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iEV frbunl Eertord de Verasuz coNTRATO .24/TEEV/DA./03/ I 8 CONTRATO DE PRESTACIÓI.¡ OE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL TRIBUNAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU MAGISTRADO PRESIDENTE, DOCTOR JOSÉ OLVEROS RUIZ, ASISTIDO POR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, MAESTRA MARíA ESTHER REYES GONáLEZ Y POR LA OTRA PARTE, C. SALVADOR HERRERA PRETEL|N A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COUO "EI PRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTEGEDENTES: l. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 116, fracción lV, inciso c), numeral 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105 de la Ley General de lnstituciones y Procedimientos Electorales: 66, Apartado B, de la Constitución Política,del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave; 405 del Código Electoral estatal; y 5 de su Reglamento lnterior, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz es el órgano jurisdiccional especializado en materia electoral que, aplicando la legislación estatal, tiene a su cargo la resolución de las controvers¡as que se susciten con motivo de los procesos electorales locales, así como las derivadas de los actos y resoluciones q emitan las autoridades electorales locales ll. De acuerdo a lo establecido en el artículo 66, ap artado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, el Tribunal Electoral del E do debe cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialid objetividad, legalidad y probidad; y goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en sus decisiones en los términos y condiciones que establezca la ley. Se integra con tres Magistrados que duran en su cargo siete años y son nombrados por el Senado de la República de acuerdo a lo previsto en la . Constitución Federal y en la Ley General de lnstituciones y Proced¡mientos Electorales. lll. El día 10 de diciembre de 2015, la H. Cámara de Senadores de la República tuvo a bien nombrar a los señores magistrados que conforman la actual integración en funciones del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, quedando formalmente instalado el órgano jurisdiccional el día 14 de diciembre de 20'15, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 1 '1 6, fracción lV, inciso C, numeral 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66, Apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, y artículos transitorios octavo y décimo séptimo del Código Electoral para el Estado de Veracruz. C\ \U 1de8

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iEVfrbunl Eertord de Verasuz

coNTRATO .24/TEEV/DA./03/ I 8

CONTRATO DE PRESTACIÓI.¡ OE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNAPARTE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DEIGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁCOMO "EL TRIBUNAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUMAGISTRADO PRESIDENTE, DOCTOR JOSÉ OLVEROS RUIZ, ASISTIDOPOR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, MAESTRA MARíA ESTHERREYES GONáLEZ Y POR LA OTRA PARTE, C. SALVADOR HERRERAPRETEL|N A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COUO "EIPRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LAS SIGUIENTESDECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTEGEDENTES:

l. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 116, fracción lV, inciso c),numeral 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105de la Ley General de lnstituciones y Procedimientos Electorales: 66, ApartadoB, de la Constitución Política,del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave;405 del Código Electoral estatal; y 5 de su Reglamento lnterior, el TribunalElectoral del Estado de Veracruz es el órgano jurisdiccional especializado enmateria electoral que, aplicando la legislación estatal, tiene a su cargo laresolución de las controvers¡as que se susciten con motivo de los procesoselectorales locales, así como las derivadas de los actos y resoluciones qemitan las autoridades electorales locales

ll. De acuerdo a lo establecido en el artículo 66, apartado B, de laConstitución Política del Estado de Veracruz, el Tribunal Electoral del E dodebe cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidobjetividad, legalidad y probidad; y goza de autonomía técnica y de gestión ensu funcionamiento e independencia en sus decisiones en los términos ycondiciones que establezca la ley. Se integra con tres Magistrados que duranen su cargo siete años y son nombrados por el Senado de la República deacuerdo a lo previsto en la . Constitución Federal y en la Ley General delnstituciones y Proced¡mientos Electorales.

lll. El día 10 de diciembre de 2015, la H. Cámara de Senadores de laRepública tuvo a bien nombrar a los señores magistrados que conforman laactual integración en funciones del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz,quedando formalmente instalado el órgano jurisdiccional el día 14 dediciembre de 20'15, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 1 '1 6,fracción lV, inciso C, numeral 5 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 66, Apartado B, de la Constitución Política del Estado deVeracruz, y artículos transitorios octavo y décimo séptimo del Código Electoralpara el Estado de Veracruz.

