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Paseo de los Tamarindos No. 400-A, Piso 9Col. Bosques de las Lomas 05120.T. (52 55) 5261 0400 F. (52 55) 5261 0496 [email protected]
CIUDAD DE MÉXICO
Batallón de San Patricio No. 109, piso 16Col. Valle Oriente, ,66278T. (52 81) 8299 2100 F. (52 81) 8299 2109 [email protected]
MONTERREY
Prolongación Tecnológico No. 950-B,Piso 12-A, Col. San Pablo, 76159T. (52 44) 2103 2100 F: (52 44) 2199 [email protected]
QUERÉTARO LEÓN
Plaza de la Paz No. 102, Edificio G100,Suite 806, Silao, Guanajuato, 36275T. (52 472) 500 [email protected]
@BashamLegal Basham-Ringe-y-Correa-SCwww.basham.com.mx
El 4 de junio de 2019, el Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación la adición del artículo 140-Bis de la Ley del Seguro Social (LSS), referente al otorgamiento de licencia por cuidados médicos a los trabajadores que tengan hijos que padezcan una enfermedad (cáncer de cualquier tipo), cuyo diagnóstico requiera descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización.
La licencia expedida por el Instituto al padre o madre trabajador asegurado en el Régimen Obligatorio, tendrá una vigencia de 1 a 28 días y podrán expedirse las licencias necesarias durante un periodo máximo de tres años.
Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo necesario o asesoría que requieran sobre el particular.
El otorgamiento de la licencia es a petición de parte, sea al padre o madre que tenga a su cargo el ejercicio de la patria potestad, la guarda y custodia del menor y tenga hasta 16 años de edad. En ningún caso se otorgará a ambos padres trabajadores del menor diagnosticado.
La incorporación de este artículo permite a los padres y madres trabajadores, ausentarse de sus labores para acompañar a sus hijos durante el tratamiento destinado al alivio del dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado diagnosticado a sus hijos.
Durante su ausencia el padre o madre trabajador asegurado gozarán de un subsidio equivalente al 60% del Salario Base de Cotización registrado por el patrón.
IMSS: Licencia otorgada a trabajadorespara ATENDER cuidados médicos de sus hijos
“SEGURIDAD SOCIAL. Mayo 2019. NOTA INFORMATIVA 01
Ciudad de México, 06 de Junio de 2019”
Lic. Gil Zenteno Garcí[email protected]
Lic. Gerardo Nieto Martí[email protected]
Lic. Jorge G. De Presno
Lic. Santiago Villanueva Durá[email protected]
Atentamente: