22
1 EL TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA COMO EMPRESARIO MERCANTIL INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS ACTUALES. MSc. Marleovys Hodelín Dedín. Profesora Asistente. Facultad de Derecho. Universidad de Guantánamo. [email protected] Lic. Daylenis Libén Villalón Asesora Jurídica Dirección Provincial Banco Popular de Ahorro. Provincia Guantánamo. RESUMEN Hoy, con la implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución que se lleva a cabo en Cuba; se enfrenta la situación polémica de cómo, desde la doctrina y las legislaciones vigentes, se puede reconocer legalmente la institución del empresario mercantil individual a través de la figura del trabajador por cuenta propia, a la luz de los cambios introducidos en el nuevo modelo económico cubano. PALABRAS CLAVES Trabajador por cuenta propia, cuentapropista, empresario mercantil individual. INTRODUCCIÓN Las relaciones mercantiles y los comerciantes como figura central, existen desde antes del surgimiento del derecho regulador de las mismas. Con la aparición y evolución del Derecho Mercantil, no siempre hubo una distinción o conceptualización de lo que se entendía por sujeto del mismo. Simplemente denominaban comerciantes a los que realizaban actividades del comercio: la compra y venta o intercambio de bienes; siendo este el centro de la regulación jurídica, adquiriendo preponderancia a partir de la concepción subjetivista del Derecho Mercantil como característica fundamental de la etapa. Aunque con el movimiento codificador impulsado por la Revolución Francesa se logra un carácter objetivo en la legislación mercantil, la práctica demostró que con la aparición constante de nuevas formas o instituciones mercantiles no previstas en los

INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

  • Upload
    leduong

  • View
    217

  • Download
    1

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

1111

EL TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA COMO EMPRESARIO ME RCANTIL INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS ACTUALES.

MSc. Marleovys Hodelín Dedín.

Profesora Asistente. Facultad de Derecho.

Universidad de Guantánamo. [email protected]

Lic. Daylenis Libén Villalón

Asesora Jurídica Dirección Provincial Banco Popular de Ahorro.

Provincia Guantánamo.

RESUMEN Hoy, con la implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social

del Partido y la Revolución que se lleva a cabo en Cuba; se enfrenta la situación

polémica de cómo, desde la doctrina y las legislaciones vigentes, se puede

reconocer legalmente la institución del empresario mercantil individual a través de la

figura del trabajador por cuenta propia, a la luz de los cambios introducidos en el

nuevo modelo económico cubano.

PALABRAS CLAVES

Trabajador por cuenta propia, cuentapropista, empresario mercantil individual.

INTRODUCCIÓN

Las relaciones mercantiles y los comerciantes como figura central, existen desde

antes del surgimiento del derecho regulador de las mismas. Con la aparición y

evolución del Derecho Mercantil, no siempre hubo una distinción o conceptualización

de lo que se entendía por sujeto del mismo. Simplemente denominaban

comerciantes a los que realizaban actividades del comercio: la compra y venta o

intercambio de bienes; siendo este el centro de la regulación jurídica, adquiriendo

preponderancia a partir de la concepción subjetivista del Derecho Mercantil como

característica fundamental de la etapa.

Aunque con el movimiento codificador impulsado por la Revolución Francesa se

logra un carácter objetivo en la legislación mercantil, la práctica demostró que con la

aparición constante de nuevas formas o instituciones mercantiles no previstas en los

Page 2: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

2222

códigos, se necesitaba la promulgación de disposiciones especiales que

complementaran el contenido de los mismos; situación salvada en ocasiones en el

Código de Comercio Español de 1885, pues, en ciertas normas abandona su

carácter objetivo cuando determina que en algunos contratos para ser mercantiles,

debe figurar al menos como una de las partes, un empresario mercantil.

Con el paso de los años, la actividad mercantil amplía su significado,

considerándose dentro de esta, además del comercio, la prestación de servicios y la

industria, esta última insertada luego de la Revolución Industrial del siglo XVIII.

Aparece así la denominación de empresario mercantil individual, más completa y

abarcadora de la verdadera actividad del anteriormente llamado comerciante; los

que fueron agrupando sus patrimonios para desarrollar grandes empresas y

enfrentar los desafíos de su actividad a través de la creación de los empresarios

mercantiles sociales conocidos como sociedades mercantiles.

A pesar de que la legislación mercantil reconoce ambos sujetos; en el caso particular

de Cuba, la doctrina en la materia afirma que no existe el empresario mercantil

individual nacional, pues se estaría en presencia de un elemento subjetivo cuyos

intereses entrarían en contradicción con el sistema político y el tipo de propiedad

reconocidos constitucionalmente.

Es necesario destacar que esta bandera comienza a enarbolarse o tiene su

respaldo principal en las medidas y reformas económicas y sociales realizadas por el

Estado cubano al triunfo de la Revolución, con el objetivo de centralizar los

principales medios de producción y garantizar, a su vez, que llegaran de forma

equitativa a toda la población, los principales productos de consumo y de uso

necesarios para la vida.

Sin embargo, durante la década del 90 se tomaron medidas para paliar la crisis

económica y el cruento período especial que vivía el país, lo cual trajo consigo la

modificación a la Constitución cubana vigente, donde el Estado reconoció otras

formas de propiedad en manos del sector privado de la economía, así como la

propiedad misma del Estado sobre los medios fundamentales de producción. Se

abrieron así las puertas a la implementación de diversas instituciones propias del

sistema capitalista para el desarrollo económico del país, que no mellaron ni

Page 3: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

3333

pusieron en riesgo los principios sobre los cuales se ajusta el sistema socialista

cubano.

