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INFORME DE INVESTIGACIÓN 95/2014-2015 PROBLEMAS DE POLÍTICA PÚBLICA Y ESTADO SITUACIONAL DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA EN EL PERÚ VICTOR HUGO NECIOSUP SANTA CRUZ Especialista parlamentario Lima, 04 de diciembre de 2014 Edif. Luis Alberto Sánchez, Jr. Huallaga Nº 364 of.111, Cercado de Lima. Lima 1- Perú Teléfono (511) 311-7777 Anexo 6151/ email: [email protected] http://www.congreso.gob.pe/dgp/didp/inicio.htm

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INFORME DE INVESTIGACIÓN 95/2014-2015

PROBLEMAS DE POLÍTICA PÚBLICA Y ESTADO

SITUACIONAL DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN

HUMANA ASISTIDA EN EL PERÚ

VICTOR HUGO NECIOSUP SANTA CRUZ

Especialista parlamentario

Lima, 04 de diciembre de 2014

Edif. Luis Alberto Sánchez, Jr. Huallaga Nº 364 of.111, Cercado de Lima. Lima 1- Perú Teléfono (511) 311-7777 Anexo 6151/ email: [email protected]

http://www.congreso.gob.pe/dgp/didp/inicio.htm

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN 4

1. Problemas de política pública 5

1.1 La infertilidad como problema de salud pública 5

1.2 La desprotección legal del genoma humano y la manipulación genética 11

2. Las técnicas de reproducción asistida (TERAS) 13

2.1 Fecundación intracorpórea 14

2.2 Fecundación extracorpórea o extrauterina 14

3. Situación de las técnicas de reproducción humana asistida realizadas en el

Perú 16

3.1 Análisis de la normatividad vigente 22

4. Conclusiones 24

BIBLIOGRAFÍA

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LISTA DE TABLAS Y CUADROS

LISTA DE TABLAS

Tabla 1 Población estimada por sexo, según grupos de edad (2014) 6

Tabla 2 Casos de infertilidad diagnosticados (2009-2013) 7

Tabla 3 Casos de infertilidad femenina diagnosticados según

departamento (2009-2013) 7

Tabla 4 Casos de infertilidad masculina diagnosticados según

departamento (2009-2013) 8

Tabla 5 Atendidos y atenciones en servicio de infertilidad de establecimientos

de salud del MINSA por años (2008-2014) 18

LISTA DE CUADROS

Cuadro 1 Causas directas de infertilidad masculina / femenina 9

Cuadro 2 Causas indirectas de infertilidad masculina / femenina 9

Cuadro 3 Causas intermedias de infertilidad masculina / femenina 10

Cuadro 4 Características de las técnicas de fertilización asistida realizada por

centros médicos privados en el Perú 17

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4

INTRODUCCIÓN

El presente documento, elaborado por el Área de Servicios de Investigación del

Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria ha elaborado el informe

titulado «Problemas de Política Pública y estado situacional de las técnicas de

reproducción humana asistida en el Perú», cuyo contenido describe la problemática de

política pública que representa la infertilidad en el país, las principales técnicas de

reproducción asistida en la práctica médica para combatir esta enfermedad, el estado

situacional de estas técnicas en la realidad nacional y un análisis del marco normativo

que la regula.

Con la finalidad de proporcionar información objetiva, confiable y actual sobre la materia

se ha consultado la bibliografía nacional y extranjera en artículos, revistas jurídicas,

bioéticas, glosarios internacionales de salud y portales de diversas entidades médicas

dedicadas a la reproducción humana asistida. Asimismo, algunos de los datos o fuentes

utilizadas en el presente trabajo, han sido posible obtenerlos gracias a la colaboración o

sugerencia de los médicos Alfredo Celis López, Presidente de la Sociedad Peruana de

Obstetricia y Ginecología, y Karim Jacqueline Pardo Ruiz, Directora General de la Oficina

General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud.

En razón a ello, el informe ha sido dividido en 3 partes: la primera aborda los problemas

de política pública que existen en el sector salud con relación a la infertilidad; la segunda

describe las principales técnicas de reproducción humana asistida que son utilizadas

según el tipo de tratamiento de infertilidad; y en la tercera parte se expone la situación de

las técnicas de reproducción humana asistida realizadas en el sector privado y público del

Perú.

De esta forma, el Área de Servicios de Investigación del Departamento de Investigación y

Documentación Parlamentaria espera contribuir con información especializada para los

fines que el usuario considere conveniente.

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5

PROBLEMAS DE POLÍTICA PÚBLICA Y ESTADO SITUACIONAL DE LAS TÉCNICAS

DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA EN EL PERÚ

1. PROBLEMAS DE POLÍTICA PÚBLICA

1.1 La infertilidad como problema de salud pública

El último informe sobre la situación geográfica en el mundo, precisa que los cambios

en los patrones de matrimonio, de formación de una unión consensual y el

envejecimiento de la población ha debilitado la relación matrimonio y nacimiento de

los hijos (Naciones Unidas, 2014:8).

Por tanto, no resulta sorprendente que de aquí hacia el futuro próximo, se evidencien

importantes cambios en el tamaño, la estructura y la distribución espacial de las

familias, los hogares y las comunidades en todo el mundo por la baja fecundidad; lo

que plantea a su vez, oportunidades como problemas para los gobiernos en la

formulación de múltiples acciones encaminadas a asegurar la transmisión

intergeneracional y el capital social y humano de un país, así como evitar las

enfermedades producto de estos cambios.

Dentro de las enfermedades que se encuentran relacionadas con los cambios

demográficos, económicos y culturales en los países en vías de desarrollo, ha

comenzado a preocupar el incremento de aquellas vinculadas con la salud sexual y

reproductiva, las cuales hoy no se reducen a las enfermedades o dolencias propias

del sistema reproductivo, sino también se involucra a las que de manera integral

perturban o incumben con las funciones y procesos de dicho sistema afectando un

estado general de bienestar físico, mental y social del individuo (Declaración y

Plataforma de Acción de Beijing, 1995:37).