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frfu¡d Bedoral de Veraau¿

I. DECLARACIONES DEL TRIBUNAL:

1,1 Es un organismo autónomo del Estado, con personal¡dad jurídica ypatr¡mon¡o propios, representado por su Magistrado Presidente, Doctor JoséOliveros Ruiz, en términos de lo dispuestg en los artículos 415 y 4'16,fracción ll, del Código Electoral del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave,personalidad que acredita con el nombramiento expedido por el Senado de laRepública, de fecha 10 de diciembre de 2015, y con acta de sesión privadadel dÍa 05 de diciembre de 2017 .

1.2 En términos de lo establecido por el artículo 410 del Código Electoral deVeracruz, el Tribunal Electoral del Estado administrará y ejercerá elpresupuesto que le sea asignado y estará obligado a presentar los informesde cuenta pública en los términos de ley.

rogramas o proyectos específicos. Las y los profesionales prestarán susicios al Tribunal con base en el contrato formalizado en términos de la

lV. Que actualmente está en curso el proceso electoral ordinario 2017 -2018, porel que elegirán al titular del Ejecutivo del Esta$o y a los Diputados que integranel Poder Legislativo.

legislación civil.

coNTRATO .2,t/f EEV/DA./o!/ I I

L3 El artículo 15 del Reglamento Inter¡or del Tribunal Electoral de Veracruz,dispone que cuando las cargas de trabajo así lo requieran, el Tribunal podrácontratar servicios profesionales por un tiempo u obra determinada, para

1.4 De acuerdo a lo d¡spuesto por el artículo 169 del Código Electoral deVeracruz, el proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por laConstitución Política del Estado, las leyes generales de la materia y el propioCódigo, que realizan las autoridades electorales, las organizaciones políticasy los ciudadanos, tendentes a renovar per¡ódicamente a los integrantes de losPoderes Ejecutivo y Legislativo, así cor¡o a los miembros de losayuntamientos del Estado. El proceso electorái ordinario inicia con la primerasesión que el Consejo General del Organismo Público Local Electoral delEstado de Veracruz celebre en los primeros diez días del mes de noviembredel año previo al de la elección y concluirá el último día del mes de julio parala elección de Diputados, y el último día de agosto para la elección deGobemador o, en su caso, hasta en tanto el Tribunal em¡ta las sentenciasdefinitivas respecto de los medios de impugnación pendientes de resolución.

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1,5 De conformidad con lo anterior, el dia 01 de noviembre de 2017 el ConsejoGeneral del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz dioinicio formal al Proceso Electoral 2017 -2018, por el que se renovarán el PoderLegislativo y Ejecutivo del Estado. En tal situación, el Tribunal Electoralrequiere de la contratación de servicios profesionales para afrontar la carga

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iEVf ribmal E€rlord de vera(fuz

coNTRATO "2{/fEEV/DA/03/t I

de trabajo que representa el proceso electoral en curso, y con la finalidad depoder cumplir eficazmente con su encomienda constitucional y legal deimpartición de justicia electorál en el Estado de Veracruz.

1.6 El cinco de enero del dos mil dieciocho, el Pleno del Tribunal Electoral deYerac¡uz, emitió el acuerdo plenario por el que se autoriza la distribuciónmensual del presupuesto aprobado por el H. Congreso del Estado para el ....

Ejercicio Fiscal 2018 y su ejercicio. Asimismo, mediante acuerdo plenario defecha veintitrés de febrero del presente año, se aprobó la celebración decontratos a prestadores de servicios profesionales. El Tribunal Electoral deVeracruz cuenta con Registio Federal de Contribuyentes TEE1S0í0SHF2,expedido por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría deHacienda y Crédito Público.

1,7 Con la asistencia de la Maestra María Esther Reyes González, en su calidadde Directora de Administración del Tribunal Electoral, en términos de loestablecido en el artículo 62, fracciones I ll y lll del Reglamento lnterior delTribunal Electoral de Veracruz.

