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Informe de Auditoria a la gestión del Área de Gestión Financiera Oficina de Control Interno

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Informe de Auditoria a la gestión del Área de Gestión Financiera

Oficina de Control Interno

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TABLA DE CONTENIDO

Pág.

I. OBJETIVO DEL INFORME 3

II. OBJETIVOS ESPECIFICOS 3

III. ALCANCE DEL INFORME 3

IV. RESPONSABILIDAD 3

V. PROCESO AUDITADO 3

VI. TÉRMINOS DEL INFORME 4

VII. ASPECTOS GENERALES 4

VIII. DESARROLLO DE LA AUDITORIA 5

IX. CONCLUSIONES DE LA AUDITORIA 63

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I. OBJETIVO DE LA AUDITORIA Evaluación a los Saldos de los Estados Financieros 2015. II. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. Verificar y analizar el movimiento contable de las Cuentas 142402,147012, 147064 y 147090; así como las conciliaciones realizadas. 2. Verificar y analizar el movimiento contable de las Cuentas 167502, 196001, 934619 y 934620; y cruzarlos con los saldos de almacén. 3. Verificar y analizar el movimiento contable de las Cuentas 271005 y 9120. 4. Producir un informe con los resultados del ejercicio auditor. III. ALCANCE DE LA AUDITORÍA El alcance se definió de enero a diciembre de 2015. IV. RESPONSABILIDAD Es responsabilidad del auditor la planeación del seguimiento y evaluación a realizar al Proceso de Gestión Financiera del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en el marco del objetivo general. La información tomada para la elaboración del presente informe y durante el ejercicio de la visita, fue proporcionada bajo la estricta responsabilidad de los funcionarios de las Áreas Financiera, de Talento Humano Administrativa y Secretaría Jurídica. Así mismo, es responsabilidad del equipo auditor producir un informe objetivo que refleje los resultados del proceso auditor, observaciones y/o recomendaciones, en cumplimento de los objetivos propuestos para la misma. V. PROCESO AUDITADO Proceso Auditado: De Soporte –Gestión Financiera

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VI. TÉRMINOS DEL INFORME Se utilizará para el presente Informe, los términos y definiciones establecidos en el Manual de Auditoría Interna (M-EM-01), los cuales deben ser tenidos en cuenta para su entendimiento y posterior formulación de los planes de mejoramiento, a saber:

No Conformidad Real – NCR: Incumplimiento de un requisito legal, técnico, de organización o cliente. Se constituye cuando existe evidencia objetiva del incumplimiento.

No Conformidad Potencial - NCP: Hecho o situación que podría generar el incumplimiento de un requisito legal, técnico, de la organización o del cliente. Se constituye como una Observación.

Oportunidad de Mejora - OM: Acción para mejorar un procedimiento, proceso o actividad. Se constituye como una Recomendación.

VII. ASPECTOS GENERALES La Oficina de Control Interno del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - DAPRE - en cumplimiento de su rol de evaluador independiente, efectuó Auditoria al Área Financiera en desarrollo del Programa Anual de Auditorías Internas 2016. Posteriormente, se remite el Plan General de Auditoria con código MEM16-00004451 / JMSC 111520 del 07 de abril de 2016, en el cual se informó el objeto de la auditoria, el alcance, las actividades, la responsabilidad del equipo de trabajo frente al proceso auditor, así como los documentos asociados al proceso que se requieren para su realización. Conforme a lo anterior, y una vez concluida la visita y evaluados los documentos solicitados durante el proceso auditor, así como los disponibles en los aplicativos de la Entidad, se presentan los siguientes resultados (Conformidades, No conformidades y Oportunidades de Mejora).

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VIII. DESARROLLO DE LA AUDITORIA

Cuenta 142402- Recursos Entregados en Administración.

EL saldo de esta cuenta a diciembre 31 de 2015 es de $10.074.488.269,40, del

cual $8.715.510.458,11 son de Fondo Paz y no se analizó toda vez que en

auditoría realizada en el mes de noviembre de 2015 al Fondo cuenta se tuvo en

cuenta este saldo; ese analizó el valor correspondiente al DAPRE por

$1.372.398.752,31.

La Oficina de Control Interno verifico los saldos a diciembre 31 de 2015 de la

cuenta 142402 Recursos Entregados en Administración, $1.358.977.811,29;

revisando puntualmente los convenios No 155-13 suscrito con el ICBF y el No

330-12 suscrito con FONADE, así:

Convenio Interadministrativo 155 del 30 de abril de 2013, cuyo objeto es el de

aunar esfuerzos para la construcción y dotación de infraestructura, para la

atención integral para la primera infancia en el marco de la Estrategia de Atención

integral De Cero a Siempre.

CONVENIO 155-2013-CON ICBF

Valor Inicial del Convenio 12.400.000.000,00

Adición 1. 6.200.000.000,00 05/09/2013

Valor Total del Convenio 18.600.000.000,00

Valor Total Girado a 31-12-2015 18.600.000.000,00

Valor Total Legalizado a 31-12-2015 17.581.359.833,21

Saldo por legalizar a dic 31-2015 1.018.640.166,79

% Legalizado/Vr Girado 94,52%

% Por legalizar/Vr Girado 5,48%

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Como se puede observar en el cuadro anterior del valor total del convenio se ha

girado el 100%, de éste valor se ha legalizado un 94,52% y queda un saldo por

legalizar a diciembre 31 de 2015 del 5,48%, esto es $1.018.640.166,79.

Movimiento 2015 - Convenio No 155-13- ICBF

Fecha Número DEBE HABER Descripción Verificación realizada el 24/04/2016

2014/12/31 3.737.429.171,57 0,00 Saldo a diciembre 31 de 2014

2015/01/26 6190115 1.528.749.205,00 0,00 Pago órdenes de pago por tipo de moneda y con medio de pago Abono en cuenta.

Cuarto desembolso CP 3346 OB 396914

2015/03/31 DAPRE-MAR31

0,00 1.329.278.335,71 Para registrar la ejecución del mes de marzo del convenio no 155-13 suscrito con el ICBF, de acuerdo con lo informado por la consejería para la primera infancia con el mem15-00004569

Desembolsos a Santa Rosa de Viterbo y AQV Villas cd Patios Norte de Santander

2015/04/30 DAPRE-ABR53

125.344,34 0,00 Para registrar la ejecución del mes de abril de 2014 del convenio suscrito con el ICBF de acuerdo con lo informado por la consejería presidencial para la primera infancia con el mem15-00006774

Reversión del consorcio Nazaret actas parciales de obra 1 al 9.

2015/04/30 DAPRE-ABR53

0,00 2.674.918.870,40 Para registrar la ejecución del mes de abril de 2014 del convenio suscrito con el ICBF de acuerdo con lo informado por la consejería presidencial para la primera infancia con el mem15-00006774

Obras CDI Astera y Mompox, Ibagué, los Patios y Santa Rosa y San Pablo de Palenque.

2015/06/24 162494615

1.471.250.795,00 0,00 Pago órdenes de pago por tipo de moneda y con medio de pago Abono en cuenta., Jun 23 2015 12:00AM, Entidad, cuenta de pago 1123

Se refiere al quinto desembolso CP 1123 OB 145615 FECHA 05-06-2015.

2015/07/31 DAPRE-JUL77

59.663.833,00 0,00 Para registrar la ejecución del mes de julio del convenio suscrito con el ICBF, de acuerdo con lo reportado por la alta consejería de la primera infancia

Mayor valor cancelado a Carlos Holmes Buenaventura - Fundación Carvajal

2015/07/31 DAPRE-JUL77

0,00 500.513.112,14 Para registrar la ejecución del mes de julio del convenio suscrito con el ICBF, de acuerdo con lo reportado por la alta consejería de la primera infancia

Ejecución de los CDI los Patios, Buenaventura y San Basilio de palenque

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2015/08/31 DAPRE-AGO62

0,00 302.405.024,00 Para registrar la ejecución del mes de agosto de 2015 del convenio suscrito con el ICBF de acuerdo con lo informado con el mem15-00012473 por la consejería presidencial para la primera infancia

Pago de interventorías del proyectos los Patios , San Basilio de Palenque y certificado de licencia de Mompox

2015/09/30 DAPRE-SEP32

128.087.260,00 0,00 Para registrar la ejecución del mes de septiembre de 2015 del convenio suscrito con el ICBF no 155/13 de acuerdo con lo informado por la consejería presidencia para la primera infancia con el mem15-00013356

Reintegro valor por concepto de estudios y diseños de santa rosa de Viterbo

2015/09/30 DAPRE-SEP32

0,00 569.931.118,00 Para registrar la ejecución del mes de septiembre de 2015 del convenio suscrito con el ICBF no 155/13 de acuerdo con lo informado por la consejería presidencia para la primera infancia con el mem15-00013356

Pagos de interventoría santa rosa de Viterbo

2015/10/30 DAPRE-OCT27

919.135.780,97 0,00 Para registrar la ejecución del mes de octubre del convenio suscrito con el ICBF según el mem15-00015401 de la consejería presidencial para la primera infancia

Reintegro obra de infraestructura Astrea cesar

2015/10/30 DAPRE-OCT27

0,00 1.657.397.920,65 Para registrar la ejecución del mes de octubre del convenio suscrito con el ICBF según el mem15-00015401 de la consejería presidencial para la primera infancia

Pagos interventoría de Uribía guajira

2015/11/30 DÁPRE-NOV34

10.911.886,00 0,00 Para efectuar el registro correspondiente a la capacidad instalada derivado del contrato 1637, informado con el mem15-00016445 de la consejería presidencial para la primera infancia

Reintegro del convenio derivado 1637

2015/11/30 DAPRE-NOV44

0,00 300.239.054,00 para registrar la ejecución del mes de noviembre de 2015 del convenio 155-13 suscrito con el ICBF, de acuerdo con lo informado con el mem15-00016447 de la consejería presidencial para la primera infancia

pago interventoría de obra - proyectos galeras sucre

2015/11/30 DAPRE-NOV44

124.652.960,70 0,00 para registrar la ejecución del mes de noviembre de 2015 del convenio 155-13 suscrito con el ICBF, de acuerdo con lo informado con el mem15-00016447 de la consejería presidencial para la primera infancia

mayor valor pagado al proyecto de Mompox - Fundación plan

2015/12/17 377590715

484.539.205,00 0,00 pago órdenes de pago por tipo de moneda y con medio de pago abono en cuenta., cuenta de pago 3103

ultimo sexto pago del proyecto CP 3103 OB 325115 fecha 15/12/2015

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2015/12/31 DAPRE-DIC20

0,00 111.221.839,89 para registrar la ejecución del mes de diciembre de 2015 del convenio suscrito con el ICBF no 155-13 de acuerdo con lo informado por consejería presidencial para la primera infancia con el mem15-00017996

pago de interventoría Comfenalco Tolima

8.464.545.441,58 7.445.905.274,79

Para el caso de este convenio de tomo una muestra aleatoria de 17

comprobantes, evidenciando que el Grupo de contabilidad mensualmente registra

los pagos efectuados con cargo a estos convenios, de acuerdo con lo informado

en el formato F-GF- 22 Ordenes de Desembolso el cual es diligenciado, firmado

y aprobado por el supervisor de este convenio. Es importante aclarar que el

seguimiento, control y revisión de los pagos realizados con cargo a estos recursos

es responsabilidad del supervisor.

El convenio No 155-13 suscrito con ICBF, finalizo el 30 de septiembre de 2015 y

a 31 de diciembre presentaba un saldo sin ejecutar de $1.018.640.166,79, para lo

cual se revisó, analizo y verifico uno a uno de los comprobantes contables

mencionados en la prueba aleatoria identificando al detalle el valor registrado en

los Estados Financieros de la Entidad y a que corresponden cada uno de ellos

según lo informado por la Alta Consejería Presidencia para la Primera infancia en

el formato de orden de desembolso, se evidencia que estos registros están

correctamente contabilizados de acuerdo al Régimen de Contabilidad Pública.

Este convenio se encuentra en proceso de liquidación.

No obstante al proceso de liquidación la Consejería solicito la mejora: NCR-0463

“Debilidades en los controles para garantizar el cumplimiento técnico de los

proyectos” para las observaciones de obra terminada o incumplimiento técnico de

requisitos de áreas mínimas requeridas, comodidad visual (iluminación),

comodidad térmica (ventilación), especificaciones de baños, así como aspectos

de accesibilidad y medios de evacuación detectados en los siguientes CDI´s. con

fecha de vencimiento de la mejora hasta el 30 06 2016 para documentar las

actividades. A la fecha de la verificación se encuentran: Santa Rosa de Viterbo,

Pivijay, Ibagué, Los Patios, Buenaventura, Chinú, Aguas de Dios, Bituima, El

Colegio y solo faltaría Villagómez.

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Convenio Interadministrativo 330 del 25 de mayo de 2012, cuyo objeto es el de

ejecutar la gerencia integral del proyecto para la implementación de componentes

de la estrategia de cero a siempre atención integral de la primera infancia a nivel

nacional, departamental, distrital y municipal a cargo del Departamento

Administrativo de la Presidencia de la República.

CONVENIO 330-2012-CON FONADE

Valor Inicial del Convenio 7.263.457.000,00

Adición 1. 236.543.000,00 16/10/2012

Adición 2. 3.395.185.500,00 10/05/2013

Valor Total del Convenio 10.895.185.500,00

Valor Total Girado a 31-12-2015 10.211.683.294,00

Valor Total Legalizado a 31-12-2015 9.871.662.098,50

Saldo por legalizar a dic 31-2015 340.021.195,50

% Legalizado/Vr Girado 96,67%

% Por legalizar/Vr Girado 3,33%

Como se puede observar en el cuadro anterior del valor total del convenio del

Valor girado, se ha legalizado un 96,67% y queda un saldo por legalizar a

diciembre 31 de 2015 del 3,33%, esto es $340.021.195,50.

Movimiento 2015 - Convenio No 330-12 – FONADE

Fecha Número DEBE HABER Descripción Verificación realizada el 16/05/2016

2014/12/31 807.429.459,50 0,00 Saldo a diciembre 31

de 2014

2015/01/30 DAPRE-ENE38

- 108.661.438

Para registrar la ejecución del mes de enero de 2015 del convenio suscrito con FONADE Nro. 330-12, según lo informado por la consejería presidencial para la primera infancia con el mem15-00002679

Se realizó la verificación los informes ejecutivos que envía FONADE y las ordenes de desembolsos de Primera Infancia, El pago corresponde a las Facturas 284, 301, 315, 316 de Gestión Urbana S.A.S y la Factura 107, 98 de Ingenieros consultores.

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2015/05/29 DAPRE-MAY42

65.024

-

para registrar la ejecución del mes de abril del convenio 330-12 suscrito con FONADE de acuerdo con lo informado en el mem15-00007706 de la consejería presidencial para la primera infancia

Se trata de un saldo de retro garantía Convial qui S.A.S. Comprobante de egreso 13987, cumple.

2015/05/29 DAPRE-MAY42

- 149.294.951

para registrar la ejecución del mes de abril del convenio 330-12 suscrito con FONADE de acuerdo con lo informado en el mem15-00007706 de la consejería presidencial para la primera infancia

El pago corresponde a Estudios y Diseños, realizados en los CDI del Colegio y Villa Gómez por Arcelec S.A. con facturas 222, 227, 230, 236, 279. Covinal qui S.A.S. Facturas 54, 55, 56, 59, 66.