Una de las principales enfermedades del sistema reproductivo humano es la

infertilidad, la cual es definida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como

aquella caracterizada por la incapacidad de lograr un embarazo clínico después de

12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas (Zegers-Hochschild,2010);

lógicamente esta definición debe entenderse en sentido amplio, ya que se refiere no

solo a la ausencia involuntaria de hijos; sino también el derecho de las personas de

elegir una vida sexual satisfactoria con procreación o sin ella, el derecho a decidir la

frecuencia que consideran conveniente para tener sus hijos; o el derecho de recibir o

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6

acceder a servicios de métodos reproductivos médicamente asistidos que maximicen

las posibilidades de tener la prole que se desea, sin los riesgos que afecten directa o

indirectamente su salud.

Las estadísticas actuales de la Organización Mundial de la Salud han establecido

que entre 8 y 12% de parejas en el mundo tienen dificultad para concebir un hijo en

algún momento de su vida. Para el caso del Perú, existiendo limitaciones que

permitan conocer el número real de parejas afectadas por la infertilidad se ha

recibido información del sector salud que permite conocer parte de la realidad

señalada.

Por ejemplo, se conoce que la población en edad reproductiva o fértil (con el

potencial fisiológico para producir descendencia) estimada al año 2014 representa

aproximadamente el 48.3% de la población (bloque resaltado), de las cuales el

24.36% son del sexo masculino y 23.93% del sexo femenino (ver Tabla 1).1

Tabla 1 Población estimada por sexo, según grupos de edad

(2014)

Grupo edad Total Masculino Femenino

Total 30 814 175 15 438 887 15 375 288

0 - 4 2 880 686 1 470 162 1 410 524

5 - 9 2 930 450 1 493 358 1 437 092

10 -14 2 916 314 1 483 692 1 432 622

15 -19 2 889 781 1 466 502 1 423 279

20 -24 2 815 952 1 425 476 1 390 476

25 - 29 2 628 320 1 326 218 1 302 102

30 - 34 2 389 602 1 202 936 1 186 666

35 - 39 2 221 569 111 6238 1 105 331

40 -44 1 936 256 969 304 966 952

45 - 49 1 688 346 841 434 846 912

50 - 54 1 443 077 714 437 728 640

55 - 59 1 166 684 572 076 594 608

60 - 64 933 698 452 965 480 733

65 - 69 710 008 339 335 370 673

70 - 74 530 116 247 189 282 927

1 Un dato importante extraído del Instituto Nacional de Estadística e Informática es que para este año la tasa global de fecundidad

(realización efectiva de la fertilidad) es 2.4 hijos por mujer con tendencia descendente. En: Estado de la Población Peruana, 2014; Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Consultado el 20 de noviembre de 2014. Disponible en: http://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1157/libro.pdf

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7

75 - 79 382 689 171 765 210 924

80 y + 350 627 145 800 204 827

Fuente. Oficina General de Estadística e Informática – MINSA. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

Otros datos proporcionados por la Oficina General de Estadística e Informática del

Ministerio de Salud, evidencian un leve incremento de casos de infertilidad

diagnosticados a nivel nacional hasta el 2013 (ver Tabla 2). Lo resaltable de estos

datos es que el mayor número de casos diagnosticados se reportan en la capital de

la República (de 9 145 en el 2009 a 10 316 en el 2013) y a nivel nacional en el sexo

femenino se presentan 12 104 casos que representa el 98% de la totalidad de casos.

Tabla 2 Casos de infertilidad diagnosticados

(2009-2013)

Nacional 2009 2010 2011 2012 2013

Lima 9 145 9 335 9 151 9 162 10 316

Total mujeres 10 503 10 575 10 395 10 282 12 104

Total hombres 262 273 249 230 226

Total nacional 10 765 10 848 10 644 10 512 12 330

Fuente. Oficina General de Estadística e Informática – MINSA. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

Los diagnósticos de infertilidad detectados por el MINSA para el caso femenino son

principalmente: la falta de ovulación, la infertilidad de origen tubárico, y la infertilidad

femenina no especificada. En el caso de los varones, se reportan menos casos de

infertilidad (226 para el 2013) pero los diagnósticos más frecuentes se asocian a

glándulas sexuales accesorias infectadas, anormalidad de plasma seminal,

azoospermia no determinada, astenozoospermia idiopática y estreptococo alfa

hemolítico; cuya incidencia en los diagnósticos de infertilidad femenina es

actualmente entre 3 y 5% de los casos.

Tabla 3 Casos de infertilidad femenina diagnosticados según departamento

(2009-2013)

Departamento 2009 2010 2011 2012 2013

Amazonas 17 12 17 20 15

Ancash 66 54 35 50 89

Apurímac 20 24 22 38 41

Arequipa 261 257 237 255 638

Ayacucho 19 13 14 20 23

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8

Cajamarca 50 102 39 50 81

Callao 260 300 293 207 246

Cusco 106 76 66 84 59

Huancavelica 8 6 13 28 15

Huánuco 44 15 25 18 21

Ica 49 50 57 49 62

Junín 69 55 46 63 76

La libertad 227 189 198 155 187

Lambayeque 61 46 48 38 135

Lima 8 956 9 119 8 958 8 986 10 137

Loreto 43 31 31 33 24

Madre de Dios 4 1 3 6 6

Moquegua 21 10 51 15 14

Pasco 14 14 20 7 18

Piura 61 42 85 58 69

Puno 48 50 47 34 41

San Martín 22 23 23 17 31

Tacna 27 28 24 24 27

Tumbes 9 13 12 11 23

Ucayali 41 45 31 16 26

Total 10 503 10 575 10 395 10 282 12 104

Fuente. Oficina General de Estadística e Informática – MINSA. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

Tabla 4 Casos de infertilidad masculina diagnosticados según departamento

(2009-2013)