1.8 Para efectos del presente contrato señala como su domicilio el ubicado enCalle Zempoala número 28, Fraccionamiento Los Ángeles, en la Ciudad deXalapa - Enríquez, Veracruz, Código Postal 91060.

ll.1 Que es mexicano por nacimiento y se encuentra legalmente capacitadopara contratar y obl¡garse en los términos del presente contrato, manifestandobajo protesta de decir verdad, que no se encuentra inhabilitado para ocuparun empleo, cargo o comisión en el servicio público. Así mismo, manlfiesta nohaber sido condenado por delito que amerite pena de más de un año deprisión, ni por delitos de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otroque lastime seriamente la buena fama en el concepto público.

ll.2 Cuenta con los conocimientos en la materia, recursos técnicosmateriales necesarios para la ejecución de los servicios eventuales materiaeste contrato, reconociendo expresamente su condición como prestadorservicios eventuales.

de

ll.3 Su clave del Registro Federal de Contribuyentes inscrito ante el Sistemade Adminiskación Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoes

v

3de8

II. DE "EL PRESTADOR DE SERVICIOS":

ll.4 Reconoce expresamente que el motivo de su contratación por parte de'EL TRIBUNAL", es única y exclusivamente para la prestación de losservicios eventuales objeto del presente contrato, por lo que su relación

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InhrEi Eeclsal de Yer¿ou¿

CONTRATo "2¡tlf EEV/DA./o3/ l8

jurídica con el mismo será de carácter eventual, quedando sujeta a lostérminos y condiciones del presente instrumento jurídico y se regirá por lasnorrnas civiles aplicables.

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ll.5 Para efectos del presente contrato señala como su domicilio el ubicado en

Expuesto lo anterior, "EL TRIBUNAL" y "EL PRESTADOR DE SERVICIOS",en lo sucesivo "LAS PARTES", celebran el presente contrato confundamento en los artículos 2539 al 2548 y {pmás relativos y aplicables delCódigo Civil para el Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave, en lostérminos y condiciones previstos en las s¡guientes:

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- OBJETO. x

"EL PRESTADOR DE SERVICIOS" se obliga a prestar a "EL TRIBUNAL"sus servicios en forma eventual como ANALISTA AUXILIAR, ejecutando lasactividades que se describen a continuación:

'I . Auxiliar y colaborar con los Secretarios de Estudio y Cuenta de "ELTRIBUNAL" en el ejercicio de sus funciones;2. Acordar con el Magistrado al cual presten sus servicios profesionales, losdemás asuntos que le sean encomendados pára el eficaz funcionamiento de"EL TRIBUNAL".3. Apoyar en el dictamen y trámite de los expedientes que le encargue elSecretario de Acuerdos;4. Apoyar al Secretario de Acuerdos en la revisión de los expedientes que seformen con los medios de impugnación, para determinar lo que corresponda;5. Apoyar a los Actuarios Judiciales en los asuntos que le encargue elSecretario General de Acuerdos; y

..6. Los demás asuntos que les sean eiicomendados para el eficazfuncionamiento de "EL TRIBUNAL"

SEGUNDA.- MONTO Y FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS."EL TRIBUNAL" como contraprestación por los servicios contratados seobliga a pagar a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" por la vigenciaestablecida en la cláusula tercera del presente contrato la cantidad total de$13,927.68 (Trece Mil Novecientos Veintisi'bte Pesos 68/100 M.N.) porconcepto de servicios, más el lmpuesto al Valor Agregado por la cantidad de$ 2,228.43 (Dos Mil Doscientos Veintiocho Pesos 43/100 M.N.) haciendo untotal de $ 16,156.11 (Dieciséis Mil Ciento Cincuenta y Seis Pesos l1l100

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iEVTrftunl B«tord de Yeraou:

del presente contrato será del 01

M.N.), previa entrega del óomprobante fiscal digital por internet (CFDI)correspondiente por parte de .,EL PRESTADOR DE SERVICIOS", así'comódel informe mensual mencionádo en la cláusula octava del presente contrato.

Queda como una facultad discrecional de ,,EL TRIBUNAL" el determinarsobre Ia celebración de un nuevo contrato de igual o similar naturaleza, yaque este instrumento jurídico expíra el día de su vencimiento sin aviso preiioalguno.

