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COMISIÓN ESPECIAL PARA EL ESTUDIO DE LA CRISIS ALIMENTARIA QUE ACTUALMENTE PADECE VENEZUELA INFORME QUE SE PRESENTA LA COMISIÓN ESPECIAL PARA EL ESTUDIO DE LA CRISIS ALIMENTARIA QUE ACTUALMENTE PADECE VENEZUELA INFORME FINAL Corresponde a esta Comisión Especial, conformada por los Diputados Ismael Concepción García, Presidente, Carlos Alberto Paparoni Ramírez, Andrés Eloy Camejo Espinoza, Jesús Alexis Paparoni Durán, Carlos Andrés González Salinas, Carlos Eduardo Berrizbetia Giliberti, la Diputada Manuela Bolívar Rivas, la Diputada María Alexandra Magallanes de Longoni presentar a la Plenaria de la Asamblea Nacional el “Informe Final”, contentivo de las conclusiones y recomendaciones derivadas del estudio y análisis efectuado de la crisis alimentaria que actualmente padece Venezuela; lo cual hacemos en los términos siguientes: DE LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL De conformidad con lo preceptuado en los artículo 137, 187 numeral 3º, 193, 222 y 223 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 42 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, el Presidente de este Órgano Nacional Legislativo, previa consulta de la Junta Directiva, acordó la creación de la presente Comisión Especial a los fines de estudiar la crisis alimentaria que actualmente padece Venezuela. DEL OBJETO DE LA COMISIÓN ESPECIAL El objeto de la Comisión Especial, estuvo circunscripto a estudiar y analizar: I) Si se el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación está cumpliendo con lo previsto en el articulo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 3, 5, 8, 9 18, 20, 22 y 24 de la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, II) Si se cumple la efectiva disponibilidad y acceso a los alimentos por parte de los venezolanos; III) Si el Ejecutivo ha tomado las medidas correctivas necesarias para solventar la crisis alimentaria que actualmente padece el pueblo de Venezuela. DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LA COMISIÓN ESPECIAL La Comisión Especial formada a los efectos antes señalados, inició sus actividades a partir del jueves 21 de abril del año en curso, y en el desarrollo de sus actividades: 1) se procedió a estudiar de acuerdo a lo establecido en el articulo 244 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en consecuencia analizó la memoria y cuenta del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación; 2) realizó análisis de estudios económicos que hacen referencia a la crisis alimentaria, 3) analizó las cifras de distintos estudios demoscópicos que

INFORME QUE SE PRESENTA LA COMISIÓN ESPECIAL … · García, Presidente, Carlos Alberto Paparoni Ramírez ... Visto que no se tienen datos oficiales recientes y que la última cifra

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COMISIÓNESPECIALPARAELESTUDIODELACRISISALIMENTARIAQUEACTUALMENTEPADECEVENEZUELA

INFORMEQUESEPRESENTALACOMISIÓNESPECIALPARAELESTUDIODELACRISISALIMENTARIAQUEACTUALMENTEPADECEVENEZUELA

INFORMEFINAL

Corresponde a esta Comisión Especial, conformada por los Diputados Ismael ConcepciónGarcía, Presidente, Carlos Alberto Paparoni Ramírez, Andrés Eloy Camejo Espinoza, JesúsAlexisPaparoniDurán,CarlosAndrésGonzálezSalinas,CarlosEduardoBerrizbetiaGiliberti,la DiputadaManuela Bolívar Rivas, la DiputadaMaría Alexandra Magallanes de Longonipresentar a la Plenaria de la Asamblea Nacional el “Informe Final”, contentivo de lasconclusiones y recomendaciones derivadas del estudio y análisis efectuado de la crisisalimentariaqueactualmentepadeceVenezuela;locualhacemosenlostérminossiguientes:

DELACREACIÓNDELACOMISIÓNESPECIAL Deconformidadconlopreceptuadoenlosartículo137,187numeral3º,193,222y223delaConstitucióndelaRepúblicaBolivarianadeVenezuela,enconcordanciaconelartículo42delReglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, el Presidente de este ÓrganoNacional Legislativo, previa consultade la JuntaDirectiva, acordó la creaciónde la presenteComisión Especial a los fines de estudiar la crisis alimentaria que actualmente padeceVenezuela.

DELOBJETODELACOMISIÓNESPECIAL

ElobjetodelaComisiónEspecial,estuvocircunscriptoaestudiaryanalizar:I)SiseelEjecutivoNacionalatravésdelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentaciónestácumpliendoconloprevisto en el articulo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, enconcordancia con los artículos 3, 5, 8, 9 18, 20, 22 y 24 de la Ley Orgánica de Seguridad ySoberaníaAgroalimentaria, II)Sisecumplelaefectivadisponibilidadyaccesoalosalimentosporpartedelosvenezolanos;III)SielEjecutivohatomadolasmedidascorrectivasnecesariasparasolventarlacrisisalimentariaqueactualmentepadeceelpueblodeVenezuela.

DELASACTIVIDADESDESARROLLADASPORLACOMISIÓNESPECIAL

LaComisiónEspecialformadaalosefectosantesseñalados,iniciósusactividadesapartirdeljueves 21 de abril del año en curso, y en el desarrollo de sus actividades: 1) se procedió aestudiar de acuerdo a lo establecido en el articulo 244 de la Constitución de la RepúblicaBolivarianadeVenezuela, y en consecuencia analizó lamemoria y cuentadelMinisterio delPoder Popular para la Alimentación; 2) realizó análisis de estudios económicos que hacenreferenciaa lacrisisalimentaria,3)analizó lascifrasdedistintosestudiosdemoscópicosque

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hacencuentadelacrisisalimentariaquepadeceelpueblodeVenezuela;4)asímismo,realizóun análisis de los hechos de conflictividad social que vienen aconteciendo productos de lacrisisalimentaria,estaComisiónEspecial,enejerciciodesusatribucioneslogródeterminarlosiguiente:PRIMERO:VistoqueelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentacióntienecomopartedesumisión institucional “impulsar la seguridad y soberanía alimentaria a toda la población”,peroqueenVenezuelanadaestámásalejadode larealidad,hemosanalizado lagestióndelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentación.EntrelosaspectospresentesenlamemoriaycuentadelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentaciónqueestacomisiónespecialsededicóainvestigar,seencuentranlosreferentesalresultado de la gestión y sus consecuencias, tales como: caída de la producción nacional,inflaciónenalimentos,escasez,sobreprecios,malnutriciónycolas.

