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Ministerio de Educación e InnovaciónSubsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica ProfesionalDirección General Personal Docente y No Docente
Información General sobre Medicina del Trabajo
Índice de contenidos
Introducción
Instructivo para la tramitación del apto médico
Instructivo para la tramitación de la Ficha Censal
Delegaciones Administrativas
Instructivo para la Justificación de Licencias Médicas
Primeros pasos ante una ausencia por enfermedad
Solicitud de Médico a Domicilio
Justificación en Centros de Medicina del Trabajo
Información sobre Centros de Medicina del Trabajo
Solicitud de turnos para la Justificación
Documentación Obligatoria para la Justificación
Licencias Médicas con Domicilio fuera del área de cobertura
Licencias Médicas de Salud MentalLicencias Médicas por Internación en Centros de Salud
Instructivo para la solicitud de tareas pasivas
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21
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Introducción
El siguiente material tiene como fin orientar a los Docentes en diferentes cuestiones administrativas referidas a su condición de empleados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Los derechos y obligaciones de los Docentes se encuentran especificados y pormenorizados en el Estatuto del Docente (Ordenanza N°40.593 y sus modificatorias).
Recomendamos conservar toda la documentación producida por el GCBA y cualquier otro organismo público que pueda servir como respaldo o prueba de trámites administrativos. La conservación de dichos documentos es responsabilidad exclusiva de los Docentes.
Desde la Dirección General de Personal Docente y No Docente estamos a su entera disposición, y esperamos que este material pueda ser útil.
Muchas gracias.
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El primer paso es presentarse en Paseo Colón 255 PB, en la oficina de la Gerencia de Atención al Docente (GOAD), de Lunes a Viernes de 10 a 17.00hs, con:
■DNI ■Fotocopia del DNI ■Formulario “T” vigente (es la Propuesta de Designación, tiene una validez de 30 días corridos desde la fecha de su emisión, debiendo estar desempeñando el cargo al momento de presentarse).
Se le asignará un turno con la fecha en la que debe asistir a la Dirección General de Administración Medicina del Trabajo (DGAMT), situada en Amancio Alcorta 1502 (ex Hospital Rawson) a las 7.00hs, para realizar el reconocimiento médico.
1
La tramitación del Apto Médico es FUNDAMENTAL. Sin el Apto Médico emitido por la Dirección General de Administración Medicina del Trabajo (DGAMT) NO SE PODRÁ GOZAR DE NINGÚN TIPO DE LICENCIA MÉDICA. Es decir que no se podrán justificar las inasistencias laborales. Es responsabilidad del docente cumplir con este trámite.
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2 Asistir a la Dirección General de Administración Medicina del Trabajo (DGAMT), situada en Av. Amancio Alcorta 1502 (ex Hospital Rawson) el día del turno asignado, puntualmente a las 7.00 hs de la mañana con:
■DNI original y fotocopia.
■Birome.
■Ayuno de 8 horas.
■Primera orina de la mañana en envase de plástico estéril.
■Disposición o nota firmada por responsable de RRHH, indicando datos del postulante y función.
■Anteojos en caso de utilizar.
■ Los docentes de Música deben concurrir con una audiometría. Las audiometrías tienen una validez de 30 días corridos, luego de ese plazo se considerarán vencidas y no se tramitará el apto médico.
■Personas con discapacidad: concurrir con Certificado de Discapacidad vigente (*).
(*) Tendrán prioridad de atención (Ley 2982).
No concurrir acompañado de menores.
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Una vez realizado el reconocimiento médico, en el transcurso de los siguientes 90 días, la Subgerencia Operativa de Licencias Especiales, Extraordinarias y Movimientos Complementarios, dependiente de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes, remitirá al establecimiento escolar el apto médico junto con la Disposición/Resolución y anexo que avala la designación.
Una vez que el establecimiento recibe la documentación citada, deberá ser entregada al docente, quién se notificará fehacientemente de la recepción de la documentación.