En el libro de Nociones del Derecho Mercantil donde colabora la MsC. Raiza Fraga

Martínez, se afirma que el cuentapropismo existía desde antes de la Constitución

vigente, reafirmándose con la promulgación del Decreto Ley # 14 del 7 de julio de

1978. Esta norma refrendaba las actividades que realizaban los trabajadores

jubilados, amas de casa y personas con capacidad laboral disminuida. Lo cierto es

que técnicamente, el trabajo por cuenta propia existe desde el propio triunfo de la

Revolución, a pesar de las reformas económicas y sociales realizadas por el poder

revolucionario. Esta afirmación es respaldada por el hecho de que en dicha época

subsistieron trabajadores del sector particular como por ejemplo: campesinos

individuales, transportistas y algunos profesionales tales como médicos graduados

antes de 1964.1

A partir de 1993, comienza a resurgir la figura del trabajador por cuenta propia con la

finalidad de resolver la situación del desempleo generada por la cruenta crisis

económica por la que atravesaba el país para aquel entonces; y aunque la posición

cubana se resiste a aceptar la existencia de empresarios mercantiles individuales

nacionales, es irrefutable que las actividades que desarrollan este grupo de

personas (también conocidos en otros países como microempresarios o trabajadores

bajo régimen de autoempleo) se acerca mucho a la de este sujeto de las relaciones

mercantiles.

En toda esta etapa e incluso hasta después de la ampliación de la década del 90, la

misión del trabajo por cuenta propia fue la de paliar la situación del desempleo, suplir

aquellos servicios y ofertas que el Estado no podía solventar, siendo la intención de

este, la de mantenerlos hasta que la economía cubana pudiera restablecerse.

Algunos autores asumen el criterio de que el trabajo por cuenta propia va en contra

de las relaciones de producción socialista, debido a que, a su consideración, es una

forma de comercialización privada que no está en manos del Estado con carácter

1 Carlos A. Batista Isalgué.

Page 4: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

4444

centralizado; además afirman que el Estado no lo fomenta porque esta forma de

trabajo tiende a desaparecer con la revitalización de la economía.

Con el paso de los años (a partir de 2008) y la sumersión del mundo en una de las

peores crisis económicas de la historia, todos los países, e incluso los más

desarrollados, se han visto obligados a realizar ajustes y recortes socioeconómicos

que les permitan sobrevivir a los efectos devastadores de la misma. Cuba no es

ajena a esta situación, porque una de las características de las crisis es su efecto

dominó para todos los países que comercializan, ya sea con Estados desarrollados o

con otros en vía de desarrollo.

Con el fin de socavar los efectos de la crisis en la economía, se tomaron un grupo de

medidas que posibilitaran el éxito de la misión. Para llegar a este grupo de medidas

se realizó el Sexto Congreso del PCC, órgano que guía y orienta la política de

trabajo de la dirección del país, en el cual se aprobaron los Lineamientos de la

Política Económica y Social del Partido y la Revolución. Dentro de las medidas

aprobadas en el proyecto de lineamientos, está la reorganización de las plantillas

infladas en los centro de trabajo, lo cual conlleva al proceso de disponibilidad y la

declaración de trabajadores no necesarios y no idóneos; además de la ampliación y

fomentación del trabajo en el sector no estatal, como una alternativa más de empleo

en dependencia de las formas organizativas de la producción y los servicios que se

establezcan en la sociedad. Asimismo resulta elemental para el Estado la

introducción de formas no estatales de gestión en el comercio, dentro de este, y en

lo fundamental, los servicios gastronómicos, personales y otros.

En virtud de ello el Gobierno ha tratado de dotar el proceso de transformación y

consolidación de la economía cubana, de instrumentos jurídicos que garanticen la

seguridad para el tráfico interno comercial para los consumidores de los productos y

servicios, pero sobre todo para él mismo poder controlar la efectividad y eficiencia

económica de las medidas adoptadas. Tales medidas confieren a los

cuentapropistas, un sinnúmero de facultades o prerrogativas de las que no gozaban

con anterioridad a la fecha, las que lo acercan cada vez más a la figura del

empresario mercantil individual reconocido por la doctrina y la legislación cubana y

que la praxis jurídica ha rehusado explorar.

Page 5: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

5555

Cabría entonces preguntar, ¿realmente cuán importantes son los trabajadores por

cuenta propia?; ¿contribuyen en beneficio de la economía cubana?, ¿su existencia

va en contra de los principios de la sociedad socialista?; ¿el Estado solamente los

tolera o realmente los fomenta y trabaja en pos de su desarrollo y consolidación?;

como última pregunta: ¿en la práctica cubana puede ser el cuentapropista un

empresario mercantil individual?

Es demostrable desde la doctrina y la legislación cubana, que el trabajador por

cuenta propia puede ser considerado un empresario mercantil individual en

correspondencia con las exigencias del nuevo modelo económico cubano.

La importancia del tema radica en la necesidad de no confundir términos, ni tratar de

crear otros nuevos, sino de otorgar a cada quien la categoría jurídica que

verdaderamente le corresponde, y así darle el correcto tratamiento jurídico y el

lugar que corresponde en la economía nacional. No se trata de que si la figura del

cuentapropista va en contra o no de las relaciones socialistas de producción sino de

reconocerla como lo que es: un sujeto de las relaciones mercantiles cubanas. Es por

ello interesante ahondar en las bondades del tema que dan pie a la necesidad de

actualizar y corresponder la doctrina, la legislación y la práctica en materia de

Derecho Mercantil; elementos que serán de gran trascendencia para la dirección del

país, no solo en materia económica sino también en el progreso jurídico hacia una

mejor institucionalización de las ramas del Derecho.

DESARROLLO.

Surgimiento y evolución del empresario mercantil in dividual en Cuba.

El empresario mercantil individual existió desde antes del surgimiento del propio

Derecho Mercantil, denominándose en un inicio comerciante; pero con el paso de los

años y la inserción de la industria y los servicios como parte de los actos de

comercio, adquiere el nombre moderno con que se conoce hasta nuestros días:

empresario mercantil.

