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Hacia la fundamentación de lo que debe ser en la naturaleza de lo que es JOHN F. CROSBY (Universidad Franciscana de Steubenville) - El dualismo absoluto entre es y debe en general y con respecto al prometer Con su teoría del dualismo absoluto entre es y debe, Hans Kelsen expresa la convicción de muchos filósofos de que un deber no puede justi- ficarse racionalmente, que no puede derivarse del «ser», de la «naturaleza de las cosas». Examinemos el modo como Kelsen presenta este dualismo, en primer lugar con atención a la obligación legal y luego respecto a la obligación moral’. Si se pregunta por qué debe obedecerse una ley positiva, Kelsen comien- za por remitir a la constitución que es relevante para esa ley, y sostiene que si la ley se hizo de acuerdo con la constitución, es una ley válida, y debe obedecerse. Y si se pregunta por qué la constitución misma es una ley váli- da, Kelsen se remite, si es posible, a una constitución anterior, de la cual se derive la presente. Sin embargo, una vez que alcanzamos la primera cons- titución histórica, parece que estamos ante un nivel de ley que no podemos explicar ya en términos de una ley más básica 2. Hemos de habérnolas con la ley que no procede de otra ley, y la pregunta que se plantea entonces es 1. Para una breve exposición del dualismo de KELsEN entre es y debe, ver su «Why Shouldthe Law Be Obeyed”, en Miar isiustice? (Berkeley y Los Angeles: Univ. of Cali- fornia Press. 1975), Pp. 257-265. Par una exposición más completa de ello en su último trabajo, ver su The Flor Theory of Late. trad. M. Knnight (Berkeley. Los Angeles: Univ. of California Press. 1979), Pp. 193-220. 2. En el ensayo mencionado Kelsen trata de derivar la primera constitución históri- ca de una ley aún más básica, derivándola de la ley internacional. Pero admite que. antes o después, uno llega inevitablemente a un nivel de ley que no puede derivarse de una ley más básica. Para nuestro propósito en este ensayo es bastante poco importante determinar en qué punto la ley no puede derivarse ya de una ley más básica; nos ocu- pamos simplemente de la pregunta por el fundamento de la ley más básica. La respues- ta de Kelsen a esta cuestión es la misma: no importa en qué punto piense uno que surge la cuestión. Revista de Filosof la, 3’ época. vol. v(1992>. núm. 8. págs. 393-418. Editorial Complutense. Madrid

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Hacia la fundamentaciónde lo quedebeseren la naturalezade lo que es

JOHN F. CROSBY(UniversidadFranciscanade Steubenville)

- El dualismo absoluto entre es y debe en generaly conrespectoalprometer

Con su teoría del dualismo absolutoentrees y debe,Hans Kelsenexpresala convicciónde muchosfilósofos dequeun deberno puedejusti-ficarseracionalmente,queno puedederivarsedel «ser»,dela «naturalezade las cosas».Examinemosel modocomoKelsenpresentaestedualismo,en primer lugar con atencióna la obligación legal y luego respectoa laobligaciónmoral’.

Si se preguntaporqué debeobedecerseunaley positiva,Kelsencomien-zaporremitir alaconstituciónquees relevanteparaesaley, y sostienequesi la ley se hizo de acuerdocon la constitución,es una ley válida,y debeobedecerse.Y si sepreguntaporquéla constituciónmismaes unaleyváli-da, Kelsense remite,si esposible,a unaconstituciónanterior,dela cualsederivelapresente.Sin embargo,unavez quealcanzamosla primeracons-tituciónhistórica,parecequeestamosanteun nivel deley queno podemosexplicaryaen términosdeunaley másbásica2.Hemosde habérnolasconla ley queno procedede otra ley, y la preguntaque seplanteaentonceses

1. Paraunabreveexposicióndel dualismodeKELsEN entreesy debe,ver su «WhyShouldtheLaw Be Obeyed”,en Miar isiustice?(Berkeleyy Los Angeles:Univ. of Cali-fornia Press.1975),Pp.257-265.Parunaexposiciónmáscompletadeello ensu últimotrabajo,ver su TheFlor TheoryofLate. trad. M. Knnight(Berkeley.Los Angeles:Univ. ofCalifornia Press.1979), Pp. 193-220.

2. Enel ensayomencionadoKelsentratadederivarlaprimeraconstituciónhistóri-ca deuna ley aún másbásica,derivándolade la ley internacional.Peroadmiteque.anteso después,unollegainevitablementea un nivel deley queno puedederivarsedeunaley másbásica.Paranuestropropósitoenesteensayoesbastantepoco importantedeterminarenquépuntola ley no puedederivarseya de unaley másbásica;nosocu-pamossimplementede lapreguntaporel fundamentodela ley másbásica.La respues-tade Kelsena estacuestiónesla misma: no importaenquépunto pienseunoquesurgela cuestión.

RevistadeFilosofla, 3’ época.vol. v(1992>.núm.8.págs.393-418.Editorial Complutense.Madrid

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la siguiente:¿De dóndeprocede?¿Sefundamentade algún modo en el«ser»?¿Hay,por ejemplo,ciertosactosde ciertaspersonasquedenlugarde un modo inteligible a la ley quefundamentaun detenninadoordenle-gal?Kelsenlo niega,y en general,sostienequeno hay modode pasardelreino del seral reino de la normay de la obligación. Los actosde quererqueestablecenla primeraconstituciónhistóricaproducenuna ley válidasólo si decidimosinterpretarqueproducenuna ley válida, sólo si decidi-mospostularla validez de la primeraconstituciónhistórica.No puedeserválida en símisma,sino sólo en nuestropensamientojurídico. No puedeserválida sin más, sino sólo para aquellosqueasí la interpretan.Si alguienrehusainterpretarunaconstitucióncomováliday rechazaelordenlegal alqueda origensimplementecomoun casode violenciaorganizada,nadiepuededecirqueyerrao quedesatiendealgunafuerzaobligatoriaquetieneel ordenlegal.La obligaciónlegal, pues,entraen el mundono en virtud deciertosactosqueestablecenrealmentelaobligaciónlegal,sinocomoresul-tadode unainterpretaciónarbitrariaqueyo doy a aquellosactosqueins-tauranla primera constituciónhistórica.Resultade ello quela obligaciónlegal, paraKelsen,ni siquieraentrarealmenteen el mundo,sino queexistesólo en nuestropensamientosobreel mundo3.

La obligación moral, paraKelsen,es también algo no susceptibledefundamentaciónalgunaen el ser.Puestoquetodaobligación,paraél,pre-suponealgunavolición, la cuestiónes,¿lavoluntadde quiénda lugara laobligaciónmoral?En el casode la teoríatradicionalde la ley natural,Kel-sensostienequees lavoluntaddivina laqueobligamoralmente.Los filó-sofosde la ley naturalinsistirán,porsupuesto,en quela filosofíano reducetodaslas normasmoralesamandatospositivosde Dios, comopiensaKel-sen. Pero él defiendeque los mandatosdivinos positivos son tambiénmoralmenteobligatorios.Y no tienedificultad algunaen fundamentarestafuerza obligatoriaen el ser de Dios y en la relacióndel hombrecon El.PuestoqueDioses infinitamentesanto,y puestoqueel hombredependeabsolutamentede Él en cuanto a su ser, su voluntad tiene carácterdedemandamoralsobreelhombre,el cualdebeobedecersusmandatos.Kel-sendifiere; él piensaque,incluso si un tal Dios existiera,nadase seguiríarespectoa lo queel hombredebehaceral hallarseanteun mandatodivi-no. El pasode lo quees a lo quedebeser puede,en principio, no darsenunca,ni siquierasi el «es» incluyea Dios contodasu santidady poder.

3. SabemosqueKEL5EN poneun cierto limite asu subjetivizacióndela obligación,al menosdelaobligaciónlegal,al sostener(comoenGeneral77ieo~yofLawandState.p.¡19)quela eficaciade un sistemalegal,quees unacuestiónde un hechoobjetivo, escondiciónnecesariaparasu validez.Peropermaneceel hechodequeparaKelsenla cau-sa principal de validezlegal esla asunciónarbitrariadela normabásica,y que,comoresultado,la validezlegal nuncaes objetivamentereal, sino queexistesólo en nuestro«pensarjuridico>’.

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Paraexplicar la obligaciónmoralel filósofo de la ley natural,segúnKel-sen,tienequepostular,estoes,asumirarbitrariamente,que los mandatosde Dios hande serobedecidos.Obviamente,estaasunciónno es ella mis-ma materiadeobligaciónmoral,puestoquetodaobligaciónmorales pos-tenoraella. Tal asunciónno puedeserverdaderao falsayhacequecarez-cadesentidopreguntarsilosmandatosde Diossonen realidadmoralmen-te obligatoriosparanosotros,puestoqueestafuerzaobligatoriaexistesóloen nuestropensamientosobrelos mandatosdivinos.

Propongoen esteartículo deponerel dualismoentrees y debede Kel-sen,trayendoa la luz un cierto serqu~necesariamentedalugaraun deber,y lo hace«desdesí mismo»y sin apoyarselo másmínimo en postuladoarbitrarioalguno.Quieromostrarcómoel acto deprometer,quees lo quees,da lugaraunaobligación (primeroa unaobligaciónpre-moraly luegopropiamentemoral) en aquélquepromete.Uno no tienequepostularquelas promesasdebencumplirse,ni tienequederivarestedeberdela normabásicade un sistemanormativocuyavalidezse postule;las promesasreal-mente debencumplirse,y estoexclusivamenteen virtud de la naturalezadel prometer.

