33
FORMA C-G-I A Tercera Servicios previamente autorizados Segunda Areas irregulares o previamente concesionadas perm1SOS por contratos reales - y,gravamenes ANTECEDENTES Capítulo 1 Objeto y alcances 1ND1CE FUNDAMENTO CONDICIONES \...., Primera Objeto de la concesión Quinta Legislación aplicab¡e \....., Cuarta Sustitución de concesiones y Sexta Derechos - . Sept1ma Cesiones Capítulo 11 Disposiciones generales - TITULO de concesión para la Administración Portuaria Integral del puerto de Mazatlán, Sinaloa. I I I I I I I I I I I I I I I I

I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

FORMA C-G-I A

TerceraServicios previamente autorizados

SegundaAreas irregulares o previamente concesionadas

•perm1SOS por contratos

reales

-y,gravamenes

ANTECEDENTES

Capítulo 1Objeto y alcances

1 N D 1 C E

FUNDAMENTO

CONDICIONES\....,

PrimeraObjeto de la concesión

QuintaLegislación aplicab¡e

\.....,

CuartaSustitución de concesiones y

SextaDerechos

- .Sept1maCesiones

Capítulo 11Disposiciones generales

-

TITULO de concesión para la Administración Portuaria Integraldel puerto de Mazatlán, Sinaloa.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 2: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA c-G- I A

NovenaContraprestación al Gobierno Federal

Capítulo IIIExpansión, modernización y mantenimiento

2

. ,e-servlclo

- .marltlmo

, ..mayorltarlo por meXlcanosOctavaControl

DecimoprimeraPrograma operativo anual

DécimaPrograma maestro

DecimosegundaObrasDecimoterceraConservación y mantenimientoDecimocuartaDragado y señalamiento

Capítulo IVOperación y calidad del

Decimosexta ".,Fondo de reserva

DecimoquintaCapacidad del puerto

DecimoséptimaMedidas de seguridadDecimoctavaPreservación del ambiente

DecimonovenaReglas de operación

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 3: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G- I A

3

• •VJ.gesJ.monovenaCobros a operadores y prestadores de servicios

VigésimaOperación de terminales y prestación de servicios

•usuarJ.os

VigesimosextaCesión de contratos

• ••VJ.gesJ.moquJ.ntaCaracterísticas de los servicios

VigesimocuartaEficiencia y productividad del puerto

Capítulo VRegulación tarifaria y seguros

VigesimosegundaConcursoVigesimoterceraExcepciones al concurso

• ••VJ.gesJ.moprJ.meraContratos

• ••••VJ.gesJ.moseptJ.maResponsabilidades

• •VJ.gesJ.moctavaDaños a los usuarios

. - .TrJ.gesJ.maCobros a los

• • •TrJ.gesJ.moprJ.meraRegulación tarifari?

1......;

TrigesimosegundaSeguros

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 4: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G- I A

Capítulo VII...... , ....V1genc1a, revocaC1on, reverS10n y sanC10nes

• •Tr1ges1moterceraVerificaciones

4

\....{

Capítulo VIVerificación e información

CuadragesimoquintaAceptación

CuadragesimoterceraNotificaciones

• •Tr1ges1moctavaCausas de revocación

Trigesimocuarta ,Información contable~y estadística

• •Tr1ges1monovenaReversión

• •Tr1ges1mosextaInicio de operaciones

Trigesimoquinta••V1genc1a

• •••••Tr1ges1mosept1maRevisión de condiciones

CuadragésimaSanciones

CuadragesimocuartaPublicación

CuadragesimosegundaTribunales competentes

CuadragesimoprimeraPena convencional

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 5: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C·G· I A

I 5

Programa Maestro de Desarrollo Portuario.

Reglas de operación del puerto.1......,

Lineamientos para la constitución delfondo de reserva.

la

•recJ.nto

Federal

••autorJ.zacJ.onesla Secretaría.

se da a conocerGobierno Federal.

Concesiones, permisos ypreviamente otorgados por

Contratos celebrados por el GobiernoFederal, por conducto de la Secretaría yde Puertos Mexicanos en extinción,previamente al otorgamiento de la. -concesJ.on,

\.....;

Areas del recinto portuario que presentanirregularidades de ocupación o tenencia dela tierra.

Copia del plano autorizado delportuario de Mazatlán, Sinaloa.

Oficio por el quecontraprestación al

Obras e instalaciones del Gobiernoubicadas en el recinto portuario.

Regulación tarifaria.

ANEXOS

Uno.

Ocho.

Cinco.

Tres.

Cuatro.

Dos.

Nueve.

Seis.

Siete.

Diez .

IIIIIIIIIIIIIII

Page 6: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

CONCESION que otorga el Gobierno Federal por conducto de laSecretaría de Comunicaciones y Transportes, representada por sutitular, licenciado Emilio Gamboa Patrón, en favor deAdministración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V.,representada por el licenciado Alfonso Gil Díaz, a quienes enlo sucesivo se denominará la Secretaría y la Concesionaria,respectivamente, para la administración integral del puerto deMazatlán, Estado de Sinaloa, al tenor de los siguientes

FORMA C·G· I A

A N T E C E D E N T E S

El licenciado Alfonso Gil Díaz es apoderado generalde la Concesionaria, la cual, según consta en laescritura mencionada en el párrafo anterior, leotorgó facultades para actos de administración, queno han sido revocadas ni modificadas en maneraalguna y son bastantes para la suscripción de este

•lnstrumento.Por decreto presidencial publicado en el DiarioOficial de la Federación ellO de agosto de 1973,se determinó el recinto portuario de Mazatlán, enel estado de Sinaloa, el cual se amplió porinstrumento similar publicado en el mismo órganoinformativo ellO de diciembre de 1991.

La Concesionaria está constituida conforme a lasleyes mexicanas, como una sociedad anónima decapital variable, según consta en la escriturapública 31,158 del 22 de julio de 1994, pasada antela fe del notario 153 del Distrito Federal, cuyoprimer testimonio se encuentra en trámite deinscripción en el Registro Público de Comerciocorrespondiente. Las acciones representativas del99.8% de su capital social pertenecen al GobiernoFederal y el 0.2% al Banco Nacional de Obras yServicios Públicos, SNC. La sociedad señala comodomicilio para recibir notificaciones el ubicado enel interior del recinto fiscal Mazatlán, sinaloa.