2015/06/30 DAPRE-JUN74

- 61.528.198

para registrar la ejecución del mes de junio de 2015 del convenio suscrito con FONADE de acuerdo con lo informado por la consejería presidencial para la primera infancia

Reparaciones, ampliaciones y adecuaciones al Hogar Infantil de CHINCHINA, por Consor Caldas 2012. Facturas 1152, 1153, 1154, 1155.

2015/07/31 DAPRE-JUL76

- 8.159.857

para registrar la ejecución del mes de julio de 2015 del convenio suscrito con FONADE no 330 de acuerdo con lo informado por la consejería presidencial para la primera infancia

Interventoría a las ampliaciones y adecuaciones al Hogar Infantil de CHINCHINA, por Sociedad Técnica Sota Ltda. Factura 1306.

2015/08/31 DAPRE-AGO84

- 135.837.623

para registrar la ejecución del mes de agosto de 2015 del convenio no 330-12 suscrito con FONADE, de acuerdo con lo informado por la consejería presidencial para la primera infancia con el mem15-00013133/JMSC 120100

Construcción CDI Bituima, Néstor Alfonso Ortiz Bello, factura 1012. En esta factura se estima un impuesto del 4 por mil por valor de 422,775 que no se está cancelando.

2015/09/30 DAPRE-SEP71

- 3.991.222

para registrar la ejecución del mes de septiembre del convenio suscrito con FONADE no 330/12, de acuerdo con lo informado por la consejería para la primera infancia

Pago de retro garantía a DAIMCO S.A.S y se realiza un ajuste por 1 peso a Servicios Postales Nacionales.

65.024

467.473.289

Para el caso del convenio 330-12, se tomó una muestra aleatoria de 7

comprobantes, evidenciando que el Grupo de contabilidad mensualmente registra

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los pagos efectuados con cargo a este convenio, de acuerdo con lo informado en

el formato F-GF- 22 Ordenes de Desembolso el cual es diligenciado, firmado y

aprobado por el supervisor de este convenio. Es importante aclarar que el

seguimiento, control y revisión de los pagos realizados con cargo a estos recursos

es responsabilidad del supervisor.

El convenio 330 de 2012 presentaba un saldo a 31 de diciembre de 2015 de

$340.021.194,50, este convenio finalizó el 13 de noviembre de 2015. Se

revisaron, analizaron y verificaron los comprobantes contables mencionados en la

prueba aleatoria identificando el detalle, el valor registrado en los Estados

Financieros y el objeto del gasto, según lo informado por la Consejería

Presidencia para la Primera infancia, evidenciando que estos registros están

correctamente contabilizados de acuerdo al Régimen de Contabilidad Pública, en

la actualidad se encuentra en proceso de liquidación, la Consejería Presidencial

para la Primera infancia ha formulado observaciones a las obras realizadas a

los CDI, ampliaciones, adecuaciones, interventorías, costo del gravamen a los

movimientos financieros entre otros, esto se evidencio en las comunicaciones

encontradas y enviadas por la supervisora a FONADE.

Para asegurar que las actividades se realicen, mediante MEM16-00006040 de 10

05 2016, la Consejería solicito la mejora que complementa la NCR-0318 del Plan

de mejoramiento del 2014 y se establece el plazo de cumplimiento hasta el 30 de

junio de 2016: la actividad es la “1.3 Solicitar a los ejecutores que las

modificaciones técnicas y la justificación se documenten en las actas de

liquidación de los contratos y en los planos record”.

A la fecha se han revisado: Agua de Dios, Villagómez, Astrea, Buenaventura,

Pivijay, Bituima, el Colegio, Ambalema, Melgar, Bahía Solano, Espinal, Chinú,

Santa Rosa de Viterbo e Ibagué, solo falta documentar los planos record.

Adicionalmente el Grupo de Contabilidad efectúa un control en Excel

mensualmente de los saldos de cada uno de los convenios frente al saldo

reportado por la Consejería Presidencial para la Primera Infancia y efectúa la

conciliación detallada con la Consejería por cada proyecto, esta conciliación

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incluye los desembolsos realizados, la cuota de gerencia y cada uno de los

conceptos del gasto.

Cuenta 147012- Otros Deudores- Créditos a empleados.

Esta cuenta presenta un saldo a 31 de diciembre de 2015 de $238.249.073,60,

está representada por los créditos educativos otorgados a los funcionarios por los

convenios firmados con el ICETEX y que no han sido condonados, así:

DESCRIPCION Saldo en $ a 31 de Diciembre de 2015

ICETEX 131-13 $ 7,835,220.00

ICETEX 337-13 $ 27,494,250.00

ICETEX 132-14 $ 177,183,063.60

ICETEX 174-15 $ 25,736,540.00

TOTAL 147012 $ 238,249,073.60

Del saldo anterior $209.342.686,20; corresponde a créditos pendientes de

condonar y $28.906.387,00, corresponde a cartera que se encuentra al cobro.

De la cartera pendiente de condonar se encuentra el valor de $7.391.172,00, de

funcionarios que a la fecha ya no laboran en la entidad, así:

CONVENIO 132-2014

BENEFICIARIO VALOR

GARCIA CANIZALES JORGE LEONARDO 3.258.900,00

REYES TRUJILLO DAILY 4.132.272,00

TOTAL 7.391.172,00

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Se Recomienda 01, Al Área de Talento Humano tener en cuenta lo establecido

en el reglamento del ICETEX, Artículo Décimo Octavo.-Obligaciones del

Beneficiario. Literal g1.

Cartera al cobro:

Del saldo del convenio 131 de 2013, la cartera por recuperar es:

NOMBRE SALDO CONTABLE A DICIEMBRE DE 2015

CASTRO MARTIN MARIA CLARA 7.140.000,00

MARLON BLADIMIR HERRERA 695.220,00

TOTAL CARTERA 7.835.220,00

Como se puede observar en los cuadros anteriores el saldo del convenio 131-

2013, el 100% corresponde a cartera al cobro, como seguimiento a este saldo se

puedo observar que a abril 30 de 2016, se recuperó el valor de $7.437.823,00,

equivalente al 94,93%, del total adeudado a diciembre 31 de 2015, quedando a

esta fecha solo un valor de $397.397,00; de Marlon Bladimir Herrera, quien se

encuentra realizando las gestiones para cancelar este saldo y de ésta manera

poder liquidar este convenio.

Del saldo del convenio 337 de 2013, la cartera por recuperar es:

NOMBRE SALDO CONTABLE A DICIEMBRE DE 2015

OBSERVACIONES

ANGELICA MARIA RODRIGUEZ 4.253.900,00 Este valor corresponde a cartera al cobro.

JULIE CAROLINA CORTES SIERRA 7.952.000,00 Este valor corresponde a cartera al cobro.

LUISA FERNANDA CASTAÑO 4.253.900,00 Este valor corresponde a cartera al cobro.

NELLY CUBIDES MARTINEZ 1.104.600,00 Este valor corresponde a cartera al cobro.

YAMILE MARRUGO MONSALVE 1.552.250,00 Este valor corresponde a cartera al cobro.

TOTAL 19.116.650,00

1 “Si el Beneficiario se retira de la Entidad sin cumplir el tiempo de servicio y demás condiciones de condonación, deberá

cancelar la totalidad de la obligación al momento de retiro de la Entidad”.

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Como se puede observar en los cuadros anteriores del saldo total a diciembre 31

de 2015, $19.116.650,00, corresponden a cartera al cobro y $8.377.600,00,

corresponden a créditos pendientes de condonación, del seguimiento del saldo de

la cartera se puedo observar que a abril 30 de 2016, se ha recuperado cartera el

valor de $16.649.941,14; correspondiente al 87,10%, y queda un saldo de

$2.466.708,86 así:

NOMBRE SALDO CONTABLE A

ABRIL DE 2016 OBSERVACIONES

LUISA FERNANDA CASTAÑO 914.458,86 Este valor corresponde a cartera al cobro.

YAMILE MARRUGO MONSALVE 1.552.250,00 Este valor corresponde a cartera al cobro.

TOTAL 2.466.708,86

Del saldo del convenio 132 de 2014, la cartera por recuperar es:

NOMBRE SALDO CONTABLE A DICIEMBRE DE 2015 OBSERVACIONES

RAFAEL RICARDO VALENCIA ARANDA 744.644,00

Este valor corresponde a cartera al cobro.

DANIEL GERMAN RODRIGUEZ MATÍAS 1.209.873,00

Este valor corresponde a cartera al cobro.

TOTAL 1.954.517,00

Como se puede observar en los cuadros anteriores del saldo total a diciembre 31

de 2015, $1.954.517,00, corresponden a cartera al cobro y $175.228.546,60,

corresponden a créditos pendientes de condonación, del seguimiento del saldo de

la cartera se puedo observar que a abril 30 de 2016, estos se encuentran

pendientes y que corresponden a funcionarios activos.

Del saldo del convenio 174 de 2015: es:

NOMBRE SALDO CONTABLE A DICIEMBRE DE 2015

WILLIAM GEOVANNY GARCIA MUÑOZ 3.668.000,00

PEDRO FERNANDO MONTOYA PINZON 975.000,00

JHONATHAN PARRA CRUZ 1.137.500,00

MAURICIO JAVIER PERALTA GAMBOA 2.117.500,00

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MANUEL YEICO CORTES CARDENAS 2.358.000,00

MONICA PATRICIA QUINTERO 3.056.278,00

JOSE ALEXANDER HERNANDEZ CAMERO 3.830.400,00

CONSTANZA CIFUENTES MENDOZA 4.782.942,00

YAMILE ANDREA GUALTEROS 1.918.800,00

LUIS JORGE GUEVARA SUAREZ 458.520,00

DAVID AUGUSTO SALAS OROZCO 1.433.600,00

TOTAL CREDITOS APROBADOS 25.736.540,00

El Saldo a diciembre 31 de 2015 de éste convenio corresponde a créditos

pendientes de condonación y a funcionarios activos en planta.

Como conclusión de la cartera a cobro a diciembre 31 de 2015 podemos decir

que de los $28.906.387,00; a abril 30 de 2016, se ha recuperado $24.087.764,14,

equivalente al 83.33% y queda un saldo pendiente por recuperar de

$4.818.622,00.

Se Recomienda 02- Al Área de Talento Humano continuar realizando las

acciones tendientes a que el ICETEX realice la recuperación de los recursos, así

como su respectivo reintegro a la DTN, y de esta manera poder realizar la

liquidación de los Convenios.

Cuenta 147064-Otros Deudores- Pago por cuenta de terceros

(Incapacidades).

Esta cuenta presenta un saldo a 31 de diciembre de 2015 de $25.094.935,66,

está representada los saldos adeudados por las EPS por concepto de

incapacidades médicas:

DESCRIPCION – INCAPACIDADES MEDICAS Saldo en $ 31 de

Diciembre de 2015

Caja de Compensación Familiar Compensar 8.901.169,00

Positiva Compañía de Seguros 0,00

Entidad Promotora de Salud Sanitas 1.111.236,00

Entidad Promotora de Salud Famisanar 2.311.624,00

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Nueva empresa promotora de salud 5.900.554,00

Compañía Suramericana de Servicios de Salud SUSALUD 195.471,00

CAFESALUD 646.973,00

SALUDCOOP 568.274,00

Coomeva 39.025,00

Entidad Promotora de Salud Servicio Occidental de Salud S.A.SOS

53.772,00

ALIANSALUD Entidad promotora 276.045,00

Humana vivir 653.691,00

Cruz blanca 2.094.664,00

COLPENSIONES 0,00

José Alberto Piravarguen 2.332.948,66

Consorcio SAYP 2011 9.489,00

TOTAL 147064 25.094.935,66

1. Lineamientos y procedimiento de Situaciones Administrativas.

El proceso de Talento Humano estableció en los Lineamientos para el trámite

de situaciones administrativas L-TH-02, en el numeral 4.3 Incapacidades los

requisitos que los funcionarios deben tener en cuenta para el trámite de esta

situación, según los siguientes casos:

Casos Requisitos

Incapacidad

por

enfermedad

general o

profesional

Se debe radicar original de la incapacidad médica en Talento Humano dentro de los dos

(2) días hábiles siguientes a la prescripción, expedida por la respectiva E.P.S o A.R.L. a la

cual este afiliado en caso que la incapacidad sea expedida por un médico particular, el

funcionario deberá hacerla transcribir por parte de la E.P.S. correspondiente.

Tratándose de incapacidades mayores a dos (2) días se debe adjuntar copia de la historia

clínica en sobre cerrado, en los casos que se requiera con autorización expresa para el

trámite, en estricto cumplimiento de la reserva legal que ampara dicho documento. Lo

anterior por cuanto la historia clínica es el único soporte para el cobro posterior ante las

E.P.S.

Incapacidad

por licencia

de maternidad

Presentar copia del registro civil de nacimiento o copia del certificado de adopción y la

incapacidad reconocida por la EPS.

Incapacidad

por licencia

de paternidad

Presentar copia del registro civil de nacimiento y la licencia por maternidad reconocida por

la EPS a la cónyuge.

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Incapacidad

por accidente

de trabajo

Informe e incapacidad donde se indica el accidente de trabajo. El Grupo de Bienestar y

Responsabilidad Social conservará en la historia de salud ocupacional del funcionario el

Formato Único de Reporte de Accidente de Trabajo FURAT debidamente diligenciado el

día que ocurrió el accidente. En caso fortuito de imposibilidad se deberá hacer máximo el

siguiente día hábil, de no ser así debe entregar una carta donde justifique claramente

porque no lo reportó el mismo día.

Una vez revisados los Lineamientos, se Recomienda 03 al Área de Talento

Humano revisar la conveniencia de actualizar los lineamientos y especificar en

qué situación el funcionario requiere adjuntar copia de la historia clínica, lo que

evitará generar solicitudes de historias clínicas a casos que no aplicaría

adjuntarla.

Por otro lado, se revisó el Procedimiento de Trámites de Situaciones

Administrativas P-TH-03 mediante el cual se estableció el mecanismo para

gestionar y tramitar las resoluciones administrativas – laborales de los

funcionarios, identificando la documentación de los siguientes controles:

Esquema 1. Actividades de control para gestionar y tramitar resoluciones (P-TH-03)

Sin embargo, una vez revisado tanto el procedimiento P-TH-03 como los

Lineamientos L-TH-02, no especifican el paso a paso que se requiere para ejercer

un mayor y efectivo control para el trámite de las incapacidades por parte del Área

de Talento Humano.

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Lo anterior, se soporta en la prueba de recorrido y entrevistas realizadas al

personal encargado, al establecer que realizan actividades, como:

1. Registrar la incapacidad entregada por el funcionario, en el libro registro

de incapacidades.

2. Revisar la incapacidad por el funcionario designado.

3. Establecer si requiere la historia clínica, al revisar si el médico que la

expide está adscrito a la EPS del cotizante o por lo contrario, que no

pertenezca a la red de ésta.

I. Si requiere la Historia Clínica, la solicita al funcionario.

II. Si no requiere Historia Clínica, radica la incapacidad en la EPS,

de acuerdo con los procedimientos internos establecidos por las

Entidades Promotoras de Salud.

4. Gestionar y tramitar las Resoluciones como ya lo tiene documentado y

establecido en el Procedimiento (P-TH-03).

5. Gestionar ante las EPS el recobro de las incapacidades.

6. Conciliar con el Área Financiera las incapacidades reconocidas y

pagadas.

