11
Ijífv' Diputación de Salamanca mwmiM ACTA DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE MEDIO AMBIENTE DEL DÍA 30 DE AGOSTO. DE 2019. En la ciudad de Salamanca, a las trece horas y cincuenta minutos del día 30 de agosto del año dos mil diecinueve y en la Sala de Comisiones de esta Diputación, se reunió la Comisión Informativa de Medio Ambiente en sesión ordinaria. Asistieron a la misma los siguientes Diputados: Presidente D. Román Javier Hernández Calvo Vocales: Dña. Eva María Picado Valverde D. Julián Barrera Prieto. D. Francisco Javier García Hidalgo D. Antonio Agustín Labrador Nieto D. José María Sánchez Martín C, '< D. David Mingo Pérez - «1 ^ C y / D. José Lucas Sánchez c.*" D. Leonardo Bernal García D. Carlos Fernández Chanca D. Beatriz Martín Alindado D. Jesús Luis de San Antonio Benito D. José Francisco Bautista Méndez

Ijífv' Diputación - lasalina.es

  • Upload
    others

  • View
    7

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Ijífv' Diputación - lasalina.es

Ijífv' Diputación

de Salamanca

mwmiM

ACTA DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE MEDIO AMBIENTE DEL DÍA 30 DEAGOSTO. DE 2019.

En la ciudad de Salamanca, a las trece horas y cincuenta minutos del día 30de agosto del año dos mil diecinueve y en la Sala de Comisiones de esta Diputación,se reunió la Comisión Informativa de Medio Ambiente en sesión ordinaria.

Asistieron a la misma los siguientes Diputados:

Presidente D. Román Javier Hernández Calvo

Vocales: Dña. Eva María Picado Valverde

D. Julián Barrera Prieto.

D. Francisco Javier García Hidalgo

D. Antonio Agustín Labrador Nieto

D. José María Sánchez Martín

• C,

'< D. David Mingo Pérez- «1

^ C

y /D. José Lucas Sánchez

c.*"

D. Leonardo Bernal García

D. Carlos Fernández Chanca

D. Beatriz Martín Alindado

D. Jesús Luis de San Antonio Benito

D. José Francisco Bautista Méndez

Page 2: Ijífv' Diputación - lasalina.es

Asiste con voz y sin votos don Manuel Ambrosio Sánchez Sánchez.Actúa en calidad de Secretario accidental, Ricardo Barrientos Arnaiz.

Abierta la sesión por la Presidencia, se pasó a conocer de ios asuntos que acontinuación se expresan recayendo sobre los mismos los siguientes,

DICTÁMENES

1)LECTURA Y APROBACION, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE LA ÚLTIMA SESIÓN.

Abierto este punto del orden del día se interpela por el señor FernándezChanca que se escriba correctamente su apellido. Igualmente el señor SánchezSánchez se interpela que no consta en el acta la contestación dada por lapresidencia a la pregunta formulada por el señor Sánchez en referencia a lasresponsabilidades derivadas de la no aceptación de los fondos europeos;contestándose por don Román Javier Hernández que los fondos europeosprevistos inicialmente para su aceptación en el ámbito denominado BIOFRONTERA11 BIN SAL 3 E se distribuyen de la siguiente manera: Diputación de Salamanca622.346,55€;Asociación de Municipios Cova da Beira 99.999,75€ y FundaciónNaturaleza y Hombre 335.274,75 €.

Con las modificaciones mencionadas se procedió a la aprobación del acta dela sesión celebrada el días 23 de agosto de 2019

2) DACIÓN DE CUENTA DEL DIPUTADO DELEGADO DE MEDIO AMBIENTE VPROTECCION CIVIL DEL .PLIEGO_DE.. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LACONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PERROS ABANDONADOS DE LA DIPUTACIÓN.DESALAMANCA.

