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CONTRATO DE COMODATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA RESIDUOS MEXICANOS DIVISIÓN RECICLADOS S.A. DE C.V. POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE, EL SR. JUAN PABLO MANZANO PEÑA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "EL COMODANTE", QUIEN INTERVIENE CON DICHO CARÁCTER; Y POR OTRA PARTE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA DIRECTIVA DEL CONGRESO, EL DIP. MANUEL LOZANO NIETO, EN SU CARÁCTER DE "COMODATARIO", CONTANDO ADEMÁS CON LA PARTICIPACIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE, DIP. YVETT SALAZAR TORRES Y EL PRESIDENTE DE LA COMISION DEL AGUA, EL DIP. JAIME YAÑEZ PEREDO, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES .- DEL COMODANTE 1.1 Que es una persona moral, constituida conforme a las leyes mexicanas, según consta en la escritura 25,839 tomo1204 otorgada ante la fe del Notario Público número 22 JACINTO LARRAGA MARTÍNEZ en ejercicio en la Ciudad de SAN LUIS POTOSI y debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad,. y de Comercio bajo el folio 26083*1. 11.2 Que el señor Juan Pablo Manzano Peña acredita su personalidad como representante legal del comodante, con el acta número 25,839 del protocolo a cargo del Notario Público Número 22 JACINTO LARRAGA MARTÍNEZ con ejercicio en SAN LUIS POTOSI, del cual se desprende su designación como ADMINISTRADOR ÚNICO y al respecto manifiesta bajo protesta de decir verdad que dicho cargo no le ha sido revocado hasta la fecha, expresando además, que tiene facultades para comparecer en este instrumento y obligar a su representada en la forma y términos del mismo. 11.3 Que señala como domicilio fiscal de la empresa el ubicado en cordillera RAKAN NO.645 LOMAS CUARTA SECCIÓN EN SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P. y como micilio convencional para los efectos de este contrato, el de ARAKAN NO.645 LOMAS CUARTA SECCIÓN EN SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P. 11.4 Que se encuentra debidamente registrada ante la Secretaría de Hacienda 7.\ y Crédito Público, con la clave RMD0811104H3, manifestando su representante y\ 1

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CONTRATO DE COMODATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESARESIDUOS MEXICANOS DIVISIÓN RECICLADOS S.A. DE C.V. POR CONDUCTO DESU REPRESENTANTE, EL SR. JUAN PABLO MANZANO PEÑA, A QUIEN EN LOSUCESIVO SE DENOMINARÁ "EL COMODANTE", QUIEN INTERVIENE CON DICHOCARÁCTER; Y POR OTRA PARTE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SANLUIS POTOSÍ, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA DIRECTIVA DELCONGRESO, EL DIP. MANUEL LOZANO NIETO, EN SU CARÁCTER DE"COMODATARIO", CONTANDO ADEMÁS CON LA PARTICIPACIÓN DE LAPRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE, DIP. YVETTSALAZAR TORRES Y EL PRESIDENTE DE LA COMISION DEL AGUA, EL DIP. JAIMEYAÑEZ PEREDO, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULASSIGUIENTES:

DECLARACIONES

.- DEL COMODANTE

1.1 Que es una persona moral, constituida conforme a las leyes mexicanas,según consta en la escritura 25,839 tomo1204 otorgada ante la fe del NotarioPúblico número 22 JACINTO LARRAGA MARTÍNEZ en ejercicio en la Ciudad deSAN LUIS POTOSI y debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad,.y de Comercio bajo el folio 26083*1.

11.2 Que el señor Juan Pablo Manzano Peña acredita su personalidad comorepresentante legal del comodante, con el acta número 25,839 del protocoloa cargo del Notario Público Número 22 JACINTO LARRAGA MARTÍNEZ conejercicio en SAN LUIS POTOSI, del cual se desprende su designación comoADMINISTRADOR ÚNICO y al respecto manifiesta bajo protesta de decirverdad que dicho cargo no le ha sido revocado hasta la fecha, expresandoademás, que tiene facultades para comparecer en este instrumento y obligara su representada en la forma y términos del mismo.