6

1.

11.

!II.

IIIIIIIIIIIIIIIIIII

Page 7: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G· I A

IIIIIIIIIIIIIIII

IV.

V.

VI.

VII.

VIII.

IX.

7

Algunas de las áreas que integran el recintoportuario presentan irregularidades de ocupación otenencia de la tierra, mismas que están marcadascon la letra A en el plano del recinto portuario.Sus medidas y colindancias, así como los datosrelevantes sobre cada una de ellas, se describen enel anexo uno.La Secretaría otorgó, previamente a este título,concesiones, permisos y autorizaciones para el uso,aprovechamiento y explotación de algunas áreas opara la prestación de servicios en el recintoportuario, a las personas y para los fines que seindican en el anexo dos.Previamente al otorgamiento de esta concesión, elGobierno Federal por conducto de la Secretaría o dePuertos Mexicanos en extinción, celebró loscontratos que se indican en el anexo tres.En la estrategia de modernización, lainfraestructura de comunicaciones y transportes esimportante para asegurar el crecimiento sostenidode la economía. Dentro de esto es indispensable laadecuada operación de los puertos.En este sentido el Gobierno Federal lleva a cabo unprograma de reestructuración del sistema portuarionacional, a fin de contar con una administración yoperación eficientes, para obtener más altosniveles de productividad y propiciar condicionesque hagan más competitivos a los puertos.Para lo anterior, entre otros, el programamencionado tiene como propósito descentralizar laadministración de los puertos y de esa maneraresolver en el mismo sitio donde se generan lasnecesidades, asimismo fomentar una mayorparticipación de la inversión privada.En este contexto 'de reorganización del sistemaportuario nacional, el Gobierno Federal constituyóa la Concesionaria como una empresa departicipación estatal mayoritaria, c propósitode encomendarle la administración in gral delpuerto de Mazatlán, municipio de mis b nombre,

Page 8: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G· lA

8

estado de Sinaloa.

••autorJ.zacJ.onesla Secretaría.

Concesiones, permisos ypreviamente otorgados por

Areas del recinto portuario que presentanirregularidades de ocupación o tenenciade la tierra.

Copia del plano autorizado del recintoportuario de Mazatlán, Sinaloa.

,Obras e '-,instalaciones del GobiernoFederal ubicadas en el recinto portuario.

Contratos celebrados por el GobiernoFederal, por conducto de la Secretaría yde Puertos Mexicanos en extinción,previamente al otorgamiento de la. -concesJ.on.

Reglas de operación del puerto.Regulación tarifaria.

Lineamientos para la constitución delfondo de reserva.

Programa Maestro de Desarrollo Portuario.

Oficio por el que se da a conocer lacontraprestación al Gobierno Federal.

La constitución de la Concesionaria se encuentra enel supuesto previsto por el artículo séptimotransitorio de la Ley de Puertos, por lo que laSecretaría ha determinado adjudicarle directamentela presente concesiQ~.

CUatro.

Cinco.

Tres.

Nueve.

Ocho.

Uno.

Esta concesión se acompaña de los anexos que acontinuación se relacionan, los cuales forman partede ella:

Dos.

Siete.

Seis.

Diez.

X.

XI.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 9: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

9

C O N D 1 C ION E S

IV. La prestación de los servicios portuarios.

FORMA C-G- I A

•marJ.nas ede que se

la administraciónSinaloa, mediante:

por objetode Mazatlán,

. -concesJ.on.

Objeto y alcances

•ClnCO¡

La construcción de obras, terminales,instalaciones portuarias en el recintotrata, y

Objeto de la

Ir!.

l. El uso, aprovechamiento y explotación de los bienesdel dominio público de la Federación que integranel recinto portuario de Mazatlán, Sinaloa, cuyasuperficie se encuentra delimitada y determinada enel decreto presidencial que se menciona en elantecedente 111, así como sus ampliacionesposteriores que se efectúen en términos de lodispuesto por la Ley de Puertos, las cuales seprecisarán en los planos que se agregarán alpresente título como anexo cuatro.

PRIMERA.

11. El uso, aprovechamiento yexplotación de las obrase instalaciones del Gobierno Federal ubicadas en elrecinto portuario, que se describen en el anexo

Capítulo 1

La presente concesión tieneportuaria integral del puerto

En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 36fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración PúblicaFederal y 16 fracción IV, 20 fracción 1, 21, 22, 23, 26, 27, 38al 43, y quinto y séptimo transitorios de la Ley de Puertos, laSecretaría otorga a la Concesionaria la presente concesión parala administración portuaria integral del puerto de Mazatlán,Sinaloa, la cual se sujetará a las siguientes

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Y

TRANSPORTES

IIIIIIIIIIIIIIIIIII

Page 10: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G-I A

10

Sustitución de concesiones y permisos por contratos_

Las áreas previamente concesionadas, y que se describen en elanexo dos, quedarán suj etas a la administración portuariaintegral al momento en que concluya la vigencia de los títuloscorrespondientes o en cuanto se celebren, respecto de ellas,los contratos de cesión parcial de derechos previstos en la Leyde Puertos y en el presente título.

\......,Mientras no se regularice su situación la Concesionaria noasumirá responsabilidad sobre dichas áreas.

SEGUNDA. Areas irregulares o previamente concesionadas.

La Secretaría tomará las medidas conducentes a efecto de que laConcesionaria tenga plena posesión de las áreas irregulares aque se refiere el anexo uno.

CUARTA.

TERCERA. Servicios previamente autorizados.La Concesionaria permitirá que los actuales titulares depermisos y autorizaciones relacionados en el anexo dos,continúen desempeñando sus actividades en el puerto. Asimismo,dará aviso a la Secretaría de aquellos casos en que considereque no se satisfacen los requisitos señalados en el artículoquinto transitorio de la Ley de Puertos, a efecto de que seadopten las medidas conducente~;

La Concesionaria, con el apoyo de la Secretaría, elaborará unprograma para promover entre los actuales concesionarios ypermisionarios que se encuentren en el puerto, la sustitución,a la brevedad posible, de sus títulos por contratos de cesiónparcial de derechos o para la prestación de servicios, segúnsea el caso.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 11: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

11

')pital

la

FORMA C·Q· I A

la Ley de

estructura deforma que s·

•mexJ.canos.

por lo dispuesto eny sus reglamentos.

