57
Universidad Rafael Landívar Campus San Pedro Claver SJ III Semestre T.U. en Trabajo Social Investigación en Ciencias Sociales II Catedrática: Licda. Mónica Briones Estudiantes: Alfredo Hun 218330 4 Pedro Frias 202110 7 Iván López 204710 7 Nelida Ayala 204720 TEMA Marco Legal sobre la Protección de la niñez en Guatemala

Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Informe sobre el marco legal para la proteccion de la niñez

Citation preview

Page 1: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Universidad Rafael LandívarCampus San Pedro Claver SJIII Semestre T.U. en Trabajo SocialInvestigación en Ciencias Sociales IICatedrática: Licda. Mónica Briones

Estudiantes: Alfredo Hun 2183304

Pedro Frias 2021107

Iván López 2047107

Nelida Ayala 2047207

TEMAMarco Legal sobre la Protección de la niñez

en Guatemala

Page 2: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Índice1. Marco Conceptual…………………………………………….

……...…a. Antecedentes del Problema…………………………..……….…..b. Importancia o Justificación del Problema…………………….…c. Planteamiento del problema……………………….………….…..d. Alcances y Limites……………………………………….………….

…e. Delimitación………………………………………………..

…………..f. Objetivos……………………………………………………..

………….2. Marco Teórico……………………………………………….

………………a. Declaración de los Derechos del Niño de la Organización

de las Naciones Unidas……………………………………………...

b. Marco Legal en materia de la protección de los Derechos de la Niñez guatemalteca………………………………………..…

c. Sistemas de Protección de la Niñez……………..………………..

d. Medidas para contribuir a los sistemas de Protección de la Niñez……………………………………………………….……………..

e. Políticas Públicas en Materia de la Protección Integral de la Niñez…………………………………………………...…………………

3. Marco Metodológico……………………………………………………a. Método……………………………………………………………….….b. Técnicas…………………………………………………………………c. Instrumentos………………………………………………………….

…d. Estrategias……………………………………………………………

….e. Población……………………………………………………………….f. Hipótesis……………………………………………………………….

…g. Variables…………………………………………………………….

…..h. Indicadores……………………………………………………………..

4. Resultados……………………………………………………………………

5. Análisis de Resultados…………………………………………………….

Página 2

Page 3: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

a. Conclusiones……………………………..………………………

b. Recomendaciones...…………………………………………..6. Marco

Administrativo……………………………………………………a. Cronograma……………………………………………………………b. Recurso

Humano………………………………………………………c. Recursos Físicos…………………………………………………….

…..d. Material y Equipo………………………………………………….

…..e. Presupuesto…………………………………………………………..

…..7. Anexos……………………………………..

…………………………………

33344557

7

10

2124

273030303031313131323338384041414142424243

Marco Conceptual

Antecedentes del Problema

Hemos podido observar que en los últimos años ha existido un gran

aumento de organizaciones sociales que abogan por la protección de los

derechos de los ciudadanos, no es caso contrario con respecto a los

derechos de uno de los sectores más indefensos: la niñez guatemalteca.

Hemos podido darnos cuenta que a pesar de los esfuerzos y actividades

que estas organizaciones realizan para promover la protección de los

Página 3

Page 4: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

derechos de los niños, los cambios no son visibles en todo el país, pues

aún se conoce casos existentes de la explotación infantil y la violación de

los derechos de estos en todos los ámbitos. Debemos mencionar que la

Declaración de los Derechos del Niño fue creada el 20 de noviembre de

1959 en la Organización de Naciones Unidas (ONU), a razón de ello

Guatemala ratificó la Convención de los Derechos del Niño en 1990 y es

uno de los primeros países que se comprometió a respetar los derechos

humanos del niño. Más de quince años han pasado y, las leyes

guatemaltecas y otros compromisos internacionales han dado muy pocos

frutos.

Importancia o Justificación del Problema

Debido al desconocimiento existente sobre los derechos fundamentales de

los niños, estos se encuentran diariamente vulnerados en reiteradas

ocasiones. A esta razón se debe que, los niños, no conozcan a que

instituciones acudir cuando son violados sus derechos. Por miedo a

represalias de los adultos, los niños que conoces las instituciones que

velan por ellos, no acuden a estos. Por la misma ideología y cultura de las

personas del área rural y urbana, siendo mucho más común en el área

rural, los niños son calificados como mano de obra no remunerada o como

una simple herramienta de labranza de bajo mantenimiento, restándole

por este motivo importancia a la educación de estos niños. Por lo tanto se

lleva a cabo una violación a los derechos fundamentales de los niños, el

cual es el derecho a la educación. Esta y otras violaciones de los derechos

de los niños son causa de un círculo vicioso que posee nuestra sociedad.

Planteamiento del problema

Página 4

Page 5: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

El nivel de conocimiento, sobre el marco legal de los derechos del niño, del

personal que labora en las instituciones que velan por la protección de la

niñez en el municipio de Cobán del departamento de Alta Verapaz.

Alcances y Limites

El alcance que tiene nuestra investigación es la de conocer cual es el

grado de conocimientos sobre las leyes que protegen a la niñez

guatemalteca por parte del personal que labora en las instituciones que

trabajan en pro de la protección infantil.

Los límites que posee nuestra investigación son la variabilidad que se

puede tener sobre los datos obtenidos, pues estos no serían generales

para toda la nación, así como también el escaso tiempo que tenemos para

realizar la investigación.

Delimitación

o Teórica: La investigación tendrá su fundamentación teórica en

las leyes del Estado de Guatemala y los acuerdos

internacionales que se han firmado. También se fundamentará

en los documentos y datos obtenidos en las instituciones a

investigar.

o Geográfica: Trabajaremos únicamente en el municipio de

Cobán del departamento de Alta Verapaz.

Página 5

Page 6: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

o Institucional: Se realizara la investigación correspondiente en

las instituciones que trabajan en pro de la niñez y los derechos

humanos.

o Personal: Se trabajará con el personal que laboran en las

instituciones que velan por la protección de los derechos

humanos y los derechos de la niñez, como lo son la PDH y la

PGN.

o Temporal: La investigación se llevará a cabo por un periodo

de dos meses aproximadamente.

Objetivos:

o Objetivo General:

Determinar el nivel de conocimiento del personal de las instituciones sobre

los derechos del niño.

o Objetivos Específicos:

1. Reconocer las instituciones que trabajan en pro de la

niñez y de la protección de los derechos de los mismos

en el municipio.

2. Determinar el nivel académico de las personas que

laboran en las instituciones que trabajan en pro de los

derechos del niño en el municipio.

Página 6

Page 7: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

3. Identificar las actividades que utilizan las instituciones

para capacitar al personal en la temática de los derechos

de la niñez.

4. Determinar qué instituciones se preocupan por la

preparación de su personal.

Marco Teórico

1. Declaración de los Derechos del Niño de la Organización

de las Naciones Unidas.

Uno de los principales aspectos que debemos analizar es la Declaración de

los Derechos del Niño, que fue proclamada por la Asamblea General de las

Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959, declaró:

“Proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que

éste pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de

Página 7

Page 8: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a

los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones

particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan

esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de

otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes

principios:

Principio 1

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración.

Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni

distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma,

religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social,

posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o

de su familia.

Principio 2

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y

servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que

pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma

saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al

promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se

atenderá será el interés superior del niño.

Principio 3

El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una

nacionalidad.

Principio 4

Página 8

Page 9: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho

a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán

proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso

atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de

alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Principio 5

El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento

social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que

requiere su caso particular.

Principio 6

El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita

amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y

bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de

afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias

excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La

sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar

especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados

de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas

conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 7

El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria

por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que

favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de

oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido

de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la

sociedad.

Página 9

Page 10: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la

responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad

incumbe, en primer término, a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales

deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la

sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de

este derecho.

Principio 8

El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que

reciban protección y socorro.

Principio 9

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y

explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada;

en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a

ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación

o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 10

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la

discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser

educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los

pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe

consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes”1.

Esta declaración, que es universal, beneficia y guía a las leyes de todos los

países del mundo. Es por esto que el Estado de Guatemala ha tenido que

1 Declaración de los Derechos del Niño, ONU. 20 de Noviembre 1959.

Página 10

Page 11: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

crear leyes y códigos que velan por la protección de los niños que habitan

en el territorio nacional. Entre estos códigos y leyes se encuentran: el

Código de la Niñez y la Juventud, Ley de Protección integral de la Niñez y la

Adolescencia, entre otras.

2. Marco Legal en materia de la protección de los Derechos

de la Niñez guatemalteca

2.1Definición de la Niñez y la Juventud

La legislación guatemalteca considera lo siguiente En el Código de la

Niñez y la Juventud: “Se considera niño o niña, para los efectos de esta

ley a toda persona desde su concepción hasta los doce años de edad

cumplidos, y joven a toda persona desde los doce años hasta que

cumpla los dieciocho años de edad”2.

El mismo Código menciona que: “Los niños, niñas y jóvenes son sujetos

de derecho gozaran de todos los derechos y obligaciones propios de la

persona humana, sin perjuicio de la protección integral (…),

asegurándoles, por ley o por otros medios todas las oportunidades y

facilidades, con el fin de facilitarles el desarrollo físico mental, moral,

espiritual, cultural y social, en condiciones de libertad y dignidad”3.

Así como también establece este Código que: “Es deber de la familia,

de la comunidad, de la sociedad en general y del Estado para con el

niño, niña y joven: asegurar, con absoluta prioridad, la realización de

los derechos diferentes a la vida, seguridad, e integridad, a la salud, a

la alimentación, a la educación, al deporte, a la recreación, a la

profesionalización, a la cultura, a la dignidad al respeto a la libertad y a

2 Artículo 2. Código de la niñez y la juventud. Guatemala.3 Artículo 3. Código de la niñez y la juventud. Guatemala.

Página 11

Page 12: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

la convivencia familiar y comunitaria”4. El Estado adoptará todas las

medidas administrativas, legislativas de otra índole para dar

efectividad a los derechos (…). En lo que respecta a los derechos

económicos, sociales y culturales, el Estado adoptará esas medidas

hasta el máximo de los recursos disponibles, y, cuando sea necesario

dentro del marco de la cooperación internacional. En todas las medidas

que se adopten en relación a los niños, niñas y jóvenes se tomará en

consideración su interés superior. (…), se entiende por interés superior

del niño, niña y joven a todas aquellas acciones encaminadas a

favorecer su desarrollo físico, psicológico, educativo, cultural, moral,

espiritual y social. Para lograr el pleno desenvolvimiento de su

personalidad”5.

Tomando en cuenta estos datos, podemos mencionar que es deber de

todas las organizaciones, personas particulares y el Estado conocer

acerca de los derechos de la niñez, promoverlos y velar porque se

respeten los derechos del niño y de los jóvenes que habitan el territorio

nacional.

Uno de los principales artículos de este código es el siguiente, pues

menciona la base fundamental para las demás leyes de protección para

la niñez: “Ningún niño, niña o joven será objeto de cualquier forma de

negligencia, discriminación, marginación, explotación, violencia,

crueldad y opresión punibles por la ley, ya sea por acción u omisión a

sus derechos fundamentales”6.

Este código no excluye ningún documento internacional ratificado por

el Estado, en materia de Derechos Humanos, pues menciona: “Los

4 Artículo 4. Código de la niñez y la juventud. Guatemala.5 Artículo 5. Código de la niñez y la juventud. Guatemala.6 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 6. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.

Página 12

Page 13: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

derechos y garantías que otorga el presente Código, no excluyen otros

que, aunque no figuren expresamente en él, son inherentes a los niños,

niñas y jóvenes como personas. La interpretación y aplicación de las

disposiciones de esta ley deberán hacerse en armonía con sus

principios rectores, con los principios generales del derecho, con la

doctrina y normativa internacional en esta materia, en la forma que

mejor garantice los derechos establecidos en la Constitución, los

tratados, convenciones, pactos y demás instrumentos internacionales

suscritos ratificados por Guatemala. Además deberá tenerse en cuenta

la condición de género y lo establecido en los acuerdos de paz. Las

disposiciones del presente código son de orden público y de carácter

irrenunciable de la persona humana”7.

2.2Derechos fundamentales de la Niñez

En lo que respecta sobre los derechos individuales de la niñez, el

mismo código hace mención sobre los derechos fundamentales que son

el derecho a la vida, a la igualdad, a la integridad personal, a la

libertad, identidad, respeto, dignidad y denuncia; a la familia y a la

adopción.

Sobre el derecho a la vida, “Es obligación del Estado garantizar su

supervivencia, seguridad y desarrollo. Los niños, niñas y jóvenes tienen

derecho a la protección, cuidado v asistencia necesaria para lograr un

adecuado desarrollo físico, mental y social. Estos derechos se

reconocen desde su concepción”8.

