transferencia de tecnología con respecto a intangibles. Las Decisiones 486 y 351 de la Comisión de la Comunidad Andina, vigentes para Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, son los principales cuerpos normativos que regulan la propiedad industrial e intelectual en estos países. Adicionalmente, las principales normas sobre derechos de autor en Colombia se encuentran en la Ley 23 de 1982 y en la Ley 44 de 1993. Marca es cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado. Deberá ser perceptible por los sentidos y susceptible de representación gráfica para poder ser registrada. Podrán constituir marcas, entre otros, los siguientes signos:

a) las palabras o combinación de palabras; b) las imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos,

etiquetas, emblemas y escudos; c) los sonidos y los olores; d) las letras y los números; e) un color delimitado por una forma, o una combinación de colores; f) la forma de los productos, sus envases o envolturas;

En la Comunidad Andina (Colombia, Venezuela, Ecuador, Perú y Bolivia) el registro es atributivo de propiedad. El uso de una marca sin registro no confiere derechos. Solamente la marca registrada tiene derecho a la protección legal. El registro de una marca tiene una duración de diez años contados a partir de la fecha de su concesión y puede renovarse por períodos sucesivos de diez años. El titular del registro, o quien tenga legítimo interés, deberá solicitar su renovación dentro de los seis meses anteriores a la expiración del registro. No obstante, tanto el titular del registro como quien tenga legítimo interés gozarán de un plazo de gracia de seis meses, contados a partir de la fecha de vencimiento del registro, para solicitar su renovación, mediante el pago de una tasa adicional. Para obtener la renovación no se exige prueba de uso de la marca. La primera solicitud de marca válidamente presentada en un país miembro de la Comunidad Andina o ante una autoridad nacional, regional o internacional con la cual el país miembro de la Comunidad Andina esté vinculado por algún tratado que establezca un derecho de prioridad conferirá al interesado este derecho, con los alcances previstos en el Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial. La solicitud de prioridad deberá presentarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de presentación de la solicitud cuya prioridad se invoca.

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No son registrables como marcas aquellos signos que:

1) carezcan de distintividad; 2) consistan exclusivamente en formas usuales de los productos o de sus envases; 3) las expresiones laudatorias referidas a esos productos o servicios; 4) consistan exclusivamente en un signo o indicación que sea el nombre genérico o técnico del producto o servicio de que se trate; 5) consistan exclusivamente o se hubieran convertido en una designación común o usual del producto o servicio de que se trate en el lenguaje corriente o en la usanza del país; 6) consistan en un color aisladamente considerado, sin que se encuentre delimitado por una forma específica; 7) puedan engañar a los medios comerciales o al público, en particular sobre la procedencia geográfica, la naturaleza, el modo de fabricación, las características, cualidades o aptitud para el empleo de los productos o servicios de que se trate; 8) reproduzcan, imiten o contengan una denominación de origen protegida para los mismos productos o para productos diferentes, cuando su uso pudiera causar un riesgo de confusión o de asociación con la denominación; o implique un aprovechamiento injusto de su notoriedad; 9) reproduzcan o imiten, sin permiso de las autoridades competentes, bien sea como marcas, bien como elementos de las referidas marcas, los escudos de armas, banderas, emblemas, signos y punzones oficiales de control y de garantía de los Estados; 10) sean contrarios a la ley, a la moral, al orden público o a las buenas costumbres;

No obstante lo anterior, un signo podrá ser registrado como marca si quien solicita el registro o su causante lo hubiese estado usando constantemente en el país miembro y, por efecto de tal uso, el signo ha adquirido aptitud distintiva respecto de los productos o servicios a los cuales se aplica. Las marcas no registrables en relación a terceros son:

1) sean idénticos o se asemejen a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero, para los mismos productos o servicios, o para productos o servicios respecto de los cuales el uso de la marca pueda causar un riesgo de confusión o de asociación; 2) sean idénticos o se asemejen a un nombre comercial protegido, o, de ser el caso, a un rótulo o enseña, siempre que dadas las circunstancias, su uso pudiera originar un riesgo de confusión o de asociación; 3) sean idénticos o se asemejen a un lema comercial solicitado o registrado, siempre que dadas las circunstancias, su uso pudiera originar un riesgo de confusión o de asociación; 4) consistan en un signo que afecte la identidad o prestigio de personas jurídicas con o sin fines de lucro, o personas naturales, en especial, tratándose del nombre, apellido, firma, título, hipocorístico, seudónimo, imagen, retrato o caricatura de una persona distinta del solicitante; 5) consistan en un signo que infrinja el derecho de propiedad industrial o el derecho de autor de un tercero, salvo que medie el consentimiento de éste; 6) consistan en el nombre de las comunidades indígenas, afroamericanas o locales, o las denominaciones, las palabras, letras, caracteres o signos utilizados para distinguir sus productos, servicios o la forma de procesarlos, o que constituyan la expresión de su cultura o práctica, salvo que la solicitud sea presentada por la propia comunidad o con su consentimiento expreso; y,

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7) constituyan una reproducción, imitación, traducción, transliteración o trascripción, total o parcial, de un signo distintivo notoriamente conocido cuyo titular sea un tercero, cualesquiera que sean los productos o servicios a los que se aplique el signo, cuando su uso sea susceptible de causar un riesgo de confusión o de asociación; un aprovechamiento injusto del prestigio del signo o la dilución de su fuerza distintiva o de su valor comercial o publicitario. 8) cuando la oficina nacional competente tenga indicios razonables que le permitan inferir que un registro se hubiese solicitado para perpetrar, facilitar o consolidar un acto de competencia desleal, se podrá denegar dicho registro.

Los requisitos que debe cumplir una solicitud de registro de marca son:

a) Nombre y domicilio del solicitante y de su apoderado. b) Reproducción de la marca. c) Indicación de los productos o servicios amparados y clase correspondiente. d) Pago de la tasa de presentación.

Otros requisitos de la solicitud son:

a) Existencia y representación de la persona jurídica peticionaria. b) Copia certificada y autenticada por Cónsul del registro extranjero cuya prioridad se solicita. Si proviene de un país miembro de la Convención de la Apostilla, se requiere copia notarial y con el sello de la Apostilla.

c) El diseño de la marca si ésta es gráfica.

La Oficina de Marcas examinará, dentro de los 15 días contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, si cumple con los requisitos de forma. Si del examen de forma resulta que la solicitud no contiene todos los requisitos, la oficina otorgará sesenta días para completarlos. Si a la expiración del término señalado el solicitante no completa los requisitos indicados, la solicitud se considerará abandonada y perderá su prelación. Si la solicitud de registro reúne los requisitos formales se ordenará la publicación. Dentro del plazo de treinta días siguientes a la fecha de la publicación, quien tenga legítimo interés podrá presentar, por una sola vez, oposición fundamentada que pueda desvirtuar el registro de la marca. Las oposiciones son el mecanismo legal para objetar la solicitud de registro de una marca, que sea idéntica o similarmente confundible a una marca previamente solicitada o registrada por un tercero, para distinguir productos o servicios de la misma clase o de clases vinculadas. Por medio de las oposiciones también se pueden objetar las solicitudes de marcas cuando se considere que su registro, sin afectar derechos específicos de un tercero, puede afectar los intereses del público consumidor en general, como sucede en el caso de las marcas genéricas, descriptivas, engañosas, o cuando se pretende registrar como marca una denominación de origen protegida, entre otras. Se encuentra vigente la Clasificación Internacional de artículos y de servicios del Arreglo de Niza, que trae 45 clases. La Oficina de Marcas cancelará el registro de una marca a solicitud de persona interesada, cuando sin motivo justificado la marca no se hubiere utilizado en al menos uno de los países miembros, por su titular, por un licenciatario o por otra persona autorizada para ello, durante los tres años consecutivos precedentes a la fecha en que se inicie la acción de cancelación.