En caso de que "EL TRIBUNAL,' determine Ia celebración de un nuevocontrato, éste notificará por escrito tal decisión a .,EL pRESTADOR DEsERvlclos", con cuando menos cinco días hábiles de anticipación al términode la vigencia previamente pactada, en el entendido de qué si no existe talcomunicación, la relación jurídica entre "LAs PARTES" concluirá al términode la vigencia del presente contrato sin necesidad de declaración judicialprevia, quedando expresamente prohibido a ,,EL pRESTADOit DESERVICIOS" prestar serv¡cio alguno a "EL TRIBUNAL,, con posterioridad áesa fecha.

CUARTA.. NATURALEZA JURíDICA DEL CONTRATO."LAS PARTES" acuerdan expresamente que el presente contrato es denaturaleza civil, por lo que, bajo ninguna circunstanc¡a de hecho o de derecho,surtirá efectos jurídicos de índole labora l, ya que el presente instrumentojurídico se refiere únicamente a una relación de servicios profesionales entérminos de la legislación civil. por ende, "EL TRIBUNAL" no tendrá ningunobligación de carácter laboral.

QUINTA.- RETENCIONES DEL ISR E ]VA."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" está de acuerdo en qu .,ELTRIBUNAL'' efectúe las retenciones de los pagos que reciba por con todhonorarios, por la cantidad que resulte aplicable en los términos de la Lmpuesto Sobre la Renta y la Ley del lmpuesto al Valor Agregado,

obligándose "EL TRIBUNALI: a enterar dichos impuestos ante la Secretaríade Hacienda y Crédi to Público

SEXTA.- SOBRE LA PRESTACIÓru OE IOS SERVICIOS."EL PRESTADOR DE SERVICIOS,' se manifiesta conocedor de la necesidadoperativa de "EL TRIBUNAL" de garantizar la función jurisdiccional electoralque brinda a la ciudadanía en el Estado de veracruz y que para tar efecto

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CONTRATO'24/TEEY/DA,/O]/ I 8

TERCERA.. VIGENCIA DEL CONTRATO,"LAS PARTES" convienen que la vigenciaal 31 de mazo de 2018.

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iEV tTnh¡ul Eectud de Veracn

CONTRATO'24/TEEVi DA,/O]/ I 8

planea, programa y/o instrumenta estrateg¡as de operación respecto a la

atención ciudadana, por lo que expresa su entera conformidad y se obliga arcalizat en forma eficiente los servicios materia de este contrato para "ELTRIBUNAL".

En atención a lo anterior, "LAS PARTES" aéuerdan que, si derivado de laplaneación, programación o de las estrateg¡as que instrumente "ELTRIBUNAL" respecto a la operación y/o atención ciudadana, "ELTRIBUNAL" llegara a suspender parcialmente o por determinado periodo la

prestación de los servicios materia de este contrato, tal situación, por serproducto de la operación de "EL TRIBUNAL", no implicaría incumplimiento oresponsabilidad para "EL TRIBUNAL".

ü

SÉPflMA.- Que para la contratación de los servicios de personas físicas con

actividades empresariales y profesionales en su calidad de Analistas deacuerdo con la Ley del lmpuesto Sobre la Renta vigente en el Capítulo llSección l, no prevé ningún impedimento legal para su debido ejercicio, aún

sean personas fisicas que no cuenten con título y cédula profesional, en virtudde que sus actividades cons¡sten en auxiliar en actividades secundarias a los

abogados que de manera especifica si cuentaq con título y édula profesional,

lo anterior en concordancia con el Código Electoral de Veracruz de lgnacio dela Llave.

OCTAVA.- ¡NFORME DE ACTIVIDADES.Como parte integrante de los servicios objeto del presente contrato, "ELPRESTADOR DE SERVICIOS" se obliga a entregar en la Jefatura deRecursos Humanos de "EL TRIBUNAL", t:un informe mensual de las

actividades realizadas en el periodo respectivo, debidamente aprobado yfirmado, según sea el caso, siendo responsabilidad de los titulares de las

áreas de "EL TRIBUNAL" o del personal de mando que éstos designen para

tal efecto, supervisar y vigilar sobre el cumplimiento de las actividadesrealizadas por "EL PRESTADOR DE SERVIGIOS"

