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INFORME DE GESTIÓN Secretaría Jurídica Alcaldía de Itagüí Enero 01 a septiembre 30 de 2020 OSCAR DARÍO MUÑOZ VÁSQUEZ Secretario Jurídico WILFREDO CALIZ AGUDELO Líder de Programa Fondo Rotatorio de Vivienda I. FUNCIONES DE LA DEPENDENCIA De conformidad con el artículo 30 del Decreto No. 171 del 27 de enero de 2020 “por el cual se modifica y ajusta la estructura Orgánica del Municipio de Itagüí” , el objetivo de la Secretaría Jurídica es garantizar el orden jurídico en todas las acciones de la administración central del municipio de Itagüí, por medio de la unificación de los criterios jurídicos que conlleven a la toma adecuada de decisiones, en pro de defender los intereses del Municipio y la comunidad. De igual forma, señala que la Secretaría Jurídica tendrá las siguientes funciones: 1. Diseñar las políticas tendientes al fortalecimiento jurídico del Municipio. Hemos avanzado en la consolidación del criterio jurídico municipal, a través de nuestra participación en los diferentes comités y juntas de las entidades descentralizadas. 2. Brindar la asesoría y el acompañamiento jurídico que el alcalde y las demás dependencias de la Administración Municipal requieran para el ejercicio de sus funciones. De manera permanente brindamos asesoramiento a la totalidad de dependencias de la administración municipal y a los servidores de la entidad que así lo requieran.

I. FUNCIONES DE LA DEPENDENCIA

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Page 1: I. FUNCIONES DE LA DEPENDENCIA

INFORME DE GESTIÓN Secretaría Jurídica Alcaldía de Itagüí

Enero 01 a septiembre 30 de 2020

OSCAR DARÍO MUÑOZ VÁSQUEZ

Secretario Jurídico

WILFREDO CALIZ AGUDELO Líder de Programa Fondo Rotatorio de Vivienda

I. FUNCIONES DE LA DEPENDENCIA De conformidad con el artículo 30 del Decreto No. 171 del 27 de enero de 2020 “por el cual se modifica y ajusta la estructura Orgánica del Municipio de Itagüí”, el objetivo de la Secretaría Jurídica es garantizar el orden jurídico en todas las acciones de la administración central del municipio de Itagüí, por medio de la unificación de los criterios jurídicos que conlleven a la toma adecuada de decisiones, en pro de defender los intereses del Municipio y la comunidad. De igual forma, señala que la Secretaría Jurídica tendrá las siguientes funciones:

1. Diseñar las políticas tendientes al fortalecimiento jurídico del Municipio. Hemos avanzado en la consolidación del criterio jurídico municipal, a través de nuestra participación en los diferentes comités y juntas de las entidades descentralizadas.

2. Brindar la asesoría y el acompañamiento jurídico que el alcalde y las demás

dependencias de la Administración Municipal requieran para el ejercicio de sus funciones.

De manera permanente brindamos asesoramiento a la totalidad de dependencias de la administración municipal y a los servidores de la entidad que así lo requieran.

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3. Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinencia, coherencia y conveniencia de los proyectos de actos administrativos del alcalde o los que deba sancionar, objetar o suscribir.

Revisamos de manera permanente las actuaciones que deben ser suscritas por el señor Alcalde municipal y los actos administrativos de carácter general de todas las dependencias de la administración municipal.

4. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de decreto, resoluciones y

convenios y demás actuaciones administrativas que deba suscribir o proponer la Alcaldía, y sobre los demás asuntos que le asignen.

Hemos proyectado, revisado y acompañado la expedición de diferentes actos administrativos de la entidad.

5. Desarrollar y adoptar metodologías que permitan la interpretación sistemática de

las normas y la unificación de criterios en la toma de decisiones en la Administración Municipal.

A través del comité de conciliación y del ejercicio juicioso de los servidores de la secretaría hemos establecido canales y metodologías de interpretación y aplicación normativa.

6. Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Administración Municipal, en los

procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que éste deba promover, mediante poder otorgado por el alcalde y supervisar el trámite de los mismos.

Hemos atendido el 100% de los requerimientos y necesidades judiciales de la administración municipal.

7. Identificar en las demandas en contra de la Administración las causas generales

que originan desviaciones en los objetivos o que afecten de cualquier manera los intereses de la Administración.

A través del Comité de Conciliación hemos establecido la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad.

8. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas, y en general las

actuaciones jurídicas y administrativas relacionadas con las funciones del

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municipio, que no correspondan a una dependencia especifica de la Administración Municipal.

Hemos atendido el 100% de las actuaciones encomendadas a la Secretaría Jurídica.

9. Dirigir los procesos de contratación de la Administración Municipal y la gestión de

adquisiciones y suministros de bienes e insumos requeridos para el normal funcionamiento de las diferentes dependencias del Municipio de Itagüí.

Como lo veremos con detalle mas adelante, hemos adelantado el 100 % de los procesos contractuales de la entidad con criterios de legalidad, oportunidad y calidad.

10. Adelantar el desarrollo de las diferentes etapas de los procesos contractuales que

requiera la Administración Municipal, de acuerdo a los requerimientos de cada dependencia, cumpliendo de manera integral con la normatividad y los procedimientos establecidos en el Estatuto General de Contratación Pública.

Como lo veremos con detalle mas adelante, hemos adelantado el 100 % de los procesos contractuales de la entidad con criterios de legalidad, oportunidad y calidad.

11. Adelantar e implementar políticas de gestión jurídica pública encaminadas a

mejorar las políticas de defensa judicial del Municipio. Hemos desarrollado de manera juiciosa los Comités de Conciliación.

12. Diseñar las políticas institucionales en materia jurídica, así mismo estrategias

orientadas a la defensa de los intereses del Municipio y la prevención del daño antijurídico.

A través del Comité de Conciliación hemos establecido la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad.

13. Mantener actualizada y compilada la normatividad, jurisprudencia y doctrina

relacionada con las funciones del Municipio, la Misión y los objetivos institucionales. Hemos avanzado en la consolidación y buen manejo de la Gaceta Digital y de bases de datos confiables que agrupan toda la normatividad existente y vigente en la entidad.

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14. Dirigir y garantizar la adecuada colocación, seguimiento y cobro de los valores ubicados por las diferentes modalidades de crédito del Fondo Rotatorio de Vivienda de los empleados de la Administración Municipal de Itagüí y mantener la custodia de los títulos valores derivados; así como garantizar, la realización de convocatorias de crédito con sujeción a los principio de transparencia, legalidad, oportunidad y criterio de mérito.

Hemos logrado, con criterios de legalidad, tranparencia, eficacia y eficiencia, avanzar en la normalización y consolidación del Fondo Rotatorio de Vivienda.

15. Las demás que le sean asignadas y que comprendan la naturaleza de los procesos

de la dependencia o que le sean asignadas por ley o autoridad competente. Ahora bien, atendiendo la especialidad de los asuntos que conoce la Secretaría Jurídica, ello en el marco de las funciones atribuidas por el Decreto No. 171 del 27 de enero de 2020, así como en el Decreto No. 400 del 12 de marzo del presente año y en el Decreto 551 del 11 de agosto de 2016, la dependencia cuenta con una estructura organizacional compuesta por funcionarios encaminados a apoyar la gestión de la administración municipal en las siguientes áreas: 1. Representación Judicial y otros asuntos, 2. Contratación; 3. Propiedad Horizontal y 4. Fondo Rotatorio de Vivienda. En este orden de ideas, frente al cumplimiento de las funciones asignadas encontramos los siguientes resultados:

1. DE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL. Siendo la principal función encomendada a la Secretaría Jurídica en cabeza de su director, se busca con ella ejercer la defensa judicial de la entidad tanto por activa como por pasiva, hecho que se encuentra sustentado en el poder general conferido por el señor alcalde mediante escritura pública No. 23 del 09 de enero de 2020. En virtud de lo anterior, en lo que va corrido del presente año se han atendido un total de 391 procesos judiciales, de los cuales 45 han ingresado desde enero a septiembre, encontrándose de ellos 35 vigentes y 10 finalizados. Respecto a las acciones de tutelas de enero a septiembre se han tramitado 146 tutelas. Por medios de control los procesos activos a la fecha son los siguientes:

