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REALIZADO POR:
JOS NGEL ROMERO MRQUEZ
JESSICA GARCA FERNNDEZ
COORDINADOR:
JUAN ANTONIO ZAMBRANO GONZALEZ
T O M O I
IDIOMA-TIC S.L.
SPEAKING IN MANY TONGUES Pgina 2
NDICE
1. ANTECEDENTES DEL PROYECTO .......................................................... 4
1.1. Presentacin de los promotores y origen del proyecto ............................... 4
1.2. Seleccin de la idea .................................................................................... 4
1.3. Cmo surge la idea de negocio? ............................................................... 5
1.4. Objetivos que se persiguen con este proyecto ............................................ 6
1.5. Razones fundamentales que llevan a crear la empresa............................... 7
1.6. El entorno ................................................................................................... 8
1.6.1. Entorno Socio Econmico ................................................................ 9
1.6.2. Entorno Jurdico ............................................................................. 13
1.6.3. Entorno Tecnolgico ...................................................................... 18
2. PROMOTORAS ............................................................................................ 21
3. UBICACIN .................................................................................................. 24
4. DENOMINACIN ........................................................................................ 30
5. FORMA JURDICA ..................................................................................... 33
5.1. Acta fundacional....................................................................................... 36
5.2. Ficha de registro de socios ....................................................................... 37
5.3. Redaccin de estatutos sociales ................................................................ 44
6. TRMITES DE CONSTITUCIN DE LA SOCIEDAD .......................... 45
6.1. Solicitar la Certificacin Negativa del nombre ........................................ 45
6.2. Ingreso bancario del capital social ........................................................... 50
6.3. Otorgamiento de escritura pblica de constitucin .................................. 51
6.4. Liquidacin del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales ................ 57
6.5. Solicitud del Cdigo de Identificacin Fiscal .......................................... 60
6.6. Inscripcin en el Registro Mercantil ........................................................ 66
6.7. Alta en el Impuesto sobre Actividades Econmicas (IAE) ...................... 68
6.8. Declaracin censal de inicio ..................................................................... 71
6.9. Inscripcin de la empresa en la Seguridad Social .................................... 75
6.10. Alta en rgimen de autnomo de la Seguridad Social ............................ 78
6.10.1. Adhesin a la mutua de AT y EP... 88
6.10.2. Solicitud del Cdigo de Cotizacin... 89
6.11. Licencia Apertura del Ayuntamiento ..................................................... 93
6.11.1. Ordenanza Reguladora... 93
IDIOMA-TIC S.L.
SPEAKING IN MANY TONGUES Pgina 3
6.11.2. Ordenanza Fiscal .. 99
6.12. Sellado de libros de visita ..................................................................... 111
7. ACTIVIDAD ................................................................................................ 121
8. PRESTACION DEL SERVICIO ............................................................... 124
9. EL MERCADO ............................................................................................ 133
9.1. La Demanda ........................................................................................... 133
9.2. La Competencia ...................................................................................... 146
9.3. Los Clientes ............................................................................................ 150
9.4. Proveedores ............................................................................................ 153
9.5. Anlisis de la Tecnologa ....................................................................... 155
10. PLAN DE MARKETING ........................................................................... 159
10.1. Anlisis D.A.F.O. ................................................................................. 164
10.2. Prestacin del Servicio ......................................................................... 165
10.2.1. Plan de Calidad ............................................................................ 167
10.3. Los Precios ........................................................................................... 182
10.4. Publicidad y Promocin ....................................................................... 183
10.5. Diseo de la Documentacin comercial ............................................... 191
10.6. Canales de Distribucin ........................................................................ 194
IDIOMA-TIC S.L.
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1. ANTECEDENTES DEL PROYECTO
1.1. PRESENTACIN DE LOS PROMOTORES Y ORIGEN DEL
PROYECTO
Somos una pareja de jvenes emprendedores que dispuestos a realizar un proyecto
empresarial:
Jos ngel Romero Mrquez, de 45 aos de edad. Licenciado en filologa alemana.
Curso de aptitud pedaggica y Tcnico Superior en Administracin y Finanzas, con
experiencia laboral en asesoras laboral y fiscal. Natural de Mlaga, y residencia actual
en Marchena (Sevilla), telfono de contacto 692 514 403.
Jessica Garca Fernndez, de 26 aos de edad. Licenciada en pedagoga. Bilinge,
ingls como lengua materna. Tcnico Superior en Administracin y Finanzas, con
experiencia laboral en centros de enseanza privada. Natural de Marchena (Sevilla), y
residencia actual en la misma villa, telfono de contacto 638 414 876.
1.2. SELECCIN DE LA IDEA
En principio nos surgieron varias ideas:
GUARDERA DE IDIOMAS:
La idea de este negocio era la de abrir un centro de enseanza interactiva de idiomas,
enfocado a nios de temprana edad (en edad de guardera). As aprenderan el idioma
de forma natural y sin ningn esfuerzo, como si de nativos se trataran. Solo se les
hablara en un idioma distinto al materno, con un objetivo bien definido: el aprendizaje
de la lengua. Una vez asimilada la lengua, la gramtica y otros entresijos serian ms
fcil de aprender. Este objetivo en el futuro eliminara la complicada barrera que en la
mayora de las situaciones y a lo largo de la vida nos supone, y me atrevera a decir, nos
impone el idioma: la comunicacin.
Ventajas:
Nula competencia local.
Inconvenientes:
Elevado coste econmico.
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Necesidad de unas instalaciones adecuadas exigidas por la ley, con amplias
zonas de recreo, zonas de descanso, material ldico, instalaciones de aseo,
comedores, etc.
Adems los nios salen de las guarderas a los 3 aos, y con esa edad, aun no
dominan con destreza la vocalizacin en el habla. Con lo que no se conseguira
el objetivo planteado.
Otra idea fue la de crear:
RENTING DE COCHES PARA EVENTOS:
Es un proyecto de empresa dedicado al alquiler por horas de vehculos de gama media o
alta, y vehculos de poca, segn las expectativas de cada cliente, para cualquier evento
como bodas celebraciones
Ventajas:
Sin competencias local
Elevada demanda de casamiento en la localidad y pueblos de los alrededores
Inconvenientes:
Importante desembolso inicial en vehculos y naves o cocheras.
No se ve que termine de explotar una demanda considerable de este tipo de
servicios por parte del mercado como para rentabilizar tan alta inversin.
1.3. COMO SURGE LA IDEA DE NEGOCIO
La idea que se nos ocurre como alternativa a estas dos anteriores, surge a travs de la
experiencia de los promotores en el mbito de lenguas extranjeras, y viendo que hoy
da las necesidades han ido cambiando y que nos encontramos en una poca de
evoluciones constantes, la comunicacin entre diferentes pases y culturas es un hbito
necesario, por lo que el conocer y manejar otros idiomas se ha convertido en una
herramienta vital.
Por ello la idea de este negocio es ofrecer un servicio destinado al aprendizaje de varios
idiomas, concretamente cuatro de ellos (ingls, ruso, alemn y espaol como lengua
extranjera), contando con la ayuda del correspondiente personal cualificado.
Se trata de un centro especializado para ello, donde adems se realizarn otras
actividades complementarias:
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Call center
Servicios de Traduccin presencial
Informtica en ingls
Enseanza de idiomas a travs de skipe, sin fronteras gracias a la tecnologa.
Curso intensivos de espaol como lengua extranjera (grupo reducidos, no ms
de diez alumnos).
Obtencin de certificados B 1 y B 2.
Cursos formativos como ingls, atencin al cliente
Etc.etc.
Hemos elegido una Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral, que es aquella en la
que la mayor parte del capital social es propiedad de los trabajadores, que prestan de
forma personal y directa sus servicios.
La idea de trabajar por cuenta propia fue bien recibida por los dos, y teniendo en cuenta
todo lo anterior, analizamos porque elegir esta idea:
Existe una gran demanda de clases impartidas de otras lenguas
La inversin a realizar inicialmente no es tan grande como en otros casos, ya que
solo necesitaramos un local en alquiler e inversin en equipos informticos.
Son pocos los centros que imparten ms de una lengua extranjera, la mayora
solo disponen del ingls
1.4. OBJETIVOS QUE SE PERSIGUEN CON TU PROYECTO.
A lo largo de la vida, podemos sufrir momentos en los que nos resulta imposible
comunicarnos o entendernos con otras personas. Este problema surge al relacionamos
con gente de otros pases y otras culturas, gente que habla otras lenguas.
Estudiar ingls se nos hace necesario desde pequeo, necesitamos asimilarlo a lo largo
de nuestra vida estudiantil, y sin duda, haremos uso de l. Adems es muchas de las
ofertas de trabajo exigen, al menos, dominio de ingls, y en algunos casos
conocimientos de otros idiomas. Pero haremos ver a nuestros clientes que no solo es
interesante hablar ingls. Si bien es el ms demandado, por estar considerado el idioma
internacional, hay que tener en cuenta que dominar otros idiomas como el alemn o
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ruso, por ejemplo, nos puede abrir las puertas del mercado laboral, bien sea a la hora de
salir al extranjero o demandar empleo dentro en Espaa.
De todos es sabido que el turista ruso con alto poder adquisitivo- opta cada vez ms
por nuestro pas para el periodo vacacional, incluso se atreve con inversiones
inmobiliarias en zonas costeras, lo que har de l, un turista ms constante.
Por otro lado, y de muchos aos atrs, en nuestra geografa es conocido el asentamiento
y la llegada aos tras aos de turista ingls y alemn.
Tanto para el forneo como para el autctono, se hace necesaria la comunicacin, y
estos nos llevan a todos intentar, al menos, aprender un idioma. De ah que en nuestro
proyecto se incluyan clases de idiomas a travs la red y clases de espaol como lengua
extranjera orientada a turistas, as como otros servicios que creemos servir como
complemento para nuestra actividad y objetivo, que no es otro que el de eliminar
obstculos y fronteras para poder sentirnos libres e independientes.
Todo ello nos permitir un objetivo que no hemos de olvidar, y es en definitiva para lo
que se ha desarrollado este proyecto. Poder realizar una labor con entusiasmo y obtener
un empleo.
