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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CÁMARA
OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y
NAVEGACIÓN DE PONTEVEDRA
Ejercicios 2010-2011
Índice
Índice - 1
ÍNDICE
0. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................................................... 1 0.1 CONTEXTO DE ELABORACIÓN DEL INFORME ....................................................................................................................1 0.2 OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN .................................................................................................................4 0.3 ESTRUCTURA DEL INFORME .............................................................................................................................................5 0.4 LIMITACIONES ..................................................................................................................................................................5
I. CARACTERÍSTICAS DEL ENTE FISCALIZADO .............................................................................................................. 7 I.1 NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES ..............................................................................................................................7 I.2 MARCO JURÍDICO .............................................................................................................................................................8 I.3 LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE PONTEVEDRA ...............................................................................10
I.3.1 Presentación .............................................................................................................................................................10 I.3.2 Organización de la Cámara .......................................................................................................................................11
I.3.2.1 Órganos de Gobierno .........................................................................................................................................11
I.3.2.2 Órganos Consultivos ..........................................................................................................................................12
I.3.2.3 Estructura organizativa .......................................................................................................................................12
I.4 PRESUPUESTO, LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS ...............................................................................................13 I.5 FINANCIACIÓN ................................................................................................................................................................17
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ...................................................................................................................... 19 II.1 CONTABILIDAD Y CONTROL INTERNO ............................................................................................................................19 II.2 PERSONAL ......................................................................................................................................................................23 II.3 GASTOS DE VIAJES, ESTANCIAS Y DIETAS .......................................................................................................................33 II.4 CONTRATACIÓN .............................................................................................................................................................37 II.5 SUBVENCIONES RECIBIDAS ............................................................................................................................................46
II.5.1 Plan FOEXGA ...........................................................................................................................................................47 II.5.2 Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra ........................................................................................................54
II.6 AYUDAS CONCEDIDAS POR LA CÁMARA .......................................................................................................................60 II.7 TESORERÍA .....................................................................................................................................................................63 II.8 ACTIVIDADES Y FUNCIONES ...........................................................................................................................................74
III. ÁREA ECONÓMICO-FINANCIERA ........................................................................................................................... 82 III.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ............................................................................................................82 III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS ................................................................................................................86 III.3 CONSIDERACIONES DERIVADAS DE LA ELIMINACIÓN DEL RECURSO CAMERAL PERMANENTE ......................................88 III.4 ANÁLISIS DE LOS INDICADORES ECONÓMICO-FINANCIEROS .........................................................................................93
IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ................................................................................................................ 97 IV.1 CONCLUSIONES ............................................................................................................................................................97 IV.2 RECOMENDACIONES ...................................................................................................................................................108
ANEXOS ..................................................................................................................................................................... 111
Índice
Índice - 2
V. ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA COCIN DE PONTEVEDRA ......................................................................... 143
VI. RÉPLICAS FORMULADAS POR EL CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR
LA COCIN DE PONTEVEDRA....................................................................................................................................... 212
Índice de Cuadros
Índice de cuadros - 1
INDICE DE CUADROS
Cuadro 1. Empresas integrantes del censo distribuidas por sectores ................................................................................................................... 10
Cuadro 2. Estado de gastos e ingresos de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 ...................................................................................... 13
Cuadro 3. Estructura de ingresos de la COCIN de Pontevedra ............................................................................................................................ 18
Cuadro 4. Gastos de Personal según la liquidación, los libros mayores y la cuenta de PyG .................................................................................. 24
Cuadro 5. Gastos de personal realizados según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG ................................................................. 28
Cuadro 6. Grado de ejecución del presupuesto según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG ........................................................ 28
Cuadro 7. Personal al servicio de la Cámara distribuido por áreas y categorías ................................................................................................... 30
Cuadro 8. Categorías profesionales del personal al servicio de la Cámara .......................................................................................................... 31
Cuadro 9. Resumen de los conceptos retributivos .............................................................................................................................................. 32
Cuadro 10. Gastos de viajes, estancias y dietas ................................................................................................................................................. 33
Cuadro 11. Imputación presupuestaria de los gastos de viajes y dietas ............................................................................................................... 34
Cuadro 12. Resumen de los procedimientos de adjudicación de los contratos..................................................................................................... 38
Cuadro 13. Muestra de las operaciones con terceras personas ........................................................................................................................... 39
Cuadro 14. Gastos de publicidad de POMOVIL 2010 ......................................................................................................................................... 42
Cuadro 15. Facturas correspondientes a FERPALIA y POMOVIL 2010 y 2011 ..................................................................................................... 43
Cuadro 16. Facturas de gastos de representación 2009-2010 ............................................................................................................................ 45
Cuadro 17. Subvenciones públicas 2010 2011 .................................................................................................................................................. 46
Cuadro 18. Distribución de la financiación de los costes del Plan Foexga 2010-2011 ......................................................................................... 48
Cuadro 19. Muestra de las actuaciones del Plan Foexga 2010-2011 .................................................................................................................. 49
Cuadro 20. Detalle de la financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento de Pontevedra ....................................................................... 54
Cuadro 21. Financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento atendiendo al gasto rectificado ................................................................. 55
Cuadro 22. Ejecución y distribución de la financiación de PONTUS VETERIS 2011 .............................................................................................. 59
Cuadro 23. Saldos de la tesorería a 31 de diciembre de 2010-2011 ................................................................................................................... 63
Cuadro 24. Discrepancias entre la información contable y el informe del programa de recaudación .................................................................... 67
Cuadro 25. Existencias en las entidades financieras a 31 de diciembre 2010 y 2011 .......................................................................................... 71
Cuadro 26. Conciliación de saldos contables y bancarios ................................................................................................................................... 73
Cuadro 27. Conciliación de las diferencias de los saldos contables y bancarios de las cuentas 57200012 y 57200013 ........................................ 74
Cuadro 28. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2010 ........................................................................................................... 76
Cuadro 29. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2011 ........................................................................................................... 77
Cuadro 30. Resumen de la ejecución del presupuesto de ingresos ...................................................................................................................... 82
Cuadro 31. Variación interanual de los ingresos realizados en los ejercicios 2010 y 2011 ................................................................................... 83
Cuadro 32. Ejecución del Capítulo 01. Recursos permanentes 2010-2011. ........................................................................................................ 83
Cuadro 33. Ejecución del Capítulo 02. Recursos no permanentes 2010-2011 ..................................................................................................... 84
Cuadro 34. Ejecución del presupuesto de gastos. Resumen por capítulos 2010-2011 ......................................................................................... 86
Cuadro 35. Representatividad de los capítulos de gastos según la liquidación aprobada y la liquidación ajustada ............................................... 87
Cuadro 36. Importancia del RCP sobre los ingresos totales de la Cámara Euros ................................................. 88
Cuadro 37. Evolución de la emisión de recibos correspondientes al RCP. Ejercicios 2010-2012........................................................................... 89
Cuadro 38. Resultado presupuestario de los ejercicios 2008-2012 ..................................................................................................................... 89
Cuadro 39. Resumen por epígrafes del capítulo 02. Recursos no permanentes. Ejercicios 2009-2012 ................................................................. 90
Cuadro 40. Resumen de la ejecución de los ingresos por prestación de servicios ................................................................................................ 90
Índice de Cuadros
Índice de cuadros - 2
Cuadro 41. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012 .................................................................................................................................. 94
Cuadro 42. Evolución del ratio de endeudamiento total 2009-2012 ................................................................................................................... 95
Cuadro 43. Evolución del ratio de garantía 2009-2012 ...................................................................................................................................... 95
Índice de Anexos
Índice de anexos - 1
ANEXOS
Anexo I. Demarcación Territorial de las Cámaras Gallegas ............................................................................................................................... 113
Anexo II. Liquidación Presupuestaria, Balance y Cuenta de PyG de 2010 y 2011 .............................................................................................. 114
Anexo III. Diferencias de los saldos a 31.12.2010 en el Balance de Situación y la Cuenta PyG .......................................................................... 117
Anexo IV. Diferencias entre las operaciones declaradas en el modelo fiscal 347 y los registros contables .......................................................... 119
Anexo V. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2010......................................................... 120
Anexo VI. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2011 ........................................................ 121
Anexo VII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del presidente de la Cámara .............................................................................................. 122
Anexo VIII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del personal al servicio de la Cámara ................................................................................ 123
Anexo IX. Gastos de dietas del personal de la Cámara sin justificar .................................................................................................................. 124
Anexo X. Subvenciones recibidas de los años 2010 y 2011 .............................................................................................................................. 125
Anexo XI. Descripción de las actuaciones incluidas en el Plan FOEXGA 2010-2011 .......................................................................................... 126
Anexo XII. Actuaciones de la Cámara de Pontevedra incluidas en el Plan FOEXGA. 2010-2011 ........................................................................ 127
Anexo XIII. Gastos no elegibles según la cláusula 4ª del convenio de colaboración del Plan Foexga .................................................................. 129
Anexo XIV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2010 ............................ 130
Anexo XV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2011 ............................. 131
Anexo XVI. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa a Venezuela y República Dominicana. Año 2011 ....................................... 132
Anexo XVII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de los eventos POMOVIL y FERPALIA del año 2010 ...... 133
Anexo XVIII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de FERPALIA del año 2011 .......................................... 134
Anexo XIX. Ayudas concedidas en los años 2010 y 2011 ................................................................................................................................. 135
Anexo XX. Muestra de las ayudas concedidas en los años 2010 y 2011 ........................................................................................................... 136
Anexo XXI. Información referida a los movimientos registrados en la subcuenta 57000000 “CAIXA” ............................................................... 137
Anexo XXII. Funciones de carácter público-administrativas de las cámaras agrupadas por áreas. ...................................................................... 140
Anexo XXIII. Detalle por conceptos y tramos de cuotas de la emisión de los recibos del RCP correspondiente a los ejercicios 2010, 2011 y
2012. ............................................................................................................................................................................................................. 142
Índice de Abreviaturas
Índice de abreviaturas - 1
ABREVIATURAS
APE Autónomos y Pequeñas Empresas de Galicia
CGC Consello Galego de Cámaras
COCINs Cámaras de Comercio, Industria y Navegación
CSC Consejo Superior de Cámaras
DXC Dirección Xeral de Comercio
FCI Fondo de Compensación Interterritorial
FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Foexga Fomento de las Exportaciones Gallegas
ICEX Instituto Español de Comercio Exterior
LBC Ley 3/1993, de 22 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación
LCSP Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
LGC Ley 5/2004, de 8 de julio, de COCINs de Galicia
PyG Pérdidas y ganancias
Pemes Pequeñas y Medianas Empresas
PIPE Plan de Iniciación a la Promoción Exterior
RCP Recurso Cameral Permanente
RD Real Decreto
TRLAC Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas
TRLCSP Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la LCSP
TRLRFOG Texto Refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
1
0. INTRODUCCIÓN
El Pleno del Consello de Contas, en la sesión celebrada el 23 de diciembre de 2011, incluyó en el
Plan anual de Trabajo para el 2012 la realización de un informe de fiscalización específico sobre
las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Galicia.
Las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación (en adelante COCINs), están incluidas en el
ámbito de actuación del Consello de Contas de Galicia, según la Ley 6/1985, de 24 de junio
(artículo 2 d).
La iniciativa de la fiscalización responde a la recomendación formulada por la Comisión
Permanente no Legislativa para las Relaciones con el Consello de Contas del Parlamento de
Galicia, en la sesión de 19 de octubre de 2011, a cuyo tenor el Parlamento de Galicia insta al
Consello de Contas para que realice un informe de fiscalización específico sobre las cámaras de
comercio gallegas y su viabilidad tras la supresión de la cuota cameral obligatoria.
0.1 CONTEXTO DE ELABORACIÓN DEL INFORME
La propuesta de la fiscalización está motivada por los cambios introducidos en el modelo cameral
con la promulgación del Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el
ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo (BOE
núm. 293 de 3.12.2010).
Esta reforma normativa introdujo modificaciones que afectaron al funcionamiento y al régimen
económico de las cámaras de comercio. Destacan fundamentalmente las siguientes:
1. El cambio en el modelo de adscripción de las empresas a las cámaras de comercio
Se abandona el modelo continental de adscripción forzosa a las cámaras y se establece la
adhesión voluntaria de las empresas que manifiesten la intención de ser miembros de la cámara.
Así, la reforma asume el modelo anglosajón, en los términos establecidos en la nueva redacción
del artículo 6 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo 1 (modificado por la Ley 2/2011, de 4 de marzo,
de Economía Sostenible (disposición final 47.2) que varía su rúbrica introduciendo la distinción
1
1. Podrán ser miembros de las COCINs las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en el
territorio nacional. Los miembros tendrán la condición de electores de las COCINs, dentro de cuya circunscripción cuenten con establecimientos, delegaciones o agencias. Sin perjuicio del anterior, formarán parte del censo público de empresas que elaboren las COCINs de acuerdo con el artículo 2.1 h), las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en el territorio nacional, sin que de ello deriven obligaciones o derechos. 2. En especial, se considerarán actividades incluidas en el apartado anterior, las ejercidas por cuenta propia, en comisión o agencia, en el sector extractivo, industrial, de la construcción, comercial, de los servicios, singularmente de hostelería, transporte, comunicaciones, ahorro, financieros, seguros, alquileres, espectáculos, juegos, actividades artísticas, así como los relativos a gestoría, intermediación, representación o consignación en el comercio, tasaciones y liquidaciones de todas clases, y los correspondientes a agencias inmobiliarias, de la propiedad industrial, de valores negociables, de seguros y de créditos. En todo caso, estarán excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de Agentes y Corredores de Seguros que sean personas físicas así como los correspondientes a profesiones liberales no incluidas expresamente en el párrafo anterior. 3. Se entenderá que una persona natural o jurídica ejerce una actividad comercial, industrial o naviera cuando por esta razón quede sujeta al Impuesto de Actividades Económicas o tributo que lo sustituya.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
2
entre la pertenencia a las cámaras y al censo público de empresas).
2. La eliminación de la principal fuente de financiación de estas entidades, el
Recurso Cameral Permanente (RCP)
El Real Decreto-Ley 13/2010 eliminó el RCP 2, según motiva la exposición de motivos, debido a
que en el contexto de dificultades financieras del sector productivo y de incertidumbre sobre la
fortaleza y ritmo de recuperación, se hace necesario eliminar aquellas cargas económicas que
recaen sobre las empresas de forma directa.
Como alternativa de financiación introduce la cuota cameral en los términos establecidos en el
artículo 13 de la Ley a cuyo tenor:
1. Están obligados al pago de la cuota cameral quienes ejerzan las actividades del comercio, la
industria o la navegación a que se refiere el artículo 6 y decidan libremente pertenecer a una
COCIN.
2. El importe y devengo de la cuota cameral se determinará por el Consello Superior de Cámaras
(CSC).
La promulgación del Real Decreto estableció el año 2010 como el último año de devengo de esta
exacción en los siguientes términos previstos en la disposición transitoria primera:
Las exacciones que constituyen el Recurso Cameral Permanente que aún no habían sido exigibles
a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley cuyo devengo se hubiera producido
o vaya a producirse durante 2010 no serán ya exigibles. Sin embargo, cuando se trate de
entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades cuyo importe neto de cifra de negocios había
sido igual o superior a diez millones de euros, en el ejercicio inmediatamente anterior, las
exacciones que aún no habían sido exigibles a la fecha de entrada en vigor del presente Real
Decreto-Ley lo serán de acuerdo con la normativa hasta ahora en vigor siempre que su devengo
se haya producido o vaya a producirse en 2010. En ningún caso originarán derecho a la
devolución las exacciones devengadas, exigibles e ingresadas en el 2010.
De acuerdo con el régimen transitorio establecido en dicha disposición, los ingresos procedentes
del RCP no desaparecen de los presupuestos de las Cámaras hasta el año 2013. Por lo tanto, las
cuentas de los ejercicios fiscalizados (2010 y 2011) todavía no reflejan el impacto derivado de la
2 El RCP se configuró por la Ley 3/1993, del 22 de marzo como una exacción parafiscal. Era un ingreso de derecho público, constituido por las
exacciones correspondientes a un porcentaje de la cuota tributaria sobre los siguientes impuestos: - 2% que se gira sobre cada una de las cuotas municipales, provinciales o nacionales del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) - 0,15% de los rendimientos de determinadas actividades empresariales y profesionales (las indicadas en el artículo 6 de la Ley 3/1993) sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Una exacción variable entre el 0,01 y el 0,75% sobre la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades en función del importe de ésta.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
3
eliminación de estos ingresos. Esto es debido a que las tareas de gestión para la liquidación y
recaudación del RCP se realizan con posterioridad a la fecha de devengo, ya que la emisión y
generación de los recibos para la puesta al cobro del RCP se basa en la información facilitada por
la Agencia Estatal de Administración Tributaria que no la proporciona antes del ejercicio
siguiente al cobro o declaración del impuesto sobre el que recae la exacción3.
Los trabajos de fiscalización se iniciaron en un contexto de incertidumbre sobre el futuro de las
cámaras. Las medidas de reestructuración y adaptación de las cámaras gallegas al nuevo modelo
cameral dependen, en buena medida, de una serie de actuaciones que a la fecha de redacción de
este informe aún estaban pendientes de resolver.
Entre las medidas que condicionan el futuro de las cámaras y las alternativas de financiación, es
preciso destacar, entre otras, las siguientes:
- La aprobación de la Ley 4/2014, de 1 de abril que influirá en la configuración, atribuciones y
financiación de las Cámaras. La ley recupera el modelo continental de adscripción, establece el
principio general de pertenencia de todas las empresas a las Cámaras sin que de ello se derive
obligación económica, procediéndose a la adscripción de oficio. Suprime la cuota cameral y
establece un sistema de ingresos basado, fundamentalmente, en los servicios que presten las
Cámaras y en las aportaciones voluntarias de empresas o entidades. (*)
- La adaptación del modelo cameral gallego deberá ajustarse al contexto propiciado por la nueva
Ley. En este sentido, es necesario mencionar que el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y
Administrativas que acompaña el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
para el año 2015 introduce modificaciones en la Ley 5/2004, de 8 de julio de COCINs de Galicia
a los efectos de dar cumplimiento al mandato de adaptar la normativa gallega a la nueva
regulación básica estatal (Disposición Transitoria primera de la Ley 4/2014). (*)
Dicho proyecto reproduce la exigencia de la Ley estatal de mantener una Cámara por provincia,
aunque permite que las funciones y servicios de una Cámara puedan ser asumidas por cualquiera
de las restantes de la Comunidad Autónoma de Galicia. (*)
3 En los ejercicios fiscalizados los recibos del RCP puestos al cobro fueron los siguientes:
En el año 2010 corresponden a la emisión de IAE del ejercicio fiscal 2009 y a la emisión del Impuesto sobre Sociedades e IRPF del ejercicio fiscal 2008.
En el año 2011, los recibos emitidos se generaron sobre el censo del IAE del 2010 y de Sociedades e IRPF del ejercicio fiscal 2009.
En el año 2012, se produce la puesta al cobro de la exacción correspondiente al Impuesto sobre Sociedades devengado en el año 2010 respecto a las entidades sujetas a este impuesto cuyo importe neto de cifra de negocios había sido igual o superior a diez millones de euros, en el ejercicio inmediatamente anterior. (*) Párrafo modificado como consecuencia de hechos posteriores.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
4
0.2 OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN
Las actuaciones fiscalizadoras se orientaron a la consecución de los siguientes objetivos:
Control formal de la rendición de las cuentas anuales, comprobando su adecuada formalización
y presentación.
Comprobar si la información financiera se presenta adecuadamente de conformidad con los
principios contables que le resultan aplicables.
Analizar si la actividad económico-financiera y la gestión de los fondos públicos realizada se
ajustó a la normativa vigente.
Fiscalizar el destino dado a las cantidades procedentes de los rendimientos del Recurso
Cameral Permanente.
Analizar las principales magnitudes económico-financieras y el impacto actual y futuro de las
medidas aprobadas mediante Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de diciembre de actuaciones en el
ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y el empleo.
Analizar la viabilidad de la Cámara tras la supresión de los ingresos procedentes del Recurso
Cameral Permanente.
Realizar un análisis del modelo actual de organización y funcionamiento a la luz del nuevo
marco legal, evaluando la eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus labores.
Desde el punto de vista temporal, la fiscalización se circunscribe a la actividad económica
desarrollada por la Cámara de Pontevedra en los ejercicios 2010 y 2011. Sin embargo, se
extendió la actuación a aquellos antecedentes o hechos posteriores que permitan la consecución
de los objetivos previstos, en particular aquellos datos económicos que permitan evaluar el
impacto de la supresión del Recurso Cameral Permanente.
Durante el transcurso de la fiscalización, se recibió en el Consello de Contas (Registro de entrada
núm.159, de 5.02.2013) un escrito de la Subdirección Xeral de Comercio que trasladaba la
denuncia presentada ante la Consellería de Economía e Industria por 5 empleados de la COCIN
de Pontevedra. Exponen de forma genérica determinados hechos, sin aportar datos concretos,
que indican una gestión irregular de los fondos de la Cámara que afectarían, en particular, a las
ayudas percibidas de la Consellería de Economía e Industria. Por este motivo, con fecha
6.03.2013 (registro de salida núm.141) se trasladó el escrito de denuncia a la Intervención
General de la Consellería de Facenda, en su calidad de órgano competente para ejercitar el
control financiero de las subvenciones.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
5
Por otra parte, en el apartado 5 del escrito relatan irregularidades que afectan al control y
manejo de la caja de efectivo. Por esto, las comprobaciones del área de tesorería se extendieron
a la verificación de documentación correspondiente al año 2012 e incluso al año 2013.
0.3 ESTRUCTURA DEL INFORME
El informe se estructura en 4 partes:
- En la primera parte se presenta la entidad fiscalizada ofreciendo una información general
relativa a la organización, marco jurídico, rendición de las cuentas y financiación de la Cámara.
- En la segunda parte se ofrecen los resultados de la fiscalización derivados de las
comprobaciones de legalidad que se realizaron sobre determinadas áreas de gestión y se efectúa
un análisis de las funciones desarrolladas por las COCINs.
- En la tercera parte se analiza la información económica obtenida de la liquidación del
presupuesto de gastos e ingresos y se ofrecen una serie de indicadores referidos a la situación
financiera de la entidad con la finalidad de valorar su viabilidad tras la supresión del RCP.
- En la cuarta parte se presentan las conclusiones y las recomendaciones que se formulan.
0.4 LIMITACIONES
En la realización de los trabajos de fiscalización se observaron determinadas circunstancias que
limitaron la consecución de los objetivos de la fiscalización -supuestos a), b) y c)- o bien
condicionaron las garantías de integridad y fiabilidad de la información analizada. Son las
siguientes:
a) La inexistencia de objetivos e indicadores impidieron evaluar la eficacia y eficiencia en el
desarrollo de la actividad de la Cámara.
b) La Cámara no dispone de información que permita efectuar un seguimiento de las cantidades
procedentes del RCP. Esta circunstancia impidió la comprobación del cumplimiento de la
obligación de afectación establecida en el artículo 16 de la Ley Estatal de Cámaras.
c) El pronunciamiento sobre la viabilidad futura de la Cámara se vio limitado por el contexto de
incertidumbre existente en la fecha de redacción de este informe. La falta de concreción de las
alternativas de financiación con que contarán las Cámaras así como el hecho de que aún no se
haya finalizado el proceso de adaptación al nuevo contexto financiero, condicionaron la
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
6
valoración de su viabilidad. Sin embargo, se analizaron una serie de ratios e indicadores
económicos para hacer un diagnóstico de su situación financiera y su capacidad de supervivencia
con la supresión del RCP.
d) A pesar de que fue solicitada a la Secretaria, no se aportó la relación certificada de las cuentas
bancarias con las que opera la Cámara. La entidad Novagalicia Banco no comunicó los saldos de
las cuentas bancarias a 31.12.2010. La ausencia de esta información impidió verificar la
coincidencia de los saldos contables y bancarios de esta entidad, lo que representó una
limitación en el análisis de la representatividad de las cuentas de tesorería.
e) El programa informático de contabilidad no garantiza la inalterabilidad de la información ya
que permite introducir modificaciones en cualquier momento e incluso una vez realizado el cierre
del ejercicio.
f) Los datos utilizados para el cálculo de los ratios económico-financieros se tomaron de las
cuentas anuales auditadas respecto de las que no se emitieron salvedades por el profesional
externo. Sin embargo, es preciso destacar que, si bien la fiscalización realizada no alcanzó a la
auditoría financiera de las cuentas, deben ser tomadas en consideración las observaciones
puestas de manifiesto respecto a la contabilidad de la entidad.
g) Se observaron deficiencias en la organización de los expedientes y documentos de la Cámara
que cuestionan las garantías de integridad y exactitud de la información facilitada.
La documentación que integra los expedientes no incorpora un índice de documentos ni está
numerada.
Gran parte de las facturas y documentos aportados no tienen el sello de entrada y salida de la
Cámara o no incorporan el número de registro. En algún supuesto tampoco consta el sello de la
entidad destinataria de la documentación. Este hecho no permite determinar las fechas de
remisión y recepción efectiva de la documentación.
Las instrucciones de contratación y los pliegos de contratación analizados no contienen fecha,
firma ni queda garantizado que su contenido es el que aprobó el órgano competente.
La documentación referida a la organización de los eventos feriales (POMÓVIL y FERPALIA) no
se aportó íntegramente de una sola vez sino que se hicieron distintas entregas en momentos
diferentes de la fiscalización y se pusieron de manifiesto contradicciones entre algunos de los
documentos facilitados, tal como se expone en el análisis de las áreas de contratación y
subvenciones.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
7
I. CARACTERÍSTICAS DEL ENTE FISCALIZADO
I.1 NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES
Las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación son corporaciones de derecho público, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Se
configuran como órganos consultivos y de colaboración con las administraciones públicas; y
tienen por finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del
comercio, la industria y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que
ejerzan las indicadas actividades en su demarcación.
Las funciones que la Ley Gallega de Cámaras atribuye a estas corporaciones son las siguientes:
a) La prestación de servicios de información, formación, asesoramiento y asistencia técnica a su
electorado.
b) Las funciones de carácter público-administrativo legalmente atribuidas.
c) La gestión de servicios públicos o la realización de funciones que les encomienden o deleguen
las administraciones públicas en la forma prevista en las leyes.
Las funciones de carácter público-administrativos se relacionan en el artículo 2 de la Ley Estatal
3/1993, de 22 de marzo y en el artículo 4.2 de la Ley Gallega 5/2004, de 8 de julio. En el anexo
XXII se enumeran dichas funciones que, en síntesis, se pueden agrupar en las siguientes:
1. Promoción del comercio exterior.
2. Prestación de servicios y asistencia a las empresas.
3. Formación.
4. Asesoramiento y colaboración con las administraciones públicas.
5. Funciones censales y estadísticas.
Es preciso mencionar las nuevas atribuciones asignadas a las cámaras por las siguientes normas
que modificaron el artículo 2 de la Ley Estatal de Cámaras:
- La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible establece que las cámaras podrán
recibir encomiendas para la gestión y prestación de servicios a las empresas.
- La Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles que incluye entre
las funciones de las cámaras, junto a la de arbitraje, la de impulsar y desarrollar la mediación
permitiendo así su actuación como instituciones de mediación.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
8
En el epígrafe II.8 se realiza un análisis de las funciones desarrolladas por la COCIN de
Pontevedra a partir de la información proporcionada por la propia Cámara y de los datos
analizados en el curso de la fiscalización.
I.2 MARCO JURÍDICO
El marco jurídico aplicable a la COCIN de Pontevedra está integrado por tres bloques normativos:
la legislación estatal básica, la normativa autonómica y las disposiciones aprobadas por la propia
Cámara.
A continuación se relacionan las principales normas que constituyen el marco regulador de las
actuaciones que fueron objeto de fiscalización.
Normativa estatal
- Ley 3/1993, de 22 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación (LBC).
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP).
- Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (LEES).
- Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, modificada por la Ley 12/2010, del 30 de
junio y por el Real Decreto Legislativo 1/2011, del 1 de julio (LAC).
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la
LCSP (TRLCSP)
- Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y
liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.
- Real Decreto Ley 5/2012, de 5 de marzo, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.
- Real Decreto 1291/1974, de 2 de mayo, que aprueba el Reglamento General de Cámaras
Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, modificado por el RD 753/1978, de 27 de marzo y
por el RD 816/1990, de 22 de junio.
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de
Contabilidad.
- Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las
obligaciones de facturación y modifica el Reglamento del IVA (modificado por el RD 1619/2012,
de 30 de noviembre ).
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
9
los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de
los Procedimientos de Aplicación de los Tributos.
- Orden del 30 de enero de1981, del Ministerio de Economía y Comercio sobre Régimen de
Contabilidad de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
- Orden del 10 de diciembre de 1998, del Ministerio de Economía y Comercio sobre la ejecución
del Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones.
Normativa autonómica
- Ley 5/2004, de 8 de julio, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia
(LGC)
- Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de Comercio Interior de Galicia.
- Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia (LSG).
- Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la
Consellería de Economía e Industria.
- Decreto 431/2009, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen
Electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia.
Normativa municipal
- Ordenanza General reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra y sus
organismos autónomos (BOP nº 190, 30.09.2004).
Normativa propia de la Cámara
Según los datos disponibles, en ejercicio de su potestad de autoorganización, la COCIN de
Pontevedra aprobó la siguiente normativa:
- El Reglamento de Régimen Interior que regula el funcionamiento de la Cámara (aprobado por el
Pleno de la Cámara el 14.07.2005 y modificado en las sesiones plenarias de 24.10.2005,
14.02.2006 y 24.05.2010). No consta la adaptación al nuevo marco jurídico derivado de la
promulgación del Real Decreto-Ley 13/2010, incumpliéndose la exigencia de adecuación en el
plazo de un año que finalizaba el 3 de diciembre de 2011.
- Las Instrucciones de contratación para la adjudicación de contratos que no estén sujetos a
regulación armonizada.
- El Reglamento de régimen interior del vivero de empresas.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
10
I.3 LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE PONTEVEDRA
I.3.1 Presentación
La COCIN de Pontevedra fue constituida en el año 1900. Tiene su sede en la ciudad de
Pontevedra y su ámbito de actuación abarca 25 municipios de la provincia: Arbo, Bueu, Cangas,
A Cañiza, Cotobade, O Covelo, Crecente, Dozón, Fornelos de Montes, A Golada, Lalín, A Lama,
Marín, Moaña, Mos, Pazos de Borbén, Poio, Pontecaldelas, Redondela, Rodeiro, Silleda,
Soutomaior, Vilaboa, Vila de Cruces y Pontevedra. En el Anexo I se incluye un mapa con la
delimitación de las demarcaciones camerales gallegas.
El Reglamento de régimen interior establece que para el mejor cumplimiento de sus fines y para
la mejor prestación de sus servicios, podrá establecer delegaciones y/u oficinas en otras
localidades distintas a las de su domicilio corporativo, además de las que ya dispone en la
actualidad, sitas en los municipios de Cangas y Lalín. Según la información facilitada por la
Secretaria, en los años 2010 y 2011 estas delegaciones no estaban en funcionamiento.
El número de empresas que integran el censo de la demarcación cameral asciende a 22.805 en el
año 2010 y 22.667 en el año 2011. En el siguiente cuadro se ofrece la información
proporcionada por la Cámara sobre la distribución de las empresas por sectores.
Cuadro 1. Empresas integrantes del censo distribuidas por sectores
GRUPO SECTOR 2010 2011
01 Industria 1.799 1.740
02 Construcción 3.590 3.446
03 Comercio Mayor 1.515 1.511
04 Comercio Menor 5.617 5.525
05 Restauración, Hostelería 2.002 1.990
06 Transportes 1.354 1.307
07 Servicios y Profesionales 6.423 6.627
08 Sector Primario 505 521
TOTAL 22.805 22.667
Fuente: Elaboración propia siguiendo la clasificación por sectores facilitada por la Cámara que no se ajusta a la clasificación del CNAE ni del IAE.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
11
En el siguiente gráfico se ofrece la importancia relativa de cada sector sobre el número total de
empresas incluidas en el censo del año 2011:
I.3.2 Organización de la Cámara
I.3.2.1 Órganos de Gobierno
De conformidad con lo establecido en el marco legal y en el Reglamento de Régimen Interior
aprobado por la COCIN de Pontevedra, los órganos de gobierno de la Cámara son el Pleno, el
Comité Ejecutivo y la Presidencia.
Pleno, es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara, determina su política
y elige el Comité Ejecutivo, el Presidente y hasta un máximo de cinco Vocales Cooperadores. Está
formado por 29 miembros, elegidos cada cuatro años, con la siguiente composición:
- 25 vocales elegidos entre todo el electorado de la Cámara, clasificado en grupos y categorías,
en atención a la importancia económica.
- 4 elegidos por los miembros del Pleno señalados anteriormente, entre personas de reconocido
prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de la Cámara, propuestos por las
Organizaciones Empresariales.
Comité Ejecutivo, es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la
Cámara. Sus miembros son elegidos por el Pleno de entre sus vocales con derecho a voto y por
un mandato de cuatro años. Está compuesto por 11 miembros: un presidente, un vicepresidente
primero, un vicepresidente segundo, un tesorero, seis vocales y la secretaria general.
La Presidencia, ostenta la representación de la Cámara, ejerce la presidencia de todos los
órganos colegiados y será responsable de la ejecución de sus acuerdos.
Industria 8%
Construcción 15%
Comercio Mayor 7%
Comercio Menor 24%
Restauración Hostelería9%
Transportes 6%
Servicios y Profesionales
29%
Sector Primario 2%
REPRESENTATIVIDAD DE LOS DISTINTOS SECTORES ECONÓMICOS (2011)
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
12
I.3.2.2 Órganos Consultivos
Junto a los órganos de gobierno la Cámara de Pontevedra dispone de los siguientes órganos
consultivos:
Vocales cooperadores: el Pleno, a propuesta del Comité Ejecutivo, podrá elegir un máximo de 5
vocales que por su reconocido prestigio en materias relacionadas con el comercio y la industria,
pueden colaborar e ilustrarlo en el estudio y resolución de problemas así como en el
cumplimiento de sus funciones. En el año 2010 se nombran un total de cinco vocales
cooperadores.
Comisiones Consultivas, se pueden constituir con carácter permanente para el estudio de
problemas sectoriales o bien pueden constituirse grupos de trabajo para estudiar un problema
determinado en cuyo caso se disolverán cuando emitan el informe correspondiente. La Cámara
cuenta con comisiones consultivas de calidad y medio ambiente, de comercio exterior, de
formación, de turismo, de comercio interior, de infraestructuras y transporte, de innovación e
industria y de ferias.
Además de los citados órganos, la Cámara cuenta con una Secretaría General que es un cargo
con voz y sin voto, que tiene atribuidas las funciones de velar por la legalidad de los acuerdos de
los órganos de gobierno, ejercer la jefatura del personal y la dirección de todos los servicios.
Existe además una Vicesecretaría General que colabora con la Secretaría General y la
sustituye en los casos de ausencia temporal, vacante, enfermedad o delegación.
I.3.2.3 Estructura organizativa
La Cámara de Pontevedra se estructura en seis departamentos o áreas funcionales dependientes
de la Secretaría General que responde al siguiente esquema:
Este organigrama figura en un documento que fue elaborado para realizar una presentación de
la Cámara en el año 2012 pero no está aprobado por los órganos de gobierno. En los ejercicios
fiscalizados, la Cámara no disponía de ningún documento en el que se definan y asignen
funciones a cada uno de los departamentos.
Secretaría
General
Dept. Comercio Interior y Ferias
Dept. Formación Dept. Innovación y Nuevas Tecnologías
Dept. Internacionalización
Dept. Creación de Empresas
Dept. Servicios Varios
Vicesecretaría
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
13
I.4 PRESUPUESTO, LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
La COCIN de Pontevedra aprobó el presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011, con
unas previsiones de 1.554.000,00 y 1.528.000,00 euros, respectivamente.
En el siguiente cuadro se detallan las previsiones iniciales de ingresos y gastos y la importancia
de cada capítulo sobre el importe total presupuestado:
Cuadro 2. Estado de gastos e ingresos de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011
CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA
INGRESOS (CAPÍTULO)
2010 2011
PRESUPUESTADO % PRESUPUESTADO %
1 - Recursos permanentes 899.000,00 57,9 852.000,00 55,8
2 - Recursos no permanentes 655.000,00 42,1 676.000,00 44,2
TOTAL INGRESOS 1.554.000,00 100,00 1.528.000,00 100,00
GASTOS (CAPÍTULO) 2010 2011
PRESUPUESTADO % PRESUPUESTADO %
3 - Personal 363.000,00 23,4 365.000,00 23,89
4 - Gastos de local 48.000,00 3,1 42.000,00 2,75
5 - Gastos de material 26.000,00 1,7 23.000,00 1,51
6 - Gastos de relaciones públicas 51.000,00 3,3 43.000,00 2,81
7 - Publicaciones y suscripciones 20.000,00 1,3 14.000,00 0,92
8 - Viajes y estancias 7.000,00 0,5 7.000,00 0,46
9 - Formación 158.000,00 10,2 136.000,00 8,90
10 - Estudios y asist. al comercio y a la industria 752.000,00 48,4 788.000,00 51,57
11 - Lonjas, ferias y exposiciones 50.000,00 3,2 40.000,00 2,62
12 - Gastos de otros servicios 12.000,00 0,8 16.000,00 1,05
13 - Cuotas a distintos organismos 55.000,00 3,5 40.000,00 2,62
14 - Impuestos 6.000,00 0,4 7.000,00 0,46
15 - Amortizaciones financieras 1.000,00 0,1 1.000,00 0,07
16 - Imprevistos 5.000,00 0,3 6.000,00 0,39
TOTAL GASTOS 1.554.000,00 100,00 1.528.000,00 100,00
Fuente: Elaboración propia con los datos de los presupuestos de 2010 y 2011
Los requisitos de elaboración y aprobación de los presupuestos, se recogen en los artículos 23.1
de la Ley 3/1993, de 22 de marzo y 44 y 46 de la Ley 5/2004, de 8 de julio de Cámaras de
Galicia.
De conformidad con dichos artículos, las cámaras elaborarán sus presupuestos ordinarios y
extraordinarios ordenados por capítulos, artículos, conceptos y partidas.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
14
Deberán formalizarse presupuestos extraordinarios para la realización de obras y servicios no
previstos en el presupuesto ordinario del ejercicio, y para aquellos gastos, servicios y obras que
se realicen con carácter no habitual.
Los plenos de las cámaras, sobre la base de la propuesta elaborada por el Comité Ejecutivo,
aprobarán el proyecto de presupuesto ordinario para el año siguiente, antes del 1 de noviembre.
Los presupuestos deberán ser presentados al órgano tutelar para su aprobación definitiva
aportando la siguiente documentación:
a. Memoria explicativa del presupuesto.
b. Programa de actuación e inversiones previstas.
c. Programa de financiación y de sus actuaciones.
d. Estado de ejecución de los presupuestos vigentes.
e. Plantilla, especificando las categorías y retribuciones por todos los conceptos de cada
puesto de trabajo.
Se entenderán aprobados definitivamente si, transcurridos dos meses desde su presentación al
órgano tutelar, este no hubiera manifestado formalmente ningún reparo.
La COCIN de Pontevedra aprobó los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 en las sesiones
plenarias celebradas el 29.10.2009 y el 28.10.2010. La tramitación respetó las exigencias
formales y temporales establecidas en la normativa. Fueron aprobados por el órgano tutelar
mediante sendas resoluciones de la Directora General de Comercio del 14.12.2009 y 1.12.2010.
Sin embargo, conviene destacar las siguientes incidencias:
- La Cámara no aprobó ningún presupuesto extraordinario, a pesar de que se constató la
existencia de gastos no habituales que requerirían su tramitación tales como los relacionados con
el proyecto Red Genera o con el proyecto del vivero de empresas.
- Si bien se cumplió formalmente con la obligación de acompañar los presupuestos de la
documentación requerida por la Ley de Cámaras, el contenido de los programas de actuaciones e
inversiones y de financiación y de sus actuaciones, no ofrece suficiente información; no incorpora
unas líneas de actuación, no describe objetivos ni cuantifica las actuaciones que se realizarán en
el ejercicio ni su financiación.
- La información de la plantilla aparece agrupada por categorías profesionales y no refleja los
conceptos retributivos de cada puesto de trabajo.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
15
- En las resoluciones de la Directora General de Comercio se advierte del incumplimiento por la
Cámara del artículo 56 de la Ley 5/2004, que establece que la contribución de cada cámara a los
ingresos permanentes del Consello Galego de Cámaras (CGC) no debe ser inferior al 3% del
rendimiento del Recurso Cameral Permanente que resulte de la última liquidación presupuestaria,
una vez deducidos los gastos de recaudación.
Según la información facilitada, esta advertencia responde a divergencias en el cálculo efectuado
por la Dirección Xeral de Comercio y las cámaras gallegas. Según certificó la secretaria, el cálculo
del 3% se efectúa, según el acuerdo alcanzado entre las cámaras de comercio gallegas, sobre la
recaudación efectiva del RCP aminorado por el 10% en concepto de gastos de recaudación más
la diferencia de las cuotas por sociedades pagadas y cobradas a terceras cámaras y una vez
deducida la cuota a pagar al Consejo Superior de Cámaras y la afectación al Plan Cameral de
Exportaciones.
Sin embargo, la COCIN de Pontevedra no aportó los datos que permitan verificar el cálculo
realizado.
Liquidación
La liquidación del presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011 fue aprobada por el Pleno
de la Cámara, junto con las cuentas anuales, en las sesiones del 31 de mayo de 2011 y 31 de
mayo de 2012.
Según el artículo 47 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, las cámaras elaborarán y aprobarán las
cuentas anuales y las liquidaciones de los presupuestos de su corporación, que contendrán los
siguientes documentos:
a) Memoria económica.
b) Liquidación anual del presupuesto ordinario, así como de los presupuestos extraordinarios ya
ejecutados, y estado de ejecución de los presupuestos extraordinarios en curso de realización.
c) Balance de situación anual y cuenta de pérdidas y ganancias que reflejen la situación
patrimonial y financiera de la corporación.
El Comité Ejecutivo deberá formular las cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses desde
el cierre del ejercicio. Dichas cuentas serán sometidas a un informe de auditoría, presentándose,
junto con la liquidación del presupuesto ordinario del ejercicio cerrado, antes del 31 de mayo, al
Pleno de la Cámara para la adopción del acuerdo que proceda. El Pleno deberá pronunciarse
antes del 30 de junio.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
16
Las cuentas anuales, el informe de auditoría, la liquidación del presupuesto ordinario y el
certificado del contenido del acuerdo del Pleno se remitirán en un plazo máximo de diez días al
órgano tutelar para su aprobación definitiva que se entenderá concedida si no media ninguna
objeción en el plazo de tres meses a partir de su recepción.
La COCIN de Pontevedra aprobó las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto ordinario
de 2010 y 2011 en el plazo establecido legalmente. La remisión al órgano tutelar de la
documentación del ejercicio 2010 se realizó en el plazo establecido, sin embargo, en el ejercicio
2011 se remitió fuera de plazo el certificado del acuerdo plenario de aprobacióna.1.
El informe del servicio técnico emitido por la Dirección General de Comercio, referido a la
liquidación de los presupuestos de los dos ejercicios, destaca los siguientes incumplimientos:
- La COCIN de Pontevedra incumple el artículo 41 de la LGC, que establece la obligación de dar
cuenta al órgano tutelar del número y cuantía de las cuotas no satisfechas de las distintas
exacciones que componen el RCP, ni aporta una memoria explicativa de la situación de dichos
expedientes, aunque sí aporta el detalle de los recibos pendientes de cobro por ejercicios
económicos.
- Incumple las obligaciones establecidas en el artículo 43.4 de la LGC referidas a la constitución
del fondo de reserva obligatorio. Dicho artículo dispone que para hacer frente a bajas de
recaudación en ejercicios sucesivos o a gastos urgentes e imprevistos, las cámaras deberán
constituir, con los superávits de los presupuestos ordinarios, una reserva obligatoria
materializada en disponible a corto plazo hasta que alcance el 50% del presupuesto total de
ingresos liquidados en el último ejercicio cerrado. El importe del fondo de reserva a 31.12.2010 y
31.12.2011 no alcanzó el porcentaje referido.
- Se reiteran las dos advertencias señaladas en el informe de los presupuestos:
a) el incumplimiento de la aportación mínima que la COCIN de Pontevedra debería hacer al
Consello Galego de Cámaras y la omisión de la información requerida por el artículo 46. 5 e) de
la LGC, no especifica las categorías y retribuciones por todos los conceptos de cada puesto de
trabajo.
La liquidación de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 fue aprobada mediante resolución
de la Directora General de Comercio de fechas 12.07.2011 y 1.08.2012. En ambas resoluciones
se incluyen las recomendaciones de cumplimiento de la legalidad en los aspectos señalados por
el informe del servicio técnico.
a.1 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 2.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
17
Cuentas anuales
Las cuentas anuales de los años 2010 y 2011 fueron rendidas al Consello de Contas en el plazo
establecido por el artículo 48. b de la Ley 6/1985, de 24 de junio, (antes del 30 de julio) teniendo
entrada la documentación el 8.06.2011 (RE núm. 716) y el 13.06.2012 (RE núm.777),
respectivamente.
Las cuentas rendidas están integradas por la memoria económica, la liquidación del presupuesto
ordinario del ejercicio, el balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias, y
acompañadas del preceptivo informe de auditoría. En el Anexo II se reproducen los estados que
acompañan las cuentas anuales.
I.5 FINANCIACIÓN
Hasta la promulgación del RD Ley 13/2010, del 3 de diciembre, las Cámaras de Comercio
disponían de los siguientes ingresos para financiar sus actividades:
a) El rendimiento de los conceptos integrados en el denominado Recurso Cameral Permanente.
b) Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos por los servicios que presten y, en general,
por el ejercicio de sus actividades.
c) Los productos, rentas e incrementos de su patrimonio.
d) Las aportaciones voluntarias de sus electores.
e) Las subvenciones, legados o donativos que puedan recibir.
f) Los procedentes de las operaciones de crédito que se realicen.
g) Cualquiera otros que les puedan ser atribuidos por Ley, en virtud de convenio o por cualquier
otro procedimiento de conformidad con el ordenamiento jurídico.
De la información obtenida de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011, la estructura
de ingresos de la COCIN de Pontevedra en los ejercicios analizados presenta la siguiente
composición:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
18
Cuadro 3. Estructura de ingresos de la COCIN de Pontevedra
INGRESOS 2010 2011
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN REALIZADO % S/TOTAL REALIZADO % S/TOTAL
Cap.01 Recursos permanentes 1.093.592,74 49,62 857.348,42 48,17
Cap.02 Recursos no permanentes 1.110.212,95 50,38 922.638,51 51,83
02.01 Por servicios prestados 62.158,37 2,82 81.136,88 4,56
02.03 Patrimoniales 915,18 0,04 1.835,07 0,10
02.04 Por otros conceptos 1.047.139,40 47,52 839.666,56 47,17
TOTAL INGRESOS 2.203.805,69 100 1.779.986,93 100
Fuente: Elaboración propia partiendo de los datos de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011.
Tal como se refleja en el cuadro anterior, la financiación de la Cámara de Pontevedra proviene
fundamentalmente de dos fuentes:
a) Los ingresos procedentes del RCP, que constituía la principal fuente de financiación. En los
ejercicios 2010 y 2011 los ingresos procedentes de dicha exacción, descontando las
minoraciones previstas legalmente, representaron el 50 y 48 %, respectivamente, sobre los
ingresos totales.
b) Las subvenciones públicas, incluidas en el epígrafe 02.04 por otros conceptos, representan el
39 y 44% de los ingresos liquidados en el 2010 y 2011, respectivamente.
Por lo tanto, más del 90% de los recursos con los que se financia la Cámara de Pontevedra son
de naturaleza pública. Los ingresos derivados de los servicios que prestó la Cámara
representaron, en los ejercicios 2010 y 2011, el 3 y 5 % de los ingresos totales, respectivamente.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
19
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
En el presente epígrafe se ofrecen los resultados de la fiscalización de las áreas de gestión, que
fueron seleccionadas por su relevancia cuantitativa o por considerarse áreas de riesgo en las que
se compromete la consecución de principios fundamentales en el desarrollo de la actuación de la
entidad: legalidad, transparencia, objetividad, publicidad y buena gestión.
También se realiza un análisis de las principales funciones y actividades desarrolladas por la
Cámara de Pontevedra durante los ejercicios fiscalizados.
II.1 CONTABILIDAD Y CONTROL INTERNO
La actividad financiera de las cámaras está sujeta al régimen de contabilidad y presupuesto, por
lo que su estructura presupuestaria y contable se someterá a los principios contenidos en la
normativa en vigor (artículo 44 de la LGC).
A diferencia de otras Comunidades autónomas4 (Cataluña, Valencia…) que aprobaron una
normativa propia para regular la gestión económica y financiera aplicable a las COCINs de su
ámbito territorial, en Galicia no se adoptó una normativa contable propia de las cámaras
gallegas.
La Dirección Xeral de Comercio no hizo uso de la atribución prevista en el artículo 44. 3 de la
LGC que dispone que el órgano tutelar podrá dictar las disposiciones oportunas a fin de que el
sistema contable y presupuestario aplicado por las cámaras sea único y uniforme para todas ellas
y permita conocer en todo momento el patrimonio de cada una de ellas, sus relaciones con
terceros y los resultados económicos de su actividad.
Por lo tanto, la normativa contable aplicable a las COCINs de Galicia está integrada por la Orden
del Ministerio de Economía y Comercio del 30 de enero de 1981, sobre régimen de contabilidad
de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y el Real Decreto 1514/2007, del
16 de noviembre por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
Como resultado de las comprobaciones realizadas se detectaron deficiencias e irregularidades en
el sistema informático y en los registros contables. Destacan como más relevantes las siguientes:
- Se obtuvo evidencia de que después de manifestar algunas irregularidades contables durante
los trabajos de fiscalización, se realizaron modificaciones de la información contable de los
4 - Orden del 15.12.2000, por la que se aprueban las normas de gestión económico y financiera para las COCINs de Cataluña.
- Resolución de la directora general de comercio y consumo del 25.09.2008 por la que se modifican las normas de gestión económica y financiera para las cámaras de la Comunitat Valenciana, al tiempo que se aprueba el manual de contabilidad y de contratación de las cámaras.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
20
ejercicios fiscalizados tal como se refiere en el epígrafe relativo a los gastos de personal. El
programa informático de contabilidad no reúne las condiciones de seguridad necesarias para
garantizar la inalterabilidad de la información, ya que permite la realización de cambios en los
asientos en cualquier momento e incluso introducir modificaciones una vez realizado el cierre del
ejercicio sin que consten mecanismos de supervisión adecuados.a.2
- Los saldos del Balance de Situación y de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias a 31.12.2010 de
las cuentas anuales del ejercicio 2010 no coinciden con los que figuran en las cifras comparativas
de dichos estados incorporados a las cuentas anuales de 2011. Solicitada explicación sobre estas
diferencias se aportó un informe del auditor de las cuentas de la entidad en el que aduce que las
discrepancias fueron motivadas por un error informático que se produjo en el momento de la
importación de dichos saldos de los registros contables archivados del anterior ejercicio cerrado
al 31 de diciembre de 2010. Sin embargo, esta afirmación no se acompañó de justificación
documental que permita su verificación. En consecuencia, deberán revisarse las diferencias
detectadas y someterlas al conocimiento y a la aprobación de los órganos competentes de la
Cámara (En el anexo III se incluyen las diferencias).
- Se verificó el registro contable de operaciones que no correspondían a hechos económicos
realmente producidos. Este hecho se evidenció particularmente en la contabilización de los
asientos de la cuenta 570000 “Caja de efectivo”, tal como se relata en el epígrafe II.7.
- Los gastos de personal no se registraron en los libros mayores de contabilidad por su importe
íntegro. La cuenta de PyG, que refleja el gasto real, recoge una cuantía superior a la asentada en
los libros mayores que asciende a 312.837,51 euros en el ejercicio 2010 y a 291.152,30 euros
en el 2011. En la liquidación presupuestaria dichos gastos figuran en el capítulo 3 (gastos de
personal) por un importe inferior al que se refleja en la cuenta de PyG, mostrando una diferencia
de 231.686,48 euros en 2010 y de 229.014,74 euros en el 2011. La explicación de dichas
incidencias figura en el epígrafe II.2.
- Se analizó la coherencia entre las cuantías que recogía la liquidación presupuestaria de gastos y
el gasto total recogido en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias (PyG) de 2010 y 2011, excluyendo,
a efectos de la comparación, los gastos de carácter contable que no revistieron ejecución
presupuestaria (tales como las dotaciones a las amortizaciones del inmovilizado y las provisiones
a corto plazo para reestructuración).
a.2 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 4.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
21
En el ejercicio 2010 los gastos recogidos en la cuenta de PyG alcanzan un importe superior en
40.527,30 euros (o bien 48.522,70 euros, si tomamos las cuantías rendidas junto con las
cuentas de 2011) a los recogidos en la liquidación presupuestaria. Si bien se desconocen los
motivos de dicha diferencia, esta podría explicarse parcialmente con el asiento contable
detectado en la cuenta representativa de formación reglada (60900006), por importe de
36.634,03 euros, que carecía de reflejo en la liquidación.
En relación con el ejercicio 2011, a excepción de una cuantía inmaterial (70 euros) relativa a los
gastos de fotocopiadora, no se encontraron más diferencias que las que se detallan en el
epígrafe reservado a los gastos de personal.
- Se verificó la imputación de gastos de idéntica naturaleza a epígrafes presupuestarios
diferentes, tales como las dietas o las subvenciones concedidas por la Cámara. En algún caso no
se adecúa la naturaleza del gasto a la partida en la que se imputa lo que distorsiona la
información ofrecida por la liquidación presupuestaria.
Las incidencias expuestas cuestionan la fiabilidad y la integridad de la información contable, lo
que puede afectar a la consecución de la imagen fiel de la realidad económica de la entidad.
Además de las incidencias mencionados, las revisiones efectuadas pusieron de manifiesto
debilidades que dificultan la identificación de las operaciones económicas realizadas ya que la
descripción de los asientos contables no ofrece información suficiente para identificar con
claridad el hecho económico que se registra.
Asimismo, las comprobaciones realizadas evidenciaron diversas deficiencias que ponen de
manifiesto a debilidad del sistema de control interno de la Cámara:
- La Cámara de Pontevedra no dispone de un órgano diferenciado de control interno. En el
cuadro de personal no consta un puesto de trabajo que tenga encomendadas dichas funciones.
- No se aprobaron procedimientos para la gestión económico-financiera en los que los trámites y
las funciones estén definidos y segregados.
Es preciso destacar la ausencia de normativa propia de la Cámara en las distintas áreas de
gestión que por su trascendencia requieren el establecimiento de procedimientos normalizados,
como son las siguientes: gestión económico-financiera, personal (selección, régimen retributivo e
indemnizaciones del personal al servicio de la Cámara), gestión y manejo de la tesorería, en
particular lo que afecta a la caja de efectivo, o la concesión de ayudas económicas.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
22
- El auditor de las cuentas anuales presta asesoramiento respecto a la contabilización de
determinadas operaciones y participa en las tareas de cierre de las cuentas del ejercicio.
Asimismo, a pesar de las irregularidades detectadas en los trabajos de fiscalización, el informe de
auditoría no advirtió de incidencias tales como la existencia de un saldo final negativo en la
cuenta representativa de la caja de efectivo. Estas circunstancias revelan que no queda
garantizada la independencia del auditor exigida en el artículo 12 del TRLAC.
- No existe ningún tipo de control de los movimientos de efectivo que se realizan a través de la
caja de caudales de la Cámara. No existe un libro de caja y no se registran diariamente los
ingresos y pagos realizados. Tampoco se practican arqueos ni se firman las pertinentes actas de
arqueo que acrediten los fondos existentes a una fecha determinada.
- El sistema de registro contable no permite realizar un seguimiento y control de los ingresos
finalistas (en particular de la afectación del RCP) y de su asociación a determinados gastos, ya
que no dispone de una contabilidad auxiliar que de forma separada segregue la totalidad de los
gastos imputables a las actividades financiadas con dichos ingresos.
- La confrontación de las cifras incluidas en la declaración anual de operaciones con terceras
personas (modelo 347) con los importes que se contienen en la relación de las operaciones
contabilizadas con los acreedores en los ejercicios fiscalizados, puso de manifiesto las diferencias
que se reflejan en el Anexo IV. La explicación de las discrepancias facilitadas por el responsable
de la contabilidad pusieron de relieve irregularidades en el cumplimiento de la obligación de
suministrar la información fiscal, ya que no se observaron los criterios de imputación temporal
establecidos en el artículo 35 del RD 1065/2007, del 27 de julio, a cuyo tenor las operaciones
que deben incluirse en la declaración anual son las realizadas por el obligado tributario en el año
natural al que se refiere la declaración. Según las explicaciones aportadas, la mayor parte de las
diferencias se deben a que los datos que declara la Cámara son los que facilitan las empresas y
no se atendió al criterio de devengo de los gastos.
- La respuesta a la circularización realizada a la Agencia Tributaria en la que se solicitaba
información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reveló incumplimientos en los
plazos de presentación de la información así como la realización de las siguientes actuaciones:
AÑO 2010
Procedimiento sancionador derivado de la presentación fuera de plazo sin requerimiento
previo de la declaración-resumen anual del IVA modelo 390. El procedimiento finalizó con el
dictado de una resolución con imposición de sanción por infracción del artículo 198 de la Ley
58/2003, del 17 de diciembre, General Tributaria “infracción tributaria por no presentar en plazo
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
23
autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico, por incumplir la
obligación de comunicar el domicilio fiscal o por incumplir las condiciones de determinadas
autorizaciones”.
Procedimiento de liquidación de recargo por presentación fuera de plazo de la autoliquidación
modelo 110 IRPF Retención trabajo personal correspondiente al ejercicio 2010, período 4T, con
un resultado a ingresar de 1.459,70 euros. El procedimiento finalizó con el dictado de una
liquidación de recargo de 164,22 euros.
AÑO 2011
Procedimiento sancionador derivado de la presentación fuera de plazo sin requerimiento
previo de la autoliquidación del IVA, modelo 303, correspondiente al primero y segundo trimestre
de 2011. El procedimiento finalizó con el dictado de una resolución sin imposición de sanción al
considerarse que no concurrían los requisitos necesarios para apreciación de la infracción
tributaria.
II.2 PERSONAL
Los trabajos de fiscalización en materia de personal se centraron en los siguientes aspectos:
- Determinar la importancia de los gastos de personal y la coherencia de la información contable
y presupuestaria.
- Ofrecer información sobre el régimen jurídico y la distribución del personal por áreas y
categorías profesionales.
- Analizar los sistemas de selección para el acceso del personal al servicio de la Cámara.
- Analizar el régimen retributivo del personal al servicio de la Cámara.
A continuación se exponen los resultados de las comprobaciones realizadas:
Gastos de personal
Según la Orden del 30 de enero de 1981, que regula el régimen de contabilidad de las Cámaras,
los gastos de personal se imputan al capítulo 3 del presupuesto ordinario de gastos y a las
correlativas cuentas representativas de gastos que integran la cuenta de PyG.
La COCIN de Pontevedra emplea las partidas presupuestarias 03.01 Personal de plantilla, 03.02
Personal eventual y 03.03 Previsión social y las cuentas 60300001 Sueldos y salarios y 6030006
Seguros sociales.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
24
Se revisó la razonabilidad de la imputación de dichos gastos a la liquidación presupuestaria, a los
libros mayores de gastos y a la cuenta de PyG. Las cifras imputadas en los distintos documentos
se presentan en la siguiente tabla:
Cuadro 4. Gastos de Personal según la liquidación, los libros mayores y la cuenta de PyG
CAPÍTULO 03. GASTOS DE PERSONAL
GASTO SEGÚN LA LIQUIDACIÓN GRUPO 6. GASTOS DE
PERSONAL
GASTO SEGÚN LIBROS MAYORES DE GASTOS
GASTO SEGÚN CTA. PYG
2010 2011 2010 2011 2010 2011
03.01 Personal de plantilla 219.223,36 209.136,81 6030001 Sueldos y salarios
205.323,36 206.662,01 490.542,38 460.041,21 03,02 Personal eventual 67.250,53 59.662,79
03.03 Previsión Social 80.968,14 74.926,35 60300006 Seguros sociales
80.968,14 74.926,35 108.586,13 112.699,48
TOTAL CAPÍTULO 03 367.442,03 343.725,95 286.291,50 281.588,36 599.128,51 572.740,69
Fuente: Elaboración propia. A partir de las cuentas anuales y de los datos aportados por la Cámara.
Asimismo, se analizó la coherencia de estos importes con los que figuraban en el fichero de
nóminas y en el modelo fiscal 190 (retenciones e ingresos a cuenta del IRPF) correspondiente a
los ejercicios 2010 y 2011.
Del análisis realizado se observaron las inconsistencias que a continuación se detallan:
1. Diferencias detectadas entre las cuantías imputadas al capítulo 3 de la
liquidación presupuestaria y las que refleja la cuenta de PyG
Ejercicio 2010
Según la liquidación presupuestaria, el gasto imputado al capítulo 03 asciende a 367.442,03
euros, cuantía que coincide con la que recoge la Memoria que acompaña a la liquidación del
presupuesto aprobada por el Pleno de la Cámara y rendida al Consello de Contas.
La cuenta de PyG refleja un gasto total en materia de personal de 599.128,51 euros, que
coincide con el que resulta del fichero de nóminas proporcionado por la Cámara y con la cuantía
declarada a la Agencia Tributaria en el modelo fiscal 190.
De este modo, existe una diferencia de 231.686,90 euros que corresponden a salarios y
seguridad social que, si bien no figuran en el capítulo presupuestario de personal, se imputaron,
según la información suministrada por los responsables de la Cámara (que se recoge en el Anexo
V), a las siguientes partidas del presupuesto:
1º. Partida 06.01.04 Gastos de relaciones públicas, gabinete de prensa. Esta partida recoge, en
la cuantía de 6.200 euros, el 28% del salario del técnico de comunicación.
2º. Partida 09.01.07 Formación, formación reglada. A esta partida reservada a la Formación
reglada se imputó el 6% del salario del técnico de comunicación, el 86% del vicesecretario
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
25
general y el 100% de un oficial administrativo, por la cuantía conjunta de 68.545,47 euros, así
como la cuota correspondiente a la Seguridad Social por importe de 15.759.71 euros.
3º. Partida 10.02.01 Estudios y asistencia técnica al comercio, promoción de mercados
internacionales. La partida correspondiente a Comercio exterior se imputó el 40% del salario de
la secretaria general, el 100% de un oficial administrativo, el 86% del técnico informático y el
37% del técnico de comunicación por la cuantía acumulada de 129.323,02 euros. Asimismo,
esta partida recoge el importe adicional de 11.858,28 euros en concepto de Seguridad Social de
los anteriores trabajadores.
Ejercicio 2011
De manera análoga a lo expresado en lo tocante al ejercicio 2010, se produce una diferencia de
229.014,74 euros entre la cuantía aplicada al capítulo presupuestario de personal y lo que refleja
la cuenta de PyG. Esta discrepancia, cuyas descripciones figuran en el Anexo VI, responde a los
siguientes hechos:
1º. Partida 06.01.04 Gastos de relaciones públicas, gabinete de prensa. Esta partida recoge, en
la cuantía de 14.675 euros, el 85% del salario del técnico de comunicación.
2º. Partida 09.01.07 Formación, formación reglada. La partida reservada a la Formación reglada
se imputó el 15 % del sueldo del técnico de comunicación así como el 100 % de los salarios
percibidos por el vicesecretario general, un oficial administrativo y una titulada superior, por la
cuantía conjunta de 76.866,72 euros, aparte de la cuota correspondiente a la Seguridad Social
por importe de 15.759.71 euros.
3º. Partida 10.02.01 Estudios y asistencia técnica al comercio, promoción de mercados
internacionales. A la partida correspondiente a Comercio Exterior se imputó el 40% del salario de
la secretaria general, el 100% de un oficial administrativo y el 34 % del técnico informático por
la cuantía acumulada de 99.699,09 euros. Asimismo, esta partida recoge el importe adicional de
11.858,28 euros en concepto de Seguridad Social de los anteriores trabajadores.
4º Se detectó una modificación en el criterio de contabilización de los gastos de la Seguridad
Social por parte de los responsables de la Cámara. Si bien en el ejercicio 2010 la Cámara
consignó en la cuenta de PyG el importe de las cuotas liquidadas con minoración de los gastos
de bonificaciones y los de las prestaciones por incapacidad temporal (cantidad que coincidía con
la global que se imputó a la liquidación presupuestaria), en el ejercicio 2011 no incorporó las
anteriores deducciones a la cuantía de gasto reflejada en la cuenta de PyG. Este cambio de
criterio determinó una diferencia de 10.155,14 euros entre el gasto imputado a la cuenta de
resultados y el que refleja la liquidación presupuestaria.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
26
5º Subsiste una diferencia inmaterial aunque no explicada de 600,81 euros en lo tocante a las
remuneraciones de Comercio Exterior.
A la vista de las incidencias expuestas, es preciso señalar que, según la Orden del 30 de enero de
1981, las anteriores retribuciones deberían haber sido imputadas a las partidas representativas
de los gastos de personal y no a las partidas indicadas anteriormente, más aun teniendo en
cuenta que no se facilitó soporte documental que acredite la dedicación de dichos trabajadores a
las áreas indicadas.
Asimismo, la memoria del presupuesto aprobada por el Pleno de la Cámara no ofrece
información veraz del gasto real en materia de personal. Esta circunstancia, a la que se añade el
hecho de que las retribuciones individuales consignadas en la plantilla del presupuesto de la
Cámara no se encuentran debidamente explicitadas y cuantificadas, revela una falta de
transparencia en la consignación y en el reflejo de las retribuciones del personal de la entidad.
Esta práctica, que no fue censurada en los informes realizados por la auditoría externa, se
verificó en los ejercicios fiscalizados y se apreciaron indicios de que se viene produciendo con
carácter recurrente.
2. Diferencias detectadas entre los gastos contabilizados en los libros mayores y los
que refleja la cuenta de PyG
Ejercicio 2010
La diferencia, que asciende a 312.837,01 euros, se produce entre las cantidades que figuran
contabilizadas en los libros mayores representativos de los gastos de personal, que ascienden a
286.291,50 euros, y las de la misma naturaleza que se consignan en la cuenta de PyG por
importe de 599.128,93 euros (ver anexo V). Se explica por los siguientes motivos:
1º. Existe una primera diferencia de 231.686,90 euros, que coincide con la que se reflejó en
relación con las diferencias detectadas entre las imputaciones al capítulo de Personal y la cuenta
de PyG que ya se explicó en el apartado anterior. Estos gastos, si bien no figuraban imputados al
capítulo presupuestario de personal, se encontraban atribuidos a las partidas presupuestarias
que se indicaron. Adicionalmente, se observa que pese a que las cuentas del grupo 6 que
deberían recoger estas cuantías estaban creadas y contenían otros asientos (cuentas 60600004
Gabinete de prensa, 60900006 Formación regulada y 61000004 Comercio exterior), no se
produjo el reflejo contable de dichas cuantías.
2º Completa la explicación una segunda discrepancia de 81.150,53 euros, que se desglosa en los
conceptos de horas extras, incentivos y sueldos de personal contratado por las respectivas
cuantías de 2.500, 11.400 y 67.250,33 euros. Dichos importes se encuentran imputados al
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
27
capítulo 3 del presupuesto, sin embargo, no fueron asentados en los libros mayores de
contabilidad financiera ni se crearon en el Plan de cuentas epígrafes reservados a la
contabilización de estos conceptos.
Los libros mayores de contabilidad facilitados por los responsables de la Cámara registran
únicamente el 48% del total de las retribuciones y atenciones a la Seguridad Social en el ejercicio
2010, adquiriendo este hecho carácter recurrente. Al final del ejercicio, y de acuerdo con una
hoja de imputación que recoge la relación de las retribuciones totales y la cuantía satisfecha a la
Seguridad Social (lo que es conocido por el auditor externo) se imputan a distintos conceptos del
presupuesto las cuantías no recogidas en las partidas de personal (que en el 2010 importaban
231.686,90 euros) y se consigna mediante un ajuste extracontable el importe de los gastos de
personal que no se asentó en los libros diarios y en el libro Mayor (que ascendió en el 2010 a
312.837,01 euros).
Este incumplimiento del principio contable de registro desvirtúa el contenido de los libros
mayores, del Libro Diario así como del Balance de Comprobación y favorece la falta de
transparencia en el reflejo de las remuneraciones del personal al servicio de la Cámara.
Puestos estos hechos en conocimiento de los responsables de la Cámara durante la realización
de los trabajos de campo, el encargado de la contabilidad reconoció haber practicado asientos
correctores en las contabilidades cerradas de los ejercicios fiscalizados. En relación con el 2010,
asentó en la partida de sueldos y salarios con abono a la cuenta 55500000 Partidas pendientes
de aplicación la cuantía de 325.458,71 euros. Sin perjuicio de la diferencia existente con la
cuantía anteriormente indicada (312.837,01 euros), que asciende a 12.621,70 y se debe a una
modificación en los criterios de contabilización del gasto por Seguridad Social, no resulta
adecuado proceder a la alteración de la contabilidad de los ejercicios cerrados sin someterlo al
conocimiento y a la aprobación de los órganos competentes de la Cámara.
Ejercicio 2011
De manera análoga a lo expresado en lo tocante al ejercicio 2010 y con idénticas consecuencias,
se produce una diferencia de 291.152,30 euros (ver anexo VI) cuantía recogida en la cuenta de
Pérdidas en Ganancias aunque no reflejada en los libros mayores de contabilidad. Se
descomponen como sigue:
1º. Una diferencia de 229.014,74 euros, que ya fue explicada en el anterior apartado.
2º Una diferencia de 62.137,59 euros, integrada por los conceptos de horas extras (2.474,80
euros) y sueldos del personal contratado (59.662,79 euros).
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
28
Idénticamente a lo expresado en relación con el 2010, el encargado de contabilidad asentó,
como consecuencia de las observaciones efectuadas por el equipo de auditoría, un ajuste
extemporáneo de 291.152,30 euros en la cuenta de sueldos y salarios de 2011 con abono a la
rúbrica 47600000 Remuneraciones pendientes de pago. Sin embargo, la corrección de estas
deficiencias y la consiguiente modificación de las cuentas aprobadas debería instrumentarse
dando cuenta de aquéllas a los órganos competentes para su aprobación.
Las diferencias puestas de manifiesto afectan significativamente a la representatividad de la cifra
de los gastos de personal ofrecida por la liquidación presupuestaria aprobada por la Cámara.
Así, según las cuantías recogidas en la liquidación, en los años 2010 y 2011 el gasto de personal
representó el 18% y el 25%, respectivamente, sobre el total de los gastos realizados por la
Cámara. Sin embargo, aplicando los importes de la ejecución real consignados en la cuenta de
PyG, estos porcentajes se incrementan considerablemente, pasando a representar el 30 % en el
2010 y el 41% en el 2011, tal como se refleja en el siguiente cuadro:
Cuadro 5. Gastos de personal realizados según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG
2010 2011
VALOR
% SOBRE EL TOTAL DE
GASTO REALIZADO
VALOR
% SOBRE EL TOTAL DEL
GASTO REALIZADO
Según la liquidación 367.442,03 18 343.725,95 25
Según la cuenta de PyG 599.128,51 30 572.740,69 41
Total gastos 2.015.286,09
1.388.924,58
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales.
El grado de ejecución de este capítulo del presupuesto también resulta afectado por las
diferencias expuestas. Según los datos que ofrece la liquidación aprobada, el grado de ejecución
en el año 2010 alcanzaría el 101% de las previsiones de gastos y el 94% en el 2011. Sin
embargo, a tenor del gasto real comprobado, la ejecución real del capítulo asciende,
respectivamente, al 165% y 157% del gasto presupuestado.
Cuadro 6. Grado de ejecución del presupuesto según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG
2010 2011
VALOR GRADO DE EJECUCIÓN
VALOR GRADO DE EJECUCIÓN
Gasto presupuestado 363.000,00
365.000,00
Según la liquidación 367.442,03 101% 343.725,95 94%
Según la cuenta de PyG 599.128,51 165% 572.740,69 157%
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
29
Régimen jurídico del personal
La legislación de cámaras establece que todo el personal estará sujeto al derecho laboral sin
perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley Básica de Cámaras.
Según dicha disposición, el personal que se encontraba al servicio de la Cámara al amparo del
Decreto del 13 de junio de 1936, a la entrada en vigor de la Ley 3/1993, le resultará aplicable el
régimen de personal establecido en dicho decreto.
Por lo tanto, el personal al servicio de la Cámara está integrado por dos categorías diferenciadas
en función del régimen jurídico que les resulta de aplicación:
El personal sujeto al régimen laboral genérico recogido en el Estatuto de los Trabajadores.
El personal contratado con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley que queda sujeto a
un régimen laboral específico que otorga un régimen más favorable en lo tocante a la extinción
de su relación laboral. Así, los trabajadores contratados con anterioridad al 12 de abril de 1993
no pueden ser despedidos de sus puestos de trabajo excepto por ineptitud o falta grave en el
desempeño de sus obligaciones y previa formación de expediente al efecto.
En la COCIN de Pontevedra hay tres trabajadores (27% del plantilla) que fueron contratados con
anterioridad a la entrada en vigor de la actual Ley de Cámaras y por lo tanto están sujetos a un
régimen laboral específico.
Sin embargo, es preciso tener en cuenta que la nueva Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, homogeneiza el régimen
jurídico de los trabajadores de la Cámara eliminando dicha diferenciación en los términos
establecidos en la disposición adicional primera: El personal que a la entrada en vigor de la
presente ley se encuentre al servicio de una Cámara, Consejo o del Consejo Superior al amparo
del Decreto de 13 de junio de 1936, se regirá, sin distinción, por la legislación laboral vigente
aplicable al resto del personal al servicio de las mismas. (*)
Distribución del personal por áreas y categorías profesionales
La COCIN de Pontevedra no dispone de una plantilla en la que se relacionen, debidamente
clasificados, todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y
categorías tal y como prevé el artículo 23.3 de la LGC.
(*) Parágrafo introducido como consecuencia de hechos posteriores.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
30
La información referida al personal de la Cámara de Pontevedra se ofrece en los siguientes
documentos: a) cuadro resumen del personal, que acompaña a los presupuestos, en el que se
indica el número de efectivos y la dotación presupuestaria de los puestos agrupados por
categorías profesionales y b) manual de calidad aprobado por la Cámara en el que cada
trabajador describe sucintamente las funciones que desarrolla en su puesto de trabajo.
La evolución del personal al servicio de la Cámara no presenta cambios significativos a lo largo
de las anualidades analizadas. La cifra de efectivos a 31 de diciembre, pasa de 13 personas
contratadas en el año 2010 a 14 en el año 2011.
La plantilla, a 31 de diciembre, está integrada por 11 trabajadores/as y el personal eventual (dos
personas en el año 2010 y tres en el 2011) que se contrató al amparo de los programas para el
fomento del empleo subvencionados por la Consellería de Traballo e Benestar.
La distribución por áreas o departamentos y categorías es la siguiente:
Cuadro 7. Personal al servicio de la Cámara distribuido por áreas y categorías
DEPARTAMENTO / CAT. PROF.
AÑO 2010 AÑO 2011
PERSONAL DE
CUADRO
PERSONAL EVENTUAL
TOTAL PERSONAL
DE CUADRO
PERSONAL EVENTUAL
TOTAL
Secretaría General 1
1 1 1
Vicesecretaría General 1
1 1 1
Comercio interior 2
2 2 2
Administrativo 2 2
Creación empresas 1 2 3 1 2 3
Técnico superior 1 2 1 2
Formación 1 1 1 1 2
Técnico superior 1 1 1
Innovación y nuevas tecnologías 1 1 1 1
Informático 1 1
Internacionalización 1 1 1 1
Administrativo 1 1
Servicios varios 3 3 3 3
Administrativo 1 1
Técnico superior 1 1
Técnico de comunicación 1 1
Total general 11 2 13 11 3 14
Fuente: Elaboración propia. A partir de la información facilitada por la Cámara.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
31
Las áreas con mayor peso porcentual son las de creación de empresas y servicios varios con un
21% cada una, seguidas de las áreas de formación y comercio interior que representan un 14%.
En cuanto a las categorías profesionales, a 31 de diciembre el personal titulado, de grado medio
y superior, supone el 62% en el año 2010 y el 69% en el año 2011, frente al 38% y 31%
respectivamente, del personal administrativo y técnico de oficina. Si tenemos en cuenta
solamente el personal de plantilla, los titulados pasan a representar el 50% en cada una de las
anualidades.
Cuadro 8. Categorías profesionales del personal al servicio de la Cámara
AÑO
2010 2011
Secretaría General 1 1
Personal de plantilla 10 10
Titulados medios/superiores 5 5
Administrativo/técnico oficina 5 5
Personal contratado 2 3
Titulados medios/superiores 2 3
Total 13 14
Fuente: Elaboración propia. A partir de la información facilitada por la Cámara
La memoria de la liquidación de los presupuestos no contiene ninguna referencia a la plantilla o
a su distribución por áreas y categorías.
Es preciso mencionar que, en el transcurso de los trabajos de fiscalización, la Cámara acordó el
despido de cuatro trabajadores. Este hecho motivó la apertura de varios procesos judiciales
mediante la presentación de demandas de nulidad por improcedencia de los despidos ante el
Juzgado de lo Social y la apertura de un proceso penal ante el Juzgado de Instrucción nº 1. En la
fecha de redacción de este informe no consta el pronunciamiento judicial.
Acceso del personal al servicio de la Cámara
La Ley Gallega de Cámaras dispone que el reglamento de régimen interno de cada cámara
establecerá el procedimiento para la contratación del personal, que deberá adecuarse a los
principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad (artículo 23.1).
La Cámara no reguló el procedimiento para la contratación del personal y el reglamento de
régimen interior se limita a disponer que para la contratación de nuevo personal fijo de la
Cámara se hará convocatoria pública en la que se tendrán en cuenta los principios de igualdad,
mérito y capacidad.
En el año 2010, se advirtió la transformación de un contrato temporal en indefinido, sin que
mediara la preceptiva convocatoria pública y sin tramitar un procedimiento en el que se
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
32
garantizaran los mencionados principios, incumpliéndose los preceptos anteriormente
mencionados.
Régimen retributivo
La información sobre las retribuciones del personal no se refleja de forma transparente. El
presupuesto ordinario de gastos e ingresos de los años 2010 y 2011 contiene la relación de
trabajadores de la corporación agrupada por categorías, pero no especifica las retribuciones, por
todos los conceptos, de cada puesto de trabajo en los términos que prevé el artículo 46.5 de la
LGC.
La Cámara no dictó normas reguladoras del régimen retributivo, y las retribuciones de cada
trabajador se rigen por lo establecido en su contrato laboral. Se verificó que son superiores a las
fijadas en las tablas salariales del convenio de oficinas y despachos de la provincia de
Pontevedra, que también le es de aplicación, según la información proporcionada por la
corporación.
El personal de plantilla percibe tres pagas extraordinarias, tal y como establece el antedicho
convenio, que se perciben en los meses de junio, septiembre y diciembre. A éstas se añade la
paga de beneficios que se devenga en el mes de marzo.
La estructura retributiva, registrada en el fichero de nóminas, presenta la siguiente composición y
evolución:
Cuadro 9. Resumen de los conceptos retributivos
2010 2011 TASA DE
VARIACIÓN INTERANUAL
Salario base 315.808,26 313.836,66 -0,62
Antigüedad 91.846,32 98.269,80 6,99
Incentivos según convenio
933,76
Complemento salarial 20.341,51 21.411,19 5,26
Plus puerta 1.803,00 1.727,88 -4,17
Prorrata pagas extras 9.458,24 7.895,93 -16,52
Dietas no exentas 7.497,08 1.961,81 -73,83
Plus de disponibilidad 24.440,00 3.640,00 -85,11
Enf y C.IT 4.720,10 2.570,82 -45,53
Indemnización fin contrato 445,22
Total 476.359,73 452.247,85 -5,06
Fuente: Elaboración propia. A partir de la información facilitada por la Cámara.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
33
No consta la existencia de un acuerdo o norma reguladora que regule de manera objetiva las
cuantías que se abonan como complementos salariales, incentivos y plus de disponibilidad y
puerta.
II.3 GASTOS DE VIAJES, ESTANCIAS Y DIETAS
Según la estructura presupuestaria establecida en la Orden del 30 de enero 1981, sobre régimen
de contabilidad de las COCINs, los gastos correspondientes a los viajes y dietas se imputan al
capítulo 08 del presupuesto de gastos.
La ejecución de dicho capítulo en los ejercicios 2010 y 2011, según la liquidación presupuestaria,
fue la siguiente:
Cuadro 10. Gastos de viajes, estancias y dietas
CAPÍTULO 08 2010 2011
PRESUPUESTADO REALIZADO PRESUPUESTADO REALIZADO
08.01. Gastos de viajes
08.01.01 Nacionales 2.000,00 1.714,87 2.000,00 1.792,62
08.01.02 Internacionales 2.000,00 1.641,22 2.000,00 0,00
Total 08.01 Gastos de viaje 4.000,00 3.356,09 4.000,00 1.792,62
08.02. Estancias y dietas
08.02.02 Dietas 3.000,00 1.232,45 3.000,00 0,00
Total 08.02 Estancias y dietas 3.000,00 1.232,45 3.000,00 0,00
TOTAL CAPÍTULO 08 7.000,00 4.588,54 7.000,00 1.792,62
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación facilitada por la Cámara.
Esta información se corrobora en la memoria que acompaña las cuentas anuales, en la que se
hace constar que se liquidaron gastos en el capítulo 08 por un importe total de 4.588,54€ en el
año 2010 y 1.792,62€ en el 2011, aduciendo que continúan con una política de contención de
gastos en este capítulo que ya iniciaron en ejercicios anteriores conscientes de la llegada de una
etapa de menor recaudación en el Recurso Cameral Permanente.
Sin embargo, la revisión efectuada sobre los libros mayores de las cuentas representativas de
otros gastos así como la información referida a los gastos de personal, reveló la existencia de
gastos de viajes y dietas por importe superior al que refleja la liquidación del capítulo 08 Viajes y
dietas.
Los gastos de viajes y dietas del presidente de la Cámara fueron imputados a distintos capítulos
del presupuesto según el resumen que se ofrece en el siguiente cuadro:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
34
Cuadro 11. Imputación presupuestaria de los gastos de viajes y dietas
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN 2010 2011
06 Gastos de relaciones públicas 9.993,99 3.624,40
08 Viajes y dietas 1.602,95 1.521,85
10 Estudios y asistencia técnica al comercio y a la industria 1.215,70
TOTAL 12.812,64 5.146,25
Fuente: Elaboración propia. A partir de los libros mayores de gastos aportados por la Cámara.
Tampoco se registraron en el capítulo 08 los gastos relativos a las dietas del personal al servicio
de la Cámara cuyo pago se realizó a través de la nómina mensual.
A continuación se exponen los resultados de la fiscalización de estos gastos presentando de
forma separada el análisis de los gastos devengados por los miembros de los órganos de
gobierno y por el personal de la Cámara.
Dietas de los miembros de los órganos de gobierno
El Comité Ejecutivo en la sesión del 7.09.1998 aprobó el siguiente régimen:
“Resumen de dietas diarias a cobrar por los miembros del Pleno de la Cámara en los
desplazamientos representando a la institución:
Presidente
Comunidad Autónoma: 25.000 ptas (150,25 euros)
Resto de España y Portugal: 35.000 ptas (210,35 euros)
Desplazamiento al extranjero: 50.000 ptas (300,51 euros)
Comité Ejecutivo y Pleno
Comunidad Autónoma: 15.000 ptas (90,15 euros)
Resto de España y Portugal: 25.000 ptas (150,25 euros)
Desplazamiento al extranjero: 40.000 ptas (240,40 euros)
Las dietas se abonarán a los miembros del Pleno sin necesidad de justificar gastos. En los casos
de desplazamiento al resto de España, Portugal y extranjero se abonará el billete de avión, tren o
kilometraje y la dieta correspondiente a los días de estancia.”
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
35
Se analizó una muestra de los gastos imputados en los capítulos 06, 08 y 10 integrada por las
anotaciones contables que se relacionan en el Anexo VII.
Como resultado de las comprobaciones realizadas se pusieron de manifiesto los siguientes
hechos:
- La justificación de estos gastos se realiza mediante un documento en el que se relacionan los
desplazamientos realizados en el mes correspondiente. Dicho documento no incorpora ninguna
firma y la información ofrecida contiene los siguientes datos: fecha del viaje, asunto, lugar y el
importe bruto y neto de los gastos y de las dietas.
- El importe total de las percepciones se desglosa en dos conceptos:
Dietas, se devengan cuantías diferentes en función del lugar de desplazamiento. Se verificó
que los importes pagados se ajustaron a las cantidades establecidas en el referido acuerdo del
Comité Ejecutivo y se aplicó un tipo de retención del 35%.
Gastos, bajo este concepto se pagan cantidades sin soporte documental que las justifique. Los
importes son variables y no se identifica la naturaleza de los gastos que se indemnizan. Según
informó la secretaria de la Cámara se trata de compensar gastos diversos (aparcamientos,
comidas, taxis...) pero no se exigieron los documentos justificativos.
En el siguiente cuadro se cuantifica el importe correspondiente a cada concepto, desglosando la
cuantía global de las percepciones que integran la muestra analizada:
GASTOS DIETA TOTAL
2010 1.690,15 8.684,45 10.374,60
Presidente 1 571,15 2.133,55 2.704,70
Presidente 2 1.119,00 6.550,90 7.669,90
2011 760,00 2.884,80 3.644,80
Presidente 1 760,00 2.884,80 3.644,80
- En el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (modelo 190) la Cámara
comunicó las cantidades satisfechas a estos perceptores identificadas con la clave E. Con esta
clave se identifican las retribuciones monetarias o en especie satisfechas a las personas físicas
por su condición de administradores o miembros de los Consejos de Administración.
De los hechos anteriormente expuestos se desprenden las siguientes observaciones:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
36
1. De la configuración de las cantidades pagadas bajo el concepto de dietas, al amparo del
acuerdo del Comité Ejecutivo, se desprende que no responden a la naturaleza de
indemnizaciones sino que tienen un carácter remuneratorio. Esta consideración se fundamenta
en los siguientes hechos:
a) las ayudas se pagan sin necesidad de justificar gastos ni acreditar la realidad del
desplazamiento;
b) dentro de la comunidad autónoma devengan la misma cantidad con independencia de la
distancia del viaje y del tiempo de dedicación a la actividad realizada;
c) se le aplica el tipo de retención contemplado en la ley de IRPF para las percepciones
retributivas;
d) estas cantidades se comunican a la Agencia Tributaria con la clave E “retribuciones a
conselleiros y administradores”;
e) además de estas dietas perciben otras cantidades de naturaleza compensatoria bajo el
concepto de gastos.
Los artículos 14.3 y 16.1 de la Ley Gallega de Cámaras establecen que la condición de miembro
del Pleno no tiene carácter retribuido y los cargos del Comité Ejecutivo no serán remunerados.
2. La documentación facilitada no justifica la realidad de los desplazamientos ni acredita la
efectividad de los gastos que se pagaron. La Cámara no realiza ningún tipo de control sobre la
verificación de dichos viajes ni exige la justificación económica de los gastos.
Dietas del personal al servicio de la Cámara
La Cámara no reguló un procedimiento de gestión relativo a los gastos de viajes y dietas del
personal a su servicio, ni estableció los requisitos y la forma de justificación de estos gastos.
