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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN RECAUDATORÍA DE TRIBUTOS,
PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS DELEGADOS POR LOS AYUNTAMIENTOS EN LA
DIPUTACIÓN DE LA CORUÑA
EJERCICIO 2012
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe1
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................... 11
I.1 OBJETIVOS Y ALCANCE .............................................................................................................. 11
I.2. METODOLOGÍA ......................................................................................................................... 11
I.3 LIMITACIONES ............................................................................................................................ 12
I.4. NORMATIVA REGULADORA ...................................................................................................... 13
II. ÁMBITO Y ORGANISMO GESTOR............................................................................ 15
II.1. DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE TESORERÍA Y GESTIÓN TRIBUTARIA .............................................. 16
II.2. PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS CON RELACIÓN A DETERMINADOS IMPUESTOS ....................... 17
III. DELEGACIONES DE COMPETENCIAS MUNICIPALES EN DIPUTACIÓN PROVINCIAL ................................................................................................................................... 26
IV. RESULTADO DE LA GESTIÓN REALIZADA POR LA DIPUTACIÓN ............................ 30
IV.1 GESTIÓN Y RECAUDACIÓN ...................................................................................................... 30
IV.2 EXPEDIENTES PENDIENTES DE COBRO A 31 DE DICIEMBRE DE 2012 ....................................... 36
IV.3 EXPEDIENTES DADOS DE BAJAS EN EL EJERCICIO 2012 ........................................................... 38
IV.4 OTRAS MATERIAS .................................................................................................................... 41 IV.4.1 Aplazamientos y fraccionamientos ..................................................................................................... 41 IV.4.2 Inspección ......................................................................................................................................... 42 IV.4.3 Recursos interpuestos ........................................................................................................................ 44
IV.5 TASAS PERCIBIDAS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ........................................................... 44
IV. CONCLUSIONES ..................................................................................................... 47
V. RECOMENDACIONES .............................................................................................. 50
ANEXOS ...................................................................................................................... 53
TRÁMITE DE ALEGACIONES ........................................................................................ 73
ALEGACIONES PRESENTADAS ......................................................................................................... 77
CONTESTACIÓN A LAS ALEGACIONES ............................................................................................. 91
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe3
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro 1: Resumen del proceso de gestión 2008-2012 ............................................................................................... 31
Cuadro 2: Recaudación total según el tipo del procedimiento liquidatorio .................................................................... 33
Cuadro 3: Recaudación ejecutiva por conceptos 2012 ................................................................................................. 34
Cuadro 4: Recaudación ejecutiva por zonas ................................................................................................................. 35
Cuadro 5: Porcentaje de las bajas con relación a los ingresos ...................................................................................... 38
Cuadro 6: Motivos de las bajas ................................................................................................................................... 38
Cuadro 7: Aplazamientos solicitados en el ejercicio por año de resolución.................................................................... 41
Cuadro 8: Aplazamientos resueltos en el 2012 por año de alta .................................................................................... 42
Cuadro 9: Plan de inspecciones tributarias: Actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio ................................................ 43
Cuadro 10: Muestra comprobación de las tasas ........................................................................................................... 46
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe5
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1: Recaudación total según el tipo del procedimiento liquidatorio .................................................................... 33
Gráfico 2: Recaudación en voluntaria y ejecutiva ......................................................................................................... 34
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe7
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo 1. Delegaciones vigentes en el 2012 ........................................................................................................ 55
Anexo 2. Delegaciones de competencias de la muestra ....................................................................................... 57
Anexo 3. Gestión ejercicio 2012 por entidades ................................................................................................... 58
Anexo 4. Gestión ejercicio 2012 por conceptos .................................................................................................. 60
Anexo 5. Muestra de valores no cobrados en fase ejecutiva a 31 de diciembre .................................................... 60
Anexo 6. Muestra de valores dados de bajas en el 2012 ..................................................................................... 62
Anexo 7. Aplazamientos solicitados ................................................................................................................... 63
Anexo 8. Aplazamientos resueltos ...................................................................................................................... 66
Anexo 9. Recursos interpuestos con fecha de alta en el 2012 ............................................................................. 68
Anexo 10. Recursos interpuestos resueltos en el 2012 .......................................................................................... 69
Anexo 11. Recaudación neta por cuenta de los ayuntamientos y tasa cobrada a los mismos .................................. 69
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe9
ABREVIATURAS
AEAT Agencia Estatal de Administración Tributaria
art. artículo
BOE Boletín Oficial del Estado
BOP Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña
DOG Diario Oficial de Galicia
DXT Dirección General de Tráfico
GTT Gestión Tributaria Territorial
IAE Impuesto sobre Actividades Económicas
IBI Impuesto sobre Bienes Inmuebles
IBICES Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales
IBIR Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos
IBIU Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos
ICIO Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras
IIVTNU Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
IVTM Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
N.C No consta
S. Salvamento
TRLHL Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 11
I. INTRODUCCIÓN
De conformidad con lo establecido en la Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consello de Contas de
Galicia, el Pleno de la Institución, en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2013, acordó incluir
en su programa anual de actuaciones para 2014 la fiscalización llevada a cabo por la Diputación
Provincial de A Coruña respecto a las materias delegadas por los ayuntamientos en el ente
provincial relativos a la gestión, inspección y recaudación de tributos, precios públicos u otros
ingresos de derecho público, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva para el ejercicio
2012.
I.1 OBJETIVOS Y ALCANCE
El ámbito subjetivo de la fiscalización alcanza a 84 ayuntamientos de los 94 existentes en la
provincia y a 2 consorcios, quedando excluidos 10 ayuntamientos que no tienen delegada ninguna
competencia, así como los restantes consorcios y mancomunidades censadas en la provincia.
El ámbito objetivo de la fiscalización abarca la gestión, inspección y recaudación de tributos,
precios públicos y otros ingresos de derecho público, tanto del organismo provincial como de los
derivados por delegación por los ayuntamientos tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.
La fiscalización abarca los siguientes aspectos:
- Revisión del cumplimiento de la normativa aplicable en las materias objeto de fiscalización.
- Comprobación de la fiabilidad de los registros contables, verificando el cumplimiento de los
principios y normas establecidas en las instrucciones contables.
- Análisis de los procedimientos y las medidas de control interno aplicadas por la Entidad en
orden a garantizar una adecuada gestión económico-presupuestaria.
- Comprobación de la fiabilidad de la aplicativo informática de la gestión tributaria.
El período temporal de la fiscalización, ejercicio 2012, se extendió a aquellos ejercicios (anteriores
y posteriores) que se consideraron necesarios para la consecución de los objetivos previstos.
I.2. METODOLOGÍA
Con la finalidad de conseguir el objetivo señalado y examen se realizó teniendo en cuenta la
previsión normativa para comprobar su seguimiento, a partir de los registros que figuran en la
aplicación informática del organismo. Con esta finalidad, se centró el análisis en los siguientes
aspectos:
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 12
1) Competencias delegadas por los ayuntamientos en el organismo de la Diputación provincial
y comprobación mediante muestra del cumplimiento del procedimiento seguido por el organismo
delegante y el delegado.
2) Datos generales de la recaudación de las deudas derivadas de las competencias objeto de
delegación, tanto en período voluntario como ejecutivo.
3) Examen de los expedientes que, acabado el período ejecutivo, continúan pendientes de
cobro, con el objetivo de comprobar, mediante muestra estadística, que se tuvieron en
consideración los procedimientos previstos en la normativa con la finalidad de obtener su cobro y
que su registro refleje la situación real de los mismos.
4) Examen de los expedientes dados de baja con la finalidad de comprobar, mediante muestra
estadística, que se llevaron a cabo los trámites previstos en la normativa y que su registro
concuerda con la situación real de los expedientes
5) Solicitudes y resoluciones de aplazamientos/fraccionamientos en el ejercicio 2012,
expresados por entidades locales y conceptos tributarios.
6) Plan de inspección y control tributario del ejercicio y resultados obtenidos de la inspección
de tributos y otros recursos públicos.
7) Con relación a los recursos interpuestos contra actos y liquidaciones practicadas por la
Diputación, situación dos finalizados no 2012, motivo que o origina o recurso; dos recursos
pendientes a agrupación por año de interposición e por tipo.
8) Con relación a las tasas de gestión y recaudación cobradas por la Diputación por la
prestación del servicio delegado por los ayuntamientos, la comprobación de que se están a liquidar
las tasas de acuerdo con los criterios establecidos en la ordenanza fiscal reguladora, mediante
selección de una muestra de ayuntamientos.
El Examen de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros recursos tributarios
desenvuelta por el Servicio de Recaudación de la Diputación de A Coruña en el ejercicio 2012 se
basa en la información que se deriva de la aplicación informática del servicio, el cual es objeto de
análisis, mediante el registro de los actos que se recogen en los expedientes objeto de
fiscalización.
I.3 LIMITACIONES
El personal de la Diputación de A Coruña prestó la colaboración necesaria para la realización de
los trabajos de campo, finalizando en el plazo establecido por el Consello de Contas de Galicia, el
20 de julio de 2015.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 13
I.4. NORMATIVA REGULADORA
La normativa reguladora de la materia objeto de fiscalización se incluye, fundamentalmente, en las
siguientes disposiciones:
LEGISLACIÓN ESTATAL
- Constitución Española del 27 de diciembre de 1978 (BOE nº 311, del 29 de diciembre).
- Carta Europea de Autonomía Local, del 15 de octubre de 1985 (BOE nº 47, del 24 de
febrero de 1989).
- Ley 7/1985, del 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (BOE nº 80, del 3 de
abril), y sucesivas modificaciones entre otras la Ley 4/1996, del 10 de enero (BOE nº 11, del 12 de
enero).
- Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de
procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre).
- Ley 58/2003, del 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302, del 18 de diciembre).
- Ley 47/2003, del 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE nº 284, del 27 de
noviembre).
- Real Decreto Legislativo 1/2004, del 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario (BOE nº 58, del 8 de marzo).
- Real Decreto Legislativo 2/2004, del 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley reguladora de las haciendas locales (BOE nº 59, del 9 de marzo).
- Ley 39/2010, del 22 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 2011 (BOE nº
311, del 23 de diciembre) (prorrogados para 2012 hasta el 30 de junio).
- Ley 2/2012, del 29 de junio, de presupuestos generales del Estado para 2012 (BOE nº 156,
del 30 de junio) (en vigor desde el 1 de julio).
- Real Decreto 939/2005, del 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de
Recaudación (BOE nº 210 del 2 de septiembre).
- Real Decreto 417/2006, del 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley
del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004 (BOE nº 97, del 24 de
abril).
- Real Decreto 1065/2007, del 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de
las actuaciones y de los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 14
normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (BOE nº 213, del 5 de
septiembre).
- Real Decreto 20/2011, del 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
tributaria y financiera para la corrección del déficit público (BOE nº 315, del 31 de diciembre).
LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
- Estatuto de Autonomía de Galicia (DOG número 101, del 1 de octubre de 1981).
- Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración Local de Galicia (DOG número 149, del 5 de
agosto).
- Ley 11/2011, del 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Galicia para el año 2012 (DOG del 30 de diciembre).
LEGISLACIÓN DE CONTROL EXTERNO
- Ley Orgánica 2/1982, del 12 de mayo, del Tribunal de Contas (BOE nº 121, del 21 de mayo).
- Ley 6/1985, del 24 de junio, del Consello de Contas de Galicia (DOG nº 130, del 9 de julio).
- Reglamento de régimen interior do Consello de Contas de Galicia del 25 de junio de 1992
(DOG 138, del 7 de julio).
NORMATIVA ESPECÍFICA DE LA DIPUTACIÓN DE A CORUÑA
- Bases para la prestación de servicios tributarios a los ayuntamientos de la provincia, aprobadas
por Acuerdo del Pleno de la Corporación del 29 de Junio de 2001 y publicadas en el BOP del 7 de
julio.
- Ordenanza fiscal nº 5, relativa a la tasa por la prestación de servicios tributarios, aprobada por
acuerdo del Pleno de la Corporación del 25 de octubre de 2002 y publicada en el BOP del 12 de
diciembre.
- Bases para la prestación de servicios en materia de sanciones por infracción de las normas
sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad viaria, aprobada por acuerdo del Pleno
de la Corporación del 26 de junio de 2009 y publicada en el BOP del 17 de julio.
- Ordenanza fiscal general , aprobada por Acuerdo del Pleno de la Corporación el 25 de junio de
2010 y publicada en el BOP del 19 de agosto.
- Bases para la prestación de servicios en materia de sanciones por infracción de las normas
sobre tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad viaria y de la tasa por la utilización
privativa o aprovechamientos especiales a los ayuntamientos que no tengan delegada la gestión
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 15
tributaria y la recaudación de los impuestos municipales obligatorios, aprobada por acuerdo del
Pleno de la Corporación del 25 de marzo de 2011 y publicada en el BOP del 21 de noviembre.
- Normas para la tramitación y resolución de los aplazamientos y fraccionamientos de pago de
deudas gestionadas por el Servicio de Recaudación aprobadas en la sesión plenaria del 31 de
mayo de 2012.
- Resolución de la presidencia nº 7508/1998, del 5 de mayo, por la que se regula e justificante
del pago a través del cajero automático.
- Resolución de la presidencia nº 20610/1999, del 3 de septiembre, rectificada por la resolución
de la presidencia no 26279/1999, del 27 de diciembre, por la que se establece el justificante de
pago a través de internet.
- Resolución de la presidencia nº 19879/2001, del 20 de noviembre, por la que se determina el
período voluntario de ingreso de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva.
- Resolución de presidencia nº 7157/2002, del 14 de mayo, por la que se aprueban las normas
para la recaudación de tasas, precios públicos y otros ingresos municipales de derecho público.
- Resolución de la presidencia nº 514/2003, del 23 de enero, por la que se establecen las normas
de procedimiento para la recaudación de sanciones de tráfico.
- Resolución de la presidencia nº 15719/2012, del 1 de octubre, por la que se aprueban las
normas de gestión de pagos domiciliados de deudas tributarias.
II. ÁMBITO Y ORGANISMO GESTOR
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, la provincia de A Coruña a 1 de enero de
2012 contaba con una población de derecho de 1.143.911 habitantes distribuidos en 94
ayuntamientos. Del total, 84 ayuntamientos tenían delegadas competencias en la Diputación de A
Coruña, representando una población de 929.456 habitantes, equivalente al 81,25 por ciento del
total provincial, tal como se recoge en el apartado III. Delegaciones de competencias. Por su parte,
los restantes 10 ayuntamientos (Ames, Boiro, Coristanco, Ferrol, Mugardos, Noia, Oleiros, A Pobra
do Caramiñal, As Pontes de García Rodríguez y Rianxo), con una población de 214.455 habitantes
(es decir, o 18,75 por ciento de la provincia), no hicieron uso de la delegación de competencias en
el citado organismo. Además, en 2012 formaban parte del censo de las Entidades Locales de la
Provincia de A Coruña 5 consorcios y 9 mancomunidades; de ellos, hicieron uso de la delegación
de competencias a favor de la Diputación Provincial los siguientes: el Consorcio As Mariñas y el
Consorcio provincial Contra Incendios y Salvamento.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 16
II.1. DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE TESORERÍA Y GESTIÓN TRIBUTARIA
EL Servicio de Recaudación de la Diputación de A Coruña se creó en el año 1988 y los Servicios de
Gestión Tributaria e Inspección Tributaria se crearon en el año 1992. Actualmente están
integrados dentro del Área de tesorería y gestión tributaria, junto con la Unidad central de
atención al contribuyente, la Unidad de instrucción de sanciones municipales e las 4 zonas
recaudatorias.
La mencionada área presta servicio a 84 ayuntamientos de la provincia y dos consorcios. Para ello
cuenta con los siguientes medios personales y materiales:
Medios personales: 154 personas en el cuadro de personal, en los que se incluyen los de las 4
zonas recaudatorias de la provincia, de acuerdo con las siguientes categorías: 1 tesorero, 1
vicetesorera, 2 jefes de servicio, 11 jefes de sección, 17 jefes de negociado, 19 técnicos tributarios,
50 administrativos, 9 auxiliares administrativas, 2 analistas técnicos, 1 analista programador, 2
agentes tributarios, 3 recaudadores-jefes de zona, 4 oficiales mayores de recaudación, 9 oficiales
primera de recaudación e 23 oficiales segunda de recaudación.
La distribución del personal por zonas recaudatorias es la siguiente:
- Zona A Coruña: 1 recaudador, 2 oficiales mayores, 4 oficiales de primera, 5 oficiales de
segunda y 1 técnico de gestión. Total 13 empleados.
- Zona Betanzos-Ferrol: 1 recaudador (en funciones), 1 oficial mayor (en funciones), 3
oficiales de primera, 6 oficiales de segunda, 2 técnicos de gestión y 1 administrativo. Total 14
empleados.
- Zona Santiago de Compostela-Ribeira: 1 recaudador, 1 oficial mayor, 2 oficiales de
primera, 6 oficiales de segunda y 2 técnicos de gestión. Total 12 empleados.
- Zona Corcubión-Negreira: 1 recaudador, 1 oficial mayor, 1 oficial de primera y 5 oficiales de
segunda. Total 8 empleados.
Si comparamos el número de ayuntamientos delegantes de las materias de gestión y recaudación
tributaria, precios públicos y otros en el organismo de la Diputación, recogidos en el apartado III.
Delegaciones de competencias, 84 ayuntamientos, con número de personas que realizan
actividades relacionadas con las delegaciones, 154 personas, resulta un ratio de 0,55
ayuntamientos por persona.
Si consideramos la población de los ayuntamientos delegantes, 929.456 habitantes, a cada
trabajador/a del Servicio de Recaudación le corresponde un ratio de 6.035,43 personas.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 17
Medios materiales: Todas las oficinas cuentan con mobiliario y equipos informáticos propios.
Los servicios tributarios de la Diputación disponen de una aplicación informática tributaria
adquirida no año 2006.
Los edificios, locales y oficinas son las siguientes:
- Un edificio administrativo de ocho plantas en la calle Archer Milton Huntington, 17.
- Un local en la planta baja del Colegio Calvo Sotelo, situado en la calle Archer Milton
Huntington, 24.
- 4 oficinas territoriales principales en Ferrol, A Coruña, Santiago y Corcubión.
- 7 oficinas auxiliares en Betanzos, Narón, Ortigueira, Ordens, Arzúa, Ribeira y Negreira.
Cabe destacar igualmente que dentro de los medios materiales utilizados, en la Diputación
dispone de una aplicación informática GTT (Gestión tributaria territorial) mediante la que se
gestiona todo el procedimiento de recaudación. Esta aplicación fue adquirida a la empresa Gestión
Tributaria SA, con domicilio en Alicante, la cual se encarga del mantenimiento de la aplicación y
del tratamiento de la información y, por lo tanto, es la responsable del cumplimiento de las
obligaciones establecidas en la Ley orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos
de carácter personal, y del Real decreto 1720/2007, del 21 de diciembre, por el que se aprueba el
reglamento de desenvolvimiento de la misma.
En cumplimiento de esta normativa, la aplicación GTT se sometió a un proceso de auditoría
respecto de los tratamientos de datos de carácter personal, realizado por la consultora ACE&NIU
CONSULTING, SL. GTT dispone, por lo tanto, de un informe de cumplimiento respecto de las
medidas de seguridad, técnicas y organizativas establecidas en dita normativa, realizándose
formación a los usuarios, mediante la entrega de manuales, instrucciones y circulares e
impartiendo cursos de formación.
II.2. PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS CON RELACIÓN A DETERMINADOS IMPUESTOS
El art. 2 TRLRFL reconoce a las Entidades Locales la posibilidad de obtener distintos recursos
financieros para atender a sus competencias. Entre ellos, se encuentran los cualificados como
ingresos de derecho público, formados principalmente por los tributos (tasas, impuestos y
contribuciones especiales), si bien también se incluyen otros recursos, como los precios públicos o
multas y sanciones.
La recaudación obtenida en el ejercicio se hace efectiva mediante dos procedimientos liquidatarios:
ingreso por recibo e ingresos por otras liquidaciones.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 18
El procedimiento de ingreso por recibo es el procedimiento normal o típico en la exacción de
los tributos municipales y se aplica en los impuestos obligatorios, esto es el IAE, IBI y IVTM, así
como en la mayoría de las tasas. Así se configura en la propia Ley reguladora de las haciendas
locales. Consiste en la elaboración previa de las matrículas del impuesto de que se trate, las cuales
consisten en una relación de contribuyentes y elementos tributarios que permiten la determinación
de la cuota líquida. La elaboración de las matrículas es competencia de organismos estatales: así
la del IAE procede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la del IBI de la Dirección
General del Catastro, las del IVTM de las Jefaturas Provinciales de Tráfico; de los propios
ayuntamientos u otras entidades locales en el caso de las tasas. La Diputación colabora en la
depuración de incidencias en la tramitación de altas y bajas para establecer las matrículas
definitivas. Una vez establecidas estas, comunicadas a la Diputación por los citados organismos y
expuestas al público en cada entidad local, comienza propiamente el proceso recaudatorio,
mediante la emisión y puesta en circulación de los recibos, con envío a los contribuyentes de los
mismos. Este procedimiento permite una mayor agilidad en la gestión, dado que, una vez que un
contribuyente queda incluido en la matrícula de alguno de estos tributos, a exacción de los mismos
para los años siguientes y automática hasta que se produzca alguna modificación.
El ingreso mediante liquidación, ya sea esta procedente de la propia Diputación o bien una
autoliquidación (hecha por el sujeto pasivo), procede cuando no es posible el ingreso por recibo,
concretamente:
- Cuando se da de alta un inmueble, vehículo o actividad económica, en el caso que sea
necesario, por ser la primera vez, establecer los elementos tributarios y liquidar el tributo, girando
entonces la liquidación a contribuyente, que ya quedará incluido en la matrícula para los años
siguientes, en los que ya ingresará por recibo.
- Cuando se trate de tributos de producción instantánea y no periódica, como el ICIO o el
IIVTNU.
- Cuando se trate de liquidaciones que se derivan de actuaciones inspectoras, resolución de
recursos, rectificaciones u otros procedimientos similares.
- Cuando se trate de la exacción de sanciones de tráfico o de precios públicos.
- En el caso de los ingresos por el procedimiento ejecutivo o de apremio.
Los ingresos de derecho público de mayor importancia, por la capacidad recaudatoria y por el
número de sujetos afectados, son los impuestos. Las entidades locales cuentan con los siguientes:
1. De exigencia obligatoria en todos los ayuntamientos:
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 19
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que grava a los titulares de los bienes inmuebles
(urbanos, rústicos y de características especiales) situados en el territorio municipal, atendiendo a
su valor catastral.
