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Boletín Oficial de Canarias núm. 133 https://sede.gobcan.es/cpji/boc Viernes 11 de julio de 2014 18953 III. Otras Resoluciones Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 3044 ORDEN de 4 de julio de 2014, por la que se convoca el procedimiento de concesión de las subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias para el año 2014. Las Directrices Estratégicas Comunitarias en materia de cohesión aprobadas por Deci- sión 2006/702/CE, del Consejo, de 6 de octubre de 2006 (Diario Oficial L 291, de 21.10.06) configuran un marco orientativo para los Estados Miembros. Con arreglo a la segunda de dichas directrices, los programas en materia de cohesión deben canalizar los recursos hacia la promoción de la innovación, la iniciativa empresarial y el crecimiento de la economía del conocimiento. Esa directriz aconseja que las instituciones realicen acciones de carácter horizontal para crear un entorno favorable para el desarrollo de iniciativas empresariales y para fomentar la actividad productiva, prestando especial atención a las pequeñas empresas y microempresas y a la promoción del espíritu emprendedor. La mejora de la competitividad y el desarrollo del tejido productivo aconsejan priorizar los sectores con mayor efecto dinamizador y de creación de empleo que impliquen el uso de las nuevas tecnologías, la integración en la sociedad de la información, y el objetivo de protección del medio ambiente. Canarias debe considerar asimismo los principios rectores de la política de los poderes públicos canarios contemplados en el artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, “la consecución del pleno empleo y del desarrollo equilibrado entre las Islas y la solidaridad consagrada en el artículo 138 de la Cons- titución” así como el mandato del artículo 57.1 del Estatuto que determina que “La Comunidad Autónoma de Canarias está obligada a velar por su propio equilibrio territorial y por la realiza- ción interna del principio de solidaridad”. Conforme a dichos preceptos, la política económica del Gobierno de Canarias debe incentivar la creación de empresas en islas o municipios des- favorecidos por circunstancias diversas como factor correctivo a situaciones de desequilibrio (carácter de isla no capitalina, mayor tasa de desempleo, menor crecimiento económico, etc.). Para el cumplimiento de estos objetivos se dicta la presente Orden que regula las subven- ciones a proyectos de pequeñas y medianas empresas en Canarias, con cargo a los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se acogen al régimen del Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOCE nº 352, de 24.12.13), que sustituye al Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis (DOCE nº 379, de 28.12.06). Conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, aprobó con fecha 5 de marzo de 2012 el Plan Estratégico de subvenciones para el periodo 2012-2014. boc-a-2014-133-3044

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Boletín Oficial de Canarias núm. 133

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Viernes 11 de julio de 201418953

III. Otras Resoluciones

Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

3044 ORDEN de 4 de julio de 2014, por la que se convoca el procedimiento de concesión de las subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias para el año 2014.

Las Directrices Estratégicas Comunitarias en materia de cohesión aprobadas por Deci-sión 2006/702/CE, del Consejo, de 6 de octubre de 2006 (Diario Oficial L 291, de 21.10.06) configuran un marco orientativo para los Estados Miembros.

Con arreglo a la segunda de dichas directrices, los programas en materia de cohesión deben canalizar los recursos hacia la promoción de la innovación, la iniciativa empresarial y el crecimiento de la economía del conocimiento.

Esa directriz aconseja que las instituciones realicen acciones de carácter horizontal para crear un entorno favorable para el desarrollo de iniciativas empresariales y para fomentar la actividad productiva, prestando especial atención a las pequeñas empresas y microempresas y a la promoción del espíritu emprendedor.

La mejora de la competitividad y el desarrollo del tejido productivo aconsejan priorizar los sectores con mayor efecto dinamizador y de creación de empleo que impliquen el uso de las nuevas tecnologías, la integración en la sociedad de la información, y el objetivo de protección del medio ambiente.

Canarias debe considerar asimismo los principios rectores de la política de los poderes públicos canarios contemplados en el artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, “la consecución del pleno empleo y del desarrollo equilibrado entre las Islas y la solidaridad consagrada en el artículo 138 de la Cons-titución” así como el mandato del artículo 57.1 del Estatuto que determina que “La Comunidad Autónoma de Canarias está obligada a velar por su propio equilibrio territorial y por la realiza-ción interna del principio de solidaridad”. Conforme a dichos preceptos, la política económica del Gobierno de Canarias debe incentivar la creación de empresas en islas o municipios des-favorecidos por circunstancias diversas como factor correctivo a situaciones de desequilibrio (carácter de isla no capitalina, mayor tasa de desempleo, menor crecimiento económico, etc.).

