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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 1 Gerencia Tributaria de la Empresa Imposición Directa Prof. Marcel Imery [email protected]

Imposición Directa Imery Urdaneta

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Gerencia Tributaria de la Empresa

Imposición Directa

Prof. Marcel [email protected]

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Introducción

I. Mis datos

II. Sus datos

III. Mis objetivos

IV. Portal “Estudiantes”

V. Los temas que veremos en los tres trimestres

VI. Las evaluaciones

VII. Reunión de fin de curso

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Mis datos Marcel Imery Abogado. Socio de Imery Urdaneta E-mail: [email protected] y [email protected] Celular: 414-1260940 Tel oficina: 212-2632535 Tel casa: 212-2632535 Dirección oficina

Imery Urdaneta Calleja Itriago Flamarique S.CMulticentro Empresarial del EsteAv. Francisco de MirandaTorre Libertador, Piso 5, Núcleo AChacao, Caracas

Asistente ejecutiva: Carmen Cecilia Curvelo E-mail: [email protected]

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Sus datos Favor indicar brevemente:

Nombre y apellido Profesión y estudios realizados Empleador Experiencia profesional

Por qué decidió realizar este postgrado?

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Portal “Estudiantes” www.imeryurdaneta.com Portal: “Estudiantes” Por favor regístrate Utilidad

Noticias de la materia Material académico (programa, láminas de

clases, leyes, reglamentos, sentencias, dictámenes, exámenes, trabajos, otros)

Control de asistencia Evaluación

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Mis objetivos Que entiendan cómo funciona el ISR

Que piensen mucho (cero caletre)

Que escriban opiniones legales

Que usen palabras técnicas

Que participen: Que uds. agreguen valor

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Reunión de fin de curso Día de campo Solo para quienes lleguen al tercer

trimestre Pinchos de Cordero Torneo de Bolas Criollas Otras actividades

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Los temas que veremos ALCANCE DEL PROGRAMA – TRES TRIMESTRES - Método socrático

El patrimonio de los contribuyentes Eventos que aumentan el patrimonio de un contribuyente Cuáles aumentos patrimoniales son gravables con el ISR Esquema de una opinión legal ISR Fuentes legales del derecho tributario Elementos del ISR La fórmula para determinar el ISR Ingreso bruto Donaciones El ejercicio fiscal Ejercicios cortos La disolución de sociedades La liquidación de sociedades Reglas de territorialidad Casos prácticos de territorialidad Territorialidad: La regla de la “Causa” - Caso Tricomar

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Los temas que veremos (Cont.) ALCANCE DEL PROGRAMA – TRES TRIMESTRES - Método socrático (Cont.)

El fideicomiso La carta de crédito Operaciones de permuta/cambio. IB y territorialidad Intereses Caso Citibank - intereses Ventas: Territorial, de exportación y en consignación Vivienda Principal Tipos de contribuyentes El consorcio La cuenta en participación Las cooperativas Reglas de disponibilidad Arrendamiento financiero Regla de sub-capitalización o capitalización delgada

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Los temas que veremos (Cont.) ALCANCE DEL PROGRAMA – TRES TRIMESTRES - Método

socrático (Cont.)

Laboralidad Tarifas Rentas presuntas Ganancias de capital y dividendos Transparencia fiscal internacional Fusiones Venta de fondo de comercio Costos Deducciones Retenciones

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Los temas que veremos (Cont.) ALCANCE DEL PROGRAMA – TRES TRIMESTRES -

Método socrático (Cont.)

Exenciones y Exoneraciones Rebajas por inversión Ajustes por inflación Precios de transferencia

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La evaluación 20 puntos

Asistencia Un punto menos sobre nota final por cada inasistencia

no justificada, a partir de la 2da falta 1 punto: Participación en clase

Calidad de participaciones 5 puntos: 1 trabajo en grupo. Max 4 estudiantes

Es necesario presentar el trabajo para poder presentar el examen final

Mitad del valor si es presentado fuera de lapso 14 puntos: Examen final. Último sábado del trimestre

Casos. 4 horas a partir del dibujo de los casos Nota en base a la mayor nota del grupo (curva)

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La evaluación (cont.) Trabajos: 1 por trimestre Análisis de casos Respuesta “en estilo de opinión legal” Estructura de opiniones

• I. Preguntas formuladas• II. Resumen de hechos relevantes para fines del ISR• III. Lista de material consultado (leyes, reglamentos,

sentencias, dictámenes, doctrina – ojo datos al pie de página y anexar a los 2 trabajos el material no legislativo consultado)

• IV. Conclusiones cortas• V. Análisis

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La evaluación (cont.) Examen final Análisis de casos Respuestas cortas. No es necesario seguir el

esquema formal de una “opinión legal” Estructura de respuesta examen final

• I. Identificar las preguntas formuladas• II. Conclusiones cortas• III. Análisis breve. Explicar por qué?

Cuándo será el examen final: El sábado anterior a la fecha tope de entrega de notas• Delegado de curso deberá cuadrar el aula con la escuela

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El Patrimonio Cuáles son los eventos que tienen un impacto en el

patrimonio Patrimonio = Activos? Patrimonio = Activos – Pasivos Incremento del patrimonio = Enriquecimiento Origen del enriquecimiento

Actividades Enajenación y cesión de uso de bienes Hallazgos Juegos de azar Condonaciones de deudas Indemnizaciones Particiones Retornos por inversiones Herencia Etc.

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El Patrimonio (cont.) Caso de los Bs. 60

El Estudiante consiguió Bs. 60

Hay incremento patrimonial? Gravable? Con cuál impuesto?

ISR Donaciones Sucesiones

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El Patrimonio (cont.) Caso de los Bs. 60 (Cont.)

El profesor le regaló Bs. 60 al estudiante Sin condiciones Con condiciones

Hay incremento patrimonial? Gravable? Con cuál impuesto?

ISR Donaciones Sucesiones

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El Patrimonio (cont.) Caso de los Bs. 60 (Cont.)

El estudiante heredó Bs. 60

Hay incremento patrimonial? Gravable? Con cuál impuesto?

ISR Donaciones Sucesiones

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El Patrimonio (cont.) Caso de los Bs. 60 (Cont.)

Disminuyó el patrimonio de quien perdió el dinero?

Disminuyó el patrimonio del profesor?

El Estudiante cumplió condición y trajo merienda para la clase Disminuye el patrimonio del Estudiante? Aumenta el patrimonio de los Estudiantes del salón?

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Fuentes del derecho tributario Fuentes legales

Constitución de la República Establece los principios tributarios

Tratados internacionales de integración Normas y principios que forman parte de la

legislación interna vigente De aplicación directa y preferente a la legislación

interna Tratados internacionales tributarios

Para evitar la doble tributación Jurisprudencia vinculante de la SC del TSJ

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Fuentes del derecho tributario (Cont.) Fuentes legales (Cont.)

Código Orgánico Tributario Desarrolla principios constitucionales

Ley de ISR Regula los elementos del ISR y la determinación del ISR

Actos administrativos de efectos generales Reglamento de la LIRS y sobre retenciones Resoluciones Ministeriales Providencias

Actos administrativos de efectos particulares Dictámenes de la Administración Resoluciones que culminan el sumario

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Fuentes del derecho tributario (Cont.) Otras fuentes. Vinculante?

Jurisprudencia De la SC del TSJ De la SPA del TSJ De los Tribunales Contencioso Tributarios

Dictámenes de la Administración Doctrina. Artículos especializados Diccionario de la Real Academia Modelo Tratado OCDE Modelo Tratado ONU Diario de debates del la Asamblea Nacional Exposición de motivos de las Leyes

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Elementos del ISR Elementos del ISR

Materia imponible Qué es la renta? “elemento económico” (sentido

estricto y amplio) Base imponible Alícuota Hecho imponible. Cuál es en el ISR?

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Opinión legal - ISREstructura de una opinión legal

Se consulta si……… (si hay mas de una pregunta (i)…., (ii)…… y (iii)……..)

I. Los hechos

“Entiendo que los hechos relevantes a los efectos de emitir esta opinión son:…….”

II. Material consultado

“Luego de revisar …… (datos de todas las normas revisadas y de Gaceta Oficial en pie de página)”

III. Conclusiones

“Opino que (i)……, (ii)…..; (iii)….”

IV. Análisis

“He llegado a las conclusiones indicadas en el Capítulo III anterior en base al siguiente análisis.”

-Conclusión, Resumen de norma, norma, interpretación de la norma, aplicación de la norma al hecho, conclusión-

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Opinión legal – ISR (Cont.) Elaboración de una opinión legal: Antes de escribir NADA

1. Preguntas: Cuáles son?2. Hechos: Cuáles son?3. Identifica las operaciones con contenido económico en general4. Selecciona aquellas relevantes para la opinión legal5. Identifica y ubica las normas aplicables6. Qué remunera el pago?7. Ingreso/gasto “territorial” o “extraterritorial”? ojo: Aplica las REGLAS8. Quién es el beneficiario final de la remuneración? = I9. Quién aprovecha la deducción de la remuneración? = G10. Cuáles son los domicilios fiscales de los entes participantes en 8 y 9?11. Aplica algún Tratado para evitar la DT?12. Otros temas importantes –Misceláneos-13. Conclusiones: Muchas veces hay más de una válida14. Riesgos15. Defensas16. ESCRIBIR. Este es el último paso

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

1. Preguntas: Cuáles son? Solicitar al cliente o jefe preguntas por escrito Si no estás claro:

Solicita aclaratoria

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

2. Hechos: Cuáles son? Dibuja los hechos. Ejemplo Si no estás claro:

Solicita aclaratoria Pide copia de los documentos/contratos relevantes Entiende el(los) contrato(s) en el plano legal

Redacta el capítulo de los hechos

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

3. Identifica las operaciones con contenido económico en general Cuáles son:

• Aquellas que tienen un impacto en el patrimonio Operaciones “Remuneradas” Operaciones “No remuneradas”

Por qué?• Solo ellas tienen consecuencias fiscales

Las “Remuneradas”: Negocios jurídicos que tengan por objeto• Bienes• Servicios• Otras actividades

Las “No remuneradas”• Desastres naturales, accidentes, tesoros, indemnizaciones,

retornos por inversiones, etc.

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

4. Selecciona aquellas operaciones relevantes “solo” para la opinión legal

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

5. Identifica y ubica las normas relevantes CN Tratados COT LISR RLISR Providencias, etc.

Importante: También revisa el resto de las fuentes Dictámenes del SENIAT Jurisprudencia Publicaciones

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

6. Qué remunera el pago? La enajenación de un bien? La prestación de un servicio? La realización de una actividad? Una inversión?

Formas de “pago” En efectivo En especie Compensación Remisión Confusión

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

7. Ingreso/gasto “territorial” o “extraterritorial”?

REGLAS

Bienes inmuebles: R: Ubicación geográfica Bienes muebles tangibles: R: Idem bienes inmuebles,

pero para el momento del “perfeccionamiento del contrato

Bienes muebles intangibles: R: Idem bienes muebles, pero aplican “criterios ideales”

Servicios: R: Lugar dónde se presta el servicio Otras actividades: R: Lugar dónde se realiza la

actividad

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

8. Quién es el beneficiario final de la remuneración? = Ingreso

Quiénes son contribuyentes del ISR. Art 1 LISR. Ojo tratados

P Nat o P Jca domiciliadas en Vzla Renta Territorial Renta Global

P Nat o P Jca No domiciliadas en Vzla (Sin EP o BF) Solo Renta territorial

P Nat o P Jca No domiciliada con EP o BF en Venezuela Renta Territorial atribuible al EP o BF Renta Global atribuible al EP o BF

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

9. Quién aprovecha la deducción de la remuneración? El titular de la deducción del gasto Ojo: Retención de ISR

Pago Abono en cuenta

Ojo: Cuándo es deducible el gasto? Ojo: Año siguiente, qué pasa si no se pagó?

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

10. Cuáles son los domicilios fiscales? Del beneficiario final de la remuneración Del que aprovecha la deducción del gasto

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

11. Aplica algún Tratado para evitar la DT? Alemania G.O. 36.366, 11.08.97 Barbados G.O: 37.659, 27.03.03 Bélgica G.O.: 5.269, 22.10.98 República Checa G.O. 5.180, 4.11.97 Dinamarca G.O. 37.219, 14.06.01 Estados Unidos G.O. 5.427, dated 05.01.00 Francia G.O. 4.635, 29-09-03 Indonesia G.O. 37.659, 27.03.03 Italia G.O. 4.580, 21.05.93 Mexico G.O. 5.273, 6.11.98 Noruega G.O. 5.265, 1.10.98 Holanda G.O. 5.180, 4.11.97 Portugal G.O. 5.180, 4.11.97 Reino Unido G.O. 5.218, 6.03.98 Suecia G.O. 5.274, 12.11.98 Suiza G.O. 5.192, 18.12.97 Trinidad y Tobago G.O. 5.180, 4.11.97 Decisión 578 Comunidad Andina Balarus G.O. 39.095, 9-12-2008

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

12. Otros temas importantes: Misceláneos Reglas de disponibilidad Aplican beneficios fiscales Cuál es el régimen de retenciones aplicable Ajuste por inflación Pecios de transferencia Rentas presuntas Reglas de costo Ejercicio fiscal Normas de transparencia fiscal internacional Regla de sub-capitalización Alícuota aplicable etc.

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

13. Conclusiones Puede haber más de una válida Al llegar a la primera, seguir pensando

OJO: Este es el esqueleto del Capítulo IV de Análisis de la opinión legal

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Opinión legal – ISR (cont.) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

14. Riesgos Identificar riesgos

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Opinión legal – ISR (cont) Elaboración de una opinión legal: Pasos (cont.)

15. Defensas Identificar las defensas en caso que se concreten los

riesgos

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Opinión legal – ISR (cont) Elaboración de una opinión legal: Pasos

(cont.)16. ESCRIBIR la opiniónRedactar preguntasRedactar hechosIdentificar fuentes consultadasRedactar conclusionesRedactar análisis

OJO: No escribir nada sin antes haber pasado por los 15 pasos anteriores

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El hecho imponible en el ISR En el ISR, el hecho imponible está

condicionado por: (Art. 1) Territorialidad Disponibilidad El periodo fiscal La renta debe ser neta

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Territorialidad Hasta el 2000: “renta territorial”

Gravables: Ingresos de fuente territorial

A partir del 2000: “renta global” Gravables: Ingresos de cualquier origen

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Territorialidad (cont.) Reglas de territorialidad

Enajenación: Dónde está ubicado el bien? Inmuebles, muebles, intangibles

Actividades económicas: Dónde se realiza la actividad remunerada?Servicios: Dónde se presta el servicio remunerado?Intereses: Dónde se usa el dinero cuyo uso se remunera con el pago de intereses?

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Territorialidad (Cont.) Las reglas de territorialidad informan:

El ingreso Los costos Los gastos

OJO: Recordar el concepto de las 3 cestas

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Disponibilidad Reglas sobre cuándo es disponible la renta: Art. 5

Pago – Contabilidad en base a efectivo Ejem: Venta de bien inmueble, servicios

profesionales, alquileres

Causado – Contabilidad en base a lo causado o cuando se “realiza la operación” Ejem: Venta de bien mueble

Devengado – Contabilidad en base a lo “devengado” Ejem: Intereses por préstamos bancarios

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Disponibilidad (cont.) En Vzla no es posible escoger cuándo la renta es

disponible La contabilidad fiscal debe llevarse según la regla del

Art. 5 de la LISR

Debe haber simetría La normas de disponibilidad informan al

ingreso y al gasto. Ver Art. 32 LISR Conciliación al cierre. Qué es esto?

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Disponibilidad (cont.) Renta por enajenar:

Ojo: Algo con costo sale del patrimonio Venta Permuta: Recibo algo con valor de cambio distinto Dación en pago: Recibo algo con valor de cambio

distintoVer Pfo I, art 23; numeral 4, art 38 RLIS

Otras rentas:Ojo: Nada con costo sale del patrimonio

Servicios Otras actividades Intereses Alquileres

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Disponibilidad (cont.) Qué es un costo?

Todo desembolso hecho en algo que se incorpora a un producto (todo lo que toca al producto)

Ejemplo: Que forma parte del costo de un zapato? La suela La pega Las trenzas El cuero El hilo Los ojales

Qué es esto? Gastos

Sueldos, vigilancia, seguros, limpieza, arrendamiento, etc.

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Disponibilidad (cont.) Inventario

Qué es esto? Hay una inversión? Hay costo? Cómo recupero el costo?

EnajenaciónVentaPermutaDación en pago

Siempre recupero el costo? Depende del precio v. costo

Pérdida/gananciaOjo: Productos con precio regulado

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Disponibilidad (cont.) Activo fijo

Qué es esto? Hay una inversión? Hay costo? Cómo recupero el costo?

Depreciación. Qué es esto? Amortización. Que es esto? Todo activo fijo se puede depreciar/amortizar? Se puede cambiar la vida útil del activo? OJO: Al aprovechar la depreciación/amortización,

disminuye el costo del activo

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Disponibilidad (cont.) Qué es un gasto?

Desembolsos que no formen parte del costo Lo remunerado no se incorpora al producto Son necesarios para producir la renta Ejemplos

Sueldos Seguros Vigilancia Luz Teléfono Arrendamiento Etc.

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Disponibilidad (cont.) Tipos gasto?

Hay un desembolso de dinero Ejemplos:

Sueldo Arrendamiento

No hay un desembolso de dinero Ejemplos:

Depreciación Ajuste por inflaciónOtras. Pérdidas de bienes no indemnizadas

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Ejercicio Fiscal Importancia del período:

Determinación de: Ingresos Costos Gastos/Deducciones Enriquecimiento neto Ajuste por inflación

Aplicación de la fórmula del ISR Determinación del ISR a pagar

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Ejercicio Fiscal (Cont.) El período también sirve para definir:

Tope para traslado de pérdidas fiscales Tope para aprovechamiento de créditos

fiscales Vigencia de beneficios fiscales

Rebajas por inversión Exoneraciones Exenciones

Prescripción Oportunidad de declarar y pagar el ISR

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Ejercicio Fiscal (cont.) Tipos por su duración:

Normales: 12 meses Cortos: Menos de 12 meses

En contribuyente puede cambiar su ejercicio fiscal?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 57

Ejercicio Fiscal (cont.) Personas naturales:

Año calendario Excepciones (ejercicios fiscales cortos)

Fecha de nacimiento Fecha de muerte Cambio de ejercicio autorizado por el SENIAT. Art

168/170 RLISR Cesación de actividades de P Nat que realicen

actividades comerciales, industriales o presten servicios. Art 167 (1) RLISR

Accidentes y enfermedades graves?

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Ejercicio Fiscal (cont.) Personas jurídicas:

Año calendario o cualquier otro periodo de 12 meses

Excepciones (ejercicios fiscales cortos) Fecha de registro Cambio de ejercicio autorizado por el SENIAT. Art

168/170 RLISR Cesación de actividades: Por venta, fusión,

liquidación, etc. Transformaciones, solo si cambia el régimen gravable

de la sociedad. Art 151 RLISR

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Ejercicio Fiscal (cont.) Personas jurídicas: (Cont.)

Estos eventos no afectan el ejercicio fiscal Cambio de denominación social Cambio de domicilio Venta de algunos activos. Ojo: No hay cesación de

actividades Venta de acciones/participaciones de una sociedad Cambio de representantes de la sociedad Cambio de objeto social Transformaciones, si no cambia el régimen gravable

de la sociedad

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Ejercicio Fiscal (cont.) Disolución v. liquidación

Disolución. Regulada en el Artículo 150 RLIS No hay cesación de actividades, pues las

actividades de la compañía siguen hasta el día de su liquidación

Que ocurre? Venta de activos para pagar pasivos

Ojo: Cierra el EF cuando se acuerda la disolución aunque no cese de actividades

Se acuerda por asamblea de accionistas La disolución puede durar 1 o más EF

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Ejercicio Fiscal (cont.) Disolución v. liquidación (Cont.)

