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II Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo

II Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del Poder ......10 Funciones 11 Objetivo del Plan 12 ... Conformación de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo 14 Instituciones

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II Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del

Poder Ejecutivo

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Coordinación General Doña María José MéndezDirectora General de Derechos Humanos Ministerio de Justicia

ConsultoraMaría José García Ascolani

Staff de la Dirección General de Derechos Humanos Francisco Hermosilla Mirta ParquetCarlos Seall Ricardo KopanskyMario Ovelar

Diseño y DiagramaciónDirección General de Comunicación Institucional y PrensaJorge AraujoDiciembre 2016

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Indice de contenido

Presentación

5

Introducción

7

Antecedentes

8

Principales logros de la Red de DDHH

9

Competencia

10

Funciones

11

Objetivo del Plan

12

Metodología de Elaboración del Plan de Acción

12

Objetivos estratégicos planteados

13

Conformación de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo

14

Instituciones participantes del proceso de co-creacion del Plan de Acción de la

Red

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Reglamento Interno de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo

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Presentación

Con gran satisfacción el Ministerio de Justicia, como Coordinador de la Red de Derechos

Humanos del Poder Ejecutivo, ejercida a través de la Dirección General de Derechos Humanos, presenta la publicación del “II Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo 2017-2018”.

Este documento, nos permitirá impulsar la proyección de la instancia para los próximos años, en el que se expresa la voluntad firme y

decidida del Estado Paraguayo de afianzar la institucionalidad de los derechos humanos en consonancia con las obligaciones internacionales en la materia.

La Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo incorpora en su II Plan de Acción 2017-2018 objetivos estratégicos que enmarcan las líneas de trabajo prioritarias de los Organismos y Entidades del Estado que la integran. Asimismo, cabe destacar entre ellas; el Fortalecimiento de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones SIMORE; Promover un Sistema Integrado de Políticas Públicas en materia de DDHH (SIPPDH); Promover el Seguimiento a la implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos, así como, a instalación de un Observatorio de Derechos Humanos con el objetivo de impulsar la implementación de indicadores de Derechos Humanos.

La co-construcción participativa de este “II Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo 2017-2018” afianza el compromiso del Estado de promover la institucionalidad sostenible de los derechos humanos en el Paraguay.

Ever MartínezMinistro de Justicia

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Introducción

Por Decreto Presidencial Nº 2.290 del 19 de junio de 2.009 se crea e integra la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, la cual se encuentra actualmente coordinada por el Ministerio de Justicia, mediante la Dirección General de Derechos Humanos, la cual se encarga del soporte técnico y documental.

Conforme al Decreto de creación el objetivo general de la Red es la coordinación y articulación de políticas, planes y programas provenientes del Poder Ejecutivo tendientes a mejorar los mecanismos de promoción y protección de los derechos humanos.

Durante estos años La RDDHHPE1 concretó las siguientes iniciativas: Propuesta de Plan de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo (2011); primer Plan Nacional de Derechos Humanos, (Decretos 10747 y 11324/13)2 y coordina su implementación3; e Indicadores en Derechos Humanos de Salud y Educación (2012 y 2013). Actualmente se encuentra en proceso de elaboración del primer informe de implementación del PNDH.

Asimismo, entre los principales logros impulsados se pueden mencionar que la RDDHHPE fortaleció la institucionalidad en materia de DDHH en el Estado; propició el establecimiento de nuevas Direcciones o Unidades de Derechos Humanos en varios Ministerios y Secretarías, lo que permite darle un seguimiento a las acciones en la materia.

Cabe destacar que la articulación desde el ámbito de la Red de DDHH permitió al Estado Paraguayo establecer una metodología de trabajo para la elaboración de los informes nacionales y posterior defensa de los mismos ante los organismos internacionales de DDHH tanto a nivel de las Naciones Unidas como del Sistema Interamericano.

Así también, el impulso desde la RDDHHPE del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones (SIMORE), herramienta que ha sido impulsada en conjunto

1La RDDHHPE coordina el trabajo de las instancias del Poder Ejecutivo en la promoción y defensa de los derechos humanos, con la participación del Poder Legislativo, del Poder Judicial, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Ministerio de la Defensa Pública, entre otros.2Resolución MJ 354/13 Por la cual se aprueba la Matriz de Indicadores y el Cronograma de Actividades, en el marco de la implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos;3Resolución MJ 222/15 Designa a la Dirección General de Derechos Humanos del MJ la coordinación del Primer Informe Interinstitucional de avances relacionados a las líneas de acción enmarcadas en el PNDH y su Matriz.

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Antecedentes

con el Ministerio de Relaciones Exteriores en cooperación con la Asesoría de Derechos Humanos en Paraguay del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha tenido un impacto nacional e internacional importantísimo.

Por otro lado, se impulsó la reestructuración de la Comisión Interinstitucional de Cumplimiento Sentencias y Acuerdos (CICSI) en el año 2012, lo que permitió la articulación de acciones en el más alto nivel del Estado, presidido por el Vicepresidente de la República y coordinado 2012-2015 por el Ministerio de Justicia en el cumplimiento de Sentencias y Acuerdos de Soluciones Amistosas en el ámbito de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El conjunto de acciones mencionadas ha propiciado el fortalecimiento de la capacidad técnica de los funcionarios del Estado en materia de DDHH, lo que ha impactado positivamente tanto a nivel de las políticas públicas con enfoque de derechos como en el desarrollo de líneas estratégicas de acción de los Organismos y Entidades del Estado.