1.5. RAZONES FUNDAMENTALES QUE LLEVAN A CREAR LA
EMPRESA
1. SER TU PROPIO JEFE X
2. TENER UNA IDEA PARA PONER EN MARCHA/ DETECT UNA OPORTUNIDAD X
3. MEJORAR DE LA SITUACIN ECONMICA ACTUAL X
4.POR TRADICIN FAMILIAR
5. IMPOSIBILIDAD DE ENCONTRAR TRABAJAO X
6. APROVECHAR SUBVENCIONES
7. COBRO NICO DE LA PRESTACIN POR DESEMPLEO
8. OTROS (ESPECIFICAR) OFRECER EL APRENDIZAJE DE OTROS IDIOMAS
IMPORTANTES PARA EL MUNUDO LABORAL. DE HECHO, HOY POR HOY, YA SE
DEMANDAN JUNTO CON INGLES X
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1.6. ENTORNO
El entorno en el que vamos a ubicar nuestra empresa, es en el municipio de Marchena.
Marchena es un municipio espaol concretamente de la campia sevillana (Andaluca),
a unos 60 km al este de la capital, 90 de Crdoba y 450 km de Madrid.
Su extensin superficial es de
379 km y presenta una poblacin
en 2013 de algo ms de 20000
habitantes.
Desde Sevilla podemos acceder a
Marchena a travs de la A-92 o
mediante la lnea de ferrocarril
Sevilla-Mlaga-Granada-Almera.
En ambos casos tardaremos unos
30-40 minutos en llegar a esta
monumental villa de Marchena.
La estratgica situacin de Marchena la convirti en lugar privilegiado desde tiempos
inmemoriales. A partir de la Edad del Bronce, todas las civilizaciones que por ella
pasaron vieron en este lugar, el enclave ideal para su asentamiento. Por eso Marchena
fue neoltica, tartesia, turdetana, ibrica, cartaginesa, romana visigoda e
hispanomusulmana.
La base de su economa es la
agricultura, pues se trata de
una zona llana con tierras
frtiles regadas por el ro
Corbones y dedicadas
tradicionalmente al cultivo
del olivar (aceite de oliva y
aceituna de mesa) y del cereal
(trigo y cebada).
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1.6.1. ENTORNO SOCIO ECONMICO
POBLACIN:
POBLACIN TOTAL 2012 19984
POBLACIN HOMBRES 2012 9983
POBLACIN MUJERES 2012 10001
POBLACIN EN NCLEO 2012 19326
POBLACIN EN DISEMINADO 2012 658
PORCENTAJE DE POBLACIN MENOR DE 20 AOS 2012 23,19
PORCENTAJE DE POBLACIN MENOR DE 65 AOS 2012 15,65
INCREMENTO RELATIVO DE LA POBLACIN 2012 9,27
NMEROS DE EXTRANJEROS 2012 842
PRINCIPAL PROCEDENCIA DE LOS EXTRANJEROS 2012 RUMANA
PORCENTANJES QUE REPRESENTAN RESPECTO AL TOTAL DE
EXTRANJEROS 2012 39,43
EMIGRANTES 2011 290
INMIGRANTES 2011 265
NACIDOS VIVOS POR RESIDENCIA MATERNA 2011 241
FALLECIDOS POR LUGAR DE RESIDENCIA 2011 167
MATRIMONIOS POR LUGAR DONDE FIJAN LA RESIDENCIA 2011 57
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SOCIEDAD:
ECONOMA:
Agricultura
CENTROS DE INFANTIL 2013 8 CENTROS DE SALUD 2013 1
CENTROS DE PRIMARIA 2013 5 CONSULTORIOS 2013 0
CENTROS DE ENSEANZA
SECUNDARIA OBLIGATORIA 2013 3
VIVIENDAS FAMILIARES
PRINCIPALES 2011 7043
CENTROS DE BACHILLERATO 2013 2 VIVIENDAD DE ALQUILER 2013 ---
CENTROS C.F. GRADO MEDIO 2013 2 VIVIENDAS DESTINADAS A AL
VENTA 2013 ---
CENTROS DE C.F. GRADO SUPERIOR
2013 1 VIVIENDAS REHABILITADAS 2013 ---
CENTROS DE EDUCACIN DE
ADULTOS 2013 1 VIVIENDAS LIBRES 2013 ---
BIBLIOTECAS PBLICAS 2013 1 NMEROS DE PANTALLAS DE CINE
2013 1
CULTIVOS HERBCEOS 2011 CULTIVOS HERBCEOS 2011
SUPERFICIE 21930 SUPERFICIE 11337
PRINCIPAL CULTIVO DE
REGADO GIRASOL
PRINCIPAL CULTIVO DE
REGADO
OLIVAR
ACEITUNA
DE MESA
PRINCIPAL CULTIVO DE
REGADO: HAS 501
PRINCIPAL CULTIVO DE
REGADO: HAS 2220
PRINCIPAL CULTIVO DE
SECANO
TRIGO
PRINCIPAL CULTIVO DE
SECANO
OLIVAR
ACEITUNA
DE ACEITE
PRINCIPAL CULTIVO DE
SECANO : HAS 5926
PRINCIPAL CULTIVO DE
SECANO : HAS 5409
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Establecimiento con actividad Principales actividades
econmicas 2012 Econmica 2012
SIN EMPLEO CONOCIDO 619 Seccin G: 383 establecimientos
HASTA 5 ASALARIADOS 385 Seccin C: 137 establecimientos
ENTRE 6 Y 19 ASALARIADOS 75 Seccin F: 127 establecimientos
DE 20 Y MS ASALARIADOS 34 Seccin I: 96 establecimientos
TOTAL ESTABLECIMIENTOS 1113 Section M: 84 establecimientos
Transportes Otros indicadores
VEHCULOS TURISMOS 2012 8757 INVERSIONES REALIZADAS EN
OTRAS INDUSTRIAS 2009 -
AUTORIZACIONES TAXI 2012 5 OFICINAS BANCARIAS 2011 10
AUTORIZACIONES MERCANCAS
2012 102
CONSUMO ENERGA ELCTRICA
2011 69624
AUTORIZACIONES TRANSPORTES
PASAJEROS 2012 14
CONSUMO ENERGA ELCTRICA
RESIDENCIAL 2011 29793
VEHCULOS MATRCULADOS 2012 138 LNEAS TELEFNICAS 2011 2487
VEHCULOS TURISMOS
MATRICULADO 2012 94 LNEAS ADSL 2011 1453
Turismo
RESTAURANTES 2013 5
HOTELES 2013 0
HOSPEDERIA 2013 1
PLAZAS EN HOTELES 2013 1
HACIENDAS Y MOLINOS 2013 1
CASAS RURALES 2013 1
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Mercado de trabajo
PARO REGISTRADO MUJERES 2012 1357 CONTRATOS REGISTRADOS
INDEFINIDOS 2012 297
PARO REGISTRDO HOMBRES 2012 1225 CONTRATOS REGISTRADOS
TEMPORALES 2012 9982
PARO REGISTRADO EXTRANJEROS 2012 126 CONTRATO REGISTRADOS
EXTRANJEROS 2012 720
CONTRATO REGISTRADO MUJERES 2012 3645 TRABAJO AGRARIOS SUBSIDIADOS:
MUJERES 2012 355
CONTRATO REGISTRADO HOMBRES 2012 6691 TRABAJO AGRARIOS SUBSIDIADOS:
HOMBRES 2012 197
Hacienda
Presupuesto de las Corporaciones
Locales 2011
PRESUPUESTOS LIQUIDADOS DE INGRESOS 15.024.031,21
PRESUPUESTOS LIQUIDADOS DE GASTOS 14.892.230,02
INGRESO POR HABITANTES 755,32
GASTO POR HABITANTES 748,69
I.R.P.F 2010
NMEROS DE DECLARACIONES 7075
RENTAS DE TRABAJO 83.154.192,7
RENTAS NETA EN ESTIMACIN DIRECTA 2.311.416,5
RENTAS NETAS EN ESTIMACIN OBJETIVA 5.808.018,6
OTRO TIPO DE RENTAS 4.740.128,9
RENTA NETA MEDIA DECLARADA 13.570,8
IDIOMA-TIC S.L.
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Catastro inmobiliario Impuestos actividades econmicas
2011
IBI DE NATURALEZA URBANA. NMERO
DE RECIBOS 2012 13.600
SITUACIN DE ALTAS EN
ACTIVIDADES EMPRESARIALES 1.695
IBI DE NATURALEZA RSTICA.
TITULARES CATRASTALES 2013 4.095
SITUACIN DE ALTA EN
ACTIVIDADES PROFESIONALES 156
NMERO D EPARCELAS CATASTRALES:
SOLARES 2012 809 SITUACIONES DE ALTA ARTSTICAS 2
NMEROS DE PARCELAS CATASTRALES
: EDIFICADAS 2012 6.336
1.6.2. ENTORNO JURDICO
LEYES EDUCATIVAS EN VIGOR:
LEY ORGNICA 8/1985, DE 3 DE JULIO, REGULADORA DEL DERECHO A LA
EDUCACIN. LODE.
Artculo I: Todos los espaoles tienen derecho a una educacin bsica que les permita
el desarrollo de su propia personalidad y la realizacin de una actividad til a la
sociedad.
Todos, asimismo, tienen derecho a acceder a niveles superiores de educacin, en
funcin de sus aptitudes y vocacin, sin que en ningn caso el ejercicio de este derecho
est sujeto a discriminaciones.
Los extranjeros residentes en Espaa tendrn tambin derecho a recibir la educacin.
Artculo II: La actividad educativa, tendr, los siguientes fines:
El pleno desarrollo de la personalidad del alumno.
La formacin en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, de la
igualdad entre hombres y mujeres.
La adquisicin de hbitos intelectuales y tcnicas de trabajo, as como de
conocimientos cientficos, tcnicos, humansticos, histricos y estticos.
La capacitacin para el ejercicio de actividades profesionales.
La formacin en el respeto de la pluralidad lingstica y cultural de Espaa.
