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8/18/2019 Guía Rápida Proceso Devolución de Iva Exportadores
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• Para acceder al derecho a la devolución, en el mes solicitado deberá generar crédito tributario. Es decir debe tener un
valor registrado en el casillero 602.
• El exportador, está obligado a efectuar la retención del 100% del IVA para que las adquisiciones que realiza en el mes
sean sustento de crédito tributario.
• La solicitud (en el caso de trámites manuales) deberá estar rmado por el Representante Legal de la empresa que
consta en el RUC, si el apoderado es quien ingresa el trámite deberá adjuntar al expediente el poder debidamente
inscrito en el Registro Mercantil.
• Los listados de adquisiciones y exportaciones deberán estar rmados por el Representante Legal y Contador de laempresa quienes consten en el RUC.
• La información que está en los comprobantes de venta físicos debe ser la información que se detalle en listados y
Anexo Transaccional (número de CV, autorización, BI e IVA, etc.)
• Tanto el ATS y listado de exportaciones deben contener el número de refrendo con régimen 40.
• Si tiene facturas que hacen referencia a alguna póliza, se deberá adjuntar la misma.
• Si presenta factura de reembolso de gastos adjuntar los respaldos de las facturas a las que se hace referencia.
• Si se ha emitido una liquidación de compras a una persona que tiene RUC, se deberá certicar si esa persona ha sido
parte de la nómina de la empresa a la fecha de emisión del documento. Certicado rmado por Representante Legal.
• Si tiene CV ilegibles o si no posee el original, no se debe incluir en la solicitud. (copia completa)• Si la fecha de emisión de un CV no corresponde al mes solicitado adjuntar el comprobante de retención.
• Si la fecha de pago de una importación no corresponde al mes solicitado se deberá adjuntar el asiento contable de
dicha importación.
• Si solicita la devolución de una liquidación de compra del exterior adjuntar la factura a la que hace mención y el
comprobante de retención correspondiente.
• No es necesario solicitar y presentar las facturas de compra que no son sujetas de devolución. Por ejemplo, gastos
administrativos.
• Todo valor que la administración tributaria niegue y reconozca como IVA devuelto deberá darse de baja de su crédito
tributario.
Recuerde:
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Excepciones: estos son los casos en los que el contribuyente podrá ingresar un
trámite por ventanilla en el proceso de Devoluciones de IVA por Internet.
• Primera solicitud ingresada por Exportadores nuevos.
• Exportaciones de bienes cuya producción o elaboración sea por periodos cíclicos.
• Conclusión del régimen aduanero de admisión temporal para perfeccionamiento activo en la modalidad del
programa de maquila.
• Alcances a la Solicitud de devolución de IVA.
• Cuando la solicitud se reera a saldos de activos jos por depreciación, pendientes de devolución.
• Exportadores por periodos anteriores a enero 2008 y,
• Sociedades que soliciten devolución del IVA por valores a los que tiene derecho como exportadores, a consecuencia
de procesos de absorción o fusión societaria y los herederos o legatarios, por los derechos del causante.
La devolución de IVA a exportadores está sujeta a 4 parámetros:
El menor entre
Se compra con
En caso de que el menor entre 1, 2, 3, sea mayor que el valor 4 se genera un saldo a devolver en futuras exportaciones. (Es
decir que se recuperará en futuros trámites)
Crédito tributariomensual (Casillero 602)
2
2
3
Valor IVA de comprobantessolicitados y aceptados
Crédito acumulado a lafecha de devolución
12% FOB de lasexportaciones aceptadas