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Instituto para Formación en Operaciones de Paz
IMPLEMENTACIÓN DE LAS R ESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU SOBRE LA AGENDA DE LA MUJER , LA PAZ, Y LA
SEGURIDAD EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
Peace OperationsTraining Institute
®
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ELABORADO POR
Entidad de Naciones Unidas para la Igualdad de
Género y el Empoderamiento de la Mujer (ONU Mujeres)
EN COLABORACIÓN CON
Peace Operations Training Institute (POTI)
(Instituto de Formación en Operaciones de Paz)
EDITOR DE LA SERIE
Harvey J. Langholtz, Ph.D.
Instituto para Formación en Operaciones de Paz
IMPLEMENTACIÓN DE LAS R ESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU SOBRE LA AGENDA DE LA MUJER , LA PAZ, Y LA SEGURIDAD EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
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ONU Mujeres es la organización de las Naciones Unidas dedicada a la igualdad de género y el empoderamiento de las mu jeres. Un respaldo mundial a mujeres y niñas, ONU Mujeres fue establecida para acelerar el progreso en la satisfacción desus necesidades en todo el mundo. ONU Mujeres apoya a los Estados Miembros de la ONU ya que establecen las normasinternacionales para lograr la igualdad de género, y trabaja con los gobiernos y la sociedad civil para diseñar leyes, políti-cas, programas y servicios necesarios para implementar estas normas. Se encuentra detrás de la participación igualitaria
de las mujeres en todos los aspectos de la vida, centrándose en cinco áreas prioritarias: aumentar el liderazgo y la partici-pación de las mujeres; eliminación de la violencia contra la mujer; participación de las mujeres en todos los aspectos delos procesos de paz y de seguridad; el aumento del empoderamiento económico de las mujeres; y hacer de la igualdad degénero central en la planicación nacional del desarrollo y la elaboración de presupuestos. ONU Mujeres también coordina
y promueve la labor del sistema de las Naciones Unidas en la promoción de la igualdad de género.
© 2011 United Nations. All rights reserved.
Edición actual: 2013Primera edición: 2011Tapa: Paulo Filgueiras/Foto de ONU
El material contenido en este curso no necesariamente reeja las opiniones del Peace Operations Training Institute, de losautores ni de los órganos y entidades liales de Naciones Unidas. El Peace Operations Training Institute es una organización
internacional sin nes de lucro inscripta como entidad de categoría 501(c)(3) en el Internal Revenue Service (Servicio de
Impuestos Internos) de los Estados Unidos. El Peace Operations Training Institute es una persona jurídica independiente
respecto de la Organización de Naciones Unidas. Aunque se ha hecho el máximo esfuerzo por vericar el contenido del curso
el Peace Operations Training Institute y los autores no asumen responsabilidad alguna por los datos y opiniones contenidosen él, los cuales en buena medida provienen de fuentes independientes. Si bien este curso fue escrito como documentopedagógico y didáctico, de acuerdo a las políticas y doctrina de Naciones Unidas, no sienta ni consagra doctrina. Solo losdocumentos examinados y ocialmente aprobados pueden establecer o consagrar políticas o doctrina de ONU. En algunos
casos, se provee información con perspectivas diametralmente opuestas sobre ciertos temas con el único n de estimular al
alumno, y siempre según las normas del más puro y genuino interés académico.
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PRÓLOGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . VIII
AGRADECIMIENTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . IX
MÉTODO DE ESTUDIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .X
INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . XI
IMPLEMENTACIÓN DE LAS R ESOLUCIONES DEL
CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU SOBRE LA AGENDA DE LA MUJER , LA PAZ, Y LA SEGURIDAD EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
LECCIÓN 1: NACIONES UNIDAS Y LA MUJER, LA PAZ,Y LA SEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13
1.1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
1.2 Descripción general de la Organización de Naciones Unidas . . . . . . . . 15
1.3 El Consejo de Seguridad de ONU y las Operaciones de Paz . . . . . . . . . 17
1.4 Denición de género e importantes conceptos asociados . . . . . . . . . . . 21
1.5 Cómo funciona el régimen de igualdad de género dentro de
Naciones Unidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
LECCIÓN 2: DIMENSIONES DEL CONFLICTO ARMADO Y DE LARECONSTRUCCIÓN POSCONFLICTO DESDE UNA PERSPECTIVADE GÉNERO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .43
2.1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
2.2 La naturaleza del conicto armado contemporáneo . . . . . . . . . . . . . . . . 45
2.3 El impacto del conicto armado desde una perspectiva de género . . . . 47
2.4 Roles de la mujer en los conictos armados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
2.5 Integrando una perspectiva de género en la resolución de conictos y
la reconstrucción posconicto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
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LECCIÓN 3: RESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD SOBRELA MUJER, LA PAZ, Y LA SEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67
3.1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69
3.2 Los orígenes de la RCS 1325 (2000) y resoluciones subsiguientes . . . . 72
3.3 Revisión del concepto de seguridad: el criterio dela seguridad humana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72
3.4 El mandato de la RCS 1325 (2000): qué se exige y
quién es responsable . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74
3.5 Implementación de la RCS 1325 (2000) y resoluciones subsiguientes en el
Sistema de ONU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76
3.6 Implementación de la RCS 1325 (2000) y resoluciones subsiguientes a
nivel nacional y regional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80
LECCIÓN 4: LA MUJER, LA PAZ Y LA SEGURIDAD: DESAFÍOS PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .93
4.1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95
4.2 La paz y la seguridad en América Latina y el Caribe . . . . . . . . . . . . . . . 95
4.3 La pertinencia de la Resolución 1325 (2000) y resoluciones subsiguientes
del Consejo de Seguridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97
4.4 Impacto del conicto armado contemporáneo en las mujeres y las niñas 98
LECCIÓN 5: LA MUJER, LA PAZ Y LA SEGURIDAD: PRIORIDADESPARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113
5.1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115
5.2 Prevención . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115
5.3 Participación y representación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117
5.4 Protección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127
APÉNDICE A: LISTA DE SIGLAS Y ACRÓNIMOS . . . . . . . . . . . . . . . 138
APÉNDICE B: LISTA DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DELA PAZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .140
APÉNDICE C: RESOLUCIÓN 1325 (2000) DEL CONSEJODE SEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 143
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APÉNDICE D: RESOLUCIÓN 1820 (2008) DEL CONSEJO DESEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147
APÉNDICE E: RESOLUCIÓN 1888 (2009) DEL CONSEJO DE
SEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 152
APÉNDICE F: RESOLUCIÓN 1889 (2009) DEL CONSEJO DESEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160
APÉNDICE G: RESOLUCIÓN 1960 (2010) DEL CONSEJO DESEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165
APÉNDICE H: RESOLUCIÓN 2106 (2013) DEL CONSEJO DESEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 171
APÉNDICE I: RESOLUCIÓN 2122 (2013) DEL CONSEJO DESEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 178
APÉNDICE J: RECOMENDACIÓN GENERAL CEDAW NO 30 . . . . . . .185
APÉNDICE K: DECLARACIONES PRESIDENCIALES SOBRELA MUJER, LA PAZ Y LA SEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .213
INSTRUCCIONES PARA EL EXAMEN DE FIN DE CURSO . . . . . . . . .232
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v i i i | O N U M U J E R E S
Prólogo al Programa ONU
de aprendizaje electrónico:
Mujeres, Paz y Seguridad -
América Latina y el Caribe
La histórica adopción de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de la ONU (2000) culminó en una idea
revolucionaria: que la paz está vinculada indisolublemente con la igualdad entre hombres y mujeres y que lasmujeres son un recurso que no se ha aprovechado para lograr la consolidación de la paz. Los actores nacionalese internacionales fueron llamados a involucrar a las mujeres completamente en la prevención, resolución yrecuperación de los conictos y a asegurar que todos los esfuerzos por la consolidación de la paz concuerdencon los principios de la igualdad de género. Desde su adopción en el año 2000, los principios fundamentalesde la resolución 1325 han sido reforzados por otras seis resoluciones que establecen sus normas en pos de laprotección de los derechos de las mujeres durante y después de los conictos y la asistencia de sus necesidadesdurante y después de la consolidación de la paz. Estas resoluciones proporcionan un marco fundamental para laplena parcipación de las mujeres en la resolución de conictos e igualdad de género en todos los aspectos de laconsolidación de la paz y la seguridad.
La región de América Lana y el Caribe (LAC) ene una extensa historia de violencia y conictos polícos. Lasmujeres no han sido pasivas en esta región; de hecho, las mujeres y niñas han parcipado acvamente dentro de
los conictos y en los posteriores procesos de paz y transición. Sin embargo, a pesar del enorme progreso haciala paz en la región, los desaos connúan. Después de 50 años, los movimientos de las guerrillas en Colombia
persisten y nuevos grupos rebeldes en Bolivia, México (Chiapas) y Perú están cobrando fuerza. Una culturadominante de corrupción, crimen organizado extendido y de proliferación de bandas criminales a lo largo dela región nos recuerda que el progreso de América Lana hacia la democracia y la paz aún es delicado. En estecontexto, no debemos perder de vista los logros alcanzados hasta el momento. El empoderamiento de la mujery la garana de un rol acvo de la mujer en la prevención de los conictos, la parcipación de mujeres y niñas enlos procesos de toma de decisiones y la protección de las mujeres y niñas connúan siendo hechos decisivos paralograr una paz duradera en los países de América Lana y el Caribe.
ONU-Mujeres (la Endad para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer) está dedicada aentregar un apoyo y ayuda connua en estos procesos e incrementar la sensibilización e implementación de lasresoluciones de la ONU en las mujeres, en todos los niveles relavos a la paz y seguridad. Respecto a esto, unade las contribuciones de ONU-Mujeres es este programa de aprendizaje online. Este curso es una herramienta
prácca para aquellas personas responsables de la toma de decisiones, praccantes y para la sociedad civilcon el n de entender el impacto de los conictos en las mujeres y el rol de ellas como agentes de cambioen los esfuerzos por lograr la paz y seguridad. Este programa debería animar a generar un compromiso y unainnovación, junto con ayudar a una variada gama de actores de la paz y seguridad a integrar esta perspecvaen su trabajo diario. Del mismo modo, esta experiencia de aprendizaje online debe apoyar a los gobiernos, a laspartes interesadas locales e internacionales y a la sociedad civil a promover la consolidación de la paz con unaperspecva de género y la recuperación después de los conictos. En ONU-Mujeres estamos compromedos conuna visión en donde las mujeres puedan jugar un rol igualitario con los hombres para consolidar la paz para todos.
Hasta que las mujeres y sus necesidades, prioridades y preocupaciones sean idencadas, abordadas y dotadascon recursos de una forma sistemáca y oportuna en contextos de conicto y post-conicto, los procesos de pazy su consolidación connuarán siendo insucientes en ofrecer dividendos ecaces de paz duradera. Este curso
puede ofrecer los ingredientes para crear un pensamiento críco sobre estos asuntos y una guía para remodelar y
modernizar polícas, con el n de comprometer efecvamente a las mujeres (en todos sus roles) en la prevención,
resolución y recuperación de conictos. Espero que los desnatarios de este entrenamiento se sientan inspirados ydeterminados a luchar por aquello que es alcanzable: la igualdad pacíca entre hombres y mujeres.
Phumzile Mlambo-Ngcuka,
Executive Director, UN Women
220 East 42nd St, Suite 19-00, New York, NY 10017
T: + 1 646-781-4515 F: + 1 646-781-4496 www.unwomen.org
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Agradecimientos
Este proyecto fue iniciado y llevado a cabo bajo la orientación y supervisión de Natalia Zakharova,
Especialista Principal del Área de la Mujer, la Paz y la Seguridad de la Secretaría General de ONUMujeres.
ONU Mujeres desea agradecer y reconocer específcamente la colaboración del Peace OperationsTraining Institute (POTI) por impartir este curso. ONU Mujeres tiene un deber de gratitud muyespecial para con el Gobierno de Noruega, cuyo generoso apoyo permitió lanzar la primera ediciónen 2011. ONU Mujeres desea expresar su reconocimiento a todos los participantes del Diálogo de
Alto Nivel sobre la Implementación Nacional de la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridaden América Latina y el Caribe, organizado por la ex OSAGI (Ofcina del Asesor Especial delSecretario General sobre Cuestiones de Género) en colaboración con la CEPAL en noviembre de2007 en Santiago de Chile, por sus comentarios y aportes para la versión inicial del curso.
Esta segunda edición corregida constituyó un esfuerzo colectivo; fue posible gracias a muchas
personas que participaron en el proyecto contribuyendo de diversas maneras, y a la fructífera
colaboración entre el Grupo de Paz y Seguridad de ONU Mujeres y el Centro de Capacitación.
ONU Mujeres desea hacer llegar un cálido agradecimiento a las siguientes personas por sus valiosos
aportes: Corey Barr, Amelia Berry, Natalie Hudson, Ximena Jiménez, Judith Large, Ilja Luciak, Nicola
Popovic y Aisling Swaine.
Para ver la videopresentación del curso por Phumzile Mlambo-Ngcuka,
ingrese a: <www.peaceopstraining.org/videos/364/un-women-executive-director-phumzile-
mlambo-ngcuka-introduces-wps/>
VER A:
Subsecretaria General Phumzile Mlambo-NgcukaDIRECTORA EJECUTIVA DE ONU MUJERES
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Método de estudio
A continuación, se dan sugerencias sobre cómo abordar el curso. Aunque puede que haya otros criterios
que resulten ecaces, las recomendaciones siguientes han resultado de gran utilidad para muchos
estudiantes.
• Antes de abocarse al estudio, darle una lectura
general al material del curso. Ver los resúmenes
de las lecciones, los cuales dan una idea de lo
que se va a tratar en cada una.
• El material está planteado para que sea lógico
y directo. En lugar de memorizar detalles
individuales, conviene procurar entender los
conceptos y perspectivas de carácter general
sobre al sistema de Naciones Unidas.
• Establecer lineamientos generales sobre cómo
organizarse el tiempo.
• Estudiar el contenido de la lección y los objetivos
de aprendizaje. Al principio de cada lección,
apuntar a los puntos principales. De ser posible,
leer el material dos veces para asegurar máxima
comprensión y retención, y hacer un paréntesis
entre ambas lecturas.
• Al terminar una lección, responder el
Cuestionario de nal de lección. Si se comete
algún error, volver a la sección correspondiente
y releerla. Antes de seguir adelante, asegurarse
de comprender qué fue lo que condujo al error.
• Al completar todas las lecciones, tomarse
el tiempo necesario para rever los puntos
principales de cada una. Luego, mientras el
material todavía está fresco en la mente, hacer
el Examen de Fin de Curso sin interrupciones.
• El examen será calicado. Si se alcanza un
puntaje de aprobación del 75% o más, se otorgará
un Certicado de Aprobación del Curso. Si el
puntaje obtenido es inferior al 75%, se dará una
única oportunidad de hacer una segunda versión
del Examen de Fin de Curso.
• Corresponde hacer una aclaración sobre la
variante ortográca. Este curso fue escrito en el
inglés que se usa en el Reino Unido.
Características clave del salón de clasevirtual del curso
• Acceso a todos los cursos;
• Entorno de prueba seguro donde realizarlos;
• Acceso a recursos de capacitación adicionales,incluidos complementos multimedia; y
• Posibilidad de descargar el Certicado de
Aprobación de todo curso que se culmine.
Acceder al salón de clase virtual del curso aquí:
<https://www.peaceopstraining.org/es/users/account-registration/>
x | O N U M U J E R E S
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Introducción
Objetivo
Este curso tiene por nalidad crear conciencia de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad
y sus subsiguientes resoluciones 1820 (2008), 1888 (2009), 1960 (2010) y 2106 (2013); impulsar a los
gobiernos y a la sociedad civil a que integren una perspectiva de género a todas las áreas relacionadascon la paz y la seguridad; y formar capacidades a nivel tanto nacional como regional para instrumentar laagenda de la mujer, la paz y la seguridad (MPS).
Al cance
El curso brinda información sobre los procesos intergubernamentales, entre ellos los relativos a igualdadde género y empoderamiento de las mujeres y niñas que dieron lugar a las resoluciones 1325 (2000),
1820 (2008), 1888 (2009), 1960 (2010) y 2106 (2013) del Consejo de Seguridad. Se describirán los
esfuerzos de diversas entidades de Naciones Unidas por implementar dichas resoluciones.
En el curso se analizarán los esfuerzos de los Estados Miembros, la sociedad civil y el sistema deNaciones Unidas en general, con especial énfasis en América Latina y el Caribe, por integrar unaperspectiva de género al área de la paz y la seguridad. Se explicarán el conicto armado y los procesos
de paz en la región desde esa perspectiva, y se demostrará el importante papel que desempeña la mujerpara garantizar una paz sostenible y duradera.
Enfoque
En el curso se identicarán las prioridades y los desafíos nacionales y regionales de América Latina y
el Caribe en las áreas de la mujer, la paz y la seguridad, y se brindará información práctica sobre cómoabordarlos, entre otros mecanismos, por medio de la elaboración de planes de acción y estrategias dealcance nacional/ regional para instrumentar las resoluciones del Consejo de Seguridad sobre la mujer,la paz y la seguridad.
A quiénes es tá dest inado
Este curso fue diseñado como recurso accesible para los responsables de la toma de decisiones, jerarcas gubernamentales, funcionarios públicos y legisladores, expertos e integrantes de la sociedadcivil involucrados en el diseño, planicación y programación de políticas en el campo de la paz y la
seguridad.
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LECCIÓN 1 NACIONES UNIDAS Y LA MUJER,LA PAZ, Y LA SEGURIDAD
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LECCIÓN
1
1.1 Introducción1.2 Descripción
general de laOrganización deNaciones Unidas
1.3 El Consejo deSeguridad de ONU ylas Operaciones dePaz
1.4 Defnición de género
e importantesconceptosasociados
1.5 Cómo funciona elrégimen de igualdad
de género dentro de
Naciones Unidas
Anexo A Resoluciones del
Consejo de Seguridadde la ONU sobre laMujer, la Paz y laSeguridad (MPS)
OBJETIVOS DE LA LECCIÓN
En esta lección se resumirá la historia de la Organización de NacionesUnidas (ONU) y se dará un panorama general del trabajo que desarrolla enla actualidad en el campo de la paz y la seguridad. Más especícamente,se describirá cómo encara la ONU los problemas de la mujer, la paz y laseguridad como componente de una agenda más amplia, cuyo objetivo eslograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas.En la lección, se analizarán los documentos y decisiones fundamentales queenmarcan el trabajo de la ONU en este campo. Se analizarán además losavances en materia jurídica y procesal en las operaciones de mantenimiento
de la paz de la ONU, en particular en lo relativo a la mujer y a las cuestionesde género, con un énfasis cada vez mayor en la protección de la poblacióncivil y la prevención de conictos.
Al nal de la lección 1, el alumno deberá ser capaz de cumplir los siguientesobjetivos:
• Manejar los conceptos fundamentales del sistema de Naciones Unidas, enespecial en el área de la paz y la seguridad;
• Comprender cómo se va adaptando el abordaje de la paz y la seguridad enel transcurso del tiempo, en respuesta al cambio radical que se ha operadoen los conictos contemporáneos: de batallas militares “convencionales” acomplejas guerras internas y transfronterizas con altos índices de víctimas
civiles;
• Comprender cómo han ido cambiando las operaciones de mantenimientode la paz, entre otros, en cuanto a sus objetivos y desafíos;
• Comprender la importancia de promover la igualdad de género y elempoderamiento de las mujeres y las niñas, y tener bien claros losconceptos clave relativos al género y su abordaje; e
• Identicar los documentos y decisiones principales del sistema de ONUque rearman la igualdad de derechos de hombres y mujeres en lo relativoa la paz y la seguridad.and security.
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L E C C I Ó N 1 : O N U Y L A M U J E R , L A P A Z , Y L A S E G U R I D A D | 1 5
1.1 Introducción
Esta lección consta de cuatro secciones:
• Introducción a los orígenes y funciones básicasde la ONU en lo relativo a la promoción de lapaz y la seguridad internacionales.
• Descripción general de la nalidad del Consejode Seguridad de la ONU y sus operaciones depaz multidimensionales.
• Introducción a los conceptos fundamentalespara comprender el tema de la mujer, la paz y laseguridad (MPS) y el compromiso más ampliode ONU con la igualdad de género.
• Descripción general de los documentos jurídicosy estructuras orgánicas como parte del marcoinstitucional que orienta el diseño de políticas y
la implementación de programas en esta área.
1.2 Descripción general de laOr ganización de Naciones Unidas
La ONU, que reemplazó a la Liga de las Naciones,fue fundada en 1945 tras la muerte y devastaciónsembradas por la Segunda Guerra Mundial. Suobjetivo principal era, y sigue siendo, la prevenciónde los conictos y la promoción y protección de lapaz y la seguridad internacionales. Al estableceruna plataforma de diálogo entre los estados, laONU procura terminar con las guerras en cursoy prevenir futuros conictos armados entre lasnaciones y otros actores.
La Carta de Naciones Unidas es el tratadofundacional de la organización que fueunánimemente aprobado por los 51 estadosparticipantes en una conferencia celebrada enSan Francisco en 1945. En su primer artículo, seestablece que los propósitos de la ONU son lossiguientes:
1. Mantener la paz y la seguridad
internacionales, y con tal n: tomar
medidas colectivas ecaces para prevenir y
eliminar amenazas a la paz, y para suprimir
actos de agresión u otros quebrantamientos
de la paz; y lograr por medios pacícos,
y de conformidad con los principios de la
justicia y del derecho internacional, el ajuste
o arreglo de controversias o situaciones
internacionales susceptibles de conducir aquebrantamientos de la paz;
2. Fomentar entre las naciones relaciones de
amistad basadas en el respeto al principio
de la igualdad de derechos y al de la libre
determinación de los pueblos, y tomar otras
medidas adecuadas para fortalecer la paz
universal;
3. Realizar la cooperación internacional en
la solución de problemas internacionales
de carácter económico, social, cultural o
humanitario, y en el desarrollo y estímulo del
respeto a los derechos humanos y a las
libertades fundamentales de todos, sin hacer
distinción por motivos de raza, sexo, idioma
o religión; y
4. Servir de centro que armonice los esfuerzos
de las naciones por alcanzar estos
propósitos comunes.1
La Carta dene seis órganos principales dentrode la ONU: la Asamblea General, el Consejo deSeguridad, el Consejo Económico y Social, laCorte Internacional de Justicia y la Secretaría.Si bien los seis órganos son importantes para elcumplimiento de la misión general de la ONU,
1 Carta de Naciones Unidas, Capítulo 1:Propósitos y Principios , disponible en: http://www.un.org/es/documents/charter/chapter1.shtml.
El emblemático edicio de la Secretaría del Cuartel General de la ONU
reeja el sol del otoño. (Foto de ONU Nº 535067 de Rick Bajornas,
noviembre de 2012.)
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el Consejo de Seguridad es el centro del poderde la ONU y actúa como principal organismoresponsable de la toma de decisiones en el áreade la paz y la seguridad internacionales.
1.3 El Consejo de Segur idad de ONUy las Operaciones de Paz
Según la Carta de la ONU, el mandato delConsejo de Seguridad es “mantener la paz y laseguridad internacionales”. Por ende, es el órganode ONU destinado especícamente a la misióncentral de la ONU. Su mandato es también elmás difícil de instrumentar, dado que el segundoartículo de la Carta de ONU establece que “laOrganización está basada en el principio de laigualdad soberana de todos sus Miembros”. Puedeentonces llegar a darse cierta tensión entre, por
un lado, la obligación de los Estados Miembrosde tomar medidas colectivas, incluido el uso dela fuerza, para defender la paz y la seguridadinternacionales, y por otro, los derechos soberanosde los estados en conicto. La Carta de la ONUotorga importante poder al Consejo de Seguridad,al establecer que “a n de asegurar una acciónrápida y ecaz por parte de las Naciones Unidas,sus Miembros coneren al Consejo de Seguridadla responsabilidad primordial de mantener lapaz y la seguridad internacionales, y reconocenque el Consejo de Seguridad actúa a nombre de
ellos al desempeñar las funciones que le imponeaquella responsabilidad” (Artículo 24). En otraspalabras, el Consejo de Seguridad debe asumiresa responsabilidad y actuar en consecuencia.Por otra parte, según el Artículo 25, los EstadosMiembros de la ONU tienen por ley la obligaciónde “aceptar y cumplir las decisiones del Consejode Seguridad, de acuerdo con esta Carta”. Lasdecisiones del Consejo de Seguridad se adoptanpor medio de resoluciones que deberán serformalmente cumplidas por los Estados Miembros.
La actividad del Consejo de Seguridad se veinuenciada en gran medida por sus integrantes.En la actualidad, está formado por 15 miembros,de los cuales 5 son permanentes. Los 10miembros no permanentes son electos por la
Asamblea General y reejan la diversidad regionaldel mundo. Ocupan su cargo por dos años. Los5 miembros permanentes que tienen la facultad
de vetar unilateralmente las resoluciones delConsejo de Seguridad son China, Francia, laFederación Rusa, el Reino Unido y los EstadosUnidos. Representan a las grandes potenciasque triunfaron en la Segunda Guerra Mundial ydesempeñaron un papel clave en la fundación dela ONU.
A n de mantener la paz y la seguridadinternacionales de conformidad con los propósitosy principios de la Organización de NacionesUnidas, el Consejo de Seguridad hace lo siguiente:
• Investiga toda controversia o situación quepueda llegar a causar tensión u originar unconicto internacional;
• Recomienda métodos y condiciones pararesolver controversias;
• Formula planes para el establecimiento de unsistema de regulación del armamento;
• Determina si existe una amenaza a la paz o unacto de agresión y recomienda las medidas atomar;
• Exhorta a los miembros a aplicar sancioneseconómicas y otras medidas que no impliquenel uso de la fuerza para impedir o detener laagresión;
• Emplea acción militar contra los agresores;
• Recomienda la incorporación de nuevosmiembros;
• Ejerce la función de deicomisario de NacionesUnidas en “zonas estratégicas”; y
• Recomienda a la Asamblea General ladesignación del Secretario General y, junto conla Asamblea, designa a los magistrados de laCorte Internacional de Justicia.
Aunque no se trata de una enumeraciónexhaustiva, queda claro que, en cumplimiento desu misión, el Consejo de Seguridad desempeñatoda una gama de funciones. Las medidaspreventivas y provisionales, tales como solicitar elcese del fuego o enviar observadores a supervisarla tregua, se llevan a cabo en virtud del Capítulo VIde la Carta de la ONU. Las medidas coercitivas(con o sin el uso de la fuerza), tales como bloqueo
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económico o intervención militar, se prevén en elCapítulo VII.
El Capítulo VII sobre operaciones demantenimiento de la paz no solo permite sino queexige al personal de paz que emplee todos losmedios necesarios para proteger a la poblacióncivil, prevenir la violencia contra el personalde ONU y disuadir a los elementos armadosde ignorar los acuerdos de paz. Además, lasdisposiciones del Capítulo VII han llevado al
Consejo de Seguridad a establecer tribunales adhoc de crímenes de guerra tras trágicas instanciasde conictos armados, tales como las de Ruanday la exYugoslavia. Por otra parte, dado que lasmisiones de mantenimiento de la paz se hanido transformando y han comenzado a adoptarcriterios preventivos y coercitivos, fue preciso crearel Capítulo Seis y Medio.
A pesar de las funciones y actividades previstas enel mandato, el término mantenimiento de la paz noaparece en la Carta de la ONU. Esto no deberíasorprender, ya que la Carta fue redactada con elpropósito de proveer mecanismos que permitieranprevenir el tipo de agresiones fronterizas y actosde violencia entre naciones que dieron origen
a la Segunda Guerra Mundial. El concepto demantenimiento de la paz no surge hasta laspostrimerías de la década del 1940. En esaetapa, se producen una serie de intervencionesad hoc que comenzaron en Medio Oriente conel Organismo de las Naciones Unidas para laVigilancia de la Tregua (ONUVT) en 1948 y elGrupo de Observadores Militares de NacionesUnidas (UNMOGIP por su sigla en inglés) a lo largode la frontera entre la India y Pakistán en 1949.
Las operaciones de mantenimiento de la pazdesplegadas por la ONU entre 1945 y 1988consistieron en la “interposición” entre las partespreviamente involucradas en un conicto bélico,con el consentimiento de estas, a efectos devigilar el cumplimiento de los acuerdos de cesedel fuego. Con el n de la Guerra Fría en 1989,surgen situaciones de mayor complejidad y lanecesidad de desplegar operaciones de pazmultidimensionales. El Consejo de Seguridadautoriza misiones con el cometido de mitigar losconictos armados, instrumentar acuerdos de paz
y prevenir atrocidades contra civiles en los estadosazotados por conictos.
La transición hacia el alejamiento de los “bloquesde poder” (liderados por la Unión Soviética ylos Estados Unidos) dio lugar a nuevos desafíospara la paz y la seguridad internacionales. Enrespuesta a esos cambios, el Secretario Generalde ONU, Boutros-Ghali, formuló Una Agendapara la Paz (1992),2 en la que exhortaba a laONU a desempeñar un papel más proactivo en
2 Una Agenda para la Paz, escrito por el SecretarioGeneral Boutros-Ghali, sirvió como punto de partida para las
misiones de mantenimiento de la paz pos Guerra Fría. Todos
quienes estudian este documento reconocen que exhorta a
“incrementar la magnitud, el alcance y la complejidad de las
misiones de mantenimiento de la paz de ONU”, por más que
esas palabras especícas en ningún momento aparezcan
juntas en el documento. Para leer el texto completo, ver http://
www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/47/277.
Naciones Unidas y la resolución de controversias
El Capítulo 6, “Arreglo pacíco de controversias”, establece que
las partes en disputa deberán emplear métodos pacícos, tales
como la mediación y la negociación, para resolver sus conictos,
y autoriza al Consejo de Seguridad a formular recomendaciones,las cuales en general son sugerencias y no revisten carácter
obligatorio.
El Capítulo 7, “Acciones en caso de amenazas a la paz,
quebrantamientos de la paz o actos de agresión” faculta a
ejercer una inuencia más directa por medio de medidas tales
como la coerción económica (sanciones) y la interrupción de
las relaciones diplomáticas. En casos extremos, el Consejo de
Seguridad puede “llevar a cabo, por medio de fuerzas aéreas,
navales o terrestres, la acción que sea necesaria para mantener
o restablecer la paz y la seguridad internacionales”.
Informalmente, el término “Capítulo 6 y Medio” se reere al
mantenimiento de la paz de ONU que cae entre las dos.
El Capítulo 8 trata sobre los acuerdos regionales, y faculta a
organizaciones regionales tales como la UA (Unión Africana) o
la OTAN (Organización del Tratado del Atlántico Norte) a intentar
resolver las controversias por medio de sus buenos ocios,
previo a la intervención del Consejo de Seguridad, a efectos de
mantener la paz y la seguridad internacionales.
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las misiones de paz, yendo más allá del meromantenimiento de la paz e involucrándose tanto enla construcción de la paz como en su imposición enel largo plazo. Armó que “las causas de conictosy guerra son omnipresentes y profundas” y pidióque se adecuaran las dimensiones, el alcance y
la complejidad de las misiones de paz para hacerfrente de manera más ecaz a las necesidadesde un mundo cambiante. Como resultado de ello,las operaciones de mantenimiento de la paz seexpandieron, pasando a diversicarse y a tenermayor alcance y frecuencia. A menudo se describeesta evolución como mantenimiento de la paz desegunda y tercera generación. Las funciones deestas misiones multidimensionales van mucho
más allá de la mera vigilancia del cese del fuego,pasando a abarcar las siguientes tareas:
• Supervisión de la tregua y observación militar;
• Desarme, desmovilización y reinserción (DDR);
• Ayuda humanitaria;
• Electoral assistance;
• Protección de los derechos humanos (DD.HH.);
• Acciones antiminas;
• Uso de la Policía de ONU (UNPOL); y
Resumen de las operaciones de mantenimiento de la paz
Tipo Acción Actores Ejemplos
Primera
Generación:Mantenimientode la paztradicional
Observación ymonitoreo
Separación de fuerzasde combate
Uso limitado de la fuerza
Personal militarexclusivamentebajo el mandatode la ONU
Primer Fondo de Emergencia deONU, Canal de Suez (UNEF I),1956-1967
Fuerza de mantenimiento de la pazde ONU en Chipre (UNFICYP),1964 a la fecha
Fuerza de ONU de observaciónde la separación, Altos del Golán(FNUOS/UNDOF), 1974 a la fecha
SegundaGeneración:
Mantenimientode la pazcomplejo
Asistencia humanitaria
Construccióninstitucional
Promoción de los
partidos políticosProtección de losderechos humanos
Apoyo a eleccionesdemocráticas
Personal military civil de ONU +Organizaciones
nogubernamentales(ONG)
Grupo de ONU de asistencia ala transición, Namibia (UNTAG),1989-1990
Misión de observación de ONU enEl Salvador (ONUSAL), 1991-1995
Autoridad de transición de ONU enCamboya (UNTAC), 1992-1995
TerceraGeneración:
Imposiciónde la paz*
Uso de fuerzas deaire, mar y tierra pararestablecer la paz
Creación de refugiosseguros
Asistencia humanitaria
Personal military civil de ONU +ONG
Fuerza de Protección de ONU,exYugoslavia (UNPROFOR),1992-1995
Misión de ONU en la Rep.Democrática del Congo (MONUC),1999-2010
Misión de ONU de apoyo a TimorOriental (UNMISET), 2002-2005
*En algunos casos, las operaciones de imposición de la paz han sido reemplazadas por misiones de administración provisional, por ej.,
MONUSCO (2010 a la fecha) en la República Democrática del Congo y UNMIT (2006 a la fecha) en Timor Oriental.
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• Cooperación con organizaciones locales yregionales, así como con organizaciones nogubernamentales (ONG).
Las misiones de mantenimiento de la paz deONU aumentaron no solo de magnitud, alcance ycomplejidad, sino también de frecuencia. De las 67operaciones desplegadas hasta agosto de 2012, 13tuvieron lugar entre 1948 y 1989, y 54 de 1990 a2012. En la tabla siguiente, se resume la evoluciónde las tendencias en la actividad de mantenimientode la paz de la ONU.3
Las misiones de mantenimiento de la paz han
pasado a ser un instrumento vital de la ONU. Dadoque es por medio de Resoluciones del Consejode Seguridad que se establecen sus cometidos,
3 Los datos de la tabla fueron obtenidos de laobra International Organizations: The Politics andProcesses of Global Governance (OrganizacionesInternacionales: política y procesos del gobiernomundial), de Margaret P. Karns y Karen A. Mingst(Boulder, Lynne Rienner, 2004.
los Estados Miembros están obligados a actuar.Las misiones son dirigidas y coordinadas por elDepartamento de Operaciones de Mantenimientode la Paz de ONU (DOMP o DPKO por su siglaen inglés) y se llevan a cabo con un presupuestoindependiente del Sistema de ONU. Ver unalista detallada de las misiones de mantenimientode la paz en curso en la tabla que aparece acontinuación.4
Los profundos efectos de los conictos armadosen las poblaciones civiles demandaban cambiosen la respuesta del sistema de Naciones Unidas.Se fue dando cada vez más importancia a la
protección de los civiles. Por ejemplo, el Consejode Seguridad empleó por primera vez la expresión“brindar protección a los civiles en riesgo inminente
4 Departamento de Operaciones deMantenimiento de la Paz de las NacionesUnidas, Ficha informativa de las operaciones demantenimiento de la paz, http://www.un.org/es/peacekeeping/resources/statistics/factsheet.shtml,visitado el 18/10/2012.
Situación de las operaciones de mantenimiento de la paz de la ONU
Estadísticas
Operaciones de mantenimiento de la paz desde 1948 67Operaciones de mantenimiento de la paz en curso 15Operaciones de mantenimiento de la paz en curso dirigidas y apoyadas por elDOMP (DPKO por su sigla en inglés)
16
PersonalPersonal uniformado* (81.974 militares, 14.373 policías y 2.235 observadores militares)
93.305
Países que aportan personal uniformado 115Personal civil internacional* (al 31/07/2012) 5.392Personal civil local* (al 31/07/2012) 12.573Voluntarios de Naciones Unidas* 2.245Número total que actúa en las 14 operaciones de mantenimiento de la paz* 116.515Número total que actúa en las 15 operaciones de paz dirigidas por el DOMP(DPKO por su sigla en inglés)**
118.488
Número total de víctimas fatales en operaciones de paz desde 1948*** 3.025Aspectos fnancieros
Presupuestos aprobados para el período 01/07/2012 – 30/06/2013 Cerca de $7,23 billónCosto total estimado de las operaciones desde 1948 al 30/06/2010 Cerca de $69 billiónContribuciones al mantenimiento de la paz pendientes Cerca de $3,09 billón* Estas cifras corresponden exclusivamente a las 15 operaciones de mantenimiento de la paz. Las estadísticascorrespondientes a la UNAMA, misión política especial dirigida y apoyada por el DOMP/DPKO, se pueden obtener en: http://www.un.org/en/peacekeeping/documents/ppbm.pdf.
** Esta cifra incluye el número total de uniformados y civiles que actúan en las 15 operaciones de mantenimiento de la paz y enla misión política especial dirigida por el DOMP/DPKO (UNAMA).
*** Incluye las víctimas fatales de todas las operaciones de paz de Naciones Unidas.
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de violencia física” en octubre de 1999, en laResolución 1270 por la que se creó la Misiónde ONU en Sierra Leona. Se pretende que lasoperaciones de mantenimiento de la paz operende manera imparcial, con un empleo proporcionaly mínimo de fuerzas. Esto es en parte un legadode los orígenes, basados en la “interposición” entrelas partes en conicto para ayudar a estabilizar lassituaciones y preservar (mantener) la paz. Parapoder desplegar una misión de mantenimiento dela paz en determinado lugar, es necesario contarcon el consentimiento de las partes principales en
conicto.
Se han ido elaborando una serie de normas parahacer frente a la necesidad de proteger cada vezmás a la población civil. La creación del marcode Responsabilidad de proteger (RdP o RtoP/R2P en inglés) reeja la idea de que la soberaníano es un derecho, sino una obligación. Un estadotiene la obligación de proteger a su poblaciónde atrocidades masivas. Según este criterio, lacomunidad internacional tiene la responsabilidadde ayudar a un estado a cumplir su obligación
fundamental de proteger a sus ciudadanos. El 28de abril de 2006, el Consejo de Seguridad de laONU adoptó en forma unánime la Resolución 1674sobre la Protección de civiles en los conictosarmados (PdC). La Resolución 1674 contiene laprimera referencia ocial del Consejo de Seguridada la responsabilidad de proteger, a menudollamada RdP (en inglés, RtoP o R2P). Demuestra
la disposición del Consejo a hacer frente a gravesviolaciones de los derechos humanos, ya queel genocidio y los crímenes de lesa humanidadpueden constituir amenazas a la paz y la seguridadinternacionales.
1.4 Denición de género eimportantes conceptos asociados
Antes de poder empezar a comprender el criteriode la ONU con respecto a la Mujer, la Paz y la
Seguridad (MPS) y los múltiples obstáculos ydesafíos que enfrenta, es importante denir variostérminos clave relativos al género.
Aunque a menudo se las emplea indistintamente,las palabras sexo y género no quieren decirlo mismo. Se reeren a dos aspectos distintosaunque interconectados de nuestro mundo. Sexotiene connotación exclusivamente biológica,mientras que género se reere a las nociones
Los tres pilares de la responsabilidad de proteger
1. Incumbe al Estado la responsabilidad primordial de proteger a sus habitantes del genocidio, los crímenes deguerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad, así como de la incitación a estos;
2. La comunidad internacional tiene la responsabilidad de alentar y ayudar a los Estados a cumplir dicharesponsabilidad; y
3. La comunidad internacional tiene la responsabilidad de utilizar medios diplomáticos, humanitarios y otrosmecanismos apropiados para proteger a las poblaciones de estos crímenes. Si resulta evidente que unEstado no protege a su población, la comunidad internacional debe estar dispuesta a adoptar medidascolectivas para hacerlo, de conformidad con la Carta de Naciones Unidas.
(Establecidos en el Documento Final de la Cumbre Mundial de ONU de 2005.)
Distinción entre sexo y género
El sexo de una persona es una categoría de carácterbiológico.
El género de una persona es una construcción de lasociedad que reeja las conductas aprendidas. Puedecambiar en el transcurso del tiempo, así como dentro de
una cultura y entre culturas.
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creadas por la sociedad sobre los roles masculinosy femeninos que pueden o no coincidir con lasnociones de sexo de una persona.
De manera más especíca, el género se reere alos atributos sociales, roles y responsabilidadesasociados con el ser hombre o mujer, y a las
relaciones entre mujeres y hombres y entreniñas y niños, así como también a las relacionesentre las mujeres y otras mujeres, y entre loshombres y otros hombres. Incluye además lasexpectativas con respecto a las características,aptitudes y conductas probables o apropiadas demujeres y hombres, incluyendo qué signica sermasculino o femenina. Los roles de género y lasexpectativas asociadas a ser masculino o femeninase aprenden. El género es una cuestión socialy política amplia que determina los derechos,participación, acceso al poder y situación social ypolítica de hombres y mujeres.
El concepto de género es vital para analizar lossistemas de subordinación y dominio, y determinarcómo construye la sociedad esos sistemas.Los roles, responsabilidades, expectativas yestereotipos de género que se asignan a hombresy mujeres afectan directamente de diversasmaneras las relaciones de poder en la sociedad,tales como la división del trabajo y las estructurasde toma de decisiones. El género es vincular,
porque no se reere exclusivamente a la mujer o alhombre, sino más bien a las relaciones entre estos.El género dene ciertos roles que desempeñan elhombre y la mujer en la sociedad; la socialización ylos estereotipos enseñan y rearman esas ideas yexpectativas. Los roles de género no son jos, sinoque pueden cambiar, y de hecho, cambian en eltranscurso del tiempo.
Igualdad de género
La igualdad de género tiene que ver con la
igualdad de derechos y oportunidades de mujeresy hombres, y de niñas y niños. Igualdad no quieredecir que las mujeres y los hombres pasen a seriguales, sino que los derechos, responsabilidadesy oportunidades de las mujeres y los hombresno dependan del sexo con que hayan nacido.La igualdad de género implica que se tomen encuenta los intereses, necesidades y prioridades
tanto de las mujeres como de los hombres,reconociendo la diversidad de los diferentesgrupos de mujeres y hombres. La igualdad degénero no es un problema de la mujer; debe serun tema que concierna y en el que participen tantohombres como mujeres. La igualdad entre la mujery el hombre no solo se considera una cuestión de
derechos humanos, sino una condición previa parael desarrollo y la seguridad sostenibles centradosen las personas, y un indicador de estos.
Igualdad de género no es equidad de género.
La equidad de género trasciende la igualdad
de oportunidades y apunta a los resultados.
El tratar igual a mujeres y hombres, o a niñas
y niños, no necesariamente garantiza que
obtendrán los mismos resultados y benecios,
ya que hay muchos factores estructurales que
pueden ir en contra. El trabajo por la equidad
de género apunta entonces a las relaciones
estructurales de poder instaladas en la sociedad
y a los recursos materiales, y puede requerir
la adopción de medidas efectivas y de fondo
para asegurar que las políticas y los programas
benecien por igual a mujeres/niñas y hombres/
niños.5
Dentro del sistema de ONU, la igualdad de géneroa menudo se asocia con la noción de justicia y
requiere por tanto un juicio de valor. Desde luego,tales juicios pueden ser subjetivos, ya que factorestales como la tradición, la costumbre, la religióny la cultura tienen un peso signicativo en qué seconsidera justo. Desde una perspectiva de género,estos factores pueden jugar decididamente encontra de las mujeres y las niñas, en especial enaquellas sociedades en las que las relacionesde género han sido históricamente asimétricasy sesgadas en detrimento de aquellas. Desdeesta perspectiva, es necesario lograr primero la
5 Secretaría de la Mancomunidad Británica deNaciones (Commonwealth), Plan de acción parala igualdad de género 2005-2015 (Secretaríadel Commonwealth: Londres, 2005), p. 18. Seencuentra en: http://www.thecommonwealth.org/shared_asp_les/GFSR.asp?NodeID=142576,visitado el 01/04/2011.
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igualdad de género, y recién después procurardenir cómo han de ser las políticas y prácticasequitativas en materia de género en una sociedad.
Integración de género
La integración de la cuestión de género es el
concepto general fundamental al abordar el temade la mujer, la paz y la seguridad (MPS). Laintegración de género es una estrategia para lograrla igualdad de género y un objetivo en sí mismo.Signica tomar en consideración la percepción,experiencia, conocimiento e intereses de mujeres yhombres cuando se diseñan políticas, se planica
y se toman decisiones. La integración de génerono sustituye la necesidad de políticas, programas ylegislación ecaz destinados especícamente a lamujer, ni tampoco elimina la necesidad de contarcon unidades o centros de la mujer.
Según el Consejo Económico y Social de la ONU
(ECOSOC, 1997/2), integrar una perspectiva degénero es el proceso de evaluar las implicanciaspara mujeres y hombres de toda medida quese planee, incluyendo legislación, políticas oprogramas en todas las áreas y a todos losniveles. Se trata de una estrategia para que lasinquietudes y experiencias tanto de la mujer como
Negativa Neutra Sensible Positiva Transformadora
Implica el usointencional de lasnormas de género,roles y estereotipospara reforzar lasdesigualdades degénero con el n delograr los resultadosdeseados.
No considera losroles de género y lasnormas pertinentespara el logro delos resultadosdeseados.
Así, a menudosin proponérselo,rearma lasdesigualdades degénero existentes en
la sociedad.
Reconoce que losroles y relaciones degénero inuyen entodos los aspectosde la sociedad yque, por ende, tienenimplicancias en ellogro de los objetivosdeseados. Abordalas desigualdades degénero en la medidade crear conciencia
de cómo afectan esostemas los objetivos dela misión.
Considera queabordar lasrelaciones y lasdesigualdadesde género esfundamental paralograr los objetivosdeseados. Losresultados de losproyectos tratan demanera especícalos cambiantes roles
y expectativas degénero desde unaperspectiva prácticae inmediata o decorto plazo.
Considera que abordarlas relaciones y lasdesigualdades degénero es fundamentalpara lograr losobjetivos deseados.El criterio tiende aser más estratégicoy de largo plazo encuanto a transformarlas relaciones degénero desiguales
para promover lacoparticipación en elpoder, el control de losrecursos, la toma dedecisiones y el apoyoal empoderamiento demujeres y niñas.
Actitud con respecto a la cuestión de género
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del hombre pasen a formar parte integral deldiseño, instrumentación, monitoreo y evaluación delas políticas y los programas en todas las esferaspolíticas, económicas y sociales, de modo que lamujer y el hombre se benecien por igual y no seperpetúe la desigualdad.
Esta denición, que se extrae del documentode ECOSOC antes mencionado, apunta a cincoáreas en las que los esfuerzos de integración
de la cuestión de género son de fundamentalimportancia:
1. Los procesos intergubernamentales de laONU;
2. Los requisitos institucionales para integrar lacuestión de género a todos los programas ypolíticas;
3. El rol de las unidades y los centrosespecializados (o “focales”) en la integraciónde la cuestión de género;
4. La capacitación para la integración de género.
5. La integración de género en el seguimientointegral de las conferencias mundiales deNaciones Unidas.
La integración de la cuestión de género va más allá
de la discusión de terminar con la discriminaciónde la mujer. Toma en cuenta otros conceptospertinentes como parte del proceso de alcanzarla meta de la igualdad. Por tanto, es fundamentaldenir brevemente esos conceptos, ya que puedenpermitirnos comprender mejor la naturaleza y elalcance de la integración de género.
Ejemplos de integración de género
En Burundi, se dio un importante paso adelante cuando la Bashingantahe, tradicional institución judicial deresolución de controversias, modicó su Contrato Social autorizando el ingreso efectivo de mujeres. Por primeravez en la historia, se les permitió participar en las decisiones judiciales y actuar como jueces. Así, las mujeres sesintieron más amparadas para plantear situaciones que las afectan, y más conadas al procurar y obtener ayuda.
En Colombia, se emplearon criterios de integración de género para asegurar que los servicios policiales fueranreceptivos a las inquietudes y necesidades de las mujeres. Se estableció una comisaría de familia, se inició unacampaña de sensibilización sobre temas de género entre los funcionarios públicos, y se adoptaron medidastendientes a capacitar a la policía en detección de riesgos y respuesta ante situaciones de violencia de género.Ello se dio gracias al apoyo brindado por el Fondo Fiduciario de la ONU para Poner Fin a la Violencia contra lasMujeres al Centro de Apoyo Popular (CENTRAP), una agrupación nacional de mujeres que habilita espaciosseguros donde hablar sobre sus experiencias de violencia. Se hizo un mapeo de los riesgos que enfrentan lasmujeres, y se lo utilizó para persuadir al gobierno municipal de incorporar esos cambios a su plan de desarrollomunicipal.
En Hungría, la participación de la mujer en las fuerzas armadas pasó del 4,30% en 2006 al 17,56% en 2006, nopor medio de la jación de “cuotas”, sino usando estrategias tendientes a incrementar el reclutamiento, retencióny despliegue de mujeres – entre ellas, una nueva ley de servicio miliar que rearma la igualdad de derechos ygarantiza la no discriminación, una comisión permanente para detectar áreas problemáticas y denir planes deacción para solucionarlas, una red de centros de la mujer, y mejores condiciones de descanso e higiene en lasbases militares.
Para obtener más información sobre la integración de la cuestión de género, ver: http://www.unifem.org/gender_ issues/...women/unifem_takes_action.html y http://www.un.org/womenwatch/osagi/gendermainstreaming.htm.Para ver 21 casos de estudio sobre la implementación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de ONUen Europa, ir a http://www.eplo.org/.../EPLO_GPS_WG_Case_Studies_UNSCR_1325_in_Europe y http://www.peacewomen.org/portal_resources_resource.php?id=1278. Todos fueron visitados el 28/11/2012.
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La integración de la cuestión de género “debe serinstitucionalizada por medio de medidas concretas,mecanismos y procesos en todas y cada una delas partes del sistema de Naciones Unidas”.6 Elloquiere decir que llevar a la práctica la integraciónde género requiere un cambio al más alto nivel queabarque todo el sistema.
El grado de integración de la perspectiva degénero en cualquier proyecto dado puede versecomo un proceso continuo, como se muestra en latabla siguiente. La tabla resulta útil como criteriopara la programación e implementación práctica.
Equilibrio de género
El equilibrio de género se reere al mismo nivelde representación de mujeres y hombres a todoslos niveles de una organización. Los esfuerzostendientes a aumentar el número de mujeres encargos ejecutivos constituyen mecanismos deequilibrio de género. El objetivo de ONU es lograrun 50%-50% en todos los cargos profesionales.Si bien no hay duda de que lograr el equilibrio degénero es parte importante de la integración degénero, es solo un componente de un proceso másamplio.
Datos discr iminados por sexo
Una integración de género ecaz requiere contarcon datos discriminados por sexo, porque esaevidencia empírica es fundamental para determinarel impacto diferenciado de las políticas en hombresy mujeres. Los datos discriminados por sexoson estadísticas que generalmente se llevan ypresentan por separado para hombres y mujeres.Son muy valiosos porque permiten entenderen profundidad cómo determinados roles degénero requieren que se satisfagan necesidadesespecícas para su ecaz cumplimiento.
6 Secretaría de la Mancomunidad Británica deNaciones (Commonwealth), Plan de acción parala igualdad de género 2005-2015 (Secretaríadel Commonwealth: Londres, 2005), p. 18. Seencuentra en: http://www.thecommonwealth.org/shared_asp_les/GFSR.asp?NodeID=142576,visitado el 01/04/2011.
Análisi s de género
El análisis de género es un estudio exhaustivo quese realiza para comprender las relaciones entrehombres y mujeres, su acceso a los recursos,sus actividades, y las limitaciones que enfrentanaquellos en relación con estas y viceversa.
Reconoce que el género y su intersección conla raza, etnia, cultura, clase, edad, discapacidado cualquier otra situación son importantes paracomprender los distintos patrones de participación,comportamiento y actividad de mujeres y hombresen las estructuras sociales, políticas y jurídicas.
A nivel local, el análisis de género permiteobservar los diversos roles de mujeres, hombres,niñas y niños en la comunidad y en las estructurassociales, económicas, jurídicas y políticas. Unanálisis de las relaciones de género nos puedepermitir saber quién tiene el acceso, quién tieneel control, quién es probable que se beneciede una nueva iniciativa y quién es probable quesalga perjudicado. El análisis de género preguntapor qué determinada situación se ha desarrolladode tal o cual manera. Explora hipótesis sobretemas tales como la distribución de los recursosy el impacto de la cultura y la tradición. Puedeaportar información sobre el posible beneciodirecto o indirecto para mujeres y hombresde una iniciativa de desarrollo, sobre algunos
puntos de abordaje apropiados para la adopciónde medidas tendientes a promover la igualdaden un determinado contexto, y sobre cómo unainiciativa de desarrollo especíca puede desaaro perpetuar la división del trabajo en función delgénero existente. Para instrumentar un análisisde género ecaz, se requieren profesionalescalicados que cuenten con recursos adecuados,y también expertos locales. Se deben emplear losresultados del análisis de género para ajustar eldiseño de políticas, programas y proyectos.
Evaluación de impacto de género
La evaluación del impacto de género se reere alimpacto diferencial –ya sea deliberado o no– quetienen las diversas decisiones en materia depolítica en las mujeres, los hombres, las niñas ylos niños. Da a los responsables del diseño de laspolíticas una idea más precisa de los efectos de
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una política determinada, y les permite comparar lasituación actual y las tendencias del momento conlo que se pretende lograr con la política propuesta.La evaluación del impacto de género es aplicable ala legislación, a los planes y programas en materiade políticas, al presupuesto, a la elaboración deinformes y a las políticas existentes. Sin embargo,
resulta de máxima utilidad cuando se realizaen una etapa temprana del proceso de toma dedecisiones, de modo de recticar y ajustar laorientación de las políticas.
Empoderamiento
El empoderamiento tiene que ver con que hombresy mujeres asuman el control de sus vidas: queestablezcan sus propias agendas, se capaciten(o logren que se reconozcan las capacidadesy conocimientos que ya poseen), adquieranconanza en sí mismos, resuelvan problemas ydesarrollen su autonomía. A veces se lo describecomo la capacidad de elegir, pero debe implicarademás la capacidad de determinar cuáles seránlas opciones con que se cuente o considere comotales. El proceso de empoderamiento es tanimportante como el n en sí mismo. No deberáencararse como un juego del todo o nada en el quelo que gana la mujer automáticamente lo pierde elhombre. En las estrategias de empoderamiento,el poder creciente de la mujer no es poder sobre
los demás ni formas controladoras de poder, sinomás bien formas alternativas de poder – poderpara, poder con y poder desde dentro – todas lascuales se centran en hacer uso de las fortalezasindividuales y colectivas para luchar por objetivoscomunes, sin coerción ni dominación.7
7 IDRC 1998; ver http://archive.idrc.ca/library/document/
annual/ar9899. Para obtener datos adicionales, ver Z. Oxaal y
S. Baden, Gender and Empowerment: Denitions, Approaches
and Implications for Policy” (Género y empoderamiento:
deniciones, enfoques e implicancias en la política). BRIDGE
(development – gender [desarrollo – género]) (Brighton:Institute for Development Studies [Instituto de Estudios
de Desarrollo], 1997, disponible en http://www.bridge. ids.
ac.uk/go/home&id=23334&type=Document; y S. Longwe,
Gender Equality and Women’s Empowerment (Igualdad de
género y empoderamiento de la mujer), estudio presentado
en un seminario de trabajo sobre métodos para medir el
empoderamiento de la mujer en el contexto sudafricano. 17 a
18 de octubre de 2001, Windhoek, Namibia.
Malentendidos sobre el signifcado de género
Es importante desentrañar algunas concepcioneserróneas sobre el género y el lugar que ocupaen las discusiones sobre la paz y la seguridadinternacionales:
• En primer lugar, aunque en muchas lenguas haypoca o ninguna distinción entre los términos,género y sexo no son lo mismo, y la diferenciaes de capital importancia.
• En segundo lugar, abordar el género no eslo mismo que abordar los temas de la mujer,porque el género involucra además la relaciónentre hombres y mujeres y entre niños y niñas,así como el impacto de las ideas acerca de lamasculinidad y la femineidad en el seno de unasociedad determinada.
• En tercer lugar, las inquietudes de género no sonalgo meramente accesorio, sino imprescindiblepara trabajar de manera ecaz por la paz yla seguridad. Ello se debe a que apunta a laesencia de problemas que tienen que ver con lasrelaciones de poder y el bienestar de la sociedaden su conjunto.
1.5 Cómo funciona el régimen deigualdad de género dentro de NacionesUnidas
Al intentar comprender las múltiples institucionesy los complejos marcos jurídicos destinados apromover la igualdad de género dentro del sistemade ONU, un buen punto de partida es pensar entérminos de un “régimen internacional de igualdadde género”. El término régimen se reere a los“principios, normas, reglas y procedimientosde toma de decisión acordados, en torno alos cuales convergen las expectativas de losactores en un área determinada”. Tales reglas yprocedimientos pueden ser explícitos, tales como
la codicación del derecho internacional en laforma de tratados, o bien pueden ser implícitoso menos vinculantes desde el punto de vistaformal. Estén o no formalmente establecidos enun tratado o integrados de manera más informala los organismos y conferencias internacionales,esos principios conforman un régimen, porqueconuyen de tal manera de inuir en la acción
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del estado. El régimen de igualdad de género, aligual que otros regímenes, incluye toda una redde organizaciones –desde mundiales a locales,incluidas organizaciones gubernamentales y nogubernamentales. Muchos actores, organizacionesy normas legislativas conforman el régimen deigualdad de género aun más allá de la ONU. En
la sección siguiente, se destacan algunas de lasinstituciones, los principios y las reglas clave quecontribuyen al establecimiento de estándaresnormativos mundiales de igualdad de género en elcontexto del sistema de ONU.
El aporte de Naciones Unidas al régimeninternacional de igualdad de género comienza porla Carta de la ONU. Este documento fundacionalcompromete a la organización a asegurar ysalvaguardar iguales derechos para hombresy mujeres. Especícamente, el Preámbulode la Carta rearma “la fe en los derechosfundamentales, en la dignidad y el valor de lapersona humana, en la igualdad de derechosde hombres y mujeres y de naciones grandes ypequeñas, y… exhorta a promover el progresosocial y la mejora del nivel de vida dentro delmarco de la libertad”. Además, hace especialénfasis en la no discriminación de mujeres y niñas,y en la promoción de la igualdad, el equilibrio yla equidad de género en los capítulos I, III, IX yXII. Sin embargo, otros principios consagrados en
la Carta, entre ellos la igualdad soberana de losestados, el mantenimiento de la paz y la seguridad,y la no intervención en los asuntos internos de losestados, a menudo se oponen abiertamente a talesobjetivos de género y, en denitiva, pueden llegar atener más peso.
La igualdad de género como cuestión dederechos humanos fue rearmada dentro de laONU en lo que informalmente se conoce comola Declaración Internacional de los DerechosHumanos: la Declaración Universal de Derechos
Humanos (1948), la Convención Internacionalde Derechos Económicos, Sociales y Culturales(1966) y la Convención Internacional deDerechos Civiles y Políticos (1966). Si bien estosdocumentos fundacionales fueron importantes enel establecimiento de un marco normativo jurídicocomo componentes fundamentales del derechointernacional, su instrumentación a menudo resulta
insuciente. Desde una perspectiva de género,el enfoque de esta declaración y de dos tratadossubsiguientes es bastante estrecho, ya que amenudo excluye ciertos temas de la agenda de losderechos humanos, tales como los de la esferaprivada. En este sentido, sus mandatos a menudoson objeto de críticas por no considerar con la
debida seriedad los derechos humanos de mujeresy niñas.
De hecho, el compromiso de Naciones Unidascon la igualdad de género también se reejó enla creación, en 1946, de la Comisión sobre laCondición Jurídica y Social de la Mujer (CSMo CSW por su sigla en inglés). Se trata de unacomisión funcional del ECOSOC dedicadaexclusivamente a promover la igualdad de géneroy la defensa de los derechos de la mujer. En laactualidad, la CSM tiene 45 integrantes electospor el ECOSOC por un período de cuatro años.Estos se reúnen cada año para evaluar y debatirlos avances en materia de igualdad de género yempoderamiento de las mujeres.
No cabe duda de que la CSM creó el escenario ycontribuyó de manera decisiva a la redacción delprimer documento jurídico vinculante destinadoespecícamente a los derechos de las mujeresy las niñas como parte del régimen de igualdadde género. En 1979, la Asamblea General de la
ONU aprobó la Convención sobre la Eliminaciónde Todas las Formas de Discriminación contra laMujer (CEDAW por su sigla en inglés) , el primerinstrumento internacional de derechos humanosque explícitamente denía todas las formas dediscriminación contra la mujer como violacionesde los derechos humanos fundamentales. Buenaparte del texto de esta convención fue redactadapor la CSM.
A marzo de 2011, 187 de las 194 países (más del90% de los estados miembros de ONU) habían
raticado la CEDAW, entre ellos Estados Unidos,Irán, Somalia, Sudán, Sudán del Sur y dospequeñas naciones isleñas del Pacíco, Palaos yTonga.
Este tratado internacional, llamado a menudodeclaración internacional de los derechos de lamujer, dene la discriminación contra la mujer
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como “toda distinción, exclusión o restricciónque se haga en función del sexo cuyo efecto opropósito sea afectar o anular el reconocimiento,goce o ejercicio por parte de la mujer, independi-entemente de su estado civil, de derechoshumanos y libertades fundamentales en elcampo político, económico, social, cultural, civil
o en cualquier otra área”. Al aceptar la CEDAW,los estados se comprometen a adoptar unaserie de medidas para terminar con toda formade discriminación contra la mujer, entre ellas:“Incorporar el principio de igualdad de hombresy mujeres en su sistema jurídico, abolir todas lasleyes discriminatorias y adoptar leyes apropiadasque prohíban la discriminación contra la mujer;establecer tribunales y otras instituciones públicaspara asegurar la protección efectiva de la mujercontra la discriminación; y asegurar la eliminaciónde todo acto de discriminación contra la mujer porparte de personas, organizaciones o empresas.”8
Con frecuencia, tras los tratados sobre derechoshumanos se redactan “Protocolos Opcionales”en los que pueden establecerse procedimientosrelativos al tratado o referirse a un tema especícorelacionado con este. Los Protocolos Opcionalesde los tratados de derechos humanos constituyentratados en sí mismos, y los países signatariosdel tratado principal pueden suscribirlos, accedera ellos o raticarlos. El Protocolo Opcional de la
Convención sobre la Eliminación de Todas lasFormas de Discriminación contra la Mujer, queentró en vigencia en 2000, optimizó el régimen deigualdad de género al establecer procedimientosy mecanismos que responsabilizan a los estadosdel cumplimiento de la Convención. Al raticarel Protocolo Opcional, un estado reconoce lacompetencia del Comité de Eliminación de laDiscriminación contra la Mujer – organismoque vigila el cumplimiento de la Convención porparte de los estados signatarios – para recibiry considerar las reclamaciones de personas o
grupos de su jurisdicción. Más especícamente,en el Protocolo se prevén dos procedimientos:
1. Un procedimiento de comunicaciones permitea las mujeres o a grupos de mujeres presentarante el Comité demandas por violacionesde los derechos humanos amparados por la
8 Para obtener más información, ver http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/.
Convención. Para que las comunicacionesindividuales sean admitidas por el Comité, sedeben cumplir una serie de criterios, como porejemplo agotar todos los recursos locales.
2. Otro procedimiento permite al Comitéiniciar investigaciones sobre situaciones
de violaciones graves y sistemáticas de losderechos de la mujer.
En cualquier caso, los estados deben sersignatarios de la Convención y del Protocolo,9 locual signica que están legalmente obligados poreste.
La maquinaria de derechos humanos de NacionesUnidas tiene un elemento central, el mecanismo deProcedimientos Especiales, que abarca todos losderechos humanos: civiles, culturales, económicos,
políticos y sociales. Los expertos independientes
en derechos humanos que están trabajandodentro del ámbito de dicho mecanismo se llamanRelatores Especiales. (En idioma inglés se usael término en francés Rapporteur, que signicainvestigador que informa a un órgano deliberativo.)Su misión es informar y asesorar sobre derechoshumanos desde una perspectiva temática oreferida a un país especíco. Al 1º de abril de2013, había 36 mandatos temáticos y 13 relativosa países.
9 Ver http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/protocol/.
La Conferencia Mundial de la Década de la Mujer de
Naciones Unidas (1976-1985), realizada en Copenhague,
fue el segundo encuentro internacional dedicado
exclusivamente a los temas de la mujer. (Foto de ONU Nº
66207, Per Jacobsen, julio de 1980.)
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Con el apoyo de la Ocina del Alto Comisionado delas Naciones Unidas para los Derechos Humanos(ACNUDH), los relatores especiales realizanvisitas a países; actúan en casos individuales einquietudes de naturaleza estructural más amplia,enviando comunicaciones a los Estados y a otrosa quienes se atribuyan violaciones o abusos;
llevan adelante estudios temáticos y conciertanconsultas con expertos; contribuyen al desarrollode normas internacionales en materia de derechoshumanos; realizan actividades de defensa; creanconciencia pública; y brindan asesoramientopara la cooperación técnica. Los responsablesde llevar a cabo los Procedimientos Especiales,tales como los relatores, informan anualmenteal Consejo de Derechos Humanos; la mayoríade quienes ostentan mandatos responden a la
Asamblea General. Sus tareas se denen en lasresoluciones, creando o ampliando sus mandatos.
En 1994, por medio de la Resolución 1994/45,la ex Comisión de Derechos Humanos y actualConsejo de Derechos Humanos de la ONUdesignó a una “Relatora Especial sobre Violenciacontra la Mujer, sus causas y consecuencias”por un período inicial de tres años (que fue luegoextendido). El mandato de esta relatora especialconsiste en tratar de obtener y recibir informaciónde los estados signatarios, los órganos deltratado, otros relatores especiales y la sociedad
civil, y de responder a esta información conrecomendaciones para eliminar todas las formasde violencia contra la mujer de manera integral.Realiza visitas de investigación a países, elaborainformes sobre lo que observa sobre temas deviolencia contra la mujer en esos escenarios, ypresenta además, anualmente, informes temáticosante el Consejo de Derechos Humanos de laONU.10
En 2004, otro relator especial fue designado paratratar temas de tráco de personas, en especial
mujeres y niños.11
10 Comisión de Derechos Humanos de ONU,Resolución 1994/4511 Relator especial sobre Tráco de personas, enespecial mujeres y niños, R/CN.4/DEC/2004/110,21/04/2004.
Conferencias mundiales sobre la mujer
La discusión internacional sobre las normasde igualdad de género fue llevada a un planosuperior en cuatro conferencias internacionalessobre la mujer, llevadas a cabo entre 1975 y1995 en México, Copenhague, Nairobi y Beijing.
Esos encuentros brindaron una plataforma parala negociación intergubernamental, y dierona las organizaciones de mujeres un espaciointernacional donde formular sus reclamos yestablecer redes. La primera se organizó enCiudad de México en 1975, haciéndola coincidircon el Año Internacional de la Mujer, establecidopara recordarle a la comunidad internacional quela discriminación contra mujeres y niñas seguíasiendo un problema endémico en buena parte delmundo. La Asamblea General de la ONU exhortóa que esa primera conferencia internacionalcentrara la atención en la necesidad de jarobjetivos, estrategias efectivas y planes de acciónpara la dignicación de mujeres y niñas. A tal n,la Asamblea General identicó tres objetivos claveque pasarían a ser la base del trabajo de NacionesUnidas sobre igualdad de género:
1. Plena igualdad de género y eliminación de ladiscriminación de género;
2. Integración y plena participación de la mujer enel desarrollo; y
3. Creciente contribución de la mujer alfortalecimiento de la paz mundial.
Panelistas e invitados celebran el 30º aniversario de la CEDAW.(Foto de
ONU Nº 42206, Eskinder Debebe, diciembre de 2009.)
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La conferencia y la Década de la Mujer deNaciones Unidas (1976-1985) proclamada porla Asamblea General cinco meses más tarde ainstancias de aquella dieron inicio a una nueva eraen los esfuerzos internacionales por promover ladignicación de la mujer, al instaurar un diálogomundial sobre la igualdad de género. Se puso en
marcha un proceso de aprendizaje que consistiríaen deliberar, negociar, jar objetivos, identicarobstáculos y evaluar los avances.
Ese proceso continuó con la II ConferenciaMundial sobre la Mujer realizada en Copenhagueen 1980, en la que se avanzó tomando como puntode partida los objetivos jados cinco años antes.
Con respecto al trabajo de la ONU sobre lapaz y la seguridad, el informe de esa segundaconferencia establecía lo siguiente: “En virtud delas obligaciones previstas en la Carta de preservarla paz y la seguridad, y de lograr la cooperacióninternacional para promover y fomentar elrespeto de los derechos humanos y las libertadesfundamentales, y teniendo presente, en estesentido, el derecho a vivir en paz, los Estadosdeberán ayudar a la mujer a participar en lapromoción de la cooperación internacional, a nde preparar a las sociedades para vivir en paz”(párrafo 33). De esa manera, la ONU comenzó a
jerarquizar los derechos de la mujer y la igualdad
de género como componentes importantes deltrabajo por la paz y la seguridad.
La III Conferencia Mundial, realizada en 1985,adoptó las Estrategias de Nairobi orientadashacia el futuro para el avance de la mujer, conlos objetivos de igualdad, desarrollo y paz comopuntos de partida para la acción hasta 2000. Esedocumento claramente vinculaba la promocióny el mantenimiento de la paz con la erradicaciónde la violencia contra la mujer a todos los nivelesde la sociedad. El párrafo 13 establece que la
promoción plena y efectiva de los derechos de lamujer puede darse mejor en condiciones de paz yseguridad internacionales. La paz abarca no solola ausencia de guerra, violencia y hostilidadesa nivel nacional e internacional, sino también elgoce de justicia económica y social, la igualdady la gama completa de derechos humanos ylibertades fundamentales dentro de la sociedad.
La paz no puede existir en condiciones dedesigualdad económica y sexual, privación dederechos humanos y libertades fundamentales,explotación deliberada de grandes sectores dela población, desigual desarrollo de los países yrelaciones económicas abusivas. El documentoexhorta a los Estados Miembros a tomar medidas
de carácter constitucional y jurídico para eliminartoda forma de discriminación contra la mujer, y aadaptar las estrategias nacionales para facilitarla participación de la mujer en los esfuerzos porpromover la paz y el desarrollo. Al mismo tiempo,contiene recomendaciones especícas para elempoderamiento de las mujeres en relación con lasalud, la educación y el empleo.
La IV Conferencia Mundial sobre la Mujer,realizada en Beijing en 1995, redactó laDeclaración de Beijing y la Plataforma de Acción.La Declaración comprometía a los gobiernos aque implementaran las estrategias acordadas en1985 en Nairobi antes del nal del siglo XX, y aque movilizaran recursos para la implementaciónde la Plataforma de Acción. La Plataforma esel documento más completo producido por unaconferencia de ONU sobre los derechos de lamujer, ya que incorpora los logros de conferenciasanteriores y tratados tales como la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos, la CEDAWy la Declaración y el Programa de Acción de
Viena, redactados en una conferencia mundialde derechos humanos de 1993. En cuanto a laMujer, la Paz y la Seguridad (MPS), la Plataformade Acción de Beijing fue fundamental, porque enella se identicó a la mujer y el conicto armadocomo una de las áreas de mayor preocupación.Dentro de esta área, se denieron seis objetivosestratégicos:
1. Incrementar la participación de la mujer en laresolución de controversias a nivel de toma dedecisiones, y proteger a las mujeres que vivenen situaciones de enfrentamiento bélico y otrasclases de conictos o bajo ocupación extranjera;
2. Limitar los gastos militares excesivos y controlarla disponibilidad de armamento;
3. Promover formas no violentas de resoluciónde controversias y reducir la incidencia de losabusos de los derechos humanos en situacionesde conicto;
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4. Promover la contribución de la mujer al fomentode la cultura de la paz;
5. Brindar protección, asistencia y capacitacióna las refugiadas, las desplazadas de sushogares dentro de su propio país y otrasmujeres desplazadas que necesitan protección
internacional; y6. Brindar asistencia a las mujeres de las colonias
y los territorios no autónomos.
El desarrollo institucional en materia de
igualdad de género y el empoderamiento de la
mujer
A n de promover e impulsar el avance hacia laigualdad de género y el empoderamiento de lamujer, se creó un nuevo organismo, la Entidad deNaciones Unidas para la igualdad de Género y elEmpoderamiento de la Mujer (ONU Mujeres), elcual entró en funciones en 2011. Este organismoestá dedicado a integrar el trabajo sobre igualdadde género. Se ha reunido bajo la égida deONU Mujeres a cuatro agencias de ONU queanteriormente operaban por separado: la Divisiónpara el Adelanto de la Mujer (DAW por su sigla eninglés), el Instituto Internacional de Investigacionesy Capacitación para la Promoción de la Mujer(INSTRAW), la Ocina del Asesor Especial sobreCuestiones de Género (OSAGI) y el Fondo de
Desarrollo de Naciones Unidas para la Mujer(UNIFEM). La primera subsecretaria general ydirectora ejecutiva de ONU Mujeres fue la expresidente de Chile, Dra. Michelle Bachelet.
Como parte de sus objetivos, ONU Mujeres sepropone hacer lo siguiente:
• Apoyar a los organismos intergubernamentales,tales como la Comisión sobre la Situación de laMujer, en la formulación de políticas, estándaresmundiales y normas;
• Ayudar a los Estados Miembros a instrumentardichos estándares, dispuesta a brindar apoyotécnico y nanciero apropiado a aquellos paísesque lo soliciten, y forjar alianzas efectivas con lasociedad civil; y
• Hacer que el sistema de ONU asuma suspropios compromisos en materia de igualdad
de género, vigilando regularmente el avance eneste sentido en todo el sistema.
Régimen de género en relación con la paz y la
seguridad
Más allá de estos esfuerzos centrados
especícamente en los temas de género, se hanoperado cambios en otras áreas del sistema deONU han cambiado, creando espacios para quelos asuntos de género se planteen en nuevosescenarios, en particular el de la paz y la seguridadinternacionales. Por ejemplo, en las postrimeríasde la década del 1990, en medio de los horroresde la violencia en Rwanda y la exYugoslavia,el Consejo de Seguridad organizó una serie dereuniones para tratar el tema de la responsabilidadde proteger a las poblaciones civiles en tiemposde guerra. Fue en ese contexto que se adoptó laResolución del Consejo de Seguridad 1325 (2000)sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad, tema centralde este curso. Como se verá en la lección 3, laRCS 1325 (2000) fue unánimemente aprobadael 31 de octubre de 2000.12 Fue la primeraresolución de la historia adoptada por el Consejode Seguridad, en la que se trataba de maneraespecíca el impacto de la guerra en las mujeresy las niñas, así como la contribución de la mujer ala resolución de controversias y el mantenimientode la paz y la seguridad. Aunque la integración de
género es política ocial de ONU desde 1997, esaresolución enfatizó especícamente la importanciade la integración de género en el área de losconictos armados y la seguridad.
Desde la aprobación de la RCS 1325 (2000),el Consejo de Seguridad ha adoptado variasresoluciones más relativas a la Mujer, la Paz yla Seguridad (MPS). El 19 de junio de 2008, elConsejo organizó un debate abierto sobre “Lamujer, la paz y la seguridad: la violencia sexualen situaciones de conicto armado”, y aprobó
unánimemente la RCS 1820 (2008), en la que sereconocía que la violencia sexual como tácticade guerra es un asunto que afecta la paz y laseguridad internacionales.13 Dicha resolución
12 Para leer el texto completo de la RCS 1325(2000), ver el Apéndice C.13 Para leer el texto completo de la RCS 1820(2008), ver el Apéndice D.
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establece que la violencia sexual generalizada ysistemática puede agravar los conictos armados,poner en riesgo el restablecimiento de la pazy la seguridad, y afectar la paz duradera, lareconciliación y el desarrollo. La violencia sexualno solo tiene graves consecuencias físicas,
psicológicas y de salud para las víctimas, sinotambién consecuencias sociales directas para lascomunidades y las sociedades en su conjunto. LaRCS 1820 (2008) rearma y complementa la RCS1325 (2000), al exhortar a todos los actores a queincorporen una perspectiva de género a todoslos esfuerzos de Naciones Unidas por la paz y laseguridad.
Al año siguiente se adoptaron dos resolucionesmás. En septiembre de 2009, se aprobó la RCS1888 (2009)14, la cual iba más allá de la RCS1820 (2008). En efecto, no solo señalaba lagrave amenaza de la violencia sexual durante losconictos armados, sino que además exhortabaa destacar sin demora a asesores y expertos engénero para vigilar esas situaciones y trabajarcon el personal de ONU, y a designar a unRepresentante Especial del Secretario General(SRSG) sobre Violencia Sexual y Conictos.