Abierto este punto del orden del día se da cuenta del pliego que se ha unidoa la convocatoria el cual se une transcribe al acta, procediéndose por la presidenciaa una lectura resumida del mismo.

"PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

RECOGIDA DE PERROS ABANDONADOS EN LOS MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000

HABITANTES DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

PRIMERA.- OBJETO DEL CONCURSO

Es objeto del presente concurso la prestación del servicio de recogida de perros

abandonados en los municipios de la provincia menores de 20.000 habitantes que lo demanden

a la Excma. Diputación durante la vigencia del mismo, con el alcance y extensión que se

especifica más adeiante.

El servicio se realiza en base a la regulación de la Ordenanza Fiscal Reguiadora de la

Tasa del servicio de recogida de Perros abandonados en la provincia de Salamanca, aprobada

por Acuerdo de Pleno de Diputación de Salamanca, en sesión de 19 de diciembre de 2002 y

publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca n-26, el 7 de febrero de 2003.

Page 3: Ijífv' Diputación - lasalina.es

SEGUNDA.- METODOLOGÍA DE LOS TRABAJOS OBJETO DE CONTRATO

2.1.-RECEPCIÓN DE AVISOS Y DOCUMENTACIÓN DE SOLICITUD DE SERVICIO

Lo Entidad Adjudicatario deberá disponer de un sistema de recepción de avisos de

servicio en sistema teiefónico e informático de fácil práctica a disposición de la Diputación de

Saiamanca y los Municipios de menos de 20.000 habitantes, con el objeto de poder acreditar la

fecha y forma de recepción de la solicitud. A este respecto, la Diputación elaborará un

formularlo para la solicitud que estará disponible en ia página web de Internet de la

Diputación.

Los avisos serán atendidos en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas de

mañana y de 16:00 a 20:00 horas de tarde, salvo los avisos que estrictamente sean de urgencia

por razones de seguridad, protección de las personas y situaciones especiales de sufrimiento o

maltrato animal, en cuyo caso se podrá activar ei procedimiento fuera del horario establecido

con aviso ai adjudicatario en el servicio 24 horas/365 días. Tanto el aviso de recogida normal

como el aviso de urgencia podrá activarse, deforma exclusiva, por instrucción directa desde el

Departamento de Gestión de Servicios Urbanos de la Diputación de Saiamanca, el Servicio

Provincial de Extinción de Incendios y Salvamento de Saiamanca, los Cuerpos y Fuerzas de

Seguridad del Estado, las Policías Locales de las Entidades Locales de menos de 20.000

habitantes de ia Provincia y el alcalde del municipio donde se encuentre el animal.

Con cada aviso recibido se abrirá un registro que refleje las circunstancias de la

recogida, fecha, hora, lugar y los datos del perro, de ia persona que lo entrega y de la persona

que da el aviso. Todos ios registros se mantendrán en un libro de entradas y salidas con ei que

contará la empresa adjudicatario.

2.2.-SERVICIO DE RECOGIDA DE LOS PERROS

Ei adjudicatario deberá desarrollar un protocolo de actuación y procedimiento para la

recogida y manutención de los perros adaptados a las circunstancias en que se encuentre el

animal, poniendo los medios necesarios en cada caso, extremándose las medidas de seguridad

necesarias utiiizando sistemas autorizados y homologados para su captura.

La recogida del animal deberá realizarse sin causar daño ni lesión al mismo. En caso de

perros asilvestrados u otros de difícil captura, personal capacitado y con preceptiva licencia

utilizará métodos anestésicos autorizados.

El adjudicatario comprobará en todos ios servicios de recogida de perros abandonados

si ei perro tiene microchip de identificación del propietario, en cuyo caso, deberá iniciar ei

procedimiento administrativo de localización, notificación y requerimiento, en su caso, para

que ei propietario pueda hacerse cargo, de Inmediato, del animal recogido, previo pago de las

correspondientes tasas de acuerdo a la ordenanza. En caso de que ei propietario no proceda a

hacerse cargo, ei adjudicatario procederá a ia notificación del hecho a ia Comunidad Autónoma

Page 4: Ijífv' Diputación - lasalina.es

paro su conocimiento como Administración Sancionadora. El propietario realizará la recogidadel animal en las Instalaciones o el lugar de entrega propuesto por el adjudicatario.