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Puede pedirse ante el Consejo de Estado (Tribunal Administrativo) la nulidad de una marca registrada en perjuicio de derechos de terceros dentro de los cinco años siguientes a la fecha de concesión del registro, o en cualquier tiempo, si se trata de una marca registrada violando las causales absolutas de irregistrabilidad. Quien sufre una infracción a sus derechos marcarios podrá solicitar a la autoridad nacional competente que se ordenen, entre otras, una o más de las siguientes medidas: el cese de los actos que constituyen la infracción; la indemnización de daños y perjuicios; el retiro de los circuitos comerciales de los productos resultantes de la infracción, incluyendo los envases, embalajes, etiquetas, material impreso o de publicidad u otros materiales, así como los materiales y medios que sirvieran predominantemente para cometer la infracción; la prohibición de la importación o de la exportación de los productos y, en general, la adopción de las medidas necesarias para evitar la continuación o la repetición de la infracción, incluyendo la destrucción de los productos, materiales o medios referidos. NOMBRE COMERCIAL. Se entenderá por nombre comercial cualquier signo que identifique a una actividad económica, a una empresa, o a un establecimiento mercantil. El derecho exclusivo sobre un nombre comercial se adquiere por su primer uso en el comercio y termina cuando cesa el uso del nombre o cesan las actividades de la empresa o del establecimiento que lo usa. Pueden registrarse en la misma forma que se registran las marcas y tienen una duración de diez años contados a partir de la fecha de su registro, renovables por períodos iguales. No pueden usarse, depositarse ni registrarse aquellos nombres contrarios a las buenas costumbres, al orden público o que puedan engañar a terceros sobre la naturaleza de las actividades que se desarrollan con el nombre comercial. Se aplican las causales de irregistrabilidad de marcas. El nombre comercial podrá ser objeto de licencia. LEMA COMERCIAL. Se entiende por lema comercial la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca. La solicitud de registro de un lema comercial deberá especificar la marca solicitada o registrada con la cual se usará. Los lemas comerciales están sujetos a las normas sobre marcas. La protección y depósito de los rótulos o enseñas se regirá por las disposiciones relativas al nombre comercial. DENOMINACIÓN DE ORIGEN. Se llama denominación de origen a la indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce. No podrán ser declaradas como denominaciones de origen aquellas indicaciones que puedan inducir a error al público sobre la procedencia geográfica, la naturaleza, el modo de fabricación, o la calidad, reputación u otras características de los respectivos productos. Para que las denominaciones de origen estén protegidas es necesario que la oficina nacional competente las declare como tales, previa solicitud presentada por persona que tenga interés jurídico. La declaración dura diez años y puede ser renovada por períodos iguales. Éstas son protegidas mientras subsiste la protección en el país de origen, por convenio internacional, o cuando se conceda reciprocidad de trato. PATENTES. En los países de la Comunidad Andina (Colombia, Venezuela, Ecuador, Perú y Bolivia) se otorgarán patentes para las invenciones, sean de producto o de procedimiento, en todos los campos de la tecnología, siempre que sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial.

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Una invención se considerará nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica. El estado de la técnica comprenderá todo lo que haya sido accesible al público por una descripción escrita u oral, utilización, comercialización o cualquier otro medio antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente o, en su caso, de la prioridad reconocida. Se considerará que una invención tiene nivel inventivo, si para una persona del oficio normalmente versada en la materia técnica correspondiente, esa invención no hubiese resultado obvia ni se hubiese derivado de manera evidente del estado de la técnica. Se considerará que una invención es susceptible de aplicación industrial, cuando su objeto pueda ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria, entendiéndose por industria la referida a cualquier actividad productiva, incluidos los servicios. No serán patentables:

1) las invenciones cuya explotación comercial deba impedirse necesariamente para proteger el orden público o la moral; 2) las invenciones cuya explotación comercial deba impedirse necesariamente para proteger la salud o la vida de las personas o de los animales, o para preservar los vegetales o el medio ambiente; 3) las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos; 4) los métodos terapéuticos o quirúrgicos para el tratamiento humano o animal, así como los métodos de diagnóstico aplicados a los seres humanos o a animales.

No se considerarán invenciones:

1) los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos; 2) el todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma de cualquier ser vivo natural; 3) las obras literarias y artísticas o cualquier otra protegida por el derecho de autor; 4) los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales; 5) los programas de ordenadores o el soporte lógico, como tales; y, 6) las formas de presentar información.

La duración será de 20 años desde la fecha de la solicitud. El solicitante puede ser el inventor o su cesionario. El procedimiento es el siguiente: La oficina nacional competente examinará, dentro de los 30 días contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, si ésta cumple con los requisitos de forma. Si no los contiene, notificará al solicitante para que los complete dentro del plazo de dos meses siguientes, plazo que será prorrogable por una sola vez, por un período igual, sin que pierda su prioridad. Si a la expiración del término señalado el solicitante no completa los requisitos indicados, la solicitud se considerará abandonada y perderá su prelación. Si los completa, la solicitud se publica en la Gaceta de la Propiedad Industrial.Una solicitud de patente no podrá ser consultada por terceros antes de transcurridos dieciocho meses contados desde la fecha de su presentación, salvo que medie consentimiento escrito por parte del solicitante. Dentro del plazo de sesenta días siguientes a la fecha de la publicación, quien tenga legítimo interés podrá presentar, por una sola vez, oposición fundamentada que pueda desvirtuar la patentabilidad de la invención. Si se hubiere presentado oposición, se notificará al solicitante para que dentro de los sesenta días siguientes haga valer sus argumentaciones, presente documentos o redacte nuevamente las reivindicaciones o la descripción de la invención, si lo estima conveniente.

