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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL MODALIDAD PARTICULAR Carretera 57, Km.26+200, (Monclova a Piedras Negras), Municipio de Abasolo Coahuila 1 I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL I.1. Proyecto. Elaborar e insertar en este apartado un croquis doble carta, donde se señalen las características de ubicación del proyecto, las localidades próximas, rasgos fisiográficos e hidrológicos sobresalientes y próximos, vías de comunicación y otras que permitan su ubicación. I.1.1. Nombre del proyecto. Planta de Gas L. P. I.1.2. Ubicación del proyecto. El predio en cuestión, se ubica al costado poniente de la Carretera # 57 de Monclova a Piedras Negras, a la altura del Km. 26+200, Municipio de Abasolo, Coahuila. Localización Coordenadas UTM PUNTO X-272498 X- 272797 1 3 Y- 2999416 Y- 2999031 X- 272742 X- 272399 2 4 Y- 2999224 Y- 2999238 I.1.3. Tempo de vida útil del proyecto. 50 años. I.1.4. Presentación de la documentación legal. Se anexa documentos I.2. Datos generales del promovente. I.2.1 Nombre o razón social: Mercantil Distribuidora, S.A de C.V. I.2.2 Registro Federal de Causantes (RFC). Del promovente Protegido por IFAI, Art. 3°. Fracción VI,

I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL ...sinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/coah/e... · El proyecto queda enmarcado en la competencia Federal, en virtud de

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL  MODALIDAD PARTICULAR 

                                          Carretera 57, Km.26+200, (Monclova a Piedras Negras), Municipio de Abasolo Coahuila                                1 

I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL I.1. Proyecto.

Elaborar e insertar en este apartado un croquis doble carta, donde se señalen las características de ubicación del proyecto, las localidades próximas, rasgos fisiográficos e hidrológicos sobresalientes y próximos, vías de comunicación y otras que permitan su ubicación.

I.1.1. Nombre del proyecto.

Planta de Gas L. P.

I.1.2. Ubicación del proyecto.

El predio en cuestión, se ubica al costado poniente de la Carretera # 57 de Monclova a Piedras Negras, a la altura del Km. 26+200, Municipio de Abasolo, Coahuila.

Localización

Coordenadas UTM

PUNTO X-272498 X- 272797 1 3 Y- 2999416 Y- 2999031

X- 272742 X- 272399 2 4 Y- 2999224 Y- 2999238

I.1.3. Tempo de vida útil del proyecto.

50 años.

I.1.4. Presentación de la documentación legal.

Se anexa documentos I.2. Datos generales del promovente. I.2.1 Nombre o razón social: Mercantil Distribuidora, S.A de C.V.

I.2.2 Registro Federal de Causantes (RFC). Del promovente

Protegido por IFAI, Art. 3°. Fracción VI,

LFTAIPG

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I.2.3 Nombre y cargo del representante legal

I.2.4 Dirección del promovente o de su representante legal.

1.3. Datos generales del responsable del estudio de impacto ambiental

1.3.1 Nombre o razón social.

I.3.2 Registro Federal Contribuyentes. I.3.3 Nombre del responsable técnico de la elaboración del estudio.

I.3.4 CURP del responsable técnico de la elaboración del estudio. I.3.5. Dirección del responsable del estudio.

Protegido por IFAI, Art. 3°. Fracción VI,

LFTAIPG

Protegido por IFAI, Art. 3°. Fracción VI, LFTAIPG

Protegido por IFAI, Art. 3°. Fracción VI, LFTAIPG

Protegido por IFAI: Art. 3ro. Frac. VI, LFTAIPG

Protegido por IFAI: Art. 3ro. Frac. VI, LFTAIPG

Protegido por IFAI: Art. 3ro. Frac. VI, LFTAIPG

Protegido por IFAI: Art. 3ro. Frac. VI, LFTAIPG

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lI.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO II.1. Información general del proyecto. II.1.1. Naturaleza del proyecto.

El proyecto, motivo y fundamento del presente estudio, consiste en La instalación y operación de una Planta de almacenamiento, distribución y comercialización de Gas L. P, para uso comercial, industrial y de servicio doméstico Para dar cumplimiento a lo anterior, se contará con 10 (diez) auto tanques ó pipas repartidoras, 01-una con capacidad de 12,500 litros; 03-tres con una capacidad de 5,000 litros y 06-seis con una capacidad de 3,000 litros. La planta en su conjunto, estará conformada por un tanque tipo salchicha construido a base de una placa de acero al carbón, con una capacidad de 102,000 litros agua y sostenido sobre muros de concreto reforzados con estructuras metálicas, contando además con todos sus accesorios y medidas de seguridad. Cuenta además con el murillo de concreto protector en forma perimetral con las especificaciones de acuerdo a la norma de aplicación.

Todos los componentes del sistema de proceso para el servicio que se pretende están diseñados e instalados de acuerdo a las normas de aplicación. Asimismo, este es un sistema fijo y permanente para almacenar, trasegar y abastecer el gas L.P. a los auto tanques repartidores y de distribución. Infraestructura: se contará además con una caseta de control; oficinas de operaciones y baños sanitarios, cisterna, una fosa séptica para la descarga final de las aguas residuales de tipo sanitario, así como con los servicios básicos de luz. El proyecto queda enmarcado en la competencia Federal, en virtud de que rebasa la cantidad de reporte de acuerdo al listado de actividades riesgosas.

II.1.2. Selección del sitio.

• El sitio se seleccionó, basándose en las siguientes características:

• cuenta con una pendiente menor al 1%.

• Ubicación estratégica del predio, para una mejor distribución y mayor cobertura.

• Que el predio se localiza sobre una vialidad primaria, como lo es la carretera 57 Monclova a Piedras Negras.

• Que de acuerdo a los documentos técnicos y legales, que enmarcan las directrices del uso territorial de acuerdo a las Autoridades competentes en la materia, la zona ó el corredor primario donde se ubica el predio de interés, tiene vocación para la actividad que se pretende.

II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización.

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El predio en cuestión, se ubica Al costado poniente de la Carretera # 57 de Monclova a Piedras Negras, a la altura del Km. 26+200, Municipio de Abasolo, Coahuila.

Localización

Coordenadas UTM

PUNTO

X-272498 X- 272797

1 3

Y- 2999416 Y- 2999031

X- 272742 X- 272399

2 4

Y- 2999224 Y- 2999238

II.I.4 Inversión requerida. Sin dato.

II.1.5. Dimensiones del proyecto.

El predio en cuestión, cuenta con una superficie total de 70,024.02 M2., de los cuales para el proyecto específico, solo se tendrá una ocupación del suelo de 2,842.00 M2., que incluye, caseta de control; oficinas de operaciones y baños sanitarios, cisterna, una fosa séptica para la descarga final de las aguas residuales de tipo sanitario, se anexa plano.

II.1.6. Uso actual de suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias. Actualmente el predio en cuestión, esta poblado con vegetación del tipo matorral desértico micrófilo asociado con matorral sub montano, presentando pequeñas áreas casi despobladas, por su densidad de población tan baja, como es el caso del área donde se asentará el proyecto. Aproximadamente 300 metros al nor poniente del límite del predio dentro del cual se albergará el futuro proyecto, se localiza el Río Monclova.

II.1.7. Urbanización del área y descripción de servicios requeridos. El predio en cuestión, se localiza al nor oriente de la cabecera Municipal de Monclova, aproximadamente a la altura del Km. 26+200 por la carretera 57 con rumbo a Piedras Negras Coahuila, en un área sub-rural.

Se instalará un transformador con una capacidad de 75 KVA para aliviar las necesidades de electrificación para el área administrativa y de servicio.

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Como servicios de apoyo se instalará una cisterna para el almacenamiento de agua con una capacidad de 50 m3, así como una fosa séptica para la descarga de aguas residuales generadas de los servicios sanitarios.

II.2. Características particulares del proyecto.

La planta en su conjunto, estará conformada por un tanque tipo salchicha construidos a base de una placa de acero al carbón, con una capacidad de 102,000 litros agua, sostenido sobre muros de concreto y reforzados con estructuras metálicas, contando además con todos sus accesorios y medidas de seguridad, como bombas, medidores muros de contención, mangueras para el llenado y demás. Se instalarán todos los extintores necesarios de una forma estratégica en todas las áreas de servicio, del tanque, de circulación vehicular interna, oficinas, etcétera con su peso y características de acuerdo a la sustancia que se almacenará y a la actividad específica que se realice en cada área. El proyecto, se desarrollará dentro en un predio con una superficie total de 70,024.02 m² solo se tendrá una ocupación del suelo de 2,842.00m², se se localiza al nor oriente de la cabecera Municipal de Monclova, aproximadamente a la altura del Km. 26+200 por la carretera 57 con rumbo a Piedras Negras Coahuila. Actualmente el predio en general, esta poblado con vegetación rasante de gramíneas y arbustos bajos, distribuidos en forma de lunar. Durante el desarrollo del proyecto, se contarán con almacén ó bodega de material, temporal, sanitarios portátiles y caseta de vigilancia distribuidos.

Descripción de obras y actividades principales del proyecto. a) Clasificación: Planta de Gas L. P. para almacenamiento, distribución y comercialización de Gas L. P, para uso comercial, industrial y de servicio doméstico. b). Diseño:

El diseño se hizo en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 89 del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 28 de junio de 1999 y a la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SCFI-1993 (Estaciones de gas L. P. con almacenamiento fijo, diseño y construcción) y a la NOM-001-SEMP-1994, Instalaciones eléctricas y la NOM-001-SCFI-1996.

Descripción de obras y actividades provisionales y asociadas.

Cuando se lleve a cabo la preparación del sitio y construcción del proyecto, se contará con depósitos de agua, bodegas para el material y baños portátiles y caseta de vigilancia.

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II.2.1 Programa general de trabajos del proyecto.

S E M A N A S ACTIVIDADES 1 5 8 10 12 14 16 20

Despalme y limpieza. X CONSTRUCCIÓN Trazo del Proyecto X X Corte, Nivelación y Compactación. X X Excavación. X X Acarreo de materiales. X X Construcción de cisterna y fosa X X Instalación de tuberías y accesorios.

X X

Instalación de tanque y equipos X X Construcción de oficinas y sanitarios.

X

Reforestación. X Operación. X→

II.2.2 Preparación del sitio.

El terreno presenta una pendiente casi uniforme, por consiguiente no amerita obras de nivelación considerables. Reduciendo su intervención únicamente a la preparación del área específica, donde se localizará asentado el tanque y el conjunto de sus accesorios para el sistema de servicio.

La preparación implica el desmonte despalme y limpieza de las áreas para el tránsito interno de remolques-tanque, cimentaciones y pisos para los tanques de almacenamiento, isleta de descarga y área de servicio, oficinas, bodegas provisionales y cisterna. Las excavaciones se limitaron a las cimentaciones de los tanques, oficinas, trincheras, cisterna, bodega y bardas perimetrales. Solo se compactará el área de tránsito interno. No habrá cortes y el material sobrante de las escavaciones, se utilizará para rellenar posibles desniveles leves del área de servicio, para llevar a cabo la nivelación al 100% y de esta forma evitar los encharcamientos durante la época de lluvias, realizando además las obras hidráulicas mas optimas para el adecuado desalojo de las aguas pluviales, hacia el exterior del área de interés. DESPALME Y LIMPIEZA DEL ÁREA ESPECIFICA PARA LA CONSTRUCCIÓN Técnicas a emplear para la realización del despalme Y limpieza:, se utilizará una motoconformadora., retroexcavadora y demás maquinaria que se requiera para dar el adecuado término a cada una de las etapas del proyecto EXCAVACIÓN, NIVELACIÓN Y COMPACTACIÓN:

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Nivelación y compactación del terreno natural y la nivelación topográfica del área a construir, por medio mecánico.

No se requerirá de cortes, ya que en la conformación del suelo, no existen laderas ó taludes. RELLENOS: En virtud de que el terreno no presenta pequeñas fallas geográficas o erosiones de cualquier tipo no se requieren de relleno en el terreno.

II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto.

Etapa de Preparación y Construcción.

Se contrataran los servicios sanitarios portátiles a una empresa especializada, que cuente con las autorizaciones correspondientes por parte de las autoridades locales competentes en la materia misma que se encargará de proporcionar además, el servicio de mantenimiento durante el tiempo que dure el proyecto de preparación y construcción. La instalación de una oficina provisional. La instalación de una bodega, para el almacenamiento de las herramientas, así como el material para la construcción. La instalación de una Caseta de vigilancia. Etapa de operación. Se instalará una Cisterna, con una capacidad de 50 m³, Para los sistemas de emergencia, ya que para el abastecimiento de sanitarios y aseo de la infraestructura como oficinas los propios sanitarios y demás, se contará con un depósito de plástico tipo rotoplas. Para los residuos sólidos domésticos (basura) generados en la realización y operación serán depositados en un confinamiento autorizado. Residuos de procesos o industriales: No aplica en el caso que nos ocupa.

II.2.4 Etapa de construcción.

Se construirá una oficina; cuarto donde se ubica el tablero eléctrico; baños sanitarios; Cisterna; se construirá el muro donde se instalará el tanque, además esta zona tendrá piso de concreto. Y sobre el camino de circulación, se colocará pavimento (o Plancha Asfáltica) O bien se colocará grava, ó cualquier otro material, permeable que permita que el agua de lluvia drene hacia el subsuelo y de esta forma evitar los encharcamientos. Los materiales requeridos durante esta etapa son: gravas, cemento, arenas, azulejo, mosaico, varillas, PVC, estructuras metálicas, láminas, cables eléctricos, etc.

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II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento.

La planta recibirá en camiones auto-tanques, el gas L.P., el cual se almacenará en un tanque tipo salchicha estacionario con capacidad de 102,000 litros base agua el cual abastecerá a las pipas repartidoras y posteriormente se utilizará como combustible para los vehículos automotores. En este proyecto no se cuenta con áreas o líneas distintas de producción, la actividad se reduce únicamente a la recepción, almacenamiento, abastecimiento de las pipas para su posterior distribución hacia el o los clientes que lo soliciten. Por lo que, no existen materias primas como tal ni subproductos por no existir proceso de transformación alguna.

La operación de la estación de gas L. P., es relativamente simple, ya que en ella no se tiene ningún proceso de transformación de materiales, ni se lleva a cabo alguna reacción química. El gas L. P. pasa de un recipiente a otro, los auto tanques de transportación con su debido aterrizaje y demás precauciones trasvasan el gas L. P. al tanque de almacenamiento, es decir, recepción de gas, almacenamiento y suministro a las pipas que dan el servicio de llenado a los clientes que lo soliciten.

La operación se lleva a cabo de la siguiente manera:

Recepción y descarga de autotanques:

La planta recibe el gas L. P., en auto-tanque. Los auto-tanques contienen un volumen máximo del 90% de su capacidad. Procedimiento de descarga: • Para la operación de descarga se cuenta con personal que labora las 24.00 horas.

• Al inicio de cada turno el personal de operación, revisará el espacio disponible en el tanque

de almacenamiento.

• Al llegar a la planta el auto-tanque se dirigirá al área de recepción, donde será recibido por el personal de la planta. Quien revisará el contenido que establece el porciento de ocupación en el tanque de almacenamiento; también se cerciorará de la presión del recipiente, con los dispositivos de medición instalados en el tanque.

• Indicará al operador del auto-tanque donde deberá estacionarse y verificará que la unidad

esté totalmente detenida, con el motor apagado y el freno de estacionamiento colocado.

• Tomará la lectura del porciento del contenido, así como de la presión a la que se encuentra el auto-tanque.

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• Colocará cuñas metálicas, en por lo menos dos de sus ruedas para asegurar la inmovilidad del vehículo; también colocará el cable, con su respectiva pinza, para el aterrizaje de la unidad.

• Acoplará la manguera de líquido misma que está conectada a la tubería de mayor diámetro y

color blanco.

• Posteriormente abrirá la válvula de la manguera, así como la de la unidad.

• Colocará la palanca indicadora del medidor rotatorio en el nivel que se desee y dejará la válvula del medidor rotatorio abierta con el objeto de saber el momento preciso en el llenado al nivel deseado.

• Establecerá la continuidad del suministro de gas, abriendo las válvulas de corte, desde y

hasta el auto-tanque y el tanque fijo para llenar.

• Verificará que no existan fugas en las conexiones de las mangueras, tanto en las líneas que conducen líquido como las que conducen vapor.

• Oprimirá el botón energizado del motor del compresor.

• Durante el llenado verificará que se realice con normalidad y por ningún motivo abandonará

la supervisión de esta operación. Continuamente verificará el por ciento de llenado del tanque.

• Una vez que se termina la operación, revisará en todo su alrededor la unidad, haciendo

hincapié que en las tomas no existan fugas.

Materiales y sustancias.

Materias primas, la planta se abastecerá de Gas L. P. por medio de auto tanques, el Gas L. P., más que ser una materia prima, dentro del sistema, servirá como insumo energético para la combustión de vehículos automotores. Por lo anterior no participa ningún otro insumo en el proceso que se realiza. La sustancia que se involucra en el proceso se reduce al Gas L. P. La planta de almacenamiento de Gas L. P., recibirá el combustible en Autotanques, será trasegado al Tanque de Almacenamiento con una capacidad de 102,000 litros; tipo salchicha construido a base de una placa de acero al carbón, sostenido sobre muros de concreto reforzados con estructuras metálicas, contando además con todos sus accesorios y medidas de seguridad, posteriormente estos abastecerán de combustible a los vehículos automotores que requieran el servicio.