Liquidación 1 solo acto. Pone fin a la etapa de disolución Desaparece la compañía Puede haber transferencia de patrimonio a los

accionistas Comparar costo de inversión (acciones) con producto

distribuido. Hay implicaciones de ISR? Si: Accionista Registrador no debe permitir liquidación si hay

pasivos. Los deben asumir los accionistas Cierra el ejercicio fiscal porque hay cese de

actividades

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 62

Ejercicio Fiscal (cont.) Caso

X S.C. Ejercicio Fiscal: 31/7 de cada año Socios venden su participación en X S.C. el 1/7/2009 X S.C. cambia su domicilio fiscal el 15/9/2009 Socios transforman X S.C. en X C.A. 1/10/2009 X C.A. cambia su denominación social el 1/11/2009 X C.A. cambia su objeto social el 1/12/2009 X C.A. vende la mitad de sus activos el 1/15/2010 Accionistas de X C.A. acuerdan disolución el 1/4/2010 Liquidación ocurre el 1/6/2012 Cuáles serían los EF de la sociedad en el periodo

2009/2012?

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La renta debe ser neta La renta debe ser neta

Es necesario pasar por la formula del ISR Para qué?

Para llegar a resultados netos Aplicar alícuota de ISR que corresponda Aprovechar créditos fiscales Aprovechar rebajas por inversión Definir ISR a pagar

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 64

La renta debe ser neta (cont.) Fórmula del ISR

Antes 1990 IBT-CT-DT=ENT1990 AXI de A y P No M = AXIT (+ o - ENT)2000 IBE-CE-DE=ENE

ENT+o- AXIT + ENE= Renta gravable

Renta gravable * tarifa = ISR a pagar

-Rebajas y - créditos fiscales

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 65

La renta debe ser neta (cont.) No aplica la formula del ISR: Rentas presuntas

Asistencia técnica Servicios tecnológicos Regalías Honorarios profesionales Producción y distribución de películas Seguros Noticias internacionales Ventas en consignación Etc

Ojo: Artículos 34 al 49 LISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 66

La renta debe ser neta (cont.) Beneficiario de la renta presunta

Contribuyente no domiciliado en Venezuela No lleva contabilidad en Venezuela Por lo tanto, la LISR presume la renta neta

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 67

Territorialidad – Las Reglas Reglas de territorialidad

Enajenación: Dónde está ubicado el bien? Inmuebles, muebles, intangibles

Alquileres: Dónde está ubicado el bien? Inmuebles, muebles

Actividades económicas: Dónde se realiza la actividad remunerada?Servicios: Dónde se presta el servicio remunerado?Intereses: Dónde se usa el dinero cuyo uso se remunera con el pago de intereses?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 68

Territorialidad – Las Reglas (Cont.) Bienes inmuebles: R: Ubicación geográfica

Venta o alquiler de bien inmueble Permutas: Aplicar la regla a ambas partes del contrato

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 69

Territorialidad – Las Reglas (Cont.) Bienes muebles tangibles: R: Idem bienes

inmuebles, pero para el momento del “perfeccionamiento del contrato”

Venta o alquiler de bien mueble Buque? (i) ubicación física vs. (ii) ubicación ideal

(Bandera, domicilio del propietario). Tres respuestas válidas

Venta de bien mueble dentro de aeronave. Tres respuestas válidas

Permutas: Aplicar la regla a ambas partes del contrato

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 70

Territorialidad – Las Reglas (cont.) Bienes muebles intangibles: R: Idem

bienes muebles, pero aplican “criterios ideales”

Títulos de crédito y títulos valores: DPN, acciones Créditos Marcas

Código de Bustamante: Establece reglas que definen la ubicación de este tipo de bienes

Jurisprudencia Dictámenes Doctrina

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Territorialidad – Las Reglas (cont.) Servicios: R: Lugar dónde se presta el

servicio Tripulación barco. Tres respuestas válidas Pago de servicios en especie. Dación en pago?

Otras actividades: R: Lugar dónde se realiza la actividad

Intereses: Lugar de uso del capital Regalía: Lugar de uso de la marca

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Territorialidad – Casos Venta de bienes inmuebles

Apartamento en Venezuela Apartamento en Aruba

Permuta de bienes inmuebles Apartamento en Vzla por oficina en Aruba Apartamento en Vzla por T-Bill

Dación en pago con bienes inmuebles Apartamento en Vzla – deuda Banco USA Apartamento en Vzla – deuda P Nat Vzlna

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Territorialidad – Casos (cont.) Venta de bienes muebles tangibles

Venta de carro en Venezuela Venta de carro en Aruba Venta de cosas en avión o barco Venta de cosas en zonas libres Venezolanas Venta de barco o avión

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Territorialidad – Casos (cont.) Venta de bienes muebles intangibles

Venta de acciones compañía venezolana Venta de acciones de compañía Chilena que opera

solo en Vzla Venta de DPNV. Art 107 CB o CDIP Venta de T Bill Venta de pagaré a descuento. Art 107 CB Venta de marca. Art 108 CB Venta de ADR emitido por compañía Venezolana en

bolsa de NYC. Art 6 (h) LISR Venta de ADR emitido por compañía de USA en bolsa

Venezolana

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Territorialidad – Casos (cont.) Alquileres

Alquiler de inmueble en Venezuela Alquiler de inmueble en USA Alquiler de carro en Venezuela Alquiler de avión Alquiler de barco Alquiler de grúa petrolera tipo barco Alquiler de aviso publicitario

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Territorialidad – Casos (cont.) Prestación de servicios

Servicios legales prestados en Venezuela Utilizados en Venezuela Utilizados en Aruba

Servicios de arquitectura prestados en Aruba, pero utilizados en Venezuela

Servicios prestados en un avión o buque Servicios prestados en zonas libres Venezolanas

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Territorialidad – Casos (cont.) Otras actividades

Generación y venta de electricidad en Venezuela Generación y venta de electricidad en Aruba Intereses por préstamo utilizado en Venezuela Intereses por préstamo utilizado para hacer inversión

inmobiliaria en Aruba Regalía por uso de marca Explotación de una mina por compañía Venezolana

Ubicada en Venezuela Ubicada en Brasil

Dividendos pagados por CA Venezolana? Dividendos pagados por Offshore no domiciliada?

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Territorialidad – Casos (cont.) Otras actividades

Comisión por servicio administrativo vinculado al otorgamiento de un préstamo Banco Local Banco Extranjero

Comisión pagada por servicio administrativo vinculado al otorgamiento de un préstamo

Comisión pagada a corredor inmobiliario en USA quien en USA consiguió comprador de Rancho de Chana ubicado en Margarita

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Territorialidad – Casos (cont.) Otras actividades (Cont.)

Comisión pagada a escrow agent extranjero por prestar servicios de escrow relacionados con compra de fondo de comercio de compañía Venezolana

Indemnización de seguro? Art 14 (5) LISR Premio lotería? Premio torneo de Poker Texas Hold´m

En el Marriot El Rosal? Pokerstars.com?

Tesoro

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Territorialidad – Casos (cont.) Otras actividades (cont.)

Fideicomiso Qué es un fideicomiso? Es una persona jurídica o un contrato? Cuáles son las partes en un fideicomiso?

Fideicomitente Fiduciario Beneficiario

Para que sirve? Está regulado en Venezuela? Si. Ley Fideicomisos Quiénes pueden ser fiduciarios en Venezuela?

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Territorialidad – Casos (cont.) Otras actividades (cont.)

Fideicomiso (Cont.) Clases

De administraciónDe inversiónDe garantía (obras, obligaciones) Testamentario Laboral (indemnización por antigüedad, 108 LOT)De derecho de autor

Regulado en la LISR? Si Art 49 “rentas presuntas” v. Art 7 (e) “entidades

económicas”

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Territorialidad – Casos (cont.) Otras actividades (cont.)

Fideicomiso (Cont.) Aporte de fideicomitente. Gravable para el fiduciario? Tipos de distribuciones que hace un fideicomiso:

De capital De renta

Si no distribuye renta La renta se grava en cabeza del fideicomitente

Si distribuye renta La renta se grava en cabeza del beneficiario

Si distribuye capital? Gravable? Con cuál impuesto? Quién es el contribuyente?

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Territorialidad – Casos (cont.) Casos especiales

Depósito de acciones en Banco vinculado con emisión ADR

Emisión y entrega del ADR al accionista Entrega de ADR por inversionista para ser redimido a

cambio de entrega de acciones

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Territorialidad – Casos (cont.) Casos especiales

Aporte de efectivo a capital de compañía Aporte de inmueble o bien mueble a capital de

compañía Venezolana Ubicado en Venezuela Ubicado en Aruba

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Territorialidad – LISR (cont.) Artículo 6: La regla de la “Causa”

Lo viejo: “Reglas” revisadas Actividades económicas realizadas en Venezuela Explotación del suelo o subsuelo en Venezuela Formación de bienes en Venezuela Traslado de bienes en Venezuela Ojo Cambio de bienes en Venezuela Ojo Cesión de uso o goce de bienes en Venezuela Servicios prestados en Venezuela Servicios de AT y/o ST “utilizados” en el país

(año 78) Ojo

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Territorialidad – LISR (cont.) Lo nuevo: Regla de la “Causa” “Cuando alguna de las causas que origine la

renta ocurra en Venezuela” La norma (Art. 6). Es un desastre!!! Los dictámenes del SENIAT y la jurisprudencia no

aclaran este desastre La regla aplicada debe funcionar igual para el

“ingreso” y para el “gasto”. Esto no ocurre en la práctica

Enorme inseguridad jurídica

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Territorialidad – LISR (cont.) La regla de la “Causa” en la LISR (Art. 6)

a) Regalías y pagos análogos por usar y/o explotar bienes protegidos por normas de propiedad industrial e intelectual en Venezuela

b) Renta obtenida por medio? de EP o BF. Fuente?c) Renta derivada de “servicios”, “créditos” o “cualquier

otra prestación de trabajo” o “capital” realizada o aprovechada o utilizada? en Venezuela

d) Renta derivada de la producción y distribución de películas para cine y TV. Dónde?

e) Renta derivada del envío? de mercancías en consignación desde el exterior

f) Renta de empresas de seguro y reaseguros no domiciliadas y sin EP en Vzla. Cuál renta?

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Territorialidad – LISR (cont.) La regla de la “Causa” en la LISR (Art. 6)

(Cont.)g) Venta de inmuebles ubicados en Venezuela. Garantías

y derechos establecidos sobre los mismos??h) Rendimientos? derivados de títulos valores emitidos

por P. Jcas Venezolanas o domiciliadas en Venezuela o P Jcas Extranjeras no domiciliadas con EP en Vzla.?

h) Renta derivada de dinero, bienes, derechos u otros activos mobiliarios invertidos o situados en Venezuela

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 89

Territorialidad – LISR (cont.) La regla de la “Causa” en la LISR (Art. 6)

(Cont.)h) Excepción a la regla prevista en literal (h):

Los rendimientos? derivados de ADR, GDR, ADS y GDS: no es territorial

i) Renta derivada de elementos patrimoniales?? ubicados en Venezuela

j) Renta obtenida por la realización de actividades oficiales realizadas en el exterior por funcionarios del Poder Público e Institutos Autónomos

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Operación de cambio (Permuta) Ley Ilícitos Cambiarios

Se exceptúan las operaciones en títulos valores. Cuáles?

Por lo tanto, las operaciones en el mercado paralelo de permutas son lícitas

Operaciones de permuta: Sucesión de contratos. Compra un una moneda y liquidación en otra moneda.

Divisas adquiridas por este medio se pueden mantener siempre que no se concrete un supuesto de venta obligatoria (exportación)

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Operación de cambio (Permuta) De ida: Bs. a US$: Pérdida

Pasos: Compra DPN exento pago en Bs. - Permuta de DPN por TBill – Venta TBill pago en US$ Compra DPN: Crédito Banco 6000 + Débito Inversión

DPN 6000 Permuta: Crédito Inversión DPN 6000 y Débito GyP

6000; Débito Inversión TBill 2150 y crédito GyP 2150. Resultado neto: Pérdida 3850

Venta TBill: Crédito Inversión TBill 2150 + Débito Banco 2150

La pérdida es deducible? Por qué? Renta exenta Art 14 (13) v. pérdida no deducible Acto voluntario

Territorial o extraterritorial? Por qué?

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Operación de cambio (Permuta) De venida: US$ a Bs: Ganancia

Pasos: Compra TBill US$ - Permuta de TBill por DPN – Venta DPN Bs. Compra TBill: Crédito Banco 2150 + Débito Inversión

TBill 2150 Permuta: Crédito Inversión TBill 2150 y Débito GyP

2150; y Débito Inversión DPN 6000 y crédito GyP 6000. Resultado neto: Ganancia 3850

Venta DPN: Crédito Inversión DPN 6000 + Débito Banco 6000

La ganancia es gravable? Por qué? Territorial o extraterritorial? Por qué? Ojo: Dictamen DCR-5-33.957-2135 de fecha 15-3-

2007

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Operación de cambio (Permuta) Dictamen DCR-5-33.957-2135 de fecha 15-3-

2007 Hechos

Compañía Venezolana domiciliada en Vzla Con sus US$ compró TBill Luego permutó el TBill por DPN: Ganancia Luego vendió el DPN en Bs.

Conclusión del SENIAT La ganancia deriva de la enajenación del TBill y no del DPN.

OK El ingreso bruto es el valor de mercado del DPN (Art 23,

RLISR). OK La ganancia es “territorial”: SENIAT aplicó la regla de la causa

TBills se adquieren desde Venezuela Casa de Bolsa Venezolana actúa como intermediaria Los DPN´s que se reciben se encuentran en el país??? Están bajo la custodia de Casa de Bolsa Venezolana????

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Caso Citibank (intereses) Sentencia N.-50, de fecha 19-12-1978, dictada

por el Tribunal Segundo de ISR Hechos

Citi: Banco Extranjero Empresa Venezolana: Receptora del préstamo Contrato se firmó en USA Evidencia del préstamo: Un Pagaré Capital e intereses debían ser pagados en USA según

Pagaré Dinero se usó en Venezuela Citi no declaró ISR en Venezuela Citi no pagó ISR en Venezuela Reparo

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Caso Citibank (intereses) Fundamentos del reparo

El artículo 47 de la LISR de 1958, indicaba que “las sociedades y comunidades constituidas en el exterior que ejerzan actividades económicas en el país, estarán sujetas al impuesto celular y complementario”

Como el dinero fue usado en el país, Citi realizó actividades económicas en Venezuela

Citi debió declarar como gravables en Venezuela los intereses cobrados con ocasión del préstamo otorgado a la compañía Venezolana

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Caso Citibank (intereses) Argumentos de Citi

Argumentación 1: Lupa en la “actividad bancaria” Regla: Dónde se realiza la actividad bancaria?

Argumentación 2: Lupa en el “bien” DINERO. Bien de un tercero De quién es el bien (dinero) que produce los

intereses?

Argumentación 3: Lupa en el “bien” CRÉDITO. Bien extraterritorial Regla del “lugar del pago”

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Caso Citibank (intereses) Argumentos de Citi (cont.)

Actividad bancaria de Citi = “Extraterritorial”: El préstamo se contrató en el exterior El capital y los intereses se pagaron en el exterior Citi no estaba en condiciones de conocer el verdadero

destino del dinero prestado El producto del préstamo fue entregado al cliente en

el exterior El cliente se hizo dueño del dinero en el exterior El cliente debe pagar intereses use o no use el dinero

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Caso Citibank (intereses) Argumentos de Citi (cont.)

Bien propiedad de un tercero: Los intereses no se producen por un bien/dinero propiedad de Citi Código Civil Art 1736 CC – Mutuo : Citi no es dueño

del dinero prestado Quien recibe el bien objeto de mutuo lo consume, por

lo tanto el prestatario se hace dueño del bien fungible (dinero)

Debe devolver otro bien de la misma especie y cantidad

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 99

Caso Citibank (intereses) Argumentos de Citi (cont.)

Bien extraterritorial: Citi no tiene bien en Venezuela El derecho de crédito, como bien intangible, está

ubicado en el lugar del pago, y si no está previsto, en el domicilio del deudor (Código de Bustamante).

Como el lugar el pago era NYC, el derecho de crédito estaba ubicado fuera de Venezuela

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Caso Citibank (intereses) Argumentos del Tribunal

Citi si estaba obligada a declarar y a pagar ISR en Venezuela porque la renta es territorial: Tribunal analiza el elemento material (renta) y el

elemento personal (quién recibe la renta) Si hay conexión: hay renta gravable Lo importante para definir la territorialidad de la

renta es el “lugar de uso o goce del dinero” Irrelevante: Lugar de la negociación, entrega del

dinero, lugar del pago, lugar de firma del contrato

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 101

Caso Citibank (intereses) Argumentos del Tribunal (cont.)

Análisis: El enriquecimiento es territorial cuando alguna de las

causas ocurre en el país No hay discusión sobre el punto de que Citi es el titular de

los intereses CC – Normas de Mutuo no aplican plenamente. Aplica ley

especial LISR. Un préstamo de dinero, a fines del ISR, equivale al uso o goce de un bien mueble. Los intereses remuneran el uso y goce del dinero prestado.

El producto del préstamo fue utilizado por la empresa venezolana en las operaciones que realizaba en Venezuela

Normas del Código de Bustamante solo aplican a relaciones de derecho privado. No aplican en la relación jurídica tributaria.

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 102

Caso Citibank (intereses) La regla para definir la territorialidad de los intereses es:

“Dónde se usa y goza el capital prestado”

Criterio reiterado por nuestros tribunales Shell Química de Venezuela, C.A., Tribunal Segundo de ISR, Sentencia

No. 21,del 4 Abril de 1968 Shell Química de Venezuela, C.A., Tribunal Segundo de ISR, Sentencia

No 31 del 13 de agosto de 1968 Grace National Bank of New York, Tribunal Segundo de ISR, Sentencia

No. 44, del 25 de noviembre de 1968 Girard Trust Corn Exchange Bank, Tribunal Segundo de ISR, Sentencia

No. 47, del 27 de noviembre de 1968 The First National City Bank of New York, Tribunal Segundo de ISR,

Sentencia No. 50,del 19 de diciembre de 1968 The First National Bank of Boston, Tribunal Segundo de ISR, Sentencia

No 62, del 9 de julio de 1969 Chemical Bank New York Trust Company, Tribunal Segundo de ISR,

Sentencia No. 63, del 9 de julio de 1969

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 103

Caso Citibank (intereses) Que pasó luego de la sentencia de

Citibank Todos los préstamos del exterior a empresas

Venezolanas se frenaron Que hizo el legislador para reactivar estos

préstamos Disminuyó a tarifa de impuesto aplicable 20% - 15% - 5% - hoy 4,95%

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 104

Ventas Cuál es la diferencia entre:

Venta extraterritorial Venta en consignación Venta de exportación

Todas se gravan igual o aplican reglas distintas?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 105

Ventas Venta extraterritorial

Venta de un bien ubicado en el exterior para el momento del perfeccionamiento del contrato

El bien comprado nunca ingresa a Venezuela Resultado: Ingreso extraterritorial

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 106

Ventas Venta en consignación

El proveedor extranjero envía bienes de su propiedad a un consignatario Venezolano, y este consigue clientes en Venezuela para dichos bienes

El proveedor extranjero vende bienes ubicados en Venezuela al cliente Venezolano

Resultado: El proveedor extranjero obtiene una renta territorial

Ojo: Aplican reglas distintas al consignatario Consignatario Venezolana: Actividad Propietario Extranjero: Bien

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 107

Ventas Venta de exportación

Idem venta extraterritorial, pero el proveedor extranjero vende los bienes en el exterior y los exporta a Venezuela

Condiciones: Cliente domiciliado en Venezuela Proveedor extranjero no domiciliado en Venezuela Bienes ubicados fuera de Venezuela al momento del

perfeccionamiento del contrato Luego de la venta, los bienes son importados a

Venezuela

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 108

Ventas Venta de exportación (Cont.)