El docente recibirá una copia del documento electrónico en donde figura su apto médico.
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Si pasados los 90 días desde la fecha de la tramitación del Apto, esta documentación no ha sido recibida en su
establecimiento escolar, deberá consultar a los teléfonos:
4339-7615/7910
o concurrir personalmente a Paseo Colón 255 1° piso Frente, de lunes a viernes de 10 a 16hs.
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Deberá tramitar su Certificado de Antecedentes Penales en el Registro Nacional de Reincidencias (RNR) solamente una vez que la resolución/disposición y anexo llegaron al establecimiento escolar, solicitando un turno al 0800-666-0055 de lunes a viernes de 8:00 a 19:00hs, o en www.dnrec.jus.gov.ar.
Este trámite emite es una comprobación de que usted carece de antecedente penales.
Tramitación del Certificado de Antecedentes Penales
Para obtener su Ficha Censal, luego de tramitar el Apto Médico debe realizarse la tramitación del Certificado de Antecedentes Penales.
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■ Tenga en cuenta que el trámite es personal y no requiere gestores.
■Debe seleccionarse la Sede Central (Tucumán 1357 C.A.B.A.) del Registro Nacional de Reincidencias, pues sólo en esa sede se podrá optar por el trámite Docente.
■Entre los tipo de trámite, debe optarse por el Trámite Docente, ya que permite el pago de un arancel diferenciado. Para obtener el descuento deberá presentar en el RNR un formulario que se otorgará en la Gerencia Operativa de Atención Docente (GOAD).
■Una vez iniciado el trámite, el RNR le otorgará un “Comprobante de Trámite de Antecedentes Penales”. El mismo posee un código de seguridad que le permitirá, una vez cumplido el plazo del trámite abonado, acceder al Certificado de Antecedentes Penales desde el sitio web www.dnrec.jus.gov.ar. Para ello, debe hacer click en la opción “Acceda a su certificado de Antecedentes Penales”.
Tramitación del Certificado de Antecedentes Penales
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Tramitación de la Ficha Censal
Una vez obtenidos el Apto Médico y el Certificado de Antecedentes Penales, debe solicitar turno por mail para a: [email protected], consignando en el cuerpo del mail su N° de CUIL y Apellido y Nombres. Por favor consigne en el cuerpo del mail si usted posee apto médico, constancia de designación y anexo, y certificado de antecedentes penales.
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Cuando el turno le sea asignado deberá presentarse en el día y hora indicados, en la Gerencia Operativa de Administración y Normativas (ex Apertura de Legajos), en el Palacio Lezama, situado en Av. Martín García 364 PB y dirigirse a los boxes N°9 a N°12, con la siguiente documentación:
■Disposición/ Resolución y Anexo por la cual se lo nombró en su cargo.
■Original y fotocopia del Comprobante de Trámite de Antecedentes Penales.
■Original y fotocopia del Certificados de Antecedentes Penales.
■Original y fotocopia de la Libreta de casamiento, Sentencia de Divorcio, Partida de Defunción,
o la documentación que corresponda de acuerdo a su estado civil.
■Original y fotocopia del Título habilitante o en su defecto constancia de título en trámite y
título secundario. Todos con los respectivos sellos y legalizaciones.
■Original y fotocopia de comprobantes o certificados de cursos relevantes para la función.
■Curriculum Vitae.
■ Los docentes de música e idiomas que no posean título habilitante deben concurrir además
con el certificado de idoneidad (original y fotocopia) , y título secundario si corresponde.
■Original y fotocopia del último recibo de sueldo o constancia de prestación de servicios de su escuela.
■Original y fotocopia del DNI.
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Recuerde que la asistencia a la tramitación, una vez asignado el turno, es de carácter obligatoria. La interrupción del trámite
o la falta de concurrencia al turno otorgado, por causas imputables al docente, hará que cese en el cargo y le impedirá
tomar uno nuevo.
