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Ministerio del Ambiente Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” Año del Bicentenario del Perú: 200 años de IndependenciaEsta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en Senace, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de Decreto Supremo 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: “https://www.senace.gob.pe/verificación” ingresando el código de verificación que aparece en la parte superior izquierda de este documento. Página 1 de 21 INFORME N° 00429-2021-SENACE-PE/DEAR A : MARCO ANTONIO TELLO COCHACHEZ Director de la Dirección de Evaluación Ambiental de Proyectos de Recursos Naturales y Productivos DE : ANTERO CRISTIAN MELGAR CHAPARRO Líder de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos WESLY SIANCAS GÓMEZ Especialista Ambiental con Énfasis en Suelos LEONARDO DANIEL PAZ APARICIO Abogado especializado en Energía Nivel II YONY ROSSI MACHACA CHAMBI Especialista en Gestión Social Nivel II YOSLY VIRGINIA VARGAS MARTÍNEZ Especialista Ambiental Nivel II MIRIJIAM SAAVEDRA KOVACH Especialista Ambiental con énfasis en Trabajo de Campo HUGO FERNANDO PAIVA VERÁSTEGUI Especialista Ambiental GTE Físico Nivel III BRIGGETH ESTEPHANY FLORES SANDOVAL Especialista Ambiental en medio Biológico Nivel III FLOR DE MARIA FLORES HAQQUEHUA Especialista Ambiental KAREN GRACIELA PERÉZ BALDEÓN Especialista Ambiental en Sistema de Información Geográfica (SIG) Nivel III ASUNTO : Solicitud de Clasificación del Proyecto Chinecas”, presentada por la empresa Agroberries Perú S.A.C. REFERENCIA : Trámite A-CLS-00131-2021 FECHA : Miraflores, 22 de junio de 2021 Nos dirigimos a usted con relación al documento de la referencia, a fin de informarle lo siguiente: CÓDIGO DE VERIFICACIÓN 13148368299272 FIRMADO POR:

INFORME N° 00429-2021-SENACE-PE/DEAR A : MARCO ANTONIO

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en Senace, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de Decreto Supremo 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: “https://www.senace.gob.pe/verificación” ingresando el código de verificación que aparece en la parte superior izquierda de este documento.

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INFORME N° 00429-2021-SENACE-PE/DEAR A : MARCO ANTONIO TELLO COCHACHEZ

Director de la Dirección de Evaluación Ambiental de Proyectos de Recursos Naturales y Productivos

DE : ANTERO CRISTIAN MELGAR CHAPARRO Líder de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos WESLY SIANCAS GÓMEZ Especialista Ambiental con Énfasis en Suelos LEONARDO DANIEL PAZ APARICIO Abogado especializado en Energía – Nivel II YONY ROSSI MACHACA CHAMBI Especialista en Gestión Social – Nivel II YOSLY VIRGINIA VARGAS MARTÍNEZ Especialista Ambiental – Nivel II MIRIJIAM SAAVEDRA KOVACH Especialista Ambiental con énfasis en Trabajo de Campo

HUGO FERNANDO PAIVA VERÁSTEGUI Especialista Ambiental – GTE Físico Nivel III

BRIGGETH ESTEPHANY FLORES SANDOVAL Especialista Ambiental en medio Biológico – Nivel III

FLOR DE MARIA FLORES HAQQUEHUA Especialista Ambiental KAREN GRACIELA PERÉZ BALDEÓN Especialista Ambiental en Sistema de Información Geográfica (SIG) – Nivel III

ASUNTO : Solicitud de Clasificación del Proyecto “Chinecas”, presentada por la empresa Agroberries Perú S.A.C.

REFERENCIA : Trámite A-CLS-00131-2021

FECHA : Miraflores, 22 de junio de 2021

Nos dirigimos a usted con relación al documento de la referencia, a fin de informarle lo siguiente:

CÓDIGO DE VERIFICACIÓN13148368299272

FIRMADO POR:

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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en Senace, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de Decreto Supremo 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: “https://www.senace.gob.pe/verificación” ingresando el código de verificación que aparece en la parte superior izquierda de este documento.