En octubre de 2009, el Consejo de Seguridadadoptó la RCS 1889 (2009).15 Dicha resolución
rearma los objetivos establecidos en la RCS 1325(2000), del mismo modo que la RCS 1888 (2009)lo hacía con los de la RCS 1820 (2008). La RCS1889 (2009) exhorta a una mayor participación dela mujer en todas las áreas de la construcción dela paz, mencionando especícamente la necesidadde contar con personas que monitoreen elproceso para asegurar que efectivamente se dé talparticipación y elaborar indicadores para garantizarla efectiva implementación y vigilancia delcumplimiento de la RCS 1325 (2000). Tanto la RCS1888 (2009) como la RCS 1889 (2009) enfatizan la
necesidad de hacer cumplir las resoluciones quelas preceden.
A pesar de los esfuerzos en ese sentido, elConsejo de Seguridad sigue teniendo “una honda
14 Para leer el texto completo de la RCS 1888(2009), ver el Apéndice E15 Para leer el texto completo de la RCS 1889(2009), ver el Apéndice F
preocupación por el lento avance en el tema dela violencia sexual en los conictos armados,en especial contra mujeres y niños.”16 El 16 dediciembre de 2010, el Consejo de Seguridadadoptó la RCS 1960 (2010). Si bien rearma lasresoluciones antes mencionadas, la RCS 1960
(2010) apunta sobre todo a reforzar la RCS 1888(2009) en cuanto a trabajar para proteger a mujeresy niños de la violencia sexual, destacando aexpertos en género y recordando a los estadosque sometan a juicio a quienes cometan actos deviolencia sexual.
A raíz de la RCS 1820, se designó a unRepresentante Especial del Secretario Generalsobre Violencia Sexual en los Conictos (SRSGSVC por sus siglas en inglés). La misión del SRSG,que actúa como defensor principal de NacionesUnidas en materia de violencia sexual en losconictos, es ocuparse de las áreas prioritariasde terminar con la impunidad de la violenciasexual en los conictos, empoderar a las mujerespara que reclamen justicia, incidir en las esferaspolíticas para que tomen las riendas del problema,fomentar el reconocimiento del delito de violacióny armonizar la respuesta de ONU. La RCS 1888(2009) solicitaba además al Secretario General quedestacara sin demora a equipos de expertos paraque actuaran en situaciones inquietantes, y que
esta área problemática se incluyera en los informesde las misiones de mantenimiento de la paz deONU al Consejo de Seguridad. Dicha resoluciónestablecía especícamente la designación deasesores en protección de la mujer y atención atodos los aspectos de la violencia sexual en laparticipación política.
El 24 de junio de 2013, el Consejo de seguridadde Naciones Unidas adoptó unánimementeuna sexta resolución dentro de su agenda de lamujer, la paz y la seguridad. La resolución 2106
se centra en la violencia sexual en los conictosarmados, reiterando el compromiso de prevenir yresponder a este problema como asunto relativo ala paz y seguridad internacionales.17 La resoluciónestablece una serie de disposiciones en estesentido, entre ellas las siguientes:
16 RCS 1960 (2010). Ver Apéndice G.17 Para leer el texto completo de la RCS 2106(2013), ver el Apéndice H.
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• Centrar la atención en los esfuerzos por terminarcon la impunidad de la violencia sexual queafecta no solo a gran número de mujeres y niñas,sino también a hombres y niños, destacandoasimismo la necesidad de investigar y enjuiciarde manera sistemática y rigurosa a quienes
cometan delitos de violencia sexual, comoprincipal punto de preocupación en los esfuerzosde prevención;
• Destacar además a Asesores en Protecciónde la Mujer (WPA por su sigla en inglés), deconformidad con la RCS 1888, e intensicar elrelevamiento de datos sobre violencia sexual;
• Resaltar la necesidad de asegurar laparticipación de la mujer en todos los aspectosde la mediación, recuperación posconicto yconstrucción de la paz; y
• Destacar la necesidad de considerar el tema dela violencia sexual en los conictos al establecermandatos, misiones y demás tareas pertinentesdel Consejo de Seguridad.
El 18 de octubre de 2013, el Consejo de Seguridadaprobó por unanimidad la Resolución 2122, lacual establece medidas más contundentes parahabilitar la participación de la mujer en la resoluciónde conictos y recuperación posconicto. Procuraademás fortalecer los métodos de trabajo del
Consejo con respecto a esta agenda, e integrarlos temas de la mujer, la paz y la seguridad a otrasáreas temáticas tales como el terrorismo, la noproliferación de armas nucleares, la prevención deconictos en África y el estado de derecho.
Estas resoluciones se analizarán más a fondo enla lección 3, y en el anexo 3 se podrá encontraruna matriz completa con más detalles sobre sucontenido y aplicación.
Resumen y puntos clave de aprendizaje
• Los orígenes de la Organización de NacionesUnidas, fundados en el compromiso de preservarla paz y la seguridad internacionales, dieronlugar al surgimiento y desarrollo de operaciones
internacionales de mantenimiento de la pazque originalmente ayudaron a supervisar losacuerdos y el posicionamiento entre adversarios.
• El sistema de ONU ha procurado adaptar suscapacidades en lo relativo a la paz y la seguridaden respuesta a los cambios que se han idooperando en la naturaleza de los conictos delas últimas décadas, los cuales determinaron quecentrara más sus esfuerzos en la protección delos civiles en el mantenimiento, instauración yconstrucción de la paz.
• Para una transformación social (pertinente tantopara la dinámica del conicto como para laconstrucción de la paz) es esencial comprender ytrabajar con la diferencia entre género y sexo; elproceso de integración de género; y el signicadode los términos igualdad de género, equilibriode género, discriminación de datos por sexo,análisis de género, análisis de impacto de géneroy empoderamiento de género.
• Los componentes clave del régimen internacionalde igualdad de género son la Carta de la
ONU, los tratados de derechos humanos –enparticular, la CEDAW– los documentos nalesde las cuatro conferencias mundiales sobrela mujer, y determinadas declaraciones de laAsamblea General y resoluciones del Consejode Seguridad. La RCS 1325 (2000) constituye elesfuerzo más ambicioso realizado hasta la fechapor vincular los temas de igualdad de génerocon la paz y la seguridad. Fue perfeccionada ycomplementada por medio de las resolucionesanálogas 1820, 1888, 1889, 1960 y 2106.
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Anexo A: RCS de la ONU sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad
1325(2000)
Liderazgo de la mujer en la instauración de la paz y la prevención de controversias
DESCRIPCIÓN
Primera resolución del Consejo de Seguridad en vincular las experiencias de la mujer en los conictoscon el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Arma el liderazgo y el rol de la mujer en laresolución de conictos, las conversaciones de paz y la recuperación; exige que se potencie la capacidadde respuesta de género en las misiones de mantenimiento de la paz y la capacitación en género paratodos quienes actúan en la preservación de la paz y la seguridad.
Presentada por Namibia, 2000.
ACTORES
El Secretario General de la ONU (SG) debe:• Aumentar el número de mujeres en la toma de decisiones de ONU sobre la paz y la seguridad.• Asegurar que las mujeres participen en las conversaciones de paz.• Proveer información sobre las mujeres y los conictos en los informes de los países al Consejo de
Seguridad.Los estados deben:
• Dar capacitación sobre género y conicto.• Tratar el tema de género en los programas de Desarme, Desmovilización y Reinserción.
Las partes del conicto armado deben:• Proteger a las mujeres de la violencia sexual y de género (VSG).• Respetar el carácter civil de los campamentos de refugiados y personas internamente desplazadas
(PID o IDP por su sigla en inglés).
• Impedir la impunidad y evitar la amnistía para los crímenes de guerra contra las mujeres.El Consejo de Seguridad debe:• Tomar en cuenta el impacto de sus acciones en las mujeres y las niñas.• Reunirse con grupos de mujeres en sus misiones.
PUNTO CENTRAL/LIDERAZGO DENTRO DE LA ONU
ONU Mujeres ostenta el liderazgo al asegurar la coordinación y coherencia en la elaboración de losprogramas sobre mujeres y niñas en relación con la paz y la seguridad (Declaración Presidencial S/PRST/2010/22).
MECANISMO DE VIGILANCIA E INFORMACIÓN
Marco Estratégico de ONU sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad 2011-2020. Revisiones informales:Debate Abierto en octubre de cada año, y reuniones informales del Consejo sobre el tema.
Charlas informativas periódicas al Consejo por parte de la Subsecretaría General, ONU Mujeres.
MECANISMO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD(consecuencias de violar la resolución)
Ninguno. No hay referencia a sanciones a quienes la violan.
Tentativa con respecto a la amnistía – se exhorta a las partes a evitar otorgar amnistía a los crímenes deguerra contra las mujeres “siempre que resulte viable” [OP 11].
RECURSOS
www.unwomen.org/1325plus10
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1889(2009)
Liderazgo de la mujer en la instauración de la paz y la prevención de controversias
DESCRIPCIÓN
Trata sobre la exclusión de la mujer desde las etapas tempranas de la recuperación y la construcciónde la paz, y la falta de planicación y nanciamiento adecuados para satisfacer sus necesidades.Reclama una estrategia para aumentar el número de mujeres que actúen en la toma de decisionesrelativas a la resolución de controversias, y pide herramientas para mejorar la implementación:indicadores y propuestas para crear un mecanismo de monitoreo.
Presentada por Vietnam, 2009.
ACTORES
El Secretario General de la ONU (SG) debe:
• Crear una estrategia para incrementar la participación femenina en la toma de decisionesrelativas a la instauración y el mantenimiento de la paz.
• Habilitar a las entidades de ONU para que reúnan datos sobre la situación de las mujeres tras losconictos.
• Destacar a asesores de género y/o asesores en protección de la mujer en las misiones demantenimiento de la paz.
• Crear un conjunto global de indicadores de implementación de la RCS 1325.• Proponer un mecanismo del Consejo para realizar el monitoreo.
Los estados deben:• Fomentar la participación femenina en la toma de decisiones políticas y económicas desde las
primeras etapas de la construcción de la paz.• Levar registro de los gastos destinados a las mujeres en la etapa posconicto y de planicación
de la recuperación; invertir en la seguridad física y económica, la salud, la educación, la justicia yla participación de las mujeres en la política.
El Consejo de Seguridad debe:• Establecer disposiciones adicionales por las que se habilite a las mujeres a renovar sus mandatos
en misiones de ONU.La comisión de construcción de la paz debe:
• Ocuparse de la activa participación de la mujer en la construcción de la paz.
PUNTO CENTRAL/LIDERAZGO DENTRO DE LA ONU
El informe de 2010 del Secretario General (SG) sobre la Participación de la Mujer en la Construcciónde la Paz (S/2010/466) plantea un plan de 7 puntos para la construcción de la paz con sensibilidadde género. La Ocina de Apoyo a la Construcción de la Paz y ONU Mujeres actúan como
co-coordinadoras.MECANISMO DE VIGILANCIA E INFORMACIÓN
Los indicadores globales sobre la RCS 1325 constituyen el punto de partida para el monitoreo. Losindicadores se presentan en el informe del Secretario General (SG) al Consejo (S/2010/498).
MECANISMO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD(consecuencias de violar la resolución)
Ninguno, pero llama a presentar recomendaciones en 2010 sobre cómo recibirá, analizará yresponderá el Consejo a la información sobre la RCS 1325 [OP 18].
RECURSOS
www.unwomen.org/1325plus10
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1820
(2008)Prevención y respuesta a la violencia sexual asociada a los conictos
DESCRIPCIÓNPrimera resolución del Consejo de Seguridad en reconocer la violencia sexual asociada a los conictos como táctica de guerra
y tema inherente a la paz y la seguridad internacionales que requiere respuesta en el mantenimiento de la paz, la justicia, los
servicios y la negociación de la paz. Presentada por EUA, 2008.
ACTORES
El Secretario General de la ONU (SG) debe:• Asegurar que se trate el tema de la violencia sexual en la resolución de conic tos, así como en los esfuerzos de recuperación posconicto.
•Plantear el tema de la violencia sexual en el diálogo con las partes de los conictos armados.
• Asegurar que la mujer esté representada en las instituciones de construcción de la paz.
• Asegurar que se trate el tema de la violencia sexual en los procesos de Desmovilización, Desarme y Reinserción, la justicia y la reforma del
sector de la seguridad.Las partes del conicto armado deben:
•Detener la violencia sexual, hacer cumplir su responsabilidad a los mandos militares y proteger a los civiles de la violencia sexual,
expulsando de las fuerzas armadas a quienes se sospeche que han cometido esos delitos, y evacuando a los civiles en riesgo.
•Prohibir categóricamente la amnistía para los crímenes de guerra que involucren violencia sexual.
Los estados deben:•Crear conciencia y tomar medidas para prevenir la violencia sexual, destacando a personal de paz femenino.
•Dar a las tropas capacitación en prevención de violencia sexual.
• Aplicar una política de tolerancia cero a los actos de explotación y abuso sexual cometidos por personal de paz de ONU.
•Instrumentar medidas tendientes a mejorar la protección y la asistencia, en particular en relación con los sistemas de justicia y salud.
El Consejo de Seguridad debe:•Tratar las causas de raíz de la violencia sexual, para poner en evidencia los mitos sobre la imposibilidad de evitar y prevenir la violencia
sexual en la guerra.
La comisión de construcción de la paz debe:•Prestar asesoramiento sobre cómo abordar el problema de la violencia sexual.
PUNTO CENTRAL/LIDERAZGO DENTRO DE LA ONULa unidad de mejores prácticas del Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz redactó la resolución 1820 + 1 informe en 2009.
Acción contra la Violencia Sexual durante Conic tos (red de 13 entidades de ONU) apoya la coordinación.
MECANISMO DE VIGILANCIA E INFORMACIÓNInforme anual (pero no parámetros claros de monitoreo e información).
Tratamiento mensual por parte del grupo de expertos del Consejo de Seguridad en Protección de Civiles [informado por la
Ocina de Coordinación de Asuntos Humanitarios].
MECANISMO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD(consecuencias de violar la resolución)
La violencia sexual en los regímenes de sanciones especícos de cada país [OP 5].
El Secretario General (SG) desarrollará una estrategia para abordar el tema de la violencia sexual en su diálogo con las partes
de los conictos armados [OP 3].
Exclusión categórica de los delitos de violencia sexual de las disposiciones de amnistía [OP 4].
RECURSOS
www.stoprapenow.org
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1888
(2009)Prevención y respuesta a la violencia sexual asociada a los conictos
DESCRIPCIÓN
Refuerza las herramientas para implementar la resolución 1820 asignando liderazgo de alto nivel, creandocapacidad de respuesta judicial especializada, fortaleciendo la prestación de servicios y creando mecanismos dedenuncia e información. Presentada por EUA, 2009.
ACTORES
El Secretario General de la ONU (SG) debe:• Designar a un Representante Especial del Secretario General sobre respuesta de ONU a la Violencia
Sexual en los Conictos (SRSG-SVC por sus siglas en inglés).• Designar a asesores en protección de la mujer para que actúen en las misiones de mantenimiento de la paz
de ONU en contextos con altos niveles de violencia sexual.
• Establecer un equipo de respuesta rápida de expertos judiciales.• Asegurar que en las conversaciones de paz se trate el tema de la violencia sexual.• Designar a más mujeres como mediadoras.• Proponer mecanismos mediante los cuales el Consejo de Seguridad pueda mejorar el monitoreo y la
información sobre violencia sexual asociada a conictos.• Mejorar la información sobre tendencias y patrones de violencia sexual.• Suministrar al Consejo de Seguridad datos sobre las partes de un conicto armado sospechosas de incurrir
en patrones de violación. Acción contra la Violencia Sexual durante Conictos (red formada por 13 entidades de ONU) debe:
• Mejorar la coherencia de la respuesta de ONU.Los estados deben:
• Mejorar los marcos jurídicos y sistemas judiciales nacionales para prevenir la impunidad.• Mejorar los servicios de apoyo a las sobrevivientes de actos de violencia sexual.
• Asegurar que los líderes/referentes tradicionales impidan la estigmatización de las víctimas.• Apoyar las estrategias integrales nacionales/de ONU para detener la violencia sexual.
El Consejo de Seguridad debe:• Plantear la cuestión de la violencia sexual en los criterios de designación para las comisiones de sanciones.
PUNTO CENTRAL/LIDERAZGO DENTRO DE LA ONU
El Representante Especial del Secretario General (SRSG) impulsará la coherencia y la coordinación dela respuesta de ONU a la violencia sexual asociada a los conictos.
Vinculado a Acción contra la Violencia Sexual durante Conictos de ONU, a efectos de la coordinación.
MECANISMO DE VIGILANCIA E INFORMACIÓN
Invita a formular una propuesta sobre un mecanismo de monitoreo e información.
Informe anual para suministrar datos sobre los patrones de violencia sexual y quienes incurren en esta.MECANISMO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD(consecuencias de violar la resolución)
Las comisiones de sanciones deben agregar criterios para tratar los actos de violación y otras formasde violencia sexual [OP 10].
Los líderes y referentes nacionales y locales, incluidas las autoridades tradicionales/religiosas, habránde combatir la marginalización y estigmatización de las sobrevivientes de actos de violencia sexual [OP15].
RECURSOS
www.stoprapenow.org
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1960(2010)
Prevención y respuesta a la violencia sexual asociada a conictos
DESCRIPCIÓN
Provee un sistema de asignación de responsabilidad para abordar la violencia sexual asociada a los conictos,detallando a quienes incurren en esta y estableciendo mecanismos de vigilancia, análisis, denuncia e información.Presentada por EUA, 2010.
ACTORES
El Secretario General de la ONU (SG) debe:• En un Anexo de los informes anuales, indicar aquellas partes (de un conicto) que existen motivos para
sospechar que incurren en violencia sexual o son responsables de patrones de violencia sexual en lassituaciones incluidas en la agenda del Consejo.
• Establecer mecanismos de monitoreo, análisis, denuncia e información sobre violencia sexual asociada a
conictos.• Presentar informes anuales –entre ellos, un plan estratégico y coordinado para la recolección oportuna y
ética de datos.El Representante Especial del Secretario General sobre Violencia Sexual en los Conictos (SRSB-SVC) debe:
• Suministrar información al Consejo.• Dar información a las Comisiones de Sanciones y a los grupos de expertos.
Los estados deben:• Dialogar con las partes del conicto armado, para garantizar/vigilar que se cumplan los compromisos de
protección.• Capacitar adecuadamente al personal militar y policial desplegado en operaciones de paz sobre violencia
sexual y de género, explotación y abuso sexual.• Destacar a más personal militar y policial femenino para que actúe en las operaciones de paz.
Las parte del conicto armado deben:
• Instrumentar compromisos especícos y con plazos determinados para combatir la violencia sexual, loscuales deberán incluir, entre otros, la emisión de órdenes claras de prohibir la violencia sexual en toda lacadena de mando, Códigos de Conducta militar, manuales de campo militares o documentos equivalentes,y la investigación oportuna de presuntos abusos, para que quienes los cometan asuman su responsabilidad.
El Consejo de Seguridad debe:• Considerar de manera sistemática la cuestión de la violencia sexual en las autorizaciones y renovaciones
de mandatos.• Considerar la aplicación de sanciones contra las partes.
PUNTO CENTRAL/LIDERAZGO DENTRO DE LA ONU
La Ocina del Representante Especial del Secretario General (SRSG) sobre Violencia Sexual en los Conictos,con el apoyo de Acción contra la Violencia Sexual durante Conictos.
MECANISMO DE VIGILANCIA E INFORMACIÓN
Solicita al SRSG que prevea mecanismos de monitoreo, análisis e información (MARA por su sigla en inglés)sobre violencia sexual asociada a conictos, incluida la violación en situaciones de conicto armado, posconictoy demás situaciones que son objeto de preocupación [OP 8].
MECANISMO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD(consecuencias de violar la resolución)
Exhorta a asumir compromisos con plazo limitado para poner n a la violencia sexual por parte de las partes enconicto, y a incluir la violencia sexual entre los criterios que tomen en cuenta las comisiones de sanciones [OP 3,5, 7]. Informe detallando a los responsables de tales delitos a ser analizado por el Consejo [OP 18].
RECURSOS
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Cuestionario de fnal de lección
1. ¿Cuál de las siguientes es una función del
Consejo de Segur idad de la ONU?A. Determinar si existe una amenaza a la paz o un
acto de agresión y recomendar qué medidasse deberán tomar;
B. Alentar a los Estados Miembros a que apliquentodas las medidas necesarias para prevenir odetener la agresión, incluido el empleo de lafuerza;
C. Considerar y aprobar el presupuestode Naciones Unidas, y establecer lasevaluaciones nancieras de los Estados
Miembros;D. Establecer Gobiernos aprobados por la ONU
en estados inestables.
2. El concepto de mantenimiento de la paz
ha cambiado en el tr anscur so de los años
porque:
A. Los estados miembros han creado nuevasarmas y ejércitos permanentes;
B. Una serie de intervenciones ad hoc requirieronque el Consejo de Seguridad ordenaramedidas adicionales para la efectividad de lamisión;
C. La naturaleza de la guerra ha cambiadoradicalmente: de ejércitos nacionalesinvolucrados en batallas entre estados, hapasado a ser devastadores conictos violentosdentro de los estados, que pueden llegar aextenderse, además, allende fronteras;
D. El Secretario General de la ONU, BoutrosBoutros-Ghali, escribió Una Agenda para laPaz.
3. ¿En qué se diferencia el mantenimiento de la
paz tr adicional de la constr ucción de la paz
compleja?
A. El mantenimiento de la paz tradicional permiteel uso de fuerzas armadas, mientras quela construcción de la paz compleja emplea
exclusivamente la diplomacia y la asistencia
humanitaria;B. El mantenimiento de la paz tradicional
involucra la opinión pública y la protecciónde los derechos humanos, mientras que laconstrucción de la paz compleja se manejaexclusivamente con los jefes de naciones yfacciones;
C. El mantenimiento de la paz tradicional requierela separación de las fuerzas de combate,mientras que la construcción de la pazcompleja emplea fuerzas de aire, mar y tierra
para mantener la paz;D. El mantenimiento de la paz tradicional hace
hincapié en la observación y la vigilancia,mientras que la construcción de la pazcompleja involucra la protección de losderechos humanos y la instauración deinstituciones.
4. ¿Por qué fue que cambió la naturaleza de las
misiones y estas se expandieron, pasando a
abarcar la asistencia electoral, la protección
de los derechos humanos y el desarme, ladesmovilización y la reinserción, entr e otras
funciones?
A. Aumentó el número total de detallesrelacionados con los conictos;
B. El comienzo de la Guerra Fría determinó unnuevo escenario de diplomacia y cooperacióninternacional, facilitando esta expansión;
C. Durante la década del 1990, estallaronconictos complejos y violentos que requeríannuevas respuestas y modalidades de acción;
D. Los métodos tradicionales de mantenimientode la paz fueron invalidados por una nuevainterpretación del Capítulo IV de la Carta de laONU.
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5. ¿Cuál de los siguientes atr ibutos puede
usarse para describir el sexo?
A. Es una construcción social que reeja, no lasconductas innatas, sino las aprendidas;
B. Es determinado biológicamente;
C. Puede cambiar en el transcurso del tiempo, asícomo dentro de y entre culturas;
D. Incluye roles y relaciones entre hombres ymujeres que se aprenden y son transmitidaspor la familia, la sociedad y la cultura.
6. La igualdad de género:
A. Se reere a los derechos, responsabilidades yoportunidades iguales de mujeres y hombres,tomando en consideración los intereses,necesidades y prioridades de ambos;
B. Es una cuestión que afecta exclusivamente a lamujer;
C. Es lo mismo que equidad de género;
D. Requiere especial énfasis en la nodiscriminación tanto de los hombres como delas mujeres, salvo en aquellas naciones cuyacultura históricamente se caracteriza por rolesde género prescritos y claramente delineados.
7. ¿Cuál es la nalidad de la integración de
género?
A. Reemplazar las políticas, los programas yla legislación especícamente orientados ydestinados a la mujer;
B. Rearmar las normas, los roles y losestereotipos de género para lograr losresultados deseados en materia de paz,
seguridad y orden;C. Promover las inquietudes y experiencias de la
mujer en las esferas políticas, económicas ysociales, de manera que la mujer se beneciemás que el hombre;
D. Más que de una nalidad, es un procesoque contempla la percepción, experiencia,conocimiento e intereses de mujeres y
hombres en materia de diseño de políticas,planicación y toma de decisiones.
8. ¿Cuá l de los siguientes documentos es
considerado el pr imer tr atado internacional
especícamente centrado en proteger y
promover los derechos humanos de la
mujer?
A. La Declaración Universal de DerechosHumanos;
B. La Convención Internacional sobre DerechosEconómicos, Sociales y Culturales;
C. La Convención Internacional sobre laEliminación de Todas las Formas deDiscriminación contra las Mujeres;
D. La Resolución 1325 (2000) del Consejo deSeguridad.
9. La violación y la violencia sexual sistemát ica
durante los conictos armados:
A. Son delitos que no están contemplados en elderecho internacional;
B. Constituyen crímenes de guerra y crímenes delesa humanidad;
C. No están relacionadas con la tarea del Consejode Seguridad en el campo de la paz y laseguridad internacionales;
D. Solamente afectan a las mujeres durante laguerra.
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CÓDIGO DE RESPUESTAS1A, 2C, 3D, 4C, 5B, 6A, 7D, 8C, 9B, 10D
10. Desde que adoptó la RCS 1325 (2000),el Consejo de Seguridad ha aprobadovar ias resoluciones más relacionadas conla Mujer, la Paz y la Seguridad (MPS).Las RCS 1820, 1888, 1889, 1960 y 2106de la ONU:
A. Introducen cada una un tema totalmente
nuevo al debate;
B. Están a la espera de ser formalmente
raticadas;
C. Son documentos de carácter exploratorio;
D. Son resoluciones complementarias de la
RCS 1325 de ONU, las cuales se basanen las disposiciones de esta y tienen
por nalidad proteger los derechos de la
mujer durante y después de los conictos,
y atender sus necesidades durante y
después de la construcción de la paz.
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LECCIÓN 2DIMENSIONES DEL CONFLICTOARMADO Y DE LA RECONSTRUCCIÓNPOSCONFLICTO DESDE UNAPERSPECTIVA DE GÉNERO
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LECCIÓN
2
2.1 Introducción
2.2 La naturaleza delconicto armado
contemporáneo
2.3 El impacto del
conicto armado
desde unaperspectiva de
género
2.4 Roles de la mujer
en los conictos
armados
2.5 Integrando unaperspectiva de
género en laresolución deconictos y la
reconstrucciónposconicto
OBJETIVOS DE LA LECCIÓN
Esta lección presenta una visión general de la naturaleza y el alcance
del conicto armado contemporáneo, y de cómo afecta hoy a mujeres,hombres, niñas y niños de maneras tan diversas como signicativas.Las consecuencias de los conictos armados desde una perspectiva degénero incluyen violencia de género, transformaciones socioeconómicas,migración forzada y desplazamiento, así como también desafíos para lossistemas sanitarios y educativos. En esta lección se presentan ademáslas diversas formas de participación femenina en los conictos armados,tanto en el frente de batalla como en la instauración de la paz en el ámbitode la comunidad, ya que estos roles son a menudo invisibles a los másaltos niveles de toma de decisiones. Se analizan la participación de lamujer en los procesos de paz formales e informales, la integración de lacuestión de género a las misiones de mantenimiento de la paz de ONU,y qué signica tomar en serio la cuestión de género en los esfuerzos dereconstrucción posconicto. Al nal de la lección 2, el alumno deberá sercapaz de cumplir los siguientes objetivos:
• Comprender de qué maneras el conicto armado contemporáneo tieneimpactos diferenciales en la sociedad;
• Reconocer las muchas formas en que se maniesta la violencia sexualy de género (VSG) en el conicto armado de nuestros días;
• Apreciar las diversas formas de participación femenina en los conictosarmados y el trabajo por la paz;
• Aplicar una perspectiva de género a múltiples dimensiones del procesode paz;
• Identicar algunas actividades de ONU tendientes a integrar laperspectiva de género a las operaciones de mantenimiento de la paz; y
• Comprender la importancia de abordar las desigualdades de género enlos procesos de reconstrucción posconicto, entre ellos, el desarme,desmovilización y reinserción (DDR), y la reforma del sector de laseguridad (RSS).
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2.1 Introducción
Es de capital importancia comprender cómo losroles y expectativas de género arraigados enla sociedad son hoy determinantes en cómo sevive el conicto armado. Esas ideas construidas
por el entramado social inuyen directamenteen cómo una sociedad procesa la salida de unconicto y logra alcanzar la paz y la estabilidad. Elconicto armado y los esfuerzos de reconstrucciónposconicto afectan explícita e implícitamentea mujeres y hombres de maneras distintas perorelacionadas. El género es determinante enlos desafíos que enfrentan mujeres, hombres,niñas y niños durante y después de un conictocomo víctimas y participantes. Comprendiendola importancia de la dimensión de género en laconfrontación armada, seremos más capaces de
diseñar e instrumentar estrategias apropiadas yecaces de reconstrucción posconicto.
2.2 La naturaleza del confictoarmado contemporáneo
En las palabras de apertura del Prólogo de laCarta de la Organización de Naciones Unidas, losPaíses Miembros se comprometen a “salvar a lasgeneraciones venideras del azote de la guerra”.Desde que se rmó la Carta en 1945, ha cambiado
signicativamente la naturaleza de los conictos.Por un lado, han disminuido las guerras entreestados, y por otro, han aumentado de maneraexponencial los conictos dentro de estos. Segúnel Human Security Report (Informe de SeguridadHumana), de carácter independiente, los conictosintraestado constituyen más del 95% del total.1 En el informe dene además conicto como unaconfrontación que ocasiona por lo menos 25muertes por año relacionadas con la lucha armada(tanto de combatientes como de civiles), y guerracomo una confrontación que ocasiona al menos
1.000 muertes por año relacionadas con la luchaarmada.
1 Human Security Centre (Centro de SeguridadHumana), Human Security Report 2005: War and
Peace in the 21st Century (Informe de seguridadhumana 2005: la guerra y la paz en el siglo XXI),Oxford, Oxford University Press, 2005, pág. 23.
Los conictos de hoy en día tienden a canalizarsea través de movimientos populares o en nombrede causas que apelan al apoyo de civiles. Puedenser largos, prolongarse en el tiempo e involucrara milicias irregulares y otros grupos opositoresque se enfrentan entre sí o con los ejércitosconvencionales de los estados-naciones. Estos
conictos a menudo se traducen en prolongadasconfrontaciones entre principios e ideologíasopuestas. Las tácticas van desde la subversión aluso de fuerzas armadas, empleando instrumentospolíticos, económicos, informativos y militares.Los conictos de poca intensidad suelen estarlocalizados en el mundo en desarrollo, pero tienenimplicancias regionales y mundiales en cuantoa la seguridad. La mayor parte de las guerrasse dan actualmente en el Hemisferio Sur, dondese encuentran el mayor número de estados, laspoblaciones más numerosas, los más bajos nivelesde ingresos y el menor número de gobiernosestables.2 Al comienzo del siglo XXI, estabamuriendo más gente en las guerras del Áfricasubsahariana que en todo el resto del mundo.3
La explosiva combinación de pobreza endémica,producto bruto interno (PBI) per cápita en caída,mala infraestructura, administración deciente,intervención externa y abundancia de armas a bajocosto hacen que sea difícil evitar, contener o ponern a las confrontaciones armadas en esos países.Si bien estas tendencias se observan en todo el
planeta, cada región del mundo enfrenta desafíosespecícos en el contexto de un conicto armado.
En términos generales, el cambio que se haoperado en los tipos de conicto han determinadouna disminución de las muertes relacionadas conla lucha armada en el período pos-Guerra Fría,pasando de cerca de 700.000 en 1950 a alrededorde 27.000 en 2008.4 La naturaleza de los conictos
2 Nils Petter Gleditsch, Peter Wallensteen,Mikael Eriksson, Margareta Sollenberg y Harvard
Strand, Armed Conict 1946-2001: A New Dataset(Conicto armado 1946-2001: un nuevo conjuntode datos), Journal of Peace Research, tomo 39, Nº5 (2002), págs. 615-637.3 Ob. cit. Human Security Report 2005 (Informede seguridad humana 2005), pág. 4.4 Tara Cooper, Sebastian Merz y Mila Shah, A
More Violent World? Global Trends in Organized
Violence (¿Un mundo más violento? Tendencias
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internos, que son largos y se prolongan en eltiempo, el armamento de alta tecnología y el mayormovimiento de personas desplazadas, entre otrosfactores, han contribuido a esta tendencia.
No obstante, ello no necesariamente quieredecir que haya menos víctimas de la guerra. Las
consecuencias de la guerra son complejas, y elimpacto de un conicto armado debe analizarsecon un criterio de largo plazo que contemple losmatices. Con el creciente número de guerrasciviles, muchas de las cuales no tienen objetivospolíticos claros ni actores denidos, a menudo sedesdibuja la línea divisoria entre combatientes yno combatientes, y entre víctimas y criminales. Eneste sentido, los conictos vienen caracterizándosepor un número cada vez mayor de ataques a civilesy graves abusos, a menudo sistemáticas, de losderechos humanos.
En el World Development Report 2011:
Conict, Security and Development (Informe de
Desarrollo Mundial 2011: Conicto, Seguridad
y Desarrollo), se analiza en profundidad cómo
la violencia perturba y afecta a la sociedad,
y se señala que aumentan signicativamente
los abusos de los derechos humanos durante
las guerras civiles. Se señala asimismo que, al
cabo de un conicto, a la sociedad promedio le
lleva más de 10 años recuperar el respeto a los
derechos humanos que existía antes de este.5
Más allá de esta vinculación con los abusosen materia de derechos humanos, el conictoarmado contemporáneo está asociado tambiéna una tendencia marcadamente ascendenteen el número de refugiados y de personasinternamente desplazadas (PID o IDP por su siglaen inglés). Como se establece en un informe del
Alto Comisionado de Naciones Unidas para losRefugiados (ACNUR o UNHCR por sus siglasen inglés), “Los movimientos de refugiados ya no
mundiales en materia de violencia organizada),
Fundación Berghof, Berlín, 2011, pág. 31.5 Ver The World Development Report 2011:Conict, Security ad Development , Capítulo 1, pág.64 en http://web.worldbank.org/. Ver también S.Carey, M. Gibney y S. Poe, The Politics of HumanRights (La política de los derechos humanos),2010, Cambridge University Press..
son los efectos secundarios del conicto, sino, enmuchos casos, de fundamental importancia encuanto a los objetivos y las tácticas de guerra.”6
Los refugiados y PID/IDP son particularmentevulnerables a la malnutrición, la enfermedad,la violencia sexual, otras formas de abuso y lamuerte. A pesar de los esfuerzos del ACNUR/UNHCR por encontrar soluciones duraderas,el número de refugiados y PID/IDP bajo suresponsabilidad se elevó en 1 millón en eltranscurso de 2009, superando la cifra récord de26 millones de personas que recibían asistenciadel ACNUR/UNHCR a nes de ese año. Duranteese período, el número de refugiados bajo la
responsabilidad del ACNUR/UNHCR era de 10,4millones (de un total de 15,2 millones en todo elplaneta). El número de personas que debieronabandonar sus hogares a raíz de conictosaumentó de 26 a 27,1 millones a nivel mundial, delas cuales 15,6 millones recibieron protección oasistencia directa o indirecta del ACNUR/UNHCR.7
6 United Nations High Commissioner forRefugees: Fifty Years of Humanitarian Action(Alto Comisionado de ONU para los Refugiados:50 años de acción humanitaria), Oxford, Oxford
University Press, 2000.7 United Nations High Commissioner forRefugees, 2009 Global Trends: Refugees,
Asylum-Seekers, Returnees, Internally Displacedand Stateless Persons (Alto Comisionado deONU para los Refugiados, Tendencias Mundiales2009: Refugiados, solicitantes de asilo, personasque regresan, desplazados dentro de su paísy apátridas (junio 2010). Disponible en http://
Niñas de Labado (Darfur Oriental), 60.000 de cuyos
habitantes habían abandonado el pueblo, huyendo de
la violencia y los ataques. (Foto de ONU Nº 77096, Evan
Schneider, mayo de 2005)
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En resumen, el impacto de las confrontacionesarmadas es complejo, de gran alcance y a menudoindiscriminado. Sufren combatientes y civiles detodas las edades. Mujeres, hombres, niñas y niños,todos son víctimas. Sin embargo, suele ser muydistinta la forma en que mujeres, hombres, niñasy niños viven un conicto armado. Por otra parte,
rara vez las mujeres cuentan con los mismosrecursos, derechos políticos, facultades o controlde su entorno y sus necesidades que los hombres.Por otra parte, así como los hombres y los niñosparticipan en los conictos contemporáneos,también lo hacen las mujeres y las niñas.“Sistemáticamente se omite considerar la situaciónde la mujer en los conictos armados.”8 Por ende,es preciso explicar y analizar más su situación ysus necesidades, como se detalla a continuación.
2.3 El impacto del conficto armadodesde una perspectiva de género
Violencia sexual y de género (VSG o SGBV por
su sigla en inglés)
La VSG es la violencia que se ejerce contrapersonas o grupos por su género o sexo.Comprende, entre otras, la violencia sexual, lacual incluye violación, esclavitud sexual, embarazoforzado, mutilación sexual, acoso y trato humillante(por ejemplo, ser obligados a desvestirse enpúblico).9 La VSG comprende los actos que
www.unhcr.org/4c110be9.html, visitado el19/03/2011. Ver asimismo el Centro de Vigilanciade Desplazamientos Internos del ConsejoNoruego para los Refugiados, http://www.unhcr.org/4c11f0be9.html.8 Elisabeth Rehn y Ellen Johnson Sirleaf,Women, War and Peace: The IndependentExperts’ Assessment on the Impact of ArmedConict on Women and Women’s Role in PeaceBuilding (La mujer, la guerra y la paz: evaluación
de expertos independientes sobre el impacto delconicto armado en la mujer y del rol de la mujeren la construcción de la paz), Nueva York, Fondode Desarrollo de Naciones Unidas para la Mujer,2002, página 1.9 Human Rights Watch, “We’ll Kill You If You Cry:
Sexual Violence in the Sierra Leone Conict (Temataremos si lloras: violencia sexual en el conictode Sierra Leona), Nueva York: Human Rights
ocasionan daño o sufrimiento físico, psicológico,social o sexual, amenazas a realizar tales actos,coerción y otras formas de privación de libertad. Eneste sentido, la VSG puede apuntar a personas delsexo masculino o femenino, sobre la base de surol de género en la sociedad. Aunque el términoVSG provee un nuevo contexto para comprender la
violencia contra la mujer, no por reejar la desigualrelación de poder entre hombres y mujeres en
Watch, 2003. División de Promoción de la Mujer,Departamento de Asuntos Económicos y Sociales,“Sexual violence and armed conict: Answersof the nations” (La violencia sexual y el conictoarmado: respuesta de las naciones), Informe 2000(Beijing +5), disponible en http://www.un.org/womenwatch/daw/public/w2apr98.htm#part2
Breve defnición de “violencia sexual relacionadacon conictos”
Violencia sexual relacionada con conictos se reerea instancias o patrones de violencia sexual, a saber,violación, esclavitud sexual, prostitución forzada,esterilización forzada o cualquier otra forma de violenciasexual de gravedad comparable contra mujeres, hombres,niñas o niños. Tales instancias o patrones se dan enescenarios de conicto o posconicto, o bien en otrassituaciones preocupantes (por ej., confrontacionespolíticas). Están además directa o indirectamenterelacionadas con el propio conicto o confrontaciónpolítica por un vínculo temporal, geográco o causal.
Además del carácter internacional de los presuntosdelitos (los cuales, según las circunstancias, puedenllegar a congurar crímenes de guerra, crímenes de lesahumanidad, actos de tortura o genocidio), el vínculo conel conicto puede surgir del perl y las motivaciones de
los victimarios, del perl de las víctimas, del clima deimpunidad/debilitamiento de la capacidad del Estado, dela dimensión transnacional y/o del hecho de ser violatoriosde los términos de un acuerdo de cese del fuego.
Ver “Analytical and Conceptual Framing of Conict-RelatedSexual Violence” (Marco analítico y conceptual de laviolencia sexual relacionada con conictos), Acciónde ONU contra la Violencia Sexual durante Conictos,http://peacemaker.uy.org/sites/peacemaker.un.org/les/AnalyticalConceptualFramingConictrelatedSexu -
alViolence_UNAction2011.pdf
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la sociedad signica que toda la violencia contramujeres y niñas sea VSG o que todas las víctimasde VSG sean del sexo femenino. La violaciónde hombres en la guerra es un acto que humillagravemente a la víctima, y muchos ni siquierapueden hablar sobre su experiencia. En esto incideel condicionamiento de género, ya que en algunas
sociedades se atribuye vergüenza a la violaciónde mujeres y niñas; y “ser hombre” (aun comovíctima) quiere decir no hablar de sentimientos nirevelar experiencias íntimas. Tanto para la mujercomo para el hombre, los efectos de la VSG enla dignidad, el impacto de la humillación y el dolorfísico perduran por mucho tiempo.
Aunque, con diferentes niveles de riesgo, laamenaza de la VSG puede ser importante endiversas sociedades, es particularmente grave entiempos de confrontación armada. Las violacionesde los derechos de mujeres y niñas son unproblema de creciente incidencia y constituyen uncomponente central de los conictos armados denuestros días.
Todos estos actos violentos responden a roles yrelaciones de género profundamente arraigados:el sexo y género de la víctima, el sexo y género delvictimario, y las relaciones de género que imperanen la sociedad y la cultura.10 Estos actos violentos
tienen por nalidad atacar no solo a las personas,
sino también a la sociedad en su conjunto, porquetales formas de humillación y dominio revisten uncarácter tanto político como simbólico. El cuerpode la mujer pasa a ser un campo de batalla porel cual luchan las fuerzas rivales. Se trata de untema de seguridad de importancia crítica que lacomunidad internacional ha procurado abordar;por ejemplo, en el Estatuto de Roma del TribunalPenal Internacional, se reconoce y juzga comocrimen de guerra y crimen de lesa humanidad laviolencia sexual y de género, que comprende laviolación, la esclavitud sexual (incluida la trata de
personas), la prostitución forzada, el embarazo
10 Naciones Unidas, Integration of the HumanRights of Women and the Gender Perspective:Violence against Women (Integración de losderechos humanos de la mujer y la perspectiva degénero: violencia contra la mujer), Informe de laRelatora Especial sobre Violencia contra la Mujer,Radhika Coomaraswamy (E/CN.4/2001/73).
forzado, la esterilización forzada, otras formas degrave violencia sexual y la persecución basada enel género. La RCS 1820 (2008) reconoce ademásque “la violación u otras formas de violencia sexualpueden congurar crímenes de guerra, crímenesde lesa humanidad o actos constitutivos del delitode genocidio”.
Una vez terminada la guerra, o bien cuando seha negociado un cese del fuego, pueden seguirsiendo elevados los índices de VSG según elnivel de vulnerabilidad. Las relaciones de géneropueden verse sensiblemente afectadas en elhogar; los hombres que regresan pueden sentirseheridos en su dignidad por el conicto armado,agobiados por la culpa, y enfurecidos o humilladospor no haber cumplido con la responsabilidad deproteger a sus mujeres.11 Pueden surgir tensionessi, al regresar, los hombres se encuentran conque sus mujeres están desempeñando roles queantes les estaban reservados, despertando enellos la sensación de haber sido desplazados. Enalgunos casos, esa violencia se reeja en patronesque ya existían antes del conicto. Más aún, laviolencia cotidiana también puede aumentar enuna sociedad posconicto –así como en entornosmilitarizados– en los cuales suele no imperar unrégimen de derecho. Si las fuerzas armadas deocupación recurren a las mujeres (posiblementedesesperadas por sobrevivir y proveer a sus
familias) para obtener servicios sexuales a cambiode comida u otros recursos, ello tiende a agravar elambiente de violencia. Esta tendencia se observaa menudo en los escenarios posconicto.
Así, con frecuencia el abuso cotidiano, laviolencia política y el conicto armado no puedendistinguirse uno de otro desde una perspectiva
de género. Por lo tanto, centrar la atención en
11 A. El Jack, “Gender perspectives on themanagement of small arms and light weapons in
the Sudan” (Perspectivas de género en el manejode armas pequeñas y ligeras en el Sudán), GenderPerspectives on Small Arms and Light Weapons:Regional and International Concerns (Perspectivasde género sobre armas pequeñas y livianas:inquietudes regionales e internacionales), Informe24, V. Farr y K. Gebre-Wold, editores (Bonn,Centro Internacional de Bonn para la Conversión,2002).
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períodos de tiempo determinados, tales comopre- y posconicto, puede conducir a error cuandose trata de comprender la VSG. Como se haseñalado en esta sección, tienden a persistir altosíndices de VSG en el período posconicto y aunmás allá de este, generando amenazas de largoplazo a la seguridad, la salud y el sustento de la
mujer, y la posibilidad de esta de participar en lareconstrucción y la construcción de la paz.
Una amenaza de largo plazo cada vez másacuciante es la trata de personas, otra forma deVSG. La trata de personas y la esclavitud sexualestán inevitablemente relacionadas con losconictos. Aunque es difícil cuanticar la magnituddel tráco humano internacional, puede que lleguea 800.000 personas por año, y que muchas másse traquen dentro de los límites de sus propiospaíses.12 La trata de personas puede implicar “elreclutamiento, transporte, traslado, retención orecepción de personas por medio de amenazas,uso de la fuerza u otros medios de coerción, rapto,fraude, engaño, abuso de poder o de situación devulnerabilidad, cobro o pago… a una persona concontrol sobre otra para su explotación”.13 Entre
los abusos que comúnmente sufren las personasobjeto de trata están la violación, la tortura, elsometimiento por deudas, el connamiento ilícitoy las amenazas a sus familias u otras personascercanas, así como también otras formas de
violencia física, sexual y psicológica. Aunque losrequerimientos de mano de obra barata, serviciossexuales y ciertas actividades delictivas sonlas causas de raíz de la trata de personas, lasconfrontaciones armadas y los regímenes queconsagran la desigualdad de género suelen ser
factores coadyuvantes en esta creciente industria,ya que tales condiciones agravan la vulnerabilidadde mujeres y niños.
12 Organización Internacional para lasMigraciones (OIM), Lucha contra la trata de
personas. Disponible en http://www.iom.int/cms/es/sites/iom/home.html, visitado el 19/03/2011.13 Ocina de Naciones Unidas sobre la Droga y elDelito, Protocolo para prevenir, reprimir y sancionarla trata de personas, en particular mujeres y niños,que complementa la Convención de ONU contra ladelincuencia organizada transnacional, Artículo 3.Disponible en http://www2.ohchr.org/spanish/law/pdf/protocoltrafc_sp.pdf.
La vulnerabilidad a la VSG que sufren hombresy niños durante y después de una confrontaciónarmada también debe abordarse en todoanálisis que se haga del conicto armado y de lareconstrucción posconicto desde una perspectivade género. La mayor parte de los daños que sufrenhombres y jóvenes durante la guerra –mutilación
sexual, conscripción forzada y masacre selectivaen función de sexo– pueden también congurarconceptualmente violencia de género.14
Con tales actos de violencia, se ataca y procuradestruir la masculinidad de hombres y niños, locual compromete su honor y su autoestima. La
investigación ha demostrado que hombres y niñosenfrentan además importantes riesgos de abusoy violencia basada en nociones culturalmentearraigadas de roles de género, entre ellos,ejecución sumaria, violencia sexual, mutilación yconscripción; estos constituyen un abuso de susderechos humanos, pero plantean además unproblema de seguridad de más amplio espectro.15
Reconocer estos riesgos y vulnerabilidades, yabordarlos seriamente por medio de procesos de
14 Ob. cit., Human Security Report 2005;
Comisión de Mujeres, “Aclaración del términogenero”. Disponible en http://www.iccwomen.org/resources/gender.htm, visitado el 02/02/2008.15 R. Charli Carpenter, “Recognizinggender-based violence against civilian men andboys in conict situations” (Reconociendo laviolencia de género contra hombres y niños civilesen las situaciones de conicto), Security Dialogue,tomo 37, Nº 1 (2006), págs. 83-103.
Refugiadas juntan agua en un pozo del Campamento de Refugiados de
Dakhla. (Foto de ONU Nº 21977, Evan Schneider, junio de 2003.)
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justicia de transición y de reconciliación resultaesencial para reconstruir una sociedad segura y
estable.
Consecuencias socioeconómicas
En las regiones azotadas por la guerra, a menudo
surge o se rearma la división del trabajo enfunción de género, a n de sobrevivir en unaeconomía de guerra. Puede ocurrir que ladesesperación o la coerción lleven a mujeres yniñas a trabajar para caudillos y milicias criminales,o bien a ingresar a sectas informales que lasexplotan laboralmente. Por ejemplo, mujeresy niñas son usadas como esclavas sexualesde comandantes y soldados de las milicias enla República Democrática del Congo, y comococineras y sirvientas en Myanmar. Mujeresy niñas son a menudo obligadas a acarrearprovisiones, clasicar piedras preciosas, lavarropa, actuar como mensajeras entre cuadrillasde trabajo o fuerzas combatientes y realizarotras actividades consideradas apropiadas para
su tamaño, género y edad.16 Esas divisiones
del trabajo tienen consecuencias duraderas, nosolo para las mujeres y niñas, sino también parala sociedad en su conjunto, en especial en lareconstrucción después de la guerra.
Los conictos armados contemporáneos
determinan además cambios demográcos enuna sociedad, cuando pierden la vida numerososhombres y niños, como se ha visto en Kosovo yRuanda. Si bien esos cambios pueden generaroportunidades para las mujeres, tales comopermitirles ser propietarias de tierras, aumentansu carga de trabajo como proveedoras yresponsables del cuidado de su familia. Por otraparte, los conictos dejan a su paso pozos deagua contaminados, tierra minada y mercadosdestruidos, haciendo que las tareas cotidianasde recoger agua, cultivar la tierra y comprar
y vender productos se tornen cada vez másriesgosas.17 En muchas culturas, las mujeres y
16 Dyan Mazurana, Angela Raven-Roberts yJane Parpart, Gender, Conict and Peacekeeping(Género, conicto y mantenimiento de la paz),Lanham, Rowman & Littleeld, 2005.17 Naciones Unidas, Informe del SecretarioGeneral al Consejo de Seguridad sobre la
niñas tienden a dedicarse con más frecuencia aestas actividades. Tales condiciones determinanque el trabajo de mujeres y niñas lleve cada vez
más tiempo y encierre cada vez más peligro. No esde sorprender que muchas sociedades devastadaspor la guerra tengan un número creciente demujeres, o aun niñas, jefes de hogar. Por ejemplo,a consecuencia de la guerra, alrededor de untercio de los hogares de Angola están a cargode mujeres. Todos estos factores asociados a lacomposición de la población contribuyen a unanotable baja en la inscripción escolar, en especialde mujeres y niñas, durante y después de unconicto.
En resumen, la estructura demográca cambiantede las comunidades afectadas por la guerragenera una carga adicional para mujeres y niñascuando los hombres de la familia mueren, quedandiscapacitados, son alistados en las las delejército, o son obligados a huir. Por lo generallas niñas, y luego los varones, deben dejar susestudios escolares, los jubilados deben volver atrabajar y las mujeres deben salir de sus hogarespara buscar empleo, intensicar la producciónagrícola y ayudar a recolectar agua, combustibley alimentos.18 Es así que el conicto armado
Protección de Civiles en los Conictos Armados, 8de septiembre de 1999 (S/1999/957).18 Informe del Secretario General de NacionesUnidas, La mujer, la paz y la seguridad (NuevaYork, Naciones Unidas, 2002). Ver además http://unwomen.org/wp-content/uploads/2012/10/05B-Women-Working-for-Recovery.pdf, visitado el01/11/2012.
PID/IDP arriban al Campamento de Zamzam en Sudán.
(Foto de ONU Nº 401314, Olivier Chassot, junio de 2009)
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contemporáneo suele tener implicancias de largoplazo en las estructuras y redes socioeconómicas,en particular de las mujeres y niñas que sobrevivena la violencia.
La huida, el desplazamiento y la salud
Según el Alto Comisionado de Naciones Unidaspara los Refugiados (ACNUR o UNHCR por sussiglas en inglés), hay en el mundo alrededor de 50millones de personas desarraigadas (refugiadosque han procurado encontrar seguridad en otropaís y personas desplazadas de sus hogaresdentro de su propia tierra), 75% a 80% de loscuales se estima que son mujeres y niños.19 En la
Convención sobre el Estatuto de los Refugiadosde 1951, se dene al refugiado como toda personaque, “por temor fundado a ser perseguido porrazones de raza, religión, nacionalidad, carácterde integrante de determinado grupo social o deopinión política, se encuentra fuera de su país denacimiento y es incapaz, o, debido a ese temor, noestá dispuesto a servirse de la protección de aquelpaís; o de quien, por no tener nacionalidad y estarfuera del país donde residía habitualmente, a raízde esas circunstancias no puede o, debido a dichotemor, no desea volver a este”. Si bien el status depersona internamente desplazada (PID o IDP porsu sigla en inglés) no está denido por el derechointernacional, las PID/IDP son sin duda una
gran inquietud de Naciones Unidas. El ACNUR/UNHCR dene a una PID/IDP como “alguien que,como el refugiado, ha sido desplazado por unacrisis o conicto, pero, a diferencia del refugiado,no ha cruzado una frontera internacional”.En otras palabras, las PID/IDP son personasdesplazadas dentro de sus propios países. Ellopuede determinar que la asistencia y la protecciónresulten mucho más difíciles.
Cada fase del desplazamiento (desalojo forzado,desplazamiento inicial, huida, protección,
asistencia, reasentamiento y reinserción) afectaa las personas de manera diferente. En todaslas fases, mujeres y niñas sufren discriminacióne importante abuso de sus derechos humanos,especialmente VSG, en gran medida debido aldebilitamiento de los mecanismos de protecciónde la comunidad y la familia, la falta de seguridad
19 Ob. cit., Mazurana.
20física y, en algunos casos, la necesidad deampararse en grupos armados para obtenerprotección. Para muchas, la violencia quelleva a abandonar el hogar y el país es solo elcomienzo. Desde esta perspectiva, muchosdefensores de los refugiados sostienen que lahuida debe considerarse dentro del contexto más
amplio de temas internacionales como la buenagestión, el desarrollo sostenible, el comercio y,fundamentalmente, la paz y la seguridad.21
Estudiar el deterioro de la salud de quieneshuyen es una forma de comprender este temaen su contexto más amplio. El conicto armadoa menudo implica el saqueo y destrucción dela infraestructura sanitaria, y quienes huyen –especialmente las mujeres y los niños – suelenno tener acceso a hospitales ni a tratamientomédico. Por otra parte, es importante recordarque la atención médica va más allá de atenderel malestar físico, ya que abarca también laeducación sanitaria, incluida la prevención delVIH/SIDA, otras enfermedades de transmisiónsexual y el embarazo temprano. La enfermedad,en particular el VIH/SIDA, se disemina más rápidodonde hay pobreza, anarquía e inestabilidad social,y estas son las condiciones que a menudo danlugar o acompañan al desplazamiento forzado. Así,la salud física, nutricional, reproductiva y mentalde mujeres y niñas se ve seriamente afectada
durante el conicto armado, y en especial durantela migración forzada.
20 Dyan Mazurana, Susan McKay, KhristopherCarlson y Janel Kasper, “Girls in ghting forces:
Their recruitment, participation, demobilization andreintegration” (Niñas en fuerzas combatientes: sureclutamiento, participación, desmovilización yreinserción), Peace and Conict (Paz y conicto),tomo 8, Nº 2 (2002), pág. 97.21 “James Milner y Gil Loescher, “New safety orold danger?” (¿Nueva seguridad o viejo peligro?),Open Democracy (Democracia abierta), 13 defebrero de 2003.
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2.4 Roles de la mujer en losconfictos armados
La mujer como combatiente
Como se demostró en la sección anterior, el abusoa mujeres, niñas, hombres y niños en funciónde sus roles de género dentro de determinadassociedades y culturas suele ser sistemático ydespiadado. Las mujeres y las niñas no son solovíctimas del conicto armado contemporáneo;a menudo asumen roles más activos comocombatientes, espías, mensajeras y asistentes.Existen pocas fuerzas armadas en el mundo de lasque esté totalmente ausente la mujer. Se la puedeencontrar tanto en fuerzas convencionales comoparamilitares.
Al igual que los hombres y los niños, las mujeres ylas niñas actúan en las confrontaciones armadaspor diversas razones, entre ellas, oponersea gobiernos injustos o depredadores, apoyarobjetivos religiosos o ideológicos, y respondera incentivos económicos. Por ejemplo, hanparticipado mujeres en luchas de liberaciónen Colombia, El Salvador, Eritrea, Guatemala,Namibia, Palestina y Timor Oriental. Mujeresy niñas son también obligadas a ejercer rolesde combate por medio del rapto, la intimidacióny el reclutamiento forzado, como ocurre en la
República Democrática del Congo y Myanmar, SriLanka, Turquía y Uganda septentrional.22 Tambiénhan actuado mujeres en instituciones opresivas yde exterminio en regímenes totalitarios, así comoen organizaciones terroristas.
El conicto armado a menudo da a la mujeroportunidad de trascender los roles y estereotipos
de género que la limitan a la casa o la esferaprivada, al tomar las armas y luchar con ungrupo que se opone a un gobierno opresivo, y suempoderamiento suele mostrarse como ejemplo
de las intenciones emancipadoras del grupo. Sin
22 Dyan Mazurana, Susan McKay, KhristopherCarlson y Janel Kasper, “Girls in ghting forces:Their recruitment, participation, demobilization andreintegration” (Niñas en fuerzas combatientes: sureclutamiento, participación, desmovilización yreinserción), Peace and Conict (Paz y conicto),tomo 8, Nº 2 (2002), pág. 97.
embargo, la realidad es que, tras el conicto, lasmujeres son en su mayoría relegadas a posicionessubordinadas en la sociedad, por razones de paz yseguridad. La presencia de mujeres en las fuerzasarmadas convencionales y no convencionalesnunca ha cambiado de raíz su posición en lasociedad.23
La mujer en la instauración de la paz
Aunque es preciso hacer más esfuerzos porintegrar a la mujer a los círculos formales de podery toma de decisiones durante el conicto armadoy los procesos de paz subsiguientes, los aportesde la mujer a la recuperación y sus actividadesno formales de construcción de la paz a nivel dela comunidad son, desde hace mucho tiempo, deenorme importancia. La investigación sobre eltrabajo de la mujer en la construcción de la paz ensituaciones de conicto y posconicto ha reveladolo siguiente:
La mujer, aunque menos visible que el hombre,
está desde hace mucho tiempo involucrada
en la búsqueda de soluciones a los problemas
intrínsecos de la construcción de la paz, entre
ellos el equilibrio ecológico, la desmovilización
y la reinserción de ex–niños soldados, la
desmilitarización y el desarme, y el desarrollo
económico, ambiental y político sostenible.
Más aún, las mujeres con administradorasde recursos, defensoras de otras mujeres en
situaciones de emergencia y crisis, líderes en
procesos políticos y referentes de la comunidad.
…Las mujeres a menudo crean grupos y
procesos informales o formales que contribuyen
a la construcción de la paz y a la forja de
sociedades democráticas.24
23 Marie Vlachová y Lea Biason, editoras, Womenin an Insecure World: Violence against WomenFacts, Figures and Analysis (La mujer en un mundo
inseguro: datos, cifras y análisis de la violenciacontra la mujer), Ginebra, Centro de Ginebra parael Control Democrático de las Fuerzas Armadas,2005, pág. 136.24 Dyan Mazurana, Susan McKay y CentroInternacional de Derechos Humanos yel Desarrollo Democrático, “Women andpeacebuilding” (La mujer y la construcción de lapaz), Essays on Human Rights and Democratic
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De Participación de Mujeres en las Negociaciones de Paz: Conexiones entre Presencia e Inuencia, ONU Mujeres,
disponible en http://www.unwomen.org/~/media/Headquarters/Media/Publications/es/WPSsourcebook-03A-
WomenPeaceNegotiations-es%20pdf
Tabla 1: Participación de mujeres en 31 procesos de paz (1992-2011)
SignatariasMediadoras principales
Mujerestestigos
Mujeres participantes enlos equipos denegociación
1 El Salvador (1992): Acuerdo de Chapultepec 12% 0% - 13%
2 Croacia (1995): Acuerdo de Erdut 0% 0% 0% 11%
3 Bosnia (1995): Acuerdos de Dayton 0% 0% 0% 0%
4 Guatemala (1996): Acuerdo de paz rme y duradero 11% 0% - 10%
5 Irlanda del Norte (1998): Acuerdo de Viernes Santo 10% 0% - 10%
6 Kosovo (1999): Acuerdo Provisional de Paz y Autonomía de Kosovo 0% 0% 0% 3%
7 Sierra Leona (1999): Acuerdo de Paz de Lomé 0% 0% 20% 0%
8 Burundi (2000) – Arusha: Acuerdo de Arusha relativo a la paz y la reconciliación
en Burundi0% 0% - 2%
9 Papua Nueva Guinea (2001): Acuerdo de Papua Nueva Guinea 7% 0% - 4%
10 Macedonia (2001): Acuerdo de Paz de Ohrid 0% 0% 0% 5%
11 Afganistán (2001) – Eldoret: Acuerdo sobre disposiciones provisionales para
Afganistán en espera del restablecimiento de las instituciones permanentes de
gobierno
9% 0% - 9%
12 Somalia (2002) – Eldoret: Declaración sobre el cese de hostilidades y sobre las
estructuras y los principios del Proceso de Reconciliación Nacional en Somalia0% 0% 0% -
13 Costa de Marfl (2003): Acuerdos de paz Linas-Marcoussis 0% 0% 0% -
14 República Democrática del Congo (RDC) (2003): Acuerdo de Paz de Sun City
(“El Acta Final”)5% 0% 0% 12%
15 Liberia (2003) – Accra: Acuerdo de Paz entre el Gobierno de Liberia y
Liberianos Unidos por la Reconciliación y la Democracia, el Movimiento para la
Democracia en Liberia y los partidos políticos
0% 0% 17% -
16 Sudán (2005) – Naivasha: Acuerdo General de Paz entre el Gobierno de la
República de Sudán y el Movimiento/Ejército Popular de Liberación de Sudán0% 0% 9% -
17 Darfur (2006) – Abuja: Acuerdo de Paz de Darfur 0% 0% 7% 8%
18 Nepal (2006): Acuerdo General de Paz entre el Gobierno de Nepal y el Partido
Comunista de Nepal (Maoísta)0% - 0% 0%
19 Filipinas (2007): Comunicado sobre la reunión tripartita entre el Gobierno de la
República de Filipinas, el Frente Moro de Liberación Nacional y la Organización
de la Conferencia Islámica (OCI)
0% 0% - -
20 RDC (2008) - Goma - Kivu del Norte: Acta de Compromiso 5% 20% 0% -
21 RDC (2008) - Goma - Kivu del Sur: Acta de Compromiso 0% 0% 20% 9%
22 Uganda (2008): Acuerdo de Paz de Yuba 0% 33% 0% 25%
23 Kenia (2008) – Nairobi: Acuerdo sobre los principios de asociación del Gobierno
de coalición0% 0% 0% -
24 República Centroafricana: Acuerdo General de Paz 0% 0% 0% -
25 Zimbabwe (2008): Acuerdo entre la Unión Nacional Africana de Zimbabwe-
Frente Patriótico (ZANU-PF) y las dos formaciones del Movimiento Pro Cambio
Democrático sobre la resolución de los problemas que enfrenta Zimbabwe
0% 0% 0% -
26 Somalia (2008): Acuerdo entre el Gobierno Federal de Transición de Somalia
(GFT) y la Alianza para la Reliberación de Somalia (Acuerdo de Djibuti)0% 0% 10% -
27 Honduras (2009): Diálogo Guaymuras Acuerdo Tegucigalpa/San José de
reconciliación nacional y fortalecimiento de la democracia en Honduras.
Acuerdo intraestatal.
33% 0% - -
28 Irak (2010): Acuerdo de Erbil 0% 0% 0% -
29 Filipinas (2011): Declaración Conjunta de Oslo 33% 0% 0% 35%
30 República Centroafricana (2011): Acuerdo de cese del fuego entre la Unión de
Fuerzas Democráticas para la Unidad (UFDU) Y LA Convención de Patriotas
por la Justicia y la Paz (CPJP)
0% 0% 0% -
31 Yemen (2011): Acuerdo sobre mecanismo a aplicar para el proceso de transición
en Yemen, de conformidad con la iniciativa del Consejo de Cooperación del
Golfo (CCG)
0% 0% - -
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Si bien el activismo de la mujer por la paz no esun fenómeno nuevo, parece estar cambiando,de modo de acompasar la nueva realidad delconicto armado contemporáneo. No se limita auna única región, clase, raza o religión. Se tratade un fenómeno mundial que crece año a año concada conicto. “Es de naturaleza cada vez más
localizada y, a la vez, un movimiento mundial concaracterísticas propias, vinculado a la ONU y alsistema de conferencias y redes internacionalesque han venido surgiendo desde principios dela década del 1990. A medida que las guerras(en particular, las guerras civiles) destruyen lostabúes y convenciones sociales que protegíana la mujer, la propia mujer está haciéndose oíry diciendo ”basta.”25 Desde Afganistán e Irak aIsrael y Palestina, Liberia y Sierra Leona, Nepaly Sri Lanka, las mujeres se están organizandoa nivel local e impulsando a sus comunidades alograr más paz, más estabilidad y una gestión másdemocrática.26
2.5 Integrando una perspectiva degénero en la resolución de confictos yla reconstrucción posconficto
La mujer, el género y el proceso de paz
El activismo de la mujer a nivel de la comunidadno suele traducirse en reconocimiento durante
el proceso de paz, en el cual las mujeres raravez son incluidas en las negociaciones formales
Development (Ensayos sobre Derechos Humanosy Desarrollo Democrático), Nº 8, Montreal, CentroInternacional de Derechos Humanos y DesarrolloDemocrático, 1999, pág. 2. Ver también “From theground up: Women’s roles in local peacebuildingin Afghanistan, Liberia, Nepal, Pakistan and SierraLeone” (2012) Action Aid, IDS and Womankind-http://www.actionaid.org/publications/ground-wom-
ens-role-local-peacebuilding-afghanistan-libe-
ria-nepal-pakistan-and-sierra.25 Sanam Naraghi Anderlini, Women Building
Peace: What They Do, Why It Matters (La mujerconstruyendo la paz: qué hace, por qué importa),Editorial Boulder, Lynne Rienner, pág. 5.26 Para leer un análisis general de este trabajo,ver: http://www.unwomen.org/wp-content/uploads/2012/10/05C-Gender-and-Post-Conict-Governance.pdf . Visitado el 26/11/2012.
como integrantes de los grupos de oposición,partidos políticos, la sociedad civil o aun gruposde intereses especiales. La ex UNIFEM (ahoraparte de ONU Mujeres) realizó un estudio de 21importantes procesos de paz llevados adelantedesde 1992 a 2008, y encontró númerosllamativamente bajos de participantes mujeres
aun después de la aprobación de la RCS 1325(2000). En ese momento, los resultados indicabanque tan solo el 2,4% de los signatarios eranmujeres. Ninguna mujer había sido designadamediadora de paz principal en conversacionesde paz auspiciadas por la ONU, pero en algunasconversaciones auspiciadas por la Unión Africanau otras instituciones, las mujeres habían integradoun equipo de mediadores – por ejemplo, GraçaMachel, ex Ministra de Educación y Cultura deMozambique y Primera Dama de Sudáfrica yMozambique, fue uno de los tres mediadores de lacrisis de Kenia en 2008.
Para el año 2011, las mujeres estabanrepresentadas en los equipos de apoyo a lamediación de 12 de las 14 negociaciones de paz(86%) codirigidas por Naciones Unidas. De esos 14procesos de paz, solo 4 de las delegaciones de laspartes que efectivamente negociaban incluía unadelegada. Se destacaron expertos en género en 5de 11 importantes negociaciones de paz (45%). Serealizaron consultas regulares con organizaciones
de mujeres de la sociedad civil en 7 de esasnegociaciones (64%).27
Como se demuestra en el cuadro siguiente, lamujer sigue estando poco representada en losprocesos de paz, y ello plantea un importantedesafío a la comunidad internacional cuando
27 Tres de las catorce negociaciones de pazde 2011, dos relacionadas con controversias pordemarcación de fronteras y una por el nombrede un país, fueron dirimidas a nivel ministerial
en el Cuartel General de Naciones Unidas, yno trataron de manera explícita la cuestión dela mujer, la paz y la seguridad. Ver el Informedel Secretario General sobre la mujer, la paz yla seguridad, 2 de octubre de 2012 S/2012/732“Indicador: representación de la mujer entre losmediadores, negociadores y expertos técnicos enlas negociaciones de paz formales”, pág. 9. http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=s/2012/732.
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se trata de rearmar y proteger sus derechos.Esos números resultan problemáticos desdeuna perspectiva tanto jurídica como de justiciasocial. Sin embargo, para muchos especialistas,no se trata simplemente de qué puede o debehacer el proceso de paz por la mujer, sino quepuede hacer la mujer por el proceso de paz que
benecie a la sociedad en su conjunto. SegúnElisabeth Rehn y Ellen Johnson Sirleaf, “Cuandoestá presente la mujer, cambia la naturaleza deldiálogo. Las inquietudes de la mujer no provienenmeramente de sus propias experiencias, sino desu fuerte arraigo en la comunidad. Representa adiferentes sectores: los necesitados de educación,de atención médica, de trabajo y de tierras. Tieneuna experiencia de la guerra distinta a la de loscombatientes y políticos hombres.”28 Así, muchoscreen que la mujer aporta distintas capacidades yun criterio distinto a la solución de los problemas,y que constituye un recurso que es precisoaprovechar en estos procesos extremadamentecomplejos y difíciles. Integrar a más mujeres alproceso de paz requiere que las participantes sesientan seguras y protegidas, reciban recursosy capacitación adecuados, y tengan acceso aquienes toman decisiones al más alto nivel.
Desde esta perspectiva, es importante echarpor tierra con el mito de que los acuerdos depaz pueden ser neutros en cuanto al género.
Los responsables de diseñar políticas suelencreer que haciendo una referencia genérica alos derechos humanos y a la justicia, han tratadoadecuadamente los derechos e inquietudesde la mujer. El hecho de no querer ver o ser“neutrales” en cuanto al género a menudo hadado lugar a discriminación contra la mujer,porque en las decisiones que se adoptan en lamesa de negociaciones rara vez se toman encuenta los padecimientos de las mujeres quetienen que soportar las consecuencias. Políticastales como la de reinserción de combatientes
resultaron problemáticas cuando ya era tardepara modicarlas. El hecho de que, en algunoscasos, los hombres volvieran a sus hogares paradescubrir que sus mujeres habían aprendido avivir sin ellos determinó un aumento de la violenciadoméstica, el alcoholismo y el abuso de drogas.29
28 Citado en Rehn, ob. cit., pág. 81.29 Donald Steinberg, conferencia “Initiative for
Hay evidencia creciente de que la dimensión degénero y las necesidades de la mujer se incluyenen la agenda de la mesa de negociaciones y en
los acuerdos que se alcanzan en pro de la paz. En2011, ello se dio tanto en el Acuerdo de Transiciónde Yemen como en el Mapa de Ruta Somalí. ElInforme de 2012 del Secretario General sobrela Mujer, la Paz y la Seguridad señala que lacombinación de un profundo análisis de género, losdenodados esfuerzos del Asesor Especial sobreYemen y la estrecha colaboración de referentesfemeninas y grupos de mujeres determinaron que
se incluyeran compromisos especícos de género.El Mapa de Ruta Somalí incluyó una cuota derepresentación de mujeres en los organismos detransición y en la implementación.
inclusive security” (Iniciativa para la seguridad
inclusiva), Foro de Política, Washington D.C. 16 deenero de 2007.
Nadine Puechguirbal, Asesora de Género de la
Misión de Estabilización de Naciones Unidas en
Haití (MINUSTAH), da una conferencia de prensa
sobre problemas de género en las operaciones de
mantenimiento de la paz.(Foto de ONU Nº 167759, Jenny Rockett, enero de 2008.)
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La renegociación de las relaciones de poder
es fundamental para los acuerdos de paz. Losacuerdos que se logren al redactar o reformar laconstitución inuirán a su vez en los derechos depropiedad, la reforma y representación electoral,y el acceso futuro a cuestiones de justicia. Losacuerdos de paz son importantes por el hecho de
que “no solo dan un marco formal a las prioridadespolíticas, sino que articulan las aspiracionespolíticas de una nación y les dan carácterperdurable”.30 Por tanto, es preciso contemplare incluir las prioridades distintas de hombres ymujeres en toda negociación de paz.
Integrando el género a las operaciones de
mantenimiento de la paz
Sabemos de lo estudiado en la lección 1 quelas operaciones de mantenimiento de la pazhan evolucionado desde su creación en 1948.Inicialmente, se centraban en vigilar, observary comunicar treguas de cese del fuego entrelas partes. La mayoría de los conictos quemanejaban eran entre estados por conictosfronterizos. El personal de ONU que actuaba eraexclusivamente militar. Con el n de la Guerra Fría,la naturaleza y complejidad de la mayoría de losconictos cambió, determinando que el personal depaz tuviera que hacer frente a una sensiblementemayor diversidad de tareas, muchas de estas de
carácter humanitario.
El rostro de la guerra moderna no es solo
tanques incendiados y soldados caídos en el
campo de batalla, sino también contrabando de
diamantes, niños soldados drogados, hambruna
de civiles, violaciones en masa y genocidio. Los
conictos de los Balcanes y la región de los
Grandes Lagos han demostrado que una paz
sostenible requiere mucho más que desarmar y
30 Alexandra Dobrawolsky, “Women’s
constitutional organizing across time and space”(Organización constitucional de la mujer en eltranscurso del tiempo y el espacio), Women’sMovements Facing the Recongured State(Movimientos de Mujeres frente a una nuevaconguración del Estado), Lee Ann Banaszak,Karen Beckwith, Dieter Rucht, Editores(Cambridge, Cambridge University Press, 2003),pág. 114.
supervisar a los soldados. Exige una respuesta
multifacética que contemple a todos los sectores
de la sociedad, no solo a los militares, sino a la
población civil, la justicia y el sistema político, la
economía y la infraestructura educativa.31
Además del personal de ONU, militar y demás,
las misiones incluyen ahora personal policial ycivil que debe interactuar con otros organismosinternacionales, tales como organizaciones nogubernamentales (ONG) e intergubernamentales.Por cierto, en tales criterios multidimensionalesde mantenimiento de la paz centrados en losderechos humanos, hombres y mujeres detodas las edades emergen como víctimas de losconictos, receptores de ayuda y posibles sociosen los esfuerzos de reconstrucción, y ese es elespíritu de la RCS 1325 (2000). Exhorta a todoslos actores de las operaciones de mantenimientode la paz de ONU a integrar una perspectiva degénero a la capacitación del personal de paz, aadoptar medidas para proteger a mujeres y niñas,y a apoyar las iniciativas de paz de las mujeres dellugar y su participación en todas las etapas de la
reconstrucción posconicto.
Es preciso que la integración de una perspectivade género se instrumente desde el propio iniciode una misión de mantenimiento de la paz. Así,cuando el Consejo de Seguridad crea una misión,
es fundamental que mencione de manera explícitaa la mujer y el género como parte de los objetivosde la misión. Aun antes de acordar un mandato,se deben utilizar los conocimientos especializadosen materia de género durante las evaluaciones olos relevamientos de campo que se realizan antesde diseñar la misión. Tras estas etapas iniciales deplanicación, es importante monitorear e informaracerca del avance (o no) en la implementación
31 Nadine Puechguirbal, Martin Bohstedt yLea Biason, “Gender mainstreaming of peace
support operations” (Integración de género delas operaciones de apoyo a la paz), Women in an
Insecure World: Violence Against Women Facts,
Figures and Analysis (Mujeres en un mundoinseguro: datos, cifras y análisis de la violenciacontra la mujer), Marie Viachová y Lea Biason,Editoras (Ginebra, Centro de Ginebra para elControl Democrático de las Fuerzas Armadas,2005).
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de este aspecto del mandato. A pesar de laimportancia de estas estrategias y recursos, lamayoría no se aplican.
Aun así, se han concretado varios importantesavances y buenas prácticas desde la aprobaciónde la RCS 1325 (2000). Como armaba Alain Le
Roy, ex Subsecretario General del DOMP/DPKOen el debate abierto del Consejo de Seguridad de2008, la RCS 1325 (2000) “ha cambiado la maneraen que nos manejamos en el mantenimiento de lapaz.”32 Los avances consisten en buena medidaen cambios de procedimiento. Si se analizanlas misiones del DOMP/DPKO que comenzarondespués de 2000 y las que comenzaron anes de la década del 1990, cuyos mandatosse prolongaron hasta el siglo XXI, podemosver importantes cambios de procedimiento encuanto a procesos de planicación, programasde capacitación y estructuras de provisión de
personal. De manera más especíca, las 15misiones que se han creado desde 2000 hanlogrado lo siguiente:
• Incorporar la RCS 1325 (2000) al mandato de lamisión;
• Crear una ocina o unidad de asuntos degénero, o al menos el cargo de asesor degénero de la misión; e
• Integrar alguna forma de capacitación en
materia de género para el personal de paz enmisión.
