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Sección Desarrollo Urbanístico EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA QUE AFECTA A LA REGULACIÓN DE USOS EN LA ZONA Z.8 PL3 COM INDICE: 0.- INTRODUCCIÓN.- I .- MEMORIA INFORMATIVA: I. 1.- ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES PREVIAS.- I. 2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA.- I. 3.- CONCLUSIONES Y PROPUESTA.- II.- MEMORIA JUSTIFICATIVA.- II. 1.- JUSTIFICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES.- II. 2.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS RELATIVAS A LAS MODIFICACIONES DE LOS PLANES.- III.- NORMAS URBANÍSTICAS: III. 1.- PLANEAMIENTO VIGENTE.- III. 2.- MODIFICACIÓN PROPUESTA.- IV.- PLANOS DE INFORMACIÓN: I - 01 .- SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO I - 02 .- ORDENACIÓN PORMENORIZADA (PLAN GENERAL VIGENTE) Modificación PGOU: Regulación usos en Zona Z-8.PL3 COM Noviembre-2.011 Pag. 1

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MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE

ORDENACIÓN URBANA

QUE AFECTA A LA REGULACIÓN DE USOS EN

LA ZONA Z.8 PL3 COM

INDICE:

0.- INTRODUCCIÓN.- I .- MEMORIA INFORMATIVA:

I. 1.- ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES PREVIAS.-I. 2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA.-I. 3.- CONCLUSIONES Y PROPUESTA.-

II.- MEMORIA JUSTIFICATIVA.-II. 1.- JUSTIFICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES.-II. 2.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMA SRELATIVAS A LAS MODIFICACIONES DE LOS PLANES.-

III.- NORMAS URBANÍSTICAS:

III. 1.- PLANEAMIENTO VIGENTE.-III. 2.- MODIFICACIÓN PROPUESTA.-

IV.- PLANOS DE INFORMACIÓN:I - 01 .- SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTOI - 02 .- ORDENACIÓN PORMENORIZADA (PLAN GENE RAL VIGENTE)

Modificación PGOU: Regulación usos en Zona Z-8.PL3 COM Noviembre-2.011 Pag. 1

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MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE

ORDENACIÓN URBANA

QUE AFECTA A LA REGULACIÓN DE USOS EN

LA ZONA Z.8 PL3 COM

0.- INTRODUCCIÓN.-

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0.- INTRODUCCIÓN :

El Plan General de Ordenación Urbana de Castellón se aprobó porresolución del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte el 1 de marzode 2.000, publicándose el acuerdo y las Normas Urbanísticas en el B.O.P. de 11de abril de 2.000.

Posteriormente, el 9 de diciembre de 2.008, fue objeto de sentencia de laSección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TribunalSupremo (recurso contencioso administrativo 2/829/2.000, recurso de casación7459/2.004) que ordenaba la retroacción del procedimiento administrativo derevisión del Plan General de 1 de marzo de 2.000 al momento inmediatamenteposterior al acuerdo de aprobación provisional para su sometimiento a un nuevotrámite de información pública.

Esta nueva información pública se produjo mediante anuncio en el DOCV de23 de junio de 2.009, y, mediante resolución del Conseller de Medio Ambiente,Agua, Urbanismo y Vivienda de 28 de enero de 2.010 se dió ejecución a lasentencia y se ratificó la resolución de 1 de marzo de 2.000 sobre aprobación delPlan General.

