32
AG RO O AL DA D Ii CC I(ESOI.L1 SON DA,I-2014389-II2II1 .0302 s;*EM EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO —AGROCALIDAD Considcrando: Que. el art ajo 13 c a corsttDn de a flecL ca nel Ec,aca estnolcse cL las pesc—as y c34ect’!.caa tienen deactic a acceso sex:T :1 rerrarvarIu a ai’nentas saflDs. Suc ees y alAn: C.s: preere 1e,er,0 r,r3CLIcc.S a mc’ y e tGSY,D’1eCa ccn sus iersas ler.:.dades y:,acc oes c-,I:ra es- El EETS cOJacr:rc pr3r’flvrfl O so2efiflia OI-)er.mra: Ove, e an,r,:dc 28 nnw-a 7 ce la Cisttcic ct a s,teania alm.e-taria ccs:Wye r otetiv para csrrtzar q_e las persc—as. emkaJes. am2csu’ erc a ce aL,rtos sa—cay:.. ua ree a le es oes --sab.i jac Jel Estaco cfecauteja aumentación numamia eshin sanos y sean ajados eti lo a Rec,k ca de Euao estaaece eslra:éça ‘a colçac ón cel Estadc peb os 1 r’aic—aI iaces a.cancen la aw0p alo t 319A :erTrrerta. pro c.e ca En ra os cc5*aacs a la un entorno sa’uaaole: Que, a Dec-só 483 de a CAN establece los -eqistos Y crocedme!cs armcnzadoe oaa e ‘eq no, ccn,o1. cono-cia! radón y miaD de ca D,cJuccs vetarar os en os pases ‘9M’OOS le a Cornule A-ira a mi le ‘as htr 5.. ccreda uso correcto y rojcra’ su cal Ial n rn ¿arco os recjs:-cs oa’a a Ea mio a—ira. S L Da y e amt ente: Que, e aric-c 1 cc a Ley Q;gár. establecer los w?cact:mros mecrale -ote D estra:ég Do OC ca’r: zar aulaau t c ecu le a ereMos aros oe no ne ve - ca de la Sotcrra 4 retaa tiene por ote:o ca cuales e Eaac c-yt a cc su co oacin a as oscns coTiDaces y 4I,aoaq a —ATt vos y:n. ren:o ao-tOa±s de cta Que, & arlcu 04 le la Ly ca Eznoal mal esao4ece oJe e Vj-ie, le Agricu lea y Ganaderia eercerá el contror sanutano de a epla(aciones ganaderas, establecimientos de preparacjón de los alimentos para el consumo animal. abricas de productos químicos y tielágitos le uo veterinario y do su almacenamiento, transpone y comerr.isll2aciát’: Que, meduarlte Deitreló Ejocutivo N 144S publicado ene’ Registro Oticial N 379 del 2 de diciembre de 2008 se reorganiza el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria transtomiándola en Agencia Ectealoru000 de Asagurarnianlo de la Calidad del Agra. AGROCALIDAD corno una entidad técnica de Decreto Pública, con personerla 1 uridica, patrimonio y lamidos propias. dosconcenlrada, con independencia administrativa. económica, Inanclera y operativa: con sede en Quito y competomicia a nivel nacional, adscrita al ministerio de AgricuLtura y Pesca; 0 u linjster. ?i.; tUaCUFLLC ./ / 1715111(1822

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AG RO O AL DA D

Ii CC

I(ESOI.L1 SON DA,I-2014389-II2II1 .0302

s;*EM

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTODE LA CALIDAD DEL AGRO —AGROCALIDAD

Considcrando:

Que. el art ajo 13 c a corsttDn de a flecL ca nel Ec,aca estnolcse cL laspesc—as y c34ect’!.caa tienen deactic a acceso sex:T :1 rerrarvarIu a ai’nentas saflDs.Suc ees y alAn: C.s: preere 1e,er,0 r,r3CLIcc.S a mc’ y e tGSY,D’1eCa ccn

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Que, a Dec-só 483 de a CAN establece los -eqistos Y crocedme!cs armcnzadoe

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Que, e aric-c 1 cc a Ley Q;gár.establecer los w?cact:mros mecrale

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Que, & arlcu 04 le la Ly ca Eznoal mal esao4ece oJe e Vj-ie, le Agricu lea yGanaderia eercerá el contror sanutano de a epla(aciones ganaderas, establecimientosde preparacjón de los alimentos para el consumo animal. abricas de productos químicosy tielágitos le uo veterinario y do su almacenamiento, transpone y comerr.isll2aciát’:

Que, meduarlte Deitreló Ejocutivo N 144S publicado ene’ Registro Oticial N 379 del 2 de

diciembre de 2008 se reorganiza el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuariatranstomiándola en Agencia Ectealoru000 de Asagurarnianlo de la Calidad del Agra.AGROCALIDAD corno una entidad técnica de Decreto Pública, con personerla 1uridica,patrimonio y lamidos propias. dosconcenlrada, con independencia administrativa.económica, Inanclera y operativa: con sede en Quito y competomicia a nivel nacional,adscrita al ministerio de AgricuLtura y Pesca;

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1715111(1822

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8 ‘4 c— -. - . ru, Gas:e’ia..ajJIIL-a yPesa

•i.CLSLi3AZ

Que medianle Acción de Personal No. 290 de lo do tunla de 2012. el Sr. Javier PonceCevMlüs. Ministro de gr’cuItura. Ganadería, Acuacultura y Pesca, designa, al lng. Diego

Vizcaino, como Director Ejecutivo de la Agencia Ecuator,ana de Aseguramiento de acalidad del Agro —AGROCAL.IDAD;

Que, mediante Acción de PersonalDiego Vi:cacno Cabezas subroga ade la Agencia Ecuatoriana de Asegu

ro 0495085 de 11 de agosto de 2014, el señor lng.Direcciñn Ejecutiva al señor Dr. Javier Vargas Estrellaramiento de la Calidad del Agro — AGROCALIDAD;

Que medianle Memorando No MAGAPDsNAGROCALlDAfl.2o1s-oooeo4M de 23 deagosto de 2013, en la cual el Director de Sanidad Animal infonna al Director Ejecutivo queAGROCALIÜAD os la Autoridad encargada del registro de Clinicas Veterinarias ysimilares, asi como también centros de adiestramiento canino y criaderos para mascotas,según Acuerdo Interministerial N. ItS “Reglamento de tenencia y manejo responsable dePerros y la O,donanza Municipal del Distrito de Quito 048; por tal motivo, surge anecesidad do crear un documento legal que emita las direririces Iéonicas y sea deaplicación nacionaL la misma que está autortzada mediante sumirla inserta en eldocumenlo; y.

En uso de las atribuciones regales que le conoce el Deonelo Ejecutivo N 1449 y elEslatuto Olgnico de Gestión Organizacional por proc0000 de la Agencia EcuatorFana deAsegunarnienlo de a Calided del Agro. AGROCALIDAD.

IR ES U E LVE

EXPEDIR EL INSTRUCTIVO PEA LA EMISíÓN DEL PERMISO SANITARIO OEFUNCIONAMIENTO A LOS CENTIROS QUE PRESTAN SERVICIOS VETETIINAHIOS

AS[ COMO CENTROS DE MANEJO DE PERROS Y GATOS.

CAPITULO 1RESPONSABIliDADES. OBJETIVO Y ÁMS[TO DE APUCACIÓN

Arlí:LsIo 1.- RESPONSABIUDADES

IR ES PONS ASLÉ’Eiresc,on ceAnimal

Direccien de Inocuidadlos alimentos

de Normar y Controlarestablecimientos destinados aprestación de servicios veterinarios.

FU NC Ib FISankia •c,7na, y

establecimientosConiros de maneid

INSTITUCIONCcnrrniÇ3r os

deriorr”nadosdperro y galos.