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que grava el ejercicio de cualquiera actividad
económica en territorio nacional, debiendo abonarse una cuota municipal, provincial o nacional,
según el ámbito en que se desenvuelva tal actividad empresarial, profesional o artística.
- Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), que grava la titularidad de los
vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas.
No que se refiere a su gestión, estos tres impuestos presentan como característica común que son
impuestos de naturaleza censual, correspondiendo la parte de formación de censos o matrícula a
la Administración estatal, a través del Catastro (IBI), de la AEAT (IAE) o de la Dirección General de
Tráfico (IVTM).
Por su carácter censual, la primera liquidación de estos impuestos se realiza previa declaración del
contribuyente, mientras que las segundas y sucesivas liquidaciones se realizan de forma colectiva,
mediante edictos, no siendo que se tengan producido modificaciones significativas en la base
imponible de los mismos. En el caso de alteraciones que afecten a la exigencia del impuesto, debe
ser el contribuyente quien comunique tales cambios, sin prejuicio de las competencias de
comprobación de la Administración tributaria. La remuneración es instantánea, a 1 de enero, pero
se prevén supuestos de baja que permiten pagos trimestrales en el caso del IAE y del IVTM.
A los ayuntamientos corresponde la gestión tributaria de los tres impuestos de exigencia
obligatoria.
2. De exigencia potestativa para los Ayuntamientos:
Son los Impuestos sobre Instalaciones, Construcción y Obras (ICIO) y el Impuesto sobre el
Incremento del Valor de los Inmuebles de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como Impuesto
sobre Plusvalías. El primero grava la realización de cualquier obra, instalación o construcción en el
término municipal que exija la obtención de una licencia urbanística, y se calcula en atención al
coste de ejecución de las actuaciones gravadas. El IIVTNU grava un posible incremento de valor de
los terrenos de naturaleza urbana, cuando son transmitidos la propiedad u otros derechos reales
sobre dichos terrenos.
Como impuestos de exigencia potestativa, es preciso que el Ayuntamiento apruebe una ordenanza
fiscal que regule los mismos. En general, pueden ser exigidos en régimen de declaración-
liquidación (autoliquidación) o declaración, si bien el ICIO tiene como peculiaridad que requiere de
una liquidación definitiva una vez rematadas las instalaciones, construcciones y obras que resulten
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 20
gravadas por este impuesto, ya que solo en ese momento se puede calcular su base imponible de
forma definitiva.
En cuanto a los procedimientos seguidos en la Diputación de A Coruña respecto de la aplicación
de estos tributos, conviene destacar, respecto de cada uno de ellos:
Impuesto sobre Bienes inmuebles (IBI)
La gestión del IBI le correspondía en el ejercicio a fiscalizar al Servicio de Gestión Tributaria, sin
vinculación directa con el Servicio de gestión catastral. Actualmente, su gestión, junto con el
IVTNU, se efectúa en el Departamento de Gestión Catastral, situación que se considera más
acorden con la propia naturaleza de las actuaciones y de la información que determinan y precisan
la gestión de estos impuestos por estar directamente vinculados.
El procedimiento que se seguía en el 2012 responde al siguiente esquema general:
1. La gestión tributaria del IBI parte de la información facilitada por la Dirección General del
Catastro, a través del padrón catastral y del resto de información sobre alteraciones de orden
física, jurídico o económico producidas sobre los bienes inmuebles sujetos a este impuesto, según
lo establecido en el Real decreto 417/2006, por el que se desenvuelve la Ley del catastro
inmobiliario, y los convenios de colaboración subscritos entre la Dirección General de Catastro y la
Diputación provincial de A Coruña de delegación de competencias en materia de alteraciones
jurídicas y de prestación de servicios en materia de alteraciones catastrales. De esta forma, con
estos datos se elaboran las listas cobratorias del IBI (padrón), siendo aprobadas por la Tesorería.
2. Las variaciones de orden física, económica o jurídica en los bienes gravados tendrán
efectividad desde el día primero del año siguiente a aquel en que se produjeron los hechos, actos o
negocios que originaron la incorporación o modificación catastral, con independencia del
momento en que se notifiquen.
Los titulares catastrales están obligados a presentar declaración de alta, bajas o variación por las
alteraciones de los bienes que tengan transcendencia para la liquidación del impuesto no siendo
en los casos en que las modificaciones de la titularidad se produzcan por la transmisión de
dominio formalizada en escritura pública y se acredite la referencia catastral del inmueble
transmitido, en los términos expresados en la Ley del catastro inmobiliario.
En el caso de que tuviera lugar una alteración catastral, se emite una nueva liquidación, bien
dirigida a un nuevo deudor bien al mismo deudor por las nuevas deudas tributarias resultantes. Si
no hay coincidencia entre el deudor tributario y el titular catastral, acreditada después de la
elaboración de los padrones, la Diputación devolverá el impuesto percibido al sujeto pasivo y le
comunica la rectificación a la Dirección General del Catastro.
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Informe 21
La Diputación tramitará las alteraciones catastrales, notificará a los interesados los acuerdos
emitidos por la Gerencia Territorial del Catastro provenientes de dichas alteraciones catastrales, y
dará información y asistencia a los contribuyentes en estas materias, de conformidad con el
convenio de colaboración señalado anteriormente.
3. Los datos contenidos en el padrón catastral y demás documentos -procedentes de las
declaraciones de los contribuyentes o de las actuaciones de gestión o inspección realizadas por la
Diputación o la Gerencia del Catastro- deberán figurar en las listas cobratorias, en los documentos
de ingreso y justificantes de pago del IBI.
Una vez que se cuenta con todos los datos facilitados por la gerencia del catastro, es preciso
incorporar al padrón y proceder a la gestión de datos en la aplicación informática, GTT. En esta se
cargan separadamente IBI urbana, IBI rústica e IBI Inmuebles de Características Especiales.
4. La Diputación les facilitará a los notarios, por el procedimiento habilitado con el Colegio de
Notarios de Galicia, un informe de las deudas pendientes por IBI del inmueble a transmitir, para
advertir sobre la responsabilidad del adquiriente por afección de bienes al pago de las deudas por
dicho impuesto.
5. La Diputación es competente, por delegación de la Dirección General de Catastro, para la
tramitación y resolución de todo tipo de recursos, declaraciones y solicitudes en las que se
pretenda, exclusivamente, el cambio del sujeto pasivo para los efectos del impuesto sobre bienes
inmuebles de naturaleza urbana, o la ampliación o perfeccionamiento de los datos de
identificación de un sujeto pasivo existente. En este supuesto la Diputación modificará la
titularidad en el padrón del IBI y le comunicará la modificación a la Gerencia Territorial del
Catastro.
Respecto de la competencia para la resolución de recursos que asume la Diputación de A Coruña
por delegación queda excepcionada en aquellos supuestos en que el cambio de titular proceda de
una transmisión comunicada directamente a la Gerencia Territorial del Catastro por fedatario
público, ya que en estos casos la competencia para resolver los recursos y reclamaciones y de la
Gerencia Territorial del Catastro de A Coruña.
En cuanto a la concreta operativa seguida en la gestión tributaria del IBI, pueden se señalar los
siguientes hitos en una primera fase:
1. El padrón anual se recibe de la Gerencia del Catastro aprobado, en febrero, y se realiza la
carga inicial en la aplicación GTT, se incorporan los datos de la cinta del primer trimestre (junto
con los tipos impositivos y beneficios fiscales aprobados en los Ayuntamientos, a aplicar en el
correspondiente ejercicio).
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Informe 22
2. Se procede a la carga de los objetos tributarios, cruzando datos (referencias que no existían,
bajas, etc), y se realiza manualmente una depuración de datos (por ejemplo, de los contribuyentes
con distinto nombre y el mismo NIF). Es precisa una comparación de los datos de los Catastros con
los ya existentes en la Diputación y con los cambios de titularidad (modelo 901), remitidos por la
Gerencia del Catastro mensualmente a la Diputación y de las declaraciones presentadas por
registro.
3. Se revisan los datos de las domiciliaciones (datos de recaudación) y de beneficios fiscales
(por la Diputación, también los establecidos en la normativa estatal) en lo aplicativo GTT,
partiendo de los datos ya cargados en el año anterior; también en este momento, van aflorar los
beneficios que se debieran perder.
4. Quedan cargados los objetos tributarios en GTT (Padrón definitivo) y se pasa a generación
de recibos ya incorporando todos los cálculos (exenciones, bonificaciones, etc.).
En una segunda fase, tiene lugar una revisión de los cálculos hechos por GTT sobre una muestra
de recibos a generar, actuando conforme resulte, y se procede a la carga definitiva de recibos:
- En IBI urbana, se emite un recibo por cada referencia catastral, se genera un número fijo por
inmueble, pero se pueden agrupar notificaciones de recibos por contribuyentes.
- En IBI rústica se agrupan todas las referencias catastrales por persona.
La incorporación a GTT de los datos de las restantes cintas trimestrales se realiza posteriormente,
una vez finalizado el plazo de pago en voluntaria, realizando nuevamente las revisiones de los
datos para depuraciones, bajas, etc, ya descritas.
Si los recibos no cumplen con todos los requisitos precisos para la notificación conforme a la
normativa (por ejemplo falta del número de identificación fiscal) no son ingresados en la fase de
recaudación voluntaria. Ya que luego, deben ser dados de baja, ya que no pueden pasar a la fase
ejecutiva al carecer de datos esenciales para a su notificación.
También es de destacar que en la aplicación GTT no está incorporada la gestión de las tasas, de
forma que no es posible el cruce de datos de los contribuyentes del IBI con los de tasas como las
de abastecimiento agua, recogida de basura, alcantarillado, etc., que se exigen por la prestación
de servicios que guardan relación directa con un determinado inmueble.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
La titularidad de la gestión censual (formación de la matrícula del impuesto, cualificación de
actividades y señalamiento de cuotas) es exclusiva de la Administración Tributaria del Estado; sin
prejuicio de que la notificación de estos actos, junto con la notificación de las liquidaciones
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Informe 23
conducentes a la determinación de las deudas tributarias, puede ser practicada por los
ayuntamientos o por la Administración del Estado.
Todas las personas y entidades incluidas en el censo de empresarios y profesionales deben declarar
todas las actividades económicas que desenvuelvan, así como, en su caso, los establecimientos o
locales en los que las llevan a cabo, mediante la declaración censual, modelos 036-037. Eso con
independencia de que, si además la entidad está obligada al pago del IAE tendrá que presentar el
modelo 840, de declaraciones del impuesto de alta, bajas o variación y, en su caso, el modelo
848, de comunicación del importe neto de la cifra de negocios.
Partiendo de los datos recogidos en los citados modelos, junto con los que figuran en otras
declaraciones como e Impuesto de Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no residentes o la
declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas, la AEAT elabora una
matrícula provisional.
La AEAT remite a la Diputación provincial la matrícula provisional del impuesto a finales del mes
de marzo. Esta matrícula se carga en la aplicación informática y se remite a los ayuntamientos para
su exposición pública. Si hay reclamaciones contra la lista, se presentan ante la AEAT. A principios
de agosto, la AEAT remite la matrícula definitiva, que nuevamente se envía a cada ayuntamiento
para a su exposición. Cada trimestre se recibe una cinta con altas, bajas y modificaciones. Con
relación a las modificaciones, se comprueba porque cantidad se liquidó el impuesto, para verificar
si se mantiene o no su importe; y en relación a las bajas, se verifica si se cobró o está pendiente de
cobro alguna cuota de algún sujeto que figure como bajas, se anula el pendiente de cobro o se
realiza una devolución de ingresos indebidos.
Los recursos contra los actos de gestión censual son competencia de la AEAT. Cuando la AEAT
resuelve un recurso que da lugar a la anulación de una liquidación respecto de la cual ya se
materializó un ingreso, se procede a realizar de oficio una devolución de ingresos indebidos.
Para facilitar el cálculo de los recibos, en la aplicación informática se cargan las exenciones, así
como los beneficios fiscales genéricos y los potestativos de cada ayuntamiento y el coeficiente de
situación de cada calle. Todos los cambios en los coeficientes de situación se publican en el BOP.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
Este impuesto se gestiona mediante autoliquidación en el momento del alta (en general, se
encargan los concesionarios de compraventa de los vehículos), se abonan por los trimestres
pendientes, y después se gestiona por cobro periódico por recibo.
En el caso del IVTM, la Dirección General de Tráfico, DGT, envía ficheros mensuales que se
procesan y se incorporan al padrón. Además de los ficheros mensuales, se reciben informes
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 24
semestrales con el padrón vivo a 1 de enero y a 1 de julio, que se cruzan con el padrón del Servicio
de Recaudación a efectos de posibles depuraciones (casos de bajas producidas de modo
retroactivo, por acreditar el contribuyente ante la DGT que tuvo lugar antes del 31 de diciembre,
que no figuran originariamente en la cinta de enero). En caso de cambio de domicilio, es el
contribuyente el que tiene la obligación de informar de dicha variación a la DGT.
Formalmente, una vez elaborados los padrones, el jefe de servicio realiza una propuesta de
aprobación de los mismos y el tesorero firma la aprobación de la propuesta.
Seguidamente, se emiten las cartas de pago y se envían en formato electrónico el padrón a cada
ayuntamiento para su exposición pública, que comienza el mismo día que se inicia el período de
pago voluntario.
En caso de cambio de domicilio, es el contribuyente el que tiene la obligación de informar de dicha
variación a la DGT.
En la aplicación informática se introducen los beneficios fiscales que cada ayuntamiento aplica a
cada tipo de vehículo; el código JPT (los datos que manda en la cinta la DGT) y las tarifas de cada
ayuntamiento.
La Diputación comunica a la DGT los recibos no pagados para que no se autoricen cambios de
titularidad de los vehículos.
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
(IIVTNU)
El cálculo del impuesto gira al redor de dos elementos: el incremento del valor del terreno, de
carácter objetivo y el tipo impositivo aprobado por el ayuntamiento.
Como este impuesto exige cuando tiene lugar la transmisión de un inmueble que tiene naturaleza
urbana para los efectos catastrales, las actuaciones que se producen en la gestión atienden a la
actividad catastral, observando tanto alteraciones jurídicas como físicas, con el fin de detección de
alteraciones no declaradas en el ayuntamiento.
La actividad catastral comprende, en lo que interesa a este impuesto:
1. Alteraciones jurídicas.
La Diputación provincial tiene delegadas las funciones de tramitación y aprobación de los
expedientes de alteraciones catastrales de orden jurídica -transmisiones de dominio- que se
formalicen en el modelo 901, siempre que la transmisión de dominio no se formalizase en escritura
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
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pública o se solicitase su inscripción en el Registro de la propiedad en el plazo de dos meses desde
el acto o negocio de que se trate y no se dé cumplimiento a la obligación establecida en el
art.50.dos de la ley 13/1996, del 30 de diciembre, relativa a deber de facilitar la referencia
catastral a los notarios o a las partes otorgantes del documento, a los registradores de la
propiedad si se les solicita la práctica de asientos registrales, o las autoridades judiciales o
administrativas.
2. Alteraciones físicas.
En régimen de prestación de servicios se encomienda a la Diputación Provincial las funciones de
tramitación de los expedientes de alteraciones de orden física y económica que se formalicen en
los modelos 902 y 902 S (declaración normal y simplificada de alteración de bienes inmuebles de
naturaleza urbana), o modelo que los substituya (en la actualidad, modelos 902, 903 y 904) . Esta
colaboración comprenderá, entre otras actuaciones, la elaboración y entrega de la documentación
relativa a los datos físicos, económicos y jurídicos de los bienes inmuebles para que la Gerencia
Territorial pueda efectuar la valoración de los mismos tanto en el caso de las nuevas
incorporaciones como de modificaciones en los ya existentes.
Además de las modificaciones que se realizan a partir de los modelos presentados, existen planes
de detección de alteraciones no declaradas.
Estos expedientes tanto físicos como los soportes informáticos con información gráfica y
alfanumérica se envían desde la Diputación a la Gerencia quien valida la información recibida,
detecta erros, los remite, se corrigen los ficheros, se actualiza la cartografía, se realiza la valoración
de los inmuebles y se determina su antigüedad (para estos efectos se solicita certificado final de
obras o informe municipal. Surgen algunos problemas en este caso porque hay ayuntamientos que
no remiten un informe, sino que se basan en una declaración jurada del contribuyente).Una vez
dado de alta un inmueble, se remite en el padrón anual del IBI o en la cinta de variaciones de cada
trimestre.
Los datos necesarios para realizar una liquidación se pueden conocer por dos vías:
- A partir de las declaraciones de los contribuyentes o
- A través de la información recibida de los notarios.
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
La remuneración del ICIO tienen lugar por la realización de construcciones, instalaciones u obras
que precisen de una licencia, de obras urbanísticas, que deba expedir el ayuntamiento. Tanto si se
concede la licencia como si no se solicita o es denegada, pero se realiza el hecho imponible, debe
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
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practicarse una liquidación provisional en atención al presupuesto de la actuación de que se trate.
Una vez rematada la construcción, instalación u obra, y teniendo en cuenta el coste real y efectivo,
el ayuntamiento modificará la base imponible practicando la correspondiente liquidación definitiva,
exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, el importe que corresponda.
Entre las delegaciones de competencias asumidas por la Diputación provincial no figura en vía
voluntaria este impuesto.
III. DELEGACIONES DE COMPETENCIAS MUNICIPALES EN DIPUTACIÓN PROVINCIAL
La gestión recaudatoria que realiza en la actualidad la Diputación de A Coruña sobre los recursos
de los ayuntamientos de su ámbito territorial viene reglamentada en las "Bases para la prestación
de servicios tributarios a los ayuntamientos de la provincia", norma que fue aprobada en sesión
plenaria ordinaria de la entidad el 29 de junio de 2001 y publicada en el BOP del 7 de julio de
2001.
Estas bases entraron en vigor para el ejercicio 2002. Con anterioridad a esa fecha la Diputación ya
venía prestando estos servicios, pero la cesión de competencias se instrumentaba mediante
convenios bilaterales específicos con cada ayuntamiento. De esta forma, las Bases suponen una
armonización y ordenación lógica de las cesiones. Así, es obligatoria la cesión como mínimo de un
bloque de recursos, formado por los tributos de imposición obligatoria, que, según el artículo 59
del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), son:
- El Impuesto sobre bienes inmuebles.
- El Impuesto sobre actividades económicas.
- El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Además, estas tres figuras impositivas deben ser objeto de cesión tanto en su recaudación
voluntaria como ejecutiva.
A partir de este mínimo, las Bases contemplan la cesión opcional del Impuesto sobre el incremento
de valor de los terrenos de naturaleza urbana, así como de las tasas y precios públicos que tenga
establecidas el ayuntamiento. Finalmente una cláusula residual recoge la posibilidad de la cesión
de la recaudación en período ejecutivo de cualquiera otro ingreso de derecho público de carácter
no periódico o de periodicidad inferior al año natural.
El 28 de junio de 2002 un nuevo acuerdo del Pleno de la Diputación (publicado en el BOP del 22
de julio) modificó las bases anteriores para incluir un nuevo supuesto de cesión opcional: a las
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 27
sanciones municipales por infracciones de la Ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y
seguridad viaria (multas municipales).
En el pleno del 21 de diciembre de 2007 se aprueba una nueva modificación, que afecta a la base
séptima, relativa a las entregas a cuenta a realizar a las entidades delegantes durante el año.
Por último, el 28 de mayo de 2010 se vuelven a modificar estas bases para incluir un nuevo
supuesto de cesión opcional: la gestión, inspección y recaudación voluntaria de la tasa por la
utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos no solo, subsuelo y vuelo de las
vías públicas, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministraciones de interés general
(conocida como "tasa del 1,5 %").
La vigencia temporal de las delegaciones es de diez años como plazo inicial, aunque se entiende
que es tácitamente prorrogado si ninguna de las partes comunica a la otra con un plazo mínimo de
un año su deseo de no continuar con la delegación.
Aparte de estas bases generales, aplicables a aquellos ayuntamientos que deseen ceder
prácticamente todos sus ingresos de carácter público (y como mínimo los impuestos de exacción
obligatoria), existen otras para los que solo quieran ceder los relativos a sanciones por infracción
de las normas sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad viaria y de la tasa por la
utilización privativa o aprovechamientos especiales o de una sola de estas figuras. En este último
caso se encuentran tres ayuntamientos en el ejercicio 2012:
- Carballo: El Pleno de la Diputación Provincial de A Coruña, en su sesión ordinaria celebrada el
25 de marzo de 2011, adopto el acuerdo de aprobación inicial de las Bases que permiten la cesión
únicamente de los dos conceptos señalados anteriormente. Estas bases fueron publicadas en el
BOP del 6 de abril y se consideraban definitivas al cabo de 30 días sin ser objeto de alegaciones,
esto es, el 6 de mayo. La publicación definitiva fue hecha en el BOP del 21 de noviembre. El
Ayuntamiento de Carballo se acoge a esta delegación y cedió ambos conceptos. La Diputación no
aportó la documentación justificativa del procedimiento de aceptación de esta delegación.
- La Coruña: este ayuntamiento cede la recaudación ejecutiva de las sanciones municipales
derivadas de infracciones de tráfico, en virtud de unas bases hechas únicamente para este caso.
Esta delegación fue acordada por el Pleno del Ayuntamiento con fecha 4 de abril de 2011 y
publicada en el BOP el 8 de abril.
- Santiago de Compostela: se encuentra en el mismo caso que el Ayuntamiento de A Coruña,
esto es, cede la recaudación ejecutiva de las sanciones municipales derivadas de infracciones de
tráfico y de las ordenanzas municipales sobre tráfico viario, sobre ordenación y regulación de
aparcamiento y aparcamiento de residentes, en virtud de unas bases específicas para este
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 28
ayuntamiento. Esta delegación fue aceptada por la Diputación en el Pleno del 29 de junio de 2012
y publicada en el BOP del 18 de julio.
No que atañe a los ayuntamientos u otras entidades delegantes que se acogen a las bases
generales, estas contemplan el siguiente procedimiento para formalizar las delegaciones:
1º- Acuerdo provisional de la delegación adoptado por el Pleno del ayuntamiento delegante.
2º- Publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, abriéndose un plazo de 30 días para
general conocimiento y presentación de alegaciones.
3º- Acuerdo definitivo del Pleno del Ayuntamiento delegante, una vez resueltas, de ser el caso, las
alegaciones presentadas.
4º- Traslado del acuerdo a la Diputación mediante certificación expedida por el secretario del
Ayuntamiento delegante.
5º- Acuerdo del Pleno de la Diputación aceptando la delegación, siempre que se ajuste a las bases
establecidas.
6º- Publicación del acuerdo de la Diputación en el BOP y en el DOG, para general conocimiento.
