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Secretaría de Educación Municipal Alcaldía de Girardot República de Colombia Certificada MEN Res. No. 3053 de 2002 --- DeSPACHO SECRETARJA DE EDUCACiÓN ( ......... ........ ...... I...-..:. RESOLUCiÓN 998 DE 2015 (Diciembre 3 de 2015). "Por la cual se fija el cronograma de la Evaluación Anual de Desempeño Laboral en la vigencia 2016 para los SelVidores Públicos Docentes y Directivos Docentes que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002" LA SECRETARIA DE EDUCACiÓN DEL MUNICI PI O DE GIRARDOT, En uso de sus facultades y en especial las de los decretos Municipales 248 de 2005 y 284 de 31 de Agosto de 2009 y CONSIDERANDO Que el Municipio de Girardot es certificado por el Ministerio de Educación Nacional Mediante resolución 3053 del 27 de diciembre de 2002, dicha certificación habilita al Municipio de Girardot para asumir el selVicio Educativo descentralizado en los términos de la ley 715 de 2001. Que el Decreto N° 3782 del 2 de octubre de 2007, define en su artículo 2. Concepto: La evaluación anual de desempeño laboral de docentes y directivos docentes como la ponderación del grado de cumplimiento de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo que desempeñan y del logro de resultados a través de su gestión. Que la evaluación anual de desempeño laboral comprende el año escolar de cuarenta (40) semanas de desarrollo académico y cinco (5) semanas de desarrollo institucional y se aplica al Docente y Directivo Docente que haya superado el periodo de prueba y laborado en el establecimiento educativo en forma continua o discontinua, por un término superior a tres (3) meses. Que el Ministerio de Educación Nacional emitió directiva Ministerial N° 26 de fecha 31 de agosto de 2010, donde atendiendo la sentencia del 25 de Febrero de 2010 del Consejo de Estado expediente 11001 -03-025-000- 2008-00007-00 "ratifico la evaluación anual de desempeño de docentes y directivos docente y considero que"( ... )en la evaluación anual de desempeño laboral el evaluador solo emitirá una única calificación al finalizar el año escolar, siempre que el evaluado haya ejercido el cargo en el establecimiento educativo mínimo durante tres (3) meses continuos o discontinuos (... )" Así mismo la guía N°. 31 del Ministerio de educación, establece que la evaluación anual de desempeño laboral docente y directivo docentes es un proceso continuo, sistemático y basado en evidencias. Que en virtud de lo anterior, este despacho. RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Fijar para la vigencia de 2016 el cronograma de evaluación anual de desempeño de docentes y directivos docentes que se rigen por el decreto ley 1278 de 2002, así: ¡GIRARDOT TIENE CON QUE! Correra 8 con Calle 16, Esquina, G/rardot, Cundinamarca Telef ax: (OX1)-8352489 E-Mail: despachoseceducoc;[email protected]

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Secretaría de Educación Municipal Alcaldía de Girardot

República de Colombia Certificada MEN Res. No. 3053 de 2002

~.I~'----­ DeSPACHO SECRETARJA DE EDUCACiÓN ( .........~........ ~_M...... I...-..:.

RESOLUCiÓN N° 998 DE 2015 (Diciembre 3 de 2015).

"Por la cual se fija el cronograma de la Evaluación Anual de Desempeño Laboral en la vigencia 2016 para los SelVidores Públicos Docentes y Directivos Docentes que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002"

LA SECRETARIA DE EDUCACiÓN DEL MUNICIPIO DE GIRARDOT, En uso de sus facultades y en especial las de los decretos Municipales N° 248 de 2005 y 284 de 31 de Agosto de 2009 y

CONSIDERANDO

Que el Municipio de Girardot es certificado por el Ministerio de Educación Nacional Mediante resolución 3053 del 27 de diciembre de 2002, dicha certificación habilita al Municipio de Girardot para asumir el selVicio Educativo descentralizado en los términos de la ley 715 de 2001.

Que el Decreto N° 3782 del 2 de octubre de 2007, define en su artículo 2. Concepto: La evaluación anual de desempeño laboral de docentes y directivos docentes como la ponderación del grado de cumplimiento de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo que desempeñan y del logro de resultados a través de su gestión.

Que la evaluación anual de desempeño laboral comprende el año escolar de cuarenta (40) semanas de desarrollo académico y cinco (5) semanas de desarrollo institucional y se aplica al Docente y Directivo Docente que haya superado el periodo de prueba y laborado en el establecimiento educativo en forma continua o discontinua, por un término superior a tres (3) meses.

Que el Ministerio de Educación Nacional emitió directiva Ministerial N° 26 de fecha 31 de agosto de 2010, donde atendiendo la sentencia del 25 de Febrero de 2010 del Consejo de Estado expediente 11001 -03-025-000­2008-00007-00 "ratifico la evaluación anual de desempeño de docentes y directivos docente y considero que"( ... )en la evaluación anual de desempeño laboral el evaluador solo emitirá una única calificación al finalizar el año escolar, siempre que el evaluado haya ejercido el cargo en el establecimiento educativo mínimo durante tres (3) meses continuos o discontinuos ( ... )"

Así mismo la guía N°. 31 del Ministerio de educación, establece que la evaluación anual de desempeño laboral docente y directivo docentes es un proceso continuo, sistemático y basado en evidencias.

Que en virtud de lo anterior, este despacho.

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Fijar para la vigencia de 2016 el cronograma de evaluación anual de desempeño de docentes y directivos docentes que se rigen por el decreto ley 1278 de 2002, así:

¡GIRARDOT TIENE CON QUE! Correra 8 con Calle 16, Esquina, G/rardot, Cundinamarca

Telefax: (OX1)-8352489 E-Mail: despachoseceducoc;[email protected]

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Secretaría de Educación Municipal . Alcaldía de Girardot

República de Colombia Certificada MEN Res. No. 3053 de 2002

~iIrt ~ DESPACHO SECRETARIA DE EDUCACIÓNt--............. ,........ c.....I ..~I~

DESCRIPCION DEL PROCESO FECHA Socialización: Se realiza al inicio del año escolar con los Docentes y Directivos Docentes que son evaluados. Aclarando la metodologfa,

De Enero 12 a procedimientos. Competencias a evaluar e instrumentos que se

Enero 22 de utilizaran, enfatizando en la importancia del proceso con el 2016mejoramiento de la Calidad de la Educación y propendiendo por un

ambiente de confianza y colaboración. Entrevista Inicial: Se realiza entre el evaluador y el evaluado al inicio del año escolar en la cual de manera concertada se reflexiona sobre las oportunidades de mejora y necesidades de desarrollo personal y De Enero 22 a profesional del evaluado. Este encuentro debe darse en ambiente Feb.29 de tranquilo y respetuoso que permita explorar el cumplimiento de las 2016 responsabilidades, compromisos adquiridos y aspectos ·susceptibles de aprendizaje y cambio. Registro de acuerdos: Una vez se tengan los acuerdos (proceso de

Febrero 22 a concertación) el rector debe crear el usuario en la plataforma humano Marzo 18 de en linea, registrar los porcentajes de competencias funcionales y

2016cOlTlPortamentales, contribuciones individuales y evidencias. Verificación por la SEM: El funcionario de Area Humanos verificara Marzo 21 a 15 el avance del proceso de evaluación en la plataforma definida para tal de Abril de fin. 2016 Recolección de Evidencias:La evaluación anual de desempeño laboral demanda de la recolección permanente de evidencias las cuales sustentan las puntuaciones asignadas a las competencias y

Durante el año I contribuciones individuales de los evaluados, cada docente o directivo lectivo

docente evaluado debe organizar una carpeta de evidencias recolectadas en el curso del año escolar, dicha carpeta podrá ser enriquecida por el evaluado o evaluador durante el proceso Seguimiento: Se hará durante el año lectivo, el evaluado y evaluador

Durante el añorecolectara evidencias que dará cuenta del desempeño y los

lectivoresultados de su trabajo frente a las contribuciones individuales. Valoración Final: El evaluador y evaluado deben concertar una fecha

Del 1 al30 de para llevar a cabo la valoración de acuerdo al Decreto Le 1278 de

Nov. de 2016 2002. Cargue de la información en el sistema humano: El rector como responsable del proceso, debe garantizar él encargue de la Del 1 al25 información de las evaluaciones al sistema Humano, antes de Nov. de 2016 radicar en la Secretaria de Educación.

Oel28 de Entrega de resultados a la SEM: El Rector debe garantizar la Noviembre al 2 entrega de las evaluaciones en original y debidamente diligenciadas. de Dic. de

2016 Seguimiento al proceso por la SEM. La Secretaria de Educación , programara de manera concertada con los rectores visita de I Mayo a junio seguimientos a los EE por parte de Inspección y vigilancia o Calidad de 2016 educativa. I

ARTICULO SEGUNDO: Son objeto de evaluación de desempeño los docentes y directivos docentes, nombrados en propiedad y que se rige por el decreto 1278 de 2002.

ARTICULO TERCERO: Contra los resultados de la evaluación anual de desempeño laboral proceden los recursos establecidos en el artículo 23 de decreto 3782 del 2 de octubre de 2007, los cuales deben ser resueltos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación por el inmediato superior y por el superior jerárquico, respectivamente.

¡GIRARDOT TIENE CON QUEI Carrera 8 con calle 16, Esquina, Girardot, Cundlnamarca

Telefax: (OX1)-8352489 E-Mail: [email protected]

Secretaría de Educación Municipal Alcaldia de Glrardot

República de Colombia Certificada MEN Res. No. 3053 de 2002

......... ... c......... ...,.............-...-, DESPACHO SECRETARlA DE EDUCACiÓN~... """'*¡.~t--.. ........ r__

ARTICULO CUARTO: Para efectos de publicidad y conocimiento enviese copia de este acto administrativo a cada Institución Educativa para que se fije en lugares visibles, así como en la página web de la Secretaria de Educación Municipal de Girardot.

ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUaLiQUESE y CUMPLASE

Dado en Girardot a los dlas tres (3) días del mes de diciembre de 2015.

ú. ~o.~.~ ¿~Q~ ~t<.~ ~ Mg. M GAR J A ROJ S R~ERA

SEC T A DE E UC ClaN

Proyecto: o rltiJoGa lv~S Coordinador Calidad Educativa

Líder Jurídica.

¡GIR.4RDOT TIENE CON QUE! Carrera B con Calle 16, Esquina, G/rardot, Cundinamarca

Telefax: (OX1)-B352489 E-Mail: despachoseceducac/on@semg;rardot.gov.co