AGROC4LICAG

losla

AGRO CAL t DA D

1715 t.Si]S22 1

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ELO!. ‘Ou• O, Caçijdeç

— y Pesca

nc O C ALmA O

a! -

Coordinaciones - Emisión de Permiso Sanitario AGROCALIDADProvinciates luncioriamento do Establecirnie’itos

que presten Servicios Vatorinarios ydo centros de manejo de perros ygalos.

Propiolorio de polios que Coivl,rorniso notariado de la PARTICULftRsegún la definición sr lo responsabijidad uo acarrea poseerconeidora prohibidos como un canino considerado comomascotas. polc-ncialmente peligrosoUnidad Técnica de la Evalucrón del compoTtamiento rio los POL.ICIAPr cía aojo a otí rrs N RCICNAL Uorgan si ,ros or OPGANIS.3:PflioIcac Vele nar.c) FES:OAjeoca,rú,e ajc andacAGOCALlDAD

Artículo 2.- OBJETIVO.- No-w.a za e ,neoa-rJan:a y cz—tc de as estar eci-rien:3sdes: nados a a 2sac.d le seviócs ve:eri-a- as y sen:-,s ce rarI o ca perrasgatos as ccmc p:ecaule a el e,esta- oe es:as eaçnc es an.ila;es en casa ug le lcscen:rDs o eelaaIeon e—los der-ce can nanejaics. btmsanda reape:c rada er?s y otie as

conoiciones sean acecuadas para ci aesenvoivim,ento de estas activiaaaes.

Articulo 3.- ÁIIBITO.- E ;rosele inslru:tyc trata do a HeuJacór y Contra a ive

9a0:onal la as es:ab ecrco—cs cecados a tri-Jar Bey tS de a:enci&i ie:orrnaña arrDs y Ça!ca as son-o e as 2pvidaes qe se e$sJe— en as certrrs ranec ceestas esaecies a raes.

De la r sma apveça el peser.le r.OÇL;werIcsar c-.ocrna2s.

17I5ISO1C2 3

ega as red das ce zcn:oI y sarIct a

¡

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o M’lstCfio .,_•%ROC*AD

flAnn,C.:ua. J -E-V..j ‘;wayPc

CAPITULO’DE LA CLASIFICACIÓN DE Los CENTROS QUE PRESTAN SERVICIOS DE

ATENCION MÉDICO VETERINAAIA Y CENTHOS DE MANEJO DE PERROS YGATOS.

Artículo 4.- Los establecimientos, personas naturales o juildicas que presten seryicios de

atención médico vele,inada o posean ceniros de manojo de polios y galos con o sin fines

ce nc aeterá ccar - e cnresocr.c eiç perr:sa sr’ario ce tu—sanar e—:c a—jal

cIc-zai pa AGROCA_I;•A) ANEXC 1).

1-Servicios cje atención Médico Veterinaria

a Se,vcts ar-bu azó:-5 vee flalios.

; Ccnsj cras vearias.c} CI inicas veterinarias.rl) Hospilales veterinarios.e) Unidades veterinarias móviles

Servicios de rehabilitación y fisioterapia veterinaria.9) Campañas de esterilización de perros y gatos.

2-Centros de manejo de perros y galos

a) Criadoras do porros y aIDSLi Tiedas para ,asc:asci L4ares c esló a le 1er-c y cal,sII Hospdaic de par.c5 y C33se) AIe;uts de perrcs y cacsl Funoces pa-a vrits y rcs.: C:Irs 2 al estran, enla osh GefjTcs ce çJa,e—efla c.c.a.ea o p.—vats

p/

•u$jj WAIIAS

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•Ain.sterhD a ‘..-.

— do r’j’tumQani&ria, ) [[jCF:2

1 Acuacuffiza y Pe1c1 .•[i .:

CAPITULO IIIRequisitas Generaies para oblene, e) Permiso Sanitario de fungienamienlo a Posestablecimientos que prestan servicios veterinarios así Como centros de manejo

de Derro. y gatos ante 4grocaIid.

Articulo 5.- Los recu a tos Gene.ra es sa-a ca:ene, el Perrrsa San Ir; deFu—; ;a,riena ce os esmb cci-rcn!os qc:e Dresan ser; nas vzeriaIcs a ÇTD

centros de manejo de perros y gatos anle AGROCALIDAD son:

a: Sal cLic, P.eg s:,o - Ulúzanie el lcrnatc estatlecic. AE)(O 2io) Paga ce a lasa de irsecs óa.c iraire csIrD o a V;oeco ó— a as statleatnefltDs cue p,estar srvwics

cc, ce-Iras de rrarojo Io taras y -zatos. tie se veI’-çeía

cue L,s hsmIaz 2es V prscec r!e—tcs e$én aceJes a las cocscs er1Ias

por AGPOCAL[OAD.ci) Tratindose de Propielano Persona luridica. copia riel estatuto social vigente

copia del nombrarnieno de su representante legaLe Copia de Cédula de idenijlrcaccón cje’ propielario y ad,trinistrador dci

establecimiento.1) Copia dci titulo del Médico Veterinario debidamente registrado en el

SENESCVT responsable de! establecimiento, además, de los contratosrespectivos.

g) Carta de responsabilFdad del Medico Veterinario notariado (ANEXO 3)h) Croquis de ubicación

Plano del establecimiento, especificando el destino de cada una do susdependencias.

II Procedimiento operativo aslr,dar POES) de eliminación de desechosmédicos (productos biológicos contaminados con sangre, vacunas utilizadas.placas de frotis, ob}elo corlo punzanles utilizados) y cadáveres.

k) Aulonzación municipal.1) Permiso dol cuerpo da bombora;n HUG aclvardon, En e asec c ricas ;csç.:ae5 “ete- nar:s resentr e Ceí.cac; de

nas ras ¿—e-llEca Dr a Ca,visidr Ecua:cnra i Energía Aíán-icD

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• AGOCALIOA3•

.!j —

o .A.-c.:rarrder,r 1CAPI1tiLO IV

Centros que prestan Servicios de atención Médico Veterinaria

Artículo 6 Centros de servicio de atención médico veterinario

a) Medicina veterinaria a domicilio. Corresponden a la actividad efectuada porMédicos Veterinarios registrados en el SENESCYT que reakzan visitas médicasprocedimientos a domicilio. Su actividad está orientada a la práctica de medicinapreventiva, primeros auxios, tratamientos terapéuticos que no involucrení,ospitalización. Contarán con instrumental básico de cirugía menor, equipomédico para primeros auxilios y equipo minimo para exartion tísico. No podranrealizar procodimientos quirúrgicos especializados gua involucren el uso de unquirótano y anestesia general; para esos casos deberán poseer un convenioescrito! establecido con una clinica u hospital veterinario como reterencia.

b) Consultorios Veterinarios. Sun aquellos establecimientos que prestan serviciosen clínica ambulatoria, (medicina preventiva y consulta externa) y cirugia menor,es dacir aquellas intorvonciones que no requieren del uso de quirdiane nianestesia general, sala de observación. ni sala de hospitalización.