El “II Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo 2017-2018” que presentamos nos permitirá impulsar la proyección de la instancia para los próximos años, que esperamos sean fructíferos como los importantes logros alcanzados.

La Red de Derechos Humanos, es una instancia del Poder Ejecutivo, fue creada en el año 2.009, con la finalidad de articular y coordinar las políticas, planes y programas provenientes del Estado, tendientes a mejorar los mecanismos de promoción, protección y realización de los Derechos Humanos dentro del Estado, incluyendo a otras Instituciones invitadas de los demás Poderes del Estado (Legislativo, Judicial, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Ministerio de la Defensa Pública).

La Red de Derechos Humanos, fue creada por Decreto Nº 2.290 de fecha 19 de junio de 2.009, el cual estableció su estructura, instituciones integrantes y objetivos, asimismo estableció como Instancia coordinadora al Ministerio de Justicia.

A fin de darle institucionalidad a la instancia se inauguró oficialmente la sede la misma como “CASA DE LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL PODER EJECUTIVO”, en setiembre del año 2011.

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Principales logros de la Red de Derechos Humanos

En este sentido, consideramos realizar un breve recuento de los principales logros de la Red de DDHHPE teniendo en cuenta el fortalecimiento en materia de derechos humanos que significó su puesta en marcha.

Asimismo, en el marco del proceso de Fortalecimiento de la RDDHHPE cabe señalar el proceso de elaboración del reglamento de la red, el cual fue trabajado y consensuado entre los miembros del Consejo Asesor Consultivo, y aprobado por Resolución Nº 584 de fecha 04 de julio de 2.016. Mediante el mismo se establece el funcionamiento de la Red, como ser: la periodicidad de reuniones, el ámbito de acción y la forma de incorporación de nuevas Instituciones como miembro pleno de la misma.

Entre los logros más significativos, citamos los siguientes:

a) Instaló institucionalidad en materia de DDHH en el Estado

b) Elaboración de la Propuesta de Plan de Acción en Derechos Humanos y posteriormente el Plan Nacional de Derechos Humanos, en cooperación con la Asesoría de Derechos Humanos en Paraguay del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

c) La Creación de la Red de Derechos Humanos propició el establecimiento de nuevas Direcciones o Unidades de Derechos Humanos en varios Ministerios y Secretarías, lo que permite darle un seguimiento a las acciones en la materia.

d) La articulación desde el ámbito de la Red de DDHH permitió al Estado Paraguayo establecer una metodología de trabajo para la elaboración de los informes nacionales y posterior defensa de los mismos ante los organismos internacionales de DDHH tanto a nivel de las Naciones Unidas como del Sistema Interamericano de DDHH.

e) El impulso político de la Comisión Interinstitucional de Cumplimiento Sentencias y Acuerdos (CICSI) en el año 2012, lo que permitió la articulación de acciones en el más alto nivel del Estado, presidido por el Vicepresidente de la República y coordinado 2012-2015 por el Ministerio de Justicia en el cumplimiento de Sentencias y Acuerdos de Soluciones Amistosas en el ámbito de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

f) El impulso del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones (SIMORE), herramienta que ha sido impulsada en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores en cooperación con la Asesoría de Derechos Humanos en Paraguay del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

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Asimismo, nos permitirá impulsar la proyección de la instancia para los próximos años, plasmado en este “II Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo 2017-2018”.

La Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, tendrá competencia articuladora y será responsable de la ejecución de las acciones necesarias para promover la institucionalidad permanente y sostenible de los Derechos Humanos en el país.

En el marco de sus funciones, podrá tomar conocimiento de situaciones planteadas por los Organismos y Entidades del Estado, relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, a fin de articular las medidas necesarias.

Así también, mediante la coordinación podrá promover alianzas estratégicas tendientes a mejorar los mecanismos de defensa, promoción y protección de los Derechos Humanos.

Competencia4

4Art. 8 del Reglamento de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, aprobado el 4 de julio de 2016.

7. Promover un Sistema Integrado de Políticas Públicas en materia de DDHH (SIPPDH).

g) Fortalecimiento de la capacidad técnica de los funcionarios del Estado en materia de DDHH.

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Funciones5

5Art. 9 Art. 8 del Reglamento de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, aprobado el 4 de julio de 2016.

a) Ejecutar todas las acciones necesarias para promover la institucionalidad permanente y sostenible de los Derechos Humanos mediante la coordinación y la articulación de políticas, planes y programas provenientes del Poder Ejecutivo, en alianzas estratégicas tendientes a mejorar los mecanismos de defensa, promoción y protección de los derechos humanos.

b) Establecer un cronograma de acciones a implementarse a fin de lograr la concreción de los objetivos específicos.

c) Elaborar el Plan Nacional de Derechos Humanos.

d) Elaborar un Informe Anual de carácter general por capítulos temáticos de los Derechos Humanos en el Paraguay, a partir de los informes específicos de las instituciones que conforman la Red.

e) Promover la cultura del respeto y la práctica de los Derechos Humanos.

f) Velar por la vigencia y la aplicación de los Tratados y Convenios Internacionales de Derechos Humanos, adecuando el accionar del Estado paraguayo a las exigencias del ordenamiento internacional.

g) Colaborar en los procesos de elaboración de informes para los organismos regionales e internacionales de Derechos Humanos.

h) Conformar un observatorio permanente de Derechos Humanos.

i) Formular e impulsar proyectos de ley de adecuación normativa a partir de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Paraguayo

j) Articular acciones con los gobiernos departamentales y locales, a fin de promover la vigencia de los derechos humanos.

k) Cooperar con todas las Instituciones involucradas a través de sus distintas dependencias en la ejecución del Plan Nacional de Derechos Humanos.

l) Establecer un sistema de trabajo coordinado a través de la conformación de grupos de trabajos, reuniones, mesas especiales o similar, para la elaboración de informes conforme al plexo normativo nacional e internacional.

m) Priorizar el trabajo conjunto con las instituciones abocadas a la protección de los derechos humanos de grupos vulnerables en el Paraguay.