De las actividades mencionadas y validadas, se concluye lo siguiente:

Se observó que el procedimiento de situaciones administrativas P-TH-03 no

considera actividades específicas de control a las incapacidades, como se

evidenció en la prueba de recorrido y entrevistas realizadas al personal del Área

de Talento Humano al establecer que solo hace referencia a la gestión y trámite

de las resoluciones, sin especificar actividades como con quien y donde se

registra una incapacidad, la revisión de la incapacidad en original, establecer si

requiere o no la historia clínica previa revisión si el médico que la expide está

adscrito a la EPS o no, las gestiones ante la EPS para el recobro de las

incapacidades y la conciliación con el área financiera. Lo anterior podría afectar el

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cumplimiento del numeral 1.3 Componente Administración del Riesgo MECI 2014.

No Conformidad Potencial 01.

2. Diseño Prueba Selectiva Incapacidades 2015

Una vez revisados los lineamientos del proceso, se procedió a solicitar al Área de

Talento Humano la relación de las incapacidades generadas durante toda la

vigencia 2015, informando un total de 543 casos de incapacidad.

Posteriormente y de acuerdo con el Manual de Auditorías Internas M-DE-01, se

diseñó la muestra conforme el método de muestreo estadístico, indicando lo

siguiente:

Esquema 2. Resultado matriz diseño de la muestra incapacidades 2015.

Para el caso en mención, la muestra óptima a revisar es de 64 casos de

incapacidad. Definido el tamaño de la muestra, se procedió a seleccionar los

casos más representativos en duración y valor de la incapacidad hasta los de

menor valor.

Posteriormente, se establecieron los siguientes criterios para verificación in situ:

Requisitos legales aplicables por tipo de incapacidad

Registro fecha recibido de la incapacidad

Registro de las incapacidades en el Aplicativo HOMINIS

Resolución suscrita por Jefe de Talento Humano

Valor y días de la incapacidad reconocido por la Entidad

Valor proyectado para reconocimiento de la EPS o ARL

Fecha y valor pagado por la EPS a la Entidad - Recobro

Incapacidad reconocida en nómina del funcionario

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3. Resultados Prueba Selectiva Incapacidades 2015

Una vez efectuada la verificación documental in situ de los 64 casos de

incapacidad, se obtuvieron los siguientes resultados:

1. Caso de Incapacidad por enfermedad profesional2 reconocida por ARL: 3.

# C.C

#3

Registro

recibido

Hominis y

Resolución

Valor

Res.

($)

V/r

Proyectado

($)

V/r

pagado

por ARL

V/r y mes

nómina

1 19.285.627 169

12/08/2015

Incapacidad

20/06/15

al

05/12/15

Res. 2522

18/11/2015 7.743.749 6.216.062 7.832.311

7.988.128

Noviembre

2 51816063 4

Fecha

Informe ARL

02/12/15

Incapacidad

inició:

2-12-15

2703

09/12/2015 134.070 106.678 No

pagado

134.070

Diciembre

3 79232563 30 Informe de

ARl

0378

12/12/14 1.449.246 1.226.483 1.226.483

1.449.246

Diciembre

De lo anterior se pudo observar que:

a. Para el caso de la C.C. 19.285.627 se observó que el reconocimiento del

pago mediante Resolución 2522 de 18/11/2015 fue de $7.743.749 y en el

2 Ley 776 de 2002, Artículo 3º. MONTO DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL. Todo afiliado a quien se le defina una incapacidad temporal, recibirá un subsidio equivalente al cien (100%) de su salario base de cotización, calculado desde el día siguiente el que ocurrió el accidente de trabajo y hasta el momento de su rehabilitación, readaptación o curación, o de la declaración de su incapacidad permanente parcial, invalidez o su muerte. El pago se efectuará en los perlados en que el trabajador reciba regularmente su salario. Para la enfermedad profesional será el mismo subsidio calculado desde el día siguiente de iniciada la incapacidad correspondiente a una enfermedad diagnosticada como profesional. El período durante el cual se reconoce la prestación de que trata el presente artículo será hasta por ciento ochenta (180) días, que podrán ser prorrogados hasta por períodos que no superen otros ciento ochenta (180) días continuos adicionales, cuando esta prórroga se determine como necesaria para el tratamiento del afiliado, o para culminar su rehabilitación. Cumplido el período previsto en el inciso anterior y no se hubiese logrado la curación o rehabilitación del afiliado, se debe iniciar el procedimiento para determinar el estado de incapacidad permanente parcial o de invalidez. Hasta tanto no se establezca el grado de incapacidad o invalidez la ARP continuará cancelando el subsidio por incapacidad temporal. 3 Duración de la incapacidad

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comprobante de nómina del mes de noviembre se observó un pago por mayor

valor de $7.988.128, al indagar el porqué de la diferencia de $244.379, el

Área de Talento Humano informó que este caso se había tratado inicialmente

como enfermedad general, posteriormente la ARL reconoce que es por

enfermedad profesional y se efectúa Resolución 2484 del 11/11/2015

mediante la cual se establece enfermedad profesional y deroga el artículo 2

de la Resolución 1360 de 16/06/2015.

b. Para el caso de la C.C. 51.816.063 se observó que la Resolución 2703 se

suscribió el 09 de diciembre de 2015 y a la fecha de la revisión 27 de mayo de

2016, no se ha recibido el pago por parte de la ARL POSITIVA. Se

Recomienda 04 establecer mecanismos que permitan realizar gestiones

periódicas por el Área de Talento Humano frente a las Entidades Promotores

de Salud, para los respectivos pagos.

2. Casos de Incapacidad por Licencia de Maternidad: 10.

C.C #*4 Registro

recibido Resolu.

Valor

Resolu.

($)

V/r

Proyectado

($)

V/r pagado

por EPS V/r nómina

52.422.245 98 21/11/14 0371

12-12-14 11.749.894 11.698.169

Se solicitó

confirmar el

valor

pagado,

pero no se

suministró

En nómina de

Dic se

reconoció:

Nov/14

3.182.263

Y Dic/14

3.671.842

En nómina

Ene/15

3.671.842

En nómina

Feb/15

1.223.947

53.105.206 98 21/11/14 0379

12-12-14 14.015.127 13.081.942 13.083.000

En nómina de

Dic se

reconoció

Nov/14

286.023

y Dic/14

4.290.345

En nómina

Ene/15

4.290.345

Nómina Feb/15

4.290.345

4 Duración de la incapacidad

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Nómina Mar/15

858.069

52.954.551 98 06/02/15 0361

16/02/15 13.042.646 11.697.934

Reconocido 11.697.934

En nómina de

Feb se

reconoció

Ene/15

3.061.029

Y Feb/15

3.992.647

Nómina Mar/15

3.992.647

Nómina Abr/15

1.996.323

52.710.862 98 16/04/15 0861

16/04/15 22.503.117 22.503.117 22.504.134

En nómina de

Abr se

reconoció

Mar/15

918.495

Y Abr/15

6.888.709

Nómina May/15

7.118.333

Nómina Jun/15

6.888.709

Nómina Jul/15

688.871

52.800.698 98 11/12/15 0097

15/01/16 27.580.631 24.939.778

Pendiente

confirmar el

valor

En nómina de

Ene se

reconoció

Dic/15

5.971.064

y Ene/16

8.530.092

Nómina Feb/16

8.530.092

Nómina Mar/16

4.549.382

52.916.888 98 11/12/15 2752

14/12/15 4.339.355 3.604.580 No pagado

Nómina Dic/15

1.239.816

Nómina Ene/16

1.328.374

Nómina Feb/16

1.328.374

Nómina Mar/16

442.791

52.906.513 98

15/01/16

licencia

inició el

9/12/15

2767

15/12/15 6.655.808 6.022.619 No pagado

Nómina Dic/15

1.509.565

Nómina Ene/16

2.058.497

Nómina Feb/16

2.058.497

Nómina Mar/16

1.029.249

52.492.211 98 28/12/15 0303 9.101.911 8.578.234

Reconocido 8.578.234

En nómina de

Feb se

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18/02/16 reconoció

Dic/15

1.219.844

Ene/16

2.815.024

Y Feb/16

2.815.024

Nómina Mar/16

2.252.019

1.069.737.

165 98 07/01/16

0302

18/02/16 4.332.544 3.537.800

Reconocido 3.537.800

En nómina de

Feb se

reconoció

Dic/15

893.308

Ene/16

1.339.962

Y Feb/16

1.339.962

Nómina Mar/16

759.312

38.141.499 98 03/12/15 0952

17/05/16 24.474.417 22.947.577 No pagado

En Nómina de

May.

24.474.217

De lo anterior se observó:

a. Para el caso de la C.C 52.710.862 se observó que mediante Resolución

0861 del 16/04/15 se reconoció el valor de $22.503.117 y el valor

proyectado para la EPS fueron los mismos $22.503.117, al indagar acerca

de esta situación con el Área de Talento Humano se determinó que la

funcionaria ingresó a la Entidad el 01/10/2014 y al momento que inició la

licencia de maternidad 28/03/15, no cumplía con el tiempo mínimo para las

doceavas. Así mismo, se observó que en este caso la EPS pagó a la

Entidad el valor de la incapacidad el día 9 de abril de 2015, anterior a la

radicación de la incapacidad por parte de la funcionaria el 19 de abril de

2015. De lo anterior, se observó que el trámite se realizó en los términos

establecidos.

b. Para el caso de la C.C. 52.800.698 se observó que la incapacidad por

licencia de maternidad fue radicada el 11/12/15 y la Resolución 0097 se

suscribió un mes después, el 15 de enero de 2016. Al indagar acerca de

esta situación se validó con el Área de Talento Humano que la funcionaria

tardó en presentar la historia clínica, la cual fue solicitada por CAFESALUD

para efectuar la transcripción de la misma.

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c. Para los casos de la C.C. 52.800.698 y C.C. 52.422.245 al indagar acerca

del recobro y valor reconocido por la EPS se informó que la EPS ya había

reconocido la licencia, pero no se pudo validar el monto pagado por la

EPS. Se Recomienda 05 establecer un mecanismo que permita controlar

la información de recobro y montos pagados por la EPS para cada caso de

licencia y/o incapacidad, lo que permitirá coherencia y confiabilidad en la

información, agilidad para posteriores consultas, reportes y evaluaciones.

d. No se generaron las resoluciones de reconocimiento a las incapacidades,

una vez el funcionario informó al Área de Talento Humano sobre la

expedición de la licencia y/o incapacidad, afectando la conciliación mensual

contable de la Entidad por cuanto se generaron diferencias significativas de

tiempo entre el reporte y el pago de la incapacidad, como se evidenció en

los siguientes casos:

I. Para el caso de la C.C. 1.069.737.165 se observó que la incapacidad

se reportó al Área de Talento Humano el 07/01/2016, y 41 días

después mediante Resolución 0302 del 18 de febrero de 2016 se

estableció que el valor reconocido por la EPS fue de $3.537.800=, lo

que indica que la Resolución se suscribió posterior al pago de la EPS y

no, cuando se informó de la incapacidad. CONTABILIZADA EN

FEBRERO

II. Para el caso de la C.C. 52.492.211 se observó que la incapacidad se

reportó al Área de Talento Humano el 28/12/2015, y 50 días después

mediante Resolución 0303 del 18 de febrero de 2016 se estableció que

el valor reconocido por la EPS fue de $ 8.578.234 =, lo que indica que

la Resolución se suscribió posterior al pago de la EPS y no, cuando se

informó de la incapacidad.

III. Para el caso de la C.C. 67.030.946 la incapacidad se reportó al Área de

Talento Humano el 05 de octubre de 2015, y 100 días después

mediante Resolución 0074 del 15 de enero de 2016, se estableció que

el valor reconocido por la EPS fue de $ 4.747.704 =, lo que indica que

la Resolución se suscribió posterior al pago de la EPS y no, cuando se

informó de la incapacidad.

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25

IV. Para el caso de la C.C. 38.141.499 se observó que la incapacidad se

reportó al Área de Talento Humano el 03/12/2015, y 164 días después

mediante Resolución 0952 del 17 de mayo de 2016 se estableció que

el valor proyectado a ser reconocido por la EPS es de $ 22.947.577 =.

Incumpliendo lo establecido en el Régimen de Contabilidad Publica Libro I, Título

I, Sección VII-Principios, Código Interno &0119-Devengo o Causación5. No

Conformidad Real 01.

3. Casos de Incapacidad por Enfermedad No Profesional6: 437

# C.C

funcionario #8

Registro

recibido Resolución

($)

Resolu.

($)

Proyec-

tado

V/r

pagado

por EPS

V/r

Nómina

1 52741256 3 22/01/2015 0283

06/02/2015 36.924 33.068 43.222

Nómina

Feb.

36.924

2 79589623 3 27/08/2015 1967

31/08/2015 219.087 204.363

No

pagado

Nómina

Sep.

219.087

3 52990504 3 24/09/2015 Sin Resol No

pagado

4 1019018291 3 27/11/2015 Sin Resol No

pagado

5 1012382215 4 05/10/2015 2459

10/11/2015 57.088

42.956

Reconocido 42.956

Nómina

Nov.

57.088

6 52741256 4 21/10/2015 2742

14/12/2015 189.316 172.000

Reconocido 172.000

Nómina

Dic.

189.316

7 79505983 5 31/12/2015 Sin Resol No

pagado

8 52741256 5 02/06/2015 1367

16/06/2015 234.572 214.959 200.058

Nómina

Jun.

234.572

5 “Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que se sucedan, con

independencia del instante en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se derive de éstos” 6 De conformidad con el parágrafo 1° del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999, modificado por el artículo 1° del Decreto 2943 del 17 de diciembre de 2013: "En el sistema General de Seguridad Social en salud serán a cargo de los respectivos empleadores las prestaciones económicas correspondientes a los dos (2) primeros días de incapacidad originada por enfermedad general y de las Entidades Promotoras de Salud a partir del tercer (3) día y, de conformidad con la normatividad vigente. En el sistema General de Riesgos Laborales las Administradoras de Riesgos Laborales reconocerán las incapacidades temporales desde el día siguiente de ocurrido el accidente de trabajo o la enfermedad diagnosticada como laboral. Lo anterior tanto en el sector público como en el privado". 7 Es importante resaltar que se revisaron 51 casos de incapacidad, pero se presentan resumidos en 43 casos, dado que fueron prórrogas de casos ya identificados. 8 Duración de la incapacidad

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26

9 52218192 5 25/05/2015

09/06/2015

1357

16/06/2015 134.190 122.911 117.179

Nómina

Jun.

134.490

10 19285627 8 11/12/2014 0368

12/12/2014 176.004 140.575

No

pagado

Nómina

Dic.

176.004

11 93338938 8

No se encontró

en el libro

registro de

incapacidades.

La licencia de

paternidad es de

enero

0545

10/03/2015 1.013.532 954.933

Reconocido 954.933

Nómina

Mar.

1.013.532

12 93398051 8

No se encontró

en el libro

registro de

incapacidades,

Por vacaciones

0703

26/03/2015 1.918.759 1.789.864 No

pagado

Nómina

Mar.

1.918.759

13 79050433 8

15/12/2015* Se

relacionan 6

días en la

minuta de

incapacidad des

y son 08 días.

Sin Resol No

pagado

14 7918673 10 09/12/2014 Res. 0366

12/12/2014 1.772.172 1.538.438 ok

La cartera

de 2014,

al día.

15 79589623 10 10/09/2015 2261

13/10/2015 2.190.866 2.043.626 No

pagado

Nómina

Oct.

2.190.866

16 52050712 10 13/10/2015 2401

04/11/2015 404.462 377.245

Reconocido 377.245

Nómina

Nov.

1.918.759

17 80166244 8 21/12/2015

0705

15/04/2016

2.586.950 2.318.003

Reconocido 2.318.003

Nómina

Abr.

2.586.950

18 79505893 12 17/12/2015 Sin Resol No

pagado

19 19346135 14 19/02/2015 0476

02/03/2015 2.459.260 2.201.020

No

pagado

Nómina

Mar.

