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Régimen laboral Marruecos Diciembre, 2008 www.africainfomarket.org GUÍAS DE INVERSIÓN

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Informe régimen laboral marruecos

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Régimen laboral Marruecos

Diciembre, 2008 www.africainfomarket.org

GUÍAS DE INVERSIÓN

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Indice de contenidos

Resumen 3

1. El mercado laboral marroquí 4

1.1 La estructura básica 4

1.2 Empleo, paro y subempleo 5

1.3 Migración internacional del trabajo 6

2. La legislación laboral 7

2.1 El contrato de trabajo 7

2.2 Trabajadores extranjeros 8

2.3 Jornada de trabajo y vacaciones 8

2.4 ¿Existe personal cualificado en Marruecos en todas las áreas? 10

2.5 Otros aspectos 10

3. Salarios y cargas sociales 11

3.1 Salarios 11

3.2 Cargas sociales y percepciones no salariales 12

4. Conclusión 13

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Resumen

• Marruecos cuenta con una legislación laboral moderna, adaptada a los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

• El bajo coste de la mano de obra hace de Maruecos un destino preferente para la

inversión extranjera directa.

• Uno de los principales problemas que afecta a la población marroquí es el desempleo, el desempleo encubierto, el subempleo y las actividades de auto subsistencia.

• Las principales características del mercado laboral marroquí son el desempleo urbano

de la mano de obra cualificada y no cualificada y los costes de despido.

• El mercado laboral urbano en Marruecos está segmentado en dos mercados: formal e informal. El sector informal juega un papel relevante en la economía de Marruecos, teniendo un peso muy importante en el tejido productivo del país.

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1. El mercado laboral marroquí

El mercado laboral marroquí cuenta con una alta tasa de desempleo urbano, debido a la importancia del sector informal en el tejido empresarial y a la escasez personal cualificado para cubrir puestos técnicos intermedios

1.1. La estructura básica

El mercado laboral urbano en Marruecos está segmentado en dos mercados:

formal e informal. Los funcionarios (del Gobierno central y local), los trabajadores de las empresas públicas y los que tienen cobertura social (CNSS) constituyen el sector formal.

Algunos estudios demuestran que el mercado laboral marroquí esta muy

segmentado y que su funcionamiento no es competitivo. A veces los trabajadores que tienen el mismo nivel de productividad tienen salarios muy diferentes.

Además cabe destacar que en Marruecos el 90% de las empresas tienen su

oficina central en Casablanca.

El sector informal

El sector informal juega un papel relevante en la economía de Marruecos, teniendo un peso muy importante en el tejido productivo del país. Según la encuesta nacional sobre el sector nacional no agrícola (ENSINA, 2000), el sector informal ocupa el 39% del empleo no agrícola y predomina en el ámbito urbano.

Los principales sectores de la actividad afectados son el alimentario, textil,

cuero, madera, metalurgia, construcción, reparación de vehículos y artículos personales y el pequeño comercio. En el país, destacan las microempresas (sobre todo del comercio ambulante), seguidas de la industria, de los servicios y de la construcción. Casi la mitad de las unidades informales no dispone de local y el 11% ejerce su actividad a domicilio.

El Gobierno intenta luchar contra este fenómeno mediante ciertas medidas como

la reducción del impuesto de sociedades al 30% con lo que se pretende disminuir los costes de las empresas y evitar que éstas formen parte del sector informal.

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1.2. Empleo, paro y subempleo

A finales del 2007, la economía nacional ha creado 128 mil empleos y la tasa de desempleo se ha establecido en un 15.4% en medio en medio urbano (contra un 15,5% en 2006) y en un 9.8% a nivel nacional (contra un 9, 7% el año anterior)

Además la población activa de más de 15 años la componen 11.148.000

personas lo que supone un aumento del 1.4% con respecto a 2006 (+3,0% en medio urbano y -0,2% en el medio rural). En materia de empleo se han creado 167.000 puestos de empleo remunerado, de los que 117.000 se han creado en las ciudades y 50.000 en el medio rural).