El presente avance de modificación del Plan General incide sobre el ámbitodel antiguo Plan Parcial Lledó 3, aprobado definitivamente el 26 de febrero de1.999, que se incorporó al Plan General de Ordenación Urbana del año 2.000, yque fue objeto de modificación de alguna de sus condiciones mediante lamodificación puntual nº 9, aprobada por resolución del Conseller de Territorio yVivienda de 22 de septiembre de 2.006 (BOP 9 de noviembre de 2.006). Estamodificación sigue actualmente vigente, estando sus Normas Urbanísticasincorporadas a las Ordenanzas Particulares del Plan General en su zona Z-8:“Ordenanza de zonas con planeamiento de desarrollo aprobado con anterioridadal vigente Plan”, concretamente la zona: Z-8. PL3

El ámbito del antiguo Plan Parcial Lledó 3 se corresponde con el de la actualUnidad de Ejecución 75-UE.R del Plan General, y la presente Modificación afectaa la regulación pormenorizada de usos en las zonas de ordenación denominadasZ-8. PL3 COM.

Paralelamente se ha detectado un error en el listado de usos compatibles enlas restantes zonas de ordenación del ámbito del antiguo Plan Parcial Lledó 3 ya

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que en ellas figura el uso “Salas de reunión”; esta denominación no existe en lalista actual de usos pormenorizados del Plan General del 2.000.

Por el contrario no figura el uso “Ocio y recreo”; este uso fue añadido allistado del Plan Vigente.

En el Plano de Información I-01, de Situación y Emplazamiento, quedapatente su ubicación en el contexto general de la ciudad.

En el Plano de Información I-02, de Ordenación Pormenorizada en el PlanVigente se señalan las zonas Z-8 .PL3 COM en donde es de aplicación laOrdenanza Pormenorizada objeto de modificación.

Concretamente se trata de las siguientes manzanas:• Manzana primera con los siguientes límites: al norte El Paseo delPeriodista Paco Pascual; al este la calle del Doctor D. Juan BautistaPalomo Martí; al sur zona de ordenación urbanística Z-8. PL3 UFH y aloeste Calle del Pintor Rafael Sanchis Yago.• Manzana segunda con los siguientes límites: al norte PasajeImpresores Armengot; al este calle del Pintor Francisco Vidal Serrulla; alsur calle del Doctor Vicente Altava y al oeste calle de María RosaMolas.

Estos cambios se reflejan en el presente documento el cual de conformidadcon lo establecido en el artículo 64 de la Ley 16/ 2.005 de 30 de diciembre, de laGeneralitat, Ley Urbanística Valenciana, consta de :

• Documentos sin eficacia normativa que son: Memoria Informativa,Planos de Información y Memoria Justificativa .• Documentos con eficacia normativa que son las NormasUrbanísticas. Nota: los Planos de Ordenación no se alteran con estamodificación.

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MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE

ORDENACIÓN URBANA

QUE AFECTA A LA REGULACIÓN DE USOS EN

LA ZONA Z.8 PL3 COM

I .- MEMORIA INFORMATIVA:

1.- ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES PREVIAS.-

2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA.-

3.- CONCLUSIONES Y PROPUESTA.-

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I.- MEMORIA INFORMATIVA:

I. 1.- ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES PREVIAS:Con fecha 18 de marzo de 2.011, la empresa Jardines de Castalia, S. A.

dirige un escrito al Exmo. Ayuntamiento de Castellón en donde pone de manifiestoque es propietaria de un inmueble al cual le es de aplicación la ordenanza Z-8.PL3 COM. Indica a continuación que los usos permitidos son muy escasos eincapacitan su materialización económica y funcional.

Con fecha 24 de mayo de 2011, las empresas Construcciones Alcacer, S.L.;Proikomarzo, S.L. e Inmobles i Assesorament Castelló, S. L., dirigenconjuntamente un escrito con similar contenido al anterior.

En ambos documentos proponen una nueva regulación de los usospermitidos en las zonas de ordenación urbanística Z-8. PL3 COM.

Paralelamente se ha detectado un error en el listado de usos compatibles enlas restantes zonas de ordenación del ámbito del antiguo Plan Parcial Lledó 3 yaque en ellas figura el uso “Salas de reunión”. Esta denominación no existe en lalista actual de usos pormenorizados del Plan General del 2.000.