La contabilidad de la Cámara no refleja estos gastos de forma transparente ya que el pago de
estas indemnizaciones se realiza a través de las nóminas, por lo que no resulta posible identificar
en los registros contables las cuantías devengadas por este concepto.
Se analizó una muestra de gastos (incluida en el Anexo VIII) que fue seleccionada a partir de la
información incluida en un fichero de los gastos de personal que entregó la Cámara, a petición
del equipo de fiscalización.
Como resultado de las pruebas realizadas se verificaron los siguientes hechos:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
37
- Los documentos explicativos del motivo de devengo de las dietas no responden a un modelo
normalizado. En algunos casos consisten en una tabla en la que se relaciona el asunto, fecha,
lugar e importe, y en otros se señala el nombre del perceptor y el mes de devengo, indicando de
forma sucinta el motivo del desplazamiento y el importe que corresponde pagar, sin aportar
documentos que acrediten la realidad del desplazamiento.
Ninguno de los documentos aportados contiene firmas ni el sello de la Cámara.
- Excepto las dietas devengadas por desplazamientos al exterior con motivo de las actuaciones
incluidas en el Plan Foexga, cuyo importe viene establecido en el convenio (210,35€), con
respecto a las restantes ayudas no consta ningún acuerdo en el que se establezcan las cuantías,
las causas de devengo y los requisitos para su justificación.
- Las cantidades satisfechas se agrupan en cinco conceptos: dietas exentas, dietas, gastos, dietas
con pernoctación y dietas sin pernoctación.
Se comprobó que los dos primeros conceptos corresponden a las dietas devengadas por los
gastos ocasionados en las actuaciones incluidas en el Plan Foexga. El importe total pagado se
desglosa en dietas exentas (cuantía que según la normativa del IRPF está exceptuada de
gravamen y asciende a 91,35€) y dietas (el importe que excede la cantidad exenta, según el
reglamento del IRPF, y por lo tanto se configura como mayor retribución y se declara a la Agencia
Tributaria identificada como clave A).
- Se libraron determinadas cantidades en concepto de gastos sin que consten los documentos
justificativos. Del importe total analizado (2.787,00€), los gastos sin justificación ascendieron a
1.240,28€. En el Anexo IX se ofrece el detalle de estos gastos.
- No queda acreditado en todos los casos la relación entre los justificantes que se aportan y la
actividad relacionada con la Cámara. Así, alguno de los justificantes (facturas de comidas en
restaurantes) no permiten verificar la relación del gasto con el asunto que motivó el
desplazamiento.
II.4 CONTRATACIÓN
A los efectos establecidos en la Ley 30/2007, del 30 de octubre de Contratos del Sector Público,
las COCINs se consideran poderes adjudicadores que no tienen el carácter de administraciones
públicas.
En consecuencia, la adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada se regirá por
las normas establecidas en la LCSP y los restantes contratos se adjudicarán mediante los
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
38
procedimientos que se establezcan en las instrucciones de contratación que apruebe cada
cámara, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 b) de la LCSP.
A pesar de que se solicitó esta información, no se acreditó el acuerdo de aprobación de las
instrucciones de contratación por el Comité Ejecutivo.
De conformidad con las instrucciones publicadas en el perfil de contratante de la Cámara, la
adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada se realizará a través de los
siguientes procedimientos:
Cuadro 12. Resumen de los procedimientos de adjudicación de los contratos
PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento abierto - Contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 200.001 euros. - Contratos de suministros o de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 50.001 euros.
Procedimiento negociado sin publicidad
- Contratos de obras cuyo valor estimado oscile entre 50.000 y 200.000 euros. - Contratos de suministros o servicios cuyo valor estimado oscile entre 18.000 y 50.000 euros. - Cualquiera que sea su valor estimado, se contemplan otros supuestos adicionales de utilización del procedimiento negociado (cuando hubiese quedado desierto un procedimiento abierto o restringido; imposibilidad de determinar previamente el precio global del contrato; por razones técnicas y artísticas o de protección de derechos de exclusiva; imperiosa urgencia; obras complementarias;...)
Procedimiento negociado con publicidad
- Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 200.000 euros. - En los demás contratos cuyo valor estimado supere los 60.000 euros y concurran las siguientes circunstancias:
Cuando quedara desierto un procedimiento abierto o restringido.
Cuando se trate de contratos de obras que se realicen únicamente con fines de investigación, experimentación o perfeccionamiento.
Cuando se trate de la adquisición de bienes que se fabriquen exclusivamente para fines de investigación, experimentación, estudio o desarrollo.
Contratos menores - Contratos de obras de importe inferior a 50.000 euros. - En los restantes contratos de importe inferior a18.000 euros.
Procedimiento restringido - Con carácter excepcional, cuando la ejecución de la prestación requiera especiales condiciones de solvencia o bien cuando sea previsible la presentación de un número muy elevado de solicitudes de participación que pudiera dificultar, o demorar extraordinariamente, el examen de las ofertas y la tramitación del procedimiento.
Se solicitó una relación certificada de los contratos adjudicados durante los años 2010 y 2011.
Esta certificación no fue facilitada lo que impidió determinar la totalidad de los contratos que se
licitaron y los procedimientos utilizados para su adjudicación.
De la revisión de la relación de terceros incluidos en la declaración anual de operaciones con
terceras personas (modelo fiscal 347), se obtuvieron los proveedores con los que se formalizaron
las transacciones de mayor relevancia cuantitativa, en los ejercicios fiscalizados, que fueron los
siguientes:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
39
Cuadro 13. Muestra de las operaciones con terceras personas
DENOMINACIÓN
IMPORTE DE LAS OPERACIONES
DECLARADAS EN EL EJERCICIO 2010
IMPORTE DE LAS OPERACIONES DECLARADAS
EN EL EJERCICIO 2011
IMPORTE TOTAL (2010 Y 2011)
TOP MANAGEMENT S.L. 236.686,36 222.140,53 458.826,89
VIAJES RASCADO S.L. 324.479,72 117.817,32 442.297,04
GRUPO NORTE S.L. 124.944,90 112.517,40 237.462,30
TOTAL 686.110,98 452.475,25 1.138.586,23
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos incluidos en el modelo fiscal 347.
Las operaciones realizadas con estos terceros representan el 65% del importe total anual de las
operaciones declaradas en el modelo fiscal 347 en el ejercicio 2010 y el 79% de las declaradas
en el ejercicio 2011.
Sin perjuicio de las comprobaciones de cumplimiento de la normativa de subvenciones, cuyos
resultados se exponen en el epígrafe II.5, los trabajos de fiscalización en el área de contratación
se hicieron con los siguientes objetivos:
- Verificar si las adjudicaciones de los contratos respetaron los procedimientos de contratación
regulados en las instrucciones de contratación aprobadas por la Cámara.
- Comprobar el respeto de los principios de igualdad y transparencia, así como la objetividad en
la definición y evaluación de los criterios de valoración establecidos en los pliegos de condiciones
particulares.
- Verificar la adecuada justificación del cumplimiento del contrato mediante la existencia de
factura o documento equivalente.
Se exponen a continuación los resultados de las comprobaciones realizadas:
A. Las prestaciones contratadas con la empresa TOP MANAGEMENT S.L. consistieron en cuatro
contratos de servicios para la realización de las tareas y actividades que requieran la
coordinación, supervisión de las actuaciones, dirección artística, montaje y ejecución de la
infraestructura necesaria para la celebración de las ediciones de la pasarela PONTUS VETERIS en
los años 2010 y 2011.
Se seleccionó para su revisión el expediente de contratación tramitado, mediante procedimiento
abierto, para la organización de la XXVII edición de la pasarela de moda Pontus Veteris. Del
análisis realizado destacan las siguientes incidencias:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
40
- Los licitadores que participaron en el procedimiento se deducen de la documentación que fue
entregada (actas del Comité Ejecutivo, cuadro de valoración de las propuestas...) pero no se
aportó documentación que acredite la presentación de las ofertas en forma y plazo en el registro
de la Cámara.
- No coincide el presupuesto de licitación aprobado por el Comité Ejecutivo en la sesión ordinaria
del 22 de marzo de 2011 con el establecido en la cláusula 4 del pliego de condiciones.
- Los pliegos concretan la metodología para valorar la oferta económica, sin embargo los criterios
no económicos se describen de forma genérica y se establece una puntuación máxima para cada
uno de los criterios, sin concretar reglas precisas para asignar las puntuaciones. Tampoco se
detallan los distintos aspectos que se tomarán en consideración para evaluar las distintas ofertas.
Este hecho impide que los licitadores conozcan las reglas de valoración y la importancia de los
distintos aspectos en el momento de elaborar sus proposiciones.
El informe de evaluación de las ofertas tampoco explica suficientemente las puntuaciones
asignadas a los distintos licitadores. No se identifica quien realiza la valoración, el documento en
el que se contiene el cuadro con las puntuaciones de las tres empresas licitadoras no tiene fecha
ni firma. Estos hechos afectan a la transparencia y objetividad de las adjudicaciones.
Si bien no se revisaron los expedientes correspondientes a las otras ediciones de la pasarela, de
la revisión de las actas del Comité Ejecutivo se advirtió que la adjudicación de los contratos se
realizó mediante procedimiento negociado sin publicidad, a pesar de que el precio excedía la
cuantía que permite utilizar este procedimiento. Por otra parte, se observó que entre los criterios
de adjudicación figuraba la “experiencia de trabajos para la Cámara de Comercio de
Pontevedra”. La inclusión de este tipo de criterio supone un trato discriminatorio con las
empresas que no fueron contratadas con anterioridad lo que contraviene el principio de igualdad.
- La factura justificativa del gasto (2011/03, de 18.05.2011) no especifica el precio de los
distintos conceptos de gasto. Se indican las partidas que se facturan y bajo el epígrafe de cada
partida se relacionan de forma genérica los distintos conceptos, sin que se pueda conocer el
importe individual de cada operación facturada. Esta práctica no se ajusta a lo dispuesto en el
reglamento de facturación (artículo 6 f) del RD 1496/2003, del 28 de noviembre).
B. Las prestaciones facturadas por VIAJES RASCADO S.L. corresponden, fundamentalmente, a los
viajes organizados con motivo de las misiones comerciales realizadas en el marco del Plan
FOEXGA, además de algunos viajes del presidente y otros empleados de la Cámara.
En los dos ejercicios fiscalizados, los servicios de agencia de viajes se encargaron directamente a
esta empresa y no se tramitó ningún procedimiento que promueva la concurrencia en la
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
41
adjudicación de las prestaciones, aunque el importe de alguno de los servicios contratados
excedió el límite del contrato menor (facturas núm. 356 y 600, de 3.12.2010).
Teniendo en cuenta que durante todo el año se contratan los servicios de la agencia de viajes y
alcanzan un importe global relevante (324.479,72 euros en el 2010 y 117.817,32 euros en el
2011), resulta conveniente garantizar la concurrencia y promover la competencia efectiva
mediante la tramitación de un procedimiento abierto con publicidad, con un presupuesto de
licitación estimado de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 88 del TRLCSP.
C. La empresa GRUPO NORTE S.L. resultó adjudicataria de la ejecución de dos de los eventos
feriales que organizó la Cámara durante los años 2010 y 2011: FERPALIA y POMOVIL.
Del análisis efectuado destacan los siguientes incumplimientos:
- No se tramitó ningún procedimiento para la adjudicación de estas prestaciones que se
encargaron directamente a la misma empresa en virtud de los acuerdos del Comité Ejecutivo de
24.05.2010 y 14.09.2011. Atendiendo al importe de las prestaciones facturadas y de
conformidad con las instrucciones de contratación, la adjudicación requería la tramitación de un
procedimiento abierto en el que se garantizaran los principios de publicidad, concurrencia e
igualdad.
- El gasto facturado por la organización de POMOVIL y FERPALIA en el año 2010 excedió el
presupuesto aprobado por el Comité Ejecutivo.
- No se formalizó un contrato entre la Cámara y la empresa y no se definieron de antemano
cuáles fueron las prestaciones contratadas. La única información sobre las prestaciones es la que
se contiene en las facturas justificativas del gasto. Además, la existencia de facturas rectificativas
del gasto originalmente facturado, impide conocer cuáles fueron efectivamente los servicios
prestados.
- Las facturas justificativas del gasto no especifican el precio de los distintos conceptos de gasto.
Se indican las partidas que se facturan y su importe global. Bajo el epígrafe de cada partida se
relacionan de forma genérica los distintos conceptos sin que se pueda conocer el importe
individual de cada operación facturada. Esta práctica no se ajusta a lo dispuesto en el
reglamento de facturación (artículo 6 f) del RD 1496/2003, del 28 de noviembre)
La factura 205/2010, de 30.11.2010 correspondiente a la organización de POMOVIL 2010,
recoge una partida identificada como Publicidad con un importe global de 19.300€ (sin IVA).
Bajo ese epígrafe se relacionan una serie de servicios entre los que se mencionan Prensa y radio
sin que se indique el precio correspondiente a este concepto.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
42
De la revisión de los libros mayores de gastos del ejercicio 2010, se detectó que en la cuenta
61100001 Ferias y exposiciones se registraron los siguientes gastos de cuya descripción se
deduce que corresponden también a la publicidad relacionada con este evento:
Cuadro 14. Gastos de publicidad de POMOVIL 2010
FECHA CONCEPTO DOCUMENTO IMPORTE
10/11/2010 FARO DE VIGO MEDIA POMOVIL 474La 272,59
16/11/2010 PATRIA HISPANIA POMOVIL 486 636,90
30/11/2010 POMOVIL CUÑAS COPE LN15 236,00
16/12/2010 GPX CUÑAS POMOVIL 528 802,40
16/12/2010 FARO DE VIGO MEDIA POMOVIL 539 41,88
31/12/2010 FARO DE VIGO POMOVIL LD4 207,68
31/12/2010 DIARIO PERIODICOS POMOVIL LD6 494,00
14/01/2011 LA VOZ DE GALICIA POMOVIL 14 808,30
14/01/2011 ONDA CERO POMOVIL 12 236,00
IMPORTE TOTAL 3.735,75
Fuente: Elaboración propia. A partir de la información contable facilitada por la Cámara.
La inexistencia de un contrato, la falta de concreción de los servicios encargados y la imprecisión
de los gastos facturados impidieron verificar si la empresa facturó por los mismos conceptos que
se exponen en el cuadro.
- Del análisis de la documentación facilitada, no resulta posible determinar el cumplimiento de la
prestación contratada e incluso se detectaron irregularidades en la facturación que cuestionan la
veracidad del gasto efectivamente realizado.
Si bien en una primera entrega se aportaron las facturas correspondientes a la organización de
los distintos eventos ajustadas al presupuesto aprobado por el Comité Ejecutivo (excepto en el
año 2010 que excedió el importe aprobado), como consecuencia de peticiones posteriores se
obtuvo constancia de la existencia de facturas que rectificaban el importe del gasto inicialmente
facturado.
En los dos ejercicios fiscalizados se utilizó la práctica recurrente de rectificar el gasto facturado
por la empresa GRUPO NORTE S.L. que supuso una minoración del 41% del gasto inicialmente
facturado por la organización de estos eventos, siendo muy significativas las reducciones en el
caso de POMOVIL que alcanzaron el 78 y 81 %.
En el siguiente cuadro se exponen los datos de las facturas originales y de las facturas
rectificativas. En la última columna se refleja la cuantía del gasto una vez minorado:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
43
Cuadro 15. Facturas correspondientes a FERPALIA y POMOVIL 2010 y 2011
EVENTO DATOS DE LA FACTURA ORIGINAL DATOS DE LA FACTURA RECTIFICATIVA IMPORTE DEL
GASTO RECTIFICADO NÚMERO Y FECHA IMPORTE NÚMERO Y FECHA IMPORTE
POMÓVIL 2010 205/10, 30.11.2010 81.066 R-011/10, 23.12.2010 -63.066 18.000
FERPALIA 2010 166/10, 27.10.2010 121.540 R-012/10, 23.12.2010 -17.700 103.840
POMÓVIL 2011 160/11, 28.11.2011 81.066 R-014/11, 28.11.2011 -66.066 15.000
FERPALIA 2011 157/11, 22.11.2011 101.480 R022/11, 23.12.2011 -11.800 89.680
TOTAL 385.152 TOTAL -158.632 226.520
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos aportados por la Cámara.
Las facturas rectificativas emitidas por la empresa GRUPO NORTE S.L. no cumplen los requisitos
exigidos por el reglamento de facturación por los siguientes motivos:
1. No se acreditó la concurrencia de las circunstancias que amparan la expedición de una factura
rectificativa que, según el artículo 13 del reglamento de facturación, serían las siguientes:
a) que la factura original no cumpla los requisitos que establece el artículo 6, es decir, que
contenga algún error.
b) cuando se hubiese repercutido el IVA erróneamente o se modifique la base imponible.
2. No se describe la causa que motiva la rectificación, tal como exige el artículo 13.4 del
reglamento.
3. El concepto de la factura rectificativa no permite identificar a qué servicios afectó la reducción
ya que, en el caso de FERPALIA 2011 se limita a indicar el importe de la disminución y, en los
otros casos, se relacionan una serie de partidas haciendo constar al final del documento el
importe global que se minora, sin individualizar el importe de las operaciones rectificadas.
Se solicitó a la secretaria de la Cámara que aportara la documentación que acreditase el motivo
de la rectificación pero no se facilitó ninguna información.
Estas irregularidades afectan al cumplimiento de la normativa de subvenciones ya que estas
contrataciones cuentan con financiación pública del Ayuntamiento y de la Diputación Provincial
de Pontevedra, y no consta que al justificar los gastos subvencionados hayan sido informadas
estas entidades de la existencia de las facturas rectificativas. Además se detectaron
irregularidades en el pago de estas prestaciones cuyo análisis se realiza en el siguiente epígrafe.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
44
En el transcurso de los trabajos de fiscalización, se tuvo constancia de la interposición de una
querella, en los Juzgados de Instrucción de Pontevedra, sobre actividades y contrataciones
relacionadas con la Cámara. En dicho proceso se aprecian irregularidades relacionadas con los
eventos fiscalizados. A fecha de redacción de este informe aún estaba pendiente la resolución
judicial.
Otras incidencias
Como resultado de las revisiones efectuadas en otras áreas de gestión, se detectaron los
siguientes incumplimientos de la normativa contractual:
1. La Cámara formalizó un contrato con la empresa Contato em Comunicaçoes Empresariaies
Ltda. (representada por una persona que trabajó como becario en la propia Cámara de
Pontevedra) para la prestación de los servicios correspondientes al promotor de negocios en
Brasil, actuación financiada parcialmente por la DXC al amparo del Plan Foexga.
Dicho contrato se calificó de arrendamiento de servicios sometido al derecho civil y fue
adjudicado de forma directa sin tramitar ningún procedimiento de selección. Dada la condición
de poder adjudicador de la Cámara, se trata de un contrato del sector público cuyo valor
estimado, atendiendo a su duración y eventuales prórrogas, supera los 50.000 euros.
En consecuencia, la adjudicación infringió a LCSP ya que debió realizarse mediante la tramitación
de un procedimiento abierto, promoviendo la concurrencia y respetando los principios de
publicidad, transparencia e igualdad.
Es preciso señalar que la fiscalía de delitos económicos presentó una querella contra la secretaria
de la entidad en relación con determinados movimientos producidos en la cuenta bancaria a
través de la que el promotor de negocios percibe los ingresos derivados de este contrato. A fecha
de redacción de este informe no consta el pronunciamiento judicial.
2. Con fecha 31.05.2010, el presidente y el tesorero firmaron una orden de pago por importe de
2.701,75 euros a favor del tesorero de la Cámara. La transferencia bancaria se realizó el
11.06.2010.
La documentación aportada como justificante del pago son 15 facturas expedidas por el Hotel
Comercio (con el detalle que se refleja en el siguiente cuadro) de cuyo NIF se desprende que la
titularidad del establecimiento corresponde al tesorero de la Cámara de Pontevedra.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
45
Cuadro 16. Facturas de gastos de representación 2009-2010
Nº FACTURA FECHA CONCEPTO IMPORTE
1430 04/03/2009 Merienda al Pleno Cameral 96,30
1431 05/03/2009 Café presentación Pontus Veteris 96,30
1432 03/04/2009 Café presentación plataforma formación virtual 107,00
1433 27/04/2009 Café presentación Ley Concursal 96,30
1435 28/05/2009 Merienda Pleno cameral 107,00
1436 04/09/2009 Café ronda prensa presentación Pontus Veteris 96,30
1437 12/09/2009 Café reunión pasarela 192,60
1439 29/10/2009 Merienda Pleno Cameral 79,18
1440 06/11/2009 Café presentación Expomóvil 96,30
1442 21/12/2009 Merienda Pleno Navidad 545,70
1443 22/12/2009 Café felicitación pascuas a medios informativos 187,25
1444 25/02/2010 Café rueda de prensa 96,30
1445 16/03/2010 Café firma convenio Síndrome Down 107,00
1446 13/04/2010 Café firma convenio Caixanova 107,00
1448 22/04/2010 Servicios prestados con motivo de las elecciones 417,30
TOTAL 2.427,83
El importe global de las facturas asciende a 2.427,83 euros, existiendo una diferencia de 273,92
euros respecto a la cuantía que fue pagada. No se aportaron los documentos que permitan
verificar la justificación del pago correspondiente a la diferencia señalada.
El concepto de las facturas es la prestación de servicios de hostelería que constituyen el objeto de
un contrato de servicios. En la contabilidad de la Cámara constan anotaciones de operaciones
realizadas con el tesorero por importe de 5.454,12 euros en el año 2010 y 2.805,57 en el año
2011.
Entre la normativa de contratación facilitada por la Cámara, consta un documento que se aportó
con las instrucciones de contratación en el que se regula la aptitud para contratar con la Cámara.
Este documento (del que no consta su aprobación por los órganos camerales) establece que
tendrán incompatibilidad para contratar los miembros titulares del Pleno de la Cámara, los
vocales cooperadores, los representantes en el Pleno de sus miembros titulares así como a las
personas vinculados a ellos. Sin embargo, podrán contratar cuando al tiempo de iniciar su
participación en el procedimiento de contratación manifiesten la existencia de incompatibilidad y
su voluntad inequívoca de abstenerse de participar e influir en el procedimiento. Tampoco
pueden contratar la Secretaria General, el Vicesecretario General, los que ostenten cargos
similares o asimilados y el resto del personal de la Cámara, así como las personas vinculadas a
ellos.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
46
II.5 SUBVENCIONES RECIBIDAS
Los ingresos procedentes de las subvenciones constituyen, junto con los procedentes del RCP, la
principal fuente de financiación de las Cámaras. En los ejercicios fiscalizados representaron el 39
y 44 % de los ingresos registrados en los años 2010 y 2011, respectivamente.
Se solicitó una certificación de las subvenciones recibidas en los años 2010 y 2011. Si bien no se
certificó la información solicitada, se aportó la relación que se incorpora como anexo X.
Atendiendo a la información que ofrece la liquidación del presupuesto ordinario, en el ejercicio
2010 se realizaron ingresos por subvenciones públicas por importe de 861.102,74 euros. En el
año 2011, estos ingresos ascendieron a 791.618,51 euros, lo que supone una variación del -8%
respecto al ejercicio anterior.
Las subvenciones que recibe la Cámara son fundamentalmente de naturaleza pública, excepto
algunas de naturaleza privada (como las concedidas por Caixanova -actualmente Novagalicia-)
que tienen un carácter residual respecto al total de las subvenciones.
En el siguiente cuadro se refleja el detalle de las subvenciones públicas contabilizadas por la
Cámara en los años 2010 y 2011 expresando el órgano concedente y clasificadas por los
siguientes tipos de actividad: formación, asistencia a empresas, organización de eventos feriales
y comercio exterior.
Cuadro 17. Subvenciones públicas 2010 2011
ÓRGANO QUE FINANCIA FORMACIÓN ASISTENCIA A EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR FERIAS
2010 2011 2010 2011 2010 2011 2010 2011
Xunta de Galicia 6.588,00 26.488,08 52.588,17 275.680,75 112.294,90 50.000,00
Ayuntamiento de Pontevedra 5.000,00 60.000,00 214.812,44
Consejo Superior de Cámaras 52.932,43 69.812,73 252.319,72 34.680,73 125.227,08 78.034,19 198.512,40
ICEX 6.866,68 10.882,95
Diputación de Pontevedra 20.000,00
TOTAL 64.520,43 69.812,73 278.807,80 87.268,90 407.774,51 201.212,04 110.000,00 433.324,84
Fuente: Elaboración propia. A partir de la información contable facilitada por la Cámara.
La Cámara recibe de la Xunta de Galicia, del Consejo Superior de Cámaras y del Ayuntamiento
de Pontevedra la mayor parte de las subvenciones realizadas en los ejercicios. La concesión de
las subvenciones se articuló a través de convenios excepto las procedentes de la Consellería de
Traballo e Benestar que se concedieron en régimen de concurrencia competitiva.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
47
Los trabajos de fiscalización se centraron en el análisis de una muestra de las subvenciones
integrada por cuatro actuaciones enmarcadas en el Plan FOEXGA y las subvenciones otorgadas
por el Ayuntamiento de Pontevedra para la organización de los eventos feriales.
II.5.1 Plan FOEXGA
Las ayudas recibidas de la Consellería de Economía e Industria se destinan a la financiación del
Plan de Fomento de las Exportaciones Gallegas (Plan Foexga).
Este Plan se desarrolló a partir de un convenio firmado en el año 1992 entre las nueve cámaras
gallegas y la Xunta de Galicia con el objetivo principal de incentivar el comercio exterior, la
internacionalización de las empresas gallegas y propiciar la comercialización de sus bienes y
servicios en los mercados exteriores.
El Plan se dirige a empresas gallegas exportadoras o con potencial exportador y engloba las
actuaciones de promoción y formación que se describen en el anexo XI.
Cada una de las cámaras gallegas se concentra en un área geográfica concreta y organiza sus
acciones atendiendo a los sectores de mayor relevancia en su demarcación.
La Cámara de Pontevedra orientó sus acciones principalmente a los mercados de Brasil,
Venezuela y República Dominicana. Desde el punto de vista de la especialización sectorial,
atendió principalmente a los sectores de alimentación, construcción, turismo, además de otros
sectores tales como el naval, acuicultura y textil. En el anexo XII se recogen las actuaciones
previstas en el convenio de colaboración suscrito con la consellería para los años 2010 y 2011,
indicándose las actuaciones realizadas y la distribución de la financiación.
La Consellería de Economía e Industria colabora en la financiación de las actuaciones incluidas
en el Plan FOEXGA que elaboran las cámaras gallegas. Las aportaciones se establecen en los
presupuestos de la Dirección Xeral de Comercio, en la aplicación presupuestaria
08.03.741A.781.1 que está cofinanciada en un 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER) y el 30% restante por el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).
La colaboración se materializa mediante la concesión de una subvención directa a las cámaras
articulada mediante la suscripción de un convenio que firman anualmente el conselleiro de
Economía e Industria y los presidentes de las cámaras gallegas5.
5 El convenio de colaboración para el FOEXGA 2010 se firmó el 10.09.2010 y para el año 2011 se suscribió un primer convenio, el 10 de agosto
de 2011, que posteriormente fue modificado mediante la firma de una adenda el 26.12.2011 que rectificaba la cláusula tercera en lo tocante al presupuesto y a la financiación de las actuaciones.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
48
Los convenios suscritos en los ejercicios analizados estimaban una inversión total de las
actuaciones previstas en el Plan FOEXGA de 4.769.850,00 € en el 2010 y 3.494.432,50€ en el
2011. La financiación de los costes se reparte entre la Consellería, las cámaras y las empresas
participantes según la siguiente distribución:
Cuadro 18. Distribución de la financiación de los costes del Plan Foexga 2010-2011
CONVENIO DEL 10.09.2010
CONVENIO DEL 10.08.2011 (MODIFICACIÓN ADENDA DEL
26.12.2011)
IMPORTE % IMPORTE %
Consellería de Economía e Industria 2.352.820 49 1.992.352,50 57
Cámaras 1.274.720 27 489.130 14
Empresas 1.142.310 24 1.012.950 29
Total 4.769.850 100 3.494.432,50 100
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos incluidos en los convenios firmados.
Tal como se refleja en el cuadro, en el año 2011 disminuye la contribución de las cámaras a la
financiación de las actuaciones y se incrementan, en términos relativos, las aportaciones de la
Consellería y de las empresas.
Resultados de las comprobaciones realizadas
Los objetivos de los trabajos de fiscalización fueron los siguientes:
- Verificar la publicidad de la convocatoria de las acciones y la objetividad de los criterios
utilizados en la selección de las empresas.
- Verificar que los gastos justificados sean gastos subvencionables, que se realizaron dentro del
período establecido en el convenio y que las facturas justificativas cumplen los requisitos
reglamentariamente establecidos.
- Comprobar la adecuada gestión de los ingresos correspondientes a las aportaciones de las
empresas o de las Cámaras distintas de la que organiza el evento.
- Comprobar la contabilización del gasto en el epígrafe presupuestario correspondiente así como
el criterio utilizado en la contabilización de la subvención.
- Analizar la eficacia de estas actuaciones mediante el examen de la información de los
resultados disponibles en la Cámara.
Dichas comprobaciones se realizaron sobre una muestra integrada por las actuaciones que se
relacionan en el siguiente cuadro:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
49
Cuadro 19. Muestra de las actuaciones del Plan Foexga 2010-2011
FINANCIACIÓN XUNTA (*)
AÑO ACTUACIÓN/SECTOR/PAÍS
PRESUPUESTO GASTO
EJECUTADO GRADO DE EJECUCIÓN
IMPORTE %
2010 1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil
220.000,00 156.994,23 71% 89.668,96 57%
2010 2.- Promotor de negocios/Brasil 48.000,00 43.578,16 91% 30.600,00 70%
2011 3.- Misión comercial directa / plurisectorial /Sto. Domin.-Venezuela
36.800,00 31.345,61 85% 18.603,44 59%
2011 4.- Misión comercial directa /plurisectorial / Brasil
80.500,00 68.252,17 85% 39.656,04 58%
Fuente: Elaboración propia. Con los datos facilitados por la Cámara. (*) El porcentaje de la financiación se calculó en atención al gasto ejecutado por lo que difiere del previsto en el convenio.
Como resultado de las comprobaciones realizadas se obtuvieron los siguientes resultados:
Publicidad de la convocatoria. La cláusula primera del convenio atribuye a las cámaras la
obligación de realizar las convocatorias de las acciones en las que se prevé la participación de
empresas, a fin de conseguir dicha participación.
En relación con esta cuestión, la Cámara informó que la convocatoria y la publicidad la realiza la
cámara que organiza la actuación y el resto de las cámaras gallegas difunden la actuación entre
los electores de cada demarcación.
Se verificó la publicidad de las convocatorias en la prensa y de la revisión de los gastos aportados
también se desprende la inserción de cuñas publicitarias en la radio. Según la información
facilitada por la Cámara, se realizó la difusión de cada actuación entre las restantes cámaras
gallegas.
Criterios de selección de las empresas. El convenio no establece el perfil o requisitos que
deben cumplir las empresas participantes en las actuaciones ni establece unos criterios de
selección. Solamente incluye una referencia, en la cláusula tercera en los siguientes términos: La
colaboración por parte de la Consellería se decide en base a criterios objetivos que rigen la
selección de las empresas para las actuaciones de promoción comercial e internacionalización, a
través de convocatoria pública que realizan las Cámaras de Comercio, teniendo en cuenta la
idoneidad respecto al mercado del que se trate, volumen de exportación, informes de las Oficinas
Comerciales o de las Cámaras de Comercio en el extranjero.
La Cámara no reguló un procedimiento para la selección de las empresas ni concretó unos
criterios objetivos para elegir las que participaron en cada actuación.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
50
Según la información proporcionada por la Cámara, la selección se realiza principalmente entre
las empresas que figuran en las bases de datos de las cámaras como empresas exportadoras o
con potencial exportador.
Justificación de la subvención
La presentación de la documentación justificativa se realizó dentro del plazo establecido en el
convenio. Este cumplimiento se verificó con la fecha que figura en el sello del registro de entrada
de documentos del edificio administrativo de la Xunta de Pontevedra. Sin embargo, conviene
advertir que los oficios remitidos no incorporan el sello del registro de salida de la Cámara
(excepto en la misión de Santo Domingo y Venezuela) y en el sello del registro de la Xunta consta
la fecha, pero en ninguno de los casos analizados consta el número de orden de entrada del
documento.
Con carácter general, los gastos justificados tienen la consideración de gastos subvencionables,
responden a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realizaron dentro del período
establecido en el convenio. Sin embargo, se verificó la existencia de una serie de gastos que no
son elegibles (Anexo XIII), cuyo importe global asciende a 8.038,65 euros. Dichos gastos no
fueron admitidos como subvencionables por la Dirección Xeral de Comercio.
En relación con la justificación de los gastos relativos a la actuación del promotor de negocios en
Brasil, se advirtieron las siguientes incidencias:
- Las facturas expedidas mensualmente contienen una referencia genérica a los servicios
facturados, describiéndose el concepto de la factura como “prestación de servicios”. No se
concretan en las facturas las actuaciones realizadas por el promotor, aunque los servicios que
presta aparecen descritos en el contrato suscrito con la Cámara. La memoria de la actuación que
se remite a la Dirección Xeral de Comercio describe de forma sucinta las actividades realizadas
pero no cumple con las exigencias establecidas en el convenio que requiere la presentación de
una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el
convenio, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
- En la misión plurisectorial de carácter estratégico a Brasil 2010 consta una factura
(núm.1202/DI10, del 2.12.2010) expedida por la empresa Contato em Comunicaçoes
Empresariaies y figura como destinataria de las operaciones la COCIN de Pontevedra cuyo
importe asciende a 21.574,21 euros.
Los conceptos facturados corresponden a gastos realizados en Río de Janeiro y Santa Catarina
(alquiler de salones, desayunos, coffee breaks, decoración, video y audio...). Según la
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
51
información facilitada por la Cámara, se trata de gastos relacionados con la misión analizada que
el promotor de negocios contrató con terceros y factura como gastos suplidos. Sin embargo,
estos extremos no quedan acreditados con la información que consta en la factura, advirtiéndose
las siguientes deficiencias en la justificación del gasto:
En la factura no consta ninguna referencia a la relación de estos gastos con la organización de
la misión encuadrada en el Plan Foexga. Esta relación se desprende del documento de solicitud
de cheque bancario en el que se menciona que la factura corresponde a servicios de la misión a
Brasil.
La efectividad del gasto facturado no queda acreditada. Los gastos deberían haberse
acreditado mediante la presentación de las facturas o documentos equivalente expedidos por los
proveedores de los distintos servicios facturados.
Tampoco queda acreditado el pago de los gastos por parte del promotor de negocios. La
Cámara anticipó 8.000 euros mediante cheque bancario, el 31.10.2010, bajo el concepto de
entrega a cuenta para pagos misión noviembre y con fecha 15.12.2010 libró el segundo pago de
la factura por importe de 13.574,21 euros. Sin embargo, no consta ninguna documentación que
justifique el pago por el promotor de negocios de las operaciones facturadas. Esto impide
verificar la efectiva aplicación de los fondos librados por la Cámara a los gastos relacionados en
la factura.
Gestión de los ingresos correspondientes a las aportaciones de las empresas y otras
Cámaras
Los gastos de las actuaciones encuadradas en el Plan Foexga se distribuyen entre la Xunta, las
empresas y las Cámaras.
Las aportaciones correspondientes a las Cámaras son asumidas por la cámara que organiza la
misión, que sufragará el porcentaje correspondiente a los gastos en los que incurran las
empresas de su demarcación. Sin embargo, cuando participan en una misión empresas que
pertenecen a la demarcación de otra cámara, el porcentaje correspondiente lo financiará la
cámara de su demarcación.
Por lo tanto, los gastos de las misiones del Plan Foexga se pagan inicialmente por la cámara
organizadora de la actuación que a su vez debe gestionar los ingresos correspondientes a las
aportaciones de las empresas y de las cámaras.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
52
Las empresas participantes financian un porcentaje de los costes de las acciones que varía en
atención al tipo de misión. En las actuaciones analizadas el porcentaje del gasto imputable a las
empresas ascendió al 50% en las misiones comerciales directas y al 20% en la misión comercial
plurisectorial de carácter estratégico.
Las empresas, en el momento de formalizar la inscripción para participar en la acción, abonan
una cuota de inscripción. Una vez finalizada la actuación, en atención a los gastos efectivos, la
Cámara realiza una liquidación en la que se concreta el reparto del gasto entre la Xunta, la
Cámara y las empresas. Como resultado de la liquidación se regulariza el importe que
corresponde abonar a las empresas y puede resultar una cuantía superior o inferior a la que
ingresaron en concepto de cuota de inscripción. En el primer caso la empresa debe pagar la
diferencia y en el segundo le corresponde a la Cámara efectuar las devoluciones del exceso
pagado por las empresas.
Como resultado de las comprobaciones realizadas se detectó que la Cámara no regularizó las
aportaciones correspondientes a cada empresa, no consta que hubiese realizado la devolución
del exceso de las cantidades ingresadas por los participantes en las acciones ni reclamó las
cuantías que correspondería pagar a las empresas. En los anexos XIV, XV y XVI se presentan los
datos correspondientes a las cantidades pendientes de cobro o devolución, resultante de los
datos que se contenían en las liquidaciones de la misión y de la información de los libros mayores
de la cuenta 70600001, ya que en los expedientes aportados no constan los documentos
justificativos de los ingresos efectuados por las empresas ni la documentación económica que
permita verificar la regularización efectuada.
No resultó posible comprobar el ingreso de las aportaciones a la misión a Brasil 2010
correspondientes a las otras cámaras ya que la COCIN de Pontevedra contabiliza de forma global
estos ingresos. Si bien las anotaciones contables del libro Mayor de la cuenta 70600003 revelan
ingresos de las Cámaras gallegas por importe superior al que resulta de la aportación
correspondiente, no se obtuvo evidencia del ingreso efectivo que le correspondía abonar por la
participación de las empresas de su demarcación en esta actuación.
Contabilización de los gastos y de los ingresos
Con carácter general, los gastos correspondientes a la ejecución de las actuaciones analizadas se
imputaron al capítulo 10 del presupuesto de gastos, en la cuenta 6100004.
Sin embargo, de la revisión de las anotaciones contables no consta la imputación contable de la
factura expedida por la Cámara Oficial Española de Comercio e Industria de la República
Dominicana (núm. 2907, de fecha 28.09.2011, por importe de 450 euros).
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
53
Es preciso destacar que el registro contable de los gastos no cumple con las exigencias
establecidas en el convenio en el que se dispone que los beneficiarios deberán mantener un
sistema de contabilidad separado o un código contable idóneo que facilite una pista de auditoría
apropiada en relación con todos los gastos relacionados con la inversión realizada al amparo de
este convenio.
La contabilización de la subvención procedente de la Consellería de Economía e Industria se
realiza por el importe global de las actuaciones correspondientes a cada ejercicio. En los dos
ejercicios se registró el ingreso según el criterio de devengo. Se practicó la anotación en la cuenta
70600003 “Ingresos comercio exterior” con fecha 31.12.2010 y 31.12.2011 por importe de
272.391,33 y 103.674,83 euros, respectivamente.
Análisis de los resultados de las actuaciones incluidas en el Plan Foexga
El convenio del Plan Foexga no contempla unos objetivos específicos para cada una de las
actuaciones, más allá del objetivo general de estimular los procesos de internacionalización de
las empresas gallegas.
Entre la documentación justificativa de la subvención, la Cámara debe remitir una memoria de la
actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el Convenio, con
indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
El contenido de las memorias describe de forma resumida las actividades realizadas por los
distintos actores que participan en la actuación pero no ofrece información sobre la
materialización de los resultados o relaciones comerciales conseguidas por las distintas
empresas.
Otra fuente de información para evaluar los resultados de las actuaciones son las encuestas que
la Cámara remite a las distintas empresas participantes una vez finalizada la acción. Sin
embargo, las cuestiones formuladas se orientan a valorar el grado de satisfacción de las
empresas con la organización de la misión pero no se aportan datos sobre la repercusión de la
acción en sus resultados comerciales.
Por lo tanto, no se dispone de datos que permitan evaluar la eficacia y la repercusión que
tuvieron las actuaciones incluidas en el Plan Foexga en los resultados comerciales y en la
capacidad exportadora de las distintas empresas participantes.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
54
II.5.2 Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra
En los años 2010 y 2011, el Ayuntamiento de Pontevedra colaboró económicamente con la
COCIN de Pontevedra en la celebración de los eventos feriales que organiza anualmente la
Cámara: Salón del Turismo de Galicia (FERPALIA), Salón del vehículo y del vehículo de ocasión
(POMOVIL) y PONTUS VETERIS (pasarela de moda).
La aportación económica del Ayuntamiento se articuló mediante la suscripción de sendos
convenios de colaboración (firmados el 24.11.2010 y 29.11.2011) en los que se plasmó el
compromiso de colaboración del Ayuntamiento en la celebración de estos eventos.
La colaboración económica del Ayuntamiento se materializó en las aportaciones económicas que
se reproducen en el cuadro siguiente en el que se refleja el presupuesto previsto de las
actuaciones subvencionadas, las aportaciones económicas comprometidas y el porcentaje de
financiación:
Cuadro 20. Detalle de la financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento de Pontevedra
CERTAMEN PRESUPUESTO
PREVISTO (2010) SUBVENCIÓN
2010 % FINANCIACIÓN
PRESUPUESTO PREVISTO (2011)
SUBVENCIÓN 2011
% FINANCIACIÓN
FERPALIA 116.000 40.000 34 101.480 40.000 39
POMOVIL 79.692 10.000 13 81.066 15.000 19
PONTUS VETERIS 164.597,16 30.000 18 143.651,35 30.000 21
PONTUS VETERIS 164.597,16 35.000 21 164.183,35 30.000 18
TOTAL 524.886,32 115.000 22 490.380,70 115.000 23
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos facilitados por la Cámara.
Se analizaron los expedientes correspondientes a las actuaciones de FERPALIA y POMOVIL de los
años 2010 y 2011 y las dos ediciones de la Pasarela Pontus Veteris celebradas en los meses de
mayo y noviembre de 2011.
Además de las comprobaciones expuestas en el epígrafe II.4, el análisis realizado se centró en la
verificación del cumplimiento de las obligaciones de justificación de la subvención establecidas
en el convenio y en la Ordenanza General reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de
Pontevedra y sus organismos autónomos (BOP nº 190, 30.09.2004).
A) FERPALIA Y POMOVIL
Como resultado de las comprobaciones de cumplimiento de la normativa reguladora de la
concesión de estas subvenciones, se obtuvieron los siguientes resultados:
1. Irregularidades en la justificación de los gastos realizados
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
55
La Cámara justificó el gasto subvencionado con las facturas expedidas inicialmente por la
empresa encargada de organizar los eventos. No consta que le hubiese comunicado al
Ayuntamiento la existencia de documentación que evidencia la disminución de la cuantía de los
gastos justificados. Esta documentación consistió en la expedición de las facturas que se
analizaron en el epígrafe II.4 (cuadro 15) que rectificaron los importes inicialmente facturados
por la realización de las actividades subvencionadas.
Por el contrario, tanto en el año 2010 como en el 2011, entre la documentación justificativa de
la subvención, consta la certificación suscrita por la secretaria de la Cámara en la que se hace
constar que las facturas presentadas como justificantes fueron aplicadas en su totalidad para la
realización de las actividades subvencionadas.
Tal como se expuso en el análisis de la contratación, las facturas rectificativas redujeron el
importe del gasto subvencionado en las cuantías que se reflejaron en el cuadro 15.
Esta circunstancia alteró el porcentaje de financiación estipulado en la cláusula novena del
convenio a cuyo tenor el Ayuntamiento compromete una contribución de hasta el 50% del
importe de los gastos que debe afrontar la Cámara por la organización y celebración de cada uno
de los certámenes camerales previstos en este ejercicio, conforme con el límite total de 115.000
euros -oportunamente desglosados por certamen- para lo cual, en cualquier caso, (la Cámara)
tendrá que presentar a la administración municipal facturas o documentos justificativos
relacionados con las exposiciones feriales, a las que hace mérito el artículo 19 de la mencionada
disposición municipal (ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de
Pontevedra), por el importe concreto del doble de la cantidad definitiva a subvencionar para cada
evento ferial según el límite económico dispuesto.
En el siguiente cuadro se muestra el porcentaje de la reducción del gasto inicial y el porcentaje
que financia el Ayuntamiento en atención al gasto minorado.
Cuadro 21. Financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento atendiendo al gasto rectificado
EVENTO IMPORTE INICIAL IMPORTE DEL
GASTO RECTIFICADO
% DE REDUCCIÓN DEL GASTO
FINANCIACIÓN DEL
AYUNTAMIENTO
% FINANCIACIÓN SOBRE GASTO RECTIFICADO
POMOVIL 2010 81.066 18.000 78 10.000 56
FERPALIA 2010 121.540 103.840 15 40.000 39
POMOVIL 2011 81.066 15.000 81 15.000 100
FERPALIA 2011 101.480 89.680 12 40.000 (*) 57
TOTAL 385.152 226.520 41 105.000 46
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos facilitados por la Cámara.
* Este evento contó con una ayuda de la Diputación Provincial por importe de 20.000 euros, por lo que para calcular el gasto sufragado por la Cámara hay que detraer dicha cuantía al importe del gasto rectificado.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
56
En el caso de POMOVIL, frente a un porcentaje de financiación previsto en el convenio del 13 y
19% del gasto, el Ayuntamiento pasa a financiar el 56% en el 2010 y el 100% en el 2011 del
gasto efectivamente realizado. Se incumple el límite estipulado en el convenio y en la Ordenanza
municipal que dispone que el porcentaje subvencionable no podrá exceder, con carácter general,
del 50% del coste de la actividad a que se aplique excepto que de forma motivada se justifique
que se trata de actividades de especial interés público y/o social, cuestión que deberá ser
aprobada por el órgano competente en el momento de la aprobación (artículo 5 g) ).
En el caso de FERPALIA, en el año 2010 no se excedió el límite si bien se alteró el porcentaje de
financiación que aumenta del 34% inicialmente previsto al 39%.
En el año 2011 la subvención del Ayuntamiento alcanzó el 57% del gasto afrontado por la
Cámara, ya que para sufragar los gastos de FERPALIA 2011, además de la aportación económica
del Ayuntamiento, la Cámara recibió una subvención de la Diputación Provincial de Pontevedra,
concedida mediante resolución presidencial, por importe de 20.000 euros. A esta entidad,
también se le entregó como justificante la factura acreditativa del gasto inicialmente facturado
(núm. 157/11, 22.11.2011), sin que conste la comunicación de la rectificación efectuada en
dicho gasto.
Las reducciones operadas en el gasto, cuya causa no resultó acreditada -como se expresa en el
epígrafe II.4- deberían haber producido una disminución de las cuantías sufragadas por el
Ayuntamiento. El incumplimiento del límite de financiación constituye causa del reintegro
proporcional de las ayudas recibidas a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 c) y f) de la
ordenanza municipal reguladora de las subvenciones.
2. Irregularidades en la justificación del pago de los gastos subvencionados
Según el artículo 18.2 de la Ordenanza General reguladora de las subvenciones del
Ayuntamiento, se considerará gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad
a la finalización del período de justificación determinado por la normativa reguladora de las
subvenciones, excepto que en ésta se establezca disposición expresa en contra que permita la
justificación documental del pago en el plazo de 10 días desde el abono de la subvención por la
tesorería municipal.
El artículo 19.2 c) de la ordenanza municipal establece que las facturas justificativas del gasto
deberán contener el sello de pagado o presentar justificación documental que acredite el pago.
De la revisión de los documentos acreditativos del pago de las facturas se detectaron
inconsistencias entre la documentación que se entregó al Ayuntamiento y la información
disponible en la Cámara, que seguidamente se exponen:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
57
POMOVIL Y FERPALIA 2010
Las facturas correspondientes a la organización de POMOVIL y FERPALIA en el año 2010, que se
presentaron en el Ayuntamiento el 9.12.2010 (registro de entrada núm. 44684), contienen el
sello de pagado.
Sin embargo, a pesar de que las dos facturas incorporaban dicho sello, se verificó que en dicha
fecha aún no estaban pagadas. Asimismo, el pago, que se realizó en fecha posterior
(31.12.2010), no alcanzó el importe íntegro de las facturas sino el importe minorado con las
facturas rectificativas. Esta circunstancia se comprobó con la documentación acreditativa del
pago proporcionada por la Cámara que se relaciona en el Anexo XVII.
POMOVIL Y FERPALIA 2011
Por lo que respecta a la acreditación del pago de las facturas correspondientes a los gastos de
POMOVIL y FERPALIA del año 2011, se detectaron los siguientes hechos:
- La remisión al Ayuntamiento de la documentación justificativa se realizó el 1.03.2012 (registro
de entrada núm. 2012006593). En esa fecha no se entregó la documentación acreditativa del
pago de las facturas.
Transcurrido el plazo previsto para justificar la subvención, y previo requerimiento por parte del
Ayuntamiento (registro de salida núm. 2012021516, 20.06.2012), la Cámara remitió la
documentación acreditativa del pago. En el escrito remitido consta el sello del registro de salida
de la Cámara en el que se indica la fecha (05.07.2012) pero no incorpora el número del registro.
Tampoco consta el sello del registro de entrada de documentos del Ayuntamiento.
La documentación entregada comprendió la copia de dos órdenes de transferencia bancaria
(realizadas el 5.07.2012 desde la cuenta núm. XXX7553), los resguardos bancarios de su
realización y el extracto bancario en el que figuran adeudados los pagos siguientes:
Factura 157/11, del 22.11.2011, correspondiente a la organización de FERPALIA 2011 por
importe de 101.480 €.
Factura 160/11, del 28.11.2011, correspondiente a la organización de POMOVIL 2011 por
importe de 81.066 €.
A pesar de que en la fecha de remisión (5.07.2012) las facturas ya habían sido corregidas a la
baja (el 28.11.2011 y 23.12.2011) se justificó ante el Ayuntamiento el pago del gasto
inicialmente facturado.
- Entre la información facilitada por la Cámara constan dos cheques librados por la empresa
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
58
GRUPO NORTE MCA SL a favor de la Cámara de Comercio de Pontevedra con fecha 5.07.2012,
que coincide con la fecha del pago de las facturas. El importe del cheque núm. 2.334.667-2-
4201-1 asciende a 66.066 € (cantidad que coincide con la factura rectificativa que minoró el
gasto de POMOVIL 2011) y el cheque núm. 2.334.668-3-4201-1 asciende a 11.800 € (importe
que coincide con el de la factura rectificativa que minoró el gasto de FERPALIA 2011).
- El extracto bancario de la cuenta de NovaGalicia Banco núm. XXX7553 refleja un ingreso en la
tesorería de la Cámara, con fecha contable 6.07.2012 (apunte inmediatamente posterior a las
transferencias referidas), con la descripción “ingresos cheques otra entidad” por importe de
77.866,00 euros. Esta cantidad coincide con la suma de los cheques expedidos por la empresa a
favor de la Cámara.
- En el libro Mayor de la cuenta 57200007, representativa de la cuenta bancaria en la que se
practicaron las antedichas operaciones, consta una anotación de fecha 2/07/2012 bajo el
concepto PAGO GRUPO NORTE por importe de 104.680€. Este importe coincide con el resultado
de compensar el importe del pago de las dos facturas de FERPALIA y POMOVIL 2011 (182.546
euros) y el importe del ingreso de los cheques expedidos por GRUPO NORTE MCA SL (77.866
euros).
La contabilización en un mismo asiento contable de la cuantía de los pagos de los gastos de
POMOVIL y FERPALIA 2011 minorada con el importe correspondiente al ingreso de los cheques
de la empresa, contraviene el principio contable de no compensación de ingresos y gastos.
- En cuanto al pago de la factura correspondiente a la organización de FERPALIA 2011, la
Cámara aportó otra información que no coincide con la que se entregó al Ayuntamiento y que se
relaciona en el Anexo XVIII. Esta documentación puso de manifiesto que se libraron dos veces los
pagos de los gastos de la organización de este evento, mediante los cheques emitidos el
31.12.2011 y mediante la transferencia bancaria realizada el 5.07.2012. Sin embargo, no resultó
posible verificar el cargo en la cuenta bancaria de los cheques relacionados en el anexo por lo
que, a pesar de constatarse la duplicación del libramiento del pago, no resultó posible comprobar
la percepción efectiva por la empresa de las cantidades libradas mediante los cheques.
Asimismo, la factura que se entregó a la Diputación Provincial para justificar los gastos de
FERPALIA 2011, contiene el sello de pagado. Sin embargo, en la fecha de presentación de la
documentación en la institución provincial (el 12.03.2012 según consta en el registro de salida
de la Cámara núm. 463, aunque no consta el sello del registro de la Diputación que acredite su
recepción) aún no se había materializado el pago de la factura mediante la transferencia que se
realizó el 5.07.2012. Sin embargo, en esa fecha ya se habían librado los cheques referidos en el
Anexo.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
59
Por lo tanto, de constatarse el cargo de los cheques en las cuentas bancarias de la Cámara, se
debería solicitar el reintegro de las cuantías percibidas indebidamente como consecuencia de la
duplicación de los pagos.
De los hechos anteriormente expuestos, se desprende que la documentación entregada por la
Cámara al Ayuntamiento de Pontevedra ocultó datos que evidencian el incumplimiento de
requisitos exigidos por la ordenanza municipal reguladora de las subvenciones.
Sin embargo, es preciso advertir, como ya se manifestó anteriormente, que se instruyeron
diligencias judiciales por el Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra respecto a las
actuaciones relacionadas con los eventos fiscalizados. En la fecha de redacción de este informe
todavía está pendiente el pronunciamiento judicial.
Los hechos relacionados constituyen indicios de responsabilidad contable lo que podría dar lugar
a la tramitación del procedimiento para su exigencia.
B) Pontus Veteris
Se revisó la documentación justificativa de las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de
Pontevedra para financiar las dos ediciones de la pasarela de moda Pontus Veteris celebradas en
los meses de mayo y noviembre de 2011.
Según la información que consta en el expediente, además de la subvención del Ayuntamiento,
estas actuaciones contaron con financiación procedente de los Fondos FEDER canalizados a
través del CSC.
En el expediente de justificación del gasto figura la información que se refleja en el siguiente
cuadro respecto al presupuesto previsto, los gastos realizados y la distribución de la financiación.
Cuadro 22. Ejecución y distribución de la financiación de PONTUS VETERIS 2011
PONTUSVETERIS PRESUPUESTO
PREVISTO GASTOS
JUSTIFICADOS
FONDOS FEDER
(ACCIONES COMPLEMENTARIAS)
CÁMARA DE COMERCIO (FONDOS PROPIOS)
AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA
Mayo 11 143.651.35 133.497,82 71.698,35 31.799,47 30.000,00
Noviembre 11 164.183,35 155.736,31 84.000,00 41.736,31 30.000,00
TOTAL 307.834,70 289.234,13 155.698,35 73.535,78 60.000,00
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos facilitados por la Cámara.
Como resultado de las comprobaciones realizadas, no se detectaron incidencias significativas, sin
embargo conviene destacar el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 28.6 de
la Ley de Subvenciones de Galicia que dispone que cuando las actividades fueran financiadas,
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
60
además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, el origen y la aplicación de tales fondos a las actividades
subvencionadas.
Según la distribución de la financiación comunicada al Ayuntamiento, la Cámara financiaría con
fondos propios el 25% de los gastos realizados. Sin embargo, de la documentación analizada se
desprende que la Cámara no sufragó íntegramente dicho porcentaje ya que contó con ingresos,
que no fueron comunicados, procedentes de Caixanova (actual Novagalicia banco) y de las
empresas participantes en la pasarela.
Según la información facilitada, Novagalicia Banco aportó un importe total de 22.000 euros, si
bien no se acercaron datos que permitan determinar la imputación de estos ingresos a cada una
de las pasarelas.
En cuanto a la contribución de las empresas, la Cámara no aportó datos que permitan conocer
cómo se determinó la colaboración económica de las empresas participantes en la pasarela ni
cuál es la cantidad que les correspondía financiar. En la contabilidad solamente constan
registrados dos ingresos por importe de 2.000 euros procedentes de dos de las firmas
participantes en la pasarela. Según la información solicitada, las restantes empresas no
ingresaron la aportación correspondiente.
La declaración sobre ayudas concurrentes, firmada por la Secretaría General de la Cámara, no
especifica la totalidad de los ingresos que financiaron esta actuación, sino que se limita a
manifestar el compromiso de comunicar al Ayuntamiento la concesión de cualquier otra ayuda o
subvención.
II.6 AYUDAS CONCEDIDAS POR LA CÁMARA
Las Cámaras de Galicia pueden conceder subvenciones y efectuar donaciones si se encuentran
directamente relacionadas con sus propios fines y no exceden globalmente del 5% del
presupuesto ordinario de ingresos líquidos del Recurso Cameral Permanente de cada ejercicio,
excepto autorización expresa de la Dirección Xeral de Comercio (artículo 42 de la Ley 5/2004, del
8 de julio).
La COCIN de Pontevedra concede anualmente ayudas económicas a asociaciones de
comerciantes, empresarios y otras entidades. A pesar de que fue solicitado, no se certificó la
relación de las subvenciones concedidas en los ejercicios fiscalizados. Se aportó una relación de
las subvenciones otorgadas en los años 2010 y 2011 que se incluye como Anexo XIX. Sin
embargo, la revisión de la contabilidad y de las actas del Comité Ejecutivo reveló que se
concedieron subvenciones que no estaban incluidas en la relación facilitada.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
61
El análisis realizado se centró en la revisión de una muestra de las ayudas integrada por los
expedientes que se relacionan en el Anexo XX. Los trabajos de fiscalización se dirigieron a la
comprobación de los siguientes aspectos:
1. Comprobar la existencia de bases o normas reguladoras para la concesión de las ayudas.
2. Examinar el procedimiento de concesión verificando el cumplimiento de los principios de
publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
3. Analizar el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la ayuda mediante la
comprobación de la justificación documental de los gastos subvencionados.
4. Verificar el cumplimiento del límite cuantitativo establecido en el artículo 42 la Ley Gallega de
Cámaras.
5. Comprobar el registro contable y presupuestario de los gastos analizados.
Como resultado de las comprobaciones realizadas destacan las siguientes observaciones:
- La Cámara de Pontevedra no aprobó unas bases o normas reguladoras para la concesión de las
ayudas. No existe un procedimiento normalizado para su otorgamiento excepto para las que se
conceden con motivo de la campaña de alumbrado de Navidad que representaron el 79% del
importe de las ayudas concedidas en los ejercicios fiscalizados. En este caso se realiza una
convocatoria pública en régimen de concurrencia a.3.
Según informó la secretaria de la Cámara, en el año 2010 la publicidad de la convocatoria de
dichas ayudas se realizó en la página web de la COCIN y mediante la remisión de cartas a las
distintas asociaciones de comerciantes. En el año 2011 la publicidad se limitó a la inserción de la
convocatoria en la página web de la Cámara lo que dio lugar a que alguna asociación formulara
una queja por falta de publicidad. Las solicitudes se presentan en un modelo establecido por la
propia Cámara y se someten a consideración del Comité Ejecutivo que resuelve su aprobación y
la cuantía que se concede.
Las restantes ayudas se conceden directamente a instancia de los solicitantes, sin que se realice
una convocatoria pública que garantice la concurrencia y el acceso en condiciones de igualdad de
los posibles interesados. En varios supuestos, los escritos de solicitud llevan el sello de registro de
entrada de la Cámara pero no incorporan el número de orden del registro de documentos.
a.3 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 12.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
62
Se detectó la concesión de ayudas sin que conste la presentación de la solicitud de subvención.
Son las otorgadas a los siguientes beneficiarios: Autónomos y Pequeñas Empresas de Galicia
(APE), Pontevedra C.F., ICE Imaginación S.L., Asociación Jóvenes Empresarios.
A pesar de que no consta un acuerdo de distribución de competencias para el otorgamiento de
las subvenciones, las ayudas para el alumbrado de Navidad se resolvieron mediante acuerdo del
Comité Ejecutivo y las otras ayudas fueron libradas sin que conste un acuerdo expreso de
concesión. Según la información que consta en la relación facilitada por la secretaria, estas
ayudas fueron autorizadas por el presidente. La única constancia documental de esta
circunstancia, que se encuentra en alguno de los expedientes analizados, consiste en la
inscripción “orden del presidente” o “preparar cheque orden presidente” firmada por la
secretaria de la Cámara, quien manifestó que la autorización se realizaba verbalmente.
- La Cámara no definió de forma objetiva y transparente los proyectos o actuaciones a las que
presta apoyo económico y tampoco aprobó unos criterios que permitan decidir de forma objetiva
y motivada el otorgamiento o denegación de las ayudas que se solicitan. Con carácter general, la
finalidad con la que se colabora económicamente guarda relación con fines propios de la
Cámara, tales como apoyo o fomento del comercio o colaboración en la promoción comercial y
turística, pero el destino de las ayudas concedidas es muy heterogéneo y abarca desde el apoyo
de fiestas populares, a la compra de una bandera para el Pontevedra C.F. o a la celebración de
un congreso de autónomos.
- Las diferencias existentes entre las cuantías otorgadas a los distintos beneficiarios no responden
a criterios objetivos. Incluso en las ayudas de alumbrado navideñas en las que varía el importe en
función de las calles y las bombillas de los arcos de iluminación, no consta la justificación de las
diferencias existentes entre los importes concedidos a las distintas asociaciones de comerciantes.
- No consta que se le dé publicidad a las ayudas que la Cámara concede anualmente. A pesar de
que fue solicitada una certificación en la que se detallasen las solicitudes de colaboración
económica que fueron atendidas y las que fueron denegadas en los años 2010 y 2011, no se
facilitó esta información por lo que no se pudo valorar la transparencia y objetividad en la
decisión de rechazo o no consideración de las posibles solicitudes presentadas.
- Con carácter general, no consta la documentación justificativa de los gastos en los que
incurrieron los beneficiarios para la realización de la actividad subvencionada. Solamente se
aportaron facturas en 3 de los expedientes analizados. Son las subvenciones concedidas a ICE
IMAGINACIÓN S.L., a Pontevedra Club de Fútbol S.A.D y Autónomos y Pequeñas Empresas de
Galicia (APE Galicia).
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
63
En el primer caso no se acredita la realización de los gastos ya que se trata de una factura
expedida a la COCIN de Pontevedra en concepto de patrocinio de Nadal Snow 2010, según
propuesta aceptada. Toda vez que no consta la solicitud de la ayuda ni se aportó la propuesta a
que se refiere la factura no se puede verificar el cumplimiento de la justificación.
En los expedientes de 2011 no constan las facturas justificativas de los gastos pero tampoco
consta el libramiento de la subvención ya que, según la información proporcionada por la
secretaria, a la fecha de realización de los trabajos de campo aún estaban pendientes de pago.
- Por lo que respecta a la comprobación del cumplimiento del límite cuantitativo establecido en el
artículo 42 de la Ley Gallega de Cámaras, según la información proporcionada por la Cámara,
durante los ejercicios fiscalizados el importe de las ayudas concedidas no excedió el porcentaje
establecido en dicho artículo.
- En cuanto a la imputación presupuestaria de estos gastos, si bien la estructura presupuestaria
de la Cámara incluye un concepto específico en el capítulo 11 del presupuesto de gastos
(11.01.04 Campaña alumbrado navideño) en el que se registran los gastos relativos a las ayudas
económicas concedidas para el alumbrado de Navidad, las restantes ayudas se imputaron en
distintas partidas (09.01.02 Fomento del turismo, 09.01.05 Ayudas a centros de investigación,
09.01.06 Conferencias, cursos y seminarios, 10.01.01 Estudios sobre comercio interior) sin que
conste un epígrafe diferenciado para su imputación.
La incorrecta imputación de estos gastos en partidas que no corresponden por su naturaleza,
distorsiona la información ofrecida por la liquidación presupuestaria.
II.7 TESORERÍA
La composición y variación de los saldos de la tesorería de la COCIN de Pontevedra, en los
ejercicios fiscalizados, se reflejan en el siguiente cuadro:
Cuadro 23. Saldos de la tesorería a 31 de diciembre de 2010-2011
EFECTIVO 31.12.2010 31.12.2011 VARIACIÓN ABSOLUTA
VARIACIÓN PORCENTUAL
Caja -355,09 2,00 357,09 101
Bancos 304.697,56 385.186,58 80.489,02 26
TOTAL 304.342,47 385.188,58 80.846,11 27
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos incluidos en las cuentas anuales.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
64
CAJA DE EFECTIVO
La subcuenta 57000000 “Caja, euros” a 31.12.2010 ofrece un saldo final negativo (-355,09€) y
el libro Mayor presenta saldos recurrentes negativos a lo largo de los ejercicios fiscalizados. Esta
circunstancia no se mencionó en la memoria que acompaña a las cuentas anuales ni fue
advertida por el auditor en su informe. Asimismo, el saldo de la caja reflejado en el epígrafe C.1
de las cuentas anuales no incorpora el signo negativo.
Este hecho alertó sobre posibles irregularidades en la contabilización de las transacciones
económicas materializadas en efectivo.
Por otra parte, cinco empleados de la Cámara presentaron un escrito ante la Subdirección Xeral
de Comercio el día 19.12.2012, que se puso en conocimiento de esta Institución con fecha
5.02.2013 (registro de entrada núm.159), en el que denunciaban irregularidades en el
funcionamiento de la caja de efectivo. En concreto advertían de la inexistencia de un libro de
caja, de la ausencia de control en la entrada y salida de las sumas de dinero cobradas a través de
ésta y de la existencia de una segunda caja de caudales en la que se acumularon diversas
cantidades ingresadas en efectivo bajo el único control de la secretaria de la entidad.
Como consecuencia de las irregularidades detectadas en las cuentas anuales y de los hechos
denunciados, los trabajos de fiscalización se orientaron a la comprobación de los siguientes
extremos:
1. Determinación del número de cajas de efectivo existentes en la Cámara.
2. Comprobación de la existencia de mecanismos de control de los movimientos de efectivo.
3. Análisis de los motivos de la existencia de saldos contables negativos.
4. Verificar si las operaciones reflejadas en el libro Mayor de la cuenta 57000000 “Caja, euros”
corresponden con transacciones efectivamente realizadas.
5. Verificar el ingreso material en las entidades bancarias del importe de los recibos cobrados por
caja.
A continuación se exponen los resultados de las comprobaciones realizadas:
1. Determinación del número de cajas de efectivo existentes en la Cámara
La secretaria de la Cámara certificó que en la Cámara existen dos cajas: la denominada Caja
Efectivo que registra los cobros y pagos en efectivo de la entidad y una caja de caudales
destinada a guardar documentos.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
65
En la visita realizada a la Cámara el día 28.02.2013 se verificó que, a pesar de no reunir las
características y garantías de seguridad exigibles, los cajones ubicados en la mesa que ocupa el
encargado de la contabilidad se utilizaban como caja de efectivo; asimismo, se verificó la
existencia de una caja de seguridad ubicada en el despacho de la secretaria.
Se solicitó la apertura de las dos cajas obteniéndose el siguiente resultado:
- En la inspección de los mencionados cajones se verificó que contenían dinero y algunos
documentos. Se realizó un arqueo de las existencias en metálico que ascendían, en dicha fecha,
a 2.590 euros. El resultado se plasmó en un acta de arqueo cuyo resultado no se pudo contrastar
con el saldo contable ya que aún no se había anotado en el libro Mayor de la caja ninguna nota
referida a los movimientos de efectivo realizados en el año 2013.
- En la caja de caudales no se apreció la existencia de dinero en efectivo, si bien con la
inspección visual realizada, teniendo en cuenta la pluralidad de documentos que se encontraban
en la caja, no resultó posible determinar este hecho inequívocamente. Sin embargo, a petición
del equipo fiscalizador, la secretaria certificó que en la caja de caudales durante los ejercicios
2010 y 2011 y hasta la actualidad se guardan únicamente documentos importantes para su
custodia, no siendo utilizada para custodiar efectivo, y en el acta de arqueo certificó que no
existen otros fondos, valores o documentos de valor monetario que no hayan sido mostrados en
el arqueo.
2. Comprobación de la existencia de mecanismos de control de los movimientos de
efectivo
La Cámara no dictó normas en relación con el área de tesorería y movimientos de fondos ni
aprobó ningún procedimiento para la realización de los pagos e ingresos a través de la caja.
Tampoco se formalizan actas de arqueo, ni siquiera a final del ejercicio, lo que impide acreditar
los fondos existentes en la caja en una determinada fecha.
La Cámara no dispone de un libro auxiliar de caja en el que se registren diariamente los cobros y
pagos que se realizan a través de la caja de efectivo.
Según la información facilitada, los ingresos que se materializan a través de la caja de efectivo
son los siguientes:
- La recaudación de recibos del Recurso Cameral Permanente.
- Tarifas por la emisión de certificados de origen y legalización de documentos.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
66
- Tarifas por la expedición de cuadernos ATA y las fianzas que se depositan.
Con respecto a la primera clase de ingresos, se aportó un informe extraído del programa de
recaudación en el que se deja constancia de las fechas, horas e importe de los recibos cobrados
por caja en los años 2010 y 2011.
Con respecto a los restantes ingresos no consta ningún documento en el que se realice el registro
diario de los ingresos materializados a través de la caja de efectivo.
Según manifestó el encargado de contabilidad, a través de la caja se pagan algunos gastos
generales de cuantía mínima (aguas, baterías, ferretería, gastos de conservación y
mantenimiento, etc). Aportó un archivo excel identificado como “Gastos Cámara y recibos por
tesorería 2010 y 2011” en el que se apuntaron movimientos correspondientes a ingresos de
recibos y gastos realizados por caja que no coinciden en su totalidad con los asientos contables
del libro Mayor de la cuenta 57000000. No se aportaron los justificantes acreditativos de los
gastos abonados.
Por lo tanto, la información disponible no permitió determinar con exactitud ni las cantidades
que se ingresaron diariamente en la caja de efectivo de la Cámara ni los pagos que se
materializaron en metálico.
3. Análisis de los motivos de la existencia de saldos contables negativos
No se efectúa un registro cronológico de las operaciones, infringiéndose el principio contable de
registro. Del análisis realizado se desprende que la contabilización de las operaciones
materializadas a través de la caja de efectivo se realiza al final del ejercicio o incluso con
posterioridad. Esta observación se confirma con el extracto de la cuenta de caja (57000000)
correspondiente a los años posteriores.
Así, con fecha 28.02.2013, a petición del equipo de fiscalización, se facilitó un extracto mensual
de los movimientos que hubo entre enero y diciembre de 2012 en la cuenta 57000000 que no
reflejaba más que un saldo inicial de 3.537,69 euros (que no coincide con el saldo final del
ejercicio 2011) y un abono en el mes de enero por importe de 184,24 euros. La consulta
efectuada el 7.03.2013 de los apuntes practicados en la misma cuenta desde el 1.01.2013 no
refleja más anotaciones que un saldo anterior de -182,24 euros.
Por otra parte, el análisis de los asientos contables de los ejercicios 2010 y 2011 reveló que se
contabilizaron salidas de efectivo de la caja, registrándose ingresos en la cuenta prácticamente
hasta final del ejercicio sin que se hubiera contabilizado previamente la entrada de dinero. Esta
práctica irregular provocó la existencia de saldos negativos recurrentes.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
67
Pese a que el informe del programa de recaudación refleja la existencia de cobros por caja a lo
largo del ejercicio, en la cuenta 5700000 no se contabilizó ningún asiento de cobro hasta el
último trimestre en el que se realiza una única anotación bajo la descripción de “recibos
cobrados por caja”. Además, no coincide el importe de este asiento con la cantidad que resulta
del informe de recaudación existiendo las siguientes discrepancias:
Cuadro 24. Discrepancias entre la información contable y el informe del programa de recaudación
EJERCICIO INFORMACIÓN DEL LIBRO MAYOR DE CAJA INFORME DEL PROGRAMA
DE RECAUDACIÓN DIFERENCIAS
FECHA CONCEPTO IMPORTE
2010 31.12.2010 Recibos cobrados por caja 17.094,50 18.021,43 -926,93
2011 29.11.2011 Recibos cobrados por caja 6.634,67 5.816,80 817,87
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos aportados por la Cámara.
Las diferencias expuestas en el cuadro no fueron explicadas por los responsables de la entidad.
4. Verificar si las operaciones reflejadas en el libro Mayor de la cuenta 57000000
“Caja, euros” se corresponden con transacciones efectivamente realizadas
Se seleccionó una muestra a partir de los apuntes contabilizados en esta cuenta y se solicitó la
documentación justificativa de las entradas y salidas de efectivo reflejadas en los asientos
contables. No fue aportada dicha justificación y el encargado de la contabilidad manifestó que
no todos los movimientos registrados contablemente respondían a operaciones efectivamente
realizadas.
Con el fin de aclarar esta afirmación, se requirió un informe sobre los cobros y pagos que
figurando en el libro Mayor de la cuenta 5700000 se correspondiesem con entradas o salidas
reales de efectivo. Respecto de los movimientos reales se solicitó la documentación justificativa
de los pagos o ingresos correspondientes y, con respecto a los otros, cuál fue el motivo de su
registro indicando el hecho económico y la documentación que soporta su anotación.
No se facilitó el informe solicitado, sin embargo se indicaron los movimientos que no
correspondían con una transacción real. Esta información se reproduce en el Anexo XXI. No se
explicaron las razones que motivaron dichas anotaciones contables.
Los asientos calificados como reales describían salidas de efectivo (bajo el concepto “recaudación
recibos”, “ingreso recibos”, ”ingreso efectivo”, “ingreso efectivo cámara” o “certificados caja”)
que, según manifestó el encargado de la contabilidad, se ingresaban en las entidades bancarias.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
68
Con el fin de verificar la realidad de estas anotaciones se compararon las anotaciones del libro
Mayor de caja con los movimientos reflejados en los extractos bancarios de las cuentas en las
que se realizaron los ingresos. De esta comprobación resultó lo siguiente:
- La información contable refleja que durante el año 2010 se ingresaron 13.450,21 euros en la
cuenta 57200002 (cuenta núm. XXX3142 abierta en el Banco de Galicia, actualmente Banco
Popular). Sin embargo, la información del extracto bancario confirma imposiciones de ingresos
por importe de 12.630,21 euros.
- Durante el año 2011, según las anotaciones contables, los ingresos de efectivo en las entidades
bancarias ascendieron a 3.363,97 euros y se depositaron en las cuentas 57200001 (cuenta núm.
XXX2145 del Banco de Galicia, actualmente Banco Popular) 57200002 (cuenta núm. XXX3142)
y 57200007 (cuenta núm. XXXXX17552 de Novacaixagalicia, actualmente Novagalicia Banco).
En los extractos bancarios se confirmaron imposiciones de ingresos por importe de 3.241,26
euros.
Los ingresos que no se verificaron en los extractos bancarios de las cuentas de imputación
corresponden a los siguientes asientos:
FECHA CONCEPTO DOCUMENTO IMPORTE CONTRAPARTIDA
4.10.2010 Ingreso efectivo Cámara No consta 820,00 57200002
3.06.2011 Recaudación recibos I112 150,00* 57200001
15.07.2011 Recaudación recibos I171 122,71 57200002
TOTAL 1.092,71
*No se verificó el ingreso en la cuenta 57200001, pero en el extracto bancario de la cuenta 57200002, consta un ingreso de efectivo por
ventanilla de 150,00 euros el 3.06.2011, por lo que puede tratarse de un error en la cuenta de imputación.
En la revisión efectuada se detectaron otras incidencias que revelan la escasa fiabilidad de las
anotaciones contables. Así, se detectó la existencia de dos resguardos de ingresos bancarios que
corresponden a certificados de origen que fueron cobrados por caja y sin embargo no se
contabilizaron en el libro Mayor de la cuenta 57000000. Son los siguientes:
FECHA CONCEPTO DOCUMENTO IMPORTE CUENTA
14.07.2011 6 certificados de origen I170 72,00 57200007
21.07.2011 8 certificados de origen I174 96,00 57200007
Total 168,00
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
69
5. Verificar el ingreso material en las entidades bancarias del importe de los recibos
cobrados por caja
El único documento que ofrece información sobre los cobros realizados diariamente por caja es el
informe del programa de recaudación en el que se relacionan los recibos del Recurso Cameral
Permanente que fueron cobrados en efectivo en los años 2010 y 2011.
Según informó al encargado de la contabilidad, las cantidades que se cobraban por caja se
ingresaban casi a diario en las entidades bancarias, en el Banco de Galicia en 2010 y en el año
2011 también en NCG banco. Sin embargo, la documentación analizada no corrobora esta
afirmación ya que la periodicidad de cobros de los recibos que consta en los informes del
programa de recaudación no coincide con las fechas de los ingresos de efectivo en las entidades
bancarias.
Para verificar que el dinero cobrado por caja se ingresó en la correspondiente entidad bancaria se
partió de los informes del programa de recaudación y se comparó el importe global de los cobros
en efectivo con el sumatorio de los importes correspondientes a las salidas de efectivo descritas
en el libro Mayor de caja como “ingreso efectivo cámara”, “recaudación recibos” o “ingreso
efectivo” cuya veracidad confirmaban los extractos bancarios. Sin embargo, esta prueba se
realizó con la limitación de que no se aportó la evidencia de que dichos ingresos se
correspondían con las cantidades procedentes del cobro del RCP ya que, a pesar de ser
solicitada, no entregaron la documentación soporte de dichas anotaciones.
Los resultados de las comprobaciones realizadas fueron los siguientes:
- La recaudación por caja correspondiente a los recibos del RCP, cobrados entre el 1.01.2010 y
31.12.2010, ascendió, según el informe del programa de recaudación, a 18.021,43 euros. Sin
embargo, el libro Mayor de la cuenta de caja refleja ingresos de efectivo en la cuenta 57200002,
verificados con el extracto bancario, por importe de 12.630,51€.
- La recaudación por caja correspondiente a los recibos del RCP, cobrados entre el 1.01.2011 y
31.12.2011, ascendió, según el informe del programa de recaudación, a 5.816,80 euros. Sin
embargo, el libro Mayor de la cuenta de caja refleja ingresos de efectivo en las cuentas
57200002 y 57200007, verificados con el extracto bancario, por importe de 2.941,26€.
Por lo tanto, del importe global de los recibos cobrados por caja en los años 2010 y 2011, no se
obtuvo evidencia del ingreso en las entidades bancarias de 8.266,46 euros (5.390,92€ de los
cobros del año 2010 y 2.875,54 € de los cobros del año 2011).
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
70
Según las explicaciones del encargado de contabilidad, el dinero que no se ingresó en las
entidades bancarias se destinó al pago de diversos gastos que no se registraron en la
contabilidad de la Cámara y de los que no se aportaron justificantes.
Como documentación soporte de dichas explicaciones facilitó el archivo excel en el que se
relacionan cantidades descritas como “gastos cámara” cuyo importe global ascendió a
4.828,01€ en el año 2010 y a 2.304,06 en el año 2011.
Solicitados los justificantes de estos gastos, aportó un extracto de los movimientos de la cuenta
del Banco de Galicia núm. XXX3142 que refleja apuntes bancarios de ingresos por cantidades
coincidentes con las que se relacionan como “gastos cámara” en el mencionado archivo.
Atendiendo a la descripción de dichos apuntes se trata de traspasos entre cuentas efectuados
desde otra cuenta de la Cámara abierta en la misma entidad. Esta documentación no constituye
evidencia justificativa de los gastos abonados con el dinero ingresado por caja.
Por lo tanto, no se aportó evidencia del destino de los cobros en metálico correspondientes a la
recaudación de los recibos del Recurso Cameral Permanente por importe de 8.266,46 euros.
Si bien las debilidades de la información ofrecida y las deficientes explicaciones aportadas por las
personas responsables, no permiten emitir un pronunciamiento inequívoco sobre el menoscabo
producido en los caudales de la Cámara, los hechos expuestos, unidos a la ausencia de control
de los movimientos de efectivo, ponen de manifiesto que no está garantizada la integridad de los
fondos manejados a través de la caja de efectivo.
Las incidencias expuestas constituyen indicios de responsabilidad contable. En el trámite de
alegaciones no se aportó documentación justificativa del destino de estos fondos, lo que podría
dar lugar a la tramitación del procedimiento para su exigencia a.4.
BANCOS
Se solicitó a la secretaria de la Cámara una relación certificada de las cuentas bancarias con las
que operaba la entidad con el detalle de la siguiente información: entidad bancaria, número de
cuenta, tipo de cuenta, fecha de apertura y/o cancelación, así como los saldos a 31.12.2010 y
31.12.2011. Esta documentación no fue facilitada.
a.4 Párrafo modificado en el trámite de alegaciones.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
71
La identificación de las cuentas corrientes en la contabilidad es deficiente; en algunos casos no
se expresaban los dígitos de las cuentas y en otros se hacía de forma incompleta. Asimismo, no
se adaptó la denominación de las entidades financieras y de las cuentas corrientes a las surgidas
tras los procesos de fusión y absorción de las distintas entidades. Este hecho dificultó la
correspondencia entre las cuentas comunicadas por las entidades bancarias y las que constan en
la contabilidad.
Según el informe de auditoría que acompaña las cuentas anuales, las existencias en las entidades
financieras a 31.12.2010 y 31.12.2011 presentan el siguiente detalle:
Cuadro 25. Existencias en las entidades financieras a 31 de diciembre 2010 y 2011
CUENTA FINANCIERA
DESCRIPCIÓN CONTABLE SALDO A 31.10.2010 SALDO A 31.12.2011
57200001 Banco de Galicia c/2145 43.974,12 37.519,89
57200002 Banco de Galicia c/555776 1.230,12 935,70
57200003 Banco de Galicia Post PIPE 5.523,41 898,17
57200004 Banco de Galicia PIPE 6.291,30 2.004,07
57200005 Banco Pastor c/ 122644 2.009,53 37.423,41
57200010 Banco Simeón c/ 747773 659,12 8.180,03
57200007 Caixanova c/17552 70.995,45 150.531,86
57200008 Caixanova c/ 400258 3,56 3,56
57200011 Caixanova Ayuda nuestras Rías 10.832,00 817,00
57200012 Caixanova c/ Vivero de empresas 91.289,00 16.766,08
57200013 Caixa Galicia 889,95 1.106,81
57200014 Caixa Galicia c/ plazo fijo 71.000,00 71.000,00
57200015 Novagalicia a plazo fijo _______ 58.000,00
TOTAL 304.697,56 385.186,58
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos del informe de auditoría que acompañan las cuentas anuales.
De la respuesta a las solicitudes de confirmación de saldos remitidas a las entidades financieras
se obtuvo el siguiente resultado:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
72
- La entidad Novagalicia Banco no comunicó los saldos de las cuentas abiertas en esa entidad a
31.12.2010. A pesar de las reiteradas peticiones de información a la Secretaría de la Cámara, no
se facilitó ninguna documentación que acredite los saldos bancarios a dicha fecha. Por lo tanto,
no se pudo verificar la coincidencia de los saldos contables y bancarios. Este hecho representa
una limitación en el análisis de la representatividad de estas cuentas y en la verificación de la
integridad de los fondos.
- Respecto a la cuenta abierta en el Banco Pastor (actualmente perteneciente al grupo Banco
Popular) la entidad bancaria no comunicó los saldos a 31.12.2010 y 31.12.2011, sino que
facilitó el dato a 10.10.2012.
- La respuesta de las entidades financieras reveló la existencia de cuentas bancarias que no
figuran en la contabilidad de la Cámara. Son las siguientes:
ENTIDAD IDENTIFICACIÓN DE LA
CUENTA FECHA DE SALDO 31.12.2010 SALDO 31.12.2011
Banco Pastor XXX010 13.09.2000 0,00 0,00
Novagalicia Banco XXXX250 25.06.2008 No comunicaron saldo 0,00
Novagalicia Banco XXXX2047 27.09.2011 No comunicaron saldo 0,00
Novagalicia Banco XXXX1772 07.04.2000 No comunicaron saldo 0,00
Según la información facilitada por la Cámara, la cuenta abierta en el Banco Pastor se trata de
una cuenta de recaudación interna del Banco desde la que se realizan traspasos a la cuenta
57200002.
Respecto a las cuentas abiertas en Novagalicia Banco, se solicitó información a la secretaria de la
Cámara sobre los siguientes aspectos: naturaleza de las cuentas, los movimientos realizados en
los años 2010 y 2011 y el control ejercido por la Cámara. No se aportó ninguna información que
permita aclarar dichas cuestiones.
- La confrontación de los saldos contables y bancarios, con las limitaciones anteriormente
indicadas, evidenció la existencia de diferencias en los saldos de algunas de las cuentas. En el
siguiente cuadro se reproduce el resultado del trabajo de conciliaciones de saldos:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
73
Cuadro 26. Conciliación de saldos contables y bancarios
CUENTA FINANCIERA
DESCRIPCIÓN CONTABLE (1)
SALDO CONTABLE
A 31.10.2010
SALDO BANCARIO A 31.10.2010
DIFERENCIAS SALDO
CONTABLE A 31.12.2011
SALDO BANCARIO
A 31.10.2011
DIFERENCIAS
57200001 Banco de Galicia c/2145 43.974,12 43.604,52 +369,60 37.519,89 38.119,89 -600
57200002 Banco de Galicia c/555776 1.230,12 1.230,12 0,00 935,70 935,70 0,00
57200003 Banco de Galicia Post PIPE 5.523,41 5.523,41 0,00 898,17 898,17 0,00
57200004 Banco de Galicia PIPE 6.291,30 6.291,30 0,00 2.004,07 2.004,07 0,00
57200005 Banco Pastor c/ 122644 (2) 2.009,53 2.009,53 0,00 37.423,41 37.423,41 0,00
57200010 Banco Simeón c/ 747773 659,12 659,12 0,00 8.180,03 8.180,03 0,00
57200007 Caixanova c/17552 70.995,45 No hubo respuesta
bancaria ___ 150.531,86 150.531,86 0,00
57200008 Caixanova c/ 400258 3,56 No hubo respuesta
bancaria _____ 3,56 0,00 3,56
57200011 Caixanova Ayuda nuestras Rías 10.832,00 No hubo respuesta
bancaria _______ 817,00 802,00 15,00
57200012 Caixanova c/ Vivero de empresas
91.289,00 No hubo respuesta
bancaria _______ 16.766,08 16.859,08 -93,00
57200013 Caixa Galicia 889,95 No hubo respuesta
bancaria _____ 1.106,81 1.185,33 -78,52
57200014 Caixa Galicia c/ plazo fijo 71.000,00 No hubo respuesta
bancaria ____ 71.000,00 71.000 0,00
57200015 Novagalicia a plazo fijo _______ No hubo respuesta
bancaria _____ 58.000,00 58.000 0,00
TOTAL 304.697,56 XXXX 369,60 385.186,58 385.939,54 -752,96
Fuente: Elaboración propia. A partir de los saldos contables y la respuesta de las entidades financieras.
(1) La deficiente identificación de las cuentas bancarias en la contabilidad de la Cámara, que en algunos casos no refleja de forma íntegra el número de las cuentas y en otros no incluye ningún dígito, dificultó la verificación de la correspondencia entre las cuentas contables y bancarias. Sin embargo, se presumió la identidad de las cuentas en aquellos casos en que existe coincidencia entre el saldo contable y bancario. (2) El saldo comunicado por el Banco Pastor se refiere a 10.10.2012. El saldo bancario a 31.12.2010 y 31.12.2011 se verificó en el extracto bancario.
Pese a las diferencias que se reflejan en el cuadro anterior, la Cámara no incorporó a las cuentas
anuales ni aportó un documento de conciliación de saldos.
Solicitada explicación de las diferencias y la conciliación entre los saldos contables y bancarios,
no se justificaron las discrepancias que afectan a la cuenta 57200001. Según la información
proporcionada por el encargado de la contabilidad, responden a apuntes contables que él no
registraba. Asimismo, manifestó que dichas divergencias se habían puesto en conocimiento del
auditor, sin que conste ninguna mención en el informe de auditoría.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
74
Las discrepancias que afectan a las cuentas 57200012 y 57200013 fueron explicadas y se
verificó en los extractos bancarios que respondían a que no se contabilizaron los siguientes
movimientos:
Cuadro 27. Conciliación de las diferencias de los saldos contables y bancarios de las cuentas 57200012 y 57200013
CUENTA FECHA
CONTABLE CONCEPTO FECHA VALOR IMPORTE SALDO
57200012
12.12.2011 Traspaso de Cámara de Comercio, industria y Navegación
12.12.2011 (*)108,00 16.874,08
17.12.2011 Comisión mantenimiento 17.12.2011 -15,00 16.859,08
57200013
25.11.2011 Intereses cuenta 25.11.2011 91,87 1.090,68
05.12.2011 Intereses cuenta 03.12.2011 109,65 1.200,33
17.12.2011 Comisión mantenimiento 17.12.2011 -15,00 1.185,33
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de los extractos bancarios.
(*) Este movimiento se imputó erróneamente en la cuenta 57200013
TARJETAS DE CRÉDITO
La secretaria de la Cámara certificó que no existe ninguna tarjeta de crédito expedida a nombre
de ningún miembro del Pleno ni del personal de la Cámara.
II.8 ACTIVIDADES Y FUNCIONES
En el presente epígrafe se aborda el análisis de las principales funciones desarrolladas por la
Cámara de Pontevedra durante los ejercicios fiscalizados.
El análisis se centró en el ejercicio de las funciones público-administrativas que la legislación
cameral atribuye a estas entidades ya que, por una parte, su desarrollo justifica la naturaleza de
las Cámaras como corporaciones de derecho público y, por otra, la relevancia de dichas
funciones fue uno de los argumentos utilizados tradicionalmente por la doctrina y la
jurisprudencia constitucional (STC 107/1996) para justificar la adscripción obligatoria a las
cámaras de comercio.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
75
Las funciones público-administrativas se relacionan en el artículo 2 de la Ley estatal de cámaras
que establece la siguiente clasificación:
- Las funciones que corresponden a todas las Cámaras con el carácter de básicas (artículo 2.1).
- Las funciones que determine cada Comunidad Autónoma (artículo 2.2), que se relacionan en el
artículo 4.2 de la Ley gallega de cámaras.
- La facultad genérica para llevar a cabo toda clase de actividades que contribuyan a la defensa,
apoyo o fomento del comercio, la industria y navegación, o que sean de utilidad para el
desarrollo de las indicadas finalidades y, en especial, establecer servicios de información y
asesoramiento empresarial (artículo 2.3).
En el anexo XXII se ofrecen las funciones relacionadas en la normativa estatal y autonómica
agrupadas en atención a las áreas de actividad de mayor relevancia.
Se entregó una encuesta relativa al ejercicio por la COCIN de Pontevedra de las funciones
público-administrativas con el objetivo de determinar las que se desarrollaron efectivamente y su
alcance real en los ejercicios fiscalizados. A pesar de los reiterados requerimientos a la Secretaria
de la entidad, no se obtuvo respuesta.
Los datos que se ofrecen a continuación se extrajeron de las memorias de actividades y servicios
de la Cámara, de documentación proporcionada durante el transcurso de los trabajos de
fiscalización y de las actas del Pleno y del Comité Ejecutivo.
Para analizar las actividades desarrolladas, las funciones públicas se agruparon en cinco áreas:
formación, asistencia a las empresas, apoyo a la internacionalización, colaboración con las
administraciones públicas y las funciones censales y estadísticas.
1. Formación
La Cámara desarrolla, en los años fiscalizados, diversas actividades formativas que consisten en
la realización de cursos, seminarios y jornadas vinculados mayoritariamente con la función
pública administrativa de difundir e impartir formación no reglamentada referente a la empresa.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
76
Las actividades realizadas figuran en las siguientes tablas:
Cuadro 28. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2010
PROGRAMA FINANCIACIÓN NOMBRE DE LA ACCIÓN FORMATIVA
Nº ALUMNOS
Creación y consolidación de empresas
YNCIDE,FSE, Consellería de Traballo y Cámara
Formación para la creación y consolidación de empresas 25
Emprendedores en el comercio
FSE, Ministerio de Industria y Cámara
Proyecto de formación emprendedores en el comercio 25
Feria del conocimiento FSE y Cámara
Jornada de la innovación y transferencia del conocimiento 20
Encuentros 1x1 20
Intensificación 15
Fomento del espíritu emprendedor en la escuela
FSE, Ministerio de Educación, CSC y Cámara
Formación para el fomento del espíritu emprendedor en la escuela
386
Red Genera Feder y cámaras
Desarrollo e implantación de proyectos biodiesel. 36
Desarrollo e implantación de proyectos de bio gas 21
Desarrollo e implantación de proyectos de cogeneración-trigeneración
18
Desarrollo e implantación de proyectos de biomasa 25
Convocatoria acciones formativas ocupados. Consellería de Traballo
FSE Gestión de empresas ante la crisis 13
Formación general Fondos propios Nuevas tendencias y oportunidades de negocio en materia de gestión de residuos
120
Formación general Matrículas V jornadas sobre la Ley Concursal 140
Formación general Fondos propios Yo quiero vender por internet 15
Formación general Fondos propios Financiación para Pymes a nivel comunitario. Gestión de proyectos europeos
27
Formación general Fondos propios Innovación, desarrollo y gestión de la innovación 15
Formación general Fondos propios Sesiones de formación de DNI electrónico 10
Formación general Fondos propios La administración electrónica: una administración sin papeles 10
Total 841
Fuente: elaboración propia a partir de la información proporcionada por la Cámara
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
77
Cuadro 29. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2011
PROGRAMA FINANCIACIÓN NOMBRE DE LA ACCIÓN FORMATIVA Nº
ALUMNOS
Creación y consolidación de empresas
YNCIDE,FSE, Consellería de Traballo y Cámara
Formación para la creación y consolidación de empresas 26
Emprendedores en el comercio
FSE, Secretaría Xeral de Comercio y Cámara
Calidad del servicio en el comercio al por menor 23
Función directiva del comerciante 24
Organización societaria 21
Gestión de ventas y gestión de compras 17
Técnicas de venta y política de comunicación 16
Feria del conocimiento FSE y Cámara
Encuentros 1x1-construccion 21
Jornada de la innovación y transferencia del conocimiento 34
Encuentros 1x1-industria 19
Encuentros 1x1 44
Fomento del espíritu emprendedor en la escuela
FSE, Ministerio de Educación, CSC y Cámara
Formación para el fomento del espíritu emprendedor en la escuela
358
Integración de inmigrantes FSE, Ministerio de Trabajo, CSC y Cámara
Programa formativo para la integración socio-laboral de inmigrantes
164
Formación general Matrículas I máster en community manager plus 30
Formación general Fondos propios Medidas para la regularización y control del empleo sumergido 10
Formación general Matrículas Seminario reducción de costes y gestión de compras 6
Formación general Matrículas Taller práctico: comunicación, redes sociales y marketing on line, geoposicionamiento y móviles
27
Formación general Matrículas VI jornadas sobre la Ley Concursal 134
Red Genera Feder y cámaras Jornada ecored: Herramienta informática de gestión de residuos 22
Formación general CSC, FSE y Ministerio de Sanidad e Igualdad
Jornadas de gestión de la igualdad de oportunidades en la empresa
23
Total 1.019
Fuente: elaboración propia a partir de la información proporcionada por la Cámara
De la anterior información se desprende que, junto con la formación general organizada por la
propia Cámara, se desarrollan, mayoritariamente, acciones formativas integradas en los
programas que coordina el CSC, el CGC y la Xunta de Galicia:
En concreto, en los años 2010 y 2011 la Cámara colabora, mediante la formalización de los
correspondientes convenios, en los siguientes programas del Consello Superior de Cámaras:
Emprendedores en el Comercio. Dirigido a combatir la alta tasa de desaparición de
pequeñas empresas comerciales en los primeros años de su existencia, que se debe en parte a
la falta de formación del empresario autónomo. Para eso, el programa les proporciona una
formación que haga que su negocio subsista en un mercado cada vez más competitivo.
Feria del conocimiento. Destinado a potenciar mecanismos estables de cooperación
público-privada, establecer nexos entre las infraestructuras del conocimiento y las empresas,
fomentar la formación continua de las empresas y estimular la demanda de las empresas para
fomentar la adaptabilidad y el dinamismo del tejido empresarial.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
78
Creación y Consolidación de Empresas. Dirigido a emprendedores/as y/o
empresarios/as que cuenten con una idea y deseen estudiar su viabilidad o consolidar y
ampliar el negocio ya existente.
Fomento del Espíritu Emprendedor en la Escuela. Orientado a promover y fomentar
la cultura emprendedora entre los alumnos de Formación Profesional, ESO y Bachillerato.
Programa Formativo de Integración Social y Laboral para Inmigrantes. Destinado
a la integración completa del trabajador inmigrante y cubrir las necesidades del mercado de
trabajo.
En el año 2010 la Cámara como socio del programa Red Genera, que lidera el Consello Galego
de Cámaras, ejecuta las cuatro acciones formativas enumeradas en la tabla anterior.
También realiza en el año 2010 el curso “Gestión de la empresa ante la crisis”, dirigido a
ocupados, subvencionado por la Xunta de Galicia y cofinanciado por el FSE.
La Cámara no desarrolla dos de las principales funciones que la normativa prevé en formación: a)
colaborar con las administraciones educativas en la gestión de la formación práctica en los
centros de trabajo incluido en la enseñanza de Formación Profesional reglada -selección y
homologación de centros de trabajo y empresas, designación de tutores de los alumnos, control
del cumplimiento de la programación (art.2.a de la Ley Básica de Cámaras); b) colaborar en los
programas de formación permanente establecidos por las empresas, por centros docentes
públicos o privados o por las administraciones públicas competentes (artículo 4.2.a de la Ley
gallega de cámaras).
2. Asistencia a Empresas
La Cámara de Pontevedra emitió 558 certificados de origen en el año 2010 y 614 en el año
2011. El certificado de origen es un documento que acredita el país de origen de las mercancías
y lo solicitan las empresas exportadoras para cumplir los requisitos aduaneros.
También emitió 14 cuadernos ATA, cinco en el año 2010 y nueve en el año 2011. El cuaderno
ATA es un documento de admisión temporal de mercancías válido en los países miembros de la
Cadena Ata que permite viajar temporalmente con determinadas mercancías (que no sean de
naturaleza perecedera), para ser mostradas en ferias y exposiciones, para realización de trabajos
de tipo profesional o bien para exhibición de muestrarios.
Además de las referidas funciones, la Cámara de Pontevedra colaboró en distintos programas de
apoyo dirigidos a las empresas, entre los que destacan los siguientes:
Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM), que persigue sensibilizarlas hacia el
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
79
autoempleo y la actividad empresarial. Está liderado por el CSC y cuenta con el apoyo financiero
del FSE y de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad. No resulta posible
determinar el número de beneficiarias del programa, ya que el único dato disponible en la
memoria de la Cámara del año 2010 recoge los datos agregados desde el año 2005 al año 2010
que incluye un total de 439 usuarias.
Programa RedGenera, liderado por el CGC, que tuvo como objetivo el fortalecimiento del sector
de la valorización y reciclado en la eurorregión Galicia-Norte de Portugal. El proyecto tuvo una
duración de 24 meses y finalizó a finales del año 2010. En ese año la Cámara, como socio del
proyecto, realizó cuatro talleres de difusión en los sectores de la construcción, del textil, del
metal, mecánico y en el agroalimentario, con un total de 51 asistentes. Un total de 18 empresas
fueron auditadas por R Agents.
La Cámara organizó diversos eventos feriales en colaboración con el Ayuntamiento de
Pontevedra y con el CSC. En los años 2010 y 2011 las actividades feriales más destacadas fueron
POMOVIL, FERPALIA y PONTUS VETERIS.
Asimismo, la Cámara cuenta con un vivero de empresas con siete despachos, en los que ponen a
disposición de los emprendedores locales una infraestructura física y una serie de servicios de
asistencia. Están destinados a favorecer la puesta en marcha de empresas que están
comenzando su actividad.
Ni en la memoria, ni en la documentación facilitada por la Cámara consta información sobre las
funciones de arbitraje mercantil nacional e internacional establecidas por la Ley básica de
Cámaras ni de las de arbitraje de consumo e institucional establecidas por la Ley gallega de
cámaras.
3. Apoyo a la internacionalización
Las actividades de comercio exterior que realiza la Cámara se encuadran en el denominado Plan
Cameral de las Exportaciones que constituye el instrumento fundamental en el proceso de
internacionalización de las empresas. El Plan está regulado en la Ley Básica de Cámaras, y se
elabora periódicamente de forma coordinada a nivel nacional, con la participación de las
cámaras, la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo, Turespaña y las comunidades
autónomas. Antes de la modificación realizada por el RD Ley 13/2010, las dos terceras partes de
las cuotas del Impuesto de Sociedades estaban afectadas a la financiación de este Plan.
El Plan contempla actividades de promoción, formación, información y turismo.
En los años fiscalizados, la Cámara desarrolla mayoritariamente actuaciones de promoción, que
cuentan con la participación de las empresas y consisten en el apoyo directo a su
internacionalización. Se materializan en la realización de misiones comerciales directas, inversas y
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
80
estratégicas, visitas a ferias y la prestación de servicios de apoyo, asistencia y asesoramiento
mediante la contratación de un promotor de negocios que desarrolla su actividad en Brasil.
Dichas actuaciones se financian fundamentalmente al amparo del Plan Foexga.
En los anexos XI y XII se describen las distintas actuaciones incluidas en el Plan Foexga que
forman parte del denominado Plan Cameral de Exportaciones.
Las actividades formativas en comercio exterior se concretaron en la realización de dos
seminarios: “Exigencias y procedimientos previos para la exportación de productos pesqueros a
Brasil” (2010) y “Enoturismo” (2011).
Junto a las anteriores actividades, también se incluyen en el Plan Cameral los siguientes
programas:
El Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE). El PIPE es un programa de ayuda a las
Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) españolas para su iniciación práctica en la exportación.
Está organizado y dirigido por el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) y el Consejo
Superior de Cámaras de Comercio (CSC), con la colaboración de las Comunidades Autónomas y
las Cámaras de Comercio, y con el apoyo de los fondos FEDER de la Unión Europea.
El programa persigue incorporar la exportación como una actividad permanente y estable en la
empresa, ofreciendo el apoyo que necesita para comenzar a exportar. El PIPE sigue a la empresa
en todo el proceso de decisión para conseguir su internacionalización, con un programa de dos
años de duración dividido en tres fases.
Según la información que consta en la memoria de comercio exterior, en el año 2010
participaron en el programa PIPE 10 empresas en el período 2008-2010 y en el año 2011 un
total de 6 pertenecientes a distintos sectores: textil, conservas, fabricación de muebles, editorial,
vinos, moldes de inyección, cría y matadero de conejos.
El programa de seguimiento PIPE se puso en marcha para seguir prestando apoyo a las
empresas que finalizaron el PIPE, con el fin de que puedan consolidarse en el exterior. En este
programa también participan el ICEX,CSC, las Cámaras de Comercio y las Comunidades
Autónomas.
El objetivo del programa de seguimiento PIPE es conseguir que las empresas que participaron en
el PIPE se consoliden como exportadoras estables, con un programa que favorece el trabajo
continuado y la implantación de los productos y marcas en los mercados exteriores.
Según la información que consta en la memoria de comercio exterior, en el año 2010
participaron 5 empresas en el programa de seguimiento y en el año 2011 fueron 3 las empresas
participantes.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
81
4. Asesoramiento y colaboración con las administraciones públicas
Como órganos consultivos las cámaras pueden emitir informes preceptivos, que formulan en
virtud de una disposición legal, o pueden elevar a las administraciones cuantas reformas o
medidas crean necesarias para el fomento del comercio, la industria y la navegación, así como
emitir informes sobre los estudios, trabajos y acciones que se realicen sobre la ordenación del
territorio, medio ambiente y localización industrial y comercial.
En las memorias de la Cámara no consta información referida a la elaboración de informes o
propuestas, durante los ejercicios analizados. Tampoco se dispone de datos sobre la participación
en diferentes órganos consultivos de la Administración Autonómica o de otras instituciones
públicas ni consta información sobre las actividades de tramitación de programas públicos de
ayudas a las empresas y la gestión de servicios públicos.
5. Censales y estadísticas
La Cámara elabora el censo público de las empresas ubicadas en su demarcación. No consta
información sobre la elaboración y publicación de estadísticas y estudios de los sectores
comerciales, industriales y navieros.
Del elenco de las funciones público-administrativas atribuidas a las Cámaras, solamente
constituye una función propia y exclusiva de las cámaras de comercio la consistente en la
expedición de certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil,
nacional e internacional, siendo las cámaras los únicos organismos que pueden expedir estos
documentos.
La Cámara no elaboró un programa de actuaciones en el que se incorporen unas líneas de
actuación u objetivos ni estableció unos indicadores que permitan valorar el grado de
cumplimiento y el nivel de eficacia y eficiencia en su actuación.
Es preciso señalar que la Cámara no dispone de información completa sobre el número de
usuarios de los servicios prestados por la Cámara.
A través de la encuesta entregada, se solicitó información referida a los instrumentos utilizados
por la Cámara para valorar las necesidades y demandas de prestación de servicios por parte de
los usuarios, así como sobre los métodos de valoración de los que dispone la Cámara para
conocer su opinión sobre los servicios prestados. Si bien no se recibió respuesta a las cuestiones
formuladas, en el análisis del área de formación y de las actuaciones de promoción exterior
incluidas en el Plan Foexga, se observó que se formulan encuestas destinadas a conocer el grado
de satisfacción con la actividad realizada pero no se evalúa la repercusión de las actuaciones en
la actividad o resultados de las empresas.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
82
III. ÁREA ECONÓMICO-FINANCIERA
Este apartado del informe se estructura en tres epígrafes en los que se analizan los siguientes
aspectos:
- Análisis de la liquidación del presupuesto ordinario de la Cámara de los ejercicios 2010 y 2011.
- Consideraciones derivadas de la supresión de los ingresos procedentes del RCP.
- Presentación de una serie de ratios que permitan analizar la posición financiera y económica de
la Cámara de Pontevedra.
III.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
Las previsiones del presupuesto de ingresos de los años 2010 y 2011, ascendieron a 1.554.000 y
1.528.000 euros, respectivamente.
En el siguiente cuadro se ofrece el resumen por capítulos de la ejecución del presupuesto de
ingresos, indicando las desviaciones producidas y el grado de ejecución sobre las previsiones
presupuestadas:
Cuadro 30. Resumen de la ejecución del presupuesto de ingresos
Capítulo 2010 2011
Presupuestado Realizado Desv. % Presupuestado Realizado Desv. %
01. Recursos permanentes 899.000 1.093.592,74 194.592,74 122 852.000 857.348,42 5.348,42 101
02. Recursos no permanentes 655.000 1.110.212,95 455.212,95 169 676.000 922.638,51 246.638,51 136
Total ingresos 1.554.000 2.203.805,69 649.805,69 142 1.528.000 1.779.986,93 251.986,93 116
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación
En el ejercicio 2010 la realización de ingresos excedió un 42% las previsiones iniciales. Se
produjeron unas desviaciones netas positivas de ingresos por recursos permanentes de
194.592,74 euros. Los ingresos no permanentes también presentan desviaciones positivas por
importe de 455.212,95 euros.
En el ejercicio 2011 la realización de ingresos superó un 16% las previsiones iniciales, las
desviaciones netas positivas de los ingresos permanentes ascendieron a 5.348,42 euros y las de
los ingresos no permanentes a 246.638,51 euros.
La Cámara efectúa estimaciones a la baja de los ingresos esperados, más aún en el supuesto de
los recursos no permanentes, mayoritariamente integrados por subvenciones. Sin embargo, el
exceso medio de las cuantías liquidadas sobre las presupuestadas es superior en el ejercicio 2010
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
83
que en el 2011, habida cuenta de la caída de los ingresos que se derivó de la nueva coyuntura
económica.
En el siguiente cuadro se ofrece la variación interanual de los ingresos realizados:
Cuadro 31. Variación interanual de los ingresos realizados en los ejercicios 2010 y 2011
CAPÍTULO REALIZADO 2010 REALIZADO 2011 VARIACIÓN ABSOLUTA
VARIACIÓN PORCENTUAL
01. RECURSOS PERMANENTES 1.093.592,74 857.348,42 -236.244,32 -22
02. RECURSOS NO PERMANENTES 1.110.212,95 922.638,51 -187.574,44 -17
TOTAL INGRESOS 2.203.805,69 1.779.986,93 -423.818,76 -19
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.
A continuación se expone el detalle de la ejecución de cada uno de los capítulos en los que se
estructura el presupuesto de ingresos de la Cámara.
CAPÍTULO. 01 RECURSOS PERMANENTES
La estructura y ejecución de los ingresos permanentes de la Cámara de Pontevedra en los
ejercicios 2010 y 2011 se presenta en el siguiente cuadro:
Cuadro 32. Ejecución del Capítulo 01. Recursos permanentes 2010-2011.
CAPÍTULO 01. RECURSOS PERMANENTES 2010 2011
PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %
01.01. Recursos permanentes. Previsiones del ejercicio
01.01.01 2% sobre cuota IAE 240.000,00 356.231,17 148 240.000 263.660,86 110
01.01.03. 0,75% sobre cuota I. Sociedades 520.000,00 591.679,07 114 480.000 432.364,30 90
01.01.04 0,15% IRPF 140.000,00 161.498,41 115 135.000 157.623,54 117
01.01.05. Participación en cuotas recaudadas por otras Cámaras 140.000,00 147.778,06 106 140.000 116.324,25 83
Total capítulo 01.01 1.040.000,00 1.257.186,71 121 995.000 969.972,95 97
01.03 Minoración de los Recursos Permanentes (a deducir)
01.03.01 Confección de matrículas y recibos -3.000,00 -940,99 31 -3.000 -1.995,20 67
01.03.02. Gastos de recaudación y gestión de cobro -25.000,00 -20.311,04 81 -20.000 -17.674,66 88
01.03.03 Bajas y devoluciones -4.000,00 -4.039,74 101 -5.000 -2.039,36 41
01.03.04 Participación de otras Cámaras en cuotas recaudadas -100.000,00 -111.154,37 111 -100.000 -90.915,31 91
01.03.05 6% Porcentaje de recaudación en vía de apremio -9.000,00 -27.147,83 302 -15.000 0 0
TOTAL 01.03 Minoración Recursos Permanentes -141.000,00 -163.593,97 116 -143.000 -112.624,53 79
TOTAL INGRESOS PERMANENTES 899.000,00 1.093.592,74 122 852.000 857.348,42 101
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
84
La disminución media de los ingresos procedentes de recursos permanentes en el ejercicio 2011
con respecto del 2010 excede del 22%, produciéndose las mayores bajadas en los recursos
derivados del IAE (26%) y el Impuesto de Sociedades (27%). Este hecho es consecuencia de un
escenario económico caracterizado por la destrucción de unidades de empresa y la reducción de
las bases imponibles.
CAPÍTULO. 02 RECURSOS NO PERMANENTES
En el siguiente cuadro se presenta la ejecución y el grado de realización de los distintos epígrafes
que configuran el capítulo 02. Recursos no permanentes.
Cuadro 33. Ejecución del Capítulo 02. Recursos no permanentes 2010-2011
CAPÍTULO 02. RECURSOS NO PERMANENTES 2010 2011
PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %
02.01 Por Servicios Prestados
02.01.01 Certificaciones 3.000 7.806,72 260 4.000 7.785,46 195
02.01.03 Asistencia a cursillos de formación profesional
40.000 49.706,25 124 20.000 68.863,15 344
02.01.05 Relaciones comerciales 2.000 0 0 1.000 0 0
02.01.06 Alquiler de locales 6.000 4.645,40 77 8.000 4.488,27 56
Total 02.01. Por servicios prestados 51.000 62.158,37 122 33.000 81.136,88 246
02.03. Patrimoniales
02.03.01 Intereses de cuentas corrientes 4.000 915,18 23 3.000 1.835,07 61
02.03.02 Intereses vía de apremio 0 0 0 0 0
Total 02.03 Patrimoniales 4.000 915,18 23 3.000 1.835,07 61
02.04. Por otros conceptos
02.04.01 Participación empresas FOEXGA 60.000 98.750 165 80.000 47.593,72 59
02.04.02 Subvenciones Xunta de Galicia 120.000 313.541,98 261 90.000 177.404,71 197
02.04.03 Promociones mercados internacionales 400.000 604.431,65 151 400.000 561.205,92 140
02.04.04 Subvención global 20.000 30.415,77 152 70.000 53.462,21 76
Total 02.04 Por otros conceptos 600.000 1.047.139,40 175 640.000 839.666,56 131
TOTAL RECURSOS NO PERMANENTES 655.000 1.110.212,95 142 676.000 922.638,51 136
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.
En el ejercicio 2010 los recursos no permanentes de la Cámara ascendieron a 1.110.212,95
euros. Presentan una desviación positiva con respecto al presupuestado por importe de
455.212,95 euros lo que supone una ejecución superior en un 42% a las previsiones iniciales.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
85
Las desviaciones de mayor relevancia se produjeron en los siguientes epígrafes: 02.04.01
Participación empresas Foexga debido a una mayor participación de empresas; 02.04.02
Subvenciones Xunta de Galicia debido a la contabilización de los ingresos correspondientes al
programa Red Genera; 02.04.03 Promoción mercados internacionales, debido al incremento de
los importes recibidos de la Xunta de Galicia para el Plan Foexga; 02.04.04 Subvención global
como consecuencia de un mayor gasto de las empresas en el programa PIPE.
En el ejercicio 2011 los recursos no permanentes de la Cámara ascendieron a 922.638,51euros,
lo que supone una disminución del 17% con respecto al año anterior. Presentan una desviación
positiva con respecto al presupuestado por importe de 246.638,51 euros lo que supone una
ejecución superior en un 36% a las previsiones iniciales.
Se evidencia la escasa participación -en términos absolutos y relativos- de los servicios prestados
por la Cámara en la generación de recursos, tanto permanentes (6 y 9 %, en los ejercicios 2010 y
2011) como totales (3 y 5%). La subida porcentual en el 2011 se deriva de la disminución
nominal de los ingresos permanentes y totales.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
86
III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
En el siguiente cuadro se ofrece la ejecución de las previsiones presupuestarias según los datos
obtenidos de las liquidaciones de los años 2010 y 2011.
Cuadro 34. Ejecución del presupuesto de gastos. Resumen por capítulos 2010-2011
CAPÍTULO 2010 2011
PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %
3 - Personal 363.000,00 367.442,03 101,2 365.000,00 343.725,95 94,2
4 - Gastos de local 48.000,00 37.688,81 78,5 42.000,00 36.399,10 86,7
5 - Gastos de material 26.000,00 17.756,18 68,3 23.000,00 10.907,07 47,4
6 - Gastos de relaciones públicas 51.000,00 44.743,01 87,7 43.000,00 26.409,05 61,4
7 - Publicaciones y suscripciones 20.000,00 13.045,06 65,2 14.000,00 6.048,62 43,2
8 - Viajes y estancias 7.000,00 4.588,54 65,6 7.000,00 1.792,62 25,6
9 - Formación 158.000,00 231.044,85 146,2 136.000,00 165.231,88 121,5
10 - Estudios y asist. al comercio y a la industria 752.000,00 1.207.674,56 160,6 788.000,00 722.162,37 91,6
11 - Lonjas, ferias y exposiciones 50.000,00 26.283,29 52,6 40.000,00 13.236,30 33,1
12 - Gastos de otros servicios 12.000,00 10.747,62 89,6 16.000,00 15.243,65 95,3
13 - Cuotas a distintos organismos 55.000,00 47.743,84 86,8 40.000,00 40.349,39 100,9
14 - Impuestos 6.000,00 5.795,16 96,6 7.000,00 6.597,65 94,3
15 - Amortizaciones financieras 1.000,00 733,14 73,3 1.000,00 820,93 82,1
16 - Imprevistos 5.000,00 0,00 0,0 6.000,00 0,00 0,0
TOTAL GASTOS 1.554.000,00 2.015.286,09 129,7 1.528.000,00 1.388.924,58 90,9
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales de 2010 y 2011
En el año 2010 los gastos realizados superaron las previsiones iniciales, excediendo la ejecución
en un 30% los gastos presupuestados. Este incremento responde fundamentalmente a las
desviaciones producidas en los capítulos 9 (Formación) y 10 (Estudios y asistencia al comercio y a
la industria). El exceso de los gastos realizados en estos capítulos ascendió a 73.044,85 y
455.674,56 euros, respectivamente, lo que supone un incremento del 46% y 60% de los gastos
sobre las cuantías presupuestadas.
En el año 2011 se produce un descenso significativo en la ejecución del presupuesto de gastos
que alcanzó el 90% de las previsiones iniciales. Según la información que consta en la Memoria
que acompaña las cuentas anuales, este descenso fue motivado por un reajuste generalizado en
todos los capítulos de gasto, siendo significativo el descenso del capítulo 10 debido a una menor
participación de las empresas en el Plan Foexga y en el Plan PIPE por no firmarse la adenda
correspondiente a nuevos planes así como la menor recaudación del RCP (cuotas de sociedades)
que obligó a disminuir el gasto.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
87
Es preciso destacar, tal como se puso de manifiesto en epígrafes anteriores, que las
irregularidades detectadas en la imputación presupuestaria de los gastos de personal distorsiona
la información que ofrece la liquidación respecto a la naturaleza y a la importancia de los gastos
ejecutados por la Cámara que afecta fundamentalmente a la representatividad de los gastos del
capítulo 03 (personal), 9 (formación) y 10 (Estudios y Asistencia al Comercio y a la Industria).
En el siguiente cuadro se ofrece la importancia de cada capítulo de gastos sobre el importe total
realizado. Se presentan los datos que resultan de la liquidación aprobada por la Cámara y los
derivados de la imputación al capítulo 3 de la totalidad de los gastos de personal (liquidación
ajustada):
Cuadro 35. Representatividad de los capítulos de gastos según la liquidación aprobada y la liquidación ajustada
CAPÍTULO
2010 2011
Realizado
según la
liquidación
%
cap.s/
total
Liquidación
ajustada
% cap. S/
total
Realizado
según la
liquidación
%
cap.s/
total
Liquidación
ajustada %
3. Personal 367.442,03 18 599.128,51 30 343.725,95 25 561.984,74 40
4. Gastos de local 37.688,81 2 37.688,81 2 36.399,10 3 36.399,10 3
5. Gastos de material 17.756,18 0,88 17.756,18 0,88 10.907,07 0,79 10.907,07 0,79
6. Gastos de relaciones públicas 44.743,01 2 38.543,01 2 26.409,05 2 11.733,25 0,84
7. Publicaciones y suscripciones 13.045,06 0,65 13.045,06 0,65 6.048,62 0,44 6.048,62 0,44
8. Viajes y estancias 4.588,54 0,23 4.588,54 0,23 1.792,62 0,13 1.792,62 0,13
9. Formación 231.044,85 11 146.739,25 7 165.231,88 12 72.605,45 5
10. Estudios y asist. al com. e ind. 1.207.674,56 60 1.066.493,26 53 722.162,37 52 611.205,81 44
11. Lonjas, ferias y exposiciones 26.283,29 1 26.283,29 1 13.236,30 0,95 13.236,30 0,95
12. Gastos de otros servicios 10.747,62 0,53 10.747,62 0,53 15.243,65 1 15.243,65 1
13. Cuotas a distintos organismos 47.743,84 2 47.743,84 2,37 40.349,39 3 40.349,39 3
14. Impuestos 5.795,16 0,29 5.795,16 0,29 6.597,65 0,48 6.597,65 0,48
15. Amortizaciones financieras 733,14 0,04 733,14 0,04 820,93 0,06 820,93 0,06
16. Imprevistos 0,00 0,00 0 0,00 0,00 0,00 0 0,00
TOTAL GASTOS 2.015.286 100,00 2.015.286 100,00 1.388.924,58 100,00 1.388.924,58 100,00
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación y de la información contable facilitada por la Cámara.
Según la liquidación ajustada, el peso de los gastos de personal sobre el total de los gastos
realizados se incrementa 12 puntos en el 2010 (del 18 al 30 %) y 15 puntos en el 2011 (del 25
al 40 %).
Por el contrario, el peso de los capítulos 09 y 10 experimenta una significativa reducción. Los
gastos de formación representaron el 7% en el 2010 (4 puntos menos del que refleja la
liquidación) y el 12 % en el 2011 (7 puntos menos).
Los gastos del capítulo 10, fundamentalmente relacionados con las actuaciones del comercio
exterior, representaron el 53 y el 44 % en el 2010 y 2011 frente al 60 y el 52 % que refleja la
liquidación.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
88
III.3 CONSIDERACIONES DERIVADAS DE LA ELIMINACIÓN DEL RECURSO CAMERAL PERMANENTE
Como ya se puso de manifiesto en la parte introductoria de este informe, la reforma introducida
por el RD Ley 13/2010 modificó dos aspectos esenciales que afectan de manera relevante a la
financiación de las Cámaras: la eliminación de los ingresos procedentes del RCP y la supresión de
la obligatoriedad de adscripción. A partir del año 2013, las cámaras dejan de percibir ingresos en
concepto de recurso cameral. (*)
Para determinar el impacto que producen estos cambios en la estructura de ingresos de las
Cámaras y cómo afectará al desarrollo de las funciones y a la prestación de los servicios que
tienen legalmente atribuidos, es preciso tener en cuenta una serie de aspectos: a) cuál era el
peso del RCP sobre el total de los ingresos de la Cámara, b) qué capacidad tiene la entidad de
cubrir sus gastos sin estos recursos, c) cuál es la capacidad de la entidad para generar nuevos
ingresos y d) las alternativas de financiación que puedan paliar el impacto derivado de la
eliminación de dichos ingresos.
A continuación se ofrecen una serie de datos que permiten dar respuesta a las cuestiones
planteadas.
a) El peso del RCP sobre el total de los ingresos de la Cámara
En el siguiente cuadro se observa la cuantía y el peso de estos ingresos antes de la supresión del
RCP cuyo impacto se evidencia por primera vez en el año 2012. Este es el último año en el que
liquidan estos ingresos, exaccionándose solamente la parte correspondiente al Impuesto de
Sociedades para las empresas que tengan una facturación superior a los 10 millones de euros.
Cuadro 36. Importancia del RCP sobre los ingresos totales de la Cámara Euros
2008 2009 2010 2011 2012
Ingresos RCP 1.210.555,60 1.094.337,63 1.093.592,74 857.348,42 220.577,62
Ingresos totales 1.914.476,76 1.902.373,52 2.203.805,69 1.779.986,93 633.827,97
% RCP 63,2 57,5 49,6 48,2 34,8
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.
(*)
Parágrafo modificado como consecuencia de feitos posteriores.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
89
En el siguiente cuadro se refleja la evolución de la emisión de los recibos puestos al cobro desde
el año 2010 al 2012.
Cuadro 37. Evolución de la emisión de recibos correspondientes al RCP. Ejercicios 2010-2012
CONCEPTOS
2010 2011 2012
Nº RECIBOS
IMPORTE Nº
RECIBOS IMPORTE
Nº RECIBOS
IMPORTE
I.A.E. 3.424 263.654,68 3.351 263.660,86 ------ -------
I.SOCIEDADES 2.697 591.624,07 2.295 432.362,81 60 210.055,31
IRPF 9.107 161.458,41 8.828 157.468,96 ---------- ---------
TOTALES 15.228 1.016.737,16 14.474 853.492,63 60 210.055,31
Fuente: Elaboración propia con los datos facilitados por el departamento de contabilidad de la Cámara de Pontevedra.
En el anexo XXIII se ofrecen los datos correspondientes a la emisión de los recibos de los
ejercicios 2010 a 2012 con el detalle por conceptos y tramos de cuota, indicando el importe
medio de los recibos referido a cada concepto.
Los datos ofrecidos evidencian la importancia de los ingresos procedentes del RCP cuyo peso, en
los ejercicios 2008 a 2011, sobre la totalidad de los ingresos de la Cámara se situó de promedio
en un 54%.
b) La capacidad de cobertura de los gastos prescindiendo del RCP
En el siguiente cuadro se ofrece el resultado presupuestario correspondiente a los ejercicios 2008
a 2012.
Cuadro 38. Resultado presupuestario de los ejercicios 2008-2012
2008 2009 2010 2011 2012
1.Ingresos 1.914.476,76 1.902.373,52 2.203.805,69 1.779.986,63 633.827,97
2.Gastos 1.547.975,32 1.863.001,47 2.015.286,09 1.388.924,58 991.743
3. Resultado presupuestario (1-2) 366.501,44 39.372,05 188.519,60 391.062,35 -357.915,03
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las liquidaciones presupuestarias.
Los datos del cuadro evidencian que por primera vez en los últimos cinco años, en el ejercicio
2012 los ingresos no fueron suficientes para cubrir los gastos, a pesar de la importante reducción
de estos que disminuyeron un 28% con respecto al año anterior y un 51% respecto al año 2010.
Esto pone de manifiesto que la Cámara, sin los ingresos procedentes del RCP, no es capaz de
afrontar sus gastos.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
90
c) La capacidad de la Cámara de generar ingresos por la prestación de servicios
En el siguiente cuadro se presenta el resumen por epígrafes de los recursos no permanentes que
integran el capítulo 2 del presupuesto de la Cámara.
Cuadro 39. Resumen por epígrafes del capítulo 02. Recursos no permanentes. Ejercicios 2009-2012
EPÍGRAFE CONCEPTO 2009 2010 2011 2012
REALIZADO % REALIZADO % REALIZADO % REALIZADO %
02.01 Por servicios prestados 40.530,44 5 62.158,37 6 81.136,88 9 83.944,63 20
02.03 Patrimoniales 2.944,70 0,36 915,18 0,08 1.835,07 0,20 3.803,94 0,92
02.04 Por otros conceptos 764.560,75 95 1.047.139,40 94 839.666,56 91 325.501,78 79
Total cap. 2. Recursos no permanentes 808.035,89 100 1.110.212,95 100 922.638,51 100 413.250,35 100
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las liquidaciones presupuestarias.
Los ingresos que obtiene la Cámara por la prestación de servicios tienen poca relevancia. En los
años 2009, 2010 y 2011, representaron el 5, 6 y 9%, respectivamente, sobre el total del capítulo
2 y el 2, 3, 5% sobre la totalidad de los ingresos realizados. El incremento porcentual del año
2012 (11 puntos con respecto al año anterior) no responde a un incremento de estos ingresos en
términos absolutos (la variación con respecto al año anterior fue de 2.807,75 euros) sino al
importante decremento de los ingresos procedentes de las subvenciones públicas, debido
fundamentalmente a la reducción de la dotación económica del Plan Foexga y Plan PIPE y
PostPIPE.
En el siguiente cuadro se detallan los distintos conceptos por los que la Cámara obtuvo ingresos
derivados de la prestación de servicios entre los años 2009 y 2012:
Cuadro 40. Resumen de la ejecución de los ingresos por prestación de servicios
EPÍGRAFE 02.01 POR SERVICIOS
PRESTADOS REALIZADO
2009 %
REALIZADO 2010
% REALIZADO
2011 %
REALIZADO 2012
%
02.01.01 Certificaciones 3.537,64 8,7 7.806,72 12,6 7.785,46 9,6 13.826,50 16,5
02.01.03 Asistencia a cursillos de formación empresarial
22.201,79 54,8 49.706,25 80,0 68.863,15 84,9 64.750,00 77,1
02.01.05 Relaciones comerciales 1.404,92 3,5 0,00 0,0 0,00 0,0 0,00 0,0
02.01.06 Alquiler de locales 13.386,09 33,0 4.645,40 7,5 4.488,27 5,5 5.368,13 6,4
TOTAL epígrafe 02.01 40.530,44 100,0 62.158,37 100,0 81.136,88 100,0 83.944,63 100,0
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos obtenidos de la liquidación.
Los datos del cuadro reflejan que la Cámara obtiene ingresos por la prestación de los siguientes
servicios:
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
91
- La emisión de las certificaciones de origen y legalización de documentos, que constituye uno de
los servicios que prestan exclusivamente las cámaras de comercio. Los ingresos obtenidos por
este concepto representaron en los últimos cuatro años un promedio del 11% de estos ingresos.
El incremento del año 2012 responde al aumento de las tarifas correspondientes a la prestación
de este servicio.
- La realización de cursos de formación, alguno de los cuales se financian con las matrículas de
los participantes en los cursos que organiza la Cámara. En los años 2009 a 2012 representaron
un promedio del 74% de los ingresos de este epígrafe.
- El servicio de vivero de empresas, los ingresos corresponden al precio del alquiler por la
utilización de los nidos del vivero de empresas, que disminuyeron de manera relevante desde el
año 2009 y representaron un promedio del 13% de estos ingresos.
Tal como se desprende del cuadro anterior, los ingresos obtenidos por la Cámara por la
prestación de sus servicios tienen escasa relevancia. En los últimos 4 años la Cámara no mostró
capacidad de generar más ingresos por los servicios que presta. La financiación de estos
dependía, fundamentalmente, de la obtención de subvenciones. En la actual coyuntura
económica, la financiación pública también experimenta una importante disminución, como ya
revelan los datos obtenidos de la liquidación del año 2012.
Por lo tanto, la financiación de los servicios y el desarrollo de las funciones atribuidas a las
cámaras provenían esencialmente del RCP y de las subvenciones públicas. La capacidad de la
Cámara para seguir desarrollando sus funciones dependerá de su capacidad para obtener nuevos
ingresos y de las alternativas de financiación con que pueda contar.
d) Las posibles alternativas de financiación
A partir del año 2013, las cámaras dejan de percibir ingresos en concepto de recurso cameral. La
información disponible sobre las posibles alternativas de financiación en la fecha de redacción de
este informe resulta escasa, incierta y de difícil cuantificación. Sin embargo, de la documentación
analizada se desprenden las siguientes fuentes de financiación:
Cuota cameral(*)
El RD Ley 13/2010 estableció como alternativa de financiación la cuota cameral que solamente
sería exigible a aquellas empresas que se adhiriesen voluntariamente a la Cámara.
(*)
Párrafo modificado como consecuencia de hechos posteriores.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
92
Según la información facilitada, en el año 2012 se adscribieron voluntariamente 103 empresas
que representan un 0,45% sobre el número de empresas que integraban el censo a 1.01.2011
que ascendía a 22.667.
La determinación del importe y devengo de la cuota correspondía al Consejo Superior de
Cámaras (CSC). En la sesión plenaria celebrada el día 25.10.2011, acordó, con carácter
excepcional, que la cuota cameral para los años 2012 y 2013 fuese de 0 euros.
La Cámara de Pontevedra, en la información incluida en su página web sobre el registro de
nuevos miembros, dispone que una vez que se establezca el importe definitivo por el CSC, los
miembros adheridos a la Cámara podrán optar por ratificar su adscripción y abonar la cuota o
podrán causar baja sin que la cuota les pueda ser exigida.
La Ley 4/2014 modificó el sistema de adscripción, estableciendo el principio general de
pertenencia de todas las empresas a las Cámaras sin que de ello se derive obligación económica.
Suprime la cuota cameral y establece un sistema de ingresos basado, fundamentalmente, en los
servicios que presten las Cámaras y en las aportaciones voluntarias de empresas o entidades.
Medidas de apoyo económico de la Administración Autonómica
Para tratar los problemas financieros derivados de la supresión del RCP se constituyó una
Comisión bilateral Xunta-Cámaras, integrada por representantes de la Consellería de Economía e
Industria y de las cámaras gallegas.
