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23-3-2015 TITULO: EL AGUA ES IGUALDAD INTEGRANTES: -MERA VASQUEZ ANDY -BARRIGA DIANDERAS JUAN -JIBAJA ZEGARRA XIOMARA -MANRIQUE PAREJA GRACE DOCENTE: -ING.ALFREDO LLAJA

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23-3-2015

INTEGRANTES:

-MERA VASQUEZ ANDY-BARRIGA DIANDERAS JUAN-JIBAJA ZEGARRA XIOMARA-MANRIQUE PAREJA GRACE-PARRILLA CHOQUE CARLOS-MAMANI ACERO JONATHAN-CASTRO VALDIVIA EDUARDO

DOCENTE:-ING.ALFREDO LLAJA

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22 DE MARZO DIA MUNDIAL DEL AGUA UAP - FILIAL AREQUIPA

Tabla de contenidoINTRODUCCIÓN............................................................................................2

1. OBJETIVOS:.........................................................................................2

2. MARCO TEORICO:...............................................................................3

2.1. ¿QUÉ ES EL DERECHO AL AGUA?.....................................................3

2.1.1. EL DERECHO AL AGUA EN LA NORMATIVA INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS:..............................................................................3

2.2. ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO AL AGUA:...................3

2.3. DIFICULTADES EN ZONAS RURALES Y MARGINALES:.......................4

2.4. SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS:........................................................4

2.4.1. COBERTURA DE LOS SERVICIOS:..................................................4

2.4.2. POLITICAS DE SANEAMIENTO:......................................................5

2.4.3. COBERTURA DE AGUA POTABLE:..................................................5

2.4.4. SEGUN LA LEY 29338:..................................................................5

2.4.5. COBERTURA DE ALCANTARILLADO:..............................................6

2.4.6. OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO (ODM):.......................6

2.4.7. 1.3.6. COBERTURA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES....7

2.5. CALIDAD DEL AGUA SUMINISTRADA................................................7

2.6. OTROS INDICADORES......................................................................9

2.7. CAUSAS DE LAS FUENTES DE CONTAMINACIÓN:...........................10

3. CONCLUSIONES:...............................................................................11

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INTRODUCCIÓN

El agua es la esencia de la vida. El agua potable y el saneamiento son

indispensables para la vida y la salud, y fundamentales para la dignidad de toda

persona. Sin embargo, 884 millones de personas carecen de acceso a fuentes

mejoradas de agua potable, y 2.500 millones no disponen de servicios mejorados

de saneamiento.

Y aunque estas cifras de por sí ya revelan una situación preocupante, la realidad

es mucho peor aún, porque millones de personas pobres que viven en

asentamientos precarios simplemente no están contabilizadas en las estadísticas

nacionales.

Las causas básicas de la actual crisis del agua y el saneamiento radican en la

pobreza, las desigualdades y la disparidad en las relaciones de poder, y se ven

agravadas por los retos sociales y ambientales, como la urbanización cada vez

más rápida, el cambio climático, y la creciente contaminación y merma de los

recursos hídricos es una sustancia cuya molécula está formada por

dos átomos de hidrógeno y uno de oxígeno (H2O). Es esencial para la

supervivencia de todas las formas conocidas de vida. El término agua

generalmente se refiere a la sustancia en su estado líquido, aunque la misma

puede hallarse en su forma sólida llamada hielo, y en su

forma gaseosa denominada vapor.

El agua cubre el 71 % de la superficie de la corteza terrestre. Se localiza

principalmente en los océanos, donde se concentra el 96,5 % del agua total,

los glaciares y casquetes polares poseen el 1,74 %, los depósitos subterráneos

(acuíferos), los permafrost y los glaciares continentales suponen el 1,72 % y el

restante 0,04 % se reparte en orden decreciente entre lagos, humedad del suelo,

atmósfera, embalses, ríos y seres vivos.

1. OBJETIVOS:

El objetivo de las conferencias era que las municipalidades,

universidades e instituciones estén presentes para ayudar con los

problemas que tiene la región de Arequipa en sus fuentes de

abastecimiento de agua y formas lazos ya que todos están involucrados

para preservar este primordial elemento.