Nombre Comercial: Gas L. P. Nombre técnico: Gas Licuado de Petróleo. Nombre químico. Gas Propano.

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Porcentaje y nombre de componentes riesgosos. El 90 % del gas L. P. es gas propano y el resto lo conforman el propileno, butano, butileno e isobutano. Número CAS: 74-98-6 para el gas Propano. 68476-85-7 para el gas licuado de petróleo (gas L. P.). Número de Naciones Unidas: UN1978 Gas propano. UN1075 Gas Licuado de petróleo (Gas LP.) Nombre del fabricante o importador: PETROLEOS MEXICANOS. (PEMEX) En caso de emergencia comunicarse al teléfono o fax número. CHEMTREC en los E.U. 1-800-424-9300 (Chemical Transportation Emergency Canter).

SETIQ en México 91-800-70-226, 705-11-69. SINÓNIMOS: Gas L P, gas de botella. Fórmula química: CH3CH2CH3 Estado Físico: Gas a temperatura ambiente; se produce en estado de vapor, pero se licua con cierta facilidad mediante compresión y enfriamiento: no tiene color, no tiene olor, sin embargo se le añade una sustancia de olor penetrante para detectarlo cuando se fuga llamada etil mercaptano: es excesivamente frío. Peso molecular: 44.09 gr/grmol.

Densidad a temperatura inicial: 0.51 gr/ml.

0.585 –45 °C con relación al agua 4°C. Punto de ebullición: -42.22 °C. Calor de evaporación: 81.76 cal/gr. 25°C.

Calor de combustión (como Líquido): 19,774 Btu/lb. Calor de combustión (como gas). 19,929 Btu/lb.

Temperatura del líquido en proceso: La temperatura del proceso corresponderá a la temperatura ambiente imperante.

Densidad de vapor, (aire=1): 1.52

Reactividad en agua: Clasificado por la National Fire Protection Association con 0. Velocidad de evaporación, (butil-acetona= 1): Gas a temperatura ambiente. Temperatura de autoignición. Sin datos. Temperatura de fusión: -187.7°C.

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Densidad relativa: 0.51 Solubilidad en agua: Ligeramente soluble (6.518 cm³ )4 Color y olor: Incoloro y sin olor

Punto de inflamación: -104.4°C Por ciento de volatilidad: 100 %. Otros datos: Las mezclas peligrosas de este gas se originan cuando alcanzan un porcentaje de mezcla con el aire de 2.15 a 9.6%. Etapa del proceso en que se emplea: solo se almacena y distribución.

Mantenimiento del tanque de almacenamiento.

• Los instrumentos de medición (medidor de nivel de líquido, manómetros y válvulas de máximo llenado) se revisarán periódicamente, reemplazando de inmediato los instrumentos que muestren inexactitud de su funcionamiento.

• Las válvulas de seguridad (de relevo de presión hidrostática, de exceso de gasto y no

retroceso), se probarán y supervisarán mensualmente, reemplazando éstas al termino de cinco años de operación o antes, si muestran deficiencias en su operación.

• Las pruebas reglamentarias del tanque de almacenamiento comprenden la verificación de

su estado físico, para lo cual se practicarán pruebas de ultrasonido, por un técnico en la materia. Con pruebas se realiza cada 10 años de acuerdo a lo que se marca en la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

Mantenimiento de tubería, conexiones y accesorios.

• La presencia de fugas y la corrección de las mismas se llevará a cabo de inmediato. • Se reemplazarán con la frecuencia que se requiera, los estoperos y asientos de las válvulas

de globo. • Se revisarán las soporterías de las tuberías, para que éstas no estén sujetas a esfuerzos

indebidos.

• Se repintan tuberías, cuando la pintura tiende a deteriorarse, para evitar corrosión en las mismas.

Mantenimiento de las tomas de recepción.

• Se probarán mensualmente las válvulas de exceso de flujo, de esta manera se comprobará

su buen funcionamiento, debiendo operara ante una salida súbita de gas (se conectan a un auto-tanque vacío para no liberar gas a la atmósfera).

• Las mangueras que se conectan a los remolques-tanque se revisaran diariamente,

reemplazándolas cada año o antes si muestran algún deterioro. • Para evitar fugas se revisarán los empaques de los acopladores de entrega.

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Mantenimiento del sistema eléctrico.

• Se revisará que su canalización se conserve integra y que todos los conduit a prueba de

explosión mantengan sus tapas perfectamente roscadas.

• Los capelos (bombillas) de las lámparas a prueba de explosión se reemplazarán inmediatamente en caso de encontrase fundidos.

• Los conduit se mantendrán cuando se cambien los conductores eléctricos. El mantenimiento consistirá en darle revisión continúa a los accesorios y sistemas de seguridad con los que contará la planta de acuerdo a las Normas de aplicación en la materia, como son: Válvulas de sobrellenado, coples, tuberías, mangueras, dispensarios (medidores), sistemas de retorno de vapores, aterrizaje, bombas, etc. De esta forma y debido al tipo de actividad, esta revisión se hará de manera cotidiana y continua partiendo de la capacitación que la Empresa constantemente da a los operadores y a la educación laboral que se tiene.

II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto.

No se tiene obras asociadas. II.2.7 Etapa de abandono del sitio.

Al momento de realizar el presente estudio no se tiene contemplado algún programa de trabajo específico para el abandono del sitio.

La vida útil del proyecto es de 50 años. Se le dará mantenimiento continuo al tanque, así como a las instalaciones de conducción y accesorios que participan en el proceso, añadiendo a esto, los estudios técnicos que se requieren de manera periódica para demostrar el buen estado del tanque de almacenamiento y el sistema de conducción (pruebas de resonancia, pruebas de hermeticidad, etc.).

Desmantelamiento de la infraestructura de apoyo. La escasa infraestructura de apoyo, será desmantelada al momento de terminar el proyecto constructivo y fue realizada por la compañía constructora que lo haya ejecutado.

II.2.8 Utilización de explosivos.

No se usaran explosivos.

II.2.9 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera.

Durante la etapa de preparación del sitio, se generan únicamente residuos de vegetación muy mínimo, debido a la densidad tan baja y su distribución en manchones, los cuales se mezclarán con el material de acarreo hacia afuera del predio para dar paso a las obras que conforman el proyecto.

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Hoy de ser posible, una ves que entre en descomposición se incorpora al suelo que se utiliza para conformar las áreas verdes. Durante la etapa de construcción, los residuos se reducen a una mínima cantidad propios del material (escombro, pedacería de varilla, papel de envoltura del cemento, etc.) que se utilizó durante esta etapa, se dará una disposición en un sitio autorizado. Durante la etapa de operación, y debido al tipo de actividad, no se generan residuos durante el proceso.

Los residuos domésticos generados durante las diferentes etapas, se les dará una disposición final en los sitios autorizados que existen en la región. Las descargas de aguas residuales se reducen únicamente a los del tipo sanitario, las cuales tendrán su descarga hacia una fosa séptica.

Durante las primeras dos etapas, las emisiones de polvo generadas por la maquinaria serán mínimas, por lo que no habrá arrastre eólico hacia las zonas cercanas. Durante la etapa de operación, no se generan emisiones a la atmósfera.

II.2.10 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos.

En el caso que nos ocupa, aplica la disposición de residuos domésticos en su mínima generación, los cuales se dispondrán en contenedores para que posteriormente sean trasladados por una empresa particular que se contratará hacia el relleno sanitario autorizado.

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III VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACION SOBRE USO DEL SUELO

Plan Nacional de Desarrollo Urbano 2007-2012

Dentro de las prioridades del desarrollo urbano está el propiciar el ordenamiento territorial de las actividades económicas y de la población conforme a las potencialidades de las ciudades y las regiones que todavía ofrecen condiciones propicias para ello, así como también inducir el crecimiento de las ciudades en forma ordenada, de acuerdo con las normas vigentes de desarrollo urbano y bajo principios sustentados en el equilibrio ambiental de los centros de población. Dentro del crecimiento económico se señala la política ambiental para un crecimiento sustentable, donde la estrategia nacional de desarrollo busca un equilibrio global y regional entre los objetivos económicos, sociales y ambientales, de tal forma que se logre contener los procesos de deterioro ambiental, inducir un ordenamiento ambiental del territorio nacional, tomando en cuenta que el desarrollo sea compatible con las aptitudes y capacidades ambientales de cada región; aprovechar de manera plena y sustentable los recursos naturales, como condición básica para alcanzar la superación de la pobreza y cuidar el ambiente y los recursos naturales a partir de reorientación de los patrones de consumo y un cumplimiento efectivo de las leyes.

Dentro de las prioridades del desarrollo urbano está el orientar la política nacional de ordenamiento de los asentamientos humanos y desarrollo urbano de las ciudades estratégicas que presentan condiciones para impulsar el desarrollo regional, la captación de inversión, la generación de empleo y la mejoría de las condiciones de vida de la población de las ciudades con derrama para el medio rural, e instaurar en todos los estados el ordenamiento territorial a través de la actualización de los planes o programas estatales de desarrollo urbano. Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012 El proyecto se vincula con este programa en relación con los siguientes objetivos: Consolidar el marco regulatorio y aplicar políticas para prevenir, reducir y controlar la contaminación, hacer una gestión integral de los residuos y remediar sitios contaminados para garantizar una adecuada calidad del aire, agua y suelo. Con las medidas de mitigación propuestas se podrá reducir la contaminación del agua, aire y suelo, así mismo se llevará acabo un control de la generación de residuos sólidos tanto en su almacenamiento como en la disposición final en los sitios adecuados a cada tipo de residuo. Promover el cumplimiento eficiente y expedito de la legislación y normatividad ambiental.

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Con la presentación del presente estudio se garantiza el pleno cumplimiento de la legislación ambiental y el adecuado uso de suelo en el área de estudio de acuerdo a los planes municipales. Con el cumplimiento de las medidas de mitigación se pretende perjudicar lo menos posible a la sociedad circundante y contar a la vez con un medio ambiente sano y limpio. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE (LGEEPA) En relación a la regulación ambiental de los asentamientos humanos, el Artículo 23 manifiesta que para contribuir al logro de los objetivos de la política ambiental, la planeación del desarrollo urbano y la vivienda, además de cumplir con lo dispuesto en el articulo 27 constitucional en la materia, debe considerar los siguientes criterios:

• Buscara lograr una diversidad y eficiencia de los mismos, evitando el desarrollo de esquemas segregados, así como la tendencia a la suburbanización extensiva.

• Fomentar la mezcla de los usos habitacionales con los productivos que no representan daños o riesgos a la salud de la población, evitando afectar áreas con alto valor ambiental.

Privilegiar el establecimiento de sistemas de transporte colectivo u otros medios de alta eficiencia energética y ambiental. Diario Oficial de la Federación el día 28 de Enero de 1988.

Capítulo II. Concurrencia entre la Federación, las entidades federativas y los municipios.

Artículo 5°.- Son asuntos de alcance general en la nación o de interés de la Federación:

Fracción X. La regulación de las actividades que deban considerarse altamente riesgosas según ésta y otras leyes sus disposiciones reglamentarias, por la magnitud o gravedad de los efectos que puedan generarse en el equilibrio ecológico o el ambiente.

* Establecer y mejorar las áreas de conservación ecológica en torno a los asentamientos

humanos. En este sentido, el presente proyecto cumple con la evaluación en materia de impacto ambiental al que hace referencia el Artículo 28 de esa Ley para la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrios ecológicos, a fin de evitar o reducir los efectos negativos sobre el ambiente. Así mismo, en el Artículo 98, se cita que con para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo deberán considerarse los siguientes aspectos:

* Que el uso de suelo sea compatible con su vocación natural y que no debe alterar el equilibrio de los ecosistemas.

* Que la realización de las obras que puedan provocar deterioro en los suelos, deberán incluirse

acciones equivalentes de regeneración, recuperación y restablecimiento de su vocación natural.

Capítulo IV. Actividades consideradas como riesgosas.

Artículo 146°.- La secretaría de gobernación y la Secretaría previa la opinión de las Secretarías de Energía, Minas e Industria Paraestatal, de Comercio y Fomento Industrial, de Salud, de Agricultura y Recursos Hidráulicos y del Trabajo y Previsión Social, determinarán y publicarán en el Diario Oficial de la Federación los listados de las actividades que deban considerarse altamente riesgosas, para efecto de lo establecido en la presente Ley.

Artículo 147°

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Párrafo 2°.- Quienes realicen actividades altamente riesgosas, elaborarán, actualizarán y en los términos del reglamento correspondiente, someterán a la aprobación de la Secretaría y de las Secretarías de Energía, Minas e Industria, de Salud, y del Trabajo y Previsión Social, los programas para la previsión de accidentes en la realización de tales actividades, que puedan causar graves desequilibrios ecológicos.

Acuerdo por el cual la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología expide el Segundo Listado de Actividades Altamente Riesgosas.

Diario Oficial de la Federación el día 4 de Mayo de 1992.

Que el criterio adoptado para determinar cuales actividades deben considerarse como altamente riesgosas, se fundamentan en que la acción o conjunto de acciones. Ya sea de origen natural o antropogénico, estén asociadas con el manejo de sustancias con propiedades inflamables, explosivas, tóxicas, reactivas, radiactivas, corrosivas o biológicas, en cantidades tales que, en caso de producirse una liberación, sea por fuga o derrame de las mismas o bien una explosión, ocasionaría una afectación significativa al ambiente, a la población o a sus bienes.

Que por lo tanto, se hace necesario fijar dicha cantidad para cada sustancia peligrosa que presente las propiedades antes mencionadas, a esta cantidad se le denomina cantidad de reporte.

Que mediante este Acuerdo se expide el segundo listado de actividades altamente riesgosas que corresponden a aquéllas en que se manejan sustancias inflamables y explosivas, en cantidades tales que de producirse una liberación, ya sea por fuga o derrame de las mismas en la producción, procesamiento, transporte, almacenamiento, uso o disposición final, provocaría la formación de nubes inflamables, cuya concentración sería semejante a la de su límite inferior de inflamabilidad, en un área determinada por una franja de 100 metros de longitud en torno a las instalaciones o medio de transporte dados, en el caso de la formación de nubes explosivas, la presencia de ondas de sobre presión de 0.5 Ib/pulg², en esa misma franja.

Artículo 1°.- Se expide el segundo listado de actividades altamente riesgosas que corresponde a aquéllas en que se manejen sustancias inflamables y explosivas.

Artículo 2°.- Se considera como actividad altamente riesgosa, el manejo de sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a la cantidad de reporte.

Artículo 3°.- Para los efectos de este Acuerdo se consideran las definiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y las siguientes:

Cantidad de reporte.- Cantidad mínima de sustancia peligrosa en producción, procesamiento, transporte, almacenamiento, uso o disposición final, o la suma de éstas, existentes en una instalación o medio de transporte dados, que al ser liberada, por causas naturales o derivadas de la actividad humana, ocasionarían una afectación significativa al ambiente, a la población o a sus bienes.

Manejo.- Alguna o el conjunto de actividades siguientes: producción, procesamiento, transporte, almacenamiento, uso o disposición final de sustancias peligrosas.

Sustancia peligrosa.- Aquélla que por sus altos índices de inflamabilidad, explosividad, toxicidad, reactividad, radiactividad, corrosividad o acción biológica pueda ocasionar una afectación significativa al ambiente, a la población o a sus bienes.

Sustancia inflamable.- Aquella que es capaz de formar una mezcla con el aire en concentraciones tales para prenderse espontáneamente o por la acción de una chispa.

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Sustancia explosiva.- Aquélla que en forma espontánea o por acción de alguna forma de energía, genera una cantidad de calor y energía de presión en forma casi instantánea.

Artículo 4°.- Las actividades asociadas con el manejo de sustancias inflamable y explosivas que deben considerarse altamente riesgosas, son la producción, el procesamiento, transporte, almacenamiento, uso o disposición final de las sustancias que a continuación se indican, cuando se manejan cantidades iguales o superiores a las cantidades de reporte siguientes:

1.- Cantidad de reporte: a partir de 50,000 kg. a).- En el caso de las siguientes substancias en estado gaseoso: Gas L. P. Comercial (I). (I) Se aplica exclusivamente a actividades industriales y comerciales.

PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2006-2011. ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

A partir de esta premisa, el Plan refrenda una visión de futuro: un Coahuila sin marginación social, con un desarrollo integral, incluyente y comprometido con la sustentabilidad ambiental. Entre los principales retos que combatiremos y los compromisos que cumpliremos, están los siguientes:

• Impulsar el desarrollo económico como condición necesaria para el desarrollo social. • Elevar la competitividad del estado. • Ampliar la infraestructura social y de servicios con estándares de calidad. • Promover el desarrollo equilibrado entre regiones y municipios para combatir las desigualdades. • Fomentar la cultura del uso responsable y eficiente de los recursos naturales. • Incrementar la participación ciudadana en las tareas de planeación, gestión y evaluación de las

políticas públicas. • Garantizar la seguridad de las familias para que disfruten de los beneficios del desarrollo.