Ello quiere decir que las inquietudes de género ylos derechos de la mujer por lo menos han pasadoa ser parte de los esfuerzos de mantenimientode la paz en Burundi, Chad, la RepúblicaCentroafricana, Costa de Marl, Darfur, Haití,Liberia, Sudán y Timor Oriental en procedimientosy prácticas que antes no existían.33
32 El Consejo de seguridad condena
enfáticamente toda violación del derechointernacional cometida contra mujeres y niñas
durante y después de un conicto armado,
Declaración Presidencial, disponible en http://www.un.org/News/Press/docs/2008/sc9487.doc.htm,visitado el 19/03/2011.33 Estos indicadores solo cuentan una parte de
la historia. Como señala Sandra Whitworth (2004)en su investigación, una cosa es establecer una
Por ejemplo, las asesoras de género y las ocinasde asesoramiento en cuestiones de género eraninexistentes antes de 2000. Ahora se las incluyey cumplen un doble papel: apoyar internamentela integración de género dentro de las misionesde mantenimiento de la paz, y externamentecon los interlocutores gubernamentales y lasorganizaciones de mujeres del país antrión.
En 2004, el Departamento de Operaciones deMantenimiento de la Paz (DOMP/ DPKO) designóen su sede central, en régimen full time, a una
asesora en cuestiones de género, e implementóun programa de capacitación en temas de género
unidad de asuntos de género, y otra cosa muydistinta es asignar los fondos básicos que esaunidad necesita. Si bien son importantes esoscambios de procedimiento, no son más que elcomienzo de un largo camino.
AUna integrante del personal médico (izq.) de las
Fuerzas Armadas Sudanesas (SAF) rma formularios
de Desarme, Desmovilización y Reinserción (DDR)
preinscripción en el hospital militar de Al-Askaryla,
entonces la única sede de las SAF que inscribía a
candidatas mujeres. (Foto de ONU Nº 135242, Fred Noy,
diciembre de 2006.)
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para el personal de paz previo a la misión ydurante esta.
La capacitación de género está gradualmenteestandarizándose en las misiones demantenimiento de la paz, y los docentes a menudopresentan la RCS 1325 (2000) en los programas
de capacitación en la misión como punto departida útil para justicar el mandato que les haencomendado el Consejo de Seguridad de impartirtal capacitación.34 Los mandatos, las unidadesde género, los programas de capacitación pasanentonces a ser factores a tomar en cuenta ala hora de asignar fondos para la misión, y elnanciamiento siempre es problemático cuandose trata de integrar la cuestión de género. Por otraparte, estos datos ilustran cómo el Consejo deSeguridad está pasando de una consideración adhoc a una más sistemática de la perspectiva degénero en las misiones de paz.35
Además de estos cambios sistemáticos dentrodel DOMP/DPKO, varios estados han hechoimportantes aportes relativos a la cuestión degénero a las operaciones de mantenimientode la paz de ONU como consecuencia directade la RCS 1325 (2000). En 2007, se creó laprimera unidad de personal de paz de ONUintegrada exclusivamente por mujeres, y se laenvió a Liberia como parte de la contribución
de la India a la misión en ese país. En 2008,Samoa siguió el ejemplo aportando a la misiónde mantenimiento de la paz de Timor Oriental uncontingente policial 100% femenino. Ghana, elséptimo mayor contribuyente a las operacionesde mantenimiento de la paz de ONU a diciembrede 2008, registró el nivel más alto de personal de
34 Minna Lyytikäinen, “Gender training forpeacekeepers: Preliminary overview of UnitedNations peace support operations” (Capacitaciónen cuestiones de género para el personal de paz:
visión general preliminar de las operaciones deapoyo a la paz de Naciones Unidas), Documentode trabajo Nº 4 sobre Género, Paz y Seguridad(Washington DC, INSTRAW 2007). Disponible enhttp://www.un-instraw.org35 Natalie Florea Hudson, Gender, HumanSecurity and the United Nations (El género, laseguridad humana y Naciones Unidas), Londres,Routledge, 2009.
paz femenino (12% del total del personal militar,poco más de 400 mujeres). Si bien incluir personalfemenino no garantiza la sensibilidad de géneroen las operaciones de mantenimiento de la pazde ONU, hay muchas anécdotas que demuestranque la población, y en particular las mujeresdel lugar, perciben al personal de paz femenino
como más accesible y menos riesgoso.36 En este
sentido, el DOMP/DPKO repartió además en2006 unas directrices de política sobre Igualdadde Género en las Operaciones de Mantenimientode la Paz, y presentó un plan de acción sobrela RCS 1325 (2000) para el bienio 2008-2009,reiterando la necesidad de que cada vez másmujeres desempeñen roles civiles y militaresen las misiones de campo.37 El mero hecho deque el DOMP/DPKO esté suministrando datosdiscriminados por sexo reeja una conciencia queantes no existía.38
Siguen existiendo muchos desafíos signicativos.En 60 años de mantenimiento de la paz de ONU,de 1948 a 2008, solo 7 mujeres ocuparon elcargo de Representante Especial del SecretarioGeneral (SRSG) como directoras de misión.39 La
36 Jane Lloyd, “Women peacekeepers makinga difference”, UN Chronicle, vol. XLIII, No. 1(2006). Available from <http://www.un.org/Pubs/chronicle/2006/issue1/0106p06.htm>, visitado el
enero de 2009.37 Para obtener más información, verPeaceWomen, Peacekeeping (Mujeres integrantesdel personal de paz, Mantenimiento de la paz),disponible en http://www.peacewomen.org/resources /Peacekeeping/DPKO/policy_directive.pdf y Plan de acción 2008-2009 para todo elsistema de ONU relativo a la Resolución 1325(2000) del Consejo de Seguridad sobre laMujer, la paz y la seguridad, disponible en http://www.un.org/womenwatch/ianwge/taskforces/wps/actionplan20082009/pdfsDPKO%20
2008-2009%201325.pdf, visitado el 19/03/2011.38 Para leer las estadísticas más recientes, verMantenimiento de la Paz de Naciones Unidas,Estadísticas de género, disponible en http://www.un.org/es/peacekeeping/resources/statistics/gender.html, visitado el 22/10/2012.39 Camille Pampell Conaway y Jolynn Shoemaker,“Women in United Nations peace operations:Increasing leadership opportunities“ (La mujer en
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falta de responsabilidad y capacidad constituyenobstáculos mayúsculos. Se requiere capacitaciónpara adquirir los conocimientos y las destrezasnecesarias para tener sensibilidad de géneroy conciencia de los singulares desafíos queenfrentan hombres y mujeres en las sociedadesposconicto. El mero hecho de ser mujer no hace
que se sea experta en género. Por otra parte,destacar a asesoras de género en misionesde mantenimiento de la paz e incrementarla presencia de mujeres en los esfuerzos dereconstrucción posconicto requiere reformasinstitucionales simultáneas que permitan apoyar aesas personas de manera sistemática y legítima.
Otro desafío es que, aunque la intención dedesplegar personal de paz de ONU es ayudar amantener la paz, a veces puede llevar a violenciade género o conductas sexualmente abusivaspor parte de algunos de los propios integrantes
del personal de paz. En consecuencia, losestados contribuyentes utilizan cada vez másmódulos de capacitación estandarizados de ONUsobre Explotación y abuso sexual/ toleranciacero.40 El DOMP/DPKO ha elaborado directricesdisciplinarias para todo el personal que actúaen las operaciones de paz, y ha participado enuna Fuerza de Tarea del Comité Permanente deCoordinación entre Organismos Especializados(IASC por su sigla en inglés) sobre explotación
y abuso sexual. La ONU estableció en todo elsistema puntos centrales (“focales”) responsablesde procesar las denuncias de violencia de género.Sus Ociales de Conducta del Personal sondesignados en las misiones de mantenimiento dela paz para vigilar incidentes sexuales y detectarriesgos.
las operaciones de paz de Naciones Unidas: cada
vez más oportunidades de liderazgo), Women inInternational Security (La mujer en la seguridadinternacional), Washington DC, UniversidadGeorge Washington, 2008. Disponible en http://wiis.georgetown.edu/Publications/PeaceOpsEx-
ecSummary.pdf.40 Ver: <http://www.dcaf.ch/content/download/36856/528929/.../Peacekeepers.pdfSCR>
La mujer y las cuestiones de género en la
reconstrucción posconficto
Hemos visto que la confrontación armada afectade manera diferente a mujeres y hombres. Cadaconicto tiene sus propias características y sudinámica especíca. Sin embargo, los hombres
se han involucrado más activamente en peleasorganizadas, mientras que las mujeres a menudohan tenido que huir de los campamentos derefugiados, han sido objeto de violencia, han tenidoque asumir responsabilidades no tradicionalesy han visto recargadas sus responsabilidadesdomésticas en un esfuerzo por asegurar alimentos,refugio y seguridad a sus familias. Es precisoreconocer estas experiencias distintas paracomenzar a reconstruir una sociedad donde seansustentables la paz y la seguridad.
Uno de los primeros puntos de toda agendade reconstrucción posconicto es desarmar,desmovilizar y reinsertar (DDR) a los combatientesen la sociedad, y es imprescindible diseñarprogramas de DDR que respondan a lasnecesidades reales (no supuestas) de todoslos involucrados, tanto hombres como mujeres.Reunir las armas, disolver a los grupos armados yofrecer servicios que permitan a los combatientesencontrar medios de sustento alternativos puedencontribuir a consolidar la paz en sociedades
otrora violentas. Sin embargo, la realidad es quemujeres y hombres no tienen el mismo accesoa esos servicios en los escenarios posconicto.Muchas mujeres no logran acceder a losservicios y benecios que deberían recibir trasla desmovilización, debido a la “invisibilidad” demuchas excombatientes y demás integrantes delpersonal asociado a los grupos armados, y a lasuposición de que las mujeres que desempeñanroles de apoyo a los combatientes no tienenderecho a benecios.41 Esta falsa suposicióntiene implicancias no solo en la estabilización
inicial de las sociedades devastadas por laguerra, sino en su desarrollo en el largo plazo.Causa problemas adicionales si la asistencia sepresta según criterios estereotipados de roles.
Así, puede que a una mujer que ha participado
41 ONU Mujeres, Desarme, desmovilización yReinserción (DDR). Disponible en http://www.womenwarpeace.org/node/4.
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en la lucha por la liberación nacional solo se leofrezcan oportunidades relacionadas con losroles que se supone desempeña la mujer en lasociedad. Por ejemplo, puede que a una mujer sele ofrezca enseñarle a coser o darle una máquinade coser, mientras que a su compañero se le déuna motocicleta o se lo capacite en el manejo de
una herramienta mecánica, lo cual resultará máslucrativo y le reportará más oportunidades y mejorremuneración.
El objetivo del proceso de DDR es contribuir ala seguridad y la estabilidad en los escenariosposconicto, de modo que se pueda iniciarla recuperación y el desarrollo. El DDR delos excombatientes es un proceso complejocon aristas políticas, militares, humanitarias ysocioeconómicas. Su nalidad es hacer frentea los problemas de seguridad posconicto quesurgen cuando los excombatientes quedan sinel sustento o las redes de apoyo (aparte de sus
excamaradas) durante el crucial período detransición de conicto a paz y desarrollo. A lolargo de todo el proceso de retirar las armas demanos de los combatientes, darles de baja de lasestructuras militares y ayudarlos a reinsertarsesocial y económicamente en la sociedad, el DDRprocura apoyar a los excombatientes para quepasen a tener activa participación en el proceso de
paz.
En este sentido, el DDR establece los cimientosde comunidades seguras y capaces deautosustentarse en las que estas personas puedanvivir como ciudadanos respetuosos de la ley, yforja a la vez capacidad nacional para la paz,la seguridad y el desarrollo en el largo plazo. ElDDR por sí solo no puede resolver un conicto oprevenir la violencia. Sin embargo, puede ayudara establecer un clima seguro para que otroselementos de una estrategia de recuperación yconstrucción de la paz puedan actuar.
La RCS 1325 (2000) menciona especícamentela necesidad de contemplar los requerimientosdistintos de mujeres y hombres excombatientes yde las personas a su cargo en el DDR. El párrafo8 llama a que, al negociar e instrumentar losacuerdos de paz, todos los actores involucrados
adopten una perspectiva de género, prestandoatención a los siguientes temas:
• Las necesidades especiales de mujeres y niñasdurante la repatriación y el reasentamiento, y enla rehabilitación, reinserción y reconstrucciónposconicto;
• Medidas que apoyen las iniciativas de paz de lasmujeres del lugar y los procesos de paz internospara la resolución de controversias y queinvolucren a la mujer en todos los mecanismosde instrumentación de los acuerdos de paz; y
• Medidas que aseguren la protección y el respetode los derechos humanos de mujeres y niñas, enparticular en lo relacionado con la constitución,el sistema electoral, la policía y la justicia.
Por otra parte, el párrafo 13 exhorta a todos
aquellos involucrados en la planicación del DDRa que consideren las necesidades distintas demujeres y hombres excombatientes, y a que tomenen cuenta las necesidades de las personas a su
cargo.
Los programas de DDR a menudo se centranen la reinserción económica y social, perono abordan adecuadamente las necesidadespsicosociales de los excombatientes. El traumay el trastorno de estrés posconicto asociado ala dicultad de expresar la masculinidad salvo através de una conducta violenta pueden llegar a
ser endémicos en los escenarios de conicto. Ellopuede a menudo traducirse en un mayor riesgode violencia de género para muchas mujeresy niñas en situaciones posconicto. Además,las comunidades con frecuencia estigmatizan alas excombatientes por haber participado en ladestrucción que han sufrido, y también por haberseapartado de los roles de género tradicionales al
tomar las armas (ello vale aun en aquellos casosen que las mujeres fueron obligadas a asumir esosroles). Las combatientes que han sido objeto deviolación, embarazo forzado o contagio de VIH/SIDA sufren aún más discriminación al reinsertarseen sus hogares o en las comunidades de acogida.
Desde siempre, la mujer ha participado enalguna medida en el combate, y varias guerrasrecientes han sido testigo de la presencia dela mujer en el propio frente de batalla. Por
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otra parte, si bien varían mucho los roles delas excombatientes, parecen compartir unadesafortunada característica: el acceso limitadoa benecios cuando llegan con la paz y ladesmovilización. Ello también ocurre con lasniñas raptadas para servicios sexuales y lasfamilias de excombatientes en la comunidad de
acogida. Estos grupos suelen ser dejados delado durante la desmovilización y reinserción; enel mejor de los casos, mujeres, hombres, niñasy niños pueden recibir iguales benecios, peroser tratados como un grupo homogéneo, lo cualimpide que se tomen en cuenta sus necesidadesespecícas. Por ello, es imprescindible que losresponsables de planicar el DDR consideren laparticipación de las mujeres, niñas y dependientesen los programas de DDR. Un criterio basado enuna política del tipo “un hombre, un fusil” (en quese supone que los hombres son combatientescon fusiles para entregar a cambio del accesoal programa de DDR) puede llegar a excluir a unnúmero signicativo de mujeres y niñas, quienescon frecuencia desempeñan funciones de apoyoa los grupos armados y no poseen armas. Losresponsables de la planicación del DDR debenademás tomar muy en cuenta cómo afectan estasintervenciones del programa los roles de géneroy las relaciones en las esferas tanto pública comoprivada en el corto y el largo plazo. Tal criterioimpulsa a la comunidad internacional a encarar la
reconstrucción posconicto de manera integral.
Los programas de DDR suelen ser parte deesfuerzos de reconstrucción pos-conicto demayor alcance destinados a reformar el sectorde la seguridad de una sociedad. Los gobiernosasignan cada vez más prioridad a la reformadel sector de la seguridad (RSS), y forma partede la agenda de desarrollo internacional, paz yseguridad de las comunidades. El sector de laseguridad –o sistema de seguridad– está formadopor instituciones estatales y otras entidades
responsables de garantizar seguridad al estado ya la población civil, en especial las que tienen lacapacidad y están facultadas para usar la fuerza.Las fuerzas de seguridad de las sociedadesposconicto pueden incluir elementos tantointernacionales (externos) como locales (internos).La reforma puede abarcar una amplia gama deactividades que mejoran los mecanismos de
asignación de responsabilidad, reestructuran elaparato de seguridad para la gestión democrática,refuerzan el control civil, reconstruyen losprogramas de capacitación y reclutamiento,eliminan la corrupción y equilibran los recursos quese gastan en todo el sistema.
El control civil del sector de la seguridad incluye
mecanismos de supervisión; por ejemplo, enIrlanda del Norte se creó el cargo de Ombudsmanpara Asuntos Policiales, a efectos de atenderlos reclamos del público con respecto al serviciopolicial reformado tras el proceso de paz en esepaís. La SSR abarca revisión por parte de laJusticia, minucioso análisis del presupuesto militaro la práctica policial por parte del Parlamento,comisiones independientes de derechos humanose implementación de requisitos de rendición decuentas para las instalaciones correccionales
o carcelarias. Dichas reformas cambian laconcepción de la seguridad, convirtiéndola en un“bien público”, no meramente el control institucionalde la fuerza. En Guatemala, una ONG que trabajaen el tema de la seguridad llamada FacultadLatinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)reunió a una delegación de la sociedad civil, arepresentantes del gobierno y a integrantes delsector de la seguridad en un proceso consultivo
para elaborar juntos soluciones a los problemasespecícos que plantea la reforma.42 TEl Consejo
de Seguridad Nacional de Liberia provee unaplataforma para que los líderes políticos ymilitares intercambien opiniones y discutan temasde seguridad nacional con una Estrategia de
Seguridad Nacional que “ubica al ciudadano en elcentro de un nuevo régimen en el que los derechoshumanos constituyen el componente principal de laSeguridad Nacional”.43
42 Anderlini, Sanam Naraghi y Camille PampellConaway. “Security Sector reform” (Reformadel sector de la seguridad). Inclusive Security,
Sustainable Peace: a Toolkit for Advocacy and Action (Seguridad inclusiva, paz sostenible:herramientas para la defensa y la acción). http://www.intenrationalalert.org/sites/.../TKSecuritySec-
torReform.pdf43 Informe de PBSO sobre la Reforma del sectorde la seguridad – Liberia, junio de 2011, citadoen http://www.un.org/es/peacebuilding/.../chairsmission report 5 2012.pdf.
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La SSR brinda así la posibilidad de transformarpolíticas de seguridad, instituciones y programas,generando oportunidades de integrar los temasde género. Se reconoce que la integración delas cuestiones de género es clave para lograr
ecacia operativa, autonomía local y mayor
control. Por ejemplo, aumentar la contrataciónde personal femenino, impedir las violacionesde los derechos humanos y colaborar conorganizaciones de mujeres contribuyen a crearun sector de la seguridad eciente, responsabley participativo que responda a las necesidadesespecícas de mujeres, hombres, niñas y niños.Se pueden usar dos estrategias complementariaspara integrar los temas de género a la RSS y alas instituciones de seguridad: la integración degénero, y la promoción de igual participación dehombres y mujeres. Estas estrategias puedenaplicarse tanto al propio proceso de RSS (porejemplo, brindando capacitación en cuestiones degénero al personal responsable de la política y laplanicación de la SSR), como a las institucionesque están siendo objeto de SSR (por ejemplo,incluyendo capacitación de género para los nuevos
funcionarios como parte de un proceso de reformapolicial).44
En la lección 5 se analizan con mayor profundidadlos muchos componentes de la participación de
la mujer en los procesos de paz, la política, losservicios militares y policiales, y las misionesde mantenimiento de la paz en América Latinay el Caribe. Como se verá en esa lección, lasformas y facetas de la participación de la mujeren diversas esferas de poder son especícas,dependen del contexto y enfrentan desafíos localesde características únicas. Sin embargo, lo quepermanece como una realidad universal es que lamujer sigue teniendo bajo índice de representación
44 Ver ONU Mujeres, Security Sector Reform andGender Toolkit (Reforma del sector de la seguridady herramientas de género). Disponible en http://www.un-instraw.org/gtcop/training-materials/item/801-security-sector-reform-and-gender-toolkit.
en los cargos de poder en todos los países delmundo.
Resumen y puntos c lave de aprendizaje
• El conicto contemporáneo afecta a los civiles,
destruyendo y perturbando la vida de mujeres,hombres, niñas y niños; comprende experienciasde VSG, migración forzada e impacto negativoen la salud, la educación y el desarrolloeconómico; y determina un cambio en los rolesde género.
• Son múltiples los roles que desempeña la mujeren el conicto armado: puede ser combatiente,apoyo vital para los grupos armados, víctimade la violencia, u objetivo deliberado, ya seacomo representante de un grupo opositor osimplemente por la violencia extrema quese desencadena en la guerra. Dado que losacuerdos de paz reconstituyen las relaciones
de poder en una sociedad determinada, esimportante asegurar la participación de la mujerdurante las negociaciones de paz.
• El género es importante en todas las etapas dela reconstrucción pos-conicto, incluidas lasoperaciones de mantenimiento de la paz, el DDRy la SSR. Incluir y reconocer las necesidadesdiferenciadas de hombres y mujeres contribuiráa un mayor equilibrio en la recuperación
posconicto.
• La ONU ha desarrollado mecanismos yherramientas clave para integrar una perspectivade género a los cuerdos de paz, las operacionesde mantenimiento de la paz y los esfuerzos dereconstrucción posconicto.
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Cuestionario de fnal de lección
1. Los confictos armados contemporáneos
tienden a ser:
A. Guerras civiles de poca intensidad o guerrasasimétricas en la que milicias irregulares y otrosgrupos opositores luchan entre sí o con losejércitos convencionales de estados-nación;
B. Más mortíferos en cuanto a muertesrelacionadas con la batalla, pero menosviolentas y perturbadoras para los nocombatientes;
C. Más frecuentes en países donde hay pocasviolaciones de los derechos humanos;
D. Guerras internacionales de alta tecnologíaprotagonizadas por ejércitos nacionales.
2. La violencia sexual y de género:
A. Puede tener como objetivo un hombre o unamujer, sobre la base de su rol de géneroespecíco en la sociedad;
B. Por lo general disminuye signicativamentedespués de un conicto armado;
C. Afecta solamente a las mujeres en el conicto;
D. Nunca afecta a las niñas pequeñas ni a las
mujeres que superan la edad de tener hijos.
3. En las regiones de los confictos armados, las
mujeres y las niñas:
A. Nunca participan en el conicto como soldadosconvencionales, insurgentes o kamikazes;
B. Pueden ser objetivo de violencia comodemostración de poder político o simbólico;
C. Pueden ser objeto de menos violencia por partede los hombres de sus hogares en el período
posconicto;D. Pasan por exactamente la misma perturbación y
violencia que los hombres.
4. Los Acuerdos de Paz no son “neutr ales desdeuna perspectiva de género” porque:
A. Solo los hombres se sientan a la mesa denegociación de más alto nivel;
B. La tarea principal consiste en redenir losmapas y qué hacer con las armas;
C. Las inquietudes de la mujer se tratan en otroámbito;
D. Hombres y mujeres viven de manera distintalos conictos y es preciso que los acuerdosde paz tomen en cuenta estas experienciasdiferenciadas, así como las diferentes manerasen que hombres y mujeres pueden acceder alos procesos de paz o ser excluidos de estos.
5. Las combat ientes ta l vez par ezcan invisiblesen los procesos formales de DDR porque:
A. Regresan a casa inmediatamente después delconicto y cuentan con el apoyo de la familia.
B. Ser combatiente puede llegar a no condecir concómo se espera que vivan en tiempos de paz, alpunto de traducirse en vergüenza o exclusión.
C. Muchas se disfrazan de hombres.
D. La capacitación y los fondos se destinan alos soldados hombres, porque ellos son losimpulsores económicos clave para los tiemposde paz.
6. Las negociaciones del pr oceso de paz deben:
A. Incluir por lo menos a una mujer en la mesa denegociaciones;
B. Asegurar cuotas para la mujer en los empleosde reconstrucción;
C. Adoptar una perspectiva de género durantela repatriación y el reasentamiento y en larehabilitación, reinserción y reconstrucciónposconicto, así como medidas constitucionalespara proteger y respetar los derechos humanosde las mujeres y las niñas (sistema electoral,policía, justicia);
D. Organizar encuentros de mujeres una vez alaño para examinar protocolos y previsionesinternacionales para los derechos de la mujer.
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CÓDIGO DE RESPUESTAS
1A, 2A, 3B, 4D, 5B, 6C, 7D, 8B, 9C, 10D
7. La reforma del sector de la seguridad dedeterminad a sociedad:
A. Rara vez crea oportunidades de integrar las
cuestiones de género;
B. Implica la rearmación de igual participaciónde hombres y mujeres por parte del personalde paz de ONU;
C. Debe ser priorizada e implementada por losgobiernos antes de poder proceder a prestarayuda humanitaria, quitar las armas de manosde los combatientes, construir la infraestructurae impartir capacitación en cuestiones degénero;
D. Tiene por nalidad mejorar los mecanismos deasignación de responsabilidad, reestructurarel aparato de la seguridad para la gestión
democrática, fortalecer el control civil,reconstruir los programas de capacitacióny reclutamiento, eliminar la corrupción yequilibrar los recursos que se gastan en todo elsistema.
8. La implementación de la resolución 1325(2000) del Consejo de Segur idad en las
operaciones de mantenimiento de la paz deONU ha t raído como consecuencia:
A. La implementación de un lenguaje totalmenteneutro desde el punto de vista del género en
todos los acuerdos de paz;
B. La creación de una ocina o unidad de asuntosde género dentro de las misiones que seestablecieron después del año 2000;
C. Una pequeña pero positiva cuota deconsideración ad hoc de las perspectivas degénero en las misiones de ONU;
D. Muy poco cambio en toda misión demantenimiento de la paz.
9. Integrar una perspectiva de género eimplementar la resolución 1325 (2000) del
Consejo de Seguridad en los programasde desarme, desmovilización y reinserción
implica:
A. Reconocer que reunir armas tiene muypoco que ver con la mujer en una sociedad,considerando que los combatientes son en sumayoría hombres;
B. Darse cuenta de que los derechos humanos,y en particular los de la mujer, con frecuenciase han dejado “en espera” para ocuparsede la estabilización inicial de una sociedad
devastada por la guerra;C. Comprender tales programas como procesos
complejos con dimensione políticas, militares,humanitarias y socioeconómicas que afectana hombres y mujeres de maneras tanimportantes como distintas;
D. Tomar en cuenta las necesidades de quieneslucharon por más tiempo.
10. Qu ienes abogan por la par ticipación dela mujer en el proceso de paz a menudo
esgrimen: A. Justicaciones jurídicas que señalan los
derechos de igualdad de género en el contextodel derecho internacional;
B. Justicaciones morales dentro del contextode la justicia social y otras consideracionesnormativas;
C. Argumentos de peso que sostienen que lamujer aporta inquietudes y aun destrezasdiferentes a esos procesos tan difíciles;
D. Todo lo anterior.
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LECCIÓN 3RESOLUCIONES DEL CONSEJO DESEGURIDAD SOBRE LA MUJER,LA PAZ, Y LA SEGURIDAD
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LECCIÓN
3
3.1 Introducción
3.2 Los orígenes de la RCS1325 (2000) y resoluciones
subsiguientes
3.3 Revisión del concepto de
seguridad: el criterio de la
seguridad humana
3.4 El mandato de la RCS 1325
(2000): qué se exige y quién
es responsable
3.5 Implementación de la RCS
1325 (2000) y resoluciones
subsiguientes en el Sistema
de ONU
3.6 Implementación de la RCS
1325 (2000) y resoluciones
subsiguientes a nivel
nacional y regional
Anexo B Prevención, Participación
y Protección: 3P en la
resolución 1325 del Consejo
de Seguridad (2000)
OBJETIVOS DE LA LECCIÓN
Esta lección se centra en la historia de la resolución RCS 1325 (2000) y
dene su marco conceptual. Informa sobre los esfuerzos del sistema deONU y de los Estados Miembros por asegurar su implementación plena ycoherente, así como sobre los esfuerzos por concretarla e instrumentarlaen todos sus términos a nivel regional y nacional en todo el mundo.
Al nal de la lección 3, el alumno deberá ser capaz de cumplir lossiguientes objetivos:
• Comprender el marco conceptual y político que llevó a la aprobación dela RCS 1325 (2000) y su importancia para promover una perspectiva degénero en el campo de la paz y la seguridad;
• Identicar la estrecha vinculación entre el concepto de seguridadhumana y el enfoque de ONU con respecto a la paz y la seguridadinternacionales y, por ende, con la implementación de la RCS 1325(2000) y resoluciones subsiguientes;
• Comprender qué actores son responsables de defender e instrumentardichas resoluciones a nivel mundial, regional o nacional; y
• Comprender la importancia de elaborar un plan de acción o una
estrategia para implementar las RCS sobre la mujer, la paz y laseguridad.
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L E C C I Ó N 3 : L A S R C S S O B R E L A M U J E R , L A PA Z Y L A S E G U R I D A D | 6 9
3.1 Introducción
Desde la aprobación de la Resolución del Consejode Seguridad RCS 1325 (2000), la comunidadinternacional ha venido explorando diversosmecanismos tendientes a traducir sus objetivos enmedidas concretas y efectivas a todos los nivelesde la política internacional y nacional. En esencia,se trata de pasar de la retórica a la acción. Estalección comienza por analizar los hechos quellevaron a la RCS 1325 (2000) en octubre de 2000,en particular dentro del marco de la seguridadhumana. Otras tres resoluciones complementarias(las RCS 1820, 1888 y 1889) fueron aprobadasantes del décimo aniversario de la RCS 1325 enoctubre de 2010, y poco después siguió la RCS1960. Más tarde fue aprobada la RCS 2106 en
junio de 2013. En la lección se examina cada
una de estas por sus contribuciones especícas,analizando cómo se está implementando laRCS 1325 en el sistema de ONU, y qué desafíosenfrenta todavía para su instrumentación. Porúltimo, se analiza qué signica para los EstadosMiembros implementar las RCS sobre la Mujer,la Paz y la Seguridad (MPS) a nivel regional ynacional por medio de, entre otros, planes deacción o estrategias.
3.2 Los orígenes de la RCS 1325
(2000) y resoluciones subsiguientesComo se señalaba en la lección 1, se ha venidodesarrollando una política de igualdad de género,en especial desde la creación de la ONU en 1945.Desde los tratados internacionales de derechos
humanos a la serie de cuatro conferenciasmundiales sobre la mujer, el sistema de ONU hainuido de manera signicativa en los derechos dela mujer en el todo el planeta. La RCS 1325 (2000)surge en este escenario de actividad mundial,promoción de igualdad de género por parte de
instituciones internacionales, y empoderamiento demujeres y niñas.
El marco conceptual de la RCS 1325 (2000)se plantea por primera vez en la Plataforma de
Acción de Beijing, donde se identica el problemade la mujer y el conicto armado como unode los 12 objetivos estratégicos.1 En 1998, la
1 IV Conferencia Mundial de Naciones Unidas
Comisión sobre la Condición de la Mujer (CSM oCSW por su sigla en inglés) aborda este tema yanaliza los obstáculos para actuar con respectoa este punto fundamental de la Plataforma de
Acción de Beijing. Fue en este encuentro, delque participaron mujeres de diversas zonas deconicto, que comienza a tomar forma la red de
organizaciones no gubernamentales (ONG) porla Mujer, la Paz y la Seguridad (MPS), y que seplantea por primera vez la idea de abogar por unaresolución del Consejo de Seguridad.2 Despuésde la Comisión sobre la Condición de la Mujer(CSW), se formó ocialmente el Grupo de Trabajode ONG sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad yacordó seguir dos recomendaciones emanadas delGrupo del CSM/CSW sobre la Mujer y el Conicto
Armado: promover la participación de la mujer enlos acuerdos de paz, y hacer presión para que elConsejo de Seguridad convocara a una sesiónespecial sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad(MPS).
El Grupo de Trabajo de ONG fue quien planteóla iniciativa de abogar por una resolución delConsejo de Seguridad sobre la mujer a nes dela década del 1990, y comenzó a trabajar conuna serie de organismos de ONU sobre temas deigualdad de género y empoderamiento de la mujer.Juntos, estos grupos desempeñaron un importantepapel en difundir la idea entre los miembros del
Consejo de Seguridad y generar apoyo para laadopción de una resolución sobre la mujer y losproblemas de género en los conictos armados.Para marzo de 2000, el Día Internacional de laMujer, el entonces presidente del Consejo deSeguridad, Anwarul Chowdhury, de Bangladesh,dio un discurso histórico en el que llamó laatención sobre la campaña por tal resolucióny, lo que es más importante, destacó cómo laigualdad de género era imprescindible para lapaz internacional, la seguridad y la resolución delas controversias. Fue esta la primera vez que
sobre la Mujer, Plataforma de Acción de Beijing.Disponible en http://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/platform/plat1.htm, visitado el 22/03/2011.2 Carol Cohn, Helen Kinsella y Sheri Gibbings,“Women, peace and security: Resolutions 1325”(La mujer, la paz y la seguridad: resolución 1325),International Feminist Journal of Politics, tomo 6,Nº 1 (2004), págs. 130-140.
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un presidente del Consejo de Seguridad tratóla campaña del Día Internacional de la Mujer.El Embajador Chowdhury dijo: “La paz estáindisolublemente ligada a la igualdad entre mujeresy hombres. Arman que el acceso igualitario y laplena participación de la mujer en las estructurasde poder y en todos los esfuerzos por prevenir
y resolver controversias son esenciales parael mantenimiento y la promoción de la paz yla seguridad.”3 Así, introdujo formalmente losderechos de la mujer y la igualdad de génerodentro del marco de la seguridad como tema aser tratado por el Consejo de Seguridad, y nomeramente dentro del marco de competenciade la Asamblea General. Ese discurso no solocontribuyó a impulsar a las organizaciones demujeres a formar una red transnacional ecaz yheterogénea de defensa de sus derechos, sino aabrir un espacio político para que esa red actuaraen el propio bastión de la seguridad del sistema deNaciones Unidas.
De un seminario de ONU organizado por elGobierno de Namibia y la Unidad de Lecciones
Aprendidas del DOMP/DPKO, “Integrandouna Perspectiva de Género a las OperacionesMultidimensionales de Apoyo a la Paz”, surgen laDeclaración de Windhoek y el Plan de Acción deNamibia.4 En dicho plan de acción se establecíanvarios objetivos para la integración de género a las
misiones de paz de ONU, así como la necesidadde liderazgo en materia de integración de géneropor parte del Cuartel General de ONU. Ello reforzóaún más el marco conceptual que daría lugar a laRCS (2000).
3 Peace Inextricably Linked with Equality
Between Women and Men Says Security Council,
in International Women’s Day Statement (La pazindisolublemente ligada a la igualdad entre mujeresy hombres, dice el Consejo de Seguridad en laDeclaración del Día Internacional de la Mujer),
disponible en http://www.un.org/News/Press/docs/2000/20000308.sc6816.doc.html, visitado el22/03/2011. Para obtener más información sobre laRCS 1325 (2000), ver http://www.peacewomen.org/un/UN1325index.html. La redacción es muy similara la de la Plataforma de Acción de Beijing 1995.4 Para leer el texto completo de esta declaración,ver http://www.peacewomen.org/portal_resources_ resource.php?id=375.
Tras una reunión realizada en la modalidad“fórmula Arria5 en octubre de 2000, en la cualmujeres de ONG mundiales y locales se dirigieronal Consejo de Seguridad y le relataron sussufrimientos y su accionar en las situacionesde conicto en todo el mundo, el Consejode Seguridad unánimemente adoptó la RCS
1325 (2000). La reunión de fórmula Arria fueuna oportunidad única para que los miembrosdel Consejo de Seguridad fueran informadospor actores calicados que no fueran ni altosfuncionarios gubernamentales ni integrantesde delegaciones de ONU. Tales encuentrosinformales permitieron a las mujeres de las zonasde guerra de todo el mundo dirigirse al Consejode Seguridad – valiosa interacción que se ha dadotodos los meses de octubre desde el año 2000.La resolución fue aprobada al día siguiente de lareunión de modalidad fórmula Arria, y, si bien no seincluyeron algunos puntos en el documento nal,el contenido de las consideraciones preliminaresfue idéntico al del borrador que había presentadoel Grupo de Trabajo de ONG.6 Aunque la RCS1325 (2000) constituye la interpretación políticamás amplia de las cuestiones de género jamásarticulada por la agenda de paz y seguridadde ONU, no trata todos los temas relativos a laigualdad de género y el empoderamiento de lamujer en el campo de la paz y la seguridad.
A pesar de estas limitaciones, la RCS 1325(2000) se constituyó en una resolución histórica
para quienes trabajan en pro de la igualdad degénero y el empoderamiento de mujeres y niñas.La aprobación de la RCS 1325 (2000) se debió
5 Una reunión en modalidad “fórmula Arria” esun procedimiento de consulta informal que permitea los miembros del Consejo de Seguridad oír a laspersonas en un ámbito de reserva.6 Felicity Hill, “How and when has SecurityCouncil resolution 1325 (2000) on women, peace
and security impacted negotiations outside theSecurity Council “(Cómo y cuándo ha inuido laresolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridadsobre la mujer, la paz y la seguridad en lasnegociaciones que se realizan fuera del ámbitodel Consejo de Seguridad), Tesis de maestría,Universidad de Upsala, 2004-2005. Disponibleen http://www.frauensicherheitsrat.de/data/felicity-hill-thesis.pdf, visitado en abril de 2011.
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en buena medida a los esfuerzos de las ONGque lograron presionar a los Estados Miembrosde ONU para que incluyeran en sus agendaspuntos relativos a la Mujer, la Paz y la Seguridad(MPS). Por otra parte, resultó fundamental sucolaboración con las entidades de ONU quetrabajan en el campo de la igualdad de género y el
empoderamiento de la mujer, y con varios EstadosMiembros clave del Consejo de Seguridad –entreellos, Bangladesh, Canadá, Jamaica, Namibia yPaíses Bajos.
La Resolución 1325 ha sido rearmada ycomplementada por la aprobación de cincoresoluciones adicionales del Consejo de Seguridadsobre la mujer, la paz y la seguridad. Tres de estasse reeren a la violencia sexual en los conictosarmados como táctica de guerra: las resoluciones
1820 (2008), 1888 (2009) y 1960 (2010). Lacuarta, la resolución 1889 (2009), se reereespecícamente a la igualdad de género y alempoderamiento de la mujer en la construcción dela paz posconicto y la prevención de controversiasen el largo plazo, y llama a utilizar indicadores paramonitorear la implementación de la RCS 1325.
La quinta resolución, la 2016 (2013), intensicalos esfuerzos por terminar con la impunidad de laviolencia sexual que afecta no solo a numerosasmujeres y niñas, sino también a hombres y niños.
Este conjunto de resoluciones constituye un marcolegislativo internacional coherente, pero no es elúnico. Las resoluciones rearman compromisosmundiales, tratados y convenciones existentessobre los derechos de la mujer, entre ellos, laConvención sobre la Eliminación de Todas las
Instantánea: Todas las Resoluciones del Consejo de Seguridad sobre la Mujer, la Paz y laSeguridad
RCS 1325 (2000)
Primera resolución histórica que vincula las experiencias de la mujer en los conictos con el mantenimiento de lapaz y la seguridad internacionales.
RCS 1820 (2008)
Primera resolución del Consejo de Seguridad en reconocer la violencia sexual relacionada con los conictoscomo táctica de guerra, y su prevención como componente vital para el mantenimiento de la paz y la seguridadinternacionales, la cual requiere una respuesta de mantenimiento de la paz, justicia y negociación de la paz.
RCS 1888 (2009)
Fortalece las herramientas para implementar la RCS 1820 por medio de la asignación de liderazgo, la creación derespuesta judicial calicada y el establecimiento de mecanismos de denuncia e información.
RCS 1889 (2009)
Trata la exclusión de la mujer de las etapas iniciales de la recuperación y la construcción de la paz, y la falta deadecuada planicación y provisión de fondos para hacer frente a sus necesidades.
RCS 1960 (2010)
Provee un sistema de asignación de responsabilidad para hacer frente a la violencia sexual relacionada con losconictos.
RCS 2106 (2013)
Intensica los esfuerzos por terminar con la impunidad de la violencia sexual que afecta no solo a gran número demujeres y niñas, sino también a hombres y niños.
RCS 2122 (2013)
Dene medidas más contundentes para habilitar la participación de la mujer en la resolución de conictos yrecuperación posconicto. Exhorta a asegurar una participación más activa de los grupos de mujeres de lasociedad civil, y a que los Estados Miembros instrumenten mecanismos especializados de nanciamiento quehagan viable la capacitación de grupos de mujeres en escenarios de conicto.
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Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW1979) y la Declaratoria y Plataforma de Acción deBeijing 1995.
3.3 Revisión del concepto deseguridad: el criter io de la segur idadhumana
Al adoptar la RCS 1325 (2000) el 31 de octubrede 2000, el Consejo de Seguridad de la ONU, porprimera vez en la historia, reconoció formalmentelos roles y experiencias diferenciados de lamujer en las distintas fases del conicto, suresolución y su gestión en el largo plazo: de laconfrontación armada a la instauración de lapaz, el mantenimiento de la paz y, nalmente,la construcción de la paz y la reconstrucciónposconicto. En parte, ello reejó la creciente
preocupación que había dentro del sistemade ONU por integrar los derechos humanos alenfoque de ONU con respecto al manejo decontroversias y su resolución.
En su conjunto, estas resoluciones temáticasdel Consejo de Seguridad son importantes en elsentido de que representan un cambio en cómodene y aborda la ONU la paz y la seguridadinternacionales. Su mera existencia reeja unacomprensión más amplia del signicado de laseguridad – qué constituye una amenaza a la
seguridad y quiénes o qué seguridad está siendoamenazada. Buena parte de este cambio, queimplica trascender la seguridad centrada en elestado para centrarla en el individuo, coincidiócon el surgimiento del concepto de la seguridadhumana que sirvió de marco a la ONU durantela década del 1990. La seguridad humana fuedenida por primera vez en el Human DevelopmentReport (Informe de Desarrollo Humano) delPrograma de Desarrollo de ONU en 1994. Elconcepto de seguridad, sostiene el informe, “hasido interpretado por demasiado tiempo con un
criterio estrecho: como seguridad del territoriode la agresión externa, como protección de losintereses nacionales o como salvaguarda mundialde la amenaza del holocausto nuclear”. El informedejó en claro que la política de seguridad debeampliar su horizonte e incluir no solo “la seguridadde las fronteras, [sino] también… la seguridad de
la vida de las personas.”7 Al ampliar esta noción, elinforme identicó siete elementos de la seguridadhumana: seguridad económica, seguridadnutricional, seguridad sanitaria, seguridadambiental, seguridad personal, seguridadcomunitaria y seguridad política.
El informe del Secretario General de ONUObjetivos del Milenio sigue esta línea depensamiento. Liberarse de la necesidad yLiberarse del temor son llamados a ubicar alser humano en el propio corazón de la agendainternacional.8 Promueven un concepto deseguridad fundado simultáneamente en el derechoal desarrollo y el derecho a vivir en un entornoseguro.
Tras el informe Objetivos del Milenio, la Comisiónde Seguridad Humana elaboró el informe de 2003Seguridad Humana Ahora. Este informe haceénfasis en la seguridad económica y el accesouniversal a los derechos socioeconómicos, en lagarantía de las libertades civiles y las libertadespolíticas, y en la protección de los ciudadanoscontra las amenazas y la violencia, en particularla violencia con armas pequeñas. Trata ademásla seguridad medioambiental, el acceso a laeducación y la participación política, demostrandoasí la amplitud del concepto de seguridad humana.El informe presenta la dignidad humana como
valor central que requiere que la comunidadinternacional procure encontrar solucionestendientes a lograr la autonomía genuina, no yala mera asistencia a las personas.9 Relaciona
distintos tipos de libertades – de necesidad,de temor, de actuar por uno mismo– y proveedos estrategias generales para promover esaslibertades: la protección y el empoderamiento.
7 Programa de Desarrollo de NacionesUnidas, Human Development Report (Informe deDesarrollo Humano), Nueva York, Oxford University
Press, 1994, págs. 22-23.8 Libres de necesidad y Libres de temor, verNaciones Unidas, Nosotros los pueblos: el rol deNaciones Unidas en el Siglo XXI (A/54/2000),párrafos 194 y 202.9 Comisión de Seguridad Humana, Seguridadhumana ahora (Nueva York, 2003), pág. 4.Disponible en http://www.humansecurity-chs.org/nalreport /index.html, visitado en mayo, 2007.
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La seguridad ha adquirido signicación paralas personas o los pueblos en su conjunto,trascendiendo las nociones de seguridad military territorial basadas puramente en el estado. Laseguridad nacional se reere tradicionalmentea la capacidad del estado de defenderse de lasamenazas externas y asegurar la supervivencia
por medio del uso del poder económico, militar ypolítico. El objetivo de la seguridad nacional es laprotección del poder del estado y sus instituciones.En este sentido, el término seguridad humana
se ha desarrollado como concepto que puedecompararse y contrastarse con el término mástradicional de seguridad nacional, atrayendo así laatención a un espectro más amplio de amenazas ala seguridad tanto desde dentro como desde fueradel estado.
Aunque el término seguridad humana no fueescrito explícitamente cuando se adoptó la RCS1325 (2000), el contexto ciertamente apoya laidea de que la igualdad de género y los problemasde la mujer constituyen motivo legítimo depreocupación en el campo de la paz y la seguridadinternacionales. Esto quiere decir que el Consejode Seguridad necesita abordar esos problemas ensu trabajo. En otras palabras, la seguridad humanase interpreta como una conceptualización que hapermitido incluir los temas de la mujer y la igualdadde género en la agenda de la seguridad, y como
un marco para la acción que cambia la forma enque encara la ONU el mantenimiento de la pazy la seguridad internacionales.10 La seguridadhumana permite que los temas de género, otroraconsiderados no pertinentes o de importanciamenor, sean considerados con la debidaseriedad en la agenda de la paz y la seguridadinternacionales. La prioridad de la seguridadhumana cambia para incluir las amenazas a laintegridad personal y a la dignidad del ser humano.La protección de la integridad personal implicaque los seres humanos puedan vivir sin temor a
que el Estado o actores no estatales los sometan
10 Natalie Hudson, Gender, Human Securityand the UN: Security Language as a PoliticalFramework for Women (El género, la seguridadhumana y la ONU: el lenguaje de la seguridadcomo marco político para la mujer), Londres,Routledge, 2009.
a actos de abuso tales como acoso, detención,desaparición y violencia sexual.
Como consecuencia de la RCS 1325 (2000) y delmarco de interpretación de la seguridad humana,el sistema de ONU pasó de identicar necesidadesa crear conciencia y desarrollar mecanismos derespuesta y acción más ecaz.
Niveles y actores involucrados en laRCS 1325 (2000)
• Consejo de seguridad
• Secretario General y la Secretaría
• Organismos, Fondos y Programas deONU
• Miembros Estados de ONU
- Gobiernos (instituciones,organismos y mecanismosnacionales)
- Todas las partes de un conicto
• Organizaciones no gubernamentales
- Organizaciones pro-derechosde la mujer de las fuerzas vivas(nacionales y locales)
- Organizaciones pro-derechos de lamujer internacionales
- Organizaciones de derechoshumanos
- Actores involucrados en acuerdos ynegociaciones de paz
- La academia
• Otras organizaciones gubernamentalesregionales e internacionales
- Unión Europea, Unión Africana,Organización de Estados
Americanos- Muchas otras
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prevenirla de manera ecaz. Las dimensionesde género de las situaciones preconicto puedenincluir un aumento del comercio sexual en lasinmediaciones de las bases militares en épocas demayor movilización de soldados, un incremento dela violencia sexual inuenciada por la inestabilidadpolítica, o la difusión de estereotipos de género
en los medios de comunicación masiva comoparte de las campañas de movilización.12 Lasorganizaciones de la sociedad civil, en particularlos grupos de mujeres, pueden ser aliadas de pesoen la detección y denuncia de señales de alertatemprana.
En Timor Oriental, en el marco de una iniciativatendiente a prevenir un conicto, el PNUD(Programa de Desarrollo de Naciones Unidas)apoyó a mediadores pertenecientes a lacomunidad nacional, 50% de los cuales eranmujeres, para que formaran parte del nuevoDepartamento de Construcción de la Paz yCohesión Social. El contingente 100% femeninodel equipo civil de monitoreo internacional deMindanao, Filipinas, es otro ejemplo de integraciónen acción. Realiza patrullas y visitas regulares ala comunidad, prestando asistencia en el lugar ycumpliendo la función de alerta temprana.
12 INSTRAW, Securing Equality, EngenderingPeace (Asegurar la igualdad, “generar” la paz),cuadro 14.
Participación
El área temática de la participación se centra enlas iniciativas que promueven la participaciónactiva y contundente de la mujer en todos losprocesos de paz, así como su representación enla toma de decisiones de carácter formal e informal
a todos los niveles. Las iniciativas tendientesa mejorar la asociación y formación de redescon organizaciones locales e internacionalespro-derechos de la mujer también se incluyenen esta área temática. Las iniciativas cuyanalidad es reclutar y designar a mujeres encargos de jerarquía en la ONU, entre ellos, el deRepresentante Especial del Secretario General,y en las fuerzas de mantenimiento de la pazcomo personal militar, policial y civil, tambiéncorresponden a esta área.
Como se demuestra en estos párrafos, la RCS1325 (2000) rearma el derecho humano de lamujer a participar a todos los niveles de la tomade decisiones, tanto en el campo de operacionescomo en el Cuartel General de ONU. Ello sereeja en la inclusión de mujeres en la mesa depaz durante los procesos formales e informalesde paz, y como parte de las operaciones depaz de ONU, en particular en la reconstrucciónposconicto. La mujer debe poder participaren todas las fases, desde el relevamiento, el
diseño del proyecto y la implementación, hastael monitoreo y la evaluación; así, la igualdad degénero debe alcanzarse a todos los niveles de laactividad de ONU. Esta área temática reconocey promueve la intervención y la capacidad de lamujer para contribuir a la resolución de conictos yla construcción de la paz.
Protección
El área temática de la protección abarca lasiniciativas que fortalecen y amplían los esfuerzos
por garantizar la seguridad, la salud física ymental, el bienestar, la seguridad económica, y ladignidad de mujeres y niñas. Las iniciativas quepromueven y salvaguardan los derechos humanosde la mujer e integran una perspectiva de géneroa las reformas jurídicas e institucionales tambiéncorresponden a esta área. De esa manera, laprotección se percibe como un componente
Un grupo de niños de corta edad, todos los
sobrevivientes de abuso sexual, se muestran en una casa
de seguridad en Monrovia, Liberia. (Foto de ONU Nº
535616 por Staton Invierno, octubre de 2012)
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clave para instaurar la paz y la seguridadinternacionales.
Estos párrafos del texto de la RCS 1325 (2000)demuestran que la protección de mujeres y niñasestá profundamente arraigada en el derechointernacional. Los Estados Miembros están
legalmente obligados a proteger los derechosbásicos de mujeres y niñas en tiempos deconfrontación y de paz. La RCS 1325 (2000)reconoce las singulares formas de sufrimientode mujeres y niñas durante los conictos, y cuánvulnerables son aun después de declarado el cesede fuego. Por ejemplo, las mujeres y las niñas sonel objetivo principal de la violencia sexual durantelos conictos. La violación de mujeres civiles esuna práctica generalizada y ha sido reconocidacomo crimen de guerra y crimen de lesahumanidad. La violencia sexual fue desenfrenadadurante la guerra de los Balcanes, y también lo fueen conictos desatados en África, Asia y AméricaLatina.
La RCS 1325 (2000) aborda además la protecciónde los refugiados y PID/IDP (internamentedesplazados), y la reinserción en la sociedad delos excombatientes y las personas desplazadas.Es este un desafío clave para muchos gobiernos.
La protección de quienes son desplazados por
la fuerza durante y después de los conictos esclave para establecer y reinstaurar el estado dederecho y la seguridad humana en las sociedadesque salen de la violencia y la guerra. Además delas disposiciones que pueden interpretarse dentrodel marco de las 3 “P” descrito más arriba, la RCS1325 (2000) “hace énfasis en la responsabilidad detodos los Estados de terminar con la impunidad ysometer a juicio a los responsables de genocidio,crímenes de lesa humanidad y crímenes deguerra, incluidos los relativos a la violencia sexualy otras formas de violencia contra mujeres y
niñas, y en este sentido destaca la necesidad deexcluir estos crímenes, toda vez que sea posible,de las disposiciones de amnistía” (párrafo 11).Muchos llaman a esta disposición la cuarta “P”(por Prosecution, que en inglés quiere decir“enjuiciamiento”). Esta cuarta área temática seaplica tanto a los victimarios que forman partedel conicto armado como al personal de ONU
destacado en operaciones de paz (en el contextode la política de ONU de tolerancia cero a laexplotación y el abuso sexual). Así, la RCS 1325(2000) rearma la responsabilidad de todoslos gobiernos de terminar con la impunidad ydefender el estado de derecho, especicando quelos crímenes contra mujeres y niñas no deberán
incluirse en las disposiciones de amnistía de lostratados de paz. Los acuerdos de paz que incluyendisposiciones de amnistía son difíciles de conciliarcon el objetivo de terminar con la cultura de laimpunidad.
A pesar de la rearmación del marco de las 3 “P”(3P) por parte de la ONU, aún existen desafíossignicativos para la instrumentación plena de laRCS 1325 (2000). Lo que es más impor tante, laresolución carece de mecanismos que permitanmonitorear la implementación a nivel nacionalo internacional. No requiere que los EstadosMiembros presenten informes regularmente niplantea ninguna herramienta de evaluación quepermita medir el grado de implementación y laecacia global. Estos obstáculos están vinculadosal hecho de que muchos actores carecen devoluntad política para instrumentar la resolucióno para nanciar programas que lo hagan. Elgénero sigue percibiéndose como un asuntomenor, no como componente genuino del temade la seguridad, y se supone que las mujeres
son víctimas del conicto armado, en lugar deprotagonistas de la resolución de conictos. Engeneral, la falta de información y de toma deconciencia con respecto a la resolución, así comoel insuciente respaldo nanciero, institucionaly de voluntad política, siguen representando unimportante desafío para su implementación.
3.5 Implementación de la RCS 1325(2000) y resoluciones subsiguientes enel Sistema de ONU
A pesar de los importantes desafíos mencionadosprecedentemente, la ONU ha dado pasossignicativos para instrumentar la RCS 1325(2000). En general consisten en cambios deprocedimiento en el proceso de planicación, losprogramas de capacitación y la estructuras decontratación de personal. Por ejemplo, cada año,el Consejo de Seguridad conmemora el aniversario
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Informe del Secretario General sobre la participación de la mujer en la construcción de la paz (A/65/354-5/2010/466)
Seguimiento del avance: Plan de acción de 7 puntos
Compromiso Medidas
1. Resolución de conictos
Las entidades de la ONU tomarán
medidas más sistemáticas para asegurar
la participación de la mujer en los
procesos de paz y la disponibilidad de
expertos en la temática de género en
dichos procesos.
a) Designación de mujeres como jefes de mediación/ enviadas especiales a los procesos de paz liderados por la ONU (párrafo 28).
b) La ONU convocará a experimentados expertos en la temática de género, para que participen en las actividades de apoyo a la
mediación (párrafo 28).
c) La ONU invertirá en estrategias para que más mujeres integren las partes de la negociación (párrafo 28).
d) Las entidades de ONU asistirán en la creación de foros de organizaciones de la sociedad civil (OSC) de mujeres, a n de asegurar
que los equipos de mediación y de negociación realicen consultas con las OSC femeninas (párrafo 28).
2. Planicación posconicto
El sistema de ONU habrá de
institucionalizar de manera más
sistemática la participación de la mujer
en todos los procesos de planicación
posconicto (y la aplicación a estos
de un análisis de género), de modo de
tratar en cada etapa las necesidades
especícas de mujeres y niñas y la
discriminación de género.
a) Las entidades competentes de ONU realizarán una revisión exhaustiva de los arreglos institucionales existentes para incorporar
los problemas de género a l a planicación posconicto. Los principios regirán para todas los procesos de diseño de estrategias y
planicación posconicto (párrafo 32).
b) Se establecerán procedimientos estándar para las conferencias de donantes, a n de asegurar que se invite a representantes
femeninas de la sociedad civil y la arena política, pero que se les dé acceso a toda la documentación de la conferencia, espacio en
la agenda para que planteen sus inquietudes, y ayuda para coordinar reuniones preparatorias y elaborar documentos sobre políticas
(párrafo 33).
3. Financiamiento posconicto
La ONU se compromete a proveer más
fondos para la igualdad de género y el
empoderamiento de mujeres y niñas en
situaciones posconicto.
a) En todos los proyectos nanciados por la ONU de apoyo a la construcción de la paz, se deberá demostrar cómo beneciarán a
hombres y mujeres (párrafo 35).
b) Cada entidad de ONU habrá de iniciar un proceso alineado con su mandato institucional y sus arreglos de gestión especícos,
tendiente a sentar los cimientos e invertir en sistemas de seguimiento del nanciamiento de proyectos de género posconicto, y a
trabajar para lograr el objetivo de que por lo menos el 15% de los fondos administrados por la ONU en apoyo a la construcción de la
paz se destine a proyectos cuyo principal objetivo (acorde a los mandatos existentes) sea abordar las necesidades especícas de la
mujer, promover la igualdad de género y empoderar a la mujer (párrafo 36).
4. Capacidad civil de respuesta a
los problemas de género
La capacidad civil habrá de incluir
habilidades especícas para hacer
frente a las necesidades urgentes de la
mujer, y conocimientos especializados
para reconstruir las instituciones del
estado y hacerlas más accesibles a
mujeres y niñas, y con menos tendencia
a propiciar la discriminación de género.
Los líderes de ONU habrán de asegurar que las misiones y quienes planican la ayuda humanitaria revean sus procedimientos, a n de
mejorar la capacidad de ONU de abordar las necesidades de mujeres y niñas en situaciones posconicto.
5. Representación de la mujer en
la gestión posconicto
La ONU habrá de asegurar que, en
la asistencia técnica a los procesos
de resolución de conictos y a los
países que salen de conictos, se
promueva la participación de mujerescomo responsables de la toma de
decisiones en las i nstituciones públicas,
designándolas y eligiéndolas, entre
otras, por medidas especiales de
carácter transitorio, tales como acciones
armativas, tratamiento preferencial
y regímenes de cuotas consagrados en
la normativa de derechos humanos del
derecho internacional.
a) A n de construir estructuras de gestión inclusiva, la ONU habrá de asegurar que en la asistencia técnica a los procesos de
resolución de conictos y a los países que salen de conictos se incluya una rigurosa evaluación del posible valor de la adopción de
medidas especiales de carácter provisional, entre ellas, cuotas para mujeres
b) Como parte de la asistencia que preste, la ONU habrá de asegurar que se aborde la discriminación de género en todas las etapas del
proceso político (párrafo 43).
c) En la asistencia t écnica a la reforma administrativa pública, se asegurará que se incluyan regímenes de cuotas y promoción de
tratamiento expeditivo, a n de incrementar la proporción de mujeres en las instituciones del estado a todo nivel, y la creación de
capacidades para mejorar su ecacia (párrafo 44).
6. Estado de derecho
El criterio de la ONU de rearmar
el estado de derecho –antes,
durante y después de un conicto –
sistemáticamente habrá de promover
el derecho de mujeres y niñas a la
seguridad y la justicia.
a) En las operaciones de paz, se emprenderán esfuerzos inmediatos y de más largo plazo por prevenir y responder a la violencia
sexual y otras formas de violencia de género (VSG), detalladas en el párrafo 46 del Informe del Secretario General sobre la Mujer y la
Construcción de la Paz.
b) Los Servicios de Apoyo Jurídico a mujeres y niñas (LSS por su sigla en inglés), de instrumentación temprana y a escala suciente
para demostrar el compromiso con terminar con la impunidad y proteger a las víctimas pasarán a ser un componente estándar de la
respuesta de estado de derecho de la ONU en el período inmediatamente posterior al conicto (párrafo 47).
c) Se establecerán estándares mínimos de respuesta de género (y opciones para asegurar que se los incorpore a las actividades de
asesoramiento técnico de los actores competentes de ONU) para los programas de resarcimiento de las Comisiones de la Verdad y la
Reconciliación (CVR) y organismos conexos (párrafo 48).
7. Recuperación económica
El sistema de ONU habrá de asegurar la
actuación de la mujer en pie de igualdad
como participante y beneciaria de
los programas de desarrollo local,
creación de empleos, servicios de
atención al público - entrega, y desarme,
desmovilización y reinserción (DDR) en
situaciones posconicto.
a) En aquellos programas de desarrollo e infraestructura local que se encaren con criterio participativo/de desarrollo comunitario, se
deberá exigir la participación directa de la mujer y de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) de mujeres en la determinación de
prioridades, la identicación de beneciarios y el monitoreo de la implementación
(párrafo 50).
b) En los programas de empleo posconicto se deberá apuntar especícamente a las mujeres como grupo beneciario. Se deberá
aplicar un principio de gama de paridad, a n de asegurar que ninguno de los sexos obtenga más del 60% de días-persona de empleo.
Además, en los programas de empleo se deberá asegurar que las trabajadoras reciban directamente los jornales y que se haga frente a
las barreras que impiden la participación igualitaria (párrafo 50).
c) Las mujeres deberán ser promovidas como agentes de servicios de atención al público – entrega, por ejemplo, en la salud, la
extensión agrícola, la educación y la gestión de los recursos naturales, incluidos los bosques y las selvas (párrafo 51).
d) Asegurar la participación igualitaria de la mujer en todas las etapas del proceso de desarme, desmovilización y reinserción (DDR),
desde negociar acuerdos de paz y establecer instituciones nacionales, a diseñar e instrumentar programas.
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de la RCS 1325 (2000) rearmando el compromisoasumido en octubre de 2000 y esbozando manerasde abordar los temas de la igualdad de género yempoderamiento de la mujer en situaciones deconicto en todo el mundo. Otro ejemplo es que,en los seis años previos a la aprobación de laRCS 1325 (2000), solo el 4% de las resoluciones
del Consejo de Seguridad incluían referencias amujeres, niñas o género.13 Entre agosto de 2011 y
julio de 2012, en cambio, 30 de las 48 resolucionespertinentes del Consejo de Seguridad (63%) sererieron a la agenda de la mujer, la paz y laseguridad.14
En lo que hace a la formulación de reglas internasde ONU, diversos departamentos de ONU haninterpretado que la RCS 1325 (2000) funcionacomo un mandato a considerar el impacto degénero de diferentes políticas. Por ejemplo, elDOMP/ DPKO declara que la RCS 1325 (2000)creó su mandato de integrar las cuestiones degénero y dar capacitación de género en lasmisiones de paz.15 El DOMP/DPKO cuenta con unasesor de género y ha instrumentado capacitaciónsobre temas de sensibilidad de género para losociales de policía y el personal de paz en misión.También se han designado asesores de género enmisiones para asistir en la integración de génerode las operaciones de mantenimiento de la paz.
A partir de junio de 2011, el 100% de las misiones
de campo dirigidas por el DOMP/DPKO tienencomponentes de género, y el 60% de estos sonencabezados por un experimentado experto en
13 Ver Resolution Watch, disponible en http://www.peacewomen.org/un/sc/1325_Monitor/countryindex.htm, visitado el 03/02/2010.14 Ver “Mapping Women, Peace and Security inthe UN Security Council 2011-2012” (Mapeo dela mujer, la paz y la seguridad en el Consejo deSeguridad 2011-2012), Informe del grupo de trabajode ONG sobre la mujer, la paz y la seguridad, en
http://www.womenpeacesecurity.org, visitado el22/11/2012.15 El DOMP/DPKO remite su mandato deintegración de género directamente a la RCS1325 (2000). Ver Unidad de Mejores Prácticasdel DOMP/DPKO, Gender Resource Package forPeacekeeping Operations (Recursos de géneropara las operaciones de mantenimiento de la paz),Naciones Unidas, 2004, págs. 1, 9-10.
género. Por otra parte, en los recientes marcosestratégicos para la instauración de la paz enBurundi y Sierra Leona, el mandato de la Comisiónde Instauración de la Paz da preeminencia a losproblemas de la mujer y los trata como temasque atañen, no solo a un número limitado deprogramas, sino a todos los aspectos de las
operaciones de paz.
El Informe del Secretario General sobre laparticipación de la mujer en la construcción de lapaz (2008) plantea un Plan de Acción de 7 puntospara el sistema de ONU, a efectos de monitorearel avance, establecer compromisos especícos ymedidas para cumplirlos. (Ver la página siguiente.)
Desde entonces, la ONU ha acordado un plande acción para todo el sistema centrado enprogramación en función de resultados, monitoreoy herramientas de información. Este enfoqueintegral se sustenta en un marco basado enresultados, un proceso dinámico que proveeretroalimentación a lo largo de todo el ciclodel programa: planicación, programación,presupuesto, monitoreo y evaluación. Así, laimplementación dentro del sistema de ONUse ha centrado en el desarrollo y aplicaciónde indicadores de uso general para medir losresultados.
Los indicadores facilitan la comprensión de losproblemas de paz y seguridad actuales, lastendencias, y la distancia entre la situación actual y
los objetivos deseados.
El Consejo de Seguridad urgió al SecretarioGeneral a que “asegurara que en los informesde países y temas relevantes se incluyeran datossobre la implementación de la resolución 1325(2000) “usando, si corresponde, este conjuntode indicadores”. Estos comienzan a utilizarse enlos informes 2011 y 2012 del Secretario General
al Consejo de Seguridad sobre la mujer, la paz yla seguridad (S/2011/598 y S/2012/732). En cadavez más sistemas de implementación regionalesy nacionales se está tomando como modelo elmarco de seguimiento mediante indicadoresde la resolución 1325 (2000). Hay aquí algunosejemplos:16
16 Para obtener más información, ver Seguimiento
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Prevención
• Número de mecanismos de alerta tempranasobre problemas de género;
• Número de políticas y programas sobreprevención de la violencia sexual y otras formasde violencia de género (VSG).
Participación
• Número de consultas con organizaciones demujeres;
• Porcentaje de designación de mujeres comoRepresentantes Especiales del Secretario
de la Implementación de la Resolución del Consejode Seguridad 1325 (2000), Octubre de 2012. http://www.unwomen.org/.../2012/.../02A-Tracking-Imple-mentacion-of-Security Council Resolution 1325”.Visitado el 30/10/2012.
General (SRSG), Enviadas y CoordinadorasResidentes;
• Relación entre el número de mujeres y dehombres que participan en las estructuras degobierno;
• Número de mujeres que participan en
conversaciones de paz.
Protección
• Número de tratados internacionales raticadosen la materia;
• Número de mecanismos que existen para exigirresponsabilidad judicial y no judicial;
• Número de casos presentados ante el tribunalpor mujeres víctimas de violencia;
• Número de centros (“puntos focales”) deEvaluación Ambiental Estratégica (EAE o SEApor su sigla en inglés) designados en la ocinadel país.
Auxilio y recuperación
• Número de mujeres y hombres de todaslas edades que reciben información sobreprogramas de asistencia y tienen la oportunidadde comentar sobre estos;
• Número de actividades propuestas centradas
en las necesidades especícas de mujeres yniñas como porcentaje del presupuesto total dereconstrucción;
Normativa
• Número de políticas (planes de acción yprogramas) existentes;
• Índice de implementación de las políticas;
La implementación de la RCS 1325 (2000) anivel del sistema de ONU se centra en formular
estrategias, acciones y programas concretos demanera efectiva y eciente, a n de potenciar el rolde la mujer en el campo de la paz y la seguridad.Esto quiere decir que la ONU debe desarrollar yasegurar el apoyo efectivo a los Estados Miembrosu otros actores en la implementación de la RCS1325 (2000) a nivel nacional y regional. Para ello,es preciso reforzar los mecanismos de asignación
Goretti Ndayisaba de Burundi, un miembro del Grupo
de Trabajo de ONG sobre Mujeres, Paz y Seguridad, en
declaraciones a los periodistas en una conferencia de
prensa sobre la aplicación de la Resolución 1325 del
Consejo de Seguridad en la Sede de las Naciones Unidas.
(Foto de ONU Nº 100627 por Mark Garten, octubre de
2005)
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de responsabilidad e incrementar la cooperacióny coordinación entre los organismos a todos losniveles de actividad de la ONU.
3.6 Implementación de la RCS 1325(2000) y resoluciones subsiguientes a
nivel nacional y regional A estos niveles, es responsabilidad de losEstados Miembros y de las organizacionesregionales asegurar un criterio coherente en laimplementación de todas las resoluciones delConsejo de Seguridad (RCS) sobre la mujer, la pazy la seguridad (MPS), y fomentar una perspectivade género en los temas relacionados con la pazy la seguridad en el ámbito nacional y regional.En la implementación, es importante considerar yrespetar la Constitución de cada país, instrumentos
internacionales tales como la Plataforma de Acciónde Beijing y la Convención sobre la Eliminaciónde Todas las Formas de Discriminación contra laMujer (CEDAW), y compromisos regionales enla materia. Desde 2010, el Comité de la CEDAWha venido trabajando en la elaboración de unarecomendación de carácter general sobre laprotección de los derechos humanos de la mujer
en contextos de conicto y posconicto. Estaserá un paso importante para dejar más en clarolas obligaciones de los Estados signatarios de laConvención y brindar orientación calicada sobrelegislación, política y demás medidas necesariaspara cumplir dichas obligaciones.
El Consejo de Seguridad ha exhortado a losEstados Miembros de ONU a que avancenen la implementación de la RCS 1325 (2000),desarrollando planes de acción nacional yotras estrategias a nivel nacional y regional.17
La elaboración de un plan de acción brindala oportunidad de emprender accionesestratégicas, identicar prioridades y recursos,y denir responsabilidades y cronogramas deimplementación de las resoluciones sobre la mujer,la paz y la seguridad (MPS). Además de permitirestablecer de común acuerdo medidas concretas,
el proceso de elaborar un plan de acciónpromueve la toma de conciencia y la capacitaciónen el área de MPS a nivel nacional y regional,y permite salvar la brecha de conocimiento yreconocimiento de cómo instrumentar plenamentelas resoluciones.18
Medidas a nivel nacional
La implementación en el ámbito nacionales imprescindible para llevar a la práctica e
instrumentar plenamente la RCS 1325 (2000).Un Plan de Acción Nacional (PAN o NAP porsus iniciales en inglés) sobre la Mujer, la Paz y laSeguridad (MPS) es uno de los muchos métodosque pueden usar los Estados Miembros paraimplementar las resoluciones dentro de su contextonacional especíco. La elaboración de un plan deacción crea un ámbito de análisis de la situación,consulta con las partes interesadas y planicación,a n de identicar medidas estratégicas tendientesa asegurar un cambio concreto que permita sortearla brecha en materia de MPS.
17 Ver, por ejemplo, las DeclaracionesPresidenciales S/PRST/2004/40, S/PRST/2005/52y S/PRST/2012/23, Apéndice I.18 National Action Plans: National Implementation
Overview (Planes de acción nacional: perspectivageneral de la implementación en el ámbitonacional), disponible en http://peacewomen.org/pages/about-1325/national.action-plans-naps,visitado el 25/10/2012.
Fernanda Tavares (segunda por la izquierda), la Operación de las Naciones
Unidas en Burundi (ONUB) Asesora de Género, se dirige a un taller para
evaluar la participación de la mujer en el proceso electoral en Burundi,
fanqueado por Pascasic Ndeberi (izquierda), portavoz de Synergie,
un grupo de locales asociaciones; Françoise Ngendahayo, Ministro de
Solidaridad Nacional, Derechos Humanos y Género; y Gorethi Nduwayo,
el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM)
Directora en Burundi. (Foto de ONU Nº 120381 Mario Rizzioli, mayo de
2006)
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En 2005, el gobierno de Dinamarca lanzó el primerPAN sobre cómo hacer realidad las intenciones dela Resolución 1325. El plan inicialmente acordadosurgió de la cooperación entre el Ministerio de
Asuntos Exteriores y el Ministerio de Defensa.Este fue revisado en 2007 por un grupo de trabajoformado por representantes del Ministerio de
Asuntos Exteriores, el Ministerio de Defensa y elComisionado Nacional de Policía, en colaboracióncon organizaciones no gubernamentales (ONG)y de la sociedad civil (OSC). Dinamarca decidiórevisar el plan de acción en un intento por incluirun criterio más sistemático que incorporara lostemas de género a todas las actividades dedesarrollo relacionadas con los conictos armados.Es este un ejemplo de cómo se fue ampliando yprofundizando un marco inicial, a medida que, conel tiempo, se fueron cultivando la comprensióny la implementación viable, monitoreándola yevaluándola.
Para principios de 2013, 41 estados habíanelaborado Planes de Acción Nacional (PAN) paraimplementar la RCS 1325 (2000) y, en muchoscasos, también la RCS 1820 (2008). Entre estoshay algunos países que recientemente han pasadopor conictos, tales como Bosnia - Herzegovina,Costa de Marl, la República Democrática delCongo, Liberia, Nepal, Ruanda, Sierra Leona y
Uganda. Los países nórdicos están a la cabezamarcando el rumbo, ya que Dinamarca, Finlandia,Islandia, Noruega y Suecia ya han terminadode elaborar sus respectivos planes. Tambiénintegran este selecto grupo Alemania, Australia,
Austria, Bélgica, Burundi, Canadá, Chile, Croacia,Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia,
Filipinas, Francia, Georgia, Ghana, Guinea,Guinea-Bissau, Irlanda, Italia, Kirguistán, Lituania,Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Senegal,Serbia y Suiza.19 (Para leer el texto completo decada uno de los Planes de Acción Nacional (PAN oNAP en inglés), ir a http://www.peacewomen.org/pages/about-1325/ national-action-plans-naps.)
Cada país debe encontrar la mejor manerade implementar la agenda de la Mujer, la Pazy la Seguridad (MPS) dentro de su contextonacional. Los PAN por sí solos (independientes)no constituyen el único medio de avanzar en laimplementación a nivel nacional. Los elementosclaves de las resoluciones sobre MPS puedenintegrarse, cuando corresponda, a las prioridadesde los Ministerios de Defensa, Interior, Justicia,Desarrollo Económico y Social, Género, Desarrolloy Asuntos Exteriores del país. Alternativamente,el proceso de elaboración de un PAN puedeusarse para activar la asignación de recursos y la19 Ibíd.
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adopción de medidas dentro de cada ministerio ydepartamento competente, de modo de impulsar ellogro de los objetivos en materia de MPS. Algunospaíses han intentado integrar los temas de MPS asus iniciativas, leyes, políticas y planes relativos ala paz y la seguridad, y/o fomentar la igualdad degénero y el empoderamiento de la mujer.
Integrar la implementación de dichas resolucionesa planes de desarrollo nacional de más amplioespectro (como los Documentos de Estrategia deReducción de la Pobreza, los planes de desarrollonacional y las estrategias de seguridad/defensanacional) puede asegurar una instrumentaciónintegral y sostenible en el largo plazo.
Los planes de acción pueden elaborarserápidamente, o bien por medio de un prolongadoproceso de consulta, y pueden usarse comoherramientas para generar más conciencia yprotagonismo entre los diferentes actores delgobierno que desempeñan un papel directo oindirecto en la implementación.
En el cuadro a continuación, se muestran lasventajas y desventajas de cada uno de loscriterios:20
20 INSTRAW “Securing equality, Engendering
Integrar las resoluciones sobre MPS a la políticanacional no solo vale para los países y regionesafectados por conictos, ya que las resolucionestratan también sobre la preservación de la paz y laseguridad internacionales, y sobre la prevención delos conictos internos. Muchos países contribuyende un modo u otro a la resolución de los conictos,
la diplomacia preventiva, el mantenimiento dela paz y la recuperación posconicto. El primergrupo de países que elaboró Planes de AcciónNacional (PAN) fue el de los que participaron enel nanciamiento de la resolución de conictos, elmantenimiento de la paz y los esfuerzos por lograrla recuperación posconicto. Sus PAN se centraronen integrar los objetivos en materia de MPS a supolítica exterior y su política de cooperación con eldesarrollo.
La elaboración de un Plan de Acción Nacional(PAN) puede hacer más visibles los esfuerzosnacionales por medio de la presentación deinformes transparentes y de un sólido sistemade asignación de responsabilidad en la
peace: a guide to policy and planning on women,peace and security (UN SCR 1325)” (Asegurandola igualdad, “generando” la paz: guía de políticay planicación en materia de la mujer, la paz y laseguridad [RCS 1325]), 2006, págs. 18-19.
Tipo de plan Ventajas Desventajas
Integrado a planesexistentes
• Puede que se requieran menos recursos
para instrumentar las medidas;
• Puede permitir asegurar que los temas
relativos a MPS se integren a las grandes
directrices e iniciativas nacionales de
seguridad, justicia y desarrollo.
• Los temas relativos a MPS podrían pasar a
ser un agregado, una declaración accesoria
de importancia menor.
• Puede que se desvíen los recursos de MPS
a otros programas a los que se les preste
más atención dentro de la política, la ley o
el plan.
Independiente • Permite que haya más conciencia con
respecto a la agenda de MPS en el ámbito
nacional;
• Se centra en el logro de los objetivos en
materia de MPS dentro del contexto de lasprioridades nacionales;
• Facilita el monitoreo del avance y las fallas
en la implementación;
• Si parte de una planicación e
instrumentación participativa, puede
involucrar a actores de diversas áreas
en una empresa común que fortalezca el
compromiso.
• Podría llegar a requerir más esfuerzos para
iniciar el proceso, justicar su necesidad e
implementarlo;
• Podría llegar a darse superposición de
esfuerzos con los planes de géneronacionales existentes.
• El plan podría ser marginado, considerado
como simplemente simbólico, y no se
ejecutará.