En Cuba no sucedió de igual manera. El comercio entra al país con la llegada de los

españoles. La figura del comerciante o empresario mercantil individual está presente

Page 6: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

6666

desde que España hace extensivo a nuestro país todas las leyes y disposiciones

que regulaban el tráfico comercial (no surge de manera espontánea como en los

países de la civilización romana).

El empresario mercantil individual cubano es regulado en los artículos 1, 4 y 5 del

Código de Comercio, el cual data de 1886. Establece en el artículo 1 lo que entiende

o define por comerciantes, expresando que estos son: los que teniendo capacidad

legal para ejercer el comercio se dedican a él habitualmente y las compañías

mercantiles e industriales que se constituyeren con arreglo a las disposiciones del

Código.

Se aprecia que se hace referencia al término comerciante y no al de empresario

mercantil; lo que se debe a razones históricas relacionados con el origen y evolución

del Derecho Mercantil, el cual en sus inicios, se encargaba de regular una sola

actividad: el comercio y una sola clase profesional de personas: los comerciantes.

En el artículo 4 reconoce que tendrán capacidad legal para ejercer de manera

habitual el comercio las personas que reúnan diferentes condiciones como: haber

cumplido 21 años de edad; no estar sujetas a la potestad de los padres ni a la

autoridad marital y; tener la libre disposición de sus bienes. En el artículo 5 se regula

que los menores de edad y los incapacitados podrán continuar por medio de sus

guardadores, el comercio que hubieren ejercido sus padres o causantes.

A pesar de su regulación, se hace necesario destacar que luego del triunfo de la

Revolución, específicamente con la “ofensiva revolucionaria” de 1968, se elimina de

la práctica cubana la figura del empresario mercantil individual nacional, aunque no

tuvo respaldo legal2. Según la época y el contexto histórico, no podía fomentarse la

figura del empresario mercantil individual en el país, pues representaba “una

manifestación del sector individual privado en nuestra economía, siendo, en esos

momentos, opuesto al sistema socialista que nos caracteriza.”3

2 Nociones de Derecho Mercantil. Pág. 5 3 Temas de Derecho Mercantil Cubano, primera parte.

Page 7: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

7777

En la década de los 80 y principios de los 90, el mundo se ve consumido por

transformaciones del capitalismo transfronterizo, que hizo brecha en las débiles

estructuras de Europa Oriental y Asia, provocando además, el retroceso del

socialismo y la desaparición del Estado de Bienestar de Europa Occidental,

concentrándose la economía en los mercados de China y Vietnam,

primordialmente.4

De manera general, estas causas fueron precisas para replantear la economía de

aquellos países que se veían afectados gravemente con la situación imperante en el

mundo; dentro de esos países ocupa un primer plano Cuba. En la década del 90,

como mismo vuelve a utilizarse el Código de Comercio comienza un nuevo

amanecer para el Derecho Mercantil. Se rehabilitan las relaciones mercantiles, se

comienza a utilizar nuevamente la ley mercantil y se dictan nuevas disposiciones

que permiten el fortalecimiento de dichas relaciones, así como la actividad mercantil

del Estado de manera general. También se hace evidente y efectiva una figura

utilizada por el gobierno cubano con el objetivo de hacer frente al creciente

desempleo, tratando al mismo tiempo de desarrollar y consolidar la decadente

economía: el trabajo por cuenta propia (también conocido como cuentapropista o

trabajador bajo régimen de autoempleo).

Tratamiento teórico doctrinal acerca del empresario mercantil individual.

Requisitos y principios que lo rigen.

Existen diferentes definiciones de empresario, una de ellas desde el punto de vista

económico, considerándose como tal a la persona física o jurídica que se sirve de

una empresa para realizar en nombre propio una determinada actividad económica;

concepto que a consideración de las autoras, es muy amplio, pues llevaría a pensar

que todos los empresarios son empresarios mercantiles.

Hasta el momento, en el tráfico económico existen los empresarios civiles que

realizan una actividad económica para el mercado, pero el régimen de la misma es

4 Darío Machado Rodríguez. El trasfondo ideológico de los cambios en Cuba.

Page 8: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

8888

regulado por las disposiciones del Derecho Civil, siendo el género de la actividad

que realizan, la diferencia sustancial entre el empresario mercantil y el civil.

Rodrigo Uría brinda un concepto jurídico de empresario, siendo este la persona

física o jurídica que por si o por medio de delegados ejercita y desarrolla en nombre

propio una actividad en el mercado constitutiva de empresa, adquiriendo la

titularidad de las obligaciones y derechos nacidos de esa actividad.5

Como bien señala el autor, este concepto difiere del concepto económico que le

identifica con la persona que directamente y por sí misma asocia, combina y

coordina los diferentes factores de la producción, interponiéndose entre ellos para

ajustar el proceso productivo al plan previsto de antemano. Se hace evidente que

en este concepto el derecho no exige en el empresario que despliegue de manera

directa y personal una actividad; sino que es suficiente con que esa actividad se

realice en su nombre, validando de esta forma que pueden tener la condición de

empresarios, los menores y los mayores de edad incapacitados, en cuyo nombre

actúan sus representantes, así como las personas jurídicas que necesariamente han

de valerse de personas físicas para el desarrollo directo de la actividad empresarial.

De esta forma puede ser definido el empresario mercantil como la persona física o

jurídica que en nombre propio y de forma habitual, realiza por sí o a través de

representantes una actividad económica para el mercado destinada al comercio, la

producción de bienes o la prestación de servicios.

Según Lourdes Labrada López y Natalia Caro Rodríguez,6 acogen para sí el mismo

concepto que brinda Rodrigo Uría, siendo el empresario la persona física o jurídica

que por sí o por medio de delegados, ejercita y desarrolla en nombre propio una

actividad en el mercado constitutiva de empresa, adquiriendo la titularidad de las

obligaciones y derechos nacidos de la actividad.