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Dentro del plazo de seis meses contados desde la publicación de la solicitud, independientemente que se hubieren presentado oposiciones, el solicitante deberá pedir que se examine si la invención es patentable. Si el examen definitivo fuere favorable, se otorgará el título de la patente. Si fuere parcialmente favorable, se otorgará el título solamente para las reivindicaciones aceptadas. Si fuere desfavorable se denegará. Para el orden y clasificación de las patentes se utiliza la Clasificación Internacional de Patentes de Invención establecida por el Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación Internacional de Patentes de 1971, con sus modificaciones vigentes. La primera solicitud de patente de invención o de modelo de utilidad, o de registro de diseño industrial o de marca, válidamente presentada en otro país miembro o ante una autoridad nacional, regional o internacional con la cual el país miembro estuviese vinculado por algún tratado que establezca un derecho de prioridad análogo al que establece la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina, conferirá al solicitante un derecho de prioridad para solicitar en el país miembro una patente o un registro respecto de la misma materia. El alcance y los efectos del derecho de prioridad serán los previstos en el Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial. Para beneficiarse del derecho de prioridad, la solicitud que la invoca deberá presentarse dentro de los doce meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud cuya prioridad se invoca. La autoridad nacional competente decretará de oficio o a solicitud de cualquier persona y en cualquier momento, la nulidad absoluta de una patente, cuando:

a) el objeto de la patente no constituya una invención; b) la invención no cumpla con los requisitos de patentabilidad; c) la patente no divulgue la invención; d) las reivindicaciones incluidas en la patente no estén enteramente sustentadas por la descripción; e) la patente concedida contenga una divulgación más amplia que en la solicitud inicial y ello implique una ampliación de la protección; f) de ser el caso, no se hubiere presentado la copia del contrato de acceso; g) de ser el caso, no se hubiere presentado la copia del documento que acredite la licencia o autorización de uso de los conocimientos tradicionales de las comunidades indígenas afroamericanas o locales de los países miembros; h) se configuren las causales de nulidad absoluta previstas en la legislación nacional para los actos administrativos.

Cuando las causales indicadas anteriormente sólo afecten alguna de las reivindicaciones o partes de una reivindicación, la nulidad se declarará solamente con respecto a tales reivindicaciones o a tales partes de la reivindicación, según corresponda. La patente, la reivindicación o aquella parte de una reivindicación que fuese declarada nula, se reputará sin ningún valor desde la fecha de presentación de la solicitud de la patente. Los vicios de los actos administrativos que no lleguen a producir la nulidad absoluta, quedarán afectados de nulidad relativa. En estos casos la autoridad nacional competente podrá declarar dicha anulación dentro de los cinco años siguientes contados a partir de la fecha de la concesión de la patente. Los jueces otorgan protección a las patentes en la forma de medidas cautelares que pueden consistir en una fianza para garantizar el cese de los actos violatorios; en un embargo de los

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artículos que violaren la patente, o los de su propaganda, o de la maquinaria para su manufactura; u otras medidas similares. Pueden también reclamarse perjuicios independientemente de las medidas cautelares. Para mantener en vigencia la patente o, en su caso, la solicitud de patente en trámite, deberán pagarse tasas anuales por años adelantados. La fecha de vencimiento de cada anualidad será el último día del mes en que fue presentada la solicitud. Sin embargo, una tasa anual podrá pagarse dentro de un plazo de gracia de seis meses contado desde la fecha de inicio del período anual correspondiente, pagando conjuntamente el recargo establecido. Durante el plazo de gracia, la patente o la solicitud de patente mantendrá su vigencia plena. La falta de pago de una tasa anual producirá la caducidad de la patente o de la solicitud de patente. Colombia ha ratificado el PCT o Patent Cooperation Treaty que rige a partir del 28 de febrero de 2001 y que permite, mediante la presentación de una solicitud de patente "internacional", que se obtenga protección para una invención en todos aquellos países miembros del tratado que hayan sido designados en la solicitud. En la solicitud de patente internacional la persona interesada debe indicar, entre todos los Estados contratantes del PCT, aquellos en que desea que surta efectos su solicitud internacional (los "Estados designados"), para que, posteriormente, se adelante en cada uno de ellos la segunda etapa del procedimiento denominada la "Fase nacional".

5.6. Costes de establecimiento: de personal, alquileres, suministros y otros SUMINISTROS En Colombia el precio de los suministros depende del estrato asignado a cada zona. Las zonas y edificaciones de estrato más bajo, revisadas por avalúos catastrales periódicamente, han de pagar un precio menor para los suministros fundamentales (agua, luz, alcantarillado, teléfono, etc.) que las zonas y edificaciones de estrato más alto. Los estratos oscilan entre el 1 y el 6. A continuación se expone una media de los suministros agrupando todos los estratos en las tres ciudades más importantes del país:

PRECIO BOGOTÁ CALI MEDELLÍN

US$ Residencial Comercial Residencial Comercial Residencial Comercial

Agua Costo variable $/m3 0,51 0,79 0,28 0,44 0,37 0,62 Cargo fijo $/mes 3,58 3,50 2,79 9,00 2,49 2,99 Alcantarillado Costo variable $/m3 0,27 0,50 0,25 0,37 0,27 0,33 Cargo fijo $/mes 1,57 1,81 2,09 4,70 0,54 0,65 Gas Costo variable $/m3 0,14 0,20 0,20 0,20 0,15 0,18 Cargo fijo $/mes 0,95 0,45 0,03 0,38 0,20 0,27

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Energía Tarifa $/Kwh. 0,07 0,08 0,06 0,07 0,06 0,07 Telefonía Costo de conexión 68,34 82,01 102,57 123,08 46,63 55,96 Costo variable $/IMP 0,02 0,03 0,02 0,03 0,01 0,01 Cargo fijo $/mes 2,19 2,63 6,26 7,51 3,49 4,31

Fuente: Comisión Reguladora de Energía y Gas (CREG), Superintendencia de Servicios Públicos, Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT). A continuación se muestran unos cuadros con los costes detallados de los suministros y otra información de la ciudad de Bogotá:

Energia eléctrica en función de los estratos, mayo 2.006 US$ ESTRATO 1 (de 0 a 200 kWh/mes) $/kWh 0,05 ESTRATO 1 (más de 200 kWh/mes) y áreas comunes $/kWh 0,10 ESTRATO 2 (de 0 a 200 kWh/mes) $/kWh 0,06 ESTRATO 2 (más de 200 kWh/mes) y áreas comunes $/kWh 0,10 ESTRATO 3 (de 0 a 200 kWh/mes) $/kWh 0,08 ESTRATO 3 (más de 200 kWh/mes) y áreas comunes $/kWh 0,10 ESTRATO 4 (todo consumo) y áreas comunes $/kWh 0,11 ESTRATOS 5 y 6 (todo consumo) y áreas comunes $/kWh 0,11 COMERCIAL. TARIFA REGULADA (menor a 1 kV.). Todo consumo $/kWh 0,10 Fuente: CREG 2005

Gas natural en función de los estratos, Mayo 2.006 fijo mensual US$

ESTRATO 1 HASTA 20 m/MES $/m 0,113 ESTRATO 1 MAYOR A 20 m/MES 0,0 $/m 0,112 ESTRATO 2 HASTA 20 m/MES $/m 0,132 ESTRATO 2 MAYOR A 20 m/MES 0,0 $/m 0,112 ESTRATOS 3 y 4 Todo consumo 1,02 $/m 0,112 ESTRATOS 5 y 6 Todo consumo 1,22 $/m 0,135 Fuente: CREG.