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I. ANTECEDENTES

1.1. Mediante Trámite A-CLS-00131-2021 de fecha 01 de junio de junio de 2021, la empresa Agroberries Perú S.A.C., (en adelante, el Titular) presentó ante la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (en adelante, DEAR Senace), la solicitud de Clasificación del Proyecto “Chinecas”, para su evaluación correspondiente; proponiendo para tales efectos la Categoría I (Declaración de Impacto Ambiental - DIA).

1.2. Mediante Acta N° 00213-2021-SENACE-GG/OAC de Observación Documental, la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria del Senace (en adelante, OAC), de fecha 01 de junio de 2021, como parte de los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos1 (en adelante, TUPA) del Senace, requirió al Titular presentar: “Pago del derecho de tramitación, de acuerdo con el nuevo TUPA del SENACE aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2018-MINAM”, el cual no adjunta en el plazo máximo de dos (02) días hábiles.

1.3. Mediante Trámite DC-1 A-CLS-00131-2021 de fecha 02 de junio de 2021, el Titular presentó la documentación solicitada por la OAC del Senace, a fin que se admita a trámite la solicitud en mención.

1.4. Mediante Auto Directoral N° 00118-2021-SENACE-PE/DEAR, de fecha 07 de junio de 2021, la DEAR Senace requirió al Titular que cumpla con subsanar las observaciones formuladas a la solicitud de clasificación del Proyecto “Chinecas”, contenidas en el Anexo del Informe N° 00394-2021-SENACE-PE/DEAR, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada, de conformidad con los artículos 136 y 143 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N°004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG).

II. ANÁLISIS

2.1 Tal como lo mencionamos en el numeral I “ANTECEDENTES” del presente informe,

mediante Auto Directoral N° 00118-2021-SENACE-PE/DEAR, de fecha 07 de junio de 2021, sustentado en el Informe N° 00394-2021-SENACE-PE/DEAR, la DEAR Senace concedió al Titular el plazo máximo de diez (10) días hábiles a fin de que presente la información destinada a subsanar las observaciones relacionadas con la presentación de la Solicitud de Clasificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la misma; de conformidad con el artículo 136º del Tuo de la LPAG2.

1 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-MINAM y modificado por Decreto Supremo N° 018-2018-MINAM el 01 de enero de 2019. 2 “Artículo 136.- Observaciones a documentación presentada

(…) 136.4 Transcurrido el plazo sin que ocurra la subsanación, la entidad considera como no presentada la solicitud o

formulario y la devuelve con sus recaudos cuando el interesado se apersone a reclamarles, reembolsándole el monto de los derechos de tramitación que hubiese abonado.

136.5 Si la documentación presentada no se ajusta a lo requerido impidiendo la continuación del procedimiento, lo cual por su naturaleza no pudo ser advertido por la unidad de recepción al momento de su presentación, así como si resultara necesaria una actuación del administrado para continuar con el procedimiento, la Administración, por única vez, deberá emplazar inmediatamente al administrado, a fin de que realice la subsanación correspondiente. Mientras esté pendiente dicha subsanación son aplicables las reglas establecidas en los numerales 136.3.1 y 136.3.2. De no subsanar oportunamente lo requerido, resulta de aplicación lo dispuesto en el numeral 136.4.

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2.2 Al respecto, el Auto Directoral N° 00118-2021-SENACE-PE/DEAR fue notificado al

Titular con fecha 07 de junio de 2021; por lo que, el plazo para realizar la subsanación correspondiente tenía como plazo hasta el 21 de junio de 2021.

2.3 El titular al no haber presentado información que sirva para el levantamiento de

observaciones, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto mediante Auto Directoral N° 00118-2021-SENACE-PE/DEAR y, por tanto, considerar como no presentada la Solicitud de Clasificación, quedando a salvo el derecho del Titular de presentar nuevamente dicha solicitud, para lo cual deberá considerar lo dispuesto en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, así como el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2012-AG.

2.4 De considerarlo pertinente, el Titular podrá solicitar una reunión a fin de tratar a mayor detalle y de manera orientativa, los aspectos involucrados sobre el tema en cuestión, para lo cual deberá comunicarse con los suscritos al correo [email protected].