El área del consultorio deberá tener como mínimo las siguientes dimensiones:

a) Un área destinada para consulta no menor a O m2; salo do espora ncmenor a 4 m2, y servicio higiénico para clientes.

b) El consultorio deberá estar equipado con instrumentos para realizar elexamon tísico y primeros auxilios, instrumental básico, autoclave yrefrigerador. Incluirá, al monos, mesa de exploración con buenailuminación, ventilación y dotación de agua.

e) Procedimiento Operativo Estándar de atención clínica.d) Deberá existir un área de eliminación de desechos comunes

hospitalarios, siguiendo las normas nacionares del Ministerio del Ambiente.salubridad e higiene. Cumplirán con las normas del Cuerpo de Bomberospara la prevención de incendios. El personal técnico estará compuesto porun Médico veterinario registrado en ol SENESCVT y un auxiliar deservicios.

c) Clínicas Veterinarias. Se denominaran aquellos establecimientos que prestanservicio de (medicina preventiva, consulta externa) clinica ambulatoria! cirugíageneral, de especialidad y hospitalización. El área destinada a los serviciosdeberá ser superior a la de los consultorios. Deberá contar con equipo deesterilización, instrumental y material quirÚrgico, servicio de imágenes ylaboratorio clínico elemental o su convenio, quirófano, área de recuperación y áreade hospitalización, dividida para animales con entermedades intecciosas y noinfecciosas.

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U .

AGROCALIOAD F.í-.,M! nistono -

. -

. —

Ú t r ,.Gar _na,!! !!;1!

El personal técnico que labore deberá estar conformado por un m,nimo de des

Médicos Veterinarios registrados en la SENESCV1. para atender las áreas declínica, cirugía, imágenes y laboratorio.

El personal auxiliar para alender la hospitalización deberá estar entrenada yactuará bajo supeisión de un Médico Veterinario.

Procedimiento Operalivo Estándar de atención clínica.

d) Hospitales Veterinarios. Se denominan los establecimientos que prestan serviciode clínica ambulatoria, cirugla general, de especialidad y hospitalización.

Las requisitos a cumplir son los descritos en el literal e, además dobon contar condiferentes unidades médicas siendo estas: consulta externa, procedimientosmédicos, cirugía! imágenes, laboratodo cimba, hospitalización, emergencias ycuidados críticos manejadas bajo las normas sanitarias y de bienestar animalestipuladas por la OlE.

Contarán con un área administrativa, separada del área clínica y área de Médicosresidentes.

El personal que labora estará conformado por un mínimo de 3 médicosveterinarios, registrados en el SENESOVI por turno.

El personal auxiliar que labore en estas áreas y en hospitalización estarádebidamente entronado y trabajará balo supervisión de los médicos veterinarios deacuerdo a! perlil de competencias.

El horario de atención ininterrumpida.

Procedimiento Operativo Estándar de atención clmnica.

e) Unidades Veterinarias Móviles, son aquellos vehículos equipadosespecialmente para prestar servicios de medicina ambulatoria, de emergencias,éstas unidades deben tener el equipo necesario para realizar examen tisico,primeros auxilios, un sistema de enfriamiento o refrigeración portálil, insumos,medicinas y contar siempre con el ejercicio profesional de un médico veterinarioregistrado en el SENESCVT Si las campañas de esterilización se las realizaraen una unidad veterinaria móvil esta tendrá que cumplir con lo estipulado porAGROCALIDAD en lo referente a características técnicas del quirófano,procedimientos de bioseguridad. además, mencionada campaña deesterilización llene que ser notiticada ante AGROCALIDAD.

Se incluyen en este literal:

1715 ll(tK22

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- AGRCCALIDAØ1-u - nster[o gE

.ieAñajIbn,(- .:rArÁJacultln y Pe, j -.

a) Vehículos de Iranspofle de mascotas, los mismos que deberán ser

acondicionados (ventilación, tamaño) exclusivamente para este fin y poseer

aulas individuales según el tamaño de cada animal (perro o gato).

-

b) Ambulancias Veterinarias: debe sor especialrrienlo identificada y ffisenada

para este fin! contar con una jaula espacial para transporte de animales

heridos, fracturados, pos-operatorios, de diagnostico, equipo de

oxigenación, monhlorización básica y de fluidos.

1) Centros de rehabilitación y fisioterapia veterinaria. Son consideradosaquellos establecimientos dirigidos por profesionales especializados enrehabililación fisica do animales de compañía- Los diplomas o cursos de estosprofesionales estarán registrados en la SENESCYt. Su actividad profesionalestará L2nicamente dirigida a realizar tratamientos de fisioterapia con oquipos ytécnicas diferentes para dar bienestar a sus pacienles. Los especialistas deesta rama se abstendrán de realizar diagnósticos y tratamientos médicosdistintos a la íisiolerapia o al indicado por el médico tratanle.

Estos establecimientos contarán con el equipamiento de acuerdo a su actividad.también con médicos veterinahos registrados en el SENESCYT y personalentrenado para suplir los roquerEnlientos de sus pacientes.

Los establecimientos antes mencionados contaran con un médico veterinario regislradoen el SENESCYT que será el Hepresontante Técnico ante AGROCAL.IDAD y que seresponsabilizará ante la Ley de lo actuado dentro de la práctica de la medicina velerinaria,además se responsabilizará del uso de productos veterinarios de acuerdo a locontemplado en Decisión 483 de la CAN y las Resoluciones 070 y 012 de Agrocalidad.

Nota: Si en alguno de estos Centros do prestación de servicios de atención médicoveterinaria se manejaran equiØos de Rayos X, están obligados a obtener el Codificado deihabilitación emitido por la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica y demásrequerimientos establecidos en el Reglamento de Seguridad Radiológica.

9) Campañas de esterilización de perros y gatos.- Las actividades planificadaspara efectuar el control do la natalidad de perros y galos a través de laorganización de campañas o jornadas de esterilización deberán contar con laautorización de AGROCALIDAD. misma que se otorgará cumplidos los siguientesrequisitos:

1) Solicitud dirigida al coordinador provincial de AGROCALIDAD2) Cronograma de la jornada o campaña de esterilización3) Designación del médico veterinario responsable de dicha actividad.

debidamente registrado en el SENESCYT.4) Listado de médicos veterinarios que prestarán sus sen,icios durante las

jornadas o campañas, deberán estar registrados en el SENESCY7.5) Calificación del lugar donde se efectuará las esterilizaciones, mismo que

deberá cump]ir con condiciones mlnimas que garanticen la limpieza y asepsia

17 180% 22

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para el desarrollo de las cirugias

CAPITULO V

Centros de manejo de perros y gatos

Artículo 7.- Requerimientos y obligaciones

1. Oe los criaderos de perros y gatos:

a) Vacunarlos. desparasitarlos, e identificados mediante chip dependiendo: laedad, especie animal, cuya constancia será entregada al adquiriente en unCarnet sanitario debidamente certificado por un Médico Veterinario.

b) Poseer un registro de: reproductores/as, camadas y cacharros, con los datosdel adquirtente certificado por un médico veterinario, la base de datos deberáser actualizada semestralmente ante AGROCALlDAD segün el formatoadjunto. (ANEXO 4).

c) Perros.- Los criaderos autorizados seleccionaran para la reproducción, losanimales que aprueben las evaluaciones de comportamiento quecorrespondan. demostrando cualidades adecuadas para su óptimaconvivencia en la sociedad.

d) Elaborar un documento informativo entocado en las características de laespecie/raza adquirida y aspectos de comportamiento básicos(socialización), pautas de adecuada alimentación, información delREGLAMENTO DE TENENCIA Y MANEJO RESPONSABLE DE PERROS ydirectrices de Bienestar animal.

e) Procedimiento de limpieza y desinfección de as instalaciones.Procedimiento de manejo y alimentación de los animales.

g) Cronograma sanitario vacunas y antiparasitario) llevado por elestablecimiento.

h) Temario y registro de capacilaciones ejecuíadas al personal.i) Perros y gatos.- Estarán autorizados a procrear únicamente una carnada por

hembra por año y el inicio . finalización del periodo de reproducción en lashembras se dará de acuerdo a la siguiente tabla:

Perras de ha;ta 25 kg 12 meses de edadde peso . —________

Perras de 25 a 40 kg 18 meses de edadde peso

fl. . AasaCALIOAIjLJ ‘ kA in ‘ster’o .