Disposiciones generales.

se obliga a mantener suadministración, de tal

Cesiones y gravámene@1

Legislación aplicable.

Control mayoritario

QUINTA.La presente concesión se regiráPuertos, en lo sucesivo la Ley,SEXTA. Derechos reales.

SEPTIMA.

Capítulo 11

La Concesionaria no podrá ceder totalmente los derechos yobligaciones derivados de esta concesión, sino en los casos ycon los requisitos establecidos en el artículo 30 de la Ley, niotorgar mandatos cuyo ejercicio implique que la administraciónportuaria integral pueda ejercerse por terceros.La concesión o los derechos derivados de ella podrán quedarafectos a los gravámenes que se constituyan en favor deterceros que no sean gobiernos o estados extranjeros.

OCTAVA.

Esta concesión no crea en favor de la Concesionaria derechosreales ni acción posesoria alguna sobre los bienes objeto deeste título, según lo dispuesto en el artículo 20 de la LeyGeneral de Bienes Nacionales.

En este caso, si la concesionaria fuere declarada en quiebra,o si se llegare a la adjudicación o remate, el adquirente delos bienes y derechos objeto de la ejecución forzada no asumiráel carácter de concesionario, pero tendrá derecho a que sucrédito sea pagado con las prestaciones que correspondan a laejecutada y podrá, mientras no le sea cubierto su crédito,verificar los montos de los ingresos y egresos deladministrador provisional o interventor del puerto, hasta laliquidación de la fallida.

La Concesionariay su consej o de

II

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 12: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

facultad para determinar el control administrativo y el manejode la empresa recaiga mayoritariamente en los socios mexicanos.

La Secretaría en un plazo no mayor de veinte días contados apartir del aviso, emitirá la resolución correspondiente,tomando en consideración que la nueva estructura de la empresano provoque un conflicto de intereses y esté de acuerdo con losobjetivos del desarrollo del puerto y de la Concesionaria.

Asimismo, someterá a la autorización previa de la Secretaríalos acuerdos de fusión, de escisión, de disminución del capitalpagado, fijo o variable, de la sociedad, o de retiro deaportaciones de los accionistas o los cambios en la tenencia delas acciones representativas d~:;¡Iucapital social que provoquenuna modificación en el control administrativo de la empresa.

12

FORMA C·G· IA

de cualquier

hubiere recaídopor autorizado el

Federal como únicafije la Secretaría dede la Secretaría.

•s~n queentenderá

Contraprestación al Gobierno Federal.NOVENA.

Transcurrido el plazo señaladoresolución sobre la solicitud, seacuerdo o la modificación.La Concesionaria deberá informar a la Secretaríaotra modificación a su estatuto social.

La Concesionaria pagará al, Gobiernocontraprestación el aprovechamlénto queHacienda y Crédito Público, a propuestaEsta contraprestación se causará desde la fecha de otorgamientodel presente título, pero será exigible, con efectosretroactivos, a partir de que la Secretaría notifique a laConcesionaria el monto, periodicidad y lugar de pago.El oficio mediante el cual la Secretaría notifique a laConcesionaria la contraprestación a pagar formará parte delpresente título como anexo seis. ~ .

I >,)~\DOS At~-,," '1-/"

~~ ."',. ~

I {j ¡¡; ~'\\\\~t~- JI~11J!P!~ -:'f!¡-c·~.:a' l/y

~:[\'\\1?o'~

I.>:::>?••.•~.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Y

TRANSPORTES

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 13: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G- I A

13

DECIMA. Programa maestro.

paralos

y su

deberán•portuar~o

. - .operac~on prev~stospuerto, así como la

maestro de desarrollo••s~gu~entes aspectos:Los usos, destinos y modos depara las diferentes zonas deljustificación de los mismos;Las medidas y' 'Previsiones necesariasgarantizar una eficiente explotación deespacios portuarios, su desarrollo futuroconexión con los modos de transporte;Los programas de construcción, expansión ymodernización de la infraestructura portuaria, loscuales se apegarán a las disposiciones aplicables;Los servicios y las áreas en los que, en términosdel artículo 46 de la Ley, deba admitirse a todosaquellos prestado res que satisfagan los requisitosque establezcan los reglamentos y reglas de. - .operac~on respect~vos;

1.

IV.

II.

III.

Capítulo III

VI. Los demás conceptos que deban incluirse en lostérminos de la Ley o del presente título.

V. Los compromisos de mantenimiento, productividad yaprovechamiento de los bienes que se concesionan, y

Expansión, modernización y mantenimiento

En el programaconsiderarse los

La Concesionaria se sujetará a un programa maestro dedesarrollo portuario que deberá entregar a la Secretaría, parasu aprobación, dentro de los noventa días naturales siguientesa la fecha del presente título.

La Secretaría aprobará, en u~plazo máximo de sesenta díascontados a partir de su presentación, el programa maes~o dedesarrollo portuario, el cual se integrará a la pr~nteconcesión como anexo siete. Dicho programa tendrá una v' encia

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 14: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C·G· I A

14

DECIMOSEGUNDA. Obras.

alsula

al programa maestro deConcesionaria y sometidas a

Las modificaciones sustancialesdesarrollo serán elaboradas por lala autorización de la Secretaría.

La Concesionaria elaborará su programa operativo anual, en elque se considerarán las acciones que llevará a cabo para darcumplimiento a los objetivos, estrategias, metas y demásobligaciones establecidas en el programa maestro de desarrolloportuario y, en general, en el presente título; así como loscompromisos de productividad que, para el ejercicio de que setrate, la Concesionaria se propone alcanzar directamente o através de los terceros con los que tenga celebrados contratos.

de cinco años contados a partir de su aprobación por laSecretaría.

DECIMOPRlMERA. Programa operativo anual.