La preparacin para participar activamente en la vida social y cultural.
IDIOMA-TIC S.L.
SPEAKING IN MANY TONGUES Pgina 14
La formacin para la paz, la cooperacin y la solidaridad entre los pueblos y
para la prevencin de conflictos y para la resolucin pacfica de los mismos y no
violencia en todos los mbitos de la vida personal, familiar y social.
Artculo III: Los profesores, en el marco de la Constitucin, tienen garantizada la
libertad de ctedra. Su ejercicio se orientar a la realizacin de los fines educativos.
Artculo IV: Los padres o tutores, en relacin con la educacin de sus hijos o pupilos,
tienen los siguientes derechos:
A que reciban una educacin, con la mxima garanta de calidad,
A escoger centro docente tanto pblico como distinto de los creados por los
poderes pblicos.
A que reciban la formacin religiosa y moral que est de acuerdo con sus
propias convicciones.
A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integracin socio-
educativa
A participar en el proceso de enseanza y aprendizaje de sus hijos.
A participar en la organizacin, funcionamiento, gobierno y evaluacin del
centro educativo.
A ser odos en aquellas decisiones que afecten a la orientacin acadmica y
profesional de sus hijos.
Asimismo, como primeros responsables de la educacin de sus hijos o pupilos, les
corresponde:
Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de
dificultad.
Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les
encomienden.
Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de
los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias
Conocer, participar y apoyar la evolucin de su proceso educativo, en
colaboracin con los profesores y los centros.
Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro
Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.
IDIOMA-TIC S.L.
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Artculo V:
Los padres de alumnos tienen garantizada la libertad de asociacin en el mbito
educativo.
En cada centro docente podrn existir asociaciones de padres de alumnos
integradas por los padres o tutores de los mismos.
Las asociaciones de padres de alumnos podrn utilizar los locales de los centros
docentes para la realizacin de las actividades que les son propias.
Artculo VI
Los alumnos podrn asociarse, en funcin de su edad, creando organizaciones
de acuerdo con la Ley
Las asociaciones de alumnos asumirn, otras finalidades como expresar la
opinin de los alumnos en todo aquello que afecte a su situacin en los centros
y colaborar en la labor educativa de los centros y en las actividades
complementarias, as como, realizar actividades culturales, deportivas y de
trabajo en equipo.
Artculo VII: Se garantiza en los centros docentes el derecho de reunin de los
profesores, personal de administracin y de servicios, padres de alumnos y alumnos,
cuyo ejercicio se facilitar de acuerdo con la legislacin vigente y teniendo en cuenta el
normal desarrollo de las actividades docentes.
LEY ORGNICA DE PROTECCIN DE DATOS 15/1999 DE 13 DICIEMBRE,
(LOPD)
Es una Ley Orgnica espaola que tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que
concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades pblicas y los derechos
fundamentales de las personas fsicas, y especialmente de
su honor, intimidad y privacidad personal y familiar.
Su objetivo principal es regular el tratamiento de los datos y ficheros, de carcter
personal, independientemente del soporte en el cual sean tratados, los derechos de los
ciudadanos sobre ellos y las obligaciones de aquellos que los crean o tratan. Funciones:
Vela por el cumplimiento de la legislacin sobre proteccin de datos y controla
su aplicacin, en especial a lo relativo a los derechos de informacin, acceso,
rectificacin, oposicin y cancelacin de datos.
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Ser pues esta entidad la encargada de atender las reclamaciones y peticiones de
los posibles afectados, y promover campaas orientadas a la concienciacin del
ciudadano de sus derechos de privacidad e intimidad.
LEY DE LA REFORMA LABORAL 3/2012 (BOE)
CAPTULO I
Medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores
CAPTULO II
Fomento de la contratacin indefinida y otras medidas para
favorecer la creacin de empleo
CAPTULO III
Medidas para favorecer la flexibilidad interna en las empresas como
alternativa a la destruccin de empleo
CAPTULO IV
Medidas para favorecer la eficiencia del mercado de trabajo y reducir la
dualidad laboral
CAPTULO V
Modificaciones de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
jurisdiccin social
LEY 11/2013 DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTMULO
AL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIN DE EMPLEO
Medidas de desarrollo de la estrategia de emprendimiento y empleo joven:
Artculo I: Para aquellos menores de 30 aos de edad, o menores de 35 aos
en el caso de mujeres, se aplicar sobre la cuota por contingencias comunes que
corresponda, en funcin de la base de cotizacin elegida y del tipo de cotizacin
aplicable, segn el mbito de proteccin por el que se haya optado, una
reduccin, durante los 15 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos
del alta, equivalente al 30% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base
mnima de cotizacin aplicable el tipo mnimo de cotizacin vigente en cada
IDIOMA-TIC S.L.
SPEAKING IN MANY TONGUES Pgina 17
momento, incluida la incapacidad temporal, y una bonificacin, en los 15 meses
siguientes a la finalizacin del perodo de reduccin, de igual cuanta que sta.
Artculo II: Posibilidad de compatibilizar la percepcin de la prestacin por
desempleo con el trabajo por cuenta propia cuando lo establezcan los programas
de fomento al empleo. Segn la normativa y cuando lo estime algn programa
de fomento de empleo, se podr compatibilizar la prestacin por desempleo con
el trabajo por cuenta propia.
Artculo III: los beneficiarios de la prestacin por desempleo de nivel
contributivo que se constituyan como trabajadores por cuenta propia, podrn
compatibilizar la percepcin mensual de la prestacin que les corresponda con el
trabajo autnomo, por un mximo de 270 das
Artculo IV: Los hombres menores de 30 aos y mujeres menores de 35, podrn
hacer uso del 100% de lo que les quede de prestacin por desempleo para iniciar
una actividad por cuenta propia
Artculo V: Lo ms significativo de este artculo es la bonificacin que se
realizar a las empresas por contratar a jvenes.
Artculo VI: Contratacin indefinida de un joven por microempresas y
empresarios autnomos.
Artculo VII: Los trabajadores por cuentas propias menores de treinta aos, y
sin trabajadores asalariados, que a partir del 24 de febrero de 2013 contraten por
primera vez, de forma indefinida, mediante un contrato de trabajo a tiempo
completo o parcial, tendrn una bonificacin del 100% en las cuotas
empresariales a la Seguridad Social.
Artculo VIII: Primer empleo joven. Se recoge la posibilidad de realizar
contratos temporales con jvenes sin experiencia laboral, con una duracin
mnima de 3 meses y mxima de 6.
Artculo IX: Incentivos a los contratos en prcticas.
REAL DECRETO LEY 13/2010, 3 DE DICIEMBRE, DE ACTUACIONES EN
EL MBITO FISCAL, LABORAL Y LIBERALIZADORAS PARA
FOMENTAR LA INVERSIN Y LA CREACIN DE EMPLEO.
Este real decreto modifica el art. 45, 1 B del Texto refundido de la Ley del Impuesto
sobre transmisiones patrimoniales y actos jurdicos aprobada por Real Decreto
Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, declarando exento y quedando el apartado
11 del art. 45, 1 B de la siguiente forma:
La constitucin de sociedades, el aumento de capital, las aportaciones que efecten
los socios que no supongan aumento de capital y el traslado a Espaa de la sede de
IDIOMA-TIC S.L.
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direccin efectiva o del domicilio social de una sociedad cuando ni una otra
estuviesen previamente situadas en un Estado miembro de la Unin Europea.
LEY 22/2013, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL
ESTADO PARA EL AO 2014. (BOE N 309 DE 26 DE DICIEMBRE DE 2013)
Del presupuesto general del estado, nos afecta en el siguiente titulo y disposicin final
TTULO VIII
Cotizaciones Sociales
Artculo 128. Bases y tipos de cotizacin a la Seguridad Social, Desempleo, Proteccin
por cese de actividad, Fondo de Garanta Salarial y Formacin Profesional durante el
ao 2014.
Cinco. Cotizacin en el rgimen especial de los trabajadores por cuenta propia o
autnoma.
Disposicin final
Trigsimo segunda. Inters legal del dinero
LA LEY 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS
EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIN (BOE N 233 DE 28 DE
SEPTIEMBRE DE 2013)
De esta ley nos afecta:
Artculo 29. Reducciones a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta
propia.
REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA
FAVORECER LA CONTRATACIN ESTABLE Y MEJORAR LA
EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES. (BOE N 305 DE 21 DE
DICIEMBRE DE 2013).
Artculo 1 Fomento del trabajo a tiempo parcial y de la flexibilidad en el tiempo de
trabajo
Artculo 2 Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores a
tiempo parcial
Artculo 3 Contratos de trabajo en prcticas por las empresas de trabajo temporal
Artculo 4 Concrecin del requisito de procedencia de otro sector de actividad en los
incentivos por la contratacin a tiempo parcial con vinculacin formativa
Artculo 5 Concepto de grupo de empresas a efectos de las aportaciones econmicas
por despidos que afecten a trabajadores de cincuenta o ms aos en empresas con
beneficios
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1.6.3. ENTORNO TECNOLGICO
Finalizamos el estudio del entorno en este mbito tecnolgico. Nos referimos a unos de
los factores con mayores efectos de la actividad empresarial.
Para que nuestra empresa sea ms conocida hemos tenido en cuenta el auge que hoy en
da tienen las redes sociales, ya que cada vez son ms los usuarios de estas redes,
adems del boca a boca, o en este caso la propia red es muy importantes para poder ser
conocidos, ya que se puede acceder a ellas las 24 horas del da y los 365 das del ao.
Para ello hemos creado para nuestra empresa una pgina web, tuenti, twitter, facebook
y un blog.
TWITTER: https://twitter.com/IDIOMATIC1
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WEB: http://idioma-tic.webnode.es/
LINKEDIN:
http://www.linkedin.com/profile/edit?trk=nav_responsive_sub_nav_edit_profile
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FACEBOOK: https://www.facebook.com/idiomatic.escueladeidiomas
BLOG: https://plus.google.com/109105806909787862011/posts
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2. L@S PROMOTOR@S
DATOS PERSONALES.
JESSICA GARCIA FERNANDEZ.