Relevante: Que los bienes están fuera de Vzla al momento del consentimiento

Irrelevante: Lugar de celebración del contrato Que exista un agente de ventas en Venezuela Lugar de paso de titularidad

Dictamen de la Administración (i) IF 28 21-7-1952 y (ii) 3, 27, Boletín de Impuesto sobre la Renta 26.

Doctrina:Tinoco, I Comentarios a la Ley de Impuesto sobre la Renta de Venezuela (1955), 142

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 109

Ventas Caso de venta de equipo en el Exterior,

pero además vienen técnicos a instalar el equipo a Venezuela? Sentencia de Productos Darex: La instalación

en Venezuela no es suficiente “causa” para gravar la renta como territorial

Recomendación: Indicar en el contrato que la instalación es incidental a la venta.

Riesgos: Muchos técnicos y mucho tiempo??

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Caso Tricomar Sentencia de fecha 14-8-1990, dictada por la CSJ

- SPA - SET Hechos

Tricomar: Compañía Venezolana - Contratada Corporación Raymond: Compañía de USA Contrato de fletamiento sin tripulación –arrendamiento- Contrato celebrado en Maracaibo y Houston, USA El remolcador fue utilizado en el exterior Tribunal concluyó que “la celebración de un contrato por

una persona domiciliada en el país, es causa suficiente para que sea considerada la renta asociada a una actividad económica realizada en Venezuela”.

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 111

Caso Tricomar Hechos (cont.)

Apelación del Contribuyente: Ingreso extraterritorial porque el remolcador se usó fuera de Venezuela

TSJ –SPA – SET: “Basta que una sola causa generadora de la actividad

económica vinculada con bienes o servicios, ocurra dentro del territorio nacional para que le beneficio se considere integramente sometido a gravamen”

La causa que originó el ingreso es el contrato de arrendamiento que celebraron las partes en Venezuela

Es irrelevante la ubicación del bien mueble Otros elemento que consideró fue que la propietaria del

remolcador era Venezolana. Que opinan de esta perla??

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 112

Venta de Vivienda Principal Base legal: Art 17 LISR y Arts. 26, 194 al

200 RLISR Beneficio fiscal: “No se incluirán dentro de

los ingresos brutos de las P Nat….” En que consiste este beneficio fiscal?

Exención, exoneración, rebaja, deducción? Cuándo se estableció? Ley 1978. Renta

Territorial Requisitos: Cumplir los establecidos en

LISR y RLISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 113

Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en la LISR

P Natural Inmueble vendido: Debe estar registrado como VP en la

jurisdicción del contribuyente. Ojo: Prueba VP x 4 años Nuevo inmueble:

Inversión: El contribuyente debe invertir la totalidad o parte del precio en otra VP. Ubicada donde?

Registro: El nuevo inmueble debe registrarse en la jurisdicción del

contribuyente Plazo: 1 año antes o 2 años después de la compra

Notificación de venta y de intención de sustitución de VP

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 114

Venta de Vivienda Principal Otros aspectos regulados por la LISR

Regla de prorrateo Mayores de 60 años: exentos sin condiciones

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 115

Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en el RLIR

Inmueble vendido: Debe estar registrado como VP en la jurisdicción del contribuyente Plazo para registro: 1 año, a partir del día que la

Persona Natural “habite” el inmueble. 195 ? Dónde? Gerencia Regional de Tributos Internos lugar

ubicación del inmueble. 196 ? Cuántos? Solo 1 inmueble “en el país”. 196 P Único? Requisitos formales de la solicitud. 197. OK

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 116

Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en el RLIR. Cont.

Nuevo inmueble: Inversión: El contribuyente debe invertir la totalidad

o parte del precio en otra VP. Ubicado dónde? Registro:

El nuevo inmueble debe registrarse en la jurisdicción del contribuyente

Plazo: 1 año antes o 2 años después de la compra

Fiscalización: A solicitud de la Administración, la Persona Natural deberá demostrar la inversión en otra VP en el período señalado

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 117

Venta de Vivienda Principal Requisitos previstos en el RLIR. Cont.

Notificación de venta y de intención de sustitución de VP Vía anexo en declaración definitiva de ISR O por carta antes del 31 de marzo, si la P Nat no

declara

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 118

Contribuyentes Artículo 1 LISR y 11 del COT

Quiénes son contribuyentes del ISR (salvo disposición contraria establecida en la LISR) P Nat o P Jca domiciliadas en Vzla

Renta Territorial Renta Global

P Nat o P Jca No domiciliadas en Vzla, sin EP o BF en Venezuela Solo Renta territorial

P Nat o P Jca No domiciliada en Vzla, con EP o BF en Venezuela Renta Territorial atribuible al EP o BF Renta Global atribuible al EP o BF

Ojo: Un tratado podría cambiar estas reglas Ejem: Los beneficios empresariales territoriales, solo son

gravables en Venezuela si la compañía extranjera tiene un EP en Venezuela

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 119

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Nat está domiciliada en

Venezuela? Art 30 del COT Regla de los 183 días

Quienes permanezcan en el país por un período continuo o discontinuo, de más de 183 días en 1 año calendario o en el año inmediatamente anterior

Regla del lugar de habitación Quienes hayan establecido su lugar de habitación en

el país, salvo que en el año calendario permanezcan en otro país por un periodo continuo o discontinuo de más de 183 días y “acrediten – ver parágrafo II” haber adquirido la residencia para efectos fiscales en ese otro país

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 120

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Nat está domiciliada en

Venezuela? Art 30 COT (Cont.) Regla del funcionario público

Quienes desempeñen en el exterior funciones de representación o cargos oficiales de la República, de los estados, de los municipios o de las entidades funcionalmente descentralizadas, y que perciban remuneración de cualquiera de estos entes públicos

Regla de la nacionalidad Salvo prueba en contrario, se presume que las P Nat

de nacionalidad venezolana, son residentes en territorio nacional

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 121

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Nat está domiciliada en

Venezuela? Art 30 COT (Cont.) Caso de los Marroquineros de San Antonio

Inversiones en acciones en San Antonio (Fábrica C.A) Inversiones en Cúcuta (Comercializadora C.A) Trabajo en Venezuela y Colombia Vivienda en Venezuela o Colombia o ambos

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 122

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Nat está domiciliada en

Venezuela? Art 30 COT (Cont.) Caso del Venezolano que pagó ISR en

Venezuela en el 2007 y 2008 Pasó menos de 183 días en Venezuela en el 2007 y

2008 Vivienda en otro país Negocios en Venezuela y otro país

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 123

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Nat está domiciliada en

Venezuela? Art 30 COT (Cont.) Caso de la doble residencia fiscal

Si NO aplica tratado, hay que resolver el problema con las reglas deficientes del COT

Si SI aplica tratado, hay que resolver el problema con la regla para “Romper el Empate”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 124

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Nat está domiciliada en Venezuela? Art 30 COT

(Cont.) “Regla de Desempate” Ejemplo: Ver artículo 4, numeral 3, del Tratado Ven-USA

Cuando en virtud de las disposiciones del parágrafo 1, una persona natural sea residente de ambos Estados Contratantes, su situación se determinará así:

(a) se considerará residente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición; si tiene una vivienda permanente a su disposición en ambos Estados, se considerará residente del Estado con el cual mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de sus intereses vitales);

(b) si no puede determinarse el Estado en el cual dicha persona tiene el centro de sus intereses vitales, o si no tiene una vivienda permanente a su disposición en ninguno de los Estados, se considerará que es residente del Estado donde tenga una vivienda habitual;

(c) si tiene una vivienda habitual en ambos Estados o si no la tiene en ninguno de ellos, se considerará residente del Estado del cual sea nacional;

(d) si es un nacional de ambos Estados o no lo es de ninguno de ellos, las autoridades competentes de los Estados Contratantes procurarán resolver el caso mediante un acuerdo mutuo.

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 125

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Nat está domiciliada en

Venezuela? Art 30 COT (Cont.) Regla de Desempate

Caso del Venezolano con residencia fiscal en USA, pero que pagó ISR en Venezuela y no USA

Qué le contestan al abogado gringo que quiere arreglarle el problema fiscal a su cliente en USA?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 126

Contribuyentes (Cont.) Cuándo una P Jca está domiciliada en

Venezuela? Art 30 del COT Las constituidas en el país, o que se hayan

domiciliado en él, conforme a la ley (Sucursales)

Y las P Jca con EP en Vzla. Domiciliadas o no? COT 1994

“4º Las personas naturales o jurídicas constituidas o domiciliadas en el exterior que mantengan en el país un establecimiento permanente, respecto a las operaciones que efectúen en Venezuela.”

COT 2001. Qué dice del EP?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 127

Contribuyentes (Cont.) Tipos: Art 7 LISR

Personas naturales Por ficción de ley, son contribuyentes asimilados a

una P Nat:Herencias yacentes (Art. 1060 CC)

• No se conoce quienes son los herederos ó• Los herederos renuncian a la herencia• Herencia es administrada por un curador• El curador lo nombra un juez

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 128

Contribuyentes (Cont.) Tipos: Art 7 LISR

Sociedad Anónima (C.A. o S.A.) Sociedad de “capital” Capital se divide en “acciones” Obligaciones sociales garantizadas por capital. Accionistas

no responden con su patrimonio Al menos 2 accionistas. P Nat o P Jcas Nombre: Libre Capital social no tiene limitaciones. El registrador puede

exigir un mínimo según Ley de Registro Público. Art 56 (1) Pagado al menos el 20% Aportes en dinero y especie Ejercicio fiscal: 1 año. Calendario? Dividendos: Forma de distribuir utilidades

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 129

Contribuyentes Tipos: Art 7 LISR (Cont.)

Sociedad Anónima (C.A. o S.A.) (Cont.) Por ficción de ley, son contribuyentes asimilados a

una C.A. SRL S.C.S.P.A. Sociedades civiles e irregulares o de hecho que

revistan forma de:• C.A.• S.R.L o• S.C.S.P.A

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 130

Contribuyentes (Cont.) Tipos: Art 7 LISR (Cont.)

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L) Sociedad de “capital” Obligaciones sociales garantizadas por capital Capital se divide en “cuotas de participación” Al menos 2 accionistas. P Nat o P Jcas Nombre: Libre Capital social: más de Bs. 20 y menos de Bs 2.000 Pagado al menos el 50% “efectivo” o el 100% “especie” Aportes en dinero y especie Ejercicio fiscal: 1 año. Calendario? Administradores no pueden competir con la S.R.L Dividendos: Forma de distribuir utilidades

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 131

Contribuyentes (Cont.) Tipos: Art 7 LISR (Cont.)

Sociedad en nombre colectivo (S.N.C) Sociedad de “personas” Obligaciones sociales no están garantizadas solo por aportes, sino

por el patrimonio personal de los socios Responsabilidad

Personal Ilimitada Solidaria Ojo: Subsidiaria

Al menos 2 socios. P Nat o P Jcas? Nombre: Nombre de todos los socios Administración: Todos los socios obligan, salvo Doc Const. Aportes en dinero y especie No hay acciones sino participaciones en el patrimonio Ejercicio fiscal: 1 año. Calendario? Los socios no pueden competir con la S.N.C Participación en los resultados netos

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 132

Contribuyentes (Cont.) Tipos: Art 7 LISR (Cont.)

Sociedad en comandita simple (S.C.S) Sociedad de “personas” Socio comanditante:

Administra Responsabilidad ilimitada y solidaria

Socio comanditario: Resp limitada al monto del aporte Capital puede estar representado por acciones (S.C.S.P.A) Al menos 2 socios. P Nat o P Jcas? Nombre: Debe llevar el nombre del socio comanditante Aportes en dinero y especie Ejercicio fiscal: 1 año. Calendario? Los socios no pueden competir con la S.C.S Participación en los resultados netos

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 133

Contribuyentes (Cont.) Tipos: Art 7 LISR (Cont.)

Comunidades Esposos casados sin capitulaciones matrimoniales Herederos Copropietarios en un condominio, etc.

Otras sociedades de personas Sociedades civiles

Otras sociedades de personas Irregulares o de hecho

Asociaciones Civiles Cuenta en participación Consorcios

Fundaciones Corporaciones?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 134

Contribuyentes (Cont.) Tipos: Art 7 LISR (Cont.)

Demás entidades jurídicas? Demás entidades económicas? Establecimientos permanentes en Venezuela

Pfo III Art 7 LISR Bases fijas de negocios en Venezuela

Pfo III Art 7 LISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 135

Contribuyentes (Cont.) Categorías:

Personas (naturales y jurídicas) Contribuyentes: Determinan su EN y pagan su ISR No contribuyentes: Determinan EN a título informativo

El EN se reparte entre los socios Cada socio paga su ISR Son centros de gravedad

Sin personalidad jurídica Arreglos contractuales

Cuenta en participación Consorcio

Comunidades Establecimiento Permanente Base Fija

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 136

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Personas

Los que determinan su EN y pagan su ISR Cuáles?

Personas naturales Personas Jurídicas (C.A. y SRL) Por ficción de ley: Contribuyentes asimilados a C.A.

SRL S.C.S.P.A. Sociedades civiles e irregulares o de hecho

Pero: Que revistan forma de C.A., S.R.L o S.C.S.P.A

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 137

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Personas (Cont.)

Los que determinan EN, pero: El EN se reparte entre los socios Cada socio paga su ISR Son centros de gravedad

Cuáles: S.N.C. S.C.S. Sociedades de Personas Sociedades civiles Otras irregulares o de hecho “de personas”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 138

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica. Arreglos

contractuales Cuenta en participación

Es un “contrato” Sociedad no existe frente a terceros Si entre los socios

Partes Asociante

Lleva las riendas del negocio Los terceros contratan con él

Asociado Aporta algo para participar en el negocio Bien aportado pasa a ser propiedad del asociante. Ojo???

Participación en las ganancias y pérdidas De una o de todas las operaciones del asociante

Ingreso se grava en cabeza de los socios Pfo II, Art 7 LISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 139

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Cuenta en participación (Cont.)

El aporte Pasa a ser propiedad del asociante? Tratamiento fiscal de aporte?

Participación en las ganancias y pérdidas. Ojo con el “y”. No puede ser “o”

Participación en uno o de todos los segmentos de negocio del asociante

Ingreso se grava en cabeza de los socios Pfo II, Art 7 LISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 140

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Cuenta en participación (Cont.)

Ejercicio fiscal Debe llevar su propio ejercicio fiscal Debe llevar su propia contabilidad Duración del EF? Punto no regulado Igual o distinto al del asociante? Punto no regulado

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 141

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio

Regalado por el Art 10 LISR Es un “contrato”

Sociedad no existe frente a terceros Si entre los socios “Agrupación empresarial de Personas Jurídicas”Objeto: Realizar una actividad económica especifica en

forma “mancomunada” Se debe designar a un representante de caras al SENIAT

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 142

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio (Cont.)

Partes Todos los firmantes del contratoDos o más

El EN se grava en cabeza de los socios Debe presentar una declaración informativa Solidaridad: Si algún socio no paga su ISR, el

Consorcio es solidariamente responsable Como el Consorcio es un arreglo contractual, en el

fondo los socios responden solidariamente si alguno de ellos no paga su ISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 143

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio (Cont.)

Integrantes: Para efectos fiscales solo “Personas Jurídicas” Qué pasa si una de las partes del consorcio es una

“Persona Natural”? Personas Art 15 CC Personas Naturales Art 16 CC Personas Jurídicas Art 19 CC

Riesgo: Tratamiento fiscal del consorcio puede quedar comprometido

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 144

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio (Cont.)

Objeto: Realizar actividad económica especifica en forma “mancomunada” Actividad que realizan los miembros? Responsabilidad del consorcio frente a terceros? Ambas?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 145

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio (Cont.)

Qué pasa si el contrato que firma el Consorcio con el Cliente establece una “Responsabilidad Solidaria”? “La asociación responderá solidariamente por la

totalidad de los servicios y no por la porción que ejecute cada uno de sus integrantes”

Riesgo: Tratamiento fiscal del consorcio puede quedar comprometido

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 146

Contribuyentes (Cont.) Sin personalidad jurídica. Arreglos contractuales

(Cont.) Consorcio - Art 10 LISR (Cont.)

Si no se cumplen todos los requisitos previstos en la definición de “Consorcio” (Ejm. Miembro P. Nat o Resp Solidaria)

Efecto: Inseguridad jurídica. No queda claro el tratamiento fiscal

Alternativas de tratamiento fiscal Sociedad de hecho asimilable a C.A.. Sentencia N.- 78,

Caso Vraca, TA ISR, 26-11-1959 Sociedad irregular de personas. Pesci Feltri, Naturaleza

jurídica de los consorcios. Revista de derecho público 67 Arreglo contractual. Art 10 LISR. Sentencia Consorcio Agua

Linda, 16/05/2007, TSJ-SPA

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 147

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio - Art 10 LISR (Cont.)

Alternativas de tratamiento fiscal (Cont.) Sociedad de hecho asimilable a C.A

Por ficción de ley, dependiendo de su forma, podría asimilarse a una C.A.

Debe determinar EN Debe pagar ISR Que se distribuye a los integrantes del consorcio:

Dividendos? Utilidad antes de impuesto v. utilidad después de

impuesto

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 148

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio - Art 10 LISR (Cont.)

Alternativas de tratamiento fiscal (Cont.) Sociedad irregular de personas

El EN se grava en cabeza de los socios Centro de gravedad Cada socio paga su ISR Consorcio presenta una declaración informativa de

ISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 149

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio - Art 10 LISR (Cont.)

Alternativas de tratamiento fiscal (Cont.) Arreglo contractual

El EN se reparte entre los socios Centro de gravedad Cada socio paga su ISR Consorcio presenta una declaración informativa de

ISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 150

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica. Arreglos

contractuales (Cont.) Consorcio - Art 10 LISR (Cont.)

Cómo elimino la inseguridad jurídica si el Cliente que contrata al Consorcio exije “responsabilidad solidaria”?

Solución: Sociedad en Nombre Colectivo. No Consorcio. Persona jurídica Sociedad de personas Regulada por la LISR y Código de Comercio Responsabilidad solidaria de los socios (Art 221 y 228 CCo) El EN se reparte entre los socios Centro de gravedad Cada socio paga su ISR

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Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica.

Arreglos contractuales (Cont.) Consorcio - Art 10 LISR (Cont.)

Cómo puedo lograr eficiencias fiscales? SNC contrata con el Cliente. Objeto: Prestar servicio SNC contrata con los Socios. Objeto: Idem SNC paga en especie el servicio (cesión de crédito) al

Socio 1 y 2. Pide al Cliente que pague a los Socios EN de la SNC igual a 0. Por qué? Monto del ingreso y del gasto sería igual

Socio 1

Socio 2S.N.C CLIENTE

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 152

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica. Arreglos

contractuales (Cont.) Consorcio y el pago del ISR

Socios del consorcio: Son responsables solidarios respecto del pago del ISR Art 10 LISR, primer párrafo: Miembros del consorcio

responden solidariamente del pago del ISR Art 28 COT, numeral 7: “Los demás, que conforme a las leyes

así sean calificados” Ojo: La misma norma de solidaridad aplica a:

S.N.C Sociedad en comandita simple Las comunidades Otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de

hecho

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 153

Contribuyentes (Cont.) Consorcio

Alternativas de tratamiento fiscal “SI” se cumplen todos los requisitos Art 10

Aplica régimen Art 10 Arreglo contractual

Sentencia Consorcio Agua Linda, 16/05/2007, TSJ-SPA

“NO” se cumplen todos los requisitos Art 10 No aplica régimen Art 10 Opción 1: Soc. de hecho asimilable a C.A

Sentencia N.- 78, Caso Vraca, TA ISR, 26-11-1959 Opción 2: Soc. irregular de personas

Pesci Feltri, Naturaleza jurídica de los consorcios. Revista de derecho público 67.

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 154

Contribuyentes (Cont.) Consorcio

Sentencia Consorcio Agua Linda, 16/05/2007, TSJ-SPA Hechos

Reparo en materia del IVA. Se objetaron créditos fiscales porque derivan de facturas forjadas

Art 1 Ley IVA: Consorcio es contribuyente del IVA. Ojo En el ISR el consorcio no es contribuyente

SENIAT solicitó medidas cautelares sobre bienes propiedad de las empresas que integran el Consorcio Agua Linda

Tribunal acordó las medidas cautelares solicitadas Contribuyente se opuso a las medidas cautelares y estas

fueron ratificadas por el tribunal Contribuyente apeló la sentencia del TCT Región Los Andes

que declaró sin lugar oposición contra decreto de medidas cautelares

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 155

Contribuyentes (Cont.) Consorcio (Cont.)

Sentencia Consorcio Agua Linda, 16/05/2007, TSJ-SPA Conclusiones relevantes sobre el “Consorcio”

Arreglo contractual No tienen reconocimiento legal en Venezuela Son agrupaciones de sociedades No tienen personalidad jurídica No pueden equipararse a las sociedades irregulares, a

las cuales el derecho si les reconoce personalidad jurídica

No son sujetos de derecho

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 156

Contribuyentes (Cont.) Consorcios (Cont.)

Sentencia Consorcio Agua Linda, 16/05/2007, TSJ-SPA Conclusiones relevantes sobre el “Consorcio” (Cont.)

No pueden ser titulares de un patrimonio propio Son las sociedades asociadas las que afectan total o

parcialmente su patrimonio Cuando el consorcio deba cumplir una obligación legal

o contractual, son las sociedades asociadas las obligadas en forma “directa” En las proporciones previstas en el contrato En partes iguales si hay silencio

Idem respecto a obligaciones tributarias

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 157

Contribuyentes (Cont.) Consorcios (Cont.)

Sentencia CVG Bauxilum, 23/01/2003, TSJ-SPA Hechos

Consorcio demanda a CVG por incumplimiento del contrato

CVG alega que el consorcio no la puede demandar porque no tiene personalidad jurídica

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 158

Contribuyentes (Cont.) Consorcios (Cont.)

Sentencia CVG Bauxilum, 23/01/2003, TSJ-SPA Conclusiones relevantes sobre el “Consorcio”

En Venezuela no se regula legalmente el consorcio pero si hay textos legales que aluden a la figura

El artículo 267 del anteproyecto venezolano de Código de Comercio: Carece de personalidad jurídica propia Pero puede tener fondo común

No son sociedades irregulares porque carecen de personalidad jurídica propia

Sin embargo, el consorcio si puede contratar y demandar????

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 159

Contribuyentes (Cont.) Consorcios (Cont.) Sala de Casación Social. Sentencia del 15-2-01

"es errada la apreciación (... ) en cuanto al hecho de que el demandante (...) carece de personalidad jurídica; pues los consorcios, al igual que las sociedades de comercio irregularmente constituidas, tienen un patrimonio autónomo distinto del de las personas que lo componen, es por ello que, aun sin estar inscritos en la respectiva oficina de registro, pueden celebrar contratos tendientes al logro de su fin"

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 160

Contribuyentes (Cont.) Consorcios (Cont.) Textos / Doctrina

"El profesor Roberto Goldschmidt señala (... ) que si el legislador patrio confirió a las sociedades mercantiles irregularmente constituidas la posibilidad de tener un patrimonio propio, según se desprende del artículo 220 del Código de Comercio, también les estaba reconociendo personalidad jurídica, ya que al admitir la existencia de un patrimonio propio está reconociendo una titularidad de ese patrimonio distinta de los socios.

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 161

Contribuyentes (Cont.) Consorcios (Cont.)

Hay seguridad jurídica??

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 162

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica

(Cont.) Comunidades

Determinan EN, pero: El EN se reparte entre los socios Cada socio paga su ISR Son centros de gravedad

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 163

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica

(Cont.) Establecimiento permanente

Qué es esto? Tiene personalidad jurídica? Por qué se incorporó el concepto del EP en la reforma

de 1999? Para que sirve? A quién aplica? Cuándo existe un establecimiento permanente en

Venezuela?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 164

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica

(Cont.) Establecimiento permanente (Cont.)

Cuándo un sujeto pasivo tiene un EP en Venezuela? (Art 7, parágrafo III) Cuando directa o indirectamente por medio de

apoderado, empleado o representante, posea en Venezuela: Un local o Lugar fijo de negocios o Cualquier centro de actividad

Donde desarrolletotal o parcialmente

su actividad

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 165

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica (Cont.)

Establecimiento permanente (Cont.) Cuándo un sujeto pasivo tiene un EP en Venezuela? (Art 7,

parágrafo III) (Cont.) Cuando posea en Venezuela:

-Sede de dirección -Sucursal-Oficinas -Fabricas-Talleres -Instalaciones-Almacenes -Tiendas-Otros establecimientos-Obras de construcción, instalación o montaje (+6 meses)-Agencias-Representantes con facultad para contratar

*En nombre del sujeto pasivo o*Por cuenta del sujeto pasivo

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 166

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica (Cont.)

Establecimiento permanente (Cont.) Cuándo un sujeto pasivo tiene un EP en Venezuela? (Art

7, parágrafo III) (Cont.) Cuando posea en Venezuela: (Cont.)

Instalaciones explotadas con carácter de permanencia por un empresario o profesional

Centros de compra de bienes y servicios Bienes inmuebles explotados en arrendamiento o por

cualquier otro título

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 167

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica (Cont.)

Establecimiento permanente (Cont.) Cuándo un sujeto pasivo tiene un EP en Venezuela? (Art

7, parágrafo III) (Cont.) Cuando realicen en Venezuela actividades relacionadas

con: Minas Hidrocarburos Explotaciones agrarias, agrícolas, forestales o

pecuarias Extracción de recursos naturales Servicios profesionales Artísticas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 168

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica (Cont.)

Establecimiento permanente (Cont.) Cuándo un sujeto pasivo tiene un EP en Venezuela? (Art 7,

parágrafo III) (Cont.) Cuando posea en Venezuela:

Lugares de trabajo donde realice toda o parte de su actividad:

-Directamente o- A través de:

-Empleados-Apoderados-Representantes o-Personal contratado

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 169

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica (Cont.)

Establecimiento permanente (Cont.) Cuándo un sujeto pasivo tiene un EP en Venezuela? (Art

7, parágrafo III) (Cont.) Queda excluido de la definición de EP:

Mandatario que actúe de manera independiente Salvo que tenga poder de concluir contratos en nombre

del mandante

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 170

Contribuyentes (Cont.) Categorías: Sin personalidad jurídica (Cont.) Base fija de negocios (BF)

Cuándo una persona natural tiene una BF en Venezuela? (Art 7, parágrafo III) Cuando posean en Venezuela:

Lugar donde preste servicios personales independientes de carácter: Científico Literario Artístico Educativos o pedagógicos, entre otros Servicios profesionales

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 171

Disponibilidad Reglas sobre cuándo es disponible la renta (Art 5 LISR):

Regla del “Pago” – Contabilidad en base a “efectivo”

Regla de lo “Causado” – Contabilidad en base a lo “causado”

Regla de lo que “Proporcionalmente Corresponda” – Para “cesionarios de créditos”

Regla de lo “Devengado” – Contabilidad en base a lo “devengado”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 172

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) Cuáles ingresos están en esta cesta?

Cesión del uso o goce: Bienes muebles (usufructo, franquicia, licencias, etc)

OJO: No incluye arrendamiento de muebles. Porque está regulado por la regla de lo “devengado”

OJO: Incluye préstamos otorgados por P Nat. Porque están excluidos de la regla de lo devengado

Bienes inmuebles Regalías y demás participaciones análogas Dividendos Sueldos Honorarios profesionales Enajenación de bienes inmuebles Ganancias fortuitas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 173

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) Cuándo hay pago?

Pago en efectivo Pago en especie – dación en pago Compensación Confusión Condonación “Abono en cuenta”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 174

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta”

Que es esto? Equivale a “pago”, salvo prueba en contrario Art 5 LISR Toda cantidad que el deudor acredite en su

contabilidad a favor del acreedor, por tratarse de un crédito “exigible jurídicamente” a la fecha del asiento. Art 82 RLISR

Cómo queda esta frase de la LISR: “salvo prueba en contrario”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 175

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta”

Disponibilidad jurídica v. Disponibilidad económica Caso: Factura indica que debe ser pagada de contado

Fechaentregafacturaa cliente

Fechaemisióncheque

Fechacobrocheque

45 días 10 días

D Jca D Eco

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 176

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta” (Cont.)

Caso 1. Sentencia dictada por el TSJ SPA 25 de octubre 2001, Caso Barsanti El contribuyente dedujo gasto de intereses en 1986 En 1986 el contribuyente debitó la cuenta de

pasivo y acreditó la cuenta de gasto No pagó “en forma efectiva” en el ejercicio fiscal

1986 Tampoco lo hizo durante 1987 Fisco formula reparo considerando los intereses

como un ingreso de 1987, porque los intereses no fueron pagados “en forma efectiva” durante 1987

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 177

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta” (Cont.)

Caso 1. Sentencia dictada por el TSJ SPA 25 de octubre 2001, Caso Barsanti (Cont.) Contribuyente alega que el gasto es deducible

porque el “abono en cuenta” equivale a “pago” Alega que pagó los intereses en forma efectiva en

1988 Alega que no tenía sentido deducir el gasto en

1986, luego incorporar el monto como un ingreso en 1987 por el no pago en forma efectiva y luego tomar nuevamente el gasto en 1988 cuando ocurrió el pago “en forma efectiva”.

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 178

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta” (Cont.)

Caso 1. Sentencia dictada por el TSJ SPA 25 de octubre 2001, Caso Barsanti (Cont.) El Sala confirma el reparo. Y concluye: Como el contribuyente no pagó “en forma efectiva”

los intereses en 1987 sino en 1988, los intereses formaron parte de los ingresos de 1987

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 179

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta” (Cont.)

Caso 1. Sentencia dictada por el TSJ SPA 25 de octubre 2001, Caso Barsanti (Cont.) Para que el “abono en cuenta” equivalga a “pago”:

(i) la suma debe estar acreditada en el pasivo y debitada como un gasto; (ii) dicha suma debe salir del patrimonio del deudor y debe estar a la orden del acreedor; y (iii) el deudor debe tener disponibilidad en caja/banco para pagar al ser requerido el pago por el acreedor

Conclusión: El acreedor debe tener “disponibilidad económica”. Es decir, la deuda debe ser “exigible económicamente”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 180

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta” (Cont.)

Caso 2. Sentencia dictada por el TSJ SPA, el 9 de enero 2003, Caso Sural Contribuyente dedujo gasto Cuando? En el ejercicio fiscal que acreditó la cuenta

de pasivo y debitó la cuenta de gasto No pagó en efectivo en el ejercicio fiscal fiscalizado No practicó retención de ISR Fisco rechaza deducción del gasto por falta de

retención

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 181

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta” (Cont.)

Caso 2. Sentencia dictada por el TSJ SPA, el 9 de enero 2003, Caso Sural (Cont.) Contribuyente alega que no procede retención

porque: las actividades remuneradas son comerciales; la acreditación contable no equivale a pago; la retención se practicó cuando ocurrió efectivamente el pago; y porque el rechazo de la retención es una sanción no prevista en el COT

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 182

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta” (Cont.) Caso 2. Sentencia dictada por el TSJ SPA, el 9 de

enero 2003, Caso Sural (Cont.) La Sala confirma el reparo. Y concluye: Hay abono en cuenta cuando el acreedor tiene

“disponibilidad jurídica” sobre el crédito No es necesario que el acreedor tenga

“disponibilidad económica” sobre el crédito Como el contribuyente no probó que había retenido

el ISR al registrar el “abono en cuenta”, se confirmó el rechazo de la deducción

La Sala se aparta del criterio del Caso Barsanti.

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 183

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) El “abono en cuenta”. Conclusiones (Cont.)

Abono en cuenta = pago Aplica para Ingresos – Art 5 LISR Aplica para gastos

Retenciones – Aplica cuando hay pago o abono en cuenta - Decreto 1808

Hay gastos que solo son deducibles cuando se “pagan”? Si. Art 27 (3) tributos, (21) gastos representación directores

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 184

Disponibilidad (cont.) Regla del “Pago” – Contabilidad en base a

“efectivo” (Cont.) Caso especial: Pfo Único del Art 32, LISR Que quiere decir: …En los casos previstos en este

parágrafo la deducción correspondiente se aplicará al ejercicio en que “efectivamente se realice el pago” Pago en efectivo? Pago en especie? Abono en cuenta? Cualquier medio de extinción de la obligación? Si

Mala técnica legislativa

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 185

Disponibilidad (cont.) Regla de lo “Causado” – Cuando se

“realiza la operación” Cuáles ingresos están en esta cesta?

Todo lo que no esté en la lista de la regla del “pago”, se grava por la regla de lo “causado”

Ejemplos Venta de bienes muebles tangibles Venta de bienes muebles intangibles

Títulos valores Créditos

Servicios comerciales

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 186

Disponibilidad (cont.) Regla de lo “Causado” – Cuando se

“realiza la operación” Excepción a la regla: Art 188 LISR

Ajuste de activos y pasivos: En moneda extranjera O con cláusulas de reajustabilidad basadas en

variaciones cambiarias Ganancia o pérdida se “realiza” en el ejercicio fiscal

en que las mismas sean exigibles, cobradas o pagadas, lo que suceda primero

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 187

Disponibilidad (cont.) Regla de lo “Causado” – Cuando se

“realiza la operación” Excepción a la regla: Art 188 (Cont.)

Historia de la norma (CxP y CxC en $) Cuándo se realiza la ganancia o pérdida cambiaria?

Antes del sistema de ajuste por inflación (AxI) Durante el sistema de AxI Hoy en día por causa de la última reforma del sistema

de AxI (Art. 188) Ganancia o pérdida se realiza en el ejercicio fiscal

en que las mismas sean exigibles, cobradas o pagadas, lo que suceda primero

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 188

Disponibilidad (cont.) Regla de lo que “Proporcionalmente Corresponda”

– Para “cesionarios de créditos” Cuáles ingresos están en esta cesta?

Los que obtienen los cesionarios de créditos A cuáles operaciones aplica esta regla?

Cesión de créditos A “valor nominal” Con “prima” A “descuento” (Operaciones a descuento)

Cuándo aplica la regla? Cuando el producto del crédito sea recuperable en varias

anualidades

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 189

Disponibilidad (cont.) Regla de lo que “Proporcionalmente

Corresponda” – Para “cesionarios de créditos” Qué quiere decir “el producto del crédito sea

recuperable” en varias anualidades Capital? Intereses? Ambos?

SiOjo: Hay créditos sin intereses

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 190

Disponibilidad (cont.) Regla de lo que “Proporcionalmente

Corresponda” – Para “cesionarios de créditos” Cuánto debe declararse en cada ejercicio

fiscal? Será disponible para el cesionario el beneficio que

“proporcionalmente corresponda” en cada ejercicio fiscal Capital: La Porción del capital que se haga exigible en

el EF Intereses: Los intereses que se devenguen en el EF

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 191

Disponibilidad (cont.) Regla de lo que “Proporcionalmente

Corresponda” – Para “cesionarios de créditos” OJO: Esta regla no aplica al “cedente”

La norma indica cuándo se grava la renta del cedente del crédito? No

Cuál regla aplica al cedente: Aplica regla de lo “pagado” o lo “causado”? Regla de lo “causado”

Por qué? Porque un crédito es un bien mueble intangible

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 192

Disponibilidad (cont.) Regla de lo que “Proporcionalmente

Corresponda” – Para “cesionarios de créditos” Casos: Análisis del cedente “X”

Caso 1: X vende inmueble a crédito (activo = “crédito”)

Caso 1.1: X vende “crédito” a descuento de contado Caso 1.2: X vende “crédito” a descuento a crédito Caso 1.3: X vende “crédito” con prima de contado Caso 1.4: X vende “crédito” con prima a crédito

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 193

Disponibilidad (cont.) Regla de lo que “Proporcionalmente

Corresponda” – Para “cesionarios de créditos” Casos: Análisis del cesionario “Y”

Caso 1: X vende inmueble a crédito Caso 1.1: Y compró “crédito” a descuento de contado Caso 1.2: Y compró “crédito” a descuento a crédito Caso 1.3: Y compró “crédito” con prima de contado Caso 1.4: Y compró “crédito” con prima a crédito

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 194

Disponibilidad (cont.) Regla de lo que “Proporcionalmente

Corresponda” – Para “cesionarios de créditos” Qué pasa si algún crédito se hace incobrable?

Cesionario puede deducir el monto que corresponda como “cuenta incobrable”

Deducción de la cuenta incobrable debe cumplir con requisitos previstos en la LISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 195

Disponibilidad (cont.) Regla de lo “Devengado” - Contabilidad en

base a lo “devengado” en el EF Aplica a:

Créditos (préstamos): “Intereses” Arrendamiento o subarrendamiento de bienes

muebles: “Pensiones de arrendamiento”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 196

Disponibilidad (cont.) Regla de lo “Devengado” (Cont.)

Créditos Los otorgados por:

Bancos Empresas de seguros Otras instituciones de crédito Literal b, artículo 7

Compañías anónimas Sociedades de responsabilidad limitada

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 197

Disponibilidad (cont.) Regla de lo “Devengado” (Cont.)

Créditos (Cont.) Los otorgados por: (Cont.)

Literal c, artículo 7 Sociedades en nombre colectivo, Sociedades en comandita simple Las comunidades Cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas

las irregulares o de hecho

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 198

Disponibilidad (cont.) Regla de lo “Devengado” (Cont.)

Créditos (Cont.) Los otorgados por: (Cont.)

Literal d, artículo 7 Los titulares de enriquecimientos provenientes de

actividades de hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalistas y

Los titulares de enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o de sus derivados

Literal e, artículo 7 Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás

entidades jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 199

Disponibilidad (cont.) Regla de lo Devengado (Cont.)

Créditos (Cont.) Excepción: Créditos otorgados por P Nat –

Están excluidos de la regla de lo “devengado” Literal a, Art 7 (P Nat), excluido del listado del

Parágrafo Único del artículo 6 Articulo 81 RLISR también excluye a las P Nat Resultado:

P Nat excluidas de la regla de lo “devengado” cuando otorguen préstamos

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 200

Disponibilidad (cont.) Regla de lo Devengado (Cont.)