En el segundo semestre de 2012, se mantuvieron reuniones entre la DXC y los representantes de
las cámaras para negociar el borrador de un convenio de colaboración mediante el cual se
articulaba una subvención directa por importe de 1.300.000 euros, repartidos en dos
anualidades: 600.000 euros en el 2012 y 700.000 euros en el 2013. En los presupuestos de
2012 y 2013, en la aplicación 08.03.751A.781.6 de la Dirección Xeral de Comercio, figuraban
créditos destinados a dicha finalidad.
Sin embargo, según la información proporcionada por la DXC, dicho convenio no fue firmado (no
se alcanzó un texto definitivo por falta de consenso en lo tocante a los costes de personal que se
pretendían financiar con cargo a dichos recursos) y no se concedió ninguna subvención ni se libró
ninguna cantidad con cargo a dichos créditos.
Según la información proporcionada por la DXC, la única medida de apoyo económico adoptada
consistió en la introducción de una nueva cláusula en el convenio de colaboración del Plan
Foexga del año 2011, que contemplaba la financiación de los costes indirectos (hasta un máximo
del 15%) correspondientes a las retribuciones del personal de las Cámaras dedicados a la gestión
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
93
de este plan.
Si bien en la fecha de elaboración de este informe no se concretaron nuevas vías de financiación
o de apoyo económico, es preciso mencionar que las cámaras gallegas presentaron propuestas
para la asunción de encomiendas de gestión y otras colaboraciones en las áreas de
internacionalización, formación, emprendimiento, creación de empresas, empleo, comercio
interior, medio ambiente, innovación, turismo, administración y tramitación administrativa.
III.4 ANÁLISIS DE LOS INDICADORES ECONÓMICO-FINANCIEROS
La supresión del RCP afecta de manera muy significativa a la situación económica y financiera de
las cámaras de comercio. En la Cámara de Pontevedra el Recurso Cameral Permanente
representó en los años 2009 a 2011 un promedio del 54% de los ingresos. La pérdida de este
ingreso compromete la supervivencia de la entidad que sólo podrá continuar su actividad
mediante la búsqueda y obtención de nuevos ingresos y, en su caso, también mediante el ajuste
de sus gastos.
Ahora bien, la situación financiera de las cámaras a finales de 2012 condiciona su capacidad de
respuesta al nuevo escenario. Tener una buena posición de partida otorga un margen de
maniobra temporal para poder realizar los cambios dirigidos a obtener nuevas fuentes de
financiación. Por el contrario, tener una mala situación financiera de partida puede suponer la
falta de viabilidad económica de la entidad.
Para valorar esta situación se plantean una serie de ratios que nos permitan analizar la posición
financiera y económica de la Cámara de Pontevedra.
Solvencia a corto plazo
Un primer indicador de la solvencia a corto plazo de la Cámara es el fondo de maniobra que
muestra la capacidad del activo corriente (a corto plazo) de la entidad para hacer frente a su
pasivo corriente (a corto plazo).
En el siguiente cuadro se ofrece la evolución del fondo de maniobra de la COCIN de Pontevedra
en los años 2009 a 2012.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
94
Cuadro 41. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012
2009 2010 2011 2012
1. ACTIVO CORRIENTE 1.305.398,37 1.374.182,82 1.522.804,21 1.179.260,37
2. PASIVO CORRIENTE 616.401,82 521.311,40 648.871,64 666.477,48
3. FONDO DE MANIOBRA (1-2) 688.996,55 852.871,42 873.932,57 512.782,89
Fuente: Elaboración propia con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.
El cuadro pone de manifiesto que la Cámara cuenta con un fondo de maniobra positivo, si bien
esta magnitud se deterioró en el año 2012.
En el año 2012 el fondo de maniobra ascendía a 512.782 €. Si tenemos en cuenta que los
ingresos procedentes del Recurso Cameral Permanente ascendían a 220.577,62 euros, con el
fondo de maniobra la Cámara podría cubrir el desfase derivado de la supresión de la cuota
obligatoria durante aproximadamente dos años en ausencia de otras medidas. Sin embargo, es
preciso efectuar una serie de observaciones para matizar la valoración anterior:
- El 26% de la composición del pasivo corriente (175.552,31 euros) corresponde a la dotación de
una provisión para reestructuración. Si detraemos esta cantidad, el fondo de maniobra de 2012
se incrementa un 34 % ascendiendo a 688.335,20 euros.
- El grado de liquidez del activo corriente. El 33% del activo corriente son fondos líquidos que
ascienden a 394.547,26 euros y el 67% restante son deudores y otras cuentas a cobrar. Las
cuentas anuales de 2012 no contienen información referida a la composición de este epígrafe.
Sin embargo, en los ejercicios anteriores los saldos de mayor relevancia correspondían a los
recibos pendientes de cobro de ejercicios anteriores y a deudas de otras cámaras gallegas y del
CSC, cuya cobrabilidad dependerá de su situación financiera.
- La Cámara presenta unas pérdidas en 2012 de -357.915,03 euros, por lo que los ingresos de
ese año ya no fueron suficientes para cubrir los gastos.
Solvencia financiera a largo plazo
La Cámara presenta una situación financiera a largo plazo caracterizada por la ausencia de
endeudamiento. Sin embargo, el ratio de endeudamiento total (largo y corto) se deterioró
significativamente en el año 2012 como consecuencia de la caída de los fondos propios por las
pérdidas registradas en ese ejercicio como consecuencia de un resultado del ejercicio negativo
(-357.915,03 euros).
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
95
Cuadro 42. Evolución del ratio de endeudamiento total 2009-2012
2009 2010 2011 2012
1. Deudas totales 616.401,82 521.311,40 648.871,64 666.477,48
2. Capitales propios 829.725,00 960.458,76 1.015.999,53 608.244,59
3. Ratio de endeudamiento (1/2) 0,74 0,54 0,64 1,10
Fuente: Elaboración propia. Con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.
Por otra parte, el ratio de garantía o solvencia total (distancia a la quiebra) muestra la relación
existente entre el activo real y las deudas totales. Indica la garantía que tienen los acreedores de
la Cámara de cobrar sus deudas.
Cuadro 43. Evolución del ratio de garantía 2009-2012
2009 2010 2011 2012
1. Activo real 1.446.126,82 1.481.770,16 1.664.871,17 1.274.722,07
2. Exigible total 616.401,82 521.311,40 648.871,64 666.477,48
3. Ratio de garantía (1/2) 2,35 2,84 2,57 1,91
Fuente: Elaboración propia. Con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.
En la COCIN de Pontevedra este ratio se sitúa en un umbral aceptable en el período analizado si
bien se observa una disminución en el año 2012 con respecto a los tres ejercicios anteriores. Es
preciso efectuar las siguientes observaciones:
a) El 93% de la composición del activo del año 2012 es activo corriente (1,18 millones de euros).
b) La composición del activo fijo es la siguiente: el 81% lo constituye el inmovilizado material y el
resto corresponde a inmovilizado intangible (3.426,26 euros identificados como concesiones
administrativas) e inversiones financieras a largo plazo (15.000 euros correspondientes a la
suscripción pública de 300 acciones del Pontevedra C.F.)
El inmovilizado material, está registrado por su valor neto contable, se encuentra amortizado en
un 90%, siendo su valor de adquisición de 796.654,17 euros.
Para finalizar, es preciso mencionar que la Cámara no dotó el fondo de reserva obligatorio
previsto en el artículo 43.4 de la Ley Gallega de Cámaras que establece que para hacer frente a
bajas de recaudación en ejercicios sucesivos o a gastos urgentes o imprevistos, las cámaras
deberán constituir, con los superávits de los presupuestos ordinarios, una reserva obligatoria
materializada en disponible a corto plazo hasta que alcance el 50% del presupuesto total de
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
96
ingresos liquidados en el último ejercicio cerrado. A pesar de que en los ejercicios 2009, 2010 y
2011 se constató la existencia de superávit presupuestario las reservas que figuran en el pasivo
del balance permanecen inamovibles desde el ejercicio 2009 por importe de 75.517,06 euros.
El incumplimiento de la obligación de dotación y de materialización en disponible de la reserva
obligatoria perjudica su capacidad para hacer frente al empeoramiento de la situación financiera
de la Cámara como consecuencia de la supresión de los ingresos procedentes del RCP.
En conclusión, los indicadores analizados ponen de manifiesto que la Cámara de Pontevedra
presentaba una situación financiera relativamente saneada, sin endeudamiento a largo plazo y
con capacidad para afrontar las operaciones corrientes y las deudas a corto plazo realizando su
activo corriente. Sin embargo, se advierte un deterioro de la situación financiera en el año 2012
debido fundamentalmente a la importante disminución de los recursos procedentes del RCP y de
las subvenciones públicas, lo que generó pérdidas considerables en ese ejercicio y la reducción
del patrimonio neto.
Los fondos disponibles permiten la supervivencia de la Cámara a corto plazo, pero la continuidad
de sus actividades más allá de ese horizonte temporal únicamente será posible mediante la
obtención de nuevos ingresos y el ajuste de sus capítulos de gasto.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
97
IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
IV.1 CONCLUSIONES
La promulgación del RD Ley 13/2010, del 3 de diciembre, introdujo reformas en el modelo
cameral que afectaron al funcionamiento y al régimen económico de las Cámaras de Comercio,
Industria y Navegación.
(*)
La eliminación del RCP motivó la iniciativa de la fiscalización de las COCINs gallegas, siguiendo
la recomendación formulada por la Comisión Permanente no Legislativa para las relaciones con
el Consello de Contas de Galicia, que instó a la realización de un informe de fiscalización
específico sobre las cámaras de comercio gallegas y su viabilidad tras la supresión de dicho
recurso.
El RCP constituía, junto con las subvenciones públicas, la principal fuente de financiación de las
COCINs. En la Cámara de Pontevedra, los ingresos procedentes de este recurso representaron el
50% y 48% sobre los ingresos totales liquidados en los ejercicios 2010 y 2011, y las
subvenciones el 39% y el 44%.
La fiscalización se realizó en un momento particularmente convulso para las cámaras de comercio
debido a la difícil situación económica por la que atraviesan como consecuencia de la supresión
del RCP, y caracterizado, además, por la incertidumbre normativa que generó la demora en la
tramitación de la nueva ley estatal de cámaras.
En el caso de la Cámara de Pontevedra, a su situación se le añade una particular conflictividad
derivada de la existencia de varios procesos judiciales abiertos en la jurisdicción penal y laboral,
además de la presentación ante la Consellería de Economía e Industria de una denuncia por la
gestión irregular de los fondos de la Cámara que se puso en conocimiento del Consello de
Contas.
Como resultado de los trabajos de fiscalización realizados, se presentan a continuación las
conclusiones obtenidas en relación con los objetivos de fiscalización establecidos para las
distintas áreas analizadas:
Presupuesto, liquidación y rendición de las cuentas anuales
La COCIN de Pontevedra aprobó el presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011, con
unas previsiones de 1.554.000,00 y 1.528.000,00 euros, respectivamente.
(*)
Párrafo suprimido como consecuencia de hechos posteriores.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
98
En el ejercicio 2010, la ejecución del presupuesto excedió un 42% las previsiones iniciales de
ingresos y un 30% las previsiones de los gastos. En el ejercicio 2011 la realización de ingresos
superó un 16% las previsiones y la ejecución de los gastos alcanzó el 90% de lo presupuestado.
La tramitación de los presupuestos respetó las exigencias formales y temporales previstas
legalmente. Sin embargo, la Cámara no aprobó ningún presupuesto extraordinario, a pesar de
que se constató la existencia de gastos no habituales que requerirían su tramitación, y el
contenido de algunos de los documentos que acompañan al presupuesto no ofrece suficiente
información.
La liquidación del presupuesto y las cuentas anuales se tramitaron de acuerdo con los requisitos
establecidos legalmente. Sin embargo, en el ejercicio 2011 se remitió fuera de plazo el certificado
del acuerdo plenario de aprobacióna.5. La DXC destacó una serie de incumplimientos de la LGC
que se repiten en los dos ejercicios fiscalizados: no se da cuenta al órgano tutelar del número y
cuantía de las cuotas del RCP no satisfechas, el importe del fondo de reserva obligatoria no
alcanza el porcentaje exigido legalmente, la contribución a los ingresos permanentes del CGC no
cumple el porcentaje establecido en la ley y la información de la plantilla tampoco cumple las
exigencias legales.
Las cuentas anuales fueron rendidas al Consello de Contas de Galicia en el plazo establecido
legalmente.
Contabilidad y control interno
El sistema contable de la COCIN de Pontevedra adolece de deficiencias que pueden afectar a la
consecución de la imagen fiel de la realidad económica de la entidad. La aplicación informática
permite introducir modificaciones en los asientos contables una vez realizado el cierre del
ejercicio. De este modo, no está garantizada la inalterabilidad, la exactitud así como la integridad
de la información presupuestaria y contable, observándose inconsistencias entre las cifras
incluidas en los diferentes documentos contables.
El sistema de control interno muestra importantes debilidades. No existe un órgano diferenciado
de control ni se aprobaron procedimientos para la gestión económico-financiera en los que los
trámites y las funciones estén definidos y segregados. No hay una normativa propia de la Cámara
en la que se regulen unos procedimientos normalizados en las distintas áreas de gestión.
Se evidenció que el auditor de las cuentas anuales presta asesoramiento respecto a la
contabilización de determinadas operaciones, participa en las tareas de cierre del ejercicio y no
a.5 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 2.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
99
advirtió de irregularidades tales como la existencia de un saldo final negativo en la cuenta
representativa de la caja física. Estas circunstancias revelan que no está garantizada la
independencia del auditor, exigida por el artículo 12 del TRLAC.
Personal
El registro contable de los gastos de personal no se ajusta a la normativa aplicable. Se detectaron
diferencias entre las cifras ofrecidas por la liquidación presupuestaria y la cuenta de PyG. Dichas
diferencias responden a que no se imputa la totalidad de los gastos de esta naturaleza al
capítulo 3 del presupuesto de gastos, como dispone la Orden de 30.01.1981, y no se registran la
totalidad de las retribuciones en los libros mayores de las cuentas representativas de los gastos
de personal. Al final del ejercicio, mediante un ajuste extracontable se consigna el importe de los
gastos de personal que no se había asentado en los libros diarios y en los libros mayores de
contabilidad financiera.
Esta práctica, que incumple el principio contable de registro, desvirtúa la información contable y
presupuestaria, afecta a la representatividad de estos gastos y favorece la falta de transparencia
en el reflejo de las remuneraciones del personal.
La COCIN de Pontevedra no dispone de una plantilla en la que se relacionen, debidamente
clasificados, todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y
categorías tal y como prevé el artículo 23.3 de la LGC.
En lo que atañe a la selección del personal, la Cámara no reguló un procedimiento para la
contratación de sus trabajadores. En el año 2010, se advirtió la transformación de un contrato
temporal en indefinido, sin que mediara la preceptiva convocatoria pública y sin tramitar un
procedimiento en el que se garantizaran los principios de igualdad, mérito, capacidad y
publicidad, infringiendo el artículo 23.1 de la LGC.
Por lo que respecta al régimen retributivo, tampoco se dictaron normas reguladoras de las
retribuciones del personal que se rigen por el convenio de oficinas y despachos de la provincia de
Pontevedra y por lo establecido en su contrato laboral. Respecto a los complementos y pluses
salariales percibidos por algunos trabajadores, no consta la existencia de una norma o acuerdo
que regule de manera objetiva las cuantías abonadas por dichos conceptos.
La información sobre las retribuciones del personal no se refleja de forma transparente, se
infringe lo dispuesto en el artículo 46.5 de la LGC ya que en la plantilla que acompaña al
presupuesto no se especifican las retribuciones por todos los conceptos de cada puesto de
trabajo.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
100
Gastos de viajes, estancias y dietas
Las dietas de los miembros de los órganos de gobierno se regularon mediante un acuerdo del
Comité Ejecutivo en el que se establecen las distintas cuantías que percibirán por los
desplazamientos realizados dentro y fuera de la Comunidad Autónoma o en el extranjero.
De la configuración de las dietas abonadas al amparo de dicho acuerdo, se desprende que tienen
un carácter remuneratorio ya que no se exige la justificación de los gastos ni que se acredite la
realidad de los desplazamientos; se declara a la Agencia Tributaria bajo la clave correspondiente
a retribuciones a consejeros y administradores y se practica la retención del 35% contemplado
por la ley de IRPF para las percepciones retributivas. Además, perciben otras cantidades de
naturaleza compensatoria, bajo el concepto de gastos, que fueron pagadas sin exigir el soporte
documental que justifique los gastos que se indemnizan.
La Cámara no realiza ningún control respecto a la verificación de dichos viajes ni exige la
justificación económica de los gastos producidos.
La imputación presupuestaria de estos gastos no respetó la Orden de 30.01.1981 ya que no se
imputaron en su totalidad al capítulo 08 del presupuesto de gastos.
En lo tocante a los gastos de viaje y dietas del personal, la Cámara no reguló un procedimiento
ni estableció los requisitos y la forma de justificación de estos gastos. Tampoco consta ningún
acuerdo en el que se expliciten las cuantías y las causas de devengo de estas ayudas.
La documentación justificativa facilitada no resulta suficiente para acreditar la realidad de los
desplazamientos y la efectividad de los gastos producidos. Se verificó la realización de pagos por
importe de 1.240,48 euros sin que consten los documentos justificativos.
La contabilidad no refleja estos gastos de forma transparente ya que el pago de estas
indemnizaciones se realiza a través de las nóminas, por lo que no resulta posible identificar en
los registros contables las cuantías devengadas por este concepto.
Contratación
No se aportó la relación certificada de los contratos adjudicados y los procedimientos utilizados
durante los años 2010 y 2011, lo que impidió determinar la totalidad de los contratos que se
licitaron.
La adjudicación de los contratos no respetó los procedimientos establecidos en las instrucciones
de contratación elaboradas por la Cámara. Los contratos de servicios para la organización de los
eventos feriales FERPALIA y POMOVIL, los servicios de agencia de viajes y del promotor de
negocios de Brasil, se adjudicaron directamente a la misma empresa en los dos años fiscalizados,
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
101
a pesar de que el valor estimado de estos contratos requería la tramitación de un procedimiento
abierto.
No se garantizaron los principios de publicidad, concurrencia, transparencia e igualdad,
conculcándose lo dispuesto en el artículo 175 de la LCSP.
Los pliegos de condiciones particulares para la adjudicación de la organización de la XXVII
edición de la pasarela de moda Pontus Veteris no definen de forma objetiva los criterios de
adjudicación no económicos. Se describen de forma genérica estableciendo una puntuación
máxima sin concretar unas reglas precisas para asignar las puntuaciones. Tampoco se detallan
los distintos aspectos que se tomarán en consideración para evaluar las distintas ofertas. Este
hecho impide que los licitadores conozcan las reglas de valoración y la importancia de los
distintos aspectos en el momento de elaborar sus proposiciones. El informe de evaluación de las
ofertas tampoco explica suficientemente las puntuaciones asignadas a los distintos licitadores.
Se detectaron irregularidades en la ejecución de los contratos de organización de los eventos
feriales (FERPALIA y POMOVIL) que impidieron verificar el cumplimiento de las prestaciones
contratadas y que cuestionan la veracidad del gasto efectivamente realizado. Además de que no
se formalizó un contrato en el que se definan los servicios contratados, en los dos ejercicios
fiscalizados se utilizó la práctica recurrente de reducir el gasto inicialmente facturado por la
empresa mediante la emisión de facturas rectificativas que no cumplían con los requisitos
exigidos por el reglamento de facturación: no se acreditó la concurrencia de las circunstancias
que amparan la expedición de estas facturas, no se describe la causa que motiva la rectificación y
el concepto de las facturas no permite identificar a que servicios afectó la reducción.
Se solicitó a la secretaria de la Cámara la documentación que acreditase el motivo de la
rectificación pero no se facilitó ninguna información.
Estas irregularidades afectaron al cumplimiento de la normativa de subvenciones ya que estas
contrataciones cuentan con financiación pública del Ayuntamiento y de la Diputación Provincial
de Pontevedra y no consta que se le hubiese comunicado a dichas entidades la reducción del
gasto inicialmente facturado.
La fiscalía de Pontevedra interpuso una querella ante el Juzgado de Instrucción de Pontevedra
relacionada con las irregularidades detectadas en los eventos fiscalizados. En la fecha de
redacción de este informe aún está pendiente el pronunciamiento judicial.
Subvenciones recibidas
En el ejercicio 2010 se realizaron ingresos por subvenciones públicas por importe de 861.102,74
euros. En el año 2011, estos ingresos ascendieron a 791.618,51 euros, lo que supone una
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
102
variación del -8% respecto al ejercicio anterior. Las subvenciones que recibe la Cámara son
fundamentalmente de naturaleza pública y la mayor parte de las realizadas en los ejercicios
fiscalizados proceden de la Xunta de Galicia, del Consejo Superior de Cámaras y del
Ayuntamiento de Pontevedra.
Plan Foexga
La Cámara no reguló un procedimiento para la selección de las empresas ni concretó unos
criterios objetivos para elegir las que participaron en cada actuación. Se realizó la publicidad de
las convocatorias de las acciones en la prensa y otros medios de comunicación y se difundió cada
actuación entre las restantes cámaras gallegas.
La selección del promotor de negocios se realizó sin observar las disposiciones de la LCSP y las
instrucciones de contratación aprobadas por la Cámara.
Con carácter general, los gastos justificados tienen la consideración de gastos subvencionables.
Sin embargo, se verificó la existencia de una serie de gastos que no son elegibles cuyo importe
global ascendió a 8.038,65 euros.
En la misión plurisectorial de carácter estratégico a Brasil 2010 consta una factura por importe
de 21.574,21 euros, en la que se advirtieron una serie de irregularidades que cuestionan la
efectividad del gasto facturado y la efectiva aplicación de los fondos librados por la Cámara a los
gastos relacionados en la factura.
La Cámara no realizó las devoluciones ni reclamó las cantidades correspondientes a las
aportaciones de las empresas por su participación en las actuaciones de Foexga.
El registro contable de los gastos no cumple con las exigencias establecidas en el convenio que
dispone que los beneficiarios deberán mantener un sistema de contabilidad separado o un
código contable adecuado que facilite una pista de auditoría apropiada en relación con todos los
gastos relacionados con la inversión realizada al amparo de este convenio.
La Cámara no dispone de datos que permitan evaluar la eficacia y la repercusión que tuvieron las
actuaciones incluidas en el Plan Foexga en los resultados comerciales y en la capacidad
exportadora de las distintas empresas participantes.
Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra
En los años 2010 y 2011, el Ayuntamiento de Pontevedra colaboró económicamente con la
COCIN de Pontevedra en la celebración de los eventos feriales que organiza anualmente la
Cámara: FERPALIA (feria de contratación turística), POMOVIL (Salón del vehículo y del vehículo
de ocasión) y PONTUS VETERIS (pasarela de moda).
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
103
En relación con FERPALIA y POMOVIL, el análisis realizado reveló importantes irregularidades en
la justificación de los gastos y del pago de las facturas.
La Cámara justificó el gasto subvencionado con las facturas expedidas inicialmente por la
empresa encargada de organizar los eventos y no comunicó al Ayuntamiento la existencia de
documentación (facturas rectificativas de los importes inicialmente facturados) que evidencia la
disminución de la cuantía de los gastos justificados y de los pagos realizados.
Como consecuencia de la reducción del gasto se alteró el porcentaje de financiación
comprometido por el Ayuntamiento y se incumplió el límite de financiación establecido en la
ordenanza reguladora de las subvenciones, fijado en el 50% del importe de los gastos que debe
afrontar la Cámara por la organización y celebración de cada uno de los certámenes camerales.
Las reducciones operadas en el gasto, cuya causa no resultó acreditada, deberían haber
producido una disminución de las cuantías sufragadas por el Ayuntamiento. El incumplimiento
del límite de financiación constituye causa del reintegro proporcional de las ayudas recibidas a
tenor de lo dispuesto en el artículo 23 c) y f) de la ordenanza municipal reguladora de las
subvenciones.
En la justificación del pago de los gastos subvencionados también se detectaron irregularidades,
ya que la Cámara entregó al Ayuntamiento y a la Diputación Provincial una documentación
acreditativa del pago de las facturas que presenta inconsistencias con la información disponible
en la Cámara que evidencia el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ordenanza
municipal reguladora de las subvenciones.
Respecto a las irregularidades relacionadas con los eventos fiscalizados se instruyeron diligencias
judiciales por el Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra y a la fecha de redacción de
este informe aún está pendiente el pronunciamiento judicial. Asimismo, los hechos detectados
constituyen indicio de responsabilidad contable lo que podría dar lugar a la tramitación del
procedimiento para su exigencia.
Subvenciones concedidas
La Cámara de Pontevedra no aprobó unas bases o normas reguladoras para la concesión de las
ayudas y no existe un procedimiento normalizado para su otorgamiento, excepto para las que se
conceden con motivo de la campaña de alumbrado de Navidad. En este caso se realiza una
convocatoria pública en régimen de concurrencia. Las restantes ayudas se conceden directamente
a instancia de los solicitantes sin que se realice una convocatoria pública que garantice la
concurrencia y el acceso en condiciones de igualdad de los posibles interesados.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
104
Algunas solicitudes se resolvieron mediante acuerdo del Comité Ejecutivo y otras fueron libradas
sin que conste la solicitud ni un acuerdo expreso de concesión.
No consta la publicidad de las ayudas concedidas en los ejercicios fiscalizados.
La Cámara no definió de forma objetiva y transparente los proyectos o actuaciones a los que
presta apoyo económico ni aprobó unos criterios que permitan decidir de forma objetiva y
motivada el otorgamiento o denegación de las ayudas que se solicitan. Tampoco constan
criterios objetivos para determinar las cuantías que se conceden.
Con carácter general, no constan las facturas justificativas de los gastos en que incurrieron los
beneficiarios de las ayudas. A pesar de que la Cámara estableció el requisito de presentación de
facturas para la justificación de los gastos de alumbrado y de otras ayudas concedidas, se verificó
el libramiento de los pagos sin que conste el documento justificativo de los gastos.
Tesorería
Las existencias de tesorería ascendían a 304.342,47 y 385.188,58 euros a 31.12.2010 y
31.12.2011, respectivamente. Si bien la mayor parte de estas existencias están depositadas en
varias entidades bancarias a través de las cuales se realizan, con carácter general, los
movimientos de pagos e ingresos de la Cámara, también existe una caja de efectivo en la que se
realizaron entradas y salidas de dinero sin disponer de los mecanismos de control adecuados
para garantizar la integridad de los fondos manejados.
La Cámara no dictó normas en relación con el área de tesorería ni arbitró un procedimiento para
la realización de los pagos e ingresos a través de la caja de efectivo.
Caja de efectivo
No se formalizan actas de arqueo, ni siquiera al final del ejercicio, lo que impide acreditar los
fondos existentes en la caja en una determinada fecha. Tampoco dispone de un libro de caja en
el que se registren diariamente los cobros y pagos que se realizan a través de la caja de efectivo.
Los únicos movimientos respecto a los que se acreditó su registro diario fueron los referidos a los
ingresos del RCP de los que queda constancia en el programa informático de recaudación.
El registro contable de los movimientos materializados a través de la caja incumple el principio
contable de registro lo que provocó la existencia de saldos negativos recurrentes a lo largo del
ejercicio, detectándose inconsistencias tales como que la cuenta representativa de la caja física
presenta un saldo negativo a 31.12.2010.
Respecto a una serie de operaciones, reflejadas en el libro Mayor de la cuenta 570000, no se
aportó el soporte documental que acreditase la realidad de esas transacciones.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
105
De la confrontación de los asientos del libro mayor de la cuenta representativa de la caja de
efectivo con los movimientos reflejados en los extractos bancarios, se detectaron dos anotaciones
correspondientes a salidas de efectivo ingresadas en las entidades bancarias (por importe de 820
euros y 122,71 euros) de las que no se encontró correspondencia en los documentos bancarios.
También se detectaron discrepancias entre el importe de los asientos contables correspondientes
a los recibos del RCP cobrados por caja y la cifra resultante del programa de recaudación, sin que
se hubiese aportado explicación ni justificación de dichas diferencias.
Asimismo, no se obtuvo evidencia del destino de los cobros en metálico correspondientes a la
recaudación de los recibos del RCP por importe de 8.266,46 euros (5.390,92 euros de la
recaudación del año 2010 y 2.875,54 euros del año 2011). Según manifestó el encargado de
contabilidad, ese dinero no se ingresó en las entidades bancarias porque se utilizó para pagar
diversos gastos, de los que no se obtuvo constancia en la contabilidad de la Cámara y de los que
no se aportaron justificantes. Estos hechos constituyen indicio de responsabilidad contable que
podría dar lugar a la tramitación del procedimiento para su exigencia.
En la denuncia formulada por los trabajadores de la Cámara ante la Consellería de Economía e
Industria se mencionaban algunas de las irregularidades en el funcionamiento de la caja de
efectivo que se verificaron en los trabajos de fiscalización realizados: la inexistencia de un libro
de caja y la ausencia de control en la entrada y salida de dinero en efectivo.
Bancos
Según la información contable, los fondos de la Cámara de Pontevedra están depositados en 13
cuentas bancarias. La documentación remitida por las entidades financieras reveló la existencia
de otras cuentas que no figuran en la contabilidad de la Cámara y respecto de las cuales no se
aportó la información que fue solicitada a la secretaria referida a la naturaleza de esas cuentas, a
los movimientos realizados en los años 2010 y 2011 y al control ejercido por la Cámara.
Tampoco se aportó la relación certificada de las cuentas con las que opera la corporación y
NovaGalicia Banco no comunicó los saldos a 31.12.2010 de las cuentas abiertas en esa entidad.
La confrontación de los saldos contables y bancarios evidenció la existencia de diferencias. A
pesar de que se solicitó la explicación de dichas diferencias, no se justificaron las discrepancias
que afectan a la cuenta 57200001 (369,60 € en el 2010 y -600 € en el 2011). Según la
información proporcionada por el encargado de la contabilidad, responden a apuntes contables
que él no registraba y de las que tenía conocimiento el auditor, a pesar de que no consta
ninguna mención en el informe de auditoría ni se incorporó a las cuentas anuales el documento
de conciliación de saldos.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
106
Actividades y funciones
Las principales actividades y servicios desarrollados por la Cámara de Pontevedra se encuadran
en las denominadas funciones público-administrativas, y se relacionan principalmente con la
formación, con el apoyo a la internacionalización y con la asistencia a las empresas.
Las actividades formativas consistieron en la realización de cursos, seminarios y jornadas
dirigidos prioritariamente a empresarios y a personas ocupadas.
El apoyo a la internacionalización de las empresas se concretó en las actividades de promoción
(misiones comerciales directas, inversas y estratégicas, visitas a ferias, misiones Plan País y la
existencia de un promotor de negocios en Brasil) incluidas en el Plan Foexga. La Cámara también
participó en el programa PIPE, que consiste en ayuda a las Pymes para su iniciación práctica en la
exportación. El conjunto de las antedichas actividades se incluyen en el denominado Plan
Cameral de las Exportaciones.
En lo tocante a las actividades de asistencia a empresas, la Cámara desarrolló diversos
programas de asesoramiento e información a empresarios y emprendedores y prestó servicios
como la emisión de certificados de origen y cuadernos ATA. También organizó diversos eventos
feriales relacionados con el turismo (FERPALIA), el sector de la automoción (POMOVIL) y la
promoción de la moda gallega (pasarela Pontus Veteris).
La Cámara no elaboró un programa de actuaciones en el que se concretasen unas líneas de
actuación u objetivos, ni estableció unos indicadores que permita valorar el grado de
cumplimiento y el nivel de eficacia y eficiencia en su actuación.
Consideraciones derivadas de la supresión del RCP y sobre la viabilidad de la
Cámara
El RCP constituía la principal fuente de financiación de las cámaras. El año 2012 fue el último
año en el que se liquidaron los ingresos correspondientes a dicho recurso, exaccionándose
solamente la parte correspondiente al Impuesto de Sociedades para las empresas con una
facturación superior a los 10 millones de euros. A partir del año 2013, las cámaras dejan de
percibir estos ingresos, lo que afecta de manera relevante al desarrollo de las funciones y a la
prestación de los servicios que tienen legalmente atribuidos.
En la Cámara de Pontevedra, el peso de los ingresos procedentes del RCP en los ejercicios 2008
a 2011, se situó de promedio en un 54% sobre la totalidad de los ingresos de la Cámara. Por
otra parte, tal como se desprende del resultado presupuestario del ejercicio 2012 (-357.915,03
euros), sin estos ingresos la Cámara no fue capaz de afrontar sus gastos a pesar de la importante
reducción de estos, que disminuyeron un 28% con respecto al año 2011 y un 51% respecto al
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
107
año 2010.
A esta situación se añade la circunstancia de que la Cámara de Pontevedra no mostró capacidad
de generar ingresos por los servicios que presta, pues estos recursos tenían poca relevancia sobre
la totalidad de los ingresos realizados. En los años 2009, 2010 y 2011 representaron el 2, 3, 5%,
respectivamente. Por lo tanto, la financiación de los servicios y el desarrollo de las funciones
atribuidas a la Cámara provenían esencialmente del RCP y de las subvenciones públicas.
Teniendo en cuenta que en la actual coyuntura económica la financiación pública también
experimenta una importante disminución, como ya revelan los datos obtenidos de la liquidación
del año 2012, la capacidad de la Cámara para seguir desarrollando sus funciones dependerá de
la obtención de nuevos ingresos y de las alternativas de financiación con que puedan contar
sobre las que no se dispone de datos en la fecha de redacción de este informe.
Por lo tanto, la pérdida del RCP compromete la supervivencia de la entidad. Ahora bien, la
situación financiera de la Cámara al final del año 2012 condiciona su capacidad de respuesta al
nuevo escenario. El análisis de una serie de ratios de solvencia a corto y largo plazo, pusieron de
manifiesto que la Cámara de Pontevedra presentaba una situación financiera relativamente
saneada, sin endeudamiento a largo plazo y con capacidad para afrontar las operaciones
corrientes y las deudas a corto plazo realizando su activo corriente. Sin embargo, se advirtió un
deterioro de la situación financiera a 31.12.2012 debido fundamentalmente a la importante
disminución de los recursos procedentes del RCP y de las subvenciones públicas, lo que generó
pérdidas considerables en ese ejercicio y la reducción del patrimonio neto.
Los fondos disponibles permiten la supervivencia de la Cámara a corto plazo, pero la continuidad
de sus actividades más allá de ese horizonte temporal únicamente será posible mediante la
obtención de nuevos ingresos y el ajuste de sus capítulos de gasto.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
108
IV.2 RECOMENDACIONES
Como resultado del trabajo de fiscalización realizado, procede efectuar las siguientes
recomendaciones:
Presupuesto, liquidación y cuentas anuales
- Cumplir con la obligación de aprobar los presupuestos extraordinarios para la realización de
aquellos gastos, servicios y obras que no se realizan con carácter habitual.
- Elaborar adecuadamente los documentos que acompañan al presupuesto ofreciendo la
información exigida por la normativa vigente, en particular, el programa de actuaciones e
inversiones, el programa de financiación y sus actuaciones, y la plantilla.
- Atender las observaciones realizadas por la DXC corrigiendo los incumplimientos que se
pusieron de manifiesto.
En relación con la contabilidad y control interno
- Cumplir la normativa contable y presupuestaria en el registro e imputación de las operaciones y
adoptar las medidas necesarias para garantizar la inalterabilidad de la información recogida en la
aplicación informática de contabilidad.
- Establecer mecanismos de control interno, regulando los diferentes procedimientos de gestión
económico - financiera con una adecuada segregación de funciones y mecanismos de supervisión
y revisión de las distintas actuaciones.
- Registrar los gastos e ingresos de manera que se pueda efectuar un seguimiento y control de
las actividades financiadas con ingresos finalistas.
- Garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones correspondientes al auditor externo
quien deberá actuar con total independencia respecto a la entidad auditada.
- Cumplir las obligaciones con la Agencia Tributaria respetando las normas fiscales y tributarias,
en particular la presentación de la información cumplimentando los modelos fiscales en los
plazos y en la forma establecida reglamentariamente.
Personal
- Garantizar la transparencia de la información relativa a los gastos de personal respetando la
imputación presupuestaria en el capítulo correspondiente y corrigiendo las disfunciones
detectadas que distorsionan la información ofrecida.
- Aprobar una plantilla ajustada a las exigencias legales.
- Regular los procedimientos de selección del personal garantizando la observancia de los
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
109
principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
- Ofrecer mayor información sobre las retribuciones del personal garantizando su transparencia y
adoptar unos criterios objetivos para el abono de los complementos salariales e incentivos.
Gastos de viajes, estancias y dietas
- Adoptar una regulación de las dietas de los miembros de la Cámara orientada a satisfacer los
gastos efectivos ocasionados como consecuencia del desarrollo del cargo.
- Aprobar modelos normalizados para justificar los gastos de viajes, estancias y dietas y requerir
la documentación justificativa que acredite la realidad de los desplazamientos y la efectividad de
los gastos que se indemnizan.
- Efectuar la imputación presupuestaria de los gastos de esta naturaleza a un único epígrafe
presupuestario.
Contratación
- Cumplir la normativa contractual en la adjudicación de los contratos, respetando los
procedimientos establecidos en las instrucciones de contratación, promoviendo la concurrencia y
evitando la adjudicación directa.
- Definir con mayor objetividad y transparencia los criterios de adjudicación estableciendo en los
pliegos unas reglas precisas para efectuar la valoración de las distintas proposiciones,
garantizando que los licitadores conozcan estas reglas y la importancia de los distintos aspectos
en el momento de elaborar sus ofertas.
- Explicar con mayor precisión las puntuaciones asignadas a los distintos licitadores favoreciendo
la transparencia en la valoración.
- Formalizar los contratos en los que se definan con claridad las prestaciones contratadas, exigir
la acreditación del cumplimiento del contrato mediante facturas que cumplan los requisitos
establecidos por el reglamento de facturación y verificar que respondan a servicios efectivamente
ejecutados.
Subvenciones recibidas
En lo tocante a las actuaciones incluidas en el Plan Foexga, la Cámara deberá:
- Regular los criterios y el procedimiento de selección de las empresas a los efectos de su
participación en las actuaciones.
- Reclamar o, en su caso, devolver las cantidades correspondientes a las aportaciones de las
empresas que participaron en las distintas acciones de dicho Plan.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
110
- Efectuar el registro contable de los gastos de acuerdo con las exigencias del convenio,
asignando un código contable adecuado que facilite la pista de auditoría en relación con todos
los gastos relacionados con las actuaciones realizadas al amparo del Plan.
- Exigirles a las empresas que participaron en las acciones encuadradas en dicho Plan que
faciliten la información que permita evaluar la eficacia y la repercusión que tuvieron las
actuaciones en sus resultados comerciales y en su capacidad exportadora.
- En cuanto a las subvenciones recibidas de otras entidades públicas, la Cámara deberá respetar
las obligaciones de justificación de los gastos y de los pagos establecidas en la normativa
reguladora de las subvenciones y proporcionar información veraz a las entidades concedentes
respecto a la ejecución de los gastos subvencionables.
Ayudas concedidas
- Definir los proyectos o actuaciones a los que la Cámara prestará apoyo económico.
- Aprobar unas normas o bases reguladoras para la concesión en las que se establezcan de forma
objetiva los criterios para otorgar o denegar las ayudas, la distribución de las competencias entre
los distintos órganos, así como las cuantías y la forma de justificación de los gastos.
- Promover la concurrencia y dar publicidad a la convocatoria de las ayudas para garantizar la
igualdad en el acceso a todos los posibles interesados.
- Exigir la documentación justificativa de los gastos en los que incurrieron los beneficiarios de las
ayudas y no librar el pago sin la presentación de la factura o documento equivalente.
- Establecer una partida presupuestaria específica en la que se imputen la totalidad de los gastos
de esta naturaleza, favoreciendo la transparencia en la información.
Tesorería
- Elaborar un manual de procedimientos sobre la gestión de la tesorería, en el que se incluya la
obligación de suscribir las actas de arqueo que permitan acreditar la situación de las existencias
de la tesorería en una fecha concreta, determinando la periodicidad para su confección a lo largo
del ejercicio y, como mínimo, al inicio y al cierre del mismo.
- Arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar la integridad de los fondos de la Cámara,
estableciendo los mecanismos de control de los movimientos de efectivo realizados a través de la
caja de la corporación, llevando un libro de caja en el que se registren las operaciones realizadas
diariamente y conciliando los saldos contables y bancarios incorporando a las cuentas anuales el
oportuno documento de conciliación.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
111
ANEXOS
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
112
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
113
Anexo I. Demarcación Territorial de las Cámaras Gallegas
Leyenda
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
114
Anexo II. Liquidación Presupuestaria, Balance y Cuenta de PyG de 2010 y 2011
INGRESOS
CAPÍTULO
2010 2011
PRESUPUESTADO REALIZADO %
REAL. PRESUPUESTADO REALIZADO
% REAL.
1 - Recursos permanentes 899.000,00 1.093.592,74 121,6 852.000,00 857.348,42 100,6
2 - Recursos no permanentes 655.000,00 1.110.212,95 169,5 676.000,00 922.638,51 136,5
TOTAL INGRESOS 1.554.000,00 2.203.805,69 141,8 1.528.000,00 1.779.986,93 116,5
GASTOS
CAPÍTULO 2010 2011
PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %
3 - Personal 363.000,00 367.442,03 101,2 365.000,00 343.725,95 94,2
4 - Gastos de local 48.000,00 37.688,81 78,5 42.000,00 36.399,10 86,7
5 - Gastos de material 26.000,00 17.756,18 68,3 23.000,00 10.907,07 47,4
6 - Gastos de relaciones públicas 51.000,00 44.743,01 87,7 43.000,00 26.409,05 61,4
7 - Publicaciones y suscripciones 20.000,00 13.045,06 65,2 14.000,00 6.048,62 43,2
8 - Viajes y estancias 7.000,00 4.588,54 65,6 7.000,00 1.792,62 25,6
9 - Formación 158.000,00 231.044,85 146,2 136.000,00 165.231,88 121,5
10 - Estudios y asist. al comercio y a la industria 752.000,00 1.207.674,56 160,6 788.000,00 722.162,37 91,6
11 - Lonjas, ferias y exposiciones 50.000,00 26.283,29 52,6 40.000,00 13.236,30 33,1
12 - Gastos de otros servicios 12.000,00 10.747,62 89,6 16.000,00 15.243,65 95,3
13 - Cuotas a distintos organismos 55.000,00 47.743,84 86,8 40.000,00 40.349,39 100,9
14 - Impuestos 6.000,00 5.795,16 96,6 7.000,00 6.597,65 94,3
15 - Amortizaciones financieras 1.000,00 733,14 73,3 1.000,00 820,93 82,1
16 - Imprevistos 5.000,00 0,00 0,0 6.000,00 0,00 0,0
TOTAL GASTOS 1.554.000,00 2.015.286,09 129,7 1.528.000,00 1.388.924,58 90,9
Fuente: Elaboración propia con los datos de las cuentas anuales de 2010 y 2011
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
115
Balance de los ejercicios 2010 y 2011
Ejercicio 2010
Ejercicio 2011
2010 2009
2011 2010
Activo
A) Activo no Corriente 107.587,34 140.728,45
142.066,96 112.925,28
I. Inmovilizado intangible 3.426,26 3.426,26
3.426,26 3.426,26
2. Concesiones 3.426,26 0,00
3.426,26 3.426,26
II. Inmovilizado material 89.161,08 122.302,19
123.640,70 94.499,02
1. Terrenos y construcciones 85.767,23 94.499,02
85.767,23 94.499,02
2. Instalaciones técnicas, y otro inmovilizado material 3.393,85 27.803,17
37.873,47 0,00
V. Inversiones financieras a largo plazo 15.000,00 15.000,00
15.000,00 15.000,00
1. Instrumentos de patrimonio 15.000,00 0,00
15.000,00 15.000,00
5. Otros activos financieros 0,00 15.000,00
0,00 0,00
B) Activo Corriente 1.374.182,82 1.305.398,37
1.522.804,21 1.433.211,47
III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar 1.069.840,35 844.930,32
1.137.615,63 1.128.869,00
1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios 868.650,50 693.686,32
763.607,10 927.679,15
1.1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios a largo plazo 0,00 0,00
52.524,94
1.2. Clientes por venta y prestaciones a corto plazo 868.650,50 693.686,32
3. Deudores varios 201.099,85 151.244,00
373.918,53 201.099,85
6. Otros créditos con las Administraciones Públicas 90,00 0,00
90,00 90,00
VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes 304.342,47 460.468,05
385.188,58 304.342,47
1. Tesorería 304.342,47 460.468,05
385.188,58 304.342,47
Total General 1.481.770,16 1.446.126,82
1.664.871,17 1.546.136,75
Pasivo
A) Patrimonio neto 960.458,76 829.725,00
1.015.999,53 1.448.452,66
A) Fondos propios 960.458,76 829.725,00
1.015.999,53 1.448.452,66
I. Capital 26.672,09 26.672,09
26.672,09 26.672,09
1. Capital escriturado 26.672,09 26.672,09
26.672,09 26.672,09
I. Reservas 75.517,06 75.517,06
75.517,06 13.680,06
Legal y estatutarias 61.837,00 75.517,06
Otras reservas 13.680,06 0,00
75.517,06 13.680,06
I. Resultados de ejercicios anteriores 712.685,68 719.133,67
792.242,13 1.271.977,86
Remanente. 712.685,68 719.133,67
886.145,59 1.271.977,86
(Resultados negativos de ejercicios anteriores) 0,00 0,00
-93.903,46
I Resultado del ejercicio 145.583,93 8.402,18
121.568,25 136.122,65
C) PASIVO CORRIENTE 521.311,40 616.401,82
648.871,64 97.684,09
Provisiones a corto plazo 0,00 0,00
250.000,00
Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar 521.311,40 616.401,82
398.871,64 97.684,09
V. Proveedores 469.958,75 397.750,66
296.099,66 469.958,75
1. Proveedores a corto plazo
397.750,66
V. Acreedores varios 9.085,80 176.406,41
3.860,01 9.085,80
V. Personal (remuneraciones pendientes de pago) 1.198,76 0,00
-38.798,53 -341.742,41
V. Otras deudas con las Administraciones Públicas. 41.068,09 42.244,75
137.710,50 -39.618,05
Total General 1.481.770,016 1.446.126,82
1.664.871,17 1.546.136,75
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales presentadas por la Cámara.