Los coahuilenses eligieron a un gobierno compro-metido con las causas sociales, y que coloca en el corazón de su quehacer a la gente. De ahí que el Plan Estatal de Desarrollo 2006-2011, se orientará a mejorar la calidad de vida de sus habitantes y a disminuir los rezagos sociales, para propiciar el desarrollo equilibrado entre regiones y municipios. El énfasis en la política social que marcaron los coahuilenses como resultado del proceso de planeación, no está disociado del impulso por establecer una política económica que eleve la competitividad del estado, que imprima atractivo para las inversiones en la región y que genere empleos. A continuación se presentan los principales retos a alcanzar: Impulsar una justicia social sin exclusión, cuya prioridad sea la población marginada, y donde se ofrezca más y mejor bienestar social.

• Gobernar para todos. • Prevenir el delito y enfrentar sus causas de fondo como el desempleo, la inestabilidad laboral,

los bajos ingresos, el acceso limitado a la educación, entre otras. • Fortalecer la eficacia de la seguridad pública y la procuración de justicia. • Apoyar a grupos vulnerables. • Garantizar la cobertura de infraestructura social con altos estándares de calidad. • Abatir los rezagos de servicios de agua, drenaje y energía eléctrica. • Pavimentar.

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• Trabajar para que cada coahuilense tenga las mismas oportunidades de desarrollo. • Ser un estado con vida saludable. • Construir más y mejores hospitales y clínicas. • Retomar el deporte como piedra angular de una vida sana, además de desarrollar infraestructura

deportiva en el estado. • Brindar servicios de salud las 24 horas del día, los 365 días, en los municipios más necesitados. • Impulsar la creación de más espacios culturales. • Ampliar la cobertura y la calidad de la educación. • Crear espacios educativos. • Otorgar becas escolares.

La identificación de las regiones permite una aproximación a la diversidad estatal; referencia necesaria para formular políticas tendientes a lograr una mejor integración del territorio en conjunto, y un nivel de vida adecuado para la población en general.

En Coahuila se identifican las siguientes seis regiones: • Región Norte: Allende, Guerrero, Hidalgo, Acuña, Jiménez, Morelos, Nava, Piedras Negras, Villa

Unión y Zaragoza. • Región Carbonífera: Juárez, Múzquiz, Progreso, Sabinas y San Juan de Sabinas. • Región Centro: Abasolo, Candela, Castaños, Escobedo, Frontera, Lamadrid, Monclova,

Nadadores, Sacramento y San Buenaventura. • Región Desierto: Cuatro Ciénegas, Ocampo y Sierra Mojada. • Región Laguna: Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca. • Región Sureste: Arteaga, General Cepeda, Parras de la Fuente, Ramos Arizpe y Saltillo.

Población El conocimiento de la dinámica poblacional de la entidad es fundamental para la planeación del desarrollo, ya que la estructura y los cambios que se presenten en ella, se traducen en demandas de servicios indispensables para el desarrollo humano. 4.6. Gobierno y administración Los coahuilenses reclaman una Administración Pública enfocada a resultados y sintonizada con sus demandas. El Gobierno de la Gente busca consolidar una gestión pública transparente, moderna, incluyente y profesional, que permita a la ciudadanía hacer suyas las razones de interés público. Gobierno honesto y dinámico. La calidad en la prestación de los servicios y rapidez de trámites que se realizan en la Administración Pública Estatal, son ejemplo en el ámbito nacional. Coahuila es la entidad con mayor número de procesos de calidad certificados y es un estado pionero en innovación tecnológica gubernamental. Durante los últimos años se ha fortalecido la vida democrática, la convivencia social y laboral, la infraestructura para el desarrollo y se ha encaminado hacia una administración con resultados. 4.7. Economía

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Empleo e ingreso. Durante el periodo del 2000 al 2004, Coahuila se mantuvo por debajo del promedio nacional en crecimiento anual de empleos. Dicha tasa a nivel nacional pasó de un 4.5% al 2%, mientras que en el estado disminuyó del 5.6% al 2.1%. Como resultado, Coahuila pasó del séptimo lugar en generación de empleo, al vigésimo séptimo. La distribución del ingreso de la población económicamente activa (PEA), muestra al estado en mejor situación que el promedio nacional, ya que en Coahuila, el 68% de la PEA, recibe más de 2 salarios mínimos, mientras que a nivel nacional es 62%. El ingreso promedio en el estado por hora trabajada es de 28 pesos, mientras que el promedio nacional es de 24. En la entidad se encuentran sin empleo alrededor de 34 mil personas, y se prevé que en los próximos seis años se incorporen 94 mil a la fuerza laboral. Para satisfacer la demanda y cubrir el rezago existente, se requieren crear, por lo menos, 20 mil empleos anuales. Sector industrial. Coahuila cuenta con importantes agrupamientos industriales; en la región laguna están ubicadas las principales industrias textiles, agropecuarias y ligeras; en la sureste está concentrada la industria automotriz, así como empresas químicas, textiles y metalúrgicas; en la centro se encuentra una de las compañías siderúrgicas más grandes del país y en la norte, con un posicionamiento estratégico para los Estados Unidos de América, se ubican empresas maquiladoras. Además, posee una estructura industrial especializada en manufactura; este sector aporta el 37% del producto interno bruto estatal, y genera el 43% del empleo formal privado, a diferencia del promedio nacional, donde contribuye con el 20% de la producción y el 30% del empleo formal privado. La industria manufacturera estatal ocupa el cuarto lugar nacional en productividad por trabajador. Industria Manufacturera de Coahuila Las micro, pequeñas y medianas empresas (MPyMEs) constituyen un sector estratégico para el desarrollo económico y social de la entidad, no sólo porque representan el 98.5% de las empresas, sino por su potencial como fuente de oportunidades de crecimiento y de distribución del ingreso. Este tipo de empresas ocupa el 50.5% de las plazas laborales en la entidad. La visión de Coahuila en materia económica consiste en ser un estado con desarrollo económico dinámico y competitivo, con una proyección internacional que propicie el establecimiento de empresas de alto valor agregado, y generadoras de oportunidades de empleo, que provean a los coahuilenses de salarios dignos y condiciones laborales justas. 4.9. Medio Ambiente Los problemas ambientales son producto de un uso irracional e irresponsable del entorno natural. El deterioro ambiental impacta directamente en la calidad de vida de los habitantes. Residuos y contaminación. Los residuos sólidos generados por la población y las industrias representan un problema ambiental, ya que por su cantidad y composición, requieren de una gestión integral que permita reducir los efectos nocivos al entorno natural y a la salud. VI. Las Cuatro Vertientes Estratégicas del Gobierno de la Gente 1. Estrategias Generales y Regionales Desarrollo económico y empleo: La transformación productiva es necesaria para lograr un Coahuila más equitativo, en el que las familias tengan autonomía para satisfacer sus necesidades y decidir acerca de la vida que desean llevar. Crear los empleos que los coahuilenses demandan requiere un gran esfuerzo de coordinación entre gobierno, iniciativa privada, sindicatos, academia, institutos de investigación y sociedad, además de la consolidación de una infraestructura de comunicaciones suficiente y en buenas condiciones para que contribuya de forma significativa al desarrollo económico y multiplique el rendimiento de las inversiones, la competitividad y la riqueza de la entidad.

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El desafío no es fácil, debemos hacerlo sin abaratar la mano de obra calificada de los trabajadores coahuilenses que han construido un prestigio internacional y evitar la sobrexplotación de los recursos naturales que ponga en riesgo la subsistencia de las futuras generaciones. Al mismo tiempo, asegurar entre la población una adecuada distribución de los frutos del crecimiento. Compromiso con la sustentabilidad ambiental: La sociedad actual enfrenta serios problemas derivados del progresivo deterioro ambiental que generan las actividades cotidianas de un desarrollo basado en el uso irracional de los recursos naturales. En este contexto, se enfrentará el problema de resolver las necesidades presentes sin abusar del entorno, de trascender la inmediatez y sentar las bases de un desarrollo sustentable que propicie la equidad social a la par de un crecimiento económico respetuoso de los principios de la ecología sin comprometer la viabilidad de subsistencia de las generaciones futuras. Coahuila está dividida en seis regiones diferenciadas por su fisiografía, recursos naturales, clima y actividades económicas: norte, carbonífera, centro, desierto, laguna y sureste. Por ello, se ha planteado la instrumentación de estrategias regionales que parten de una premisa básica: favorecer el desarrollo integral de las regiones bajo el criterio de un progreso equilibrado, armónico y conforme a su propia vocación productiva. Estas estrategias derivadas de los cuatro ejes serán puestas en marcha con el propósito de otorgar a los coahuilenses las condiciones adecuadas para su bienestar, su empleo y su seguridad, y para que la justicia social, largamente retrasada, llegue a todos por igual sin sacrificar la estabilidad económica y el crecimiento sustentable. Coahuila está dividida en seis regiones diferenciadas por su fisiografía, recursos naturales, clima y actividades económicas: norte, carbonífera, centro, desierto, laguna y sureste. Por ello, se ha planteado la instrumentación de estrategias regionales que parten de una premisa básica: favorecer el desarrollo integral de las regiones bajo el criterio de un progreso equilibrado, armónico y conforme a su propia vocación productiva. 03 Región Centro En lo económico, se promoverá la expansión de las operaciones de las industrias metalmecánica y siderúrgica; se desarrollará la vocación productiva en los municipios de menores fuentes de ingreso para incorporarlos al sector productivo, y particularmente se implementarán empresas sociales en Abasolo y Candela. Se creará un programa de infraestructura vial en toda la región; se rehabilitarán vías de comunicación interregional y se construirán caminos vecinales. Parte de las obras prioritarias son la construcción del puente en la entrada a Castaños, la construcción de cuatro puentes sobre el arroyo en Frontera, el Puente Cal y Canto en Monclova y la ampliación a cuatro carriles de la carretera San Buenaventura-Cuatro Ciénegas. Asimismo, se aumentará la cobertura de comunicación telefónica en la región. LEY DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 6 DE JUNIO DE 2008. Ley publicada en el Periódico Oficial, el martes 8 de diciembre de 1998 EL C. ROGELIO MONTEMAYOR SEGUY, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:

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QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NUMERO 218.-

LEY DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA TITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DE LOS OBJETIVOS Y DE LAS DEFINICIONES (REFORMADO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) ARTICULO 1º.- La presente ley es reglamentaria del artículo 172 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, de orden público e interés social, así como de observancia general en la entidad y tiene por objeto establecer las bases jurídicas necesarias para: I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar; II.- Definir los principios y los criterios de la política ambiental en la entidad, así como normar los instrumentos y procedimientos para su aplicación; (REFORMADA, P.O. 20 DE MARZO DE 2001) X.- Establecer las atribuciones que, en el ámbito de sus respectivas competencias, correspondan al Gobierno del Estado y a los gobiernos municipales en materia ambiental, así como las que les competan bajo el principio de fidelidad municipal, conforme lo previsto por el artículo 172 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás disposiciones aplicables. ARTICULO 10.- Además, la Secretaría, tendrá las siguientes atribuciones: XII.- Evaluar, en la esfera de su competencia, el impacto ambiental y los riesgos que se puedan generar con la ejecución de obras y actividades públicas, privadas y sociales, así como, en su caso, autorizar su realización cuando así resulte procedente en los términos previstos por esta ley y sus reglamentos; XIII.- Expedir, en el ámbito de su competencia, los permisos y licencias que correspondan; ARTICULO 11.- Para los efectos de lo dispuesto en esta ley, los ayuntamientos tendrán las siguientes atribuciones: I.- Formular, conducir y evaluar la política ambiental municipal, en congruencia con la política estatal sobre la materia; II.- Aplicar los instrumentos de la política ambiental previstos en las disposiciones legales aplicables en la materia; III.- Llevar a cabo la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación o al Estado; V.- Aplicar las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos municipales e industriales que no estén considerados como peligrosos;

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(REFORMADA, P.O. 20 DE MARZO DE 2001) XXIII.- Emitir opinión respecto a la evaluación del impacto ambiental de obras o actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito de sus circunscripciones territoriales; XXIV.- Otorgar autorizaciones para uso de suelo, licencias de construcción u operación en los términos previstos por las disposiciones aplicables; y siempre que la evaluación del impacto ambiental resulte satisfactoria. SECCION II De los Programas de Ordenamiento Ecológico Estatal y Municipal ARTICULO 25.- El Programa de Ordenamiento Ecológico municipal deberá contener: X.- El impacto ambiental de nuevos asentamientos humanos, obras o actividades, así como también el que acusen a la fecha cada uno de los ecosistemas comprendidos en el municipio. ARTICULO 26.- Los Programas de Ordenamiento Ecológico a que se refiere esta ley, deberán ser considerados por las instancias respectivas, en sus correspondientes ámbitos de competencia en: I.- El programa estatal de desarrollo urbano, obras, permisos y autorizaciones federales; II.- Los planes de desarrollo urbano estatal y municipales; IV.- Las autorizaciones relativas al uso del suelo en el ámbito estatal y municipal según corresponda; IX.- La fundación de nuevos centros de población; SECCION IV De los Instrumentos Económicos ARTICULO 31.- El Ejecutivo del Estado, en el ámbito de su competencia, diseñará, desarrollará y aplicará instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, y mediante los cuales se buscará: I.- Promover un cambio en la conducta de las personas que realicen actividades industriales, comerciales y de servicios, de tal manera que sus intereses sean compatibles con los intereses colectivos de la protección ambiental y de desarrollo sustentable;

SECCION VI De la Evaluación del Impacto Ambiental (REFORMADO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) ARTICULO 38.- La evaluación del impacto ambiental, es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría: I.- Las obras y actividades, destinadas a la prestación de un servicio público o para el aprovechamiento de recursos naturales no reservados a la Federación;

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II.- Vías estatales y municipales de comunicación, incluidos los caminos rurales; III.- Parques y zonas industriales, incluidas las plantas agroindustriales estatales o municipales y centrales de abasto; IV.- Plantas de tratamiento, recuperación y sitios de disposición final de desechos sólidos no peligrosos; V.- La instalación y funcionamiento de establecimientos industriales contaminantes, salvo en los casos de competencia Federal conforme a la LGEEPA u otras disposiciones legales aplicables; VI.- Conjuntos habitacionales, fraccionamientos y nuevos centros de población; VII.- Desarrollos turísticos estatales o municipales; VIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia estatal, que puedan causar desequilibrios ecológicos, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente; y IX.- Las demás obras y actividades que se determinen en los reglamentos; así como todas aquellas no reservadas a la Federación. El reglamento de la presente ley determinará las obras o actividades a que se refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente y que, por lo tanto, no deban sujetarse al procedimiento de evaluación del manifiesto de impacto ambiental sino al informe preventivo previsto en este ordenamiento. (REFORMADO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) ARTICULO 39.- Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 38 de esta ley, los interesados deberán presentar a la Secretaría, una manifestación de Impacto ambiental, la cual deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente. Si después de la presentación de una manifestación de impacto ambiental se realizan modificaciones al proyecto de la obra o actividad respectiva, los interesados deberán hacerlas del conocimiento de la Secretaría, a fin de que ésta, en un plazo no mayor de diez días hábiles les notifique si es necesaria la presentación de información adicional para evaluar los efectos al ambiente, que pudiesen ocasionar tales modificaciones, en los términos de lo dispuesto en esta ley. En cuanto a los contenidos del informe preventivo, así como a las características y las modalidades general, intermedia y específica de las manifestaciones de impacto ambiental, las autoridades estatales se ajustarán, en su caso, a los contenidos y características que determine la Federación en lo referente a guías y formatos para la elaboración del informe preventivo y del manifiesto de impacto ambiental. ARTICULO 40.- La realización de las obras y actividades a que se refieren las fracciones I a IX del artículo 38 de esta ley, requerirán la presentación antes de iniciar la obra o actividad, de un informe preventivo y no de una manifestación de impacto ambiental, cuando: I.- Existan normas oficiales mexicanas que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales no reservados a la Federación y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades;