De acuerdo a cifras de la Memoria y Cuenta del Ministerio del Poder Popular para laAlimentaciónde2015, laproducciónagrícolaypecuariasehacontraídoen losúltimosaños.Enparticular,siseconsideravalorespercápita.

Lacausa fundamentalde lacrisisalimentariaenVenezuelahasido lacaídade laproducciónnacionalagrícola,lacualacumuladecrecimientoen6delosúltimos7añosdesde2009segúndatosdelBCV.EstoquieredecirquelaspolíticasimplementadasporelGobiernoNacionalenestesectorhandisminuidolacapacidaddeproduccióninterna, inclusoenlosañosenquelaactividadeconómicadeVenezuelaestuvoencrecimiento.

VariacióndelPIBagrícola

Fuente:BCVRevisando el asunto en detalle, podemos observar como se comportó la producciónagroalimentariaenel2015.SegúnlosdatosdelMinisteriodeAgriculturayTierras,enelcasodeloscereales,porejemplo,laproducciónsedesplomóenun22%soloelañopasado.

Rubro 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Var2014/10TotalProducciónAgrícola(Toneladas)

18.545.844 18.920.855 19.126.253 17.325.417 16.251.713 15.365.618 -19%

ProducciónAgrícolapercápita(Kg/día)

1,80 1,81 1,78 1,59 1,47 1,37 -24%

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Caídadelaproduccióndecereales

Fuente:MinisteriodelPoderPopularparaAgriculturayTierra,MemoriayCuenta2015Enelcasodelosproductosdeorigenanimal,lacaídaserepiteencasitodoslosrubros,siendolacaídamásimportantelacaídadelaproducciónbovinadecasi7%,loquefácilmenteexplicalaescasezdecarnequeactualmentepadeceelpueblodeVenezuela.Caídadelaproduccióndeorigenanimal

Fuente:MinisteriodelPoderPopularparaAgriculturayTierra,MemoriayCuenta2015LasempresasdelestadobajoladireccióndelMinisteriodelPoderPopularparaAlimentaciónhan sido improductivas e ineficientes. Por ejemplo, en el año 2015 empresas emblemáticascomoDianayLácteoslosAndespresentaroncaídasdeproducción,asícomoredespúblicasdedistribucióncomoMercal.Caídadelaproduccióndelasempresaspúblicas

Fuente:MemoriasyCuentasdelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentación

EmpresasPúblicas(gestionadasporMPPAL) 2013 2014 2015 Var.2015/14

IndustriasDiana 164.904 124.482 115.422 -7,3%

LácteosLosAndes 298.045 265.932 260.450 -2,1%

MERCAL(UnidadesProductivasyCarnesVzla) 1.548 9.151 7.953 -13,1%

VENALCASA 79.632 87.031 73.840 -15,2%

Total 544.129 486.596 457.665 -5,9%

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Estas cifras confirman la crisis alimentariaqueha transcurridoen loque vade año2016, ladisponibilidaddealimentosenVenezuelasigueempeorando,principalmenteporlacaídadelaproducciónnacional.LacaídadelaproduccióndealimentosenVenezuelaseencuentraestrechamentevinculadaalaspolíticasimplementadasporelGobiernoNacionalyelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentación,envistaquepormuchosañosprivilegiaronlacompradeproductosimportadosporencimadelaproducciónnacional.Unejemplodeestoeselmercadoavícoladondesoloenlos tres primerosmeses del año, la producción de carne de pollo se desplomó 25% y la dehuevoscasi60%(segúndatosdelaFederaciónNacionaldeAviculturadeVenezuela).Las empresas adscritas al Ministerio del Poder Popular para la Alimentación están en unasituaciónmuycríticaysehaagudizadoenlosúltimoscuatromeses.Sepuedemencionaracáel caso de la “Empresa Mixta Socialista Arroz del Alba, S.A”, donde según sus propiostrabajadores,laproducciónhabríacaídoenabrilde2016un80%1.Finalmente,lacrisisalimentariaquepadeceVenezuelaesconsecuenciadeunaerradapolíticaalimentaria que ha llevado a cabo el Gobierno Nacional con una mala gestión y unaconfrontaciónsin sentidoencontrade losproductoresprivados. Losproductoresnacionaleshanestadoexpuestosaexpropiaciones,controlesdeprecios,faltadeinsumosagrícolas,faltademateriaprima,burocracia, entresotros factores, quehandesincentivado la actividaddelsector.SEGUNDO:VistoqueeldesabastecimientoylaescasezqueactualmentepadeceVenezuelaesreflejo de la crisis económica que vivimos. El Ejecutivo Nacional a través delMinisterio delPoderPopularparalaAlimentación,comoórganoencargadodelaseguridadalimentaria,tieneresponsabilidadpolíticadirecta en ladisminuciónde laofertadebienesquesetraducenenmenorproducciónnacional,enlacaídadelas importaciones,enlaescasezdeproductosporlos controles de precios prolongados sin criterios económicos, en la disminución delabastecimiento de productos básicos al Sistema Nacional Integrado de Alimentación, en laparalizacióndecomedoresescolaresenalgunaszonasdelpaís(marzo2016)2pertenecientesal Programa de Alimentación Escolar, en limitación del acceso alimentos básicos a losciudadanospormedidascomoelracionamiento,entreotras.

VistoquenosetienendatosoficialesrecientesyquelaúltimacifraoficialpublicadaporelBCVfueaprincipiosde2014,indicandoquelaescasezregistraba29%,yvistoquelosdatosdelaVicepresidenciadelaRepúblicapublicadosenagostode2015confirmanquelaescasezdelosbienes básicos alcanzaba cifras alarmantes por encima de 90% cuando lo considerado“tolerable”es5%,hayunacorrelacióndirectaconloquediferentesexpertosaseguran:hoylaescasezdelamayoríadeproductosbásicosseubicaporencimade80%.

1http://ultimahoradigital.com/2016/04/en-un-80-ha-caido-produccion-de-la-empresa-estatal-arroz-del-alba/2http://www.elinformador.com.ve/2016/03/30/comedores-de-las-escuelas-de-lara-cierran-por-falta-de-alimentos-lara/

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Estudios económicos recientes confirmanque actualmente la escasez se ubica en laalarmantecifradeenun83%,locualquieredecirqueenpromediolosproductosquebuscanlosvenezolanosnoseencuentranen8de10establecimientosvisitados.

