Indemnización Por Despido 2016

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  • 8/18/2019 Indemnización Por Despido 2016

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    Losexpertosyatienenclaroquenopuedesuperar las42mensualidades

    ¿Cuáleseltopemáximodelaindemnizaciónpordespido?

    Fachada de la sededel Tribunal Supremo enMadrid. PABLOMONGE

    RAQUEL  PASCUAL  Madrid 

    Uno delos mayores cambios dela 

    reforma laboral de febrero de

    2012 fue la rebaja de la indem-

    nización por despido improcedente.

    Desde su aprobación, dicha indemniza-

    ción pasaba a ser de forma generaliza-

    da de 33 días por año trabajado con un

    topede 24mensualidades. Si bien, la ley 

    también estableció un régimen transi-

    torio especial para aquellos trabajado-

    resque tenían contratosindefinidos fir-mados antes de febrero de 2012.

    Para este colectivo, la norma estipu-

    laba un doble cálculo de la indemniza-

    ción:todoslos añostrabajadosantes de

    febrerode 2012 secalcularían conla fór-

    mula vigente anterior a la reforma la-

     boral –de 45 días por año trabajadoy 42

    mensualidades– y el generado después

    deesa fechahastael despido,con los33

    días y 24 mensualidades de máximo.

    Pero, además de la norma se des-

    prendía que aquellos trabajadores que

    en febrero de 2012 hubieran generado

    una indemnización quesuperara sus24

    mensualidades cobrarían todo lo gene-

    rado, pero nada más. Esto es, no se les

    sumaría lo generado más allá de febre-

    ro de 2012.

    Sin embargo, el 29 de septiembre de

    2014 una sentencia del Tribunal Supre-

    mo lo cambió todo. O, al menos, gene-

    ró mucha incertidumbre judicial. La po-

    nente de dicha sentencia entendió que

    el doble cálculo y el doble límite opera-

     ban por separado y el dinero resultan-

    te sepodíasumar. Así, eltrabajadordes-

    pedido en este caso consiguió una in-

    demnización de 1.436 días, equivalente

    a 47,86mensualidades. Así,no solose su-

    perabael límite máximoanteriora la re-

    forma, sino que también rebasaba con

    creces el nuevo tope de las 24 mensua-

    lidades.

    Tras esta sentencia llegaron algunas

    otras en este mismo sentido, lo que ge-

    neró incertidumbre entre los laboralis-

    tas y losjueces.Mientras,“las empresas

    se encontraron con una total indefen-

    sión”, según denuncia la directora delárea laboral de BDO Abogados, Montse

    Rodríguez. Pero en febreropasadola Sala 

    Cuarta del Tribunal Supremo volvió a 

    pronunciarse endos ocasiones (el2 y el

    18 de dicho mes) y, esta vez, en sentidocontrario, respetando el doblecálculoy 

    el doble límite, pero manteniendo en

    cualquier caso el tope de 42 mensuali-

    dades, si se habían generado más de 24

    mensualidades antes de la entrada en

     vigor de la reforma.

    La sentencia del día 2 de febrero es-

    tipula que “el importe indemnizatorio

    porel periodode servicios anteriora fe-

     brerode 2012no podrá ser superior a 42

    mensualidades en ningún caso, con in-

    dependencia de que,con posterioridad,

    se hayan prestado servicios”.

     Anteesta situación,varios expertos la-

     boralistasconsultados por este periódi-

    co han asegurado que tras las dos sen-

    tencias de febrero la incertidumbre ha 

    quedado despejada.

    “Ahora ya esta todo claro con los úl-

    timos pronunciamientosdel Supremo”,aseguraSalvador del Rey, socio del área 

    laboral de Cuatrecasas. De igualopinión

    es Daniel Cifuentes, socio del área la-

     boral de Pérez-Llorca, para quien, ade-

    más, “es muy poco probable o prácti-

    camente imposibleque el Supremo vaya 

    a fallar nuevamente como en septiem-

     bre pasado”. Cifuentes,además,cree que

    esaprimera sentenciano tuvonuncaun

    gran calado, ya que ninguna de las he-

    rramientasexistentes en el sectorpara 

    calcular indemnizaciones llegó a mo-

    dificarse para recoger la nueva inter-

    pretación.

     Ante todo esto, desde BDO Abogados

    denuncian que “debido a la diversidad

    de pronunciamientos en los tribunales,

    se ha creado una situación de diferen-

    cia de tratoante situaciones iguales”. Por

    ello,la directoradel árealaboralde este

     bufete, Montse Rodríguez,aconsejaa las

    empresas que hayan despedido a tra-

     bajadores y obtenido sentencias“con la 

    teoría de la suma del doble límite”, que

    continúenel procedimientohasta llegaral Supremo”, donde ahora, tras las dos

    últimas sentencias citadas, “tienen una 

    mayor garantía de éxito”.

    16añosdeantigüedadenlaempresaes elperiodoconelque,después delareformalaboral, untrabajador llega a cobrar el topede 24 mensualida-desde indemnización.

    28añosde antigüedaderaelperiodoqueantesdelareformadebíatener un

    trabajador parallegaraltopede 42 mensualidades.

    LAS CIFRAS

    22/04/2016

    Tirada:

    Difusión:

    Audiencia:

     38.369

     27.576

     82.728

    Categoría:

    Edición:

    Página:

    Económicos

    Nacional

    27

    AREA (cm2): 567,3   OCUPACIÓN: 50,3%   V.PUB.: 5.622 LABORAL