Por el contrario no figura el uso “Ocio y recreo”; este uso fue añadido allistado del Plan Vigente.

I. 2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA:

A) Información urbanística relativa a las condicion es del territorio ordenado:El territorio objeto de modificación está totalmente desarrollado y con la

urbanización terminada, por lo que no cabe ningún tipo de consideración relativo asus condiciones naturales. Se trata de manzanas que forman parte del actualtejido urbano de la Ciudad de Castellón de la Plana.

B) Información urbanística relativa a las condicion es institucionales delterritorio ordenado:

a) Plan General vigente, clasificación y calificación del suelo.El ámbito territorial del que es objeto la presente modificación está

clasificado como Suelo Urbano: plano OP. 38 de Ordenación Pormenorizada, aescala 1/2.000.

En cuanto a la calificación urbanística, la Unidad de Ejecución 75-UE.R encuyo ámbito se inscribe tiene como uso característico el residencial.

A su vez, las dos manzanas concretas objeto de esta modificación, tienencomo uso característico el Comercial.

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A continuación se transcribe la ficha urbanística de la Unidad deEjecución 75 – U.E.R , :

• Superficie: 402.475 m2.

• Calificación urbanística: Residencial.

• Uso característico: Residencial.

• Tipología: Edificación Abierta.

• Edificabilidad total: 181.352 m2 t.

• Edificabilidad en Uso Residencial: Residencial Z-8 PL 3: 169.516 m2 t. R.

• Edificabilidad en Uso Industrial: Prohibido.

• Edificabilidad en Uso Terciario: Terciario (compatible): 11.836 m2 t. T.

• Edificabilidad en Uso Dotacional Privado: 0 m2 t. D.

• Densidad (nº de viv./ha.): 25 viv/Ha.

• Nº de viviendas total máximo: 1.008 viv.

• Aprovechamiento tipo: 0,40 m2t/m2s.

• Red viaria.....................116.146 m2s.....................................28,9%

• Suma zonas verdes......37.284 m2 s .....................................9,3 %

• Suma equipamientos.....26.576 m2 s.....................................6,6 %

• Total cesiones..............180.006 m2 s...................................44,7 %

• Asignaciones externas ZV de 37,194m2 y red viaria 1,536 m2.

NOTA: Se estará a lo determinado en el Plan Parcia l Aprobadodefinitivamente el 26-02-99.

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b) Desarrollos urbanísticos en trámite

No existe actualmente sobre estos terrenos ningún tipo de desarrollourbanístico en trámite.

• El PAI de la Unidad de Ejecución 75-UE-R fue adjudicado el 29/11/1.999(BOP 27/04/2.000).

• El Proyecto de Urbanización se aprobó el 17/03/2.000.

• El Proyecto de Reparcelación se aprobó el 01/02/2.002 (BOP 02/03/2.002).

• La recepción definitiva se produjo el 22/12/2.004

c) Condiciones derivadas del planeamiento de Acción Te rritorial vigente:

No existe ninguna condición específica, de aplicación a la zona, derivada delplaneamiento de Acción Territorial.

d) Obras programadas y política de inversiones públic as que influyen enel desarrollo urbano, o previstas en la planificac ión sectorial de lasAdministraciones.

En relación con la exigencia contenida en el punto e) del artículo 144 delROGTU, de hacer mención en la memoria informativa a las obras programadasy la política de inversiones públicas que influyen en el desarrollo urbano, o lasprevistas en la planificación sectorial de las Administraciones, se ha de hacerconstar que no se tiene conocimiento de la existencia de tal circunstancia.

e) Análisis de las afecciones impuestas por la legi slación sectorial en elámbito territorial de la modificación.

No se conoce ningún tipo de afección impuesto por normativas sectorialessobre los terrenos objeto de esta modificación.