III. CONCLUSIÓN

3.1 Corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto mediante Auto Directoral N°

00118-2021-SENACE-PE/DEAR y, por tanto, considerar como no presentada la Solicitud de Clasificación del Proyecto “Chinecas” presentada por la empresa Agroberries Perú S.A.C., quedando a salvo su derecho de presentar nuevamente una Solicitud de Clasificación, de conformidad con el artículo 136º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

IV. RECOMENDACIÓN

4.1 Remitir el presente informe, como parte de la Resolución Directoral a emitirse, a la empresa Agroberries Perú S.A.C., en señal de conformidad con el mismo, para su conocimiento y fines correspondientes.

Atentamente,

(…)”.

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Nómina de Especialistas3

3 De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30327, el Senace está facultado para

crear la Nómina de Especialistas, conformada por profesionales calificados para apoyar la revisión de los estudios ambientales. La Nómina de especialistas se encuentra regulada por la Resolución Jefatural N° 122-2018-SENACE/JEF.

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VISTO el informe que antecede y estando de acuerdo con su contenido, lo hago mío y lo suscribo en señal de conformidad; REMÍTASE a la empresa Agroberries Perú S.A.C., el presente informe, para su conocimiento y fines correspondientes.

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ANEXO 1 Observaciones a la Solicitud de clasificación de Proyecto “Chinecas”, presentado por la empresa Agroberries Perú S.A.C.

N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

Marco Legal

1

De conformidad con el art. 41º del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, la solicitud de clasificación de su proyecto ante la Autoridad Competente y debe contener, entre otros, los requisitos previstos en el artículo 113 de la Ley Nº 27444. El art. 124 del TUO de la Ley Nº 27444, sobre requisito de los escritos, indica en su numeral 2: Todo escrito que se presente ante cualquier entidad debe contener lo siguiente: (…) 2. La expresion concreta de lo pedido, los fundamentos de hecho que lo apoye y, cuando le sea posible, los de derecho. (…).

Se requiere que el Titular agregue a la Evaluación Ambiental Preliminar un ITEM referido a la base legal, la cual sustenta en derecho su solicitud de clasificación ambiental.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

2

El artículo 9 del Reglamento del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario, aprobado por Decreto Supremo 019-2012-AG, establece que los Instrumentos de gestión ambiental

No se puede categorizar el proyecto en el Marco del SEIA, si este se encuentra operando, para lo cual requerirá solicitar el instrumento de gestión ambiental determinado en el

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

son mecanismos orientadores para la ejecución y cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente y de la Política Agraria con el objetivo de prevenir, controlar y mitigar los impactos que los proyectos de inversión y las actividades vinculadas al Sector Agrario, puedan ocasionar en el ambiente, asegurando la protección y uso sostenible de los recursos naturales renovables bajo su competencia. En ese sentido indica que, la “Evaluación del Impacto Ambiental”, se aplica para la clasificación de proyectos de inversión, de acuerdo con los impactos ambientales negativos significativos que el proyecto pueda causar sobre el ambiente y/o a los recursos naturales renovables (agua, suelo, flora y fauna); este instrumento es distinto al requerido para actividades en curso.

numeral 9.4 del artículo 9 del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario, aprobado por Decreto Supremo 019-2012-AG.

Descripción del Proyecto

3

En el ítem Generalidades, el Titular indica que las tierras adquiridas aún no han sido explotadas a falta de agua; asimismo, en el ítem 2.4 precisan que el tipo de proyecto es nuevo. Además, en el ítem 2.5 indica que actualmente existen centros poblados y zonas de

Se requiere al Titular aclarar y/o precisar que actividades, componentes e instalaciones se encuentra construidos en el área del proyecto, diferenciado a aquellas que serán reutilizadas en el proyecto y las que serán desinstaladas y/o

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

producción agrícola cercanas al proyecto; sin embargo, de la revisión del reprote SIG del Senace se observa la existencia de cultivos en parte del área de proyecto, así como la existencia de instalaciones como pozas. Además, se observa que una poza propuesta en la EVAP cae sobre una de estas pozas existentes, lo que hace suponer que se está proponiendo componentes ya construidos actualmente.

demolidas. Asimismo, precisar si dichas actividades cuentan con un IGA previo y el Titular a cargo. Tener en cuenta que, si dicho proyecto se trata de una modificación de un proyecto en funcionamiento, este no puede ser presentado mediante una EVAP al Senace, dado que, este instrumento es solo para proyectos nuevos.