Las obras públicas, la industria y los servicios se sitúan como los principales

creadores de empleos. En total, la creación neta de empleos (tanto remunerados como no remunerados) ha sido de 128.000 puestos y concierne principalmente las zonas urbanas y los sectores no agrícolas:

- Obras públicas: +6,2% (49.000 empleos) - Industria : +4,4% (54.000 empleos) - Servicios : +2,5% (91.000 empleos)

En cuanto al empleo en el sector agrícola, éste ha descendido en 68.000

puestos lo que supone un 1,6% menos respecto a 2006. Esta evolución se traduce en un ligero descenso de la tasa de empleo que pasa de un 46,3% a un 46,0% resultando de un alza de un 0,2% en las ciudades (37,8% a 38,0%) y de una disminución del 0,9% en el medio rural (58,3% a 57,4%).

En zonas urbanas todos los sectores de actividad económica han contribuido a

la creación de nuevos empleos: - Agricultura y pesca: +9,1% (23.000 empleos) - Obras públicas:+ 8,3% (40.000 empleos) - Servicios : +2,3% (70.000 empleos) - Industria : + 1,3% (13.000 empleos)

En zonas rurales, sin embargo, se ha producido una caída de empleos agrícolas (91.000 puestos) y un crecimiento de 73.000 puestos en el sector no agrícola. El aumento de empleo más importante se registra en sectores como:

- Industria (incluida la artesanía) con 42.000 puestos - Servicios: 21.000 puestos - Obras públicas:9.000 puestos

En cuanto al desempleo, a finales de 2007 se registraron 30.000 parados más

que en 2006, localizados principalmente en las zonas urbanas. La población activa en paro ha pasado, a nivel nacional, de 1.062.000 en 2006 1.092.000 parados en 2007, lo que supone un aumento del 2,8%. Este crecimiento del paro afecta principalmente a las

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ciudades que albergan a 22.000 parados más que en 2006. Así, la tasa de paro anual ha pasado de un 9,7% en 2006 a un 9,8% en 2007.

En lo que respecta al subempleo, éste se da tanto en las ciudades como en las

zonas rurales y se concentra en el sector privado. Sobre todo afecta a los hombres jóvenes y diplomados de nivel medio y está más extendido en el sector de las obras públicas, la agricultura en medio urbano y los servicios en el medio rural.

Al término de 2007 la población activa ocupada y subempleada de más de 15

años alcanza las 995.000 lo que supone un 19,0% menos que en 2006. Esta disminución se reparte de manera casi equitativa entre las zonas urbanas y rurales (de 576.000 a 457.000 personas en zonas urbanas y de 653.000 a 538.000 en zonas rurales). De este modo, la tasa de subempleo se sitúa a final de 2007 en un 9,4% (frente a un 12,2% en 2006) en zonas urbanas y en un 10,4% (con respecto a un 12,5%) en el medio rural. El descenso de esta tasa se observa en todos los segmentos de la población activa ocupada.

2006 2007 Población activa (15 años y más) 10.990.000 11.148.000Tasa de empleo 46,3% 46% Población activa en paro 1. 062.000 1.092.000 Tasa de paro urbano 15,5% 15,4% Tasa de paro rural 3,7% 3,8%

Fuente: Haut Commissariat au Plan

1.3. Migración internacional del trabajo

La falta de oportunidades laborales y profesionales origina una fuerte corriente migratoria, tanto de fuerza laboral no calificada como de jóvenes bien formados.

La comunidad marroquí en el extranjero, formada por cerca de un millón y medio

de personas, reduce el nivel de paro nacional y constituye una fuente muy importante de entrada de divisas, que sobrepasa los ingresos del turismo. Sin embargo, este flujo migratorio es origen de problemas sociales, como la inmigración clandestina, el trabajo en negro, la explotación de los inmigrantes, el trabajo de los menores, la repatriación, la seguridad de las fronteras y, sobre todo, la integración en el país de acogida.

