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Servicio de Prevención Ajeno acreditado con número SP 132/02 INFORMACIÓN DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-COV-2) Las recomendaciones incluidas en el presente documento están obtenidas del Ministerio de Sanidad, las cuales están en continua revisión en función de la evolución de la enfermedad COVID-19. Actualizado el 3 de junio de 2020 Consultoría Integral de Seguridad, S.A. Pq. Empresarial, C/ de la Tecnología, B-7 11407 Jerez de la Frontera (Cádiz) Tel. 956 15 33 20 Fax. 956 15 33 21 902 475 475 www.coinsesa.com

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Servicio de Prevención Ajeno acreditado con número SP 132/02

INFORMACIÓN DE

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL NUEVO

CORONAVIRUS (SARS-COV-2)

Las recomendaciones incluidas en el presente documento están obtenidas del Ministerio de Sanidad, las cuales están en continua revisión en función de la evolución de la enfermedad COVID-19.

Actualizado el 3 de junio de 2020

Consultoría Integral de Seguridad, S.A. Pq. Empresarial, C/ de la Tecnología, B-7 11407 Jerez de la Frontera (Cádiz) Tel. 956 15 33 20 Fax. 956 15 33 21

902 475 475 www.coinsesa.com

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Fecha de redacción: 03/06/2020 Página 1 de 7

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE EL CORONAVIRUS

3. MEDIDAS PREVENTIVAS BÁSICAS EN EL ÁMBITO LABORAL

3.1 Higiene personal

3.2 Organización del trabajo

3.3 Protección de trabajadores sensibles

3.4 Información a los trabajadores

4. INCAPACIDAD TEMPORAL

ANEXOS

- Preguntas y respuestas sobre el nuevo coronavirus (COVID-19) - Teléfonos Coronavirus - Buenas prácticas en los centros de trabajo - Lavado de manos - Recomendaciones aislamiento domiciliario

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Fecha de redacción: 03/06/2020 Página 2 de 7

1. INTRODUCCIÓN El coronavirus SARS-CoV-2 es un virus nuevo, desconocido anteriormente en la patología humana, que pertenece a la familia Coronaviridae. El reservorio de estos virus es animal y algunos coronavirus tienen la capacidad de trasmitirse a las personas. Se piensa que los primeros casos humanos se debieron al contacto con un animal infectado.

De persona a persona se transmite por vía respiratoria a través de las gotas respiratorias de más de 5 micras, cuando el enfermo presenta sintomatología respiratoria (tos y estornudos) y contacto con fómites. Hasta al momento, no hay evidencias de que se pueda transmitir desde personas infectadas asintomáticas. La transmisión aérea por núcleo de gotitas o aerosoles (capaz de transmitirse a una distancia de más de 2 metros) no ha sido demostrada para el SARS-CoV-2. Sin embargo, se cree que esta podría ocurrir durante la realización de procedimientos asistenciales invasivos del tracto respiratorio. El periodo de incubación puede variar entre 2 y 14 días.

Todavía hay muchas cuestiones que se desconocen en relación a la enfermedad que produce: COVID-19.

Las empresas deben adoptar medidas organizativas o preventivas que, de manera temporal, eviten situaciones de contacto social, sin necesidad de paralizar su actividad. Igualmente, deberán proceder a informar a sus trabajadores acerca de la existencia del riesgo de contagio por coronavirus, así como de las medidas preventivas encaminadas a evitar la exposición y contagio y los procedimientos a seguir en caso de producirse el mismo.

Coinse procede a elaborar el presente documento a fin de facilitar a sus clientes el cumplimiento de dicho deber de protección a sus trabajadores.

Todas las recomendaciones incluidas en este documento han sido elaboradas a partir de la información facilitada por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Trabajo a fecha 3 de junio de 2020. Recalcar que dicha información está en continua revisión y actualización, por lo que se recomienda consultar de forma periódica en las páginas oficiales de la Administración Pública.

Igualmente se ha contemplado lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

2. CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE EL CORONAVIRUS El Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, dependiente del Ministerio de Sanidad, ha publicado un documento dirigido a la ciudadanía en general denominado Preguntas y respuestas sobre el nuevo coronavirus (COVID-19), el cual es actualizado periódicamente.

Su contenido es el siguiente:

• ¿QUÉ ES EL NUEVO CORONAVIRUS? • ¿CUÁLES SON LOS SÍNTOMAS DE COVID-19? • ¿CUÁLES SON LOS GRUPOS VULNERABLES? • ¿CÓMO SE TRANSMITE EL NUEVO CORONAVIRUS? • ¿CUÁLES SON LAS ZONAS DE TRANSMISIÓN COMUNITARIA? • ¿EXISTE UN TRATAMIENTO PARA EL COVID-19? • ¿QUÉ PUEDO HACER PARA PROTEGERME? • ¿DEBO UTILIZAR MASCARILLAS PARA PROTEGERME? • ¿SE RECOMIENDA VIAJAR? • ¿QUÉ TENGO QUE HACER SI TENGO SÍNTOMAS?

Este documento se adjunta como anexo.