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II.- Se trate de instalaciones industriales ubicadas en parques industriales autorizados en los términos de la presente ley; y III.- Los interesados consideren que la obra o actividad que pretenda llevar a cabo no causará desequilibrios ecológicos ni rebasará los límites y condiciones establecidos en los reglamentos y normas oficiales mexicanas que resulten aplicables. (REFORMADO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) En los casos anteriores, la Secretaría una vez analizado el informe preventivo, determinará, en un plazo no mayor de veinte días hábiles, si se requiere la presentación de una manifestación de impacto ambiental en algunas de las modalidades previstas en el reglamento de la presente ley, o si se está en alguno de los supuestos señalados. (REFORMADA, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) ARTICULO 41.- Una vez que la Secretaría reciba una manifestación de impacto ambiental e integre el expediente a que se refiere la presente ley, la pondrá a disposición del público, con el fin de que pueda ser consultada por cualquier persona. Los promoventes de la obra o actividad podrán requerir que se mantenga en reserva la información que haya sido integrada al expediente y que, de hacerse pública, pudiera afectar derechos de propiedad industrial, y la confidencialidad de la información comercial que aporte el interesado. (REFORMADO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) La Secretaría, a solicitud de cualquier persona de la comunidad de que se trate, podrá llevar a cabo una consulta pública, conforme a las siguientes bases: (REFORMADA, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) I.- El promovente deberá publicar a su costa, un extracto del proyecto de la obra o actividad en un periódico de amplia circulación en el estado, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que se presente la manifestación de impacto ambiental ante la Secretaría; (REFORMADA, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) II.- Cualquier ciudadano, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación del extracto del proyecto en los términos antes referidos, podrá solicitar por escrito a la Secretaría ponga a disposición del público en la entidad, la manifestación de impacto ambiental; (REFORMADA, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) III.- Cuando se trate de obras o actividades que puedan generar desequilibrios ecológicos o daños a la salud pública o a los ecosistemas, de conformidad con lo que señale el reglamento de la presente ley, la Secretaría, en coordinación con las autoridades municipales, podrá organizar una reunión pública de información en la que el promovente explicará los aspectos técnicos ambientales de la obra o actividad de que se trate; (REFORMADA, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) IV.- Cualquier interesado, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de que la Secretaría ponga a disposición del público la manifestación de impacto ambiental en los términos de este artículo podrá proponer el establecimiento de medidas de prevención y mitigación adicionales, así como las observaciones que considere pertinentes; y V.- La Secretaría agregará las observaciones realizadas por los interesados al expediente respectivo y consignará, en la resolución que emita, el proceso de consulta pública realizado y los resultados de las observaciones y propuestas que por escrito se hayan formulado. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) ARTICULO 42.- Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría en un plazo no mayor a diez días hábiles integrará el expediente respectivo para lo cual revisará que la solicitud se

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ajuste a las formalidades previstas en esta ley, su reglamento, normas oficiales mexicanas y demás información que resulten aplicables, para posteriormente iniciar con el procedimiento de evaluación. Una vez evaluada la manifestación de impacto ambiental, la Dirección emitirá, debidamente fundada y motivada, la resolución correspondiente en la que podrá: I.- Autorizar la realización de la obra o actividad de que se trate, en los términos solicitados; II.- Autorizar la obra o actividad de que se trate, de manera condicionada a la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales de prevención y mitigación, a fin de que se eviten, atenúen o compensen los impactos ambientales adversos susceptibles de ser producidos en la construcción, operación normal y en caso de accidente. Cuando se trate de autorizaciones condicionadas, la Dirección señalará los requerimientos que deban observarse en la realización de la obra o actividad prevista; y III.- Negar la autorización solicitada, cuando: a) Se contravenga lo establecido en esta ley, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables; b) La obra o actividad de que se trate pueda propiciar que una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción o cuando se afecte a una de dichas especies; y c) Exista falsedad en la información proporcionada por los promoventes, respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad de que se trate. La Dirección podrá exigir el otorgamiento de seguros o garantías respecto del cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización, en aquellos casos expresamente señalados en el reglamento de la presente ley, cuando durante la realización de las obras puedan producirse daños graves a los ecosistemas. La resolución de la Dirección sólo se referirá a los aspectos ambientales de las obras y actividades de que se trate. ARTICULO 47.- Cuando las obras o actividades señaladas en el artículo 38 de esta ley requieran, además de la autorización en materia de impacto ambiental, contar con autorización de inicio de obra, se deberá verificar que el responsable cuente con la autorización de impacto ambiental expedida en términos de lo dispuesto en este ordenamiento. (REFORMADO P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2006) Así mismo, la Secretaría, a solicitud del promovente, integrará a la autorización en materia de impacto ambiental, los demás permisos, licencias y autorizaciones de su competencia, que se requieran para la realización de las obras y actividades a que se refiere este artículo. ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 3 DE ABRIL DE 2009. Ley publicada en el Periódico Oficial, el martes 26 de julio de 1994. LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA D E C R E T A : N U M E R O.- 532 CAPITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES

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ARTICULO 2.- Se declara de utilidad pública: I.- La planeación del desarrollo urbano y la ordenación de los asentamientos humanos en el Estado; II.- La determinación de las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios, así como la regulación de la propiedad pública y privada en los centros de población, con objeto de que la planeación del desarrollo urbano cumpla su cometido en función del orden público y del interés general; ARTICULO 7.- Las autorizaciones, permisos, licencias y constancias expedidas por las autoridades competentes deberán cumplir con los siguientes requisitos: I.- Croquis del predio y de su localización precisa, indicando distancias a vialidades existentes; II.- La documentación que en los términos que establezcan las normas aplicables, acredite fehacientemente la propiedad o legítima posesión sobre el inmueble de que se trate; (REFORMADA, P.O. 20 DE MARZO DE 2001) III.- La constancia de libertad de gravámenes expedida por la Oficina del Registro Público que corresponda; IV.- La documentación que acredite que el solicitante está al corriente en el pago del impuesto predial; V.- Si el solicitante actúa a nombre y representación de un tercero, deberá acreditar su mandato en los términos de las leyes aplicables. Sin esta circunstancia se tendrá por no presentada la solicitud. (REFORMADA, P.O. 21 DE JUNIO DE 1996) Las autorizaciones, permisos, licencias, constancias y documentos a que se refiere este artículo, deberán estar vigentes conforme a las normas que regulan su expedición a la fecha de presentación de la solicitud. Tratándose de aquellos referidos en las fracciones III y V, la fecha de expedición de los mismos no deberá ser mayor de 90 días. ARTICULO 11.- Las autoridades competentes proporcionarán, a solicitud del interesado y conforme a lo dispuesto por el artículo anterior, los lineamientos y formatos generales para el otorgamiento de las autorizaciones, permisos, licencias y constancias del uso del suelo, subdivisiones, fusiones, relotificaciones, fraccionamientos, construcciones y demás a que se refiere esta ley. ARTICULO 12.- Las constancias, autorizaciones, licencias y permisos, que establece esta ley, deberán tomar en cuenta los siguientes aspectos: I.- Las zonas, áreas y predios en que se permitan; CAPITULO TERCERO DEL DESARROLLO URBANO ARTICULO 28.- Es materia de desarrollo urbano la planeación, ordenación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, así como las provisiones, usos, reservas y destinos del suelo urbano en el Estado. (REFORMADO, P.O. 2 DE NOVIEMBRE DE 2007) ARTICULO 29.- Las declaratorias sobre provisiones, usos, y destinos de áreas y predios, se harán conforme a la utilidad pública y el interés social, así como a la naturaleza jurídica del derecho de propiedad, derivado de lo previsto en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución General de la República y en los artículos 1323 y 1324 del Código Civil de Coahuila.

Los ayuntamientos expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios para tal efecto.

ARTICULO 30.- Los derechos de propiedad y de posesión, así como cualquier otro derecho real o personal derivado de la tenencia de áreas y predios, serán ejercidos por sus titulares en forma tal que no sea alterado el orden público, afectado el interés general o los derechos de terceros y evitando que se contraríen las disposiciones de los planes y programas de desarrollo urbano y de las declaratorias de

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provisiones, usos, reservas y destinos que se expidan, debidamente inscritos en la forma prevista por esta ley y demás disposiciones aplicables. ARTICULO 35.- Los municipios y las autoridades estatales cuando corresponda, se abstendrán de expedir autorizaciones, permisos o licencias de funcionamiento a los establecimientos industriales, comerciales o de servicios, cuando por ello se propicien actividades que contravengan las disposiciones de esta ley y los planes, programas y declaratorias de desarrollo urbano vigentes. Toda autorización que se expida en contrario a lo dispuesto por este artículo será nulo de pleno derecho y por lo tanto, no surtirá efecto alguno, independientemente de las sanciones a que se haga acreedor el servidor público que la expida. ARTICULO 36.- Para los efectos de la presente ley, se entiende por planeación del desarrollo urbano la programación de actividades y estrategias para alcanzar objetivos de ordenación y regulación de los asentamientos humanos en la entidad, mediante acciones, inversiones, obras y servicios que, con base en las atribuciones de las autoridades competentes en materia de fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, tiene como propósito alcanzar el equilibrado desarrollo urbano estatal, regional y municipal, de conformidad con esta ley y los objetivos, metas, políticas e instrumentos previstos en los planes y programas de desarrollo urbano y las declaratorias de provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios que sean aplicables. SECCION PRIMERA DE LA PLANEACION DEL DESARROLLO URBANO ARTICULO 43.- Los programas de desarrollo urbano previstos en esta ley, contendrán los elementos necesarios para ser congruentes y homogéneos en sí mismos y respecto de la planeación nacional, estatal y municipal para el desarrollo, así como para su correcta ejecución técnica, jurídica y administrativa. Su contenido hará referencia, cuando menos, a las siguientes materias: I.- Introducción, en la que se hagan explícitos los fundamentos del análisis que sirvió de base al plan o programa y la filosofía de su contenido; II.- Diagnóstico, en el que se analizarán la situación actual y las tendencias del área o sectores del desarrollo urbano que comprenda el programa, en sus aspectos socioeconómicos, físicos, poblacionales, de infraestructura, equipamiento, servicios, de vivienda y demás que sea necesario considerar; III.- Objetivos, en los que se contemplarán los propósitos o finalidades que se pretenden alcanzar con la ejecución del programa respectivo; ARTICULO 48.- Los programas municipales de desarrollo urbano contendrán, además de los elementos básicos a que se refiere el artículo 43 de esta ley, los siguientes: I.- Los mecanismos que establezcan la congruencia del Programa Municipal de Desarrollo Urbano, con los Planes Nacional, Estatal y Municipal de Desarrollo; VIII.- Los usos y destinos del suelo en el municipio; y SECCION SEGUNDA DEL CONTROL DEL DESARROLLO URBANO ARTICULO 84.- La constancia de uso del suelo es independiente y condiciona la expedición por parte de las autoridades competentes, de autorizaciones, permisos, licencias o concesiones que se deriven de esta ley; tales como, fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones, construcciones, demoliciones, adaptaciones de obras, condominios y urbanizaciones.

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ARTICULO 86.- Para utilizar un área, predio o construcción en un uso o destino determinado, los propietarios o poseedores deberán obtener la constancia de uso del suelo correspondiente. La presentación de la constancia, será necesaria para iniciar el trámite de la licencia de construcción respectiva. ARTICULO 87.- La constancia de uso del suelo, con base en la zonificación prevista en los programas y declaratorias de desarrollo urbano, señalará los usos o destinos de áreas y predios permitidos, condicionados o prohibidos. SECCION TERCERA DE LA INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS URBANOS ARTICULO 98.- La solicitud para autorizar la instalación, construcción o modificación, en todo o en parte, de algunos de los sistemas de infraestructura básica, del equipamiento primario o de servicios urbanos, deberá presentarse por escrito, acompañada de los siguientes elementos: I.- Un plano de conjunto de la zona de influencia, señalándose la extensión y ubicación de la obra; VII.- Las constancias de uso del suelo; y ARTICULO 99.- Para el estudio de la solicitud a que se refiere el artículo anterior, la autoridad correspondiente tomará en consideración los siguientes aspectos: VII.- El impacto ambiental; y VIII.- La estructura vial y el sistema de transporte. ARTICULO 100.- Todos los proyectos relativos a la estructura vial primaria, deberán ser sometidos a la consideración de la autoridad competente, quien determinará la forma como queden contenidos en los programas de desarrollo urbano respectivos. SECCION QUINTA DE LA ZONIFICACION Y LAS DECLARATORIAS EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 2 DE NOVIEMBRE DE 2007) ARTICULO 117.- Los usos y destinos que podrán asignarse en los programas de desarrollo urbano son: I.- Habitacionales; II.- De servicios; III.- Industriales; IV.- Espacios abiertos; V.- Infraestructura; VI.- Equipamiento; VII.- Agropecuarios, Forestales y Acuíferos; VIII.- Patrimonio Cultural y Natural; y IX.- Los demás que se establezcan en los programas, y que sean compatibles con los anteriores. ARTICULO 118.- Los planes o programas directores de desarrollo urbanos establecerán las normas de aprovechamiento de los predios, indicando: I.- Los usos permitidos, prohibidos o condicionados; II.- Las normas aplicables a los usos condicionados; III.- La compatibilidad entre los usos permitidos;

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CAPITULO SEPTIMO DE LAS CONSTRUCCIONES ARTICULO 255.- Toda obra de construcción, reconstrucción, adaptación, demolición y ampliación de edificaciones, requerirá de licencia previamente expedida por el ayuntamiento del municipio en que pretenda realizarse de conformidad con esta ley, el reglamento y las normas técnicas para la construcción en el Estado y demás disposiciones jurídicas aplicables. ARTICULO 256.- La licencia de construcción es el documento expedido por las autoridades competentes, por medio del cual se autoriza a los propietarios o poseedores de un predio para construir, ampliar, modificar, reparar o demoler una edificación o instalación. Este documento será indispensable para el inicio de la construcción de cualquier obra. REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA P.O. 30 / 14 DE ABRIL DE 2006 CAPITULO I De la competencia y organización de la Secretaría ARTÍCULO 1.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es la dependencia de la Administración Pública Estatal encargada de auxiliar al titular del Poder Ejecutivo en la formulación, ejecución y evaluación de los programas y políticas estatales en las materias de ecología, recursos naturales, saneamiento ambiental, agua, desarrollo urbano, minería, vida silvestre y recursos forestales, con las funciones y atribuciones que expresamente le encomienda la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Gobernador del Estado. CAPITULO III De las Subsecretarías y de la Secretaría Técnica ARTÍCULO 8.- Corresponde al Subsecretario de Control Ambiental, previo acuerdo del Secretario, las siguientes facultades y obligaciones: IV. Coordinar la evaluación y dictaminación de los manifiestos e informes preventivos de impacto ambiental de competencia estatal, relativos a la realización de obras y actividades públicas, privadas y sociales en los términos previstos en la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Coahuila y sus reglamentos y en su caso emitir las resoluciones o autorizaciones correspondientes; V. Establecer, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, los lineamientos generales de carácter técnico y administrativo para la expedición, trámite y revisión de la documentación relativa a la presentación de manifestaciones de impacto ambiental e informes preventivos de impacto ambiental; VI. Requerir el otorgamiento de seguros y garantías respecto al cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones de impacto ambiental; VII. Formular, publicar, actualizar y poner a disposición del público las guías para la presentación de los diferentes trámites que se efectúan en la Subsecretaría a su cargo; VIII. Dictar y ejecutar las medidas de prevención, de control, de seguridad y de mitigación de impacto de obras y actividades públicas, privadas y sociales, resultantes de la evaluación de impacto ambiental; Promover, apoyar y organizar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, foros de consulta, reuniones de análisis, talleres y grupos de trabajo para que se recaben y evalúen propuestas, comentarios, planteamientos y recomendaciones de organizaciones y personas interesadas en la preservación y restauración del ambiente, el aprovechamiento sustentable de los

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recursos naturales y la prevención del deterioro ambiental, y participar en el proceso de consulta pública en torno a los proyectos que se sometan al procedimiento de evaluación del impacto ambiental; XII. Recibir, revisar, verificar y registrar las solicitudes y documentación presentada por profesionales y empresas capacitadas para la realización de auditorías ambientales, manifiestos de impacto ambiental, informes preventivos y demás estudios en materia ambiental que desean inscribirse en el Padrón de Prestadores de Servicios a cargo de esta Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como controlar un sistema electrónico de información; ARTÍCULO 10.- Corresponde al Subsecretario de Medio Ambiente Urbano, previo acuerdo del Secretario, las siguientes facultades y obligaciones: XXI.- Promover la creación de reservas territoriales estratégicas para la construcción de vivienda, obras públicas, vialidades y demás obras necesarias de desarrollo urbano ARTÍCULO 17.- Corresponde al Director de Ordenamiento Territorial, previo acuerdo con el Subsecretario de Medio Ambiente Urbano: IV.- Elaborar los proyectos de constancias, autorizaciones, licencias y permisos que la ley le atribuye en la materia a la Secretaría o a la Subsecretaría, conforme a lo previsto en la normatividad aplicable y el programa estatal de desarrollo urbano; ARTÍCULO 23.-Corresponde al Titular de la Coordinación de Inspectores, previo acuerdo con el Subsecretario de Control Ambiental; XIV.- Elaborar las propuestas de resolución de impacto ambiental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Coahuila y sus reglamentos aplicables;

XV.- Integrar y mantener actualizado el registro de las evaluaciones de impacto ambiental e informes

preventivos; ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 15 DE ENERO DE 2008 Ley publicada en el Periódico Oficial, el martes 11 de junio de 1996. LEY DE PROTECCION CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA EL C. ROGELIO MONTEMAYOR SEGUY, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COHAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED: QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; D E C R E T A : N U M E R O . - 268 LEY DE PROTECCION CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1°.- La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer las bases para la prevención, auxilio y apoyo a la población ante la eventualidad de catástrofes, calamidades o desastres públicos en la entidad y sus municipios, estableciéndose para ello el Sistema Estatal de Protección Civil. (REFORMADO, P.O. 25 DE NOVIEMBRE DE 2005) ARTICULO 2°.- Corresponde al Ejecutivo del Estado y a los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, la aplicación de las disposiciones de la presente ley.

CAPITULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES

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ARTICULO 8°.- Son autoridades en materia de protección civil: I.- El Gobernador del Estado; II.- El Secretario de Gobierno; III.- (DEROGADA, P.O. 25 DE NOVIEMBRE DE 2005) (REFORMADA, P.O. 15 DE ENERO DE 2008) IV.- El Subsecretario de Protección Civil; (REFORMADA, P.O. 20 DE MARZO DE 2001) V.- Los Ayuntamientos de la entidad, por conducto de sus Presidentes Municipales en sus respectivos ámbitos de competencia; y (REFORMADA, P.O. 20 DE MARZO DE 2001) VI.- Las demás que con ese carácter estén previstas por éste u otros ordenamientos aplicables. ARTICULO 9°.- Corresponde al Gobernador del Estado dictar las medidas que estime convenientes para el adecuado funcionamiento de las instancias que integran el Sistema Estatal de Protección Civil, así como emitir las normas, políticas y lineamientos necesarios para: I.- Velar por la exacta observancia de las medidas que en materia de protección civil se implementen en la entidad; (REFORMADA, P.O. 20 DE MARZO DE 2001) II.- Promover la eficiente coordinación de esfuerzos y acciones entre los gobiernos estatal y municipales, en el marco del Municipalismo Cooperativo e Interdependiente, así como promover una amplia participación de la comunidad en el establecimiento de las medidas tendientes a prevenir y, en su caso, apoyar a la población en casos de desastres, calamidades y catástrofes; ARTICULO 11.- Corresponde, en el ámbito de su competencia, al Subsecretario de Protección Civil: XXI.- Aplicar, en el ámbito de su competencia, las sanciones que correspondan por infracciones a la presente ley; XXII.- Expedir los certificados de autorización para el funcionamiento de los grupos voluntarios en materia de protección civil; y XXIII.- Las demás que establezcan la presente ley y otras disposiciones aplicables. (REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 20 DE MARZO DE 2001) ARTICULO 12.- Son atribuciones de los ayuntamientos por conducto de sus Presidentes Municipales, en materia de protección civil: I.- Establecer las medidas necesarias para la debida observancia y cumplimiento de las disposiciones en materia de protección civil; CAPITULO TERCERO DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS FISICAS Y MORALES EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL ARTICULO 13.- Las personas físicas o morales que desarrollen cualquier actividad que implique riesgo a la población civil, su integridad física y patrimonio, quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.

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ARTICULO 14.- Las personas físicas y morales a que se refiere el artículo anterior tendrán las siguientes obligaciones: I.- Elaborar y presentar ante las autoridades competentes, los programas de prevención de accidentes, internos y externos, conforme a las disposiciones que establezcan los ordenamientos aplicables; II.- Formular los programas de protección civil, de contingencias, simulacros, rutas de evacuación y demás que sean necesarios para la prevención de situaciones de riesgo, así como aquellos que, conforme a las disposiciones aplicables, les requieran para tal efecto las autoridades competentes; III.- Permitir a los verificadores de protección civil el acceso a sus instalaciones, a efecto de que practiquen las actividades de supervisión que establecen la presente ley y otras disposiciones aplicables; IV.- Observar, y en su caso, aplicar las normas técnicas y las medidas de prevención y protección civil que legalmente procedan; V.- Establecer y organizar los Comités de Ayuda Mutua que se requieran para la prevención de accidentes, así como para responder ante la eventualidad de una catástrofe, calamidad o desastre públicos; VI.- Atender las recomendaciones y medidas que establezcan las autoridades competentes, como resultado de la supervisión que se realice en las instalaciones y procesos correspondientes; VII.- Proporcionar la información que les sea requerida por las autoridades competentes para la integración de planes y programas tendientes a la prevención de siniestros; (REFORMADA, P.O. 25 DE NOVIEMBRE DE 2005) VIII.- Prestar apoyo en caso de siniestro en cualquier parte de la entidad, cuando así se les requiera por parte de las autoridades de Protección Civil, con el personal y equipo especializado de que dispongan y que deberá estar registrado en el Atlas Estatal de Riesgos, a que se refiere la fracción XXIII, del artículo 4º. de esta ley; y ARTICULO 15.- Los administradores, gerentes, poseedores, arrendatarios o propietarios de inmuebles que por su propia naturaleza o por el uso a que sean destinados, reciban una afluencia masiva y permanente de personas, están obligados a preparar un programa específico de protección civil, conforme a las disposiciones de la presente Ley. ARTICULO 16.- Las escuelas, fábricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales y otros establecimientos en los que haya afluencia de público, en coordinación con las autoridades competentes, deberán practicar simulacros de protección civil cuando menos dos veces al año. ARTICULO 18.- Los programas de prevención de accidentes de nivel externo que deberán ser presentados ante las autoridades competentes por las personas físicas o morales a que se refiere el presente Capítulo, contendrán cuando menos los siguientes aspectos: I.- La organización local para la prevención de accidentes en la que participará la empresa, planta o establecimiento, para coordinar las actividades relacionadas con el nivel externo; II.- Los equipos y servicios de emergencia con que cuenten, para su posible aplicación en el exterior de la empresa, planta o establecimiento; III.- El plan de emergencias con capacidad de respuesta a siniestros, incluyendo acciones de alarma, comunicación, atención, control, retorno y recuperación de los sectores externos de la comunidad afectados por desastres, calamidades o catástrofes causados por la empresa, planta o establecimiento;

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IV.- Los sistemas de comunicación y alarma necesarios para atender siniestros que rebasen o puedan rebasar los limites de la empresa, planta o establecimiento; V.- Los procedimientos para el retorno a condiciones normales y de recuperación de la población expuesta o afectada por los siniestros causados; VI.- Los programas de capacitación y entrenamiento dirigidos a los organismos, instituciones y población local expuestos a riesgos; VII.- Los programas de simulacros en los que participen autoridades, organismos, instituciones y la población local; VIII.- La orientación necesaria para la prevención y acciones en caso de siniestros dirigido a la comunidad local; IX.- La actualización del programa para la prevención de accidentes de nivel externo; y X.- Los demás que determinen la presente Ley, las autoridades competentes y otras disposiciones aplicables; ARTICULO 19.- Cuando las personas físicas o morales a que se refiere este capítulo hayan presentado para su autorización los programas de prevención de accidentes, internos o externos, a una autoridad diferente de las facultadas por esta ley, será suficiente para cumplir con lo previsto en este ordenamiento que entreguen una copia de los programas de referencia debidamente certificados por la autoridad competente.

REGLAMENTO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO. Publicado: D.O.F. del 28 de junio de 1999.

En el Capítulo I define los siguientes términos interesantes para este proyecto.

Disposiciones Generales

Artículo 1. Objeto y Ámbito de Aplicación. Este ordenamiento tiene por objeto regular las ventas de primera mano y los servicios de transporte, almacenamiento y distribución de Gas Licuado de Petróleo.

Las ventas de primera mano y el transporte, almacenamiento y distribución de Gas L.P., son actividades de exclusiva jurisdicción federal, de conformidad con el artículo noveno de la Ley. En consecuencia, únicamente el Gobierno Federal puede dictar las disposiciones técnicas, reglamentarias, de seguridad y de regulación que las rijan.

Normas aplicables:

NOM-001-SEDG-1996.- Plantas de Almacenamiento para gas L.P. Diseño y Construcción.

NOM-021/1-SCFI-1993, en donde se establecen los requisitos generales para los recipientes sujetos a presión no expuestos a calentamientos por medios artificiales para contener gas L.P., tipo no portátil.

NOM-021/2-SCFI-1993, que regula los recipientes sujetos a presión no expuestos a calentamientos por medios artificiales para contener gas L. P., tipo no portátil, destinados a plantas de almacenamiento para distribución y estaciones de aprovisionamiento de vehículos.

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NOM021/4-SFCI, RECIPIENTES sujetos a presión no expuestos a calentamiento por medios artificiales para contener gas L.P., tipo no portátil. Automóviles y camiones para usarse como depósito de combustible en motores.

NOM-025-SCFI-1993 que determina el diseño y construcción de las estaciones de gas L.P. con almacenamiento fijo.

NOM-002-STPS-1993.- relativa a las condiciones de seguridad para prevención y protección contra incendio en los centros de trabajo. NOM-005-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles. NOM-010-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

NOM-20-STPS-2003, relativa a las condiciones de seguridad e higiene para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión que operen en los centros de trabajo. NOM-026-STPS-1998.- relativa a seguridad, código de colores.

NOM-103-STPS-1994.- relativa a la seguridad extintores contra incendio a base agua con presión contenida. NOM-104-STPS-1994.- relativa a la seguridad extintores contra incendio a base de polvo químico seco tipo ABC, a base de fosfato mono amónico.

NOM-002-SEMARNAT-1996. que regula los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano, establecidos en la Norma Oficial Mexicana: NOM-052-SEMARNAT-2005.- Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NOM-003-SCT2/1994.- Para el transporte terrestre de materiales y residuos peligroso. Características de las etiquetas de envases y embalajes destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos. NOM-004-SCT2/1994.- Sistema de identificación de unidades destinadas al transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. NOM-005-SCT2-1994.- Información de emergencia para el transporte terrestre de sustancias, materiales y residuos peligrosos.

NOM-006-SCT2-1994.- Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada al autotransporte de materiales y residuos peligrosos. NOM-010-SCT2-1994.- Disposiciones de compatibilidad y segregación para el almacenamiento y transporte de sustancias y residuos peligrosos. NOM-011-SCT2-1994.- Condiciones para el transporte de las sustancias, materiales y residuos peligrosos en cantidades limitadas. NOM-012-SCT2-1994.- Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL  MODALIDAD PARTICULAR 

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NOM-019-SCT2-1994.- Disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de sustancias y residuos peligrosos en las unidades que transportan materiales y residuos peligrosos.

NOM-023-SCT2-1994.- Información técnica que debe contener la placa que portará el autotanque, recipientes metálicos intermedios a granel y envases con capacidad mayor a 500 litros que transportan materiales y residuos peligrosos. NOM-028-SCT2-1998.- Disposiciones especiales para el transporte de líquidos inflamables.

III.3. Análisis de los instrumentos normativos. Identificar y analizar los instrumentos normativos que regulan la totalidad o parte del proyecto; entre otros, los siguientes:

• Leyes: LGEEPA, leyes estatales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. • Plan Nacional de Desarrollo Urbano 2007-2012 • Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012 • Reglamentos: Reglamentos de la LGEEPA, reglamentos de las leyes estatales del Equilibrio

Ecológico y la Protección al Ambiente, entre otras. • Reglamento de Gas Licuado de Petróleo. • Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas de Referencia y acuerdos

normativos:

Normas aplicable:

NOM-001-SEDG-1996.- Plantas de Almacenamiento para gas L.P. Diseño y Construcción.

NOM-021/1-SCFI-1993, en donde se establecen los requisitos generales para los recipientes sujetos a presión no expuestos a calentamientos por medios artificiales para contener gas L.P., tipo no portátil.

NOM-021/2-SCFI-1993, que regula los recipientes sujetos a presión no expuestos a calentamientos por medios artificiales para contener gas L. P., tipo no portátil, destinados a plantas de almacenamiento para distribución y estaciones de aprovisionamiento de vehículos. NOM021/4-SFCI, RECIPIENTES sujetos a presión no expuestos a calentamiento por medios artificiales para contener gas L.P., tipo no portátil. Automóviles y camiones para usarse como depósito de combustible en motores. NOM-025-SCFI-1993 que determina el diseño y construcción de las estaciones de gas L.P. con almacenamiento fijo.

NOM-002-STPS-1993.- relativa a las condiciones de seguridad para prevención y protección contra incendio en los centros de trabajo. NOM-005-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles. NOM-010-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral. NOM-20-STPS-2003, relativa a las condiciones de seguridad e higiene para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión que operen en los centros de trabajo.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL  MODALIDAD PARTICULAR 

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NOM-026-STPS-1998.- relativa a seguridad, código de colores. NOM-103-STPS-1994.- relativa a la seguridad extintores contra incendio a base agua con presión contenida. NOM-104-STPS-1994.- relativa a la seguridad extintores contra incendio a base de polvo químico seco tipo ABC, a base de fosfato mono amónico. NOM-002-SEMARNAT-1996. que regula los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano, establecidos en la Norma Oficial Mexicana: NOM-052-SEMARNAT-2005.- Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. NOM-003-SCT2/1994.- Para el transporte terrestre de materiales y residuos peligroso. Características de las etiquetas de envases y embalajes destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos.

NOM-004-SCT2/1994.- Sistema de identificación de unidades destinadas al transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. NOM-005-SCT2-1994.- Información de emergencia para el transporte terrestre de sustancias, materiales y residuos peligrosos. NOM-006-SCT2-1994.- Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada al autotransporte de materiales y residuos peligrosos. NOM-010-SCT2-1994.- Disposiciones de compatibilidad y segregación para el almacenamiento y transporte de sustancias y residuos peligrosos. NOM-011-SCT2-1994.- Condiciones para el transporte de las sustancias, materiales y residuos peligrosos en cantidades limitadas. NOM-012-SCT2-1994.- Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal. NOM-019-SCT2-1994.- Disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de sustancias y residuos peligrosos en las unidades que transportan materiales y residuos peligrosos. NOM-023-SCT2-1994.- Información técnica que debe contener la placa que portará el autotanque, recipientes metálicos intermedios a granel y envases con capacidad mayor a 500 litros que transportan materiales y residuos peligrosos. NOM-028-SCT2-1998.- Disposiciones especiales para el transporte de líquidos inflamables.

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IV. DESCRIPCION DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA

AMBIENTAL DETECTADA EN EL AREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO.

INVENTARIO AMBIENTAL.

IV.1 Delimitación del área de estudio. El proyecto, motivo y fundamento del presente estudio, consiste en La instalación y operación de una Planta de almacenamiento, distribución y comercialización de Gas L. P, para uso comercial, industrial y de servicio doméstico Para dar cumplimiento a lo anterior, se contará con 10 (diez) auto tanques ó pipas repartidoras, 01-una con capacidad de 12,500 litros; 03-tres con una capacidad de 5,000 litros y 06-seis con una capacidad de 3,000 litros. La planta en su conjunto, estará conformada por un tanque tipo salchicha construido a base de una placa de acero al carbón, con una capacidad de 102,000 litros agua y sostenido sobre muros de concreto reforzados con estructuras metálicas, contando además con todos sus accesorios y medidas de seguridad. IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental. IV.2.1 Aspectos abióticos. a) Clima.

El clima es de subtipos secos, muy cálidos y cálidos; la temperatura media anual es de 20 a 22°C; la precipitación media anual se encuentra en el rango de 44 a los 300 milímetros con régimen de lluvias en los meses de mayo, junio, julio, noviembre, diciembre y enero; los vientos predominantes soplan en dirección noreste con velocidad de 15 a 20 kilómetros por hora. La frecuencia anual de heladas en el municipio es de 0 a 20 días y el de granizadas de 0 a 1 día.

Localización El municipio de Abasolo, se localiza en el centro-este del estado de Coahuila en las coordenadas 101° 25'31” longitud oeste y 27° 10´56” latitud norte, a una altura de 430 metros sobre el nivel del mar. Limita al norte con el municipio de Escobedo; al sur con los municipios de Monclova y Frontera; al este con los de Progreso y Candela y al oeste con el de San Buenaventura.

Se encuentra a una distancia aproximada de 217 Km de la capital de Estado

Extensión

Cuenta con una superficie de 645.90 kilómetros cuadrados, lo que representa el 0.43% del total de la superficie del estado.

b) Geología y geomorfología Geomorfología. El estado de Coahuila, queda comprendido dentro de tres provincias fisiográficas; Provincia de las Sierras y Llanuras del Norte, Provincia de la Sierra Madre Oriental y la Grandes Llanuras de Norteamérica.

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El municipio de Abasolo se encuentra en la Provincia de la Sierra Madre Oriental.

Orografía

Al este del municipio se encuentra la sierra La Rata. Susceptibilidad de la zona a riesgos naturales.- Sismicidad.- Esta zona es Asísmica. Deslizamientos.- Esta zona no observa fracturas del terreno. Derrumbes.- No existen riesgos de derrumbes en la zona. Actividad Volcánica.- Sin actividad volcánica en la zona. c) Suelos. Se pueden distinguir tres tipos de suelos en el municipio: Los suelos del Municipio de Abasolo, se encuentra clasificado como: Xh + Zo/2.- Xerosol Háplico asociado con Solongchac Ortico con una Clase Textural Media. Xg + Xl/2.- Xerosol Gypsico asociado con Xerosol Lúvico con una Clase Textural Media. Xerosol.- Suelo de color claro y pobre en materia orgánica y el subsuelo es rico en arcilla o carbonatos, es de baja susceptibilidad a la erosión. Regosol.- No presenta capas distintas, es claro y se parece a la roca que le dio origen. Su susceptibilidad a la erosión es muy variable y depende del terreno en el que se encuentre. Litosol.- Suelo sin desarrollo, con profundidad menor de 10 centímetros, tiene características muy variables según el material que lo forma. Su susceptibilidad a la erosión depende de la zona donde se encuentre, pudiendo ser desde moderada a alta. Respecto al uso del suelo, la mayor parte del territorio municipal es utilizado en el desarrollo pecuario, siendo menor la extensión dedicada a la producción agrícola y al área urbana. En cuanto a la forma de tenencia de la tierra predomina el régimen de tipo ejidal. Posibilidades de uso agrícola de la tierra. En el Municipio de Abasolo, Coahuila, cuenta con terrenos aptos para agricultura mecanizada continua con régimen de humedad disponible de requerimientos altos. Además cuenta con terrenos no aptos para desarrollo para ningún tipo de desarrollo agrícola. Posibilidades de Uso Pecuario

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Según la Clase de Capacidad de Uso Pecuario, en el Municipio de Abasolo, se encuentran terrenos aptos para el Desarrollo de praderas cultivadas en Uso Agrícola actualmente y con Vegetación natural al pastizal, otros sitios no son aptos para el aprovechamiento pecuario. En cuanto al Régimen de humedad los requerimientos son altos. Posibilidades de Uso Forestal En el Municipio de Abasolo, cuenta con terrenos no aptos para la Explotación Forestal Clasificado como 4 (E)t, que significa terrenos no aptos. d. Hidrología superficial y subterránea. El río Monclova, el cual entra por el suroeste del municipio, al juntarse con el arroyo seco, que fluye por el oeste forma, junto con el arroyo Pájaros Azules, el río Salado al sur de Escobedo, el cual desemboca en la laguna Venustiano Carranza en el municipio de Sabinas.