Sobre el derecho a la igualdad, “Los derechos establecidos en esta ley,

serán aplicables a todo niño, niña y joven sin discriminación alguna, por

7 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 8. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.8 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 9. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.

Página 13

Page 14: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

razones de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra

índole, origen nacional étnico o social posición económica,

discapacidad física, mental o sensorial, orientación sexual,

impedimento físico, nacimiento o cualquier otra condición de éstos, de

sus padres, familiares, tutores o personas responsables”9.

Sobre el derecho a la integridad persona, “Todo niño, niña y joven tiene

derecho a ser protegido contra toda forma de descuido, abandono o

violencia, así también a no ser sometido a torturas, tratos crueles,

inhumanos o degradantes”10.

Sobre el derecho a la libertad, hay que tomar en cuenta que “La

libertad comprende la garantía a los siguientes derechos: a) La libre

locomoción, con excepción de las restricciones legales, b) La libre

opinión y expresión, c) Conciencia, pensamiento y religión, d) Jugar,

practicar deportes y recrearse, e) Participar en la vida familiar y de la

comunidad, sin discriminación, de acuerdo a los patrones culturales

propios de la comunidad, f) Participar en la vida cívica del país,

teniendo como únicas restricciones las señaladas por la ley, g) Al

acceso a la información, principalmente la que fomente su desarrollo

espiritual y moral, así corno su salud física y mental, h) Buscar refugio,

auxilio y orientación”11.

Sobre el derecho a la identidad, “Los niños, niñas y jóvenes tienen

derecho a tener su identidad, incluidos, la nacionalidad y el nombre,

conocer a sus padres y ser cuidados por ellos, las expresiones

culturales propias y su idioma. Es obligación del Estado garantizar la

9 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 10. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.10 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 11. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.11 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 13. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.

Página 14

Page 15: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

identidad del niño, niña y joven, sancionando a los responsables de la

sustitución, alteración o privación de ella. Los niños, niñas y jóvenes

tienen el derecho de no ser separados de su familia, sino en las

circunstancias especiales definidas en la ley y con la exclusiva finalidad

de restituirle sus derechos, el Estado deberá prestar la asistencia y

protección adecuada en todos aquellos casos en los que sean privados

ilegalmente de alguno de los elementos que constituyen su identidad,

con el fin de restablecerla”12.

Sobre el derecho al respeto, el código menciona que este “consiste en

la inviolabilidad de la integridad física, psíquica y moral del niño, niña y

joven, abarcando la preservación de la imagen, de la identidad, de la

autonomía, de los valores, ideas y creencias, de los espacios y objetos

personales”13.

Sobre el derecho a la dignidad, “Es obligación del Estado y la sociedad

en su conjunto, velar por la dignidad de los niños, niñas y jóvenes,

poniéndolos a salvo de cualquier tratamiento inhumano, violento,

aterrorizador, humillante o constrictivo”14.

Sobre el derecho a la denuncia, “Los niños, niñas y jóvenes tienen

derecho de denunciar las violaciones a sus derechos humanos ante la

autoridad local más cercana a fin de garantizar el respeto prevención y

reparación de los mismos”15.

Sobre el derecho a la familia, el código establece que “El Estado deberá

fomentar por todos los medios la estabilidad y el bienestar de la familia

12 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 14. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.13 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 15. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.14 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 16. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.15 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 17. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.

Página 15

Page 16: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

como base de la sociedad y asegurarle al niño, niña y joven, la

convivencia familiar y comunitaria en un ambiente sano, libre de

injerencias que puedan afectar su desarrollo integral por parte de sus

progenitores o de quieres lo asisten, protegen, cuidan o conviven con

él”16.

Si por algún motivo, en la familia se da la “falta o carencia de recursos

materiales (esta) no constituye motivo suficiente para la pérdida o la

suspensión de la patria potestad” por lo que “El Estado prestará la

asistencia apropiada a los padres v a los representantes legales para el

desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño,

promoverá y velará por la creación de instituciones, instalaciones y

servicios para el cuidado de los mismos”17.

En lo que respecta al derecho a la adopción, “El Estado reconoce la

institución de la adopción de los niños, niñas y jóvenes debiendo

garantizar que en el ejercicio de ésta se atienda primordialmente a su

interés superior”18. Y, “El Estado velará porque los niños, niñas y

jóvenes que hayan de ser adoptados en otro país, gocen por lo menos

de los mismos derechos y normas equivalentes a las existentes,

respecto de la adopción en el país de origen y sujeto a los

procedimientos establecidos en la ley de la materia”19.

2.3La salud como derecho fundamental y prioritario de la Niñez

Tomando en cuenta que uno de los principales pilares en materia de la

protección de los derechos humanos es la salud, la Ley de Protección

16 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 19. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.17 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 21. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.18 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 22. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.19 Decreto No. 78-1996. Código de la niñez y la juventud. Artículo 24. Guatemala. 27 de Septiembre de 1996.

Página 16

Page 17: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Integral menciona que “Queda asegurada la atención médica al niño,

niña y adolescente a través del sistema de salud pública del país,

garantizando el acceso universal e igualitario a las acciones y servicios

para promoción, protección y recuperación de la salud. Los niños, niñas

y adolescentes que sufran deficiencia diagnosticada recibirán atención

especializada”20. “El Estado a través de las autoridades de salud

respectivas ejecutará y facilitará el desarrollo de programas de

asistencia médica y odontológica para la prevención de las

enfermedades que comúnmente afectan a la población infantil y

campañas de educación sanitaria y sexualidad humana para padres,

educadores y alumnos”21. “Es obligación de las autoridades sanitarias

realizar campañas de vacunación para niños, niñas y adolescentes a fin

de prevenir las enfermedades epidémicas y endémicas”22. “El Estado

por medio de los organismos competentes deberá establecer

programas dedicados a la atención integral del niño y niña hasta los

seis años, así como promoverá la salud preventiva, procurando la

activa participación de la familia y la comunidad, sin perjuicio de las

obligaciones que el Estado tiene para todos los niños, niñas o

adolescentes”23. “Todos los centros de atención a la salud del país,

tanto públicos como privados, están obligados a: a) Posibilitar que el

recién nacido tenga contacto con la madre al nacer y alojamiento

conjunto con ella. b) Diagnosticar y hacer seguimiento médico de los

niños y niñas que nacieren con problemas patológicos y con

discapacidades físicas, sensoriales o mentales, así como orientar a los

padres de los mismos. c) Crear programas especializados para la

atención de niños, niñas y adolescentes que presenten problemas

20 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 28. Guatemala. 4 de Junio de 2003.21 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 30. Guatemala. 4 de Junio de 2003.22 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 31. Guatemala. 4 de Junio de 2003.23 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 33. Guatemala. 4 de Junio de 2003.