N NA.. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFdRMACIÓN.EL PRESTADOR DE SERVICIOS" reconoce y conviene que por ningún

motivo divutgará la información que por virtud de los servicios objeto delpresente contrato tenga a su disposición o en su conocimiento, ya que lamisrna es confidencial y propiedad de "EL TRIBUNAL". En caso de que "EL

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iEVTribuml Becloral de veraüuz

CONTRAÍO "2,I/TEEV/DA¡o3/ I 8

DÉcIMA.. oEREcHos DE PRoPIEDAD INTELECTUAL,"LAS PARTES" reconocen que los derechos de autor que pudieran derivarsede las actividades que con motivo del presente contrato desarrolle ,,EL

PRESTADOR DE SERVICIOS" pertenecerán de manera exclusiva a ,.EL

TRIBUNAL", toda vez que su colaboración es retribuida, de conformidad conlo establecido en el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor ydemás relativos y aplicables de su Reglamento.

PRESTADOR DE SERVIGIOS" infrinja esta cláusula, ,,EL TRIBUNAL" podráejercer las acciones administrativas, penales y/o civiles que correspondan.

DÉcIMA PRIMERA,. REscIsóN DEL coNTRATo.La falsedad a cualquiera de las declaraciones o el incumplimiento decualquiera de las obligaciones consignadas en el presente contrato a cargo de"EL PRESTADOR DE SERVICIOS", faculta a ,,EL TRIBUNAL,' a rescindirlounilateralmente sin necesidad de declaración judicial y sin responsabialguna, bastando la notificación que al efecto le haga ,,EL TRIBUNAL,, aPRESTADOR DE SERVICIOS" con cinco días hábiles de anticipación.

tid

L

DÉcIMA SEGUNDA.- coNcLUSIÓN DEL coNTRATo."LAS PARTES" acuerdan que la relación contractual concluirá por:a) Vencim¡ento de la vigencia o cumplimiento del contrato;b) Terminación anticipada del contrato por consentimiento mutuo de ,,LAS

PARTES'';c) Fallecimiento, od) Rescisión del contrato por parte de ,,EL TRIBUNAL".

En caso de conclusión del contrato, la responsabilidad de .,EL TRIBUNAL,,comprenderá exclusivamente el pago de los honorarios que se hayangenerado hasta la fecha de dicha conclusión y que no se hubiesen pagadopreviamente a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS".

DÉGIMA TERCERA.. AUSENCIA DE VIcIoS EN LA VoLUNTAD DE "LAsPARTES"."LAS PARTES" manifiestan que en el presente contrato no existe error, doloo mala fe, n¡ causa alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose acumplirlo en el tiempo, lugar y bajo las condiciones contratadas.

tj

DÉctMA cuARTA.- JURtsDtcctóN.Para todo lo relativo a la solucíón de controversias que surjan con motivo dela aplicación del presente contrato, "LAS PARTES', se obligan a someterse a

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Trbuml Eerlor¿l de veraou?

coNTRAfO '24lTEEV/DA/o3/ I 8

los Tribunales competentes del Distrito Judicial de Xalapa-Enríquez, Veracruzde lgnacio de la Llave, renunciando desde este momento al fuero que enrazón de su dom¡c¡l¡o presente o futuro, pudiera corresponderles.

LeÍdo que fue el presente contrato y enteradas "LAS PARTES" de sucontenido, valor y alcance legal, lo firman de conformidad los que en elintervienen, en la c¡udad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, el día 01 de mazo de20't8.

POR "EL TRIBUNAL" I POR "EL PRESTADOR DESE rcros"

DR. JOSE OLME RUIZ IC. SALVADOR HERRERA PRETEL IN

MAGISTRADO PR SIDENTE,

MTRA. ER REYES

DIRECTORA DE AD INISTRACIÓN

Las firmas contenllas en la presente foia foma¡ parte del Contrato de Pfestac¡ón de SeMcios, celebr¿do entre elTribunal Eledora¡ del Estado de Veraquz de lgnac¡o de la Uave y [¡c. Salvador Herera Pretelín, el día 0'l de mazode 2018, documento que consta de 4 fojas út¡les con texto en ambos lados.

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