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MEDIO DE CONTROL (DEMANDAS 391) ACTIVOS

Nulidad Actos y Contratos 262

Acción de Cumplimiento 25

Acción Popular 22

Acción Reivindicatoria 1

Civil Ordinario 1

Control Inmediato de Legalidad 3

Ejecutivo 3

Fuero Sindical 1

Habeas Corpus 1

Indemnización por Responsabilidad Civil 24

Liquidación de Perjuicios 20

Nulidad y Restablecimiento del Derecho 1

Ordinario Mayor Cuantía 1

Ordinario Laboral 13

Ordinario Laboral Única Instancia 4

Reparación Directa 4

1.1. COMITÉ DE DEFENSA JUDICIAL Y CONCILIACIÓN DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ.

Mediante Decreto No. 401 del 12 de febrero de 20121, se crea el Comité de Defensa Judicial y Conciliación en el Municipio de Itagüí, el cual funciona en el marco de las disposiciones de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, señalandose que a la fecha en el período de rendición ha realizado 16 sesiones en las que se han sometido a estudio diferentes solicitudes tanto en asuntos pre-judiciales como judiciales y además se han debatido temas de interés para la defensa de la entidad. Se resalta que a través del Decreto 686 del 23 de julio de 2020, se adoptó el reglamento interno del comité en donde se consigna como función la formulación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico. A la fecha se han asistido un total de 14 audiencias de conciliación prejudicial y judicial. También se atendieron 253 PQRDS (peticiones de información, de documentación, de consulta, sugerencias, entre otras).

1Modificado por los Decretos Nos. 144 de 2016 y 711 del 26 de agosto de 2017.

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1.2. DE LA PROYECCIÓN Y REVISIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS.

En desarrollo de la función tendiende a brindar la asesoría jurídica que las demás dependencias de la administración municipal requieran para el ejercicio de sus funciones, hemos adelantado la proyección y efectuado la revisión de 99 actos administrativos, ello en garantía de que las decisiones de la administración municipal esten acorde con la normativa vigente.

1.3. ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE ACUERDO, RESOLUCIONES Y DEMÁS ACTOS ADMINISTRATIVOS.

Hemos tramitado ante el Honorable Concejo Municipal 13 proyectos de acuerdo en el periodo de rendición. Por delegación del señor Alcalde la Secretaría Jurídica concede las comisiones de servicios y viáticos a la empleados de la administración municipal, concediendo en el período de rendición 46 comisiones de servicios. En el periodo se han proyectado 16 Resoluciones en diferentes temas.

1.4. CONCEPTOS JURÍDICOS EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. Con la finalidad de contar con un criterio unificado de orientación en cada uno de los asuntos solicitados por las diferentes dependencias de la administración municipal para el adecuado ejercicio de sus funciones, la Secretaría Jurídica ha emitido a la fecha 29 conceptos jurídicos.

1.5. COORDINAR Y TRAMITAR LOS RECURSOS QUE DEBAN SER SUSCRITOS POR EL SEÑOR ALCALDE.

Se han tramitado en la Secretaría Jurídica un total de 3 recursos de apelación.

2. DE LA CONTRATACIÓN. Otra de las funciones neurálgicas de la Secretaría Jurídica es la relacionada con el direccionamiento de la gestión contractual de la entidad desde la etapa precontractual, pasando por la contractual y terminando en la liquidación de los eventos contractuales.

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2.1. GOSSEC. A efecto de poder realizar un adecuado asesoramiento y seguimiento a la gestión contractual de la entidad, se estableció a partir del mes de enero de la presente anualidad el GRUPO DE ORIETACIÓN, SOPORTE Y SEGUIMIENTO CONTRACTUAL GOSSEC, instancia en la cual la totalidad de los eventos contracuales de la entidad son analizados con criterios técnicos, jurídicos y económicos y en el caso de ser viabilizados ser sometidos a la aprobación del Consejo de Gobierno. A la fecha el GOSSEC ha desarrollado 38 sesiones de debate previo a los eventos contractuales.