Página 17

Page 18: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

patológicos y discapacidades físicas sensoriales y mentales. d)

Controlar que el crecimiento y desarrollo del niño o niña no sea inferior

a la edad cronológica del mismo y orientar a los padres, tutores o

encargados para que tomen las medidas necesarias remitiéndolos a

donde corresponda”24.

2.4El papel de los medios de comunicación en la divulgación y

protección de los derechos de la Niñez

Debido a que el Estado es uno de los encargados para divulgar y

promover los derechos de la niñez, se hace mención sobre el papel que

juegan los medios de comunicación pues dicen sobre estos que: “Se

reconoce la importancia de la función que desempeñan los medios de

comunicación social del Estado, como instrumentos de promoción,

desarrollo del bienestar social, espiritual, moral, de la salud física y

mental de todos los niños, niñas y adolescentes. Con tal objeto

deberán: a) Facilitar el acceso a información. b) Calificar, clasificar y

supervisar toda la información, espectáculos, programas o material

que sea puesto en su conocimiento. c) Promover la participación

directa en los programas o ediciones de niños, niñas o adolescentes. d)

Informar de la clasificación y contenido de los programas, antes y

durante los mismos. e) Los que tengan presencia en aquellos lugares

de predominancia maya, garífuna o xinka, difundan, transmitan,

publiquen y editen material y programas en esos idiomas. f) Apoyar a

los órganos jurisdiccionales e instituciones de bienestar social, a

localizar a los familiares de los niños, niñas y adolescentes extraviados.

g) Promover la divulgación de los derechos humanos de la niñez y la

adolescencia, en general”25.

24 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 35. Guatemala. 4 de Junio de 2003.25 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 60. Guatemala. 4 de Junio de 2003.

Página 18

Page 19: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Así como también “Son obligaciones del Estado, a través de los

órganos competentes: a) Clasificar y supervisar los espectáculos

públicos, los programas de radio, televisión y cable, videos, impresos y

cualquier otra forma de comunicación, que sea perjudicial para el

bienestar de los niños, niñas y adolescentes. b) Regular el acceso a los

espectáculos públicos y cualquier otro medio que tenga contenido

único para adultos. c) Velar porque los medios de comunicación que

tengan o establezcan franjas infantiles, juveniles, familiares o

exclusivas para adultos, las den a conocer previamente, con el objeto

de que los padres de familia, tutores, parientes o cualquier persona que

tenga a su cuidado algún niño, niña o adolescente, conozca el

contenido de la programación y de esa manera limiten bajo su

responsabilidad el acceso a programas no aptos para su edad”26.

2.5Obligaciones de la Niñez

Hay que entender, con mucha claridad, que todos los habitantes

poseen, no solo derechos sino que también obligaciones, es por ello

que la ley dictamina “En la medida de sus facultades, todo niño, niña y

adolescente estará solamente sujeto a las limitaciones establecidas por

la ley, con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los

derechos y libertades de los demás y de satisfacer las justas exigencias

de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad

democrática. Para su desarrollo integral, los niños, niñas y

adolescentes, en la medida de sus capacidades, tiene los siguientes

deberes: a) Desarrollar actitudes de consideración, solidaridad,

tolerancia, comprensión y respeto con los ancianos, adultos,

adolescentes y otros niños y niñas, sin distinción de vínculo familiar,

sexo, posición económica y social, étnica y discapacidad física, mental

o sensorial. b) Respetar y obedecer a sus padres, tutores o encargados,

26 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 61. Guatemala. 4 de Junio de 2003.

Página 19

Page 20: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

contribuyendo a la unidad y lealtad familiar. c) Apoyar a sus padres en

su ancianidad, discapacidad o enfermedad, en la medida de sus

posibilidades. d) Conocer la realidad nacional, cultivar la identidad

cultural, los valores de la nacionalidad guatemalteca y el patriotismo.

e) Actuar con honestidad y responsabilidad en el hogar y en todas las

etapas del proceso educativo. f) Esforzarse por asimilar los

conocimientos que se les brinden y tratar de desarrollar las habilidades

necesarias para alcanzar un adecuado rendimiento escolar. g) Cumplir

con las disposiciones disciplinarias establecidas en el centro escolar,

donde curse sus estudios, siempre y cuando se administren de modo

compatible con su dignidad y no contravengan esta Ley ni las leyes del

país. h) Participar en las actividades escolares y de su comunidad. i)

Cuidar y respetar sus bienes, los de su familia, los de su centro de

enseñanza y los de la comunidad, participando en su mantenimiento y

mejoramiento. j) Colaborar en las tareas del hogar, siempre que éstas

sean acordes a su edad y desarrollo físico y no interfieran con sus

actividades educativas y desarrollo integral. k) Cumplir con los

tratamientos médicos, sociales, psicológicos o de otra índole que sean

necesarios para su bienestar. l) Participar con respeto y honradez en

las actividades culturales, deportivas o recreativas, que organicen las

instituciones públicas o privadas. m) Conocer y promover la

Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos

del Niño y los derechos humanos, en general. n) Buscar protección ante

sus padres o encargados o ante las autoridades competentes, de

cualquier hecho que lesione sus derechos. o) Respetar, propiciar y

colaborar en la conservación del ambiente. p) No abandonar la casa de

sus progenitores o aquella que ellos o la autoridad les hubiese

asignado, sin la debida autorización de ellos, salvo cuando su

Página 20

Page 21: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

integridad física y mental esté en riesgo grave de sufrir algún tipo de

daño”27.

Entre la legislación guatemalteca, se considera como sustento legal y

político, los siguientes documentos que respaldan la protección de los

derechos de la niñez:

Constitución Política de la República de Guatemala.

Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la

Delincuencia Juvenil.

Declaración de los Derechos del Niño de la Organización de las

Naciones Unidas.

Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia.

Código de la Niñez y la Juventud.

Convención Americana de Derechos Humanos.

3. Sistemas de Protección de la Niñez

Los diferentes sistemas de protección a los derechos del niño se podrían

dividir en dos, los sistemas de protección social y los sistemas de

protección jurídica.

3.1 Sistemas de Protección Social

Está a cargo de la comunidad y de la iglesia, así como también en la

moral de las personas por proteger a la niñez y darle todo lo que

necesite hasta que sea capaz de protegerse por el mismo.