Precio de los hidrocarburos líquidos por litro (US$) Diesel 0.50 Gasolina corriente 0.665 Gasolina extra 0.810 Fuel oil 0.294 Queroseno 0.692 Fuente: ECOPETROL (2.006 )

Estrato Cargo fijo Consumobásico (Hasta 40 m3)

consumo No Básico (de 40 a 80m3)

1 1,45 0,25 0,82 2 2,90 0,49 0,82 3 4,59 0,78 0,82

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4 4,83 0,82 0,82 5 13,72 1,132 1,132 6 19,57 1,132 1,132

Fuente: Empresa de Agua, Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB (Agosto de 2.006) ALOJAMIENTO Y PRECIO DEL SUELO

Precio medio de hoteles Tarifa promedio por noche (hoteles de 3, 4 y 5 estrellas) US$ Bogotá 45,67 Todo el país 34,64 Fuente: COINVERTIR (Marzo de 2.005)

Precio medio de arrendamiento del m2 de suelo en Bogotá Tipo de establecimiento en US$ Lotes o patios 2,00 Locales 5,00 Oficinas 5,00 Bodega 5,00 Fuente: COINVERTIR (Marzo de 2.005)

medio de venta del m2 de suelo en Bogotá e establecimiento Precio en US$

Lotes o patios 140,00 Locales 460,00 Oficinas 460,00 Bodega 460,00 Fuente: COINVERTIR (Marzo de 2.005) COSTE DE PERSONAL El salario mínimo que devengan unos cuatro millones de trabajadores colombianos (25% de la población económicamente activa) para el año 2005 ascendió un 7,83% con respecto a 2004, hasta situarse en 408.000 pesos colombianos mensuales (172,6 dólares). A continuación se muestran los sueldos medios de varios puestos de trabajo representativos:

SECRETARIA (Puntos HAY) básico anual US$ Secretaria I 4.988 Secretaria II 6.195 Secretaria III 7.603 Secretaria Ejecutiva 9.490 Secretaria Bilingüe 12.074 Secretaria Presidencia 14.998

AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Puntos HAY) básico anual US$

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Oficinista I 4.033 Oficinista II 4.988 Oficinista III 6.195 Oficinista IV 7.603 Oficinista V 9.490 GENTE GENERAL – GERENTE FILIAL de la empresa básico anual US$ 0,5 M 63.726 2 M 77.519 5 M 93.797 20 M 112.557 50 M 112.644 100 M 148.659 500 M 166.532 Fuente HAY GROUP COLOMBIA (www.haygroup.com)

6. INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRÁCTICO

6.1. Formalidades de entrada y salida Para un período de permanencia en el país inferior a 90 días no es necesario visado. En este caso, lo conceden, al llegar al aeropuerto, las autoridades de inmigración, previa presentación del pasaporte en vigor, y puede prorrogarse mediante solicitud presentada a la Dirección de Extranjería en Bogotá, o a cualquier Dirección Seccional en cualquier capital de Departamento del País. Si la estancia es superior a ese período es necesario solicitar visado ante la Embajada de Colombia en España o a los Consulados de Colombia en España. No se exige el pago de ninguna tasa de entrada; a la salida debe pagarse una tasa en el aeropuerto de aproximadamente 26 dólares, cuando la estancia en el país ha sido inferior a 2 meses y de 52 dólares si ha sido superior.

6.2. Horario local y días festivos La totalidad del territorio colombiano comparte un mismo horario. Existe un atraso de 6 horas respecto a España, salvo en primavera y verano que la diferencia es de 7 horas. El horario general de oficinas es de 8:00 a 12:00 y de 13:00 a 17:30. En los bancos el horario es de jornada continua, de 9:00 a 15:00. El último día hábil de cada mes la atención al público es hasta las 12:00. Normalmente todos los bancos exigen que las operaciones con divisas se formalicen antes de las 12.00.

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El horario habitual de los comercios es de 9:00 a 19:00, y muchos de ellos abren también los sábados; existen algunos centros comerciales que extienden su horario continuado hasta las 21:00. También es posible efectuar compras en numerosos centros comerciales los sábados y los domingos. La Administración Pública, por lo general, tiene un horario de 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 17:00. Los restaurantes suelen abrir de 12:00 a 24:00. Los horarios más habituales para las comidas son: desayuno, a partir de las 6:00; almuerzo (comida) de 12:00 a 14:00 y comida (cena) de 19:00 a 22:00. DÍAS FESTIVOS ( año 2006) En Colombia, normalmente, las fiestas se trasladan al lunes de la semana siguiente, excepto el 1 de enero (Año Nuevo), Jueves y Viernes Santos, el 1 de mayo (Día del Trabajo), el 20 de julio (Independencia Nacional), el 8 de diciembre (la Inmaculada Concepción) y Navidad.

VOS EN COLOMBIA, AÑO 2.006 1/01/06 Año nuevo

09/01/06 Epifanía* 20/03/06 San José * 09/04/06 Domingo de Ramos 13/04/06 Jueves Santo 14/04/06 Viernes Santo 16/04/06 Domingo de Pascua 1/05/06 Día del Trabajo 29/05/06 Ascensión de Jesús* 19/06/06 Corpus Cristi * 26/06/06 Sagrado Corazón* 03/07/06 San Pedro y San Pablo* 20/07/06 Independencia Nacional 07/08/06 Batalla de Boyacá 21/08/06 Asunción de la virgen* 16/10/06 Día de la Hispanidad * 06/11/06 Todos los Santos* 13/11/06 Independencia de Cartagena* 06/12/06 Constitución Española 08/12/06 Inmaculada Concepción 25/12/06 Navidad

* Festivos trasladados al lunes de la semana siguiente durante el año 2.006

6.3. Condiciones climáticas Pese a que Colombia se encuentra en la zona ecuatorial, el sistema montañoso de los Andes que atraviesa el país en tres cordilleras, le da una variedad topográfica que permite todos los climas: desde páramos y nieves perpetúas hasta desiertos, y desde selvas húmedas hasta llanuras tropicales. Así pues, los cambios climáticos no están determinados en Colombia por la latitud en la que se encuentra, sino que en él inciden varias causas: la posición geo-astronómica del país que le permite disfrutar de una radiación solar constante, el día y la noche duran casi lo mismo; su localización intertropical sin estaciones térmicas anuales; la influencia de dos océanos; la extensión norte-sur; los efectos de los vientos alisios y los Andes que ocasionan toda una serie de microclimas. De esta manera el clima en cada zona es relativamente estable a lo largo del año, con algunas variaciones

