67
Experiencia regulatoria en la determinación de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada SUNASS, Lima, Perú José SALARDI RODRIGUEZ. Página 1 de 67 Documento de Trabajo EXPERIENCIA REGULATORIA EN LA DETERMINACIÓN DE TARIFAS PARA PROYECTOS CONCESIONADOS EN EL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO: CASOS HUASCACOCHA Y TABOADA Eco. José SALARDI RODRÍGUEZ Sub Gerente Gerencia de Regulación Tarifaria Diciembre 2010

Informe Huascacocha y Taboada_15 12 2010_FINAL

Embed Size (px)

Citation preview

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 1 de 67

    Documento de Trabajo

    EXPERIENCIA REGULATORIA EN LA DETERMINACIN DE TARIFAS PARA PROYECTOS CONCESIONADOS

    EN EL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO: CASOS HUASCACOCHA Y TABOADA

    Eco. Jos SALARDI RODRGUEZ Sub Gerente

    Gerencia de Regulacin Tarifaria

    Diciembre 2010

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 2 de 67

    INDICE

    1. RESUMEN EJECUTIVO ........................................................................................ 5

    2. INTRODUCCIN ................................................................................................... 5

    3. CONCESION DE PROYECTOS EN EL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO . 7

    3.1 Proyecto de Derivacin Huascacocha Rmac ......................................................... 8

    3.2 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada .......................................... 9

    4. CONTRATO DE CONCESION Y TARIFICACION DE LOS PROYECTOS CONCESIONADOS .................................................................................................... 11

    4.1.Clusulas contractuales referidas al incremento tarifario ........................................ 11

    4.2. Marco regulatorio para tarificar un proyecto concesionado ................................... 11

    4.3. Aplicacin prctica del procedimiento de tarificacin en los proyectos Huascacocha y Taboada ..................................................................................................... 17

    5. RECURSO DE RECONSIDERACIN INTERPUESTO POR SEDAPAL A LAS TARIFAS DETERMINADAS .26

    6. RESPUESTA DE SUNASS AL RECURSO DE RECONSIDERACIN INTERPUESTO POR SEDAPAL..28

    7. PROYECTO DE ESTUDIO TARIFARIO Y NUEVA FORMULA TARIFARIA ...... 30

    8. RESPUESTAS DE SUNASS A SEDAPAL, PROINVERSIN Y CONCESIONARIOS31

    9. UN NUEVO RECURSO DE RECONSIDERACIN DE SEDAPAL Y LA RESPUESTA DE SUNASS ........................................................................................ 38

    10. ESTADO SITUACIONAL DE LOS DOS PROYECTOS Y DE LA EMPRESA ...... 41

    11. LECCIONES APRENDIDAS ................................................................................ 45

    12. BIBLIOGRAFA ................................................................................................... 48

    GRAFICOS

    Grafico 1. Evolucin de la Participacin del Sector Privado en el Per y hechos principales7

    Grafico 2. Evolucin del IPM 2008-2009..................................................................... 19

    Grafico 3. Evolucin del WACC de SEDAPAL (2006-2009)........................................ 23

    Grfico 4. Diferencial entre Tarifa Media y Costo Medio de Mediano Plazo de

    SEDAPAL..26

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 3 de 67

    Grafico 5. Lnea de tiempo de PTAP Huachipa Vs PTAR Taboada ........................... 45 Grafico 6. Evolucin de las Tasas de Refrencia de la FED y el BCR .......................... 56

    Grafico 7. Evolucin del Indice Dow Jones ................................................................ . 57

    Grafico 8. Evolucin del PBI del Per ......................................................................... 57

    Grafico 9. Evolucin del Indice General de la Bolsa de Valores de Lima .................... 58

    Grafico 10. Evolucin del Riesgo Pas del Per, EMBI+ Per..................................... 58

    Grafico 11. Estructura de financiamiento de SEDAPAL 2009 II trimestre.................... 60

    CUADROS Cuadro 1. Caractersticas del Proyecto Derivacin Huscacocha-Rmac..8

    Cuadro 2. Caractersticas del Proyecto PTAR Taboada....10

    Cuadro 3. Integracin de los proyectos Huascacocha y Taboada al sistema de la

    empresa SEDAPAL 11

    Cuadro 4. Resumen de experiencias registradas en la Concesin de Chilln y en la

    PTAR Taboada. 14

    Cuadro 5. Incrementos tarifarios de SEDAPAL (2006-2008) ....................................... 18

    Cuadro 6. Frmula tarifaria de SEDAPAL (2006-2011)............................................... 18

    Cuadro 7. Estado de Ganancias y Prdidas de SEDAPAL 2006-2009 II trimestre...... 20

    Cuadro 8. Flujo de caja de SEDAPAL......................................................................... 21

    Cuadro 9. Ratios Financieros de SEDAPAL 2006-2009 II trimestre ............................ 22

    Cuadro 10. Resumen del clculo del costo promedio ponderado del capital para

    SEDAPAL ................................................................................................................... 23

    Cuadro 11. Clculo del Costo Medio de Mediano Plazo de SEDAPAL ....................... 25

    Cuadro 12. Clculo del la Tarifa Media de SEDAPAL ................................................. 26

    Cuadro 13.

    ......................................

    Articulado de las Resoluciones de Consejo Directivo sobre las decisiones

    tomados para los proyectos Huascacocha y PTAR Taboada 27

    Cuadro 14. Incrementos tarifarios comparados........................................................... 31

    Cuadro 15. Remuneraciones anuales establecidas en Contratos de Concesin......32

    Cuadro 16. Incrementos tarifarios aprobados para el quinquenio 2010-2015....40

    Cuadro 17. Cronologa de actividades entre SUNASS-SEDAPAL, vinculada a los

    proyectos Huascaccoha y Taboada... .. ....41

    Cuadro 18. Discrepancias de SUNASS en relacin al informe de clasificacin de riesgo de SEDAPAL realizado por EQUILIBRIUM... 43 Cuadro 19. Fuentes generadores de ingresos de una empresa regulada................... 52

    Cuadro 20. Clculo del costo de la deuda de SEDAPAL ............................................ 59

    Cuadro 21. Estado de Ganancias y Prdidas proyectado para SEDAPAL................. 62

    Cuadro 22. Flujo de Fondos proyectado para SEDAPAL............................................ 62

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 4 de 67

    ANEXOS

    ANEXO 1.

    ANEXO 2 LAS FUENTES GENERADORAS DE INGRESOS PARA UNA EMPRESA

    REGULADA52

    ANEXO 3: IMPACTO DE LA CRISIS FINANCIERA EN LAS VARIABLES INCLUIDAS

    EN EL CALCULO DEL WACC..56

    ANEXO 4: EL COSTO PROMEDIO PONDERADO DE CAPITAL (WACC)...59

    ANEXO 5: ESTADOS FINANCIEROS PROYECTADOS PARA SEDAPAL..62

    COMENTARIOS AL PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR EN EL

    PERIODO REGULATORIO VIGENTE, PROYECTOS AUTOSOSTENIBLES A

    EJECUTARSE COMO CONSECUENCIA DE UN PROCESO DE COMPETENC49

    ANEXO 6: NOTICIAS QUE DEMUESTRAN EL INCIO DE OBRAS DE AMBOS

    PROYECTOS63

    ANEXO 7: SIMULACIONES DE EXTRA COSTOS DE LAS IP...................................... .65

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 5 de 67

    1. RESUMEN EJECUTIVO El presente documento de trabajo presenta la experiencia que se ha vivido en el sector de agua y saneamiento durante la determinacin del incremento tarifario para los proyectos concesionados Huascacocha y Taboada. Para poder exponer los procesos afrontados por los dos proyectos, el documento se inicia con una breve descripcin de las caractersticas de ambos y se complementa con la descripcin de las dos concesiones que se realizaron en el sector en la primera mitad de la dcada. Posteriormente, se explican las clusulas contractuales vinculadas a incrementos tarifarios y los pasos seguidos por el Organismo Regulador para desarrollar el procedimiento que le permitira determinar si SEDAPAL requera o no de un incremento tarifario para hacer frente a las obligaciones contradas con los concesionarios. Un aspecto importante es la evaluacin de la situacin de equilibrio econmico financiero de la empresa y cules fueron los pasos dados por el Regulador y los aspectos evaluados para restablecer la situacin de equilibrio. La conclusin de que no se requera una tarifa adicional para ambos proyectos y que la empresa podra afrontar los pagos por Remuneracin Por Inversin (RPI) y Remuneracin por Operacin y Mantenimiento (RPMO) con la estructura tarifaria que tena vigente en ese entonces, gener una serie de reacciones de todas las partes involucradas y de presentaciones de recursos de reconsideracin de parte de SEDAPAL a las Resoluciones notificadas por SUNASS. Todas las reconsideraciones, incluso las interpuestas en el marco del nuevo PMO de la empresa, fueron resueltas por el Regulador y en todas se reafirm que la situacin financiera de SEDAPAL, permita que sta haga frente a los compromisos asumidos por Huscacocha y Taboada, sin necesidad de determinar un incremento tarifario adicional para el usuario. Hoy, los resultados financieros de la empresa respaldan la decisin de SUNASS y de igual forma, se ha comprobado que ambos proyectos siguieron su derrotero, habindose en ambos casos iniciado la etapa de construccin y en el caso de Huascacocha, culminado el cierre financiero sin la percepcin de riesgo regulatorio alguno en los partcipes del mercado de capitales peruano.