La niñez forma parte de la comunidad y ésta comunidad tiene con él

una responsabilidad natural, derivada de la propia solidaridad que el

27 Decreto No. 27-2003. Ley de protección integral de la niñez y la juventud. Artículo 62. Guatemala. 4 de Junio de 2003.

Página 21

Page 22: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

grupo siente, primero, de una manera intuitiva y, después, de un modo

más racional. La sociedad considera a la niñez como un ser que

requiere protección social especial pues el no puede hacerlo por sí solo.

Dejar solo e indefenso a la niñez en la sociedad genera sentimientos

agresivos y de soledad en la niñez, ya que no puede ni tiene la

mentalidad aun para tomar decisiones correctas y para su beneficio

futuro.

No hay que negar que a la niñez se le protege más por parte de la

religión y la moral de las personas que el gobierno. No existe ninguna

obligatoriedad formal en el entorno social, sino que todo parece ser un

reflejo interno dentro de las familias, como una manifestación

emocional e instintiva, por cuidar a sus hijos y darles lo mejor, pero no

en todos los casos es así.

Progresivamente la sociedad va tomando un papel más amplio en

razón de los menores de edad, esta responsabilidad nace, desde la

familia y dentro de ella se proyecta a la vida común de la sociedad.

La protección social consiste, en el compromiso de toda la comunidad

por velar permanentemente a favor de sus elementos desprotegidos,

principalmente, la niñez. Es difícil pensar en una sociedad que, en

medio de todos los avances de civilización, ignore el valor de los seres

humanos que todos tienen al nacer y van a ser su parte de sobre-

vivencia y fortaleza.

En estos días lo más importante es que todos lo seres humanos tengan

la oportunidad de nacer y sin importar sus defectos dejarlos

desarrollarse y progresar cada día más.

Página 22

Page 23: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

La sociedad tiene un compromiso de primer orden en cuanto a la

protección de la niñez, de carácter integral, encaminada no sólo a

considerarla como seres humanos desvalidos y desprotegidos, sino

como sujetos con derechos.

3.2Sistemas de Protección Jurídica

Está a cargo del Estado imponiendo una política en pro de los derechos

del niño.

Partiendo de la propia Constitución Política de la República, el Estado

de Guatemala protege al ser humano aun antes de nacer. En igual

sentido se encaminan otros instrumentos de la legislación ordinaria,

por ejemplo el Código Civil. Existen muchas disposiciones que da a la

niñez defensa legal como los códigos de menores, leyes de tribunales

de familia, normas penales y laborales.

La protección jurídica de la niñez requiere políticas y acciones ya que

no basto sólo con palabras. El Estado y la sociedad tienen un

compromiso recíproco en convertir en realidades las leyes que

protegen a la niñez.

Esta obligación es primordial del Estado, pero sin la ayuda de la

sociedad no sería posible, de establecer una política de carácter

general y también de tipo particular para cada caso que se pueda

presentar. Dentro de esta política no deben existir distinciones ni

discriminaciones, pues igual oportunidad deben de tener todos los

niños en aspectos como educación, salud, familia, etc.

Aparte de las políticas que el Gobierno debe establecer en sus

programas de trabajo, es importante acompañar acciones para que las

Página 23

Page 24: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

propuestas teóricas de un plan se conviertan en realidad. Esas acciones

deben ser de diferente naturaleza, principiando con el propio sistema

educativo público o privado, hasta los demás ambientes donde la niñez

debe desenvolverse.

El Estado debe, en su misión de hacer posible el bien común, tener un

compromiso irrevocable de proteger a todos los miembros de la

sociedad, principalmente a los grupos más desfavorecidos, como lo es

la niñez en Guatemala.

4. Medidas para contribuir a los sistemas de Protección de

la Niñez

Las medidas que contribuyan los sistemas de protección de la niñez

podrían estar divididos en: medidas administrativas, medidas legislativas y

medidas judiciales.

4.1Medidas Administrativas para Contribuir a los sistemas de

Protección de la Niñez.

Las medidas administrativas que el Estado proporcione para el

cumplimiento de los principios de la Declaración de los Derechos del

Niño de la Organización de las Naciones Unidas, deben ser destinadas a

dar a la niñez una protección real y efectiva.

Por lo que son necesarias políticas sociales básicas que estén

destinadas a satisfacer las necesidades de todos lo niños sin distinción

alguna.

Página 24

Page 25: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Así como también políticas asistenciales destinadas a aquellos niños en

situaciones de riesgo debido a pobreza u otros factores de

vulnerabilidad permanente o temporal. Es necesario que se creen

instituciones, instalaciones y servicios destinados al cuidado de los

niños, preocupándose por seleccionar el correcto personal para el

funcionamiento de los mismos. También crear programas de apoyo a

las familias para el cumplimiento de sus responsabilidades.

Una de las más importantes políticas debe de ser la de protección

especial que debe estar dirigida a todos los niños con problemas como

explotación y abuso sexual, laboral, maltrato físico y otras situaciones

se pongan en riesgo su salud.

4.2Medidas Legislativas para contribuir a los sistemas de

Protección de la Niñez

Las medidas legislativas están a cargo del Organismo Legislativo, ya

que tiene bajo su cargo el que Guatemala cumpla en forma eficaz con

la protección efectiva de los derechos de la niñez.

Por lo que ha tenido que ajustarse a nuevas legislación, un ejemplo de

ello es que al Congreso de la República se han presentado proyectos de

ley pendientes de ser aprobados.

De tal manera existe la posibilidad de que nuestra legislación se ajuste

a una nueva visión de la niñez y con ello obtenga una mayor protección

de tipo jurídico. Es importante que las leyes que apruebe este

organismo estén acordes con nuestra realidad y necesidades sociales

y, sobre todo, que garanticen y desarrollen los derechos del niño de

manera general.

Página 25

Page 26: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

4.3Medidas Judiciales para contribuir a los sistemas de Protección

de la Niñez

Las medidas judiciales son muy importantes para penalizar a la

persona o entidad que viole algún derecho del niño y se hace necesaria

una reflexión seria acerca de la administración de la justicia.

El Organismo Judicial cuenta, actualmente, con los instrumentos que le

permiten una mejor atención a sus importantísimas responsabilidades.

Por lo que es necesaria la revisión de la justicia en Guatemala, pues

mucha gente la crítica y con hechos visibles se defienden.