Fecha de nacimiento: 16/02/87
Domicilio: C/ Arroyo n 8, C.P. 41620 Marchena (Sevilla)
e-mail: [email protected]
Desempleado. Carnet de conducir y vehculo propio
FORMACIN ACADMICA.
Licenciatura en Pedagoga, Universidad de Sevilla. 2003-2008
Ciclo Superior en Administracin y Finanzas, IES Lpez de Arenas.
Actualmente
FORMACIN COMPLEMENTARIA:
Tcnico Superior en Prevencin de Riesgos Laborales (Seguridad, Higiene,
Ergonoma), CEA. 2008-2009
Curso de educacin infantil, Sodemar S.L. (2010)
Certificado de Aptitud Pedaggica (C.A.P). Instituto Ciencias de la Educacin.
Sevilla 2008
Implantacin de Sistemas de Gestin de la Calidad: ISO 9001, Confederacin de
Empresarios de Andaluca, 50 horas. 2007
Sistemas de Gestin Integrada: Calidad, Medio Ambiente y P.R.L.,
Confederacin de Empresarios de Andaluca, 50 horas.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
Orientadora en el C.E.I.P. Santa Isabel de Marchena (2009)
Monitora taller Aprendiendo a estudiar, Aula de Ocio (2010)
Auxiliar administrativa en la empresa Tcnica de Embalajes, S.A. (2011)
IDIOMAS
Ingls bilinge (lengua materna)
INFORMTICA
Tratamientos de texto (Word), Nivel avanzado
Hojas de clculo (Excel), Nivel avanzado
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Bases de datos (Access), Nivel avanzado
PowerPoint. Nivel avanzado
Navegacin por Internet (Internet Explorer) nivel avanzado
OTROS DATOS
Incorporacin inmediata y posibilidad de desplazamiento.
Puntual y responsable.
Capacidad de trabajo en equipo.
Capacidad de organizacin.
Dotes comunicativas.
DATOS PERSONALES
JOSE ANGEL ROMERO MARQUEZ
Fecha nacimiento: 19/04/1968
Domicilio C/ laguna, n 20, Marchena (Sevilla)
e-mail: [email protected]
Desempleado. Carnet de conducir y vehculo propio
FORMACIN ACADMICA
Ciclo Superior en Administracin y Finanzas, IES Lpez de Arenas.
Actualmente
Licenciado en filologa alemana. Universidad de Sevilla (1991-1998)
Tcnico especialista FP II. Rama Administrativa y comercial. Centro F.P. Lopez
de Arenas (1982-1988)
FORMACION COMPLEMENTARIA
Certificado de Aptitud Pedaggica (C.A.P). Instituto Ciencias de la Educacin.
Sevilla (1997)
Curso escribiente de marinera, Escuela de Suboficiales de la Marina. Armada
espaola (1989)
EXPERIENCIA PROFESIONAL
Administrativo, contabilidad, facturacin y almacn, Matega S.L.
Profesor cursos de alemn, CEAC
Administrativo, contabilidad, facturacin y almacn, Jose Sevillano e hijos, S.L.
IDIOMAS
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Ingls: nivel B 1. Alemn B 2
INFORMATICA
Tratamientos de texto (Word), Nivel avanzado
Hojas de clculo (Excel), Nivel avanzado
Bases de datos (Access), Nivel avanzado
PowerPoint. Nivel avanzado
Navegacin por Internet (Internet Explorer) nivel avanzado
OTROS DATOS
Mecanografa: 280 p.m.
Puntual y responsable.
Capacidad de trabajo en equipo.
Capacidad de organizacin
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3. UBICACIN.
IDIOMA-TIC, S.L. con slogan speaking in many tongues dedicada a la enseanza
de idiomas, se ubicara en Marchena, localidad que cuenta con un mayor nmero de
habitantes de entre los municipios que habamos barajado para su implantacin y el
desarrollo de su actividad. A nuestro alrededor y a poca distancia, encontramos pueblos
como Paradas, Puebla de Cazalla y Arahal entre los ms cercanos, a los que tendramos
a bien considerar
sus habitantes
como clientes
potenciales,
atrayndolos a
nuestra sede
central o con el
paso del tiempo,
por medio de
apertura de
nuevas escuelas en sus localidades. Por el entorno, Marchena es una poblacin con
buena accesibilidad de transportes pblicos, como el tren, lnea de autobuses y autobs
urbano para facilitar la autonoma de los usuarios.
Contamos con un local en alquiler a poca distancia del centro neurlgico de la ciudad,
adems de estar en una zona estratgica y fcil de localizar. Situado en la esquina de un
cruce perpendicular de calles, donde es imposible pasar inadvertido para la comunidad
transente, cualidad que consideramos como una publicidad muy a tener en cuenta. La
direccin del local elegido para desarrollar nuestra actividad se encuentra en c/ Madre
de Dios, n 2, 41620 Marchena (Sevilla).
El local tiene construido cuarto de aseo y recibidor para atencin al pblico, distribuidos
en aproximadamente unos 100 m2, superficie que con las separaciones oportunas,
adaptaramos perfectamente a nuestras necesidades. Adems cumple todas las normas
de accesibilidad y sin barreras y obstculos para nuestros usuarios.
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Dispondremos de l, en rgimen de alquiler. Acordamos con el propietario, alquilar el
local por un periodo de un
ao prorrogable hasta cinco.
La renta pactada es de 450
ms los impuestos
correspondientes, pactando
adems una congelacin de
dicha renta durante los tres
primeros aos, sufriendo la
subida del IPC a partir del
inicio del cuarto ao de
contrato.
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL
COMERCIAL
En la ciudad de Marchena, a 30 de Diciembre de 2013
REUNIDOS
De una parte, en concepto de arrendador, Don Luis Ruiz Ortiz, mayor de edad, con
domicilio en C/ Senda Ancha, 10 (Marchena) y con D.N.I. n 75.414.074-H.
Y de otra en concepto de arrendatario, Doa Jessica Garca Fernndez, mayor de edad,
con domicilio en C/ Arroyo, 8, en (Marchena) y con D.N.I. n 47.204.208-C, en
representacin de la empresa en constitucin IDIOMA-TIC; S.L.
Ambas partes se reconocen capacidad jurdica para celebrar este contrato, interviniendo
en nombre y derecho propio, siendo responsables de la veracidad de sus
manifestaciones. De mutuo acuerdo,
ESTIPULAN
I. Que Don Luis Ruiz Ortiz es propietario de un local, situado en el nmero 2 de la
calle Madre de Dios, de la ciudad de Marchena cuya superficie es de 100 m2
aproximadamente, con salida directa a la calle y destinado como local comercial.
II. Ambas partes contratantes han concertado el arrendamiento de dicho local de
acuerdo con las siguientes,
CLASULAS
Primero.- Doa Luis Ruiz Ortiz cede en arrendamiento a Doa Jessica Garca
Fernandez el uso del local descrito, por el plazo de 1 ao, a contar desde el da de la
fecha del presente contrato, en que dicho local se pone a disposicin del arrendatario,
quien lo recibe, as como las llaves, y declara conocer que se encuentra en perfecto
estado de conservacin.
Segundo.- La duracin de este contrato ser de 12 MESES, que comprende desde el
1de Enero de 2014 al 31 de Diciembre de 2014, pudiendo ser prorrogado por periodos
anuales hasta un mximo de cinco aos, de acuerdo con el sistema de prorrogas legales
que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de Noviembre, en su
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artculo 9.1, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta das de
antelacin como mnimo a la fecha de terminacin del contrato, su voluntad de no
renovarlo.
Tercero.- Se fija en concepto de renta mensual la suma de 450 euros, ms los impuestos
correspondientes, sin sufrir modificacin alguna, motivada por la subida del IPC, hasta
alcanzar el quinto ao, momento en el que se tomara nuevo acuerdo.
Cuarto.- Los gastos de suministro correspondientes al inmueble tales como electricidad
y agua sern pagados por la arrendataria e ingresados junto con la renta mensual.
Quinto.- El abono del canon arrendaticio se efectuar en el nmero de cuenta 2100
8351 64 0201013160 de la entidad UNICAJA dentro de los sietes primeros das de cada
mes, quedando facultado el arrendador para ejercitar el desahucio por falta de pago por
el solo hecho de no haberse abonado la renta de una mensualidad dentro del plazo
previsto.
Sexto.- Si el arrendatario dejase impagado algn recibo de electricidad o agua, queda
facultado el arrendador para ejercitar la accin que corresponda en reclamacin de las
cantidades que adeuden el arrendataria, con el solo justificante de haber pagado a las
respectivas compaas u organismo las deudas que existen.
Sptimo. - El arrendatario quedar obligado a devolver la vivienda que es objeto de este
contrato en el mismo estado que la recibe. Es decir, limpia y sin desperfectos ni
deterioros que pudieran surgir durante el arrendamiento.
Octavo. - Se seala como domicilio de todo tipo de notificaciones que hayan de hacerse
al arrendatario, el inmueble alquilado en este contrato.
Noveno. - Queda prohibido subarrendar ni ceder el local a otra persona.
Dcimo.- El arrendatario entrega en este acto la cantidad de 450 (Cuatrocientos
cincuenta EUROS) en concepto de fianza. Esta cantidad no podr servir de excusa para
compensar rentas pendientes de pago reintegrndose al termino del arriendo, salvo en el
caso de aplicacin a los fines para los que se constituye, limitndose entonces al
remanente. Tambin se podr abonar con cargo a esta fianza los recibos que queden
pendientes al finalizar el arrendamiento, por la basura o suministros de agua o
electricidad.
Undcimo.- Si por voluntariedad del arrendatario se rescindiesen este contrato dentro
de los seis primeros meses de su vigencia, la fianza entregada quedar para el
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arrendador en concepto de daos y perjuicios y si no hubiera bastante el arrendatario
abonar el mes de indemnizacin.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, los contratantes firman el presente
contrato en el lugar y fecha indicados.