La Concesionaria enviará a la Secretaría, para su análisis yseguimiento, el programa operativo anual dentro de los primerostreinta días del año que corresponda. En caso de que esteprograma no se ajuste a los compromisos y obligacionesgenerales a cargo de la Concesionaria, la Secretaría podráindicarle que efectúe las correcciones necesarias.

Para la construcción de obr8,$,marítimas o de dragado, laConcesionaria deberá contar con un dictamen técnico que emitaun profesional autorizado por la Secretaría. Dicho dictamen yel proyecto ejecutivo correspondiente deberá someterlos a laautorización de la Secretaría, previo al inicio de las obras.La Secretaría dictará la resolución que corresponda en un plazono mayor de 60 días naturales contados a partir de la fecha enque la Concesionaria le entregue el dictamen; y, sitranscurrido el plazo no lo hiciere, se presumirá suconformidad con el dictamen y el proyecto ejecutivo ..Si las construcciones no se ajustan al dictamen técni~proyecto ejecutivo, en su caso, la Secretaría podrá ordenarmodificación o demolición y reposición, a costa

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 15: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

Para cualquier modificación sustancial a las áreas y obrasconcesionadas, que no se encuentre prevista en el programamaestro de desarrollo portuario, la Concesionaria deberáobtener la aprobación previa y por escrito de la Secretaría.

La Concesionaria deberá conservar los bienes concesionados porlo menos en el mismo estado en que se le entregan, por lo queserá responsable de que se efectúen los trabajos deconservación, reparación y mantenimiento de las obras einstalaciones del recinto portuario.

15

FORMA C-Q- I A

••mantliRJ.mJ.entode 1994. Los

le imponga las sanciones

dragado de1 de julio

Conservación y mantenimiento.

Dragado y señalamiento marítimo., .•.....,

proporcionará a la Concesionaria la lista de losautorizados a que se refiere esta condición.

Concesionaria, sin perjuicio de queque procedan de acuerdo con la Ley.La Secretaríaprofesionales

Se exceptúan de lo dispuesto en esta condición, cualquier obradiferente a las antes mencionadas, así como los trabajos deurgencia que sean necesarios para la conservación y buenfuncionamiento del puerto. En este último supuesto, una vezpasada la urgencia, la Concesionaria realizará los trabajosdefinitivos que se ajustarán a las condiciones del proyectoaprobado por la Secretaría.

DECIMOTERCERA.

La Secretaría será responsable deldurante un año contado a partir del

Dichos trabajos se efectuarán conforme se establezca en elprograma de mantenimiento y mejoras contenido en el programaoperativo anual, el cual deberá darse a conocer a los usuariosen los primeros días de cada año. En su ejecución laConcesionaria procurará garantizar la continuidad en laprestación de los servicios, mediante la asignación provisionalde áreas e instalaciones alternas a las afectadas o lacoordinación entre los diferentes usuarios del puerto, entreotros.

DECIMOCUARTA.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 16: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

IIIIIIIIIIIIIIII

FORMA C-G· I A

16

trabajos se realizarán en un período comprendido del 1 de julioal 15 de agosto del citado año.Concluido el plazo señalado en el párrafo anterior, laConcesionaria realizará las obras y trabajos de dragado demantenimiento, en los canales de acceso general y en el áreaconcesionada, que sean necesarios para conservar la profundidadrequerida para las maniobras marítimas y para la navegacióninterior, que no será inferior a la establecida en el programamaestro de desarrollo portuario.

,La Concesionaria se obliga a 'construir, instalar, mantener,operar y conservar en el recinto portuario, las señalesmarítimas y las ayudas a la navegación que determine laSecretaría, de acuerdo con las normas que al efecto emita.Si la Concesionaria no efectúa las obras y trabajos a que estáobligada, conforme a ésta y a la condición anterior, laSecretaría podrá ejecutar los trabajos correspondientes y laConcesionaria le reembolsará las cantidades erogadas, con laactualización y recargos que fijen las leyes fiscalesfederales, sin perjuicio de que se aplique la pena convencionalestablecida en este título.

DECIMOQUINTA. Capacidad del puerto.La Concesionaria será responsable ante la Secretaría de que enel puerto se atiendan las demandas de manejo de las cargas delos usuarios, para lo cual deberá asegurarse de que seestablezcan las condiciones de operación y se cuente con elequipamiento que garanticen la máxima seguridad y eficiencia.

1.....-,

DECIMOSEXTA. Fondo de reserva.La Concesionaria se obliga a constituir un fondo de reservapara ampliación y modernización de la infraestructuraportuaria, con los montos y mecanismos que se determinaránconforme a los lineamientos que se establezcan, en su caso, enlas bases de regulación tarifaria o por la Secretaría ~n eldocumento que se agregará al presente título como ~o ocho.

Page 17: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G-I A

I 17\.....,

DECIMOSEPTIMA. Medidas de seguridad.

Al realizar cualesquiera actos en ejercicio de esta c~qión,la Concesionaria deberá cumpli~con las disposiciones legales,reglamentarias y administrativas, así como con lo ratados

d. Instalar, en lugares de fácil acceso, equipos y sistemascontra incendios ¡ vigilar su buen funcionamiento, sudisponibilidad para uso inmediato y capacitar a laspersonas que deban operarIos, y

o

. ,s~n~estrosdecasosparaun programaen el puerto.

Contar con•emergenc~as

La Concesionaria deberá adoptar las medidas conducentes agarantizar la seguridad de las instalaciones portuarias, de lasembarcaciones y, en general, de las personas y los bienes, paralo cual, entre otros, se encargará de:a. Cuidar que los servicios, maniobras, trabajos y

actividades del puerto se realicen de manera que no seobstruyan las áreas navegables, ni se afecte la adecuadaoperación de las instalaciones portuarias.

b. Instalar por su cuenta servicios de vigilancia, y operarel sistema de control de los accesos y tránsito depersonas, vehículos y bienes en el recinto portuario, deacuerdo con las reglas de operación del puerto y sinperjuicio de las facultades del capitán del puerto y delas demás autoridades competentes.

c. Verificar que la entrada al puerto de embarcaciones ovehículos portadores de sustancias inflamables,explosivas o peligrosas" así como el almacenamiento deéstas, cuenten con las a~'torizaciones, cumplan con losrequisitos y se ajusten a las normas de seguridadestablecidos en las reglas de operación del puerto o porlas autoridades competentes. En caso de incumplimiento,tomará las providencias conducentes y dará el aviso quecorresponda al capitán de puerto y a las demásautoridades competentes;

e.