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Sistematizar acciones para promover la institucionalidad sostenible de los derechos humanos mediante la coordinación y articulación de políticas, planes y programas de los Organismos y Entidades del Estado que integran la RDDHHPE.

En el marco de la coordinación de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Derechos Humanos, es el responsable de la implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos e impulsar la institucionalidad de Derechos Humanos desde el Poder Ejecutivo.

Considerando la necesidad de contar con un nuevo Plan de Acción de la Red de DDHH del Poder Ejecutivo 2017-2018, a mediados del mes de setiembre de 2016, la Coordinación de la instancia, se abocó a iniciar su proceso de construcción.

La propuesta Metodológica aplicada se desarrolló en las siguientes fases:a) Actividades de Consulta, en el Marco de la Elaboración del “II Plan de Acción de la Red de DDHH del Poder Ejecutivo 2017-2018”, para la definición de la línea de base y los insumos correspondientes a las fuentes que utilizaron las instituciones miembros de la Red durante los trabajos de elaboración del plan, tales como: Plan de Acción de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo 2010-2011 y su Informe preliminar de Implementación; entrevistas a Directores de Derechos Humanos y/o Jefes de Derechos Humanos de las Organizaciones e Entidades del Estado que integran la Red; insumos documentales tales como Informes de Avance en materia de DDHH del Estado Paraguayo ante los diferentes Órganos de Tratado e Informes Institucionales6. b) Durante el mes de Octubre de 2016, se realizaron 2 (dos) Talleres de Consulta7

en la sede de la Casa de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo. A partir de la metodología de talleres herramentales y de co- construcción de

Objetivo del Plan

Metodología de Elaboración del Plan de Acción

6 Informes remitidos por los Organismos y Entidades del Estado que forman parte de la Red De Derechos Humanos del Poder Ejecutivo.

7 Los Talleres de Consulta en el Marco de la Elaboración del “II Plan de Acción de la Red de DDHH del Poder Ejecutivo 2017-2018”, fueron realizados en fecha 14 y 28 de

octubre de 2016.

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una matriz de Planificación Estratégica participativa, teniendo en cuenta los insumos relevados, el contexto actualizado de la instancia e incluyendo a los nuevos miembros, la Consultora facilitó un primer instrumento base para la delimitación de las líneas estratégicas de trabajo prioritarias para la Red de Derechos Humanos; y,

c) En fecha 18 de noviembre de 2016 fue realizado, en el marco de la Reunión del Consejo Asesor Consultivo (CAC) de la Red de Derechos Humanos, en el Salón Auditorio del Ministerio de Justicia, el Taller de Validación del Plan de Acción, teniendo en cuenta que los ajustes y aportes de los Organismos y Entidades del Estado que forman parte de la Red de DDHHPE.

Objetivos estratégicosplanteados

1. Fortalecimiento de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo (RED de DDHHPE).

2. Fortalecimiento de la Promoción y Protección de los derechos de grupos o poblaciones específicas.

3. Fortalecer la articulación del Plan y Programas de promoción por la igualdad de Género.

4. Elaboración de Informes de carácter Gubernamental sobre la Situación de Derechos Humanos.

5. Fortalecimiento del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones SIMORE

6. Articulación interinstitucional para la implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos.

7. Promover un Sistema Integrado de Políticas Públicas en materia de DDHH (SIPPDH).

8. Invitación a Expertos y Relatores temáticos de las Naciones Unidas con activa participación de la Red de DDHHPE.

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La Red según su decreto de conformación está integrada por las siguientes instituciones: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio del Interior, Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Educación y Cultura, Secretaría de la Juventud, Ministerio de la Mujer, Secretaría de Información y Comunicación, Secretaría Nacional Antidrogas, Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia, Secretaría de la Función Pública, Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales, Secretaría de Acción Social, Secretaría Nacional de Deportes, Secretaría de Emergencia Nacional, Procuraduría General de la República, Instituto Paraguayo del Indígena y la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos, Ministerio Público.

Asimismo, integran la Red en carácter de invitadas las siguientes instituciones: Poder Judicial/ Corte Suprema de Justicia/Dirección de Derechos Humanos; Defensoría del Pueblo; Secretaría Nacional de Cultura; Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; Instituto Paraguayo del Indígena; Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS); Gabinete Social – Presidencia de la República; Poder Legislativo/ Comisión de Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Diputados.

Conforme al Reglamento aprobado de la Red, las Instituciones que manifiesten su intención de integrar la Red como miembros plenos serán incorporadas por Resolución de la coordinación.