FDO: EL ARRENDATARIO FDO: EL ARRENDADOR
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4. DENOMINACION
Buscar un nombre para la empresa fue una tarea ms. El nombre es una herramienta
publicitaria muy a tener en cuenta de cara al xito comercial. Puede ser de gran ayuda,
ha de ser breve, fcil de recordar y agradable al odo, original y apropiado para ser
utilizado en todo tipo de medios. Ha de reflejar las metas, valores y objetivos de la
empresa y debe encajar con todo tipo de mercados. Adems, acompaado de un breve
slogan significativo, es capaz de conseguir que el mercado identifique con claridad la
actividad empresarial.
Hemos madurado mucho esta decisin acerca de la denominacin con la que nos vamos
a lanzar al mercado. Nuestra intencin ha sido elegir una que nos identifique nada ms
pronunciarlo, sin que quede ningn resquicio de dudas sobre a quin se est refiriendo.
Se barajan dos nombres:
IDIOMATIC
IDIOMACLICK
IDIOMA-TIC
Estos dos nombres, por su etimologa, estn relacionados con la actividad que
desarrollaremos en nuestra empresa. Por un lado, IDIOMA, indica el principal objeto
social a lo que nos dedicaremos, la enseanza de varias lenguas. Por otro lado, TIC,
tecnologa de informacin y comunicacin, campo que abarcaremos a travs de la
enseanza de idiomas a travs de la informtica. Por ltimo, CLICK, ese sonido
onomatopyico que produce el ratn de nuestro ordenador a la hora de pulsarlo y que
nos lleva a una relacin directa de la enseanza de idiomas a travs del mundo
tecnolgico.
La eleccin final, se dirigi hacia IDIOMA-TIC, nombre que resulta ms cmodo,
prctico y rpido de pronunciar. La idea de insertar el guion en medio de la
denominacin social, se no ocurri despus de comprobar que IDIOMATIC ya exista
como denominacin social. Dado nuestro empeo en este nombre y ante esta
adversidad, quisimos buscar alternativas, pero no aparecan algunas que nos
convencieran tanto como la elegida desde el primer momento. Es por ello, que
introducir un insignificante guion en la palabra, no supona cambio alguno en su
pronunciacin, ya que nadie se detendra a decir: IDIOMA GUION TIC. De esta forma
todos pronunciaran IDIOMATIC, y nuestra primera decisin quedara satisfecha.
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Una vez que hemos decidido el nombre de nuestra empresa, tenemos que buscar un
logotipo. Para decidirnos por el logotipo es importantsimo que nos dediquemos a ello
concienzudamente, porque es el elemento que va a representa a nuestra empresa en el
mercado. Buscamos que describa claramente nuestro negocio, que sea sencillo,
elegante, colorido, que llame la atencin para que nos puedan recordar por el logo y que
hable de nuestra empresa nada ms verlo.
No hemos llegado ni a realizar pruebas de posibles logos, en cuanto a su variedad de
dibujo se refiere, puesto que desde primera hora tenamos concienciacin de que debera
estar formado por las banderas de los pases de los cuales vamos a impartir su idioma.
Adems tambin queramos que apareciera una imagen sencilla, simple, que estuviera
relacionada con hablar. De ah que nos decantramos por una persona hablando a la vez
que con su mano abarca todo el planeta, dndonos a entender asi, que rompe las barreras
impuestas por el idioma dentro del mundo de la comunicacin.
En lo que se refiere a los colores utilizados en nuestro logotipo, poco tenamos que
discutir. Una cara con una mano, solo tiene un color, el de la piel, si bien podramos
haber jugado con la posibilidad de poner una cara de origen africano o asitica. En
cuanto a las banderas, poco podamos hacer, puesto que cada una tiene sus colores y no
se pueden cambiar.
Donde si tomamos decisin, fue en los colores del nombre comercial y su slogan.
El nombre lo escribimos en negro, porque representa poder, la elegancia y formalidad.
Tambin se asocia al prestigio y la seriedad, que es la imagen que buscamos dar con
nuestro trabajo, principalmente formalidad y seriedad.
En una pgina web puede dar imagen de elegancia, y aumenta la sensacin de
profundidad y perspectiva. Sin embargo, no es recomendable utilizarlo como fondo ya
que disminuye la legibilidad.
Luego est el color de nuestro slogan. El verde, color elegido, es el color de la
naturaleza por excelencia. Representa armona, crecimiento, exuberancia, fertilidad y
frescura. Tiene una fuerte relacin a nivel emocional con la seguridad.
Son valores que hemos de tener en cuenta a la hora interactuar con nuestros clientes,
armona, crecimiento, seguridad., solo as conseguiremos eliminar fronteras.
Por ello, nuestro logotipo resulto con esta peculiar combinacin.
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ASI SERA NUESTRO LOGOTIPO
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5. FORMA JURDICA
La eleccin de la forma jurdica a adoptar para la puesta en marcha de una nueva
empresa debe ser objeto de un detenido estudio, a fin de elegir aquella que mejor se
adapte a las caractersticas del proyecto a desarrollar.
Es difcil establecer unos criterios generales que permitan determinar la forma jurdica
ms adecuada en cada caso concreto, dado que cada proyecto empresarial, presentaran
unas caractersticas propias que requerirn su estudio particular.
Pero se pueden citar algunos aspectos generales a tener en cuenta en el momento de
efectuar la eleccin:
Tipo de actividad a ejercer: La actividad que vaya a desarrollar la empresa
puede condicionar la eleccin de la forma jurdica en aquellos casos en los que
la normativa aplicable se establezca de una forma concreta.
Nmeros de promotores: el nmero de personas que intervengan en el
lanzamiento de una nueva empresa tambin puede condicionar en la eleccin.
Responsabilidad de los promotores: En funcin de las responsabilidades de
los promotores se optar por una opcin u otra.
Aspectos fiscales: Los resultados previstos en el ejercicio de la actividad
empresarial y la contribucin fiscal que por los mismos se haya de efectuar, es
un aspecto importante a tener en cuenta para la eleccin.
Imagen ante los clientes: Muchos clientes y proveedores se fijarn en la forma
jurdica de la empresa para determinar la mayor o menor permanencia y
fiabilidad de la misma.
Debido al nmero de promotoras, hemos decidido crear una sociedad, y a continuacin
hemos elaborado un cuadro comparativo con las principales formas de sociedades
existentes, para que nos ayude a decidirnos por una definitivamente:
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PRINCIPALES SOCIEDADES:
Despus de haber estudiado los aspectos generales a tener en cuenta y las distintas
posibilidades jurdicas anteriores, nos hemos decidido por constituir una sociedad
limitada, a continuacin vamos a describir las caractersticas de este tipo de sociedad,
las que han hecho que nos decidamos por este tipo. stas son las siguientes:
Definicin: Una sociedad limitada es una sociedad capitalista de carcter
mercantil con personalidad jurdica, en la que el capital social est dividido en
participaciones sociales, integradas por las aportaciones de los socios y
valoradas econmicamente.
Legislacin: Artculo 23 del Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de Julio por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Capital social mnimo: no podr ser inferior a 3.005,06 euros, y se
desembolsar ntegramente desde su origen.
Nmeros de socios: Aunque lo normal es que haya dos socios o ms, tambin
existe la modalidad de Sociedad Limitada Unipersonal. Surge como respuesta
del empresario individual con responsabilidad limitada frente a sus acreedores.
TIPO N
SOCIOS CAPITAL RESPONSABILIDAD
Sociedad civil 2 o ms No existe
mnimo inicial Ilimitada
Comunidad de bienes 2 o ms No existe
mnimo inicial Ilimitada
Sociedad limitada Mnimo 1 3.006 Limitada al capital
aportado
Sociedad limitada
nueva empresa
Mnimo 1
Mximo 5
Mn. 3.012 Mx. 120.202
Limitada al capital
aportado
Sociedad annima Mnimo 1 60.101 Limitada al capital
aportado
Sociedad limitada
laboral Mnimo 3 3.006
Limitada al capital
aportado
Sociedad annima
laboral Mnimo 3 60.101
Limitada al capital
aportado
Sociedad cooperativa Mnimo 3 1.803 Limitada al capital
aportado
IDIOMA-TIC S.L.
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Denominacin Social: Ser libre y exclusiva, aadiendo necesariamente
Sociedad de
Responsabilidad Limitada, Sociedad Limitada o sus abreviaturas SRL o
SL.
Constitucin: Necesariamente habr de constar en escritura pblica que se
inscribir en el Registro Mercantil.
Rgimen fiscal: Impuesto de sociedades.
rgano de administracin: Junta general de socios y administrador/es o
Consejo de Administracin.
Una vez elegida la forma jurdica y explicada todas sus caractersticas, vamos a
adjuntar los documentos necesarios que hemos tenido que realizar para poder
empezar a constituir la sociedad, estos documentos son: el acta fundacional, la
ficha de registro de socios y la redaccin de estatutos sociales.
IDIOMA-TIC S.L.
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5.1. ACTA FUNDACIONAL REUNIDOS
En Marchena, el da 15 de octubre de 2013, a las 10:00 horas, las personas que a
continuacin se detallan:
- Jos ngel Romero Mrquez C/ Laguna, 20 de Marchena 41620; D.N.I.
58266522 R
- Jessica Garca Fernndez C/ Arroyo, 8 de Marchena 41620; D.N.I 46557988 P
ACUERDAN
PRIMERO: Que tienen la voluntad de constituirse en Sociedad Limitada, al amparo
del
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Sociedades de Capital; bajo la denominacin social: IDIOMA-TIC,
S.L. cuya reserva de denominacin ha sido efectuada en el Registro Mercantil Central,
con fecha 01/10/2013.
SEGUNDO: Aprobar los Estatutos, as como el otorgamiento de la Escritura Pblica de
la constitucin de dicha sociedad.
TERCERO: Designar a la Junta Directiva de la entidad, cuya composicin es la
siguiente:
- Presidente: JOS NGEL ROMERO MRQUEZ
- Secretaria y tesorera: JESSICA GARCA FERNNDEZ
CUARTO: Consentir a la Administracin encargada de la inscripcin registral para que
sean comprobados los datos de identidad de los firmantes. (Real Decreto 522/2006, de
28 de abril B.O.E. nm. 110, de 9 de mayo de 2006).Y para que as conste a los
efectos oportunos, se expide el presente acuerdo, firmado por todos los concurrentes.