Departamento 2009 2010 2011 2012 2013

Amazonas 0 0 1 0 0

Ancash 0 1 4 7 4

Apurímac 1 5 0 0 0

Arequipa 8 6 10 5 6

Ayacucho 4 1 1 2 3

Cajamarca 1 1 3 2 0

Callao 16 10 8 7 6

Cusco 4 6 5 5 3

Huancavelica 0 0 0 0 0

Huánuco 0 1 0 0 0

Ica 9 2 0 2 3

Junín 2 2 6 5 2

La libertad 16 6 2 6 6

Lambayeque 2 1 1 2 1

Lima 189 216 193 176 179

Loreto 1 0 5 0 2

Madre de Dios 1 0 0 0 0

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9

Moquegua 0 0 0 0 1

Pasco 0 1 0 0 0

Piura 3 5 2 3 1

Puno 3 2 7 3 0

San Martín 2 1 0 0 2

Tacna 0 1 0 2 3

Tumbes 0 1 0 3 4

Ucayali 0 4 1 0 0

Total 262 273 249 230 226

Fuente. Oficina General de Estadística e Informática – MINSA. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

La observación de los anteriores resultados hace necesario que se evidencie cuáles

son las posibles causas directas, indirectas e intermedias que producen en la

actualidad un estado de infertilidad en la persona. Siguiendo con lo anterior, como

causas directas se señalan a los factores anatomofisiológicos (ver Cuadro 1); como

causas indirectas los factores ambientales o de conductas que predisponen la

infertilidad (ver Cuadro 2); y como causas intermedias aquellos factores que la

desencadenan (ver Cuadro 3).

Cuadro 1

Causas directas de infertilidad masculina / femenina

Factores anatomofisiológicos

Mujer Hombre

Disfunción ovulatoria necesaria para liberar un

ovulo sano. Déficit de producción espermática

Problemas anatómicos que impiden que el óvulo

y el esperma se encuentren (ej. obstrucción de

trompas de Falopio).

Funcionamiento anormal del esperma

(relacionado con movilidad y potencia)

Endometriosis. Varicocele (varices alrededor de los testículos)

Defectos congénitos de los órganos

reproductores.

Desordenes hormonales (afectan la producción

espermática y capacidad de fertilización)

Problemas inmunológicos que responden de

manera anormal o no reconocen el embarazo.

Defectos congénitos (debido a que en la etapa de

embarazo la madre consumió estrógenos

sintéticos como el dietilestilbestrol)

Fuente. ROA MEGGO, Ysys; Criterios para determinar la infertilidad como problema de salud pública. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

Cuadro 2 Causas indirectas de infertilidad masculina / femenina

Causa Consecuencias

Contaminación ambiental (ej. El plomo en el

ambiente)

Altamente sensible a los órganos reproductores

masculinos y femeninos.

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10

La libertad sexual

Comportamientos sexuales de riesgo que

posibilitan embarazos no deseados o

enfermedades de transmisión sexual (ETS).

Asociada a la infertilidad tubárica y endometriosis.

Tratamientos del cáncer

Afectaciones de las gónadas o insuficiencia

ovárica prematura, pérdida espontánea del

embarazo, crecimiento intrauterino retardado.

Maternidad postergada por condiciones de

superación educativa, laboral,

Reduce las posibilidades de gestar por medios

naturales o concebir un niño sano.

Barreras socio-económicas y culturales que

obstaculizan el acceso a la información sexual y

reproductiva

Limitados requerimientos de atención a los

servicios de salud sexual y reproductiva.

Estrés

Excesiva producción de adrenalina (que inhibe

capacidad de utilizar progesterona) y prolactina.

Ambas hormonas producidas en exceso inhiben la

fertilidad.

Fuente. ROA-MEGGO, Ysys; Criterios para determinar la infertilidad como problema de salud pública. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

Cuadro 3 Causas intermedias de infertilidad masculina / femenina

Causa Consecuencias

Hábitos sexuales de riesgo Contagio de ETS e infertilidad.

Descuido de la salud sexual y reproductiva por

factores múltiples que no permiten acudir a los

establecimientos de salud.

Contagio de ETS e infertilidad.

Falta de conocimiento de la edad adecuada para

gestar Riesgo en la salud de la madre y de infertilidad.

Falta de información de las secuelas de

enfermedades como el cáncer u otras

enfermedades sobre la fertilidad.

Riesgo de infertilidad.

Aborto Inseguro que finaliza embarazos no

deseados.

Enfermedad Pélvica Inflamatoria u otros

problemas que obstaculizan la concepción.

Factores de estilo de vida (obesidad, pérdida

exagerada de peso, desórdenes alimenticios,

ejercicio excesivo, fumar cigarrillos, consumo

excesivo de alcohol, etc.)

Trastornos de fertilidad y menstruales.

Fuente. ROA_MEGGO, Ysys; Criterios para determinar la infertilidad como problema de salud pública.. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

Lamentablemente, en la actualidad el sistema de salud pública en el Perú, no

considera a la infertilidad dentro de la lista de enfermedades de interés desde un

enfoque preventivo de salud pública, debido a que esta es una enfermedad no

trasmisible y sin riesgo inminente de muerte, lo cual genera que personas y parejas

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11

que lo padecen, se vean duramente afectadas y socialmente marginadas por sus

familias y comunidades.

1.2 La desprotección legal del genoma humano y la manipulación genética

Relacionado con el problema señalado en el punto anterior, la realidad actual

demuestra el extraordinario avance de la ciencia y tecnología, cuyos alcances sin

duda simbolizan un importante logro hacia la construcción de una humanidad

liberada de los múltiples males que la han aquejado en el orden social, económico y

cultural.

Hoy en día, la ciencia y la tecnología generan las herramientas mediante las cuales

es posible la creación de nuevos seres vivos animales y vegetales. De igual forma,

los éxitos que viene alcanzando el Proyecto Genoma Humano2, son decisivos en el

prospecto de la humanidad del futuro libre de enfermedades graves.