Conformación de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo

Instituciones participantes del proceso de co-creacion del Plan de Acción de la Red

Ministerio de Justicia (MJ)

Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE)

Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS)

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Ministerio de Industria y Comercio (MIC)

Ministerio de Defensa Nacional (MDN)

Ministerio de Educación y Cultura (MEC)

Ministerio de Hacienda (MH)

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS)

Ministerio de la Mujer (MINMUJER)

Ministerio del Interior (MI)

Secretaría de Acción Social (SAS)

Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD)

Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT)

Secretaría de Información y Comunicación (SICOM)

Secretaría de la Función Pública (SFP)

Secretaría Nacional de Cultura (SNC)

Secretaría de la Niñez y la Adolescencia (SNNA)

Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS)

Instituto Paraguayo del Indígena (INDI)

Ministerio Público (MP)

Honorable Cámara de Diputados- Comisión de Derechos Humanos (HCD)

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Objetivo Estratégico 1: Fortalecimiento de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo (RED de DDHHPE)

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

Fortalecer la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo

1. Interes de los Organismos Y Entidades del Estado miembros de la Red de DDHHPE en promover la implementación del PNDH.

2. Las recomendaciones recibidas por organismos de las Naciones Unidas en torno al fortalecimiento de la Red de DDHH del Poder Ejecutivo.

3. Las recomendaciones recibidas en el marco del Examen Periódico Universal a Paraguay.

4. Base legal (Decreto) de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo.

5. Los planes y programas de las instituciones miembros orientados a garantizar los derechos humanos.

Exceso de trabajo, superposición de actividades y falta de recursos humanos.

1. Implementar el Reglamento Interno aprobado y conformar las Comisiones de Trabajo.

2. Desarrollo de al menos 2 capacitaciones a funcionarios de las instituciones miembros de la RED.

3. Desarrollo de al menos 3 programas de fortalecimiento de las Unidades o Direcciones de los Ministerios, Secretarías o Instituciones que lo requieran.

1.Comunicar a través de la Coordinación a los demás miembros, las novedades internas de las Oficinas miembros. 2.Aumento de la capacidad del Portal Web.

3.Creación de un Foro Interactivo a través del Portal. 4.Creación de un app.

Nº de capacitaciones realizadas, Nº de funcionarios capacitados; Evaluación cuantitativa y cualitativa.

Memoria y programas de capacitación; listas de asistencia; Informes de

Evaluación.

Reforzar los medios internos de comunicación y la consiguiente integración de las instituciones miembros.

Sistema de comunicación interna y externa optimizados.

Al menos 2 (dos) reuniones desarrolladas durante el año con presencia de los Ministros del Poder Ejecutivo y altas autoridades del mismo, asi como, de otros Poderes del Estado; de los Organismos y Entidades del Estado extrapoderes que integran la RED de DDHH.

Cantidad de noticias internas; portal web mejorado.

Reportes de noticias; Portal web; app.

Impulsar el impacto político de la RED de DDHHPE

Reuniones de Trabajo con Ministros y Altas Autoridades del Poder Ejecutivo y otros poderes del Estado, asi como, Extra-Poderes a fin de impulsar los objetivos de la RED de DDHHPE

1.Al menos 2 (dos) talleres de sensibilización con representantes de medios masivos de comunicación para el abordaje de los DD.HH. y la promoción de la Red de Derechos Humanos.

2.Instalar 1 (una) mesa de trabajo con Organizaciones No Gubernamentales con el fin de incrementar el número de actores.

3.Redactar por lo menos 1 (un) Boletín digital para socializar y difundir los avances y retos en materia de la implementación de las acciones de la RED de DDHHPE a nivel país.

2 (dos) reuniones de Información/Socialización con Ministros y Altas Autoridades de las instituciones integrantes de

la RED.

Memoria de las Reuniones.

Reforzar los medios de comunicación externa.

Listado de periodistas; Nº de OSC integradas en las Mesas; Redacción de Boletín

Materiales de Talleres, lista de asistencia; Memoria de las Mesas; Boletín Digital.

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Objetivo Estratégico 2: Fortalecimiento de la promoción y protección de los derechos de grupos o poblaciones específicas

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

Fortalecimiento de la promoción y protección de los derechos humanos de las personas en situación de pobreza y extrema pobreza, pueblos indígenas, mujeres, NNyA, personas con discapacidad, privados de libertad, adultos mayores, LGTBI y Víctimas de Trata.

Interés de las instituciones de la Red en realizar acciones conjuntas.

Débil coordinación en el diseño de los planes de trabajo.

1 (uno) Programa conjunto de actividades; 1 (uno) mapeo de las instituciones miembros de la Red que trabajan con estos grupos, que incluya la identificación de sus competencias específicas y/o las acciones conjuntas entre instituciones.

1. Diseñar mapa de competencias.

2. Al menos 3 reuniones para establecer un Programa conjunto de actividades.

3. Identificar planes de trabajo que incluyan actividades en conjunto.

4. Al menos 1 acción conjunta para la protección y defensa de los grupos o poblaciones específicas.

Programa de acción conjunta; Mapeo institucional; Realización de actividad como Red.

Acta de reuniones; Informes de Gestión; Mapa elaborado.

Objetivo Estratégico 3: Fortalecer la articulación del plan y programas de promoción por la igualdad de Género

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

Fortalecer la articulación de los mecanismos públicos de promoción de la igualdad de hombres y mujeres.

El marco legal y las competencias específicas de las instituciones de la Red. II Plan de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres y el “II Plan Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres 2015-2020”.

Debilidad en la coordinación de acciones conjuntas.