2.3.-TRANSPORTE DE LOS ANIMALES RECOGIDOS; deberá reunir las siguientes condiciones:

• Los medios de transporte y embalajes utilizados deberán tener las dimensiones que

permitan permanecer al animal de pie en posición natural y dar vueltas sobre sí mismo

(mínimo 1.25m*2m^),• Los medios de transporte y embalajes utilizados no permitirán que los animales puedan

abandonarlos y los protegerán de las inclemencias meteorológicas y de temperaturas

extremas.

• Los habitáculos donde se transporten los animales deberán mantenerse en buenas

condiciones higiénico sanitarias, debiendo estar limpios, desinfectados y desinsectados.

• El transporte de animales se efectuará deforma que no pueda ser perturbada la acción

del conductor ni se comprometa la seguridad del tráfico.

2.4.-MANUTENCIÓN

Los perros recogidos deberán ser retenidos, en Instalaciones aportadas por el

adjudicatario a tal fin, durante al menos veinte días para tratar de localizar a su dueño, de

conformidad con la Ley 5/97, de 24 de abril, de protección de animales de compañía. Los

animales que no estuvieran identificados o que no hayan sido reclamados por sus dueños en el

anterior plazo pasarán al programa de adopción y se mantendrán hasta su adopción final.

Dichos perros se mantendrán en buenas condiciones higiénicas sanitarias,

procurándoles Instalaciones adecuadas para su cobijo que les protejan de las Inclemencias

meteorológicas (rayos solares, lluvia y temperaturas extremas), proporcionándoles

alimentación, bebida y asistencia veterinaria, y dándoies la oportunidad de realizar ejercicio

físico. Los instaiaciones que se propongan deberán justificar su capacidad para alojar

simultáneamente, como mínimo a 19 animales, que equivale al 5,94 % del total de animales

previstos en el servicio anual.

Asimismo, la totalidad de las instalaciones deberá mantenerse en buenas

condiciones higiénico sanitarias, debiendo estar limpias, desinfectadas y desinsectadas.

2.5.- ASISTENCIA SANITARIA

En la prestación del servido, el adjudicatario deberá contar con la asistencia técnica de un

veterinario colegiado cuyas funciones serán las siguientes:

10.1.- En el momento de la recogida se observarán las condiciones de salud en que se

encuentra el animal y si fuera necesario se le dará atención veterinaria de urgencias si la

precisara. El adjudicatario contará con los servicios de una clínica veterinaria de 24 horas

para las urgencias, a fin de atender inmediatamente a los animales que se recojan

gravemente enfermos o accidentados y que necesiten atención veterinaria u

hospitalización urgente.

Page 5: Ijífv' Diputación - lasalina.es

10.2.- Procurar atención sanitaria oportuna para mantener ei buen estado físico de los

animales.

10.3.- Vigilar el estado físico, las condiciones de alojamiento, el tratamiento que reciben los

animales recogidos, así como su, cesión, adopción y el tratamiento de los cadáveres.

10.4.- Efectuar el control de los tratamientos de anestesia, desinsectación, desparasitación,vacunación y eutanasia que resulten necesarios.

10.5.- Emitir mensualmente certificación en la que conste la relación de los servicios prestados

en el mes anterior y su conformidad con la legislación vigente:

• Número total de perros recogidos: expresando lugar y fecha de cada uno.

• Transporte, manutención, cesión, adopción o sacrificio de los mismos, así como

tratamiento de cadáveres.