En lo que siguetambién quiero traer a debatea los filósofos anglo-americanosquehanescrito sobreestamateria.Me refiero a la speech-ac¡tradition derivadade J. L. Austin,y a todosaquellosfilósofos de la ley quehansido influenciadospor ella.Permítasemeexponerbrevementela teoríadel prometerqueha surgidoen estatradición,o, al menos,exponerlaen lamedidaen quese cruzaen nuestrocaminoen esteensayo.Se dice queelacto de prometerpresuponealgunasreglasconvencionalesdentro de lascualesse sitúay le confierenla capacidadde producirel efectode obligaral queprometey darderechoa unademandaal queharecibido la prome-sa.Con frecuenciaunoextraeun paralelismoconlas reglasdel juego. Asícomo poneren jaqueo enrocartienensentidoúnicamentedentro de lasreglasdelajedrez,y marcarun penaltytienesentidoúnicamentedentrodelas reglasdel fútbol, del mismomodo,prometertienesentidosólo dentrodeciertasconvencionessocialesy semánticas.Prometerno existerealmen-te en lanaturalezade lascosas;no es un acto «natural»de la mentecomopensaro percibir; es másbien un resultadode convenciones.Searlehaexplicadoestocon su interesantedistinción entrereglas «regulativas»y«constitutivas»:las primerassonreglasqueregulanunaactividadquetie-ne sentidoconprioridada esasreglas(lasreglasde etiquetaregulannues-tro comer,saludar,etc., pero podemoscomero saludarsin ninguna detales reglas),mientraslas últimasproporcionanel marcoen el que tieneplenosentidounaactividaddeterminada(lasreglasdel fútbol proporcio-nanel marcoen el queun penaltyadquieresentido).Ahorabien,prometerno es sólo algoquese modifica mediantereglasregulativas,sino algoquese establecemediantereglasconstitutivas.En virtud de este requisitodelprometer.Searlelo llama «hechoinstitucional», el cual contraponea«hechobruto”. Un eventoen la naturaleza,o la experienciade sentiralgo,

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o el actode pensarsobrealgo, serían,paraSearle,«hechosbrutos»:sonposibles«desdesí mismos»,sinpresuponerun sistemadereglasconstituti-vas enel queexistir. Sin embargo,se dicequeprometeres un «hechoinsti-tucional»porquese tratade unacreaciónapartir de reglasconstitutivas.

EstositúaaSearle(y a todoslos muchosfilósofos de la ley a quienesélrepresenta)muy próximo a Kelsenen la cuestióncrucialdel fundamentode un deber.Es verdadqueSearlees bienconocidopor sostenerquepro-meteres un «es»quepuedefundamentarun «debe».Perosi prometerquaprometerexisteparaél sólocomoun hechoinstitucional,entoncessuposi-ción es totalmentecompatiblecon«el dualismoabsolutoentrees y debe>’en el sentidode Kelsen.Searlederivalaobligacióndel queprometea par-tir de otrasnormas,a saber,a partirde las reglasconstitutivasdel «juego>’de prometer,asícomo Kelsenderivaría estaobligaciónapartir de algunaprimeraconstituciónhistórica(si estuvierahablandode obligaciónlegal),o a partir del hechodequeDios lo hamandado(si estuvierahablandodeobligaciónmoral en el sentidode la filosofia de la ley natural).Si se pre-guntarade dóndeprocedenlas reglas constitutivas,Searletendríaquedecirquesimplementesepostulan,del mismomodoqueKelsenresponde-ríaaestacuestióndiciendoquelavalidezdelaprimeraconstituciónhistó-rica simplementesepostula,o queasíse hacerespectoa la validezde losmandatosdivinos. Lasreglasconstitutivasno puedenserverdaderaso fal-sasmásde lo quepuedenserlo lospostuladosque, segúnKelsen,danvali-dez a un sistemanormativo.

Si podemosdemostrarqueprometer,como actoquecrea unaobliga-ción, es un acto posible«desdesi mismo”, y no presuponemás reglasconstitutivasque las quepuedepresuponerel sol paradar luz y calor; sipodemosdemostrarqueprometerno necesitamáspostuladosarbitrariosparaobligar al queprometede los quenecesitanlas plantasparacrecer,entonceshabremosroto eldualismoentrees y debetal comose encuentraen Kelsen,Searley muchosotros.Entoncesdemostraríamoscómouncier-to deber(la obligaciónqueel queprometeadquiereal prometer)procededelser,de la naturalezade uncierto actodela persona.Ahorabien,estoesexactamentelo quenosproponemosmostrar.

2. El prometer como «acto social>’: el descubrimiento de A. Reinacb

Sólose requiereun pocodesentidodel auténticofilosofarparaver queno podemoscomenzarporresponderdirectamentea la preguntade porquéel prometercreaunaobligaciónen el quepromete.Tenemosprimeroquepreguntamosquéseaelprometermismo;tenemosquesumergimosenel significadodel actoúnico que realizaunapersonaal prometer.Ahorabien, sucedeamenudoque la naturalezade unacosaquedaprofunda-menteiluminadaal considerarporquépertenecea un géneromásamplio.incluso aunquetal pertenenciano la distingainequívocamentede otras

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cosas-Así, la naturalezadel hombrese ilumina profundamenteal conside-rarlocomopersona,o alconsiderarlocomosercontingente.Queremostra-tar de iluminar la naturalezadel prometerconsiderandopor quéesteactoes lo queA. Reinachha llamadoun «actosocial».Al hacerestoqueremostambiénllamar la atencióndel lector sobrela obra de Reinach,que fueunode los fenomenólogosmásimportantes4.

Reinachcomienzasu discusiónde los actossociales5centrándoseentodosaquellosactosde la personaquetienenla característicade laesponta-neidad, estoes,que implican un cierto «hacer»(lun) de la persona:actos

4. Adolf REINACH (1883-1917)emprendiósusestudiosuniversitariosen el campode las leyes,y sólo despuésde completarlosse inició en la filosofia. Su primerprofe-sorfue TheodorLipps en Munich. peroen 1905, trassu doctoradocon¡atesis «Sobreel conceptode causaen el derechopenal vigente’>,dejó a Lipps y la filosofía psicolo-gistaqueLipps representabaparaunirseaEdmundHusserlenGóttingenen 1909,y en1912 fue unode los editoresquefundaron(junto a Geiger.Scheler,Plándery Husserl)el Jahrbuchfiar PhilosophieundphánomenologischeForschung.Reinachinterrumpiósutrabajofilosófico en 1914a la edaddetreintaañosparaalistarseenel ejércitoalemán.A causade su fallecimientoen la guerra,dejó sólo un único volumende GesammelteSchnften(Halle. Max NiemeyerVerlag,1921).Sin embargo,a nuestrojuicio, estosescn-tosdantestimoniode unainteligenciafilosóficadeprimeramagnitud.Husserlcomen-zó su necrologíade Reinachconestaspalabras:«Aconsecuenciadela tempranamuer-te de Adolf Reinach,la filosofía alemanaha sufrido unagravepérdida’>(Kant-Studien13(1919),Pp. 147-49).

Reinachenseñóa los estudiantesquerodeabana Husserlen G6ttingen.y muchosdeellos, talescomoEdith Steiny Dietrich von Hildebrand,veneraronenReinachaunverdaderomaestrofilosófico. Sin embargo.la laborde ReinachenGottingen no con-sistíasimplementeentransmitir el pensamientode Husserlasusestudiantes,ni siquie-ra en hacercontribucionesfenomenológicasoriginales.Reinachfue capazde distan-ciarsecríticamentedeHusserl,y, dehecho,no aceptósu girotranscendental.Entendiósiemprela fenomenologíacomoel estudiodelasestructurasesencialesdel ser quesonindependientesde cualquiersubjetividad seaempíricao transcendental.Si casi todoslos estudiantesde Husserlen Góttingenpermanecieronplenamenterealistastambiénensu filosofia. fue debidoen no pequeñamedidaala influenciadeReinach.Fue unaterriblepérdidaparala filosofia el queReinachcayeraen la guerra;parececienoquetodala historia de la fenomenologíahabríasido diferentesi hubieravivido paradesa-rrollar plenamentesu genio.

5. Trata los actossocialesen el capitulo 1 de su original trabajoDie apriorischenGrundíagendesbtargerlichenRechis.Aparecióoriginalmenteen el primer número delJahrbuchfiar Fhilosophieundph¿’lnomenologischeForschungdeHUSSERLen 1913.Se reim-primió trasla muertede Reinachen susGesammel¡eSchnflen,pp. 166-350.Desdeenton-cesha sido republicadacomolibro separado(Munchen: KoeselVerlag, 1953),con el ti-hilo Zur Phdnomenologie desRechis.En estaedición el titulo original se ha conservadosólo comosubtítulo.Citaremosde estaedición.Lascitas en inglésqueaparecenen eltexto hansido traducidaspormí. Asimismo,herealizadolaprimeratraduccióninglesade la monografiade Reinach,en ¡llerheia, An International Journal of Philusophy III(1983), Pp. 1-142.

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talescomotomar unadecisión,o unaresolución,o dirigir la atenciónenunaciertadirección,o alabaro censurar,o hacerunapregunta,opedirunfavor. Reinachdistingueestosactosno sólo de las experienciaspasivas.tales como oír un sonidoo sentirun dolor, sino también de actostalescomoamor,odio, veneración.Estosúltimos actos,al menosen tantoqueactitudesde la persona,no constituyenun «hacer»en el mismo sentidoque tomar unadecisióno hacerunapregunta.Ahorabien, ciertos actosespontáneos,talescomotomarunadecisión,soncompletosinternamente;unaexpresiónexternade estosactosno les perteneceen modo algunodeunamaneraesencialni los completa.Sin embargo,otros actosespontá-neos,talescomo hacerunapregunta,obviamenteno son completosinter-namente.Sin algún«volversehaciaafuera»,sin algunaexpresiónexterna,sin algún uso de palabras,es imposible hacerunapreguntao acusaraalguiende un crimen.

Ahorabien,nospodemospreguntar:¿quées entales actosespontáneoslo queles impide sercompletosinternamentey hacedel «volversehaciafuera» algo esenciala ellos?La respuestano puedeserqueestosactosestánesencialmentedirigidos a otrapersonadistintademi mismo(o esen-cialmentefremdpersonal, comodiceReinach),porqueeste«dirigirsehacia»se encuentraen actosquepuedenser internamentecompletosy sin giroalgunohaciaafuera.Así yo sólo puedoperdonara otro, nuncaa mí mis-mo; peroel acto,a diferenciade pedirperdóno concederun perdón,pue-de ser completointernamentesin ser expresadoexteriormente.La razónpor la queun acto espontáneocomo hacerunapreguntano puedeserinternamentecompletono essólo porqueestádirigidoaotrapersona,sinoporquese dirige aotra persona,tiende a alcanzarle,a tocarlerealmente,porquetoma al otro máscomo sujeto quesólo comoobjeto, como «tú>’másquecomo«él>’ o «ella»,y quedaincompletode un modo peculiarsino es aprehendidopor el otro —«comoun dardo anojadoque no llega asu blanco»—6.Pero semejanteacto puededirigirse a otro serhumanoyhacerquetengaqueseroídopor él sólo cuandoincluye comopartede símismoun «volversehaciafuera»,algoexternoquelepermiteapareceran-te el otro fin Erscheinungtraen»,). Ahorabien, con «actossociales»Rei-nachse refiereatodoslos actosespontáneosquesonvernehmungsbedíirflig.o querequierenseroídospor alguiena quien se dirigen parasercomple-tos. Los actos socialesse diferencian de los actos de la personainter-namentecompletosque se dirigen a otro, de un modo muy semejanteacomola miradaquetratade captarla miradade otro se diferenciade lamiradaque simplementemira a otro.

