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 “GUÍA DE RENDICIÓN DE CUENTAS”  Esta guía “Para la rendición de Cuentas”, tiene como objetivo orientar al responsable del proyecto en la forma correcta de rendir los recursos fiscales que utilizará en el desarrollo de su proyecto. DOCUMENTO DE  AP OY O PA RA EL RESPONSABLE DE PROYECTOS

Guia Para La Rendicion de Cuentas 2016

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“GUÍA DE RENDICIÓN DECUENTAS” 

Esta guía “Para la rendición de Cuentas”, tiene como objetivo orientar al

responsable del proyecto en la forma correcta de rendir los recursos

fiscales que utilizará en el desarrollo de su proyecto.

DOCUMENTO DE

 APOYO PA RA EL

RESPONSABLE DE

PROYECTOS

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GUÍA PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE PROYECTOS DE FONDOSCONCURSABLES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

INTRODUCCIÓN

El presente instructivo ha sido elaborado como un documento de apoyo y orientación para las personas naturales

o jurídicas, de derecho público o privado beneficiarias de recursos públicos a través de proyectos adjudicados en

Fondos Concursables del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, respecto de la forma correcta de rendir

cuentas sobre el uso de estos recursos.

La rendición de cuentas debe efectuarse de acuerdo a lo establecido en la Resolución N°30 de 2015 de la

Contraloría General de la República (CGR), que “fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas” y las

normas de carácter tributario, laborales y su jurisprudencia asociada, así como también, con la debida

consideración de los Dictámenes de la Contraloría General de la República y leyes de la República que sean

atingentes.

I. DEFINICIONES GENERALES

1.  ¿Qué es la rendición de cuentas? Es el acto por el cual el responsable del proyecto entrega al CNCA un

informe de los recursos adjudicados; con el detalle y la documentación auténtica de los gastos que ha

efectuado en virtud del cumplimiento de los objetivos planteados en su proyecto, como también aquellos

que incumben a los Aportes Propios y de Terceros (si corresponde).

2.  ¿Desde cuándo puedo realizar gastos en el proyecto? De conformidad a lo establecido en el artículo 13 de

la Resolución CGR N° 30 de 2015 , sólo se aceptarán como parte de la rendición de cuentas del proyecto,

los desembolsos efectuados con posterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebeel Convenio de Ejecución que se deberá suscribir. En casos calificados el CNCA podrá autorizar se incluyan

en la rendición de cuentas gastos ejecutados con anterioridad a la total tramitación del mencionado acto, y

realizados en fecha posterior a aquel que formaliza la selección de los proyectos, siempre que existan

razones de continuidad o buen servicio , las que deberán contar en el instrumento que dispone la entrega

de los recursos (Convenio de Ejecución de Proyecto). En resumen, sólo se pueden realizar los gastos que se

encuentren comprendidos en el convenio asociado a un proyecto y/o aquellos realizados durante el período

de una prórroga solicitada formalmente antes del vencimiento del plazo del convenio y debidamente

autorizada, también en términos formales por la autoridad competente, Secretario (a) Ejecutivo (a) del

Fondo o bien por el Director (a) Regional (si corresponde).

A mayor abundamiento, no se aceptarán gastos realizados con fecha posterior a la ejecución del proyectoseleccionado, ni gastos asociados a la preparación de un proyecto para ser presentado a los concursos.

3.  ¿Por qué se presenta la Rendición de Cuentas? Porque es una exigencia y obligación legal para todas

aquellas personas naturales y jurídicas que reciben recursos fiscales cuya regulación se encuentra

establecida en la Resolución N° 30 del 2015 de la Contraloría General de la República.

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4.  ¿Para qué se presenta la rendición de Cuentas?   La rendición de cuentas se presenta a fin de dar

cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas vigentes que regulan las transferencias de los

recursos fiscales. El CNCA la debe exigir y proceder a su revisión para determinar la correcta inversión de

los fondos otorgados de acuerdo con los objetivos previstos en el proyecto.

5.  ¿Dónde se presenta la Rendición de Cuentas? La rendición de cuentas se entrega en la Oficina de Partes

de cada Dirección Regional del CNCA o bien del Nivel Central (nacional), en los casos que los proyectos

sean supervisados por la Secretaría Ejecutiva (Asignación Directa), debiendo en este acto  –el responsable

del proyecto - exigir un comprobante de recepción de la rendición.

6.  Quiénes presentan Rendiciones de Cuentas? Todas las personas naturales y jurídicas de derecho público

o privado que han recibido recursos financieros desde el CNCA, para la ejecución de un proyecto de

fondos concursables o asignación directa, o bien aportes mediante otras transferencias o subvenciones.

7.  ¿Quiénes revisan mi Rendición de Cuentas? En cada Dirección Regional o Nivel Central del CNCA, existe

personal calificado, para realizar esta tarea.

8.  ¿Cómo me entero de la aprobación o rechazo de la rendición presentada? Desde la Dirección Regional o

Nivel Central en la que usted presentó su rendición de cuentas de acuerdo a la adjudicación de los fondos,

le comunicarán a través de carta certificada su aprobación o bien las observaciones determinadas en la

revisión señalándole el plazo con que cuenta para subsanarlas. 

9.  ¿En cuántas cuotas se accede a los recursos? Los recursos serán entregados en una o más cuotas

dependiendo de las bases del concurso o bien lo que se disponga en el convenio.

10.  ¿Qué debo hacer para acceder a la siguiente cuota?  De acuerdo a lo indicado en la Resolución CGR N°

30, del 2015, se podrá obtener la siguiente cuota, habiendo rendido la primera o cualquiera otra cuotaentregada con anterioridad, así como también, no tener pendiente de rendición otras transferencias

otorgadas por el Servicio. Además para el caso de transferencias a privados éstos deberán hacer entrega

de una garantía consistente en Vale Vista, Póliza de Seguro, Depósito a Plazo o de cualquier otra forma

que asegure el pago de la parte no rendida de la respectiva cuota, debiéndose fijar un plazo para dicha

rendición o para la ejecución de esa caución.