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Escasez2007-2016

Fuente:Datanálisis

Visto que producto de la escasez ha causado que los venezolanos deban acudir amercados informalespara conseguir los rubrosde la canastabásica y el exorbitantesobreprecio que le colocan dichos mercados ha visto mermada su capacidad decompra. Para enero 2016, si se toman en cuenta el precio de los bienes básicosreguladosqueescaseanvs.elprecioenmercadosinformales,porejemplo:unkilodeharina,dearroz,deleche,depasta,deazúcar,decafé,decarneyenunpollocuestanmásde12.000bolívares,másdeunsalariomínimo.Laescasezhaderivadoenquelamayoríade laspersonas se veanen lapenosanecesidadde recurrir al “bachaqueo”comofuentedeaccesofundamentala losvíveresquerequierenparasusustento, loquecolocaalosmáspobresenunaposiciónvulnerablefrentealossobrepreciosparapoderadquirirlosproductosdeprimeranecesidad.

Sobrepreciosamarzode2016

Fuente:Cálculosdelequipotécnicodelacomisiónespecial

37%59% 66%

83%

17%

Escasez 2013 2014 2015 2016

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Lainflaciónquehanexperimentadolosalimentosesproductodelaescasez.SegúndatosdelBancoCentraldeVenezuela,lainflaciónenalimentoshasidode2.430%desde2009mientraselsalariomínimoeneseperíodosolohacrecido1107,18%,menosdelamitad,loqueponeala población en dificultades a la hora de cubrir sus necesidades, aumentandosignificativamente los niveles depobreza en la población. El incremento en sólo dosmeses,entrediciembre2015yfebrero2016,fuede30%enelcostodelaCanastaBásicaFamiliar(de139mila177milBs.),segúnelCendas-FVM.ElbonodealimentacióndiariodeBs.442,5sololealcanzaauntrabajadorparacubrirmenosdel20%deunkilodecaraotas(aprox.Bs.2.000)y menos de la mitad de una lata de atún de 129g (Bs. 1.000). Esto evidencia que hoy elvenezolanoesmáspobreycomemenos.

Inflaciónacumuladaenalimentosdesde2009

Fuente:BCV

Finalmente,elpueblosehavistosumergidoenunfenómenoproductodelaescasez,hacer largas colas para adquirir bienes básicos, lo que el gobierno ha denominado:“bachaqueo”.

28% 70% 121% 176% 325%694%

2430%

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

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Laslargascolasquetienenqueenfrentarlosvenezolanosdetodaslasclasessocialesesreflejodelacrisisalimentariaqueestamosviviendo.Enloquevadeaño2016cadafamilia debe dedicar casi 5 horas a la semana a hacer cola para la compra dealimentos,siendolosmásafectadosloquetienenmenosingresos(estratoD).

Horasdecolaalasemanaporfamiliayestrato

Fuente:Datanálisis

TERCERO:VistoqueenlosúltimosañossehaidoagravandolacrisisalimentariaenVenezuelay los niveles de conflictividad social relacionados con el acceso a los alimentos hanaumentado. Según la encuesta ENCOVI realizada desde el 2014 por investigadores de laUniversidad Central de Venezuela (UCV), Universidad Simón Bolívar (USB) y UniversidadCatólicaAndrésBelloenconjuntocon laFundaciónBengoa,demuestranque lasescasezyeldesabastecimientoestáennivelesalarmantes.Entre losdatosmássignificativosseencontróque90%delosencuestadosdicecomprarmenosalimentosqueañosanteriores;porotroladoVenebarómetroestimaque39%aseguracomermenosdetresvecesaldía(esoquieredecirquemásde3.000.000devenezolanosnopuedencubrirlas3comidasdiarias)yEncovi3hallóque15%consideraquesualimentaciónesdeficienteyaqueel30%deloquelagentecomprasedistribuyeentrecerealesygrasas;yfinalmente,lasituaciónalimentariadeestudiantesenelProgramadeAlimentaciónEscolardelEstadosehaagravadoseriamenteyesprobablementepeorenescuelasdondenosegarantizaningunacomida.Laalimentacióndelosvenezolanosesdesbalanceadaproductodelaescasez(hambreoculta),esdecir,déficitdenutrientes, locualtambiénhasidoadvertidorecientementepornutricionistas4.

3http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/04/160412_venezuela_hambre_escasez_dp4http://www.bbc.com/mundo/video_fotos/2016/04/160412_video_venezuela_hambre_dpyhttp://actualidadygente.com/noticias-venezuela-hoy/57726-estudio-mostro-aumento-de-desnutricion-infantil-en-el-pais

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Paraelejecutivoestonoesunanovedad,yaquesegúnelINE5,enelprimersemestredelaño2012yenelprimersemestrede2014elconsumobajóde2.304a1.831calorías.Elconsumodecerealescayóentre26%y30%,eldeazúcar27%,lecheenpolvo53%,aceiteyatún26%.Por locualestacrisissevienedesarrollandodesdehacevariosañosysehaagudizadoenelprimertrimestredelaño2016.Hoylasmadresquedanaluzenhospitalespúblicosdelpaísseacuestansincomer,violandosu derecho a la alimentación, casos recientes en la Maternidad Concepción Palacios (abril-2016)6,asímismo,hemosvistodenunciasestemismomesdeabrildefaltadefórmulaslácteasindispensableparalosbebesyniñosenelhospitalJMdelosRíos7.

CUARTO: Visto que según el Observatorio Venezolano de Conflictividad Social en 2015 seregistraron5.851protestasenelpaísyqueel82%deesasprotestashansidoporderechossociales,de lascuales,1.064protestas (18,2%) fueronen rechazoa laescasezdealimentos,medicinas y productos de higiene mientras que en 2014 se registraron 481 por el mismomotivo.

Paraelprimertrimestredelaño2016lasprotestasrelacionadasconlacrisisalimentariasehanintensificado y se han tornado más violentas. El Ministerio del Poder Popular para laAlimentación, órgano competente en la materia, no ha tomado medidas correctivas paramejorarlasituacióndeescasezydesabastecimientoenVenezuela.

5http://actualidadygente.com/noticias-venezuela-hoy/57726-estudio-mostro-aumento-de-desnutricion-infantil-en-el-pais6http://pancaliente.info/crisis-sanitaria-sin-comer-se-acuestan-las-madres-en-la-maternidad-concepcion-palacios/7http://caraotadigital.net/inhumano-ninos-del-j-m-de-los-rios-de-acuestan-sin-comer/

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En loquevadeaño2016 los saqueos sehanduplicado, tal como lodemuestrael siguientegráfico.