1 (uno) Programa conjunto de actividades; 1 (uno) mapeo de las instituciones miembros de la Red que tengan algún documento institucional o plan de trabajo al respecto, que incluya la identificación de sus competencias específicas y/o las acciones conjuntas entre instituciones.

1. Propiciar una mayor coordinación de las acciones que trabaja cada institucion.

2.Difundir los avances hacia la ciudadanía, desde la Red de DDHHPE como instancia articuladora de esas acciones.

3. Articulacion con gobernaciones y municipios.

Programa de acción conjunta; Mapeo institucional; Realización de actividad como Red.

Acta de reuniones; Informes de Gestión; Mapa elaborado.

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Objetivo Estratégico 4: Elaboracion de Informes de carácter Gubernamental sobre la Situación de Derechos Humanos

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

Elaboración de un Informe Gubernamental General sobre la situación de los Derechos Humanos en Paraguay.

Interés de las instituciones miembros de la Red.

Falta de presupuesto.

1 (uno) Informe general. Elaborar Informe

Gubernamental general; Elaborar Informes temáticos; Difusión a través del portal web de la red; Publicación digital; Integrar mesas de trabajo temáticas permanentes.

Elaboración de informes; informe de difusión; acta de reuniones.

Informes elaborados.

Elaboración de Informes temáticos, a partir de los Informes específicos que presentan los Organismos y Entidades del Estado (OEE) miembros de la RED.

Optimización de recursos

Exceso de trabajo y falta de recursos humanos.

Al menos 2 (dos) Informes temáticos por año.

Objetivo Estratégico 5: Fortalecimiento del SIMORE (Sistema de Monitoreo de Recomendaciones)

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

Elaborar un Plan de trabajo de la Coordinación del Sistema que contemple el fortalecimiento del SIMORE.

El Sistema se encuentra implementado y se considera una experiencia exitosa. En este momento el Paraguay presta asistencia técnica, difundiendo la buena práctica del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones en la región con proyección a extenderse a varios países del mundo.

Falta de presupuesto.

1 (un) Plan de trabajo de la Coordinación; 3 (tres) Talleres de capacitación por año para los nuevos puntos focales; 2 (dos) Talleres de Trabajo.

1. Elaborar un Plan de trabajo de la Coordinación del Sistema.

2. Generar actividades de capacitación sobre la herramienta informatica para los nuevos puntos focales y los que se vayan integrando.

3. Articulación de los Talleres de Trabajo de las Mesas Poblacionales, en el marco de las nuevas Recomendaciones al Estado.

Plan de Coordinación; Informes de gestión.

Documentación; Informes de gestión; Evaluación del SIMORE.

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Objetivo Estratégico 6: Articulacion interinstitucional para la implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos.

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

Implementar el Plan Nacional de Derechos Humanos (PNDH).

1. Interes de los Organismos Y Entidades del Estado miembros de la Red de DDHHPE en promover la implementación del PNDH. 2. Las recomendaciones recibidas por varios Comités y Relatores Especiales de las Naciones Unidas en torno a la implementación del PNDH. 3. Las recomendaciones recibidas en el marco del Examen Periódico Universal a Paraguay.

Exceso de trabajo y falta de recursos humanos.

Conformación de Comisiones de Trabajo.

Conformar Comisiones de Trabajo.

Comisiones de Trabajo.

Informes elaborados, fotos.

Conformación de Comisiones de Trabajo.

Reuniones periodicas de los miembros de la Red para establecer los Avances y Desafíos de implementación de las Acciones Estratégicas del PNDH.

Informes de Reuniones.

Informes de seguimiento trimestral.

Comisión de Seguimiento fortalecida.

Consolidar la Comisión de Seguimiento.

Evaluación cualitativa.

Informes, Resultados alcanzados según competencias.

2 (dos) ONGs referentes de cada línea estratégica del PNDH participan de las Comisiones de trabajo.

Crear Comisiones de Trabajo con Organizaciones No Gubernamentales garantizando la participación ciudadana.

Informes de Comisiones de Trabajo; Listas de Asistencia; Conclusiones alcanzadas.

Listas de asistencia, fotos.

Plan Nacional de Derechos Humanos (PNDH) y el Plan Nacional de Desarrollo (PND) vinculados.

Vincular el Plan Nacional de Derechos Humanos (PNDH) con el Plan Nacional de Desarrollo (PND). Las líneas de trabajode las instituciones en materia de derechos humanos estarán visibilizadas en el tablero de control presidencial.

Documentación.Documentación; Tablero de control presidencial.

Observatorio de Derechos Humanos en funcionamiento, a cargo de la Dirección General de Derechos Humanos (DGDH) del Ministerio de Justicia.

La instalación de un Observatorio de Derechos Humanos a fin de impulsar la construcción de indicadores de derechos humanos y la implementación de los mismos en conjunto con las instituciones miembros de la Red.

Evaluación cualitativa; Informes institucionales.

Resolución institucional de creación; Informes institucionales.

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Objetivo Estratégico 7: Promover un Sistema Integrado de Políticas Públicas en materia de ddhh (SIPPDH)

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

La promoción del SIPPDH mediante la realización de un relevamiento de los planes estatales de derechos humanos y su vinculacion con el Plan Nacional de Derechos Humanos (PNDH).

Las constantes recomendaciones de los órganos de Tratado de las Naciones Unidas y procedimientos especiales en cuanto a la sistematización de la información del Estado en relación a la implementación e impacto de las Políticas Públicas.