2.459.260

20 79372663 14 09/12/2015 Sin Resol No

pagado

21 79372663 14 21/12/2015 Sin Resol No

pagado

22 79490196 15 27/03/2015

08/04/2015

0758

01/04/2015 378.794 315.956

No

pagado

Nómina

Abr.

378.794

23 79972901 15 27/03/2015

08/04/2015

0757

01/04/2015 568.269 508.898

No

pagado

Nómina

Abr.

568.269

24 52827367 15 09/04/2015 0833 1.702.658 1.599.573 No

pagado

Nómina

Abr.

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14/04/2015 1.702.658

25 67030946 15 28/05/2015 1115

14/05/2015 1.105.776 1.034.532 No

pagado

Nómina

May.

1.105.776

26 19346135 16

No se encontró

en el libro

registro de

incapacidades

1143

15/05/2015 7.861.160 7.290.878

No

pagado

Nómina

May.

7.960.815

27 51961732 20 25/06/2015 1539

6/07/2015 1.643.832 1.499.180 1.577.052

Nómina

Jul.

1.643.832

28 52928942 21 18/12/2014 0088

14/01/15 2.330.228 2.091.137

No

pagado

Nómina

Ene.

2.330.228

29 52906513 21 28/05/2015 1365

16/06/2015 866.044 778.434 831.566

Nómina

Jun.

866.044

30 52233957 22 06/02/2014 0335

13/02/2015 587.284 468.583

No

pagado

Nómina

Feb.

587.284

31 42989789 24 26/12/2014 0109

16-01-2015 3.279.533 2.936.762

No

pagado

En

nómina

Ene.

1.937.906

Y Dic.

1.341.627

32 52741256 28 30/04/2015 1064

08/05/2015 1.168.334 1.068.015 938.312

En

nómina

May

1.078.462

Abr

89.872

33 67030946 57 05/10/2015 0074

15/01/2016 5.089.191

4.747.704

Reconocido 4.747.704 5.089.191

34 21068467 30 21/01/2015 0276

06/02/2015 7.591.055

6.536.899

Reconocido 6.536.899

En

nómina

Feb.

7.591.055

35 19346135 30

No se encontró

en el libro

registro de

incapacidades

0566

12/03/2015 6.148.152 5.502.549 4.713.583 6.148.152

36 98477463 30 09/04/2015 0832

14/04/2015 1.236.559 1.107.352

Pendiente

confirmar

el valor

En

nómina

Abr.

1.236.559

37 39545935 30 22/04/2015 0859

16/04/2015 1.340.197 1.200.122

No

pagado

En

nómina

Abr.

765.827

May.

574.370

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38 19346135 30

No se encontró

en el libro

registro de

incapacidades

0778

06/04/2015 6.148.152 5.502.549

Pendiente

confirmar

el valor

6.148.152

39 51830774 30 21/04/2015 1037

05/05/2015 1.284.334 1.150.170

No

pagada

En

nómina

May.

1.284.334

40 19362640 30 01/07/2015 1570

10/07/2015 4.296.081 3.911.874 4.121.898

En

nómina

Jul.

4.296.081

41 52906513 30 14/07/2015 1619

15/07/2015 1.326.145 1.147.166

No

pagada

En

nómina

Jul.

805.159

42 51675318 30

No se encontró

en el libro

registro de

incapacidades

2039

10/09/2015 4.186.250

5.280.800

Reconocido 5.280.800

En

nómina

Sep.

4.186.250

43 19092964 71 05/06/2015 1368

16/06/2015 2.962.772 2.665.596

No

pagada 2.962.772

De lo anterior, se observó que:

e. No existe constitución de título ejecutivo que cuente con los requisitos de

ley para realizar el cobro de las incapacidades, de manera expresa, clara y

exigible, en caso de existir renuncia del pago por parte de la entidad

prestadora de salud, como se evidenció en:

I. El caso de la C.C. 52990504 que informó el día 24 de septiembre de

2015 la incapacidad de 3 días al Área de Talento Humano, y no se

suscribió la Resolución. A la fecha el Área de Talento Humano

informa que se encuentra pendiente de reconocimiento por parte de la

EPS.

II. El caso de la C.C. 1019018291 al informar el día 27 de noviembre de

2015 la incapacidad de 3 días al Área de Talento Humano, y no se

suscribió la Resolución.

III. En los casos de la C.C. 52021394 con 30 días de incapacidad;

79372663 con 14 días, 79505893 con 12 días, de los cuales el Área

de Talento Humano informó que se encuentran pendientes de

reconocimiento por parte de la EPS y no se encontraron las

Resoluciones.

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Incumpliendo el Artículo 12 de la Ley 446 de 19989, “TITULO EJECUTIVO,

es cualquier documento que contenga una obligación de dar, hacer o no

hacer, de manera expresa, clara y actualmente exigible que constituya

plena prueba contra el deudor o su causante”. No Conformidad Real 02.

f. No se concedió el recurso de reposición en las resoluciones por las cuales

se reconocieron las licencias por enfermedad no profesional, licencias de

maternidad, licencias de paternidad y por accidente de trabajo, como se

evidenció en la revisión de las Resoluciones 0703 del 26/03/15, 0832 del

14/04/15, 2703 del 09/12/15, 0074 del 15/01/16, 0097 del 15/01/16, 0302 y

0303 del 18/02/16. Incumpliendo lo establecido en el numeral 1 del Artículo

74 de la Ley 1437 de 2011. No Conformidad Real 03.

g. Se Recomienda 06 establecer acciones pertinentes y eficaces que

permitan evitar la acumulación de las liquidaciones de los funcionarios y

por ende, su afectación al ingreso salarial, así como del recurso público por

cuanto en caso de presentarse renuncia y/o retiro del servicio, no habría

lugar a realizar los descuentos.

h. . Se Recomienda 07 al Área de Talento Humano establecer acciones que

informen a los funcionarios del DAPRE acerca de sus deberes frente al

reporte y entrega de las incapacidades, en los términos señalados

i. Se observó que el valor a pagar por la Entidad es superior al proyectado

para la EPS, debido a los factores que se tienen en cuenta al momento de

la liquidación de acuerdo con el artículo 46 del Decreto 1045 de 197810. La

EPS tiene en cuenta los factores mínimos requeridos.

4. Revisión de saldos a 31 de diciembre de 2015

9 En el Artículo 488 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 12 de la Ley 446 de 1998, TITULO EJECUTIVO, es cualquier documento que contenga una obligación de dar, hacer o no hacer, de manera expresa, clara y actualmente exigible que constituya plena prueba contra el deudor o su causante. 10 La liquidación se efectuará teniendo en cuenta la cuantía de los factores señalados en el artículo 46 del Decreto 1045 de

1978 el cual establece: "Artículo 46°.- De los factores de salario para liquidar otras prestaciones. Para determinar el valor de los auxilios por enfermedad Y maternidad, de la indemnización por accidente de trabajo Y por enfermedad profesional Y del seguro por muerte se tendrán en cuenta los siguientes factores de salario: a) La asignación básica mensual señalada para el respectivo cargo; b) Los incrementos de remuneración a que se refieren los artículos 49 Y 97 del Decreto-Ley 1042 de 1978; c) Los gastos de representación; d) La prima técnica; e) Los auxilios de alimentación y transporte; f) La prima de servicios; g) La bonificación por servicios prestados; h) La prima de vacaciones."

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30

De conformidad con lo reportado por el Área Financiera, el total adeudado de

incapacidades a diciembre 31 de 2015 fue de $ 25.094.935,66. Una vez realizada

la visita al Área Financiera se observó que al 27 de mayo de 2016, se encuentra

una cartera de $ 23.397.001,66.

Se Recomienda 08 establecer mecanismos que permitan realizar gestiones

periódicas por el Área de Talento Humano frente a las Entidades Promotores de

Salud, para los respectivos pagos.

Se Recomienda 09 en la conciliación que se realiza mensualmente entre las

áreas de Talento Humano y Financiera establecer nuevos controles que

garanticen el registro y oportunidad de la totalidad de las incapacidades y

licencias.

Cuenta 147090-Otros Deudores.

EL saldo de esta cuenta a diciembre 31 de 2015 es de $70.379.631,29, del cual

se analizó el valor de $67.742.310,34, equivalente al 96,25%; de la siguiente

manera:

1. Por concepto de Horas extras pagadas en la vigencia 2013 y registradas en

esta cuenta en febrero de 2014; un saldo de $31.383.765,43, así:

FUNCIONARIO VR. INICIAL

FEBRERO DE 2014 VR. A DIC 31-

2015 VR. CUOTA

NRO. CUOTAS

NRO. CUOTAS PAGAS

NRO. CUOTAS

PENDIENTES

Jose Manuel Alvarado 5.558.232,98 3.970.166,50 72.184,84 77 22 55

Jairo linares Martinez 6.255.276,10 2.978.702,80 148.935,15 42 22 20

Rubén Darío Arias 6.034.278,25 4.287.513,45 79.398,40 75 21 54

Orlando Marín 5.946.389,64 4.508.800,96 65.344,94 91 22 69

Gustavo Adolfo Rodriguez Mera 5.594.451,35 3.396.631,33 99.900,91 56 22 34

Rubén Darío Grajales Betancourt

6.511.436,71 4.790.022,41 74.844,10 87 23 64

Bladimir Oviedo Ruiz * 5.947.153,68 4.302.440,72 74.339,12 80 22 58

Benjamín Maldonado Ruiz 2.659.153,31 964.525,31 80.580,40 33 21 12

Oscar Eduardo Bolívar Cañon ** 3.029.149,65 2.184.961,95 49.658,10 61 17 44

Víctor Hernando Velásquez 6.315.468,96 0,00

David Augusto Salas Orozco 1.118.185,00 0,00

Danny Mauricio Rojas Pacheco 2.988.470,88 0,00

Adelia Susana Mojica Blanco 2.654.660,37 0,00

60.612.306,88 31.383.765,43

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31

De acuerdo al análisis realizado a este saldo y como se puede observar en el

cuadro anterior a cada uno de los funcionarios se les ha descontado entre 21 a 22

cuotas, sin embargo el caso de Oscar Eduardo Bolívar Cañon, se puede observar

que solo ha cancelado 17 cuotas, 5 menos que los demás funcionarios, esto

debido a que no se descuenta por nómina sino que él realiza la consignación; la

cual no se realiza de manera mensual sino que lo hace cada 2 o 3 meses, como

se puede evidenciar en el mes de enero de 2016 que realiza el pago de tres (3)

cuotas y en el mes de marzo una (1) cuota), se Recomienda 10, al área de

talento humano establecer las acciones tendientes que los funcionarios cumplan

con los acuerdos de pago establecidos.

Adicionalmente se pudo observar que del valor inicial total se ha recaudado

$29.228.541,45 a diciembre 31 de 2015, equivalente al 48,22%.

2. Por concepto de Incapacidades y licencias canceladas como sueldo un

valor de $18.298.977,83, detallado de la siguiente manera:

FUNCIONARIO VR. INICIAL CONCEPTO

Maria Liliana Arias Tobón 8.016.357,20 Licencia de Maternidad pagada como sueldo del 10 al 30 de diciembre de 2015. Resolución 097 del 15 enero de 2016.

Martha Isabel Marín Fernández 1.805.652,80 Incapacidad pagada como sueldo del 20 de septiembre al 19 de octubre de 2015.Resolucion 075 del 15 enero de 2016.

Maria Nathalia Garcia Orrego 5.592.467,00 Incapacidad pagada como sueldo del 02 al 31 de octubre y del 01 al 29 de noviembre de 2015. Resolución 074 del 15 enero de 2016.

Julio Andrés Ossa Santamaría 1.145.193,90 Incapacidad pagada como sueldo del 24 al 28 de agosto 2015. Resolución 056 del 13 enero de 2016.

Juan Pablo Sanchez Cáceres 637.601,00 Incapacidad pagada como sueldo del 10 al 21 de diciembre 2015. Resolución 0103 del 19 enero de 2016.

Juan Pablo Caicedo Guzman 98.868,00 Incapacidad pagada como sueldo del 18 al 19, 23 al 25 y 30 de noviembre al 02 de diciembre 2015. Resolución 082 del 15 enero de 2016.

Myriam Ernestina Céspedes 59.970,00 Incapacidad pagada como sueldo del 20 al 22 de octubre 2015. Resolución 0102 del 19 enero de 2016.

Diana Patricia Martinez Gamba 91.101,00 Incapacidad pagada como sueldo del 30 de noviembre al 09 de diciembre 2015. Resolución 098 del 15 enero de 2016.

Gladys Consuelo Barrera Parrado 586.314,93 Incapacidad pagada como sueldo del 10 al 12 de diciembre 2015. Resolución 076 del 15 enero de 2016.

Lady Viviana Triana Delgadillo 189.158,00 Incapacidad pagada como sueldo del 19 de noviembre al 01 de diciembre 2015. Resolución 081 del 15 enero de 2016.

Jamilton Orlando Moreno Hernández 76.294,00 Incapacidad pagada como sueldo del 20 al 26 de octubre 2015. Resolución 073 del 15 enero de 2016.

18.298.977,83

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32

De acuerdo al análisis realizado a este saldo, se pudo encontrar incapacidades y

licencias de maternidad de los meses a agosto, septiembre, octubre, noviembre y

diciembre de 2015, a los cuales se les genera la resolución y la autorización de

descuento a los funcionarios; solo hasta cuando la EPS, cancela estas

incapacidades, no en el momento en que se generaron las incapacidades.

Contabilidad efectúo el registro de manera correcta en la vigencia 2015.

3. Por concepto de Bonificación 60%, cancelada a militares en periodos no

laborados, $2.107.177,08, así:

FUNCIONARIO VR. INICIAL CONCEPTO

Jose Carlos Buitrago Gordo 966.648,60 Bonificación del 60% pagada por el periodo comprendido entre el 01 y el 30 de diciembre de 2015, periodo no laborado, según MEM15-00018081 / JMSC 110110.

Doris Manosalva Pinto 1.140.528,48 Bonificación del 60% pagada por el periodo comprendido entre el 09 y el 30 de diciembre de 2015, periodo no laborado, según MEM15-00018044 / JMSC 110120.

2.107.177,08

De acuerdo al análisis realizado se pudo evidenciar que dichos valores fueron

reintegrados el 05 de enero de 2016. Contabilidad efectúo el registro de manera

correcta en la vigencia 2015.

4. Por otros conceptos analizados tenemos $15.952.390,00, así:

DEUDOR VR. A DIC 31-2015 CONCEPTO

Ministerio del Interior 15.009.000,00 Resolución 2692 de fecha 30 de diciembre de 2011 del Ministerio del Interior, en la cual trasfiere a título gratuito bienes a la Unidad Nacional de Protección.

Condensa 7.490,00 Saldo a favor según factura No. 357514481-4, casa anexa Vicepresidencia, servicio de energía mes febrero de 2014.

Faihan Alfayez Chaljub 935.900,00 Cobro de Equipo celular.

15.952.390,00

Como se puede observar en el cuadro anterior el valor más representativo de este

concepto es el de $15.009.000,00, correspondiente al pago del impuesto de los

vehículos transferidos por el Ministerio del Interior a título gratuito en diciembre de

2011, a la Unidad Nacional de Protección. Valor que a la fecha no ha sido

devuelto, como seguimiento y de acuerdo a lo informado por la Jefe del Área

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Administrativa en el Comité de Seguimiento a las áreas y oficinas, realizado por la

Subdirección de Operaciones el día 17 de mayo de 2016, que el Área Jurídica del

Ministerio del Interior está revisando el tema a fin de ver si se puede realizar el

pago por conciliaciones.