2.2. ASESORAMIENTO AL CONSEJO DE GOBIERNO EN MATERIA CONTRACTUAL.

Agotado el proceso de viabilización de los eventos contractuales en el GOSSEC, la Secretaría Jurídica funge como asesora del Consejo de Gobierno en el trámite de aprobacion de la contratación en la entidad.

2.3. LA CONTRATACIÓN EN PARTICULAR.

A la fecha se ha tenido el siguiente desempeño:

RELACIÓN DE CONTRATOS POR CLASE 2020

TIPO DE CONTRATO CANTIDAD CUANTÍA

Arrendamiento 24 $ 4.174.643.625

Urgencia Manifiesta 12 $ 2.455.539.767

Compraventa y/o suministro 7 $ 2.541.709.205

Contratos o Convenios Interadministrativo 24 $ 43.158.944.779

Sin Pluralidad de Oferentes 8 $ 1.967.071.042

Prestación de Servicios ESAL 1 $ 8.205.422.520

Prestación de Servicios 177 $ 62.404.018.914

TOTAL 292 $ 124.907.349.852

RELACIÓN DE CONTRATOS POR MODALIDAD 2020

TIPO DE CONTRATO CANTIDAD CUANTÍA

Entidad sin ánimo de Lucro 1 $ 8.205.422.520

Contratación Directa 277 $ 105.478.201.847

Licitación 4 $ 9.759.284.916

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RELACIÓN DE CONTRATOS POR MODALIDAD 2020

TIPO DE CONTRATO CANTIDAD CUANTÍA

Mínima Cuantía 6 $ 101.984.177

TOTAL 292 $ 124.907.349.852

2.4. DE LA SUPERVISIÓN DE CONTRATOS. De acuerdo a las estipulaciones del Manual de Contratación de la administración municipal adoptado a través del Decreto 267 del 12 de febrero de los corrientes y al Decreto 763 del 09 de septiembre de 2020, mediante el cual se establece el manual de supervisión e interventoría en el municipio de Itagüí, en cada proceso contractual se designa el supervisor del contrato el cual deberá mantener al orden del día la documentación del contrato y verificar en debida forma el cumplimiento del mismo en los términos de Ley.

A la fecha se ha logrado establecer una metodología estandar de supervisión de la contratación a través de la formulación y adopción del manual de supervisión e interventoría y del seguimiento permanente que desde la Secretaría de hace a cada uno de los contratos. En la actualidad nos encontramos diseñando la estrategia general de formación para los supervisores e interventores de la entidad con lo cual se busca la consolidación de los ejercicios de seguimiento de la contratación con criterios de calidad y oportunidad. Cabe anotar que en la Secretaría Jurídica se conserva la custodia de la información contractual de la entidad a través del archivo central.

3. PROPIEDAD HORIZONTAL. En virtud del Decreto No. 557 del 11 de agosto de 2016, se delegó en la Secretaría Jurídica las facultades atribuidas al alcalde en la Ley 675 de 2001 -Régimen de Propiedad Horizontal-, por lo que corresponde a esta dependencia realizar la inscripción y registro de las propiedades horizontales con asiento en el municipio de Itagüí y certificar la representación legal de las mismas. Así pues, en desarrollo de esta delegación se han expedido 60 resoluciones relacionadas inscripción de propiedad horizontal por primera vez, cambio de administrador y cambio de revisor fiscal.

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De igual forma, se expidieron 246 certificaciones de personería jurídica de propiedad horizontal.

4. DEL FONDO ROTATORIO DE VIVIENDA. Luego de haber avanzado en los últimos años en la normalización financiera, jurídica e institucional del Fondo Rotatorio de Vivienda, a partir del mes de enero del año 2020, el mismo se encuentra adscrito a la Secretaría Jurídica en donde mes a mes se viene haciendo un seguimiento juicioso del avance del mismo, siendo pertinente para los efectos del presente informe, hacer presentación de los resultados del FRV con corte al mes de agosto del año 2020, en los siguientes términos:

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II. SEGUIMIENTO AL PLAN DE ACCIÓN. En el marco del Plan de Desarrollo 2020-2023 “Itagüí Ciudad de Oportunidades”, adoptado por el Acuerdo No. 08 del 11 de junio de 2020, la Secretaría Jurídica tiene plasmados tres (3) proyectos sobre los cuales basa su gestión de inversión en el cuatrenio, son ellos:

1. Administración del proyecto de inversión social del programa de vivienda para los servidores municipales de Itagüí, el cual posee como indicador el número de créditos aprobados, lograndose evidenciar que en lo corrido del año 2020 se han logrado aprobar 06 créditos.