Con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la conciencia ambiental para

el cuidado y conservación del agua

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Tomen conciencia en el uso y cuidado del agua, así como impulsar iniciativas

para socializar este tipo de acciones en beneficio de las familias.

2. MARCO TEORICO:

2.1. ¿QUÉ ES EL DERECHO AL AGUA?

2.1.1. EL DERECHO AL AGUA EN LA NORMATIVA INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS:

Aunque el derecho al agua no está reconocido expresamente como un

derecho humano independiente en los tratados internacionales, las normas

internacionales de derechos humanos comprenden obligaciones específicas

en relación con el acceso a agua potable. Esas obligaciones exigen a los

Estados que garanticen a todas las personas el acceso a una cantidad

suficiente de agua potable para el uso personal y doméstico, que

comprende el consumo, el saneamiento, el lavado de ropa, la preparación

de alimentos y la higiene personal y doméstica. También les exigen que

aseguren progresivamente el acceso a servicios de saneamiento

adecuados, como elemento fundamental de la dignidad humana y la vida

privada,

Pero también que protejan la calidad de los suministros y los recursos de

agua potable. Los gobiernos tienen el deber de garantizar que todo el

mundo tenga acceso a esos servicios en un plazo aceptable, para lo que

deben adoptar leyes, políticas y programas adecuados y asegurarse de que

éstos cuenten con recursos y sistemas de control adecuados.

2.2. ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO AL AGUA:

El derecho al agua entraña libertades. Estas libertades están dadas por la

protección contra cortes arbitrarios e ilegales; la prohibición de la

contaminación ilegal de los recursos hídricos; la no discriminación en el

acceso al agua potable y el saneamiento, en particular por razón de la

clasificación de la vivienda o de la tierra; la no injerencia en el acceso a los

suministros de agua existentes, especialmente las fuentes de agua

tradicionales; y la protección contra las amenazas a la seguridad personal

al acceder a agua o servicios de saneamiento fuera del hogar.

El derecho al agua entraña prestaciones. Estas prestaciones comprenden el

acceso a una cantidad mínima de agua potable para mantener la vida y la

salud; el acceso a agua potable y servicios de saneamiento durante la

detención; y la participación en la adopción de decisiones relacionadas con

el agua y el saneamiento a nivel nacional y comunitario. En su Observación

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general, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aclaró el

alcance y el contenido del derecho al agua explicando qué significa

disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para

el uso personal y doméstico.

• El suministro de agua para cada persona debe ser continuado y suficiente

para cubrir los usos personales y domésticos, que comprenden el consumo,

el lavado de ropa, la preparación de alimentos y la higiene personal y

doméstica. Otros usos domésticos del agua, como el agua para las piscinas

o la jardinería, no están incluidos en el derecho al agua.

2.3. DIFICULTADES EN ZONAS RURALES Y MARGINALES:

Los avances logrados a la fecha han estado concentrados principalmente

en las áreas urbanas, aunque todavía persisten altos déficit de cobertura

en las zonas urbano-marginales y la calidad de los servicios es deficiente

en la mayoría de los casos. El ámbito rural y las pequeñas localidades

presentan el mayor déficit tanto en cobertura como en calidad de los

servicios. A esta situación se añade el nivel de contaminación y de

afectación a otras actividades económicas, producido por las descargas de

aguas servidas sin tratamiento a los cuerpos receptores. Los gobiernos

tienen el deber de garantizar que todo el mundo tenga acceso a esos

servicios en un plazo aceptable, para lo que deben adoptar leyes, políticas

y programas adecuados y asegurarse de que éstos cuenten con recursos y

sistemas de control adecuados.