. .r:, .u;.,fl de Agr ic’ Ir ,ra. Gaj jdena,

‘• J a:t it’:tJ cuacijltii y Pca

-

día

Perras de 40 kg en 24 meses do edad

]715[%0322

edad7 años y 1 día deedad7 años y 1 dia do

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Minister’o 7” % AGflOCLIDAD

i de Aqnct!’ •m, Ganaderia, Ir-:;J

mcuyP _! t:2.:

edad

7 años

a) Estar cercados por una pared de material o vallado perirnetral (criadero), queimpida la salida de los animales del área habilitada.

b) Poseer espacios verdes convenientemente forestados para a tenencia al airelibre de los animales en horas del día! con protección solar.

c) Area destinada a maternidad.- donde la hembra pueda tener sus crías entprma aislada y Iranquila.

d) Area de almacenamiento de los alimentose) Arco destinada alas cachorros para la venta

Area de cuarentena-- Disponer de uno o dos caniles, alejados del resto deinstalaciones al reterirse a perros y de una área adecuadamenteacondicionada para el aislamiento de gatos

g) Las instalaciones de cuarentena serán utilizadas al presentar eviduncia clínicade padecer enfermedad infecIoconagiosa, zoenásica y para animates ajenosal criadero

Los caniles serán individuales y deberán tener las siguientes características:

• Perros grandes: 2.50 rn (largo) 2-SO m (anr.ho)• Perros medianos: 1.80 m (largo) x ‘.50 m (ancho).• Perros miniatura y pequeños: 1.50 m ([argo) x 1.30 rn (ancho).

Correderas:Esta será un área de esparcimiento, generalmente de terwa rectangular dondepodrán realizar sus deposiciones! tomar sol. Sus dimensiones estátirelacionadas con la raza y tamaño van do (2 x 2 a 2 x 10 m), sus paredeslalerales pueden ser de malla de alambro

Pisos:Los pises deben tener un declive hacia el desagüe en a parte posterior paraevitar la acumulación de agua en el canil.

Los pisos no deben ser de textura lisa! pueden ser de hormigón soltado. noporoso, o de algún otro material no poroso que pueda lavarse y desinfectarse

adelante

hias - i2 meses deedadu—

De las instalaciones;

De las instalaciones para perros;

Área cubierta:

Supeilicio minima:

l7l5lU322 II)

/

-L /

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AGRUCALDAO• —

J

Paredes:Las paredes entro los caniles deben tener una altura do por lo menos ‘20 m

deben evitar que tluya agua y material de desecho entre un canil y otro.

Para las paredes entra los caniles, deberán utilizarse: ladrillos, bloque

cualquier material no poroso, y que no produzca daños a los animales.

Deberá agregarse una malla metálica inoxidable que en altura sobrepase almenos 60cm a las paredes de los caniles. Los caniles deberán recubrirse con

malla hexagonal o mallo metálica para conlenor a los animales en celo o a losquo podrían saltar o trepar las paredes.

es:Los caniles deberán poseer oañerías y desagües apropiados para el volumende materia! necesaria paro [a limpieza diaria.

Los desagües de cada unidad de los caniles deben estar construidos demanera que sean de fácil limpieza y no permitan posible contaminacióncruzada por la orina o material fecal.

Ventilación:Los caniles deberán contar con ventilación adecuada, medidas adecuadassegún sea necesario y conforme a a estación climática, de manera que losanimales no sufran con los cambios bruscos de temperatura medio ambiental.

Alirnentacióay.agM: El alimento y agua suministrada ales animales tiene queser apia para su consumo.

De las Instalaciones para Galos.

a) Las instalaciones deben de estar provistas de ventilación y aire fresco{ventanas, puedas) para poder minimizar los olores, humedad, y corrientesde aire.

b) Los gatos deben tener un espacio adecuado donde moverse y jugar.c) Se debe evitar el hacinamiento ya que esto puede llevar al esirés ya la

agresión, y lo más importante, puede incromentarse el riesgo deenfermedades.

Alojamiento Individual:

a. Se requiere un minimo de entro SrnZ a 6m2 de área con una altura de almenos 1.SOm.

b. Debe existir más de un nivel y debe incluir un área para dormir y/orefugio.

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- /‘ GnØCALIDAD ,.-.

HateaD ...

eAgyIctiura.Ganadofla. ?:D

Acuaaslt,ra y Pç \_.

o. Todas las zonas deben eslar adecuadas al acceso humano y prevenir

las inclomencras del tiempo.

Con un área adecuada al aire libre:

a. Se debe proveer a los gatos de suliciente sombra para protegerles de

la luz directa del sol.

Ii Debe poseer cada alojamiento una caja de desechos (arenera).

c. Debe permitir el accoso al interior para permanecer secos si llueve o Silas condiciones ambientales son inadecuadas.

d Las zonas deben estar construidas para facLl’tar el drenaje.

2. Tiendas para mascotas

REO U En 1 MIENTO S

a) Estos locales estarán ubicados en áreas adecuadas con una infraestructura tísicaacorde a su función.

b) Los lugares en les que se exhiban los animales NO estarán sometidos a la accióndirecta de los rayos solares, debiendo mantener la temperatura y condiciones quemejor se ajusten a su habitad natural.

c) Los animales que se vendan serán provenientes de criaderos registrados enAGROCALIDAD, mismos que deben venir identificados con su respectivo chip.

d) Ser de fácil limpieza y desiníección, libres do humedad y elaborados conmateriales lavables y resistentes, que nc faciliten que los agentes infecciosos seperpetúen en los mismos.

e) Eliminar las aguas residuales y excrementos mediante un sistema de alcantanliadoo una red de renales, de tal manera que no constituyan una tiente decontaminación para los demás animales de compañia y la comunidad.

1) EstabLecer, diariamente, una nitina de aseo, dotal manera que los excrementos nose conviertan en pasibles focos de infección que alteren su estado de salud,

g) Contar oon áreas de ejercicio y recreo para los animales, donde deben serejercitados das veces al día por lo menos veinte minutos.

[1) Vender animales totalmente sanos, con su respectivo carnet da vacunación,firmado por un Médico Veterinario, debidamente registrado en el SENESCYFNo deben vender perros menores a 8 semanas de edad y gatos menores a IDsemanas.Proveer alas animales agua limpia apta para consumo y a voluntad.

k) La permanencia de los animales en las jaulas será máximo 15 días.1) acilitar un documento informativo enfocado en las caractenislicas de la raza

adquirida y aspectos de comportamiento básicos (socialización), pautas de y

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Íl trç’-náttnGaiña..j -

acecuaja areiac,vn. ae ro Viena: ó dl rcarenta ce creo amane1oresponsable de perros, y normas de Bienestar Animal

nl) En estos establecimientos se podrá vender accesorios, alimentos, suplementos

nutricionales y iuquetes para uso de as masctrilas, sicnlpre y cuando cumplan conlas normas establecidas al respecto por AGHOCAL]DAO.

n) El personal que atiende estos locales estará debidamente entrenado en el buentrato. cuidado do la salud y derechos de los animnoles. Los animales estarán bienalimentados y aseados, evitando que se realicen actos de crueldad y maltratos.Dicho personal estará bajo instrucciones do un Médico Veterinario registrada en elSENESCY1’, además la documentación de salud del personal se encontraráactualizada.

a) Está terminantemente prohibido brindar servicio módico veterinario quecomprende medicina preventiva, consulta externa, cirugía u otras procedimientoscomo vacunaciones, deeparasitaciores, tratamientos médicos en tos locales devenias do mascotas, así como también la veito de productos quimicotalmecéLitico (medicamentos) y biológico.

p) Procedimiento de limpieza y dosintección de las instalaciones.q) Procedimiento de manejo y alimentación dolos animales.