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Durante los recesos escolares de Invierno y Verano, las Delegaciones Administrativas centralizan todos los pedidos de justificación de inasistencia laborales y toda otra cuestión administrativa.
Son una instancia fundamental, interviniendo y dando asistencia en la mayoría de los trámites docentes.
Conocer el Distrito y la Delegación correspondientes a los establecimientos en los que se presta servicio es muy importante.
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Fuentes: Ley Orgánica de Comunas Nº 1.777 del 01/09/05, límites modificados por Ley Nº 2.650 del 13/03/08. Límites de Distritos Escolares (2002) actualizados a septiembre de 2007 según modificaciones territoriales, catastrales y toponímicas de las calles. delimitantes.
AV. CÓRDOBA
AV. RIVADAVIA
IRIGOYEN
VERSALLES
AV. GENERAL PAZ
SEGUROLA
CHILEBAIGORRIA
MIRAVE
AV. COBO
PIED
RA
S
AV. CARABOBO
AV. S. M. DEL CARRIL
AV. ÁLVAREZ JO
NTE
CONDARCO
AV. DO
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ÁLVAREZ
AV. C
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AV. ESCALADA
WARNES
AV. C
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AV. LOPE DE VEGA
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AV. INDEPENDENCIA
AV. LUGONES
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AV. F. BEIRÓ
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AV. CASEROS
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NUÑEZ
SANNICOLAS
MONTSERRAT
PUERTOMADERO
LINIERS
VILLADEVOTO
VILLAPUEYRREDON
RETIRO
VILLA SOLDATI
VILLARIACHUELO
PALERMO
NUEVA POMPEYA
PARQUECHACABUCO
PARQUEAVELLANEDA
BARRACAS
BOCA
VILLAORTUZAR
PARQUECHAS
VILLAGRAL.MITRE
BALVANERA
COLEGIALESVILLAURQUIZA
COGHLAN
SAAVEDRA
SANTELMO
VILLALUGANO
MATADEROS
PARQUEPATRICIOSVILLA
LURO
BOEDO
SANCRISTOBAL CONSTITUCION
FLORESTA
FLORES
VILLAREAL
MONTECASTRO
VILLASANTARITA
CABALLITOALMAGRO
VILLADEL
PARQUE
VILLACRESPO
PATERNAL
CHACARITA
AGRONOMIA
VELEZSARSFIELD
DE 20DE 13
DE 17
LAV.
OPE DE VEGA
DE 18
DE 21
DE 19 DE 5
DE 6DE 8
DE 7
DE 2
DE 1
DE 3
DE 9
DE 10
DE 15
DE 16
DE 14
DE 12
DE 11
DE 4
AV.ESCALADA
BarriosDistritos Escolares
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Información de contacto de Distritos EscolaresDistrito Escolar Domicilio Teléfono Fijo
1º Av. Quintana 35 4811 - 1125
2º Av. Pueyrredón 630 4961 - 5971
3º Constitución 1839 4305 - 4193
4º Suárez 1131 4301 - 2503
5º Av. Montes de Oca 455 4307 - 2435
6º Humberto Primo 3187 4957 - 4351
7º Figueroa Apolinario 651 4581 - 0301
8º Av. La Plata 623 4924 - 3394
9º Güemes 4615 4774 - 8030
10º Moldes 1854 4783 - 0099
11º Carabobo 253 4631- 6290 / 4632- 3493
12º Caracas 48 4613 - 9880
13º Artigas 5951 4682 - 0295
14º Bolivia 2571 4581 - 0614
15º Carbajal 4019 4553 - 5453
16º José Cubas 3789 4502 - 2165
17º Bahía Blanca 4025 4503 - 6369
18º Av. Segurola 1104 4648 - 0415
19º Cnel. Pagola 4181 4923 - 6228
20º Fonrouge 346 4644 - 4623
21º Av. Chilavert 6090 4605 - 5965
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Información de contacto de Delegaciones Administrativas
Delegación Administrativa Domicilio Teléfono Fijo
Adultos Av. Paseo Colón 275 1° piso 4339 - 7627
Especial San Blas 2238 4582 - 1724
I Av. Córdoba 2016 4811 - 0521
II Benito Q. Martín 1649 4301 - 7626
III Av. Rivadavia 3577 4866-3252 / 4861- 2347
IV Av. Rivadavia 5161 4901 - 6358
V Lacarra 621 4674 - 0387
VI Av. J. B. Alberdi 1845 4633 - 6746
VII Bauness 2679 4523 - 6887
VIII Av. Miguel Sánchez 1338 4519 - 0433
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Recesos de invierno y verano
Recuerde que durante la época de receso de invierno o verano, todos lo trámites deben realizarse a través de la Delegación Administrativa o Supervisión correspondiente a su Área y Distrito. En caso de no poder comunicarse con los establecimientos donde presta servicio, no dude en contactarse con su Delegación Administrativa.