En Marchena, a 15 de octubre de dos mil diez.
JOS NGEL ROMERO MARQUEZ JESSICA GARCA FERNNDEZ
IDIOMA-TIC S.L.
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5.2. ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD IDIOMA-TIC, S.L.
TTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTCULO 1.- DENOMINACIN. La sociedad se denomina IDIOMA-TIC,
SOCIEDAD LIMITADA.
Se regir por lo dispuesto en estos estatutos, y en lo no previsto en ellos, por el Artculo
23 del Real Decreto legislativo 1/2010 de julio por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Sociedades de Capital y dems disposiciones complementarias.
ARTCULO 2.- DOMICILIO. El domicilio social se fija en CALLE ROJAS
MARCOS, 24. MARCHENA 41620 (SEVILLA)
El cambio de domicilio dentro del mismo trmino municipal, as como la creacin,
supresin o traslado de sucursales, agencias o delegaciones, ser acordado por el rgano
de administracin.
ARTCULO 3.- COMIENZO DE OPERACIONES. La sociedad se constituye por
tiempo indefinido, y da comienzo a sus operaciones el mismo da del otorgamiento de la
escritura de constitucin de la sociedad.
TTULO II. CAPITAL SOCIAL
ARTCULO 4.- CAPITAL SOCIAL. El capital social se fija en 8.000,00 EUROS, y
est ntegramente desembolsado mediante aportaciones dinerarias de los socios.
Dicho capital social se divide en 8.000 PARTICIPACIONES SOCIALES de UN
EUROS cada una de ellas, iguales, acumulables e indivisibles, numeradas
correlativamente del UNO al OCHO MIL, ambos inclusive.
TTULO III. RGIMEN DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES
ARTCULO 5.- TRANSMISIN DE PARTICIPACIONES SOCIALES Y
DERECHOS SOBRE LAS MISMAS.
Las participaciones sociales sern transmisibles en la forma prevista por la Ley y por
estos Estatutos.
La copropiedad, el usufructo, la prenda, el embargo y transmisiones forzosas de
participaciones sociales, as como la adquisicin por la Sociedad de sus propias
participaciones se regirn por lo dispuesto en la ley.
La adquisicin por cualquier ttulo de participaciones sociales deber ser comunicada
de manera fehaciente al rgano de Administracin de la Sociedad, indicando nombre o
denominacin social, nacionalidad y domicilio, dentro del territorio nacional, del nuevo
socio, as como el ttulo, material y formal, de su adquisicin. En todo documento de
enajenacin de participaciones sociales, el transmtete deber hacer constar la
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obligacin que tiene el adquirente de hacer la comunicacin a que se refiere el prrafo
anterior.
Hasta tanto no se realice la indicada comunicacin, y no haya transcurrido, en su caso,
el plazo para el ejercicio de los derechos de preferente adquisicin, no podr el
adquirente ejercitar los derechos que le correspondan en la Sociedad.
ARTCULO 6.- COMUNICACIONES A LOS SOCIOS. En todos aquellos supuestos
en que la Ley exija la publicacin de actos o acuerdos sociales en un peridico en
cualquier Boletn Oficial, el contenido de la publicacin o anuncio deber ser
individualmente notificado por el rgano de Administracin a todos los socios, excepto
a aqullos que asistieran a la Junta General en que se adopt el acuerdo.
Se considerar domicilio de los socios a efectos de tales notificaciones el que conste en
el Libro Registro de socios a cargo de la sociedad.
El incumplimiento de este deber de comunicacin por el rgano de Administracin no
afectar a la validez de los actos o acuerdos, ni alterar las normas y plazos sobre su
impugnacin, en su caso.
ARTCULO 7.- DERECHOS DE ADQUISICION PREFERENTE EN LAS
TRANSMISIONES NO LIBRES.
1.- Transmisin voluntaria intervivos:
Salvo disposicin contraria de los estatutos, ser libre la transmisin voluntaria de
participaciones por actos intervivos entre socios, as como la realizada en favor del
cnyuge, ascendiente o descendiente del socio o en favor de sociedades pertenecientes
al mismo grupo que la transmitente. En los dems casos, la transmisin est sometida a
las reglas y limitaciones que establezcan los estatutos y, en su defecto, se regir por lo
dispuesto en el artculo 107, punto 2 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
2.- Transmisiones hereditarias:
La adquisicin de alguna participacin social por sucesin hereditaria confiere al
heredero o legatario la condicin de socio.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los estatutos podrn establecer a favor
de los socios sobrevivientes, y, en su defecto, a favor de la sociedad, un derecho de
adquisicin de las participaciones del socio fallecido, apreciadas en el valor razonable
que tuvieren el da del fallecimiento del socio, cuyo precio se pagar al contado. La
valoracin se regir por lo dispuesto en el artculo 353 del Real Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de julio, para los casos de separacin de socios y el derecho de adquisicin
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habr de ejercitarse en el plazo mximo de tres meses a contar desde la comunicacin a
la sociedad de la adquisicin hereditaria.
TTULO IV. RGANOS DE LA SOCIEDAD
ARTCULO 8.- RGANOS DE LA SOCIEDAD. La sociedad se regir por:
a) La Junta General de Socios.
b) Los Administradores Mancomunados.
ARTCULO 9.- JUNTAS GENERALES. La voluntad de los socios, expresada por
mayora de votos, regir la vida de la Sociedad con arreglo a la Ley.
CONVOCATORIA: La convocatoria de la Junta General habr de hacerse por el
rgano de Administracin, o por los Liquidadores en su caso, mediante el envo de
carta certificada con acuse de recibo a travs de Notario al domicilio de cada socio que
conste en el Libro Registro de socios.
La convocatoria deber hacerse con quince das naturales de antelacin a la fecha fijada
para su celebracin, computndose dicho plazo desde la fecha en que se hubiere
remitido el anuncio de la convocatoria al ltimo de los socios.
A tal efecto, los socios podrn pedir, en cualquier tiempo, que se actualicen o cambien
los datos relativos a su domicilio que figuren en el Libro Registro de
Socios.
Los socios residentes en el extranjero debern designar un domicilio dentro del territorio
nacional para recibir las notificaciones, el cual se har constar en el Libro Registro de
socios. En otro caso, se entendern genricamente convocados por el anuncio que a tal
fin se exponga en el domicilio social.
B) CONVOCATORIA A INSTANCIA DE LOS SOCIOS: El rgano de
administracin convocar necesariamente la Junta cuando se lo solicite en virtud de
requerimiento notarial, un nmero de socios que represente, al menos, el cinco por
ciento del capital social.
Si el rgano de Administracin incumple esta obligacin, la Sociedad podr repetir
contra ellos los gastos que se deriven de la convocatoria judicial prevista por le Ley,
incluidos honorarios de Letrado y Procurador, aunque no sea preceptiva su intervencin.
C) REPRESENTACIN EN LA JUNTA: El socio podr hacerse representar en las
reuniones de la Junta General, adems de por las personas expresadas en la Ley, por
medio de Letrados, Economistas y, en general, cualquier tipo de Asesores Profesionales
con autorizacin especial para cada Junta conferida por escrito.
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D) PRESIDENCIA: Actuarn como Presidente y Secretario de la Junta los elegidos por
la misma al comienzo de la reunin.
E) DELIBERACIN Y TOMA DE ACUERDOS: La Junta General de Socios
deliberar sobre los asuntos comprendidos en el orden del da establecido en la
convocatoria, y se levantar acta de la misma en la forma prevista por la Ley, haciendo
constar en ella las intervenciones de los socios que lo soliciten.
Los acuerdos se adoptarn con las mayoras previstas en el artculo 198 del
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
ARTCULO 10.- JUNTA UNIVERSAL.
La Junta General quedar vlidamente constituida en cualquier lugar del territorio
nacional o del extranjero para tratar cualquier asunto, sin necesidad de previa
convocatoria, siempre que est presente o representado todo el capital social y los
concurrentes acepten por unanimidad la celebracin de la Junta y el orden del da de la
misma.
ARTCULO 11.- RGANO DE ADMINISTRACIN.
La gestin y el ejercicio de la representacin de la sociedad correspondern a los
Administradores Mancomunados nombrados por la Junta General de socios, debiendo
ser un mnimo de dos Administradores y un mximo de siete.
El rgano de Administracin ejercer su cargo por tiempo indefinido.
El cargo de Administrador ser gratuito.
ARTCULO 12.-FACULTADES DEL ADMINISTRADOR.
La representacin de la Sociedad en juicio y fuera de l corresponder a todos los
Administradores Mancomunados nombrados en la forma prevista por la Ley y estos
estatutos.
La representacin se extender a todos los actos comprendidos en el objeto social,
incluidos aquellos que tengan carcter complementario o accesorio.
En aquellos supuestos en los que no haya una clara conexin entre el acto o negocio
jurdico que se pretende realizar y el objeto social de la sociedad, los Administradores
Mancomunados manifestarn la relacin con el objeto social de la sociedad del acto o
negocio que pretenden realizar.
A efectos meramente enunciativos, se hace constar que los Administradores podrn
realizar, entre otros, los siguientes actos y negocios jurdicos:
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a) Adquirir, disponer, enajenar y gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles, as
como constituir, aceptar, modificar y extinguir toda clase de derechos personales y
reales incluida la hipoteca.
b) Dirigir la organizacin empresarial de la Sociedad y sus negocios.
c) Otorgar toda clase de actos, contratos o negocios jurdicos, con los pactos clusulas y
condiciones que estimen oportunos disponer; transigir y pactar arbitrajes; tomar parte en
concursos y subastas, hacer propuestas y aceptar adjudicaciones. Adquirir, gravar y
enajenar por cualquier ttulo, y en general realizar cualesquiera operaciones sobre
acciones, obligaciones u otros ttulos valores, as como realizar actos de los que resulte
la participacin en otras sociedades, bien concurriendo a su constitucin o suscribiendo
acciones en aumentos de capital u otras emisiones de ttulos valores.
d) Administrar bienes muebles e inmuebles; hacer declaraciones de obra nueva, divisin
horizontal, deslindes, amojonamiento, modificaciones hipotecarias y, en general,
cualquier acto de riguroso dominio; convenir, modificar y extinguir arrendamientos
rsticos o urbanos, convenir traspasos de locales comerciales y formalizar cualesquiera
otras sesiones de uso y disfrute de bienes; retirar y cobrar cualquier cantidad o fondos a
favor de la sociedad de cualquier organismo pblico o privado en que estuvieren
depositados.
e) Girar, aceptar, endosar, intervenir y protestar letras de cambio y cualesquiera otros
documentos de giro.
f) Tomar dinero a prstamo o crdito, reconocer deudas y crditos; prestar avales en
inters de la Sociedad o de terceros, o a favor de los propios accionistas.
g) Abrir y cancelar, disponiendo de sus fondos, cuentas y depsitos de cualquier tipo en
cualesquiera Bancos, Cajas de Ahorro o Entidades de Crdito o financieras en general.