Podemosdesarrollarmás aún la idea de Reinachdistinguiendosusactos socialesde ciertasactividadesque tienden a ejercerdeterminada

6. REINACH. p. 39. Reinachexponesu descubrimientode los actossocialesen PP.37-54.

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Haciala fundamentaciónde lo quedebeser 399

influenciasobreotraspersonas;actividadestalescomo persuadir,atemo-rizar, adular.No hayun acto socialdepersuadira otro, comosilo haydeinvitar o de dar unaordenaotro. Por supuesto,la actividadde persuadirincluirá actossociales,tales como dirigirse al otro, pero no hay ningúnactode persuadirquetengaqueserescuchadoparaquela persuasiónseacompleta.Uno puedeserpersuadidoporotro sin darsecuentasiquieradesu persuasión,pero el acto de prometerno puedesercompletosin queaquél querecibela promesala oiga.Actividadestales como persuadirseconsumanproduciendoalgún efectoen el otro, quepodría,en principio,existir al margende la actividad(unapersonapuedellegar a persuadirsede algo por su propia reflexión y lectura),mientrasqueun acto social seconsumaporalgoquees inseparabledel actosocial,a saber,quesea oído.Setratade unacuestiónde diferenciarigurosa,esencial,y si captamosestadiferenciaentenderemoslos actossocialesde Reinachmásclaramente.

Contrastemosla estructuradel persuadircon la estructurade un actosocialcomoel invitar a alguien.Enel persuadirencontramosla intenciónde persuadir,y una actividadencaminadaa llevar a caboesta intención.La intenciónobviamentees un acto internamentecompleto;puedeexistirsin la actividadque lo ejecutay, portanto,no es un actosocial. La activi-dad.por suparte,no haceposiblequela intenciónseaoida,sino que, másbien,la lleva a cabo.La actividadincluirá actos sociales,comoacabamosdeobservar,perola intencióndepersuadirno es un actosocial,ni los actossocialessirvenprimordialmenteparahaceraudiblela intención.Estaes larazónpor la cual mi intenciónde persuadirno precisaserreconocidaporelotro comotal intenciónde persuadir.La mismaestructurase encuentraen el adular,animar, atemorizar,etc. Sin embargo,un acto social, comohacerunapreguntao invitar aalguien,tieneunaestructuradiferente.Noconsisteen una intenciónunida a unaactividadquela ejecute:másbien.consisteenun acto únicoqueha de seroídoporel otrocomoel actosocialquees parasercompleto como tal, y, porconsiguiente,no puededejardeseroído si producesus efectospropios.

Hemosde dar un pasomásparaponerclaramentede relieve los actossociales.Yo podríatratardeproduciren elotro, no sólocualquierefectoenrazóndelo que ledigo,sino el efectoespecíficodequeél reconozcaciertosactosen ml comoun resultadodelo quele digo; sinembargo,inclusoestosactosno tienenporquéseractossociales.Un hombrepodría decircosasaunamujerno sólo paratratarde ganarsuamor,sino paradarlea conocersupropioamorhaciaella; sin embargo,no es,porello, suamorun actoso-cial, ni suspalabrassonel ladoexteriorde un actosocial quele permitenseroído. Estaríamosante un actosocialsólo si él fueraadeclararlesuamora ella, lo cual ida esencialmentemásallá delmerodarlea conocersuamora travésde lo quedice y del modoen que lo dice.

Reinachanalizacon gran penetraciónel lado exteriorde un actoso-cial, que,comoveíamos,es necesarioa todoactode estetipo parallegar aseraudibleporaquéla quiense dirige. Esteladoexterior implica normal-

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mentealgún uso del lenguaje,y cuandolo hace,debemosdistinguir esteladolingílístico másexternode .. las afirmacionessobreexperienciasquejustoahoraestánteniendolugar o queacabande suceder.Si yo digo,«ten-go miedo»o «noquiero hacereso»,se tratade afirmacionessobreexpe-rienciasquehabríanocurrido igualmentesin talesafirmaciones.Perounactosocial,como se realiza entresereshumanos,no se divide en un actoindependientey unaafirmaciónsobreél, quepodría o no realizarse;másbienformaunaunidadinternadeactoy expresión.La experienciainternano es posibleen estecasosin laexpresión.Y la expresión,porsuparte,noes algoopcionalquese añadadesdefuera,sino queestáal serviciodel actosocialy es necesariasi el acto ha de dirigirse alotro. Por supuesto,puedehaberafirmacionessobreactossociales:acabode dar una orden. Peroestasafirmacionesse refierena todoel actosocial,incluyendosu ladoexte-flor, el cual, porconsiguiente,no deberíaen ningún casoconfundirseconunaafirmaciónsobreél mismo»7.Nosotrospodríamosañadirqueaunqueel cuerpolingtlístico de un acto socialno esunaafirmaciónsobreel ladointerior del acto social, no tienequeperdersucarácteren cuantoafirma-ción en suconjunto,comoclaramentese ponede manifiestoen el actoso-cial deinformaro notificar. Otrosactossocialessontalesquepueden,perono necesitan,«volversehaciaafuera»por mediodeunaafirmación,como.porejemplo,el actosocialdecensurar;yo puedocensurara otroeny atra-vésde la menciónde las cosascensurablesquehizo.

Vemos,pues,queReinach,muchoantesde quesurgieraelanálisisdelactode habla,se liberócompletamentede unavisión exclusivamentedes-criptiva de la función del lenguaje: tanto quepuedeesperarseque losspeech-actphilosophers. unavez familiarizadosconél. lo veancomoun pre-cedentede su enseñanzasobre las múltiples funciones«ejecutivas»noasertivasde las oraciones.

Es de granimportanciadarsecuentacon Reinachde queel lado exte-rior de los actossocialessólo es necesariopara aquellosque se realizan

7. ¡bid.. p. 41. «sic (el lado exteriorde un acto social)darf aberauchnicht ver-wechseltwerdenmit der Konstatierungvon Erlebnissen,dic geradestattfindenodersoebenstattgefundcnhaben.Sageich, «idi fúrchte mich» oder«ich will dasnicht tun’>,so haben~wir da eine~Aussernde~Bczugnahme[aufErlebnisse,welcheauchohnesolcheBezugnahmehattenverlaufenk¿~nnen.Dcr sozialeAkt dagegen,wieer von McnschzuMenschvolízogenwird, scheidetsichnicht in einenselbstándigenAktvollzugund cinezufállige Konstatierung,sondernbildetcine innige Einhcitauswillkflrlichem Vollzugund willktlrlicher Xusserung.DasErlebnisist hier ja nicht móglich ohnedic Áusse-nng. Dic Áusserungihrerseits ist nichts, was zufállig hinzutritt, sondernstcht imDienste dessozialenAktes undist notwendig.um seinekundgebendeFunktion zuerftlllen. Gewissgibt es auchñu sozialeAkte zufálligeKonstatierungen:«ich habebendenBefehíerteilt,,.DieseKonstatierungenbeziehensich dannaherauldengan-zen sozialenAkt mit seinerAussenseite,welchedemnachauf keinenFalí mit der Kons-tatierungibrer selbstverwccliseltwerdendarf,,.

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entrehombreso entreseresquese asemejana los hombres,en cuantoquesusvidas íntimasconscientesson perceptiblesaotros solamentea travésde la mediaciónde la expresióncorporal,afirmacionesquesonpor símis-massignosindicativos de susvidas íntimas,etc. Perosi dospersonastuvie-ran un accesoinmediatoa susmutuasconciencias,cadaunapodriaapre-henderlos actossocialesde la otra sin la ayudade exteriorizaciónalgunaporpartedeésta.Así las personasreligiosas,queestánconvencidasdequeDios tiene accesoinmediato a susvidas intimas, puedenrealizaractossocialesdirigidos hacia Dios, tales como actos de petición, esperanza,acciónde gracias,sin exteriorizaciónalguna.Estoponede manifiestoquelo que es estrictamenteesenciala la idea de acto social no es la vueltahacia fuera,sino lavueltahaciael otro paradirigirsea él. La vueltahaciaafuera es simplementeel instrumentopor el cual nosotroslos hombrespodemosdirigirnos a otro ser humanoy seroídos por él. Esto nos llevatambiéna ver quelo estrictamenteesenciala un acto internamentecom-pleto no es la ausenciadeladoexterior,sino la ausenciade gestoalgunodedirigirse aotro. (Sinembargo,inclusoentrelos hombres,hayciertasepara-bilidad entrelos actossocialesy sulado exterior.Si, por ejemplo,yo pido aalguienquetransmitami gratituda otro, el ladoexteriorde mi accióndegraciasno es realizadopor mí, sinopor aquél quetransmitemi gratitud,einclusopodria sermuy posteriora mi acto social de acciónde gracias).

Podríamosintentarclarificar laposicióndeReinachintroduciendouncierto paralelismo.Hay otros actosde la persona,ademásde los actossociales,quedebemosdistinguir de los actosinternamentecompletos.Enla filosofía de la volición se ha establecidola distinciónentrequereralgoen el sentidodedar unaciertarespuestainterioraalgo,y quereren el sen-tido de producirdeterminadoefectoen el mundo.Por ejemplo,en el actode quererdar alimentoaunapersonahambrienta,podemosdistinguir lalibre decisiónde darlealimentodela libre intervenciónen el mundoparaque,de hecho,puedacomer.Ahorabien,estasegundadimensióndel que-rer,al igual quelosactossociales,tienenecesariamenteun ladoexterior;setratade unaincursiónen el mundoparaefectuaralgo; no puedeser inter-namentecompleta,como lo es la primeradimensióndel querer.Así comoun actosocialtienequeseroídoparasercompleto,dela misma maneralasegundadimensióndel querertienequeser efectivaen el mundoparasercompleta.

Reinachsacaa la luz tambiénel siguienteaspecto,muy importante,delos actossociales.Muestraque,aunquelos actossocialesno sonen símis-mosactospuramenteinternos,cadaactosocial presuponenecesariamenteciertos actos puramenteinternos. «Cadaacto social presuponea priorinecesariamentealguna experiencia internamentecompleta cuyo objetointencionalcoincidaconel objeto intencionaldel actosocial o, al menos,esté referidode algún modoa él. Informar presuponeestarconvencidodeaquello de lo que informo al otro. Haceruna pregunta incluye necesaria-mentelaconviccióny requiere,por el contrario,incertidumbrerespectoa

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aquellosobrelo quepregunto.En elcasode hacerunademanda,lo quesepresuponees el deseode que lo quepido vengaal ser; másexactamente.quelo quepido searealizadopor aquélaquien se lo pido.Ordenarpresu-poneno sóloel deseosino lavoluntadde queaquélquerecibela ordeneje-cute lo mandado;etc»~8. Si un acto social es realizadosin el puro actointernoenel quesebasa,seintroduceunaciertainsinceridaden elactoso-cial.Así, digounamentirasi informoa alguiendealgodelo queyo mismono estoyconvencido;preguntoinsinceramentesi preguntoalgo sobreloquetengo plenacerteza;etc.