Para el cumplimiento de estos objetivos se dicta la presente Orden que regula las subven-ciones a proyectos de pequeñas y medianas empresas en Canarias, con cargo a los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se acogen al régimen del Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOCE nº 352, de 24.12.13), que sustituye al Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis (DOCE nº 379, de 28.12.06).

Conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, aprobó con fecha 5 de marzo de 2012 el Plan Estratégico de subvenciones para el periodo 2012-2014.

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Viernes 11 de julio de 201418954

A iniciativa de la Dirección General de Promoción Económica,

D I S P O N G O:

Primero.- Aprobar el gasto por importe total de dos millones (2.000.000,00) de euros con cargo a la aplicación presupuestaria 10.09.433C.770.00, P.I. 14700014, en los términos de la Ley de la Hacienda Pública Canaria.

Segundo.- Convocar para el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva, el pro-cedimiento de concesión de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y media-nas empresas en Canarias con el fin de aumentar la productividad y competitividad de las mismas en los términos desarrollados en el anexo a la presente Orden. En el caso de los proyectos de empresas de nueva creación, estas han de generar empleo, y en el resto de los proyectos, las empresas tendrán que contar con uno o más empleados.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación; con indicación de que en caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso o su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de julio de 2014.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD,

Javier González Ortiz.

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Viernes 11 de julio de 201418955

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ANEXO

CONVOCATORIA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES A PROYECTOS DE INVERSIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN CANARIAS PARA EL AÑO 2014 Primera.- Régimen de la convocatoria. Uno. La presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva y se rige por las bases aprobadas por Orden Departamental del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad. El objeto, condiciones y finalidad de la subvención y los requisitos exigibles a los solicitantes son los establecidos en dichas bases.

Dos. En materia de procedimiento, en todo lo no previsto en la presente convocatoria, el procedimiento objeto de la misma se regirá por los preceptos con carácter de legislación básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por la normativa propia de la Comunidad Autónoma Canaria (Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y normas específicas del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias), en todo aquello en que no se oponga a los anteriores; y en defecto de las normas anteriores, por las normas de procedimiento administrativo general contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ante la situación coyuntural de crisis económica, y al objeto de agilizar los procedimientos relativos a esta convocatoria, conforme al Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa, y considerando la concurrencia de razones de interés público en los proyectos de naturaleza económica que se soliciten al amparo de la presente convocatoria, dado el carácter estratégico de la creación, mejora de la productividad y competitividad e innovación de la Pyme como elemento de recuperación de la economía, se aplicará la tramitación de urgencia a todos los procedimientos que se inicien al amparo de la presente Orden, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, conforme a lo previsto en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segunda.- Dotación presupuestaria. El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de dos millones (2.000.000,00) de euros, correspondiente a la aplicación presupuestaria 10.09.433C.770.00, P.I. 14700014, dentro del eje 2, tema prioritario 09 del Programa Operativo FEDER de Canarias 2007-2013, con una cofinanciación del FEDER del 85%.

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Esta dotación presupuestaria se distribuirá entre los tres tipos de proyectos subvencionables establecidos en la base sexta de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de las subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias para el año 2014, de la siguiente forma:

1) Proyectos de tipo A), Creación de una empresa: ochocientos mil (800.000) euros.

2) Proyectos de tipo B), Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente, y C), Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial en el marco de los programas que se desarrollan en el Anexo A de la citada Orden de bases: un millón doscientos (1.200.000) mil euros.