    2. INTRODUCCIN En el ao 2006, la SUNASS realiz de oficio el estudio tarifario de la empresa SEDAPAL para el quinquenio 2006-2011. Sin embargo, en ese entonces no exista el programa Agua para Todos ni se tena en cartera darle un impulso al mecanismo de Iniciativas Privadas en el Per. De esta forma, en muy poco tiempo, factores exgenos hicieron que cambie la perspectiva del sector en el Per y ante ello la SUNASS tuvo que tomar las medidas adecuadas para afrontar el nuevo escenario que se estaba presentando. Bajo este marco, a inicios del 2008 se dan las primeras seales de la necesidad de un nuevo PMO para SEDAPAL, la cual tena en cartera megaproyectos de infraestructura

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 6 de 67

    para la ciudad de Lima, los cuales iban a requerir de incrementos tarifarios de respaldo para poder ser concretados. As, se vuelven prioridad proyectos de fuentes de agua (como el de la Derivacin Huascacocha-Rmac, que permitira mitigar el stress hdrico de la ciudad capital) y de tratamiento de aguas residuales como el de la PTAR Taboada, que tendran un gran impacto en la calidad de vida de millones de habitantes de la ciudad de Lima. Considerando la estrechez de recursos que siempre caracteriza al Estado y la recuperacin financiera que poco a poco iba mostrando SEDAPAL, es que se apuesta por las Iniciativas Pblicas y Privadas, como la gran alternativa para poder dotar a la ciudad de un mejor servicio. En esa lnea, se plantean las concesiones a plazos de 20 30 aos, financiadas con capital privado y gestionadas con operadores de alto estndar internacional Pero, para poder asegurar la viabilidad de estos proyectos estaba claro que SEDAPAL debera dar las seales concretas de que contaba con la suficiente viabilidad econmico-financiera para poder hacer frente a las obligaciones contractuales y econmicas que asumira el Estado con los operadores que resultasen ganadores de los concursos pblicos que se convocaran. En este esquema es que ingresa la posibilidad de que la empresa requiera de incrementos tarifarios aprobados por la SUNASS, la cual debera previamente evaluar si stos eran necesarios o no, sobretodo considerando que una serie de factores haban convergido y permitido que la situacin de SEDAPAL se encuentre en una mejor posicin con respecto a la que presentaba aos atrs. Con el objetivo de presentar cmo se desarroll la relacin regulador regulado en estas primeras experiencias de tarificacin de proyectos concesionados, bajo los mecanismos de Iniciativas Pblicas y Privadas, en el sector de agua y saneamiento peruano, es que se desarrolla este documento de trabajo. De esta forma, el documento tiene como alcance la experiencia de tarificacin del proyecto de Derivacin Huascacocha Rmac y de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales PTAR- Taboada, la cual parte desde la concesin de ambos proyectos y llega hasta la Resolucin que da por concluido el acto administrativo de reconsideracin presentado por la empresa SEDAPAL. Para tal fin, el presente documento ha sido dividido en diferentes captulos, que detallan paso a paso la experiencia vivida por el Organismo Regulador en la determinacin del requerimiento o no de un incremento tarifario para cada uno de los megaproyectos desarrollados en el sector. As, se abordan primero las caractersticas de cada uno de los proyectos, las cuales son complementadas por los aspectos principales de ambos contratos de concesin (sobretodo en lo referido a aspectos tarifarios) y el procedimiento seguido para fines de tarificacin. Posteriormente se detallan los aspectos ms relevantes del Recurso de Reconsideracin interpuesto por SEDAPAL a la decisin de la SUNASS y se expone cul fue la respuesta del regulador al citado Recurso. Acto seguido, se presenta la experiencia en torno al nuevo proyecto de estudio tarifario para el quinquenio 2010-2015, que trabaj la SUNASS conjuntamente con SEDAPAL,

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 7 de 67

    la cual gener interrogantes de los diferentes actores involucrados en los dos proyectos concesionados, las mismas que fueron absueltas una a una por el l Regulador. Adems, SEDAPAL volvi a presentar un nuevo Recurso de Reconsideracin el cual fue respondido por la SUNASS y cuya respuesta, sumado a los acontecimientos en el mercado de capitales, permite demostrar en el poco tiempo transcurrido, que la decisin del Organismo Regulador fue la adecuada desde su posicin de ubicarse al medio de los intereses del usuario y de la empresa prestadora del servicio.

    3. CONCESIN DE PROYECTOS EN EL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

    La incursin del sector privado en el sector de agua y saneamiento del Per, empez recin en el ao 2000, lo cual demuestra que fue un ingreso rezagado en relacin a otros sectores de la economa, los cuales ya contaban con la presencia del capital privado, e incluso extranjero, desde la primera mitad de la dcada del 90. Incluso, en la dcada pasada se intent privatizar SEDAPAL, pero este proceso tuvo que ser descartado, tal y como se aprecia en el siguiente grfico.

    Grafico 1. Evolucin de la Participacin del Sector Privado en el Per y hechos principales

    Fuente: Salazar, J. 2010. Estudio para relanzar las Iniciativas Privadas en el mercado de Agua y Saneamiento del Per: Aportes del Regulador

    El primer hito de presencia privada se registr en el citado ao 2000 con la firma de un contrato BOT por 27 aos entre el Estado peruano y el Consorcio Agua Azul (cuyos socios fundadores en ese entonces fueron las empresas Acea S.p.A. (45%), Impregilo S.p.A. (40%), Fisia Italimpianti S.p.A. (2.5%), Castalia Societa Italiana per I Ambiente S.p.A. (2.5%) y Cosapi S.A. (10%), composicin accionaria que vari con el transcurrir

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 8 de 67

    del tiempo). Esta concesin consista en la captacin de las aguas superficiales y subterrneas de la cuenca del ro Chilln, tratamiento y entrega onerosa a SEDAPAL. Posteriormente, en el 2005 se produjo la segunda incursin de capital privado. Esta vez fue en la concesin de la empresa Emfapatumbes, prestadora del servicio en la ciudad de Tumbes. En este caso, el Contrato de Concesin firmado por 30 aos, entre las Municipalidades Provinciales de Tumbes, Contralmirante Villar y Zarumilla con la empresa Atusa (conformada por el Consorcio Latin Aguas - Concyssa), buscaba la mejora, ampliacin, mantenimiento, operacin y explotacin de la infraestructura y los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario en la jurisdiccin de los municipios provinciales mencionados y de los municipios distritales correspondientes. Como se puede apreciar, ambas concesiones eran muy diferentes, puesto que la primera se abocaba al formato conocido como take or pay, por el cual el concesionario, en este caso Consorcio Agua Azul, le hara una venta de agua en bloque a la empresa SEDAPAL, y en el segundo caso se trataba de la concesin completa de un operador, aunque con caractersticas muy similares a las de un contrato de gerencia. Despus de estas dos experiencias previas, recin entre octubre del 2008 y febrero del 2009, se adjudicaron dos proyectos de importante envergadura para la ciudad de Lima (Derivacin Huascacocha Rmac y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada), los cuales tuvieron que afrontar un largo proceso antes de su adjudicacin final. De ambos proyectos, slo la PTAR Taboada formaba parte del estudio tarifario para la empresa SEDAPAL correspondiente al quinquenio regulatorio 2006-2011, con el aadido de que contaba con un incremento tarifario referencial del orden del 12.31 %, que sera aplicado al momento de iniciar su operacin.

    3.1 Proyecto de derivacin Huascacocha Rmac La concesin de este proyecto era ms ambiciosa, en relacin al BOT firmado con el Consorcio Agua Azul, y planteaba el diseo, construccin, operacin y mantenimiento de un sistema de almacenamiento y conduccin del proyecto Derivacin Huascacocha-Rmac, comprendiendo las obras mnimas para asegurar el trasvase de una parte de los caudales de las lagunas Sheque, Huaroconcha, Huadococha y Huascacocha (Sistema Huascacocha), hasta la subcuenca Santa Eulalia, Cuenca del Ro Santa Eulalia.

    Cuadro 1. Caractersticas del Proyecto Derivacin Huscacocha-Rmac

    Fuente: PROINVERSION. Programa de inversiones en infraestructura: Sector Saneamiento

    DESCRIPCIN DEL PROYECTO:

    Diseo, financiamiento, construccin, operacin y mantenimiento de un sistema de captacin, regulacin y trasvase de nuevos recursos hdricos.

    - Caudal : 2.8 m3/s- Capacidad de Trasvase anual: 51.8 MM m3.

    MODALIDAD: Concesin por 20 aos

    FACTOR DE COMPETENCIA: Remuneracin por m3de agua trasvasada.

    FINANCIAMIENTO: Remuneraciones por Inversin y por Operacin y Mantenimiento.

    INVERSIN ESTIMADA: US$60 MM + IGV

    CRONOGRAMA:Convocatoria, 11 de abril 2007 Buena Pro: Octubre 2008

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 9 de 67

    Para este fin, las obras mnimas a ser consideradas en el esquema de concesin, incluan lo siguiente:

    a) Construccin o elevacin de las presas de las lagunas del Sistema Huascacocha, para una capacidad de almacenamiento de 60 MMC

    b) Construccin del sistema de conduccin, desde la salida de la presa hasta el punto de entrega de agua cruda al sistema existente Marca III, que comprende canales, tneles, tomas de captacin y sifones con capacidad de conduccin de 3.6 m3/s, incluyendo los caminos de servicio para la operacin y mantenimiento del sistema.

    c) Sistema de bombeo de agua cruda, cuya capacidad ser determinada por el Concesionario, mediante un rgimen de bombeo, de manera tal que pueda cumplir con el Protocolo de Entrega de Agua.

    d) Construccin de una lnea de transmisin elctrica, desde el Sistema Elctrico Interconectado Nacional (SIEN), hasta la planta de bombeo.

    e) Instalacin de estaciones de monitoreo hidromtricas, climatolgicas y de medicin de caudales, con sistema de transmisin de datos automatizados a SEDAPAL.

    Este proyecto (localizado en los Andes, a 196 km de Lima, a una altitud de 4,600 m.s.n.m.), fue adjudicado por un plazo de 20 aos, el 24 de octubre del 2008 a la Constructora OAS de Brasil (que fue el nico postor y que ofert un costo nueve por ciento menor, S/. 0.779 por m3 de agua que ser entregada a SEDAPAL, en relacin al valor de referencia establecido, S/. 0.84 por m3,) y su contrato fue firmado en enero del 2009. Adems, las expectativas en torno a esta obra, que naci como Iniciativa Pblica, son bastante altas, debido a que se estima que permitir reducir el dficit de agua potable de la ciudad de Lima y Callao beneficiando a aproximadamente 2.4 millones de habitantes de la capital y que permitira incrementar las reservas de agua de Lima en 52 millones de m3 al ao, proporcionando un caudal de 2.8 metros cbicos por segundo al ro Rmac, durante los meses de ausencia de lluvia (mayo a noviembre). Otro aspecto importante a considerar es que la obra representar una inversin estimada de US$. 76.9 millones, de los cuales la empresa EDEGEL, segn convenio firmado con SEDAPAL, aportar US$. 22 millones ya que el caudal adicional en el ro Santa Eulalia (cuenca del ro Rmac), incrementar la produccin de energa en las centrales hidroelctricas en dicho ro, reduciendo el dficit de energa a nivel nacional.