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116
Cuenta de Pérdidas y Ganancias de los ejercicios 2010 e 2011
Ejercicio 2010 Ejercicio 2011
2010 2009
2011 2010
1. Importe neto de la cifra de negocios 2.202.890,51 1.899.428,82
1.777.149,13 2.202.890,51
a. Ventas 2.202.890,51 1.899.428,82
1.777.149,13 2.230.038,34
4. Aprovisionamientos -1.401.100,39 -1.248.769,76
-762.439,40 -1.378.877,35
a. Consumo de mercancías -1.153.635,92 0,00
-689.623,98 -1.180.210,92
b. Consumo de materias primas y otras materias consumibles -42.149,56 -11.311,05
-28.479,95 -38.395,37
c. Trabajos realizados por otras empresas -205.314,91 -1.237.458,71
-44.335,47 -160.271,06
6. Gastos de personal -599.128,51 -560.510,13
-572.740,69 -614.911,69
a. Sueldos, salarios y asimilados -490.542,38 -457.725,91
-460.041,21 -490.542,91
b. Cargas sociales -108.586,13 -102.784,22
-112.699,48 -124.368,78
7. Otros gastos de explotación -54.851,75 -57.064,64
-63.609,51 -70.019,75
a. Servicios exteriores -44.752,28 -46.721,46
-47.306,17 -55.157,73
d. Otros gastos de gestión corriente -10.099,47 -10.343,18
-16.303,34 -14.862,02
8. Amortización del inmovilizado -3.141,11 -27.626,81
-7.805,42 -3.141,11
13. Otros resultados 0,00 0,00
-250.000,00
Resultado de explotación 144.668,75 5.457,48
120.554,11 135.940,61
14. Ingresos financieros 0,00 0,00
1.835,07 915,18
b. De valores negociables y otros instrumentos financieros 0,00 0,00
1.835,07 915,18
b.2) De terceros 0,00 0,00
1.835,07 915,18
15. Gastos financieros 0,00 0,00
-820,93 -733,14
b. Por deudas con terceros 0,00 0,00
-820,93 -733,14
19. Otros ingresos y gastos de carácter financiero 915,18 2.944,70
0,00 0,00
c. Resto de ingresos y gastos 915,18 2.944,70
0,00 0,00
Resultado financiero 915,18 2.944,70
1.014,14 182,04
Resultado antes de impuestos 145.583,93 8.402,18
121.568,25 136.122,65
Resultado del ejercicio de operaciones continuadas 145.583,93 8.402,18
121.568,25 136.122,65
Resultado del ejercicio 145.583,93 8.402,18
121.568,25 136.122,65
Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales presentadas por la Cámara.
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117
Anexo III. Diferencias de los saldos a 31.12.2010 en el Balance de Situación y la Cuenta PyG
BALANCE DE SITUACIÓN A 31/12/2010
ACTIVO 2010 con las cuentas
rendidas 2010
2010 con las cuentas
rendidas 2011 Diferencias
ACTIVO NO CORRIENTE
Inmovilizado intangible 3.426,26 3.426,26 0,00
Patentes, licencias, marcas y similares 3.426,26 3.426,26 0,00
Inmovilizado material 89.161,08 94.499,02 5.337,94
Terrenos y edificaciones 85.767,23 94.499,02 8.731,79
Instalaciones técnicas y otro inmovilizado material 3.393,85 0,00 -3.393,85
Inversiones financieras a largo plazo 15.000,00 15.000,00 0,00
Instrumentos de patrimonio 15.000,00 15.000,00 0,00
Otros activos financieros 0,00 0,00 0,00
ACTIVO NO CORRIENTE 107.587,34 112.925,28 5.337,94
ACTIVO CORRIENTE
Deudores 1.069.840,35 1.128.869,00 59.028,65
Clientes por ventas y prestaciones de servicios 868.650,50 927.679,15 59.028,65
Deudores varios 201.099,85 201.099,85 0,00
Otros créditos con las Administraciones Públicas 90,00 90,00 0,00
Efectivos y otros activos líquidos equivalentes 304.342,47 304.342,47 0,00
Tesorería 304.342,47 304.342,47 0,00
ACTIVO CORRIENTE 1.374.182,82 1.433.211,47 59.028,65
TOTAL ACTIVO 1.481.770,16 1.546.136,75 64.366,59
PATRIMONIO NETO Y PASIVO 2010 con las
cuentas rendidas 2010
2010 con las cuentas
rendidas 2011 Diferencia
FONDOS PROPIOS 960.458,76 1.448.452,66 487.993,90
Capital 26.672,09 26.672,09 0,00
Capital estructurado 26.672,09 26.672,09 0,00
Reservas 75.517,06 13.680,06 -61.837,00
Legales y estatutarias 61.837,00 0,00 -61.837,00
Otras reservas 13.680,06 13.680,06 0,00
Remanentes ejercicios anteriores 712.685,68 1.271.977,86 559.292,18
Remanentes 712.685,68 1.271.977,86 559.292,18
Resultado del ejercicio 145.583,93 136.122,65 -9.461,28
PATRIMONIO NETO 960.458,76 1.448.452,66 487.993,90
ACREEDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS A PAGAR 521.311,40 97.684,09 -423.627,31
Proveedores 469.958,75 469.958,75 0,00
Acreedores varios 9.085,80 9.085,80 0,00
Personal (remuneraciones pendientes de pago) 1.198,76 -341.742,41 -342.941,17
Otras deudas con las administraciones públicas 41.068,09 -39.618,05 -80.686,14
Periodificaciones a corto plazo 0,00 0,00
Deudas con características especiales a corto plazo 0,00 0,00
PASIVO CORRIENTE 521.311,40 97.684,09 -423.627,31
TOTAL PATRIMONIO NETO PASIVO 1.481.770,16 1.546.136,75 64.366,59
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118
CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS A 31 DE DICIEMBRE DE 2011
2010 con las cuentas
rendidas 2010
2010 con las cuentas
rendidas 2011 Diferencia
1. IMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS 2.202.890,51 2.202.890,51 0,00
a) Ventas 2.202.890,51 2.202.890,51 0,00
4. APROVISIONAMIENTOS -1.401.100,39 -1.378.877,35 22.223,04
a) Consumo de mercancías -1.153.635,92 -1.180.210,92 -26.575,00
b) Consumo de materias primas y otras materias consumibles -42.149,56 -38.395,37 3.754,19
c) Trabajos realizados por otras empresas -205.314,91 -160.271,06 45.043,85
6. GASTOS DE PERSONAL -599.128,51 -614.911,69 -15.783,18
a) Sueldos, salarios y asimilados -490.542,38 -490.542,91 -0,53
b) Cargas sociales -108.586,13 -124.368,78 -15.782,65
7. OTROS GASTOS DE EXPLOTACIÓN -54.851,75 -70.019,75 -15.168,00
a) Servicios exteriores -44.752,28 -55.157,73 -10.405,45
d) Otros gastos de gestión corriente -10.099,47 -14.862,02 -4.762,55
8. AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO -3.141,11 -3.141,11 0,00
RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 144.668,75 135.940,61 -8.728,14
19. OTROS INGRESOS Y GASTOS DE CARÁCTER FINANCIERO 915,18 182,04 -733,14
c) Resto de ingresos y gastos 915,18 182,04 -733,14
RESULTADO FINANCIERO 915,18 182,04 -733,14
RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS 145.583,93 136.122,65 -9.461,28
RESULTADO DEL EJERCICIO DE OPERACIONES CONTINUADAS 145.583,93 136.122,65 -9.461,28
RESULTADO DEL EJERCICIO 145.583,93 136.122,65 -9.461,28
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
119
Anexo IV. Diferencias entre las operaciones declaradas en el modelo fiscal 347 y los registros contables
PERCEPTORES 2010 2011
Nif Denominación
Modelo 347
Importe
2010
Relación de
acreedores
2010
Diferencia
Modelo 347
Importe
2011
Relación de
acreedores
2011
Diferencia
A82018474 Telefónica de España 10.280,67 11.735,88 1.455,21 5.791,18 5.874,85 83,67
B36333771 Daper Mensajeros SLU 6.357,90 7.162,68 804,78 0,00 0,00 0,00
A83052407 Soc. Estatal Correos y Telégrafos 18.671,80 18.669,67 -2,13 16.121,98 15.959,84 -162,14
B36399087 Dim Pontevedra 5.066,42 8.031,44 2.965,02 3.760,85 3.760,85 0,00
35247049D Costas Abeledo María Luísa 3.083,91 3.380,94 297,03 0,00 0,00 0,00
B36005890 Viajes Rascado S.L. 324.479,72 311.192,12 -13.287,60 117.817,32 117.944,40 127,08
B36220135 Grupo Norte S.L. 124.944,90 121.682,20 -3.262,70 112.517,40 63.649,40 -48.868,00
B36040236 GPX Asociados S.L. 79.327,70 79.328,70 1,00 0,00 3.115,18 3.115,18
A12428249 Investig. e Innovac. e Informa 5.424,91 4.575,31 -849,60 3.355,67 3.355,67 0,00
B36978187 Conser Fomento de Gestión 18.925,56 18.871,64 -53,92 19.087,32 19.087,32 0,00
A78923125 Telefónica Servicios Móviles 6.156,59 6.106,33 -50,26 5.667,47 5.677,28 9,81
A36036739 Distribuciones Froiz S.A. 4.552,33 4.552,33 0,00 0,00 3.657,00 3.657,00
B15482177 Canal Voz S.L. 3.943,90 3.590,04 -353,86 0,00 0,00 0,00
A36039956 Enmaconsa 4.601,72 0,00 -4.601,72 0,00 0,00 0,00
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
120
Anexo V. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2010
Epígrafes
Categoría profesional Comercio exterior
Formación Personal de
plantilla. Sueldos
Horas extras
Incentivos Gabinete de prensa
Persoal contratado/
eventual Total
Secretaria general 41.462,39
62.193,59
103.655,98
Oficial administrativo 49.860,63
49.860,63
Vicesecretario general
29.948,87
5.000,00
34.948,87
Oficial administrativo
59.198,10 2.500,00
61.698,10
Oficial administrativo
37.287,81 0,00
37.287,81
Técnico informático 30.000,00
8.283,09
38.283,09
Técnico en contabilidad
38.647,45
38.647,45
Oficial administrativo
37.001,13
37.001,13
Titulada superior
23.978,38 23.978,38
Titulada superior
20.111,18 20.111,18
Titulada superior
3.316,35 3.316,35
Titulada superior
19.844,62 19.844,62
Técnico de comunicación 8.000,00 1.308,79
6.400,00 6.200,00
21.908,79
Total 129.323,02 68.545,47 205.323,36 2.500,00 11.400,00 6.200,00 67.250,53 490.542,38
Distribución de los gastos de seguridad social por epígrafes presupuestarios según
la Cámara. Año 2010
Epígrafes Total
Seguros sociales 80.968,14
Comercio exterior 11.858,28
Formación 15.759,71
Total 108.586,13
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
121
Anexo VI. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2011
Epígrafes
Categoría profesional
Comercio exterior
Formación Personal de
plantilla. Sueldos
Horas extras
Gabinete de prensa
Personal contratado/
eventual Total
Secretaria general 38.967,52
58.451,29
97.418,81
Oficial administrativo 48.731,57
48.731,57
Vicesecretario general
36.584,66
36.584,66
Oficial administrativo
52.000,00 2.474,80
54.474,80
Oficial administrativo
36.471,48 0,00
36.471,48
Técnico informático 12.000,00
23.070,38
35.070,38
Técnico en contabilidad
36.937,50
36.937,50
Oficial administrativo
36.202,84
36.202,84
Titulada superior
29.189,97 29.189,97
Titulada superior
20.420,88 20.420,88
Titulada superior
6.801,33 6.801,33
Técnico de apoyo
3.250,61 3.250,61
Titulada superior
1.220,74
1.220,74
Técnico de comunicación 2.589,84
14.675,80
17.265,64
Total 99.699,09 76.866,72 206.662,01 2.474,80 14.675,80 59.662,79 460.041,21
Distribución de los gastos de seguros sociales por epígrafes presupuestarios según la
Cámara. Año 2011
Epígrafes Total
Seguros sociales 74.926,35
Comercio exterior 11.858,28
Formación 15.759,71
Total 102.544,34
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122
Anexo VII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del presidente de la Cámara
Capítulo Cuenta Descripción Fecha Concepto Debe
08 60800001 Nacionales 31/01/2010 Presidente - mes de enero 370,50
08 60800003 Dietas 31/03/2010 Presidente - mes de marzo 1.232,45
06 60600001 Actos y recepciones 30/04/2010 Presidente 601,00
06 60600001 Actos y recepciones 31/05/2010 Presidente - mes de mayo 500,75
06 60600002 Representaciones 31/07/2010 Presidente – mes de julio 1.652,25
06 60600002 Representaciones 31/10/2010 Presidente – mes de octubre 2.192,95
06 60600002 Representaciones 30/11/2010 Presidente – mes de noviembre 2.609,00
10 61000005 Subvención Global 30/09/2010 Presidente 1.215,70
TOTAL MUESTRA DIETAS 2010 10.374,60
8 60800001 Nacionales 31/05/2011 Presidente - mayo 1.521,85
6 60600002 Representaciones 31/01/2011 Presidente - enero 600,85
6 60600002 Representaciones 30/06/2011 Presidente - junio 831,10
6 60600002 Representaciones 31/12/2011 Presidente - representaciones 691,00
TOTAL MUESTRA DIETAS 2011 3.644,80
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123
Anexo VIII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del personal al servicio de la Cámara
Año Puesto Mes Dietas
exentas Dietas Gastos
Dietas pernoct.
2010 Secretaria general marzo 730,80 952,00 618,82
2010 Jefa de servicio comercio exterior marzo 1.187,55 1.547,06 419,88 106,68
2010 Técnico en contabilidad septiembre
400,00 106,68
2010 Técnico responsable de comunicaciones noviembre 822,15 1.071,00
2010 Técnico informático agosto
110,90
2011 Secretaria general marzo
307,00
2011 Vicesecretario general julio
747,29
2011 Técnico informático noviembre
182,66 160,02
TOTAL 2.740,50 3.570,06 2.786,55 373,38
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124
Anexo IX. Gastos de dietas del personal de la Cámara sin justificar
DETALLE DE LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO SIN DOCUMENTO JUSTIFICATIVO
Año Perceptor Importe Asunto Lugar Fecha Sin documento
justificativo
2010
Secretaria 50 Misión inversa Santiago 02/03/2010 50
Secretaria 50 Reunión Seguim. Santiago 18/03/2010 50
Secretaria 350 Portugal fashion Oporto 19 ó 21/03/2010 0
Secretaria 150 Reunión Pontus Allariz 23/03/2010 119
Secretaria 18,82 Red Genera Vigo 24/03/2010 18,82
Total 618,82 237,82
Oficial Administrativo (Comercio exterior) 120 Sin asunto Santiago 2 e 3/03/2010 120
Oficial Administrativo (Comercio exterior) 299,88 Misión directa Venezuela 8 al 20/03/2010 0
Total 419,88 120
Administrativo (Contabilidad y recaudación)
400 Feria del conocimiento Madrid 21 e 22/03/2010 400
Total 400 400
Informático S.D. Reunión Movicell Vigo 03/08/2010
54,7 Informático S.D. Vivero de empresa S.D. 13/08/2010
Informático S.D. Reunión Serviguide Vigo 24/08/2010
Informático S.D. Reunión Serviguide Vigo 25/08/2010
Total 110,9 54,7
2011
Secretaria 30 Reunión secretarios Vigo 01/03/2011 30
Secretaria 30 Rede Genera Vigo 14/03/2011 30
Secretaria 60 Reunión secretarios Santiago 15/03/2011 60
Secretaria 50 Rede Genera Vigo 17/03/2011 50
Secretaria 50 Reunión Xunta Santiago 21/03/2011 45,05
Secretaria 87 Reunión CSC Madrid 24/03/2011 30,05
Total 307 245,10
Vicesecretario 747,29 Curso CSC Madrid 4 ó 7/07/2011 0
Total 747,29 0
Informático S.D. Recoger material para Master Community Manager
Mos 10/11/2011
182,66 Informático S.D. Configurar wifi Pomovil Pontevedra 11 e 12/11/2011
Informático S.D. Configurar wifi Pomovil Pontevedra 18 e 19/11/2011
Informático S.D. Taller emprendedor Santiago 21/11/2011
Informático S.D. Wifi Esdemga 24/11/2011
Total 182,66 182,66
Total general 2.786,55 1.240,28
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125
Anexo X. Subvenciones recibidas de los años 2010 y 2011
Euros
SUBVENCIONES RECIBIDAS
Año Órgano que concede Finalidad de la subvención Importe
concedido
2010 Consellería de Traballo e Benestar Acciones formativas dirigidas a trabajadores ocupados cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en la C.A. de Galicia
10.980,00
2010 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados por las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro
13.365,48
2010 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de agentes de empleo por las Administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro
26.488,08
2010 Consejo Superior de Cámaras Programa de apoyo empresarial a las mujeres PAEM 33.692,55
2010 Consejo Superior de Cámaras Proyecto de formación de emprendedores en el comercio 28.308,01
2010 Consejo Superior de Cámaras Programa feria del conocimiento 37.721,00
2010 Consejo Superior de Cámaras Programa formativo para la integración socio-laboral de inmigrantes 10.606,00
2010 Ayuntamiento de Pontevedra Ferias en el recinto ferial-2010 115.000,00
2010 Programa de cooperación transfronteriza España-Portugal
Red Genera 117.520,19
2010 Varios Red Genera. Diagnóstico ambiental 29.799,99
2010 Consellería de Economía e Industria Fomento exportación empresas gallegas 251.327,99
2010 Consello Superior de Cámaras Pasarela de moda Pontus 84.219,77
TOTAL 2010 759.029,06
2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones a entidades colaboradoras para la realización de actividades de información, orientación y búsqueda de empleo (IOBE)
12.335,55
2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de agentes de empleo por las Administraciones Públicas distintas de la Local, Universidades y entidades sin ánimo de lucro
26.730,96
2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados por las Administraciones Publicas distintas de la Local, Universidades y entidades sin ánimo de lucro
8.727,36
2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la puesta en práctica en Galicia de programas integrados para el empleo
63.840,00
2011 Consejo Superior de Cámaras Proyecto de formación de emprendedores en el comercio 20.000,00
2011 Consejo Superior de Cámaras Programa de apoyo empresarial a mujeres PAEM 31.303,00
2011 Consejo Superior de Cámaras Programa feria del conocimiento 29.723,00
2011 Ayuntamiento de Pontevedra Ferias en el recinto ferial-2011 115.000,00
2011 Consellería de Economía e Industria Fomento exportación empresas gallegas 98.569,48
2011 Consejo Superior de Cámaras Acciones complementarias. Pontus mayo 71.698,36
2011 Consejo Superior de Cámaras Acciones complementarias. Pontus noviembre 82.930,72
2011 Consejo Superior de Cámaras Acciones complementarias. Inversa alimentaria Brasil 24.389,85
TOTAL 2011 585.248,28
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126
Anexo XI. Descripción de las actuaciones incluidas en el Plan FOEXGA 2010-2011
1. Misiones comerciales
a. Misiones comerciales directas.- Consisten en la prospección de mercados y establecimiento de
contactos empresariales en países extranjeros para favorecer las exportaciones y la
internacionalización de las empresas gallegas.
b. Misión comerciales directas plurisectoriales de carácter estratégico.- Son aquellas actuaciones en
las que confluye, tanto el carácter empresarial como la participación de la Xunta por el carácter
estratégico del país donde se realiza la acción.
2. Participación en ferias internacionales.- Consistente en la asistencia a ferias internacionales por parte de
las empresas gallegas, con el objeto de poner en contacto a empresas gallegas con distribuidores, en la
misma feria o bien mediante visitas a los distribuidores, así como organizar participaciones agrupadas de
empresas.
3. Visitas a ferias.- Incluyen ferias en el exterior que presentan un especial atractivo para los productos
gallegos. Se organizan asistencias a las mismas, mediante visitas de empresas interesadas.
4. Misiones comerciales inversas.- Son las empresas extranjeras las que están interesadas en distribuir en su
país de origen productos gallegos, por tal motivo viajan a Galicia y participan en reuniones de negocios
con empresas gallegas. También se consideran misiones inversas las actuaciones que se realizan para
atraer prescriptores de opinión extranjeros para que conozcan las empresas y productos gallegos y los den
a conocer en su país de origen.
5. Encuentros empresariales.- Están dirigidos a fomentar la cooperación y contacto con empresas extranjeras
para favorecer acuerdos comerciales, financieros, industriales, tecnológicos, etc.
6. Misión exposición.- Consisten en la realización de exposiciones de productos gallegos dirigidos a un
público objetivo en aquellos países en los que se considere oportuna esta vía promocional, para facilitar el
acceso a los mercados.
7. Acciones privativas.- Son actuaciones de estudio, foros y conocimiento, que realiza cada cámara en su
demarcación, para analizar los mercados con posibilidades de penetración para los productos gallegos.
8. Promotor de negocio Plan País.- La finalidad de la actuación es la prestación de servicios de apoyo,
asistencia y asesoramiento a las actividades de exportación e internacionalización de la economía gallega y
de sus empresas en los países BRIC (Brasil, Rusia, India y China).
9. Plan País acciones directas.- Son actuaciones de prospección de mercados y establecimientos de contactos
para favorecer las exportaciones y la cooperación, en determinados sectores, en los países BRIC (Brasil,
Rusia, India y China).
10. Acciones sectoriales de carácter especial directa.- Son actuaciones que engloban sectores de especial
relevancia para la economía gallega como la pesca, el vino, las energías renovables, etc. Se desarrollan en
los países donde se realizan misiones comerciales especiales en las que participan las empresas más
importantes de cada sector.
11. Acciones sectoriales de carácter especial inversa.- Tienen como finalidad atraer a Galicia potenciales
compradores y distribuidores extranjeros o prescriptores, para que conozcan las empresas y productos
gallegos de los sectores de carácter especial.
12. Becarios promotores en el exterior.- Consiste en la formación y capacitación profesional de recursos
humanos especializados, que facilitan que las empresas y las cámaras gallegas dispongan de información
sobre los mercados de los países de destino.
13. Plan global de comunicación.- El plan incluye acciones publicitarias dirigidas a empresas y entidades
gallegas para dar a conocer todas las actividades que se desarrollan en el Plan Foexga.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
127
Anexo XII. Actuaciones de la Cámara de Pontevedra incluidas en el Plan FOEXGA. 2010-2011
Plan Foexga 2010
Actuación Sector Destino o
procedencia Fecha
Financiación
Realizada Xunta Empresas
Cámara Pontevedra
Total actuación
Misión comercial directa Plurisectorial R.Dominicana- Venezuela
8-19 marzo 13.200,00 13.200,00 6.600,00 33.000,00 Si
Visitas a ferias Alimentación Italia (Rimini) 20-23 febrero
2.880,00 8.640,00 2.880,00 14.400,00 Si
Misiones comerciales inversas
Acuicultura Brasil 1-5 marzo 15.000,00 0,00 10.000,00 25.000,00 Si
Misiones comerciales inversas
Naval Brasil 15-21 mayo 13.800,00 0,00 9.200,00 23.000,00 Si
Misiones comerciales inversas
Alimentación Conxemar
Brasil 4-9 octubre 15.000,00 0,00 10.000,00 25.000,00 Si
Misiones comerciales inversas
Touroperadores Brasil 27
septiembre a 3 octubre
13.800,00 0,00 9.200,00 23.000,00 Si
Acciones privativas Curso básico de comercio exterior
Sin fecha 2.000,00 0,00 2.000,00 4.000,00 No
Acciones privativas Seminarios 6 noviembre 4.000,00 0,00 4.000,00 8.000,00 Si
Acciones privativas Seminarios de turismo Sin fecha 4.000,00 0,00 4.000,00 8.000,00 No
Promotor negocios Plan País Brasil Enero-
diciembre 36.000,00 0,00 12.000,00 48.000,00 Si
Plan País acciones directas Construcción Brasil 7-14 marzo 15.000,00 9.000,00 6.000,00 30.000,00 Si
Plan País acciones directas Plurisectorial Brasil 6-13 junio 15.000,00 9.000,00 6.000,00 30.000,00 Si
Acciones sectoriales especiales inversas
Textil Rusia/EE.UU 1-5 marzo 24.000,00 0,00 6.000,00 30.000,00 Si
Misiones comerciales de carácter estratégico
Plurisectorial Brasil 20-28
noviembre 132.000,00 44.000,00 44.000,00 220.000,00 Si
TOTAL 305.680,00 83.840,00 131.880,00 521.400,00
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
128
Plan FOEXGA 2011
Actuación Sector Destino o
procedencia Fecha
Financiación
Realizada Xunta
Empresas Cámara
Pontevedra Total
Actuación Subvención
Costes indirectos
Total Xunta
Misión comercial directa
Plurisectorial Brasil 5-12
noviembre 35.000,00 10.500,00 45.500,00 35.000,00 80.500,00 Si
Misión comercial directa
Plurisectorial R. Dominicana Venezuela
2-8 marzo 16.000,00 4.800,00 20.800,00 16.000,00 36.800,00 Si
Misiones comerciales inversas
Alimentación Conxemar
Brasil 3-7
octubre - - - - - - Si
Misiones comerciales inversas
Touroperadores Brasil 17-21
octubre 13.800,00 3.450,00 17.250,00 0,00 9.200,00 26.450,00 Si
Acciones privativas Pontus Veteris - - 100.000,00 0,00 100.000,00 0,00 100.000,00 200.000,00 [ 1 ]
Acciones privativas Seminarios - - 2.000,00 0,00 2.000,00 0,00 2.000,00 4.000,00 No
Acciones privativas Seminarios enoturismo
19-21
octubre 4.000,00 0,00 4.000,00 0,00 4.000,00 8.000,00 Si
Promotor negocios Plan País
Brasil Enero
diciembre 38.400,00 0,00 38.400,00 0,00 9.600,00 48.000,00 Si
TOTAL 227.950,00 51.000,00 124.800,00 403.750,00
[1] Según la información proporcionada por la Cámara, la actuación de la Pasarela Pontus Veteris no fue subvencionada por el Plan FOEXGA.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
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Anexo XIII. Gastos no elegibles según la cláusula 4ª del convenio de colaboración del Plan Foexga
Actuación Proveedor Nº factura Fecha Concepto Importe
1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil
Viajes Rascado 597 09/12/2010 Billetes avión promotor de negocios
254,44
1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil
Viajes Rascado 366 09/12/2010 Hotel promotor de negocios
1.976,00
1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil
Viajes Rascado 602 09/12/2010 Billetes avión técnico de comunicación
1.409,05
1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil
Viajes Rascado 370 09/12/2010 Hotel técnico de comunicación
1.621,00
2.- Promotor de negocios/Brasil Viajes Rascado 281 09/06/2010 Billetes avión promotor de negocios
1.423,00
2.- Promotor de negocios/Brasil Viajes Rascado 368 19/07/2010 Billetes avión promotor de negocios
1.355,16
TOTAL 8.038,65
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
130
Anexo XIV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2010
Nombre de la Empresa Cuota de
Inscripción Importe a pagar S/L
Sin abonar o devolver
Notas
Apremar 900,00 710,59 189,41 Armaduras Matálicas San Juan 900,00 710,59 189,41 Carenaga 900,00 710,59 189,41 Carpintería de Aluminio Teype 900,00 710,59 189,41 [1]
Class One 900,00 710,59 189,41 Cofrico 900,00 710,59 189,41 Constructora Eshor 900,00 710,59 189,41 Ecologic High Chemical 900,00 710,59 189,41 Estructuras y Hormigones Asturias 900,00 710,59 189,41 Ferralla Rio Pozo 900,00 710,59 189,41 Gabadi 900,00 710,59 189,41 Ingapan 900,00 710,59 189,41 Insenaval 900,00 710,59 189,41 Interveira 900,00 710,59 189,41 Isolux Corsan
[2]
Isolux
[2]
Kinetika Innovacións Estrututais 900,00 710,59 189,41 Loaira Sistemas de Persianas
710,59 0 [[7]
Lugar da Santiña 900,00 710,59 189,41 Martín Codax 900,00 710,59 189,41 Mecanizados Rodríguez 900,00 710,59 189,41 Moncina 900,00 710,59 189,41 Morinver 900,00 710,59 189,41 Programación, control e Gestión 900,00 710,59 189,41 Proofice Centro de Negocios 900,00 710,59 189,41 Qcycla Reciclaje 900,00 710,59 189,41 Revesgran 900,00 710,59 189,41 [3]
Revesgran 900,00 710,59 189,41 [3]
Rilo Maquinaria 900,00 710.59 189.41 Sestimar 900,00 1203,22
[4]
Siliconas y Masillas (SYMA) 900,00 710,59 189,41 Sociedad Ibérica de Aluminio 900,00 710,59 189,41 [1]
Soluciones eléctricas de Galicia 900,00 710,59 189,41 Taigsa
710,59 0 [[7]
Talleres Hércules de Grúas 900,00 710,59 189,41 Talleres Hércules de Maquinarias 900,00 710,59 189,41 Tecnymo 900,00 710,59 189,41 Triomachine 900,00 710,59 189,41 Trisquel Granitos 900,00 710,59 189,41 Ultimacon (Calos Fontela) 900,00 710,59 189,41 Xanela Arquitectura de Ventanas 900,00 710,59 189,41 Xylazel 900,00 710,59 189,41 Industrial de Acabados 900,00
[5]
Talleres Eume 450,00
[6]
TOTAL 35.550,00 28.205,64 6.818,76 Notas
[1] Sociedad Ibérica hace un pago de 1.800 euros de dos empresas: Sociedad Ibérica de Aluminio y carpintería de Aluminio Teype
[2] Isolux e Isolux Corsán son empresas y que no reciben ninguna subvención de la Xunta ni de las Cámaras
[3] Revesgran tiene contabilizados dos ingresos uno el 14 y otro el 15 de septiembre de 2010
[4] Sestimar es una empresa pública del puerto de Marín. No recibe subvención de la Cámara, paga el 40% de los costes en los que incurre
[5] La empresa Industrial de Acabados se inscribe para participar en la misión y anula fuera de plazo, no se le devuelve nada [6] Se inscribieron pero finalmente no participaron, está contabilizada la devolución de 450 euros. [7] Las empresas Loaria Sistema de Persianas y Taigsa no tienen identificado el ingreso de la misión.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
131
Anexo XV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2011
Nombre de la empresa Cota de
Inscripción Importe a pagar S/L
Sin abonar o devolver
Notas
Abrente Academia
1.142,01
[1]
Alimentos Javimar 1.100,00 1.142,01 -42,01
Arquisolux 1.100,00 1.142,01 -42,01
Coton y Sánchez 1.100,00 1.349,37 -249,37
Finsa 1.100,00 1.277,52 -177,52
Herrero Marinesca 1.100,00 1.349,37 -249,37
Iceacsa 1.100,00 1.142,01 -42,01
Infish Tecnological 1.100,00 1.321,02 -221,02
Ingapan 1.100,00 1.142,01 -42,01
Interveira 1.100,00 1.142,01 -42,01
Itelsis 1.100,00 1.142,01 -42,01
Kinética 1.100,00 962,41 137,59
Lugar da Santiña 1.100,00 1.142,01 -42,01
Mais food 1.100,00 1.499,98 -399,98
Mecanizados Rodríguez 1.100,00 1.421,98 -321,98
Postmobel 1.100,00 1.142,01 -42,01
Qcycla Reciclaje 1.100,00 1.142,01 -42,01
Salocin Services 1.100,00 1.142,01 -42,01
Sivsa Soluciones Infor. 1.100,00 1.142,01 -42,01
Taigsa 1.100,00 1.142,01 -42,01
Tenaise Provote 1.100,00 1.142,01 -42,01
Trisquel Granitos 1.100,00 1.142,01 -42,01
Valederme 1.100,00 1.142,01 -42,01
Vires de Gadir 1.100,00 1.142,01 -42,01
Carlos Fontela 1.100,00 [2]
Masive Abbance 1.100,00 [2]
Servizos e control Casa Maestra 1.100,00 [2]
Salvamento e Contraincendios S.L 1.100,00 [2]
Vinigalicia 1.100,00 [2]
TOTAL 30.800,00 28.595,82 -2.153,81
Notas
[1] El ingreso de la empresa Abrente Academia no se identificó en la contabilidad
[2] Estas empresas se inscriben en la misión, pero finalmente no participan.
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132
Anexo XVI. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa a Venezuela y República Dominicana. Año 2011
Nombre de la Empresa
País Cuota de
Inscripción Importe a pagar S/L
Sin abonar o devolver
Ain active Rep. Dominicana 1.000,00 856,40 143,60
Finsa Rep. Dominicana 1.000,00 856,40 143,60
Zelnova Rep. Dominicana 1.075,00 1.338,71 -263,71
Damoura Venezuela 1.050,00 1.123,17 -73,17
Galpor Venezuela 1.050,00 1.123,17 -73,17
Norinver Venezuela 1.050,00 1.296,81 -246,81
Smart G Venezuela 1.050,00 1.311,31 -261,31
Xurixest Venezuela- Contabilizado 2 ingresos 1.050,00 1.311,31 -261,31
Digamel Venezuela/R. Dominicana 1.710,00 1.762,46 -52,46
Xilazel Venezuela/R. Dominicana 1.710,00 1.762,46 -52,46
TOTAL 11.745,00 12.742,20 -997,20
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133
Anexo XVII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de los eventos POMOVIL y FERPALIA del año 2010
POMOVIL 2010:
El libramiento nº LD33, firmado el 31.12.2010 por el presidente, la secretaria y el tesorero
por importe de 18.000 euros.
Dos cheques emitidos a favor de la empresa con fecha 31.12.2010, por los importes de
10.000 y 8.000 euros (a pesar de que la forma de pago referida en la factura era la
transferencia bancaria al número de cuenta indicado en ella).
El extracto bancario de la cuenta de Novacaixagalicia (XXXXX17553) en el que consta el
cargo de dos cheques, con fecha contable 21.07.2011, por los importes referidos. Sin
embargo, a diferencia de otros cargos en los que se incluye la referencia del cheque que
permite tener evidencia de la correspondencia con el gasto analizado, en este caso el
extracto bancario no indica el número de cheque.
FERPALIA 2010:
El libramiento nº D34, firmado el 31.12.2010 por el presidente, la secretaria y el tesorero por
importe de 103.840 euros.
Cuatro cheques emitidos el 31.12.2010, dos por importe de 20.000, uno de 23.840 y otro
de 40.000 euros.
El extracto bancario de la cuenta de Novacaixagalicia (XXXXX17553) que refleja el cargo de
dos cheques por importe de 20.000 euros y uno por importe de 23.840 euros, con fecha
contable 5.08.2011. En estos casos sí se indica la referencia de dos cheques que coincide
con la de los emitidos para el pago fraccionado de la factura. Pese a que en la misma cuenta
consta el cargo de otro cheque por importe de 40.000 euros (con fecha contable
21.07.2011) la ausencia de referencia impide verificar la correspondencia con el gasto
analizado.
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134
Anexo XVIII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de FERPALIA del año 2011
El libramiento nº LD19, firmado el 31.12.2011 por el Presidente, la Secretaria y el Tesorero,
por el que se ordena pagar al Grupo Norte MCA SL, la cantidad de 89.680 euros por los
gastos realizados por la organización de FERPALIA 2011. Este importe coincide con el gasto
de la factura núm. 157/11 (101.480,00€) minorado en la cuantía de la factura rectificativa
núm. R022/11 (-11.800,00€)
Acompañan al antedicho documento tres cheques expedidos el 31.12.2011:
nº 3.116.361-0-4262-6 por importe de 40.000 euros.
nº 3.116.360-6-4262-6 por importe de 29.680 euros.
nº 3.116.362-1-4262-6 por importe de 20.000 euros.
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135
Anexo XIX. Ayudas concedidas en los años 2010 y 2011
SUBVENCIONES CONCEDIDAS
Año Órgano que concede Finalidad de la subvención Importe concedido
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado zona monumental 3.000,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Aempe 2.850,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Bueu 1.300,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios de Cangas 2.100,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios de Moaña 2.100,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado centro A Barca 900,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Forum Urbano 1.300,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Empresario Deza 800,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado calle de la Oliva 360,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Nadal Snow 1.180,00
2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Fórun Urbano Lalín 1.300,00
2010 Presidente Bandera Escudo Pontevedra 1.500,00
2010 Presidente Patronato Mareantes 600,00
2010 Presidente Ape Galicia 2.000,00
2010 Presidente Ape Galicia 1.000,00
2010 Presidente Asociación Vecinos O Castro 1.000,00
2010 Presidente Gremio de Mareantes 300,00
2010 Presidente Semana Santa 300,00
2010 Presidente Asociación Jóvenes Empresarios 1.000,00
TOTAL 2010 24.890,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Zona Monumental 2.250,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Aempe 2.140,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Bueu 975,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Cangas 1.575,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Moaña 1.575,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Centro A Barca 675,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Empresario Deza 600,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Calle de la Oliva 650,00
2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Fórum Urbano Lalín 600,00
TOTAL 2011 11.040,00
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136
Anexo XX. Muestra de las ayudas concedidas en los años 2010 y 2011
Subvención Importe (€) Fecha Órgano que concede
Alumbrado zona monumental 3.000 21/12/2010 Comité Ejecutivo
Alumbrado Aempe 2.850 21/12/2010 Comité Ejecutivo
Alumbrado empresarios Moaña 2.100 21/12/2010 Comité Ejecutivo
Alumbrado navidad Snow 1.180 21/12/2010 Comité Ejecutivo
Bandera escudo Pontevedra 1.500 30/06/2010 Presidente
Patronato Mareantes 600 31/10/2010 Presidente
Ape - Galicia 2.000 30/06/2010 Presidente
Ape - Galicia 1.000 31/12/2010 Presidente
Asociación vecinos O Castro 1.000 30/04/2010 Presidente
Gremio de mareantes 300 31/05/2010 Presidente
Asociación Jóvenes Empresarios 1.000 22/09/2010 Presidente
Alumbrado monumental 2.250 21/12/2011 Comité Ejecutivo
Alumbrado empresarios Cangas 1.575 21/12/2011 Comité Ejecutivo
Alumbrado empresarios Deza 600 21/12/2011 Comité Ejecutivo
Alumbrado Calle de la Oliva 650 21/12/2011 Comité Ejecutivo
Alumbrado Fórum Urbano Lalín 600 21/12/2011 Comité Ejecutivo
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137
Anexo XXI. Información referida a los movimientos registrados en la subcuenta 57000000 “CAIXA”
Euros
CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA - EJERCICIO 2010
ASIENTOS CONTABLES EXTRAÍDOS DEL LIBRO MAYOR DE LA SUBCUENTA 57000000 "CAIXA, EUROS"
Fecha Concepto Documento Debe Haber Saldo Contrapar. Observaciones
Saldos anteriores 359,00 359,00
20/04/2010 Pago EL Correo Galego 1.015,03 -656,03 40000021 (1)
28/05/2010 Pago Cinco Días 212 369,60 -1.025,63 40000297 (1)
31/05/2010 Ajuste saldo I 61 y 12 euros ajuste 10,30 -1.015,33 57200001
03/06/2010 Certificado origen conejos G. 179 12,00 -1.003,33 70400001
03/06/2010 Pago concello de Arbo 336,06 -1.339,39 40000059 (1)
17/08/2010 Ingreso efectivo cámara 1.250,00 -2.589,39 57200002
03/09/2010 Ingreso efectivo cámara 685,00 -3.274,39 57200002
30/09/2010 Pago floristería 210,00 -3.484,39 40000166 (1)
30/09/2010 Pago Aran Gorriz 120,00 -3.604,39 40000249 (1)
30/09/2010 Pago Galpor 223,23 -3.827,62 40000288 (1)
30/09/2010 Pago Emilio Bentrán 500,00 -4.327,62 40000585 (1)
30/09/2010 Pago La Fraternidad 10,22 -4.337,84 40000586 (1)
30/09/2010 Pago Ferrara Investimet 1.000,00 -5.337,84 40000595 (1)
30/09/2010 Pago C.E. juego y ping 420,00 -5.757,84 40000613 (1)
30/09/2010 Pago Nogueira García 63,80 -5.821,64 41000639 (1)
04/10/2010 Ingreso efectivo cámara 820,00 -6.641,64 57200002 (2)
22/10/2010 Ingreso efectivo cámara 2.000,00 -8.641,64 57200002
04/11/2010 Ingreso efectivo cámara 7.795,51 -16.437,15 57200002
18/11/2010 Ingreso efectivo cámara 900,00 -17.337,15 57200002
26/11/2010 Pago de la Peña 23,94 -17.361,09 40000053 (1)
31/12/2010 Recibos cobrados caja Caja 2010 17.094,50 -266,59 (3)
21/12/2010 Pago Diario de Pontevedra LD6 88,50 -355,09 40000014 (1)
TOTAL CONTA 17.475,80 17.830,89 -355,09
(1) No corresponde con una transacción real (2) No consta el ingreso en el extracto bancario (3) No coincide la cuantía con el importe que resulta del programa de recaudación
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
138
Euros
CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA - EJERCICIO 2011
ASIENTOS CONTABLES EXTRAIDOS DEL LIBRO MAYOR DE LA SUBCUENTA 57000000 "CAIXA, EUROS"
Fecha Concepto Documento Debe Haber Saldo Contrapar. Observaciones
Saldos anteriores 355,09
01/01/2011 Ajuste saldo 369,60 14,51 57200001 (1)
01/01/2011 Plgar Ezquerra Ana 574,00 588,51 41000019 (1)
01/01/2011 Pago Villarvin 0,20 588,31 41000625 (1)
03/01/2011 Pago Telefónica Móviles 668,22 -79,91 40000001 (1)
06/04/2011 Pago Cocin Valls 105 0,09 -80,00 40000277 (1)
31/05/2011 Recaudación efectivo I 107 160,00 -240,00 57200002
03/06/2011 Recaudación recibos I 112 150,00 -390,00 57200001 (2)
07/06/2011 Recaudación recibos I 115 350,00 -740,00 57200002
07/06/2011 Recaudación recibos I 116 160,00 -900,00 57200002
08/08/2011 Recaudación recibos I 119 50,00 -950,00 57200002
13/06/2011 Recaudación recibos I 123 150,00 -1.100,00 57200002
14/06/2011 Recaudación recibos I 124 100,00 -1.200,00 57200002
14/06/2011 Recaudación recibos I 126 200,00 -1.400,00 57200002
20/06/2011 Recaudación recibos I 131 180,00 -1.580,00 57200002
23/06/2011 Recaudación recibos I 138 105,00 -1.685,00 57200002
28/06/2011 Recaudación recibos I 143 130,00 -1.815,00 57200002
30/06/2011 Recaudación recibos 267,23 -2.082,23 43000436
04/07/2011 Recaudación recibos I 146 220,00 -2.302,23 57200002
07/07/2011 Recaudación recibos I 157 60,00 -2.362,23 57200007
07/07/2011 Recaudación recibos I 158 130,00 -2.492,23 57200007
12/07/2011 Recaudación recibos I 167 180,00 -2.672,23 57200007
15/07/2011 Recaudación recibos I 171 122,71 -2.794,94 57200002 (3)
15/07/2011 Recaudación recibos I 172 50,00 -2.844,94 57200007
15/07/2011 Recaudación recibos I 173 48,00 -2.892,94 57200007
15/07/2011 Ingreso recibos 120,00 -3.012,94 57200007
21/07/2011 Toimil certificados I 190 12,00 -3.024,94 57200001
04/08/2011 Certificados caja I 187 168,00 -3.192,94 57200007
04/08/2011 Certificados caja I 188 96,00 -3.288,94 57200007
05/08/2011 Certificados caja I 189 24,00 -3.312,94 57200007
23/08/2011 Recaudación recibos I 202 90,00 -3.402,94 57200007
19/10/2011 Pago Remac 8,71 -3.411,65 40000004 (1)
24/10/2011 Recaudación recibos I 240 38,26 -3.449,91 57200007
02/11/2011 Ingreso efectivo 114,00 -3.563,91 57200007
18/11/2011 Ingreso efectivo 72,00 -3.635,91 57200007
28/11/2011 Florentino Pasarela Pontus 54,00 -3.689,91 43000057
29/11/2011 Ingreso efectivo 84,00 -3.773,91 57200007
29/11/2011 Recibos cobrados por caja Recibos caja 6.634,67 2.860,76 (4)
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
139
Euros
CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA - EJERCICIO 2011
ASIENTOS CONTABLES EXTRAIDOS DEL LIBRO MAYOR DE LA SUBCUENTA 57000000 "CAIXA, EUROS"
Fecha Concepto Documento Debe Haber Saldo Contrapar. Observaciones
31/12/2011 Pago Faro de Vigo 207,68 2.653,08 40000159 (1)
31/12/2011 Pago José Crespo 148,00 2.505,08 40000168 (1)
31/12/2011 Pago Asoc. Amigos Casa 150,25 2.354,83 40000178 (1)
31/12/2011 Pago Silva Alen 400,00 1.954,83 40000251 (1)
31/12/2011 Pago Pampin Facorro 250,00 1.704,83 40000252 (1)
31/12/2011 Pago Presedo Díaz 200,00 1.504,83 40000364 (1)
31/12/2011 Pago Vida Bonomi 210,00 1.294,83 40000368 (1)
31/12/2011 Pago Sanchez Solla 30,00 1.264,83 40000371 (1)
31/12/2011 Pago Centro Kilo 500,00 764,83 40000373 (1)
31/12/2011 Pago José Pintos Portel 87,50 677,33 40000578 (1)
31/12/2011 Pago Barragans 133,12 544,21 40000605 (1)
31/12/2011 Pago Acreedores 1.100,00 -555,79 41000000 (1)
31/12/2011 Pago Juana Pulgar 840,00 -1.395,79 41000316 (1)
31/12/2011 Landín Informática 8,00 -1.387,79 41000628 (1)
31/12/2011 Pago Cometal Lago 550,00 -1.937,79 41000674 (1)
31/12/2011 Pago Ribelles Arellano 574,00 -2.511,79 41000692 (1)
31/12/2011 Cocin Santander ajuste 2.104,18 -407,61 43000005 (1)
31/12/2011 Cocin Aviles ajuste 29,54 -378,07 43000017 (1)
31/12/2011 Cocin Las Palmas ajuste 66,25 -311,82 43000038 (1)
31/12/2011 Cocin Zaragoza ajuste 237,09 -74,73 43000069 (1)
31/12/2011 Cocin Orihuela ajuste 4,47 -70,26 43000034 (1)
31/12/2011 Motos Tito e Cancela 72,26 2,00 43000089 (1)
TOTAL CONTA 10.100,06 10.098,06 2,00
(1) No corresponde con una transacción real (2) No consta el ingreso bancario en la cuenta de imputación, pero sí figura en el extracto bancario de la cuenta 57200002 (3) No consta el ingreso en el extracto bancario (4) No coincide la cuantía con el importe que resulta del programa de recaudación
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
140
Anexo XXII. Funciones de carácter público-administrativas de las cámaras agrupadas por áreas.