Alguien podría fácilmenteentenderde un modo equivocadola rela-ción entreun acto socialy el acto internamentecompletoquele subyace,de la forma siguiente: alguien podría pensarque el acto internamentecompletoes elcontenidodelactosocialdeinformar;de modoque,alorde-nar, yo informaríaal otro de lo quequieroque realice; al hacerunapre-gunta,informaríaaalguiendemi incertidumbre;alagradecer,informaríaa alguiendemi gratitudhacia él; etc.Puedemostrarsefácilmentela false-dadde esteintentode reducir todoslos actossocialesal único actosocial deinformar,y de diferenciarlos actossocialessólo de acuerdoal contenidoacercadel cual uno informa,porquehaypersonasaquienespuedoinfor-maracercadeun acto internamentecompleto,perohaciaquienesno pue-do, o no querría,realizarel acto socialquese construyesobreeseactoso-cial internamentecompleto.Yo puedoinformar a alguiende lo quequieroqueotro mehaga,o, al menos,a alguienqueno lo conozcaya: peropuedodar unaorden sólo a aquellapersonade quien quieroalgo. Puedoinfor-mar aciertaspersonasacercade mi incertidumbre,aunqueestécompleta-mentesegurode que no podría preguntarlesnadade aquello de lo queestoy incierto.Y aunquepuedoinformar a alguien de mi gratitud haciaotro, puedodarle las graciassólo a esapersona.Unicamentesi hacemosesta distincióny vemosque informar es sólo una entrelas innumerablesclasesde actossociales9,podemoshacerjusticiaa la riquezay variedaddela esferade losactossociales.Y sólo entoncespodremoshacerfecundala

8. Ibid.,pp. 41-42.«JedersozialeAkt batwesensgcsetzlichcm Fundamentin elnembestimmtgearteteninnerenErlebnis,dessenintentionalerInhaltmit dem intentiona-len InhaltedessozialenAiktes identischist oderdoch in irgendeinerWeisemit ibm inVerkntlpfung steht.DasMilteilen setzteme Úbeneugungvon dem Mitteilungsinhaltevoraus.DasFragen schliesstcine soicheOberzeugungseinetnWesen nachausundfordertcine Ungewissheitin Bezugaufseinemlnhalt. Hei derBine ist der WunschVor-aussetzung.dassdasErbetenegeschehe.naher.dassesdurch denjenigenrealisicrtwer-de. an welche sich dic Bitte richtet. Der Befehíhatzu seinemFundamentnicht denblossenWunsch,sonderndenWillen. dassderAdressatdasBefohíeneausfúhrt:usw”.

9. Sobrela materiadc estadistinción.cfr. Metaphysikda Gemeinschaftde D. von Hil-debrand(Regensburg:JosefHabbel, 1955),esp.Pp.24-28.Estees otro trabajoquehasido muy injustamenteolvidadopor los filósofos socialesy del derecho,y olvidadoensu propio perjuicio.

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idea de acto social parael problemageneralde la obligaciónmoraly sufundamento.

Ahora quehemosdistinguidoun acto social del acto internamentecompletoquelo presupone,podemoscaracterizarasíel descubrimientode Reinach:la mayorpartede los autoresanterioresa Reinachquetra-taronde esosactosqueél denominaactossocialesno dejaronde adver-tir la existenciade estosactosinternos.Tambiénconstataronel ladoex-terior de los actossociales.Lo que les pasóinadvertidofueron los actossocialesmismosen cuantodistintos de los actosinternosy en cuantoaudiblesúnicamentegraciasa su ladoexterno.La mayorpartedelospun-tosdébilesen sudiscusiónde actostalescomoordenar,demandaro, comoveremosen seguida,prometer,procedede tratar de entenderestosactoscomounacomposiciónde su ladoexteriormásel acto internopresupuesto.

Podríamosdesarrollartodavíamásallá la ideade acto socialmostran-do quepuedeser sujeto de unamodificación muy peculiar: mientrasunactode percepcióno un acto de quererno puederealizarse«en nombre>’de otro, los actossocialessípuedentenerestemodode realización.Puedoagradecero invitar a alguien,no sólo en mi propio nombre,sino tambiénen nombrede otro. Estemodo de realizaciónrepresentativade los actossociales debe distinguirse del mero colaborar a que el acto social dealguien seaoído por el otro. Si alguienme pidequetransmitasugratitud aunterceroy yo accedoasupetición,no estoy,en modoalguno,agradecien-do en nombrede la parteagradecida,simplementecolaboroa queel agra-decimiento que él haceen su propio nombre seaoído por el otro. Porsupuesto,puedorealizaractos socialesen nombrede otro sólo cuandoésteme poneen situaciónde hacerloasí,sólo cuandome constituyeen surepresentante.Quedaasí introducidaunanuevaclasede actossociales,asaber,los actosen los queyo capacitoa otropararealizaractossocialesenmi nombre. Pero no es nuestropropósitodedicarnosa este intrincadoasunto;mencionamosla posibilidaddeactossocialesrealizadosen repre-sentacióndeotro sólo paraarrojaralgomásde luz sobrela idea de actossocialesen general10.

Es evidentequeprometeres un acto social en el sentidode Reinach,yverdaderamentese trata de unoparticularmenterico y «clásico».El queprometesevuelvehaciaaquélquerecibelapromesa,se dirige haciaél y leexpresalo quenecesitaque él oiga. Y no sóloha de seroídoel contenidode la promesasino tambiénel actode prometer.Al igual queen todoslosactossociales,hayun actointernamentecompletoqueel prometerpresu-pone.a saber,la intenciónde realizarlo prometido.Si prometoalgo sinesta intención,prometoconaquellapeculiarclasede vacíoe insinceridaddela quetratábamosanteriormente.La expresión«yoprometo»,pronun-ciada por el que de ese modo realiza la promesa,no es unaafirmación

10. Ver REINAd!, pp. 48-50. 52-54: 139-164.

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sobreesteacto interior, sino precisamenteel lado exteriorqueel actodeprometernecesitaparahacerseaudiblea quien recibela promesa.Prome-terse puederealizarno sólo en mi propionombre,sino también,cumpli-dasciertascondiciones,en nombrede otro.

El lector se sentiráinclinadoapensaren estepuntoquela ideade Rei-nachde acto sociales simplementela ideade Austin de acto ilocucionano.Se dirá quecuandocomparamoslos actos socialescon actostales comopersuadir,animar,etc., sólo estamosdesarrollandode un modo propio labien conocidadistinción entre actos perlocucionariose ilocucionanos.Desdeluego,el lectorse sorprenderáde encontrarquetodoestofue inves-tigadolaboriosamentedentrode la fenomenologíamuchoantesdel traba-jo de Austín y su escuela,pero encontrarápocadiferencia,al principio,entrelos actossocialesde Reinachy los actosilocucionariosdeAustin.Enconsecuencia,dudaráde si nuestraconsideracióndel prometercomoactosocialaportaráalgoenordena refutarla teoria deAustin y Searlerespectoa la fuerzaobligatoriadel prometer.Porqueellosno parecennegarqueelprometerseaun actosocial,y parecenincluso afirmarlo a su manera.

Sin embargo,si miramosmásde cerca,se nos descubrequeAustin ySearleprecisamentefracasanen captarelcaráctersocialdelos actossocia-les.Consultemosa Searle,queha aportadola explicaciónmáselaboradadel prometercomoactoilocucionario,y comprobemossi podemoshallarel acto de prometerentrelas diversasintencionesqueél identifica comopertenecientesa las condicionesdel prometer.El distingue:intenciónderealizarlo prometido,intenciónde que laemisiónde las palabraspromi-soriassitúenal queprometebajounaobligación,intenciónde queaquélquerecibelapromesasepaquelaspalabrasemitidassitúanalqueprome-te bajounaobligación,e intenciónde queel que recibela promesareco-nozcaestaúltima intenciónal comprenderel significadode las palabraspromisorias”.Podríaparecerqueestaúltima intenciónrecogeel carácterde actosocialdel prometer,aunquedeun modo indebidamentecomplica-do. Pero miremosmásdetenidamente.

La primeraobjeciónqueencontramoses que la unidaddel prometerse quiebraen la interpretacióndeSearle.El actosocialde prometerquedaresueltoen unapluralidaddeintencionesy pareceimposibleencontrarenestamultiplicidadelúnico actosocialdeprometer.Desdeluego,podemosdistinguir la intenciónde realizarlo prometidodel acto deprometer.Perono podemosdistinguir,al menosno dentrodel actomismodeprometer,laintención de situarsea si mismo bajo una obligación, de una segundaintenciónde queel que recibela promesaconozcaqueel queprometeseestáponiendoa sí mismobajounaobligación,ni podemosdistinguir unaterceraintencióndel queprometede queel querecibela promesareconoz-ca la segundaintenciónal oír las palabraspromisorias.Prometeres más

II. John SEARLE, SpeechAcis(CambridgeUniversity Press.1969). pp. 54-61.

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bien un único acto social por el cual unapersonase dirige a otra de talmodo quequedaobligadaparacon ella. Pero la objecióna Searlereal-menteconcluyentees la siguiente:todaslas intencionesqueél distingueparecenseractos internamentecompletos;ninguno de ellos se vuelvehaciael otroparadirigirseaél enel modode un actosocial.Consideremosla intenciónque se suponeserreconocidapor aquélaquien se dirige lapromesa,a saber,la intenciónde queéstesepaquelas palabraspromiso-riassitúanal queprometebajounaobligación.Bastapensarun momentoparadarsecuentadequeestaintenciónno sedirige por símisma haciaelquerecibela promesa,aunqueinteriormenteestádirigida a él, ni son laspalabraspromisoriasel «cuerpo»de la intenciónquele permiteseroída.En la visión de Searle,las palabraspromisoriaso sirvenpara indicarlapresenciade una intencióno parainformar al que recibela promesadeuna intención,peroen ninguno de los casoscapacitaa la intenciónparahablaral otro enel sentidode un actosocial.Desdeluego,escierto quelaemisiónde laspalabraspromisoriasesinseparable,paraSearle,dealgunade las intencionesqueél enumera.peroestoes tan sólo porquesoninten-cionesdehacerun cierto usodelas palabraso estánrelacionadasnecesa-riamentecontalesintenciones,y no porquese haganaudibles,en el senti-do deun actosocial,mediantelas palabras.El hechodequeSearley Aus-tin diganqueaquéla quiense dirige la promesareconoceestasintencionesmásquelasoye, tambiénrefleja indirectamentesu fracaso,en realidad,enhacerjusticia distintamenteal carácterde acto social del prometer.Dehecho,hayunatendenciaen Searlea concordarunade sustesismásque-ridascon la speech-acttradirion. Tiendena reducirel prometeraun meroinformar a aquéla quien se dirige la promesade las intencionesdel quepromete:con lo cual toma la emisiónlingilística del prometercomounaafinnación acercade una intención.Sin embargo,una de las cosasquequierereivindicarlaspeech-acttradition —y conacierto—es el carácternoasertivode la emisiónlingílística de la promesa.Sólo con la ideade Rei-nachde prometercomoacto social podemosdar sentidoal carácter«eje-cutivo»,no asertivo,de las palabrasde la promesa.