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según sea la época seca, de diciembre a enero y de julio a agosto, o lluviosa, de abril a mayo y de octubre a noviembre. En la región Andina, el régimen de temperatura del aire se particulariza por la presencia de los llamados pisos térmicos, consistentes en la disminución de la temperatura media del aire a medida que aumenta la altura sobre el nivel del mar. En esta región se presentan núcleos o franjas bien marcadas de valores relativamente altos o bajos de temperatura. Los valles de los principales ríos, como el Magdalena, el Cauca, el Patía y el Sogamoso, registran valores de alta temperatura, mientras que los altiplanos cundiboyacense y nariñense, la zona montañosa del centro de Antioquía, así como áreas aledañas a nevados y regiones de páramo presentan los valores mínimos. En promedio, el valor vertical de la temperatura con altura es de 0.625 grados centígrados de disminución de temperatura por cada 1000 metros. De esta forma, se tendría una temperatura de 16.9 ºC a 2000 metros y 10.7ºC a 3000. El nivel de 0ºC se da aproximadamente a 4700 metros. En la Costa Atlántica, la temperatura media oscila entre los 24 y 28 ºC, en Córdoba, parte central y norte de Sucre, parte sur y occidental de Atlántico. En la Guajira, zona sur y oriente de Atlántico, suroriente de Sucre, Magdalena (exceptuando la Sierra Nevada de Santa Marta), y Valle del río Cesar las temperaturas oscilan entre los 28 y los 30 ºC. En la Orinoquía y la vasta región amazónica, no existen accidentes orográficos notables, siendo bastante homogéneo su relieve, conformado principalmente por extensas sabanas cultivadas de pastos. Por lo anterior, la distribución y la temperatura media del aire es muy uniforme, presentando valores que oscilan entre los 24 y los 28ºC. Entre la cordillera occidental y el océano Pacífico se sitúa la región Pacífica con temperaturas medias anuales entre los 24 y los 28ºC. Esta área cubre gran parte de los departamentos de Chocó, Valle, Cauca y Nariño y es bañada por importantes ríos como el Mira, la parte baja del Patía, el San Juan y el Atrato. En Bogotá, el mes más cálido es marzo (entre 9º y 21º) y los más fríos julio y agosto (de 8º a 19º). El mes más seco es febrero, con 51 mm de precipitaciones medias y el más húmedo, octubre, con 160 mm. (Fuente: IDEAM)

6.4. Hoteles en las principales ciudades del país

BOGOTÁ Hotel Bogotá Plaza Calle 100 Nº 18A-30 Web: www.paginasamarillas.com/bogotaplaza.htm

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Teléfono: (+57 1) 632 22 00 E-mail: [email protected] Fax: (+57 1) 218 40 50 Hotel Casa Medina Carrera 7 N° 69A-22 Web: www.hoteles-charleston.com Teléfono: (+57 1) 217 02 88 / 312 02 99 E-mail: [email protected] Fax: (+57 1) 212 66 68 Email:[email protected] Hotel Cosmos 100 Calle 100 Nº 21A-41 Web: www.paginasamarillas.com/cosmos100.htm Teléfono: (+57 1) 636 70 11 E-mail: [email protected] Fax: (+57 1) 257 10 35 Hotel Embassy Suites Calle 70 N° 6-22 Web: www.paginasamarillas.com/embassysuites.htm Teléfono: (+57 1) 317 13 13 / 317 13 38 E-mail: [email protected] Fax: (+57 1) 317 04 64 Hotel Victoria Regia Carrera 13 Nº 85-80 Web: www.accorhotels.com Teléfono: (+57 1) 621 26 66 / 621 85 55 E-mail: [email protected] Fax: (+57 1) 622 06 92 Email: [email protected]

MEDELLÍN Hotel Dann Carlton Avda. El Poblado Carrera 43A Nº 7-50 Web: www.danncarlton.com Teléfono: (+57 4) 312 41 41 E-mail: [email protected] Fax: (+57 4) 268 13 16 / 312 73 23 Hotel Inter Continental Calle 16 Nº 28-51 Web: www.interconti.com Teléfono: (+57 4) 266 13 88 E-mail: [email protected] Fax: (+57 4) 311 34 10 Hotel Poblado Plaza Carrera 43A Nº 4S-75 Avda. El Poblado Web: www.hotelpobladoplaza.com Teléfono: (+57 4) 268 55 55 E-mail: [email protected] Fax: (+57 4) 268 69 49 E-mail: [email protected]

CALI Hotel Aristi

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Carrera 9 Nº 10-04 Web: www.hotelaristi.com.co Teléfono: (+57 2) 8841520 – 882 25 21 E-mail: [email protected] Fax: (+57 1) 8839697 Hotel Casa del Alférez Avenida 9N N° 9-24 Web: www.accorhotels.com Teléfono: (+57 2) 661 81 11 E-mail: [email protected] Fax: (+57 2) 660 14 00 Hotel Dann Cali Avenida de Colombia Nº 1-40 Web: www.hotelesdann.com Teléfono: (+57 2) 886 20 00 E-mail: [email protected] Fax: (+57 2) 893 40 00 Email: [email protected] Hotel Pacífico Royal Carrera 100B Nº 11A-99 Web: www.paginasamarillas.com/pacificoroyal.htm Teléfono: (+57 2) 3307777 / 3317130 E-mail: [email protected] Fax: (+57 2) 330 64 77 / 331 51 28 Email: [email protected]

CARTAGENA Hotel Santa Clara Carrera 8 Nº 39-29 San Diego Web: www.accorhoteles.com Teléfono: (+57 5) 664 60 70 E-mail: [email protected] Fax: (+57 5) 664 70 10 Hotel Santa Teresa - Charleston Cartagena Carrera 3A Nº 31-23 Web: www.hoteles-charleston.com Tlfno: (+57 5) 664 94 94 E-mail: [email protected] Fax: (+57 5) 664 94 47

6.5. Comunicaciones

6.5.1. TelecomunicacionesLas comunicaciones, tanto a nivel nacional como con el exterior pueden considerarse normales. El fax está totalmente extendido a nivel comercial, así como la Telefonía Móvil Celular. Existen tarjetas de prepago para utilizar en todo tipo de teléfonos de tonos. Para llamar de fijo a móvil (celular) debe marcarse el prefijo 03310, 03315 ó 03300 según sea de la compañía Comcel, Telefónica u OLA respectivamente, y de celular a celular el prefijo es 310, 315 o 300. Para llamar desde un teléfono móvil, se debe marcar el prefijo 03 seguido del prefijo correspondiente a la ciudad donde se llama. Para comunicarse telefónicamente desde España con Colombia el prefijo telefónico es +57, siendo los códigos de las principales ciudades los siguientes: Bogotá: 1; Cali: 2; Medellín: 4; Barranquilla: 5; Cartagena: 5. Para llamar en Colombia de una ciudad a otra se debe utilizar el prefijo 05 de la compañía Orbitel (de Empresas Públicas de Medellín); 07, de la Empresa de Teléfonos de Bogotá (ETB); ó 09, de Telecom, seguido del indicativo de cada ciudad.

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Para llamar desde Colombia a España, debe marcarse 009-34, 007-34 ó 005-34, en función de cual de las tres empresas se quiera utilizar, y a continuación el teléfono de España. Para acceder al servicio España Directo en Colombia hay que marcar el 98 0934 0010. El uso de Internet está bastante extendido, así como el de correo electrónico. En todas las grandes ciudades existen diversos locutorios y cafés con acceso a Internet. El programa Compartel emprendido por el Gobierno también a mejorado el acceso a Internet en zonas rurales.

6.5.2. Comunicaciones por vía aérea El transporte aéreo es atendido por líneas domésticas e internacionales que conectan los grandes centros industriales y comerciales mundiales con las principales ciudades colombianas. En Colombia existen 74 aeropuertos, de los que cinco son internacionales: Bogotá, Medellín, Cali, Cartagena y Barranquilla. La principal aerolínea es Suma, resultante de la fusión de Avianca - Sam con Aces. Otras compañías relevantes son: AeroRepública, Intercontinental y Satena. Se recomienda usar el avión ya que el sistema montañoso, el estado deficiente de muchos tramos de las carreteras y la inseguridad existente en zonas rurales, hacen más aconsejable el transporte aéreo que el terrestre. El mayor movimiento de pasajeros nacionales e internacionales se presenta en los meses de enero, julio, agosto y diciembre. El transporte de carga nacional por vía aérea es, en ocasiones, irregular, no así el de carga internacional que funciona eficazmente.