Para ellas, el empresario mercantil individual es la persona física o natural que dirige

5 Rodrigo Uría: Derecho Mercantil, 20ma edición, Ediciones Universales, Madrid 1974. 6 Lourdes Labrada, Natalia Caro: La empresa empresario, disponible en: www.betsime.disaic.cu

Page 9: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

9999

la gestión de su empresa y responde personalmente por todas las obligaciones que

la misma contraiga, no existiendo distinción entre su patrimonio mercantil y civil. En

su obra plantean que dadas las características de nuestro modelo estatal es una

figura que no se utiliza.

Guillermo Sánchez Jiménez también ofrece dos conceptualizaciones: para él un

comerciante es sin más, la persona que ejercita el comercio, lo que a lo sumo, podrá

ser un empresario comercial: quien explota una empresa dedicada a la mera

intermediación en la circulación de la riqueza, bienes o servicios, pero nunca

intervendrá en las dos grandes actividades económicas humanas, ya que no

interviene en la explotación de las riquezas que se ubican en la naturaleza,

agricultura, ganadería, pesca, minería, etc; por ser estas actividades meramente

civiles, según lo plantea también el Código de Comercio cubano.

Sin embargo, para Sánchez Jiménez, empresario será cualquier persona que reúna

los datos definitorios con independencia de que los bienes y servicios por él

ofrecidos participan de la naturaleza intermediadora, extraída o transformada.7

Estos datos definitorios de los que nos habla Guillermo Sánchez, no son más que lo

que la profesora universitaria Raiza Fraga nos brinda en el libro de Nociones de

Derecho Mercantil como el estatuto jurídico del empresario mercantil, siendo este,

una consecuencia de calificar a una persona como empresario mercantil. Dichas

consecuencias son:

• Sometimiento a un estatuto jurídico, lo que trae consigo un régimen especial

frente al régimen de las demás personas; quedando obligado el empresario a,

entre otras cuestiones, llevar una contabilidad ordenada y adecuada,

inscribirse en el Registro Mercantil, constituyendo este un mecanismo oficial

de publicidad, así como someterse a los procedimientos concursales

específicos para los casos de insolvencia patrimonial. El estatuto jurídico del

empresario mercantil permite distinguir al empresario del resto de las

7 Citado por:, Dania Almeida, Rolando Rodríguez en: Régimen Jurídico de las Representaciones Extranjeras

Page 10: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

10101010

personas, ya sean jurídicas o físicas.

• La intervención de los empresarios mercantiles califica a ciertos contratos

como mercantiles. A pesar de la posición objetiva que trató de seguir el

Código de Comercio, en ocasiones abandona ese camino para adoptar una

postura subjetiva, pues en algunos casos además de que los objetos deben

ser destinados a actos de comercio, se requiere o precisa que uno de los

sujetos sea empresario, como en el caso de los contratos de depósito,

préstamo, comisión, entre otros.8

José María Martínez Vae, en su libro Derecho Mercantil, también ofrece una

definición; vale aclarar que aunque menciona el término de comerciante, concientiza

en que ahora se le llama empresario individual; según el mencionado autor, son

comerciante las personas individuales que, con capacidad legal y en nombre propio,

se dedican habitualmente a realizar actos de comercio, y para él comercio es “la

actividad dirigida a la producción de bienes o servicios para el mercado.”9

Joaquín Garrigues excluye de la condición de comerciante:

• a quienes producen para sí o para su familia. No es mercantil la actividad

económica que se realiza para el consumo propio y de sus familiares, sino la

que se hace para suplir la demanda de otros a través del trabajo ajeno y

familiar para la obtención de ganancias.

• los que realizan la actividad agrícola. Los campesinos son sujetos de las

relaciones del derecho agrario y no del derecho mercantil, toda vez que la

actividad que realizan es regulado por el propio cuerpo legal como una

actividad establecida en el rango de las relaciones civiles.

• los que realizan la actividad ganadera. La ganadería se comporta con las

mismas características de la agricultura.

• los que realizan la actividad artesanal. Se plantea que la actividad de los

artesanos no debe ser considerada como mercantil debido a que el

8 R. Fraga: Nociones... op. cit. P 38. 9 Citado por: Adrianet Espinosa en: La capacidad del empresario individual extranjero Martínez.

Page 11: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

11111111

resultado de su trabajo proviene de su esfuerzo propio, del fruto del trabajo

de sus manos, sin utilización de industria ni trabajadores.

• los que realizan profesiones liberales.10 Obviamente las profesiones liberales

quedan excluidas del objeto de las relaciones mercantiles. Cuando se hace

referencia a las profesiones liberales estamos excluyendo de ser empresario

mercantil los médicos, ingenieros, abogados y a los artistas en cuanto su

profesión o prestación de servicios estén dominados por la propia

personalidad (es decir de carácter intelectual y por tanto personalísimo).

Luego de analizar los diferentes conceptos bridados por los autores estudiados la

autora pudo elaborar su propio concepto y, sustrayéndolo un poco de la teoría

general del empresario mercantil y llevándolo a la realidad cubana, entiende por

empresario mercantil individual a la persona natural que por sí y en nombre propio

ejercita y desarrolla una actividad en el mercado constitutiva de empresa, obteniendo

la titularidad de los derechos y obligaciones que dimanen de dicha actividad.