Deberíaquedarahoraclaroque,comomanteníamosarriba,el fenóme-no que los speech-actphilosophersllaman actosilocucionarioses captadomucho más adecuadamentepor Reinach en su discusiónde los actossocialesquepor estosfilósofos. Austin y Searleúnicamentellegaron alumbral dela comprensiónfilosófica de aquelloqueteníanantesus men-tes; tienenmuchoqueaprendertodavíade Reinach,quefue el primeroenlograr unaplenacomprensiónfilosófica del fenómeno.

No hemostratado de «partir un peloen cuatro»,en nuestradetenidacrítica a Searle.puessongraveslos erroresquese siguende un análisisdelprometerquedesatiendaprecisamenteel acto social mismo de prometer.Dada la incompletae inadecuadaexplicaciónde Searledel prometer,es,desdeluego,inevitablesosteneralgunaversióndela teoríaconvencionalis-ta respectoa cómoel prometerseaposible;porqueinclusotantas«inten-

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ciones»no explican cómo ciertos efectospeculiares(demanday obliga-ción) vienenal ser, ni siquieradandoseñaleslingaisticasaotro de la pre-senciade tales intenciones;por tanto, se requierealgún apoyo exteriorparaqueel prometerpuedadarse.Si,no obstante,el prometer,en virtud dequees un actosocial,esmásquetalesintenciones,siéstasintencionessólolo acompañany es élquienlaslleva consigo,perono constituyenel prome-termismo,entoncesno es yaobvio en absolutoquelapromesaseaposiblesólo en un sistemade reglasconstitutivas.Bienpuedeserqueprometerseaun acto«natural»de la mentequepuededarrazónde supeculiareficaciadesdesí mismo.En verdadpareceque,asícomoel hombrepuedeno sóloquereralgoenel sentidode realizarun acto interiorde libre decisión,sinotambiénintervenirparatraeralserlo querido;del mismomodo,puedenosólotratarde ponersea sí mismobajounaobligaciónrespectoa otro, sinoquepuedetambiénponerse,de hecho,bajo esaobligación. Intentaremosdemostraren la secciónsiguientequeasí es de hecho.En cualquiercaso,ahoraquehemosvistoqueprometeres un actosocial,podemosdistinguirelprometerdeotros actosdela personaemparentadosconél, y centramospropiamenteen el prometer.Estamosahoraen unasituación favorableparainvestigarla capacidaddel prometerparaobligar.

3. Prometercomoacto «natural»de la persona

Vamosa procurartraera la luz unaciertaperfeccióndeunidadinteriory de significadointerior de la ideade prometer.Es estaperfecciónde uni-dad interior la quemostrarápor quéla idea de prometeres una idea noinventadaquefundamentatodoslosstatesofaffairs característicosdel pro-meter,y por qué.en consecuencia,el prometerexisteen la naturalezadelas cosas,conprioridada todaslas reglasconstitutivasy a todoslos postu-ladosarbitrarios.Esto quieredecirquelaobligacióndel queprometepro-cedede un acto«natural»dela mente,y nosponeanteun casoclarode undeberque se funda en el ser.

Para penetraren las cinco consideracionessiguientestenemosquemiraral prometerde frente,y permitirle quese nosmanifiestepor sí mis-mo. Prometerno es algocompuesto,comosería si fuerala manifestaciónde unaintención,o, incluso,unainformaciónacercade unaintención: porconsiguiente,no podemosobtenerun conocimientode él recurriendoaotrascosasconlas queestamosya familiarizados.Prometeres un datoúl-timo. irreductible;sólo puedeserconocidopor si mismo.La historia delafilosofíamuestraquea los filósofos no les agradatenerqueencararla rea-lidad de un modo tan inmediato;hanmanifestadocon frecuencia,comodice Reinach.cierto «temor a lo inmediato dado, una extrañaaversiónaencararseconlos datosúltimos,o incapacidadparahacerlo»’2.Unade las

12. REINACH. p. 84. «Es ist dic Angstvor derGegebenheit,cinc seltsameScheuoderUnfáhigkeit. Letztanschaulichesms Auge zu fasscnund als soichesanzuerkennen.

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grandescontribucionesde la fenomenologíaa la filosofia es el tratar derestituir el respetoporlo quees leíztanschaulich,y resistirala pasióndelosfilósofos de reducira otrascosasaquellosdatosirreductiblesquesólo pue-denserconocidosporsí mismos.Estono quieredecir, sin embargo,quelafenomenologíase decantepor la intuición frente a la argumentacióny lacomunicación(ese es el modoen quea menudose la caricaturiza)y queno puedaaportarsemuchoporelprocedimientode traerala evidenciaundatoúltimo. Nosotrosvamos a ver cuánto puededecirsepor el procedi-miento de traer a la evidenciala naturalezareal del prometer.

Cadaunade las cincoconsideracionessiguientescobrafuerzaa la luzde las otras,de modo quedebentomarseconjuntamente:

1. Contrastemosla actividaddepersuadiraalguienconel actodepro-meter. Esta actividadno parecerealmenteser en modo algunoun actodeterminado,sino másbien unaactividadcompleja queordinariamenteconstaráde muchosactos,y queunasvecesconstaráde unosy otrasdeotros. Por el contrario,el prometermanifiestaserun acto determinado.Más aún.la actividad de persuadirobtienesuunidaddel resultadopreten-dido (a saber,el resultadode persuadira otro), mientrasqueel prometerno poseesuunidadcomoactode resultadoalgunofuera desí mismo,sinoquela tiene en sí mismo. Inclusoaquellosefectosquesonpropiosdel pro-meter,a saber.la demanday la obligación,no son los que leconfieren suunidad interior. Prometerno es sólo «aquel acto —cualquieraque sea—queproducedemanday obligación». El hecho de queentendamoslosefectosdel prometersobrela basede la comprensióndel actode prometer.ponede manifiestoquehayunaunidadpeculiaral actomismoy no deri-vadade sus efectos.

2. Imaginemosun actode estructuraalgodiferentedela queencontra-mosen el prometer.Imaginemosun actoen el quealguienseobligara res-pectoa otro, pero de un modo tal quela personaque se obligara tuvieseexactamenteel mismo poderparadisolverunilateralmenteel vínculo queaquellaconquien seobliga. Estesedaun actosemejanteal prometerpero

welchecineunpbanomenologischgerichtetePhilosophiebeidiesem(el problemadeloquecl prometersea).wie bei so vicIen anderen.fundamentalerenProblemenzu halt-losenund schliesslichabenteuerlichenKonstruktionengetriebenhat,,.

A menudoen estetrabajoReinachsedetieneareflexionarsobreelgeniode la feno-menología:así leemosen la p. líO:

«Es ist. wie Descartesvortrcfflich bemerkt. vielleicht zu den hauptsachlicbstcnlrrtúmern. die man in den Wissenschaftennurbegehenkann,derdererni tibIen. dicdasdefinieren wollen, was sich mu erschauenlásst. Man flúchtet. sobald dic Fragenachdem Wesensolcherletzter Elementeaufgeworfenwird. ausScheu.siedírekt zuerschauen.ni írgendwelchenausserhalbliegendenElementen.zu denenman wohl-weislich in Fernstellungbleibt. und machtso den hoffnungslosenVersuch,das. wasselbst zur Gegebenheitgebrachtwerden músste.durch die Heranziehungfremder,ebenfalísnoch ungeklárterElementeaufzukláren.»

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diferentede él en queel retractarse,por partedel quepromete,seríaexac-tamenteparaleloa la renunciaporpartedel querecibela promesa,y nonecesitaríamáspermisoparaserposiblequeel que requierela renunciaporpartede aquél.Inmediatamentese nosda conevidenciaqueno hayunacto tal’3, salvocomocreaciónporprocedimientosestablecidos,y que,porel contrario,hayun tal actocomoprometer.previo a cualesquieraprocedi-mientosestablecidos.

Hay muchosotrosmodosde traera la evidenciala unidadinterior delprometeraplicandoel «negadve£est»:mencionaremossólo uno más.En elcasodel prometer,elquerecibelapromesano tienequeserel beneficiariode lo que se ha prometido;puedeserlo el mismoquehacela promesa,o(como es másusual)unatercerapersona(A prometea B haceralgo enfavor de C). Imaginemosahoraun acto en el cual yo me obligo conotrapersona,pero de un modotal queel únicobeneficiarioposiblesea aquélcon quien me obligo y que tienesobremí el derechoa exigir mi cumpli-miento.Inmediamentese nosda conevidenciaqueno hayun actotal quetengaestarestricciónrespectoalposiblebeneficiario,queun actoasíes unconstructoenteramentearbitrarioy que.por el contrario,hay actostalescomo el prometercon su distinción entre el que recibela promesay elbeneficiano.

Es comosi fuéramosa compararelcuadradoo el círculoconuna líneacompletamenteirregularquecierraun espacioen un plano.Mientrasunatal figura irregular carecede unidadinterior que se rompa al modificarligeramentela figura, el cuadradoo el circulo poseenrealmenteunauni-dadquese quiebrainclusoporpequeñasdesviaciones.Y mientraspodría-mos decir queno hay tal cosacomoesa figura irregular, quetodo su serdependede su serdibujada,diríamos, por el contrario,quehay tal cosacomo el cuadradoo el círculo y que estasentidades«eran»algo antesdeser dibujadas.Mientrasla figura irregularera únicamenteunaposibilidadabstractaantesdeserdibujada,el cuadradoerapropiamentealgoantesdeserlo.Y estoes asíporqueelcuadradoo elcirculo poseenunaunidadinte-rior de la quecarececompletamentela figura arbitraria.