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C) I nformación urbanística relativa a la regulación por menorizada de los usos en el ámbito de la Unidad de Ejecución 75-UE.R .- El ámbito de la Unidad de ejecución 75-UE-R, se corresponde con el del PlanParcial Lledó 3 que fué aprobado definitivamente el 26-02-1.999. Posteriormenteel Plan General asumió las ordenanzas del citado Plan Parcial y las incluyó en elgrupo denominado Z-8: Ordenanza de zonas con planeamiento de desarrolloaprobado con anterioridad al vigente Plan. Concretamente en la zona Z-8 PL3. En el siguiente cuadro se resume la regulación de usos en las diferenteszonas de ordenación:ZONA: Z-8. PL3

USOCARACTE-RISTICO

USOS COMPATIBLES

USOSPROHI-BIDOS

UFA – 1Unifamiliaraislada opareada.

Vivienda.Categoría 1ª.Viviendaunifamiliar

- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª y 3ª- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condicionestipológicas.- Salas de reunión.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

Se prohíbeexpresamenteel resto deusos.

UFA – 2Unifamiliaraislada opareada

UFHUnifamiliaren hilera

RBAPlurifamiliaren bloqueabierto

Vivienda.Categoría 2ª.Viviendaplurifamiliar

- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª , 3ª, 6ª y 7ª- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condicionestipológicas.- Salas de reunión.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

Se prohíbeexpresamenteel resto deusos.

COMEdificaciónaislada de usocomercial

Comercial.Categoría A,B, C y D.

- Estaciones de Servicio.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 2ª y 3ª.- Espectáculos y recreativo, en sus características 1ª, 2ª y 3ª.- Oficinas, en su categoría 2ª

Se prohíbeexpresamenteel resto deusos.

Efectivamente podemos constatar la escasez de usos compatibles en la zonaCOM sin que ello parezca justificado.

También observamos que en ninguna zona aparece el uso Ocio y Recreo, debidoa que no existía como tal cuando se aprobó el Plan Parcial (26/02/1.999) ya quefue añadido al Plan General aprobado posteriormente (01/03/2.000). Todo lo

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contrario ocurre con el Uso Salas de Reunión que aparecía en el Plan parcial y nose contempla en el Plan General.

Proponemos la siguiente regulación de usos:

ZONA: Z-8. PL3

USOCARACTE

-RISTICO

USOS COMPATIBLES

USOSPROHI-BIDOS

UFA – 1Unifamiliaraislada opareada.

Vivienda.Categoría 1ª.Viviendaunifamiliar

- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª y 3ª- Ocio y recreo: permitido el grupo A- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

Se prohíbeexpresamen-te el resto deusos.

UFA – 2Unifamiliaraislada opareada

UFHUnifamiliaren hilera

RBAPlurifamiliaren bloqueabierto

Vivienda.Categoría 2ª.Viviendaplurifamiliar

- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª, 3ª, 6ª y 7ª- Ocio y recreo: permitido el grupo A- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

Se prohíbeexpresamen-te el resto deusos.

COMEdificaciónaislada de usocomercial

Comercial.Categoría A,B, C y D.

- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en todas sus categorías.- Espectáculos y recreativo, en sus características 1ª, 2ª y 3ª.- Estaciones de Servicio.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 2ª, 3ª, 6ª y 7ª.- Hotelero: en todas sus categorías.- Ocio y Recreo: permitido el grupo A y el B 1.- Oficinas, en todas sus categorías.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Sanitario. En todos sus tipos.- Servicios administrativos, en sus categorías A y B 3.- Socio-cultural

Se prohíbeexpresamen-te el resto deusos.

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I. 3.- CONCLUSIONES Y PROPUESTA:

A) Conclusiones :

Como resumen cabe destacar los siguientes aspectos;

• Ámbito de la modificación: Unidad de Ejecución 75-UE-R (antiguo PlanParcial Lledó 3, aprobado el 26/02/1.999).

• Zonas de ordenación urbanística: Z-8. PL3 COM.