2.6. ■ CESIÓN - ADOPCIÓN

Transcurrido el periodo legal citado sin que haya aparecido el dueño de un perro,

éste podrá ser cedido, debidamente desinsectado, desparasitado y vacunado, al peticionario

interesado, debiendo acreditarse este extremo con documento de entrega suscrito por el

adoptante en el que se Informe de la identidad y domicilio de éste último.

En todo caso el cesionario será el encargado de abonar los gastos que la captura o

animal hayan supuesto.

Para llevar a cabo el proceso de adopción de un perro, el adoptante deberá

cumplimentar el anexo III.- Modelo de Parte de adopción, y una vez acreditado el pago de las

tasas de la ordenanza, podrá retirar el animal de las instalaciones o el lugar de entrega

propuesto por el adjudicatario. En la entrega, constará la identificación del perro a nombre del

adoptante.

2.7.- PROGRAMA DE ADOPCIÓN

La Entidad Adjudicatario deberá establecer, en un plazo máximo de un mes desde la

firma del contrato, un programa divulgativo de fomento de la adopción dirigido a lo población

general.

Este programa debe contener, al menos, una campaña anual de divulgación en prensa

escrita y redes sociales, asi como debe disponer de una página en Internet para facilitar la

Información actualizada de su actividad dentro del contrato que se propone y pora impulsar las

adopciones de los animales en custodia.

Se mantendrá un servicio de atención al público de 9 a 20 horas de lunes a sábado para

información a posibles adoptantes, proporcionando un ns de teléfono, y una página web sobre

Page 6: Ijífv' Diputación - lasalina.es

los animales en adopción y sus características. Se facilitarán visitas al refugio de los adoptantes

para conocer a los animales en adopción.

Para facilitar la adopción, los animales se entregarán a sus futuros adoptantes

desparasitados y Interna y externamente.

2.8.-SACRIFICIO

El sacrificio de los animales recuperados, sólo se llevará a cabo en los casos y

condiciones que establece la ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de animales de

compañía.

2.9.- TRATAMIENTO DE CADÁVERES

Los cadáveres de los animales se gestionarán de acuerdo a la normativa vigente.

2.10.- EMISION DE INFORMES

La Entidad Adjudicatario deberá presentar informe de servicios realizados, con

indicación de la actual situación de cada animal recogido al amparo del contrato, en donde se

documentará detalladamente el proceso seguido, el control sanitario practicado, la situación

de alojamiento del animal, la adopción o cesión realizada y, si fuese asi, el proceso de sacrificio

llevado a cabo. Este informe se emitirá cada mes y deberá incluir lo situación de todos los

animales que se hayan recogido bajo el contrato con la Diputación de Salamanca, sea la

situación que sea, desde la recogida hasta la cesión, adopción, sacrificio o muerte natural,

aportando dos tipos de certificados mensuales:

- Certificado veterinario de los animales recogidos durante el mes, acompañado de todos los

partes de recogida con la fotografía de los animales.

- Certificado veterinario de los cambios, en ese mes, en la situación de los animales recogidos

por el contrato, que siguen en custodia de la empresa adjudicataria. Es decir, hasta que el

animal sea cedido, adoptado, recogido por propietario, sacrificado o muerto naturalmente, se

deberá informar por la entidad adjudicataria de su estado.

TERCERA.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION DEL CONTRATO DE CARACTER SOCIAL,

ETICO Y MEDIOAMBIENTAL.

3.1.- El adjudicatario vendrá obligado a responsabilizarse de realizar una recogida selectiva de

los residuos generados durante la ejecución del contrato. Así mismo deberá retirar los

embalajes y envases vacíos, para depositarlos en los contenedores correspondientes o, en su

caso, en el punto limpio u otro sistema de gestión de residuos autorizado.

3.2.- El adjudicatario, deberá realizar la gestión de residuos bio-sanitarios de acuerdo a la

normativa que regula esta materia (Decreto 204/1994, de 15 de septiembre, de ordenación de

Page 7: Ijífv' Diputación - lasalina.es

la gestión de los residuos sanitarios), aportando los justificantes en caso necesario y a

requerimiento del responsable del contrato semestralmente.