    3.2 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada Un mes despus de la firma del contrato del proyecto Huascacocha, es decir en febrero del 2009, se adjudic la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada, proyecto que haba sido incluido en el estudio tarifario de SEDAPAL 2006-2011, presentado como una Iniciativa Privada y que haba iniciado su recorrido de trmites en el ao 2006. Fue la empresa ACS Servicios, Comunicaciones y Energa de Espaa, la que obtuvo la buena pro del proyecto que permitir tratar 442 millones de metros cbicos de aguas servidas al ao (aproximadamente el 60% de aguas residuales de Lima), lo cual reducir significativamente la contaminacin y el impacto ambiental, mejorando la calidad de vida y recuperando las playas de Lima y Callao, restaurando de esta forma el ecosistema marino. Se calcula que se beneficiar a alrededor de 4.5 millones de

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 10 de 67

    habitantes de 27 distritos de la capital, entre los que destacan Ventanilla, La Perla, La Punta, Callao, Cercado de Lima, Magdalena, Comas, San Juan de Lurigancho, Puente Piedra y Carmen de la Legua. La empresa ganadora obtuvo la buena pro por 25 aos y segn se estipula en el Contrato, que fue firmado en agosto del mismo ao, tendr a su cargo el diseo, financiamiento, construccin, operacin y mantenimiento de la planta de tratamiento que estar ubicada en el ex fundo Taboada a 1.5 Km. del aeropuerto internacional Jorge Chvez. El concurso de esta PTAR, consideraba como factor de competencia, la menor tarifa cobraba por el tratamiento de aguas residuales. El Consorcio ganador ofreci S/. 0.2277 por m3 de agua tratada, es decir un valor que se situ un 33 % por debajo menos de lo establecido en las bases. Es bueno precisar que la PTAR Taboada contempla el tratamiento de las aguas residuales provenientes del Interceptor Norte, del Colector Comas - Chilln y de la lnea de impulsin Sarita Colonia y dar solucin a la problemtica sanitaria y ambiental originada por el vertimiento de ocho colectores primarios que actualmente descargan al mar y ro Rmac sin tratamiento.

    Cuadro 2. Caractersticas del Proyecto PTAR Taboada

    Fuente: PROINVERSION. Programa de inversiones en infraestructura: Sector Saneamiento Para cumplir con este objetivo, el Contrato de Concesin consideraba que los componentes mnimos del Proyecto, que debern ser ejecutados por el Concesionario, sern los siguientes:

    a) Proceso de tratamiento preliminar o pretratamiento para el caudal mximo horario de 20,3 m3

    b) Garantizar que el Efluente a ser descargado en el cuerpo receptor, mediante una Descarga Sumergida o emisario submarino, no causar alteraciones o impactos negativos visuales en la Zona de Mezcla y/o Exclusin, no debiendo observarse presencia de materia flotante o residuos de aceites o grasas.

    /s.

    c) Manejo y disposicin de los residuos slidos, arenas, grasas, lodos y dems subproductos resultantes del proceso de tratamiento.

    DESCRIPCIN DEL PROYECTO:

    Diseo, financiamiento, construccin, operacin y mantenimiento de una planta de tratamiento de aguas residuales previa al vertimiento. Incluye:

    -Planta en Tierra-Estructura de derivacin para futuro reuso-Descarga sumergida/Emisario Submarino

    MODALIDAD: Concesin por 25 aos

    INVERSION ESTIMADA INICIAL: 873 MM de soles + IGV

    CAPACIDAD DE LA PLANTA: Qmedio:14 m3/s y Qmaxh : 20.3 m3/s

    TECNOLOGIA: Abierta a propuestas de los postores, siempre que cumplan las leyes ambientales y de calidad de agua y las disposiciones de DIGESA.

    FACTOR DE COMPETENCIA: Menor remuneracin por Inversiones, OyM y Financiamiento (RAS)

    BUENA PRO: Febrero 2009

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 11 de 67

    d) Infraestructura de Lanzamiento Submarino para la Disposicin Final del Efluente al mar para un caudal mximo horario de 20,3 m3

    e) Sistema de control de olores para las unidades de los procesos de tratamiento.

    /s, con la finalidad de garantizar que la calidad en la zona costera del cuerpo receptor.

    Finalmente, tal y como se observa en el siguiente cuadro, los proyectos Huascacocha y Taboada forman parte del sistema integral de SEDAPAL, y en base a ello y en congruencia con la visin sistmica del Organismo Regulador (que no contempla a los proyectos como estancos aislados) es que se procedi a incorporarlos en el plan de inversiones de la empresa.

    Cuadro 3. Integracin de los proyectos Huascacocha y Taboada al sistema de SEDAPAL

    Sistema Abastecimiento Agua

    Potable Sur

    Taboada14 m3/s

    Obras en el Callao y Otras

    reas Lima Norte

    Planta Huachipa(5 m3/s

    La Chira

    Ramal Norte Ramal Sur

    Cuenca del Chilln

    riluri

    n

    riCh

    illn

    riSu

    rco

    Ocano Pacifico

    riRm

    ac

    Trasvase Huascacocha

    Marca II

    Marca I

    Fuente: Plan de Mejora de Gestin de SEDAPAL. Presentacin de Proyecto de Estudio Tarifario de SEDAPAL en Audiencia Pblica

    4. CONTRATO DE CONCESIN Y TARIFICACIN DE LOS PROYECTOS CONCESIONADOS

    4.1. Clusulas contractuales referidas al incremento tarifario

    Una vez adjudicados los proyectos, se procedi a la firma de los contratos de concesin. Ambas firmas fueron realizadas en el 2009 y con ello empezaron a aplicarse la diversidad de clusulas incorporadas. Previamente, entre el 2007 y hasta el cierre del 2008, inclusive, circularon diversas versiones de ambos Contratos de Concesin, las cuales segn la normativa vigente (Decreto Legislativo 1012 y su Reglamento DS N 146-2008-EF) deberan contar con la opinin favorable del Organismo Regulador, sobretodo en aquellas clusulas referidas a temas tarifarios, facilidades esenciales y de calidad de servicio.

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 12 de 67

    En el caso del proyecto Huascacocha, fueron un total de 7 versiones preliminares de Contrato las que circularon a la cual se aadi la versin final, mientras que el Contrato de la PTAR Taboada recogi esta experiencia y sobre ella se ajust la que sera la versin final. En ambos Contratos de Concesin, la referencia al incremento tarifario se encontraba en la seccin I de Antecedentes y Definiciones. Para el caso del proyecto Huascacocha, en esta se seccin sealaba lo siguiente: Incremento Tarifario: Es el incremento porcentual en la tarifa de servicios de saneamiento, que a solicitud de SEDAPAL aprueba la SUNASS para el Proyecto derivacin Huascacocha Rmac, conforme al marco legal vigente. Mientras que en el Contrato de la PTAR Taboada, se inclua la definicin detallada a continuacin: Incremento Tarifario: Es el incremento porcentual en la tarifa de servicios de saneamiento, que a solicitud de SEDAPAL aprueba la SUNASS, conforme a las Leyes y Disposiciones Aplicables, y dentro del cual se encuentra el incremento correspondiente al Proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR Taboada. Adicionalmente, en ambos Contratos se sealaba el momento en el cual el citado incremento debera de ser aplicado. De esta forma, para el caso del Proyecto Huascacocha, se precisaba que: Adicionalmente, a la Fecha de Vigencia de las Obligaciones1

    Tal y como se desprende de la definicin del incremento tarifario y de su oportunidad de aplicacin, se entiende que SEDAPAL debera hacer la solicitud respectiva a la SUNASS, para que sta en base al marco normativo vigente determine si la empresa

    , SEDAPAL deber haber dado inicio a la aplicacin del Incremento Tarifario. De no haberse dado inicio a la aplicacin del Incremento Tarifario dentro del plazo mximo previsto, tendr lugar la suspensin del plazo de la concesin. En caso la Suspensin a que se refiere el prrafo anterior exceda de un plazo de cinco (5) meses contados a partir de la Fecha de Vigencia de Obligaciones, operar la Caducidad de la Concesin.

    Esta oportunidad en la aplicacin del incremento tarifario, tambin fue recogida casi en su totalidad en el contrato de la PTAR Taboada: Hasta la Fecha de Vigencia de las Obligaciones, SEDAPAL deber haber dado inicio a la aplicacin del Incremento Tarifario. En caso no se verifique la condicin prevista en el prrafo precedente, tendr lugar la Suspensin del plazo de la Concesin. En caso la Suspensin a que se refiere el prrafo anterior supere el plazo de tres (3) meses contados a partir de la Fecha de Vigencia de Obligaciones, el Concesionario podr invocar la Caducidad de la Concesin.

    1 El Contrato de Concesin define la Fecha de Vigencia de las Obligaciones como

    la fecha a partir de la cual resultan exigibles las obligaciones del CONCESIONARIO vinculadas al inicio de la Construccin de las Obras, entre otras. La Fecha de Vigencia de las Obligaciones se configurar a la fecha en que las condiciones establecidas hayan sido totalmente satisfechas.