No obstante, se podrá destinar mayor importe del indicado a cada tipo de proyecto en función del número y la cuantía de los proyectos considerados subvencionables. La dotación inicial podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre que exista cobertura económica para llevarla a cabo y se realice antes de la resolución.

ercera.- Presentación de solicitudes. Plazo y lugares de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación de solicitudes presumirá la aceptación expresa, formal e incondicional de las bases y del acto de la convocatoria. Las solicitudes se dirigirán al Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, en el modelo oficial que se inserta como Anexo I, disponible también en la web que la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad tiene habilitada en la dirección de Internet: www.gobiernodecanarias.org/hacienda Las solicitudes se podrán presentar en los registros de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, sitos en la calle Fernando Guanarteme, nº 2, 35007-Las Palmas de Gran Canaria, y en la Avenida José Manuel Guimerá, nº 10, Edificio de Servicios Múltiples II, 38071-Santa Cruz de Tenerife. La presentación también podrá realizarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. Cuarta.- Plazo máximo para resolver, medios de notificación y recursos. Uno. Las subvenciones se otorgarán mediante Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias, haciendo constar en la misma la participación del Fondo Estructural interviniente y del porcentaje de cofinanciación.

T

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Dos. El plazo máximo para resolver será de ocho meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, sin que este pueda exceder del plazo fijado mediante Acuerdo de Gobierno, y en todo caso, con anterioridad al cierre del presente ejercicio presupuestario. Transcurrido el plazo de resolución sin que esta se haya dictado expresamente, se entenderán desestimadas las solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152.2 de la Ley Territorial 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. Tres. La notificación de la resolución se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) dentro de los treinta días siguientes a su adopción, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 19 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo. Cuatro. La resolución pondrá fin a la vía administrativa y será recurrible mediante recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación; en caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso o su desestimación presunta. Cinco. La concesión de las subvenciones está limitada por la dotación económica de la convocatoria, por lo que una vez se agote la misma procederá la denegación. Se consignarán en la resolución de la convocatoria tanto las solicitudes estimadas como las desestimadas, estableciéndose respecto a las desestimadas las causas de su exclusión y la puntuación obtenida en el supuesto de que el motivo de la denegación sea la insuficiencia de dotación presupuestaria.

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Viernes 11 de julio de 201418958

ANEXO IFORMULARIO DE SOLICITUD 2014

Importante: para que esta solicitud pueda ser tramitada es necesario cumplimentar todos sus apartados y estar debidamente firmada (representante)

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL SOLICITANTE Nombre de la empresa NIF

Fecha de constitución

Domicilio

CP

Municipio

Provincia

IAE (actividad a subvencionar)

IAE (actividad principal)

Teléfono

Fax

Móvil

Dirección Internet

E-mail

Domicilio a efectos de notificación (En caso de ser diferente al domicilio social) Municipio

Provincia

CP

Representante legal (apellidos y nombre)

NIF

Teléfono

Fax

Móvil

E-mail

Persona de contacto en la empresa

Teléfono

Fax

Móvil

E-mail

Ubicación de la inversión a realizar: Domicilio:

Municipio:

CP

Provincia

DECLARA: • Que el solicitante es una PYME, de acuerdo a la definición establecida en las bases de la Convocatoria. • Que la empresa se compromete a crear puestos de trabajo (como mínimo un puesto de trabajo) en caso de

proyectos de tipo A). • Que no se halla incurso en las causas de prohibición para ser beneficiario, establecidas en las Bases de la Convocatoria. • Que no es deudora por resolución firme de procedencia de reintegro de subvenciones. • Que esta entidad ha solicitado (y/o recibido) las ayudas Públicas que se mencionan a continuación, especialmente las

ayudas de minimis en los dos ejercicios anteriores y en el actual:

ORGANISMO Fecha de solicitud

Fecha de aprobación

Importe recibido (Euros)

• Que no ha recibido ayudas y otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, el importe de las recibidas es el siguiente:

Ayuda patrimonial gratuita/donante: Importe de la ayuda (Euros)

• Que los Colaboradores Externos y/o proveedores que llevarán a cabo este proyecto no tienen ningún tipo de vinculación con el solicitante de las indicadas en la Orden de bases de la presente convocatoria.

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Viernes 11 de julio de 201418959

• Que ha procedido a la correcta justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

• Que se autoriza a la Dirección General de Promoción Económica para obtener de la Administración Tributaria Canaria, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Seguridad Social certificación acreditativa de hallarme al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Estado y Comunidad Autónoma de Canarias) y de la Seguridad Social y los datos relativos al Impuesto de Actividades Económicos, a los efectos de la presente solicitud.

• Que se autoriza a la Dirección General de Promoción Económica a recabar toda la información y documentos necesarios para solicitar la subvención.