CUARTA- VALOR ESTIMADO DE CONTRATO

El valor de contrato por la prestación del Servicio de recogida de perros objeto del

presente pliego, asciende a la cantidad MÁXIMA de 71.961,60 €/oño, sin incluir IVA, siendo elIVA a repercutir el 21% de dicho importe (15.111,94 €/año). El valor MAXIMO total estimadodel contrato a lo largo de toda su vigencia, DOS AÑOS MÁS UNO DE PRÓRROGA, asciende a215.884,80 €, sin incluir IVA, estimado a fecha de hoy al 21% de dicho importe (45.335,81 €).

Los tipos de licitación de contrato se fijan en las siguientes cantidades y conceptos:

- Gastosfíjos mensuales por mantenimiento de instalaciones:

1.100 € (IVA excluido)

- Gastos variables a justificar por servicio prestado:

183,63 €/Ud. Animal recogido (IVA excluido)

La financiación de la presente contratación se atenderá con cargo a la partida

presupuestarla 40. 1621A. 2279908 de los Presupuestos Generales de la Diputación de

Salamanca, a cuyos efectos se han emitido por la Intervención General de Diputación de

Salamanca ios documentos contables de retención de créditos correspondientes a cada

ejercicio.

QUINTA- VIGENCIA DEL CONTRATO

La contratación se efectuará por un plazo de DOS AÑOS, con posibilidad de prórroga

por UN AÑO MÁS, contados a partir de la firma del contrato.

SEXTA- PLAZO DE EJECUCIÓN

Los servicios de recogida solicitados por Diputación en virtud del presente contrato

deberán ser realizados por el adjudicatario en el plazo máximo de VEINTICUATRO HORAS,

contadas desde el momento de la solicitud. En caso de extrema urgencia por peligrosidad del

animal, riesgo de las personas o del animal, deberán realizarse de forma inmediata, en un

máximo de DIEZ HORAS siguientes a la solicitud.

SEPTIMA-LEGISLACIÓN APLICABLE

Page 8: Ijífv' Diputación - lasalina.es

Sin perjuicio de cualquier otra legislación que resulte aplicable, en la prestación del servicioobjeto del presente pliego el adjudicatario deberá cumplir, bajo su responsabilidad, la siguiente

normativa:

• Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León.

• Ley 5/1997, de 24 de abril, de Protección de animales de compañía.

• Decreto 266/1998, de 17 diciembre 1998, por el que se aprueba el Reglamento de la

Ley 6/1994.

• Decreto 134/1999, de 24 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley

5/1997.

• Ordenanza fiscal de la Diputación de Salamanca, reguladora de la tasa por la

prestación del servicio de recogida, alojamiento, manutención y entrega de perros

abandonados.

• Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

OCTAVA.- GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO Y MEDIOS A DISPOSICIÓN DEL

SERVICIO

El adjudicatario deberá disponer a su cargo todos los medios organizativos,

materiales y personales requeridos para la realización de los trabajos y funciones descritas con

anterioridad en el presente pliego. Dichos medios deberán especificarse con detalle en la oferta

presentado y entre ellos se incluyen, como mínimo, los que a continuación se describen.

Serán por cuenta exclusiva del contratista;

7.1.- Los gastos derivados de la adquisición y mantenimiento de los medios materiales a

disposición del servicio. A estos efectos se consideran medios mínimos que debe aportar

el adjudicatario los siguientes:

• 1 vehículo destinado al transporte de los perros recogidos que cumpla los requisitos

establecidos en la cláusula 2.2. del presente pliego.

• Instalaciones destinadas al refugio y manutención de los animales recogidos que

reúnan las condiciones recogidas en la cláusula 2.3.

• Equipo lector de microchips de Identificación de perros.