‘Tornario y registro de capacitaciones ejecutadas al personal

De las instalaciones:

Se contempla que deben cumplir con loa aiquicntos li’w±amirntos básicos:

Fercs.a Çofla - son aly,an e—tas tcfl tecia y mIii oc’r- adecuaras, asomas a’

ta,au, edad y ca::ia’J de En na!es OLIO astgre— SL. esiada Sn cris:

amHlnao Ocrs -cie-encia ks an—ia!es co’ii’ucos ocbe, erwr aspas a su ente Sra

a;ostase y 1cvese 1 oerentePsr7cs le as:a .1Kg: área ce a nl_ncc C.9 nlecs x .2 n-e1os e .5 ciJa. se

pueda mantener el cachorros, tomando en cuenta el literal anterior.d A’oanientcs echcs de acero ¡ xjrbkl z ero iraoriaL QL.C £aD•ite ua

al€:L.ada irp en y des’nezcicn excepto ‘cr otra nalca1 qo restria

,a acecuada ven: las 0:e. CaSi usos--a cote t004 aceese a a,.e y aL’v,o’ic seca.

Ga:os.s U ooa dra por;:. ‘neos 0.9 x 0.9 recs x, cada galo.

Caja aja cese ce naca ase lesesros :a,e-e-a ajer..aoa,rentemantenida.

ci Gana oato debe tener acceso a aLIa y alimenro seco.

3. Oc las ccntra de estética de perras y gatas.

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- AGROCALIDADvflISILiIO e’J

de Agrc;itL:t, Ganadería.1 Mici.:i lay Pesci

Podrán contar con un espacio para venta de productos de uso vetennariodestinados para esta actividad. tales coma jabones, shampoo, juguetes, trafilas,collares, cepillos, peines y demás iniplementos para la estética y recreación de losanimales, siempre y cuando cumplan con las normas establecidas por

AGRO CA L IDA O

En esta clase de locales queda prohibido el expendio y administración deproductos químico farmacéuticos (medicamentos) y biológicos así corno larealización de prácticas médicas veterinarias.

Únicamente podrá alencierse animales que posean su calendario de vacunas yantiparasitarios al dia.

Deberán contar con:

a) Registro de atenciones, en el cual estará especificado la información delcarnet sanitario corno vacunas y antiparasitarios. (ANEXO 5).

b) Contar con un veterinario de asistencia para casos requeridos de estamanera garantizar la salud y bienestar de la mascota.

c) El área demanejo de los animales debe impedir el escape de éstas y porlo tanto accidentes.

d) Los animales deberán estar alojados en lugares limpios, aireados.especíiioos para esta actividad y que resguarde la integridad de laspersonas, así como de otros animales y recibir trato acorde a lasdirectrices emitidas porAGROCALIDAD.

e) El lugar en el que permanezca el animal tiene que ser específico para laespecie evitando el estrés que puede provocar el juntar perros y gatos.

f) Como infraestructura mínima tendrá una sala de espera y una sala detrabajo con una tina de baño adecuada con un sistema de seguridad paraque el animal no pueda salir de ella ni sufrir accidenles, así como unequipo e instrumental necesario y adecuadamente mantenido.

9) Procedimiento de limpieza y desinfección de las instalaciones y del equipede trabajo.

Ii) Procedimiento de manejo y alimentación deles animales.i) Temario y registro de capacitaciones ejecutadas al personal.

4. Del hospedaje de perros y gatos.

a) Estar cercados por una pared de material o vallado perirnetral, que impida lasalida de los animales del área habilitada.

b) Los animales deberán estar alojados en lugares limpios y aireados conalimentos y agua apto para el consumo en forma permanente y recibir tratoacorde a as directrices transmitidas por el organismo oficial.

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LGSOCAIJDAD‘linisterio ECC!!

cr ?crc.ibru. Ganadena, j.c

iA y F sca --l.lJ

c) Contar con la seguridad necesaria a fin de evitar riesgos a personas y a otros

perros y gatos. - -

d) Realizar una revisión clínica a los animales al ingresar, con la finalidad cte

garantizar el bienestar do los mismos en dichos establecimientos.

e) Solicitar el carnet sanitario, actualizado, como requisito principal para laestancia de os animales, caso contrario no Se permilirá su ingreso. -

f) Perros y gatos, contar con instalaciones adecuadas que permitan brindarcuidados necesarios a los animales hospedados. según lo estipulado en elpunto subtítulo Instalaciones correspondiente al CAPITULO V.

ej Mantener un registro actualizado de los animales que entran o salen de esosestablecimientos según el (ANEXO 6).

h) En esta clase de locales estará prohibido el expendio de productos quirnicofarmacéuticos (medicamentos), biológicos y la realización de prácticas médicoquirúrgicas veterinarias.

i) Contará con personal técnico con conocimientos en alimentación, cuidado ymantenimiento de animales dirigido por un Médico Veterinario responsable delestablecimiento.Procedimiento de limpieza y desinfección de [as instalaciones,

k) Procedimiento de manejo y alimentación de los animales.1) Temario y registro de capacitaciones ejecutadas al personal

5. Albergues, fletugios y Centros de adopciones.-

Estar cercados por una pared do material avallado pehmetral, que impida la salidade los animales del área habilitada.

Estos Fugares deberán contar con instalaciones y equipamiento que garanticen eladecuado alojamiento cumpliendo con condiciones higiénico sanitarias acordes alas necesidades fisiológicas y otológicas dolos animales que en ellas se alberguen

y brindando las máximas seguridades para los mismos.

El lugar de albergue de los animales podrá ubicarse en recintos colectivas. Ladistribución de los animales en dichos recintos debe realizarse asegurando que noexistan problemas do convivencia entre los animales y evitando situaciones dehacinamiento yio de transmisión de enfermedades.

Área de esparcimiento.- Debe contar con un espacio abierto de al menos 150 m2para recreación de los animales. Los animales deben acceder a estos espacios almenos una hora diaria. La utilización colectiva do dicho espacio abierto deborealizarse evitando las posibilidades de peleas.

Estos establecimientos deberán incluir, un departamento veterinario con lascaracterísticas descritas para un consultorio veterinario según lo establecido en elCapitulo IV, arlículo 6, Floral b, el mismo que constará de una sala de consulta!además de un quirófano debidamente equipado, o el convenio escrito respectivo

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cRocALIDAD.vliflt.*c4 Ao! rz. Gar jErr r •

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con una clínica veterinaria; además que cuente con un área para la limpieza

(baño) de los perras o gatos.

Estos establecimientos deberán estar asesorados por un médico veterinario, cuyo

titulo se encuentro debidamente registrado en la SENESCYT.

Procedimiento de limpieza y desinfección de las instataciones.

Procedimiento de manejo y alimentación dolos animales.

Cronograma sanitario.

Temario y registro de capacitaciones ejecutadas al personal

Registro de los perros ingresados, con los siguientes latos (ANEXO 7):

a) Fecha de ingreso.b) Identificación del animal (raza. edad, talla. color, señas particulares).o) Datos personales del responsable (nombre, apellido, documento de

identidad y domicilio).d) Evaluación clínica al ingresar, (vacunaciones recibidas,

enfermedades padecidas anleriormente y tratamientos efectuados).

Registro especial:a) Eutanasiasb) Necropsia

Manual de Procedimientos (Ingreso do animales, cuarentena, eutanasias!necropsias! adopción de animales).

Plan sanitario de prevención de enfermedades que puedan afectar a los animalesalbergados.

Cuando se trate de refugios de perros abandonados, la entrega de las animalesque hayan permanecido en el mismo, deberá realizarse mediante certificadoextendido por el profesional veterinario responsable, que acredite que le han sidoaplicadas las vacunas obligatorias y ha sido sometido a tratamienlo contra edo yendoparásitos. Dicha entrega podrá efectuarsc siempre que haya mediado unplazo mínimo do internación de quince (15) días en un área de cuarentena.