Al mismo tiempo que la ingeniería genética3 representa la posibilidad de una

humanidad libre de enfermedades, no es menos cierto que el uso de ciertas técnicas

de manipulación genética constituyen una ostensible amenaza a la existencia de la

humanidad tal como la conocemos y que es fruto de millones de años de evolución

durante la cual la selección natural y el intercambio sexual de la información genética

dieron como resultado a las razas que la integran.

La posibilidad de alterar la información de las células germinales4 o células

somáticas5, con la consecuencia de cambios irreversibles en la descendencia puede

conducir a intentos de llevar más adelante, prácticas de eugenesia6. Al mismo

tiempo, a un nivel individual la existencia de las técnicas de manipulación genética

representa una amenaza a los derechos constitucionales de la persona. Al respecto

Diego Valadés (Red Latinoamericana y del Caribe de Bioética de la UNESCO, 2010)

manifiesta lo siguiente:

2 Esfuerzo concertado de los institutos nacionales de salud y el Departamento de Energía de los Estados Unidos para determinar la

secuencia correcta de tres mil millones de bases de ADN que forman la totalidad del genoma humano. Consultado el 03 de diciembre de 2014. Disponible en: https://www.genome.gov/Pages/Education/Modules/BluePrintToYou/SPANBlueprint7to8.pdf 3 Técnica para retirar, modificar o agregar genes a una molécula de ADN [de un organismo] a fin de cambiar la información que contiene. Al

cambiar esta información, la ingeniería genética cambia el tipo o cantidad de proteínas que puede producir un organismo, haciéndole posible por lo tanto que elabore sustancias nuevas o desempeñe funciones nuevas. En: Glosario de Ingeniería Genética Scientific Comittes Toolbox. Consultado el 20 de noviembre de 2014. Disponible en: http://ec.europa.eu/health/opinions/es/primates-no-humanos/glosario/ghi/ingenieria-genetica.htm 4 Células reproductoras de los organismos multicelulares. En: Palabras y frases de uso común en la investigación con células madre.

Recuperado el 20 de noviembre de 2014. Disponible en: http://www.eurostemcell.org/es/glosario. 5 Todas las células del organismo, excepto las células germinales que son los espermatozoides y los óvulos. En. Glosario de términos

genéticos. Consultado el 20 de noviembre de 2014. Disponible en: http://webs.um.es/jalozate/recursos-docentes/Areas/General/Ayudas_docentes/Glosario/Glosario/86.htm 6 Control de la reproducción humana basado en la distinción entre genotipo deseable o indeseable. En: Glosario de Bioética. Consultado el

20 de noviembre de 2014. Disponible en: http://www.aceb.org/lexico.htm.

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12

(…)

Las cuestiones concernientes al bioderecho guardan relación con el derecho

constitucional (libertades públicas, derechos fundamentales), administrativo

(sistemas de registro y control, servicios públicos), civil (sucesiones, filiación,

patria potestad, derechos de personalidad), penal, procesal, laboral, de la

seguridad social, de propiedad intelectual y patentes, internacional, comercial,

ambiental, de seguros. Esas normas inciden en las garantías jurídicas para la

privacidad, la dignidad, la no discriminación, los derechos reproductivos, la

autonomía de la estructura familiar, la protección de la salud, entre otros

aspectos (…)7

La existencia de una política pública en determinado ámbito o sector implica la

presencia de un conjunto de instituciones o autoridades cuyos roles comprendan las

atribuciones y competencias específicamente orientadas a encarar y dar respuesta a

los problemas que cotidianamente se suscitan en el campo identificado como

problemático y que se encuentran dentro del respectivo sector.

Para comprobar los alcances del párrafo anterior, se ha revisado la legislación

correspondiente y se puede afirmar que aunque existen algunas normas que si

encaran la problemática de la manipulación genética y los riesgos que representa

para los derechos constitucionales de los sujetos de derecho, dicho conglomerado

normativo aparece disperso, fragmentado, asistemático e incompleto que le otorgue

un sentido y coherencia necesarios para consagrar un campo verdaderamente

protector de los derechos de la población peruana en el ámbito de las novedades

técnicas de esta práctica médica.

Con mayores detalles, la revisión del marco legal más importante del derecho

genético en el Perú se realiza en el punto 3.1.

7 Panorama sobre la legislación en materia de genoma humano en América Latina y el Caribe; Red Latinoamericana y del Caribe de Bioética

de la UNESCO; 2006. En: Problemas del Bioderecho y del Derecho Genómico.pp.397. Consultado el 20 de noviembre de 2014. Disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=2265.

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13

2. Las técnicas de reproducción asistida (TERAS)

La Organización Mundial de la Salud (2010:7) define a las técnicas de reproducción

asistida como:

Todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación tanto de

ovocitos como de espermatozoides o embriones humanos para el

establecimiento de un embarazo. Esto incluye, pero no está limitado sólo a, la

fecundación in vitro y la transferencia de embriones, la transferencia intratubárica

de gametos, la transferencia intratubárica de cigotos, la transferencia

intratubárica de embriones, la criopreservación de ovocitos y embriones, la

donación de ovocitos y embriones, y el útero subrogado. TRA no incluye

inseminación asistida (inseminación artificial) usando espermatozoides ni de la

pareja ni de un donante.

De manera adicional, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia en el

expediente de casación 4323-2010-LIMA reconoce que las TERAS son métodos

supletorios para la procreación, más no alternativos, pues buscan superar una

deficiencia biosíquica que impide a la pareja tener descendencia cuando otros

métodos han fracasado.8

Las TERAS se clasifican en dos grupos de acuerdo al tipo de fecundación que se

realiza, al interior o exterior del cuerpo:

Dentro de las que se realizan de manera intracorpórea, se destacan la inseminación

artificial y la transferencia intratubárica de gametos y entre las realizadas de manera

extracorpórea, las más importantes son la transferencia de embriones, la

transferencia intratubárica de embriones, microinyección intracitoplasmática de

espermatozoides, Disección Parcial de Zona, Transferencia ooplasmica, hatching

asistido, transferencia de óvulos fertilizados por medio de microinyección

intracitoplasmática de espermatozoides directamente de la trompa de Falopio.