Fuente:ObservatorioVenezolanodeConflictividadSocial(OVCS)

Entreeneroyfebrerode2016sereportaronunas231protestasporalimentos.

Fuente:ObservatorioVenezolanodeConflictividadSocial(OVCS)

31 2925

2116

10

22 2227

3528

21 23

41

051015202530354045

SaqueoseintentosdesaqueoenVenezuelaenero2015-febrero2016

94

146

84

29

41

129

Protestas en febrero 2016

Laborales

Vivienda

SeguridadCiudadana,Carceles,Justicia

Educación

Variosderechos

Alimentos

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Fuente:ObservatorioVenezolanodeConflictividadSocial(OVCS)La situación ha empeorado, las protestas aumentaron en frecuencia y cada vez son másmasivas. Adicionalmente, observamos una acentuación de hechos de violencia en abastos,supermercados, cadenas de farmacias, centros de acopios y jornadas gubernamentales deventadealimentosquenoscolocaenalerta.

CONSIDERACIONESGENERALES

Confundamentoenlasrazonesantesexpuestas,estaComisiónEspecial,unavezrealizadoelestudio y análisis de la Crisis Alimentaria que actualmente padece Venezuela, expone losiguiente:

PRIMERO.Vistoque elderechoa la alimentaciónnace comouna respuestanecesariaa lasgraves crisis de hambruna que han existido a lo largo de la historia. El premio Nobel deEconomíaAmartyaSenhaexpresadosobreelhambrelosiguiente:

"Elhambreendémicoygeneralcausa(...)grandessufrimientosennumerosaspartes del mundo, debilitando a cientos demillones de personas y matando a unaconsiderableproporciónconinexorableregularidadestadística."8

Producto de estas situaciones se incluye entre los Derechos Humanos fundamentales elderecho a acceder a la alimentación. Internacionalmente, ya desde 1948, la DeclaraciónUniversaldeDerechosHumanosreconocíaquetodaslaspersonasteníanderechoaunavidadigna; entre los elementosnecesarios paraqueunapersona cuente conuna vidadigna esaDeclaración de derechos establecía que era necesario el acceso a la alimentación 9 .Posteriormente, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y CulturalestambiénreconocióalDerechoa laAlimentacióndisponiendodeunmandatoprogramáticoa

8SEN,Amartya.(2005)DesarrolloyLibertad.Barcelona,Planeta,2000.p.250.9ONU.DeclaraciónUniversaldeDerechosHumanos.10deDiciembrede1948.Art.25.

102

129

0

20

40

60

80

100

120

140

Enero Febrero

Protestas por escasez de alimentos

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losEstadosparaquelosmismosadoptasenunconjuntodemedidastendientesagarantizaratodaslaspersonasunaalimentaciónadecuada10.

En ese sentido, el artículo 11 del Pacto Internacional deDerechos Civiles y Políticosdispone:11

"Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de todapersonaaunniveldevidaadecuadoparasíysufamilia,inclusoalimentación,vestidoy viviendaadecuados, yaunamejora continuade las condicionesdeexistencia. LosEstados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de estederecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperacióninternacionalfundadaenellibreconsentimiento.

LosEstadosPartesenelpresentePacto,reconociendoelderechofundamentalde toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente ymediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programasconcretos,quesenecesitanpara:

a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución dealimentosmediantelaplenautilizacióndelosconocimientostécnicosycientíficos, ladivulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reformade losregímenesagrariosdemodoqueselogrenlaexplotaciónylautilizaciónmáseficacesdelasriquezasnaturales;

b)Asegurarunadistribuciónequitativadelosalimentosmundialesenrelacióncon las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se plantean tanto a lospaísesqueimportanproductosalimenticioscomoalosquelosexportan."

A nivel regional el Derecho a la Alimentación también ha sido reconocido en el ProtocoloAdicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en Materia de DerechosEconómicosySocialesqueensuartículo12,enelcualseestablece:

"Toda persona tiene derecho a una nutrición adecuada que le asegure laposibilidaddegozardelmásaltoniveldedesarrollofísico,emocionaleintelectual."12

ElDerechoalaAlimentaciónhasidoenmarcadoporlasNacionesUnidasenelcontextodelosderechoseconómicosysocialesquebuscanprofundizarelcontenidodelajusticiasocial.Alavez, que ha sido reconocido como derecho "inseparablemente vinculado a la dignidadinherentedelapersonahumana”ycomounderecho“indispensableparaelejerciciodeotrosderechos humanos"13. El Derecho a la Alimentación ha sido considerado como un derechoesencialparaelejerciciodelosdemásderechoshumanos,yaqueelmismogarantizalapropiasustentabilidaddelavidahumana.

10ONU.PactoInternacionaldelosDerechosCivilesyPolíticos.16deDiciembrede1966.Art.11.11ONU.PactoInternacionaldelosDerechosCivilesyPolíticos.16deDiciembrede1966.Art.11.12ProtocoloAdicionalalaConvenciónAmericanadeDerechosHumanosenMateriadeDerechos

EconómicosySociales.SanSalvador.17denoviembrede1988.Art.12.13AplicacióndelPactoInternacionaldelosDerechosEconómicos,SocialesyCulturales,Observación

general12,Elderechoaunaalimentaciónadecuada(art.11),(20ºperíododesesiones,1999),U.N.Doc.E/C.12/1999/5(1999)P.4