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Fecha de redacción: 03/06/2020 Página 3 de 7

3. MEDIDAS PREVENTIVAS BÁSICAS EN EL ÁMBITO LABORAL En función de la naturaleza de las actividades y los mecanismos de transmisión del nuevo coronavirus SARS-CoV-2, podemos establecer los diferentes escenarios de riesgo en los que se pueden encontrar los trabajadores. Entendemos por:

Exposición de riesgo: aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso posible, probable o confirmado de infección por el SARS-CoV-2, sintomático.

Exposición de bajo riesgo: aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso posible, probable o confirmado, no incluye contacto estrecho.

Baja probabilidad de exposición: trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, etc.).

Se clasifica como contacto estrecho de casos posibles, probables o confirmados:

- Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso: personal sanitario o sociosanitario que no han utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar.

- Cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros (ej. convivientes, visitas) y durante más de 15 minutos.

- Se considera contacto estrecho en un avión, a los pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor de un caso y a la tripulación que haya tenido contacto con dicho caso.

3.1 Higiene personal

Medida de carácter general y aplicable a todos los casos, de la que habrá que informar a todos los trabajadores.

Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición. Se recomienda:

• La higiene de manos es la medida principal de prevención y control de la infección. Si las manos están visiblemente limpias la higiene de manos se hará, si es posible, con productos de base alcohólica; si estuvieran sucias o manchadas con fluidos se hará con agua y jabón (antiséptico si se dispone). Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, ya que las manos facilitan la transmisión del virus.

• Etiqueta respiratoria:

- Si tiene síntomas respiratorios debe cubrirse la boca y nariz al toser o estornudar con un pañuelo desechable y tirarlo en un contenedor de basura. Si no se tiene pañuelo de papel debe toser o estornudar sobre su brazo en el ángulo interno del codo, con el propósito de no contaminar las manos.

- Si sufre un acceso de tos inesperado y se cubre accidentalmente con la mano, evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca.

- Toda persona con síntomas respiratorios debe lavarse frecuentemente las manos porque accidentalmente puede tener contacto con secreciones o superficies contaminadas con secreciones.

- Lavarse las manos con agua y jabón, o con solución a base de alcohol, protege de igual forma y debe realizarse después de estar en contacto con secreciones respiratorias y objetos o materiales contaminados.

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Fecha de redacción: 03/06/2020 Página 4 de 7

En los casos en que equipos de trabajo (vehículos, herramientas,…) sean utilizados por más de un trabajador, se recomienda, en la medida de lo posible, la desinfección y limpieza por métodos efectivos y apropiados para cada equipo (aplicación de métodos profesionales, limpieza con productos desinfectantes,…) tras cada uso o turno, haciendo hincapié en aquellas superficies de contacto frecuente como pomos de puertas, barandillas, botones etc. Los detergentes habituales son suficientes.

El uso de mascarillas será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros entre el trabajador y el cliente o entre los propios trabajadores. Todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de los equipos de protección.

3.2 Organización del trabajo

Estas medidas han de adoptarse siempre en atención a las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, y deben tener como objetivo la protección frente al contagio de trabajadores sanos y frenar en lo posible los contagios a nivel de la población en general.

El objetivo es organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona.

Entre estas medidas, de carácter excepcional y temporal, recomendadas pero no obligatorias, y aplicables siempre que sea posible para un correcto funcionamiento de la empresa, pueden estar las siguientes:

- La reducción del número de reuniones presenciales de trabajo a las estrictamente necesarias y reducción del número de asistentes a dichas reuniones.

- Eliminar o reducir al mínimo necesario la atención personal a clientes. En aquellos establecimientos abiertos al público se atenderá a las siguientes consideraciones:

• El aforo máximo deberá permitir cumplir con las medidas extraordinarias dictadas por las autoridades sanitarias, concretamente con el requisito de distancias de seguridad.

• Cuando sea posible, se fomentará la habilitación de mecanismos de control de acceso en las entradas de los locales. Este control de acceso debe garantizar el cumplimiento estricto del aforo máximo calculado para esta situación extraordinaria.

• Cuando sea de aplicación, se establecerán medidas para organizar a los clientes que permanezcan en el exterior del establecimiento en espera de acceder a él cuando lo permita el aforo. Todo el público, incluido el que espera en el exterior del establecimiento, debe guardar rigurosamente la distancia de seguridad.

• Se informará claramente a los clientes sobre las medidas organizativas y sobre su obligación de cooperar en su cumplimiento.

- Suspender las actividades de formación o reducir al mínimo el número de asistentes.

- Suspensión de actos promocionales, convivencias, asistencia a convenciones y ferias,…

- Fomentar el teletrabajo para aquellos puestos y trabajadores que sea posible.

- Evitar, siempre que sea factible, contactos físicos, tocar o compartir material o equipos de trabajo.