Informar al propietario del animal rescatado en el plazo máximo de 72 horascontadas desde el momento de ingreso al albergue si poseen un método deidentificación que proporcione los datos necesarios para esto fin.

Para que proceda a la recuperación del animal deberá ser cancelado los gastos enlos cuales incurrió el albergue.

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fl AGRCCL.IPAI3-

Aniteric ,.

LIL. Agricultura Ganena,-

4j Aaneuitura y Pesa -—,.,.

Estos perros y gatos escalados quedaran en lumia de la instilucin que realizo el

‘escale. uen detevinsrá s, es posible 5U adocción o eulanasia. seun las

caraçteris: cas 0€ crrrrtarn ento je anua y orneen a re €nertTe1aee

rteccccna osas (aje paian rzncr en rIacD a satid ce• resta ce en —jales

o-esen:as e e aterg_e.

Efectuar un proceso qurrgco de esiefmzacion a Os anmalcs recuperados c las

cales cue no ava’ sd ‘erairados por su ycoieanc e’ las 72 horas pDste9o’es

a s,. ex avio.

6. De los centros de adiestramiento (perros)

a Esla cercacos Po Ca raci do rna:e,ial 3 va bie panrc:zai, (aje vr ja lasaí’da lo tos animales del ¿rea tiat,’íi(ada.

b) Estas actividades se desarrollaran en sitios que cuenten con la infraestructuraadecuada y espacios iilorjeos, Según la naturaleza y tipo de adiesttamieno.

e) El personal encargado de los entrenar,iontos deberá poseer cerlifirados queacrediten su capacitación.

d) El adiestramiento de ataque, protección y defensa requerirá una infraestructuratísica que contemple un amplio espacio para una libre circulación cte losanimales, con las debidas seguridades que permitan salvaguardar la iritogridadtísica de los animales, de los entrenadores, propietarios y otros animales.

e) Se prohibe esta actividad en áreas públicas corno parques, jardines u otraszonas donde existan concentraciones humanas y vohiculares.El personal técnice y auxiliar deberá mantener un certificado ocupacional desalud actualizado.

9) Los animales a ser entrenados debe’n contar con su respectivo cerlilicado desalud, certificado de vacunación aclualizado y certificado de liatanhienteantiparasitario completo. emitido por un médico vetednario egistiado en elSENES CV].

7. Centros de mrtntena oficiales o privados

ccc adcs Lares crer s.e esenta ccl a ores acecacas caraarocautear el eestar de !2 srl 9a10s a’’ aaaeos. 9 entras se ce:err na 5..

estaco switario

t./riee- sus ns:a!aones ‘ntas y cssrh’ectaas aierusdar9en:e

2. Colar cn un Méo co Vele’ na’c deoitarrele e s:raoo en el Srsq1 yc€rscr.aJ aii lar capaz at ara el nrec le cs arma:es

3 Cueia es.:o’ar erie ec ‘ic1 o roc r cr1 s.s r.a:aazicnc 5 2 a-es se—os

que no sean aquellos que deben someerse a observación por el potencialriesgo sanitario que esto significare

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U iaii!iXUyP y.

t Llevar Ufl registro que contenga la sigure’ite Informacion:

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ci2cd:n t-n ijna 1 re:dc. ce ‘aL’32. etcs. T.a S.

a) Dalas ce’ nniwe, jnresado: NDmbÍC, Taza, color, edao,caracteristicas especiales

d) Codificados de vacunas del animal Ingresado! en caso de eÑslir.

e) Intorme oficial de las causas de ingreso del perro.

Informe diaria del Médico Veeiinario responsable de la observacióndel animal.

g) Informo do la Pesolucióri del caso cuarentenano.

CAPITULO VICRIADERO DE PERROS POCHISIDOS COMO MASCOTAS

Articulo 8.- Se acuar según as disposIcIones establecidas en el REGLAMENTO CErEFIENCIA Y MANEJO RESPONSABLE VE PEAHOS publicado en el Registro Olidal N5S2 del lg de lebrero del 2OO.

1) De los erjade,os de animales prohidas cómo mascotas, Su lenencia.reproducción.

Requisitos:

a Con faea ce ‘as evaljacces co flar etc reabzacas areproductores/as, por la Policia Nacronal o un organismoiprofcsionalauterizaco 0c AGPCCALrAD

tI Cc’nprorrisc,oariaJa z -oc e je ptc e:aIic Cea rerÁtnsat i ]aJ q.eaca-rea coses- si ctrro ccscera& nono proh bjc Sorio mascota

ci Ct.anca e oz-efrn sea rwjcrar.en:o €néíic-a er.:6 rasaras e$cs enen

..e 051a -e s:rcas ante AGROiAL DAD as co-ro es oc’r1comect.adzaca €—tre estos.

rl) Certificado de salud, vacunas y ant’parasilarios.el Cenificado identjf,oacjón de’ ejemplar, otorgado por la

asociacronos caninas legalrnenlo rcr,nncidas, criadores, o velorinar;os:CertifIcado de esterilizscion del (los) ejemplares. excluyndosc‘os destinados a la reproducclon;

p) La reproducción de Pit BuIl, Roltwei!ler y sus mestizos se podrarealizar solo en criaderos autorizados por la Agencia Ecuatoriana doAseguramiento do Calidad de ASROCALIDAD, de acuerdo a su normalivavigente.

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GROCALIDAD ErVM

De la comercialización de animales considerados prohibidos corno mascotas:

Únicamente serán comercializadas según lo dispuesta en el artículo II delREGLAMENTO DE TENENCIA Y MANEJO RESPONSABLE DE PERROS publicada en elRegistro Oficial N 532 del 19 de febrero del 2009.

a) EF Profesional Veterinario que tenga a su cargo la atención de los animalesque deberá entregarse alaplicadas y los tratamienlos

b) Registro de entrada y salida de animales, en el que se consignará laespecie, raza, pelo, tamaño, edad, lugar do origen y todo otra dato deidentiiicación del animal, certificados de vacunación, como así tambiénnombre y domicilio del comprador (ANEXO 8)

c) So prohibe la comercialización de Pit BulI, rottweiller y sus mestizos enliendas de mascotas.

CAPITULO VII

Artículo 9.- De las sancIones.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de losestablecimientos normandos por esta resolución, que incumplieren las disposicionesestablecidas en la presente Resolución serán sancionadas de conformidad con la Ley deSanidad Animal, sin perjuicio de las accicnes civiles o penales que esto acarree.

Si las directrices establecidas son incumplidas en las inspecciones aleatorias esto serámotivo suficiente para retirar el Registre obtenido ante AGROCALIDAD.

Las personas naturales o jurídicas que incumplieren lo establecida en el Articulo lO delREGLAMENTO DE TENENCIA Y MANEJO RESPONSABLE DE PERROS publicado en elRegistro Oficial N 532 deI 19 de febrero del 2009, en el cual prohibe la práctica dereproducción de estas razas en criaderos no autorizados por parte de AGROCALIDAD, elComisario de Salud sancionará con cinco salarios básicos unificados del trabajador engeneral, mensuales y los clausurará hasta que el propietario regularice su criadero.

Les establecimientos no podrán utilizar anuncios o publicidad con denominación diferentea la concedida en su permiso de funcionamiento.

Artículo lO.- Es obliqación del Inspector/a que realice el procedimiento de controlelaborar el Informe, mismo que detallara pomienonzadamente todas las observacionesque hubiere lugar para lo cual remitirá el informe al Juez Administrativo correspondiente,así mismo de verificar si la Infracción contempía el tipo penal establecido en el CódigoOrgánico Integral Penal este deberá ser remitido a la autoridad coalpefente.