La Corte Suprema de Justicia tiene en sus manos los instrumentos

precisos para superar la difícil situación de los procedimientos

relacionados con menores. Y aún así existen serios defectos en la

atención a los niños, en el interior del país y hay que tomar en cuenta

que no hay un solo lugar fuera de la capital donde haya Jueces de

Menores.

Posiblemente el problema tenga origen en la mala situación financiera

del Estado, pero si no se interviene y se dan más recursos para la

administración de la justicia siempre seguirán existiendo los mismos

problemas y nunca avanzaremos.

Uno de los factores más importantes de todos no es la situación

económica del Estado, sino que es el nivel de conocimiento que la

población tenga en materia de derechos humanos y la voluntad de

cambio, por lo que es necesario un cambio de mentalidad tanto en los

niveles superiores como en los niveles básicos, como lo es la familia.

Página 26

Page 27: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

5. Políticas Públicas en Materia de la Protección Integral de

la Niñez

5.1Definición

Las Políticas Públicas en materia de desarrollo integral de la niñez y la

adolescencia se conciben como un instrumento técnico-político que tiene

como objeto el cumplimiento de fines predeterminadas y que contiene

principios, objetivos, así como procesos de implementación ó ejecución y

evaluación, encaminado a garantizar la protección y desarrollo integral de la

niñez y la adolescencia de Guatemala, en cumplimiento de la protección de

sus derechos humanos inherentes.

5.2Fines

Garantizar el efectivo cumplimiento de los derechos humanos de la

niñez y la adolescencia guatemalteca, a través de la acción coordinada

entre las instituciones del Estado, la cooperación de las organizaciones

de la sociedad civil, la participación de la niñez y la adolescencia y la

colaboración de la comunicad internacional.

5.3Principios directivos de las Políticas

El proceso de formulación de estas políticas, debe fundamentarse en

los siguientes principios filosófico-políticos, ya que constituyen el eje

transversal para lograr el efectivo cumplimiento de los derechos de la

niñez y adolescencia.

1. Unidad e integridad de la familia. Todo niño, niña y adolescente tiene

derecho a ser criado y educado en el seno de su familia y

excepcionalmente en familia sustituta. La familia es la principal

responsable del cuidado, protección y desarrollo integral de la niñez

y adolescencia, es el espacio idóneo para la satisfacción de las

necesidades básicas.

Página 27

Page 28: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

2. Protección económica, jurídica y social. El conjunto de derechos

reconocidos por la Ley de Protección Integral es universal, indivisible

e interrelacionado, y se aplica a todos los niños, niñas y adolescentes

que se encuentren en el territorio nacional.

3. Interés superior de la niñez. Este principio constituye una garantía

que se aplicará en toda decisión que se adopte con relación a la

niñez y la adolescencia que deberá asegurar el ejercicio y disfrute

pleno de sus derechos, respetando sus vínculos familiares, origen

étnico, religioso, cultural y lingüístico, teniendo en cuenta su opinión

según su edad y madurez.

4. No discriminación, equidad e igualdad de oportunidades. Se refiere a

que los derechos son inherentes a todo niño, niña y adolescente, sin

discriminación alguna por razón de raza, color, sexo, idioma, religión,

étnico o social, posición económica, discapacidad física, mental o

sensorial o cualquier otra condición similar.

5. No institucionalización de la niñez y la adolescencia. La privación de

libertad de la adolescencia así como la institucionalización de la

niñez se considera una sanción socioeducativa excepcional y

únicamente se aplicará cuando no sea posible aplicar otra menos

gravosa; en tal virtud, la protección integral demanda el

establecimiento de programas para el fortalecimiento de las familias.

6. Responsabilidad compartida para la efectividad de los derechos. Las

instituciones y actores responsables de la implementación de las

políticas públicas que ocupan el presente documento deben asumir

una participación activa para lograr el cumplimiento de las acciones

y objetivos de dichas políticas.

Página 28

Page 29: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

5.4Marco Legal para la elaboración de Políticas Públicas en

Materia de la Protección Integral de la Niñez

Las Políticas Públicas encuentran su base en el marco jurídico nacional

e internacional vigente para la República.

1. La Constitución Política promulga la realización del bien común, el

deber del Estado de proteger la salud física, mental y moral de los

menores de edad y garantizarles su derecho a la alimentación, salud,

educación, seguridad y previsión social, la justicia social y la vigencia

de los derechos humanos.

2. Los Acuerdos de Paz suscritos en 1996 establecen compromisos para

crear un país democrático e incluyente que supere las causas que

condujeron al conflicto armado interno y por lo tanto, estas políticas

deben incorporar en sus acciones un enfoque pluricultural e

incluyente que garantice la vigencia práctica de los derechos de la

niñez y la adolescencia de todos los grupos culturales del país.

3. La Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia establece

el marco jurídico nacional para la protección integral de los derechos

humanos inherentes a este sector de la sociedad.

Marco Metodológico

Método:

En esta investigación, se realizará un estudio de tipo Descriptivo,

pues se hará únicamente una descripción de este caso, luego de

Página 29

Page 30: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

analizar la información recabada en las instituciones estudiadas.

El tipo de datos en la recolección de la información será de Tipo

Cualitativo, para poder cualificar y describir el problema, a partir de

los rasgos determinantes, sin tratar de generalizar, sino de entender

la realidad investigada.

Técnicas:

La técnica a utilizar será la Encuesta, debido a que se pretende

identificar el grado de conocimiento de las personas que laboran en

la Procuraduría de los Derechos Humanos y la Procuraduría General

de la Nación y las características de la encuesta permitirán recabar

la información necesaria para la investigación.

Instrumentos:

El instrumento a utilizar será el cuestionario. Éste permitirá obtener

información clara y precisa, por el formato de preguntas. El

cuestionario será abierto, de esta manera, se le dará a los

encuestados la libertad de responder y proporcionar la información

requerida.

Los recursos que facilitarán el instrumento serán hojas de papel.

Estrategias:

La presentación y manifestación de los propósitos de esta

investigación a las personas competentes de cada institución

estudiada, para luego realizar las encuestas a los trabajadores y

recopilar de ésta manera, la información necesaria. Posterior a esto,

Página 30

Page 31: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

se ordenará, se analizará y describirá el problema de investigación

estudiado.

Población:

Se encuestará a 8 trabajadores técnicos y administrativos de la PDH

y 12 a trabajadores técnicos y administrativos de la PGN. En total

serán 20 personas las que proporcionarán información para esta

investigación.