DECIMOCTAVA. Preservación del ambiente.

IIIIIIIIIIIIIII

Page 18: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C·G- I A

DECIMONOVENA. Reglas de operación.

18,en mater~ainternacionales celebrados y ratificados por México

de equilibrio ecológico y protección al ambiente.

La operación del puerto se sujetará a las reglas que formule laConcesionaria y que, previa opinión del comité de operación,las someterá a la autorización de la Secretaría dentro de lossesenta días hábiles siguientes a la fecha del presente título.Una vez aprobadas las reglas de operación se agregarán alpresente título como anexo nueve.

La Concesionaria sólo será responsable de los daños que, enmateria ecológica y protección al ambiente, se causen a partirde la entrada en vigor del presente título.

Capí¡:ulo IV1......;

Operación y calidad del servicio

La Concesionaria deberá constituir el comité de operación a quese refieren los artículos 57 y 58 de la Ley, en un plazo nomayor de treinta días hábiles contados a partir de la fecha dela presente concesión.

VIGESIMA. Operación de terminales y prestación de servicios.La Concesionaria deberá operar~las terminales e instalacionesy prestar los servicios portuarios' a través de terceros, loscuales en ningún caso podrán ser empresas filiales osubsidiarias, personas físicas o morales, con las cuales o concuyos socios mayoritarios o administradores se tenga relacionespatrimoniales o corporativas.Sólo podrá operar terminales y prestar servicios directamente,en forma temporal, en los siguientes casos: •a. Cuando se trate de las áreas o servicios c~nes

previstos en el programa maestro de desarrollo por ~~~lio;

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 19: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G-I A

19

VIGESIMOPRlMERA. Contratos.

seguridad,

esta~e el

eficiencia ySecretaría.

dela

reunir los requisitos que

- .por razones tecn~cas,disponga expresamente

Cuando-as~ lo

Dichos contratos deberánartículo 51 de la Ley.

Cuando no hubiere interesados que cubran los requisitos laConcesionaria prestará directamente aquellos servicios queconforme a las leyes y reglamentos aplicables, seanobligatorios para el uso del puerto.

En el momento en que exista un'~ercero que cubra los requisitosestablecidos en la Ley y sus reglamentos y en las reglas deoperación del puerto, la Concesionaria dejará de operar laterminal o instalación o prestar el servicio directamente.

d.

La Concesionaria celebrará contratos de cesión parcial dederechos o para la prestación de servicios con el fin de darcumplimiento a lo establecido en el primer párrafo de lacondición anterior .

En el caso a que se refiere el párrafo anterior, laConcesionaria podrá recuperar las inversiones que hubiererealizado por la operación o prestación directa, mediante elpago que efectúe el nuevo operador de la terminal o prestadordel servicio, el cual será equivalente a la parte no amortizadamás los cargos financieros correspondientes.

,b. Durante el tiempo previo 'el'linicio de actividades de losoperadores o prestadores de servicios;

La Concesionaria deberá dar aviso a la Secretaría, dentro delos tres días naturales siguientes a aquél en que comience aoperar terminales o instalaciones o a prestar serviciosdirectamente, señalando las razones de tal circunstancia, y lasmedidas que adoptará para propiciar la participación deterceros.

c. Cuando se declare desierto un concurso y mientras no seadjudique, en uno nuevo, el área por explotar o elderecho de prestar los servicios, y

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 20: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G- I A

I.....-¡

20

VIGESIMOSEGUNDA. Concurso.

Podrán participar uno o varios interesados quedemuestren su solvencia económica, así como sucapacidad técnica, administrativa y financ~, ycumplan con los requisitos que establezca~asbases;

Las bases del concurso incluirán los requisitos quedeberán reunir los participantes, así como loscriterios con los que se seleccionará al ganador,que tomarán en cuenta, según sea el caso, lacalidad del se~icio que se propone, lasinversiones comprOmetidas, los volúmenes deoperación, los precios y tarifas para el usuario ylas demás condiciones que se consideren

•convenJ.entes;

l. La Concesionaria, por sí o a petición de parte queacredite su interés, expedirá la convocatoriapública correspondiente para que se presentenproposiciones en sobres cerrados, que seránabiertos en día prefijado y en presencia de todoslos participantes.,~.Para la presentación de las ofertas se otorgará unplazo no menor de cuarenta días naturales, contadosa partir de la publicación de la convocatoria.En el caso de que medie petición de parte, laConcesionaria, en un plazo no mayor de sesenta díasnaturales contados a partir de la solicitud, deberáexpedir la convocatoria correspondiente o señalaral interesado las razones de la improcedencia de la

•mJ.sma;

IV.

11. La convocatoria se publicará simultáneamente en elDiario Oficial de la Federación, en un periódico deamplia circulación nacional y en otro del estado deSinaloa;

IlI.

La Concesionaria, por regla general, adjudicará los contratosde cesión parcial de derechos o para la prestación de serviciosa través de concursos públicos, que llevará a cabo conforme alo siguiente:

IIIIl'IIIIIIIIIII

Page 21: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G- I A

VIGESIMOTERCERA. Excepciones al concurso.La Concesionaria podrá celebrar contratos de cesión parcial de

La Secretaría entregará a la Concesionaria las solicitudes quele fueron presentadas antes del otorgamiento de la presenteconcesión, a efecto de que la Concesionaria proceda conforme alo dispuesto en esta condición.

La Concesionaria, con base en el análisiscomparativo de las proposiciones admitidas, dentrode los cuarenta días naturales contados a partir dela fecha del acto de apertura de propuestas,emitirá el fallo debidamente fundado y motivado, elcual será dado a conocer en junta pública o porescrito a todos los participantes.

21

En el acto de apertura de propuestas se desecharánlas que hubieren om\tido alguno de los requisitosexigidos, levantándose para tal efecto actacircunstanciada que será firmada por todos los. ,partJ.cJ.pantes.