• Objeto de la modificación: nueva regulación de los usos compatibles en lazona Z-8. PL3 COM, incluida en las Ordenanzas del PlaneamientoAsumido. (Z.8 – PL3 - artículo 47)

• Paralelamente se subsana el error detectado en los artículos 18, 26, 33 y40 de la Z.8 – PL3, en donde no se incluía el uso Ocio y Recreo, ya que noexistía como tal cuando se aprobó el Plan Parcial y en cambio si queaparecía el uso Salas de Reunión.

B) Propuesta :

1.) Nueva redacción del artículo 47 (Z.8 – PL3), cuy a redacción definitivaes la siguiente:

Artículo 47.- Usos .

1.- El uso característico de esta subzona es el comercial, en categoría A, B, C y D.

2.- Se establecen como usos compatibles:- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en todas sus categorías.- Espectáculos y recreativo, en sus características 1ª, 2ª y 3ª.- Estaciones de Servicio.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 2ª, 3ª, 6ª y 7ª.- Hotelero: en todas sus categorías.- Ocio y Recreo: permitido el grupo A y el B 1.- Oficinas, en todas sus categorías.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Sanitario. En todos sus tipos- Servicios administrativos. En sus categorías A y B 3. - Socio-cultural

3.- Usos prohibidos.Se prohíbe expresamente el resto de los usos, salvo si están vinculados con la actividadprincipal.

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2.) Nueva redacción de los artículos 18, 26, 33 y 40 (Z.8 – PL3), quequedan redactados del siguiente modo:

Artículo 18.- Usos .

1.- El uso característico de esta subzona es el de vivienda, en su categoría 1ª viviendaunifamiliar.

2.- Se establecen como usos compatibles:- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª y 3ª- Ocio y recreo: permitido el grupo A- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

3.- Usos prohibidos.Se prohíbe expresamente el resto de los usos.

Artículo 26.- Usos .

1.- El uso característico de esta subzona es el de vivienda, en su categoría 1ª viviendaunifamiliar.

2.- Se establecen como usos compatibles:- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª y 3ª- Ocio y recreo: permitido el grupo A- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

3.- Usos prohibidos.Se prohíbe expresamente el resto de los usos.

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Artículo 33.- Usos .

1.- El uso característico de esta subzona es el de vivienda, en su categoría 1ª viviendaunifamiliar.

2.- Se establecen como usos compatibles:- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª y 3ª- Ocio y recreo: permitido el grupo A- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

3.- Usos prohibidos.Se prohíbe expresamente el resto de los usos.

Artículo 40.- Usos .

1.- El uso característico de esta subzona es el de vivienda, en su categoría 2ª viviendaplurifamiliar.

2.- Se establecen como usos compatibles:- Asistencial-benéfico, en sus categorías A1 y A2.- Comercial, en sus categorías A y B.- Deportivo en sus categorías 1º y 2º.- Docente en su categoría A.- Garaje-Aparcamiento, en sus categorías 1ª, 2ª, 3ª, 6ª y 7ª.- Ocio y recreo: permitido el grupo A- Oficinas, en su categoría 1.- Religioso, siempre que mantenga las condiciones tipológicas.- Servicios administrativos, en sus categorías A1 y B3- Socio-cultural

3.- Usos prohibidos.Se prohíbe expresamente el resto de los usos.

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MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE

ORDENACIÓN URBANA

QUE AFECTA A LA REGULACIÓN DE USOS EN

LA ZONA Z.8 PL3 COM

II.- MEMORIA JUSTIFICATIVA.-

II. 1.- JUSTIFICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES.-II. 2.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMA SRELATIVAS A LAS MODIFICACIONES DE LOS PLANES.-

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II. MEMORIA JUSTIFICATIVA:

II. 1.- JUSTIFICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES.-

La presente modificación trata de introducir una regulación racional de losusos en dos manzanas incluidas en el ámbito del antiguo Plan Parcial Lledó 3, enlas cuales parece injustificada la prohibición de una serie de usos que sí estánpermitidos en las zonas edificables próximas, tanto en el propio ámbito como enlos adyacentes.