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 13 de 67

    requera o no de un incremento tarifario para afrontar los compromisos pactados en el Contrato de Concesin, los cuales se cuantifican mediante Remuneracin por Inversin (RPI) y Remuneraciones por Operacin y Mantenimiento (RPMO). Es decir, esta determinacin inicial servira para garantizar que SEDAPAL podra afrontar sin ninguna complicacin la anualidad comprometida con el Concesionario (compuesta por la suma de RPI y RPMO) a lo largo del periodo de vigencia de la concesin. El plazo que tena SUNASS para calcular el requerimiento de SEDAPAL, s afrontaba un problema de cruce entre lo sostenido en el Contrato y lo que rige en a Ley. As, segn el Contrato, como mencionamos, se tendra hasta la Fecha de Vigencia de Obligaciones, que es un hito definido en el Contrato y para el cual el concesionario tena un plazo de 15 meses contados desde la Fecha de Cierre2

    2 La Fecha de Cierre es aquella en la que se firma el contrato de concesin entre el Concedente y Concesionario

    , con la posibilidad de establecer una prrroga de 3 meses. Es decir, estos probables 18 meses que se daban de margen para que el incremento tarifario haya sido aplicado por SEDAPAL, no coincida con los 180 das hbiles que seala el Decreto Supremo N 013-2007-PCM en su numeral 14.5, que modific el D.S. N 015-2004-PCM, Reglamento de la Ley Marco de Promocin de la Inversin Descentralizada y que a continuacin se detalla: 14.5 En el caso de iniciativas privadas que involucren servicios pblicos, el titular de la iniciativa deber indicar expresamente, con carcter de declaracin jurada, si las tarifas incorporadas en la propuesta cubren ntegramente la recuperacin de la inversin a comprometer, incluyendo los gastos de operacin y mantenimiento, de ser el caso; si la propuesta supusiera la aprobacin de incrementos tarifarios, o, si se requiriera de cofinanciamiento o garanta firme del Estado. En caso que la iniciativa propuesta contemple un nivel de ingresos por la prestacin del servicio pblico que incorpore incrementos tarifarios, estos incrementos sern considerados en el esquema financiero del proyecto en tanto se encuentren previamente aprobados. De no contar con la aprobacin a que se refiere el prrafo precedente, la adjudicacin del proyecto de inversin, de ser el caso, estar sujeta a que en un plazo de 180 das hbiles se aprueben los incrementos tarifarios. Vencido el plazo anterior sin que se hubiesen aprobado los incrementos tarifarios, la adjudicacin quedar sin efecto. Ante esta dicotoma, el Organismo Regulador opt por hacer los clculos tarifarios para cada uno de los proyectos concesionados en base al plazo especificado en el Decreto Supremo N 013-2007-PCM, lo que supona que esta determinacin permitira contar con la cifra exacta que necesitara SEDAPAL para afrontar sus obligaciones con los concesionarios dentro de los plazos albergados en las clusulas contractuales. Es bueno precisar, que en este caso slo nos estamos refiriendo a la fijacin de la tarifa requerida para afrontar las anualidades resultantes del Concurso pblico. Hacemos esta precisin, porque los Contratos contienen otras clusulas vinculadas a incrementos de tarifas, que tiene que ver con ajustes a la RPI y RPMO por otros conceptos como una posible ruptura del equilibrio econmico-financiero acreditada por una empresa auditora (que de requerir ajuste en las tarifas, tendr que ser solicitada a la SUNASS), el ajustes por la calificacin de residuos slidos peligrosos y la acumulacin de 3 % o ms del ndice de precios al por mayor (IPM), el cual se constituye en un ajuste automtico de tarifas.

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 14 de 67

    Adems, estas clusulas del Contrato tambin colisionaban con la metodologa de SUNASS de fijar una tarifa que recupere una inversin y que recin se activa cuando una obra de infraestructura entre en funcionamiento. En este caso, se evidenciaba que el incremento tarifario que experimentaran los usuarios, se dara antes del inicio de construccin de la obra y si bien, estos recursos no iran a parar directamente al Concesionario, s se destinaran a un fideicomiso de recaudacin que se constituira para tal fin, pese a que los beneficios del proyecto an no se haban hecho tangibles.

    4.2. Marco regulatorio para tarificar un proyecto concesionado En febrero del ao 2007, la SUNASS mediante Resolucin de su Consejo Directivo N 009-2007-SUNASS-CD aprob el nuevo Reglamento General de Regulacin Tarifaria. Sin embargo, en este reglamento, no se inclua el procedimiento que se seguira en caso una EPS realice una solicitud de incremento tarifario como consecuencia de los compromisos asumidos en un proyecto concesionado al sector privado. Como habamos mencionado, slo se haban registrado hasta antes del 2007, dos experiencias de incursin de inversin privada, la de la planta de Chilln y la concesin de ATUSA. Sin embargo, ninguno de estos dos procesos, dadas sus caractersticas, haban requerido de un incremento tarifario una vez culminado el concurso. Las clusulas contractuales de ambos procesos no consideraban esta va y por el contrario, en el caso de Chilln, la compra de agua en bloque por SEDAPAL, era asumida dentro de la estructura de costos totales de la empresa, mientras que en el caso de ATUSA, se aprob un estudio tarifario para un quinquenio regulatorio, el cual contena un plan de inversiones y los incrementos tarifarios que permitiran recuperar esas inversiones, adems de las metas de gestin que tendra que cumplirse para poder acceder a los incrementos tarifarios determinados. Cuadro 4. Resumen de experiencias registradas en la Concesin de Chilln y en la PTAR Taboada

    ITEMS PTAP Chilln Consorcio Agua Azul PTAR Taboada, ACS de Espaa

    Ao 2000 2009

    Tarifas

    No est basada en costos sino en una licitacin en la cual se desconoca la estructura de costos. Segn clculos de SUNASS, el operador estara recibiendo una renta monoplica que ante una eventual renegociacin del Contrato, deberan de descontarse de las cuotas futuras. Inclusive, el costo por m3 del agua proveniente de esta fuente es ms de 3 veces mayor al costo promedio de las fuentes de agua potable de SEDAPAL.

    Estn mas cercanas al costo real. El concurso pblico permiti una reduccin importante del precio base e inclusive, la situacin econmico-financiera de SEDAPAL permiti que la estructura tarifaria absorba la anualidad resultante del concurso, sin la necesidad de un incremento tarifario adicional para los usuarios

    Factores de ajustes tarifario

    Las valorizaciones mensuales se reajustan por la inflacin interna (IPM) y externa (CPI de los Estados Unidos). Hbrido no usual en el mercado peruano.

    Por IPM, ndice de precios al por mayor

    Acceso a las instalaciones

    No es posible para el regulador, ni para Sedapal hacer visitas inopinadas de inspeccin.

    No es posible para el regulador ni para Sedapal.

    Distribucin de riesgos

    Todo es asumido por el Estado, va MEF, pues cuenta con aval soberano. El privado no asume riesgos.

    Slo la garanta contractual de ltimo lugar y la garanta regulatoria

    Financiamiento del operador

    Va emisin de bonos en el mercado de capitales peruano. AFP fueron demandantes del papel.

    Se encuentra en proceso de estructuracin. AFP son potenciales demandantes.

    Garantas del MEF

    Si brinda garanta total, como si fuese deuda soberana emitida por el MEF.

    No existe garanta ilimitada, solo contractual como garante de ltimo recurso.

    Riesgo tecnolgico

    Mnimo por ser una planta que cuenta con otros referentes en el pas

    Elevado, considerando el nivel de tratamiento pero es asumido por el privado

    Retribucin por el servicio

    Se tuvo que hacer desde un inicio y en su totalidad, pese a que SEDAPAL no contaba con la infraestructura adecuada para recibir el agua producida por la PTAP

    Se retribuye una vez que la obra entra en operacin y brinda el servicio en la cantidad y la calidad determinada en el Contrato

    Fuente: SUNASS. Informes de opinin a las Iniciativas Privadas realizadas por el Equipo Tcnico de la Gerencia de Regulacin Tarifaria

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 15 de 67

    De otro lado, considerando que el Decreto Legislativo 1012 y su reglamento, recin fueron promulgados en el ao 2008 para promover las Asociaciones Pblico Privadas e Iniciativas Privadas, y teniendo en cuenta que recin a fines de ese ao e inicios del 2009, se llevaron a cabo las dos primeras concesiones bajo el esquema de Iniciativa Pblica e Iniciativa Privada en el sector saneamiento, es que SUNASS desarrolla el marco legal complementario que contena el procedimiento que debera aplicar una vez que una EPS, en este caso SEDAPAL, le solicite un incremento tarifario para hacer frente a las obligaciones asumidas con un concesionario. En esa lnea, en agosto del 2009, el Consejo Directivo del Organismo Regulador aprueba a travs de la Resolucin N 035-2009-SUNASS-CD el procedimiento para incorporar en el periodo regulatorio vigente, proyectos autosostenibles a ejecutarse como consecuencia de un proceso de competencia. Previa a esta aprobacin, se difundi el proyecto de este procedimiento, el cual recibi comentarios de las EPS, algunos de los cuales fueron incorporados en la versin final del procedimiento (ver Anexo 1). Previa a la descripcin del procedimiento es conveniente destacar que el modelo regulatorio del sector saneamiento prev la inclusin de los costos de explotacin eficientes en las tarifas de las EPS, entendiendo por stos, los costos unitarios de operacin y mantenimiento en que incurren las empresas para la adecuada prestacin de los servicios de saneamiento, considerando las caractersticas propias de cada infraestructura administrada. En este sentido, en el caso de concursos pblicos para otorgar en concesin una obra o la prestacin total o parcial de servicios de saneamiento, donde alguna de las variables de competencia est relacionada con ofertas de menor costo, la SUNASS asume que el resultado del Concurso es eficiente, y por lo tanto, la oferta ganadora representa los costos eficientes de prestar los servicios. En cumplimiento de sus funciones, resulta importante definir los estudios y requisitos que, desde el punto de vista tcnico, sustenten el proyecto adjudicado por el Organismo Promotor de la Inversin Privada que se presente a la SUNASS, de tal modo que sea posible la determinacin de las modificaciones requeridas en la frmula tarifaria, la estructura tarifaria y las metas de gestin, cumpliendo con el modelo regulatorio del sector saneamiento. En ese orden de ideas, se buscaba que el procedimiento permita que la SUNASS pueda solicitar informacin actualizada y adicional al PMO vigente, con el propsito de evaluar las nuevas metas de gestin para calcular el nuevo incremento tarifario que resulte necesario para que la EPS pueda cumplir con las obligaciones financieras correspondientes al proyecto concesionado. De esta forma, el procedimiento contempl etapas bien marcadas con sus respectivos requisitos y operatividad, las cuales se exponen a continuacin:

    1) Inicio: A partir de la fecha de adjudicacin de un proyecto autosostenible, la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento (EPS) presentar a la SUNASS, la solicitud para la incorporacin de dicho proyecto en su Plan Maestro Optimizado (PMO) y el incremento tarifario, de considerarlo necesario para el pago de sus obligaciones financieras correspondientes al proyecto. El procedimiento se inicia a instancia de parte, cuando la EPS presenta a la Gerencia General de la SUNASS su solicitud, cumpliendo con los requisitos de admisibilidad y procedencia previstos en el numeral siguiente.