El valor de $7.490,00, correspondiente al saldo a favor por el servicio de energía

de la Casa Anexa de la Vicepresidencia registrado en el mes de abril de 2014,

este valor será transferido una vez se trasfiera éste inmueble.

El valor de $935.900,00, correspondiente al cobro por daño de equipo celular al

cargo de Faihan Alfayez Chaljub, a fecha 31 de mayo de 2016 no se ha

reintegrado.

Cuenta 167502-Equipo de transporte, tracción y elevación-Terrestre:

El saldo de esta cuenta a diciembre 31 de 2015, es de $17.033.029.316,06, el

cual corresponde a 195, elementos de los cuales 184 son (motocicletas,

camionetas, camperos, microbús, micro tractores y automóviles) y 11

corresponden a (extintor, alarma, gato hidráulico, inversor de corriente, carpa para

lancha, remolque para lancha, escáner multi vehículo, recolector de pasto, equipo

de perifoneo)

136

48

Vehiculos Automotores

Revisados fisicamente Revisados documentalemente

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El ejercicio de auditoria es posterior y selectivo, y en concordancia con esta teoría

se auditaron todos los 184 registros que componen el inventario de vehículos

automotores, con revisión aleatoria visual a 136 (73,91% de 184) e inspección

documental a 48 (26,09% de 184).

Para el desarrollo de la auditoria se utilizaron filtros en el archivo Excel…“EQUIPO

DE TRANSPORTE 2015.xlsx”…, suministrado por correo electrónico por el Área

Financiera, como herramienta tecnológica para facilitar la consolidación, análisis y

reporte de la información, razón por la cual encontraremos los números de las

tablas 1, 2 y 3 en el orden correspondiente al archivo original, esto con el fin de

identificar el registro con eficiencia. Adicionalmente, a la revisión del archivo en

mención se contrasto con el archivo Excel …“AUTOS PRESIDENCIA ENVIADO A

CONTROL INTERNO 26 ABR 16.xlsx”… suministrado por correo electrónico por

la coordinación de transporte del Área Administrativa, en la cual se identificó y

valido como criterio la inspección física y coherencia de los registros, como lo son:

Descripción, Placa de Inventario, Placa Vehicular y Marca de cada uno de los

vehículos, tomando como base la información enviada por el Área Financiera del

DAPRE con corte al 31 de diciembre del 2015.

Se revisaron visualmente 136 vehículos en los sótanos del DAPRE, parqueadero

de la Vicepresidencia y parqueaderos 1 y 2 de Casa Galán.

Como aspecto a resaltar se identificaron 3 vehículos en proceso de Baja, con

placa de inventario:

No. 72255 / OBG-166 / GRAND CHEROKEE LIMITED,

No. 72487 / OBG-772 / DAIHATSU TERIOS y

No. 74093 / OBH 262 / CHEVROLET ASTRA.

Adicionalmente, al momento de la auditoria la CAMIONETA No. 75884 / OJK-045 / TOYOTA RUNNER se encuentra siniestrada y con el debido soporte de registro ante el seguro según correo electrónico…”Atentamente remito las fotografías del caso con la Toyota OJK 045.

Esta se encuentra en taller y la aseguradora acaba de notificar pérdida total debido a la estrellada.

Esta situación fue comunicada oportunamente a la Aseguradora, a Control Interno Disciplinario y a las instancias como son Subdirectora de Operaciones y Jefe del Área Administrativa.

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En el momento el vehículo sigue aún en inventarios pues no se ha concretado, por parte de la Entidad, la aceptación de la indemnización y una vez ello ocurra, se deberá hacer traspaso de la propiedad a la Aseguradora y esta indemnizará el valor respectivo”…

Y por último, el vehículo motocicleta No. 90024 / MNQ-15B / HONDA CBF 150 fue siniestrada y pagada por la empresa aseguradora según carpeta y registro documental No. 90024. Este vehículo fue siniestrado en junio del 2015 pero la gestión ante la entidad en lo concerniente al inventario fue solicitado en Abril del 2016. Se relaciona la documentación en carpeta con el Finiquito de indemnización No. G201500020575 en folio 86, MEM16-00004637 con el cual la coordinación de transporte solicita a la coordinación de recursos físicos retirar de los inventarios la moto MNQ-15B en folio 88 y Licencia de transito No. 10011177365 a nombre de QBE Seguros S.A. folio 89. Se Recomienda 11, gestionar la salida de inventarios del vehículo motocicleta MNQ-15B en mención de los inventarios del DAPRE de tal forma que al cierre de la vigencia 2016 se encuentre fuera del inventario. De igual forma para el vehículo camioneta No. 75884OJK 045 TOYOTA RUNNER se recomienda la gestión de tal forma que salga de los inventarios al cierre de la vigencia 2016.

Tabla 1 Revisión aleatoria visual de 136 vehículos

No. Descripción Placa

Inventario Placa

Vehicular Marca

17 CAMIONETA 000053542 OHK 547 CHEVROLET CAMION NKR

162 AUTOMOVIL 000053543 OHK 546 CHEVROLET ESTEEM SEDAN

18 CAMIONETA 000066122 OBH 157 TOYOTA AUTANA BLINDAJE 5

19 CAMIONETA 000066123 OBH 159 TOYOTA AUTANA BLINDAJE 5

20 CAMIONETA 000066124 OBH 160 TOYOTA PRADO BLINDAJE 3

21 CAMIONETA 000066125 OBH 161 TOYOTA PRADO BLINDAJE 3

22 CAMIONETA 000066126 OBH 162 TOYOTA BURBUJA AUTANA

BLINDAJE V

163 MOTOCICLETA 000066428 AML 03 YAMAHA XT 600

1 AUTOMOVIL 000066657 OHK 731 HYUNDAI ATOS

23 CAMIONETA 000066774 OBH 260 FORD EXPLORER EVEREST BLINDAJE 5

24 CAMIONETA 000067263 OFK 439 TOYOTA AUTANA BLINDAJE 5

165 MOTOCICLETA 000070919 LSF 40 A SUZUKI DR 650

2 AUTOMOVIL 000070920 OBF 646 HYUNDAI ELANTRA

25 CAMIONETA 000070921 OBF 816 TOYOTA PRADO BLINDAJE 3

27 CAMIONETA 000072037 OBG 163 TOYOTA LAND CRUISER

28 CAMIONETA 000072255 OBG 166 GRAND CHEROKEE LIMITED

29 CAMIONETA 000072364 OBG 165 TOYOTA HILUX

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144 CAMPERO 000072484 OBG 769 DAIHATSU TERIOS

3 AUTOMOVIL 000072485 OBG 160 TOYOTA COROLA

30 CAMIONETA 000072486 OBG 161 CHEVROLET TRAILBLAZER

145 CAMPERO 000072487 OBG 772 DAIHATSU TERIOS

4 AUTOMOVIL 000072671 OBG 167 KIA OPIRUS

31 CAMIONETA 000072808 OBG 168 CHEVROLET TRAILBLAZER

5 AUTOMOVIL 000072809 OBG 164 MAZDA 6

32 CAMIONETA 000072810 OBG 891 JEEP CHEROKEE LIMITED

33 CAMIONETA 000072872 OBG 892 MAZDA PICK UP

34 CAMIONETA 000073194 OBG 893 TOYOTA PREVIA

35 CAMIONETA 000073195 OBG 894 TOYOTA RAV 4X2

36 CAMIONETA 000073324 OBH 078 TOYOTA HILUX

37 CAMIONETA 000073527 OBH 034 CHEVROLET VITARA

38 CAMIONETA 000073528 OBH 039 JEEP GRAND CHEROKEE

166 MOTOCICLETA 000073615 BRE 06 SUZUKI DL 650

39 CAMIONETA 000073722 OBH 261 CHEVROLET TRAILBLAZER

6 AUTOMOVIL 000074093 OBH 262 CHEVROLET ASTRA

7 AUTOMOVIL 000074357 OBH 266 CHEVROLET ASTRA

167 MOTOCICLETA 000074455 BZW 11 HONDA XR 250

40 CAMIONETA 000074523 OBH 336 FORD ESCAPE

41 CAMIONETA 000074525 OBG 550 TOYOTA AUTANA BLINDAJE IV

43 CAMIONETA 000074527 OBG 564 TOYOTA UZJ 100 BLINDAJE IV

45 CAMIONETA 000074876 OBH 506 FORD EXPLORER

46 CAMIONETA 000075129 OBH 507 CHEVROLET LUV

47 CAMIONETA 000075130 OBH 505 TOYOTA HILUX

8 AUTOMOVIL 000075142 OBH 488 HYUNDAI ACCENT

9 AUTOMOVIL 000075143 OBH 487 HYUNDAI ACCENT

10 AUTOMOVIL 000075144 OBH 489 HYUNDAI ACCENT

12 AUTOMOVIL 000075146 OBH 484 HYUNDAI ELANTRA SUPREME

13 AUTOMOVIL 000075147 OBH 485 HYUNDAI ELANTRA SUPREME

48 CAMIONETA 000075149 OBH 701 GRAND CHEROKEE LIMITED

148 CAMPERO 000075257 OBG 374 KIA SORRENTO

149 CAMPERO 000075258 OBH 350 NISSAN X-TRAIL

49 CAMIONETA 000075517 OBH 540 FORD ESCAPE XLT

50 CAMIONETA 000075518 OBH 541 FORD ESCAPE XLT

53 CAMIONETA 000075521 OBH 544 FORD ESCAPE XLT

55 CAMIONETA 000075884 OJK 045 TOYOTA RUNNER - Perdida Total

57 CAMIONETA 000076867 OBI 438 TOYOTA RUNNER

59 CAMIONETA 000076869 OBI 352 TOYOTA PRADO SPORT WAGON

60 CAMIONETA 000077466 OBI 378 FORD EXPLORER XLT

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BLINDAJE III

14 AUTOMOVIL 000077467 OBH 784 RENAULT LOGAN

61 CAMIONETA 000077469 OBI 959 TOYOTA HILUX

63 CAMIONETA 000077833 DIW 707 TOYOTA FORTUNER

64 CAMIONETA 000077834 OBI 963 NISSAN PATROL

153 CAMPERO 000078019 OBI 915 MITSUBISHI MONTERO

65 CAMIONETA 000078086 DIW 692 HYUNDAI TUCSON

66 CAMIONETA 000078097 OBI 919 TOYOTA LAND CRUISSER PRADO

69 CAMIONETA 000078100 OBI 916 HYUNDAI TUCSON

154 CAMPERO 000078293 DIW 689 DAIHATSU TERIOS

70 CAMIONETA 000078294 DIW 710 TOYOTA FORTUNER

71 CAMIONETA 000078296 KGH 030 TOYOTA HILUX

72 CAMIONETA 000078371 KGH 033 NISSAN MURANO

73 CAMIONETA 000078372 OCJ 942 TOYOTA HILUX

15 AUTOMOVIL 000078389 DIW 680 MAZDA 3

75 CAMIONETA 000078497 BWI 062 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01

76 CAMIONETA 000078498 BWI 063 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01

77 CAMIONETA 000078499 BWI 064 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01

78 CAMIONETA 000078500 BWI 065 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01

79 CAMIONETA 000078501 BWI 066 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01

81 CAMIONETA 000078503 BWI 068 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01

82 CAMIONETA 000078504 BWI 069 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01

83 CAMIONETA 000079452 KGH 034 NISSAN MURANO

86 CAMIONETA 000079567 KGH 031 TOYOTA FORTUNER

88 CAMIONETA 000079826 ZNA 223 CHEVROLET RODEO V62MT3

89 CAMIONETA 000079828 QYA 684 TOYOTA HILUX 4x4 DOBLE CABINA

143 MICROBUS 000079830 JID 774 HYUNDAI STAREX H1

91 CAMIONETA 000079831 ABU 817 NISSAN FRONTIER

92 CAMIONETA 000079832 ABU 836 NISSAN FRONTIER

93 CAMIONETA 000079833 ABU 809 NISSAN FRONTIER

94 CAMIONETA 000079834 NNF 570 CHEVROLET LUV-DMAX V6

95 CAMIONETA 000079835 GNK 473 TOYOYA PRADO VXM BLINDAJE III

96 CAMIONETA 000079836 GNK 497 CHEVROLET LUV D-MAX

97 CAMIONETA 000079837 HCD 754 TOYOTA PRADO TX BLINDAJE 3

98 CAMIONETA 000079838 ABU 711 CHEVROLET TAHOE BLINDAJE 3

99 CAMIONETA 000079839 FLA 539 CHEVROLET LUV-DMAX V6

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103 CAMIONETA 000079843 KGF 185 CHEVROLET CAPTIVA

104 CAMIONETA 000079844 KGF 184 CHEVROLET CAPTIVA

105 CAMIONETA 000079845 JID 998 CHEVROLET CAPTIVA

107 CAMIONETA 000079847 JID 999 CHEVROLET CAPTIVA

108 CAMIONETA 000079848 KGF 186 CHEVROLET CAPTIVA

109 CAMIONETA 000079849 KGF 182 CHEVROLET CAPTIVA

111 CAMIONETA 000080565 KGF 358 TOYOTA PRADO BLINDAJE III

113 CAMIONETA 000080567 ZNA 238 TOYOTA PRADO BLINDAJE 3

114 CAMIONETA 000081248 DIW 711 MAZDA BT-50 DOBLE CABINA PLATON

115 CAMIONETA 000081271 BAL 750 TOYOTA HILUX DOBLE CABINA

173 MOTOCICLETA 000082064 CHU 23C YAMAHA XT 660R

175 MOTOCICLETA 000082066 CHU 25C YAMAHA XT 660R

176 MOTOCICLETA 000082067 CHU 26C YAMAHA XT 660R

177 MOTOCICLETA 000082068 CHU 27C YAMAHA XT 660R

178 MOTOCICLETA 000082069 CHU 28C YAMAHA XT 660R

179 MOTOCICLETA 000082070 CHU 29C YAMAHA XT 660R

180 MOTOCICLETA 000082071 CHU 30C YAMAHA XT 660R

116 CAMIONETA 000083094 DIW 750 HYUNDAI STAREX H1

117 CAMIONETA 000083095 DIW 751 HYUNDAI STAREX H1

156 CAMPERO 000083484 OBG 548 TOYOTA PRADO

118 CAMIONETA 000088450 KGF 359 TOYOTA PRADO TX BLINDAJE 3

157 CAMPERO 000090003 OIL 805 TOYOTA BLINDAJE V

119 CAMIONETA 000090004 OBF 663 TOYOTA PRADO VMX

120 CAMIONETA 000090005 OBF 662 TOYOTA HILUX

121 CAMIONETA 000090006 OBF 443 TOYOTA PRADO

123 CAMIONETA 000090008 OBF 810 TOYOTA HILUX 4x4 DOBLE CABINA

124 CAMIONETA 000090009 OBF 811 TOYOTA HILUX DOBLE CABINA

125 CAMIONETA 000090010 OBF 812 TOYOTA HILUX

126 CAMIONETA 000090011 OBF 820 CHEVROLET VITARA

128 CAMIONETA 000090013 OBF 754 TOYOTA PRADO BLINDAJE 3

129 CAMIONETA 000090014 OBF 851 TOYOTA PRADO CABINADA BLINDAJE 3

130 CAMIONETA 000090015 OBF 850 TOYOTA PRADO VX CABINADA BLINDAJE 3

131 CAMIONETA 000090016 OBF 533 TOYOTA LAND CRUISER BLINDAJE V

16 AUTOMOVIL 000090017 OBG 253 TOYOTA COROLA BLINDAJE 3

132 CAMIONETA 000090018 OBG 252 TOYOTA BURBUJA BLINDAJE IV

133 CAMIONETA 000090019 OBG 250 TOYOTA BURBUJA BLINDAJE IV

181 MOTOCICLETA 000090022 MNQ 13B HONDA CBF 150

183 MOTOCICLETA 000090024 MNQ 15B HONDA CBF 150 - Siniestrada y pagada por

seguro

137 CAMIONETA 000090027 OBH 416 CHEVROLET LUV D-MAX

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138 CAMIONETA 000090028 OBH 551 TOYOTA FORTUNER BLINDAJE 3

140 CAMIONETA 000090030 GAT 066 HYUNDAI SANTA FE

141 CAMIONETA 000090031 GAT 067 HYUNDAI SANTA FE

142 CAMIONETA 000090148 BXE 061 TOYOTA HILUX

194 CAMIONETA 010405484 OBI 477 TOYOTA PRADO BLINDAJE IIIA

En lo correspondiente a la validación documental de 48 vehículos se utilizó como

criterio:

1. La revisión a la tarjeta de propiedad de los vehículos, los cuales están a

nombre del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

(DAPRE) identificada con NIT.: 899.999.083 – 0, y es conforme.