Exceso de trabajo y falta de recursos humanos.

Relevamiento aprobado.

1. Búsqueda de fondos para el SIPPDH; 2. Elaboración de proyecto y solicitudes de fondos; Contratación de consultores para el desarrollo del SIPPDH; 3. Realización de Jornadas de debate y análisis entre los miembros de la Red mediante la facilitación de consultores externos;

4. Discusión de borrador de Relevamiento; 5. Aprobación del relevamiento.

6.Conformar un Equipo Impulsor del SIPPDH.

7. Realizar Talleres de Trabajo para el desarrollo del Sistema con los miembros de la Red.

Proyecto elaborado; Borrador de Relevamiento; Relevamiento aprobado.

Documentación de actividades.

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Objetivo Estratégico 7: Promover un Sistema Integrado de Políticas Públicas en materia de ddhh (SIPPDH)

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

La promoción del SIPPDH mediante la realización de un relevamiento de los planes estatales de derechos humanos y su vinculacion con el Plan Nacional de Derechos Humanos (PNDH).

Las constantes recomendaciones de los órganos de Tratado de las Naciones Unidas y procedimientos especiales en cuanto a la sistematización de la información del Estado en relación a la implementación e impacto de las Políticas Públicas.

Exceso de trabajo y falta de recursos humanos.

Relevamiento aprobado.

1. Búsqueda de fondos para el SIPPDH; 2. Elaboración de proyecto y solicitudes de fondos; Contratación de consultores para el desarrollo del SIPPDH; 3. Realización de Jornadas de debate y análisis entre los miembros de la Red mediante la facilitación de consultores externos;

4. Discusión de borrador de Relevamiento; 5. Aprobación del relevamiento.

6.Conformar un Equipo Impulsor del SIPPDH.

7. Realizar Talleres de Trabajo para el desarrollo del Sistema con los miembros de la Red.

Proyecto elaborado; Borrador de Relevamiento; Relevamiento aprobado.

Documentación de actividades.

Objetivo Estratégico 8: Invitación a expertos y relatores temáticos de las Naciones Unidas con activa participación de la Red de DDHHPE

Objetivos específicos

Oportunidades Obstaculizadores Resultados esperados

Actividades Indicadores Fuentes de verificación

Invitación a Expertos y Relatores Temáticos de las Naciones Unidas y/o del Sistema Interamericano de Derechos Humanos a fin de propiciar espacios de intercambio de experiencias y desafíos para el Estado.

Interés de los Organismos y Entidades del Estado de intercambiar experiencias y desafíos en el ámbito de los avances en derechos humanos.

Exceso de trabajo, superposición de actividades y falta de recursos humanos.

Propiciar el posicionamiento de los Organismos y Entidades del Estado como miembros de la Red de DDHHPE, en el sentido de articulación y acompañamiento a las instituciones que sean visitadas, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

La Coordinación de la Red junto con las instituciones competentes recibe las comunicaciones sobre visita de Expertos y Relatores temáticos a fin de co-organizar comisiones de trabajo para preparación de las visitas.

Cronograma y plan de visitas consensuado y establecido.

Informes de visitas.

Establecer desde la Red de DDHHPE tareas de seguimiento post - visita.

Discusión y difusión del Informe del Relator.

Plan de seguimiento; novedades publicadas.

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Reglamento Interno de la Red de Derechos Humanos del

Poder Ejecutivo

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Reglamento Interno de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo

TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- OBJETO DEL REGLAMENTO Y NATURALEZA JURÍDICA DE LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL PODER EJECUTIVO.

El presente reglamento de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, establece su estructura, facultades, responsabilidades y funcionamiento como una instancia pública del Estado Paraguayo, con autonomía de gestión, cuyo objeto principal es la protección, observación, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos previstos en el ordenamiento jurídico paraguayo e instrumentos Internacionales de Derechos Humanos ratificados.

La Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo es una instancia del Estado Paraguayo cuyo fin es promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales.

TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- OBJETO DEL REGLAMENTO Y NATURALEZA JURÍDICA DE LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL PODER EJECUTIVO.

El presente reglamento de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, establece su estructura, facultades, responsabilidades y funcionamiento como una instancia pública del Estado Paraguayo, con autonomía de gestión, cuyo objeto principal es la protección, observación, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos previstos en el ordenamiento jurídico paraguayo e instrumentos Internacionales de Derechos Humanos ratificados.

La Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo es una instancia del Estado Paraguayo cuyo fin es promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales.

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Artículo 2°.- DEFINICIONES.

A los efectos de este reglamento se entenderá por:

1) La Red: Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo. 2) Decreto de creación: Decreto Presidencial n.° 2290 de fecha 19 de junio de 2009.

3) Organismos locales: Organismos y Entidades del Estado que conforman la Red.

4) ONG´S: organizaciones no gubernamentales involucradas en el cumplimiento de los objetivos trazados.

5) Actos u omisiones: actividades cumplidas o no cumplidas en el ejercicio de las atribuciones, provenientes tanto de la autoridad administrativa como de las distintas instituciones involucradas en el marco de sus respectivas funciones.

6) Coordinación: Coordinación de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo.

7) Secretaria Ejecutiva: Dirección General de Derechos Humanos.

8) Consejo Asesor Consultivo: Representantes de los Organismos y Entidades del Estado de Nivel Técnico.

Artículo 3°.- ÓRGANOS Y ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA.