4

En el ítem 2.4 Ubicación, el Titular indica en la Tabla 2-4 y Tabla 2-5 los componentes y/o instalaciones que se proponen en el Fundo Santa María y Santa Rosa; respectivamente; sin embargo, dichos componentes no son reflejados en el Mapa P-02; así como, en dicho Mapa se observa más instalaciones que los indicado en

Se requiere al Titular listar en una Tabla de todos los componentes propuestos en la EVAP (pozas, almacenes, oficinas, letrinas, reservorios, comedores, accesos internos, vivero, etc.), indicando las coordenadas UTM de cada una de estas; así como sus áreas respectivas. Asimismo, dichos

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

dichas tablas. Asimismo, no indican las coordenadas UTM de todos componentes propuestos en la EVAP. Por otro lado, en el ítem 2.7.2.1, literal b) se describe los caminos internos propuestos para los fundos Santa Rosa y Santa maría; sin embargo, no presentan en un mapa dichos accesos. Además, en las Tablas 2.8 y 2.9 se indican las coordenadas UTM de ubicación de la disposición final de material excedente de los fundos Santa María y Santa Rosa; sin embargo, dichas ubicaciones caen fuera del área del proyecto propuesto en le EVAP. Asimismo, en la Tabla 2.11 indican las coordenadas UTM del punto de captación de agua en el fundo Santa María y Santa Rosa; sin embargo, dichas coordenadas no caen en el Canal Chinecas, si no en el suelo. Finalmente, no presentan los diseños a factibilidad de cada uno de los componentes propuestos en la EVAP.

componentes deben estar claramente representados en un plano de ubicación de componentes. Tener en cuenta lo señalado en el sustento, a fin de ubicar correctamente los componentes del proyecto. Asimismo, deberá presentar el diseño de cada uno de los componentes a nivel de factibilidad.

5

En el ítem 2.7.2.1, literal c) Sistema de Tratamiento de Agua; el Titular describe el sistema de tratamiento de aguas para los fundos Santa maría y

Se requiere al Titular presentar en un plano los diseños respecto del sistema de tratamiento propuesto

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

Santa Rosa; sin embargo, no presentan sus diseños respectivos. Asimismo, no precisa cual sería el manejo que tendría los lodos generados en el presedimentador y Sedimentador. Además, no adjuntan el Plano 9.1.

para los fundos Santa Rosa y Santa maría. Asimismo, deberá describir el manejo de lodos generados en los presedimentador y Sedimentador, hasta su disposición final, Además, debe adjuntar el Plano 9.1

6

En el ítem 2.7.2.1, literal d) Sistema de Riego; el Titular describe el sistema de tratamiento de riego para los fundos Santa maría y Santa Rosa; sin embargo, no presentan un plano con sus diseños respectivos.

Se requiere al Titular presentar en un plano el diseño del sistema de riego que se implementará en el proyecto para los fundos Santa María y Santa Rosa.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

7

En el ítem 2.8.2. Sistema de Alcantarillado, el Titular indica que los efluentes domésticos, indica que contarán con baños químicos; sin embargo, no precisan cual es el manejo de las aguas grises generados en los baños químicos.

Se requiere al Titular precisar el manejo de las aguas grises generados en el proyecto.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

8

Como parte del Anexo 9, se presenta el “Plano de Componentes a Implementar” (P-02), en el cual solo se identifican a los reservorios y puntos de captación; sin embargo, no se indican los nombres de los demás componentes propuestos. Los planos presentados en el Anexo 09 no se encuentran firmados y sellados por el profesional responsable, el

Se requiere al Titular mejorar el “Plano de Componentes a Implementar” (P-02), identificando los diferentes componentes propuestos como parte del proyecto.

Asimismo, se requiere que los mapas temáticos presentados en el Anexo 09 sean firmados y sellados por el profesional responsable, el mismo

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

mismo que deberá estar colegido y habilitado.

que deberá estar colegido y habilitado.