8 Página 3 de la sentencia de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia sobre el expediente de casación 4323-2010-LIMA;

Consultado el 20 de noviembre de 2014. Disponible en: http://genyderecho.com/jurisprudencia/Nac_06_CAS_N4323_2010.pdf

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14

2.1 Fecundación intracorpórea

Se refiere a la fecundación que se da dentro del cuerpo de la mujer y las

técnicas más importantes son la inseminación artificial y la transferencia

intratubárica de gametos.

2.1.1 La inseminación artificial.- Es el procedimiento referido a introducir un

depósito de espermatozoides del varón en el aparato reproductor de la mujer, no

a través de un acto sexual normal, sino de manera artificial, a fin de producir la

fecundación de modo natural.

Cabe indicar que la muestra de semen obtenida para ser depositada es

previamente seleccionada y mejorada; y dependiendo de la procedencia del

semen, la inseminación artificial puede ser homóloga, cuando este le pertenece

a la pareja conyugal, y heteróloga, cuando el semen pertenece a un varón no

vinculado por vínculo conyugal o concubino a la mujer receptora.

2.1.2 trasferencia intratubárica de gametos (GIFT).- esta técnica es similar a

la fertilización in vitro, pero permite que la fecundación ocurra naturalmente en

las trompas de Falopio.

2.2 Fecundación extracorpórea o extrauterina

Está referida al método de concepción que se realiza en un laboratorio, fuera del

vientre, para luego ser depositado en el útero de la mujer, existiendo para este tipo

de técnica diversas modalidades:

a. Transferencia de embriones (FIVET)

En este caso, el semen y los óvulos obtenidos son colocados en una incubadora

dentro de una plaqueta especial por 48 horas hasta lograr la fertilización. Como

consecuencia de lo anterior, se transfieren embriones a la pared uterina de la

madre. Algunos especialistas consideran que esta técnica posibilita la

manipulación del embrión previo a su implantación por ello debe considerarse su

importancia desde el punto de vista bioético.

b. Transferencia intratubárica de embriones

Esta técnica combina la técnica de la transferencia de embriones y la técnica de

la transferencia intratubárica de gametos en la que se practica la fecundación in

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15

vitro, pero el embrión se transfiere directamente a la trompa de Falopio mediante

laparoscopía, no al útero, permitiendo un crecimiento y una anidación natural. 9

c. Microinyección intracitoplasmatica de espermatozoides (ICSI)

Es una técnica que consiste en la introducción de un único espermatozoide en el

interior de un ovocito maduro para conseguir su fecundación. Aquí se escoge al

espermatozoide de mejor morfología empleando ácido hialurónico para

seleccionar los espermatozoides con menos alteraciones cromosómicas, y se

emplea columnas de alexina que facilita la selección de espermatozoides pre-

apoptóticos, es decir aquellos que entrarían en muerte celular y no ayudarían al

proceso de fecundación. 10

d. Disección Parcial de Zona (PZD)

Esta técnica consiste en realizar un corte en la "cáscara" (zona pelúcida), del

óvulo para facilitar el ingreso posterior de los espermatozoides al interior del

óvulo.11

e. Transferencia ooplásmica

Esta técnica usada en casos de infertilidad grave, consiste en inyectar el

citoplasma de una donante dentro del óvulo de la mujer que busca el embarazo

(debido a que los óvulos de la receptora están dañados o son de baja calidad).

Aquí el óvulo modificado se fecunda en el laboratorio con un espermatozoide

produciéndose un embrión, el cual es fecundado posteriormente en el útero

materno.12

f. Hatching asistido

Esta técnica usada generalmente en mujeres de avanzada edad, consiste en

realizar un pequeño orificio –con flujo medio ácido o laser- en la zona pelúcida

(cápsula que protege y rodea al embrión) con la intención de favorecer su salida

y así poder implantar en el útero.13

9 Definición adaptada de la publicación del Banco de Datos Terminológicos y Lingüísticos del Gobierno de Canadá. Consultado el 21 de

noviembre de 2014. En: http://www.btb.termiumplus.gc.ca/tpv2source?lang=spa&srchtxt=TRANSFERENCIA%20INTRATUBARICA%20EMBRION&i=1&index=alt&src_id=P271000&rlang=es&titl=transferencia%20intratub%E1rica%20de%20embri%F3n&fchrcrdnm=1&mob=0 10

Definición adaptada de la publicación del Instituto Bernabé de Medicina Reproductiva de España. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En: http://www.institutobernabeu.com/es/3-1-7/microinyeccion-intracitoplasmatica-de-espermatozoides/ 11

Definición tomada de la página del profesor argentino de derecho penal Marco Antonio Terragni. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En: http://www.terragnijurista.com.ar/doctrina/fecundacion.htm 12

Definición adaptada de la página española Infertilidad. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En: http://www.infertilidad.org.es/transferencia-ooplasmica.html 13

Definición adaptada de la publicación del Instituto Murciano de Fertilidad. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En: http://www.imfer.com/tecnicas-especiales-reproduccion-asistida.htm

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16

g. Transferencia por cultivo intravaginal de ovocitos e inyección

intracitoplasmática de espermatozoides (INVO-ICSI)

Técnica que consiste en desarrollar un sistema de almacenamiento donde se

coloca los óvulos, los espermatozoides y el medio de cultivo. Lo almacenado es

introducido en la cavidad vaginal (que actúa como una incubadora) por 3 días,

tiempo en que se produce la fecundación y el desarrollo embrionario temprano.

Luego, los embriones obtenidos son transferidos al útero (Revista Peruana de

Ginecología y Obstetricia, 2014:80).