En el caso de que todas las proposicionespresentadas no se ajusten a las bases citadas sedeclarará desierto el concurso y se procederá aexpedir una nueva convocatoria.

No se adjudicará el contrato cuando la o lasproposiciones presentadas no cumplan con las basesdel concurso.

Dentro de los diez días hábiles siguientes al falloseñalado en la fracción anterior, los participantespodrán inconformarse ante la Secretaría. LaConcesionaria deberá remitir a la Secretaría ladocumentación que sustente la emisión del fallo.La Secretaría dictará la resolucióncorrespondiente en un lapso que no excederá decuarenta y cinco días naturales contados a partirde la recepción de la documentación debidamentesustentada, y '-,

VI.

V.

VII.

VIII.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 22: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G-I A

1......;

I 22

derechos o para la prestación de servicios, sin sujetarse alprocedimiento de concurso, sólo cuando se trate de:

l. La sustitución por contratos, de las concesiones,permisos o autorizaciones previamente otorgados porla Secretaría, mismos que se encuentranrelacionados en el anexo tres.

11. Las solicitudes de concesión presentadas ante laSecretaría antes de la entrada en vigor de la Ley yque han cubierto los requisitos a que se refiere elartículo sexto transitorio de la Ley.

En este caso, en los contratos que se celebren, laConcesionaria deberá respetar los plazos fijados enlos títulos originales, así como las demáscondiciones establecidas en ellos, en lo que nocontra~~ngan las di~~osicione~ de la Ley o de estaconceS10n. Las contraprestac10nes y cuotas a cargode los aceptantes se fijarán conforme al presentetítulo.

La Secretaría indicará a la Concesionaria, en unplazo máximo de ciento ochenta días contados apartir de la fecha de este título, cualessolicitudes se encuentran en este supuesto, aefecto de que celebre los contratoscorrespondientes.La prestación de servicios portuarios en lasterminales, instalaciones y áreas comunes en lasque, conforme al programa maestro de desarrolloportuario deba admitirse a todos los prestadoresque satisfagan los requisitos que se establezcan enlos reglamentos y reglas de operación respectivos.,

1......;

En este caso los contratos que se celebren deberánajustarse en todo al contrato tipo que para estesupuesto le haya autorizado la Secretaría a laConcesionaria. Estos contratos contendrán el pagoque el prestador de servicios cubrirá a laConcesionaria por los servicios comunes que recibadel puerto. ~

IlI.

IIIIIIIIIIIIIII

Page 23: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C·G· I A

23

VIGESIMOSEXTA. Cesión de contratos.

c.~Secretarla,

el esentelaen

Responsabilidades.responderá directamente antede las obligaciones asumidas

••......;

La Concesionariadel cumplimiento

El Gobierno Federal continuará como titular de los derechos yobligaciones derivados de los contratos mencionados en lasección segunda del anexo tres.

VIGESIMOSEPTlMA.

VIGESIMOQUINTA. Características de los servicios.

La Concesionaria se obliga a que la operación del puerto serealice con la mayor eficiencia y productividad, por lo que elprograma maestro de desarrollo portuario, las reglas deoperación, los contratos de cesión parcial de derechos o parala prestación de servicios y el equipamiento, deberán estarorientados al logro de dicho objetivo.

La Concesionaria sustituirá por cesión al Gobierno Federal,previo cumplimiento de los requisitos legales, en los derechosy obligaciones derivados de los contratos que se relacionan enla sección primera del anexo tres.

VIGESIMOCUARTA. Eficiencia y productividad del puerto.

La Concesionaria será responsable ante la Secretaría de que, enlas áreas de uso común y en las terminales, marinas einstalaciones públicas, sujetas a la administración portuariaintegral, los servicios portuarios se presten de manerapermanente, uniforme y regular; en condiciones equitativas encuanto a calidad, oportunidad y precio. Los turnos yprioridades se establecerán en las reglas de operación delpuerto.La Concesionaria instalará una oficina de quejas, relativas alfuncionamiento general del puerto, en un lugar de fácil accesoy dentro del recinto portuario. Las quejas que se recibanserán resueltas desde luego o,~en caso contrario, enviadas alcomité de operación.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 24: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

FORMA C-G-I A

24

CAPITULO V

VIGESIMOCTAVA. Daños a los usuarios.

Cobros a' ,-operadores y prestadores de

Regulación tarifaria y seguros

VIGESIMONOVENA., .servJ.cJ.os.La Concesionaria sólo podrá cobrar a los operadores determinales e instalaciones y prestadores de servicios,contraprestaciones por el uso de áreas terrestres o deinstalaciones. Dichas contraprestaciones se fijarán en los'contratos de cesión parcial de derechos o para la prestac~deservicios, considerando el valor comercial de los bienes y~atemporalidad del uso. ~L-....Ii-

La Concesionaria será responsable de los daños y perjuicios quese causen a los usuarios, por negligencia de su parte.

Asimismo, los interesados en celebrar con la Concesionaria loscontratos a que se refiere esta condición deberán hacer constarque conocen el alcance y términos del presente título de. ,concesJ.on.

En los contratos de cesión parcial de derechos o para laprestación de servicios que celebre la Concesionaria seestablecerá que los aceptantes, por el hecho de suscribir elcontrato serán responsables con ésta, y solidariamente ante elGobierno Federal, del cumplimiento de las obligacionesderivadas del mismo y de las consignadas en el título deconcesión que se relacionen con"aquéllas.

título, aun de aquéllas que por virtud de la celebración de loscontratos a que se refiere la condición vigesimoprimerapudieren entenderse cedidas; así como de los daños que, conmotivo de la administración, operación, explotación yaprovechamiento de las áreas concesionadas o de la prestaciónde los servicios, se causen a los bienes concesionados o a losque al término de la concesión pasarán al dominio de la Nación_

IIIIIIIII

IIIIIII

Page 25: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

FORMA C·G· I A

TRIGESIMOPRlMERA. Regulación tarifaria.

Salvo lo establecido en la condición siguiente, las cuotas porel uso de la infraestructura o por la prestación de losservicios portuarios se fijarán libremente.