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Cuando se incurre en una inasistencia laboral por causas suscitadas por problemas de salud propias o de un familiar declarado a cargo, debe informarse a primera hora a los establecimientos donde se presta servicio.
■El Establecimiento o Delegación generará un Memo Médico Electrónico que será fundamental para justificar la ausencia. En caso de que por razones de fuerza mayor el establecimiento no pueda generar Memo electrónico y deba realizarlo en papel, deberá advertir al docente.
■El docente debe procurarse atención médica para él o su familiar a cargo. Es fundamental contar con certificados.
Según el estatuto docente (reglamentación art 70 e) “A los efectos del otorgamiento de esta licencia, el docente deberá presentar ante el organismo donde presta servicios una declaración jurada en la que consignará los datos de quienes integran su grupo familiar, entendiéndose por tales solamente a los padres, cónyuge e hijos que dependan de su atención”.
Licencias médicas para docentes y/o personas a cargo
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No es posible cumplimentar el trámite de justificación de licencias médicas, sin un certificado médico que acredite la
atención recibida en base a su problema o condición de salud. Indefectiblemente se debe justificar la inasistencia con un
certificado médico de su profesional tratante.
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Hay dos caminos para justificar una inasistencia por problemas de salud:
1
2
Solicitar médico laboral a domicilio únicamente en casos donde la patología impida deambular.
Obtener turno y concurrir a un Centro de Medicina del Trabajo con DNI original.
Nota: En el caso de que la escuela no haya podido tramitar el Memo Médico Electrónico por
cualquier razón de fuerza mayor (problemas de conectividad, otras licencias pendientes, etc.)
el docente deberá concurrir a los centros de medicina del trabajo con su DNI, el Memo Médico
original y el comprobante de envío (es decir una copia impresa del correo electrónico enviado
por el establecimiento en donde figure la fecha y la hora de envío).
Esta documentación deberá solicitarse en el establecimiento. Por eso es fundamental que el
docente consulte en su Secretaría si pudo o no emitirse el Memo Médico Electrónico.
Justificación de Licencias Médicas
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Solicitud de Médico Laboral a Domicilio
Es importante tener en cuenta que el Docente debe informar al establecimiento si su patología le impide deambular. Es el establecimiento quien deberá solicitar en esos casos la concurrencia del Médico Laboral a domicilio. Recuerde que este servicio no es de Asistencia Médica y sólo servirá para justificar su inasistencia laboral.
■ Si desde su establecimiento se emitió el Memo Médico en tiempo y forma, Ud. puede aguardar al médico en su domicilio mientras transcurre el período de reposo indicado por su médico personal.
■ Si el médico no llegara a concurrir mientras dure el reposo y debe reincorporarse a trabajar, usted deberá justificar la licencia presentándose en cualquiera de los Centros Atención de medicina del Trabajo con DNI.
Importante: En caso de no recibir la visita del médico laboral, no se debe solicitar la confección un nuevo Memo Médico.