3. Situación de las técnicas de reproducción humana asistida realizadas en el Perú

Para el Estado peruano, no contar con una legislación específica sobre las técnicas de

reproducción humana asistida genera limitaciones con relación al seguimiento y

control de los procedimientos utilizados por parte de los centros médicos privados.

Esta situación permite en la actualidad el surgimiento de dos externalidades negativas;

la primera se refiere a que no es posible conocer las afectaciones bioéticas y jurídicas

en que incurren los privados por ausencia de control y la segunda es que la falta de

regulación y de alternativas de tratamiento médico al problema de la infertilidad desde

el ámbito público, perjudica o hace inaccesible a las personas que tienen menos

recursos.

Con respecto a la primera externalidad, se detecta por ejemplo que cuando se realiza

un tratamiento tipo ICSI, posterior a la división celular consecuencia de la inoculación,

es posible realizar el descarte de embriones a partir de su análisis cromosomático.14

Obtener información de los procedimientos que desarrollan los centros médicos

privados es una tarea complicada. Sin embargo, se ha revisado el reporte anual de la

International Federation of Fertility Societies (IFFS Surveillance, 2013) que describe

múltiples características de las actividades de reproducción humana asistida que se

brindan en el país, información que ha sido obtenida sobre la base de consultas

realizadas a diversos especialistas y organismos que forman parte de la Red

Latinoamericana de Reproducción Asistida (ver Cuadro 4):

14

Consideraciones asumidas a partir de la lectura de la entrevista del diario Perú21 al Dr. Luis Noriega. Médico especializado en fertilización el 17 de agosto de 2005 con el título “No hay pareja que no pueda tener hijos”. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En:http://www.perudefiendelavida.com/Prensa/Peru21%20No%20hay%20pareja%20que%20no%20pueda%2017082005%20RE.jpg

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17

Cuadro 4 Características de las técnicas de fertilización asistida realizada por

Centros Médicos privados en el Perú (2013)

Característica Detalle

Número de centros de fertilización asistida 6 centros médicos registrados.

Legislación y directivas

Existe un organismo responsable de

autorización del funcionamiento de las

clínicas privadas y acreditación de los

laboratorios.

Tipo de cobertura para fertilización asistida No existe cobertura en el Plan Nacional de

Salud, ni en los seguros privados.

Estado civil

Las fertilizaciones son requeridas por

matrimonios, parejas estables y personas

solteras.

Directivas o leyes que regulan el número de

embriones transferidos

No existe legislación al respecto. Para el

caso de Perú, la Red Latinoamericana de

Reproducción Asistida sugiere a sus

asociados no más de 3 embriones.

Criopreservación de huevos fertilizados Es permitido

Criopreservación de oocitos fertilizados Es permitido

Criopreservación de tejido ovárico o testicular Es permitido y practicado.

Duración del almacenamiento de los huevos

fecundados y crioconservados No está limitado.

Inseminación póstuma No está permitida

Donación de gametos

En la donación de esperma se permite la

donación de gametos para la fertilización in

vitro u otros métodos.

Para la donación de oocitos también está

permitido.

No hay información respecto a la donación

de embriones.

Requisitos especiales o directivas que permiten

donante de embriones

Documentación de donación con firma de

abogado.

Micromanipulación

En ICSI es permitido.

En Hatching asistido es permitido.

Otras formas de micromanipulación no son

mencionadas.

Diagnóstico genético preimplantacional Es permitido

Subrogación de fecundación in vitro para el uso

de gametos de ambos futuros padres, cuando la

pareja femenina no tiene un útero en perfecto

funcionamiento.

Es permitido.

Experimentación en la preimplantación de

embriones No es permitido.

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18

Clonación terapéutica No es usada.

Selección del sexo No se practica.

Fuente. IFFS Surveillance 2013. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

La observación del cuadro anterior muestra que existen prácticas médicas

relacionadas con manipulación genética que no siendo reguladas por la ley peruana se

vienen realizando, razón por la cual se hace necesario que el Estado peruano

implemente políticas que regulen los aspectos científicos, morales, éticos y legales en

esta práctica médica.

La segunda externalidad negativa, es que la falta de regulación y de alternativas de

tratamiento médico al problema de la infertilidad desde el ámbito público, perjudica o

hace inaccesible a las personas que tienen menos recursos, ya que estos tratamientos

en los centros médicos privados son costosos15 y en la mayoría de casos se privilegia

el concepto de cliente en lugar del concepto paciente con problema de infertilidad.16

Con relación al sector salud, el manejo de la infertilidad a que se realiza en los

hospitales consiste en técnicas de baja complejidad, terapia psicológica para la pareja

con problemas de infertilidad, inducción ovárica (estimulación ovárica controlada), y

menos frecuentemente la microcirugía tubárica y la inseminación artificial.

En la actualidad, no se ha obtenido reportes estadísticos básicos de las técnicas que

se realizan en el sector salud. Sin embargo, es posible conocer la demanda de

personas atendidas que solicitan servicios de salud por única vez o de manera

frecuente (atenciones) para afrontar problemas asociados a la infertilidad (ver Tabla 5).

Tabla 5 Atendidos y atenciones en el servicio de infertilidad de

los establecimientos de salud MINSA por años (2008-2014)

Año Atendidos Atenciones

2008 6,314 15,729

2009 6,160 16,870

2010 5,461 17,342

2011 5,222 20,382

2012 3,960 15,601

2013 4,213 14,436

2014 a/ 2,580 7,785

Fuente. Oficina General de Estadística e Informática – MINSA. Elaboración. Área de Servicios de Investigación.