Que la empresa está registrada en el Enterprise Europe Network. Que ha solicitado subvención al Programa InnoEmpresa en los años 2012 y 2013 con números de expediente:

• Que se acompaña copia de la siguiente documentación exigida por la referida Orden:1

(*) Documento acreditativo de la representación del firmante de la solicitud. (*) DNI o Tarjeta de Identidad de Extranjero del o de los representantes. (*) Contrato/acta de constitución y estatutos vigentes, así como modificaciones, en su caso, e inscripción en el

Registro correspondiente, cuando ello sea obligatorio. (*) Documento de identificación fiscal del solicitante (NIF). Memoria de la entidad y del proyecto según modelo que figura como Anexo II. Cualquier otra documentación complementaria que se estime conveniente para la correcta definición y

evaluación del proyecto presentado.

• Que se compromete a aportar los documentos probatorios o los datos adicionales que le sean requeridos.

• Que autorizo a efectos de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la utilización de la información contenida en la solicitud así como en los documentos que acompañan a la misma, para su difusión en Bases de Datos de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad y ser utilizados por ésta para los fines previstos en su Ordenamiento Jurídico.

• Que ha sido informado de que será incluido en la lista pública que se recoge en el Art. 7, apartado 2 letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006.

La siguiente documentación se presentará, en caso de ser beneficiario de la subvención junto con la aceptación:

Documento acreditativo de estar dado de alta como tercero en el sistema de información económico financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Vida laboral de la empresa solicitante del mes anterior a la fecha de la solicitud. En el caso de solicitantes de proyectos del tipo C), actuación apoyable 1 (Anexo A de las Bases) será necesario

que la Pyme aporte contrato de colaboración con Centro Tecnológico, Centro de Investigación, Grupo de Investigación de una Universidad o Colaborador Externo que acredite suficiente especialización (convenio o documento que establezca los términos técnicos y económicos de la colaboración), cuando la Pyme no acredite personal técnico para desarrollar el proyecto.

(*) En caso de no estar completo el expediente, se llevará a cabo el requerimiento de documentación (art.71.1 de la citada Ley)

mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (art. 59.5.b de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999), concediéndose un plazo de 5 días para efectuar la subsanación (trámite de urgencia).

1 En caso de que se le conceda la subvención, se aportarán originales/documentos compulsados junto con la aceptación de la subvención si no se hubiese presentado con anterioridad.

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Viernes 11 de julio de 201418960

INDICAR TIPO DE PROYECTO (marcar sólo uno):

A) CREACIÓN DE UNA EMPRESA.

B) MEJORAR LA PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD DE UNA EMPRESA YA EXISTENTE.

C) APOYO A LA INNOVACIÓN EN LOS ÁMBITOS TECNOLÓGICO, ORGANIZATIVO Y DE GESTIÓN EMPRESARIAL (Anexo A) (marcar sólo uno):

1. Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado.

2. Apoyo a la implantación, certificación tecnológica y certificación (UNE 166.001, 166.002 ISO 14001, ISO 9001 + ISO 14001, EFQM e ISO 27001 o eventuales desarrollos posteriores).

EXPONE: Que a la vista de la convocatoria, así como de sus bases reguladoras, de subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias para 2014, efectuada mediante Órdenes publicadas en el Boletín Oficial de Canarias, y considerando reunir los requisitos exigidos, con expresa aceptación de todos los términos recogidos en las mismas,

SOLICITO: la concesión de una subvención conforme a la Orden indicada anteriormente, adjuntando la documentación señalada, respecto a la cual declara ser ciertos los datos que figuran en ella.

El representante legal de la entidad: D/Dª

En a de de 2014.

Firma y sello

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD

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Viernes 11 de julio de 201418961

ANEXO IIMEMORIA DE LA ENTIDAD Y DEL PROYECTO

I.- ENTIDAD:

1.- SECTOR DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA A LA QUE SE DEDICA LA ENTIDAD.

2.- OBJETIVOS EMPRESARIALES.

3.- ESTRUCTURA EMPRESARIAL (ORGANIGRAMA). INDICAR NÚMERO DE EMPLEADOS POR CATEGORÍAS.