11.  ¿Qué se rinde? Todos los recursos comprendidos en el convenio y que fueron considerados por usted en

su proyecto, esto es, los aportes propios y/o aportes de terceros y los que desde el Estado le fueron

entregados a través de Fondos Concursables que contribuyen a financiar su proyecto.

12. 

¿En qué fecha debo presentar mis informes de rendición?  Las fechas se encuentran estipuladas en elconvenio suscrito, tanto para el Informe de Avance como para el Informe Final. Sólo en casosexcepcionales y debidamente justificados, la Secretaría Ejecutiva o Dirección Regional podrá autorizar suentrega posterior, en atención a una solicitud de prórroga realizada mediante carta por el beneficiario conantelación al vencimiento del plazo convenido.

13.  Rendición de Cuentas de Municipalidades y Servicios Públicos.

De acuerdo con lo dispuesto en el título III de la Resolución CGR N° 30, del año 2015, que fija normas deprocedimientos sobre rendición de cuentas, el organismo receptor estará obligado a enviar el

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comprobante de ingreso por los recursos percibidos y un informe mensual y final de su inversión, enatención a ello, más lo que se disponga en el respectivo convenio, corresponderá exigir a lasMunicipalidades y otros Servicios Públicos la entrega tanto de Informes de actividades, como de Informesmensuales de gastos, con copia de los documentos que respaldan el informe, autorizados en el caso delas Municipalidades por el Secretario Municipal. Los documentos originales de la transferencia seránexaminados por la Contraloría General en la sede de la Municipalidad y/o Servicio Público.

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II. FORMALIDADES DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS O DE GASTOS

El expediente de rendición de cuentas estará compuesto en general por los documentos establecidos en el

párrafo 4° de la Resolución CGR N° 30, de 2015 y en particular por: la caratula, la planilla con el detalle de losgastos y la documentación original que lo respalda, debiendo cumplirse con las siguientes formalidades:

1.  Carátula (Anexo N° 1) Formulario tipo donde se individualiza tanto al servicio otorgante como al beneficiario receptor, así comotambién, se indica el resumen de la rendición y el responsable firma.

2.  Planilla de Rendición (Anexo N°2) La rendición de gastos debe presentarse únicamente en una planilla según el modelo y formato indicado

por el Consejo de la Cultura. Contendrá una estricta relación de los recursos gastados en conformidad con

el presupuesto autorizado para la ejecución del proyecto, el cual se consignó en el Formulario de

Postulación o en la Readecuación Presupuestaria1  o en una Reitemización Presupuestaria autorizada

expresamente por la autoridad o funcionario competente de la unidad o dependencia del CNCA a través delcual se ejerce la supervisión y control del proyecto, es decir, Dirección Regional o Nivel Central del Consejo

Nacional de la Cultura y la Artes.

3.  Orden y numeración de documentosLos Documentos de respaldo deberán estar numerados en forma correlativa y pegados en una hoja, de tal

forma que coincida el orden y monto del documento con aquel señalado en la Planilla de Rendición.

4.  Monto rendido coincidente con el presupuesto El monto rendido deberá ser coincidente al monto de la cuota que se esté rindiendo y ajustarse a los límites

presupuestarios establecidos para cada ítem (Honorarios, Operación, Inversión y Difusión) de gasto

aprobado, ya sea en el presupuesto inicial, en la readecuación presupuestaria o en la reitemización

presupuestaria autorizada en la Dirección Regional o Nivel Central. Si existe alguna diferencia entre lorendido en documentación y el presupuesto autorizado para cada ítem, deberá reintegrarse al Consejo de

la Cultura aquello que se gastó de menos, y aquello que se gastó demás, será considerado un aporte

personal a la ejecución del proyecto (que en ningún caso aumentará oficialmente el Aporte Propio

postulado en el proyecto).

En la Planilla de Rendición se deberán agrupar los gastos individualmente por ítem y dentro de ellos por

concepto, ejemplo: Ítem Operaciones: honorarios del traductor, transporte, pasajes aéreos, alimentación,

etc., según el presupuesto aprobado en el Formulario Único de Postulación (FUP) o Readecuación

Presupuestaria o Reitemización autorizada en la Dirección Regional o Nivel Central del CNCA, según

corresponda.

5.  Documentos auténticos y originales Toda la documentación presentada en la rendición de cuentas deberá ser auténtica, considerándose como

tal, sólo el documento original. Si el documento presentado es tributario, deberá contar con el respectivo

timbre del SII o su validación electrónica.

1 La Readecuación Presupuestaria es la modificación y adaptación del presupuesto original postulado por el ejecutor del proyect o en atención a que el Consejode la Cultura asignó menos recursos que los presupuestados inicialmente. Se presenta al momento de la firma del convenio de ejecución. 

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Solo en casos calificados por la Contraloría General de la República, el Responsable del proyecto podrá

solicitar, por razones fundadas, no presentar el documento auténtico.

Ahora bien, en caso de extravío del documento original el responsable del proyecto podrá solicitar

autorización mediante carta a la Dirección Regional o Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de la Culturay las Artes, según corresponda, para rendir cuenta con una copia del documento tributario debidamente

autorizado ante notario. La autoridad ponderará, evaluará y decidirá caso a caso, sobre la aprobación de las

razones aducidas, pudiendo ser aceptada o rechazada, en cuyo último caso, el gasto no podrá atribuirse al

monto adjudicado en el Fondo Concursable.

6.  Documentos sin alteraciones ni enmendaduras Los documentos deberán ser presentados sin ninguna alteración ni enmienda, caso contrario, es causal derechazo.De constatarse una adulteración o falsificación de los documentos tributarios presentados en la rendición

de cuentas, se interpondrán las denuncias y acciones judiciales pertinentes al ilícito ante el Ministerio

Público, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 61, letra k) de la Ley 18.834.