Estatan reveladoraanalogíanosmuestraquela unidad queencontra-mos en la promesano es simplementeunaunidadcualquiera,sino, másbien,unaclaseparticularmenteperfectadeunidadinterior. Porqueinclu-soel ajedrez,consideradocomounjuego,tieneunaciertaunidadinterior,sin embargo,se tratatodoél de la mismainvención; difícilmentepodría-mos decirque«hayun algo tal» como el ajedrezen la naturalezade lascosas,o que la ideadel ajedrezprecedea su invención.Aunquetieneunaunidadinterior, también«semantiene»desdefuerapor la actividadinte-

13. No queremosdecirestoenun sentidomeramentefactual,comosi sólo preten-diéramosnegarquedehechoexistaun tal acto.Pretendemoshacerunaafirmacióndemayoralcance:queno hayunaideadadadc antemanode un actotal, de modoque.incluso si existiera.careceriade significadointerior.

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lectualquela inventó.Puestoquepareceexistir tal cosacomoel prometeren la naturalezade las cosasy puestoquela unidadinterior del prometerparecequees análogaalas entidadesgeométricasmásinteligibles,el pro-meter manifiestatenerunaunidadinterior particularmentepotente’4.Es-ta perfecciónde la unidadpropia del prometerse pondráde manifiestoaúncon másclaridad en las consideracionesquesiguen.

3. Procedamosa examinarla relaciónentrela idea de prometery lossíatesofaffairs característicosdela promesa.Contrastemosla ideade pro-meter conla «idea»de un hechoinstitucional. Los hechosqueatañenalrey en elajedrez,talescomoqueelobjetodel juegoeslacapturadel rey delcontrincante,no estánfundamentadosen la «idea»del rey, ni tal ideahaceinteligible los rasgoscaracterísticosdel rey. Claramenteel camino es elinverso: se establecenprimeroestoshechosmediantelas reglasconstituti-vasdeljuego,y el rey es el resultado.Cualquierunidadenla «idea»del reyderiva del modo de establecerestoshechosy es unaunidadobtenida deentreestoshechos.Así escomohade serconcualquierhechoinstitucional:primerose establecensusstatesofaffairs característicos,y su unidadinte-rior, si tiene alguna,a continuación.

Ahorabien, si encontramosuna ideaque fundamenteella misma sussialesof affairs característicos,una idea con unaunidadinterior tal quehagainteligible desdesí misma los sialesof affairs acercade sí misma,entoncestal ideano puedeexistirsólo comoun hechoinstitucional.Ahorabien,estoes lo queencontramosen el prometer.Aquella unidadinteriordel prometerquese nosmanifestabaen nuestrasdosconsideracionespre-cedentes,no es unaunidadobtenidadeentre los hechoscaracterísticosdelprometer.No es quela referenciadelprometeral futuro,la distinciónentredemandantey beneficiario,los modosposiblesde anular una promesa,esténtan relacionadosentresí de modo queformen unaunidad.Se tratamásbiende unaunidadinterior en la queestosrasgoscaracterísticosdelprometerestán fundamentados.Que la promesapuedaanularsepor larenunciade aquélquela recibe,no ayudaaconstruirla idea de prometer,sino que, más bien, está fundamentadoen esta idea. Como resultado,podemosllegar aconocerestestaíeof affairs introduciéndonosen la ideamisma del prometer.En ella nuestrasmentesse encuentranante lo quenuncase encontraronen un hechoinstitucional,a saber,un «principio de

14. Somosconscientesde quemuchosfilósofos de la matemáticasostendríanquelasentidadesgeométricasson sólo constructoshumanos.Resultaráimposible hacerlesmásclarala unidadinterior delprometermediantesu comparaciónconfigurasgeomé-tricastalescomoel cuadrado.Porotro lado,estamosconvencidosde quepodríallevar-seacabounainvestigación,paralelaala presenterespectoal prometer,concernientealcuadrado,el círculo,etc.,y establecersequesetratade ideasno susceptiblesde inven-ción,asicomola presenteinvestigacióntratade establecerqueel prometeresunaideano susceptiblede invención.Cfr. el pasajede Descartescitadoinmediatamentedes-pués.

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sentido»,un «centrode unidad»quenosdescubreéstey los otrosstatesofaffairs fundamentadosen el prometer.Es estaunidadinteriordel prometerlo quequeremostraera la luz, porqueestoes lo queestableceelprometeren la naturalezade las cosasy le permiteser él mismo con prioridad acualquierreglaconstitutiva.Como hemosvisto, cualquiercosacuyo serdependade reglasconstitutivasdebecarecerde estaunidad.

4. No se tratasólo decualesquierastatesofaffairs queesténfundamen-tadosenla ideade prometer;estosstatesofaffairs sonestrictamentenecesa-rios y. portanto,no podrían—en ésteo encualquierotro mundo—serdeotro modo’5.

Segúnvenimosentendiendola ideadelprometer,resultaclaroque,porejemplo,la imposibilidad deun promisorquepuedaretractarsede supro-mesa,estoes, quetengala mismacapacidadparadestruirla promesaqueel quela ha recibido,esuna imposibilidadestricta,absoluta.«metafísica»y. por lo tanto, no meramente«conceptual».Desdeluego,puedeserautori-zadoporel querecibela promesaa retractarse.peroestepoderde retracta-ción no le vienede supromesamisma, sino de una fuentecompletamentediferente.Una excepcióna esta necesidadestrictaqueestamosreivindi-cando se produciríasólo si el acto de prometerpudieraél mismo dejarabiertala posibilidadde la retractacióndel quepromete.peroes evidentequeestono es posibleen ningúncaso.Así mismosucedecontodoslossta-tes of affairs característicos,fundamentadosen la esenciadel prometer.Esto pone de manifiesto, desde luego, queestosstatesof affaírs no sonreglasimaginadaspor el inventorde algúnjuegoingenioso.sino queestánsustraídasdeello y sonpreviasa cualquierinvenciónposible.Sin embar-go, lo quenos interesaprimariamenteen la presentediscusiónes esto: laidea deprometeren la queestánfundamentadosdebeserunaidea estric-tamenteno susceptiblede invención;una ideaconla másaltaperfecciónde unidad interior. Porquesi fuera, en último término, fruto de la inven-ción,entonces,aunquepudieratenermuchaunidadinterior, no podria sertal como para fundamentarstatesof affairs estrictamentenecesarios-Elprincipio sobreel cual basamosnuestraafirmaciónde quehay unaideano susceptiblede invención de prometerha sido establecidapor Des-cartes:«encuentroen mi unainfinidad de ideasde ciertascosasquenopuedenconsiderarseunapura nada,aunqueacasono tenganexistenciaalgunafuerade mi mente,y queno sonfingidaspormí. aunqueestéen mxpoderel pensaríaso no pensarías:peroellas tienensus naturalezasverda-derase inmutables.Como, por ejemplo,cuandoimagino un triángulo,aunquequizá no hayaen ningún lugar del mundo fuera de mi mentesemejantefigura, y no la hayahabido nunca,y no deja, sin embargo,de

15. Reinachy otros fenomenólogosrealistashan prestadomuchaatencióna estaclaseúnicade necesidad.En GesammelteSchnftendc REINAcH. ver su «KantsAuffas-sungdesHumeschenProblems».y su «Wasist Phánomenologie».

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tenerunaciertanaturalezao forma o esenciadeterminadade estafigura.quees inmutabley eterna,que yo no he inventadoen absolutoy quenodependeen modoalgunode mi mente,comose colige de que se puedandemostrardiversaspropiedadesde ese triángulo, a saber,que sus tresángulossoniguales a dos rectos,queel ángulo másgrandese oponealladomásgrande,y otrassemejantes,..•»~.

5. Si nosdirigimos finalmentea nuestroconocimientodel prometerydeotros actossociales,encontramosqueestotalmentediferentedeloqueten-dnaquesersi se tratararealmentedeobtenerelconocimientode un con-junto de reglasconstitutivas.Porqueel modoprincipal en queobtenemosel conocimientode las reglasconstitutivasde una institución,unavez quehansido establecidas,esel ser informadossobreellas.Es posible,en prin-cipio, colegiralgunasdelas reglasobservandolaconductadeaquellosqueactúandentrode la institución; perose trata de un modo muyindirecto yprobablementeno puedanuncaconducira certeza,al menosrespectoamuchasreglas.El procedimientodirecto de aprenderconcertezacuálesson las reglasconstitutivases ser informado.

Ahora se tratade saberlo siguiente:¿descubrimoscuál es la estructuradel prometerpor serinformados?Estoes lo queSearley Austin tendríanquemantener,peroresultafácil mostrarqueno es ésteel caso,puesel actode la menteque realizamosal recibir informaciónde otro sobrereglasconstitutivases totalmentediferentedel acto de la mentequerealizamosal entenderla estructuradel prometer.Esteúltimo acto de la mentees unactode visión intelectual, un acto deinteligenciadel prometerdesdedentrode él; el primer acto de la menteno tienenadadel carácterde visión y noimplica inteligencia desdedentro. Yo entiendopreeminentementealgocuandoveo queel beneficiariode unapromesano tiene queserel queposeela demandadesucumplimiento:perono hayrastrode tal inteligen-cia cuandoaprendoqueel peónes la única figura del ajedrezquepuedemoversesólo hacia delantey nuncahacia atrás.Al entenderla lógica delprometer,nuestrasmentesse hallanante algo sumamenteinteligible: alaprenderun conjuntode reglasconstitutivas,no noshallamosantenadacomparablementeinteligible,másbiennoshallamosantealgoenteramen-te contingentey fáctico, incluso aunqueno pertenezcaexactamentealorden empíricode la naturaleza.La inteligibilidad antela quenos halla-mos al conocerla estructuradel prometeres justamentela queesperaría-mos encontrar:porquecuantomásunidad interior poseeuna cosa,masinteligible es paraquien la conoce,y la idea deprometertienela másaltaperfecciónde unidadinterior, como acabamosde ver.

Ahora bien,cuandoentendemospreeminentementealgoy alcanzamosunavisión intelectualde ello, lo conocidoyacedesnudoante nuestramen-te; logramosconocerloinmediatamentey porsímismo,no a travésdeinfor-

16. DEsCARTES. Meditaciones,V meditación(AT IX, Sí).

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mación; y, por consiguiente,el prometerno puedeserun producto dereglasconstitutivas.