2.4. SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS:

2.4.1. COBERTURA DE LOS SERVICIOS:

La población total del Perú al año 2004 es de 27.5 millones de

habitantes, de los cuales el 71 % reside en el área urbana y el 29% en

el área rural. Se presenta la cobertura actual de servicios de agua

potable y saneamiento a nivel nacional, donde se aprecia una

cobertura de 76% de agua y 57% de servicios de saneamiento. Las

coberturas actuales, en general, todavía son bajas y constituye uno de

los principales problemas que presenta el Sector. En cuanto a la

cobertura de tratamiento de las aguas servidas, en el año 2004 se

estima en 22% a nivel nacional, es decir que las tres cuartas partes de

las aguas residuales generadas no reciben ningún tipo de tratamiento

previo a su disposición final, lo cual representa un serio problema de

contaminación al medio ambiente.

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2.4.2. POLITICAS DE SANEAMIENTO:

- Las tarifas / cuotas deben cubrir costos de operación, mantenimiento

e inversiones.

- Los subsidios deben dirigirse a los más pobres.

- Los subsidios a la inversión deben ligarse a la eficiencia en la

prestación de los servicios.

2.4.3. COBERTURA DE AGUA POTABLE:

Como se indicó, se considera incrementar la cobertura del servicio

de agua potable a través de la instalación de conexiones

domiciliarias y,

complementariamente, con piletas públicas. Para el área urbana, se

considera que las conexiones domiciliarias, como mínimo,

sostendrán los niveles actuales de cobertura, atendiéndose el

incremento vegetativo de la población.

2.4.4. SEGUN LA LEY 29338:

Artículo 1º.- El agua es un recurso natural renovable, indispensable

para la vida, vulnerable y estratégico para el desarrollo sostenible,

el mantenimiento de los sistemas y ciclos naturales que la

sustentan, y la seguridad de la Nación. Los derechos al agua y al

saneamiento disponen que toda persona tiene derecho a disponer

de suficientes cantidades de agua potable y de servicios de

saneamiento.

Artículo 2º.- Dominio y uso público sobre el agua

El agua constituye patrimonio de la Nación. El dominio sobre ella es

inalienable e imprescriptible. Es un bien de uso público y su

administración solo puede ser otorgada y ejercida en armonía con el

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bien común, la protección ambiental y el interés de la Nación. No

hay propiedad privada sobre el agua.

2.4.5. COBERTURA DE ALCANTARILLADO:

Se considera incrementar la cobertura de los servicios de saneamiento

del país,complementariamente, a través de la construcción de

letrinas. En el ámbito urbano, como mínimo, se cubrirá el crecimiento

vegetativo de la población con conexiones de alcantarillado.

En el ámbito rural, con apoyo de financiamiento externo ya

concertado, se considera incrementar los actuales niveles de

cobertura de saneamiento con letrinas, sin contemplar proyectos de

conexiones de alcantarillado.

2.4.6. OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO (ODM):

En el Cuadro siguiente se muestra que el Perú estaría atrasado en el

logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), en especial

en las áreas rurales y en los servicios de saneamiento. La posición

del Perú tampoco es muy auspiciosa en relación con otros países de

América del Sur.

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2.4.7. 1.3.6. COBERTURA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES

Se prevé un crecimiento a nivel del ámbito urbano que alcanzaría,

en el año 2015, una cobertura de 100% de tratamiento de agua

residuales, entendiéndose por esta meta que al año 2015 la

población servida con tratamiento de aguas residuales sea igual a la

población atendida en alcantarillado.

OTRAS ADM. URBANAS 6 53 100 .

2.5. CALIDAD DEL AGUA SUMINISTRADA

En el Perú, para garantizar al usuario que el agua de consumo reúne las

condiciones de calidad que exige la salud pública, se cuenta con un sistema

de vigilancia y control. Este sistema es implementado a través de

diferentes instituciones:

Control de calidad: responsabilidad del proveedor del servicio. Todas las

EPS reguladas por SUNASS cuentan con un programa de control de calidad

elaborado de acuerdo a las directivas emitidas por el regulador. Las EPS

además de mantener los controles definidos en la norma, están obligadas a

informar a la SUNASS sobre estos resultados.