En el ejercicio 2012 tenían delegadas competencias en la Diputación un total de 84 ayuntamientos
de los 94 existentes y también dos consorcios. Por lo tanto tan solo 10 ayuntamientos no tenían
delegada ninguna competencia: Ames, Boiro, Coristanco, Ferrol, Mugardos, Oleiros, Noia, A Pobra
do Caramiñal, As Pontes de García Rodríguez y Rianxo.
En el Anexo 1 se recoge el detalle de las delegaciones en vigor de cada ayuntamiento, en el
ejercicio 2012
Del examen de las competencias delegadas se desprende que los ayuntamientos de Ortigueira,
Outes y Ribeira, no delegaron el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), por lo que
en el caso de estos ayuntamientos la Diputación está a incumplir las Bases para la prestación de
servicios tributarios a los ayuntamientos de la provincia, aprobadas en sesión plenaria ordinaria de
la Diputación de A Coruña el 29 de junio de 2001, al ser obligatoria, como mínimo, la cesión de
los tributos de imposición obligatoria: IBI, tanto rústica como urbana, el IAE y el IVTM.
A los efectos de comprobar que se siguió el procedimiento regulado en las bases para formalizar
las cesiones, se determinó una muestra aleatoria de 12 ayuntamientos delegantes resultando
seleccionados: Arteixo, Betanzos, Brión, Culleredo, Fene, Irixoa, Laracha, Laxe, Miño, Narón, Neda
y Teo, y se solicitó el envío de la documentación pertinente, recogida en el Anexo 2, del que cabe
destacar, únicamente, las siguientes incidencias:
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 29
Falta de publicación en el DOG de acuerdo de aceptación de la delegación por parte de la
Diputación.
Las bases obligan a la publicación en el BOP y en el DOG. En numerosos casos se encontró que no
consta en la documentación enviada la justificación de este requisito, concretamente:
- Ayuntamiento de Laracha: delegación de la recaudación de las multas de tráfico, realizada en
el 2002 y publicada la aceptación de la delegación en el BOP el 24 de marzo de 2003.
- Ayuntamiento de Laxe: delegación de la recaudación de las multas de tráfico, realizada en el
2004 y publicada la aceptación de la delegación en el BOP el 08 de octubre.
- Ayuntamiento de Narón: delegación del IVTM, multas de tráfico, varias tasas y recaudación
ejecutiva, realizada en el 2002.
- Ayuntamiento de Neda: delegación de las multas de tráfico, realizada en el 2002.
- Todos los ayuntamientos de la muestra: delegación de competencias iniciales, realizadas en l
segunda mitad del 2001. En todos los casos consta la publicación en el BOP, realizada el 30 de
octubre, pero no la del DOG.
Falta del acuerdo definitivo de la delegación por parte del ayuntamiento delegante.
De acuerdo con las Bases para la prestación de servicios tributarios a los ayuntamientos de la
provincia es necesario acuerdo provisional, publicación en el BOP y transcurso del plazo de 30 días
para presentación de alegaciones, siendo el acuerdo definitivo en caso de no haber ninguna. En
case todas las delegaciones acordadas consta acuerdo definitivo expreso y en algunas se aporta
sin más el certificado del secretario haciendo constar que no hubo alegaciones, por lo que el
acuerdo provisional se convierte, automáticamente, por el transcurso del plazo, en definitivo. Se
entiende que ambos procedimientos son válidos, pero hay algunos casos en los que no consta
ningún de los dos, concretamente:
- Ayuntamiento de Betanzos: En el caso de la delegación del IBI, IAE, IVTM y dos tasas
realizada en el 2001 y más en el caso de la delegación del IIVTNU, realizada en el 2009.
- Ayuntamiento de Culleredo: En el caso de la delegación del IBI, IAE, IVTM, tasa por entrada
en garajes (vados) y recaudación ejecutiva, realizada en el 2001.
- Ayuntamiento de Fene: En el caso de la delegación del IBI y del IAE, realizada en el 2001. En
este caso, además, se puede apreciar que no se pudo dar lugar al cumplimiento del plazo de 30
días para presentar alegaciones desde la publicación del acuerdo provisional, dado que esta fue el
19 de octubre de 2001 y el acuerdo de la Diputación aceptando la delegación fue del 26 de
octubre.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
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- Ayuntamiento de Irixoa: En el caso de la delegación del IBI, IAE, IVTM, tasa por recogida de
basura y recaudación ejecutiva, realizada en el 2001.
- Ayuntamiento de Narón: En el caso de la delegación del IBI y del IAE, realizada en el 2001.
- Ayuntamiento de Teo: En el caso de la delegación del IIVTNU, tasa por entrada en garajes
(vados) y multas de tráfico, realizada en el 2001.
Constan en los expedientes los acuerdos definitivos por parte de los ayuntamientos de la
formalización de las delegaciones, pero son posteriores a los acuerdos de la Diputación de
aceptación de las mismas. Se observó en los siguientes casos:
- Ayuntamiento de Laxe: En el caso de la cesión del IBI, IAE, IVTM, varias tasas y la recaudación
ejecutiva de otros recursos, hecha en el 2001.
- Ayuntamiento de Miño: delegación del IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, tasa por recogida de basura y
recaudación ejecutiva de otros recursos, hecha en el 2001.
- Ayuntamiento de Narón: delegación del IVTM, multas, varias tasas y recaudación ejecutiva,
realizada en el 2002.
- Ayuntamiento de Teo: en el caso de la cesión del IBI, IAE, IVTM, varias tasas y la recaudación
ejecutiva de otros recursos, hecha en el 2001.
Incumplimiento de las bases en canto a la cesión en bloque de los tres tributos de exacción
obligatoria, esto es, el IBI, IAE y IVTM, en los siguientes casos:
- Ayuntamiento de Fene: se observa que no se formalizó hasta el 2009 la delegación de la
recaudación del IVTM, mientras que el IAE y el IBI fueron delegados en el 2001.
- Ayuntamiento de Narón: no se formalizó hasta el 2002 la delegación de la recaudación del
IVTM, mientras que el IAE y el IBI fueron delegados en el 2001.
Por lo tanto, debería procederse a solucionar estos incumplimientos formales en el procedimiento.
IV. RESULTADO DE LA GESTIÓN REALIZADA POR LA DIPUTACIÓN
IV.1 GESTIÓN Y RECAUDACIÓN
Para realizar el análisis de la actividad recaudatoria y de gestión tributaria desenvuelta por la
Diputación de A Coruña en el ejercicio 2012, se tuvieron en cuenta los datos que figuran en el
actual Sistema de información tributaria (SIT) de los servicios provinciales de Recaudación y gestión
tributaria.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 31
1. Datos de la gestión y recaudación total, ejercicios 2008-2012
En el Anexo 1, se recogen las entidades que delegan en la Diputación la gestión y recaudación de
sus ingresos tributarios u otros de naturaleza pública, por lo que compre avanzar el resultado de la
gestión realizada, principalmente en lo que se refiere a la recaudación obtenida.
La primera cifra a consignar es la recaudación total obtenida en el ejercicio, que asciende a la
cuantía de 141.420.527,74 euros, según consta en el documento denominado “Estados
demostrativos de la gestión recaudatoria. Ejercicio 2012”, emitido por lo Servicio de Recaudación
de la Diputación. Pero, como sea que esta gestión no comienza y finaliza con el año natural, si no
que es continuada en el tiempo, resulta más correcto incluir dicha cuantía dentro de un proceso
que se recoge en el siguiente cuadro, que incluye también los datos de los 4 años anteriores:
Cuadro 1: Resumen del proceso de gestión 2008-2012
Año Pdte. de la
cta. anterior Cargos del ejercicio
Total a gestionar
Ingresos Bajas Total
gestionado Pdte. para la cta. siguiente
2008 14.322.843,23 109.608.035,46 123.930.878,69 103.743.920,13 0,00 103.743.920,13 20.186.958,56
2009 20.186.958,56 122.446.430,95 142.633.389,51 115.856.518,94 0,00 115.856.518,94 26.776.870,57
2010 26.776.870,57 136.193.333,40 162.970.203,97 126.217.680,82 13.926.686,25 140.144.367,07 22.825.836,90
2011 22.825.836,90 139.416.900,49 162.242.737,39 129.817.682,52 5.309.478,95 135.127.161,47 27.115.575,92
2012 27.115.575,92 151.670.694,71 178.786.270,63 141.420.527,74 6.922.231,53 148.342.759,27 30.443.511,36
Cabe destacar los siguientes aspectos en relación con el contenido del cuadro:
- Las bajas del 2008 y 2009 no se contabilizaron hasta el 2010, junto con las de ese mismo año.
Las bajas se deben, fundamentalmente, teniendo en cuenta únicamente la información de la que
se dispone para el 2012, a créditos declarados incobrables (33,10% del total) y las anulaciones de
valores por diversos motivos (47,59%). En otro apartado de este informe se analizan al detalle.
- Los cargos de valores realizados aumentan en un porcentaje considerable de un año para otro
a una media superior al 10%, se exceptuamos el año 2011, en el que solo aumentaron un 2,2 %.
- En consonancia con lo anterior, también los ingresos aumentan, casi en la misma proporción,
de un año para otro, excepto en el año 2011, lo que el incremento es sensiblemente menor.
- El total gestionado cada año no alcanza la cuantía de los cargos de ese año, por lo que va
quedando siempre un residuo para los años siguientes (excepto en el año 2010 en el que lo
gestionado es mayor que lo cargado), de modo que lo pendiente total aumenta, aunque se
observa que este aumento es cada vez menor (en la serie de años analizados).
Atendiendo la gestión realizada por la entidad titular de los derechos recaudados, la misma se recoge en el Anexo 3.
En relación con la gestión de competencias delegadas se debe señalar lo siguiente:
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 32
- Que de los 84 ayuntamientos y dos consorcios que tienen delegada la recaudación tan solo el
Ayuntamiento de Santiago de Compostela y el Consorcio provincial para la prestación del Servicio
Contra Incendios y Salvamento figuran sin gestión realizada en el ejercicio. En el caso de Santiago
tiene cedida la gestión de la recaudación ejecutiva de las multas de tráfico desde este ejercicio,
pero no cargaron ninguna.
- Que el Ayuntamiento de A Coruña, que tiene la misma delegación que Santiago, figura tan solo
con una recaudación de 210,00 euros, procedente de la única multa que cargaron en el ejercicio.
El Ayuntamiento de Carballo, tercero que se encuentra en el caso de tener cedidas tan solo las
sanciones de tráfico en vía ejecutiva, si hizo el cargo de las mismas, por importe de 266.119.78
euros, como se aprecia en el cuadro.
- Que, por contra, se aprecia que figura importe recaudado del Ayuntamiento de Noia, cuando
de este ayuntamiento no consta que tenga delegada la recaudación de ningún concepto para el
2012. Se trata de ingresos correspondientes a finales de 2011, ejercicio en el que este
ayuntamiento si tenía delegación, que fueron contabilizados en el 2012 por la propia dinámica del
procedimiento de registro periódico que efectúa la Diputación.
- Que la Xunta de Galicia figura en el cuadro con una recaudación de 164.594,47 euros, que
corresponden al concepto de canon del agua, el cual se cobra junto con la tasa de la basura. Esta
gestión recaudatoria no se instrumenta mediante delegación.
En el Anexo 4 se recogen los conceptos (figuras tributarias en su mayor parte) a los que responde
la recaudación; a la vista de cual se pueden hacer los siguientes comentarios:
- Tres conceptos representan casi el 80% (concretamente el 78,72%) de los ingresos obtenidos
en el ejercicio: IBI urbana, IVTM (impuesto de circulación) y tasa de recogida de basura.
- Los tributos de exacción obligatoria, esto es, el IBI (en sus tres variantes), el IAE y el IVTM
representan, así mismo, el 80,27% de los ingresos del ejercicio.
- Dentro del concepto de otras tasas se recogen hasta un total de 20 tasas menores, tales como
las de entrada de vehículos (vados o pasajes permanentes), auto taxis, cementerios, sumideros,
etc.
- El concepto “otros recursos municipales” es residual y hace referencia a cualquiera otro ingreso
de derecho público recaudados por cuenta de las entidades locales. En este ejercicio tiene un
importe extraordinariamente elevado debido al cobro en ese año de unas cuantías importantes, de
naturaleza no tributaria y procedentes de los ejercicios 2008 a 2011, debidas al Ayuntamiento de
As Somozas por SOGARISA (Sociedad Galega de Residuos Industriales, SA), cuyo importe acapara
el 91,50% de la totalidad del concepto.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 33
La recaudación obtenida en el ejercicio se hace efectiva mediante de los procedimientos
liquidatorios: ingresos por recibo e ingresos por otras liquidaciones o autoliquidaciones.
En el cuadro 2 figura el detalle de la recaudación total del ejercicio según el tipo de procedimiento
liquidatorio empleado, de modo que corresponde a los gestionados por recibo el 87,71% y por
autoliquidaciones y liquidaciones, 12,29%.
Cuadro 2: Recaudación total según el tipo del procedimiento liquidatorio
Procedimiento recaudatorio Importe % Sobre total
Liquidación por recibo 124.037.858,85 87,71%
Autoliquidaciones 2.205.082,54 1,56%
Liquidaciones practicadas 15.177.586,35 10,73%
RECAUDACIÓN TOTAL 141.420.527,74 100,00%
Gráfico 1: Recaudación total según el tipo del procedimiento liquidatorio
2. Recaudación ejecutiva
Según consta en el documento denominado Liquidación Definitiva del 2012, la recaudación
obtenida en el ejercicio por el procedimiento de apremio ascendió a 16.890.300,76 euros, lo que
supón el 11,94% de la recaudación total.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 34
Gráfico 2: Recaudación en voluntaria y ejecutiva
El detalle por entidades de la recaudación ejecutiva en relación con la recaudación total no es
significativo, puesto que para todas las entidades que tienen la delegación completa el porcentaje
no se separa demasiado de la media antes citada, salvo en el caso del Ayuntamiento de As
Somozas, que alcanza el 82%, excepcionalmente, a consecuencia del cobro en ese año de deudas
importantes a SOGARISA, según quedó explicado más arriba.
En lo que atañe al detalle por conceptos, se muestra en el cuadro siguiente:
Cuadro 3: Recaudación ejecutiva por conceptos 2012
Concepto Ingresos totales Ingresos recaudación
ejecutiva % Recaudación ejecutiva/total
IBI Rústica 2.948.136,35 216.817,07 7,35%
IBI Urbana 71.815.172,65 5.842.549,54 8,14%
IBI (BICES) 7.773.886,15 130.061,48 1,67%
IAE 8.082.245,87 392.166,32 4,85%
IVTM 23.046.864,65 2.904.199,66 12,60%
ICIO 40.800,56 40.800,56 100,00%
IIVTNU (Plusvalía) 1.440.148,46 295.562,57 20,52%
Tasas recogida basura 16.849.795,44 1.645.021,66 9,76%
Otras tasas 3.055.276,54 313.852,26 10,27%
Precios públicos 9.578,22 9.420,55 98,35%
Recarga apremio 1.735.692,88 1.735.692,88 100,00%
Recargas art. 27 LXT 7.270,21 3.147,53 43,29%
Intereses demora 427.521,16 362.775,65 84,86%
Multas y sanciones 1.387.208,20 454.521,27 32,77%
Canon saneamiento 80.740,36 4.116,30 5,10%
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 35
Concepto Ingresos totales Ingresos recaudación
ejecutiva % Recaudación ejecutiva/total
Otros recursos municipales 2.516.948,75 2.516.948,75 100,00%
IVA 38.646,82 22.646,71 58,60%
Subtotal general y Total ejecutiva 141.255.933,27 16.890.300,76 11,96%
Canon del agua de la Xunta de Galicia 164.594,47 0,00 Non procede
Total general 141.420.527,74 16.890.300,76 11,94%
Se puede apreciar que el porcentaje de recaudación en ejecutiva es mayor en aquellos conceptos
que son de producción instantánea, como son el ICIO, la plusvalía y las multas y sanciones,
exceptuando, claro está, aquellos conceptos que ya son propios de este procedimiento
recaudatorio, como las recargas o intereses de demora. Por otro lado, dentro de los impuestos de
carácter periódico, se observa una mayor incidencia en el IVTM (“Impuesto de circulación”).
La recaudación ejecutiva se organiza mediante recaudadores de zona, que forman parte del
personal de la Diputación y son responsables, cada uno, de la gestión de las deudas de las
entidades comprendidas en el ámbito geográfico de su zona, según se detalla en el cuadro
siguiente:
Cuadro 4: Recaudación ejecutiva por zonas
Nº ZONA ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4 TOTAIS
Denominación A Coruña Betanzos-Ferrol Santiago de C.-Ribeira Corcubión-Negreira Nº de ayuntamientos 15 28 19 19 81
Población 167.560 156.748 124.384 107.589 556.281
% población s/total 30,12% 28,18% 22,36% 19,34% 100,00%
Recaudación 2012 4.764.363,97 6.926.603,92 2.608.297,42 1.666.030,79 15.965.296,10
% recaudación s/total
29,84% 43,39% 16,34% 10,44% 100,00%
En el cuadro anterior no se tuvieron en cuenta los ayuntamientos con delegaciones especiales
(Carballo, A Coruña y Santiago), ni tampoco el Consorcio das Mariñas, pues distorsionarían la
información. Tampoco está el ayuntamiento Noia que salió el 31 de diciembre de 2011, aunque en
el ejercicio fiscalizado se recaudó por cuenta de este ayuntamiento 43.220,47 euros. A la vista del
mismo se observa que la zona más descompensada es la zona 2, Betanzos-Ferrol, dado que con
un 28% de la población recaudada el 43,39% del total, mientras que la más ajustada es la zona
1, A Coruña, en la que el porcentaje de población y de recaudación son prácticamente
coincidentes.
La distribución de los ayuntamientos por zonas recaudatorias en vía ejecutiva es la siguiente:
- Zona 1 (A Coruña): Arteixo, Bergondo, Cambre, Carral, Cerceda, Culleredo, Frades, Laracha,
Malpica, Mesía, Ordens, Oroso, Sada, Tordoia y Trazo.
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Informe 36
- Zona 2 (Betanzos-Ferrol): Abegondo, Aranga, Ares, Betanzos, Cabanas, A Capela, Cariño,
Cedeira, Cerdido, Cesuras, Coirós, Curtis, Fene, Irixoa, Mañón, Miño, Moeche, Monfero, Narón,
Neda, Ortigueira, Oza dos Ríos, Paderne, Pontedeume, San Sadurniño, As Somozas, Valdoviño y
Vilarmayor.
- Zona 3 (Santiago de Compostela-Ribeira): Arzúa, Boimorto, Boqueixón, Brión, Dodro,
Lousame, Melide, Padrón, O Pino, Porto do Son, Ribeira, Rois, Santiso, Sobrado, Teo, Toques,
Touro, Vedra y Vilasantar.
- Zona 4 (Corcubión-Negreira): A Baña, Cabana, Camariñas, Carnota, Cee, Corcubión,
Dumbría, Fisterra, Laxe, Mazaricos, Muros, Muxía, Negreira, Outes, Ponteceso, Santa Comba, Val
do Dubra, Vimianzo y Zas.
En el primer semestre de cada ejercicio una comisión liquidadora formada por funcionarios del
Servicio de Recaudación y de la Intervención general visita las 4 zonas recaudatorias con el fin de
realizar la comprobación material y técnica de la situación de las operaciones recaudatorias
realizadas en el ejercicio anterior. Así, para el ejercicio 2012, según se desprende de la
documentación remitida al respecto por el Servicio de Recaudación, se detectaron, como más
significativas, las siguientes incidencias:
- Retrasos en los informes de peritaje de inmuebles solicitados al Servicio de Arquitectura.
- Falta de información en cuanto a acreedores en situación concursal.
- Imposibilidad de actuar ante deudores con domicilio fuera de la provincia.
IV.2 EXPEDIENTES PENDIENTES DE COBRO A 31 DE DICIEMBRE DE 2012
Al final de dicho ejercicio quedaron pendientes de cobro en vía ejecutiva 226.428 valores, por un
importe total de 30.443.511,33 euros.
Para analizar las actuaciones de la gestión y recaudación de los tributos y tasas delegadas por los
ayuntamientos a la Diputación en vía ejecutiva se consideró como más significativo proceder a la
revisión de 59 expedientes de una muestra de los que están pendientes de cobro a 31 de
diciembre de 2012.
Se realizó la selección de la muestra, por criterio estadístico de nivel de confianza del 95% y tasa
de error esperado del 5%. Se procedió a una estratificación por conceptos y a cada estrato se
asignó un número de valores proporcional al importe que representaba cada estrato sobre el total
de los 6. Resultando seleccionados 59 expedientes, detallados en el Anexo 5, de los que 7
corresponden al IAE, 31 a IBI urbana, 7 a IVTM, 3 a IIVTNU, 4 a otros y 7 a la tasa de la basura.
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Informe 37
De la revisión realizada, se observa el cumplimiento de los trámites previstos en la normativa,
principios y normas establecidas en las instrucciones contables y medidas de control interno, así
como la fiabilidad que se deriva de la aplicación informática de la gestión tributaria, con las
siguientes incidencias:
- Con carácter general, en la aplicación informática GTT prácticamente no consta
documentación de los expedientes de recaudación ejecutiva, figurando únicamente en soporte de
papel.
- En relación a las actuaciones de embargo realizadas, cabe señalar que no hay ningún
embargo de vehículos; con referencia a créditos, solo se contemplan las devoluciones de la AEAT y
a pesar de las reiteradas notificaciones de diligencias de embargo, solo en uno de los 59
expedientes se embarga realmente una devolución; se analizaron dos procedimientos de embargo
de sueldos y varios procedimientos de embargo de cuentas y de inmuebles, aunque que estos
últimos, en ningún caso sirvieron para cobrar la deuda.
- Los requerimientos de información a la Seguridad Social referidos a las sociedades se dejaron
de realizar el 12 de enero de 2011, fecha desde la que figuran en situación de “activo” en muchos
de los expedientes.
- En el expediente núm. 2 figura registrada una solicitud de informe de cuentas en entidad
financiera de fecha 15 de julio de 2014. La entidad está en concurso de acreedores desde 29 de
octubre de 2013, por lo que no parece que pueda ser útil el requerimiento. Así mismo, en el
expediente núm. 30, hay un aviso de providencia y embargo de cuentas del 6 de mayo de 2014,
posterior a una situación de concurso de acreedores, del 30 de enero de 2013.
- En el expediente núm. 29 se realizan reiteradas actuaciones de solicitud de información de
cuentas, salarios e incluso inmuebles cuando la deuda total del expediente de ejecutiva son 8,67
€. Dada su pequeña cuantía no se considera eficiente la cantidad de actuaciones administrativas
llevadas a cabo.