7.  Documentos claros y legibles La documentación presentada como respaldo del gasto deberá ser clara y legible. El revisor de cuentas

podrá solicitar al responsable del proyecto una copia del documento en caso que el original no sea

suficientemente claro. También, podrá realizar gestiones ante el proveedor para obtener confirmación de la

emisión, detalle del documento, valor y fecha. En caso de no obtener copia legible o confirmación del

documento, el gasto será rechazado.

8.  Fecha de los documentos Solo se podrán imputar gastos que estén dentro del período de ejecución del proyecto, es decir,comprendidos entre la fecha de total tramitación del acto administrativo que aprueba el convenio y la fechaestablecida en el propio convenio para la entrega del Informe Final o la señalada en el documento que

autoriza una prórroga.2

 

9.  Documentos a nombre del Responsable de proyecto Todo documento cuya naturaleza lo permita, como facturas, boletas de honorarios, contratos, etc., deberá

estar extendido únicamente al RUT y nombre del Responsable del Proyecto. El documento que no cumpla

con lo anterior, será rechazado de la rendición de cuentas.

10. 

Documentos con respaldo de cancelación o comprobación del pagoTodo documento que respalde un gasto y cuyo formato lo permita, deberá rendirse debidamente canceladoo contener algún respaldo que permita comprobar su pago efectivo, como por ejemplo: Comprobante dedepósito, de transferencia electrónica, firma de recepción conforme, timbre de cancelación, etc.

11. Emisión del Comprobante o “Recibo de Pago” generado en transacciones pagadas através de MediosElectrónicos. (Resolución ex. SII N°5 del 22 de enero de 2015.)

De acuerdo con lo dispuesto por el S.I.I. a contar del 01 de febrero de 2015, respecto de los contribuyentes-comercio que hayan optado por emitir boletas de ventas y servicios en formato papel, el comprobante orecibo de pago generado en transacciones pagadas a través de medios electrónicos, mediante el uso de

2 Resolución N°30, Articulo N°13, Sólo se aceptarán como parte de la rendición de cuentas, los desembolsos efectuados con posterioridad ala total tramitación del acto administrativo que ordena la transferencia. 

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“tarjetas de crédito” o “tarjetas de débito”, otorgado en la forma y condiciones que se establecen en laresolución SII N° 5, de 22 de enero de 2015, tendrá el valor de boleta de ventas y servicios. Por tanto, losmencionados contribuyentes no deberán emitir boleta en las operaciones que se paguen del modo antesindicado.

En atención a que las disposiciones de esta resolución son aplicables sólo respecto de las operacionespagadas a través de medios electrónicos en terminales transaccionales POS, los contribuyentes-comerciodeberán emitir normalmente la boleta de ventas y servicios en las operaciones cuyo pago se realice endinero efectivo o materialice a través de un medio de pago que no sea una tarjeta “de crédito” o “de

débito”. 

En aquellos casos en que se pague parte del precio de la venta o servicio a través de un medio electrónico yel saldo en dinero efectivo o utilizando un medio de pago distinto de las tarjetas “de crédito” o “de débito”,el contribuyente-comercio deberá emitir la boleta de ventas y servicios correspondiente por la parte delsaldo del precio que se haya solucionado del modo indicado.

No obstante lo anterior el responsable del proyecto en la planilla “detalle de la rendición de cuentas”

deberá indicar los artículos adquiridos o bien el servicio recibido que se pagó mediante tarjeta de débito. 

12. Documentos emitidos en la Isla de Pascua.

De acuerdo a lo estipulado en la Ley 16.441 en su artículo 41° dispone que “Los bienes situados en el

Departamento de Isla de Pascua y las rentas que provengan de ellos o de actividades desarrolladas en él,

estarán exentos de toda clase de impuestos o contribuciones, incluso la contribución territorial, y de los

demás gravámenes que establezca la legislación actual o futura. De igual exención gozarán los actos o

contratos que se ejecuten o celebren en el Departamento de Isla de Pascua por personas domiciliadas en

él respecto de actividades o bienes que digan relación con ese mismo territorio” 

No obstante lo anterior, el Decreto Ley N° 825, sobre impuestos a la ventas y servicios, establece en su

artículo N° 52 que: “Las personas que celebren cualquier contrato o convención en los mencionados en

los Títulos II y III de esta ley deberán emitir facturas o boletas, según el caso, por las operaciones queefectúen. Esta obligación regirá aún cuando en la venta de los productos o prestación de los servicios no

se apliquen los impuestos de esta ley, incluso cuando se trate de convenciones que versen sobre bienes o

servicios exentos de dichos impuestos” 

13. 

Documentos tributarios electrónicos.

Tratándose de documentos tributarios electrónico, tales como facturas, boletas u otros, el responsable delproyecto deberá solicitar al proveedor que al momento de su emisión incorpore en la columna detalle, detales documentos, lo siguiente: “Proyecto financiado por el CNCA, convenio aprobado por resolución N°

 ______ de fecha ______” 

14. 

Gastos efectuados en el extranjero y/o en moneda extranjera Los gastos incurridos en el extranjero deberán respaldarse por quien rinde cuentas, con documentos

auténticos emitidos en el exterior, sean éstos Boletas de venta de servicio e Invoice3 y acreditarse los pagos

efectuados de conformidad con las disposiciones legales vigentes en el país respectivo.

Si los documentos auténticos emitidos en el extranjero están expresados en moneda extranjera, el

responsable del proyecto deberá:

3Invoice: corresponde los documentos tributarios en el extranjero, es igual a una Factura

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 Utilizar la Planilla de Rendición de Gastos en Moneda Extranjera entregada por el Consejo de la Cultura.

 Valorizar el gasto en la moneda extrajera y realizar la conversión a pesos chilenos. En cuanto al valor deltipo de cambio, se ha determinado que el aplicable será el correspondiente al momento de la operaciónde cambio, es decir esa conversión de moneda extranjera a peso chileno será el día en que se realizó elgasto, según la paridad publicada por el Banco Central de Chile en su página web: www.bcentral.cl

 Dichos documentos de respaldo deberá indicar, a lo menos, la individualización y domicilio del prestadorde servicio y/o vendedor de los bienes adquiridos, según corresponde, y la naturaleza, objeto, fecha ymonto de la operación.