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 16 de 67

    La EPS tendr un plazo mximo de sesenta (60) das hbiles para presentar su solicitud, contados desde la fecha de adjudicacin del proyecto.

    2) Admisibilidad y procedencia: La Gerencia de Regulacin Tarifaria admitir a

    trmite la solicitud cuando la EPS solicitante cumpla con adjuntar los siguientes documentos:

    a) Documento de proyecto, que fue presentado al organismo encargado de la promocin de la inversin privada competente, con el que se logr la adjudicacin, as como la Propuesta Tcnica y Econmica presentadas al proceso. b) Estado de Ganancias y Prdidas y Flujo de Caja Libre proyectados: tratndose de la EPS para 10 aos y tratndose del proyecto a ser incorporado, para el plazo de la concesin. c) Documento justificando las Metas de Gestin de la EPS, destacando el aporte del proyecto adjudicado.

    La solicitud deber estar foliada y contar en cada una de sus pginas con la firma y sello del representante legal de la EPS, acreditado en el oficio o carta de envo. Los documentos debern ser presentados por duplicado en formato impreso y en medio magntico.

    3) Requerimiento de informacin adicional: Conjuntamente con la solicitud de incorporacin del proyecto al PMO y de incremento tarifario, la EPS debe presentar informacin adicional al PMO vigente segn lo establezca la SUNASS para cada caso. Los requerimientos de informacin se efectuarn con los siguientes objetivos:

    - Evaluacin del equilibrio econmico financiero de la EPS, - Definicin de la frmula y estructura tarifaria correcta para el caso, y - Determinacin de las metas de gestin aplicables al proyecto.

    4) Determinacin de la nueva frmula tarifaria: Para la determinacin de la

    nueva frmula tarifaria de la EPS, se seguirn las siguientes etapas:

    1. Evaluacin de la situacin del equilibrio econmico financiero existente de la EPS, y ajuste de la tarifa media al costo medio de mediano plazo, para lo que resta del periodo regulatorio vigente de la EPS.

    2. Sobre la base del equilibrio econmico financiero derivado del numeral anterior, se determinar el incremento tarifario correspondiente al proyecto, considerando el monto resultante del proceso de competencia de postores.

    3. Establecimiento de las nuevas tarifa media, frmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestin de la EPS.

    El desarrollo de estas etapas tiene como propsitos garantizar la capacidad econmico-financiera de la EPS para afrontar sus obligaciones anteriores a la adjudicacin y con el concesionario del proyecto, y resguardar la capacidad de pago del usuario.

    5) Audiencia Pblica: Se realizar una audiencia pblica de conformidad con lo

    dispuesto en la Ley N 27838. En esta audiencia, la EPS expondr a los

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 17 de 67

    usuarios acerca del proyecto adjudicado, los beneficios que traer y los incrementos propuestos para financiarlo.

    Una mirada a las etapas del procedimiento de tarificacin nos lleva a concluir que el eje principal se encuentra en el punto 4, en el cual se detallan los tres pasos que seguir la SUNASS para determinar si la EPS requiere o no de un incremento tarifario para afrontar los pagos por RPI y RPMO fijados en un proyecto de concesin.

    4.3. Aplicacin prctica del procedimiento en la tarificacin de los proyectos Huscacocha y Taboada Una vez recibida, de parte de SEDAPAL, la solicitud de incremento tarifario, para los proyectos Huascacocha y Taboada, la SUNASS procedi a aplicar el procedimiento de la Resolucin N 035-2009-SUNASS-CD. Considerando que ambos proyectos seran incorporados al quinquenio regulatorio 2006-2011 (del cual ya haba transcurrido ms de la mitad del periodo) y que la ltima actualizacin formal de informacin se haba realizado en el marco de la elaboracin del citado estudio, entonces era pertinente que se realice una actualizacin de la informacin de la empresa, ms an cuando se haban presentado una serie de eventos que haban reconfigurado la realidad econmico financiera de la empresa, tal y como explicaremos posteriormente. Precisamente, estos nuevos eventos (donde el principal haba sido el impacto del Programa Agua para Todos y al cual se le sumaron los nuevos megaproyectos que tena en cartera la empresa para la ciudad de Lima, entre otros), haban llevado a que SEDAPAL y SUNASS estuviesen trabajando conjuntamente en la elaboracin de un nuevo PMO, lo cual haba permitido actualizar la informacin de manera informal y de paso dimensionar cul haba sido la evolucin reciente de la compaa. Fue as, que una vez evaluada la situacin de la empresa, el Organismo Regulador, pudo determinar que la Estructura Tarifaria de SEDAPAL que estaba vigente en ese momento, le permita incorporar los proyectos Huascacocha y PTAR Taboada al perodo regulatorio vigente 2006-2011, sin generarle una ruptura en el equilibrio econmico-financiero a su Estudio Tarifario, con lo cual no se haca necesaria la determinacin de un incremento tarifario adicional. Como era de esperar, esta decisin de SUNASS gener la reaccin de SEDAPAL y de todas las partes involucradas en el proceso de concesin, las cuales detallaremos posteriormente, debido a que todos los actores esperaban era un incremento tarifario por cada proyecto, segn lo defina el Contrato. Sin embargo, una vez realizada la evaluacin de la situacin de la empresa, enmarcada en el procedimiento que haba aprobado SUNASS, se determin que exista un fuerte desequilibrio entre la tarifa media y el costo medio de mediano plazo de la empresa, el cual, siguiendo el citado procedimiento, deba dimensionarse, para sobre esa base determinar si se requera o no de un incremento tarifario para afrontar los compromisos que demandaban los proyectos concesionados. El Regulador, entenda que aplicar el Contrato a rajatabla y optar por un incremento tarifario, sera afectar los intereses del usuario, ms an cuando el desbalance entre tarifa media y costo medio de mediano plazo, era de una magnitud importante, considerando que sta llegaba al 19 %.

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 18 de 67

    4.3.1 El diagnstico inicial de la empresa Un punto de partida para poder comprender el desequilibrio entre tarifa media y costo medio de mediano plazo (que se puede entender tal y como se puntualiza en relacin siguiente), es dimensionar la evolucin de las tarifas de SEDAPAL desde que fue aprobado el estudio tarifario de la empresa en el 2006.

    Tme>Cme As, en el cuadro siguiente se puede apreciar que desde que fue aprobado el Estudio Tarifario de SEDAPAL en agosto del 2006 y hasta el cierre del 2008, la tarifa haba experimentado una subida acumulada del orden del 43.8 %.

    Cuadro 5. Incrementos tarifarios de SEDAPAL (2006-2008)

    Fuente: Estudio Tarifario de SEDAPAL2006-2011 e Instituto Nacional de Estadstica e Informtica. Informe Tcnico. Variacin de los Indicadores de Precios de la Economa Este fuerte incremento haba tenido dos componentes principales, los cuales eran los incrementos aprobados en el Estudio Tarifario, que eran dos y correspondan al primer y tercer ao regulatorio3

    Ao

    (tal y como se observa en el cuadro 2) y los ajustes por ndice de precios al por mayor (IPM) a los cuales tuvo derecho la empresa y que fueron un total de cuatro durante el periodo en evaluacin.

    Cuadro 6. Frmula tarifaria de SEDAPAL (2006-2011)

    Incremento

    tarifario 1 16.42% 2 0.00% 3 7.00% 4 0.00% 5 0.00%

    Fuente: Estudio Tarifario de SEDAPAL 2006-2011

    3 Si bien la frmula tarifaria final de SEDAPAL consideraba un incremento de 7 % para el tercer ao regulatorio, es bueno precisar que por el nivel de cumplimiento de las metas de gestin, la empresa slo tuvo derecho a aplicar un 6.8 % de incremento

    AprobacinFrmula Tarifaria

    16.42%

    Julio 2007

    Reajuste x IPM

    3.22%

    Marzo 2008

    Reajuste x IPM

    3.80%

    Julio 2008

    Reajuste x IPM

    4.04%

    Octubre 2008

    Reajuste Inicio de 3er

    Ao Regulatorio

    6.80%

    Noviembre 2008

    Reajuste x IPM

    3.77%

    Acumulado Julio 2006 Diciembre 2008:

    43.8%

    Julio 2006

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 19 de 67

    Estos cuatro ajustes por IPM (a los que las EPS tienen derecho automtico por Ley, una vez que el IPM acumule una variacin del 3 % o ms en relacin a un periodo base), significaron una subida de la tarifa del orden del 15.67 % entre julio del 2007 y noviembre del 2008. Los factores que permitieron esta inusual subida de precios mayoristas, se encontraron tanto en el flanco interno como externo, y hallaron su explicacin en el ciclo econmico expansivo que viva el Per y el resto del mundo, el cual se fren a fines del 2008 con el estallido de la crisis financiera internacional, que trajo como consecuencia un ajuste de los precios, sobretodo de las materias primas, y con ello una menor inflacin. Sin embargo, la Ley estipula el ajuste ante la subida de precios, pero no el efecto contrario en un esquema deflacionario como fue el que vivi el IPM durante el 2009, tal y como se observa en el siguiente grfico.

    Grfico 2. Evolucin del IPM 2008-2009 (Var. % mensual)

    Fuente: Instituto Nacional de Estadstica e Informtica. Informe Tcnico. Variacin de los Indicadores de Precios de la Economa Es decir, esta evolucin de los precios, permita que SEDAPAL pudiese capitalizar el impacto en su situacin econmica financiera, con el aadido de que el 43.8 % de subida en las tarifas no significa que los ingresos de la empresa suban en la misma magnitud durante el periodo evaluado, considerando que existen otros gatilladores de los ingresos que percibe una empresa regulada en el sector de agua y saneamiento (para ms detalle ver Anexo 2). Toda esta situacin presentada con las tarifas y los beneficios adicionales generados por los gatilladores de ingresos, deberan tener un impacto en la situacin financiera de la empresa, el cual se pudo corroborar al evaluar sus estados financieros y apreciar su evolucin en el periodo 2006-primer semestre del 2009, los cuales revelaban una mayor fortaleza en las finanzas de la empresa. Esta mejor situacin se poda evidenciar con mayor claridad en el Estado de Ganancias y Prdidas (ver Cuadro 7), donde se observaba que los ingresos producto de la facturacin por los servicios de saneamiento y la venta de servicios colaterales se incrementaron significativamente hasta el cierre del ao 2008 y cuya tendencia hasta el primer semestre del 2009, tambin permita estimar que el comportamiento en el consolidado de ese ao sera el mismo4

    .