- Mantener una distancia mínima de 2 metros con cualquier persona en el centro de trabajo. En este sentido, la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios (mobiliario, estanterías, pasillos, etc.) en el centro de trabajo debe modificarse, en la medida de lo posible, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la distancias de seguridad de 2 metros

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Fecha de redacción: 03/06/2020 Página 5 de 7

- Realizar los desplazamientos de trabajo preferentemente de forma individualizada. En caso de no poder, reducir al mínimo los ocupantes del vehículo y ocupar las plazas intentando mantener las distancias de seguridad.

Estas medidas preventivas y recomendaciones cobrarán mayor importancia y relevancia cuanta mayor asistencia de trabajadores y flujo de personas tenga un centro de trabajo.

También habrá de tenerse en cuenta las disposiciones del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como las Órdenes posteriores que tienen por objeto establecer las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma en las distintas fases de desescalada, por lo que se recomienda su consulta. De forma resumida, y en lo referido a la organización del trabajo, destacamos las siguientes disposiciones:

- Implementar las medidas necesarias para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y entre estas últimas y los potenciales clientes o público que puedan concurrir en su lugar de trabajo. En este sentido, la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios (mobiliario, estanterías, pasillos, etc.) en el centro de trabajo debe modificarse, en la medida de lo posible, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad de 2 metros.

- Está permitido el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

- Suspensión de la actividad educativa presencial. Se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible.

- Contemplar posibilidades de redistribución de tareas y/o teletrabajo si fuera necesario.

- La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

En aquellos establecimientos abiertos al público se atenderá a las siguientes consideraciones:

- El aforo máximo deberá permitir cumplir con las medidas extraordinarias dictadas por las autoridades sanitarias, concretamente con el requisito de distancias de seguridad.

- Cuando sea posible, se fomentará la habilitación de mecanismos de control de acceso en las entradas de los locales. Este control de acceso debe garantizar el cumplimiento estricto del aforo máximo calculado para esta situación extraordinaria.

- Implantar barreras físicas de separación: uso de interfonos, ventanillas, mamparas de metacrilato, cortinas transparentes, etc.

- Delimitación y mantenimiento de distancia en mostradores, ventanillas de atención, etc.

- Cuando sea de aplicación, se establecerán medidas para organizar a los clientes que permanezcan en el exterior del establecimiento en espera de acceder a él cuando lo permita el aforo. Todo el público, incluido el que espera en el exterior del establecimiento, debe guardar rigurosamente la distancia de seguridad.

- Se informará claramente a los clientes sobre las medidas organizativas y sobre su obligación de cooperar en su cumplimiento.

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Fecha de redacción: 03/06/2020 Página 6 de 7

3.3 Protección de trabajadores sensibles

Se procederá a adoptar, en su caso, medidas específicas para las personas trabajadoras especialmente sensibles, que podrán ir desde la eliminación del contacto laboral persona a persona (teletrabajo,…), pasando por asignar periodos vacacionales o hasta la paralización de su actividad laboral.

Con la evidencia científica disponible a fecha 18 de mayo de 2020 (Información científica-técnica sobre el COVID-19, del Ministerio de Sanidad; ECDC; CDC), el Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables para COVID-19 las personas con enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, diabetes, insuficiencia renal crónica, inmunodepresión, cáncer en fase de tratamiento activo, enfermedad hepática crónica severa, obesidad mórbida (IMC>40), embarazo y mayores de 60 años.

Toda empresa debe comunicar a sus trabajadores que si pertenecen a alguno de estos grupos vulnerables, debe comunicarlo a fin de que la empresa informe a su Servicio de Prevención, y éste proceda a la evaluación de su puesto de trabajo.

3.4 Información a los trabajadores

Se proporcionará información a todos los trabajadores sobre medidas higiénicas básicas, como lavarse las manos con frecuencia, no compartir objetos, ventilación del centro de trabajo, y la limpieza de superficies y objetos.

La información y la formación son fundamentales para poder implantar medidas organizativas, de higiene y técnicas entre el personal trabajador en una circunstancia tan particular como la actual. Se debe garantizar que todo el personal cuenta con una información y formación específica y actualizada sobre las medidas específicas que se implanten. Se potenciará el uso de carteles y señalización que fomente las medidas de higiene y prevención. Es importante subrayar la importancia de ir adaptando la información y la formación en función de las medidas que vaya actualizando el Ministerio de Sanidad, para lo cual se requiere un seguimiento continuo de las mismas.

Igualmente, se proporcionará información sobre la forma de actuar en caso de presentar uno mismo o algún compañero síntomas de la enfermedad. Éstas, de forma básica y general, serán:

- Si presento síntomas antes de acudir al trabajo: las personas que presenten alguno de los siguientes síntomas respiratorios (fiebre, tos y sensación de falta de aire) y vivan o hayan estado en los 14 días previos en una zona de transmisión comunitaria, o hayan tenido contacto estrecho en los 14 días previos con una persona que sea un caso probable o confirmado, deberán quedarse en su domicilio y contactar con los servicios de salud telefónicamente llamando al teléfono habilitado de tu Comunidad Autónoma (ver anexos).