En el ámbito del Plan Parcial Lledó 3 existen cuatro zonas de ordenaciónurbanística con uso característico residencial (UFA-1; UFA-2; UFH; y RBA), y unazona con uso característico comercial (COM).

En esta última únicamente se consideran usos compatibles las Estacionesde Servicio; el Garaje-Aparcamiento en sus categorías 2ª y 3ª; los EspectáculosRecreativos, en sus categorías 1ª, 2ª y 3ª; y Oficinas, en su categoría 2ª.

Sin embargo en las zonas de uso característico residencial están permitidosotros muchos usos. Esta circunstancia resulta paradójica ya que es de suponerque los usos terciarios deben ser mas compatibles con el comercial que con el devivienda o, como mínimo igual. Lo que aparentemente carece de fundamento esque ocurra lo contrario.

En definitiva consideramos por una parte que no existe ningún motivoevidente de incompatibilidad que justifique la prohibición de determinados usos enla zona de uso característico comercial.

Por el contrario es obvio que un aumento del número de usos permitidosredundará en un claro beneficio económico para la comunidad al posibilitar unaumento de la actividad económica con la consiguiente creación de puestos detrabajo.

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Por los motivos expuestos Los usos que se añaden como compatibles son lossiguientes:

Asistencial – Benéfico :

DEFINICIÓN PGOU: Corresponde a los edificios o instalaciones destinados al serviciode aquellas personas que por su carácter o situación lo requieren.

Permitidos los tipos: A.1) Guarderías, Casas-cuna.A.2) Residencias y Clubes u Hogares de ancianos y similares.

Deportivo :

DEFINICIÓN PGOU: En él se clasifican los campos de deporte en todos sus aspectos,locales e instalaciones destinados a la práctica del mismo, piscinasy similares, sean de carácter particular, oficial o comercial.

Permitidas las categorías: 1º Deportes cuya necesidad de superficie no alcanza los 200 m2.2º Deportes cuya superficie total necesaria es inferior a 2.000 m2,

o hasta 500 espectadores.

Docente :

DEFINICIÓN PGOU: Incluye los espacios, edificios y locales destinados a funcionesdocentes, que se consideran de obligatoria determinación en losplanes.

Permitido en todas suscategorías:

A) Educación Infantil.B) Educación Primaria.C) Educación Secundaria.D) Enseñanza Superior.E) Otras Enseñanzas.F) Colegios Mayores, etc...

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Hotelero :

DEFINICIÓN PGOU: Es el uso que corresponde a aquellos edificios de servicio alpúblico que se destinan al alojamiento temporal.

Clasificación: 1º Hasta 10 dormitorios o 200 m2.2º De 11 a 25 dormitorios o entre 201 y 500 m2.3º De 26 a 50 dormitorios o entre 501 y 1.500 m2.4º De 51 a 100 dormitorios o entre 1.501 y 4.000 m2.5º Con mas de 100 dormitorios o mas de 4.000 m2.

Permitido en todas suscategorías.

Ocio y Recreo :

DEFINICIÓN PGOU: Corresponde a los locales cerrados o abiertos, cuya finalidadprincipal es la de albergar actividades de vida social o de relaciónentre los individuos

Clasificación: Grupo A: Bares, cafeterías, restaurantes y similares

Grupo B: B 1: Salones de Juegos Recreativos. B 2: Salas de Bingo, Casinos o similares. B 3: Establecimientos con atracción tipo feria... B 4: Establecimientos de carácter deportivo...

Grupo C: Establecimientos con música.

Permitido el grupo A yel B 1.

Grupo A: Bares, cafeterías, restaurantes y similaresGrupo B 1: Salones de Juegos Recreativos.