 Traducción al español.

Cuando se adquiera o compre divisa en una Casa de Cambio o a través de un Banco, se respaldará la

compra de dicha divisa con la Boleta o Documento Bancario respectivo.

Si al efectuar la rendición con los tipos de cambio mencionados, existiere un mayor costo en los gastos

asociados al proyecto, este debe ser asumido por el Responsable del proyecto. Sin embargo, la diferencia

puede solventarse con los recursos del ítem de imprevistos (si el presupuesto autorizado los contempla y

las bases del concurso lo han permitido). En caso contrario, es decir, si el costo de los gastos asociados al

proyecto son menores que los adjudicados, los recursos sobrantes deberán ser reintegrados al Consejo de

la Cultura o reitemizados en los mismos términos establecidos en el convenio de ejecución del proyecto.

15. Gastos financiables Los gastos financiables son aquellos que se encuentran comprendidos y/o cubiertos por el convenio,

también contemplados en la aprobación del presupuesto del proyecto o aquellos que cuentan con la

autorización expresa y formal de la Secretaría Ejecutiva o Dirección Regional según corresponda (cuando el

gasto tiene relación directa con los objetivos del proyecto).

16. Gastos no financiables 

En términos generales no se financiarán los gastos que no se encuentren comprendidos y/o cubiertos por elconvenio y en particular los siguientes gastos:

  Compra de instrumentos financieros (acciones, bonos, etc.).

  Pago de dividendos o deudas de cualquier tipo.

  Pagos derivados de la tramitación de visas o pasaportes (excepto en las líneas de concurso quelas Bases lo permitan).

  Gastos destinados al pago de la caución o Letra de Cambio en garantía del proyecto.

  Gastos notariales, por ejemplo: para legalizar documentos de una rendición.

  Intereses, multas y moras.

  Pagos realizados con tarjetas de créditos

17. 

Solicitud de otros documentosSi la circunstancia lo amerita, el Revisor de Cuentas podrá solicitar al ejecutor del proyecto que adicione

documentación o información a su rendición de gastos de manera que se acredite fehacientemente el uso

de los recursos.

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III.  SOBRE LA DOCUMENTACIÓN QUE RESPALDA LOS GASTOS 

A continuación se presenta una descripción de los tipos de gastos relacionado con la ejecución de unproyecto y la documentación necesaria para su respaldo en la rendición de cuentas.

El responsable y/o ejecutor deberá considerar aquellos gastos permitidos en la Línea a la que postuló segúnlas Bases del Concurso.

Los tipos de gastos y su documentación son: 

1. 

HONORARIOS

Corresponden a los gastos efectuados a cambio de una contraprestación deservicios profesionales realizados por terceros y necesario para la realización delproyecto. El responsable velará por la correcta emisión de las boletas verificandoque en su glosa se registre el proyecto, de manera que el documento puedarelacionarse o vincularse plenamente con él. 

ITEM PRESUPUESTARIO  DOCUMENTOS REQUERIDOS - RENDICIÓN DE CUENTAS

HONORARIOS 

  Se justifican con la boleta de honorarios, electrónicas o manual timbrada (porSII),emitidas a nombre del responsable del proyecto. Las boletas manualesdeben estar firmada por su emisor.En el caso que se hubiesen realizado retenciones y enteradas en arcas fiscales,debe adjuntarse el Formulario N° 29 -Declaración y Pago mensual deImpuestos (SII) con el listado de las personas a quienes se les retuvo y unafotocopia del Libro de Honorarios, cuando corresponda. Al respecto, cabeseñalar que para el caso de boletas de honorarios emitidas a Personas Jurídicas,éstas deben contener separadamente el 10% de retención, dado que soncontribuyentes obligados a efectuar la retención de impuestos por loshonorarios que paguen y enterarlos en arcas fiscales en los plazos establecidos. Las boletas de honorarios (Manual o Electrónica) emitidas a Personas Naturalesgeneralmente se emiten por el valor bruto (sin retención), siendo de su

responsabilidad el pagodel PPM (Pago Provisional Mensual) de segundacategoría en el formulario F29.

  Por los servicios requeridos que impliquen un desembolso importante para elproyecto, independiente de la habitualidad con que se requiera, se recomienda,suscribir el contrato respectivo, con el fin de resguardar su cumplimiento y serpresentado posteriormente como documento sustentatorio en la rendición decuentas.

  Honorarios a Extranjeros en el País: Para la prestación de servicios en el país depersonas naturales extranjeras, se adjuntaráademás de la respectiva boleta dehonorarios, una copia legalizada de la visa de trabajo o una copialegalizada delpermiso de trabajo para turistas/artistas, contrato de trabajo firmado por eltrabajador extranjero y empleador (Responsable del Proyecto), copia deldocumento de identidad del extranjero, recibo de pago firmado o transferenciabancaria y acreditar el correspondientepago del impuesto a través delFormulario N° 50 Declaración y Pago simultaneo de Impuestos mensual (SII).

  Honorarios a extranjeros en el extranjero: Los gastos incurridos en el extranjerodeberán respaldarse con documentos de acuerdo a la legislación del país dondeeste fue ejecutado. Si no existe un documento específico, podrá justificarse conun contrato simple por el servicio solicitado, adjuntando además fotocopia deldocumento de identidad del extranjero que presta el servicio y el recibo de pagoo comprobante de transferencia bancaria y/odocumento que acredite el envíode dinero. 

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2. 

GASTOS DE OPERACIÓN

Son aquellos gastos necesarios para la producción y realización del proyecto,tratándose, en general, de gastos en servicios personales de terceros que noconforman el equipo de trabajo del proyecto, arriendos, pasajes, compra debienes que no subsisten después de la ejecución del proyecto, etc.En este ítem se incluyen la asignación del responsable y la contratación detrabajadores de artes y espectáculos, entre otros. Se indica, en general,cuáles son y cómo deben rendirse.

ITEM PRESUPUESTARIO  DOCUMENTO REQUERIDO - RENDICIÓN DE CUENTAS

ASIGNACIÓNRESPONSABLE

Cuando el presupuesto autorizado contemple una asignación para elresponsable del proyecto, la que se podrá cancelar en un solo pago omensualmente, según sea el caso, lo debe rendir adjuntado el Formulario N°29 - Declaración y Pago mensual de Impuestos (SII) con el cual pagó en arcasfiscales el P.P.M. (Pago Provisional Mensual), correspondiente al 10% de loasignado.De acuerdo con lo dispuesto en el Oficio Ord. N° 195 de fecha 29-ENE-2010,

del Servicio de Impuestos Internos (SII) elConsejo debe extender uncertificado al responsable persona natural que perciba la asignación,

en que conste su monto y fecha de entrega, debiendo el responsable

 persona natural efectuar el pago provisional mensual a través del

Formulario 29

El responsable del proyecto no puede recibir otros honorarios dentro delpresupuesto por otra función o labor durante la ejecución, salvo que en elFormulario Único de Postulación (FUP) lo haya manifestado expresamente.En este caso, toda remuneración que contemple para él será consideradaAsignación del Responsable, debiendo rendirse como se señala en elpárrafo anterior. Si no estaba manifestado expresamente en el FUP el gasto

será rechazado.

Cuando el beneficiario es una persona jurídica no le corresponde el pagopor asignación de responsable de proyecto a su representante legal o lapersona que la represente ante el CNCA para efectos de la postulación delproyecto si fuera el caso.

Las personas naturales vinculadas a esta persona jurídica como Socios,Administradores o miembros de sus Directorios (Corporación y Fundaciones)podrá recibir honorarios mediante las siguientes figuras:

Contrato de trabajo.

Boleta de honorarios.

Contratación de Artistas.

Para las sociedades de personas  (Colectivas, de responsabilidad Limitada,EIRL y encomandita por acciones), el pago por el trabajo en el proyecto desus socios, administradores y socio gestor en el caso de las encomandita,debe rendirse con cargo al denominado sueldo patronal o empresarial delartículo 31 Nº 6 de la Ley de Impuesto a la renta (DL 824). Se entiende porsueldo patronal o empresarial, la remuneración obtenida por el socio de unasociedad de personas, socio gestor en las sociedades en comandita poracciones y las que se asigna el empresario individual (EIRL), que efectiva y

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permanentemente trabajen en el negocio o empresa.La rendición de dicho sueldo deberá imputarse dentro del ítem de Gastos deOperación. El SII por medio de Circular N° 42, de 1990, estableció lassiguientes instrucciones: Las empresas unipersonales, las sociedades depersonas y sociedades en comandita por acciones (respecto de los sociosgestores), podrán rebajar como gasto para los fines de la determinación de larenta líquida de primera categoría, las remuneraciones que se asigne elempresario individual y aquellas pagadas a los socios de las sociedades antesreferidas por concepto de “sueldo empresarial o patronal”, siempre ycuando cumplan con los requisitos copulativos contemplados en el artículo31 N° 6 del D.L. N° 824, de 1974, o Ley de la Renta.  

CONTRATACIÓN DEARTISTAS(Ley N° 19.889)

Artista chileno:Presentar copia de los siguientes documentos:a)  Artista Chileno: 

Contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador.

Liquidación de remuneraciones firmada por el trabajador.

Pago de las Cotizaciones Previsionales y de Salud emitida por la

entidad receptora de los pagos, ya sea manual o electrónica.Boleta de Honorarios por el valor bruto de la remuneraciónpercibida, en caso que el contrato establezca esta modalidad depago, sin deducción alguna por concepto de cotizacionesprevisionales (artículo 145-L del Código del Trabajo)

b)  Artista Extranjero: 

Copia legalizada de la visa de trabajo o permiso de trabajo paraturistas.

Contrato de trabajo firmado por el trabajador extranjero y elempleador (responsable del proyecto).

Formulario N°50 del SII declarado y pagado el impuestocorrespondiente, cuyo porcentaje se indique en el formulario.

Fotocopia del documento de identidad del extranjero.Recibo de Pago firmado por el extranjero y el ejecutor delproyecto o transferencia bancaria a nombre del extranjeroprestador del servicio.

CONTRATO A MENORESDE 18 Y MAYORES DE15AÑOS

Se requerirá autorización Notarial expresa del padre o madre; a falta de ellosdel abuelo o abuela paterno o materno; a falta de éstos, de los guardadores,personas o instituciones que hayan tomado a su cargo al menor, o a falta detodos los anteriores, del inspector del trabajo respectivo. Queda prohibido eltrabajo de menores de 18 años en cabarets y otros establecimientos de lamisma naturaleza que presenten espectáculos vivos, como también en losque expendan bebidas alcohólicas que se consuman al interior de eseestablecimiento.

CONTRATO A MENORESDE 15 AÑOS

En casos debidamente calificados y cumpliendo con lo dispuesto en el incisosegundo del artículo 13 del código del trabajo, y con la autorización de surepresentante legal o del respectivo Tribunal de Familia, podrá permitirse alos menores de quince años que celebren contrato de trabajo con personas oentidades dedicadas al Teatro, Cine, Radio, Televisión, Circo u otrasactividades similares.

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MATERIALES E INSUMOS Se rinden con Boleta y/o factura en original y emitida a nombre delresponsable del Proyecto. 

ARTÍCULOS MENORES DESEGUNDA MANO

La compra de artículos menores de segunda mano se refiere a la adquisiciónde bienes usados cuyo vendedor (persona natural) no cuenta con facturas oboletas de venta. Este gasto se respaldará con un documento notarial deCompra-Venta, que certifique el nombre de los partícipesde la transacción, lafecha, el bien transferido y el monto cancelado.