Línea Base Física, Biológica y Social

9

En el ítem 3.1.2 “Área de Influencia Directa (AID)”, EL Titular señala que la “La delimitación del área de influencia directa se basa en los criterios técnicos, los componentes del proyecto, criterios ambientales, actividades de construcción, operación y mantenimiento y criterios socioeconómicos, en ese sentido el área de influencia directa (AID) del fundo Santa María y fundo Santa Rosa abarcará el área del proyecto y 50 metros desde su perímetro, con un área de 47,86 ha”, sin embargo, no desarrolla los criterio del área de influencia social directa e indirecta, de igual forma en la tabla 3.1 “Área de Influencia Directa”, no precisa las localidades que comprenden el área de influencia directa e indirecta.

Se requiere que el Titular precise y/o complete la siguiente información: a. Desarrolle los criterios de

determinación del área de influencia directa e indirecta, donde se establezcan lo indicado en el sustento.

b. Precise en las tablas respectivas las localidades del área de influencia directa e indirecta del proyecto, a manera de ejemplo se puede utilizar la siguiente tabla:

Departa

mento

Prov

incia

Dis

trit

o

Localidade

s del área

de

influencia

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

10

En el subítem 3.2, en la sección Geología, el titular hace una breve descripción del entorno geológico del área de estudio, pero deberá precisar las unidades de geología local en la que se emplaza el proyecto.

Se requiere al titular, complementar la información de línea base física, incluyendo las unidades geológicas en que se emplaza el proyecto, señalando las áreas por cada unidad identificada.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

11 En el subítem 3.2, en la sección Geomorfología, el titular hace una breve descripción del entorno

Se requiere al titular, complementar la información de línea base física, incluyendo las unidades

No presentó información para subsanar la observación. No Absuelta

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

geomorfológico del área de estudio, pero deberá precisar las unidades de geomorfología local en la que se emplaza el proyecto.

geomorfológicas en que se emplaza el proyecto, señalando las áreas por cada unidad identificada.

12

En el numeral 3.2. el Titular indica en el punto Hidrología el río por el cual se ve influenciada la ciudad de Chimbote e incluye una breve descripción de las mareas; sin embargo, no relaciona el ítem a con el proyecto en su descripción ni incluye en el mapa hidrológico presentado la ubicación del cuerpo de agua descrito.

Se requiere que el Titular incluya en el mapa hidrológico presentado la ubicación del cuerpo de agua descrito y relacione la descripción del ítem con el proyecto.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

13

En el numeral 3.2, como parte de la Línea Base Física, el Titular no incluye la descripción de la calidad del agua superficial, subterránea, ni la hidrogeología.

Se requiere que el Titular incluya la descripción de la calidad de agua superficial, subterránea e hidrogeológica, en caso de no incluirlos debe sustentarlo.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

14

Los mapas temáticos presentados en el Anexo 08 no se encuentran firmados y sellados por el profesional responsable, el mismo que deberá estar colegido y habilitado.

Se requiere que los mapas temáticos presentados en el Anexo 08 sean firmados y sellados por el profesional responsable, el mismo que deberá estar colegido y habilitado

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

15

En el ítem 3.3. el titular no presenta la identificación y descripción de los Ecosistemas Frágiles, dentro y/o cercanos al área de influencia del proyecto, ni la representación de un mapa y tabla indicando las distancias en línea recta desde los ecosistemas frágiles identificados (incluyendo los

El titular deberá incluir la identificación y descripción de los Ecosistemas Frágiles, dentro y/o cercanos al área de influencia del proyecto. Asimismo, dichos ecosistemas frágiles deberán de estar representados en un mapa a escala adecuada y una tabla precisando las distancias en línea recta de dichos

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No Absuelta

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Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en Senace, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de Decreto Supremo 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: “https://www.senace.gob.pe/verificación” ingresando el código de verificación que aparece en la parte superior izquierda de este documento.

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

cuerpos de agua) hacia el área de influencia.

ecosistemas al área de influencia del proyecto.

16

En el numeral 3.3.1. el titular no incluye un mapa de los tipos de cobertura vegetal presentes en el área del proyecto, en el cual se presente la extensión de las áreas a intervenir, según tipo de cobertura vegetal (MINAM, 2015) y componentes a construir (polígonos).

Se solicita al Titular, incluir un mapa de los tipos de cobertura vegetal (MINAM, 2015) identificados en el área del proyecto, en el cual se presente la extensión de las áreas a intervenir, tipo de cobertura vegetal y componentes a construir (polígonos).

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

17

En el ítem 3.4.3.8 2 “Sistematización de las Encuestas Socioeconómicas en el AID y AII”, el Titular señala que se “Sistematizaron las encuestas socioeconómicas realizadas en el Área de Influencia Directa e Indirecta (Centros Poblados: Villa El Salvador, Chachapoyas, Pampa Dura y Santa Eliza)”, sin embargo no precisa cual es el sustento o justificación de la presentación de resultados del área de influencia directa e indirecta, considerando que los impactos son a las poblaciones del área de influencia directa. Asimismo, presenta una muestra (n = tamaño muestral) de 74 vivienda, al respecto no precisa de donde se obtuvo esta cantidad de viviendas, tampoco presenta justificación alguna.

Se requiere que el Titular presenta y/o precise la siguiente información: a. Sustente sustento o justificación

de la presentación de resultados del área de influencia directa e indirecta, considerando que los impactos son a las poblaciones del área de influencia directa.

b. Precise el número de familias por localidad del área de influencia directa e indirecta.

c. Establezca la muestra según familias, ya que en una vivienda pueden habitar hasta 3 familias.

d. Establezca la muestra con justificación técnica, ya que el margen de error es de 10%.

No presentó información para subsanar la observación.

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Plan de Participación Ciudadana

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Sí/No

18

En el ítem 4.5 “Alcance de implementación del proceso de participación”, el Titular señala que “Se ha determinado que el ámbito de la participación ciudadana se desarrollará en el área de influencia directa, con las organizaciones del tipo gubernamental (Municipalidad Distrital de Juan Guerra, Organizaciones de Base de la sociedad civil como asociación de productores, clubes de madres, centros educativos, comité de desarrollo y demás personas interesadas en el proceso de consulta”, al respecto no precisa en forma clara cuales son las localidades del área de influencia directa del proyecto, es decir aquellos poblados que podría ser receptores de algún impactos por el proyecto.

Se requiere que el Titular precise lo siguiente: a. Precisa en forma clara las

localidades, centros poblados del área de influencia directa e indirecta del proyecto, es decir aquellos poblados que podría ser receptores de algún impacto por el proyecto.

b. Presentar un mapa de localidades del área de influencia directa del proyecto donde se incluya la distancia de los componentes del proyecto respecto a las localidades, en ellos se superponga componentes del proyecto y la titularidad de los terrenos del área de emplazamiento del proyecto.

c. Precise los criterios de determinación del área de influencia directa e indirecta.

d. Presentar lista de posesionarios y propietarios de los predios que involucra el proyecto.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

19

En el ítem 4.8.2 “Mecanismo de Participación Ciudadana Durante la Etapa de Evaluación de la EVAP”, el Titular sobre la convocatoria al Taller de Participación Ciudadana, no precisa sobre medios donde se hará la

Se requiere que el Titular precise medios donde se hará la convocatoria, frecuencia y medios de convocatoria.

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Sí/No

convocatoria, frecuencia y medios de convocatoria.

20

En el anexo 7.1. del “Informe del Taller Participativo”, el Titular señala que “como parte del cumplimiento del taller participativo y de acuerdo a los lineamientos del D.L Nº 1500 - Medidas especiales para reactivar, mejorar y optimizar la ejecución de los proyectos de inversión pública, privada y público privada ante el impacto del COVID-19 – Art.6º, se realizó el siguiente proceso”, sin embargo, no presenta justificación alguna sobre la aplicación de Decreto Legislativo N° 1500, que establece medidas especiales para reactivar, mejorar y optimizar la ejecución de los proyectos de inversión pública, privada y público privada ante el impacto del COVID-19, entre las cuales su artículo 6 dispone que “los mecanismos de participación que se realizan: i) antes y/o durante la elaboración del instrumento de gestión ambiental, ii) durante el procedimiento de evaluación ambiental; (…); se adecúan, en su desarrollo e implementación, en estricto cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo a consecuencia del brote del COVID-19”. Asimismo, el referido artículo 6 señala