2. Verificación del pago de impuesto vehicular, una vez se encuentran con el

título de propiedad del DAPRE hasta el mes de mayo del 2016,

encontrándose al día en los pagos.

3. Verificación en la adquisición del Seguro Obligatorio de Accidentes de

Tránsito (SOAT) 2016 de los vehículos encontrándose conforme, es decir,

adquiridos y dentro de los términos al mes de mayo del 2016.

Los 15 vehículos resaltados en la tabla 2 con la sigla MT del Ministerio de

Transporte, son de propiedad del DAPRE pero están matriculados en el Ministerio

de Transporte de tal forma que están exentos del pago de impuestos y

semaforización por pertenecer a un registro especial, según concepto de la Jefe

Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte No. 20111340494651 del

4 de octubre del 2011.

Tabla 2 - Inspección documental a 48 vehículos

No. Descripción Placa

Inventario Placa

Vehicular Marca

164 MOTOCICLETA 000068306 MOG 46B SUZUKI XF 650

26 CAMIONETA 000072036 OBG 770 TOYOTA PRADO

168 MOTOCICLETA 000074458 MMW 44B HONDA XR 250

169 MOTOCICLETA 000074459 MMW 45B HONDA XR 250

42 CAMIONETA 000074526 OBG 565 TOYOTA UZJ 100 BLINDAJE IV

44 CAMIONETA 000074528 OBG 566 TOYOTA PRADO

146 CAMPERO 000074875 OBH 504 CHEVROLET VITARA

11 AUTOMOVIL 000075145 OBH 486 HYUNDAI ACCENT

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147 CAMPERO 000075256 OBG 375 KIA SORRENTO

150 CAMPERO 000075259 OBH 351 NISSAN X-TRAIL

51 CAMIONETA 000075519 OBH 542 FORD ESCAPE XLT

52 CAMIONETA 000075520 OBH 543 FORD ESCAPE XLT

54 CAMIONETA 000075522 OBH 545 FORD ESCAPE XLT

56 CAMIONETA 000075939 OBH 558 FORD ESCAPE XLT

170 MOTOCICLETA 000075940 SJF 01B HONDA XR 250

58 CAMIONETA 000076868 OBI 364 TOYOTA HILUX

151 CAMPERO 000076870 OBI 365 TOYOTA PRADO SUMO

62 CAMIONETA 000077551 OCJ 940 FORD ESCAPE

152 CAMPERO 000077832 OBI 962 TOYOTA RUNNER

67 CAMIONETA 000078098 DIW 688 TOYOTA LAND CRUISSER PRADO – MT

68 CAMIONETA 000078099 OBI 918 HYUNDAI TUCSON

74 CAMIONETA 000078424 OCJ 941 TOYOTA HILUX

80 CAMIONETA 000078502 BWI 067 TOYOTA LANDCRUISER UZJ 200 BLINDAJE

IV NORMA NIJ 0108.01 – MT

84 CAMIONETA 000079460 KGH 032 TOYOYA LANDCRUISER PRADO – MT

85 CAMIONETA 000079461 DIW 691 TOYOTA HILUX DOBLE CABINA – MT

87 CAMIONETA 000079825 ZNA 220 TOYOTA PRADO VXM – MT

90 CAMIONETA 000079829 QYA 667 TOYOTA HILUX 4X4 DOBLE CABINA – MT

100 CAMIONETA 000079840 FLA 538 CHEVROLET LUV-DMAX V6 – MT

101 CAMIONETA 000079841 BRA 192 TOYOTA PRADO VXM BLINDAJE 3 – MT

102 CAMIONETA 000079842 HCD 733 TOYOTA PRADO TX BLINDAJE 3 – MT

106 CAMIONETA 000079846 KGF 183 CHEVROLET CAPTIVA – MT

110 CAMIONETA 000080197 OBG 221 TOYOTA PRADO BLINDAJE 3

155 CAMPERO 000080198 OBH 348 NISSAN PATROL GRX BLINDAJE 3 PLUS

112 CAMIONETA 000080566 KGF 361 TOYOTA PRADO BLINDAJE III - MT

171 MOTOCICLETA 000082062 CHU 21C YAMAHA XT 660R – MT

172 MOTOCICLETA 000082063 CHU 22C YAMAHA XT 660R – MT

174 MOTOCICLETA 000082065 CHU 24C YAMAHA XT 660R – MT

122 CAMIONETA 000090007 OBF 675 TOYOTA PRADO CABINADO BLINDAJE 3

127 CAMIONETA 000090012 OBF 753 TOYOTA PRADO BLINDAJE 3

134 CAMIONETA 000090020 OBG 251 TOYOTA BURBUJA BLINDAJE IV

135 CAMIONETA 000090021 OBG 249 TOYOTA BURBUJA BLINDAJE V

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182 MOTOCICLETA 000090023 MNQ 14B HONDA CBF 150

184 MOTOCICLETA 000090025 MNQ 16B HONDA CBF 150

136 CAMIONETA 000090026 OBH 415 CHEVROLET LUV D-MAX

139 CAMIONETA 000090029 GAT 068 HYUNDAI SANTA FE – MT

159 MINITRACTOR 000053377

160 MINITRACTOR 000071859

161 MINITRACTOR 000081558

Para este último lote se verificaron visualmente en el DAPRE, el extintor, los 2

gatos hidráulicos y el escáner multi vehículo, los demás ítems están certificados

por medio de correos electrónicos con la evidencia tanto documental como

fotográfica por parte de la coordinación de Transporte y la Coordinación de

recursos físicos pertenecientes al Área Administrativa, esto debido a que los

elementos se encuentran en la Hacienda HATOGRANDE, Cartagena de Indias

(Bolívar) y la Isla del Tesoro (Bolívar). La revisión es conforme, según la evidencia

documental y fotográfica según correos electrónicos.

Tabla 3-12 Registros varios

No. Descripción Placa

Inventario Ubicación Física

185 ALARMA 000053412 Cartagena (Bolívar) / Están en camionetas

Toyota de placas OBG 550 u OBF 533

189 EXTINTOR 000053446 Sótano 1 (DAPRE)

186 ALARMA 000067274 Cartagena (Bolívar) / Están en camionetas

Toyota de placas OBG 550 u OBF 533

187 GATO 000071798 Sótano 1 (DAPRE)

188 GATO 000071799 Sótano 1 (DAPRE)

158 INVERSOR DE CORRIENTE 000073233 Isla del tesoro Cartagena (Bolívar)

193 CARPA PARA LANCHA 000075618 Cartagena (Bolívar)

192 REMOLQUE PARA BOTE 000075619 Cartagena (Bolívar)

190 ESCANER MULTI VEHICULO 000077465 Sótano 1 (DAPRE)

191 RECOLECTOR DE PASTO 000090143 Cartagena (Bolívar)

195 EQUIPO DE PERIFONEO

VEHICULAR 010402521 Cartagena (Bolívar) / Toyota OBF-533

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Adicionalmente, a la auditoria se relacionan los vehículos los cuales se

encontraron físicamente dentro de las instalaciones del DAPRE, estos vehículos

están en los inventarios del DAPRE debidamente identificados y se encuentran

físicamente en el sótano No. 4 del mismo, los vehículos se encuentran en estado

de inservibles razón por la cual se encuentran en Proceso de Devolución a la

Embajada de Estados Unidos de América. Los vehículos están registrados en

INVENTARIO VALORIZADO ACTIVOS FIJOS localización 0190 del 25 de mayo

del 2016.

Tabla 4-10 Vehículos en proceso de devolución a la Embajada de Estados Unidos.

Placa Inventario Placa Vehicular Marca

000053365 653 HARLEY DAVIDSON

000053369 487 HARLEY DAVIDSON

000053370 448 HARLEY DAVIDSON

000066772 OBH 163 FORD EXPLORER EVERES

BLINDAJE 5

000066773 OBH 164 FORD EXPLORER

BLINDAJE 3

000068305 MOG 45B SUZUKI XF 650

000068307 MOG 47B SUZUKI XF 650

000068308 MOG 48B SUZUKI XF 650

000068309 MOG 49B SUZUKI XF 650

000068310 MOG 50B SUZUKI XF 650

Por último los vehículos relacionados en la tabla No. 5, se encuentran al servicio

de la Entidad los cuales están relacionados en el inventario el DAPRE bajo la

modalidad de COMODATO con la UNP y PONAL.

Tabla 5 - 17 vehículos en comodato entre la Unidad Nacional de Protección (UNP) y Policía

Nacional (PONAL) al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República al

servicio de la seguridad del cliente.

Placa Inventario

Placa Vehicular

Marca Propietario Comodante

010200428 OBG 102 CHEVROLET LUV D-MAX UNP

010200440 HOK 781 TOYOTA STATION W. BLINDADA POLICIA NACIONAL

010200441 RFM 284 TOYOTA STATION W. BLINDADA POLICIA NACIONAL

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010200442 HOK 766 TOYOTA STATION W. BLINDADA POLICIA NACIONAL

010200443 LTC 080 TOYOTA STATION W. BLINDADA POLICIA NACIONAL

010200444 LTC 071 TOYOTA STATION W. BLINDADA POLICIA NACIONAL

010200445 RFM 296 TOYOTA STATION W. BLINDADA POLICIA NACIONAL

010200594 GYM 530 MITSUBISHI V43WA UNP

010200597 BWI 234 TOYOTA UZJ 100 BLINDAJE V POLICIA NACIONAL

010200598 GXL 769 TOYOTA UZJ 100 BLINDAJE V POLICIA NACIONAL

010200599 MRY 008 TOYOTA PRADO VXM BLINDAJE 3 POLICIA NACIONAL

010201004 OBG 114 CHEVROLET LUV D-MAX UNP

010201007 KGF 001 BMW 760 LI SERIES POLICIA NACIONAL

010201008 KGF 002 BMW 760 LI SERIES POLICIA NACIONAL

010201009 KGF 000 BMW 760 LI SERIES POLICIA NACIONAL

010201021 OBI 040 AMBULANCIA CHEVROLET

LUV D-MAX POLICIA NACIONAL

010201022 KGF 121 BMW 740 I POLICIA NACIONAL

En conclusión, la revisión tanto física como documental de los vehículos es

conforme de acuerdo a la revisión de los inventarios y el cruce de información con

la base de datos en formato Excel ya mencionados.

La Entidad recibió cuentas de cobro por impuestos de vehículos que se habían

dado de baja; no eran de propiedad de la entidad; estaban entregados en

comodato entre otros, por tanto desde diciembre de 2010 adelanta un plan de

choque, con el fin de depurar esta situación, del cual se tienes identificado ocho

vehículos de los cuales se encuentran en trámite de transferencia, así:

PLACA RESOLUCION DE TRANSFERENCIA

ENTIDAD OBSERBACION

OBC - 074 Transferencia Res. No. 840 07/05/2007 M.I.J.

NO SE ENCUENTRA EN LAS NOTAS

OBB - 932 Transferencia Res. No. 1822

29/09/2008 D.A.S. EN TRAMITE DE

CHATARRIZACION

OBB - 991 Transferencia Res. No. 840 07/05/2007 UNP

OK. TRANSFERIDOS A UNP. - SE ESPERA EVIDENCIA -

OBB - 012 No tiene D.A.S. HURTADO

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OBB - 935 Transferencia Res. No. 840

07/05/2007 UNP

OK. TRANSFERIDOS A UNP. - SE ESPERA EVIDENCIA -

OBA - 999 Transferencia Res. No. 840 07/05/2007 UNP

OK. TRANSFERIDOS A UNP. - SE ESPERA EVIDENCIA -

OHK - 520 No tiene DAPRE ESPERA EXCLUSION DE

IMPUESTO. TENENCIA DPS

OBA - 996 Transferencia Res. No. 2050 24/11/ 2005 M.I.J. No se encuentra en las Notas

Cuenta 192005- Bienes muebles entregados en comodato.

El saldo de esta cuenta a 31 de diciembre de 2015 es de $310.752.722.32; allí se registran sólo los bienes entregados a entidades que no pertenecen al gobierno general de acuerdo con la normatividad vigente.

ENTIDAD DESCRIPCIÓN 2015

Organización de los Estados Americanos OEA

Equipos de comunicación 21.515.017,52

Instituto Cubano el libro -Empresa Editorial Jose Martí

Equipo de Computación 9.958.468,00

Instituto Cubano el libro -Empresa Editorial Jose Martí

Equipo de Computación 19.608.421,92

Instituto Cubano el libro -Empresa Editorial Jose Martí

Mobiliario y enseres 330.001,44

Confederación General del Trabajo Equipo de computación y comunicación

174.044.926,75

Confederación General del Trabajo Equipo de computación y comunicación

50.022.525,09

Subtotal Cuenta 192005 FONDO PAZ 275.479.360,72

Las Asociación de Productores de Puerto Caicedo - Asopaca, Puerto Asís - Apac, Orito - Asoprao Y Valle Del Guamuez

Equipos de comunicación 32.624,00

Equipos de transporte 32.490.362,00

Muebles y Enseres 2.750.375,60

Subtotal Cuenta 192005 DAPRE 35.273.361,60

TOTAL CUENTA 192005 310.752.722,32

De estos comodatos se tomó como prueba selectiva la siguiente:

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Prueba selectiva Bienes muebles entregados en comodato.

Observaciones Entidad Bien Placa Valor

Ajustado Fecha de

finalización Observaciones

Contrato de Comodato No. 196-05 Plazo 5 Años.

Las Asociación de Productores de Puerto Caicedo - Asopaca, Puerto Asís - Apac, Orito - Asoprao Y Valle Del Guamuez

Grabadora Tipo

Periodista 69819 $ 32.624,00

Plazo 5 Años, Vence 29 de Agosto de 2010. Prorroga Automáticamente por un Termino Igual al Inicialmente Pactado.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 196-05

Las Asociación de Productores de Puerto Caicedo - Asopaca, Puerto Asís - Apac, Orito - Asoprao Y Valle Del Guamuez

Campero 69821 $ 2.901.998,00

Plazo 5 Años, Vence 29 de Agosto de 2010. Prorroga Automáticamente por un Termino Igual al Inicialmente Pactado.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Se solicitó la carpeta al Área de Contratos y se cruzaron con Recursos Físico y con el Grupo de Contabilidad donde se observó que los controles establecidos por cada una de los Grupos están siendo efectivos, se está conciliando mensualmente y se está enviando comunicaciones a las entidades para que informen si han pagado impuestos, en cuanto a los supervisores están cumpliendo con sus obligaciones de informar oportunamente cuando haya alguna modificación o se tenga que solicitar la prórroga como también se verifica si los bienes están siendo amparados por la entidad comodante.

