Upload
others
View
0
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
MARIA DE LOS ÁNGELES ARREDONDO TORRRE rac er eRegidora de este H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, Jalisco, confundamento en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, los artículos 77 y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco,los artículos 41 fracción VII, y articulo 42 del Reglamento de AdministraciónPublica Municipal de Guadalajara, me permito presentar a su consideración lapresente iniciativa de ordenamiento, que tiene por objeto se adicionen y sederoguen los artículos 98, 107, 109, 110, 110 septies, 142, del Reglamento parael funcionamiento de giros comerciales, industriales y de prestación de serviciospara el municipio de Guadalajara lo anterior bajo la siguiente;
H. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARAPRESENTE
EXPOSICiÓN DE MOTIVOS
Los mercados tradicionales en México tienen una gran variedad de
nombres entre los cuales encontramos "mercados públicos", "mercados
Municipales", o simplemente son llamados mercados. Lo que distingue a los
mercados mexicanos es que se establecen en edificios operados por los
gobiernos locales, con numerosos espacios que son rentados y son ocupados de
forma individual por comerciantes, quien usualmente vende productos básicos.
Estos mercados surgieron como resultado del intento de regular los
mercados México prehispánico llamados en su tiempo "tianguis". Los Tianguis
siguen siendo recordados por la cultura Mexicana, los cuales se establecen en
días específicos, los tiarvjuis se establecen y se retiran el mismc día, como se
hacían en la Antigua Mescamérica. Estos elaborados mercados pueden
encontrars e en cualquier pueblo de México sin importar el tamaño, algunas
ocasiones los mercados se establecen durante da un solo día, sin ernbarqo
existen aicunos tianguis que SE"' establecen por periodos largos cerca de grandes
edificios, centros culturales y lugares públicos como Delegaciones "Fui de
mercado En mercado por años enteros, porque Mn;.oico está en sus mercados" -
Pablo ¡-';f- r .rda En cada ciud: Id, )ueblo o aldea H; ~\léxico, existe un .nercado
1
tradicional diseñado para satisfacer las necesidades básicas. Estos pueden ser
llamados de diferentes formas; en los estados municipales, el principal mercado
de la zona es conocido como mercado municipal. En muchos lugares de la Ciudad
de México, los mercados reflejan la cultura de la zona Y el folclore, algunos de
ellos son obras de arte. El presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez, Yassir
Vázquez fue citado diciendo que "los mercados públicos son un ejemplo vivo de
nuestra cultura, durante una reunión de los comerciantes del mercado en la capital
de Chiapas. La reunión fue parte de los esfuerzos de todo el estado para mejorar y
ampliar el sistema de estos mercados a lo largo del estado.
Estos mercados tradicionales son una variación de los tianguis, o mercados al
aire libre, los cuales han sido una parte importante del comercio desde los tiempos
pre-hispánicos. La diferencia radica en que los tianguis tradicionales se establecen
en un día en específico, en donde cada uno los vendedores levantaban y
desmontaban sus puestos en el mismo día. Así como los tianguis, los mercados
tradicionales tienen puestos que son ocupados por comerciantes, en donde se
pude encontrar una gran variedad de productos como: ropa, juguetes, alimentos
de necesidades básicas. La diferencia es que los mercados fijos operan todos los
días, mientas que los puestos individuales de los tianguis se establecen un solo
día a la semana, ocupando el mismo lugar para que sus comensales puedan
encontraras fácilmente cada vez que visitan el tianguis. Los mercados fijos tienen
sus orígenes basados en los diversos intentos por reemplazar a los tianguis,
tratando de hacer mercados regulados y en orden. Sin embargo, los tianguis
nunca fueron reemplazados. Muchos tianguis, especialmente en las zonas rurales,
operan en conjunción con los mercados fijos con la finalidad de ampliar la variedad
de mercancía disponible en la zona.
Además de su carácter permanente, otro aspecto importante de los Mercados son
los costos de mantenimiento y operación, ya que están subsidiados para y por ~I
gobierno, sin embargo son remados ocasionalmente. Alrededor de setenta y cinco
por cien-e de estos mercados están situados en barrios con ingresos medios y
bajos. Veintitrés por ciento se encuentra en los barrios con ingresos superiores y
un dos p y ciento en las zonas consideradas de extrema pobreza.