- En dos expedientes (núm. 31 y 34) se constató que se prosigue con las actuaciones propias
de la recaudación ejecutiva, tales como solicitud de informes de existencia de bienes al Registro
Central de Índices, de cuentas bancarias en entidades financieras, de devoluciones tributarias
reconocidas por la Agencia Tributaria, de afiliaciones a la Seguridad Social cuando transcurrió más
de 5 años sin resultado. Sería razonable, en virtud del principio de eficiencia, dar por finalizados
los mismos, pues parece evidente la insolvencia del deudor, salvo que se decida actuar en otros
términos que la Ley general tributaria permite, como la derivación de responsabilidad cara a los
administradores en caso de sociedades mercantiles o la ejecución de bienes inmuebles, si los hay.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 38
- En los expedientes núm. 41 y 44, que se dieron por finalizados por insolvencia del deudor, no
se pudieron obtener de la aplicación las resoluciones que proponen y declaran la misma.
- En los expedientes núm. 46 y 48 se debe comprobar, mediante la aportación de más
documentación, la posible prescripción del derecho al cobro de la deuda por parte de la
Administración, pues proceden, respectivamente, de los años 2007 y 2006, mientras que las
providencias de apremio se notificaron en el 2011.
- En el expediente núm. 58 se constató una tardanza de casi dos años en notificar la
providencia de apremio al deudor, el cual es un período excesivo, es sabido que cuanto más se
tarde en iniciar las actuaciones ejecutivas después de la falta de pago en voluntaria menores
posibilidades de actuar sobre los bienes del deudor.
IV.3 EXPEDIENTES DADOS DE BAJAS EN EL EJERCICIO 2012
Durante el ejercicio se dieron de baja valores por importe de 6.922.231,53 euros. En el siguiente
cuadro se muestra el detalle de las mismas según el motivo, tal como figura en los Estados
demostrativos rendidos del ejercicio 2012:
Si comparamos las bajas tramitadas con relación a los ingresos, resultan los siguientes porcentajes:
Cuadro 5: Porcentaje de las bajas con relación a los ingresos
Recaudación Ingresos Bajas % Bajas/Ingresos
Vía voluntaria 124.530.226,98 1.747.269,64 1,40
Vía ejecutiva 16.890.300,76 5.174.961,89 30,64
Total 141.420.527,74 6.922.231,53 4,89
De lo que se deduce que la mayoría de las bajas se realizan en vía ejecutiva. En el siguiente
cuadro, se agrupan las bajas tramitadas según los motivos:
Cuadro 6: Motivos de las bajas
Motivo da bajas Importe
Anulación 3.294.338,24
Crédito incobrable 2.291.528,60
Ente público deudor 806.699,51
Otros motivos 309.977,62
Falta datos esenciales 147.954,77
Ingreso por otros medios 39.045,06
Derivación de responsabilidad 32.687,73
Prescripción 0,00
TOTAIS 6.922.231,53
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 39
Del cuadro se desprende que el motivo de la bajas más importante corresponde a las anulaciones
seguido de los créditos incobrables y en tercer lugar el correspondiente a ente público deudor.
Solicitada la relación de valores dados de bajas en el ejercicio al Servicio de recaudación, que
consta de un total de 75.720 registros, se obtuvo, mediante un procedimiento de muestra
estadística estratificada, partiendo de un nivel de confianza del 95 por ciento y de una tasa de
error tolerable del 5%, una muestra formada por 58 expedientes. Del examen de los expedientes
revisados, se observa la existencia de 25 motivos de bajas, quedando encuadrados en los
apartados de anulación, crédito incobrable, ente público deudor y otros motivos, del cuadro 6.
La relación de expedientes analizados figura en el Anexo 6.
Los hechos resultantes de la revisión son los que a continuación se indican:
Finalizada la revisión individual de cada uno de los expedientes que forman parte de la muestra
conviene señalar que se observa el cumplimiento de los trámites previstos en la normativa,
principios y normas establecidas en las instrucciones contables y medidas de control interno, así
como la fiabilidad que se deriva de la aplicación informática de la gestión tributaria, con las
siguientes incidencias en función de los motivos de bajas que fueron objeto de selección:
- Bajas por anulación: Se trata de anulaciones que proceden de acuerdos del ente titular
(ayuntamientos), por lo tanto, externas a la Diputación, en su mayoría por rectificaciones de los
padrones de tasas. Las instrucciones internas de la Diputación establecen que basta con el
documento justificativo que el ente titular haga llegar al Servicio de Recaudación para dar de bajas
el valor. Estos documentos constan en la aplicación en los expedientes revisados. Por lo tanto,
entendemos que sería más correcto la emisión por parte de la Diputación de una resolución
expresa dando por finalizado el procedimiento, ya que se tenía iniciado un procedimiento de
cobro, con la notificación del recibo y, en muchos casos un procedimiento de ejecución, con la
notificación de la providencia de apremio al deudor. La Ley 30/1992, de Procedimiento
Administrativo, obliga, según sus artículos 86 a 89, a finalizar los procedimientos mediante una
resolución.
Se refiere también a las anulaciones de valores por rectificaciones en el censo del IBI procedentes
del exterior, ya que la Gerencia Territorial del Catastro envía periódicamente a lo largo de todo el
año unos ficheros informáticos de intercambio de documentos de los que derivan estas
rectificaciones. Constan en la aplicación las propuestas y las resoluciones de la presidencia dando
de bajas estos valores. En otros supuestos, la rectificación del padrón no procede del exterior si no
de actuaciones propias; en ese caso sería exigible una mayor especificación de los motivos de la
rectificación censual en la resolución, o bien la agregación de la documentación justificativa
necesaria a la misma.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 40
- Bajas por crédito incobrable: Estas bajas deben ser justificadas mediante resolución de la
Presidencia de la Diputación que contenga la declaración de crédito incobrable, de acuerdo al
procedimiento descrito en las resoluciones de la Presidencia nº 20.744, del 18 de diciembre de
2002, y nº 10.157, del 14 de junio de 2007 . En la aplicación informática en la que se lleva la
gestión recaudatoria no constan estas resoluciones, por lo que se pidieron expresamente,
aportándose en todos los casos. Si consta, para cada una de ellas, un informe-propuesta del
recaudador dirigido a la vicetesorera, con la conformidad de esta, salvo en el expediente nº 4 de la
muestra. Por otro lado, si se pudo apreciar que en todos los casos hay actuaciones suficientes y
repetidas tendientes al cobro de las deudas, tales como solicitud de información de saldos en
cuentas bancarias, solicitud de informe a Registro central de índices, diligencias de embargo de
devoluciones de la Agencia Tributaria y solicitud a la Seguridad Social de afiliación como
trabajador.
No se practican embargos de vehículos ni de bienes inmuebles.
Entre los dados de bajas por incobrables figuran 4 expedientes en los que el contribuyente ya
falleciera, en concreto los expedientes números 2, 3, 10 y 14. En los 4 casos la fecha de
fallecimiento se produjo hace más de 10 años.
En el caso de las bajas por referencia, se trata de liquidaciones en las que figura como obligado al
pago una persona que ya fuera objeto de expediente de crédito incobrable y no fuese rehabilitado.
En todos los expedientes de la muestra con este motivo de bajas se aportaron las resoluciones de
la Presidencia con la declaración inicial de incobrable, excepto en los nº 41 y 51. Así mismo, deben
ser justificados mediante informe de la vicetesorera, que no constan en la aplicación ni se
aportaron con posterioridad. Por otro lado si se pudo apreciar que en todos los casos hay
actuaciones suficientes y repetidas tendientes al cobro de las deudas, tales como solicitud de
información de saldos en cuentas bancarias, solicitud de informe al Registro central de índices,
diligencias de embargo de devoluciones de la Agencia Tributaria y solicitud a la Seguridad Social
de afiliación como trabajador.
- Bajas por ente público deudor: Se tratase de valores en los que el deudor es un ente público. En
este caso, el procedimiento llega hasta la notificación de la providencia de apremio y dada la
inembargabilidad del ente, en consecuencia, es preciso devolver los valores a su titular
(ayuntamiento). No consta en la aplicación la resolución expresa de bajas ni su devolución, en el
caso de los valores nº 42, 43, 47 e 52.
- Bajas por otros motivos: Se encontró que los valores dados de bajas por esta causa estaban
justificados. Aquí se incluyen dos expedientes de multas de tráfico que fueron anulados por
nulidad del procedimiento, ya que por error del procedimiento informático no se notificó al sujeto
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 41
pasivo la propuesta sancionadora. En la relación de bajas aportada, figuran multas de tráfico de
bajas por otros motivos por importe de 10.016,40 €.
IV.4 OTRAS MATERIAS
Se incluyen en este apartado las siguientes materias: las relativas a aplazamientos y
fraccionamientos, las relacionadas con la inspección y los recursos interpuestos contra las deudas
tributarias.
IV.4.1 Aplazamientos y fraccionamientos
Durante el ejercicio se solicitaron los aplazamientos y fraccionamientos que figuran en el Anexo 7,
agrupados por entidades locales y por conceptos tributarios.
El mayor número de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento corresponden a deudores de
los ayuntamientos de Miño (6,51% del total), Narón (5,88%), Vimianzo (5,73%) y Sada (5,62%).
El origen de las solicitudes se refieren, mayoritariamente, a los siguientes conceptos tributarios: IBI
U (58,43% del total), IIVTNU (14,16%), IAE (6,32%), IVTM (6,27%) y a la tasa recogida de basura
(5,19%).
A continuación se refleja en el cuadro siguiente el resumen de los aplazamientos y
fraccionamientos solicitados en el ejercicio fiscalizado, resueltos según año de resolución.
Cuadro 7: Aplazamientos solicitados en el ejercicio por año de resolución
Año de resolución
Nº de registros
Importe principal
Estado Solicitud
aplazamiento Pendiente a
1-1-2012 Ingresado en 2012
Bajas 2012
Pendiente a 31-12-2012
No consta 27 8.188,40 Cerrado 0,00 764,33 1.255,53 521,47 6.411,33
Total no consta 27 8.188,40 0,00 764,33 1.255,53 521,47 6.411,33
2012 2.657 577.038,80 Concedido 567.421,63 347.018,52 53.995,81 3.429,94 515.689,07
2012 5 950,20 Rechazado 0,00 895,38 0,00 0,00 895,38
Total 2012 2.662 577.989,00 567.421,63 347.913,90 53.995,81 3.429,94 516.584,45
2013 3.076 731.911,40 Concedido 723.172,58 112.658,65 4.069,96 11,08 723.621,03
2013 92 58.399,30 Rechazado 0,00 49.070,50 0,00 0,00 56.231,72
Total 2013 3.168 790.310,70 723.172,58 161.729,15 4.069,96 11,08 779.852,75
2014 1 72,60 Concedido 72,64 72,64 0,00 0,00 72,64
Total 2014 1 72,60 72,64 72,64 0,00 0,00 72,64
TOTAL 5.858 1.376.560,70 1.290.666,85 510.480,02 59.321,30 3.962,49 1.302.921,17
Los aplazamientos y fraccionamientos resueltos no ejercicio 2012, por entidades locales y por
conceptos tributarios figuran en el Anexo 8, resultando que los deudores del ayuntamiento de
Arteixo son los que han conseguido un mayor importe de aplazamiento, con el 36,74% del total,
seguido de los de Miño, con el 8,56% y Narón, con el 4,96%.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 42
Por conceptos tributarios, destacan el IAE, con el 34,33%, el IBIU, con el 31,73% y el IIVTNU, con
el 12,98%.
El resumen de los aplazamientos y fraccionamientos resueltos en el ejercicio fiscalizado, de
acuerdo con su año de alta figura en el cuadro siguiente:
Cuadro 8: Aplazamientos resueltos en el 2012 por año de alta
Año alta
Estado Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
2010 Concedido 46 431.613,10 403.982,24 431.613,06 49.733,06 0,00 381.880,00
2011 Concedido 784 255.684,90 249.616,48 252.807,90 78.274,70 2.267,60 172.265,60
2011 Rechazado 147 77.618,00 0,00 77.616,93 970,96 0,00 76.645,97
2012 Concedido 2.657 577.038,80 567.421,63 347.018,52 53.995,81 3.429,94 515.689,07
2012 Rechazado 5 950,20 0,00 895,38 0,00 0,00 895,38
TOTAL: 3.639 1.342.905,00 1.221.020,35 1.109.951,79 182.974,53 5.697,54 1.147.376,02
Del análisis de estos datos se deduce que de un total de aplazamientos solicitados de 5.858, se
resolvieron en el 2012, 3.639 por un importe de 1.342.905 euros, ascendiendo la solicitud de
aplazamiento a 1.221.020,35 euros.
El importe pendiente de los aplazamientos solicitados a 31 diciembre de 2012 asciende a
1.302.921,17 euros, y el de los dos aplazamientos resueltos a 1.147.376,02 euros.
En relación a este tipo de expedientes, tenemos que señalar que se produjo un incremento
significativo en el número de los mismos como consecuencia de la crisis económica.
En consecuencia y con el objetivo de facilitar el pago por parte de los contribuyentes con mayores
dificultades, se introdujeron modificaciones normativas con el fin de flexibilizar los criterios de
concesión aprobatoria de este tipo de expedientes. La más importante de todas ellas, el
incremento del importe de la concesión de los mismos sin garantía, hasta dejarlo a niveles de la
Agencia tributaria (18.000 euros).
Este incremento de los expedientes de fraccionamiento y aplazamiento derivaron en una mayor
domiciliación de los pagos fraccionados con los intereses correspondientes, agilizándose su
tramitación y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los contribuyentes que
necesitan de dichos aplazamientos o fraccionamientos.
IV.4.2 Inspección
Con fecha del 29 de diciembre de 2011, fue aprobado por el Presidente de la Diputación, tras la
preceptiva propuesta de la jefa del servicio de inspección tributaria, el Plan de actuaciones
inspectoras del año 2012.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 43
Este plan contempla actuaciones en el ámbito de tres figuras tributarias:
1- IAE: en este caso tiene lugar una delegación de competencias, establecida por normativa
estatal (sucesivas órdenes ministeriales del antiguo Ministerio de Economía y Hacienda). Los
criterios establecidos son continuistas con respecto a años anteriores y se centraran en las
sociedades mercantiles, especialmente las de mayor dimensión. Las actuaciones previstas podrán
ser de carácter general, estableciéndose como criterio de selección el de aquellas industrias con
cifras de negocio superiores a 10.000.000 euros y al mismo tiempo una potencia eléctrica
instalada inferior a 75 Kw; o de carácter parcial, que se concentraron en comprobar exenciones
relativas a la cifra de negocio o al inicio de actividad y las actividades inmobiliarias que no tuviesen
declarado metros vendidos. Los resultados de las actuaciones inspectoras llevadas a cabo durante
el ejercicio ascienden a un total de 133 actas con deuda por un importe de 345.678,38 euros.
2- IIVTNU: Se obtienen datos de registros públicos, notarias y organismos públicos, con el fin de
comprobar todas las transmisiones realizadas, si bien se establece un límite inferior en el importe
de valores catastrales o de las bonificaciones obtenidas en el caso de transmisiones mortis causa,
buscando así cumplir el principio de eficiencia. El número de liquidaciones practicadas en el
ejercicio ascendió a 418, por un importe de 252.695,60 euros.
3- Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo del
dominio público municipal (tasa del 1,5%): Dado que esta es una línea de actuación nueva, se
limitó, por un lado a la obtención de información, subministrada por los consumidores, acerca de
cuáles serían los principales sujetos pasivos de esta tasa en cada municipio, y por el otro a la
comprobación e investigación con alcance general a contribuyentes de pequeña dimensión. Estos
expedientes se iniciaron desde septiembre de 2011 en adelante, siendo un total de 46 los que
estaban en actuaciones durante el 2012. No se finalizó ninguno en el 2012 (si a partir de agosto
de 2013).
En el cuadro siguiente se recoge con más detalle un resumen de las actuaciones llevadas a cabo en
el ejercicio siguiendo los criterios del Plan anteriormente descritos, en el que no fue posible separar
las actas, o liquidaciones con cuota a ingresar, por tipo.
Cuadro 9: Plan de inspecciones tributarias: Actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio
IAE Tasa del 1,5% IIVTNU
Nº de expediente con actuaciones en 2012 292 46 532
Nº de expediente finalizados en 2012 110 0 305
Nº de expedientes finalizados con actas o liquidaciones a ingresar 72 0 210
Nº de actas o liquidaciones practicadas en 2012 133 0 418
IMPORTES 345.678,38 0,00 252.695,60
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Informe 44
El plan de inspección parece haber cumplido razonablemente con los objetivos previstos en el
mismo, sin embargo se podría considerar la ampliación de las posibilidades de delegación por
parte de los Ayuntamientos de la inspección de otros tributos como el impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, así como reforzar la inspección del IAE en aquellos
Ayuntamientos en los que por su desenvolvimiento urbano o por disponer de polígonos
industriales o actividad industrial relevante pueda significar una mayor consecución de resultados
liquidatorios a favor de los Ayuntamientos.
También cabe señalar que los expedientes de inspección y de las liquidaciones que se derivan de
los mismos, fueron fiscalizados a posteriori por muestra.
IV.4.3 Recursos interpuestos
Los recursos interpuestos con fecha de alta en el 2012 (ver Anexo 9) ascienden a 3.853, de los
cuales en 2.141 no consta el año de resolución, 979 fueron resueltos en 2012, 709 en el año
2013 y 24 en el 2014, representando los asuntos de los que traen causa un importe total de
5.013.789,26 euros.
Los recursos resueltos en 2012, recogidos en el Anexo 10, suman 1.515; de ellos, el año de alta
de 3 fue el 2009, de 5 fue el 2010, de 528 fue el 2011, correspondiendo 979 al ejercicio 2012. El
importe total de los valores de recursos resueltos alcanzó los 3.142.132,52 euros. Se observa una
demora en la resolución de recursos, ya que luego el recurso de reposición, que es el recurso
procedente en la mayor parte de los casos, tiene señalado un plazo de un mes para interponerse y
otro mes para su resolución.
En cuanto a los recursos, cabe señalar que el porcentaje de los mismos en relación al número de
liquidaciones y expedientes en fase ejecutiva tramitados resulta poco significativo, de lo que
parece deducirse una calidad aceptable en la obtención de dichas liquidaciones, recibos y
expedientes.
IV.5 TASAS PERCIBIDAS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La Diputación de A Coruña percibe una tasa por la prestación de los servicios tributarios a los
ayuntamientos o entidades locales que ceden la gestión y recaudación de sus ingresos tributarios u
otros de Derecho público. Dicha tasa viene regulada, como es preceptivo, en una ordenanza fiscal,
concretamente en la Ordenanza Fiscal nº 5, publicada por primera vez en el BOP de A Coruña el
12 de diciembre de 2002 y posteriormente modificada en tres ocasiones, la última en julio del
2011 y siempre previa aprobación del Pleno de la Institución.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 45
Esta ordenanza, en su artículo 6, recoge la cuantía de la tasa a percibir por la Diputación, en forma
de porcentaje sobre la recaudación líquida, concretamente:
- Para los ayuntamientos que tienen delegada la gestión, inspección y recaudación de los
impuestos municipales obligatorios:
5 % de la recaudación líquida obtenida en período voluntario durante el ejercicio a liquidar.
75 % del importe de las recargas por recaudación en período ejecutivo obtenidas en el
ejercicio.
50 % del importe de las sanciones de la tasa por la utilización privativa o aprovechamientos
especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas a favor de
empresas explotadoras de servicios de suministraciones de interés general.
- Para los ayuntamientos que no tienen tal delegación se establecen otros porcentajes en función
del ingreso del que se trate1, más elevados que los recogidos anteriormente. Esto tan solo afectaría
a los de A Coruña, Santiago de Compostela y Carballo.
Sin embargo, en la práctica, la tasa cobrada consiste en el 5 % de la recaudación voluntaria y en el
75 % de las recargas de la recaudación ejecutiva, ya que non hay recaudación por sanciones
derivadas de la tasa de aprovechamiento del suelo y subsuelo. Las recargas de la recaudación
ejecutiva pueden ser del 5 % (recarga ejecutiva), 10 % (recarga de apremio reducida) o 20 %
(recarga de apremio ordinaria) del principal de la deuda, según el momento en el que se efectúe el
ingreso.
En el Anexo 11, elaborado a partir de la información que consta en el documento denominado
Liquidación definitiva 2012 y remitida por el Servicio de recaudación para esta fiscalización, se
recoge la cuantía de estas tasas para cada ayuntamiento o entidad delegante. Se debe tener en
cuenta que para el cobro de la tasa se debe deducir de la recaudación, tanto en voluntaria como
en ejecutiva, el importe de las devoluciones de ingresos habidas en el ejercicio.
Se debe señalar, a la vista del cuadro anterior, lo siguiente:
- Que figura una cifra como importe recaudados respecto del Ayuntamiento de As Pontes,
cuando no consta que el mismo tenga delegada la recaudación de algún ingreso. Se trata de un
ingreso procedente del reparto de la tarifa municipal del IAE de las centrales hidroeléctricas que se
sitúan en el límite de dos o más municipios: en ese caso As Pontes reparte la recaudación con
1 Con la alegación 11 se indica que el Ayuntamiento de A Coruña remitió los primeiros cargos con fechas del 13 y 17 de diciembre de 2012, y en el caso de Santiago de Compostela el primer cargo para su cobro fue del 27 de noviembre de 2013.
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Informe 46
Monfero, que si tiene delegación. En los cuadros de páginas anteriores referidos a la gestión
realizada, estos ingresos figuran incluidos en los del Ayuntamiento de Monfero.
- Que no figura en el cuadro la Xunta de Galicia, que, a pesar de que la Diputación recauda
165.594,47 euros en concepto de canon del agua, no está contemplado el cobro de tasa alguna.
- Que, en definitiva, el coste de la prestación de este servicio para las entidades delegantes se
sitúa, exceptuando los casos particulares mencionados, entre el 5% y el 5,50%, salvo en el caso
de Cedeira, que lo supera ligeramente y el de As Somozas que alcanza el 8,42%, debido al
elevado importe de la recaudación ejecutiva.