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implementación de las políticas en materia de lamujer, la paz y la seguridad (MPS). La elaboraciónde un Plan de Acción Nacional (PAN) conllevaademás otros benecios, entre ellos:
• Coherencia y coordinación entre los organismos
de gobierno: Las seis resoluciones en materia
de MPS contienen objetivos que requieren laacción de los Estados Miembros en una serie de
áreas diferentes. Un PAN es entonces un buen
mecanismo para que un gobierno reexione
sobre lo que ya se está haciendo, asegure
coherencia, identifque toda otra prioridad y
oportunidad no prevista, y fje, de consenso,
cronogramas para cumplir los objetivos. Un
PAN permite a los departamentos del gobierno
tener una distribución defnida de los recursos
humanos y una idea clara de los recursos
fnancieros necesarios, y puede además permitir
identifcar a posibles socios, entre ellos lasociedad civil, para consolidar la implementación
de las resoluciones.
• Mejora en el monitoreo y la evaluación, y
optimización del sistema de rendición de
cuentas: en los Planes de Acción Nacional
se pueden identifcar objetivos, puntos de
referencia e indicadores coherentes que puedan
optimizar la implementación y elevar el nivel de
responsabilidad.
• Más sentido de pertenencia y conciencia: La
elaboración de un Plan de Acción Nacional
(PAN) propicia un foro para que personas
de diversos organismos gubernamentales,
organizaciones de la sociedad civil (OSC) y
organizaciones internacionales analicen y
compartan experiencias sobre temas relativos a
la Mujer, la Paz y la Seguridad (MPS).
• Increased relevance: NAPs help to make theWPS resolutions relevant to domestic andforeign policy-making.
Los países han instrumentado las resolucionessobre MPS a nivel nacional de diversas maneras.
Algunos gobiernos han intentado integrar unaperspectiva de género a sus políticas en materiade paz y de controversias. Por ejemplo, Argentinaa elaborado un plan de acción nacional paraintegrar el género a sus políticas de defensa.El Reino Unido inicialmente elaboró su plan de
acción nacional (PAN) jando objetivos y criterioscompartidos para sus secretarías de asuntosexteriores, desarrollo y seguridad. Alemania haevitado un plan autónomo, integrando en cambiolos puntos prioritarios clave de las resolucionesde MPS a la política de seguridad y la políticaexterior nacional, y regularmente informa al
Parlamento sobre su implementación. En otroscasos, las medidas tendientes a instrumentar lasresoluciones sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad(MPS) se han integrado a los planes de accióngenerales en materia de igualdad de género, comoocurrió en Colombia e Indonesia. Esta puedeser una opción ecaz en países afectados porconictos, donde es difícil hacer una distinciónclara entre las actividades de la agenda de MPSy las de la agenda más amplia de igualdad degénero y empoderamiento de la mujer, ya quese superponen en lo sustancial. En otros paísestales como Liberia, Costa de Marl y Uganda,los Ministerios de Género han desarrolladoPlanes de Acción Nacional de MPS, y los hanvinculado a los esfuerzos nacionales por prevenirla violencia contra la mujer o promover susderechos. El PAN de Estados Unidos, publicadoen diciembre de 2011, incluye una Orden Ejecutivaque exige que los departamentos de estadocompetentes especícos elaboren sus planes deimplementación y presupuestos, a n de asegurarsu institucionalización efectiva dentro de un plazo
de seis meses.
Localización
Recientemente, la Red Mundial de MujeresConstructoras de la Paz (GNWP por su siglaen inglés) ha abogado por una estrategia delocalización. Es este un medio para descentralizarla implementación de los PAN del ámbito nacionalal local, involucrando estructuras de gestiónlocales tales como gobiernos provinciales,autoridades de distrito y jefes tradicionales. La
GNWP realizó la primera experiencia piloto delocalización en Burundi, y ahora opera tambiénen Colombia, Nepal, Filipinas, Sierra Leona yUganda. El programa asigna a actores localesclave la implementación de las RCS de ONU1325, 1820 y resoluciones complementarias en lascomunidades locales. Reúne a autoridades localestales como gobernadores de provincias, alcaldes,
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Medidas a nivel regional
En el ámbito nacional, se han tomado medidaspara mejorar la coordinación y la responsabilidaden apoyo a los esfuerzos nacionales porconcretar los objetivos en materia de MPS. Lasorganizaciones intergubernamentales regionales
que cuentan con miembros de una sub-regiónespecíca, una región o un continente tambiénson importantes ámbitos para las políticas yla implementación de la RCS 1325. La Unión
Africana (UA), la Comunicad Económica deEstados de África Occidental (ECOWAS) y laComunidad de Desarrollo de África Austral(SADC) han promulgado instrumentosdirectamente relacionados con los objetivos dela RCS 1325. El Consejo de la Unión Europea(UE) aprobó dos documentos (2008) en los queesboza la estrategia de la UE para promoverla implementación de las RCS de ONU 1325 y1820 en lo que generalmente se conoce como el“Enfoque Integral”, y siguió luego con un conjuntode 17 indicadores para evaluar el avance queestán estrechamente vinculados con la lista deindicadores de ONU para la implementación dela RCS 1325.23 La Organización del Tratado del
Atlántico Norte (OTAN) revisó este criterio en 2011y nominó a Asesores de Género en los ComandosEstratégicos y en Afganistán y Kosovo. En agostode 2012, con el apoyo de Noruega, se designó a
una Representante Especial para la Mujer, la Pazy la Seguridad (MPS) en el Cuartel General de laOTAN en Bruselas.
El Foro del Pacíco de 2012 adoptó un Plan de Acción Regional que provee un marco a nivelregional para que los Miembros del Foro y losTerritorios del Pacíco mejoren el liderazgode las mujeres y las jóvenes en la prevenciónde conictos y la construcción de la paz,integrando el género al diseño de políticas de
23 Ver “Women and Peace and Security:Guidelines for National Implementation (Lamujer y la paz y la seguridad: directrices para laimplementación en el ámbito nacional), elaboradopor Natalia Zakharova, ONU Mujeres (2012),disponible en http://www.unwomen.org/wp-content/uploads/2012/10/02B-Plan-on-Women-and-Peace-and-Security.pdf. Buena parte de la presentelección se funda en este documento.
seguridad, y asegurando la protección de losderechos humanos de mujeres y niñas en crisishumanitarias, contextos de transición y situacionesposconicto. Además, establece un mecanismoregional que respaldará los esfuerzos regionales ynacionales.24
El diálogo regional puede contribuir a impulsar laagenda de MPS y dar apoyo a las redes internascada vez mayores que trabajan en estos temas.Por ejemplo, en 2011, la República Democráticadel Congo y Ruanda se reunieron en Burundipara discutir un Plan de Acción Regional sobre laimplementación de la Resolución 1325 por mediode la integración de la mujer a la prevención deconictos, los procesos de paz y la reconstrucciónposconicto en la Región de los Grandes Lagos.25
En abril de 2013, se realizó en Macedonia unevento apoyado por ONU Mujeres y co-organizadopor cinco organizaciones de la sociedad civil(OSC) de Serbia, Macedonia, Albania, Kosovoy Bosnia-Herzegovina, con la nalidad de crearuna plataforma para “intercambiar desafíos de lavida real a la implementación de la RCS de ONU1325” e identicar la buena metodología práctica,al tiempo que se redacta un informe de evaluaciónregional.26
No obstante, el avance en la implementaciónde las resoluciones del Consejo de Seguridad
(RCS) a nivel nacional y regional sigue siendolento. La mujer siguen siendo dejada al margende los procesos de instauración y construcciónde la paz; el porcentaje de mujeres del mundoque ocupan cargos ejecutivos es muy bajo, yla violencia contra la mujer sigue dándose conimpunidad. Es imprescindible que más Estados
24 Ver http://www.forumsec.org/pages.cfm/political-governance-security/human-securi-ty-framework/regional-action-plan-on-women-peace-security.html.
25 Femmes Africa Solidarité (FAS), encolaboración con los Ministerios de Género de trespaíses, organizó una reunión el 14-15/02/2011 enKinshasa. Ver “Burundi, la RDC y Ruanda adoptanun Plan de Acción Regional sobre la RCS de ONU1325” en http://www.fasngo.org/2nd-REGION-
AL-CONSULTATION-1325-GL.html.26 Ver http://www.bezbednost.org/Events/5095/Regional-dialogue-on-gender-and-security.shtml.
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adopción de la Resolución 1325 sobre la Mujer,la Paz y la Seguridad.
• Las resoluciones complementarias (en especiallas RCS 1889, 1829, 1888, 1960 y 2106)
rearmaron lo previsto en la Resolución 1325
y promovieron la agenda de MPS al reclamaruna mayor participación de la mujer; reconocerla violencia sexual relacionada con losconictos como una táctica de guerra y llamar aresponsabilidad a la cadena de mando; prohibirel otorgamiento de amnistía a quienes cometencrímenes de guerra que involucran violenciasexual; solicitar la utilización de herramientaspara mejorar el monitoreo y la implementación; ydelegar el liderazgo de alto nivel.
• El criterio de las 3 “P” (3P), que abarcaestrategias de Prevención, Participación yProtección de civiles, constituye un marcoconceptual para la implementación de la RCS1325 y otras resoluciones del Consejo deSeguridad sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad(MPS).
• Los planes de acción nacional y regional enmateria de MPS son métodos que puedenutilizar los Estados Miembros de ONU parainstrumentar las resoluciones sobre MPS en sucontexto nacional y regional especíco. Algunosestados y organizaciones regionales han
desarrollado planes de acción independientes,mientras que otros han optado por integrar lasdisposiciones en materia de MPS a las políticasy estrategias de diversos ministerios. El procesode elaboración de un plan de acción nacionalpuede usarse para activar la asignación defondos presupuestarios y la adopción de medidasrelativas a MPS dentro de cada Ministerio anivel nacional, a n de impulsar el logro de losobjetivos de MPS. La implementación de lasresoluciones del Consejo de Seguridad sobreMPS es relevante para todos los países, ya queabordan la preservación de la paz y la seguridadinternacionales, y la prevención de los conictosinternos.
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Resolución SC 1325 (2000) Interpretación y aplicación*
“Pide a todos los actores queparticipen en la negociación yaplicación de acuerdos de paz queadopten una perspectiva de género,incluyendo, entre otras cosas: ... (b)Medidas para apoyar las iniciativasde paz de las mujeres locales y losprocesos autóctonos de solución deconictos y para hacer participar lasmujeres en todos los mecanismos deaplicación de los acuerdos de paz”
(párrafo 8)
Los procesos de paz se producen en los niveles formalese informales, que son estrechamente relacionados entresí. Lo que se conoce como la diplomacia ‘Track I’ implica eldiálogo ocial del gobierno y la interacción que tiene lugarentre los gobiernos; Procesos de “Track II” son diálogos noociales que involucran actores no estatales. Muy a menudo,las mujeres están excluidas de las conversaciones ocialesde paz, a pesar de ser pacicadores bastante activos en elnivel de base. Este párrafo exige que se preste atención a lasactividades de mantenimiento de la paz de las mujeres queya se están produciendo, así como a la inclusión de mujeresen las negociaciones de paz formales y la incorporación de
una perspectiva de género en cualquier acuerdo de paz.
Protección
“Pide a todos los actores queparticipen en la negociación yaplicación de acuerdos de paz queadopten una perspectiva de género,incluyendo, entre otras cosas: ... (c)Medidas que garanticen la proteccióny el respeto de los derechoshumanos de las mujeres y las niñas,
particularmente en lo relativo a laconstitución, el sistema electoral, lapolicía y el poder judicial”
(párrafo 8)
A veces, el cese de los conictos armados y la aplicación deacuerdos de paz subsiguientes implica la oportunidad a losEstados miembros a reescribir constituciones y consagrarla igualdad de género. Los aspectos clave, entre ellos lasmujeres y la igualdad de acceso de los hombres a la tierra,la propiedad, la educación, la atención de la salud, el trabajoy la política, se pueden dar rango constitucional. Además, laincorporación de los tratados y convenios internacionales que
protegen los derechos de las mujeres, sobre todo SCR 1325(2000) y la CEDAW, se destaca la importancia de que unanueva Constitución da a la igualdad de género.
“Exhorta a todas partes en unconicto armado a que adoptenmedidas especiales para proteger alas mujeres y las niñas de la violenciapor razón de género, particularmentela violación y otras formas de abuso
sexual, y todas las demás formas deviolencia en situaciones de conictoarmado”
(párrafo 10)
Amenazas especícas de género para las mujeres y lasniñas agravan los desafíos de asegurar su protección.Durante los conictos armados, las mujeres y las niñas soncontinuamente amenazados por la violación, la violenciadoméstica, la explotación sexual, la trata, la humillaciónsexual y la mutilación. Las adolescentes están destinados
especícamente para el secuestro y el reclutamiento forzosoen las fuerzas armadas y los grupos armados, y son objetivospara la explotación sexual y el abuso. Estas prácticas lasponen en gran riesgo de enfermedades de transmisiónsexual, incluido el VIH / SIDA. Respuestas internacionales ensituaciones de conicto deben incluir informes sistemáticossobre la violencia sexual, hacen hincapié en las necesidadesde salud reproductiva de las mujeres y las niñas, y reejan laorientación política reforzada en las respuestas a la violenciade género y la explotación sexual.
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9 0 | I M P L E M E N T A C I Ó N D E L A S R C S D E O N U S O B R E L A A G E N D A D E M P S E N A M É R I C A L AT I N A Y E L C A R I B E
1. La idea inicial de una resolución sobre la
mujer, la paz y la segur idad surgió porpr imera vez:
A. Como parte de un discurso que dio elPresidente del Consejo de Seguridad,Embajador Anwarul Chowdhury, deBangladesh, con motivo del Día Internacionalde la Mujer;
B. Durante la discusión de la Asamblea Generalde 1998 sobre la protección de mujeres y niñasde la violencia en los conictos armados;
C. Como uno de los puntos de la agenda, durante
la Convención sobre la Eliminación de Todaslas Formas de Discriminación contra la Mujer;
D. Con la Plataforma de Acción de Beijing y suarticulación de la mujer y el conicto armadocomo uno de los 12 objetivos estratégicos.
2. La seguridad económica, la seguridadambiental y la segur idad sanitar ia sonelementos defnitorios de:
A. La seguridad humana;
B. La seguridad nacional;C. La seguridad mundial;
D. La seguridad política.
3. El surgimiento y apr obación de la RCS1325 (2000) se debió en buena medida a laorgan ización y defensa de:
A. Organizaciones no gubernamentales y susasociaciones con entidades de ONU y Estados
Miembros comprometidos con la igualdad degénero y el empoderamiento de la mujer;
B. La Organización Nacional de Mujeres;
C. La Ocina del Secretario General;
D. Un conglomerado de organizacionesindependientes de mujeres de las fuerzasvivas.
4. Antes de la RCS 1325 (2000), ¿qué
documento de ONU, tratado internacionalo comisión funcional abor dó los temasrelacionados con la mujer, la paz y laseguridad?
A. La Comisión sobre la Condición de la Mujer;
B. La Declaración de Windhoek y el Plan de Acción de Namibia;
C. Tanto A. como B.;
D. Ninguno.
5. La resolución del Consejo de Segur idad1325 (2000) exige que la resolución seaimplementada:
A. Exclusivamente por los Estados Miembros deONU;
B. Exclusivamente por los países contribuyentesde tropas, el personal de ONU y actoreslocales en el campo;
C. Por todos los órganos de ONU, losEstados Miembros, las organizaciones nogubernamentales y la sociedad civil;
D. Por todos los actores involucrados en negociare implementar acuerdos de paz.
6. El criterio de las 3 “P” (3P) se refere a la
instrumentación de estrategias en las ár easde:
A. Prevención, participación y protección;
B. Prevención, participación y paz;
C. Participación, protección y paz;
D. Participación, protección y proceso judicial.
Cuestionario de nal de lección
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L E C C I Ó N 3 : L A S R C S S O B R E L A M U J E R , L A PA Z Y L A S E G U R I D A D | 9 1
7. La implementación de la RCS 1325 (2000) se
ve limitada por : A. La falta de mecanismos de monitoreo
y de herramientas de asignación deresponsabilidad;
B. La falta de voluntad política de muchos dentrodel sistema de ONU;
C. La falta de toma de conciencia por parte demuchos actores internacionales;
D. Todo lo anterior.
8. La agenda de MPS puede ser implementadapor los Estados Miembros:
A. Solo por medio de Planes de Acción Nacional,porque se necesita que un documento sea labase para nuevas leyes;
B. Por medio de medidas generales, según lo quequieran los grupos de mujeres;
C. De varias maneras, entre ellas, planesindependientes, enfoques integradosque operan en todos los ministerios ydepartamentos según sus atribuciones
y prioridades, o bien por medio de unaamplia promoción de la igualdad de géneroy el empoderamiento de la mujer dentro deprocesos de seguridad y construcción de lapaz relacionados;
D. Exclusivamente en virtud de un acuerdo conNaciones Unidas.
9. Los mar cos de Monitoreo y Evaluacióntienen por fnalidad:
A. Medir y ayudar a implementar los procesos;
B. Mantener la actividad una vez que se haraticado el PAN;
C. Llevar un registro de las actividades realizadas;
D. Servir como recordatorio para los informes deavance.
10. Los presupuestos para implementar los
Planes de Acción Nacional en mater ia deMPS:
A. En realidad, no son necesarios mientras hayavoluntad política suciente para implementar elplan;
B. Son imprescindibles para asegurar que seimplemente el plan;
C. No necesitan ser especícamente asignadoscon esta nalidad;
D. Solo son importantes en aquellos países queestán saliendo de un conicto.
CÓDIGO DE RESPUESTAS
1D, 2A, 3A, 4C, 5C, 6A, 7B, 8C, 9A, 10B
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LECCIÓN 4LA MUJER, LA PAZ, Y LA SEGURIDAD:DESAFÍOS PARA AMÉRICA LATINA YEL CARIBE
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LECCIÓN
4
4.1 Introducción
4.2 La paz y la seguridaden América Latina yel Caribe
4.3 La pertinencia dela RCS 1325 (2000)
y resolucionessubsiguientes delConsejo de Seguridad
4.4 Impacto delconficto armado
contemporáneoen las mujeres y lasniñas
OBJETIVOS DE LA LECCIÓN
En esta lección se abordan los desafíos que enfrentan los países de
América Latina y el Caribe en materia de MPS. Se presenta información
acerca de conictos armados contemporáneos y amenazas a la
seguridad en América Latina y el Caribe. Se explica la pertinencia de la
Resolución 1325 y la agenda de MPS en una región que en general no
tiene conictos armados formales. La mayor parte de la lección se centra
en el impacto de la violencia armada en las mujeres y las niñas.
Al nal de la lección, el alumno deberá ser capaz de cumplir los siguientesobjetivos:
• Analizar la situación actual de los conictos armados y de la paz y la
seguridad en América Latina y el Caribe;
• Comprender la pertinencia y relevancia de la RCS 1325 (2000) para
América Latina y el Caribe; y
• Comprender las dimensiones de género de la paz y la seguridad en
América Latina y el Caribe.
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4.1 Introducción
La región de América Latina y el Caribe (ALC)
tiene una larga historia de violencia política con
confrontaciones de muy dispar intensidad, origen
ideológico y participación. Mientras que otras
regiones del mundo han vivido conictos de
mayor alcance que involucran a una pluralidad de
naciones, los conictos más recientes de la región
de ALC han sido mayormente internos. Si bien aún
persisten controversias en algunas zonas y países,
buena parte de esos conictos internos han sido
formalmente resueltos. Sin embargo, numerosos
países de la región presentan altísimos niveles
de violencia armada y muchas sociedades siguen
sufriendo el impacto de esas confrontaciones.
Como se ha visto en lecciones anteriores, el
impacto del conicto armado diere para lasmujeres, las niñas y los niños. En América Latina
y el Caribe, como ocurre en otras regiones, las
mujeres y las niñas han participado activamente
tanto en los propios conictos como en los
subsiguientes procesos de paz y de transición.
En esta lección, analizaremos de qué manera los
problemas de la paz y la seguridad y los conictos
armados han tenido un impacto de género en los
países de LAC.
Conoceremos los problemas que enfrentan
las mujeres y las niñas, y trabajaremos paracomprender la pertinencia de la RCS 1325 y
demás resoluciones en materia de MPS en una
región que en general está libre de conictos
armados formales.
4.2 La paz y la seguridad en AméricaLatina y el Car ibe
La región de LAC está formada por 33 países de
Latinoamérica y 10 del Caribe.1 La región tiene
1 Antigua y Barbuda*, Argentina, Bahamas*,Barbados*, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia,
Costa Rica, Cuba, Dominica*, Ecuador, El
Salvador, Grenada*, Guatemala, Guyana, Haití,
Honduras, Jamaica*, México, Nicaragua, Panamá,
Paraguay, Perú, República Dominicana, San
Kitts y Nevis*, Santa Lucía*, San Vicente y las
Granadinas*, Surinam, Trinidad y Tobago*, Uruguay
y (República Bolivariana de) Venezuela. (Los
poco más de 600 millones de habitantes2 y una de
las poblaciones más diversas del mundo integrada
por personas de origen nativo, africano, asiático y
europeo. Se hablan varias lenguas en la región.
Algunas de las más importantes son el créole,
el inglés, el francés, el portugués y el español, y
muchos habitantes hablan lenguas indígenas.
Según las proyecciones, el crecimiento económico
anual de la región iba a ser del 4,5% en 2011
y del 4,1% en 2012.3 Dicho crecimiento previo
vino acompañado de mejoras en los indicadores
del mercado laboral y de una disminución de la
pobreza, aunque esta siguió siendo endémica
en algunas áreas. La brecha entre los ricos y los
pobres en esa región es una de las mayores del
mundo.4 En efecto, según estimaciones recientes,
el 20% más rico de la población tiene un ingreso
promedio per cápita cerca de 20 veces mayor
que el del 20% más pobre. Las estadísticas
demuestran que la pobreza afecta más a las que a
los jefes de hogar.5
países del Caribe se indican con un asterisco.)
2 En 2012, la población era de 603.174.000
habitantes. Comisión Económica para América
Latina y el Caribe, Anuario Estadístico de América
Latina y el Caribe 2011, diciembre de 2012.
Disponible en http://www.eclac.org/cgi-bin/getProd.
asp?xml=/publicaciones/xtm/8/45608/PA45608.
xml&xsl=/deype/tpl-i/p9f.xsl&base=/prensa/tpl-i/top-bottom.xsl.
3 Comisión Económica para América Latina y el
Caribe y Centro de Desarrollo para la Organización
de la Cooperación y el Desarrollo Económicos,
Panorama económico latinoamericano 2012:
transformando el Estado para el desarrollo.
Disponible en http://www.cepal.org/cgi-bin/getProd.
asp?xml=/publicaciones/xml/2/45452/P45452.
xml&xsl=/de/tpl-i/p9f.xsl&base=/tpl-i/top-bottom.
xsit.
4 Comisión Económica para América Latina y
el Caribe, Panorama preliminar de la economíade América Latina y el Caribe 2010, diciembre de
2010. Disponible en http://www.cepal.org/cgi-bin/
getProd.asp?xml=/publicaciones/xml/2/45452/
P45452.xml&xsl=/de/tpl-i/p9f.xsl&base=/tpl-i/
top-bottom.xsit.
5 ONU Habitat, Estado de las ciudades
latinoamericanas y del Caribe 2012, AGOSTO DE
2012. Disponible en http://www.unhabitat.org/pmss/
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Situación de los confictos armados en
América Latina y el Caribe
Como se señalaba más arriba, la región de ALC
ha pasado por mucha violencia política. En la
segunda mitad del siglo XX, la región fue testigo
de guerras civiles, movimientos guerrilleros,
intervenciones militares, golpes de estado,
terrorismo y otras formas de confrontación violenta.
En diversos países de América Central, estallaron
muchas guerras civiles entre movimientos
guerrilleros y el estado a nes de la década del
1970. Las guerras civiles se caracterizaron por
abusos de los derechos humanos en gran escala.
En América del Sur y el Caribe, algunos países
fueron presa de feroces dictaduras. Estas tambiénse caracterizaron por masivas violaciones de los
derechos humanos, entre ellas la desaparición de
miles de personas. Países de la región andina,
tales como Perú y Colombia, sufrieron inestabilidad
política y económica a mediados de la década
del 1970, en que el conicto armado interno
enfrentó las fuerzas del gobierno a los ejércitos
listltemDetails.aspx?PublicationID=3386.
de la guerrilla. A nes de la década del 1980 y
durante la del 1990, la violencia comenzó a ceder
en la región y se fueron extendiendo los procesos
democráticos. En la actualidad, la región de ALC
sigue recuperándose de décadas de conictos
violentos que tuvieron un enorme impacto en las
sociedades de la región. La trama social se vio
profundamente afectada por los conictos y la
inseguridad, y en algunos continúa el proceso de
reconciliación.
A pesar del enorme avance hacia la paz, la región
sigue enfrentando desafíos. La inestabilidad
política en Haití desencadenó la violencia en 2004,
y la estabilidad del país se vio aún más afectada
por el terremoto de 2010 que causó enormes
daños. En Colombia, persisten los movimientos
guerrilleros al cabo de 50 años, y el surgimiento
de nuevos grupos rebeldes en Bolivia, México
(Chiapas) y Perú nos recuerda que aún es frágil el
avance de América Latina hacia la democracia y
la paz. Más aún, desafíos en materia de seguridad
tales como la corrupción, las pandillas, el crimen
organizado, las fuerzas de seguridad inadecuadas
y la violencia armada están muy extendidos en
toda la región, en especial en zonas del Caribe,
América Central y México. En efecto, si bien ha
disminuido la incidencia de la violencia política,
toda la región ha sido testigo de crecientes niveles
de violencia social y de un marcado aumento de la
violencia criminal.
Operaciones de mantenimiento de la paz de
ONU en la región
La historia del mantenimiento de la paz en la
región de América Latina y el Caribe reeja la
tendencia de los conictos de la región, ya que la
mayoría de las misiones de mantenimiento de la
paz tuvieron lugar en el último tramo del siglo XX.
La región de ALC ha sido testigo de un total de
nueve operaciones de mantenimiento de la paz,
entre ellas, misiones en la República Dominicana(1965-1966), América Central (1989-1992), El
Salvador (1991-1995), Guatemala (1997) y cinco
operaciones independientes en Haití, la primera
de las cuales comenzó en 1993, y la más reciente
continúa hasta la fecha.6
6 Departamento de Operaciones de
Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas,
Manaus BelémGuayaquil
Medellín
Recife
Rio de JaneiroSão Paulo
Lima
Quito
Santa Féde Bogotá
Caracas
La Paz
Sucre
Asunción
MontevideoBuenos Aires
Brasília
Paramaribo
Port of Spain
Panamá
San José
Managua
Tegucigalpa
S a n
S a l v a d
o r
Guatemala
Belmopan
Mexico
Nassau
La Habana
KingstonP o r t - a u - P
r i n c e
S a n t o
D o m
i n g o
G e o
r g e t o wn
Cayenne
SantiagoECLAC HQ
VENEZUELA
COLOMBIA
ECUADOR
URUGUAY
PERU
BOLIVIA
B R A Z I L
P A R A G U A Y
A
R G E N
T I N A
C
H
I
L
E
SURINAME
French Guiana
G U Y A N A
JAMAICA
HAITI
DOMINICAN
REPUBLIC
CUBA
PANAMA
COSTA RICA
NICARAGUA
HONDURAS
BELIZE
GUATEMALA
MEXICO
UNITED STATES OF AMERICA
BAHAMAS
P u
e r t o
R i c o
SAINTKITTSAND NEVIS
ANTIGUA ANDBARBUDA
TRINIDAD ANDTOBAGO
SAINTVINCENTANDTHEGRENADINES
BARBADOS
GRENADA
SAINTLUCIA
DOMINICA
Montserrat
NetherlandsAntilles
U S
V i r g i n
I s.
B r i t
i s h V i rgin I s.
E L S A L V
A D O
RAruba
Turks and Caicos Is.
Cayman Is.
Galapagos Is.
Isla San Félix Isla San Ambrosio
IslasJuan Fernãndez
Guadeloupe
Martinique
Falkland Islands (Malvinas) *
Gulf of Mexico
Caribbean Sea
P A C I F I C O C E A N
A T L A N T I C O C E A N
0
0 500 1000 1500 2000 km
500 1000 mi
Theboundariesandnamesshownandthedesignationsused onthismapdonot implyofficialendorsementor acceptance bytheUnitedNations.
*AdisputeexistsbetweentheGovernmentsof ArgentinaandtheUnited Kingdomof GreatBritain andNorthern Irelandconcerning sovereigntyover theFalkland Islands(Malvinas).
Capital city
ECONOMIC COMMISSION FOR
LATIN AMERICA AND THE CARIBBEAN
Map No. 3977 Rev. 4 UNITED NATIONSMay 2010
Department of Field SupportCartographic Section
Antigua and BarbudaArgentinaBahamas
BarbadosBelize
BoliviaBrazilCanada
ChileColombia
Costa RicaCubaDominica
Dominican RepublicEcuadorEl Salvador
FranceGrenadaGuatemala
GuyanaHaiti
HondurasItalyJamaica
MexicoNetherlands
NicaraguaPanamaParaguay
PeruPortugal
Saint Kitts and NevisSaint LuciaSaint Vincent and the
GrenadinesSpainSuriname
Trinidad and TobagoUnited KingdomUnited States of America
UruguayVenezuela
Aruba
British Virgin IslandsMontserrat
Netherlands Antilles
Puerto RicoUnited States Virgin Islands
Members:
Associate members:
110 ° 10 0 °
9 0 ° 80°
30°
20°
10°
0°
10°
80° 70° 6 0 °
5 0 °4 0 °
3 0 °
2 0 °
10 °
0 °
10°
2 0°
30 °
4 0 °
1 0 0° 90°
30°
40°
50°
2 0°
Equa tor
Mapa regional de América Latina y el Caribe
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La operación actual, la Misión de Estabilización de
Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), es la única
misión en curso. La MINUSTAH se creó en 2004
con los siguientes cometidos:
• Ayudar al gobierno de transición de Haití a
asegurar un escenario seguro y estable en el
país;
• Apoyar el proceso constitucional y político de
Haití, ayudando a generar un escenario de
diálogo y reconciliación nacional, organizando
y llevando a cabo elecciones, y ampliando las
facultades del estado; y
• Asistir al gobierno de transición, así como a las
organizaciones de derechos humanos haitianas,
en sus esfuerzos por fomentar y salvaguardar
los derechos humanos, en particular de mujeres
y niños, y monitorear e informar sobre la
situación de los derechos humanos en el país.7
Tras el devastador sismo de enero de 2010,
la MINUSTAH aumentó el número total de
Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas.
http://www.un.org/es/peacekeeping/operations.
7 Departamento de Operaciones de
Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas,
Mandato de la MINUSTAH. Disponible en http://
www.un.org/es/peacekeeping/missions/minustah/
mandate. shtml.
efectivos de las fuerzas, a n de prestar apoyo
a la recuperación inicial, la reconstrucción y los
esfuerzos de estabilización. A agosto de 2012, la
MINUSTAH contaba con más de 10.000 efectivos
uniformados, incluyendo personal militar y policial
proveniente de 56 países.8 En la resolución más
reciente, en virtud de la cual se renueva la misión,
se reconocen los problemas de seguridad que
han enfrentado mujeres y niños tras el terremoto.
En la resolución, se solicita que la MINUSTAH
apoye al Gobierno de Haití en la salvaguarda y
promoción de los derechos de mujeres y niños, de
conformidad con las resoluciones sobre la Mujer, la
Paz y la Seguridad (MPS).9
4.3 La per tinencia de la RCS 1325(2000) y resoluciones subsiguientes delConsejo de Segur idad
El altísimo nivel de violencia armada que se da
en América Latina y el Caribe, a pesar de la
relativa ausencia de conictos armados, plantea
diversos desafíos en el área de la mujer, la paz y
la seguridad (MPS). Si bien la Resolución 1325
8 Departamento de Operaciones de
Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas,
Datos y cifras de la MINUSTAH. Disponible en
http://www.un.org/es.
9 Resolución 2012 (2011) del 14/10/2011.
Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas en América Latina y el Caribe hasta 2012
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y resoluciones complementarias del Consejo
de Seguridad se reeren fundamentalmente
al conicto armado, establecen una serie de
obligaciones para todos los Estados Miembros,
incluidos los que no están involucrados en una
confrontación armada en este momento. Las
resoluciones en materia de MPS son pertinentes
para todos los países, y lo son muy especialmente
para los países que aportan tropas y personal
a las misiones de mantenimiento de la paz,
los que instrumentan programas de desarme,
desmovilización y reinserción (DDR), los que
acaban de salir de confrontaciones armadas y
arrastran el legado de abusos de los derechos
humanos, y los que prestan apoyo humanitario y
asistencia en materia de desarrollo.10
Las resoluciones sobre MPS son pertinentes,
además, para todos los países de América Latina
y el Caribe (y de otras regiones), en tanto hacen
énfasis en asegurar la representación de la mujer
en las organizaciones que trabajan por la paz y la
seguridad. Estas comprenden las organizaciones
internacionales y nacionales, tales como las
fuerzas de seguridad nacional. Por último, la
RCS 1325 y demás resoluciones relativas a MPS
destacan la necesidad de tomar en cuenta el
género toda vez que se considere la política en
materia de seguridad.11 Por estas razones, la RCS
1325 y sus resoluciones complementarias proveen
un marco según el cual los gobiernos de AméricaLatina y el Caribe pueden abordar los diferentes
impactos del conicto armado contemporáneo en
los hombres y las mujeres de la región.
4.4 Impacto del conicto armadocontemporáneo en las mujeres y lasniñas
Como ocurre en otras regiones del mundo, el
impacto del conicto armado y la inseguridad en
las mujeres y las niñas de la región de AméricaLatina y el Caribe es complejo y varía muchísimo
10 UN-LIREC y UN-INSTRAW, The relevance of
the Security Council Resolution 1325 to the Latin
America and Caribbean Region (La pertinencia
de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad
para la región de América Latina y el Caribe), Lima:
UNLIREC, 2010, pág. 6.
11 Ibíd.
según el contexto y la persona. No obstante,
los siguientes problemas observados se aplican
también a la región de AML:
• Violencia armada continua y su impacto
diferencial en hombres, mujeres, niños y niñas;
• Creciente incidencia de la violencia sexual y
otras formas de violencia de género (VSG)
durante y después de la violencia armada;
• El desplazamiento y la separación de los
individuos y las familias;
• Riesgos para la salud de la mujer;
• Limitaciones a los medios de sustento y
superación económica de la mujer;
• Restricciones en el acceso de mujeres y niñas a
la educación; y
• Cambios en los roles de género.
En esta sección, examinaremos ejemplos de estos
problemas en América Latina y el Caribe.
Violencia armada constante
A medida que los países de América Latina fueron
saliendo de los conictos, en muchos casos
la democratización no logró desmantelar por
completo estructuras y procesos violentos, tales
como las unidades paramilitares. Las demoras o
fallas en la construcción efectiva de instituciones
estatales han planteado nuevos desafíos. En
efecto, la experiencia mundial demuestra que “la
paz es más que la ausencia de la guerra”.12 Ya sea
debido a la desigualdad imperante, el resentimiento
o el oportunismo, entre los problemas
contemporáneos se cuentan un aumento en el
contrabando de drogas, la trata de personas, la
adopción ilegal, el contrabando de armas y el
tráco de otros productos ilícitos.13 Las dicultades
12 En contextos tan disímiles como los de
Irlanda del Norte, Sudáfrica y Aceh, la transiciónde tiempos de paz ha dado lugar a nuevas
modalidades de conductas violentas, a pesar del
estado de derecho y del consenso ciudadano
sobre la gestión de gobierno.
13 D. Farah, “Organized Crime in El Salvador:
Its Home-grown and Transnational Dimensions”
(El crimen organizado en El Salvador: sus
dimensiones autóctonas y transnacionales),
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para hacer frente a la violencia en la región y la
consecuente impunidad han determinado que se
instale una cultura de la violencia que incluye la
violencia contra la mujer. Además, la corrupción
que impera en el gobierno obstaculiza todo intento
por hacer frente a la actividad criminal y socava
la conanza de la población en las autoridades
nacionales.
Centroamérica en particular está viviendo una
violencia criminal que afecta tanto al ámbito
público como a la esfera privada. Según datos de
2010 de ONU, Honduras, El Salvador y Guatemala
se encontraban entre los países que registraban
los más altos índices de homicidios del mundo. En
2011, se produjeron cerca de 17.000 asesinatos en
esos tres países. Otros estados centroamericanos
también presentan crecientes índices de delitos
y violencia. Otros estados centroamericanos
también presentan crecientes índices de delitos
y violencia.14 La tasa anual de asesinatos en el
Caribe, según estimaciones de 2007, era de 30
por cada 100.000 habitantes, más alta que en
cualquier otra región del mundo, y en los últimos
años ha aumentado en muchos de los países de
esa región.15 Brasil también es considerado uno
de los países más violentos del mundo. Desde
una perspectiva más general, según datos del
Banco Mundial, la tasa de homicidios de América
Latina ha aumentado en un 50% desde la década
del 1980, y la mayoría de las víctimas son jóvenesde entre 15 y 25 años de edad.16 Esas muertes
Cynthia J. Arnson y Eric L. Olson, Editores,
Organized Crime in Central America: The Northern
Triangle (El crimen organizado en Centroamérica:
el triángulo del norte), Washington DC: Woodrow
Wilson International Center for Scholars,
septiembre de 2011.
14 Ocina de Naciones Unidas contra la Droga y
el Delito, 2011 Global Study on Homicide (Estudio
mundial 2011 sobre homicidios), Viena: UNODC,
octubre de 2011).15 Banco Mundial y UNODC, Crime, Violence
and Development: Trends, Costs and Policy
Options in the Caribbean (Delito, violencia y
desarrollo: tendencias, costos y opciones en
materia de política en el Caribe), Informe Nº 37820
(Washington DC: UNODC y Banco Mundial, marzo
de 2007), pág. iii.
16 Banco Mundial, Homicide Rate Data Set
violentas prevalecen en las sociedades devastadas
por la guerra y en las que presentan altos niveles
de violencia armada, mayoritariamente contra los
hombres. Los hombres y los niños son muertos
o heridos por la violencia armada con mucha
más frecuencia que las mujeres y las niñas. De
hecho, las estadísticas mundiales demuestran
que más del 90% de las víctimas de homicidio son
hombres.17 En Colombia, por ejemplo, el 25% del
total de las muertes de hombres y el 60% de las
muertes de personas del sexo masculino de entre
15 y 44 años son causadas por la violencia.18 En
2003, se calculó que los hombres tenían cuatro
veces más probabilidades de morir por muerte
violenta que las mujeres.19 En general, los hombres
constituyen la inmensa mayoría de las víctimas de
la violencia armada y de pandillas, y son también
quienes más cometen actos de violencia. Esto
plantea la cuestión de la conducta de género y la
de los factores socioeconómicos y culturales que
la promueven.
Uno de los factores clave en el elevado índice
de homicidios y violencia en América Latina y el
Caribe es el gran número de armas de fuego. Los
países de la región presentan tasas de homicidios
por arma de fuego bastante más altas que el
promedio mundial de 42%. En 2011, se utilizaron
armas de fuego en un promedio del 70% de
homicidios en Centroamérica, 61% en el Caribe y
60% en América del Sur.20
Si bien los hombres y
1995-2008 (Datos de índices de homicidios
1995-2008), Washington DC: Banco Mundial, 2010.
17 Red de Mujeres IANSA, “Voices of Survivors:
the different faces of gun violence” (Las voces
de las sobrevivientes: las distintas caras de la
violencia armada), mayo de 2011, http://www.
iansa-women.org/sites/default/les/newsviews/
iansa_wn_voices_of_survivors_2011_web_0.pdf.
18 Bouta, Frerks y Bannon, Gender, Conict and
Development (Género, conicto y desarrollo), pág.
149.19 M. Correira, “Gender” (Género), Colombia:
The Economic Foundation of Peace (Colombia:
los cimientos económicos de la paz), M. Guigale,
O. Lafourcade y C. Luff, Editores (Washington DC,
Banco Mundial, 2003), citado en Bouta, Frerks y
Bannon, Gender, Conict and Development, pág.
146.
20 Relevamiento de armas pequeñas, “A Fatal
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los niños constituyen la mayoría de los usuarios
y víctimas directas de las armas de fuego, las
mujeres también se ven afectadas por la violencia
armada de maneras especícas relacionadas con
su género. Las armas de fuego pueden facilitar
y exacerbar la violencia contra mujeres y niñas,
tanto en situaciones de conicto como de paz. Las
armas de fuego juegan un papel particularmente
importante en la violencia doméstica: según
algunas estimaciones, tener un arma de fuego
en la casa aumenta cinco veces la letalidad de
la violencia doméstica.21 Además, las armas de
fuego a menudo se emplean para amenazar a las
mujeres y a las comunidades, a n de perpetrar
actos de violencia sexual y de género. 22
Violencia sexual y de género
Como se señalaba en las lecciones anteriores,
la violencia sexual y de género (VSG) es un área
de particular preocupación en las situaciones de
conicto y posconicto, así como también en los
lugares donde campea la violencia armada. En
la región de América Latina y el Caribe (ALC), la
incidencia de la VSG aumentó durante muchos
de los conictos de la región, pero además ha
persistido una vez que los conictos formales han
nalizado en la forma de violencia relacionada
con la guerra. De hecho, en ciertas subregiones
de ALC, las tasas de violaciones y otras formas
de violencia sexual están entre las más altas delmundo.
Si bien la VSG abarca una amplia gama de
actos de violencia, hay varios tipos especícos
de VSG que han resultado particularmente
problemáticos en las situaciones de conicto y
posconicto también en América Latina. Entre
Relationship” (Relación fatal), (Small Arms Survey,
2012).
21 Red de Mujeres IANSA, “Women, Gun
Violence and the Home” (La mujer, la violenciaarmada y el hogar), http://www.iansa-women-org/
sites/default/les/newsviews/en-iansa-wn-infor-
mation-kit.pdf.
22 Corey Barr con Sarah Masters, “Why Women?
Effective engagement for small arms control” (¿Por
qué la mujer? Intervención efectiva para el control
de las armas pequeñas), Red de Mujeres IANSA,
octubre de 2011.
estos está la violencia como estrategia política
o arma de guerra; la violencia doméstica, que
suele intensicarse en las comunidades afectadas
por conictos,23 y el tráco de personas, que
puede exacerbarse con el conicto armado y la
inseguridad. En el contexto de América Latina y el
Caribe, se han reportado muchos casos de otras
dos formas de VSG en situaciones de inseguridad:
el feminicidio y la violencia contra las defensoras
de los derechos humanos de la mujer.
La violencia sexual como arma de violencia política
En los últimos años, se ha documentado
ampliamente el uso de la violencia sexual comoarma de guerra y táctica política. Si bien en
América Latina y el Caribe se le ha prestado
menos atención a la violencia sexual en el
contexto del conicto y la violencia amada, hay
muchas instancias en las que se la ha empleado
como táctica política. Un ejemplo del legado de
la violencia sexual utilizada como herramienta
de violencia política en Latinoamérica y el Caribe
se dio en Perú entre 1980 y 2000, durante
el conicto interno entre el grupo insurgente
Sendero Luminoso y el ejército. Según testimonios
prestados al establecerse la Comisión de la Pazy la Reconciliación en 2001, soldados y policías
utilizaban la violencia sexual para aterrorizar y
torturar a la población, y la violación era utilizada
como arma de guerra.24 Dentro de su plan
23 Rehn y Ellen Sirleaf, Women, War and Peace
(La mujer, la guerra y la paz), pág. 15.
24 Jelke Boesten y Melissa Fisher, “Sexual
El presidente haitiano, René Préval (derecha) visita a los
residentes de Cité Militaire, un barrio pobre de superar
por la escalada de violencia de las pandillas. (Foto de
ONU Nº 123231 por Sophia Paris, agosto de 2006)
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general de derrotar a la oposición, el estado usó
la violencia sexual como forma de castigar a los
opositores políticos.25 La impunidad de estos y
otros abusos de los derechos humanos ha tenido
un impacto duradero en la sociedad peruana,
donde siguen siendo altos los niveles de violencia
sexual y de género.
La violencia sexual se usó también como forma
de controlar y castigar a las prisioneras políticas
durante las dictaduras del Cono Sur, entre ellas,
las de Argentina, Uruguay y Chile. Ese castigo
tenía por objeto que supieran que se reprobaban
sus actividades políticas en general, pero también
el hecho de que las activistas actuaran fuera de
los roles de género que se esperaban de ellas.
En ese contexto, la tortura sexual, y en particular,
la violación colectiva, fue utilizada por fuerzas
militares y policiales para controlar y someter a las
prisioneras políticas. Además, las esposas e hijas
de los prisioneros eran violadas en grupo frente a
sus esposos, novios o padres. De esa manera, los
ociales de policía obtenían confesiones forzadas y
aterrorizaban a las familias y a las comunidades.26
Tras el golpe militar de Jean-Bertrand Aristide
en Haití en 1991, las mujeres sufrieron abusos
similares como parte de la agitación política y
la confrontación violenta. Entre 1991 y 1994,
pandillas y grupos armados que adherían a los
líderes del golpe de estado violaron a mujerespara silenciar su activismo político y socavar
su capacidad de resistir y organizarse contra el
gobierno.27 En esa época, Haití tuvo la tasa más
Violence and Justice in post-conict Peru”
(Violencia sexual y justicia en el Perú posconicto),
United States Institute of Peace, 2012.
25 Michele L. Leiby, “Wartime Sexual Violence in
Guatemala and Peru (Violencia sexual de tiempos
de guerra en Guatemala y Perú), International
Studies Quarterly (2009) 53, 445, 468.
26 Ximena Bunster, “Surviving BeyondFear: Women and Torture in Latin America”
(Sobreviviendo más allá del miedo: la mujer y
la tortura en América Latina), Marjorie Agosin,
Editora, Surviving Beyond Fear: Women, Children
and Human Rights in Latin America (Nueva York:
White Pine Press, 1993).
27 WomenWarPeace (MujerGuerraPaz), Haití [en
línea], disponible en http://www.womenwarpeace.
alta de violencia de género del Caribe.28 Las
violaciones por motivos políticos y las altas tasas
de violencia doméstica, así como los asesinatos,
actos incendiarios y saqueos, han tenido un efecto
devastador en mujeres, hombres, niñas y niños.
Violencia doméstica
En muchos conictos del mundo entero, se ha
registrado un aumento de la violencia doméstica
durante y después del conicto. Ello puede
atribuirse a una serie de factores, entre ellos, la
mayor disponibilidad de armas; la frustración,
humillación y violencia sufrida por los hombres del
núcleo familiar; y razones de índole económica,
tales como la falta de empleo. Otro factor es
la incidencia del desplazamiento que suele
acompañar al conicto armado. Por ejemplo, en
Colombia, los programas de tratamiento y atención
de organizaciones no gubernamentales (ONG) han
mostrado que la violencia doméstica aumenta con
el desplazamiento, debido a las presiones y los
cambios que se operan en la dinámica familiar.29
En muchas situaciones posconicto, la impunidad
de la violencia sexual y de género relacionada con
el conicto parece tener correlación con los altos
niveles de VSG, y en particular, con la violencia
doméstica en el período pos-conicto. Aunque en
América Latina y el Caribe se ha prestado mucha
atención a los actos de violencia criminal talescomo el homicidio, la violencia es, en realidad, el
tipo de violencia más omnipresente en la región.
Según diversos relevamientos estadísticos, entre
el 10% y el 50% de las mujeres de la región han
sufrido golpes o maltrato físico a manos de su
pareja actual o ex- pareja. De hecho, la violencia
doméstica afecta a muchos más hogares de
org/haiti/haiti.htm
28 MINUSTAH, Les femmes, actrices ou victimesde la violence (Las mujeres, actoras o víctimas de
la violencia).
29 Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, Violence and Discrimination against
Women in the Armed Conict in Colombia
(Violencia y discriminación de la mujer en el
conicto armado en Colombia), OEA/Ser.L/V/II.
18/10/2006.
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Latinoamérica y el Caribe que la acción criminal
externa.30
Feminicidio
Cada vez más mujeres han sido víctimas de la
violencia posconicto y de pandillas en la región
de América Latina y el Caribe. Es particularmente
preocupante la matanza sistemática y deliberada
de mujeres y niñas, o feminicidio. El Relevamiento
de Armas Pequeñas demostró que, de los 25
países que registran los más altos índices de
feminicidios, 14 se encuentran en la región de ALC:
4 en el Caribe, 4 en Centroamérica y 6 en América
del Sur.31 En El Salvador, los datos de ONU
demuestran que el número de delitos violentos
contra mujeres se ha casi duplicado en los últimos
años, pasando de 253 en 2008 a 465 en 2009.32
Los datos demuestran además que la mayoría de
los feminicidios son cometidos por la pareja o un
integrante hombre del núcleo familiar. Por ejemplo,
en Perú, el 70% de los feminicidios son cometidos
por la pareja actual o la expareja. La impunidad de
la violencia contra la mujer contribuye a agravar el
problema. Por ejemplo, en México, el 60% de las
mujeres que fueron asesinadas por sus parejas
o exparejas previamente habían denunciado
actos de violencia doméstica ante las autoridades
públicas.33
Guatemala registró el asesinato de 383 mujeresen 2003, 135% más que en 2002. En 2004, fueron
30 Peter Imbusch, Michel Misse y Fernando
Carrión, “Violence Research in Latin America and
the Caribbean” (Investigación de la violencia en
América Latina y el Caribe), Internacional Journal
of Conict and Violence 5 (1) 2011, págs. 87-154.
31 Small Arms Survey (Relevamiento de
armas pequeñas), Femicide: A Global Problem
(Feminicidio: un problema mundial), Notas de
investigación: Violencia armada, Número 14,
febrero de 2012.32 Naciones Unidas, Informe de la Relatora
Especial sobre violencia contra la mujer, sus
causas y consecuencias, Rashida Manjoo A/
HRC/17/26/Add.2, 14/02/2011.
33 Naciones Unidas, Informe de la Relatora
Especial sobre la violencia contra la mujer, sus
causas y consecuencias, Rashida Manjoo A/
HRC/20/16, 23/05/2012.
asesinadas 527 mujeres. Durante los primeros
ocho meses de 2005, el número de muertes
fue de 427, lo cual demuestra que el índice de
asesinatos seguía en ascenso.34 A 2011, 705
mujeres guatemaltecas habían perdido la vida por
actos de violencia de género.35 Aunque la violencia
contra la mujer es parte de una ola criminal que
afecta a todo el país, el índice de asesinatos de
mujeres está superando al de los hombres. Entre
2002 y 2004, el porcentaje de mujeres asesinadas
aumentó de menos del 9% del total de asesinatos
a más del 11%.36
La situación es similar en El Salvador, donde 194
mujeres fueron asesinadas en 2003. Entre 2004
y 2009, el número de feminicidios aumentó de
260 a 579, el más alto registrado en 11 años.37
Debido al elevado nivel de violencia que afecta
a la mujer en El Salvador, varias Relatoras
Especiales de Naciones Unidas han ido al país
a investigar e informar sobre la situación. En el
informe de 2011 se identicaron como desafíos
principales la deciente aplicación de la ley,
el limitado acceso a los derechos de salud y
reproductivos, y la necesidad de un sistema
34 Congreso de la República, Bancada de la
Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca,
Feminicidio en Guatemala. Crímenes contrala Humanidad (Ciudad de Guatemala, Unidad
Revolucionaria Nacional Guatemalteca, 2005),
págs. 54-56.
35 Danilo Valladares, “Guatemala Heeds the Cries
of Femicide Victims” (Guatemala escucha los gritos
de las víctimas de feminicidio), Inter Press Service,
31/01/2012. Disponible en http://www.ipsnews.
net/2012/01/guatemala-heeds-the-cries-of-femi-
cide-victims.
36 Congreso de la República, Bancada de la
Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca,
feminicidio en Guatemala:: Crímenes contrala Humanidad (Ciudad de Guatemala, Unidad
Revolucionaria Nacional Guatemalteca, 2005),
pág. 56.
37 Naciones Unidas, Informe de la Relatora
Especial sobre violencia contra la mujer, sus
causas y consecuencias, Rashida Manjoo,
Addendum, Misión de seguimiento en El Salvador,
A/HRC/17/26/Add. 2, 14/02/2011.
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coordinado de recolección de datos y de iniciativas
de capacitación y perfeccionamiento.38
Violencia contra las defensoras de los derechos
humanos
Al igual que en otras regiones, la violencia contra
las defensoras de los derechos humanos, incluido
el feminicidio, está bien documentada en América
Latina y el Caribe. Las defensoras de los derechos
humanos suelen exponerse a más riesgo de sufrir
ciertas formas de violación de sus derechos,
prejuicios y exclusión, porque se considera
que están desaando las normas, tradiciones,
percepciones y estereotipos socioculturalmente
aceptados sobre la femineidad, la orientación
sexual, y el papel y status de la mujer en la
sociedad.39
Las defensoras de los derechos humanos
parecen enfrentar amenazas distintas en las
diversas regiones. Por ejemplo, la Relatora
Especial sobre Derechos Humanos informé en
2010 que, mientras que en Asia la mayoría de las
presuntas violaciones eran de naturaleza judicial,
en las Américas, las defensoras de los derechos
humanos a menudo enfrentaban amenazas de
violencia física y agresiones propiamente dichas.40
Las defensoras de las Américas parecen estar más
en riesgo de ser asesinadas o de ser objeto de
atentados contra su vida.41
La Comisión Interamericana de Derechos
Humanos ha prestado especial atención a
los desafíos que enfrentan las defensoras de
los derechos en la región. La Comisión ha
advertido que el trabajo de estas defensoras es
particularmente difícil en países que han pasado
por conictos armados o violencia generalizada.42
38 Ibíd, párrafo 57.
39 Naciones Unidas, Informe de la Relatora
Especial sobre la situación de las defensoras delos derechos humanos, Margaret Sekaggya A/
HRC/16/44, 20/12/2010, párrafo 23.
40 Ibíd. párrafos 38, 39.
41 Ibíd. párrafo 65.
42 Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, Segundo Informe sobre la Situación de
los Defensores de los Derechos Humanos en las
Américas, 31/12/2011, pág. 115.
Otros grupos que parecían estar más en riesgo
en Latinoamérica y el Caribe son las defensoras
que luchan contra la impunidad de las presuntas
violaciones de los derechos humanos, en especial
en Brasil, Colombia, Guatemala, México y
Perú. Otros grupos en riesgo son los de las que
trabajan por los derechos de los pueblos nativos,
las gremialistas, las defensoras de los derechos
de la mujer y/o las defensoras de los derechos
de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales
(LGBT).43
Desplazamiento, separación y trata de
personas
ASegún el Alto Comisionado de Naciones Unidas
para los Refugiados (ACNUR), al nal de 2011
había alrededor de 42,5 millones de personas
desplazadas a la fuerza en todo el mundo, entre
ellas, 15,2 millones de refugiados, 895.000
solicitantes de asilo y 26,4 millones de personas
internamente desplazadas (PID). De estas, el
49% eran mujeres y niñas.44 El organismo calcula
que hay en América Latina y el Caribe 4.315.819
personas desplazadas a la fuerza, la mayoría de
las cuales son PID en Colombia.45 La región tiene
el menor número de refugiados del mundo.46
Como se describía en las lecciones anteriores,
tanto en tránsito como en los campamentos de
refugiados y PID, mujeres y niñas pueden correrriesgo de sufrir abusos de sus derechos humanos,
incluida la violencia sexual y de género (VSG). Las
personas desplazadas suelen tener además pocas
oportunidades, o ninguna, de autosustentarse,
y deben depender entonces de organismos de
asistencia humanitaria para obtener alimentos y
otros productos y servicios esenciales. Cuando la
ayuda humanitaria no se basa en la consulta a la
mujer y no toma en cuenta sus necesidades, los
alimentos y provisiones suelen ser distribuidos
43 Naciones Unidas, Informe de la RelatoraEspecial sobre la situación de los defensores de
los derechos humanos, Margaret Sekaggya A/
HRC/16/44, 20/12/2010, párrafo 58.
44 ACNUR/HNHCR, Global Trends 2011
(Tendencias mundiales 2011), Ginebra: ACNUR/
UNHCR, 2012), págs. 2-3.
45 Ibíd. págs. 38-40.
46 Ibíd. pág. 11.
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automáticamente entre los hombres o los jefes de
hogar, con lo cual pueden no llegar a las mujeres y
las niñas.47
Al nal de 2011, se estimaba que había 3.888.309
personas internamente desplazadas, haciendo
de este país el que tenía mayor número de PID
del mundo.48 Las últimas tendencias indican que
ha crecido el número de mujeres adultas solas en
las poblaciones internamente desplazadas (PID),
al punto que se ha informado que la mitad de las
familias desplazadas tienen a mujeres como jefes
de hogar desde 2006. Este equilibrio de género del
desplazamiento en Colombia, como en los demás
lugares, merece cinco consideraciones generales:
las mujeres asumen nuevas responsabilidades
como jefes de hogar; el desplazamiento afecta de
manera distinta los proyectos de vida de mujeres
y hombres; la mujer y el hombre tiene actitudes
diferentes con respecto al regreso; las mujeres
desplazadas corren riesgo de violencia sexual y
de género (VSG) antes, durante y después del
desplazamiento; y las mujeres tienden a participar
en organizaciones de fuerzas vivas locales de
personas internamente desplazadas (PID).49
Como se señalaba en el informe 2012 del
Secretario General sobre la Violencia Sexual
relacionada con los Conictos, “La fractura
de las familias debido a la muerte, detención
o desplazamiento de los hombres durante losconictos ha dejado a muchas mujeres y a sus
hijos expuestos a mayor riesgo de explotación
sexual y trata de personas”.50 De hecho, en
cualquier momento dado, se estima que 2,5
47 La mujer, la paz y la seguridad: Estudio
presentado por el Secretario General en virtud
de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad,
Naciones Unidas, 2002.
48 ACNUR, Tendencias mundiales 2011 (Ginebra:
ACNUR/UNHCR, 2012), págs. 38-40.
49 Donny Meertens, “Forced Displacementand Gender Justice in Colombia: Between
Disproportional Effects of Violence and Historical
Injustice” (Desplazamiento forzado y justicia de
género en Colombia: efectos desproporcionados
de la violencia y la injusticia histórica), International
Centre for Transitional Justice (ICJT) e Instituto
Brookings, julio de 2012.
50 S/2012/33
millones de personas están atrapadas en trabajo
forzado en el mundo a raíz de la trata de personas,
y de estas, el 10% se concentra en Latinoamérica
y el Caribe.51 Se están tracando más y más
mujeres dentro de la región de ALC, por ejemplo,
de Guatemala a México y de Haití a la República
Dominicana.52
Los países de la región del Caribe funcionan como
lugar de origen, tránsito y destino del tráco de
hombres, mujeres, niñas y niños. Los estados del
Caribe son particularmente susceptibles a la tratade personas y otras modalidades de migración
irregular, debido a su situación geográca y a
sus fronteras permeables. En muchos países,
las mujeres y las niñas son engañadas con
ofrecimientos de buenos empleos en otras
tierras, pero, poco después de arribar, se les
51 Programa de Naciones Unidas para el
Desarrollo, Informe de desarrollo humano del
Caribe 2012: el desarrollo humano y el cambio
hacia una mayor seguridad ciudadana (Nueva
York, PNUD, 2012).52 Para obtener más información sobre la trata
de personas en la región, ver la evaluación de
la Ocina de Naciones Unidas contra la Droga y
el Delito sobre la capacidad de entablar acción
penal para investigar el tráco de personas en
Centroamérica, disponible en http://www.unodc.
org/unodc/en/human-trafcking/regional-assess-
ment-central-america.html.
Las madres y sus hijos pequeños asisten a una clínica
gratuita en el empobrecido barrio de Cité Soleil de Puerto
Príncipe, donde la Misión de Estabilización de la ONU en
Haití (MINUSTAH) ‘s Sección de Reducción de la Violencia
está trabajando con una asociación de voluntarios para
ayudar a las mujeres marginadas. (Foto de ONU Nº 501570
por Logan Abassi, agosto de 2011)
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dice que tendrán que dedicarse al strip tease y
la prostitución. Un estudio de la Organización
Internacional para las Migraciones reveló además
denuncias de tráco de niños y jóvenes varones
para su explotación sexual, a menudo asociado
al narcotráco. En algunos casos, la trata de
personas está asociada al turismo sexual en los
países del Caribe.53
En muchos casos, el tráco y la explotación sexual
están vinculados a la inecacia y la corrupción
imperante en el sector de la seguridad. Por
ejemplo, en muchos países del Caribe, se dice
que la policía corrupta está vinculada a los
propietarios de clubes, bares y otros centros
nocturnos, lo cual causa temor y lleva a que no
se denuncien las situaciones de explotación y
posible trata de personas. En algunos casos, los
funcionarios de inmigración y de frontera juegan
un papel importante en la trata de personas y
el contrabando. Por ejemplo, en las Bahamas,
Jamaica, Antillas Holandesas y Surinam,
funcionarios de inmigración han sido acusados
de facilitar o ignorar posibles casos de tráco de
personas.54
En Colombia, según la asociación anti-trata de
personas Fundación Esperanza, 50.000 mujeres
son tracadas y llevadas fuera del país cada año.55
Aunque se informa que existen altos niveles de
violencia sexual y de género (VSG) en las zonasdel país afectadas por conictos, Colombia es
un claro ejemplo de que esa clase de violencia
tiende a ser muy poco denunciada. En 2003,
la Policía Nacional registró “solo cuatro casos
de violencia sexual de personas al amparo del
derecho humanitario internacional [las que viven
en zonas de conicto reconocidas], dos casos de
violencia sexual y dos de esclavitud o prostitución
forzada”.56 Al tiempo que las víctimas mujeres
53 Organización Internacional para las
Migraciones, Evaluación exploratoria del tráco depersonas en la región del Caribe, junio de 2005,
pág. 150.
54 Ibíd. pág. 151.
55 Rehn y Ellen Sirleaf, Women, War and Peace
(La mujer, la guerra y la paz), pág. 13.
56 Patricia Buriticá Céspedes, “El papel de las
mujeres en el proceso de construcción de la paz
en Colombia”, Revista Futuros, tomo V, Nº 18
enfrentan obstáculos para denunciar delitos
sexuales, los funcionarios de la Justicia a menudo
no comprenden cabalmente la violencia de género.
Salud
Los países que están inmersos en violentas
confrontaciones armadas y están saliendo de estas
han sido los principales destinatarios de la ayuda
humanitaria. Sin embargo, se reconoce cada vez
más que los altos niveles de violencia armadainterpersonal en países que son relativamente
estables merecen más atención por su impacto en
la salud pública y la seguridad humana. Estudios
auspiciados por el Banco Interamericano de
Desarrollo en la década del 1990 demostraron el
impacto de la violencia en los servicios de atención
médica de los países de Latinoamérica. Expresado
como porcentaje del producto bruto interno, el
costo de la atención médica por causa de la
violencia fue del 5% en Colombia, del 4,3% en El
Salvador y del 1,9% en Brasil.57
(2007), pág. 2
57 Citado en Organización Mundial de la Salud,
Informe mundial sobre la violencia y la salud,
Etienne Krug, Linda Dahlberg, James Mercy,
Anthony Zwi y Rafael Lozano, Editores (Ginebra:
OMS, 2002).
Las mujeres aprenden a leer y escribir en el empobrecido barrio de CitéSoleil de Puerto Príncipe, donde la Misión de Estabilización de la ONU en
Haití (MINUSTAH) ‘s Sección de Reducción de la Violencia está trabajando
con una asociación de voluntarios para ayudar a las mujeres marginadas.
(Foto de ONU Nº 483130 por Logan Abassi, agosto de 2011)
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Durante el conicto armado, los servicios de
salud suelen colapsarse o suspenderse debido a
amenazas a la seguridad. Por ejemplo, en agosto
de 2012, los choques entre las fuerzas armadas
y grupos armados en Colombia obstaculizaron
los servicios de atención médica en distritos
del sur del país. Dicho incidente ejemplica una
preocupante tendencia: el aumento de los ataques
a centros de atención médica desde 2010.58 El
colapso del sector de la salud durante los conictos
y la violencia armada compromete la salud de
todos los integrantes de la sociedad, pero las
mujeres son particularmente vulnerables debido a
sus necesidades especiales en materia de salud.
El aumento de la violencia sexual y de género
(VSG) durante los conictos armados y la
inseguridad agravan aún más los problemas
de salud de la mujer, determinando una mayor
incidencia de VIH/SIDA y otras enfermedades
de transmisión sexual. Por ejemplo, las víctimas
de trata de personas en el Caribe corren
riesgo creciente de contraer VIH/SIDA y otras
enfermedades.59 Otro problema de seguridad
sanitaria ha sido la violencia contra las defensoras
de los derechos humanos que trabajan por los
derechos sexuales y reproductivos. Según los
informes, las defensoras del mundo entero suelen
enfrentar riesgos de acoso, discriminación,
estigmatización, persecución y violencia física
debido a los derechos que deenden.60
Sumado a la inseguridad y a los decientes
servicios sanitarios, el sismo de enero de 2010 ha
tenido un profundo impacto en el nivel de violencia
58 Comité Internacional de la Cruz Roja,
“Colombia: la lucha obstaculiza los servicios
de atención médica en el norte del Cauca”,
21/08/2012. Disponible en http://www.icrc.org/
spa/resources/documents/news-release/2012/
colombia-news-2012-08-21.htm y Naciones
Unidas, Informe del Secretario General sobrelos niños y el conicto armado en Colombia
(S/2012/171), 21/03/2012.
59 PNUD, Informe de desarrollo humano en el
Caribe 2012 (Nueva York, PNUD, 2012), pág. 32.
60 Consejo de Derechos Humanos, Informe de
la Relatora Especial sobre la situación de las
defensoras de los derechos humanos, Margaret
Sekaggya (A/HRC/16/44), 20/12/2010.
sexual y de género en Haití. Si bien el país tiene
una larga historia de VSG, los responsables de
prestar servicios y las organizaciones de derechos
humanos han documentado cientos de casos de
violencia sexual, en especial en los campamentos
de personas internamente desplazadas (PID),
desde que se produjo el terremoto. Como señalara
Rashida Manjoo, ex–Relatora Especial sobre las
causas y consecuencias de la violencia contra
la mujer, la situación de Haití demuestra que
“en el período que sigue a una emergencia, las
vulnerabilidades preexistentes y los patrones
de discriminación y violación de los derechos
humanos suelen exacerbarse, exponiendo a
mujeres y niñas a un mayor riesgo de sufrir abusos
de sus derechos humanos”.61
En el período inmediatamente posterior a tales
crisis de violencia, las graves carencias de los
campamentos de PID, así como el inadecuado
patrullaje, la falta de capacitación policial y su
negativa a admitir la ocurrencia de actos de
violación hacen que estos continúen. Las mujeres
y las niñas a menudo no tienen acceso a los
recursos y la información sobre los servicios
médicos disponibles y dónde pedir ayuda. Ello secomplica aún más por la fuerte estigmatización
61 Naciones Unidas, “Declaración de la Dra.
Rashida Manjoo, Relatora Especial sobre
la violencia contra la mujer, sus causas y
consecuencias”, 65ª sesión de la Asamblea
General, Tercera Comisión, 11/10/2010.
Mujeres Wayuu, parte del grupo indígena más grande
de Colombia, mantenerse a sí mismos con el trabajo
artesano en el pueblo de Pessuapa, cerca de la fronteracon Venezuela. (Foto de ONU Nº 461374 por Gill Fickling,
julio de 2010)
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social de que son objeto las víctimas de violación
en Haití.62
Educación
Los sistemas educativos suelen sufrir graves
perturbaciones durante los conictos y la violencia
armada por la inseguridad reinante, la destrucción
de la infraestructura o la falta de recursos. Las
mujeres y las niñas suelen tener aún menos
acceso a la educación durante los conictos
que los hombres y los niños varones. Dichas
perturbaciones se prolongan hasta bastante
después del conicto, afectando a generaciones
de estudiantes. Los conictos violentos agravan
las disparidades económicas y la desigualdad de
género, incluido el acceso a la educación.
AComo ya vimos, un importante desafío en
la región de América Latina y el Caribe es la
presencia de pandillas y la incidencia del crimen
organizado. Uno de los efectos principales de la
violencia de pandillas y el crimen organizado es
que, a n de prevenir y controlar los delitos, se
echa mano a recursos originalmente destinados
a sectores tales como el de la educación.63
También ha habido problemas de pandillas y
violencia dentro de los propios centros educativos,
en especial en Centroamérica. En los países
de la región, las pandillas reclutan a niños y
adolescentes desde dentro de las escuelas. Lasfamilias con recursos sucientes pueden enviar
a sus hijos a otros colegios, lo cual deja a los
alumnos que provienen de familias de bajos
recursos expuestos a la violencia.64
Otro problema es la violencia sexual y de género
(VSG) que se da en las escuelas. Aunque
se cuenta con muy pocos datos, los estudios
62 Hollyn Hammond, “Combating Gender-Based
Violence in Haiti’s Displacement Camps”
(Combatiendo la violencia de género en loscampamentos de desplazados de Haití),
International Affairs Review, Tomo XX, Nº 3
(Primavera de 2012), pág. 24.
63 PNUD, Informe de desarrollo humano en el
Caribe (Nueva York, PNUD, 2012), pág. 73.
64 UNESCO, Educación, Juventud y Desarrollo:
Acciones de la UNESCO en América Latina y el
Caribe (Santiago: UNESCO, 2010), pág. 19.
demuestran que la violencia sexual entre
compañeros sí ocurre en las escuelas, pero que
se da fundamentalmente entre adultos y niños, y
entre adolescentes. Por ejemplo, en Brasil, las
conductas abusivas entre profesores y alumnos
incluyen miradas, gestos y comentarios lascivos,
así como también propuestas de contacto sexual.
Por otra parte, ha habido casos documentados de
coerción en los que los profesores prometieron
cambiar las calicaciones a cambio de contacto
sexual.65
Las poblaciones desplazadas enfrentan grandes
desafíos para asegurar una adecuada educación
para los niños. Por ejemplo, los estudios han
demostrado que solo el 51% de los niños y
adolescentes desplazados de Colombia se
inscribieron en la escuela secundaria. Por otra
parte, la proporción de niños, niñas y adolescentes
desplazados de entre 12 y 15 años de edad que
todavía está tratando de terminar sus estudios
primarios era el doble del de los no desplazados
de ese grupo etario. Este dato demuestra que los
niños y adolescentes desplazados ingresan tarde
a primaria, repiten el curso con más frecuencia y
abandonan los estudios más fácilmente que los no
desplazados.66
Desarrollo económico y medios de vida
El conicto y la violencia armada suelen tener unefecto devastador en la economía de los países
involucrados. El Banco Mundial ha catalogado
el conicto como “desarrollo marcha atrás”.67 Se
estima que es altísimo el impacto de la violencia
en la región de ALC; según algunos autores, el
65 Plan Internacional y UNICEF, Violencia escolar
en América Latina y el Caribe: Supercie y fondo
(Panamá: Plan Internacional y UNICEF, 2011), pág.
31.
66 UNESCO, “Panorámica regional: América
Latina y el Caribe”, Informe de Seguimiento de laEPT en el Mundo (Santiago: UNESCO), pág. 10.
67 Paul Collier, V. L. Elliot, Havard Hegre,
Anke Hoefer, Marta Reynal-Querol y Nicholas
Sambanis, Breaking the Conict Trap: Civil War
and Development Policy (Cómo escapar de la
trampa del conicto: la guerra civil y la politica
de desarrollo), Washington DC, Banco Mundial y
Oxford University Press, 2003.
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capital humano neto de la región se ha reducido a
la mitad debido al aumento del delito y la violencia
desde 1980.68 Si consideramos la devastación
económica que causan los conictos y el hecho de
que la mujer tiene más probabilidades de vivir en
la pobreza que el hombre, entendemos por qué las
mujeres tienden a sufrir tanto más el deterioro de la
situación económica asociado a los conictos.
Como ocurre en otros lugares, muchos conictos
e incidentes de violencia en América Latina y
el Caribe han determinado que las mujeres se
conviertan en jefes de hogar. Por ejemplo, al
nalizar la guerra civil en Guatemala, en 1996,
se estima que 80.000 mujeres quedaron viudas
y 250.000 niños, huérfanos.69 Las viudas y jefes
de familia suelen ser particularmente vulnerables
desde el punto de vista económico, ya que
ellas solas deben mantener a sus familias. Más
aún, estas mujeres suelen a menudo enfrentan
obstáculos para lograr la titularidad de bienes
y tierras, debido a la discriminación de que
son objeto desde siempre, y a las normas y
costumbres en materia de tierras y bienes. Ello
es particularmente grave para aquellas mujeres
que son desplazadas durante los conictos, ya
que sus reclamos a tierras y bienes abandonados
pueden no ser atendidos. Sin el acceso a esos
bienes que les permiten producir y lograr la
seguridad económica, las mujeres se tornan
económicamente vulnerables en el largo plazo.Con frecuencia se requieren reformas jurídicas, a
n de garantizar el acceso igualitario de la mujer a
la tierra.
La inseguridad económica de las mujeres también
está estrechamente vinculada a la violencia sexual
y de género (VSG), como causa y consecuencia.
Por un lado, la pobreza y la falta de independencia
económica pueden determinar que para las
mujeres sea difícil evitar o escapar de situaciones
que las tornan vulnerables a la explotación y el
68 Juan Luis Londoño, Alejandro Gaviria y
Rodrigo Guerrero, Editores, Asalto al Desarrollo:
Violencia en América Latina (Washington DC: BID,
2000).
69 Linda Green, Fear as a Way of Life: Mayan
Widows in Rural Guatemala (El miedo como modo
de vida: las viudas mayas en la Guatemala Rural
(Nueva York: Columbia University Press, 1999.)
abuso. Por otro, las consecuencias de la VSG en
su salud y el temor a sufrir VSG pueden impedirles
trabajar.
Cambio de roles de género
Como se vio en la lección 2, los roles de género
denen lo que se considera apropiado para
hombres y mujeres dentro de determinada
sociedad, y valen tanto para la esfera social como
para la división del trabajo. Los roles de género
no son estáticos; cambian con el transcurso del
tiempo. Varían bastante no solo entre culturas,
sino dentro de las propias culturas, por ejemplo,
entre las diferentes razas, clases sociales,
religiones, grupos étnicos y generaciones. Las
crisis repentinas, tales como las guerras o los
desastres naturales, pueden cambiar radical y
rápidamente los roles de género en respuesta
a los cambios imprevistos. Es de destacar que
Chile, Costa Rica, Brasil y Argentina han elegido
a mujeres para cargos de estado tradicionalmente
reservados a los hombres, lo cual en parte puede
deberse a las cuotas electorales. Con todo, siguen
existiendo desafíos para la igualdad de la mujer
dentro de esas sociedades.
El conicto armado y la violencia pueden cambiar
los roles de género y la dinámica de género de
varias maneras. En primer lugar, en la mayoría
de los conictos armados, mueren más hombresque mujeres, lo cual modica el perl demográco
de la sociedad y determina cambios tales como
un aumento de los hogares con jefes de familia
mujeres. En segundo lugar, los conictos suelen
determinar cambios en la distribución del trabajo
entre hombres y mujeres. Por ejemplo, una
sociedad que tradicionalmente dependía de
los hombres para el trabajo de la tierra puede
enfrentar dicultades cuando muchos hombres
pasan a ser combatientes, haciendo necesario que
ingresen mujeres al sector agrícola. Esos cambios
pueden prolongarse más allá del conicto y hastavolverse permanentes. Por último, los conictos
a menudo motivan a las mujeres a participar en
la política. Ya sea como combatiente, integrante
de grupos armados, activista por la paz o en
otros roles, la participación de la mujer puede
contribuir a fortalecer su conanza en sí misma y
llevar a la formación de organizaciones y redes de
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mujeres que cambien el perl social y político de la
sociedad. En el capítulo siguiente, analizaremos la
participación de la mujer en los procesos de paz y
seguridad, y cómo han trabajado los países de la
región para hacer frente a los problemas relativos a
la mujer, la paz y la seguridad (MPS).
Resumen y puntos clave de aprendizaje
• La región de América Latina y el Caribe (ALC)
históricamente ha vivido mucha violencia
política, especialmente interna, que se ha
caracterizado por violaciones masivas de los
derechos humanos. Si bien en la actualidad
hay muy pocos conictos armados en la región,
ha aumentado signicativamente la violencia
criminal.
• En comparación con otras regiones del mundo,
la región de ALC ha sido testigo de pocas
operaciones de mantenimiento de la paz, y la
mayoría de esas misiones se han realizado en
Haití. En la actualidad, la región tiene solo una
misión en curso (la MINUSTAH), la cual se está
desarrollando en Haití.
• Si bien hay relativa ausencia de conictos
armados en la región de ALC, las resoluciones
sobre la mujer, la paz y la seguridad (MPS)
siguen siendo pertinentes por una serie
de razones, en particular, cómo hacen
frente los países al legado de abusos en
materia de derechos humanos y la violencia
armada permanente, y cómo garantizan la
representación de la mujer en las organizaciones
de paz y seguridad.