Religioso :

DEFINICIÓN PGOU: Comprende los edificios destinados al culto religioso o de vidaconventual.

Uso permitido.

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Sanitario :

DEFINICIÓN PGOU: Corresponde a los edificios e instalaciones destinados altratamiento, diagnóstico, rehabilitación, prevención y/o alojamientode enfermos.

Uso permitido.

Servicios Administrativos :

DEFINICIÓN PGOU: Se incluyen dentro de estos usos los locales, edificios o espaciosdedicados a un variado conjunto de dotaciones que podemosagrupar bajo los genéricos como sigue:

A. Servicios Administrativos.

A1. Ayuntamientos

A2. Juzgados

A3. Organismos de la administración del Estado, etc.

B. Servicios de Orden.

B1. Comisaria y Cuarteles de la Guardia Civil.

B2. Centros de Detención.

B3. Policía Municipal y de Tráfico.

C. Servicios de Higiene y Prevención.

C1. Servicios de recogida y tratamiento de basuras.

C2. Parques de bomberos.

D. Instalaciones militares.

E. Servicios de abastecimiento y mataderos.

Permitidos los tipos: A y B 3

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Socio - cultural :

DEFINICIÓN PGOU: Se consideran incluidos en el mismo los edificios dedicados adotaciones sociales y culturales del tipo de Centros Cívicos,Hogares de Juventud, Bibliotecas, Casas de Cultura, Museos yPinacotecas, Salas de Conferencias y exposiciones, cineclubs,teatros de aficionados, teleclubs, etc..

Uso permitido.

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II. 2.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMA S RELATIVASA LAS MODIFICACIONES DE LOS PLANES.-

1.- El artículo 13.5 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección delPaisaje (LOTPP), en su redacción dada por el Decreto Ley 2/2.010, de 28 demayo, dispone que cualquier propuesta de modificación del planeamiento quesuponga una alteración de las directrices definitorias de la estrategia de evoluciónurbana y de ocupación del territorio establecida en los planes generalesmunicipales requerirá la revisión del plan.

El contenido limitado de la presente modificación no altera las directricesdel Plan General , pues no supone un cambio en la clasificación y calificación delsuelo.

2.- El artículo 52.1 de la Ley Urbanística Valenciana (LUV) dispone quecualquier alteración del planeamiento debe justificar que se mantienen lascondiciones de calidad, funcionalidad, capacidad y coherencia con elmodelo urbanístico .

En la presente modificación se mantienen las condiciones de calidad,funcionalidad, capacidad y coherencia con el modelo urbanístico que el PlanGeneral había establecido.

3.- El artículo 94.2 de la LUV dispone que “Las nuevas solucionespropuestas deberán mantener el equilibrio de las dotaciones públicas ,suplementando en su caso la red primaria y secundaria de dotaciones de formaque cumplan con los criterios de calidad, capacidad e idoneidad exigidos en estaLey”.

El contenido de esta modificación no altera el equilibrio de las dotacionespúblicas.

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MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE

ORDENACIÓN URBANA

QUE AFECTA A LA REGULACIÓN DE USOS EN

LA ZONA Z.8 PL3 COM

III.- NORMAS URBANÍSTICAS:

III. 1.- PLANEAMIENTO VIGENTE.-

III. 2.- MODIFICACIÓN PROPUESTA.-

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NORMAS URBANÍSTICAS:

En las páginas siguientes se reproduce el texto íntegro de la ordenanza Z.8-PL3actualmente vigente.

A continuación se ha redactado el nuevo texto de la misma ordenanza en el cualse han introducido las modificaciones propuestas.

La Jefa del Negociado Administrativo de El Arquitecto, Asesor Técnico de Planeamiento y Gestión Urbanística: Planeamiento y Gestión Urbanística:

Fdo. María-Teresa Bort Martí Fdo. José Alemany González

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