Estrechamente ligada a la cuestión del empleo y del paro de los diplomados, la

fuga de cerebros constituye otro de los lastres que agravan los obstáculos de Marruecos ante los procesos de desarrollo. En el momento en el que el país tiene necesidad de hacer fructificar el conjunto de su capital y de sus recursos humanos para garantizar un marco pertinente para sus estructuras y sus empresas, se ha quedado sin

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una parte de su materia gris. Estos millones de diplomados van a la búsqueda de un trabajo remunerado en función de sus competencias y de un mejor proyecto de vida.

Los inmigrantes marroquíes constituyen una parte importante de los extranjeros

que viven en la Unión Europea. La mayoría de los inmigrantes marroquíes viven en Francia, y España. Según los últimos datos del Ministerio de Cooperación y Asuntos Exteriores marroquí, en 2004 residían 1.113.176 y 423.933 marroquíes respectivamente en estos países. 2. La legislación laboral

Marruecos cuenta con una legislación laboral moderna, adaptada a los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La normativa básica que regulaba el sistema laboral ha sido recientemente modificada tras la aprobación del nuevo Código de Trabajo, el 8 de diciembre 2003 (publicado en el Boletín Oficial n:º 5167, en vigor desde junio de 2004

La normativa básica laboral y su campo de aplicación se recogen en la Ley de 2 de julio de 1947, completada por la Orden ministerial del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales de 3 de julio de 1959 y la Ley de 24 de octubre de 1961. Además, Marruecos es parte firmante de los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Tras casi veinte años de discusión, en junio de 2004 entró en vigor un nuevo Código de Trabajo, seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (8-12-2003). Este nuevo Código responde a la necesidad de adoptar un marco laboral moderno que permita al inversor y a los trabajadores conocer sus derechos y obligaciones respectivos en el contexto de un contrato social global de solidaridad. En este sentido, el nuevo código ha fijado objetivos de orden económico, social y económico.

2.1. El contrato de trabajo

El contrato laboral se rige por lo establecido en el Código de las Obligaciones y los Contratos, recogido en el Código Civil, y en particular, por sus artículos 109 y 723 así como por las modificaciones y novedades incluidas en el nuevo Código de Trabajo. El nuevo Código prevé tres modos de contratación, que mediante la reglamentación de las relaciones individuales en un marco equilibrado y transparente, garantiza los intereses de las distintas partes:

• El Contrato de Duración Indeterminada (CDI), cuyo estatus jurídico es el

más común. Cualquiera de las partes puede poner fin a este contrato. La ley exige que la carta de dimisión sea legalizada.

• El Contrato de Duración Determinado (CDD). Las nuevas disposiciones pretenden poner fin a abusos y contratos precarios existentes con la anterior

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normativa. Con el nuevo Código de Trabajo, se pueden formalizar contratos de Duración Determinada en los casos siguientes:

• Sustitución de un asalariado cuyo trabajo ha sido suspendido

(salvo en caso de huelga), • Aumento temporal de la actividad de la empresa, • Cumplimiento de un trabajo de carácter estacional o temporal, • Apertura de un nuevo establecimiento o puesta en el mercado de

un nuevo producto, • Otros casos excepcionales por definir por vía reglamentaria

• Un contrato de trabajo temporal. El trabajo interino Los despidos de los asalariados pueden producirse, según el nuevo

Código, por un motivo personal (es decir una falta relacionada con la conducta del asalariado) o por motivos económicos, tecnológicos o estructurales. Las indemnizaciones por despido se abonan en caso de despido injustificado o de despido justificado por motivos económicos.

Las indemnizaciones se fijan en función de la antigüedad en el trabajo del

siguiente modo: • 96 horas de salario por los 5 primeros años trabajados • 144 horas de salario por el periodo de antigüedad desde el 6º año

trabajado hasta el 10º año trabajado • 192 horas desde el 10º año trabajado hasta el 15º • 240 horas para los periodos que sobrepasen el 15º año trabajado

2.2 Trabajadores extranjeros:

La contratación del trabajador extranjero está supeditada a la aprobación del contrato por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Una vez autorizada dicha contratación, el trabajador extranjero se beneficia de los mismos derechos laborales otorgados a los trabajadores nacionales.