    4 Posteriormente los resultados del ejercicio 2009, corroboraron que los ingresos de SEDAPAL continuaron creciendo, al totalizar los S/. 1,109 millones

    0,82

    -2,00

    -1,50

    -1,00

    -0,50

    0,00

    0,50

    1,00

    1,50

    2,00

    Ene.

    2008

    Mar Jun

    Set

    Dic

    Mar

    .09

    Jun

    Set

    Dic

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 20 de 67

    Cuadro 7. Estado de Ganancias y Prdidas de SEDAPAL 2006-2009 II trimestre (en miles de nuevos soles)

    Fuente: Estados Financieros SEDAPAL S.A. 20062009-II trimestre

    Incluso, la utilidad de operacin tambin reportaba una senda de crecimiento importante, la misma que le permiti pasar de los S/. 111.3 millones en el 2006 a S/. 218.16 millones en el 2008, mientras que la utilidad neta despus de superar los S/. 125 millones en el 2007, tuvo un magro comportamiento el 2008 con apenas S/. 4 millones en positivo -, pero que fue consecuencia directa del efecto que tuvo las prdida por diferencia de cambio dentro del rubro gastos financieros, las cuales, si bien son netamente contables, ocasionaron el importante descenso en el nivel de utilidades. Pasado este ejercicio, en el 2009 ya no se atraves este problema y al primer trimestre la utilidad ya reportaba un saldo favorable en S/. 163 millones5

    5 La tendencia positiva de las utilidades continu a lo largo del 2009, culminando la empresa el ao con u acumulado de S/. 225 millones

    . Adems del Estado de Ganancias y Prdidas, el Flujo de Efectivo fue otro estado financiero que tambin permiti contrastar la favorable posicin financiera de SEDAPAL (ver Cuadro 8), al punto que a lo largo del periodo comprendido entre el 2006 y el primer trimestre del 2009, la compaa report un importante y creciente saldo final de efectivo, que lleg a los S/. 283.4 millones al culminar la primera mitad del 2009.

    Partida (miles de soles) 2006 2007 2008 2009-2

    Total Ingresos 779.787 866.823 1.003.083 565.771

    Ventas netas 748.095 827.374 959.087 533.241

    Otros ingresos operacionales 31.692 39.448 43.996 32.530

    Costo de Ventas (497.811) (509.492) (584.494) (296.630)

    Costo de ventas a terceros (497.811) (509.492) (584.494) (296.630)

    Utilidad Bruta 281.976 357.330 418.589 269.141

    Gastos de Ventas (93.900) (101.435) (110.741) (56.143)

    Gastos de Administracin (76.772) (81.034) (89.685) (40.069)

    Utilidad Operativa 111.304 174.861 218.162 172.929

    Ingresos Financieros 129.675 122.462 147.655 159.378

    Ingresos Diversos 14.909 19.161 10.419 5.828

    Gastos Financieros (97.032) (114.611) (356.865) (83.789)

    Otros Egresos (16.242) (16.346) (24.033) (18.189)

    Resultado antes de Part. y de IR 142.615 185.527 (4.661) 236.157

    Participacin de los trabajadores (7.382) (8.913) 1.307 (10.911)

    Impuesto a la Renta (42.075) (50.807) 7.448 (62.191) UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO 93.158 125.807 4.094 163.055

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 21 de 67

    Cuadro 8. Flujo de Caja de SEDAPAL (en miles de nuevos soles)

    Fuente: Estados Financieros SEDAPAL S.A. 20062009- II trimestre

    Una primera conclusin de los resultados obtenidos por concepto de utilidad operativa y del saldo de caja disponible al cierre del primer semestre del 2009, es que la empresa podra afrontar, sin necesidad de un incremento tarifario adicional, los pagos por RPI y RPMO de los proyectos Huascacocha y Taboada, las cuales ascendan a S/. 37.9 millones y S/. 101.6 millones, respectivamente, totalizando S/. 140 millones anuales, los cuales podan ser fcilmente absorbidos por los resultados financieros que vena reportando la empresa, que dada la tendencia se proyectaban como sostenibles y con grandes posibilidades de seguir mejorando. Inclusive, en la eventualidad de tener proyectos adicionales desde el 2010 en adelante, la empresa no tendra problemas de afrontar sus inversiones, puesto que en ese entonces vena realizando el PMO que servira como base para la elaboracin del Estudio Tarifario correspondiente al quinquenio 2010-2015, que fue finalmente aprobado por SUNASS en abril del 2010. Finalmente, los principales ratios financieros de la empresa (liquidez, solvencia y rentabilidad), que se presentan en el cuadro 5, tambin fundamentaban la situacin de la empresa con un bajo nivel de endeudamiento, un adecuado margen operativo y una liquidez que an no se encontraba en niveles ptimos.

    FLUJO DE EFECTIVO (miles de soles) 2006 2007 2008 2009-2ACTIVIDADES DE OPERACINCobranza a los clientes 874.765 1.007.187 1.071.318 650.455 Cobranza de recurso tributario 28.501 35.788 35.294 - Cobranza de intereses y otros 15.419 12.393 21.644 12.524 Otros cobros de efectivo relativos a la actividad 16.413 19.298 6.882 29.303 Menos: - - - - Pagos a proveedores (382.255) (414.275) (511.942) (193.447) Pago de remuneraciones y beneficios sociales (149.225) (157.041) (173.897) (104.805) Pago de tributos (91.969) (97.701) (128.366) (75.870) Otros pagos de efectivo relativos a la actividad (1.685) (23.830) (28.385) - Pago de intereses y otros (6.650) (13.171) (19) (126) Efectivo y equivalente provisto de actividades de operacin 303.314 368.646 292.528 318.034

    ACTIVIDADES DE INVERSIN - - - - Pagos por adiciones de activos fijos (228.736) (378.020) (452.933) (308.789) Bajas de activos fijos - (551) - - Efectivo y equivalente provisto de actividades de inversin (228.736) (378.570) (452.933) (308.789)

    ACTIVIDADES DE FINANCIAMIENTO - - - - Prstamos de corto y largo plazo, neto de amort. (19.055) 32.610 86.870 91.741 Intereses de prstamos (52.705) (47.415) (38.364) (15.240) Ingresos por aporte de capital y capital adicional 88.989 90.301 264.527 67.485 Pago de utilidades (6.638) (1.500) (196.191) - Efectivo y equivalente provisto de actividades de financiamiento 10.591 73.996 116.842 143.986

    VARIACIN DE EFECTIVO O EQUIVALENTE 85.169 64.072 (43.563) 153.231 SALDO INICIAL DE EFECTIVO 24.514 109.683 173.756 130.193 SALDO FINAL DE EFECTIVO 109.683 173.756 130.193 283.424

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 22 de 67

    Cuadro 9. Ratios Financieros de SEDAPAL (2006-2009 II Trimestre)

    Fuente: Estados Financieros SEDAPAL S.A. 20062009 II trimestre

    4.3.2 Procedimiento regulatorio Para determinar la necesidad o no de un incremento tarifario para los proyectos Huascacocha y Taboada, la aplicacin del procedimiento aprobado por RCD N 035-2009-SUNASS-CD, conllevaba a realizar una revisin del Estudio Tarifario, que inclua la evaluacin de los costos y de los ingresos para lo que restaba del periodo regulatorio que culminaba en julio del ao 2011. Hasta el momento, hemos demostrado que la evolucin de los ingresos de SEDAPAL mantuvo una senda creciente (explicada por las mayores tarifas por frmula tarifaria, ajuste por IPM y el crecimiento del nmero de conexiones). En contraparte, los costos de la empresa reportaban una senda muy similar y estable respecto a la que fue proyectada en el estudio tarifario de la EPS. Sin embargo, exista otra variable importante que debera ser revisada y que sin duda, impactara en la evaluacin, la cual es el costo promedio ponderado del capital (conocida como WACC). Al momento de realizar el estudio tarifario para el quinquenio regulatorio 2006-2011 el WACC calculado para SEDAPAL fue de 6.12 %. Sin embargo, una actualizacin de los parmetros que forman parte del clculo, demostr que la tendencia, salvo la pequea subida del 2007 (que se aprecia en el grfico 2), fue marcadamente a la baja, llegando a un valor mnimo de 2.92 % en agosto del 2009. Este ciclo de reducciones del WACC haba tenido un impacto favorable en la situacin financiera de la empresa, considerando que desde el 2008, el WACC determinado en el 2006 ya se encontraba al menos 2 puntos porcentuales por encima del valor de ese momento, lo que significaba mayores posibilidades de ingresos para la empresa, lo cual se comprob en la situacin financiera descrita previamente.