GASTOS PORALIMENTACIÓN YALOJAMIENTO

Los gastos por alimentación y alojamiento, deberán estar contemplados enlos ítems respectivos del presupuesto y se redirán con facturas o boletas,adjuntando la individualización de las personas en quienes se incurrió.

GASTOS POR PASAJESAEREOS, TRASLADOSTERRESTRES Y CARGA.(Anexo N°2)

a) 

Cuando se trate de Pasajes Aéreos, se deberá presentar la Facturacorrespondiente, o el Ticket electrónico, o los Pasajes (Boletos) aéreos, oel respaldo de la compra por internet, todos los cuales deberán señalaren forma clara:

El valor del pasaje,

Nombre de la persona que viaja,

Tramo, y

Fecha del viaje.

b)  Cuando se realice el traslado en Bus interprovincial  o Tren, se deberápresentar el respectivo “Boleto o Pasaje” que acredite el traslado.  

c)  Cuando se trate de viajes dentro de la ciudad, y no se pueda demostrar

con boletos o comprobantes de pasajes, el ejecutor deberá presentaruna Planilla de Locomoción (como declaración jurada simple) donde seindique el trayecto, valor y fecha del viaje. Este documento estaráfirmado por quién hizo el gasto en locomoción y por el responsable delproyecto.

d)  Cuando los traslados se realicen en taxi, deberá adjuntar el boleto quearroja el taxímetro. Si se realiza en radio-taxi, adjuntar el recibo queentregan dichas empresas.

e)  Cuando la ejecución del proyecto contemple, en su totalidad o enuna parte, traslados a espacios o lugares de difícil acceso en loscuales no exista o sea escasa la existencia de servicios detransporte formal, en razón de las condiciones geográficas delentorno, climáticas u otras de distinta naturaleza, el ejecutorpodrá recurrir a la contratación de servicios de transporteinformal, los cuales deberán acreditarse mediante la presentaciónde los siguientes documentos:

contrato de arriendo simple, el cual deberá especificar si se trasladanpasajeros, cargas, equipos utilizados para laejecución del proyecto obienes de otro tipo.

listado de personas transportadas y/o enunciación genérica de lacarga.comprobante de pago del servicio contratado. 

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ARRIENDOS(espacios, muebles y

equipos)

Los gastos por concepto de arriendo se respaldarán con un contrato simplede arriendo y su pago con el comprobante de transferencia bancaria anombre del Arrendador o por un recibo simple de arriendo, el cual debeexpresar el período que comprende su monto y la fecha. Ambos documentosdeberán estar firmados por ambas partes (arrendador y arrendatario).Conjuntamente con el contrato se adjuntará fotocopia del documento deidentidad del arrendador.Es preciso señalar que los arriendos de espacios para habitación, en general,deberán estar pactados de manera mensual.Si el contrato se realizó con una persona, institución o empresa, cuyo giro seael arrendamiento de propiedades o espacios, o muebles o equipos, deberendirse con el documento tributario correspondiente emitido por lapersona, institución o empresa.

SERVICIOS BÁSICOS

Se rinden con boleta y/o factura a nombre del responsable del proyecto.Estos documentos deben dar cuenta del periodo usado.

Se entenderá como servicios básicos aquellos que van en directa relación conla ejecución del proyecto y que estén detalladamente mencionados en elFormulario Único de Postulación o en la readecuación presupuestaria, seautorizan: agua, luz, gas, teléfono (fijo o celular). El pago de gastos comunes,autorizado en el presupuesto, se respaldará con el respectivo comprobantede pago donde se individualice el período comprometido, el lugar y lapersona que paga.

PREMIOS O INCENTIVOS En los casos que en un proyecto se contemple la entrega de premios oincentivos en dinero (por ej. festivales de cine o documentales, etc.), serespaldará el gasto con un certificado firmado por el ganador del premio y elo los miembros del jurado que lo otorgo, adjuntando también la fotocopia dela cédula de identidad del o los ganadores.

GASTOS POR BECAS Y/OPASANTÍAS EN CHILE O ENEL EXTRAJERO4 

El respaldo de los gastos por pago de arancel y matrícula se realizará con laboleta, factura o comprobante de pago en original entregado por lainstitución educacional o el banco recaudador.

a)  Manutención Corresponden a los gastos en alimentación, alojamiento ytransporte menor. Incluirá gastos en farmacia (medicamentos) ylavandería, sólo si las bases del concurso lo contemplan. El respaldode estos gastos se hará con boletas o facturas extendidas a nombre

del responsable del proyecto.

b)  Seguros El respaldo de estos gastos se hará con boleta, factura ocomprobante de pago original emitido por la Cía. Aseguradora másuna copia de la póliza de seguro.

4Decreto Supremo de Educación N°664, 29 de diciembre del 2008. 

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SEGUROS(Becas y Pasantíasen el Extranjero)

IMPREVISTOS

Comprobante emitido por la entidad aseguradora (si lo requiere) a nombredel responsable que postuló a la beca o pasantía.

Corresponden a gastos que se pueden realizar de manera excepcional,siempre que se deba incurrir en ellos a raíz de circunstancias imprevisibles,irresistibles e inimputables al Responsable del proyecto y que dichos gastossean necesarios y tengan directa relación con la ejecución del mismo.Cuando entregue la rendición y haya utilizado recursos contemplados en esteítem, deberá indicar en su informe cuánto es el monto que destinó paracubrir el ítem que requirió más recursos

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naturaleza del aporte, sirva para acreditarlo.