As como suscribir contratos de alquiler de cajas de seguridad.
h) Nombrar y despedir empleados y representantes, firmar contratos de trabajo y de
transporte.
i) Comparecer ante toda clase de Juzgados y Tribunales de cualquier jurisdiccin y ante
toda clase de organismos pblicos en cualquier concepto, y en toda clase de juicios y
procedimientos, incluidos los arbtrales; interponer recursos de cualquier tipo, incluido
los de casacin, revisin o nulidad; ratificar escritos y desistir de las actuaciones, ya
directamente o por medio de Abogados y Procuradores, otorgando al efecto poderes de
representacin procesal.
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j) Otorgar y firmar toda clase de documentos pblicos y privados en ejercicio de sus
facultades, incluidos cartas de pago, recibos o facturas.
k) Ejecutar y elevar a pblicos cuando fuera necesario los acuerdos adoptados por la
Junta General.
l) Otorgar poderes de todas clases y modificar o revocar los apoderamientos conferidos.
TTULO V. ASPECTOS CONTABLES
ARTCULO 13.- AUDITORIAS DE CUENTAS.
A) POR EXIGENCIA LEGAL: Si fuera necesario, por incurrir en causa de exigencia
legal, la Junta General designar auditores de cuentas, antes del cierre del ejercicio a
auditar.
B) POR ACUERDO SOCIAL: Con el voto favorable de la mayora necesaria para la
modificacin de estatutos, podr acordar la Junta General la obligatoriedad de que la
Sociedad someta sus cuentas anuales de forma sistemtica a la revisin de auditores de
cuentas, aunque no lo exija la Ley.
Con los mismos requisitos se acordar la supresin de esta obligatoriedad.
C) POR EXIGENCIA DE LA MINORA: La Sociedad someter sus cuentas a
verificacin por un auditor nombrado por el Registrador Mercantil, aun cuando no lo
exija la ley ni lo haya acordado la Junta General, si lo solicitan los socios que
representen al menos el cinco por ciento del capital social, y siempre que no hayan
transcurrido tres meses desde la fecha de cierre del ejercicio que se pretenda auditar.
Los gastos de esta auditora sern satisfechos por la Sociedad.
ARTCULO 14.- NORMAS ECONMICAS.
A) EJERCICIO ECONMICO: Cada ejercicio social comenzar el da 1 de enero de
cada ao, y terminar y se cerrar el da 31 de Diciembre del mismo ao.
B) LIBROS SOCIALES Y CUENTAS ANUALES: El rgano de Administracin
deber llevar los libros sociales y de contabilidad, as como redactar las cuentas anuales
y el informe de gestin con arreglo a lo previsto en la Ley.
Las cuentas anuales y el informe de gestin debern ser firmados por todos los
Administradores Mancomunados.
Dentro del mes siguiente a la aprobacin de las cuentas anuales se presentar, mediante
los correspondientes impresos oficiales, salvo en las excepciones previstas en la Ley,
para su depsito en el Registro Mercantil del domicilio social, certificacin de los
acuerdos de la Junta general de aprobacin de las cuentas anuales y de aplicacin del
resultado, a la que se adjuntar un ejemplar de cada una de dichas cuentas y los dems
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documentos previstos en la Ley. Si alguna de las cuentas anuales se hubiere formulado
de forma abreviada, se har constar as en la certificacin, con expresin de la causa.
Si el rgano de Administracin incumple esta obligacin incurrir en la responsabilidad
prevista en la Ley.
Mientras el incumplimiento subsista, se producir adems el cierre del Registro
Mercantil, para la inscripcin de los documentos sealados en la Ley.
C) INFORMACIN A LOS SOCIOS: A partir de la convocatoria de la Junta
General, cualquier socio podr obtener de la Sociedad de forma inmediata y gratuita los
documentos que han de ser sometidos a la aprobacin de la misma y el informe de los
auditores de cuentas y el de gestin en su caso. En la convocatoria se har expresin de
este derecho.
Durante el mismo plazo el socio o socios que representen el cinco por ciento del capital
social podrn examinar en el domicilio social, por s o en unin de experto contable, los
documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuentas anuales.
D) REPARTO DE BENEFICIOS: Los beneficios lquidos obtenidos despus de detraer
Impuestos y reservas legales o voluntarias, se distribuirn entre los socios en proporcin
al capital desembolsado por stos.
TTULO VI. LIQUIDACIN DE LA SOCIEDAD
ARTCULO 15.- La Junta General designar a los liquidadores, cuando corresponda,
sealando la duracin de su mandato y el rgimen de su actuacin, solidaria o conjunta.
A falta de tales nombramientos, ejercern el cargo de liquidador los mismos
Administradores de la sociedad.
Los socios que hubiesen aportado bienes inmuebles a la sociedad, tendrn derecho
preferente a recibirlos en pago de su cuota de liquidacin en la forma prevista por la
Ley.
TTULO VII. OTRAS DISPOSICIONES
ARTCULO 16.- ARBITRAJE. Todas las dudas y conflictos que surjan en orden a la
interpretacin de estos estatutos se sometern a un arbitraje de equidad.
ARTCULO 17.- INCOMPATIBILIDADES. No podrn ocupar ni ejercer cargos en
esta Sociedad las personas comprendidas en alguna de las prohibiciones o
incompatibilidades establecidas en el Ordenamiento Jurdico Espaol.
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5.3. FICHAS DE REGISTRO DE SOCIOS.
A continuacin las fichas de los socios que constituyen la sociedad limitada:
Fecha acta de constitucin: 15 de Octubre de 2013
Lugar: Marchena N de registro: 1
Nombre y Apellidos: Jos ngel Romero Mrquez NIF: 58266522 R
Direccin: C/ Laguna, 20 Marchena
E-mail: [email protected] Tfno.: 692514403
Participo en la sociedad limitada IDIOMATIC, S.L. con una aportacin de 4.000 euros
en el capital social.
Y para que conste, firmo el presente documento:
JOS NGEL ROMERO MARQUEZ
Fecha acta de constitucin: 15 de Octubre de 2013
Lugar: Marchena N de registro: 2
Nombre y Apellidos: Jessica Garca Fernndez NIF: 46557988 P
Direccin: C/ Arroyo, 8Marchena (Sevilla)
E-mail: [email protected] Tfno.: 638414876
Participo en la sociedad limitada IDIOMATIC, S.L. con una aportacin de 4.000 euros
en el capital social.
Y para que conste, firmo el presente documento:
JESSICA GARCA FERNNDEZ
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6. TRMITES DE CONSTITUCIN DE LA SOCIEDAD.
A continuacin incluimos todos los pasos que debemos seguir para la constitucin de
una sociedad limitada, los cuales detallamos ms a delante uno a uno y con su
documentacin correspondiente:
1) Solicitar la Certificacin Negativa del nombre.
2) Ingreso bancario del capital social.
3) Otorgamiento de escritura pblica de constitucin.
4) Liquidacin del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (mod. 600).
5) Solicitud del Cdigo de Identificacin Fiscal. (CIF).
6) Inscripcin en el Registro Mercantil.
7) Alta en el Impuesto sobre Actividades Econmicas.
8) Declaracin censal de inicio.
9) Inscripcin de la empresa en la Seguridad Social.
10) Alta en el rgimen de autnomos de la Seguridad Social.
11) Solicitud del Cdigo de Cuenta de Cotizacin.
12) Solicitud de acreditacin.
13) Licencia de Apertura (Ayuntamiento).
14) Sellado de libros de visita.
15) Libros obligatorios.
16) Certificado Digital.
6.1. CERTIFICACIN NEGATIVA DEL NOMBRE:
La constitucin de una sociedad mercantil o de una entidad inscribible en un Registro
Mercantil, exige la obtencin previa en el REGISTRO MERCANTIL CENTRAL de
una certificacin favorable que recoja la expresin denominativa con la que va a ser
identificada la sociedad como sujeto de derechos y obligaciones en todas sus relaciones
jurdicas. Es un certificado que acredita que el nombre escogido para la sociedad o
cooperativa no coincide con otra ya existente.
El artculo 413 apartado primero del actual RMC establece que "No podr autorizarse
escritura de constitucin de sociedades y dems entidades inscribibles o de
modificacin de denominacin, sin que se presente al Notario la certificacin que
acredite que no figura registrada la denominacin elegida. Este documento es
imprescindible para el otorgamiento de escritura pblica.
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Esta certificacin la podemos solicitar de las siguientes formas:
Directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, con un impreso
de solicitud de Certificacin.
Por correo: Remitiendo una solicitud o una carta a las oficinas del Registro
Mercantil Central. El Registro contestar remitiendo la certificacin contra reembolso a
la direccin indicada en la solicitud.
Por va telemtica: Rellenando el formulario existente en la web del Registro
Mercantil Central.
Y la posterior entrega del certificado se puede realizar de las siguientes formas:
Envo por correo certificado, la certificacin se enviar por correo postal
certificado. Cada envo contendr una sola certificacin.
Envo por mensajera ordinaria. (Slo pennsula). La certificacin se enviar
por mensajera ordinaria. Cada envo contendr una sola certificacin.
Recogida en la sede del R.M.C.