Reinachanticipael presenteargumentoy lo desarrollaen estadirec-ción: «¿Cómopodemosexplicarel hechode quemuchosqueno conocenla ley positivao queapenasla conocenencuentrentantasleyesevidentesde suyo? ¿Cómopodemosexplicar la diferencia fundamentalentre lasleyessobrelas cualesuno ha de serinformadoy aquellassobrelas cualesno necesitainformación? Cualquieraque se comprometaoralmenteaalquilarunapartede supropiedadporun períodode tresañospuedeque-dar sorprendidoal encontrarsecon que, de acuerdocon nuestraley, estecontratoseconsideracomo«realizadoportiempoindefinido».Peroquienhagaunapromesa,o renunciea unademanda...no puedeesperarnadamásqueadquirir unaobligación o quesu demandadeje de ser... ¿Diráalguienquelos hombresgeneralmenteaprendende algunamaneraleyescomo estas dos últimas mientras generalmentedesconocenleyes talescomola primera?Pero—inclusosi uno se aventuraraa construiruna teo-ria tansin fundamento—¿cómopuedeproponerseexplicarquela primeraley, inclusosi uno lahaaprendido,puedeserolvidada,mientrasenel casode las dosúltimasleyessencillamentecarecede sentidohablarde olvidoreal?La explicaciónpuedeestarsólo en el hechode queestamosen estecasoante.states ofaffairs a priori, los cuales—comoya mostróPlatón— nivienena nuestroconocimiento«desdefuera» ni puedendesaparecerdenuestraconcienciade unavez parasiempre;lacaptaciónintuitiva deellosen unavisión inmediatapuederealizarseunay otra vez, tan prontocomoel sujetocognoscentedirija a ellos su atención»’7.

17. REINAcH, pp. 213-214.«Wie will man escrídáren,dafl auchfur dic. wclche daspositiveRcchtnicht oderkaumkennen.sovicIe Bestimmungcnsich“von selbstvcrstc-hen”?Wic will man dengrundsátzlichenUnterschicdvcrstándlichmachenzwischenden Bestimmungcn,tíber dic man erstbelehrt werden muss.und den anderenbeidenenes cinersolchenBelehrungnicht bedar??Wer mondlich einenMietvertragtíbercm GrundsttíckaufdreiJabreabschliesst.magsichwundern.wcnncrerfflhrt. dassdie-ser VertragnachunseremRecht‘als ftlr unbestimmteZeit geschlossen’gilt. Wer abercm Darlehensvcrsprechengibt. weraufcinenAnspruchverzichtet... kannnichts ande-res erwarten.als dass ibm cinc Verbindlichkeit erwachst,dass5cm Ansprucbunter-geht...Will man ctwa dic Behauptungaufstellen.dassvon denletztenBcstimmungenalíe Mcnschenauf irgendeineWeise etwas ni erlahren pflcgcn. wáhrenddic crstcihnengewdhnlichunbckanntbleibt? Aber —selbstwennman sich zu cinerso haltlo-senKonstruktionvcrsteigcnwollte— wic will manes verstehen.dassdic crsteBcstim-mung, auchwcnn man sic erfabrenhat, ve~~essenwerden kann. wahrcndbci jenenanderenZusammenhángcndie Redevon einemwirklichen Vergessenschlechterdingssinnlos wáre?Dic Erklárungkann nur darin liegen, daB es sich hicr um apriorischcZusammenhangehandelt,welche—wicschonPlatongezeigtbat— wedcrder Erkennt-nis “von aussen zugeftihrt werden nochdem Hewusstseinfúr immer entschwindenkónnen, derenintuitive. unmittetbareinsichtigeErfassungviclmehr immcr wiedergewáhrleistetist, sobaldsiedasSubjekt in Erwágungzieht.»

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Nuestrascincoconsideraciones,especialmentelas dosúltimas,noslle-van a ver queesprecisomuchomásen la formación de la promesaquesimplementeel rigor no-empíricoque se encuentraincluso en las reglasdel juego- Una investigaciónmásdetenidaponede manifiestoque, porrigurosasquesean,las reglasdel juegoderivande un acto arbitrarioquelas establece,mientraslos statesof affairs fundamentadosen el prometerderivande la idea,no susceptibledeinvención,del prometer.Una investi-gaciónmásprecisaponetambiénde manifiestoquela libertadrespectodela observaciónempíricaen el conocimientode las reglasdel juegosólo seasemejade un modo superficial a la libertad respectode la observaciónempíricaen el conocimientode los actossociales.Pues,en el primercaso,prescindimosde la observaciónempíricaporque se nos informa de lasreglasconstitutivas,mientrasqueen el otrocasoprescindimosde ella por-quepodemosalcanzarlavisiónintelectualdeun objetoaltamenteinteligi-ble. Estasinvestigacionesmásdetenidasestánausentespor completoenlosspeech-actphilosop/zers;ellosreparansóloen unospocosrasgosaisladosde la idea, no susceptiblede invención,del prometery. como resultado,piensanqueel modelode un juegoes suficienteparacaptarel significadodel prometer.No se dancuentade cuántascosashande dar razón paradesarrollaruna teoria del prometer.

Esteesel lugaroportunoparamencionarcierta objeciónbasadaen lalibertadde la ley civil. Alguien apuntaráquela ley civil prescribea menu-do condicionesal prometerqueno puedenen modoalgunodescubrirseenla idea misma del prometer,talescomoqueciertaspromesassonválidasúnicamentesi estánpuestasporescritoy sonhechasantetestigos.Algunasvecesla ley civil pareceincluso dar decretosque se oponena la idea delprometer,como cuandopennitea un menor retractarsede su promesaincluso sin habersido capacitadopara hacerlopor aquélque recibió lapromesa.Paratratarestaobjecióntendríamosqueintroducimosenla filo-sofia de la ley positivae investigarconReinach.además,la peculiarnece-sidad«condicional»a priori que se encuentraen los actossociales’8.Nopodemoshacertodoestoen el presenteensayo:noscontentaremosconrefe-rirnosa la magistraldiscusiónde Reinachde la relaciónentreactossocia-lescuyaideano es susceptiblede invencióny la libertadde la ley civil’9. Lasolucióna la objecióniría en la siguientedirección: así como un objetocorporalqueno caeen línearectaa causadelviento, o no caeen absolutodebidoa unamesaquelo sujeta,está,sin embargo,sometidoa la ley de lagravedad,asíel prometer,inclusocuandola ley civil lo amplíemásallá delo quepertenecea la ideadel prometer,está,sin embargo,siempresujetoasu idea,y tieneal menosunatendenciaprimafacie a realizarla.

Llevemosel análisisde estaseccióna la siguienteconclusión.De todas

18. REINACH, pp. 183-184.19. Ibid.. pp. 285-215.

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nuestrasconsideracionesacercade la unidadinteriorpropia del prometeremergelaconclusióndequelaesenciadel prometerno puedeexistirmera-mentecomoun hechoinstitucional.En primer lugar,estaidea no es sus-ceptiblede invención.Ni siquieratendríasentidodecirqueDios la ideóola estableció.Peroningúnhechoinstitucionales no susceptibledeinven-ción; sino que es,por su naturaleza,una invenciónde aquellosqueesta-blecieronlas reglasconstitutivas.En segundolugar, la idea de prometerfundamentasusstatesofaffairs característicos;éstaes la razónporlaquelosdescubrimosal penetraresta idea.Puestoquesolamentepodemosenten-der lo queperteneceaun hechoinstitucional saliendodel hechomismoyconsultandoa las reglasconstitutivas,el prometerno es un hechoinstitu-cional. Así, prometeres un acto «natural»de la mente;es un acto que,comoel percibir o el sentir, tienesusignificadoen sí mismoy no necesitael menorapoyode reglashechasporhombresparaserél mismo.En con-secuencia.el prometerexisteno en un mundolúdico artificial, sino en elúnico mundoreal. Searlemismoadmitequeciertos actosilocucionariossimplescomo pedirpuedenrealizarsesin reglasningunasque lo haganposible20;nuestroanálisisha mostradoqueincluso el acto ilocucionariomáselaboradode prometertampoconecesitareglasquelo haganposible.

Tratemosdedefendernuestroargumentodeun malentendido:no deci-mosquela única alternativaa serun hechoinstitucionalseaser algocuyaidea no essusceptiblede invención.Las diversasclasesde plantasy ani-males.por ejemplo,no dependenen modo algunode reglasconstitutivas,sin embargo,no hay unaidea no susceptiblede invención decaballo,detoroo de roble;si hubieratalesideas,entoncesestasclasesestaríanabier-tas a la investigaciónfilosófica directay no seestudiaríanadecuadamentede un modoempírico.Unicamentequeremosdecirquecuandola idea dealgono es susceptibledeinvenciónycuandoestaideaes el fundamentodelos statesof affairs característicosde aquélser,entoncesel ser es indepen-dientede reglasconstitutivas.

Un modo de caracterizarel error básicode la speech-acttheory acercadelprometerseríacomosigue:porun lado,exageraabsurdamenteelpoderdel hombrede actuary hacercuandoaceptaqueel hombrepuedeidearlaestructuradel prometer,pues ni siquierael poder divino puedehacerlo;pero, por otro lado, infravalora en sumogrado el poder del hombredeactuary hacercuandoaceptaqueel hombrees capazde producir fueradesímismosólointencionesyemisioneslinguisticasy cuandofracasaenverel asombrosopoderdelapersonaal prometerparagenerarunaobligacióny dar lugaraunademanda2’.

20. SEARLE. op. ciÉ, p. 38.21. Supondríaexcederel propósitode esteensayomostrarlo quese sigueparala

tilosofla dela ley positivadenuestromodode entendereí prometer.Permitasenossólomencionarlo quescsigueparala filosofíade Hande la ley positivainternacional(Con-

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4. Derrocamiento del dogma del dualismo absoluto entre es y debe

Restasólo extraerlaconclusión:cuandovemosqueelacto deprometergeneraunaobligación,estamosviendo un ser dadoque, en virtud de sunaturaleza,da lugar, de un modo inteligible, a una obligación;estamosviendoaquelloqueproporcionaun fundamentoparalo quedebeser.Notenemosnecesidadde recurrira las reglasde Searleparaentendercómoestaobligaciónsea posible; ni tenemosqueseguira Kelsen en postulararbitrariamentequelaspromesasdebencumplirse.o en derivarestedeberde otrodeberque, en último término,se apoyaen un postuladoarbitrario.El actode prometertieneel poderde obligar «desdesí mismo»y conprio-ridada todaslas ficcionesy postuladosde nuestro«pensamientojurídi-co». De este modo,nuestroanálisisdel prometerderrocael dogmade lamodernafilosofia segúnel cual hay una separaciónabsolutaentrees ydebe.