25

lade

el puerto,prestadores

comunes enoperadores y

\....-;•usuarJ.os.Cobros a los

La regulación tarifaria será suprimida, parcial o totalmente,cuando dejen de existir las causas que le hubieren dado origen,o así lo indique un dictamen de la Comisión Federal deCompetencia.La Concesionaria, en los términos del artículo 60 de la Leypodrá establecer regulación tarifaria y de precios en loscontratos de cesión parcial de derechos o para la prestación deservicios que celebre, sólo en aquellos casos s~os" aregulación por parte de la Secretaría, los cuales se d~aránen el anexo diez.

La Secretaría establecerá regulación tarifaria en el documentoque se agregará al presente título como anexo diez. En tantono se expida dicho documento, lbs cobros máximos a los usuariosque podrá hacer la Concesionaria serán los vigentes para elpuerto de Mazatlán, Sinaloa, el día inmediato anterior alotorgamiento de este título.

TRIGESlMA.

Los precios y tarifas que se establezcan se referirán a cuotasmáximas y tendrán una vigencia mínima de seis meses, así comosus reglas de aplicación. Todos los relativos al uso deinfraestructura y a los servicios de pilotaje, remolque, amarrede cabos, lanchaje y maniobras deberán registrarse ante laSecretaría, así como sus modificaciones previamente a suaplicación. Los precios y tarifas vigentes estarán siempredisponibles en las oficinas de la Concesionaria para consultade los usuarios.

Para el pago de los serviciosConcesionaria podrá cobrar a losservicios las cuotas respectivas.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 26: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

La Secretaría podrá, en todo tiempo, verificar el estado físicoy el funcionamiento del puerto, así como el grado decumplimiento de los compromisos establecidos en este título,hacer la evaluación correspond~~nte y, en su caso, ordenar ~asmedidas conducentes. La Concesionaria deberá dar, pa~alesefectos, las máximas facilidades a los representante~ laSecretaría.

La Concesionaria, durante todo el plazo de la concesión, seráresponsable de que todas las instalaciones y construcciones delpuerto se encuentren aseguradas, incluidos el señalamientomarítimo, obras de atraque y muelles, patios, almacenes yedificaciones, contra riesgos derivados de incendios,colisiones o fenómenos meteorológicos o sísmicos, así como losque cubran la responsabilidad civil que pudiera surgir por laprestación de los servicios.

26

FORMA C-G- I A

CAPITULO VI

Verificaciones.

Seguros.

Verificación e información

Las constancias del aseguramiento y de su renovación anualdeberán entregarse a la Secretaría dentro de los ciento ochentadías naturales siguientes a la fecha del otorgamiento delpresente título, o inmediatamente después de la expiración decada período anual, según' corresponda.La Secretaría se reserva el '--derecho de pagar las primascorrespondientes a estos seguros, si no lo hiciereoportunamente la Concesionaria, quien, en todo caso, deberáreembolsar las erogaciones correspondientes, con laactualización y recargos que fijen las leyes fiscalesfederales, sin perjuicio de que se aplique la pena convencionalestablecida en el presente título.

TRIGESIMOSEGUNDA.

TRIGESIMOTERCERA.

I ~~~

::¡ ~~I t"'~- ~1~!P!1\1.,Q,o_,

~--,~, mh.~.,"~'~

""["'" .¡¿"~ .•.-~~'<-~" •.:::;#ISEGRETARIA DE GDMUNIGAGIDNES

y

TRANSPDRTES

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 27: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G- I A

CAPITULO VII

TRIGESIMOQUINTA. Vigencia .•

27

laapodrá solicitarde la sociedad.

•••estara vlgente por Clncuentafecha de su otorgamiento.

Información contable y estadística.

momento la Secretaríala información contable

En cualquierConcesionaria

Vigencia, revocación, reversión y sanciones.

La presente concesióncontados a partir de la

La Concesionaria deberá publicar sus estados financierosanuales, dictaminados por auditor externo, dentro de los cuatromeses siguientes al fin de cada ejercicio social, en unperiódico de amplia circulación nacional y en uno de la entidadfederativa.

La Concesionaria exigirá la misma obligación a los operadoresde terminales y prestadores de servicios con los que hubierecelebrado contrato.

La Concesionaria se obliga a mantener registros estadísticossobre las operaciones y movimientos portuarios, incluidos losrelativos a tiempo de estadía y maniobras, volumen y frecuenciade los servicios prestados;~indicadores de eficiencia yproductividad en general, y a darlos a conocer a la Secretaríaen los términos y formatos determinados por ésta.La Concesionaria deberá establecer un sistema integrado decómputo, en un plazo no mayor de un año contado a partir de lafecha de este título, a fin de facilitar el monitoreo de lacarga, de las operaciones de documentación y despacho, y demantener al corriente la información estadística.

TRIGESIMOCUARTA.IIIIIIIIIIIIIIII

\....·i

Page 28: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

FORMA C·G· I A

28

TRIGESIMOSEPTIMA. Revisión de condiciones.

oy

la

de•

servicios al,S1n causa

obligacioneslos términos

, -operac10n oparcialmente,

lao

en la aplicaciónautorizadas;

Por reincidirsuperiores a las

Por interrumpirpúblico, totaljustificada;

Por no ejercer los derechos conferidos enconcesión durante un lapso mayor de seis meses;

Por no cumplir con el objeto,condiciones de la concesión enplazos establecidos en ella;

1.

n.

IV.

nI.

La presente concesión podrá ser revocada por cualquiera de las••s1gu1entes causas:

TRIGESIMOCTAVA. Causas de revocación.

La Secretaría tomará las medidas conducentes a efecto de que laentrega de los bienes se formalice conforme a las disposicionesaplicables.

La Concesionaria iniciará sus actividades el 1 de agosto de1994, fecha a partir de la cual podrá cobrar las tarifas a quese refiere la presente concesión.

TRIGESIMOSEXTA. Inicio de operaciones.