Créditos (Cont.) Excepción: Créditos otorgados por P Nat –

Están excluidos de la regla de lo “devengado” (Cont.) Cuál regla aplica cuando el crédito es otorgado por

Personas Naturales? Aplica regla del “pago”

Cesión de uso y goce de bienes muebles Dinero = bien mueble

Por qué excluir de la regla de lo “devengado” a las Personas Naturales?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 201

Disponibilidad (cont.) Regla de lo devengado (Cont.)

Arrendamiento o subarrendamiento de bienes “muebles” Aplica al arrendamiento o subarrendamiento de

bienes muebles: “Pensiones de arrendamiento” Cómo queda la “cesión del uso o goce de bienes

muebles” previsto en la regla del “Pago”? Arrendamiento = cesión del uso o goce (Art 1.579 CC)

Artículo 81 RLISR: Aplica a todo titular del “cánones de arrendamiento de bienes muebles”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 202

Disponibilidad Casos Participación de socios en los resultados

netos de una sociedad civil Naturaza del ingreso: Honorarios profesionales SC: Cierre EF 30-11-2007 Socios P Nat: Cierre EF 31-12-2007 Caso A: Pago a socios el 1-12-2007 Caso B: Pago a socios el 1-1-2008

Cuándo es disponible la renta para los socios P. Nat?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 203

Disponibilidad Casos (Cont.) Participación de socios en los resultados

netos de un consorcio C: Cierre EF 30-11-2008 Socio 1 P Jca: Cierre EF 30-10-2008 Socio 2 P Jca: Cierre EF 31-12-2008 Socio 3 P Jca: Cierre EF 31-1-2009 Pago participación: 1-1-2009

Cuándo es disponible la renta para los socios 1, 2 y 3?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 204

Disponibilidad Casos (Cont.) Participación del “asociante” en una

cuenta en participación? Cuándo es disponible la participación? La Cuenta en Participación puede tener un

ejercicio fiscal distinto que el EF del asociante?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 205

Disponibilidad Casos (Cont.) Participación del “asociado” en una

cuenta en participación? Cuándo es disponible la participación? La Cuenta en Participación puede tener un

ejercicio fiscal distinto que el EF del asociado?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 206

Disponibilidad Casos (Cont.) Dividendo pagado a un accionista en junio

2009? Cuándo es disponible el dividendo para el

accionista? P Nat EF 31/12/2009 C.A. EF 31/7/2009 SNC EF 31/10/2009 Socios PNat de la SNC

Cambia la regla si el dividendo es pagado en especie Ejem: Dividendo en acciones?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 207

Disponibilidad Casos (Cont.) Regalía por uso de marca

Cuándo es disponible la regalía para el propietario de la marca?

Venta de zapatos Cuándo es disponible la renta para el

comerciante?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 208

Disponibilidad Casos (Cont.) Usufructo remunerado de oficina

Cuándo es disponible la renta para el propietario de la oficina?

Alquiler de oficina Cuándo es disponible la renta para el

propietario de la oficina?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 209

Disponibilidad Casos (Cont.) Usufructo remunerado de un camión

Cuándo es disponible la renta para el propietario del camión?

Alquiler de un camión Cuándo es disponible la renta para el

propietario del camión?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 210

Disponibilidad Casos (Cont.) Venta de un inmueble a crédito. Precio

superior a costo fiscal ajustado por inflación. 4 cuotas anuales consecutivas Cuándo es disponible la renta para el

vendedor?

Venta de un autobús a crédito. Precio superior a costo fiscal. 4 cuotas anuales consecutivas Cuándo es disponible la renta para el

vendedor?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 211

Disponibilidad Casos (Cont.) Vendedor de inmueble a crédito. 10 cuotas

anuales. Luego, vende el crédito (activo distinto) a descuento. Crédito genera intereses Renta por venta del inmueble

Cuándo es disponible? Cuando cedo el crédito o Cuando vence el plazo para pago de precio del inmueble?

Renta por cesión del crédito Ganancia o pérdida? Pérdida deducible? Cuando?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 212

Disponibilidad Casos (Cont.) Vendedor de inmueble a crédito. 10 cuotas

anuales. Luego, vende el crédito (activo distinto) a descuento. Crédito genera intereses Cesionario del crédito

Renta por cobro de: Capital Intereses

Cuándo es disponible el ingreso? Cuando cobre o se haga exigible o se devengue?

Capital: Cuando se haga exigible Intereses: Cuando se devenguen

Monto de la ganancia o pérdida de capital. Cómo determino el costo para restarlo al IB? Regla de tres para definir costo imputable a capital

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 213

Disponibilidad Casos (Cont.) Banco otorga préstamo a interés

Cuándo es disponible la renta para el Banco?

Consorcio otorga préstamo a interés (7e) Cuándo es disponible la renta para el

Consorcio?

Persona natural otorga préstamo a interés Cuándo es disponible la renta para la P Nat?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 214

Disponibilidad Casos (Cont.) Comisión por venta de inmueble

Cuándo es disponible la renta para el corredor? Servicio comercial? Servicio profesional?

Honorarios profesionales Cuándo es disponible la renta para el profesional?

Sueldos, bonos y demás remuneraciones similares Cuándo es disponible la renta para el empleado?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 215

Disponibilidad Casos (Cont.) Ganancia en cambio

Cuándo es disponible la ganancia para el titular? (188 LISR)

Ajuste de activos y pasivos: En moneda extranjera O con cláusulas de reajustabilidad basadas en

variaciones cambiarias Realizadas en el ejercicio fiscal en el que las mismas

sean exigibles, cobradas o pagadas, lo que suceda primero

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 216

Arrendamiento Financiero Qué es el AF?

Quiénes pueden celebrar contratos de AF?

Qué pasa si el contrato de AF lo celebra una C.A.? Por ejemplo: Contrato de arrendamiento con opción de compra al término

Qué son los pagos mensuales: canon de arrendamiento o abonos a cuenta del precio?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 217

Arrendamiento Financiero (Cont.) Tratamiento fiscal desde el punto de vista

del ISR Dos fases separadas Confirmado por la jurisprudencia (Sentencia

CSJ 12-8-1979 y 28-2-1985) y dictámenes de la Administración (HJI-200-710-2 del 26-5-1982) Fase 1: Antes del ejercicio de la opción -

Arrendamiento puro y simple Aplican las reglas del arrendamiento CC

Fase 2: Luego del ejercicio de la opción de compra por la arrendataria – Compraventa Aplican las reglas de la compraventa CC

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 218

Arrendamiento Financiero (Cont.) Tratamiento fiscal desde el punto de vista del ISR

Fase 1: Antes del ejercicio de la opción - Arrendamiento puro y simple Aplican normas del CC para arrendamientos Arrendador es el propietario del bien Las cuotas son pensiones de arrendamiento. No

comisiones, tampoco intereses, tampoco abonos al precio Gravables para la arrendadora financiera. Ojo Tipo de bien Deducibles para la arrendataria Arrendadora financiera puede depreciar el bien. Depende

bien mueble v. bien inmueble. OJO: Art 56 Parágrafo Único RLISR (uso de inmueble por tercero)

Si son deducibles los gastos de mantenimiento

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 219

Arrendamiento Financiero (Cont.) Tratamiento fiscal desde el punto de vista

del ISR Fase 2: Después del ejercicio de la opción –

compraventa Aplican normas del CC para la compraventa Gravable para la arrendadora financiera

Diferencia entre el precio convenido en el contrato de opción y el costo AXI del inmueble. Depreciación??

Costo para la arrendataria Precio pagado o por pagar Pensiones de arrendamiento pagadas antes no forman

parte del costo Ojo: Que pasa si la compra es a crédito?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 220

Arrendamiento Financiero (Cont.) Venta a plazo sujeta a condición

resolutoria? Hay venta el día 1, porque hay

“Consentimiento” Pero si se concreta la condición: se resuelve el

contrato de venta Cómo quedan las cuotas si hay resolución?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 221

Arrendamiento Financiero (Cont.) Venta a plazo sujeta a condición

suspensiva? No hay venta el día 1, porque “NO” hay

“Consentimiento” Al concretarse la condición: Se perfecciona la

venta Ojo: Art 1209 CC “Efectos del acto se producen

desde el instante mismo en que se celebró el contrato”. Hay venta desde el día 1

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 222

Arrendamiento Financiero (Cont.) Venta sujeta a condición suspensiva? (Cont.)

Caso: Sentencia del Tribunal Primero de ISR – 12-11-1975

Hechos: Te vendo inmueble si me pagas todos los cánones de arrendamiento al día a X fecha

Reparo: Rechazo de deducción de cánones de arrendamiento

Sentencia: Pagos = No son canon de arrendamiento. Son precio Rechazó de la deducción del canon de arrendamiento Ordenó nueva determinación con depreciación Ojo: Cómo queda el principio de “anualidad del impuesto” y

el principio de la “independencia y autonomía” del EF? Sentencia CSJ 12-8-1979

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 223

Arrendamiento Financiero (Cont.) Cuándo puede ser eficiente fiscalmente

para una empresa celebrar un contrato de arrendamiento financiero? Activos depreciados. No más depreciación Ojo: Habrá renta por venta a la AF Pero la renta puede ser conveniente porque:

Hay pérdidas fiscales acumuladas por expirar Hay pérdidas financieras que reponer

Ojo si el contribuyente vendedor está aprovechando una rebaja por inversión

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 224

Subcapitalización Qué es esto? Está regulado este tema en la LISR? Cuando se reguló por primera vez? Por qué es importante para la

Administración regular este tema? De que tipo de deuda estamos hablando? Existe una regla similar en otros países?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 225

Subcapitalización (Cont.) Base legal

Artículo 118 LISR, 16/02/07, G O No. 38.628 Reglas

El 100% de los intereses podrían no ser deducibles La norma trae dos reglas Regla 1: Ratio 1:1 Si los intereses son pagados? directa o indirectamente

a personas que se consideren “partes vinculadas” y la deuda total supera el patrimonio neto del deudor Art 116: Definición partes vinculadas Excedente de deuda total v. patrimonio neto (“Deuda

Excedente”), será considerado patrimonio neto Efecto: Todo o parte de los intereses causados a favor

de la parte vinculada podrían no ser deducibles

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 226

Subcapitalización (Cont.) Regla 1 (Cont.)

Por qué no son deducibles los intereses? Porque la deuda es tratada como patrimonio neto Son dividendos entonces? Punto no regulado por el legislador Impuesto proporcional - dividendo? Norma de préstamos a accionistas Art 72. Hay norma

equivalente para este tema?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 227

Subcapitalización (Cont.) Regla 2: Deudas no contratadas en condiciones de mercado

Si la deuda total NO supera el patrimonio neto del deudor, pero la deuda fue contraída directa o indirectamente con personas vinculadas, la deuda también tendrá el tratamiento de patrimonio neto si la misma no se contrata en condiciones de mercado

Para determinar si una deuda se contrajo “en condiciones de mercado” se considerará: El nivel de endeudamiento del contribuyente (S) La posibilidad de que dicho contribuyente hubiera podido obtener ese

préstamo de una parte independiente sin la intervención de una parte vinculada (S)

El monto de la deuda que dicho contribuyente hubiera podido obtener de una parte independiente sin la intervención de una parte vinculada (S)

La tasa de interés que dicho contribuyente hubiera obtenido de una parte independiente sin la intervención de su parte vinculada (O)

Los términos y condiciones de la deuda que dicho contribuyente hubiera obtenido de una parte independiente sin la intervención de una parte vinculada (S)

Efecto: El total de los intereses vinculados a la deuda – patrimonio, no será deducible

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 228

Subcapitalización (Cont.) Regla 1 (Cont.)

La matemática

Precepto general de la norma

Epi + Epv ≤ PN

Donde:

PN: Patrimonio NetoEpi: Endeudamiento con partes independientesEpv: Endeudamiento con partes vinculadas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 229

Subcapitalización (Cont.) Regla 1 (Cont.)

La matemática (Cont.)Cálculo del Saldo Promedio Anual del Patrimonio Neto

SPAPN: PNi + PNf – (API+Resultado del ejercicio)2

Donde:SPAPN: Saldo Promedio Anual del Patrimonio NetoPNi: Patrimonio Neto inicialPNf: Patrimonio Neto finalAPI: Ajuste por Inflación

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 230

Subcapitalización (Cont.) Regla 1 (Cont.)

La matemática (Cont.)Saldo Promedio Anual de deudas con partes independientes

SPADpi: (D1 – i1) + (D2 –i2) + (D3 – i3) + ……+ (Dn – in)n

Donde:SPADpi: Saldo Promedio Anual de Deudas con Partes IndependientesD: Deudas al final de cada mesi: interés del mesn: numero de meses del ejercicio

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 231

Subcapitalización (Cont.) Regla 1 (Cont.)

La matemática (Cont.)Coeficiente de endeudamiento

Ce: SPAPN-SPADpiSADpv

Donde:Ce: Coeficiente de endeudamientoSPADPi: Saldo Promedio Anual de Deudas con Partes Independ.SPAPN: Saldo Promedio Anual del Patrimonio NetoSADpv: Saldo Anual de Deudas con partes vinculadas

Condición:Si SPPN - SPADpi es positivo, entonces se divide entre SADpv

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 232

Subcapitalización (Cont.) Regla 1 (Cont.)

La matemática (Cont.)

FINALMENTE

Si Ce es ≥ 1 se deduce el total de los intereses

Si Ce es < 1 solo se podrá deducir el monto que resulte demultiplicar Ce por el monto total de los intereses pagados apartes vinculadas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 233

Subcapitalización (Cont.) Caso

Cuentas por Pagar Año 2007

MesPartes

VinculadasPartes

Independientes

Enero 2.200,00 2.700,00

Febrero 2.200,00 2.700,00

Marzo 2.200,00 2.700,00

Abril 2.200,00 2.700,00

Mayo 2.200,00 2.700,00

Junio 2.200,00 2.700,00

Julio 2.200,00 2.700,00

Agosto 2.200,00 2.700,00

Septiembre 2.200,00 2.700,00

Octubre 2.200,00 2.700,00

Noviembre 2.200,00 2.700,00

Diciembre 2.200,00 2.700,00

Saldo Promedio Anual 2.200,00 2.700,00

Patrimonio Neto InicialCapital Social 1.041,00Reservas 122,00Patrimonio API acumulado 1.218,00

Resultado de Ejercicios Anteriores 119,00

Total Patrimonio Neto Inicial 2.500,00

Patrimonio Neto FinalCapital Social 1.220,00Reservas 122,00Resultados de Ejercicios Anteriores 119,00Patrimonio API ejercicio corriente 164,00Patrimonio API acumulado 1.218,00Resultado del ejercicio 138,00

Total Patrimonio Neto Final 2.981,00

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 234

Subcapitalización (Cont.) Caso

SPAPN: PNi + PNf – (API+Resultado del ejercicio)2

SPAPN: 2500 + 2981 – (164+138): 2589,52

DPv: 2200DPi: 2700

DTOTALES: 4900

De donde se desprendeQue:

4900 > 2589,50

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 235

Subcapitalización (Cont.) Caso Resultado:

Según el legislador, solo si al restar el SPAN del SPADPi el resultado es positivo, se procede a la división entre SPADPv

Como aquí el resultado es negativo, el 100% de los intereses pagados a las Pv no serían deducibles

Ce= (SPAPN - SPADpi)/SADpvCe Caso = (2589,50 - 2700)/2200Ce= - 110,50/2200

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 236

Laboralidad Qué remunera el sueldo?

Es un ingreso bruto o un ingreso neto? Art 16 LISR (IB) v. Art 31 LISR (EN) Art 16:

Es un ingreso bruto (IB) Incluye ingresos “regulares y accidentales” “Salvo lo que en contrario establezca la LISR”

Art 31: No es un IB, es un Enriquecimiento Neto (EN) Nueva redacción del Art 31. Interpretación Cabrera. Se

excluyen los “ingresos accidentales”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 237

Laboralidad (Cont.) Es gravable?

Si. Incremento de patrimonio

Es territorial? Regla: “dónde se presta el servicio”

Cuándo es disponible? Regla: “momento del pago”. Art 5 LISR Ojo: “Abono en cuenta”

Page 238: Imposición Directa Imery Urdaneta

Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 238

Laboralidad (Cont.) Esposos empleados: Deben declarar

juntos? Con capitulaciones: 2 Contribuyentes

Cada quien presenta su declaración Sin capitulaciones: 1 Contribuyente

Declaración conjunta Excepción: Cuando la mujer decida declarar por

separado sueldos u honorarios profesionales (Art 54 LISR)

Page 239: Imposición Directa Imery Urdaneta

Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 239

Laboralidad (Cont.) Son gravables los viáticos?

No Pfo IV, Art 16 LISR

Exige “soporte” y “normalidad y necesidad del gasto” Lo excluye del Ingreso Bruto

Art 31 LISR: Los excluye del Enriquecimiento Neto

Son gravables los gastos de representación? No, pero solo en el caso de Gerentes, Directores,

Administradores o otros empleados que por su naturaleza deban realizar G de R de la empresa

Y si los recibe un socio de una sociedad de personas? Pfo II, Art 16 y numeral 21, Art 27 LISR

Exige “soporte” y “normalidad y necesidad del gasto” Pfo II, Art 16 LISR: Los excluye del Ingreso Bruto

Page 240: Imposición Directa Imery Urdaneta

Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 240

Laboralidad (Cont.) Qué quiere decir que los viáticos y gastos

de representación están “excluidos del ingreso neto y bruto, respectivamente”? Exención? No Hay aumento de patrimonio? No

La deducción la toma la empresa pagadora “Realizados en beneficio de la empresa pagadora”

Page 241: Imposición Directa Imery Urdaneta

Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 241

Laboralidad (Cont.) Forman parte del sueldo las

indemnizaciones recibidas con ocasión del trabajo? Ejm: Prestaciones sociales No, porque están exentas (numeral 4, Art 14

LISR) Ojo: Pagadas conforme a la Ley o a contratos

de trabajo

Page 242: Imposición Directa Imery Urdaneta

Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 242

Laboralidad (Cont.) Otras exenciones

Numeral 4, Art 14 LISR Intereses y producto de fideicomisos laborales El producto de fondos de retiro. De contado El producto de fondos de pensiones. Cuotas

Numeral 5, Art 14 LISR Pensiones recibidas por retiro, jubilación o invalidez.

Se extiende a los herederos

Page 243: Imposición Directa Imery Urdaneta

Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 243

Laboralidad (Cont.) Otras exenciones (Cont.)

Numeral 8, Art 14 LISR El aporte y producto de cajas de ahorro y

cooperativas de ahorro Condiciones:

Plan general y único para todos los trabajadores de una misma categoría profesional

Mientras se mantengan en la caja o cooperativa de ahorros Los empleados? o Los fondos?

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Laboralidad (Cont.) El sueldo admite deducciones?

No, porque es calificado como enriquecimiento neto por el Art 31 LISR

Qué son los desgravámenes? Monto que se resta del enriquecimiento neto

Qué una rebaja? Monto que se resta del ISR a pagar

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Laboralidad (Cont.) Tipos de desgravámenes

Único Detallado

Ojo: Se debe elegir entre uno o el otro, no es posible aprovechar los dos

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Laboralidad (Cont.) Desgravamen “Único”

Regulado por el Art 60 LISR No importan los soportes No importa la situación patrimonial del

contribuyente Monto único:774 UT o BsF. 35.604

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Laboralidad (Cont.) Desgravamen “Detallado”

Regulado por el Art 59 LISR Aplica la regla de lo “Pagado” Monto que se resta del enriquecimiento neto Conceptos aceptados:

Educación contribuyente e hijos < 25 años. Ojo: Casos educación especial

Primas seguros HCM. Ojo: Pagadas a empresas de seguros domiciliadas en el país

Servicios médicos, odontológicos y hospitalización. Ojo: Prestados en el país, al contribuyente o personas a su cargo según Art 61 LISR

Intereses por préstamos hipotecarios para comprar vivienda principal o alquileres de vivienda. Ojo: Tope de 1.000 UT y 800 UT, respectivamente, por EF

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Laboralidad (Cont.) Desgravamen “Detallado” (Cont.)

