17
HISTORIA DEL MUNICIPIO EN EL PERU: LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES .- LEY N° 27972

HISTORIA DEL MUNICIPIO.pptx

Embed Size (px)

Citation preview

HISTORIA DEL MUNICIPIO

HISTORIA DEL MUNICIPIO

EN EL PERU: LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES .- LEY N 27972

HISTORIA DEL MUNICIPIOEl Municipio aparece en la historia de la humanidad como una necesidad indispensable, para nivelar y organizar la convivencia social humana. Esto debido a que creando ncleos sociales denominados municipios, los recursos econmicos, polticos, sociales, de infraestructura, entre otros; se canaliza y reparten ordenadamente y previa fiscalizacin. En tal sentido es importante conocer la evolucin histrica del municipio, porque nos permite primero despejar el interrogante de que porqu el hombre es social, segundo porqu el hombre se une y crea una ciudad, tercero cmo esta ciudad conformado por un conjunto de familias individuos se transforma en municipio, y; est como cuarto lugar, se configura en la clula principal que crea una nacin. En tal sentido se podra sealar que no existe nacin, no existe Estado, si en sus partes que lo integra no existe el municipio

CONCEPTO DE MUNICIPIOLos municipios son entes creados por ley, la misma que tienen personera jurdica y son regulados por el derecho pblico. El municipio se conceptualiza como el gobierno local, sealando que son:"Entidades bsicas de la organizacin territorial del Estado y canales inmediatos de participacin vecinal en los asuntos pblicos, que institucionalizan y gestionan con autonoma los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacin y la organizacin".

CONCEPTO DE MUNICIPIOEn tal sentido el municipio, es un subdivisin territorial y organismo creado por el Estado, con la finalidad de que los que manejan el aparato estatal, se encuentren ms cerca a la poblacin, brindando los servicios pblicos eficientemente, haciendo que la comunin Estado-poblacin, sea ms cercana, ms personal, con nfasis primordial en la satisfaccin de los requerimientos que la sociedad prev, en el espacio geogrfico que conforma al municipio.De igual modo es una forma de organizacin poltica del Estado, donde de un lado se dispersa en regiones, que dan origen al dividirse a las municipalidades provinciales, y esta a su vez a las municipalidades distritales, pero siempre manteniendo la salvedad de que es un gobierno nacional unitario, un estado nico, independiente de los otros pases.

CONCEPTO DE MUNICIPIOSiendo consecuentemente el gobierno local parte de la estructura del gobierno central. Es decir que al subdividirse la Nacin Peruana en municipios, descentraliza el territorio en pequeos trozos de porcin territorial, le otorga autonoma econmica, poltica, administrativa, y el poder que recae en los funcionarios representantes de los ciudadanos del nivel local. Todo ello, dependiendo de cmo lo crea la Constitucin Poltica del Per, por eso cabe sealar que para la carta magna de 1993, el territorio peruano se divide en regiones, departamentos, provincias, y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada.

CONCEPTO DE MUNICIPIOExisten diferentes criterios para definir al municipio, no obstante ello, en el Per, los legisladores a travs de la propia ley N 27972, definen al municipio como gobierno local. Por tal motivo conforme seala el titulo preliminar de la ley N 27972 en el Artculo I,"los gobierno locales son entidades bsicas, porque es desde all donde se cimienta la nacin, son los municipio ejes fundamentales del desarrollo nacional y sobre todo son la base donde el Estado se aproxima a las necesidades de la poblacin;de la organizacin territorial del Estado, porque es parte de est y depende de l para su funcionamiento y fortalecimiento, no se puede concebir un municipio como un Estado, si no ms bien el municipio como parte integrante de este ltimo;y canales inmediatos de participacin vecinal en los asuntos pblicos, porque es el vecindario parte importante del municipio, la misma que participa activamente en el desenvolvimiento de los proyectos de desarrollo municipal, y son los que se organizan para fiscalizar, proponer, y participar en la direccin, desarrollo, fiscalizacin y puesta en marcha de los trabajos comunales;

CONCEPTO DE MUNICIPIOsiendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacin y la organizacin, porque sin estos elementos no existira el municipio, no tendra su razn de ser y an ms no podra mantener su autonoma.Las municipalidades provinciales y distritales son los rganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personera jurdica de derecho pblico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines".