• El impacto distinto del conicto armado en las
mujeres y los hombres de la región ha puesto
de maniesto situaciones de carácter general
que también se observan en otras regiones
del mundo, tales como la creciente incidencia
de la violencia sexual y de género (VSG), el
desplazamiento y la separación, el limitado
acceso a los servicios sanitarios y educativos, yel cambio en los roles de género.
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Cuestionario de fnal de lección
1. En la segunda mitad del siglo XX, la regiónde América Latina y el Car ibe (ALC) vivió:
A. Guerras civiles, altas tasas de desigualdad
entre ricos y pobres, movimientos guerrilleros
y una serie de golpes de estado;
B. Un rápido crecimiento económico debido a la
demanda de productos básicos agrícolas y
minerales;
C. La construcción de nuevos aeropuertos que la
vincularon internacionalmente para mejorar el
turismo;
D. Un deterioro general en el desempeñoeducativo.
2. La democracia y la paz son todavía frágilesen la región porque:
A. Los medios y las redes sociales siguen
estando poco desarrollados;
B. Las leyes electorales necesitan de una
reforma;
C. La corrupción campea, siguen existiendo las
pandillas y el crimen organizado, a menudo
con inadecuada prestación de servicios deseguridad y judiciales, y los movimientos
rebeldes siguen operando en muchos
escenarios;
D. Los estados vecinos plantean amenazas unos
a otros.
3. ¿En cuánt as misiones ha par ticipado elMantenimiento de la Paz de ONU en laregión de ALC?
A. En ninguna
B. En cuatro
C. En veinte
D. En nueve
4. La agenda de la Mujer, la Paz y la Segur idad(MPS) es importante para la r egión, nosolamente por la desigualdad y el hecho deque se ha ut ilizado la violencia sexual comoherramienta durante la guerra, sino tambiénporque:
A. MPS es clave para el desarrollo económico;
B. La violencia sexual fue usada además para
castigar a las prisioneras políticas bajo los
regímenes dictatoriales, dejando un legado de
dolor y la necesidad aún hoy de una reforma
del sector de la seguridad;
C. La membresía de la ONU lo exige;
D. Hay competencia entre las regiones para
contar con buenos programas.
5. La región de ALC tiene el menor númerode refugiados del mundo, pero se estimaque había más de 4 millones de personasinternamente desplazadas (PID) en 2011. Elpaís que tuvo el número más elevado de PIDfue:
A. PerúB. Colombia
C. Argentina
D. Brasil
6. En febrer o de 2011, en el Informe de la
Relatora Especial sobre Violencia contra la
mujer, sus causas y consecuencias, Rashida
Manjoo, Addendum, Misión de Seguimiento a
El Salvador, se identifcaron específcamente
los siguientes problemas:
A. La falta de aplicación efectiva de la ley,
el acceso limitado a derechos de salud y
reproductivos, y la necesidad de sistemas
coordinado de recolección de datos,
capacitación y perfeccionamiento;
B. La poca cobertura de prensa que tienen los
feminicidios;
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C. La necesidad de un diseño de políticas más
rme;
D. Los refugios para las mujeres que huyen de
amenazas de violencia.
7. Estud ios sobre Migración Internacionalhan demostr ado que la trata de personasen los países del Car ibe es un problema depar ticular gravedad, debido a las fronteraspermeables y a la situación geográfca, y que
afecta a :
A. Las jóvenes atrapadas en la pobreza;B. A las mujeres y niñas, para su uso en el
servicio doméstico y la industria del sexo;
C. Los niños y jóvenes varones atrapados en el
narcotráco y el comercio sexual;
D. Todos los anteriores.
8. Los campamentos de PID plantean suspropias difcultades e inseguridad para las
mujeres y las niñas. En Hait í, por ejemplo,un obstáculo que enfrentan las víctimas de
violación, aún si llegaran a tener acceso aservicios de salud, es:
A. El transporte;
B. La información;
C. La estigmatización social;
D. Los horarios de apertura.
9. El legado de la guer ra civil son los hogarescon un solo jefe y un mayor númer o deviudas y huér fanos. Ello ocurr ió en
______________, cuya guerra civ il fnalizóen 1996:.
A. Brasil;
B. Paraguay;
C. Bolivia;
D. Guatemala.
10. ¿Qué tienen en común Chile, Costa Rica,Brasil y Argentina?
A. Han elegido a mujeres para ocupar altos
cargos de gobierno nacional;
B. Los patrones meteorológicos;
C. La capacitación compartida de las patrullas de
frontera;
D. La lengua ocial.
CÓDIGO DE RESPUESTAS1A, 2C, 3D, 4B, 5B, 6A, 7D, 8C, 9D, 10A
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LECCIÓN
5
5.1 Introducción
5.2 Prevención
5.3 Participación yrepresentación
5.4 Protección
OBJETIVOS DE LA LECCIÓN
En esta lección se verá cómo han venido trabajando los países de la
región de América Latina y el Caribe (ALC) para enfrentar los desafíos
descritos en la lección 5. Las prioridades regionales en materia de Mujer,
Paz y Seguridad (MPS) serán analizadas dentro del marco conceptual
de la RCS 1325 (2000), usando el criterio de las 3 “P” (3P) – prevención,
participación y protección.
Al nal de la lección 5, el alumno deberá ser capaz de cumplir los
siguientes objetivos:
• Analizar los problemas relativos a MPS en la región de ALC dentro del
marco conceptual de la RCS 1325 (2000) y resoluciones subsiguientes;
y
• Describir las estrategias para implementar la resolución dentro del
marco de la prevención, la participación y la protección.
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5.1 Introducción
En las lecciones anteriores se describieron una
serie de desafíos que enfrentan los países de
América Latina y el Caribe en el campo de la
Mujer, la Paz y la Seguridad (MPS). La RCS 1325
(2000) y demás resoluciones sobre MPS proveenun marco para abordar esos desafíos. En la
presente lección, se utiliza la implementación
del paradigma de prevención, participación y
protección (3P) para destacar el protagonismo de
la mujer, así como las áreas prioritarias en las que
se actúa en la región en el campo de la paz y la
seguridad.
Como se mencionaba en la lección 3, el marco
3P fue concebido originalmente por la comunidad
de organizaciones no gubernamentales (ONG),
basándose en la idea de que para implementar laresolución de manera efectiva, es preciso atender
a los “principios de prevención de los conictos,
participación (y representación) de la mujer en la
paz y la seguridad, y protección de los civiles,
tomando en cuenta las necesidades especícas
de mujeres, hombres, niñas y niños”.1 A partir de
ello, podemos considerar que la RCS 1325 (2000)
exhorta a que se actúe en tres temas prioritarios
de carácter general:
1. Lograr la participación de la mujer e integrar
una perspectiva de género a la prevención de
los conictos;
2. Asegurar la participación plena y en pie de
igualdad de la mujer en la resolución de las
controversias y la construcción de la paz
posconicto; y
3. Proteger a mujeres y niñas durante y después
de los conictos armados.
En esta lección se brinda información detallada
sobre cada una de las tres “P”, haciendo énfasis
en cómo funciona este marco y cómo se aplica la
1 “NGO Watch: Security Council focuses on
women, peace and security” (Alerta ONG: el
Consejo de Seguridad centra la atención en la
mujer, la paz y la seguridad), Edición on line de
UN Chronicle (Crónica ONU), http://www.org/wcm/
content/site/chronicle/.
propia resolución a las prioridades y necesidades
de la región de ALC.
5.2 Prevención
En el párrafo 1 de la RCS 1325 (2000) se “urge
a los Estados Miembros a asegurar una mayorrepresentación de la mujer a todos los niveles de
toma de decisiones en instituciones y mecanismos
nacionales, regionales e internacionales de
prevención, gestión y resolución de conictos”. Así,
un aspecto importante de la parte de prevención
del marco 3P es la creciente participación de la
mujer en actividades y estructuras de prevención
de conictos. No obstante, es esta solo una parte
de la historia. Se pueden utilizar los siguientes
criterios para integrar una perspectiva de género a
los esfuerzos de prevención de conictos previstos
en la resolución:
• Asegurar que en todas las actividades y
estrategias de prevención de conictos se
integre una perspectiva de género y se involucre
a la mujer ;
• Desarrollar mecanismos e instituciones ecaces
de alerta temprana sobre cuestiones de género;
y
• Intensicar y ampliar los esfuerzos por prevenir
la violencia contra la mujer , incluida la violencia
sexual y otras formas de violencia de género, laexplotación y el abuso.
Las mujeres a menudo se involucran en los
esfuerzos por prevenir controversias, en especial
a nivel local. Una de las razones por las cuales es
tan fundamental la participación de la mujer en la
prevención de conictos es que muchos indicios
tempranos de conicto violento (“indicadores de
alerta temprana”) son percIbídos primero a nivel
de la comunidad, a menudo por las mujeres.
Identicar esos indicios tan tempranamente
como sea posible es una forma importante deimpedir que las tensiones se intensiquen hasta
convertirse en confrontaciones armadas en gran
escala, y que los desastres se extiendan. Integrar
una perspectiva de género a la prevención de
los conictos y a la reducción de los riesgos de
desastre requiere que los gobiernos observen los
indicadores de alerta temprana con sensibilidad
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de género, es decir, los indicios que reejan las
circunstancias cambiantes de hombres y mujeres
en la sociedad, ya que estos suelen ser los
síntomas más tempranos de un conicto inminente.
Los indicadores de alerta temprana son los
siguientes:2
• Aumento de la violencia sexual y de género(VSG), incluidas la violación, la violencia
doméstica y la trata de personas;
• Acopio de alimentos y otros productos del hogar;
• Migraciones de refugiados de un género
determinado, como se dio en Colombia;
• Amplia difusión de estereotipos de género en los
medios de comunicación masiva como parte de
campañas de movilización;
2 Kristin Valasek y Kaitlin Nelson, Securing
Equality, Engendering Peace: A guide to policy
and planning on women, peace and security (UN
SCR 1325) (Asegurando la igualdad, “generando”
la paz: guía para la política y la planicación
sobre la mujer, la paz y la seguridad [RCS 1325]),
UN-INSTRAW: Santo Domingo, República
Dominicana, 2006.
• Cambios abruptos en los roles de género, tales
como la imposición de leyes restrictivas;
• Graticación por conductas agresivas y
propaganda centrada en la hipermasculinidad;
• Número creciente de familias con mujeres como
jefes de hogar; y
• Aumento de la prostitución en los alrededores
de las bases militares en épocas de mayor
movilización de soldados y grupos armados.
Si sus aportes han de contribuir a esfuerzos de
mayor alcance, los gobiernos deben valerse de los
aportes de los actores de la comunidad, apoyar a
los grupos de la sociedad civil, y crear y mantener
mecanismos de colaboración y comunicación,
para que estos grupos tengan voz en los esfuerzos
de prevención de conictos. Un ejemplo de cómo
puede funcionar esto en la región de ALC es elServicio Nacional de la Mujer de Chile, el cual
forma parte del Ministerio de Planicación y
Cooperación. Las actividades del Servicio incluyen
la prevención de conictos y la prevención de la
violencia de género en los conictos armados.
Un área de particular relevancia para la región
de ALC es el desarrollo de mecanismos de
alerta temprana con sensibilidad de género
para situaciones de desastre. Esto vale muy
especialmente para la región del Caribe, que es
particularmente vulnerable a desastres naturalescomo los causados por huracanes y terremotos.
Los desastres naturales tienen efectos especícos
en cada género. La pobreza de la mujer es motivo
de especial preocupación, ya que la pobreza
agrava la vulnerabilidad de las personas en las
situaciones de crisis. Por ejemplo, un relevamiento
llevado a cabo en Grenada tras el huracán Iván
en 2004 demostró que el 52% de las familiar más
pobres y numerosas tenían a mujeres como jefes
de hogar.3 Los mecanismos de alerta temprana
y los programas de reducción de los riesgos de
desastre son cada vez más importantes en elcontexto del cambio climático. Otra preocupación
en esta área es la creciente vulnerabilidad de las
mujeres que padecen HIV/SIDA, un problema
3 PNUD, Integrando el género al manejo de las
situaciones de desastre en los pequeños estados
isleños en desarrollo: guía (Cuba: PNUD, 2012),
pág. 17.
Los participantes en un taller sobre la violencia
doméstica en Valle, Honduras. El taller está
destinado a mostrar los vínculos entre el
género, la pobreza, el abuso y la enfermedad.
(Foto de ONU Nº 138806 por Mark Garten, junio
de 2006)
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especialmente asociado al sexo femenino en la
región del Caribe.4
Como se señalaba más arriba, la agenda de
prevención en materia de Mujer, Paz y Seguridad
(MPS) se reere también a la prevención de la
violencia contra la mujer. Algunos países de la
región se han embarcado en campañas paraprevenir la violencia contra mujeres y niñas. Por
ejemplo, el gobierno de Paraguay ha impulsado
un proyecto sobre género y violencia doméstica,
cuya nalidad es mejorar la colaboración
interinstitucional en cuestiones de violencia
de género. Parte del proyecto se centra en
el desarrollo de un relevamiento de carácter
preventivo del que participan 2.600 ciudadanos.
El proyecto ha incluido además la instalación de
Mesas de Atención Especializada y la capacitación
de 1.300 ociales de policía en el manejo de
casos de violencia, según un criterio centrado en
los derechos humanos, el género y la violencia
doméstica.5 Volveremos sobre este punto más
adelante, en la sección sobre protección.
5.3 Par ticipación y representación
La participación de la mujer es tema central de
la RCS 1325 (2000) y de la agenda de MPS. En
el prólogo de la RCS 1325 “se hace énfasis en
la importancia de la participación plena y en piede igualdad [de la mujer] en todo esfuerzo por
mantener y promover la paz y la seguridad, y en
la necesidad de ampliar su papel en la toma de
decisiones relativas a la prevención y resolución
de conictos”. Se reconoce asimismo que la
“plena participación de la mujer en el proceso de
paz puede contribuir de manera signicativa a la
4 UNFPA y Organización de Mujeres para el
Medio Ambiente y el Desarrollo (WEDO por su
sigla en inglés), “Common Ground in Bangladesh,
Ghana, Nepal, Senegal and Trinidad and Tobago“(Causa común en Bangladesh, Ghana, Nepal,
Senegal y Trinidad-Tobago), Climate Change
Connections (Nueva York: UNFPA y WEDO, 1009),
pág. 6.
5 PNUD, Una década de trabajo en seguridad
ciudadana y prevención de conictos en América
Latina y el Caribe 2001-2010 (Ciudad de Panamá:
PNUD, 2011).
preservación y promoción de la paz y la seguridad
internacionales”. La resolución contiene además
numerosos párrafos operativos en los que se
exhorta a los Estados Miembros a tomar medidas
para ampliar la participación de la mujer en todos
los aspectos de la paz y la seguridad.
En América Latina, como ocurre en las demás
regiones, es necesario que los gobiernos eleven el
nivel de participación de la mujer de las siguientes
maneras:
• Fomentando y apoyando la activa participación
de la mujer en procesos de paz formales e
informales;
• Incrementando la participación política de la
mujer por medio de, entre otros mecanismos,
la elección de mujeres para cargos a todos los
niveles de gobierno; y
• Intensicando los esfuerzos por reclutar
y designar a mujeres en todos los niveles
jerárquicos de la policía, la seguridad, las
fuerzas armadas, así como también en las
fuerzas de mantenimiento de la paz como
personal militar, policial y civil.
Si bien se ha avanzado en los últimos años, en
la región de ALC sigue siendo bajo el nivel de
representación de la mujer en los procesos de
paz, los cargos políticos y los puestos militares
y de seguridad. En cada área de participación,
analizaremos la situación actual de la participación
de las mujeres de la región, así como también
las estrategias para sortear las brechas que aún
quedan.
Participación en los p rocesos formales einformales de paz
Como veremos más adelante en esta lección,
la mujer ha desempeñado un papel importante
en algunas de las confrontaciones armadas de
Latinoamérica y el Caribe. La fuerte participación
de la mujer en los movimientos armados ha
llevado a prestar más atención a su rol en los
conictos y en los procesos de paz sub-siguientes.
Las negociaciones de paz constituyen un punto
de partida crucial para la consideración de las
cuestiones de género. Una composición más
pareja de los equipos negociadores puede ser
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un importante primer paso para que se tome en
cuenta la dimensión de género de un conicto
durante las negociaciones, y para que en los
acuerdos de paz subsiguientes se incluya una
perspectiva de género. Sin embargo, los equipos
inclusivos no constituyen la norma; en general,
pocas mujeres participan en los procesos de paz
formales.
Los acuerdos de paz brindan la valiosa
oportunidad de reorientar a las sociedades hacia
la igualdad de género. El silencio en un acuerdo
de paz sobre la posición de la mujer perpetúa e
institucionaliza la marginalización de la mujer de
los procesos políticos posconicto. El no prestar
la debida atención a que un proceso de paz sea
inclusivo puede llevar fácilmente a rearmar la
desigualdad de género; puede determinar que
las partes enfrentadas “establezcan nuevas
constituciones o procesos de paz que dejen al
margen las necesidades de la mujer” y restrinjan
sus derechos.6 Por ende, tras una confrontación,
es preciso reconocer y prestar igual atención a las
necesidades tanto de mujeres como de hombres.
En América Latina, la mujer ha participado
en varias negociaciones de paz de alto perl,
destacándose las de El Salvador y Guatemala.
Durante las negociaciones de paz llevadas a
cabo en El Salvador en la década del 1990, las
mujeres estuvieron presentes en casi todas lasnegociaciones posconicto, constituyendo el 13%
de los equipos de negociación.7 No obstante,
a pesar de la presencia de mujeres en la mesa
de paz, se prestó poca o ninguna atención a los
problemas de la mujer en las negociaciones de
paz. De hecho, no hubo ni siquiera una referencia
a la mujer en los acuerdos. Las negociaciones se
realizaban en secreto con poco o ningún aporte
de la sociedad civil. En parte debido a ello, las
6 Donna Pankhurst, Women, Gender
and Peacebuilding (La mujer, el género y laconstrucción de la paz), (Bradford, Universidad de
Bradford, Cátedra de Estudios sobre la Paz, 2000),
pág. 6.
7 ONU Mujeres, Women’s Participation in Peace
Negotiations: Connections between Presence
and Inuence (Participación de la mujer en las
negociaciones de paz: relación entre presencia e
inuencia), Nueva York, ONU Mujeres, 2012.
mujeres que integraban el equipo de negociadores
del Frente Farabundo Martí para la Liberación
Nacional (FMLN) no pudieron valerse del aporte de
poderosas organizaciones femeninas. Recién en la
fase de instrumentación de los acuerdos, se prestó
atención apropiada a las inquietudes de género.8
En Guatemala, en cambio, un movimiento
femenino vocal apoyó los esfuerzos de un
puñado de funcionaras de alto rango de la
Unión Nacional Revolucionaria Guatemalteca
por incorporar la igualdad de género a la
agenda de las negociaciones de paz. Solo dos
mujeres fueron incluidas en los equipos de
negociación, y la necesidad de incorporar una
perspectiva de género a los acuerdos no tuvo
eco ni en el gobierno ni en los negociadores
de la guerrilla. Sin embargo, Naciones Unidas
apoyó activamente la participación de la sociedad
civil en las negociaciones, incluida la de grupos
de mujeres. En parte debido a ese apoyo, en
los acuerdos de paz se incluyeron una serie de
importantes disposiciones relativas a la igualdad
de género.9 El Sector de Mujeres de la Asamblea
de la Sociedad Civil, organización bajo cuya
égida operan las organizaciones guatemaltecas,
desempeñó un papel fundamental en la defensa de
la incorporación de los derechos de la mujer a la
agenda del proceso formal de paz.
Una vez que se hubo rmado el Acuerdo de PazFirme y Duradera en Guatemala en 1996, el
Sector de Mujeres trabajó también para asegurar
la implementación de los acuerdos, en particular
las disposiciones relativas a los derechos de
la mujer.10 Uno de los logros clave del Sector
8 Ilja Luciak, Adding Value: Women’s
Contribution to Reintegration and reconstruction in
El Salvador (Agregando valor: el aporte de la mujer
a la reinserción y reconstrucción de El Salvador)
(Washington DC: Hunt Alternatives Fund, 2004.
9 ONU Mujeres, Women’s Participation in PeaceNegotiations: Connections between Presence
and Inuence (Participación de la mujer en las
negociaciones de paz: relación entre presencia e
inuencia), Nueva York: ONU Mujeres, 2012), pág.
2.
10 Ilja A. Luciak, “Joining forces for democratic
governance: Women’s alliance building for post-war
reconstruction in Central America” (Juntando las
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Representación de la mujer en la cámara alta o el senado en América Latina, 2012
Representación de la mujer en la cámara alta o el senado en el Caribe, 2012
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0.0%
20.0%
40.0%
60.0%
80.0%
100.0%
Caribbean Central America South America
Men
84.6%
Men
76.1%
Men
74.4%
Women
15.4%
Women
23.9%
Women
25.6%
de la mujer en la política, entre ellas, la reforma
constitucional y electoral, el establecimiento
de un sistema de cuotas, y la promoción de la
participación de la mujer en la política local.
En 2012, las mujeres eran solo el 20,2% de los
legisladores de ambas cámaras del parlamento
en el mundo, una cifra similar a la que se observa
a nivel regional y local.18 La mujer tiene además
muy baja representación en los poderes ejecutivos
como jefe de estado, presidente del parlamento e
integrante del gabinete. Más aún, la mujer sigue
luchando por lograr ocupar cargos de toma de
decisiones aun dentro de los propios partidos
políticos. La participación política de la mujer en
la región de ALC reeja en buena medida estas
tendencias generales a nivel mundial. Los datos
siguientes muestran la participación porcentual de
la mujer en el parlamento en diversos países de la
región.
18 Unión Interparlamentaria, Women in
Parliaments: World and Regional Averages (Las
mujeres en los parlamentos: promedios mundiales
y regionales), disponible en http://www.ipu.org/
wmn-e/world.htm, visitado el 23/10/2012. Datos al
30/09/2012.
Representación de la mujer en los parlamentosnacionales en ALC, 201219
PaísCámara
única o bajaCámara Al ta
o Senado Antigua y Barbuda 10,5% 29,4%
Argentina 37,4% 38,9%
Bahamas 13,2% 25,0%
Barbados 10,0% 33,3%
Belize 3,1% 38,5%
Bolivia 25,4% 47,2%
Brasil 8,6% 16,0%
Chile 14,2% 13,2%
Colombia 12,1% 16,0%
Costa Rica 38,6% -
Cuba 45,2% -
Dominica 12,5% -
República
Dominicana 20,8% 9,4%
Ecuador 32,3% -
PaísCámara
única o bajaCámara Al ta
o SenadoEl Salvador 26,2% -
Grenada 13,3% 23,1%
Guatemala 13,3% -
Guyana 31,3% -
Haiti 4,2% 3,3%
Honduras 19,5% -
Jamaica 12,7% 23,8%
Mexico 36,8% 32,8%
Nicaragua 40,2% -
Panama 8,5% -
19 Ibíd.
Porcentaje de mujeres en cargos ministeriales
Hombres
Mujeres
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PaísCámara
única o bajaCámara Alta
o SenadoParaguay 12,5% 15,6%
Peru 21,5% -
St. Kitts y Nevis 6,7% -
St. Lucia 16,7% 18,2%
San Vicente y las
Granadinas 17,4% -
Suriname 11,8% -
Trinidad y Tobago 28,6% 25,8%
Uruguay 12,1% 12,9%
Venezuela 17,0% -
While there are vast differences within both
the Latin American and Caribbean regions
respectively, overall there are more women in
the Upper House or Senate in Latin American
countries. The graphs below illustrate these
percentages by region.20
A 2012, cinco países de la región de América
Latina y el Caribe (ALC) habían superado el 30%
de representación de mujeres en la cámara alta o
el senado: Argentina, Barbados, Belice, Bolivia y
México. En 2007, en el senado de las Bahamas,
las mujeres ocupaban el 60% de las bancas –el
número más alto jamás alcanzado en una cámara
del parlamento a la fecha.21 Sin embargo, desde
entonces, el porcentaje en ese país ha descendido
al 25%.22 En la cámara baja o cámara única del
parlamento, siete países de la región – Argentina,Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guyana, México
y Nicaragua – han alcanzado el 30% o más
de integrantes mujeres.23 Si bien estos niveles
representan un avance signicativo, queda claro
que la mujer sigue estando muy poco representada
en los parlamentos de la región, ya que la mayoría
de los países están muy por debajo del 30%.
20 Ibíd.
21 “Women in Politics” (La mujer en la política),
The world of Parliaments (El mundo de los
parlamentos), Nº 29, abril de 2008, disponible enhttp://www.ipu.org/news-e/wopo/29/4.htm, visitado
el 06/04/2011.
22 Unión Interparlamentaria, Women in
Parliaments: World Classication (Mujeres en los
parlamentos: clasicación mundial), disponible en
http://www.ipu.org/wmn-e/classif.htm, visitado el
23/10/2012. Datos al 30/09/2012.
23 Ibíd.
En promedio, a 2012, en la región de ALC, las
legisladoras constituían el 23,8% de los integrantes
de la cámara única o cámara baja, y el 24,6% de
los del senado.24
La mujer también está poco representada en los
gabinetes ministeriales de la región. A abril de
2012, las mujeres ocupaban el 21% de los cargos
ministeriales en América Latina y el Caribe, con
variaciones importantes en las subregiones, como
se ilustra en el gráco siguiente.25
Como se aprecia, en las tres subregiones, la mujer
ocupa la minoría de los cargos; sin embargo,
tanto en América Central como en América del
Sur, esta ocupa un porcentaje mayor de cargos
ministeriales que en el Caribe. Las mujeres suelen
estar concentradas en los ministerios sociales y
culturales, también conocidos como los ministerios
“suaves”, y es muy baja la probabilidad de que
sean designadas en los ministerios “duros” (de
economía y política). Las comisiones de defensa
del parlamento tienden también a estar integradas
por pocas mujeres o ninguna. No obstante, se
está avanzando en algunos países. Por ejemplo,
entre 2002 y 2007, cinco países sudamericanos
designaron por primera vez a mujeres como
ministras de defensa: Argentina, Chile, Colombia,
Ecuador y Uruguay. A 2012, tres países tenían
jefes de cartera de defensa mujeres: Jamaica,
Nicaragua y Paraguay.26
24 Ibíd.
25 Comisión Económica para América Latina y el
Caribe, Estadísticas de América Latina y el Caribe,
abril de 2012.
26 http://www.guide2womenleaders.com/
Defence_ministers.htm
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La política local es un punto de entrada de
fundamental importancia para la participación de
la mujer en la política. Los cargos en el ámbito
local resultan más accesibles para la mujer,
en buena medida porque es más probable que
esta actúe de manera informal a nivel local
para comprender los problemas del lugar y ser
conocida en su comunidad. La participación de
la mujer en la política local en la región de ALC
no ha sido uniforme. En general, el porcentaje de
intendentes mujeres en la región ha permanecido
virtualmente incambiado por más de una década.
No obstante, en algunos países ha habido
avances. Por ejemplo, en los últimos años, el
porcentaje de intendentes mujeres ha aumentado
del 6,2% al 28,4% en Costa Rica, y de 1,7% a
11,9% en la República Dominicana. Por otro lado,
en otros países ha descendido; tal es el caso de
Puerto Rico (del 9% al 1,3%) y de Jamaica (del
12,5% al 7,4%). Es auspicioso que el porcentaje
de alcaldesas haya crecido de manera sostenida,
llegando a más del 25% en la región en 2006. Es
preciso hacer mayores esfuerzos por fomentar y
facilitar la participación de la mujer en la política
local.
Los sistemas electorales y constitucionales han
tenido un impacto directo en la participación de la
mujer en los órganos de toma de decisiones. Como
hemos visto en las lecciones anteriores, la reforma
de las leyes electorales y de la constituciónpuede brindar una oportunidad muy valiosa de
hacer cambios que promuevan la participación
de la mujer. Las cuotas electorales (porcentaje
obligatorio o que se prevé alcanzar de candidatas
mujeres) son uno de los tipos de reforma que se
han empleado con bastante éxito en la región de
ALC para aumentar la participación política de la
mujer.
El verdadero impulso en este sentido llegó con la
implementación de cuotas en Argentina en 1991,
y la redacción de la Plataforma de Acción deBeijing en la cuarta conferencia mundial de ONU
sobre la mujer en 1995. Desde ese año, el uso de
cuotas se ha venido extendiendo. A octubre de
2012, el Instituto para el Desarrollo en Economía
y Administración IDEA International identicó 109
países donde existe alguna modalidad de sistema
de cuotas.27 En la región de ALC, 11 países
adoptaron sistemas de cuotas para la participación
de la mujer en elecciones legislativas durante lo
que se ha dado en llamar “la ebre de cuotas” de la
década del 1990.
Si bien los resultados han sido variados, en
América Latina ha habido un notorio incremento
de la participación de la mujer en aquellos países
donde se han implementado.
Índices de incremento de representación de lamujer en los parlamentos latinoamericanos28
Aunque se las cuestiona muchísimo, las
cuotas pueden ser una herramienta ecaz para
incrementar la participación política de la mujer.
A 2011, según datos de la base de datos mundial
quotaProject, 20 de los 21 países del mundo
que tienen 30% o más de legisladoras en los
órganos legislativos nacionales han adoptaron
alguna modalidad de cuota.29 En Argentina, la
representación pasó del 5% al 25%, y luego al
30% en dos elecciones con el uso de cuotas.No obstante, también es cierto que los sistemas
de cuotas pueden no ser apropiados para todos
los países, y que no existe un modelo único que
sirva para todos los casos. Aunque las cuotas
pueden determinar un pronunciado aumento de
la representación de la mujer, no son el único
mecanismo para lograrlo. De hecho, los sistemas
de cuotas pueden permitir a los partidos políticos
hacer concesiones a la mujer en cuanto a número,
sin necesariamente llegar a abordar temas de
27 quotaProject: Base de datos mundial decuotas para la mujer. Disponible en http://
www.quotaproject.org/country.cfm, visitado el
30/10/2012.
28 quotaProject: Base de datos mundial de
cuotas para la mujer, Descripción general por país.
Disponible en http://quotaproject.org/country.cfm,
visitado el 20/04/2011.
29 Ibíd.
Crecimientomedio
1995–2004
Los paísescon cuotas
(11)
Los paísessin cuotas
(7)
Total 9,5% 2,9%
En el Senado 15,8% 2,3%
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género clave. Cada país debe considerar los pros y
los contras de adoptar un sistema de cuotas en su
contexto especíco. Si se opta por cuotas, estas
deberán ser solo uno de los muchos criterios para
promover la participación de la mujer y la igualdad
de género.
Participación como combatientes en el sectorde la seguridad y en el mantenimiento de la paz
Tradicionalmente se ha pensado en los hombres
como combatientes activos, mientras que a
las mujeres se las ha percIbído como víctimas
desamparadas de la guerra. En realidad, la
situación tiene muchísimos más matices. La
composición de las fuerzas militares irregulares
en cuanto a género ha cambiado notablemente
en las últimas décadas, dando un rol más activo
a la mujer. Ello también ocurre con los sectores
más formales de seguridad del gobierno, donde la
mujer ha venido participando cada vez más.
En América Latina, fue limitada la participación
de la mujer en las fuerzas de combate irregularesdurante la primera ola de revoluciones (1956-1970).
A nivel de liderazgo, la norma era estructuras
exclusivamente masculinas y pocas mujeres
actuaban como combatientes armadas.30 Sin
30 Timothy P. Wickham-Crowley, Guerrillas and
Revolution in Latin America: A Comparative Study
of Insurgents and Regimes since 1956 (Guerrilla y
embargo, a partir de la década del 1980, la
participación de la mujer en los movimientos
guerrilleros se aceleró y alcanzó niveles de hasta
un tercio de las fuerzas combatientes en varios
países. El Salvador, Guatemala y Nicaragua han
ganado notoriedad debido a los altos niveles de
participación femenina en los conictos armados.31
En El Salvador, de los 8.552 combatientes del
mencionado FMLN registrados por Naciones
Unidas durante el proceso de desarme,
desmovilización y reinserción, 2.485 combatientes
(el 29,1%) eran mujeres. De manera similar, de los
15.009 integrantes totales del FMLN (incluidos el
personal político y los heridos no combatientes),
alrededor de un tercio eran mujeres.32 A 2005, las
FARC declaraban que “las mujeres constituían
aproximadamente un 30% de las unidades de la
guerrilla”.33
Si bien las mujeres han constituido parte
importante de las fuerzas combatientes irregulares
de la región, son solo una pequeña minoría en las
fuerzas armadas y el sector de la seguridad de
América Latina. Ello se debe en parte a que recién
hace poco les fue posible integrarse a las fuerzas
armadas. Se estima que, a 2009, las mujeres
constituían solo el 4% de las fuerzas militares de
la región. No obstante, hay gran variabilidad entre
revolución en América Latina: estudio comparativode insurgentes y regímenes desde 1956),
Princeton, Princeton University Press, 1993, pág.
21.
31 Aunque los primeros informes se basaban
en cálculos estimativos, ahora contamos con
información precisa sobre varios países, ya que los
organismos de Naciones Unidas que supervisan
los procesos de desarme, tales como MINUGUA
en Guatemala u ONUSAL en El Salvador, han
recabado datos especícos de género.
32 Karen Kampwirth, Women and Guerrilla
Movements: Nicaragua, El Salvador, Chiapas,Cuba (La mujer y los movimientos guerrilleros:
Nicaragua, El Salvador, Chiapas, Cuba), University
Park, Pennsylvania State University Press, 2000,
pág. 90.
33 Organización Socialista Camino de la Libertad,
“Las FARC saludan a las mujeres”, http://www.frso.
org/espanol/docs/2005/faarcmujer.htm, visitado el
12/05/2009.
País
Contribuyente
Mujeres Total Por
ciento Argentina 67 1,027 6.5%
Bolivia 15 231 6.5%
Brazil 23 2,220 1.0%
Chile 17 532 3.2%
Colombia 3 14 21.4%
Ecuador 1 76 1.3%
El Salvador 4 86 4.7%
Guatemala 16 305 5.2%
Honduras 0 12 0%
Jamaica 5 14 35.7%
Paraguay 3 215 1.4%
Peru 9 393 2.3%
Uruguay 94 2,173 4.3%
Total 257 7,298 3.5%
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un país y otro, y los países que incorporaron a la
mujer a las fuerzas armadas más tempranamente
en la historia muestran índices más altos de
participación femenina.34 Por otra parte, se están
intensicando los esfuerzos por aumentar la
participación de la mujer en las fuerzas armadas
y otros sectores de la seguridad, como veremos a
continuación.
Las mujeres son además minoría en las fuerzas
policiales de la región, habiendo gran variabilidad
entre un país y otro. A 2009, el Uruguay ostentaba
la más alta representación de mujeres en sus
fuerzas policiales con el 25,6% de todo el personal.
La policía de investigaciones de Chile también
tenía una importante participación femenina del
23,4%. Los países con menor proporción de
mujeres en las fuerzas policiales eran Ecuador y El
Salvador.35
Porcentaje de mujeres en las fuerzas armadasy la poli cía en los países seleccionados, 200936
País% de mujeresen las fuerzas
armadas
% de mujeres enla policía
Argentina 10.5 9.7Bolivia 0.4 10.5Chile 5.7 13.1Colombia 0.8 N/AEcuador 1.1 8.7
El Salvador 6.6 7.8Guatemala 9.1 11.1Honduras 7.6 8.9Paraguay 3.1 10.2Peru 5.6 10.6Uruguay 15.2 25.6
La disponibilidad de personal militar y policial
femenino capacitado y calicado afecta la
capacidad de un país de nominar a mujeres para
las operaciones de mantenimiento de la paz de
ONU.
34 Red de Seguridad y Defensa de América
Latina, La Mujer en las Instituciones Armadas y
Policiales: Resolución 1325 y Operaciones de Paz
en América Latina (Buenos Aires: RESDAL, 2009),
pág. 56.
35 Ibíd. pág. 94
36 Ibíd. págs. 56, 95.
Las mujeres latinoamericanas recién hace pocotiempo comenzaron a participar en operaciones
de paz, y en algunos países aún no participan.
Como se puede ver en la tabla que aparece a
continuación, a la mayoría de los países de la
región les queda todavía un largo camino por
recorrer para lograr una representación igualitaria
de la mujer en sus contingentes de paz, ya que la
mayoría de los países que aportan personal tienen
entre un 1% y un 6,5% de mujeres en sus fuerzas
de paz. Los países con más alta participación
de mujeres son los que tienen contingentes más
pequeños. Ello reeja también las tendenciasmundiales. En todo el mundo, las mujeres
constituyen el 9% del total de los contingentes
policiales, y solo alrededor del 3% de las tropas
militares.37
Porcentaje de mujeres en las tropas deOperaciones de Mantenimiento de la Paz,
septiembre de 201238
Una mayor participación de la mujer es importante
también en las operaciones de mantenimiento de la
37 DOMP/DPKO, “Estadísticas de género por
misión”, septiembre de 2012. Disponible en http://
www.un.org/es/peacekeeping/resources/statistics/
gender.shtml.
38 DOMP/DPKO, “Resumen de Misiones de ONU
detalladas por país”, 30/09/2012. Disponible en
http://www.un.org/es/peacekeeping/resources/
statistics/contributors.shtml.
Los miembros del contingente guatemalteco de la Misión de
Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) participan en
una ceremonia de entrega de medallas en reconocimiento a su servicio.
(Foto de ONU Nº 399203 por Marco Dormino, junio de 2009)
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paz de ONU. En 2008, durante la VIII Conferencia
de Ministros de Defensa de las Américas, los
gobiernos de la región declararon su voluntad
de incorporar una perspectiva de género a las
operaciones de mantenimiento de la paz, según
lo previsto en la RCS 1325, y su compromiso de
seguir promoviendo la inclusión de una perspectiva
de género en sus secretarías de estado.39 No
obstante, el pequeño porcentaje de mujeres que
integran los contingentes de las operaciones de
paz, así como el hecho de que en general no
se incluyen temas de género en las sesiones de
capacitación del personal, demuestran una falta
de perspectiva de género en las contribuciones al
mantenimiento de la paz de América Latina.40
A pesar de esos desafíos, hay señales de que las
fuerzas armadas de la región se están abriendo
cada vez más a la participación de la mujer. Al
nivel más fundamental, la mayoría de los países de
la región tienen ahora un marco legal que brinda
apoyo a la incorporación de la mujer, y cada vez
más países adoptan resoluciones o disposiciones
relativas a derechos de licencia por maternidad
o lactancia. La mayoría de los países prohíben el
embarazo durante el entrenamiento militar. Una
excepción es Argentina, que aprobó una ley que
prevé que ninguna institución de capacitación
puede prohibir ni obstaculizar el ingreso de una
mujer embarazada.41 Además, las fuerzas armadas
de la región están reformando la normativa paraincluir medidas disciplinarias por acoso sexual. Por
ejemplo, Brasil enmendó su Código Penal Militar,
incluyendo los delitos de violación y agresión, así
como otros actos delictivos violentos.42
La incorporación de la mujer a las fuerzas
policiales de América Latina y el Caribe ha
sido mucho más lenta. No obstante, algunos
países de la región han venido trabajando juntos
para compartir buenas metodologías prácticas
tendientes a incrementar el número de mujeres de
las fuerzas policiales. Por ejemplo, desde 1998, se
39 RESDAL, La mujer en las fuerzas armadas y
policiales: la resolución 1325 y las operaciones de
paz en América Latina (Buenos Aires: RESDAL,
2010), pág. 112.
40 Ibíd. pág. 122.
41 Ibíd. pág. 64.
42 Ibíd. pág. 69.
viene realizando periódicamente el Encuentro de
Mujeres Policía de Alto Rango de América Central
y el Caribe. Los temas tratados en el Encuentro
han enriquecido otros análisis sobre políticas, tales
como los de las reuniones de jefes de policía de
la región. En 2008, se discutió sobre la detección
y eliminación de barreras al ingreso y la promoción
de las mujeres.43 Por otra parte, los países han
hecho esfuerzos por incorporar disposiciones
sobre acoso sexual y violencia intrafamiliar. Por
ejemplo, en 2008, el Ministerio de Defensa de
Chile trabajó para respaldar normas sobre acoso
sexual, salvaguarda de la maternidad y protección
contra la violencia intrafamiliar.44
Componentes de la part icipación d e la mujer
Como vemos, aunque los países de la región
están tomando medidas para abordar el tema de
la participación de la mujer, la región de ALC en
su conjunto aún está lejos de lograr participación
de hombres y mujeres en pie de igualdad en los
procesos de paz, la política, los servicios militares
y policiales, y las misiones de mantenimiento
de la paz. Sin embargo, este es solo parte
del problema. El número no es suciente para
garantizar la participación plena e igualitaria de la
mujer, tal como se prevé en la RCS 1325 (2000)
y demás resoluciones relativas a la mujer, la paz
y la seguridad (MPS). La experiencia mundial
demuestra que, aun si la mujer se sienta a lamesa de negociaciones, es preciso que pueda
además contribuir de manera sustancial al proceso
de toma de decisiones. Es preciso que tenga
voz en la denición de la agenda, incluida una
agenda que incorpore una perspectiva de género
a la prevención y resolución de conictos, y a la
reconstrucción posterior.
Los procesos de paz en El Salvador ilustran
este punto. Se prestó muy poca atención a los
problemas de la mujer en las negociaciones de
paz, a pesar de que participaron tres comandantesfemeninas de alto rango del FMLN. Ello demuestra
que no basta con contar con mujeres en la
mesa de negociaciones. Es imprescindible que
las mujeres que participan tengan voz en las
negociaciones, y que en el propio acuerdo se
43 Ibíd. pág. 90.
44 Ibíd. pág. 91.
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adopte una perspectiva de género que tome en
cuenta las relaciones de poder existentes entre
hombres y mujeres. Si bien contar con una masa
crítica de mujeres en las negociaciones de paz es
un objetivo importante, los gobiernos no deberán
ignorar la cuestión de género.
Por último, es de destacar que la igualdad no es
un tema exclusivo de las mujeres; los hombres
deberán trabajar con estas en un esfuerzo
mancomunado, para que las sociedades
logren el objetivo de la igualdad de género en
la participación política. En primer lugar, en su
carácter de actores principales, pueden promover
la igualdad de género y el empoderamiento de la
mujer. En segundo lugar, como aliados, pueden
apoyar las iniciativas, así como a los movimientos
de mujeres en sus esfuerzos por lograr la
igualdad. En tercer lugar, los hombres que ocupan
posiciones de poder pueden ayudar a las mujeres
a acceder a cargos de toma de decisiones, ya sea
designándolas directamente o ejerciendo presión
en otros hombres. En este sentido, el papel del
hombre es tan importante como el de la mujer en
la lucha por la igualdad de género.
5.4 Protección
La RCS 1325 (2000) exhorta a la ONU y a los
Estados Miembros a que adopten medidas
para proteger a los civiles durante los conictos
armados y en las situaciones posconicto, con
especial énfasis en las mujeres y las niñas. Uno
de los temas más graves en los escenarios de
conicto y posconicto es la protección de los
civiles de la violencia sexual y de género (VSG).
No solo se los exhorta a adoptar medidas sobre
este tema en la RCS 1325 (2000), sino que
sobre él tratan las subsiguientes resoluciones del
Consejo de Seguridad relativas a la mujer, la paz
y la seguridad (MPS). Por ejemplo, la RCS 1820
(2008) explícitamente vincula la violencia sexual
como táctica de guerra con el mantenimiento de la
paz y la seguridad internacionales, reconociendo
la violencia sexual como problema de seguridad
que justica una respuesta de seguridad. La
resolución exige que las partes de un conicto
armado adopten medidas concretas de protección
y prevención, para poner n a la violencia sexual.
También aborda la problemática de terminar con la
impunidad, recabar datos conables y asistir a las
víctimas de la violencia.
La agenda de protección en materia de Mujer, Paz
y Seguridad (MPS) abarca una serie de temas
y criterios tendientes a proteger a la mujer de la
violencia y otros abusos de sus derechos, entre
ellos, los siguientes:
• Reformas constitucionales y jurídicas tendientes
a proteger los derechos humanos de la mujer;
• Planicación del desarme, desmovilización y
reinserción tomando en cuenta las distintas
necesidades de las y los excombatientes, así
como las necesidades de quienes están a su
cargo;
• Reforma del Sector de la Seguridad (RSS)
en la que se incorpore un criterio de género
a los temas de la seguridad y se ponga n a
la impunidad de quienes cometan actos de
violencia sexual y de género (VSG);
• Abordaje de las necesidades especícas de
las mujeres y niñas desplazadas durante el
desplazamiento y durante la repatriación y el
reasentamiento;
• Incorporación de capacitación en temas de
género a los programas preparatorios que se
impartan al personal militar y civil que será
destacado en misiones de mantenimiento de la
paz de ONU; y
• Inclusión de consideraciones de violencia, temas
relativos a la mujer y delitos de violencia sexual
y VSG.
Se lanza el uso de pantallas móviles para proteger a las
sobrevivientes de abuso sexual o criminal durante las
audiencias judiciales. (Foto de ONU Nº 537276, Stanton
Winter, diciembre de 2012.)
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Reformas consti tucionales y jur ídicas
A veces, con motivo del cese del conicto armado
y la subsiguiente negociación y rma de los
acuerdos de paz, los Estados Miembros tienen
la oportunidad de reformar su constitución y
consagrar la igualdad de género en disposiciones
constitucionales. Además de propiciar una mayor
participación de la mujer en la arena política, se
puede dar rango constitucional a temas clave,
incluidos el acceso igualitario de mujeres y
hombres a la tierra, la propiedad, la educación, la
atención médica, el trabajo y la política.45 En una
nueva constitución se pueden incorporar tratados
internacionales, convenciones y resoluciones que
protegen los derechos de la mujer, ayudando a
destacar la importancia que se asigna a la igualdad
de género.
Los fundamentos de las reformas constitucionales
pueden mencionarse de manera explícita en los
acuerdos de paz. La Constitución de Colombia
de 1991 es un ejemplo de ello, ya que fue el
resultado de un proceso de paz.
46
Entre febrero y julio de 1991, el gobierno de César Gaviria reunió
a líderes guerrilleros desmovilizados y a grupos
de la sociedad civil para redactar una nueva
constitución. El proceso “propició una amplia
participación de la mujer en temas relativos a la
45 Ob. cit., Bouta, pág. 77.
46 Céspedes, “El papel de las mujeres”, pág. 4.
paz y la seguridad”.47 Por ejemplo, se atribuye a
la Red Nacional de Mujeres, que surgió en torno
a dicho proceso constitucional, el mérito de lograr
“una realidad normativa positiva en cuanto a los
derechos de la mujer”.48
Sin embargo, la constitución tiene la misma
debilidad inherente a los acuerdos de paz: puede
ser solo un documento grandilocuente en el que se
formule una visión utópica de la sociedad, en lugar
de principios concretos que puedan traducirse en
nuevas prácticas sociales y así mejorar la vida
de la gente. Así, los principios constitucionales
tienen que implementarse por medio de leyes
especícas. En Guatemala, por ejemplo, se
abordaron los derechos de la mujer en cuatro
de los siete importantes acuerdos alcanzados
entre julio de 1991 y septiembre de 1996. Los
compromisos asumidos por el gobierno en los
acuerdos fueron eliminar la discriminación de la
mujer; darle mayor acceso a la tierra, la vivienda y
el crédito; e incorporar una perspectiva de género
a la estrategia de desarrollo del país. Además,
a las mujeres indígenas se les garantizaron
modalidades especiales de protección en virtud
de la ley,49 y se defendieron medidas tendientes
a fomentar un papel más activo de la mujer en la
política y la sociedad civil.50 A n de hacer realidad
esos objetivos formulados con grandilocuencia,
Guatemala realizó en 1999 un referéndum,
por medio del cual pretendía impulsar lasreformas constitucionales que se requerían para
instrumentar los acuerdos de paz. El referéndum
no obtuvo el apoyo necesario y se plantearon
serias dudas acerca de la viabilidad de los
acuerdos, lo cual terminó siendo un revés para los
derechos de la mujer.
47 Ob. cit., Rojas, pág. 10.
48 Ob. cit., Céspedes, pág. 6.
49 Acuerdo sobre Identidad y Derechos delos Pueblos Indígenas, México, 31/03/1995.
Disponible en http://www.congreso.gob.gt/Docs/
PAZ/Acuerdo%20sobre%20identidad%20y%
20 derechos% 20de%20los%20pueblos%20
ind%C3%ADgenas.pdf, visitado el 22/03/2011.
50 Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y
Función del Ejército en una Sociedad Democrática,
México, 19/09/1996.
Integrantes del FMLN (Frente Farabundo Martí para la Liberación
Nacional) celebran mientras son trasladados a las zonas de cese del
fuego. Un vehículo de ONUSAL (derecha) acompaña al convoy.
(Foto de ONU Nº 160270, J. Bleibtreu, febrero de 1992.)
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Aun si no hubiera necesidad u oportunidad de
reformar la constitución de un país, se pueden
lograr importantes avances en la protección de los
derechos de la mujer por medio de la aprobación
de leyes. Es preciso que los gobiernos adopten
una perspectiva de género al revisar las leyes
existentes y crear leyes nuevas, de modo de
eliminar las falencias en materia de protección
y asegurar una administración de justicia ecaz.
Por ejemplo, la violencia sexual contra la mujer
a menudo queda impune, porque las leyes no
brindan protección suciente a la mujer. Además,
las sentencias por violación y otras formas de
violencia sexual suelen ser comparativamente
breves y no tienen efecto disuasivo.51 Se puede
hacer frente a esas falencias por medio de
reformas jurídicas que asignen carácter criminal a
la violencia sexual y de género (VSG), aborden la
discriminación de género y refuercen las medidas
de protección para las víctimas de tales abusos.
Se pueden extraer varios ejemplos de la adopción
de tales leyes en la región de ALC. En 2007, la
Asamblea Nacional de Venezuela aprobó la Ley
Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida
Libre de Violencia, en virtud de la cual se declaró
crimen la violencia física, sexual y psicológica
en el hogar, la comunidad y el lugar de trabajo,
y se prohibieron la esterilización forzada, la trata
de personas, la prostitución forzada, el acoso
sexual y la esclavitud. Ese mismo año, Méxicopromulgó una ley por la cual se rearmó el
derecho de la mujer a vivir libre de violencia. La
ley de Ecuador sobre violencia contra la mujer
y la familia contribuyó a mejorar la capacitación
de los ociales de policía para responder a la
violencia contra la mujer, lo cual a su vez llevó a un
aumento de las denuncias de VSG a la policía.52
Más recientemente, el gobierno chileno aprobó
una ley, la Ley 20.480, que declara crimen el
feminicidio, incluido el cometido por una expareja.
La promulgación de dicha Ley, así como otras
51 Bastick, “Ensuring women’s involvement in the
full reconciliation process” (Asegurando la activa
participación de la mujer en todo el proceso de
reconciliación), pág. 4.
52 Amnesty International (Amnistía Internacional),
Amnesty International Report 2007. Disponible en
http://www. Amenstyusa.org/about/annualreport07.
pdf, visitado el 22/03/2011.
medidas del gobierno, han determinado una
disminución gradual del número de feminicidios
que se cometen por año, que pasó de 57 en 2008
a 40 en 2011. En 2011, Chile aprobó además la Ley
de Tráco Humano, por medio de la cual estableció
un programa anti-trata de personas.53
Desarme, desmovi lización y reinserc ión (DDR)de los combatientes
El DDR es una herramienta estratégica para lograr
una paz sostenible durante la resolución de un
conicto. Dado que los hombres son mayoría en
casi todos los grupos armados, las mujeres y las
niñas rara vez son consultadas o consideradas
en el diseño e instrumentación de los procesos
de DDR. En consecuencia, no se satisfacen las
necesidades de mujeres y niñas. En un proceso
de DDR ecaz que atiende las necesidades de los
y las combatientes, se reconoce que mujeres y
hombres no viven el conicto de la misma manera,
y que son afectados por este en forma diferente.
Se analiza la problemática especíca de género
de las y los combatientes, y se entienden las
necesidades de los civiles que quedan atrapados
en el conicto porque se sospecha que son
simpatizantes de movimientos insurgentes o
simplemente viven en una zona de guerra.
Ejemplos en todo el planeta han demostrado el
alto precio de no institucionalizar una perspectivade género durante el proceso de reinsertar a los
excombatientes en la sociedad. En la experiencia
vivida por América Latina se reejan estas
consecuencias negativas. Por ejemplo, en El
Salvador, en los programas de reinserción no se
consideraron las necesidades especícas de las
combatientes, entre ellas, mujeres jefes de familia,
que constituían cerca del 30% de las fuerzas del
FMLN. La ausencia de una perspectiva de género
en el diseño de los programas de reinserción
dio lugar a discriminación, cuando las mujeres
combatientes inicialmente no fueron tratadas igualen la asignación de recursos vitales.54 Esto fue
53 CEDAW, Respuestas de Chile a la lista de
cuestiones que deben abordarse al examinar los
informes periódicos quinto y sexto combinados
CEDAW/C/CHL/5-6/Add.1, 24/05/2012.
54 Irene Romero, “La reinserción de la mujer
ex-combatiente: Un legado de guerra”, Realidad,
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particularmente notorio en el caso del Programa de
Traspaso de Tierras, creado para dar tierras a los
excombatientes. Las integrantes del FMLN también
fueron objeto de discriminación por no ceñirse a
los estereotipos establecidos en materia de roles
de género.55 En ese caso, en los programas de
DDR no se tomaron en cuenta las necesidades
especiales de las mujeres y, en consecuencia,
estas tuvieron más dicultades para reinsertarse
en la sociedad como integrantes productivas de la
comunidad.
Reforma del sector de la seguridad (RSS)
Cada vez más se reconoce que la RSS es un
aspecto fundamental de la construcción de la paz y
la promoción de los derechos humanos y el estado
de derecho. Esta implica reformar las instituciones
que tienen a su cargo garantizar la seguridad
cotidiana, entre ellas la policía, el ejército, la
justicia, las patrullas fronterizas, los centros
penitenciarios y demás organismos responsables
de hacer cumplir la ley. Dado que dichas entidades
tienen un impacto directo en la seguridad de las
personas, es fundamental asegurar que se integre
una perspectiva de género a todas las iniciativas
en materia de RSS, de modo que los actores del
sector de la seguridad entiendan los diferentes
riesgos y necesidades que enfrentan mujeres y
hombres.56
Las leyes y directrices en materia de justicia y
seguridad pueden ser objeto de revisión, cuando
ello es necesario para habilitar la prevención y
castigo de la violencia sexual y de género (VSG).
Como se señala más arriba, varios países de la
región han creado además unidades de policía
femenina especializadas en responder a la VSG.
Por ejemplo, en 1993, Nicaragua estableció
vol. 44 (1995), págs. 370–371.
55 Alexander Segovia, Transitional Justice
and DDR: The Case of El Salvador (New York:International Center for Transitional Justice, 2009),
pág. 19.
56 UN-INSTRAW, DCAF, and ODIHR, How to
Include a Gender Perspective into Security Sector
Reform. Starting the Debate: Virtual Discussion
with 170 Experts. Disponible en <http://www.
wunrn.com/news/2007/12_07/12_03_07/120307_
including.htm>, visitado 22 March 2011.
su primera Comisaría de la Mujer y el Niño, en
respuesta al creciente número de violaciones.
A 2008, el país contaba con 32 comisarías
especializadas a tal n. Las comisarías trabajan
con ONG de mujeres, así como con otros actores
no gubernamentales y estatales, para hacer frente
a la violencia sexual contra mujeres adultas, niños
y adolescentes.
Su misión es tanto preventiva como de respuesta:
las comisarías imparten capacitación, deenden
a las víctimas y llevan una base de datos para
monitorear los casos de violencia sexual y
doméstica. Brindan además servicios profesionales
a las víctimas de violencia, incluida ayuda para
acceder a la vía legal y a la atención pscicosocial.57
Un criterio similar consiste en crear unidades
policiales, procesales y judiciales especializadaspara tratar de manera especíca la VSG. Por
ejemplo, México creo una Fiscalía Federal Especial
para la Atención de los Delitos de Violencia
57 Geneva Centre for the Democratic Control of
the Armed Forces, Gender and Security Sector
Reform: Examples from the Ground (Geneva:
DCAF, 2011), pág. 12.
Madre e hijo recogiendo sobras de comida en un
basural de la ciudad de Guatemala. (Foto de ONU Nº
71026, R. Lord, enero de 1988.)
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contra la Mujer.58 En virtud de la ley de Venezuela
sobre violencia contra la mujer, se establecieron
tribunales especializados en violencia de género.59
En Honduras, han empezado a funcionar tribunales
especiales de violencia doméstica en ciertas
zonas.60
Además, se han presentado iniciativas en la región
tendientes a integrar el género a la reforma judicial.
Por ejemplo, los programas de capacitación para
los jueces sobre “jurisprudencia de igualdad” han
logrado en alguna medida crear conciencia de
la VSG en la esfera judicial. Dentro del marco
de un programa de tres años instrumentado por
la International Association of Women Judges
(Asociación Internacional de Mujeres Jueces),
se impartió capacitación a más de 600 jueces de
cinco países de América del Sur y a 200 jueces
de América Central sobre la aplicación de las
convenciones de derechos humanos a casos de
discriminación o violencia contra la mujer.61
En Perú, el Banco Mundial inició un relevamiento
de género de los problemas que enfrenta la mujer
para acceder a la justicia. El relevamiento mostró
que los hombres tenían más probabilidades de
utilizar los servicios de justicia, y que hombres y
mujeres tenían necesidades distintas en la materia
y utilizaban de manera diferente los servicios
de justicia. Cuando las mujeres procuraban
58 Amnesty International, Amnesty International
Report 2007: The State of the World’s Human
Rights: Mexico. Disponible en <http://archive.
amnesty.org/report2007/eng/Regions/Americas/
Mexico/default.htm>, visitado 22 March 2011.
59 Amnesty International, Amnesty International
Report 2007: The State of the World’s Human
Rights: Venezuela. Disponible en <http://archive.
amnesty.org/report2007/eng/Regions/Americas/
Venezuela/default.htm>, visitado 22 March 2011.
60 Amnesty International, Amnesty International
Report 2007: The State of the World’s HumanRights: Honduras. Disponible en <http://archive.
amnesty.org/report2007/eng/Regions/Americas/
Honduras/default.htm>, visitado 22 March 2011.
61 International Association of Women Judges,
Jurisprudence of Equality Program, Disponible
en <http://www.iawj.org/what/jep.asp>, citado
en Kirstin Valasek, Security Sector Reform and
Gender (Geneva, DCAF, 2007), pág. 27.
obtener asistencia jurídica en casos de violencia
doméstica, a menudo eran maltratadas por las
autoridades, no tenían acceso a asesoramiento
jurídico y sus casos no eran tratados como delitos
graves. Para hacer frente a estos desafíos, el
Proyecto de Optimización de los Servicios de
Justicia del Banco Mundial capacitó a “jueces
de paz” y referentes de la comunidad en temas
de género. Además, el Banco Mundial brindó
asistencia técnica al sistema de juzgados de
familia, para que los tribunales pudieran tratar
de manera más ecaz los casos de violencia
doméstica, disolución del matrimonio y
mantenimiento de los hijos.62
Como se mencionaba en la lección 4, la violencia
de pandillas, el crimen organizado y la violencia
armada son problemas importantes en muchos
países de América Latina y el Caribe. Varios
países de la región han trabajado para integrar
las inquietudes de género a su manejo de esos
problemas. Por ejemplo, el gobierno de Jamaica
adoptó un criterio inclusivo para abordar la
problemática de la violencia, incluyendo a grupos
de mujeres y otros actores para denir objetivos
de seguridad estratégicos. Dando prioridad a
estos temas, el gobierno redactó una Política de
Seguridad Nacional por medio de un proceso de
consulta. En la Política Nacional de Seguridad
se toman en cuenta las inquietudes de género
especícas de los integrantes de la sociedad,haciendo especial énfasis en la incidencia de la
violencia doméstica y en sus efectos negativos
en la sociedad. Esta fructífera colaboración entre
la sociedad civil y el gobierno llevó a adoptar
más medidas relativas a la violencia de género,
culminando con la creación, por parte del gobierno,
de un plan de acción nacional para brindar
medidas de protección.63
Perspect ivas y capacitación de género en elmantenimiento de la paz
Como se señala más arriba, la RCS 1325 (2000)
hace énfasis en integrar una perspectiva de
62 Geneva Centre for the Democratic Control of
the Armed Forces, Gender and Security Sector
Reform: Examples from the Ground (Geneva:
DCAF, 2011), pág. 36.
63 Ibíd. pág. 75.
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género a las operaciones de mantenimiento de la
paz. A tal n, solicita a los Estados Miembros que
impartan capacitación de género pre-despliegue
a todos quienes vayan a destacar en misiones
de mantenimiento de la paz de ONU. Los países
de América Latina y el Caribe que contribuyen
a las misiones de mantenimiento de la paz han
emprendido una serie de acciones para integrar el
género a su labor.
Argentina fue elegida por el Departamento de
Operaciones de Mantenimiento de la Paz de
ONU para el desarrollo de un plan piloto de
implementación de la Resolución 1325 en el ámbito
nacional. Como parte de este proceso, el Ministerio
de Defensa de la nación publicó su Plan de
acción en el área de la defensa para la aplicación
efectiva de la perspectiva de género dentro de
las operaciones de mantenimiento de la paz.64
En 2012, el Centro Argentino de Entrenamiento
para Operaciones de Paz organizó un taller
sobre violencia de género en las operaciones
de mantenimiento de la paz, cuya nalidad fue
brindar capacitación a los soldados de Argentina y
Uruguay sobre legislación y buenas prácticas para
prevenir y responder a la violencia sexual.65
La MINUSTAH ha trabajado activamente para
impartir capacitación en temas de género a su
personal, así como para defender los derechos
de la mujer y la igualdad de género en Haití.Por ejemplo, en 2009, la MINUSTAH brindó
capacitación sobre temas relacionados con el VIH/
SIDA a cerca de 5.000 integrantes del personal
de la misión.66 El mismo año, la MINUSTAH lanzó
una campaña interna contra la prostitución.67 La
MINUSTAH ha trabajado con algunos ministerios
y organismos gubernamentales para abordar el
problema de la violencia sexual y de género (VSG)
en el país. Por ejemplo, en octubre de 2011, la
misión trabajó con la Policía Nacional haitiana y el
Ministerio de Asuntos de la Mujer y Derechos de
la Mujer, a n de abrir áreas de recepción especialpara las víctimas de VSG en varios campamentos
64 RESDAL, Women in the armed and police
forces, pág. 120.
65 <http://www.unwomen.org/2012/05/
gender-training-for-peacekeepers-in-argentina/>
66 S/2009/439
67 S/2009/129
de personas internamente desplazadas (PID)
de la capital. La misión apoyó además el
establecimiento de una ocina de coordinación
y respuesta en materia de VSG dentro de la
Policía Nacional haitiana. En 2011, la MINUSTAH
prestó también asistencia educativa, sanitaria y
psicosocial directa a mujeres, entre ellas, jóvenes
presas y víctimas de VSG.68
Las necesidades de género de los refugiados ylas personas desplazadas
Como vimos en la lección 4, las mujeres que son
internamente desplazadas o han huido de su
país como refugiadas suelen enfrentar desafíos
especiales, entre ellos una mayor incidencia de
VSG y más penurias económicas. En la región de
ALC, el ujo de refugiados como consecuencia de
la guerra ha sido a veces de enorme magnitud. La
guerra civil en El Salvador produjo 1,5 millones de
refugiados, mientras que se estima que la guerra
en Guatemala determinó el desplazamiento interno
y hacia México de 1,5 millones de personas.69
Como se señalaba en la lección 4, en 2011, el
Alto Comisionado de Naciones Unidas para los
Refugiados (ACNUR) estimó que había más de
4,3 millones de personas desplazadas a la fuerza
en América Latina y el Caribe, la mayoría en
Colombia.70
Los acuerdos de paz de Guatemala fueron unejemplo de consideración de las necesidades
de género de los refugiados que retornaban. Al
establecer procedimiento para el reasentamiento
de las poblaciones desarraigadas por el
enfrentamiento armado, las partes acordaron
“hacer especial énfasis en la protección de las
familias a cargo de jefes de hogar mujeres, así
como de las viudas y los huérfanos que se han
visto más afectados”.71
68 S/2012/128
69 Historical Clarication Commission, Guatemala:Memory of Silence. Disponible en <http://shr.
aaas.org/guatemala/ceh/report/english/toc.html>,
visitado 22 March 2011. See also Spence, et
al., Promise and Reality: Implementation of the
Guatemalan Peace Accords, pág.4.
70 UNHCR, Global Trends 2011 (Geneva:
UNHCR, 2012), pág.38-40.
71 Acuerdo para el Reasentamiento de las
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L E C C I Ó N 5 : M P S : P R I O R I D A D E S P A R A A M É R I C A L A T I N A Y E L C A R I B E | 1 3 3
Más recientemente, Colombia ha adoptado una
serie de medidas para abordar los problemas
especiales que enfrentan las mujeres desplazadas
por los conictos armados. En el “Auto 092” de
2004, la Corte Constitucional del país estableció
una comparación entre los estándares nacionales
e internacionales, el concepto del goce efectivo
de los derechos y el reconocimiento del impacto
diferencial de los conictos en la mujer. En la
decisión, se exhortaba al estado a prevenir la
VSG y se ordenaba al gobierno que diseñara
programas de protección, asistencia y restitución,
a n de hacer frente a ese extraordinario impacto.
El Auto 092 incluyó además una serie de medidas
tendientes a garantizar a las mujeres desplazadas
el acceso a la atención médica, la educación y
la tierra, así como su participación, protección y
derecho a la verdad, la justicia y el resarcimiento.72
A partir de esta, en 2010 el Congreso de Colombia
aprobó la Ley de víctimas y restitución de tierras
(Ley 1448), la cual fue luego raticada por el
Presidente en 2011. En la ley de dos partes se
incluyen disposiciones relativas a la asistencia y
resarcimiento a las víctimas. En este se detallan
una serie de medidas especiales tendientes a crear
iguales oportunidades y proteger los derechos de
la mujer. Una de estas tiene por nalidad proteger
a las mujeres, manteniendo buenas condiciones
de seguridad para ellas y sus tierras. Al prever
medidas de protección y resarcimiento, la leyconstituye un ejemplo de combinación de medidas
humanitarias con procedimientos de justicia de
transición.73
Mecanismos de justi cia de transición
Tras los conictos armados y las violaciones
masivas de los derechos humanos, las
comunidades y las naciones se debaten en una
lucha por reparar lo que se ha quebrado. En los
últimos 20 años, los países han recurrido cada
vez más a mecanismos de justicia de transición,
Poblaciones Desarraigadas por el Enfrentamiento
Armado, Oslo, 17 June 1994, Chapter II, Article 2.
72 Donny Meertens, Forced Displacement
and Gender Justice in Colombia: Between
Disproportional Effects of Violence and Historical
Injustice (New York: ICTJ, 2012).
73 Ibíd.
los cuales, según Naciones Unidas, consisten
en “toda la gama de procesos y mecanismos
asociados al intento de una sociedad de lidiar con
un legado de abusos pasados en gran escala, a
n de asegurar que se exija responsabilidad, se
haga justicia y se logre la reconciliación”.74 Los
mecanismos de justicia de transición comprenden
procesos penales, comisiones de la verdad y la
reconciliación (CVR), programas de resarcimiento,
reforma institucional, campañas para erigir
memoriales y otras herramientas.
Los países de América Latina y el Caribe han
emprendido diversos procesos de justicia
de transición, entre ellos procesos penales,
programas de resarcimiento y comisiones de
la verdad y la reconciliación (CVR). Dichas
comisiones han trabajado para investigar los
abusos de los derechos humanos perpetrados en
Brasil, Bolivia, Argentina, Uruguay, Perú, Chile, El
Salvador, Haití, Ecuador, Guatemala y Paraguay
durante los conictos en la región.75 Algunas de
estas comisiones han otorgado reparaciones a
víctimas de violaciones de los derechos humanos.
Por ejemplo, el estado argentino ha pagado
importantes resarcimientos a miles de víctimas o
familiares de desaparecidos o muertos durante la
dictadura.76 Otros países, tales como El Salvador,
emprendieron reformas institucionales a raíz de las
recomendaciones de las CVR.77
En los últimos años, diversas organizaciones han
trabajado intensamente en el tema del género
y la justicia de transición, en particular cómo
participa la mujer en los mecanismos de justicia
de transición, cómo se abordan los problemas
de género en los mecanismos de transición, y
cómo pueden tales mecanismos contribuir a la
protección y el empoderamiento de la mujer tras
un conicto. Dicho trabajo puso en evidencia
que las mujeres suelen tener menos acceso a las
CVR debido a su precaria situación económica
74 United Nations, Guidance Note of the
Secretary-General: United Nations Approach to
Transitional Justice (New York: UN, 2010), pág. 2.
75 Priscilla Hayner, Unspeakable Truths:
Transitional Justice and the Challenge of Truth
Commissions (New York: Routledge, 2011).
76 Ibíd. pág. 5.
77 Ibíd. pág. 5.
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1 3 4 | I M P L E M E N T A C I Ó N D E L A S R C S D E O N U S O B R E L A A G E N D A D E M P S E N A M É R I C A L A T I N A Y E L C A R I B
y las mayores responsabilidades familiares y del
hogar que restringen su movilidad.78 Cuando las
víctimas carecen de acceso a las CVR, tampoco
pueden presentar reclamaciones de resarcimiento
económico. Por otra parte, sin la incorporación
del género al marco de la política de las CVR,
“no se atenderán ni registrarán con exactitudlos problemas de género y, en particular, los
planteos de las mujeres”, lo cual dará lugar a un
registro incompleto que afectará la legitimidad del
proceso.79
Ha variado mucho la composición de género de las
comisiones de la verdad y la reconciliación (CVR)
en América Latina. Las CVR de la región no han
logrado un equilibrio de género en su composición.
Un desafío relacionado con esto es el de facilitar
el acceso de la mujer a los procedimientos que
llevan adelante las CVR y asegurar que en las
CVR y otros mecanismos de justicia de transición
se atiendan las violaciones de los derechos y
las inquietudes especícas de las mujeres. Las
primeras comisiones de la verdad, tales como
las de Argentina y Chile, tenían un criterio neutro
en cuanto a género, pero eran criticadas por
ese motivo. Por ello, las CVR posteriores, tales
como las de Perú y Guatemala, se esforzaron por
obtener el testimonio de mujeres. En Perú, esa
actitud proactiva llevó a que fueran las mujeres las
que aportaron la mayoría de los testimonios. Lasorganizaciones de mujeres del país defendieron la
inclusión de los problemas de género en el proceso
de búsqueda de la verdad, y la CVR peruana
decidió luego incluir en su mandato una denición
general de los delitos sexuales.80
Por otra parte, las comisiones de la verdad y la
reconciliación (CVR) pueden desempeñar un papel
clave en la denición de causales de resarcimiento
por violación de los derechos humanos. Un
78 Op. cit., Bastick, p. 5.
79 Beth Goldblatt and Sheila Meintjes, “South African women demand the truth”, in What Women
Do In Wartime: Gender and Confict, M. Turshen
and C. Twagiramariya, eds. (London, Africa Zed
Books, 1998), p. 29.
80 Kimberly Theidon, “Gender in Transition:
Common Sense, Women, and War,” Journal of
Human Rights 6 (2007), pp. 453-478.
ejemplo de la región de América Latina y el Caribe
(ALC) es el de Guatemala, donde la Comisión
para el Esclarecimiento Histórico recomendó
formalmente al gobierno establecer un programa
de resarcimiento para las víctimas de violaciones
de los derechos humanos y sus familias. En dicha
recomendación se hizo referencia especíca a lasmujeres, en particular, que estas deberían integrar
el órgano de instrumentación, y que a las que
hubieran quedado viudas tras el conicto se les
debería dar prioridad como beneciarias. Al denir
las violaciones de los derechos humanos que
justicaban un resarcimiento, el Programa Nacional
de Resarcimiento incluyó la violencia sexual y
la violación como categoría separada. Además,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos
ha tratado tres casos en los cuales las víctimas
directas fueron mujeres, y ha ordenado al estado
que les otorgue diversos tipos de resarcimiento.
También ha habido resarcimiento en Colombia para
las víctimas de abusos de los derechos humanos
perpetrados dentro del marco del conicto armado
que continúa en el país. El gobierno creó la
Comisión Nacional para el Resarcimiento y la
Reconciliación, a n de asegurar que todas las
víctimas tengan acceso a la verdad, la justicia y
el pleno resarcimiento. Hay una unidad de género
dentro de la Comisión, que trabaja para integrar el
género a todas las actividades que esta realiza.81
Tomando este trabajo como punto de partida, entró
en vigor en 2011 la Ley de Víctimas y Restitución
de Tierras, que incluye temas de justicia de género
para las poblaciones desplazadas. Dicha ley prevé
una serie de medidas especiales tendientes a crear
igualdad de oportunidades y proteger los derechos
de la mujer.82
81 Carla Koppell and Jonathan Talbot,“Strengthening Colombia’s Transitional Justice
Process by Engaging Women” (Washington, DC:
The Institute for Inclusive Security, March 2011).
82 Donny Meertens, Forced Displacement
and Gender Justice in Colombia: Between
Disproportional Effects of Violence and Historical
Injustice (New York: ICTJ, 2012).
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Resumen y puntos c lave de aprendizaje
• Varios países de la región han emprendido
acciones para integrar el género a los
esfuerzos de prevención, entre ellas, la
instrumentación de mecanismos de alerta
temprana con sensibilidad de género para lassituaciones de desastre y la prevención de la
violencia contra mujeres y niñas.
• La importante participación de mujeres en
algunos de los conictos armados de la
región de América Latina y el Caribe (ALC) ha
determinado que se preste más atención a los
roles que estas desempeñan en el conicto y el
proceso de paz. Por ejemplo, fueron mujeres
un porcentaje considerable de las fuerzas
combatientes en los conictos de El Salvador,
Guatemala y Nicaragua.
• Las mujeres han participado en varias
importantes negociaciones de paz en la región
de ALC, entre ellas, las de Guatemala y El
Salvador. Además, como ocurre en muchas
regiones del mundo, las mujeres se han
organizado para actuar en negociaciones de
paz informales.
• La participación política de la mujer en la región
de ALC reeja en buena medida las tendencias
generales que se observan en el mundo:
creciente participación de la mujer en lascámaras alta y baja del parlamento en algunos
países, pero falta de representación en cargos
en el poder ejecutivo.
• Las mujeres constituyen solo un pequeño
porcentaje de las fuerzas armadas y del
sector de la seguridad de América Latina, en
parte debido a su reciente incorporación a
las fuerzas armadas en algunos países. En
consecuencia, hay un pequeño porcentaje de
mujeres en las operaciones de mantenimiento
de la paz de los países contribuyentes.
responsabilidades familiares y del hogar que
restringen su movilidad.83 Cuando las víctimas
carecen de acceso a las CVR, tampoco pueden
presentar reclamaciones de resarcimiento
económico. Por otra parte, sin la incorporación
del género al marco de la política de las CVR,
83 Op. cit., Bastick, p. 5.
“no se atenderán ni registrarán con exactitud
los problemas de género y, en particular, los
planteos de las mujeres”, lo cual dará lugar a un
registro incompleto que afectará la legitimidad
del proceso.84
84 Beth Goldblatt and Sheila Meintjes, “South
African women demand the truth”, in What
Women Do In Wartime: Gender and Confict, M.
Turshen and C. Twagiramariya, eds. (London,
Africa Zed Books, 1998), p. 29.
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CÓDIGO DE RESPUESTAS
1C, 2D, 3A, 4C, 5A, 6D, 7B, 8D, 9A, 10D
8. Las reformas constitucionales puedenimpulsar la agenda de la mujer, la paz y laseguridad (M PS) por medio de disposicionestales como:
A. De acceso igualitario al uso y propiedad de la
tierra para mujeres y hombres;
B. De derechos de propiedad y sucesorios;
C. De acceso a la atención médica y la educación;
D. De todo lo anterior.
9. Los índices de violencia doméstica siguensiendo altos en la r egión de ALC, y existenvacíos en mater ia de protección y justicia, amenos que:
A. Las leyes se modiquen de tal manera que se
considere delito la violencia sexual y de género
(VSG), no se permita la discriminación de
género y se prevea otorgar protección contra el
abuso;
B. Se cuente con armas para protegerse;
C. Se fortalezcan las cárceles;
D. Los barrios se organicen con brigadas deseguridad de voluntarios.
10. Argentina fue elegida por el Departamento
de Operaciones de Mantenimiento de la Pazde ONU par a desarr ollar un plan piloto par ala implementación de la RCS 1325 a nivelnacional. Como par te de este proceso, en2012 el Ministerio de Defensa de la nación:
A. Emitió Directrices Nacionales sobre Género y
los Militares;
B. Comenzó a reclutar a más mujeres para queactuaran como ociales;
C. Recibió una proporción mayor del presupuesto
nacional;
D. Publicó un Plan de Acción en el área de
la Defensa para la Aplicación Efectiva de
una Perspectiva de Género dentro de las
Operaciones de Mantenimiento de la Paz.