Comprobantes Deben ser anexados a la declaración de ISR Con indicación del RIF del receptor del pago

No proceden si el contribuyente los pudo deducir como un gasto o costo Caso de profesionales, por ejemplo

Régimen especial para diplomáticos y funcionarios públicos No aplica requisito de la territorialidad

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Laboralidad (Cont.) Rebajas

Reguladas por el Art. 61 LISR Montos que se restan del ISR a pagar Por ser contribuyente

10 UT Para P Nat residentes en Vzla Salvo diplomáticos y funcionarios públicos en el exterior

Por tener cargas familiares 10 UT por cónyuge no separado de bienes

No procede si cónyuges declaran por separado En este caso, solo 1 puede tomar la rebaja

10 UT por ascendientes o descendientes directo residente en el país No procede si hijo es > 18 años

Salvo que esté incapacitado para trabajar Salvo que esté estudiando y sea < 25 años

Se distribuye el beneficio si más de un contribuyente paga por la carga familiar. Proporcionalidad

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Laboralidad (Cont.)

Sueldo Salario Emolumentos Dietas

Pensiones Obvenciones Comisiones Remuneraciones

similares

Que comprende el “sueldo” a los efectos del ISR?

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Laboralidad (Cont.) Sentencia N.- 301. 27-2-2007. Cabrera

Acción de nulidad contra varios artículos de la LISR del 22-10-1999. No incluyó el articulo 31 LISR

La SC declaró “inadmisible” la acción Sin embargo, la Sala Constitucional del TSJ

puede dejar viva la acción Declarando válida la norma impugnada y, De oficio, señalando la interpretación obligatoria de

una norma para adaptarla a la CN

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Laboralidad (Cont.) Sentencia N.- 301. 27-2-2007. Cabrera

(Cont.) Cuáles fueron los principios tributarios

previstos en la CN que consideró la SC para interpretar el 31: Generalidad Igualdad Capacidad contributiva

Progresividad v. regresividad No confiscación

Respeto a la propiedad Justa incidencia en la manifestación de riqueza

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Laboralidad (Cont.) Sentencia N.- 301. 27-2-2007. Cabrera

(Cont.) Cuáles son los ingresos que derivan de una

relación laboral a fines del ISR? El legislador escogió una amplia base imposible Artículo 31:

Los sueldos, salarios, emolumentos, dietas, pensiones, obvenciones y demás remuneraciones similares, distintas de los viáticos, obtenida por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.)

La SC indicó que lo previsto en el Art. 31 es lo mismo que “Salario Integral” de acuerdo con 133 de la LOT Se entiende por salario la remuneración, provecho o

ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.) Pero según la SC, no toda remuneración laboral debe

formar parte de la base imponible, pues se violarían principios constitucionales

Argumentación: Desgravamen detallado: Muy limitado. Solo queda la opción

del desgravamen único, que no resulta un monto razonable La norma no consulta la razonable manifestación de riqueza

del empleado contribuyente (Capacidad contributiva) La norma no respeta el principio de la progresividad, pues no

se toma en cuenta el IVA y las contribuciones parafiscales que debe pagar el empleado contribuyente (SS, INCE, PH)

La norma viola el principio de justicia tributaria Resultado: Elevada presión fiscal – regresiva. Violación a

normas constitucionales

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.) Resultado: Hay que asignarle una

interpretación obligatoria a la norma Por qué?

Elevada presión fiscal La base imponible es muy amplia El ISR es regresivo para asalariados Esto viola normas constitucionales

Progresividad (Seguro Social, Política Habitacional, INCE, IVA )

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.) Argumentación (Cont.)

Decisión (Cont.): Art 31 de la LISR debe ser interpretado conforme a los

postulados constitucionales EN: Solo abarca remuneraciones otorgadas en forma

“regular”

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.) Argumentación (Cont.)

Decisión (Cont.): Solo es “regular”: El “salario normal”

Pfo II, Art 133 LOT: A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial.

Pfo IV, Art 133 LOT: Todo impuesto, tasa o contribución especial que deba pagar el patrono o el empleado, se debe calcular en base al salario normal correspondiente al mes inmediato anterior.

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.) Argumentación (Cont.)

Decisión (Cont.): No forman parte del EN: Remuneraciones marginales

pagadas en forma accidental Se reforma la redacción del Art 31

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.) Art 31. Nueva interpretación obligatoria

«Artículo 31. Se consideran como enriquecimientos netos los salarios devengados en forma regular y permanentepor la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia. También se consideran como enriquecimientos netos los intereses provenientes de préstamos y otros créditos concedidos por las instituciones financieras constituidas en el exterior y no domiciliadas en el país, así como las participaciones gravables con impuestos proporcionales conforme a los términos de esta Ley.A los efectos previstos en este artículo, quedan excluidosdel salario las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que la Ley considere que no tienen carácter salarial» (Subrayados de la nueva redacción).

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Laboralidad (Cont.) Sentencia 27-2-2007. Cabrera (Cont.)

Qué quedó en el aire o no fue aclarado por la sentencia? A partir de cuándo aplica la nueva interpretación

obligatoria hecha en febrero 2007? EF 2006? EF 2007? EF 2008?

Qué son percepciones de carácter “accidental”?

Ojo: Art 8 del COT- Se legisló- Se interpretó

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Laboralidad (Cont.) Aclaratoria 1. 9-3-2007

Argumentos de la Procuradoría General de la República Interpretación aplica para el EF 2008. Art 8 COT. EF 2007

ya inició Accidental = Ocasional

SC Interpretación no aplica al ejercicio fiscal 2006

Razón: Porque el EF 2006 inició antes de la interpretación Aplica “a partir del ejercicio fiscal siguiente”

Siguiente al EF 2006 o al EF 2007? Quedó en el aíre No precisó el significado de “Remuneraciones marginales

pagadas en forma accidental” Solo dijo que lo accidental es contrario a lo regular y

permanente Quedó en el aíre Nuevamente hizo referencia a “salario normal”

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Laboralidad (Cont.) Aclaratoria 1. 9-3-2007

Qué hicieron los empleados en el 2007? Muchos optaron por no declarar como gravables los

bonos cobrados en el 2007, en marzo del 2008

Qué hicieron los patronos en el 2007? ARI: La mayoría incluyeron los bonos para el cálculo de

la retención aplicable. Otros no. Razón: Postura oficial del SENIAT (Nueva

interpretación aplica para EF 2008) Riesgos? Multas agentes de retención

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Laboralidad (Cont.) Aclaratoria 2 (a). Sentencia “FANTASMA”

17-6-2008 La nueva redacción del Art 31 aplica al

ejercicio fiscal 2007, cuya declaración definitiva se efectuó hasta el 31-3-2008

A los efectos del Art 31, “son regulares y permanentes las remuneraciones por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, las que se ocasionan con regularidad mensual”.

Esto con referencia al Pfo IV, Art 133 LOT.

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Laboralidad (Cont.) La Aclaratoria 2 (a) FANTASMA complicó

aún más las cosas Grandes dudas?

Sueldo pagado cada 2 meses Comisiones pagadas cada 6 meses Bonos por productividad pagados 1 vez al año Bonos por antigüedad Bonos por excelencia

Serán regulares estas remuneraciones y por lo tanto gravables???

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Laboralidad (Cont.) Aclaratoria 2 (b). 17-6-2008

La nueva redacción del Art 31 aplica al ejercicio fiscal 2008, pues para la fecha de la sentencia (27-2-2007) y la Aclaratoria 1 (9-3-2007), ya el EF 2007 había comenzado

A los efectos del Art 31, “son regulares y permanentes las remuneraciones previstas en el Pfo II (En la Aclaratoria FANTASMA era el Pfo IV), Art 133 LOT.

A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial. Para la estimación del salario normal ninguno de los conceptos que lo integran producirá efectos sobre sí mismo

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 267

Laboralidad (Cont.) La Aclaratoria 2 (b). 17-6-2008 (Cont.)

Aclaró a partir de cuándo aplica la nueva interpretación obligatoria del Art 31. EF 2008

Siguen las dudas respecto a que se debe intender por remuneración “regular y permanente”

Recomendación: Gravable todo lo que califique como “salario normal” Según la LOT y la jurisprudencia laboral

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Laboralidad (Cont.) La Aclaratoria 2 (b). 17-6-2008 (Cont.)

Que es salario normal? Según la LOT y la jurisprudencia laboral:

Remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente.

Retribuciones que de manera habitual, ordinaria y en repetidas veces recibe el trabajador como contraprestación de sus servicios.

Aquellas retribuciones accidentales que no sean seguras, que eventualmente el trabajador pueda o no recibir, no serán salario normal

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 269

Tarifas Tipos

Progresivas Proporcionales

Cuál es la diferencia?

Por qué no aplican las tarifas progresivas a todos los contribuyentes?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 270

Tarifas (Cont.) Progresivas

Personas naturales y asimilados Art 50 LISR Tarifa 1 Menor 6%, por fracción hasta 1000 UT Mayor 34%, por fracción mayor a 6000 UT 8 Escalones Ojo: Aplica tarifa proporcional del 34% cuando el

receptor del ingreso es una PNat no domiciliada en Venezuela. Pfo Único, art 50 LISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 271

Tarifas (Cont.) Progresivas (Cont.)

Personas jurídicas Art 52 LISR 15%, por fracción hasta 2000 UT 22%, por fracción de 2000 a 3000 UT 34%, por fracción mayor a 3000 UT 3 Escalones Sustraendos en UT??

0 140 500

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 272

Tarifas (Cont.) Proporcionales

Actividades mineras Regalías y demás participaciones análogas

provenientes de la explotación de minas y por los enriquecimientos derivados de la cesión de tales regalías y participaciones

Contribuyentes: Todos Literal a, Art 53 LISR Tarifa 60%

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 273

Tarifas (Cont.) Proporcionales (Cont.)

Actividades petroleras. Art 11 LISR Ingresos derivados de la explotación de hidrocarburos y de

actividades conexas, tales como la refinación y el transporte, o a la compra o adquisición de hidrocarburos y derivados para la explotación

OJO: También aplica la tarifa 3 a los ingresos no petroleros Contribuyentes: Todos, menos personas naturales y

asimilados Excepción: Las empresas que realicen actividades

integradas o no, de exploración y explotación del gas no asociado, de procesamiento, transporte, distribución, almacenamiento, comercialización y exportación del gas y sus componentes, o que se dediquen exclusivamente a la refinación de hidrocarburos o al mejoramiento de crudos pesados y extrapesados.

Literal b, Art 53 LISR Tarifa 50%

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 274

Tarifas (Cont.) Proporcionales (Cont.)

Intereses pagados a Bancos Extranjeros Receptor: Institución financiera

Extranjera No domiciliada en Venezuela

Que pasa si el interés lo recibe un cesionario no banco?

Pfo Primero, Artículo 52 LISR Tarifa: 4,95%

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 275

Tarifas (Cont.) Proporcionales (Cont.)

Renta presuntas Artículo 34 y siguientes

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 276

Tarifas (Cont.) Proporcionales (Cont.)

Dividendos En efectivo:

34% Actividad petrolera 50% Actividad minera 60%

En acciones: Ojo: Anticipo del 1%. Pfo Primero Art 73 Venta de acciones

Fuera de la bolsa? Si cotizan en bolsa: 1%

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 277

Tarifas (Cont.) Proporcionales (Cont.)

Ingresos sujetos a impuestos proporcionales, se excluyen del ingreso bruto global (Pfo 4, Art 16 LISR)

Las participaciones gravables con impuestos proporcionales: EN (Art 31 LISR)

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 278

Rentas Presuntas General

Qué es una renta presunta? Quién es el receptor del pago? Lleva libros contables en Venezuela? Aplica la formula del ISR? Aplica a cualquier renta? Quien paga el ISR? El receptor del pago declara en Venezuela? Qué pasa si aplica un tratado? Que pasa si el receptor del pago está domiciliado? Dónde están reguladas? Art 34 y siguientes LISR

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 279

Rentas Presuntas (Cont.) Tipos:

Películas – Art 34 Agencias de noticias y transmisoras de espectáculos –

Art 35 Empresas de transporte internacional – Art 36 Ventas en consignación – Art 37 Empresas de seguros y reaseguros – Art 38 Servicios profesionales que no califiquen como asistencia

técnica – Art 39 Transporte internacional – Art 40 Asistencia técnica – Art 41, 42, 44, 45 y 46 Servicios tecnológicos – Art 43, 44, 45 y 46 Regalías – Art 47 y 48 Fideicomisos – Art 49

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 280

Rentas Presuntas (Cont.) Películas

Articulo 34 LISR: Productores de películas en el exterior, para cine y

televisión. Ojo: Otros??? Distribuidores extranjeros de películas y similares, desde el

exterior, para el mercado Venezolano. Ojo: Caso de excepción a la regla de “venta de exportación”

EN presunto: 25% de sus IB Ingreso Bruto?

Productores de películas Remuneración recibida por cesión del derecho a exhibir Otras remuneraciones recibidas por otras actividades

relacionadas con la actividad regulada Distribuidores de películas

Precio pagado al distribuidor?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 281

Rentas Presuntas (Cont.) Agencias de noticias y transmisoras de

espectáculos públicos Artículo 35 LISR:

Agencias de noticias internacionales Empresa operadora en el país: Transmisoras al exterior de

espectáculos públicos televisados desde Vzla. Ejm: Miss Venezuela Propietario de los derechos de exhibición? Cesionario de los derechos? Propietario y cesionario: Ambos pueden ser transmisores? Cesionarias: Ingreso por transmisión directa?? Cesionarias: Ingreso por haber cedido el derecho a terceros?? La norma indica que es irrelevante el domicilio de la

operadora??? EP

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 282

Rentas Presuntas (Cont.) Agencias de noticias y transmisoras de espectáculos

públicos (Cont.) Quienes pueden ser operadores/transmisores?

Propietario del derecho de exhibición Los cesionarios del derecho de exhibición

EN presunto: 15% de sus IB Ingreso Bruto?

Remuneración recibida la por agencia de noticia Remuneración recibida por la operadora/transmisora:

Remuneración recibida por la propietaria del derecho de exhibición Remuneración recibida por la cesionaria por transmisión directa Remuneración recibida la cesionaria por la cesión del derecho de

transmisión a un tercero OJO 1: Que pasa si la agencia de noticia o la operadora están

domiciliadas en Venezuela? EP OJO 2: Este régimen debería aplicar exclusivamente a no

domiciliados

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 283

Rentas Presuntas (Cont.) Empresas de transporte internacional

Artículo 36 LISR: Agencias o empresas extranjeras de transporte

internacional Domiciliadas y no domiciliadas en Venezuela OJO: Incluye a las domiciliadas en Venezuela. EP

EN presunto: 10% de sus IB Ingreso Bruto:

50% de los fletes y pasajes entre Vzla y el Ext y viceversa

100% de la remuneración cobrada por transporte y otras operaciones conexas realizadas en Venezuela

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 284

Rentas Presuntas (Cont.) Ventas en consignación

Artículo 37 LISR: Empresas extranjeras que envíen desde el exterior

mercancías en consignación a Venezuela Dichas mercancías deben ser vendidas en Venezuela Ojo: Mandatario dependiente con capacidad de

concluir contratos en nombre del mandante EP EN presunto: 25% de sus IB Ingreso Bruto:

100% del precio de venta de la mercancía

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 285

Rentas Presuntas (Cont.) Empresas de seguros y reaseguros

Artículo 38 LISR: Empresas extranjeras de seguro y reaseguros no

domiciliadas en el país No aplica norma si empresas equivalentes

Venezolanas están exentas en la jurisdicción contraria

EN presunto: 30% de sus Ingresos Netos???, causados en el país Se permite restar del IB

Rebajas Devoluciones Anulaciones de primas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 286

Rentas Presuntas (Cont.) Empresas de seguros y reaseguros (Cont.)

Artículo 38 LISR (Cont.):

Ingreso Neto: 100% del precio de venta de las primas, menos los

descuentos señalados

Tarifa aplicable: Proporcional del 10%. Pfo II, Artículo 52

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 287

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios profesionales (Cont.)

Artículo 39 LISR: Contribuyentes: Personas naturales y jurídicas

extranjeras? No domiciliados – No residentes en Venezuela Deben realizar actividades profesionales

Que es una actividad profesional? Sentencia Distribuidora Cariaco CA, CSJ, 7-2-1991

Según la sentencia: Debe predominar el esfuerzo mental sobre el físico No puede calificar como AT No puede calificar como comercial (Cod. Comercio)

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 288

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios profesionales (Cont.)

Que no califiquen como asistencia técnica y tampoco como servicios comerciales (Cont.)

Artículo 39 LISR (Cont.): Dónde se presta el servicio?

En Venezuela? En el exterior? Ambos? No está claro Sistema territorial v. sistema renta mundial

OJO: Qué pasa si el proveedor tiene una BF o EP en Vzla? P Nat. Base Fija. Art 7 final P Jca. EP. Art 7, servicios profesionales

EN presunto: 90% de sus Ingresos Brutos Ingreso Bruto:

100% de la remuneración o precio del servicio

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 289

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios profesionales (Cont.)

Que no califiquen como asistencia técnica y tampoco como servicios comerciales (Cont.)

Que quiere decir: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 41? Priva el 41. Aplica régimen de AT cuando se dan las

condiciones

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Rentas Presuntas (Cont.) Transporte internacional

Artículo 40 LISR: Contribuyentes: Personas naturales y jurídicas extranjeras? No domiciliados en Venezuela? Deben realizar actividad de transporte

Menos las previstas en el Articulo 29 (transporte propio) Menos las previstas en los Parágrafos Primero y Segundo del

artículo 147 ????? Carga? Pasajeros?

Dónde? Entre Venezuela y el Exterior y viceversa

EN presunto:10% de su IB Ingreso Bruto:

50% de los fletes y pasajes Brutos Pregunta: Qué diferencia hay con el servicio previsto en

el Art 36?

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Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica

Artículo 41: Suministro de AT

Por quién? Contribuyentes: Personas naturales y jurídicas

extranjeras? Dónde se presta el servicio? Desde el exterior Qué quiere decir “Desde el Exterior”?

Lugar dónde se presta el servicio? o Lugar dónde originó el “saber cómo” o “know

how”?

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Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica

Artículo 41 (Cont.): “Desde el exterior” Dictámenes en conflicto – Lote 1

9-5-1980: Si la AT la prestó en Venezuela una empresa extranjera no domiciliada, no aplica régimen de AT

9-7-1981: Idem, en caso que fuera prestada por empresa extranjera domiciliada

“Desde el Exterior”: Quiere decir lugar geográfico dónde se presta el servicio

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 293

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica

Artículo 41 (Cont.):“Desde el exterior” Dictámenes en conflicto – Lote 2

15-8-1985, 20-3-1986, 1987: Aplica régimen de AT aún cuando la AT se preste en Venezuela. Lo importante es dónde originó el know how.

7-12-1989: Idem, y además aplica el régimen de AT si la AT es prestada por una compañía constituida en Venezuela

“Desde el Exterior”: Quiere decir lugar geográfico dónde originó la tecnología o el conocimiento técnico

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 294

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41: A quién se presta el servicio?