15

El valor de una fertilización in vitro en el mercado cuesta aproximadamente 12 mil soles. Información obtenida de la web del diario El Comercio. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En: http://elcomercio.pe/blog/vidayfuturo/2012/10/conoce-a-invo-un-metodo-de-fer 16

En el Sistema Metropolitano de la Solidaridad se realiza el método de la Mamá Incubadora o FIV-INVO privilegiando a las personas de menos recursos y los costos de este tratamiento se encuentran alrededor de los 2,500 dólares. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En: http://www.diariolaprimeraperu.com/online/actualidad/solidaridad-ofrece-sistema-de-fertilizacion_94046.html

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19

Si bien las técnicas de reproducción humana asistida son reconocidas en la Estrategia

Sanitaria Nacional de la Salud Sexual y Reproductiva, se evidencia también que no

existe en el sector salud un órgano específicamente encargado de formular e

implementar las políticas públicas en el ámbito del genoma humano y prever las

diversas formas de manipulación genética como por ejemplo la ectogénesis humana17,

inseminación post mortem, la regulación del banco de embriones, la partenogénesis18

o estimulación del desarrollo de un óvulo sin que sea fecundado por un

espermatozoide humano, etc.

Del mismo modo, no existen definiciones y procedimientos estandarizados de

reproducción humana asistida que fomente el ejercicio de los derechos sexuales y

reproductivos, en el marco de una política de inclusión social.

Para realizar los tratamientos de infertilidad en la actualidad, el sector salud recurre a

un marco general de documentos y disposiciones normativas que pretenden

circunscribir la práctica médica dentro del campo de la ética y el respeto por la vida y

la salud de las personas.

Los principales documentos y normas que utiliza y observa el sector salud son los

siguientes:

a) Código de Ética y Deontología del Colegio Médico

Artículo 84.- Son contrarios a la ética, los experimentos dirigidos a la obtención

de un ser humano mediante partenogénesis, fisión embrionaria, clonación,

quimeras o cualquier otro procedimiento análogo.

Las nuevas tecnologías, tales como las diversas formas de reproducción

asistida, la criopreservación de embriones, la utilización de genes humanos con

fines experimentales y los trasplantes de células, tejidos y órganos serán

regulados por reglamentaciones especiales del Colegio Médico del Perú (…).

b) Guías Nacionales de Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva

Las Guías Nacionales de Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva

aprobadas con RM N° 668-2004/MINSA, contienen en el módulo I, Atención Integral

17

Crecimiento de un bebé en un útero artificial, desde su gestación hasta el nacimiento, fuera del cuerpo. 18

Embrión que se desarrolla a partir de un óvulo sin fertilizar.

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20

de la Salud Reproductiva, aspectos relacionados al Diagnóstico y Manejo de la

Infertilidad.

c) Guía de Práctica Clínica y de Procedimientos de Ginecología

En el Instituto Nacional Materno Perinatal, lugar donde existe la Unidad de Infertilidad

y Evaluación de la Pareja Infértil (Proyecto INVO), se utiliza la Guía de Práctica Clínica

y de Procedimientos de Ginecología aprobada con Resolución Directoral N° 119-DG-

INMP-09, para el tratamiento de Reproducción Humana Asistida de mediana

complejidad.

Con relación a la legislación existente en el sistema jurídico peruano referente al

ámbito genético se encuentran las siguientes normas:

d) Ley 26842, Ley General de Salud (publicada el 20 de julio de 1997)

Artículo 7.- Toda persona tiene derecho a recurrir al tratamiento de su

infertilidad, así como a procrear mediante el uso de técnicas de reproducción

asistida, siempre que la condición de madre genética y de madre gestante

recaiga sobre la misma persona. Para la aplicación de técnicas de reproducción

asistida, se requiere del consentimiento previo y por escrito de los padres

biológicos.

Está prohibida la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la

procreación, así como la clonación de seres humanos.

e) Ley 27337, Código de los Niños y Adolescentes (publicada el 7 de agosto de

2000)

Artículo 1.- A la vida e integridad.-

El niño y el adolescente tienen derecho a la vida desde el momento de la

concepción.

El presente Código garantiza la vida del concebido, protegiéndolo de

experimentos o manipulaciones genéticas contrarias a su integridad y a su

desarrollo físico o mental.

f) Decreto Legislativo 635, Código Penal (publicado el 8 de abril de 1991)

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21

Aborto sentimental y eugenésico

Artículo 120.- El aborto será reprimido con pena privativa de libertad no mayor

de tres meses:

1.Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera de

matrimonio o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera de

matrimonio, siempre que los hechos hubieren sido denunciados o investigados,

cuando menos policialmente; o

2. Cuando es probable que el ser en formación conlleve al nacimiento graves

taras físicas o psíquicas, siempre que exista diagnóstico médico.

Daños al Concebido

Artículo 124-A.- El que causa daño en el cuerpo o en la salud del concebido,

será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de

tres.

Artículo incorporado por el Artículo 1 de la Ley N° 27716, publicada el 8.5.2002.

Artículo 324.- Toda persona que haga uso de cualquier técnica de manipulación

genética con la finalidad de clonar seres humanos, será reprimido con pena

privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de ocho años e inhabilitación

conforme al Artículo 36, incisos 4 y 8.

Incorporado por el Artículo 1 de la Ley 27636, publicada el 16.01.2002.

g) Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones Complementarias a la

Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que establece el

Régimen Común sobre Propiedad Industrial (publicado el 28 de junio de

2008)

Artículo 25-B.- No invenciones

No se consideran invenciones lo siguiente:

(…)

b) Cualquier ser vivo, existente en la naturaleza, en todo o en parte.

c) Material biológico, existente en la naturaleza, en todo o en parte.

(…)

Artículo incorporado por el Artículo 8 de la Ley N° 29316, publicada el 14 enero

2009.

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22

3.1 Análisis de la normatividad vigente

Como se observa, la técnica de reproducción humana asistida no está expresamente

reconocida en nuestra Constitución, sino que se deriva de otros derechos reconocidos

constitucionalmente como el derecho a la libertad, el derecho al libre desarrollo de la

personalidad, el derecho a la intimidad personal y familiar; y el derecho a la libertad

para formar una familia. Este último derecho ha sido definido en el artículo 6 de la

Constitución Política, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto

Internacional de Derechos Civiles y Políticos; siendo esta la razón por la cual se

considera que el derecho a la procreación involucra el propio derecho a la vida.