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:jer E;r::;ujiura, Ganaderja.Acuacultuça y Pesca

en toda venta extenderá un certificadocomprador, en el que consten las Jacunaspreventivos de carácter obligatorio.

SANCIONES

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• . AGOCALiOAD ‘

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Agricufhn, Gary4Jería.•• 1

ojaculturú Y

CAPITULO VIII

DEFINICIONES

Agrocalidad.- La Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de Calidad del Agro —

Agrocalidad, es la Autoridad Nacional Sanitaria. Fítosanitaria y de Inocuidad tic losAlimentos, encargada de la definición y ejecución de políticas, regulación y control de Fasactividades productivas del agro nacional.

Alberque.- Son establecimientos sin fines de lucro dedicados al rescate, recuperación,rehabilitación reubicación temporal o definitiva de mascotas extraviadas o callejeras ccii elpropósito de brindarles alojamiento y cuidado temporal o sacrificio humanitario encaso deser necesario.

Anestesia regional-Es un tipo de anestesia que funciona al bloquear el dolor en unaparte del cuerpo sin causar que el paciente pierda la consciencia. En la aneslesiaregional, se inyectan medicamentos bloqueadores del dolor dentro de áreas alrededor dela columna vertebral o alrededor de los nervios que abastecen una región especifica delcuerpo.

Anestesia general-La anestesia es un acto médico controlado en el que se usanlármacos para bloquear a sensibilidad táctil y dolorosa de un paciente, sea en lodo oparte de su cuerpo y sea con o sin compromiso de la conciencia- La anestesia general secaracteriza por brindar hipnosis, amnesia, analgesia, relajación muscular y abolición dereflejos.

Animales considerados prohibidos como mascotas: Para el entendimiento el acuerdointerministerial 116 considera que Les pitbulls y roltwoilers par el potencial de daño yseveridad de lesiones que pueden causar ante un ataque al ser humano y por losantecedentes existentes en el país- Se incluyen también sus mestizos, resultantes delcruce con otras razas caninas.

ienestar animal.- El bienestar animal está definido tanto por el estado físico ypsicológico de un animal como por las condiciones en las que vive.

El bienestar de un animal puede describirse como bueno si el individuo está en buenascondiciones! saludable y libre de sufrimiento.

Carnet Sanitario.- Es un documenlo en el que se registra [os siguientes dales y esindispensable la firma de responsabilidad de un Médico veterinaria:

1) lnlorrnación general:a) Datos del propielario: nombre, direcciónb) Fecha de nacimiento /

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ACRQCALIOC:r.!terIo . .

QE gncuIti..Ganade,,a.Rcuaajk,ra y Pesca U..-

c) Cliip do identificación2) Vacunas aphcadas y fecha do posteriores vacunas.3) Antiparasitario aplicado y a lecha de la proxirna dosis.4) Evolución del esc, raZaS

Centro de Manejo de perro.- Son cvnsitea;s e e].e cs IL.areS ci’ ks elia os se022 2a s1çi enles a viales

ci ettt. cdc’; c-I2 verla le r€rrnsyi Sen ocie hce:e-zaje ce :eaa y aalas.

c Sor;o de estetica Ca reims y gatos.e) Aiyergues perrcs y ça:es.

Centros de hospedaje de perros y gatos - Aqe eslaele:n e’T t.ia p’esta el seciee a cjarrien:a. rarcer,oi& y cjeaoc le an ralos ce corpaa, per Si DCC

determinado, bajo el consentimiento dci propielario

Centros de estética de pollos y gatos.- Se ce’nen asi a ce Jrcales cue ores:s9 e

ser, ct estetico y ce ‘iene a as perrcs y catas, su urcicn so rc’s.’ ra 2c:_S va’flefle

a c..pcar de la ere. ,ala, orto cao, a y peLi.er’a ce al, r-ales le crpañia y ceteraser e ecttaca pr oe’sc’-.a etea1o y aDrec odra el T.ae:2 Ce anTa 2509 05:2

astjvicac.

Cirugía- Se ecr’-a ciruaca qrecoc’crnefr rano y syové’goi abac dedcoe xCQcLncdebrrg4a -auac nanua a a sráz:-ca cue vp ica raM c acién‘nec,’;+ca le Las esntraa a—a:ii—vas con ..n in rióJcc. efl Sea CSOn.5 CD.

a a,c:s: Da

Ciçuga menor.-Fs ira seña 19 proçein-,enos qurIg!co5 sonDi!Oe Qenelamenle decena duracio’,, roa]izadoa sobre tejidos superliciales y/o ustructuras fcilmenle accesibles.ba1o aneetesa local, que tienen bajo riesgo y tras los que no son esporablescomplicaciones posiquirúrgicas significativas

Consulta extorna-Comprende lo que a grandes r.,sgos se deline como rtedicinaPravonhiva Medicina General y Medicina de Especialidades.

Cuidados críticos-- Una unidad de cuidados intensivos UQI), unidad de vigilanciaintensiva (UV) o centro de tratamiento intensivo (Cr1) o Unidad de terapia intensiva (Liii)es una instalación especial dentro del área hospitalaria QUe proporcona medicinaintensiva. Los pacientes candidatos a enirar en cuidados inlonsivos son aquellos quetienen alguna condición grave de salud que pone en riesgo la vida y que por tal requierendo una monitorización constante le sus signos vilalos y otros paramehros, Domo el controlde líquidos.Cuarentena-- Es la acción de aislar o apartar a personas o animales durante un período,para evitar limitar el riesgo de rlue extiendan una determinada enfermedad contagiosa;no necesariamente durante cuarenta dias.

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LGROCALJOAD rj..!Prvlln:.,terhJ

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de AgnoLiltum, Gaidena,, • - a

AaLaculttimy Pesca

Clínica ambulatoria.- Establecimiento donde se presta atención médica a enlormos queno requieren ser internados en un hospital, consultorio o dispensario.

Criadero de perros y gatos.- Aquellos establecimientos que albergan más de cincohembras cuya finalidad es netamente a reproducción y posterior comercialización de lascrías.

Emergencias.- es una situación fuera de control, que se presenta por diversas causas.que ponen en mtesgo la vida del animal. Del latín urgentía, urgencia hace referencia a lacualidad de urgente (que urge. apremia o requiere de pronta atención).

Esterilizador Una autoclave es un recipiente de presión metálico de paredes gruesascon un ciego hermético que permite trabajar a alla presión para realizar una reacciónindustrial, una cocción o Lina esterilización con vapor de agua. Su construcción debe sertal que resista la presión y temperatura desarrollada en su interior. La presión elevadapermite que el agua alcance temperaturas superiores a su punto de ebullición. La acciónconjunta le la temperatura y el vapor produce la coagulación de las proteínas de lesmicroorganismos, entre ellas las esenciales para la vida y la reproducción de éstos, cosaque lleva a su destrucción.

Hospitalización-Un hospital o nosocomio o casa de salud es una instalación sanitariadonde se atiende a los enfermos para proporcionar el diagnóstico y tratamiento quenecesitan.

Idoneidad de fleproducción: Co4ificación concedida por un organismo debidamentecapacitado para evaluar el carácter y temperamento canino! el cual deberá ser autorizadopor AGRO CALIDAD.

lmagenología.- El concepto se utiliza para nombrar al conjunlo de as técnicas y de losprocedimientos que permiten obtener imágenes del cuerpo humano con fines clínicos ocientíficos.

Laboratorio clínico.- El taboratcrio clínico es el lugar donde los técnicos y profesionalesen bactericrogia, realizan análisis clínicos que contribuyen al estudio, prevención,diagnóstico y Iratamnionto de problemas de salud. También se conocen corno laboratoriodo patología clínica y utilizan las metodologías de diversas disciplinas como la bioquEmica.hematología, inrnunologia, microbiología o química clínica.