Personas: Naturales y jurídicas Comunidades

Para qué? Para producir renta (Gravable?):

Los utilicen en el país O los cedan a terceros

- Ubicados en Vzla?- Los 3ros: Deben producir renta en Vzla?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 295

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): Cualquiera sea la modalidad de pago

Cuáles son las forma de pago? Efectivo v. Especie Medios de extinción de una obligación?

Pago Compensación Confusión Remisión

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 296

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): Pago en especie. Que es esto? Art 153 RLISR

Retención ISR? No aplica – Decreto de retenciones Si el pago ocurre en especie, cuándo cobra el Fisco el

ISR que grava la renta presunta? Qué pasa si el receptor del pago es una persona

extrajera no domiciliada en Venezuela? Oportunidad de declarar:

P Nat No domiciliada: Art 141 RLISR P Jca No domiciliada: Art ??? (No hay) Ojo 143 CP,

144 C, 154 Pfo 4to- Gran discusión respecto a la obligación de

declarar

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 297

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): Qué pasa si el receptor del pago es una persona no

domiciliada, pero con EP en Venezuela? Aplica el régimen de rentas presuntas?

Qué pasa si aplica un tratado para evitar la doble tributación? Aplica tratado y no artículo 41. Ojo: Principio de no

agravación

EN presunto: 30% del IB

Ingreso Bruto: 100% de la remuneración

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Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): Qué se entiende por AT

Suministro de instrucciones, escritos, grabaciones películas y demás instrumentos similares de carácter técnico

Destinados a la elaboración de una obra o producto para la venta o la prestación de un servicio específico para los mismos fines de venta

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 299

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): La AT podrá comprender:

Transferencia de conocimientos técnicos Servicios de ingeniería Servicios de investigación Servicios de desarrollo de proyectos Asesoría y consultoría Suministro de procedimientos o fórmulas de producción Suministro de datos Suministro de informaciones y especificaciones

técnicas, diagramas, planos e instructivos técnicos Provisión de elementos de ingeniería básica y de

detalle

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 300

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): Definiciones que definen el alcance de la AT

Servicios de ingeniería La ejecución y supervisión del montaje, instalación

y puesta en marcha de las máquinas, equipos y plantas productoras

La calibración, inspección, reparación y mantenimiento de las máquinas y equipos

La realización de pruebas y ensayos, incluyendo control de calidad

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 301

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): Definiciones

Investigación y desarrollo de proyectos La elaboración y ejecución de programas pilotos La investigación y experimentos de laboratorio Los servicios de explotación La planificación o programación técnica de

unidades productoras

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 302

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica (Cont.)

Artículo 41 (Cont.): Definiciones

Asesoría y consultoría La tramitación de compras externas La representación El asesoramiento y las instrucciones suministradas

por técnicos El suministro de servicios técnicos para la

administración y gestión de empresas en cualquiera de las actividades u operaciones de éstas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 303

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios Tecnológicos

Artículos 41 y 43: Suministro de ST

Por quién? Contribuyentes: Personas naturales y jurídicas

extranjeras? Dónde se presta el servicio? Desde el exterior Qué quiere decir “Desde el Exterior”? Hold hasta ver la

definición de ST

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 304

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios Tecnológicos (Cont.)

Artículo 41 y 43 (Cont.): A quién se presta el ST?

Personas: Naturales y jurídicas Comunidades

Para qué? Para producir renta (Gravable?):

Los utilicen en el país O los cedan a terceros

- Ubicados en Vzla?- Los 3ros: Deben producir renta en Vzla?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 305

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios Tecnológicos (Cont.)

Artículos 41 y 43 (Cont.): Cualquiera sea la modalidad de pago

Ver todos los comentarios hechos sobre este punto para el caso de Asistencia Técnica en láminas anteriores

EN presunto: 50% del IB

Ingreso Bruto: 100% de la remuneración

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 306

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios Tecnológicos (Cont.)

Artículos 41 y 43 (Cont.): Qué se entiende por ST:

La concesión para su uso y explotación de: Patentes de invención Modelos, dibujos y diseños industriales Mejoras o perfeccionamiento Formulaciones, reválidas o instrucciones Todos aquellos elementos técnicos “sujetos” a

patentamiento - Ojo: Sujetos v. Registrados- Y los derechos de autor que también pueden ser protegidos/registrados?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 307

Rentas Presuntas (Cont.) Servicios Tecnológicos (Cont.)

Artículos 41 y 43 (Cont.): Qué se entiende por ST (Cont.)

Qué quiere decir “Desde el Exterior”? Lugar dónde se presta el servicio?

-Aquí hay verdaderamente un servicio? Lugar dónde están registrados/patentados los

intangibles? No está claro- Ojo con la palabra “sujetos”. - Ojo: No es requisito que estén

registrados/patentados los intangibles- Ojo: Basta que puedan

registrarse/patentarse

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 308

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica y Servicio Tecnológico

Artículo 44: No califican como AT o ST

Actividades docentes Las inversiones en activos fijos

Ojo: Si califica como AT o ST el pago que hace el intermediario por la AT o ST contratado

Las inversiones en otros bienes que no estén destinados a la venta? Ejm: Compra de obras de arte. Pero podría calificar

este pago como AT o ST? Reembolsos por bienes adquiridos en el exterior

Ventas de exportación?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 309

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica y Servicio Tecnológico

Artículo 45: Que pasa si un contrato de AT y/o ST no discrimina

cuánto se paga por AT y cuánto por ST? 25% del IB es AT

ENP = A este 25% le aplico el 30% 75% del IB es ST

ENP = A este 75% le aplico el 50%

Como evito la aplicación del Art 45? En el contrato aclaro que remunera el precio. Cuánto

para pagar AT y cuánto para pagar ST

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 310

Rentas Presuntas (Cont.) Asistencia Técnica y Servicio Tecnológico

Artículos 46: Que pasa si un contrato de AT y/o ST no discrimina que

parte del servicio se presta en el exterior y qué parte se presta en Venezuela? 60% exterior 40% Venezuela

A la porción Venezolana aplica la formula del ISR (IB, admite costo y deducciones)

No habría un EP en este caso? Aplica el régimen de rentas presuntas?

Como evito la aplicación del Art 46? En el contrato indico cuánto del precio remunera el servicio

prestado en el exterior y cuánto el servicio prestado en Venezuela

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 311

Rentas Presuntas (Cont.) Marcas – Denominaciones Comerciales

Artículo 47 Los ingresos obtenidos por la concesión del uso y la explotación de

lo señalado abajo, admiten costos y deducciones en Venezuela: Nombres de:

Fábricas Comercios Servicios Denominaciones comerciales Emblemas Membretes Símbolos Lemas y Demás distintivos que se utilicen para identificar productos,

servicios o actividades económicas o Destinados a destacar propiedades o características de los mismos

Ojo: Hay una excepción (Ver próxima página)

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 312

Rentas Presuntas (Cont.) Marcas – Denominaciones Comerciales

Artículo 47 (Cont.) Excepción: Si el pago califica como regalía y es

pagado a una persona no domiciliada en Venezuela Cómo se grava el ingreso en este caso?

Servicio tecnológico? Regalía? * Porque la “regalía” excluye la aplicación

de la norma de ST

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 313

Rentas Presuntas (Cont.) Regalías

Pfo Único, Artículo 48: Lo pagado a no domiciliados por uso o goce de: Patentes Marcas Derechos de autor Procedimientos o derechos de exploración o

explotación de recursos naturales Fijados en base a una unidad de producción, de

venta, exploración o explotación, cualquiera sea su denominación en el contrato

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 314

Rentas Presuntas (Cont.) Regalías

Pfo Único, Artículo 48 (Cont.) EN presunto: 90% de su IB Ingreso Bruto:

100% de la remuneración pagada Que quiere decir?

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 41? Regalía es todo lo pagado por ST. Pero a los

efectos del ISR, si el pago se fija en base a una unidad de producción, de venta, exploración o explotación, cualquiera sea su denominación en el contrato, aplica el régimen presunto indicado arriba

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 315

Ganancias Fortuitas Qué es una ganancia fortuita? Art 63

Juegos o apuestas: Tarifa 34% Loterías e Hipódromo: Tarifa 16%

No comprende lo pagado por el hipó/canódromo al propietario del animal

Obligación del pagador de la ganancia fortuita Entregar al ganador un recibo indicando

Monto ganancia Monto del ISR retenido

Enterar el ISR retenido el día hábil siguiente a pago del premio Y si el pago es en especie?

No aplica retención de ISR. Art. 20, D-1808 Ingreso Bruto: Valor mercado del bien para el día de la

obtención. Art. 135, RLISR Oportunidad de pagar ISR: Al declarar la renta determinada al

cierre del ejercicio fiscal

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 316

Ganancias de Capital Qué es una ganancia de capital?

Ver bienes de capital. Art ___ Ley Orgánica de Aduanas Cuál es su diferencia con la renta ordinaria? Por qué diferenciar la ganancia de capital de la

renta ordinaria? Que tiene que ocurrir para que se pague un

dividendo? Asamblea de accionistas Deben haber resultados positivos al cierre Ojo con las pérdidas acumuladas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 317

Ganancias de Capital En Venezuela se grava la renta a nivel

corporativo y a nivel de los accionistas? Gravamen de dos niveles o Two Tier Taxation No. A nivel del accionista, solo se grava el

dividendo pagado con cargo a la utilidad no gravada a nivel corporativo

El dividendo es gravable con un impuesto proporcional Es irrelevante la fórmula del impuesto

El dividendo siempre fue gravable en Vzla? No. La regla ha cambiado en el tiempo

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 318

Ganancias de Capital (Cont.) Qué es una “regla de imputación”?

Definen contra cual renta se paga el dividendo Útiles cuando hay utilidades retenidas, que

corresponden a ejercicio fiscales anteriores

Qué es un dividendo pagado en acciones? Asamblea de accionistas Se capitalizan las utilidades o deudas reflejadas en el

balance Aumenta el capital de la compañía Nuevas acciones son entregadas a los accionistas y/o

al acreedor

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 319

Ganancias de Capital (Cont.) Qué es un impuesto proporcional? Qué es un impuesto progresivo? Qué tipo de impuesto es el impuesto que grava al

dividendo? Proporcional del 34, 50 o 60%. Art. 73

El dividendo es un “enriquecimiento neto” (Art 78) Gravable o no gravable? No. Ver Art 78. “Se excluyen de la renta global neta

gravable”. Exención? Aplica el mismo régimen previsto para sueldos? No,

pues según el Art 31, el sueldo es EN, pero es gravable

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 320

Ganancias de Capital (Cont.) Aplicación del gravamen proporcional a los

dividendos. Art 73 A qué aplica?

A dividendos pagados y presuntos Cuando?

Pagados o abonados en cuenta Siempre deben ser pagados o abonados en cuenta?

No. Ojo con el dividendo presunto

Forma de pago? En efectivo En especie

Acciones. Capitalización de utilidades Bien mueble o inmueble propiedad del pagador

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 321

Ganancias de Capital (Cont.) Aplicación del gravamen proporcional a los

dividendos. Art 73 Metodología del análisis

Naturaleza jurídica del pagador Fuente del dividendo Monto del dividendo Porción del dividendo gravable Forma de pago del dividendo. Efectivo o especie? Alícuota proporcional aplicable. Anticipo? Fecha del pago del dividendo Oportunidad de pago del impuesto proporcional

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 322

Ganancias de Capital (Cont.) Naturaleza jurídica del pagador. Quiénes pueden

pagar un dividendo? Comercialmente: Qué es un dividendo?

Artículo 307 del Código de Comercio Lo que se paga contra “utilidades líquidas y recaudadas” Sección VI del Código de Comercio que regula las C.A´s y a

las S.C.S.A´s Normativa también aplica a las SRL Todo lo no previsto en el C. Comercio sobre las S.R.L., será

regulado por las disposiciones aplicables a las C.A´s y las SNC. Art 336, C.Comercio

Por lo tanto, solo pueden pagar dividendos: C.A´s S.C.S.A´s SRL

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 323

Ganancias de Capital (Cont.) Naturaleza jurídica del pagador. Quiénes pueden

pagar un dividendo? Fiscalmente (ISR): Qué es un dividendo?

Cuota parte que corresponda a cada acción en las “utilidades” de las compañías anónimas y demás contribuyentes asimilados (Pfo Primero, Art 7), incluidas las que resulten de cuotas de participación en sociedades de responsabilidad limitada

Las “utilidades” son la “fuente del dividendo” Por lo tanto, fiscalmente solo pueden pagar dividendos:

C.A´s SRL S.C. por A´s Las sociedades civiles e irregulares o de hecho que revistan la

forma de C.A´s, S.C. por A´s o SRL También las sucursales y EP, pero se trata de un dividendo

presunto por ficción de ley

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 324

Ganancias de Capital (Cont.) “Fuente” del dividendo gravable

Dividendo debe originar en la “renta neta del pagador” que exceda de “su renta neta fiscal gravada” ????

Cuál es la “renta neta del pagador” del dividendo? Artículo 66 LISR Aquella aprobada por la Asamblea de Accionistas y con

fundamento en los estados financieros elaborados de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 LISR (PCGA)

Es decir, renta neta según DPC-10 Esta regla también aplica a Bancos, Instituciones

Financieras y Compañías de Seguros A mis efectos, esto es la “Renta Neta Financiera Después

de Impuesto” o “RNFin DdeI”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 325

Ganancias de Capital (Cont.) “Fuente” del dividendo gravable

Cuál es la “renta neta fiscal gravada del pagador” del dividendo? Artículo 66 LISR Aquella que fue gravada con tarifas progresivas y

proporcionales previstas en la LISR Incluye la renta extraterritorial gravada en el exterior y

Venezuela. Pfo II, Art. 68 Renta Neta Fiscal Gravada = “RNFis G”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 326

Ganancias de Capital (Cont.) “Fuente” del dividendo gravable

Fiscalmente (ISR): Cuáles utilidades se excluyen de la “fuente del dividendo” gravable? La renta neta fiscal gravada a nivel corporativo La renta exenta o exonerada. Art. 67 Dividendos recibidos de otras compañías Vzl. Art. 66 Dividendos recibidos de compañías extranjeras no

domiciliadas y domiciliadas en Venezuela. Imp Prop 34%. Pfo I, Art 68 y 66

Las renta no gravada, correspondientes a un EF en el cual el dividendo no era gravable

Monto de utilidad histórica que supere la utilidad DPC-10, cuando sea pagada como dividendo

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 327

Ganancias de Capital (Cont.) Monto del dividendo

Hay 3 tipos de balances. Ojo: Dependiendo del balance, la fuente del dividendo puede ser distinta Histórico (Código de Comercio) DPC-10 (Art 90 LISR) AxI o fiscal (Art 173 y sig. LISR)

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Ganancias de Capital (Cont.) Monto del dividendo (Cont.)

Histórico En el año 1942 no había inflación importante en Vzla La inflación es irrelevante No se ajustan las cuentas del balance Según Código de Comercio, solo pueden pagarse

dividendos contra utilidades “liquidas” y “recaudadas” Termino no definido en el código Doctrina: Cuando la utilidad deriva de un negocio:

firmemente concluido o perfeccionado en forma irrevocable

No importa que no haya ocurrido el pago Incluye ingresos determinados en base al sistema de efectivo

y el sistema de la realización Si reparto utilidades no vinculadas con negocios concluidos,

hay una devolución de inversión al accionista. Riesgo de demanda

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 329

Ganancias de Capital (Cont.) Monto del dividendo (Cont.)

AxI o Fiscal Sistema incorporado en la LISR en la reforma de 1991 Crea la renta/pérdida neta no operativa gravable/deducible Puede producir resultados distintos a la DPC-10 Antes de la reforma del 2001, no aplicaba la DPC-10 para

fines del ISR

DPC-10 (Ajuste mucho más amplio que el AxI previsto en la LISR) Principio contable Activos, pasivos y patrimonio debe ajustarse por inflación Patrimonio = A - P Como ajusto A y P, ajustes se reflejan en la cuenta REME

del Patrimonio (REME = Resultado Monetario del Ejercicio)

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 330

Ganancias de Capital (Cont.) Monto del dividendo (Cont.)

Con base a cuál balance se deben declarar dividendos? C Com. Art 304 …”se les presuma.” En Pro C Com. Art 35 …”estimatoria”… En Pro

Es posible argumentar entonces que podemos tomar los resultados de la DPC-10

C Com. Art 304 …”beneficio realmente obtenidos”... En contra

C Com. Art 35 …”debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos”… En contra Es posible argumentar que hay que tomar los resultados

históricos Porque el estado de G y P no admite operaciones no

realizadas La inflación es una operación no realizada porque no está

vinculada con un negocio concluido en forma irrevocable Contadores: Inflación es una realidad, por lo tanto se cumple

el artículo 35 del C Com “beneficios realmente obtenidos”

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 331

Ganancias de Capital (Cont.) Monto del dividendo (Cont.)

Con base a cuál balance se deben declarar dividendos? Recomendación:

Decretar y pagar el dividendo con cargo a las utilidades liquidas y recaudadas del balance histórico o DPC-10, el que refleje el monto menor

Se evita riesgo demanda de los accionistas Para fines del ISR, solamente puedo pagar dividendo con

cargo a las utilidades determinadas en base a la DPC-10 Si utilidad DPC-10 < utilidad histórica, si pago dividendo en

base a histórica: Es posible argumentar que el excedente no es dividendo a los efectos del ISR

Cómo se grava esta diferencia: Ingreso bruto o dividendo? Dividendo no gravable?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 332

Ganancias de Capital (Cont.) Porción del dividendo gravable. Cálculos

El dividendo gravable debe originar en la “renta neta del pagador” (Valor 1) que exceda de “su renta neta fiscal gravada” (Valor 2)

Valor 1: Hay que restar de la RNFin DdeI pagada como dividendo:1. La renta exenta o exonerada. Art. 672. Dividendos recibidos de otras compañías Vzl. Art. 663. Dividendos recibidos de compañías extranjeras no

domiciliadas y domiciliadas en Venezuela. Imp Prop 34%. Pfo I, Art 68 y 66

4. La renta no gravada, correspondientes a un EF en el cual el dividendo no era gravable

Valor 1: RNFin DdeI – 1 – 2 – 3 – 4

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 333

Ganancias de Capital (Cont.) Porción del dividendo gravable. Cálculos (Cont.)

El dividendo gravable debe originar en la “renta neta del pagador” (Valor 1) que exceda de “su renta neta fiscal gravada” (Valor 2)

Valor 2: Hay que precisar la renta neta fiscal gravada. Hay que obviar: La renta exenta o exonerada. Art. 67 Dividendos recibidos de otras compañías Vzl. Art. 66 Dividendos recibidos de compañías extranjeras no

domiciliadas y domiciliadas en Venezuela. Imp Prop 34%. Pfo I, Art 68 y 66

La renta no gravada, correspondientes a un EF en el cual el dividendo no era gravable

Valor 2: RNFis G

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 334

Ganancias de Capital (Cont.) Porción del dividendo gravable. Cálculos (Cont.)

Fórmula Dividendo Gravable = Valor 1 – Valor 2

Recomendación Crear 4 categorías de ingresos

RNFis G (Valor 2). Incluye la renta extraterritorial gravada en el exterior y excluye las rentas que siguen:

Renta exenta o exonerada * Dividendos recibidos de otras compañías Vzlas * Dividendos recibidos de compañías extranjeras no

domiciliadas y domiciliadas en Venezuela * La renta no gravada, correspondientes a un EF en el cual el

dividendo no era gravable * Las rentas resaltada en * se restan de RNFin DdeI (Valor

2)

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 335

Ganancias de Capital (Cont.) Forma de pago del dividendo. Efectivo o especie?