Recursos Naturales

Río Nadadores

Hidrología superficial El Municipio de Abasolo, presenta Escurrimientos de 10 – 20 mm, se encuentra en la Región Hidrológica RH24, Cuenca Hidrológica D, Subcuenca Hidrológica G. Hidrología subterránea Permeabilidades.- Alta en materiales consolidados y en algunas partes con baja permeabilidad en materiales consolidados IV.2.2 Aspectos bióticos

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a). Tipo de vegetación de la zona: Los tipos de vegetación en el área del proyecto y su entorno están dados en primera instancia por un Matorral Desértico Micròfilo Principales Asociaciones Vegetales y Distribución. Las asociaciones presentes están dadas por un matorral submontano. Las especies vegetales más representativas del área del proyecto y zonas aledañas son: Nombre Científico Nombre Común FAMILIA GRAMINEAE Andropogum spp Pasto Cenchrus ciliaris Zacate buffel FAMILIA LILIACEAE Yucca filifera Yuca FAMILIA PORTULACACEAE Portulaca spp. Portulaca FAMILIA MIMOSACEAE Prosopis glandulosa Mezquite FAMILIA CAESALPINACEAE Cercidium macrum Palo verde FAMILIA ZYGOPHYLLACEAE Larrea tridentata Gobernadora FAMILIA EUPHORBIACEAE Jatropha dioica Sangre de drago FAMILIA CELASTRACEAE Schaefferia cuneifolia Panalero FAMILIA MALVACEAE Meximalva filipes Malva FAMILIA CACTACEAE Echinocereus conglomeratus Pitaya Opuntia imbricata Coyonoxtle Opuntia leptocaulis Tasajillo Opuntia spp. Nopal Opuntia Scotti Cactus FAMILIA FOUQUERIACEAE Fouquieria splendens Albarda FAMILIA COMPOSITAE Chrysactinia mexicana Crisactinia Especies de Interés Comercial.

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La única especie de interés comercial dentro del predio y en el entorno al mismo es el mezquite (Prosopis glandulosa). Mas sin embargo esta especie no se encuentra bien conformada como para poder llevar a cabo un aprovechamiento de tipo comercial. Señalar si existe flora endémica y/o en peligro de extinción. No. Las especies registradas en el área del predio y áreas circundantes no son consideradas endémicas y/o en peligro de extinción según los criterios de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, Protección ambiental – Especies nativas de México de flora y fauna silvestres – Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – Lista de especies en riesgo. LISTADO DE FAUNA SILVESTRE • Fauna Terrestre y/o acuática. La composición de las comunidades de fauna presentes en el área del proyecto y su área de influencia están representadas ampliamente por el grupo de aves, siguiéndole en grado de importancia los mamíferos y con una menor presencia los reptiles. Siendo las principales especies de fauna silvestre las que a continuación se mencionan: MAMÍFEROS Nombre Científico Nombre Común FAMILIA VESPERTILIONIDE Lasiurus boreales Murciélago FAMILIA DIDELPHIDAE Didelphis virginiana Tlacuache FAMILIA DASYPODIDAE Dasypus novemcinctus Armadillo FAMILIA LEPORIDAE Lepus californicus Liebre FAMILIA CANIDAE Canis latrans Coyote FAMILIA PROCYONIDAE Procyon lotor Mapache FAMILIA MUSTELIDAE Mephitis mephitis Zorrillo FAMILIA TAYASSUIDAE Dycotiles tajacu Jabalì FAMILIA CERVIDAE Odocoileus virginianus Venado Cola Blanca

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AVES Nombre científico Nombre común FAMILIA CATHARTIDAE Cathartes aura Aura FAMILIA FALCONOIDAE Falco sparverius Halcón cernícalo FAMILIA COLUMBIDAE Columbia livia Paloma doméstica Zenaida asiatica Paloma ala blanca Zenaida macroura Paloma huilota Columbina inca Tórtola FAMILIA PICIDAE Melanerpes formicivorus Carpintero FAMILIA CAPRIMULGIDAE Caprimulgus spp. Tapacamino FAMILIA HIRUNDINIDAE Hirundo fulva Golondrina FAMILIA CURVIDAE Corvus corax Cuervo FAMILIA EMBERIZIDAE Piranga rubra Taranga roja migratoria Quiscalus mexicanus Urraca Molothrus aeneus Tordo Icterus gualaris Bolsero FAMILIA PASSERIDAE Passer domesticus Chilero REPTILES Nombre Científico Nombre Común FAMILIA PHRYNOSOMATIDAE Sceloporus scalaris Lagartija rasposa FAMILIA TEIIDAE Cnemidophorus gularis Lagartija rayada FAMILIA COLUBRIDAE Drymarchon corais Víbora negra Masticophis flagellum FAMILIA VIPERIDAE Crotalus atrox Víbora de cascabel Especies de valor Comercial.

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Las especies de valor comercial dentro del área del proyecto serán solo algunas aves como las canoras y de ornato las cuales son: Carpintero Melanerpaes formisivoros Especies de interés Cinegético. Dentro del área del proyecto y en su entorno se presentan especies de fauna con valor cinegético la cual es. Paloma de ala blanca Zenaida asiatica Especies Amenazadas Especies en peligro de extinción Durante los recorridos por el área del proyecto, no se observaron especies en estatus, más sin embargo por las características físico – biológicas de la zona, es posible se presente la Víbora de cascabel (Crotalus atrox) , por lo que en caso de ser observada nos apegaremos a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 Protección ambiental – Especies nativas de México de flora y fauna silvestres – Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – Lista de especies en riesgo. La finalidad principal de este apartado es conocer las diferentes especies de animales presentes en el área del proyecto. Las especies que se reportan en el presente estudio, aún y cuando pudiesen ser registradas dentro del área estudiada, no necesariamente se encuentran confinadas a ésta, ya que pueden ocupar territorios más amplios dependiendo de sus rangos de acción al trasladarse entre sitios distantes uno de otro. ECOSISTEMA Y PAISAJE. ¿Modificara el proyecto la dinámica natural de algún cuerpo de agua? R= No. ¿Modificara la dinámica natural de las comunidades de flora y fauna? R= No. ¿Se crearan barreras físicas que limiten el desplazamiento de la flora y/o fauna? R= No. ¿Se contempla la introducción de especies exóticas? R= No. ¿Explica si es una zona considerada con cualidades estéticas única o excepcionales? R= No. ¿Es una zona considerada como atractivo turístico? R= No.

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¿Es o se encuentra cerca de un área arqueológica o de interés histórico? R= No. ¿Es o se encuentra cerca de una Area Natural Protegida? R= No. ¿Se modificara la armonía visual con la creación de un paisaje artificial? R= No. ¿Existe alguna afectación en la zona? R= No.

Responder a las siguientes preguntas indicando con una “X” cuando sea afirmativo, con respecto al proyecto.

N° PREGUNTA INDICAR 1 ¿La zona se encuentra en hacinamiento? 2 ¿Es o se encuentra en una zona turística local? 3 ¿Es o se encuentra cercano a escuelas, hospitales o

centros comerciales?

4 ¿Han ocurrido algún evento de contaminación en el sit io, previos al proyecto?

5 ¿El área del proyecto se encuentra deteriorada previo al proyecto?

6 ¿Se Incrementará la concentración de personas, a causa del proyecto?

X

7 ¿Existe sistema de distr ibución de agua potable y drenaje?

8 ¿Existen obras de drenaje pluvial, o no son requeridas?

IV.2.4 Medio socioeconómico. Población.

Grupos Étnicos

De acuerdo a los resultados que presento el II Conteo de Población y Vivienda en el 2005, en el municipio habitan un total de 6 personas que hablan alguna lengua indígena.

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Evolución Demográfica

La población del municipio durante 1995 fue de 1,290 habitantes y, de acuerdo con los resultados preliminares del Censo de Población y Vivienda 2000, efectuado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), para el año de 2000 se redujo a 1,130 personas.

Esta cifra representa el 0.049% de la población total del estado y el 0.0011% del país. Se presenta un decremento del 12.40% en el lustro. La densidad de población es de 2 habitantes por kilómetro cuadrado. La mayor concentración de la población se encuentra en las localidades de Congregación, Los Rodríguez y Abasolo.

Según los resultados preliminares del Censo señalado, el municipio de Abasolo cuenta con 574 hombres cifra que representa el 50.79% del total del municipio, mientras que el 49.21% son mujeres y ascienden a 556.

De acuerdo a los resultados que presento el II Conteo de Población y Vivienda en el 2005, el municipio cuenta con un total de 991 habitantes.

Abasto

Cuenta con tiendas de abarrotes y fruterías.

Deporte

Se da respuesta a la demanda de la población, pues se cuenta con canchas deportivas, así como

explanadas para la realización de actos cívicos y artísticos.

Servicios Públicos

La cobertura de servicios públicos de acuerdo a apreciaciones del ayuntamiento es:

Servicio PorcentajeAgua Potable 97.2 Alumbrado Público 94.5 Drenaje 0 Recolección de basura 0 Seguridad Pública 60 Pavimentación 60 Mercados y Centrales de Abastos

0

Rastros 0

Además, el ayuntamiento administra los servicios de parques y jardines, edificios públicos, unidades

deportivas y recreativas, monumentos y fuentes, entre otros.

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Medios de Comunicación Se tienen los servicios de teléfono y correo. Vías de Comunicación Por el municipio pasa la carretera federal Piedras Negras- Saltillo. Asimismo, se cuenta con vías férreas que comunican al municipio con el norte y sur del estado. Religión De acuerdo al Censo de Población y Vivienda de 1990, efectuado por el INEGI, hasta ése año 898 personas de 5 años y más, practicaban la religión católica; mientras que 239 del mismo rango de edad, no eran católicos. Vivienda De acuerdo con los resultados preliminares del Censo de Población y Vivienda 2000, efectuado por el INEGI, el municipio tiene 347 viviendas particulares. El promedio de ocupantes es de 3.26 por vivienda. El tipo de construcción es de adobe, block y ladrillo. De acuerdo a los resultados que presento el II Conteo de Población y Vivienda en el 2005, en el municipio cuentan con un total de 309 viviendas de las cuales 306 son particulares y 3 son colectivas. Centros educativos, (enseñanza básica, media, superior).

Educación

De acuerdo al Anuario Estadistico 1999 elaborado por el INEGI, el municipio conto para el periodo educativo 1997-

1998 con la siguiente infraestructura:

Preescolar Primaria Secundaria Profesional Medio Bachillerato TOTAL

Esc. Prof. Esc. Prof. Esc. Prof. Esc. Prof. Esc. Prof. Esc. Prof. 2 2 3 12 1 9 - - - - 6 23

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Sector Salud

Para el cuidado de la salud, la población del municipio cuenta con los servicios prestados por la Secretaría de Salud y Desarrollo Comunitario instalada en la cabecera municipal.

ACTIVIDAD ECONÓMICA Principales Sectores, Productos y Servicios Agricultura Se estima que el municipio de Abasolo tiene 243 unidades de producción, entendiéndose como unidad de producción el conjunto formado por los predios, terrenos o parcelas con o sin actividad agrícola, ganadera y forestal, que se encuentren en un mismo municipio. Ganadería Este municipio cuenta con una explotación en cabezas de ganado de diferentes especies como son: Bovino, Porcino, Ovino, Caprino y Equino. Comprende bovino para leche, carne y trabajo. Otros productos pecuarios que se explotan en el municipio son: leche, pieles y lana. Industria Existen pequeñas empresas dedicadas a la elaboración de productos alimenticios. Comercio Se centra principalmente a la compraventa de alimentos y bebidas. El resto de las operaciones comerciales se efectúa en la ciudad de Monclova a una distancia de 45 Kilómetros. Servicios Se cuenta con el servicio de preparación y venta de alimentos y bebidas. Debido a la escasez de servicios, los habitantes del municipio acuden a otras cabeceras municipales cercanas, como Monclova y Frontera, en las que es posible contratar la prestación de una gran variedad de servicios.

Población Económicamente Activa por Sector

La población económicamente activa del municipio de Abasolo se distribuye en los siguientes sectores:

Sector Económico PorcentajeSector Primario 80 Sector Secundario 15 Sector Terciario 5

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ATRACTIVOS CULTURALES Y TURÍSTICOS Monumentos Históricos Arquitectónicos: Iglesia de San Vicente Ferrer, recinto católico construido en el siglo XIX, aproximadamente en l882; las ruinas de la misión de San Antonio Galindo Moctezuma, fundada en 1698 cerca a la Hacienda de Adjuntas. Arqueológicos: El frontón de los Neira, cercano a la hacienda de Adjuntas, en el que se encuentran grabados petroglifos realizados por los indígenas de la región.

Fiestas, Danzas y Tradiciones Fiestas del alpiste del 27 al 30 de junio. Gastronomía Se produce piloncillo, mezcal y se elabora el chorizo casero. Centros Turísticos Las Compuertas y parque recreativo “La Granja”. Principales Localidades Se divide en 15 localidades siendo las más importantes: Abasolo y Congregación Los Rodríguez. Abasolo.- Cabecera municipal. La actividad preponderante de la población es la agricultura. Congregación Los Rodríguez.- Se encuentra a seis kilómetros de la cabecera municipal y la principal actividad de sus pobladores es la agricultura.

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Cambios sociales y económicos que la obra creará: Tipo de Economía . Cambios Sociales y Económicos La Demanda actual y la demanda histórica promedio de mano de obra en el área tendrá un incremento considerable por la puesta en marcha del proyecto, tanto en su etapa de construcción en períodos relativamente cortos y de manera temporal, como en la etapa de operación en la que se demandará mano de obra cercana a la zona de estudio. En la realización del proyecto y los cambios sociodemográficos que atraerá consigo, contribuirán al Incremento de empleos, ya que se tratará de contratar a lugareños que vivan en las colindancias más próximas del área de estudio. Demanda de mano de obra. La demanda de mano de obra que se requerirá para la construcción del proyecto se estima es de 13 empleos como promedio; además se requerirá personal para la operación del mismo y en labores de mantenimiento, limpieza y jardinería; por lo que la población de la zona aledaña que carezca de ocupación podrá emplearse en este proyecto. Demanda de servicios. El proyecto en si demandará servicios al municipio y contribuirá a disminuir la distancia que se realizaban por parte de los usuarios para abastecerse del combustible.

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IV.2.5. Diagnóstico Ambiental Construcción del escenario ambiental actual. Actualmente el predio se encuentra en desuso, circulado con alambre de púas, en condiciones rusticas, poblado con vegetación herbácea y arbustiva El predio en cuestión, se ubica al costado poniente de la Carretera # 57 de Monclova a Piedras Negras, a la altura del Km. 26+200, Municipio de Abasolo, Coahuila.

Localización

Coordenadas UTM PUNTO

X-272498 X- 272797 1 3 Y- 2999416 Y- 2999031

X- 272742 X- 272399 2 4 Y- 2999224 Y- 2999238 El proyecto, consiste en La instalación y operación de una Planta de almacenamiento, distribución y comercialización de Gas L. P, para uso comercial, industrial y de servicio doméstico Para dar cumplimiento a lo anterior, se contará con 10 (diez) auto tanques ó pipas repartidoras, 01-una con capacidad de 12,500 litros; 03-tres con una capacidad de 5,000 litros y 06-seis con una capacidad de 3,000 litros. La planta en su conjunto, estará conformada por un tanque tipo salchicha construido a base de una placa de acero al carbón, con una capacidad de 102,000 litros agua y sostenido sobre muros de concreto reforzados con estructuras metálicas, contando además con todos sus accesorios y medidas de seguridad. Cuenta además con el murillo de concreto protector en forma perimetral con las especificaciones de acuerdo a la norma de aplicación.