(Artículo 2 de la Ley 3/1993, Básica de Cámaras y artículo 4.2 de la Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia)
1. FORMACIÓN
Ley 3/1993, Básica de Cámaras
Colaborar con las administraciones educativas competentes en la gestión de la formación
práctica en los centros de trabajo incluida en las enseñanzas de Formación Profesional reglada,
en especial en la selección y homologación de centros de trabajo y empresas y, en su caso, en la
designación de tutores de los alumnos y en el control del cumplimiento de la programación.
Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia
Difundir e impartir formación no reglamentada referente a la empresa.
Colaborar en los programas de formación permanente establecidos por las empresas, por centros
docentes públicos o privados y, en su caso, por las administraciones públicas competentes,
dentro de los términos que se establezcan.
2. PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASISTENCIA A LAS EMPRESAS
Ley 3/1993, Básica de Cámaras
Expedir certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil,
nacional e internacional, en los supuestos previstos en la normativa vigente.
Recopilar las costumbres y usos normativos mercantiles, así como las prácticas y usos de los
negocios y emitir certificaciones acerca de su existencia.
Desempeñar funciones de arbitraje mercantil, nacional e internacional, de conformidad con lo
establecido en la legislación vigente.
Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia
Difundir las actividades y los programas de apoyo dirigidos a las empresas y participar en su
elaboración, cuando así se determine.
Promover y cooperar en la organización de ferias y exposiciones.
Crear y administrar lonjas de contratación y bolsas de subcontratación, después de la
autorización de la Administración Autonómica.
Designar a las personas que, si es el caso, ejerzan las funciones de arbitraje institucional
previstas en el artículo 14.1.a de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje, así como
participar en el sistema arbitral de consumo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.1.i de
la Ley Básica de Cámaras.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
141
3. PROMOCIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR
Ley 3/1993, Básica de Cámaras
Desarrollar actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior, en especial a la exportación,
mediante la elaboración y ejecución del Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones.
Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia
Colaborar en la promoción comercial y turística, desarrollar actividades de apoyo y estímulo al
comercio exterior, en especial a la exportación y apoyar y fomentar la presencia de los productos
y servicios gallegos en el exterior.
4. ASESORAMIENTO Y COLABORACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Ley 3/1993, Básica de Cámaras
Proponer al Gobierno, a través del Ministerio de Industria, cuantas reformas o medidas crean
necesarias o convenientes para el fomento del comercio, la industria y la navegación.
Ser órgano de asesoramiento de las Administraciones Públicas, en los términos que las mismas
establezcan, para el desarrollo del comercio, la industria y la navegación.
Tramitar los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos que se establezcan en
cada caso, así como gestionar servicios públicos relacionados con las mismas cuando su gestión
le corresponda a la Administración del Estado.
Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia
Emitir informe sobre los proyectos de disposiciones generales emanados de la Comunidad
gallega que afecten directamente a los intereses generales del comercio, la industria y la
navegación, en los supuestos y con las condiciones y alcance que el ordenamiento jurídico
determine.
Colaborar en la ejecución de los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos
que se establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados con las
mismas, cuando su gestión corresponda a la Administración Autonómica y siempre que así se
establezca en sus respectivas normas.
Colaborar con los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia emitiendo
informe sobre los estudios, trabajos y acciones que se realicen sobre la ordenación del territorio,
medio ambiente y localización industrial y comercial.
5. FUNCIONES CENSALES Y ESTADÍSTICAS
Ley 3/1993, Básica de Cámaras
Llevar un censo público de todas las empresas, así como de sus establecimientos, delegaciones y
agencias radicados en su demarcación.
Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia
Elaborar estadísticas del comercio, la industria y la navegación de Galicia y encuestas de
evaluación y estudios de los distintos sectores comerciales, industriales y navieros, así como
publicarlos y difundirlos.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
142
Anexo XXIII. Detalle por conceptos y tramos de cuotas de la emisión de los recibos del RCP correspondiente a los ejercicios 2010, 2011 y 2012.
2010 2011 2012
Detalle por conceptos y tramos cuota Detalle por conceptos y tramos cuota Detalle por conceptos y tramos cuota
I.A.E. I.A.E.
Año 2012: Solo se emiten recibos a Sociedades con importe neto de cifra de negocios = > 10 millones € en el año 2009. Tramos en €
Nº Recibos
Importe € Tramos en € Nº
Recibos Importe €
Hasta 72,06 cuota mínima
3.424 263.654,68
Hasta 72,06 cuota mínima
3.351 263.660,86
> 72,06 > 72,06
Totales 3.424 263.654,68 Totales 3.351 263.660,86
Importe medio recibo: 77 € Importe medio recibo: 78,68
Sociedades Sociedades
Sociedades
Tramos en € Nº
Recibos Importe € Tramos en €
Nº Recibos
Importe €
Tramos en € Nº
Recibos Importe €
Hasta 5 627 1.769,95 Hasta 5 575 1.561,28
Hasta 100 4 192,52
> 5 e < 100 1.525 44.528,76 > 5 e < 100 1.295 36.793,62
> 100 e < 500 11 2.344,35
= > 100 e < 500 379 82.637,46 = > 100 e < 500 276 58.740,41
= > 500 e < 1.000 12 8.850,68
= > 500 e < 1.000 75 53.288,91 = > 500 e < 1.000 70 48.516,52
= > 1.000 e < 3.000 21 34.255,84
= > 1.000 e < 3.000 65 112.542,48 = > 1.000 e < 3.000 57 89.227,04
= > 3.000 e < 6.000 5 23.444,88
= > 3.000 e < 6.000 12 48.403,58 = > 3.000 e < 6.000 14 59.286,43
= > 6.000 7 140.967,04
= > 6.000 14 248.452,93 = > 6.000 8 138.237,51
Totales 60 210.055,31
Totales 2.697 591.624,07 Totales 2.295 432.362,81
Importe medio recibo: 3.500,92
Importe medio recibo: 219,36 Importe medio recibo: 188,39
I.R.P.F. I.R.P.F.
Tramos en € Nº
Recibos Importe € Tramos en €
Nº Recibos
Importe €
Hasta 5 1.490 4.316,85 Hasta 5 1.439 4.977,60
> 5 e < 30 6.598 94.721,73 > 5 e < 30 6.451 91.016,75
= > 30 e < 100 900 41.047,51 = > 30 e < 100 805 36.979,46
= > 100 119 21.372,32 = > 100 133 24.495,15
Totales 9.107 161.458,41 Totales 8.828 157.468,96
Importe medio recibo: 17,72 Importe medio recibo: 17,83
Nº Recibos
Importe € Nº
Recibos Importe €
Total emisión 15.228 1.016.737,16 Total emisión 14.474 853.492,63
Importe medio recibo: 66,76 Importe medio recibo: 58,96
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V. ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA COCIN DE PONTEVEDRA
(No se incorpora, por su extensión, la documentación anexa al escrito de alegaciones).
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VI. RÉPLICAS FORMULADAS POR EL CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA COCIN DE PONTEVEDRA
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RÉPLICAS DEL CONSELLO DE CONTAS A LAS ALEGACIONES FORMULADAS POR LA
COCIN DE PONTEVEDRA AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
CORRESPONDENTE A LOS EJERCICIOS 2010-2011.
Trámite de alegaciones
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento del Consello de Contas de
Galicia, el 8.10.2013 se remitió el anteproyecto de informe de fiscalización a la Cámara de
Comercio de Pontevedra para que formulasen las alegaciones que estimasen pertinentes, que
fueron presentadas el 15.11.2013 (RE núm. 1764).
Con relación a su contenido y tratamiento, independientemente de las aclaraciones y
puntualizaciones que en cada caso figuran en las réplicas, es necesario señalar con carácter
general que, excepto en los casos concretos que así lo requieran, no se valoran las alegaciones
que confirmen deficiencias o irregularidades señaladas en el informe; que expongan criterios y
opiniones sin soporte documental o normativo o bien que no rebatan el contenido del informe,
sino que se trate de explicaciones o justificaciones sobre las actuaciones de la entidad fiscalizada.
En los supuestos en los que se modifica total o parcialmente el contenido de algún punto del
informe, se indicará este hecho expresamente mediante nota a pie de página.
En este trámite se incluyeron algunas modificaciones del anteproyecto, que se indican mediante
nota a pie de página, a efectos de actualizar algunos párrafos en consonancia con la nueva Ley
4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación.
Alegación 1.- Falta de aprobación de los presupuestos extraordinarios
Se afirma en el anteproyecto que ciertos gastos, calificados como no habituales, deberían haber
sido previstos en presupuestos extraordinarios como consecuencia de su carácter de gastos no
habituales; en concreto la mención se refiere al Proyecto Red Genera y el Proyecto Vivero de
Empresas.
(…) En el caso del Proyecto Red Genera se consideró que era una actividad de formación y
asesoramiento empresarial, una de las funciones encomendadas a las Cámaras de Comercio, y
por tanto no se consideró como gasto de carácter no habitual; estando por tanto los gastos
asignados al mismo incluidos en el presupuesto ordinario.
En cuanto al Proyecto Vivero de Empresas, sí fue objeto de un presupuesto extraordinario, tal
como consta en el documento que se adjunta (ANEXO I)
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RÉPLICA. Se reitera la consideración efectuada sobre el proyecto Red Genera. Constituye un
gasto para la realización de un proyecto específico, que no se repite anualmente, y que cuenta
con una financiación extraordinaria, por lo que debió ser objeto de un presupuesto
extraordinario.
Por lo que respecta al Proyecto Vivero de Empresas, la documentación remitida como Anexo I
consiste en dos certificaciones de los acuerdos plenarios adoptados el 14.02.2006 y el
16.07.2007, mediante los cuales se aprobó el presupuesto para la construcción del vivero. Es
necesario distinguir entre el acuerdo de autorización del gasto (materializado en los acuerdos
que se aportan) y la elaboración de un presupuesto extraordinario integrado por los estados de
ingresos y gastos. Este último no consta entre la documentación presupuestaria que la Cámara
presentó para su aprobación a la Dirección Xeral de Comercio, en los años 2010 y 2011.
Tampoco consta la elaboración ni la aprobación de la liquidación de ningún presupuesto
extraordinario. Por lo tanto, la documentación remitida no resulta suficiente para acreditar el
cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 44.5 de la LGC.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Alegación 2.- Remisión al órgano tutelar de las cuentas anuales y de la liquidación
del presupuesto del ejercicio 2011
Se dice que en el anteproyecto que la documentación del ejercicio 2011 se remitió fuera de
plazo. Afirmación tajante que no matiza el alcance del posible incumplimiento, del que no se
hace mención en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria que aprueba la
liquidación del presupuesto ordinario de 2011.
(…)
La aprobación se produjo el 31 de mayo de 2012, esto es, un mes antes del fin de plazo, y la
remisión se produjo el 12 de junio (sello de salida) con entrada en el registro del Consello de
Contas el 13 de junio; la remisión, pues, se realizó al cabo de diez días hábiles a partir del
siguiente al de su aprobación. (ANEXO II)
RÉPLICA. El incumplimiento del plazo no se refiere a la remisión de las cuentas al Consello de
Contas que, como se mencionó en el anteproyecto, fueron rendidas en el plazo establecido
legalmente.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
215
Fue la remisión al órgano tutelar de las cuentas del año 2011 la que experimentó un retraso que,
si bien no se menciona en la resolución que aprueba la liquidación, sí se señala en el informe
técnico emitido por la Dirección Xeral de Comercio que literalmente dice: “La COCIN de
Pontevedra presentó con fecha 13.06.2012 en el Registro General de la Xunta de Galicia la
documentación referenciada (cuentas anuales, el informe de auditoría y la liquidación del
presupuesto ordinario) excepto el certificado del contenido del acuerdo del Pleno, que lo
presentó, tras el requerimiento de la Dirección Xeral de Comercio, el 30 de julio de 2012 y por
tanto no cumple el plazo establecido en este artículo (47.3 de la Ley 5/2005, de 8 de julio)”
Sin embargo, se considera la alegación y se modifica la redacción del informe concretando que se
remitió fuera de plazo dicho certificado.
Alegación 3.- Incumplimientos de la Ley 5/2004 en las cuentas anuales y la
liquidación del presupuesto del ejercicio 2011
En las conclusiones se recoge la mención a los incumplimientos puestos de manifiesto en la
Resolución de la Consellería de Economía e Industria que aprueba la liquidación del presupuesto
ordinario de 2011. Sin embargo, no se hace mención a que, con independencia de las
consideraciones que el órgano tutelar realiza al respecto, la resolución dice que el informe del
servicio técnico es favorable a la aprobación de la liquidación del presupuesto (ANEXO III).
RÉPLICA. El anteproyecto destacó los incumplimientos puestos de manifiesto por el informe del
servicio técnico, pero también refleja que la liquidación de los presupuestos del 2010 y 2011 fue
aprobada por la Dirección Xeral de Comercio, por lo que se entiende que el informe no fue
desfavorable a dicha aprobación.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
En la resolución asimismo se recuerda “…ademáis a obriga de seguir incrementando o saldo da
conta “Fondo de reserva”…”; este recordatorio viene al caso como consecuencia del
compromiso asumido y cumplido por la Cámara de Pontevedra de ir incrementando el saldo del
fondo hasta alcanzar la cuantía legalmente establecida. El cumplimiento del compromiso es
reconocido por el órgano tutelar, sin embargo esto no se menciona en el anteproyecto.
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RÉPLICA. El anteproyecto de informe refleja las observaciones efectuadas por la DXC que, tanto
en la resolución sobre aprobación de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011 como en
los informes técnicos emitidos, indica que la COCIN de Pontevedra deberá adecuar el Fondo de
Reserva Obligatorio a la normativa legal vigente. La existencia de un compromiso, así como el
reconocimiento de su cumplimiento por el órgano tutelar, extremos de los que no se tuvo
constancia, no modifican la observación mencionada, ya que el fondo de reserva no alcanzaba el
porcentaje establecido legalmente.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Con respecto al cuadro del personal, parece desprenderse del anteproyecto que el
incumplimiento es absoluto, cuando en realidad de los requisitos de información que debe
contener sólo se discute si en el cuadro que efectivamente acompaña la liquidación
presupuestaria se cumple el requisito de hacer constar la remuneración y su desglose en relación
con cada uno de los puestos de trabajo. La Cámara de Pontevedra entiende que el formato del
cuadro anexo a los presupuestos de 2010 y 2011 sí ofrece la información legamente requerida.
La circunstancia de una discrepancia en relación con una de las menciones a incluir en el cuadro
de personal, en cuanto al modelo utilizado por la Cámara de Pontevedra, es presentado
reiteradamente en el informe como si de un incumplimiento total se tratase (ANEXO IV).
RÉPLICA. El artículo 23.3 de la LGC exige una plantilla en la que se relacionen debidamente
clasificados todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y
categorías.
El cuadro que acompaña a los presupuestos de la Cámara no identifica los puestos de trabajo,
limitándose a indicar las categorías existentes y el número de puestos correspondientes a cada
categoría, pero no identifica los puestos ni las funciones atribuidas.
Por otra parte, el artículo 46.5 de la LGC requiere que la plantilla especifique las categorías y
retribuciones por todos los conceptos de cada puesto de trabajo, extremo este que tampoco
cumple la plantilla presentada por la Cámara. No se detallan los distintos complementos
salariales, se indica el sueldo anual bruto por categorías y se expresa un porcentaje para calcular
la antigüedad y los complementos, pero sin ofrecer información que permita conocer las
cantidades correspondientes a cada puesto y los distintos conceptos.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
217
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
De la misma manera que en lo que respecta al cuadro del personal, el cálculo de la cantidad a
abonar al Consejo Gallego de Cámaras es presentado en las conclusiones como el
incumplimiento de hacer frente al abono de una cantidad concreta; esto es, habiendo sido fijada
la deuda de manera indubitada, la Cámara de Pontevedra no hace frente a su obligación. Sin
embargo, en el cuerpo del anteproyecto se consigna la realidad de la cuestión: no se trata de no
hacer frente a una cantidad concreta, sino que la interpretación que las Cámaras gallegas hacen
de la obligación (página 16 del informe) supone la realización de unos cálculos matemáticos que
dan como resultado la cuantía sí abonada por la Cámara de Pontevedra al Consejo Gallego de
Cámaras, interpretación que no es compartida por la Consellería de Economía e Industria.
RÉPLICA. La mención que figura en las conclusiones del anteproyecto de informe se limita a
señalar que la contribución a los ingresos permanentes del CGC no cumple el porcentaje
establecido en la ley sin que exista ninguna referencia en los términos expresados en la
alegación.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Alegación 4.- Contabilidad y control interno
(…)
Se dice en el artículo 44 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio,
industria y navegación de Galicia, que las “... cámaras estarán obligadas a reflejadas en el libro
diario el movimiento de sus ingresos y gastos...”. Ni en la ley que es de aplicación ni en la
normativa contable de ámbito común se especifica que exista la obligación de mantener
aplicaciones informáticas contables que tras el cierre no permitan la modificación de asientos ya
realizados. En la normativa fiscal correspondiente a las entidades sometidas al Impuesto sobre
Sociedades se establece la obligación de proceder a la legalización con posterioridad al cierre del
ejercicio de los libros de contabilidad, en el supuesto de que no se desee legalizar los libros en
blanco con carácter previo al inicio del ejercicio para con posterioridad plasmar la contabilidad en
ellos. Por tanto, la legalización de los libros supone la garantía de que lo que en ellos consta no
va a ser alterado con posterioridad, con independencia de la aplicación informática utilizada. En
el caso de la contabilidad de las cámaras, el requisito de inalterabilidad lógicamente debe
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
218
cumplirse con la adecuación de los registros contables a presentar en cualquier revisión con los
presentados en su momento al órgano tutelar.
RÉPLICA. El anteproyecto de informe advierte que durante la realización de los trabajos de
fiscalización se detectó la alteración de la información contable de los ejercicios fiscalizados,
extremo este que no se rebate en la alegación formulada.
La normativa contable permite la modificación de la contabilidad de ejercicios anteriores con
carácter excepcional y obliga a incorporar la correspondiente información en la memoria que
acompaña a las cuentas anuales.
Toda vez que los libros de contabilidad se llevan en soporte informático, se considera que se
deben implementar las medidas adecuadas para que la modificación de los asientos y estados
contable se realice cumpliendo una serie de requisitos de manera que quede salvaguardada la
integridad y exactitud de la información contable. En consecuencia, será la aplicación informática
la que deba reunir las garantías de seguridad necesarias para salvaguardar la inalterabilidad de
la información y permitir la realización de las modificaciones necesarias siempre que se cumplan
determinadas condiciones de supervisión y no de forma unilateral por la persona encargada de
introducir los datos en el programa contable.
En todo caso, con el fin de clarificar el sentido de la observación efectuada en el anteproyecto, se
modifica la redacción del párrafo objeto de la alegación.
Sistema de control interno: Las debilidades apreciadas en el trabajo de fiscalización no lo
fueron en el trabajo de evaluación de calidad realizado por AENOR, trabajo que incluyó el
examen del sistema de control interno y los procedimientos normalizados en las diferentes áreas
de gestión.
RÉPLICA. El resultado de la evaluación efectuada por otra entidad no condiciona las
conclusiones obtenidas como consecuencia de los trabajos de fiscalización, que se realizaron con
unos objetivos y con un alcance diferente a los efectuados por la referida empresa.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
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Existencia de un órgano de control interno: Con independencia de las atribuciones que
deben corresponder a los integrantes del Comité Ejecutivo y a la Secretaría General, no existe
norma legal que obligue a la existencia adicional de un órgano de control interno. Ha de
tenerse en cuenta que la reducida dimensión de la entidad en los ejercicios fiscalizados, que
hace desaconsejable un organigrama de puestos de trabajo característico de grandes
organizaciones o empresas.
RÉPLICA. El anteproyecto de informe advierte de la inexistencia de un puesto que tenga
encomendadas las funciones de control interno, detectándose debilidades que ponen de
manifiesto la ausencia de mecanismos de supervisión adecuados. Esto no comporta
necesariamente la creación de un puesto de trabajo adicional, pudiendo solventarse mediante la
atribución de las funciones de control a alguno de los existentes en la organización, de tal
manera que se garantice la segregación de las funciones de gestión y control.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Alegación 5.- Personal: Contabilización de los gastos
(…)
Parece que la conciliación de los gastos de personal entre las partidas presupuestarias y las
cuentas contables hace que no merezcan las calificaciones que al respecto se vierten en el
anteproyecto, tales como que el “…rexistro contable dos gastos de persoal non se axusta á
normativa aplicable...”, que “…no se rexistran a totalidade das retribucións nos libros maiores
das contas representativas dos gastos de persoal…” y que esta “…práctica, que incumple o
principio contable de rexistro, desvirtúa a información contable e orzamentaria, afecta a
representatividade destes gastos e favorece a falta de transparencia no reflexo das
remunueracións do persoal…”
RÉPLICA. En el anteproyecto de informe se detallan las incidencias que dieron lugar a las
calificaciones que se rebaten. No se aporta nueva información que permita modificar el texto del
anteproyecto de informe.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
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Alegación 6.- Personal: contratación
Actualmente no hay procedimiento de contratación de nuevos trabajadores puesto que hace
muchos años que no se realiza la contratación de nuevo personal, la tendencia es justamente la
contraria, como consecuencia de las acciones dirigidas a la contención del gasto. Con respecto a
la “transformación dun contrato temporal en indefinido”, se corresponde a la regularización de
la situación laboral de quien de derecho y como consecuencia de la duración de su relación
laboral con la Cámara de Pontevedra hacía años que podía hacer valer su condición de personal
fijo.
RÉPLICA. El artículo 23.1 de la LGC establece que el reglamento de régimen interior de cada
cámara establecerá el régimen del personal al servicio de la cámara así como el procedimiento
para su contratación, que deberá adecuarse a los principios de igualdad, mérito, capacidad y
publicidad de la convocatoria.
La Cámara de Pontevedra no dio cumplimiento a dicha exigencia legal y la alegación no
proporciona nueva información que permita modificar las consideraciones efectuadas en el
anteproyecto.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Alegación 7.- Personal: régimen retributivo, gastos de desplazamiento y dietas
A diferencia de lo que se afirma en el anteproyecto, los cuadros de personal contienen los
conceptos retributivos de los diferentes puestos de trabajo, dentro de los cuales se encuentran
los pluses y otras cantidades adicionales al salario base que conforman el total de la nómina (…)
En cuanto a las dietas y compensación de los gastos por desplazamiento, es preciso decir que,
para que puedan tener derecho a ellos los trabajadores, es necesario que cuenten con
autorización previa por parte de la Secretaría General; realizándose al final del mes una tabla con
todos los desplazamientos y las notas de gastos para realizar el abono de los mismos en las
nóminas, no haciéndose pagos con carácter previo a la justificación de los gastos y
desplazamientos. (…)
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
221
RÉPLICA. El cuadro de personal incluido en los presupuestos de 2010 y 2011 refleja el sueldo
anual bruto de los puestos de trabajo agrupados por categorías, e indica el porcentaje que
representa la antigüedad y los complementos, pero no concreta la cuantía ni los distintos
conceptos retributivos de cada puesto de trabajo.
En cuanto a los gastos de viajes y dietas del personal, en el anteproyecto de informe se advirtió
que se libraron cantidades sin que consten los documentos justificativos de los gastos por
importe de 1.240,28€, con el detalle que se relacionó en el anexo IX. En este trámite de
alegaciones no se aporta nueva documentación que permita cambiar la consideración efectuada
en el anteproyecto.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Alegación 8.- Dietas y gastos de viajes de los órganos de gobierno.
(…)
No se puede compartir que la determinación de qué es dieta y qué es compensación por los
gastos de viaje venga definida en función de las cuantías establecidas como exceptuadas de
gravamen por la normativa del IRPF. La normativa del impuesto establece no qué es dieta y qué
es compensación de los gastos de viaje sino que se establece qué importes de las cantidades
pagadas por estos conceptos pueden ser consideradas como exentas del gravamen.
No pueden asimilarse al concepto de retribución aquellas cantidades pagadas a los órganos de
gobierno de la Cámara de Pontevedra para compensarles por los gastos de los viajes realizados
fuera de la ciudad en cumplimiento de sus obligaciones como integrantes de tales órganos, a
quienes suelen ser los dueños de las empresas más importantes de la demarcación, con las
cantidades exoneradas de tributación por la norma fiscal como compensación para la
generalidad de los trabajadores. Por ello, considerándose compensación de gastos y dietas, pero
superándose los límites de la norma fiscal, se sujetan en este caso a retención.
RÉPLICA. El criterio manifestado en el anteproyecto de informe se apoya en la consulta
vinculante de la DGT (nº V16/2000 de 22 de febrero de 2000) que contiene un pronunciamiento
en relación con las cantidades percibidas por los miembros de los órganos de gobierno de las
Cámaras Oficiales de Comercio e Industria en concepto de gastos de desplazamiento realizados
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
222
en el desarrollo de sus funciones.
En dicha consulta se considera que si la Cámara reembolsa a los miembros de los órganos de
gobierno los gastos en los que incurrieron para desplazarse hasta el lugar donde van a prestar
sus servicios y estos no acreditan que estrictamente vienen a compensar dichos gastos, o les
abona una cantidad para que ellos decidan libremente cómo acudir, estamos en presencia de
una renta dineraria sujeta a retención.
Tal como se reflejó en el anteproyecto, el acuerdo del Comité Ejecutivo del 7.09.1998 estableció
que las dietas se abonaran a los miembros del Pleno sin necesidad de justificar gastos. Por lo
tanto, las cantidades pagadas a los órganos de gobierno se asimilan a las retribuciones y pierden
su carácter indemnizatorio.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Alegación 9.- Contratación de las ferias
En relación con la organización de las ferias FERPALIA y POMOVIL se optó por el procedimiento
establecido en la letra e) del artículo 154 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del
Sector Público, debido a que se cumplía la circunstancia de “…una imperiosa urgencia,
resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al
mismo…” y que “…demande una pronta ejecución del contrato”. En efecto, la consecución de
financiación se consiguió cuando el ejercicio ya había comenzado y si no se hubiese puesto en
marcha el proyecto con celeridad, se habría comprometido seriamente el éxito de tales ferias.
RÉPLICA. La urgencia alegada no queda debidamente acreditada. En consecuencia, la alegación
formulada no modifica el texto del informe.
No se puede estar de acuerdo con la afirmación de que en la contratación de la pasarela
PONTUS VETERIS no se definieron de forma objetiva los criterios de adjudicación, ya que éstos no
siempre han de ser criterios objetivos y que puede ser necesario evaluar aspectos diferentes a las
ofertas económicas; en todo caso, sí se definen los criterios de adjudicación en los pliegos de
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
223
cláusulas particulares para su contratación mediante la adjudicación por el procedimiento abierto
y de acuerdo con lo establecido en el párrafo apartado 2 del artículo 134 de la Ley 30/2007 de
30 de octubre, de Contratos del Sector Público
(…)
RÉPLICA. La Ley de Contratos diferencia entre los criterios de adjudicación que pueden valorarse
mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas establecidas
en el pliego, cuya valoración se efectúa de forma automática, y aquellos cuya cuantificación
depende de un juicio de valor.
La alegación formulada parece referirse a este segundo tipo de criterios cuando afirma que los
criterios de adjudicación no siempre tienen que ser objetivos y que puede ser necesario evaluar
aspectos diferentes a las ofertas económicas.
La admisión de criterios cuya valoración depende de un juicio de valor no se cuestiona en el
anteproyecto de informe. Se pueden valorar criterios diferentes a las ofertas económicas pero
estos deben ser objetivos y deben detallarse mediante una precisa definición de los elementos
que se van a valorar y la concreción de unas reglas claras para asignar las distintas puntuaciones.
En el expediente analizado, como ya se manifestó en el anteproyecto de informe, los criterios de
adjudicación no económicos, dependientes de un juicio de valor, no se definieron de forma
objetiva, se describieron de forma genérica sin concretar los distintos aspectos que se valoran y
estableciéndose una puntuación máxima sin describir unas reglas precisas para asignar las
puntuaciones.
En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.
Alegación 10.- Plan Foexga
(Las consideraciones formuladas en los párrafos 1º a 5º y 7º y 8º ofrecen explicaciones y
justificaciones que no rebaten el contenido del informe)
(…).
La Cámara siempre ha cobrado por la participación de las empresas en el Foexga, ya que es
requisito imprescindible para su asistencia, por favor indiquen que empresas no han abonado
dicho pago y en que Misiones han participado.
(…)
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
224
RÉPLICA. Esta información ya se ofrecía en el Anexo XV del anteproyecto de informe.
Alegación 11.- Subvenciones del Concello de Pontevedra
Las subvenciones se refieren a las ferias FERPALIA, POMOVIL y PONTUS VETERIS.
Dice el anteproyecto con respecto a FERPALIA, POMOVIL 2010: “AS facturas que se presentaron
no Concello…verificouse… o pagamento en fecha posterior…o importe minorado coas facturas
rectificativas…”. Por tanto ha quedado acreditado el pago de las facturas.
Dice el anteproyecto con respecto a FERPALIA, POMOVIL 2011. “Transcorrido o prazo previsto
para xustificar a subvención, e previo requerimento por parte do Concello…a Cámara remitíu a
documentación acreditativa do pagamento. A documentación entregada comprendeu a copia de
dúas ordes de transferencia bancaria…os resgardos bancarios da súa realización e o extracto
bancario no que figuran adebedados…xustificouse ante o Concello o pagamento do gasto
inicialmente facturado”. Por tanto ha quedado acreditado el pago de las facturas.
Dice el anteproyecto con respecto a PONTUS VETERIS: “Como resultado das comprobacións
realizadas non se detectaron incidencias significativas”
RÉPLICA. Con respecto a las subvenciones recibidas del Ayuntamiento de Pontevedra para la
celebración de las ferias FERPALIA y POMOVIL, se reitera lo manifestado en el anteproyecto en el
que se describen unos hechos que cuestionan que el importe de los pagos realizados coincida
con el importe íntegro del gasto justificado ante el Ayuntamiento.
La alegación formulada no rebate el contenido del anteproyecto ni añade nueva información. En
consecuencia, no se modifica el texto del informe.
Alegación 12.- Subvenciones concedidas
(…)
La Ley 9/2007, en su artículo 15, establece que no será necesaria la publicación cuando los
importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior
a 3.000 euros; en este supuesto, las bases reguladoras deberán prever la utilización de otros
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
225
procedimientos que, de acuerdo con sus especiales características, cuantía y número, aseguren la
publicidad de los beneficiarios de éstas y deberán, en todo caso, publicarse en la página web
oficial del órgano administrativo concedente.
En cuanto a las entregas dinerarias sin contraprestación otorgadas por entidades vinculadas o
dependientes de la Xunta de Galicia, el artículo 4 del decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, remite
al artículo 19 de la Ley 9/2007; norma que en uno de sus apartados establece que podrán
concederse de forma directa, con carácter excepcional, aquellas en las que se acrediten razones
de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas.
Por tanto, las ayudas entregadas por la Cámara de Pontevedra no siempre han de tener la
consideración de subvenciones y por tanto, pueden encuadrarse diferentes capítulos.
(…)
Tampoco en ningún caso se supera el límite de los 3.000 euros a que se refiere el artículo 15 de
la Ley 9/2007, por consiguiente el requisito de publicidad se cumple con la publicación en la
página web de la Cámara de Pontevedra, lo cual se hace en el caso de las ayudas para el
alumbrado de Navidad. Estas ayudas para el alumbrado alcanzan la cifra de 28.230 euros de un
total de 35.930 euros, esto es suponen un 79%.
(…) Se reprocha en el informe la ausencia de criterios objetivos de las cantidades otorgadas a
diferentes beneficiarios; ha de mencionarse que el artículo 4 del Decreto 11/2009 en lo referente
a las concedidas de forma directa ya que las contempla cuando se acrediten razones de interés
público. El borrador del informe recoge la existencia de estas ayudas, en las cuales se constata la
existencia de las facturas justificativas; es el caso de “Ice Imaginación,S.L.”, Pontevedra Club de
Fútbol S.A.D. y Autónomos y Pequeñas Empresas de Galicia.
Puede comprobarse que la adjudicación de estas ayudas se realiza en el ámbito de “…llevar a
cabo toda clase de actividades, que, en algún modo, contribuyan a la defensa, apoyo o fomento
del comercio, la industria y navegación, o que sean de utilidad para el desarrollo de las indicadas
finalidades…”; en los dos primeros casos, en lo que corresponde al fomento del turismo en la
capital, actividad encomendada por el artículo 4 de la Ley 5/2004, y en el último, en cuanto a la
colaboración con entidades privadas defensoras del comercio, la industria y la navegación.
RÉPLICA
Las ayudas analizadas tienen la consideración de subvenciones y, tal como se motiva en el escrito
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
226
de alegaciones, les resulta de aplicación los principios de gestión contenidos en el artículo 5.2 de
la Ley 9/2007.
En lo tocante al cumplimiento del requisito de publicidad para promover la concurrencia,
conviene precisar que el límite de los 3.000 euros exime de la obligación de publicación en un
diario oficial pero debe asegurarse la publicidad mediante otros procedimientos. Este requisito se
cumplió en las ayudas de alumbrado de Navidad , como ya se manifestó en el anteproyecto, pero
no en las restantes ayudas.
En el anteproyecto de informe se advierte de la inexistencia de criterios que permitan decidir de
forma objetiva y motivada el otorgamiento o denegación de las ayudas que se solicitan, así como
justificar las diferencias existentes entre las cuantías otorgadas a los distintos beneficiarios. Esta
exigencia constituye una garantía de objetividad necesaria para dar cumplimiento a los principios
de igualdad y no discriminación.
La Cámara alega razones de interés público para justificar la concesión directa de las
subvenciones analizadas. Esta forma de concesión directa está prevista por la ley como una
forma excepcional de otorgamiento de subvenciones que requiere una motivación del carácter
singular de las ayudas, las razones que acreditan el interés público y la justificación de la
imposibilidad o dificultad de promover la concurrencia. Estas circunstancias no concurren en las
subvenciones examinadas.
En consecuencia no se acepta la alegación, no se comparten las opiniones alegadas por la
Cámara y se reiteran las manifestaciones efectuadas en el anteproyecto. Sin embargo, se
modifica la redacción para introducir el porcentaje que representan las ayudas del alumbrado de
Navidad sobre la totalidad de las concedidas.
Alegación 13.- Tesorería
Con respecto a las afirmaciones contenidas en el anteproyecto, referidas a la falta de control de
los movimientos de efectivo en caja manifiesta el responsable de contabilidad de la Cámara de
Pontevedra: “ En esta Cámara, todo el dinero que se cobraba en efectivo, se ingresa en el banco
(…); se utilizaba dinero de caja para pagar algunos gastos corrientes de la Cámara, pero ese
dinero se justificaba y se ingresa el dinero en la cuenta de recibos, los recibos que se daban de
baja en el programa de recaudación, siempre se ingresaba el dinero posteriormente, y se hacían
los correspondientes traspasos de cuenta a cuenta con los gastos. (…) Tampoco entiendo que no
están justificados 8.266 euros, en el informe dice que no hay constancia de la recaudación de los
recibos por importe de 5.390,92 euros de 2010 y 2.875,54 euros del 2011, según manifesté yo y
Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra
227
lo vuelvo a repetir, que ese dinero, es de los gastos corrientes que se pagaban por caja y la Sras.
del Consello de Contas me pidieron verlos y ya se los enseñé, incluso les fotocopié alguno ya que
los gastos esos existen y son reales es un tema que quedó aclarado personalmente.”
RÉPLICA. La alegación reitera las manifestaciones efectuadas por el responsable de contabilidad
durante la realización de los trabajos de fiscalización, pero no se aportan las facturas o soporte
documental que justifiquen el destino de los pagos realizados a través de la caja de efectivo. Tal
como se expresó en el anteproyecto, como documentación soporte de las explicaciones se facilitó
un archivo de Excel en el que se relacionan diversas cantidades descritas como “gastos Cámara”,
con el detalle que se reproduce en el cuadro siguiente, pero no se aportó ninguna otra
justificación de estos gastos más que los documentos acreditativos de los traspasos de dinero
efectuados entre las cuentas de la Cámara.
RECIBOS 2010
cta/cte
14/01/2010 GASTOS CAMARA 1.012,51 BANCO GALICIA 3142
16/03/2010 GASTOS CAMARA 282,74 BANCO GALICIA 3142
16/04/2010 GASTOS CAMARA 767,46 BANCO GALICIA 3142
31/05/2010 GASTOS CAMARA 1.629,18 BANCO GALICIA 3142
03/06/2010 GASTOS CAMARA 15,01 BANCO GALICIA 3142
16/08/2010 GASTOS CAMARA 168,82 BANCO GALICIA 3142
08/09/2010 GASTOS CAMARA 18,00 BANCO GALICIA 3142
15/09/2010 GASTOS CAMARA 278,15 BANCO GALICIA 3142
08/10/2010 GASTOS CAMARA 210,80 BANCO GALICIA 3142
09/11/2010 GASTOS CAMARA 191,46 BANCO GALICIA 3142
06/12/2010 GASTOS CAMARA 253,88 BANCO GALICIA 3142
4.828,01
RECIBOS 2011
14/01/2011 GASTOS CAMARA 229,75 BANCO GALICIA 3142
11/02/2011 GASTOS CAMARA 115,84 BANCO GALICIA 3142
29/03/2011 GASTOS CAMARA 113,21 BANCO GALICIA 3142
15/04/2011 GASTOS CAMARA 120,41 BANCO GALICIA 3142
08/06/2011 GASTOS CAMARA 185,09 BANCO GALICIA 3142
12/07/2011 GASTOS CAMARA 107,18 CAIXANOVA 17552
05/08/2011 GASTOS CAMARA 78,59 BANCO GALICIA 3142
31/08/2011 GASTOS CAMARA 228,93 BANCO GALICIA 3142
14/09/2011 GASTOS CAMARA 162,81 BANCO GALICIA 3142
14/10/2011 GASTOS CAMARA 188,46 BANCO GALICIA 3142
09/11/2011 GASTOS CAMARA 150,64 BANCO GALICIA 3142
12/12/2011 GASTOS CAMARA 169,59 BANCO GALICIA 3142
30/12/2012 GASTOS CAMARA 453,56 BANCO GALICIA 3142
2.304,06
En consecuencia, no se acepta la alegación y se modifica el párrafo de la página 72 dado que no
se proporcionó nueva documentación que permita obtener evidencia del destino de los fondos.
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