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SEGUNDO.Vistoqueelderechoalaalimentaciónexigequetodaslaspersonastenganacceso"físico y económico, en todo momento a la alimentación adecuada o a medios paraobtenerla."14. LaconnotacióndelDerechoa laAlimentación,comounderechoEconómicoySocialexigedelosEstadosqueadoptenmedidasprogresivasparasatisfacerestederecho.LosDerechosEconómicosySocialespartendelapremisaquesuexigibilidadnoesinmediatasino que requiere que un Estado adopte un conjunto de medidas que busquen atender lasatisfacción de este derecho. Sin embargo, existen dos elementos del Derecho a laAlimentación que todo Estado debe garantizar de modo permanente a sus ciudadanos yciudadanas,ladisponibilidadyaccesibilidaddelosalimentos15.Ladisponibilidadexigequeexistanlosalimentosen"cantidadycalidadsuficientescapacesdesatisfacer las necesidades alimentarias de los individuos"16. Por ende, los alimentosdebenexistirenunacantidadydeunacalidadsuficientequeseancapacesdeaportarlos"productosnutritivosnecesariosparaelcrecimientofísicoymental,eldesarrolloyelmantenimiento,ylaactividadfísicaqueseasuficienteparasatisfacerlasnecesidadesfisiológicashumanasentodaslasetapasdelciclovital.17"La accesibilidad por su parte exige que los alimentos estén tanto al alcance físico comoeconómicodelapoblación.Porende,loscostosfinancierosparaadquiriralimentosnopuedensertalesquehaganpeligrarlasatisfaccióndeotrasnecesidadesbásicas.Delamismamanera,losalimentosdebenestaralalcancefísicode lapoblaciónvulnerable,entendiendoentre losgrupos vulnerables a las personas a quienes se les dificulta el acceso físico a los alimentoscomo son los niños, niñas, adolescentes, infantes lactantes, discapacitados, enfermos, entreotrosgruposvulnerables.18Por ende, aun cuandoelDerechoa laAlimentaciónesunDerechoEconómico y Social cuyaimplementaciónesprogresiva,elEstadotienesiemprelaobligacióndequelapoblaciónpuedateneralimentosasudisposiciónyquelosmismosseanaccesibles,entérminoseconómicos.Al igual que los otros derechos humanos, el Estado está en el deber de garantizar el goceefectivo delderechoa laalimentación, locual implica,enprimer lugar ,quedebefacilitarygarantizar el acceso a los alimentos. En segundo lugar, debe proteger el ejercicio de estederecho,procurandoquetercerosnopuedanobstaculizarelaccesoalosalimentos.También,debefacilitarsuejercicio,adoptandotodaslasmedidasnecesariasylautilizaciónderecursosparasatisfacerelmismo.19TERCERO. Igualmente, visto que nuestra Constitución, además de adoptar esta normativainternacional,productodelartículo23delaConstituciónqueestablecequeestostratadosquedesarrollan los derechos humanos son de jerarquía constitucional, consagra también laobligacióndelEstadodegarantizarlaalimentacióndelosciudadanos.El artículo 117 Constitucional, establece el derecho de las personas a disponer de bienes yserviciosdecalidad,debiendolaleyestablecerlosmecanismosnecesariosparagarantizaresederecho, las normas de control de calidad y cantidad de bienes y servicios, así como losprocedimientos de defensa al público consumidor. Siendo, los alimentos bienes esencialespara la subsistencia humana, es indudable que se incluyen entre aquellos respecto de los

14Idem.P.615Idem.P.8.16Idem.17Idem.P.9.18Idem.Ps.9,10,11y13.19IdemP.15,16y17.

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cuales el Estado debe garantizar existan en cantidad y calidad suficiente para satisfacer lasnecesidadesdelosvenezolanos.Porsuparte,elartículo305delaConstitución,serefieredemaneraespecíficaalaseguridadalimentaria,asumiendolaobligacióndegarantizarla,aldisponerlosiguiente:

"El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica deldesarrollo rural integral,yenconsecuencia garantiza la seguridad alimentaria de lapoblación;entendidacomoladisponibilidadsuficienteyestabledealimentosenelámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del públicoconsumidor.Laseguridadalimentariadeberáalcanzarsedesarrollandoyprivilegiandola producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de lasactividadesagrícola,pecuaria,pesquerayacuícola.Laproduccióndealimentosesdeinterésnacionaly fundamentalaldesarrolloeconómicoysocialde laNación.Atalesfines, el Estado dictará las medidas de orden financiera, comercial, transferenciatecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra yotrasquefuerannecesariasparaalcanzarnivelesestratégicosdeautoabastecimiento.Además,promoverálasaccionesenelmarcodelaeconomíanacionaleinternacionalparacompensarlasdesventajaspropiasdelaactividadagrícola."20

Nótese como nuestra Constitución contempla los mismos elementos de disponibilidad yaccesibilidad del derecho a la alimentación contemplados en la legislación internacional.Inclusive,lanormaconstitucionalinternavamásalláyestableceunconjuntodemedidasqueelEstadodebeimperativamenteadoptarparaalcanzaresteobjetivocomoson:i)medidasqueincentiven la producción agropecuaria interna, ii) adopción de medidas financieras,comerciales,de transferencias tecnológicas, tenenciade tierras, infraestructura,capacitaciónde personal y cualquier otra que sea necesaria para garantizar el autoabastecimiento, y iii)cuandoelautoabastecimientonoseaposible,debeadoptarlasmedidaspertinentes,tantoenlosmercadosnacionalescomointernacionalesparagarantizarelaccesoydisponibilidaddelosalimentos.CUARTO. Visto que la propia Sala Constitucional ha reconocido que es un deber del Estadogarantizarlaseguridadalimentariadelapoblación.Enesesentido,laseguridadalimentariaseentiendecomola"disponibilidadsuficienteyestabledealimentosenelámbitonacionalyelaccesooportunoypermanenteaéstosporpartedelpúblicoconsumidor"21.NuestraConstituciónvamásalláyestablecequeelEstadotieneunaobligaciónreforzadadegarantizar el derecho a la alimentación a diferentes personas que pertenecen a gruposvulnerables.Porejemplo,laConstituciónestablecequesedebegarantizarlosalimentosparalosniños,niñasyadolescentes(Art.76y78),paralaspersonasdeedadavanzada(Art.80)yalaspersonascondiscapacidades(Art.81).AsímismolaConstituciónestablecequetantolaformulacióndelaspolíticasylalegislaciónenmateriaalimentaríaescompetenciadelPoderPúblicoNacional.(Art.156.23)QUINTO.Vistoigualmentequeenelaño2008,elPresidenteHugoChávezdictóelDecretoconRango,ValoryFuerzadeLeyOrgánicadeSeguridadySoberaníaAlimentaría.Elmismoteníael

20ConstitucióndelaRepúblicaBolivarianadeVenezuela.Art.305.21TSJ.SalaConstitucional.SentenciaNro583del14deMayode2012.