Cuenta 196001- Obras de arte.

En esta cuenta 1960 se registran las obras de arte de propiedad de la Entidad, que se encuentran ubicadas en las diferentes sedes; a 31 de diciembre de 2015 tiene un saldo de $12.037.465.854,75, todos los bienes de arte y cultura de propiedad de la Entidad fueron avaluadas en el año 2014.

Se revisó aleatoriamente las Obras de Arte con el fin de verificar su existencia

física y en libros. Para este fin se usó la metodología por inspección aleatoria, a

los cuales se les aplico la formula contenida en el manual de auditorías internas

M-EM-01 versión 5, así:

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Tamaño de la Población (N) 1.149

Error Muestral (E) 5% Fórmula

Proporción de Éxito (P) 10%

Nivel de Confianza 95% Muestra Óptima

Nivel de Confianza (Z) (1) 1,960

Z= Valor de la distribución normal estándar de acuerdo al nivel de confianza

E= Error de muestreo (precisión)

N= Tamaño de la Población

P= Proporción estimada

Q= 1-P

Fuente: Contraloría General de la República. Contraloría Delegada para el Sector Social. Agosto 2011

123

TAMAÑO DE LA MUESTRA

138

Formula para poblaciones infinitas

Formula para poblaciones finitas

INGRESO DE PARÁMETROS

Muestra para Poblaciones Infinitas

Variable Atributo

n = s2 * z

2

E2

n = z2

* P* Q

E2

Muestra para Poblaciones Infinitas

n = s2 * z

2 * N

N * E2 + z

2 * s

2 n = P * Q * z

2 * N

N * E2 + z

2 * P * Q

S2

= Varianza

Z = Valor normal

E = Error

N = Población

P = Proporción

Q = 1-P

Muestra para Poblaciones Infinitas

Variable Atributo

n = s2 * z

2

E2

n = z2

* P* Q

E2

Muestra para Poblaciones Infinitas

n = s2 * z

2 * N

N * E2 + z

2 * s

2 n = P * Q * z

2 * N

N * E2 + z

2 * P * Q

S2

= Varianza

Z = Valor normal

E = Error

N = Población

P = Proporción

Q = 1-P

Según el resultado de la formula, tomamos como universo 1.149 elementos y 10%

de proporción de éxito, lo cual obtenemos como resultado una muestra optima de

123 elementos a verificar.

Seguido al resultado se procedió a revisar aleatoriamente en la Casa de Nariño y

el DAPRE los elementos, así:

Salón Bargueño – 11 Obras:

Titulo Placa

Marco de Cristo 000054460

Cristo 000054628

Sillón 000054876

Mesa circular 000054877

Silla (1 de 2) 000054878

Silla (2 de 2) 000054879

Sillón 000054881

Bargueño contador 000054999

Mesa de bargueño 000055002

Bargueño taquillón 000055003

Bargueño 000055006

Salón Esmeralda – 31 Obras:

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Titulo Placa

Sin título (Mujer con flores blancas) 000054635

Sin título (Mujer con collar rojo) 000054636

Reloj de caja larga 000054791

La dama del pañuelo 000054645

Consola (1 de 2) 000054921

Consola (2 de 2) 000054922

Consola (1 de 2) 000054924

Consola (2 de 2) 000054925

Silla (1 de 10) 000054927

Silla (2 de 10) 000054928

Silla (3 de 10) 000054929

Silla (4 de 10) 000054930

Silla (5 de 10) 000054931

Silla (6 de 10) 000054932

Silla (7 de 10) 000054933

Silla (8 de 10) 000054934

Silla (9 de 10) 000054935

Silla (10 de 10) 000054936

Mesa circular 000054939

Consola (1 de 2) 000055043

Consola (2 de 2) 000055044

Tapete 000055093

Espejo 000055094

Jarrón 000055095

Jarrón 000055096

Espejo cornucopia 000055097

Jarrón (1 de 2) 000055107

Jarrón (2 de 2) 000055108

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Florero 000055109

Copa (Jarrón) 000055110

Reloj de mesa 000068205

Salón Amarillo – 51 Obras:

Titulo Placa

Mesa 000054875

Sillón 000054942

Sillón 000054943

Sofá 000054944

Consola (1 de 2) 000054945

Consola (2 de 2) 000054946

Silla (1 de 10) 000054947

Silla (2 de 10) 000054948

Silla (3 de 10) 000054949

Silla (4 de 10) 000054950

Silla (5 de 10) 000054951

Silla (6 de 10) 000054952

Silla (7 de 10) 000054953

Silla (8 de 10) 000054954

Silla (10 de 10) 000054956

Silla (1 de 2) 000054957

Silla (2 de 2) 000054958

Sofá (1 de 2) 000054959

Silla (1 de 10) 000054961

Silla (2 de 10) 000054962

Silla (3 de 10) 000054963

Silla (5 de 10) 000054965

Silla (6 de 10) 000054966

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Silla (7 de 10) 000054967

Silla (8 de 10) 000054968

Silla (9 de 10) 000054969

Silla (10 de 10) 000054970

Diván (1 de 2) 000054971

Diván (2 de 2) 000054972

Silla (1 de 4) 000054973

Silla (2 de 4) 000054974

Silla (3 de 4) 000054975

Silla (4 de 4) 000054976

Sillón (1 de 4) 000054977

Sillón (2 de 4) 000054978

Sillón (3 de 4) 000054979

Sillón (4 de 4) 000054980

Sillón 000054981

Consola (1 de 2) 000054982

Consola (2 de 2) 000054983

Mesa de centro 000054984

Sillón (1 de 4) 000054985

Sillón (2 de 4) 000054986

Sillón (3 de 4) 000054987

Sillón (4 de 4) 000054988

Sofá 000054989

Consola (1 de 2) 000054990

Consola (2 de 2) 000054991

Mesa 000054992

Jarrón (1 de 2) 000055105

Jarrón (2 de 2) 000055106

Corredor de expresidentes – 25 Obras:

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50

Titulo Placa

Marco Fidel Suárez 000054613

Simón Bolívar 000054654

Carlos Eduardo Restrepo 000054656

José Vicente Concha 000054657

Pedro Nel Ospina 000054658

Miguel Abadía Méndez 000054659

Enrique Olaya Herrera 000054660

Alfonso López Pumarejo 000054661

Eduardo Santos 000054662

Alberto Lleras Camargo 000054663

Mariano Ospina Pérez 000054664

Laureano Gómez 000054665

Roberto Urdaneta Arbeláez 000054666

General Gustavo Rojas Pinilla 000054667

Guillermo León Valencia 000054668

Carlos Lleras Restrepo 000054669

Misael Pastrana Borrero 000054670

Alfonso López Michelsen 000054671

Julio Cesar Turbay Ayala 000054672

Belisario Betancur Cuartas 000054673

Virgilio Barco Vargas 000054674

Cesar Gaviria 000054675

Andrés Pastrana Arango 000062353

Ernesto Samper Pizano 000066256

Álvaro Uribe Vélez 000078297

Antesala Salón Amarillo – 2 Obra:

Titulo Placa

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Bolívar 000054761

Piano de cola 000055168

Antesala Salón de Embajadores – 1 Obra:

Titulo Placa

Bolívar instala el Congreso de Angostura 000054622

Corredor DAPRE – 1 Obra:

Titulo Placa

Sin título (Figura abstracta) 000066231

Oficina de Control Interno DAPRE – 1 Obra:

Titulo Placa

La Danse de la Fleur 000054532

Adicionalmente, a la verificación física de las Obras de Arte se hizo cruce de

información con la base de datos en la cual se encuentra el inventario de los

elementos según el archivo en formato Excel llamado

Base_FINAL_BIENES_MUEBLES_AJUSTADA UBICACIÓN_ENE2016.xlsx.

En conclusión se encontró que la revisión es conforme con la evidencia

documental y física según la muestra aleatoria.

Cuenta 271005- Provisión para Contingencias - Litigios.

De acuerdo con la metodología establecida por la Entidad en el SIGEPRE, la Secretaria Jurídica informa los procesos que deben provisionarse, a 31 de diciembre de 2015 se provisionaron 14 demandas en contra de la entidad, por un valor de $7.704.584.606,42, así:

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AÑO EXPEDIENTE No. DEMANDANTE CIFRAS A

DICIEMBRE DE 2015

1999 50001233100019990028601 BARBOSA HERNÁNDEZ NUMAEL 589.750.000,00

2009 76001233100020040084301 VIVAS ÁVILA JOSÉ ANTONIO 1.871.406.886,21

2,011 41001233100020050004400 GÓMEZ MANCHOLA RICARDO Y OTROS 1.090.786.981,28

2012 50001233100020070032200 CLAUDIA PATRICIA ARBOLEDA AGUIRRE Y OTROS

1.042.277.576,43

2,013 25000232600020040151401 HECTOR JAIME BELTRAN PARRA Y OTROS 64.435.000,00

2013 50001233100120060083500 LUIS JAIME BERMÚDEZ Y OTROS 60.596.040,00

2014 180013333100120100014800 FABIO VARGAS FIERO Y OTROS 362.808.874,90

2014 18001333100220100029800 GUILERMO LOMBANA GUTIERREZ Y OTROS 112.761.250,00

2014 54001333100620120010800 ALÉXIS JOSÉ RINCÓN LEÓN ( FONDO PAZ) 212.519.220,60

2015 50001233100020060094300 MERCEDES VALDES CASTRO 44.071.300,00

2015 180012331000200100102 CONSTANZA JUDITH ALFONSINA TURBAY COTE 1.634.900.000,00

2015 05001333302320120010500 JAIRO DE JESÚS MATHIEU ZULETA Y GLADYS MUÑOZ AREIZA

154.644.000,00

2015 50001233100020020013601 ABRAHAM PARRA PIÑEROS 463.627.477,00

TOTAL PROVISIONADAS CUENTA 271005

7.704.584.606,42

Durante el mes de mayo de 2016, la Oficina de Control Interno adelantó la revisión

de las demandas provisionadas, sentencias, y procesos que cursan en contra del

Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para lo cual se

identificó un total de 805 procesos con corte a 31 de diciembre de 2015.

Del citado universo, se procedió a realizar una prueba selectiva de conformidad con

lo establecido en el numeral 5.4.1.1 Diseño de la muestra Alcance método

Estadístico del Manual de Auditorías Internas, para lo cual se determinó una

muestra de 67 procesos de los 805 registrados.

En adelante, se procedió a comparar la información registrada en el Formato F-9,

el aplicativo eKOGUI y las carpetas físicas para determinar que la información

reportada fuera consistente. Una vez constatada, se observó que 13 procesos no

se relacionaron en el aplicativo eKOGUI pero si se encuentran relacionados en los

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formatos F-9 y soportados en las carpetas físicas, como se observa a

continuación:

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54

De conformidad con la prueba selectiva realizada a los procesos que cursan en

contra de la Entidad, se observó que la información del valor de la pretensión en

la carpeta física, no coincide con el valor registrado en el Formato F-9, en los

procesos que se relaciona a continuación:

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DEMANDANTE EXPEDIENTE VALOR F9

REVISIÓN

CONTRA

CARPETA

DIFERENCIA

BEATRIZ ELENA

SIERRA GOEZ 2014-00497 546.273.254 565.883.252 19.609.998

MARINA MOISES

CARRILLO 2010-00356 517.440.000 432.600.000 84.840.000

ALBA NANCY

MADRIGAL Y

OTROS 2012-00454 72.003.598.062 71.172.125.524 831.472.538

JESUS MARIA

GARCIA GALEANO

Y OTROS 2012-00438 207.903.885.105 233.394.386.548 25.490.501.443

DANIEL HOFFMAN

Y LULIA LILIANA

SARMIENTO 2008-00096 100.000.000 1.200.859.000 1.100.859.000

JAIRO NINCO

CABRERA 2001-02541 693.920.000 784.550.000 90.630.000

GLORIA POLANCO

DE LOZADA Y

OTROS 2010-00219 7.122.500.000 12.530.000.000 5.407.500.000

RICARDO GOMEZ

MANCHOLA Y

OTROS 2005-00044 1.090.786.981 953.750.000 137.036.981

Lo anterior Incumple lo dispuesto en el numeral 4.2.4 Control de los registros de la

NTC GP 1000:2009. No Conformidad Real 04.

En el mismo sentido es importante mencionar que la Agencia Nacional de

Defensa Jurídica del Estado en reunión sostenida el día 18 de abril de 2016

manifestó, que aunque existe un marco legal frente al tema de los casos

estudiados por el Comité de Conciliación, ésta no puede exigir a las entidades el

cumplimiento inmediato de todo lo reglamentado, porque como ya se dijo, éstas

se encuentran en un proceso de adaptación al sistema conforme a su evolución;

como tampoco espera que las entidades creen por su cuenta formatos internos

que suplan la funcionalidad del sistema, pues esto generaría unos trámites y un

desgaste innecesario, que es precisamente lo que busca evitar la implementación

del eKOGUI.

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De la misma prueba selectiva, se observó que el valor de las pretensiones en el

formato F-9 no coincide con las registradas en el aplicativo eKOGUI, como se

evidencio en los procesos que se relaciona a continuación:

Número del Proceso Valor de la Pretensión F-

9 y carpeta fisca

Valor de la pretensión

eKOGUI

05001333302620140138100 592.381.818 607.181.819

25000232600020100075201 309.000.000 2,163,800,000

05001233100020070245300 951.221.154 4,553,850,000

05001233100020100024400 16.312.009.199 19,176,474,209

68001233100020010254100 100.000.000 1,500,000,000

54001333170620120011600 42.000.000 17.308.200

68001333300720130016800 274.500.000 274.500.000

11001333603420140016300 294.013.065 299,498,065

11001333603520140032300 6.623.996.500 4,330,072,000

27001333300220150015600 1.155.734.972 1,114,725,500

De conformidad con los resultados obtenidos se Recomienda 12, adelantar los

trámites pertinentes, que permitan la actualización del valor de la pretensión en

los procesos registrados en el sistema eKOGUI.

Así mismo se Recomienda 13, adelantar los trámites pertinentes que permitan

localizar los registros de los proceso que no figuran en el sistema eKOGUI. Lo

anterior permitirá que la información reportada por la Entidad en los diferentes

aplicativos y sistemas sea la misma.

Cuenta 834704- Bienes entregados a terceros- Propiedades, planta y equipo.