6.5.3. Comunicaciones por carretera La red viaria colombiana comprende 164.184 kms. de carreteras, de los que aproximadamente 16.677 km. corresponden a autopistas y carreteras principales, y 72.761 km. a carreteras secundarias. Del resto, la mayoría son sin asfaltar. El estado general de las carreteras es deficiente y alarga excesivamente la duración de los trayectos. Un relevante número de poblaciones del país no tiene acceso por carretera, y solo es posible llegar a ellas por vía aérea o fluvial. Además hay vías problemáticas, cada vez en mayor número, por la actuación de grupos armados ilegales. Para mejorar las conexiones de la red viaria se ha puesto en marcha un programa de inversión en el que el sector privado participará a través de contratos de concesión por un total de más de 2.200 millones de dólares. Las principales carreteras se dividen en troncales longitudinales, con dirección Norte - Sur, troncales transversales, de dirección Este - Oeste, y ramales, que comunican municipios entre sí y con la capital. El combustible se vende por galones (3,78 litros), de las clases extra, corriente y ACPM (gasoil). Hay sucursales de las principales empresas internacionales de alquiler de vehículos, que suelen exigir tener tarjetas de crédito o adelantos, y el carnet de conducir internacional.

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Existe una extensa red privada de autobuses interurbanos: normal, que puede ser cerrado o abierto, y que viajan por cualquier tipo de carretera y no tienen paradas fijas, o de lujo, que unen ciudades importantes con apenas paradas intermedias. Los colectivos de largo recorrido son furgonetas rápidas y cómodas, con tarifas similares a los autobuses y que unen capitales y pueblos importantes. Los colectivos rurales son vehículos pequeños que recogen gente por el camino y comunican pueblos entre sí y con capitales, sin ningún horario predefinido, y pueden ser alquilados.

6.5.4. Comunicaciones por vía férrea La red ferroviaria consta de 2.137 km., de las cuales 1.992 km. son lineas nacionales y 145 km. privadas. Del total solamente 1.658 km. se encuentran en servicio. La mayoría de la vía es estrecha y sin electrificar. La red está muy fragmentada y es bastante ineficiente. No hay tráfico ferroviario de pasajeros y el de mercancías ha venido disminuyendo de forma considerable en los últimos años en beneficio por carretera. Están en marcha dos proyectos para rehabilitar las líneas de Bogotá a la costa Atlántica y del Pacífico a Antioquía (Buenaventura a Medellín).

6.5.5. Comunicaciones por vía marítima Colombia cuenta con cuatro puertos marítimos con infraestructuras adecuadas: en la costa del Pacífico se halla Buenaventura, el mayor del país; en el Caribe están Barranquilla, Cartagena y Santa Marta. Un total de 41 líneas extranjeras y 5 nacionales hacen escala regularmente en puertos colombianos. En ambas costas existe transporte de cabotaje de carga mixta, pero sin regularidad. Hacen frecuentes escalas para carga y descarga. Hay 9.018 km. de vías navegables en 29 ríos, de los que 6.370 km. comunican con zonas inaccesibles por otros medios de transporte. De estos ríos admiten navegación superior a las 45 toneladas los siguientes: Magdalena, Atrato, Cauca, San Juan, Arauca, Vichada, Guaviare, Caquetá, Putumayo, Orinoco y Amazonas. Es particularmente importante para el tráfico comercial el eje constituido por el río Magdalena, sobre todo para el transporte de carbón desde La Loma hasta el puerto de Barranquilla. En la mayoría de los ríos hay transporte organizado en lanchas rápidas. En trayectos largos se utilizan barcos de carga y el viaje puede durar varios días.

6.6. Taxis y otros transportes internos En Bogotá, y en las grandes ciudades en general, se recomienda desplazarse en taxi, dado que resulta muy económico en comparación con España; en Bogotá la carrera mínima son 2700 pesos de día y 4.000 de noche o festivo, y una carrera normal no suele exceder los 5.000 pesos. Además, en las grandes ciudades existen diversas empresas de radio-taxi, más seguros, especialmente si se circula de noche (en Bogotá, teléfonos 2111111, 3111111 ó 4111111, entre otros). En los

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aeropuertos suele existir un servicio que informa al pasajero del importe exacto a pagar en función del destino (del aeropuerto de Bogotá al centro unos 14.000 pesos). Existen recargos por el servicio del aeropuerto, nocturno, sobrecarga y llamada por teléfono. Se suelen originar grandes atascos, especialmente en Bogotá, por lo que se recomienda tenerlo en cuenta en las horas punta (de 7.00 a 9.00 y de 17.30 a 20.00). Para evitar estos atascos y la contaminación, el gobierno municipal ha adoptado el llamado horario “Pico y Placa”. Según el número en que acabe la matrícula del coche no puede circular a unas horas determinadas (de 7:00 a 9:00 y de 17:30 a 19:30) dos días de la semana. Según la ciudad, hay dos clases de autobuses urbanos: los que admiten pasajeros de pie y los ejecutivos donde se va sentado; a su vez hay dos tamaños: pequeños (busetas) y grandes. Los colectivos son microbuses con capacidad de 14 personas, los más rápidos. Salvo en algunos casos, no existen paradas de autobús específicas, sino que se paran como a un taxi y se desciende cuando se desea. Desde enero del 2001 funciona en Bogotá el Transmilenio, que ha supuesto una mejora considerable en el transporte colectivo de la ciudad. El sistema comenzó a funcionar con autobuses articulados de color rojo y de dos cuerpos, y cuentan con carriles exclusivos a través de las principales calles de la ciudad, capacidad para 180 pasajeros y estaciones de cabecera y sencillas situadas aproximadamente cada 500 metros a lo largo de las rutas. Por lo general, la red viaria urbana es precaria y los recorridos son por las principales arterias de las ciudades. La urbanización en Colombia se divide en carreras y calles que se cruzan perpendicularmente, existiendo en algunas ciudades también transversales, diagonales, avenidas y autopistas. Las carreras suelen orientarse en dirección Norte-Sur, y el número del edificio hace referencia a la calle o carrera con la que se corta y a los metros que la separan de la esquina.

6.7. Otros datos de interés

6.7.1. MonedaEl peso colombiano es la moneda colombiana (PS o $). Existen billetes de 1.000, 2.000, 5.000, 10.000, 20.000 y 50.000 pesos y monedas de 50, 100, 200, y 500 pesos. Se recomienda llevar cambio en el bolsillo ya que es habitual que los taxistas o comerciantes no tengan cambio de 20.000 o 10.000 pesos. También es útil llevar dólares en efectivo, aunque los euros son también convertibles en casas de cambio. El dólar puede ser aceptado para pagar el hotel y compras en algunas tiendas importantes, pero el cambio es muy desfavorable.