Aportes de Terceros

a)  Aportes de Terceros que constituyen donaciones con finesculturales de conformidad a la Ley 18.985 : En el caso deaportes derivados de donaciones con fines culturales acogidosa los beneficios tributarios establecidos en el artículo 8° de laLey 18.985, se deberán rendir acompañando copia simple delcertificado que acredita la donación con fines culturales conbeneficio tributario, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo3°, N°2 y artículo 8° de la ley de donaciones culturales y sureglamento; y copia simple del inf orme anual del “Estado delas fuentes y uso detallado de los recursos recibidos” a que serefiere el artículo 5° contenido en el artículo 8 de la Ley N°18.985, sobre Donaciones con Fines Culturales; o en subsidio

copia de la rendición de cuentas que acredite los gastos, segúnla naturaleza de los mismos, con boleta o factura.

b)  Aportes de Terceros efectuados por otras entidades públicas:Se efectuará entregando una copia de la aprobación de larendición de cuentas respectiva por parte de la entidadpública que realizó el aporte o el subsidio o bien, con unacopia de la rendición de cuentas entregada a la entidadpública aportante.

Se debe tener presente que para ambos casos el responsable debemantener en su poder copia de la documentación que respalda elgasto realizado con dichos aportes, la que podrá ser solicitada por

el CNCA para efectos de aprobación del informe final.

c) 

Otros Aportes de Terceros: se rendirá entregando copia de ladocumentación que acredite los gastos, según la naturaleza delos mismos (boleta, factura, etc.).El cofinanciamiento, en todas sus formas, deberá serejecutado en su totalidad, ya que en la formulación de suproyecto se contempla como necesario para la totalejecución. 

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III. MODIFICACIONES AL PROYECTO

1.  Reitemización de recursos asignados 

Si el ejecutor necesita reitemizar o destinar recursos de un ítem a otro (aumentando y disminuyendo elpresupuesto de ellos), o crear nuevos ítems distintos a los originales, pero necesarios para la ejecucióndel proyecto, deberá solicitar la autorización de dicha modificación a la Dirección Regional o SecretaríasEjecutivas de Fondos del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, a través del cual se le otorgaron losrecursos. De este modo, se entenderá autorizada la reitemización, una vez que se encuentre notificadala carta certificada.

En la carta de solicitud indicará -con claridad y fundamento- las razones que ameritan las modificacionesal presupuesto, señalando los ítems que aumentarán y los que disminuirán los recursos autorizados paragastos, de tal manera que, en la plantilla de reitemización se exprese el presupuesto original y el nuevoreitemizado con todos los montos, hasta el total del presupuesto autorizado en el proyecto.

No será necesario solicitar autorización, a la Dirección Regional para reitimizar recursos que están al

interior de ítem presupuestario, siempre y cuando éste no cambie el monto total original.

2.  Prórroga de término de proyecto

Solo en casos fundados y por causas o hechos no imputables al responsable del proyecto y siempre queestas circunstancias se encuentren debidamente acreditadas y justificadas, se podrá solicitar por escrito,a la Dirección Regional o Nivel Central del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, prórroga de lafecha de realización del proyecto indicada en el Formulario de Postulación. La autoridad resolverádiscrecionalmente la autorización o rechazo de la solicitud, la que será comunicada mediante carta o enforma personal.

Si la solicitud es acogida, el ejecutor responsable del proyecto deberá renovar la Letra en Garantía porlos recursos asignados al proyecto, en los mismos términos señalados en el convenio de ejecución deproyecto. Solo entregada la nueva garantía, podrá ejecutar el proyecto en los plazos nuevamenteconvenidos.

Una prórroga efectuada sin autorización de la Dirección Regional o Nivel Central, faculta a la misma paraaplicar las sanciones estipuladas en el convenio de ejecución de proyecto.

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ANEXO N° 1 CARATULA DE PRESENTACIÓN RENDICIÓN DE CUENTAS

I.- IDENTIFICACIÓN DEL SERVICIO O ENTIDAD QUE TRANSFIRIÓ LOS RECURSOS D IA / MES / A ÑO

a) Nombre del servicio o entidad otorgante:

II.- IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD (BENEFICIARIO) QUE RECIBIÓ Y EJECUTÓ LOS RECURSOS

b) Nombre del Beneficiario: RUT:

Monto total transferido moneda nacional

Banco o Institución Financiera donde se depositaron los recursos

N° Cuenta Bancaria

Comprobante de ingreso (si lleva contabilidad) Fecha_________ N° comprobante______________

Objetivo de la Transferencia

(descripción de la actividad)

N° de identificación del proyecto o Programa_____________________

Antecedentes del acto administrativo que lo aprueba: Resolución CNCA N° FechaModificaciones (si las hubiere) Resolución CNCA N° Fecha

Subtitulo Item Asignaci ón

Item Presupuestario

Fecha de inicio del Programa o proyecto

Fecha de término

III.-DETALE DE TRANSFERENCIAS RECIBIDAS Y GASTOS RENDIDOS

c ) Monto transferido

d) Más : Transferencias complementaria (si la hubiere)

e) Total Transferencias por rendir (c + d) = e

MENOS RENDICIÓN DE CUENTA

f) Gastos de Operación

g) Gastos de Personal

h) Gastos de Inversión

i) Gastos de Difusión

 j) Otros

k) Total recursos rendidos (f+g+h+i+j) = k

l) SALDO POR RENDIR O REINTEGRAR 0 (e - k )= l

IV.- DATOS DE LOS RESPONSABLES DE LA RENDICION DE CUENTA

Nombre (encargado - rendición)

RUT

Cargo Email

Declaro que toda la documentación auténtica adjunta en esta rendición de

cuentas, se rinden exclusivamente al CNCA, e n virtud del convenio aprobado

por la resolución N° ______________ de fecha _____________________

Firma y nombre del responsable de l a Rendición

USO INTERNO CNCA

Nombre (revisor ) _____________________

RUT _____________________

Cargo ____________________

MONTOS EN $

TITULO III Rendición de Fondos Entregados a Terceros Privados

0

0

0

Nota: Esta es la caratula de la rendición de cuentas al cual se debe acompañar el formularo detalle y los antecedentes auténticos (facturas, boletas,

contratos, liquidaciones, etc.) que respaldan los gastos e inversión.

CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

Monto en $

0

0

0

0

0

0

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ANEXO N° 2 MODELO PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA

PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA 

PROYECTO Nº :

TITULO :

NOMBRE RESPONSABLE :

REPRESENTANTE LEGAL :

DIRECCIÓN :

TELÉFONOS :

FECHA FIRMA CONVENIO :

FECHA RENDICIÓN :

TOTAL APORTE PROPIO $50.000

TOTAL APORTE TERCERO $150.000

TOTAL ASIGNADO : $ 500.000 

ITEM GASTOS COFINANCIAMIENTOTIPO DE

MONEDAEURO

MONTOASIGNADO

$ 500.000

SUB ÍTEM SEGÚNPROYECTO

Nº BOLETA /FACTURA

DETALLES DEL GASTOMONTO

GASTADO

VALORBANCO

CENTRAL1a Rendición 2a Rendición MONTO $

1 PASAJES 25252 $ 225.000 $ - $ 225.000

2 ALOJAMIENTO 25253 € 49,00 € 759,10 $ 37.196 $ - $ 37.196

3

TOTAL GASTOS RENDIDOS $ 262.196

TOTAL MONTO COFINANCIAMIENTO $ 500.000

SALDO POR RENDIR $ 237.804

NOTA: Junto con esta planilla de rendición se debe adjuntar las boletas o facturas originales que acreditan los gastos, agrupados por el sub-ítem deacuerdo a su proyecto y en el mismo orden que fueron registrados en dicha plantilla. Las boletas NO deben estar enmendadas. Las facturas deben seremitidas a nombre del responsable y contener respaldo de cancelación por el emisor, adjuntar con ellas el Original y el Cuadruplicado en caso defacturas Manuales y en caso de facturas electrónicas sólo la copia CEDIBLE.   Los pagos que se hagan en moneda extranjera deben rendirse en pesos chilenos y en la fecha del día en que se realizó el gasto (publicados en la

página del Banco Central web: http://bcentral.cl) o adjuntar el documentos de compra de la divisa que fue utilizado para el tipo de cambio.  Los gastos por alimentación y alojamiento se respaldarán con Boleta y/o Facturas, indicando el número de personas beneficiadas.  Los pasajes aéreos se respaldan con la Factura correspondiente y debidamente cancelada o el Ticket electrónico o pasajes, los cuales deben

señalar en forma clara el monto del pasaje, persona que viaja, tramo y fecha del viaje.  Bus Interprovincial o Tren deberán presentar el respectivo Boleto o Pasaje que acredite el traslado.  Los viajes dentro de la ciudad deberán presentar una Planilla de Locomoción que indique el trayecto, nombre, fecha y firma de quién hizo el viaje,

con la firma del o la responsable del proyecto.   Los traslados en taxi deberán adjuntar la boleta que arroja el taxímetro, mientras que los realizados en radio taxi deberán adjunta el recibo que

entrega dicha empresa. 

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ANEXO N° 3 MODELO PLANILLA DE RENDICIÓN LOCOMOCIÓN 

GASTO DE LOCOMOCION 

NOMBRE Quien realiza el Gasto de Locomoción

RUT

FECHA DESTINO MOTIVO VALOR

30-01-2015 xxxx $ 720

TOTAL $ 720

FIRMA RESPONSABLE GASTO FIRMA RESPONSABLE PROYECTO

FECHA FECHA

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ANEXO N° 4 MODELO PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA (COFINANCIAMIENTO)

PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA APORTES PROPIO O DE TERCEROS 

PROYECTO Nº :

TITULO :

NOMBRE RESPONSABLE :

REPRESENTANTE LEGAL :

DIRECCIÓN :

TELÉFONOS :

FECHA FIRMA CONVENIO :

FECHA RENDICIÓN :

TOTAL APORTE PROPIO $50.000

TOTAL APORTE TERCERO $150.000

TOTAL ASIGNADO : $ 500.000

ITEM GASTOS COFINANCIAMIENTOTIPO DE

MONEDAEURO

MONTOASIGNADO

$ 500.000

SUB ÍTEM SEGÚNPROYECTO

Nº BOLETA /FACTURA

DETALLES DEL GASTOMONTO

GASTADO

VALORBANCO

CENTRAL

AportePropio

Aporte deTerceros

MONTO $

1 PASAJES 25252 $ 50.00 $ -

2 ALOJAMIENTO 25253 $ 150.000

3

Total $50.000 $150.000

NOTA: Junto con esta planilla de rendición se debe adjuntar las boletas o facturas originales que acreditan los gastos, agrupados por el sub-ítem deacuerdo a su proyecto y en el mismo orden que fueron registrados en dicha plantilla. Las boletas NO deben estar enmendadas. Las facturas deben seremitidas a nombre del responsable y contener respaldo de cancelación por el emisor, adjuntar con ellas el Original y el Cuadruplicado en caso defacturas Manuales y en caso de facturas electrónicas sólo la copia CEDIBLE.   Los pagos que se hagan en moneda extranjera deben rendirse en pesos chilenos y en la fecha del día en que se realizó el gasto (publicados en la

página del Banco Central web: http://bcentral.cl) o adjuntar el documentos de compra de la divisa que fue utilizado para el tipo de cambio.  Los gastos por alimentación y alojamiento se respaldarán con Boleta y/o Facturas, indicando el número de personas beneficiadas.  Los pasajes aéreos se respaldan con la Factura correspondiente y debidamente cancelada o el Ticket electrónico o pasajes, los cuales deben

señalar en forma clara el monto del pasaje, persona que viaja, tramo y fecha del viaje.

 

Bus Interprovincial o Tren deberán presentar el respectivo Boleto o Pasaje que acredite el traslado.  Los viajes dentro de la ciudad deberán presentar una Planilla de Locomoción que indique el trayecto, nombre, fecha y firma de quién hizo el viaje,

con la firma del o la responsable del proyecto.   Los traslados en taxi deberán adjuntar la boleta que arroja el taxímetro, mientras que los realizados en radio taxi deberán adjunta el recibo que

entrega dicha empresa.