- Si presento síntomas en el trabajo: las personas que presenten síntomas con las condiciones indicadas en el párrafo anterior y estén en su centro de trabajo, deberán abandonar inmediatamente el mismo (a ser posible con mascarilla quirúrjica), acudir a su domicilio y contactar telefónicamente con los servicios de salud. Nunca se permitirá que una persona sintomática y que se sospeche pueda estar infectada, permanezca en el centro de trabajo ni acuda de nuevo hasta que esté descartado su contagio.

4. INCAPACIDAD TEMPORAL Desde Coinse, como Servicio de Prevención Ajeno de Riesgos Laborales, tenemos la obligación de colaborar con el Ministerio de Sanidad en todo lo referente a la exposición al coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19) en el ámbito laboral.

Según el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente al nuevo coronavirus (SARS-CoV-2) del Ministerio de Sanidad, el servicio sanitario de Coinse debe elaborar

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Fecha de redacción: 03/06/2020 Página 7 de 7

informes para que quede acreditada la indicación de Incapacidad Temporal, con el fin de facilitar a los Servicios de Atención Primaria su tramitación.

Por ello, las empresas que pueden abrir y ofrecer sus servicios, tienen que ponerse en contacto con nosotros de forma inmediata en los siguientes supuestos:

1) Las personas trabajadoras con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2, sin posibilidad de adaptación del puesto de trabajo, protección adecuada que evite el contagio o reubicación en otro puesto exento de riesgo de exposición al SARS-CoV-2. Para ello, informar a todos los trabajadores de los casos en los que se considera trabajador de especial sensibilidad. En este caso, cuando se produzcan cambios en la evidencia científica disponible, en las condiciones de trabajo o en las medidas preventivas que hagan innecesaria la IT, el servicio de prevención debe reevaluar con los nuevos criterios o datos, los informes de indicación de IT emitidos que puedan verse afectados y facilitar su resultado, por la misma vía, a los servicios de atención primaria.

2) Los casos sospechosos o confirmados y los contactos estrechos de casos confirmados ocurridos en la empresa. Así como los casos confirmados para los que le sea requerido por la autoridad sanitaria.

Por último, se recomienda facilitar a todos los trabajadores la información incluida en los anexos, generada por la Administración Pública competente, insistiendo en que la misma está en continua revisión y actualización.

En Jerez de la Frontera, a 3 de junio de 2020.

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Información de Prevención sobre la exposición al nuevo Coronavirus

Anexos

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1

SECRETARIA GENERAL DE SANIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD

PÚBLICA, CALIDAD E INNOVACIÓN

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL NUEVO CORONAVIRUS (COVID-19)

23 mayo 2020

¿QUÉ ES EL CORONAVIRUS SARS-COV2?

Los coronavirus son una amplia familia de virus que pueden causar infección en los seres humanos y en

una variedad de animales, incluyendo aves y mamíferos como camellos, gatos y murciélagos. Se trata de

una enfermedad zoonótica, lo que significa que en ocasiones pueden transmitirse de los animales a las

personas.

El nuevo coronavirus SARS-CoV-2 es un nuevo tipo de coronavirus, que afecta a los humanos y se

transmite de persona a persona. Aún hay muchas cuestiones que se desconocen en relación al virus y a

la enfermedad que produce: COVID-19. Según se avanza en el conocimiento, se van actualizando las

recomendaciones.

¿CUÁLES SON LOS SÍNTOMAS DE LA COVID-19?

Los síntomas más comunes incluyen fiebre, tos y sensación de falta de aire. En algunos casos también

puede haber disminución del olfato y del gusto, escalofríos, dolor de garganta, dolores musculares,

dolor de cabeza, debilidad general, diarrea o vómitos.

La mayoría de los casos son leves. En casos más graves, la infección puede causar neumonía, dificultad

importante para respirar, fallo renal e incluso la muerte. Los casos más graves generalmente ocurren en

personas de edad avanzada o que padecen alguna enfermedad crónica, como enfermedades del

corazón, del pulmón o inmunodeficiencias.

¿CUÁLES SON LOS GRUPOS VULNERABLES?

Los principales grupos vulnerables son los mayores de 60 años, y aquellas personas diagnosticadas de

hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas,

cáncer, inmunodeficiencias, y embarazadas por el principio de precaución.

También se consideran más vulnerables las personas que viven o trabajan en instituciones cerradas, con

especial atención a las personas mayores que viven en residencias. Otras personas, como las que fuman

o las que tiene obesidad, también parecen tener mayor riesgo de tener una enfermedad grave.

¿CÓMO SE TRANSMITE EL CORONAVIRUS SARS-COV2?

Se transmite por contacto directo con las gotas respiratorias que se emiten con la tos o el estornudo de

una persona enferma. Su contagiosidad depende de la cantidad del virus en las vías respiratorias. Estas

gotas infectan a otra persona a través de la nariz, los ojos o la boca directamente. También pueden

infectar al tocar la nariz, ojos o boca con las manos que han tocado superficies contaminadas por estas

gotas. Parece poco probable la transmisión por el aire a distancias mayores de 2 metros.