Según la propia Fraga en el ya mencionado texto de Nociones de Derecho

Mercantil, del propio concepto se definen los requisitos para ser empresario

mercantil. Para ser empresario mercantil es necesario ser una persona ya sea física

o jurídica, cuya persona natural debe tener capacidad legal (en nuestro Código se

adquiere a los 21 años de edad); desarrollar una actividad económica en el

mercado, ya sea del comercio, la industria o los servicios, realizarla con habitualidad,

es decir, no solo repetida en el tiempo, sino hacer de dicha actividad su oficio; debe

actuar en nombre propio y siempre tener la intención de obtener ganancias. De ahí

que existan varios principios que rigen y ordenan la actividad del empresario

mercantil, entre ellos encontramos:

• Unidad e indivisibilidad del patrimonio: el empresario mercantil debe tener un

solo patrimonio, que no exista una separación entre el patrimonio civil y el

mercantil, sino que posea un solo patrimonio que le permita hacer frente a las

deudas que pueden surgir del ejercicio de su empresa.

10 Ídem.

Page 12: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

12121212

• Responsabilidad personal: este principio guarda estrecha relación con el

anterior, pues el empresario debe responder a todos sus actos con su

patrimonio, como reflejo de su persona y no como se hacía en el derecho

romano que se respondía con su persona y no con sus bienes.

• Responsabilidad ilimitada y universal: Todos los empresarios deben

responder de sus actos con su propio patrimonio y con todos los bienes

presentes y futuros que lo integran. Esto implica que el empresario que tiene

una deuda con un tercero de cierta cantidad de dinero, si el día de pagar sólo

cuenta con la mitad de la totalidad de la deuda, al pagar no se libera del todo,

sino que quedará deudor de la suma que debe al tercero. El empresario

queda liberado de su deuda cuando pague al acreedor el monto de la misma

con los bienes que entren a su fondo patrimonial en el futuro. Sólo se liberará

cuando pague la totalidad de la deuda, aún al cabo del año de su

incumplimiento (a cada sujeto de derecho le corresponde la titularidad de un

solo patrimonio con un tratamiento jurídico unitario; consolidando el principio

de la responsabilidad universal patrimonial: A cada persona su único

patrimonio).

• Correspondencia entre gestión y responsabilidad: este principio dispone que

será responsable quien actúe en el mercado con su nombre. La gestión en el

tráfico entraña asunción de responsabilidad en la misma proporción. El mismo

está estrechamente vinculado con la ética negocial la cual establece que

quien gana en una empresa debe estar preparado para asumir las deudas

que la misma origine.11

Después de analizar de manera general lo concerniente al empresario mercantil

individual en la doctrina cubana y extranjera, es necesario aludir al tema del

trabajador por cuenta propia como persona natural que a partir de 1993 comienza a

tomar auge por la connotación de su actividad en pos del desarrollo de la economía

11 R. Fraga. Nociones... op. Cit p. 31.

Page 13: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

13131313

interna y la generación de empleos en el país, por lo que ha significado y los criterios

creados al respecto.

¿Es el trabajador por cuenta propia la continuación de la evolución del

empresario mercantil individual en Cuba?

En 1993 se amplía el trabajo por cuenta propia en Cuba, pero solo debido a factores

que obligaron a la máxima dirección del país a tomar tales medidas. Dentro de las

causas que propiciaron dicha ampliación está, a juicio de la autora, como factor

fundamental, la crisis económica de finales de los 80 y principios de los 90. Vale

aclarar que se considera esto, porque una causa no se puede ver desligada de otra,

ya que conforman una cadena sucesiva que arrastraron al país a un bache

económico.

Los efectos negativos de la crisis económica que afectaba a nuestro país se vieron

acentuados por la caída del campo socialista, sistema con el cual Cuba tenía el 85 %

de las relaciones económicas y de intercambio, mediante las cuales se sustentaba la

economía nacional; todo lo antes mencionado impacto de manera funesta en las

producciones y servicios que el estado brindaba a la población, es decir, el gobierno

se encontraba imposibilitado de producir para el pueblo y servir a este,

desencadenándose un desequilibrio entre la oferta y la demanda; sencillamente todo

esto se traduce en que si el estado no contaba con los recursos para producir, no

tendría una oferta de productos y servicios que pudieran satisfacer las demandas

poblacionales. Toda esta realidad fue aprovechada por el gobierno de los EE.UU el

cual optó por implementar medidas que recrudecieron el bloqueo económico como la

Ley Helms-Burton y la Torricelli.

Toda esta situación económica y social que atravesaba la isla, repercutieron de

conjunto en la acentuación del mercado negro, lo que generó cierta acumulación de

dinero por parte de la población, lo que refleja que el sector particular (la población)

contaba con el dinero para montar su propio “negocio” y sufragar sus gastos y los de

su familia.

Page 14: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

14141414

El cuentapropista es la persona natural con edad laboral, que autorizada por las

Direcciones Municipales de Trabajo y previa aprobación de las organizaciones

políticas y de masas, realiza una actividad económica y a cambio tiene la obligación

de pagar el impuesto correspondiente.12

En ese momento el trabajo por cuenta propia fue utilizado como una vía para palear

la tasa de desempleo pero sin ánimo de fomentarlo, pues se toleraba su existencia

de manera provisional hasta que la recuperación económica permitiera eliminarlos

del mercado.13

Raiza Fraga, sostuvo en el libro de Nociones del Derecho Mercantil, que desde un

punto de vista técnico-jurídico el cuentapropista no es un empresario mercantil

individual, pues, a pesar de que es una persona natural que en nombre propio

realiza una actividad económica en el mercado de manera habitual y profesional,

cumpliendo con las obligaciones contenidas en el estatuto jurídico del empresario, el

mismo no actúa como empresario mercantil porque las actividades enumeradas que

desarrolla quedan en el marco de actividades civiles como : agricultura, artesanado y

profesiones liberales. Las actividades de carácter mercantil que realizan los

cuentapropistas, como es el caso de la gastronomía, tienen escasa dimensión

económica, no se explota el trabajo ajeno y no alcanza el engranaje de una

verdadera empresa mercantil.14

Lourdes Labrada López y Natalia Caro Rodríguez también sostienen que dadas las

características de nuestro modelo estatal el empresario mercantil individual es una

figura que no se utiliza.