Las condiciones establecidas en el presente título podránrevisarse y modificarse cuando se solicite prórroga de laconcesión o ampliación de su 'objeto; cuando la participaciónaccionaria directa o indirecta del Gobierno Federal llegue aser inferior al 51% del capital pagado o pierda el controladministrativo y manejo de la empresa, o por acuerdo entre laSecretaría y la Concesionaria.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 29: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C-G- lA

Al término de la presente concesión, las obras e inst

IX. Por no conservar y mantener debidamente los bienesconcesionados;

Federal lala condición

señaladas en elde protección

Gobiernoestablece en

29

las indemnizaciones por daños que semotivo de la prestación de los

Por no cubrir al. -contraprestac~on que se,novena; ,-,Por no otorgar o no mantener en vigor las pólizasde seguros de daños a terceros;

Por incumplir, de manera reiterada, con cualquierade las obligaciones o condiciones establecidas enla Ley o en sus reglamentos.

Por incumplir con las obligacionespresente título, en materiaecológica, y

Por ceder, hipotecar, gravar o transferir laconcesión, los derechos en ella conferidos o losbienes afectos a la misma, a algún gobierno oestado extranjero, o admitir a éstos como socios dela Concesionaria;

Por ejecutar actos que impidan o tiendan a impedirla actuación de otros operadores, prestadores deservicios o permis~(marios que tengan derecho aello;Por ceder o transferir la concesión o los derechosen ella conferidos, sin autorización de laSecretaría, salvo lo dispuesto en las condiciones..... , ..v~ges~ma y v~ges~mopr~mera;

Por no cubrir••or~g~nen con

••serv~c~os;

X. Por modificar o alterar sustancialmente lanaturaleza o condiciones de las obras o serviciossin autorización de la Secretaría;

V_

VI.

XI.

XII.

XIV.

VII.

XIII.

VIII.

TRIGESIMONOVENA. Reversión.

IIIIIIIIIIIIIIII

Page 30: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C·G· I A

adheridas de manera permanente a los bienes del dominio publicoconcesionados, incluidas las señales marítimas, pasarán aldominio de la Nación, sin costo alguno y libres de todogravamen.

La Concesionaria acepta pagar, por no ejecutar las obras otrabajos o asegurar los bienes a que conforme a esta concesiónestá obligada, una pena convencional de cinco mil a doscientosmil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

30

CUADRAGESlMA. Sanciones.

La Concesionaria estará obligada a proceder, previamente a laentrega de los bienes y por su cuenta y costo, a la demolicióny remoción de aquellas obras e instalaciones adheridaspermanentemente que hubiese ejecutado, y que, por suscondiciones, ya no sean de utilidad a juicio de la Secretaría.

CUADRAGESIMOPRlMERA. Pena convencional.

CUADRAGESIMOSEGUNDA. Tribunales competentes.

En caso de infracción, la Secretaría impondrá a laConcesionaria las sanciones establecidas en las leyes yreglamentos aplicables, sin perjuicio de las que, en la esferade sus atribuciones, corresponda imponer a otras autoridades.

I.....'i

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, laSecretaría y la Concesionaria podrán convenir en someter susdiferencias a arbitraje. 'Bl~, procedimiento se tramitaráconforme a las reglas establecidas en el Código de Comercio yen la ciudad de México. Para la ejecución del laudo y para ladecisión de cuestiones no arbitrables, serán competen~ ~ostribunales señalados en el párrafo anterior .. --,

Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de lapresente concesión, salvo lo que administrativamentecorresponde resolver a la Secretaría, la Concesionaria convieneen someterse a la jurisdicción de los tribunales federalescompetentes de la ciudad de México, Distrito Federal, por loque renuncia al fuero que pudiere corresponderle en razón de sudomicilio presente o futuro.

IIIIIIIIIIIIIIII

1 ~ _

Page 31: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

II

FORMA C·G· I A

31

o Gil DíazGeneral

ADMINISTRACIONINTEGRAL DS.A. DE C .•

'~Gamb -10 oa PatronEmi

ELCOMUNI

CUADRAGESIMOCUARTA. Publicación.

CUADRAGESIMOQUINTA. Aceptación.

México, Distrito Federal, a los veintiseis días del mes dejulio de mil novecientos novent~ y cuatro.

El ejercicio de los derechos derivados de esta concesiónimplica la aceptación incondicional de sus términos por laConcesionaria.

CUADRAGESIMOTERCERA. Notificaciones.

La Concesionaria deberá tramitar, a su costa, la publicación,en el Diario Oficial de la Federación, de la presenteconcesión, del programa maestro de desarrollo portuario, de laregulación tarifaria y de los demás anexos que determine laSecretaría, en un plazo que no exceda de ciento veinte díascontados a partir de la fecha de otorgamiento del presentetítulo.

La Concesionaria se obliga a informar por escrito a laSecretaría de cualquier cambio de domicilio durante la vigenciadel presente título, en el entendido de que en caso de omisiónlas notificaciones surtirán efectos mediante publicación poruna sola vez en el Diario Oficial.

IIIIIIIIIIIIIII

Page 32: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

DIAZ

FORMA C-G-I A

,

RECIBEEL APODERADO GENERAL

DIRECCION GENERAL DE PUERTOS

'\.....

l '

ENTREGALA DIRECCI

~

ON GENERALD¡: PUERI,

POR

LIC. MARCO A. DE STEFANO S.

,"',\

'>

l

ACTA DE ENTREGA

(

En este acto se entrega 'la 'éoncesión que la Secretaría deComunicaciones y Transportes otorga en favor de AdministraciónPortuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V.,. así como sus

•anexos.

México, D.F., 26 de julio de 1994.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Y

TRANSPORTES

IIIIIIIIIIIIIIIIIII

Page 33: I ANTECEDENTES I - El portal único del gobierno. | gob.mx...I I FORMA c-G- I A Novena Contraprestación al Gobierno Federal Capítulo III Expansión, modernización y mantenimiento

-

SECRETARIA DE CONTRALORIA y DESARROLLO ADMINISTRATIVOREGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL

QUEDO REGISTRADO EN L FOLIO REALNo. - 2-<::::JB 2.-"'11100, D.F_•• ¡1- de t>1A ~O

I11111

1IIII1IIIIIIII

1~.

TASIR\J

ACZlA SANCII7/"

\{ARIO R GA »'Cl.\ vAZQUEZREGIST OR

IllREcc. ORAL DI!1.PA11ftMONIO INMOBIUAfIO

FEDERAL