No negamosquea menudosucedequeunotratedederivarun deberdehechosqueno lo fundamentan,y que es mérito de Kelsen y de muchosotrosprevenircontraestasdesviaciones.Parecequelos hechosempíricosneutralesno puedennuncafundamentarun deber. Si, por ejemplo,unhombretuviera la tendencianatural a hacerlo queha prometidoy unatendencianaturala demandarlo queleha sidoprometido,estoshechosnofundamentarían,comoinsistecorrectamenteKelsen,obligaciónalgunaenel queprometeni demandaalgunaen el querecibela promesa.Incluso sialguienconsideróalgunavez el actomismode prometerde un modotanelaborado,perosólo comoobjetode la psicologíaempírica,nuncaencon-traría fundamentoalgunoparaun deber.Estaes la razónpor la queKel-senapoyasudualismoentrees y debeen unateoríaempíricade la reali-dady del conocimiento.Pero si la filosofía encuentraquehaymásreali-dadquela quese manifiestaa los métodospuramenteempíricosde inves-tigación, si la filosofía es capaz,con su métodocaracterísticode visiónintelectual,de captarlas esenciasde las cosas,inclusoaunquetalesesen-cias escapena los métodospuramenteempíricos,entoncessurgela pre-guntadesi aquí,en estenivel másprofundode ser, puedehallarseel fun-damentode un deber.Por supuestoinclusoen el nivel de la esenciadeun

cepr ofLaw, cap.X). Su demandade queexistealgo comola ley internacionalpositivadependeenpartede la teoríaconvencionalistadel prometer.Él piensaquelos tratadosentrelos Estadossonposiblessolamenteporquesehanestablecidointernacionalmen-te ciertasreglasquelo permiteny queestasleyesconstituyenla ley positiva internacio-nal <cfr. especialmentepp. 219-220).Perosi nuestroanálisis de los actossocialesestábien fundado,y si un Estadopuederealizarel actosocialde obligarseasí mismores-pectoa otro Estadodel mismo modocomoun individuo puedeobligarsea sí mismorespectoaotro individuo, entoncesla posibilidadde tratadosentreEstadosconstituyeunaevidenciano menorde la existenciade ley positiva internacionaly toda la teoríadcHan de la ley internacionaltienequeser revisada.

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seres posibletratar de fundamentarnormassobreunabaseinsuficiente.Si, por ejemplo,alguiensostuvieraqueel hombretieneunatendenciaarealizarlo queprometey queestatendenciase fundamentaen la naturale-zahumana,pasaríaciertamentede unademandameramentefactualaunametafísica,perotodavíano fundamentaríala normaqueprescribeel cum-plimiento delas promesas.Perosi unopenetraen la esenciao ideadel pro-meter,comohemoshechoen esteensayo,encuentraenel carácterdel actomismoel fundamentointeligibledeunaobligaciónen aquélquerealizalapromesa;no se necesitaestablecerpostuladosningunosdelos quederivarestedeber.

Si miramosmásdetenidamenteencontramosquehaydosdeberesdife-rentesfundamentadosen el acto deprometer-La obligaciónquese generadirectamenteporel acto deprometer(Reinachhablade rechtliche Verbind-lichkeit) no es en sí misma unaobligación moral (sittliche Verpflichtungj.Puessólo la primeraobligación (la rechiliche Verbindlichkeit)se establecedirectamenteporun acto de la persona,y sólo puedeserabolidadirecta-mentepor un acto de la persona(comocuandoel que recibela promesarenunciaa ella), pudiendoasimismosertransferidaa otro. La obligaciónmoral no estásujetade esemismo mododirecto a la arbitrariedadde lapersona.Dependedealgúnstateofaffairs moralmenterelevantey nuncaseestablecedirectamente.Incluso si la personaproduceel state of affairsmoralmenterelevante,él sólo indirectamenteproducela obligaciónmo-ra122.

Pero,porsupuesto,existetambiénla obligaciónespecíficamentemoralde cumplir las promesas;de hechose erigesobrela obligacióngeneradaporelactodeprometer.Estaobligaciónquecreamosdirectamentees siempremoralmenterelevante; su cumplimientoes, en la mayoría de los casos,moralmenteobligatoria, siempreque no sobrevenganinguna demandamoralcontrariade mayorpeso.Alguien puedediscutirsi las promesasdecontenidomuy trivial son moralmenteobligatorias;perotodaslas demáspromesasme parecenclaramentefundamentarunaobligaciónmoralpri-mafacie.Todo el mundoreconocequees moralmenteincorrecto«faltarala palabradada»,y no sóloporquea menudoes perjudicialparaalguien,sinoporquees faltar ala palabradada.Del mismomodoelactodeprome-ter fundamentainteligiblementeno sólo el deberdirectamenteestablecidopor la promesa,sino también,y sobrela basede esteprimer deber,undebermoral.Sinembargo,no esnecesarioinsistirsobreestepuntoni argu-mentaren su favor,porqueautorescomoKelseny Searleno nieganexac-tamentela existenciade unaobligaciónmoral de cumplir las promesaspropias.El puntode conflicto entreellosy yo gira en tornoa la cuestióndel fundamentode la obligaciónmoral.

22. REINACH. pp. 29-31: 78-83.

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Hacia la fundamentaciónde lo quedebeser 417

Tenemosque ver, sin embargo,quepuestoqueellos no encuentranelfundamentode estaobligaciónmoral en el ser,tiendena comprometerlarealidadmisma de la obligación.Estaobligaciónes paraSearletantounhechoinstitucionalcomo lo es el acto de prometer.Y depende,paraKel-sen,de un postuladoarbitrario tanto como lo haceel acto de prometer.Dirijámonos en primer lugar a Kelsen.La obligación de realizarlo queprometemos,puestoquese fundamentaen el serdel actode prometer,escompletamentereal. La obligaciónde la promesano es sólo un ciertomodode interpretarciertosactosde querer,comosostieneKelsen;si nega-mosqueel queprometeestábajounaobligación(incluyendounaobliga-ción moral)de cumplir suspromesas,no estamossimplementerehuyendohacerunaasunciónarbitraria;másbiennosequivocamos.La obligación(incluyendolaobligaciónmoral)deunapromesano sóloexisteparaaque-llos quese decidena establecerciertospostuladosy sólo ensupensamien-to jurídico; existesimpliciter, en sí misma,demodoquequienjuzgacorrec-tamenteacercadeunaobligacióndadatienequereconocersuexistecia.YotrotantoparaSearle:la obligaciónde prometerprocededeun actonatu-ral de la mente,y no es máshechoinstitucionaldelo quelo es el actomis-mo de prometer:en consecuencia,la obligaciónexisteen sí mismay no«fuerade símisma»ala manerade un hechoinstitucional,y sesitúaen elúnico mundoreal y no simplementeen algúnmundoartificial particularestablecidomediantereglasconstitutivaspor la invención humana.Así,comoresultadodefundamentarlaobligaciónen el ser,éstallega a seralgocompletamentereal y objetivo,y estamosen disposiciónde hacerlo quelateoría del juego de la obligaciónmoral jamáspuedehacer,a saber,darsentidoa la seriedadúnicade la obligación,especialmentede la obliga-ción moral.

Nuestroargumentono consistesólo en quela obligación está inteligi-blementefundamentadaen un cierto actode lapersona,lo cual desafíaaldogmamodernodel dualismoabsolutoentrees y debe- El hechode quehayamosexplicadotambiéncómoesteactoda lugarademandasy derechosjustificadosen el querecibela promesa,desafíaigualmentea estedogma.Puesel dogmasostienequetodala esferaaxiológica,y no sólo las obliga-ciones,está,en último término,infundamentada.Enotro respectotambiénel alcancede nuestroanálisis es más amplio que la letra del mismo. Sinuestrotratamientodel prometerestárealmentebienfundado,entoncesesclaro quehay muchosotros actossocialesquepuedengenerardesdesímismosobligacionesy demandas.Seríaverdaderamentesorprendentequeel prometerfuera el único acto de esaíndole. Al decira otro algo como«toma,es tuyo», o «megustaríaregalarteesto»,realizoun acto social dedaralgoa otro,un actosocialqueproducedesdesímismola transferenciadepropiedad,y queno presuponemásconvencionesy reglasquelo haganposiblequelas quepresuponeel actode prometer.Existetambiénun actosocial de prestar;seguramentetambién de transferirunademandao unaobligaciónaalguienmás.Aquí sólopodemosreferirnosal magistraltrata-

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418 JohnE Crosby

mientoquehaceReinachde estosy otros actossociales23.Por supuesto,notodo lo que realiza la personay necesitaser oído es un acto social queexplicadesdesímismosusefectos.Seguramenteno hayun actosocial debautizar,o al menosno lo haycuandoelbautismoes entendidocomoalgomásqueelmeroconferirun nombre,comoposeyendolos efectossobrena-turales en el alma de la personabautizadaque la Cristiandadortodoxaadscribealbautismo;ningúnactode la personahumanapodría darlugarpor sí mismoa estosefectosU.

Pero,incluso si consideráramostodoslos actossocialesquegenerandemandasy obligaciones,no agotaríamostodoslos «seres»queproporcio-nanun fundamentoracionala los deberes;realmenteno habríamostoca-do el másimportantede tales «seres».Como he intentadodemostrarenotra parte25,el valor objetivo de algo, suexcelencia,valor o noblezainternas,puedefundamentarun debery especialmenteun debermoral. En esteensayono hemoshechomásquetraerala luz únicamenteun modoparti-cularmenteobvio en el cual se proporciona unabase completamenteracionalparalo quedebeser.

«reduccióndeAraceliHerrera)

23. Ver e¡ segundode los trescapítulosdel trabajode Reinach:«GrundlinienderaprioríschenRechtslehre»,enel cualentreotrascosastratade laesenciade lapropie-dady de los actossocialesrelacionadosconla propiedad,talescomo el préstamo.

24. Nos apresuramosa afiadir parael creyentecristianoqueel bautismono es enmodo algunoinmanentea unainstitución en el sentidoen el quedar jaquematealoponenteesinmanenteal ajedrez.El creyentesostieneque,con ocasióndel bautismo,Dios intervieney realizaciertoscambiosradicalesenel almadela personabautizada,y queestoscambiosnoexistensolamentecomohechosinstitucionales,ni siquierasi lainstituciónesdeorigendivino. Estoscambiospodrían,enprincipio, ser realizadosporDios fuera del bautismo.Poresonosotrosconcedemossolamenteque hay un acto nonaturalde la mentellamadobautizar,peronegamosquelos efectosdelbautismocristia-no existansolamentecomohechosinstitucionales.

25. En mi trabajo «¿SonSer y Bien realmenteconvertibles?Una InvestigaciónFenomenológica»,in: DiálogoFilosófico ¡7 (Mayo-Agosto1990).Pp. 170-194.