2
11I
El estudio antropológico más completo acerca del funcionamiento de los mercados
fijos mexicanos fue realizado por Bronislaw Malinowski y Julio en la década de
1930 en la Ciudad de Oaxaca. El estudio se centró en la metodología que seguian
los mercados de la ciudad para su operación, tomando en cuenta a las
comunidades rurales de los alrededores. Se determinó que, en la gran mayoría de
los casos, la relación no había cambiado mucho desde la Conquista de México,
tanto en su estructura económica como en lo social. En muchos lugares, los
mercados locales, con gran abundancia y diversidad de colores, olores, sabores y
significados, claramente representan la síntesis de la cultura y la historia de la
región, especialmente la relación que mantiene el comercio con las comunidades
cercanas según Amalia Attolina, etnohistoriadora en el INAH. En muchas regiones
del país, estos mercados tradicionales siguen constituyendo una zona de
encuentro y una forma de cohesión social. Otro indicador es el que podemos
identificar con la presencia de santuarios en casi todos los mercados tradicionales.
En tiempos de los aztecas, estos fueron a las deidades, tales como os
relacionados con el comercio. Hoy en día, la mayoría están dedicados a la Virgen
María o a Cristo. La Ciudad de México posee en su mayoría supermercados
modernos, sin en cambio los mercados tradicionales continúan siendo una parte
fundamental para la economía del todo el país. El Estado de México tiene 652
mercados, de los cuales el 64,8% se encuentran al oriente del Estado. Esta forma
tradicional de comercio proporciona el 65% de los productos alimenticios de los
habitantes a pesar de que otros tipos de tiendas como supermercados han crecido
en los últimos años. La ciudad de Toluca cuenta con varios mercados, incluyendo
el llamado 16 de Septiembre, Miguel Hidalgo y José María Morelos y Pavón, que
es el mercado más grande de alimentos de mayoreo, así como la Central de
Abasto, el cual es secundo más grande en el país después de su similar en laciudad.
La Ley en cita refiere en su Título Sexto "De los Servicios Públicos
Municipales", que en cada municipio debe existir la policía preventiva
munir.ipa! bajo el mando GSi Presidente Municirrl, quedando hasta rsta mención
las Uriíades Funcíonales e L:S como tal se e).) "esan en la Ley E ~ importar-te
3
destacar que el resto de la estructura organizacional suele de tomar su
denominación de la propia de las funciones y servicios públicos municipales a la
libre determinación de los Ayuntamientos, situación que resulta aplicable a la luz
de lo dispuesto en el Titulo Séptimo "De la organización y participación
ciudadana y vecinal" que especifica las atribuciones del Ayuntamiento en la
materia.
En esa misma tesitura se tiene el Título Octavo "De la Planeación del Desarrollo
Municipal" que refiere a los comités de planeación para el desarrollo
municipal como organismos auxiliares de los ayuntamientos, en la planeación y
programación del desarrollo municipal; resaltando que cada Ayuntamiento
determinará se estos comités forman parte de la administración pública municipal
o funcionan exclusivamente como órganos de consulta ciudadana.
Finalmente el Título Undécimo "De los actos y procedimientos administrativos"
señala que los ayuntamientos instituirán al funcionario, dependencia u órgano
municipal con autonomía y definitividad en sus resoluciones, encargado
de radicar y resolver las inconformidades planteadas por virtud de los actos
administrativos emitidos por las autoridades municipales que los
administrados consideren hayan afectado su interés jurídico.
En este orden la creación de organismos públicos descentralizadcs municipales es
una facultad de los Ayunta.nientos que de iqual forma descansa en la mayor
eficiencia en la prestaciór de servicios a la población y la disponibilidad
presupuestaria, requiriéndcss el voto favorable de la mayoría calificada de los
integrantes del Ayuntamiento, acotando el articulo 60 que su existencia se dará de
conforr.ioao a lo estable: do en los orden,-rl:entos municipales y en las
dispostiones legales teder.ue s y estatales apIiG'nl~3 en la materia. ~.~1 (.1 Estado
4
de Jalisco las áreas de asistencia social (DIF Municipal), atención a las mujeres y
a la juventud son las funciones que funcionan bajo esta modalidad de la
administración.