2. Fortalecimiento de la legalidad y oportunidad de la gestión administrativa, el cual posee como indicador el documento de política de defensa jurídica actualizado e implementado, teniendo a la fecha que para el año 2020 ya se encuentra actualizado y consolidado.

3. Modernización institucional para una ciudad de oportunidades en el cual se contempla la creación del Instituto de Cultura, Recreación y Deporte, las Secretarías de Familia, Seguridad, Privada y Comunicaciones y la Dirección de Desarrollo Económico, proyecto que cuenta con un avance del 100%.

META %

administración del proyecto de

inversión social del programa

de vivienda para los servidores

municipales itagüí

Créditos de vivienda aprobados Número 80 Incrementar 5 57,5% 2.873

Fortalecimiento de la legalidad

y oportunidad de la gestión

administrativa

Documento de Política de defensa

jurídica realizado e implementadoNúmero 4 Incrementar 1 49,8 0,498

Instituto de Cultura, Recreación y

Deporte creadoNúmero 1 Incrementar 1

Secretarías de la Familia, Seguridad,

Privada y de Comunicaciones, creadasNúmero 1 Incrementar 1

Dirección de Desarrollo Económico,

creadaNúmero 1 Incrementar 1

SEGUIMIENTO PLAN INDICATIVO ITAGÜÍ CIUDAD DE OPORTUNIDADES 2020- 2023

Modernización institucional

para una cuidad de

oportunidades

META

CUATRIENIO

UN

IDA

D D

E M

EDID

A META 2020

PROGRAMADA

AVANCE A 30 DE

SEPTIEMBRE PROYECTO INDICADOR

TEN

DEN

CIA

UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE: SECRETARÍA JURÍDICA

1 100

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III. OTRAS ACTIVIDADES.

De manera adicional a las funciones acometidas por la Secretaría Jurídica y que se relacionaron en precedencia, hemos adelantado las siguientes actividades:

• Hemos ejercido la Secretaría Ejecutiva de la Junta Directiva de la E.S.E. HOSPITAL DEL SUR GABRIEL JARAMILLO PIEDRAHITA.

• El Secretario Jurídico es miembro principal de la Junta Directiva de la AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DE ITAGÜÍ ADELI.

• El Secretario Jurídico es miembro principal de la Junta Directiva de la empresa METROPLUS S.A.

• El Secretario Jurídico es miembro principal del Consejo Directivo del INSTITUTO DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE DE ITAGÜÍ.

• El Secretario Jurídico acompaña de manera permanente la Junta Directiva de MUNICIPIOS ASOCIADOS DEL VALLE DE ABURRA MASA

• El Secretario Jurídico es miembro principal de los siguientes comités:

o Comité de desarrollo territorial. o Comité de saneamiento contable. o Comité de inservibles. o Comité de gestión y desempeño institucional. o Comité institucional de control interno. o Comité del FRV o Comité de conciliación.

• Por delegación del señor Alcalde lideramos el proceso de interacción y negociación con las organizaciones sindicales de la administración municipal.

• Durante los períodos de aislamientos preventivos por causa del coronavirus expedimos los permisos de desplazamientos desde y hacia la ciudad de Itagüí, alcanzando la expedición de más de 900 permisos.

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• Adelantamos y consolidamos el PLAN COVID-19 ITAGÜÍ 2020, mediante el cual se articularon las acciones institucionales para la atención de esta situación en la ciudad.

Todas las acciones emprendidas por la Secretaría Jurídica no hubiesen sido posibles sin el comprometido concurso del excepcional equipo de trabajo que acompaña la gestión, un grupo de personas que se destaca por su ética, responsabilidad, servicio y compromiso institucional.