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El Docente que se encuentre fuera del radio establecido para el reconocimiento médico a domicilio y no pueda
deambular, o el que estando dentro del mencionado radio, se encuentre en condiciones de reintegrarse al servicio sin
haber recibido la visita del Médico Laboral, deberá concurrir a justificar sus días de licencia médica a los Centros de Medicina
del Trabajo, el mismo día que se reintegre a sus tareas, presentando un certificado médico donde conste fecha de
atención, alta, y diagnóstico.
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Sólo se debe solicitar médico a domicilio cuando la patología informada y constatada impida deambular al agente o al familiar a su cuidado.
En cualquier otro caso se deberá concurrir a justificar la licencia, pudiendo hacerlo en cualquiera de los CEMET (Centros de Medicina del Trabajo) como también en la
DGAMT (Ex Hospital Rawson).
Los CEMET o Centros de Medicina del Trabajo son establecimientos que forman parte de la Dirección General Administración Medicina del Trabajo (DGAMT), cuya finalidad es la desconcentración de la atención de los trámites más comunes de la sede central de dicha Dirección General.Los CEMET tienen como finalidad agilizar y facilitar el trámite de justificación de licencias médicas operando de manera desconcentrada pero articulada con la DGAMT.
Los cemet no justifican cualquier tipo de licencia.
CEMET
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■ Licencia común, de corto tratamiento (Docentes Art. 70.a). ■Primer período de maternidad (Docentes Art. 70.ch). ■ Licencia por familiar enfermo (Docentes Art.70.e).
¿Qué licencias se justifican en los CEMET?
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CEMET (Centros de Medicina del Trabajo)
Servicios que brinda
Vidal Rivadavia Malabia Artigas Cruz Martín de Gainza
Vidal 1863
Rivadavia 524 3º piso- Acceso por la salida del ascensor
doblando a la izquierda of. 322
Malabia 964 Artigas 2262 Av. Cruz 4402Martín
de Gainza 1050
8 a 18 hs. 9 a 15 hs. 8 a 18 hs. 7 a 13 hs. 8 a 14 hs. 8 a 14 hs.
Justificación de licencia de corto tratamiento Sí Sí Sí Sí Sí Sí
Justificación de licencia de largo tratamiento
No No No No No No
Junta Médica No No No No No No
Salud mental No No No No No No
Solicitud de atención domiciliaria
No No No No No No
Atención médica asistencial primaria
No Si No No No No
Aptos médicos preocupacionales
No No No No No No
Primer período de maternidad Si Si Si Si Si Si
Justificación de licencia por enfermedad familiar* Sí Sí Sí Sí Sí Sí
* En estos casos, si es un memo con fecha del día debe concurrir el agente con el familiar para ser atendido por el profesional, de lo contrario solicitar médico a domicilio.
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Las Licencias por Largo Tratamiento (70b) o Licencias por Salud Mental, sólo podrán justificarse en la DGAMT (Ex Hospital Rawson) cita en Av. Amancio Alcorta 1502.
Allí también podrá solicitarse el otorgamiento de Tareas Pasivas.
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Solicitud de turnos para justificación de licencias médicas
■Para ser atendido/a deberá contar indefectiblemente con un turno asignado.
■Dicho turno debe ser solicitado antes de presentarse a justificar.
■A partir de la fecha de reintegro laboral, los agentes cuentan con 7 (siete) días hábiles para tramitar la justificación de Licencia por enfermedad y/o familiar enfermo. Luego de dicho período se considerará INJUSTIFICADO ADMINISTRATIVO.
■ Si el CEMET al que desea asistir no cuenta con disponibilidad de turnos, se deberá optar por otro centro o bien concurrir a la DGAMT. En ningún caso se debe postergar la justificación.
■El sistema de turnos otorga un “Número Identificador del Trámite” el cual será requerido en la DGAMT y en los CEMET. Debe tomarse nota del número o imprimir el comprobante del turno.
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Ud. podrá solicitar un turno:
■ Ingresando en el sitio www.mibuenosairesweb.gob.ar (no se requiere clave ni contraseña).