Por estos hechos Históricos así como las manifestaciones hechas por su
servidora en diferentes intervenciones en este ayuntamiento, me permito presentar
la siguiente iniciativa, con la finalidad de contribuir al mejor funcionamiento y sobre
todo que se trasparente las formas de entregar los locales comerciales, que es
importante recalcar Que los mismos son propiedad del Ayuntamiento de
Guadalajara. Patrimonio que es nuestra obligación resguardar y proteger. Por lo
que me permito presentar la siguiente iniciativa de ordenamiento con la finalidad
de tener el control y así poder erradicar la corrupción con la entrega de los locales
comerciales que existen en los mercados municipales.
Artículo 78.1. La Unidad Departamental deMercados es la encargada de laadministracióngeneral de los mercados; será laautoridad facultada de iniciar losprocedimientosde concesión de los locales y decesión de derechos de !os mismos,así como deexpedir el tarjetón que las acredite,con la prioridad que los artículos queseexpandan en éstos ses n básicos y deprimera necesidad. Tratándose degiresdive.rs os a los moncionados, sepondrán a considor ación de la
I CC~!Í~ión Edilicia de
Articulo 78.
1. La dirección de mercados es laencargada de la administracióngeneral de los mercados así como deexpedir el tarjetón que los acredite,así como los procedimientos deconcesión de los locales, teniendoque pasar dichos procedimientosp-a:a--Sü'aprObaCfó'ñ"-afayu-ñtamiento,
"(1U ienes-varorarañ'!os' ex'pe'(j'ientes"Ci'eles interesados, pudiendo pedir laslisvas de todos los aS~~~,':l!~~J?arasu ¡
mejºL_"~Oll_".J-ª"",._gjg:t!l!!!L~aci-º-'l,.y'v,1¡oración.L;
- - ,.'
2. l.a Dirección de lo Jurídico Consultivo
5
IV. Para en caso de fallecimiento,designar un beneficiario,proporcionan-te el nombre ygenerales del inisrno. Artículo 80. 1. Para tr 1nitar Una cesión
ds clerechos, es decir, (,I traspaso de un-------'-
Mercados y Centrales de Abasto.2. La Dirección de lo JurídicoConsultivo es la encargada de laelaboración de loscontratos administrativos deconcesión de los locales y cesión dederechos de losmismos, siempre y cuando se hayainiciado el trámite ante la UnidadDepartamentalde Mercados y sean cumplidos losrequisitos señalados en el presentetítulo.
Articulo 79. 1. Para que un local seaconcesionado, se deberá llenar unasolicitud, que expedirá la UnidadDepartamental de Mercados, con losrequisitos siguientes:
1. La solicitud deberá contener:nombre, domicilio, teléfono,estado civil y declarar elnúmero de locales que ya tieneen concesión, dentro demercados de este Municipio.
11. Anexar a la solicitud:comprobante de domicilio,copia de identificación oficial yfotografías.
111.Expresar en la solicitud los girosque desea explotar, estos nopodrán ser rr-ás de cuatro yafines entre sí.
1. La
es la encargada de la elaboración de loscontratos administrativos de concesiónde los locales y cesión de derechos delosmismos, siempre y cuando se hayainiciado el trámite ante la UnidadDepartamentalde Mercados y sean cumplidos losrequisitos señalados en el presentetítulo.
Artículo 79. 1. Para que un local seaconcesionado, se deberá llenar unasolicitud, que expedirá la Dirección demercados, con los requisitossiguientes:
solicitud deberá contener:nombre, domicilio, teléfono,estado civil y declarar elnúmero de locales que ya!tiene en concesión, dentro de 'mercados de este Municipio.
11. Anexar a la solicitud:comprobante de domicilio,copia de identificación oficial yfotografías.
111.Expresar en la solicitud los giros:que desea explotar, estos nopodrán ser más de cuatro yafines entre sí.
IV. Para en caso de fallecimientc, ,designar un beneficiaric, ¡
proporcionando el nombre '1generales de, mismo. V. Lasdemás que a juicio de laautoridad se requieran.
6
V. Las demás que a juicio de laautoridad se requieran.
local, se deberán cubrir por el cedente ycesionario, tanto los requisitos delartículo anterior, así como lossiguientes:
Artículo 80. 1. Para tramitar 1.una cesión de derechos, esdecir, el traspaso de un local,se deberán cubrir por elcedente y cesionario, tanto losrequisitos del artículo anterior,así como los siguientes:
Expresar sus generales en lasolicitud, nombrando elcesionario un beneficiario paracaso de fallecimiento, y firmar lacesión de derechos ante laDirección de mercados
11. Anexar a la solicitudcomprobante de domicilio y'copias de identificación oficial.
Acompañar copias del recibo deplaza, energía eléctrica (cuandosea el caso) y demás que así lorequiera la Dirección demercados y con los cualesacredite el cedente estar alcorriente en sus pagos ante laTesorería Municipal, copia de lalicencia municipal del año deque se trate o, en su caso, labaja correspondiente a la última.