Hipótesis:

“Los trabajadores de las instituciones que velan por los Derechos de

los Niños, desconocen el Marco Legal para su debida protección, a

causa de la carencia de inducción”.

Variables:

- Independiente : “Carencia de Inducción”. El término Inducción se

refiere a la etapa de acoplamiento del trabajador a su nuevo

ambiente de trabajo, mediante un programa comprehensivo de

orientación para nuevos empleados, con un programa formal de

orientación organizacional y que puedan ubicarlos a las metas

que la institución persigue y qué se espera de su trabajo.

- Dependiente : “Desconocimiento del Marco Legal para la debida

protección de los Derechos de los Niños”. El Marco Legal se

Página 31

Page 32: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

refiere a la legislación y acuerdos internacionales existentes en

Guatemala, en materia de los Derechos de los Niños.

- Interviniente : “Los Trabajadores de las Instituciones que velan por

los Derechos de los Niños”.

Indicadores:

1. El grado académico de los trabajadores de las instituciones.

2. El Nivel de Conocimiento del Marco Legal existente en el país.

3. El tiempo que la persona tiene de laborar en la institución.

4. La inducción y capacitación provista por las instituciones a los

trabajadores.

Resultados

A continuación se presentan los resultados obtenidos de las encuestas

efectuadas a los trabajadores de las dos instituciones que trabajan en pro

Página 32

Page 33: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

de la protección de los Derechos de los Niños en el municipio de Cobán,

A.V.

Se encuestaron a 8 trabajadores de la Procuraduría de los Derechos

Humanos y a 11 trabajadores de la Procuraduría General de la Nación.

No. 1Tiempo que tiene de laborar en la Institución

Se preguntó cuántos años tenía cada

trabajador de laborar en la Institución,

debido a que éste es un indicador del

conocimiento que puede tener sobre los

Derechos de los niños, debido a la

experiencia adquirida en su trabajo.

No. 2Inducción al Ingresar a la Institución

Página 33

PDH

TiempoFrecuenc

ia9 meses 11 año 1

2 años 3

3 años 2

5 años 1

=8

PGN

TiempoFrecuenc

ia5 meses 11 año 2

2 años 2

3 años 1

4 años 1

5 años 3

17 años 1

=11

Page 34: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

En la PDH, sólo 2 personas

respondieron que no tuvieron ningún tipo de inducción al iniciar labores en

la institución, mientras que en la PGN, todos indicaron que si tuvieron

algún tipo de inducción.

No. 3Clase de Inducción recibida

En ambas instituciones, la inducción

se trató acerca de las funciones de la institución o de las funciones

específicas del puesto, pero en la PDH, 4 personas indicaron que fue

mediante una capacitación, mientras que en la PGN, además las dos

mencionadas, se agregan las pasantías y la inducción en el tema de

Derechos Humanos.

No. 4

Página 34

PDH

InducciónFrecuenc

iaSi 6No 2

=8

PGN

InducciónFrecuenc

iaSi 11No 0

=11

PGNInducción Frecuencia

Pasantía 2Funciones de la institución

3

Funciones del puesto

3

Capacitación en DDHH

3

=11

PDH

InducciónFrecuenci

aCapacitación 4Funciones de la Institución

1

Funciones del puesto

1

Ninguna 2

=8

Page 35: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Nivel académico del trabajador

El nivel académico de los

trabajadores, es otro indicador, para saber el grado de conocimiento que

tienen sobre el tema de Derechos de los Niños.

En la PDH, todos tienen relación de estudios con la carrera de Ciencias

Jurídicas y Sociales. En la PGN, sucede casi lo mismo, dos personas no

estudian otras carreras y hay una persona que no estudia actualmente en

la universidad y sólo tiene el nivel académico de diversificado.

No. 5Especialización o Diplomado en Derechos Humanos

Con ésta pregunta, se desea saber

si además de los cursos recibidos en la Universidad sobre Derechos

Humanos, poseen alguna especialización como respaldo en las funciones

que desempeñan en dichas instituciones.

Página 35

PDH

Nivel AcadémicoFrecuenci

aAbogado y Notario 2Pensum cerrado en Derecho

1

Diversificado y estudiante de Derecho

5

=8

PGN

Nivel AcadémicoFrecuenci

aAbogado y Notario 2Pensum cerrado en Derecho

2

Diversificado y estudiante universitario

6

Diversificado sin estudios universitarios

1

=11

PDHEspecialización

o DiplomadoFrecuencia

Si 2No 6

=8

PGNEspecialización o

DiplomadoFrecuencia

Si 8No 3

=11

Page 36: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

No. 6Capacitación sobre DDHH por parte de la Institución

Los resultados de ésta pregunta

coinciden con los resultados de la pregunta No. 2 de los cuestionarios, en

la que indican la inducción que tuvieron al ingresar la institución, pero en

ésta pregunta, se logra determinar el interés de la institución por capacitar

a sus empleados.

No. 7Frecuencia de las Capacitaciones

Existen muchas variables en cuanto

a la frecuencia de las capacitaciones

que reciben por parte de la institución, pero se puede inquirir que éstas se

efectúan dependiendo de las funciones y de las actualizaciones que el

puesto requiera.

No. 8

Página 36

PDHCapacitación Frecuencia

Si 6No 2

=8

PGNCapacitación Frecuencia

Si 11No 0

=11

PDHEspecialización

o DiplomadoFrecuencia

Cada 2 meses 1Cada 3 meses 1

Cada 5 meses 2

Cada 6 meses 2

Ninguna 2

=8

PGNEspecialización o

DiplomadoFrecuencia

Cada mes 2Cada 4 meses 2Cada 5 meses 2Cada 6 meses 2Una vez al año 1NS/NR 2

=11

Page 37: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Conocimiento del Marco Legal de los Derechos del Niño

Los datos obtenidos en ésta

pregunta son satisfactorios, pues

todos indicaron tener conocimiento sobre el Marco Legal de los Derechos

de los niños.

Página 37

PDHConocimiento Frecuencia

Si 8No 0

=8

PGNConocimiento Frecuencia

Si 11No 0

=11

Page 38: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Análisis de los Resultados

Conclusiones

Se han logrado alcanzar los objetivos propuestos en esta investigación.

Se reconocen en Cobán, Alta Verapaz dos instituciones que trabajan en pro

de la niñez y velan por la Protección de Derechos de los Niños.

Se ha logrado determinar el interés que poseen las instituciones en

capacitar y cuidar por que los trabajadores realicen con eficiencia sus

funciones y logren las metas.