Con la finalidad de comprobar si se están liquidando correctamente estas tasas por la Diputación,
se determinó una muestra aleatoria de 5 ayuntamientos (A Capela, Fene, Muros, Porto do Son y
Vedra), de los que se solicitó un detalle de la recaudación y se comprobó que se aplican
correctamente los porcentajes estipulados. El resultado se muestra en el siguiente cuadro:
Cuadro 10: Muestra comprobación de las tasas
Concepto AYUNTAMIENTOS
A Capela Fene Muros Porto do Son Vedra
Recaudación voluntaria inicial 229.367,92 4.202.799,64 1.618.422,63 1.856.148,58 782.814,87
Devolución de ingresos (233,80) (17.865,50) (3.348,55) (13.901,86) (758,77)
Recaudación voluntaria definitiva 229.134,12 4.184.934,14 1.615.074,08 1.842.246,72 782.056,10
Tasa a cobrar por recaudación voluntaria (5%) 11.456,71 209.246,71 80.753,70 92.112,34 39.102,81
Tasa efectivamente cobrada 11.456,72 209.246,70 80.753,72 92.112,32 39.102,82
Recaudación ejecutiva total 21.673,58 314.112,86 116.423,41 210.369,04 104.046,86
Recaudación ejecutiva: recargo de apremio 1.779,59 32.674,31 12.157,16 21.267,65 9.857,14
Tasa a cobrar por recaud. ejec.(75% rec. aprem) 1.334,69 24.505,73 9.117,87 15.950,74 7.392,86
Tasa efectivamente cobrada 1.334,69 24.505,73 9.117,87 15.950,74 7.392,86
% tasa por recaud. ejecut./Recad. ejec. total 6,16% 7,80% 7,83% 7,58% 7,11%
A la vista de lo anterior se puede señalar que se observa el cumplimiento de los trámites previstos
en la normativa, principios y normas establecidas en las instrucciones contables y medidas de
control interno, así como la fiabilidad que se deriva de la aplicación informática de la gestión
tributaria, en consecuencia:
- Se están a liquidar correctamente, según lo estipulado en la norma, las tasas por la prestación
del servicio a las entidades delegantes.
- O coste efectivo para las entidades delegantes resulta del 5 % de la recaudación en voluntaria,
como viene estipulado en la norma, y es diferente para cada entidad en cuanto a la recaudación
ejecutiva, en función de las recargas repercutidas, lo cual depende del momento en el que ingrese
el deudor. Así, la media en la recaudación ejecutiva para los 5 ayuntamientos de la muestra resulta
del 7,30 %.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 47
IV. CONCLUSIONES
Como resultado del trabajo realizado, se formulan las siguientes conclusiones:
1. Delegación de competencias
- De los 94 ayuntamientos de la provincia, con una población de derecho de 1.1143.911
habitantes, 84 ayuntamientos tenían delegadas competencias en la Diputación de A Coruña,
representando una población de 929.456 habitantes, equivalente al 81,25 por ciento del total
provincial. No delegan competencias los 10 ayuntamientos siguientes: Ames, Boiro, Coristanco,
Ferrol, Mugardos, Noia, Oleiros, A Pobra do Caramiñal, As Pontes de García Rodríguez y Rianxo,
con una población de 214.455 habitantes (18,75%).
- En relación a las competencias delegadas se pone de manifiesto el aumento substancial de la
actividad del área tributaria de la Diputación, por el incremento de las delegaciones por parte de
los ayuntamientos de la provincia y por la oferta progresiva de nuevas competencias como las
sanciones de tráfico y la colaboración en el ámbito catastral.
- En el caso de varios Ayuntamientos que tenían delegadas competencias se incumple lo
dispuesto en las bases de prestación de servicios tributarios, en lo relativo a la exigencia de que
todo Ayuntamiento que quiera hacer uso del servicio, debería delegar, como mínimo la
recaudación de los impuestos de exacción obligatoria (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto
sobre Actividades Económicas e Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica), tanto en fase
voluntaria como en ejecutiva.
2. Medios disponibles
- Corresponde al Área de Tesorería y Gestión Tributaria de la Diputación provincial de A Coruña
el ejercicio de las competencias objeto de delegación, contando para ello con 154 personas entre
personal funcionario y laboral, distribuidos entre servicios centrales y oficinas territoriales y
auxiliares, le corresponde a cada trabajador/a un ratio de 0,55 ayuntamientos y 6.035,43
habitantes.
- Todas las oficinas cuentan con mobiliario y equipos informáticos propios. Los servicios
tributarios de la Diputación disponen de una aplicación informática tributaria, GTT, adquirida en el
año 2006, mediante la cual se gestiona todo el procedimiento de recaudación.
3. Datos generales de los derechos a gestionar en el ejercicio
- Si comparamos los datos de los 5 últimos ejercicios, se observa que los cargos de valores
realizados aumentan en un porcentaje considerable de un año para otro a una media superior al
10%, si exceptuamos el año 2011, en el que solo aumentaron un 2,2 %.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 48
- En consonancia con lo anterior, también los ingresos aumentan, prácticamente en la misma
proporción, de un año para otro, excepto en el año 2011, en el que el incremento es
sensiblemente menor.
- El total gestionado cada año no alcanza la cuantía de los cargos de ese año, por lo que va
quedando siempre un residuo para los años siguientes (excepto en el año 2010 en el que lo
gestionado es mayor que lo cargado), de forma que el pendiente total aumenta, aunque se
observa que este aumento es cada vez menor (en la serie de años analizados).
- Durante el ejercicio fiscalizado los cobros realizados proceden principalmente de liquidaciones
por recibos emitidos masivamente, 87,71%, mientras que las autoliquidaciones y liquidaciones
administrativas representan el restante 12,29%.
- La recaudación del ejercicio procede en el 88,06% de la vía voluntaria y el 11,94% de la
ejecutiva.
4. Expedientes pendientes de cobro
- Con respecto a los expedientes pendientes de cobro a 31 de diciembre de 2012, con carácter
general, cabe señalar que en la aplicación informática GTT no consta prácticamente
documentación de los expedientes de recaudación ejecutiva, figurando únicamente en soporte de
papel.
Así mismo, los requerimientos de información a la Seguridad Social referidos a las sociedades se
dejaron de realizar el 12 de enero de 2011, fecha desde la que figuran en situación de “activo” en
muchos de los expedientes.
- En relación con las actuaciones de embargo efectuadas no figura ningún embargo de
vehículos, prácticamente no hay embargos de devoluciones de AEAT, ni de sueldos, Contas
bancarias, ni inmuebles.
- Se constató una tardanza en algún expediente de más de dos años en notificar la providencia
de apremio al deudor, lo que reduce las posibilidades de actuar sobre los bienes del deudor.
- Hay expedientes en recaudación ejecutiva en la que una vez transcurridos más de cinco años
sin resultado en la solicitud de informes de existencia de bienes al Registro central de índices de
cuentas bancarias en entidades financieras, de devoluciones tributarias reconocidas por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, de afiliaciones a la Seguridad Social, sería razonable, en
virtud del principio de eficiencia, dar por finalizados los mismos, pues parece evidente la
insolvencia del deudor.
5. Expedientes dados de bajas en el ejercicio
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 49
- En el ejercicio se dieron de baja valores por importe de 6.922.231,53 euros, de los que la
mayoría proceden de la vía ejecutiva.
- Las bajas por crédito incobrable no constan justificadas en la aplicación informática de la
gestión recaudatoria, de acuerdo con el procedimiento establecido por el ente provincial,
previendo este a su justificación mediante una resolución de la Presidencia de la Diputación que
contenga la declaración de crédito incobrable.
Así mismo, en dos expedientes de la muestra de bajas por referencia, tampoco se aportaron las
resoluciones de Presidencia con la declaración inicial de crédito incobrable.
Tampoco consta en la aplicación informática, resolución expresa de bajas cuando el deudor es un
ente público.
6. Aplazamientos y fraccionamientos de pago
- El número de expedientes de todo tipo (recursos, devoluciones de ingresos indebidos,
exenciones y bonificaciones, aplazamientos y fraccionamientos, etc) se incrementó de forma muy
significativa, sobre todo los aplazamientos y fraccionamientos como consecuencia de la crisis
económica.
- El mayor número de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento corresponden a deudores
de los ayuntamientos de Miño, 6,51% del total; Narón, 5,88%; Vimianzo, 5,73%; y Sada, 5,62%.
- El origen de las solicitudes se refieren, mayoritariamente, a los siguientes conceptos
tributarios: Impuesto Bienes Inmuebles Urbana, el 58,43% del total; Impuesto sobre el Incremento
del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, 14,16%; Impuesto sobre Actividades Económicas,
6,32%; Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, 6,27%; y la tasa recogida de basura,
5,19%.
- Del total de aplazamientos solicitados 5.858, se resolvieron en el 2012, 3.639 por un importe
de 1.342.905 euros, ascendiendo la solicitud de aplazamiento a 1.221.020,35 euros.
7. Plan de inspección y control tributario
- El plan contempla actuaciones en el ámbito del Impuesto sobre Actividades Económicas, del que
se derivaron recursos por importe de 345.678,38 euros, y en el Impuesto sobre el Incremento del
Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana por 253.695,60 euros, y Tasa por la utilización
privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo del dominio público municipal,
del que no se obtuvieron ingresos al no finalizarse ningún expediente en el ejercicio 2012.
8. Recursos interpuestos
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 50
- Los recursos interpuestos con fecha de alta en el 2012 ascienden a 3.853, de los cuales en
2.141 no consta el año de resolución, 979 fueron resueltos en 2012, 709 en el año 2013 y 24 en
el 2014, ascendiendo a un importe total de 5.013.789,26 euros.
Y los recursos resueltos en 2012 suman 1.515, de los cuales el año de alta de 3 fue el 2009, de 5
fue el 2010, de 528 fue el 2011, correspondiendo 979 al ejercicio 2012. El importe total de los
valores de recursos resueltos alcanzó los 3.142.132,52 euros.
Se observan una demora en la resolución de recursos, ya que luego el recurso de reposición tiene
un mes para interponerse y otro mes para a su resolución.
En cuanto a los recursos, cabe señalar que el porcentaje de los mismos en relación al número de
liquidaciones y expedientes en fase ejecutiva tramitados resulta poco significativo, de lo que
parece deducirse una calidad aceptable en la obtención de dichas liquidaciones y expedientes.
9. Premio de cobranza por la prestación del servicio de recaudación
- La Diputación de A Coruña percibe una tasa por la prestación de los servicios tributarios a los
ayuntamientos o entidades locales que ceden la gestión y recaudación de sus ingresos tributarios u
otros de Derecho público. Dicha tasa discrimina positivamente a los ayuntamientos que tienen
delegada la gestión, inspección y recaudación de los impuestos municipales obligatorios, con
relación a los que no la tienen, caso de Carballo, A Coruña y Santiago de Compostela.
- En los ayuntamientos2 de A Coruña y Santiago de Compostela no constan datos relativos a la
recaudación ejecutiva de multas de tráfico, único ingreso que tienen delegado, ya que los cargos
fueron remitidos en diciembre de 2012, en el caso de A Coruña; y noviembre de 2013, en el de
Santiago de Compostela.
- Resultado de la prestación de este servicio, se recauda un importe total de 140.493.246,68
euros, de la que corresponde a la Diputación en concepto de tasa por la prestación del servicio de
recaudación la suma de 7.481.344,05 euros, representando un porcentaje de 5,33 por ciento.
V. RECOMENDACIONES
A la vista de los resultados de este trabajo, el Consello de Contas de Galicia formula las siguientes
recomendaciones a la Diputación de A Coruña:
1) Debido al importante crecimiento de la demanda de servicios en el área tributaria por parte
de los contribuyentes y los ayuntamientos delegantes, como quiera que los recursos
humanos son prácticamente los mismos en los últimos años, para abordar ese incremento,
2 Nueva redacción como consecuencia de la aceptación de la alegación 11.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 51
particularmente en la tramitación de expedientes se debería revisar la estructura de personal
de los servicios para proceder a su adecuación a estas circunstancias, principalmente en el
ámbito de las oficinas territoriales, siempre que se mantengan las expectativas de seguir
prestando el mismo volumen de servicios en delegación de los ayuntamientos.
2) Potenciar, en la medida de las posibilidades, la integración de la gestión de las tasas tales
como las de abastecimiento agua, recogida de basura, alcantarillado, etc. En la aplicación
informática de gestión tributaria con la finalidad de que puedan ser objeto de cruce con los
datos del impuesto al que se vinculan.
3) Se deben analizar los distintos procedimientos de aplicación de los tributos y formularse
propuestas de mejora con la introducción de la tramitación telemática, con el fin de reducir
tiempos de tramitación, eliminación de papel y mejorar el servicio al contribuyente, así como
facilitar información y asistencia a los obligados tributarios, tanto presencial como on-line,
que le ayuden a un más fácil cumplimiento de sus obligaciones (elaboración de folletos o
modelos, preguntas frecuentes, etc.).
4) Se debe profundizar más en la línea de reducir el peso de los servicios centrales, para un
mayor acercamiento al contribuyente de tal forma que la inmensa mayoría de las gestiones
puedan realizarlas en ámbitos de fácil y único acceso, como la oficina central de atención al
contribuyente, oficinas territoriales, atención telefónica, telemática y oficina virtual
tributaria.
5) Fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, desenvolviendo
mecanismos que faciliten el pago fraccionado en período voluntario, sin intereses ni
recargas respecto de determinados impuestos, como los de pago periódico, o bonificaciones
para los casos de domiciliación bancaria, reduciendo los costes de gestión.
6) Establecer vías de comunicación entre los ayuntamientos y la Diputación para que este
organismo pueda conocer los incumplimientos de los ingresos de las deudas en período
voluntario, lo que permitiría mejorar la recaudación en vía ejecutiva, evitando supuestos de
prescripción de los derechos de cobro. La introducción de ayudas informáticas pode ser una
solución apropiada.
7) Se debe completar la información y documentación que figura en la aplicación informática
relativa a la vía de apremio.
8) Se debe intensificar el plan de inspección de impuestos y tasas previstos en el plan de
inspección tales como el Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre el
Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la tasa por la utilización
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 52
privativa o aprovechamientos especiales constituidos no suelo, subsuelo y vuelo de las vías
públicas municipales, (tasa 1,5%); así como la incorporación al plan de nuevos conceptos
tributarios como los relacionados con las licencias por obras, con el fin de extender a todos
los ciudadanos el deber de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
9) Conviene reforzar los servicios jurídicos, para dar respuesta a los recursos acumulados en el
tiempo, así como regular la gestión de los pendientes, sin que se superen los plazos
máximos de resolución previstos legalmente.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 53
ANEXOS
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 55
ANEXO 1. DELEGACIONES VIGENTES EN EL 2012
Entidades públicas delegantes y conceptos
delegados IBI
Colaboración en la gestión
Catastral IAE IVTM IIVTNU
Recaudac. Multas Tráfico
Recad. Ejecutiva
Tasa por recogida de basura
Tasa por sum. agua
potable
Tasa de Aprov. Suelo y
Subsuelo
Otras Tasas
Abegondo SI SI SI SI SI
Aranga SI SI SI SI SI SI SI
Ares SI SI SI SI SI SI SI SI
Arteixo SI SI SI SI SI SI SI SI
Arzúa SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Baña, A SI SI SI SI SI SI SI SI
Bergondo SI SI SI SI SI SI SI SI
Betanzos SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Boimorto SI SI SI SI SI SI
Boqueixón SI SI SI SI SI SI SI
Brión SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Cabana de Bergantiños SI SI SI SI SI SI SI
Cabanas SI SI SI SI SI SI SI SI
Camariñas SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Cambre SI SI SI SI SI SI SI SI
Capela SI SI SI SI SI SI
Carballo SI SI
Cariño SI SI SI SI SI SI SI SI
Carnota SI SI SI SI SI SI SI SI
Carral SI SI SI SI SI SI SI
Cedeira SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Cee SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Cerceda SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Cerdido SI SI SI SI SI SI SI SI
Cesuras SI SI SI SI SI SI SI
Coirós SI SI SI SI SI SI SI
Corcubión SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Coruña, A SI (Execut.)
Culleredo SI SI SI SI SI SI SI SI
Curtis SI SI SI SI SI SI
Dodro SI SI SI SI SI SI SI
Dumbría SI SI SI SI SI
Fene SI SI SI SI SI SI SI
Fisterra SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Frades SI SI SI SI SI SI
Irixoa SI SI SI SI SI SI SI SI
Laracha SI SI SI SI SI SI SI SI
Laxe SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Lousame SI SI SI SI SI SI SI SI
Malpica de Bergantiños SI SI SI SI SI SI SI
Mañón SI SI SI SI SI
Mazaricos SI SI SI SI SI SI SI
Melide SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Mesía SI SI SI SI SI SI
Miño SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Moeche SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Monfero SI SI SI SI
Muros SI SI SI SI SI SI SI SI
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 56
Entidades públicas delegantes y conceptos
delegados IBI
Colaboración en la gestión
Catastral IAE IVTM IIVTNU
Recaudac. Multas Tráfico
Recad. Ejecutiva
Tasa por recogida de basura
Tasa por sum. agua
potable
Tasa de Aprov. Suelo y
Subsuelo
Otras Tasas
Muxía SI SI SI SI SI SI
Narón SI SI SI SI SI SI SI
Neda SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Negreira SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Ordens SI SI SI SI SI SI SI SI
Oroso SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Ortigueira SI SI SI SI SI
Outes SI SI SI SI
Oza dos Ríos SI SI SI SI SI SI
Paderne SI SI SI SI SI SI SI
Padrón SI SI SI SI SI SI SI SI
Pino, O SI SI SI SI SI SI SI SI
Ponteceso SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Pontedeume SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Porto do Son SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Ribeira SI SI SI SI
Rois SI SI SI SI SI SI
Sada SI SI SI SI SI SI
San Sadurrniño SI SI SI SI SI SI
Santa Comba SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Santiago de Compostela SI (Ejecut.)
Santiso SI SI SI SI
Sobrado dos Monxes SI SI SI SI SI SI SI
Somozas, As SI SI SI SI SI SI
Teo SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Toques SI SI SI SI SI SI
Tordoia SI SI SI SI SI SI
Touro SI SI SI SI SI SI SI
Trazo SI SI SI SI SI SI SI
Val do Dubra SI SI SI SI SI SI SI SI
Valdoviño SI SI SI SI SI SI SI
Vedra SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Vilarmayor SI SI SI SI SI SI SI
Vilasantar SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Vimianzo SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Zas SI SI SI SI SI SI SI
Consorcio As Mariñas SI
Consorcio Contra Incendios e S.
SI
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Informe 57
ANEXO 2. DELEGACIONES DE COMPETENCIAS DE LA MUESTRA
Ayuntamiento
Objeto de la delegación Fecha acuerdo
provisional Ayuntamiento
Fecha publicación
BOP
Fecha acuerdo
definitivo Ayuntamien
to
Fecha acuerdo
Diputación
Fecha publicación
BOP
Fecha publicación
DOG
IBI, IAE, IVTM, recad. ejecutiva 19-07-01 07-08-01 12-09-01 26-10-01 30-10-01 N. C.
Arteixo Multas tráfico 31-07-03 03-09-03 27-11-03 19-12-03 03-01-04 20-02-04
Tasas y precios públicos 03-09-09 15-09-09 16-10-09 18-12-09 02-11-09 09-03-10
IBI, IAE, IVTM, tasas, recad. ejecutiva 10-08-01 01-09-01 N. C. 26-10-01 30-10-01 N. C.
Betanzos IIVTNU 26-02-09 06-05-09 N. C. 31-07-09 24-08-09 22-09-09
Multas tráfico 23-02-10 10-06-10 12-07-10 30-07-10 23-08-10 10-09-10
IBI, IAE, IVTM ,tasa basura 17-07-01 28-08-01 31-11-01 26-10-01 30-10-01 N. C.
IIVTNU 28-10-05 18-11-05 27-12-05 25-05-06 19-06-06 18-07-07
Brión Recaudación ejecutiva resto 13-07-07 17-08-07 31-10-07 29-02-08 27-03-08 05-05-08
Multas tráfico 09-09-09 25-09-09 02-11-09 27-11-09 21-12-09 21-01-10
Tasa del 1,5 % 16-02-11 12-04-11 05-04-11 16-09-11 17-10-11 23-12-11
IBI, IAE, IVTM, vados, recad. ejecutiva 31-07-01 17-09-01 N. C. 26-10-01 30-10-01 N. C.
Culleredo Multas tráfico N. C. 10-06-10 27-07-10 10-09-10 22-09-10 21-10-10
Tasa por terrazas 15-06-10 09-07-10 01-10-10 26-11-10 22-12-10 13-01-11
Tasa del 1.5 % 24-11-11 15-12-11 03-07-12 14-09-12 10-10-12 11-03-13
IBI, IAE 06-09-01 19-10-01 N. C. 26-10-01 30-10-01 N. C.
Fene IVTM, tasas, recad. ejecutiva 26-10-09 04-11-09 22-01-10 29-01-10 107-02-10 09-03-10
Multas tráfico 26-10-09 04-11-09 22-01-10 29-01-10 17-02910 09-03-10
Irixoa
IBI, IAE, IVTM, basura y recad. ejecutiva 27-07-01 28-08-01 N. C. 26-10-01 30-10-01 N. C.
Tasa saneamiento 24-09-10 04-10-10 25-11-10 28-01-11 01-03-11 04-04-11
Laracha
IBI, IAE, IVTM, varias tasas, recad. ejecutiva 24-07-01 27-09-01 05-11-01 26-10-01 30-10-01 N. C.
Multas tráfico 04-11-02 15-11-02 03-01-03 28-02-03 24-03-03 N. C.
IBI, IAE, IVTM, varias tasas, recad. ejecutiva 29-08-01 27-09-01 05-11-01 26-10-01 30-10-01 N. C.
Laxe Multas tráfico 26-05-04 05-06-04 16-07-04 17-09-04 08-10-04 N. C.
IIVTNU 30-11-05 15-12-05 30-01-06 25-05-06 19-06-06 05-07-06
Tasa del 1.5 % 25-11-10 07-12-10 04-02-11 25-03-11 14-04-11 29-04-11
IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, basura y recad. ejecutiva 14-08-01 31-08-01 07-11-01 26-10-01 30-10-01 N. C.
Miño Tasa del 1,5 % 04-09-10 20-09-10 17-11-10 17-12-10 26-01-11 18-02-11
Multas de tráfico 30-03-12 26-04-12 14-06-12 07-07-12 27-07-12 22-11-12
Narón IBI, IAE 26-10-01 08-11-01 N. C. 28-12-01 26-01-02 N. C.
IVTM, tasas, multas y recad. ejecutiva 13-12-02 28-12-02 12-03-03 30-12-02 24-01-03 N. C.
IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, basura y recad. ejecutiva 27-07-01 28-08-01 20-11-01 26-10-01 30-10-01 N. C.
Neda Multas tráfico 20-09-02 26-10-02 28-11-02 30-12-02 24-01-03 N. C.
Tasa do 1.5 % 16-09-10 26-10-10 15-12-10 28-01-11 01-03-11 01-04-11
IBI, IAE, IVTM, varias tasas, recad. ejecutiva 28-09-01 03-11-01 07-01-02 26-10-01 30-10-01 N. C.