El único modo mediante la cual se reconoce la existencia del empresario mercantil

individual en Cuba hasta el 2010, es a través de las formas de inversión extranjera

12 Ídem p 17 13 Ídem

14 Sin embargo, el criterio actual de la autora difiere en esencia del anteriormente citado, puesto que con las normativas que recientemente se han emitido para regular la actividad del trabajo por cuenta propia en Cuba, se han ido eliminando los escollos que impedían el desarrollo eficiente de esta actividad para suplir los los productos y servicios anteriormente ofrecidos por el Estado cubano.

Page 15: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

15151515

reconocidas en la Ley 77 de 1995, mediante la cual se autoriza a actuar como tal

solo a la persona natural extranjera que cumpla los requisitos exigidos en la norma

mercantil de su propio país.

Se define al empresario individual extranjero como la persona natural con domicilio

en el extranjero, que invierta capital foráneo. El empresario individual extranjero no

tiene que cumplir con los requisitos de los artículos 1 y 4 del Código de Comercio

cubano, pues su capacidad para ser empresario y actuar como tal, está en

correspondencia con la condición de empresario individual de su país de origen.

Sólo basta que acredite que en su país es un empresario mercantil para que pueda

invertir y actuar en Cuba, tal como establece el artículo 15 del citado cuerpo legal.15

Pero la realidad económica del país ha dejado a un lado esa vertiente para fomentar

aún más el trabajo por cuenta propia, darle más fuerza legal, e incluso, realizar

transformaciones en el modelo socioeconómico del país, con el fin de que el trabajo

por cuenta propia se convierta en una de las principales fuentes de empleo y

propicie ganancias para el desarrollo económico de la nación.

Fraga, en 2010 publicó un artículo en internet, donde se aprecia un cambio

sustancial con respecto a criterios propios anteriormente ofrecidos. En este nuevo

artículo expresa que técnica y prácticamente, el cuentapropista sí es un empresario

mercantil individual, solo que la legislación aún no va al paso que las

transformaciones sociales y es lo único que aún no permite que se reconozca al

trabajador por cuenta propia (solo algunas actividades) como un verdadero

empresario mercantil individual.16

Sin embargo, tiempo después y a raíz de la implementación de los Lineamientos de

la Política Económica y Social del Partido y la Revolución en abril de 2011,

precisamente en el Capítulo 6 “Política Social” el acápite acerca del Empleo y

Salario, Lineamiento 168, se plantea la necesidad de ampliar el trabajo en el sector

no estatal de la economía como una alternativa más para lograr el empleo de mayor

15 Código de Comercio Cubano 16 Fraga, Raiza, Categorías del Derecho Mercantil.

Page 16: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

16161616

cantidad de ciudadanos cubanos, en dependencia de las nuevas formas

organizativas de la producción y los servicios. Por otra parte, en el Capítulo XII bajo

el título de “Política para el Comercio” establece en su Lineamiento 308 que el

Estado prioriza la introducción de formas no estatales de gestión en el comercio, en

lo fundamental en los servicios gastronómicos, personales y técnicos de uso

doméstico.

De esta forma inicia el boom del trabajo por cuenta propia en Cuba y con ella no era

suficiente la intención del Partido y la Revolución de desarrollar la economía cubana

a través de la ampliación de los sujetos económicos a las formas no estatales de

gestión, sino que se hace necesario el respaldo jurídico para la legítima

implementación de los lineamientos. Es así que surgen un sinnúmero de normativas

en torno a la definición de los trabajadores por cuenta propia, las actividades que se

les autoriza, los documentos que deben llevar, así como los derechos y obligaciones

intrínsecos de la actividad que realizan.

Es por ello posible afirmar que el cuentapropista puede llegar a ser un empresario

mercantil individual en Cuba, lo cual significaría que se retomara una figura que

desde tiempos inmemoriales ha estado olvidada en algún articulado del Código de

Comercio, antiguo, pero aún vigente. En tal sentido serán abordados todos los

elementos respaldados jurídicamente, que demuestran la existencia en Cuba de

esta figura de trascendental importancia para las relaciones mercantiles.

El trabajador por cuenta propia como empresario mer cantil individual en Cuba.

En las diferentes legislaciones que regulan el trabajo por cuenta propia, así como el

propio Código de Comercio y otras normativas en el orden mercantil, se manifiestan

elementos que permiten distinguir al sujeto de esta actividad como un empresario

mercantil individual cubano. Mas la Constitución, como Ley Suprema que es, no

reconoce en ninguno de sus artículos la existencia de este sujeto de las relaciones

económicas y mercantiles, por lo cual su futuro reconocimiento podría adquirir un

carácter inconstitucional. Solo en el artículo 21 de nuestra norma superior, se regula

como propiedad personal la que se tiene sobre la vivienda y los ingresos obtenidos

Page 17: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

17171717

como fruto del ahorro y del trabajo propio sin la explotación del trabajo ajeno;

aspecto que amerita un análisis más profundo en epígrafes posteriores.

Los nuevos cambios socioeconómicos y su incidencia en la rehabilitación de la forma

de gestión no estatal, permiten tener a mano elementos caracterizadores del

trabajador por cuenta propia que nos impulsa a considerar que puede llegar a ser

reconocido por las instituciones pertinentes, como un empresario mercantil individual

en Cuba. Se ofrecen así elementos que demuestran la coincidencia en la regulación

y la práctica jurídica de ambas figuras.

1. En el trabajador por cuenta propia se evidencian los principios que rigen la

actividad del empresario mercantil individual.