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El uso de tarjetas de crédito (VISA, 4B, Master Card, etc.) está muy extendido y no ofrece ningún tipo de problemas. Se recomienda conservar todos los recibos.

6.7.2. Precauciones sanitarias Ninguna para las ciudades, aunque se recomienda no consumir agua del grifo o hielo. Para las zonas selváticas o rurales alejadas se recomienda vacunarse del tétanos y de la fiebre amarilla y tifoidea, así como de la hepatitis. También se recomienda la adquisición de un seguro de viaje que cubra los gastos médicos. En las “droguerías” (farmacias) se pueden comprar todo tipo de medicamentos, vendidos por unidades.

6.7.3. Seguridad ciudadana Se desaconseja a los extranjeros que visiten las zonas de alto riesgo. Como norma general, las zonas rurales del país son muy peligrosas. Las grandes ciudades y los centros turísticos (Cartagena de Indias, San Andrés, etc.) son mucho más seguros, pudiendo haber pequeños incidentes de robos y asaltos, pero donde son más raros los delitos mayores. La vida económica y comercial en Bogotá, Medellín, etc., se desarrolla con total normalidad.

6.8. Direcciones de utilidad

6.8.1. Embajada y Consulado de España Embajada: Consulado: Calle 92, Nº12-68 Calle 94 A, Nº 11 A - 70 BOGOTÁ BOGOTÁ Tel: (+57 1) 6220090 Tel: (+57 1) 6283910 Fax: (+57 1) 6210809 Fax: (+57 1) 6283939

6.8.2. Oficina Económica y Comercial Carrera 9A nº 99 - 07 BOGOTÁ Tel: (+57 1) 655 54 00 Fax: (+57 1) 257 00 07 E-mail: [email protected]

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www.mcx.es www.icex.es

6.8.3. Cámara de Comercio Española Transversal 18A, Nº 101-11 BOGOTÁ Tel: (+57 1) 611 09 93 - 611 08 81 Fax: (+57 1) 611 08 07 E-mail: [email protected] www.empresario.com.co/camacoes

6.8.4. Principales Organismos oficiales en el país Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Edificio Centro de Comercio Internacional Calle 28 N° 13A-15 Pisos 1 Loc.8 Bogotá Tel: (+57 1) 3239660 / 6067676 Fax: (+57 1) 336 36 90 http://www.mincomex.gov.co Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Calle 100, Nº 11B-27 Bogotá Tel: (+57 1) 610 73 15 - 610 73 14 FERIA DE BOGOTÁ Carrera 40, Nº 22C-67 Bogotá Tel: (+57 1) 337 76 76 Fax: (+57 1) 337 72 72 http://www.corferias.com

6.8.5. Direcciones de los principales Organismos del país en España Embajada de Colombia en España Paseo del General Martínez Campos, 48 28010 MADRID Tel: 91 310 38 00 Fax: 91 310 28 69

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Oficina Comercial de Colombia en España - Proexport C/ Claudio Coello 8, 4º Izda 28001 MADRID Tel: 91 577 67 08/81 Fax: 91 577 97 36 E-mail: [email protected]

7. GUÍA DE DIRECCIONES DE INTERÉS DEL PAÍS EN INTERNET Gobierno http://www.presidencia.gov.co Página Oficial Presidencia de la República http://www.mincormecio.gov.co Ministerio de Comercio Industria y Turismo http://www.dnp.gov.co Departamento Nacional de Planeación http://www.minhacienda.gov.co Ministerio de Hacienda y Crédito Público http://www.dane.gov.co Departamento Administrativo Nacional de Estadística http://www.dian.gov.co Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales http://www.banrep.gov.co Banco de la República http://www.proexport.com.co Organismos http://www.andi.com.co/ Asociación Nacional de Industria http://www.anif.com.co Asociación Nacional de Instituciones Financieras, centro de estudios económicos http://www.bolsabogota.com.co/ http://www.bancoldex.com Banco de Comercio Exterior de la República http://www.coinvertir.com/ Institución para la inversión en Colombia http://www.ccb.org.co/ Cámara de Comercio de Bogotá http://www.fedesarrollo.org/ Fundación para la educación Superior y el Desarrollo http://www.icontec.org.co/ Normalización y certificación de calidad http://www.invima.gov.co/ Instituto Nacional de Medicamentos y Alimentos http://www.sic.gov.co/ Superintendencia de Industria y Comercio http://www.fenalco.com.co/ Federación Nacional de Comerciantes www.corferias.com Feria de Muestras de Bogotá http://www.empresario.com.co/camacoes/index.htm Cámara de Comercio Hispano-Colombiana http://websiex.dian.gov.co Sistema Estadístico de Comercio Exterior Portales http://www.reliefweb.int/w/rwb.nsf/vCD/Colombia?OpenDocument&StartKey=Colombia&ExpandView http://www.conexcol.com/ http://www.businesscol.com/ http://www.corfivalle.com/Webcorfivalle2/paginas/index.aspx http://www.directorios-legis.com http://www.aladi.org Prensa http://eltiempo.terra.com.co/ http://www.portafolio.com.co/

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http://www.larepublica.com.co/ http://www.prensaescrita.com/america/colombia.php http://www.kiosco.net/diarios/diarios_informacion.asp?zona=3&pos=0&tema=50 Buscadores http://www.google.com.co http://www.paginasamarillas.com/pagamanet/colombia/home.aspx http://www.hotelguia.com/ http://terra.com.co/ http://pages.infinit.net/colombia/bogota/index.htm

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8. ANEXOS

Instituciones y Organizaciones Internacionales de las que el País es miembro Instituciones y Organizaciones Internacionales de las que el país en miembro Asociación de Estados del Caribe ( ACS ) Asociación Internacional de Fomento ( AIEA ) Asociación Latinoamericana de Integración ( ALADI ) Banco Interamericano de Desarrollo ( BID ) Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ( BIRF) Banco Mundial (BM) Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina y el Caribe ( CEPAL ) Corporación Andina de Fomento ( CAF ) Corporación Financiera Internacional ( CFI ) Fondo Monetario Internacional ( FMI ) Banco Centroamericano de Integración Económica Grupo Andino - Acuerdo de Cartagena ( GRAN ) Grupo de los 3 (G-3 ). Grupo de los 77 ( G-77 ) Asociación Multilateral de Garantía de Inversiones ( MIGA ) Organización de Estados Americanos ( OEA ) Organización Mundial del Comercio ( OMC ) Organización de las Naciones Unidas ( ONU ) Sistema Económico Latinoamericano ( SELA ) Conferencia de Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo ( UNCTAD) Movimiento de los No Alineados ( Colombia ocupa la presidencia en 1997).

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Organigrama de la Administración Económica y Comercial

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MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

BANCO DE LA REPÚBLICA

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Cuadro 1: DATOS BÁSICOS COLOMBIASuperficie 1.141.748 km2

Situación Extremo noroeste de América del Sur

Capital Bogotá D.C.

Principales ciudades Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla, Cartagena, Cúcuta, Bucaramanga

Clima Tropical y semitropical en las costas (Caribe y Pacífico), más templado en el interior.