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objetode“garantizar laseguridadysoberaníaagroalimentaria”22.LaLeybuscadesarrollarelconcepto de seguridad alimentaria y el derecho a la alimentación delineado en nuestraConstitución. La Ley no sólo declaró de utilidad pública las actividades relacionadas con elsector agroalimentario si noque tambiéndeclaróque todas sus disposiciones sondeordenpúblico23.LaLeydefinióalaSeguridadAgroalimentariadelasiguientemanera:

“La seguridad agroalimentaria es la capacidad efectiva que tiene el Estado, encorresponsabilidad con el sector agroalimentario nacional, para garantizar a toda lapoblación, la disponibilidad, acceso, intercambio y distribución equitativa de losalimentos de manera estable, que aseguren las condiciones físicas y emocionalesadecuadas para el desarrollo humano integral y sustentable, considerando elintercambio, la complementariedad y la integración económica entre los pueblos ynacionescomoelementoesencialquegarantizaelderechoalaalimentación.“24

PorendeelEstado,tieneeldeberdegarantizarladisponibilidadyaccesoatodalapoblaciónalosalimentosquelegaranticensudesarrollofísicoyemocional.Alavezqueelartículo8delaLey establece que es un derecho de todos los ciudadanos la disponibilidad y acceso a losalimentosdecalidad25.LaLeyestableceunaseriedepolíticasde inspección,distribuciónyfiscalizacióntendientesagarantizar que todos los ciudadanos tengan derecho a acceder a alimentos de calidad. Asímismo la Ley busca que las políticas nacionales tiendan a favorecer el consumo de losalimentosproducidosenVenezuela. La Ley tambiénprohíbequeel Estadoadopte cualquiertipo de políticas públicas o de medidas que lesionen el derecho de la población a laalimentación.26Asímismo,elartículo18de laLeyestablecequeelEstadoesresponsable,entreotrascosasde,(i)“procurarlasatisfaccióndelasnecesidadesbásicasyautoabastecimientodealimentos”,(ii) “impulsar la producción nacional”, y (iii) “evitar la competencia desleal (…) prácticas deacaparamientodeproductosuotrasformasdeacuerdosprivadosquedistorsionen,limitenoafectenlaproducción,circulacióndistribucióneintercambiodeproductos”27Por su parte el artículo 20 establece que estas responsabilidades del Estado dependen delPoder Ejecutivo Nacional. Es este Poder el encargado de (i) “formular, dictar, ejecutar ysupervisar las políticas agroalimentarias”, (ii) “dictar las medidas económicas y financierasnecesariaspara laejecuciónde losplanesdeproducciónnacional”, (iii) “establecer políticasdecontingenciacuandoloconsiderenecesarioparagarantizarelabastecimientonacionaldealimentos”, (iv) “autorizar la importación de rubros agroalimentarios cuando no hayaproducción nacional, la producción nacional sea insuficiente o por cualquier otra causa deinterés general que lo justifique”, (v) “planificar, crear, regular y mantener las reservasestratégicas agroalimentarias”, (vi) “gestionar y ejecutar la producción, distribución,

22DecretoconRango,ValoryFuerzadeLeyOrgánicadeSeguridadySoberaníaAgroalimentaria.

PublicadaenlaGacetaOficialExtraordinariodel31deJuliode2008.Art.1.23Idem.Art.3.24Idem.Art.525IdemArt.8.26IdemArt.9.27IdemArt.18.

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comercialización, importación, exportación e industrialización de rubros agroalimentariosestratégicos cuando lo considere pertinente” y (vii) “Establecermedidas de contingencia yaccionesdenormalizacióndelmercadodealimentos,productoseinsumosagrícolas(…)afinde evitar fluctuaciones erráticas del mercado y para regularizar su distribución eintercambio.”28Destacaentre las atribuciones y funcionesdel Ejecutivo sudeberde garantizar en cualquiercircunstancialadisponibilidadyaccesodelosalimentos.Enesesentido,laLeyestablecequeel Ejecutivo tiene el deber de adoptar estrategias que tiendan a evitar las “fluctuacioneserráticas del mercado, propendiendo a la regularización de la distribución, intercambio ycomerciojusto.”29 La Ley busca que el Ejecutivo pueda garantizar el acceso a los alimentos inclusive ensituaciones de contingencia. Por ende, obliga al Estado a crear una Reserva Estratégica quecontenga los“bienes y recursos financieros en cantidad suficiente, disponible estable y deplenacoberturanacional”capazdegarantizarlaalimentacióndelapoblación.30EsteDecretoLeyprofundizaelderechoalaalimentaciónyordenaaqueelEjecutivoNacionaladopte un conjunto de medidas capaces de proporcionar a toda la población la seguridadalimentaria.Enesesentido, laLeyadoptaloscriteriosdedisponibilidadyaccesoaalimentosde calidad como elementos esenciales del derecho a la alimentación. Bajo ningunacircunstancia puede el Estado Venezolano descuidar esta obligación, la Ley llega inclusive aprever situaciones de contingencia y ordena que el Estado cree unas Reservas capaces degarantizarle a la población el derecho a la alimentación. Adicionalmente, la Ley le otorga alEstado un conjunto de obligaciones de custodia de las redes de distribución para que lasmismasseancapacesdecristalizarelaccesodelapoblaciónalosalimentosdecalidad.SEXTO. Adicionalmente, en el año 2014 el Presidente NicolásMaduro dictó el Decreto conValor,RangoyFuerzadeLeydelSistemaNacionalIntegralAgroalimentario.ElmismoDecretofijóqueelÓrganoRectordelSistemaNacional IntegralAgroalimentarioeraelMinisteriodelPoder Popular con competencia en el área31. De acuerdo a esta Ley este Sistema NacionalIntegral Agroalimentario tiene el objeto de garantizar la seguridad y soberaníaagroalimentaria. El Sistema Nacional Integral Agroalimentario tiene la finalidad de regular,ordenaryprotegeralsectoragroalimentarionacional32.SEPTIMO.Porsuparte,el“PlandelaPatria”establecequeesunobjetivoesencialdelEstado:“Lograr la soberanía alimentaria para garantizar el sagrado derecho a la alimentación denuestropueblo”33.Asímismo,elEstadodebegarantizarlaalimentaciónsaludableygarantizarlanutriciónadecuadaatravésdeltranscursodelavidadelaspersonas34.

28Idem.Art.2029Idem.Art.22.30Idem.Art.24.31DecretoconValor,RangoyFuerzadeLeydelSistemaNacionalIntegralAgroalimentario.

PublicadoenGacetaOficialExtraordinariodel18denoviembrede2014Nro.6150.Art.4.32Idem.Art.3.33PlandelaPatria.SegundoPlanSocialistadelaNación,2013-2019.PresentadoalaAsamblea

NacionalporelCiudadanoNicolásMaduroMoros,PresidentedelaRepública,eldía28deSeptiembrede2013.

34Idem.