Para el desarrollo y cumplimiento de las funciones y atribuciones que le corresponden, la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo contará con los órganos y la estructura administrativa que establece su Decreto de creación y este Reglamento.

Artículo 4°.- RESERVA DE INFORMACIÓN.

Los servidores públicos en el ámbito de trabajo de la Red de Derechos Humanos conforme al Decreto de creación y a través de suscripción de Convenios Interinstitucionales, deberán mantener la ética y la confidencialidad necesarias.

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Artículo 5°.- ÓRGANO OFICIAL DE DIFUSIÓN.

La Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo dará a conocer las resoluciones, recomendaciones, decisiones, así como los documentos, informes especiales y materiales varios que, por su importancia, deban darse a conocer a la opinión pública, a través de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, salvo que por la especificidad y características especiales del tema de que se trate por acuerdo de Organismos y Entidades del Estado que la integran se determine que deba realizarse por otra institución.

Artículo 6 °.- ORGANIZACIONES Y ENTIDADES DEL ESTADO QUE LA INTEGRAN.Integran la Red de Derechos Humanos:Vicepresidencia de la RepúblicaMinisterio de Justicia (MJ).Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE)Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS)Ministerio de Industria y Comercio (MIC)Ministerio de Defensa Nacional (MDN)Ministerio de la Defensa Pública Ministerio de Educación y Cultura (MEC)Ministerio de Hacienda (MH)Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS)Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS)Ministerio de la Mujer (MINMUJER)Ministerio del Interior (MI)Secretaría de Acción Social (SAS)Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD)Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT)Secretaría de Información y Comunicación (SICOM)Secretaría de la Función Pública (SFP)Secretaría Nacional de Cultura (SNC)Secretaría de la Niñez y la Adolescencia (SNNA) Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS)Secretaría Técnica de Planificación (STP)Secretaría Nacional de Cultura (SNC)Secretaría Nacional de la Vivienda y el Habitad (Senavitad)Instituto Paraguayo del Indígena (INDI)Ministerio Público (MP)Honorable Cámara de Diputados- Comisión de Derechos Humanos (HCD)

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En carácter de Invitadas: Poder Judicial/ Corte Suprema de Justicia/Dirección de Derechos Humanos. Defensoría del Pueblo.Secretaría Nacional de Cultura.Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat.

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Instituto Paraguayo del Indígena.Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS). Gabinete Social – Presidencia de la República. Poder Legislativo/ Comisión de Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Diputados.

Artículo 7°.- COORDINACIÓN.

El Ministerio de Justicia, coordina la Red de DD.HH del Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Derechos Humanos, la cual ejercerá la Secretaría Ejecutiva y el soporte documental.

La Coordinación contará con un Consejo Asesor Consultivo, integrado por representantes de los Organismos y Entidades del Estado designados.

TÍTULO II FACULTADES DE LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL PODER EJECUTIVO

Artículo 8 °.-COMPETENCIA.

La Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, tendrá competencia articuladora y será responsable de la ejecución de las acciones necesarias para promover la institucionalidad permanente y sostenible de los Derechos Humanos en el país.

En el marco de sus funciones, podrá tomar conocimiento de situaciones planteadas por los Organismos y Entidades del Estado, relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, a fin de articular las medidas necesarias.

Así también, mediante la coordinación podrá promover alianzas estratégicas tendientes a mejorar los mecanismos de defensa, promoción y protección de los Derechos Humanos.

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Artículo 9°.- FUNCIONES.

La Red tendrá las siguientes funciones:

1) Ejecutar todas las acciones necesarias para promover la institucionalidad permanente y sostenible de los Derechos Humanos mediante la coordinación y la articulación de políticas, planes y programas provenientes del Poder Ejecutivo, en alianzas estratégicas tendientes a mejorar los mecanismos de defensa, promoción y protección de los derechos humanos;

2) Establecer un cronograma de acciones a implementarse a fin de lograr la concreción de los objetivos específicos;

3) Elaborar el Plan Nacional de Derechos Humanos;

4) Elaborar un Informe Anual de carácter general por capítulos temáticos de los Derechos Humanos en el Paraguay, a partir de los informes específicos de las instituciones que conforman la Red;

5) Promover la cultura del respeto y la práctica de los Derechos Humanos;

6) Velar por la vigencia y la aplicación de los Tratados y Convenios Internacionales de Derechos Humanos, adecuando el accionar del Estado paraguayo a las exigencias

del ordenamiento internacional;

7) Colaborar en los procesos de elaboración de informes para los organismos regionales e internacionales de Derechos Humanos;

8) Conformar un observatorio permanente de Derechos Humanos;

9) Formular e impulsar proyectos de ley de adecuación normativa a partir de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Paraguayo;

10) Articular acciones con los gobiernos departamentales y locales, a fin de promover la vigencia de los derechos humanos;

11) Cooperar con todas las Instituciones involucradas a través de sus distintas dependencias en la ejecución del Plan Nacional de Derechos Humanos;

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12) Establecer un sistema de trabajo coordinado a través de la conformación de grupos de trabajos, reuniones, mesas especiales o similar, para la elaboración de informes conforme al plexo normativo nacional e internacional;

13) Priorizar el trabajo conjunto con las instituciones abocadas a la

protección de los derechos humanos de grupos vulnerables en el Paraguay.

TITULO IIIDERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO QUE INTEGRAN LA RED.

Artículo 10°.- DERECHOS.