■ Telefónicamente:
» Desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llamando a Atención Ciudadana Tel. 147 – opción 3 y luego opción 5. (El servicio de Atención Ciudadana no brinda información referida a la justificación de las licencias, sólo otorga el turno).
» Desde la Provincia de Buenos Aires llamando al 0800 999 2727
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Documentacion obligatoria para justificación de licencias médicas
En el día y horario otorgado el turno DEBE PRESENTARSE:
1 DNI ó Cédula de Identidad. ÚNICAMENTE en el caso de que el establecimiento haya tramitado el pedido médico vía papel, deberá presentarse adicionalmente el Memo Médico Original y la constancia de envío (mail impreso en donde figuren fecha y hora de envío), que deberán retirarse en la Secretaría del establecimiento.
2 El sistema de turnos otorga un “Número Identificador del Trámite” el cual será requerido en la DGAMT y en los CEMET.
3 Certificado del médico personal asistencial y todo elemento de juicio médico (estudios, radiografías, análisis, etc.) que aporten a los efectos de justificar la licencia.
4 En Caso Licencia por Familiar: si la justificación es para el mismo día del inicio de la licencia deberá asistir con el familiar. Caso Contrario: Certificado del médico personal Asistencial y todo elementos de juicio médico (estudios, radiografías, análisis, etc.) que aporten a los efectos de justificar la licencia por Familiar. (Docentes Art.70.e)
5 En caso de justificar primer periodo de maternidad (Docentes Art.70.ch) se debe presentar certificado médico con fecha probable de parto, junto con la primera y la última ecografía.
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Para la justificación de las licencias médicas, el certificado que se presenta ante DGAMT deberá reunir los siguientes requisitos:
1 Nombre y apellido del paciente.
2 Diagnostico médico ó CIE 10 (Código Internacional de Enfermedades) ó equivalentes.
3 Tratamiento médico aconsejado (opcional).
4 Lugar y fecha de la atención.
5 Firma y sello del profesional, legible con número de matrícula y especialidad.
6 Aportar además estudios y todo elemento de juicio médico para poder determinar la licencia médica.
El certificado debe ser original.
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Una vez justificadas las inasistencias laborales:
En caso de haber recibido al Médico Laboral en su domicilio, no será necesario concurrir a DGAMT ni a los CEMET.
Una vez obtenida la justificación, es muy importante que el docente conserve la constancia de justificación original. Debe entregarse fotocopia de la misma a la Secretaría de los establecimientos donde preste funciones, apenas obtenida la Licencia Médica.
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Licencias médicas con domicilio circunstancial fuera de CABA y AMBA
Cuando el docente se encontrare fuera del área geográfica de cobertura del servicio de Médico Laboral a Domicilio (en el interior o el exterior del país, es decir fuera de CABA y AMBA) el procedimiento a seguir que para justificar las Licencias Médicas es el siguiente:
1 Llamar el Establecimiento (o a la Delegación Administrativa que correspondiere) para dar aviso y que inicie el Memo Médico Electrónico. Debe aclararse que se encuentra de viaje y en qué lugar, para poder dar aviso a DGMAT.
2 Procurarse atención médica y asegurarse que se emita un certificado que contenga TODA la información solicitada (ver información en la página siguiente). Es importante conservar todos los estudios y cualquier elemento de juicio médico.
3 Presentarse en Medicina del Trabajo apenas retornare del viaje, con el certificado con TODA la información requerida, todos los elemento de juicio médico que puedan aportarse, y toda la documentación respaldatoria, tal como: certificados de policía de la zona, pasajes de ida y vuelta, tickets de peajes, recibos por alojamiento y otros servicios a su nombre en el lugar de destino, tickets de tarjetas de crédito de carga de combustible, etc.