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1 3 8 | O N U M U J E R E S
Apéndice A: Lista de siglas y acrónimos
Sigla/Acrónimo Signifcado
3P Prevención, participación y protección
ACNUR Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados
ALC América Latina y el Caribe
ARMM Región Autónoma de Mindanao Musulmán
CEDAW Convención sobre la Eliminación de todas las Formas deDiscriminación contra la Mujer
CSM Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer
CSW Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer(sigla en inglés)
CVR Comisión de la Verdad y la Reconciliación
DAW División para la Promoción de la Mujer (ahora parte deONU Mujeres)
DD. HH. Derechos humanos
DDR Desarme, desmovilización y reinserción
DOMP Departamento de Operaciones de Mantenimiento de laPaz
DPKO Departamento de Operaciones de Mantenimiento de laPaz (sigla en inglés)
ECOSOC Consejo Económico y Social de ONU
ECOWAS Comunicad Económica de los Estados de África Occidental
FARC Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia
FAS Femmes Africa Solidarité
FLACSO Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales
FMLN Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional
GNWP Red Mundial de Mujeres Constructoras de la Paz
INSTRAW Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitaciónpara la Promoción de la Mujer (ahora parte de ONUMujeres)
LGBT Lesbianas, gays, bisexuales y trans
MINUSTAH Misión de Estabilización de Naciones Unidas en Haití
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MPS Mujer, paz y seguridad
OACNUDH Ocina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los
Derechos Humanos
ONG Organización no gubernamental
ONU Organización de Naciones Unidas
ONU Mujeres Entidad de Naciones Unidas para la Igualdad de Género y elEmpoderamiento de la Mujer
OPAPP Ocina del Asesor Presidencial en el Proceso de Paz
OSAGI Ocina del Asesor Especial en Cuestiones de Género y
Promoción de la Mujer (ahora parte de ONU Mujeres)
OSC Organización de la sociedad civil
OTAN Organización del Tratado del Atlántico Norte
PAN Plan de Acción Nacional
PDN Plan de desarrollo nacional
PID Personas internamente desplazadas
PBI Producto bruto interno
RdP Responsabilidad de Proteger
RSS Reforma del sector de la seguridad
SADC Comunidad de Desarrollo de África Austral
SRSG Representante Especial del Secretario General
SRSG SVC Representante Especial del Secretario General sobreViolencia Sexual en Conictos
UA Unión Africana
UE Unión Europea
UNIFEM Fondo de Desarrollo de Naciones Unidas para la Mujer
(ahora parte de ONU Mujeres)
UNMOGIP Grupo de Observadores Militares de Naciones Unidas
UNPOL Policía de Naciones Unidas
UNTSO Organización de Supervisión de la Tregua de NacionesUnidas
VSG Violencia sexual y de género
WPA Asesores en Protección de la Mujer
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1 4 0 | O N U M U J E R E S
Apéndice B: Lista de Operaciones de Mantenimiento de la Paz
List of UN Peacekeeping Operations
BINUB Ocina Integrada de Naciones Unidas en Burundi
DOMREP Misión del Representante del Secretario General en la República Dominicana
MINUGUA Misión de Vericación de Naciones Unidas en Guatemala
MINURCA Misión de Naciones Unidas en la República Centroafricana
MINURCAT Misión de Naciones Unidas en la República Centroafricana y Chad
MINURSO Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en Sahara Occidental*
MINUSMA Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de Naciones Unidas en Malí*
MINUSTAH Misión de Estabilización de Naciones Unidas en Haití*
MIPONUH Misión de policía civil de Naciones Unidas en HaitíMONUA Misión de Observadores de Naciones Unidas en Angola
MONUC Misión de la Organización de Naciones Unidas en la Rep. Democrática del Congo
MONUSCO Misión de la Organización de Naciones Unidas de Estabilización en la RepúblicaDemocrática del Congo*
ONUB Operación de Naciones Unidas en Burundi
ONUC Operación de Naciones Unidas en el Congo
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ONUCA Grupo de Observadores de Naciones Unidas en Centroamérica
ONUMOZ Operación de Naciones Unidas en MozambiqueONUSAL Misión de Observadores de Naciones Unidas en El Salvador
UNAMA Misión de Naciones Unidas en Afganistán
UNAMIC Misión de Avanzada de Naciones Unidas en Camboya
UNAMID Operación Híbrida de la Unión Africana/Naciones Unidas en Darfur*
UNAMIR Misión de Asistencia de Naciones Unidas para Rwanda
UNAMSIL Misión de Naciones Unidas en Sierra Leona
UNASOG Grupo de Observadores de Naciones Unidas en la Franja de Aouzou
UNAVEM I Misión de Vericación de Naciones Unidas en Angola I
UNAVEM II Misión de Vericación de Naciones Unidas en Angola II
UNAVEM III Misión de Vericación de Naciones Unidas en Angola III
UNCRO Operación de Naciones Unidas de Restauración de Conanza
UNDOF Fuerza de Observadores de Naciones Unidas de la Separación*
UNEF I Fuerza de Emergencia de Naciones Unidas
UNEF II Segunda Fuerza de Emergencia de Naciones Unidas
UNFICYP Fuerza de Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas en Chipre*
UNGOMAP Misión de Buenos Ocios de Naciones Unidas en Afganistán y Pakistán
UNIFIL Fuerza Provisional de Naciones Unidas en el Líbano*
UNIIMOG Grupo de Observadores Militares de Naciones Unidas para Irán e Irak
UNIKOM Misión de Observación de Naciones Unidas para Irak y KuwaitUNIPOM Misión de Observación de Naciones Unidas para India y Pakistán
UNMEE Misión de Naciones Unidas en Etiopía y Eritrea
UNMIBH Misión de Naciones Unidas en Bosnia y Herzegovina
UNMIH Misión de Naciones Unidas en Haití
UNMIK Misión de Administración Provisional de Naciones Unidas en Kosovo*
UNMIL Misión de Naciones Unidas en Liberia*
UNMIS Misión de Naciones Unidas en Sudán
UNMISET Misión de Apoyo de Naciones Unidas en Timor Oriental
UNMIT Misión Integrada de Naciones Unidas en Timor Oriental
UNMOGIP Grupo de Observadores Militares de Naciones Unidas en Pakistán*
UNMOP Misión de Observadores de Naciones Unidas en Prevlaka
UNMOT Misión de Observadores de Naciones Unidas en Tayikistán
UNOCI Operación de Naciones Unidas en Costa de Marl*
UNOGIL Grupo de Observación de Naciones Unidas en Líbano
UNOMIG Misión de Observadores de Naciones Unidas en Georgia
UNOMIL Misión de Observadores de Naciones Unidas en Liberia
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1 4 2 | O N U M U J E R E S
UNOMSIL Misión de Observadores de Naciones Unidas en Sierra Leona
UNOMUR Misión de Observadores de Naciones Unidas en Uganda y RuandaUNOSOM I Operaciones de Naciones Unidas en Somalia I
UNOSOM II Operaciones de Naciones Unidas en Somalia II
UNPREDEP Fuerza de Despliegue Preventivo de Naciones Unidas
UNPROFOR Fuerza de Protección de Naciones Unidas
UNSF Fuerza de Seguridad de Naciones Unidas en Nueva Guinea Occidental(Irian Occidental)
UNSMIH Misión de Apoyo de Naciones Unidas en Haití
UNTAC Autoridad de Transición de Naciones Unidas en Camboya
UNTAES Autoridad de Transición de Naciones Unidas en Eslavonia Oriental, Baranja y
Srijem OccidentalUNTAET Administración de Transición de Naciones Unidas en Timor Oriental
UNTAG Grupo de Naciones Unidas de Asistencia en la Transición
UNTMIH Misión de Transición de Naciones Unidas en Haití
UNTSO Organización de Supervisión de la Tregua de Naciones Unidas*
UNYOM Misión de Observación de Naciones Unidas en Yemen
* Misiones en curso desde julio de 2013.
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Apéndice C: Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad
Naciones Unidas S/RES/1325 (2000)
Consejo de Seguridad Distr. general
31 de octubre de 2000
Español
Original: inglés
00-72021 (S) 011100 011100
`````````
Resolución 1325 (2000)
Aproba da p or el Consejo de Segur idad en su sesión 4213ª,celebr ada el 31 de octubr e de 2000
El Con sejo de Segu ridad ,
Rec orda ndo sus resoluciones 1261 (1999), de 25 de agosto de 1999, 1265
(1999), de 17 de septiembre de 1999, 1296 (2000), de 19 de abril de 2000, y 1314
(2000), de 11 de agosto de 2000, así como las declaraciones pertinentes de su
Presidente, y recordando también la declaración formulada a la prensa por su
Presidente con motivo del Día de las Naciones Unidas de los Derechos de la Mujer y
la Paz Internacional (Día Internacional de la Mujer), el 8 de marzo de 2000
(SC/6816),
Rec orda ndo tambié n los compromisos enunciados en la Declaración y la Plata-
forma de Acción de Beijing (A/52/231), así como los contenidos en el documento
final del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General
titulado “La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para
el siglo XXI” (A/S–23/10/Rev.1), especialmente los relativos a la mujer y los con-
flictos armados,
Teniendo presentes los propósitos y principios de la Carta de las Naciones
Unidas y la responsabilidad primordial del Consejo de Seguridad, en virtud de la
Carta, de mantener la paz y la seguridad internacionales,
Exp resando pre ocupación por el hec ho de que los civ ile s, y par tic ula rment e las
mujeres y los niños, constituyen la inmensa mayoría de los que se ven perjudicados
por los con fli cto s armad os, inc lus o en cal ida d de re fug iad os y perso nas desplazadas
internamente, y cada vez más sufren los ataques de los combatientes y otros ele-
mentos armados, y reconociendo los efectos que ello tiene para la paz y la reconci-
liación duraderas,
Rea firman do el importante papel que desempeñan las mujeres en la prevención
y solución de los conflictos y en la consolidación de la paz, y subrayando la impor-
tancia de que participen en pie de igualdad e intervengan plenamente en todas las
iniciativas encaminadas al mantenimiento y el fomento de la paz y la seguridad, y la
necesidad de aumentar su participación en los procesos de adopción de decisiones
en materia de prevención y solución de conflictos,
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1 4 4 | O N U M U J E R E S
2 n0072021.doc
S/RES/1325 (2000)
Rea firmando tam bién la necesidad de aplicar plenamente las disposiciones del
derecho internacional humanitario y del relativo a los derechos humanos que prote-
jan los derechos de las muj ere s y las niñ as duran te los con fli cto s y después d e e llos,
Recalcando la necesidad de que todas las partes velen por que en los progra-
mas de remoción de minas e información sobre el peligro de las minas se tengan en
cuenta las necesidades especiales de las mujeres y las niñas,
Reconociendo la urgente necesidad de incorporar una perspectiva de género en
las operaciones de mantenimiento de la paz y, a ese respecto, tomando nota de la
Declaración de Windhoek y el Plan de Acción de Namibia sobre la incorporación de
una perspectiva de género en las operaciones multidimensionales de apoyo a la paz
(S/2000/693),
Rec onocie ndo tam bié n la importancia de la recomendación, contenida en la
declaración hecha a la prensa por su Presidente el 8 de marzo de 2000, de que se
imparta a todo el personal de mantenimiento de la paz adiestramiento especializado
sobre la protección, las necesidades especiales y los derechos humanos de las muje-
res y los niños en las situaciones de conflicto,
Reconociendo que la comprensión de los efectos de los conflictos armados en
las mujeres y las niñas, uno s mecanismos institucionales eficaces para garantizar su
pro tec ció n y la plena parti cip aci ón en el pro ces o de paz pueden contr ibuir consi de-
rablemente al mantenimiento y el fomento de la paz y la seguridad internacionales,
Tomando nota de la necesidad de consolidar los datos acerca del efecto de los
conflictos armados sobre las mujeres y las niñas,
1. Insta a los Estados Miembros a velar por que aumente la representación
de la mujer en todos los niveles de adopción de decisiones de las instituciones y me-
canismos nacionales, regionales e internacionales para la prevención, la gestión y lasolución de conflictos;
2. Alienta al Secretario General a que ejecute su plan de acción estratégico
(A/49/587) en el que se pide un aumento de la participación de la mujer en los ni-
veles de adopción de decisiones en la solución de conflictos y los procesos de paz;
3. Insta al Secretario General a que nombre a más mujeres representantes
especiales y enviadas especiales para realizar misiones de buenos oficios en su
nombre y, a ese respecto, pide a los Estados Miembros que presenten al Secretario
General candidatas para que se las incluya en una lista centralizada que se actualice
perió dic amente;
4. Insta también al Secretario General a que trate de ampliar el papel y la
aportación de las mujeres en las operaciones de las Naciones Unidas sobre el
terreno, y especialmente entre los observadores militares, la policía civil y el
perso nal dedic ado a l os derec hos humanos y a tar eas humani tar ias;
5. Expresa su voluntad de incorporar una perspectiva de género en lasoperaciones de mantenimiento de la paz, e insta al Secretario General a que vele por
que, cuando proceda, las operaciones sobre el terreno incluyan un componente de
género;
6. Pide al Secretario General que proporcione a los Estados Miembros di-
rectrices y material de adiestramiento sobre la protección, los d erechos y las necesi-
dades especiales de las mujeres, así como sobre la impo rtancia de la participación de
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n0072021.doc 3
S/RES/1325 (2000)
las mujeres en la adopción de todas las medidas de mantenimiento de la paz y con-
solidación de la paz, invita a los Estados Miembros a que incorporen esos elemen-
tos, así como el adiestramiento con miras a la concienciación respecto del
VIH/SIDA, en sus programas nacionales de capacitación de personal militar y de
pol icí a civ il como pre par ación par a su despl iegue, y pide además al Secretario Ge-
neral que vele por que el personal de las operaciones de mantenimiento de la paz re-
ciba un adiestramiento análogo;
7. Insta a los Estados Miembros a que aumenten su apoyo financiero, técni-
co y logístico voluntario a las actividades de adiestramiento destinadas a crear sen-
sibilidad sobre las cuestiones de género, incluidas las que llevan a cabo los fondos y
pro gra mas per tinentes, ent re otros el Fondo de Desarr ollo de las Nac iones Unidas para la Mujer y el Fondo de las Nac iones Uni das p ara la Infanc ia, así como la Ofi ci-
na del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otros órga-
nos pertinentes;
8. Pide a todos los que participen en la negociación y aplicación de acuer-
dos de paz que adopten una perspectiva de género, en que se tengan en cuenta y se
incluyan, entre otras cosas:
a) Las necesidades especiales de las mujeres y las niñas durante la repatria-
ción y el reasentamiento, así como para la rehabilitación, la reintegración y la re-
construcción después de los conflictos;
b) Medid as par a apo yar las in ici ativas de paz de las muj ere s loc ales y los
pro cesos autóctonos de solución de confl ictos y par a hacer par tic ipa r a las muj ere s
en todos los mecanismos de aplicación de los acuerdos de paz;
c) Medidas que garanticen la protección y el respeto de los derechos huma-
nos de las mujeres y las niñas, particularmente en lo relativo a la constitución, elsistema electoral, la policía y el sistema judicial;
9. Exhorta a todas las partes en un conflicto armado a que respeten plena-
mente el derecho internacional aplicable a los derechos y a la protección de las mu-
jeres y niñas, especialmen te en tan to que civ ile s, en par ticula r las obl iga ciones co-
rrespondientes en virtud de los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adi-
cionales de 1977, la Convención sobre los Refugiados de 1951 y su Protocolo de
1967, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer de 1979 y su Protocolo Facultativo de 1999 y la Convención de las
Naciones Uni das sob re los Derec hos del Niño de 198 9 y sus dos Proto colos Fac ul-
tativos de 25 de mayo de 2000, y a que tengan presentes las disposiciones pertinen-
tes del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional;
10. Insta a todas las partes en un conflicto armado a que adopten medidas es-
pec ial es para pro teger a las mujer es y las niñas de la vio lencia por raz ón de género ,
par tic ularmente la vio lac ión y otr as for mas de abu sos sexuales, y tod as las demás
formas de violencia en situaciones de conflicto armado;
11. Subraya la responsabilidad de todos los Estados de poner fin a la
impunidad y de enjuiciar a los culpables de genocidio, crímenes de lesa humanidad
y crímenes de guerra, especialmente los relacionados con la violencia sexual y de
otro tipo contra las mujeres y las niñas y, a este respecto, destaca la necesidad de
excluir esos crímenes, siempre que sea viable, de las disposiciones de amnistía;
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12. Exhorta a todas las partes en un conflicto armado a que respeten el ca-
rácter civil y humanitario de los campamentos y asentamientos de refugiados y a que
tengan en cuenta las necesidades especiales de las mujeres y las niñas, incluso en el
diseño de los campamentos y asentamientos, y recuerda sus resoluciones 1208
(1998), de 19 de noviembre de 1998, y 1296 (2000), de 19 de abril de 2000;
13. Alienta a todos los que participen en la planificación para el desarme, la
desmovilización y la reintegración a que tengan presentes las necesidades distintas
de los excombatientes según sean del género femenino o masculino y tengan encuenta las necesidades de sus familiares a cargo;
14. Reafirma que, cada vez que se adopten medidas en virtud del Artículo 41
de la Carta de las Naciones Unidas, está dispuesto a tener presente el efecto que po-
drían tener sobre la población civil, teniendo en cuenta las necesidades especiales de
las mujeres y las niñas, a fin de considerar la posibilidad de hacer las excepciones
humanitarias del caso;
15. Expresa su disposición a velar por que en las misiones del Consejo de
Seguridad se tengan en cuenta las consideraciones de género y los derechos de la
mujer, incluso celebrando consultas con los grupos locales e internacionales de
mujeres;
16. Invita al Secretario General a hacer un estudio sobre los efectos de los
conflictos armados en las mujeres y las niñas, el papel de las mujeres en la consoli-
dación de la paz y las dimensiones de género de los procesos de paz y la solución de
conflictos, y le invita también a presentar un informe al Consejo de Seguridad sobre
los resultados de ese estudio y a poner éstos a disposición de todos los Estados
Miembros de las Naciones Unidas;
17. Pide al Secretario General que, según proceda, indique en sus informes al
Consejo de Seguridad los progresos realizados en la incorporación de las cuestiones
de género en todas las misiones de mantenimiento de la paz y todos los demás as-
pectos relacionados con las mujeres y las niñas;
18. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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miembros civiles de una comunidad o grupo étnico, y que la violencia sexual
utilizada de esta manera puede en algunos casos persistir después de la cesación de
las hostilidades,
Recordando su condena en los términos más enérgicos de toda violencia sexual
y otro tipo de violencia contra los civiles en los conflictos armados, en particular
contra mujeres y niños,
Reiterando su profunda preocupación por el hecho de que, a pesar de su
repetida condena de la violencia contra las mujeres y los niños en situaciones de
conflicto armado, incluida la violencia sexual en situaciones de conflicto armado, y
no obstante sus llamamientos dirigidos a todas las partes en los conflictos armados
para que desistan de esos actos con efecto inmediato, tales actos siguen ocurriendo y
en algunas situaciones se han vuelto sistemáticos y generalizados y han alcanzadoun grado alarmante de brutalidad,
Recordando la inclusión de una serie de delitos de violencia sexual en el
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los estatutos de los tribunales
penales internacionales especiales,
Reafirmando el importante papel de la mujer en la prevención y solución de
conflictos y en la consolidación de la paz, y subrayando la importancia de que
participe en pie de igualdad e intervenga plenamente en todas las iniciativas
encaminadas al mantenimiento y el fomento de la paz y la seguridad, así como la
necesidad de aumentar su participación en los procesos de adopción de decisiones
en la prevención y solución de conflictos,
Profundamente preocupado también por los obstáculos y desafíos persistentes
que dificultan la participación y la plena intervención de la mujer en la prevención y
resolución de conflictos como resultado de la violencia, la intimidación y la
discriminación, que menoscaban la capacidad y la legitimidad de la mujer para participar en la vida pública después de los conflictos, y reconociendo los efectos
negativos que ello causa en la paz, la seguridad y la reconciliación duraderas, en
particular la consolidación de la paz después de los conflictos,
Reconociendo que es responsabilidad primordial de los Estados respetar y
garantizar los derechos humanos de sus ciudadanos y de todas las personas que se
encuentran en su territorio, de conformidad con el derecho internacional pertinente,
Reafirmando que las partes en los conflictos armados tienen la responsabilidad
primordial de adoptar todas las medidas posibles para asegurar la protección de los
civiles afectados,
Acogiendo con beneplácito la coordinación de las iniciativas dentro del
sistema de las Naciones Unidas, principalmente la iniciativa interinstitucional “Las
Naciones Unidas contra la violencia sexual en los conflictos”, para concienciar
sobre la violencia sexual durante los conflictos armados y después de ellos y, en
última instancia, para ponerle fin,
1. Destaca que la violencia sexual, cuando se utiliza o se hace utilizar como
táctica de guerra dirigida deliberadamente contra civiles o como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra las poblaciones civiles, puede agudizar
significativamente las situaciones de conflicto armado y constituir en algunos casos
un impedimento para el restablecimiento de la paz y la seguridad internacionales,
afirma en ese sentido que la adopción de medidas eficaces para prevenir los actos de
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308-39147
violencia sexual y reaccionar ante ellos puede contribuir considerablemente al
mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, y expresa su disposición,
cuando se consideran situaciones sometidas a su examen, a adoptar, cuando sea
necesario, medidas apropiadas para hacer frente a la violencia sexual generalizada o
sistemática;
2. Exige que todas las partes en conflictos armados pongan fin sin dilación
y por completo a todos los actos de violencia sexual contra civiles, con efecto
inmediato;
3. Exige que todas las partes en conflictos armados adopten de inmediato
medidas apropiadas para proteger a los civiles, incluidas las mujeres y las niñas, de
todas las formas de violencia sexual, lo que podría incluir, entre otras cosas, la
aplicación de medidas apropiadas de disciplina militar y el cumplimiento del principio de responsabilidad del mando, el adiestramiento de las tropas bajo la
prohibición categórica de todas las formas de violencia sexual contra los civiles, la
refutación de mitos que alimenten la violencia sexual, la verificación de
antecedentes de las fuerzas armadas y de seguridad para tener en cuenta su historial
de violaciones y otras formas de violencia sexual y la evacuación hacia un lugar
seguro de las mujeres y los niños que estén bajo amenaza inminente de violencia
sexual, y pide al Secretario General que, cuando proceda, aliente el diálogo entre
funcionarios apropiados de las Naciones Unidas y las partes en conflicto a fin de
hacer frente a esta cuestión en el contexto más amplio de la solución de los
conflictos, teniendo en cuenta, entre otras cosas, las opiniones expresadas por las
mujeres de las comunidades locales afectadas;
4. Señala que la violación y otras formas de violencia sexual pueden
constituir un crimen de guerra, un crimen de lesa humanidad o un acto constitutivo
con respecto al genocidio, destaca la necesidad de que los crímenes de violencia
sexual queden excluidos de las disposiciones de amnistía en el contexto de los procesos de solución de conflictos, hace un llamamiento a los Estados Miembros
para que cumplan con su obligación de enjuiciar a las personas responsables de tales
actos, y garanticen que todas las víctimas de la violencia sexual, particularmente las
mujeres y las niñas, disfruten en pie de igualdad de la protección de la ley y del
acceso a la justicia, y subraya la importancia de poner fin a la impunidad por esos
actos como parte de un enfoque amplio para alcanzar la paz sostenible, la justicia, la
verdad y la reconciliación nacional;
5. Afirma su intención, de considerar, cuando establezca y renueve
regímenes de sanciones dirigidos específicamente a un Estado, si procede aplicar
medidas selectivas y graduales contra las partes en situaciones de conflicto armado
que cometan violaciones y otras formas de violencia sexual contra mujeres y niñas
en situaciones de conflicto armado;
6. Pide al Secretario General que, en consulta con el Consejo de Seguridad,
el Comité Especial de Operaciones de Mantenimiento de la Paz y su Grupo deTrabajo y los Estados pertinentes, según proceda, elabore y ponga en práctica
programas apropiados de capacitación para todo el personal humanitario y de
mantenimiento de la paz desplegado por las Naciones Unidas en el contexto de
misiones establecidas por el Consejo para ayudarlo a prevenir y reconocer mejor la
violencia sexual y otras formas de violencia contra los civiles y responder a ellas;
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7. Pide al Secretario General que prosiga e intensifique los esfuerzos para
aplicar la política de tolerancia cero de la explotación y el abuso sexuales en las
operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, e insta a los países
que aportan contingentes y fuerzas de policía a que adopten medidas preventivas
apropiadas, incluso mediante la concienciación antes del despliegue y en el teatro de
operaciones, así como otras medidas para garantizar una rendición de cuentas cabal
en los casos de conducta de ese tipo que involucren a su personal;
8. Alienta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que,
en consulta con el Secretario General, estudien las medidas que podrían adoptar
para aumentar la concienciación y la capacidad de respuesta de su personal que
participa en operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones unidas para
proteger a los civiles, incluidos las mujeres y los niños, e impedir la violencia
sexual contra las mujeres y las niñas en los conflictos y las situaciones posteriores aéstos, y a que, siempre que sea posible, desplieguen un porcentaje más alto de
mujeres en las fuerzas de policía o de mantenimiento de la paz;
9. Pide al Secretario General que elabore directrices y estrategias eficaces
para aumentar la capacidad de las operaciones de mantenimiento de la paz de las
Naciones Unidas pertinentes, en consonancia con sus mandatos, de proteger a los
civiles, incluidas las mujeres y las niñas, de todas las formas de violencia sexual, y
que incluya sistemáticamente en sus informes escritos al Consejo sobre las
situaciones de conflicto sus observaciones en cuanto a la protección de las mujeres y
las niñas y sus recomendaciones al respecto;
10. Pide al Secretario General y a los organismos pertinentes de las Naciones
Unidas, entre otras cosas, que en consulta con las mujeres y las organizaciones
dirigidas por mujeres, y según resulte apropiado, elaboren mecanismos eficaces para
proteger de la violencia, en particular de la violencia sexual, a las mujeres y las
niñas en los campamentos de refugiados y desplazados internos administrados porlas Naciones Unidas, así como en todos los procesos de desarme, desmovilización y
reintegración y en los esfuerzos de reforma de la justicia y del sector de seguridad
que reciben asistencia de las Naciones Unidas;
11. Destaca la importante función que puede desempeñar la Comisión de
Consolidación de la Paz si incluye en su labor de asesoramiento y sus
recomendaciones sobre las estrategias de consolidación de la paz después de los
conflictos, cuando proceda, maneras de abordar la violencia sexual cometida en el
transcurso de un conflicto armado y posteriormente, y al asegurar la consulta y la
representación efectiva de mujeres de la sociedad civil en sus configuraciones
específicas para los países, como parte de su enfoque más amplio de las cuestiones
de género;
12. Insta al Secretario General y a sus Enviados Especiales a que inviten a
mujeres a participar en los debates que sean pertinentes para la prevención y la
solución de conflictos, el mantenimiento de la paz y la seguridad y la consolidaciónde la paz después de los conflictos, y alienta a todas las partes en esas
conversaciones a que faciliten la plena participación de la mujer en pie de igualdad
en los niveles decisorios;
13. Insta a todas las partes interesadas, incluidos los Estados Miembros, las
entidades de las Naciones Unidas y las instituciones financieras a que apoyen el
desarrollo y el fortalecimiento de la capacidad de las instituciones nacionales, en
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S/RES/1820 (2008)
508-39147
particular de los sistemas judiciales y de salud, y las redes locales de la sociedad
civil para que presten asistencia sostenible a las víctimas de la violencia sexual en
situaciones de conflicto armado y situaciones posteriores;
14. Insta a los órganos regionales y subregionales apropiados en particular a
que examinen la posibilidad de elaborar y aplicar políticas y realizar actividades y
tareas de promoción en beneficio de las mujeres y las niñas afectadas por la
violencia sexual en los conflictos armados;
15. Pide también al Secretario General que le presente un informe a más
tardar el 30 de junio de 2009 sobre la aplicación de la presente resolución, en el
contexto de las situaciones que se hallan sometidas al examen del Consejo,
utilizando información proporcionada por las fuentes disponibles de las Naciones
Unidas, en particular los equipos en los países, las operaciones de mantenimiento dela paz y otros funcionarios de las Naciones Unidas, que incluiría, entre otras cosas,
información sobre las situaciones de conflicto armado en que se ha empleado en
forma sistemática o generalizada la violencia sexual contra los civiles; un análisis de
la prevalencia y las tendencias de la violencia sexual en las situaciones de conflicto
armado; propuestas de estrategias para reducir al mínimo la vulnerabilidad de las
mujeres y las niñas a esa clase de violencia; parámetros de referencia para medir los
progresos conseguidos en la labor de preveni r y hacer frente a la violencia sexual;
aportaciones apropiadas de los asociados de las Naciones Unidas encargados de la
ejecución sobre el terreno; información sobre sus planes para facilitar la reunión de
información oportuna, objetiva, precisa y fiable sobre el uso de la violencia sexual
en situaciones de conflicto armado, en particular mejorando la coordinación de las
actividades de las Naciones Unidas sobre el terreno y en la Sede; e información
sobre las medidas adoptadas por las partes en los conflictos armados para cumplir
las responsabilidades enunciadas en esta resolución, en particular poniendo fin
inmediata y completamente a todos los actos de violencia sexual y adoptandomedidas adecuadas para proteger a las mujeres y las niñas de todas las formas de
violencia sexual;
16. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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Apéndice E: Resolución 1888 (2009) del Consejo de Seguridad
Naciones Unidas S/RES/1888 (2009)
Consejo de Seguridad Distr. general
30 de septiembre de 2009
09-53449 (S)
*0953449*
Resolución 1888 (2009)
Aproba da p or el Consejo de Segur idad en su 6195ª sesión,celebr ada el 30 de septiembr e de 2009
El Consejo de Seguridad,
Reafirmando su empeño en que se sigan aplicando cabalmente sus
resoluciones 1325 (2000), 1612 (2005), 1674 (2006), 1820 (2008) y 1882 (2009) y
todas las declaraciones pertinentes de su Presidencia,
Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General de 16 de julio
de 2009 (S/2009/362), pero todavía profundamente preocupado por la falta de
progreso en lo que respecta a la cuestión de la violencia sexual en situaciones de
conflicto armado, en particular contra las mujeres y los niños, y especialmente
contra las niñas, y observando que, como se pone de manifiesto en el informe del
Secretario General, la violencia sexual ocurre en conflictos armados de todo elmundo,
Reiterando su profunda preocupación por el hecho de que, a pesar de su
repetida condena de la violencia contra las mujeres y los niños, incluidas todas las
formas de violencia sexual en situaciones de conflicto armado, y no obstante sus
llamamientos dirigidos a todas las partes en los conflictos armados para que pongan
fin a esos actos con efecto inmediato, tales actos siguen ocurriendo y en algunas
situaciones se han vuelto sistemáticos y generalizados,
Recordando los compromisos enunciados en la Declaración y la Plataforma de
Acción de Beijing (A/52/231), así como los contenidos en el documento final del
vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, titulado
“La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el
siglo XXI” (A/S-23/10/Rev.1), en particular los relativos a la mujer y los conflictos
armados,
Reafirmando las obligaciones de los Estados partes en la ConvenciónInternacional sobre todas las formas de discriminación contra la mujer y su
Protocolo Facultativo, la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos
Facultativos, e instando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de rati ficarlos o de adherirse a ellos,
Recordando que el derecho internacional humanitario brinda a las mujeres y a
los niños una protección general como parte de la población civil durante los
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S/RES/1888 (2009)
09-534492
conflictos armados y una protección especial en razón del hecho de que pueden
correr particulares riesgos,
Recordando la responsabilidad que incumbe a los Estados de poner fin a la
impunidad y procesar a los responsables de genocidio, crímenes de lesa humanidad,
crímenes de guerra y otros crímenes atroces perpetrados contra civiles y, a este
respecto, observando con preocupación que solo un número limitado de
responsables de actos de violencia sexual han comparecido ante la justicia,
reconociendo al mismo tiempo que en situaciones de conflicto y posteriores a los
conflictos los sistemas de justicia nacionales pueden encontrarse sumamente
debilitados,
Reafirmando que es esencial poner fin a la impunidad para que una sociedad
en conflicto o que se está recuperando de un conflicto pueda enfrentar la realidad de
los abusos cometidos en el pasado contra los civiles afectados por el conflicto
armado y evitar esos abusos en el futuro, señalando la variedad de mecanismos de
justicia y reconcil iación que pueden considerarse, incluidos los tribunales penales
nacionales, internacionales y “mixtos” y las comisiones de la verdad y la
reconciliación, y observando que esos mecanismos pueden promover no solo la
rendición de cuentas individual respecto de crímenes graves, sino también la paz, la
verdad, la reconciliación y los derechos de las víctimas,
Recordando la inclusión de una serie de delitos de violencia sexual en el
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los estatutos de los tribunales
penales internacionales especiales,
Destacando la necesidad de que todos los Estados y las partes no estatales en
los conflictos cumplan cabalmente sus obligaciones con arreglo al derecho
internacional aplicable, incluida la prohibición referente a todas las formas de
violencia sexual,
Reconociendo la necesidad de que los dirigentes civiles y militares, de
conformidad con el principio de responsabilidad del mando, demuestren el
compromiso y la voluntad política de prevenir la violencia sexual y de combatir la
impunidad e imponer la rendición de cuentas, y que la inacción puede transmitir el
mensaje de que se tolera la violencia sexual en los conflictos,
Poniendo de relieve la importancia de afrontar las cuestiones relativas a la
violencia sexual desde el comienzo de los procesos de paz y las gestiones de
mediación, para proteger a la población en peligro y promover la plena estabilidad,
en particular en lo que respecta a los acuerdos sobre el acceso de la asistencia
humanitaria y sobre derechos humanos previos a la cesación del fuego, a las
disposiciones relativas a las cesaciones del fuego y a la vigilancia de su
cumplimiento, al desarme, la desmovilización y la reintegración, a la reforma del
sector de la seguridad, a la justicia y las reparaciones, y a la recuperación y el
desarrollo después de los conflictos,
Observando con preocupación la insuficiente representación de la mujer en los procesos de paz oficiales, la falta de mediadores y supervisores de la cesación del
fuego debidamente capacitados para afrontar casos de violencia sexual, y la falta de
mujeres entre los principales responsables de la mediación en las conversaciones de
paz patrocinadas por las Naciones Unidas,
Reconociendo que la promoción y el empoderamiento de la mujer y el apoyo a
las organizaciones y redes de mujeres son esenciales en la consolidación de la paz
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S/RES/1888 (2009)
309-53449
para promover la participación plena y en pie de igualdad de la mujer y alentando a
los Estados Miembros, los donantes y la sociedad civil, incluidas las organizaciones
no gubernamentales, a prestar apoyo a ese respecto,
Acogiendo con beneplácito que en las misiones de mantenimiento de la paz se
asignen a mujeres funciones civiles, militares y de policía y reconociendo que las
mujeres y los niños afectados por conflictos armados quizás se sientan más seguros,
en las misiones de mantenimiento de la paz, colaborando con mujeres o
denunciando abusos ante ellas, y que la presencia de personal femenino de
mantenimiento de la paz tal vez aliente a las mujeres locales a participar en las
fuerzas armadas y de seguridad nacionales, contribuyendo así a establecer un sector
de la seguridad accesible y sensible a las necesidades de todos, especialmente de las
mujeres,
Acogiendo con beneplácito las actividades del Departamento de Operaciones
de Mantenimiento de la Paz destinadas a preparar directrices en materia de género
para el personal militar de las operaciones de mantenimiento de la paz a fin de
facilitar la aplicación de las resoluciones 1325 (2000) y 1820 (2008), y directrices
operacionales para ayudar a los componentes civil, militar y de policía de las
misiones de mantenimiento de la paz a aplicar efectivamente la resolución
1820 (2008),
Habiendo examinado el informe del Secretario General de 16 de julio de 2009
(S/2009/362) y destacando que la presente resolución no tiene por objeto determinar
en derecho si las situaciones a que se hace referencia en ese informe son o no
conflictos armados en el contexto de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos
Adicionales, ni prejuzga la condición jurídica de las partes no estatales involucradas
en esas situaciones,
Recordando la decisión que adoptó en su resolución 1882 (2009), de 4 deagosto de 2009 (S/RES/1882) de ampliar la lista incluida en el anexo del informe
anual del Secretario General sobre los niños y los conflictos armados en la que
figuran las partes en situaciones de conflicto armado que reclutan o utilizan a niños
contraviniendo el derecho internacional para que esa lista incluya también a las
partes en un conflicto armado que, contraviniendo el derecho internacional
aplicable, cometan habitualmente asesinatos y mutilaciones de niños, así como
violaciones y otros actos de violencia sexual contra niños, en situaciones de
conflicto armado,
Observando la función que se ha asignado a la Oficina de la Asesora Especial
en Cuestiones de Género de vigilar la aplicación de la resolución 1325 (2000) y
promover la incorporación de la perspectiva de género en el sistema de las Naciones
Unidas, el empoderamiento de la mujer y la igualdad entre los géneros, y
expresando la importancia de que haya una coordinación efectiva dentro del sistema
de las Naciones Unidas en esos ámbitos,
Reconociendo que los Estados tienen la responsabilidad primordial de respetar
y garantizar los derechos humanos de sus ciudadanos y de todas las personas que se
encuentren en su territorio, de conformidad con el derecho internacional pertinente,
Reafirmando que las partes en los conflictos armados tienen la responsabilidad
primordial de adoptar todas las medidas posibles para asegurar la protección de los
civiles afectados,
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acceso a la justicia, sean tratados con dignidad a lo largo de todo el proceso judicial
y gocen de protección y sean debidamente resarcidos por sus sufrimientos;
7. Insta a todas las partes en los conflictos a asegurar que se investiguen a
fondo todas las denuncias de actos de violencia sexual cometidos por civiles o
militares y los presuntos responsables comparezcan ante la justicia, y que los
superiores civiles y los jefes militares, de conformidad con el derecho internacional
humanitario, hagan uso de su autoridad y sus atribuciones para prevenir la violencia
sexual, incluso combatiendo la impunidad;
8. Exhorta al Secretario General a designar a un equipo de expertos, y a
adoptar las medidas que correspondan al objeto de que empiece a trabajar con
rapidez, para que se ocupe de situaciones particularmente preocupantes en lo que
respecta a la violencia sexual en los conflictos armados, colaborando con la presencia de las Naciones Unidas sobre el terreno y previo consentimiento del
gobierno receptor, a fin de ayudar a las autoridades nacionales a reforzar el estado
de derecho, y recomienda que se utilicen los recursos humanos existentes en el
sistema de las Naciones Unidas y contribuciones voluntarias, recurriendo a la
pericia necesaria, según corresponda, en los ámbitos del estado de derecho, los
sistemas judiciales civil y militar, la mediación, la investigación penal, la reforma
del sector de la seguridad, la protección de los testigos, las garantías de un juicio
justo y las relaciones públicas, con vistas a, entre otras cosas:
a) Colaborar estrechamente con juristas, funcionarios judiciales y
funcionarios nacionales de otra índole en los sistemas de justicia civil y militar
competentes del Estado de que se trate para hacer frente a la impunidad, incluso
reforzando la capacidad nacional y poniendo de relieve la totalidad de los
mecanismos de justicia que cabe contemplar;
b) Detectar deficiencias de la respuesta nacional y promover un enfoquenacional integral para afrontar la violencia sexual en los conflictos armados, incluso
fomentando la responsabilidad penal, la atención de las necesidades de las víctimas
y la capacidad judicial;
c) Formular recomendaciones a fin de coordinar las actividades y los
recursos nacionales e internacionales para reforzar la capacidad del gobierno
correspondiente de afrontar la violencia sexual en los conflictos armados;
d) Colaborar con la misión y el equipo de las Naciones Unidas en el país de
que se trate y el mencionado Representante Especial del Secretario General, según
corresponda, con miras a que se apliquen cabalmente las medidas que se piden en la
resolución 1820 (2008);
9. Alienta a los Estados, las entidades competentes de las Naciones Unidasy la sociedad civil, según corresponda, a prestar asistencia en estrecha cooperacióncon las autoridades nacionales para fomentar la capacidad nacional de los sistemas
judicial y policial en situaciones particularmente preocupantes en lo que respecta ala violencia sexual en los conflictos armados;
10. Reitera su intención de considerar, al adoptar o prorrogar sanciones
selectivas en situaciones de conflicto armado, la posibilidad de incluir, según
corresponda, criterios de designación relativos a actos de violación y otras formas
de violencia sexual, y exhorta a todo el personal de las misiones de mantenimiento
de la paz y demás misiones y órganos de las Naciones Unidas que correspondan, en
particular el Grupo de Trabajo sobre los niños y los conflictos armados, a compartir
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09-534496
toda la información pertinente sobre la violencia sexual con los comités de
sanciones competentes, incluso por conducto de los grupos de vigilancia y los
grupos de expertos de los comités de sanciones del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas que correspondan;
11. Expresa su intención de asegurar que las resoluciones en que se
establezcan o prorroguen mandatos de mantenimiento de la paz contengan
disposiciones, según corresponda, sobre la prevención de la violencia sexual y la
respuesta que deba darse a esa violencia, que impongan además la obligación de
presentar al Consejo informes al respecto;
12. Decide incluir en los mandatos de las operaciones de las Naciones
Unidas para el mantenimiento de la paz disposiciones concretas, según corresponda,
para proteger a las mujeres y los niños de la violación y otros actos de violenciasexual, designados en cada caso a los asesores para la protección de la mujer entre
los asesores sobre cuestiones de género y las dependencias de protección de los
derechos humanos, y solicita al Secretario General que asegure que se evalúe
sistemáticamente la necesidad de asesores para la protección de la mujer, su número
y sus funciones durante la preparación de cada operación de las Naciones Unidas
para el mantenimiento de la paz;
13. Alienta a los Estados a que, con apoyo de la comunidad internacional,
aumenten el acceso a la atención de la salud, el apoyo psicosocial, la asistencia
jurídica y los servicios de reintegración socioeconómica para las víctimas de la
violencia sexual, en particular de zonas rurales;
14. Expresa su intención de aprovechar mejor las visitas periódicas a zonas
de conflicto organizando reuniones interactivas sobre el terreno con mujeres y
organizaciones de mujeres locales acerca de las preocupaciones y necesidades de las
mujeres que se encuentran en zonas de conflicto armado;15. Alienta a los dirigentes nacionales y locales, incluidos los dirigentes
tradicionales, allí donde los haya, y los dirigentes religiosos, a desempeñar una
función más activa de sensibilización de las comunidades en lo que respecta a la
violencia sexual, para evitar que se margine o estigmatice a las víctimas, prestar
asistencia en su reintegración social y combatir la cultura de impunidad en relación
con esos delitos;
16. Insta al Secretario General, a los Estados Miembros y a los jefes de las
organizaciones regionales a adoptar medidas para aumentar la representación de la
mujer en los procesos de mediación y de adopción de decisiones en relación con la
solución de conflictos y la consolidación de la paz;
17. Insta a que las cuestiones relativas a la violencia sexual figuren en los
temarios de todas las negociaciones de paz patrocinadas por las Naciones Unidas e
insta también a que se tengan en cuenta esas cuestiones desde el comienzo de los
procesos de paz en esas situaciones, en particular en lo que respecta a los acuerdossobre el acceso de la asistencia humanitaria y sobre derechos humanos previos a la
cesación del fuego, a las disposiciones relativas a las cesaciones del fuego y a la
vigilancia de su cumplimiento, al desarme, la desmovilización y la reintegración, a
la reforma del sector de la seguridad, a la verificación de antecedentes de los
candidatos a incorporarse a fuerzas armadas y de seguridad, a la justicia, a las
reparaciones y a la recuperación y el desarrollo;
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18. Reafirma la función de la Comisión de Consolidación de la Paz en la
promoción de enfoques basados en el género para reducir la inestabilidad en
situaciones posteriores a conflictos, observando la importante función de la mujer en
la reconstrucción de la sociedad, e insta a la Comisión de Consolidación de la Paz a
alentar a todas las partes en los países de que se ocupa a que incorporen en las
estrategias para la etapa posterior a los conflictos medidas encaminadas a reducir la
violencia sexual y a que las apliquen;
19. Alienta a los Estados Miembros a desplegar un mayor número de
personal militar y policial femenino en las operaciones de las Naciones Unidas para
el mantenimiento de la paz y a capacitar adecuadamente a todo su personal militar y
policial para cumplir sus funciones;
20. Solicita al Secretario General que asegure que se preste apoyo técnico alos países que aportan contingentes y fuerzas de policía a fin de que se incluya en la
capacitación previa al despliegue y la formación inicial orientación para el personal
militar y policial sobre formas de afrontar la violencia sexual;
21. Solicita al Secretario General que prosiga e intensifique los esfuerzos
para aplicar la polít ica de tolerancia cero de la explotación y el abuso sexuales en
las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, e insta a
los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que adopten las medidas
preventivas apropiadas, incluidas las de sensibilización con anterioridad al
despliegue y en el teatro de operaciones, y otras medidas para asegurar la plena
rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su
personal;
22. Solicita al Secretario General que siga impartiendo instrucciones a todas
las entidades de las Naciones Unidas que corresponda para que adopten medidas
concretas a fin de que las cuestiones de género se incorporen sistemáticamente ensus respectivas instituciones, entre otros medios, asignando recursos humanos y
financieros suficientes en todas las oficinas y departamentos competentes y sobre el
terreno, y para que estrechen, en el marco de sus respectivos mandatos, su
cooperación y coordinación al afrontar la cuestión de la violencia sexual en los
conflictos armados;
23. Insta a los representantes especiales del Secretario General competentes
y al Coordinador del Socorro de Emergencia a que, con apoyo estratégico y técnico
de la red de la Campaña de las Naciones Unidas, colaboren con los Estados
Miembros para formular estrategias amplias concertadas conjuntamente por las
Naciones Unidas y los gobiernos para hacer frente a la violencia sexual, en consulta
con todos los interesados pertinentes, y a que proporcionen periódicamente
información actualizada en los informes ordinarios que presentan a la Sede;
24. Solicita que el Secretario General asegure que se informe más
sistemáticamente sobre las tendencias, las nuevas modalidades de ataque y los
indicadores de alerta temprana en lo que respecta a la violencia sexual en los
conflictos armados en todos los informes pertinentes que se presenten al Consejo,
y alienta a los representantes especiales del Secretario General, al Coordinador del
Socorro de Emergencia, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, la
Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer y los Presidentes de la
Campaña de las Naciones Unidas a proporcionar al Consejo, en coordinación con el
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Representante Especial mencionado, exposiciones orales y documentación
adicionales sobre la violencia sexual en los conflictos armados;
25. Solicita al Secretario General que incluya en sus informes periódicos
sobre cada operación de mantenimiento de la paz, según corresponda, información
sobre las medidas que se hayan adoptado para proteger a los civiles, en particular las
mujeres y los niños, de la violencia sexual;
26. Solicita al Secretario General que, teniendo en cuenta las propuestas que
figuran en su informe, así como cualesquiera otros elementos pertinentes, prepare
con urgencia, y preferiblemente en un plazo de tres meses, propuestas concretas
sobre modos de vigilar de manera más eficaz y eficiente dentro del sistema actual de
las Naciones Unidas la protección de las mujeres y los niños de la violación y otros
tipos de violencia sexual en situaciones de conflicto armado y situaciones posteriores a un conflicto y sobre modos de informar al respecto, aprovechando la
pericia del sistema de las Naciones Unidas y las contribuciones de gobiernos,
organizaciones regionales, organizaciones no gubernamentales a título consultivo y
diversos integrantes de la sociedad civil, con objeto de proporcionar información
oportuna, objetiva, precisa y fidedigna sobre las deficiencias en la respuesta de las
entidades de las Naciones Unidas, a fin de tenerla en cuenta en la adopción de las
medidas que procedan;
27. Solicita al Secretario General que siga presentando informes anuales al
Consejo sobre la aplicación de la resolución 1820 (2008) y que en su próximo
informe, que deberá presentar a más tardar en septiembre de 2010, sobre la
aplicación de la presente resolución y la resolución 1820 (2008) incluya, entre otras
cosas:
a) Un plan detallado sobre la coordinación y la estrategia de la reunión
oportuna y ética de información;
b) Información actualizada sobre las actividades realizadas por los
coordinadores de las misiones de las Naciones Unidas sobre la cuestión de la violencia
sexual para colaborar estrechamente con el Coordinador Residente/Coordinador de
Asuntos Humanitarios, el equipo de las Naciones Unidas en el país y, según
corresponda, el mencionado Representante Especial y el Equipo de Expertos, a fin
de afrontar la violencia sexual;
c) Información relativa a las partes en conflictos armados sobre las cuales
pesen sospechas fundadas de que han sido responsables de actos sistemáticos de
violación u otras formas de violencia sexual en situaciones sometidas al examen del
Consejo;
28. Decide examinar, teniendo en cuenta el proceso establecido por la
Asamblea General en su resolución 63/311, relativa a una entidad compuesta de las
Naciones Unidas en materia de género, los mandatos del Representante Especial
cuya designación se solicita en el párrafo 4 y el Equipo de Expertos cuyoestablecimiento se solicita en el párrafo 8 en un plazo de dos años, y según
corresponda posteriormente;
29. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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Naciones Unidas S/RES/1889/2009
Consejo de Seguridad Distr. general
5 de octubre de 2009
09-54258 (S)
*0954258*
Resolución 1889 (2009)Aprobada por el Consejo de Segur idad en su 6196ª sesión,celebr ada el 5 de octubr e de 2009
El Consejo de Seguridad ,
Reafirmando su empeño en que se sigan aplicando cabalmente, de manera que
se refuercen mutuamente, sus resoluciones 1325 (2000), 1612 (2005), 1674 (2006),
1820 (2008), 1882 (2009), 1888 (2009) y todas las declaraciones pertinentes de su
Presidencia,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y
teniendo presente que, en virtud de la Carta, incumbe al Consejo de Seguridad la
responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales,
Recordando el compromiso expresado en el Documento Final de la Cumbre
Mundial 2005 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (A/RES/60/1) deeliminar todas las formas de violencia contra la mujer y la niña, las obligaciones de
los Estados partes en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer y su Protocolo Facultativo, la Convención sobre los
Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos, recordando también los
compromisos enunciados en la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing,
así como los contenidos en el documento final del vigésimo tercer período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulado
“La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el
siglo XXI” (A/S-23/10/Rev.1), en particular los relativos a la mujer y los conflictos
armados,
Habiendo examinado el informe del Secretario General (S/2009/465) de 16 de
septiembre de 2009 y destacando que la presente resolución no tiene por objeto
determinar en derecho si las situaciones a que se hace referencia en ese informe son
o no conflictos armados en el contexto de los Convenios de Ginebra y sus
Protocolos Adicionales, ni prejuzga la condición jurídica de las partes no estatalesinvolucradas en esas situaciones,
Acogiendo con beneplácito las actividades de los Estados Miembros
encaminadas a aplicar su resolución 1325 (2000) en el plano nacional, como la
elaboración de planes de acción nacionales, y alentando a los Estados Miembros a
que continúen esas actividades,
Apéndice F: Resolución 1889 (2009) del Consejo de Seguridad
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S/RES/1889/2009
309-54258
y su participación plena en el proceso de paz, en particular en las etapas iniciales de
la consolidación de la paz después de los conflictos, pueden contribuir
significativamente al mantenimiento y la promoción de la paz y la seguridad
internacionales,
Acogiendo con beneplácito la iniciativa de las Naciones Unidas de crear un
sistema similar al empleado por primera vez por el Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo con el fin de permitir a los responsables de la adopción de
decisiones realizar el seguimiento de los recursos asignados a las cuestiones
relacionadas con el género en los fondos fiduciarios de donantes múltiples del
Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por nombrar a
más mujeres para que ocupen puestos de categoría superior en las Naciones Unidas,en particular en las misiones sobre el terreno, como una medida tangible para
lograr que las Naciones Unidas asuman el liderazgo en la aplicación de su
resolución 1325 (2000),
Acogiendo con beneplácito el próximo establecimiento de un comité directivo
de las Naciones Unidas para dar más visibilidad a la conmemoración del décimo
aniversario de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y reforzar la
coordinación de los preparativos en el sistema de las Naciones Unidas,
Alentando a los actores pertinentes a que durante el período 2009-2010
organicen actividades en los planos nacional, regional y mundial para crear
conciencia sobre la resolución 1325 (2000), entre ellas actos ministeriales, a fin de
renovar los compromisos contraídos en relación con “la mujer y la paz y la
seguridad”, y determinar formas de superar las dificultades que persisten y hacer
frente a los nuevos desafíos en la aplicación de la resolución 1325 (2000) en el
futuro,
1. Insta a los Estados Miembros y las organizaciones regionales e
internacionales a que sigan adoptando medidas para mejorar la participación de la
mujer en todas las etapas de los procesos de paz, en particular en la solución de
conflictos, la planificación posterior a los conflictos y la consolidación de la paz,
incluso procurando que participen más en la adopción de decisiones políticas y
económicas en las etapas iniciales de los procesos de recuperación por medios como
la promoción del liderazgo de las mujeres y su capacidad para intervenir en la
gestión y la planificación de la asistencia, el apoyo a las organizaciones de mujeres
y la lucha contra las actitudes sociales negativas sobre la capacidad de la mujer para
participar en pie de igualdad;
2. Reitera su llamamiento a todas las partes en los conflictos armados para
que respeten plenamente el derecho internacional aplicable a los derechos y la
protección de las mujeres y las niñas;
3. Condena enérgicamente todas las violaciones del derecho internacionalaplicable cometidas contra las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto
armado y posteriores a ellos, exige a todas las partes en los conflictos que dejen de
cometer tales actos inmediatamente, y pone de relieve la responsabilidad que
incumbe a todos los Estados de poner fin a la impunidad y de enjuiciar a los
culpables de todo tipo de actos de violencia cometidos contra las mujeres y las niñas
en situaciones de conflicto armado, incluidas las violaciones y otros actos de
violencia sexual;
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09-542584
4. Exhorta al Secretario General a que elabore una estrategia para aumentar,
incluso mediante una formación apropiada, el número de mujeres que son
nombradas para interponer buenos oficios en su nombre, en particular como
representantes especiales y enviadas especiales, y a que adopte medidas para
aumentar la participación de la mujer en las misiones políticas, de consolidación de
la paz y de mantenimiento de la paz que llevan a cabo las Naciones Unidas;
5. Solicita al Secretario General que asegure que en todos los informes que
presenten los países al Consejo de Seguridad figure información sobre las
repercusiones de las situaciones de conflicto armado para las mujeres y las niñas,
sus necesidades especiales en las situaciones posteriores a conflictos y los
obstáculos que se oponen a la satisfacción de esas necesidades;
6. Solicita al Secretario General que asegure que los órganos competentesde las Naciones Unidas, en colaboración con los Estados Miembros y la sociedad
civil, reúnan datos sobre las necesidades particulares de las mujeres y las niñas en
las situaciones de conflicto y posteriores a éstos y que analicen y evalúen
sistemáticamente dichos datos, incluida la información sobre sus necesidades en
materia de seguridad física y de participación en los procesos de adopción de
decisiones y de planificación de la etapa posterior a los conflictos, a fin de mejorar
la respuesta a esas necesidades a nivel de todo el sistema;
7. Expresa su intención de incluir en los mandatos de las misiones de las
Naciones Unidas que establezca o renueve disposiciones sobre la promoción de la
igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer en las situaciones
posteriores a confl ictos, y solicita al Secretario General que siga nombrando,
cuando corresponda, asesores sobre cuestiones de género y asesores para la
protección de la mujer en las misiones de las Naciones Unidas, y pide a estos que,
en cooperación con los equipos de las Naciones Unidas en los países, presten
asistencia técnica y ayuden a mejorar la coordinación para atender las necesidades
de recuperación de las mujeres y las niñas después de los conflictos;
8. Insta a los Estados Miembros a que aseguren la incorporación de la
perspectiva de género en todos los sectores y los procesos de consolidación de la
paz y recuperación después de los confl ictos;
9. Insta a los Estados Miembros, los órganos de las Naciones Unidas, los
donantes y la sociedad civil a que aseguren que el empoderamiento de la mujer sea
tenido en cuenta en las evaluaciones de las necesidades y la planificación después
de los conflictos y en los consiguientes desembolsos de fondos y actividades
programáticas, incluso realizando anális is transparentes y el seguimiento de los
fondos asignados para atender las necesidades de las mujeres en la etapa posterior a
los conflictos;
10. Alienta a los Estados Miembros que se encuentran en situaciones
posteriores a confl ictos a que, en consulta con la sociedad civil , incluidas lasorganizaciones de mujeres, definan de manera pormenorizada las necesidades y
prior idades relativas a las mujeres y las niñas y formulen estrategias concretas, de
conformidad con sus respectivos sistemas jurídicos, para atender esas necesidades y
prior idades , que abarcan, entre otras cosas, la prestación de apoyo para que las
mujeres y las niñas tengan mayor seguridad física y mejores condiciones
socioeconómicas, mediante la educación, actividades generadoras de ingresos,
acceso a los servicios básicos, en particular los de salud, incluida la salud sexual y
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S/RES/1889/2009
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4. Exhorta al Secretario General a que elabore una estrategia para aumentar,
incluso mediante una formación apropiada, el número de mujeres que son
nombradas para interponer buenos oficios en su nombre, en particular como
representantes especiales y enviadas especiales, y a que adopte medidas para
aumentar la participación de la mujer en las misiones políticas, de consolidación de
la paz y de mantenimiento de la paz que llevan a cabo las Naciones Unidas;
5. Solicita al Secretario General que asegure que en todos los informes que
presenten los países al Consejo de Seguridad figure información sobre las
repercusiones de las situaciones de conflicto armado para las mujeres y las niñas,
sus necesidades especiales en las situaciones posteriores a conflictos y los
obstáculos que se oponen a la satisfacción de esas necesidades;
6. Solicita al Secretario General que asegure que los órganos competentes
de las Naciones Unidas, en colaboración con los Estados Miembros y la sociedad
civil, reúnan datos sobre las necesidades particulares de las mujeres y las niñas en
las situaciones de conflicto y posteriores a éstos y que analicen y evalúen
sistemáticamente dichos datos, incluida la información sobre sus necesidades en
materia de seguridad física y de participación en los procesos de adopción de
decisiones y de planificación de la etapa posterior a los conflictos, a fin de mejorar
la respuesta a esas necesidades a nivel de todo el sistema;
7. Expresa su intención de incluir en los mandatos de las misiones de las
Naciones Unidas que establezca o renueve disposiciones sobre la promoción de la
igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer en las situaciones
posteriores a confl ictos, y solicita al Secretario General que siga nombrando,
cuando corresponda, asesores sobre cuestiones de género y asesores para la
protección de la mujer en las misiones de las Naciones Unidas, y pide a estos que,
en cooperación con los equipos de las Naciones Unidas en los países, presten
asistencia técnica y ayuden a mejorar la coordinación para atender las necesidadesde recuperación de las mujeres y las niñas después de los conflictos;
8. Insta a los Estados Miembros a que aseguren la incorporación de la
perspectiva de género en todos los sectores y los procesos de consolidación de la
paz y recuperación después de los conflictos;
9. Insta a los Estados Miembros, los órganos de las Naciones Unidas, los
donantes y la sociedad civil a que aseguren que el empoderamiento de la mujer sea
tenido en cuenta en las evaluaciones de las necesidades y la planificación después
de los conflictos y en los consiguientes desembolsos de fondos y actividades
programáticas, incluso realizando análisis transparentes y el seguimiento de los
fondos asignados para atender las necesidades de las mujeres en la etapa posterior a
los conflictos;
10. Alienta a los Estados Miembros que se encuentran en situaciones
posteriores a confl ictos a que, en consulta con la sociedad civil , incluidas las
organizaciones de mujeres, definan de manera pormenorizada las necesidades y
prior idades relativas a las mujeres y las niñas y formulen estrategias concretas, de
conformidad con sus respectivos sistemas jurídicos, para atender esas necesidades y
prior idades , que abarcan, entre otras cosas, la prestación de apoyo para que las
mujeres y las niñas tengan mayor seguridad física y mejores condiciones
socioeconómicas, mediante la educación, actividades generadoras de ingresos,
acceso a los servicios básicos, en particular los de salud, incluida la salud sexual y
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Apéndice G: Resolución 1960 (2010) del Consejo de Seguridad
Naciones Unidas S/RES/1960 (2010)
Consejo de Seguridad Distr. general
16 de diciembre de 2010
10-69837 (S)
*1069837*
Resolución 1960 (2010)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6453ª sesión,celebrada el 16 de diciembre de 2010
El Consejo de Seguridad ,
Reafirmando su firme determinación de lograr que se sigan aplicando
plenamente, de manera que se refuercen mutuamente, sus resoluciones 1325 (2000),
1612 (2005), 1674 (2006), 1820 (2008), 1882 (2009), 1888 (2009), 1889 (2009) y
1894 (2009), así como todas las declaraciones pertinentes de su Presidencia,
Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General de 24 de
noviembre de 2010 (S/2010/604), pero siempre profundamente preocupado por la
lentitud de los progresos alcanzados en lo referente a la cuestión de la violencia
sexual en las situaciones de conflicto armado, en particular contra las mujeres y los
niños, y observando que, conforme a lo documentado en el informe del SecretarioGeneral, la violencia sexual ocurre en conflictos armados en todo el mundo,
Reiterando su profunda preocupación por el hecho de que, a pesar de su
repetida condena de la violencia contra las mujeres y los niños en las situaciones de
conflicto armado, incluida la violencia sexual en esas situaciones, y no obstante los
llamamientos que ha dirigido a todas las partes en los conflictos armados para que
pongan fin a esos actos con efecto inmediato, tales actos sigan ocurriendo y, en
algunos casos, lleguen a ser sistemáticos y generalizados, y alcancen increíbles
niveles de brutalidad,
Reiterando la necesidad de que todos los Estados y las partes no estatales en
los conflictos cumplan plenamente las obligaciones que recaen en ellos en virtud del
derecho internacional aplicable, incluida la prohibición de todas las formas de
violencia sexual,
Reiterando la necesidad de que los dirigentes civiles y militares, en
observancia del principio de responsabilidad de mando, demuestren un compromisoy una voluntad política de prevenir la violencia sexual y de combatir la impunidad e
imponer la rendición de cuentas, y que la inacción puede transmitir el mensaje de
que la violencia sexual en los conflictos es tolerable,
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1 6 6 | O N U M U J E R E S
S/RES/1960 (2010)
10-698372
Recordando la responsabilidad que incumbe a los Estados de poner fin a la
impunidad y procesar a los responsables de genocidio, crímenes de lesa humanidad,
crímenes de guerra y otros crímenes atroces perpetrados contra civiles y, a este
respecto, observando con preocupación que solo un pequeño número de
responsables de actos de violencia sexual han comparecido ante la justicia, pero
reconociendo al mismo tiempo que en las situaciones de conflicto y posteriores a los
conflictos es posible que los sistemas de justicia nacionales se encuentren
considerablemente debilitados,
Acogiendo con beneplácito los progresos alcanzados para que inicie sus
actividades el equipo de expertos que ha de asistir a las autoridades nacionales a
fortalecer el estado de derecho de conformidad con la resolución 1888 (2009) del
Consejo; reafirmando la importancia de desplegar rápidamente al equipo a las
situaciones que causen particular preocupación con respecto a la violencia sexual enlos conflictos armados a fin de que colabore con la presencia de las Naciones
Unidas sobre el terreno, previo consentimiento del Gobierno receptor y, a este
respecto, apreciando las contribuciones voluntarias aportadas en apoyo de la labor
del equipo,
Consciente de que los Estados tienen la responsabilidad primordial de respetar
y garantizar los derechos humanos de todas las personas que se encuentren en su
territorio y estén sujetas a su jurisdicción, conforme a lo previsto en el derecho
internacional,
Reafirmando que las partes en los conflictos armados tienen la responsabilidad
primordial de adoptar todas las medidas posibles para asegurar la protección de los
civiles,
Recordando que el derecho internacional humanitario brinda a las mujeres y a
los niños una protección general como parte de la población civil durante los
conflictos armados y una protección especial habida cuenta de que pueden estar
expuestos a riesgos específicos,
Reafirmando que es imprescindible poner fin a la impunidad para que una
sociedad en conflicto o que se está recuperando de un conflicto pueda enfrentar la
realidad de los abusos cometidos en el pasado contra los civiles afectados por el
conflicto armado y evitar esos abusos en el futuro, destacando la amplia gama de
mecanismos de justicia y de reconciliación que pueden considerarse, incluidos los
tribunales penales nacionales, internacionales y “mixtos”, así como las comisiones
de la verdad y la reconciliación, y observando que esos mecanismos pueden
promover no solo la rendición de cuentas individual respecto de crímenes graves,
sino también la paz, la verdad, la reconciliación y los derechos de las víctimas,
Recordando la inclusión de una serie de delitos de violencia sexual en el
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los estatutos de los tribunales
penales internacionales especiales,
Reafirmando la importancia de que los Estados, con el apoyo de la comunidad
internacional, aumenten el acceso a servicios de salud, asesoramiento psicosocial,
asistencia letrada y servicios de reintegración socioeconómica de las víctimas de la
violencia sexual, en particular en las zonas rurales, y teniendo en cuenta las
necesidades específicas de las personas con discapacidad,
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Acogiendo con beneplácito las propuestas, conclusiones y recomendaciones
que figuran en el informe del Comité Especial de Operaciones de Mantenimiento de
la Paz (A/64/19) sobre la necesidad de contar con una capacidad suficiente y con
directrices claras y apropiadas para que las misiones de mantenimiento de la paz
puedan cumplir todas las tareas que se l es han encomendado, entre ellas prevenir la
violencia sexual y responder a ella; subrayando la importancia de lograr que los
oficiales superiores de las misiones garanticen la protección de los civiles, incluso
mediante actividades de prevención y respuesta en los casos de violencia sexual en
los conflictos armados de manera que todos los componentes de las misiones y
todos los niveles de la cadena de mando estén debidamente informados del mandato
de la misión y las responsabilidades pertinentes que les incumben e intervengan en
su cumplimiento; acogiendo con beneplácito los progresos logrados por el
Secretario General en la elaboración de instrumentos operacionales para la puesta en
práctica de los mandatos relativos a la protección de civiles; y alentando a los paísesque aportan tropas y fuerzas de policía a que aprovechen cabalmente ese importante
material e informen de su utilización,
Reconociendo los esfuerzos del Secretario General por hacer frente a la
insuficiente representación de la mujer en los procesos de paz oficiales, la falta de
mediadores y supervisores de la cesación del fuego debidamente capacitados para
afrontar casos de violencia sexual, y la falta de mujeres entre los principales
responsables de la mediación en las conversaciones de paz patrocinadas por las
Naciones Unidas, y alentando a que se adopten más medidas en ese sent ido,
Acogiendo con beneplácito que en las misiones de mantenimiento de la paz se
asignen a mujeres funciones civiles, militares y de policía, y reconociendo que su
presencia tal vez aliente a las mujeres de las comunidades locales a denunciar los
actos de violencia sexual,
Habiendo examinado el informe del Secretario General de 24 de noviembre de
2010 (S/2010/604) y destacando que la presente resolución no tiene por objeto
determinar en derecho si las situaciones a que se hace referencia en ese informe son
o no conflictos armados en el contexto de los Convenios de Ginebra y sus
Protocolos Adicionales, ni prejuzga la condición jurídica de las partes no estatales
involucradas en esas situaciones,
1. Reafirma que la violencia sexual, cuando se utiliza o se hace utilizar
como táctica de guerra o como parte de un ataque generalizado o sistemático contra
la población civil, puede prolongar y agudizar significativamente las situaciones de
conflicto armado y constituir en algunos casos un impedimento para el
restablecimiento de la paz y la seguridad internacionales, afirma, a este respecto,
que la adopción de medidas eficaces para prevenir los actos de violencia sexual y
responder a ellos puede contribuir considerablemente al mantenimiento de la paz y
la seguridad internacionales, y manifiesta que está dispuesto a adoptar, cuando
considere situaciones sometidas a su examen, según sea necesario, medidas
apropiadas para hacer frente a la violencia sexual generalizada o sistemática ensituaciones de conflicto armado;
2. Reitera su exigencia de que todas las partes en conflictos armados
pongan fin por completo con efecto inmediato a todos los actos de violencia sexual;
3. Alienta al Secretario General a incluir en los informes anuales que
presente en cumplimiento de las resoluciones 1820 (2008) y 1888 (2009)
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información detallada relativa a las partes en conflictos armados sobre las cuales
pesen sospechas fundadas de que han cometido o han sido responsables de actos de
violación y otras formas de violencia sexual y a incluir, en los anexos de esos
informes anuales, una lista de las partes en conflictos armados sobre las cuales
pesen sospechas fundadas de que han cometido o han sido responsables de actos
sistemáticos de violación y otras formas de violencia sexual en situaciones
sometidas al examen del Consejo, y expresa su intención de utilizar esa lista como
base para una interacción más precisa de las Naciones Unidas con esas partes,
incluidas, según proceda, medidas que se ajusten a los procedimientos de los
comités de sanciones competentes;
4. Solicita al Secretario General que, de conformidad con la presente
resolución y teniendo en cuenta su especificidad, aplique, a los efectos de la
inclusión de partes en las listas contenidas en sus informes anuales sobre laviolencia sexual en los conflictos armados, y su supresión de ellas, criterios
conformes con lo especificado en los párrafos 175, 176, 178 y 180 de su informe
A/64/742-S/2010/181;
5. Exhorta a las partes en conflictos armados a que asuman y cumplan
compromisos concretos con plazos definidos para combatir la violencia sexual, entre
los que figuren el de impartir órdenes inequívocas a través de las líneas de mando
que prohíban la violencia sexual y el de prohibir la violencia sexual en los códigos
de conducta, manuales de operaciones militares o reglamentos equivalentes, y
exhorta también a las partes a que asuman y cumplan compromisos concretos con
respecto a la investigación oportuna de los presuntos abusos con el fin de exigir
cuentas de sus actos a los responsables;
6. Solicita al Secretario General que siga de cerca y vigile el cumplimiento
de estos compromisos por las partes en conflictos armados sometidos al examen del
Consejo de Seguridad que perpetren actos sistemáticos de violación y otras formasde violencia sexual, y que le presente información actualizada en los informes y las
exposiciones informativas pertinentes;
7. Reitera su intención de considerar, al adoptar o prorrogar sanciones
selectivas en situaciones de conflicto armado, la posibilidad de incluir, según
corresponda, criterios de designación relativos a actos de violación y otras formas
de violencia sexual, y exhorta a todo el personal de las misiones de mantenimiento
de la paz y demás misiones y entidades de las Naciones Unidas que correspondan,
en particular el Grupo de Trabajo sobre los niños y los conflictos armados, el
Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los
conflictos armados y el Representante Especial del Secretario General sobre la
violencia sexual en los conflictos, a compartir toda la información pertinente sobre
la violencia sexual con los comités de sanciones competentes, incluso por conducto
de los grupos de vigilancia y los grupos de expertos de los comités de sanciones del
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que correspondan;
8. Solicita al Secretario General que establezca disposiciones de vigilancia,
análisis y presentación de informes sobre la violencia sexual relacionada con los
conflictos, incluidas las violaciones en situaciones de conflicto armado y después de
los conflictos y otras situaciones pertinentes para la aplicación de la resolución 1888
(2009), según corresponda, y que, teniendo en cuenta las características específicas
de cada país, asegure un enfoque coherente y coordinado sobre el terreno, y alienta
al Secretario General a que trabaje con las entidades de las Naciones Unidas, las
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instituciones nacionales, las organizaciones de la sociedad civil, los proveedores de
servicios de atención de la salud y los grupos de mujeres para mejorar la reunión de
datos y el análisis de incidentes, tendencias y casos sistemáticos relacionados con
las violaciones y otras formas de violencia sexual a fin de asistir al Consejo en su
consideración de medidas apropiadas, incluidas medidas selectivas y graduales,
respetando plenamente al mismo tiempo la integridad y la especificidad del
mecanismo de vigilancia y presentación de informes aplicado en virtud de las
resoluciones del Consejo de Seguridad 1612 (2005) y 1882 (2009), relativas a los
niños y los conflictos armados;
9. Solicita también al Secretario General que continúe asegurando la plena
transparencia, cooperación y coordinación de la labor de su Representante Especial
para la cuestión de los niños y los conflictos armados y su Representante Especial
sobre la violencia sexual en los conflictos;
10. Acoge con beneplácito la labor de los asesores en cuestiones de género;
aguarda con interés la designación de más asesores para la protección de la mujer en
las misiones de mantenimiento de la paz, de conformidad con lo dispuesto en la
resolución 1888 (2009); y hace notar la contribución que estos pueden hacer en el
marco de las disposiciones de vigilancia, análisis y presentación de informes que se
han de establecer en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 8 de la presente
resolución;
11. Acoge con beneplácito también la elaboración por parte del Secretario
General de material de capacitación sobre la lucha contra la violencia sexual
basados en la presentación de distintas situaciones hipotéticas destinados al personal
de mantenimiento de la paz, y alienta a los Estados Miembros a utilizar ese material
como referencia para la preparación y el despliegue de las operaciones de
mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas;
12. Subraya que, a fin de cumplir su mandato, las misiones deben manteneruna comunicación eficaz con las comunidades locales, y alienta al Secretario
General a que mejore la capacidad de las misiones en ese sentido;
13. Expresa su intención de otorgar la debida consideración a la violencia
sexual en las autorizaciones y renovaciones de mandatos y solicita al Secretario
General que incluya, en su caso, a expertos en cuestiones de género en las misiones
de evaluación técnica;
14. Alienta a las entidades que integran la Campaña de las Naciones Unidas
contra la Violencia Sexual en los Conflictos, así como a otras partes competentes de
las Naciones Unidas, a seguir apoyando la labor del Representante Especial del
Secretario General sobre la violencia sexual en los conflictos y a intensificar la
cooperación y el intercambio de información entre todas las partes interesadas para
reforzar la coordinación y evitar la superposición de tareas en la Sede y en los
países y mejorar la respuesta a nivel de todo el sistema;
15. Alienta también a los Estados Miembros a desplegar un mayor número de personal mili tar y de policía femenino en las operaciones de las Naciones Unidas
para el mantenimiento de la paz y a capacitar adecuadamente a todo su personal
militar y de policía en materia de violencia sexual y basada en el género, entre otras
cosas, para cumplir sus funciones;
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1 7 0 | O N U M U J E R E S
. o c a a ecre ar o enera que pros ga e n ens que os es uerzos
para aplicar la política de tolerancia cero en materia de explotación y abusos
sexuales por parte del personal de mantenimiento de la paz y asistencia humanitariade las Naciones Unidas, y que siga proporcionando y ofreciendo orientación sobre
cómo afrontar la violencia sexual para la capacitación previa al despliegue y la
formación inicial del personal militar y de policía y ayudando a las misiones a
elaborar procedimientos para situaciones concretas destinados a hacer frente a la
violencia sexual sobre el terreno, y que se asegure de que se proporcione asistencia
técnica a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a fin de que se
incluya, en la capacitación previa al despliegue y la formación inicial, orientación
para el personal militar y de policía sobre formas de afrontar la violencia sexual;
17. Invit a al Representante Especial sobre la violencia sexual en los
conflictos a que siga presentando exposiciones orales sobre la violencia sexual, de
conformidad con la resolución 1888 (2009);
18. Solicita al Secretario General que siga presentando informes anuales al
Consejo sobre la aplicación de las resoluciones 1820 (2008) y 1888 (2009) y que, en
su próximo informe, que deberá presentar a más tardar en diciembre de 2011, sobre
la aplicación de las resoluciones 1820 (2008) y 1888 (2009) y la presente
resolución, incluya, entre otras cosas:
a) Un plan detallado sobre la coordinación y la estrategia para la reunión
oportuna y ética de información;
b) Información sobre los progresos realizados en la aplicación de las
disposiciones de vigilancia, análisis y presentación de informes mencionadas en el
párrafo 8;
c) Información detallada relativa a las partes en conflictos armados sobre
las que pesen sospechas fundadas de que han cometido o han sido responsables de
actos de violación y otras formas de violencia sexual y un anexo que contenga una
lista de las partes en conflictos armados sobre las cuales pesen sospechas fundadas
de que han cometido o han sido responsables de actos sistemáticos de violación y
otras formas de violencia sexual en situaciones sometidas al examen del Consejo de
Seguridad;
d) Información actualizada sobre las actividades realizadas por los
coordinadores de las misiones de las Naciones Unidas sobre la cuestión de la
violencia sexual para colaborar estrechamente con el Coordinador
Residente/Coordinador de Asuntos Humanitarios, el equipo de las Naciones Unidas
en el país y, según corresponda, el Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados y el Representante Especial
del Secretario General sobre la violencia sexual en los conflictos y el Equipo de
Expertos, a fin de afrontar la violencia sexual;
19. Decid e seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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Naciones Unidas S/RES/2106 (2013)
Consejo de Seguridad Distr. general
24 de junio de 2013
13-37218 (S)
*1337218*
Resolución 2106 (2013)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6984a sesión,
celebrada el 24 de junio de 2013
El Consejo de Seguridad ,
Reafirmando su empeño en que se sigan aplicando sus resoluciones 1265
(1999), 1296 (2000), 1325 (2000), 1612 (2005), 1674 (2006), 1738 (2006), 1820
(2008), 1882 (2009), 1888 (2009), 1889 (2009), 1894 (2009), 1960 (2010), 1998
(2011) y 2068 (2012), y todas las declaraciones pertinentes de su Presidencia, y en
que ello se haga íntegramente y de manera que se refuercen entre sí,
Agradeciendo al Secretario General su informe de 12 de marzo de 2013
(S/2013/149) y tomando nota del análisis y las recomendaciones que contiene, pero
profundamente preocupado todavía por la lentitud con que se aplican aspectos
importantes de la resolución 1960 (2010) para prevenir la violencia sexual en las
situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos, y haciendo notar que,
como se documenta en el informe del Secretario General, la violencia sexual ocurre
en las situaciones de ese tipo que se producen en todo el mundo,
Reconociendo la Declaración sobre la Prevención de la Violencia Sexual en los
Conflictos aprobada por los ministros de relaciones exteriores del G-8 en Londres el
11 de abril de 2013 y los compromisos que contiene al respecto,
Reconociendo que el enjuiciamiento coherente y riguroso de los presuntos
autores de delitos de violencia sexual, así como la titularidad y la responsabilidad
nacionales en la labor destinada a hacer frente a las causas profundas de la violencia
sexual en los conflictos armados, son fundamentales para la disuasión y la
prevención, al igual que poner en tela de juicio los mitos según los cuales la
violencia sexual en los conflictos armados es un fenómeno cultural, una
consecuencia inevitable de la guerra o un delito menor,
Afirmando que el empoderamiento político, social y económico de las mujeres,
la igualdad entre los géneros y la participación de los hombres y los niños en las
actividades destinadas a combatir todas las formas de violencia contra las mujeres
son fundamentales para la labor a largo plazo de prevención de la violencia sexual
en las situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos; poniendo de
relieve la importancia que reviste la plena aplicación de la resolución 1325 (2000),
observando al mismo tiempo que se está trabajando en un conjunto de indicadores