Teo IIVTNU, multas, tasa garajes 29-03-05 12-04-05 N. C. 30-06-05 26-07-05 25-01-06
Tasa del 1.5 % 27-09-10 18-10-10 29-12-10 28-01-11 01-03-11 04-04-11
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 58
ANEXO 3. GESTIÓN EJERCICIO 2012 POR ENTIDADES
Nª Entidad Pdte de cta
anterior Cargos del ejercicio
Total a gestionar
Ingresos Bajas Total
gestionado Saldo a cta. siguiente
1 Abegondo 158.209,00 871.124,14 1.029.333,14 818.884,43 92.711,10 911.595,53 117.737,61
2 Aranga 35.735,32 390.688,93 426.424,25 362.408,27 11.975,74 374.384,01 52.040,24
3 Ares 604.153,50 1.895.797,49 2.499.950,99 1.679.360,74 154.029,57 1.833.390,31 666.560,68
4 Arteixo 3.395.759,22 12.798.558,72 16.194.317,94 11.773.729,51 440.505,11 12.214.234,62 3.980.083,32
5 Arzúa 134.333,81 2.149.967,40 2.284.301,21 2.018.629,20 54.102,01 2.072.731,21 211.570,00
6 A Baña 35.356,94 609.678,34 645.035,28 584.206,12 9.812,25 594.018,37 51.016,91
7 Bergondo 422.627,57 2.654.360,33 3.076.987,90 2.479.309,26 113.631,23 2.592.940,49 484.047,41
8 Betanzos 661.983,11 3.560.473,31 4.222.456,42 3.248.637,24 206.204,71 3.454.841,95 767.614,47
9 Boimorto 29.678,05 311.612,20 341.290,25 311.438,17 5.485,63 316.923,80 24.366,45
10 Boqueixón 62.093,78 941.843,72 1.003.937,50 909.013,02 12.876,00 921.889,02 82.048,48
11 Brión 316.266,15 1.846.874,24 2.163.140,39 1.707.386,44 53.886,07 1.761.272,51 401.867,88
12 Cabana de Bergantiños 81.954,92 879.810,14 961.765,06 816.804,07 22.039,19 838.843,26 122.921,80
13 Cabanas 96.234,23 1.057.717,70 1.153.951,93 996.546,72 48.147,81 1.044.694,53 109.257,40
14 Camariñas 141.823,77 1.895.707,29 2.037.531,06 1.852.853,09 44.525,20 1.897.378,29 140.152,77
15 Cambre 1.070.174,18 5.693.981,60 6.764.155,78 5.138.278,28 276.750,97 5.415.029,25 1.349.126,53
16 A Capela 16.494,03 267.105,31 283.599,34 251.041,50 6.388,82 257.430,32 26.169,02
17 Carballo 00,00 266.119,78 266.119,78 266.079,78 40,00 266.119,78 0,00
18 Cariño 131.381,53 821.548,62 952.930,15 622.306,16 33.212,07 655.518,23 297.411,92
19 Carnota 139.225,41 1.049.990,16 1.189.215,57 1.015.352,09 55.368,64 1.070.720,73 118.494,84
20 Carral 177.830,45 1.441.183,61 1.619.014,06 1.282.168,09 63.750,17 1.345.918,26 273.095,80
21 Cedeira 403.784,18 2.537.137,14 2.940.921,32 2.262.019,58 127.197,21 2.389.216,79 551.704,53
22 Cee 488.864,26 2.289.362,27 2.778.226,53 2.094.499,94 121.104,90 2.215.604,84 562.621,69
23 Cerceda 497.212,31 2.624.587,44 3.121.799,75 2.596.919,55 42.588,80 2.639.508,35 482.291,40
24 Cerdido 30.425,05 222.522,60 252.947,65 214.534,38 5.743,54 220.277,92 32.669,73
25 Cesuras 40.798,47 368.724,51 409.522,98 356.583,22 7.865,62 364.448,84 45.074,14
26 Coiros 139.282,01 477.370,73 616.652,74 407.344,11 6.372,98 413.717,09 202.935,65
27 Corcubión 54.689,53 557.285,81 611.975,34 433.222,65 36.171,72 469.394,37 142.580,97
28 A Coruña 0,00 154.170,00 154.170,00 210,00 0,00 210,00 153.960,00
29 Culleredo 1.504.052,53 8.659.778,10 10.163.830,63 8.084.024,28 318.789,85 8.402.814,13 1.761.016,50
30 Curtis 86.650,00 1.146.578,95 1.233.228,95 1.051.285,82 78.932,69 1.130.218,51 103.010,44
31 Dodro 22.921,11 518.719,68 541.640,79 467.258,43 19.809,25 487.067,68 54.573,11
32 Dumbría 12.001,03 880.778,56 892.779,59 874.358,80 3.963,39 878.322,19 14.457,40
33 Fene 606.677,87 4.707.535,98 5.314.213,85 4.516.912,50 91.482,61 4.608.395,11 705.818,74
34 Fisterra 162.842,42 1.025.606,83 1.188.449,25 928.114,96 33.497,57 961.612,53 226.836,72
35 Frades 32.813,56 356.355,11 389.168,67 344.765,92 14.914,88 359.680,80 29.487,87
36 Irixoa 14.671,31 244.571,59 259.242,90 216.878,71 1.977,28 218.855,99 40.386,91
37 Laxe 148.276,53 748.588,47 896.865,00 714.053,78 31.113,10 745.166,88 151.698,12
38 Laracha 286.538,31 2.789.047,17 3.075.585,48 2.397.067,14 126.757,89 2.523.825,03 551.760,45
39 Lousame 184.071,73 594.132,50 778.204,23 560.456,21 142.344,21 702.800,42 75.403,81
40 Malpica 179.651,90 1.290.154,64 1.469.806,54 1.172.063,69 48.341,15 1.220.404,84 249.401,70
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 59
Nª Entidad Pdte de cta
anterior Cargos del ejercicio
Total a gestionar
Ingresos Bajas Total
gestionado Saldo a cta. siguiente
41 Mañón 25.889,62 328.219,91 354.109,53 295.764,03 5.887,20 301.651,23 52.458,30
42 Mazaricos 32.811,26 1.003.701,05 1.036.512,31 998.071,67 7.716,62 1.005.788,29 30.724,02
43 Melide 389.472,48 2.503.486,02 2.892.958,50 2.443.510,95 68.642,10 2.512.153,05 380.805,45
44 Mesía 31.121,54 448.154,80 479.276,34 419.649,67 14.721,80 434.371,47 44.904,87
45 Miño 879.912,43 2.511.194,63 3.391.107,06 2.370.799,52 93.481,47 2.464.280,99 926.826,07
46 Moeche 31.200,86 268.128,13 299.328,99 255.621,09 6.724,99 262.346,08 36.982,91
47 Monfero 14.528,18 458.085,05 472.613,23 414.344,33 2.835,96 417.180,29 55.432,94
48 Muxía 130.824,29 816.459,63 947.283,92 730.307,83 112.991,46 843.299,29 103.984,63
49 Muros 157.278,95 1.816.020,71 1.973.299,66 1.734.846,04 72.492,64 1.807.338,68 165.960,98
50 Narón 2.602.333,06 12.087.946,87 14.690.279,93 10.625.557,53 580.504,25 11.206.061,78 3.484.218,15
51 Neda 215.881,34 1.379.154,15 1.595.035,49 1.279.537,67 98.385,03 1.377.922,70 217.112,79
52 Negreira 200.588,21 1.805.847,30 2.006.435,51 1.685.013,89 58.891,48 1.743.905,37 262.530,14
53 Noia 264.056,81 1.384,03 265.440,84 43.229,89 222.210,95 265.440,84
54 Ordens 293.834,97 3.243.213,43 3.537.048,40 2.871.186,38 172.466,38 3.043.652,76 493.395,64
55 Oroso 1.018.121,22 2.001.279,56 3.019.400,78 1.887.670,69 504.778,99 2.392.449,68 626.951,10
56 Ortigueira 296.665,79 1.498.717,73 1.795.383,52 1.286.847,23 55.775,09 1.342.622,32 452.761,20
57 Outes 38.463,39 707.154,45 745.617,84 679.460,88 15.479,44 694.940,32 50.677,52
58 Oza dos Ríos 60.570,83 634.450,01 695.020,84 602.135,91 22.925,19 625.061,10 69.959,74
59 Paderne 25.398,64 363.267,98 388.666,62 354.329,03 6.292,93 360.621,96 28.044,66
60 Padrón 328.377,68 2.292.099,95 2.620.477,63 2.137.978,18 118.603,98 2.256.582,16 363.895,47
61 O Pino 201.498,78 1.130.699,41 1.332.198,19 1.067.817,11 23.065,23 1.090.882,34 241.315,85
62 Ponteceso 153.466,37 1.352.731,83 1.506.198,20 1.314.383,20 46.930,95 1.361.314,15 144.884,05
63 Pontedeume 414.386,77 2.118.895,78 2.533.282,55 1.992.388,60 98.197,38 2.090.585,98 442.696,57
64 Porto do Son 294.537,03 2.199.199,92 2.493.736,95 2.066.517,62 87.492,72 2.154.010,34 339.726,61
65 Ribeira 934.713,05 4.183.524,78 5.118.237,83 3.908.114,95 205.856,39 4.113.971,34 1.004.266,49
66 Rois 63.553,92 798.250,03 861.803,95 755.320,61 24.314,67 779.635,28 82.168,67
67 Sada 1.105.179,50 4.220.304,82 5.325.484,32 3.781.579,37 319.905,58 4.101.484,95 1.223.999,37
68 San Sadurniño 52.217,45 787.132,66 839.350,11 759.597,21 11.168,02 770.765,23 68.584,88
69 Santa Comba 173.701,93 2.575.387,94 2.749.089,87 2.456.729,55 69.117,37 2.525.846,92 223.242,95
70 Santiso 7.375,31 305.532,84 312.908,15 301.070,77 2.027,59 303.098,36 9.809,79
71 Sobrado 25.317,98 301.012,14 326.330,12 298.672,62 4.014,05 302.686,67 23.643,45
72 As Somozas 1.743.160,46 1.782.659,98 3.525.820,44 3.342.576,63 34.155,49 3.376.732,12 149.088,32
73 Teo 437.917,09 3.770.995,40 4.208.912,49 3.520.013,30 74.615,47 3.594.628,77 614.283,72
74 Toques 22.026,43 220.426,93 242.453,36 206.124,52 1.545,46 207.669,98 34.783,38
75 Tordoia 30.216,59 572.287,79 602.504,38 553.303,99 9.062,53 562.366,52 40.137,86
76 Touro 33.351,40 512.528,48 545.879,88 499.911,95 9.840,11 509.752,06 36.127,82
77 Trazo 20.075,57 548.643,99 568.719,56 521.063,36 4.245,33 525.308,69 43.410,87
78 Valdoviño 239.992,27 1.783.854,43 2.023.846,70 1.656.634,72 127.559,38 1.784.194,10 239.652,60
79 Val do Dubra 73.480,43 860.415,43 933.895,86 797.052,78 28.129,35 825.182,13 108.713,73
80 Vedra 98.792,98 1.212.174,33 1.310.967,31 887.067,70 17.120,80 904.188,50 406.778,81
81 Vilasantar 18.557,87 228.286,99 246.844,86 217.523,12 5.921,44 223.444,56 23.400,30
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 60
Nª Entidad Pdte de cta
anterior Cargos del ejercicio
Total a gestionar
Ingresos Bajas Total
gestionado Saldo a cta. siguiente
82 Vilarmayor 12.746,52 206.002,29 218.748,81 201.953,80 4.406,97 206.360,77 12.388,04
83 Vimianzo 97.768,82 2.414.016,32 2.511.785,14 2.207.813,04 62.255,75 2.270.068,79 241.716,35
84 Zas 61.462,93 951.907,43 1.013.370,36 885.837,53 22.630,74 908.468,27 104.902,09
85 Consorcio das Mariñas 1.113.853,83 6.731.255,99 7.845.109,82 6.113.996,96 412.196,44 6.526.193,40 1.318.916,42
86 Xunta de Galicia 41.354,01 137.450,28 178.804,29 164.594,47 10.237,44 174.831,91 3.972,38
TOTAL 27.115.575,92 151.670.694,71 178.786.270,63 141.420.527,74 6.922.231,53 148.342.759,27 30.443.511,36
ANEXO 4. GESTIÓN EJERCICIO 2012 POR CONCEPTOS
Concepto Pdte de cta
anterior Cargos Total debe Ingresos Bajas Total haber
Saldo a cta siguiente
IBI Rústica 375.788,87 3.264.421,68 3.640.210,55 2.948.136,35 164.951,46 3.113.087,81 527.122,74
IBI Urbana 11.564.727,64 77.253.807,74 88.818.535,38 71.815.172,65 2.585.582,93 74.400.755,58 14.417.779,80
IBI (BICES) 1.632.007,80 7.047.675,39 8.679.683,19 7.773.886,15 172.852,11 7.946.738,26 732.944,93
IAE 2.453.910,98 8.680.280,76 11.134.191,74 8.082.245,87 237.834,87 8.320.080,74 2.814.111,00
IVTM 2.867.457,25 24.283.071,17 27.150.528,42 23.046.864,65 1.104.550,99 24.151.415,64 2.999.112,78
ICIO 426.747,56 44.712,98 471.460,54 40.800,56 168.026,74 208.827,30 262.633,24
IIVTNU 1.241.805,11 1.723.786,69 2.965.591,80 1.440.148,46 74.758,14 1.514.906,60 1.450.685,20
Tasas recogida basura 2.532.816,58 18.085.124,98 20.617.941,56 16.849.795,44 894.127,66 17.743.923,10 2.874.018,46
Otras tasas 565.200,86 3.614.175,23 4.179.376,09 3.055.276,54 138.966,93 3.194.243,47 985132,62
Precios públicos 6.097,34 19.629,06 25.726,4 9.578,22 995,89 10.574,11 15.152,29
Recarga apremio 37,44 1.735.789,71 1.735.827,15 1.735.692,88 0,00 1.735.692,88 134,27
Recargas art.27 LXT 11.402,49 9.465,13 20.867,62 7.270,21 2.167,00 9.437,21 11.430,41
Intereses mora 18.767,69 421.953,78 440.721,47 427.521,16 7,97 427.529,13 13.192,34
Multas y sanciones 1.035.352,60 2.733.365,95 3.768.718,55 1.387.208,20 869.679,08 2.256.887,28 1.511.831,27
Canon saneamiento 50.966,88 225.109,79 276.076,67 245.334,83 20.129,32 265.464,15 10.612,52
Otros recursos 2.292.337,89 2.359.477,66 4.651.815,55 2.516.948,75 477.767,73 2.994.716,48 1.657.099,07
IVA 40.150,94 168.847,01 208.997,95 38.646,82 9.832,71 48.479,53 160.518,42
TOTAIS 27.115.575,92 151.670.694,71 178.786.270,63 141.420.527,74 6.922.231,53 148.342.759,27 30.443.511,36
ANEXO 5. MUESTRA DE VALORES NO COBRADOS EN FASE EJECUTIVA A 31 DE
DICIEMBRE
Nº exp Id valor Entidad Concepto Ejercicio Importe
P1 20103515004IA01R000009 Ares IAE 2010 283,03
P2 20123515005IA01R000168 Arteixo IAE 2012 350,42
P3 20103515008IA01R000183 Bergondo IAE 2010 175,97
P4 20113515031IA01R000085 Culleredo IAE 2011 561,67
P5 20123515044IA01L000001 Malpica de Bergantiños IAE 2012 312,70
P6 20123515055IA01R000236 Narón IAE 2012 809,67
P7 20093515065IA01L000001 Paderne IAE 2009 280,85
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 61
Nº exp Id valor Entidad Concepto Ejercicio Importe
P8 20103515004IU09L000135 Ares IBIU 2010 117,03
P9 20113515005IU01R014506 Arteixo IBIU 2011 351,52
1P0 20123515005IU01R003204 Arteixo IBIU 2012 125,85
P11 20123515005IU01R017089 Arteixo IBIU 2012 28,83
P12 20123515009IU01R002694 Betanzos IBIU 2012 284,48
P13 20093515016IU01L000291 Camariñas IBIU 2009 117,92
P14 20123515028IU03L000094 Corcubión IBIU 2012 177,10
P15 20093515034IU01R001071 Dumbría IBIU 2009 22,45
P16 20113515036IU01R002874 Fene IBIU 2011 102,56
P17 20103515038IU01R004300 Fisterra IBIU 2010 17,74
P18 20123515042IU01R002869 Laracha IBIU 2012 21,77
P19 20123515042IU08L000441 Laracha IBIU 2012 155,42
P20 20113515044IU14L000012 Malpica de Bergantiños IBIU 2011 117,34
P21 20103515055IU01R000021 Narón IBIU 2010 9,18
P22 20103515055IU01R005755 Narón IBIU 2010 231,89
P23 20103515055IU09L000282 Narón IBIU 2010 34,25
P24 20113515055IU01R004827 Narón IBIU 2011 397,88
P25 20113515055IU01R021143 Narón IBIU 2011 27,35
P26 20123515055IU01R021535 Narón IBIU 2012 301,96
P27 20123515055IU01R022877 Narón IBIU 2012 318,95
P28 20123515067IU01R000823 O Pino IBIU 2012 5,79
P29 20103515063IU01R003612 Outes IBIU 2010 1,40
P30 20103515066IU01R001748 Padrón IBIU 2010 169,31
P31 20093515074IU05L001559 Ribeira IBIU 2009 111,47
P32 20123515074IU01R000425 Ribeira IBIU 2012 22,10
P33 20123515074IU01R001246 Ribeira IBIU 2012 135,19
P34 20093515076IU01R007468 Sada IBIU 2009 69,31
P35 20113515076IU01R005238 Sada IBIU 2011 194,97
P36 20123515076IU01R000657 Sada IBIU 2012 232,77
P37 20123515076IU01R011561 Sada IBIU 2012 249,72
P38 20123515085IU01R001091 Tordoia IBIU 2012 84,97
P39 20103515004IV01R002024 Ares IVTM 2010 79,93
P40 20123515005IV01R005824 Arteixo IVTM 2012 110,25
P41 20123515005IV05L000017 Arteixo IVTM 2012 26,12
P42 20103515036IV02R000972 Fene IVTM 2010 55,52
P43 20123515047IV01R004656 Melide IVTM 2012 107,91
P44 20123515057IV01R000105 Negreira IVTM 2012 34,08
P45 20123515066IV01R004839 Padrón IVTM 2012 32,15
P46 20113515005VT02L000005 Arteixo IIVTNU 2011 8,14
P47 20123515005VT03L000071 Arteixo IIVTNU 2012 37,34
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 62
Nº exp Id valor Entidad Concepto Ejercicio Importe
P48 20103515072VT28L000013 Porto do Son IIVTNU 2010 238,30
P49 20083515005OR02L000004 Arteixo ORM 2008 601,02
P50 20123515005OR04L000003 Arteixo ORM 2012 53.888,03
P51 20123515005OR04L000005 Arteixo ORM 2012 52.639,05
P52 20123515049OR02L000001 Miño ORM 2012 10.000,00
P53 20123515004RL01R000968 Ares LIXO 2012 94,67
P54 20123515022RL02R001472 Cedeira LIXO 2012 50,40
P55 20123515027RL02R000120 Coiros LIXO 2012 27,00
P56 20123515021RL02R001992 Consorcio das Mariñas LIXO 2012 61,44
P57 20113515036RL01R005404 Fene LIXO 2011 88,45
P58 20123515055RL02L000374 Narón LIXO 2012 24,66
P59 20123515057RL01R001988 Negreira LIXO 2012 59,00
TOTAL 125.276,24
ANEXO 6. MUESTRA DE VALORES DADOS DE BAJA EN EL 2012
Nº exp ID valor Entidad Concepto Ejercicio Motivo bajas Importe
B1 20043515055IU01R015003 Narón IBIU 2004 13 Por crédito incobrable 172,95
B2 20063515055RL02L000210 Narón Lixo 2006 13 Por crédito incobrable 16,65
B3 20063515076IU01L000251 Sada IBIU 2006 13 Por crédito incobrable 161,12
B4 20073515007IV01R001544 Baña IVTM 2007 13 Por crédito incobrable 79,14
B5 20073515026IU01R000076 Oza-Cesuras* IBIU 2007 01 Moción IBI 26,59
B6 20073515026IU01R002494 Oza-Cesuras* IBIU 2007 13 Por crédito incobrable 31,09
B7 20083515003IV01R000037 Aranga IVTM 2008 16 Por referencia 4,42
B8 20083515017IU01R009224 Cambre IBIU 2008 13 Por crédito incobrable 168,88
B9 20093515001BI01R000001 Abegondo IBIE 2009 20 Por ente público deudor 11.208,90
B10 20093515005IU01R003414 Arteixo IBIU 2009 13 Por crédito incobrable 39,84
B11 20093515005IU01R010504 Arteixo IBIU 2009 20 Por ente público deudor 167,32
B12 20093515005IV01R005355 Arteixo IVTM 2009 16 Por referencia 103,66
B13 20093515009IR01R002962 Betanzos IBIR 2009 01 Moción IBI 4,17
B14 20093515021IV01R000009 Carral IVTM 2009 13 Por crédito incobrable 37,49
B15 20093515031IV01R012970 Culleredo IVTM 2009 13 Por crédito incobrable 153,67
B16 20093515031IV01R015068 Culleredo IVTM 2009 13 Por crédito incobrable 123,37
B17 20093515055VT01L000023 Narón IIVTNU 2009 13 Por crédito incobrable 5.213,47
B18 20103515001IR01R003490 Abegondo IBIR 2010 01 Moción IBI 2,03
B19 20103515005IV01R004870 Arteixo IVTM 2010 13 Por crédito incobrable 127,66
B20 20103515049IU01R000816 Miño IBIU 2010 20 Por ente público deudor 4,06
B21 20103515076IU01R006261 Sada IBIU 2010 20 Por ente público deudor 473,92
B22 20103515078IV01R002282 Santa Comba IVTM 2010 13 Por crédito incobrable 79,13
B23 20103515082IU01R001254 Somozas IBIU 2010 20 Por ente público deudor 966,90
B24 20103515088IV01R004413 Valdoviño IVTM 2010 13 Por crédito incobrable 107,91
B25 20103515095ML05L000009 Cariño M Tráfico 2010 08 Otros motivos 150,00
B26 20103515095ML05L000011 Cariño M Tráfico 2010 08 Otros motivos 150,00
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 63
Nº exp ID valor Entidad Concepto Ejercicio Motivo bajas Importe
B27 20113515005IU01R012112 Arteixo IBIU 2011 16 Por referencia 8,63
B28 20113515009IU01R008792 Betanzos IBIU 2011 01 Moción IBI 22,42
B29 20113515009TC01R002088 Betanzos Cemiterios 2011 12 Por ente distinto da Diputación 13,95
B30 20113515015IV01R000583 Cabanas IVTM 2011 16 Por referencia 15,14
B31 20113515015IV01R002062 Cabanas IVTM 2011 13 Por crédito incobrable 40,90
B32 20113515031IV01R000808 Culleredo IVTM 2011 16 Por referencia 155,20
B33 20113515031IV01R015104 Culleredo IVTM 2011 16 Por referencia 144,27
B34 20113515047RL01R001027 Melide Lixo 2011 12 Por ente distinto da Diputación 75,00
B35 20113515049RL01R002204 Miño Lixo 2011 12 Por ente distinto da Diputación 53,37
B36 20113515066IU05L000185 Padrón IBIU 2011 01 Moción IBI 787,84
B37 20113515082IU01R001515 Somozas IBIU 2011 01 Moción IBI 16,31
B38 20113515088IV01R003928 Valdoviño IVTM 2011 13 Por crédito incobrable 107,91
B39 20113515091IU01R000838 Vilasantar IBIU 2011 01 Moción IBI 10,26
B40 20113515095IU01R002010 Cariño IBIU 2011 01 Moción IBI 197,59
B41 20123515006IV01R000197 Arzúa IVTM 2012 16 Por referencia 57,50
B42 20123515008IU01R002824 Bergondo IBIU 2012 20 Por ente público deudor 7,94
B43 20123515008IU01R003020 Bergondo IBIU 2012 20 Por ente público deudor 95,58
B44 20123515008IU09L000031 Bergondo IBIU 2012 01 Moción IBI 35,18
B45 20123515009IV01R000886 Betanzos IVTM 2012 16 Por referencia 50,60
B46 20123515016ML05L000005 Camariñas M Tráfico 2012 08 Otros motivos 200,00
B47 20123515021IU01R001592 Carral IBIU 2012 20 Por ente público deudor 76,85
B48 20123515021IU10L000466 Carral IBIU 2012 01 Moción IBI 119,96
B49 20123515033RL02R000560 Dodro Lixo 2012 12 Por ente distinto da Diputación 29,70
B50 20123515033RL02R000917 Dodro Lixo 2012 12 Por ente distinto da Diputación 29,70
B51 20123515039IV01R000666 Frades IVTM 2012 16 Por referencia 40,90
B52 20123515055IU01R021835 Narón IBIU 2012 20 Por ente público deudor 1.764,84
B53 20123515057IU02L000205 Negreira IBIU 2012 01 Moción IBI 138,24
B54 20123515060IU01R000705 Ordens IBIU 2012 01 Moción IBI 15,05
B55 20123515060IU01R007432 Ordens IBIU 2012 01 Moción IBI 87,21
B56 20123515076RL03L000645 Consorcio das Mariñas Lixo 2012 12 Por ente distinto da Diputación 58,36
B57 20123515078IV01R000732 Santa Comba IVTM 2012 16 Por referencia 91,63
B58 20123515083IU01R002136 Teo IBIU 2012 01 Moción IBI 111,65
TOTAL 24.434,02
(*) Denominación del nuevo municipio constituido por la fusión voluntaria de los ayuntamientos de Oza dos Ríos y Cesuras, Decreto 83/2013 del 6 de junio.