11.3 Que señala como domicilio fiscal de la empresa el ubicado en cordilleraRAKAN NO.645 LOMAS CUARTA SECCIÓN EN SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P. y comomicilio convencional para los efectos de este contrato, el de ARAKAN

NO.645 LOMAS CUARTA SECCIÓN EN SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P.

11.4 Que se encuentra debidamente registrada ante la Secretaría de Hacienda

7.\y Crédito Público, con la clave RMD0811104H3, manifestando su representante

y\ 1

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bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente de los impuestosque causa.11.5 Que de acuerdo con sus estatutos, su objeto social consiste, entre otrasTRANSPORTE, RECOLECCIÓN Y MANEJO DE MATERIALES Y RESIDUOS NOPELIGROSOS.

11.6 Que dispone de la posesión y propiedad de los bienes materia delpresente instrumento, los cuales fueron adquiridos legalmente, según seacredita con las facturas que se adjuntan.

11.7 Que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que al momento decelebrar el presente contrato no se encuentra dentro de los supuestos delartículo 56 fracción XIII de la Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí.

11.8 Que tiene conocimiento de la Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, así como también de la Leyde Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado y disposicionescomplementarias.

II. DEL COMODATARIO

11.1 Que es el depositario del Poder Legislativo local, en los términos de losartículos 40 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y 2° de laLey Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí.

,\ 11.2 Que su representación legal recae en el Presidente de la Directiva del

( Poder Legislativo, Diputado Manuel Lozano Nieto, en términos de lo dispuestopor el inciso C, de la fracción I, del artículo 71 de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado de San Luis Potosí, quien cuenta con facultadessuficientes para celebrar este tipo de acuerdo.

11.3. Que a la celebración del presente instrumento, concurren también losresidentes de las Comisiones de Ecología y Medio Ambiente, y del Agua, del

H. Congreso del Estado, al corresponder la propuesta de la suscripción de esteacto.

11.4 Que para efectos de este contrato se señala como domicilio el ubicadoen Pedro Vallejo #200, Col. Centro, C.P. 78000, San Luis Potosí, S.L.P.

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CLAÚSULAS

PRIMERA. OBJETO. Por virtud del presente instrumento, el comodante se obligaa conceder gratuitamente el uso de los bienes que enseguida se describen afavor del comodatario (en adelante los bienes), y éste a su vez, secompromete a restituirlos individualmente a la conclusión de la vigencia delpresente instrumento.

SEGUNDA. DESCRIPCIÓN Y DESTINO DE LOS BIENES. Los bienes otorgados encomodato, se consideran muebles y no fungibles, según la siguientedescripción:

2 (dos) tambos metálicos, con capacidad de almacenaje de 200(doscientos) litros, color rojo, y estado de conservación bueno.

2 (dos) supersacos, con capacidad de almacenaje de 1 (un) metrocúbico, color blanco, tela (textura) plástico de polipropileno, y estadode conservación bueno.

El uso o destino que otorgará el comodatario a los bienes, consistirá en suutilización para que el personal administrativo de los órganos de soportetécnico y de control lleven a cabo la separación de residuos sólidos ymateriales que se consideren como inutilizables para el comodatario ypuedan ser reciclados.

El préstamo de los bienes, se realiza con el único fin de que el comodatarioalmacene cualquier residuo o material que genere para hacer entrega deéstos única y exclusivamente al comodante durante el periodo antes

stablecido.

TERCERA. OBLIGACIONES DEL COMODANTE. El comodante a su vez se

7— compromete a cumplir las siguientes obligaciones:

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A recoger cuando lo solicite la Oficialía Mayor del Congreso del Estado o elpersonal autorizado para ello, los residuos o materiales depositados en losbienes materia del contrato y reciclaros por sí o a través de terceros.

El comodante mensualmente rendirá un informe al comodatario sobre eluso o destino dado, o bien, el producto o los ingresos obtenidos por elreciclaje de los residuos y materiales generados: de corresponder a éste últimocaso, el comodante enterará el total de los ingresos obtenidos, dentro de losquince días hábiles siguientes en que los haya recibido, efectuando elrespectivo depósito en efectivo o cheque, a la Coordinación de Finanzas delCongreso del Estado.