4.- PREVISIÓN DE INGRESOS Y GASTOS. AÑO: 2014

INGRESOS TOTALES - INGRESOS POR ACTIVIDAD - SUBVENCIONES - OTROS GASTOS TOTALES - COMPRAS - GASTOS DE PERSONAL - AMORTIZACIONES - GASTOS FINANCIEROS - TRIBUTOS - SERVICIOS EXTERIORES - OTROS RESULTADO NETO

5.- OTROS COMENTARIOS.

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Viernes 11 de julio de 201418962

6.- TRAYECTORIA DE LA ENTIDAD DESTACANDO LOS LOGROS ALCANZADOS.

7.- EXPERIENCIA DE LA ENTIDAD EN PROYECTOS DE INNOVACIÓN/MEDIOAMBIENTE/INTERNACIONALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD.

8.- OTROS ASPECTOS RELEVANTES Y DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON EL PROYECTO PRESENTADO.

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Viernes 11 de julio de 201418963

II. PROYECTO

1.- TÍTULO Y DESCRIPCIÓN.

2.- OBJETIVOS.

3.- RESULTADOS A ALCANZAR.

4.- CARÁCTER INNOVADOR DEL PROYECTO.

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Viernes 11 de julio de 201418964

5.- CAPACIDAD Y EXPERIENCIA DE LOS COLABORADORES EXTERNOS Y/O Y DEL EQUIPO INTERNO QUE PARTICIPA EN EL PROYECTO.

6.- ETAPAS DE REALIZACIÓN Y CRONOGRAMA, ETC. Relación de consultorías/proveedores que intervienen en el desarrollo del proyecto (no incluir auditoría limitada)

Consultor/ proveedor CIF Tarea prevista Presu-

puesto Fecha Inicio Fecha Fin

7.- IMPACTO DEL PROYECTO.

7.a) EN LA COMPETITIVAD DE LA EMPRESA. 7.b) EN LA CREACIÓN DE EMPLEO (no incluir autónomos ni puestos de trabajo indirectos).

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Viernes 11 de julio de 201418965

8.- ASPECTOS RELATIVOS A LA PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE.

9.- DESTINO DE LA PRODUCCIÓN O PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

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Viernes 11 de julio de 201418966

10.- PRESUPUESTO DETALLADO DEL PROYECTO

PROYECTO DE TIPO A Y B

a) GASTOS DE CONSTITUCIÓN Y PRIMER ESTABLECIMIENTO (PROYECTO DE TIPO A)) Importe

TOTAL a)

b) BIENES DE EQUIPO Importe

TOTAL b)

c) ACONDICIONAMIENTO DE LOCAL Importe

TOTAL c) TOTAL (a+b+c) AUDITORÍA LIMITADA (máximo 600 euros)

COSTE TOTAL DEL PROYECTO

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Boletín Oficial de Canarias núm. 133

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Viernes 11 de julio de 201418967

PROYECTO DE TIPO C

1. INVERSIONES MATERIALES E INMATERIALESSólo línea 1 Importe

a) INVERSIÓN MATERIAL: Equipos (descripción y cantidad). b) INVERSIÓN INMATERIAL: Software disponible en el mercado bajo licencia (descripción y cantidad).

TOTAL 1 2. COLABORACIONES EXTERNAS Asistencia técnica, gastos externos de consultoría, tutorización y servicios relacionados con los proyectos. Especificar costes de Implantación y Certificación para línea 2.

Importe

Detallar por tareas.

TOTAL 2 3. PERSONAL TÉCNICO INTERNO DIRECTAMENTE RELACIONADO CON EL PROYECTO Grupos de cotización 1 y 2. (Detallar: categoría, nº de horas, precio por hora)

Sólo línea 1 Importe

TOTAL 3 TOTAL (1+2+3) AUDITORÍA LIMITADA (máximo 600 euros)

COSTE TOTAL DEL PROYECTO

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Viernes 11 de julio de 201418968

11.- PLAN DE FINANCIACIÓN O PREVISIÓN DE GASTOS E INGRESOS DE LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR

1) APORTACIÓN PYME SOLICITANTE

2) OTRAS AYUDAS

3) FINANCIACIÓN AJENA

4) SUBVENCIÓN SOLICITADA

TOTAL (1+2+3+4) Coincidirá con coste total del proyecto)

El representante legal de la entidad:

D/Dª

En a de de 2014.

Firma y sello

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