Se requiere que el Titular, conforme al artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1500, presente el informe de los mecanismos de participación ciudadana ejecutados que fueron adecuados en su implementación a la utilización de medios electrónicos, virtuales u otros medios de comunicación, que deberá presentar sustento que la adecuación de los mecanismos de participación ciudadana ejecutados que se haya cumplido con garantizar lo siguiente: a. Incluir información sobre “Breve

descripción de los poblados del área de influencia y del proyecto”. Este ítem deberá contener los siguientes sub-ítems, el primero: “Características particulares del proyecto, de la población que participa y del entorno donde se ubica” y, el segundo: “Sustento que la adecuación de los mecanismos de participación ciudadana cumplirá con garantizar las condiciones del numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1500”.

b. Teniendo como referencia la recomendación a), en el primer sub-

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

que “(…) los mecanismos de participación ciudadana se adecúan a las características particulares de cada proyecto, de la población que participa y del entorno donde se ubica, pudiendo utilizar medios electrónicos, virtuales u otros medios de comunicación, según sea posible, y así lo determine la autoridad competente en la evaluación del plan de participación ciudadana o en su modificación”.

ítem, se debe complementar el sustento de que los mecanismos de participación ciudadana realizadas se hayan adecuado con la utilización de medios electrónicos, virtuales u otros medios de comunicación de acuerdo con las características particulares del proyecto, de la población que participa y del entorno donde esta se ubica, con la siguiente información:

i. Que la población pueda contar efectiva y oportunamente con la información del proyecto de inversión. Analizar la accesibilidad de los medios que se utilizarán para la implementación de los mecanismos de participación ciudadana y señalar de qué manera oportunamente se realizará la difusión de cada mecanismo propuesto.

ii. Que el canal de recepción de aportes, sugerencias y comentarios esté disponible durante el periodo que tome la participación ciudadana. Indicar cuáles son los canales de recepción cada mecanismo propuesto (correos, números de

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

líneas telefónicas y WhatsApp, entre otros.). Indicar los canales de recepción de aportes que estarán disponibles para la población durante todo el periodo del proceso de participación ciudadana de la etapa de evaluación de la EVAP.

iii. Que se identifique al ciudadano/a que interviene en el proceso de participación. Indicar de qué manera en cada mecanismo propuesto se identificará al ciudadano/a que interviene en el proceso (detallar si contará con un formato de registro, entre otros.).

iv. Que el ciudadano/a tenga la posibilidad de comunicar sus aportes, sugerencias y comentarios. Indicar de qué manera cada mecanismo propuesto permitirán que el ciudadano/a comunique sus aportes, es decir cuáles serán los canales de comunicación.

21

En el anexo del “informe de resultados del taller participativo”, el Titular presenta evidencias de la ejecución del taller participativo, sin embargo, no precisa o falta de alguna información:

Se requiere que el Titular presente y/o sustente la siguiente información: a. Presente lista de los actores

sociales invitadas al taller y qué instituciones y/o organizaciones sociales estuvieron presentes.

No presentó información para subsanar la observación.

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Sí/No

a. No presenta lista de los actores sociales invitadas al taller y qué instituciones estuvieron presentes.

b. Las invitaciones mediante WhatsApp registran con nombre el cual no permite corroborar la invitación.

c. En el “enlace descargable del audio de la publicidad para el Taller de Participación Ciudadana” los archivos no están disponibles, el cual no permite evaluar la ejecución de los mecanismos.

d. En el anexo 1.3 “registro de participantes del taller participativo”, si bien es cierto el Titular presenta una lista de

b. Las invitaciones mediante WhatsApp deberán ser visibles sus números para corroborar la invitación.

c. Activar o presentar las evidencias de “enlace descargable del audio de la publicidad para el Taller de Participación Ciudadana”

d. Precisar cómo se obtuvo esta lista toda vez que el taller fue transmitido por la radio.

e. Presenta acta del taller participativo, con firma de involucrados, hora de inicio, temas expuestos, hora de finalización, medios donde se transmitió, canales de recepción, numero de preguntas.

f. Presentar el itinerario del desarrollo del taller participativo.

g. Precisar si hubo participación de autoridades locales, principalmente en la mesa directiva.

h. Precise los canales de transmisión del taller participativo, además de la emisora local.

i. Presentar resultados del taller, donde se incluya las principales preocupaciones, número de asistentes, medios de recepción de preguntas, entre otros.