• Para la captura de perros difíciles: Lazos, bozales, cerbatana y una jaula trampa.

• 1 vehículo destinado al transporte, en su caso, de cadáveres de perros que cumpla los

requisitos establecidos en lo cláusula 2.5. del presente pliego.

7.2.- Los gastos ocasionados por la manutención de los perros, incluyendo su alimentación así

como la adquisición de productos sanitarios destinados a la desinsectación y

desparasitación, vacunación e identificación con microchip en caso de cesión, adopción y

sacrificio.

7.3.- Los gastos del personal derivados de la prestación del servicio. A estos efectos se

consideran medios personales mínimos los siguientes:

Page 9: Ijífv' Diputación - lasalina.es

• Una persona encargada de la recogida, transporte y manutención.

• Un veterinario coiegiado, con las funciones descritas en ia cláusula 2.5 del presente

pliego.

7.4.- En general, todos los gastos necesarios para la realización de los servicios requeridos en

el presente pliego, incluyendo el desplazamiento a los municipios.

NOVENA.-PARTES DE RECOGIDA

La empresa adjudicatario deberá realizar un parte por cada servicio realizado según el anexo

1.- Modelo de Parte de Recogida. Se acompañará al parte de recogida una fotografía donde se

identifique deforma clara al animal recogido.

DECIMA.-REGISTRO

La empresa deberá llevar debidamente cumplimentado un libro de registro de movimientos en

ei que figurarán los datos relativos a las altas y bajas de perros recogidos. En dicho libro deberá

constar la descripción física del animal (raza, sexo, capa y pelo, edad aproximada), lugar y

fecha de recogida, fecha y tipo de baja (adopción, recuperación, cesión, fallecimiento o

sacrificio).

El libro de registro deberá encontrarse en todo momento a disposición de los servicios técnicos

de ia Diputación.

UNDECIMA.-ABONO

Ei abono de ios servicios requeridos al adjudicatario conforme al presente pliego se

realizará deforma mensual por ei importe de los servicios prestados en el mes anterior, previa

conformidad de los servicios técnicos de la Diputación.

Para la determinación de abono mensual, se tendrá en cuenta los siguientes conceptos

e importe, a cuyo total deberá añadirse ei IVA que en cada momento proceda.

- Gastos fijos mensuales por mantenimiento de instalaciones: la que se fije en

la adjudicación por este concepto.

- Gastos variables a justifcar por servicio prestado: la que se fije en la

adjudicación por este concepto.

Para proceder ai abono será requisito indispensable ia presentación de la

correspondiente factura junto con los partes de recogida, así como el certificado emitido por

veterinario colegiado, e informe mensual detallado de situación del servicio.

Page 10: Ijífv' Diputación - lasalina.es

En caso de que el adjudicatario realice el desplazamiento para recogida del animal asolicitud por escrito o por el procedimiento de urgencia, y no sea posible ia recogida del animal

por causa no imputable al adjudicatario, se entenderá como servicio prestado en

desplazamiento con un gasto del 20% de la prestación del servicio con recogido de una Unidad

en concepto de gastos por desplazamiento, importe que podrá ser abonado al adjudicatario

siempre que se informe favorablemente por del Departamento de Gestión de Servicios Urbanos

de Diputación, que establecerá, en cada caso, las exigencias de Justificación y acreditación de la

realización del servicio.

Los servicios que se realicen y el perro sea un cachorro, serón estimados considerando

el 55% del coste unitario del servicio por cada cachorro atendiendo, dado que su recogida es de

menor coste y manutención, pero sufragando así ios costes del adjudicatario respecto del

protocolo de higiene y vacunación que le son específicos (desparasitación, Parvorosis, etc.)

En el servicio que resulte una recogida múltiple, es decir, de varios perros recogidos en

el mismo servicio, se estimará el primer perro a su coste unitario, y los siguientes conllevaron

una reducción del 20% del coste unitario.