    INDICADORES FINANCIEROS 2006 2007 2008 2009-2

    Liquidez Liquidez Corriente 0,91 0,87 0,98 1,10 Prueba cida 0,89 0,86 0,97 1,09

    Solvencia Endeudamiento financiero 33,39% 31,16% 31,25% 32,69% Apalancamiento patrimonial 50,12% 45,27% 45,45% 48,56% Cobertura de gastos financieros 1,15 1,53 0,61 2,06

    Rentabilidad Margen Operativo 14,27% 20,17% 21,75% 30,57% Margen Neto 11,95% 14,51% 0,41% 28,82% ROA 1,89% 2,44% 0,07% 2,77% ROE 0,28% 2,74% 3,54% 0,11%

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 23 de 67

    Grfico 3. Evolucin del WACC de SEDAPAL (2006-2009)

    Fuente: Gerencia de Regulacin Tarifaria, SUNASS Para entender esta evolucin, es importante sealar que el costo de capital es una variable altamente sensible a la fluctuacin de indicadores macroeconmicos y financieros. En ese sentido, es necesario considerar que la coyuntura vivida en el ltimo tramo del 2009 (para mayor detalle ver el Anexo 3), coincida con el proceso de recuperacin de los mercados financieros globales, despus del estallido de la crisis sub prime experimentada en el ao 2008 y que desencaden la mayor cada de los mercados de valores desde la depresin de 1929. En ese orden de ideas, fue que se procedi a realizar, en noviembre del 2009, un reclculo del WACC para SEDAPAL (ver en el Anexo 4 los detalles de la metodologa de clculo utilizado en el sector de agua y saneamiento), el cual arroj los siguientes resultados: Cuadro 10. Resumen del clculo del costo promedio ponderado de capital para SEDAPAL Parmetros Definidos por SUNASS Datos Actualizados

    Beta del Sector () 0,82 Prima por Riesgo Pas (RP) 2,13%

    Prima de Riesgo del Mercado (PRM) 6,57% Tasa Libre de Riesgo (Rf) 3,21%

    Impuesto efectivo (fe) 33,5% Costo Promedio Ponderado del Capital (CPPC)

    Relacin Deuda Capital 33 / 67 WACC=re*(P/P + D) + rd*(1-te)*(D/P + D)

    Devaluacin -1,73% WACCnme 7,74%

    Inflacin 2,10% WACCnrmn 3,70%

    6.12% 6.21%

    4.12%

    2.92%

    0.00%

    1.00%

    2.00%

    3.00%

    4.00%

    5.00%

    6.00%

    7.00%

    Ago. 2006 Ago. 2007 Ago. 2008 Ago. 2009

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 24 de 67

    Costo del Capital Propio (re) Costo de la Deuda (rd)

    re= Rf + B*(PRM) + RP rd= 2,62%

    re= 10,73%

    Fuente: Gerencia de Regulacin Tarifaria, SUNASS

    En tal sentido, la situacin de ingresos mucho mayores a los proyectados, costos estables en relacin a lo establecido en el Estudio Tarifario y un costo promedio ponderado del capital cuyos parmetros de clculo han cambiado, nos llevaba a un escenario de desequilibrio, con tarifa media mayor al costo medio, el cual deba subsanarse para fines de la incorporacin de los proyectos Huascacocha y Taboada dentro del quinquenio regulatorio vigente.

    4.3.2.1 El Costo Medio y la Tarifa Media Con este clculo del WACC y con toda la informacin de la empresa necesaria para el clculo tarifario, se procedi a realizar una evaluacin de la relacin existente entre el costo medio de mediano plazo y la tarifa media as como su efecto sobre el Valor Actual Neto (VAN). El modelo regulatorio seala que en situacin de equilibrio econmico, la empresa debera obtener un VAN igual a cero, de acuerdo a la siguiente ecuacin: Donde:

    K0 = Base de capital al inicio del perodo; Pt = Precio de equilibrio en el periodo t; It = Inversiones en el perodo t;

    tWK = Variacin del capital de trabajo en el periodo t, K5 = Capital residual al final del quinto ao; Ct = Costos de operacin y mantenimiento en el perodo t; Ipt = Impuesto en el perodo t; r = Tasa de descuento, determinada por la Superintendencia; t = Perodo (ao); Qt = Volumen facturado en el perodo t;

    Ello implica que para que la empresa cubra las inversiones, los costos de operacin y mantenimiento, los cargos impositivos, las variaciones del capital de trabajo y una rentabilidad razonable sobre el capital invertido; la tarifa media (TM) debe ser igual al costo medio de mediano plazo (CMP). De esta forma, la empresa estara alcanzando el objetivo de sostenibilidad econmica. Bajo este esquema, se precedi primero a determinar la situacin de la tarifa media y costo medio de mediano plazo de la empresa previa a la incorporacin del proyecto Huascacocha.

    )1()1(

    -Q*0 55

    5

    1

    t0 r

    Kr

    IpWKICPKt

    tt tttt

    ++

    +

    += =

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 25 de 67

    Al respecto, la informacin operacional y financiera actualizada, permiti determinar un desequilibrio del orden del -19.12%. De este modo, como resultado del cierre econmico-financiero del modelo de clculo tarifario que incluye el proyecto Derivacin- Huascacocha Rmac, se obtuvo que el incremento asociado a la inclusin del mencionado proyecto ascenda a 2,3%, con lo cual poda ser ntegramente absorbido por la estructura tarifaria de SEDAPAL que se encontraba vigente.

    Incluso, tal era la diferencia entre la Tarifa Media y el Costo Medio de Mediano Plazo, que al incorporar las anualidades por RPI y RPMO correspondientes al proyecto Derivacin- Huascacocha Rmac para lo que restaba del quinquenio regulatorio, la Tarifa Media de SEDAPAL tendra que ajustarse a la baja en aproximadamente 16.82 % para lograr un VAN=0. Posteriormente, al evaluar el proyecto Taboada, se determin que para lo que restaba del perodo regulatorio, se estableca que el costo medio de mediano plazo ascenda a S/. 2.294, tal y como se presenta a continuacin:

    Cuadro 11. Clculo del Costo Medio de Mediano Plazo de SEDAPAL

    Variables Ao 3 Ao 4 Ao 5

    Costos Operativos 480,701,144 470,123,505

    Inversiones 573,126,238 811,177,269

    Variacin de capital-trabajo 36,975,217 30,087,041

    Impuestos 85,116,196 69,141,914

    Base Capital -3,963,282,173 0 4,654,096,429

    Flujo de Costos descontados 3,963,282,173 1,175,918,796 3,273,566,700

    Valor presente de Costos 1,865,634,268

    Variable Ao 3

    V.P. Volumen Facturado 813,081,506

    CMP 2.294

    Asimismo, para el referido perodo se obtuvo que la tarifa media era de S/. 2.390, tal y como se presenta en el siguiente cuadro:

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 26 de 67

    Cuadro 12. Clculo de la Tarifa Media de SEDAPAL

    Variables Ao 3 Ao 4 Ao 5

    Ingresos por Ventas 989,496,102 954,165,150

    Valor Presente de Ingresos 1,943,661,251

    Variable Ao 3

    V.P. Volumen Facturado 813,081,506

    CMP 2,390

    Esta situacin significaba que el ajuste de la Tarifa Media para igualarse al Costo Medio de Mediano Plazo deba ser de -16.82%, con lo cual se evidenciaba una clara situacin de desequilibrio. En pocas palabras, la Estructura Tarifaria de SEDAPAL vigente en ese entonces, poda absorber sin mayor inconveniente los incrementos tarifarios requeridos para Huascacocha y Taboada, los cuales eran del orden del 2.3 % y 7.84 %, respectivamente, e incluso la empresa quedara an con un pequeo saldo tarifario a su favor, el cual sera corregido meses despus, al momento de desarrollarse el Estudio Tarifario correspondiente al quinquenio 2010-2015. 5 RESOLUCIONES DE SUNASS Y RECURSO DE RECONSIDERACIN

    INTERPUESTO POR SEDAPAL

    Una vez realizados los clculos y al haberse determinado que la estructura tarifaria vigente de SEDAPAL permita que la empresa pueda hacer frente a sus obligaciones contractuales, sin la necesidad de un incremento tarifario adicional, el Consejo Directivo de SUNASS procedi a notificar las resoluciones respectivas.

    Grfico 4. Diferencial entre Tarifa Media y Costo Medio de Mediano Plazo de SEDAPAL (Junio 2009)

    Fuente: Gerencia de Regulacin Tarifaria, SUNASS

    19%

    CMETME

    Absorbe Huascacocha

    y Taboada

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 27 de 67

    La primera fue la RCD N 026-2009-SUNASS-CD referida al proyecto Huascacocha y posteriormente se emiti la RCD N 053-2009-SUNASS-CD en la cual se detall la decisin tomada con respecto al proyecto PTAR Taboada. En el Cuadro 9 se detalla el articulado de ambas resoluciones: Cuadro 13. Articulado de las Resoluciones de Consejo Directivo sobre las decisiones tomados para los proyectos Huascacocha y PTAR Taboada

    RCD N 026-2009-SUNASS-CD: Proyecto Huascacocha RCD N 053-2009-SUNASS-CD: PTAR Taboada Artculo 1.- Establecer que la Estructura Tarifaria vigente de la empresa SEDAPAL S.A. permite incorporar el Proyecto Derivacin Huascacocha Rmac al periodo regulatorio vigente, iniciado el 23 de julio del ao 2006 y culminar el 24 de julio del ao 2011, sin generar ruptura en el equilibrio econmico-financiero.

    Artculo 1.- Establecer que la Estructura Tarifaria vigente de la empresa SEDAPAL S.A. permite incorporar el Proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR Taboada al perodo regulatorio vigente, sin generar ruptura en el equilibrio econmico-financiero. La indicada Estructura Tarifaria garantiza que SEDAPAL cumpla con las obligaciones para los conceptos de Remuneracin por Inversin (RPI) y la Remuneracin anual por Mantenimiento y Operacin (RPMO), expuestos en la parte considerativa de la presente resolucin, durante el plazo estipulado en el Contrato de Concesin.

    Artculo 2.- La empresa SEDAPAL S.A. mantendr vigente su actual Frmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestin, conforme a lo dispuesto por la RCD N 034-2006-SUNASS-CD, las mismas que permitirn cubrir los pagos del Proyecto Derivacin Huascacocha Rmac, de acuerdo a lo estipulado en el contrato de Concesin.

    Artculo 2.- Disponer que en caso la empresa SEDAPAL S.A. presente una solicitud de reajuste tarifario sustentado en la evaluacin de la Empresa Auditora referida en el Contrato de Concesin, la SUNASS considerar dicha evaluacin como referencial y utilizar su propia metodologa basada en la determinacin de costos eficientes. La SUNASS evaluar las solicitudes de incremento tarifario correspondiente a los ajustes de la Remuneracin por Inversin (RPI), Remuneracin por Mantenimiento y Operacin (RPMO), extensiones de plazo, entre otros, que presente la empresa SEDAPAL S.A. Lo anterior es extensible tambin a las solicitudes de restablecimiento del equilibrio econmico y financiero

    Artculo 3.- Disponer que en caso la empresa SEDAPAL S.A. presente una solicitud de reajuste tarifario sustentado en la evaluacin de la Empresa Auditora referida en el Contrato de Concesin, la SUNASS considerar dicha evaluacin como referencial y utilizar su propia metodologa basada en la determinacin de costos eficientes. La SUNASS evaluar las solicitudes de incremento tarifario correspondiente a los ajustes de la Remuneracin por Inversin (RPI), Remuneracin por Mantenimiento y Operacin (RPMO), extensiones de plazo, entre otros, que presente la empresa SEDAPAL. Lo anterior es extensible tambin a las solicitudes de restablecimiento del equilibrio econmico-financiero.