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2

SECRETARIA GENERAL DE SANIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD

PÚBLICA, CALIDAD E INNOVACIÓN

La mayoría de las personas adquieren COVID-19 de otras personas con síntomas. Sin embargo, cada vez

hay más evidencia del papel que tienen en la transmisión del virus las personas antes del desarrollo de

síntomas o con síntomas leves.

¿CUÁL ES LA SITUACIÓN EN ESPAÑA?

Actualmente la transmisión en el país ha descendido. Las autoridades sanitarias realizan una vigilancia continua de la situación epidemiológica para establecer las medidas de control necesarias de forma precoz adaptadas a la situación.

Se puede consultar la situación actualizada en el siguiente enlace: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/situacionActual.htm

¿EXISTE UN TRATAMIENTO PARA LA COVID-19?

No existe un tratamiento específico, pero en los casos indicados se están empleando algunos antivirales

y otros medicamentos que han demostrado cierta eficacia según algunos estudios. Sí existen muchas

opciones terapéuticas para el control de sus síntomas, por lo que la asistencia sanitaria mejora el

pronóstico.

Al ser una infección producida por virus, los antibióticos NO deben ser utilizados como medio de

prevención o tratamiento. Sin embargo, es posible que a los pacientes con COVID-19 se les administre

por indicación médica antibióticos porque podrían padecer coinfecciones provocadas por bacterias.

¿QUÉ PUEDO HACER PARA PROTEGERME Y PROTEGER A LOS DEMÁS?

Las medidas genéricas de protección individual frente a enfermedades respiratorias incluyen:

- Realizar una higiene de manos frecuente (lavado con agua y jabón o soluciones alcohólicas)

- Al toser o estornudar, cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado.

- Usar pañuelos desechables, tirarlos tras su uso y lavarse las manos inmediatamente después.

- Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca, ya que las manos facilitan la transmisión.

- Mantener una distancia física de seguridad de 2 metros de otras personas.

- Tener precaución con las superficies que más se tocan y limpiarlas con regularidad.

- Utilizar mascarilla:

o Su uso es obligatorio en el transporte público y cuando no sea posible mantener la

distancia de seguridad en la vía pública, en espacios al aire libre, espacios cerrados de

uso público o abiertos al público.

o Es obligatorio para todas las personas a partir de los 6 años, salvo las excepciones:

dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla, motivo de

salud que contraindique su uso debidamente justificados, personas con discapacidad o

situación de dependencia que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable

su utilización, o en actividades en las que resulte incompatible el uso de la mascarilla o

por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

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3

SECRETARIA GENERAL DE SANIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD

PÚBLICA, CALIDAD E INNOVACIÓN

- Si se presentan síntomas, la persona debe aislarse en una habitación y seguir las

recomendaciones del apartado de este documento sobre ¿Qué tengo que hacer si tengo

síntomas?

Se puede consultar más información sobre cada recomendación en el siguiente enlace:

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/ciudadania.htm

No hay que tomar precauciones especiales con los animales en España, ni con los alimentos, para evitar

esta infección.

¿QUÉ MEDIDAS DE CONTROL SE ESTÁN TOMANDO?

Desde el 14 de marzo se ha declarado el estado de alarma en todo el territorio español, por lo que se

están tomando medidas para hacer frente a esta situación grave y excepcional, con el objetivo de

proteger la salud de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de

salud pública. Consulta fuentes oficiales para mantenerte al día de la situación y de las diferentes

medidas en cada territorio.

¿QUÉ TENGO QUE HACER SI TENGO SÍNTOMAS?

Las personas que presenten fiebre o tos, deberán quedarse en su domicilio, aislarse en una habitación y

contactar con los servicios de salud telefónicamente llamando a su centro de salud o al teléfono

habilitado de su Comunidad Autónoma, que se pueden consultar en:

http://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/telefonos.htm

Se puede consultar cómo realizar el aislamiento domiciliario en el siguiente enlace:

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-

China/documentos/20.03.24_AislamientoDomiciliario_COVID19.pdf

Si se tiene sensación de falta de aire, dolor torácico, empeoramiento o sensación de gravedad por

cualquier otro síntoma, llamar al 112.

Se puede consultar cómo actuar si se tienen síntomas en este enlace:

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-

China/documentos/20200325_Decalogo_como_actuar_COVID19.pdf

¿QUÉ HAGO SI CONOZCO A ALGUIEN CON S OSPECHA DE TENER O QUE TIENE COVID-19?

Se considera contacto estrecho cuando se ha estado en contacto con una persona con síntomas

compatibles o diagnosticada de COVID-19, desde 48 horas antes del inicio de síntomas o del diagnóstico

si la persona es asintomática. Para considerar que el contacto ha sido estrecho debe haber

proporcionado cuidados o haber estado en el mismo lugar que la persona enferma a menos de 2 metros

y durante más de 15 minutos, sin las medidas de protección adecuadas.

Se debe realizar cuarentena domiciliaria durante 14 días desde el último contacto.

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4

SECRETARIA GENERAL DE SANIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD

PÚBLICA, CALIDAD E INNOVACIÓN

La cuarentena domiciliaria consiste en quedarse en el domicilio, preferentemente en una habitación,

durante 14 días desde el último contacto y no salir de casa salvo que sea imprescindible (por ej. para la

asistencia sanitaria).