Poro la determinación del pago mensual al adjudicatario, se determinarán ambos

conceptos, gastos fijos y gastos variables con ia aplicación de la baja ofertada sobre la cuantía

base establecida en este apartado por cada concepto de manera unitaria.

DUODECIMA.-PENALIZACIONES Y SANCIONES

Cuando el contratista, o personas dependientes de éi, incurran en actos u omisiones

que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, la Diputación podrá imponer

sanciones tras ei oportuno procedimiento administrativo que resulte de aplicación:

- Sanción Leve: Infracción en el incumplimiento del plazo de ejecución previsto, siempre

que se deba a causas imputables al adjudicatario o el Incumplimiento de órdenes directas del

departamento encargado de la gestión del servicio de la Diputación de Salamanca en relación

ai desarrollo del contrato. El importe de la sanción será de 150 €.

• Sanción Grave: para la reiteración de infracciones leves y para el Incumplimiento de

las condiciones especiales de ejecución. El importe de sanción será de 500 €.

- Sanción Muy Grave: la reiteración de infracciones graves. El Importe de sanción será

de 1000 €, sin perjuicio de inicio de expediente de resolución del contrato.

DECIMOTERCERA.- DIRECCION TÉCNICA

Los servicios técnicos designados por la Diputación de Salamanca podrán ejercer en

todo momento desde la adjudicación del contrato y a lo largo de su duración, la supervisión,

control y dirección técnica de los trabajos".

La Comisión se da por informada.

10

Page 11: Ijífv' Diputación - lasalina.es

3") DACIÓN DE CUENTA:.CUADRO DE SUMINISTRQS_DE_ACUA DE CONSUMOHUMANO CON CISTERNAS DE.ACUA POTABLE CON CISTERNAS.

Abierto este punto del orden del día se da cuenta del suministro de agua deconsumo humano.

Se une como anexo al acta

La Comisión se da por informada.

4®)-RU-E_cos_y preguntas

Abierto este punto del orden del se informa por la presidencia de laspreguntas formuladas por en la anterior Comisión manifestándose a tal efecto losiguiente:

En relación con el plan de sequía 2019 se informa que la convocatoria fuepublicada en el BOP 8 de abril de 2019; que el plazo de presentación de solicitudes

fue hasta el 10 de mayo de 2019; que se presentaron 93 solicitudes; que actualmenteestá en revisión y requerimiento de subsanación de la documentación presentada;que se han revisado las 93 solicitudes, de las cuales se ha requerido a 66 municipiospara que subsanen o completen la documentación presentada. Los requerimientosde subsanación se enviaron el 2 de julio de 20i9.Afirma que el plazo máximo desubsanación para los municipios que agotaron el plazo de notificación finalizó el 26de julio, y que actualmente se está revisando toda la documentación subsanada y seestán evaluando técnicamente las solicitudes presentadas.

Don Carlos Fernández solicita se le remita un listado de los municipios

solicitantes.

En relación al plan de depuración informa la presidencia que existe unapartida presupuestaria de 5.000.000 €, que previamente a la convocatoria del planse ha contratado el servicio de asistencia técnica para la elaboración de estudio denecesidades y propuesta de actuación para la depuración de aguas residuales enmunicipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca, cuyoobjeto es la elaboración de un estudio técnico que identifique las necesidades dedepuración en los núcleos de población de la provincia de Salamanca de menos de20.000 habitantes y que define, a nivel de estudio previo, las propuestas deactuación que sirvan para cubrir las necesidades identificadas, para la adecuadadepuración de las aguas residuales en los mencionados municipios. Afirma queactualmente el estudio está en fase de redacción y está prevista su finalización parafinales del año 2019.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión a las catorcehoras, extendiéndose la presente acta, que firma el Sr. Presidente de la Comisión,conmigo el Secretario actuante.

EL PRESIDENTE / I EL SECRETARIO ACCTAL