En efectivo Impacto contable: En el patrimonio-utilidades (débito) y en

el activo-banco (crédito) del pagador Retención en la fuente del 34%, 50% o 60%. Depende de

la actividad del pagador Ojo 1: Prorrateo Art. 74 Ojo 2: Norma tarifa única petrolera cuando hay mix de

actividades (petrolea más otra). Art. 11 Pagador retiene el impuesto proporcional aplicable Cuándo el receptor paga el impuesto proporcional que

grava el dividendo? Antes del cierre de su EF vía retención en la fuente

Forma de declarar el dividendo gravado al cierre: EN no gravable

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 336

Ganancias de Capital (Cont.) Forma de pago del dividendo. Efectivo o especie?

En especie: A) Entrega de acciones del capital del pagador Capitalización de utilidades Impacto contable: Solo en el patrimonio del pagador. Monto

sale de utilidades y pasa a capital pagado No aplica retención en la fuente. Aplica Anticipo?? del 1% El anticipo es acreditable Constancia de pago del anticipo: Requisito para figurar en el

libro de accionistas Cuándo se paga el impuesto proporcional que grava el

dividendo? En el momento de la enajenación de las referidas acciones. Art

214 RLISR Cuál alícuota proporcional aplica? Ver actividad del pagador OJO: Solicitar al pagador del dividendo información sobre cuál

porción del dividendo es gravable con el impuesto proporcional

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 337

Ganancias de Capital (Cont.) Forma de pago del dividendo. Efectivo o especie?

En especie: B) Entrega de bien mueble o inmueblepropiedad del pagador Impacto contable: En el patrimonio-utilidades (débito) y en

el activo-muebles/inmueble (crédito) del pagador Aplica Retención o Anticipo? Punto no regulado El receptor debe pagar el impuesto proporcional al cierre

de su EF? Si Cuál alícuota proporcional aplica? Ver actividad del pagador OJO: Solicitar al pagador del dividendo información sobre

cuál porción del dividendo es gravable con el impuesto proporcional

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 338

Ganancias de Capital (Cont.) Reglas de orden de imputación Art. 69

Se presume que el dividendo se paga con cargo a la utilidad del EF mas reciente

Solo a efectos fiscales Es irrelevante lo que diga el acta de asamblea

de accionistas

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 339

Ganancias de Capital (Cont.) Reglas de orden de imputación Art. 69 (Cont.)

Reglas de imputación: A la RFFis G del ejercicio inmediato anterior a aquél en que

ocurre el pago -no serán gravados- A los Dividendos recibidos de terceros por el pagador en el

ejercicio inmediatamente anterior a aquél en que ocurre el pago -no serán gravados-

A la renta neta que exceda de la renta neta fiscal del ejercicio (Dividendo Gravable) inmediatamente anterior a aquél en que ocurre el pago -serán gravados-

Si el EF cerrado más reciente arrojó pérdidas Art. 70 Aplica la misma regla de imputación hacia el pasado

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 340

Ganancias de Capital (Cont.) Dividendo presunto. Caso 1. Art 72

Préstamos a accionistas. Incluye: Préstamos Adelantos Depósitos a favor del accionista

Hay una presunción de pago del dividendo Deben haber utilidades y reservas en un

balance aprobado. Que pasa si no está aprobado?

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 341

Ganancias de Capital (Cont.) Dividendo presunto. Caso 1. Art 72 (Cont.)

Cuándo aplica? Préstamos sin interés Préstamos con interés

Interés aplicable no es de mercado Accionista no paga antes del cierre del EF de la compañía

NO aplica cuándo? El préstamo es a interés La tasa de interés no es menor a tres (3) puntos

porcentuales que la tasa activa bancaria según BCV El socio deudor paga (Capital más intereses?) en efectivo el

monto del crédito, depósito o adelanto recibidos, antes del cierre del ejercicio de la sociedad

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 342

Ganancias de Capital (Cont.) Dividendo presunto. Caso 1. Art 72

(Cont.) Préstamos excluidos de la presunción:

Los otorgados conforme a los planes únicos de ahorro a que se refiere el Ord 8, Art. 14

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 343

Ganancias de Capital (Cont.) Dividendo presunto. Caso 2. Art 71

(Cont.) Caso de los Establecimientos permanentes A quiénes aplica?

A sociedades o comunidades. P Nat? Constituidas en el exterior y domiciliadas en Venezuela

(Sucursales) Constituidas y domiciliadas en el exterior que tengan

un EP en Venezuela (Resto de los casos que disparan un EP)

Page 344: Imposición Directa Imery Urdaneta

Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 344

Ganancias de Capital (Cont.) Dividendo presunto. Caso 2. Art 71

(Cont.) Quién lo paga?

“…estarán obligadas a pagar, en su carácter de responsables,…”

El EP? Cuándo no aplica?

Si la Sucursal prueba que (Ojo EP): Reinvirtió en Venezuela de la diferencia entre la renta

neta fiscal gravada y la renta neta Optó por mantener la inversión en el país por el plazo

mínimo de cinco (5) años

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 345

Ganancias de Capital (Cont.) Dividendo presunto. Caso 2. Art 71

(Cont.) Obligación para los auditores externos

Deben presentar anualmente con la declaración de rentas, una certificación que deje constancia que la utilidad (inversión?) se mantiene en Vzla

Cuándo se paga el impuesto? Al cierre del EF de la sucursal

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 346

Ganancias de Capital (Cont.) Venta de acciones a través de la Bolsa de Valores

Sujetos Personas naturales Personas jurídicas Comunidades

Tipo de Bolsa de Valores Domiciliada en el país

Impuesto aplicable Proporcional del 1% Aplicable al monto del ingreso bruto de la operación Si hay pérdida, no será deducible Retención en la fuente por la Bolsa de Valores

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 347

Ganancias de Capital (Cont.) Reparos fiscales y gravamen al dividendo

Resultado: Aumenta RNFG del pagador Qué pueden hacer los accionistas que pagaron

el impuesto proporcional al dividendo? Reintegro Ceder crédito fiscal

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 348

Deducciones Requisitos para que el gasto sea

deducible? Art. 27 Normal Necesario Hecho en el país? Con el objeto de producir la renta No imputables al costo Egresos causados Ojo: Salvo disposición en contrario??

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 349

Deducciones (Cont.) Catálogo de gastos deducibles

Sueldos Intereses Tributos pagados

Caso IDB Indemnizaciones laborales legales y convencionales Depreciación y amortización

Ubicados en el país? Pérdidas no indemnizadas por seguros y no imputadas al costo Pérdidas por deudas incobrables. Ojo: Concurrentes

Operaciones propias del negocio Monto contabilizado como renta previamente. Excepciones (i)

préstamos bancarios y (ii) préstamos a empleados Insolvencia del deudor y de sus fiadores o porque su monto no

justifique los gastos de cobranza

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 350

Deducciones (Cont.) Catálogo de gastos deducibles (Cont.)

Reservas impuestas por ley a empresas de seguros Construcciones impuestas por ley en beneficio de

empleados Gastos de administración y conservación de inmuebles

pagados Cánones de arrendamiento de bienes Gastos de transporte Comisiones inmobiliarias Derechos de exhibición de películas Regalías, AT y ST

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 351

Deducciones (Cont.) Catálogo de gastos deducibles (Cont.)

Reparaciones ordinarias Primas de seguros Publicidad y propaganda Gastos de investigación y desarrollo pagados Lo pagado y reembolsado (gastos de

representación) a gerentes, directores, administradores y empleados

Los demás que cumplan con los requisitos legales

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Imposición Directa - Prof. Marcel Imery 352

Deducciones (Cont.) Limitaciones

Pfo I: Remuneración pagada a cónyuge; descendientes menores; a socios de sociedades de personas, a sus gerentes y a los miembros de una comunidad, cuando tengan participación en la renta

Pfo II: Sueldos y demás remuneraciones similares pagados a los comanditarios, a los administradores de compañías anónimas y a los contribuyentes asimilados a éstas. Máximo: 15% del IB de la empresa. Si no existiere IB, se tomarán como puntos de referencia los correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior y, en su defecto, los aplicables a empresas similares

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Deducciones (Cont.) Limitaciones

Pfo III: Dividendos disfrazados de sueldo. Pago a expatriados. Normalidad del gasto

Pfo IV: Gastos de administración de inmuebles: Max 10% del IB inmobiliario

Pfo V:

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Deducciones (Cont.) Pérdidas cambiarias – Clase dada sin

láminas

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Costos (Cont.) Clase dada sin lámina

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Fusiones Que ocurre en una fusión?

Transferencia de patrimonio Una persona jurídica desaparece Como hay cesación de actividades, en toda fusión debo

ver las consecuencias fiscales de una “liquidación” Hay consecuencias fiscales solo para los

socios/accionistas de la persona que desaparece No hay consecuencias fiscales para personas fusionadas.

Art 16, Pfo 5to Excepción: Cuando la sobreviviente es accionista de la que

desaparece

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Fusiones (Cont.) Tipos de fusión

Por absorción Por creación de nueva persona jurídica

Qué puede pedir el accionistas de la persona que desaparece? Entrega de efectivo Entrega de acciones por la persona que

sobrevive Entrega de activos distintos de acciones

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Fusiones (Cont.) Qué puede pedir el accionistas de la

persona que desaparece? (Cont.) Entrega de efectivo

Se registra una “cuenta por pagar” en la sobreviviente

Se paga después de la fusión Efectivo Préstamo para pagar Venta de bien para pagar

Análisis fiscal Comparar costo fiscal de las acciones eliminadas con

monto del efectivo recibido Ojo: Con acciones con costo 0

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Fusiones (Cont.) Qué puede pedir el accionistas de la persona que

desaparece? (Cont.) Entrega de acciones por la persona que sobrevive

Se registra un aumento de capital en la sobreviviente Se entregan acciones emitidas al nuevo accionista

Análisis fiscal Comparar costo fiscal de las acciones eliminadas con valor

de las acciones recibidas. Valor nominal? Valor de mercado?

Ojo: Con acciones con costo 0 Ojo: Prima por fusión. Solo viable cuando las compañías

involucradas comparten el mismo accionista

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Fusiones (Cont.) Qué puede pedir el accionistas de la

persona que desaparece? (Cont.) Entrega de activos distintos de acciones

Se registra una “cuenta por pagar” en la sobreviviente

Se paga después de la fusión Dación en pago

Análisis fiscal Comparar costo fiscal de las acciones eliminadas con

valor de mercado del bien recibido. Regla de dación en pago

Ojo: Con acciones con costo 0

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Fusiones (Cont.) Casos

Fusión por absorción Madre absorbe a hija Hija absorbe a madre

Fusión por creación de nueva sociedad Todas las absorbidas desaparecen. Nace nueva

sociedad Fusión lateral

Dos o más subsidiarias se fusionan. Una subsiste Dos o más empresas no relacionadas se fusionan.

Una subsiste

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Venta Fondo de Comercio Qué es un fondo de comercio? Que es una venta de fondo de comercio? Por qué el comprador normalmente paga

un precio superior al valor del patrimonio de cambia de manos?

Cómo se acuerda una venta de fondo de comercio?

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Venta Fondo de Comercio (Cont.) Qué ocurre en una venta de fondo de

comercio? Transferencia de patrimonio La persona jurídica vendedora no desaparece Como hay cesación de actividades, hay un

ejercicio fiscal corto Hay consecuencias fiscales?

Compañía que vende el F de C. Si Compañía que compra el F de C. Si Accionistas de la compañía que vende el F de C. No

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Venta Fondo de Comercio (Cont.) Cuáles son las consecuencias fiscales?

Compañía que vende el F de C Compañía que compra el F de C Accionistas de la compañía que vende el F de C

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Venta Fondo de Comercio (Cont.) Cuáles son las consecuencias fiscales?

(Cont.) Compañía que vende el F de C

Comparación de precio más deudas asumidas por el comprador, con el costo fiscal de los activos transferidos. Diferencia positiva = gravable

Activo vendido puede incluir créditos ISR? Si Activo vendido puede incluir los créditos IVA? No,

porque la compañía vendedora no desaparece. Las pérdidas fiscales pasan al comprador? No, porque

la compañía vendedora no desaparece

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Venta Fondo de Comercio (Cont.) Cuáles son las consecuencias fiscales?

(Cont.) Compañía que compra el F de C

Cuál es el costo fiscal de los activos adquiridos: El precio pagado, más el valor de los pasivos

asumidos?O

Costo histórico AxI que registraba el vendedor, más plusvalía por compra de fondo de comercio? Amortizable?

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Venta Fondo de Comercio (Cont.) Cuáles son las consecuencias fiscales?

(Cont.) Accionistas de compañía que vende el F de C

Habrán consecuencias fiscales cuando retiren los fondos de la compañía vendedora, no antes. Pago de dividendos Reducción de capital Liquidación

Comparación entre el costo fiscal acciones redimidas y el producto de la liquidación o reducción de capitalDiferencia positiva, gravableDiferencia negativa, pérdida. Ojo: Regla de los 2 años

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Rebajas por inversión Qué es una rebaja por inversión?

Beneficio fiscal Monto se resta del ISR a pagar Hasta que se agote, pero traslado máximo de 3 EF Monto de la rebaja: % X de la inversión hecha En el EF en que el activo fijo se incorpore a la

producción de la renta. Otros casos, EF en que se haga la inversión

Activo no puede retirarse Activo no puede haber sido utilizado anteriormente en el

país La rebaja se puede ajustar por inflación o convertir a

UT? Caso Goodyear TSJ

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Rebajas por inversión (Cont.) Análisis del beneficio fiscal

Monto de la rebaja? % del monto de la inversión

Quién es el contribuyente que tiene derecho a la rebaja? Tipos de activos en lo que debió efectuarse la inversión? Plazo dentro del cual debo hacer la inversión? Duración del beneficio fiscal?

Punto de partida: En cuál EF se incorporó el activo a la producción de la renta?

Qué pasa si se reforma la LISR luego de la inversión. Ejm: La rebaja se reduce de 20% a 10%?

Ojo: Derechos adquiridos v. expectativa de derecho

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Rebajas por inversión (Cont.) Rebajas por inversión previstas en la LISR

Art 56. Inversiones para aumentar la capacidad industrial y agroindustrial, construcción, electricidad, telecomunicaciones, ciencia y tecnología. 10%

Art 56. Inversiones para desarrollar la industria turística. 75%

Art 56. Inversiones para desarrollar actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas. 80%

Art 56. Inversiones en las inversiones en activos, programas y actividades destinadas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente. 10%

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Transparencia Fiscal Int. Qué ocurre cuando aplica este régimen?

Contratos y personas jurídicas se consideran inexistentes

Las inversiones se colocan en cabeza del contribuyente Venezolano

Las rentas que originan en el paraiso fiscal se gravan en cabeza del contribuyente Venezolano

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Transparencia fiscal (Cont.) Cuándo aplica este régimen?

La norma habla de “contribuyentes” Todos los enumerados en el Art 7 LISR

Deben tener una inversión directa, indirecta o a través de interpuesta persona

La inversión debe estar ubicada o presumirse ubicada en el paraíso fiscal

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Transparencia fiscal (Cont.) Cuándo aplica este régimen? (Cont.)

Destino de inversión: Sucursales Personas jurídicas Bienes muebles o inmuebles Acciones Cuentas bancarias o de inversión Cualquier forma de participación en entes con o sin

personalidad jurídica Fideicomisos Asociaciones en participación Fondos de inversión Así como en cualquier otra figura jurídica similar, creada o

constituida de acuerdo con el derecho extranjero

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Transparencia fiscal (Cont.) Cuándo aplica este régimen? (Cont.)

Ubicación de la inversión? En jurisdicciones de baja imposición fiscal

El SENIAT es el encargado de publicar las listas Ya se han publicado 2 listas

GO N 37.610 de fecha 15-1-2003, Providencia N SNAT/2002/1.552

GO N 37.924 de fecha 26-04-2004, Providencia N SNAT/2004/0232 (Vigente)

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Transparencia fiscal (Cont.) Cuándo aplica este régimen? (Cont.)

Ubicación de la inversión? (Cont.) Se presume que las inversiones están ubicadas en un

paraíso fiscal (Art 102 LISR) Cuando las cuentas o inversiones de cualquier clase se

encuentren en instituciones situadas en dicha jurisdicción Cuando se cuente con un domicilio o apartado postal en esa

jurisdicción Cuando la persona tenga su sede de dirección o

administración efectiva o principal o cuente con un establecimiento permanente en dicha jurisdicción

Cuando se constituya en dicha jurisdicción Cuando tenga presencia física en esa jurisdicción (tiempo?) Cuando se celebre, regule o perfeccione cualquier tipo de

negocio jurídico de conformidad con la legislación de tal jurisdicción

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Transparencia fiscal (Cont.) Cuándo aplica este régimen? (Cont.)

Ubicación de la inversión? (Cont.) Se presume que son inversiones del contribuyente

(Art 103 LISR) Las cuentas de banco (Y el resto de las

inversiones?) que sean propiedad o beneficien a: su cónyuge o a la persona con la que viva en concubinato sus ascendientes o descendientes en línea recta su apoderado o cuando estos últimos aparezcan como

apoderados o autorizados para firmar u ordenar transferencias

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Transparencia fiscal (Cont.) Cuándo aplica este régimen? (Cont.)

Condición para que aplique: El contribuyente debe tener: Poder de Decidir:

Momento de reparto o distribución de los rendimientos, utilidades o dividendos

Poder de Controlar: Administración de la inversión En forma directa, indirecta o a través de interpuesta

persona OJO: La norma presume que el contribuyente tiene

poder de decidir y de controlar. El contribuyente debe probar que no es así

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Transparencia fiscal (Cont.) A quiénes no aplica?

República Los Estados Los Municipios En forma directa o a través de sus entes

descentralizados o desconcentrados OJO: Por qué?

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Transparencia fiscal (Cont.) Excepciones: Casos en que no aplica

Requisitos concurrentes: Que el contribuyente realice una actividad

empresarial? en el paraíso fiscal Que el 50% de los activos totales (en costo o valor

de mercado?) de estas inversiones, sean activos fijos afectos a la realización de dichas actividades

Que los activos fijos estén ubicados en el paraíso fiscal

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Transparencia fiscal (Cont.) Excepciones: Casos en que no aplica

(Cont.) Regla del 20% fulmina la excepción

Aplica el régimen de TFI si más del 20% de los ingresos totales (brutos o netos?) del contribuyente origina de las rentas indicadas abajo obtenidas por las inversiones ubicadas en el paraíso fiscal

Rentas: Regalías Dividendos Intereses Ganancias de la enajenación de bienes muebles e

inmuebles Cesión del uso o goce temporal de bienes

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Transparencia fiscal (Cont.) Transferencias de dinero efectuadas a cuentas

ubicadas en paraísos fiscales Salvo prueba en contrario Se presume que son transferencias hechas a cuentas

cuya titularidad corresponde al mismo contribuyente Gravables? Deberes formales?

Transferencias de dinero recibidas de cuentas ubicadas en paraísos fiscales Salvo prueba en contrario Se presume que son ingreso bruto o dividendo derivado

de dicha inversión

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Transparencia fiscal (Cont.) Deber de declarar y pagar ISR en

Venezuela por ingresos obtenidos de paraísos fiscales Regla de proporcionalidad (Art 105) La renta no puede haber sido gravada con

anterioridad. Donde? Paraíso fiscal ?? (Art 105) Aún cuando no se hayan repartido ingresos,

dividendos o utilidades (Art 105) Se pueden imputar costos y deducciones

incurridos en el paraíso fiscal (Art 106) Declaración informativa (Art 107)