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V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES

Para la identificación de los impact os que ocasionará el proyecto, se seleccionó la Matriz de Leopold, que es una técnica de cribado en la cual se le dan los valores de acuerdo a la magnitud e importancia de los impactos. En esta matriz, se relaciona una lista de actividades del proyecto con áreas donde pueden manifestarse impactos ambientales, se enumeran las actividades de las cuatro fases principales del proyecto: localización y preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento y actividades futuras. Esta matriz también identifica las áreas generales en las que pueden presentarse efectos ambientales: área físico-química, ecológica, estética y social. Las decisiones que resultan del cribado usando los criterios anteriormente mencionado son: BB = Benéfico Bajo; BM = Benéfico Medio; BA = Benéfico Alto; AB = Adverso Bajo AM = Adverso Medio y AA= Adverso Alto. Para el propósito de evaluación de los efectos ambientales se optó por la escala combinada de número y signo. Se estableció un rango de 1 – 10 ( 1 para el menor impacto y 10 para el mayor impacto; el signo (+) significa que el efecto es benéfico y el signo (–) significa que el efecto es adverso). Se anexa la matriz completa de Leopold, la cual se utilizó para la identificación de los impactos, indicando solo las áreas en que el proyecto tiene ingerencia.

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D

e s m o n t e y l i m p i e z a

n i v e l a c i o n

e x c a v a c i o n

a c a r r e o de m a t e r i a l

c o n s t r u c c i o n

I n s t. de t a n q u e

i n s t. e l e c t r i c a s

p. He r m e t i c i d a d

c i s t e r n a

A r e a v e r d e

d e s c a r g a a t a n q u e

d e s p.de c o mb u s t i b l e

L i mp i e z a

m a n e j o r e s i d u o s

m a n t e n i m i e n t o

t r a f. v e h i c u l a r

T r a f. p e a t o n a l

D e s m a n t e l a m. o

f u g a s y d e r r a m e s

I n c e n d i o

f o s a s e p t i c a

T O T A L

Agua Alter. de flujo 0 Caract. Drenaje 0 Ruido Intensidad -2 -2 -1 -3 -1 -1 -1 -1 -4 -1 -4 -21 Duracion -2 -1 -2 -2 -1 -1 -1 -1 -4 -1 -4 -20Suelo Erosión -1 -1 Estabilidad -1 -1 Uso Actual 2 2 2 -1 -1 4 Drenaje superf. -1 -1 -2 -4 Asent.y compac. 2 2 Atmós- Calidad aire -2 -2 -2 -2 3 -1 -3 -4 -5 -18fera Microclima -2 -2 -1 -2 3 -4 Fauna Reptiles -1 -1 Aves -1 -1 Mamíferos -1 -1 Vege- Herbáceas -2 3 1 Arbóreas -2 5 3 Salud Servicio deSalud -2 -2 -2 -6 Pub. Riesgo -3 4 -3 -3 -5 2 4 -2 -1 -6 -6 -3 -22Socio- Ingreso public. 1 2 1 4 Econo- Empleo 1 3 2 2 5 2 2 3 3 2 5 5 1 2 3 2 43 mico Demanda Serv. -2 -1 -2 1 -4 Increm. Plusvalía 3 1 3 3 10 Paisaje -1 -1 -1 -1 1 1 -2 Inconform. Pub. -3 -4 -7 Total -8 -5 -7 -7 -5 4 2 7 1 17 7 7 -3 2 4 -13 -3 -8 -16 -17 -5 46

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TABLA 1.- EFECTOS AMBIENTALES POR ETAPA Y ACTIVIDAD ETAPA BA BM BB AB AM AA Total Preparación del sitio 00 00 00 01 02 00 03 Construcción 01 01 03 01 01 00 07 Operación y Mantenimiento 00 02 02 02 00 01 07 Abandono 00 00 00 00 01 00 01 Accidentes 00 00 00 00 00 02 02 Total 01 03 05 04 04 03 20 TABLA 2.- EFECTOS AMBIENTALES POR CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DEL MEDIO. BA BM BB AB AM AA Total Agua 00 00 00 00 00 00 00 Ruido 00 00 00 00 00 02 02 Suelo 00 00 01 03 00 00 04 Atmósfera 00 00 00 01 00 01 02 Fauna 00 00 00 03 00 00 03 Vegetación 00 00 02 00 00 00 02 Salud Pública 00 00 00 01 00 01 02 Socioecono. 01 01 01 02 01 00 06 Total 01 01 04 10 01 04 21 NOTA: LOS NUMEROS SEÑALAN LA CANTIDAD DE ACTIVIDADES QUE TIENEN EFECTOS BENEFICOS O ADVERSOS. TABLA 3.- EVALUACION DE LA SIGNIFICANCIA DE LOS EFECTOS AMBIENTALES. EFECTO BENEFICO ADVERSO BAJO 04 10 MEDIO 01 01 ALTO 01 04 TOTAL 06 15 TABLA 4. ACTIVIDADES QUE AMERITAN LA IMPLEMENTACION DE MEDIDAS DE MITIGACION. ACTIVIDADES FASE DEL PROYECTO EXPLOSION POSIBLES ACCIDENTES FALLAS EN OPERACIÓN POSIBLES ACCIDENTES FUGAS POSIBLES ACCIDENTES Durante la etapa de preparación del sitio y construcción se consideran igualmente inherente, entre los que destacan por su importancia los trabajos asociados a la nivelación y compactación, los cuales si bien es cierto que no son propiamente procedimientos constructivos, están estrechamente ligados a éste. Los impactos ambientales asociados a la preparación y construcción se han agrupado para fines prácticos en áreas que corresponden a:

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Atmósfera:- En esta etapa, se prevé se generará ruido y emisiones contaminantes a la atmósfera, asociada a la operación de maquinaria y equipo. La emisión de polvos fugitivos tendrá igualmente un impacto sobre la atmósfera. Suelo:- Los impactos derivados de los trabajos de excavación y nivelación, así como los asociados al suministro de construcción impactan directamente a la geomorfología del suelo del predio, el suelo tendrá además una afectación secundaria al impacto al que ya fue sometido con anterioridad, durante la instalación del tanque primario y todo el sistema de servicio en su conjunto. Los trabajos asociados a la limpieza del terreno, tendrá una afectación poco significativa en el suelo al modificar su estructura y otros factores físicos durante su intervención. Vegetación y fauna.- La vegetación del predio sufrirá los efectos que conllevan al desmonte, aunque de manera leve, debido a la rala o muy baja densidad de población en el área especifica para el desarrollo del proyecto totalmente mínima como se muestra en las imágenes fotográficas en su momento, por lo que en este facto, no representa un impacto altamente significativo durante la eliminación de la poca y muy rala vegetación en el área para la instalación de la planta de gas L.P., siguiendo los trabajos de limpieza y el desalojo de los manchones de cubierta vegetal y por consiguiente la fauna asociada a la misma, se verá igualmente afectada en su momento con la intervención de este predio. presentando cierta movilidad de desplazamiento en su momento a las áreas circunvecinas que no han sido intervenidas en su composición natural. Socioeconómico.- La etapa de preparación del sitio, así como en la etapa de construcción, tendrá sin duda alguna impactos benéficos para la economía al contratarse al personal para los servicios que se requieran de las localidades cercanas al predio. Etapa Operativa. Atmósfera.- La operación de la estación generará ruidos, asociado al tránsito interior de los vehículos. El ruido que se genere durante la operación será por intervalos de tiempo muy corto, en el área de llenado, siendo esta operación igualmente durante la salida de la estación de la planta, añadiendo de igual forma el tiempo que se activa la bomba alimentadora durante el llenado de los tanques de los vehículos. Vegetación.- La vegetación del predio se verá beneficiada al momento que entre en operación la planta, ya que se efectuará una reforestación, procurando las especies nativas de la región. Socioeconómico.- Durante esta etapa, se verá beneficiada, en cuanto a la economía local al contratarse de mano de obra, cercanas al predio. V.1.2 Lista indicativa de indicadores de impacto. La relación de indicadores, desglosada según los distintos componentes del ambiente y que se ofrece a continuación, puede ser útil para las distintas fases de un proyecto, sólo como un ejemplo, será tarea del responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental, el determinar los indicadores particulares para el proyecto que aborde, por ello, la lista siguiente no es exhaustiva, sino solo indicativa. Cantidad del agua subterránea.

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Calidad del agua superficial. Calidad del aire. Calidad del suelo. Uso actual del suelo. Uso potencial del suelo. Drenaje del suelo. Erosión del suelo. Ruido. Flora. Fauna. Empleo. Demanda de Servicio. Calidad de Vida. Calidad Sanitaria del ambiente. Salud y Seguridad. Riesgos y/o accidentes. Paisaje.

V.1.3 Criterios y metodologías de evaluación. V.1.3.1 Criterios. Los criterios de valoración del impacto que pueden aplicarse en un Estudio de Impacto Ambiental son variados y su selección depende en gran medida del autor y del estudio. A continuación se incluyen unos cuantos que suelen estar entre los más utilizados en los Estudios de Impacto Ambiental. V.1.3.2 Metodologías de evaluación y justificación de la metodología seleccionada. La variedad de metodologías de evaluación es muy amplia, algunas de ellas derivan de ejercicios similares que se hacen en los estudios de ordenamiento ecológico del territorio, otras son específicas de los Estudios de Impacto Ambiental. Matriz de cribado ambiental. Para el llenado de la matriz, los efectos podrán ser evaluados con base a los siguientes parámetros:

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SIMBOLO DESCRIPCIÓN5 Benéfico significativo. 3 Benéfico medio. 1 Benéfico poco significativo (bajo). -1 Adverso poco significativo (bajo). -3 Adverso medio. -5 Adverso significativo.

La base del sistema de identificación de impactos lo constituye la matriz de cribado ambiental, en que las columnas son las acciones o actividades del proyecto que puedan alterar el medio ambiente y las filas son los factores ambientales que pueden ser alterados. Con estas entradas de filas y columnas se pueden definir las interacciones existentes. A modo de simplificación, en este proyecto se operó una matriz de Leopold reducida, diseñada sólo para aquellos factores ambientales y actividades del proyecto que interactuaban entre sí, donde los elementos fueron identificados de cuerdo a : Dirección del Impacto. Se hace referencia al sentido del impacto sobre el factor definiéndose como: Indeterminado: Cuando no fue posible determinar en que dirección el factor o recurso es influido por la actividad. Benéfico: Cuando la actividad influye al factor o recurso positivamente. Adverso: Se describe cuando la actividad o proceso altera negativamente al recurso. Duración del Impacto: Se refiere al tiempo en que el recurso o factor recibirá los impactos provocados por la actividad o proceso, definiéndose como: Corto plazo: Cuando la duración del impacto sobre el factor es menor a 1 año. Mediano plazo: Cuando la duración del impacto sea de 1 a 10 años. Largo plazo: El impacto durará más de 10 años. Permanente: Cuando la actividad impacta al factor de manera definitiva o en un lapso que no es posible definir por la gran extensión de tiempo que implica. Magnitud del Impacto: Se refiere a la cantidad o porcentaje del recurso o factor que es impactado por una actividad, definiéndose como: Baja: Cuando se calcula o predice que menos del 1% del recurso es afectado. Media: Cuando se calcula o predice que de 1 al 10% del recurso o factor es afectado. Alta: Cuando se calcula o predice que más del 10% del factor es impactado. Importancia del Impacto: Se hace importancia a la significancia del impacto sobre el factor

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ETAPA: PREPARACIÓN DEL SITIO:

EVALUACIÓN DEL IMPACTO

DESCRIPCION DEL IMPACTO

TRAZO, DESPALME, DESPALME, EXCAVACIÓN. Cantidad del agua subterránea. Calidad del agua superficial. Calidad del aire. Calidad del suelo. Uso actual del suelo. Uso potencial del suelo. Drenaje del suelo.

Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Baja. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Baja. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Alta. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Alta. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Alta. Importancia: Significativa.

Pérdida de superficie de infiltración al subsuelo por retiro de cubierta vegetal e incremento del escurrimiento horizontal. Arrastre de partículas, producto del desmonte mínimo y despalme, excavaciones. Modificación de los escurrimientos naturales del agua superficial por retiro de cubierta vegetal. Aumento de polvos y/o partículas en el aire; emisión de gases de combustión por la operación de maquinaria y vehículos automotores. Perdida de suelo. Perdida de capacidad productiva del mismo. Susceptibilidad a la erosión. Modificación de la vocación natural del suelo como de rústico a servicio como es el caso de la Planta de Gas L.P. Se proyecta, el uso del suelo del predio, a uso de servicio como es el caso de la Planta de Gas L.P. a largo plazo. Cambios en el drenaje vertical y horizontal del suelo, producto directo de las actividades de desmonte,

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Erosión del suelo. Ruido. Flora. Fauna. Empleo. Demanda de Servicio. Calidad de Vida. Calidad Sanitaria del ambiente. Salud y Seguridad. Riesgos y/o accidentes.

Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Alta. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: No Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Baja. Importancia: No Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Alta. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Baja. Importancia: No Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Baja. Importancia: No Significativa.

despalme y excavaciones. Mayor escurrimiento horizontal y disminución en el drenaje vertical. Susceptibilidad a la erosión por pérdida de cubierta vegetal. Emisión de ruido por operación de la maquinaria y equipo, así como vehículos automotores dentro del sitio de estudio. Pérdida total de pastizales y herbáceas, además de algunos arbustos presentes en el predio del proyecto. Reducción de cobertura, nidación, madrigueras y alimento y migración, aunque se considera un incremento no significativo ante el disturbio que ya prevalece en el sitio. Empleo directo a trabajadores, así como también de manera indirecta. Demanda de combustible, maquinaria pesada, energía eléctrica. Mejora de calidad de vida por fuente de empleos. Generación de desechos sólidos producto del desmonte, despalme, excavaciones, ruidos, emisiones de polvo y partículas, gases de combustión, vibraciones, etc. Todas las labores constructivas implican riesgos de trabajo en diferentes magnitudes, dependiendo del tipo de actividad a realizarse y la seguridad en el entorno del área de trabajo. Todas las labores constructivas implican riesgos de trabajo en diferentes magnitudes, dependiendo

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Paisaje. NIVELACIÓN, COMPACTACIÓN. Cantidad de agua subterránea. Calidad del agua superficial. Calidad del aire. Calidad del suelo. Uso actual del suelo. Uso potencial del suelo. Drenaje del suelo.

Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: No Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Largo plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Alta. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: permanente. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Largo plazo. Magnitud: Alta. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: permanente. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Largo plazo.

del tipo de actividad a realizarse. Alteración del paisaje natural, al momento de realizar la preparación y posteriormente la construcción de las instalaciones de la planta de Gas L.P. Pérdida de infiltración de agua hacia el subsuelo por superficies compactadas. Aumento de escurrimientos horizontales. Posibilidad de arrastre hacia corrientes de agua superficial. Generación de humos, gases de combustión y olores que alteran la calidad del aire. Pérdida de la calidad original del suelo ante las actividades de compactación por las adecuaciones de la instalación de la Planta de Gas. Pérdida del uso actual, como rústico a Servicio como la planta de Gas L.P., ante las actividades de compactación por las adecuaciones de las vialidades internas y el acceso, así como el patio de maniobras. Por el uso de Servicio como la planta de Gas L.P., abasteciendo a los lugareños, así como a los viajeros que transitan por la carretera. Altera los patrones de escurrimiento aumentando el drenaje horizontal y disminuyendo el drenaje vertical. Disminuye la susceptibilidad a la

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Erosión del suelo. Ruido. Flora. Fauna. Empleo. Demanda de Servicio. Calidad de Vida. Calidad Sanitaria del ambiente. Salud y Seguridad. Riesgos y/o accidentes. Paisaje.

Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Largo plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Largo plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Largo plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa.

erosión, compactación por las adecuaciones de las vialidades internas y el acceso, así como el patio de maniobras. Elevación de los niveles de ruido por operación de maquinaria y equipo, así como los vehículos automotores. Reducción de áreas disponibles para zonas verdes; emisión de polvos y gases hacia la vegetación aledaña. Desplazamiento de la fauna hacia áreas menos alteradas; al momento que el terreno sea intervenido. Generación de empleos directos e indirectos. Así como la generación de manera eventual de empleos de corta duración. Demanda de combustibles, maquinaria pesada y equipo. Se beneficia directamente con la generación de empleos. Generación de humos, gases de combustión de maquinaria y automotores, polvos y partículas. Todas las labores constructivas implican riesgos de trabajo en diferentes magnitudes, dependiendo del tipo de actividad a realizarse Todas las labores constructivas implican riesgos de trabajo en diferentes magnitudes, dependiendo del tipo de actividad a realizarse. Una vez que se inicie las labores de construcción, pavimentado, se pierde el aspecto visual de la zona.

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INSTALACIONES TEMPORALES (LETRINAS, BODEGAS Y AREAS DE TRABAJO.) Calidad del agua subterránea. Calidad del aire. Calidad del suelo. Ruido. Empleo. Demanda de Servicio. Calidad de Vida. Calidad Sanitaria del ambiente. Salud y Seguridad.

Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Baja. Importancia: No Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: No Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Benéfico. Duración: Corto plazo. Magnitud: Media. Importancia: Significativa. Dirección: Adverso. Duración: Corto plazo.