ANEXO 7. APLAZAMIENTOS SOLICITADOS
1. Por entidades locales en el 2012
Ente Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
Abegondo 10 1.432,80 1.432,74 562,70 0,00 0,00 1.432,74
Aranga 1 45,00 45,00 0,00 0,00 0,00 45,00
Ares 53 6.975,30 6.560,13 4.788,56 951,81 0,00 5.641,64
Arteixo 295 53.634,00 52.346,20 31.139,54 3.329,58 0,00 49.790,81
Arzúa 57 19.138,90 17.638,94 770,60 4.282,28 0,00 14.855,98
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 64
Ente Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
Baña A 28 2.066,90 2.005,99 1.889,36 570,84 0,00 1.435,15
Bergondo 29 14.955,40 14.955,69 6.955,60 1.527,10 0,00 13.428,59
Betanzos 229 133.717,00 72.535,18 57.262,46 1.633,93 0,00 129.914,55
Boqueixón 16 1.479,70 1.465,80 734,32 13,92 0,00 1.465,80
Brión 36 6.494,80 6.468,86 1.539,74 572,85 0,00 5.921,99
Cabana de Bergantiños 100 5.088,20 5.078,63 806,20 9,88 0,00 5.078,63
Cabanas 16 3.385,40 3.385,33 0,00 0,00 0,00 3.385,33
Camariñas 74 4.085,40 4.041,78 4.082,45 296,26 0,00 3.786,19
Cambre 169 61.102,30 59.706,54 30.053,64 3.997,38 0,00 55.964,23
Cariño 141 15.362,70 15.058,68 4.460,82 0,00 92,98 15.247,84
Carnota 101 4.411,80 4.339,61 3.590,22 204,61 0,00 4.183,92
Carral 51 14.486,20 14.396,28 472,15 4,66 0,00 14.481,30
Cedeira 52 5.577,60 5.506,11 4.384,36 1.687,26 0,00 3.855,01
Cee 276 49.715,90 49.077,44 7.188,31 740,49 0,00 48.938,42
Cerceda 49 28.137,50 27.326,22 10.325,49 3.097,97 0,00 25.039,66
Cerdido 9 1.599,30 1.599,28 1.396,90 0,00 0,00 1.599,28
Coiros 39 5.361,30 5.229,94 2.412,89 256,48 0,00 5.058,55
Consorcio das Mariñas 432 40.204,30 38.655,23 17.530,46 1.522,79 236,38 37.884,89
Corcubión 4 834,10 834,05 668,28 334,20 0,00 499,85
Culleredo 174 36.578,90 35.564,06 16.630,71 1.935,91 206,03 34.016,68
Curtis 82 6.460,70 5.181,72 252,12 0,00 0,00 6.460,40
Diputación de A Coruña 16 5.037,20 4.137,15 3.237,15 906,08 0,00 4.131,07
Dodro 16 3.214,70 3.214,73 0,00 0,00 0,00 3.214,73
Dumbría 1 71,90 68,89 68,89 0,00 0,00 68,89
Fene 225 35.025,00 34.352,09 18.855,20 7.092,59 7,25 27.461,87
Fisterra 136 16.768,80 15.853,85 8.165,92 222,75 237,85 15.760,04
Irixoa 3 118,70 118,72 22,76 0,00 0,00 118,72
Laracha 145 33.713,00 32.859,09 6.489,29 1.050,29 0,00 32.270,27
Laxe 13 2.482,40 2.482,50 386,67 30,00 0,00 2.452,50
Lousame 4 316,40 316,52 237,39 316,52 0,00 0,00
Malpica de Bergantiños 123 8.531,40 8.474,47 4.251,19 510,91 0,00 8.020,04
Mazaricos 15 1.306,30 1.303,49 1.052,14 0,00 0,00 1.303,49
Mañón 12 920,40 920,30 0,00 0,00 0,00 920,30
Melide 69 15.075,70 15.003,04 7.947,57 35,59 0,00 15.003,04
Mesía 7 586,30 586,34 258,08 193,56 0,00 392,78
Miño 386 208.433,30 207.437,29 104.748,22 352,35 103,59 207.800,50
Moeche 1 5.718,60 5.718,64 0,00 2.382,79 0,00 3.335,85
Monfero 1 71,90 71,94 0,00 0,00 0,00 71,94
Muros 43 5.006,70 4.912,32 2.647,39 278,05 0,00 4.212,32
Muxía 8 498,70 488,88 106,02 9,95 0,00 488,88
Narón 444 86.035,20 84.078,77 33.770,40 7.529,02 966,60 77.133,67
Neda 54 7.642,60 6.827,57 4.854,04 610,56 0,00 6.590,83
Negreira 93 13.961,60 13.887,10 4.756,95 80,21 1.826,72 12.054,38
O Pino 52 48.942,10 48.876,83 517,18 20,00 0,00 48.921,69
Ordens 64 16.622,80 16.622,20 0,00 0,00 0,00 16.622,20
Oroso 20 6.576,00 6.576,19 2.739,87 2.194,14 0,00 4.382,05
Ortigueira 15 10.777,00 10.776,77 4.584,66 0,00 0,00 10.032,96
Oza-Cesuras* 2 420,90 420,86 0,00 0,00 0,00 420,86
Paderne 2 5,60 5,62 5,62 0,00 0,00 5,62
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 65
Ente Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
Padrón 120 16.325,80 15.808,95 5.982,51 750,46 285,09 15.289,59
Ponteceso 41 10.901,60 10.672,17 6.099,98 229,40 0,00 10.672,17
Pontedeume 166 42.075,00 41.242,90 24.988,60 1.812,59 0,00 39.921,23
Porto do Son 67 12.444,40 12.336,41 4.889,54 740,91 0,00 11.702,98
Ribeira 58 17.370,40 17.266,89 5.362,24 1.088,63 0,00 16.266,05
Rois 14 1.485,70 1.485,72 467,37 0,00 0,00 1.485,72
Sada 250 75.442,30 74.014,89 22.789,59 1.874,88 0,00 73.247,45
San Sadurniño 1 1.070,70 1.070,71 0,00 0,00 0,00 1.070,71
Santa Comba 69 6.304,10 6.262,29 4.995,83 469,52 0,00 5.796,93
Teo 98 36.156,80 34.999,76 10.455,33 1.026,76 0,00 34.764,23
Tordoia 7 11.846,40 11.123,51 0,00 0,00 0,00 11.846,23
Touro 2 129,60 129,61 40,00 0,00 0,00 129,61
Trazo 14 528,80 528,64 321,60 0,00 0,00 528,64
Val do Dubra 21 4.188,70 4.112,75 496,24 163,68 0,00 4.021,01
Valdoviño 13 2.215,50 2.215,44 169,29 0,00 0,00 2.215,44
Vedra 6 1.483,90 1.483,89 0,00 0,00 0,00 1.483,89
Vilarmayor 2 9,80 9,78 4,89 0,00 0,00 9,78
Vimianzo 387 77.069,80 75.854,79 2.503,01 236,33 0,00 76.781,42
Zas 29 3.298,80 3.220,16 1.313,52 142,58 0,00 3.084,17
TOTAL: 5.858 1.376.560,70 1.290.666,85 510.480,02 59.321,30 3.962,49 1.302.921,17
(*) Denominación del nuevo municipio constituído por la fusión voluntaria de los ayuntamientos de Oza dos Ríos y Cesuras, Decreto 83/2013 del 6
de junio.
2. Por conceptos tributarios en el 2012
Concepto Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
IAE 102 81.516,00 81.511,73 16.199,51 166,48 0,00 81.348,52
IBI R 67 19.980,20 19.694,96 7.209,27 462,78 285,09 19.232,18
IBI U 2907 766.234,30 754.195,68 221.742,10 26.817,23 2.125,73 735.126,64
ICIO 3 2.969,00 2.968,99 187,79 0,00 0,00 2.968,99
IVTM 1004 84.408,10 80.876,02 43.215,28 6.263,37 102,21 76.709,21
IIVTNU 478 235.682,60 182.816,01 145.126,68 11.475,97 8,63 221.735,74
Infracción normativa tráfico 16 3.453,00 3.279,05 3.327,91 73,82 600,00 2.654,09
Multas de tráfico 135 26.060,00 25.278,74 13.740,00 5.293,60 366,60 18.509,80
Multas y sanciones 4 15.152,00 15.119,47 121,78 32,13 0,00 15.091,65
Otros precios p. prestac serv 1 754,60 683,08 698,70 15,62 0,00 683,08
Otros recursos municipales 1 5.718,60 5.718,64 0,00 2.382,79 0,00 3.335,85
Recargas art. 27 LXT 3 1.317,90 1.317,96 1.317,96 0,00 0,00 1.317,96
Reintegro importe anuncios 1 537,20 537,15 537,15 0,00 0,00 537,15
Sanciones de gestión 25 6.550,20 4.784,75 4.376,26 963,75 0,00 5.551,00
Sanciones inspección 9 7.328,30 5.496,31 0,00 0,00 0,00 7.328,39
Sumin agua (domest) 126 16.691,20 15.128,21 10.947,35 653,50 237,85 14.993,02
Sumin agua (indust) 10 1.475,50 1.375,28 1.312,00 0,00 0,00 1.375,28
Tasa cementerios 5 145,90 145,88 117,12 0,00 0,00 145,88
Tasa entrada vehículos 12 1.992,30 1.923,05 1.452,37 329,75 0,00 1.593,30
Tasa instalac mesas/sillas 5 4.186,60 3.910,65 2.139,61 276,04 0,00 3.910,65
Tasa lic apertura establec 1 600,00 600,00 0,00 0,00 0,00 600,00
Tasa lic urbanísticas 7 612,20 486,24 119,87 125,87 0,00 486,24
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 66
Concepto Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
Tasa lonjas/mercados 62 10.115,50 10.115,72 0,00 0,00 0,00 10.115,72
Tasa ocupac terreo mat const 1 1.905,10 1.905,12 0,00 0,00 0,00 1.905,12
Tasa puestos/barracas 12 1.233,60 1.233,96 352,56 146,90 0,00 1.087,06
Tasa recogida basura 814 69.890,70 67.028,44 36.160,38 3.839,60 236,38 64.529,79
Tasa retirada vehículos 1 2.203,00 2.202,99 0,00 0,00 0,00 2.202,99
Tasa alcantarillado 44 331,90 332,77 78,37 2,10 0,00 330,67
Intereses de demora 2 7.515,20 0,00 0,00 0,00 0,00 7.515,20
TOTAL: 5.858 1.376.560,70 1.290.666,85 510.480,02 59.321,30 3.962,49 1.302.921,17
ANEXO 8. APLAZAMIENTOS RESUELTOS
1. Por entidades locales:
Ente Nº de
registros Importe principal
Solicitud de aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
Abegondo 7 1.166,80 1.166,77 548,93 0,00 0,00 1.166,77
Aranga 5 10.745,40 10.745,41 10.745,41 2.686,37 0,00 8.059,04
Ares 34 4.726,60 4.409,02 3.814,67 1.092,27 0,00 3.452,64
Arteixo 200 476.885,60 448.563,01 470.367,69 59.135,77 0,00 417.455,06
Arzúa 31 12.909,80 12.503,07 214,97 3.204,74 0,00 9.705,03
Baña 28 2.066,90 2.005,99 1.889,36 570,84 0,00 1.435,15
Bergondo 31 18.236,30 18.236,51 13.104,12 4.631,12 0,00 13.605,39
Betanzos 113 43.503,70 43.300,08 15.367,82 4.150,30 0,00 39.353,23
Boqueixón 21 2.381,40 2.301,23 1.569,75 403,88 0,00 1.911,27
Brión 41 17.390,50 16.824,45 15.800,44 6.959,22 2.234,57 8.196,50
Cabana de Bergantiños 4 330,80 330,92 165,46 0,00 0,00 330,92
Cabanas 4 551,70 551,64 0,00 0,00 0,00 551,64
Camariñas 74 4.085,40 4.041,78 4.082,45 296,26 0,00 3.786,19
Cambre 94 43.848,60 43.050,56 26.886,27 4.470,02 0,00 39.122,76
Cariño 52 2.942,70 2.931,26 2.276,90 0,00 92,98 2.838,28
Carnota 32 2.386,50 2.363,74 2.166,22 155,69 0,00 2.208,05
Carral 27 6.864,20 6.779,05 334,38 0,00 0,00 6.864,07
Cedeira 46 4.892,20 4.835,59 4.641,07 1.974,66 0,00 2.882,53
Cee 90 19.385,20 19.183,10 16.240,05 3.638,80 33,03 15.583,02
Cerceda 23 12.008,90 12.009,10 10.437,07 3.561,17 0,00 8.447,93
Cerdido 8 587,10 587,02 542,02 0,00 0,00 587,02
Coirós 40 2.052,40 2.018,06 1.919,06 205,47 0,00 1.846,67
Consorcio das Mariñas 249 25.430,70 24.647,90 14.136,30 2.408,18 0,00 22.464,64
Corcubión 2 668,30 668,28 668,28 334,20 0,00 334,08
Culleredo 68 24.853,00 23.485,44 18.016,34 3.287,87 206,03 20.703,20
Curtis 31 1.616,70 1.616,75 252,12 0,00 0,00 1.616,75
Diputación de A Coruña 14 8.321,40 7.571,28 8.321,28 3.298,19 0,00 5.023,09
Dodro 4 1.114,10 1.114,18 0,00 0,00 0,00 1.114,18
Dumbría 1 71,90 68,89 68,89 0,00 0,00 68,89
Fene 236 35.350,10 34.677,84 24.849,87 8.744,29 7,25 26.083,06
Fisterra 97 9.420,40 8.641,45 4.066,89 97,62 226,77 8.547,64
Irixoa 1 22,80 22,76 22,76 0,00 0,00 22,76
Laracha 37 17.210,80 17.041,75 3.751,46 667,58 0,00 16.542,98
Laxe 5 1.349,90 1.350,04 1.040,82 30,00 0,00 1.320,04
Lousame 4 316,40 316,52 237,39 316,52 0,00 0,00
Malpica de Bergantiños 20 3.298,10 3.293,07 720,93 459,33 0,00 2.838,64
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 67
Ente Nº de
registros Importe principal
Solicitud de aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
Melide 90 31.930,40 31.895,02 27.587,87 3.557,95 0,00 28.337,07
Mesía 7 586,30 586,34 258,08 193,56 0,00 392,78
Miño 251 105.288,30 104.530,03 102.817,21 265,40 103,59 104.893,24
Moeche 1 5.718,60 5.718,64 0,00 2.382,79 0,00 3.335,85
Monfero 1 71,90 71,94 0,00 0,00 0,00 71,94
Muros 3 805,10 805,13 200,00 200,00 0,00 605,13
Muxía 4 211,10 211,07 34,08 0,00 0,00 211,07
Narón 280 61.473,10 60.515,62 53.158,60 16.882,89 966,60 42.894,08
Neda 40 4.515,00 3.898,27 3.025,79 585,90 0,00 3.454,41
Negreira 46 13.565,70 13.442,64 11.488,17 994,42 1.826,72 10.664,00
O Pino 6 7.156,00 7.135,98 7.155,98 3.339,42 0,00 3.816,56
Ordens 17 3.676,50 3.676,27 0,00 0,00 0,00 3.676,27
Oroso 247 102.021,40 24.402,94 101.534,21 3.447,63 0,00 98.572,24
Ortigueira 4 11.772,40 10.672,83 10.672,83 5.161,51 0,00 5.511,32
Paderne 2 5,60 5,62 5,62 0,00 0,00 5,62
Padrón 97 16.212,60 15.736,76 13.733,97 5.062,27 0,00 11.008,00
Ponteceso 17 6.507,30 6.277,83 6.034,59 229,40 0,00 6.277,83
Pontedeume 53 20.548,70 20.235,42 14.813,75 5.606,60 0,00 14.638,15
Porto do Son 73 12.340,30 12.247,11 7.947,60 3.630,02 0,00 8.709,95
Ribeira 135 17.728,20 17.728,26 14.886,15 1.000,84 0,00 16.727,42
Rois 12 1.200,50 1.200,54 815,25 347,88 0,00 852,66
Sada 109 30.974,00 30.602,23 12.452,05 2.367,13 0,00 28.429,98
Santa Comba 158 18.859,80 16.739,08 18.201,03 4.186,39 0,00 14.672,48
Teo 56 13.584,20 12.427,20 10.048,16 1.026,76 0,00 12.191,67
Touro 2 129,60 129,61 40,00 0,00 0,00 129,61
Trazo 14 528,80 528,64 321,60 0,00 0,00 528,64
Val do Dubra 19 3.951,40 3.875,50 496,24 163,68 0,00 3.783,76
Valdoviño 6 569,30 569,29 169,29 0,00 0,00 569,29
Vedra 1 79,10 79,14 0,00 0,00 0,00 79,14
Vilarmayor 1 4,90 4,89 4,89 0,00 0,00 4,89
Vimianzo 85 29.110,80 29.110,82 11.467,82 5.419,15 0,00 23.691,67
Zas 28 2.784,80 2.706,18 1.313,52 142,58 0,00 2.570,19
TOTAL: 3.639 1.342.905,00 1.221.020,35 1.109.951,79 182.974,53 5.697,54 1.147.376,02
2. Por conceptos:
Concepto Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
IAE 83 421.367,40 420.366,84 414.534,68 69.392,51 0,00 350.974,33
IBI R 37 6.909,90 6.909,63 5.043,82 462,78 0,00 6.446,85
IBI U 1.641 421.542,70 387.474,68 299.061,20 55.547,75 2.125,73 361.818,29
ICIO 3 6.601,20 6.601,19 6.601,19 3.206,70 0,00 3.394,49
IVTM 729 57.974,20 55.998,41 39.267,22 8.717,78 102,21 47.931,78
IIVTNU 360 209.296,10 158.500,68 163.149,10 15.798,36 41,66 193.155,59
Infracción normativa tráfico 14 3.001,00 2.875,91 2.875,91 37,84 600,00 2.238,07
Multas de tráfico 92 17.690,00 17.108,72 13.000,00 5.734,99 366,60 11.588,41
Multas y sanciones 4 6.163,40 6.130,94 134,25 32,13 0,00 6.103,12
Otros recursos municipales 1 5.718,60 5.718,64 0,00 2.382,79 0,00 3.335,85
Recargas art. 27 LXT 2 1.310,00 1.310,05 1.310,05 0,00 0,00 1.310,05
Reintegro renuncia subv.conced. 2 4.784,20 4.784,13 4.784,13 2.392,11 0,00 2.392,02
Reintegro importe anuncios 1 537,20 537,15 537,15 0,00 0,00 537,15
Sanciones de gestión 21 6.908,70 4.819,26 6.873,28 1.020,71 2.234,57 3.618,00
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 68
Concepto Nº de
registros Importe principal
Solicitud aplazamiento
Pendiente a 1-1-2012
Ingresado en 2012
Bajas en 2012
Pendiente a 31-12-2012
Sanciones inspección 2 111.857,40 83.893,03 111.857,36 10.778,44 0,00 101.078,92
Suministro agua (domest) 76 11.221,50 9.712,64 6.975,59 660,08 226,77 9.539,05
Sumin agua (indust) 14 1.551,60 1.451,33 1.451,33 87,40 0,00 1.363,93
Tasa cementerios 3 117,10 117,12 117,12 0,00 0,00 117,12
Tasa entrada vehículos 10 1.151,40 1.082,23 1.039,55 576,66 0,00 505,57
Tasa lic apertura establec 1 600,00 600,00 0,00 0,00 0,00 600,00
Tasa lic urbanísticas 4 2.170,00 2.169,96 2.169,96 1.068,90 0,00 1.101,06
Tasa lonjas/mercados 11 454,70 454,36 0,00 0,00 0,00 454,36
Tasa puestos/barracas 4 352,40 352,56 352,56 146,90 0,00 205,66
Tasa recogida basura 502 43.466,20 41.892,56 28.688,67 4.905,03 0,00 37.432,69
Tasa alcantarillado 22 158,10 158,33 127,67 24,67 0,00 133,66
TOTAL: 3.639 1.342.905,00 1.221.020,35 1.109.951,79 182.974,53 5.697,54 1.147.376,02
ANEXO 9. RECURSOS INTERPUESTOS CON FECHA DE ALTA EN EL 2012
Año de resolución Objeto del recurso Nº valores recorridos Importe de los valores
No Consta AC - Recurso sobre actividades económicas 10 3.072,53 No Consta BI - Recursos catastrales 45 6.269,85 No Consta IU - Recurso sobre Impuestos de Bienes Inmuebles 1.644 359.830,02 No Consta OT - Otros recursos 11 1.412,48 No Consta PA - Recurso sobre la Providencia de apremio 183 50.402,23 No Consta PE - Recurso sobre la Diligencia de Embargo 127 1.702.550,22 No Consta TP - Recurso sobre tasas y precios públicos 1 59,66 No Consta VE - Recurso sobre vehículos 120 9.974,78
TOTAL (no consta año de resolución) 2.141 2.133.571,77
2012 AC - Recurso sobre actividades económicas 71 49.238,70
2012 IU - Recurso sobre Impuestos de Bienes Inmuebles 333 50.258,56
2012 OT - Otros recursos 12 38.015,70
2012 PA - Recurso sobre la Providencia de apremio 290 81.648,06
2012 PE - Recurso sobre la Diligencia de Embargo 144 1.705.546,66
2012 PV - Recursos sobre IIVTNU (Plusvalías) 114 90.687,94
2012 TP - Recurso sobre tasas y precios públicos 5 9.178,42
2012 VE - Recurso sobre vehículos 10 840,09
TOTAL 2012 979 2.025.414,13
2013 AC - Recurso sobre actividades económicas 12 13.652,91
2013 IU - Recurso sobre Impuestos de Bienes Inmuebles 361 613.104,06
2013 OT - Otros recursos 3 61.797,85
2013 PA - Recurso sobre la Providencia de apremio 129 20.648,17
2013 PE - Recurso sobre la Diligencia de Embargo 187 123.329,10
2013 PV - Recursos sobre IIVTNU (Plusvalías) 1 844,02
2013 VE - Recurso sobre vehículos 16 1.513,80
TOTAL 2013 709 834.889,91
2014 IU - Recurso sobre Impuestos de Bienes Inmuebles 14 2.639,17
2014 PA - Recurso sobre la Providencia de apremio 1 200,00
2014 PV - Recursos sobre IIVTNU (Plusvalías) 9 17.074,28
TOTAL 2014 24 19.913,45
TOTAL 3.853 5.013.789,26
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 69
ANEXO 10. RECURSOS INTERPUESTOS RESUELTOS EN EL 2012
Año de alta Objeto del recurso Nº de valores recorridos Importe de los valores recorridos
2009 OT - Otros recursos 3 96.280,00
Total 2009 3 96.280,00
2010 IU - Recurso sobre Impuestos de Bienes Inmuebles 3 47,37
2010 PA - Recurso sobre la Providencia de apremio 1 4.904,87
2010 PE - Recurso sobre a Diligencia de Embargo 1 90,00
Total 2010 5 5.042,24
2011 AC - Recurso sobre actividades económicas 24 192.087,89
2011 IU - Recurso sobre Impuestos de Bienes Inmuebles 280 722.069,55
2011 OT - Otros recursos 3 167,34
2011 PA - Recurso sobre la Providencia de apremio 40 7.520,37
2011 PE - Recurso sobre la Diligencia de Embargo 169 64.355,76
2011 PV - Recursos sobre IIVTNU (Plusvalías) 8 18.676,10
2011 TP - Recurso sobre tasas y precios públicos 3 10.447,20
2011 VE - Recurso sobre vehículos 1 71,94
Total 2011 528 1.015.396,15
2012 AC - Recurso sobre actividades económicas 71 49.238,70
2012 IU - Recurso sobre Impuestos de Bienes Inmuebles 333 50.258,56
2012 OT - Otros recursos 12 38.015,70
2012 PA - Recurso sobre la Providencia de apremio 290 81.648,06
2012 PE - Recurso sobre la Diligencia de Embargo 144 1.705.546,66
2012 PV - Recursos sobre IIVTNU (Plusvalías) 114 90.687,94