Por ningún motivo el comodante podrá sustituir o cambiar los bienes, salvoacuerdo pactado en sentido contrario. Si ese fuere el caso, la substitucióndeberá corresponder en la misma calidad, buen estado y similarescondiciones a los que por este instrumento se otorgan en comodato.Igualmente en ese supuesto, el comodatario queda eximido de poner todadiligencia en la conservación de la cosa, y por tanto, no se consideraráresponsable de todo deterioro que sufran los bienes.

El comodante podrá exigir la devolución de la cosa antes de que termineel plazo o uso convenidos, sobreviniéndole necesidad urgente de ella, \probando que hay peligro de que ésta perezca si continúa en poder del \comodatario, o si éste ha autorizado a un tercero a servirse de la cosa, sinconsentimiento del comodante.

Si durante el préstamo el comodatario ha tenido que heicer, para laconservación de la cosa, algún pago extraordinario y de tal manera urgenteque no haya podido dar aviso de él al comodante, éste tendrá obligación dereembolsarlo.

Cuando la cosa prestada tiene defectos tales que causen perjuicios al quee sirva de ella, el comodante es responsable de éstos, si conocía los defectos

y no dió aviso oportuno al comodatario.

VII. Las demás que se desprendan del presente instrumento, del Código Civil ydisposiciones reglamentarias, así como aquellas que las partes pacten en elfuturo.

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CUARTA.- OBLIGACIONES DEL COMODATARIO. El comodatario se obliga ahonrar los siguientes compromisos.

Adoptar las medidas de seguridad necesarias para la adecuada protecciónde los bienes, así como la asignación de un lugar apto para la conservaciónde los mismos.

Mantener en buen estado los bienes, debiendo responder por cualquierdaño o pérdida causado a los mismos, con un costo de $80.00 supersacos y$150 tambos metálicos.

III. El comodatario no podrá ceder y/o traspasar a ningún tercero los bienes.

EL comodatario está obligado a poner toda diligencia en la conservaciónde la cosa, y es responsable de todo deterioro que ella sufra por su culpa,salvo el caso pactado en la fracción III de la cláusula anterior.

Responder de la pérdida de la cosa si la emplea en uso diverso o por mástiempo del convenido, aún cuando aquélla sobrevenga por caso fortuito.

No retener los bienes a pretexto de lo que por expensas o por cualquieraotra causa le deba el dueño.

Las demás que se desprendan del presente instrumento, del Código Civil ydisposiciones reglamentarias, así como aquellas que las partes pacten en elfuturo.

QUINTA. PÉRDIDA Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES. Además de lasobligaciones antes descritas, las partes acuerdan que si sobreviniere lapérdida de los bienes, aún cuando sea por caso fortuito, es de cuenta del \

comodatario su reposición o pago, a elección del comodante.

Asimismo, pactan las partes que si los bienes se deterioran por el sólo efectodel uso para que fueron prestados, y sin culpa del comodatario, no seconsiderará éste responsable del deterioro.

También, están de acuerdo que el comodatario no tiene derecho para repetirel importe de los gastos ordinarios que se necesiten para el uso y la

conservación de los bienes prestados.

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SEXTA.- VIGENCIA. La vigencia del presente instrumento comenzará a partirde la fecha de su firma y fenecerá hasta el 14 de septiembre de 2012, fechaen que concluye el periodo constitucional del ejercicio de la LIX Legislaturadel Congreso del Estado de San Luis Potosí, prorrogable por tantasanualidades como las partes convengan en su caso dentro de los quince díashábiles siguientes en que concluya la vigencia.

Si no se prorroga el comodato, el comodatario deberá restituirindividualmente los bienes materia del comodato, dentro del término decuarenta y cinco días hábiles siguientes en que fenezca la vigencia delpréstamo.

SÉPTIMA. RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA. En caso de cualquiera delas partes no cumpla con sus obligaciones, se podrá rescindir el presenteinstrumento; en tal supuesto, el comodante retirará los bienes dentro de loscuarenta y cinco días siguientes en que se declare la rescisión de esteinstrumento. Si trascurriera el plazo y los bienes no fueran retirados, elcomodante deberá hacer el respectivo depósito ante la autoridad quecorresponda.

No obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá darlo por terminadoanticipadamente con la simple notificación que se haga por escrito a lacontraparte con treinta días naturales de antelación a la fecha que sepretenda dar por concluido, sin embargo, se comprometen a cumplir contodos los compromisos convenidos que estuvieran pendientes de realización oque se encuentren en desarrollo.

s OCTAVA. RESPONSABILIDAD CIVIL.- Queda expresamente pactado que lasartes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran

causarse, como consecuencia del caso fortuito o fuerza mayor, en especiallos que provoquen la suspensión de los trabajos que se realicen con motivodel cumplimiento del presente documento, por lo que de ser posible, una vezque desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se procederá areanudar las tareas pactadas.ir

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POR EL COMODATARIO

AN PABL • MANZANO PEÑARepresentante Legal

NOVENA. RELACIÓN LABORAL.- Las Partes convienen en que el personalaportado por cada una para la realización del presente instrumento seentenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó, por endecada una de ellas asumirá su responsabilidad por ese concepto, y en ningúncaso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos o beneficiarios.Aclarando que cada una de las Partes que intervienen en este acto tienenmedios propios y suficientes para afrontar la responsabilidad que derive de lasrelaciones de trabajo que se establezcan con sus trabajadores.

DÉCIMA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS.- Este acuerdo de voluntades esproducto de la buena fe, por lo que todo conflicto que se llegase a presentarpor cuanto a su interpretación, aplicación, formalización y cumplimiento, seráresuelto de común acuerdo y de buena fe entre las partes de comúnacuerdo.

DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES.- El presente acuerdo podrá sermodificado o adicionado por voluntad de las partes, quienes se obligarán acumplir tales modificaciones a partir de la fecha de su suscripción, en el \entendido de que éstas tendrán como única finalidad perfeccionar y \coadyuvar en el cumplimiento de su objeto.

DÉCIMA SEGUNDA. PUBLICACIÓN. El presente instrumento y cualquiermodificación, adición, lineamientos o normas complementarias quedevengan de éste para lograr su consecución, serán publicados en la páginaweb del comodatario.

Enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por duplicadoen la ciudad de San Luis Potosí S. L. P., a los dos días del mes de marzo del añodos mil diez.

POR EL COMODANTE

DIP. MANUEL LOZANO NIETOPresidente de Directiva del H.

Congreso del Estado

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POR EL COMODATARIO

DIP. Yy TT SAI.AZAR TORRESPresidenta de la Comisión de Eéología Medio Ambiente del H. Congreso del

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ith01!

DIP. JAIMf a ft Z PEREDOPresidente de la Comisión del Agtici del H. Congreso del Estado

C.P. JOSEFINA SAL Z R BAEZOficial Mayor del,H.Congreso del Estado

LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL CONTRATO DE COMODATO SUSCRITO EL 2 DE MARZO DE 2010 POR ELCONGRESO DEL ESTADO Y RESIDUOS MEXICANOS DIVISION RECICLADOS, S.A., DE C.V.

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r

LUGAR Y FECHA SAN LUIS POTOSI, S.L.P. 01 DE MARZO DE 2010

CLIENTE RESIDUOS MEXICANOS DIVISION RECICLADOS, SA DE CV

DIRECCIÓN: CORDILLERA ARAKAN No. 645, COL. LOMAS 4A. SECC., CP. 78218

CIUDAD:n

SAN LUIS POTOSI, S.L.P.R.F.C.

RMD 081110 4H3

RESIDUOS MEXICANOS, S.A. DE C.V.RECOLECCION Y TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS

CORDILLERA ARMAN No. 645LAS LOMAS 4a. SECCIONTELS.: 01(4.44)825 52 63, 825 62 19SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P., C.P. 78218R.F.C. RME 050128 2K9

FACTURA

N9

3447

R UNITARIO • . . IMPORTE . •

TAMBOS DE LAMINA DE 200 LT5 80.00 800.0010

PZAS

SUB TOTAL $

I.V.A. 16% $

TOTAL NETO $

800.00

128.00

928.00

LA REPRODUCCIÓN NO AUTORIZADA DE ESTE COMPROBANTE CONSTITUYE UN DELITO EN LOS TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES.IMPRESORA PONCE, S.A. DE C.V., R.F.C. IP0990309MNA. AGUSTIN VERA No. 403, COL. TEQUISQUIAPAN, SAN LUIS POTOSÍ. S.L.P. C.P. 78230TEL.:817 86 15, AUT. SAT. 6 DE MARZO DEL 2002, VÍA INTERNET, EFECTOS FISCALES AL PAGO; PAGO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.No. DE APROBACIÓN DEL SICOFI: 18204630. IMPRESIÓN: 14 DE DICIEMBRE DEI 2009; VIGENCIA: 13 DE DICIEMBRE DEL 2011.FOLIO: 3.301 AL 3.800.