relativos a la aplicación de la resolución 1325 (2000) y las resoluciones posteriores
Apéndice H: Resolución 2106 (2013) del Consejo de Seguridad
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S/RES/2106 (2013)
13-372182
sobre las mujeres y la paz y la seguridad, y reconociendo las actividades de ONU-Mujeres en este ámbito,
Observando con preocupación que la violencia sexual en las situaciones de
conflicto armado y posteriores a conflictos afecta en forma desproporcionada a las
mujeres y las niñas, así como a los grupos que son particularmente vulnerables o
que se toman específicamente como blanco, al tiempo que afecta también a los
hombres y los niños y a las personas traumatizadas indirectamente al ser testigos
forzados de actos de violencia sexual contra familiares; y poniendo de relieve que
los actos de violencia sexual en esas situaciones no solo dificultan gravemente las
fundamentales contribuciones de las mujeres a la sociedad, sino que también
obstaculizan la paz y la seguridad duraderas y el desarrollo sostenible,
Reconociendo que los Estados tienen la responsabilidad primordial de respetar
y garantizar los derechos humanos de todas las personas que se encuentren en su
territorio y estén sujetas a su jurisdicción, como se establece en el derechointernacional; y reafirmando que las partes en los conflictos armados tienen la
responsabilidad primordial de asegurar la protección de los civiles,
Reafirmando su respeto por la soberanía, la integridad territorial y la
independencia política de todos los Estados de conformidad con la Carta,
Recordando que en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y los
estatutos de los tribunales penales internacionales especiales se incluyeron diversos
delitos de violencia sexual,
Observando la disposición que figura en el Tratado sobre el Comercio de
Armas en el sentido de que los Estados partes exportadores deberán tener en cuenta
el riesgo de que las armas convencionales o elementos comprendidos por el Tratado
se utilicen para cometer o facilitar actos graves de violencia basada en el género o
actos graves de violencia contra mujeres y niños,
Recordando que el derecho internacional humanitario prohíbe la violación y
demás formas de violencia sexual,
Recordando la política de diligencia debida en materia de derechos humanos
en el contexto del apoyo de las Naciones Unidas a fuerzas de seguridad ajenas a la
Organización como instrumento para reforzar el cumplimiento del derecho
internacional humanitario, el derecho de los derechos humanos y el derecho de los
refugiados, incluso para hacer frente a la violencia sexual en las situaciones de
conflicto y posteriores a conflictos,
Habiendo examinado el informe del Secretario General y destacando que la
presente resolución no tiene por objeto determinar en derecho si las situaciones a
que se hace referencia en ese informe son o no conflictos armados en el contexto de
los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, ni prejuzga la condición
jurídica de las partes no estatales involucradas en esas situaciones,
1. Afirma que la violencia sexual, cuando se utiliza o se hace utilizar como
método o táctica bélicos o como parte de un ataque generalizado o sistemático
contra la población civil, puede agudizar y prolongar significativamente las
situaciones de conflicto armado y constituir un impedimento para el
restablecimiento de la paz y la seguridad internacionales; pone de relieve, a este
respecto, que la adopción de medidas eficaces para prevenir tales actos y responder
a ellos contribuye considerablemente al mantenimiento de la paz y la seguridad
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S/RES/2106 (2013)
313-37218
internacionales; y destaca que la participación de las mujeres es esencial en todarespuesta de prevención y protección;
2. Hace notar que la violencia sexual puede constituir un crimen de lesa
humanidad o un acto constitutivo con respecto al genocidio; además recuerda que la
violación y demás formas de violencia sexual grave en los conflictos armados son
crímenes de guerra; exhorta a los Estados Miembros a que cumplan sus obligaciones
pertinentes de seguir luchando contra la impunidad investigando y enjuiciando a
quienes estén sujetos a su jurisdicción y sean responsables de tales delitos; alienta a
los Estados Miembros a que incluyan toda la gama de delitos de violencia sexual en
la legislación penal nacional a fin de posibilitar el enjuiciamiento de los presuntos
autores de esos actos; reconoce que la investigación y la documentación eficaces de
la violencia sexual en los conflictos armados son fundamentales tanto para someter
a juicio a los autores como para garantizar el acceso de los supervivientes a la
justicia;
3. Hace notar que la lucha contra la impunidad por los delitos más graves
de trascendencia internacional cometidos contra mujeres y niñas se ha fortalecido
gracias a la labor de la Corte Penal Internacional, los tribunales especiales y mixtos,
y las salas especializadas de los tribunales nacionales; y reitera su intención de
seguir luchando contra la impunidad y fomentando la rendición de cuentas
enérgicamente con los medios apropiados;
4. Señala la importancia de que en las situaciones de conflicto armado y
posteriores a conflictos se adopte un enfoque amplio de la justicia de transición que
abarque toda la gama de medidas judiciales y no judiciales, según proceda;
5. Reconoce la necesidad de que en su propia labor se sistematice más la
vigilancia de la violencia sexual en las situaciones de conflicto armado y posteriores
a conflictos y de otros compromisos relativos a las mujeres y la paz y la seguridad, y
la atención que se les presta, y, a este respecto, expresa su intención de emplear,según proceda, todos los medios a su disposición para asegurar la participación de
las mujeres en todos los aspectos de la mediación, la recuperación y la
consolidación de la paz después de los conflictos, y para hacer frente a la violencia
sexual en los conflictos, incluidos, entre otros, el establecimiento y el examen de los
mandatos de mantenimiento de la paz y políticos, las declaraciones públicas, las
visitas a los países, las misiones de determinación de los hechos, las comisiones
internacionales de investigación, las consultas con los órganos regionales y la labor
de los comités de sanciones competentes del Consejo de Seguridad;
6. Reconoce la necesidad de que haya información más oportuna, objetiva,
precisa y f idedigna, que sirva de base para la prevención y la respuesta, y solici ta al
Secretario General y a las entidades competentes de las Naciones Unidas que
aceleren el establecimiento y la aplicación de disposiciones de vigilancia, análisis y
presentación de informes respecto de la violencia sexual relacionada con losconflictos, incluidas las violaciones en situaciones de conflicto armado y posteriores
a conflictos y otras situaciones pertinentes para la aplicación de la resolución 1888
(2009), según proceda, que tengan en cuenta las características específicas de cada
país;
7. Pide que se siga destinando a asesores de protección de la mujer a las
misiones, de conformidad con la resolución 1888 (2009), para facilitar la aplicación
de las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas a las mujeres y la paz y la
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13-372184
seguridad, exhorta al Secretario General a que asegure que la necesidad de asesores
de protección de la mujer, su número y sus funciones se evalúen sistemáticamente
en la planificación y el examen de cada misión de las Naciones Unidas para el
mantenimiento de la paz y política, y asegure que estos expertos estén
suficientemente capacitados y se desplieguen oportunamente; reconoce el papel de
la Campaña de las Naciones Unidas contra la Violencia Sexual en los Conflictos en
la facilitación de respuestas coordinadas de los agentes competentes de
mantenimiento de la paz, humanitarios, de derechos humanos, políticos y de
seguridad; y pone de relieve la necesidad de mejorar la coordinación, el intercambio
de información, el análisis, la planificación de la respuesta y la aplicación en esos
sectores;
8. Reconoce el papel bien diferenciado que desempeñan los asesores en
cuestiones de género para asegurar que todos los elementos de las misiones
incorporen las perspectivas de género en las políticas, la planificación y laaplicación; exhorta al Secretario General a que siga destinando a asesores en
cuestiones de género a las misiones de las Naciones Unidas para el mantenimiento
de la paz y políticas, así como a las operaciones humanitarias, y a que asegure que
todo el personal de mantenimiento de la paz y civil pertinente tenga una
capacitación amplia en cuestiones de género;
9. Reconoce el esfuerzo que realizan las entidades de las Naciones Unidas
para asegurar que las comisiones de investigación pertenecientes a las Naciones
Unidas que examinan situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos
posean , cuando sea necesario, conocimientos especializados sobre los delitos
sexuales y basados en el género a fin de documentar con precisión tales delitos, y
alienta a todos los Estados Miembros a que presenten apoyo a esa labor;
10. Reitera su exigencia de que todas las partes en conflictos armados
pongan fin completamente y con efecto inmediato a todos los actos de violencia
sexual, y su llamamiento a que esas partes asuman y cumplan compromisos
concretos y con plazos determinados para combatir la violencia sexual, que deben
incluir, entre otras cosas, la impartición de órdenes claras a través de las cadenas de
mando que prohíban la violencia sexual, y la rendición de cuentas por el
incumplimiento de esas órdenes, la prohibición de la violencia sexual en los códigos
de conducta y los manuales de campaña de las fuerzas militares y de policía o su
equivalente, y a que asuman y cumplan compromisos concretos sobre la
investigación oportuna de los presuntos abusos; además exhorta a todas las partes
pertinentes en conflictos armados a que, en el marco de esos compromisos, cooperen
con el personal apropiado de las misiones de las Naciones Unidas que supervisa su
cumplimiento; y exhorta a las partes a que designen, según proceda, un
representante de alto nivel encargado de asegurar el cumplimiento de dichos
compromisos;
11. Pone de relieve la importante función que pueden desempeñar las
mujeres, la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, y los dirigentes
comunitarios, oficiales y no oficiales, para ejercer influencia sobre las partes en los
conflictos armados en lo que respecta a hacer frente a la violencia sexual;
12. Reitera la importancia de que, siempre que sea pertinente, la violencia
sexual en los conflictos armados se incluya en las actividades de mediación y los
acuerdos de cesación del fuego y de paz; solicita al Secretario General, los Estados
Miembros y las organizaciones regionales que, cuando proceda, aseguren que los
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S/RES/2106 (2013)
513-37218
mediadores y los enviados en las situaciones en que se utilice como método o táctica
bélicos, o como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población
civil, traten de las cuestiones relativas a la violencia sexual con las mujeres, la
sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, y los supervivientes de
violencia sexual, entre otros, y asegure que esas preocupaciones se reflejen en
disposiciones concretas de los acuerdos de paz, incluidas las relativas a las medidas
de seguridad y los mecanismos de justicia de transición; insta a que la violencia
sexual se incluya en la definición de los actos prohibidos en los acuerdos de alto el
fuego y en las disposiciones sobre la vigilancia de los alto el fuego; y destaca la
necesidad de que los delitos de violencia sexual queden excluidos de las
disposiciones de amnistía en el contexto de los procesos de solución de conflictos;
13. Insta a los comités de sanciones existentes a que, cuando se cumplan los
criterios pertinentes para la designación y en forma acorde con la resolución 1960
(2010), apliquen sanciones selectivas contra quienes cometan y ordenen actos deviolencia sexual en los conflictos; y reitera su intención, al aprobar o prorrogar
sanciones selectivas en situaciones de conflicto armado, de considerar la posibilidad
de incluir, según proceda, criterios de designación relativos a actos de violación y
demás formas de violencia sexual grave;
14. Reconoce la función de los contingentes de las Naciones Unidas para el
mantenimiento de la paz en la prevención de la violencia sexual, y, a este respecto,
pide que toda la capacitación previa al despliegue y en la misión de los contingentes
de países que aportan contingentes y fuerzas de policía incluya capacitación sobre
violencia sexual y basada en el género, que también tenga en cuenta las necesidades
específicas de los niños; además alienta a los países que aportan contingentes y
fuerzas de policía a que aumenten el número de mujeres reclutadas y desplegadas en
las operaciones de paz;
15. Solicita al Secretario General que prosiga e intensifique los esfuerzos
para aplicar la política de tolerancia cero frente a la explotación y los abusossexuales cometidos por personal de las Naciones Unidas; e insta a los Estados
Miembros pertinentes a que aseguren la plena rendición de cuentas, incluidos los
enjuiciamientos, en los casos de ese tipo de conducta en que estén involucrados sus
nacionales;
16. Solicita al Secretario General y a las entidades competentes de las
Naciones Unidas que ayuden a las autoridades nacionales, con la participación
efectiva de las mujeres, a atender las preocupaciones relativas a la violencia sexual
de manera explícita en:
a) Los procesos de desarme, desmovilización y reintegración, entre otros
medios, estableciendo mecanismos de protección de las mujeres y los niños en los
lugares de acantonamiento, así como de los civiles que se encuentren muy cerca de
lugares de acantonamiento, y en las comunidades de retorno, y ofreciendo apoyo en
materia de traumas y reintegración a las mujeres y los niños anteriormente asociados
con grupos armados, así como a los excombatientes;
b) Los procesos y las disposiciones de reforma del sector de la seguridad,
incluso proporcionando una capacitación adecuada al personal de seguridad,
alentando a que se incluya a más mujeres en el sector de la seguridad y
estableciendo procesos efectivos de investigación de antecedentes a fin de excluir
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S/RES/2106 (2013)
13-372186
del sector de la seguridad a quienes hayan cometido actos de violencia sexual o sean
responsables de actos de ese tipo;
c) Las iniciativas de reforma del sector de la justicia, incluso mediante
reformas legislativas y normativas para hacer frente a la violencia sexual; la
capacitación de los profesionales de los sectores de la justicia y la seguridad en
materia de violencia sexual y basada en el género y la inclusión de más mujeres en
los niveles superiores de esos sectores; y las actuaciones judiciales que tengan en
cuenta las necesidades específicas y la protección de los testigos y los
supervivientes de violencia sexual en las situaciones de conflicto armado y
posteriores a conflictos, así como de sus familiares;
17. Reconoce que las mujeres que han sido secuestradas por la fuerza para
incorporarlas a grupos armados y fuerzas armadas, así como los niños, sonespecialmente vulnerables a la violencia sexual en las situaciones de conflicto
armado o posteriores a conflictos, y, por tanto, exige que las partes en conflictos
armados identifiquen y liberen de sus filas inmediatamente a esas personas;
18. Alienta a los Estados Miembros pertinentes a que utilicen los
conocimientos especializados del equipo de expertos de las Naciones Unidas
establecido en virtud de la resolución 1888 (2009), según proceda, a fin de
fortalecer el estado de derecho y la capacidad de los sistemas de justicia civil y
militar para hacer frente a la violencia sexual en las situaciones de conflicto armado
y posteriores a conflictos como parte de la labor general destinada a fortalecer las
salvaguardias institucionales contra la impunidad;
19. Reconoce la importancia de que se proporcione una asistencia oportuna a
los supervivientes de violencia sexual, insta a las entidades de las Naciones Unidas
y los donantes a que presten servicios no discriminatorios y completos de salud,
incluida la salud sexual y reproductiva, apoyo psicosocial, jurídico y en materia de
medios de subsistencia, y otros servicios multisectoriales a los supervivientes de
violencia sexual, teniendo en cuenta las necesidades específicas de las personas con
discapacidad; pide que se preste apoyo a las instituciones nacionales y las redes
locales de la sociedad civil para aumentar los recursos y fortalecer la capacidad de
prestar los servicios mencionados a los supervivientes de violencia sexual ; alienta a
los Estados Miembros y a los donantes a que apoyen los programas nacionales e
internacionales que prestan asistencia a las víctimas de violencia sexual, como el
Fondo Fiduciario para las Víctimas establecido en virtud del Estatuto de Roma y sus
asociados en la ejecución; y solicita a las entidades competentes de las Naciones
Unidas que aumenten los recursos asignados a la coordinación de la respuesta a la
violencia basada en el género y la prestación de servicios;
20. Hace notar el nexo existente entre la violencia sexual en situaciones de
conflicto armado y posteriores a conflictos y la infección por el VIH, y la
desproporcionada carga que representan el VIH y el SIDA para las mujeres y las
niñas como un obstáculo y un desafío persistente para la igualdad entre los géneros;e insta a las entidades de las Naciones Unidas, los Estados Miembros y los donantes
a que apoyen el desarrollo y fortalecimiento de la capacidad de los sistemas
nacionales de salud y las redes de la sociedad civil para prestar asistencia sostenible
a las mujeres y las niñas que viven con el VIH y el SIDA o están afectadas por ellos
en situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos;
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713-37218
21. Subraya las importantes funciones que pueden desempeñar las
organizaciones, incluidas las de mujeres, y redes de la sociedad civil para mejorar la
protección a nivel comunitario contra la violencia sexual en situaciones de conflicto
armado y posteriores a conflictos y ayudar a los supervivientes a acceder a la
justicia y obtener reparaciones;
22. Solicita que el Secretario General le siga presentando informes anuales
sobre la aplicación de las resoluciones relativas a las mujeres y la paz y la
seguridad, así como la presente resolución, y le haga llegar su próximo informe a
más tardar en marzo de 2014;
23. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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Naciones Unidas S/RES/2122 (2013)
Consejo de Seguridad Distr. general
18 de octubre de 2013
13-52347 (S)
*1352347*
Resolución 2122 (2013)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7044ª sesión,celebrada el 18 de octubre de 2013
El Consejo de Seguridad ,
Reafirmando su empeño en que se sigan aplicando, íntegramente y de manera
que se refuercen entre sí, sus resoluciones 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009),
1889 (2009), 1960 (2010) y 2106 (2013), y todas las declaraciones pertinentes de su
Presidencia,
Recordando los compromisos enunciados en la Declaración y la Plataforma de
Acción de Beijing, reafirmando las obligaciones de los Estados partes en la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer y su Protocolo Facultativo, e instando a los Estados que aún no lo hayan
hecho a que consideren la posibilidad de ratificarlos o de adherirse a ellos,
Teniendo presentes los propósitos y principios de la Carta de las Naciones
Unidas y la responsabilidad primordial que incumbe al Consejo de Seguridad, en
virtud de la Carta, de mantener la paz y la seguridad internacionales, y haciendo
notar , a este respecto, que esta resolución se centra en la ejecución de la agenda
relativa a las mujeres, la paz y la seguridad,
Reafirmando que el empoderamiento de las mujeres y las niñas y la igualdad
entre los géneros son fundamentales para la labor de mantener la paz y la seguridad
internacionales, y poniendo de relieve que las barreras que persisten para que la
resolución 1325 (2000) se aplique íntegramente solo se desmantelarán mediante un
compromiso específico con el empoderamiento, la participación y los derechos
humanos de las mujeres, así como mediante un liderazgo concertado, información y
medidas coherentes, y apoyo para aumentar la intervención de las mujeres en todos
los niveles de la adopción de decisiones,
Tomando nota con aprecio del informe del Secretario General de 4 deseptiembre de 2013 y del progreso y la aparición de buenas prácticas en varios
ámbitos, que incluyen la prevención y la protección, y la significativa
intensificación de la atención operacional y de las políticas a la vigilancia y la
prevención de los actos de violencia contra mujeres en situaciones de conflicto
armado y posteriores a conflictos, y el procesamiento de sus autores, pero
profundamente preocupado todavía por los déficits que persisten en la ejecución de
la agenda relativa a las mujeres, la paz y la seguridad, incluidos los aspectos de la
Apéndice I: Resolución 2122 (2013) del Consejo de Seguridad
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protección frente a los abusos y las vulneraciones de los derechos humanos, las
oportunidades para que las mujeres ejerzan el liderazgo, los recursos aportados para
atender sus necesidades y ayudarlas a ejercer sus derechos, y la capacidad y el
compromiso de todos los agentes que participan en la aplicación de la resolución
1325 (2000) y las resoluciones posteriores para promover la participación y
protección de las mujeres,
Expresando preocupación porque en las situaciones de conflicto armado y
poster iores a confl ictos se exacerba la vulnerabil idad de las mujeres,
particularmente en relación con el desplazamiento forzado, como consecuencia de la
desigualdad en los derechos de ciudadanía, la aplicación sesgada de las leyes de
asilo en función del género y los obstáculos para registrarse y obtener documentos
de identidad que existen en muchas situaciones,
Expresando profunda preocupación por toda la gama de amenazas y
vulneraciones y abusos de los derechos humanos que experimentan las mujeres en
situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos, reconociendo que las
mujeres y las niñas que son particularmente vulnerables o desfavorecidas pueden ser
tomadas específicamente como blanco o estar expuestas a un mayor riesgo de
violencia, y reconociendo, a este respecto, que debe hacerse más para asegurar que
las medidas de justicia de transición aborden toda la gama de vulneraciones y
abusos de los derechos humanos de las mujeres, y los particulares efectos que tienen
tales vulneraciones y abusos en las mujeres y las niñas, así como el desplazamiento
forzado, las desapariciones forzadas y la destrucción de infraestructura civil,
Reconociendo la importancia de que los Estados Miembros y las entidades de
las Naciones Unidas procuren asegurar que la asistencia y la financiación
humanitarias incluyan toda la gama de servicios médicos, jurídicos, psicosociales y
relativos a los medios de vida que precisan las mujeres afectadas por situaciones de
conflicto armado y posteriores a conflictos, y haciendo notar la necesidad de quetengan acceso a toda la gama de servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos
los relativos a los embarazos resultantes de violaciones, sin discriminación,
Reiterando su firme condena de todas las infracciones del derecho
internacional cometidas contra civiles, o que los afectan directamente, en particular
las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos,
incluidas las que entrañan violaciones y otras formas de violencia sexual y por razón
de género, muertes y mutilaciones, obstrucciones de la asistencia humanitaria y
desplazamientos forzados en masa,
Reconociendo que los Estados tienen la responsabilidad primordial de respetar
y garantizar los derechos humanos de todas las personas que se encuentren en su
territorio y estén sujetas a su jurisdicción, como se establece en el derecho
internacional, y reafirmando que las partes en los conflictos armados tienen la
responsabilidad primordial de asegurar la protección de los civiles,
Reafirmando que la paz sostenible requiere un enfoque integrado que se base
en la coherencia entre las actividades en los ámbitos de la política, la seguridad, el
desarrollo, los derechos humanos, incluida la igualdad entre los géneros, y el estado
de derecho y la justicia, y poniendo de relieve, a este respecto, la importancia del
estado de derecho como uno de los elementos principales de la prevención de
conflictos, el mantenimiento de la paz, la solución de conflictos y la consolidación
de la paz,
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2. Reconoce la necesidad de que haya información y análisis oportunossobre los efectos de los conflictos armados en las mujeres y las niñas, la función delas mujeres en la consolidación de la paz y las dimensiones de género de los procesos de paz y la solución de confl ictos en las situaciones sometidas a laconsideración del Consejo, y, por lo tanto:
a) Acoge con beneplácito que la Secretaria General Adjunta y DirectoraEjecutiva de ONU-Mujeres y la Secretaria General Adjunta y RepresentanteEspecial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos realicen presentaciones de información más frecuentes sobre cuestiones pertinentes para lasmujeres, la paz y la seguridad;
b) Solicita al Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, al
Departamento de Asuntos Políticos y a los funcionarios superiores competentes que,como parte de sus sesiones informativas periódicas, le presenten informaciónactualizada sobre cuestiones pertinentes para las mujeres, la paz y la seguridad,incluida la aplicación;
c) Solicita al Secretario General y a sus Enviados Especiales yRepresentantes Especiales en misiones de las Naciones Unidas que, como parte desus sesiones informativas periódicas, le presenten información actualizada sobre el progreso en cuanto a que se invite a las mujeres a participar, incluso medianteconsultas con la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, en lasdeliberaciones pertinentes para la prevención y la solución de conflictos, elmantenimiento de la paz y la seguridad y la consolidación de la paz después de losconflictos;
d) Solicita al Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz y alDepartamento de Asuntos Políticos que en los informes que le presentan incluyan
sistemáticamente información y recomendaciones sobre cuestiones pertinentes paralas mujeres, la paz y la seguridad;
e) Invita a todas las comisiones de investigación establecidas por las Naciones Unidas que se ocupan de situaciones sometidas a la consideración delConsejo a que en sus presentaciones de información se refieran a los particularesefectos de los conflictos armados en las mujeres y las niñas, poniendo de relieveespecialmente recomendaciones para promover la rendición de cuentas, la justicia yla protección de las víctimas durante los conflictos armados y en los contextos poster iores a conflictos y de transición;
3. Expresa su intención de prestar mayor atención a las cuestiones relativasa las mujeres, la paz y la seguridad en todas las esferas temáticas pertinentes de quese ocupa, en particular la protección de los civiles en los conflictos armados, laconsolidación de la paz después de los conflictos, la promoción y el fortalecimientodel estado de derecho en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales,la paz y la seguridad en África, las amenazas a la paz y la seguridad internacionalescausadas por actos terroristas, y el mantenimiento de la paz y la seguridadinternacionales;
4. Reitera su intención de incluir en los mandatos de las misiones de las Naciones Unidas que establezca o renueve disposiciones sobre la promoción de laigualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres en las situaciones deconflicto y posteriores a conflictos, incluso mediante el nombramiento de asesoressobre cuestiones de género, según corresponda, y además expresa su intención de
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incluir disposiciones para facilitar la plena participación y la protección de las
mujeres en la preparación de elecciones y los procesos políticos, los programas de
desarme, desmovilización y reintegración, las reformas del sector de la seguridad y
judicial , y los procesos de reconstrucción después de los confl ictos en sentido
amplio, cuando se haya encomendado estas tareas a la misión de que se trate;
5. Solicita a los dirigentes de las misiones de las Naciones Unidas para el
mantenimiento de la paz que evalúen las vulneraciones y los abusos de los derechos
humanos de las mujeres en las situaciones de conflicto armado y posteriores a
conflictos, y solicita a las misiones de mantenimiento de la paz que, de conformidad
con sus mandatos, hagan frente a las amenazas para la seguridad y los retos en
materia de protección con que tropiezan las mujeres y las niñas en los entornos de
conflicto armado y posteriores a conflictos;
6. Reconoce la importancia que tienen las interacciones de la sociedad civil,
incluidas las organizaciones de mujeres, con los miembros del Consejo en la Sede y
durante las misiones del Consejo sobre el terreno y se compromete a asegurar que
sus visitas periódicas a zonas de conflicto incluyan reuniones interactivas con
mujeres locales y organizaciones de mujeres sobre el terreno;
7. Reconoce que sigue siendo necesario aumentar la participación de las
mujeres y la consideración de las cuestiones relacionadas con el género en todas las
deliberaciones pertinentes para la prevención y la solución de conflictos armados, el
mantenimiento de la paz y la seguridad, y la consolidación de la paz después de los
conflictos, y, a este respecto, el Consejo:
a) Solicita a los Enviados Especiales y Representantes Especiales del
Secretario General en misiones de las Naciones Unidas que, desde el principio de su
período de servicio, consulten regularmente con organizaciones de mujeres y
mujeres líderes, incluidos los grupos de mujeres social o económicamente excluidas;
b) Alienta a los Estados Miembros interesados a que elaboren mecanismos
de financiación dedicados exclusivamente a apoyar la labor y aumentar la capacidad
de las organizaciones que fomentan el desarrollo del liderazgo de las mujeres y su
plena participac ión en todos los niveles de adopción de decis iones respecto de la
aplicación de la resolución 1325 (2000), entre otros medios aumentando las
contribuciones a la sociedad civil local;
c) Solicita al Secretario General que fortalezca los conocimientos de las
delegaciones negociadoras en conversaciones de paz y los miembros de los equipos
de apoyo a la mediación sobre las dimensiones de género de la consolidación de la
paz poniendo a disposición de todos los equipos de mediación de las Naciones
Unidas conocimientos especializados y expertos en materia de género, solicita
también al Secretario General que apoye los nombramientos de mujeres en niveles
superiores como mediadoras de las Naciones Unidas y miembros de los equipos de
mediación de las Naciones Unidas, y exhorta a todas las partes en esas
conversaciones de paz a que faciliten la plena participación de las mujeres en pie deigualdad en los niveles decisorios;
8. Destaca la importancia de que los Estados Miembros que lleven a cabo
procesos electorales y reformas constitucionales después de conflictos sigan
procurando lograr, con el apoyo de las entidades de las Naciones Unidas, la
participación plena y en pie de igualdad de las mujeres en todas las etapas de los
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procesos electorales, haciendo notar que debe prestarse una atención particular a la
seguridad de las mujeres antes de las elecciones y durante su celebración;
9. Alienta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que
aumenten el porcentaje de mujeres militares y policías destinadas a operaciones de
las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, y alienta también a los países
que aportan contingentes y fuerzas de policía a que impartan a todo el personal
militar y de policía suficiente capacitación para desempeñar sus funciones, y a las
entidades pertinentes de las Naciones Unidas a que pongan a su disposición
orientación o módulos de capacitación apropiados, en particular capacitación previa
al despliegue en las Naciones Unidas basada en situaciones sobre la prevención de
la violencia sexual y por razón de género;
10. Destaca la necesidad de que prosiga la labor destinada a hacer frente alos obstáculos para el acceso de las mujeres a la justicia en los entornos de conflicto y
posteriores a conflictos por medios como las reformas jurídicas, judiciales y del sector
de la seguridad y otros mecanismos que tengan en cuenta las cuestiones de género;
11. Insta a todas las partes interesadas, incluidos los Estados Miembros, las
entidades de las Naciones Unidas y las instituciones financieras, a que apoyen el
desarrollo y el fortalecimiento de la capacidad de las instituciones nacionales, en
particular de los sistemas judicial y de salud, así como de las redes de la sociedad
civil local, para prestar una asistencia sostenible a las mujeres y las niñas afectadas
por s ituaciones de conflicto armado y poster iores a conflictos;
12. Exhorta a los Estados Miembros a que cumplan sus obligaciones
pertinentes con miras a poner fin a la impunidad, investigar exhaustivamente y
procesar a las personas responsables de crímenes de guerra, genocidio, crímenes de
lesa humanidad u otras infracciones graves del derecho internacional humanitario; y
además hace notar que la lucha contra la impunidad por los delitos más graves detrascendencia internacional cometidos contra mujeres y niñas se ha fortalecido
gracias a la labor de la Corte Penal Internacional, los tribunales especiales y mixtos,
y las salas especializadas de los tribunales nacionales;
13. Recuerda, a este respecto, las disposiciones aplicables del derecho
internacional relativas al derecho a reparaciones de las víctimas de vulneraciones de
derechos individuales;
14. Insta a los Estados Miembros y a las entidades de las Naciones Unidas a
que aseguren la participación plena y significativa de las mujeres en las actividades
destinadas a combatir y erradicar la transferencia ilícita y el uso indebido de armas
pequeñas y armas ligeras;
15. Reitera su intención de convocar un examen de alto nivel en 2015 para
evaluar el progreso a escala mundial, regional y nacional en la aplicación de la
resolución 1325 (2000), renovar los compromisos y abordar los obstáculos y las
limitaciones que han surgido en la aplicación de la resolución 1325 (2000), ademásreconoce con preocupación que, si no se produce un cambio significativo en la
aplicación, las mujeres y sus perspectivas seguirán estando infrarrepresentadas en la
prevención y la so lución de confli ctos, la protección y la consolidación de la paz en
el futuro previsible, y, por lo tanto, alienta a los Estados Miembros, las
organizaciones regionales que corresponda y las entidades de las Naciones Unidas
que han elaborado marcos y planes en apoyo de la aplicación de la resolución 1325
(2000) a que empiecen a examinar los planes y las metas de aplicación existentes, y
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a los Estados Miembros a que evalúen y aceleren el progreso y se preparen para
formular metas nuevas a tiempo para el examen de alto nivel de 2015;
16. Invita al Secretario General a que, como preparación del examen de alto
nivel, encargue un estudio mundial de la aplicación de la resolución 1325 (2000) en
que se pongan de relieve ejemplos de buenas prácticas y las deficiencias y retos en
la aplicación, así como las tendencias que se estén empezando a manifestar y las
prioridades para la acción, e invita también al Secretario General a que en el
informe anual que le presentará en 2015 incluya los resultados de ese estudio, y a
que lo ponga a disposición de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas;
17. Expresa su intención de hacer de la ejecución del mandato del Consejo
relativo a las mujeres, la paz y la seguridad un elemento central de una de las visitas
periódicas que realice sobre el terreno antes del examen de alto nivel de 2015;
18. Solicita al Secretario General que le siga presentando informes anuales
en que actualice la información relativa al progreso en la aplicación de la resolución
1325 (2000), que el próximo informe lo presente a más tardar en octubre de 2014 y
que en él incluya información actualizada sobre el progreso en todos los aspectos de
la agenda relativa a las mujeres, la paz y la seguridad, destacando las deficiencias y
los retos;
19. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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Naciones Unidas CEDAW/C/GC/30
Convención sobre la Eliminación deTodas las Formas de Discriminacióncontra la Mujer
Distr. general1 de noviembre de 2013EspañolOriginal: inglés
13-54334X (S)
*1354334*
Comité para la Eliminación de la Discriminación
contra la Mujer
Recomendación general núm. 30 sobre las mujeres enla prevención de conflictos y en situaciones de conflictoy posteriores a conflictos
Índice Página
I. Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
II. Ámbito de la recomendación general. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
III. Aplicación de la Convención a la prevención de conflictos ylas situaciones de conflicto y posteriores a conflictos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
A.
Aplicación territorial y extraterritorial de la Convención . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3B.
Aplicación de la Convención a los agentes estatales y no estatales . . . . . . . . . . . . . . . . 5
C. Complementariedad de la Convención y el derecho internacional humanitario,de los refugiados y penal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
D. La Convención y el programa del Consejo de Seguridad sobre las mujeres,la paz y la seguridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
IV. La Convención y la prevención de conflictos y las situaciones de conflicto y posteriores a conflictos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
A.
La mujer y la prevención de conflictos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
B.
Las mujeres en los contextos de conflicto y posteriores a conflictos . . . . . . . . . . . . . . . 10
V. Conclusión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
A. Seguimiento y presentación de informes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
B.
Ratificación de los tratados o adhesión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
Apéndice J: Recomendación General CEDAW N°30
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1 8 6 | O N U M U J E R E S
CEDAW/C/GC/30
13-543342/28
I. Introducción
1. De conformidad con el artículo 21 de la Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, el Comité para la Eliminación
de la Discriminación contra la Mujer decidió en su 47º período de sesiones, en 2010,
adoptar una recomendación general sobre las mujeres en la prevención de conflictos
y en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos. El principal objetivo de
dicha recomendación general es proporcionar una orientación autorizada a los
Estados partes sobre medidas legislativas y de políticas y otras medidas apropiadas
para garantizar el cumplimiento pleno de sus obligaciones en virtud de la
Convención de proteger, respetar y ejercer los derechos humanos de la mujer.
Asimismo, se basa en los principios articulados en las recomendaciones generales
adoptadas previamente.
2. Proteger los derechos humanos de la mujer en todo momento, promover la
igualdad sustantiva entre los géneros antes, durante y después de un conflicto y
garantizar que las distintas experiencias de las mujeres se integren plenamente en
todos los procesos de establecimiento y consolidación de la paz y reconstrucción
constituyen objetivos importantes de la Convención. El Comité reitera la obligación
de los Estados partes de continuar aplicando la Convención durante los conflictos o
los estados de emergencia sin discriminación entre los ciudadanos y los no
ciudadanos que se encuentren en su territorio o bajo su control efectivo, incluso
cuando estén fuera del territorio del Estado parte. El Comité ha expresado en varias
ocasiones su preocupación ante los efectos relacionados con el género de los
conflictos y la exclusión de la mujer de las iniciativas de prevención de conflictos y
los procesos de transición y reconstrucción posteriores a conflictos, así como ante el
hecho de que los informes periódicos de los Estados partes no proporcionen
suficiente información sobre la aplicación de la Convención en dichas situaciones.
3. La recomendación general orienta específicamente a los Estados partes sobre
el cumplimiento de su obligación de actuar con la diligencia debida respecto a los
actos de particulares o entidades privadas que menoscaben los derechos consagrados
en la Convención, y propone sugerencias sobre cómo pueden abordar los derechos
de la mujer los agentes no estatales en las zonas afectadas por conflictos.
II. Ámbito de la recomendación general
4. Esta recomendación general abarca la aplicación de la Convención a la
prevención de confl ictos, los conflictos armados internacionales y no
internacionales, las situaciones de ocupación extranjera y otras formas de
ocupación, así como la fase posterior al conflicto. Además, la recomendación aborda
otras situaciones preocupantes, como las perturbaciones internas, la lucha civil
prolongada y de baja intensidad, los conflictos polít icos, la violencia étnica y
comunitaria, los estados de emergencia y la represión de los levantamientos en
masa, la guerra contra el terrorismo y la delincuencia organizada, que quizá noaparezcan clasificadas necesariamente como conflictos armados conforme al
derecho internacional humanitario y que tienen como consecuencia violaciones
graves de los derechos de la mujer y preocupan al Comité especialmente. A efectos
de la presente recomendación general, las fases de conflicto y posterior al conflicto
a veces se han separado, teniendo en cuenta que pueden englobar distintos
problemas y oportunidades en relación con los derechos humanos de las mujeres y
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las niñas. Sin embargo, el Comité señala que la transición del conflicto a la
situación posterior a este no suele ser lineal y en ella puede haber ceses del conflicto
y recaídas, un ciclo que puede continuar durante largos períodos.
5. Dichas situaciones están estrechamente relacionadas con las crisis relativas a
los desplazamientos internos, los casos de apatridia y las dificultades que
experimentan los refugiados en los procesos de repatriación. Al respecto, el Comité
reitera su observación recogida en la recomendación general núm. 28 de que los
Estados partes siguen siendo responsables de todos sus actos que afecten a los
derechos humanos de los ciudadanos y los no ciudadanos, incluidos los desplazados
internos, los refugiados, los solicitantes de asilo y los apátridas, que se encuentren
en su territorio o bajo su control efectivo, incluso cuando estén fuera de su
territorio.
6.
Las mujeres no constituyen un grupo homogéneo y sus experiencias enrelación con los conflictos y sus necesidades específicas en contextos posteriores a
conflictos son diversas. Las mujeres no son espectadoras ni meras víctimas u
objetivos, y han desempeñado históricamente y siguen desempeñando un papel
como combatientes, en el contexto de la sociedad civil organizada, como defensoras
de los derechos humanos, como miembros de los movimientos de resistencia y como
agentes activos en los procesos de consolidación de la paz y recuperación oficiales y
oficiosos. Los Estados partes deben abordar todos los aspectos de sus obligaciones
en virtud de la Convención para eliminar la discriminación contra la mujer.
7. Asimismo, la discriminación contra la mujer se compone de formas
entrecruzadas de discriminación, tal como se señala en la recomendación general
núm. 28. Dado que la Convención refleja un enfoque basado en el ciclo de vida, se
exige a los Estados partes que aborden los derechos y las necesidades particulares
de las niñas afectadas por los conflictos que tienen origen en la discriminación por
razón de género.
III. Aplicación de la Convención a la prevención de conflictosy las situaciones de conflicto y posteriores a conflictos
A. Aplicación territorial y extraterritorial de la Convención
8. El Comité reitera la recomendación general núm. 28 en el sentido de que las
obligaciones de los Estados partes también se aplican de forma extraterritorial a las
personas que se encuent ren bajo su control efectivo, incluso cuando estén fuera de
su territorio, y que los Estados partes son responsables de todos sus actos que
afecten a los derechos humanos, independientemente de que las personas afectadas
estén o no en su territorio.
9. En las situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, los Estados partes
están obligados a aplicar la Convención y otras disposiciones de las normas
internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario cuandoejerzan la jurisdicción territorial o extraterritorial, ya sea de forma individual, por
ejemplo, en acciones militares unilaterales, o en tanto que miembros de
organizaciones o coaliciones internacionales o intergubernamentales, por ejemplo,
como parte de una fuerza internacional de mantenimiento de la paz. La Convención
se aplica a un amplio abanico de situaciones, incluso en cualquier lugar donde un
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Estado ejerza su jurisdicción, como en la ocupación y otras formas de
administración de un territorio extranjero, por ejemplo, la administración de un
territorio por parte de las Naciones Unidas; a contingentes nacionales que formen
parte de una operación internacional de mantenimiento de la paz o imposición de la
paz; a las personas detenidas por agentes de un Estado, como el ejérc ito o
mercenarios, fuera de su territorio; a las acciones militares lícitas o ilícitas en otro
Estado; a la asistencia bilateral o multilateral de los donantes para la prevención de
los conflictos y la asistencia humanitaria, la mitigación de los conflictos o la
reconstrucción después de un conflicto; en la participación como terceros en
procesos de paz o negociación; y en la celebración de acuerdos comerciales con
países afectados por conflictos.
10. La Convención también exige que los Estados partes regulen las actividades de
los agentes nacionales no estatales que se encuentren bajo su control efectivo y queoperen fuera del territorio del país. El Comité reafirmó, en su recomendación
general núm. 28, el requisito del artículo 2, letra e), de la Convención de eliminar la
discriminación cometida por cualquier agente público o privado, que se extiende a
los actos de las empresas nacionales que operan fuera del territorio del país. Eso
incluiría los casos en que las actividades de las empresas nacionales en zonas
afectadas por conflictos dan lugar a violaciones de los derechos de la mujer y los
casos que exigen la creación de mecanismos de rendición de cuentas y supervisión
para la seguridad privada y otros contratis tas que operan en zonas de conflic to.
11.
Puede haber casos en que los Estados partes también tengan obligaciones
extraterritoriales de cooperación internacional establecidas en virtud del derecho
internacional, como el derecho de los tratados sobre las mujeres con discapacidad
(art. 32 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad), las
niñas en los conflictos armados (art. 24, apartado 4, de la Convención sobre los
Derechos del Niño y sus dos primeros protocolos facultativos) y el disfrute sin
discriminación de los derechos económicos, sociales y culturales (art. 2, apartado 1,art. 11, apartado 1, y arts. 22 y 23 del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales). En dichos casos, la aplicación extraterritorial de la
Convención exige que los Estados cumplan la Convención cuando satisfagan dichas
obligaciones.
12.
El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Apliquen de manera exhaustiva la Convención y otros instrumentos
internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario en el
ejercicio de la jurisdicción territorial o extraterritorial, cuando actúen de manera
individual o como miembros de organizaciones o coaliciones internacionales o
intergubernamentales;
b) Regulen las actividades de todos los agentes nacionales no estatales que
se encuentren bajo su control efectivo y que operen fuera del territorio del país, y
velen por que estos respeten plenamente la Convención;
c) Respeten, protejan y hagan efectivos los derechos garantizados por laConvención, que se aplica de forma extraterritorial, como Potencia ocupante en
situaciones de ocupación extranjera.
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B. Aplicación de la Convención a los agentes estatales
y no estatales
13. Los derechos de la mujer en la prevención de conflictos y los procesos de
conflicto y posteriores a conflictos se ven afectados por varios agentes, que van
desde los Estados que actúan de forma individual (por ejemplo, como el Estado
dentro de cuyas fronteras surge el conflicto, los Estados vecinos implicados en las
dimensiones regionales del conflicto o los Estados implicados en maniobras
militares transfronterizas unilaterales), pasando por los que actúan en tanto que
miembros de organizaciones y coaliciones internacionales o intergubernamentales
(por ejemplo, contribuyendo a las fuerzas internacionales de mantenimiento de la
paz o como donantes que proporcionan dinero a través de instituciones financieras
internacionales para prestar apoyo a los procesos de paz), hasta los agentes no
estatales, como los grupos armados, las fuerzas paramilitares, las empresas, loscontratistas de servicios militares, los grupos delictivos organizados y los
justicieros. En los contextos de confl icto y posteriores a conflictos, las instituciones
estatales suelen verse debilitadas o puede que algunas funciones gubernamentales
sean desempeñadas por otros gobiernos, organizaciones intergubernamentales o
incluso grupos no estatales. El Comité subraya que, en esos casos, pueden existir
conjuntos de obligaciones simultáneos y complementarios en virtud de la
Convención en relación con una serie de agentes implicados.
14. Con arreglo a la Convención, los Estados también son responsables si los actos
u omisiones de un agente no estatal pueden atribuirse al Estado en virtud del
derecho internacional. Cuando un Estado parte actúa en tanto que miembro de una
organización internacional en la prevención de conflictos o en procesos de conflicto
o posteriores a conflictos, dicho Estado parte sigue siendo responsable de sus
obligaciones en virtud de la Convención dentro de su territorio y fuera de él, y tiene,
asimismo, la responsabilidad de adoptar medidas que garanticen que las políticas y
las decisiones de esas organizaciones se ajustan a sus obligaciones previstas en laConvención.
15. El Comité también ha subrayado en repetidas ocasiones que la Convención
exige a los Estados partes que regulen a los agentes no estatales de conformidad con
la obligación de proteger, de modo que los Estados deben actuar con la diligencia
debida para evitar, investigar, sancionar y garantizar la reparación de los actos de
particulares o entidades privadas que menoscaben los derechos consagrados en la
Convención. En sus recomendaciones generales núm. 19 y 28, el Comité ha
resumido la obligación de actuar con la diligencia debida en la protección de las
mujeres frente a la violencia y la discriminación, poniendo de manifiesto que,
además de adoptar medidas constitucionales y legislativas, los Estados partes
también deben prestar suficiente apoyo administrativo y financiero para la
aplicación de la Convención.
16. Además de exigir a los Estados partes que regulen a los agentes no estatales, el
derecho internacional humanitario contiene obligaciones para los agentes no
estatales, en tanto que partes de un conflicto armado (por ejemplo, insurgentes ygrupos rebeldes), como el artículo 3 de los Convenios de Ginebra de 1949 y del
Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, y
relativas a la protección de las víctimas de los conflictos armados no
internacionales. En virtud de las normas internacionales de derechos humanos,
aunque los agentes no estatales no puedan convertirse en partes de la Convención, el
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Comité señala que, en determinadas circunstancias, en particular cuando un grupo
armado con una estructura política identificable ejerza un control significativo de un
territorio y una población, los agentes no estatales están obligados a respetar las
normas internacionales de derechos humanos. El Comité hace hincapié en que las
violaciones graves de los derechos humanos y del derecho humanitario podrían
entrañar responsabilidad penal individual, lo que incluye a los miembros y los
líderes de los grupos armados no estatales así como a las empresas de servicios
militares.
17. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Garanticen la reparación en relación con los actos de los particulares o
las entidades privadas, como parte de su obligación de actuar con la diligencia
debida;
b) Rechacen todo tipo de retirada de la protección de los derechos de la
mujer para apaciguar a los agentes no estatales, como terroristas, particulares o
grupos armados;
c) Colaboren con los agentes no estatales para prevenir las violaciones de
los derechos humanos relacionadas con sus actividad en las zonas afectadas por
conflictos, en particular todas las formas de violencia por razón de género; presten
suficiente asistencia a las empresas nacionales para evaluar y abordar los principales
riesgos de violaciones de los derechos de la mujer; y establezcan un mecanismo
eficaz de rendición de cuentas;
d) Empleen prácticas que tengan en cuenta la cuestión del género (por
ejemplo, recurrir a agentes de policía de sexo femenino) en la investigación de las
violaciones durante y después de un conflicto para garantizar que se identifiquen y
aborden las violaciones cometidas por agentes estatales y no estatales.
18. Asimismo, el Comité exhorta a los agentes no estatales, como los grupos
armados:
a) A respetar los derechos de la mujer en situaciones de conflicto y
poster iores a conflictos, de conformidad con la Convención;
b) A comprometerse a cumplir los códigos de conducta en mater ia de
derechos humanos y la prohibición de todas las formas de violencia por razón de
género.
C. Complementariedad de la Convención y el derechointernacional humanitario, de los refugiados y penal
19. En todas las situaciones de crisis, ya se trate de conflictos armados
internacionales o no internacionales, emergencias públicas, ocupación extranjera u
otras situaciones preocupantes como los conflictos políticos, los derechos de la
mujer están garantizados por un régimen de derecho internacional que consiste en
protecciones complementarias en virtud de la Convención y del derecho
internacional humanitario, de los refugiados y penal.
20. En las situaciones que encajen en la definición de conflicto armado
internacional o no internacional, la Convención y el derecho internacional
humanitario son aplicables al mismo tiempo y sus diferentes protecciones son
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complementarias, en lugar de excluirse mutuamente. Conforme al derecho
internacional humanitario, las mujeres afectadas por conflictos armados tienen
derecho a protecciones generales, que se aplican tanto a las mujeres como a los
hombres, y a algunas protecciones específicas limitadas, en particular contra la
violación, la prostitución forzada y cualquier otra forma de atentado al pudor; en la
distribución de los envíos de socorro se dará prioridad a las mujeres encintas, las
parturientas y las madres lactantes en los conflictos armados internacionales; la
detención en locales separados de los ocupados por los hombres y su vigilancia
inmediata a cargo de mujeres; y la protección frente a la pena de muerte de las
mujeres encintas o las madres de niños dependientes o de corta edad.
21. El derecho internacional humanitario también impone obligaciones a las
potencias ocupantes, que se aplican simultáneamente a la Convención y otras
disposiciones de las normas internacionales de derechos humanos. El derechointernacional humanitario también prohíbe a un Estado el traslado de una parte de la
propia población civil al territorio por él ocupado. Con arreglo al derecho
internacional humanitario, las mujeres que se encuentran en territorios ocupados
tienen derecho a la protección general y a las siguientes protecciones específicas:
protección contra la violación, la prosti tución forzada y todo atentado a su pudor;
libre paso de todo envío de ropa para las mujeres encintas o parturientas; creación
de zonas de seguridad o zonas neutralizadas para proteger a la población civil, en
particular a las mujeres encintas y a las madres de niños de menos de s iete años; y la
detención en locales distintos a los de los hombres y bajo la vigilancia inmediata de
mujeres. Las mujeres civiles internadas contarán obligatoriamente con instalaciones
sanitarias y serán registradas por mujeres.
22. Las disposiciones de la Convención que prohíben la discriminación contra la
mujer refuerzan y complementan el régimen de protección jurídica internacional de
las mujeres y niñas refugiadas, desplazadas o apátridas en numerosos contextos,
especialmente debido a que los acuerdos internacionales pertinentes, en particular la
Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967,
carecen de disposiciones explícitas relativas a la igualdad de género.
23. La obligación de los Estados partes prevista en la Convención de prevenir,
investigar y sancionar la trata y la violencia sexual y por razón de género se ve
reforzada por el derecho penal internacional, incluida la jurisprudencia de los
tribunales penales internacionales y mixtos y el Estatuto de Roma de la Corte Penal
Internacional, conforme al cual la esclavitud en la trata de mujeres y niñas, la
violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado, la
esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad
comparable pueden constituir crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o
actos de tortura, o constituir actos de genocidio. El derecho penal internacional,
incluidas las definiciones de violencia por razón de género, en particular la
violencia sexual, también debe interpretarse de forma coherente con la Convención
y otros instrumentos de derechos humanos reconocidos internacionalmente sin
distinción alguna por razón de género.
24. El Comité recomienda a los Estados partes que, al cumplir sus obligaciones en
virtud de la Convención, tengan debidamente en cuenta las protecciones
complementarias aplicables a las mujeres y las niñas derivadas del derecho
internacional humanitario, de los refugiados y penal.
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D. La Convención y el programa del Consejo de Seguridadsobre las mujeres, la paz y la seguridad
25. El Comité reconoce que las distintas resoluciones temáticas del Consejo de
Seguridad, en particular las resoluciones 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009),
1889 (2009), 1960 (2010), 2106 (2013) y 2122 (2013), además de otras, como la
resolución 1983 (2011), que proporciona orientación específica sobre los efectos del
VIH y el SIDA en las mujeres en contextos de conflicto y posteriores a conflictos,
constituyen marcos políticos importantes para fomentar la promoción respecto de
las mujeres, la paz y la seguridad.
26. Dado que todas las esferas de preocupación que se abordan en dichas
resoluciones quedan reflejadas en las disposiciones sustantivas de la Convención, su
aplicación debe basarse en un modelo de igualdad sustantiva y abarcar todos losderechos consagrados en la Convención. El Comité reitera la necesidad de un
enfoque concertado e integrado que ubique el cumplimiento del programa del
Consejo de Seguridad sobre las mujeres, la paz y la seguridad en un marco más
amplio de aplicación de la Convención y su Protocolo Facultativo.
27. La Convención contiene un procedimiento de presentación de informes, en
virtud del artículo 18, según el cual los Estados partes deben presentar informes
sobre las medidas que han adoptado para aplicar las disposiciones de la Convención,
incluidas las disposiciones en materia de prevención de conflictos y situaciones de
conflicto y posteriores a conflictos. La inclusión en el procedimiento de
presentación de informes de información sobre la aplicación de los compromisos del
Consejo de Seguridad puede posibilitar la consolidación de la Convención y el
programa del Consejo y, por lo tanto, ampliar, fortalecer y llevar a la práct ica la
igualdad entre los géneros.
28. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Garanticen que los planes de acción y las estrategias nacionales para
aplicar la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y las resoluciones
poster iores cumplan la Convención, y que se asignen presupuestos suficientes para
su aplicación;
b) Garanticen que el cumplimiento de los compromisos del Consejo de
Seguridad refleje un modelo de igualdad sustantiva y tenga en cuenta los efectos de
los contextos de conflicto y posteriores a conflictos en relación con todos los
derechos consagrados en la Convención, además de las violaciones relativas a la
violencia por razón de género relacionada con los conflictos, incluida la violencia
sexual;
c) Cooperen con todas las redes, los departamentos, los organismos, los
fondos y los programas de las Naciones Unidas en relación con todos los procesos
de conflicto, incluidas la prevención de conflictos, las situaciones de conflicto y la
solución y la reconstrucción posteriores a conflictos, para aplicar las disposiciones
de la Convención;
d) Aumenten la colaboración con la sociedad civil y con las organizaciones
no gubernamentales que trabajan en la aplicación del programa del Consejo de
Seguridad sobre las mujeres, la paz y la seguridad.
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IV. La Convención y la prevención de conflictos y lassituaciones de conflicto y posteriores a conflictos
A. La mujer y la prevención de conflictos
29.
Los Estados partes en la Convención están obligados a centrarse en la
prevención de los conflictos y de todas las formas de violencia. Dicha prevención
incluye sistemas efectivos de alerta temprana para recopilar y analizar información
de acceso público, diplomacia preventiva y mediación, e iniciativas de prevención
que aborden las causas profundas de los conflictos. Asimismo, incluye una
regulación sólida y efectiva del comercio de armas, así como un control adecuado
de la circulación de las armas convencionales existentes y a menudo ilícitas,
incluidas las armas pequeñas, para prevenir su utilización para perpetrar o facilitar
actos graves de violencia por razón de género. Existe una correlación entre el
aumento de la prevalencia de la violencia y la discriminación por razón de género y
el estallido de un conflicto. Por ejemplo, los aumentos rápidos en la prevalencia de
la violencia sexual pueden servir de alerta temprana sobre un conflicto. Por
consiguiente, las iniciativas para eliminar las violaciones por razón de género
también contribuyen a largo plazo a prevenir los conflictos, su intensificación y el
rebrote de la violencia en la fase posterior a los conflictos.
30. A pesar de la importancia de la prevención de conflictos para los derechos de
la mujer, las iniciativas de prevención suelen excluir las experiencias de las mujeres,
dado que se considera que no son relevantes para predecir los conflictos, y la
participación de la mujer en la prevención de conflictos sigue siendo escasa. El
Comité ha señalado previamente la poca participación de la mujer en las
instituciones que trabajan en la diplomacia preventiva y en cuestiones de interés
mundial, como son los gastos militares y el desarme nuclear. Además de no cumplir
la Convención, las medidas de prevención de conflictos que no tengan en cuenta las
cuestiones de género no pueden predecir ni prevenir los conflictos con eficacia. LosEstados partes solo pueden diseñar una respuesta apropiada si incluyen a las
interesadas y se sirven de un análisis de los conflictos basado en el género.
31. La Convención exige que las políticas de prevención no sean discriminatorias
y que las iniciativas para prevenir o mitigar los conflictos no agraven
voluntariamente ni inconscientemente la situación de las mujeres, ni originen ni
refuercen la desigualdad entre los géneros. Las intervenciones por parte de
gobiernos centralizados o terceros Estados en los procesos de paz locales deberían
respetar, en lugar de menoscabar, el papel de las mujeres en el liderazgo y el
mantenimiento de la paz a nivel local.
32. El Comité ha señalado anteriormente que la proliferación de armas
convencionales, especialmente las armas pequeñas, incluidas las armas desviadas
del comercio legal, pueden tener un efecto directo o indirecto en las mujeres como
víctimas de la violencia por razón de género relacionada con los conflictos, como
víctimas de la violencia doméstica y también como manifestantes o activistas en
movimientos de resistencia.
33. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Refuercen y apoyen las iniciativas de prevención de conflictos oficiales y
oficiosas de las mujeres;
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b) Garanticen la participación de las mujeres en condiciones de igualdad en
las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, así como en los procesos
oficiosos, locales o basados en la comunidad que se ocupen de la diplomacia
preventiva;
c) Establezcan sistemas de alerta temprana y adopten medidas de seguridad
específicas para cada género a fin de prevenir la intensificación de la violencia por
razón de género y otras violaciones de los derechos de la mujer;
d) Incluyan indicadores y parámetros relacionados con el género en el
marco de gestión de resultados de dichos sistemas de alerta temprana;
e) Aborden los efectos relacionados con el género de las transferencias
internacionales de armas, en especial las armas pequeñas e ilícitas, entre otros
medios, mediante la ratificación y aplicación del Tratado sobre el Comercio deArmas.
B. Las mujeres en los contextos de conflicto y posterioresa conflictos
1. Violencia por razón de género (arts. 1 a 3 y art. 5, letra a))
34. La violencia contra las mujeres y las niñas constituye una forma de
discriminación prohibida por la Convención y una violación de los derechos
humanos. Los conflictos agravan las desigualdades existentes entre los géneros y el
riesgo de las mujeres de ser víctimas de distintas formas de violencia por razón de
género por parte de agentes estatales y no estatales. La violencia relacionada con los
conflictos se produce en cualquier lugar, por ejemplo en los hogares, los centros de
detención y los campamentos para desplazadas internas y refugiadas; se produce en
cualquier momento, por ejemplo durante la realización de actividades cotidianas
como recoger agua y madera o ir a la escuela o al trabajo. Existen múltiples perpetradores de violencia por razón de género relacionada con los conflictos. Entre
ellos pueden encontrarse miembros de las fuerzas armadas gubernamentales, grupos
paramilitares, grupos armados no estatales, personal de mantenimiento de la paz y
civiles. Independientemente de las características del conflicto armado, su duración
o los agentes implicados, las mujeres y las niñas son objeto cada vez con más
frecuencia y deliberadamente de distintas formas de violencia y abusos, desde las
ejecuciones arbitrarias, la tortura y la mutilación, la violencia sexual, el matrimonio
forzado, la prostitución forzada y el embarazo forzado hasta la interrupción forzada
del embarazo y la esterilización.
35. Es indiscutible que, aunque todos los civiles se ven afectados negativamente
por los conflictos armados, las mujeres y las niñas son especialmente, y cada vez
con más frecuencia, objeto de actos de violencia sexual, “incluso como táctica de
guerra destinada a humillar, dominar, atemorizar, dispersar o reasentar por la fuerza
a miembros civiles de una comunidad o grupo étnico” y que esta forma de violencia
sexual persiste incluso después de la cesación de las hostilidades (véase laresolución 1820 (2008) del Consejo de Seguridad). Para la mayoría de las mujeres
en entornos posteriores a conflictos, la violencia no termina con el alto el fuego
oficial o la firma del acuerdo de paz y suele aumentar en las situaciones posteriores
a conflictos. El Comité reconoce que muchos informes confirman que, aunque las
formas y los lugares de la violencia cambian, lo que quiere decir que puede que ya
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no exista la violencia patrocinada por el Estado, todas las formas de violencia por
razón de género, en particular la violencia sexual, se intensifican en las situaciones
posteriores a conflic tos. El hecho de no prevenir, invest igar y sancionar todas las
formas de violencia por razón de género, además de otros factores, como los
procesos de desarme, desmovilización y reintegración no efectivos, también puede
dar lugar a un aumento de la violencia contra la mujer en los períodos posteriores a
conflictos.
36. Durante y después de los conflictos, determinados grupos de mujeres y niñas
corren un mayor riesgo de ser víctimas de la violencia, en especial la violencia
sexual, como en el caso de las desplazadas internas y las refugiadas; las defensoras
de los derechos humanos de la mujer; las mujeres de distintas castas, etnias,
identidades nacionales o religiosas u otras minorías, a quienes se suele atacar en
tanto que representantes simbólicas de su comunidad; las viudas; y las mujeres condiscapacidad. Las combatientes y las mujeres en el ejército también son vulnerables
a la agresión y el acoso sexual por parte de grupos armados estatales y no estatales y
movimientos de resistencia.
37. La violencia por razón de género también da lugar a muchas otras violaciones
de los derechos humanos, como los ataques estatales y no estatales a los defensores
de los derechos de la mujer, que menoscaban la participación significativa en pie de
igualdad de las mujeres en la vida política y pública. La violencia por razón de
género relacionada con los conflictos genera un amplio abanico de consecuencias
físicas y psicológicas para la mujer, como, por ejemplo, las lesiones, la
discapacidad, el aumento del riesgo de infección por el VIH y el riesgo de
embarazos no deseados como consecuencia de la violencia sexual. Existe un sólido
vínculo entre la violencia por razón de género y el VIH, incluida su transmisión
deliberada, que se utiliza como arma de guerra a través de la violación.
38. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Prohíban todas las formas de violencia por razón de género por parte de
agentes estatales y no estatales, entre otros medios, a través de leyes, políticas y
protocolos;
b) Prevengan, invest iguen y sancionen todas las formas de violencia por
razón de género, en particular la violencia sexual, por parte de los agentes estatales
y no estatales y apliquen una política de tolerancia cero;
c) Garanticen el acceso de las mujeres y las niñas a la justicia; adopten
procedimientos de invest igación que tengan en cuenta el género para abordar la
violencia por razón de género, en particular la violencia sexual; realicen sesiones de
capacitación y adopten códigos de conducta y protocolos que tengan en cuenta las
cuestiones de género para la policía y el ejército, incluido el personal de
mantenimiento de la paz; y desarrollen la capacidad de los jueces, incluso en el
contexto de los mecanismos de justicia de transición, para garantizar su
independencia, imparcialidad e integridad;
d) Recopilen datos y armonicen los métodos de recopilación de datos sobrela incidencia y la prevalencia de la violencia por razón de género, en particular la
violencia sexual, en distintos entornos y en función de las distintas categorías de
mujeres;
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e) Asignen suficientes recursos y adopten medidas eficaces para garantizar
que las víctimas de la violencia por razón de género, en particular la violencia
sexual, tengan acceso a servicios integrales de salud, atención de salud mental y
apoyo psicosocial;
f) Desarrollen y distribuyan procedimientos operativos estándar y vías de
remisión para vincular a los agentes de seguridad con las entidades que prestan
servicios en relación con la violencia por razón de género, incluidos los centros
integrados con servicios médicos, jurídicos y psicosociales para las supervivientes
de la violencia sexual, los centros comunitarios multifuncionales que vinculan la
asistencia inmediata con el empoderamiento y la reintegración económicos y
sociales y los dispensarios móviles;
g) Inviertan en competencia técnica y asignen recursos para abordar las
necesidades específicas de las mujeres y las niñas que son víctimas de la violencia,incluidos los efectos de la violencia sexual para su salud reproductiva;
h) Garanticen que las medidas nacionales de prevención y respuesta incluyan
intervenciones específicas en materia de violencia por razón de género y VIH.
2. Trata (art. 6)
39. La trata de mujeres y niñas, que constituye discriminación por razón de
género, se agrava durante y después de los conflictos a causa de la desintegración de
las estructuras políticas, económicas y sociales, los elevados niveles de violencia y
el aumento del militarismo. Las situaciones de conflicto y posteriores a los
conflictos pueden crear estructuras específicas relacionadas con la guerra de
demanda de explotación sexual, económica y militar de la mujer. Las regiones
afectadas por conflictos pueden ser zonas de origen, tránsito y destino de la trata de
mujeres y niñas y los tipos de trata varían según la región, el contexto económico y
político concre to y los agentes estata les y no estatales implicados. Las mujeres y las
niñas que viven en campamentos para desplazados internos o refugiados o que
regresan de ellos y las que buscan un medio de vida corren el riesgo de ser víctimas
de la trata.
40. La trata también se puede producir cuando terceros países intentan restringir la
afluencia de inmigrantes provenientes de las zonas afectadas por conflictos a través
de medidas como la intercepción, la expulsión o la detención. Las políticas de
inmigración restrictivas, específicas para cada sexo o discriminatorias que limitan
las oportunidades de las mujeres y las niñas que huyen de las zonas en conflicto
pueden aumentar su vulnerabilidad a la explotación y la tra ta.
41. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Prevengan, enjuicien y sancionen la trata y las violaciones de los
derechos humanos conexas que se produzcan bajo su jurisdicción, tanto si son
cometidas por autoridades públicas como por agentes privados, y adopten medidas
de protección específicas para las mujeres y las niñas, incluidas las desplazadas
internas o las refugiadas;
b) Adopten una política de tolerancia cero basada en las normas
internacionales de derechos humanos relativas a la trata y la explotación y el abuso
sexuales, dirigida a grupos como las tropas nacionales, las fuerzas de mantenimiento
de la paz, la policía fronteriza, los funcionarios de inmigración y los agentes
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humanitarios, e impartan a estos grupos una capacitación que tenga en cuenta las
cuestiones de género sobre cómo identificar y proteger a las mujeres y las niñas
vulnerables;
c) Adopten una política de migraciones general, basada en los derechos y
que tenga en cuenta las cuestiones de género, que garantice que las mujeres y las
niñas provenientes de las zonas afectadas por conflictos no sean víctimas de la trata;
d) Adopten acuerdos bilaterales o regionales y otras formas de cooperación
para proteger los derechos de las mujeres y las niñas que son víctimas de la trata y
para facilitar el enjuiciamiento de los perpetradores.
3. Participación (arts. 7 y 8)
42. A pesar de que las mujeres suelen asumir papeles de liderazgo durante los
conflictos, como cabezas de familia, conciliadoras, líderes políticas y combatientes,
el Comité ha expresado su preocupación en repetidas ocasiones, ya que se las
silencia y margina en los períodos posteriores a conflictos y de transición y en los
procesos de recuperación. El Comité reitera que la inclusión de una masa crítica de
mujeres en las negociaciones internacionales, las actividades de mantenimiento de
la paz, todos los niveles de la diplomacia preventiva, la mediación, la asistencia
humanitaria, la reconciliación social, las negociaciones de paz a nivel nacional,
regional e internacional, así como en el sistema de justicia penal, cambiará las
cosas. A nivel nacional, la participación en condiciones de igualdad, significativa y
eficaz de las mujeres en las distintas ramas del gobierno, su nombramiento para
ocupar puestos de liderazgo en los sectores del gobierno y su capacidad de
participar como miembros activos de la sociedad civil son requisi tos para crear una
sociedad donde la democracia, la paz y la igualdad entre los géneros sean duraderas.
43. Los momentos inmediatamente posteriores a los conflictos pueden
proporcionar una oportunidad estratégica para que los Estados partes adopten
medidas legislativas y normativas dirigidas a eliminar la discriminación contra lamujer en la vida política y pública del país y garantizar la igualdad de oportunidades
de las mujeres para participar en las nuevas estructuras de gobernanza posteriores a
conflictos. Sin embargo, en muchos casos, en la cesación oficial de las hostilidades,
la promoción de la igualdad entre los géneros y la participación de las mujeres en
los procesos de adopción de decisiones no se considera prioritaria e incluso puede
pasar a segundo plano, por considerarse incompatible con los objetivos de
estabilización. La participación y la implicación plenas de las mujeres en el
establecimiento de la paz y la reconstrucción y el desarrollo socioeconómico
posteriores a conflictos oficiales no se suelen realizar del todo debido a los
estereotipos profundamente arraigados, reflejados en el liderazgo tradicional
masculino de los grupos estatales y no estatales, que excluyen a las mujeres de todos
los aspectos de la adopción de decisiones, además de la violencia por razón de
género y otras formas de discriminación contra la mujer.
44. El cumplimiento de las obligaciones de los Estados partes de garantizar la
representación de la mujer en igualdad de condiciones con los hombres en la vida política y pública (art. 7) y a nivel internacional (art. 8) exige adoptar medidas,
incluidas las medidas especiales de carácter temporal contenidas en el artículo 4,
apartado 1, para abordar el contexto más general de la discriminación y las
desigualdades entre los géneros en las zonas afectadas por conflictos, además de las
múltiples barreras específicas que impiden la participación de las mujeres en
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condiciones de igualdad vinculadas a los límites adicionales relacionados con los
conflictos en cuanto a la movilidad, la seguridad, la recaudación de fondos, las
campañas y los conocimientos técnicos.
45. El cumplimiento de estas obligaciones se aplica en particular a los Estados
partes en cuyo territorio han tenido lugar hostil idades, además de a terceros Estados
que participan en los procesos de establecimiento de la paz necesarios para
garantizar que las mujeres estén representadas en sus instituciones y apoyar la
participación de las mujeres locales en los procesos de paz. Su aplicación junto con
la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad sobre las mujeres, la paz y la
seguridad garantiza la participación significativa de las mujeres en procesos
relacionados con la prevención, la gestión y la solución de conflictos.
46. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Garanticen que los instrumentos legislativos, ejecutivos, administrativos
y otros instrumentos reguladores no limiten la participación política de las mujeres
en la prevención, la gestión y la solución de conflictos;
b) Garanticen la representación de las mujeres en pie de igualdad a todos
los niveles de la adopción de decisiones en las instituciones y los mecanismos
nacionales, lo que incluye a las fuerzas armadas, la policía, las instituciones
judiciales y los mecanismos de justicia de transición (judiciales y no judiciales) que
se ocupan de los delitos cometidos durante el conflicto;
c) Garanticen que las organizaciones de mujeres y de la sociedad civil
centradas en las cuestiones de las mujeres y los representantes de la sociedad civil
se incluyan también en todas las negociaciones de paz y las iniciativas de
rehabilitación y reconstrucción posteriores a conflictos;
d) Proporcionen capacitación en materia de liderazgo a las mujeres para
garantizar su participación efectiva en los procesos políticos posteriores a
conflictos.
47. El Comité recomienda a los terceros Estados que participan en los procesos de
solución de conflictos de forma individual o como miembros de organizaciones y
coaliciones internacionales o intergubernamentales que:
a) Incluyan a las mujeres en las actividades de negociación y mediación en
calidad de delegadas, incluso en categorías superiores;
b) Proporcionen asistencia técnica en materia de los procesos de solución de
conflictos a los países que salen de un conflicto, con el fin de promover la
partic ipación efectiva de las mujeres.
4. Acceso a la educación, el empleo y la salud, y mujeres rurales
(arts. 10 a 12 y 14)
48. La desintegración total de la infraestructura pública y de prestación de
servicios del Estado es una de las consecuencias directas principales de losconflictos armados, cuyo efecto es la falta de prestación de servicios esenciales a la
población. En tales situac iones, las mujeres y las niñas se encuentran en la línea de
vanguardia del sufrimiento, ya que son las más afectadas por las dimensiones
socioeconómicas del conflicto. En las zonas afectadas por conflictos, las escuelas se
cierran a causa de la inseguridad, las ocupan los grupos armados estatales o no
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52. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Desarrollen programas para las niñas afectadas por los conflictos que
abandonan la escuela de forma prematura, de modo que puedan reintegrarse en las
escuelas o las universidades lo antes posible; participen en la reparación y la
reconstrucción inmediatas de la infraestructura escolar; adopten medidas para
prevenir los casos de ataques y amenazas contra las niñas y sus profesores; y
garanticen que los perpetradores de dichos actos de violencia sean objeto de
investigaciones, enjuiciamiento y sanciones de forma inmediata;
b) Garanticen que las estrategias de recuperación económica promuevan la
igualdad entre los géneros en tanto que condición necesaria para una economía
sostenible posterior a un conflicto, y que se centren en las mujeres que trabajan en
los sectores estructurado y no estructurado del empleo; diseñen intervenciones
específicas para impulsar las oportunidades de empoderamiento económico de lasmujeres, en particular de las mujeres de las zonas rurales y otros grupos
desfavorecidos de mujeres; garanticen que las mujeres participen en el diseño de
dichas estrategias y programas y en su seguimiento; y aborden eficazmente las
barreras que impiden las participación de las mujeres en condiciones de igualdad en
dichos programas;
c) Garanticen que los servicios de atención de la salud sexual y
reproductiva incorporen el acceso a información en materia de salud y derechos
sexuales y reproductivos; apoyo psicosocial; servicios de planificación de la familia,
incluidos los anticonceptivos de emergencia; servicios de salud materna, incluidos
los cuidados prenatales, unos servicios apropiados para el parto, la prevención de la
transmisión vertical y la atención obstétrica de urgencia; servicios de aborto sin
riesgo; atención posterior al aborto; prevención y tratamiento del VIH y otras
infecciones de transmisión sexual, incluida la profilaxis después de la exposición; y
atención para tratar lesiones, como la fístula ocasionada por la violencia sexual, las
complicaciones del parto u otras complicaciones relacionadas con la saludreproductiva, entre otras;
d) Garanticen que las mujeres y las niñas, incluidas aquellas que pueden ser
especialmente vulnerables al VIH, tengan acceso a los servicios e información
básicos en mater ia de salud, entre ellos la prevención, el tratamiento, la atención y
el apoyo relacionados con el VIH;
e) Coordinen todas las actividades con las partes interesadas de las
comunidades humanitarias y de desarrollo para garantizar un enfoque global que no
duplique iniciativas en las esferas de la educación, el empleo y la salud y llegue a
las poblaciones menos favorecidas, incluidas las que se encuentran en zonas remotas
y rurales.
5. Desplazamiento, refugiados y solicitantes de asilo (arts. 1 a 3 y 15)
53. El Comité ha señalado anteriormente que la Convención se aplica a todas las
etapas del ciclo del desplazamiento y que las situaciones de desplazamiento forzadoy apatridia afectan a las mujeres de modo diferente que a los hombres e incluyen
violencia y discriminación por razón de género. Los desplazamientos internos y
externos tienen dimensiones de género específicas en todas las etapas del ciclo del
desplazamiento; durante la huida, el asentamiento y el regreso a las zonas afectadas
por conflictos, las mujeres y las niñas son especialmente vulnerables al
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desplazamiento forzado. Además, suelen ser objeto de violaciones graves de los
derechos humanos durante la huida y en la fase de desplazamiento, así como dentro
y fuera de los entornos de los campamentos, incluidos los riesgos relacionados con
la violencia sexual, la trata y el reclutamiento de niñas por parte de las fuerzas
armadas y los grupos rebeldes.
54. Las mujeres desplazadas viven en condiciones precarias en los entornos de
conflicto y posteriores a los conflictos debido a la desigualdad de acceso a la
educación, la generación de ingresos y las actividades de formación profesional; la
atención deficiente de la salud reproductiva; su exclusión de los procesos de
adopción de decisiones, que se ve agravada por las estructuras directivas dominadas
por hombres; y la mala organización espacial y las infraestructuras deficientes, tanto
en los campamentos como fuera de ellos. Esta situación de extrema pobreza y
desigualdad puede llevarlas a intercambiar favores sexuales por dinero, refugio,alimentos u otros bienes en circunstancias que las hacen vulnerables a la
explotación, la violencia y la infección por VIH y otras enfermedades de
transmisión sexual.
55. Las mujeres refugiadas tienen necesidades adicionales y diferentes a los
hombres debido a su experiencia como refugiadas. Se enfrentan a problemas de
asistencia y protección similares a los de las desplazadas internas y, por lo tanto,
podrían beneficiarse de intervenciones parecidas que tengan en cuenta la cuest ión
del género que atiendan sus necesidades. El Comité reconoce la diversidad dentro de
estos grupos, los desafíos concretos a los que pueden enfrentarse y las
consecuencias jurídicas, sociales y de otra índole del contexto de desplazamiento
interno o externo, las deficiencias de la asistencia internacional que se les presta y la
necesidad de respuestas específicas a sus necesidades.
56. La búsqueda de soluciones duraderas tras los desplazamientos relacionados
con los conflictos suele excluir la perspectiva de las mujeres desplazadas, bien
porque dicha búsqueda se basa en la adopción de decisiones por parte de unmiembro de la familia o una comunidad en la que se margina a las mujeres o bien
porque las soluciones duraderas se establecen en el marco de procesos posteriores a
conflictos que excluyen a las mujeres. Además, las solicitantes de asilo de las zonas
afectadas por conflictos pueden enfrentarse a barreras relacionadas con el género
para acceder al asilo, ya que su descripción puede no encajar con los patrones
tradicionales de persecución, que se han articulado en gran medida desde una
perspectiva masculina.
57. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Adopten las medidas preventivas necesarias para garantizar la protección
frente al desplazamiento forzado, así como la protección de los derechos humanos
de las mujeres y las niñas desplazadas, incluido el acceso a los servicios básicos,
durante la huida, el desplazamiento y en el contexto de soluciones duraderas;
b) Aborden los riesgos concretos y las necesidades particulares de
diferentes grupos de desplazadas internas y refugiadas que son objeto de formas
diversas y entrecruzadas de discriminación, como las mujeres con discapacidad, las
mujeres de edad, las niñas, las viudas, las mujeres cabeza de familia, las mujeres
embarazadas, las mujeres que viven con el VIH/SIDA, las mujeres rurales, las
mujeres indígenas, las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, nacionales,
sexuales o religiosas, y las defensoras de los derechos humanos;
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c) Promuevan la inclusión y la participación significativas de las mujeres
desplazadas internas y refugiadas en todos los procesos de adopción de decisiones,
incluidos todos los aspectos relacionados con la planificación y la aplicación de
programas de asistencia y gestión de los campamentos, decisiones relacionadas con
la elección de soluciones duraderas y procesos relacionados con los procesos
posteriores a conflictos;
d) Proporcionen protección y asistencia a las mujeres y las niñas
desplazadas internas y refugiadas, en particular: amparándolas frente a la violencia
de género y el matrimonio forzado y en la infancia; velando por su acceso a los
servicios y a la atención de la salud en condiciones de igualdad y por su
participación plena en la distribución de suministros, así como en el desarrollo y la
aplicación de programas de asistencia que tengan en cuenta sus necesidades
específicas; proporcionando protección frente al desplazamiento a las mujeresindígenas, rurales y pertenecientes a minorías que dependan especialmente de la
tierra; y garantizando la disponibilidad de actividades educativas, de generación de
ingresos y de formación profesional;
e) Adopten medidas prácticas para la protección y la prevención de la
violencia por razón de género, así como mecanismos para la rendición de cuentas,
en todos los entornos de desplazamiento, ya se trate de campamentos, asentamientos
o fuera del entorno de los campamentos;
f) Investiguen y enjuicien todos los casos de discriminación y violencia por
razón de género que se producen en todas las fases del ciclo del desplazamiento
relacionado con los conflictos;
g) Proporcionen acceso gratuito e inmediato a servicios médicos, asistencia
letrada y un entorno seguro a las mujeres y las niñas desplazadas internas y
refugiadas que sean víctimas de la violencia por razón de género; proporcionen
acceso a profesionales y servicios de atención de la salud de la mujer, como la
atención de la salud reproductiva y a un asesoramiento adecuado; y garanticen que
las autoridades militares y civiles presentes en los contextos de desplazamiento
hayan recibido una capacitación adecuada sobre los desafíos en materia de
protección, los derechos humanos y las necesidades de las desplazadas;
h) Garanticen que las necesidades de asistencia humanitaria inmediata y las
necesidades de protección se complementen con estrategias a largo plazo para
apoyar los derechos socioeconómicos y las oportunidades de medios de vida de las
mujeres desplazadas internas y refugiadas, el aumento del liderazgo y la
participación con el fin de empoderarlas para poder elegir las soluciones duraderas
que mejor se adapten a sus necesidades;
i) Garanticen que se afronten adecuadamente todas las situaciones de
afluencia masiva de poblaciones refugiadas y desplazadas, incluidas las mujeres y
las niñas, y que las necesidades de protección y asistencia no se vean desatendidas
por una falta de claridad en los mandatos de los organismos internacionales o por
limitaciones de recursos.
6. Nacionalidad y apatridia (arts. 1 a 3 y 9)
58. Además del aumento de los riesgos para los desplazados internos, los
refugiados y los solicitantes de asilo, los conflictos pueden constituir una causa y
una consecuencia de la apatridia, lo que vuelve a las mujeres y las niñas
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especialmente vulnerables a distintas formas de abuso tanto en el ámbito privado
como en el público. La apatridia puede surgir cuando la experiencia de los
conflictos por parte de una mujer se cruza con la discriminación en cuanto a los
derechos de nacionalidad, como las leyes que obligan a las mujeres a cambiar de
nacionalidad con el matrimonio o su disolución o que niegan su capacidad de
transmitir la nacionalidad a sus descendientes.
59. Una mujer puede convertirse en apátrida cuando no puede demostrar su
nacionalidad porque los documentos necesarios, como los documentos de identidad
y los de inscripción de nacimientos, no se expiden o bien se pierden o se destruyen
en el conflicto y no se reexpiden a su nombre. La apatridia también puede tener
lugar en situaciones en las que a una mujer se le niega la capacidad de transmitir la
nacionalidad a sus hijos a causa de unas leyes de nacionalidad discriminatorias por
razón de género.60. Las mujeres y las niñas apátridas se enfrentan a mayores riesgos de abuso
durante los conflictos, porque no disfrutan de la protección que emana de la
ciudadanía, incluida la asistencia consular, y también porque muchas no tienen
documentación o pertenecen a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas. La apatridia
también tiene como consecuencia la denegación generalizada de los derechos
humanos y las libertades fundamentales en los períodos posteriores a conflictos. Por
ejemplo, puede que se niegue a las mujeres el acceso a la atención de la salud, el
empleo y otros derechos socioeconómicos y culturales, dado que los gobiernos
restringen los servicios a los nacionales en los momentos en que aumentan las
limitaciones de recursos. Las mujeres privadas de nacionalidad también suelen verse
excluidas de los procesos políticos y de participar en el nuevo gobierno y la nueva
gobernanza de su país, lo que constituye una violación de los artículos 7 y 8 de la
Convención.
61. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Se aseguren de que las medidas para prevenir la apatridia se apliquen a
todas las mujeres y las niñas y se orienten a las poblaciones que sean especialmente
susceptibles de apatridia a causa de los conflictos, como las desplazadas internas,
las refugiadas, las solicitantes de asilo y las víctimas de la trata;
b) Garanticen que las medidas para proteger a las mujeres y las niñas
apátridas sigan vigentes antes, durante y después de un conflicto;
c) Garanticen a las mujeres y las niñas afectadas por conflictos la igualdad
de derechos para la obtención de los documentos necesarios para ejercer sus
derechos jurídicos y el derecho a que dichos documentos se expidan a su nombre, y
se aseguren de la rápida emisión o sustitución de documentos sin imponer
condiciones inaceptables, como exigir a las mujeres y las niñas desplazadas que
regresen a su lugar de residencia original para obtener los documentos;
d) Garanticen la documentación individual, incluso en las corrientes
migratorias posteriores a conflictos, de las desplazadas internas, las refugiadas y las
solicitantes de asilo y las niñas separadas y no acompañadas, y se aseguren delregistro puntual y en condiciones de igualdad de todos los nacimientos, matrimonios
y divorcios.
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7. Matrimonio y relaciones familiares (arts. 15 y 16)
62. Las desigualdades en el matrimonio y las relaciones familiares afectan a las
experiencias de las mujeres en las situaciones de conflicto y posteriores a conflictos.
En dichas situaciones, puede que se obligue a las mujeres y las niñas a contraer
matrimonio para apaciguar a los grupos armados o porque la pobreza de las mujeres
tras los conflictos las obliga a contraer matrimonio para tener seguridad financiera,
lo que afecta a su derecho a elegir a su cónyuge y a la libertad de contraer
matrimonio, garantizados por el artículo 16, apartado 1, letras a) y b). Durante los
conflictos, las niñas son especialmente susceptibles al matrimonio forzoso, una
práctica nociva que utilizan cada vez con más frecuencia los grupos armados. Las
familias también obligan a las niñas a contraer matrimonio como consecuencia de la
pobreza y la idea errónea de que puede protegerlas frente a la violación.
63.
El acceso equitativo a la propiedad, garantizado por el artículo 16, apartado 1,letra h), resulta especialmente fundamental en las situaciones posteriores a
conflictos, dado que la vivienda y la tierra pueden ser esenciales para las iniciativas
de recuperación, en particular para las mujeres que son cabeza de familia, cuyo
número tiende a aumentar en las crisis a causa de la separación de la familia y la
viudedad. El acceso limitado y desigual de las mujeres a la propiedad se vuelve
especialmente negativo en las situaciones posteriores a conflictos, especialmente
cuando las desplazadas que han perdido a sus cónyuges o sus parientes cercanos de
género masculino regresan a sus hogares y descubren que no cuentan con ningún
título de propiedad y, en consecuencia, con ningún medio de vida.
64. Los embarazos, los abortos o la esterilización forzados de las mujeres en las
zonas afectadas por conflictos violan una infinidad de derechos de la mujer, incluido
el derecho en virtud del artículo 16, apartado 1, letra e) a decidir libre y
responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos.
65. El Comité reitera sus recomendaciones generales núm. 21 y 29 y además
recomienda que los Estados partes:
a) Prevengan, investiguen y sancionen las violaciones por razón de género,
como los matrimonios, los embarazos, los abortos o la esterilización forzados de las
mujeres y las niñas en las zonas afectadas por conflictos;
b) Adopten legislación y polít icas que tengan en cuenta las cuest iones de
género y que reconozcan las desventajas particulares de las mujeres para hacer valer
su derecho a la herencia, así como a la propiedad, en los contextos posteriores a
conflictos, incluida la pérdida o la destrucción de los títulos de propiedad y otros
documentos a causa de los conflictos.
8. Reforma del sector de la seguridad y desarme, desmovilización y
reintegración (arts. 1 a 3, 5 a) y 7)
66. Las actividades de desarme, desmovilización y reintegración forman parte del
marco amplio de la reforma del sector de la seguridad y constituyen una de las
primeras iniciativas de seguridad de los períodos posteriores a conflictos y detransición. A pesar de ello, los programas de desarme, desmovilización y
reintegración pocas veces se desarrollan o aplican en coordinación con las
iniciativas de reforma del sector de la seguridad. Esta falta de coordinación suele
socavar los derechos de la mujer, como cuando se conceden amnistías con el fin de
facilitar la reintegración en puestos del sector de la seguridad de los excombatientes
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que han perpetrado violaciones por razón de género. Las mujeres suelen verse
excluidas de los puestos de las nuevas instituciones del sector de la seguridad a
causa de la falta de planificación y coordinación en las iniciativas de reforma del
sector de la seguridad y de desarme, desmovilización y reintegración. La
insuficiencia de los procesos de investigación de antecedentes impide todavía más
una reforma del sector de la seguridad que tenga en cuenta las cuestiones de género,
que es fundamental para desarrollar instituciones del sector de la seguridad no
discriminatorias que respondan a las cuestiones de género y que aborden las
necesidades en materia de seguridad de las mujeres y las niñas, incluidos los grupos
desfavorecidos.
67. Al finalizar un conflicto, las mujeres se enfrentan a desafíos particulares en
tanto que excombatientes y mujeres y niñas asociadas con los grupos armados como
mensajeras, cocineras, enfermeras militares, cuidadoras, trabajadoras forzosas yesposas. Los programas de desarme, desmovilización y reintegración, dada la
estructura masculina tradicional de los grupos armados, no suelen tener en cuenta
las necesidades particulares de las mujeres y las niñas, no les consultan y también
las excluyen. No es poco frecuente que se excluya a las excombatientes de las listas
de desarme, desmovilización y reintegración. Estos programas tampoco reconocen
la condición de las niñas asociadas a los grupos armados, al identificarlas como
dependientes en lugar de como secuestradas o excluir a las niñas que no
desempeñaron funciones de combate visibles. Muchas combatientes son víctimas de
violencia por razón de género, en particular la violencia sexual, lo que tiene como
consecuencia el nacimiento de niños a causa de las violaciones, unos niveles
elevados de enfermedades de transmisión sexual, el rechazo o la estigmatización por
parte de la familia y otros traumas. Los programas de desarme, desmovilización y
reintegración no suelen abordar sus experiencias, ni tampoco el trauma psicológico
que han sufrido. Como consecuencia de ello, estas mujeres son incapaces de
reintegrarse con éxito en la vida familiar y comunitaria.
68.
Hasta cuando se incluye a las mujeres y las niñas en los procesos de desarme,desmovilización y reintegración, el apoyo es insuficiente, responde a estereotipos de
género y limita su empoderamiento económico, al proporcionar desarrollo de
conocimientos especializados solo en las esferas tradicionalmente femeninas. Los
programas de desarme, desmovilización y reintegración tampoco abordan el trauma
psicosocial que experimentan las mujeres y las niñas en las situaciones de conflic to
y posteriores a conflictos. A su vez, eso puede dar lugar a más violaciones de
derechos, dado que la estigmatización social, el aislamiento y el desempoderamiento
económico pueden obligar a algunas mujeres a permanecer en situaciones de
explotación (por ejemplo, con sus captores) o a convertirse en víctimas de otras
nuevas si deben recurrir a actividades ilícitas para atender a las necesidades propias
y de sus dependientes.
69. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Desarrollen y apliquen programas de desarme, desmovilización y
reintegración en coordinación y en el marco de la reforma del sector de la seguridad;
b) Emprendan una reforma del sector de la seguridad que tenga en cuenta
las cuestiones de género y responda a estas cuestiones y que tenga como
consecuencia la creación de instituciones representativas del sector de la seguridad
que aborden eficazmente las distintas experiencias y prioridades de seguridad de las
mujeres; y colaboren con las mujeres y las organizaciones de mujeres;
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c) Garanticen que la reforma del sector de la seguridad esté sometida a
mecanismos inclusivos de supervisión y rendición de cuentas con sanciones, lo que
incluye la investigación de antecedentes de los excombatientes; creen protocolos y
unidades especializados para investigar las violaciones por razón de género; y
refuercen los conocimientos especializados de cuestiones de género y del papel de
las mujeres en la supervisión del sector de la seguridad;
d) Garanticen la participación de las mujeres en condiciones de igualdad en
todas las etapas de desarme, desmovilización y reintegración, desde la negociación
de acuerdos de paz y la creación de instituciones nacionales hasta el diseño y la
aplicación de los programas;
e) Garanticen que los programas de desarme, desmovilización y
reintegración tengan en cuenta específicamente como beneficiarias a las
combatientes y las mujeres y niñas asociadas con los grupos armados, y que seaborden las barreras que impiden su participación en condiciones de igualdad; y
garanticen que se les presten servicios de apoyo psicosocial y otros tipos de apoyo;
f) Garanticen que los procesos de desarme, desmovilización y reintegración
aborden específicamente las necesidades concretas de las mujeres para prestar
apoyo al desarme, la desmovilización y la reintegración teniendo en cuenta la edad y
las cuestiones de género, incluidas las preocupaciones específicas de las madres
jóvenes y sus hijos, sin orientar los programas demasiado hacia ellos ni
estigmatizarlos más.
9. Reforma constitucional y electoral (arts. 1 a 5 a), 7 y 15)
70. El proceso de reforma electoral y redacción de una constitución posterior a un
conflicto constituye una oportunidad esencial para sentar las bases de la igualdad
entre los géneros durante el período de transición y después de este. Tanto el
proceso como el contenido de estas reformas pueden establecer un precedente para
la participación de las mujeres en la vida social, económica y política en el período
posterior a un conflicto, además de proporcionar una base jurídica a partir de la cual
los defensores de los derechos de la mujer pueden pedir otros tipos de reformas que
tengan en cuenta las cuestiones de género y que se desarrollen en los períodos de
transición. La importancia de una perspectiva de género en la reforma electoral y
constitucional después de un conflicto también se pone de manifiesto en la
resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad.
71. Durante el proceso de redacción de una constitución, la participación
significativa en condiciones de igualdad de la mujer es fundamental para la
inclusión de garantías constitucionales de los derechos de la mujer. Los Estados
partes deben garantizar que la nueva consti tución consagre el principio de igualdad
entre hombres y mujeres y de no discriminación, conforme a la Convención. Para
que las mujeres gocen de sus derechos humanos y libertades fundamentales en
condiciones de igualdad con los hombres, es importante que cuenten con un
comienzo en condiciones de igualdad, a través de la adopción de medidas especiales
de carácter temporal que aceleren la igualdad de hecho.
72. La reforma electoral y los procesos de redacción de una constitución en los
contextos posteriores a conflictos representan una serie de desafíos únicos para
garantizar la participación de la mujer y promover la igualdad entre los géneros,
dado que los diseños de los sistemas electorales no siempre son neutros en cuanto al
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género. Las normas y los procedimientos electorales que determinan qué grupos de
interés están representados en los órganos de redacción de la constitución y otros
órganos electorales en la etapa posterior a un conflicto son fundamentales para
garantizar el papel de las mujeres en la vida pública y política. Las decisiones sobre
la elección de los sistemas electorales son importantes para superar las limitaciones
tradicionales de género que socavan la participación de la mujer. El progreso
sustantivo hacia la participación de las mujeres en condiciones de igualdad como
candidatas y votantes, además de la celebración de unas elecciones libres y limpias,
no será posible a menos que se adopten varias medidas apropiadas, entre ellas la
creación de un sistema electoral que tenga en cuenta las cuestiones de género y la
adopción de medidas especiales de carácter temporal para aumentar la participación
de las mujeres como candidatas y garantizar un sistema de registro de los votantes
adecuado y que las votantes y las candidatas políticas no sean víctimas de la
violencia, ya sea por parte de agentes estatales o privados.
73. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Garanticen la participación de las mujeres en condiciones de igualdad en
los procesos de redacción de la constitución y adopten mecanismos que tengan en
cuenta las cuestiones de género para la participación en dichos procesos y la
contribución a ellos de forma pública;
b) Garant icen que la reforma const itucional y otras reformas legislativas
incluyan los derechos humanos de las mujeres en virtud de la Convención, así como
la prohibición de la discriminación contra la mujer, que abarca tanto la
discriminación directa como la indirecta en los ámbitos público y privado, de
acuerdo con el artículo 1 de la Convención, e incluya también disposiciones
encaminadas a prohibir todas las formas de discriminación contra la mujer;
c) Se aseguren de que las nuevas constituciones contengan medidas
especiales de carácter temporal, se apliquen a los ciudadanos y a los no ciudadanosy garanticen que los derechos humanos de las mujeres no sean objeto de derogación
en los estados de excepción;
d) Garanticen que las reformas electorales incorporen el principio de
igualdad entre los géneros y garanticen la representación de las mujeres en
condiciones de igualdad a través de la adopción de medidas especiales de carácter
temporal, como cuotas, incluyendo para los grupos de mujeres desfavorecidos;
adopten un sistema electoral de representación proporcional; regulen los partidos
polít icos; y encomienden a los órganos de gestión electoral que garanticen su
cumplimiento mediante sanciones;
e) Garanticen el registro y el voto de las votantes, como a través del voto
por correo, cuando corresponda, y la eliminación de todas las barreras, lo que
incluye garantizar un número suficiente y accesible de mesas electorales;
f) Adopten una política de tolerancia cero de todas las formas de violencia
que socavan la participación de las mujeres, incluida la violencia por parte de
grupos estatales y no estatales orientada hacia las mujeres que hacen campaña para
un cargo público o las que ejercen su derecho al voto.
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10. Acceso a la justicia (arts. 1 a 3, 5 a) y 15)
74. Cuando un conflicto llega a su fin, la sociedad se enfrenta a la compleja tarea
de afrontar el pasado, lo que conlleva la necesidad de exigir responsabilidades a los
violadores de derechos humanos por sus actos, poner fin a la impunidad, restablecer
el estado de derecho y atender todas las necesidades de los supervivientes a través
de la justicia, acompañada de reparaciones. Los problemas relacionados con el
acceso a la justicia se ven especialmente agravados en las situaciones de conflicto y
posteriores a conflictos, porque puede que los sistemas de justicia oficiales ya no
existan o funcionen de manera eficiente y eficaz. A veces puede que los sistemas de
justic ia existentes t iendan más a violar los derechos de la mujer que a protegerlos, lo
que puede disuadir a las víctimas de pedir justicia. Todos los obstáculos a los que se
enfrentan las mujeres para acceder a la justicia en los tribunales nacionales antes del
conflicto, como los obstáculos jurídicos, procesales, institucionales, sociales y prácticos, además de la discriminación de género arraigada, se agravan durante el
conflicto, persisten durante el período posterior al conflicto y, junto con la
desintegración de los sistemas policial y judicial, contribuyen a denegar u
obstaculizar el acceso de las mujeres a la justicia.
75. En el período posterior al conflicto, se establecen mecanismos de justicia de
transición con el objetivo de afrontar el legado de los abusos de derechos humanos,
atajar las causas del conflicto, facilitar la transición del conflicto a la gobernanza
democrática, institucionalizar la maquinaria del Estado diseñada para proteger y
fomentar los derechos humanos y libertades fundamentales, hacer justicia y
garantizar la rendición de cuentas por todas las violaciones de los derechos humanos
y el derecho internacional, y que estas no se repitan. Para lograr estos diversos
objetivos, se suelen instituir mecanismos judiciales y no judiciales temporales, por
ejemplo comisiones de la verdad y tribunales híbridos, para sustituir a los sistemas
judiciales nacionales disfuncionales o complementar los.
76.
Las violaciones más atroces y generalizadas que se producen durante losconflictos con frecuencia no son sancionadas por los mecanismos de justicia de
transición y se normalizan en los entornos posteriores a conflictos. A pesar de los
esfuerzos por reforzar o complementar los sistemas judiciales nacionales, los
mecanismos de justicia de transición han fallado y siguen fallando a las mujeres al
no impartir justicia y reparaciones de forma adecuada por todo el daño sufrido,
afianzando así la impunidad de que disfrutan los perpetradores de violaciones de
derechos humanos de la mujer. Los mecanismos de justicia de transición no han
logrado abordar completamente los efectos relacionados con el género de los
conflictos ni tener en cuenta la interdependencia e interrelación de todas las
violaciones de derechos humanos que se producen durante el conflicto. En el caso
de la mayoría de las mujeres, las prioridades judiciales posteriores al conflicto no
deben limitarse a poner fin únicamente a las violaciones de los derechos civiles y
políticos, sino que deben incluir las violaciones de todos los derechos, entre ellos
los derechos económicos, sociales y culturales.
77.
Las obligaciones de los Estados partes en virtud de la Convención les exigenocuparse de todas las violaciones de los derechos de la mujer, además de la
discriminación estructural subyacente por razón de sexo y género que sustentó
dichas violaciones. Además de ofrecer reparación a las mujeres en relación con las
violaciones por razón de género sufridas durante el conflicto, los mecanismos de
justicia de transición pueden asegurar un cambio transformador en la vida de las
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mujeres. Habida cuenta del importante papel que desempeñan en la cimentación de
la nueva sociedad, estos mecanismos representan una oportunidad única para que los
Estados partes sienten la base para lograr una igualdad de género sustantiva atajando
la discriminación por razón de sexo y género preexistente y arraigada que impedía a
las mujeres disfrutar de sus derechos en virtud de la Convención.
78. Aunque los tribunales internacionales han contribuido al reconocimiento y el
enjuiciamiento de delitos basados en el género, persisten varios problemas para
garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, y muchos obstáculos de
procedimiento, institucionales y sociales siguen impidiéndoles participar en los
procesos de justicia internacionales. La aquiescencia pasiva de la violencia pasada
refuerza la cultura de silencio y estigmatización. Los procesos de reconciliación,
como las comisiones de la verdad y la reconciliación, suelen brindar a las mujeres
supervivientes la oportunidad de afrontar su pasado en un entorno seguro y
constituyen registros históricos oficiales. Sin embargo, nunca deben utilizarse para
sustituir a las investigaciones y el enjuiciamiento de los perpetradores de
violaciones de derechos humanos cometidas contra mujeres y niñas.
79. El Comité reitera que las obligaciones de los Estados partes también les exigen
garantizar el derecho de las mujeres a interponer recurso, que engloba el derecho a
una reparación adecuada y efectiva por las violaciones de sus derechos en virtud de
la Convención. Es esencial evaluar la dimensión de género del daño sufrido para
garantizar que las mujeres reciban una reparación adecuada, efectiva e inmediata
por las violaciones sufr idas durante el confl icto, independientemente de que sea
ordenada por tribunales nacionales o internacionales o por programas
administrativos de reparaciones. En lugar de restablecer la situación existente antes
de las violaciones de los derechos de la mujer, las medidas de reparación deben
procurar transformar las desigualdades estructurales que provocaron dichas
violaciones, responder a las necesidades específicas de las mujeres y evitar que se
vuelvan a producir.
80. En muchos países que salen de un conflicto, los mecanismos oficiosos de
just icia existentes constituyen la única forma de justicia a disposición de las mujeres
y pueden ser un instrumento valioso en la situación posterior a los conflictos. Sin
embargo, teniendo en cuenta que los procesos y decisiones de estos mecanismos
pueden discriminar a la mujer, es esencial considerar detenidamente su papel a la
hora de facilitar el acceso de las mujeres a la justicia, por ejemplo definiendo el tipo
de violaciones de las que van a ocuparse y la posibilidad de impugnar sus decisiones
en el sistema de justicia oficial.
81. El Comité recomienda que los Estados partes:
a) Garanticen un enfoque global de los mecanismos de justicia de transición
que incorpore mecanismos judiciales y no judiciales, incluidas comisiones de la
verdad y reparaciones, que tengan en cuenta las cuestiones de género y promuevan
los derechos de la mujer;
b) Se aseguren de que los aspectos sustantivos de los mecanismos de
justicia de transición garanticen el acceso de las mujeres a la justicia, a través de
mandatos que permitan que los órganos aborden todas las violaciones por razón de
género, del rechazo de amnistías en relación con las violaciones por razón de género
y de garantizar el cumplimiento de las recomendaciones o decisiones formuladas
por los mecanismos de justicia de t ransición;
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c) Velen por que el apoyo a los procesos de reconciliación no dé lugar a
amnistías generalizadas por todas las violaciones de derechos humanos,
especialmente por la violencia sexual contra las mujeres y las niñas, y que dichos
procesos refuercen las iniciativas de lucha contra la impunidad de estos delitos;
d) Garanticen la prohibición de todas las formas de discriminación contra la
mujer al restablecer el estado de derecho durante la reforma jurídica; establezcan
sanciones penales, civiles y disciplinarias cuando proceda; e incluyan medidas
específicas destinadas a proteger a la mujer contra la discriminación;
e) Aseguren la participación de las mujeres en el diseño, funcionamiento y
seguimiento de los mecanismos de justicia de transición a todos los niveles con el
fin de garantizar que se incluya su experiencia en el conflicto, se atiendan sus
necesidades y prioridades particulares y se reparen todas las violaciones sufridas; y
garanticen su participación en el diseño de todos los programas de reparación;f) Adopten mecanismos adecuados para facilitar y fomentar la plena
colaboración y participación de las mujeres en los mecanismos de justicia de
transición, en particular, garantizando la protección de su identidad durante las
audiencias públicas y la toma de su testimonio por profesionales del género
femenino;
g) Proporcionen vías de recurso eficaces y oportunas que respondan a los
diversos tipos de violaciones sufridas por las mujeres y garanticen una reparación
adecuada e integral; y aborden todas las violaciones por razón de género, incluidas
las violaciones de los derechos sexuales y reproductivos, la esclavitud doméstica y
sexual, el matrimonio y el desplazamiento forzados, la violencia sexual y las
violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales;
h) Adopten procedimientos que tengan en cuenta las cuestiones de género
para evitar una nueva vict imización y estigmatización; establezcan unidades
especiales de protección y oficinas encargadas de las cuestiones de género en lascomisarías; emprendan investigaciones con confidencialidad y sensibilidad; y
garanticen que, durante las investigaciones y los juicios, se atribuya la misma
importancia al testimonio de las mujeres y las niñas que al de los hombres;
i) Luchen contra la impunidad de las violaciones de los derechos de la
mujer y garanticen que todas ellas se investiguen, juzguen y sancionen de manera
adecuada llevando a los perpetradores ante la justicia;
j) Aumenten la responsabilidad penal, entre otros medios, garantizando la
independencia, imparcialidad e integridad del sistema judicial, reforzando la
capacidad del personal de seguridad, médico y judicial para recabar y preservar las
pruebas forenses relacionadas con la violencia sexual en contextos de conflicto y
posteriores a conflictos, y aumentando la colaboración con otros sistemas de
just icia , incluida la Corte Penal Internacional ;
k) Aumenten el acceso de las mujeres a la justicia, en particular, mediante la
prest ación de asistencia letrada y el establecimiento de tribunales especializados,como los destinados a la violencia doméstica y los de familia y proporcionando
tribunales móviles para los campamentos y los entornos de asentamiento, así como
para las zonas remotas; y garanticen medidas adecuadas de protección de las
víctimas y los testigos, como no revelar la identidad y disponer de refugios;
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l) Colaboren directamente con los mecanismos oficiosos de justicia y
fomenten las reformas adecuadas, en su caso, con el fin de armonizar dichos
procesos con los derechos humanos y las normas de igualdad entre los géneros y
garantizar que no se discrimine a las mujeres.
V. Conclusión
82. Además de las recomendaciones formuladas anteriormente, el Comité propone
a los Estados partes las que se exponen a continuación.
A. Seguimiento y presentación de informes
83.
Los Estados partes deben presentar informes sobre el marco jurídico, las políticas y los programas que han aplicado para garant izar los derechos de la mujer
en la prevención de conflictos y en las situaciones de conflicto y posteriores a los
conflictos. Los Estados partes deben recopilar, analizar y divulgar estadísticas
desglosadas por sexo, además de las tendencias a lo largo del tiempo, en relación
con las mujeres, la paz y la seguridad. Los informes de los Estados partes deben
recoger las medidas adoptadas dentro y fuera de su territorio, en las zonas bajo su
jurisdicción, además de las adoptadas individualmente y en tanto que miembros de
organizaciones y coaliciones internacionales o intergubernamentales que estén
relacionadas con las mujeres y la prevención de conflictos y las situaciones de
conflicto y posteriores a conflictos.
84. Los Estados partes deben proporcionar información sobre la aplicación del
programa del Consejo de Seguridad sobre las mujeres, la paz y la seguridad, en
particular las resoluciones 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009), 1889 (2009),
1960 (2010), 2106 (2013) y 2122 (2013), incluso mediante la presentación de
informes específicos sobre el cumplimiento de todos los parámetros o indicadoresde las Naciones Unidas aceptados y desarrollados como parte de dicho programa.
85. El Comité también acoge con beneplácito la presentación de informes por
parte de las misiones de las Naciones Unidas correspondientes que participan en la
administración de territorios extranjeros sobre la situación de los derechos de la
mujer en los territorios administrados en relación con la prevención de conflictos y
las situaciones de conflicto y posteriores a conflictos.
86. Conforme al artículo 22 de la Convención, el Comité invita a los organismos
especializados a presentar informes sobre la aplicación de la Convención en la
prevención de conflictos y las situaciones de conflicto y posteriores a conflictos.
B. Ratificación de los tratados o adhesión
87. Se anima a los Estados partes a ratificar todos los instrumentos internacionales
relacionados con la protección de los derechos de la mujer en la prevención deconflictos y las situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, entre ellos:
a) El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer (1999);
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Naciones Unidas S/PRST/2004/40
Consejo de Segur idad Distr. general
28 de octubre de 2004
Español
Original: inglés
Declar ación del Presidente del Consejo de Segur idad
En la continuación de la 5066ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el
28 de octubre de 2004, en relación con el tema titulado “La mujer, la paz y la segu-
ridad”, el Presidente del Consejo de Seguridad formuló la siguiente declaración en
nombre del Consejo:
“El Consejo de Seguridad reafirma su empeño en lograr la aplicación
continua y cabal de su resolución 1325 (2000), acoge con beneplácito el cre-
ciente interés que ha suscitado la situación de las mujeres y las niñas en los
conflictos armados desde la aprobación de la resolución 1325 (2000) en octu-
bre de 2000, y recuerda la declaración de su Presidente, de 31 de octubre de
2002, (S/PRST/2002/32) y la sesión celebrada el 29 de octubre de 2003, como
expresiones valiosas de su compromiso con la cuestión.
El Consejo de Seguridad también recuerda la Declaración y Plataforma
de Acción de Beijing (A/52/231) y el documento final del vigésimo tercer pe-
ríodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Uni-
das, titulado ‘La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y
paz para el siglo XXI’ (A/S-23/10/Rev.1), en particular los compromisos rela-
cionados con las mujeres y los conflictos armados.
El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito el informe del Secretario
General sobre las mujeres, la paz y la seguridad (S/2004/814) y expresa su in-
tención de estudiar las recomendaciones que contiene. El Consejo también
acoge con beneplácito las medidas tomadas por el sistema de las Naciones
Unidas, los Estados Miembros, la sociedad civil y otros actores pertinentes,
para promover una participación equitativa de las mujeres en los esfuerzos por
lograr la paz y la seguridad sostenibles.
El Consejo de Seguridad condena enérgicamente la continuación de laviolencia basada en el género durante los conflictos armados. El Consejo tam-
bién condena todas las violaciones de los derechos humanos de las mujeres y
las niñas en situaciones de conflicto armado, así como la explotación sexual, la
violencia y los malos tratos. El Consejo exhorta a todas las partes a que pon-
gan fin a esos actos en forma definitiva e inmediata. El Consejo destaca la ne-
cesidad de terminar con la impunidad de los autores de esos actos como parte
de un enfoque global para alcanzar la paz, la justicia, la verdad y la reconcilia-
ción nacional. El Consejo acoge con beneplácito los esfuerzos del sistema
de las Naciones Unidas por formular y ejecutar estrategias y programas para
Appendix K: Declaraciones Presidenciales sobre la Mujer, la
Paz y la Seguridad
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2 0457812s.doc
S/PRST/2004/40
prevenir y denunciar la violencia basada en el género y exhorta al Secretario
General a que siga tomando medidas al respecto. El Consejo pide al Secretario
General que vele por que los observadores de derechos humanos y los miem-
bros de las comisiones de investigación posean la pericia y la capacitación ne-
cesarias de delitos basados en el género y en ese tipo de investigaciones, in-
cluido un enfoque cultural que tenga en cuenta las necesidades, la dignidad y
los derechos de las víctimas. El Consejo exhorta a los tribunales internaciona-
les y nacionales establecidos concretamente para procesar los crímenes de gue-
rra que impartan capacitación y conocimientos en materia de género a todo el
personal y ejecuten programas que incorporen cuestiones de género para la
protección de las víctimas y los testigos. El Consejo destaca la urgente necesi-
dad de programas que presten apoyo a los supervivientes de la violencia basa-
da en el género. El Consejo pide también que se preste la debida atención a lacuestión de la violencia de género en todos los informes futuros del Consejo.
El Consejo de Seguridad reafirma el papel importante que desempeñan
las mujeres en la prevención de los conflictos y apoya la intención del Secreta-
rio General de elaborar una estrategia y un plan de acción globales para todo el
sistema a fin de que se preste mayor atención a las perspectivas de género en
la prevención de conflictos. El Consejo exhorta a todos los actores pertinentes
a que trabajen en colaboración, incluso mediante una mayor interacción con
organizaciones de mujeres, para asegurar la plena participación de las mujeres
y la incorporación de una perspectiva de género en toda la labor de prevención
de conflictos.
El Consejo de Seguridad también acoge con beneplácito la intención de
preparar una estrategia y un plan de acción globales para incorporar una pers-
pectiva de género en todas las actividades y operaciones de mantenimiento de
la paz y para incluir perspectivas de género en todos los informes temáticos yde países que se presentan al Consejo. Para apoyar este proceso, el Consejo
reafirma su interés en que se integren plenamente perspectivas de género en
los mandatos de todas las misiones de mantenimiento de la paz. El Consejo re-
conoce la contribución que ha hecho la asesora en cuestiones de género del
Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz al progreso de la
aplicación de la resolución 1325 (2000), y pide al Secretario General que estu-
die la posibilidad de tomar disposiciones equivalentes dentro del Departa-
mento de Asuntos Políticos para seguir apoyando su aplicación.
El Consejo de Seguridad considera que se necesita urgentemente una ma-
yor representación de las mujeres en todos los aspectos de las operaciones de
prevención de conflictos, mantenimiento de la paz, fomento de la paz y res-
puesta humanitaria. Para tal fin, el Consejo exhorta al Secretario General a que
fortalezca las medidas para identificar candidatas idóneas, incluso, si procede, de
los países que aportan contingentes, de conformidad con el Artículo 101 de la
Carta de las Naciones Unidas y teniendo en cuenta el principio de la distribucióngeográfica equitativa. Esas medidas deben incluir la ejecución de estrategias de
contratación destinadas a tal fin y la identificación de candidatas para puestos de
alto nivel, incluso en los servicios militares y de la policía civil.
El Consejo de Seguridad reconoce la contribución fundamental de las
mujeres a la promoción de la paz y el papel que desempeñan en los procesos
de reconstrucción. El Consejo se felicita de la intención del Secretario General
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S/PRST/2004/40
de formular estrategias para alentar la plena participación de las mujeres en
todas las etapas del proceso de paz. El Consejo pide también al Secretario Ge-
neral que fomente la incorporación de una perspectiva de género en los pro-
gramas de desarme, desmovilización y reintegración mediante la formulación
de directrices para que esos programas presten mayor atención a las necesida-
des de las mujeres y las niñas. El Consejo pide también al Secretario General
que incorpore una perspectiva de género en todos los aspectos del programa de
reconstrucción que se ejecuta después de los conflictos, incluso mediante el
fortalecimiento de grupos temáticos sobre género en los países que salen de un
conflicto, y que vele por que todas las políticas y programas que apoyan la re-
forma constitucional, judicial y legislativa después de los conflictos, incluidos
los procesos de verdad y reconciliación y los procesos electorales promuevan
la plena participación de las mujeres, la igualdad entre los géneros y los dere-chos humanos de las mujeres.
El Consejo de Seguridad reconoce la importante contribución de la so-
ciedad civil a la aplicación de la resolución 1325 (2000) y alienta a los Estados
Miembros a que sigan colaborando con la sociedad civil, en particular con las
redes y organizaciones locales de mujeres para fortalecer su aplicación. Por tal
motivo, el Consejo acoge con beneplácito los esfuerzos de los Estados Miem-
bros por aplicar la resolución 1325 (2000) en el plano nacional, incluida la
preparación de planes de acción nacionales, y alienta a los Estados Miembros a
que continúen dicha aplicación.
El Consejo de Seguridad reconoce que se han hecho importantes progresos
en la aplicación de la resolución 1325 (2000) en algunas esferas de la labor de
las Naciones Unidas relacionada con la paz y la seguridad. El Consejo afirma
que está dispuesto a seguir promoviendo la aplicación de su resolución, y en
particular a t ravés de la activa cooperación con el Consejo Económico y Social yla Asamblea General. A fin de seguir consolidando este progreso, el Consejo pi-
de al Secretario General que le presente en octubre de 2005 un plan de acción,
con un calendario, para la aplicación de la resolución 1325 (2000) para todo el
sistema de las Naciones Unidas, con miras a fortalecer el compromiso y la ren-
dición de cuentas a los más altos niveles, así como para mejorar la rendición de
cuentas, la supervisión y la presentación de informes sobre los progresos de la
aplicación dentro del sistema de las Naciones Unidas.”
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Naciones Unidas S/PRST/2005/52
Consejo de Seguridad Distr. general
27 de octubre de 2005
Español
Original: inglés
Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad
En la 5294ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 27 de octubre de
2005, en relación con el examen por el Consejo del tema titulado “La mujer y la paz
y la seguridad”, el Presidente del Consejo de Seguridad formuló la siguiente decla-
ración en nombre del Consejo:
“El Consejo de Seguridad reafirma su compromiso con la aplicación
continua y completa de la resolución 1325 (2000) y recuerda sus declaracio-
nes presidenciales de 31 de octubre de 2001 (S/PRST/2001/31), 31 de octu-
bre de 2002, (S/PRST/2002/32), 27 de octubre de 2004, (S/PRST/2004/40),
en las que reiteró ese compromiso.
El Consejo de Seguridad recuerda el Documento Final de la Cumbre
Mundial 2005 (resolución 60/1 de la Asamblea General), la Declaración y la
Plataforma de Acción de Beijing (A/52/31), las conclusiones de la Conferenciay del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea Gene-
ral, titulado “ La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y
paz para el siglo XXI ” y la Declaración del 49° período de sesiones de la Co-
misión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en ocasión del décimo
aniversario de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (E/CN.6/2005/1).
Acogiendo con satisfacción los progresos alcanzados hasta la fecha, el
Consejo de Seguridad subraya la importancia y la urgencia de acelerar la apli-
cación plena y efectiva de la resolución 1325 (2000).
El Consejo de Seguridad reafirma la importancia de la participación plena
y en condiciones de igualdad de la mujer en los procesos de paz a todos los ni-
veles e insta a los Estados Miembros, a las organizaciones regionales y subre-
gionales y al sistema de las Naciones Unidas a que resalten la función de la
mujer en la adopción de decisiones con respecto a todos los procesos de paz y
reconstrucción después de los conflictos y de reconstrucción de las sociedades.
El Consejo de Seguridad acoge con satisfacción las diversas iniciativas y
medidas emprendidas por los Estados Miembros, los organismos de las Nacio-
nes Unidas, las organizaciones de la sociedad civil y otras partes interesadas
pertinentes que se centran en apoyar e incrementar la participación de la mujer
en las negociaciones de paz y en incorporar las perspectivas de género en los
acuerdos de paz.
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El Consejo de Seguridad reconoce y acoge con satisfacción los papeles
desempeñados, y las contribuciones hechas por mujeres en tanto que mediado-
ras, educadoras, constructoras de la paz, consolidadoras de la paz y abogadas
de la paz, así como su contribución activa a las actividades de reconciliación y a
los procesos de desarme, desmovilización y reintegración.
El Consejo de Seguridad reconoce la constante subrepresentación de las
mujeres en los procesos oficiales de paz y se manifiesta profundamente preo-
cupado por los persistentes obstáculos y retos resultantes de situaciones tales
como la violencia contra la mujer, la destrucción de las economías y las es-
tructuras sociales, la ausencia del imperio de la ley, la pobreza, el limitado ac-
ceso a la educación y los recursos, las diversas formas de discriminación y los
estereotipos. El Consejo de Seguridad cree que debe hacerse más para conse-
guir una mayor participación y una contribución efectiva de las mujeres en la
mesa de negociaciones y en el desarrollo y aplicación de estrategias y progra-mas después de los conflictos.
El Consejo de Seguridad alienta a los Estados Miembros y al Secretario
General a que mantengan contactos periódicos con organizaciones y redes de
mujeres, para utilizar sus conocimientos, experiencias y recursos y garantizar
su participación en los procesos de reconstrucción, en particular al nivel de
adopción de decisiones.
El Consejo de Seguridad también alienta a los Estados Miembros, los
donantes y la sociedad civil a que proporcionen apoyo financiero, político y
técnico, así como suficiente capacitación a las iniciativas y redes de mujeres de
consolidación de la paz.
El Consejo de Seguridad acoge con satisfacción el plan de acción para la
aplicación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad en todo el sistema
de las Naciones Unidas, que figura en el informe del Secretario General sobrelas mujeres y la paz y la seguridad (S/2005/636), y pide al Secretario General
que actualice, supervise y revise su aplicación e integración con carácter anual,
y que informe al respecto al Consejo de Seguridad a partir de octubre de 2006.
En este contexto, el Consejo de Seguridad insta al Secretario General a que
considere el nombramiento de un asesor en materia de género en el Departa-
mento de Asuntos Políticos y a que continúe identificando a mujeres candida-
tas a puestos de categoría superior en el sistema de las Naciones Unidas, inclu-
so como Representantes Especiales. A ese respecto, el Consejo invita a los
Estados Miembros a que faciliten al Secretario General, cuando proceda, los
nombres de posibles candidatas.
El Consejo de Seguridad reitera su llamamiento a los Estados Miembros
a que sigan aplicando la resolución 1325 (2005), incluso mediante el desarro-
llo de planes nacionales de acción u otras estrategias a nivel nacional.El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito la decisión adoptada en
la Cumbre Mundial 2005, que figura en el Documento Final (resolución 60/1
de la Asamblea General), de establecer la Comisión de Consolidación de la
Paz y espera con interés su contribución a la aplicación plena de la resolución
1325 (2005), e invita a la Comisión a prestar especial atención a los conoci-
mientos y la comprensión que pueden aportar las mujeres, mediante su partici-
pación y empoderamiento, en los procesos de consolidación de la paz.
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Naciones Unidas S/PRST/2006/42*
Consejo de Segur idad Distr. general
8 de noviembre de 2006
Español
Original: inglés
Declara ción de la Pr esidencia del Consejo de Segur idad
En la 5556ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 26 de octubre
de 2006, en relación con el examen por el Consejo del tema titulado “La mujer y la
paz y la seguridad”, el Presidente del Consejo de Seguridad formuló la siguiente
declaración en nombre del Consejo:
“El Consejo de Seguridad reafirma su compromiso con la aplicación
plena y efectiva de la resolución 1325 (2000) y recuerda las declaraciones de
su Presidencia de 31 de octubre de 2001 (S/PRST/2001/31), 31 de octubre de
2002 (S/PRST/2002/32), 28 de octubre de 2004 (S/PRST/2004/40), y 27 de
octubre de 2005 (S/PRST/2005/52), en las que reiteró ese compromiso.
El Consejo de Seguridad recuerda el Documento Final de la Cumbre
Mundial 2005 (A/RES/60/1), la Declaración y Plataforma de Acción de
Beijing (A/CONF/177/20/Rev.1), las conclusiones de la Conferencia y delvigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, y
la Declaración de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en
su 49° período de sesiones con motivo del décimo aniversario de la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer (E/CN.6/2005/11).
El Consejo de Seguridad reconoce las funciones y contribuciones
decisivas de las mujeres en el ámbito de la consolidación de la paz. El Consejo
acoge con satisfacción los progresos realizados en la participación de la mujer
en los procesos de adopción de decisiones en diversos países que están saliendo
de conflictos, y pide al Secretario General que recabe prácticas adecuadas y
experiencias e identifique lagunas y problemas aún existentes, con miras a seguir
promoviendo la aplicación eficiente y efectiva de la resolución 1325 (2000).
El Consejo de Seguridad reconoce que la protección y la potenciación de
la mujer y el apoyo a sus redes e iniciativas son esenciales para la
consolidación de la paz y la promoción de la participación plena de la mujer,en igualdad de condiciones, y la mejora de su seguridad humana, y alienta a
los Estados Miembros, los donantes, y la sociedad civil a que proporcionen
apoyo a ese respecto.
El Consejo de Seguridad reconoce la importancia de que se incorporen
perspectivas de género en la reforma institucional de los países que han salido
de un conflicto a nivel nacional y local. El Consejo de Seguridad insta a los
Estados Miembros que han salido de un conflicto a que velen por que las
* Publicado nuevamente por razones técnicas.
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S/PRST/2006/42
-
perspectivas de género se incorporen en la reforma institucional, asegurándose
de que las reformas, en particular las del sector de seguridad, las instituciones
de justicia y el restablecimiento del Estado de derecho, garanticen la
protección de los derechos y la seguridad de la mujer. El Consejo también pide
al Secretario General que se asegure de que la asistencia que prestan las
Naciones Unidas en este ámbito se destine adecuadamente a las necesidades y
prioridades de la mujer en el proceso posterior a los conflictos.
El Consejo de Seguridad pide al Secretario General que se asegure de
que en los programas de desarme, desmovilización y reintegración se tenga en
cuenta específicamente la situación de las mujeres excombatientes y las
mujeres vinculadas a combatientes, así como la de sus hijos, y que se les
proporcione acceso pleno a estos programas.El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito la función que la
Comisión de Consolidación de la Paz puede desempeñar en la incorporación
de perspectivas de género en el proceso de consolidación de la paz. En este
contexto, el Consejo celebra en particular los resúmenes de la Presidencia en
las reuniones específicas celebradas sobre Sierra Leona y Burundi los días
12 y 13 de octubre de 2006.
El Consejo de Seguridad sigue estando profundamente preocupado por la
incidencia de todas las formas de violencia contra la mujer en los conflictos
armados, que incluyen matanzas, mutilaciones, graves actos de violencia
sexual, secuestros y trata de personas. El Consejo reitera su más enérgica
condena de dichas prácticas, insta a todas las partes en los conflictos armados
a que velen por la protección plena y efectiva de la mujer, e insiste en la
necesidad de poner fin a la impunidad de los responsables de la violencia por
razones de género.
El Consejo de Seguridad reitera su más enérgica condena de todos los
actos de conducta sexual indebida por parte del personal de las misiones de
mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, sea cual sea su categoría. El
Consejo insta al Secretario General y a los países que aportan contingentes a
que se aseguren de que las recomendaciones del Comité Especial de
Operaciones de Mantenimiento de la Paz (A/60/19) se apliquen plenamente. A
ese respecto, el Consejo manifiesta su apoyo a los continuos esfuerzos de las
Naciones Unidas por aplicar plenamente los códigos de conducta y
procedimientos disciplinarios que tienen por objeto prevenir y castigar la
explotación y el abuso sexuales y mejorar los mecanismos de vigilancia y
respeto de las normas sobre la base de una política de tolerancia cero.
El Consejo de Seguridad pide al Secretario General que incluya en los
informes que le presente los progresos alcanzados en la incorporación de la
perspectiva de género en todas las misiones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y en otros aspectos relacionados específ icamente con las
mujeres y las niñas. El Consejo insiste en la necesidad de que se incluya un
componente de género en las operaciones de mantenimiento de la paz.
Asimismo insta a los Estados Miembros y al Secretario General a que, cuando
sea posible, se aumente la participación de la mujer en todos los ámbitos y
niveles de los componentes civil, de policía y militar de las operaciones de
mantenimiento de la paz.
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S/PRST/2006/42
-
El Consejo de Seguridad reitera su llamamiento a los Estados Miembros
para que sigan aplicando la resolución 1325 (2000), incluso mediante la
formulación y puesta en marcha de planes de acción nacionales u otras
estrategias a nivel nacional.
El Consejo de Seguridad reconoce la importante contribución de la
sociedad civil a la aplicación de la resolución 1325 (2000) y alienta a los
Estados Miembros a que sigan colaborando con la sociedad civil, y en
particular con las redes y organizaciones locales de mujeres , a fin de reforzar
su aplicación.
El Consejo de Seguridad aguarda con interés el informe del Grupo de
alto nivel sobre la coherencia de todo el sistema de las Naciones Unidas en la
esfera del desarrollo, la asistencia humanitaria y el medio ambiente, y espera quedesempeñe un papel importante a la hora de asegurar un enfoque coordinado de
las Naciones Unidas a la cuestión de la mujer y la paz y la seguridad.
El Consejo de Seguridad acoge con satisfacción el primer informe del
Secretario General sobre el seguimiento del plan de acción para la aplicación
de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad en todo el sistema de
las Naciones Unidas (S/2006/770). El Consejo pide al Secretario General que
continúe actualizando, supervisando y revisando la aplicación e integración del
plan de acción y que le informe al respecto con arreglo a lo previsto en la
declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad de 27 de octubre
de 2005 (S/PRST/2005/52).”
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Naciones Unidas S/PRST/2007/40
Consejo de Seguridad Distr. general
23 de octubre de 2007
Español
Original: inglés
Declaración de la Pr esidencia del Consejo de Seguridad
En la 5766ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 23 de octubre de
2007, en relación con el examen del tema titulado “Las mujeres y la paz y la
seguridad”, el Presidente del Consejo de Seguridad formuló la siguiente declaración
en nombre del Consejo:
“El Consejo de Seguridad reafirma su compromiso con la aplicación
plena y efectiva de la resolución 1325 (2000) relativa a las mujeres y la paz y
la seguridad y recuerda las declaraciones pertinentes de la Presidencia en las
que reiteró ese compromiso.
El Consejo de Seguridad reafirma los propósitos y principios de la Carta
de las Naciones Unidas y la responsabilidad primordial que incumbe al
Consejo de Seguridad en virtud de la Carta en el mantenimiento de la paz y la
seguridad internacionales.
El Consejo de Seguridad recuerda el Documento Final de la Cumbre
Mundial 2005 (A/RES/60/1), la Declaración y Plataforma de Acción de
Beijing (A/CONF.177/20/Rev.1), el documento final del vigésimo tercer
período extraordinario de sesiones de la Asamblea General titulado “La mujer
en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI”
(A/S-23/10/Rev.1), en especial las declaraciones contenidas en esos
documentos relativas a las mujeres y la paz y la seguridad y la Declaración de
la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en su 49° período de
sesiones con motivo del décimo aniversario de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer (E/CN.6/2005/11).
El Consejo de Seguridad reconoce la importancia de garantizar el respeto
de la igualdad de derechos de las mujeres y, a este respecto, reafirma la
importancia del papel que corresponde a las mujeres, en igualdad de
condiciones con los hombres, en la prevención y solución de los conflictos y
en la consolidación de la paz, y subraya la necesidad de que participen en pie
de igualdad e intervengan plenamente en los procesos de paz a todos los
niveles. El Consejo insta a los Estados Miembros, a las organizaciones
regionales y subregionales y al sistema de las Naciones Unidas a que
promuevan la partic ipación de las mujeres en los procesos de adopción de
decisiones en todos los procesos de paz y en la reconstrucción de las
sociedades con posterioridad a los conflictos, como elemento esencial de todos
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los esfuerzos encaminados al mantenimiento y la promoción de la paz y la
seguridad sostenibles.
Al Consejo de Seguridad le preocupa que persistan los conflictos
armados y otros tipos de conflicto en muchas partes del mundo y que sean una
realidad constante que afecta a las mujeres en casi todas las regiones. A este
respecto, el Consejo expresa su profunda preocupación por el hecho de que los
civiles, especialmente las mujeres y los niños, sigan constituyendo la gran
mayoría de las víctimas de actos de violencia cometidos por las partes en los
conflictos armados, incluso como resultado de ataques deliberadamente
dirigidos contra ellos y el uso indiscriminado y excesivo de la fuerza. El
Consejo de Seguridad condena estos actos y exige que las partes pongan fin
inmediato a tales prácticas.
El Consejo de Seguridad reafirma a este respecto que incumbe a las partes en los confl ictos armados la responsabil idad primordial de adoptar todas
las medidas posibles para asegurar la protección de los civiles afectados,
prestando atención a las necesidades específicas de las mujeres y las niñas.
El Consejo de Seguridad reconoce que las mujeres siguen estando
insuficientemente representadas en los procesos de paz oficiales, y está
gravemente preocupado por los obstáculos y problemas persistentes como
resultado de situaciones como la violencia contra la mujer, la devastación de
las economías y las estructuras sociales, la ausencia del estado de derecho, la
pobreza, el acceso limitado a la educación y otros recursos, y diversas formas
de discriminación y estereotipos.
Al Consejo de Seguridad le sigue preocupando el escaso número de
mujeres designadas como representantes o enviadas especiales del Secretario
General en misiones de paz. El Consejo insta al Secretario General a quedesigne más mujeres, teniendo en cuenta el principio de la distribución
geográfica equitativa, para que interpongan sus buenos oficios en su nombre.
El Consejo insta a los Estados Miembros a redoblar sus esfuerzos por
presentar al Secretario General candidatas para que se las incluya en una lista
centralizada que se actualice periódicamente. A su vez, el Consejo pide al
Secretario General que dé una mayor difusión y transparencia a este
procedimiento y que imparta instrucciones a los Estados Miembros sobre el
proceso de nombramiento para puestos superiores. Asimismo, el Consejo
reafirma su llamamiento para lograr una mayor incorporación de la perspectiva
de género en todas las operaciones de mantenimiento de la paz, y acoge
favorablemente las políticas de las operaciones de mantenimiento de la paz de
las Naciones Unidas de promover y proteger los derechos de las mujeres
y tener en cuenta una perspectiva de género como establece la resolución
1325 (2000).
El Consejo toma nota del segundo informe de seguimiento del Secretario
General sobre las mujeres y la paz y la seguridad (S/2007/567), así como de
las diversas iniciativas y medidas adoptadas por las entidades de las Naciones
Unidas en el contexto del Plan de Acción para todo el sistema de las Naciones
Unidas sobre la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de
Seguridad; hace un llamamiento al Secretario General para que actualice,
supervise y revise la aplicación e integración del Plan; lleve a cabo en 2010
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una evaluación para todo el sistema sobre los progresos conseguidos en la
aplicación del Plan en 2008-2009, e informe al respecto al Consejo.
El Consejo de Seguridad, aunque acoge con satisfacción los progresos
realizados hasta la fecha, reconoce la necesidad de aplicar de manera más
plena y efectiva la resolución 1325 (2000).
A este respecto, el Consejo reitera su llamamiento a los Estados
Miembros para que continúen aplicando plena y efectivamente la resolución
1325 (2000), incluso, cuando sea oportuno, desarrollando y fortaleciendo las
iniciativas y capacidades nacionales y aplicando los planes nacionales de
acción u otras estrategias pertinentes a nivel nacional.
El Consejo de Seguridad insta a la comunidad internacional a que facilite
en caso necesario apoyo financiero y técnico, así como la capacitación
necesaria para la aplicación a nivel nacional de la resolución 1325 (2000), y pide a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y a los actores de
la sociedad civil y otros actores pertinentes que colaboren y faciliten asistencia
de acuerdo con las prioridades nacionales a los Estados Miembros, en
part icular a los Estados afectados por confl ictos armados, para el rápido
desarrollo de sus planes nacionales, y que colaboren estrechamente con los
mecanismos nacionales encargados de la aplicación de la resolución incluso,
cuando sea oportuno, por mediación de los equipos de las Naciones Unidas en
los países. A tal efecto, el Consejo de Seguridad solicita al Secretario General
que incluya en su informe anual al Consejo información sobre los progresos en
relación con las medidas adoptadas para mejorar la capacidad de los Estados
Miembros para aplicar la resolución 1325 (2000), incluso información sobre
las prácticas óptimas.
El Consejo de Seguridad destaca la importancia de fortalecer lacooperación entre los Estados Miembros, así como entre las entidades de las
Naciones Unidas y las organizaciones regionales, para adoptar y promover
planteamientos regionales para la plena aplicación de la resolución 1325
(2000) en todos sus aspectos.
El Consejo de Seguridad condena enérgicamente todas las violaciones
del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, la
legislación sobre derechos humanos y el derecho de los refugiados, cometidas
contra las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto armado, incluidas las
matanzas, mutilaciones, violencia, explotación y abuso sexuales. A este
respecto, el Consejo insta a todas las partes a que cesen totalmente tales actos
con efecto inmediato.
Al Consejo de Seguridad le preocupa profundamente el hecho de que,
pese a sus repetidas condenas de todos los actos de violencia, incluidas lasmatanzas, mutilaciones, violencia, explotación y abuso sexuales en situaciones
de conflicto armado, y pese a los llamamientos dirigidos a todas las partes en
los conflictos armados para que cesen tales actos con efecto inmediato y
adopten medidas concretas para proteger a las mujeres y las niñas contra la
violencia de género, en particular las violaciones y otras formas de abuso
sexuales, tales actos siguen omnipresentes y en algunas situaciones se han
convertido en sistemáticos y han alcanzado niveles espantosos de atrocidad.
El Consejo de Seguridad destaca la necesidad de poner fin a la impunidad de
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tales actos como parte de un planteamiento global para tratar de alcanzar la
paz, la justicia, la verdad y la reconciliación nacional.
En este contexto, el Consejo reitera el párrafo 9 de la resolución 1325
(2000) e insta a todas las partes en los conflictos armados a que respeten
plenamente el derecho internacional aplicable a los derechos y a la protección
de las mujeres y las niñas, especialmente en su calidad de personal civil, en
part icular las obligaciones que les son aplicables en virtud de los Convenios de
Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977, la Convención sobre
los Refugiados de 1951 y sus Protocolos de 1967, la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979 y
sus Protocolos Facultativos de 1999 y la Convención de las Naciones Unidas
sobre los Derechos del Niño de 1989 y sus dos Protocolos Facultativos de
25 de mayo de 2000, y que tengan presentes las disposiciones pertinentes del
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
El Consejo de Seguridad pide al Secretario General que incluya en sus
informes al Consejo sobre las situaciones de conflicto armado información
sobre: los progresos con miras a la incorporación de la perspectiva de género
en todas las misiones de mantenimiento y consolidación de la paz de las
Naciones Unidas; datos sobre las consecuencias de los confl ictos armados para
las mujeres y las niñas, incluidas las matanzas, mutilaciones, violencias
sexuales graves, secuestros y trata de personas cometidos por las partes en los
conflictos armados; medidas especiales propuestas y adoptadas para proteger a
las mujeres y las niñas contra la violencia de género, en particular la violación
y otras formas de abusos sexuales y demás formas de violencia en situaciones
de conflictos armados, con el fin de poner término a la impunidad, exigir
responsabilidades y mantener una política de tolerancia cero en los casos de
violencia contra las mujeres y niñas.
El Consejo de Seguridad pide al Secretario General que prepare un
informe de seguimiento sobre la plena aplicación de la resolución 1325 (2000),
que incluya información sobre las consecuencias de los conflictos armados
para las mujeres y las niñas en los países que figuran en el programa del
Consejo de Seguridad, así como información sobre su protección y la
promoción de su papel en los procesos de paz, para presentarla al Consejo de
Seguridad en octubre de 2008, y pueda pedir al Secretario General que haga
una presentación oral sobre la marcha del informe.
El Consejo de Seguridad decide seguir ocupándose activamente de
la cuestión.”
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Naciones Unidas S/PRST/2008/39
Consejo de Segur idad Distr. general
29 de octubre de 2008
Español
Original: inglés
Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad
En la 6005ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 29 de octubre
de 2008, en relación con el examen del tema titulado “Las mujeres y la paz y la
seguridad”, el Presidente del Consejo de Seguridad hizo la siguiente declaración en
nombre del Consejo:
“El Consejo de Seguridad reafirma su compromiso con la aplicación
plena y eficaz de las resoluciones 1325 (2000) y 1820 (2008) sobre ‘Las
mujeres y la paz y la seguridad’ y recuerda las declaraciones pertinentes de su
Presidente.
El Consejo de Seguridad toma nota del informe del Secretario General
sobre ‘Las mujeres y la paz y la seguridad’ (S/2008/622).
El Consejo de Seguridad sigue preocupado por la representación
insuficiente de las mujeres en todas las etapas de los procesos de paz, y en la
consolidación de la paz, y reconoce la necesidad de facilitar la participación
plena y efectiva de las mujeres en esas esferas, considerando la función
decisiva de las mujeres en la prevención y solución de conflictos y en la
consolidación de la paz.
El Consejo de Seguridad insta a los Estados Miembros y las
organizaciones internacionales, regionales y subregionales a que adopten
medidas para ampliar la participación de las mujeres en la prevención de los
conflictos, la solución de los conflictos y la consolidación de la paz y para
reforzar el papel de las mujeres en la adopción de decisiones en esas esferas.
El Consejo insta al Secretario General a que designe a más mujeres para
desempeñar en su nombre misiones de buenos oficios, particularmente como
representantes especiales y enviadas especiales.
El Consejo de Seguridad condena enérgicamente todas las violaciones
del derecho internacional cometidas contra las mujeres y las niñas durante losconflictos armados y después de ellos, insta a todas las partes a cesar
totalmente y de inmediato tales actos, e insta también a los Estados Miembros
a someter a la acción de la justicia a los responsables de delitos de esa
naturaleza.
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I M P L E M E N T A C I Ó N D E L A S R C S D E O N U S O B R E L A A G E N D A D E M P S E N A M É R I C A L AT I N A Y E L C A R I B E | 2 2 7
S/PRST/2008/39
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El Consejo de Seguridad pide al Secretario General que prepare un
informe sobre la aplicación de la resolución 1325 (2000) durante el año
próximo, que incluya información sobre las repercusiones de los conflictos
armados sobre las mujeres y las niñas en las situaciones de las que se ocupa el
Consejo, sobre los obstáculos y desafíos que se oponen al fortalecimiento de la
participación de las mujeres en la prevención de los conflictos, la solución de
los conflictos y la consolidación de la paz, y recomendaciones para abordar
estas cuestiones, informe que se presentará al Consejo de Seguridad a más
tardar en octubre de 2009.”
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Naciones Unidas S/PRST/2010/22
Consejo de Seguridad Distr. general
26 de octubre de 2010
Español
Original: inglés
10-60355 (S) 261010 261010
*1060355*
Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad
En la 6411ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 26 de octubre
de 2010, en relación con el examen del tema titulado “Las mujeres y la paz y la
seguridad”, la Presidenta hizo la siguiente declaración en nombre del Consejo:
“El Consejo de Seguridad, reunido en el décimo aniversario de la
aprobación de su resolución 1325 (2000), reafirma su compromiso con que se
sigan aplicando cabalmente, de manera que se refuercen mutuamente, las
resoluciones 1325 (2000), 1612 (2005), 1674 (2006), 1820 (2008),
1882 (2009), 1888 (2009), 1889 (2009), 1894 (2009) y todas declaraciones
pertinentes de su Presidencia.
El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito el informe del Secretario
General sobre la mujer y la paz y la seguridad (S/2010/498), y el análisis que
allí figura sobre los progresos en la aplicación de la resolución 1325 (2000).
El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito la resolución 64/289 de
la Asamblea General, en que se estableció la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad entre los Géneros y el Empoderamiento de la Mujer
(ONU-Mujeres), que comenzará a funcionar plenamente en enero de 2011. El
Consejo invita a ONU-Mujeres a contribuir con regularidad a su labor sobre
las mujeres y la paz y la seguridad, y señala la función valiosa que
desempeñará en el apoyo del papel de la mujer en la consolidación de la paz y
la prevención de la violencia sexual en los conflictos, incluso mediante la
coordinación y la coherencia en las políticas y la programación en favor de las
mujeres y las niñas. El Consejo acoge con beneplácito el nombramiento de la
Sra. Michelle Bachelet como Directora Ejecutiva de la entidad.
El Consejo de Seguridad reitera su enérgica condena de toda las
infracciones del derecho internacional aplicable cometidas contra mujeres y
niñas en situaciones de conflicto armado y después de los conflictos, incluidas
la violación, otras formas de violencia sexual y basada en el género, y los
asesinatos y mutilaciones que contravienen el derecho internacional. ElConsejo insta a todas las partes a que pongan fin a esos actos por completo,
con efecto inmediato, y también insta a los Estados Miembros a que hagan
comparecer ante la justicia a los responsables de delitos de esta naturaleza. Sus
actividades de lucha contra la impunidad deben ir acompañadas de asistencia y
resarcimiento para las víctimas. En tal sentido, reitera su apoyo a los mandatos
de las Representantes Especiales del Secretario General sobre la violencia
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sexual en los conflictos y la cuestión de la repercusión de los conflictos
armados en los niños, y las alienta a que en sus actividades sigan asegurando
una plena transparencia, cooperación y coordinación.
El Consejo de Seguridad señala que la lucha contra la impunidad
respecto de los delitos más graves cometidos contra mujeres y niñas, que
preocupan internacionalmente, se ha reforzado mediante la labor de la Corte
Penal Internacional, los tribunales especiales y mixtos y las salas
especializadas de tribunales nacionales, y toma nota del análisis de la justicia
penal internacional realizado en la primera Conferencia de Examen del
Estatuto de Roma, celebrado en Kampala (Uganda) del 31 de mayo al 11 de
junio de 2010. El Consejo prevé, utilizando medios adecuados, mejorar sus
actividades de lucha contra la impunidad y promover la rendición de cuentas
por los delitos graves cometidos contra mujeres y niñas, y señala toda la gama
de mecanismos de justicia y reconciliación que deben tenerse en cuenta, entreellos los tribunales nacionales, internacionales y mixtos, y las comisiones de la
verdad y la reconciliación, así como los programas nacionales de
indemnización de las víctimas, las reformas institucionales y los mecanismos
tradicionales de solución de controversias.
El Consejo de Seguridad reconoce la persistencia de estos retos y acoge
con beneplácito las numerosas actividades encaminadas a aplicar la resolución
1325 (2000) que se detallan en el informe del Secretario General, en particular
los ejemplos positivos de actividades para establecer relaciones con grupos de
mujeres de la sociedad civil respecto de la solución de conflictos y la
consolidación de la paz, y para proteger a mujeres y niñas de la violencia
sexual y basada en el género.
El Consejo de Seguridad señala con suma preocupación que las mujeres
y las niñas se ven afectadas de manera desproporcionada por los conflictos y
que la participación de la mujer en todas las etapas de los procesos de paz y en
la aplicación de los acuerdos de paz sigue siendo demasiado baja, a pesar de la
función vital que desempeña en la prevención y solución de conflictos y en la
reconstrucción de las sociedades. El Consejo reconoce la necesidad de facilitar
la participación plena y efectiva de la mujer en esas esferas y destaca que la
participación plena y efectiva de la mujer es muy importante para la
sostenibilidad de los procesos de paz.
El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito las actividades de los
Estados Miembros encaminadas a aplicar la resolución de 1325 (2000) a nivel
nacional, incluido el aumento del número de Estados que han formulado o
revisado planes y estrategias de acción nacionales, y alienta a los Estados
Miembros a que continúen esas actividades.
El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito los compromisos
concretos asumidos por varios Estados Miembros en el debate ministerialabierto celebrado el 26 de octubre de 2010 de aumentar sus actividades
encaminadas a aplicar la resolución 1325 (2000), e invita a esos Estados
Miembros y a todo otro Estado Miembro que desee hacerlo a examinar
periódicamente la aplicación de esta resolución y a informar al Consejo de
Seguridad de los progresos alcanzados, según proceda.
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El Consejo de Seguridad apoya que, incluidas las entidades competentes
de las Naciones Unidas, se avance en la aplicación de la serie de indicadores
que figuran en el informe del Secretario General (S/2010/498), a fin de que
sean utilizados como marco inicial para el seguimiento de la aplicación de su
resolución 1325 (2000) en situaciones de conflicto armado y posteriores a
conflictos y en otras situaciones pertinentes para la aplicación de la resolución
1325 (2000), según proceda, teniendo en cuenta las circunstancias específicas
de cada país.
El Consejo de Seguridad reconoce la necesidad de que, en su propia
labor, la resolución 1325 (2000) se aplique sistemáticamente, y de seguir
supervisando los avances en su aplicación. En tal sentido, el Consejo de
Seguridad subraya la necesidad de que se presenten informes sobre las mujeres
y la paz y la seguridad de manera oportuna y sistemática, e insta al SecretarioGeneral a que en los informes y reuniones de información dedicados a países
concretos y a las cuestiones temáticas pertinentes se aporten datos sobre las
cuestiones relacionadas con las mujeres y la paz y la seguridad y sobre la
aplicación de la resolución 1325 (2000) utilizando esa serie de indicadores,
según proceda.
El Consejo de Seguridad alienta a los Estados Miembros a que tengan en
cuenta la serie de indicadores que figuran en el anexo del informe del
Secretario General sobre la mujer y la paz y la seguridad (S/2010/498), según
proceda, en la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de
Seguridad y en las resoluciones posteriores sobre las mujeres y la paz y la
seguridad.
El Consejo de Seguridad reitera su exigencia a todas las partes en un
conflicto armado de que pongan fin de manera inmediata y completa todas las
formas de violencia contra mujeres y niñas, incluidos los actos de violenciasexual.
El Consejo de Seguridad alienta a los Estados Miembros a que
desplieguen un mayor número de mujeres entre el personal militar y de policía
de las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, y
que den a todo el personal militar y de policía una capacitación adecuada para
el desempeño de sus tareas. El Consejo de Seguridad pide al Secretario
General que continúe y refuerce las actividades de aplicación de la política de
tolerancia cero respecto de la explotación y el abuso sexuales que cometa el
personal de mantenimiento de la paz y humanitario de las Naciones Unidas. El
Consejo solicita al Secretario General que siga aportando y aplicando
directrices sobre la manera de abordar la violencia sexual en la capacitación
previa al despliegue y en la orientación inicial del personal militar y de policía,
y que preste asistencia a las misiones en la elaboración de procedimientos para
situaciones concretas encaminados a abordar la violencia sexual sobre elterreno y para asegurar que se preste apoyo técnico a los países que aportan
contingentes y personal de policía a fin de que se incluyan directrices para el
personal militar y de policía sobre el modo de abordar la violencia sexual en la
capacitación previa al despliegue y en la orientación inicial. El Consejo de
Seguridad acoge con beneplácito la labor de los asesores sobre género y
protección de la mujer nombrados en las misiones de mantenimiento de la paz.
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El Consejo espera con interés examinar el informe anual del Secretario
General sobre la aplicación de su resolución 1820 (2008).
El Consejo de Seguridad solicita al Secretario General que le siga
presentando un informe anual sobre la aplicación de la resolución 1325 (2000).
El Consejo solicita además al Secretario General que, en su próximo informe
anual, proponga un marco estratégico para guiar, en el próximo decenio, la
aplicación de la resolución por parte de las Naciones Unidas, que incluya
metas e indicadores y tenga en cuenta los procesos pertinentes que se aplican
en la Secretaría. En este contexto, el Consejo solicita al Secretario General que
incluya recomendaciones sobre reformas normativas e institucionales en las
Naciones Unidas que faciliten una respuesta mejorada de la Organización a las
cuestiones relacionadas con las mujeres y la paz y la seguridad.
El Consejo de Seguridad reitera su solicitud a los Estados Miembros y a
las organizaciones internacionales, regionales y subregionales de que adopten
medidas para aumentar la participación de la mujer en la prevención y solución
de conflictos y la consolidación de la paz, incluso en funciones de adopción de
decisiones en instituciones de gobernanza después de los conflictos, ya sea por
designación o mediante elecciones. El Consejo insta al Secretario General a
que nombre más mujeres como mediadoras y representantes y enviadas
especiales a fin de que, en su nombre, realicen actividades de buenos oficios.
El Consejo de Seguridad expresa su intención de convocar dentro de
cinco años una reunión de examen de alto nivel para evaluar los progresos
alcanzados a escala mundial, regional y nacional en la aplicación de la
resolución 1325 (2000), renovar los compromisos y abordar los problemas y
limitaciones que hubieran surgido en la aplicación de la resolución
1325 (2000).”
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Instrucciones para el examen de fn de curso
Información general
El Examen de n de curso se provee como componente separado de este curso. Cubre el material de
todas las lecciones del curso, incluido el de los anexos y apéndices. Podrá encontrar el examen en suClase virtual: <http://www.peaceopstraining.org/users/user_index>.
Formato de las preguntas
El examen consta de 50 preguntas de múltiple opción. Cada pregunta da al alumno 4 posiblesrespuestas identicadas con las letras A, B, C y D, de las cuales solo una es la correcta.
Límite de tiempo
No hay límite de tiempo para el examen. Ello permite al alumno leer y estudiar las preguntascuidadosamente y consultar el texto del curso. Por otra parte, si el alumno no puede completar elexamen de una vez, puede guardarlo y volver a este sin ser calicado. El botón “Guardar” se encuentra
en la parte inferior del examen, junto al botón “Enviar mis respuestas”. Si hace clic en el botón “Enviar
mis respuestas”, dará por terminado el examen.
Califcación de aprobación
Para aprobar el examen se requiere un puntaje del 75% o más. A aquellos que aprueben el examen,
se les otorgará un certicado de culminación (Certicate of Completion) electrónico. Un puntaje demenos del 75% será una calicación de reprobación. A aquellos alumnos que obtengan un puntaje de
reprobación se les dará una segunda versión alternativa del examen, la cual también se podrá completarsin límite de tiempo. A los alumnos que aprueben el segundo examen se les otorgará un Certicate of
Completion. Quienes no aprueben el segundo examen perderán la inscripción en el curso.
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Cursos del Peace Operations Training Institute
El Peace Operations Training Institute (POTI) ha asumido el compromiso de impartirconocimientos prácticos fundamentales a los estudiantes, y trabaja permanentemente paraampliar sus programas con la información más actualizada y pertinente posible. La lista decursos más reciente del POTI, que reeja la creciente disponibilidad de cursos en idiomas
portugués y árabe, se podrá encontrar en http://www.peaceostraining.org. Visite regularmenteel portal de internet, para mantenerse al tanto de los últimos cambios que se operen en elprograma curricular del POTI.
Course Name English French Spanish
Introducción al sistema de ONU
Comando de operaciones de mantenimiento de la paz de ONU
Realización de operaciones de ayuda humanitaria
Core Pre-deployment Training Materials
Desarme, desmovilización y reintegración (DDR)
Ética en el mantenimiento de la paz
Perspectivas de género en la ops. de mantenimiento de la paz
Historia del mantenimiento de la paz de ONU 1945–1987
Historia del mantenimiento de la paz de ONU 1988–1996
Historia del mantenimiento de la paz de ONU 1997–2006
Derechos humanos
Human Rights and Peacekeeping
Implementación del SCR 1325 (2000) en África
Implementación de las RCS de ONU sobre la agenda de MPSen Asia y el Pacíco
Implementación de las RCS de ONU sobre la agenda de MPSen América Latina y el Caribe
La Ley humanitaria internacional y la Ley de conicto armado
Apoyo logístico a ops. de mantenimiento de la paz de ONU
Apoyo logístico operativo
Temas avanzados de logística de ONU
Acción antiminas
Mantenimiento de la paz y resolución de conictos internacionales
Prevención de la violencia contra la mujer
Principios y directrices
Protection of Civilians
Coordinación civil-militar (CIMIC)
Observadores militares de Naciones Unidas
Policía de Naciones Unidas