Hay que restringir al máximo las salidas de la habitación y evitar el contacto con los convivientes. Si se

sale de la habitación, se debe usar mascarilla quirúrgica.

ENLACES DE INTERÉS

Para más información, se pueden consultar las siguientes fuentes oficiales.

Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/home.htm

Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC): https://www.ecdc.europa.eu/en/novel-coronavirus-china

Organización Mundial de la Salud (OMS): https://www.who.int/health-topics/coronavirus

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CORONAVIRUS

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955 545 060APP

“Salud Responde”

O a través de las webs

www.mscbs.gob.esMinisterio de Sanidad

www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyfamiliasConsejería de Salud y Familias

DE LAS LÍNEAS DE TELÉFONOS

OtrasEMERGENCIAS Sanitarias

061 / 112Evitar su uso si no se requiere asistencia sanitaria urgente¡

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Buenas prácticas en los centros de trabajo

ACTUALIZACIÓN

11 DE ABRIL

Medidas para la prevención de contagios del COVID-19

MINISTERIODE SANIDAD

GOBIERNODE ESPAÑA

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Antes de ir al trabajo

1. Si presentas cualquier sintomatología (tos, fiebre, dificultad al respirar, etc.) que pudiera estar asociada con el COVID-19 no debes acudir al trabajo y tienes que contactar con el teléfono de atención al COVID-19 de tu comunidad autónoma o con tu centro de atención primaria y seguir sus instrucciones. No debes acudir a tu puesto de trabajo hasta que te confirmen que no hay riesgo para ti o para los demás. Consulta el decálogo de cómo actuar en caso de síntomas aquí.

2. Si has estado en contacto estrecho (convivientes, familiares y personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso mientras el caso presentaba síntomas a una distancia menor de 2 metros durante un tiempo de al menos 15 minutos) o has compartido espacio sin guardar la distancia interpersonal con una persona afectada por el COVID-19, tampoco debes acudir a tu puesto de trabajo, incluso en ausencia de síntomas, por un espacio de al menos 14 días. Durante ese periodo debes realizar un seguimiento por si aparecen signos de la enfermedad.

3. Si eres vulnerable por edad, por estar embarazada o por padecer afecciones médicas anteriores (como, por ejemplo, hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodepresión) no tendrás que acudir al centro de trabajo. En caso de que no puedas realizar tus tareas a distancia, deberás contactar con tu médico para que acredite, en su caso, que efectivamente debes permanecer en una situación de aislamiento a efectos laborales y, si así fuese, se considerará una situación asimilada a accidente de trabajo para la prestación económica de incapacidad temporal.

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Desplazamientos al trabajo

1. Siempre que puedas, prioriza las opciones de movilidad que mejor garanticen la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros. Por esta razón, es preferible en esta situación el transporte individual.

2. Si vas al trabajo andando, en bicicleta o moto, no es necesario que lleves mascarilla. Guarda la distancia interpersonal cuando vayas caminando por la calle.

3. Si te tienes que desplazar en un turismo, extrema las medidas de limpieza del vehículo y evita que viaje más de una persona por cada fila de asientos manteniendo la mayor distancia posible entre los ocupantes.

4. Si coges un taxi o un VTC, solo debe viajar una persona por cada fila de asientos manteniendo la mayor distancia posible entre los ocupantes.

5. En los viajes en autobús, en transporte público o autobús de la empresa, metro o tren guarda la distancia interpersonal con tus compañeros de viaje. En el caso de los autobuses públicos, el conductor velará porque se respete la distancia interpersonal. Es recomendable usar una mascarilla higiénica, no médica, si vas en transporte público.

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En el centro de trabajo

Consulta aquí el Procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 (COVID19) del Ministerio de Sanidad.

1. Las tareas y procesos laborales deben planificarse para que los trabajadores puedan mantener la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros, tanto en la entrada y salida al centro de trabajo como durante la permanencia en el mismo.

2. Hay que asegurar que la distancia interpersonal está garantizada en las zonas comunes y, en cualquier caso, deben evitarse aglomeraciones de personal en estos puntos.

3. La reanudación de la actividad debe guiarse por el principio de minimización del riesgo. Por tanto, la reincorporación a la normalidad de aquellas actividades que comporten riesgo de aglomeración debe producirse en último lugar. En todo caso, se debe evitar la realización de actividades que impliquen aglomeraciones de personas.

4. Se debe organizar la entrada al trabajo de forma escalonada para evitar aglomeraciones en el transporte público y en la entrada a los centros de trabajo.

5. En aquellas empresas o establecimientos abiertos al público, deberán implementarse medidas para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y los clientes o público.

6. En los establecimientos abiertos al público se atenderá a las siguientes consideraciones:

• El aforo máximo deberá permitir cumplir con el requisito de distancia interpersonal.

• Cuando sea posible, se habilitarán mecanismos de control de acceso en las entradas.

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• Todo el público, incluido el que espera, debe guardar la distancia interpersonal.