Vigilancia sanitaria: responsabilidad de la autoridad sanitaria, Dirección de

Saneamiento Básico del MINSA.

Vigilancia operacional: responsabilidad del regulador, SUNASS.

La norma oficial sobre calidad del agua de consumo humano es muy

antigua (1946) y está totalmente obsoleta. Tampoco se cuenta con una

normativa aprobada para realizar los programas de vigilancia de la calidad

del agua. Ante este vacío, se toman como referencia las “Guías para la

Calidad del Agua Potable” de la OMS, pero éstas no tienen un valor legal

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que obligue a su cumplimiento. La competencia sancionadora por

incumplimiento de estas normas corresponde a la Dirección General de

Salud Ambiental (DIGESA), pero ante la ausencia de normas oficiales esta

función resulta inaplicable.

La SUNASS realiza la vigilancia operativa o fiscalización de la calidad del

agua a través de la emisión de normas que obligan a las EPS a desarrollar

programas de control de calidad, el establecimiento de los parámetros de

control de calidad, la evaluación y control de los informes periódicos que

las EPS están obligadas a remitir y supervisiones periódicas para verificar la

calidad del agua. El programa de control de calidad incluye la verificación

de una serie de parámetros físicos, químicos y bacteriológicos, entre otros.

La falta de una norma nacional de calidad del agua para consumo humano,

limita un adecuado desarrollo de estos programas, y dificulta la labor

fiscalizadora de la SUNASS, quien además no tiene facultades para

sancionar a las EPS por fallas en la calidad del agua suministrada al

usuario.

Las EPS están obligadas a llevar un control de la desinfección del agua

suministrada. Para ello, deben establecer los puntos de muestreo en la red

y el número de muestras a tomar, conforme a lo especificado en el

reglamento aprobado por la SUNASS, y a mantener un registro de los

resultados los cuales son reportados al regulador.

Según se aprecia, SEDAPAL ha logrado cumplir con la norma y lo viene

haciendo desde el año 2003. El grupo de las EPS pequeñas muestra un

comportamiento variable con mejoras y retrocesos. Una situación similar se

ve en las EPS medianas, posiblemente por la falta de recursos para

mantener operativo el programa de control de calidad. Las EPS grandes en

promedio no logran alcanzar el 100%. En el año 2007, sólo el 18% de ellas

han logrado el 100%, mientras que el 19% de las EPS medianas y el 23% de

las pequeñas alcanzaron el mínimo establecido. Se puede decir que hay

todavía una tarea pendiente para que las EPS puedan asegurar a los

usuarios que el agua que consumen sea segura.

2.6. OTROS INDICADORES

En lo que se refiere a la continuidad del servicio, sólo SEDAPAL ha logrado

un avance importante en el período 1996-2007. Los otros grupos de las

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EPS, mantienen niveles de continuidad que no han variado

considerablemente (entre 12 y 18 horas por día), resaltando siempre que

por ser promedios esconden algunas situaciones extremas. Los pocos

avances logrados en este tema se deben principalmente a los escasos

esfuerzos realizados para mejorar los sistemas operativos y disminuir los

niveles de desperdicio, producidos por la baja cobertura de micro medición

y pérdidas en redes, entre otros. SEDAPAL muestra una clara tendencia a

disminuir el agua no facturada (véase el Gráfico 5)

2.7. CAUSAS DE LAS FUENTES DE CONTAMINACIÓN:

Geología de la cuenca.

Vertimientos de Aguas Residuales municipales e industriales.

Inadecuada disposición final de los residuos sólidos.

Impactos de la actividad agrícola.

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Limitada O&M de sistemas de almacenamiento de agua.

3. CONCLUSIONES:

o El agua son indispensables para la vida y la salud, y fundamentales

para la dignidad de toda persona.

o El suministro de agua para cada persona debe ser accesible,

continuando y suficiente para cubrir los usos personales y domésticos.

o Además de ser salubre y aceptable.

o Los servicios de agua deben ser asequibles para todos, ningún

individuo o grupo debería verse privado del acceso a agua potable por

no poder pagar.

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