Población 41.242.948 habitantes

Densidad de población 35,9 hab./km2

Crecimiento de la población 15,83

Esperanza de vida 71,9

Grado de alfabetización 91,7%

Tasa bruta de natalidad (1/1000) 20,48 (est. 2006)

Tasa bruta de mortalidad (1/1000) 5,58 (est. 2006)

Idioma Castellano. Existen 68 dialectos indígenas

Religión Católica (95%)

Moneda Peso Colombiano

Peso y medida Kg y metros

Diferencia horaria con España 6 horas menos que en España de septiembre a abril y 7 horas menos el resto del año.

Fuentes: DANE, DNP, OPS

Cuadro 2: INDICADORES ECONÓMICOS (cifras en millones de USD)

AÑO 2.003 AÑO 2.004 AÑO 2.005

PIB PIB ( millones de COP precios constantes) 79.479 83.174 88.062 Tasa de variación real 3,74 3,96 5,20 Tasa de variación nominal 10,6 10,1 10,99

INFLACIÓN Media anual 7,0 5,9 4,85 Fin de período 6,49 5,5 4,9

TIPOS DE INTERÉS DE INTERVENCIÓN DEL BANCO CENTRAL Media anual 7,68 6,57 Fin de período 7,13 7,76

EMPLEO Y TASA DE PARO Población (x 1.000 habitantes) 44.584 45.325 41.242 Población activa 19.445 20.090 20.939 % Desempleo sobre población activa 12,3 12,1 11,7

DÉFICIT PÚBLICO % de PIB - 2,8 -1,2 -4,85

DEUDA PÚBLICA en millones de dólares 24.530,9 53.736 58.173 en % de PIB 30,9 49,6 66

EXPORTACIONES DE BIENES en millones de dólares FOB 13.127,5 16.730,9 21.190,5 tasa de variación respecto a período anterior 1,10 1,27 1,27

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IMPORTACIONES DE BIENES en millones de dólares CIF 13.889,5 16.747,6 21.204,2 tasa de variación respecto a período anterior 1,09 1,21 1,27

SALDO B. COMERCIAL En millones de dólares 265 1.133 1.391,5 en % de PIB 0,34 1,36 1,58

SALDO B. CUENTA CORRIENTE en millones de dólares - 1.418 -1.010 1.391 en % de PIB - 1,82 -1,21 1,58

DEUDA EXTERNA en millones de dólares 38.196,7 39.561 37.455* en % de PIB 49,2 41,3 31,3

SERVICIO DE LA DEUDA EXTERNA en dólares 7.784 7.740 8.675 en porcentaje de exportaciones de bienes y servicios 57,56 45,49

RESERVAS INTERNACIONALES en dólares 10.921 13.540 14.957 en meses de importación de bienes y servicios 82,3 10,23 5,7

INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA en dólares 1.762 2.739 5.298

TIPO DE CAMBIO FRENTE AL DÓLAR media anual 2.876 2.409 2.331,77 fin de período 2.807 dic. 2.365 2.284

Fuente: Banco República, DANE, MINCOMERCIO *datos hasta septiembre 2005

Cuadro 3: BALANZA DE PAGOS (Datos en millones de dólares)

AÑO 2.003 AÑO 2.004 AÑO 2.005

I. CUENTA CORRIENTE -1.417 -952 -1.978

A. Bienes 265 1368 1.595

1 Comercio general -40 1140 1.387

i. Exportaciones 12.752 16.464 20.818

ii Importaciones FOB 12.792 15.324 19.431

2 Operaciones especiales de comercio exterior 305 227 208

i. Exportaciones 771 781 911

ii. Importaciones 466 554 703

B. Servicios -1.499 -1.773 -2.100

a. Exportaciones 1.792 2.236 2.666

b. Importaciones 3.292 4.009 4.767

C. Renta de los Factores -3.361 -4.193 -5.562

D. Transferencias corrientes 3.178 3.647 4.089

II. CUENTA DE CAPITAL Y FINANCIERA 833 3.198 3.384

A. Cuenta Financiera 833 3.198 3.384

1. Flujos financieros de largo plazo 1.062 2.044 3.971

a. Activos 920 136 4.620

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b. Pasivos 2.011 2.232 8.639

c. Otros mov. financieros de largo plazo -30 -51 -48

2. Flujos financieros de corto plazo -229 1154 -587

a. Activos 174 1.017 1.721

b. Pasivos -54 2.170 1.134

B. Flujos especiales de capital 0 0 0

III. ERRORES Y OMISIONES NETOS 400 295 322

IV. VARIACION RESERVAS INTERNACIONALES BRUTAS -184 2.541 1.729

V. SALDO DE RESERVAS INTERNACIONALES BRUTAS 10.921 13.540 14.957

VI. SALDO DE RESERVAS INTERNACIONALES NETAS 10.916 13.536 14.947

VII. VARIACION DE RESERVAS INTERNACIONALES NETAS -186 2.543 1.723

Fuente: Banco de la República (e): Estimado

Cuadro 4: PIB (POR SECTORES DE ORIGEN) (Datos en millones de pesos)

AÑO 2.003 REAL (%)

AÑO 2.004 REAL (%)

AÑO 2.005 REAL (%)

AGROPECUARIO, SILVICULTURA, CAZA Y PESCA 11.111.125 (13,98%) 11.478.125 (13,8%) 11.779.038 (13,4%) EXPLOTACIÓN DE MINAS Y CANTERAS 3.494.473 (4,40%) 3.909.216 (4,7%) 4.119.635 (4,7%) ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA 2.511.920 (3,16%) 2.578.419 (3,1%) 2.610.784 (3%) INDUSTRIA MANUFACTURERA 11.162.900 (14,04%) 11.893.999 (14,3%) 12.948.214 (14,7%) CONSTRUCCIÓN 4.101.047 (5,16%) 4.075.762 (4,9%) 4.862.788 (5,5%) COMERCIO, REPARACIÓN, RESTAURANTES Y HOTELES 8.550.477 (10,76%) 9.066.055 (10,9%) 10.104.538 (11,5%) TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES 6.611.819 (8,32%) 6.820.335 (8,2%) 7.134.222 (8,1%) ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS, SEGUROS, INMUEBLES Y OTROS SERVICIOS A LAS EMPRESAS 13.671.650 (17,20%) 14.638.768 (17,6%) 15.406.509 (17,5%) SERVICIOS SOCIALES, COMUNALES Y PERSONALES 16.214.439 (20,40%) 16.468.614 (19,8%) 16.697.874 (19%) SERVICIOS BANCARIOS IMPUTADOS 3.135.794 (3,95%) 3.326.993 (4,0%) 3.988.740 (4,5%)

SUBTOTAL VALOR AGREGADO 74.294.056 77.685.281 81.674.862

IMPUESTOS EXCEPTO IVA 1.745.391 1.754.850 1.829.753 SUBSIDIOS 393.139 445.744 482.992 IVA NO DEDUCIBLE 2.723.026 3.060.940 3.459.607 DERECHOS E IMPUESTOS SOBRE LAS IMPORTACIONES 1.110.625 1.267.294 1.581.553

PRODUCTO INTERNO BRUTO 79.479.959 83.174.820 88.062.783

Fuente: DANE, Ministerio de Comercio