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En ese sentido, la Legislación vigente garantiza a todos los venezolanos la disponibilidad yacceso a los alimentos. A la vez, que la Ley responsabiliza al Poder EjecutivoNacional de lalabordegarantizarelderechoalaAlimentacióndelosvenezolanosyvenezolanas.DEOTRASCIRCUNSTANCIASACREDITADASATRAVÉSDELANÁLISISYESTUDIOEFECTUADO

PORLACOMISIÓNESPECIAL

Al inicio del presente “Informe Final”, esta Comisión Especial, fundada en informaciónobtenidaporalgunosdelosDiputadosyDiputadasquelaconformaydesusequipostécnicos,estudioademáslaresponsabilidaddelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentaciónantelacrisisalimentariaqueactualmentepadeceelpueblodeVenezuela,lacualconcluyeque:PRIMERO.VistoquelaConstituciónNacionalensuartículo139establecequeelejerciciodelPoderPúblicoacarraresponsabilidadindividual35.Enesesentido,elejerciciodelPoderPúblicoacarrearesponsabilidadpolítica.Elartículo244establecequelos“MinistrossonresponsablesdesusactosdeconformidadconlaConstituciónylaley.”36LagravecrisisalimentariaqueatraviesaVenezuela,comohemosvistoenelpresenteinformesonresponsabilidaddelEstadoVenezolano,obligado,deacuerdoconlaConstituciónylaLeyagarantizarelderechoalaAlimentacióndelosvenezolanos.En ese sentido, tanto elDecreto conRango, Valor y Fuerza de LeyOrgánica de Seguridad ySoberanía Alimentaría y el Decreto con Valor, Rango y Fuerza de Ley del Sistema NacionalIntegralAgroalimentario fijanqueelMinisteriodelPoderPopularpara laAlimentacióneselresponsableúltimodelacarteraalimenticia.Asímismo,elDecretosobreOrganizaciónGeneraldelaAdministraciónPúblicaestablecequeelMinisterio del Poder Popular para laAlimentación tiene competencia sobre las siguientesatribuciones:

“Es de la competencia del Ministerio del Poder Popular la Alimentación, laalimentación y los alimentos, la distribución, transporte, intercambio, industria,mercadeo, recepción y consumo de alimentos; la calidad e inocuidad dealimentos;laactividadempresarialdelEstadoenelsectordelosalimentosydelaalimentación; la regulación y control del ejercicio profesional de las actividadesrelacionadasconlosalimentos,laalimentaciónylanutrición.”

Porende,elEstado,deconformidadcon laConstitucióny laLeyesgarantedelderechoa laalimentación, la seguridad y la soberanía alimentaria. En el marco de sus potestadesorganizativas,elEjecutivoadjudicódicharesponsabilidadalMinisteriodelPoderPopularparala Alimentación, órgano del Poder Ejecutivo Nacional encargado satisfacer las obligacionesinherentesalderechoalaalimentación.SEGUNDO. Visto que tal como se ha demostrado a lo largo de este informe, la situaciónalimentaria nacional se encuentra en niveles alarmantes, muy lejos de garantizar la

35SupraNota13.Art.139.36IdemArt.244.

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disponibilidadyaccesoalosalimentosalosciudadanosentodoelterritorionacionalyqueladisponibilidad de los alimentos hamermado significativamente en Venezuela, producto deldesplomedelaproducciónnacionalydelacaídadelaimportacióndelosrubrosalimentarios.ComoestablecelaLeyylaConstitución,cuandoelpaísnoseacapazdeproducirinternamentelosalimentosnecesariosparasuautoabastecimiento,elEstadotieneeldeberdegarantizarladisponibilidaddelosalimentosagotandoatalefectotodaslasmedidasnecesarias.La caída de la producción ha causado una difícil situación de escasez y desabastecimiento.SegúnlaMemoriayCuentadelMinisteriodelPoderPopularparalaAgricultura,lacaídadelaproduccióndecerealesdelaño2014a2015fuede23%,enelrubrodelarrozlacaídafuede28%,enelrubrodelmaízlacaídafuede19%37.LaproduccióndelasempresasdelEstadoenmateria alimentaría como Industrias Diana, Lácteos Los Andes, Empresas de ProducciónAdscritas a la RedMercal y Venalcasa han disminuido su producción un 30% en promediodesdeel2013al201538.TERCERO.VistoquehoyendíaenVenezuelanohayinventariosparasaciarelmercadointernodeproductosde la cestabásicaalimentaria. Esta carencia yescasezdealimentosesencialesparaelsoportenutritivoquerequieretodoserhumanohanocasionadoquelosvenezolanosnotengangarantizadoelderechoalaalimentaciónentodomomentonilacomidanecesariaparael soportede sudesarrollo físicoyemocional. El ciudadanoy la ciudadanavenezolana,auncuandohaceesfuerzosparasuperar lasdistintas trabasalaccesoa losalimentos, comocolasoracionamientos,seencuentraconquelacomidaqueestábuscandonoexisteonoestádisponibleencantidadessuficientesparasatisfacerlademanda,oinclusoleresultainaccesibledado su alto costo. Esto necesariamente viola el derecho a la alimentación y lacorrespondiente obligación del Estado de garantizar en todo momento la disponibilidad yaccesoalosalimentos.CUARTO.Vistoquelalimitadaofertadealimentos,hahechoqueelGobiernoNacionalacudaamedidasdesproporcionadaseirracionales,queafectanalosmáspobresquienessonlosmásvulnerables.Estasmedidashanobstaculizadoseriamenteelaccesoa losalimentosporpartedelapoblacióndelosestratosDyE.Laslargascolasquerealizanlosciudadanosadiarioparapodercomprarlosproductosnecesariosparasusubsistencia,elradicalracionamientoalquesonsometidos,queúnicamentelespermitecompraralimentosenunafechadeterminadaporelGobierno,sonsóloejemplosdelasdistintastrabasdeaccesoquehapuestoelGobiernoalapoblación.QUINTO. No sólo estas medidas por parte del Estado han dificultado la adquisición de losalimentos desde un punto de vista físico, sino que la alta inflación y las distorsiones delmercado que el propio Gobierno ha fomentado han logrado que sea imposible para elVenezolano afrontar los costos de la canasta básica con el producto de su trabajo39. Lainflación ha hecho que los costos de la cesta básica se hayan elevado hasta tal punto queresultaimposibleparalapoblaciónaccederatodoslosalimentosnecesariosparaproveersedeunanutrición balanceada y de calidad, porqueno cuentan con losmedios económicos paracomprarlos. Lasmedidas del Gobierno han fomentado unmercado ilegal y especulativo dealimentos donde los precios de los productos se disparan a niveles inaccesibles para lapoblación.