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Certificados médicos expedidos con domicilio fuera de CABA y AMBA
Si el agente se encuentra en un domicilio circunstancial fuera de CABA y AMBA, en caso de enfermedad personal o de un familiar deberá presentar certificados médicos con los siguientes requisitos adicionales a los contenidos en los certificados médico regulares:
■ Interior del país: En caso de internación, deberá estar firmado y sellado por el director médico de la Institución
■Exterior del país: El certificado de atención deberá estar firmado por el Consulado Argentino del país de estancia. En los casos que corresponda, con la traducción al idioma castellano.
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Recesos de invierno y verano
Recuerde que durante la época de receso de invierno o verano, todos lo trámites deben realizarse a través de la Delegación Administrativa o Supervisión correspondiente a su Área y Distrito. En caso de no poder comunicarse con los establecimientos donde presta servicio, no dude en contactarse con su Delegación Administrativa.
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Justificación de licencias médicas de salud mental
El trámite para la justificación de Licencias Médicas en el área de Salud Mental, “Licencias Médicas (C/ Certificados de Psiquiatra y/o Psicólogo)” se encuentra disponible en la sección TURNOS del sitio www.mibuenosairesweb.gob.ar o llamando al teléfono 147 en la opción 5 de la sección TURNOS. Los pedidos que podrán tramitarse por esta vía son:
■ Licencias con certificado médico especialista (psiquiatra y/o psicólogo).
■Renovación de licencias de corto tratamiento, que hayan sido OTORGADAS por el área de Salud Mental de DGAMT.
■ Licencias que hayan sido derivadas por la atención en algún CEMET.
Estas licencias se justifican UNICAMENTE en la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo, Amancio Alcorta 1502, piso 2.
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No se justifican licencias médicas de salud mental a domicilio ni en los CEMET.
La documentación que se debe presentar en la DGAMT es la siguiente:
■DNI o Cédula. ÚNICAMENTE en el caso de que el establecimiento haya tramitado el pedido médico vía papel, deberá presentarse adicionalmente el Memo Médico Original y la constancia de envío (mail impreso en donde figuren fecha y hora de envío), que deberán retirarse en la Secretaría del establecimiento
■Certificado Médico, estudios y todo elemento de juicio médico (provisto por Psicólogo o Psiquiatra)
■Número del Turno (Número de Identificación del Trámite).
La disponibilidad de los turnos es acorde a la capacidad de atención y horario del área de Salud Mental, por lo que rogamos presentarse EN EL HORARIO que indica el turno, de lo contrario, no podrán ser atendidos.
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■En caso de que erróneamente se haya solicitado medico laboral a domicilio para justificar Licencias por salud mental, y en las que el Docente presente a DGAMT un certificado médico extendido por médico psiquiatra y/o psicólogo, el médico visitador no justificará las inasistencias laborales y citará al docente a concurrir a DGAMT al día inmediato siguiente. El médico laboral entregará al docente un talón con dicha citación para que pueda concurrir sin turno, de manera excepcional.
■El prestador médico dejara asentado en el Talón ¨A¨ la citación para concurrir a la DGAMT. Los establecimientos no podrán emitir el nuevo Memo Médico a domicilio., es decir los docentes no podrán pedir nuevamente justificación a domicilio y deberán concurrir a DGAMT al día siguiente.
■ Si el agente no se presenta en la DGAMT en la fecha informada, las ausencias se considerarán injustificado administrativo.
■Quedan exceptuados aquellos empleados que se encontraran internados.
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Licencias médicas para agentes y/o personas a cargo internadas en clínicas y/u hospitales
■ El Docente deberá informar a su establecimiento, que emitirá el Memo Médico del día de inicio de su inasistencia, como es habitual.
■ El establecimiento cargará el Memo Médico asignándolo a “Consultorio / CEMET”. No lo cargará como Visita a Domicilio.
■ El establecimiento educativo deberá entregar al docente una nota en la cual consigne el nombre y el domicilio de la institución en donde permaneció internada la persona por la cual se solicito licencia médica (ya sea el propio docente o el familiar). Sin esa nota, la DGAMT no justificará las licencias solicitadas.