El trabajador extranjero está autorizado a repatriar una parte o la totalidad de sus emolumentos, indemnizaciones y sueldos

2.3. Jornada de trabajo y vacaciones Vacaciones anuales pagadas

- Transcurridos 6 meses, el trabajador tiene derecho a 1,5 días por cada mes trabajado (2 días en el caso de los menores de 18 años)

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- La duración del permiso anual pagado se aumenta a razón de un día y medio de trabajo efectivo por período entero de cinco años de servicio, sin que supere 30 días laborables efectivos -El cúmulo de los permisos no puede superar 2 años. -El fraccionamiento del permiso no puede ser inferior a 12 días. -El asalariado debe ser informado de su salida en permiso 30 días antes de la fecha de su permiso.

Descanso semanal

Tendrá una duración mínima de 24 horas consecutivas para todo el personal de una misma empresa.

Festivos nacionales • 1 de Enero: Año Nuevo. • 11 de Enero: Manifiesto de la Independencia. • 1 de Mayo: Fiesta del Trabajo. • 23 de Mayo: Fiesta Nacional. • 30 de Julio: Fiesta del Trono. • 14 de Agosto: Fiesta del Vasallaje en el Ued Eddahab. • 20 de Agosto: Revolución del Rey y del Pueblo. • 21 de Agosto: Fiesta de la Juventud. • 6 de Noviembre: Aniversario de la Marcha Verde. • 18 de Noviembre: Fiesta de la Independencia.

Fiestas religiosas

Cada año se retrasan aproximadamente 10 días, por lo que no es posible dar fecha exacta. Las fiestas religiosas son las siguientes:

• Primero de Moharrem: el primer día del año musulmán. • Aïd el-Fitr: marca el fin del mes de Ramadán. • Aïd el-Adha o Aïd el-Kebir: es la fiesta del carnero, conmemora el

sacrificio de Abraham. • El Mulud, celebración del nacimiento del Profeta.

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2.3. ¿Existe personal cualificado en Marruecos en todas las áreas?

La falta de mano de obra cualificada es uno de los puntos a tener en cuenta a la hora de establecer una empresa en Marruecos. Por lo que respecta a los obreros, la implantación de programas de formación por técnicos de la propia empresa proporciona muy buenos resultados.

La Administración marroquí, a través del Office pour la Formation Professionnelle et

la Promotion du Travail (OFPPT), puede subvencionar hasta un 80% de los gastos de formación de personal, tanto si ésta es realizada por técnicos de la propia empresa como por personal externo. Para ello, es necesario concluir un “contrato especial de formación” poniéndose en contacto con la delegación regional correspondiente del OFPPT.

En Casablanca: OFPPT, Direction Régionale du Centre 50, Rue Caporal Driss Chbakou. Aïn Borja. Tel: 022-622778/ 622802 (Division des Contrats Spéciaux de Formation)

En general, los técnicos intermedios son los puestos más difíciles de cubrir

(contables, técnicos de mantenimiento de fábrica y similar). En cuanto a los ingenieros y puestos directivos, existen buen número de

profesionales bien preparados y con una formación que incluye estancias en el extranjero, sobre todo en Francia.

2.4. Otros aspectos

La legislación marroquí reconoce a los trabajadores el derecho a agruparse en sindicatos para la defensa de sus intereses profesionales, así como la resolución de los conflictos individuales por parte de los tribunales sociales.

La legislación vigente regula también cuestiones relativas a los accidentes

laborales y las enfermedades profesionales. Los establecimientos industriales y comerciales que empleen a más de 50 trabajadores están obligados a contar con unos servicios médicos laborables. Estos servicios médicos son también obligatorios en todos los centros de menos de 50 trabajadores cuya actividad pueda dar lugar a enfermedades profesionales. Los gastos ocasionados por estos servicios médicos correrán a cargo del empresario.

Por último, la vigilancia del cumplimiento de la legislación laboral marroquí corre

a cargo de los Inspectores de Trabajo, los cuales visitan los centros para controlar la aplicación de las leyes sociales y las condiciones laborales de los trabajadores. Cumplen asimismo una función informativa, al atender las consultas de los trabajadores

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sobre las disposiciones legales que les afecten. En caso de conflicto, los inspectores tratarán de conciliar la postura del empresario y del trabajador.

