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IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay Junio 2011 La recusación de los árbitros en el Reglamento de Arbitraje y en la práctica de la Corte de Arbitraje de la CCI Paul F.Arrighi

IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay Junio 2011

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IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay Junio 2011. La recusación de los árbitros en el Reglamento de Arbitraje y en la práctica de la Corte de Arbitraje de la CCI Paul F.Arrighi. Normas del Reglamento. . Artículo 11 – Recusación de los árbitros - PowerPoint PPT Presentation

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IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay

Junio 2011

La recusación de los árbitros en el Reglamento de Arbitraje y en la práctica de la Corte de Arbitraje de la CCI

Paul F.Arrighi

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Normas del Reglamento. Artículo 11 – Recusación de los árbitros

1.- La demanda de recusación de un árbitro, fundada en una alegación de falta de independencia o en cualquier otro motivo, deberá presentarse ante la Secretaría mediante un escrito en donde se precisen los hechos y las circunstancias en que se funda dicha demanda.

2.- Para que sea admisible, la demanda de recusación deberá ser presentada por la parte interesada dentro de los 30 días siguientes a la recepción por ésta de la notificación del nombramiento o confirmación del árbitro, o dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que dicha parte fue informada de los hechos y las consecuencias en que funda su demanda, si dicha fecha es posterior a la recepción de la mencionada notificación.

3.- La Corte debe pronunciarse sobre la admisibilidad y, al mismo tiempo y si hubiere lugar a ello, sobre el fondo de la demanda de recusación, después que la Secretaría haya otorgado al árbitro en cuestión, la(s) otra(s) parte(s) y, si es del caso, a los demás miembros del tribunal arbitral la oportunidad de presentar sus comentarios por escrito dentro de un plazo adecuado. Dichos comentarios deberán ser comunicados a las partes y a los árbitros.. Artículo 7 – Disposiciones generales

4.- Las decisiones de la Corte con relación al nombramiento, confirmación, recusación o sustitución de un árbitro serán definitivas y las razones que las motivaron no serán comunicadas

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- Son derogables estas normas por voluntad de las partes?

. Planteo

. Distinción con la relación con la ley de la sede del arbitraje

. Conclusión y alcances: imposibilidad de nominar otra autoridad (el tribunal arbitral, juez nacional u otra autoridad).

Robert H. Smit: Mandatory ICC Arbitration Rules (in Global Reflections on International Law, Commerce and Dsipute Resolution, Liber Amicorum in honour of Robert Brinner).

Normas mandatorias

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 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 Total

 

1. Asuntos                   

                   

Nuevos asuntos registrados 466 529 541 566 593 580 561 521 593 4.950

Asuntos que dieron lugar a demanda de recusación 13 21 23 23 15 14 24 21 18 172

% de nuevos asuntos registrados 2,8% 4,0% 4,3% 4,1% 2,5% 2,4% 4,3% 4,0% 3,0% 3,5%

Asuntos que dieron lugar a recusación aceptada 1 2 3 2 4 1 2 2 2 19

% de nuevos asuntos registrados 0,2% 0,4% 0,6% 0,4% 0,7% 0,2% 0,4% 0,4% 0,3% 0,4%

   

   

2. Árbitros                   

                   

Árbitros confirmados o nombrados 675 849 812 948 964 988 952 948 949 8.055

Árbitros objeto de demanda de recusación 24 28 33 33 17 20 37 40 38 270

% de árbitros confirmados o nombrados 3,6% 3,3% 4,1% 3,5% 1,8% 2,0% 3,9% 4,2% 4,0% 3,3%

Recusaciones aceptadas 1 2 3 2 5 1 2 2 2 20

% de árbitros confirmados o nombrados 0,1% 0,2% 0,4% 0,2% 0,5% 0,1% 0,2% 0,2% 0,2% 0,2%

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Algunos datos estadísticos

Lo que muestran. Pocas recusaciones. Pocas son aceptadas

Razones. No criterio a priori favor árbitro. No criterio a priori restrictivo. Sistema de revelación confirmación y nombramiento (Control de la Corte, desestímulo a actuar existiendo impedimentos)

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El procedimiento• Caso por caso• Escrito/sobre documentos• Breve• Participación partes y árbitros• Desarrollo del procedimiento

. Demanda de recusación

. Comunicación a partes y árbitros para comentarios

. Orden del día Secretaría

. Informe miembro de la Corte

. Tratamiento por la Corte

. Decisión- admisibilidad- mérito

. Carácter administrativo

. Comunicación de la decisión, no de los motivos

. No admite recurso

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Los motivos

. falta de independencia

. otros motivos: tribunal no constituido conforme al acuerdo arbitral; persona no autorizada a ejercer como árbitro de acuerdo a ley de la sede, actuación en otros arbitrajes ligados, usurpación de un diploma universitario. . casos

- caso a caso- no precedentes- fuentes información

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Casos• Información sobre casos: fuentes antes mencionadas• Líneas generales• Un caso concreto• Jurisdicciones nacionales• Caso Avax c/ Tecnimont (Cour d`Appel de Paris, 1ère

Chambre 12.02.09 Rev. Arbitrage 2009/1 nota Thomas Clay; Cour de Cassation 04.11.10 Rev. Arbitrage 2010/4)

• Caso sentencia Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1º Turno, 74 de 23.02.11

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Fuentes de información• Los comentarios al Reglamento: “A guide to the ICC Rules of

Arbitration” (Derains-Schwartz); “Handbook of ICC Arbitration” (Bühler-Webster).

• Artículos del Bulletin de la Corte de la CCI:Suplemento Especial 2007: Anne Marie Whitesell “L`indépendance dans l`arbitrage de la CCI: pratique de la Cour de la CCI en matière de nomination, confirmation, récusation et remplacement des arbitres.”

“Le tribunal arbitral: application des articles 7 à 12 du Règlement d`arbitrage de la CCI dans les affaires récentes.” Jason Fry – Simon Greenberg. Bulletin vol. 20 Nº 2, 2009.