    Artculo 3.- En ejercicio de las atribuciones conferidas legalmente, la SUNASS est facultada para solicitar informacin a la empresa SEDAPAL S.A., respecto a la ejecucin del proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR Taboada, as como respecto a los pagos al concesionario a travs del Contrato de Fideicomiso a constituirse.

    Artculo 4.- En ejercicio de las atribuciones conferidas legalmente, la SUNASS est facultada para solicitar informacin a la empresa SEDAPAL, respecto a la ejecucin del proyecto Derivacin Huascacocha-Rmac, as como respecto a los pagos al concesionario a travs del Contrato de Fideicomiso a constituirse.

    Artculo 4.- En caso la empresa SEDAPAL S.A. inicie el procedimiento sealado en el artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo dispuesto en la presente resolucin.

    Artculo 5.- En caso la empresa SEDAPAL S.A. inicie el procedimiento sealado en el artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo dispuesto en la presente resolucin.

    Fuente: RCD N 026-2009-SUNASS-CD y RCD N 053-2009-SUNASS-CD Una conclusin inicial que se puede obtener de la lectura del articulado de ambas resoluciones es que el regulador determin, para ambos casos y en base al clculo realizado, que la estructura tarifaria vigente de la empresa le permita incorporar ambos proyectos sin generar una ruptura del equilibrio econmico financiero.

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 28 de 67

    Esto significaba que SEDAPAL mantendra vigente su Frmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestin hasta el cierre del quinquenio regulatorio, el cual como se coment, terminara antes de lo previsto debido al nuevo PMO que estaba elaborando la empresa bajo el marco del artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, que sealaba que ante la existencia de causas sobrevinientes, una EPS poda sustituir su PMO vigente por uno nuevo. Adicionalmente, ambas resoluciones expresaban el accionar del regulador en caso la empresa solicitase ajustes a la RPI y RPMO por diversos motivos. En todos los casos, la SUNASS implementara su normativa vigente y su metodologa basada en la determinacin de costos eficientes. Asimismo, para ambos proyectos se precis que las atribuciones conferidas legalmente al regulador, le permitan solicitar informacin a la empresa SEDAPAL, respecto a la ejecucin de ambos proyectos, as como respecto a los pagos al concesionario a travs del Contrato de Fideicomiso a constituirse. Finalmente, ambas resoluciones precisaban en su ltimo artculo que en caso SEDAPAL iniciara el procedimiento sealado en el artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo dispuesto en cada resolucin. La reconsideracin de SEDAPAL Al recibir las notificaciones de ambas Resoluciones, SEDAPAL slo opt, a inicios de diciembre del 2009, por presentar un recurso de reconsideracin a la decisin del Consejo Directivo de SUNASS con respecto al proyecto PTAR Taboada. Los argumentos expuestos concluan que al no haberse determinado un incremento tarifario para cubrir las obligaciones de la PTAR Taboada, se producira una ruptura del equilibrio econmico - financiero de la empresa y del Contrato de Concesin. Adems, se sealaba que al no cumplir con el numeral 6.28 del Contrato de Concesin, es decir no aplicarse el incremento tarifario hasta la Fecha de Vigencia de Obligaciones se dara una suspensin del plazo de la concesin y en caso esta suspensin superase los 3 meses contados a partir de la Fecha de Vigencia de Obligaciones, el Concesionario podr invocar la Caducidad de la Concesin, generando con ello un perjuicio econmico irreparable para el Estado peruano. 6. RESPUESTA DE SUNASS AL RECURSO DE RECONSIDERACIN INTERPUESTO POR SEDAPAL Ante el recurso interpuesto por SEDAPAL a la Resolucin de Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD, vinculada a la PTAR Taboada, el Organismo Regulador emiti la resolucin N015-2010-SUNASS-CD del 2 de marzo del 2010, en la cual resolva el recurso presentado por la empresa. Un aspecto importante a tomar en cuenta, es que mientras este proceso se llevaba a cabo, la Gerencia de Regulacin Tarifaria de SUNASS, mediante resolucin N 001-2010- SUNASS-GRT del 11 de enero de 2010, haba admitido a trmite la solicitud presentada por SEDAPAL, en el marco del artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, lo cual significaba

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 29 de 67

    reemplazar su PMO vigente correspondiente al quinquenio 2006-2011, por uno nuevo para el periodo 2010-2015. Este aspecto fue contemplado en los considerandos de la resolucin N 015, la cual en su articulado concluy lo siguiente: Artculo 1.- DECLARAR fundado en parte el recurso de reconsideracin interpuesto por SEDAPAL S.A. contra la Resolucin de Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD y en consecuencia:

    a) FIJAR en 7.81% el incremento tarifario requerido por SEDAPAL S.A. para atender las obligaciones derivadas de la Remuneracin por Inversin (RPI) y Remuneracin Anual por Mantenimiento y Operacin (RPMO) contemplados en el Contrato de Concesin del Proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR Taboada, el mismo que se calcula sobre la Estructura Tarifaria de Equilibrio de la empresa.

    b) DISPONER que, en tanto este Organismo Regulador no apruebe un nuevo Estudio Tarifario correspondiente a un quinquenio regulatorio distinto, SEDAPAL S.A. contine aplicando la Frmula Tarifaria y Estructura Tarifaria aprobadas por Resolucin de Consejo Directivo N 034-2006-SUNASS-CD. Artculo 2.- PRECISAR que con excepcin del artculo 1 las dems disposiciones contenidas en la Resolucin de Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD mantienen su eficacia, en atencin a lo expuesto en los considerandos 3.8 y 3.9 de la presente Resolucin6

    Que, asimismo, a travs del artculo 5 de la Resolucin de Consejo Directivo N 026-2009-SUNASS-CD del 06 de julio de 2009, el Consejo Directivo de la SUNASS precis que [e]n caso la empresa SEDAPAL S.A. inicie el procedimiento sealado en el

    . Es decir, a diferencia de lo detallada en la RCD N 053-2009, en esta resolucin se precisaba que el incremento tarifario requerido por SEDAPAL, para atender los pagos por RPI y RPMO estipulados en el Contrato de la PTAR Taboada, ascenda a 7.81 %. Adems de ello, el regulador se reafirmaba en mantener la estructura tarifaria de la empresa en los niveles en los que se encontraba en ese entonces, concluyendo que el anlisis de la situacin econmica-financiera de la empresa determinaba un desequilibrio entre la tarifa media y el costo medio de mediano plazo. De otro lado, pese a que la empresa no haba presentado un recurso de reconsideracin por RCD N 026, referida al proyecto Huascacocha, la SUNASS decidi emitir la Resolucin N 014-2010-SUNASS-CD en simultneo con la resolucin que resolva el citado recurso. Esta nueva resolucin haca referencia dentro de sus considerandos a lo siguiente:

    6 Los considerandos sealaban los siguiente: 3.8 El artculo 217.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que [l]a resolucin del recurso estimar en todo o en parte o desestimar las pretensiones formuladas en el mismo o declarar su inadmisin. Por lo tanto, estando a las consideraciones expuestas en la presente Resolucin corresponde declarar fundado en parte el recurso de reconsideracin interpuesto por la SEDAPAL S.A. contra la Resolucin de Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD. 3.9 Sin embargo, para los fines de circunscribir los alcances de la presente Resolucin, es relevante mencionar que de una revisin integral del recurso administrativo se advierte que SEDAPAL S.A. ha orientado su impugnacin nicamente a lo resuelto en el Artculo 1 de la Resolucin de Consejo Directivo 053-2009-SUNASS-CD y, por lo tanto, considerando que el resto de disposiciones contenidas en la parte resolutiva de dicho acto administrativo resultan independientes unas de otras, este pronunciamiento no las comprende, con arreglo a lo dispuesto en los artculos 11.1 y 13.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

  • Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada

    SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 30 de 67

    artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo dispuesto en la presente Resolucin; Es decir, la SUNASS entenda que en el marco del cambio de PMO vigente, por el que estaba optando la empresa, era oportuno detallar cul sera el marco del pago de las obligaciones asumidas con el Concesionario de Huascacocha. Para ello, la RCD N 014, defini el siguiente articulado: Artculo 1.- FIJAR en 2.3% el incremento tarifario requerido por SEDAPAL S.A. para atender las obligaciones derivadas de la Remuneracin por Inversin (RPI) y Remuneracin Anual por Mantenimiento y Operacin (RPMO) contemplados en el Contrato de Concesin del Proyecto Derivacin Huascacocha - Rmac, el mismo que se calcula sobre la Estructura Tarifaria de Equilibrio. Artculo 2.- DISPONER que, en tanto este Organismo Regulador no apruebe un nuevo Estudio Tarifario correspondiente a un quinquenio regulatorio distinto, SEDAPAL S.A. contine aplicando la Frmula Tarifaria y Estructura Tarifaria aprobadas por Resolucin de Consejo Directivo N 034-2006-SUNASS-CD. Artculo 3.- PRECISAR que con excepcin del artculo 1 las dems disposiciones contenidas en la Resolucin de Consejo Directivo N 026-2009-SUNASS-CD mantienen su eficacia. Al igual que en el caso de la PTAR Taboada, el regulador decidi especificar cul era el nivel de incremento tarifario (en este caso, 2.3 %) que le permitira a SEDAPAL afrontar sus compromisos con OAS, el Concesionario de Huascacocha. Tambin se precis que la estructura tarifario no experimentara modificacin alguna. 7. PROYECTO DE ESTUDIO TARIFARIO Y NUEVA FORMULA TARIFARIA

    A fines de marzo del 2010, mes en el que se notificaron las Resoluciones N 014 y 015, se llev a cabo la audiencia pblica en la que se expuso el proyecto de Estudio Tarifario para el quinquenio regulatorio 2010-2015 de SEDAPAL. La empresa en su Plan Maestro Optimizado, haba propuesto una frmula tarifaria que inclua 3 incrementos tarifarios, de 10.26 % cada uno