CONCEPTO DE MUNICIPIOAhora bien, que papel juega el Estado con respecto al municipio, el estado en consecuencia se define como: "Sociedad jurdicamente organizada, capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares exteriores. Lgicamente al hablar del municipio como parte del Estado, debemos decir que estos se manejan, se conducen por personas, las cuales acertadamente les conocemos como funcionarios y servidores pblicos, estas dos definiciones hacen prever los cargos que en los estamentos pblicos existen, y sobre todo el trabajo que realizan estas personas para coadyuvar a mejorar los servicios prestados y mejorar de alguna manera las vidas de la poblacin

IMPORTANCIA DEL MUNICIPIO"Su importancia radica en que afronta tres dimensiones claves: a) Reforma la estructura del Estado, introduciendo un nivel intermedio: el gobierno regional, dotado de autonoma poltica, econmica y administrativa en el marco de la Constitucin y la ley; Abre oportunidades para emprender polticas de desarrollo regional que permitan un desarrollo equilibrado, armnico y sostenible; y, Abre oportunidades para el fortalecimiento de la democracia por el carcter electivo de sus autoridades y por la introduccin de mecanismos de participacin de la sociedad civil en la gestin gubernamental"ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL MUNICIPIOSe podra decir que sin estos elementos, no existira el municipio, en consecuencia es de vital importancia de que se conozcan por que son partes constitutivas del municipio. Estos elementos esenciales son: poblacin, territorio, y; organizacin.1.-POBLACIN.- No viene ser ms que las personas que habitan en la circunscripcin de un Municipio. Conforme a las ideas doctrinales es la facultad del hombre de accionar o afectar un lugar para poblarlo, ya sea por fines prcticos o por fines comunes, con el objeto de convivir en armona social.

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL MUNICIPIO2.- EL TERRITORIO.- "Existe absoluta coincidencia, entre todas las definiciones, en considerar al Municipio como entidad territorial. Sin territorio no puede haber Municipio. Ese territorio se caracteriza habitualmente por su escaso tamao, aunque no deba esto tomarse en trminos absolutos, pues la creciente urbanizacin del mundo contemporneo est produciendo conglomerados humanos que hace slo un siglo hubieran sido considerados monstruosos, ocupando superficies cada vez ms extendidas". EL MUNICIPIO Y LA CORRUPCINComo todo acto de la humanidad, el municipio esta direccionado por personas, las mismas que muchas veces caen en actos de corrupcin, "esto se debe a que la tan famosa corrupcin se ha convertido en el fenmeno generalizado, contagioso e invencible de nuestra poca, un problema en el que ha cado la sociedad actual, generalmente por la falta de valores, dada la precaria formacin tica que ofrece el sistema educacional, por el afn de dinero fcil, por la ley del menor esfuerzo, etc., es decir, por razones o causas que toman al dinero como la medida de todas las cosas, y que a la vez dan como resultado una inmoralidad administrativa, puesto que estn vinculadas, esto es, la una es consecuencia de la otra."El diccionario de la Real Academia Espaola, define a la corrupcin como la "accin y efecto de corromper o corromperse. Alteracin, soborno o vicio en las cosas materiales ". De ste concepto, sobre todo respecto a la primera parte- ha surgido la frase sumamente comn de "tan corrupto es el que da como el que recibe" y que incluso hacindose eco de ello la ley sanciona con dureza a ambas partes.