• La empresa deberá facilitar equipos de protección individual cuando los riesgos no puedan evitarse o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas o procedimientos de organización del trabajo.

• Los equipos de protección individual serán adecuados a las actividades y trabajos a desarrollar.

7. La empresa debe escalonar los horarios lo máximo posible si el espacio de trabajo no permite mantener la distancia interpersonal en los turnos ordinarios, contemplando posibilidades de redistribución de tareas y/o teletrabajo.

8. Se recomienda facilitar el teletrabajo y las reuniones por teléfono o videoconferencia, especialmente si el centro de trabajo no cuenta con espacios donde los trabajadores puedan respetar la distancia interpersonal.

9. Se recomienda evitar desplazamientos de trabajo que no sean esenciales y que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia.

10. No es imprescindible usar mascarilla durante tu jornada laboral si el tipo de trabajo no lo requiere y si mantienes la distancia interpersonal.

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Medidas organizativas

1. De acuerdo con la normativa de riesgos laborales, será necesario informar al personal de forma fehaciente, actualizada y habitual de las recomendaciones sanitarias que deben seguir de forma individual.

2. Es preciso proveer al personal de los productos de higiene necesarios para poder seguir las recomendaciones individuales, adaptándose a cada actividad concreta. Con carácter general, es necesario mantener un aprovisionamiento adecuado de jabón, solución hidroalcohólica y pañuelos desechables.

3. Hay que mantener un aprovisionamiento suficiente del material de limpieza para poder acometer las tareas de higienización reforzada a diario. Entre ellos lejía y productos autorizados por el Ministerio de Sanidad para desinfectar (consúltalos aquí).

4. Es necesario contar con aprovisionamiento suficiente de material de protección, especialmente guantes y mascarillas, para el personal cuando así lo indique el servicio de prevención de riesgos laborales y, muy concretamente, el más expuesto (médicos y enfermería de empresa, personal de limpieza, personal de cara al público).

5. Se deberán adoptar medidas específicas para minimizar el riesgo de transmisión a las personas trabajadoras especialmente sensibles cuando hayan tenido que acudir al centro de trabajo.

6. Es aconsejable realizar un plan de contingencia, identificando el riesgo de exposición al virus de las diferentes actividades que se desarrollan en el centro de trabajo, adoptando medidas de protección en cada caso de acuerdo con la normativa aplicable en cada momento. Para la elaboración de ese plan deben ser consultados los delegados de prevención o los representantes de los trabajadores.

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7. Es preciso establecer protocolos en caso de que una persona trabajadora manifiesta síntomas en su puesto de trabajo, para protegerla y proteger al resto de la plantilla (seguir recomendaciones Procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 (COVID19) del Ministerio de Sanidad).

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Recomendaciones a los trabajadores

1. Cumple con todas las medidas de prevención que te indique tu empleador.

2. Mantén la distancia interpersonal (aproximadamente 2 metros).

3. Evita el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano.

4. Evita, en la medida de lo posible, utilizar equipos y dispositivos de otros trabajadores. En caso de que sea necesario, aumenta las medidas de precaución y, si puedes, desinféctalos antes de usarlo. Si no es posible, lávate las manos inmediatamente después de haberlos usado. En este enlace tienes recomendaciones de cómo hacerlo.

5. Lávate frecuentemente las manos con agua y jabón, o con una solución hidroalcohólica. Es especialmente importante lavarse después de toser o estornudar o después de tocar superficies potencialmente contaminadas. Trata de que cada lavado dure al menos 40 segundos.

6. Cúbrete la nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser y estornudar, y deséchalo a continuación a un cubo de basura que cuente con cierre. Si no dispones de pañuelos emplea la parte interna del codo para no contaminar las manos.

7. Evita tocarte los ojos, la nariz o la boca.

8. Facilita el trabajo al personal de limpieza cuando abandones tu puesto, despejando lo máximo posible.

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9. Tira cualquier desecho de higiene personal -especialmente, los pañuelos desechables- de forma inmediata a las papeleras o contenedores habilitados.

10. Si empiezas a notar síntomas, avisa a tus compañeros y superiores, extrema las precauciones tanto de distanciamiento social como de higiene mientras estés en el puesto de trabajo y contacta de inmediato con el servicio de prevención de riesgos laborales de tu empresa, tu médico de atención primaria o con el teléfono de atención al COVID-19 de tu comunidad autónoma.

Medidas de higiene en el centro de trabajo

1. Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y por espacio de cinco minutos.

2. Es recomendable reforzar la limpieza de los filtros de aire y aumentar el nivel de ventilación de los sistemas de climatización para renovar el aire de manera más habitual.

3. Es conveniente reforzar las tareas de limpieza en todas las estancias, con especial incidencia en superficies, especialmente aquellas que se tocan con más frecuencia como ventanas o pomos de puertas, así como todos los aparatos de uso habitual por los empleados, desde mandos de maquinaria a mesas y ordenadores.

4. Es necesario limpiar el área de trabajo usada por un empleado en cada cambio de turno.

5. Los detergentes habituales son suficientes, aunque también se pueden contemplar la incorporación de lejía u otros productos desinfectantes a las rutinas de limpieza, siempre en condiciones de seguridad.