El uso de letrinas sanitarias reduce el riesgo de la contaminación del manto freático por infiltración de aguas residuales. El uso de letrinas elimina el fecalismo al aire libre, impactando positivamente a la calidad del aire. El uso de letrinas elimina el fecalismo al aire libre, evitando la contaminación del suelo. Las áreas de trabajo donde se efectúan labores de armado de las instalaciones, propician el incremento, aunque mínimo, de los niveles de ruido. Generación de empleos, directos o indirectos, aunque eventuales y de corta duración. Requerimientos de energía eléctrica (aunque de carácter provisional), agua, maquinaria y equipo, etc. Mejora del nivel de vida por la generación de empleo. El uso de letrinas propicia la conservación del ambiente por el cuidado del aire, agua y suelo. El uso de servicios de apoyo para disponer de forma adecuada de los residuos generados por los empleados, por lo que resulta positivo para la salud y seguridad de los empleados. Todas las labores constructivas

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Riesgos y/o accidentes.

Magnitud: Baja. Importancia: Significativa.

implican riesgos de trabajo en diferentes magnitudes, dependiendo del tipo de actividad a realizarse.

II.6. Planes de prevención.

II.6.1. Identificación. En el caso de la construcción de este proyecto solo se trata de una obra civil, la operación de la planta de gas L:P, las emergencias ambientales que pudieran presentarse estarían asociadas a la fuga de gas L.P., para lo cual es importante que la empresa, lleve a cabo el Análisis de Riesgo en su respectiva modalidad de acuerdo a la actividad que se desarrolla.

II.6.2. Sustancias peligrosas. Durante la construcción, no se manejan sustancias peligrosas, esto se reduce únicamente al uso de gas L. P. como sustancia peligrosa.

II.6.3. Prevención y respuesta. Es importante que la empresa formule y cuente con un programa de capacitación y entrenamiento permanente hacia los operadores de la estación de servicio, reforzada mediante una educación laboral.

II.6.4. Medidas de seguridad.

La empresa contará con todas las medidas de seguridad en todos los equipos y accesorios, así como el sistema eléctrico que indican las normas de aplicación en la materia. Estas medidas de seguridad estarán reforzadas con las medidas preventivas dentro y fuera de la estación las cuales serán vigiladas por el personal responsable de la empresa y los propios operadores. Para que el mismo personal y los usuarios las lleven a cabo. Estas medidas preventivas se indicarán físicamente (señalamientos alusivos a la prevención, ubicación estratégica de extintores y su siempre vigencia). En términos generales es importante que exista una vigilancia absoluta y permanente sobre el funcionamiento adecuado de todos los elementos que se involucran en el proceso, así como del equipo de control. (tanque, tuberías, accesorios, bombas, sistema hidrante, etc.). y todos los señalamientos en general. Colocación de extintores en lugares estratégicos. La Cisterna llena de manera permanente, y con el mantenimiento apropiado. Los tanques con la prueba de hermeticidad para mejor mantenimiento. El patio de maniobras limpio y libre de obstáculos de manera permanente. Colocación de señalamientos claros y visibles de manera permanente. Revisión constante de las líneas eléctricas.

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Revisión cotidiana de las pipas utilizadas.

VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES VI.1. Medidas preventivas. Las medidas preventivas son aquellas acciones que se llevan a cabo de manera cotidiana y a su vez las que indican a través de letreros o leyendas los cuidados que se deben de tener con el propósito de evitar posibles eventos de cualquier índole o magnitud que traigan consigo una afectación al personal que labora, a las personas que habitan cerca de las fuentes de trabajo (cuando esto ocurre), así como a la salud ambiental.

Las medidas de mitigación, son las acciones que están encaminadas a amortiguar los posibles impactos de cualquier magnitud que resulten durante la preparación, construcción y operación de un proyecto que aterrice una nueva actividad trayendo consigo la modificación al estado natural del suelo, tal es el caso que nos ocupa. La propuesta de medidas preventivas o de mitigación, tendientes a reducir el impacto, deberá ir encaminada a la disminución de la intensidad o agresividad del agente causa y/o a la restauración del medio natural afectado. Se propondrán medidas correctoras para las acciones mas impactantes siempre que sea posible evitar o corregir un impacto negativo teniendo presente la relación costo – beneficio ambiental. Se relacionan las medidas en función de los agentes causantes de impactos.

VI.2. Descripción de la medida o sistema de medidas de mitigación.

Durante las labores de preparación, fueron mínimas y consistieron en limpiar el terreno, acomodo y movimiento de tierra, la cual se efectúo un riego, para evitar el levantamiento de polvo fugitivo.

Durante la etapa de construcción, para disminuir los impactos, se llevaron a cabo medidas como

el debido manejo y disposición de materiales de construcción, residuos domésticos, así como la implementación de lonas en los camiones para reducir la dispersión de polvos.

A los residuos vegetales, que se generaron durante la limpieza del sitio, se les dará la

disposición final, de acuerdo a las directrices y lineamientos que indique la autoridad competente.

Para reducir el riesgo de que ocurra una explosión se respetaron las distancias mínimas

establecidas, de acuerdo a la norma de aplicación en la materia para el tipo de actividad que se realiza.

Se capacitará al personal de operación de la planta, de acuerdo a su función específica dentro

de la misma.

Es importante que la empresa lleve a cabo la revisión cotidiana de los equipos de suministro, así como los accesorios que participan en estos y en los tanque de almacenamiento y tuberías, asumiendo la responsabilidad de que se cumpla esta operación, con el propósito de mantener la seguridad en el sistema completo.

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Para reducir el riesgo de que ocurra una explosión se respetarán las distancias mínimas establecidas, de acuerdo a la norma de aplicación en la materia para el tipo de actividad que se pretende realizar.

Es muy importante que se enmarquen todos los señalamientos de seguridad dentro del predio, haciendo énfasis a los que hacen alusión al sentido de la circulación vehicular para recibir y suministrar el combustible en cada una de las áreas, velocidad permitida, control de pago de motores, etc.

Es importante enmarcar la importancia de la vida útil de los tanques de almacenamiento, de

acuerdo a su norma de fabricación y realizar además las pruebas de resonancia periódicas para el mismo caso; de tal forma que se detecte el momento oportuno en que deban ser reemplazados por otros.

Se dará mantenimiento continuo a los equipos, tuberías y accesorios, así como la vigilancia a la

integridad y buen funcionamiento del sistema eléctrico en su totalidad.

Se implementar una Bitácora de operación para cada una de las actividades que se lleven a cabo dentro de la planta.

El tanque, bombas, tomas de suministro, despachadores, sistema eléctrico y todos los sistemas

donde se requiera, es importante que se mantenga y se vigile su aterrizaje completo.

Se recomienda que se cuente con un Plan de Contingencia Civil, que incluya un manual de operación, así como reglas cotidianas que los empleados deban de cumplir de acuerdo a sus funciones, dentro de una educación laboral.

VI.2 IMPACTOS RESIDUALES. Se entiende por "impacto residual" al efecto que permanece en el ambiente después de aplicar las medidas de mitigación. Es un hecho que muchos impactos carecen de medidas de mitigación, otros, por el contrario, pueden ser ampliamente mitigados o reducidos, e incluso eliminados con la aplicación de las medidas propuestas, aunque en la mayoría de los casos los impactos quedan reducidos en su magnitud. Por ello, el estudio de impacto ambiental quedará incompleto si no se especifican estos impactos residuales ya que ellos son los que realmente indican el impacto final de un determinado proyecto. El escenario ambiental resultante de la operación permanente del proyecto, una vez que este se aterrice de manera total, conforme se este operando la Planta de Gas L.P., tendrá sus impactos residuales principalmente por la acción de la infraestructura que se asiente, dando un seguimiento a todos y cada uno de las acciones que resultan de la actividad, como lo es el manejo de los residuos de manejo especial, la limpieza de la fosa séptica, manejo y atención a los residuos peligrosos generados por el mantenimiento de las áreas de trabajo, así como el mantenimiento y supervisión de los tanques de almacenamiento.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL  MODALIDAD PARTICULAR 

                                          Carretera 57, Km.26+200, (Monclova a Piedras Negras), Municipio de Abasolo Coahuila                                65 

PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y, EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS.

VII.1. Pronóstico de escenario. El escenario ambiental resultante de la operación permanente del proyecto, durante su vida útil, deberá ser completamente igual al escenario inicial. Esto es, no deberá haber afectación alguna fuera de los límites de propiedad. La afectación del área del proyecto será compatible con su recuperación total y no habrá impactos ambientales residuales permanentes. Con apoyo del escenario ambiental elaborado en apartados precedentes, realizar una proyección en la que se ilustre el resultado de la acción de las medidas correctivas o de mitigación, sobre los impactos ambientales relevantes y críticos. Este escenario considerará la dinámica ambiental resultante de los impactos ambientales residuales, incluyendo los no mitigables, los mecanismos de autorregulación y la estabilización de los ecosistemas.

VII.2. Programa de monitoreo. El programa de monitoreo consiste en verificar en forma periódica las instalaciones, equipos y accesorios que conforman el proyecto, asimismo el equipo de transportación, así como las condiciones internas y los alrededores del predio. Debiendo incluir una bitácora de todas y cada una de las verificaciones, acciones y demás medidas de seguridad que se emplean para la revisión del proyecto, debiendo tener a la mano para cuando una autoridad en la materia lo requiera y dársele así el seguimiento correspondiente. VII.2 PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL. Presentar un programa de vigilancia ambiental que tiene por función básica establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas de mitigación incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental. Incluirá la supervisión de la acción u obra de mitigación, señalando de forma clara y precisa los procedimientos de supervisión para verificar el cumplimiento de la medida de mitigación, estableciendo los procedimientos para hacer las correcciones y los ajustes necesarios. Una vez que se indiquen cada uno de los lineamientos y/o requerimientos para el proyecto en cuestión se dará el seguimiento correspondiente y se verificará mediante un programa calendarizado el cumplimiento de cada uno de ellos.

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VII.3. Conclusiones El proyecto, consiste en La instalación y operación de una Planta de almacenamiento, distribución y comercialización de Gas L. P, para uso comercial, industrial y de servicio doméstico, para dar cumplimiento a lo anterior, se contará con 10 (diez) auto tanques ó pipas repartidoras, 01-una con capacidad de 12,500 litros; 03-tres con una capacidad de 5,000 litros y 06-seis con una capacidad de 3,000 litros.

La planta en su conjunto, estará conformada por un tanque tipo salchicha construido a base de una placa de acero al carbón, con una capacidad de 102,000 litros agua y sostenido sobre muros de concreto reforzados con estructuras metálicas, contando además con todos sus accesorios y medidas de seguridad.

El predio en cuestión, se ubica al costado poniente de la Carretera # 57 de Monclova a Piedras Negras, a la altura del Km. 26+200, Municipio de Abasolo, Coahuila, se localiza en las Coordenadas UTM:

PUNTO

X-272498 X- 272797 1 3 Y- 2999416 Y- 2999031

X- 272742 X- 272399 2 4 Y- 2999224 Y- 2999238

El proyecto esta previsto con medidas necesarias de tal manera que la probabilidad que suceda un siniestro se reduce en gran medida. Por otra parte, el proyecto en cuestión trae consigo la generación de empleos. Es conveniente que se verifique y se supervise la calidad y el mantenimiento de los equipos y el tanque de almacenamiento. En estos últimos específicamente, cabe enmarcar la revisión de su vida útil de acuerdo a su norma de fabricación y realizar además las pruebas de resonancia periódicas para el mismo caso; de tal forma que se detecte el momento oportuno en que deban ser reemplazado por otro. El proyecto en si , y dentro del marco jurídico y los documentos técnicos, tanto de competencia Municipal, como Estatal, que enmarcan las directrices de ordenamiento territorial, asi como las normas de aplicación y competencia es Viable, con todas sus condicionantes del orden Municipal, Estatal y Federal, dentro de sus respectivas competencias.

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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES. VIII.1. FORMATOS DE PRESENTACIÓN. Se anexa. VIII.1.1 Planos definitivos. pendientes VIII.1.2 Fotografías. Se anexan. VIII.1.3 Video. No se incluye. VIII.1.4 Lista de flora y fauna. Se Anexa VIII.2 Otros anexos. Los Documentos Legales: Acta Constitutiva de la empresa. Carta Poder del Representante Legal. Escritura Pública del predio donde se pretende instalar. VIII.3 ANEXOS FOTOGRÁFICO DEL PROYECTO

VIII. 4. Bibliografía.

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IX. LITERATURA CONSULTADA Y/O CITADA.

Anuario Estadístico del Estado de Coahuila

Cartografía Temática Escala 1: 1 000 000 del Estado de Coahuila. INEGI. Cartografía en General G14 A43 ;topográfica, edafológica, geológica, esc. 1:50,000) Leopold, L. B., et al (1971) A Procedure for Evaluating Environmental Impact. Geological Survery Circular 645. Washington 13 p. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Publicada el 28 de enero de 1998. 1991. Leyes y Códices de México. Editorial Porrua, S.A. México. Manual Interno de Operación de Impacto Ambiental. Subdirección de Impacto Ambiental, Dirección General de Protección y Ordenamiento Ecológica, S.A.R.H. Plan Nacional de Desarrollo Urbano 2007-2012. Poder Ejecutivo, Secretaría de Programación y Presupuesto. PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2006-2011. ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA LEY DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 6 DE JUNIO DE 2008. (Ley publicada en el Periódico Oficial, el martes 8 de diciembre de 1998). DECRETO: NUMERO 218.- LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA D E C R E T O: N U M E R O.- 532, ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 3 DE ABRIL DE 2009. (Ley publicada en el Periódico Oficial, el martes 26 de julio de 1994) REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, P. O. 30 / 14 DE ABRIL DE 2006 LEY DE PROTECCION CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 15 DE ENERO DE 2008 (Ley publicada en el Periódico Oficial, el martes 11 de junio de 1996) Reglamento de Gas Licuado de Petróleo. Publicado: D.O.F. del 28 de junio de 1999. RZEDOWSKI JERZY: Vegetación de México. Editorial Limusa. Grupo Noriega Editores. México, 1998. SARH. Descripción de la Región Hidrológica No. 24. Subsecretaría de Planeación, Dirección General de Estudios.

Síntesis Geográfica del Estado de Coahuila. 2000. INEGI.

Normas aplicable:

NOM-001-SEDG-1996.- Plantas de Almacenamiento para gas L.P. Diseño y Construcción.

NOM-021/1-SCFI-1993, en donde se establecen los requisitos generales para los recipientes sujetos a presión no expuestos a calentamientos por medios artificiales para contener gas L.P., tipo no portátil.

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NOM-021/2-SCFI-1993, que regula los recipientes sujetos a presión no expuestos a calentamientos por medios artificiales para contener gas L. P., tipo no portátil, destinados a plantas de almacenamiento para distribución y estaciones de aprovisionamiento de vehículos. NOM021/4-SFCI, RECIPIENTES sujetos a presión no expuestos a calentamiento por medios artificiales para contener gas L.P., tipo no portátil. Automóviles y camiones para usarse como depósito de combustible en motores. NOM-025-SCFI-1993 que determina el diseño y construcción de las estaciones de gas L.P. con almacenamiento fijo.

NOM-002-STPS-1993.- relativa a las condiciones de seguridad para prevención y protección contra incendio en los centros de trabajo. NOM-005-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles. NOM-010-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral. NOM-20-STPS-2003, relativa a las condiciones de seguridad e higiene para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión que operen en los centros de trabajo.

NOM-026-STPS-1998.- relativa a seguridad, código de colores. NOM-103-STPS-1994.- relativa a la seguridad extintores contra incendio a base agua con presión contenida. NOM-104-STPS-1994.- relativa a la seguridad extintores contra incendio a base de polvo químico seco tipo ABC, a base de fosfato mono amónico. NOM-002-SEMARNAT-1996. que regula los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano, establecidos en la Norma Oficial Mexicana: NOM-052-SEMARNAT-2005.- Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. NOM-003-SCT2/1994.- Para el transporte terrestre de materiales y residuos peligroso. Características de las etiquetas de envases y embalajes destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos.

NOM-004-SCT2/1994.- Sistema de identificación de unidades destinadas al transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. NOM-005-SCT2-1994.- Información de emergencia para el transporte terrestre de sustancias, materiales y residuos peligrosos. NOM-006-SCT2-1994.- Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada al autotransporte de materiales y residuos peligrosos. NOM-010-SCT2-1994.- Disposiciones de compatibilidad y segregación para el almacenamiento y transporte de sustancias y residuos peligrosos.

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NOM-011-SCT2-1994.- Condiciones para el transporte de las sustancias, materiales y residuos peligrosos en cantidades limitadas. NOM-012-SCT2-1994.- Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal. NOM-019-SCT2-1994.- Disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de sustancias y residuos peligrosos en las unidades que transportan materiales y residuos peligrosos. NOM-023-SCT2-1994.- Información técnica que debe contener la placa que portará el autotanque, recipientes metálicos intermedios a granel y envases con capacidad mayor a 500 litros que transportan materiales y residuos peligrosos. NOM-028-SCT2-1998.- Disposiciones especiales para el transporte de líquidos inflamables. NOM-002-STPS-1993.- relativa a las condiciones de seguridad para prevención y protección contra incendio en los centros de trabajo. NOM-005-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles. NOM-010-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

NOM-026-STPS-1998.- relativa a seguridad, código de colores.

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ANEXOS