2. De igual forma se reconocen en el cuentapropista los requisitos para ser

empresario mercantil individual; dígase persona natural, habitualidad,

profesionalidad, actuación en nombre propio, patrimonio propio y ánimo de

lucro. Este último no es el más importante visto desde la perspectiva de que

muchas legislaciones mercantiles foráneas no lo reconocen como un requisito

indispensable. En el caso de la capacidad, específicamente en lo referido a la

edad, se puede apreciar la diferencia en cuanto el Código de Comercio exige

los 21 años y el Código de Trabajo los 17; situación que queda salvada al

excluir de dicho reconocimiento a los cuentapropistas que no hayan arribado

a los 21 años o como sucede en muchos países, limitarlo a la edad de 18

años según la ley común.

3. Pueden contratar fuerza laboral independientemente de la ayuda familiar.

4. Se valora la posibilidad de su inscripción en el Registro Mercantil cubano. 17

17 En su lugar, el Decreto Ley 226 de 2001 y su Reglamento sobre el Registro Mercantil, establecen

que son inscribibles, además de los relacionados; todos aquellos sujetos que determine el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, dejando expedita la vía para la futura incorporación expresa de este sujeto a las relaciones de carácter mercantil. Esta inscripción sí adquiere un carácter obligatorio, lo cual, a entender de la autora, resultaría acertado, puesto que la mayoría de los países analizados en el Derecho Comparado advierten la obligatoriedad de dicha inscripción. La eventualidad de que los TPCP puedan ser inscritos en el Registro Mercantil no como sujetos económicos del país, sino como sujetos del Derecho Mercantil no es imposible, porque el Decreto Ley 226 de 2001 abre paso a la posibilidad de incorporar a otros sujetos y actos si el propio desarrollo de la vida mercantil en el país así lo requiere, ya que la lista de estas no está establecida en númerus clausus y por esta razón en virtud del articulo 2.1 inciso f) el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros será el encargado de disponer esta inclusión; lo cual en correspondencia con el artículo 5 de la Resolución 230 (Reglamento de Registro) la inscripción sería obligatoria y no facultativa como

Page 18: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

18181818

5. Entre el trabajador por cuenta propia y sus colaboradores dependientes, se

establecen relaciones laborales, de subordinación.

6. Asumen obligaciones tributarias por la actividad que realizan y los

trabajadores contratados.

7. Se les autoriza a desarrollar su actividad donde consideren apropiado, dentro

o fuera de su localidad, por supuesto, bajo la observancia de las normas de

planificación física y de protección medioambiental.

8. Con la implementación de las normativas en materia de compraventa de

vehículos y viviendas, arrendamiento de locales, entre otras; se les abren las

puertas a la ampliación de su actividad.

9. Pueden utilizar títulos valores como medios de pagos y solicitar créditos

bancarios para desarrollar su actividad. 18

10. Contratan con otros trabajadores por cuenta propia y con empresas del sector

estatal, aunque no les es permitido realizarlo con el sector privado y mixto.

11. Pueden registrar marcas para sus productos y servicios así como sus signos

distintivos como elemento de identidad de su actividad económica.

12. Desarrollan proyectos de investigación reconocidos por el Ministerio de

Ciencia, Tecnología y Medioambiente.

13. Con la unión de dos o más trabajadores por cuenta propia, se crean

cooperativas que por sus características, bien pudieran denominarse,

sociedades mercantiles.

14. Pueden acudir ante los tribunales ante el incumplimiento de las obligaciones

de las entidades del sector estatal con los cuales ha contratado.

15. Los economistas lo consideran un empresario capaz de desarrollar una

prescribía el Código de Comercio en el artículo 17. 18 El Decreto Ley 289 del 2011 de los Créditos a Personas Naturales y otros Servicios Bancarios autoriza las operaciones monetarias mercantiles de los trabajadores por cuenta propia. Instrumentos Bancarios que pueden utilizar: 1. Cheque, 2. Transferencia bancaria, 3. Letra de cambio, 4. Pagaré, 5. Orden de cobro, 6. Carta de crédito local emitida y avisada por bancos cubanos, 7. Así como la tarjeta de débito o crédito.

Page 19: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

19191919

microempresa.

Estos, por solo mencionar algunos, son elementos que equiparan ambas

instituciones jurídicas, razones más que convincentes que demuestran la posibilidad

del reconocimiento legal de esta figura, no de cualquier trabajador por cuenta propia,

sino de aquellos que realicen su actividad con profesionalidad y cumplan con todos

los requerimientos impuestos por ley.

Ya en nuestro país existen casos muy puntuales que han alcanzado un nivel de

desarrollo tal, que generan ingresos mensuales por encima de muchas entidades del

sector estatal y que incluso han adquirido reconocimiento internacional al lograr la

sustitución de importaciones y la presentación con calidad de sus servicios y

productos en ferias internacionales de reconocido prestigio celebradas en el territorio

nacional.

CONCLUSIONES.

En la práctica cubana actual existe divergencia entre el derecho y el hecho en

cuanto a la aceptación del trabajador por cuenta propia como un empresario

individual debido a la posición política del Estado cubano que se rehúsa al cambio

de mentalidad por considerarlo opuesto al sistema socialista y al tipo de propiedad

que impera. El cuentapropista es más que una simple alternativa de autoempleo ya

que desde un enfoque económico y comercial, se manifiesta como todo un

empresario mercantil individual por lo que constituirá un paso importante el

reconocimiento legal de esta figura de las relaciones mercantiles con la puesta en

vigor nuevamente de las disposiciones reservadas en el Código de Comercio, pues

traería consigo prerrogativas de suma importancia para el desarrollo individual de

este sujeto, elevaría la calidad de los productos y servicios ofertados a la población,

así como el progreso gradual de la economía cubana.