CANT CON LETRA

(* NOVECIENTOS VEINTIOCHO PESOS 00/100 M.N.*)

Debo(amos) y Pagaré(mos) Incondicionalmente este Pagaré e la orden de: RESIDUOS MEXICANOS, S.A. DE C.V., precisamente en le ciudad de1 San Luis Potosi, S.L.P., renunciando el deudor al fuero y jurisdiccion en cuanto e le competencia del domicilio del mismo., el die la cantidad de

( ) importe de la mercando recibida de conformidad reconociendo al deudor en formaooo solidaria haber recibido dicho importe y haber facturado a la persone que recibe, para que en su nombre se obliga respecto de la cantidad referidaa tomando esto a su ruego. Si no se cubre e su vencimiento la suma anterior causará intereses moratorios e la taza de % a partir de la fechai

de su vencimiento durante todo el tiempo que estuviese Insoluto, sin que esto se concldere prorrogado el plazo pera cumplimiento de estaobligación. San Luis Potosí, S.L.P e de 20 Acepto

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RESIDUOS MEXICANOS, S.A. DE C.V.

RECOLECCION Y TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOSM X

LUGARY FECHA

SAN LUIS POTOSI, S.L.P 28 DE SEPTIEMBRE DE 2009

CLIENTE: RESIDUOS MEXICANOS DIVISION RECICLADOS, SA DE CV

CORDILLERA ARAKAN No. 645LAS LOMAS 4a. SECCION

TELS.. 01(444) 825 5263 825 6219SAN LUIS POTOSI, S.L.P. C.P. 78218

R.F.C. RME 050128 2K9

CIUDAD:

DIRECCION: CORDILLERA ARAKAN No. 645, COL. LOMAS 4A. SECC , CP. 78218

SAN LUIS POTOSI, 5 L P. R.F.O. RMD 081110 4H3

:P.ONITARIO ;: • IMPORTE.-CANTIDAD.:' UNIDAD •

680 PZAS MACROSACOS 11.30 7,686 96

7,686 96(' OCHO MII OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M N .)

LAREPRODUCCION NOAUTORiZA0A DE ESTE COMPROBANTE CONSTITUYE UN DELITO EN LOS TERN:NOS DE LAS UiSROS , C.UNES FISCALESIMPRESORA PONCE. S A DE E v,RF C 11,099030961NA AGUSTIN VERA 403 COL TEOUISOUIAPAN, SAN t VIS POTOSI S.L.P CP 79235 TEI, 8178615

AUT SAT 6 MARZO 2002 VIA INT( RNET EFECTOS FISCAL ES AL PAGO: PAGO (N UNA SOLA E AIR8ICION NUM OE APRO8 SIC« T 16300554IMPRESION te MARZO DES 2009 VIGENCIA 13 DE MARZO DEL 2011 FOLIO 2,801 Al 3.300

Desolemos) y Pagefe(rnos) incondicionairnenie este Pagare a ,e orden de RESIDUOS MEXICANOS. S.A. DE C V., precisamente en la ciudad de SanLins Potosi. 5.1 P. 'entinto:inri° el deudor el tuero y iut,so n cciOn en cuento a le competencie del 00Inittli0 del mismo, el Ola

la cantidad de

_ impo•te de 18 me/canela recibida de contormoded reconociendo el deudor en tortn•sobemos haber reciba» dicho Importe y haber facilitado a la persone que recibe. para que en Su nombre se obligo respecto de la cantidad referidatomando este a su 'sso Sr no se cubre 6 su vencimiento la suma anterior Causare intereses ~reforma a la laza de e perfil de le teche desu vencimiento durante todo el tiempo que estuviese insoluto sin Que esto se considere prorrogado el ptoao para cumpamtento do esta obligación.San Luis Poto51, S L P o de________ al 200

Acepto

rCANT CON LETRA

1,153 04

8,840 00