EL MUNICIPIO Y LA CORRUPCIN"Los factores que conducen al estado de corrupcin se pueden resumir en cuatro:-Sensualidad del poder: para alcanzar el poder todo vale, el poder nos atrae, se pierde el control de los modos ticos de la conducta. -Hedonismo y la ambicin de riqueza: en nuestra sociedad la mayor cantidad de bienes materiales da prestigio, lo vemos como una virtud, algo digno de admiracin (en lugar de reprocharlo).Inactividad, inoperancia o desnaturalizacin funcional de los organismos de control y de sancin, establecidos con la consiguiente impunidad; por ejemplo lo voy a hacer, si no me va a pasar nada, al otro no le pasa a m tampoco.-Falta de opinin pblica: la opinin pblica es muy importante (generalmente no se equivoca), y la prensa es la encargada de transmitirlo. La opinin publica, por silenciosa, por falta de conocimiento, por indiferencia, esto es un modo de permitir la corrupcin, por eso si tiene como expresarse, como manifestarse, podra entonces poner frenos, esto se logra a travs de la prensa.

LA LEY ORGNICA DE LAS MUNICIPALIDADES LEY N 27972

El Captulo I ,expresa que esta Ley Orgnica norma la organizacin y la autonoma que emana de la Constitucin, competencia, funciones y recursos de todas las Municipalidades, Provinciales y Distritales, y el rgimen especial para la capital de la Repblica.En el Captulo II, que trata de la naturaleza y finalidad de las Municipalidades, norma los siguientes aspectos:Indica que la Municipalidades son los rganos de Gobierno Local.Son personas jurdicas de derecho pblico con autonoma econmica y administrativa.Indica tambin que son aplicables las leyes y las disposiciones del sector Pblico Nacional. Por ejemplo: Las normas del Sistema Nacional de Control Planificacin Estadstica Personal Defensa Civil Banco de la Nacin, etc.Las Municipalidades son las encargadas de realizar y cumplir con los servicios pblicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral de las respectivas circunscripciones.El Artculo 4 seala que hay Municipalidades en:La Capital de la Repblica;Las Provincias;Los Distritos; yEn los pueblos que determine el Concejo Municipal Provincial.

LA LEY ORGNICA DE LAS MUNICIPALIDADES LEY N 27972El Captulo III se refiere a la Jurisdiccin Municipal y a los conflictos de jurisdiccin, especificando el mbito sobre el que ejerce jurisdiccin cada Municipio segn sea Provincial o Distrital.En cuanto a los conflictos internos en las Municipalidades Distritales, los conoce y resuelve el Juez de Primera Instancia de la respectiva Provincia, con derecho a apelar ante la Corte Superior respectiva.En cuanto a los conflictos internos de las Municipalidades Provinciales, los trata la Corte Superior del Distrito Judicial respectivo.

Competencia de las MunicipalidadesCaptulo IVEl artculo 10 seala las acciones que son de su competencia:Su rgimen de organizacin interior.Administrar sus bienes y rentas.Crear y regular las contribuciones y arbitrios.Regular el trasporte colectivo y el trnsito.Organizar los servicios pblicos locales.Contratar la ejecucin de servicios pblicos que no administre directamente.Exigir el cumplimiento de sus propias normas, pudiendo recurrir a la Polica Nacional.Celebrar acuerdos con otra Municipalidades para servicios comunes.Promover y organizar la participacin de los vecinos en el desarrollo comunal.En cuanto a las Municipalidades Provinciales se le confiere las siguientes atribuciones especficas:Zonificacin y Urbanismo.Cooperacin con la educacin infantil, la Cultura, recreacin, Cementerios, deportes, turismo y Conservacin de Monumentos Arqueolgicos e Histricos.Modificacin de la demarcacin regional, previa consulta popular.

LA LEY ORGNICA DE LAS MUNICIPALIDADES LEY N 27972El Ttulo II se refiere a la Organizacin y Gobierno de los Municipios.Dispone el artculo 14 que los Municipios nacen de la demarcacin territorial que aprueba el Congreso.La eleccin del alcalde y Regidores es por sufragio directo y secreto con arreglo a ley.Su mandato dura cuatros aos. Es integrado por el Alcalde y el nmero de Regidores que la ley seala en cada caso" Pg. 71 y siguientes del libro Derecho Administrativo y Administracin Pblica en el Per, sobre los gobiernos locales segn la Ley Orgnica de Municipalidades N 23853 (Derogado).