En principio, la inducción al ingresar a una institución es de suma

importancia, sobretodo en instituciones de ésta índole, pues de tal manera,

los empleados pueden iniciar sus labores cumpliendo con todos los

requerimientos del puesto, sin esperar el tiempo de acoplamiento y

esperar a conocer cómo realmente se debe trabajar y cuáles son las metas

de la institución.

Como se puede observar en los resultados de las encuestas, la PGN ha

cumplido con todos sus empleados este punto tan importante, mientras

que la PDH, lo ha hecho, mas una minoría se ha quedado sin recibir un

adiestramiento, pues sin importar el puesto que las personas desempeñen,

deben tener una buena orientación para ubicarlos bien en las metas de la

institución y que sepan desde el principio lo que se espera de su trabajo.

La inducción, para quienes trabajan en éstas dos instituciones debe ser

acerca de las funciones de la institución, de las funciones del puesto y

también en Derechos Humanos, tanto doctrinal como legal para la solución

de conflictos.

Se ha determinado el nivel académico de los trabajadores de las dos

instituciones presentes en Cobán. Todos los empleados de la PDH tienen

relación con la carrera de Ciencias Jurídicas y Sociales, hay 2 abogados y

notarios y el resto, aún se encuentra estudiando. En la PGN, tres personas

Página 38

Page 39: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

no se relacionan con la carrera, pero de éstas tres, dos están en la

Universidad y la otra persona no, por lo que en éste caso, si se necesita

una capacitación constante.

Debido a lo anterior, también se indagó acerca de alguna especialización

que tenga sobre DDHH o diplomado, pero no todos lo poseen. Sin

embargo, en la PGN, si se les ha brindado capacitación sobre DDHH a

todos los empleados, a excepción de la PDH, que a dos de ellos no.

Los empleados no son capacitados con mucha frecuencia y esto es algo

que si debe tomarse en cuenta, pues ellos necesitan actualizarse

constantemente para realizar un trabajo eficiente, sobre todo con la

protección de los Derechos de los Niños y la situación latente de maltratos

y abusos hacia ellos, en éste municipio.

Para concluir, la hipótesis planteada en ésta investigación, es falsa, pues

se planteó que:

“Los trabajadores de las instituciones que velan por los Derechos de los

Niños, desconocen el Marco Legal para su debida protección, a causa de la

carencia de inducción”.

Pero los trabajadores si conocen el Marco Legal, en su totalidad, a pesar de

que una mínima parte de ellos no reciben o no ha recibido orientación

dentro de la institución. Los estudios universitarios o el haber pertenecido

a un programa de capacitación o diplomado, son aspectos que han

ayudado que los empleados tengan conocimiento del Marco Legal de los

Derechos de los Niños.

Recomendaciones

Página 39

Page 40: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Para hacer que se cumplan los Derechos de los Niños, estas

instituciones deben encargarse de la buena orientación y

capacitación de sus empleados. En esta materia deben brindarles la

formación conveniente para que obtengan conocimiento tanto

doctrinal como legal para la buena solución de conflictos.

Programar capacitaciones mensuales o bimestrales para todos los

empleados de la institución, útiles e innovadoras para lograr eficacia

en el desempeño de las labores.

Motivar y hacer partícipes a los empleados de capacitaciones,

talleres o programas que tengan relación con la promoción o

métodos de resolución de conflictos en Derechos Humanos.

Incentivar a los empleados a que sigan estudiando en la Universidad

y que completen sus estudios, pues son los empleados quienes

logran alcanzar las metas de la institución.

Marco Administrativo

Página 40

Page 41: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Cronograma

Mes/ Semana

Actividad

Febrero Marzo Abril Mayo Junio

1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

Elaboración de anteproyectoSelección de tema

Investigación teórica

Redacción Marco metodológico

Redacción Marco TeóricoRevisión

Definición metodologíaElaboración de encuestasRedacción Marco administrativoVisita a instituciones

Tabulación de datos

Análisis de datos

Redacción de informe

Presentación de Informe

Recurso Humano

Integrantes del grupo de trabajo que realiza la investigación.

Recursos Físicos

Sala de cómputo y biblioteca.

Página 41

Page 42: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Material y Equipo

Documentos, Impresoras, computadora, cañonera, hojas de papel bond

tamaño carta, tinta, cinta de impresora, folders, fasteners, vehículos,

cuadernos, lapiceros, lápices.

Presupuesto

Papelería e Instrumentos

2 cartuchos de Tinta………………………………………………………….Q.50.00

1 cinta de impresora…………………………………………………………Q.40.00

1 resma de hojas de papel bond tamaño carta………………………Q.35.00

10 folders……………………………………………………………………….Q.20.00

10 fasteners…………………………………………………………………….Q.10.00

Fotocopias……………………………………………………………………..Q.50.00

Lapiceros y lápices…………………………………………………………...Q.20.00

Servicio de internet…………………………………………………………...Q.10.00

Energía eléctrica…………………………………………………………….Q.100.00

Viáticos

Alimentación………………………………………………………………….Q.125.00

Costo de llamadas telefónicas……………………………………………Q. 25.00

Combustible…………………………………………………………………..Q.180.00

________________

Total

Q.665.00

Página 42

Page 43: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Anexos

Página 43

Page 44: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVARTRABAJO SOCIALTERCER SEMESTRE

CUESTIONARIOLas preguntas que se le presentan a continuación, serán de mucha utilidad para realizar una investigación acerca de esta institución y de los conocimientos personales que usted posee acerca del Marco Legal de los Derechos de la Niñez en Guatemala, por lo que se le agradece su colaboración y por facilitar los datos que se le solicita.

1. ¿Cuánto tiempo tiene usted de laborar en esta institución?____________________________________________________________________________

2. ¿Recibió usted inducción al ingresar a esta institución?

Si _____ No _____

3. ¿Qué clase de inducción recibió?____________________________________________________________________________

4. ¿Qué nivel académico tiene usted?____________________________________________________________________________

5. ¿Tiene usted alguna especialización, diplomado o curso en Materia de Derechos Humanos?

____________________________________________________________________________

6. ¿Recibe usted algún tipo de capacitación sobre Derechos Humanos por parte de esta Institución?

____________________________________________________________________________

7. ¿Con qué frecuencia recibe usted capacitación?____________________________________________________________________________

8. ¿Conoce el tema del Marco Legal sobre los Derechos de la Niñez en Guatemala?____________________________________________________________________________

Página 44

Page 45: Informe Final Investigación en Ciencias Sociales II

Marco Legal sobre la Protección de la Niñez en Guatemala

Página 45