37MemoriayCuentadelMinisteriodelPoderPopularparalaAgriculturayTierrasdelaño2015.38MemoriayCuentadelMinisteriodelPoderPopularparalaAlimentación.39CESCR.55aSesión.DocumentonoE/C.12/2015/SR.24,ocurridael2dejuniode2015.Disponible

en:http://daccess-ddsny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G15/114/11/PDF/G1511411.pdf?OpenElement

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Esta situación ha ocasionado que sea un riesgo físico acceder a los alimentos. La situaciónactualhaocasionadoquealolargodelterritorionacionalseproduzcansaqueosacentrosdedistribución y unidades de transporte de alimentos, lo que coloca en serio peligro tanto elordenpúblicocomoalavidaylaintegridadfísicadelapoblación.SEXTO.Deigualmodo,elEstadotampocohagarantizadoelaccesoagruposvulnerablesdelapoblacióncomoniñosyniñasenedadescolar.HaycentroseducativosenVenezueladondeelGobierno Nacional ha incumplido sistemáticamente en brindar soporte alimentario a loscomedoresdedichasinstituciones.Estolesionaseriamenteelderechoalaalimentacióndelosniños y niñas venezolanas así como su derecho a la educación, por ser la alimentación unacondiciónnecesariadesubsistenciaydesarrollofísicoyemocionaldelosniñosyadolescentes.SEPTIMO. El Gobierno Nacional y el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación hapretendidoescudarseenlacaídadelospreciosdelpetróleoparajustificarlagravecrisisqueviveelpaís.Sinembargo,eseargumentocarecedefundamento,siendolaverdaderacausadeesasituaciónlaspolíticaspúblicasquehanacabadoconlaproducciónnacionaldealimentos,las expropiaciones e intervenciones de empresas privadas, antes con niveles adecuados deproducción,elcontroldeprecios,racionamientoyobstáculosparasuadquisición.Aúnenel supuestonegadoquepudiera invocarse la caídade lospreciosdelpetróleocomocausadelacrisisalimentariaqueatraviesaelpaís,setrataríadeunasituaciónprevisibleenlaeconomía nacional basada en la renta petrolera, por lo que resulta irresponsable que elEjecutivo no hubiere adoptado oportunamente las medidas pertinentes para prever susefectos.

CONCLUSIONESGENERALESYRECOMENDACIONES

Confundamentoenlasrazonesantesexpuestas,estaComisiónEspecial,unavezrealizadoelestudio y análisis de la crisis alimentaria que actualmente padece el pueblo de Venezuela,concluyerecomendandolosiguiente:PRIMERO:EnVenezuelanoseestágarantizandoelderechodelapoblaciónalaalimentación.Los ciudadanos y ciudadanas no tienen acceso a los alimentos básicos que garanticen sudesarrollo humano. Esta situación es responsabilidad del Estado Venezolano y del PoderEjecutivoNacional,queesaquiénlaConstituciónylaLeyobligaavelarporelefectivogoceyejerciciodeestederecho.SEGUNDO.El EstadoviolaelDerechoa laAlimentacióncuandonoescapazdesatisfacerelnivel mínimo esencial para que la población este protegida contra el hambre. En el planointernacional, cuando esto ocurre, el Estado debe demostrar que ha agotado todas las víasposibles, debidamente priorizados los recursos existentes para cubrir estas necesidades ycuando losrecursosy lasmedidassean insuficienteselEstadoestáobligadoabuscarayudainternacional.40

40IdemP.17y40ONU.PactoInternacionaldelosDerechosCivilesyPolíticos.16deDiciembrede

1966.Art.2y11.

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TERCERO.Anteestagraveycríticasituación,elresponsableeselGobiernoNacional,quienhaadoptadounaconductasistemáticaquehafomentandolacaídadelaproducciónnacionalyhaadoptado a través delMinisterio del Poder Popular en cabeza del ciudadanoMarco Torres,paralaalimentaciónunconjuntodepolíticaspúblicasquedificultaelaccesoyladisponibilidaddelosalimentos.EnelmejordeloscasoslaconductadelGobiernohasidoladeunaomisiónnegligenteantelagravecrisisalimentariaquepadeceelpaís.CUARTO.LaConstitucióneinstrumentosinternacionalesquehasuscritolaRepúblicacomoelPacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, afirman que cuando un Estadoatraviese una crisis como la venezolana, los mismos deben acudir a los mercados y a lasinstancias internacionalesparapalearestasnecesidades.ElGobiernonoha tomadoningunamedidaenlosmercadosyenlasinstanciasinternacionalesparasolucionarestagravecrisiseneltranscursodeesteaño,enconcreto,elMinistrodelPoderPopularparalaAlimentación,elciudadanoMarcoTorres.QUINTO. Se sugiere al ejecutivo que ante la situación actual el Gobierno Nacional tomemedidascorrectivascoherentesquepermitanreactivarlaproducciónnacional,ymientrasestoocurredebegarantizaratravésdelmercadointernacionaldealimentoselabastecimientodelos mismos en el territorio nacional. Es inexcusable que los venezolanos y venezolanas nocuentenconlosalimentosnecesariosparapodervivir.Lagravedaddelasituaciónexigequesetomen medidas inmediatas para garantizar el goce del Derecho a la Alimentación de losciudadanos, demodoquepuedaasí reparar losdañosque suspolíticas irresponsablementehancausadoalapoblaciónvenezolana.SEXTO.Darpublicidadalpresenteinformealosfinesdedaraconocerlaconclusiónacordadaporplenaria.En Caracas en el palacio Legislativo Nacional a la fecha cierta de su presentación. FirmanConforme:

DIPUTADOISMAELCONCEPCIÓNGARCÍAPRESIDENTE

DIPUTADOANDRÉSELOYCAMEJOESPINOZADIPUTADOJESÚSALEXISPAPARONIDURÁNDIPUTADOCARLOSALBERTOPAPARONIRAMÍREZDIPUTADOCARLOSANDRÉSGONZÁLEZSALINAS

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DIPUTADOCARLOSEDUARDOBERRIZBETIAGILIBERTIDIPUTADAMANUELABOLÍVARRIVASDIPUTADAMARÍAALEXANDRAMAGALLANESDELONGONI

VANESSASANCHEZSECRETARIA