La Ley General de Salud en su artículo 7, es la única disposición legal que reconoce el

derecho de las personas a recurrir a los tratamientos de infertilidad, el derecho a

procrear y prohíbe la maternidad subrogada19, la cesión del útero, así como los

procesos de ovodonación20 y clonación.

Este mismo artículo legal condiciona la aplicación de las técnicas de reproducción

humana asistida, ya que indica que debe coincidir en una misma persona la madre

gestante y la madre genética. Es decir, no contempla otras modalidades o técnicas de

reproducción asistida que vienen siendo practicadas en instituciones de salud públicas

y privadas dedicadas al tratamiento y a la investigación clínica sobre seres vivos,

gametos humanos, embriones, entre otras.

De igual forma, se indica que resulta indispensable el consentimiento previo y expreso

de los padres biológicos (pareja), lo cual tácitamente limita el acceso de estas técnicas

a las personas solteras que desean tener descendencia.

Con respecto al Código Penal, se establecen sanciones leves que no permiten al

estado ejercer adecuadamente el rol de la prevención de una conducta ilícita. Y

aunque se prohíbe la fecundación de óvulos con fines distintos a la reproducción así

como la clonación de seres humanos, se omite toda referencia a otras modalidades de

manipulación genética y a la responsabilidad médica o civil de tales actos (como la

destrucción de embriones), con la cual en la realidad se evidencia una desprotección

de los derechos genéticos de la población.

19

La maternidad subrogada evidencia una disociación entre la maternidad genética, la maternidad gestacional y la maternidad social, dada por la utilización de técnicas de inseminación artificial o fecundación in vitro. 20

Es importante advertir que en la jurisprudencia peruana la Casación de la Sala Civil Permanente 4323-2010-LIMA y la Sentencia del Décimo Quinto Juzgado de Familia de Lima declararon como procedimiento permitido al no estar prohibido la técnica de reproducción asistida denominada ovodonación. Este hecho ha modificado en parte la interpretación del artículo 7 de la Ley General de Salud.

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23

Por ello, es de suma importancia precisar la necesidad de legislar aspectos

relacionados con la protección del embrión como sujeto de derechos para todo cuanto

le favorece.21 En este sentido, conviene citar la Casación 1486-2007-Cajamarca,

donde la Corte Suprema reconoció la legitimidad para obrar de un ser humano quien

mientras estuvo en la etapa de concepción sufrió daños como consecuencia del

derrame de mercurio en la ciudad de Cajamarca.

Asimismo, el ordenamiento jurídico omite regular la imposibilidad de adquirir derecho

de propiedad sobre el genoma humano y aquellas manipulaciones con finalidades

ajenas a fines curativos y reparativos. En igual sentido, no se establece la prohibición

de una manipulación genética con fines eugenésicos y que incida en las células

germinales; y tampoco se declara la intangibilidad del código genético de la persona.

Finalmente, la principal iniciativa que se ha evidenciado en la actualidad, no ha sido

generada en el sector salud sino en el sector justicia, que a través de la Resolución

Ministerial 0271-2013-JUS, conformó el Grupo de Trabajo encargado de elaborar un

Proyecto de Ley que regule diversos aspectos relacionados con la investigación

biomédica y las técnicas de reproducción humana asistida. Esta iniciativa y otras

presentadas en el Congreso de la República (PL 3744/2014 y otros) son esfuerzos que

demuestran un claro interés por parte del Estado, de evaluar el tema de la infertilidad

desde una óptica legal y realista, al reconocerse la necesidad de regular la

investigación humana y bioética, así como las técnicas de reproducción humana

asistida.

21

Casación 1486-2007-Cajamarca. Consultado el 21 de noviembre de 2014. En: http://spij.minjus.gob.pe/juris/civil-pdf/civil-02078.pdf

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24

4. CONCLUSIONES

Los cambios demográficos, económicos y culturales que se vendrán en el futuro

afectarán el tamaño, la estructura y la distribución espacial de las familias y la

composición social debido a la baja fecundidad, lo cual podría afectar la transmisión

intergeneracional, el capital social y humano de un país y el surgimiento de nuevas

enfermedades.

El sistema de salud pública en el Perú, no considera a la infertilidad dentro de la lista

de enfermedades de interés desde un enfoque preventivo de salud pública debido a

que esta es una enfermedad no trasmisible y sin riesgo inminente de muerte, lo cual

genera que personas y parejas que lo padecen, se vean duramente afectadas y

socialmente marginadas por sus familias y comunidades.

La aparición de las técnicas de reproducción humana asistida plantean nuevas

posibilidades de solución del problema de infertilidad para un amplio número de

parejas afectadas por esta enfermedad y esa es la necesidad principal de afrontar su

regulación.

Debido que en los últimos años se ha incorporado al manejo de la infertilidad, las

técnicas de reproducción asistida realizadas generalmente en centros privados, es

necesario implementar políticas y regular la aplicación acreditada científicamente de

estas en el país, centrándose en sus aspectos científicos, morales, éticos y legales.

La Ley General de Salud si bien reconoce el derecho a los tratamientos por la

infertilidad y el derecho a la procreación, no limita que las personas recurran

directamente a las técnicas de reproducción humana asistida sin haber seguido sin

éxito un tratamiento de fertilidad controlado.

En la actualidad las prácticas médicas en el ámbito genético están fuera del

necesario control y tienen potencial lesivo de las normas constitucionales y legales.

De igual forma se evidencia la ausencia de manuales o protocolos nacionales de

seguimiento y supervisión de los procedimientos médicos de reproducción asistida.

La falta de regulación de las técnicas de reproducción asistida genera una falla de

mercado ya que hace inaccesible el tratamiento en el sector público para quienes

tienen menos recursos, dejándose que en el lado privado se privilegie al cliente en

lugar del paciente.

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No hay pareja que no pueda tener hijos

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2014 Glosario de Ingeniería Genética.

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