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

asistentes, sin embargo, no precisa cómo se obtuvo esta lista toda vez que el taller fue transmitido por la radio.

e. En el anexo 1.5 se presenta un acta del taller participativo sin alguna firma de los involucrados.

f. No presenta el itinerario del desarrollo del taller participativo.

g. No precisa si hubo participación de autoridades locales.

h. No precisa si el taller participativo se transmitió por otros medios además de la emisora local.

i. No presenta resultados del taller, donde se incluya las principales preocupaciones, número de asistentes, medios de recepción de preguntas, entre otros.

22

En el ítem 4.8.2 “Mecanismo de Participación Ciudadana Durante la Etapa de Evaluación de la EVAP”, el Titular “Con la coordinación de SENACE se realizará el mecanismo de participación ciudadana, este será según los lineamientos del Art. 6 del D.L Nº 1500 - Medidas especiales para reactivar, mejorar y optimizar la ejecución de los proyectos de inversión pública, privada y público privada ante el impacto del COVID-19”, sin embargo, no presenta la justificación de

Se requiere que el Titular presente la justificación de la aplicación de las condiciones del Decreto Legislativo N° 1500 (conforme a la observación N° 20).

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Sí/No

la aplicación de las condiciones del Decreto Legislativo N° 1500 (conforme a la observación N° 20).

Identificación y Evaluación de Impactos

23

En el subítem 5.2, Descripción de componentes ambientales, el titular señala que para el componente suelo, se tienen los subcomponentes alteración de la calidad de suelo, alteración fisiográfica y alteración al uso de suelo y capacidad de uso mayor. Sin embargo, se debe considerar que toda alteración o cambio se constituye como un impacto.

Se requiere al titular hacer las correcciones en la sección descripción de componentes ambientales, verificando de no asignar términos como “alteración”, ya que ello hace referencia a impactos ambientales.

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No Absuelta

24

En el numeral 5.3., Tabla 5.4 Componentes Ambientales Potencialmente Impactados, el Titular menciona como sub componente, por ejemplo: la alteración de la cantidad de agua; sin embargo, debería indicarse solamente como sub componente la Cantidad de agua, ya que al decir “alteración” se está hablando de un impacto no un subcomponente.

Se requiere que el Titular corrija en la Tabla 5.4 y donde corresponda, la referencia del subcomponente “alteración a la cantidad de agua”, por ejemplo, teniendo en cuenta que al indicar “alteración” se habla de un potencial impacto, revisar el documento en los casos donde deba corregirse.

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No Absuelta

25

En el numeral 5.6., Tabla 5.9 “Evaluación por atributo de significancia ambiental”, el Titular indica para el atributo Intensidad la razón de valoración y su descripción; sin embargo, debe de especificar como evalua y considera, las escalas de Destrucción por componente

Se requiere que como parte de la descripción de los valores indicados por el titular del atributo Intensidad, se especifique cómo evalúa y considera, las escalas de Destrucción por componente ambiental, lo cual puede hacerlo teniendo como parámetros de ello valores del ECA por ejemplo

No presentó información para subsanar la observación.

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N° SUSTENTO OBSERVACIONES LEVANTAMIENTO SUBSANADA

Sí/No

ambiental, lo cual puede hacerlo teniendo como parámetros de ello valores del ECA por ejemplo.

26

El Titular presentan en el ítem 5.7 la Descripción de los Potenciales Impactos Ambientales; sin embargo, no incluye la descripción de la valoración otorgada para cada atributo, de cada impacto identificado.

Se requiere que en el ítem 5.7 el Titular incluya la descripción de la valoración otorgada para cada atributo, de cada impacto identificado

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta

Estrategia de Manejo Ambiental

27

En el numeral 6.3., Como parte de las Medidas de manejo propuestas por el Titular, no se incluyen medidas de manejo para los impactos identificados al agua, por consumo del recurso. Asimismo, tampoco considera su monitoreo en el Capítulo 7.

Se requiere que el Titular incluya medidas de manejo para los impactos identificados al agua. Asimismo, debe considerar estaciones de monitoreo en el Capítulo 7.

No presentó información para subsanar la observación.

No Absuelta