Los organismos y entidades integrantes de la Red, tendrán los siguientes derechos:

a) Participar de todas la actividades realizadas.

b) Participar con voz y voto de las reuniones del Consejo Asesor Consultivo, las instituciones que participen en calidad de invitadas con voz pero sin voto.

c) Elegir y ser elegido para integrar los diferentes comités en los términos que establezca el Consejo Asesor Consultivo de la Red. Las instituciones invitadas tendrán voz pero no voto.

d) Presentar y proponer proyectos y sugerencias para el mejor cumplimiento de los fines de la Red.

e) Solicitar convocatoria a Reuniones Extraordinarias a solicitud de las OEE.

Artículo 11 °.- OBLIGACIONES.

Son Obligaciones de los Organismos y Entidades del Estado que integran la Red:

a) Acatar las disposiciones del presente reglamento, de las reuniones ordinarias o extraordinarias de conformidad a las leyes nacionales.

b) En ningún caso las instituciones podrán invocar el nombre de la Red para solicitar o recibir bienes ni donación salvo expresa autorización

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mediante resolución de la Coordinación de la Red. c) Los representantes deberán asistir las reuniones convocadas dentro del plazo previsto en las convocatorias.

TÍTULO IV REUNIONES DE LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL PODER EJECUTIVO

Artículo 12 °.- REUNIONES ORDINARIAS.

Las reuniones ordinarias se realizarán una vez al mes, en la fecha acordada por consenso de todos los miembros. El orden del día deberá ser remitido vía e-mail a todos los integrantes de manera a garantizar la productividad de las reuniones y la toma de decisiones. Estas sesiones serán convocadas por la Coordinación de la Red de de Derechos Humanos.

Durante el desarrollo de las reuniones ordinarias, se informará sobre el trabajo realizado por la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo y cualquier otro asunto que resulte relevante. Para ello, la Coordinación de la Red podrá otorgar la palabra al titular o titulares de los Organismos y Entidades del Estado que lo solicitaren, para la presentación correspondiente.

Artículo 13°.- REUNIONES EXTRAORDINARIAS.

La Coordinación de la Red, a solicitud de los Organismos y Entidades del Estado podrá convocar reuniones extraordinarias, cuando así lo ameriten ciertas situaciones por la especialidad que revisten.

Artículo 14°.- DECISIONES DE LA RED.

La reunión se realizará con cualquier número de miembros presentes considerándose válidas las decisiones que se tomen, cuando las demás no justificaren su inasistencia nota mediante o vía correo electrónico. Todas las decisiones de la Red se socializarán con todos los miembros.

En caso de presentarse justificación, las decisiones a las que se arriben deberán ser socializadas vía correo electrónico a efectos de ser refrendadas, con un plazo determinado, por aquellas instituciones cuya inasistencia se encontrare debidamente justificada. Artículo 15°.- ACTAS DE LAS REUNIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS.

De cada una de las reuniones ordinarias o extraordinarias de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo se labrará un acta general, en

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la cual se asentará una síntesis de los asuntos tratados, así como los acuerdos que hayan sido aprobados. Podrá procederse a la grabación de las reuniones, bajo estricta responsabilidad de la Secretaria Ejecutiva de la Red.

Artículo 16°.- CONVOCATORIA PARA REUNIONES.-

La convocatoria para participar de las reuniones ordinarias se hará a través de la Secretaría Ejecutiva de la Red, por lo menos con 72 horas de antelación. La convocatoria deberá indicar, fecha, hora, lugar y orden del día previsto para la reunión, debiendo ir acompañado de los materiales que deban ser estudiados por las instituciones involucradas, en caso de ser necesario.

Artículo 17°.- INASISTENCIA A REUNIONES DE LA RED.-

En caso que los representantes designados por los Organismos y Entidades del Estado para concurrir a las reuniones convocadas que se fijaren en el marco del desenvolvimiento de las funciones de la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, no asistieren por tres veces consecutivas sin que mediare justificación por los medios previstos en el artículo 14 del presente reglamento, será comunicada por la Secretaria Ejecutiva a la Coordinación de la Red.

La Coordinación de la Red podrá solicitar la designación de otro enlace a la máxima autoridad institucional.

TÍTULO V INTERVENCION SOBRE PRESUNTAS VULNERACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

Artículo 18°.- INTERVENCION.-

En el marco de sus funciones, la Red podrá tomar conocimiento de situaciones planteadas por los Organismos y Entidades del Estado, relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, a fin de articular las medidas necesarias.

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Así también, la Red podrá tomar conocimiento por cualquier medio (denuncia escrita, vía telefónica, vía correo electrónico u otros medios) de la presunta vulneración de derechos humanos, y si la misma proviniere de fuente fidedigna, elevará a consideración de la Coordinación la decisión que se tomare a fin de comunicar a las autoridades pertinentes.

TÍTULO VI ADHESION DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO A LA RED DE DERECHOS HUMANOS

Artículo 19°.- ADHESION.

En caso de que Organismos y Entidades del Estado que no forman parte de la Red, manifiesten interés de formar parte de la misma y, conforme a lo dispuesto en el Decreto de creación, podrá hacerlo efectivo a través de una Resolución de la Coordinación de la Red, adquiriendo la calidad de miembro pleno, con voz y voto.

Podrán incorporarse a la Red otros Poderes del Estado, organismos Extra-Poderes, así como entidades de la Administración Central, Gobernaciones, y Municipalidades.

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