3. Salarios y cargas sociales

3.1. Salarios Salario mínimo legal

Con la reforma del código de trabajo el número de horas laborables queda fijado

en un máximo de 10 horas al día, 44 semanales o 2.288 al año (2.496 en el sector agrícola).

El salario será acordado libremente entre el trabajador y el empleador sin que éste sea nunca inferior al salario mínimo interprofesional (SMIG), fijado en 0,88 €/h o al salario mínimo agrícola (SMAG) fijado en 4,55 €/día. Salarios medios

A título indicativo, se presentan a continuación algunos salarios medios,

incluyendo prima de rendimiento, antigüedad y otras ventajas, pero sin cotizaciones sociales:

Fuente: diario económico marroquí L’Économiste (http://www.leconomiste.com/chiffres/)

Centro Regional de Inversiones de Agadir (http://www.cri-agadir.ma/pages/coutfproduits.htm)

Puesto Salario bruto anual medio

Presidente 100.000 € Director general 65.000 € Director de sistemas de información 57.000 € Director financiero 48.500 € Director de calidad 47.500 € Director comercial 42.500 € Responsable comercial 18.000 € Director de I+D 33.000 € Director de ventas 26.500 € Responsable de ventas 16.250 € Asistente de la dirección 13.800 € Operario semi-cualificado 0,95 € – 0,98 € / hora Operario cualificado 1,09 € – 1,18 € / hora

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u3.2. Cargas sociales y percepciones no salariales

Las cotizaciones a la seguridad social que se deben realizar en Marruecos son las siguientes:

A cargo del empresario

A cargo del empleado Total

Prestaciones familiares 1 6% 0% 6% Prestaciones sociales

A corto plazo A largo plazo Total

0,67% 7,93% 8,6%

0,33% 3,96% 4,29%

1% 11,89% 12,89%

Seguro médico obligatorio (Assurance Maladie Obligatoire) 2+1,5% 2% 5,5%

Fuente: Caisse Nationale de Sécurité Sociale (CNSS, http://www.cnss.ma/); Ministerio de Empleo marroquí (web)

1 en relación a la masa salarial real 2 calculadas sobre la base de un salario bruto mensual máximo de 545 €

Por otra parte, las percepciones no salariales se resumen en la siguiente tabla:

Concepto a cargo del empresario Valor

Cotizaciones voluntarias: plan de pensiones Del 3,9% al 7,8% Prestaciones sociales directas (incapacidad temporal, jubilación, etc.) 75% de las aportaciones

Indemnización por desempleo No existe Tasa de formación profesional 1,6% sobre la remuneración

mensual total Prima obligatoria según años de antigüedad

2 años 5 años 12 años 20 años

25 años

5% 10% 15% 20% 25%

Fuentes: Caisse Interprofessionnelle Marocaine de Retraites (http://www.cimr.ma/) y CNSS (http://www.cnss.ma/)

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4. Conclusión

Los retos con los que los marroquíes se enfrentan para reformar el mercado laboral resultan de varios factores estructurales, incluidos la demografía, las tasas de crecimiento económico (en consecuencia crecimiento bajo de la demanda de trabajo), el alto nivel de vulnerabilidad de la economía ante los choques exógenos (choques climáticos, ciclo económico en los países industrializados) y las distorsiones causadas por las reglamentaciones del mercado laboral. Reducir la tasa de paro y mejorar la tasa de crecimiento económico representan retos fundamentales para Marruecos.

Existe un Acuerdo de Asociación entre Marruecos y la Unión Europea, en vigor

desde marzo del 2000, que conducirá a la existencia de una zona de libre comercio entre ambas áreas en el año 2012. Ello supone la posibilidad de producir en Marruecos con menos costes, fundamentalmente de mano de obra, exportando posteriormente a la UE sin barreras de entrada.

Según el ministro de Industria, Comercio y Ordenación de la Economía,

Salaheddine Mezouar, la nueva estrategia industrial de Marruecos permitirá realizar un PIB adicional de unos 9.000 millones de euros y la creación de cerca de 440.000 empleos en el horizonte de 2013.