Envo por mensajera contra reembolso. Se solicita, a travs de nuestra pgina
WEB.
Entrega telemtica de la certificacin firmada electrnicamente. Emitir las
certificaciones mediante firma electrnica del Registrador.
Nosotros hemos optado por la va telemtica para la solicitud y la entrega por correo
certificado. A continuacin les mostramos los pasos que hemos seguido para solicitarlo,
as como la contestacin con la obtencin de dicho certificado:
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IDIOMA-TIC S.L.
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PRINCIPE DE VERGARA, 94
TELF. 91 563 12 52
28006 MADRID
REGISTRO MERCANTIL CENTRAL
SECCIN DE DENOMINACIONES
CERTIFICACIN NO. 06139209
Don Jos Miguel Masa Burgos, Registrador Mercantil Central, en base a lo interesado por:
Don/Da. JOS NGEL ROMERO MARQUEZ, en solicitud presentada con fecha
01/10/2012 y nmero de entrada 06147745,
CERTIFICO: Que NO FIGURA registrada la denominacin:
### IDIOMA-TIC, SOCIEDAD LIMITADA. ###
En consecuencia, queda reservada dicha denominacin a favor del citado interesado, por el
plazo de quince meses a contar desde esta fecha, conforme a lo establecido en el artculo 412.1
del Reglamento del Registro Mercantil.
Madrid, a 12 de octubre de dos mil trece.
EL REGISTRADOR
NOTA: Esta certificacin tendr una vigencia, a efectos de otorgamiento de escritura, de DOS MESES contados
desde la fecha de su expedicin, de conformidad a lo establecido en el art. 414,1 del Reglamento del Registro
Mercantil.
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Marchena, 13 octubre 2013
Da. Ana Prez Vzquez, subdirectora de la oficina 2103 de la entidad Unicaja Banco, S.A., domiciliada en C/ San
Pedro 6, 41620 Marchena,
DECLARA:
Que a efectos de lo establecido en el Registro Mercantil, en esta entidad y en la cuenta
n 2103 0716 93 0201013160 y a nombre de IDIOMA-TIC, S.L.Se ingres la cantidad que a continuacin se indica:
Cantidad: 8000,00 EUROS
Y que segn documento de ingreso, las aportaciones dinerarias efectuadas, fueron realizadas por las personas y en las
cantidades que seguidamente se sealan:
-Jos ngel Romero Mrquez con DNI, 58266522 R 4.000,00 EUROS
-Jessica Garca Fernndez con DNI, 46557988 P 4.000,00 EUROS
Y para que as conste, libro la presente, en Marchena a 13 de octubre de 2013.
Unicaja Banco, S.A. CIFG-29498086, oficina 0716 Marchena, 41620 (Sevilla)
6.2. INGRESO BANCARIO DEL CAPITAL
Procedemos a la apertura de una cuenta bancaria para nuestra empresa. La apertura de
dicha cuenta se realizar con 8000 euros; que es la cantidad aportada por las socias para
comenzar nuestra actividad, de forma que cada uno de nosotras aportaremos 4000 euros.
Hemos decidido abrir dicha cuenta en la entidad bancaria UNICAJA ubicada en la calle
San Pedro de Marchena y como titulares constaremos Jos ngel romero Mrquez y
Jessica Garca Fernndez con el fin que todas podamos realizar las tramitaciones
bancarias necesarias.
A continuacin mostramos toda la documentacin necesaria para la apertura de
nuestra cuenta bancaria:
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6.3. OTORGAMIENTO DE ESCRITUTA PBLICA DE CONSTITUCIN
La constitucin de la sociedad debe figurar, en su caso, en Escritura Pblica y ser
firmada por los socios ante Notario. En esta escritura deben figurar los siguientes datos:
Los de los socios: Nombre, direccin, profesin, estado civil, y rgimen
matrimonial.
El nombre de la sociedad que se constituye.
El domicilio social.
El objeto social, esto es, qu actividad va a desarrollar la sociedad.
El capital suscrito: Dependiendo del tipo de sociedad se exigir que est o no
ntegramente desembolsado y podr consistir no slo en efectivo sino tambin
en bienes muebles o inmuebles. Tambin deber indicarse qu parte del capital
es suscrito o desembolsado por cada uno de los socios y el nmero de acciones
(sociedad annima) o participaciones (sociedad limitada) en que se divide el
mismo.
El rgimen de transmisin de las acciones o participaciones.
El rgano de administracin de la sociedad: La eleccin del cargo y sus
facultades.
Los Estatutos por los que va a regirse la sociedad.
Al Notario se le debe presentar la siguiente documentacin para que autorice la
firma la Escritura: La Certificacin de Nombre emitida por el
Registro Mercantil, el justificante bancario de haber depositado el Capital
Social y el C.I.F. Es necesario solicitar a la Notara que se expidan adems de la copia
autntica, dos copias simples porque una de ellas ser depositada en la Delegacin de
Hacienda de la Comunidad Autnoma correspondiente cuando se liquide el Impuesto de
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados y otra cuando se solicite
la inscripcin de la sociedad en el Registro Mercantil.
El precio de la Escritura de constitucin se encuentra fijado por los aranceles del Ilustre
Colegio Notarial correspondiente y depender del capital social de la empresa que se
constituye y la extensin de la propia escritura.
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ESCRITURA DE CONSTITUCIN DE LA SOCIEDAD IDIOMA-TIC, S.L.
Antonio Garca Roca Notario
Nmero de protocolo: 420
Ao: 2013
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NMERO CUATROCIENTOS VEINTE -------------------------------------------------------
CONSTITUCIN DE SOCIEDAD LIMITADA
En Marchena, mi residencia, a veinte de octubre de dos mil trece.
Ante m, ANTONIO GARCIA ROCA, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla.
COMPARACEN
JOS NGEL ROMERO MARQUEZ, mayor de edad, casado, vecino de Marchena,
con domicilio en C/Laguna, 20 con DNI 58266522 R
JESSICA GARCA FERNNDEZ, mayor de edad, soltera, vecina de Marchena,
Con domicilio C/ Arroyo, 8 con D.N.I.46557988 P
De nacionalidades espaolas, intervienen: en sus propios nombres y derecho.
Me aseguro de sus identidades por sus reseados Documento Nacional de Identidad.
Tienen, a mi juicio, capacidad legal suficiente para otorgar esta escritura, al principio
Calificada, y a tal efecto
--------------------------------------------- OTORGA ----------------------------------------------
-Primero: Las comparecientes, constituyen en este acto una Sociedad de
Responsabilidad Limitada de nacionalidad espaola, con la denominacin de
IDIOMA-TIC, SOCIEDAD LIMITADA. Dicha Sociedad se rige por sus Estatutos,
que me entrega, extendidos en ocho folios de papel comn, los cuales han sido ledos
por el compareciente, segn manifiesta, los aprueba y eleva a pblico, y firma al final
del ltimo folio, dejndolos yo, el Notario, a su instancia, incorporados a esta matriz,
formando parte integrante de la misma.-----------------------------------------------------------
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-Segundo: El domicilio fiscal y objeto social, plazo de duracin de esta mercantil y
comienzo de sus operaciones sociales, son los consignados en los mencionados
Estatutos unidos a esta matriz, dndose aqu por ntegramente reproducidos para evitar
reiteraciones innecesarias.--------------------------------------------------------------------------
-Tercero: El capital social, que los mencionados estatutos fijan en ocho mil euros est
representado por ocho participaciones sociales de mil euros de valor nominal cada una
de ellas, iguales, acumulables e indivisibles y totalmente suscrito y desembolsado por
los socios, segn manifiestan las comparecientes, las nmeros uno a nueve mil, ambos
inclusive, desembolsadas mediante aportacin dineraria. Dicha aportacin tiene lugar en
concepto de libre de cargas y gravmenes, con las advertencias del artculo 21 de la Ley
de sociedades de responsabilidad limitada.-------------------------------------------------------
-Cuarto: Las comparecientes dando a este acto carcter de Junta General Universal
acuerda por unanimidad nombrar Administrador , por tiempo indefinido, de la sociedad
mercantil IDIOMA-TIC , SOCIEDAD LIMITADA, a Don JOS NGEL
ROMERO MARQUEZ; como Secretaria y Tesorera a JESSICA GARCA
FERNNDEZ, cuyas circunstancias personales constan en la comparecencia.------------
Los nombrados aceptan sus cargos, haciendo constar expresamente no estar incursos en
ninguna de las prohibiciones, incapacidades o incompatibilidades legales, en particular
las previstas por el ordenamiento vigente especialmente en la Ley 5/2010, de 10 de
abril, de regulacin de los conflictos de inters de los Miembros de Gobierno y de los
Altos Cargos de la Administracin General del Estado, y dems disposiciones
autonmicas o estatales aplicables.------------------------------------------------------------
-Quinto: El nombre de la solidad no es usado por ninguna otra, segn acredita mediante
certificacin del Registro Mercantil Central (Seccin de denominaciones), de fecha,
diez de octubre de dos mil doce, que queda unido a esta matriz.------------------------------
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-Sexto: Los socios fundadores, facultan al Administrador designado, para realizar con
plenitud de facultades, durante el periodo que media entre este otorgamiento y la
inscripcin en el Registro Mercantil de la presente escritura de constitucin, todos los
actos y negocios jurdicos que el mismo considere adecuado para los fines de la
sociedad.----------------------------------------------------------------------------------------------
-Sptimo: Las comparecientes solicitan del Registrador Mercantil la inscripcin parcial
de la presente escritura si los defectos invocados por el registrador afectaren una parte
de la misma y no impidieren la inscripcin del resto.-------------------------------------------
------------------------------------------- OTORGAMIENTO ------------------------------------
Hago de palabra las reservas y advertencias legales, especialmente las de carcter fiscal
y las relativas al Registro Mercantil.--------------------------------------------------------------
Advierto expresamente que en tanto subsista la situacin de la sociedad limitada deber
de hacer constar su situacin en toda su documentacin, correspondencia, notas de
pedido y facturas, as como en todos los anuncios que haya de publicar por disposicin
legal o estatuaria.-----