■ Una vez dada el alta médica al paciente por la institución en la que permaneció internado, el agente deberá solicitar turno y concurrir a Medicina del Trabajo con su DNI, nota del establecimiento en la cual se consigne el nombre y el domicilio de la institución donde la persona permaneció internada, y la epicrisis (historia clínica). La misma deberá contener nombre y apellido del paciente, fecha de ingreso y egreso del nosocomio, diagnostico, tratamiento, firma y aclaración del médico tratante.
Nota: La Ley 26.529/09 en su Artículo 14 establece que “el paciente es el titular de la historia clínica y a su simple requerimiento debe suministrarse copia de la misma autenticada por autoridad competente de la Institución asistencial”. Por otra parte el Artículo 19 de dicha Ley establece quienes se encuentran
habilitados a solicitar la historia clínica.
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En caso de que el profesional tratante establezca que el paciente (sea el docente o familiar a cargo) debiera permanecer en reposo luego del alta de la internación en su domicilio, se deberá solicitar turno y concurrir a Medicina del Trabajo una vez finalizado el reposo con:
■DNI
■ La epicrisis (historia clínica) con los requisitos descriptos en el punto anterior,
■ Todo elemento de juicio médico (estudios, radiografías, análisis, etc.) que aporten a los efectos de justificar la licencia,
■ El certificado del médico tratante en el que se establece la cantidad de días que debe guardar reposo post internación, para justificar los días de la siguiente manera:
» Días internados en base a la epicrisis presentada.
» Días en reposo en base al certificado médico presentado.
La presentación fuera de tiempo y forma será causal de la NO justificación de la licencia.
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Tareas pasivas
¿Qué son las tareas pasivas?Tal como establece el Artículo 7 Inciso D del estatuto del Docente (Ordenanza 40.593), el docente tiene derecho, una vez cumplidos los diez años de servicio en esta jurisdicción, a gozar del “cambio de función, sin merma en la retribución, cuando sea destinado a tareas auxiliares por disminución o pérdida de aptitudes”. Este procedimiento es conocido también como otorgamiento de tareas pasivas. Las tareas pasivas son otorgadas a docentes que por razones médicas no pueden desempeñar sus tareas habituales, pero que no son razones incapacitantes para el trabajo, es decir que no le permiten al docente jubilarse por invalidez.
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¿Cómo solicitar tareas pasivas?Las tareas pasivas deben ser otorgados por Medicina del Trabajo cuando esta Dirección lo considere necesario. Para ello el docente deberá comunicarse con el establecimiento donde presta servicio para que este emita Memo Médico ElectrónicoDebe solicitarse un turno en DGAMT UNICAMENTE (los CEMET no intervienen en el otorgamiento de tareas pasivas).
Concurrir el día del turno otorgado con :
■DNI.
■ En el caso de que la escuela no haya podido tramitar el Memo Médico Electrónico por cualquier razón de fuerza mayor (problemas de conectividad, otras licencias pendientes, etc.) el docente deberá concurrir a DGAMT con su DNI, el Memo Médico original y el comprobante de envío (es decir una copia impresa del correo electrónico enviado por el establecimiento en donde figure la fecha y la hora de envío).
■ El sistema de turnos otorga un “Número Identificador del Trámite” el cual será requerido en la DGAMT
■ Formulario de Tareas Pasivas, que debe ser solicitado y completado en el establecimiento donde el docente presta servicio.
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Cuando el Docente solicite la continuación o renovación de las tareas pasivas , debe concurrirse a DGAMT sin turno, el
día de finalización del período estipulado por esa Dirección, con un nuevo Formulario de Tareas Pasivas solicitado y
completado en el establecimiento. No debe solicitarse nuevo Memo Médico al establecimiento.
Una vez otorgadas las tareas pasivas, no se le otorgará al docente ningún certificado, sino que se enviará la
documentación correspondiente al establecimiento o establecimientos donde preste servicio por correo interno.