Mascotas.- Para el caso de este instructivo, es un perro o gato doméstico conservadocon el propósito de brindar compañía o para el disfrute del poseedor.

Oftalmoscopio.- En oftalmología yen óptica, el oftalmosccpio es un instrumento para verampliado el fondo del ojo de un paciente, donde se encuentra la retine. Fue inventado porHermann von l-felmholtz cr1 1851.

Otoscopio.- Es un instrumento módico con un haz de luz, que sirve para visualizar yexaminare! conducto auditivo externo y el timpane. La e,pioración del oído permito, a

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teces. averiquar Ja eaijsa do algunos sintornas como el dolor la pérdida de a audic’dn,así corno hallar cuerpos extraños en el conducto auditivo.

Pero miniaíura. Aouel oue pesa hasta cinco (5 kilogramos;

Peno pequeña - Ar- .e arsa asa a easó 5 1 Ci k tra7lcs:

Perro mediano.- Az1a: n r-esa aEa J,I,es:2 3 ,, Dqrzmos

Perro grande - Ae: q..e a-esa rs de -€cti:&s (23; kioar.os

Procedimientos médico&- preso de atención e,. medicina es e ccj.n:c deiIevenc.tes o voceo r, e—:cs -ea ascos. e rancaoos reaiiza. po, e reo CD parn

a ‘os pacentos y c_aa- sus Dror enas ce La uc Un tr:er je 3:elrcq c$IrDentrarse en & pa: arle. y Car reeçesias eteçivas a es e2e522Ce5 alcres ypeferen:as se los ac entes

Prueba do comportamiento.- Conlunto de procedimiento5 realizados po personaltea. co caoac,tacc y aacr:zaca ate oerte detorn7ar e ca’acter Je CSea ejerrolar y

orevee succrxtanier.:a

Ouirótano.-E cu rzann es — e—zrno asectico eqjsaco ce aoara:cs nts Se 1 anacu r&ano a ae; a Sa a o hardac CE SC ha la €1 r-anac--os. -esptaes c cenros DeaIc—c ó- -.dca y o’e estL escc a --1ene aflci:nda raa a ec; Ca le ccN rac escu.c-ccas a que Ic-:oa i,t2 .e asf t ceraj

Socializar Cra- a =n rs! en e:z,r.o acocuarlo er cc-tac:j CDII deas e,sanaspara oen Ir e a aoatact a rrJtc es sitacic-es va aSes.

renda para mascotas - Esao:ec rrclcs aje:acs tje real tan ‘j cxretic al rarmenor de mascotas do diferenlps especies y accesorios cumpliendo con normassariitaiias y de Bienestar animal establecidas.

Áreas de ejercicio.- Espacios ccnveplienlorflprite lorestados para los onimale que eeiicuenl ren en exhibición

DISPOSICIÓN GENEAAL

Recomendaciones generales para el registro de establecimientos que preslan serviciosvetorinarios así como centros de manejo de peifos y galos ante ASROCALIDAD. Elpersonal que paílicipe en la inspección de los establecimienlos dobera poseer lacapacitación y experticia necesaria para a mencionada aclividad Debe pliarizarse lasdirectrices sanitarias de inocuidad y bienestar animal emitidos por AGRODALIDAD

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los establecimientos no podrán utilizar anuncios o publicidad con denominación diíerontea la concodda en su permiso de luncionamiento Tienen 6 meses de plazo para cambiar

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DISPOSICIONES FINAL

Primera.- Do la ejecución de la presente Fesalucidn encrguese a la Dirección deSanidad Animar y a os Procesos Desconcentrados de AGROCALIDAD.

La presente resolución entrara en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sinperjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

CÚMPLASE, COMUNÍQUESE y PLJBLÍQUESE

Dado en Qu,I, DM. 05 de epIFeTTIIlw dci 2014

<i. L’.€va2

í7_Dr. Javiert Eiicl 1.’

Oirrclor Ejecutivo de la Aenria Eruatnrinadc scgnranhitnIn de la Calidad

del Agro Agrocalidad Ø)

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ANEXO ¡

La ALrncij Ecuatoriana da A segummienlo d la calidad del A’rrn — AGR(JCALIDA D

Ceniierc ¿;

PFRIIS() sAlrAklo DF FUNCIO%IIF%rO A CENTROS DE:

rtJ atC .:r-_t- —vos aeCrCe .; a:or

rendarC cr ete!nr __.gaes d e:t:o de C’voy

ji •;t€• la: CE. de ce os ga:cs:esje[e<:,aes Vr. es. ze—gJer le Cs y geZCr

le ea;

de es:r

N DE PEHNlISO:G3-l7-GC

Non,hrc dci Propiornrio/Rcprc.wotsjnna letal:

Nnmh’e lel Reprcscrnantc T&nicc:

No’nljrc dci Eslablecimientcr

PROVINCIA CANTÓN; lAR U }QT)I .4.

CUOItIJEN.4DAS X y

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En ;. cicca.J de. os dia dci ,it. Ce del 20:

Ccir,rlioar!r,r Provi ricial AUN OCALIDAI)

Ese ptrni,’, Orne vftcncia Ip ni alio a parila dr:

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ANEXO 2

gence E:jata’a’a e Asegtranentc de la Ca ¡aD d& AgrD-4GCCAL DAD

SOUC[T131 PARA obtener ej Permiso Saiitara de funclormijento a centro, de:

Atención veterLnar’a Manejo de perros y gatos

Fecha;

___________________

Sr. Coordinador de AGROCALIDAD de la Provincia de;________________

r.c,:re de’ oieIai:o/Reoreet ante legal

Nomore dei Repres€nrante Técnico:

UBICAcIÓN DEL ESrABLECIMIENT0;

PD’iNCi; CANTÓT1 PAROOUiA:

COQRDENADASX Y____________

Solicito [a lnspecc ¡ en del establecimiento desi nado a funcionar como; Centro de atenciónveterina’ ... centros de manejo de p., os y gatos

En caso de renovacén Nt de permiso vigente;

________________________

Ad icionalmen e y en caso de Informe Posi iva de [2 inspección realizada, me comprometomediante crocLjmen ro notariado a cuniplir can radas las obligaciones estipuladas en elirstrjzti-c para es:e fr.

cta; Adurta - cIcJS Oc LO caz ñn.

Nombre y Iirn,a del Propietario/Represerilani lera 1CI;

_______________

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ANEXO 3

Carta de responsal,ilidatl del Médico Veterinario

DIRECTOR EJECUTIVO DE AGROCALIDAD

PR ES E NIE

YO, co’’ domicilio en la ciudad (le ,por medio de

la presente n’anit’eslo Tui co,ioctmienlo y compromiso de acatar las directrices (le carácter

Sanilariti y Bieneslar animal eslableciclas en el INSTRUCTIVO rARA LA EMISIÓN

DEL PERMISO SANITARIO IlE FUNCIONAMIENTO A LOS CENTROS QUE

PHESIAN SERVICIOS VETERINARIOS ASÍ COMO CENTROS DE MANEJO DE

I’ERROS Y GATOS al desarrollnr nticIIvldad como Médico Veterinario Responsable

de las actividades a lesam,llarse relacionadas a pems y gatos, además de. los

procedimienlos cLdm’nsIraIivus compete’lcia establecidas por AGROCALIDAI1

Acepto que en caso cje incumplir con lo eslipulado en la Resolución

____________

AGROCALIDAD, podrá evocar en cualquier momento el Permiso emitido para el

u,, cio cta it en lo de los establee TI ¡ cnt os que pre 5(0 a sen c ¡os veterinario’: o (cli ros (le

Manejo de Perros y Gatos. as( colijo demás acciones la la normativa legal vigente las

establezca

NOr.IHRE Y FIRMACI,

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