El saldo de esta cuenta a 31 de diciembre de 2015 es de $ 1.271.111.607,61; en esta cuenta se registran los bienes entregados a entidades del Gobierno General, los saldos son los siguientes:

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Bienes Entidad Año 2015

Obras de arte, Computadores Fiscalía General de la Nación 6.873.474,00

Teléfono Secretarial y Módems Comando Aéreo de Transporte Militar Fuerza Aérea de Colombia

4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Aeronáutica Civil de Colombia 2.291.158,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Agricultura y Desarrollo 4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Transporte 4.582.316,00

Teléfono RDSI, Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Protección Social 4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Departamento Nacional de Planeación 6.873.474,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Comercio Industrial y Turismo

4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Minas 4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Educacion4582 4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Hacienda y Crédito publico

4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Salud y Protección Social 4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Justicia 4.582.316,00

Teléfono RDSI, Teléfono Secretarial y Módems Contraloría General de la República 2.291.158,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Tecnologías de la Información

4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Cultura 4.582.316,00

Teléfono RDSI, Teléfono Secretarial y Módems Ministerio de Relaciones Exteriores 14.398.989,26

Teléfono Secretarial y Módems Armada Nacional de Colombia 4.582.316,00

Teléfono Secretarial y Módems Ejército Nacional de Colombia 4.582.316,00

Polea Mista y Equipos de Comunicación y Computación Ministerio de Defensa Nacional 655.162.858,10

Equipo de Comunicación Ministerio de Vivienda Ciudadana y Territorial

9.164.632,00

Equipo de Comunicación y Computación Radio y Televisión Nacional Colombia 16.799.997,00

Chaleco Antibalas, Manta Blindada, Estación de Poder Portátil, Bicicleta, Elementos para Medicina, Camionetas y Camperos e Impresora Portátil-

Policía Nacional 9.070.928,48

Equipo de transporte, equipo de Comunicación y Computación

Ministerio del Interior 459.837.416,00

Antenas, Decoder TELECAFE 24.195.098,77

TOTAL 834704 1.271.111.607,61

Se realizó prueba selectiva a 8 contratos así:

BIENES ENTREGADOS EN PRESTAMO A ENTIDADES PÚBLICAS

A 31 DE DICIEMBRE DE 2015

Observaciones Entidad Bien Placa Valor

Ajustado Fecha de

finalización Observaciones

Contrato de Comodato No. 057 - 13

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION - DNP

Teléfono Secretarial

82972 546.824,00 Vence 5 de Noviembre de 2017.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de

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acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 056 - 13

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN

Teléfono Secretarial

82992 546.824,00 Vence 12 de Noviembre de 2017.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 153A - 10.

POLICIA NACIONAL

BICICLETA 75237 720.000,00

Plazo 5 Años, Vence 4 de Agosto de 2015. En el proceso de restitución de bienes.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 067 - 13

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Módems 83064 1.744.334,00 Vence 15 de Noviembre de 2017.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 060 - 13

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

MODEMS 83037 1.744.334,00 Vence 28 de Octubre de 2017.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 055 - 13.

MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIAL Y TURISMO

Módems 83032 1.744.334,00 Vence 29 de Octubre de 2017.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 064 - 13

MINISTERIO DE DEFENASA NACIONAL - FUERZA AEREA COLOMBIANA

Módems 83060 1.744.334,00 Vence 08 de Noviembre de 2017.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 054-13

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA AERONAUTICA CIVIL

Módems 83050 1.744.334,00 Vence 12 de Noviembre de 2017.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

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Se solicitaron las carpetas al Área de Contratos y se cruzaron con Recursos Físico y con el Grupo de Contabilidad donde se observó que los controles establecidos por cada una de los Grupos están siendo efectivos, se está conciliando mensualmente y se está enviando comunicaciones a las entidades para que informen si han pagado impuestos, han realizado el mantenimiento preventivo y correctivo que reza el contrato, en cuanto a los supervisores están cumpliendo con sus obligaciones de informar oportunamente cuando haya alguna modificación o se tenga que solicitar la prórroga como también se verifica si los bienes están siendo amparados por la entidad comodante.

Cuentas 934619 y 934620 - Bienes Recibidos de Terceros- Propiedades, planta y equipo y Otros Activos.

Dentro de esta cuenta se contabilizan los bienes recibidos de entidades privadas o de las empresas, de acuerdo con la nueva normatividad establecida por la Contaduría General de la Nación, a 31 de diciembre de 2015 se habían recibido los siguientes bienes:

Entidad Bienes CIFRAS EN $ A DICIEMBRE DE

2015

Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior - Fiducoldex

Maquinaria y Equipo, Herramientas y Accesorios

652.586,00

Radio Televisión Nacional Colombia

Maquinaria y Equipo, Herramientas y Accesorios

1.214.588,52

Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior - Fiducoldex

Muebles y Enseres y Equipo de Oficina 521.328,00

Radio Televisión Nacional Colombia

Muebles y Enseres y Equipo de Oficina 17.963,00

Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior - Fiducoldex

Equipos de Comunicación y Computación

2.129.294,00

Radio Televisión Nacional Colombia

Equipos de Comunicación y Computación

291.705.551,68

Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior - Fiducoldex

Equipos y Maquinas de Comedor 1.577.061,00

TOTAL 934619 297.818.372,20

Entidad Bienes CIFRAS EN $ A DICIEMBRE DE

2015

Olga Ceballos de Amaral Obra de Arte "Entorno de Aire", "Riscos", "Tierra y Oro".

6.000.000,00

Diego Obregón Rasch Isla Obra de Arte "Victoria de la Paz" 428.631.000,00

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Juan Bernal Posada Obra de Arte "El Cerro de la Teta" 5.000.000,00

Santiago Cárdenas Arroyo Obra de Arte "La Maternidad" 70.000.000,00

Banco de la República Obras de Arte 155.073.723,85

Edificio Caldas 366.72 Metros del Edificio 245.668.746,00

TOTAL 934620 910.373.469,85

Para la presente auditoria se tomó una muestra del 10% del inventario de bienes

recibidos en Contrato en Comodato así:

Contrato de Comodato

Nombre Propietario

Descripción Placa Valor Fecha de

finalización

Observación

Contrato de Comodato No. 038 - 2001

Olga Ceballos de Amaral

OBRA DE ARTE

010200305 6.000.000,00 Vence 16 de marzo de 2016.

La cláusula tercera.-Termino el plazo será hasta el 15 de diciembre de 2002 y en la cláusula sexta: se prorroga automáticamente por un término igual al inicialmente pactado.

Contrato de Comodato No. 002-12

MINISTERIO DE DEFENSA -

EJERCITO NACIONAL

366.72 Metros del Edificio

Caldas N/P

245.668.746,00

Contrato de Comodato No. 002-12, Vence el 20 de febrero de 2017.

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años.

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

CALENTADOR DE AGUA

010200918 325,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato. Y esta Ok

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años.

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

TELEVISOR 010200905 298.800,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato. Y

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esta Ok

Contrato de Comodato No. 120 - 2012

RADIO TELEVISION

NACIONAL DE COLOMBIA -

RTVC

CAMARA DE VIDEO

010201291 18.154.000,0

0

Contrato de Comodato No. 120 - 2012, Vence el 10 de julio de 2018.

Se prorroga automáticamente por el tiempo establecido

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

EQUIPO DE SOLDADURA

010200955 876,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

ELECTROBOMBA

010200969 946,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

VENTILADOR DE PEDESTAL

010200657 126,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

PISTOLA PARA

SOLDAR 010200992 51.300,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

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bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

LAMPARA 010200629 256,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

MESA DE CENTRO

010200639 825,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

MESA 010200640 374,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

MESA PARA TELEVISOR

010200653 907,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

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63

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

SILLAS FIJAS CON BRAZOS

010200668 426,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

SILLAS DE DIFERENTE

ESTILO 010200677 330,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

ARCHIVADOR VERTICAL

010200742 81.473,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

ESTANTERIA METALICA

010200772 62,00

Contrato de Comodato No. 045-13 plazo de 5 Años, Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

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Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

MESA DE NOCHE

010200826 $20.592,00

Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

RELOJ DECORATIVO

010200841 $14.990,00

Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

GABINETE 010200945 $330,00

Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los

registros de

contabilidad

con los ítems

entregados de

acuerdo al

contrato en

comodato y el

Inventario de

bienes y esta

Ok

Contrato de Comodato No. 045-13

FIDUCIARIA COLOMBIANA

DE COMERCIO

EXTERIRO S.A. - FIDUCOLDEX

EXTINTOR 010200936 $192,00

Vence el 23 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 120 -

RADIO TELEVISION

NACIONAL DE

PATCH PANEL 010201129 $1.311.229,0

0

Vence el 10 de julio de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de

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2012 COLOMBIA - RTVC

acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y se verifico que el mantenimiento lo está realizando el comodante. Ok

Contrato de Comodato No. 120 - 2012

RADIO TELEVISION

NACIONAL DE COLOMBIA -

RTVC

CABLE DE FIBRA OPTICA

N/P

$1.000,00 Vence el 10 de julio de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y se verifico que el mantenimiento lo está realizando el comodante. Ok

Contrato de Comodato No. 120 - 2012

RADIO TELEVISION

NACIONAL DE COLOMBIA -

RTVC

RELOJ

N/P

$17.963,00 Vence el 10 de julio de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y se verifico que el mantenimiento lo está realizando el comodante. Ok

Contrato Comodato No. 01-5-10025

POLICIA NACIONAL

KORAN

N/P

$3.000.000,00

Vence 19 de septiembre de 2016

Prórroga automática por el mismo tiempo pactado. A éste comodato se le va hacer un modificatorio.

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Contrato Comodato No. 01-5-10025 de 2006.

POLICIA NACIONAL

KIARA

N/P

$1.500.000,00

Vence 19 de septiembre de 2016

Prórroga automática por el mismo tiempo pactado. A éste comodato se le va hacer un modificatorio

Contrato Comodato No. 01-5-10025 de 2006.

POLICIA NACIONAL

BRUNO

N/P

$9.354.158,20

Vence 19 de septiembre de 2016

Prórroga automática por el mismo tiempo pactado. A éste comodato se le va hacer un modificatorio.

Contrato Comodato No. 016/15.

POLICIA NACIONAL - Dirección de

Sanidad

AMBULANCIA 010201021 $119.999.996

,00

Vence 18 de Junio de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

Contrato de Comodato No. 081 de 2012 FONDO PAZ

MINISTERIO DE AMBIENTE

CAMIONETA 010405490 $380.693.715

,76

Contrato de Comodato No. 081 de 2012 FONDO PAZ

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes en fondo paz y esta Ok

Contrato Interadministrativo de Comodato No. 566 - 2003.

MINISTERIO DE CULTURA

OBRA DE ARTE

010200301 $30.000.000,

00

Contrato Interadministrativo de Comodato No. 566 - 2003, Vence el 02 de septiembre de 2018.

Se cruzaron los registros de contabilidad con los ítems entregados de acuerdo al contrato en comodato y el Inventario de bienes y esta Ok

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Verificados los contratos de comodatos recibidos según muestra aleatoria, se

pudo evidenciar que se les está realizando el debido mantenimiento preventivo y

correctivo, se están aplicando controles, tales como conciliaciones y

comunicaciones del grupo de contabilidad a las entidades y mensualmente se

realizan conciliaciones con el Área de Recursos Físicos lo que garantiza el

cumplimiento de las obligaciones tanto del comodante como del comodatario.

En cuanto a las pólizas de cumplimiento, se evidenció que la renovación se está

haciendo en forma oportuna la garantía. La supervisión, ésta actividad la están

desarrollando los funcionarios designados de acuerdo con las obligaciones del

contrato en comodato respectivamente.

IX. CONCLUSIONES GENERALES En desarrollo de la Auditoria Integral al Proceso de Gestión Financiera, la Oficina de Control Interno determinó que si bien la gestión se desarrolla bajo los principios del Sistema Integrado de Gestión, es importante adoptar las medidas correctivas y preventivas identificadas en el proceso auditor con el fin de fortalecer el Proceso de Gestión Financiera, así como prestar atención a las recomendaciones de manera que se tomen medidas de mejora que coadyuven al mejoramiento continuo del Proceso. Como No Conformidades Reales se presentaron las siguientes cuatro (04): Transversales al Área de Talento Humano: No se está cumpliendo con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Publica

Libro I, Título I, Sección VII-Principios, Código Interno &0119-Devengo o

Causación No conformidad Real 01.

Se está Incumpliendo el Artículo 12 de la Ley 446 de 199811, “TITULO

EJECUTIVO, es cualquier documento que contenga una obligación de dar, hacer

o no hacer, de manera expresa, clara y actualmente exigible que constituya plena

prueba contra el deudor o su causante”. No Conformidad Real 02.

No se concedió el recurso de reposición en las resoluciones por las cuales se

reconocieron las licencias por enfermedad no profesional. Incumpliendo lo

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establecido en el numeral 1 del Artículo 74 de la Ley 1437 de 2011. No

Conformidad Real 03.

Transversal a la Secretaría Jurídica:

En algunos procesos que cursan en contra de la Entidad, se observó que la

información del valor de la pretensión en la carpeta física, no coincide con el valor

registrado en el Formato F-9. Lo anterior Incumple lo dispuesto en el numeral

4.2.4 Control de los registros de la NTC GP 1000:2009. No Conformidad Real

04.

Como No Conformidades Potenciales se presentó una (01): Transversales al Área de Talento Humano: Se observó que el procedimiento de situaciones administrativas P-TH-03 no

considera actividades específicas de control a las incapacidades. Lo anterior

podría afectar el cumplimiento del numeral 1.3 Componente Administración del

Riesgo MECI 2014. No Conformidad Potencial 01.

Como Recomendaciones generales se realizan las siguientes trece (13): Al Área Financiera.

En la conciliación que se realiza mensualmente entre las áreas de Talento

Humano y Financiera establecer nuevos controles que garanticen el registro y

oportunidad de la totalidad de las incapacidades y licencias.

Transversales al Área de Talento Humano: Tener en cuenta lo establecido en el reglamento del ICETEX, Artículo Décimo Octavo.-Obligaciones del Beneficiario. Literal g. Continuar realizando las acciones tendientes a que el ICETEX realice la

recuperación de los recursos, así como su respectivo reintegro a la DTN, y de

esta manera poder realizar la liquidación de los Convenios.

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Revisar la conveniencia de actualizar los lineamientos y especificar en qué

situación el funcionario requiere adjuntar copia de la historia clínica, lo que evitará

generar solicitudes de historias clínicas a casos que no aplicaría adjuntarla.

Establecer mecanismos que permitan realizar gestiones periódicas por el Área de

Talento Humano frente a las Entidades Promotores de Salud, para los respectivos

pagos.

Establecer un mecanismo que permita controlar la información de recobro y

montos pagados por la EPS para cada caso de licencia y/o incapacidad, lo que

permitirá coherencia y confiabilidad en la información, agilidad para posteriores

consultas, reportes y evaluaciones.

Establecer acciones pertinentes y eficaces que permitan evitar la acumulación de

las liquidaciones de los funcionarios y por ende, su afectación al ingreso salarial,

así como del recurso público por cuanto en caso de presentarse renuncia y/o

retiro del servicio, no habría lugar a realizar los descuentos.

Establecer acciones que informen a los funcionarios del DAPRE acerca de sus

deberes frente al reporte y entrega de las incapacidades, en los términos

señalados.

Establecer mecanismos que permitan realizar gestiones periódicas por el Área de

Talento Humano frente a las Entidades Promotores de Salud, para los respectivos

pagos.

Establecer las acciones tendientes a que los funcionarios cumplan con los

acuerdos de pago establecidos.

Transversales al Área de Recursos Físicos:

Gestionar la salida de inventarios del vehículo motocicleta MNQ-15B en mención de los inventarios del DAPRE de tal forma que al cierre de la vigencia 2016 se encuentre fuera del inventario. De igual forma para el vehículo camioneta No.

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75884OJK 045 TOYOTA RUNNER se recomienda la gestión de tal forma que salga de los inventarios al cierre de la vigencia 2016.

Transversales a la Secretaría Jurídica:

Adelantar los trámites pertinentes, que permitan la actualización del valor de la

pretensión en los procesos registrados en el sistema eKOGUI.

Adelantar los trámites pertinentes que permitan localizar los registros de los

procesos que no figuran en el sistema eKOGUI. Lo anterior permitirá que la

información reportada por la Entidad en los diferentes aplicativos y sistemas sea

la misma.