2012 TP - Recurso sobre tasas y precios públicos 5 9.178,42
2012 VE - Recurso sobre vehículos 10 840,09
Total 2012 979 2.025.414,13
TOTAL: 1.515 3.142.132,52
ANEXO 11. RECAUDACIÓN NETA POR CUENTA DR LOS AYUNTAMIENTOS Y TASA
COBRADA A LOS MISMOS
Entidad Recaudación voluntaria
Recaudación ejecutiva
Devolución de ingresos
Recaudación neta total
Tasa %
tasa/recaudación neta
Abegondo 730.043,46 88.840,97 4.513,84 814.370,59 42.762,37 5,25%
Aranga 334.583,10 27.825,17 1.212,75 361.195,52 18.652,10 5,16%
Ares 1.495.483,15 183.877,59 2.738,56 1.676.622,18 89.275,82 5,32%
Arteixo 10.462.140,40 1.311.589,11 29.817,49 11.743.912,02 623.583,85 5,31%
Arzúa 1.871.299,15 147.330,05 38.986,62 1.979.642,58 101.740,26 5,14%
A Baña 538.333,96 45.872,16 198,42 584.007,70 30.194,13 5,17%
Bergondo 2.225.565,00 253.744,26 19.691,26 2.459.618,00 129.080,47 5,25%
Betanzos 2.899.811,87 348.825,37 11.867,57 3.236.769,67 171.018,93 5,28%
Boimorto 276.937,24 34.500,93 690,24 310.747,93 15.876,61 5,11%
Boqueixón 835.006,56 74.006,46 1.042,81 907.970,21 46.702,12 5,14%
Brión 1.479.030,61 228.355,83 8.169,65 1.699.216,79 89.297,38 5,26%
Cabana de Bergantiños 734.266,54 82.537,53 3.217,82 813.586,25 42.319,44 5,20%
Cabanas 885.371,87 111.174,85 1.481,21 995.065,51 53.187,08 5,35%
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 70
Entidad Recaudación voluntaria
Recaudación ejecutiva
Devolución de ingresos
Recaudación neta total
Tasa %
tasa/recaudación neta
Camariñas 1.733.232,73 119.620,36 1.851,83 1.851.001,26 93.646,46 5,06%
Cambre 4.510.686,04 627.592,24 31.057,50 5.107.220,78 270.080,91 5,29%
A Capela 229.367,92 21.673,58 233,80 250.807,70 12.791,41 5,10%
Carballo 266.079,78 0,00 0.00 266.079,78 13.303,99 5,00%
Cariño 566.189,92 56.116,24 1.360,32 620.945,84 32.892,92 5,30%
Carnota 939.605,86 75.746,23 2.424,52 1.012.927,57 52.493,57 5,18%
Carral 1.157.174,30 124.993,79 8.984,54 1.273.183,55 66.183,20 5,20%
Cedeira 1.934.925,31 327.094,27 37.301,12 2.224.718,46 123.898,15 5,57%
Cee 1.855.514,65 238.985,29 10.515,22 2.083.984,72 112.058,92 5,38%
Cerceda 2.464.933,35 131.986,20 2.655,83 2.594.263,72 132.449,47 5,11%
Cerdido 195.353,83 19.180,55 138,68 214.395,70 11.231,35 5,24%
Cesuras 323.913,65 32.669,57 177,27 356.405,95 18.825,62 5,28%
Coiros 376.113,66 31.230,45 165,66 407.178,45 21.302,00 5,23%
Corcubión 395.606,19 37.616,46 2.999,05 430.223,60 22.303,06 5,18%
Coruña, A 0,00 210,00 0,00 210,00 10,00 4,76%
Culleredo 7.200.460,76 883.563,52 62.302,47 8.021.721,81 420.711,02 5,24%
Curtis 996.680,97 54.604,85 2.077,09 1.049.208,73 54.086,13 5,15%
Dodro 425.602,75 41.655,68 5.387,72 461.870,71 23.677,10 5,13%
Dumbría 825.594,16 21.665,00 0,00 847.259,16 42.776,14 5,05%
Fene 4.202.799,64 314.112,86 17.865,50 4.499.047,00 233.752,43 5,20%
Fisterra 829.635,37 98.479,59 1.195,04 926.919,92 48.448,86 5,23%
Frades 319.516,04 25.249,88 235,46 344.530,46 17.991,31 5,22%
Irixoa 199.307,85 17.570,86 102,12 216.776,59 11.370,30 5,25%
Laxe 653.847,40 60.206,38 4.342,87 709.710,91 36.499,87 5,14%
Laracha 2.182.389,55 214.677,59 8.686,68 2.388.380,46 124.526,58 5,21%
Lousame 503.012,12 57.444,09 1.173,47 559.282,74 28.793,41 5,15%
Malpica 1.066.133,09 105.930,60 5.215,78 1.166.847,91 61.638,93 5,28%
Mañón 267.973,40 27.790,63 54,11 295.709,92 14.983,66 5,07%
Mazaricos 982.178,27 42.614,40 463,51 1.024.329,16 52.386,81 5,11%
Melide 2.149.052,78 294.458,17 15.409,13 2.428.101,82 123.586,98 5,09%
Mesía 389.844,16 29.805,51 182,45 419.467,22 21.664,60 5,16%
Miño 1.901.581,03 469.218,49 6.143,50 2.364.656,02 121.424,92 5,13%
Moeche 229.249,62 26.371,47 584,45 255.036,64 13.627,83 5,34%
Monfero 383.816,95 21.367,94 40,71 405.144,18 20.503,46 5,06%
Muxía 668.934,21 61.373,62 578,39 729.729,44 37.418,29 5,13%
Muros 1.618.422,63 116.423,41 3.348,55 1.731.497,49 89.871,59 5,19%
Narón 9.433.008,20 1.192.549,33 31.940,10 10.593.617,43 561.997,55 5,31%
Neda 1.148.621,71 130.915,96 2.498,82 1.277.038,85 67.316,47 5,27%
Negreira 1.556.918,30 128.095,59 6.643,42 1.678.370,47 86.136,97 5,13%
Noia 16.188,53 27.041,36 9,42 43.220,47 1.812,97 4,19%
Ordens 2.639.804,81 231.381,57 13.287,73 2.857.898,65 147.000,12 5,14%
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 71
Entidad Recaudación voluntaria
Recaudación ejecutiva
Devolución de ingresos
Recaudación neta total
Tasa %
tasa/recaudación neta
Oroso 1.657.143,00 230.527,69 2.011,47 1.885.659,22 98.836,14 5,24%
Ortigueira 1.180.640,50 106.206,73 6.446,92 1.280.400,31 66.479,82 5,19%
Outes 649.474,41 29.986,47 169.307,80 510.153,08 26.188,24 5,13%
Oza dos Ríos 537.513,53 64.622,38 2.558,42 599.577,49 31.212,67 5,21%
Paderne 329.456,66 24.872,37 35,11 354.293,92 18.423,07 5,20%
Padrón 1.906.753,93 231.224,25 26.394,56 2.111.583,62 111.211,54 5,27%
O Pino 919.844,58 147.972,53 3.564,61 1.064.252,50 57.937,04 5,44%
Ponteceso 1.186.638,88 127.744,32 1.095,70 1.313.287,50 69.712,97 5,31%
Pontedeume 1.748.586,69 243.801,91 8.027,45 1.984.361,15 107.888,66 5,44%
Pontes de García Rgez., As 9.159,44 0,00 0,00 9.159,44 457,97 5,00%
Porto do Son 1.856.148,58 210.369,04 13.901,86 2.052.615,76 108.063,06 5,26%
Ribeira 3.474.184,99 433.929,96 9.526,79 3.898.588,16 205.864,13 5,28%
Rois 679.823,40 75.497,21 2.406,07 752.914,54 39.285,29 5,22%
Sada 3.252.113,50 529.465,87 6.435,17 3.775.144,20 204.214,36 5,41%
San Sadurniño 724.225,95 35.371,26 314,86 759.282,35 38.632,71 5,09%
Santa Comba 2.306.423,43 150.306,12 3.404,44 2.453.325,11 125.548,07 5,12%
Santiso 285.747,50 15.323,27 17,04 301.053,73 15.306,43 5,08%
Sobrado 267.250,67 31.421,95 307,93 298.364,69 15.249,59 5,11%
Somozas 576.280,04 2.766.296,59 181,42 3.342.395,21 281.560,98 8,42%
Teo 3.117.302,74 402.710,56 5.781,72 3.514.231,58 183.863,51 5,23%
Toques 179.688,09 26.436,43 40,20 206.084,32 10.408,00 5,05%
Tordoia 518.743,29 34.560,70 76,86 553.227,13 28.529,97 5,16%
Touro 464.194,58 35.717,37 756,47 499.155,48 25.701,68 5,15%
Trazo 491.767,92 29.295,44 1.303,99 519.759,37 26.338,01 5,07%
Valdoviño 1.492.080,19 164.554,53 7.038,46 1.649.596,26 87.283,71 5,29%
Val do Dubra 741.168,27 55.884,51 6.863,50 790.189,28 40.987,80 5,19%
Vedra 782.814,87 104.252,83 964,74 886.102,96 46.495,68 5,25%
Vilasantar 201.832,31 15.690,81 165,97 217.357,15 11.274,27 5,19%
Vilarmayor 184.086,65 17.867,15 907,72 201.046,08 10.404,14 5,18%
Vimianzo 2.085.467,76 122.453,46 37.378,09 2.170.543,13 109.909,33 5,06%
Zas 835.688,10 50.419,89 858,35 885.249,64 45.621,79 5,15%
Consorcio As Mariñas 5.216.243,66 897.753,30 31.350,83 6.082.646,13 331.287,53 5,45%
TOTAL 124.365.632,51 16.890.300,76 762.686,59 140.493.246,68 7.481.344,05 5,33%
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 72
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 73
TRÁMITE DE ALEGACIONES
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 75
Con fecha del 8 de abril de 2016 fue aprobado por la Sección de Fiscalización del Consello de
Contas de Galicia el anteproyecto de informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de
tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Diputación provincial de A
Coruña, remitido a la Diputación, registrándose su recepción el 15 de abril, a los efectos de que, al
amparo del artículo 58.a) del reglamento de régimen interior del Consello de Contas de Galicia,
formulara las alegaciones y aportara la documentación que estimase pertinentes, en el plazo de 20
días.
El 9 de mayo de 2015 tuvo entrada la solicitud de prórroga con el fin de formular las alegaciones
al anteproyecto de informe, atendiéndose la petición, con la misma fecha, ampliándose dicho
plazo en 10 días.
El 23 de mayo de 2016, el ente fiscalizado presentó en el registro del Consello de Contas, las
siguientes alegaciones:
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 77
ALEGACIONES PRESENTADAS
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 79
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 80
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 81
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 82
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 83
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 84
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 85
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 86
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 87
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 88
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 89
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 90
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 91
CONTESTACIÓN A LAS ALEGACIONES
Las alegaciones se presentan identificadas en 12 apartados:
Contestación a la primera alegación:
La alegación alude al incumplimiento de lo dispuesto en las Bases de prestación de servicios
tributarios en lo relativo a la exigencia de que todo Ayuntamiento que quiera hacer uso del
servicio, debería delegar, como mínimo, la recaudación de los impuestos de exacción obligatoria.
La Diputación con el objetivo de responder a las demandas de los Ayuntamientos y prestarles la
máxima asistencia, aprobó unas Bases específicas para la prestación de determinados servicios a
Ayuntamientos que no tienen delegado el contenido mínimo mencionado.
En consecuencia, al no cumplirse las delegaciones mínimas previstas, con carácter general, en las
Bases de prestación de servicios tributarios, no se acepta la alegación.
Contestación a la segunda alegación:
La Diputación reconoce en la alegación la falta de incorporación de los expedientes de ejecutiva a
la aplicación informática GTT. En consecuencia, la alegación confirma la observación del
anteproyecto de informe, por lo que no se acepta la alegación.
Contestación a la tercera alegación:
Se refiere a los requerimientos de información a la Seguridad Social que se dejaron de realizar el
12 de enero de 2011, fecha desde la que figuran en situación de activo muchos de los
expedientes, justificando la Diputación que la Seguridad Social el 24 de enero de 2011, modificó el
canal para la solicitud masiva de información, que pasó de realizarse por el correo electrónico a
hacerse a través de su sede electrónica, para cada expediente, lo que no varía, la situación
expuesta en el anteproyecto de informe, en consecuencia, no se acepta la alegación.
Contestación a la cuarta alegación:
Se alude a que en las actuaciones de embargo efectuadas, sobre los expedientes de la muestra
seleccionada, no figura ningún embargo de vehículos, básicamente no hay embargos de
devoluciones de AEAT, ni de sueldos, cuentas bancarias, ni inmuebles. La alegación hace
referencia a actuaciones de embargo llevadas a cabo por la Diputación, si bien las conclusiones del
anteproyecto de informe se refiere a los expedientes de la muestra aludidos en el citado
documento.
En consecuencia, no se acepta la alegación.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 92
Contestación a la quinta alegación:
Se hace alusión a una tardanza en algún expediente de más de dos años en notificar la
providencia de apremio al deudor, indicándose que la falta de identificación impide revisarlo e
informar de las causas de demora.
La conclusión es un resumen del resultado del análisis de los expedientes de la muestra, en
consecuencia, en el cuerpo del informe se hace referencia al expediente 58, en consecuencia, no
se acepta la alegación.
Contestación a la sexta alegación:
La alegación hace referencia a expedientes en recaudación ejecutiva, en la que una vez
transcurridos más de cinco años sin resultado en la solicitud de informes de existencia de bienes al
Registro central de índices, de cuentas bancarias en entidades financieras, de devoluciones
tributarias reconocidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de afiliaciones a la
Seguridad Social, sería razonable, en virtud del principio de eficiencia, dar por finalizados los
mismos, pues parece evidente la insolvencia del deudor.
Se indica que precisarían conocer a que expedientes se refieren para revisarlos e informar de las
causas de la falta de declaración de crédito incobrable.
La conclusión es un resumen de los resultados de la fiscalización de los expedientes seleccionados,
en los que se indica que se identifica que dos expedientes, los números 31 y 34 son los que
presentan la observación que se señala en el anteproyecto de informe.
Por ello, no se acepta la alegación.
Contestación a la séptima alegación:
Se alude a que las bajas por crédito incobrable no constan justificadas en la aplicación informática
de la gestión recaudatoria, de acuerdo con el procedimiento establecido por el ente provincial,
previendo este su justificación mediante una resolución de la Presidencia de la Diputación que
contenga la declaración de crédito incobrable.
La alegación indica que antes de que la firma de las resoluciones de la Presidencia fuese
electrónica, era necesario el escaneado de la resolución con firma manuscrita para incorporarla a
la aplicación informática. Este escaneado es posible que no siempre se hiciese. Por lo que se
confirma la observación del anteproyecto de informe, y en consecuencia, no se admite la
alegación.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 93
Contestación a la octava alegación:
La alegación se refiere a dos expedientes de la muestra de bajas por referencia, en los que
tampoco se aportaron las resoluciones de Presidencia con la declaración inicial de crédito
incobrable.
En la alegación se indica que el informe de la tesorería no está escaneado en la aplicación
informática y que para incorporar dicho informe a la aplicación sería preciso incorporarlo
manualmente, esta tarea no se puede abordar con los recursos disponibles.
En consecuencia, confirma lo indicado en el anteproyecto de informe, no aceptándose la
alegación.
Contestación a la novena alegación:
La alegación alude a que no consta en la aplicación informática, resolución expresa de bajas
cuando el deudor es un ente público.
En la alegación se indica que el informe de la tesorería no está escaneado en la aplicación
informática y que para incorporar dicho informe a la aplicación sería preciso incorporarlo
manualmente, esta tarea no se puede abordar con los recursos disponibles.
Lo que confirma la observación expresada en el anteproyecto de informe, no aceptándose la
alegación.
Contestación a la décima alegación:
La alegación se refiere a una demora en la resolución de recursos, ya que luego el recurso de
reposición tiene un mes para interponerse y otro mes para su resolución.
En la alegación se justifica que no siempre las demoras pueden ser imputables a los servicios
tributarios provinciales, ya que en el procedimiento se requieren informes de los ayuntamientos,
Asesoría Jurídica de la Diputación, así como de la Intervención. Todas estas circunstancias no
deberían impedir el cumplimiento de los plazos previstos legalmente, por lo que no se acepta la
alegación.
Contestación a la undécima alegación:
La alegación hace referencia a que en los ayuntamientos de A Coruña y Santiago de Compostela
no constan datos relativos a la recaudación ejecutiva de multas de tráfico, único ingreso que
tienen delegado.
Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria de tributos, precios públicos y otros delegados por los ayuntamientos en la Deputación de A Coruña. Ejercicio 2012
Informe 94
Justificándose la Diputación por las fechas de remisión de los cargos, en el caso de A Coruña
fueron remitidos con fechas 13 y 17 de diciembre de 2012, y en el del Ayuntamiento de Santiago
de Compostela el primer cargo para su cobro fue remitido el 27 de noviembre de 2013.
En consecuencia, se acepta la alegación quedando redactado el Informe de la siguiente forma:
Pie de página 1 Apartado IV.5 Tasas percibidas por la prestación del servicio, párrafo 7 se le añade
información de las fechas de recepción de los primeros cargos efectuados por los Ayuntamientos
de A Coruña y Santiago de Compostela.
- Para los ayuntamientos que no tienen tal delegación se establecen otros porcentajes en
función del ingreso de que se trate, más elevados que los recogidos anteriormente. Esto tan solo
afectaría a los Ayuntamientos de A Coruña, Santiago de Compostela y Carballo.
Pie de página 2 IV. Conclusiones punto 9.Premio de cobranza por la prestación del servicio de
recaudación
- En los ayuntamientos de A Coruña y Santiago de Compostela no constan datos relativos a la
recaudación ejecutiva de multas de tráfico, único ingreso que tienen delegado, ya que los cargos
fueron remitidos con fechas del 13 y 17 de diciembre de 2012, en el caso de A Coruña; y del 27 de
noviembre de 2013, en el de Santiago de Compostela.
Contestación a la duodécima alegación:
En lo que respecta al punto 12 referido a las recomendaciones recogidas en el apartado V la
Diputación asume en los ocho puntos remitidos la línea de las recomendaciones expresadas en o
anteproyecto de informe.