Acudir, tanto el cedente como elconcesionario, a la DirecciónJurídica Municipal, a la firma dela cesión, quien será laencargada de la expedición dé laorden de pago, conforme a lacuota que fije la Ley de Ingresos ¡para el Municipio de Guadalajaravigente en la fecha en que!acudan a la ratificación. I
Cedente y cesionario, deberán de Iconcluir sus tí~mites ~en.tro de 1
los 30 días hábiles siguientes, I
l. Expresar sus generales enla solicitud, nombrandoel cesionario unbeneficiario para caso ,,1.de fallecimiento, y firmarla cesión de derechosante la UnidadDepartamen~1 deMercados.
11. Anexar' a la solicitudcomprobante dedomicilio y copias deidentificación oficial.
,,1. Acompañar copias del IV.recibo de plaza, energíaeléctrica (cuando sea elcaso) y demás que asílo requiera la UnidadDepartamen~1 deMercados y con loscuales acredite elcederte estar alcorriente en sus pagosante la TesoreríaMunicipal, copia de la I v.licen »a municipal del iaño co que se trate o,J_1 _
7
en su caso, la bajacorrespondiente a laúltima.
IV. Acudir, tanto el cedentecomo el concesionario,a la Dirección JurídicaMunicipal, a la firma dela cesión, quien será laencargada de laexpedición de la orden VI.de pago, conforme a lacuota que fije la Ley deIngresos para elMunicipio deGuadalajara vigente enla fecha en que acudan.a la ratificación.
V. Cedente y cesionario,deberán de concluir sustramites dentro de los30 días hábilessiguientes, contados apartir del día siguienteen que .Ia Unidad
• Departamental deMercados remita ladocumentación a laDirección JurídicaMunicipal, en caso!contrario el trámite!
I
quedará cancelado, !salvo que la Unidad:
I Departamental de :I Mercados determine lo.
contrario.L _
contados a partir del díasiguiente en que la Dirección demercados remita ladocumentación a la DirecciónJurídica Municipal, en casocontrario el trámite quedarácancelado, . salvo que laDirección de mercadosdetermine lo contrario.
Los demás que a juicio de laautoridad se requieran.
Es importante señaar Que, la presente iucietiva no tiene rep•.; "cusiones jurídicas,.aborales o presup'Jas!ales, ya que no busca crear o SU) 'imir plazas en el
Ayuntamiento; por el contrario, las repercusiones sociales que conlleva, sonbenéficas para los grupos de población a los que se encuentra dirigido.
Las Reformas Constitucionales del año 2011, al Artículo Primero Constitucional,que se refiere a la nueva Concepción de los Derechos Humanos, su obligatoriedadde respeto y observancia para todas las Autoridades, sirven de base a la Iniciativaque presentaré y por la que se obliga a todas las Autoridades Locales y Federalesa respetar, no solo las Garantías Individuales de los Comerciantes, sino tambiénsus Derechos Humanos, derivados de los Convenios Internacionales, que México,como País Soberano ha suscrito y por lo tanto, su observancia es obligatoria paratodos.
AC U E R O O:
PRIMERO.- Entre a estudio y en su caso se autorice la presente iniciativa,la cual tiene por objeto que se adicione someter a la consideración de esteAyuntamiento, para su estudio y en su caso se autoricen Reformas propuestas alReglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales Industriales y deprestación de Servicios para el municipio de Guadalajara.
SEGUNDO- Se propone el turno de esta Iniciativa para su estudio yconsideración a las comisiones correspondientes.
ATENTAMENTE- :.-.---- -:..- - \'-
GUADALAJARA, JALISCO A0$ECFíADE-SÜj~~ESEN)fACIÓN... ..-....-'-.:._--'_" l'
:;:;:;:~r---:-.'/..0::::::'" /~,., .."
,/;:;-:>. < - .-. ,~'¿'/Y /'-'.,._ '.' .> ~..p' //"pr .» -'o/"'" --.-;:::~~., .>:
MARíA~g;;:¿(f~~~{~S~ÁR~EDONDOTORRES----