El empresario mercantil individual, a grandes rasgos, posee similares definiciones,

requisitos y caracteres en la generalidad de las leyes comerciales donde se toman

como muestras países latinoamericanos, algunos de ellos pertenecientes al ALBA y

Page 20: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

20202020

en España como representación europea. El reconocimiento legal de esta institución

genera para sí derechos, y obligaciones para con el Estado, brinda oportunidades de

crecimiento económico para sí mismos y para los trabajadores contratados;

contribuyen al desarrollo de la economía cubana y proporciona seguridad jurídica

para las relaciones contractuales que llevan a cabo con otros sujetos. ¿Hemos

logrado convencerlo?

BIBLIOGRAFÍA

1. Colectivo de autores: Temas de Derecho Mercantil Cubano, primera parte, 1ra

edición, Editorial Félix Varela, La Habana, Cuba, 2005.

2. Colectivo de autores: Temas de Derecho Mercantil Cubano, segunda parte, 1ra

edición, Editorial Félix Varela, La Habana, Cuba, 2005.

3. Colectivo de autores: Nociones de Derecho Mercantil, 3ra reimpresión, Editorial

Félix Varela, La Habana, Cuba, 2007.

4. Espinosa Escobar, Adrianet: “La capacidad del empresario individual extranjero”,

Trabajo de Diploma, Facultad de Derecho, Universidad de La Habana, 2002.

5. Fraga Martínez, Raiza: Folleto Derecho Mercantil. Versión digital.

6. Fraga Martínez, Raiza: Categorías del Derecho Mercantil. Folleto.

7. García Fernández, Francisco. Campos Alfonso, Julia Matilde: Lecciones de

Economía Política del Capitalismo, tomo II parte I, 2da reimpresión, Editorial

Félix Varela, La Habana, 1992.

8. Huerta Baeza, Maylín: “Valoración del Registro Mercantil en Cuba”, tesis de

especialidad: Asesoría jurídica, mención mercantil, Universidad de La Habana,

2008.

9. Iudin, P. Rosental, M: Diccionario Filosófico, Ediciones Universo, Argentina,

1973.

10. Martínez, C: C Reseña sobre micro, pequeña y mediana empresa. Universidad

Central ¨Martha Abreu ¨ de la Villas, Santa clara, Cuba2007

11. Ramírez, J Modelo de alianza estratégica con base en la empresa integradora

para PYME con tecnología tradicional Instituto Superior Politécnico ¨José

Antonio Echeverría¨ La Habana, Cuba, 2008. 12. Ruiz Sánchez, Maricelis: “La Seguridad Social y la protección de los trabajadores

Page 21: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

21212121

por cuenta propia”

13. Uría, Rodrigo: Derecho Mercantil, 20ma edición, Marcial Pons Ediciones

jurídicas y Sociales S.A., Madrid, 1997.

Legislaciones nacionales.

1. Constitución de la República de Cuba. 24 de febrero de 1976.

2. Código de Comercio de Cuba de 22 de agosto de 1885, echo extensivo a

Cuba. Real Decreto de 28 de enero de 1886, vigente desde el 1 de mayo de

1886, actualizado, revisado por Rosa María Yánez, Justa Aurelia Aguirre

Echevarría.

3. Código Civil. Ley 59 de 16 de julio de 1987.

4. Ley 1213 del 26 de junio de 1967

5. Decreto-Ley 14 del 3 de julio de 1978

6. Resolución Conjunta 23 de 1985 sobre el registro de contribuyentes.

7. Decreto-Ley 141 del 8 de septiembre de 1993,

8. Resolución Conjunta 1 del 8 de septiembre de 1993 -Decreto-Ley 186 de 1994

sobre las contravenciones personales de los TPCP.

9. Resolución 283 de 5 de septiembre de 2011

10. Resolución 368 de 5 de septiembre de 2011

11. Resolución 33 de 6 de septiembre de 2011.

12. Resolución 298 de 6 de septiembre de 2011

13. Resolución 299 de 6 de septiembre de 2011

14. Resolución Ministerial 240 de 6 de septiembre de 2011

15. Resolución 300 de 6 de septiembre de 2011

16. Decreto-Ley 289 de 11 de noviembre de 2011

17. Resolución 99 de 18 de noviembre de 2011.

18. Resolución 100 de 18 de noviembre de 2011.

19. Resolución 101 de 18 de noviembre de 2011.

20. Instrucción 7 del Ministerio de Economía y Planificación de 18 de noviembre de

2011.

21. Decreto-Ley 290 de 2012 de las invenciones y modelos industriales 22. Resolución 44 de fecha 27 de febrero del 2012 del CITMA. Reglamento para

el proceso de elaboración, aprobación, planificación, ejecución y control de los

Page 22: INDIVIDUAL EN CUBA. RETOS Y TENDENCIAS …caribeña.eumed.net/wp-content/uploads/trabajador-cuenta-propia.pdf · Las relaciones mercantiles y los comerciantes ... A pesar de que la

22222222

programas de proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Sitios web:

1. Machado Rodríguez, Darío: “El trasfondo ideológico de los cambios en Cuba”

(en línea). Disponible en www.cubadebate.cu, consultado: 4 de abril de 2012.

2. Caro Rodríguez, Natalia. Labrada López, Lourdes: “La empresa-empresario en

el Derecho Mercantil” (en línea). Disponible en: www.betsime.disaic.cu

consultado: 8 de mayo de 2012

3. “Propuesta de un modelo empresarial desde una perspectiva social”. Disponible

en www.monografias.com consultado el 6 de abril de 2012.

4. “Federación Latinoamericana de mujeres rurales”. Disponible en www.flamour-

america.org consultado el 3 de abril de 2012.

5. Prensa Latina. Disponible en www.prensalatina.cu consultado el 3 de abril de

2012.

6. “Número de cuentapropistas sigue creciendo en Cuba”. Disponible en

www.cubadebate.cu consultado el 18 de abril de 2012.