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6. En todo caso, se debe asegurar una correcta protección del personal encargado de la limpieza. Todas las tareas deben realizarse con mascarilla y guantes de un solo uso.

7. Una vez finalizada la limpieza, y tras despojarse de guantes y mascarilla, es necesario que el personal de limpieza realice una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos.

8. En caso de los uniformes de trabajo o similares, serán embolsados y cerrados, y se trasladarán hasta el punto donde se haga su lavado habitual, recomendándose un lavado con un ciclo completo a una temperatura de entre 60 y 90 grados.

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Gestión de los residuos en los centros de trabajo

1. La gestión de los residuos ordinarios continuará realizándose del modo habitual, respetando los protocolos de separación de residuos.

2. Se recomienda que los pañuelos desechables que el personal emplee para el secado de manos o para el cumplimiento de la “etiqueta respiratoria” sean desechados en papeleras o contenedores protegidos con tapa y, a ser posible, accionados por pedal.

3. Todo material de higiene personal (mascarillas, guantes de látex, etc.) debe depositarse en la fracción resto (agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas).

4. En caso de que un trabajador presente síntomas mientras se encuentre en su puesto de trabajo, será preciso aislar el contenedor donde haya depositado pañuelos u otros productos usados. Esa bolsa de basura deberá ser extraída y colocada en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su depósito en la fracción resto.

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Después de ir al trabajo

1. Los trabajadores deberán cuidar las distancias y las medidas de prevención de contagios e higiene en el hogar, máxime si conviven con personas de grupos de riesgo.

El Ministerio de Sanidad recomienda cumplir estrictamente lo establecido en esta guía, que contiene un recordatorio de las principales obligaciones previstas en la normativa vigente, junto a sugerencias que son igualmente importantes para prevenir los contagios y luchar así contra el COVID-19.

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MINISTERIODE SANIDAD

GOBIERNODE ESPAÑA

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Recomendaciones para el aislamiento domiciliario en casos leves de COVID-19

Estas son las recomendaciones que se deben seguir si se está en aislamiento domiciliario por ser un caso leve de COVID-19. Lea atentamente estas recomendaciones y pregunte (telefónicamente) cualquier duda. Sus familiares y convivientes deben recibir también la información.

Lugar de aislamiento (debe disponer de teléfono en la habitación)

Quédese en su casa, evite salir de la habitación, manteniéndola ventilada y con la puerta cerrada.

Utilice su propio baño; si lo comparte, debe desinfectarse antes de que lo usen otros.

Evite distancias menores de 2 metros de los convivientes.

Tenga en la habitación productos de higiene de manos.

Evite visitas a su domicilio. Si necesita ayuda con las compras, se las pueden dejar en la puerta.

Tenga un cubo de basura de pedal en la habitación.

Los productos de desecho deben tirarse en la bolsa de plástico colocada dentro del cubo de basura. Anúdela bien antes de tirarla.

Tápese al toser y estornudar con un pañuelo de papel

Tire el pañuelo en la papelera

Lávese las manos con agua y jabón

No comparta utensilios personales como toallas, vasos, platos, cubiertos y cepillo de dientes

Póngase la mascarilla si sale a espacios comunes o entra alguien en la habitación, mantenga la distancia y lávese las manos al salir

Lave las manos si entra en contacto, aunque haya usado guantes

Prevenir el contagio

Persona cuidadora

La persona cuidadora no debe tener factores de riesgo de complicaciones, y debe realizar autovigilancia de los síntomas

Guantes para cualquier contacto con secreciones

Lave la ropa a 60-90º y séquela bien

Limpieza

Use lavavajillas o friegue con agua caliente

No sacudir la ropa, meterla en bolsa hermética. Lavarse siempre las manos después de tocar la ropa

Si nota empeoramiento comuníquelo a su profesional de referencia o al 112. Si algún conviviente o cuidador presenta síntomas no acuda a un centro sanitario y llame al teléfono habilitado por su Comunidad Autónoma.

11 abril 2020

BOLSA 1 en la habitación, que se cierra y se introduce en la BOLSA 2, donde se introducen los guantes y mascarilla del cuidador y va a la BOLSA 3 que va al contenedor de resto (ninguno de separación por reciclaje)

Comuníquese por un teléfono para evitar salir de la habitación

La personas responsable de los cuidados será considerada contacto estrecho y deberá realizar cuarentena domiciliaria durante 14 días.

• Basada en la Infografía de Recomendaciones para el paciente caso en investigación o caso confirmado leve en aislamiento domiciliario. Consejería de Sanidad de Asturias. • Manejo domiciliario de casos en investigación, probables o confirmados de COVID-19. Ministerio de Sanidad. • COVID-19: self-isolation for patients undergoing testing. Public Health England.

Limpie a diario las superficies que se tocan a menudo, baño e inodoro con bayetas desechables y lejía (1 parte de lejía al 5% por 50 partes de agua). Lávese las manos al terminar

Utilice mascarilla cuando compartan espacio